Registro Distrital 5938 de 2016
Registro Distrital 5938 de 2016 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 5938
- Año
- 2016
- Fecha
- 20 de octubre de 2016
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 50 Número 5938 2016 • OCTUBRE • 20 REGISTRO DISTRITAL
DECRETA:
DECRETOS DE 2016
Artículo 1º.
Modifíquese el artículo 1° del Decreto Distrital 184 de 2016 el cual quedará así:
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Decreto Número 445 (Octubre 14 de 2016)
“Por medio del cual se modifica el Decreto “ARTÍCULO PRIMERO: El Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU estará integrado por el Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, que será el Secretario Distrital de Movilidad, quien lo presidirá, y seis (6) miembros designados libremente por el Alcalde Mayor, así:
Distrital 184 de 2016”
El (la) Secretario(a) Distrital de Hacienda o su dele- gado.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades legales, en especial El (la) Gerente General de Transmilenio S.A., o su delegado. las conferidas por el numeral 6 del artículo 38, y los artículos 40 y 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículos 9 y 10 de la Ley 489 de 1998 y, El (la) Secretario (a) General de la Alcaldía Mayor de Bogotá o su delegado.
CONSIDERANDO:
El doctor Rubén Darío Lizarralde Montoya.
El doctor Carlos Alberto Torres Escallón.
El doctor Andrés Pacheco Rincón.
Que mediante el Decreto Distrital 184 de 2016 el Alcalde Mayor modificó el artículo 1 del Decreto Distrital 071 del 10 de febrero de 2016, determinando los integrantes del Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano IDU, el cual estará integrado por el Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, que será el Secretario Distrital de Movilidad, quien lo presidirá, y seis (6) miembros designados libremente por el Alcalde Mayor.
Parágrafo. Único: El Director General del Instituto de
Desarrollo Urbano asistirá a las sesiones de Consejo Directivo con voz, pero sin voto, y actuará como secretario del mismo el Subdirector General de Gestión Corporativa de la Entidad.”
Artículo 2°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el Decreto Distrital 184 de 2016.
Que dentro de los integrantes del referido Consejo Directivo se designo al (la) Subsecretario (a) General de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., o su delegado.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los trece (13) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).
Que mediante el Decreto Disrital 425 de 2016 se modificó la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., por lo que se requiere modificar el Decreto Distrital 184 de 2016.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO En mérito de lo expuesto, Alcalde Mayor 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-1 • 2016 • OCTUBRE • 20 Decreto Número 455 (Octubre 14 de 2016)
Parágrafo 3. - El Director General del IDIGER tendrá
voz y no voto y ejercerá la Secretaría Técnica de la Junta Directiva del FONDIGER”.
“Por medio del cual se modifica el artículo 7 del Decreto Distrital 174 de 2014”
Artículo 2º.
- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo 7 del Decreto Distrital 174 de 2014.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, y Dado en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).
CONSIDERANDO:
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor Que mediante el Decreto Distrital 174 de 2014 se reglamentó el funcionamiento del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C.,- FONDIGER, incluido lo referente a la composición de su Junta Directiva.
RESOLUCIONES DE 2016 SECRETARÍA DE HACIENDA Que el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993 señala que los miembros de las Juntas Directivas de las entidades descentralizadas del Distrito Capital, serán designados libremente por el Alcalde Mayor.
Resolución Número SDH-000389 En mérito de lo expuesto, (Octubre 14 de 2016)
DECRETA:
“Por medio de la cual se fijan los procedimientos y actuaciones para la obtención y cancelación
Artículo 1º.
- Modificar el artículo 7 del Decreto Distrital 174 de 2014, el cual quedará así:
de la autorización a las entidades financieras para la recepción de documentos tributarios y el recaudo de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda y se dictan otras “Artículo 7°.-Conformación de la Junta Directiva. La Junta Directiva del FONDIGER estará conformada por los siguientes miembros: disposiciones”. a) El/la Alcalde/sa Mayor o su delegado, que será El/la Secretario/a Distrital de Ambiente, quien lo presidirá.
LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades que le confiere, el literal u) del artículo 1° del Decreto Distrital 364 de 2015 y el artículo 1º del Decreto Distrital 344 de 2013 y b) El/la Secretario/a Distrital de Hacienda o su delegado.
CONSIDERANDO:
c) El/la Secretario/a Distrital de Gobierno o su delegado. d) El/la Secretario/a Distrital de Planeación o su delegado. e) El/la Secretario/a Distrital de Desarrollo Económico o su delegado.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 59 del Estatuto Orgánico de Presupuesto del Distrito Capital
- Decreto 714 de 1996 - le corresponde a la Secretaría Distrital de Hacienda la ejecución activa del presu- puesto, esto es, el recaudo de las rentas y recursos de capital del Presupuesto Anual del Distrito Capital.
Parágrafo 1. - Los delegados ante la Junta Directiva
del FONDIGER, deberán corresponder a cargos de nivel directivo.
Que conforme al Parágrafo del artículo 9º del Decreto Distrital 234 de 2015, para el manejo de los recursos a través de la Cuenta Única Distrital, los convenios suscritos con las entidades financieras en virtud de la autorización que se otorgue para la recepción de documentos tributarios y recaudo de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses, se regirán por las normas especiales sobre la materia.
Parágrafo 2. - A las sesiones de la Junta Directiva
podrán ser invitados delegados de otras entidades públicas o privadas que a juicio de su Presidente, puedan aportar elementos respecto de las materias o asuntos que deban ser decididos por la Junta.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-2 • 2016 • OCTUBRE • 20 2 Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Capítulo I.
CONVOCATORIA Que mediante el Decreto Distrital 344 de 2013, el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. delegó en el Secretario Distrital de Hacienda la facultad de expedir las resoluciones de autorización a las entidades financieras legalmente constituidas en el país y vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, que cumplan con los requisitos exigidos para la recepción de documentos tributarios y el recaudo de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que en virtud de esta delegación se deben expedir los actos administrativos necesarios para fijar los procedimientos y las actuaciones que rijan la obtención y cancelación de la autorización para ser receptoras de documentos tributarios y recaudadoras de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante la suscripción del convenio de adhesión correspondiente.
Artículo 1º.
CONVOCATORIA: El Secretario Distrital de Hacienda, mediante comunicación escrita, convocará a las entidades financieras legalmente constituidas en el país, vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia que cumplan con los requisitos de que trata el artículo siguiente, para que manifiesten, por intermedio de su Representante Legal, su interés en obtener la autorización y suscribir el convenio de adhesión para la recepción de documentos tributarios y el recaudo de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda.
Con la manifestación de interés en obtener la autorización, se entenderá para todos los efectos legales, que la entidad financiera se acoge a lo dispuesto en el Decreto Distrital 344 de 2013, o la norma que la modifique, adicione o sustituya.
Que por lo anterior el Secretario Distrital de Hacienda expidió la Resolución SDH - 402 del 12 de diciembre de 2013, por medio de la cual se fijan los procedimientos y actuaciones para la obtención y cancelación de la autorización a las entidades financieras para la recepción de documentos tributarios y el recaudo de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que revisada la ejecución de los convenios se considera necesario establecer que las entidades recaudadoras deben cumplir con los criterios de riesgo establecidos por el Comité de Política de Riesgo para desempeñarse como recaudadores de los tributos del Distrito Capital.
Parágrafo. La convocatoria a la que alude este
artículo se realizará anualmente en el mes de octubre, a las entidades financieras que cumplan con los criterios de riesgo establecidos por el Comité de Política de Riesgo para desempeñarse como recaudadores de los tributos del Distrito Capital y que aún no cuenten con la autorización para la recepción de documentos tributarios y el recaudo de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses administrados por la mencionada entidad.
Que la Resolución SDH - 402 de 2013 prevé que el Secretario Distrital de Hacienda, podrá en cualquier momento, dar por finalizada la autorización y ordenar la terminación anticipada del convenio de adhesión, por lo que se hace necesario señalar el mecanismo de terminación y liquidación de los convenios de recaudo.
Artículo 2º.
- REQUISITOS PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN.- Las entidades financieras interesadas obtendrán la autorización y suscribirán el convenio de adhesión de que trata el artículo primero, una vez cumplan, de manera previa los requisitos que se exponen a continuación, los cuales serán verificados por el Comité Evaluador de las Entidades Financieras Recaudadoras de Tributos de la Secretaría Distrital de Hacienda, así:
Que se considera importante que el régimen relacionado con los procedimientos y actuaciones para la obtención y cancelación de la autorización a las entidades financieras para la recepción de los documentos a que se refiere esta resolución, se encuentren en un solo acto administrativo. a) Cumplir con los criterios de riesgo establecidos por el Comité de Política de Riesgo para desempeñarse como recaudadores de los tributos del Distrito Capital.
Que atendiendo la modernización de la estructura interna de la Secretaría Distrital de Hacienda resulta necesario actualizar los integrantes del Comité Evaluador de las Entidades Financieras Recaudadoras de tributos de la Secretaría Distrital de Hacienda, además de precisar los requisitos que deben cumplir las entidades financieras. b) Requisitos técnicos: Los desarrollos informáticos y operativos requeridos para cumplir lo dispuestos en la Resolución SDH - 403 de 2013, “Por la cual se dictan disposiciones sobre la recepción de documentos tributarios y el recaudo de los 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-3 • 2016 • OCTUBRE • 20 tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda”, o la norma que la modifique, adicione o sustituya. La verificación del cumplimiento de estos requisitos será realizada conjuntamente por las Direcciones de Informática y Tecnología y Distrital de Impuestos de Bogotá.
El primer ciclo se contabiliza a partir del 1 enero de 2014, esto es, con fecha de finalización del primer ciclo el 31 de diciembre del 2018. En consecuencia la vigencia de las autorizaciones que se otorguen en las convocatorias que se realicen en los años 2015 y siguientes, será por el término que falte para completar el ciclo. c) Requisitos jurídicos: Capacidad jurídica para ejercer la actividad financiera, la cual se acreditará con el certificado de existencia y representación legal emitido por la Superintendencia Financiera de Colombia y certificación de la Póliza Global Bancaria vigente o la que haga sus veces, según verificación que realice la Dirección Distrital de Tesorería.
Artículo 4º.
- CONVENIO DE ADHESIÓN: La entidad financiera autorizada deberá suscribir el respectivo convenio de adhesión con la Secretaría Distrital de Hacienda, el cual le permitirá actuar como entidad receptora de documentos tributarios y recaudadora de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda y podrá iniciar su actividad a partir del mes de enero de la vigencia fiscal inmediatamente siguiente a la que se realice la convocatoria.
El término de duración del convenio de adhesión se supedita a la vigencia de la autorización y ésta dependerá de la convalidación anual que realice la Secretaría Distrital de Hacienda.
Parágrafo. PRIMERO. La minuta del convenio de
adhesión será la que apruebe la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Hacienda, conforme a las previsiones establecidas en el Decreto 344 de 2013 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. d) La entidad financiera interesada deberá encontrarse a paz y salvo por concepto de multas y sanciones ejecutoriadas que hayan tenido origen en su actividad como entidad recaudadora de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda, requisito verificado por las Direcciones Distrital de Impuestos de Bogotá y Jurídica. En caso de que los actos administrativos contentivos de las multas y sanciones se encuentren demandados ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se podrá validar el cumplimiento de este requisito, aun cuando la sanción o multa no haya sido cancelada.
Capítulo II.
AUTORIZACIÓN Y CONVENIO DE ADHESIÓN
Artículo 3º.
- AUTORIZACIÓN DE RECAUDO: El Comité Evaluador de las Entidades Financieras Recaudadoras de Tributos de la Secretaría Distrital de Hacienda verificará el cumplimiento de los requisitos de que trata el artículo 2° de la presente Resolución y recomendará al Secretario Distrital de Hacienda el otorgamiento o no de la autorización.
Con base en la recomendación del Comité, el Secretario Distrital de Hacienda expedirá el acto administrativo de autorización. El término de vigencia de la autorización será hasta por máximo cinco (5) años, período que estará sujeto a la convalidación anual, según lo dispuesto en la presente Resolución.
Parágrafo. SEGUNDO. De conformidad con lo
establecido en el artículo 6º del Decreto Distrital 344 de 2013 o la norma que la modifique, adicione o sustituya, las entidades recaudadoras estarán sujetas a las sanciones establecidas en el régimen sancionatorio del Estatuto Tributario Nacional, conforme a la remisión expresa hecha por los artículos 67 y 68 del Decreto Distrital 807 de 1993 y en las demás normas concordantes, las cuales se aplicarán de conformidad con el procedimiento establecido en la Resolución 403 de 2013, “Por la cual se dictan disposiciones sobre la recepción de documentos tributarios y el recaudo de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses de los tributos administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda”, expedida por el Secretario Distrital de Hacienda o la norma que la modifique, adicione o sustituya,. Si fuere el caso en la minuta del convenio se establecerá el régimen sancionatorio y de garantías aplicable a las obligaciones no cobijadas en los artículos 636 y 674 a 678 del Estatuto Tributario Nacional.
Parágrafo. Para efectos de las autorizaciones
como entidades recaudadoras, la Secretaría Distrital de Hacienda establecerá ciclos de cinco (5) años, al cabo de los cuales, aquellas entidades interesadas deberán surtir nuevamente el procedimiento de autorización de que trata el presente acto administrativo.
Artículo 5º.
- CONVALIDACIÓN DE LA AUTORI- ZACIÓN: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6 de la presente Resolución, el Comité Evaluador de las Entidades Financieras Recaudadoras de Tributos de la Secretaría Distrital de Hacienda, anualmente en el mes de octubre, revisará el cumplimiento de los
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Artículo 7º.
- RENUNCIA A LA AUTORIZACIÓN. La entidad financiera en cualquier momento podrá renunciar a la autorización para la recepción de documentos tributarios y el recaudo de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda. La renuncia deberá presentarse por escrito dirigido al Secretario Distrital de Hacienda, quien emitirá la comunicación de aceptación, indicando la fecha límite de recaudo.
requisitos técnicos, de que trata el artículo 2º de la presente Resolución, así como los criterios de riesgo para la permanencia como entidad recaudadora, establecidos por el Comité de Política de Riesgo. Como producto de tal revisión, recomendará al Secretario Distrital de Hacienda, sobre la convalidación o no de la autorización para el año fiscal siguiente. En caso de recomendar la no convalidación de la autorización, se dará por finalizada la vigencia de la misma por parte del Secretario Distrital de Hacienda y se procederá a la terminación anticipada del convenio de adhesión a partir de la comunicación del acto que así lo disponga.
ARTÍCULO 8° TERMINACIÓN. El convenio de adhesión para la recepción de documentos tributarios y el recaudo de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses de los tributos administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda, terminará en los siguientes casos: a) Por mutuo acuerdo de las partes.
También corresponderá al Comité Evaluador de las Entidades Financieras Recaudadoras de Tributos de la Secretaría Distrital de Hacienda emitir recomendación de no convalidar la autorización cuando se presenten fallas en la operación que afecten el cumplimiento de las obligaciones o se viole el régimen de reserva de la información tributaria, o cualquier otra circunstancia de especial gravedad que haga aconsejable esta medida. b) Por la finalización de la autorización que genera la terminación anticipada por parte del Secretario Distrital de Hacienda, en los casos contemplados en los artículos 5° y 6° de la Presente Resolución. c) Por renuncia a la autorización de la Entidad Recaudadora.
En cualquiera de las situaciones de que trata este artículo, el resultado de la revisión será comunicado por escrito por parte del Secretario Distrital de Hacienda a las entidades financieras recaudadoras.
Capítulo III.
FINALIZACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN Y TERMINACIÓN DE LOS CONVENIOS DE Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la comunicación de aceptación de la renuncia, o la terminación por mutuo acuerdo de las partes, o por la finalización de la autorización en los casos de que trata el literal c), la entidad recaudadora deberá:
ADHESIÓN - Consignar los valores recaudados a la entidad receptora una vez cumplidos los días de reciprocidad.
- Remitir a la Secretaría Distrital de Hacienda en los plazos establecidos la información y documentos que correspondan.
- Cancelar el valor de las sanciones impuestas o las que adquieran firmeza con posterioridad a su retiro
Artículo 6º.
- FINALIZACIÓN DE LA AUTORIZA- CIÓN: El Secretario Distrital de Hacienda, podrá en cualquier momento, dar por finalizada la autorización y ordenar la terminación anticipada del convenio de adhesión para la recepción de documentos tributarios y el recaudo de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses de los tributos administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda, previo concepto emitido por el Comité Evaluador de las Entidades Financieras Recaudadoras de Tributos de la Secretaría Distrital de Hacienda, cuando se configure por los menos uno de los siguientes hechos:
a). Incumplimiento de los requisitos técnicos y jurídi- cos que sustentaron la autorización, reportado por quien verificó el requisito respectivo, conforme el artículo 2º, así como los criterios establecidos por el Comité de Política de Riesgo.
ARTÍCULO 9° LIQUIDACIÓN. La liquidación del convenio de adhesión para la recepción de documentos tributarios y el recaudo de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses de los tributos administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda, se realizará de mutuo acuerdo dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del convenio o a la expedición del acto que decrete la terminación del mismo, suscrita por el Tesorero Distrital. b). Incumplimiento de las condiciones de operación reportadas por el supervisor del convenio. c). Por violación de la reserva de la información tri- butaria.
