Jurismart

Registro Distrital 5969 de 2016

Registro Distrital 5969 de 2016 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
5969
Año
2016
Fecha
6 de diciembre de 2016
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 51 Número 5969 2016 • DICIEMBRE • 6 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2016 CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL corresponde al CONFIS mediante resolución suscrita por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.

CONFIS Resolución Número 13 (Diciembre 1 de 2016)

«Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS mediante Resolución No. 017 del 29 de octubre de 2015 aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos, y de Gastos e Inversiones de la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2016 por un monto de $2.318.390.844.000. e Inversiones de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá –ESP – EAB para la vigencia fiscal 2016».

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 28 del Decreto Distrital195 de 2007, y, Que la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARI- LLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP., requiere realizar una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2016, con recursos provenientes de la suscripción de Convenio Interadministrativo No. 001 con el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. – FONDIGER, por valor de $11.500.000.000 y cuya fuente de financiación es: 01 – 15 - 0.5% Tributarios.

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal (e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

Que conforme a lo establecido en el artículo 28° del Decreto Distrital 195 de 2007, “las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los gastos de funcionamiento, gastos de operación, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo”.

Que la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARI- LLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP., comunica que mediante memorando interno 1230001-2016-0777 del 19 de agosto de 2016, la Gerencia Corporativa de Planeamiento y Control, emitió concepto favorable para la incorporación de recursos al presupuesto de Inversión Directa 2016 de la EAB – ESP, para el Convenio Interadministrativo No. 001 de 2016 suscrito entre el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. - FONDIGER, la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB
- ESP., y la Secretaría Distrital de Ambiente, en el proyecto de Inversión EAB – ESP Código AB-1098- 081 “Sendero de las Mariposas” (Rubro en PREDIS 3-4-1-15-02-13-0081-133 - Corredores ambientales).

Que de acuerdo con el numeral 5 del reglamento interno adoptado en la sesión del 27 de enero de 2016, le Que la Junta Directiva de FONDIGER, en sesión del 1 de junio de 2016, mediante Acuerdo 003 de 2016, 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 5969 • pP. 1-1 • 2016 • DICIEMBRE • 6 3.4 Inversión 11.500.000.000 Total Adición de Gastos 11.500.000.000 aprobó la asignación de recursos para ser ejecutados por la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLA- DO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP., por valor de $11.500.000.000, de la Subcuenta de Conocimiento y Reducción del Riesgo y Efectos del Cambio Climático.

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., al primer (1) día del mes de Que la Junta Directiva de la EMPRESA DE ACUEDUC- TO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP., mediante Acuerdo No 15 del 7 de septiembre de 2016, emitió concepto favorable a la anterior adición. diciembre de dos mil dieciséis (2016).

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda ANDRÉS ORTIZ GÓMEZ Secretario Técnico Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de la adición presupuestal aprobada, es responsabilidad y competencia exclusiva de EMPRESA DE ACUE- DUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP.

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO Que la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto recomendó aprobar la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos, Gastos e Inversiones 2016 de la EMPRESA DE ACUEDUCTO, AL- CANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP.

Resolución Número 010414 (Noviembtre 25 de 2016)

“Por la cual se modifica la Resolución 66434 de 2015, por medio de la cual se adoptó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Instituto de Desarrollo Urbano IDU”

Que el CONFIS en su sesión No. 16 realizada los días 28 y 29 de Noviembre de 2016, de acuerdo a la recomendación y al análisis de las justificaciones aportadas, aprobó la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2016 de la EMPRESA DE ACUEDUCTO, AL- CANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE

RESUELVE:

DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ, D.C, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 29 del Acuerdo 001 del Consejo Directivo “Por el cual se expiden los Estatutos del Instituto de Desarrollo Urbano” y el Artículo 3 del Acuerdo No 002 del Consejo Directivo “Por el cual se establece la estructura organizacional del Instituto de Desarrollo Urbano, las funciones de sus dependencias y se dictan otras

Artículo primero.

