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Registro Distrital 5961 de 2016

Registro Distrital 5961 de 2016 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
5961
Año
2016
Fecha
24 de noviembre de 2016
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 50 Número 5961 2016 • NOVIEMBRE • 24 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2016 EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.” necesario actualizar el Manual de Procedimientos de la Entidad, con el objeto de ajustarlo a los nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo del Sistema TransMilenio y fijar las directrices y lineamientos al personal de la Entidad y a los actores que intervienen en la Operación.

Resolución Número 683 Que en mérito de lo expuesto, (Noviembre 16 de 2016)

RESUELVE:

“Por la cual se modifica la Resolución 078 del 31 de Julio de 2000, con el fin de actualizar el Manual de Procedimientos de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio

Artículo primero.

Modificar la Resolución 078 de 2000 en lo que corresponde a la creación del documento a la versión registrada en el siguiente cuadro:

TRANSMILENIO S.A”

Código Versión Nombre EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO M-SE-003 0 Manual para la Gestión de Tesorería en TRANSMILENIO S.A.

“TRANSMILENIO S.A.”, en ejercicio de sus facultades delegadas mediante la Resolución 271 de Junio de 2013, y

CONSIDERANDO:

Artículo segundo.

Modificar la Resolución 082 de 2015 en lo que corresponde a la eliminación de los siguientes documentos con la versión registrada en el siguiente cuadro:

Código Versión Nombre P-SE-001 1 Estado de Tesorería P-SE-002 1 Administración de Inversiones Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANS- MILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

P-SE-008 1 Pago a Terceros P-SE-016 0 Elaboración de comprobantes de Ingreso Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A., según Resolución 078 de 2000.

Artículo tercero.

Derogar la Resolución 215 de 2015 teniendo cuenta que se elimina el siguiente documento con la versión registrada en el siguiente cuadro:

Código Versión Nombre Que mediante el Acuerdo 02 de 2016 se modifica la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio – “TRANSMILENIO S.A.”

P-SE-017 0 Programa Anual de Caja Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-1 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, a los dieciséis (16) días del mes

Artículo cuarto.

La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital. Los demás documentos no modificados con la presente resolución continúan vigentes.

de noviembre de dos mil dieciséis (2016).

JOSÉ GUILLERMO DEL RÍO BAENA Jefe de Oficina Asesora de Planeación (E)

TÍTULO: MANUAL PARA LA GESTIÓN DE TESORERÍA EN TRANSMILENIO S.A Código Versión Fecha M-SE-003 0 Octubre de 2016 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETO

2. ALCANCE

La revisión y/o actualización de este procedimiento deberá realizarse cuando se considere pertinente por parte de los responsables de su aplicación y cumplimiento.

3. RESPONSABLE

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

5. DEFINICIONES

El presente documento considera el siguiente marco normativo y conceptual:

6. CONDICIONES GENERALES (POLÍTICAS DE OPERA- CIÓN)

7. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

 Decreto 410 de 1971. Por el cual se expide el Código de Comercio.

8. TABLA DE FORMATOS

9. ANEXOS

 Decreto 624 de 1989. Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuesto Nacionales

1. OBJETO

 Decreto 1421 de 1993. Régimen Especial para el Distrito Capital  Decreto 2150 de 1995. Supresión de Procedimientos o Trámites  Decreto 714 de 1996. Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital.

Este manual tiene como fin establecer los lineamientos para la Gestión de Tesorería en TRANSMILENIO S.A. en el marco de la normatividad legal vigente en la materia facilitando la eficiencia, eficacia y economía en el desarrollo de las actividades.

2. ALCANCE

 Decreto 111 de 1996. Por el cual se compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto.

 Ley 225 de 1995.Por la cual se modifica la Ley Orgánica de Presupuesto.

Este documento es para conocimiento y aplicación del Subgerente Económico, el Tesorero y los servidores públicos de la Subgerencia Económica que intervienen en las actividades propias de la Tesorería de la Entidad y para conocimiento de los demás funcionarios asociados a los diferentes Procesos de TRANSMILENIO S.A.

 Ley 489 de 1998. Estatuto Básico de la Administración Pública.

3. RESPONSABLE

 Convenio 20 de 2001 entre Transmilenio S.A. y el Instituto de Desarrollo Urbano.

El responsable de la elaboración y actualización de este documento es el Tesorero, por su estricto cumplimiento, implementación y mantenimiento velará el Subgerente Económico(a) de TRANSMILENIO S.A.

 Resolución 11076 de diciembre 14 de 2001, DIAN, “Calificación de TRANSMILENIO S.A como Gran Contribuyente”.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-2 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 2  Circular anual de cierre de la vigencia fiscal, expedida por la Secretaria de Hacienda Distrital.

 Decreto 1703 de 2002. Medidas para promover y controlar la afiliación y el pago de aportes en el sistema de general de seguridad social en salud.

 Régimen de Contabilidad Pública

5. DEFINICIONES

 Ley 819 de 2003.Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones.

 Ley 828 de 2003.Normas para el Control a la Evasión del Sistema de Seguridad Social.

 Ley 1150 de 2007. Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos.

Acreedores Varios: Corresponde al valor de las obligaciones adquiridas por la entidad en cumplimiento de sus funciones, por concepto de descuentos de nómina, aportes, retenciones, impuestos, entre otros. También harán parte de este grupo de obligaciones los cheques anulados por el no reclamo oportuno de pagos que correspondan a afectaciones presupuestales del año que se cierra. (Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital - Resolución SDH N° 226 del 8 de Octubre de 2014).

 Decreto 195 de 2007. Por el cual se reglamenta y se establecen directrices y controles en el proceso presupuestal de las Entidades Descentralizadas y Empresas Sociales del Estado.

Acta de Inversión: Documento en el cual se realiza una descripción de las operaciones realizadas, por concepto de liquidación y compra de títulos valores del portafolio de inversiones de TRANSMILENIO S.A. cada vez que se constituya o se venza un título  Decreto 1525 de 2008. Expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Por el cual se dictan normas relacionadas con la inversión de los recursos de las entidades estatales del orden nacional y territorial.

Caja: Representa la existencia de recursos económicos en dinero (billetes, monedas) y cheques, en moneda nacional o extranjera convertidos en moneda nacional, de disponibilidad inmediata. El valor total de la cuenta de caja nunca puede ser negativo.

Cliente: Es el agente persona natural o jurídica que adquiere el bien o recibe el servicio, por el cual realiza un pago.

 Ley 1474 de 2011. Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

 Decreto 19 de 2012.Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.

Constancia de Depósito: Es el documento expedido de oficio por una sociedad custodia, mediante el cual el depositante directo controla su propia cuenta de depósito de valores emitidos a través del depósito o entregados en custodia.

 Decreto 600 de 2013 Expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Por el cual se modifica el artículo 49 del Decreto 1525 de 2008, adicionado mediante el Decreto 4471 de 2008 y modificado mediante los Decretos 2805 de 2009, 4686 de 2010, 4866 de 2011 y 1468 de 2012.

Contrato de Depósito de Valores: Contrato real de adhesión por medio del cual un depositante directo confía uno o más valores individualizados a una sociedad custodia, quien se obliga a custodiarlos bajo el concepto de un depósito propiamente dicho, a administrarlos cuando el depositante directo lo solicite de acuerdo con el reglamento vigente, a registrar los gravámenes y enajenaciones que aquel le comunique, a compensarlos y liquidarlos y a restituirlos en los términos que la Ley le autoriza a la entidad financiera.

 Resolución DIAN_0041 de Enero 30 de 2014. Por la cual se establecen los contribuyentes, responsables y agentes de retención calificados como Grandes Contribuyentes y se excluyen algunas sociedades y/o entidades de esta calificación.

Cotización de tasa: Tasa ofrecida por la entidad financiera al inversionista cuando se pretende realizar una operación de títulos valores en una fecha determinada.

 Resolución SDH - 000226 del 8 de octubre de 2014. Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital.

Cuentas Ahorro y Corrientes: Corresponde al saldo tomado de los fondos disponibles depositados en instituciones financieras legalmente reconocidas.

 Resolución 470 de 2015 expedida por Transmilenio S.A.

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-3 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 Transmilenio S.A. Fecha a partir de la cual se crean los títulos y se inicia su colocación en el mercado.

Cuenta de Depósito: Cuenta individual asignada por la entidad financiera a cada uno de los depositantes directos, para el registro y contabilización de los valores depositados, bien sea en posición propia o de terceros Fecha de Vencimiento: Fecha en que vence un título.

Cuenta por Cobrar: Es el registro contable de aquellos deudores de la empresa. Incorpora aquellas facturas pendientes de pago por parte de los clientes.

Fondos con Destinación Específica: Son Ingresos disponibles que no alcanzaron a ejecutarse en la vigencia que termina, tienen la condición de financiar determinados gastos y cuentan con un grado de inflexibilidad, por lo que se debe respetar su destinación.

Custodia de Títulos Valores: Representa la custodia de los títulos a través de la apertura de subcuentas electrónicas en el DCV o DECEVAL. Administra los portafolios, conformados por los clientes, minimizando el riesgo sugerido por la manipulación física.

Giro Presupuestal: Registro final del proceso presupuestal de gastos que se realiza para cancelar los valores o sumas pactadas una vez se reciban a satisfacción los bienes o servicios contratados.

DCV: Es el Depósito Central de Valores que administra los títulos valores físicos que emite y garantiza el Banco de la República.

Ingreso: recursos monetarios que se reciben de un cliente o un tercero, los cuales son ingresados a las cuentas bancarias de TRANSMILENIO S.A.

