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Registro Distrital 5909 de 2016

Registro Distrital 5909 de 2016 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
5909
Año
2016
Fecha
7 de septiembre de 2016
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 50 Número 5909 2016 • SEPTIEMBRE • 7 REGISTRO DISTRITAL DECRETO DE 2016 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. va, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”, como norma reguladora del empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleos de carrera de las entidades distritales.

Decreto Número 367 (Septiembre 5 de 2016)

Que mediante el Decreto Distrital 429 de 2013, se adoptó la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer.

“Por medio del cual se crean unos empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer.”

Que la citada Secretaría Distrital de la Mujer presentó la justificación técnica ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil, para soportar la creación de unos empleos en la planta de personal.

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Acuerdo Distrital No. 199 de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio con radicado No. 2016EE1597 del 3 de agosto de 2016, emitió concepto técnico favorable a la solicitud de creación de tres (3) empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer.

Que el artículo 125 de la Constitución Política dispone que: “(…) Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la Ley.

Que mediante oficio con radicado No. 2016EE126896 del 22 de agosto de 2016, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió certificación de viabilidad presupuestal para la creación de tres (3) empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer.

Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la Ley, serán nombrados por concurso público.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes (...)”.

Artículo 1º.

- Crear los siguientes empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer.

Que la Ley 909 de 2004 “Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrati- No DE EMPLEOS DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO 3 CONDUCTOR 480 15 3 TOTAL DE EMPLEOS 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5909 • pP. 1-1 • 2016 • SEPTIEMBRE • 7

Artículo 2º.

- Planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer. La planta de personal de la Se-

cretaría Distrital de la Mujer queda conformada de la siguiente manera:

No. DE EMPLEOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO DESPACHO 1 SECRETARIO DE DESPACHO 020 009 3 ASESOR 105 06 4 TOTAL PLANTA DESPACHO SECRETARIO- DISTRITAL DE LA MUJER PLANTA GLOBAL No. DE EMPLEOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO NIVEL DIRECTIVO 3 SUBSECRETARIO DE DESPACHO 045 08 8 DIRECTOR TÈCNICO 009 06 1 JEFE DE OFICINA 006 06 12 TOTAL NIVEL DIRECTIVO No. DE EMPLEOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO NIVEL ASESOR 2 JEFE DE OFICINA ASESORA 115 06 2 TOTAL NIVEL ASESOR NIVEL PROFESIONAL 3 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 30 17 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 27 6 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 24 1 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 22 4 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 20 9 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 17 3 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 3 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 12 9 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 01 55 TOTAL NIVEL PROFESIONAL NIVEL TÉCNICO 6 TÉCNICO ADMINISTRATIVO 367 17 6 TOTAL NIVEL TÉCNICO NIVEL ASISTENCIAL 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 27 12 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 19 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 18 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 04 4 CONDUCTOR 480 15 19 TOTAL NIVEL ASISTENCIAL 94 TOTAL CARGOS PLANTA GLOBAL 98 TOTAL CARGOS SECRETARÍA DISTRITAL DE LA MUJER PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del mes de septiembre de dos mil dieciséis (2016).

Artículo 3º.

- Distribución de los cargos. El/la nominador/a distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente Decreto, mediante acto administrativo, y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio y los planes y programas de la Secretaría Distrital de la Mujer.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor CRISTINA VÉLEZ VALENCIA

Artículo 4º.

- Provisión de los empleos. Los empleos serán provistos de conformidad con las normas legales vigentes.

Secretaria Distrital de la Mujer NIDIA ROCÍO VARGAS Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

Artículo 5º.

- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y modifica en lo pertinente el Decreto Distrital 429 de 2013.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5909 • pP. 1-2 • 2016 • SEPTIEMBRE • 7 2 RESOLUCIONES DE 2016 CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Que la empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP, presupuestó para la vigencia 2016 en la Disponibilidad Inicial $4.300.123.000. A 31 de diciembre de 2015 la Empresa registró una Disponibilidad Neta de Tesorería por $7.241.542.308 por lo cual es necesario efectuar un ajuste de la disponibilidad inicial por $2.941.419.308.

Resolución Número 08 (Agoasto 31 de 2016)

“Por la cual se aprueba el ajuste al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones Que la Junta Directiva de la Empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP en sesión No. 134 del 14 de julio de 2016 emitió concepto favorable a las anteriores modificaciones para ajustar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2016 de acuerdo con las cifras del cierre presupuestal y financiero 2015. de la vigencia fiscal 2016, de la empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP de acuerdo con el cierre presupuestal y financiero 2015”.

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS en ejercicio de sus facultades legales y Que el CONFIS en sesión No. 12 del 30 de agosto de 2016, aprobó las anteriores modificaciones presupuestales con las cuales se ajusta el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2016 de la empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP.

CONSIDERANDO:

Que la aprobación del mencionado ajuste al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2016 de la empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP, se efectuó de acuerdo con las recomendaciones de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.

RESUELVE:

Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal (e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

Artículo primero.

Aprobar un ajuste en el Presupuesto de Rentas e Ingresos de la empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP para la vigencia fiscal 2016, por la suma de $2.941.419.308 conforme al siguiente detalle:

RUBRO $ Que conforme a lo establecido en el artículo 28° del Decreto Distrital 195 de 2007, “Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los gastos de funcionamiento, gastos de operación, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo”.

1. DISPONIBILIDAD INICIAL 2.941.419.308

TOTAL DISPONIBILIDAD INICIAL 7.241.542.308 Que de acuerdo con el numeral 5 del reglamento interno adoptado en la sesión del 27 de enero de 2016, le corresponde al CONFIS mediante resolución suscrita por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.

Producto de las anteriores modificaciones la cuenta de resultado Disponibilidad Final se incrementa en $2.941.419.308, presentando un valor total ajustado de $5.001.424.308.

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los treinta y un (31) días Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS, mediante Resolución No.017 del 19 de octubre de 2015, aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión de la empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A. – ESP, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2016, por un monto de $164.027.399.000. del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016).

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda ANDRÉS ORTIZ GÓMEZ Secretario Técnico Que es necesario ajustar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia fiscal 2016 de la empresa AGUAS DE BOGOTÁ S. A.
- ESP, de acuerdo con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal 2015.

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5909 • pP. 1-3 • 2016 • SEPTIEMBRE • 7 Resolución Número 09 (Agosto 31 de 2016) de 2016, autorizó a la administración del Canal Capital realizar el cambio de destinación previo al concepto del Confis.

“Por la cual se autoriza el cambio de destinación de unos recursos capitalizados de la empresa Canal Capital”

Que Canal Capital elevó solicitud al CONFIS para el cambio de la destinación de los recursos capitalizados por la suma de $5.500 millones.

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 714 Que el CONFIS en su reunión No. 12 del 30 de agosto de 2016, autorizó e el cambio de destinación de los recursos capitalizados de la empresa Canal Capital por un valor de $5.500.000.000. de 1996, el Decreto Distrital 195 de 2007, y

RESUELVE:

CONSIDERANDO:

Artículo primero.

Aprobar la solicitud de cambio de destinación de los recursos capitalizados de la empresa Canal Capital hasta por un valor de $5.500.000.000 para atender necesidades de caja de la EICD Canal Capital.

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Que conforme a lo estipulado en el artículo 10 literal e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

Dada en Bogotá D.C., a los treinta y un (31) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016).

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda Que de acuerdo con el numeral 5 del reglamento interno adoptado en la sesión del 27 de enero de 2016, le corresponde al CONFIS, mediante resolución suscrita por la Secretaría Técnica y la Secretaria Distrital de Hacienda, notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.

ANDRÉS ORTIZ GÓMEZ Secretario Técnico CIRCULAR DE 2016 Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal
- CONFIS, mediante Resolución No. 017 del 29 de octubre de 2015, aprobó el Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversiones de la empresa Canal Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2016, por un monto de $38.059.603.000.

Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital Circular Número 06 (Agosto 22 de 2016)

PARA: Ciudadanía en general.

DE: Directora Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.

ASUNTO: Regulación interna trámite de quejas y re- clamos.

Que Canal Capital tenía proyectada la compra y adecuación de la sede de la entidad por un valor inicial de $13.650 millones, presupuestados de la siguiente forma: en el año de 2014 se asignaron y capitalizaron $5.500 millones, para la vigencia 2015 se asignaron $4.000 millones, los cuales de acuerdo con la Resolución CONFIS No. 04 del 8 de abril de 2016 fueron reintegrados a la Tesorería Distrital con sus respectivos intereses por la suma de $136 millones, y para el año de 2016 se asignaron $4.150 millones, sin embargo el CONFIS en la misma Resolución 04 de 2016 determinó la reducción del presupuesto en dicho valor. Por lo anterior, en la tesorería de la Entidad se cuenta con la suma de $5.500 millones disponibles.

La función administrativa está al servicio de los intereses generales y debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, tal como está establecido en nuestra Constitución Política.

Que las proyecciones de recaudo de ingresos frente a la proyección de gastos presentan necesidades de caja por $5.500 millones.

Que la Junta Directiva del Canal Capital, en su sesión ordinaria del 11 de mayo REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5909 • pP. 1-4 • 2016 • SEPTIEMBRE • 7 4 se adelanten tanto a solicitud de parte como de oficio.

Mediante la Ley 1755 de 2015 se regula el Derecho Fundamental de Petición, y ordena a las autoridades reglamentar la tramitación interna de las peticiones y la manera de atender las quejas que les corresponda resolver, para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo.

2. Procedimiento derecho de petición. Código 12- 121-PR-139. Busca dar respuesta a las peticiones recibidas en la Unidad y radicadas por particula- res, entidades y demás peticionarios.

3. Procedimiento de la voz del ciudadano. Código 07-073-PR-155. Busca recibir, atender, tramitar, responder y hacer seguimiento a las quejas, re- clamos, sugerencias, denuncias y felicitaciones presentadas por los Usuarios, así como para realizar su respectivo análisis y toma de acciones de mejora en los casos que corresponda.

La Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, expidió la Resolución No. 334 del 2 de julio de 2007, mediante la cual se adoptaron los procedimientos que regulan las actividades en los procesos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital incluidos en el Sistema de Gestión de la Calidad bajo la Norma Técnica de Gestión Pública NTCGP 1000:2004, como documentos de obligatorio cumplimiento en las dependencias para las respectivas actividades, los cuales harán parte integral del Manual de Procedimientos del Sistema de Control Interno.

Mediante la presente circular se le informa a la ciudadanía en general y, a los usuarios del servicio Catastral de Bogotá, en particular, que dichos procedimientos están a su disposición en la Oficina de Planeación y Aseguramiento de Procesos de la UAECD, donde podrá solicitar una copia.

Dentro de estos procedimientos se cuentan los relacionados con la atención de peticiones, quejas, reclamos y solicitudes, los cuales se encuentran publicados en el Sistema de Gestión Integral de la Unidad, así:

La presente circular deroga la Circular 014 de 2013.

Cordial saludo, CLAUDIA PUENTES RIAÑO

1. Procedimiento tramitar actuaciones administrati- vas. Código 12-121-PR-126. Busca tramitar las actuaciones administrativas adelantadas por la UAECD, diferentes al derecho de petición, que

Directora 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5909 • pP. 1-5 • 2016 • SEPTIEMBRE • 7

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