Aprobar la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2016 de la EMPRESA DE ACUEDUC- TO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB
- ESP., por valor de $11.500.000.000, provenientes de la suscripción de Convenio Interadministrativo No. 001 con el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. – FONDIGER, conforme al siguiente detalle:

disposiciones”, y ADICIÓN DE INGRESOS

CONSIDERANDO:

RUBRO $ 2 Ingresos 11.500.000.000 2.2 Transferencias 11.500.000.000 Que mediante Acuerdo No 002 de febrero 3 de 2009 emanado del Consejo Directivo, se estableció la nueva estructura organizacional del Instituto de Desarrollo Urbano y las funciones de sus dependencias.

Total Adición de Ingresos 11.500.000.000 ADICIÓN DE GASTOS RUBRO $ Que el inciso 4 del artículo 3 del Acuerdo No 002 de 2009 del Consejo Directivo, asigna a la Dirección General la función de dirigir, controlar y garantizar las funciones de planeación, técnicas, financieras, administrativas, de desarrollo institucional y legales.

3 Gastos 11.500.000.000 Que el literal b) del numeral 2 del artículo 19 de la Ley REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 5969 • pP. 1-2 • 2016 • DICIEMBRE • 6 2

RESUELVE:

Artículo primero.

Modificar el Manual de Funciones y Competencias Laborales, adoptado mediante Resolución No. 66434 del 23 de diciembre de 2015, en relación con el cargo de la Planta de Empleos del Instituto de Desarrollo Urbano, que se relaciona a continuación:

909 de 2004, establece que el diseño de cada empleo, además de la descripción del contenido funcional que permita identificar con claridad las responsabilidades exigibles a quien sea su titular consagrado en el literal a) del citado numeral, debe contener “el perfil de competencias que se requiera para ocupar el empleo, incluyendo los requisitos de estudio y experiencia, así como las demás condiciones para el acceso al servicio. En todo caso, los elementos del perfil han de ser coherentes, con las exigencias funcionales del contenido del empleo”.

Que el artículo 5 del Decreto 2484 del 2 de Diciembre de 2014, recopilado por el artículo 2.2.3.5 del Decreto 1083 de 2015 establece que “Para efectos de la identificación de las disciplinas académicas de los empleos que exijan como requisito el título de aprobación de estudios en educación superior, de que trata el artículo 23 del Decreto Ley 785 de 2005, las entidades y organismos identificarán en el manual de funciones y de competencias laborales los Núcleos Básicos del Conocimiento -NBC- que contengan disciplinas académicas o profesiones, de acuerdo con la clasificación establecida en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior-SNIES”.

Que el Instituto de Desarrollo Urbano ha revisado los perfiles de los cargos existentes, encontrando que algunos no se ajustan a las necesidades actuales de las dependencias y requieren la actualización para su cabal desempeño y ejercicio.

Que el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales adoptado mediante Resolución 66434 de 2015 ha sido diseñado de manera tal que se le puedan hacer los ajustes necesarios de acuerdo con los requerimientos de la Entidad.

Que mediante oficio No. 20165160940911 del 11 de octubre de 2016, el Instituto de Desarrollo Urbano IDU solicitó concepto técnico favorable para la modificación del Manual de Funciones y Competencias Laborales del cargo Profesional Especializado Código 222 Grado 04 asignado en la Oficina de Control Interno.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital mediante oficio No. 20165260802582 del 11 de noviembre de 2016 emitió concepto técnico favorable para la modificación del Manual de Funciones y Competencias Laborales, al cual le fue dado alcance con radicado 20165260832702 del 24 de noviembre de 2016.

Que en mérito de lo expuesto, 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 5969 • pP. 1-3 • 2016 • DICIEMBRE • 6 I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Profesional Denominación del Empleo: Profesional Especializado Código: 222 Grado: 04 No. de cargos: 55 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa II. ÁREA FUNCIONAL: Control Interno – Auditoría Organizacional 251-OCI III. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar evaluaciones al Sistema de Control Interno y al Sistema Integrado de Gestión (SIG) con énfasis en los procesos de apoyo del IDU, a fin de verificar la existencia, nivel de desarrollo y el grado de efectividad del Control Interno y del Sistema Integrado de Gestión en el cumplimiento de los objetivos institucionales, conforme a la normatividad legal y técnica vigente, así como fomentar la cultura de autocontrol en la entidad y adelantar labores de enlace y control de la gestión del área IV. FUNCIONES ESENCIALES
1. Evaluar mediante técnicas de auditoría generalmente aceptadas el Sistema de Control Interno (SCI) y el SIG, particularmente en los procesos, procedimientos, planes y programas de apoyo, con el propósito de verificar el funcionamiento del sistema o de algunos de sus elementos, observar las posibles desviaciones con respecto al “deber ser” y recomendar acciones de mejoramiento, de conformidad con el procedimiento establecido.
2. Recopilar, analizar y procesar los papeles de trabajo que se generan en las evaluaciones, seguimientos y/o monitoreo a los planes de mejoramiento, a los procedimientos designados y a los que el IDU suscriba con los órganos de control, con el propósito de dar soporte conceptual y documental a los informes correspondientes.
3. Hacer seguimiento y/o monitoreo a los planes de mejoramiento o acciones de mejoramiento que presenten las áreas encargadas de ejecutar los procedimientos asignados y a los que el IDU suscriba con los órganos de control, con el propósito de verificar la corrección de las desviaciones observadas y el cumplimiento de dicho plan, realizando las observaciones que fueren necesarias de conformidad con el procedimiento establecido.
4. Generar recomendaciones en el desarrollo del Sistema de Control Interno a las áreas encargadas de ejecutar los procesos asignados, de acuerdo con lo evidenciado en las evaluaciones, verificaciones y seguimientos realizados a éstos, proponiendo acciones orientadas a fomentar la cultura del autocontrol, el mejoramiento continuo y fortalecimiento del Sistema de Control Interno del IDU, así como la efectiva administración de los riesgos de acuerdo con los lineamientos establecidos
5. Reportar los cambios en las leyes, normatividad, políticas y demás documentos vigentes relacionados con el tema de control interno, con el propósito de mantener actualizado el normograma de la dependencia.
6. Participar en el diseño, estructuración y elaboración del Programa Anual de Auditoría de Control Interno y los Planes de Auditorías en los que esté involucrado, con el propósito de ejecutarlos y convertirlos en herramientas de autocontrol que permitan conseguir los objetivos y metas trazadas.
7. Realizar los informes de control de la austeridad de la Entidad y los demás que le sean asignados por el Jefe de la Oficina de Control Interno, con la calidad y oportunidad requerida
8. Verificar la evolución de la administración del riesgo de los procesos del IDU, de acuerdo con el procedimiento establecido.
9. Programar e implementar actividades de fomento del autocontrol al interior de la dependencia y en las áreas encargadas de ejecutar los procesos asignados del IDU con el fin de garantizar el funcionamiento del SCI y el cumplimiento de los objetivos del mismo.
10. Realizar las demás funciones que le sean asignadas por el superior inmediato, de acuerdo con la naturaleza y propósito del cargo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Normatividad en Control Interno Estatal
2. Evaluación a controles aplicados a procesos de apoyo.
3. Evaluación y análisis de indicadores
4. Administración del riesgo
5. Normatividad de contratación estatal
6. Normatividad de órganos de control
7. Evaluación de procesos y procedimientos administrativos de apoyo.
8. Normas de auditoría
9. Sistemas Integrados de Gestión Estatales
10. Redacción de informes.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES Comunes Orientación a resultados Orientación al usuario y al ciudadano Transparencia Compromiso con la Organización Experiencia Doce (12) meses de experiencia profesional relacionada.

Por Nivel Jerárquico Aprendizaje Continuo Experticia profesional Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA Estudios Título de formación profesional en Administración de Empresas del NBC de economía y administración; profesional en Administración Pública del NBC de administración, profesional en Economía del NBC de economía y administración, profesional en Derecho del NBC de derecho y afines, profesional en Ingeniería Industrial del NBC de ingeniería industrial y afines o profesional en Contaduría Pública del NBC de contaduría pública.

Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Artículo segundo.

Adoptar la ficha actualizada en el Manual de Funciones y Competencias Laborales vigente que se relacionó en esta providencia.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 5969 • pP. 1-4 • 2016 • DICIEMBRE • 6 4 nes a generar para el cumplimiento de las metas, lo que conllevo a procesos adjudicados por menor valor.

Artículo tercero.

Para el cumplimiento de los requisitos señalados en la ficha objeto de la presente modificación del Manual de Funciones y Competencias Laborales del Instituto de Desarrollo Urbano, se aplicarán las equivalencias establecidas en el Decreto 785 de 2005 y en las demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.

Artículo cuarto.

Las restantes fichas que integran el Manual de Funciones y Competencias Laborales del Instituto de Desarrollo Urbano, no sufren cambio alguno.

Que dentro del proyecto 3-3-1-14-01-04-1092 Fontibón humana, segura y libre de violencias contra las mujeres, se cuenta con recursos disponibles por valor de $8.000.000 teniendo en cuenta que las acciones a generar para el cumplimiento de la meta en Vincular 400 personas anualmente a acciones de visibilización de las distintas formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se lograron establecer por menores valores conforme con los estudios del mercado.

Artículo quinto.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y modifica en lo pertinente la Resolución 66434 de 2015.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los veinticinco (25) días del mes de noviembre de dos mil dieciséis Que dentro del proyecto 3-3-1-14-01-07-1089 Fontibón, defiende, protege y promueve los derechos humanos, se tienen recursos disponibles por valor de $22.000.000 en la meta de Vincular a 500 personas anualmente a la Implementación de Estrategias de comunicación, cultural y pedagógica, sobre los derechos de las víctimas, desplazados, la paz y la reconciliación, producto de los estudios del mercado con lo que se logró establecer las acciones a generar para el cumplimiento de las metas por menores valores.

(2016).

YANETH ROCÍO MANTILLA BARÓN Directora General DECRETOS LOCALES DE 2016 ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBÓN Que dentro del proyecto 3-3-1-14-01-15-1093 Gestión para el proceso de acceso a vivienda y mejoramiento integral de barrios en Fontibón, hay recursos disponibles por valor de $39.600.000, al realizarse el proceso de contratación por menor tiempo a lo programado, frente a la meta de Vincular 300 personas anualmente en gestión en los procesos de identificación y construcción de vivienda y mejoramiento de barrios.

Decreto Local Número 13 (Diciembre 1 de 2016)

“Por el cual se realiza una modificación en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para Ia vigencia fiscal 2016”

LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN En uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, y.

Que dentro del proyecto 3-3-1-14-02-20-1096 Fortalecimiento del sistema local de gestión del riesgo en la localidad de Fontibón, están disponibles recursos por valor de $20.000.000 en la meta de Vincular a 1600 personas anualmente a redes y rutas protectoras, para convocar así a la solidaridad, sensibilizar y corresponsabilizar socialmente, orientado a la prevención, fortalecimiento de la gestión local y protección frente al riesgo, al considerarse de acuerdo conlineamientos técnicos, que no se requería contratar interventoría especializada, la cual se puede suplir el apoyo a la supervisión con personal contratado por la ALF.

CONSIDERANDO:

Que dentro del proyecto 3-3-1-14-01-03-1086 Fomentar el derecho a la educación con calidad y permanencia en Fontibón, existen recursos disponibles por valor de $19.986.000 en la meta de Vincular a 1600 estudiantes anualmente a salidas pedagógicas extraescolares de interés histórico, geográfico, científico y ambiental, teniendo en cuenta que conforme con los estudios del mercado se lograron optimizar los recursos al establecer por menores valores las accio- Que dentro del proyecto 3-3-1-14-03-24-1099 Comunicación, educación y fortalecimiento de capacidades para la participación en la localidad de Fontibón, quedan recursos disponibles por valor de $ 330.000.000, discriminados así: a) se habían programado recursos por $160.000.000 para dotar 20 salones comunales, cuya meta se cumplió al dotar 20 salones comunales durante el cuatrenio, b) frente a la meta de consultoría para la construcción de 4 salones comunales con licencia de construcción vigente por valor de $60.000.000, se estableció que no se van a generar las acciones 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 5969 • pP. 1-5 • 2016 • DICIEMBRE • 6 recursos que se tenían programados para cubrir la interventoría de parques cubriéndose la necesidad inmediata a través del proyecto de inversión 1090. Por lo anterior es de inmediata urgencia contar con los recursos para dar cumplimiento con lo expresado por la ley 80 de 1993 en su artículo 32 y Ley 1474 de 2011 artículo 83, y de esta manera poder responder con la obligación presentada. puesto que está culminando el PDD Bogotá Humana y en la nueva administración no se tienen contemplados recursos para la construcción de salones lo que implicaría generar consultorías sin fin de construcción, c) recursos por $55.000.000 de la meta Vincular a 100 personas anualmente a programas de formación en control social y seguimiento al impacto a todos los proyectos del FDL y del nivel central que se ejecutan en la localidad, de la meta Vincular a 300 personas anualmente a la promoción de la política de juventud y sus actividades $5.000.000 y de la meta Fortalecer 20 organizaciones durante el cuatrienio con apoyo logístico para la construcción y/o consolidación de redes locales de comunicación pública y social $50.000.000, para éstas se cumplió la meta del PDL con los recursos durante el cuatrenio.