En caso que no se haya obtenido la suscripción del acta de liquidación o no se haya logrado acuerdo sobre su contenido, la Secretaría Distrital de Hacienda practicará directa y unilateralmente la liquidación del conve- 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-5 • 2016 • OCTUBRE • 20 nio mediante acto administrativo motivado, susceptible del recurso de reposición. La liquidación se realizará dentro de los dos (2) meses siguientes al término en que debió adelantarse la liquidación bilateral. d. Evaluar y recomendar al Secretario Distrital de Hacienda, en el mes de octubre de cada año, la convalidación o no de las autorizaciones otorgadas a las entidades financieras, en los términos previstos en esta Resolución.
El acta de liquidación debe contener las prestaciones y obligaciones cumplidas o no, su equivalencia, multas adeudadas o pagadas, se acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar y constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que se llegaren, para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo.
Artículo 11°.
INTEGRANTES DEL COMITÉ EVALUADOR DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS RECAUDADORAS DE TRIBUTOS DE LA SECRE- TARÍA DISTRITAL DE HACIENDA: El Comité estará integrado por los siguientes miembros permanentes, quienes tendrán voz y voto:
1. El Tesorero Distrital quien lo presidirá, o su de- legado, quien será el Subdirector de Operación Financiera.
Para la liquidación se exigirá al banco la extensión o ampliación, si es del caso, de las garantías necesarias para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del convenio, cuyo seguimiento le corresponderá al supervisor del convenio.
Capítulo IV.
2. El Director Distrital de Impuestos de Bogotá o su delegado, quien será el Subdirector de Recauda- ción, Cobro y Cuentas Corrientes.
3. El Director de Informática y Tecnología o su delga- do, quien será el Subdirector de Soluciones TIC.
COMITÉ EVALUADOR DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS RECAUDADORAS DE TRIBUTOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA.
4. El Director Jurídico o su delegado, quien será el Subdirector Jurídico de Hacienda.
5. El Jefe de la Oficina de Análisis y Control de Ries- go o su delegado, quien será el asesor asignado a la gestión de Riesgo Financiero.
Artículo 10º.
- FUNCIONES: En cumplimiento del objeto establecido en el artículo 4 del Decreto 344 de 2013,o la norma que la modifique, adicione o sustituya, el Comité Evaluador de las Entidades Financieras Recaudadoras de Tributos de la Secretaría Distrital de Hacienda ejercerá las siguientes funciones:
El Jefe de la Oficina de Control de Recaudo Tributario de Dirección Distrital de Impuestos DIB, será el Secretario Técnico. a. Evaluar el cumplimiento de los requisitos de que trata el artículo 2º de la presente Resolución, por parte de las entidades financieras interesadas en obtener la autorización.
Parágrafo. El Comité recomendará de ser necesa-
rio al Secretario Distrital de Hacienda la propuesta de reglamento interno, el cual determinará los aspectos necesarios para su funcionamiento y será adoptado por resolución del Secretario Distrital de Hacienda.
Capítulo V.
DISPOSICIONES FINALES b. Recomendar al Secretario Distrital de Hacienda, el otorgamiento o no de la autorización a las Entidades Financieras que hayan manifestado interés en ingresar al proceso de recepción y recaudo de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda, de conformidad con las previsiones de esta Resolución.
Artículo 12º.
- DELEGACIÓN: Delegar en el Tesorero Distrital la competencia para suscribir con las entidades financieras autorizadas por el Secretario Distrital de Hacienda los convenios de adhesión para la recepción de documentos tributarios y recaudo de los tributos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda, de que trata la presente Resolución.
c. Efectuar el seguimiento periódico de los resultados de la Metodología interna aprobada para el análisis y seguimiento del riesgo de crédito para entidades financieras recaudadoras, la evaluación técnica e informática y de la operación y del cumplimento de las demás obligaciones derivadas de la autorización y el convenio por parte de las entidades recaudadoras de los tributos distritales y recomendar al Secretario Distrital de Hacienda dar por finalizada la autorización y la terminación anticipada del convenio de adhesión cuando se presente una o varias causales de las previstas en esta reglamentación.
Parágrafo. La delegación conferida en el presente
artículo comprende la función de suscribir las modificaciones, adiciones, prórrogas, actas de terminación anticipada, acto de terminación unilateral, así como la de expedir todos los actos administrativos relacionados REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-6 • 2016 • OCTUBRE • 20 6
Artículo 2°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
con la ejecución de los convenios, cuya competencia no corresponda a otro funcionario, de conformidad con lo establecido en el presente acto o en el Estatuto Tributario.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los diecinueve (19) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).
Artículo 13°.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución SDH - 402 de 2013.
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del SECRETARÍA DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).
JUSTICIA BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda Resolución Número 000054 (Octubre 11 de 2016)
“Por la cual se suspenden términos en todas las actuaciones a cargo de la Oficina de Resolución Número SDH-000390 (Octubre 19 de 2016)
Control Disciplinario Interno de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia”
“Por la cual se efectúa un nombramiento EL SECRETARIO DISTRITAL DE SEGURIDAD, ordinario”
LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE CONVIVENCIA Y JUSTICIA En uso de sus facultades legales, y en especial las conferidas por los artículos 4º y 7º literal g. del Decreto 413 del 30 de septiembre de 2016, y BOGOTÁ, D.C., en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º del
CONSIDERANDO:
decreto 101 del 13 de abril de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del artículo 6º del Acuerdo 637 del 31 de marzo de 2016, se dispuso la supresión del establecimiento público Fondo de Vigilancia y Seguridad – FVS; supresión que se hizo efectiva a través del Decreto Distrital N° 409 de 2016, mediante el cual se transfieren los principales objetivos y funciones del mencionado Fondo a la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia.
Que mediante memorando remitido por la Secretaria Distrital de Hacienda, se solicitó en la Subdirección del Talento Humano el nombramiento ordinario de TATIANA CASTAÑO BRITO, en el cargo de Jefe de Oficina código 006 grado 03, Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones.
Que una vez revisados los requisitos establecidos en el manual de funciones de la Secretaría Distrital de Hacienda, la Subdirección del Talento Humano, certifica que Tatiana Castaño Brito, los cumple.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que según el Decreto 413 del 30 de septiembre de 2016, a la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia le corresponde asumir, entre otros, tanto los objetivos como las funciones del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C., y en tal virtud, entre otros, los procesos disciplinarios que adelantaba por competencia la Oficina de Control Interno Disciplinario del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá en liquidación, fueron trasladados a la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia
Artículo 1°.
Nombrar a TATIANA CASTAÑO BRI- TO, identificada con cédula de ciudadanía 41.936.411 en el cargo de Jefe de Oficina código 006 grado 03, Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, con una asignación básica mensual de $ 3.737.540 y gastos de representación de $ 1.121.262.
Que dichos procesos, en tanto se encuentren en la etapa de Indagación e Investigación disciplinaria, deben ser adelantados en primera instancia por la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, correspondiéndole 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-7 • 2016 • OCTUBRE • 20 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN al Jefe de dicha Oficina, el conocimiento y adopción de las actuaciones y decisiones propias de las diferentes etapas de la investigación disciplinaria.
Resolución Número 1821 (Octubre 6 de 2016)
“Por la cual se convoca al proceso ordinario de traslados de personal docente y directivo docente de la Secretaría de Educación del Distrito para el año 2017”
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En uso de sus facultades legales y reglamentarias y en especial las conferidas por Que la organización de la nueva estructura y dependencias de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, el traslado físico del mobiliario, de los expedientes a cargo y de los equipos, así como su adecuada instalación y reinstalación, de manera tal que se garantice su adecuada operación, impone la programación de las actividades misionales y administrativas de las diferentes dependencias a fin de garantizar el cabal y eficiente cumplimiento de las funciones a su cargo. los Decretos 101 de 2004, 1075 de 2015, 001 de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que mientras se pone en pleno funcionamiento la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia y se nombra y posesiona a su titular, se hace necesaria la suspensión de términos respecto de las actuaciones a cargo de dicha Oficina, con el fin de garantizar los derechos de defensa y el debido proceso y evitar traumatismos en el adelantamiento de las actuaciones a cargo de la señalada dependencia.
En mérito de lo expuesto, Que la Ley 715 de 2001 en su artículo 7, numerales 7.1 y 7.3, otorga competencias a los distritos para dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media, pudiendo entre otros realizar traslados de docentes entre instituciones educativas, sin más requisito legal que la expedición de los respectivos actos administrativos debidamente motivados.
RESUELVE:
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 22 de la Ley 715 de 2001 y 2.4.5.1.2. del Decreto 1075 de 2015, cada entidad territorial certificada en educación deberá implementar el proceso para tramitar los traslados que tengan origen en solicitud de los docentes o directivos docentes.
Artículo primero.
- Suspender términos en todas las actuaciones a cargo de la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, a partir del once (11) de octubre de dos mil dieciséis (2016) y hasta el treinta y uno (31) de octubre de dos mil dieciséis (2016).
Artículo segundo.
- Los funcionarios de la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, continuarán recibiendo las quejas, documentación que se allegue a los expedientes y demás correspondencia externa, para su trámite respectivo.
Que el parágrafo 2 del artículo 2.4.5.1.2 del Decreto 1075 de 2015 establece: “Los traslados entre departamentos, distritos o municipios certificados, solicitados por docentes o directivos docentes, se tramitarán por el proceso dispuesto en este artículo y requieren adicionalmente convenio interadministrativo entre las entidades territoriales remisora y receptora, en el cual se convendrán entre otros aspectos las fechas de efectividad del traslado y de producción de efectos y responsabilidades fiscales”.
Artículo tercero.
- Conservar los procesos disciplinarios bajo reserva, como lo dispone el artículo 48 numeral 47 de la Ley 734 de 2002.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los once (11) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).
Que el traslado, como situación administrativa del personal docente y directivo docente al servicio de la Secretaría de Educación del Distrito, debe adecuarse a los objetivos de mejoramiento de la calidad, eficiencia y ampliación de la cobertura propia del servicio educativo, a las normas vigentes en esta materia y a la reglamentación de la jornada escolar y laboral de los docentes oficiales establecida por el Título 3 del Decreto 1075 de 2015.
DANIEL MEJÍA LONDOÑO Secretario de Despacho Que con el fin de garantizar la continua y efectiva prestación del servicio educativo en el Distrito Capital, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-8 • 2016 • OCTUBRE • 20 8 la Secretaría de Educación del Distrito debe convocar al proceso ordinario de traslados año 2017, en los términos y condiciones señalados en la Resolución 18483 del 21 de septiembre de 2016 proferida por el Ministerio de Educación Nacional.
Artículo 3.
- Criterios para la decisión de las solicitudes de traslado presentadas dentro del Proceso Ordinario de Traslados de docentes y directivos docentes para el año 2017: Los criterios para la asignación del traslado son los siguientes:
Que el Director de Talento Humano mediante constancia expedida el 4 de octubre de 2016, certifica que se encuentran disponibles para ofertar en el Proceso Ordinario de Traslados – 2017, cuatrocientos cuarenta (440) vacantes, distribuidas en ciento noventa y ocho (198) de Aula Regular y doscientas cuarenta y dos (242) de Orientación, las cuales se relacionan en los anexos 1 y 2, respectivamente, los cuales hacen parte integral del presente acto administrativo.
3.1 Docente excedente de parámetro o reportado sin asignación académica para el año 2017, teniendo en cuenta lo establecido en el Título 3 del Decreto 1075 de 2015, sobre jornada laboral y asignación académica de docentes y directivos docentes, así como los parámetros dispuestos en la Sección 2 del Capítulo 1 del Título 6 del mismo decreto y demás normas que regulen la materia, así como el procedimiento definido en el artículo quinto del presente acto administrativo.
En consecuencia.
RESUELVE:
3.2 Docente Madre o Padre cabeza de familia que acredite tal condición de acuerdo a la normatividad vigente y que soporte que su ubicación actual afecta la atención de sus hijos menores de edad.
3.3 Docente con familiar (hijos, cónyuge, compañero(a) permanente, padres o hermanos), que padezca enfermedad o discapacidad que requiera cuidado permanente de acuerdo a certificación médica expedida por entidad competente (IPS, EPS) y que acredite la dependencia económica del docente; en el caso de padres o hermanos, adicionalmente se debe acreditar la convivencia con el educador.
3.4 La antigüedad en el colegio y la participación reiterada en procesos anteriores.
Artículo 1.
- Campo de aplicación: El proceso de traslado ordinario de docentes y directivos docentes de la Secretaría de Educación del Distrito para el año 2017, está dirigido a los docentes y directivos docentes en propiedad vinculados al Distrito Capital, pertenecientes a las áreas de desempeño donde existe disponibilidad de vacantes, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente sobre la materia. Las solicitudes presentadas por personal docente perteneciente a otros entes territoriales deberán acreditar que la necesidad de reubicación laboral en el Distrito Capital obedezca únicamente a razones de salud de su cónyuge o compañero (a) permanente, o salud de hijos dependientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.4.5.1.4. del Decreto 1075 de 2015.
3.5 Docente con reconocimientos, premios o estímulos a la gestión pedagógica por parte de la Secretaría de Educación del Distrito, Ministerio de Educación Nacional o IDEP.
Parágrafo. Los docentes del Distrito Capital que
deseen trasladarse a otras Entidades Territoriales deberán adelantar el proceso haciendo su solicitud ante la Entidad Territorial Certificada de su interés y de la forma en que dicha entidad lo tenga previsto.
3.6 Docente que labore en un colegio distante a su sitio de residencia, lo cual se determinará mediante georreferenciación.
Artículo 2.
- Criterios para la inscripción en el proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes para el año 2017:
3.7 Docentes que estén cursando especialización, maestrías o doctorados y que requieran realizar traslado por razones de estudio, siempre y cuando los estudios sean auspiciados por la SED.
3.8 Docentes en propiedad vinculados al Distrito Capital interesados en cambiar su actual área de desempeño de conformidad con su especialidad y/o nueva formación académica.
2.1 Para participar en el proceso de traslados, los docentes y directivos docentes deberán tener a la fecha de expedición del presente acto administrativo, como mínimo un (1) año de permanencia en propiedad en el colegio donde actualmente prestan el servicio.
3.9 Para docentes pertenecientes a otros entes territoriales, por necesidad de reubicación laboral en el Distrito Capital por razones de salud de su cónyuge o compañero (a) permanente o hijos dependientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.4.5.1.4. del Decreto 1075 de 2015.
2.2 Los docentes interesados en participar del proceso, solo podrán postularse a vacantes del mismo perfil y nivel académico, excepto quienes inscriban su solicitud apuntando al criterio definido en el numeral 3.8 del artículo tercero del presente acto administrativo.
9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-9 • 2016 • OCTUBRE • 20 en los procesos masivos de traslados anteriores, realizadas a través del aplicativo dispuesto para tal fin.
La entidad verificará las solicitudes de traslado siguiendo el orden de prioridades señalado anteriormente, así como la documentación aportada para cada caso, según se relaciona en los literales señalados a continuación:
Se verificará la fecha de ingreso a la institución educativa en la que labora actualmente el docente contra el registro existente en la planta de personal docente. a. Docente o Directivo Docente Coordinador excedente de parámetro o reportado sin asignación académica para el año 2017. e. Docente con reconocimientos, premios o estímulos por la gestión pedagógica por parte de la Secretaria de Educación del Distrito, Ministerio de Educación Nacional o IDEP.
El docente deberá aportar copia simple del documento mediante el cual la Secretaria de Educación, el Ministerio de Educación o el IDEP, le otorgó el reconocimiento, premio o estímulo por la gestión pedagógica en los últimos dos años.
Carta del rector donde define los docentes o directivos docentes coordinadores a reubicar explicando el motivo de la disminución en la carga académica en las áreas correspondientes y carta del Director Local de Educación, donde avala y certifica que se cumplió el debido proceso, según el procedimiento definido en el artículo quinto del presente acto administrativo. f. Docente o directivo docente que labore en un colegio distante a su sitio de residencia. b. Docente Madre o Padre cabeza de familia que acredite tal condición de acuerdo a la normatividad vigente y que soporte que su ubicación actual afecta gravemente la atención de sus hijos menores de edad.
Se verificará en el Sistema de Información de Traslados la dirección de domicilio registrada por el docente o directivo docente y del colegio donde presta sus servicios confrontada con las direcciones de los colegios registrados como las opciones de traslado seleccionadas. g. Docentes que estén cursando especialización, maestrías o doctorados y que requieran realizar traslado por razones de estudio.
El solicitante deberá aportar copia del Registro Civil de Nacimiento de sus hijos y escrito que se considera prestado bajo la gravedad de juramento, acerca de su condición de madre o padre cabeza de familia. Además, debe aportar escrito indicando las razones por la cuales su ubicación actual afecta la atención de sus hijos menores de edad y la convivencia familiar, aportando los soportes de dicho escrito.
El solicitante deberá aportar certificación expedida por entidad de educación superior donde conste que se encuentra inscrito o matriculado en la modalidad presencial, así como la fecha de inicio y fin de los estudios y horario del mismo, así como constancia de que los mismos son auspiciados por la SED. h. Docentes en propiedad vinculados al Distrito Capital interesados en cambiar su actual área de desempeño de conformidad con su especialidad y/o nueva formación académica. c. Docente con familiar (hijos, cónyuge, compañero(a) permanente, padres o hermanos), que padezca enfermedad o discapacidad que requiera cuidado permanente de acuerdo a certificación médica expedida por entidad competente (IPS, EPS) y que acredite la dependencia económica del docente; en el caso de padres o hermanos, adicionalmente se debe acreditar la convivencia con el educador.
Acreditar fotocopia del título profesional, licenciatura o postgrado que le habilite para desempeñarse en el nivel de educación y área al que se aspira, para lo cual se tendrán en cuenta los requisitos académicos definidos por la Resolución 09317 del 6 de mayo de 2016 y demás normatividad sobre la materia.
