Registro Distrital 5937 de 2016
Registro Distrital 5937 de 2016 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 5937
- Año
- 2016
- Fecha
- 19 de octubre de 2016
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 50 Número 5937 2016 • OCTUBRE • 19 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2016 SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL Resolución Número 463 Que mediante la Resolución No. 050 del 13 de enero de 2016 se nombró al doctor CARLOS ANDRÉS GUZMÁN RODRÍGUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.786.692 expedida en Bogotá, en el cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 06 de la Subdirección Técnica de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
(Octubre 14 de 2016)
“Por la cual se hacen unos nombramientos”
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Distrital Que mediante la Resolución No. 001 del 1 de enero de 2016 se nombró al doctor YESID RODOLFO LANCHE- ROS GARCÍA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.871.241 expedida en Bucaramanga, en el cargo de Jefe de Oficina Asesora Código 115 Grado 08 de la Oficina Asesora de Prensa de la Secretaría Privada del Despacho del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución No. 017 del 5 de enero de 2016 se nombró a la doctora LUZ ANGELA MA- RÍA GÓMEZ GÓMEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.866.113 expedida en Bogotá, en el cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 06 de la Subdirección Administrativa de la Dirección de Gestión Corporativa, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que mediante la Resolución No. 429 del 26 de septiembre de 2016 se nombró al doctor JUAN CARLOS MALAGÓN BASTO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.186.585 expedida en Bogotá, en el cargo de Subsecretario de Despacho Código 045 Grado 08 de la Subsecretaría General, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que mediante la Resolución No. 091 del 27 de enero de 2016 se nombró al doctor JUAN JOSÉ CORREA NAVARRO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 88.279.615 expedida en Ocaña, en el cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 06 de la Subdirección de Informática y Sistemas de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que mediante la Resolución No. 109 del 1 de febrero de 2016 se nombró a la doctora GLORIA MERCEDES VARGAS TISNES, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.854.775 expedida en Bogotá, en el cargo de Director Técnico Código 009 Grado 08 de la Dirección Archivo de Bogotá, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Distrital 425 del 3 de octubre de 2016 modifica la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Distrital 426 de la misma fecha, modifica la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y en su artículo 1 suprime los siguientes empleos: i) dos (2) cargos de Director Técnico Código 009 Grado 08; ii) siete (7) cargos de Subdirector Técnico Código 068 Grado 06;
Que mediante la Resolución No. 018 del 5 de enero de 2016 se nombró a la doctora DIANA ALEJANDRA OSPINA MORENO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.218.248 expedida en Bogotá, en el cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 06 de la Subdirección de Calidad del Servicio de la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-1 • 2016 • OCTUBRE • 19 iii) un (1) cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 03; iv) un (1) cargo de Jefe de Oficina Asesora Código 115 Grado 08; y, v) tres (3) cargos de Profesional Especializado Código 222 Grado 32.
Artículo 6º-: Nombrar a la doctora LUZ ANGELA MARÍA GÓMEZ GÓMEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.866.113 expedida en Bogotá, en el cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 06 de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el artículo 3 ibídem establece la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para el cumplimiento de las funciones propias de este organismo.
Que en virtud de la modificación de la estructura organizacional y la planta de empleos de la Secretaría General, se hace necesario efectuar unos nombramientos en el nivel directivo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 7º-: Nombrar al doctor JUAN JOSÉ CORREA NAVARRO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 88.279.615 expedida en Ocaña, en el cargo de Jefe de Oficina Código 006 Grado 06 de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Despacho del Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º-: Nombrar al doctor JUAN CARLOS MALAGÓN BASTO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.186.585 expedida en Bogotá, en el cargo de Subsecretario de Despacho Código 045 Grado 08 de la Subsecretaría Corporativa, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 8º-: Notificar el contenido de la presente Resolución a los(as) doctores(as) JUAN CARLOS MALAGÓN BASTO, GLORIA MERCEDES VARGAS TISNÉS, DIANA ALEJANDRA OSPINA MORENO, CARLOS ANDRÉS GUZMÁN RODRÍGUEZ, YESID RODOLFO LANCHEROS GARCÍA, LUZ ANGELA MARÍA GÓMEZ GÓMEZ y JUAN JOSÉ CORREA NAVARRO, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera, de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 2º-: Nombrar a la doctora GLORIA MER- CEDES VARGAS TISNES, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.854.775 expedida en Bogotá, en el cargo de Director Técnico Código 009 Grado 08 de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 9º-: Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la misma Secretaría, para los trámites legales correspondientes.
Artículo 3º-: Nombrar a la doctora DIANA ALEJAN- DRA OSPINA MORENO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.218.248 expedida en Bogotá, en el cargo de Director Técnico Código 009 Grado 07 de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 10º-: El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por la Subdirectora Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Distrital 517 de 2015.
Artículo 11º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y Artículo 4º-: Nombrar al doctor CARLOS ANDRÉS GUZMÁN RODRÍGUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.786.692 expedida en Bogotá, en el cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 06 de la Subdirección Técnica de Desarrollo Institucional de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Subsecretaría Técnica, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los cuatro (4) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS Artículo 5º-: Nombrar al doctor YESID RODOLFO LANCHEROS GARCÍA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.871.241 expedida en Bucaramanga, en el cargo de Jefe de Oficina Código 006 Grado 08 de la Oficina Consejería de Comunicaciones del Despacho del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
Secretario General REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-2 • 2016 • OCTUBRE • 19 2 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL Secretaria de Seguridad, Convivencia y Justicia y se dictan otras disposiciones”
Resolución Número 060 EL SECRETARIO DISTRITAL DE SEGURIDAD, (Octubre 14 de 2016)
CONVIVENCIA Y JUSTICIA En ejercicio de las facultades que le confiere el “Por la cual se hace un nombramiento” numeral 18º del artículo 1° del Decreto Distrital 101 de 2004 y, LA SECRETARIA JURÍDICA DISTRITAL DE LA
CONSIDERANDO:
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto Distrital 101 de 2004.
RESUELVE:
Que el Alcalde Mayor de Bogotá como jefe del gobierno y de la administración distrital, mediante Decreto 086 del 26 de Febrero de 2016 estableció el horario de trabajo de los/as servidores/as públicos del Sector Central de la Administración Distrital” de lunes a viernes en jornada continua de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. incluída una hora de almuerzo.
Artículo 1º-: Nombrar al ingeniero DIEGO EMILIO OJEDA MONCAYO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.498.970, en el cargo de Jefe de Oficina Código 006 Grado 06 de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el artículo 1 del Decreto 096 del 8 de marzo de 2016 modificó el Decreto 086 del 26 de febrero de 2016 en el sentido de establecer:
Artículo 2º-: Notificar al ingeniero DIEGO EMILIO OJEDA MONCAYO, el contenido de la presente Resolución, a través del Área de Gestión Documental
- Dirección de Gestión Corporativa, de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 3º-: Comunicar al Área de Talento Humano - Dirección de Gestión Corporativa, el contenido de la presente Resolución a través del Área de Gestión Documental - Dirección de Gestión Corporativa, de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para los trámites legales correspondientes.
Artículo 4º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
“Los/as Secretarios/as de Despacho y los/as Directores/as de los Departamentos Administrativos y de las Unidades Administrativas sin personería jurídica, deberán establecer horarios de almuerzo entre las 12:00 m. y las 2:00 p.m., con el fin de garantizar la atención continua e ininterrumpida de la prestación de los servicios y funciones a cargo de los organismos del sector central del Distrito Capital, durante todo el horario fijado en el presente artículo, para lo cual establecerán los mecanismos, directrices, instrucciones y/o disposiciones tendientes a que los/as jefes/as de las dependencias de cada uno de estos organismos, de manera concertada con los/as servidores/as públicos/as adscritos a las respectivas dependencias, determinen la hora que tomarán para el almuerzo, en la franja establecida.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los catorce (14) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).
DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Secretaria Jurídica Distrital SECRETARIO DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA Resolución Número 000062 (Octubre 13 de 2016)
“Por medio de la cual se establece el horario Los/as Secretarios/as de Despacho y los/as Directores/as de los Departamentos Administrativos y de la Unidad Administrativa sin personería jurídica, podrán establecer un horario alternativo, donde podrá privilegiarse a los/as servidores/as públicos/as que tengan bajo su cuidado y protección hijo/as discapacitados/as o menores de 14 años; a los servidores/as públicos/as que por causa de enfermedad debidamente diagnosticada y grave requieran desempeñar su labor en horario diferente; siempre y cuando se demuestren dichas situaciones ante el empleador. En el evento en el que padre y la madre con hijo/as discapacitados/as o menores de 14 años que dependa absoluta y exclusivamente de ellos, y que ambos laboren en algún organismo del Sector Central de la Administración Distrital, el horario alternativo será sólo para uno/a de ellos …” de trabajo para los servidores públicos de la 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-3 • 2016 • OCTUBRE • 19 Que el artículo 33 del Decreto Ley 1042 de 1978 dispuso que el/la jefe/a del respectivo organismo podrá establecer el horario de trabajo, dentro de la jornada máxima legal fijado por dicha disposición, es decir, de 44 horas semanales. d) El horario de trabajo de los/as Servidores/as Públicos que pertenecen al (Número Único de Emergencias asignados a la Oficina Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo -C4); será por turnos de cuatro (4), seis (6) y ocho (8) horas de trabajo que van de 6:00 A.M a 12:00 M., 12:00 M. a 6:00 P.M., 6:00 P.M. a 10:00 P.M. y 10:00 P.M. a 6:00 a.m. los siete (7) días de la semana. Una vez el funcionario (a) cumpla el ciclo completo de cuatro (4) turnos, tendrá derecho a un descanso compensado de treinta y seis (36) horas continuas.
Que la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, mediante Decreto 414 del 30 de Septiembre de 2016 estableció su planta de personal, de la cual hacen parte servidores públicos con funciones administrativas, del Cuerpo de Custodia y Vigilancia de la Dirección de la Cárcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres y Operadores del (Número Único de Emergencias asignados a la Oficina Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo -C4); respecto de las cuales, atendiendo a las necesidades y particularidades en la prestación del servicio que se presta a la ciudadanía, se hace necesario establecer horarios de trabajo diferenciados.
Parágrafo. Los jefes de las dependencias respecti-
vas, tendrán en cuenta para efectos de lo dispuesto en la presente resolución, las necesidades del servicio, la garantía de continuidad del mismo y de ser necesario, la aplicación de planes de contingencia en la dependencia a su cargo.
En consecuencia, este Despacho
Artículo segundo.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
RESUELVE:
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los trece (13) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).
DANIEL MEJÍA LONDOÑO Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia
Artículo primero.
Establecer el horario de trabajo para los servidores públicos de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, del Cuerpo de Custodia y Vigilancia de la Dirección de la Cárcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres y Operadores del Número Único de Emergencias asignados a la Oficina Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo -C4, en los siguiente términos:
ACUERDO LOCAL DE 2016 a) El horario de trabajo de los/as servidores/as públicos de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia es de lunes a viernes en jornada continua de 7:00 a.m. a 4:30 p.m., incluída una hora de almuerzo.
PLAN DE DESARROLLO Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas De la Localidad Veinte de Sumapaz, D.C., 2017-2020 “SUMAPAZ EN PAZ, MÁS PRODUCTIVA Y AMBIENTAL PARA TODOS”
Septiembre de 2016 b) El horario de trabajo de los/as servidores/as públicos de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia que se encuentren en algunas de las condiciones que establece el Decreto 096 del 8 de marzo de 2016 que modificó el Decreto 086 del 26 de febrero de 2016 es de lunes a viernes en jornada continua de 8:00 a.m. a 5:30 p.m., incluída una hora de almuerzo.
RESEÑA HISTÓRICA c) El horario de trabajo de los/as Servidores/as Públicos que pertenecen al Cuerpo de Custodia y Vigilancia de la Dirección de la Cárcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres será por turnos de doce (12) horas de trabajo que van de 7:00 A. M a 7:00 P. M por veinticuatro (24) horas de descanso consecutivas y de 7:00 P. M. a 7:00 A. M. seguidas por veinticuatro (24) horas de descanso consecutivas y así sucesivamente para cada una de las compañías.
La localidad de Sumapaz tiene su ubicación geográfica sobre la cordillera oriental, entre los 2400 y 4100 metros sobre el nivel de mar. Representa el 70 % del territorio de Bogotá y tiene límites establecidos, según el Acuerdo 9 de 1986 del Consejo del Distrito Capital, así: al Norte con el Alto de los Tunjos, el sitio Boca Grande, las Localidades de Usme y Ciudad Bolívar. Al Sur: con el Alto las Oseras y con los límites del Distrito Capital y el Departamento del Huila. Al oriente con el Alto de las Oseras y con los límites del Distrito Capital y REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-4 • 2016 • OCTUBRE • 19 4 el Departamento del Meta. Al Occidente con los límites del departamento del Huila y el Alto de Los Juncos. violencia, de segregación y de olvido, abriendo un nuevo camino que permite decir como sumapaceños que “seremos una Sumapaz en paz, con más equidad, mejor educada que nos permitirá progresar y ser felices” (Molano Bravo, Alfredo).
Sumapaz está dividido en tres corregimientos: San Juan, (San Juan, Unión, Nueva Granada, Chorreras, Tunal Alto, Tunal Bajo, San Antonio, Las Vegas, Capitolio, San José, Concepción, el Toldo, Santo Domingo y Lagunitas) Nazareth (Nazareth, Ríos, Auras, Sopas, Santa Rosa, Taquecitos; Animas, Palmas) y Betania (Betania, Istmo, Tabaco, Raizal, Peñaliza, Laguna Verde), para un total de 28 veredas habitadas por campesinos/as, quienes se sustentan a través de actividades económicas agropecuarias. (Secretaría Distrital de Planeación)
Conocer nuestra historia nos permite decir que en los últimos tiempos la situación social, económica y organizacional de la localidad revelan una amplia tendencia a mejorar en la calidad de vida de cada uno de sus habitantes, acciones que se evidencian en las iniciativas y procesos de las organizaciones sociales y comunitarias quienes están interesadas en el desarrollo del territorio y su trasformación socioeconómica, generando un incremento en su capacidad de gestión, consolidación de procesos y organización social en la localidad, visibilizándose como una localidad con una amplia trayectoria histórica de un proceso de cultura política que le apuesta a temas estratégicos para el territorio.
La historia de Sumapaz está enmarcada en las diferentes épocas de conflicto que ha vivido Colombia. Desde la segunda mitad del siglo XIX empezó la colonización de la región de Sumapaz, la cual desde sus inicios fue impulsada por la producción de papa, la expansión de ganadería, por tanto, se alude a la siguiente consideración “El Páramo de Sumapaz es considerado como el más grande del mundo con su extensión de más de 174.000 hectáreas. Presenta en su mayor parte características montañosas con diversas lagunas con agua de gran pureza y zonas aún inexploradas. En los años 70, se creó el Parque Nacional Natural Sumapaz, uno de los sitios de alta montaña más rico en géneros y especies de flora colombiana, poseedor de un gran número de organismos”1.
La experiencia nos permite identificar que Sumapaz en su cualificación de la participación y planeación, muchas veces se corta en la destinación y territorialización de los recursos por su amplia tendencia de segregación socioeconómica respecto a la Bogotá Urbana, que impide un avance trascendental en el posicionamiento respecto a temas de inversión, ordenamiento territorial, cultura productiva, sostenibilidad ambiental y social de cara a la realidad del territorio en función de la construcción y realización del proyecto de vida de la localidad y cada uno de sus habitantes.
Bibliografía Molano Bravo, A. (s.f.). www.mesadeconversaciones. com.co. Recuperado el 16 de septiembre de 2016 Secretaría Distrital de Planeación. (s.f.).
Después de la colonización el territorio de Sumapaz se convirtió en el escenario de distintos conflictos entre colonos y arrendatarios. Debido a estos constantes problemas se conforma una organización campesina, dirigida por Erasmo Valencia, conocida como “Sociedad Agrícola de Colonia Sumapaz”, que buscaba igualdad para los campesinos. Sin embargo, el nacimiento de esta sociedad no pudo disminuir los problemas de violencia, pues años después comenzaría la época de violencia bipartidista en el país, la cual tuvo fuertes consecuencias en los habitantes de Sumapaz. (Universidad Colegio mayor de Nuestra Señora del Rosario) http://www.sdp.gov.co/portal/page/portal/PortalSDP/ InformacionEnLinea/InformacionDescargableUPZs/Localidad%2021%20Sumapaz/Monograf%EDa/20%20 Localidad%20de%20Sumapaz.pdf. Recuperado el 15 de septiembre de 2016 Universidad Colegio mayor de Nuestra Señora del Rosario. (s.f.). http://www.urosario.edu.co/Plaza-Capital/Especiales/ sumapaz/. Recuperado el 20 de septiembre de 2016 “Aunque Sumapaz ha sido históricamente un territorio de violencia y conflictos, los campesinos siempre han persistido en no perder sus tierras, ya que el cultivo y la ganadería son las actividades que sus antepasados les heredaron.” (Universidad Colegio mayor de Nuestra Señora del Rosario).
JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SUMAPAZ Conociendo las épocas de conflicto vividas en el territorio y teniendo en cuenta el momento histórico por el que atraviesa Colombia, Sumapaz confiá lograr en algún momento terminar la historia de conflicto, de Acuerdo Local Número 01 (Septiembre 29 de 2016)
1 Caldas, U. F. (2006). Observatorio Social de la Local de Sumapaz. En U. F. caldas, La investigación Ambiental en el Páramo de Sumapaz (pág. 123). Bogotá DC, Colombia: Pretextos Ltda.
Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-5 • 2016 • OCTUBRE • 19 Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para la Localidad de Sumapaz “Sumapaz en Paz, más productiva y ambiental para todos” 2017-2020 artículo 6 establece las herramientas que permiten la participación comunitaria, el control social y la adopción del Plan de Desarrollo, previa audiencia de las organizaciones sociales, cívicas y populares de la localidad.
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SUMAPAZ, En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la d.
Que el Acuerdo 13 del 2000 reglamenta la participación ciudadana en la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y Social para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital.
Constitución Política de Colombia en sus artículos 324, el decreto 1421 de 1993 en su artículo 69 Numeral 1 y artículo 22 del acuerdo distrital 13 de 2000, Reglamento Interno de la Corporación Acuerdo No. 01 de 2008 y demás normas concordantes y
CONSIDERANDO:
e.
Que mediante Acuerdo Distrital No. 645 de 2016, se adopta el PLAN DE DESARROLLO, ECONÓ- MICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y OBRAS PUBLI- CAS PARA BOGOTÁ D.C. 2017 – 2020 “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS”
Que le corresponde a la Junta Administradora Local aprobar en primer y segundo debate El Plan de Desarrollo Local y que la Constitución Política de Colombia establece en su artículo 324 que las Juntas Administradoras Locales, distribuirán y apropiaran las partidas globales que en el presupuesto anual del Distrito se asignen a las localidades teniendo en cuenta las necesidades básicas e insatisfechas de la población y acorde a las rentas departamentales que se causen en Bogotá, la ley determinara la participación que le corresponde a la Capital de la República. f.
Que mediante expedición de la Directiva No. 005 de julio de 2012 emanada de la Secretaría Distrital de Planeación, aprobada por el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal ( CONFIS) y promulgada por el alcalde mayor de Bogotá D.C. Dr. Enrique Peñalosa, se hace necesario la coordinación entre la Administración Central y la Administración Local, a fin de fortalecer la capacidad de ejecución de las inversiones locales, evitar la duplicidad de la Inversión Distrital, promover y facilitar la participación de la ciudadanía, incluida la financiación de diversos sectores para dar cumplimento a los Planes de Desarrollo Distrital y Local.
ACUERDA:
PARTE I PARTE GENERAL
Capítulo I.
VISIÓN a. Qué la Ley 152 de 1994 tiene como propósito establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados en el artículo 342, y en general por el Capitulo II del Titulo XI de la Constitución Política de Colombia y demás normas constitucionales que se refieren al Plan de Desarrollo y la planificación, lo referente a los procesos de planeación en los niveles nacional y territorial.
Artículo 1.
Adopción del plan.
Se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras públicas para la localidad de Sumapaz para el periodo 2017-2020 ““Sumapaz en Paz, Más Productiva y Ambiental Para Todos”, el cual constituye el referente de las acciones y políticas de la administración local.
Artículo 2.
Visión.
b.
Que al Decreto Ley 1421 de 1993 Estatuto Orgánico de Bogotá en su Artículo 69 establece atribuciones de las Juntas Administradoras Locales: De conformidad con la Constitución, la ley, los acuerdos del Concejo y los decretos del Alcalde Mayor corresponde a las Juntas Administradoras: Adoptar y aprobar el Plan de Desarrollo Local en concordancia con el Plan General de Desarrollo Económico, Social y de Obras Publicas, y el Plan General de Ordenamiento Físico del Distrito, previos encuentros ciudadanos y cabildos de participación de sus organizaciones sociales, cívicas y populares de la localidad. c.
Que el mismo Decreto Ley 1421 de 1993 en su Sumapaz se proyecta como una localidad altamente desarrollada, con procesos agropecuarios y productivos sostenibles que funcionen en armonía con el ecosistema y basada en las estrategias de la paz y el postconflicto. Continuando con niveles altos de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-6 • 2016 • OCTUBRE • 19 6 la localidad más grande de Bogotá, sino que además ocupa aproximadamente el 70% del total del área geográfica de la ciudad Capital. organización social y productividad que le permitirán posicionarse como la zona más productiva y pacífica de Bogotá. Así mismo, contará con la cohesión de las entidades del distrito en función de la comunidad campesina, atendiendo al total de la población y respondiendo a todas sus necesidades, a través de un gobierno local fortalecido, eficiente y transparente con perspectiva distrital desde el ejercicio local puramente rural hacia una localidad en paz.
Artículo 3.
Estructura del plan.
De lo anterior, este pilar busca esencialmente propiciar la igualdad y la inclusión social en toda la población local, mediante la ejecución de programas y proyectos orientados a los sectores más vulnerables de la población sumapaceña. Los programas aquí contenidos, están orientados al desarrollo de la población en función de mejorar la calidad de vida de los y las campesinas de Sumapaz.
Serán objetivos específicos de este pilar los siguientes:
El presente Plan de Desarrollo Local, en armonía y coherencia con el Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá mejor para todos” adopta sus fundamentos y estructura general.
Las directrices y políticas que orientan la acción articulada de la administración local en procura de profundizar la visión del plan y que servirán de guía para la definición de objetivos se organizan en torno a Pilares y Ejes.
1. Brindar las condiciones para el goce de los de- rechos de los niños y las niñas en el marco de la atención especial a la primera infancia a través del mejoramiento de los espacios de aprendizaje, fomentando el desarrollo físico y cognitivo a través de la didáctica, el juego y la lúdica.
Los Pilares se constituyen en los elementos estructurales, de carácter prioritario, para alcanzar el objetivo central del Plan y se soportan en los Ejes Transversales. Los Ejes Transversales son los requisitos institucionales para la implementación de los Pilares, de manera que tengan vocación de permanencia.
2. Garantizar la igualdad y autonomía de la población adulta mayor a través de la entrega de subsidios que permitan la sostenibilidad y autonomía en fun- ción de una vejez digna en el marco de la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez, teniendo en cuenta las condiciones especiales de la localidad.
Pilares:
1. Igualdad de Calidad de Vida
2. Democracia Urbana y/o rural
3. Construcción de Comunidad.
Ejes Transversales:
* Desarrollo Económico basado en el conocimiento.
3. Generar acciones de apoyo a la población en condición de discapacidad que a nivel local se encuentra en su gran mayoría en el Régimen Subsidiado de Salud, mediante la facilitación de ayudas técnicas no contenidas en los Planes Obligatorios de Salud; todo ello en busca de unas condiciones justas de igualdad y autonomía que mejoren la calidad de vida en el marco de la polí- tica pública de discapacidad e inclusión social.
* Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética y la protección de los ecosistemas.
* Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia.
Capítulo II.
PILAR 1. IGUALDAD DE CALIDAD DE VIDA
4. Promover y ejecutar acciones tendientes a la miti- gación de riesgos para las familias y la población en general, disminuyendo la vulnerabilidad frente a procesos de erosión y remoción en masa. De esta manera se garantizará que las familias vivan en igualdad de condiciones frente a los riesgos de la naturaleza y consecuentemente se mejore la calidad de vida de todos sus integrantes.
Objetivos, estrategias, programas
Artículo 4.
Objetivos.
Este Plan de Desarrollo Local busca el reconocimiento de una Bogotá Rural tradicionalmente campesina, con grandes necesidades de atención, que la enmarcan en un escenario de particularidad frente a la gran Urbe; todo ello en consideración a que Sumapaz es no sólo
5. Ofrecer las condiciones necesarias para el de- sarrollo de las capacidades intelectuales de la población escolarizada de Sumapaz, a través de la consecución de herramientas didácticas que favorezcan las condiciones de aprendizaje de las y los estudiantes de la localidad, incluyendo estra- tegias integrales para el ejercicio de su ciudadanía feliz y en paz.
7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-7 • 2016 • OCTUBRE • 19
6. Promover acciones para el fortalecimiento de la cultura, la recreación y el deporte local a través de la realización de festividades propias de la cultura campesina, así como de procesos de formación artística, cultural y deportiva en pro de una so- ciedad más sana y fortalecida que le aporte a la construcción de la paz.
Artículo 5.
Estrategias.
El objetivo de este programa es implementar acciones de tipo integral, orientadas principalmente a las personas que se encuentran en mayor grado de vulnerabilidad socio económica como las personas adultas mayores. Se busca trascender la visión asistencialista a partir del fortalecimiento de capacidades y el aumento de oportunidades en función de la protección y goce efectivo de derechos, el desarrollo integral, la inclusión social y el respeto de la dignidad de las personas.
Para lograr los objetivos de este pilar, será necesario definir las estrategias que correspondan para lograr atender a la población local en términos de igualdad, brindando las herramientas necesarias para mejorar los niveles de calidad de vida de las y los sumapaceños. Serán estrategias de este pilar las siguientes:
El Sostenimiento o progresivo aumento de la cobertura de beneficiarios de subsidio Tipo C, hará parte de las estrategias de promoción, prevención, atención y acompañamiento que contribuyan a mejorar su calidad de vida, así como la construcción y fortalecimiento del proyecto de vida de la población adulta mayor con autonomía.
* Dotar dos jardines infantiles de la localidad con herramientas pedagógicas, lúdicas y didácticas.
Artículo 8.
Programa: Familias protegidas y adaptadas al cambio climático.
* Mantener y / o aumentar progresivamente la cobertura de entrega de subsidios Tipo C para las personas adultas mayores de la localidad.
* Entregar ayudas técnicas no contenidas en los Planes Obligatorios de Salud a la población con discapacidad habitante de la localidad.
El objetivo de este programa es disminuir el riesgo de pérdidas humanas, ambientales y económicas, asociadas a eventos de origen natural o social, reduciendo el nivel de vulnerabilidad de las familias a través de intervenciones integrales que permitan garantizar su bienestar en condiciones de igualdad.
* Realizar obras de mitigación con técnicas de bioingeniería en los puntos críticos identificados en la localidad.
* Dotar el 100% de las Instituciones Educativas Distritales presentes en la localidad con herramientas pedagógicas y didácticas para el aprendizaje, teniendo como prioridad las sedes que ofrezcan educación media.
Considerando que la localidad se encuentra en territorio de especial protección ambiental y que este ecosistema es altamente frágil, las acciones que se desarrollen en función de la protección se ampararán en los principios de la bioingeniería como estrategia de mitigación de riesgos, adaptación al cambio climático y restauración ecológica en aras de la recuperación de la estructura ecológica principal de la localidad.
Artículo 9.
Programa: Calidad educativa para todos
* Realizar eventos culturales, deportivos y recreativos, así como escuelas de formación en los mismos campos a fin de desarrollar las libertades culturales y deportivas de la comunidad con énfasis en las tradiciones campesinas.
Artículo 6.
Programa: Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia.
El objetivo de este programa es garantizar el derecho a una educación de calidad que cuente con las herramientas pedagógicas y didácticas necesarias para mejorar las competencias de desarrollo social y emocional de los niños y niñas en Sumapaz. De esta manera, para el mejoramiento de la calidad de la educación, se dotará a las Instituciones Educativas Locales con las herramientas pedagógicas necesarias para el desarrollo de las competencias básicas, ciudadanas y socioemocionales, teniendo como prioridad las sedes que ofrezcan educación media, que consecuentemente contribuirán a la formación de ciudadanos más felices, responsables con el entorno, protagonistas del progreso y el desarrollo de la localidad, así como de la ciudad entera.
El objetivo de este programa es promover y potenciar el desarrollo integral de la población, especialmente de la primera infancia, aportando las herramientas didácticas y pedagógicas que contribuyan al desarrollo motor y socio emocional de los niños y niñas, aportando a su felicidad y a un futuro en paz. De ello, se dotará a las instituciones que cumplan la labor de atención a esta población en función del mejoramiento de las condiciones de calidad de vida de las niñas y los niños de Sumapaz.
Artículo 7.
Programa: Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente.
Artículo 10.
Programa: Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-8 • 2016 • OCTUBRE • 19 8 los espacios de formación en arte, cultura, recreación y deportes que recoja al conjunto de la comunidad en torno a las tradiciones campesinas, fortaleciendo los lazos afectivos de la comunidad en el ejercicio de sus libertades culturales, recreativas y deportivas.
El objetivo de este programa es ampliar las oportunidades culturales y deportivas de los y las campesinas y demás actores de la localidad con perspectiva diferencial y territorial, mediante un programa de reconocimiento de la cultura que resalte el arte y las tradiciones. De la misma manera, se promocionarán
Artículo 11.
Metas e indicadores por Programa.
Programa Meta Plan de Desarrollo Local Indicador Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia Dotar 2 Jardines infantiles con material pedagógico y didáctico en la vigencia del Plan. Jardines infantiles dotados Beneficiar 230 personas mayores con subsidio Personas con subsidio tipo C Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente Tipo C mensualmente al año. beneficiadas Beneficiar 42 personas en condición de Personas beneficiadas con ayudas Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente discapacidad con ayudas técnicas no contenidas en el POS durante la vigencia del técnicas no POS plan.
Realizar cuatro obras de mitigación con técnica Familias protegidas y adaptadas al cambio climático de bioingeniería durante la vigencia del plan. Obras de mitigación de riesgo realizadas Calidad educativa para todos Dotar 2 IED en la Localidad con material pedagógico y/o didáctico durante la vigencia del IED dotados con material pedagógico Plan.
Eventos artísticos y culturales realizados Realizar 12 eventos artísticos y culturales durante el cuatrienio que exalten la cultura Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte campesina Realizar 6 eventos deportivos que concentren Eventos de recreación y deporte al conjunto de la población local durante la realizados Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte vigencia del plan.
Personas vinculadas a procesos de Vincular 200 personas sin distinción de edad, raza, sexo, condición social u otros, en procesos de formación artística y cultural formación artística y cultural Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte durante la vigencia del Plan.
Personas vinculadas a procesos de Vincular 200 personas sin distinción de edad, raza, sexo, condición social u otros, en procesos de formación deportiva y recreativa formación deportiva Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte durante a vigencia del Plan.
Capítulo III.
PILAR 2. DEMOCRACIA RURAL Y CIUDADANA
Objetivos, estrategias, programas
Artículo 12.
Objetivos.
1. Adelantar las acciones necesarias para garantizar el mantenimiento y adecuación de los parques de bolsillo que se encuentran en el espacio público, con el objetivo de fomentar el juego y la lúdica de los y las habitantes de la localidad.
2. Promover proyectos orientados al mejoramiento de la malla vial local, los puentes peatonales y vehiculares locales, garantizando la movilidad y la seguridad vial de los y las habitantes del territorio, así como de la población flotante.
3. Realizar las acciones necesarias para la estabi- lización y contención de las zonas críticas que puedan afectar la malla vial local o los escenarios del espacio público local.
Este pilar tiene como objetivo mejorar el espacio público, el espacio peatonal, y la infraestructura pública disponible para los habitantes y visitantes de la Localidad de Sumapaz, mediante la ejecución de programas orientados a materializar el principio constitucional de igualdad de todos ante la ley y la primacía del interés general sobre el particular. Además busca fomentar el cuidado ciudadano e institucional del ecosistema, el entorno construido y el espacio público para aumentar el sentido de pertenencia de los habitantes en aras de un proyecto de ciudad rural colectivo, productivo y sostenible.
9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-9 • 2016 • OCTUBRE • 19
Artículo 13.
Estrategias.
vechamiento del espacio público. Para ello se deberá modificar la concepción del territorio partiendo del interés general, por lo que se deberán considerar las acciones necesarias para el mantenimiento y adecuación de los parques que se encuentran en el espacio público local.
Artículo 15.
Programa: Mejor movilidad para todos.
Con el fin de lograr los objetivos trazados por este pilar, será necesario definir estrategias que apunten a identificar y resolver parte de las necesidades priorizadas por la comunidad, centrándose en la idea de una democracia de lo público con un énfasis rural, de protección y de mejoramiento de las condiciones de movilidad y esparcimiento de los habitantes de la localidad veinte. Las estrategias para este pilar serán las siguientes:
1. Intervenir 4 parques de bolsillo con obras de ade- cuación y mantenimiento.
2. Intervenir la malla vial local con obras de mante- nimiento, contención, mitigación y obras comple- mentarias durante toda la vigencia del plan.
El programa busca garantizar las condiciones de movilidad y seguridad vial en el territorio, partiendo del principio de la democracia rural y ciudadana. Todo ello, mejorará las condiciones de calidad de vida, reduciendo los riesgos en la carretera y los tiempos de desplazamiento, así como la reducción de la probabilidad de catástrofe por deslizamiento en zona aledaña a la malla vial o a los espacios públicos.
3. Realizar mantenimiento y/ o adecuación a las estructuras de puentes peatonales y vehiculares de la localidad.
En atención a la integralidad del programa, se desarrollarán todas las acciones necesarias de construcción, mantenimiento, rehabilitación, contención, estabilización, obras menores y otros necesarios para garantizar las condiciones óptimas de funcionamiento de la malla vial local.
4. Construir y/o mantener puentes vehiculares y/o peatonales de escala local de conformidad con las necesidades priorizadas por la comunidad.
Artículo 14.
Programa: Espacio público, derecho de todos.
El objetivo de este programa es garantizar el apro-
Artículo 16.
Metas e indicadores por Programa.
Programa Meta Plan de Desarrollo Local Indicador Espacio público, derecho de todos Intervenir 4 parques de bolsillo mediante obras de mantenimiento y/o adecuación, durante la vigencia del Plan. Parques de bolsillo intervenidos Mejor movilidad para todos Mantener 26 kilómetros de malla vial durante la vigencia del plan. Km/carril de malla vial rural mantenidos.
Puentes vehiculares de escala local Mejor movilidad para todos Mantener y/o construir 4 puentes vehiculares durante la vigencia del plan. mantenidos y/o construidos.
Puentes peatonales de escala local Mejor movilidad para todos Mantener y/o construir 3 puentes peatonales durante la vigencia del Plan. construidos y/o mantenidos
Capítulo IV.
PILAR 3. CONSTRUCCIÓN DE COMUNIDAD
1. Mejorar los canales de comunicación desde la localidad hacia la Bogotá Urbana, haciendo más eficiente la atención en seguridad en Sumapaz.
Objetivos, estrategias, programas
Artículo 17.
Objetivos.
2. Implementar acciones para la prevención de ac- ciones violentas contra las mujeres y/o basadas en el género a través de programas de formación y asesoría en atención primaria de violencia y acompañamiento a víctimas.
3. Realizar acciones de cultura ciudadana tendientes a la reducción del consumo de licor con especial énfasis en los menores de edad.
El objetivo principal de este pilar se centra en la consolidación de escenarios que permitan mejorar la convivencia y la seguridad entre los y las habitantes de la localidad, partiendo del elemento de la prevención como mecanismo necesario hacia la construcción de una localidad en paz con integración social. Serán objetivos específicos los siguientes:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-10 • 2016 • OCTUBRE • 19 10 especialmente en relación con los principales problemas identificados en la localidad.
Artículo 19.
Programa: Seguridad y convivencia para todos.
4. Adelantar procesos de formación en Derechos Humanos que contribuyan al mejoramiento de las relaciones de convivencia entre los habitantes de la localidad y los diferentes actores presentes en el territorio.
Artículo 18.
Estrategias.
El alcance de la convivencia en paz requiere de estrategias integrales que atiendan las principales necesidades de seguridad de los habitantes del territorio, tales como violencia basada en el género, la violencia intrafamiliar y la afectación de los derechos humanos, así como las acciones propias de la convivencia ciudadana. Para ello se considerarán las siguientes estrategias:
El objetivo de este programa es mejorar la seguridad y convivencia entre los habitantes de la localidad y los diferentes actores del territorio. Para ello, partiendo de los resultados de las estructuras de seguridad de la localidad, se adelantarán acciones tendientes a vincular personas en ejercicios de convivencia ciudadana en cuatro ejes fundamentales: Paz y posconflicto,violencia basada en el género, violencia intrafamiliar, derechos humanos y cultura ciudadana, todos ellos basados en las especiales condiciones del territorio.
1. Dotar a los corregimientos con herramientas de comunicación eficientes que mejoren los niveles de seguridad en la localidad.
Adicionalmente, se realizarán las dotaciones necesarias en cada corregimiento para garantizar la seguridad ciudadana, teniendo en cuenta las necesidades propias de la localidad.
2. Desarrollar acciones de convivencia ciudadana a través de ejercicios de participación comunitaria,
Artículo 20.
Metas e indicadores por Programa.
Programa Meta Plan de Desarrollo Local Indicador Seguridad y convivencia para todos Realizar 1 dotación por corregimiento para la seguridad ciudadana durante la vigencia del plan. Dotaciones para seguridad realizadas Personas vinculadas a ejercicios de Seguridad y convivencia para todos Vincular 600 personas al ejercicio de convivencia ciudadana paz y posconflicto durante la vigencia del plan. convivencia ciudadana
Capítulo V.
EJE TRANSVERSAL: DESARROLLO ECONÓMICO BASADO EN EL CONOCIMIENTO
Objetivos, estrategias, programas
Artículo 21.
Objetivo.
telefonía cercana ni mucho menos domiciliaria. En este sentido, el objeto de este eje es permitir que las personas habitantes de Sumapaz cuenten con mecanismos de comunicación y transmisión de datos que facilite sus comunicaciones, fortalezca los sistemas de alerta y ofrezca condiciones para el desarrollo de contenidos educativos y mediáticos que acerquen a la comunidad al nivel de desarrollo del resto de la ciudad.
Artículo 22.
Estrategia.
Este Eje transversal pretende promover las acciones necesarias para garantizar la comunicación entre las personas, y entre ellas y las instituciones del Estado, así como acercar a los habitantes de la localidad a los medios tecnológicos que permitan avanzar en la implementación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación que contribuyen al desarrollo.
El desarrollo del eje requiere de una estrategia basada en el mantenimiento de líneas telefónicas comunitarias y portales interactivos ubicados en la localidad como mecanismo de facilitación de las comunicaciones y el acceso a las Tecnologías de la información y la comunicación.
Artículo 23.
Programa: Bogotá, una ciudad digital.
Sumapaz, una localidad digital, busca que los habitantes de la localidad tengan acceso a la información y las tecnologías de la comunicación a través del mantenimiento de líneas telefónicas comunitarias, La implementación de este eje resulta fundamental para la localidad de Sumapaz, dadas las limitaciones de comunicación asociadas a las distancias geográficas y a la topografía del territorio, que implican un rezago social en este sentido. La reducida población y las condiciones geográficas hacen que no exista mayor oferta en telecomunicaciones, por lo que no todas las veredas cuentan con señal de telefonía móvil e internet, así como gran parte de la población no cuenta con 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-11 • 2016 • OCTUBRE • 19 servicios complementarios en portales interactivos con operación sostenible garantizada. Así mismo buscará la implementación de un nuevo portal interactivo para el acceso de las comunidades de las veredas circundantes a Nueva Granada y San José, que en el momento se encuentran más alejadas de los portales existentes.
Artículo 24.
Metas e indicadores por Programa.
Programa Meta Plan de Desarrollo Local Indicador Líneas telefónicas satelitales instaladas y/o mantenidas Bogotá, una ciudad digital Mantener 100% líneas telefónicas satelitales instaladas durante la vigencia del Plan.
Garantizar cinco (5) Portales interactivos con Portales interactivos con operación Bogotá, una ciudad digital operación sostenible durante la vigencia del sostenible garantizada plan.
Capítulo VI.
de las actividades productivas y el reconocimiento de prácticas aplicables en el territorio, en armonía con la protección del ecosistema.
Artículo 26.
Estrategia.
EJE TRANSVERSAL: SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL BASADA EN LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y LA PROTECCIÓN DE LOS ECOSISTEMAS Objetivos, estrategias, programas
Artículo 25.
Objetivo.
El desarrollo y el emprendimiento rural, enmarcados en la sostenibilidad ambiental, requieren de estrategias globales que permitan alcanzar los fines del eje estratégico. De acuerdo a ello, las estrategias serán las siguientes:
1. Intervenir con acciones de recuperación ambiental dos cuencas hidrográficas de la localidad.
2. Realizar un proceso de identificación de necesi- dades y acciones para la legalización y funciona- miento de acueducto durante la vigencia del Plan
El objetivo primordial de este eje es generar acciones que permitan el desarrollo sostenible del territorio, desde la implementación de procesos de asistencia técnica directa y productividad rural, tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de la población, a partir de prácticas ambientalmente sostenibles compatibles con las condiciones de la estructura ecológica principal de la localidad. Serán objetivos específicos los siguientes:
3. Desarrollar un programa de asistencia técnica agropecuaria y ambiental permanente en la loca- lidad.
1. Desarrollar acciones tendientes a la recuperación de las rondas y zonas de manejo y preservación ambiental de las cuencas hídricas y quebradas más afectadas por la intervención antrópica.
4. Apoyar a las organizaciones locales con la imple- mentación de iniciativas de emprendimiento rural.
Artículo 27.
Programa: Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal.
2. Garantizar la promoción de proyectos encami- nados a mejorar la prestación de los servicios públicos, especialmente en lo relacionado con acueductos veredales, buscando la identificación predial con miras a desarrollar acciones para la legalizacion y funcionamiento de los acueductos en la localidad.
3. Brindar asistencia técnica directa agrícola y pe- cuaria al campesinado de la localidad de Sumapaz para el mejoramiento de sus prácticas productivas en pro de la auto-sostenibilidad.
El objetivo de este programa es garantizar la protección de los cuerpos de agua fundamentales en el ecosistema de páramo, como parte de la estructura ecológica principal del Distrito. De esta manera, se pretende asegurar el pleno goce de los derechos ambientales de los habitantes del territorio y la adaptabilidad al cambio climático mediante la consolidación de proyectos de restauración ecológica que sigan los lineamientos técnicos de control, preservación y conservación de los ecosistemas.
4. Desarrollar iniciativas de emprendimiento rural con enfoque poblacional que permitan el mejoramiento
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-12 • 2016 • OCTUBRE • 19 12
Artículo 28.
Programa: Desarrollo rural sostenible.
Este programa, a nivel del Distrito Capital pretende intervenir prioritariamente las áreas de influencia de microcuencas y de áreas de importancia ecológica entre las cuales se destacan las de favorecimiento a acueductos veredales, recarga acuífera y nacimientos de agua y de conectividad ecológica, contando con la participación de la comunidad presente para fomentar la protección conjunta del territorio. De esta manera, se realizará en Sumapaz un proceso de identificación de necesidades y acciones para la legalización y funcionamiento de los acueductos veredales existentes en la localidad.
Este programa pretende generar los mecanismos necesarios para asistir técnicamente a la población de Sumapaz en el mejoramiento de las producciones agrícolas y pecuarias con fundamento en el desarrollo sostenible y las tradiciones propias de la cultura campesina sumapaceña, la asistencia propenderá también por el uso de tecnologías ambientales sostenibles. De la mano de la asistencia técnica, se deberán promover acciones de emprendimiento con enfoque poblacional que permitan el reconocimiento de experiencias replicables en el territorio, y la creación de sistemas innovadores de producción que se conviertan en auto sostenibles en el tiempo cercano.
Artículo 29.
Metas e indicadores por Programa.
Programa Meta Plan de Desarrollo Local Indicador Recuperación y manejo de la Estructura Intervenir 4 Hectáreas aledañas a cuencas hidrográficas con acciones de restauración Hectáreas intervenidas con acciones de Ecológica Principal o recuperación ecológica durante la restauración o recuperación ecológica. vigencia del Plan.
Realizar 1 proceso de reconocimiento e identificación de necesidades y acciones Procesos de reconocimiento e identificación de necesidades y acciones Desarrollo rural sostenible para la legalización y funcionamiento de acueducto durante la vigencia del Plan para la legalización y funcionamiento realizadas durante la vigencia del Plan.
Beneficiar 250 personas con iniciativas Personas beneficiadas a través de Desarrollo rural sostenible de emprendimiento rural con enfoque poblacional durante la vigencia del plan. emprendimientos rurales Beneficiar 800 personas con asistencia técnica directa agropecuaria y/o asistencia en Personas beneficiadas con acciones de asesoría técnica directa agropecuaria y/o Desarrollo rural sostenible tecnologías ambientales sostenibles durante asistencia en tecnologías ambientales la vigencia del plan. sostenibles
Capítulo VII.
EJE TRANSVERSAL: GOBIERNO LEGÍTIMO Y
EFICIENTE Objetivos, estrategias, programas procurando la mejor relación costo-beneficio. Se promoverá constantemente la transparencia y la integridad de la gestión institucional, incentivando siempre la participación ciudadana, así como la presencia de la alcaldía en el territorio con mecanismos de llegada directa a las veredas.
Artículo 30.
Objetivos.
Serán objetivos específicos de este programa:
1. Garantizar el óptimo funcionamiento de la Junta Administradora Local a través del reconocimiento de los honorarios contenidos en la ley y normativas propias.
La administración Local y la Junta Administradora Local trabajarán por acercar a los diferentes sectores de la Administración distrital a la territorialización de la inversión local, pero además trabajarán por dinamizar la política de tal forma que las poblaciones campesinas sean beneficiarias integralmente de la oferta institucional de Bogotá.
2. Desarrollar una estrategia constante y permanente para el fortalecimiento institucional a través de los programas propios de gestión institucional.
3. Fortalecer a las organizaciones sociales y comu- nitarias en procesos de participación, buscando una localidad más participativa, consolidada y encaminada a la paz.
Este eje transversal prevé las acciones para mantener la confianza institucional y el buen gobierno de la localidad, de tal forma que esté orientado a la comunidad y que se continúe con la práctica habitual de evaluar las diferentes alternativas para optimizar los procedimientos y costos de la prestación de servicios 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-13 • 2016 • OCTUBRE • 19
Artículo 32.
Programa: Gobernanza e influencia local, regional e internacional.
4. Garantizar la participación de las personas ha- bitantes de la localidad en estrategias de partici- pación y control social hacia una administración más transparente y de cara a la comunidad.
5. Generar las acciones de gestión necesarias para garantizar una sede para la alcaldía local de Su- mapaz al alcance de los campesinos y campesi- nas de la localidad.
Artículo 31.
Estrategias.
Este programa busca un desarrollo institucional eficiente, con miras a una gestión interinstitucional con enfoque regional, que acerque a Sumapaz al Distrito Capital en términos del desarrollo local. La Alcaldía local trabajará eficiente y transparentemente, abierta siempre a la atención a la comunidad de Sumapaz; para ello deberá proveer los insumos necesarios para el buen funcionamiento de la administración y el control social.
Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados son:
* Creación y puesta en marcha de un sistema integrado de Gestión Local * Ética, transparencia y anticorrupción Uno de los principales elementos de este programa será la Gestión de una sede para el funcionamiento de la Alcaldía Local de Sumapaz al alcance de todos y todas las habitantes de la localidad. Para ello articulará esfuerzos con la Secretaría Distrital de Gobierno, en función de garantizar la prestación de servicios de manera eficiente y al alcance de todos.
Artículo 33.
Metas e indicadores por Programa.
Programa Meta Plan de Desarrollo Local Indicador Garantizar el pago de honorarios mensuales Gobernanza e influencia local y regional a 7 ediles durante la vigencia del Plan Ediles con pago de honorarios cubierto Estrategias de fortalecimiento institucional Realizar estrategias constantes de fortalecimiento institucional durante la Gobernanza e influencia local y regional realizadas vigencia del Plan.
Organizaciones, instancias y expresiones Fortalecer 1 organización social o comunitaria existente por cuenca, instancias y expresiones sociales ciudadanas fortalecidas para la Gobernanza e influencia local y regional sociales ciudadanas para la participación participación durante la vigencia del Plan.
Vincular 200 personas a procesos de participación ciudadana y/o control social Gobernanza e influencia local y regional Personas vinculadas a procesos de participación ciudadana y/o control social durante la vigencia del plan.
PARTE II PLAN DE INVERSIONES nistración Central en un 100%, ya que la localidad no percibe ingresos corrientes.
Capítulo VIII.
PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES
Artículo 34.
Financiación.
El Plan de inversiones se financiará en la Administración Local con Transferencias y Recursos de Capital, entre los que se destacan la Venta de Activos Fijos, recaudo de fotocopias y otros ingresos no tributarios.
El Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo Local “ Sumapaz en paz, más productiva y ambiental para todos” se estima en un monto de $ 111.021.000.000 millones de pesos constantes de 2016. Se financiará con Transferencias de la Admi- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-14 • 2016 • OCTUBRE • 19 14 artículo 35. Plan plurianual de inversiones 2017-2020 por Pilar/Eje.
RECURSOS PILAR / EJE 2017 2018 2019 2020 Total Pilar: Igualdad de Calidad de Vida 2.333 2.402 2.430 2.506 9.671 Pilar: Democracia Urbana 18.945 19.501 20.087 20.715 79.249 Pilar: Construcción de Comunidad 319 328 338 348 1.333 675 694 714 737 2.820 Eje Transversal: Eje Transversal: Desarrollo Económico Basado En El Conocimiento 1.288 1.326 1.364 1.406 5.384 Eje Transversal: Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética 3.006 3.095 3.182 3.281 12.564 Eje Transversal: Gobierno Legítimo y Eficiente Total PDL 26.567 27.347 28.114 28.993 111.022 Cifras en millones de pesos de 2016 Proyección de recursos 2017 – 2020 por Pilar/ Eje y programa Pilar: Igualdad de Calidad de Vida Programa Total Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia 37 38 - - 75 Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente 473 613 500 650 2.236 Familias protegidas y adaptadas al cambio climático 245 253 260 268 1.026 Inclusión educativa para la equidad 118 121 125 129 492 1.461 1.377 1.545 1.460 5.843 Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte TOTAL 2.333 2.402 2.430 2.506 9.671 Cifras en millones de pesos de 2016 Pilar: Democracia Urbana Programa Total Espacio público, derecho de todos 123 126 130 134 513 Mejor movilidad para todos 18.822,16 19.374,97 19.957,42 20.581,34 78.736 TOTAL 18.944,87 19.501,28 20.087,28 20.715,26 79.249 Cifras en millones de pesos de 2016 Pilar: Construcción de Comunidad Programa Total Seguridad y convivencia para todos 319 328 338 348 1.333 TOTAL 319 328 338 348 1.333 Cifras en millones de pesos de 2016 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-15 • 2016 • OCTUBRE • 19 Eje Transversal:EJE TRANSVERSAL: DESARROLLO ECONÓMICO BASADO EN EL CONOCIMIENTO Programa Total Bogotá, una ciuad digital 675 695 715 737 2.822 TOTAL 675 695 715 737 2.822 Cifras en millones de pesos de 2016 Eje Transversal: Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética Programa Total Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal 184 189 195 201 769 Desarrollo rural sostenible 1.104 1.137 1.169 1.205 4.615 TOTAL 1.288 1.326 1.364 1.406 5.384 Cifras en millones de pesos de 2016 Eje Transversal: Gobierno Legítimo y Eficiente Programa Total Gobernanza e influencia local, regional e internacional 3.006 3.095 3.182 3.281 12.564 TOTAL 3.006 3.095 3.182 3.281 12.564 Cifras en millones de pesos de 2016
Artículo 36.
Mecanismos de coordinación interinstitucional previstos para la ejecución del plan.
Artículo 37.
Anexos. Los siguientes anexos hacen parte integral del Plan de Desarrollo Local “ Sumapaz en paz, más productiva y ambiental para todos ”.
La ejecución del plan de inversiones se realizará de acuerdo con lo establecido en el plan plurianual, en el evento que los ingresos proyectos no alcance los niveles requeridos o se requiera realizar modificaciones al avance de los programas, las inversiones se ajustarán en los presupuestos anuales de acuerdo a la importancia estratégica de cada programa.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-16 • 2016 • OCTUBRE • 19 16 ANEXO INFORMATIVO A NIVEL DE METAS DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL 21.681.872.519 Programa Meta Plan de Desarrollo Local Indicador 2017 2018 2019 2020 Dotar 2 Jardines infantiles con material pedagógico y didáctico en la Jardines infantiles dotados 37 38 Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia vigencia del Plan.
Personas con subsidio tipo C Beneficiar 230 personas mayores con subsidio Tipo C mensualmente al año. beneficiadas 473 487 500 516 Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente Beneficiar 42 personas en condición de discapacidad con ayudas técnicas Personas beneficiadas con no contenidas en el POS durante la ayudas técnicas no POS 126 134 Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente vigencia del plan.
Obras de mitigación de Realizar cuatro obras de mitigación con técnica de bioingeniería durante riesgo realizadas 245 253 260 268 Familias protegidas y adaptadas al cambio climático la vigencia del plan.
IED dotados con material Dotar 2 IED en la Localidad con material pedagógico y/o didáctico Calidad educativa para todos pedagógico 118 121 125 129 durante la vigencia del Plan.
Realizar 12 eventos artísticos y culturales durante el cuatrienio que exalten la cultura campesina (1 Feria Agroambiental, 1 Día del Campesino, Eventos artísticos y culturales realizados 736 758 779 804 Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte 1 Festival de música y cultura campesina )
Realizar 6 eventos deportivos que Eventos de recreación y concentren al conjunto de la población local durante la vigencia del deporte realizados 430 316 455 335 Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte plan.
Vincular 200 personas sin distinción de edad, raza, sexo, condición social u Personas vinculadas a procesos de formación 147 152 156 161 artística y cultural otros, en procesos de formación artística y cultural durante la vigencia Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte del Plan.
Vincular 200 personas sin distinción de edad, raza, sexo, condición social u Personas vinculadas a procesos de formación 147 152 156 161 otros, en procesos de formación deportiva y recreativa durante a deportiva Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte vigencia del Plan.
Cifras en millones de pesos de 2016 Pilar: Democracia Urbana Programa Meta Plan de Desarrollo Local Indicador Intervenir 4 parques de bolsillo mediante obras de mantenimiento y/o Parques de bolsillo adecuación, durante la vigencia del Espacio público, derecho de todos intervenidos 123 126 130 134 Plan.
Mantener 26 kilómetros de malla vial Km/carril de malla vial rural Mejor movilidad para todos durante la vigencia del plan. mantenidos. 18.086 18.617 19.568 20.179 Puentes vehiculares de escala local sobre cuerpos Mantener y/o construir 4 puentes vehiculares durante la vigencia del 490 506 260 268 de agua mantenidos y/o Mejor movilidad para todos plan. construidos Mantener y/o Construir 3 puentes peatonales durante la vigencia del Puentes peatonales de escala local construidos y/o 246 252 130 134 Mejor movilidad para todos plan. mantenidos Cifras en millones de pesos de 2016 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-17 • 2016 • OCTUBRE • 19 Pilar: Construcción de Comunidad Programa Meta Plan de Desarrollo Local Indicador Realizar 1 dotación por corregimiento Dotaciones para seguridad Seguridad y convivencia para la seguridad ciudadana durante realizadas durante la 61 63 65 67 para todos la vigencia del plan. vigencia del Plan Seguridad y convivencia Personas vinculadas a ejercicios de convivencia 258 265 273 281 para todos Vincular 150 personas al año en ejercicios de convivencia ciudadana. ciudadana anualmente.
Cifras en millones de pesos de 2016 Eje Transversal:EJE TRANSVERSAL: DESARROLLO ECONÓMICO BASADO EN EL CONOCIMIENTO Programa Meta Plan de Desarrollo Local Indicador Mantener 100% líneas telefónicas Líneas telefónicas satelitales satelitales instaladas durante la Bogotá, una ciudad digital instaladas y/o mantenidas 245 253 260 268 vigencia del Plan.
Portales interactivos con Garantizar cinco (5) Portales interactivos con operación sostenible operación sostenible Bogotá, una ciudad digital 430 442 455 469 durante la vigencia del plan. garantizada Cifras en millones de pesos de 2016 Eje Transversal: Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética Programa Meta Plan de Desarrollo Local Indicador Hectareas intervenidas con Recuperación y manejo Intervenir 4 hectareas aledañas acuencas hidrográficas con acciones 184 189 195 201 de restauración ecológica durante la acciones restauración ecológica durante la vigencia de la Estructura Ecológica Principal vigencia del Plan. del Plan Procesos de reconocimiento Realizar 1 proceso de reconocimiento e identificación de necesidades y e identificación de necesidades y acciones para Desarrollo rural 429 442 455 469 sostenible acciones para la legalización y funcionamiento de acueductos veredales durante la vigencia del Plan la legalización y funcionamiento de acueductos veredales durante la vigencia del Plan Beneficiar 250 personas a través de iniciativas de emprendimiento rural con enfoque poblacional durante la Desarrollo rural Personas beneficiadas a través de emprendimientos 245 253 260 268 sostenible rurales vigencia del plan. (Encuentro de mujeres e iniciativas para adultos mayores, discapacitados y jóvenes- pueden ser granjas, energias alternaticas)
Beneficiar 800 personas al año con Desarrollo rural Personas beneficiadas con acciones de asesoría técnica agropecuaria y/o asitencia en 429 442 455 469 sostenible asistencia técnica directa agropecuaria y/o asistencia en tecnologias ambientales sotenibles tecnologias ambientales durante la vigencia del plan sotenible.
Cifras en millones de pesos de 2016 Eje Transversal: Gobierno Legítimo y Eficiente Programa Meta Plan de Desarrollo Local Indicador Garantizar el pago de honorarios mensuales a 7 ediles durante la 638 657 675 696 Ediles con pago de honorarios cubierto mensualmente durante la Gobernanza e influencia local y regional vigencia del Plan vigencia del plan.
Realizar estrategias constantes de fortalecimeinto institucional durante la Estrategias de fortalecimiento institucional 2.062 2.122 2.182 2.250 Gobernanza e influencia local y regional vigencia del Plan. realizadas Fortalecer 2 organizaciones sociales o comunitarias existentes por cuenca, organizaciones instancias y 209 215 221 228 expresiones sociales ciudadanas fortalecidas para Gobernanza e influencia local y regional instacias y expresiones sociales ciudadanas para la participación ciudadana durante la vigencia del participación Plan.
Vincular 200 personas aprocesos de 98 101 104 107 Gobernanza e influencia local y regional participación ciudadana y/o control social durante la vigencia del plan.
Personas vinculadas a procesos de participación ciudadana y/o control social.
Cifras en millones de pesos de 2016 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-18 • 2016 • OCTUBRE • 19 18
Artículo 38.
Vigencia
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Administradoras Locales no se encontrasen reunidas en sus sesiones ordinarias, de inmediato los Alcaldes Locales, las convocarán a sesiones extraordinarias con el único objeto de asumir el análisis, debate y adopción del respectivo Plan de Desarrollo Local”
En mérito de lo anterior, Dado en Bogotá D.C., a los veintinueve (29) días del mes de septiembre de dos mil dieciséis (2016).
DECRETA:
Cordialmente YENY LISED PULIDO HERRERA Presidenta - JAL CARLA NIAMED LOZANO TAUTIVA Secretaria – JAL
Artículo 1º.
Convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe a partir del 18 de octubre de 2016 y hasta el 21 de octubre de 2016. Con el objeto de debatir y discutir las objeciones al Acuerdo Local No. 002 “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, ambiental y de obras públicas para la localidad de Rafael Uribe Uribe 2017 -2020”.
Sancionado en Bogotá D.C., a los tres (3) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).
Artículo 2º.
En las sesiones extraordinarias de la junta Administradora local de Rafael Uribe Uribe se ocupará del trámite del siguiente asunto:
HÉCTOR ROMAN MORALES BETANCOURT Alcalde Local de Sumapaz (E)
DECRETOS LOCALES DE 2016 * Análisis, debate, discusión y votación de las objeciones al Acuerdo Local No. 002 “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, ambiental y de obras públicas para la localidad de Rafael Uribe Uribe 2017 -2020.
ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
Artículo 3º.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Decreto Local Número 000008 (Octubre 14 de 2016)
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los catorce (14) días del “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la junta administradora Local mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).
Rafael Uribe Uribe”
DARÍO GUERRA HERNÁNDEZ Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe. (E.)
EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE (E) En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere en Artículo 71 del Decreto ley 14231 de 1993 y, ALACALDÍA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
CONSIDERANDO:
Decreto Local Número 14 (Octubre 14 de 2016)
Por medio del cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto Anual de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de 2016
1. Que el Inciso segundo del Artículo 71 del decreto 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá” prevé que los ediles se reunirán extraor- dinariamente por convocatoria que les hagas el respectivo Alcalde local, debiendo sancionar por el término que este señale y únicamente se ocuparán del asunto que el mismo someta a su consideración.
EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO En uso de sus facultades legales y en especial
2. Que el Capítulo 4 artículo 22 Parágrafo del Acuer- do Distrital 13 del 2000 se establece “Si las Juntas
las conferidas en el Decreto Ley 1421/93 y artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-19 • 2016 • OCTUBRE • 19 2010, y en especial el Decreto 597 de 2007 en el artículo 16, y
CONSIDERANDO:
Que el proyecto 3-3-1-14-01-07-0985. Antonio Nariño Localidad de derechos tiene una asignación presupuestal de $330.000.000, con los estudios previos adelantados y las proyecciones de los valores de los contratos vigentes se evidencia que con $245.204.548 se completa el 100% de avance en cumplimiento para la vigencia 2016, quedando un remanente por un total de OCHENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CUATROSCIENTOS CIN- CUENTA Y DOS PESOS ($84.795.452), de manera tal está libre de afectación y por tal motivo se pretende trasladar en su totalidad.
Que el numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – FDL”, determina que los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local, con concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda
- Dirección Distrital de Presupuesto.
Que con Decreto Local No. 12 de Diciembre 21 de 2015, se liquido el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2016.
Que el proyecto 3-3-3-14-01-08-1002. Antonio Nariño vive el arte y el patrimonio. El proyecto tiene una asignación presupuestal de $1.260.000.000, con los estudios previos adelantados y las proyecciones de los valores a los contratos vigentes se evidencia que con $1.230.078.999 se completa el 100% de avance en cumplimiento para la vigencia 2016, quedando un remanente por un total de VENTINUEVE MILLONES NO- VECIENTOS VENTIUN MIL UN PESO ($29.921.001), de manera tal está libre de afectación y por tal motivo se pretende trasladar en su totalidad.
Que el Proyecto 3-3-1-14-01-02-0980. Promoción y prevención de enfermedades con enfoque de salud familiar y comunitaria para la población de la localidad. El proyecto tiene una asignación presupuestal de $710.000.000, con los estudios previos adelantados y las proyecciones de los valores a los contratos vigentes se evidencia que con $410.000.000 se completa el 100% de avance en cumplimiento para la vigencia 2016, quedando un remanente por un total de TRES- CIENTOS MILLONES DE PESOS ($300.000.000), de manera tal está libre de afectación y por tal motivo se pretende trasladar en su totalidad.
Que el proyecto 3-3-1-14-01-08-0988. Realización de acciones que integren las diferentes poblaciones en actividades recreodeportivas en la localidad tiene una asignación presupuestal de $530.000.000, con los estudios previos adelantados y las proyecciones de los valores de los contratos vigentes se evidencia que con $450.000.000 se completa el 100% de avance en cumplimiento para la vigencia 2016, se verifico la existencia de un remanente de OCHENTA MILLONES DE PESOS ($80.000.000) de manera tal está libre de afectación.
Que el proyecto 3-3-3-14-01-03-0981. Estrategia para el mejoramiento de la calidad en la educación en la localidad. El proyecto tiene una asignación presupuestal de $200.000.000, con los estudios previos adelantados y las proyecciones de los valores a los contratos vigentes se evidencia que con $50.000.000 se completa el 100% de avance en cumplimiento para la vigencia 2016, quedando un remanente por un total de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($150.000.000), de manera tal está libre de afectación y por tal motivo se pretende trasladar en su totalidad.
Que el Proyecto 3-3-1-14-02-21-0991. Basura cero en la localidad. Para la vigencia 2016 fueron aprobados CIEN MILLONES DE PESOS ($100.000.000), de los cuales se apropiaran CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($50.000.000) quedando un remanente por valor de CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($50.000.000), objeto del presente traslado.
Que el Proyecto 3-3-1-14-03-24-0996. En Antonio Nariño, la comunidad participa y decide. Para la vigencia 2016 fueron aprobados CUATROSCIENTOS SETENTA MILLONES DE PESOS ($470.000.000), de los cuales se apropiaran TRESCIENTOS OCHEN- TA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($388.500.000) quedando un remanente por valor de OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($81.500.000), objeto del presente traslado Que el proyecto 3-3-3-14-01-05-0809. Realizar acciones para prevenir la exclusión, la segregación y la marginación. El proyecto tiene una asignación presupuestal de $280.000.000, con los estudios previos adelantados y las proyecciones de los valores a los contratos vigentes se evidencia que con $230.000.000 se completa el 100% de avance en cumplimiento para la vigencia 2016, quedando un remanente por un total de CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($50.000.000), de manera tal está libre de afectación y por tal motivo se pretende trasladar en su totalidad.
Que el Proyecto 3-3-1-14-03-32-1255. Antonio Nariño conectado a tecnologías e innovación Para la REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-20 • 2016 • OCTUBRE • 19 20 emitió concepto favorable a la solicitud presentada por el Alcalde Local, para el traslado presupuestal de Gastos Inversión, por valor de $1.017.080.453 Que en merito de lo anteriormente expuesto, vigencia 2016 fueron aprobados CIENTO NOVENTA MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS ($190.864.000), los cuales pueden ser objeto de traslado ya que la meta fue cumplida en el 100% en la anterior vigencia.
DECRETA:
Que el proyecto 3-3-1-14-01-05-0984. Apoyar el mejoramiento de la calidad de vida de los adultos mayores en situación de vulnerabilidad. Requiere le sean asignados recursos por valor de $1.017.080.453 para garantizar esta vigencia y la del 2017 en el subsidio Tipo C a los 700 adultos mayores de la localidad.
Artículo primero.
Efectúese un Contra crédito en el presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, por la suma de $1.017.080.453 MIL DIECISIETE MILLONES OCHENTA MIL CUATROS- CIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS M/CTE de acuerdo al siguiente detalle:
Que con oficio No.2-2016-45233 del 5 de Octubre de 2016, la Secretaria Distrital de Planeación emitió concepto previo y favorable y con oficio No.2016EE154135 del 13 de Octubre de 2016, la Secretaria de Hacienda CONTRACRÉDITOS 15 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ANTONIO NARIÑO CODIGO NOMBRE MODIFICACIONES 3 GASTOS 1.017.080.453.3-3 INVERSION 1.017.080.453.3-3-1 DIRECTA 1.017.080.453 3-3-1-14 Bogotá Humana 1.017.080.453 3-3-1-14-01-02 Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad 300.000.000 3-3-1-14-01-02-0980 Promoción y prevención de enfermedades con enfoque de salud familiar y comunitaria para la población de la localidad 300.000.000 3-3-1-14-01-03 Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender 150.000.000 3-3-1-14-01-03-0981 Estrategia para el mejoramiento de la calidad en la educación en la localidad 150.000.000 3-3-1-14-01-05 Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad 50.000.000 3-3-1-14-01-05-0809 Realizar acciones para prevenir la exclusión, la segregación y la marginación 50.000.000 3-3-1-14-01-07 Bogotá, un territorio que defiende, protege y promueve los derechos humanos 84.795.452 3-3-1-14-01-07-0985 Antonio Nariño Localidad de Derechos 84.795.452 3-3-1-14-01-08 Ejercicio de las libertades culturales y deportivas 109.921.001 3-3-1-14-01-08-0988 Realización de acciones que integren las diferentes poblaciones en actividades recreo deportivas en la localidad 80.000.000 3-3-1-14-01-08-1002 Antonio Nariño vive el arte y el patrimonio 29.921.001 3-3-1-14-02-21 Basura Cero 50.000.000 3-3-1-14-02-21-0991 Basura cero en la localidad 50.000.000 3-3-1-14-03-24 Bogotá Humana: Participa y decide 81.500.000 3-3-1-14-03-24-0996 En Antonio Nariño, la comunidad participa y decide 81.500.000 3-3-1-14-03-32 Tic para el gobierno digital, ciudad inteligente y sociedad del conocimiento y del emprendimiento 190.864.000 3-3-1-14-03-32-1255 Antonio Nariño conectado a tecnologías e innovación 190.864.000 TOTAL CONTRACREDITOS 1.017.080.453
Artículo segundo.
Efectúese un Crédito en el presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia
comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, por la suma de $1.017.080.453 MIL DIECISIETE MILLONES OCHENTA MIL CUATROS- 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-21 • 2016 • OCTUBRE • 19 CIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS M/CTE de acuerdo al siguiente detalle:
CREDITOS 15 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ANTONIO NARIÑO CODIGO NOMBRE MODIFICACIONES 3 GASTOS 1.017.080.453.3-3 INVERSION 1.017.080.453.3-3-1 DIRECTA 1.017.080.453 3-3-1-14 Bogotá Humana 1.017.080.453 3-3-1-14-01-05 Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital 1.017.080.453 3-3-1-14-01-05-0894 Apoyar el mejoramiento de la calidad de vida de los adultos mayores en situación de vulnerabilidad 1.017.080.453 TOTAL CREDITOS 1.017.080.453 Dado en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016).
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.
EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO PUBLÍQUESE Y CÚIMPLASE.
Alcalde Local de Antonio Nariño REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5937 • pP. 1-22 • 2016 • OCTUBRE • 19 22
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Registro Distrital 8307 de 2025
“Por medio del cual se efectúa traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fis…
-
Registro Distrital 8340 de 2025
“Por medio de la cual se efectúa un nombramiento”................................................4 “Por la cual se modifica el Reglamento de Emisión y Colocaci…
-
Registro Distrital 7726 de 2023
“Por medio del cual se emite concepto favorable para la distribución de la disponibilidad final para la adición de recursos en la vigencia 2023 para gastos de …
-
Registro Distrital 7813 de 2023
“Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas y/o sociedades de hecho y el contenido y las características de la información que deben suminis …
-
Registro Distrital 7426 de 2022
Por medio del cual se autoriza a la Gerente General de la EAAB-ESP para tramitar y presentar ante el Que el plan de Desarrollo Económico, Social, Ambien tal y…