Que dentro de3-3-1-14-03-31-1104 Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional, se requieren recursos por valor de $ 338.586.700 en la meta de Adelantar acciones para mejorar anualmente la gestión y la capacidad operativa de la Administración Local, con el fin de completar los recursos para la dotación de la nueva sede que se llevará a cabo a través del proceso de contratación pública, el cual quedó desfinanciado una vez establecida la adición al contrato de obra para la construcción de dicha sede, ésta se apalanco con parte de los recursos programados para la mencionada dotación.

Que la modificación al presupuesto se efectuará dentro del agregado de Inversión y de acuerdo con el proceso definido para los Fondos de Desarrollo Local, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante la expedición de un Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación.

Que el Director de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local de la Secretaria Distrital de Planeación emitió concepto favorable para el trámite del traslado del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón mediante comunicación No. 20164210449442 del 22 de noviembre de 2016.

Que dentro del proyecto 3-3-1-14-01-01-1083 Fontibón humana en la atención primera infancia. La primera infancia constituye la etapa que por excelencia requiere de mayor atención y cuidado, por lo cual desde la Alcaldía Local de Fontibón en su actual administración establece que desde la atención integral que por derecho se debe garantizar a los niños y niñas menores de 5 años para su crecimiento, se dé la prioridad a afrontar la problemática social asociada a la mortalidad infantil en la Localidad desde el presupuesto asignado para la meta con vigencia 2016. Por lo anterior, se requiere $60.999.300 con el fin de complementar acciones de promoción del buen trato y prevención de violencias en niños y niñas en el ámbito familiar, mediante estrategias orientadas a la articulación interinstitucional que a partir de su puesta en escena en el territorio permitan disminuir con la tasa porcentual asociada a la mortalidad infantil, cumpliendo con la meta del Plan de Desarrollo Local “ Vincular a 500 personas anualmente a acciones de promoción del buen trato y prevención de violencias en niños, niñas y adolescentes en Jardines infantiles, planteles educativos y en el ámbito familiar”, Que mediante comunicación No. 20165910143202 del 01 de diciembre de 2016, Ia Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable para el trámite del traslado del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto, Ia Alcaldesa Local de Fontibón:

DECRETA:

Artículo primero.

Efectuar unos contra créditos y unos créditos al Presupuesto de Gastos e Inversión vigencia fiscal 2016, por valor de CUATROCIEN- TOS TREINTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL ($439.586.000) PESOS M/CTE conforme al siguiente detalle::

Que dentro del proyecto 3-3-1-14-01-08-1090 Cotidianidad libre y activa en Fontibón, se requieren recursos por valor de $40.000.000 para contratar la interventoría para el proceso licitatorio de “Mantener parques vecinales y de bolsillo en la localidad de Fontibón”, con el fin de intervenir 6 parques vecinales y de bolsillo. Se tenían programados los recursos para este proceso, pero dada la necesidad planteada por el Alcalde Mayor de Bogotá a través del IDRD donde se solicitó a los FDL en invertir recursos para la adquisición de uniformes para los torneos deportivos interbarriales “Donde Todos Jugamos” para llevarse a cabo a partir del 19 de noviembre de 2016. Razón por la cual y con el fin de dar cumplimiento con la directriz por parte de la Alcaldía Mayor se destinaron y apalancaron los REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 5969 • pP. 1-6 • 2016 • DICIEMBRE • 6 6 CONTRACRÉDITOS:

CÓDIGO CONCEPTO VALOR 3-3 INVERSIÓN 439.586.000,00 3-3-1 DIRECTA 439.586.000,00 3-3-1-14 Bogotá Humana 439.586.000,00 3-3-1-14-01 Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo 89.586.000,00 3-3-1-14-01-03 Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender 19.986.000,00 3-3-1-14-01-03-1086 Fomentar el derecho a la educación con calidad y permanencia en Fontibón 19.986.000,00 3-3-1-14-01-04 Bogotá Humana con igualdad de oportunidades y equidad de género para las mujeres 8.000.000,00 3-3-1-14-01-04-1092 Fontibón humana, segura y libre de violencias contra las mujeres 8.000.000,00 3-3-1-14-01-07 Bogotá un territorio que defiende, protege y promueve los derechos humanos 22.000.000,00 3-3-1-14-01-07-1089 Fontibón, defiende, protege y promueve los derechos humanos 22.000.000,00 3-3-1-14-01-15 Vivienda y hábitat humanos 39.600.000,00 3-3-1-14-01-15-1093 Gestión para el proceso de acceso a vivienda y mejoramiento integral de barrios en Fontibón 39.600.000,00 3-3-1-14-02 Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua 20.000.000,00 3-3-1-14-02-20 Gestión integral de riesgos 20.000.000,00 3-3-1-14-02-20-1096 Fortalecimiento del sistema local de gestión del riesgo en la localidad de Fontibón 20.000.000,00 3-3-1-14-03 Una Bogotá que defiende y fortalece lo público 330.000.000,00 3-3-1-14-03-24 Bogotá Humana: participa y decide 330.000.000,00 3-3-1-14-03-24-1099 Comunicación, educación y fortalecimiento de capacidades para la participación en la localidad de Fontibón 330.000.000,00 TOTAL CONTRACREDITOS 439.586.000,00 CRÉDITOS:

CÓDIGO CONCEPTO VALOR 3-3 INVERSIÓN 439.586.000,00 3-3-1 DIRECTA 439.586.000,00 3-3-1-14 Bogotá Humana 439.586.000,00 3-3-1-14-01 Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo 100.999.300,00 3-3-1-14-01-01 Garantía del desarrollo integral de la primera infancia 60.999.300,00 3-3-1-14-01-01-1083 Fontibón humana en la atención primera infancia 60.999.300,00 3-3-1-14-01-08 Ejercicio de las libertades culturales y deportivas 40.000.000,00 3-3-1-14-01-08-1090 Cotidianidad libre y activa en Fontibón 40.000.000,00 3-3-1-14-03 Una Bogotá que defiende y fortalece lo público 338.586.700,00 3-3-1-14-03-31 Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional 338.586.700,00 3-3-1-14-03-31-1104 Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional 338.586.700,00 TOTAL CREDITOS 439.586.000,00

Artículo segundo.

El presente Decreto rige a partir de su expedición.

7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 5969 • pP. 1-7 • 2016 • DICIEMBRE • 6 $2.996.187.500 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., al primer (1) día del mes de diciembre de dos mil dieciséis (2016).

JOHANNA PAOLA BOCANEGRA OLAYA Alcaldesa Local de Fontibón 4.- Para el caso del proyecto 1003 San Cristóbal fortalece lo público y garantiza la gestión eficiente debe adicionarse debido a que existen dos sentencias judiciales ya en firme las cuales deben cancelarse este año además de que existen otras necesidades para el mejoramiento de funcionalidad de la administración local, en un valor de $3.404.050.771 ALCALDÍA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL Decreto Local Número 14 (Diciembre 2 de 2016)

“Por el cual se efectúan modificaciones en el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal de 2016”

5.- Que para el proyecto 1005 San Cristóbal garantiza el pago a los ediles debido a que el Decreto No 035 del 9 de abril del 2016, incrementó el salario de los funcionarios del Distrito Capital en un porcentaje del 8.27%, lo cual hace que el de los ediles también se incrementen sus honorario, y en el momento de la aprobación de presupuesto de la vigencia se tuvo un porcentaje menor a este incremento por lo cual se debe adicionar en $8.677.245.

QUE EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y 6.- Es necesario ajustar el rubro “Seguros de Salud Ediles” en los Gastos de Funcionamiento – Gastos Generales en $2.412.000 ya que debido al incremento de los honorarios el aporte a salud también incrementa.