El solicitante deberá aportar constancia expedida por entidad médica competente (EPS, IPS) con vigencia no superior a un año, especificando la necesidad del cuidado permanente del familiar, así como demostrar mediante escrito que se considera prestado bajo la gravedad de juramento, la dependencia económica y la convivencia con el discapacitado(a) o el enfermo (a) y copia simple de los documentos que acreditan el parentesco. d. La antigüedad en el colegio y la participación reiterada en procesos anteriores. i. Para docentes pertenecientes a otros entes territoriales, por necesidad de reubicación laboral en el Distrito Capital por razones de salud de su cónyuge o compañero (a) permanente o hijos dependientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.4.5.1.4. del Decreto 1075 de 2015.
El docente o directivo docente deberá aportar copia de los formatos de solicitudes de traslado efectuadas El docente interesado en trasladarse al Distrito Capital deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos esta- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-10 • 2016 • OCTUBRE • 20 10 Distrito Capital, se tramitarán únicamente durante el Proceso Ordinario de Traslados a través del Sistema de Información dispuesto para ello, según las fechas establecidas por la Secretaría de Educación del Distrito, previo cumplimiento de requisitos (docentes o directivos docentes nombrados en carrera docente, pertenecientes a la misma área, al mismo régimen prestacional y mismo escalafón), además de aportar la documentación requerida y radicar según el cronograma dispuesto para ello, atendiendo la normatividad vigente sobre la materia. blecidos de acuerdo con la normatividad vigente (Ley 715 de 2001, Decreto 1075 de 2015), así como escrito prestado bajo la gravedad de juramento señalando la situación o necesidad de reubicación y en el caso de los hijos mayores de edad, la dependencia económica. A lo anterior le anexará los documentos que soportan el parentesco (hijos, cónyuge o compañero(a) permanente) según el caso y constancia expedida por entidad médica competente con vigencia no superior a un año (EPS, IPS) del hijo, cónyuge o compañero(a) permanente, donde se evidencie la necesidad de reubicación en el Distrito Capital por razones de salud del familiar del educador.
Parágrafo. En todos los casos, los requisitos apor-
tados por el solicitante de acuerdo al criterio de traslado seleccionado, serán verificados por la autoridad nominadora. En caso que la solicitud no cumpla con la totalidad de los requisitos documentales señalados en los literales anteriores, será rechazada.
4.4. Los docentes que participen dentro del proceso de traslados bajo los criterios 3.1, 3.2, 3.3, 3.4, 3.5, 3.6 y 3.7, definidos en el artículo tercero del presente acto administrativo que se desempeñen actualmente en las áreas generales definidas en el siguiente cuadro, pueden optar por vacantes en áreas específicas según se indica al frente de cada una y los docentes ubicados en las áreas específicas relacionadas y que participen bajo los criterios señalados en este numeral, sólo podrán optar a necesidades presentadas en la misma área.
ÁREAS GENERALES ÁREAS ESPECIFICAS PARÁGRAFO: En todos los casos, los requisitos aportados por el solicitante de acuerdo al criterio de traslado seleccionado, serán verificados por la autoridad nominadora. En caso que la solicitud no cumpla con la totalidad de los requisitos documentales señalados en los literales anteriores, será rechazada.
Ciencias Naturales y Educación Ambiental Biología Química Biología y Química Ciencias Naturales y Educación Ambiental Biología y Química
Artículo 4.
- Políticas del Proceso Ordinario de Traslados de docentes y directivos docentes para el año 2017: El proceso ordinario de traslados se llevará a cabo con base en las siguientes políticas:
Biología Química Ciencias Naturales y Educación Ambiental Biología y Química Matemáticas y Física Matemáticas Física Matemáticas y Física Lengua Castellana e idioma Extranjero - Inglés Lengua Castellana Idioma Extranjero – Inglés Lengua Castellana e Idioma Extranjero -Inglés Humanidades Lengua Castellana Idioma Extranjero – Inglés Lengua Castellana e Idioma Extranjero -Inglés Educación Artística Danzas Teatro Danzas y Teatro Artes Plásticas Dibujo Artístico Música Educación Artística 4.1. Los traslados de personal docente y directivo docente se tramitarán una sola vez al año. Se exceptúan de esta regla los traslados por necesidades del servicio de carácter académico o administrativo que deben ser resueltos discrecionalmente para garantizar la continuidad de la prestación del servicio educativo; para resolver un conflicto que afecte seriamente la convivencia dentro de un establecimiento educativo, por recomendación sustentada del consejo directivo, y los originados por razones de fuerza mayor, entendiéndose como tal las situaciones especiales (seguridad y salud), por cuanto estas se pueden realizar en cualquier época del año.
Filosofía y Educación Religiosa Filosofía Religión Filosofía y Educación Religiosa Educación Ética y Valores Humanos Industrial Electrónica Electricidad Tecnología Dibujo Técnico Metalistería Mecánica Automotriz Industrial Diseño Gráfico Comercial 4.2. Los traslados por permuta solicitados por docentes o directivos docentes que pertenezcan al Distrito Capital, se podrán realizar en cualquier época del año, siempre que correspondan a necesidades del servicio de las instituciones educativas distritales y beneficien la prestación del servicio público educativo, de conformidad con el numeral primero del artículo 2.4.5.1.5. del Decreto 1075 de 2015.
4.3. Los traslados por permuta solicitados con docentes que pertenezcan a entes territoriales diferentes al Contabilidad Comercio y Secretariado Comercial Los docentes pertenecientes a áreas diferentes a las señaladas en la anterior tabla, pueden participar en el 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-11 • 2016 • OCTUBRE • 20 4.13. Si un docente o directivo docente no es trasladado en desarrollo del proceso, deberá continuar laborando en su actual institución educativa. proceso de traslados, por lo que la tabla mencionada solo pretende dar claridad sobre la forma en que pueden optar por vacantes los educadores que se encuentran registrados en estas áreas relacionadas.
4.5. Las ubicaciones estarán sujetas a la disponibilidad efectiva de necesidades, según la asignación académica y los parámetros establecidos para cada nivel.
4.14. Para aplicar a las vacantes que cuenten con especificaciones, los interesados deben cumplir con el nivel académico y perfil estipulado en cada una de las vacantes reportadas anexando al formulario de inscripción, independientemente del criterio por el cual participen, los títulos académicos y constancia de experiencia requerida para acreditar el cumplimiento de requisitos.
4.6. En caso de presentarse más de un docente o directivo docente optando para la misma vacante, la asignación de traslados se efectuará de conformidad con la prioridad de criterios establecidos en el artículo tercero del presente acto administrativo.
4.15. Los docentes ubicados en jornada nocturna podrán presentar su solicitud de traslado dentro del proceso ordinario optando a vacantes de jornada diurna, de acuerdo a la disponibilidad de plazas ofertadas.
4.7. El docente podrá seleccionar hasta dos opciones del listado de plazas ofertadas y la ubicación se puede realizar en cualquiera de las dos opciones seleccionadas, independientemente del orden de las mismas.
4.16. Los docentes que se encuentren en alguna situación administrativa como comisión de estudios, comisión para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción, solo podrán participar del proceso de traslados si la novedad de comisión ha terminado a la fecha de inicio del año lectivo 2017.
4.8. La solicitud de reubicación por especialidad definida en el numeral 3.8 del artículo tercero del presente acto administrativo, no implica para el participante ascenso o reubicación en el grado de escalafón y por ende, es independiente de los concursos de ascenso o procesos de reconocimiento salarial por especialización, maestrías o doctorados.
4.17. Los docentes que se encuentren en comisión de servicios por razones de seguridad no podrán participar del proceso ordinario de traslados, hasta tanto se haya resuelto en forma definitiva su situación administrativa en razón al procedimiento definido por el Capítulo 2 del Decreto 1075 de 2015.
4.9. Cuando un docente o directivo docente haya sido ubicado en una de las vacantes por él seleccionada en el proceso, no podrá desistir por ninguna circunstancia de dicho traslado.
Artículo 5.
- Procedimiento para la selección de docentes o directivos docentes coordinadores excedentes de parámetro o sin asignación académica: Cuando al definir la proyección de la asignación académica para el año lectivo inmediatamente siguiente de una institución educativa en todos sus niveles y jornadas, se establezca que quedarán docentes sin asignación o directivos docentes excedentes de parámetro, se deberá observar el siguiente procedimiento:
4.10. Mientras se adelanta el proceso de traslados (según cronograma registrado en el artículo 7 del presente acto administrativo), no se podrán efectuar cambios de jornada al interior de los colegios, ni realizar traslados distintos a los realizados por razones de salud o amenaza acorde a la normatividad vigente sobre la materia. Lo anterior con el fin de garantizar la efectividad del proceso.
4.11. Las vacantes publicadas en el proceso de traslados serán susceptibles de modificación por los siguientes motivos: traslados que se generen con ocasión de situaciones de salud, reintegros por orden médica, reintegros por orden judicial, reporte de vacante inexistente para el siguiente año lectivo debidamente sustentada y avalada por la Dirección Local de Educación correspondiente o traslado por amenaza, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.4.5.1.5 y en el Capítulo 2 del Decreto 1075 de 2015.
5.1 El rector(a) con base en el Acta del Consejo Directivo por medio de la cual se adoptó el P.E.I. y el Plan de Estudios actual y vigente para el plantel que dirige (Decreto 1075 de 2015 (art. 15 Decreto 1860 de 1994)) y el Acta del Consejo Académico en la cual se presentó la proyección de la asignación académica por áreas y niveles y el número de grupos que se proyecta atender en cada nivel, deberá revisar el número de docentes requeridos, así como el número de docentes sin asignación académica por área y nivel, información que deberá quedar consignada en dicha acta.
5.2 El rector(a) tendrá en cuenta los siguientes criterios en orden estricto para seleccionar los docentes a reportar:
4.12. Dentro del proceso de traslados, no se admitirán las solicitudes radicadas extemporáneamente o por medios diferentes al Sistema de Información de Traslados.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-12 • 2016 • OCTUBRE • 20 12 a. Docentes provisionales ubicados en vacantes definitivas que se encuentren en el (las) área(s) en las cuales no existe asignación académica completa o presenta excedentes de parámetro. b. Voluntad propia del docente en propiedad: Solicitud escrita del docente a ser reubicado.
Parágrafo 4. - Para los docentes que se encuentren
en situación administrativa como licencia de maternidad, licencia ordinaria, comisión de estudios, comisión de servicios, permiso sindical, comisión para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción, incapacidad y/o suspensión disciplinaria, el reporte como docentes o directivos docentes coordinadores sin asignación académica o excedentes de parámetro, surtirá sus efectos al vencimiento o terminación de la situación administrativa.
Artículo 6.
- EXPLICACIÓN DEL PROCESO Y PROCEDIMIENTO DE TRASLADOS. El proceso de traslados se adelantará de la siguiente manera:
6.1 Publicación del acto administrativo y demás información del proceso a través de la página web de la Secretaría de Educación del Distrito: www. educacionbogota.edu.co. c. El rector(a) en su calidad de administrador de la institución educativa y de acuerdo a las funciones conferidas en el artículo 10 de la Ley 715 de 2001, definirá el o los docentes y/o directivos docentes coordinadores a reportar por no contar con asignación académica o encontrarse excedente de parámetro, sólo en el caso que esté sustentada la inexistencia de asignación académica del docente, ante los órganos del Gobierno Escolar.
6.2. En todos los casos de traslado los docentes y directivos docentes deberán diligenciar en su totalidad, según las fechas establecidas por la Secretaría de Educación, el respectivo formulario a través del Sistema de Información de Traslados, aplicativo que estará disponible en la página web de la entidad: www.educacionbogota.edu.co. d. La decisión tomada por el rector del establecimiento educativo debe contar con el aval del Director Local de Educación, quien en caso de no avalar la determinación deberá devolver al plantel, señalando las razones y/o los ajustes que deben realizarse.
6.3. La información se manejará en el Sistema de Información de Traslados disponible en la página web de la Secretaría de Educación y en la Dirección Local de Educación, en donde se encontrará:
Parágrafo 1. - El rector presentará la propuesta de
los docentes a reportar sin asignación académica para que los Consejos Directivo y Académico presenten sus observaciones correspondientes. En todo caso, la decisión será adoptada por el rector como representante de la institución educativa. a. Resolución por la cual se convoca al proceso ordinario de traslados de personal docente y directivo docente de la Secretaria de Educación para el año 2017. b. Publicación de vacantes a la fecha de inicio del proceso. Este listado podrá sufrir modificaciones por las razones definidas en el numeral 4.11 del artículo cuarto del presente acto administrativo. c. Instructivo de ingreso y manejo del Sistema de traslados. d. Cronograma.
Parágrafo 2. - La selección de docentes sin asig-
nación académica o excedentes de parámetro debe obedecer a una actividad donde se respete el debido proceso y se agote, en su orden, cada uno de los ítems señalados anteriormente, por lo cual no es procedente el reporte de docentes en propiedad sin asignación académica si existen docentes provisionales ubicados en vacantes definitivas de la misma área, por lo que en este último caso, es obligatorio prioritariamente poner a disposición los docentes con nombramiento provisional.
6.4. El procedimiento de traslados que se llevará a cabo es el que se describe a continuación y se sujetará a las fechas establecidas en el cronograma establecido en el artículo 7 de la presente resolución:
Diligenciamiento de solicitudes a través del Sistema de información de traslados:
Parágrafo 3. - Los docentes o directivos docentes
coordinadores que hayan sido ubicados por salud o que cuenten con descarga laboral, siempre y cuando tengan concepto médico laboral vigente expedido por la autoridad competente en salud, serán priorizados en la asignación de carga académica y funciones, y en caso de ser necesario, serán los últimos a considerar para ser reubicados por falta de carga académica. a. El docente o directivo docente ingresará al Sistema de Información de Traslados, verificará la 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-13 • 2016 • OCTUBRE • 20 la Secretaria de Educación del Distrito, ubicada en la Avenida El Dorado N° 66-63. información registrada y en el evento de encontrar alguna inconsistencia en la ubicación, nivel, jornada y/o área, deberá comunicarlo a la Dirección Local de Educación en que se encuentre ubicado, remitiendo, antes de la fecha límite establecida para el registro de solicitudes de traslado, los soportes correspondientes cuando así se requiera. b. El docente o directivo docente verificará el archivo de las vacantes publicadas en la página web, tomará nota de los datos de la vacante (número de identificación de la vacante, localidad, colegio, jornada, nivel), para tener claridad sobre las opciones que registrará en el sistema de traslados.
Se rechazarán todas aquellas solicitudes de otros entes territoriales que no hayan sido incorporadas por el o los solicitantes al Sistema de Información de Traslados, que no sean radicadas en físico en la dirección señalada luego de ser incorporada al aplicativo de traslados, que sean radicadas por fuera de las fechas establecidas en el cronograma, que se encuentren sin firma del o los solicitantes o aquellas que no se encuentren soportadas en el caso de traslado, según lo señalado en el literal i del artículo tercero del presente acto administrativo y en el caso de permuta, que no cumplan con las condiciones señaladas en el numeral 4.3 del artículo cuarto del presente acto administrativo.