Ingreso No Facturado: Son todos aquellos ingresos que por su naturaleza no deben ser objeto de factura. Por ejemplo lo ingresos por participaciones en el sistema Transmilenio etc.

DECEVAL: Depósito Centralizado de Valores de Colombia. Su función es inmovilizar valores físicos en bóvedas de alta seguridad y su posterior desmaterialización, para permitir que las transacciones realizadas se hagan mediante registros electrónicos totalmente automatizados.

Intereses: Rendimientos que genera una inversión en un plazo determinado.

DTF: Es el promedio ponderado de las tasas de interés efectivas de captación a 90 días de los establecimientos bancarios, corporaciones financieras, compañías de financiamiento comercial. Esta tasa es calculada semanalmente por el Banco de la República.

Inversión: Es la colocación de recursos económicos con el objetivo de obtener recursos adicionales en un determinado periodo de tiempo.

Emisión: Acto de emitir dinero o títulos Inversionista: Persona natural o jurídica que utiliza sus recursos económicos para adquirir acciones o títulos negociables en el mercado financiero.

Emisor: Entidad oficial que emite papel moneda o entidad privada que emite títulos valores.

ISIN: Codificación estandarizada que permite la identificación única de los títulos valores que circulan en el mercado a nivel Nacional e Internacional.

Mercado Primario: Grupo de instituciones e intermediarios encargados de la colocación de nuevas emisiones de títulos en el mercado.

Estado de Tesorería: Corresponde a la suma de los valores en caja, bancos e inversiones temporales, menos los acreedores, cuentas por pagar, fondos con destinación específica y otros saldos a favor de terceros al cierre de cada vigencia fiscal, utilizando para ello el formato 11-F-07 de la Secretaría Distrital de Hacienda. Dicho Estado debe conciliarse con la información presupuestal y guardar coherencia con los registros contables correspondientes al cierre de la vigencia.

Mercado Secundario: Grupo de instituciones e intermediarios financieros que permiten el traspaso de los derechos de propiedad de los títulos valores circulante en el mercado NIT: Número de identificación tributaria, acreditado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Factura: Documento o título valor que el vendedor o prestador del servicio podrá librar y entregar o remitir al comprador o beneficiario del servicio, acorde a lo estipulado en el artículo 1ro de la ley 1231 de 2008.

Fecha de Compra: Fecha del día de compra del título.

Número de Ingreso: Es un número asociado a un consecutivo que es creado y controlado por el Sistema Administrativo y Financiero SIAF.

Fecha de Emisión: Corresponde a la fecha en la cual se procede a elaborar y registrar contablemente el ingreso en el sistema de información financiera de Pago: Es el mecanismo mediante el cual, luego de cumplidos los requisitos contractuales pactados para el reconocimiento de una obligación, se procede a REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-4 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 4 transferir los recursos al tercero bajo la modalidad establecida en el contrato o acto administrativo.

Portafolio de Inversiones: Es una combinación de activos financieros cuyo titular es una misma persona natural o jurídica.

Tasa Nominal: Tasa de interés nominal es una tasa de interés que se estipula para un determinado período y que es liquidable en forma fraccionada, en lapsos iguales o inferiores a un año. Esta liquidación se realiza con la tasa determinada para ese período y se llama tasa de interés periódica.

Precio de Mercado: Precio que alcanza un bien en función de su oferta y demanda.

Título Valor: Documento negociable necesario para legitimar los derechos en él incorporados.

Títulos de Tesorería TES: Son títulos emitidos por el Gobierno Nacional y administrados por el Banco de la República, creados por la Ley 51 de 1990. Dichos títulos pueden ser emitidos a una tasa fija, indexados al IPC, emitidos en unidades de valor real (UVR), o en dólares.

Programa Anual Mensualizado de Caja – PAC: Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC es un instrumento de administración financiera en el que se establece el monto máximo mensual de fondos disponibles para las entidades, a fin de que puedan programar los pagos respectivos, de acuerdo con la disponibilidad de recursos Títulos Renta Fija: Títulos que permiten conocer la rentabilidad de la inversión antes del momento de la redención.

PAC no Ejecutado: Son aquellas apropiaciones aprobadas en el PAC que por diversas circunstancias no se pagaron en el periodo que estaban programadas Títulos Renta Variable: Títulos valores que por sus características sólo permiten conocer la rentabilidad de la inversión en el momento de su redención.

Token: Dispositivo de seguridad que permite el ingreso al portal de internet de la entidad Financiera.

Recaudos a favor de Terceros: Representa el valor de las obligaciones originadas por el recaudo de ingresos de propiedad de otras entidades públicas, entidades privadas o personas naturales, que deben ser reintegrados a éstas, en los plazos y condiciones convenidos.

Valor Nominal: Cantidad de dinero representada en el título en el momento de su emisión.

6. CONDICIONES GENERALES

6.1. Programa Anual de Caja Relaciones de Autorización: Es el documento utilizado para el pago de la nómina para el personal de planta, para las nóminas adicionales, así como para los pagos de los aportes patronales correspondientes, de acuerdo con la liquidación de los diferentes conceptos que aparecen liquidados en la nómina; dicho documento debe estar firmado por el ordenador de gasto.

Rezago: Es el residuo de la apropiación presupuestal que no se programa en el plan de pagos de la tesorería.

El Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC), se define como un instrumento de administración financiera mediante en el cual se verifica y aprueba el monto máximo mensual de fondos disponibles para los rubros presupuestales.

 La programación del PAC de ingresos y gastos deberá realizarse a nivel de rubro presupuestal teniendo en cuenta que el mismo no debe ser superior al monto o valor total de las apropiaciones.

Sistema Administrativo y Financiero (SIAF): Sistema en línea que integra las áreas administrativa (recursos humanos y físicos) y financiera (presupuesto, contabilidad y tesorería) conformando una herramienta que permite mantener actualizada la información, garantizar la calidad de la misma, facilitar la toma de decisiones y eliminar la duplicidad de datos con esquemas de seguridad definidos.

 Para la construcción del PAC, se usará como referente los pagos históricos realizados en las últimas vigencias así como también la información sobre los diferentes proyectos a ejecutar en la vigencia, datos que deben ser suministrados por las Dependencias o Entidades encargadas de cada proyecto o actividad.

Solicitud de Autorización de Pago: Es la solicitud de pago que deben enviar otras entidades públicas a Transmilenio S.A. para que realice los pagos en cumplimiento de los contratos y convenios que estén vigentes.

6.2. Elaboración de Comprobantes de Ingreso Tasa Efectiva: Es la tasa de interés que resulta cuando se liquida una tasa de interés nominal en períodos de capitalización o de pago a un año.

 La anulación de todo comprobante de Ingreso debe ser autorizada previamente por el Tesorero de la Entidad.

5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-5 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 se hubiesen adquirido en debida forma; o cuando en la ejecución de las Cuentas por Pagar no se cumpla con el compromiso para el cual fueron constituidas.

 Para realizar el Comprobante de Ingreso de los rendimientos generados por vencimiento de títulos del portafolio de Inversiones, se debe confirmar con el emisor el valor de los rendimientos generados.

 Para generar los comprobantes de ingresos por participaciones del sistema es necesario que el área encargada envíe previamente la liquidación de dichos ingresos a la Tesorería. g) Los ordenadores del gasto y los responsables del presupuesto que ordenen o efectúen el pago de obligaciones en exceso del saldo disponible en el Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC).

6.3. Pagos a Terceros h) Los ordenadores del gasto y los responsables del presupuesto que no adopten las acciones establecidas en el Estatuto Orgánico del Presupuesto, cuando las apropiaciones de gasto sean superiores al recaudo efectivo de los ingresos.

 Para el caso de pagos a cargo de TRANSMILENIO S.A. establecidos en el marco de la celebración de convenios interadministrativos con otras entidades o pagos diferentes a los descritos en el presente procedimiento, se definirá una metodología especial de acuerdo con su finalidad.

 De conformidad con lo previsto en el Decreto 195 de 2007, en su artículo 42, además de la responsabilidad penal a que haya lugar, serán fiscalmente responsables: i) Los Ordenadores, Tesoreros y Pagadores serán responsables del perjuicio que ocasionen cuando estando disponibles los fondos y legalizados los compromisos, demoren sin justa causa su cancelación o pago. j) Los Ordenadores, Tesoreros y Pagadores serán solidariamente responsables de los pagos que se efectúen sin el lleno de los requisitos legales. a) Los Ordenadores del Gasto y cualquier otro funcionario que contraiga a nombre de las Empresas, obligaciones no autorizadas en el Presupuesto Anual o que autoricen giros para el pago de las mismas o en exceso del saldo disponible de apropiación o que afecten vigencias futuras sin contar con las autorizaciones requeridas.

 Para los pagos en que se requiera abono en cuenta, por seguridad en la transacción, se requiere la autorización de dos (2) personas con clave asignada para realizar los abonos a cuenta. b) Los funcionarios de las Empresas que contabilicen obligaciones contraídas contra expresa prohibición o emitan giros para el pago de las mismas. c) Los Ordenadores del Gasto que soliciten la expedición de registros presupuestales para el pago de obligaciones contraídas contra expresa prohibición legal.

 Una vez radicados los documentos soportes para el trámite del pago y conforme a la disponibilidad de recursos y PAC programado, para realizar el pago TRANSMILENIO S.A. dispondrá de 30 días calendario o lo estipulado en el contrato o acto administrativo. Este tiempo contará a partir del cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos. d) Los Ordenadores del Gasto que autoricen pagos, cuando con ellos se violen los preceptos consagrados en el presente Decreto y otras disposiciones legales.