CONSIDERANDO:

7.- Que la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto previo y favorable a la modificación propuesta en los Gastos de Inversión, según consta en el oficio No 2-2016-49766 y 2-2016-53326 de noviembre 2 y noviembre 24 de 2016 8.- Que mediante comunicación No.2016EE172281 de noviembre 30 del 2016, la Directora Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para el trámite de la modificación propuesta.

En mérito de lo anterior:

DECRETA:

1.- Considerando que se tiene una serie de necesidades para cumplir en este y el año entrante algunas metas respecto al proyecto 939 Atención integral a personas mayores disminuyendo la discriminación y la segregación socioeconómica por donde se paga el subsidio C al adulto mayor, y por el proyecto 1003 San Cristóbal fortalece lo público y garantiza la gestión eficiente por donde se debe cancelar dos sentencias judiciales y cubrir otras necesidades, el proyecto 1005 San Cristóbal garantiza el pago a los ediles por donde se cancelan los honorarios a los ediles de la localidad y el rubro Seguros de Vida Ediles es necesario realizar un traslado presupuestal.

2.- Que realizando un estudio a las metas de los diferentes proyectos y de acuerdo a las sugerencias de la administración central, se ve viable realizar algunos traslados para cubrir las necesidades de los proyectos antes mencionados.

Artículo 1°.

Efectuar el siguiente traslado en el presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, por la suma de SEIS MIL CUA- TROCIENTOS ONCE MILLONES TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS DIECISEIS PESOS ($6.411.327.516)

3.- Para el caso del proyecto 939 Atención integral a personas mayores disminuyendo la discriminación y la segregación socioeconómica, debe adicionarse debido a que la directiva 5 del 2016 establece unos lineamientos para el plan de desarrollo 2017-2020 donde al cumplirse no alcanzarían los recursos para cubrir la necesidad que se tiene por lo cual es necesario una adición por un valor de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 5969 • pP. 1-8 • 2016 • DICIEMBRE • 6 8 CONTRACRÉDITOS 004 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SAN CRISTÓBAL CÓDIGO NOMBRE VALOR 3 GASTOS 6.411.327.516 3.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 2.412.000 3.1.2 GASTOS GENERALES 2.412.000 3.1.2.02 Adquisición de Servicios 2.412.000 3.1.2.02.05 Mantenimiento y Reparaciones 2.412.000 3.1.2.02.05.01 Mantenimiento entidad 2.412.000 3,3 INVERSIÓN 6.408.915.516 3.3.1 DIRECTA 5.960.063.081 3.3.1.14 "Bogotá Humana" 5.960.063.081 3.3.1.14.01 Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo 4.360.063.081 3.3.1.14.01.01 Garantía del desarrollo integral de la primera infancia 982.063.081 3.3.1.14.01.01.0918 Ambientes educativos apropiados para el desarrollo de la primera infancia 982.063.081 3.3.1.14.01.02 Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad 1.400.000.000 3.3.1.14.01.02.1024 San Cristóbal protege y garantiza territorios saludables por el derecho fundamental y la salud pública. 1.400.000.000 3.3.1.14.01.03 Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender 300.000.000 300.000.000 3.3.1.14.01.03.1008 San Cristóbal fortalece las Instituciones Educativas Distritales con apoyo al aprendizaje Extraescolar y a la educación formal e informal 400.000.000 3.3.1.14.01.05 Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital 3.3.1.14.01.05.0963 San Cristóbal Humana, protectora, libre de violencias y discriminación. 400.000.000 3.3.1.14.01.07 Bogotá, un territorio que defiende, protege y promueve los derechos humanos 300.000.000 300.000.000 3.3.1.14.01.07.1128 Promoción, prevención y formación integral encaminada al restablecimiento de los derechos de las personas de la localidad.