6.5. El proceso de traslados de docentes y directivos docentes se desarrollará de la siguiente manera: c. Una vez ha ingresado al Sistema, deberá diligenciar la solicitud teniendo en cuenta el nivel y área en la que se desempeña en el colegio (Preescolar, Básica Primaria o Básica Secundaria y Media) y registrará sus opciones de traslado. d. Registrada la solicitud, el Sistema de traslados solicitará al usuario la confirmación de la información diligenciada, con el fin de garantizar la integridad de los datos y no admitir cambios posteriores. a. Recibidas las solicitudes de traslado presentadas, las Direcciones Locales de Educación verificarán que el soporte documental entregado por los interesados, corresponda a lo diligenciado en el sistema, rechazando a través del mismo las solicitudes que no reúnan los requisitos, que no presenten soporte físico o hayan sido presentadas extemporáneamente, informando mediante comunicación escrita dirigida a los interesados, los motivos de rechazo. e. El docente o directivo docente imprimirá la solicitud de traslado, firmará y entregará la documentación requerida según lo dispuesto en el artículo tercero del presente acto administrativo, a la Dirección Local de Educación en que se encuentre ubicado(a) actualmente (origen), dentro de las fechas establecidas en el cronograma del proceso. b. La Dirección Local de Educación organizará por cédulas, en orden ascendente, las solicitudes de traslado (aceptadas y rechazadas) y sus soportes, ingresará al Sistema de Información de Traslados e imprimirá el consolidado de solicitudes de los docentes de su localidad. c. La Dirección Local de Educación remitirá por medio magnético y/o correo electrónico y presentará en físico a la Oficina de Personal, las solicitudes de traslado recibidas en su localidad (aceptadas y rechazadas) y el correspondiente listado, indicando las solicitudes que fueron rechazadas y el motivo del mismo. En el caso de las solicitudes de traslado rechazadas, debe entregar a la Oficina de Personal la copia de la carta enviada al docente donde se informa al interesado que la solicitud ha sido rechazada. f. Sólo se aceptan las solicitudes de traslado que hayan sido diligenciadas a través del Sistema de Información de Traslados y entregadas debidamente firmadas con sus correspondientes soportes en la Dirección Local de Educación de origen. Se rechazarán las solicitudes diligenciadas por otros medios distintos al aplicativo de traslados, que no sean radicadas en físico en la Dirección Local de Educación de origen del solicitante luego de ser incorporadas por el docente en el aplicativo de traslados, que sean radicadas por fuera de las fechas establecidas en el cronograma, que se encuentren sin firma del solicitante o aquellas que no se encuentren soportadas acorde a los criterios definidos en el artículo tercero del presente acto administrativo. g. Los docentes y directivos docentes de otros entes territoriales ingresarán al Sistema de Información de Traslados, registrarán la información y una vez la confirmen, imprimirán la solicitud de traslado, la firmarán y la radicarán en las fechas establecidas, junto con la documentación pertinente en las ventanillas de la Oficina de Servicio al Ciudadano de d. El Director de Talento Humano y/o el Jefe de la Oficina de Personal, en presencia de un representante de la Oficina de Control Interno, un representante de la organización sindical que agremie al mayor número de docentes y de directivos docentes, como garantes de la transparencia del proceso, correrá el programa de traslados con las solicitudes aceptadas.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-14 • 2016 • OCTUBRE • 20 14 h. El docente o directivo docente deberá presentar ante la Dirección Local de Educación de destino la constancia de inicio de labores en el nuevo colegio, expedida por el superior inmediato (rector, director rural o director local de educación, según corresponda). i. Las constancias de inicio de labores serán remitidas por cada Dirección Local de Educación al Grupo de Archivo de la entidad, para que reposen en la hoja de vida de cada docente o directivo docente. e. La Oficina de Personal publicará, a través de la página Web de la Secretaría de Educación del Distrito www.educacionbogota.edu.co, los resultados del proceso de traslados e informará el termino para la atención de reclamaciones, las cuales se recibirán a través del correo electrónico trasladosSED@sedbogota.edu.co. De igual manera, la respuesta a las reclamaciones se realizará a través de los correos electrónicos de los peticionarios. Las reclamaciones recibidas por medios distintos al correo electrónico señalado, serán contestadas en los términos establecidos por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. f. La Oficina de Personal elaborará las resoluciones disponiendo los traslados de docentes y directivos docentes, acto administrativo que será enviado a las Direcciones Locales de Educación de origen de los docentes o directivos docentes trasladados para su respectiva comunicación. g. Para hacer efectivo el traslado, el docente o directivo docente deberá presentar ante la Dirección Local de Educación de origen la constancia de entrega del cargo respectiva, firmada por su superior inmediato (rector, director rural o director local de educación, según corresponda). El educador deberá presentarse al nuevo colegio dentro de los tres días hábiles siguientes a la comunicación del acto administrativo de traslado, comunicación que será realizada por la Dirección Local de Educación de origen del docente o directivo docente. j. En el caso de las solicitudes de traslado o permutas entre entidades territoriales recibidas en el Distrito Capital, se estudiará la documentación y se emitirá el concepto de aprobación o negación de la petición, informando al interesado el motivo de la negativa, si fuere el caso. En caso de aceptación del traslado, la entidad territorial de origen del docente, proyectará el respectivo convenio interadministrativo y la correspondiente resolución de traslado o permuta entre entidades territoriales sin solución de continuidad, debiendo el docente ubicado en el Distrito Capital tomar posesión del cargo en la fecha determinada por la Oficina de Personal de la Secretaría de Educación de Distrito, luego de lo cual se presentará ante el Director Local de Educación correspondiente y el Rector de la institución seleccionada; finalmente debe aportar constancia de inicio de labores ante la Oficina de Personal de la entidad, para efectos de su inclusión en nómina.
Artículo 7.
- Cronograma
Del 2 al 15 de noviembre de 2016 ACTIVIDAD FECHA
1. Expedición del acto administrativo de convocatoria al proceso ordinario de traslados 6 de octubre de 2016
2. Publicación y envío al Ministerio de Educación Nacional del acto administrativo de convocatoria al proceso ordinario de traslados 7 de octubre de 2016
3. Difusión de la convocatoria al proceso ordinario de traslados.
Del 7 de octubre al 1 de noviembre de 2016.
4. Consulta de Información básica (personal y laboral) de docentes y directivos docentes para su respectiva validación en el sistema de información de traslados.
Del 28 de octubre al 1 de noviembre de 2016
5. Verificación y reporte de docentes y directivos docentes sin asignación académica y/o excedentes de parámetro Del 28 de octubre al 1 de noviembre de 2016
6. Inscripción en el sistema de traslados y radicación de formulario de traslado en físico y soportes en las Direcciones Locales de Educación, de los docentes y directivos docentes interesados en participar del proceso ordinario de traslados.
Del 05 al 06 de diciembre de 2016
7. Remisión de solicitudes de las Direcciones Locales de Educación a la Oficina de Personal, por correo electrónico y entrega de documentos físicos.
Del 17 al 22 de noviembre de 2015
8. Valoración de las solicitudes, aplicación de criterios, estudio de documentos de otros entes territoriales y toma de decisiones Del 23 al 30 de noviembre de 2016
9. Asignación de vacantes a través del sistema de traslados 01 de diciembre de 2016
10. Publicación de resultados 2 de diciembre de 2016
11. Recepción de reclamaciones a través del correo electrónico trasladosSED@ sedbogota.edu.co y solicitudes de ajuste de la lista de docentes y directivos docentes seleccionados para traslado
Del 12 al 23 de diciembre de 2016
12. Decisiones frente a las solicitudes de ajuste de la lista de docentes y directivos docentes seleccionados para traslado y modificación de la lista si hay lugar a ello.
Del 07 al 09 de diciembre de 2016
13. Expedición de los actos administrativos de traslado dentro del Distrito Capital y comunicación del traslado al docente de otra entidad territorial para efectos de que solicite el inicio del trámite de convenio interadministrativo en su entidad de origen.
28 de diciembre de 2016
14. Comunicación del traslado a los rectores y directores rurales de los establecimientos educativos donde se producirán los cambios a través de las Direcciones Locales de Educación
15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-15 • 2016 • OCTUBRE • 20
Artículo 9.
- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Parágrafo. La efectividad de los traslados entre
entes territoriales estará sujeta previamente a la suscripción de los convenios interadministrativos por parte de los entes nominadores y la consecuente expedición del acto administrativo de traslado.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los seis (6) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).
MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ Secretaria de Educación del Distrito
Artículo 8.
- Vacantes disponibles para traslado ordinario: En los anexos 1 (vacantes definitivas –aula regular) y 2 (vacantes definitivas – orientación), los cuales hacen parte integral del presente acto administrativo, se encuentran disponibles las plazas a las cuales pueden optar los educadores en propiedad.
ANEXO 1. VACANTES DEFINITIVAS - AULA REGULAR Cod Localidad Localidad DANE Colegio # Vacante Jornada Nivel Área Sede Perfil Específico 289156 Tarde A 1 Usaquén 111848003910 Básica Secundaria y Media IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS COLEGIO GENERAL SANTANDER (IED)
275664 Mañana D 1 Usaquén 111001086681 COLEGIO NUEVO HORIZONTE (IED)
Básica Secundaria y Media IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS Perfil requerido: Licenciatura en Lengua Castellana y Lengua Extranjera (Inglés) - Excelente comptencia del IDIOMA INGLÉS 69201 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A PERFIL: Contador, Administrador de empresas, Ingeniero Industrial.
1 Usaquén 111001086681 COLEGIO NUEVO HORIZONTE (IED)
Básica Secundaria y Media 194151 Mañana CONTABILIDAD A Docente con formación y experiencia en el área de GESTION EMPRESARIAL 3 Santa Fe 111001032409 COLEGIO JORGE SOTO DEL CORRAL (IED)
Básica Secundaria y Media 48989 Tarde COMERCIAL A 4 San Cristóbal 111001018252 Básica Secundaria y Media COLEGIO JOSE MARIA CARBONELL (IED)
13567 Tarde COMERCIAL A 4 San Cristóbal 111001018252 Básica Secundaria y Media COLEGIO JOSE MARIA CARBONELL (IED)
96256 Tarde CONTABILIDAD A 4 San Cristóbal 111001035602 COLEGIO JUAN EVANGELISTA GOMEZ (IED)
Básica Secundaria y Media CONTABILIDAD A 4 San Cristóbal 111001015911 COLEGIO LOS ALPES (IED) 7689 Tarde Básica Secundaria y Media CONTABILIDAD A 4 San Cristóbal 111001015911 COLEGIO LOS ALPES (IED) 50507 Tarde Básica Secundaria y Media 273192 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A 4 San Cristóbal 111001024686 Básica Secundaria y Media COLEGIO MORALBA SURORIENTAL (IED)
93047 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A 4 San Cristóbal 111001086789 COLEGIO RAFAEL NUÑEZ (IED)
Básica Secundaria y Media 170242 Única 4 San Cristóbal 111001032280 ELECTRICIDAD A 8 HORAS DE ELECTRICIDAD Y 14 DE INFORMATICA Básica Secundaria y Media COLEGIO TECNICO TOMAS RUEDA VARGAS (IED)
187594 Única 4 San Cristóbal 111001032280 CONTABILIDAD A Perfil requerido: CONTADOR o ADMINISTRADOR DE EMPRESAS Básica Secundaria y Media COLEGIO TECNICO TOMAS RUEDA VARGAS (IED)
53065 Tarde COMERCIAL A 5 Usme 111850001428 COLEGIO ALMIRANTE PADILLA (IED)
Básica Secundaria y Media 48848 Mañana GESTIÓN EMPRESARIAL A 5 Usme 111850001428 COLEGIO ALMIRANTE PADILLA (IED)
Básica Secundaria y Media REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-16 • 2016 • OCTUBRE • 20 16 Cod Localidad Localidad DANE Colegio # Vacante Jornada Nivel Área Sede Perfil Específico 5 Usme 211001094832 3767 Mañana GESTIÓN EMPRESARIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO CIUDAD DE VILLAVICENCIO (IED)
5 Usme 211001094832 16794 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO CIUDAD DE VILLAVICENCIO (IED)
5 Usme 211001094832 49777 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO CIUDAD DE VILLAVICENCIO (IED)
5 Usme 211001094832 43136 Mañana GESTIÓN EMPRESARIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO CIUDAD DE VILLAVICENCIO (IED)
5 Usme 211850000876 COLEGIO EL DESTINO (IED) 35587 Mañana PRODUCCION AGROPECUARIA A Básica Secundaria y Media 180814 Tarde CONTABILIDAD A 5 Usme 211850001481 COLEGIO FABIO LOZANO SIMONELLI (IED)
Básica Secundaria y Media 5 Usme 111850000740 16792 Tarde CONTABILIDAD A Básica Secundaria y Media COLEGIO FRANCISCO ANTONIO ZEA DE USME (IED)
169848 Mañana CONTABILIDAD A 5 Usme 111850000740 Básica Secundaria y Media COLEGIO FRANCISCO ANTONIO ZEA DE USME (IED)
CONTABILIDAD A 5 Usme 111001045705 COLEGIO LA AURORA (IED) 73629 Tarde Básica Secundaria y Media COMERCIAL A 5 Usme 111001045705 COLEGIO LA AURORA (IED) 198182 Mañana Básica Secundaria y Media 5 Usme 111001044270 3491 Tarde COMERCIAL B Básica Secundaria y Media COLEGIO LOS COMUNEROS
- OSWALDO GUAYAZAMIN (IED)
5 Usme 111001044270 50499 Mañana COMERCIAL B Básica Secundaria y Media COLEGIO LOS COMUNEROS
- OSWALDO GUAYAZAMIN (IED)
5 Usme 111001044270 3485 Mañana COMERCIAL B Básica Secundaria y Media COLEGIO LOS COMUNEROS
- OSWALDO GUAYAZAMIN (IED)
69601 Tarde 5 Usme 111001046485 GESTIÓN EMPRESARIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO NUEVO SAN ANDRES DE LOS ALTOS (IED)
5 Usme 111001098833 COLEGIO SAN CAYETANO (IED) 199432 Mañana GESTIÓN EMPRESARIAL A Básica Secundaria y Media 5 Usme 111001098833 COLEGIO SAN CAYETANO (IED) 199406 Mañana GESTIÓN EMPRESARIAL A Básica Secundaria y Media 274711 Completa A Mayor carga académica jornada tarde 6 Tunjuelito 111001032450 COLEGIO BERNARDO JARAMILLO (IED)
Básica Secundaria y Media EDUCACION ETICA Y VALORES HUMANOS 272779 Tarde HOTELERÍA Y TURISMO A 6 Tunjuelito 111001014214 COLEGIO CIUDAD DE BOGOTA (IED)
Básica Secundaria y Media 289072 Tarde DIBUJO TECNICO A MANEJO DEL AREA DE TECNOLOGIA E INFORMATICA 6 Tunjuelito 111001014214 COLEGIO CIUDAD DE BOGOTA (IED)
Básica Secundaria y Media 51669 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A 6 Tunjuelito 111001014214 COLEGIO CIUDAD DE BOGOTA (IED)
Básica Secundaria y Media 290086 Tarde TECNOLOGIA E INFORMATICA A 6 Tunjuelito 111001019411 COLEGIO INEM SANTIAGO PEREZ (IED)
Básica Secundaria y Media 288639 Mañana COMERCIO Y SECRETARIADO A 6 Tunjuelito 111001019411 COLEGIO INEM SANTIAGO PEREZ (IED)
Básica Secundaria y Media 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-17 • 2016 • OCTUBRE • 20 Cod Localidad Localidad DANE Colegio # Vacante Jornada Nivel Área Sede Perfil Específico 6 Tunjuelito 111001011011 230946 Mañana MECANICA INDUSTRIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL PILOTO (IED)
6 Tunjuelito 111001011011 75316 Tarde MECANICA AUTOMOTRIZ A Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL PILOTO (IED)
6 Tunjuelito 111001011011 273524 Completa DIBUJO TECNICO A Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL PILOTO (IED)
6 Tunjuelito 111001011011 102600 Tarde MECANICA INDUSTRIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL PILOTO (IED)
6 Tunjuelito 111001011011 98184 Tarde METALISTERIA A Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL PILOTO (IED)
6 Tunjuelito 111001011011 54275 Mañana MECANICA AUTOMOTRIZ A Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL PILOTO (IED)
6 Tunjuelito 111001011011 173617 Tarde MECANICA INDUSTRIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL PILOTO (IED)
6 Tunjuelito 111001011011 271245 Mañana FUNDICION A Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL PILOTO (IED)
6 Tunjuelito 111001011011 187873 Tarde MECANICA AUTOMOTRIZ A Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL PILOTO (IED)
6 Tunjuelito 111001011011 69405 Tarde EBANISTERÍA A Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL PILOTO (IED)
291710 Tarde TECNOLOGIA E INFORMATICA A 6 Tunjuelito 111001014206 COLEGIO MARCO FIDEL SUAREZ (IED)
Básica Secundaria y Media 185157 Mañana CONTABILIDAD A 6 Tunjuelito 111001014206 COLEGIO MARCO FIDEL SUAREZ (IED)
Básica Secundaria y Media 271572 Tarde DIBUJO TECNICO A 6 Tunjuelito 111001014206 COLEGIO MARCO FIDEL SUAREZ (IED)
Básica Secundaria y Media A 290989 Tarde 6 Tunjuelito 111001012271 COLEGIO RAFAEL URIBE URIBE (IED)
Básica Secundaria y Media LENGUA CASTELLANA E IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS 288621 Completa A EDUCACION ETICA Y VALORES HUMANOS 6 Tunjuelito 111001018201 COLEGIO RUFINO JOSE CUERVO (IED)
Básica Secundaria y Media 232839 Tarde METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION A 7 Bosa 111001002909 COLEGIO CARLOS ALBAN HOLGUIN (IED)
Básica Secundaria y Media Profesional o Licenciado pedagogo con formación y experiencia en liderar procesos de investigación social interdisciplinaria 81922 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A 7 Bosa 111001002909 COLEGIO CARLOS ALBAN HOLGUIN (IED)
Básica Secundaria y Media 7 Bosa 111001104329 84101 Tarde CONTABILIDAD A Básica Secundaria y Media COLEGIO CARLOS PIZARRO LEON GOMEZ (IED)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-18 • 2016 • OCTUBRE • 20 18 Cod Localidad Localidad DANE Colegio # Vacante Jornada Nivel Área Sede Perfil Específico 7 Bosa 111001104329 16606 Tarde COMERCIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO CARLOS PIZARRO LEON GOMEZ (IED)
COMERCIAL A 7 Bosa 111001010031 COLEGIO CEDID SAN PABLO (IED) 272195 Mañana Básica Secundaria y Media 7 Bosa 111001010031 COLEGIO CEDID SAN PABLO (IED) 291225 Tarde TECNOLOGIA E INFORMATICA A Básica Secundaria y Media 7 Bosa 111001010031 COLEGIO CEDID SAN PABLO (IED) 170908 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A Básica Secundaria y Media 7 Bosa 111102000753 233676 Tarde DISEÑO INDUSTRIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO FERNANDO MAZUERA VILLEGAS (IED)
Perfil requerido: Licenciado en Diseño Tecnológico o Diseñador Industrial
- Asignación académica en MEDIA TÉCNICA para modalidad del SENA "Técnica del Trabajo Artesanal del Cuero"
37053 Tarde CONTABILIDAD A Perfil requerido: Gestión Empresarial 7 Bosa 111001046591 COLEGIO JOSE ANTONIO GALAN (IED)
Básica Secundaria y Media 68196 Mañana CONTABILIDAD A 7 Bosa 111001104183 Básica Secundaria y Media COLEGIO LEONARDO POSADA PEDRAZA (IED)
CONTABILIDAD A 7 Bosa 111102000281 COLEGIO PABLO DE TARSO (IED) 11067 Tarde Básica Secundaria y Media CONTABILIDAD A 7 Bosa 111102000281 COLEGIO PABLO DE TARSO (IED) 31220 Tarde Básica Secundaria y Media 48042 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A Perfil requerido: Docente orientado al Emprendimiento y manejo de las TIC 7 Bosa 211102000201 COLEGIO SAN BERNARDINO (IED)
Básica Secundaria y Media 200895 Tarde 8 Kennedy 111001011321 GESTIÓN EMPRESARIAL A Perfil CONTABILIDAD con manejo de Inglés B1 Básica Secundaria y Media COLEGIO CARLOS ARTURO TORRES (IED)
GESTIÓN EMPRESARIAL A Docente formado en emprendimiento y gestión empresarial 8 Kennedy 111001076767 COLEGIO CASTILLA (IED) 203163 Tarde Básica Secundaria y Media TECNOLOGIA E INFORMATICA A 8 Kennedy 111001013129 COLEGIO CLASS (IED) 286730 Tarde Básica Secundaria y Media COMERCIAL A 8 Kennedy 111001001279 COLEGIO DARIO ECHANDIA (IED) 53151 Mañana Básica Secundaria y Media 291367 Tarde 8 Kennedy 111001024660 TECNOLOGIA E INFORMATICA A Básica Secundaria y Media COLEGIO FERNANDO SOTO APARICIO (IED)
8 Kennedy 111001024660 275623 Tarde TECNOLOGIA E INFORMATICA A Básica Secundaria y Media COLEGIO FERNANDO SOTO APARICIO (IED)