 Para los pagos correspondientes a los Convenios Administrativos suscritos por TMSA, el plazo para efectuar el giro o abono en cuenta será el contenido en los respectivos actos administrativos de reconocimiento y pago de la obligación. e) Los Ordenadores del Gasto que no presenten oportunamente a las entidades competentes, los informes que les sean requeridos.

 Cada funcionario al que le sea asignado un token para poder ingresar a los portales de internet de las entidades financieras, será responsable de su custodia, manteniéndolo en lugar seguro, y que su uso sea personal. f) Los Ordenadores del Gasto y los Responsables del Presupuesto que incorporen en el inventario de Cuentas por Pagar compromisos u obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre, sin que éstos  En caso de solicitud de pagos a nombre de terceros no titulares del derecho es necesario una comunicación original con firma autenticada REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-6 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 6 6.5. Estado de Tesorería Anual ante notario por parte del titular del derecho o el representante legal de la empresa que autorice el desembolso especificando los datos del beneficiario.

6.4. Administración de Inversiones La Empresa dispone hasta el último día hábil del mes de enero de cada año para remitir los informes relativos a la ejecución presupuestal de Ingresos y Gastos definitiva y al cierre presupuestal (Relación de Cuentas por Pagar y Estado de Tesorería) de la vigencia inmediatamente anterior, a la Dirección Distrital de Presupuesto. (Circular de cierre de vigencia, expedida por la Secretaria Distrital de Hacienda, con base en el Decreto 714 de 1996).

Se debe realizar un acta el día de inversión y un acta mensual, que contenga la información sobre la composición del portafolio de inversiones al cierre de cada mes. En los meses que no se presenten movimientos de compra, venta o redención de títulos no será necesario elaborar acta.

7. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

7.1. Elaboración Programa Anual de Caja (PAC)

Etapa ACTIVIDAD Responsable 10 Inicio Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 20 Solicitar al Responsable de Presupuesto el archivo magnético del Presupuesto de Gastos e Ingresos Aprobado para Transmilenio en la vigencia.

Económica - Tesorería 30 Solicitar cuando sea necesario, a las Dependencias o Entidades responsables, la programación de pagos. Tesorero General Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 40 Proyectar las necesidades periódicas de recursos de acuerdo a la programación de ingresos y egresos.

Económica - Tesorería ¿15? ¿En el presupuesto de Ingresos de Transmilenio existen ingresos por transferencia de la administración distrital?

Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Si: Ir a la etapa: 50 Económica - Tesorería No ir a la etapa: 60 Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 50 Enviar a la Secretaria Distrital de Hacienda la programación anual de las transferencias de la Administración Distrital por medio electrónico o físico.

Económica - Tesorería Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 60 Proyectar de manera mensual el PAC para cada uno de los rubros presupuestales de ingreso y gasto tanto de fuentes propias como de recursos Distrito, Nación, u otras entidades.

Económica - Tesorería 70 Revisar y Aprobar el PAC para la vigencia Tesorero General 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-7 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 Etapa ACTIVIDAD Responsable ¿25? ¿El PAC es aprobado por el Tesorero?

Tesorero General Si: Ir a la etapa: 80 No: ir a la etapa: 40 Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 80 Guardar en archivo magnético, el reporte Anual de PAC Económica - Tesorería Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 90 Revisar y ajustar el PAC mensualmente de acuerdo a la Ejecución Real de Gastos e Ingresos.

Económica - Tesorería Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 100 Enviar por medio electrónico al Tesorero General de Transmilenio la Reprogramación del PAC dentro de los 6 primeros días hábiles del mes siguiente.

Económica - Tesorería ¿El PAC reprogramado es aprobado por el Tesorero General?

Si: Ir a la etapa: 110 Tesorero General ¿35?

No: ir a la etapa: 90 Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 110 Enviar el PAC mensualizado a las entidades que lo requieran.

Económica - Tesorería Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 120 Guardar en archivo magnético, el reporte mensual del PAC.

Económica - Tesorería 130 Fin 7.2. Elaboración de Comprobantes de Ingreso Etapa ACTIVIDAD Responsable 10 Inicio Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - Tesorería 20 Verificar el movimiento de ingresos en las cuentas bancarias de TRANSMILENIO S.A. o recibir el comprobante de consignación, para identificar el depositante. o Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería Profesional Universitario ¿El comprobante de ingreso a elaborar esta facturado?

¿15?

Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - Tesorería Si: Ir a etapa 30 o Profesional Especializado No: Ir a etapa 35 Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-8 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 8 Etapa ACTIVIDAD Responsable Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - 30 Verificar el estado de cartera emitido por el SIAF validando la información de los deudores con los depositantes.

Tesorería Profesional Universitario ¿25? ¿El valor consignado por el tercero es igual al valor reportado en módulo de cartera del mismo tercero?

Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - Si: Ir a la etapa: 70 Tesorería No ir a la etapa: 40 Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - 40 Validar con el tercero las diferencias existentes e ir a etapa 70 Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia ¿35?

Económica – Tesorería ¿El ingreso corresponde a las participación de las Fases I, II, III o SITP del sistema TransMilenio, reposición de carnet o tarjeta funcionario, reembolso de incapacidades u otro ingreso no facturado?

Si: Ir a la etapa 50 o Profesional Universitario Grado (04) Subgerencia No: Ir a la etapa 70 Económica - Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería o Profesional Universitario Grado 50 Validar el valor monetario identificado en el movimiento de cuentas con el valor informado por escrito y/o soportes entregados por el área correspondiente.

(04) Subgerencia Económica - Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia ¿45? ¿Existen diferencias entre los valores?

Económica – Tesorería Si: Ir a la etapa 60 o Profesional Universitario Grado No: Ir a la etapa 70 (04) Subgerencia Económica - Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería 60 Validar y aclarar las diferencias con el área de Remuneración. o Profesional Universitario Grado (04) Subgerencia Económica - Tesorería Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - 70 Tesorería Ingresar al SIAF para elaborar el comprobante de ingreso. Si es un ingreso facturado se elabora por el módulo de cartera y si es un ingreso no facturado se elabora por el módulo de tesorería.

Profesional Universitario 80 Revisar el contenido del comprobante de ingreso en una imagen en pantalla Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - Tesorería Profesional Universitario 90 Imprimir y firmar el comprobante de ingreso y enviarlo al Tesorero para su firma.

Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - Tesorería 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-9 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 Etapa ACTIVIDAD Responsable 100 Revisar el comprobante de Ingreso Tesorero ¿55? ¿El comprobante de Ingreso requiere ajustes?

Tesorero Si: Ir a la etapa 110 No: Firmar. Ir a la etapa 120 Profesional Universitario 110 Ajustar el comprobante de ingreso. Ir a etapa 80 Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - Tesorería Profesional Universitario 120 Archivar los comprobantes de ingresos Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - Tesorería 130 Fin 7.3. Pagos a Terceros ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 Inicio 20 Recibir documentación1 enviada desde el Subproceso de Administración de la Información Contable y Tributaria, Incluir información en la base de datos de control.

Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería o Profesional Universitario Revisar que los soportes estén completos y correspondan al tipo de pago a realizar y que sea concordante con la información de la certificación del interventor.

Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - 30 Tesorería Nota: Para los pagos derivados del convenio 020 de 2001, suscrito entre IDU y TRANSMILENIO S.A, se deberá verificar adicional a lo anterior, la inclusión de la clave en el original de autorización de pago. o Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería o Profesional Universitario ¿15?

¿La documentación remitida desde el Subproceso de Administración de la Información Contable y Tributaria está completa?

Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - Si: Ir a etapa 50 Tesorería No: Ir a etapa 40 o Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-10 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 10 ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería o Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - Tesorería 40 Devolver documentación al Subproceso de Administración de la Información Contable y Tributaria o a la dependencia o Entidad que origina el proceso de pago. Ir a etapa 280. o Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería 50 Generar en el SIAF e imprimir la orden de pago y anexar los documentos soportes Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería o Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - 60 Revisar que los soportes correspondan al contenido de la certificación del interventor y de la orden de pago y entregar al Tesorero.

Tesorería o Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería o Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - ¿25? ¿Los soportes, anexos a la documentación, corresponden a lo dispuesto en la orden de pago?

Si: Ir a etapa 70 Tesorería No: Ir a etapa 40 o Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería 70 Revisar y firmar la orden de pago y entregar la orden de pago al funcionario encargado para continuar con el proceso de pago. Tesorero 80 Separar las órdenes de pago en cheque de aquellas que se tramitan con abono a cuenta bancaria y clasificar órdenes de pago de acuerdo a la fuente de los recursos.

Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería 90 Actualizar la información de la cuenta bancaria de acuerdo a los documentos soportes en el archivo Excel de pagos.2 Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería ¿35? ¿Qué modalidad de pago es?

Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería Abono en Cuenta: Ir a etapa 100 Cheque: Ir a etapa 190 Cheque para Depósitos Judiciales: Ir a etapa 220 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-11 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería Actualizar en la base de datos la relación de pagos que incluye la información del pago y la cuenta de Transmilenio a debitar.

100 Profesional Universitario Con la anterior información, elaborar el archivo de pagos y enviar al Tesorero vía correo electrónico (plantilla de pagos).

Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - Tesorería Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica – Tesorería 110 o Profesional Especializado Generar en el SIAF el reporte de órdenes de pago incluidas en el archivo de pago y verificar contra plantilla de pagos enviada al Tesorero. En caso de presentarse inconsistencias informar al funcionario que generó la plantilla de pagos.

Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería o Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - 120 Verificar la información del archivo magnético frente a la orden de Pago Tesorería o Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería 130 Generar el archivo plano con destino al sistema de pagos del banco3 Tesorero Tesorero y Profesional Especializado 140 Realizar el abono en cuenta a través del sistema bancario4 Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería Tesorero o o Profesional Especializado 150 Confirmar e imprimir por intermedio del sistema bancario la aplicación del abono en cuenta Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería Tesorero ¿45? ¿Se ha realizado el abono a cuenta exitosamente? o o Profesional Especializado Si: Ir a etapa 170 Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería No: Ir a etapa 160 Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería o Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - 160 Determinar la causa del rechazo.Ir a etapa 100 Tesorería o Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-12 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 12 ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE ¿Qué tipo de error se presenta?

Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería o Profesional Universitario ¿55?

Error en la base de datos: Ir a etapa 70 Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - Tesorería Otro tipo de error: Determinar e informar al área responsable para subsanarlo el trámite. Una vez subsanado Ir a etapa 100 o Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - Tesorería 170 Generar el egreso una vez confirmado por el banco el abono en la cuenta y firmar. o Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería 180 Verificar que el egreso corresponda con la orden de pago y firma. Ir a etapa 250 Tesorero Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 190 Elaborar el cheque en el Sistema Administrativo y Financiero, colocar sello seco, Protectógrafo y cruce restrictivo. Remitir para firmas autorizadas Económica – Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 200 Informar telefónicamente o correo electrónico a la dependencia responsable y/o en casos especiales al beneficiario del cheque para que sea retirado y consignado.

Económica – Tesorería Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería o Profesional Especializado 210 Entregar el cheque a la dependencia responsable, quien firma el desprendible del cheque, lo entrega o consigna. Ir a etapa 250 Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 220 Elaborar el cheque en el SIAF, colocar sello seco, Protectógrafo y cruce restrictivo. Remitir para firmas autorizadas.

Económica – Tesorería Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - 230 Tesorería Diligenciar formato de consignación de depósito judicial y remitirlo con el cheque para su depósito en el Banco Agrario de acuerdo con lo dispuesto para Depósitos Judiciales y lo contenido en el acto administrativo de reconocimiento y pago de la obligación.

Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - 240 Elaborar una comunicación remisoria adjuntando copia de la consignación a las dependencias y/o entidades interesadas.

Tesorería 250 Devolver el comprobante de egreso firmado, que refleje el recibido del cheque Dependencia Responsable 260 Incluir la fecha de pago en la base de datos de control Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería 270 Archivar el original junto con los anexos en los archivos de Tesorería.

Técnico Administrativo Grado 02 Subgerencia Económica - Tesorería ó Contratista de Archivo de la Dependencia 280 Fin 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-13 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 7.4. Administración de Inversiones 7.4.1. Manejo de inversiones, constitución o reinversión de títulos ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 Inicio Tesorero 20 Evaluar las necesidades de efectivo a partir del PAC y tomar la decisión de invertir o reinvertir parte o la totalidad de los excedentes de liquidez resultantes de los ingresos propios de TRANSMILENIO S.A.

Tesorero o Profesional Especializado 30 Verificar el vencimiento de los títulos vigentes.

Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería Tesorero ¿15? ¿Hay vencimiento de títulos? o Profesional Especializado Si: ir a etapa 40 Grado (05) Subgerencia No: ir a etapa 50 Económica – Tesorería Tesorero o Profesional Especializado 40 Solicitar al banco emisor del título vencido o al Custodio el valor del título al vencimiento (Capital + Rendimientos).

Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería ¿25? ¿Se toma la decisión de invertir o reinvertir?

Tesorero Si: Ir a etapa 50 y Subgerente Económico No: Ir a etapa 200 Tesorero Profesional Especializado 50 Verificar que el porcentaje de concentración de la inversión de la Empresa y el cupo máximo en pesos por emisor del portafolio actual, no exceda los parámetros establecidos por la Entidad.

Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería Tesorero o Profesional Especializado 60 Determinar para cada emisor la concentración disponible y el cupo en pesos.

Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería Tesorero ¿35? ¿Tiene cupo de concentración? o Profesional Especializado Si: Ir a etapa 70 Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería No: Ir a etapa 200 Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 70 Cotizar directamente con emisores primarios y operadores del mercado, que cuenten con el cupo y con la calificación mínima de riesgo establecida por la Entidad.

Económica – Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 80 Realizar resumen comparativo de las tasas ofrecidas.

Económica – Tesorería Tesorero o 90 Analizar el resumen comparativo de las tasas y decidir dónde invertir de acuerdo con la mayor seguridad y rentabilidad posible dentro de las condiciones de mercado, considerando las políticas de la normatividad vigente Subgerente Económico Tesorero o Profesional Especializado 100 Confirmar el cierre de la operación con el Emisor seleccionado.

Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-14 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 14 ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería 110 Realizar comunicaciones escritas tanto al emisor como al custodio confirmando la operación realizada, cumpliendo los requisitos establecidos con cada entidad para la realización de transacciones. (Sellos, firmas).

Tesorero y 120 Firmar comunicaciones confirmando al emisor y al custodio la operación realizada.

Subgerente Económico o Firmas autorizadas Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería 130 Remitir las comunicaciones de confirmación de la operación tanto al custodio como al emisor, y realizar confirmación de recibido con cada uno de ellos (por teléfono o correo electrónico).

Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería 140 Realizar un acta el día de la operación de inversión, e imprimir los correos electrónicos de las cotizaciones de tasas remitidas por las entidades para adjuntarlos al acta.

Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 150 Entregar el acta al Tesorero General y al Subgerente Económico para la firma.

Económica – Tesorería 160 Firmar el acta y enviarla para su archivo. Tesorero General y Subgerente Económico Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 170 Ingresar al Módulo de Inversiones del SIAF y liquidar el título si este corresponde a un vencimiento.

Económica – Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 180 Realizar en el módulo de Tesorería del SIAF el respectivo comprobante de Ingreso de los Rendimientos generados por el título si este corresponde a un vencimiento.

Económica – Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 190 Ingresar la información del nuevo título en el Módulo de Inversiones del sistema SIAF.

Económica – Tesorería 200 Fin 7.4.2. Descripción del procedimiento para la valoración a precios de mercado del portafolio de inversiones ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 Inicio Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 20 Tomar la información oficial emitida por el Banco de la República, sobre la tasa de referencia vigente, de cada uno de los títulos en el día de la compra.

Económica – Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 30 Ingresar la información de las tasas al Sistema Administrativo y Financiero en el módulo de inversiones.

Económica – Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 40 Tomar la información oficial emitida por el Banco de la República sobre la tasa de referencia vigente, de cada uno de los títulos en el último día hábil del mes a valorar.

Económica – Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 50 Ingresar las tasas vigentes al último día hábil del mes a valorar en el módulo de inversiones del SIAF.

Económica – Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 60 Valorar individualmente en el SIAF cada título.

Económica – Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 70 Verificar la información generada en el reporte de valoración mensual.

Económica – Tesorería Profesional Especializado ¿15? ¿La Información generada es consistente y razonable?

Grado (05) Subgerencia Económica – Tesorería Si: Ir a etapa 80 No: Ir a etapa 50 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-15 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 80 Imprimir y enviar al Tesorero General el reporte para su firma.

Económica – Tesorería 90 Revisar y Firmar el reporte y entregarlo para su archivo. Tesorero Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 100 Hacer las afectaciones contables respectivas desde el módulo de inversiones del Sistema Administrativo y Financiero – SIAF (Valoración contable de títulos).

Económica – Tesorería Profesional Especializado Grado (05) Subgerencia 110 Remitir copia del reporte al Área de Contabilidad para soporte contable.

Económica – Tesorería 120 Fin 7.5. Estado de Tesorería Anual ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 Inicio Tomar la información del mes de diciembre de los saldos de Bancos e Inversiones, la ejecución presupuestal, los informes de los Contratos Fiduciarios vigentes, relación de saldos de cuentas por pagar en poder del Tesorero, y calcular el total de fondos disponibles, a través de la sumatoria de los valores correspondientes a:

Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 20

- Caja

Económica - Tesorería

- Cuentas corrientes y de ahorros

- Inversiones temporales.

Con base en la información suministrada por el Área de Contabilidad y los saldos de los Estados Financieros a 31 de diciembre se calcula:

- Fondos de terceros.

Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 30

- Fondos con destinación específica.

Económica - Tesorería

- Acreedores varios

- Cuentas por pagar en poder del Tesorero

Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 40 Obtener la disponibilidad neta de tesorería, restando del total de fondos disponibles, el total de recaudos a favor de terceros, fondos con destinación específica, Acreedores varios y Cuentas por Pagar en poder del Tesorero.

Económica - Tesorería 50 Revisar, expedir y firmar el Estado de Tesorería anual. Tesorero ¿Se detectan inconsistencias en el informe?

¿15?

Tesorero Si: Ir a etapa 60 No: Ir a etapa 70 60 Devolver al Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - Tesorería para su ajuste. Ir a etapa 50. Tesorero 70 Entregar el informe al Profesional Universitario Grado (03) o (04) para la firma del Representante Legal y el Jefe de Presupuesto. Tesorero REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-16 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 16 ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 80 Preparar el oficio remisorio dirigido a la Secretaria Distrital de Hacienda.

Económica - Tesorería Subgerente Económico o 90 Revisar y firmar el oficio remisorio dirigido a la Secretaria Distrital de Hacienda.

Tesorero Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 100 Radicar en Correspondencia la comunicación junto con el informe, para su correspondiente envío a la Secretaria Distrital de Hacienda.

Económica - Tesorería Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia 110 Archivar la copia del informe de Estado de Tesorería.

