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Registro Distrital 5799 de 2016

Registro Distrital 5799 de 2016 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
5799
Año
2016
Fecha
22 de marzo de 2016
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 50 Número 5799 2016 • MARZO • 22 REGISTRO DISTRITAL DECRETO DE 2016 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. registro, trámites y actuaciones relacionados con la personería jurídica y se asignan funciones en cumpli miento del ejercicio de inspección, vigilancia y control sobre entidades sin ánimo de lucro domiciliadas en Bogotá D.C., (...).”

Decreto Número 133 (Marzo 18 de 2016)

“Por medio del cual se prorroga el régimen de transición establecido en el artículo 1 del Decreto Distrital 112 de 2015”

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 3º del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 32 del mencionado Decreto se adicionó un parágrafo al artículo 19 del Decreto Distrital 402 de 2013 modificado y adicionado por el artículo 2° del Decreto 619 de 2013, del siguiente tenor: “La inspección, vigilancia y control sobre las entidades sin ánimo de lucro con fines culturales, se realizará únicamente sobre las entidades que tengan en su objeto social alguna de las expresiones descritas en el artículo 18 de la Ley 397 de 1997, a excepción de las entidades sin ánimo de lucro constituidas con el objeto de proporcionar a sus asociados o corporados servicios de recreación para adultos, expendio de licor o baile, cuya inspección, vigilancia y control corresponderá a la Subdirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Personas Jurídicas sin Ánimo de Lucro -SUPERPERSONAS JURÍDICAS-, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.”

Que el 27 de diciembre de 2013 se expidió el Decreto 619 de 2013 “Por el cual se modifica una función y se asigna la de inspección, vigilancia y control a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, y se dictan otras disposiciones”.

Que en consideración al número de entidades de tipo cultural identificadas, el volumen de los expedientes, la relevancia de la información y documentación que debe incorporarse en ellos y en el Sistema de Informa ción de Personas Jurídicas – SIPEJ -, y a la limitación de recursos presupuestales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, se expidieron los Decretos 245 del 19 de junio de 2014 y Decreto 112 de 2015 ampliando el régimen de transición hasta el 31 de marzo del año 2016.

Que el artículo 4 del mencionado Decreto estableció: “La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Depor te asumirá las competencias asignadas respecto de las entidades sin ánimo de lucro con fines culturales, a partir del 1° de julio del año 2014. Para tales efec tos la Subdirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Personas Jurídicas Sin Ánimo de Lucro
- SUPERPERSONAS JURÍDICAS, en coordinación con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, designarán los servidores públicos encarga dos de efectuar el traslado y recibo de los expedientes relacionados con las entidades sin ánimo de lucro de tipo cultural, así como la transferencia tecnológica a que haya lugar”.

Que mediante comunicación 20157300073901 del 14 de julio de 2015, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte presentó el estudio técnico de Moderniza ción Institucional relacionado con la estructura, planta de personal y cargas laborales ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital incluyendo las nuevas funciones de inspección, vigilancia y control de Que con posterioridad se expidió el Decreto Distrital 530 de 2015 “Por el cual se dictan normas sobre 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5799 • pP. 1-1 • 2016 • MARZO • 22 las Esal culturales, asignada mediante los decretos an tes señalados, con el fin de obtener concepto favorable. se encuentran registradas en la Cámara de Comercio de Bogotá.

Artículo 2.

- La Secretaría Distrital de Cultura, Re creación y Deporte adelantará las gestiones a que haya lugar, con el fin de que pueda asumir la competencia de inspección, vigilancia y control de las entidades sin ánimo de lucro con fines culturales, en la fecha prevista en el artículo anterior.

Que con ocasión de esta solicitud el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital en oficio No. 20157100093062 del 11 de septiembre de 2015 emitió concepto técnico favorable a la propuesta presentada por esta Secretaría, en virtud de la cual se justificó la necesidad del rediseño institucional y se exponen los motivos para el mismo con base en criterios de calidad de servicio, dando prelación a los procesos misionales y las nuevas funciones asignadas a la entidad.

Artículo 3.

- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el De creto Distrital 112 de 2015.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del mes de marzo de dos mil dieciséis (2016).

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor de Bogotá MARÍA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante co municación radicada con el No. 20157100102512 del 8 de octubre de 2015, informó que el plan financiero programado para la vigencia 2016 presenta restric ciones de ingresos relacionados, entre otros, con un menor valor de los Recursos del Balance, aspecto que se vió reflejado en la asignación de la cuota global de inversión para la Secretaría Distrital de Cultura, Re creación y Deporte, en cuyo caso debió distribuirse y priorizarse atendiendo los Ejes, Programas y Proyectos Prioritarios del Plan de Desarrollo, razón por la cual no se cuenta con los recursos necesarios para asumir esta función.

RESOLUCIONES DE 2016 SECRETARÍA DE HACIENDA Que las actividades de inspección, vigilancia y control son funciones misionales y de carácter permanente, que requieren para su ejercicio contar con personal vinculado a la planta de la entidad.

Resolución Número SDH-000149 (Marzo 17 de 2016)

“Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE BOGOTÁ D.C., en ejercicio de las facultades legales y en espe cial las conferidas por el artículo 1º del decreto 101 del 13 de abril de 2004, y Que teniendo en cuenta que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte no cuenta con los recursos presupuestales necesarios, en consideración a que la asignación de la cuota global del presupuesto de inversión y funcionamiento para la vigencia fiscal 2016, es insuficiente, para atender la función de inspección, vigilancia y control de las Esal culturales, se hace necesario prorrogar el régimen de transición establecido en el artículo 1 del Decreto Distrital 112 de 2015 hasta el 01 de febrero del año 2017, con el objeto que la citada Secretaría gestione lo referente a los citados recursos para atender la mencionada función.

CONSIDERANDO:

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Que mediante memorando remitido por la Secretaria Distrital de Hacienda, se solicitó en la Subdirección del Talento Humano el nombramiento ordinario de NÉSTOR CAMILO CALLEJAS RIVERA en el cargo de Subdirector Técnico código 068 grado 05, Subdirección de Financiamiento con Otras Entidades de la Dirección Distrital de Crédito Público.

Que una vez revisados los requisitos establecidos en el manual de funciones de la Secretaría Distrital de Hacienda, la Subdirección del Talento Humano, cer tifica que Néstor Camilo Callejas Rivera, los cumple.

Artículo 1º.

- Prorrógase el régimen de transición establecido en el artículo 1 del Decreto Distrital 112 de 2015, hasta el 01 de febrero del año 2017 para que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte asuma la función de inspección, vigilancia y control de las entidades sin ánimo de lucro con fines culturales, las cuales se realizarán únicamente sobre las entidades que tengan en su objeto social alguna de las expresiones descritas en el artículo 18 de la Ley 397 de 1997, con domicilio en el Distrito Capital y que

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5799 • pP. 1-2 • 2016 • MARZO • 22 2 En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

código 068 grado 05, Subdirección de Análisis Fiscal de la Dirección de Estadísticas y Estudios Fiscales, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, con una asignación básica mensual de $ 4.645.852 y gastos de representación de $ 1.393.756.

Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Artículo 1°.

Nombrar a NÉSTOR CAMILO CALLE JAS RIVERA, identificado con cédula de ciudadanía 80.069.761, en el cargo de Subdirector Técnico código 068 grado 05, Subdirección de Financiamiento con Otras Entidades de la Dirección Distrital de Crédito Pú blico, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, con una asignación básica mensual de $ 4.645.852 y gastos de representación de $ 1.393.756.

Dada en Bogotá D. C., a los diecisiete (17) días del mes de marzo de dos mil dieciséis (2016).

Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los diecisiete (17) días del mes de marzo de dos mil dieciséis (2016).

Resolución Número 408-DDI- BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda 010448, 2016EE30216 (Marzo 18 de 2016)

Resolución Número SDH-000150 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el (Marzo 17 de 2016) artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

“Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE LA JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIREC CIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ D.C., en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º del BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en decreto 101 del 13 de abril de 2004, y

CONSIDERANDO:

el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artí culo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

CONSIDERANDO:

Que mediante memorando remitido por la Secretaria Distrital de Hacienda, se solicitó en la Subdirección del Talento Humano el nombramiento ordinario de CAROLINA RAMÍREZ RODRIGUEZ en el cargo de Subdirector Técnico código 068 grado 05, Subdirec ción de Análisis Fiscal de la Dirección de Estadísticas y Estudios Fiscales.

Que en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.

Que una vez revisados los requisitos establecidos en el manual de funciones de la Secretaría Distrital de Hacienda, la Subdirección del Talento Humano, certifica que Carolina Ramírez Rodriguez, los cumple.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Docu mentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias

Artículo 1°.

Nombrar a CAROLINA RAMÍREZ RODRIGUEZ, identificada con cédula de ciudada nía 52.848.384, en el cargo de Subdirector Técnico

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5799 • pP. 1-3 • 2016 • MARZO • 22 Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del mes de marzo de dos mil dieciséis (2016).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos Nos. 1 y 2 fueron devuel tos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.

Que en consideración a lo expuesto, ANGÉLICA DEL PILAR TORRES AGUDELO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal

RESUELVE:

Artículo 1º.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en los anexos Nos. 1 y 2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

Artículo 2º.

Los Actos administrativos a publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 3 Registros y No. 2 con 27 Registros.

Artículo 3º.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 1:

OFICINA TIPO DE ACTO COBRO COACTIVO RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE PARTE CONTOL MASIVO LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interpo nerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, Avenida Calle 17 No. 65B – 95 Piso 1, dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 2:

OFICINA TIPO DE ACTO COBRO COACTIVO RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN PROCESO RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON EL PROCESO CONTROL MASIVO AUTO DE ARCHIVO REVOCATORIA DE OFICIO AUTO DE ARCHIVO LIQUIDACIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR LIQUIDACIÓN AUTO DE ARCHIVO Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso

Artículo 4º.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5799 • pP. 1-4 • 2016 • MARZO • 22 4 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN CIÓN DEVOLU AP 202 25-02-16 CERRADO NOTIFICACIÓN FECHA DE 206 TORRE OVER 03-03-16 NO RESIDE PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO 03-02-16 2007, 2009, 2011 TV 126 D 132 D 52 22-02-16 CERRADO 23-02-16 2011, 2014 KR 19B 83 63 OF 17-02-16 2013 KR 15 28B 58 PARTE PARTE REVISIÓN OFICIAL DE TIPO DE ACTO FECHA PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE Y/O MATRICULA INMOBILIARIA TIPO DE IMPUESTO PLACA - CHIP DEL 39.681.200 PREDIAL AAA0034PWYX RESOLUCIÓN DE objeto de la presente publicación.

IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO ANGELICA DEL PILAR TORRES AGUDELO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal POLANÍA 80.853.236 VEHÍCULOS MCU650 LIQUIDACIÓN CONTRIBUYENTE Y/O APODERADO PATRICIA ALJURE LEÓN MANTILLA APODERADO DE ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 408-DDI-010448 DEL 18 DE MARZO DE 2016 EXPEDIENTE NOMBRE DEL SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos No.

Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, Avenida Calle 17 No. 65B – 95 Piso 1, dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

Que los Jefes de la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes y la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas DDI003097 2016EE9902 201211004293 LUZ STELLA PINILLA VARGAS 35.504.879 PREDIAL AAA0118JRBR RESOLUCIÓN DE DDI006474 2016EE18754 15140303 CELSO VICENTE AMAYA DDI0006055 2016EE16826 201503200100017449 PABLO ENRIQUE SALINAS RESOLUCIÓN No. CORDIS No. DE En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5799 • pP. 1-5 • 2016 • MARZO • 22 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE CIÓN 07-03-16 NO RESIDE 02-03-16 CERRADO 02-03-16 CERRADO DEVOLU SUR 03-03-16 CERRADO SUR 07-03-16 REHUSADO AP 402 24-02-16 NO RESIDE BARRIO SAN NOTIFICACIÓN FECHA CR 78 A 41 G 58 AV 2 A NORTE 28 AV 2 A NORTE 28 PEDRO (MADRID- CUNDINAMARCA)

18 APTO 101 SAN TIAGO DE CALI 18 APTO 101 SAN TIAGO DE CALI (VALLE DEL CAUCA)

(VALLE DEL CAUCA)

PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO 23-02-16 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 24-02-16 2005 KR 100 B 75 C 26 01-03-16 NO RESIDE 01-03-16 2007 CALLE 21 3 59 15-02-16 2014-4, 5, 6 CL 122 11D 716 24-02-16 2008, 2010, 2011, 2012, 2013 24-02-16 2008, 2010, 2011, 2012, 2013 TIPO PAGO PAGO OFICIO OFICIO DE ACTO FECHA ARCHIVO 29-02-16 2014 KR 7 ESTE 97F 76 PROCESO PROCESO LIQUIDACIÓN LIQUIDACIÓN TERMINACIÓN MODIFICACIÓN MODIFICACIÓN ORDENA SEGUIR MANDAMIENTO DE MANDAMIENTO DE ADELANTE CON EL PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO DEL 2.964.196 VEHÍCULOS SBH126 RESOLUCIÓN DE 13.465.086 ICA N/A RESOLUCIÓN DE IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO COSTA ALVARO 3.040.268 PREDIAL AAA0030NDEP REVOCATORIA DE CARDENAS 4.116.678 PREDIAL AAA0155HEFT REVOCATORIA DE APODERADO SEGURIDAD Y COMPAÑÍA DE CONTRIBUYENTE Y/O JIMENEZ CC 19071590 VIGILANCIA PRIVADA SIMON APODERADO DE GUILLERMO BOLIVAR LTDA NIT. 830072874-2 NOSA/ DEUDOR SOLIDARIO DE ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 408-DDI-010448 DEL 18 DE MARZO DE 2016 EXPEDIENTE NOMBRE DEL SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

CORDIS No. DE El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

No.

N/A 2016EE21289 201501200100042939 ALONSO BARRAGAN LIBARDO 17.350.470 PREDIAL AAA0146POBR AUTO DE DDI006452 2016EE18653 201321002398 CARLOS EDUARDO LEOS DDI006500 2016EE18894 20071105315 DELGADO RAMRIEZ LUIS DDI007045 2016EE21591 200911028003 DEMOCRITO FUENTES DDI005768 2016EE15646 201502600301002631 WILLIAM RESTREPO ESPI DDI006509 2016EE18948 201321000476 JAIME RESTREPO RESTREPO 16.686.359 VEHÍCULOS CDW234 RESOLUCIÓN DE DDI006512 2016EE18966 201321000476 JAIME RESTREPO RESTREPO 16.686.359 VEHÍCULOS CDW234 RESOLUCIÓN QUE RESOLUCIÓN No.

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

Que los Jefes de la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, la Oficina de Control Masivo de la Subdi rección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina General de Fiscalización y la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Determinación, profirieron REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5799 • pP. 1-6 • 2016 • MARZO • 22 6 DEFICIENTE 10-03-16 DIRECCIÓN SUR 07-03-16 REHUSADO AP 604 26-02-16 NO RESIDE PANAMA CL 138 C 155 23 03-03-16 CERRADO LOCAL 206 CCIAL 17-02-16 2000, 2001, 2002, 2003 KR 43A 1A SUR 69 24-02-16 2005 KR 100 B 75 C 26 01-03-16 NO RESIDE 26-02-16 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 22-02-16 2006 CR 114 D 151 C 46 03-03-16 CERRADO OFICIO OFICIO ARCHIVO 01-03-16 2014 KR 96 41 61 SUR 07-03-16 CERRADO ARCHIVO 01-03-16 2014 KR 96 41 61 SUR 07-03-16 CERRADO ARCHIVO 29-02-16 2014 KR 7 ESTE 97F 76 ARCHIVO 19-02-16 2014 CL 2A 24 26 08-03-16 NO RESIDE ARCHIVO 03-03-16 2014 KR 53C BIS 4F 78 11-03-16 CERRADO ARCHIVO 08-03-16 2014 KR 114 152B 25 11-03-16 CERRADO ARCHIVO 19-02-16 2014 KR 70 3A 25 08-03-16 CERRADO ARCHIVO 07-03-16 LC 13-2-1178 KR 116D 71A 15 10-03-16 NO RESIDE ARCHIVO 07-03-16 LC 13-2-1178 CL 69 117 16 CA A 10-03-16 CERRADO ARCHIVO 07-03-16 LC 13-2-1178 KR 116 69B 54 10-03-16 NO RESIDE ARCHIVO 07-03-16 LC 13-2-1178 KR 116D 71A 15 10-03-16 NO RESIDE ARCHIVO 03-03-16 2014 DG 182 20 91 PROCESO PROCESO LIQUIDACIÓN LIQUIDACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN PARA DECLARAR 25-02-16 2013 KR 152 139B 03 09-03-16 CERRADO PARA DECLARAR 25-02-16 2013 CL 131 B 129 85 09-03-16 CERRADO N/A AUTO DE N/A AUTO DE N/A AUTO DE N/A AUTO DE AAA0141TXHY EMPLAZAMIENTO AAA0141TXHY EMPLAZAMIENTO EACIÓN EACIÓN EACIÓN EACIÓN EACIÓN EACIÓN URBANA URBANA URBANA URBANA URBANA URBANA 52.819.258 DELIN NOTIFICACIÓN POR AVISO MARIA 23.609.423 PREDIAL AAA0148NYAF AUTO DE MARIA 23.609.423 PREDIAL AAA0148NYBR AUTO DE NARDA 41.393.287 PREDIAL AAA0030NDEP REVOCATORIA DE ANGELA 52.061.716 DELIN ANGELA 52.061.716 DELIN ANGELA 52.061.716 DELIN SARMIENTO FLOR ANGELA 51.832.010 PREDIAL AAA0136EYOE AUTO DE SIXTA PATRICIA 51.951.764 PREDIAL AAA0040NYNX AUTO DE CLAUDIA MILENA CONSTRUCCIONES SAS 830.121.182 VEHÍCULOS DDR358 AUTO DE ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 408-DDI-010448 DEL 18 DE MARZO DE 2016 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ N/A 2016EE21452 201501200100042963 ANTOLINES BARON LILIA N/A 2016EE21562 201501200100042964 ANTOLINES BARON LILIA N/A 2016EE21289 201501200100042939 BERNAL BARON NELSY 30.971.684 PREDIAL AAA0146POBR AUTO DE N/A 2016EE17534 201501200100041125 GOMEZ DE TORRES GLADYS 41.490.558 PREDIAL AAA0040NYNX AUTO DE N/A 2016EE25808 201501200100042774 BAUTISTA GOMEZ N/A 2016EE17534 201501200100041125 GOMEZ CLAVIJO N/A 2016EE25247 201506100103010851 GUERRERO VARGAS FLOR N/A 2016EE25247 201506100103010851 GUERRERO VARGAS FLOR N/A 2016EE25247 201506100103010851 GUERRERO VARGAS FLOR N/A 2016EE19441 201506100103011062 ARANGO PIÑEROS JANETH 52.330.956 DELIN N/A 2016EE25247 201506100103010851 RODRIGUEZ N/A 2016EE19441 201506100103011062 ONATRA ARMERO VIANID 93.345.653 DELIN DDI005995 2016EE16465 2010EE123842 JHON JAIME ZARATE 19.470.212 VEHÍCULOS BGT989 RESOLUCIÓN DE DDI006500 2016EE18894 20071105315 VICTORIA CALDERON BER DDI007433 2016EE22873 201501200100043665 LEONOR GONZALEZ MARTINEZ 41.696.070 PREDIAL AAA0212FNHK AUTO DE DDI006706 2016EE20023 201021052126 LISANDRO FALLA ALDANA 79.622.032 VEHÍCULOS AMK89 REVOCATORIA DE DDI006362 2016EE18250 2014EE64142 ALEX FABIAN GOMEZ LAMPREA 79.849.631 VEHÍCULOS BSC745 RESOLUCIÓN DE DDI007428 2016EE22803 201503200100050227 DJA 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5799 • pP. 1-7 • 2016 • MARZO • 22 ARCHIVO 23-02-16 2014 KR 13 27 47 29-02-16 REHUSADO ARCHIVO 07-03-16 2014 KR 13 27 43/47 10-03-16 REHUSADO NOTIFICACIÓN POR AVISO ANGELICA DEL PILAR TORRES AGUDELO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal OCCIDENTE S.A. 890.300.279 PREDIAL AAA0211DKEP AUTO DE OCCIDENTE S.A. 890.300.279 VEHÍCULOS MKV362 AUTO DE ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 408-DDI-010448 DEL 18 DE MARZO DE 2016 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de la presente publicación.

1273DDI006397 2016EE18449 201501200100043590 BANCO DE 1605DDI008898 2016EE25207 201503200100047875 BANCO DE REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5799 • pP. 1-8 • 2016 • MARZO • 22 8 EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO TRANSMILENIO S.A.

Resolución Número 143 (Marzo 2 de 2016) delegación en materia de contratación estatal, el ar tículo 12 de la Ley 80 de 1993, señala que los Jefes o Representantes Legales de las Entidades sólo podrán hacerla de manera total o parcial, en los Servidores Públicos que pertenezcan al nivel directivo o ejecutivo o sus equivalentes.

“Por medio de la cual se delega la ordenación del gasto, del pago y el ejercicio de las funciones y facultades propias de la actividad precontractual, contractual y post contractual de los negocios, pactos y acuerdos que se celebran por parte de TRANSMILENIO S.A., así como el ejercicio de otras funciones”

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO Que en desarrollo de los principios constitucionales que son los pilares de la función administrativa, en particular, asignada a TRANSMILENIO S.A., se hace necesario delegar en algunos funcionarios del nivel directivo de la mencionada Entidad, las funciones de ordenación del gasto, respecto de la mínima, menor y mayor cuantía, para adelantar las etapas precontrac tual y contractual y celebrar los contratos y convenios por parte de TRANSMILENIO S.A., así como el ejer cicio de otras funciones; para lo cual se derogará la Resolución No. 271 de 2013.

TRANSMILENIO S.A. En uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las previstas en el artículo 43 de los Estatutos de TRANSMILENIO S.A., así como Que en reunión de la Junta Directiva de TRANSMI LENIO S.A., del 24 de febrero de 2016 se autorizó al Gerente General de TRANSMILENIO S.A., para delegar algunas de las funciones que le son propias según los artículos 43 y 44 de los Estatutos Sociales. las conferidas en la Constitución Política, las Leyes 489 de 1998, 80 de 1993 y 1150 de 2007, sus Decretos Reglamentarios y demás normas concordantes, y En mérito de lo expuesto,

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

Artículo primero.

Delegar en el Subgerente General de TRANSMILENIO S.A.:

Que conforme lo dispuesto en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desa rrolla con fundamento en los principios, de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la descon centración y la delegación de funciones.

1. La ordenación del gasto correspondiente a la ma yor cuantía conforme lo establecido en la circular que establece la tabla de cuantías de la entidad y hasta 7.500 SMMLV. Se exceptúa de esta de legación aquellas actividades correspondientes a la explotación colateral de la Empresa las cuales estarán a cargo del Subgerente de Desarrollo de Negocios.

Que el Gerente General de TRANSMILENIO S.A. está facultado para delegar las funciones que le son propias, previa autorización de la Junta Directiva de la Empresa, según lo dispone el artículo 44 de los Es tatutos, contenidos en el acto de constitución, el cual fue elevado a Escritura Pública número 1528 otorgada en la Notaría Veintisiete (27) de Bogotá, D.C., el día 13 de octubre de 1999.

2. La suscripción de todos los actos administrativos (previos, contractuales, liquidatorios, post liqui datorios, en periodo de post venta, etc) que se desprendan de los contratos, convenios, pactos o acuerdos correspondientes a la cuantía referen ciada en el numeral primero del presente artículo, salvo los actos administrativos que hagan parte de los procesos sancionatorios y conminatorios los cuales serán asumidos expresamente por el Subgerente Jurídico.

Que de conformidad con las Leyes 80 de 1993 y 489 de 1998, la competencia contractual de las entidades públicas radica en cabeza del Jefe o Representante Legal de la Entidad y en concordancia con el Decreto 1082 de 2015, la delegación de actos inherentes a la actividad contractual puede realizarse dentro de las cuantías y/o señalamientos que hagan las Juntas o Consejos Directivos de las Entidades.

Que los artículos 44 y 56 de los Estatutos Sociales disponen que las delegaciones que realice el Gerente General sólo pueden hacerse en quienes ostenten la calidad de Empleados Públicos y tratándose de

3. La suscripción de aquellos negocios que no im pliquen ordenación del gasto salvo lo que tenga relación con actividades correspondientes a la explotación colateral de la Empresa los cuales estarán a cargo del Subgerente de Desarrollo de Negocios.

9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5799 • pP. 1-9 • 2016 • MARZO • 22

Artículo cuarto.

Delegar en el Subgerente Téc nico y de Servicios de TRANSMILENIO S.A.:

4. Reconocimiento y ordenación del gasto de las condenas y cumplimientos de las decisiones ju diciales y extrajudiciales en las que sea parte la empresa.

Artículo segundo.

Delegar en el Subgerente de Desarrollo de Negocios:

La suscripción a nombre de TRANSMILENIO S.A. de todos los actos o contratos que contengan obligacio nes y responsabilidades provenientes del INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU y que deba ser suscrito por el Gerente General de TRANSMILENIO S.A., en calidad de pagador, en virtud del convenio interadministrativo número 020 de 2001, que en la actualidad se encuentra vigente y está suscrito entre TRANSMILENIO S.A., y dicha entidad.

1. La suscripción de todo contrato, convenio, pacto o acuerdo sin importar su cuantía que se deban celebrar en el cual TRANSMILENIO S.A. se com promete a realizar actividades correspondientes a la explotación colateral de la Empresa.

Artículo quinto.

Delegar en el Subgerente Eco nómico de TRANSMILENIO S.A.:

La firma de las declaraciones tributarias que se deban rendir y de ejecuciones presupuestales.

2. La suscripción de todo negocio que no implique ordenación del gasto por parte de TRANSMILE NIO S.A. y que se deba celebrar para realizar actividades correspondientes a la explotación colateral de la Empresa.

Artículo sexto.

Delegar en el Subgerente Jurídico de TRANSMILENIO S.A.:

1. La aprobación de las garantías de los contra tos, convenios acuerdos y pactos que suscriba TRANSMILENIO S.A.

3. La suscripción de todos los actos administrativos que se desprendan de las etapas precontractual, contractual y post contractual derivados de con trato, convenio y pacto celebrados para realizar actividades correspondientes a la explotación colateral de la Empresa.

Artículo tercero.

Delegar en el Director Admi nistrativo de TRANSMILENIO S.A.:

2. La representación judicial para atender procesos judiciales, extrajudiciales y administrativos, en las acciones y actuaciones que se adelanten contra TRANSMILENIO S.A., o que esta promueva, en tal virtud tiene la facultad de recibir notificaciones y otorgar poderes a funcionarios de TRANSMILE NIO S.A., o a particulares que tengan la calidad de abogados titulados y con tarjeta profesional para que en representación de la entidad adelanten dichos procesos.

1. La competencia contractual y la ordenación del gasto hasta el monto correspondiente a la menor cuantía, salvo lo que tenga relación con activida des correspondientes a la explotación colateral de la Empresa los cuales estarán a cargo del Subgerente de Desarrollo de Negocios.

3. Los procesos administrativos de índole sanciona torios y conminatorios de los contratos suscritos por la Entidad, lo cual contiene la instrucción, di rección de la audiencia, notificaciones, resolución de recursos y en general todos los actos que se requieran por TRANSMILENIO S.A., en desarrollo de los mismos.

Artículo séptimo.

Delegar en el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación de TRANSMILENIO S.A.:

2. La suscripción de todos los actos administrativos (previos, contractuales, liquidatorios, post liqui datorios, en periodo de post venta, etc) que se desprendan de la suscripción de los contratos, convenios, pactos o acuerdos devenidos de la mínima y menor cuantía de la Entidad, salvo los actos administrativos que tengan relación con actividades correspondientes a la explotación co lateral de la Empresa, los cuales estarán a cargo del Subgerente de Desarrollo de Negocios y de aquellos actos administrativos que hagan parte de los procesos sancionatorios y conminatorios los cuales serán asumidos expresamente por el Subgerente Jurídico.

1. Facultad para actuar como Representante de la Alta Gerencia (Alta Dirección) para el Sistema Integrado de Gestión (incluyendo cada uno de los subsistemas componentes) y el Modelo Estándar de Control Interno.

2. Facultad para adoptar las actualizaciones nece sarias al Manual de Procedimientos de la entidad.

3. Ejercer las funciones como Gestor Ambiental de la entidad.

Artículo octavo.

Los funcionarios delegatarios de ordenación del gasto, rendirán informes trimestrales

3. Efectuar el reconocimiento y ordenar el gasto relacionado con las situaciones administrativas de carácter laboral de la empresa tales como licencias, permisos remunerados, vacaciones y comisiones; así como lo concerniente a la nómina y prestaciones sociales de los servidores públicos de TRANSMILENIO S.A.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5799 • pP. 1-10 • 2016 • MARZO • 22 10 Bogotá, los Acuerdos 002 de 1999 y 001 de 2011 expedidos por la Junta Directiva de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño, y dentro de los primeros cinco (5) días calendario a su vencimiento al Gerente General, sobre el ejercicio de la funciones delegadas y serán responsables de todos los actos que realicen en ejercicio de las mismas.

CONSIDERANDO:

Artículo noveno.

Adelantar los trámites a que haya lugar para la inscripción de la presente Resolu ción, ante la Cámara de Comercio de Bogotá.

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño es un esta blecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio e independiente, adscrito a la Secretaría Distrital de Cul tura, cuyo objeto principal es la adopción, integración, coordinación y financiación de programas dirigidos al fomento y desarrollo de la cultura.

En consonancia con lo anterior, la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, realiza acciones para el fortalecimiento de la creación, la investigación, la formación, la circula ción y la apropiación de las artes plásticas y visuales, la ciencia y la tecnología, a través de programas que promueven la interrelación de las mencionadas dimen siones del campo artístico.

Artículo décimo.

TRANSICIÓN: Todos los nego cios, contratos, acuerdos, convenios y pactos, que a la fecha de expedición del presente acto administrativo se encuentren en periodo de estructuración, ejecu ción, liquidación o en fases post negóciales (servicios de post venta, garantías técnicas, acompañamientos especiales, etc.), serán asumidos en cuanto a su or denación del gasto por los funcionarios delegatarios, de conformidad con lo establecido en el presente acto administrativo. Con la expedición de la presente Re solución la Subgerencia Jurídica asume en el estado en que se encuentren la totalidad de las diligencias y trámites administrativos de índole sancionatorio y conminatorio que actualmente se adelantan por los competentes contractuales.

Las colecciones de Arte Moderno y Contemporáneo del país, en el grueso de las ocasiones, se conformaron por iniciativas propias y sin el respaldo de políticas de adquisición claras o reguladas.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La presente Resolu ción rige a partir de la fecha de su expedición y deroga expresamente las Resoluciones No. 271 del 27 de junio de 2013 y 130 de 26 de febrero de 2016 y demás actos que sean contrarios a la misma.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

En el caso específico de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, esta situación tuvo lugar, y se prolongó por espacio de varios años, teniendo ello como consecuen cia, una colección constituida con un criterio desigual.

Dada en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de marzo de dos mil dieciséis (2016).

ALEXANDRA ROJAS LOPERA Gerente General FUNDACIÓN GILBERTO ÁLZATE AVENDAÑO Teniendo esto en consideración, y tomando en cuenta que algunas obras de valor no artístico están formando parte de la colección de arte de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y, finalmente, apreciando que actual mente la bodega que resguarda la colección necesita más espacio para garantizar la óptima conservación de las piezas, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño convoca a un grupo de expertos para que revisen las obras y definan si algunas, efectivamente, carecen de valor artístico, con el fin de proceder a darlas de baja.

