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Registro Distrital 5931 de 2016

Registro Distrital 5931 de 2016 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
5931
Año
2016
Fecha
10 de octubre de 2016
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 50 Número 5931 2016 • OCTUBRE • 10 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2016 SECRETARÍA DE HACIENDA Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos Nos.1, 2, 3 y 4 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.

Resolución Número 1548-DDI- Que en consideración a lo expuesto,

RESUELVE:

062766, 2016EE151519 (Octubre 10 de 2016)

“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

Artículo 1º.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en los anexos Nos. 1, 2, 3 y 4 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

EL JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE

Artículo 2º.

Los Actos administrativos a publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 1 Registro, No. 2 con 11 Registros, No. 3 con 25 Registros, No. 4 con 12 Registros.

Artículo 3º.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 1:

OFICINA TIPO DE ACTO IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en COBRO COACTIVO RESOLUCIÓN DE INCUMPLIMIENTO DE UNA el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

FACILIDAD DE PAGO

CONSIDERANDO:

Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reposición que deberá interponerse ante la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, ubicada en la Avenida Calle 17 No. 65B – 95 Piso 1, dentro de los (5) días siguientes a esta publicación.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 2:

Que en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.

OFICINA TIPO DE ACTO CUENTAS CORRIENTES Y RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIONES COMPENSACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE LIQUIDACIÓN AFORO RESOLUCIÓN SANCIÓN POR NO DECLARAR Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-1 • 2016 • OCTUBRE • 10 Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 4:

OFICINA TIPO DE ACTO COBRO COACTIVO MANDAMIENTO DE PAGO Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, Avenida Calle 17 No. 65B – 95 Piso 1, dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 3:

OFICINA TIPO DE ACTO RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN PROCESO RESOLUCIÓN QUE ORDENA COBRO COACTIVO Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional. La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Avenida Calle 17 No.65B-95 piso 1.

SEGUIR ADELANTE CON EL PROCESO AUTO DE ARCHIVO CONTROL MASIVO

Artículo 4º.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

EMPLAZAMIENTO PARA Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días del mes REVOCATORIA DE OFICIO GENERAL DE FISCALIZACIÓN DECLARAR de octubre de 2016.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

JOHN ALEXÁNDER BARBOSA CRISTANCHO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-2 • 2016 • OCTUBRE • 10 2 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN DE DIRECCIÓN NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DEL ACTO 22-09-16 2000, 2003, 2006, 2008 CL 22 F 85 29 AP 27-09-16 CERRADO DE PAGO RESOLUCIÓN DE INCUMPLIMIENTO DE UNA FACILIDAD PLACA - CHIP INMOBILIARIA TIPO DE ACTO FECHA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO DEL IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Ofi cina de Notifi caciones y Documentación Fiscal continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

CONTRIBUYENTE Y/O APODERADO ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1548-DDI-062766 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2016 EXPEDIENTE NOMBRE DEL SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, Avenida Calle 17 No. 65B – 95 Piso 1, dentro de los (5) días siguientes a esta publicación.

El funcionario de la Ofi cina de Notifi caciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notifi cando por medio de la publicación a:

No.

DDI061612 2016EE145235 2010EE100669 GUILLERMO ALFONSO SEQUERA MELO 3.021.770 PREDIAL AAA0076FFBS RESOLUCIÓN No. CORDIS No. DE Que el Jefe de la Ofi cina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, profi rio para los contribuyentes que se relacionan a...

Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reposición que deberá interponerse ante la Ofi cina de Cobro Cobro de la Subdirección de 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-3 • 2016 • OCTUBRE • 10 DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN CAUSAL DE 402 23-09-16 NO RESIDE NOTIFICACIÓN FECHA DE PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO DECLARAR 16-09-16 2014-1, 2, 3, 4, 5, 6 CL 146 21 54 AP 501 22-09-16 NO RESIDE TIPO DE ACTO FECHA COMPENSACIÓN 29-08-16 2016 DG 69C SUR 78 L 42 27-09-16 CERRADO COMPENSACIÓN 19-08-16 2011 CL 120 11B 25 AP COMPENSACIÓN 24-08-16 2016 KR 80 146 07 IN 01 20-09-16 DIRECCIÓN COMPENSACIÓN 05-09-16 2014 2016 KR 31C 1H 16 27-09-16 CERRADO COMPENSACIÓN 18-08-16 2015 CL 10 3 84 23-09-16 DIRECCIÓN COMPENSACIÓN 16-08-16 2016 KR 35 A 1 H 97 21-09-16 CERRADO COMPENSACIÓN 08-08-16 2015 KR 8 6 12 19-09-16 NO RESIDE COMPENSACIÓN 30-08-16 2016 KR 15 F 71B 40 SUR 23-09-16 DIRECCIÓN DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O SANCIÓN POR NO OFICIAL DE AFORO 16-09-16 2013 KR 11 75 19 21-09-16 NO RESIDE Y/O MATRICULA PLACA - CHIP INMOBILIARIA publicación.

TIPO DE IMPUESTO DEL IDENTIFICACIÓN NOTIFICACIÓN POR AVISO CONTRIBUYENTE ALARIO 22.753.899 PREDIAL AAA0105CBUH RESOLUCIÓN DE BABATIVA 80.378.441 VEHÍCULOS CPU780 RESOLUCIÓN DE BARRERA 19.380.263 PREDIAL AAA0142HBKC RESOLUCIÓN DE GONZALEZ 74.150.353 VEHÍCULOS CSK205 RESOLUCIÓN DE NOMBRE DEL VARON DEAZA 52.752.990 VEHÍCULOS RAX505 RESOLUCIÓN DE CÁRCAMO LUNA 3.806.709 ICA N/A RESOLUCIÓN ROMERO CERON 79.566.903 VEHÍCULOS BIM515 RESOLUCIÓN DE CONTRIBUYENTE Y/O APODERADO MARTINEZ PEDRAZA 79.648.937 VEHÍCULOS CTH79C RESOLUCIÓN DE CORREDOR CASTRO 11.433.466 VEHÍCULOS NRK74D RESOLUCIÓN DE ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1548-DDI-062766 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2016 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ El funcionario de la Ofi cina de Notifi caciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

No.

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notifi cando por medio de la publicación a:

DDI055715 2016EE126609 201601400100004616 ANA FELISA MENDEZ DE DDI056226 2016EE130820 201603400300005132 SANDRA PATRICIA DDI055362 2016EE124730 201603400300005203 JOHN HENRY MELO DDI055615 2016EE126074 201603400300005325 JOSE CARLOS BELTRAN DDI060476 2016EE137465 201603400300005704 FREDERY ALEXANDER DDI054838 2016EE121505 201603400300006428 DAVID ALBERTO DDI055992 2016EE128706 201601400300004739 LUIS GERMAN GOMEZ DDI056298 2016EE131417 201603400100004834 CESAR AUGUSTO Que los Jefes de la Ofi cina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes y la Ofi cina de Liquidación RESOLUCIÓN No. CORDIS No. DE de la Subdirección de Determinación, profi rieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente 10100DDI061219 2016EE142741 201321011096 HELM BANK S.A. 860.007.660 VEHÍCULOS RMV368 LIQUIDACIÓN 10099DDI061218 2016EE142675 20162100329004092 JULIAN DAVID...

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-4 • 2016 • OCTUBRE • 10 4 COMPENSACIÓN 11-08-16 2015 KR 29 45 77 P 3 19-09-16 NO RESIDE DEVOLUCIÓN Y/O NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Ofi cina de Notifi caciones y Documentación Fiscal COLOMBIA SA 890.903.937 VEHÍCULOS HVY928 RESOLUCIÓN DE ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1548-DDI-062766 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2016 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Subdirección Jurídico Tributaria, Avenida Calle 17 No. 65B – 95 Piso 1, dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Ofi cina de Recursos Tributarios de la DDI055144 2016EE123187 201603400300004647 BANCO CORPBANCA....

5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-5 • 2016 • OCTUBRE • 10 CAUSAL DE DEFICIENTE DEFICIENTE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN CA 8 12-08-16 NO RESIDE IN 42 21-09-16 DIRECCIÓN IN 42 21-09-16 DIRECCIÓN 21 59 17-08-16 CERRADO LC 342 21-09-16 NO RESIDE LC 241 21-09-16 NO RESIDE NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA 22-09-16 2000, 2003 CL 22 F 85 29 AP 27-09-16 CERRADO 19-09-16 2006 CL 23 68 59 19-09-16 2006 CL 23 68 59 19-09-16 2005 AK 58 127 59 19-09-16 2005 AK 58 127 59 19-09-16 2011, 2012, 2013, 2014, 2011, 2012 KR 105 65 B 22 23-09-16 CERRADO TIPO DE ACTO PROCESO 22-09-16 2001, 2002, 2004, 2005 CL 22 F 85 29 AP 27-09-16 CERRADO PROCESO PROCESO PROCESO PROCESO PROCESO PROCESO TERMINACIÓN ORDENA SEGUIR ORDENA SEGUIR ORDENA SEGUIR ORDENA SEGUIR ORDENA SEGUIR ORDENA SEGUIR RESOLUCIÓN QUE RESOLUCIÓN QUE RESOLUCIÓN QUE RESOLUCIÓN QUE RESOLUCIÓN QUE RESOLUCIÓN QUE ADELANTE CON EL ADELANTE CON EL ADELANTE CON EL ADELANTE CON EL ADELANTE CON EL ADELANTE CON EL PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO DEL IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO TOVAR 19.153.734 VEHÍCULOS MKT115 AUTO DE ARCHIVO 09-08-16 2014 DG 44C SUR BARON 19.323.144 PREDIAL AAA0075TAYN VALENCIA 6.158.161 PREDIAL AAA0076TBZE VALENCIA 6.158.161 PREDIAL AAA0076UFRU BORRERO 1.702.570 PREDIAL AAA0085RZKC AUTO DE ARCHIVO 19-09-16 2011 KR 15 63 A 23 23-09-16 CERRADO CARDENAS 19.193.588 PREDIAL AAA0068ANSY AUTO DE ARCHIVO 13-07-16 2013 CL 79 C 112 B 33 16-08-16 NO RESIDE APODERADO NOMBRE DEL SEQUERA MELO 3.021.770 PREDIAL AAA0076FFBS RESOLUCIÓN DE SEQUERA MELO 3.021.770 PREDIAL AAA0076FFBS LUCIANO CARDENAS LUCIANO CARDENAS CONTRIBUYENTE Y/O MANUEL RAMON FANDINO ANEXO No. 3 DE LA RESOLUCIÓN No. 1548-DDI-062766 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2016 EXPEDIENTE contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ de Educación Tributaria y Servicio y la Ofi cina General de Fiscalización de la Subdirección de Determinación, profi rieron para los CORDIS No. DE No.

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notifi cando por medio de la publicación a:

DDI53492 2016EE111996 201501200100011985 ALBENIO RODRIGUEZ DDI53451 2016EE111955 201501200100012491 CHAVARRO LARA MANOLO 19.248.151 PREDIAL AAA0111TWJH AUTO DE ARCHIVO 13-07-16 2013 CL 140 11 45 DDI061318 2016EE143439 201601100300002561 SUCESIÓN ILIQUIDA DE DDI061608 2016EE145225 15121794 GUILLERMO ALFONSO DDI061614 2016EE145242 2011EE332212 GUILLERMO ALFONSO DDI061317 2016EE143428 201111001158 SUCESION ILIQUIDA DE DDI061317 2016EE143428 201111001158 SUCESION ILIQUIDA DE DDI061347 2016EE143562 2013EE192230 ALVARO FLOREZ BERNAL 19.108.239 PREDIAL AAA0125JWOM DDI061347 2016EE143562 2013EE192230 ALVARO FLOREZ BERNAL 19.108.239 PREDIAL AAA0125JWOM DDI054958 2016EE122024 201503200100052519 EDUARDO RODRIGUEZ DDI061314 2016EE143420 2014EE142002 PASCUAL DUNEY SALAZAR RESOLUCIÓN No.

Que los Jefes de la Ofi cina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, la Ofi cina de Control Masivo de la Subdirección...

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-6 • 2016 • OCTUBRE • 10 6 DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE 72 I 38 13-09-16 DIRECCIÓN 70A 18 23-09-16 CERRADO LC 342 21-09-16 NO RESIDE AP 902 27-09-16 NO RESIDE BQ 2 CA 24 23-09-16 NO RESIDE BQ 8 AP 213 23-08-16 CERRADO 19-09-16 2005 AK 58 127 59 OFICIO 09-08-16 2012, 2013 KR 7 89 94 16-08-16 DIRECCIÓN PROCESO PROCESO 21-09-16 2001, 2003 CL 128 18 48 TERMINACIÓN PARA DECLARAR 16-09-16 2012, 2015, 2016 TV 88 145 24 20-09-16 NO RESIDE PARA DECLARAR 16-09-16 2012, 2015, 2016 CL 119 11 B 59 21-09-16 NO RESIDE ORDENA SEGUIR RESOLUCIÓN QUE ADELANTE CON EL NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Ofi cina de Notifi caciones y Documentación Fiscal ROJAS 79.244.963 PREDIAL AAA0131XPAW EMPLAZAMIENTO SIERRA 41.690.968 VEHÍCULOS BHY146 RESOLUCIÓN DE CECILIA 41.456.654 PREDIAL AAA0067SPKL AUTO DE ARCHIVO 16-08-16 2011 CL 83 95 34 FLOREZ 41.555.145 PREDIAL AAA0125JWOM BERNAL 41.333.486 PREDIAL AAA0131XPAW EMPLAZAMIENTO JULIANA 1.118.539.139 VEHÍCULOS CXB325 AUTO DE ARCHIVO 13-09-16 2014 CL 30 28 46 21-09-16 CERRADO LOZANO 21.065.430 VEHÍCULOS AVC60D AUTO DE ARCHIVO 16-09-16 2014 CL 56B SUR HIGUERA 63.279.762 VEHÍCULOS BBS048 AUTO DE ARCHIVO 14-09-16 2011 KR 116 152 69 20-09-16 DIRECCIÓN CONSUELO 35.519.790 VEHÍCULOS CVY506 AUTO DE ARCHIVO 14-09-16 2014 KR 2 7 114 20-09-16 CERRADO HERNANDO 79.487.710 VEHÍCULOS BJU620 AUTO DE ARCHIVO 20-09-16 2014 KR 121 128B 30 LEGUIZAMO VANEGAS 79.875.307 VEHÍCULOS EKQ881 AUTO DE ARCHIVO 09-08-16 2014 KR 7 89 94 16-08-16 DIRECCIÓN LEGUIZAMO VANEGAS 79.875.307 VEHÍCULOS EKQ881 REVOCATORIA DE ANEXO No. 3 DE LA RESOLUCIÓN No. 1548-DDI-062766 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2016 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2016EE141677 201503200100049837 RAMOS GOMEZ NYDIA NA 2016EE142898 201601100358007815 MARIA EMMA ROJAS NA 2016EE141691 201503100100063658 ZENAIDA BAUTISTA NA 2016EE142898 201601100358007815 EDUARDO ALBERTO NA 2016EE141394 201503200100049847 MORALES LEON HEIDY Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notifi cación se entenderá surtida desde la fecha de la presente publicación.

DDI061272 2016EE143106 201503200100048344 GLORIA MARIA MUÑOZ DE DDI055301 2016EE124350 201501100100057165 GARCIA DE MELO ANA DDI061347 2016EE143562 2013EE192230 GLORIA STELLA MELO DE DDI061596 2016EE145094 2010EE693167 NURY YAMILE BUENO DDI055709 2016EE126539 201501100100061778 TELLEZ TOVAR SONIA INES 52.079.018 PREDIAL AAA0180XAEA AUTO DE ARCHIVO 19-08-16 2011 CL 184 12 13 30-08-16 CERRADO DDI054898 2016EE121726 201403100100075898 LUIS ALEJANDRO DDI054889 2016EE121669 201321008932 LUIS ALEJANDRO 42847DDI061476 2016EE144316 201503200100046275 WILLIAM JISIMACO RUIZ 42274DDI060631 2016EE138836 201503200100050258 ALEXEI OYUELA GAMBOA 80.149.873 VEHÍCULOS DLE09C AUTO DE ARCHIVO 23-08-16 2014 CL 42 F SUR..

7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-7 • 2016 • OCTUBRE • 10 DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN CAUSAL DE NOTIFICACION FECHA DE PAGO No. PROCESO IMPUESTO No. CORDIS DIRECCIÓN DE FECHA DE MANDAMIENTO DE NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio DE PAGO Jefe Ofi cina de Notifi caciones y Documentación Fiscal No. MANDAMIENTO Que la notifi cación del mandamiento de pago enviada por correo fue devuelta.

Cobro y Cuentas Corrientes a través de procesos administrativos de cobro coactivo.

Que una vez surtida la citación el deudor no compareció a surtir la notifi cación personal.

DEL IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.

ANEXO No. 4 DE LA RESOLUCIÓN No. 1548-DDI-062766 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2016 La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Avenida Calle 17 No.65B-95 piso 1.

Tributario Nacional y el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notifi cando por publicación sobre este hecho a:

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ El funcionario de la Ofi cina de Notifi caciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

APODERADO En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 140 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y en concordancia con el artículo 826 del Estatuto Que los contribuyentes que se relacionan a continuación, están siendo ejecutados por la Ofi cina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, ARLEX TORO TORRES 79.707.096 DDI060420 02-09-16 2015 01100200005064 PREDIAL 2016EE137042 CL 36 BIS SUR 73 B 75 23-09-16 CERRADO MELBA RIOS DE VELANDIA 51.593.010 DDI056311 30-08-16 201311007958 PREDIAL 2016EE131496 KR 10 B 19 42 SUR APT 401 26-09-16 CERRADO MARCO ANTONIO VELANDIA 19.400.464 DDI056311 30-08-16 201311007958 PREDIAL 2016EE131496 AK 7 148 89 AP 103 22-09-16 NO RESIDE JHON JAIRO SANCHEZ ARIZA 80.220.693 DDI055985 24-08-16 201401200100026703 PREDIAL 2016EE128676 KR 82 6 16 SUR MJ1 20-09-16 CERRADO SALAZAR DIAZ JOSE ANTONIO 79.125.950 DDI056037 24-08-16 201401200100013667 PREDIAL 2016EE129208 DG 3 81 A 05 MJ 20-09-16 CERRADO NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O CORPORACION DE ABASTOS DE BOGOTA 860.028.093 DDI055985 24-08-16 201401200100026703 PREDIAL 2016EE128676 KR 84 33 53 SUR 20-09-16 NO RESIDE CORPORACION DE ABASTOS DE BOGOTA 860.028.093 DDI055998 24-08-16 201401200100024547 PREDIAL 2016EE128802 KR 84 33 53 SUR 20-09-16 NO RESIDE CORPORACION DE ABASTOS DE BOGOTA 860.028.093 DDI056037 24-08-16 201401200100013667 PREDIAL 2016EE129208 KR 84 33 53 SUR 20-09-16 NO RESIDE CORPORACION DE ABASTOS DE BOGOTA 860.028.093 DDI056046 24-08-16 201401200100014005 PREDIAL 2016EE129273 KR 84 33 53 SUR 20-09-16 NO RESIDE CORPORACION DE ABASTOS DE BOGOTA 860.028.093 DDI055792 22-08-16 201401200100013669 PREDIAL 2016EE127125 KR 84 33 53 SUR 20-09-16 NO RESIDE CORPORACION DE ABASTOS DE BOGOTA 860.028.093 DDI056001 24-08-16 201401200100024323 PREDIAL 2016EE128838 KR 84 33 53 SUR 20-09-16 NO RESIDE GUILLERMO ALBERTO CORREDOR DUARTE 17.151.653 DDI056293 30-08-16 201311007004 PREDIAL 2016EE131399 DG 71 BIS 4 54 AP 603 22-09-16 NO RESIDE....

Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-8 • 2016 • OCTUBRE • 10 8 CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C. presentan dentro del cumplimiento de la jornada de trabajo, siendo necesario determinar el servidor sobre el cual recae la responsabilidad.

Resolución Reglamentaria Número 034 (Septiembre 30 de 2016)

Que de conformidad con el artículo 7 de la Ley 1437 de 2011, es deber de la Entidad, garantizar atención personal al público, como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana, las cuales se distribuirán en horarios que satisfagan las necesidades del servicio.

“Por la cual se establece la jornada laboral, se regulan unas situaciones administrativas en la Contraloría de Bogotá, D. C., y se dictan otras disposiciones”

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. (E. F.)

Que a través de la Resolución Reglamentaria No. 028 del 26 de junio de 2015, la Contraloría de Bogotá D.C., estableció el Comité de flexibilización laboral, con el fin de decidir sobre los casos de servidores públicos que requirieran horario laboral diferente a la jornada establecida en la Entidad.

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978 y el Acuerdo 519 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario, regular el procedimiento al interior de la entidad respecto de algunas situaciones administrativas, como los permisos -para ausentarse del sitio de trabajo, estudio o docencia, calamidad domésticas- y la licencia por luto.

Que el Acuerdo 519 de 2012, establece la autonomía administrativa de la Contraloría de Bogotá, D.C., define los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, y faculta al Contralor Distrital para delegar algunas competencias mediante acto administrativo en cabeza de servidores públicos de los niveles directivo y asesor de la entidad.

Que el Código Sustantivo del Trabajo establece como jornada ordinaria de trabajo, la que convengan las partes o, a falta de convenio, la máxima legal, cuya duración no puede exceder de ocho (8) horas al día y cuarenta y ocho (48) a la semana, con las excepciones de ley, entre las cuales se encuentran los empleados que desempeñan cargos de dirección, de confianza o de manejo.

Que el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, establece que dentro del límite máximo de jornadas de cuarenta y cuatro horas semanales, el jefe del respectivo organismo podrá establecer el horario de trabajo.

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 036 de julio 15 de 2015, se estableció la jornada laboral y se dictaron disposiciones sobre control de horario, concesión de permisos y licencias en la Contraloría de Bogotá, D.C., siendo necesario la expedición de un nuevo acto administrativo para adoptar medidas tendientes a contrarrestar las condiciones de alta complejidad en la movilidad de la ciudad y a favorecer el equilibrio de la jornada laboral con las responsabilidades familiares de los servidores de la Entidad, generando un estímulo que aumente su rendimiento en el lugar de trabajo.

Que en mérito de lo expuesto, el Contralor de Bogotá, D.C. (E.F.)

Que la Organización Internacional del Trabajo, consagra en la Recomendación R165 de 1981, que deberán adoptarse medidas para garantizar la igualdad de oportunidades y de trato para trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares, así mismo, reconoce la importancia que representa la flexibilidad de los horarios para mejorar la calidad de vida y las condiciones de trabajo y para conciliar las obligaciones profesionales y familiares en el mercado laboral.

RESUELVE:

I. JORNADA LABORAL

Artículo primero.

Jornada Laboral. La jornada de trabajo de los Servidores Públicos de la Contraloría de Bogotá D.C., se cumplirá de lunes a viernes, en uno de los siguientes horarios:

De 7:00 a.m. a 4:00 p.m.

Que la flexibilización de la jornada laboral, no implica trabajar menos horas, sino una mejora en la distribución del tiempo, garantizando la efectividad de las funciones asignadas a la Entidad, como quiera que acompañada de los controles adecuados permitirá potencializar las capacidades y habilidades de los servidores y favorecer el equilibrio del tiempo dedicado al aspecto profesional y familiar.

De 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Que es procedente contar con un medio de control de horario y definir el manejo de novedades que se De 9:00 a.m. a 6:00 p.m.

9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-9 • 2016 • OCTUBRE • 10 Se dispondrá de una hora diaria de almuerzo distribuida en dos (2) turnos, de 12:00 m a 1:00 pm y de 1:00 pm a 2:00 p.m., previo acuerdo con el jefe inmediato y garantizando en todo caso la prestación del servicio. manual, utilizando el formato preestablecido, registrando el nombre del servidor público, la hora y su firma. Los formatos diligenciados siempre deben estar bajo la supervisión del respectivo jefe inmediato, quien los refrendará con su firma.

Parágrafo. PRIMERO. Los servidores públicos de
la entidad podrán elegir uno de los anteriores horarios, que deberá ser reportado por parte de los directores o jefes de las dependencias, ante la Dirección de Talento Humano.

Parágrafo. PRIMERO. Control de asistencia.
Los directores y jefes inmediatos serán responsables directos del cumplimiento de la jornada laboral establecida, efectuando en primera instancia el control de asistencia y del horario de los servidores públicos que se encuentren laborando en la dependencia a su cargo PARÁGRAFO SEGUNDO. La jornada laboral escogida por cada servidor público podrá ser modificada, únicamente, una vez al año, previo visto bueno del Jefe inmediato y aprobación de la Dirección de Talento Humano. Lo anterior, previendo que en cada dependencia se cuente con el personal necesario para la atención al público, en jornada continua de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Parágrafo. SEGUNDO. Responsabilidad. Si el
servidor público es sorprendido alterando, adulterando o modificando las planillas de control de horario, de inmediato deberá informarse de dicha situación a la Oficina de Asuntos Disciplinarios.

Parágrafo. TERCERO. Para garantizar la atención
personal al público, se establece un horario de atención al usuario y recibo de correspondencia de lunes a viernes, en jornada continua de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Artículo quinto.

Administración y remisión de las planillas de control de horarios. Los directores y Jefes de las dependencias, tendrán a su cargo la seguridad y administración de las planillas de control de horario, las cuales no podrán ser retiradas de las instalaciones de la dependencia respectiva ni de la entidad; así mismo, deberán remitirlas a la Dirección de Talento Humano mes vencido, de acuerdo con la Tabla de Retención Documental y debidamente firmadas, dentro de los primeros cinco (5) días del mes siguiente.

Artículo sexto.

Revisión de los controles de horario en la Dirección de Talento Humano. La Dirección de Talento Humano tendrá a su cargo la revisión y seguimiento de las planillas, soportes e informes de control de horario enviadas por las dependencias.

Artículo segundo.

Jornada Laboral Flexible. Los horarios establecidos y la posibilidad de escogencia de uno de ellos, constituye una jornada laboral flexible para los servidores públicos de la Contraloría de Bogotá, D.C., la cual favorecerá principalmente a aquéllos que se encuentren en una de las siguientes condiciones especiales: 1) servidores públicos discapacitados o con problemas especiales de salud; 2) servidores públicos madres y padres cabeza de familia con hijos menores de edad; 3) servidores públicos con hijos en cualquier edad que se encuentren en situación de discapacidad física, sensorial o psíquica; 4) servidores públicos con padres que se encuentren en situación de discapacidad física, sensorial o psíquica y que dependan directamente del servidor público.

La Dirección de Talento Humano podrá ordenar realizar controles de horario a cualquier dependencia cuando estime conveniente; como resultado de ese control se deberá presentar el respectivo informe con las novedades que se encuentren.

Artículo séptimo.

Consecuencias por retardos. En caso de incumplimiento de la jornada laboral por parte de los servidores públicos, se procederá de la siguiente manera:

Artículo tercero.

Personal de dirección y confianza. Los servidores públicos que ocupen en propiedad, comisión o encargo empleos del nivel directivo o asesor, trabajarán el tiempo que sea necesario para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas, de conformidad con las políticas, instrucciones y requerimientos procedentes del despacho del señor Contralor de Bogotá D.C.

1. Llamado de atención verbal para casos injustifi- cados de retardos, por parte del jefe inmediato .

2. En casos de reincidencia, el jefe inmediato pon- drá los hechos en conocimiento de la Oficina de Asuntos Disciplinarios, con copia a la Dirección de Talento Humano.

Artículo cuarto.

Registro de cumplimiento de horario. Los servidores públicos que ejerzan empleos de nivel profesional, técnico y asistencial en la Contraloría de Bogotá D.C., deben registrar su entrada y salida en el sitio de trabajo, en las planillas de control de horario establecidas para tal efecto y proporcionadas por la Dirección de Talento Humano.

Artículo octavo.

Justificación de retardos y ausencias. Los servidores públicos justificarán por escrito los retardos y las ausencias del sitio de trabajo, dando las explicaciones del caso y anexando los

En todos los casos las planillas deben diligenciarse diariamente, en estricto orden de llegada y de forma REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-10 • 2016 • OCTUBRE • 10 10 respectivos soportes ante su jefe inmediato, quien realizará la evaluación y adoptará las medidas que correspondan.

Talento Humano, indicando el nombre de la institución educativa donde va a cursar estudios o dictar cátedra, los días, el horario, el semestre que va a cursar o dictar y el compromiso de la compensación del tiempo autorizado.

Artículo noveno.

Inasistencia. Cuando el director o jefe de dependencia constate la inasistencia de algún servidor público por tres (3) días consecutivos, lo comunicará inmediatamente a la Dirección de Talento Humano, para los trámites a que haya lugar.

Parágrafo. Los funcionarios del nivel directivo y/o
asesor solicitarán sus permisos directamente ante el Contralor de Bogotá D.C.

En caso de incapacidad, enfermedad, fuerza mayor o caso fortuito, el servidor público, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la expedición de la incapacidad o a la ocurrencia del hecho, deberá informar al jefe inmediato y a la Dirección de Talento Humano, enviando los respectivos soportes.

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. Permiso por calamidad doméstica. Cuando al servidor público se le presente una calamidad doméstica deberá informar inmediatamente de la situación a su jefe inmediato. Una vez se reincorpore al ejercicio de sus funciones deberá justificar el motivo que originó la calamidad con los respectivos soportes, ante el Director de Talento Humano, quien determinará si existió merito suficiente para la ausencia laboral. El permiso por calamidad domestica no podrá exceder de tres (3) días por cada situación que la origina.

Cuando los motivos no constituyan justa causa de conformidad con las normas legales o no se justifique la inasistencia, el ordenador del gasto deberá descontar el día o los días no laborados, sin perjuicio de las actuaciones que se deriven del incumplimiento de los deberes inherentes a la condición de servidores públicos, previsto en la normatividad vigente, tal y como lo establece el Decreto 1737 de 2009.

II. SITUACIONES ADMINISTRATIVAS PARÁGRAFO PRIMERO. La calamidad doméstica se refiere a la enfermedad grave de los padres, el cónyuge, los hijos o hermanos del servidor, o cualquier otro infortunio familiar que, a juicio de las personas encargadas de conceder el permiso, pueda considerarse como tal; así mismo, la justa causa son todas aquellas situaciones en que se encuentre el servidor y cuyas circunstancias sean tales que le impidan física o moralmente asistir al trabajo.

Artículo décimo.

Permisos. Los servidores de la Contraloría de Bogotá D.C., tienen derecho a permiso remunerado hasta por tres (3) días continuos o discontinuos, por causa justificada. Corresponde al Director de Talento Humano o a quien se haya delegado la facultad, el autorizar o negar dichos permisos.

Parágrafo. SEGUNDO. De no existir mérito su-
ficiente para el permiso por calamidad doméstica se acordará con el jefe inmediato su compensación en tiempo.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Presentación solicitudes de permiso. Las solicitudes de los permisos deben tramitarse oportunamente con antelación a su inicio, y tratándose de estudio o docencia, con anterioridad a la iniciación del semestre, adjuntando los respectivos soportes.

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. Licencia por luto. Conceder a los servidores públicos en caso de fallecimiento de su cónyuge, compañero (a) permanente o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y segundo civil, una licencia remunerada por luto de cinco (5) días hábiles.

El servidor público deberá presentar la justificación de la ausencia ante la Dirección de Talento Humano dentro de los treinta (30) días siguientes a la ocurrencia del hecho, adjuntando para el efecto la documentación que se señala en el artículo 1 de la Ley 1635 de 2013.

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. Permiso para ausentarse del sitio de trabajo menor a un (1) día. Todo permiso para ausentarse del sitio de trabajo menor a un (1) día debe ser tramitado por el servidor público únicamente en el formato de novedades elaborado por la Dirección de Talento Humano para tal fin, ante el jefe inmediato, quien lo concederá cuando medie justa causa.

III. DELEGACIÓN Los formatos de novedades de permisos debidamente tramitados se deben remitir junto con las planillas de cada mes a la Dirección de Talento Humano ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. Delegación Permisos. Delegar la facultad para conceder permisos en los siguientes funcionarios:

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Permiso de estudio o docencia. Los permisos de estudio o docencia deben ser solicitados por el interesado al Director de

1. Cuando el permiso sea hasta de un (1) día, al Jefe Inmediato de la Dependencia o al Director donde labora el servidor público que lo solicite.

11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-11 • 2016 • OCTUBRE • 10

2. Cuando el permiso sea de dos (2) o tres (3) días, al Director de Talento Humano, previo visto bueno del respectivo director o jefe de dependencia, con la justificación de la causa o motivo.

IV. IMAGEN CORPORATIVA nistradoras Locales, distribuirán y apropiarán las partidas globales que en el presupuesto anual del Distrito se asignen a las localidades, teniendo en cuenta las necesidades básicas insatisfechas de su población sobre las rentas departamentales que se causen en Bogotá, la ley determinará la participación que le corresponda a la Capital de la República.

ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO. Imagen Corporativa. Es deber de los empleados de la Contraloría de Bogotá D.C., portar en lugar visible y dentro de la jornada laboral, el carné que los acredita como tales y observar un trato de cortesía, amabilidad y respeto con los clientes internos y externos de la entidad.

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las que le sean contrarias, en especial las Resoluciones Reglamentarias números 028 y 036 del 26 de junio y del 15 de julio de 2015, respectivamente.

2. Que la Ley 152 de 1994 tiene como propósito es- tablecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los Planes de Desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados por el Art. 342, y en general por el Capítulo II del Título XI de la Constitución Política de Colombia y demás normas constitucionales que se refieren al Plan de Desarrollo y la planificación, lo referente a los procesos de planeación en los niveles nacional y territorial.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de septiembre de dos mil dieciséis (2016).

ANDRÉS CASTRO FRANCO Contralor de Bogotá, D. C. (E. F.)

ACUERDO LOCAL DE 2016 ALCALDÍA LOCAL DE TUNJUELITO

3. Que el Decreto Ley 1421 de 1993 en su Artículo 69 establece “Atribuciones de las Juntas Ad- ministradoras Locales: De conformidad con la Constitución, la Ley, los Acuerdos del Concejo y los Decretos del Alcalde Mayor corresponde a las Juntas Administradoras: Adoptar el Plan de Desa- rrollo Local en concordancia con el Plan General de Desarrollo Económico, Social y de Obras Pú- blicas, y el Plan General de Ordenamiento Físico del Distrito, previa audiencia de las organizaciones sociales, cívicas y populares de la localidad”.

Acuerdo Local Número 005 (Septiembre 16 de 2016)

Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo

4. Que en el mismo Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 6 establece “se dan las herramientas para permitir la participación comunitaria, el control social y la adopción del Plan de Desarrollo, previa audiencia de las organizaciones sociales, cívicas y populares de la localidad”.

Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para la Localidad de Tunjuelito 2017- 2020 “TUNJUELITO MEJOR PARA TODOS: DIGITAL E INNOVADORA”

5. Que el Acuerdo Distrital 12 de 1994 establece el estatuto de planeación del Distrito Capital y se re- glamenta la formulación, aprobación, la ejecución y la evaluación del Plan de Desarrollo Económico Social y Obras Públicas del Distrito Capital.

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE TUNJUELITO En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la

6. Que el Acuerdo Distrital 13 de 2000 reglamenta la participación ciudadana en la elaboración aproba- ción, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y social para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital.

Constitución Política de Colombia en sus artículos 324, el Decreto 1421 de 1993 en su artículo 69 Numeral 1 y artículo 22 del Acuerdo Distrital 13 de 2000.

CONSIDERANDOS:

7. Que mediante Directiva Distrital 005 del 31 de marzo de 2016, expedida por el Alcalde Mayor de Bogotá, se entregan Lineamientos de Política para las Líneas de Inversión Local en la Formulación de los Planes Locales de Desarrollo 2017 – 2020.

1. Que la Constitución Política de Colombia esta- blece en su artículo 324 que las Juntas Admi-

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-12 • 2016 • OCTUBRE • 10 12 Pilares:

1. Igualdad de Calidad de Vida.

2. Democracia Urbana.

8. Que mediante Acuerdo Distrital 645 de 2016, se “…ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECO- NÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D. C. 2016 – 2020 “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS”.

3. Construcción de Comunidad.

ACUERDA:

Ejes Transversales:

PARTE I PARTE GENERAL  Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética.

Capítulo I. VISIÓN

Artículo 1.

Adopción del plan.

 Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia.

Capítulo II.

PROYECTOS DE GRAN IMPACTO (PGI), Se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras públicas para la localidad de Tunjuelito para el período 2017-2020 “TUNJUELITO MEJOR PARA TODOS: DIGITAL E INNOVADORA”, el cual constituye el referente de las acciones y políticas de la administración local.

PROPUESTAS ESTRATÉGICAS ZONALES (PEZ) Y PROPUESTAS ESTRATÉGICAS LOCALES (PEL)

Artículo 2.

Visión.

Artículo 4.

Proyectos de Gran Impacto (PGI)

En el año 2020, Tunjuelito será reconocida como una localidad cohesionada social, económica y territorialmente, integrada por ciudadanos que cuenten con igualdad de oportunidades y de resultados y por haber alcanzado transformaciones sociales, económicas y ambientales a través de la ciencia, la innovación, el uso de las nuevas tecnologías y la participación ciudadana como motor principal con el fin último de lograr la felicidad de todos sus habitantes. Así mismo, Tunjuelito será ejemplo en la ciudad y en el país al haber alcanzado los mejores índices en transparencia en el manejo de los recursos, un eficiente manejo administrativo y una interacción directa y permanente con la ciudadanía.

Son aquellos que brindan soluciones a problemas estructurales comunes a varias unidades de planeamiento zonal definidas en cada localidad. El área de influencia del proyecto debe incorporar como mínimo dos o más UPZ o zonas rurales. Son la consecuencia de la compilación de las propuestas generadas a través de los Encuentros Ciudadanos y que son concertadas entre la Administración Local, el Consejo de Planeación Local y la Junta Administradora Local, siempre y cuando las mismas sean coherentes y se enmarquen en las Líneas de Inversión definidas por la Secretaría Distrital de Planeación, por lo que para el presente Plan de Desarrollo Local, se establecieron los siguientes Proyectos de Gran Impacto:

Artículo 3.

Estructura del plan.

- Tunjuelito Digital e Innovadora para la Primera Infancia.

El presente Plan de Desarrollo Local en coherencia con el Plan de Desarrollo Distrital - Tunjuelito comprometida con la Población Vulnerable.

“Bogotá mejor para todos” adopta sus fundamentos y estructura general.

- Más y Mejores Parques como Espacios de Innovación Social.

- Mejor Infraestructura para construir Tejido Social.

Las directrices y políticas que orientan la acción articulada de la administración local en procura de profundizar la visión del plan y que servirán de guía para la definición de objetivos se organizan en torno a Pilares y Ejes.

- Fortalecimiento de la Institucionalidad y Gobernabilidad Local, mejor para Todos.

Artículo 5.

Propuestas Estratégicas Zonales (PEZ)

Los Pilares se constituyen en los elementos estructurales, de carácter prioritario, para alcanzar el objetivo central del Plan y se soportan en los Ejes Transversales. Los Ejes Transversales son los requisitos institucionales para la implementación de los Pilares, de manera que tengan vocación de permanencia.

Son aquellas que compilan los proyectos de cada una de las Unidades de Planeamiento Zonal y que dan solución a la problemática específica de cada zona, 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-13 • 2016 • OCTUBRE • 10 la inclusión social y el respeto de la dignidad de las personas. siempre y cuando las mismas sean coherentes y se enmarquen en las Líneas de Inversión definidas por la Secretaría Distrital de Planeación, por lo que para el presente Plan de Desarrollo Local, se establecieron las siguientes Propuestas Estratégicas Zonales:

- Proveer a la localidad de estrategias que permitan la prevención de factores que implican la vulneración de derechos, y la protección y restitución de éstos.

- Tunjuelito, la más Educada a través de la Tecnología.

- Innovación y Tecnología para Espacios Culturales y Deportivos.

- Fomentar programas de formación, de promoción de lectura y de escritura y la generación de espacios de conocimiento, creación, innovación y memoria.

- Tunjuelito más segura y monitoreada, con innovación y tecnología.

- Fortalecer el emprendimiento y la circulación de bienes y servicios y fomentar el buen uso del tiempo libre y la actividad física.

- Ambientes Sostenibles e Innovadores para Tunjuelito.

Artículo 8.

Estrategias.

- Fortalecimiento de la Participación, a través de la Innovación y herramientas digitales.

- Dotar y/o adecuar los jardines infantiles de la localidad con elementos necesarios para el mejor desarrollo de la población infantil.

Artículo 6.

Propuestas Estratégicas Locales (PEL)

- Implementar una política de tolerancia cero en los casos de violencias intrafamiliar y violencia infantil.

- Beneficiar a adultos mayores en situación de vulnerabilidad con la entrega de subsidios Tipo C.

- Beneficiar a la población en situación de discapacidad con ayudas técnicas no provistas por el POS (Plan Obligatorio de Salud).

Son aquellas que surgen del análisis de las propuestas zonales y que son implementadas en forma concertada entre los diferentes organismos de la localidad, siempre y cuando las mismas sean coherentes y se enmarquen en las Líneas de Inversión definidas por la Secretaría Distrital de Planeación, por lo que para el presente Plan de Desarrollo Local, se estableció la siguiente Propuesta Estratégica Local:

- Por una Sede Administrativa Local, Tecnológica e Innovadora.

- Dotar con elementos pedagógicos de ciencia, innovación y tecnología, a las Instituciones Educativas Distritales de la localidad, para contribuir al mejoramiento de la calidad educativa.

Capítulo III.

PILAR 1. IGUALDAD DE CALIDAD DE VIDA

Objetivos, estrategias, programas

Artículo 7.

Objetivos.

Serán objetivos de este pilar:

- Vincular a la comunidad local en el desarrollo de procesos de formación artística y deportiva, así como la realización de eventos en estos sectores, que promuevan la participación de los diferentes grupos poblacionales.

- Apoyar el desarrollo integral de la primera infancia.

Artículo 9.

Programa: Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia.

- Promover iniciativas que contribuyan a disminuir la maternidad y paternidad tempranas.

- Generar igualdad de oportunidades y de resultados desde el enfoque de la protección integral, de derechos.

- Fortalecer la coordinación intra e interinstitucional para lograr el fortalecimiento de capacidades, el aumento de oportunidades, el desarrollo integral y la inclusión social.

El propósito de este programa es promover y potenciar el desarrollo integral de la población desde la gestación hasta la adolescencia con énfasis en quienes tienen condiciones de vulnerabilidad, aportando a la realización de sus capacidades, potencialidades y oportunidades, desde los enfoques de la protección integral, de derechos y diferencial y así contribuir a su felicidad, calidad de vida y ejercicio pleno de su ciudadanía. El programa se vincula principalmente al artículo 80 del Plan Nacional de Desarrollo, a la Ley 1098 de 2006 “Código de Infancia y Adolescencia” y al Decreto 520 de 2011, por medio del cual se adopta - Impulsar acciones que permitan la protección y goce efectivo de derechos, el desarrollo integral, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-14 • 2016 • OCTUBRE • 10 14 la “Política Pública de Infancia y Adolescencia en Bogotá D.C., 2011-2021” y al Plan de Desarrollo Distrital 2016-2019 “Bogotá Mejor para Todos”. tres modalidades, una de ellas denominada Atención Integral a la Primera Infancia en Ámbito Institucional, la cual se efectuó mediante Jardines Infantiles (Atención a Niños de 0 a 5 años) y Jardines Acunar (Especializados en Niños de 0 a 2 años) y que para el año 2016, la localidad cuenta con 16 Jardines Infantiles en Operación, de los cuales 3 son en la modalidad de cofinanciación y los restantes 13 son operados directamente por la Secretaría Distrital de Integración Social.

Para lo anterior, se abordarán dos (2) elementos, el primero de ellos corresponde a la Dotación y/o Adecuación de los Jardines Infantiles de la localidad, para ello y de acuerdo con las proyecciones de población del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), para el año 2015, la ciudad contaba con 723.155 niños de 0 a 5 años1, de los cuales el 51% eran niños y el 49% niñas. La Secretaría Distrital de Integración Social –SDIS, dispone de una capacidad para atender integralmente 125.436 niños y niñas, de los cuales 14.138 corresponden a los cupos del convenio con la Secretaría de Educación del Distrito (SED); 55.596 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y 11.731 de jardines privados.

El segundo elemento se enmarca en la Prevención de la Violencia Infantil y Promoción del buen trato, con aspectos tales como la prevención de embarazos no deseados en la población adolescente, atención y prevención en el consumo de Sustancias Psicoactivas en niños y adolescentes y realización de jornadas de atención extraescolar con el acompañamiento de padres de familia, en temas de buena crianza.

Acorde a lo anterior, según “Informe de la Localidad de Tunjuelito”, elaborado en Diciembre de 2015 por parte de la Dirección de Análisis y Diseño Estratégico de la Secretaría Distrital de Integración Social, la atención integral a la primera infancia se desarrolló mediante Dicho elemento se basa en el documento “Caracterización de la Violencia Intrafamiliar a partir de la información contenida en el sistema de Registro SIRBE” elaborado en el 2015, por parte de la Secretaría Distrital de Integración Social, donde refleja estadísticas como:

ALCALDIA LOCAL DE TUNJUELITO Fuente: Diagnóstico SIRBE. Secretaría Distrital de Integración Social (2015)

1 DANE, Proyecciones de Población 2015 con base en Censo Nacional de 2005.

15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-15 • 2016 • OCTUBRE • 10 ALCALDIA LOCAL DE TUNJUELITO Fuente: Diagnóstico SIRBE. Secretaría Distrital de Integración Social (2015)

Por lo anterior, es importante desarrollar acciones que conduzcan a la disminución de la Violencia Intrafamiliar y a la promoción del buen trato, que aunque en la localidad de Tunjuelito no son muy altas, según las estadísticas existentes, es importante que se logre llegar a menores niveles en esta materia.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-16 • 2016 • OCTUBRE • 10 16

Artículo 10.

Programa: Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente.

actualidad se tiene, que para el caso de la localidad de Tunjuelito corresponde a 1.624 Adultos Mayores para la vigencia 2016.

Este programa contempla acciones de tipo integral, orientadas principalmente a las personas en condición de pobreza extrema y quienes se encuentran en mayor grado de vulnerabilidad socioeconómica en la ciudad. Esto se pretende desarrollar mediante dos elementos, el primero de ellos el correspondiente Apoyo Económico a los Adultos Mayores como parte del programa Nacional y Distrital del Subsidio Tipo C, el cual debe garantizar mínimo la cobertura que en la El segundo elemento, hace referencia a la entrega de Ayudas Técnicas a personas con discapacidad y que no estén incluidas en el Plan Obligatorio de Salud (POS), para lo cual según el DANE actualmente en Bogotá residen 189.177 personas con discapacidad, de las cuales, 7.839 viven en la localidad de Tunjuelito, es decir, el 4,1% y se clasifican de acuerdo con lo siguiente:

17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-17 • 2016 • OCTUBRE • 10 Es así como se concluye, que las cuatro principales alteraciones que más afectan a las personas con discapacidad de la localidad de Tunjuelito son en orden: Movimiento en Cuerpo, Manos, Brazos, Piernas; Sistema Nervioso; Sistema Cardiorrespiratorio y los Ojos.

Capital, vinculando a la población desescolarizada al sistema educativo oficial, generando nuevos ambientes de aprendizaje e infraestructura educativa y mejorando la retención escolar con políticas de bienestar integral, en el marco de una educación inclusiva.

Artículo 11.

Programa: Inclusión educativa para la equidad.

A través de este programa se busca, en el marco de la garantía del derecho a la educación, y sus condiciones de asequibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad, reducir las brechas de desigualdad que afectan las condiciones de acceso y permanencia en la educación preescolar, primaria, secundaria y media de las distintas localidades y poblaciones del Distrito Para ello el elemento que se pretende desarrollar consistirá en dotar de elementos pedagógicos orientados a la Ciencia, la Innovación y la Tecnología, a todas las Instituciones Educativas Distritales de la localidad, que según el documento “Caracterización Sector Educativo de Bogotá Año 2013”, elaborado por la Secretaría de Educación Distrital, son un total de 12, con el fin de reducir la brecha existente con la Oferta Educativa Privada de la ciudad, en lo correspondiente a la calidad educativa:

Fuente: Caracterización Sector Educativo. Secretaría de Educación Distrital (2013)

Artículo 12.

Programa: Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte.

culturales, programas de formación, de promoción de lectura, escritura y bilingüismo, la generación de espacios de conocimiento, creación, innovación y memoria, el fortalecimiento del emprendimiento y la circulación de bienes y servicios, con el propósito de promover todas las formas en que los ciudadanos construyen y hacen efectivas sus libertades culturales, recreativas y deportivas.

El programa busca ampliar las oportunidades y desarrollar capacidades de los ciudadanos y agentes del sector con perspectiva diferencial y territorial, mediante un programa de estímulos, y alianzas estratégicas con los agentes del sector y las organizaciones civiles y REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-18 • 2016 • OCTUBRE • 10 18 tipo de procesos exitosos, mediante la vinculación de por lo menos 200 niños en el proceso de formación artística y de la realización de mínimo 20 eventos tradicionales en la localidad.

En lo referente al sector recreativo y deportivo, se busca ir más allá de las disciplinas deportivas que habitualmente son tenidas en cuenta, creando verdaderos espacios de formación, ofreciendo a los niños y jóvenes de la localidad, disciplinas acordes a sus intereses, sin olvidar el interés que despierta entre los habitantes de Tunjuelito, asuntos tales como actividades recreativas para niños, jóvenes y adultos mayores, de todas las condiciones socioeconómicas y que habitualmente son desarrolladas por diferentes entidades públicas y privadas en los escenarios que frecuenta este tipo de población.

Lo anterior se pretende desarrollar mediante dos elementos, el primero de ellos, adelantando procesos de formación artística, cultural y deportiva y el segundo, alineado con este, mediante la realización de eventos artísticos, culturales y deportivos, todo lo anterior buscando trascender las actividades cotidianas a través de la coordinación de acciones en el territorio para la implementación de políticas públicas tanto en materia cultural y artística, como deportiva; todo ello a partir de que en materia cultural en la localidad de Tunjuelito, se cuenta con por lo menos 12 agrupaciones u organizaciones, que han promovido la realización de eventos culturales tales como los Festivales Navideños o de Juventud, o la continuidad de proyectos exitosos como la consolidación del Centro Orquestal de Tunjuelito, en sintonía con la Orquesta Filarmónica de Bogotá, así pues, es necesario garantizar la continuidad de este

Artículo 13.

Metas e indicadores por Programa.

Meta Plan de Desarrollo Local Programa Indicador Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia. Adecuar 4 Jardines Infantiles Jardines infantiles adecuados Dotar 16 Jardines Infantiles con Elementos Pedagógicos apropiados para la población de cero (0) a cinco (5) años. Jardines infantiles dotados Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia.

Vincular a 1.000 Personas mediante acciones de promoción del buen trato infantil.

Personas vinculadas a acciones de Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia. promoción del buen trato infantil Beneficiar a 1.624 Adultos Mayores garantizando la entrega de la Ayuda Económica del Subsidio Tipo C.

Personas con subsidio tipo C Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente. beneficiadas Beneficiar a 400 Personas con Discapacidad a través de la Entrega de Ayudas Técnicas No POS. Personas beneficiadas con ayudas Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente. técnicas no POS Meta Plan de Desarrollo Local Programa Indicador Inclusión educativa para la equidad. Dotar 12 Instituciones Educativas Distritales con Material Pedagógico. IED dotadas con material pedagógico 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-19 • 2016 • OCTUBRE • 10 Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte.

Realizar 20 Eventos Artísticos y/o Culturales en fechas representativas para el Distrito o la Localidad. Eventos artísticos y culturales realizados Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte.

Realizar 20 Eventos Recreativos y/o Deportivos para los diferentes grupos poblacionales de la localidad. Eventos de recreación y deporte realizados Personas vinculadas a procesos de formación artística y cultural Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte. Vincular a 800 Personas a Procesos de Formación Artística y Cultural.

Personas vinculadas a procesos de formación deportiva Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte. Vincular a 800 Personas a Procesos de Formación Deportiva.

Artículo 16.

Programa: Espacio público, derecho de todos.

Capítulo IV.

PILAR 2. DEMOCRACIA URBANA

Objetivos, estrategias, programas

Artículo 14.

Objetivos.

Serán objetivos de este Pilar:

- Mejorar la movilidad urbana a través de la prevención del deterioro de los andenes, el espacio público y las vías locales, así como rehabilitar los que se encuentran en mal estado.

- Promocionar la cultura ciudadana como mecanismo para lograr el respeto y cambios de comportamiento por parte de todos los actores viales.

El Plan de Desarrollo 2017-2020, tiene como objetivo fundamental, transformar e incrementar el espacio público como un escenario democrático, seguro y de calidad para la socialización, apropiación, conectividad, uso adecuado y disfrute de todas las personas, mediante la intervención y construcción de parques vecinales y/o de bolsillo, con el fin de incrementar la relación existente en la actualidad entre las zonas verdes disponibles en la localidad y los habitantes de la misma, teniendo en cuenta que según información del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, la localidad cuenta tan solo con 52 Equipamientos Deportivos, siendo el Parque Metropolitano el Tunal, el principal de ellos, y viendo como en los últimos años, siempre se priorizó la inversión allí, dejando de lado los demás equipamientos deportivos de la localidad, tanto en mantenimiento o intervención como en construcción de nuevos escenarios.

- Recuperar, intervenir y construir parques de bolsillo de la localidad con el fin de que los ciudadanos cuenten con espacios para la recreación y el deporte.

Artículo 15.

Estrategias.

Artículo 17.

Programa: Mejor movilidad para todos.

Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados son:

- Realización de obras de prevención, mantenimiento y rehabilitación de la malla vial local y construcción de espacio público (andenes).

El programa “Mejor Movilidad Para Todos” contribuye a la democracia urbana porque mejora la calidad y accesibilidad a la movilidad para todos los usuarios: Peatones, ciclistas, usuarios del transporte público colectivo e individual, usuarios del transporte privado.

- Construcción y mantenimiento de parques de bolsillo y/o vecinales.

- Vincular a la comunidad local a procesos pedagógicos de sensibilización sobre el respeto por el espacio público, el uso del transporte público y los medios alternativos de transporte.

Así mismo, considerando los importantes avances que ha tenido la localidad de Tunjuelito en los últimos años, se recibe la localidad con un 87% de su Malla Vial en buen estado, el 5% en regular estado y el 8% en mal estado, por lo que además de alcanzar el 100% de la Malla Vial en buen estado se pretende realizar el mantenimiento preventivo para que la misma se man- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-20 • 2016 • OCTUBRE • 10 20 en el marco de las competencias legales de la Alcaldía Local, se pretende intervenir 1 puente vehicular de escala local sobre cuerpos de agua. tenga en dicho estado, así mismo, se busca habilitar más Espacio Público para los peatones, mediante la construcción de andenes apropiados para estos y realizando mantenimiento al existente y de igual forma y

Artículo 18.

Metas e indicadores por Programa.

Meta Plan de Desarrollo Local Programa Indicador Espacio público, derecho de todos. Construir 4 Parques Vecinales y/o de Bolsillo. Parques vecinales y/o de bolsillo construidos Parques vecinales y/o de bolsillo Espacio público, derecho de todos. Intervenir 16 Parques Vecinales y/o de Bolsillo. intervenidos Mejor movilidad para todos. Mantener 9 Km/Carril de Malla Vial Local. Km/carril de malla vial local mantenido Mejor movilidad para todos. Construir 2.000 m² de Espacio Público. M² de espacio público construidos Mejor movilidad para todos. Mantener 2.000 m² de Espacio Público. M² de espacio público mantenidos Puentes vehiculares y/o peatonales, de escala local sobre cuerpos de agua intervenidos Mejor movilidad para todos. Intervenir 1 Puente Vehicular y/o Peatonal de Escala Local sobre Cuerpo de Agua.

Capítulo V. PILAR 3. CONSTRUCCIÓN DE

- Vincular a la comunidad en programas y acciones para mejorar la convivencia ciudadana.

COMUNIDAD Y CULTURA CIUDADANA Objetivos, estrategias, programas - Promocionar el conocimiento del Código de Policía y los mecanismos alternativos de solución de conflictos.

Artículo 19.

Objetivos.

Serán objetivos de este Pilar:

- Dotar a las autoridades locales de los elementos tecnológicos que contribuyan al mejoramiento de la seguridad y convivencia ciudadanas.

- Fortalecer las capacidades operativas de las autoridades involucradas en la gestión de la seguridad en la localidad.

Artículo 21.

Programa: Seguridad y convivencia para todos.

- Hacer de Tunjuelito una localidad segura para todos sus habitantes y con un alto sentido de pertenencia y corresponsabilidad de los ciudadanos en la gestión de la seguridad y la convivencia.

Artículo 20.

Estrategias.

Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados son:

Este programa está orientado a mejorar la seguridad y la convivencia en la localidad a través del monitoreo, la prevención y el control del delito, el fortalecimiento de las capacidades operativas de las autoridades involucradas en la gestión de la seguridad en la localidad, el mejoramiento de la confianza de los habitantes de Tunjuelito en las autoridades y la promoción de la corresponsabilidad de los ciudadanos en la gestión de la seguridad y la convivencia en Tunjuelito.

21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-21 • 2016 • OCTUBRE • 10 Para ello se pretenden desarrollar dos elementos, el primero de ellos mediante la dotación de recursos tecnológicos para la seguridad, tanto a las autoridades como a los habitantes de la localidad, para mitigar y disminuir los niveles de criminalidad que aquejan a la localidad y por otra parte, promoviendo ejercicios de convivencia ciudadana vinculando a los habitantes de Tunjuelito, teniendo en cuenta estadísticas como las siguientes:

NÚMERO DE HOMICIDIOS A 30-09-15 Fuente: Diagnóstico Seguridad en Bogotá. Secretaría Distrital de Gobierno (2015)

NÚMERO DE HURTOS A PERSONAS A 30-09-15 Fuente: Diagnóstico Seguridad en Bogotá. Secretaría Distrital de Gobierno (2015)

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-22 • 2016 • OCTUBRE • 10 22 NÚMERO DE HURTOS A RESIDENCIAS A 30-09-15 Fuente: Diagnóstico Seguridad en Bogotá. Secretaría Distrital de Gobierno (2015)

NÚMERO DE HURTOS A ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO A 30-09-15 Fuente: Diagnóstico Seguridad en Bogotá. Secretaría Distrital de Gobierno (2015)

23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-23 • 2016 • OCTUBRE • 10

Artículo 22.

Metas e indicadores por Programa.

Meta Plan de Desarrollo Local Programa Indicador Seguridad y convivencia para todos.

Dotaciones para seguridad realizadas Realizar 4 Dotaciones para Seguridad con Elementos Técnicos y/o Tecnológicos.

Personas vinculadas a ejercicios de convivencia Seguridad y convivencia para todos. ciudadana Vincular a 2.000 Personas mediante Ejercicios de Convivencia Ciudadana.

- Implementar acciones de jardinería, muros verdes y/o paisajismo.

Capítulo VI.

EJE TRANSVERSAL: SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL BASADA EN LA EFICIENCIA

ENERGÉTICA - Recuperar y sembrar árboles en interacción con los diferentes actores de la localidad.

Objetivos, estrategias, programas

Artículo 25.

Programa: Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal.

Artículo 23.

Objetivos.

Serán objetivos de este Eje Transversal:

- Recuperar y mantener la estructura ecológica principal de la localidad.

Este programa pretende mejorar la oferta de los bienes y servicios ecosistémicos de la localidad y la ciudad, para asegurar el uso, el disfrute y la calidad de vida de los ciudadanos, generando condiciones de adaptabilidad al cambio climático mediante la consolidación de la Estructura Ecológica Principal (EEP).

- Promover cambios en los comportamientos de la comunidad local que afectan el buen uso de los espacios públicos de la localidad, - Generar una cultura ambiental local que permita la conservación presente y futura del entorno local.

- Impulsar en la comunidad el cuidado y protección del sistema arbóreo de la localidad.

Para llevarlo a cabo se pretende realizar mediante tres elementos: uno de ellos consiste en la intervención o siembra de árboles; el segundo, mediante la intervención con acciones de renaturalización o ecourbanismo del Espacio Público; y la última mediante la intervención de muros verdes, paisajismo o acciones de jardinería en la localidad.

Artículo 24.

Estrategias.

Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados son:

Dichos elementos son importantes en Tunjuelito teniendo en cuenta que en la actualidad y según el último censo del año 2015, se cuenta con cerca de 34.500 árboles, los cuales requieren de un mantenimiento constante y en caso de habilitar nuevo suelo para ello, sembrar nuevas especies arbóreas que contribuyan al mejoramiento en la calidad del aire y por lo tanto en la calidad de vida de los habitantes de la localidad.

- Vincular a la comunidad en procesos de sensibilización sobre contaminación atmosférica, auditiva, electromagnética en componentes visuales, sonoros y de calidad del aire.

- Adelantar programas de educación ambiental que generen cultura ambiental.

Por otra parte, según informe de la Secretaría Distrital de Ambiente, la localidad de Tunjuelito, se clasifica como una localidad con alta capacidad de gestión ambiental, destacándose los temas de ejecución y planificación de sus programas y proyectos.

- Implementar acciones dirigidas a la recuperación de cuerpos de agua, control de usos no permitidos y protección del sistema arbóreo.

- Promover una cultura de separación de residuos en la fuente, recolección separada, procesos de reciclaje y aprovechamiento final de las basuras.

El recurso hídrico de la localidad está representado por dos cuerpos de agua que son el Río Tunjuelo, que funciona como límite político-administrativo en la dinámica de la localidad y la Quebrada La Chigüaza, los cuales son los receptores de las aguas residuales REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-24 • 2016 • OCTUBRE • 10 24 domesticas e industriales, este último enfatizado en la curtiembre de cueros ocasionando un alto grado de contaminación a las cuencas.

Una cuarta parte de la localidad de Tunjuelito corresponde a áreas protegidas conformadas por zonas de rondas, parques distritales en sus diversas escalas, áreas de interés ecológico y zonas ambientales de conservación, por lo que es fundamental adelantar acciones que permitan mejorar las condiciones ecológico – ambientales de la localidad.

La alta proliferación de emisiones atmosféricas generadas por fuentes móviles, debido al alto tráfico vehicular de la zona en la Autopista Sur, Avenida Carrera 68, Avenida Boyacá y Avenida Caracas, entre otras vías principales, es una de las características que amenaza ambientalmente a la localidad.

Artículo 26.

Metas e indicadores por Programa.

Meta Plan de Desarrollo Local Programa Indicador Hectáreas de espacio público intervenidas con acciones de renaturalización y/o ecourbanismo Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal.

Intervenir 1 Hectárea de Espacio Público mediante acciones de Renaturalización y/o Ecourbanismo.

M² de espacio público intervenidos con acciones de jardinería, muros verdes Intervenir 1.000 m² de Espacio Público a través de acciones de Jardinería, Muros Verdes y/o Paisajismo. y/o paisajismo Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal.

Capítulo VII. EJE TRANSVERSAL: GOBIERNO

- Construcción y adecuación de la nueva sede de la Alcaldía Local de Tunjuelito.

LEGÍTIMO Y EFICIENTE Objetivos, estrategias, programas

Artículo 27.

Objetivos.

- Generar espacios de participación a las organizaciones sociales y comunitarias de la localidad.

Serán objetivos de este Eje Transversal:

- Fomentar e implementar la estrategia de Gobierno Abierto en la localidad de Tunjuelito.

- Impulsar y capacitar a la ciudadanía en el uso de las tecnologías de la comunicación y la información como medios facilitadores para la articulación entre la ciudadanía y el Estado.

- Concentrar la oferta de servicios locales con el fin de tener una mayor comodidad para los ciudadanos.

- Impulsar la creación de veedurías ciudadanas locales para fortalecer el ejercicio ciudadano de control social.

Artículo 29.

Programa: Gobernanza e influencia local, regional e internacional.

- Mejorar la capacidad del gobierno local para responder en forma eficiente a las demandas de la población.

- Apoyar a las autoridades locales para implementar acciones Inspección, Vigilancia y Control Urbanístico.

Este programa cobija acciones que buscan una gestión local orientada a fortalecer la gobernanza, con el fin de mejorar la influencia de las entidades distritales y locales en todas las instancias, sean estas, políticas, locales, ciudadanas, regionales o internacionales.

- Impulsar la participación ciudadana y el control social de parte de los grupos sociales y comunitarios locales.

Artículo 28.

Estrategias.

Así las cosas, de forma permanente se realiza el monitoreo de áreas susceptibles de ocupación informal del suelo, para informar oportunamente a las autoridades locales sobre las ocupaciones identificadas.

Las estrategias contempladas para el logro de los objetivos señalados son:

El proceso de ocupación informal del suelo (o enajenación ilegal del suelo) es una dinámica que se manifies- 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-25 • 2016 • OCTUBRE • 10 inclusión de los ciudadanos y las organizaciones sociales para participar con incidencia en las decisiones que las afectan. Entre las posibles causas del problema en cuestión se encuentran: ta, principalmente: 1) en áreas periféricas de la ciudad; y 2) en aquellas zonas que se encuentran aledañas a los bordes de ciudad y que reciben la presión urbana ejercida por los desarrollos urbanos de origen formal. Con esta consigna, los polígonos de monitoreo que se comenzaron a identificar en el año 2003, se ubicaban, principalmente, en las áreas sin desarrollar de las localidades de Bosa, Kennedy, Ciudad Bolívar y Usme.

Debilidades en la cualificación de los ciudadanos para la apropiación de los mecanismos democráticos, que conjuguen sus necesidades o problemas, con los espacios de participación y con los criterios técnicos de las entidades.

Débil coordinación y articulación entre las entidades que integran los trece sectores de la administración distrital.

Las ocupaciones identificadas al interior de las áreas priorizadas ascendieron a 19.822 en 2015, en las cuales se identificaron construcciones preexistentes y nuevos desarrollos. El mayor proceso de informalidad se observa en las localidades de Ciudad Bolívar, Usme, Bosa y Usaquén, siendo la primera la que manifiesta un mayor crecimiento y dinámica desde 2003.

Actitud apática de la ciudadanía frente a los procesos electorales.

La normatividad comunal establecida entorpece la gestión y armonía entre los integrantes de las organizaciones, pues éstas no tienen claridad sobre su aplicación e interpretación de la misma.

No obstante lo anterior, para evitar que la localidad de Tunjuelito llegue a encabezar las estadísticas referentes a la urbanización ilegal o al uso irregular del suelo, se deben adelantar acciones preventivas de control urbanístico.

Lo anterior se acentúa dado que el proceso de planeación y participación local y la programación y ejecución presupuestal no son completamente concordantes, en la medida en que ha faltado reglamentación para conjugar lo que la ciudadanía manifiesta en los espacios de participación, con los criterios técnicos, las metas y los presupuestos de las entidades distritales y locales.

Así mismo, con el ánimo de abordar el concepto de gobernanza se ha tomado como la acción de dirigir con autoridad para el logro de un desarrollo económico, social e institucional sostenible, y basado en el equilibrio de Estado, mercado y sociedad civil. Para alcanzar el pleno desarrollo de este concepto, la localidad se ha propuesto una serie de objetivos en diferentes escalas, que van desde lo local y sectorial hasta la vinculación efectiva y con liderazgo de la localidad a la ciudad.

Baja participación en los procesos eleccionarios de las instancias locales.

En primera instancia, el mejoramiento de la gobernabilidad y gobernanza en la localidad se enmarca en optimizar el grado de cooperación de la Administración Local con la ciudadanía, así como con otros socios estratégicos, como la Junta Administradora Local, el Concejo de Bogotá, las Juntas de Acción Comunal y otros actores como las organizaciones sociales. Estos componentes se convierten en temas prioritarios para la acción de gobierno local.

Al mismo tiempo, se propone modernizar la participación ciudadana, la gestión de la Alcaldía Local y el agenciamiento político, para mejorar la gobernabilidad y gobernanza de Tunjuelito.

En términos de la influencia internacional de la ciudad, se buscará posicionar a Tunjuelito como una localidad, dentro de un escenario de atracción, intercambio y aprovechamiento de las mejores prácticas identificadas distritalmente, contribuyendo así al aumento de la influencia política, cultural y social de la localidad en el contexto de ciudad y latinoamericano.

Lo anterior teniendo en cuenta que se han evidenciado dificultades para hacer efectivos los mecanismos de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-26 • 2016 • OCTUBRE • 10 26

Artículo 30.

Metas e indicadores por Programa.

Meta Plan de Desarrollo Local Programa Indicador Realizar 4 Acciones de Inspección, Vigilancia y Control programadas por la Alcaldía Local. Acciones de Inspección, Vigilancia y Control realizadas Gobernanza e influencia local, regional e internacional.

Gobernanza e influencia local, regional e internacional.

Cubrir a 9 Ediles de la localidad con el pago de los honorarios. Ediles con pago de honorarios cubierto Estrategias de fortalecimiento Gobernanza e influencia local, regional e internacional.

Implementar 4 Estrategias de Fortalecimiento Institucional. institucional realizadas Adecuar 1 Sede Administrativa óptima para el correcto funcionamiento de la Alcaldía Local.

Sede Administrativa Local adecuada Gobernanza e influencia local, regional e internacional.

Organizaciones, instancias y expresiones sociales ciudadanas fortalecidas para la participación Fortalecer para la participación a 20 Organizaciones, Instancias y/o Expresiones Sociales Ciudadanas de la localidad.

Gobernanza e influencia local, regional e internacional.

Personas vinculadas a procesos de participación ciudadana y/o control social Gobernanza e influencia local, regional e internacional.

Vincular a 3.000 personas a procesos de participación ciudadana y/o de control social.

PARTE II PLAN DE INVERSIONES

Capítulo VIII. PLAN PLURIANUAL DE

INVERSIONES

Artículo 31.

Financiación.

DIGITAL E INNOVADORA” se estima en un monto de NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUEN- TA Y DOS MILLONES DE PESOS ($92.452.000.000) pesos constantes de 2016. Se financiará con Transferencias de la Administración Central, teniendo en cuenta el Cupo Indicativo suministrado por la Secretaría Distrital de Hacienda para el período 2017-2020 de la Localidad de Tunjuelito.

El Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo Local “TUNJUELITO MEJOR PARA TODOS:

RECURSOS (Cifras en Millones de Pesos de 2016)

FUENTE 2017 2018 2019 2020 Total TRANSFERENCIAS $22.124 $22.772 $23.412 $24.144 $92.452 Libre Destinación $20.359 $20.949 $21.555 $22.246 $85.110 Sobretasa a la Gasolina $1.764 $1.823 $1.857 $1.898 $7.342 TOTAL FINANCIACIÓN 2017-2020 $22.124 $22.772 $23.412 $24.144 $92.452 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-27 • 2016 • OCTUBRE • 10

Artículo 32.

Plan plurianual de inversiones 2017-2020 por Pilar/Eje.

RECURSOS (Cifras en Millones de Pesos de 2016)

Pilar/Eje 2017 2018 2019 2020 Total Pilar: Igualdad de Calidad de Vida. $3.097 $4.418 $4.542 $4.684 $16.741 Pilar: Democracia Urbana. $8.850 $9.109 $12.877 $13.279 $44.115 Pilar: Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana. $1.106 $1.139 $1.171 $1.207 $4.623 Eje Transversal: Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética.

$177 $182 $188 $193 $740 Eje Transversal: Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia.

$8.894 $7.924 $4.634 $4.781 $26.233 TOTAL RECURSOS $22.124 $22.772 $23.412 $24.144 $92.452 Proyección de recursos 2017 – 2020 por Pilar/ Eje y programa Pilar: Igualdad de Calidad de Vida (Cifras en Millones de Pesos de 2016)

Programa 2017 2018 2019 2020 Total Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia. $442 $410 $468 $483 $1.803 Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente. $1.416 $2.869 $2.880 $2.897 $10.062 Inclusión educativa para la equidad. $266 $228 $258 $242 $994 Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte. $973 $911 $936 $1.062 $3.882 TOTAL $3.097 $4.418 $4.542 $4.684 $16.741 Pilar: Democracia Urbana (Cifras en Millones de Pesos de 2016)

Programa 2017 2018 2019 2020 Total REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-28 • 2016 • OCTUBRE • 10 28 Espacio público, derecho de todos. $2.212 $2.277 $2.341 $2.414 $9.244 Mejor movilidad para todos. $6.638 $6.832 $10.536 $10.865 $34.871 TOTAL $8.850 $9.109 $12.877 $13.279 $44.115 Pilar: Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana (Cifras en Millones de Pesos de 2016)

Programa 2017 2018 2019 2020 Total Seguridad y convivencia para todos. $1.106 $1.139 $1.171 $1.207 $4.623 TOTAL $1.106 $1.139 $1.171 $1.207 $4.623 Eje Transversal: Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética (Cifras en Millones de Pesos de 2016)

Programa 2017 2018 2019 2020 Total Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal. $177 $182 $188 $193 $740 TOTAL $177 $182 $188 $193 $740 Eje Transversal: Gobierno Legítimo y Eficiente (Cifras en Millones de Pesos de 2016)

Programa 2017 2018 2019 2020 Total Gobernanza e influencia local, regional e internacional. $8.894 $7.924 $4.634 $4.781 $26.233 TOTAL $8.894 $7.924 $4.634 $4.781 $26.233

Artículo 33.

Mecanismos de coordinación interinstitucional previstos para la ejecución del plan.

otros mecanismos, convenios interadministrativos y otros previstos en la ley.

El presente Plan ha sido elaborado en consonancia con las disposiciones de la ley del Plan Nacional de Desarrollo vigente, y particularmente aquellas que versan sobre las políticas regionales, así como el Plan de Desarrollo Distrital 2016-2019 “Bogotá Mejor para Todos”.

Así mismo, los Comités Locales y Sectoriales, serán el escenario para la coordinación local interinstitucional de las entidades del Distrito, en aras de asegurar el cumplimiento armónico y ordenado del presente Plan. La Alcaldía Local de Tunjuelito liderará y coordinará las acciones de seguimiento y evaluación de la ejecución de las políticas y los programas del Plan.

Los Comités Locales y los Sectores de la Administración Distrital, constituyen los principales medios e instrumentos de coordinación de la planeación local con la planeación distrital, nacional, regional, departamental y sectorial; para el efecto se tendrán en cuenta, entre De igual forma, el presente Plan de Desarrollo Local y cada una de las Políticas, Planes y Programas que lo implementen, tendrán un Enfoque basado en Derechos Humanos (EBDH) como herramienta transversal y 29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-29 • 2016 • OCTUBRE • 10 LUIS EDUARDO ESPITIA GALINDO Edil JOSÉ ALEJANDRO JARAMILLO ZABALA Edil estratégica tanto de la Política Pública Local como de la Planeación Territorial. En consecuencia, las acciones que se ejecuten en desarrollo de este Plan, serán formuladas e implementadas con base en el Enfoque basado en Derechos Humanos.

JORGE ENRIQUE ZAMBRANO N.

Edil CARMEN ROSA TÉLLEZ JIMÉNEZ Secretaria JAL El presente Acuerdo Local es sancionado en Bogotá D.C., a los veinte (20) días del mes de

Artículo 34.

Ejecución. La ejecución del plan de inversiones se realizará de acuerdo con lo establecido en el plan plurianual; en el evento que los ingresos proyectados no alcance los niveles requeridos o se requiera realizar modificaciones al avance de los programas, las inversiones se ajustarán en los presupuestos anuales de acuerdo a la importancia estratégica de cada programa.

septiembre de dos mil dieciséis (2016).

YEISONN ALEXÁNDER CHIPATECUA QUEVEDO Alcalde Local de Tunjuelito

Artículo 35.

Anexos. Los siguientes anexos hacen parte integral del Plan de Desarrollo Local “TUNJUELITO MEJOR PARA TODOS: DIGITAL E INNOVADORA”:

Anexo 1: Documentos técnicos base (Diagnósticos) para la construcción del Plan de Desarrollo Local ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBÓN Anexo 2: Lineamientos de Política para las Líneas de Inversión Local 2017-2020 Decreto Local Número 10 (Octubre 5 de 2016)

Anexo 3: Cupo Indicativo de Financiación para elaboración de Plan de Desarrollo Local 2016-2020 “Por medio del cual se aclara un error de digitación en el Decreto Local 09 de 3 de octubre Anexo 4: Proyección Plan plurianual a nivel de proyecto Plan de Desarrollo Local Vigencias 2017, 2018, 2019 y 2020 de 2016”.

Artículo 36.

Vigencia El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 71, inciso PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. segundo del Decreto Ley 1421 de 1993 y el Artículo 22 del Acuerdo 13 de 2000 y Dado en Bogotá D.C., a los dieciséis (16) días del mes de septiembre de dos mil dieciséis (2016).

CONSIDERANDO:

ÁLVARO CASTILLO CORREDOR Presidente JAL WILLIAM ANTONIO POVEDA FAJARDO Que corresponde al Alcalde Local convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local conforme lo establecido en el Artículo 71 del Inciso 2 del Decreto Ley 1421 de 1993.

Vicepresidente JAL JOREGE SÁNCHEZ PARRA Edil Ponente HERNÁN REYES GÓMEZ Edil Ponente RICARDO RIVERA LONDOÑO Que mediante Decreto Local 09 de 2016 se citó a sesiones extraordinarias para el periodo comprendido entre el día seis (6) de octubre de 2016 hasta el día (9) de octubre de 2016, pero por un error involuntario de digitacion, en la denominación del Decreto se indicó lo siguiente “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias para el período Comprendido entre el siete (7) y diez (10) de octubre de 2016”.

Edil Ponente SANTIAGO CAÑAS ESCOBAR Edil Que de acuerdo al articulo 45 de la Ley 1437 de 2011, en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-30 • 2016 • OCTUBRE • 10 30 sesiones extraordinarias para el periodo Comprendido entre el seis (6) al nueve (9) de octubre de 2016”. contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras.

Artículo segundo.

Todos los apartes del Decreto Local 09 de 3 de octubre de 2016 que no fueron corregidos mantienen incólume su contenido.

Que dando aplicación a dicha normatividad, es viable corregir el error de digitación presentado en el decreto aclarando que el mismo no hace ningún cambio al sentido material de la decisión adoptada.

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Que en merito de lo expuesto:

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

DECRETA:

Dado en Bogotá D.C, el día cinco (5) de octubre de dos mil dieciséis (2016).

JOHANNA PAOLA BOCANEGRA OLAYA

Artículo primero.

Corregir en el Decreto 09 de 3 de octubre de 2016 en la parte de denominación, siendo lo correcto lo siguiente: Decreto Local No 09 del 3 de octubre de 2016 “Por medio del cual se convoca a

Alcaldesa Local de Fontibón 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5931 • pP. 1-31 • 2016 • OCTUBRE • 10

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