Económica - Tesorería 120 Fin

8. TABLA DE FORMATOS

CÓDIGO NOMBRE UBICACIÓN RESPONSABLE R-SE-001 Estado de Tesorería Carpeta de Informes de Tesorería Tesorero R-SE-002 Acta de Inversiones Tesorería General Tesorero R-SE-003 Actas Mensuales de Inversiones Tesorería General Tesorero R-SE-013 Programa Anual de Caja Intranet Profesional Universitario Grado (03) o (04) Subgerencia Económica - Tesorería No Aplica Orden de Pago - Egreso Tesorería General Tesorero N.A. Comprobante de Ingreso Sistema Administrativo y Financiero Tesorero N.A Reporte de Cartera Sistema Administrativo y Financiero Tesorero Sistema Administrativo y N.A. Valoración de títulos a precios de mercado Financiero Tesorero

9. ANEXOS

ANEXO 1. DOCUMENTOS SOPORTE PARA PAGOS TRANSMILENIO S.A.

ITEM DOCUMENTOS SOPORTE SEGÚN TIPO DE OBLIGACIÓN COMPRA PAGO DE SERVICIO PUBLICOS SERVICIOS IMPUESTOS CAJA MENOR ORDENES DE OREDENS DE REEMBOLSOS 1 Copia Certificado de Registro Presupuestal (Para el Caso del Primer pago) X X X X X 2 Copia del Contrato (Para el Caso del Primer pago) X X 3 Copia del Formulario de Declaración del Impuesto X 4 Original ó duplicado de factura de servicio público X 5 Original Factura y/o Cuenta de Cobro X X 6 Original del Certificado de Cumplimiento Expedido por el interventor (Ver Nota 1) X X 7 Reporte del SIAF de Reposición de Caja Menor X 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-17 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 8 Copia de comprobantes de Entrada a Almacén y/o Certificados de Bienes no Devolutivos X 9 Copia del acta de inicio (primer pago) X 10 Copia de certificado de Pagos de Aportes Parafiscales X X Nota 1: Cuando hay cambio o ausencia temporal (vacaciones, incapacidad, comisiones, retiro, etc.) del interventor o supervisor, se debe anexar la comunicación por parte del ordenador del gasto estipulado la Designación de la Interventoría y/o Supervisión.

ANEXO 2. DOCUMENTOS SOPORTE PARA PAGOS DERIVADOS DE CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS SUSCRITOS POR TRANSMILENIO S.A.

ITEM DOCUMENTOS SOPORTE SEGÚN TIPO DE OBLIGACIÓN JUDICIAL PROMESA CONTRATOS CONCESIONES EXPROPIACION EXPROPIACION COMPRAVENTA COMPENSACIÓN ADMINISTRATIVA LAUDOS ARBITRALES HONORARIOS PERITOS 1 ORIGINAL DE AUTORIZACION DE PAGO IDU FIRMADA X X X X X X X X 2 COPIA DE CERTIFICADO DE REGISTRO PRESUPUESTAL (para el primer pago) X X X X X X X X 3 COPIA DEL AUTO DEL JUZGADO X X 4 COPIA DE RESOLUCIÓN X X X 5 COPIA DE LA NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN X 6 COPIA DEL AVALUO COMERCIAL, LUCRO CESANTE - DAÑO EMERGENTE X X 7 COPIA DEL PLAN DE RESTABLECIMIENTO DE CONDICIONES SOCIO-ECONÓMICAS X 8 COPIA DE LA PROMESA O ESCRITURA PÚBLICA X X X X 9 COPIA DEL CERTIFICADO DE TRADICIÓN Y LIBERTAD DEL INMUEBLE O VUR VISADO POR EL DIRECTOR TECNICO DE PREDIOS 10 COPIA DEL ACTA DE ENTREGA DEL PREDIO SEGÚN CORRESPONDA EL PAGO X 11 COPIA DE LA CEDULA DE BENEFICIARIO X X X 12 ORIGINAL DE LA FACTURA X X X 13 ORIGINAL DEL ACTA O ACTAS SOPORTE DEL PAGO (Para el caso de actas de liquidación es válida la copia autenticada)

14 COPIA DEL CONTRATO (Para el primer pago)

X 15 COPIA DEL CERTIFICADO DE CAMARA Y COMERCIO (Persona Jurídica, primer pago) X X X X X 16 COPIA DE CERTIFICACIÓN DE PAGO PARAFISCALES 17 FORMATO DE VINCULACIÓN DE PAGO (Primer Pago) X X X X X X REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-18 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 18 ITEM DOCUMENTOS SOPORTE SEGÚN TIPO DE OBLIGACIÓN JUDICIAL PROMESA CONTRATOS CONCESIONES EXPROPIACION EXPROPIACION COMPRAVENTA COMPENSACIÓN ADMINISTRATIVA LAUDOS ARBITRALES HONORARIOS PERITOS 18 ORIGINA O COPIAL DE LA CERTIFICACIÓN BANCARIA (Primer Pago) X X X X X X 19 ORIGINAL O COPIA AUTENTICA DEL FALLO O SENTENCIA X X X 20 COPIA AUTENTICADEL PAGO DE LOS HONORARIOS DEL TRIBUNAL DE ARBITRAMENTO (Para el caso de reembolsos)

ANEXO 3. PAGOS DESINTEGRACIÓN FÍSICA, PROCESO DIRIGIDO AL PAGO DE CESIÓN DE LOS DERECHOS ECONÓMICO DE LOS PROPIETARIOS DE LOS BUSES DEL TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO, EN EL MARCO DEL DECRETO 580 DE 2014 Y SUS MODIFICATORIOS ITEM DOCUMENTOS SOPORTE CESIÓN DE DERECHOS ECONÓMICOS 1 SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE PAGO DEBIDAMENTE FIRMADA X 2 COPIA DEL CONTRATO X 3 COPIA CERTIFICADO DE TRADICIÓN EXPEDIDA POR EL SIM X 4 ORIGINAL DE CUENTA DE COBRO O FACTURA DE VENTA DE LA CESIÓN DEL DERECHO X 5 COPIA CEDULA DEL TITULAR DEL DERECHO X 6 ORIGINAL O COPIA DE CERTIFICACIÓN BANCARIA X Resolución Número 686 (Noviembre 17 de 2016)

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A., según Resolución 078 de 2000.

“Por la cual se modifican las Resoluciones 078 del 31 de julio de 2000 y 896 del 18 de diciembre de 2014 con el fin de actualizar el Manual de Procedimientos de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio TRANSMILENIO S.A”

Que mediante el Acuerdo 02 de 2016 se modifica la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio – “TRANSMILENIO S.A.”

EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.”, en ejercicio de sus facultades delegadas mediante la Resolución 271 de Junio de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar el Manual de Procedimientos de la Entidad, con el objeto de ajustarlo a los nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo del Sistema TransMilenio y fijar las directrices y lineamientos al personal de la Entidad y a los actores que intervienen en la Operación.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANS- MILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

Artículo primero.

Modificar la Resolución 078 del 31 de julio de 2000 y 896 del 18 de diciembre de

19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-19 • 2016 • NOVIEMBRE • 24

2. Caracterización del Subproceso Explotación Co- mercial de Marca

2014 con el fin de actualizar el Manual de Procedimientos de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio TRANSMILENIO S.A en lo que corresponde a la actualización del documento que se cita a continuación:

3. Caracterización del Subproceso Explotación Co- mercial de Infraestructura

Código Versión Nombre NA 2 Caracterización Proceso Gestión de

Artículo segundo.

La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital, los demás documentos no modificados con la presente resolución continúan vigentes.

Mercadeo PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Este documento reemplaza integralmente las caracterizaciones relacionadas a continuación:

Dada en Bogotá, a los diecisiete (17) días del mes de noviembre de dos mil dieciséis (2016).

1. Caracterización del Subproceso Explotación Co- mercial del Conocimiento

JOSÉ GUILLERMO DEL RÍO BAENA Jefe de Oficina Asesora de Planeación (E)

CARACTERIZACIÓN PROCESO GESTIÓN DE MERCADEO TIPO DE PROCESO ESTRATÉGICO MISIONAL APOYO EVALUACIÓN Objetivo: Identificar y gestionar la explotación de negocios colaterales relacionados con los servicios públicos de transporte a cargo de la TRANSMILENIO S.A., con miras a generar ingresos para la Entidad Alcance: Este proceso cubre las siguientes actividades: explotación comercial de la Infraestructura, del conocimiento y de la marca Participantes: Profesional Especializado (06) - Negocios Colaterales, Profesional Especializado (06) - Mercadeo y Explotación de Marca Profesional Universitario (03) - Gestión de Negocios Líder del Proceso: Subgerente de Desarrollo de Negocios SALIDAS ENTRADAS ACTIVIDADES RESPONSABLE NOMBRE PROVEEDOR NOMBRE CLIENTE Subgerente de Desarrollo de Negocios Profesional Especializado (06) - Negocios Colaterales Plan de acción Procesos: Desarrollo Estratégico y Gestión Plan Estratégico TMSA Proceso: Desarrollo Estratégico Elaborar y consolidar el plan de acción de la Subgerencia de Desarrollo de Negocios. de Mercadeo Profesional Especializado (06) - Mercadeo y Explotación de Marca Profesional Universitario (03) -Gestión de Negocios Subgerente de Desarrollo de Negocios P Proyectos y estrategias para la Profesional Especializado (06) - Negocios Colaterales Comité Comercial explotación comercial de: conocimiento, la Infraestructura y marca del Sistema de Transporte Planificar las actividades para la explotación comercial del conocimiento, la Infraestructura del Sistema de Transporte Publico a cargo de la Entidad y las marcas relacionadas con TRANSMILENIO S.A.

Publico a cargo de la Entidad Profesional Especializado (06) - Mercadeo y Explotación de Marca Plan de acción Proceso: Desarrollo Estratégico Gestión de Mercadeo Profesional Universitario (03) - Gestión de Negocios Condiciones de propiedad intelectual y uso de las marcas relacionadas con Determinar las condiciones de propiedad intelectual y para el uso de las marcas relacionadas con TRANSMILENIO S.A.

Profesional Especializado (06) - Mercadeo y Explotación de Marca Procesos: Gestión de Mercadeo Transmilenio Profesional Especializado (06) - Acuerdos de negocios en cuanto a la Negocios Colaterales explotación comercial del conocimiento, infraestructura del Sistema de Transporte Publico a cargo Comité Comercial Profesional Especializado (06) - Mercadeo y Explotación de Marca Desarrollar los proyectos y estrategias de explotación comercial del conocimiento, la Infraestructura del Sistema de Transporte Publico a cargo de la Entidad y la marca de la Entidad y las marcas relacionadas con TRANSMILENIO Profesional Universitario (03) - S.A..

Proyectos y estrategias para la explotación comercial del conocimiento, Gestión de Negocios Proceso: Gestión de Mercadeo la Infraestructura del Sistema de Transporte Publico a cargo de la Profesional Especializado (06) - Entidad y la marca Negocios Colaterales Ingresos generados por explotación Profesional Especializado (06) - Mercadeo y Explotación de Marca comercial de la Infraestructura del Sistema de Transporte Publico a cargo Procesos: Gestión Financiera Promover los proyectos y estrategias potenciales de explotación comercial del conocimiento, la Infraestructura del Sistema de Transporte Publico a cargo de la Entidad y la marca de la Entidad H Profesional Universitario (03) - Gestión de Negocios REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-20 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 20 SALIDAS ENTRADAS RESPONSABLE NOMBRE PROVEEDOR NOMBRE CLIENTE ACTIVIDADES Usos de marca controlados Lineamientos y Políticas para la Explotación Comercial de la Marca Comité de Gerencia Comité de Comercial Desarrollar actividades de protección y defensa de las marcas registradas relacionadas con TRANSMILENIO S.A.

Profesional Especializado (06) - Mercadeo y Explotación de Marca Marcas protegidas Procesos: Gestión de Mercadeo Profesional Especializado (06) - Negocios Colaterales Personas Jurídicas con las que se Acuerdos de negocios en cuanto a la explotación comercial del conocimiento, firman los acuerdos Actas Profesional Especializado (06) - Mercadeo y Explotación de Marca Proceso: Gestión de Mercadeo Procesos: Gestión de Mercadeo infraestructura del Sistema de Transporte Publico a cargo de la Entidad y las marcas relacionadas con Realizar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos, compromisos y obligaciones asociados con la explotación comercial del conocimiento y la experiencia de Transmilenio S.A. al igual que con la Infraestructura del Sistema de Transporte Publico a cargo de la Entidad Profesional Universitario (03) - Transmilenio S.A.

Gestión de Negocios Profesional Especializado (06) - Negocios Colaterales Actas Informes de Seguimiento Procesos: Gestión de Mercadeo Profesional Especializado (06) - Mercadeo y Explotación de Marca Plan de acción Procesos: Gestión de Mercadeo V Verificar el cumplimiento de los compromisos establecidos en el Plan de Acción Profesional Universitario (03) -Gestión de Negocios Subgerente de Desarrollo de Negocios Informes de Seguimiento Procesos: Gestión de Mercadeo Analizar, reportar y actualizar permanentemente el Mapa de Riegos y los indicadores de gestión del proceso Indicadores de gestión medidos Procesos: Gestión de Mercadeo Profesional Especializado (06) - A Negocios Colaterales Matriz acciones correctivas, Indicadores de gestión medidos Procesos: Gestión de Mercadeo Definir y ejecutar las acciones correctivas, preventivas y de mejora que se consideren necesarias preventivas y de Mejora Procesos: Gestión de Mercadeo Profesional Especializado (06) - Mercadeo y Explotación de Marca PRODUCTOS FINALES: Ingresos por la explotación comercial de la Infraestructura del Sistema de Transporte Público a cargo de la Entidad, del conocimiento y de la marca ACTIVIDADES DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO POLITICAS DE OPERACIÓN RECURSOS RECURSOS HUMANOS Implícitas en los documentos que forman parte del proceso y que se pueden consultar en el listado maestro de documentos Subgerente de Negocios Profesional Especializado (06) Negocios Colaterales Profesional Especializado (06) - Mercadeo y Explotación de Marca Medición de Indicadores Ver Cuadro de Mando Integral Profesional Universitario (03) - Gestión de Negocios Secretaria (03)

Actividades de Seguimiento Ver Plan de Acción e informes DOCUMENTOS ASOCIADOS AL PROCESO HARDWARE, SOFTWARE DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES INFRAESTRUCTURA Actividades de Autocontrol y Evaluación Ver Matriz de Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora Instalaciones físicas asignadas a la Equipos de Computo Comunicación Web - Internet Ver Listado maestro de documentos oficiales del SIG Subgerencia de Negocios Microsoft Office Equipo de comunicación telefónica Puestos de trabajo Equipos de Impresión RIESGOS ASOCIADOS AL PROCESO REGISTROS ASOCIADOS AL PROCESO Ver Listado maestro de documentos oficiales del SIG Ver Mapa de Riesgos TRAMITES RELACIONADOS CON EL PROCESO Ver Tablas de Retención Documental ACTIVOS DE INFORMACIÓN REQUISITOS LEGALES Y/O NORMATICOS NO APLICA Ver Tablas de Retención Documental Ver Normograma del Proceso Elaboró:

Profesional Especializado (06) - Negocios Colaterales Profesional Especializado (06) - Mercadeo y Explotación de Marca Versión 2 Noviembre de 2016 Subgerente de Desarrollo de Negocios Aprobó:

Resolución Número 755 (Noviembre 18 de 2016)

Por la cual se actualizan los procedimientos para Que teniendo en cuenta la modificación de la estructura organizacional y funciones de las dependencias de la TRANSMILENIO S.A. se hace necesario actualizar los procedimientos para la administración de los recursos financieros de la Empresa. la administración de los recursos de tesorería de TRANSMILENIO S.A. y se deroga la Resolución 470 del 24 de Julio de 2015.

LA GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO TRANSMILENIO S.A. En uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas por el artículo 43 de los Estatutos de la sociedad y el artículo 8 del Acuerdo 02 del 20 de mayo de 2016, y Que el Comité de Seguimiento y Control Financiero de TRANSMILENIO S.A. en reunión del 4 de noviembre de 2016 aprobó la apertura de cuenta de compensación para realizar pagos en moneda extranjera, teniendo en cuenta que el Banco de la República modificó la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 y autorizó la apertura de cuentas de compensación sin realización previa de operaciones obligatoriamente canalizables por el mercado cambiario, según el Boletín 08 del 10 de febrero de 2016.

En mérito de lo expuesto,

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

Que mediante Resolución 470 de 24 de julio de 2015 se actualizaron los procedimientos para la administración de recursos financieros y se creó el comité de Seguimiento y Control Financiero en TRANSMILENIO S.A.

21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-21 • 2016 • NOVIEMBRE • 24

Capítulo I.

DE LAS CUENTAS CORRIENTES Y DE AHORRO. los cheques, transferencias de fondos o cualquiera otra operación que implique el retiro de fondos en documento impreso, dos de las firmas registradas y el correspondiente sello seco y sello protectógrafo.

Artículo 1º.

Las cuentas corrientes y de ahorro de TRANSMILENIO S.A., tienen por objeto facilitar la administración de los recursos de las transferencias realizadas por la Dirección Distrital de Tesorería, por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, o por otras entidades nacionales o territoriales para cubrir los compromisos que adquiera la Empresa en virtud del desarrollo de su objeto social.

Parágrafo. PRIMERO: Una de las dos firmas en
documento impreso para operaciones de pago a través de cheques, transferencia de fondos o cualquiera otra operación de retiro, debe ser la del Tesorero General o quien haga sus veces. En caso de ausencia del Tesorero será necesaria la firma del Subgerente Económico, o quien haga sus veces, y cualquier otra firma registrada.

De igual manera, a través de este tipo de cuentas, se manejarán en forma transitoria los ingresos corrientes de la Empresa, desde el momento en que se perciben hasta cuando los recursos son invertidos o utilizados para atender los pagos que hacen parte del presupuesto de TRANSMILENIO S.A.

Parágrafo. SEGUNDO: Las comunicaciones a las
entidades bancarias sobre las condiciones de manejo de las cuentas, los requisitos de giro de los cheques, las transferencias de fondos y las novedades que se presenten por cambios en los autorizados para el manejo de las cuentas, deberán llevar la firma del Gerente General de TRANSMILENIO S.A.

Artículo 2º.

Los recursos correspondientes a los ingresos corrientes deben administrarse en cuentas bancarias separadas de las transferencias recibidas para fines específicos, de tal manera que se facilite su identificación, manejo y control.

Parágrafo. TERCERO: Por seguridad en el mane-
jo, todos los cheques deben llevar el sello restrictivo “Páguese al primer beneficiario”, restricción con doble cruce para ser consignado únicamente en cuenta del beneficiario del pago.

Artículo 3º.