Resolución Número 031 (Marzo 14 de 2016)

“Por medio de la cual se designan unos peritos Por otra parte, en el año 2013 la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales adelantó una tarea parecida, iden tificando un grupo de obras que eventualmente podían tener esa destinación, es decir, la baja de las mismas. ad-honorem para revisar y conceptuar sobre un grupo de piezas que hacen parte de la colección de arte de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño”

LA DIRECTORA GENERAL DE LA FUNDACIÓN De tal suerte, el grupo de peritos que actualmente se convoca, verificará y conceptuará sobre el grupo de piezas que hacen parte de la colección de arte de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, teniendo como soporte la tarea adelantada anteriormente.

GILBERTO ÁLZATE AVENDAÑO (E) En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el Acuer do No. 12 de 1970 expedido por el Concejo de Que conforme al numeral 7 del artículo tercero del Acuerdo 002 del 11 de mayo de 1999, mediante el cual se adoptan los estatutos de la Fundación Gilberto 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5799 • pP. 1-11 • 2016 • MARZO • 22 Álzate Avendaño, modificado por el numeral 13 del artículo primero del Acuerdo 001 del 3 de Febrero del 2011, es función de la entidad administrar los bienes que integran su patrimonio.

MARÍA ALEJANDRA MALAGÓN. Profesional en Conservación-Restauración de Bienes Muebles de la Universidad Externado de Colombia. Coordinadora de Monumentos en el Espacio Público y Bienes Culturales Muebles del IDPC. C.C. No. 53.007.575 Bajo esa perspectiva, los expertos convocados son personas altamente reconocidas y calificadas profe sional y académicamente, y ellos son:

JAIME CERÓN SILVA. Artista Plástico de la Universi dad Nacional de Colombia. Gestor Cultural, docente y curador. Actual Director Artístico de la Fundación Misol.

Artículo segundo.

COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a los peritos designados en el artículo que precede de este acto administrativo, así como a la Subdirección Administrativa, Subdirección Operativa y Gerencia de Artes Plásticas y Visuales de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, para lo de su competencia.

MARTA COMBARIZA. Artista Plástica de la Univer sidad Nacional de Colombia. Docente, artista. Actual Directora de la Maestría en Museología y Gestión de Patrimonio de la Universidad Nacional.

CATALINA RODRÍGUEZ. Artista Plástica, docente, gestora cultural. Actual Gerente de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes -IDARTES-.

Artículo tercero.

El (la) Subdirector (a) Admi nistrativo (a) de esta entidad, deberá remitir la presente Resolución a la Subdirección de Imprenta Distrital a través del módulo diseñado en la página WEB de la Alcaldía Mayor de Bogotá, adjuntando la solicitud de publicación y el documento impreso soporte, para su publicación en el Registro Distrital.

JOHN CASTLES. Artista Plástico, docente, montajista de exposiciones. Asesor Plástico de varias institucio nes.

Artículo cuarto.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Se expide en la ciudad de Bogotá, a los catorce (14) días del mes de marzo de dos mil dieciséis (2016).

MARÍA ALEJANDRA MALAGÓN. Profesional en Conservación-Restauración de Bienes Muebles de la Universidad Externado de Colombia. Coordinadora de Monumentos en el Espacio Público y Bienes Culturales Muebles del IDPC.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

En mérito de lo expuesto, YANETH SUÁREZ ACERO

RESUELVE:

Directora General (E.)

Artículo primero.

DESIGNAR como Peritos Ad- Honorem, con el fin de revisar y conceptuar sobre un grupo de piezas que hacen parte de la Colección de Arte de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, a los siguientes expertos:

JAIME CERÓN SILVA. Artista Plástico de la Universi dad Nacional de Colombia. Gestor Cultural, docente y curador. Actual Director Artístico de la Fundación Misol. C.C. No. 79.451.382 MARTA COMBARIZA. Artista Plástica de la Univer sidad Nacional de Colombia. Docente, artista. Actual Directora de la Maestría en Museología y Gestión de Patrimonio de la Universidad Nacional. C.C. No. 21.070.897 CATALINA RODRÍGUEZ. Artista Plástica, docente, gestora cultural. Actual Gerente de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes -IDARTES-. C.C. 52.045.057 JOHN CASTLES. Artista Plástico, docente, montajista de exposiciones. Asesor Plástico de varias institucio nes. C.C. No. 17.159.934.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5799 • pP. 1-12 • 2016 • MARZO • 22 12

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