188496 Tarde 8 Kennedy 111001104281 COMERCIAL A Perfil INGENIERO INDUSTRIAL, CONTADOR PÚBLICO.
Básica Secundaria y Media COLEGIO GABRIEL BETANCOURT MEJIA (IED)
233825 Tarde MECATRÓNICA A 8 Kennedy 111001024732 Básica Secundaria y Media Perfil requerido: INGENIERO ELECTROMECANICO O INGENIERO MECATRONICO CON CONOCIMIENTOS EN MANEJO DE TORNO COLEGIO INEM FRANCISCO DE PAULA SANTANDER (IED)
266506 Tarde COMERCIAL A 8 Kennedy 111001024732 Básica Secundaria y Media COLEGIO INEM FRANCISCO DE PAULA SANTANDER (IED)
8 Kennedy 111001024732 192528 Mañana CONTABILIDAD A Básica Secundaria y Media COLEGIO INEM FRANCISCO DE PAULA SANTANDER (IED)
19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-19 • 2016 • OCTUBRE • 20 Cod Localidad Localidad DANE Colegio # Vacante Jornada Nivel Área Sede Perfil Específico 8 Kennedy 111001024732 192084 Tarde PROMOCION SOCIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO INEM FRANCISCO DE PAULA SANTANDER (IED)
8 Kennedy 111001024732 286679 Tarde INDUSTRIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO INEM FRANCISCO DE PAULA SANTANDER (IED)
DANZAS A 8 Kennedy 111001029114 COLEGIO JACKELINE (CED) 273039 Mañana Básica Secundaria y Media 8 Kennedy 111001016136 COLEGIO LA CHUCUA (IED) 69668 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A Básica Secundaria y Media CONTABILIDAD A 8 Kennedy 111001015598 COLEGIO LAS AMERICAS (IED) 288996 Tarde Básica Secundaria y Media 8 Kennedy 111001027391 288626 Tarde TECNOLOGIA E INFORMATICA A Básica Secundaria y Media COLEGIO MANUEL CEPEDA VARGAS (IED)
290835 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A 8 Kennedy 111001033898 COLEGIO MANUEL ZAPATA OLIVELLA (IED)
Básica Secundaria y Media CONTABILIDAD A 8 Kennedy 111001013153 COLEGIO PAULO VI (IED) 233104 Tarde Básica Secundaria y Media ELECTROMECANICA A Se requiere con formación en comunicaci{on gráfica.
8 Kennedy 111001012343 COLEGIO TOM ADAMS (IED) 60481 Tarde Básica Secundaria y Media 289947 Tarde A 9 Fontibón 111279000061 COLEGIO ANTONIO VAN UDEN (IED)
Básica Secundaria y Media IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS Proyecto Bilingüismo - Requerido acreditar certificación internacional de nivel mínimo B1 en Inglés según el Marco Común Europeo A 291074 Tarde 9 Fontibón 111279000966 Básica Secundaria y Media COLEGIO INTEGRADO DE FONTIBON IBEP (IED)
LENGUA CASTELLANA E IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS 188263 Tarde 9 Fontibón 111279000966 GESTIÓN EMPRESARIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO INTEGRADO DE FONTIBON IBEP (IED)
9 Fontibón 111001014346 188561 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A ECONOMISTA, ADMINISTRADOR DE EMPRESAS O DE COMERCIO Básica Secundaria y Media COLEGIO RODRIGO ARENAS BETANCOURT (IED)
9 Fontibón 111001014346 69295 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A ECONOMISTA, ADMINISTRADOR DE EMPRESAS O DE COMERCIO Básica Secundaria y Media COLEGIO RODRIGO ARENAS BETANCOURT (IED)
C 289943 Tarde Básica Primaria IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS 9 Fontibón 111279000125 COLEGIO VILLEMAR EL CARMEN (IED)
274025 Completa MECATRÓNICA A 10 Engativá 111001010740 Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS (IED)
273004 Mañana DIBUJO TECNICO A 10 Engativá 111001010740 Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS (IED)
10 Engativá 111001010740 291424 Tarde MECANICA AUTOMOTRIZ A Básica Secundaria y Media Perfil Requerido: INGENIERÍA MECÁNICO - Asignación académica en Mecánica Automotriz COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS (IED)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-20 • 2016 • OCTUBRE • 20 20 Cod Localidad Localidad DANE Colegio # Vacante Jornada Nivel Área Sede Perfil Específico 10 Engativá 111001010740 274184 Tarde DIBUJO TECNICO A Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS (IED)
10 Engativá 111001010740 97233 Tarde EBANISTERÍA A Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS (IED)
Proyecto Bilingüismo - Certificación manejo de Inglés. Conocimientos en: Programación CNC, Dibujo asistido 3D, geometria descriptiva, maquinaria para corte por láser, modeleria en articulación con el SENA, manejo de varios materiales, tales como madera, p 10 Engativá 111001010740 102413 Tarde INDUSTRIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS (IED)
Proyecto Bilingüismo - Certificación manejo de Inglés. Conocimientos en: Diseño y manufactura asistida, Dibujo asistido 3D, geometria descriptiva, mecánica Industrial, mecatronica, CNC, Autocad, Inventor, entre otros, mantenimiento de maquinaria y equipo 265608 Mañana DIBUJO TECNICO A 10 Engativá 111001010740 Básica Secundaria y Media Colegio incluido en Proyecto de BILINGÜISMO - Requerida certificación de manejo de Inglés. Dominio conceptual en DIBUJO TECNICO ASISTIDO: Manejo de Autocad, solid Edge, inventor y otros software de graficación.
COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS (IED)
10 Engativá 111001000272 170629 Tarde MECANICA INDUSTRIAL A Perfil requerido: Ingeniero Mecánica Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO LAUREANO GOMEZ (IED)
10 Engativá 111001000272 202436 Completa GESTIÓN EMPRESARIAL A Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO LAUREANO GOMEZ (IED)
10 Engativá 111001000272 231500 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL B Requerido profesional en CONTADURÍA PÚBLICA Básica Secundaria y Media COLEGIO INSTITUTO TECNICO LAUREANO GOMEZ (IED)
194951 Única CONTABILIDAD A 11 horas de Contabilidad, 8 de ética y 3 de Educacion Religiosa 10 Engativá 111001011771 COLEGIO JOSE ASUNCION SILVA (IED)
Básica Secundaria y Media 199976 Tarde DISEÑO GRÁFICO A 10 Engativá 111001035521 COLEGIO NESTOR FORERO ALCALA (IED)
Básica Secundaria y Media Requerida licenciatura en DISEÑO TECNOLÓGICO con amplios conocimientos en informática - Asignación académica en ARTES y TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - Requerida experiencia en cátedra de la COMUNICACIÓN 291014 Mañana TECNOLOGIA E INFORMATICA A 10 Engativá 111265000408 COLEGIO NIDIA QUINTERO DE TURBAY (IED)
Básica Secundaria y Media 95200 Mañana HOTELERÍA Y TURISMO A 10 Engativá 111001015814 COLEGIO REPUBLICA DE CHINA (IED)
Básica Secundaria y Media 11 Suba 111769001502 266711 Tarde CONTABILIDAD A Básica Secundaria y Media Asignación académica en Jornada Tarde con algunas horas en la jornada MAÑANA COLEGIO ANIBAL FERNANDEZ DE SOTO (IED)
186449 Mañana GESTIÓN EMPRESARIAL A Perfil Requerido: Ingeniería Industrial 11 Suba 111769003424 COLEGIO GERARDO PAREDES (IED)
Básica Secundaria y Media 11 Suba 111769004188 COLEGIO HUNZA (IED) 195031 Mañana GESTIÓN EMPRESARIAL A Básica Secundaria y Media 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-21 • 2016 • OCTUBRE • 20 Cod Localidad Localidad DANE Colegio # Vacante Jornada Nivel Área Sede Perfil Específico CONTABILIDAD B 11 Suba 111769004188 COLEGIO HUNZA (IED) 12315 Tarde Básica Secundaria y Media CONTADOR PÚBLICO - FORMACIÓN EN GESTIÓN DE PROYECTOS Y EMPRENDIMIENTO 11 Suba 111001015776 286030 Única B Básica Secundaria y Media IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS COLEGIO INSTITUTO TECNICO DISTRITAL JULIO FLOREZ (IED)
COMERCIAL A 11 Suba 111001002330 COLEGIO LA GAITANA (IED) 17462 Mañana Básica Secundaria y Media El docente debe atender las dos jornadas en los horarios establecidos de acuerdo con las necesidades del colegio 107672 Mañana COMUNICACIÓN SOCIAL A PERFIL COMUNICADOR SOCIAL 11 Suba 111001086665 COLEGIO RAMON DE ZUBIRIA (IED)
Básica Secundaria y Media 234285 Tarde Básica Primaria A CUBRIMIENTO EN JORNADA MAÑANA Y TARDE 11 Suba 111001107077 COLEGIO VEINTIUN ANGELES (IED)
IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS A 287945 Tarde Básica Primaria 11 Suba 111001107077 COLEGIO VEINTIUN ANGELES (IED)
IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS C 11 Suba 111769003122 COLEGIO VILLA ELISA (IED) 275085 Tarde Básica Secundaria y Media IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS COMERCIAL C 11 Suba 111769003122 COLEGIO VILLA ELISA (IED) 36797 Tarde Básica Secundaria y Media CONTABILIDAD A 11 Suba 111769003122 COLEGIO VILLA ELISA (IED) 268058 Tarde Básica Secundaria y Media 288582 Tarde A 11 Suba 111001107069 Básica Secundaria y Media IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS COLEGIO VIRGINIA GUTIERREZ DE PINEDA (IED)
269168 Tarde CONTABILIDAD A 12 Barrios Unidos 111001009148 COLEGIO HELADIA MEJIA (IED)
Básica Secundaria y Media 275616 Única A 12 Barrios Unidos 111001010421 COLEGIO JORGE ELIECER GAITAN (IED)
Básica Secundaria y Media IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS 290962 Única Básica Primaria TECNOLOGIA E INFORMATICA A 12 Barrios Unidos 111001029912 COLEGIO JUAN FRANCISCO BERBEO (IED)
291441 Tarde A 12 Barrios Unidos 111001008389 Básica Secundaria y Media IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS COLEGIO TECNICO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO (IED)
290753 Única INGENIERÍA SISTEMAS A 12 Barrios Unidos 111001032255 Básica Secundaria y Media COLEGIO TOMAS CARRASQUILLA (IED)
272503 Completa A 12 Barrios Unidos 111001032255 Básica Secundaria y Media COLEGIO TOMAS CARRASQUILLA (IED)
LENGUA CASTELLANA E IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS 69219 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A 12 Barrios Unidos 111001032255 Básica Secundaria y Media COLEGIO TOMAS CARRASQUILLA (IED)
Requerido profesional en Administración de Empresas - Asignación académica en MEDIA TÉCNICA 203153 Tarde CONTABILIDAD A 13 Teusaquillo 111001010731 COLEGIO MANUELA BELTRAN (IED)
Básica Secundaria y Media Perfil requerido: Profesional en CONTADURÍA - Competencias laborales del SENA (Solicitud de Rectoría 18/03/2015)
A 291863 Tarde 13 Teusaquillo 111001010731 COLEGIO MANUELA BELTRAN (IED)
Básica Secundaria y Media IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS DISEÑO GRÁFICO A 14 Los Mártires 111001030856 COLEGIO 290438 Tarde Básica Secundaria y Media Experiencia en Desarrollo Web, diagramación, manejo de JOOMLA, COREL 8660 Tarde 14 Los Mártires 111001016250 COMERCIO Y SECRETARIADO A Básica Secundaria y Media El docente debe manejar proyecto de emprendimiento, tecnología, comercio y secretariado COLEGIO REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (IED)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-22 • 2016 • OCTUBRE • 20 22 Cod Localidad Localidad DANE Colegio # Vacante Jornada Nivel Área Sede Perfil Específico 289515 Mañana CONTABILIDAD A 14 Los Mártires 111001026069 COLEGIO TECNICO MENORAH (IED)
Básica Secundaria y Media 290577 Completa TECNOLOGIA E INFORMATICA A INGENIERO DE SISTEMAS CONOCIMIENTOS EN PROGRAMACION 16 Puente Aranda 111001000078 COLEGIO DE CULTURA POPULAR (IED)
Básica Secundaria y Media 288652 Tarde TECNOLOGIA E INFORMATICA C 16 Puente Aranda 111001102172 COLEGIO JULIO GARAVITO ARMERO (IED)
Básica Secundaria y Media 272011 Mañana GESTIÓN EMPRESARIAL C 16 Puente Aranda 111001102172 COLEGIO JULIO GARAVITO ARMERO (IED)
Básica Secundaria y Media A 16 Puente Aranda 111001006122 COLEGIO LA MERCED (IED) 286729 Tarde Básica Primaria IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS 287804 Tarde 16 Puente Aranda 111001065056 ARQUITECTURA A Requeridos conocimientos en DIBUJO Y PERSPECTIVA - TECNOLOGÍA Básica Secundaria y Media COLEGIO LUIS CARLOS GALAN SARMIENTO (IED)
B 16 Puente Aranda 111001014826 275338 Tarde Básica Primaria IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS COLEGIO MARCO ANTONIO CARREÑO SILVA (IED)
274952 Tarde A 16 Puente Aranda 111001011045 Básica Secundaria y Media IDIOMA EXTRANJERO - INGLÉS COLEGIO SILVERIA ESPINOSA DE RENDON (IED)
66713 Tarde INGENIERÍA DE ALIMENTOS A 16 Puente Aranda 111001012963 Básica Secundaria y Media COLEGIO TECNICO BENJAMIN HERRERA (IED)
Requerido profesional en INGENIERÍA DE ALIMENTOS con Maestría en Gerencia de Programas Sanitarios
- Asignación académica en BIOTECNOLOGÍA para articulación con el SENA 81028 Tarde COMERCIAL A 17 La Candelaria 111001000388 Básica Secundaria y Media COLEGIO ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO (IED)
271644 Mañana CONTABILIDAD A 17 La Candelaria 111001000388 Básica Secundaria y Media COLEGIO ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO (IED)
79453 Mañana COMERCIAL A 17 La Candelaria 111001000388 Básica Secundaria y Media COLEGIO ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO (IED)
37649 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A 18 Rafael Uribe Uribe 111001027383 COLEGIO ALFREDO IRIARTE (IED)
Básica Secundaria y Media CONTABILIDAD A 18 Rafael Uribe Uribe 111001012611 COLEGIO BRAVO PAEZ (IED) 182543 Tarde Básica Secundaria y Media 273046 Mañana DISEÑO GRÁFICO A 18 Rafael Uribe Uribe 111001034134 COLEGIO CLEMENCIA DE CAYCEDO (IED)
Básica Secundaria y Media 196557 Tarde TECNOLOGIA E INFORMATICA A 18 Rafael Uribe Uribe 111001030015 COLEGIO ENRIQUE OLAYA HERRERA (IED)
Básica Secundaria y Media 18 Rafael Uribe Uribe 111001036765 COLEGIO JOSE MARTI (IED) 274948 Completa TECNOLOGIA E INFORMATICA A Básica Secundaria y Media 289021 Tarde A Docente con dominio del IDIOMA FRANCES 18 Rafael Uribe Uribe 111001011819 Básica Secundaria y Media IDIOMA EXTRANJERO - FRANCÉS COLEGIO LICEO FEMENINO MERCEDES NARIÑO (IED)
18 Rafael Uribe Uribe 111001107794 COLEGIO MARIA CANO (IED) 36902 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL B Básica Secundaria y Media GESTIÓN EMPRESARIAL B 18 Rafael Uribe Uribe 111001107794 COLEGIO MARIA CANO (IED) 37650 Mañana Básica Secundaria y Media 188684 Única 18 Rafael Uribe Uribe 111001032395 DIBUJO TECNICO A Asignación en Jornadas Mañana y Tarde - Perfil ARQUITECTO Básica Secundaria y Media COLEGIO REPUBLICA EE.UU DE AMERICA (IED)
271506 Tarde CONTABILIDAD A 18 Rafael Uribe Uribe 111001010928 COLEGIO RESTREPO MILLAN (IED)
Básica Secundaria y Media 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-23 • 2016 • OCTUBRE • 20 Cod Localidad Localidad DANE Colegio # Vacante Jornada Nivel Área Sede Perfil Específico A 19 Ciudad Bolívar 111001035572 COLEGIO ACACIA II (IED) 289000 Tarde Básica Secundaria y Media EDUCACION ETICA Y VALORES HUMANOS 18755 Mañana COMERCIAL A 19 Ciudad Bolívar 111001047571 COLEGIO ARBORIZADORA ALTA (IED)
Básica Secundaria y Media 10476 Mañana COMERCIAL A ASISTENTE ADMINISTRATIVO - ADMINISTRADOR DE EMPRESAS 19 Ciudad Bolívar 111001086801 COLEGIO CEDID CIUDAD BOLIVAR (IED)
Básica Secundaria y Media 73139 Mañana INDUSTRIAL A INGENIERO MECANICO CON CONOCIMEINTO ENMECANIZADO 19 Ciudad Bolívar 111001086801 COLEGIO CEDID CIUDAD BOLIVAR (IED)