Toda apertura de cuentas bancarias debe contar con la autorización del Gerente General de TRANSMILENIO S.A y únicamente podrá realizarse en entidades bancarias que se encuentren clasificadas dentro de la lista aprobada por la Secretaría Distrital de Hacienda y que esté vigente a la fecha de la apertura de la cuenta. Para el efecto, todo trámite de solicitud de autorización de apertura de cuentas ante la Gerencia General debe incluir una copia actualizada de dicha lista.

En caso de que el beneficiario requiera el cambio o el levantamiento del sello restrictivo, deberá elevar solicitud por escrito, especificando que se hace responsable de cualquier inconveniente que se presente, posterior al recibo del título valor. Dicho documento deberá incluir firma y huella presencial autenticada en notaría, junto con la fotocopia del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica deberá incluir original del certificado vigente expedido por la Cámara de Comercio.

Parágrafo. PRIMERO: En el evento que una en-
tidad bancaria en la cual TRANSMILENIO S.A. tenga vigentes cuentas corrientes o de ahorros, se encuentre por fuera de la lista vigente aprobada por la Secretaría Distrital de Hacienda, se deben aplicar las recomendaciones establecidas en las políticas de inversión para el manejo de excedentes de liquidez de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 5º.

La custodia de las chequeras, sello seco y protectógrafo estarán en caja fuerte a cargo del Tesorero General o en quien éste delegue, sin perjuicio de la responsabilidad que le asista. La custodia de dispositivos Token, será absoluta responsabilidad de cada usuario a quien la entidad bancaria haya asignado dicho dispositivo, que en todo caso debe conservarse en lugar seguro y bajo llave o en caja fuerte.

Parágrafo. SEGUNDO: En ausencia temporal o
definitiva de la lista aprobada por la Secretaría Distrital de Hacienda, para efectos de apertura de cuentas debe en todo caso atenderse lo establecido en el artículo 49 del Decreto 1525 de 2008, modificado por el Decreto 600 de 2013 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 6º.

Cuando la fecha de expedición de un cheque supere 180 días y éste no haya sido retirado, se debe proceder a su anulación elaborando el acta correspondiente, y efectuar los registros contables a que haya lugar.

Artículo 4º.

En la apertura de las cuentas corrientes y de ahorros se deben registrar al menos tres firmas y entre ellas las firmas del Subgerente Económico y Tesorero General, siendo necesario para el pago de

Artículo 7º.

Para las cuentas que manejan ingresos corrientes de la Empresa, se establece un límite máximo de recursos de 43.520 salarios mínimos mensuales legales vigentes por entidad financiera. Este límite no

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-22 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 22 aplica para las cuentas que administran recursos del Distrito, la Nación o cualquier otra entidad con las que se celebren contratos o convenios. inversiones de liquidez o de tesorería. Se entiende por inversiones de capital aquellas constituidas con los recursos aportados por los accionistas de la Empresa Este límite deberá ser verificado cada mes, contra los saldos de cierre del estado de tesorería del mes anterior. e inversiones de liquidez o de tesorería aquellas constituidas con los excedentes de liquidez de los ingresos corrientes de la Empresa.

Los excedentes de liquidez son todos aquellos recursos que de manera inmediata no se destinen al desarrollo de las actividades que constituyen el objeto de la Empresa.

Parágrafo. En caso que por situaciones específi-
cas y de manera temporal sea necesario exceder este límite, el Tesorero debe citar al Comité de Seguimiento y Control Financiero y contar con la aprobación de 3 de sus miembros permanentes con derecho a voto.

Capítulo II.

DEL PROCESO DE PAGOS Y OPERACIONES BANCARIAS PARAGRAFO: TRANSMILENIO S.A. solo realizará inversiones de liquidez con los excedentes de liquidez generados por la empresa, atendiendo las políticas establecidas en el Decreto 1525 de 2008 y las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan, velando en todo caso por la ejecución oportuna de los recursos establecida en el Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC).

No se realizarán inversiones con recursos provenientes de otras fuentes externas, que tengan una destinación específica, excepto que dichos recursos sean transferidos con fines de inversión.

Artículo 8º.

La Tesorería realizará los pagos de las obligaciones a cargo de la Empresa, preferiblemente mediante sistemas electrónicos a través de entidades bancarias, utilizando las redes electrónicas ofrecidas por el sistema financiero, asegurando que los mismos se realicen a las cuentas de los beneficiarios y se produzcan con la oportunidad, confiabilidad y seguridad que se requieren.

Parágrafo. Para el caso de las cuentas de ahorro,
los movimientos de egresos serán realizados exclusivamente a través de transacciones electrónicas u oficios de autorización de emisión de cheques o débitos a cuenta. Por tal motivo, no se permitirá el uso de talonarios de cuentas de ahorros.

Artículo 9º.

Para los recaudos de los derechos a favor de la Empresa, se aceptarán consignaciones en cuenta o transferencias bancarias. Por ningún motivo se aceptará la recepción de dinero en efectivo o cheque sin la autorización expresa por escrito del Subgerente Económico.

Artículo 12º.

La constitución de inversiones de liquidez debe efectuarse en las entidades autorizadas y vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, procurando el menor riesgo, la mayor rentabilidad, y garantizando que las tasas de cierre de cada operación de inversión estén en condiciones de mercado, para lo cual se utilizará como referente la publicación más reciente de tasas de captación diarias del Banco de la República. Toda operación de inversión deberá estar soportada por al menos tres cotizaciones vigentes en el momento del cierre con entidades bancarias que se encuentren clasificadas dentro de la lista aprobada por la Secretaría Distrital de Hacienda y que esté vigente para el mes en que se efectúe la inversión.

ARTÌCULO 13º. Se autoriza toda clase de operaciones de inversión en moneda extranjera de acuerdo con lo señalado en las normas que sobre el particular expida la autoridad competente.

Artículo 10º.

El Tesorero General podrá presentar al Subgerente Económico para su aprobación, mecanismos de recaudo o de pagos que simplifiquen la labor operativa, sin que ello implique vulnerar la seguridad o incrementar el riesgo en la administración de los recursos. Si el mecanismo incluye herramientas informáticas, debe obtenerse adicionalmente concepto escrito de la Dirección de TIC´s.

Capítulo III.

DE LAS INVERSIONES Y EL MANEJO DE TITULOS

Artículo 14º.

Toda operación de inversión en moneda legal debe realizarse atendiendo la clasificación de entidades bancarias vigente y aprobada por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Tesorería, observando los porcentajes máximos de concentración y cupos fijados por esta Entidad, aplicables para las Empresas Industriales y Comerciales, o en su defecto atender las recomendaciones del Comité de Seguimiento y Control Financiero.

Artículo 11º.

Las inversiones se clasificarán, según el origen de los recursos, en inversiones de capital e

23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-23 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 El valor de concentración se calculará sobre el monto total de recursos en moneda legal administrado por TRANSMILENIO S.A. que incluyen cuentas de ahorros, cuentas corrientes y portafolio de inversiones.

Parágrafo. PRIMERO: El día de la operación de
inversión, el Subgerente Económico y el Tesorero General de TRANSMILENIO S.A. deben atender los principios de diversificación, liquidez y rentabilidad, e invertir directamente con emisores primarios y operadores del mercado que cuenten con el cupo y con la calificación mínima de riesgo exigida en la regulación del Gobierno Nacional.

En caso de que por situaciones específicas y de manera temporal sea necesario exceder este límite, el Tesorero debe citar al Comité de Seguimiento y Control Financiero y obtener la aprobación de 3 de sus integrantes permanentes con derecho a voto.

El Subgerente Económico y el Tesorero suscribirán una comunicación ratificando a la entidad financiera la decisión adoptada y se elaborará un acta donde consten los títulos que se vencieron, las cotizaciones realizadas y la decisión tomada, adjuntando los soportes correspondientes.

Artículo 16º.

Todas las inversiones se deben realizar en títulos valores desmaterializados, cuya custodia y administración esté a cargo de un depósito de valores vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia. Los títulos deben permanecer bajo custodia en un depósito centralizado de valores con los derechos a nombre de TRANSMILENIO S.A. Deberá propenderse por ser depositante directo, o en caso contrario evaluar alternativas como subcuentas en entidades financieras que se encuentren en la lista de entidades financieras vigente y aprobada por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Tesorería.

Parágrafo. SEGUNDO: En aquellos eventos en los
que, al analizar el portafolio constituido con la lista de entidades financieras vigente, aprobada y comunicada por la Secretaría Distrital de Hacienda, se presenten excesos temporales de límites de concentración o que alguna entidad financiera salga de la lista, debe informarse lo pertinente al Comité de Seguimiento y Control Financiero de la Empresa para la toma de las decisiones a que haya lugar.

Capítulo IV.

DEL COMITÉ DE SEGUIMIENTO Y CONTROL FINANCIERO

Artículo 17º.

El Comité de Seguimiento y Control Financiero será una instancia asesora de la Gerencia de TRANSMILENIO S.A para el seguimiento y control de las políticas y lineamientos establecidos en el Distrito Capital que se apliquen a la Empresa, con el objetivo de fortalecer la administración de los recursos de inversión y manejo del riesgo financiero.

Artículo 18º.

El Comité de Seguimiento y Control Financiero estará integrado por:

1. El Subgerente Económico, quien lo presidirá.

Parágrafo. TERCERO: El Subgerente Económico
y el Tesorero General prepararán mensualmente para la Gerencia General, un resumen del movimiento del portafolio de inversiones, detallando el portafolio al inicio del mes, los títulos vencidos y los títulos adquiridos en el periodo informado, incluyendo como mínimo la siguiente información: Nombre de la entidad emisora, valor nominal, valor de compra, número de título, fecha de adquisición o de compra, fecha de vencimiento, tasa de interés facial y tasa efectiva de compra. En dicho informe debe indicarse también la conformación del portafolio al final del mes, con la correspondiente concentración. En los meses que no se presenten movimientos de compra, venta o redención de títulos no será necesario elaborar resumen.

2. El Subgerente General o su delegado.

3. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación.

4. Un delegado del Gerente General.

5. El Tesorero General, quien ejercerá la Secretaría Técnica del Comité y actuará con voz pero sin voto en las sesiones.

Parágrafo. CUARTO: Los oficios de colocación y
de liquidación de las operaciones de inversión deben llevar las firmas del Subgerente Económico u otra firma registrada y del Tesorero General o quien haga sus veces. Adicionalmente debe portar el registro del sello seco y el protectógrafo. En caso de ausencias del Tesorero, será necesaria la firma del Subgerente Económico, o quien haga sus veces, y cualquier otra firma registrada.

PARÀGRAFO PRIMERO: El Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno será invitado a la sesiones del Comité, quien tendrá voz pero no voto.

Artículo 15º.

Para las inversiones con excedentes de liquidez generados por TRANSMILENIO S.A. se establece un límite de concentración máximo del 20% en entidades bancarias locales con grado de inversión aprobados por la Secretaría Distrital de Hacienda.

PARÀGRAFO SEGUNDO: Los miembros del Comité podrán invitar a los servidores públicos o demás personas que consideren convenientes, de acuerdo con los temas a tratar en cada sesión.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-24 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 24 del mes de noviembre de dos mil diciséis (2016).

ALEXANDRA ROJAS LOPERA Gerente General PARÀGRAFO TERCERO: El Comité de Seguimiento y Control Financiero debe sesionar mínimo con tres de los cinco miembros de que trata el presente artículo y siempre con la asistencia del Subgerente Económico. Se reunirá ordinariamente una vez cada semestre y extraordinariamente cuando las necesidades lo ameriten DECRETOS LOCALES DE 2016

Artículo 19º.

El Comité tendrá las siguientes funciones:

ALCALDÍA LOCAL DE USAQUÉN Decreto Local Número 008

- Orientar las políticas de administración e inversión de los recursos de tesorería de TRANSMILENIO S.A.

(Noviembre 22 de 2016)

“Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de

- Velar por el cumplimiento de las directrices traza- das en la presente Resolución o las que imparta a futuro la Gerencia General en materia de Inver- siones.

Usaquén para la vigencia fiscal 2016”.

LA ALCALDESA LOCAL DE USAQUÉN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

- Vigilar el cumplimiento de las políticas de inversión y riesgo financiero emitidas por la Secretaria Dis- trital de Hacienda - Dirección Distrital de Tesorería que sean aplicables a las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital.

CONSIDERANDO:

- Evaluar y recomendar los porcentajes máximos de concentración y cupos para las inversiones de los excedentes de liquidez.

- Evaluar y recomendar las prácticas que se con- sideren necesarias para que los recursos finan- cieros de la Entidad se administren o inviertan preservando los criterios de seguridad, solidez, liquidez y rentabilidad en condiciones de mercado.

- Hacer seguimiento al cumplimiento de los linea- mientos y compromisos adoptados por el Comité.

Frente a lo anterior y atendiendo artículo 31 del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero que estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.”, la Administración Local requiere el traslado presupuestal de los recursos a los rubros que a continuación se justifican:

Artículo 20º.

El Secretario Técnico del Comité cumplirá las siguientes funciones:

1. Citar a las reuniones del Comité.

Recursos de inversión que se requieren para reforzar el avance de las metas de la vigencia 2016 en el siguiente programa: el rubro 3.3.1.14.02.21.0858 Usaquén gestiona adecuadamente sus residuos sólidos $ 80.000.000

2. Elaborar el orden del día para cada sesión.

3. Elaborar las actas de cada reunión y mantenerlas bajo su custodia.

4. Verificar el cumplimiento de las instrucciones impartidas al interior del Comité.

Artículo 21º.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias, en especial la Resolución No. 470 del 24 de julio de 2015.

La Alcaldía Local de Usaquén a Octubre 12 de 2016, en Gastos de Inversión lleva una Ejecución Presupuestal del 18.33% y ha girado el 6.80% de lo comprometido. Una vez revisada y analizada ésta Ejecución desagregadamente por rubro, ha encontrado que algunos rubros, efectivamente llevan su inversión acorde con los tiempos establecidos para la ejecución de los mismos, y sin embargo aún cuentan con recursos que a 31 de Diciembre de 2016 no se requerirán, mientras que hay otros que también a pesar de llevar los gastos proyectados mes a mes, les faltan recursos para ser fortalecidos.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los dieciocho (18) días Que una vez verificado y ajustado se comprobó que el valor a trasladar corresponde al monto de ochenta 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-25 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 millones de pesos ($80.000.000) con el fin de mejorar en la ejecución de la metas impuesta en los indicadores al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2016 por valor de ($8.000.000)

Que para el presente traslado se expiden el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 527 del 25 de octubre de 2016.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Que mediante oficio No. 2-2016-52075 del 18 de Noviembre de 2016 la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable sobre el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el plan de desarrollo local.

Artículo primero.

Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2016 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:

Que mediante oficio No. 2016EE1690007 del 21 de Noviembre de 2016 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado RUBRO NOMBRE CONTRACREDITOS 3 GASTOS $ 80.000.000 3.3 INVERSIÓN $ 80.000.000 3.3.1 DIRECTA $ 80.000.000 3.3.1.14 Bogotá Humana $ 80.000.000 3.3.1.14.01 Una ciudad que supera la segregación y la discriminación el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo $ 80.000.000 3.3.1.14.01.03 Un Bogotá que define y fortalece lo público $ 80.000.000 3.3.1.14.01.03.0949 Fortaleciendo el saber en Usaquén $ 80.000.000 TOTAL CONTRACREDITOS $ 80.000.000

Artículo segundo.

Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2016 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:

RUBRO NOMBRE CREDITOS 3 GASTOS $ 80.000.000 3.3 INVERSIÓN $ 80.000.000 3.3.1 DIRECTA $ 80.000.000 3.3.1.14 Bogotá Humana $ 80.000.000 3.3.1.14.02 Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua $ 80.000.000 3.3.1.14.02.21 Basura cero $ 80.000.000 3.3.1.14.02.21.0858 Usaquén gestiona adecuadamente sus residuos sólidos $ 80.000.000 TOTAL CREDITOS $ 80.000.000

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

ALCALDÍA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Decreto Local Número 0010 (Noviembre 23 de 2016)

Se expide en Bogotá D.C., a los veintidós (22) días del mes de noviembre de dos mil dieciséis (2016).

MAYDA CECILIA VELÁSQUEZ RUEDA Alcaldesa Local de Usaquén “Por medio del cual se efectúa una modificación interna entre gastos de funcionamiento al Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la Vigencia Fiscal 2016”

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-26 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 26 EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR ción de Servicios Mantenimiento entidad con el fin de legalizar la afectación de la imputación presupuestal de la Localidad En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la secretaria Distrital de Hacienda, emitió concepto previo favorable mediante oficio radicado No. 2016EE169014 del 21 de noviembre de 2016.

Que la presente modificación presupuestal tuvo respaldo presupuestal en el certificado de disponibilidad presupuestal Nos. 831 y 832 de 04 de noviembre de 2016 Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”, en su artículo 31, y Resolución No. SDH-000383 del 15 de septiembre de 2010, “ Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”, artículo tercero, numeral 4.1, los cuales consagran que: “los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación”.

Artículo 1°.

Efectúese un contra crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1.de enero y el 31 de diciembre de 2016, por la suma de TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS($ 32.202.646)M/CTE, conforme al siguiente detalle:

Que el Alcalde Local de Ciudad Bolívar en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Local durante la vigencia 2016, ajusta los gastos de Funcionamiento – Adquisición de Bienes
- Gastos de Computador, Materiales y Suministros, Gastos de Transporte y Comunicaciones, Adquisi- Contracrédito:

CODIGO NOMBRE VALOR
3. GASTOS 32.202.646 3.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 32.202.646 3.1.2 GASTOS GENERALES 32.202.646 3.1.2.01 Adquisición de Bienes 32.202.646 3.1.2.01.03 Combustibles, Lubricantes y Llantas 13.207.646 3.1.2.01.04 Materiales y Suministros 18.995.000 32.202.646 TOTAL CONTRACREDITOS

Artículo 2°.

Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos Generales Adquisición de servicios - del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, por la suma TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS($32.202.646)M/CTE, conforme al siguiente detalle:

Crédito:

CODIGO NOMBRE VALOR
3. GASTOS 32.202.646 3.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 32.202.646 3.1.2 GASTOS GENERALES 32.202.646 3.1.2.01 Adquisición de Bienes 18.995.000 3.1.2.01.02 Gastos Computador 18.995.000 3.1.2.02 Adquisición de Servicios 13.207.646 3.1.2.02.05 Mantenimiento y Reparaciones 13.207.646 3.1.2.02.05.01 Mantenimiento Entidad 13.207.646 TOTAL CREDITO 32.202.646 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-27 • 2016 • NOVIEMBRE • 24

Artículo tercero.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Expedido en Bogotá, DC., a los veintitrés (23) días del mes de noviembre de dos mil dieciséis (2016).

EDWARD ALBERTO MORENO ARBELÁEZ Alcalde Local de Ciudad Bolívar REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5961 • pP. 1-28 • 2016 • NOVIEMBRE • 24 28

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