3.3.1.14.01.08 Ejercicio de las libertades culturales y deportivas 978.000.000 3.3.1.14.01.08.1015 Gestión Artística y Cultural de los Territorios 950.000.000 3.3.1.14.01.08.1017 Deporte para Transformar 28.000.000 3.3.1.14.02 Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua 1.570.000.000 3.3.1.14.02.17 Recuperación rehabilitación y restauración de la estructura ecológica principal y de los espacios del agua 1.250.000.000 3.3.1.14.02.17.0869 Apropiación ambiental y gobernanza del agua en San Cristóbal 1.250.000.000 3.3.1.14.02.21 Basura Cero 200.000.000 3.3.1.14.02.21.0873 San Cristóbal hacia una cultura de reducción de residuos 200.000.000 3.3.1.14.02.22 Bogotá humana ambientalmente saludable 120.000.000 3.3.1.14.02.22.0944 Un mejor ambiente para San Cristóbal 120.000.000 3.3.1.14.03 Una Bogotá que defiende y fortalece lo público 30.000.000 3.3.1.14.03.26 Transparencia, probidad, lucha contra la corrupción y control social efectivo e incluyente 30.000.000 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 5969 • pP. 1-9 • 2016 • DICIEMBRE • 6 3.3.1.14.03.26.1125 San Cristóbal transparente lucha contra la corrupción y defiende el control social efectivo 30.000.000 3.3.6 Obligaciones por Pagar 448.852.435 3.3.6.14 Bogotá Humana 194.855.542 3.3.6.14.01 Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo 161.238.262 3.3.6.14.01.01 Garantía del desarrollo integral de la primera infancia 10.441 3.3.6.14.01.01.0918 Ambientes educativos apropiados para el desarrollo de la primera infancia 10.441 160.984.791 3.3.6.14.01.05 Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital 3.3.6.14.01.05.0939 Atención Integral a Personas Mayores disminuyendo la discriminación y la segregación socioeconómica. 160.984.791 3.3.6.14.01.08 Ejercicio de las libertades culturales y deportivas 243.030 3.3.6.14.01.08.1017 Deporte para Transformar 243.030 3.3.6.14.02 Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua 30.247 3.3.6.14.02.19 Movilidad Humana 30.247 3.3.6.14.02.19.1025 Movilidad participativa y humana en San Cristóbal 30.247 3.3.6.14.03 Una Bogotá que defiende y fortalece lo público 33.587.033 3.3.6.14.03.24 Bogotá Humana: Participa y Decide 3.698 3.3.6.14.03.24.1126 Fortalecer capacidades y oportunidades para la participación de los diferentes actores sociales de San Cristóbal 3.698 3.3.6.14.03.25 Fortalecimiento de las capacidades de gestión y coordinación del nivel central y las localidades desde los territorios 420.000 3.3.6.14.03.25.1004 Sistema de coordinación local y nivel central desde los territorios 420.000 3.3.6.14.03.31 Fortalecimiento de la función Administrativa y Desarrollo Institucional 33.163.335 3.3.6.14.03.31.1003 San Cristóbal fortalece lo público y garantiza la gestión eficiente 33.163.335 3.3.6.90 Obligaciones por Pagar Otras Vigencias 253.996.893 CRÉDITOS 004 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SAN CRISTÓBAL CÓDIGO CONCEPTO VALOR 3 GASTOS 6.411.327.516 3.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 2.412.000 3.1.2 GASTOS GENERALES 2.412.000 3.1.2.02 Adquisición de Servicios 2.412.000 3.1.2.02.06 Seguros 2.412.000 3.1.2.02.06.05 Seguros de salud ediles 2.412.000 3,3 INVERSIÓN 6.408.915.516 3.3.1 DIRECTA 6.408.915.516 3.3.1.14 "Bogotá Humana" 6.408.915.516 3.3.1.14.01 Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo 2.996.187.500 3.3.1.14.03 Una Bogotá que defiende y fortalece lo público 3.508.743.052 3.3.1.14.03.31 Fortalecimiento de la función Administrativa y Desarrollo Institucional 3.508.743.052 3.3.1.14.03.31.1003 San Cristóbal fortalece lo público y garantiza la gestión eficiente 3.404.050.771 3.3.1.14.03.31.1005 San Cristóbal Garantiza el pago a los ediles. 8.677.245 Dado en Bogotá, a los dos (2) días del mes de diciembre de dos mil dieciséis (2016).

Artículo 2°.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Alcalde Local de San Cristóbal.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 5969 • pP. 1-10 • 2016 • DICIEMBRE • 6 10

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar