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Registro Distrital 5753 de 2016

Registro Distrital 5753 de 2016 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
5753
Año
2016
Fecha
13 de enero de 2016
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 50 Número 5753 2016 • ENERO • 13 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIÓN DE 2015 SECRETARÍA DE GOBIERNO Resolución Número 2562 aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho; primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones labora les; garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario...” (negrillas fuera de texto)

(Diciembre 29 de 2015)

“Por la cual se establece el horario de trabajo de los/las Servidores/as Públicos de la Secretaría Distrital de Gobierno que desempeñan labores en la Sala de recepción de llamadas del NUSE123”

LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO DE Que de acuerdo a la norma ibídem, se crearon nue vos cargos que implican la vinculación de nuevos/as servidores/as públicos para el NUSE123 y, que de conformidad con el funcionamiento y el servicio que se debe prestar a la ciudadanía es permanente y con tinuo (24 horas de los siete (7) días de la semana), el estudio técnico, jurídico y económico arrojó el sistema de trabajo por turnos.

BOGOTÁ D.C., En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 101 de 2004 y demás normas concordantes Que por lo anterior, la selección de los perfiles para ocupar los cargos creados para el funcionamiento del NUSE123, deberá tener en cuenta la disponibilidad de los servidores y servidoras de trabajar por sistema de turnos.

CONSIDERANDO:

Que teniendo en cuenta diferentes variables como, salud mental del trabajador (a), transporte, descanso, problemáticas de la ciudad, clase de reportes recibidos entre otras, se hace necesario establecer diferentes turnos con duración disímil.

Que las Secretarías de Despacho en virtud de lo dis puesto en el Decreto Distrital 101 de 2004, tienen com petencia para decidir, entre los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, el horario de trabajo.

Que el NUSE123 hace parte de la estructura admi nistrativa de la Secretaría Distrital de Gobierno, de conformidad con el Decreto 509 de 2015 Que los funcionarios que cumplan funciones de ope ración en la sala unificada de recepción de llamadas del NUSE123, deben presentarse con media hora de anticipación en las instalaciones del NUSE123 antes de asumir labores en la sala de recepción de la Línea 123, para asistir a los periodos de retroalimentación en los cuales se les impartirá instrucciones de última hora o se les reforzará en la aplicación de los protocolos que se considere necesario, entre otras actividades.

Que de acuerdo a las consideraciones expuestas se establece el horario de trabajo previsto para los/as servidores/as públicos de la Secretaría Distrital de Gobierno que pertenecen al NUSE123.

Que de conformidad con el artículo 53 de nuestra Carta Política, “El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamenta les: Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad en el empleo; irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales; facultades para transigir y con ciliar sobre derechos inciertos y discutibles; situación más favorable al trabajador en caso de duda en la 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5753 • pP. 1-1 • 2016 • enero • 13 Que en mérito de lo expuesto, DECRETOS LOCALES DE 2016

RESUELVE:

ALCALDÍA LOCAL DE USAQUÉN Decreto Local Número 001 (Enero 8 de 2016)

“Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usaquén”

Artículo 1.

El horario de trabajo de los/as Servi dores/as Públicos que pertenecen al NUSE 123 será por turnos de cuatro (4), seis (6) y ocho (8) horas de trabajo que van de 6:00 A. M a 12:00 M., 12:00 M. a 6:00 P.M., 6:00 P.M. a 10:00 P.M. y 10:00 P.M. a 6:00 a.m. los siete (7) días de la semana. Una vez el funcionario (a) cumpla el ciclo completo de cuatro (4) turnos, tendrá derecho a un descanso compensado de treinta y seis (36) horas continuas.

LA ALCALDESA LOCAL DE USAQUÉN En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las que confiere el artículo 71, inciso segundo del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Parágrafo 1. Para mitigar riesgos ocupacionales
en servidores y servidoras, una vez cumplidas dos (2) primeras horas de trabajo en su respectivo turno, obli gatoriamente deberán descansar treinta (30) minutos. Después de laborar las dos (2) horas siguientes, el descanso será de veinte (20) minutos.

Parágrafo 2. Cuando el turno es de cuatro (4)
horas, solamente habrá un descanso de veinte (20) minutos. En turnos de ocho (8) horas, habrá un tercer descanso de veinte (20) minutos.

Que de conformidad con al artículo 9 literal c del acuerdo Distrital 12 de 1994 reglamentado por el Decreto Distrital 032 de 2007 establece que cada una de las Juntas Administradoras Locales contara con un representante para integrar el Consejo Territorial de Planeación Distrital.

Parágrafo 3. De acuerdo a las consideraciones
expresadas en la parte motiva de esta Resolución, los servidores (as) que trabajan por turnos en la Sala de Recepción de llamadas del NUSE123 deberán presentarse media hora de anticipación con el objeto de realizar la retroalimentación necesaria.

Que mediante circular 001 de 2016 expedida por el Secretario Distrital de Gobierno se solicito a los Alcal des Locales convocar a sesiones extraordinarias a las Juntas Administradoras Locales con el fin de que se proceda a la designación del representante del Consejo Territorial de Planeación Distrital a más tardar el 15 de enero de 2016.

Artículo 2.

Para efectos de computar períodos de vacaciones el horario se tomará de lunes a sábado, es decir, para el cálculo de los días de vacaciones se tendrán en cuenta los días hábiles de lunes a sábado.

Que conforme lo establecido en el Decreto Ley 1421 de 1993 artículo 71, corresponde al Alcalde Local convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Admi nistradora Local.

Artículo 3.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de diciembre de dos mil quince (2015).

Que teniendo en cuenta que el periodo de sesiones ordinarias de la Junta administradora Local no ha iniciado, es indispensable realizar una convocatoria extraordinaria a dicha corporación para que proceda a la designación del representante al Consejo Territorial de Planeación Distrital.

GLORIA FLÓREZ SCHNEIDER Secretaria Distrital de Gobierno Que por consiguiente, se ha establecido el periodo comprendido entre el día 11 de enero de 2016 hasta el 13 de enero de 2016, para llevar a cabo las sesio nes extraordinarias de la Junta Administradora Local de Usaquén en las instalaciones de esa corporación.

Que en mérito de lo anterior, la Alcaldesa Local de Usaquén,

DECRETA:

Artículo primero.

Convóquese a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5753 • pP. 1-2 • 2016 • enero • 13 2 Usaquén, desde el día 11 de enero de 2016 al 13 de enero de 2016. de enero de 2016, para ocuparse de la designación del representante de la Corporación ante dicha instancia de planeación. Tal designación deberá realizarse a más tardar el día viernes 15 de enero del año en curso.

En mérito de lo anterior,

DECRETA:

Artículo segundo.

Durante el periodo de sesio nes extraordinarias señalado en el artículo anterior, la Junta Administradora Local de Usaquén, se ocupara exclusivamente de la designación del representante al Consejo Territorial de Planeación Distrital.

Artículo tercero.

El presente decreto rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Artículo 1º.

- Convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, a partir del 11 y hasta el 15 de enero de 2016 de ser necesario, para ocuparse de la designación del repre sentante de la Corporación para integrar el Consejo Territorial de Planeación Distrital.

Dado en Bogotá D.C., a los ocho (8) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).

Artículo 2º.

- El presente decreto rige a partir de su publicación.

JULIETA NARANJO LUJÁN Alcaldesa Local de Usaquén PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los ocho (8) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).

ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE DIANA MABEL MONTOYA REINA Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe Decreto Local Número 001 (Enero 8 de 2016)

ALCALDÍA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe”

Decreto Local Número 001 LA ALCALDESA LOCAL DE (Enero 8 de 2016)

POR MEDIO DEL CUAL SE CONVOCA A SESIONES EXTRAORDINARIAS A LA JUNTA RAFAEL URIBE URIBE En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 71 del Decreto Ley 1421 de ADMINISTRADORA LOCAL DE BARRIOS 1993 y, UNIDOS.

CONSIDERANDO:

EL ALCALDE LOCAL (E) DE BARRIOS UNIDOS, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto ley 1421 de 1993

CONSIDERANDO:

Que el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 - Es tatuto Orgánico de Bogotá – señala que el respectivo Alcalde Local podrá convocar extraordinariamente a la Junta Administradora Local, por un término definido, para ocuparse de los asuntos que éste someta a su consideración.

Que el artículo 9, Literal c, del Acuerdo Distrital 12 de 1994, reglamentado por el Decreto Distrital 032 de 2007, establece que cada una de las Juntas Adminis tradoras Locales contará con un representante para integrar el Consejo Territorial de Planeación Distrital.

Que el artículo 71. del Decreto ley 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital “ establece que “Las juntas administradoras locales se reunirán, … extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesiona rán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración”.

Que el literal C del artículo 9 del Acuerdo 12 de 1994, “por el cual se establece el Estatuto de Planeación del Distrito Capital y se reglamenta la Formulación, la Que mediante Circular No. 001 del 7 de enero de 2016, el doctor MIGUEL URIBE TURBAY, Secretario Distrital de Gobierno, solicitó a los Alcaldesas y Alcaldes Lo cales la convocatoria a sesiones extraordinarias a la respectiva Junta Administradora Local a partir del 11 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5753 • pP. 1-3 • 2016 • enero • 13 ALCALDÍA LOCAL DE SUBA Decreto Local Número 001 Aprobación, la Ejecución y la Evaluación del Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, y se dictan otras disposiciones complementarias”, establece que:

(Enero 4 de 2016)

“Por el cual se aclara el encabezado, la numeración y los artículos 1, 2 y 3 del Decreto Local No. 011 del 24 de diciembre de 2015”.

“el Consejo Territorial de Planeación Distrital esta rá conformado mínimo por el siguiente número de personas… c. Un (1) representante por cada Junta Administradora Local.

EL ALCALDE LOCAL DE SUBA En ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 19 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, y Que el artículo 7 del Decreto 032 de 2007, “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 12 de 1994, en lo referente al Consejo Territorial de Planeación Distrital” contempla como requisito para los representantes de la JAL. La Junta Administradora Local “deberá presentar a su delegado, acompañando los siguientes documentos:

CONSIDERANDO:

Que se expidió el Decreto Local No. 011 de 2015, cuyo objeto es liquidar el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2016.

1. Acta de la sesión extraordinaria, en la cual se indique el nombre y la cédula del Edil, así como los mecanis mos para la rotación del representante de la JAL, si a ello hubiere lugar, de manera que se garantice la permanencia de los representantes de dicha Corpo ración en el CTPD”.

Que en el encabezado del citado decreto se evidencia un error de digitación que hace necesaria su aclaración para efectos de que sea concordante con lo estipulado en el manual operativo presupuestal del Distrito Capital Resolución SDH No. 226 del 8 de Octubre de 2014, página 265 formato 23, “Decreto de Liquidación del Presupuesto Local”.

Que la Circular 001 de 2016 proferida por parte del Secretario Distrital de Gobierno solicita al Alcalde local que “convoque a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local a partir del día 11 de enero de 2016 para ocuparse de la designación del representante de la Corporación ante dicha instancia de planeación, designación que deberá realizarse a más tardar el día viernes 15 de enero del año en curso”

En mérito de lo cual el Alcalde local (E) de Barrios Unidos decreta:

Que en artículo Segundo del decreto No. 011 de 2015, se evidencia un error de digitación que hace necesaria su aclaración para efectos de que sea concordante con lo estipulado en el manual operativo presupuestal del Distrito Capital Resolución SDH No. 226 del 8 de Octubre de 2014, página 265 formato 23, “Decreto de Liquidación del Presupuesto Local”.

Artículo primero.

Convocar a sesiones extraor dinarias a la Junta Administradora Local de Barrios Unidos para que desde el día 11 de enero de 2016 y hasta el día 15 de enero de 2016, adelante las sesiones por medio de las cuales designe al representante en nombre de la Corporación ante el Consejo territorial de planeación distrital.

Artículo segundo.

El presente Decreto rige a partir de su fecha de expedición.

Que en artículo Tercero del precitado decreto, se evidencia un error de digitación en el texto y otro en los códigos de las imputaciones presupuestales Obligaciones por Pagar, Gastos Generales, Seguros, Seguros entidad, Seguros de Vida Ediles, Seguros de Salud Ediles, Servicios Públicos, Energía, Acueducto y Alcantarillado, Aseo y Teléfono. Lo que hace necesaria su aclaración.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto, El presente Decreto se expide en Bogotá, a los ocho (8) días del mes de enero de dos mil dieci

DECRETA:

séis (2016).

ERWIN LEONARDO NIÑO OCHOA Alcalde local (E) de Barrios Unidos

Artículo primero.

Aclarar el encabezado del Decreto Local 011 del 24 de diciembre de 2015, el cual quedará así:

DECRETO LOCAL No. 011 (Diciembre 24 de 2015) “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5753 • pP. 1-4 • 2016 • enero • 13 4

Artículo cuarto.

Aclarar el artículo tercero del decreto local 011 de 2015, el cual quedará así:

y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016”.

Artículo segundo.

Suprimir el artículo primero del Decreto Local 011 de 2015 en concordancia con lo estipulado en el manual operativo presupuestal del Distrito Capital Resolución SDH No. 226 del 8 de Octubre de 2014, página 265 formato 23, “Decreto de Liquidación del Presupuesto Local”.

Artículo segundo.

“Fijar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2016 por la suma de NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL PESOS M/CTE. ($ 96.644.227.000,oo), conforme al siguiente detalle”:

Artículo tercero.

Aclarar el artículo segundo del precitado decreto, el cual quedará así:

Artículo quinto.

Aclarar el artículo tercero del decreto local 011 de 2015, en lo que corresponde a los códigos de las imputaciones presupuestales Obligaciones por Pagar, Gastos Generales, Seguros, Seguros entidad, Seguros de Vida Ediles, Seguros de Salud Ediles, Servicios Públicos, Energía, Acueducto y Alcantarillado, Aseo y Teléfono, el cual quedará así

Artículo primero.

“Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2016 por la suma de NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL PESOS M/CTE. ($ 96.644.227.000,oo), conforme al siguiente detalle”:

Artículo segundo.

3.1.8 OBLIGACIONES POR PAGAR 1.295.657.000.00 3.1.8.02 GASTOS GENERALES 1.295.657.000.00 3.1.8.02.01 Adquisición de Bienes 226.230.554.00 3.1.8.02.01.02 Gastos de Computador 60.113.421.00 3.1.8.02.01.03 Combustibles Lubricantes y Llantas 60.500.000.00 3.1.8.02.01.04 Materiales y Suministros 105.617.133.00 3.1.8.02.02 Adquisición de Servicios 1.069.426.446.00 3.1.8.02.02.01 Arrendamientos 84.358.334,00 3.1.8.02.02.03 Gastos de Transporte y Comunicación 30.137.618,00 3.1.8.02.02.04 Impresos y Publicaciones 40.435.694,00 3.1.8.02.02.05 Mantenimiento y Reparaciones 585.059.270,00 3.1.8.02.02.05.0001 Mantenimiento Entidad 585.059.270,00 3.1.8.02.02.06 Seguros 165.321.686,00 3.1.8.02.02.06.0001 Seguros Entidad 135.004.586,00 3.1.8.02.02.06.0004 Seguros de Vida Ediles 15.000.000,00 3.1.8.02.02.06.0005 Seguros de Salud Ediles 15.317.100,00 3.1.8.02.02.08 Servicios Públicos 32.507.443,00 3.1.8.02.02.08.0001 Energía 4.506.340,00 3.1.8.02.02.08.0002 Acueducto y Alcantarillado 16.759.419,00 3.1.8.02.02.08.0003 Aseo 418.130,00 3.1.8.02.02.08.0004 Teléfono 10.823.554,00 3.1.8.02.02.17 Información 131.606.401 MIGUEL ANTONIO CORTES GARAVITO

Artículo sexto.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

ALCALDE LOCAL DE SUBA (E.)

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los cuatro (4) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).

5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5753 • pP. 1-5 • 2016 • enero • 13 ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBÓN

DECRETA:

Decreto Local Número 002 (Enero 8 de 2016)

Por el cual se modifica el Decreto Local No. 001- 2016 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local

Artículo primero.

Convóquese a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Fontibón, los días 12, 13,14 y 15 de Enero de 2016, con el fin de designar el representante de la Junta Administradora Local para que haga parte del Consejo Territorial de Planeación Distrital- CTPD, conforme lo establece el artículo 6 del Decreto Distrital 032 de 2007.

de Fontibón”

LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN En ejercicio de sus facultades legales, en especial la que confiere el artículo 71, inciso

Artículo segundo.

Durante el periodo de sesio nes extraordinarias señalado en el artículo anterior, la Junta Administradora Local de Fontibón, se ocupará exclusivamente de realizar la designación de su repre sentante al Consejo Territorial de Planeación Distrital.

segundo del Decreto 1421 de 1993 y

CONSIDERANDO:

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los ocho (8) días del mes Que corresponde al Alcalde(sa) Local convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local, conforme a lo establecido en el artículo 71 inciso segundo de Decreto-Ley 1421 de 1993. de enero de dos mil dieciséis (2016).

ANDREA ESTHER CASTRO LATORRE Alcaldesa Local de Fontibón ALCALDÍA LOCAL DE BOSA Decreto Local Número 003 (Enero 12 de 2016)

Por el cual se modifica el artículo primero del Decreto No. 002 de 2016, con el cual se convocó a la JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE BOSA a sesiones extraordinarias.

Que mediante Circular 001 del 7 de Enero de 2016 emanada del Despacho de la Secretaría Distrital de Gobierno, suscrita por el Secretario Distrital de Gobierno, se solicita a las Alcaldesas y Alcaldes Lo cales que convoquen a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local con el fin de designar el representante de la Corporación para que haga parte del Consejo Territorial de Planeación Distrital-CTPD, conforme lo establece el artículo 6 del Decreto Distrital 032 de 2007 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 12 de 1994, en lo referente al Consejo Territorial de Planeación Distrital”, donde se estipula la necesidad de designar un representante de la Corporación ante el Consejo Territorial de Planeación Distrital, designa ción que deberá realizarse a más tardar el día viernes quince (15) de enero.

LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA En uso de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por los artículos Que el día 7 de Enero de 2016 se emitió el Decreto Local No. 001 de 2016 mediante el cual se cita a la Junta Administradora Local a Sesiones Extraordinarias a partir del día 13 de Enero de 2016.

71 y 73 del Estatuto Orgánico de Bogotá D.C., Decreto ley 1421 del 21 de Julio de 1993

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario modificar la fecha de convoca toria para que las Sesiones Extraordinarias se lleven a cabo a partir del día doce (12) y hasta el día quince (15) de Enero de 2016.

Por lo anterior se requiere modificar el Decreto No. 001 de 2016 en lo relacionado con la fecha en que se deberán llevar a cabo las sesiones extraordinarias de la JAL.

Que mediante Decreto No. 002, del 8 de enero de 2016, en su artículo primero estableció convocar a la Junta Administradora Local de Bosa a sesiones extraordinarias el día 11 de enero de 2016, para que designara al representante de la Junta Administradora Local de Bosa ante el Consejo Territorial de Planeación Distrital.

Que en mérito de lo anterior, la Alcaldesa Local de Fontibón.

Que teniendo en cuenta la Circular No.001 de 2016, expedido por el Secretario Distrital de Gobierno, solicitó REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5753 • pP. 1-6 • 2016 • enero • 13 6 a los Alcaldes Locales convocar a sesiones extraor dinarias a la respectiva Junta Administradora Local a partir del día 11 de enero de 2016, para ocuparse de la designación del representante de la Corporación ante dicha instancia de planeación.

Que para continuar con el proceso de designación del representante de la Junta Administradora Local de Bosa ante el Consejo Territorial de Planeación Distrital, se requiere modificar la convocatoria ampliándola por los días 12, 13,14 y 15 de enero de 2016 a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo primero.

Modificar el artículo primero del Decreto No. 002 de 2016 el cual quedará así: Convocar por los días 11, 12, 13, 14 y 15 de enero de 2016 a sesiones extraordinarias a la Junta Adminis tradora Local de Bosa, para que realice el proceso de designación del representante de la Junta Adminis tradora Local de Bosa ante el Consejo Territorial de Planeación Distrital, conforme a lo establecido en la parte considerativa del presente Decreto.

Artículo segundo.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los doce (12) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).

DIANA CALDERÓN ROBLES Alcaldesa Local de Bosa 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5753 • pP. 1-7 • 2016 • enero • 13

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