Básica Secundaria y Media 11719 Mañana COMERCIAL A ASISTENTE ADMINISTRATIVO - ADMINISTRADOR DE EMPRESAS 19 Ciudad Bolívar 111001086801 COLEGIO CEDID CIUDAD BOLIVAR (IED)
Básica Secundaria y Media 10480 Mañana MECANICA INDUSTRIAL A INGENIERO ELECTRONICO 19 Ciudad Bolívar 111001086801 COLEGIO CEDID CIUDAD BOLIVAR (IED)
Básica Secundaria y Media 289937 Completa DISEÑO TECNOLÓGICO A 19 Ciudad Bolívar 111001086801 COLEGIO CEDID CIUDAD BOLIVAR (IED)
Básica Secundaria y Media Asignación académica en tecnología e informática. Conocimientos en mecanizado de productos metalmecánicos (manejo torno y fresadora)
COMERCIAL A 19 Ciudad Bolívar 111001102105 COLEGIO 7663 Tarde Básica Secundaria y Media 43689 Mañana GESTIÓN EMPRESARIAL B 19 Ciudad Bolívar 111001102164 Básica Secundaria y Media COLEGIO EL MINUTO DE BUENOS AIRES (IED)
32570 Mañana COMERCIAL C 19 Ciudad Bolívar 111001102113 COLEGIO EL TESORO DE LA CUMBRE (IED)
Básica Secundaria y Media 273326 Tarde CONTABILIDAD A 19 Ciudad Bolívar 111001044385 Básica Secundaria y Media COLEGIO GUILLERMO CANO ISAZA (IED)
17240 Tarde CONTABILIDAD A 19 Ciudad Bolívar 111001020320 COLEGIO ISMAEL PERDOMO (IED)
Básica Secundaria y Media 55174 Tarde CONTABILIDAD A PROFESIONAL EN CONTADURIA 19 Ciudad Bolívar 111001020320 COLEGIO ISMAEL PERDOMO (IED)
Básica Secundaria y Media 30592 Mañana GESTIÓN EMPRESARIAL A 19 Ciudad Bolívar 111001107115 COLEGIO JOSE MARIA VARGAS VILA (IED)
Básica Secundaria y Media 56801 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A 19 Ciudad Bolívar 111001107115 COLEGIO JOSE MARIA VARGAS VILA (IED)
Básica Secundaria y Media 189274 Mañana GESTIÓN EMPRESARIAL A 19 Ciudad Bolívar 111001107115 COLEGIO JOSE MARIA VARGAS VILA (IED)
Básica Secundaria y Media 95881 Tarde GESTION SOCIAL COMUNITARIA A 19 Ciudad Bolívar 111001075329 COLEGIO MARÍA MERCEDES CARRANZA (IED)
Básica Secundaria y Media 95880 Mañana GESTION SOCIAL COMUNITARIA A 19 Ciudad Bolívar 111001075329 COLEGIO MARÍA MERCEDES CARRANZA (IED)
Básica Secundaria y Media 95303 Tarde GESTION SOCIAL COMUNITARIA A 19 Ciudad Bolívar 111001075329 COLEGIO MARÍA MERCEDES CARRANZA (IED)
Básica Secundaria y Media 68325 Tarde GESTIÓN EMPRESARIAL A 19 Ciudad Bolívar 111001034240 Básica Secundaria y Media COLEGIO NICOLAS GOMEZ DAVILA (IED)
17307 Tarde COMERCIAL C 19 Ciudad Bolívar 111001047678 COLEGIO PARAISO MIRADOR (IED)
Básica Secundaria y Media 17274 Mañana COMERCIAL C 19 Ciudad Bolívar 111001047678 COLEGIO PARAISO MIRADOR (IED)
Básica Secundaria y Media 19 Ciudad Bolívar 211850001121 COLEGIO RURAL PASQUILLA (IED) 68174 Tarde PRODUCCION AGROPECUARIA A Educación Medio Ambiental Básica Secundaria y Media 19 Ciudad Bolívar 211850001121 COLEGIO RURAL PASQUILLA (IED) 81148 Mañana PRODUCCION AGROPECUARIA A Básica Secundaria y Media 19 Ciudad Bolívar 211850001121 COLEGIO RURAL PASQUILLA (IED) 2325 Mañana PRODUCCION AGROPECUARIA A Básica Secundaria y Media REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-24 • 2016 • OCTUBRE • 20 24 Cod Localidad Localidad DANE Colegio # Vacante Jornada Nivel Área Sede Perfil Específico 19 Ciudad Bolívar 211850001121 COLEGIO RURAL PASQUILLA (IED) 6113 Tarde PRODUCCION AGROPECUARIA A Básica Secundaria y Media 19 Ciudad Bolívar 211850001121 COLEGIO RURAL PASQUILLA (IED) 287730 Mañana PRODUCCION AGROPECUARIA A Básica Secundaria y Media 20 Sumapaz 211001076346 273843 Única MATEMATICAS A Básica Secundaria y Media Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz COLEGIO CAMPESTRE JAIME GARZON (IED)
20 Sumapaz 211001076346 233616 Única A Básica Secundaria y Media EDUCACION FISICA, RECREACION Y DEPORTES Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz COLEGIO CAMPESTRE JAIME GARZON (IED)
20 Sumapaz 211001076346 81020 Única PRODUCCION AGROPECUARIA A Básica Secundaria y Media Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz COLEGIO CAMPESTRE JAIME GARZON (IED)
20 Sumapaz 211001076346 273844 Única MATEMATICAS B Básica Secundaria y Media Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz COLEGIO CAMPESTRE JAIME GARZON (IED)
20 Sumapaz 211001076346 B 273845 Única Básica Primaria EDUCACION FISICA, RECREACION Y DEPORTES Apoyo en Básica Primaria - Rotación en las trece SEDES del COLEGIO JAIME GARZÓN COLEGIO CAMPESTRE JAIME GARZON (IED)
271966 Única 20 Sumapaz 211001076346 PRODUCCION AGROPECUARIA A Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz Básica Secundaria y Media COLEGIO CAMPESTRE JAIME GARZON (IED)
20 Sumapaz 211850001473 200158 Única I Básica Secundaria y Media EDUCACION FISICA, RECREACION Y DEPORTES Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
20 Sumapaz 211850001473 265722 Única ARTES PLASTICAS I Básica Secundaria y Media Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
20 Sumapaz 211850001473 84850 Única MATEMATICAS I Básica Secundaria y Media COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz - Certificación de Vacantes por DILE 20 Sumapaz 211850001473 188976 Única LENGUA CASTELLANA B Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz Básica Secundaria y Media COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
20 Sumapaz 211850001473 268371 Única A Básica Secundaria y Media EDUCACION FISICA, RECREACION Y DEPORTES Colegio en zona RURAL – Localidad de SUMAPAZ - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
1003 Única 20 Sumapaz 211850001473 PRODUCCION AGROPECUARIA I Básica Secundaria y Media Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en la Dirección Local de Educación de Sumapaz COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
14911 Única 20 Sumapaz 211850001473 PRODUCCION AGROPECUARIA A Básica Secundaria y Media Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
A 20 Sumapaz 211850001473 93310 Única Básica Primaria EDUCACION FISICA, RECREACION Y DEPORTES Docente de Apoyo en DANZAS - Rotación por 14 sedes - Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
20 Sumapaz 211850001473 18613 Única PRODUCCION AGROPECUARIA A Básica Secundaria y Media Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-25 • 2016 • OCTUBRE • 20 Cod Localidad Localidad DANE Colegio # Vacante Jornada Nivel Área Sede Perfil Específico 20 Sumapaz 211850001473 B 18615 Única Básica Primaria EDUCACION FISICA, RECREACION Y DEPORTES COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz - Rotación por SEDES de la institución 20 Sumapaz 211850001473 84845 Única MATEMATICAS I Básica Secundaria y Media COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
Asignación académica en MATEMÁTICAS Y FÍSICA - Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz 20 Sumapaz 211850001473 97061 Única FISICA A Básica Secundaria y Media COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
Asignación académica en MATEMÁTICAS Y FÍSICA - Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz 20 Sumapaz 211850001473 44116 Única PRODUCCION AGROPECUARIA A Básica Secundaria y Media Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
20 Sumapaz 211850001473 70247 Única Básica Primaria PRODUCCION AGROPECUARIA A Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
20 Sumapaz 211850001473 49448 Única PRODUCCION AGROPECUARIA I Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de Sumapaz Básica Secundaria y Media COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)
ANEXO 2. VACANTES DEFINITIVAS – ORIENTACIÓN C o d Localidad Localidad DANE Colegio
Vacante
Jornada Nivel Sede Perfil Específico 1 Usaquén 111001086681 COLEGIO NUEVO HORIZONTE (IED) 271557 Tarde Global A 1 Usaquén 111848002689 COLEGIO DIVINO MAESTRO (IED) 265923 Tarde Global B 1 Usaquén 111001046957 COLEGIO TOBERIN (IED) 190888 Tarde Global A 288210 Mañana Global A Proyecto Bilingüismo - Requerido acreditar certificación internacional de nivel mínimo B1 en Inglés según 1 Usaquén 111001107743 C O L E G I O SALUDCOOP NORTE (IED) el Marco Común Europeo 197076 Tarde Global A 3 Santa Fe 111001032409 COLEGIO JORGE SOTO DEL CORRAL (IED)
202219 Única Global A PERFIL TRABAJO SOCIAL 3 Santa Fe 111001094901 COLEGIO MANUEL ELKIN PATARROYO (IED)
3 Santa Fe 111001010839 285670 Única Global A LICENCIATURA EN PSICOPEDAGOGIA C O L E G I O E X T E R N A D O NACIONAL CAMILO TORRES (IED)
4 San Cristóbal 111001034011 COLEGIO JUAN REY (IED) 287399 Mañana Global A 4 San Cristóbal 111001014176 COLEGIO SAN CRISTOBAL SUR (IED) 176664 Tarde Global A 179897 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001035602 COLEGIO JUAN E V A N G E L I S T A GOMEZ (IED)
4 San Cristóbal 111001046621 COLEGIO NUEVA DELHI (IED) 177430 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001024686 COLEGIO MORALBA SURORIENTAL (IED) 177433 Tarde Global A 177435 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001018325 COLEGIO JOSE JOAQUIN CASTRO MARTINEZ (IED)
4 San Cristóbal 111001018333 COLEGIO EL RODEO (IED) 177480 Tarde Global B 4 San Cristóbal 111001018368 COLEGIO LA VICTORIA (IED) 178932 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001030864 COLEGIO ALEMANIA UNIFICADA (IED) 197758 Tarde Global B REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-26 • 2016 • OCTUBRE • 20 26 C o d Localidad Localidad DANE Colegio
Vacante
Jornada Nivel Sede Perfil Específico 4 San Cristóbal 111001012301 COLEGIO SAN JOSE SUR ORIENTAL (IED) 186510 Mañana Global A 4 San Cristóbal 111001018368 COLEGIO LA VICTORIA (IED) 190379 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001012335 COLEGIO JUANA ESCOBAR (IED) 186582 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001032433 COLEGIO REPUBLICA DEL ECUADOR (IED) 196546 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001034011 COLEGIO JUAN REY (IED) 190345 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001018309 COLEGIO ATENAS (IED) 190660 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001012301 COLEGIO SAN JOSE SUR ORIENTAL (IED) 200148 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001012335 COLEGIO JUANA ESCOBAR (IED) 196548 Tarde Global B 198427 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001102075 COLEGIO ENTRE NUBES SUR ORIENTAL (IED)
198489 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001016004 COLEGIO LA BELLEZA LOS LIBERTADORES (IED)
4 San Cristóbal 111001015911 COLEGIO LOS ALPES (IED) 200889 Tarde Global A 271636 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001035602 COLEGIO JUAN E V A N G E L I S T A GOMEZ (IED)
4 San Cristóbal 111001018384 COLEGIO SAN ISIDRO SUR ORIENTAL (IED) 285869 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001024686 COLEGIO MORALBA SURORIENTAL (IED) 234190 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001015903 C O L E G I O MONTEBELLO (IED) 286681 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001014168 COLEGIO ALTAMIRA SUR ORIENTAL (IED) 288212 Tarde Global A 4 San Cristóbal 111001102016 COLEGIO ALDEMAR ROJAS PLAZAS (CED) 289637 Única Global A 5 Usme 111001041556 COLEGIO PROVINCIA DE QUEBEC (IED) 177484 Tarde Global A 102367 Tarde Global A 5 Usme 111001104337 COLEGIO EDUARDO UMAÑA MENDOZA (IED)
107052 Mañana Global A 5 Usme 111001104337 COLEGIO EDUARDO UMAÑA MENDOZA (IED)
5 Usme 111001107760 COLEGIO PAULO FREIRE (IED) 233043 Tarde Global A 176782 Tarde Global A 5 Usme 111001094439 COLEGIO FERNANDO GONZALEZ OCHOA (IED)
5 Usme 111001013820 COLEGIO SANTA LIBRADA (IED) 174810 Tarde Global A Desempeño en jornada NOCTURNA
- Tendencia Tarde - Noche para 5 Usme 111850001428 COLEGIO ALMIRANTE PADILLA (IED) 176729 Tarde Global A cumplimiento de asignación 5 Usme 111001044270 177434 Tarde Global A COLEGIO LOS C O M U N E R O S - OSWALDO GUAYAZAMIN (IED)
177442 Tarde Global A 5 Usme 211001032501 COLEGIO GABRIEL GARCIA MARQUEZ (IED)
5 Usme 111001016039 COLEGIO ORLANDO FALS BORDA (IED) 177444 Tarde Global A 177445 Tarde Global A 5 Usme 111001104337 COLEGIO EDUARDO UMAÑA MENDOZA (IED)
177452 Tarde Global A 5 Usme 111001094439 COLEGIO FERNANDO GONZALEZ OCHOA (IED)
177455 Tarde Global B 5 Usme 111001044270 COLEGIO LOS C O M U N E R O S - OSWALDO GUAYAZAMIN (IED)
5 Usme 111001086614 COLEGIO CHUNIZA (IED) 177458 Tarde Global A 177478 Tarde Global B 5 Usme 111001077895 COLEGIO OFELIA URIBE DE ACOSTA (IED)
5 Usme 111850001428 COLEGIO ALMIRANTE PADILLA (IED) 177479 Tarde Global A 177487 Tarde Global A 5 Usme 111001046485 COLEGIO NUEVO SAN ANDRES DE LOS ALTOS (IED)
27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-27 • 2016 • OCTUBRE • 20 C o d Localidad Localidad DANE Colegio
Vacante
Jornada Nivel Sede Perfil Específico 177918 Mañana Global A 5 Usme 111001094439 COLEGIO FERNANDO GONZALEZ OCHOA (IED)
5 Usme 111001078638 COLEGIO EL VIRREY JOSE SOLIS (IED) 178479 Tarde Global A 5 Usme 111001016039 COLEGIO ORLANDO FALS BORDA (IED) 182141 Tarde Global A 179893 Tarde Global A 5 Usme 111001083011 COLEGIO MIGUEL DE CERVANTES SAAVEDRA (IED)
5 Usme 211001094832 COLEGIO CIUDAD DE VILLAVICENCIO (IED) 182894 Tarde Global A 5 Usme 111001065234 COLEGIO USMINIA (IED) 200873 Tarde Global A 5 Usme 111001044270 200200 Mañana Global B COLEGIO LOS C O M U N E R O S - OSWALDO GUAYAZAMIN (IED)
199235 Mañana Global A 5 Usme 111001083011 COLEGIO MIGUEL DE CERVANTES SAAVEDRA (IED)
5 Usme 111001013935 COLEGIO SANTA MARTHA (IED) 186497 Tarde Global A 188213 Mañana Global A 5 Usme 111001094439 COLEGIO FERNANDO GONZALEZ OCHOA (IED)
5 Usme 211001094832 COLEGIO CIUDAD DE VILLAVICENCIO (IED) 186651 Mañana Global A 5 Usme 111001107760 COLEGIO PAULO FREIRE (IED) 196549 Tarde Global A 5 Usme 111001098833 COLEGIO SAN CAYETANO (IED) 199397 Mañana Global A 5 Usme 111001098833 COLEGIO SAN CAYETANO (IED) 199427 Mañana Global A 5 Usme 111001098833 COLEGIO SAN CAYETANO (IED) 199439 Tarde Global A 5 Usme 111001041556 COLEGIO PROVINCIA DE QUEBEC (IED) 198211 Mañana Global A 5 Usme 111001016039 COLEGIO ORLANDO FALS BORDA (IED) 198279 Mañana Global A 5 Usme 111001024643 COLEGIO NUEVA ESPERANZA (IED) 270106 Mañana Global A 5 Usme 211850000981 COLEGIO RURAL EL UVAL (IED) 198453 Mañana Global A 5 Usme 111001086614 COLEGIO CHUNIZA (IED) 271567 Tarde Global A 5 Usme 111001078638 COLEGIO EL VIRREY JOSE SOLIS (IED) 271647 Mañana Global A 5 Usme 211850000051 COLEGIO GRAN YOMASA (IED) 273652 Tarde Global A 5 Usme 111001107760 COLEGIO PAULO FREIRE (IED) 203113 Completa Global A 5 Usme 111850001428 COLEGIO ALMIRANTE PADILLA (IED) 291992 Tarde Global A 5 Usme 111850001576 COLEGIO FEDERICO GARCIA LORCA (IED) 265958 Completa Global B 5 Usme 111001013820 COLEGIO SANTA LIBRADA (IED) 290664 Mañana Global A 275054 Tarde Global B 5 Usme 211850001481 COLEGIO FABIO LOZANO SIMONELLI (IED)
269122 Tarde Global A 6 Tunjuelito 111001011011 COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL PILOTO (IED)
6 Tunjuelito 111001014206 COLEGIO MARCO FIDEL SUAREZ (IED) 200877 Tarde Global A 6 Tunjuelito 111001018201 COLEGIO RUFINO JOSE CUERVO (IED) 195695 Completa Global B ASIGNACION EN LAS DOS JORNADAS.
6 Tunjuelito 111001018201 COLEGIO RUFINO JOSE CUERVO (IED) 192248 Completa Global D Rotación en SEDES C Y D - Jornada Completa 6 Tunjuelito 111001014214 COLEGIO CIUDAD DE BOGOTA (IED) 190393 Tarde Global A 6 Tunjuelito 111001086631 COLEGIO SAN BENITO ABAD (IED) 196547 Tarde Global A 6 Tunjuelito 111001012271 COLEGIO RAFAEL URIBE URIBE (IED) 200255 Tarde Global A 6 Tunjuelito 111001012271 COLEGIO RAFAEL URIBE URIBE (IED) 198228 Tarde Global A 6 Tunjuelito 111001075957 COLEGIO SAN CARLOS (IED) 198398 Tarde Global B 6 Tunjuelito 111001075736 COLEGIO ISLA DEL SOL (IED) 271612 Tarde Global A REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-28 • 2016 • OCTUBRE • 20 28 C o d Localidad Localidad DANE Colegio
Vacante
Jornada Nivel Sede Perfil Específico 6 Tunjuelito 111001009652 265782 Tarde Global A COLEGIO CENTRO INTEGRAL JOSE MARIA CORDOBA (IED)
186622 Tarde Global A 6 Tunjuelito 111001019411 COLEGIO INEM SANTIAGO PEREZ (IED)
191433 Tarde Global A JORNADA LABORAL DE 2:00 PM A 10:00 PM AREA ORIENTACION 6 Tunjuelito 111001011011 COLEGIO INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL PILOTO (IED)
6 Tunjuelito 111001086631 COLEGIO SAN BENITO ABAD (IED) 289415 Mañana Global B 182997 Tarde Global A 7 Bosa 111001106950 COLEGIO ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN (IED)
7 Bosa 111001010031 COLEGIO CEDID SAN PABLO (IED) 286595 Mañana Global A 176724 Tarde Global D Rotación en sedes C y D de la institución 7 Bosa 111102000753 COLEGIO FERNANDO MAZUERA VILLEGAS (IED)
7 Bosa 211001076958 COLEGIO VILLAS DEL PROGRESO (CED) 173528 Tarde Global C 7 Bosa 211001076958 COLEGIO VILLAS DEL PROGRESO (CED) 173529 Tarde Global B 7 Bosa 111001107832 COLEGIO GERMAN ARCINIEGAS (IED) 170684 Tarde Global A 7 Bosa 211001076958 COLEGIO VILLAS DEL PROGRESO (CED) 174836 Tarde Global C 7 Bosa 111001104302 COLEGIO ORLANDO HIGUITA ROJAS (IED) 174841 Completa Global B 178541 Tarde Global A 7 Bosa 111102000753 COLEGIO FERNANDO MAZUERA VILLEGAS (IED)
177106 Tarde Global A 7 Bosa 111001104299 COLEGIO ALFONSO REYES ECHANDIA (IED)
7 Bosa 211102000243 COLEGIO EL PORVENIR (IED) 177436 Tarde Global B 177446 Tarde Global B 7 Bosa 111001104329 COLEGIO CARLOS PIZARRO LEON GOMEZ (IED)
177459 Tarde Global A 7 Bosa 111001104183 COLEGIO LEONARDO POSADA PEDRAZA (IED)
177460 Tarde Global A Horario de Trabajo: De 10:30 a 6:30 pm. - Requerido Profesional en 7 Bosa 111001046591 COLEGIO JOSE ANTONIO GALAN (IED)
Psicología 7 Bosa 111001107832 COLEGIO GERMAN ARCINIEGAS (IED) 177467 Tarde Global A SEDE A O B 7 Bosa 111001013676 COLEGIO NUEVO CHILE (IED) 177470 Tarde Global A 7 Bosa 111001002909 COLEGIO CARLOS ALBAN HOLGUIN (IED) 177471 Tarde Global A 7 Bosa 111001107867 COLEGIO KIMY PERNÍA DOMICÓ (IED) 177481 Tarde Global A 7 Bosa 111001002909 COLEGIO CARLOS ALBAN HOLGUIN (IED) 232436 Tarde Global A 7 Bosa 211102000995 COLEGIO BOSANOVA (IED) 185321 Tarde Global B Proyecto Bilingüismo - Requerido acreditar certificación internacional de nivel mínimo B1 en Inglés según el Marco Común Europeo 7 Bosa 211001076958 COLEGIO VILLAS DEL PROGRESO (CED) 185056 Tarde Global C 185183 Tarde Global A 7 Bosa 111001106950 COLEGIO ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN (IED)
7 Bosa 211102000201 COLEGIO SAN BERNARDINO (IED) 191254 Tarde Global A 7 Bosa 111001014109 COLEGIO BRASILIA - BOSA (IED) 200145 Tarde Global A 195991 Tarde Global A 7 Bosa 111001104329 COLEGIO CARLOS PIZARRO LEON GOMEZ (IED)
198313 Tarde Global A 7 Bosa 111001104299 COLEGIO ALFONSO REYES ECHANDIA (IED)
7 Bosa 111001086754 COLEGIO LA CONCEPCION (CED) 198362 Tarde Global C Rotación en sedes A, B y C 197121 Tarde Global A 7 Bosa 111001106968 COLEGIO JOSE F R A N C I S C O SOCARRAS (IED)
29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-29 • 2016 • OCTUBRE • 20 C o d Localidad Localidad DANE Colegio
Vacante
Jornada Nivel Sede Perfil Específico 271552 Tarde Global A 7 Bosa 111001106950 COLEGIO ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN (IED)
271593 Mañana Global A 7 Bosa 111102000753 COLEGIO FERNANDO MAZUERA VILLEGAS (IED)
7 Bosa 111102000265 COLEGIO LUIS LOPEZ DE MESA (IED) 271610 Tarde Global A 271637 Tarde Global A 7 Bosa 111001046477 C O L E G I O GRANCOLOMBIANO (IED)
271649 Tarde Global A 7 Bosa 111001104183 COLEGIO LEONARDO POSADA PEDRAZA (IED)
7 Bosa 111001002909 COLEGIO CARLOS ALBAN HOLGUIN (IED) 230787 Tarde Global C 7 Bosa 111001086754 COLEGIO LA CONCEPCION (CED) 234201 Mañana Global A 7 Bosa 111001107832 COLEGIO GERMAN ARCINIEGAS (IED) 233279 Tarde Global A 230778 Tarde Global A 7 Bosa 111001104329 COLEGIO CARLOS PIZARRO LEON GOMEZ (IED)
7 Bosa 211001076958 COLEGIO VILLAS DEL PROGRESO (CED) 234215 Mañana Global C 178480 Tarde Global A 8 Kennedy 111001027391 COLEGIO MANUEL CEPEDA VARGAS (IED)
8 Kennedy 111001016071 COLEGIO ISABEL II (IED) 271645 Tarde Global B 8 Kennedy 111001104558 COLEGIO CODEMA (IED) 272016 Completa Global A 8 Kennedy 111001107000 COLEGIO NELSON MANDELA (IED) 185004 Tarde Global A 8 Kennedy 111001029114 COLEGIO JACKELINE (CED) 189148 Tarde Global A 8 Kennedy 111001100048 COLEGIO HERNANDO DURAN DUSAN (IED) 199345 Tarde Global A 8 Kennedy 111001100048 COLEGIO HERNANDO DURAN DUSAN (IED) 199346 Tarde Global A 8 Kennedy 111001079154 COLEGIO VILLA RICA (IED) 198184 Tarde Global A 8 Kennedy 111001104558 COLEGIO CODEMA (IED) 271587 Completa Global A 273679 Tarde Global 8 Kennedy 111001106984 COLEGIO GENERAL GUSTAVO ROJAS PINILLA (IED)
198245 Tarde Global A 8 Kennedy 111001027391 COLEGIO MANUEL CEPEDA VARGAS (IED)
285715 Tarde Global A 8 Kennedy 111001024732 COLEGIO INEM FRANCISCO DE PAULA SANTANDER (IED)
8 Kennedy 111001100048 COLEGIO HERNANDO DURAN DUSAN (IED) 287714 Mañana Global A 8 Kennedy 111001024660 COLEGIO FERNANDO SOTO APARICIO (IED) 231989 Tarde Global B 8 Kennedy 111001016071 COLEGIO ISABEL II (IED) 291628 Mañana Global B 10 Engativá 111001108901 COLEGIO CHARRY (IED) 292008 Completa Global A 11 Suba 111001045225 COLEGIO TIBABUYES UNIVERSAL (IED) 273501 Tarde Global C 271916 Tarde Global A 11 Suba 111001025020 COLEGIO ALBERTO LLERAS CAMARGO (IED)
11 Suba 111001075272 COLEGIO NUEVA COLOMBIA (IED) 271926 Mañana Global A 11 Suba 111001075272 COLEGIO NUEVA COLOMBIA (IED) 271944 Tarde Global A 286153 Completa Global A 11 Suba 111769003416 COLEGIO JUAN LOZANO Y LOZANO (IED)
233400 Tarde Global A 11 Suba 111001104256 COLEGIO DELIA ZAPATA OLIVELLA (IED)
271918 Tarde Global A 14 Los Mártires 111001030856 C O L E G I O P A N A M E R I C A N O (IED)
268414 Tarde Global A 14 Los Mártires 111001019526 COLEGIO LICEO NACIONAL ANTONIA SANTOS (IED)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-30 • 2016 • OCTUBRE • 20 30 C o d Localidad Localidad DANE Colegio
Vacante
Jornada Nivel Sede Perfil Específico 15 A n t o n i o 271499 Única Global A Nariño 111001011908 COLEGIO ESCUELA NORMAL SUPERIOR DISTRITAL MARIA MONTESSORI (IED)
16 P u e n t e 288286 Tarde Global B Aranda 111001012963 COLEGIO TECNICO BENJAMIN HERRERA (IED)
16 P u e n t e 232487 Tarde Global A Aranda 111001014826 COLEGIO MARCO ANTONIO CARREÑO SILVA (IED)
16 P u e n t e 289577 Única Global A Proyecto Bilingüismo - Requerido acreditar certificación internacional de nivel mínimo B1 en Inglés según Aranda 111001045535 COLEGIO JOSE MANUEL RESTREPO (IED) el Marco Común Europeo Proyecto Bilingüismo - FRANCÉS
- Requeridos conocimientos del 17 La Candelaria 111001102148 COLEGIO INTEGRADA LA CANDELARIA (IED) 286147 Mañana Global A idioma Francés 18 Rafael Uribe 171089 Tarde Global A Uribe 111001076376 C O L E G I O MARRUECOS Y MOLINOS (IED)
18 Rafael Uribe Uribe 111001078930 COLEGIO LA PAZ (CED) 177437 Tarde Global A 18 Rafael Uribe Uribe 111001011029 COLEGIO REINO DE HOLANDA (IED) 177454 Tarde Global B 18 Rafael Uribe Uribe 111001027383 COLEGIO ALFREDO IRIARTE (IED) 177466 Tarde Global A 18 Rafael Uribe Uribe 111001028380 COLEGIO PALERMO SUR (CED) 178931 Tarde Global A 18 Rafael Uribe Uribe 111001010928 COLEGIO RESTREPO MILLAN (IED) 268122 Tarde Global A 18 Rafael Uribe Uribe 111001010928 COLEGIO RESTREPO MILLAN (IED) 175725 Tarde Global A 18 Rafael Uribe Uribe 111001034134 COLEGIO CLEMENCIA DE CAYCEDO (IED) 266482 Tarde Global A 188403 Única Global A Asignación académica en jornadas 18 Rafael Uribe Mañana y Tarde Uribe 111001014028 COLEGIO REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA (IED)
18 Rafael Uribe Uribe 111001011029 COLEGIO REINO DE HOLANDA (IED) 187632 Tarde Global A 198156 Tarde Global B 18 Rafael Uribe Uribe 111001014591 COLEGIO MANUEL DEL SOCORRO RODRIGUEZ (IED)
18 Rafael Uribe Uribe 111001041611 COLEGIO DIANA TURBAY (IED) 198252 Tarde Global C 198264 Tarde Global A 18 Rafael Uribe Uribe 111001030015 COLEGIO ENRIQUE OLAYA HERRERA (IED)
271489 Tarde Global A 18 Rafael Uribe Uribe 111001011819 COLEGIO LICEO F E M E N I N O MERCEDES NARIÑO (IED)
271568 Mañana Global A 18 Rafael Uribe Uribe 111001018058 C O L E G I O A L E X A N D E R FLEMING (IED)
18 Rafael Uribe Uribe 111001015733 COLEGIO ANTONIO BARAYA (IED) 197297 Única Global A 18 Rafael Uribe Uribe 111001027383 COLEGIO ALFREDO IRIARTE (IED) 271602 Tarde Global A 18 Rafael Uribe 231564 Tarde Global A Uribe 111001030015 COLEGIO ENRIQUE OLAYA HERRERA (IED)
18 Rafael Uribe Uribe 111001036765 COLEGIO JOSE MARTI (IED) 265974 Mañana Global B 18 Rafael Uribe Uribe 111001041611 COLEGIO DIANA TURBAY (IED) 286165 Tarde Global A 18 Rafael Uribe Uribe 111001011029 COLEGIO REINO DE HOLANDA (IED) 286186 Tarde Global C 18 Rafael Uribe Uribe 111001102091 COLEGIO COLOMBIA VIVA (IED) 292009 Completa Global A 18 Rafael Uribe 288134 Tarde Global B Uribe 111001030015 COLEGIO ENRIQUE OLAYA HERRERA (IED)
18 Rafael Uribe Uribe 111001013811 COLEGIO SAN AGUSTIN (IED) 289024 Tarde Global A 19 C i u d a d 7694 Mañana Global B SEDE B Bolívar 111001102105 C O L E G I O C O N F E D E R A C I O N BRISAS DEL DIAMANTE (IED)
19 C i u d a d 190214 Tarde Global B Asignación académica en ambas jornadas Bolívar 111001102130 C O L E G I O C O M P A R T I R RECUERDO (IED)
31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-31 • 2016 • OCTUBRE • 20 C o d Localidad Localidad DANE Colegio
Vacante
Jornada Nivel Sede Perfil Específico 19 C i u d a d Bolívar 211850001121 COLEGIO RURAL PASQUILLA (IED) 50742 Tarde Global A 19 C i u d a d 96144 Tarde Global A Bolívar 111001086801 COLEGIO CEDID CIUDAD BOLIVAR (IED)
19 C i u d a d Bolívar 111001086835 COLEGIO SIERRA MORENA (IED) 102459 Tarde Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001047678 COLEGIO PARAISO MIRADOR (IED) 185744 Tarde Global B 19 C i u d a d 185680 Tarde Global A Bolívar 111001075329 COLEGIO MARÍA M E R C E D E S CARRANZA (IED)
19 C i u d a d Bolívar 111001020320 COLEGIO ISMAEL PERDOMO (IED) 176774 Tarde Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001109304 COLEGIO FANNY MIKEY (IED) 174907 Tarde Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001086835 COLEGIO SIERRA MORENA (IED) 174948 Tarde Global B 19 C i u d a d Bolívar 111001086835 COLEGIO SIERRA MORENA (IED) 174951 Tarde Global C 19 C i u d a d Bolívar 111001086835 COLEGIO SIERRA MORENA (IED) 174954 Tarde Global A 19 C i u d a d 176732 Tarde Global A Bolívar 111001102164 COLEGIO EL MINUTO DE BUENOS AIRES (IED)
19 C i u d a d Bolívar 111001076937 COLEGIO SAN FRANCISCO (IED) 177432 Tarde Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001047678 COLEGIO PARAISO MIRADOR (IED) 177440 Tarde Global C 19 C i u d a d Bolívar 111001044385 COLEGIO GUILLERMO CANO ISAZA (IED) 177443 Tarde Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001035572 COLEGIO ACACIA II (IED) 177448 Tarde Global A 182998 Tarde Global B 19 C i u d a d Bolívar 111001047571 C O L E G I O A R B O R I Z A D O R A ALTA (IED)
177457 Tarde Global A 19 C i u d a d Bolívar 211850001317 COLEGIO RURAL JOSE CELESTINO MUTIS (IED)
19 C i u d a d Bolívar 111001076937 COLEGIO SAN FRANCISCO (IED) 177472 Tarde Global A 19 C i u d a d Bolívar 211850001180 COLEGIO MOCHUELO ALTO (CED) 177477 Mañana Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001014524 COLEGIO RAFAEL URIBE URIBE (IED) 177485 Tarde Global A 177453 Tarde Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001047571 C O L E G I O A R B O R I Z A D O R A ALTA (IED)
180005 Tarde Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001107115 COLEGIO JOSE MARIA VARGAS VILA (IED)
269797 Mañana Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001102105 C O L E G I O C O N F E D E R A C I O N BRISAS DEL DIAMANTE (IED)
19 C i u d a d Bolívar 111001102113 COLEGIO EL TESORO DE LA CUMBRE (IED) 179721 Tarde Global C 19 C i u d a d Bolívar 111001034240 COLEGIO NICOLAS GOMEZ DAVILA (IED) 179722 Tarde Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001034240 COLEGIO NICOLAS GOMEZ DAVILA (IED) 179723 Tarde Global A 19 C i u d a d 197868 Tarde Global C Bolívar 111001045730 COLEGIO EL PARAÍSO DE MANUELA BELTRÁN (IED)
19 C i u d a d Bolívar 111001109304 COLEGIO FANNY MIKEY (IED) 266366 Tarde Global A 19 C i u d a d Bolívar 311001075034 COLEGIO CANADA (IED) 186440 Tarde Global A Asignación académica en ambas jornadas 19 C i u d a d 108535 Tarde Global A Asignación académica en ambas jornadas Bolívar 111001107115 COLEGIO JOSE MARIA VARGAS VILA (IED)
19 C i u d a d Bolívar 111001035572 COLEGIO ACACIA II (IED) 271961 Tarde Global A 19 C i u d a d 272003 Mañana Global A Bolívar 111001047571 C O L E G I O A R B O R I Z A D O R A ALTA (IED)
19 C i u d a d 186663 Tarde Global A Bolívar 111001107115 COLEGIO JOSE MARIA VARGAS VILA (IED)
19 C i u d a d 196724 Tarde Global B Bolívar 111001092410 COLEGIO LA ESTANCIA - SAN ISIDRO LABRADOR (IED)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-32 • 2016 • OCTUBRE • 20 32 C o d Localidad Localidad DANE Colegio
Vacante
Jornada Nivel Sede Perfil Específico 19 C i u d a d 190714 Mañana Global C Bolívar 111001045730 COLEGIO EL PARAÍSO DE MANUELA BELTRÁN (IED)
19 C i u d a d 269380 Tarde Global A Bolívar 111001096555 COLEGIO CIUDAD BOLIVAR - ARGENTINA (IED)
19 C i u d a d Bolívar 111001098973 COLEGIO LA JOYA (IED) 199460 Única Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001098973 COLEGIO LA JOYA (IED) 199472 Única Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001075663 COLEGIO ESTRELLA DEL SUR (IED) 195026 Tarde Global A 19 C i u d a d 198368 Tarde Global B Bolívar 111001102164 COLEGIO EL MINUTO DE BUENOS AIRES (IED)
19 C i u d a d Bolívar 111001075663 COLEGIO ESTRELLA DEL SUR (IED) 271441 Tarde Global C 19 C i u d a d 197077 Mañana Global A Bolívar 211850001317 COLEGIO RURAL JOSE CELESTINO MUTIS (IED)
19 C i u d a d Bolívar 111001047457 COLEGIO LA ARABIA (IED) 271601 Tarde Global A 19 C i u d a d 271605 Tarde Global A Bolívar 111001086801 COLEGIO CEDID CIUDAD BOLIVAR (IED)
271608 Tarde Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001092410 COLEGIO LA ESTANCIA - SAN ISIDRO LABRADOR (IED)
19 C i u d a d Bolívar 111001102113 COLEGIO EL TESORO DE LA CUMBRE (IED) 271613 Mañana Global C 265771 Mañana Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001096555 COLEGIO CIUDAD BOLIVAR - ARGENTINA (IED)
287389 Tarde Global A 19 C i u d a d Proyecto Bilingüismo - Requerido acreditar certificación internacional de nivel mínimo B1 en Inglés según Bolívar 111001107816 C O L E G I O C U N D I N A M A R C A (IED) el Marco Común Europeo 19 C i u d a d Bolívar 111001030821 COLEGIO SANTA BARBARA (IED) 232212 Tarde Global A 287154 Tarde Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001092410 COLEGIO LA ESTANCIA - SAN ISIDRO LABRADOR (IED)
19 C i u d a d Bolívar 211850001171 COLEGIO RURAL QUIBA ALTA (IED) 231721 Mañana Global B 19 C i u d a d en resolución de conflictos Bolívar 111001107859 COLEGIO ANTONIO GARCIA (IED) 265922 Completa Global A Psicologo Clínico con experiencia 19 C i u d a d Bolívar 111001030821 COLEGIO SANTA BARBARA (IED) 285713 Mañana Global B 19 C i u d a d Bolívar 111001027251 COLEGIO LEON DE GREIFF (IED) 292010 Completa Global A 267711 Mañana Global A 19 C i u d a d Bolívar 111001047571 C O L E G I O A R B O R I Z A D O R A ALTA (IED)
19 C i u d a d Bolívar 111001036561 COLEGIO JOSE JAIME ROJAS (IED) 288250 Completa Global A Manejo de situación alumnos, psicopedagogía 19 C i u d a d 288798 Mañana Global A Bolívar 211850001317 COLEGIO RURAL JOSE CELESTINO MUTIS (IED)
96777 Única Global A Colegio en zona RURAL - Se requiere vivir en la zona - Inducción en Dirección Local de Educación de 20 Sumapaz 211001076346 C O L E G I O CAMPESTRE JAIME GARZON (IED)
Sumapaz Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, para la vigencia fiscal 2016 en el marco CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL del Acuerdo Distrital 643 de 2016.”
CONFIS EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA Resolución Número 10 (Octubre 14 de 2016)
ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, y en especial con las conferidas en el Decreto Distrital “Por la cual se aprueba el presupuesto de la 714 de 1996, el Decreto Distrital 195 de 2007 y el artículo 25 del Acuerdo 17 de 1997, y 33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-33 • 2016 • OCTUBRE • 20
CONSIDERANDO:
comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2016, por un monto de $58.272.937.000.
Que conforme a lo estipulado en el artículo 10 literal e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, mediante Resolución No. 017 del 29 de octubre de 2015, aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la empresa METROVIVIENDA, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2016, por un monto de $55.524.747.000.
Que conforme a lo establecido en el artículo 28 del Decreto Distrital 195 de 2007, “las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los gastos de funcionamiento, gastos de operación, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobados por el CONFIS Distrital previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo”.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal
- CONFIS, mediante Resolución No. 010 del 14 de abril de 2016, aprobó ajustar por cierre presupuestal de la vigencia 2015, el Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversiones de la EMPRESA DE RENOVACIÓN UR- BANA, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2016, realizando adición por un monto de $1.407.347.577.
Que de acuerdo con el numeral 5 del reglamento interno adoptado en la sesión del 27 de enero de 2016, le corresponde al CONFIS, mediante resolución suscrita por la Secretaría Técnica y la Secretaría Distrital de Hacienda, notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.
Que mediante el Acuerdo N° 643 del 12 de mayo de 2016 se aprobó la fusión de las empresas distritales Empresa de Renovación Urbana y Metrovivienda y se crea la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, mediante Resolución No. 017 del 29 de octubre de 2015, aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA, para la vigencia fiscal Que de acuerdo a certificación expedida por la Tesorera General, Directora Administrativa y Gerente General, la ejecución de la empresa METROVIVIENDA a 30 de septiembre de 2016 es la siguiente:
Ejecución Presupuesto de Rentas e Ingresos Metrovivienda Vigencia 2016 Rubro Presupuesto Inicial Recaudo Ene - sept 2016 Saldo por recaudar 1 DISPONIBILIDAD INICIAL 10.668.234.000 23.753.719.587 -13.085.485.587 2 INGRESOS 44.856.513.000 5.090.960.879 39.765.552.121 2.1 Ingresos Corrientes 31.927.513.000 3.956.881.131 27.970.631.869 2.2 Transferencias 12.350.000.000 0 12.350.000.000 2.3 Recursos de Capital 579.000.000 1.134.079.748 -555.079.748 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 55.524.747.000 28.844.680.466 26.680.066.534 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-34 • 2016 • OCTUBRE • 20 34 Ejecución Presupuesto de Gastos e Inversiones Metrovivienda Vigencia 2016 Apropiación inicial Ejecución Ene - sept 2016 Saldo apropiación Giros Ene - sept Saldo por pagar 3 GASTOS 55.524.747.000 27.302.964.421 28.221.782.579 14.527.257.110 12.775.707.311 3.1 Funcionamiento 11.210.007.000 5.742.831.558 5.467.175.442 5.129.304.023 613.527.535 3.2 Operación 0 0 0 0 0 3.3 Servicio de la Deuda 0 0 0 0 0 3.4 Inversión 44.314.740.000 21.560.132.863 22.754.607.137 9.397.953.087 12.162.179.776 4 Disponibilidad Final 0 0 0 0 0 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 55.524.747.000 27.302.964.421 28.221.782.579 14.527.257.110 12.775.707.311 Que de acuerdo a certificación expedida por la Tesorería General y el Gerente General, la ejecución de la EM- PRESA DE RENOVACIÓN URBANA a 30 de septiembre de 2016 es la siguiente:
Ejecución Presupuesto de Rentas e Ingresos Empresa de Renovación Urbana Vigencia 2016 Rubro Presupuesto Inicial Recaudo Ene - sept 2016 Saldo por recaudar 1 DISPONIBILIDAD INICIAL 11.610.284.577 11.610.284.577 0 2 INGRESOS 48.070.000.000 16.284.873.386 31.785.126.614 2.1 Ingresos Corrientes 18.000.000.000 1.612.222.723 16.387.777.277 2.2 Transferencias 20.000.000.000 4.600.000.000 15.400.000.000 2.3 Recursos de Capital 10.070.000.000 10.072.650.663 -2.650.663 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 59.680.284.577 27.895.157.963 31.785.126.614 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-35 • 2016 • OCTUBRE • 20 Ejecución Presupuesto de Gastos e Inversiones Empresa de Renovación Urbana Vigencia 2016 Ejecución Ene - Rubro Apropiación inicial sept 2016 Saldo apropiación Giros Ene - sept Saldo por pagar 3 GASTOS 58.272.937.000 27.232.072.767 31.040.864.233 20.716.636.375 6.515.436.392 3.1 Funcionamiento 13.322.220.000 6.775.266.943 6.546.953.057 5.752.623.044 1.022.643.899 3.2 Operación 0 0 0 0 0 3.3 Servicio de la Deuda 0 0 0 0 0 3.4 Inversión 44.950.717.000 20.456.805.824 24.493.911.176 14.964.013.331 5.492.792.493 4 Disponibilidad Final 1.407.347.577 0 1.407.347.577 0 0 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 59.680.284.577 27.232.072.767 32.448.211.810 20.716.636.375 6.515.436.392 Que la Disponibilidad Inicial de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá para la vigencia 2016 fue calculada en $21.495.944.944, detallado de la siguiente manera:
Resultado Disponibilidad Inicial en Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá Vigencia 2016 Concepto $ Recaudo Metrovivienda (1) 28.844.680.466 Recaudo ERU (2) 27.895.157.963 TOTAL RECAUDO MV+ERU (I) 56.739.838.429 Giros Metro (3) 14.527.257.110 Giros ERU (4) 20.716.636.375 TOTAL GIROS MV + ERU (II) 35.243.893.485 DISPONILIDAD INICIAL AL 1° DE OCTUBRE (I-II) 21.495.944.944 (1) De acuerdo al rubro TOTAL INGRESOS + DISPO- (2) De acuerdo al rubro TOTAL INGRESOS + DISPO- NIBILIDAD INICIAL de la empresa Metrovivienda, de los meses enero a septiembre de 2016.
NIBILIDAD INICIAL de la Empresa de Renovación Urbana de los meses enero a septiembre de 2016 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-36 • 2016 • OCTUBRE • 20 36 (3) Rubro TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FI- NAL de la empresa Metrovivienda de los meses enero a septiembre de 2016.
(4) Rubro TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD Que resultado de la fusión de la Empresa de Renovación Urbana y de la empresa Metrovivienda, se tiene el siguiente presupuesto de Ingresos y Rentas y de Gastos e Inversión de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá en la vigencia 2016 de $57.415 millones, detallados de la siguiente manera:
FINAL de la Empresa de Renovación Urbana de los meses enero a septiembre de 2016 Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá Vigencia 2016 Rubro Presupuesto Inicial 1 DISPONIBILIDAD INICIAL 21.495.944.944 2 INGRESOS 35.919.528.334 2.1 Ingresos Corrientes (1) 14.420.258.745 2.2 Transferencias (2) 21.215.000.000 2.3 Recursos de Capital (3) 284.269.589 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 57.415.473.278 3 GASTOS (4) 57.415.473.278 3.1 Funcionamiento 11.666.992.933 3.2 Operación 0 3.3 Servicio de la Deuda 0 3.4 Inversión 45.748.480.345 4 Disponibilidad Final 0 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 57.415.473.278 (1) Los ingresos Corrientes de la Empresa de Renova- ción y Desarrollo Urbano de Bogotá de la vigencia 2016 se calcularon así: i. Se estima que de los ingresos corrientes calculados para la empresa Metrovivienda se recaudará en lo que resta de la vigencia la suma de $5.082.872.284.
$2.833.000.000 de arrendamiento de espacios del complejo hospitalario San Juan de Dios a los hospitales Santa Clara, Materno Infantil, Dermatológico y Cancerológico; $807.000.000 por la venta de derechos de la Manzana 5 Lote 2, y $5.749.609.184 de venta del lote 1 para desarrollo de la Cinemateca, de los cuales se estima recaudar $9.337.386.461, en lo que resta de la vigencia.
(2) Los ingresos de Transferencia de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá de la vigencia 2016 se calcularon así: ii. Los ingresos proyectados para la Empresa de Renovación Urbana ascienden a $10.949.609.184, de los cuales $1.560.000.000 corresponden a cánones de arrendamiento del mobiliario urbano temporal del proyecto San Victorino;
37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-37 • 2016 • OCTUBRE • 20 i. El saldo de las Transferencias de la ERU por $15.400.000.000 además se espera recaudar en lo que resta de la vigencia la suma de $89.349.337.
(4) Dada la necesidad de mantener un equilibrio pre- supuestal entre ingresos y gastos se proyectó unos gastos de funcionamiento de $11.666.992.933 y de inversión de $45.748.480.345. ii. Del valor de la transferencia aprobada para la vigencia 2016 por un valor de $12.350.000.000, se suspendieron $6.535.000.000, según Resolución 353 de 2016, los cuales fueron utilizados para apalancamiento de los proyectos estratégicos de la ciudad, como lo es la empresa METRO DE BOGOTÄ. Como consecuencia de la anterior suspensión se estima el recaudo de $5.815.000.000 de la empresa Metrovivienda.
Que el Confis en sesión virtual No. 14 realizada los días 10 y 11 de octubre de 2016, aprobó el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá de la vigencia 2016.
(3) Los Recursos de Capital de la Empresa de Re- novación y Desarrollo Urbano de Bogotá de la vigencia 2016 se calcularon así:
Que la aprobación del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá de la vigencia 2016, se efectuó de acuerdo con las recomendaciones de la Secretaría Distrital de Hacienda.
RESUELVE:
i. De los $579.000.000 presupuestados en este rubro de la empresa Metrovivienda, se han recaudado $1.134.079.748, y se espera recaudar por este concepto $1.329.000.000, por lo tanto, se estima que en lo que resta del año se recaudaran $194.920.252.
Artículo primero.
Aprobar el presupuesto de Rentas e Ingresos de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá de la vigencia 2016, resultado de la fusión de acuerdo al siguiente detalle:
ii. La ERU presentó un valor de recaudo proyectado de $10.070.000.000, se estima que al finalizar el año se hayan recaudado $10.072.650.663;
Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá Vigencia 2016 En pesos Rubro $ 1 DISPONIBILIDAD INICIAL 21.495.945.000 2 INGRESOS 35.919.529.000 2.1 Ingresos Corrientes 14.420.259.000 2.2 Transferencias 21.215.000.000 2.3 Recursos de Capital 284.270.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 57.415.474.000
Artículo segundo.
Aprobar el presupuesto de Gastos e Inversión de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá de la vigencia 2016, resultado de la fusión de acuerdo al siguiente detalle:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-38 • 2016 • OCTUBRE • 20 38 Presupuesto de Gastos e Inversión de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá Vigencia 2016 En pesos Rubro $ 3 GASTOS 57.415.474.000 3.1 Funcionamiento 11.666.993.000 3.2 Operación 0 3.3 Servicio de la Deuda 0 3.4 Inversión 45.748.481.000 4 Disponibilidad Final 0 BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Secretaria Distrital de Hacienda PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE ANDRÉS ORTIZ GÓMEZ Secretario Técnico Dada en Bogotá D.C., a los catorce (14) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).
39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5938 • pP. 1-39 • 2016 • OCTUBRE • 20
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