Jurismart

Registro Distrital 5772 de 2016

Registro Distrital 5772 de 2016 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
5772
Año
2016
Fecha
10 de febrero de 2016
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 50 Número 5772 2016 • febrERO • 10 REGISTRO DISTRITAL DECRETO DE 2016 Distrito Capital es una instancia de asesoría y reco mendación en temas estratégicos de la ciudad.

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Parágrafo. El/la Alcalde/sa Mayor de la ciudad
definirá los temas estratégicos sobre los que requiere asesoría y recomendación.

Decreto Número 066 (Febrero 9 de 2016)

Artículo 2º.

- Conformación. El Comité de Conse jeros/as para el Distrito Capital estará conformado por:

“Por medio del cual se conforma el Comité de Consejeros/as para el Distrito Capital” a) El/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá D.C. o su delegado/a, quien lo presiderá. b) El/la Secretario/a General o su delegado/a EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 38 del c) El/la Secretario/a Privado/a o su delegado/a Decreto Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

La Secretaría Técnica del Comité será ejercida por la Secretaría Privada. Cuando la temática a tratar esté en cabeza de un Sector específico, la secretaría técnica será asumida por el mismo, previa determinación de la Secretaría Privada.

Que el artículo 4 de la Ley 489 de 1993 establece que “La función administrativa del Estado busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes de los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política”.

Parágrafo 1. Cuando la temática a tratar lo requie
ra, el Comité por intermedio de la Secretaría Técnica podrá designar como consejeros a expertos/as en una determinada política pública, bien sea del sector priva do o académicos, así como a las Secretarías Cabeza de Sector Administrativo encargadas de la temática.

Que el numeal 3 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 señala como atribución del Alcalde, entre otras, la dirección de la actuación administrativas y el cumplimiento de las funciones.

Parágrafo 2. El/la Alcalde/sa Mayor realizará la
designación de los/as expertos/as o Consejeros/as, así como el periodo de cada uno de ellos/as.

Parágrafo 3. El Comité de Consejeros/as para el
Distrito Capital se reunirá como mínimo una (1) vez por semestre y establecerá su propio reglamento.

Que para efectos de cumplir con las funciones asigna das, y para garantizar la toma de decisiones en temas estratégicos de la ciudad, se considera conveniente la conformación de una instancia que permita servir de asesoría en determinadas políticas de carácter estra tégico para la ciudad.

En mérito de lo expuesto,

Artículo 3º.

- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica las disposiciones que le sean contrarias.

DECRETA:

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Artículo 1º.

- Comité de Consejeros/as para el Distrito Capital. El Comité de Consejeros/as para el

1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5772 • pP. 1-1 • 2016 • febrero • 10 Dado en Bogotá, D.C., a los nueve (9) días del mes de febrero de dos mil dieciséis (2016).

Dada en Bogotá D.C., a los ocho (8) días del mes de febrero de dos mil dieciséis (2016).

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Secretaria General Resolución Número SDH-000083 (Febrero 8 de 2016)

RESOLUCIONES DE 2016 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”

SECRETARÍA DE HACIENDA LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE Resolución Número SDH-000082 (Febrero 8 de 2016)

BOGOTÁ D.C., en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º del decreto 101 del 13 de abril de 2004, y “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”

CONSIDERANDO:

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE BOGOTÁ D.C., en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º del decreto 101 del 13 de abril de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante memorando remitido por la Secretaria Distrital de Hacienda, se solicitó en la Subdirección del Talento Humano el nombramiento ordinario de JUAN CAMILO SANTAMARIA HERRERA en el cargo de Subdirector Técnico código 068 grado 05, Subdi rección de Consolidación, Gestión e Investigación de la Dirección Distrital de Contabilidad.

Que una vez revisados los requisitos establecidos en el manual de funciones de la Secretaría Distrital de Hacienda, la Subdirección del Talento Humano, certi fica que Juan Camilo Santamaría Herrera, los cumple.

Que mediante memorando remitido por la Secretaria Distrital de Hacienda, se solicitó en la Subdirección del Talento Humano el nombramiento ordinario de DIEGO SÁNCHEZ VILLEGAS en el cargo de Subdirector Téc nico código 068 grado 05, Subdirección de Soluciones de TIC de la Dirección de Informática y Tecnología.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que una vez revisados los requisitos establecidos en el manual de funciones de la Secretaría Distrital de Ha cienda, la Subdirección del Talento Humano, certifica que Diego Sánchez Villegas, los cumple.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Nombrar a JUAN CAMILO SANTAMA RIA HERRERA, identificado con cédula de ciudadanía 80.095.916, en el cargo de Subdirector Técnico código 068 grado 05, Subdirección de Consolidación, Gestión e Investigación de la Dirección Distrital de Contabilidad, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, con una asignación básica mensual de $ 4.645.852 y gastos de representación de $ 1.393.756.

Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Artículo 1°.

Nombrar a DIEGO SÁNCHEZ VI LLEGAS, identificado con cédula de ciudadanía 79.423.100, en el cargo de Subdirector Técnico código 068 grado 05, Subdirección de Soluciones de TIC de la Dirección de Informática y Tecnología, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, con una asignación básica mensual de $ 4.645.852 y gastos de representación de $ 1.393.756.

Dada en Bogotá D.C., a los ocho (8) días del mes de febrero de dos mil dieciséis (2016).

Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Secretaria Distrital de Hacienda REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5772 • pP. 1-2 • 2016 • febrero • 10 2 SECRETARÍA DEL HÁBITAT Resolución Número SDH-000084 (Febrero 8 de 2016)

Resolución Número 031 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”

(Enero 20 de 2016)

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE “Por medio de la cual se autoriza la utilización de la firma mecánica en las cartas de vinculación BOGOTÁ D.C., en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º del de hogares a proyectos de vivienda financiados con el Subsidio Distrital de Vivienda en Especie decreto 101 del 13 de abril de 2004, y

- SDVE”

CONSIDERANDO:

LA SECRETARIA DISTRITAL DEL HÁBITAT En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo No. 257 de 2006, en el Decreto Distrital No. 121 de 2008, modificado por el Decreto 578 de 2011, en el artículo 12 del Decreto – ley 2150 de 1995, y en el Decreto 01 de 2016 y

CONSIDERANDO:

Que mediante memorando remitido por la Secretaria Distrital de Hacienda, se solicitó en la Subdirección del Talento Humano el nombramiento ordinario de PIEDAD CRISTINA MOGOLLÓN SÁNCHEZ en el cargo de Subdirector Técnico código 068 grado 05, Subdirección de Servicios de TIC de la Dirección de Informática y Tecnología.

Que una vez revisados los requisitos establecidos en el manual de funciones de la Secretaría Distrital de Ha cienda, la Subdirección del Talento Humano, certifica que Piedad Cristina Mogollón Sánchez, los cumple.

Que el artículo 51 de la Constitución Política de Colom bia establece el derecho de todos los ciudadanos a una vivienda digna e impone la obligación a las entidades estatales de fijar los lineamientos y condiciones para su efectiva realización.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° Nombrar a PIEDAD CRISTINA MO GOLLÓN SÁNCHEZ, identificado con cédula de ciuda danía 51.984.988, en el cargo de Subdirector Técnico código 068 grado 05, de la Subdirección de Servicios de TIC de la Dirección de Informática y Tecnología, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, con una asignación básica mensual de $ 4.645.852 y gastos de representación de $ 1.393.756.

Que mediante el artículo 112 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, se creó la Secretaría Distrital del Hábitat como un organismo del sector central provista de autonomía administrativa y financiera, cuyo objeto es formular las políticas de gestión del territorio urbano y rural, facilitando el acceso de la población a una vivienda digna, especialmente a los hogares bajo condiciones de vulnerabilidad y víctimas del desplazamiento forzado.

Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los ocho (8) días del mes de febrero de dos mil dieciséis (2016).

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Que a través del Acuerdo Distrital 489 de 2012, el Concejo de Bogotá D.C. adoptó el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas 2012-2016 “Bogotá Humana”, el cual busca garantizar el goce efectivo del derecho a la vivienda con están dares de calidad para los hogares en condición de vulnerabilidad y en particular a los hogares víctimas del desplazamiento por el conflicto armado interno.

Secretaria Distrital de Hacienda Que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. expidió el Decreto 539 de 2012 “Por el cual se reglamenta el Subsidio Distrital de Vivienda en Especie en el marco del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2012 – 2016 – Bogotá Humana”, otorgándole a la Secretaría Distrital del Hábitat la función de coordinar la asignación de los recursos que se convertirán en subsidios en especie 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5772 • pP. 1-3 • 2016 • febrero • 10 utilización de la firma mecánica o digitalizada para la expedición de las cartas de asignación de subsidio, dado el carácter masivo de comunicaciones que se deben expedir.

Que en mérito de lo expuesto, para los hogares, para lo cual esta entidad expidió la Resolución 844 de 2014, “Por medio de la cual se adopta el reglamento operativo para el otorgamiento del Subsidio Distrital de Vivienda en Especie para Vi vienda de Interés Prioritario en el Distrito Capital, en el marco del Decreto Distrital 539 de 2012”, modificada por las Resoluciones 575 y 1169 de 2015.

RESUELVE:

Artículo 1º.

Adoptar la firma mecánica para la suscripción de las cartas de vinculación de hogares a proyectos de vivienda, expedidas por el Subsecretario de Gestión Financiera, necesarias para comunicar la asignación del Subsidio Distrital de Vivienda en Es pecie, con destino a su protocolización en la escritura pública de transferencia del inmueble.

Que en virtud de lo establecido en las normas citadas previamente y de sus funciones misionales, le corres ponde a la Secretaría Distrital del Hábitat promover la oferta de vivienda de interés social prioritario a través de la asignación de aportes a proyectos de iniciativa pública, privada o público-privada, que se convertirán en subsidios distritales en especie para los hogares con derecho al mismo.

Artículo 2º.

- Autorizar al doctor MAURICIO COR TÉS GARZÓN identificado con cédula de ciudadanía N° 80.014.723, en su calidad de Subsecretario de Gestión Financiera, para la utilización de la firma mecánica o digitalizada, en los casos descritos en el artículo anterior.

Que a través de la Resolución 1032 de 2014, se dele gó en el Subsecretario(a) de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital del Hábitat, la facultad de expedir los actos administrativos concernientes al otorgamiento del Subsidio Distrital de Vivienda en Especie de que trata el Decreto 539 de 2012 y la Resolución 844 de 2014 modificada por la Resoluciones 575 y 1169 de 2015, así como los actos administrativos de asigna ción, entre otros, inherentes al desarrollo misional de la citada Subsecretaría, y que tengan que ver con la normatividad y el reglamento anotado.

ARTÍCULO 3°- La firma mecánica que se imprimirá en las cartas de vinculación de hogares a proyectos de vivienda, consistirá en un facsímil con el nombre de la entidad y la firma del funcionario designado, acom pañada de su nombre y cargo, indicando que es fiel copia del original que reposa en la entidad y que fue autorizado mediante el uso de la presente resolución.

La firma mecánica corresponderá a la reproducción fiel de la firma manuscrita aquí impuesta: (Sic).

Artículo 4°.

El funcionario autorizado en virtud de la presente resolución hará uso de la firma mecánica bajo su responsabilidad.

Artículo 5°.

Publicar el presente acto administrativo en el Registro Distrital.

Que para tal efecto, la Subsecretaría de Gestión Financiera debe expedir las correspondientes cartas de vinculación de hogares a los proyectos financiados con el Subsidio Distrital de Vivienda en Especie, con la información correspondiente a la solución de vivienda asignada al hogar, la composición del mismo, la fecha de vinculación, el monto del subsidio y las condiciones para hacerlo efectivo, entre otros, las cuales deben protocolizarse en las escrituras públicas que formali zan la adquisición de la vivienda por parte del hogar beneficiario.

Artículo 6°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20() días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016.

Que el artículo 12 del Decreto-Ley 2150 de 1995, expedido por la Presidencia de la República, esta bleció que “Los jefes de las entidades que integran la Administración Pública podrán hacer uso, bajo su res ponsabilidad, de la firma que procede de algún medio mecánico, tratándose de firmas masivas. En tal caso, previamente mediante acto administrativo de carácter general, deberá informar sobre el particular y sobre las características del medio mecánico”.

MARÍA CAROLINA CASTILLO AGUILAR Secretaria Distrital del Hábitat Que en este orden de ideas y con el fin de dar cumpli miento a los principios de economía y celeridad consa grados en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y desarrollados por el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se encuentra necesario autorizar la REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5772 • pP. 1-4 • 2016 • febrero • 10 4 Resolución Número 101 (Enero 29 de 2016)

“Por la cual se autoriza la utilización de la firma se hace necesario implementar la firma mecánica como mecanismo más expedito y eficaz para agilizar los trámites de notificación que trata el artículo 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. mecánica en las citaciones a notificación de los actos administrativos expedidos por la Secretaría Distrital del Hábitat”

Que el numeral 10º del artículo 9º de la ley 1437 de 2011prohíbe a las autoridadesdemorar en forma injustificada la producción del acto administrativo, su comunicación o notificación.

LA SECRETARIA DISTRITAL DEL HÁBITAT En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo No. 257 de 2006,en elDecreto Distrital No. 121de 2008, Decreto Ley 2150 de 1995, y en el Decreto Distrital 001 de 2016 y demás normas concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 12 del Decreto 2150 del 5 de diciembre de 1995 expedido por la Presidencia de la Republica, estableció que “los jefes de las entidades que integran la Administración Pública, podrán hacer uso, bajo su responsabilidad, de la firma que procede de algún medio mecánico, en tratándose de firmas masivas. En tal caso, previamente mediante acto administrativo de carácter general, deberá informar sobre el particular y sobre las características del medio mecánico”.

Que el artículo 209 de la Constitución Política de Co lombia señala, que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios, entre otros, de eficacia, economía y celeridad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones.

Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de eficaciay celeridad consagrados en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y desarrolla dos por el artículo 3º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es necesario autorizar la utilización de la firma mecánica para la expedición decomunicaciones y/o citaciones necesarios para la notificación de los actos adminis trativos que se profieran en la Secretaría Distrital del Hábitatconcernientes al tema de Subsidios Distritales de Vivienda en Especie, Declaratorias de Desarrollo y Construcción Prioritaria,y demás oficiosque se requie ran para dar cumplimiento a las funciones atribuidas a la Subsecretaría Jurídica establecidas en el Decreto Distrital 121 de 2008.

En mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

Que a través del artículo 112 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, se creó la Secretaría Distrital del Hábitat como un organismo del Sector Central con autonomía administrativa y finan ciera, cuyo objeto es formular las políticas de gestión del territorio urbano y rural en orden a aumentar la productividad del suelo urbano, garantizar el desarrollo integral de los asentamientos y de las operaciones y actuaciones urbanas integrales, facilitar el acceso de la población a una vivienda digna y articular los objetivos sociales económicos de ordenamiento territorial y de protección ambiental2.

Que el Decreto Distrital No. 121 de 2008 definió la estructura organizacional de la Secretaría Distrital del Hábitat y asignó las funciones a cada una de las Subsecretarías y Subdirecciones que la conforman.

Artículo 1º.

- Adoptarla firma mecánica para la suscripción de las comunicaciones y/ocitacionespara la notificación de actos administrativos que se expidan en la Secretaría Distrital del Hábitat y en los oficios que se requieran cuando las necesidades del servi cio así lo ameriten en los términosdel presente acto administrativo.

Que de conformidad con el literal p) del artículo 23 del Decreto Distrital 121 de 2008, modificado por el artículo 2º del Decreto Distrital 578 de 2011, corresponde ala Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital del Hábitat “Notificar los actos administrativos proferidos por el Despacho del/la Secretario/a y por las diferen tes dependencias de la Secretaría, salvo lo dispuesto en el literal m) del artículo 20 del presente Decreto y autenticar las copias de los citados actos”.

Artículo 2º.

- Autorizar al doctor FERNANDO JOSÉ GONZÁLEZ SIERRA identificado con cédula de ciuda danía Nº 13.744.270, en su calidad de Subsecretario Jurídicode la Secretaría Distrital del Hábitat, para la utilización de la firma mecánica, en los casos descritos en el artículo anterior.

Que teniendo en cuenta el volumen de comunicaciones para notificación de actos administrativos que se profie ren en la entidad a cargo de la Subsecretaría Jurídica, 2 Crf. Artículo 115 del Acuerdo No. 257 de 2006 proferido por el Concejo de Bogotá, D.C.

5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5772 • pP. 1-5 • 2016 • febrero • 10 ARTÍCULO 3°- La firma mecánica que se imprimirá en las citaciones a notificación de actos administrativos, consistirá en un facsímil con el nombre del funcionario, cargo que ocupa en la entidad y la firma del funcionario designado.

La firma mecánica corresponderá a la reproducción fiel de la firma manuscrita aquí impuesta: (Sic).

Artículo 4°.

El funcionario autorizado en virtud de la presente resolución hará uso de la firma mecánica bajo su responsabilidad.

Artículo 5°.

Publicar el presente acto administrativo en el Registro Distrital.

Artículo 6°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de enero de dos mil dieiciséis (2016).

MARÍA CAROLINA CASTILLO AGUILAR Secretaria Distrital del Hábitat REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5772 • pP. 1-6 • 2016 • febrero • 10 6

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar