Registro Distrital 5906 de 2016
Registro Distrital 5906 de 2016 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 5906
- Año
- 2016
- Fecha
- 2 de septiembre de 2016
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 50 Número 5906 2016 • SEPTIEMBRE • 2 REGISTRO DISTRITAL DECRETO DE 2016 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Decreto Número 359 (Agosto 29 de 2016)
Que a través del Decreto Distrital 320 de 2016 se modificó la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., creando la Oficina Asesora Jurídica, dependencia que tendrá dentro de sus funciones la de: “c. Ejercer la representación judicial en los procesos que vinculen a la entidad, así como intervenir y realizar aquellas diligencias para las cuales sea expresamente delegada y bajo las directrices que en materia de defensa judicial establezca la entidad”.
“Por medio del cual se modifica el parágrafo 1 del artículo 16 del Decreto Distrital 323 de 2016”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 35, los numerales 1, 3, 6 y 9 del artículo 38 y el artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 7 del Acuerdo Distrital 638 de 2016, y, Que por medio del Decreto Distrital 355 de 2016, el Alcalde Mayor nombró al Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., servidor que tendrá a su cargo el cumplimiento de las funciones asignadas a dicho organismo por el Acuerdo Distrital 323 de 2016, así como garantizar la ejecución, desarrollo, ejercicio e implementación de las funciones atribuidas a la entidad de la cual es titular.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo anotado y con el fin de que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., pueda asumir y cumplir con las funciones previstas en el parágrafo 1 del artículo 16 del Decreto Distrital 323 de 2016, se hace necesario modificar el plazo establecido en dicha disposición.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Que mediante el Acuerdo Distrital 638 de 2016 se creó la Secretaría Jurídica Distrital y se modificaron las funciones básicas de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., disponiendo el parágrafo del artículo 7 ídem, que: “Los negocios, funciones y asuntos que venían siendo asumidos por la Dirección Jurídica Distrital de la Secretaria General, serán asumidos por la Secretaria Distrital de Asuntos Jurídicos en el estado en que se encuentren”.
Artículo 1º.
- Modificar el parágrafo 1 del artículo 16 del Decreto Distrital 323 de 2016, el cual queda así:
Que por medio del Decreto Distrital 323 de 2016 se estableció la estructura organizacional y funcional de la Secretaría Jurídica Distrital, y se dictaron algunas disposiciones generales, en cuyo parágrafo 1 del artículo 16 ídem se determinó que: “A partir del 30 de agosto de 2016 la Secretaría General asumirá la representación judicial y extrajudicial, de los asuntos en que la entidad actué como demandante o demandada, conforme a las competencias establecidas en el artículo 1º del Decreto Distrital 445 de 2015, entretanto serán atendidos por la Secretaria Jurídica Distrital.”.
“Parágrafo 1.- A partir del 1 de octubre de 2016, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., asumirá la representación judicial y extrajudicial de los asuntos en que la entidad actué como demandante o demandada, conforme a las competencias establecidas en el artículo 1 del Decreto Distrital 445 de 2015, o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Entre tanto, tales asuntos serán atendidos por la Secretaria Jurídica Distrital.”
1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-1 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2
Artículo 2°.
- El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Registro Distrital y modifica el parágrafo 1 del artículo 16 del Decreto Distrital 323 de 2016.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016).
Artículo 4º-: El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por la Subdirectora Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Distrital 517 de 2015.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor Artículo 5º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y Secretaria Jurídica Distrital CÚMPLASE.
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS Secretario General Dada en Bogotá D.C., a los treinta (30) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016).
RESOLUCIONES DE 2016 RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS Secretario General SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Resolución Número 400 Resolución Número 398 (Agosto 30 de 2016)
(Agosto 30 de 2016)
“Por la cual se hace un nombramiento”
“Por la cual se hace un nombramiento”
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el Decreto 101 de En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el Decreto 101 de 2004.
2004.
RESUELVE:
RESUELVE:
Artículo 1º-: Nombrar a la doctora ADRIANA MAR- GARITA URBINA PINEDO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 57.438.522, en el cargo de Jefe de Oficina Código 006 Grado 06 de la Oficina de Control Interno Disciplinario, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 1º-: Nombrar a la doctora ENNIS ESTHER JARAMILLO MORATO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 32.140.655, en el cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 06 de la Subdirección de Talento Humano de la Dirección de Gestión Corporativa, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 2º-: Notificar a la doctora ADRIANA MAR- GARITA URBINA PINEDO, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 2º-: Notificar a la doctora ENNIS ESTHER JARAMILLO MORATO, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 3º-: Comunicar a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría, para los trámites legales correspondientes.
Artículo 3º-: Comunicar a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría, para los trámites legales correspondientes.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-2 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 2 las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por la Subdirectora Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Distrital 517 de 2015.
Artículo 4º-: El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por la Subdirectora Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Distrital 517 de 2015.
Artículo 5º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Artículo 5º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los treinta y un (31) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016).
Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016).
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS Secretario General RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS Secretario General SECRETARÍA DE AMBIENTE Resolución Número 401 (Agosto 31 de 2016)
Resolución Número 01213 (Agosto 31 de 2013)
“Por la cual se hace un nombramiento”
“Por la cual se deroga la Resolución No.819 de EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA 2015, y se toman otras determinaciones”
MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el Decreto 101 de 2004.
EL SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE En uso de las facultades legales, en especial las conferidas por la Constitución Política Nacional,
RESUELVE:
el Decreto - Ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, la Ley 388 de 1997, la Ley 1437 de 2011, el Decreto Distrital 190 de 2004, en concordancia con el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y los Decretos Distritales 109 y 175 de 2009.
CONSIDERANDO:
Artículo 1º-: Nombrar a la señora NATALIA MARÍA CHÁVEZ NAVARRETE, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.067.943, en el cargo de Asesor Código 105 Grado 02 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 2º-: Notificar a la señora NATALIA MARÍA CHÁVEZ NAVARRETE, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Distrital 190 del 22 de junio de 2004, “Por medio del cual se compilaron los Decretos Distritales 619 del 28 de julio de 2000 y 469 del 23 de diciembre de 2003”, declaró en el artículo 95, la existencia de un total de doce (12) ecosistemas de humedal protegidos bajo la figura de Parques Ecológicos Distritales de Humedal, a saber: Tibanica, La Vaca, El Burro, Techo, Capellanía o La Cofradía, Meandro del Say, Santa María del Lago, Córdoba y Niza, Jaboque, Juan Amarillo o Tibabuyes, La Conejera, Torca y Guaymaral.
Artículo 3º-: Comunicar a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría, para los trámites legales correspondientes.
Artículo 4º-: El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar Que conforme a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, modificado por el artículo 214 de la Ley 1450 de 2011 “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014” los Grandes Centros Urbanos, 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-3 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 en las localidades de Usaquen (UPZ 1 - Paseo de los Libertadores) y Suba (UPZ 2-La Academia y 3-Guaymaral), polígonos que no hacen parte del Humedal Torca Guaymaral. dentro de los cuales se encuentra el Distrito Capital, ejercen dentro del perímetro urbano las mismas funciones atribuidas a las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible en lo que respecta a la protección y conservación del medio ambiente, con excepción de la elaboración de los planes de ordenación y manejo de cuencas hidrográficas Que el numeral 6° del artículo 1° de la Ley 99 de 1993, consagró el principio de Precaución, conforme al cual, cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente, hasta que se acredite prueba absoluta.1 Que según el artículo 95 del Decreto Distrital 190 de 2004, los humedales de Torca y Guaymaral forman parte de la Estructura Ecológica Principal del Distrito Capital; y constituyen un Parque Ecológico Distrital de Humedal, respecto del cual la Secretaría Distrital de Ambiente - SDA y la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, comparten su jurisdicción como autoridades ambientales sobre el mismo.
Que en tratándose del principio de precaución, la naturaleza de las medidas a adoptar en consideración a la finalidad de este principio, la doctrina (El principio de precaución en la legislación ambienta Colombiana- Karem Ivette Lora-Edisión 3 y 4- Actualidad Jurídica) ha establecido que las medidas deben guiarse a su vez, por los siguientes principios orientadores: (i) Transitoriedad o permanencia (ii) Proporcionalidad (iii) No discriminación.
Que dicho parque cuenta igualmente con Plan de Manejo Ambiental declarado mediante Resolución Conjunta CAR-SDA número 002 del 13 de febrero de 2015, el cual contiene el alinderamiento y amojonamiento, la zonificación ecológica, los aspectos técnicos de las acciones de preservación, restauración y aprovechamiento sostenible, y la definición de los equipamentos necesarios para la implementación de las acciones de preservación, restauración y aprovechamiento sostenible.
Que consultada la doctrina sobre la materia, en cuanto al principio orientador de (i) Transitoriedad o permanencia de la medida, se ha señalado que “Cuando se presente peligro de daño grave e irreversible se deben tomar las medidas del caso para impedir que se cause un daño al medio ambiente; sin embargo, debe entenderse que una vez se obtenga un criterio científico contundente, probado y veraz, expedido por entes idóneos, que establezca que la actividad no causa daño ni representa una amenaza al medio ambiente, debe procederse a levantar la medida cautelar ordenada y permitir la ejecución de la actividad”
Que la vocación de las medidas de protección fundadas en el principio de precaución, puede ser permanentes o transitorias. En el caso de la Resolución No.819 de 2015, el artículo tercero dispuso que la misma se mantendría hasta que la autoridad competente, aprobara la incorporación definitiva de los sectores compuestos por estos ocho (8) polígonos aledaños al PEDH Torca y Guaymaral, a la categoría que aplique en el momento de su adopción; o hasta que otra decisión de la mencionada autoridad la sustituya o modifique.
Que el humedal de Torca se ubica en la localidad de Usaquén, vereda de Torca, cerca de la reserva forestal protectora Bosque Oriental de Bogotá, la cual se encuentra en conexión con el “Parque Urbano Canal de Torca”. El extremo sur ocupa una pequeña porción en el cementerio Jardines de Paz, y desde este punto sigue paralelo a la Autopista Norte, por el costado derecho en dirección Sur-Norte, hasta alinearse con el Colegio San Viator. Tiene un área de 30,27 hectáreas, con un espejo de agua que ocupa un espacio aproximado de 0.9 hectáreas. El humedal Guaymaral, por su parte, se ubica en la localidad de Suba, vereda Casablanca, y se separa del humedal Torca por la Autopista Norte. Este humedal tiene un área de 49,66 hectáreas, con un espejo de agua de 0,6 hectáreas. Para un total de 79,93 hectáreas las cuales se encuentran protegidas por los actos administrativos mencionados anteriormente.
Que una vez revisado el sustento técnico que originó la Resolución No.819 de 23 de junio de 2015, por parte de la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad, se advirtió que existen razones de índole jurídica y técnica que dan lugar al levantamiento de las medidas adoptadas, e incorporación de lineamientos ambientales dentro de los instrumentos de ordenamiento y gestión del suelo, conforme a las siguientes consideraciones.
Que no obstante la protección dada a los humedales a partir del plan de manejo ambiental, la Secretaría Distrital de Ambiente en ejercicio del principio de precaución, mediante la Resolución 819 de junio 23 de 2015, adoptó medidas para la protección de unos sectores que la SDA considero en ese momento inundables, conformados por ocho (8) polígonos aledaños al PEDH Torca y Guaymaral, afectando 131 hectáreas, las cuales se localizaron en la Sabana de Bogotá, específicamente en la zona norte del Distrito, 1 Sentencia T-299/08 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-4 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 4 Que para los efectos anteriores, la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad de la Secretaría Distrital de Ambiente emitió el Informe Técnico No.01026 de 25 de agosto de 2016, el cual estudió las medidas de protección establecidas con la Resolución No.819 de 23 de junio de 2015 “Por la cual se adoptan medidas para la protección para los sectores inundables conformados por ocho (8) polígonos aledaños al PEDH Torca y Guaymaral, y se toman otras determinaciones” y se pronunció en los siguientes términos;
ASUNTO ATENDIDO Soporte técnico para la revisión de la Resolución 819 del 2015. RADICADO --- FECHA 02/06/2016 PROCESO --- TRAMO CUERPO DE AGUA Humedal Torca y Guaymaral CUENCA Torca LOCALIDAD Usaquén UPZ Usaquén - Suba FECHA DE VISITA 02/06/2016 EXPEDIENTE --- DEPENDENCIA - SDA --- COMPONENTE AMBIENTAL EVALUADO PROFESIONAL CPS Hidráulico Luz Marina Villamarín Riaño 426/2016 Ambiental Ángela Muñoz 968/2016 Geológico Joan Morales 463/2016 1 OBJETIVO:
* Resolución 475 de 2000, del Ministerio del Medio Ambiente. “Por la cual se adoptan unas decisiones sobre las áreas denominadas borde norte y borde noroccidental del proyecto de Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá”.
Revisar las medidas de protección, establecidas en la Resolución 819 de 2015, para los sectores inundables conformados por ocho (8) polígonos aledaños al PEDH de Torca y Guaymaral.
2 ANTECEDENTES RECOPILACION DE INFORMACION * Memorando 2014IE91696 del 04/06/2014, de la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad que insta a la Dirección Legal Ambiental de la Secretaría Distrital de Ambiente, a continuar con la gestión para su protección e incorporación como áreas protegidas bajo la categoría de Parques Ecológicos Distritales de Humedal-PEDH, a través de la aplicación de herramientas normativas vigentes.
En la primera fase de estudio de la Resolución 819 de 2015, se verificó que la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad – SER de la SDA, emitió el Informe Técnico No. 00246 del 25 de febrero de 2015, en el hace alusión a las características ecológicas de los sectores de interés en la localidad de Usaquén, y esgrimió la necesidad de gestionar medidas de protección y de manejo ambiental sobre 12 polígonos aledaños al PEDH Torca y Guaymaral.
* Memorando 2014IE111729 del 07/07/2014, de la Dirección Gestión Ambiental, solicita a la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad, la elaboración de documentos y entrega de conceptos técnicos para emisión de las medidas de protección de las áreas de interés ambiental en los PEDH y PEDM.
Este informe, fue complementado por el Informe Técnico N° 948 del 17 de junio de 2015, en donde se da alcance al primero, argumentando la necesidad de adoptar medidas de protección sobre 8 polígonos de áreas del Parque Ecológico Distrital de Humedal - PEDH Torca y Guaymaral, mediante la incorporación de sectores que exhiben características propias de estos ecosistemas dentro del perímetro urbano.
* Documento Factibilidad Técnica, Ambiental, Económica y Financiera para el desarrollo de la infraestructura de Acueducto y Alcantarillado Sanitario y sistema de Drenaje Pluvial del Borde Norte de la Ciudad de Bogotá – Contrato de Consultoría No. 1-02-25500-0626-2009 * Documento del Plan de Manejo Ambiental de la Reserva Forestal Regional Productora del Norte Thomas Van der Hammen de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (septiembre, 2014).
* Documento de informe preliminar: “Diagnóstico biofísico y socioeconómico de las quebradas, zonificación y focalización de la intervención” elaborado en el marco del Convenio 01201 de 2013 suscrito entre la Secretaría Distrital de Am- Las áreas propuestas en el citado informe técnico son adyacentes o cercanas a los límites del Parque Ecológico Distrital de Humedal Torca y Guaymaral, así como también de la Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá D.C. “Thomas van der Hammen”, del Parque Ecológico Distrital de Montaña Cerro de Torca y de la Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá, pero por fuera de estas áreas protegidas; por lo cual se establecen como potenciales ejes de conectividad de los elementos de la Estructura Ecológica Principal del Distrito.
5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-5 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 biente, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén y Conservación Internacional (marzo, 2014). cionados, los cuales como pasará a demostrarse no guardan relación con las medidas adoptadas, toda vez que estos no referían la necesidad de proteger zonas diferentes a las establecidas en el Plan de Manejo de los Humedales de Torca y Guaymaral.
* Documento “Propuesta Distrital para la clasificación y zonificación ambiental del corredor borde norte de Bogotá”, elaborado por el equipo técnico interinstitucional de la Secretaría Distrital de Ambiente, Fondo de Prevención y Atención a Emergencias y Empresa de Acueducto de Bogotá (2012).
* Documento “Sistema de modelamiento hidrogeológico del Distrito Capital Bogotá” (2013). Secretaría Distrital de Ambiente (Jairo Alfredo Veloza Franco OPS-2012).
Es necesario anotar que el Decreto 190 de 2004, había sido modificado excepcionalmente por el Decreto Distrital 364 de 2013, el cual, había resuelto redelimitar algunos Humedales ya establecidos, en el sentido de ampliar los PEDH El Burro, Jaboque, Tibanica, Tibabuyes, La Conejera, y Torca y Guaymaral. Sin embargo en el curso de la acción de nulidad instaurada por el señor Juan José Montaño, el aludido Decreto 364 de 2013, fue suspendido provisionalmente por el Auto 624 del 27 de marzo de 2014, proferido por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Honorable Consejo de Estado, con ponencia de la Consejera María Elizabeth García González, por lo que todas sus disposiciones, inclusive las mencionadas en el párrafo anterior, se encuentran suspendidas, lo que implica la continuidad de la vigencia del Decreto Distrital 190 de 2004, y sus disposiciones establecidas.
* Documento del Plan de Manejo Ambiental de los Humedales de Torca y Guaymaral formulado por el Instituto de Estudios Ambientales IDEA – Universidad Nacional de Colombia, bajo la dirección y supervisión de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, en el marco del Convenio Nº. 021 del 2005, suscrito entre el DAMA -hoy Secretaría Distrital de Ambiente- y EAAB-ESP).
4 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LOS HUME- DALES DE TORCA Y GUAYMARAL (EAB)
* Documento “El cambio global y los ecosistemas de alta montaña en Colombia” Van der Hammen et al., 2002. En: Uribe, C. (Ed.), 2002. Páramos y Ecosistemas alto andinos de Colombia. En condición Hot Spot & Global Climatic Tensor. Bogotá MMA. IDEAM, PNUD. pp. 163-209.
* Documento “Diseños detallados para la adecuación hidráulica y la restauración ecológica del humedal Torca” 2001). Consultoría. EAAB-ESP, elaborada por Romero Vega, E.
La Secretaría Distrital de Ambiente suscribió con la EAAB-ESP el Convenio 021 de 2005, con el objeto de “formular de manera conjunta el plan integral para el ordenamiento y manejo del recurso hídrico del Distrito Capital y avanzar en su implementación”, incluyendo como alcance No. 2 la formulación de los planes de manejo ambiental de los humedales La Vaca, Techo, El Burro, Capellanía, Jaboque, Juan Amarillo, Córdoba, Torca y Guaymaral.
3 ANALISIS DE LA INFORMACIÓN QUE SUSTENTÓ LA RESOLUCIÓN 819 DE 2015.
Como consecuencia de lo anterior, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá contrató en el año 2012 al Instituto de Estudios Ambientales de la Universidad Nacional de Colombia, que realizó el Plan de Manejo Ambiental del Parque Ecológico Distrital de Humedal (PEDH) Torca y Guaymaral, el cual fue aprobado mediante resolución conjunta CAR-SDA No. 002 de 2015.
Dicho documento es el instrumento técnico articulador de la gestión ambiental de esta área, orientado hacia el uso sostenible y el mantenimiento de su diversidad y productividad biológica, de conformidad con el documento técnico de soporte (Plan de Manejo Ambiental), y dentro de sus coordenadas y necesidades técnicas establecidas, no incluyó los 8 polígonos que posteriormente se identificaron en la resolución 819 de 2015.
5 UBICACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO Como se observó en el capítulo anterior, las medidas de protección aledañas al PEDH Torca y Guaymaral, se sustentaron en estudio “Documento Factibilidad Técnica, Ambiental, Económica y Financiera para el desarrollo de la infraestructura de Acueducto y Alcantarillado Sanitario y sistema de Drenaje Pluvial del Borde Norte de la Ciudad de Bogotá – Contrato de Consultoría No. 1-02-25500-0626-2009”, el PMA de la Reserva Forestal Regional Productora del Norte Thomas Van der Hammen de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (septiembre, 2014), el diagnóstico producto del Convenio 1201/2013, la propuesta Distrital para la clasificación y zonificación ambiental del corredor borde norte de Bogotá”, elaborado por el equipo técnico interinstitucional de la Secretaría Distrital de Ambiente, Fondo de Prevención y Atención a Emergencias y Empresa de Acueducto de Bogotá (2012). y demás documentos antes men- La cuenca hidrográfica de los Humedales Torca y REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-6 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 6 Guaymaral va desde la calle 153 hasta la calle 238 y desde la cima (parteaguas) de los Cerros Orientales de Bogotá hasta Autopista Norte, aproximadamente. que no encontró necesarias la incorporación áreas adicionales, como si lo hizo posteriormente la Resolución 819 de 2015:
* Cobertura de vegetación: elaborado por el IDEA –Universidad Nacional, a partir de la interpretación de fotografía área de 2004, con verificación actualizada de campo.
* Mapa de Fisiografía y Suelos: elaborado a partir de interpretación aerofotográfica y reconocimiento en campo.
La construcción de la Autopista Norte desde la década de los 50s, dividió en tres fracciones lo que alguna vez fue un solo humedal, dos de ellas catalogadas como Parque Ecológico Distrital Humedales de Torca y Guaymaral y una zona inundable localizada en el separador central de la Autopista. Este proceso ha deteriorado notablemente la calidad de los hábitats, por reducción de área y pérdida de comunicación eficiente entre fragmentos.
* Hidrografía: se elaboró con base en información suministrada por la EAAB-ESP, los estudios de Elías Romero, (2002) y Ponce de León, (2000).
* Mapa de Geología. (DAMA, 1999. Modificado de “Elaboración del Modelo Hidrogeológico de los Acuíferos de Bogotá”).
Originalmente, los humedales se hallaban rodeados en sus riberas por una comunidad arbórea y arbustiva con diversidad de especies, pero ésta vegetación fue eliminada para dar paso al establecimiento de cultivos y pastizales para ganadería; y en la actualidad la cobertura existente sobre las márgenes de su entorno inmediato está conformada, por praderas de “pasto kikuyo” (Pennisetum clandestinum).
6 ANÁLISIS DE INFORMACIÓN CARTOGRÁFICA Y FOTOGRAFÍA ÁREA (EAB)
Una vez analizada la información cartográfica existente en Plan de Manejo Ambiental, se identificaron unidades de cobertura vegetal y zonas de especial interés para hacer una caracterización más detallada en campo.
Así las cosas y revisados los mapas temáticos que sirvieron de insumo para la elaboración del Plan de Manejo Ambiental de los Humedales Torca y Guaymaral, desde el punto de vista técnico se puede concluir que, los polígonos contenidos en la Resolución 819 de 2015, no son necesarios para el manejo de cotas máximas de inundación, no afectando la existencia de los Humedales Torca y Guaymaral, tal y como se concluyó en los estudios antes descritos, en los que claramente no se encontró necesaria la incorporación de nuevos polígonos.
7 CONSIDERACIONES TÉCNICAS a. Aspectos hidrológicos Del mismo modo, en lo que refiere al norte de Bogotá, el 2.11% de un área aproximada de 27.922,71 hectáreas, corresponde a ecosistemas naturales y, el área restante a ecosistemas transformados, indicando con ello la baja oferta natural que posee la zona (Instituto Alexander Von Humbolt, 2008; CAR, 2014).
Conforme al Acuerdo 546 de 2013, “Por el cual se transforma el Sistema Distrital de Prevención y Atención de Emergencias SDPAE en el Sistema Distrital de Gestión del Riesgo y Cambio Climático”, el Instituto Distrital de Gestión del Riesgo y Cambio Climático - IDIGER, es la autoridad competente encargada de coordinar, orientar y consolidar el Sistema General de Riesgos y Cambio Climático del Distrito. A través de radicado N° RO-86930, el IDIGER señaló que las zonas de amenaza por inundación a la fecha, son aquellas detalladas en el Plan De Ordenamiento Territorial vigente (Decreto 190 de 2004).
Es importante resaltar que los informes técnicos que sustentaron la medida de protección en las zonas aledañas a los humedales de Torca y Guaymaral, tuvieron como fundamento, la zonificación del Plan de Manejo, la cual se basó principalmente en el mapa de cobertura vegetal complementado con el mapa de suelos, toda vez que no existe un estudio topográfico detallado que permita elaborar un mapa de pendientes, evidenciando entonces que la decisión tomada carece de rigor técnico debido a la falta de cartografía, para las áreas adyacentes correspondiente a los 8 polígonos, lo cual no permite establecer las cotas de inundación, razón principal de la medida de protección.
Teniendo en cuenta la información suministrada por el IDIGER, en la que se clasifica la categoría de riesgo en alta, media o baja de las zonas aferentes del espejo de agua de los Humedales de Torca y Guaymaral, las cuales ya se encuentran contenidas en el Plan de Manejo del Humedal, por lo que, se puede concluir que es innecesaria una protección de áreas adicionales a las definidas en dicho Plan.
Dentro del soporte técnico sustentando las medidas, se tiene los siguientes mapas temáticos elaborados por, IDEA – Universidad Nacional de Colombia, en el marco del Convenio Nº. 021 del 2005, y soporte de la EAAB para la elaboración del Plan de Manejo de los Humedales de Torca y Guaymaral, información ésta 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-7 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 b. Hidrografía Los aportes de agua a los Humedales Torca y Guaymaral, se han reducido considerablemente debido a las actividades agrícolas que se han venido desarrollando en su área de influencia. Actualmente, el principal afluente es el canal Torca que realiza sus descargas en su zona sur. Igualmente, las quebradas Tibabita, Aguas Calientes, Patiño, San Juan, Las Pilas y Floresta, también drenan hacia los humedales.
Las áreas inundables y ecosistemas de los humedales, como por ejemplo Torca y Guaymaral, se caracterizan por tener una topografía plana-cóncava, constituida por sedimentos finos como arcillas y limos finos que se depositan prácticamente por decantación cuando las precipitaciones son extremas y se presenta lavado de sedimentos de la cuenca por escorrentía proveniente de los Cerros Orientales.
Los polígonos 3, 4, 5, 6, 7 y 11, son zonas de transición de las quebradas: Tibabita, Aguas Calientes, Patiño, San Juan, Las Pilas y Floresta, que nacen en los Cerros Orientales y desembocan en los Humedales Torca y Guaymaral.
La antigua quebrada El Guaco que drenaba desde el Cerro de La Conejera hacia el Humedal fue remplazada por un sistema de lagos ubicados en los Clubes Los Búhos y El Rancho, y por un sistema de manejo de aguas lluvias en el polígono 12. Sus aportes han venido disminuyendo, debido a que sus aguas se desvían para fines de riego en predios privados, antes de entrar a los humedales.
Sin embargo, se deberá procurar la restauración de los corredores de la ronda hídrica y de las zonas de manejo y preservación ambiental de las quebradas mencionadas para la alcanzar su recuperación.
Por lo anterior, se puede establecer que existe conectividad entre los humedales y las quebradas que allí discurren. Estas últimas no se verán alteradas por la desafectación de las áreas contenidas en la Resolución N° 819, por cuanto estas cuentan con alinderamiento que permite definir las zonas de ronda y ZMPA, así como los usos permitidos en ellas.
Mediante la adecuada aplicación del principio de realidad, se pueden atender las necesidades de tipo ambiental enmarcadas en el concepto de conectividad. La revisión en curso debe llevar a atender las necesidades y dinámicas de la ciudad, a su interior.
Imagen 1. Vista en perspectiva hacia el norte de la zona oriental del humedal. Fuente: ajustado de Google Earth – 2015. c. Aspectos hidráulicos el modelo sintético de la Curva Número del “Soil Conservation Service”, donde se tienen en cuenta parámetros como cobertura vegetal, usos del suelo y Para el cálculo de la precipitación efectiva, se utilizó REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-8 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 8 Mediante el alinderamiento de las quebradas, por parte de la Empresa de Acueducto de Bogotá, se está garantizando la protección y delimitación de la zona de ronda y ZMPA de los cuerpos adyacentes a los polígonos en estudio, soportado por estudios elaborados por el EAAB, que contemplan periodos de retorno de 100 años, los cuales incluyen los análisis de mareas máximas y fenómenos ENSO. d. Aspectos geotécnicos permeabilidad del terreno. En el estudio realizado por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, para el Plan de Manejo Ambiental del Humedal Torca y Guaymaral, resultado del Convenio Nº 021 del 2005, se estimó un caudal máximo instantáneo de 137 m³/s para la creciente de los 100 años, el cual al ser transitado se reduce a 44 m³/s en la cota 2550.12 m con un volumen de almacenamiento de 473.000 m³, este mismo se recomendó también realizar una adecuación hidrogeomorfológica que retirase (hace 17 años) un volumen aproximado de 110.000 m³. Estos cálculos obedecen a una modelación y requieren ser calibrados mediante cálculos la instrumentación de las fuentes que transitan por el área de estudio.
Posteriormente, el estudio de Hidrotec (EAAB-ESP) complementó los resultados en 1998, en el estudio “Diseños Conceptuales de los Sistemas de Alcantarillado Sanitario y Pluvial del Sector Borde Norte”, estableciendo que para el sector de Guaymaral, el caudal máximo sería amortiguado de 57 m³/s a 55 m³/s con una máxima elevación de 2576.10 m (2546.24 m IGAC) y un volumen de almacenamiento de 51.000 m³, para un periodo de 100 años de recurrencia.
Los humedales de Torca y Guaymaral, se encuentran ubicados sobre una serie de planicies aluviales denominadas como llanuras de inundación, correspondientes a la formación Sabana, la cual representa la parte superior del relleno lacustre del gran lago de la Sabana de Bogotá. Se compone en mayor parte por capas poco consolidadas de arcillolitas plásticas de color gris y verde y en menor proporción lentes de arcillas turbosas, turbas, limos y arenas finas hasta gruesas, restos de madera y diatomitas; también se reportan capas de ceniza volcánicas. El espesor documentado mediante perforaciones es de 317 metros en el pozo Funza-1 realizado por el acueducto en dicha población (INGEOMINAS, 2005).
Más adelante, en el año 2000, Ponce de León y Asociados S.A., así como en el año 2001, Elías Romero Vega, estiman nuevos volúmenes y capacidad de almacenamiento. Éste último estudio sugiere dragar un total de 334.949 m³, el triple de lo estimado seis años antes, para el caso de Torca.
En la fotointerpretación realizada en el informe técnico 00948 de junio de 2015, se evidencian las antiguas áreas de cuerpos de agua, que corresponden a zonas de acumulación de agua por la baja permeabilidad que presentan los suelos en estas zonas. Aunque dichas áreas se han afectado en la actualidad por la actividad antrópica, estos cuerpos de agua ya no existen en algunos casos y quedan remanentes de estos en otros. e. Aspectos Geomorfológicos Teniendo en cuenta la información disponible, se presenta un análisis de la relación entre la hidrodinámica y las características ecosistémicas de los humedales Torca y Guaymaral, para lo cual a partir del modelo hidrológico regional se definieron unas manchas de inundación para diferentes periodos de retorno.
La geomorfología se caracteriza por ser de topografía plana horizontal de llanuras de inundación antiguas que correspondían con zonas lacustres y pantanosas de la Sabana de Bogotá la cual se componía de una alta presencia de cuerpos de agua.
Es importante señalar que para la definición de las manchas de inundación se consideraron los regímenes de caudal, velocidad y flujo para unos períodos de retorno de tres, veinticinco, y cien años.
La conformación topográfica y la composición del suelo funciona como un sistema de áreas aferentes de los humedales Torca y Guaymaral, alimentado por flujos laminares superficiales y subsuperficiales proporcionado por la escorrentía superficial de las aguas lluvias. f. Modelo hidrogeológico Estas zonas para el año 2010, presentaban terminaciones rectas, debido posiblemente a la parcelación del terreno y a la canalización de los drenajes superficiales que discurren hacia el humedal, esto sumado a la urbanización, la cual limita el área de inundación, disminuyendo su capacidad de almacenamiento haciendo que el agua busque otras salidas inundando nuevas áreas, por tal motivo se encuentran áreas muy separadas al cuerpo de agua del humedal. Los aportes de agua de los drenajes que confluyen a los humedales, ya no son tan significativos debido a la canalización, desvío o manejo que tienen estos cuerpos de agua.
De acuerdo con el modelo hidrogeológico de la sabana de Bogotá se comprende por varios complejos hidrogeológicos. El acuífero Cuaternario-Neógeno, el acuitardo Paleógeno y el acuífero Guadalupe (Velandia, 2010). Se entiende por acuífero Cuaternario- Neógeno (es el caso del humedal Troca-Guaymaral) todas la unidades aflorantes de los depósitos recientes 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-9 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 corredores de hídricos de ronda, protegidos por el Plan de Ordenamiento Territorial vigente, razón por la cual no se hace necesario una medida adicional. que pueden llegar a ser productoras de media a baja calidad, comprendidas por las formaciones Chía, Sabana, Tunjuelo, San Miguel y Tilatá (INGEOMINAS, 2010), con caudales que pueden oscilar entre 1 a 50 l/seg. Dichos acuíferos se encuentran a profundidades superiores a los 50 metros, por lo que la recarga de las mismas con agua lluvia no es posible debido a la baja permeabilidad del suelo.
9. ANÁLISIS DE LOS POLÍGONOS CONTENIDOS EN LA RESOLUCIÓN 819 DE 2015 “POR LA CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN PARA LOS SECTORES INUNDABLES CONFOR- MADOS POR OCHO (8) POLÍGONOS ALEDAÑOS AL PEDH TORCA Y GUAYMARAL, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES”
8. CAUSAS DE FRAGMENTACIÓN AMBIENTAL, AFECTACIÓN A LA CALIDAD DE VIDA CONECTI- VIDAD ECOLÓGICA
El 2 de junio de 2016, la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad de la Secretaría Distrital de Ambiente, realizó visita técnica a los predios definidos en la Resolución N° 819 de 2015, para los sectores supuestamente inundables conformados por ocho (8) polígonos aledaños al PEDH Torca y Guaymaral, con el fin de verificar en terreno las condiciones reales de las áreas objeto de la medida de protección.
Se analizaron los estudios realizados por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB en el año 2011, sobre el área del Plan de Ordenamiento Zonal del Norte. El producto 4.1.6. De la misma, registra el mapeo de 17 especies de aves, mamíferos y reptiles en la zona y determina los hábitats y corredores de desplazamiento que cada una de estas utiliza. La conclusión de dicho estudio es que el desplazamiento de las especies se realiza a través de los Plano N° 1 – Localización polígonos resolución 819 del 2015.
Polígono 2 En el presente informe y como resultado del análisis e interpretación de los componentes físicos, se describe el estado ecosistémicos de los polígonos definidos por la Resolución 819 del 2015:
Ubicado en suelo urbano contiguo al PEDH Torca – Guaymaral en la Localidad de Suba con un área de 45,54 hectáreas, conformado por 5 sub polígonos REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-10 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 10 Polígono 2a (2a, 2b, 2c, 2d y 2e). Esta información se validó con el Sistema de Información Geográfica de la Secretaría y difiere de la contenida en la Resolución N° 819 de 2015, donde hace referencia a un área de 53,3 ha para este polígono.
Esta zona cuenta con un área de 24.28 ha, se encuentra ubicada sobre la formación Sabana, y corresponde a una morfología de planicie aluvial, compuesta generalmente por suelos de tipo arcilloso de color amarillo pardo a pardo rojizo, de permeabilidad nula.
Se localiza una zona con dominancia de cobertura vegetal de carácter invasor con niveles topográficos altos, en razón a rellenos antrópicos conformados dentro de los límites urbanos. De igual manera, se evidencia que el curso actual del Canal Guaymaral fue modificado por la Empresa de Acueducto de Bogotá, pero aún continúa drenando agua hacia el Humedal.
El área correspondiente a este polígono no se encuentra dentro de los límites legales acogidos en el Plan de Ordenamiento Territorial, bajo la categoría de Parque Ecológico Distrital de Humedal-PEDH. Se incluyó parte de esta área dentro las áreas establecidas en los estudios realizados por la EAAB en Contrato de Consultoría No. 1-02-25500-0626-2009 producto 4.1.8. Por las razones anteriores se evidencia que no existe sustento alguno para invocar el principio de precaución como lo señaló la Resolución N° 819.
Por otra parte, desde el costado Oriental, se puede observar la Quebrada San Juan, cuyo drenaje es proveniente de las aguas lluvias de los Cerros Orientales y entrega directamente por escorrentía superficial y se embalsan dentro del humedal, ésta quebrada se encuentra en inmediaciones de la alcantarilla de la calle 222 y comunica al humedal Torca con el Guaymaral y debe ser objeto de alinderamiento.
Cada uno de estos 5 subpolígonos fragmentados tiene características diferentes, por lo que procederemos a analizarlos por separado.
A juicio de esta Secretaría se debe únicamente dar cabal cumplimiento a las recomendaciones contenidas en el estudio de la EAAB Contrato de Consultoría No. 1-02-25500-0626-2009 ya referido, incorporándolo como determinante ambiental dentro del Plan Zonal Norte, no siendo necesario en consecuencia, mantener respecto de esta área la medida de protección impuesta en zonas aledañas a los Humedales.
Fotografía 1. Planicies aluviales de la formación Sabana. Fuente: SER-SDA, 2016 Imagen 2.Mapa localización Res. 819 de 2015 – Polígono 2a.
Polígono 2b Corresponde a una zona de morfología de planicies, con un área de 1,39 ha, de litología arcillosa, por la cual transcurren flujos laminares de agua de escorrentía superficial. Estos funcionan como áreas aferentes de los Humedales Torca y Guaymaral.
11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-11 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Imagen 3. Mapa localización Res. 819 de 2015 – Polígono 2b Fotografía 2. Planicie aluvial de la formación Sabana, donde se parecían asentamientos humanos y consolidación del terreno fragmentada. Fuente: SER- SDA, 2016.
El área correspondiente a este polígono no se encuentra dentro de los límites legales acogidos en el Plan de Ordenamiento Territorial, bajo la categoría de Parque Ecológico Distrital de Humedal-PEDH. Las zonas inundables del mismo, ya se encontraban delimitadas por el Plan de Ordenamiento Territorial. Esta área no se incluyó dentro de la categoría de áreas establecidas en los estudios realizados por la EAAB en Contrato de Consultoría No. 1-02-25500-0626-2009 producto 4.1.8. Por las razones anteriores se evidencia que no existe sustento alguno para invocar el principio de precaución como lo señaló la Resolución N° 819.
El área correspondiente a este polígono no se encuentra dentro de los límites legales acogidos en el Plan de Ordenamiento Territorial, bajo la categoría de Parque Ecológico Distrital de Humedal-PEDH, no ha sido categorizada como zona de amenaza de riesgo de inundación por parte del IDIGER y en su concepto no es inundable, no se incluyó dentro de la categoría de áreas establecidas en los estudios realizados por la EAAB en Contrato de Consultoría No. 1-02-25500- 0626-2009 producto 4.1.8 para esta zona, y en la visita efectuada el 2 de junio de 2016, por parte de la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad no se encontraron características propias de ecosistemas de los humedales.
En consecuencia, se considera que no existen los elementos justificativos para mantener la categoría de protección establecida en la Resolución No. 819 de 2015, frente a este polígono.
En consecuencia, se considera que no existen los elementos justificativos para mantener la categoría de protección establecida en la Resolución No. 819 de 2015, frente a este polígono.
Polígono 2c Esta zona de 11,38 ha, se encuentra ubicada sobre la formación Sabana, y corresponde a una morfología de planicie aluvial, compuesta generalmente por suelos de tipo arcilloso de color amarillo pardo a pardo rojizo, de permeabilidad nula. Actualmente se nota una alta influencia antrópica, ya que existen edificaciones sobre el área, donde la conformación y consolidación del terreno es evidente y se encuentran rellenos con recebo en zonas adyacentes del Corredor Ecológico de Ronda, además de afectar la zona de recarga hidráulica del mismo por la fragmentación de flujos.
En estas zonas la infiltración es nula y el flujo del agua se restringe completamente hacia el cuerpo de agua del humedal. (No hay conectividad).
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-12 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 12 Imagen 4. Mapa localización Res. 819 de 2015 – Polígono 2c Fotografía 3. Planicie aluvial de la formación Sabana, donde se parecían asentamientos humanos y consolidación del terreno en la zona del humedal. Fuente: SER-SDA, 2016.
Polígono 2d la infiltración es nula y el flujo del agua se restringe completamente hacia el cuerpo de agua del humedal, ya que el agua es para el uso humano y es canalizada por el acueducto.
Con un área de 0.09 ha, esta zona se encuentra ubicada sobre la formación Sabana, y corresponde a una morfología de planicie aluvial, compuesta generalmente por suelos de tipo arcilloso de color amarillo pardo a pardo rojizo, de permeabilidad nula.
El área correspondiente a este polígono se encuentra dentro de los límites legales acogidos en el Plan de Ordenamiento Territorial, bajo la categoría de Parque Ecológico Distrital de Humedal-PEDH por lo que ya estaba protegida. Por las razones anteriores se evidencia que no existe sustento alguno para invocar el principio de precaución como lo señaló la Resolución N° 819.
Actualmente se nota una alta influencia antrópica, ya que existen edificaciones sobre el área, donde la conformación y consolidación del terreno es evidente y se encuentra rellenando zonas adyacentes del Corredor Ecológico de Ronda, además de afectar la zona de recarga hidráulica del mismo. En estas zonas Imagen 5. Mapa localización Res. 819 de 2015 – Polígono 2d.
Fotografía 4. Planicie aluvial de la formación Sabana, donde se parecían asentamientos humanos y consolidación del terreno fragmentada. Fuente: SER- SDA, 2016.
13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-13 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Polígono 2e La alteración de la topografía con relleno y construcción de infraestructura urbanística (por ejemplo la Autopista Norte y construcciones) son agentes fragmentadores del flujo hídrico del sector.
La topografía polígono 2e, con un área de 15,28 ha, respecto al humedal se ve afectada por los rellenos antrópicos que se han generado en la zona; actualmente se tienen niveles freáticos altos y las pendientes actuales generan conectores de agua de un costado a otro.
Imagen 6. Mapa localización Res. 819 de 2015 – Polígono 2b Fotografía 5. Planicie aluvial de la formación Sabana, donde se parecían asentamientos humanos y consolidación del terreno fragmentada. Fuente: SER-SDA, 2016.
Ecosistemas y Ruralidad no se encontraron características propias de ecosistemas de los humedales.
Esta zona se encuentra ubicada sobre la formación Sabana, y corresponde a una morfología de planicie aluvial, compuesta generalmente por suelos de tipo arcilloso de color amarillo pardo a pardo rojizo, de permeabilidad nula.
En consecuencia, se considera que no existen los elementos justificativos para mantener la categoría de protección establecida en la Resolución No. 819 de 2015, frente a este polígono.
Polígono 3 Ubicado en suelo urbano en la Localidad de Usaquén vecino al Parque Ecológico Distrital de Montana PEDM Cerro de Torca (3,42 ha) y aledaño a este con 4,12 ha.
Actualmente se nota una alta influencia antrópica, ya que existen edificaciones sobre el área, donde la conformación y consolidación del terreno es evidente y se encuentra rellenando zonas adyacentes del Corredor Ecológico de Ronda. En estas zonas la infiltración es nula y el flujo del agua se restringe completamente hacia el cuerpo de agua del humedal, ya que en estas zonas el agua es para el uso humano y es canalizada por el acueducto.
El área correspondiente a este polígono no se encuentra dentro de los límites legales acogidos en el Plan de Ordenamiento Territorial, bajo la categoría de Parque Ecológico Distrital de Humedal-PEDH, no ha sido categorizada como zona de amenaza de riesgo de inundación por parte del IDIGER y en su concepto no es inundable, no se incluyó dentro de la categoría de áreas establecidas en los estudios realizados por la EAAB en Contrato de Consultoría No. 1-02-25500- 0626-2009 producto 4.1.8., y en la visita efectuada el 2 de junio de 2016, por parte de la Subdirección de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-14 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 14 Imagen 7. Mapa localización Res. 819 de 2015 – Polígono 3.
Fotografía 6. Polígono 3 vegetación de la zona. Fuente: SER-SDA, 2016.
Adicionalmente, se evidenciaron las siguientes características en este polígono:
Esta zona se encuentra ubicada sobre la formación Sabana, y corresponde a una morfología de planicie aluvial, compuesta generalmente por suelos de tipo arcilloso de color amarillo pardo a pardo rojizo, de permeabilidad nula.
* Se encuentra aislado del humedal, cercano al Parque Ecológico Distrital de Montana Cerro de Torca, fragmentación por vía férrea.
* Tiene suelos de tipo arcilloso de color amarillo pardo a pardo rojizo, de permeabilidad nula.
* Cuenta con presencia de asentamientos humanos y de pastoreo de ganado bovino y equino.
Actualmente se nota baja a media influencia antrópica, donde se presenta la ubicación de asentamientos humanos y de pastoreo de ganado bovino y equino; en este caso existe una consolidación del terreno debida al pastoreo por lo que la infiltración del agua hacia este es menor, y restringiendo el flujo del agua solo a la escorrentía superficial.
* Consolidación del terreno debido al pastoreo por lo que la infiltración del agua hacia este es menor, y restringiendo el flujo del agua solo a la escorrentía superficial.
Polígono 4 El polígono 4 se encuentra compuesto por los subpolígonos 4a y 4b, los cuales tiene un área de 0,19 y 1,46 ha respectivamente, se ubican en la localidad de Usaquén en suelo urbano.
El área correspondiente a este polígono no se encuentra incorporada dentro del Plan Manejo Ambiental aprobado a través de la Resolución Conjunta 02 de 2015, no ha sido categorizada como zona de amenaza de riesgo de inundación por parte del IDIGER y en su concepto no es inundable y en la visita efectuada el 2 de junio de 2016 por parte de la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad no se encontraron características propias de ecosistemas de humedal. Se incluyó dentro de las áreas establecidas en los estudios realizados por la EAAB para el Plan Zonal del Norte Lo anterior evidencia que no existiría sustento alguno para invocar respecto de esta área el principio de precaución como lo señaló en forma equívoca la Resolución 819.Restaría únicamente respecto de ellas la inclusión de las recomendaciones contenidas en el estudio de la EAAB en Contrato de Consultoría No. 1-02-25500-0626-2009 producto 4.1.8. a través de su incorporación como determinante ambiental dentro del POZ Norte, no siendo necesario en consecuencia mantener respecto de esta área la medida de protección impuesta.
15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-15 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Imagen 8. Mapa localización Res. 819 de 2015 – Polígono 4 Fotografía 7. Polígono 4 zona agrícola. Fuente: SER- SDA, 2016.
Polígono 5 Esta zona se encuentra ubicada sobre la formación Sabana, y corresponde a una morfología de planicie aluvial. De acuerdo con el análisis de los resultados obtenidos en campo, se concluye que el polígono 4, se localiza sobre un suelo de tipo arcilloso de color amarillo pardo a pardo rojizo, de permeabilidad nula y existe una fragmentación por la vía férrea existente.
Las 4,43 ha de este polígono se ubican en la localidad de Usaquén en suelo de expansión urbana. Esta zona se encuentra ubicada sobre la formación Sabana, y corresponde a una morfología de planicie aluvial, compuesta generalmente por suelos de tipo arcilloso de color amarillo pardo a pardo rojizo, de permeabilidad nula.
Actualmente, se evidencia intervención antrópica por la presencia de asentamientos humanos y actividades de pastoreo de ganado bovino y equino. Esta actividad agropecuaria, ocasiona la compactación, causando una baja infiltración en el suelo.
El área correspondiente a este polígono, no ha sido categorizada como zona de amenaza de riesgo de inundación por parte del IDIGER y en su concepto no es inundable, no se incluyó dentro de las áreas establecidas en los estudios realizados por la EAAB en Contrato de Consultoría No. 1-02-25500-0626-2009 producto 4.1.8. para esta zona y en la visita efectuada el 2 de junio de 2016 por parte de la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad no se encontraron características propias de ecosistemas de humedal.
En consecuencia se considera que no existen los elementos justificativos para mantener la categoría de protección establecida en la Resolución No. 819 de 2015.
Adicionalmente, se evidenciaron las siguientes características en este polígono:
El área correspondiente a este polígono, no ha sido categorizada como zona de amenaza de riesgo de inundación por parte del IDIGER y en su concepto no es inundable, así como tampoco se incluyó en las áreas establecidas en los estudios realizados por la EAAB en Contrato de Consultoría No. 1-02-25500-0626-2009 producto 4.1.8. y en la visita efectuada el 2 de junio de 2016 por parte de la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad no se encontraron características propias de ecosistemas de humedal.
- Presencia de suelo urbano, compuesto generalmente por suelos de tipo arcilloso de color amarillo pardo a pardo rojizo, de permeabilidad nula.
En consecuencia se considera que no existen los elementos justificativos para mantener la categoría de protección establecida en la Resolución No, 819 de 2015.
- Se identifica la Quebrada Novita que cruza el sector, presentando una zona de protección a lo largo del cauce.
- Se evidencia fragmentación del polígono por presen- cia de vía férrea.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-16 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 16 Imagen 9. Mapa localización Res. 819 de 2015 – Polígono 5.
Fotografía 8. Polígono 5 vegetación de la zona. Fuente: SER-SDA, 2016.
* Fragmentación por vía férrea.
Adicionalmente, el polígono cuenta con las siguientes características:
* Se solicitó alinderación de la Quebrada La Floresta a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, para protección del recurso hídrico.
* Presencia de asentamientos humanos y de pastoreo de ganado bovino y equino.
Polígono 6 * Consolidación del terreno debida al sobrepastoreo
- compactación.
* Infiltración baja restringiendo el flujo del agua solo a la escorrentía superficial.
Ubicado en suelo urbano contiguo al PEDH Torca y Guaymaral y con 2,38 ha, colinda directamente con el humedal de Torca que hace parte de las áreas protegidas en la Localidad de Usaquén.
Imagen 10. Mapa localización Res. 819 de 2015 – Polígono 6.
Fotografía 9. Planicie aluvial de la formación Sabana, donde se parecían asentamientos humanos y consolidación del terreno fragmentada. Fuente: SER-SDA, 2016.
17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-17 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 En consecuencia, se considera que no existen los elementos justificativos para mantener la categoría de protección establecida en la Resolución No. 819 de 2015.
Esta zona se encuentra ubicada sobre la formación Sabana, y corresponde a una morfología de planicie aluvial, compuesta generalmente por suelos de tipo arcilloso de color amarillo pardo a pardo rojizo, de permeabilidad nula.
Adicionalmente, el polígono cuenta con las siguientes características:
* Presencia de asentamientos humanos y de pastoreo de ganado bovino y equino.
* Consolidación del terreno debida al sobrepastoreo
- compactación.
* La infiltración baja a nula.
Actualmente se nota baja a media influencia antrópica, donde se presenta la ubicación de asentamientos humanos De acuerdo con el análisis de los resultados obtenidos en campo, este polígono tiene presencia de asentamiento humanos, pastoreo de ganado bovino y equino, lo cual ha generado la consolidación y compactación del terreno debido al sobre-pastoreo por lo que la infiltración es baja restringiendo el flujo del agua solo a escorrentía superficial.
* Fragmentación por vía férrea.
* Presencia de reservorios artificiales interpretados de manera errónea en el análisis de fotografía aérea como área inundable.
Polígono 7 El área correspondiente a este polígono, no ha sido categorizada como zona de amenaza de riesgo de inundación por parte del IDIGER y en su concepto no es inundable, no se incluyó dentro de las establecidas en los estudios realizados por la EAAB en Contrato de Consultoría No. 1-02-25500-0626-2009 producto 4.1.8. y en la visita efectuada el 2 de junio de 2016 por parte de la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad no se encontraron características propias de ecosistemas de humedal.
Esta zona de 14,81 ha, se encuentra ubicada sobre la formación Sabana, y corresponde a una morfología de planicie aluvial, compuesta generalmente por suelos de tipo arcilloso de color amarillo pardo a pardo rojizo, de permeabilidad nula.
Imagen 11. Mapa localización Res. 819 de 2015 Polígono 7.
Fotografía 10. Polígono 5 vegetación de la zona. Fuente: SER-SDA, 2016. jes artificiales provenientes de los cerros orientales, adicionalmente se encontró un cuerpo de agua que tributa sus caudales al humedal de Torca y que contiene agua permanentemente con un flujo de energía lenta. Dicha quebrada será objeto de alinderamiento para su protección.
Actualmente, se nota baja a media influencia antrópica, donde se evidencia la de asentamientos humanos y de pastoreo de ganado bovino y equino; en este caso, existe una consolidación del terreno debido al pastoreo por lo que la infiltración del agua hacia este es menor, y restringiendo el flujo del agua solo a la escorrentía superficial.
En la parte más norte del polígono se observó influencia antrópica más severa, ya que existen edificaciones sobre el área, donde la conformación y consolidación A lo largo de este polígono se encontraron múltiples surcos correspondientes a los cauces de los drena- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-18 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 18 del terreno es mayor. En estas zonas la infiltración es nula y el flujo del agua se restringe completamente hacia el humedal.
Fotografía 11 Polígono 7 - Quebrada San Juan Fotografía 12 Polígono 7- zona de pastoreo * Es actualmente una Reserva vial Polígono 11 Con un área de 16,04 ha, el polígono 11 se encuentra ubicado en suelo urbano contiguo al PEDH Torca y Guaymaral colindante directamente al sector de Torca de esta área protegida en la Localidad de Usaquén.
De acuerdo con el análisis de los resultados obtenidos en campo, este polígono tiene abundante contenido de arcillas que propician suelos anegados, por lo cual transcurren flujos laminares de agua de escorrentía superficial, domina la cobertura vegetal de carácter invasor con niveles topográficos altos, (hasta 6 m) en razón a rellenos antrópicos conformados dentro de los limites urbanos. Así mismo, se encontró fragmentación de los flujos hídricos con permeabilidad nula.
El área correspondiente a este polígono, no se encuentra dentro de los límites legales acogidos en el Plan de Ordenamiento Territorial, bajo la categoría de Parque Ecológico Distrital de Humedal-PEDH, no ha sido categorizada como zona de amenaza de riesgo de inundación por parte del IDIGER, y en su concepto no se incluyó dentro de las áreas establecidas en los estudios realizados por la EAAB en Contrato de Consultoría No. 1-02-25500-0626-2009 producto 4.1.8., y en la visita efectuada el 2 de junio de 2016 por parte de la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad no se encontraron características propias de ecosistemas de humedal.
En consecuencia, se considera que no existen los elementos justificativos para mantener la categoría de protección establecida en la Resolución No. 819 de 2015.
Adicionalmente;
* No se encuentra bajo ninguna categoría de protección ambiental.
* Afectación en la dinámica natural del humedal, así como hidrogeológica, no hay conexión por vasos comunicantes.
19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-19 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Imagen 12. Mapa localización Res. 819 de 2015 Polígono 11.
Fotografía 13 Planicie aluvial de la formación Sabana. Fuente: SER-SDA, 2016 pueden ser diferenciados entre sí como terrazas de las zonas inundables del humedal Torca. Se observaron surcos de los drenajes que provienen de los cerros orientales.
Al trazar perfiles en dirección norte sur sobre ambos polígonos, se observan grandes diferencias de niveles en el terreno de hasta 6m producto de rellenos, especialmente en el sector norte del polígono No. 11, lo que se constituye como un agente de afectación irreversible de la topografía y estructura natural del suelo que repercute directamente en la dinámica hidrogeológica y capacidad hidráulica de este sector de Bogotá.
Esta área se encuentra incorporada dentro de la demarcación del Parque Metropolitano Guaymaral definido como parte de la Estructura Ecológica Principal del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá contenido en el Decreto Distrital 190 de 2004, por lo que no era innecesaria la adopción de las medidas de protección previstas en la Resolución No. 819 de 2015 para esta zona.
Esta zona se encuentra ubicada sobre la formación Sabana, y corresponde a una morfología de planicie aluvial, compuesta generalmente por suelos de tipo arcilloso de color amarillo pardo a pardo rojizo, de permeabilidad nula. Actualmente se nota baja influencia antrópica y se diferencia dos niveles topográficos que Fotografía 14 Polígono 11 Fotografía 15 Polígono 11 - Zona aledaña a la quebrada Patiño REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-20 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 20 Fotografía 16 Polígono 11 - zona de pastoreo Fotografía 17 Polígono 11 – Viviendas dentro del área.
Polígono 12 Esta zona con 26,61 ha, se encuentra ubicada sobre la formación Sabana, y corresponde a una morfología de planicie aluvial, compuesta generalmente por suelos de tipo arcilloso de color amarillo pardo a pardo rojizo, de permeabilidad nula. Actualmente se nota alta influencia antrópica, ya que se encontró múltiples rellenos dispuestos a lo largo del terreno generando desniveles y lomas. de ecosistemas de humedal, con potencial para la continuidad ecosistémica del PEDH. El área de este polígono no se encuentra dentro de las zonas inundables delimitadas por el Plan de Ordenamiento Territorial y en el concepto de IDIGER no son inundables. Se incluyó parte de esta área dentro de la categoría de áreas establecidas en los estudios realizados por la EAAB en Contrato de Consultoría No. 1-02-25500- 0626-2009 producto 4.1.8 para el Plan Zonal del Norte. Por las razones anteriores se evidencia que no existe sustento alguno para invocar el principio de precaución como lo señaló la Resolución N° 819.
Ubicado en suelo urbano cercano al PEDH Torca y Guaymaral en la Localidad de Suba conformado por 26,61 hectáreas, no presenta características propias Imagen 13. Mapa localización Res. 819 de 2015 – Polígono 12 Fotografía 13 Polígono 12 – zona aledaña a Mega eventos. Fuente: SER-SDA, 2016 Norte, no siendo necesario en consecuencia, mantener respecto de esta área la medida de protección impuesta en zonas aledañas a los Humedales.
A juicio de esta Secretaría se debe únicamente dar cabal cumplimiento a las recomendaciones contenidas en el estudio de la EAAB ya referido, incorporándolo como determinante ambiental dentro del Plan Zonal 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-21 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2
10. CONCLUSIONES TÉCNICAS
CONSIDERACIONES:
JURÍDICAS
* Una vez revisada la Resolución No.819 de 23 de junio de 2015 y conforme a la visita técnica del 2 de junio de 2016, por el Equipo Técnico de la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad de la Secretaría Distrital de Ambiente; no se evidenciaron riesgos que dieran lugar al principio de precaución, y no señala de manera clara y sustentada cuáles son los peligros de daño grave e irreversible que soportan la medida.
Que mediante Resolución No.00819 del 23 de junio de 2015, la Secretaría Distrital de Ambiente, invocando el numeral 6 del Artículo 1º de la Ley 99 de 1993 “Principio de Precaución”, conforme al cual, cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente.”, estableció como área de protección ambiental “los sectores conformados por ocho (8) polígonos, con un área total de 131 ha, los cuales se localizaron en la Sabana de Bogotá, específicamente en la Zona Norte del Distrito, en las localidades de Usaquén (UPZ 1 - Paseo de los Libertadores) y Suba (UPZ 2-La Academia y 3-Guaymaral)”
* Del mismo modo, se concluye que respecto a los 8 polígonos establecidos e identificados en la Resolución No. 819 de 2015, proferida con el fin de establecer medidas de protección y manejo necesarias para una zona con potencial de conectividad con la estructura ecológica principal, no son necesarias, toda vez que las áreas que ofrecen dicha conexión, ya se encuentran con alinderamiento que permiten darle protección, y están incluidas en el PMA de Torca y Guaymaral. Concluyendo, que no existe sustento alguno para invocar el principio de precaución en este caso.
Que el Estado Colombiano ha reconocido en su ordenamiento jurídico la aplicación del principio de precaución a partir de los compromisos internacionales de protección al medio ambiente asumidos luego de la suscripción de la Declaración de Río de Janeiro de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo, en cuyo artículo 15 definió los contenidos del referido principio de la siguiente forma:
* En la visita técnica, se evidenció que los polígonos 2a, 2b, 2c, 2d, 2e, 3, 4, 5, 6, 7, 11 y 12 carecen de valores ambientales merecedores de medidas de protección como las adoptadas a través de la Resolución No. 819 de 2015.
“Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme con sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”.
* Con relación a las zonas de ronda, en su mayoría destinadas a la recuperación que se encuentran por encima del nivel de inundación, se debe establecer una vegetación arbórea y arbustiva compuesta por flora nativa tal como tintos, alisos y chilcos. Los bosques nativos existentes en la actualidad en la ronda deben ser destinados a la conservación.
* Por último, los aportes de agua de los drenajes que confluyen a los humedales, han sido canalizados, desviados o manejados.
11. RECOMENDACIONES
Que en el ordenamiento jurídico colombiano se ha reconocido el denominado principio de precaución como pauta hermenéutica para la adopción de manera excepcional y motivada, por parte de las autoridades administrativas o judiciales, de medidas de protección ante riesgos graves e irreversibles de menoscabo al medio ambiente, cuya causación si bien no se encuentra absolutamente comprobada, si se cuenta con un principio de prueba científica que determine como impostergable la adopción de medidas.
* El planeamiento del Plan Zonal del Norte, deberá ser consecuente con la dinámica actual del PEDH Torca y Guaymaral, y congruente con las recomendaciones establecidas en los estudios de la Empresa Acueducto EAAB en Contrato de Consultoría No. 1-02-25500-0626-2009 producto 4.1.8.
Que la Corte Constitucional a través de sentencia C-671 de 2001, con ponencia del Magistrado Jaime Araujo Rentería, ha definido los presupuestos de aplicación del principio de precaución en los siguientes términos:
* Se deberán realizar los estudios hidráulicos necesarios para el manejo de aguas superficiales y las obras que se requieran en los polígonos objeto del presente informe técnico en el desarrollo del Plan Zonal del Norte”
“Al leer detenidamente el artículo acusado, se llega a la conclusión de que, cuando la autoridad ambiental debe tomar decisiones específicas, encaminadas a evitar un peligro de daño grave, sin contar con la certeza científica absoluta, lo debe hacer de acuerdo con las REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-22 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 22 políticas ambientales trazadas por la ley, en desarrollo de la Constitución, en forma motivada y alejada de toda posibilidad de arbitrariedad o capricho. medales y que debe ser tenido en cuenta para su protección y recuperación; y el riesgo de deterioro ambiental por los tensionantes asociados al uso del suelo de las últimas décadas y las proyecciones de transformación urbanística de la zona.
Para tal efecto, debe constatar que se cumplan los siguientes elementos: 1.
Que exista peligro de daño; 2.
Que éste sea grave e irreversible; 3.
Que exista un principio de certeza científica, así no sea ésta absoluta; 4.
Que la decisión que la autoridad adopte esté encaminada a impedir la degradación del medio ambiente. 5.
Que el acto en que se adopte la decisión sea motivado.” Subrayado fuera de texto.
* Para los polígonos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11 y 12, considerar aplicar los principios ambientales consignados en la Ley 99 de 1993 que tienen la capacidad de orientar la conducta de los funcionarios en las actuaciones ambientales bajo los parámetros de racionalidad jurídica y de razonabilidad práctica y establecer las pautas para defensa del medio ambiente sano previniendo y controlando los factores de deterioro ambiental en cumplimiento del artículo 80 constitucional.
Que como principio de prueba científica de las decisiones impartidas en la Resolución No. 819 del 23 de junio de 2015, se acudió a las precisiones previstas en el Informe Técnico No. 00246 del 25 de febrero de 2015, complementado por el Informe Técnico No. 948 del 17 de junio de 2015, elaborados por la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad de la Secretaría Distrital de Ambiente, los cuales arribaron a las siguientes conclusiones:
Informe Técnico No. 0246 de 25 de febrero de 2015, de la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad.
* En este sentido es necesario aplicar el principio de precaución para garantizar la conservación de los sectores que integran los polígonos objeto del presente informe; soportando la necesidad de proteger sus características de ecosistemas naturales, colindantes a áreas protegidas; como medida de protección provisional hasta tanto no se haga efectiva su incorporación formal dentro de los límites legales de los Parque Ecológicos Distritales de esta zona de Bogotá u otra categoría de área protegida.
* “Oficializar medidas de protección ambiental a los polígonos 2, 7, 11 y 12 e incorporarlos al área legal del Parque Ecológico Distrital de Humedal PEDH Torca y Guaymaral, ya que muestran características que muestran continuidad ecosistémica a ésta área protegida y concuerdan con las definiciones de humedal de la convención de Ramsar, la Política Nacional para Humedales Interiores de Colombia y la política distrital de humedales, lo cual debe ser tenido en cuenta para su protección y recuperación.
* Por las condiciones geomorfológicas, hidrológicas, hidráulicas, bióticas y ecológicas que presentan los polígonos objeto del presente informe, se debe considerar incorporarlos dentro del Sistema de Áreas Protegidas del Distrito y con ello normativamente hagan parte de las áreas de reserva en la vecindad del Río Bogotá y contribuyan en mejorar la adaptabilidad de la ciudad y la región al Cambio Climático ante eventos climáticos extremos.
* Oficializar medidas de protección ambiental al polígono No. 3, e incorporarlos al área legal del Parque Ecológico Distrital de Montaña PEDM Cerro de Torca debido a sus atributos ambientales y de continuidad ecosistémica con esta área protegida.
* Considerar tener en cuenta el artículo 4 de la Convención Ramsar (aprobada en Colombia a través de la Ley 357 de 1997), el cual establece que cada parte contratante fomentará la conservación de los humedales y de las aves acuáticas, creando nuevas reservas naturales, en aquellos, estén o no incluidos en la lista y tomará las medidas adecuadas para su custodia.
* Oficializar medidas de protección ambiental a los polígonos No.4, 5, 6, 9 y 10 reglamentando acciones de manejo que los conserven.
* Tener en cuenta el artículo 8 del Convenio sobre Diversidad Biológica, en el que se señala que cada parte contratante establecerá áreas donde haya que tomar medidas especiales para conservar la diversidad biológica; elaborará directrices para la selección, el establecimiento y la ordenación de las mismas; promoverá la protección de ecosistemas de hábitats naturales y el mantenimiento de poblaciones viables de especies en entornos * Adelantar las gestiones de orden jurídico que permitan brindar la categoría de PEDH al polígono No.1 incorporándolo al límite legal del PEDH Torca
- Guaymaral argumentando: las características ambientales que la integran y continuidad ecosis- témica con esta área protegida lo cual concuerda con las definiciones de humedal de la convención de Ramsar, la Política Nacional para Humedales Interiores de Colombia y la política distrital de hu- 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-23 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 maral, estableciendo en su artículo 2, las siguientes restricciones: naturales; procurará establecer las condiciones necesarias para armonizar las utilizaciones actua- les con la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes.
“ARTÍCULO 2°.- Implementar, en los sectores inundables relacionados en el artículo precedente, sobre la base del principio de precaución, las siguientes medidas de protección:
* Tomar las medidas de protección y manejo pertinente para los polígonos señalados en el presente informe para efectos de recuperar integralmente las áreas que han sido afectadas por presiones urbanísticas ente ellas la disposición inadecuada de RCD y otros residuos”
1. Impedir el adelantamiento de procesos de de- sarrollo urbano, obras de infraestructura urbana y detener cualquier actividad actual o futura que pueda actuar en desmedro de los valores ambien- tales yacentes en los sectores declarados como áreas de protección ambiental, sin perjuicio de los derechos adquiridos por particulares,
Informe Técnico No. 00948 de 17 de junio de 2015, que complementó el anterior, bajo las siguientes conclusiones:
“En virtud de la medida de precaución establecida en el numeral 6 artículo 1 de la Ley 99 de 1993, desde la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad se solicita la imposición de medida de protección sobre los polígonos 2, 3,4,5,6,7, 11 y 12.
(…)
2. Proscribir las actividades que estén asociadas a la intensificación de los factores de riesgo iden- tificados en los sectores de interés; todo esto, entretanto se adelantan las actuaciones políticas y administrativas necesarias para conseguir la in- clusión de tal área al Parque Ecológico Distrital de Humedal Torca y Guaymaral, según lo señalado en el artículo tercero del presente acto adminis- trativo.
3. Controlar los desarrollos de vivienda en la zona, para lo cual se remitirá copia de este acto admi- nistrativo a la Secretaría Distrital de Planeación, Secretaría Distrital de Hábitat y a las Alcaldías Locales de Usaquén y Suba.
8.2. Al realizar el cruce cartográfico de las áreas analizadas en el presente informe, se encontró afectación por reserva vial (glorieta) para el polígono 12, al cual se le descontó el área de dicha reserva vial. El polígono 7 también presentó afectación vial, sin embargo, para éste último no se descontó esta área de reserva vial por cuanto se pretende dar continuidad ecosistémica al interior del polígono 7.
4. Correr traslado de este Acto Administrativo a las Curadurías Urbanas de Bogotá, D.C., con el objeto de que se abstengan de tramitar solicitud alguna dentro del marco de sus competencia en esta área, así como a la Secretaría Distrital de Planeación Distrital para lo pertinente.
5. Impedir cualquier mantenimiento o intervención al cuerpo de agua y zona circundante de la misma que no cuente con el aval de la autoridad ambien- tal competente, con el fin de conservar y mejorar continuamente las características actuales de los sectores de interés.
8.6. El polígono 2e se propone para la medida de protección, en virtud de la reconformación del canal de drenaje Guaymaral, cuyo cauce se une al canal principal dentro de la zona de ZMPA del humedal y cuya función en el perímetro urbano en cuanto a la topografía y conectividad hídrica actual permite realizar la unificación hidráulica de los drenajes y quebradas que bañan todo el costado Occidental-Oriental como Oriental-Occidental, lo anterior soportado con respecto a los aspectos hidrológicos mencionados en el cuerpo del presente informe”
6. Salvaguardar y manejar las condiciones funcio- nales de las cuencas hidrográficas que se rela- cionen con el área, de modo que se aseguren la captación, el flujo, la calidad de recurso hídrico, así como que se controle, estudie y mitigue la pérdida de funciones ecosistémicas, y la sedimentación.
Que según lo dispuesto en numeral 7 del artículo 313 de la Constitución Política de Colombia es competencia de los Concejos: “7. Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda” Subrayado fuera de texto
7. Continuar con la elaboración de estudios re- lacionados con la protección de la flora y fauna endémica, así como la que se encuentra en riesgo”
Que la Resolución No.819 de 23 de junio de 2015, impuso medidas de protección en los Polígonos 2 (Conformado por 5 sub polígonos 2ª, 2b, 2c, 2d y 2e); 3, 4, 5, 6, 7, 11 y 12 de las zonas aledañas al Parque Ecológico Distrital de los Humedales Torca y Guay- Que el Informe Técnico No.01026 de 2016, después de estudiar el área delimitada con los Conceptos Técnicos Nos 246 y 948 de 2015, concluyó, lo siguiente:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-24 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 24 * Una vez revisada la Resolución No.819 de 23 de junio de 2015, por el Equipo Técnico de la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad de la Secretaría Distrital de Ambiente, se evidenció que pese a invocar el Principio de Precaución, esta no señala de manera clara y sustentada cuáles son los peligros de daño grave e irreversible que sustentan la medida, desde el punto de vista técnico. des en este campo, no significan que únicamente cuando se ha demostrado que un producto o un proceso no tiene ningún riesgo entonces puede ser usado, pues es imposible demostrar la ausencia de riesgo. El principio de precaución supone que existen evidencias científicas de que un fenómeno, un producto o un proceso presentan riesgos potenciales a la salud o al medio ambiente, pero esas evaluaciones científicas no son suficientes para establecer con precisión ese riesgo. Y es que si no hay evidencias básicas de un riesgo potencial, no puede arbitrariamente invocarse el principio de precaución para inhibir el desarrollo de ciertas prácticas comerciales o investigativas. Por el contrario, en los casos de que haya sido detectado un riesgo potencial, el principio de precaución obliga a las autoridades a evaluar si dicho riesgo es admisible o no, y con base en esa evaluación deben determinar el curso de acción”.
* Del mismo modo, se concluye que respecto a los 8 polígonos establecidos e identificados en la Resolución No. 819 de 2015, proferida con el fin de establecer medidas de protección y manejo necesarias para una zona con potencial de conectividad con la estructura ecológica principal, no son necesarias, toda vez que las áreas que ofrecen dicha conexión, ya se encuentran con alinderamiento que permiten darle protección, y están incluidas en el PMA de Torca y Guaymaral. Concluyendo, que no existe sustento alguno para invocar el principio de precaución en este caso.
Que en seguimiento del precedente jurisprudencial antes señalado, es obligación de las autoridades no sólo determinar de forma precisa los riesgos potenciales de afectación, sino además efectuar análisis de admisibilidad de los mismos al momento de adoptar decisiones de protección.
* En la visita técnica, se evidencio que los polígonos 2a, 2b, 2c, 2d, 2e,3, 4, 5, 6, 7, 11 y 12 carecen de valores ambientales merecedores de medidas de protección como las adoptadas a través de la Resolución No. 819 de 2015.
Que la Resolución 819 de 2015, fue demandada de manera separada ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por Fidubogotá El Otoño; Fidubogotá Fiducia El Bosque; Constructora Fernando Mazuera y Alianza Fiduciaria Fideicomiso Inverandino a través de los medios de control Nulidad Simple y Nulidad y Restablecimiento del Derecho.
* Con relación a las zonas de ronda, en su mayoría destinadas a la recuperación que se encuentran por encima del nivel de inundación, se debe establecer una vegetación arbórea y arbustiva compuesta por flora nativa tal como tintos, alisos, chilcos, etc., los bosques nativos existentes en la actualidad en la ronda deben ser destinados a la conservación.
* Por último, los aportes de agua de los drenajes que confluyen a los humedales, ya no son tan significativos debido a la canalización, desvío o manejo que tienen estos cuerpos de agua en la actualidad”
Que el artículo 95 de la Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” establece la posibilidad a las autoridades administrativas de revocar sus propios actos hasta antes de la notificación del auto admisorio de la demanda, disponiendo a su vez, el parágrafo de la norma en comento que una vez surtida dicha actuación y hasta antes del fallo de segunda instancia procede la oferta la revocatoria del acto por la autoridad, previa aprobación de Comité de Conciliación de la respectiva Entidad, la que está sujeta a aprobación por parte del Juez.
Que la Corte Constitucional en Sentencia C-988 de 2004, con ponencia del Magistrado Humberto Sierra Porto, ha determinado los alcances y limitaciones que las autoridades deben considerar al momento de dar aplicación al Principio de Precaución mediante la adopción de medidas restrictivas de ciertas actividades en procura de la protección del medio ambiente, de la siguiente forma:
Que en el subexamine, dentro del trámite, algunas de las demandas interpuestas en contra de la Resolución 819 de 2015, ya se ha surtido el procedimiento de notificación del auto admisorio de la demanda y hay otras, en las que no se ha surtido dicha actuación.
Que mediante Oficio No. 2016EE89553 de 3 de junio de 2016, se radicó ante la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios solicitud “En cierta medida, la Carta ha constitucionalizado el llamado principio de precaución, pues le impone a las autoridades el deber de evitar daños y riesgos a la vida, a la salud y al medio ambiente. Sin embargo, dicho principio, y en general los deberes de prevención que la Carta asigna a las autorida- 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-25 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 de acompañamiento en la revisión de la medida de protección establecida a través de la resolución estudiada, adjuntando un cronograma de reuniones, que posteriormente fue replanteado mediante el Oficio No. 2016EE107891 de 28 de junio de 2016.
Que dichas áreas tampoco fueron incorporadas en el polígono del Plan de Manejo Ambiental de los Humedales Torca y Guaymaral; por lo que, a través del Informe Técnico No.01026 de 2016, de la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad, se encuentró necesario levantar las medidas de protección que recaen sobre los Polígonos 2 (Conformado por 5 sub polígonos 2ª, 2b, 2c, 2d y 2e; 3, 4, 5, 6, 7, 11 y 12 de las zonas aledañas al Parque Ecológico Distrital de los Humedales Torca y Guaymaral.
Que mediante reuniones de 13 de junio y 13 de julio de 2016, en la que asistieron los demandantes y el Ministerio Público, la Secretaría Distrital de Ambiente informó que basada en información técnica, no es necesario mantener las medidas adoptadas, y por consiguiente, se debería proceder a su derogatoria.
Que el Ministerio Público representando por la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios realizó visita de campo efectuada el día 26 de julio de 2016, a las áreas objeto de la declaratoria de medidas de protección, y en el marco del acompañamiento solicitado, dicho Ente de Control emitió el Informe Técnico No.028 de 2016, en el que señaló:
Que conforme a lo establecido en el citado informe técnico, los polígonos sujetos a medidas de protección, no son susceptibles de aplicar el principio de precaución. No obstante, el planeamiento del Plan Zonal del Norte, deberá ser consecuente con la dinámica actual del PEDH Torca y Guaymaral y guardar congruencia con las recomendaciones establecidas en los estudios de la Empresa Acueducto EAAB en Contrato de Consultoría No. 1-02-25500-0626-2009 producto 4.1.8. Se deberán realizar los estudios hidráulicos necesarios para el manejo de aguas superficiales y las obras que se requieran en los polígonos objeto del presente informe técnico en el desarrollo del Plan Zonal del Norte.
Que esta autoridad ambiental considera que se deben realizar los estudios hidráulicos necesarios para el manejo de aguas superficiales y las obras que se requieran en los polígonos objeto del presente informe técnico en el desarrollo del Plan Zonal del Norte.
“(…) De acuerdo a la visita realizada por esta Delegada, se evidencia que existen dos grupos dentro los polígonos declarados, los que tienen conectividad directa con el humedal y los que no, frente a los primeros (Polígonos 2ª, 2b, 2c, 2d, 2e, 7 y 11) vale la pena destacar que se trata en su mayoría de zonas con alta intervención antrópica y que en el momento no presentan las características de éstos cuerdos de agua, así mismo, son terrenos compactados y en algunos casos con presencia de construcciones que no garantizan el cumplimiento de la función que se pretende con su declaratoria como áreas protegidas.
Que en relación con la revocatoria de actos administrativos de carácter general, el Consejero de Estado Zambrano Barrera en una publicación del Consejo de Estado, mediante Sentencia de 26 de noviembre de 2014, Sección Tercera, señaló:
Dentro del segundo grupo (Polígonos 3, 4ª, 4b, 5, 6 y 12) es evidente su falta de conectividad entre sí y con el humedal arriba mencionado, igualmente son zonas intervenidas que difícilmente podrían cumplir la función que se pretende con la declaratoria (…)”
“Sea lo primero advertir que tan son susceptibles de revocatoria los actos administrativos de carácter particular, individual y concreto, como lo son los de carácter general, impersonal y abstracto, solo que, en relación con estos últimos, resulta más atinado hablar de derogatoria, que es el fenómeno que se produce cuando una norma posterior deja sin efecto, total o parcialmente, otra anterior, bien sea en forma expresa o ya de manera tácita.
Que mediante Memoriales radicados el día 25 de agosto de 2016, ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, los demandantes desistieron de sus pretensiones ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, con lo que no se hace necesario someter las decisiones técnicas y administrativas que se toman a través del presente acto administrativo ante el Comité de Conciliación de la Entidad.
Que obtenido el criterio científico contundente, probado y veraz, que establece que la actividad en los polígonos descritos en la Resolución No.819 de 2015, demuestra que no existe conectividad ecológica de los polígonos afectados con las medidas de protección para los Humedales de Torca y Guaymaral.
La diferencia estriba en que la derogatoria de un acto de carácter general, impersonal y abstracto puede producirse en cualquier momento, con la simple expedición de otro acto que se limite a dejarlo sin efecto o que modifique su contenido o lo reemplace en su totalidad, sin que para ello se requiera nada más que la voluntad de la administración, al paso que la extinción y la modificación del acto particular, individual y concreto requieren, en cambio, del consentimiento del particular en cuyo REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-26 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 26 de Usaquén y Suba, a la Personería de Bogotá, a la Contraloría de Bogotá D.C., a la Procuraduría Judicial Agraria y Ambiental, y a los propietarios de los predios que se encontraban sobrepuestos a los polígonos comprendidos en las medidas de protección adoptadas.
Artículo sexto.
Publicar la presente decisión en el Boletín Legal Ambiental y en la Gaceta Distrital.
favor fue expedido, por cuanto tal medida afecta o puede afectar los derechos de este último, los cuales deben serle adecuadamente protegidos, por lo mismo que, por mandato constitucional, deben protegerse los derechos adquiridos (artículo 58 de la Constitución Política) y respetarse siempre, esto es, en “toda clase de actuaciones judiciales y administrativas”, el derecho al debido proceso y sus connaturales derechos de audiencia y de defensa (artículo 29, ibídem)”
Artículo séptimo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 99 de 1993 y lo señalado en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, ésta Resolución deberá publicarse en los términos legalmente establecidos.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que en virtud de la jurisprudencia reseñada, la Resolución 819 de 2015, se deroga, por cuanto que se trata de un acto de carácter general y abstracto, pudiendo la Administración con su simple voluntad proceder a ello, advirtiendo que no se pondrán en riesgo los Humedales de Torca y Guaymaral.
Dada en Bogotá, a los treinta y un (31) días del En mérito de lo expuesto, mes de agosto de dos mil dieciséis (2016).
RESUELVE:
FRANCISCO JOSÉ CRUZ PRADA Despacho del Secretario CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.
Artículo primero.
Derógase la Resolución No. 00819 del 23 de junio de 2015, proferida por la Secretaría Distrital de Ambiente, acorde a lo señalado en la parte motiva de esta decisión administrativa.
Resolución Reglamentaria Número 029 (Agosto 31 de 2016)
Artículo segundo.
Ténganse en cuenta las recomendaciones del Informe Técnico No.01026 de 2016, de la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad de la Secretaría Distrital de Ambiente, respecto del planeamiento del Plan Zonal del Norte POZ Norte.
“Por medio de la cual se actualizan y adoptan nuevas versiones de los documentos que conforman el Proceso Evaluación y Control en la Contraloría de Bogotá D.C.”
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D. C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en
Artículo tercero.
Hace parte integral del presente acto administrativo, el Informe Técnico No.01026 de 2016, de la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad que sirve de sustento para levantar las medidas adoptadas por la Secretaría Distrital de Ambiente en el marco de lo dispuesto en la Resolución N° 00819 del 23 de junio de 2015.
especial las que le confiere el artículo 6 del Acuerdo 519 de 2012; y
CONSIDERANDO:
Artículo cuarto.
Fíjese la presente Resolución en lugar público de la Secretaría Distrital de Ambiente, remitir copia a las Alcaldías Locales de Usaquén y Suba para que surtan el mismo trámite frente a la comunidad interesada y para los demás asuntos de su competencia.
Que de conformidad con los literales b y l del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”, se deben implementar como elementos del Sistema de Control Interno Institucional, la definición de procedimientos para la ejecución de procesos, así como la simplificación y actualización de normas y procedimientos.
Que a través de Resolución Reglamentaria No. 034 de noviembre 5 de 2014, se actualizó el Modelo Estándar de Control Interno-MECI en la Contraloría de Bogotá
Artículo quinto.
Comunicar la presente Resolución a la Secretaría Jurídica, Secretaría Distrital de Planeación, a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, al Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático -IDIGER-, al Concejo de Bogotá D.C., al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a las Curadurías Urbanas de Bogotá D.C. y la Comisión de Veedurías de las Curadurías Urbanas de Bogotá D.C., a las Alcaldías Locales
27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-27 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Gestión Distrital -SIGD-y la Comisión Intersectorial del -SIGD-, estableciendo una creación, conformación e implementación del Sistema Integrado de Gestión Distrital.
Que el artículo 6 del Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012 establece la autonomía administrativa, en virtud de la cual la Contraloría de Bogotá, D. C. define los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las Leyes y en este Acuerdo.
D.C., de conformidad con los parámetros establecidos en el Decreto 943 de 2014, en cuyo módulo de control de evaluación y seguimiento, incorpora como componentes la Auditoria Interna y los planes de mejoramiento, como aspectos que permiten valorar en forma permanente la efectividad del Control Interno de la entidad; la eficiencia, eficacia y efectividad de los procesos, entre otros; con el propósito de detectar desviaciones, establecer tendencias y generar recomendaciones para orientar las acciones de mejoramiento de la Organización.
Que mediante Resolución Reglamentaria No. 071 de diciembre de 2015 se adoptaron procedimientos relacionados con el Proceso de Evaluación y Control.
Que a través de la Ley 872 de diciembre 30 de 2003, se creó el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios.
Que mediante Decreto 4110 de Diciembre 9 de 2004, se reglamentó la Ley 872 de 2003 y se adopta la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública.
Que teniendo en cuenta el concepto de mejora establecido en las Normas Técnicas de Calidad NTC ISO 9001:2008 NTC GP 1000:2009, es necesario ajustar los documentos y procedimientos del Proceso de Evaluación y Control.
En mérito de lo expuesto, este Despacho;
RESUELVE:
Que por medio del Acuerdo 122 de junio 28 de 2004, se adoptó en Bogotá, D.C. el Sistema de Gestión de la Calidad, reglamentado por el Decreto 387 de diciembre 2 de 2004.
Que mediante el Decreto 4485 del 18 de noviembre de 2009, se adoptó la actualización de la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública.
Artículo primero.
Modificar el nombre del siguiente procedimiento: “Procedimiento plan de mejoramiento – acciones correctivas y de mejora” por “Procedimiento plan de mejoramiento – acciones correctivas, preventivas y de mejora”.
Que el Decreto Distrital 176 de 2010, definió los lineamientos para la conformación articulada de un Sistema Integrado de Gestión en las entidades del Distrito Capital.
Artículo segundo.
Adoptar la nueva versión de los siguientes documentos y procedimientos del Proceso de Evaluación y Control.
Que el Decreto 651 de 2011, modificado por el Decreto Distrital 527 de 2014, creó el Sistema Integrado de No. Nombre del Procedimiento Código Versión 1 CARACTERIZACIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y CONTROL. PEC-090 7.0 2 PROCEDIMIENTO PARA AUDITORIAS INTERNAS. PEC-01 14.0 3 PROCEDIMIENTO PLAN DE MEJORAMIENTO - ACCIONES CORRECTIVAS, PREVENTIVAS Y DE MEJORA. PEC-02 15.0 4 PROCEDIMIENTO PARA AUDITORÍA INTERNA AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN. PEC-03 13.0 5 PROCEDIMIENTO RELACIÓN CON ENTES EXTERNOS Y DE CONTROL. PEC-04 5.0 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Artículo tercero.
Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficinas y Gerentes, velar por la divulgación y cumplimiento de los documentos adoptados.
Dada en Bogotá, D. C., a los treinta y un (31) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016.
JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA Contralor de Bogotá D.C.
Artículo cuarto.
La presente resolución reglamentaria rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el numeral 14 del artículo primero de la Resolución Reglamentaria No. 046 de 31 de diciembre de 2014 y la Resolución Reglamentaria No. 071 de 30 de diciembre de 2015.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-28 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 28 Código formato: PGD-01-002 PROCEDIMIENTO PARA AUDITORÍAS INTERNAS Código documento: PEC-01 Versión 14.0 Página 1 de 33 Código for rmato: PGD-0 01-004
- 090
CARACT TERIZACIÓ OCESO DE EVAL LUACIÓN Y N DEL PRO Y CONTROL L - PEC Código docu Versión: 7.0 Página 1 d umento: PEC - 0 de 1 Fec cha: 11 D E AGOST TO DE 20 016 Ap probó elabo ración o mo odificación R evisión Téc cnica Firma:
Firma a:
Nombre:
CARMEN R ROSA MEND DOZA SUAR REZ Nom bre: BIVIAN NA DUQUE T TORO Cargo: Je efe Oficina d de Control In nterno Carg go: Director t técnico de P Planeación 29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-29 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código formato: PGD-01 1-004 090 CARACT TERIZACIÓN D DEL PROCESO DE EVALUAC IÓN Y CONTRO OL - documento: PEC -: 7.0 PEC Código d Versión: Página 2 de 2 QUE fe Oficina de Co ontrol Interno a de Control Int terno DEL DEL Jef EL Oficin CA RES PRO RGO SPONSABLE OCESO:
DEPEN INTEGR PROCE NDENCIAS Q RAN ESO: ente el desemp peño de la Con traloría de Bogo otá D.C., para nto y mejora stemas que DEL permanenteme de los Subsist o deba adopta temas de Cont ar la entidad e rol Interno, de n el contexto Gestión de la del Sistema Inte Calidad y los egrado de Gest el mantenimien s demás Subsis tión.
Evaluar continua adopte o OBJ PRO JETIVO OCESO: a formulación d estratégicas e i indicadores del proceso y term mina con la ALC CANCE:
El proce impleme so inicia con la ntación de accio ones de mejora de actividades e a del proceso. erdo 519 de 2 ual se dictan n normas sobre organización y y el funcionam iento de la 2012, por el cu otá D.C.
9000:2005. No Acue Con Norm traloría de Bogo ma NTC - ISO rma Internacion nal, Sistema de e Gestión de la damentos y Calidad – Fund ma Internacional el Sistema de G estión de la Ca lidad. ón en Segurid Voca Norm Norm Norm abulario. ma NTC-ISO 90 ma NTCGP 100 ma Técnica NT 001:2008. Norm 00:2009. Noma TC - OHSAS C Técnica de Cali Colombiana 180
- Requisitos de idad en la Gesti 001:2007, Siste
ión Pública. emas de Gesti ad y Salud BAS SE LEGAL:
Ocu NTD pacional. D-SIG 001:2011 nica Distrital de el Sistema Inte egrado de Ges entidades y tión para las e anismos distrital C - ISO 14001:2 quisitos del siste GA)
1. Norma Técn es.
004. Norma Inte e 2014 “Por el cu
ernacional, Req ual se actualiza ema de Gestión ándar de Contro n Ambiental (SG ol Interno – MEC CI”. orga NTC Dec NTC reto No. 943 de C - ISO 19011:2 011 Directrices para la auditori el Modelo Está ia de Sistemas de Gestión.
Numeral es NTCGP 100 0: 4.1; 4.2; 5.6.
2; 8.2.2; 8.2.3; 8 8.4 y 8.5 Numeral es NTC-ISO 90 001:2008, 4.1; 4 4.2; 5.6.2; 8.2.2; 8.2.3; 8.4 y 8.5 5 Numeral es NTC - OHSA AS Colombiana 18001:2007; 4.
5.2.1; 4.5.3.2 y y 4.5.5 REQ QUISITOS:
Numeral es NTC - ISO 1 4001:2004, 4.4 4.4; 4.4.5; 4.5.1; 4.5.2; 4.5.3; 4.5.4 4.5.5 y 4.6 Compon entes MECI 201 14: 1.1.1; 1.2.2;
1.2.4; 1.3.2;1.3 3.3; 2.
Código formato: PGD-01 1-004 090 TERIZACIÓN D DEL PROCESO DE EVALUAC IÓN Y CONTRO OL - CARACT documento: PEC -: 7.0 PEC Código d Versión: Página 3 de 3 4.1. DESCRIP CIÓN DEL PR ROCESO A ACTIVIDADES PROVEE EDOR C CLIENTE PHVA Nº ENTRADA/ INSUMO C CLAVES DEL SALIDA O INTERNO EXTERNO INTERNO O EXTERNO PROCESO Plan Estratégico o. de la Alta e Lineamientos d Dirección.
Pr Di Es roceso de ireccionamiento stratégico Gestión del grado de Informe de G Sistema Inte Gestión. de mie rmular Proceso Direccionam nto Estratég gico del o Funcionarios co ompetentes.
1 Plan de Acción proceso.
Pr de Hu roceso Gestión el Talento umano For acti estr indi pro ividades ratégicas e icadores del ceso. e Pr Co Es roceso de omunicación stratégica. de s página Web PLANEAR Canales comunicaciones actualizados (p e Intranet). s Recursos y Pr de Fí roceso Gestión e Recursos ísicos.
Provisión de Físicos.
Proceso de Evaluación Control. define la ánica de la de e y y e Bogotá, s internas y 2 Pr Ev Co roceso de valuación y ontrol. al Proceso Evaluación Control.
Acuerdo que estructura orgá Contraloría de D.C. y normas externas. rmular el ograma Anual Auditorías ernas- PAAI.
For Pro de Inte Programa Anua de Auditorías Internas- PAAI.
Concejo de Bogotá y demás Entidades Generadoras de las normas REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-30 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 30 Código formato: PGD-01 1-004 090 TERIZACIÓN D DEL PROCESO DE EVALUAC IÓN Y CONTRO OL - CARACT documento: PEC -: 7.0 PEC Código d Versión: Página 4 de 4 A ACTIVIDADES PROVEE EDOR C CLIENTE PHVA Nº ENTRADA/ INSUMO C CLAVES DEL SALIDA INTERNO EXTERNO INTERNO O EXTERNO O a de al de e y y Programa Anua Auditorías Intern nas- PAAI.
3 Pr Ev Co roceso de valuación y ontrol.
Proceso Evaluación Control.
IG.
Programa de Auditoria Interna del Sistema Integrado de Gestión – PAISI For Pro Aud del Inte Ges PROCESO rmular el ograma de ditoria Interna Sistema egrado de stión. al de e y Programa Anua Auditorías Intern nas – PAAI.
Pr Ev Co roceso de valuación y ontrol. del e 4 Conceptos Informes Auditoria Interna de a.
Procesos SIG. cutar los nes de ditoria.
Eje Pla aud HACER e a s TIC en ualizadas.
Herramientas producción actu roceso de estión Jurídica roceso de cnologías de la formación y las omunicaciones Pr G Pr te In co Auditoria del 5 e y de a al rado Procesos SIG. cuta las lista de ificación Sistema Gestión – Eje ver Pr Ev Co roceso de valuación y ontrol.
Programa de Interna del Integrado de PAISIG. de y alizar guimiento y ificación al Plan de y Mejoramiento – ciones del de Procesos 6 Pr rocesos del SIG acciones eventivas y os procesos SIG.
HACER Informe Auditoria Interna Sistema Integr de Gestión. Reporte seguimiento verificación Acciones Correctivas, Preventivas y mejora.
Reporte de correctivas, pre de mejora de lo implementados rrectivas, eventivas y de Entes d control otras entidades Rea seg ver de Acc Cor Pre Mej jora.
Plan ento Consolidado P de mejoramie Institucional.
Código formato: PGD-01 1-004 090 TERIZACIÓN D DEL PROCESO DE EVALUAC IÓN Y CONTRO OL - CARACT documento: PEC -: 7.0 PEC Código d Versión: Página 5 de 5 A ACTIVIDADES PROVEE EDOR C CLIENTE PHVA Nº ENTRADA/ INSUMO C CLAVES DEL SALIDA INTERNO EXTERNO INTERNO O EXTERNO O PROCESO de de Riesgos Procesos SIG.
Mapa de Institucional al sgos y a del Entes d control Ciudadanía alizar guimiento al pa de Riesgos titucional.
Rea seg Ma Inst Informe Consolidado seguimiento Mapa de Ries Institucional. de al alizar guimiento y ntrol a la plementación de del Ciudadanía a de Plan Anticorr Atención al Ciud rupción y dadano y al Procesos SIG Entes d control Informe seguimiento Plan Anticorrupción Atención Ciudadano. actividades del n ticorrupción y ención al udadano.
Rea seg con imp las Pla Ant Ate Ciu Auditorías Informes de Internas eguimiento y e Acciones eventivas y Reporte de se verificación de Correctivas, Pre de mejora. alizar ividades para el talecimiento de del del e y Plan de nstitucional Consolidado mejoramiento In de Procesos SIG.
HACER 7 Pr Ev Co roceso de valuación y ontrol. cultura de ocontrol y guimiento a los Autoevaluación control (Estrategias autocontrol). solidado de Rea acti fort la aut seg pro Sist de cesos del tema Integrado Gestión.
Informe Cons seguimiento al Riesgos Instituc l Mapa de cional. guimiento al Informe de seg Plan Anticorr Atención al Ciud rupción y dadano.
31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-31 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código formato: PGD-01 1-004 090 TERIZACIÓN D DEL PROCESO DE EVALUAC IÓN Y CONTRO OL - CARACT documento: PEC -: 7.0 PEC Código d Versión: Página 6 de 6 cadores. al Sistema integra ado de Gestión. itorías Internas a itorías Externas. oevaluación. rme de Auditorías visión por la Direc lamos. s Internas. cción. sugerencias y rec VERIFICAR: rectivas, preventiv de los procesos. nto acciones corr o de seguimiento al Mapa de Riesg vas y de mejora. gos Institucional. ciones, quejas, s rmes de gestión d rme de seguimie rme consolidado - Indic - Aud - Aud - Auto - Info - Rev - Peti - Info - Info - Info
- Plane
s de Mejoramien s. s.
ACTUAR: to: ones Correctivas ones Preventivas ones de Mejora. o Acci o Acci o Acci SEGUIMIENT RIES SGOS REGISTROS R DOCUMEN NTOS OCEDIMIENTOS S Y MEDICIÓ TO Y/O ÓN:
PRO CON NTROLES INHE RENTES.
Ver Ver Indicadores. de Riesgos Ver TRD.
V o Maestro Documentos cedimientos Procesos y Proc Mapa d tucional.
Ver Listad de D internos y e externos.
Ver Instit el ementos dispon ibles para resol ver una necesid dad o para lleva ar a cabo una ta area en las difer rentes etapas de RECURSOS: C proceso, a sab Conjunto de ele ber:
Humanos:
Fís sicos:
Financieros s: nformación: gicos: e. ompetentes. ento.
Funcionarios co Inf Am fraestructura. mbiente de trabaj o.
Presupuesto Proyectos d o de funcionamie de Inversión.
Tecnológ Hardware Software Activos de e Información ico.
Virtuales y de i Intranet. Página Web. Correo electróni REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-32 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 32 Código for rmato: PGD-0 01-002
- 090
CARACT TERIZACIÓ OCESO DE EVAL LUACIÓN Y N DEL PRO Y CONTROL L - PEC Código docu Versión: 7.0 Página 7 d umento: PEC - 0 de 7 NTROL DE C CAMBIOS CON O No ADM o. DEL ACTO MINISTRATI VERS SIÓN NA ATURALEZA A DEL CAM MBIO QUE E LO ADOP VO TA Y FECHA ambia el no dades por P n para se de Activid uente con Plan de minación Se ca Acción estable de Des ecida para e sarrollo y co ombre Plan er consecu este plan en on el proceso la ley 152 d o de Orienta la denom de 1.994 sob ación Instituc bre Plan cional.
1.
de de la NTC alizan ajuste es de acuerd do a las defi niciones de 0 R.R. septi 2008 016 embre 30 8 Se rea ISO 90 001:2008. usta en el H Salida, Mem morando Se aju de seg guimiento a l acer, Activid los Anexos 1 dad No. 5, S 1, 2 y 3. n cambia de acterización o instituciona al y se suprim versión 2.0 me lo relacio a 3.0, se ac onado con a ctualiza anexo 3 La cara el logo “report te mejora”.
Descri roceso: pción del Pr En d 2 se reemp plaza el insu entos de la Alta nstitucional por Lineam mo lineamie mientos de de la actividad ientación In rección.
2.
0 R. octub 2009 R. 027 bre 23 de 9 riesgo 5 Informe Ori Dir Se alida de la a actividad agrega sa tijurídico. n Anual ant Se mo insumo d de incluye com Evaluacione es Independ de la activid dientes – PA dad 4 el Pla AEI. ponsabilidad nicaciones.
Auditoría In én se comu y Comun nterna, se unica, medi compleme o y registro En el nta las o de la Matriz requisi column comun de Resp ito 8.2.2. A nas: a quié nicación. acterización n cambia de versión 3.0 a 4.0.
La cara reemplaza cumento so”, por io 5
3.
023 de juli 010 mentación mentar Acci la activid de acciones iones Correc dad final s de mejora ctivas y Pre del doc a del proces eventivas”.
0 R.R. de 20 Se r “Imple “Imple ción del Pro oceso y Se en 4.2. “M numeran los Matriz de Re s ítems “4.1 esponsabilid
1. Descripc dad y Comu
unicaciones”
33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-33 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-0 01-002
- 090
CARACT TERIZACIÓ OCESO DE EVAL LUACIÓN Y N DEL PRO Y CONTROL L - PEC Código docu Versión: 7.0 Página 8 d umento: PEC - 0 de 8 O No ADM o. DEL ACTO MINISTRATI VERS SIÓN NA ATURALEZA A DEL CAM MBIO QUE E LO ADOP VO TA Y FECHA ción del Pro oceso, ciclo o PHVA En el (hacer numeral 4. r), se adicion.1. Descripc nó: ividad clave o No. 5, Rea alizar seguim miento al del proceso s y Plan de sí como de Riesgos alidas Inform Riesgos, as n de Mejora mes Conso nforme Ries rídico, Infor amiento rme de o e cional, In miento d e de seguim de riesg miento de rie Manejo de lidado Plan sgo Antijur gos por esgos instituc proces cional ntradas: Aud ditoría al ividad clave ma Integrad e del proces do de Ges so No. 6, en stión, Resul ltados del ado de G endientes, c Informes entes, Reali Comité aciones miento a ocesos del S Gestión e correspondie Sistema Inte de evalu zar Seguim estión, así c s, consistent l Sistema In omo las ntegrado La acti Mapa las sa Instituc seguim Inform. La act Sistem Integra indepe los Pro salidas de Ges stión y de La tes en los I abores de G grado de Ge Informes de Gestión. nueva orre la num meración po or la inclus sión de la Se co activid ad. odifica la ve ersión 4.0 de e caracteriza ación, para roceso aprob nuevo mode é directivo d elo de opera el 31 de en ación por pr nero de 2013 3 y con el A cumplir bado en Acuerdo Se mo con el comité 519 de e 2012. de de
4.
0 R.R. novie 2012 024 embre 20
2. cumento se definida ntrol de ajusta a la cedimiento estructura para el Co Así mi en la Docum smo, el doc nueva versi mentos Intern ión del Pro nos. a de versión n.
Cambi usta a la es structura def finida en la sión del Se aju Proced dimiento par ra el Control de Docume nueva vers entos. yo 9 usta el alca ncorpora la a base lega al y se
5.
020 de may 013 0 R.R. de 20 Se aju actuali za los comp ance, se in ponentes de l MECI. mina la pri cción del p entendido esos que p que la proveen os (humano imera activi proceso con os, físicos, f idad, en el n los proce financieros, s, entre.
Se eli interac recurso otros), se refleja e n el cuadro especifico d tecnológico de Recursos REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-34 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 34 Código for rmato: PGD-0 01-002
- 090
CARACT TERIZACIÓ OCESO DE EVAL LUACIÓN Y N DEL PRO Y CONTROL L - PEC Código docu Versión: 7.0 Página 9 d umento: PEC - 0 de 9 O No ADM o. DEL ACTO MINISTRATI VERS SIÓN NA ATURALEZA A DEL CAM MBIO QUE E LO ADOP VO TA Y FECHA
6.
ón 6.0 a 7 7.0, se ajus stan los sig guientes de de Cambi aspect a de versió tos:
0 R.R. dicie 2014 046 mbre 31
4. l Proceso s se cambia la palabra S Sistema En el O por Su Objetivo del ubsistemas. ce: se agre ega la pala abra seguim miento y elim mina la Alcanc palabra a proceso.
SO y los En Re requisi quisitos: se itos de la NT agregan los TC - OHSAS s años a las S Colombian s normas IS na 18001:200
07.
Descri pción del Pr roceso: clave del pr alida; se ual de eva roceso No. aluaciones i tes por En la cambia Progra actividad c a Plan Anu ama Anual d e Auditorías s Internas - P 2 y la sa ndependien PAAI. e Nº3 “Formu rama de ividad clave del Sistema I Integrado de ular el Progr e Gestión”.
Se adi Audito ciona la act ria Interna d limina progr agrega aciones ramas y se fica Evalu La act Planes indepe tividad Clave s, en la endientes po e Nº4 se e a salida or Auditoria I se modif Interna. lista de diciona la a actividad cla Ejecuta las ave Nº5 “Ej Se ad verifica ación” o. 6, se a agrega la Actividad ación, se el palabra miento al para la Clave No imina la act s y Plan de tividad “Rea e Manejo de lizar seguim e Riesgos”, En la Verifica mapa salida de Riesgos se cambia I nforme por r reporte.
Mapa de R Entradas/ y “Plan A n y Atenc las corresp Insumo “M nticorrupció pondientes actividades Riesgos ción al s clave, grega las cionales” y dano” con s y clientes Se ag instituc Ciudad salidas En el Hacer, se m modifican las s entradas as sí:
endientes ia por se camb e y verifica ación, adem más se nes Indepe internas. or Reporte palabra Prev ventivas.
Informe Ant n Informe C tijurídico. Consolidado o de seguim miento al Institucional Anticorrupc l y el Info ción y Aten rme de nción al Evaluacion Auditorías Informe p agrega la p Se elimina Se agrega Mapa de seguimient Ciudadano Riesgos to al Plan o.
35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-35 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-0 01-002
- 090
CARACT TERIZACIÓ OCESO DE EVAL LUACIÓN Y N DEL PRO Y CONTROL L - PEC Código docu Versión: 7.0 Página 10 umento: PEC - 0 de 10 O No ADM o. DEL ACTO MINISTRATI VERS SIÓN NA ATURALEZA A DEL CAM MBIO QUE E LO ADOP VO TA Y FECHA En el V Verificar se realizaron lo os siguientes s ajustes:
ó Informe C Consolidado iento al de seguim Se agregó Mapa de R Riesgos Inst titucional.
rías interna as de calid ma integra n independi se cambió “Auditorías Gestión”; sistema de ó: Auditor s Internas Informe de e control inte al Sistem evaluación erno por “Aud ditorías inter dad por ado de iente al rnas” osto
7.
0 R.R. 31 de 029 de ago e 2016 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 1 de 4.0 e 33 DE AGOSTO O 11 DE 20 016 FE CHA: 11 D Aprobó elab A boración o o modificac ción Revisión t técnica Firm a:
Fir rma:
Nom mbre: Carm en Rosa M Mendoza Su uárez No ombre: Biv viana Duque e Toro Carg go: Jefe Ofic cina de Co ntrol Interno o Ca argo: Direct tor Técnico o de Planea ación REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-36 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 36 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 2 de 4.0 e 33 BJETIVO: actividades s para real izar las au nternas ade elantadas p por la blecer las a na de Cont trol Interno o, acorde uditorías in funciones c procesos de nales y leg aloría de Bo gales, ogotá, minadas a umplimiento verificar el o de las me desempeñ etas y obje con sus f ño de los p etivos conte emplados e constitucion e la Contra en el plan e estratégico de la ad.
1. OB
Estab Oficin encam en cu entida
2. AL
LCANCE: s internas y y termina c aboración d rme final de del Progra e auditoria i ma Anual interna al re Auditorías esponsable e del proce so/ depend con la dencia Inicia entreg Audita
3. BA con la ela ga del infor ada.
ASE LEGA AL TI IPO DE NORM MA FE ECHA DES CRIPCIÓN s para el ejerc Ley 87 29/1 la cual se esta entidades y org ablecen normas ganismos del e icio de control tan otras dispo stado y se dict interno en siciones.
1/1993 Por las e Decreto o 1826 03/0 08/1994 Por e el cual se regla amenta parcial ctan normas s Decreto o 2145 04/1 mente la Ley 8 sobre el Sistem nismos de la Ad de Control Pública del 1/1999 Por Inter Orde el cual se dic rno de las Entid en Nacional y T dades y Organ Territorial y se n cuanto a Decreto o 1537 26/0 el cual se regla mentos técnico amenta parcia os y administra istema de 07/2001 Por elem Cont trol Interno de las entidades y dictan otras dis lmente la Ley ativos que for y organismos d 87 de 1993. ma Nacional d dministración P sposiciones. 87 de 1993, en rtalezcan el S del Estado.
NTC-IS SO 9000 22/1 2/2005 Siste ema de Gestión n de la Calidad d – Fundament tos y Vocabula ario. nologías de la
- Técnicas de
stemas de NTC IS O 27001 15/1 0/2005 Tecn Gest tión de Segurid información – dad de la Inform mación, Reque seguridad. Sis erimientos servación de l as característ icas de confid dencialidad, in tegridad y NTC IS O 17799 15/0 06/2005 Pres dispo onibilidad.
NTC-IS SO 9001:2008 14/1 1/2008 Norm ma Internacion al - Requisitos del Sistema d e Gestión de la a Calidad. ual se adopta la a actualización de la Norma T Técnica de Decreto o 4485 18/1 medio de la cu dad en la Gest 1/2009 Por Calid tión Pública. an normas orie Ley 147 74 12/0 la cual se dicta vención, invest entadas a fortal anción de act lecer los meca tos de corrup anismos de pción y la tividad del con tigación y sa ntrol de la gestió ón pública.
NTC IS O 19001 15/0 ctrices para la Auditoria del S Sistema de Ges stión Ambienta al.
07/2011 Por prev efec 09/2011 Direc Distrital del Sis stema Integrad do de Gestión n para las NTD-SI G 001:2011.
28/1 ma Técnica D dades y organis smos distritale s.
NTC IS O 19011:2011 15/1 ctrices para la Auditoria de S Sistemas de Ge estión.
2/2011 Norm entid 1/2011 Direc bre organizació ón y funcionam se modifica su u estructura o el cual se dicta traloría de Bo rna, se fijan la an normas sob ogotá, D.C., s as funciones d dencias, se m iento de la orgánica e modifica su Acuerdo o 519 26/1 2/2012 al y se ajusta de sus depend an el sistema ta de persona dos de la escal la salarial de l a planta de pe de nomencla ersonal y se di tura y los ictan otras Por Cont inter plan grad dispo osiciones.
37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-37 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 3 de 4.0 e 33 TI IPO DE NORM MA FE ECHA DES CRIPCIÓN o 943 21/0 05/2014 Por e el cual se actu aliza el Modelo o Estándar de C Control Interno o – MECI.
Decreto
4. DE
EFINICION ES. onjunto de acciones to r la (s) cau sa (s)
Acción Cor e una no co rectiva. Co onformidad u otra situa omadas pa ación indes ara eliminar seable. detectada A de Puede haber r más de una a causa para ra una no con nformidad.
Nota 1. P La acción co orrectiva se toma para e que la acció evitar que un ón preventiva na no confor va se toma p rmidad o situ para preven uación nir que mientras q Nota 2. L vuelva a algo suce producirse, eda. que la y acción co orrectiva, en el sentido ausa.
Nota 3. E primera e Existe difere elimina la no encia entre o conformida corrección y ad, mientras la segunda elimina la ca áreas, Al a: Extensió de una aud programas o ditoría. Ref o proyectos ntos, comp ón. El alca n y límites ponentes, p ance de la fiere a las á s a ser revis eneralmente cance de l ctividades, p n la fase d escripción d la auditoría procedimie de ejecució de las ubica aciones, las auditoría s de la orga incluye ge anización, l las activida sados e una ades y s procesos,, así como el período s unidades de tiempo c cubierto1. na o grupo gen y contr ás alto ón: Person ac en de los Al a la Contra de persona loría de Bo as que dirig ogotá se as simila a los rolan al má s integrante es del ta direcció vel una ent omité Direc tidad. Para tivo. n, proceso o depende ncia que e es auditada. rganización uditado: O acitada con etencias y h s requerida as que niv Co Au Au uditor: Per e designa p rsona capa para revisar r, examina las compe r y evalua r los result habilidades tados de la a gestión d de un oceso.
Proceso si se pro Au iente y do a objetiva, ocumentad, permiten o para ob n determin btener nar la que, al ev n que se c stemático, valuarse d cumplen lo independi de manera os criterios definidos para la rea alización d e una uditoría: P videncias q xtensión en uditoría. ev ex au 1 ISO 19 9011:2011 num meral 3.14 Alca ance de audito ría REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-38 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 38 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 4 de 4.0 e 33 ncias consist aciones de h hechos o cua que sea pe ten en regist ertinente pa tros, declara ara los crite erios de au uditoría, qu alquier ue sea Nota 1 otra in verifica. Las eviden nformación q able. vidad de ev valuación o objetiva e in ndependien da a la Au uditoria int terna: Activ as políticas, programas procesos, te destinad entos, siste visión de la ontroles est tablecidos, mas y ectuar comendaci ones a la a de la Ent alta direcció s, planes, tidad, con ón para el fo el propósi fortalecimie procedimie ito de ases ento de la ge sorar y efe estión. rev co rec uditoría eve entual, efec ctuada por Oficina Auditoría es special: Au tud de la requerimie cción, desa ento de la O arrollada c rme, segui on las miento e Control ctividades oría: plane alta direc ación, ejec cución, info verificación Interno o propias de n de accion por solicit e una audit nes. ende la no mide la A de ac y Cr riterios de ondición. E e Auditoría Es también a: Compre n la meta orma con entidad est auditor m o de alcan nzar o actual. a unidad de que la e que permite la cual el tá tratando ación de la legal- e medida q mina criterio e la evalua orma trans presenta la ualmente, perativo o d se denom e control q ue regula e o a la no el accionar de la entida gredida de ad examina condición e carácter ada co re Igu op Auditoría re n el fin de control anual del ar el grado ollo del Sist ontrol Intern e la Gesti valuación e determina segurar qu interno: A tema de Co riente a la alizada con no de la En n de los fin tidad y nes del sistema d de desarro ón Instituc n sujeción a realización a función a administrati va, en stado y se oncordanci realice con a con las metas y o ional se or a los princ bjetivos ins ipios de la stitucionales s.
E de as E co ormación ve or para de la aud videncia d oportar el a análisis y e erificable q ión de una que obtiene a dependen e el audito ncia. La evi itoría: Info evaluación s document sustentan dencia n dicha nformación de la gesti tos fuente n provenien e planeació y los reg te de otras ón de la a istros que fuentes. auditoría in icia en la E so de ge Fa e auditoría estión, así ase de Pla abarca los como la in aneación: la fase de grama Anu itorías Inte ación de la fecha cación cien la ogramada icial interna aboración d en el Prog a de asign del Plan de a los au iene como rnas, con ditores par objetivo co y estrateg la comunic ra que inic onocer el ár gias a desa rea (s) arrollar Proceso (s urante la a ) a auditar auditoría; e a el desarro auditoria. E, diseñar lo esta fase n ollo de la au al de Audi a auditoria Esta fase ti os papeles no debe oc uditoría. Es de trabajo cupar por sta Fase inc más del 2 cluye la com 20% del ti municación iempo n de la evisto para uditoria a lo s auditados s. pro ofi ela y du pre au 39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-39 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 5 de 4.0 e 33 arrollo del p Fa ase de Ejec cución de ría: compren plan de Aud oría, que pe ditoría ermite ediante la a btener evide aplicación d encias, eva la Auditor de diferent aluar y valor es técnicas rar los halla nde el desa s y pruebas azgos de au s de audito uditoría. me ob Fa orme y Cie ditoría: en e ción realiza rre de Aud ada y se co omunican a an los resu e preliminar ltados r. Con ase de Info e la evaluac ase en los la respues esta fase s al auditado sta del áre e consolida el informe ea o proces so se elabo ajustes pro l. Esta fas e entrega a de todo ora el os los forme final ocumentos para la culm oducto de se incluye minación de las activi e la auditor idades de ría. idades y/o s en el Sis stema de c allazgos d oría: Debili de ba inf do Ha e la audito ctadas por control mación terno detec btenida por el auditor. r que merec El hallazg ce ser com situacione go, abarca municado a hechos y los servido otra inform ores público os del el auditor a y/o a otras s personas as. int ob áre Lo ea auditada os hallazgos s de audito ria deben r interesada reunir requi sitos mínim mos como: e ser comun que amerite echos y evid nicado. ecisas.
Importanci estar sopor ser objetivo ia relativa q rtado en he o (obrar con dencias pre ad, equidad o) ncente par n objetivida ra una pe rsona que y realismo e no ha pa articipado en la ser convin ría onsolida lo os resultad dos del
- Tener
- Debe e
- Debe s
- Debe audito
nforme de: Documen as de audit nto que co toría y cump os obtenid ivos, el cua al debe esarrollo de er redactad auditoría e programa do en forma a imparcial, clara, prec plimiento d cisa y conc e los objeti cisa.
In de se ser numé ricos o Marcas de es pueden sificación. lfabéticos, c auditoría: con el prop Símbolos d pósito de fac de auditorí cilitar y abr ía, los cual reviar la cla mentos, y/o M al Pa apeles de de docum a manual o medio ma o planillas agnético; di as y/o acorde ilizadas po on las cir Conjunto r en forma as particula ares, que trabajo: r el audito rcunstancia a labor de registran, y las conc, soportan clusiones a elaborada iseñados a n, evidenci a las que s entifican la egado en auditoría ollo del t r los hall etectados y el desarro y como pun nto de apo realizada y trabajo. Si oyo para ve rven para erificacione sustentar es y futuras s auditorías ian e se ha azgos s. ación siste uti co ide lle de Pr anual de s: Planifica e las e dar ac cu rograma a ctividades umplimiento que se de o a los roles Auditorías esarrollaran s específico s Internas n en una os de la Ofi vigencia, icina de Co con el pr ontrol Intern emática de ropósito de no.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-40 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 40 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 6 de 4.0 e 33 a un docum mento de tra abajo de la nterna, Pl itoría: Corr el auditor r responde a relaciona la as actividad cutar. Com auditoría in mo mínimo an de aud n el cual e ontener: obj ditoría), alc debe cance, iterios y cu jetivo (defin ualquier otr cionado o nto de refe des a ejec pretendido erencia para ología ción de os principio ne lo ambic ro documen os de audit ría, metodo ución (durac s de auditor ría a realizar toría a util r), auditore izar), tiemp es, activida en la aud a la audito po de ejecu ades a desa arrollar, aud ditor y en co cri (de las su etermina lo s actividades upervisión. es mutuame onadas o que interac ctúan, Pr roceso: Co ue transform onjunto de man elemen actividade ntos de ent rada en res ente relaci sultados. qu s de entrad da para un n proceso en generalm mente constituye No sa ota 1. Los alidas de ot elementos tros proceso os. procesos d de una entid eneralmente dos y puest tos en No pr ota 2. Los p ráctica bajo condicione es controlad dad son ge das para ge enerar valo e planificad or. ficación alfa anumérica colocada e en la parte e superior d de los Re eferenciac apeles de tr ión: Identif rabajo. os obtenido os o propo orciona evid dencia ta resultad pa Re egistro: Do e actividade ocumento q es desempe que presen eñadas. de orientac ciones, pro ocesos, pol de Si egrado de s, instancia gestión: as e instrum entados a íticas, mpeño Conjunto d mentos ori nico, que garantizar entra confo or los se encue articulado ubsistemas y armón s: de Gest tión de la Calidad (S e Seguridad SGC); Inte d de la Info r un desem ormado po erno de Ge ormación (S estión SGSI); stema inte etodologías stitucional guientes su ocumental y e Seguridad nsabilidad Social (SRS S); de estión Amb y Archivo ( d y Salud en biental (SGA SIGA); de n el Trabajo A); de Cont Gestión de (SG-SST); trol Interno (; de Respo (SCI).
Herramienta ón sistemá ática y me ins sig Do de Ge Si egrado de e gestión d stema inte ansparente distrital: H conjunto d a de gestió ciones, pro etodologías e orientac que permita íticas, ercicio compuest s, instancia armónico, p ta por el c as e instr para dirigir y umentos q y evaluar e satisfacció ón social e l desempeñ ación de lo an garanti ño institucio os servicios minos de las n la presta tra me art de en ticulado y a e calidad y ntidades y agentes o obligados, enmarcad a en los planes es cesos, pol zar un eje onal, en tér s a cargo d stratégicos y de 41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-41 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 7 de 4.0 e 33 esarrollo de e las entidad des distrital les. de
5. AN
NEXOS. rnas – PAA AI - PEC-01 -001 Anual Aud uditoría - PE itorías Inter EC-01-002 uditoría PEC C-01-003 e Trabajo P 4 Programa A Plan de Au Modelo Info Guía Refer Modelo Re orme de Au renciación P elación de P Papeles de Papeles de Trabajo PE EC-01-004 EC-01-005
6. DE
Anexo 1. Anexo 2. Anexo 3. Anexo 4. Anexo 5.
ESCRIPCIÓ ÓN DEL PR ROCEDIMIE ENTO PUNT TOS DE CONT No. RE ESPONSABLE E ACTIVIDAD REGISTRO O BSERVACION TROL / NES ción: rama Anual Auditorías e contener
- PAAI debe
el Programa a, ograma Anu ditorías Interna al as Anual AAI de vigencia /o 1 Internas - PA spondiente v xo 1) y lo som mete a AAI ta del Comité General, procesos a ble de la g a de auditoria y Alcance, a auditar, gestión del y fechas.
Comité n del Coordinación e Oficina fesional versitario y/ ecializado de cina de Contro la ol, debe procu é n e Jefe Prof univ espe Ofic Inter rno. rar que el ara efectuar stema de Pro Aud
- PA Act de del Con Sistema de ntrol Interno. rogramado pa orias sea sufici iente y este Elabora e Auditorías la corres (ver Anex aprobación de Coordinac Control Int ción del Sis terno. alcance y Observac El Prog Internas Objetivo Criterios responsa programa El PAAI, tiempo p las audito acorde co criterios a on el objetivo, a auditar. ma Anual de ción: que el Program s Internas requ aciones, éstos ervidores al de s, discutidos y a de trabajo iera ajustes s deben ser y aprobados o con los s a los se de la Ofici nterno, el P na de rograma 2 Jefe Con e Oficina d ntrol Interno ograma Anua Auditoría ernas – PAAI.
Auditorías In ternas - Pro de Inte os de la O nterno y dicho Oficina de os cambios Socializa públicos Control In Anual de PAAI r consignados do a los integ de Coordina de Control Inter en acta y grantes del ación del rno.
Observac En caso q Auditorías o modifica analizados en mesa funcionari Control In deben ser comunicad Comité Sistema d Observac ción de cción de mación y 3 Jefe Con e Oficina d ntrol Interno PAAI a la Dire as de la Inform unicaciones p para la Pu la p blicación en página WEB. e modifique ualizada su WEB.
Remite el Tecnología las comu publicació n en la página Cada vez o ajuste, publicació que el PAAI s debe ser actu ón.
Auditores de a los A s de la Ofic cina de 4 Jefe Con e Oficina d ntrol Interno ación de C O Comunicación Oficial Interna.
Comunica asignados Control Int la auditoria terno, la realiza a.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-42 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 42 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 8 de 4.0 e 33 PUNT TOS DE CONT No. RE ESPONSABLE E ACTIVIDAD REGISTRO O BSERVACION TROL / NES mediante ción nicación de aud de ditoria debe ance, fecha 5 Jefe Con e Oficina d ntrol Interno m ción Oficial In dos la realizaci nterna a ión de la C O Comunicación Oficial Interna. objetivo, alca rrollo de la auditoria y Comunica Comunicac los auditad auditoría. designados.
Observac La comun contener de desar auditores e Control: e Auditoría ue el Plan de como mínimo: o, objetivo, me el Plan de Au uditoría responsab etodología, ble de des a actividad ar y auditor. o con lo esta PAAI y defin gía, alcance, ob blecido ne la bjetivos el cumplimient fesional versitario necesarios p n en cada fase ara su e de la tos establecid to de los as en el 6 de (Anexo 2). anual de Auditorías especializado d Oficina de Contro ol Prof univ y/o e la O Inter rno ditoría al Plan de Aud a Oficina de ción:
Control sión y para revis n.
Elabora e de acuerd en el P metodolog y tiempo realización auditoría.
Remite el Jefe de l Interno, aprobación Anual del nterno se plan de de los s por los Evaluación de Control I aplicar el a partir tos impartidos os competente s.
Punto de Verifica q contenga Proceso alcance, proceso, desarrolla Verifica e lineamient programa Internas.
Observac Para la Sistema debe a auditoría lineamien organismo ción: an de auditor de Aprueba e l Plan de Audito oria. robado – Anex ria xo plan de a jefatura y 7 Jefe Con e Oficina d ntrol Interno Pla apr
2. y ajustes al por parte de la o auditor.
Observac Revisión auditoria p del equipo s papeles de t o sirven de ar si las uerdan con fesional versitario ción: eles de trabajo ara determina reales concu edimientos y dos, éstos se 8 den incluir: - lis n, formularios nformación, ta s de apoyo, ha trabajo, stas de s para al como allazgos el desarroll en ellos s requisitos diligencian o de la se pueden de las Prof univ y/o de l Con especializado la Oficina de ntrol Interno ría y registros Diseña los éstos pued verificació registrar in evidencias de auditor reuniones. los hall nes, obtenida azgos y as de las erificaciones Observac Los pape guía pa prácticas los proce establecid durante auditoria, registrar conclusion pruebas realizadas y ve s. ción: o de la a conocer a ditoría y el transcurso se deben dar a ados, las situac fesional versitario y/o 9 ecializado de peles de trabaj o l Plan de Aud papeles de trab encia asignada bajo en a. Pap configurarse, a fin de Prof univ espe la Con Oficina de ntrol Interno Ejecuta el aplica los p la depende ciones que e como que sean sos en que actuaciones quedar rme, para Observac Durante auditoria s los audita podrían hallazgos, subsanada sea pos realizadas plasmadas as; en los cas sible, las a s deben s en el info 43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-43 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 9 de 4.0 e 33 PUNT TOS DE CONT No. RE ESPONSABLE E ACTIVIDAD REGISTRO BSERVACION r las falencias c TROL / NES corregidas. erirse, el audi itor puede mentos y/o opia de docum que soporten los O evidenciar De reque solicitar co registros q evidenciad dos durante la a s hallazgos auditoria. ción: nar y lo azgos que i /o ncluya el portados en 10 nforme prelimi al Jefe de la rol Interno p Oficina ara su aprobación. fesional versitario y/ ecializado de cina de Contro la ol eben estar sop s objetivas e libre de amb, debe bigüedades Prof univ espe Ofic Inter rno.
Elabora In presenta a de Contr revisión y iendo el incu ma o procedimie mplimiento ento.
Observac Los halla informe, d evidencias redactarse y describ de la norm e control: e ajuste a lo ue el informe se do en el plan de aprueba y rem mite vía auditoria y onados se ebidamente de ar allazgos relacio en de ados.
O o por al Outlook, el 11 Jefe Con e Oficina d ntrol Interno.
Info
- A orme Prelimina Anexo 3 correo informe y áreas te, verifica el Revisa, a SIGESPRO instituciona preliminar interesada al auditado y as. envío del icado del r correo ue existan aplicativos.
Punto de Verifica qu establecid que los h encuentre argumenta Igualment informe m SIGESPR institucion inconvenie mediante radi RO o por al, en caso q entes con los a ción: do tiene hasta a cinco (5) l Informe Pr reliminar, es después de preliminar para SPRO las obj recibido el presentar jeciones al iones al ar, la OCI términos ntralor Auxilia ector, Jef cina, Subdirecto municación cial Interna de 12 o no objec lo remite a de los t os. En caso fe or de e a de no informe siderar neces pueden solici objeciones al dependencia ditada.
Com Ofic la aud / sario, los tar, dentro zos, mesa Con Dire Ofic (Res Proc Prof sponsable d ceso) fesional recibido, el omo informe mismo final de mismos plaz para discutir e el informe Recibe e realizando mismo y dentro establecid presentar preliminar queda co auditoria. r. emitido el inform me final, no ciones, ni Observac El auditad días hábile informe p vía SIGES informe.
De cons auditados de estos trabajo p preliminar Una vez e se proce reuniones. eden explicac. e control: omunicación uesta a las eciones las obje as, sustentand a, s por el o requerido e encuentre as y ajusta el ría. En eve o cada informe ento de /o Punto de Verifica Oficial Int objeciones auditado y que el acorde a Comunica que la Co terna de respu s presentadas se ajuste a lo informe final se a lo referenci ación Oficial Inte ado en la erna.
13 de las e Oficina fesional versitario y/ ecializado de cina de Contro la ol ciones Observac dejar numeral Jefe Prof univ espe Ofic Inter rno. na o varias d s, se debe a en el n diente del informe a de Control s (3) días hábil Analiza presentada una de ella de auditor aceptar u objeciones constancia correspond definitivo. dispone de les después es, para dar s, las cuales o las objecione s a las mismas n en el informe f final.
La Oficina hasta tres de recibid respuesta se reflejan REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-44 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 44 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 10 d 4.0 de 33 PUNT TOS DE CONT No. RE ESPONSABLE E ACTIVIDAD REGISTRO O BSERVACION TROL / NES a, l informe defin nitivo al /o 14 Oficina de n un término no Control o mayor e Oficina fesional versitario y/ ecializado de cina de Contro la ol Entrega e Jefe de Interno, en a tres (3) días hábiles.
Jefe Prof univ espe Ofic Inter rno. e control:
Punto de aprueba el de 15 Jefe Con e Oficina d ntrol Interno informe Info aud orme final d ditoría - Anexo 3 3 ia de la iones y su de Revisa, definitivo. la coherenci a las objeci ción al informe Verifica respuesta incorporac lo establec se ajuste a de auditoría. cido en el plan d ciones. nto de Plan el Procedimie ejoramiento, acciones as y de s, preventiva el Informe Def finitivo al áreas GESPRO o de la Interna ción de el radicado ción Oficial O. y demás as vía SIG le la obligac de los hallazgo presentadas de mendaciones p rme Definitivo, os en el an de Acciones o 16 Jefe Con e Oficina d ntrol Interno el análisis que pueden con e el área o 1 – Pla ento - A as, preventivas Com Ofic Cor municación cial Interna rreo Outlook s y de emitirlo a auditado e en Oportun efectúe, nidades de e les debe las cuales s el deber de re a de Control e los cinco Interno (5) días de mejora (s) acción(es) a (s).
Comunica auditado interesada señalándo inclusión d Anexo Mejoramie Correctiva Mejora y e la Oficina dentro de hábiles comunicac siguientes ción del info a la orme. nto del Plan Observac Se activa de Me correctiva mejora. Verifica Comunica SIGESPR Las recom en el Infor base en e Proceso convertirse Mejora, a definir la respectiva Remítase de Mejo correctivas al procedimien oramiento – s, preventivas y Acciones y de mejora.
Control: e de los papeles s de trabajo es internas, ue los uditor como y verifica qu e trabajo resultan – icaciones oficiale nto al equipo a esional ersitario y/o ecializado de la peles de trabajo exo 4.
17 orías ejecutad referenciados y rador de archivo ntes de das se y remite o. na de Control rno Pap Ane ones iamiento de los responde una ac a en el desarr Papeles de ctividad que rollo de la Organiza papeles de las audit encuentren al administ Punto de C Hará parte las comun dirigidas ta al auditado.
Observacio El Diligenci trabajo corr se realiza Auditoría.
Profe unive espe Ofici Inter Los papele fechados, r deben estar firmados. es de trabajo referenciados y f e Control: que los pape eles de Técn adm nico ministrativo gistros de ndientes se en nciados Anexo 4 na de 18 ador del Arch auditoria ntregan al hivo quien rdo con jo encuentren estén referen midad con el A hiva de acuer ecido en las tab municación cial Intern lación d peles de trabaj Anexo 5 ficar que se e ados y foliados.
Punto de Los reg correspon Administra debe veri referencia Verifica q trabajo de conform y los arch lo estable retención documental (TR blas de RD).
Com Ofic Rel Pap
- A 45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-45 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 11 d 4.0 de 33
7. AN
NEXOS Anexo No. 1 – A –Programa A Anual de Au uditorías Int ternas – PAA AI REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-46 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 46 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 12 d 4.0 de 33 Anexo No. 2 - Plan de e Auditoría Código fo ormato: PEC‐0 01‐002 documento: PE EC‐01 PLAN D E AUDITOR RÍA Código d Versión: Página x 14.0 de y CESO: _____
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__ ONSABLE P PROCESO: _
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__ NDENCIA: _
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__ BRE DE LA A AUDITORIA_
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__ A DE INICIO O: _________
_______ FE ECHA DE FIN NALIZACIÓN N: _________
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__ NCIA: ______
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TIVO: _____
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__ NCE: ______
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ERIOS _____
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__ ODOLOGÍA: _
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__ RSOS: ____
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___________
___________
__ PROC RESPO DEPE NOMB FECHA VIGEN OBJET ALCAN CRITE METO RECU PLAN DE A ACTIVIDADE S DE AUDITO ORIA O EVA ALUACIÓN1 FECHA PEL DE No.2 DESCR RIPCIÓN3 OBSERVACIO ONES7 6 FECHA D FINALIZAC DE CIÓN 5 PAP TRABA AJO /PT 4 4 DE INICIO ANEACIÓN 1 1.1 FASE DE PLA Análisis de In nformación 1.2 apeles de 1.3 Diseño de Pa trabajo Entrega Plan de Auditoria 2 procedimient os que hace en parte del l proceso a avaluar, des scriba las CUCIÓN uno de los p claves a verific car.
2.1 FASE DE EJEC Para cada u actividades c Procedimien to 1 47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-47 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 13 d 4.0 de 33 FECHA PEL DE No.2 DESCR RIPCIÓN3 OBSERVACIO ONES7 FECHA D FINALIZAC DE CIÓN5 PAP TRABA AJO /PT6 4 DE INICIO4 2.2 2.2 3 3.1 to 2 to 3 ORME Informe 3.2 ón informe 3.3 espuesta iminar ón Informe Fin 3.4 4 4.1 PROCESO AU n y revisión de nal DITOR e 4.2 Procedimien Procedimien FASE DE INFO Elaboración I Preliminar Comunicació Preliminar Valoración re informe Prel Comunicació CIERRE DEL P Organización Papeles de T Entrega Pape rabajo eles de Trabaj jo Auditor y Cargo o)
ORADO POR:
(Nombre del A FIRMA ELABO APRO BADO POR (N Nombre y carg go)
FIRMA FECHA A DE ELABOR ACIÓN: _____
_____________
____ FECHA D DE APROBAC IÓN: ________
____________
___
des de Audito pósito es disp eas de mane poner de un e era coherente esquema de t e y lógica, pa trabajo ara dar n de actividad e le permita mplimiento al oria o Evalua uditor desarro de auditoría e ción: su prop ollar sus tare establecido(s)
al equipo au objetivo(s) d las actividade pas del proce eso auditor. na de las eta realizar. meración de l ntualice por c ada fase de a es a desarrolla auditoría las a ar por cada u actividades a tividad. io de cada act nalización de /año del inici /año de la fin enciación de ad. plear. Recuerd de que el pa ique día/mes ique día/mes ique la refere responde al a verificación de las activi pel de traba idades claves jo este s, en el documento d umplimiento o l papel de tr diseñado par o no de la act cada activida abajo a emp a registrar la tividad a evalu l consta el cu ique las situa ciones que p ueden influir en el desarro uar. ollo de la aud itoría.
1. Plan que cum
2. Num
3. Pun
4. Ind
5. Ind
6. Ind cor cua
7. Ind
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-48 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 48 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 14 d 4.0 de 33 Anexo o No. 3 - Mo odelo de Info orme de Aud ditoría 01‐003 EC‐01 INFORM (NOMBRE ME DE AUDI E DE LA AUD ITORÍA DITORIA)
Código f Código Versión Página X formato: PEC‐0 documento: P: 14.0 X de Y OFI CINA DE OL INTER RNO CONTRO ( NOMBRE DE LA AU UDITORIA A)
VIGE ENCIA O PERIODO O AUDITA ADO ELAB BORADO POR:
Nombre e(s) funcio onario(s)
APR OBADO P POR:
(Jefe Ofici ( ina Contro ol Interno o)
Mes, Año o 49 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-49 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 15 d 4.0 de 33 INFORM ME DE AUDI ITORÍA 01‐003 EC‐01 Código f Código Versión Página X formato: PEC‐0 documento: P: 14.0 X de Y TABLA A DE CONT TENIDO
1.
INTRODU UCCIÓN OBJETIV O
2.
OLOGÍA METODO
3.
ALCANCE E
4.
CRITERIO OS DE AUD DITORIA
5.
RESULTA ADO DE AU UDITORÍA
6.
FORTALE EZAS
7.
RECOME ENDACIONE ES
8.
TABLA H ALLAZGO S
9.
A DE HALLA AZGOS TABLA NUMERAC CIÓN PROCESO O Y/O DENTRO D DESCRIPCI IÓN DEPENDE ENCIA INFORM DEL ME TOTAL T REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-50 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 50 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 16 d 4.0 de 33 Anexo No. 4 – Guía Re eferenciació ón Papeles d de Trabajo Código for rmato: PEC‐01‐ ‐004 ocumento: PEC ‐01 REFERENCIA PELES DE GUÍA R TRA ACIÓN PAP ABAJO Código do Versión: 1 Página x d 4.0 e y ontenido de eles de tra abajo es u riterio e los pape auditor; no hay senten ncias dispo n asunto r onibles que o, es esen relativo al e indiquen ncial que é El co profes incluir suficie sional del a r en los p ente eviden apeles de ncia del trab trabajo; s bajo realiza in embargo ado para su stentar las conclusion juicio y cr lo que se éstos conte nes alcanza debe engan adas.
Los papel rar en pape el, en forma ajo se pued es de trab den registr bajo prepa arados en s de prep forma ele evisión y r ato electrón ectrónica d retención d nico u deben de los aración, re medios. terse a los es de traba es de traba Los papele s mismos ajo manuale estándares es.
Nota: otros some papel ERENCIAC IÓN REFE fanumérica e superior d e los papel ficación alf es de o. Se asig en la parte los siguient tes criterios derecha de s:
Identi trabaj nará de ac colocada uerdo con l La a primera le a la fase d oría, para pe las esto, agrup ses de la A etra hace r Auditoria, as referencia a signando la letra inicia de la audito al de cada fa ase, como por ejempl o:
= Fase de P Planeación,, E= Fase d de Ejecució ón, I= Fase e. de informe ce el fas P= La as siguien ocedimient s identific que se es carán el stá verifican proceso ndo con el p al cual papel de tra pertenec abajo. ntes letra o/actividad pro n la fase de e Planeació etras corres sponderán a P: Plan d de Auditori a y C: omunicació n Oficial Inte ón, estas le erna. o anterior, t ue se deb ben incluir c eles de trab teniendo en ditoria, Com n cuenta qu municación bajo el er otra an de aud omunicación n Oficial qu e surja ant Oficial Inte es de inicia erna de a arse la ejec como pape asignación cución de la y cualquie a auditoria. se asignará á un númer utivo que co orresponde erá a la act tividad En Co Lo Pla co Fin de nalmente, s esarrollada en el pape l de trabajo ro consecu o.
51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-51 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 17 d 4.0 de 33 emplo Refe erenciación del Papel d de Trabajo Eje REFER DESCR RIPCIÓN.
PA TR RENCIACIÓN APEL DE RABAJO. eferenciación in ndica P-C-1 laneación ación Oficial Inte erna n de Auditoria eferenciación in ndica: a la f e se está audita auditoría. Físicos).
E -GRF/3 esponde a el proceso que nde al número de papel de tr fase ejecu ando (Gestión rabajo con el d ución de de Recursos F desarrollo de la as actividades La anterior re P: Fase de P C. Comunica 1.: Asignació La anterior re E: Corre GRF: indica e
3. Correspon que se está a analizando.
Mo odelo Refer renciación P Papeles de Trabajo- Fa ase Ejecuci ón REFE ÓN ORIA DE BO OGOTÁ D.C.
P ERENCIACIÓ PAPEL DE A C (E CONTRALO ESCRIBA AQ MBRE DE LA T TRABAJO QUÍ EL NOM AUDITORÍA A )
Proce eso:
Proced dimiento/ A Actividad:
Period do Auditado o:
Fecha a de diligenc ciamiento:
Audita ado:
Elabor ró:
Firma:
Hoja x de y y ( Diseñ ño y desarro ollo del Pape el de trabajo ) o de la Aud ditoría, pue ede ser nec cesario la e n de papel ontemplado os en el pl es de eberán desarrollo o adiciona enciarse tam les a los c mbién y en narse, e podrá us la entrega sar como g de los pape guía el Ane an inicial; eles de trab exo 5 Tab elaboración no obstant bajo a arch bla relación e estos de hivo relacion n de Papel es de lo cual se o.
En el trabaj refere para trabaj REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-52 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 52 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 18 d 4.0 de 33 Ejemp plo: Refere nciación CONTR BOGOTÁ FERENCIACIÓ E-GRF-1 PAR RALORÍA DE B RQUE AUTOMO OTOR REF PAPE EL DE TRABAJ N JO Recursos Físic miento para el Co so: Gestión de Proces vidad: Procedim cos Procedi Administ imiento/ Activ trativo del Parqu ue Automotor/A Asignación de Ve ontrol y Manejo ehículo 016 2016 Periodo o Auditado: 20 Fecha d de diligenciam miento: 01-04-2 uien suministró ó la Elaboró ó: Nombre del auditor Firm ma:
Auditad informa do y cargo: Q ación Hoja 1 de 1 ( Diseñ ño y desarro ollo del Pape el de trabajo o)
VEHÍC ULO TIPO DE SERV VICIO FECHA A ULTIMO INV VENTARIO CAS DE AU UDITORÍA ema de ma ndar, a me n de símbo arcas están olos para u tiliza una e egralidad o ue no exis da de esta os específic nudo se ut ente de inte ndas o ma minadas. D ta un siste ndarización cos de cue Dichos sím n compone o de leyen en ser expli cados de f rcas en cé forma clara escala o para édulas a en la inferior en ntas, medi bolos o ma s de trabajo ante el us arcas debe o. los papeles marcas deb ben ser di tar su stintivas y e un papel (generalme o, compues ente rojo) sto de anot boran en co en color de trabajo omputador,, debe esco ogerse una para facilit taciones y a letra difere cifras ente y ción en el as en lápiz riblemente cuerpo de. Si se elab resaltada. nos requisito os y caract erísticas de e las marca as son los s siguientes: ón de las ma arcas debe e ser espec MARC Aunqu limitad grupo determ parte Las m ubicac escrita prefer Algun La Lo a explicació os procedim mientos de ífica y clara s que no s a. se evidenci auditoría umentados explicacion nes narrativ an con ba vas, análisis ma Ot arcas, deb tras, se refi en ser docu ere a otras marcas qu efectuados s mediante ue requiera el auditor y y serán def finidas por é se en s, etc. él.
53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-53 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 Código do ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS Versión 14 4.0 IN TERNAS Página 19 d de 33 MARCAS S CO ONVENCIÓN N Cruzado o W Verifica do-evidencia do Sumato oria ∑ Diferenc cia ≠ Observa ación Φ No Aplic ca NA Otras @ ¥ REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-54 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 54 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 20 d 4.0 de 33 Anexo 5
- Modelo R
Relación de Papeles de e Trabajo Código for rmato: PEC‐01‐ ‐005 ‐01 RELA ACIÓN PAPE ELES DE TR RABAJO Código do Versión: 1 Página x d cumento: PEC‐ 4.0 e y ACTIVIDAD N EL QUE SE RE EF.
A EL ARCHIV VO E MA MEDIO EN ENCUENTRA AGNÉTICO FÍSIC CO P-C1 ial Interna de e asignación n de unicación Ofic toria P-P2 de Auditor E-XXX cedimiento 1 E-XXX cedimiento 2 E-XXX cedimiento 3 I-P-1 rme Prelimina ar I-R-1 puesta al info orme Prelimina ar I-F rme final Total F Comu audit Plan X-1 Proc X-2 Proc X-3 Proc Infor Resp Infor Folios / CDs s. una X si el arc chivo se entreg ga en medio ma agnético o físic co. ta: indique con Not 55 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-55 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 21 d 4.0 de 33
8. CO
ONTROL D DE CAMBIO OS No. y ADM y FECHA DEL MINISTRATIVO VERSI IÓN DES CRIPCIÓN DE E LA MODIFIC ACIÓN LO ADOPTA ACTO O QUE A o consideró es vidades esencia ales El pa procedimiento ara el desarrollo o de las audito specificar activ orías Internas. e incluyeron a iones propias de las Audito orías 13 de Se Int ternas de Calid lgunas definic dad.
1.0 No. 015 del de 2003 0 R.R. marzo d uditoria intern e estableció p alidad, adiciona el ciclo de Au des de seguim iento y verifica a de ación Se Ca de acciones imp aso a paso e ando actividad plementadas.
Se incluyeron a S ctividades y se e suprimieron o otras.
ograma Anual de Se incluyó Auditoria In ó la modifica nterna de Calid ación del Pro dad - PAAIC.
ó la asignación erno, de Se eliminó para funcio Control Inte onarios adscr erno con forma n de función d ritos a la Ofi ación de Audito de Auditor Int icina Asesora ores Internos.
ó el cierre d e hallazgos de origen 3 Internas y nto de activida externas de ades de seguim Calidad) – miento al plan 2.0 0 R.R. N septiem No. 043 de mbre 8 de 2003 3 de la Oficina A e un Program Asesora de Co ma de Audit y 4 en de ontrol torías Se incluyó (Auditorías cumplimien mejoramien Interno, si Internas – P Se incluyer nto por parte d in que medie PAIC. ron algunas de finiciones aron los anexo os del procedim miento de aud ditoria l sistema de evitar más gestión de ca iones y log alidad, para e grar anexos Se adecua interna del duplicidad simplificado de funci os: ograma Anua al de Audito orías Internas s de An Ca An nexo 1- Pro alidad. nexo 6 – Report te de No confo ormidades y Ob bservaciones. o se modifica d ad con los cam mbios de Junio 3.0 de conformida dimiento para tema de gest 0 R.R. No de 2005 o. 024 del 29 5 en el proced ernos del sist ante Resolució ón Reglamen a el control ión de la cal taria No. 042 de lidad, 2 de procedimiento terminados e cumentos inte optado media oviembre 9 de 2 2005.
El de do ad No e modificó el no No. 017 de cedimiento de Calidad” por “P “Auditoria Inte Procedimiento p erna para 4.0 ombre del pro Gestión de la C ndependientes or la Oficina 0 R.R. Agosto 2 de 2006 realizadas p de 2006 de Se de Ev Co l Sistema de G valuaciones In ontrol Interno”.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-56 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 56 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 22 d 4.0 de 33 No. y ADM y FECHA DEL MINISTRATIVO VERSI IÓN DES CRIPCIÓN DE E LA MODIFIC ACIÓN LO ADOPTA ACTO O QUE A e ajustaron la s acorde a l as actividades ría o evaluación n independient a realización te a realizar po de or la alquier auditor icina de Contro ol Interno. e incluyeron las s listas de verif ficación como r registro. numeral 7.2 – vidades se des
- Verificación sarrollan a part
por ción ones minación del anto, las activ l procedimien orrectivas, Prev nto para la ventivas y de M Implementació Mejora Continu de Acciones, tir de la ejecuc ón de Accio a. término “Obs idad ervación” por No Conformi eemplazo del otencial. dición de porta forme de No C Conformidades y/o Se cua Of Se Eli cua de Co Re Po Ad Ob bservaciones – ada para el Inf
- Anexo 6.
Ajustes format tos
-
toría. anual de audit al de auditoría. de auditoría. verificación. e No conformid dades y/o Anexo Anexo Anexo Anexo Anexo Observ 1 – Programa 3 – Plan anua 4 – Programa 5 – Listas de v 6 – Reporte d vaciones. e incluyó dentro o del procedim iento las evalu aciones al rol Interno.
Se Sis stema de Contr Este procedimie ento se divide g generando: nto de Auditoria a Interna al Si stema de Ges stión E
1.
ntes
2.
Procedimien de la Calidad Procedimien realizadas po d. nto para or la Oficina de Evaluaciones e Control Intern Independien no. s y se determi inan anterior impli ra este Proced ica el ajuste d dimiento los sig de actividades guientes Anexo os:
23 de 5.0 0 R.R. N Noviem No. 022 del mbre de 2007 lan Anual de Evaluaciones Independiente es – nexo No. 1: Pl AEI. nexo No. 2. e Auditoria pa ara Evaluacio ones Programa de dependientes. nexo No. 3. Car rátula Informe de Auditoria e incluyeron pu rol con base e en los resultado agnóstico, efec de acuerdo co o del on los Lo pa An PA An Ind An Se dia line eamientos imp untos de contr ctuado por el e partidos por la A quipo MECI y Alta Dirección. a el Se ajusta y ac Acuerdo 361 de ctualiza la bas e enero 6 de 20 se legal tenien 009 y normas d ndo en cuenta de calidad.
6.0 0 R.R. N diciemb No. 021 del bre de 2008 23 de S A Se ajusta el Alc S cance del Proce edimiento.
57 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-57 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 23 d 4.0 de 33 No. y ADM y FECHA DEL MINISTRATIVO VERSI IÓN DES CRIPCIÓN DE E LA MODIFIC ACIÓN LO ADOPTA ACTO O QUE A Se actualiza Reglamentaria el logo d No. 15 de ma os Puntos de Control y O de acuerdo yo 29 de 2009 Observaciones o a Resoluc 9 y se discrimi en la respec ción inan ctiva S R lo c olumna.
El procedimien de Versión 7.0 a 8.0 y y se ctualiza el logo Se ajusta el a nto cambia o institucional. alcance del p on la rocedimiento, e Evaluacione a Oficina de así: Inicia co s Independien e Control Int laboración del u presentación ara aprobació Definitivo al a Plan Anual de n al Jefe de la ón y finaliza auditado para con la comun a que estable icación del Info ezcan accione tes y terno orme es y E a S e s p D c ompromisos pe ertinentes.
Base Legal, se actualiz P 1000:2009 y zan las no y se adiciona e rmas NTC el Decreto 448 ISO 85 de 001:2008 y GP 009.
B 9 2 Se reemplaza Evaluación Inde Independiente acción, se ajus la definición d ependiente aju rograma de au de Auditoría ustando la reda uditoría y se inc cluye la de Inf e por sta la forme S E d d efinición de pr e auditoría.
No. 027 de oc ctubre 23 7.0 0 R.R. N de 2009 la Se ajustan lo modificación de S m os registros, e las actividade como conse es del procedim ecuencia de miento.
Descripción del D Procedimiento o: ye punto de co na el dad 2 se incluy vidad 3 se aju ontrol y se adic ntrol. ción, se elimin ervación.
usta la redacc ciona una obse ad “Aprueba a de e la activida …”, como núme ro 4, en conse el Programa ecuencia camb bia la o de n. ementa la acti ividad 8 y se e incluye punt dad 9 se ajusta a redacción.
En la activid En la activ punto de co Se incluye Auditoría… numeración Se comple control. En la activid El anexo 3 se complementó con la estruct tura del inform me de uditoría.
E a El procedimient E to cambio de ve ersión 8.0 a 9.0
0.
0 R.R.
No. 023 de oct tubre 05 Se modifica el nombre del P ones 8.0 de 2010 ndependientes para Evaluacio de Control Inte Realizadas po or “Procedimie rocedimiento p or la Oficina d nto para Real izar Evaluacio rno, ones ersión 8.0, po ndependientes”
S In v In ”.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-58 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 58 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 24 d 4.0 de 33 No. y ADM y FECHA DEL MINISTRATIVO VERSI IÓN DES CRIPCIÓN DE E LA MODIFIC ACIÓN LO ADOPTA ACTO O QUE A Se modifica la definición de ndependiente y Evaluación In ntes a marc as de audito y se oría, correspondien bajo y referenci dicionan las apeles de trab S a p ación.
Se adiciona e registro “Mem orando remis sorio apeles de trab el siguiente r bajo”.
S p En el anexo 2 s se adiciona una a columna para e papeles de t parte final se a a la referenciac adiciona el nom ción mbre E d y cargo del aud rabajo y en la itor y de quien lo supervisa y fecha. l Anexo 4 “Mo s de delo Referenc iación Papeles Se incorpora el Trabajo”.
S T Descripción del Procedimiento o:
D Se compleme enta la activida ad 9 con “Refe las evaluacio rencia los pape ones ejecutada eles as y de trabajo re remite al jefe esultantes de e de la OCI”. sí mismo en la actividad 10 se a ejercer con e adiciona “Su ntrol al diligen peles e los pervisa los pap nciamiento de echa”, junto co on la As de mis pri trabajo para smos, en los mera observac que consigna ción y punto de ará firma y fe e control procedimiento cambió de ver rsión 9.0 a 10.0
0.
El e modificó el alc cance del proc cedimiento.
Se eron suprimida as en la base le egal las siguien ntes normas: onstitución Polí ítica de Colomb bia de 1991, ar rtículos 209 y 2
269.
y 872 de 2003, “Por la cual s se crea el Siste ema de Gestión n de va del poder p público y en o tras rama ejecutiv doras de servic cios”.
Calidad en la tidades prestad ual se dictan y 489 de 199 ganización y e la rden 9.0 0 R.R. 0 014 de junio 3 d de 2011 98, por la cu funcionamiento xpiden las dis o de las ent posiciones, pr normas sobre idades del or rincipios y reg glas cional, se ex nerales para e merales 15 y 1 el ejercicio de 16 del artículo disposiciones, s previstas en stitución Polític e crea el Siste los ca y ema la atribucione 189 de la Con entre ellas, se dictan otras d acional de Cont trol Interno.
Fu Co Le la en Le org na ge nu se Na De ecreto 1421 de 1993, “Estatut to Orgánico de e Bogotá, D.C”. ecreto 4110 d glamenta la Le de diciembre ey 872 de 200 l se cnica “Por el cua la Norma Téc Calidad en la Gestión Públic 9 de 2004, 3 y se adopta ca”. ecreto 387 de d cual se reglam menta De reg de De el Acuerdo 122 diciembre de 2 de 2004, qu 2004, "Por el c ue adopta en Bogotá, D.C C., el 59 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-59 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 25 d 4.0 de 33 No. y ADM y FECHA DEL MINISTRATIVO VERSI IÓN DES CRIPCIÓN DE E LA MODIFIC ACIÓN LO ADOPTA ACTO O QUE A stema de Gest ión de Calidad d, creado por m medio de la Ley y 872 2003”. ecreto 514 DE E 2006, "Por el cual se es rital debe tene al y Archivos ( stablece que er un Subsist (SIGA) como p tidad pública erno de Gestió l Sistema de In a nivel Distr ón Documenta nformación Adm ministrativa de l Sector Públic toda tema parte co." ecreto 651 DE edio del cual se tema 2011, "Por me stión Distrital -S e crean el Sist misión Intersect torial egrado de Ges l -SIGD-, y se d dictan otras dis SIGD-y la Com sposiciones" e 2010, "Por ca el cuerdo 429 de cuerdo 361 de 2 2009 y se dicta medio del cu an otras dispos ual se modific siciones". cuerdo 122 de ogotá, D.C., el 2004, "Por el Gestión de la C cual se adopta Calidad, creado a en o por Ley 872 del 20 junio 28 de 2 Sistema de G 003". esolución Reg glamentaria 07 glamenta el Co 7 de 2012, rdinación del s “Por la cual sistema de Co erno como órg omité de Coor gano rector en control interno o en la Contra l se ontrol aloría Bogotá. n el numeral 3 Base Legal s D SIG 001:201 e adicionaron 11 Norma Té el Decreto 65 écnica Distrital 2 de l del 11 y la NTD stema Integrad do de Gestión.
Sis de De en Int de De Int de Ac Ac Ac Bo la Re reg Int de En 20 Sis Se e adicionó como Comunicación O Oficial Interna o registro, la C n el numeral 7, D DESCRIPCIÓN D DEL PROCEDIM IENTO:
En tividad 1, se n, la entes incluyó com de la OCI d stablecidas po estión y los seg o observación de las siguie or normativida guimientos a pl d; al lanes por parte d Auditorías es tegrado de Ge as.
ciona para el c caso del Inform me de idad 3 se adic a que elaboración de cia, dada la pe e un programa eriodicidad men del Gasto la para la vigenc nforme y para l de las Auditorí se ejecutará nsual ías al á el Integrado de ento establecido la realización d e Gestión, o para tal fin.
el Responsabl a la actividad /o Dependenc realizando o n 9 por parte d cia Auditada: no objeciones a Recibe el Info al mismo y lo re le de orme emite vidad 10, se elacionado con n la auditado por p ión del Informe e de Oficina, pa adiciona lo re e Definitivo al a ara que se inclu uyan por parte arte e del os hallazgos o miento - Accio Plan as y Igualmente, s riesgos, en el ones Correctiv se incluye el re al anexo 1 – P as, Preventiva egistro Papeles s de Anexo No. 1, P PLAN ANUAL DE PAEI.
En la act realización auditorías: Sistema Int y programa En la activi Austeridad se aplicará de dicho in Sistema Procedimie Se adiciona Proceso y/ Preliminar, a la OCI. En la activ comunicaci del (la) jefe auditado, lo de Mejoram de Mejora. Trabajo. Se modificó EVALUACI ó el formato A IONES INDEPE ENDIENTES - REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-60 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 60 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 26 d 4.0 de 33 No. y ADM y FECHA DEL MINISTRATIVO VERSI IÓN DES CRIPCIÓN DE E LA MODIFIC ACIÓN LO ADOPTA ACTO O QUE A XO No. 3, M E INFORME RELACIÓN DE DE MODELO DE yó la tabla A, se incluy OS.
No. 4, EFERENCIAC naron las Vis IÓN sitas En ANEX AUDITORÍA HALLAZGO ANEXO PAPELES Fiscales y l DE TRABAJ las Auditorías A MODELO RE O, se adicion Abreviadas. nueva referen cial, seguimien nciación tal co nto a los Planes omo s de sí mismo, se eguimiento a la cción, entre otra establecieron Defensa Judic as. n las Marcas d de auditoría de el mismo anexo o 4 se adicion ó la arca y convenc ción: No Aplica N/A. mpliación de la as definiciones pecial, evaluac ción dependiente Pr rograma de Au s: auditoría es uditoría. clusión de la de efinición gestor res de proceso o. clusión en la a actividad 1 de l As Se Ac En ma Am Ind Inc Inc de l concepto ges stor de proceso la descripción o y ampliación del procedimie de la observac ento ción. de la sigla de el Plan Anual de Inc Ev clusión en la valuaciones Ind actividad 2 d dependientes: P PAEI. clusión en la ueva riodicidad del i observación d informe de aus de la actividad steridad del gas d 3 de la nu sto. servación de la a actividad 6. mpliación de la mpliación de la mpliación de la servación de la actividad y obs actividad 9. actividad y obs de del anexo 1 a actividad 11. 1, Plan Anual odificación de valuaciones Ind la estructura dependientes. odificación del rama de audito oría anexo 2, progr ependientes. anexo 3, mode elo de informe odelo referenci s de aluaciones ind odificación del odificación del abajo, específi de auditoría. iación papeles ción, inclusión la referenciac ías con sus de ntes anexo 4, mo camente en s de auditorí correspondien evos nombres glas. e la odificación del clusión de los n anexo 4, dep nuevos proceso n la estructura pendencias, e os de la entida mediante el Acu specíficamente d, de conformi uerdo 519 de 2 dad 012 establecida m n sus correspon ndientes siglas s.
Inc pe Am Am Am Mo Ev Mo eva Mo Mo tra nu sig Mo inc co de auditorías con procedimiento cambia de ver rsión 10 a 11. aboración de l procedimiento con 24 de Noviemb bre 20 de 10.0 o, de acuerdo ocedimientos, entos internos del del 0 R.R. 02 2012 anexo 2-Est rocedimiento p stema Integrad a carátula del tructura para para el contro do de Gestión – elaborar pro ol de docume
- SIG”. rganización de la normativida rárquico. d por orden jer El Ela el “Pr Sis Or 61 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-61 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 27 d 4.0 de 33 No. y ADM y FECHA DEL MINISTRATIVO VERSI IÓN DES CRIPCIÓN DE E LA MODIFIC ACIÓN LO ADOPTA ACTO O QUE A stros”, por en ncontrarse en la ítem “Regis procedimiento. minación del scripción del p dición como reg gistro de la Com municación Ofi clusión en la De escripción del Procedimiento icial Interna. o: n el numeral actividad 1, s se incluyó co omo por parte de servación, la guientes audito 7, En la a realización p orías: Auditoría las dad; rado de Gestió s establecidas ón y los seguim la OCI de s por normativid mientos a plane es y Sistema Integr ogramas. so del Informe e de n la actividad usteridad del G 3, se adicionó Gasto, la elabo ó para el cas oración de un e se programa que cidad mensual licará para la cho informe y p vigencia, dad para la realizac da la periodic ción de las Aud ejecutará e ditorías al Siste el Procedimie de ema ento Gestión, se tal fin. egrado de tablecido para e adicionó la por parte del Responsable ecibe el Info de orme actividad 9 p Dependencia zando o no obje Auditada: Re eciones al mism mo y lo remite a la oceso y/o D eliminar, realiz CI. n la actividad n la acionado con tado por parte d 10, se ad el Informe Def na, para que se del ado, municación de ) jefe de Oficin s hallazgos o de ora. icionó lo rela finitivo al audit e incluyan por p n el al anex ectivas, Preven parte del audita xo 1 – Plan ntivas y de Mej Trabajo.
Plan Anual o riesgos, en Acciones Corre ncluye el regist el formato An de ejoramiento - A ualmente, se in odificación de valuaciones Ind dependientes-P ro Papeles de nexo No. 1, PAEI. n el anexo No. uditoría, se Incl luyó Tabla Relación 3, Modelo de n de Hallazgos Informe de Au s. n el anexo No. apeles de Trab bajo, ferenciación Pa ales y las Audi 4, Modelo Ref as Visitas Fisca establecieron n nueva referen cial, seguimien torías Abreviad nciación tal co nto a los Planes das. omo s de adicionaron la simismo, se e eguimiento a la cción, entre otra Defensa Judic as. ó la n las Marcas d de auditoría de el mismo anexo o 4 se adicion ción: No Aplica N/A. orme final de a auditoría y Pla an de Eli de Ad Inc En ob sig al pro En Au ap dic Int est Se Pro Pre OC En co (la los Me Igu Mo Ev En la T En se As Se Ac En ma Inc Me arca y convenc clusión de los ejoramiento de registros: Info la auditoría co orrespondiente Octubre El procedimient Se modifica e to cambió de ve el nombre de ersión 11.0 a 1 e “Procedimien 11.0 0 R.R. de 2013 044 de 3 es” a “Proc 12.0 nto para real cedimiento p lizar para independiente nas”. valuaciones uditorías intern E S e a REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-62 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 62 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 28 d 4.0 de 33 No. y ADM y FECHA DEL MINISTRATIVO VERSI IÓN DES CRIPCIÓN DE E LA MODIFIC ACIÓN LO ADOPTA ACTO O QUE A En el objetivo o se cambia de “evaluacio ones ndependientes” el término d rías internas” y se añade e la alabra “cumpli ” por “auditor miento”
E in p por En cuanto al a alcance, la pa alabra “Plan” s se reemplaza Programa”
E “P Se amplía y/o a definición d o modifica la ance de la de los siguien Auditado, Aud ntes ditor, Auditoria, A Control Interno o, Evidencia de eso, Hallazgos Sistema de C tores de Proce al de Evaluaci ones Independ s de la Audito dientes y Plan e la oria, n de érminos: Alca Evaluación del Auditoria, Gest Programa Anua Auditoria.
S té E A P A Se incluye la d Auditoria intern a y se excluye e la efinición de ev definición de A videncia objetiv va S d por En la activida ad 1, la pala abra “Plan” se nta la activida e reemplaza ad a realizar.
Programa” y s ncluye en las o Se ento se complemen observaciones tándar de Cont nte al seguim la evaluación trol Interno ME miento de plan de sostenimie ECI. Se elimin nes y program a el mas el Modelo Est árrafo referen nstitucionales.
E “P in d p in Se amplió la ac to de control y ctividad 2, así n cuanto a la a í como el pun actividad 3, se y la unto uimiento del An ferente al segu del gasto y las auditorías al S excluye del pu nexo 1, el info Sistema Integr rme rado bservación. En e control lo ref e austeridad d e Gestión.
S o d d d Para las activ y 5, se mod difica el térm mino por vidades 4 y por “auditores funcionarios” p Plan”. Se ampl asignados” y ón del punto de y “Programa” e control. ía la descripció P “f “P menta incluyen a observación Solicita copia d d 6 se complem s y/o registros q que soporten lo do: os L “S h allazgos evide de la actividad de documentos enciados durant te la auditoria”
Respecto a la a actividad 7, se eben edactarse los h especifica la fo uidos en los inf orma como de formes y el me hallazgos inclu án remitidos pa ara revisión po r parte del jefe edio e de or el cual será a oficina.
R re p la Se redacta una a actividad para a ser desarroll ada por el jefe e de a OCI en el n numeral 8 y a dicha activid el informe preli ntrol ad 9 caso stablecido para e aclara que e e no presentar r objeciones po se amplía el ad. Así mismo minar quedará or parte del pro punto de con o, en la activida á en firme en c oceso auditado.
S la e s d menta definiend do la forma co omo definitivo y el t ara la inclusión tiempo con el n y remisión de 0 se complem do el informe d eso auditado pa Anexo 1 Plan de Mejoram de mejora - iento – Accio -. Se elimina L s c h c o reventivas y oncerniente a los papeles de trabajo y que e los ones a la y se a actividad 10 erá comunicad uenta el proce allazgos al A orrectivas, pr bservación co 63 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-63 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 29 d 4.0 de 33 No. y ADM y FECHA DEL MINISTRATIVO VERSI IÓN DES CRIPCIÓN DE E LA MODIFIC ACIÓN LO ADOPTA ACTO O QUE A nto de control ncluye un pun nforme final en el cual s e acorde con se verifica que n las objecio e el ones resentadas po se encuentre or el proceso. in in p or medio de la Se incluye la a Plan de Mejora a el a su ctividad 11 po amiento remit bación, se inc ido por cada cluye el Plan ento e un o registro de ol y las observa la actividad y aciones pertine cual se evalú proceso para de Mejoramie y se establece entes respecto osterior aprob probado como unto de contro nclusión de hal lazgos y eficac cia de las accio ones propuesta a la as.
S P p a p in En el numeral lecen las activ debe vidades que d onales y técn 12, se establ jefe de la correspondient OCI, profesio te a la referenc abajo producto ciación, revisió o de las audito nico ón y orías esarrollar el dministrativo c rchivo de los ealizadas. Se i papeles de tra ncluye un punt to de control re eferente al tem a. nexo 1 cambia a de “Plan Anu al de Evaluaci iones iones te al rama nombre del an dependientes” dependientes”, AEI. Igualmente a “Progra se actualiza e, el nombre d ma Anual a el formato c del anexo 2 cam a” y en el s Independien bla de hallazgo ntes” a “Plan os que se encu de Evaluaci correspondient mbia de “Prog n de Auditori uentra incluida E d a a re El Ind Ind PA de fina an Evaluaciones almente, la tab exo 3, se modi ifica en la colu mna 1 y 2.
Actualización ve A ersión 12 a 13.
0 Se realizó aj juste a los ítems dentro siguientes í o adicionando texto aclarati del ivo o S p c rocedimiento, omplementario suprimiendo o o: e de auditoria Objetiv Definic Definic Definic Definic vo ción de alcance ción de auditor ción de gestore ción de informe es de proceso e de auditoria Dentro de la descripción d e crearon otras del procedimie s, se complem ento se ajust mentó en el reg taron gistro, 12.0 0 RR. 02 21 de Junio 11 de 2015 D a c ctividades y se omo:
No. 1, Comp lemento al R Registro, ajuste e en n e punto de co ontrol y se a ajusta 2 se suprime n a actividad No.
3 d que estaba c como No. 3 se convierte en N No. 4 Actividad N observació Actividad 2 observació Se adiciona La actividad d que estaba c convierte en N No. 5 La actividad y a esta se le adiciona un como No. 4 se na observación REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-64 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 64 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 30 d 4.0 de 33 No. y ADM y FECHA DEL MINISTRATIVO VERSI IÓN DES CRIPCIÓN DE E LA MODIFIC ACIÓN LO ADOPTA ACTO O QUE A d que estaba c convierte en N No. 6 le complemen como No. 5 se nta registro d que estaba c No. 7 convierte en N suprime el reg gistro le ajusta la ob n cuenta que n como No. 6 se bservación. Se no aplica.
omo No 8 en la de le e actividad, co escripción y la o modificación d y se compleme observación, y nta d que estaba c No. 9 como No. 7 se nta el registro y convierte en N y se ajusta la La actividad y a esta se La actividad y a esta se teniendo en La siguiente ajuste la de el registro.
La actividad y a esta se observació le complemen n.
d que estaba c como No. 8 se No. se le ajusta el l punto de cont convierte en N trol.
como No. 9 se No. d que estaba c a se le complem menta el regist convierte en N tro y se ajusta n.
d que estaba c e convierte en No. como No. 10 se a descripción de e la actividad, se le ajusta la o en otras, la N s registros, obs No. 13, 14, 15, servaciones y p con sus puntos de contr rol.
se convierte en n No. d que estaba c ta se le ajusta como No. 11 s a la descripció n, el registro y las La actividad 10 y a esta La actividad 11, y a esta observació La actividad 12 y a esta adicionando respectivos La actividad 16 y a est observacio nes.
se convierte en d que estaba c a se le complem ro y se ajusta p n No. punto La actividad 17 y a esta de control y y observacione como No. 12 s menta el registr es.
cada con el nú ntraba identific mero 17 y se mero nueva ficina d que se enco lada a la núm así: “Remite el Plan de Mejora incluye una n amiento a la O La actividad 16 se tras actividad, a de Control I Interno” tes: n los anexos, se e realizan los s siguientes ajus En ersión programa se le ntro del encabe echa. os iniciales po Se ajusta form e elimina la ve ezado a la dere or estar conten mato de títulos nidos s, sin 1: al título del p a que está den rimen los título del formato. S r su estructura.
nclusión. Lo de emás la fila de con 2: se elimina gual. a palabra “mo delo” del título o y la bió.
Anexo 1 debido a Se supr dentro d cambiar Anexo 2 queda ig Anexo 4 referenc 4: se elimina la ciación se cam 13.0 0 RR. 0 71 de diciembr re 30 de A Actualización ve ersión 13 a 14.
0 65 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-65 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 31 d 4.0 de 33 No. y ADM y FECHA DEL MINISTRATIVO VERSI IÓN DES CRIPCIÓN DE E LA MODIFIC ACIÓN LO ADOPTA ACTO O QUE A 2015 nto. stó el Alcance d matividad se re del procedimie etira la RR. 01 marzo 6 del 25 de m inente para a de la norma este a ISO Se ajus En norm de 201 procedim 19001:2 15, porque miento. y se a 2002 a “ISO 19 no es perti ajusta la fecha 9001:2011”.
Definición de P ria se adiciona s de “Criterio n los es a En la D términos desarrol llar”; se elimina lan de Auditor os, auditores a “auditados y y actividade y cuestionario”.
Se elimi ina la definición n de “Equipo d de Gestores”. ionan las defin de Planeación niciones de las n, fase de eje fases de audi ecución y fase toria: e de Se adici “Fase d informe.
xos, se elimina para los anex xos 1 umeral 5 Anex palabra “modelo o”. staron los verb bos rectores d e cada activid dad y En el Nu y 2 la p Se ajus puntos d de control. procedimie por Comunicac ió la erna; nto se camb ción Oficial Int se sustituyó nterior para ha por acerlo de oficios s externa, lo an denominación de las tablas s de registros del memorando p os casos d cación oficial ente con la d ón documental. del Procedi las actividad Se ajustaron dimiento, junto n y o con En los palabra para lo Comuni consiste retenció escripción d mplementaron gistros, puntos miento S es del proced bservaciones, así: de control y ob e modificó la de enominación “P ual de Evaluaci Programa Anu “Programa An dependientes ternas – PAAI” ual de Audit oherente el ter iones torías rmino PAEI” por “P” lo anterior, técnico del mo para hacer co odelo estándar r de control int terno n el manual t ECI 2014.
De co reg Se Ind Int co ME cionó “respons sable En de n la observació e la gestión del ón de la activi l programa de a idad 1, se adi auditoria” para n la observació dad 2 se ajust tó la instancia esentar las mo ón de la activid odificaciones al l PAEI. e modifica “O Oficina de Com ” por las de la In municaciones” formación y En pr Ac “D co ctividad 3, se Dirección de omunicaciones Tecnologías” ctividad 6, se c complementó la a redacción del l punto de cont trol.
Ac ctividad 8, se ectivo adiciona est vación, la cual a actividad l hace referenc con su respe cia a la prepara ación gistro y observ e los papeles d e trabajo Ac reg de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-66 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 66 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 32 d 4.0 de 33 No. y ADM y FECHA DEL MINISTRATIVO VERSI IÓN DES CRIPCIÓN DE E LA MODIFIC ACIÓN LO ADOPTA ACTO O QUE A esde este punto o se ajusta la n numeración de las actividades s. ctividad 9, antes de la observaci ión; y la redacción d eles de trabajo se elimina de esta párrafo referen tividad y se tra s 8, se ajusta nte a los pape aslada a la activ vidad 8. ctividad 10, se a ajusta la redac cción de la obs servación. ctividad 11, en e cambia “pers sonas” por “áre eas” y la actividad se acción del pun to de control. ajusta la reda De Ac el act Ac Ac se dacción de la e ajusta la red siderar necesari ctividad 12, se grega “De cons entro de estos rio, los auditado os, mesa traba observación, y os pueden solic ajo para discut y se citar, tir el mismos plazo ar. forme prelimina na vez emitido e el informe final, no se procede en explicaciones s, ni Ac ag de inf Un reu uniones”. ctividad 13, se n la que se ind adiciona una o observación en a de Control Interno sumini dica istre termino para spuesta a las o que la Oficina objeciones.
Ac el res Ac ctividad 14, se c cambia “cinco o días” por “tres s días”. ctividad 15, se e ajusta la re edacción de la actividad y y la servación. e eliminan las a actividades 16 cedimiento vers sión 6 y 17 del proc e del proced, dado que ejoramiento acc hacen parte ciones correcti ivas, preventiva imiento Plan as y de mejora de a. ctividad 17, se acción de la ac sponsable el je ctividad y del p efe de la Oficin ación de papele punto na de es de Ac ob Se 13 Me Ac de Co tra control, se eli ontrol Interno, s abajo” y se agre ajusta la reda mina como res se adiciona el ega una observ anexo 5 “Rela vación. n los anexos, se e realizan los s siguientes ajus tes:
En ar el se agrega el nual de – Audit responsable torías internas de Gestiona
- PAAI Funcionarios q on la se elimina, F e elimina la colu que atendiero ple debido a qu ue en se está plane umna de cump eando la labor de auditoría Se ajusta el for y se rmato e la misma. S plan de auditor le permita al eq el resultado d cuenta que el un esquema d arrollar sus tare propósito del p de trabajo que l eas de manera ria es quipo ógica, coherente y ló o(s) de aud al objetivo itoría Anexo 1: s Programa an Anexo 2: s auditoría; se esta etapa s desconoce teniendo en disponer de auditor desa para dar establecido(s cumplimiento s).
1 Desarrollo” y se Anexo 3, se reenumera la e elimina el a tabla de Con numeral “6.1 ntenido.
Se cambia el “Guía nota Anexo 4, S Referenciaci ión Papeles de anexo por “ adiciona una nombre del e Trabajo. Se 67 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-67 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código for rmato: PGD-01 -002 ocumento: PEC C-01 PRO OCEDIMIENT TO PARA AU UDITORÍAS IN TERNAS Código do Versión 14 Página 33 d 4.0 de 33 No. y ADM y FECHA DEL MINISTRATIVO VERSI IÓN DES CRIPCIÓN DE E LA MODIFIC ACIÓN LO ADOPTA ACTO O QUE A registro de referente al electrónico instrucción p u otros med para la referenc papeles de t dios. Se mod ciación de pape rabajo en for difica la guía eles de trabajo rmato a de o. ciona al proc cedimiento el “Anexo 5 Mo odelo Se adic Relación n de Papeles d de trabajo”.
029 de agosto o 31 de R.R. 0 2016 14 Código formato: PGD-01-002 PROCEDIMIENTO PLAN DE MEJORAMIENTO
- ACCIONES CORRECTIVAS, PREVENTIVAS Y Código documento:PEC-02 Versión:15.0 DE MEJORA Página 1 de 36 FECHA: 11 DE AGOSTO DE 2016 Aprobó elaboración o modificación Revisión técnica Firma:
Firma:
Nombre: CARMEN ROSA MENDOZA SUAREZ Nombre: BIVIANA DUQUE TORO Cargo: Jefe Oficina de Control Interno Cargo: Directora Técnico de Planeación
1. OBJETIVO
2. ALCANCE
El procedimiento inicia con la comunicación por parte de la auditoría interna o externa correspondiente del informe final al auditado, señalándole la obligación de inclusión de los hallazgos, no conformidades, no conformidades potenciales, acciones de mejora y/o riesgo materializado en el Plan de Mejoramiento dentro de los términos establecidos y finaliza con la presentación a la Alta Dirección del informe consolidado de los resultados de la verificación al Plan de Mejoramiento por parte de la Oficina de Control Interno.
Establecer las actividades para elaborar, actualizar y realizar seguimiento al Plan de mejoramiento – Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora, con el fin de evaluar la eficiencia y eficacia de las acciones correctivas, preventivas y de mejora, conducentes a eliminar las causas de los hallazgos, no conformidades, no conformidades potenciales, y/o riesgo materializado y atender las oportunidades de mejora generadas en el marco del Sistema Integrado de Gestión; identificados por los diferentes métodos de verificación y evaluación, instancias de evaluación, seguimiento, control y/o autocontrol.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-68 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 68
3. BASE LEGAL
TIPO DE NORMA FECHA DESCRIPCIÓN Norma NTC-ISO 9001 14/11/2008 “Requisitos del Sistema de Gestión de la Calidad”.
Decreto 4485 18/11/2009 “Por medio del cual se adopta la actualización de la Norma Técnica de Calidad de la Gestión Pública”
Norma NTCGP 1000 18/11/2009 “Requisitos para la Implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad aplicable a la rama ejecutiva del poder público y otras entidades prestadoras de servicios”.
NTD SIG 001:2011 28/12/2011 “Norma Técnica Distrital del Sistema Integrado de Gestión para las entidades y organismos distritales”.
Acuerdo No. 519 26/12/2012 “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica su planta de personal y se ajustan el sistema de nomenclatura y los grados de la escala salarial de la planta de personal y se dictan otras disposiciones”.
Decreto 943 21/05/2014 “Por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI)”.
RR No. 034 5/11/2014 “Por la cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno- MECI en la Contraloría de Bogotá D.C.
RR 001 15/01/2015 “Por la cual se reglamentan los Comités Directivo y de Coordinación del Sistema de Control Interno de la Contraloría de Bogotá D.C.”.
4. DEFINICIONES
- Acción Eficaz. Acción correctiva o preventiva que mediante evidencia objetiva demuestra que se eliminaron las causas de las no conformidades o hallazgos.
- Acción Correctiva. Conjunto de acciones toma- das para eliminar la (s) causa (s) de una no con- formidad detectada u otra situación indeseable.
Nota 1. Puede haber más de una causa para una no conformidad.
- Acción de Mejora. Conjunto de acciones tomadas para aumentar la capacidad del Sistema, respecto de su eficacia, eficiencia o efectividad
Nota. En el seguimiento al Plan de Mejoramiento, el auditor debe determinar si las acciones son eficaces o no (Ver definición “acción eficaz”).
Nota 2. La acción correctiva se toma para evitar que una no conformidad o situación vuelva a producirse, mientras que la acción preventiva se toma para prevenir que algo suceda.
- Acción Preventiva: Este tipo de acción se toma para eliminar la causa de una no conformidad potencial detectada o de otra situación potencial- mente indeseable.
Nota 3. Existe diferencia entre corrección y acción correctiva, en el sentido que la primera elimina la no conformidad, mientras la segunda elimina la causa.
69 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-69 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 el cual debe ser redactado en forma imparcial, clara, precisa y concisa.
- Mejora Continua. Actividad recurrente para au- mentar la capacidad para cumplir los requisitos.
- Auditoría. Proceso sistemático, independiente y documentado para obtener evidencias que, al evaluarse de manera objetiva, permiten determi- nar la extensión en que se cumplen los criterios definidos para la realización de una auditoría.
Nota. Las evidencias consisten en registros, declaraciones de hechos o cualquier otra información que sea pertinente para los criterios de auditoría, que sea verificable.
- Conformidad. Cumplimiento de un requisito.
Nota. El proceso mediante el cual se establecen objetivos y se identifican oportunidades para la mejora es un proceso continuo a través del uso de los hallazgos de la auditoría, las conclusiones de la auditoría, el análisis de los datos, la revisión por la dirección u otros medios y generalmente conduce a la acción correctiva y preventiva.
- Corrección. Acción inmediata tomada para elimi- nar una no conformidad detectada.
- No Conformidad. Incumplimiento de un requisito.
Resultado de una Auditoría de Calidad.
- Efectividad. Medida del impacto de la gestión tanto en el logro de los resultados planificados, como en el manejo de los recursos utilizados y disponibles.
- No Conformidad Potencial: Posibilidad de que ocurra una desviación respecto del cumplimiento de un requisito, pero que si no se hace algo al respecto, terminará ocurriendo convirtiéndose en un incumplimiento real.
Nota. La medición de la efectividad se denomina, en la Ley 872 de 2003, como una medición del impacto.
- Eficacia. Grado en el que se realizan las activi- dades planificadas y se alcanzan los resultados planificados.
- Oportunidad de Mejora: Situación detectada que puede originar acciones para optimizar y potencializar el desempeño de un proceso o el cumplimiento de los requisitos.
Nota. La medición de la eficacia se denomina, en la Ley 872 de 2003, como una medición de resultado.
- Plan de Mejoramiento. Plan de acción en el que se identifica (n) de forma precisa la (s) acción (es) seleccionada (s) para corregir el incumplimiento de los requisitos, eliminar la causa del Hallazgo, no conformidad o no conformidad potencial.
- Eficiencia. Relación entre el resultado alcanzado y los recursos utilizados.
- Ejecutor. Nombre del cargo de quien debe realizar la actividad.
- Proceso. Conjunto de actividades mutuamente relacionadas o que interactúan, las cuales trans- forman elementos de entrada en resultados.
Nota 1. Los elementos de entrada para un proceso constituyen generalmente salidas de otros procesos.
Nota. Los procesos de una entidad son, generalmente planificados y puestos en práctica bajo condiciones controladas, para generar valor.
- Equipo de Gestores de Proceso. Grupo multi- disciplinario de servidores públicos, representativo del proceso que participa en la gestión del mismo proceso, identifica las situaciones objeto de aná- lisis (hallazgos y no conformidades) y propone las acciones requeridas para el manejo de las mismas. En el equipo de gestores de proceso deben participar los jefes y servidores públicos de las dependencias que integran los procesos.
- Responsable. Encargado de adelantar las accio- nes o actividades propuestas o planeadas en el Plan de Mejoramiento.
- Hallazgos. Debilidades y/o situaciones en el Sis- tema de control interno detectadas por el auditor.
El hallazgo, abarca hechos y otra información obtenida por el auditor que merece ser comunicado a los servidores públicos del área auditada y/o a otras personas interesadas.
- Responsable de Proceso. Servidor público encargado de garantizar el cumplimiento de los procedimientos y actividades del proceso a su cargo. Su designación está definida en el Manual del Sistema Integrado de Gestión.
- Informe de Auditoría. Documento que consolida los resultados obtenidos del desarrollo de progra- mas de auditoría y cumplimiento de los objetivos,
- Riesgo Materializado. Es la ocurrencia de aquella situación (interna o externa), que puede afectar
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5. ANEXO
negativamente el logro del objetivo, o la gestión de un proceso.
Anexo 1. Anexo Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora PEC-02-001.
- Seguimiento. Acción regular y sistemática que identifica aciertos o fallas en la ejecución de las acciones programadas.
Anexo 2. Aspectos Generales Formulación de Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora.
6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
6.1. Formulación de causas y acciones
- Verificación. Confirmación mediante la aportación de evidencia objetiva de que se han cumplido los requisitos especificados o la eficacia de las acciones implementadas.
No. RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL/OBSERVACIONES 1 Observaciones: El Plan de Mejoramiento resultado de la auditoría efectuada por la Oficina de Control Interno debe ser remitido a ésta, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación del informe final Jefe de Oficina de Control Interno, Ente Externo y/o de Control Comunica el Informe Final al auditado, señalándole la obligación de diligenciar el Plan de Mejoramiento del Proceso auditado, si es del caso.
C o m u n i c a c i ó n oficial interna o correo Outlook institucional El Plan de Mejoramiento resultado de la auditoría practicada por los entes externos y/o de control, debe ser remitido, de conformidad con la normatividad y/o plazos establecidos por éstos.
Observaciones:
Identifica los hallazgos, no conformidades, no conformidades potenciales, oportunidades de mejora y/ o Riesgo Materializado, los cuales pueden ser originados por las siguientes fuentes:
Origen 7: De este origen hacen parte los riesgos materializados (RMA).
2 Contralor Auxiliar Director Técnico Jefe de Oficina Subdirector y Profesional Las Oportunidades de mejora pueden ser producto de la autoevaluación (informes de gestión), de Auditorías Internas (consignadas en el informe definitivo en el numeral de recomendaciones), auditorías internas y externa de calidad.
1. Autoevaluación.
2. Auditoría efectuada por la Oficina de Control Interno.
3. Auditoria interna al Sistema Integrado de Gestión-SIG
4. Auditoría Externa al SIG (ente certificador.)
5. Revisión por la Dirección
6. Auditoría Fiscal.
7. Otros orígenes
3 Contralor Auxiliar, Director, Jefe de Oficina, S u b d i r e c t o r, Profesional Realiza la clasificación de los hallazgos (H), no conformidades (NC), no conformidades potenciales (NCP), oportunidades de mejora (OM) y/ o Riesgo Materializado (RMA), según el origen descrito en el numeral anterior.
Observaciones:
4 El análisis de causa es fundamental para proponer la acción que elimina la causa del H, NC, NCP, OM o RMA, razón por la cual debe ser soportada mediante acta de reunión del equipo de gestores del proceso.
Contralor Auxiliar, Director, Jefe de Oficina, Subdirector, y/o Profesional responsable Analiza las posibles causas y/o la causa raíz de H, NC, NCP, OM o RMA para lo cual puede utilizar o aplicar alguna de las siguientes metodologías u otra que considere pertinente: los cinco ¿Por qué?, Espina de Pescado, Lluvia de Ideas. Realiza el diligenciamiento de la columna 8 del Anexo 1. Plan de mejoramiento acciones correctivas, Preventivas y de mejora.
Para el caso de las OM detectadas por la auditoria interna o la Auditoria Externa, si después de realizar el análisis de causa se concluye que no se plantearan acciones se deberá dejar claramente consignado el porqué, en el acta.
71 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-71 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 No. RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL/OBSERVACIONES Punto de control: Verifica que las acciones eliminen la(s) causa(s) del hallazgo.
Observaciones: Para la formulación de Acciones Correctivas, Preventivas y de mejora, se debe tener en cuenta la información proporcionada en el Anexo 2. Aspectos generales formulación de acciones correctivas, preventivas de mejora, verificación de la eficacia Establece las acciones correctivas, preventivas y/o de mejora y las registra (columna 9) con la información complementaria requerida en el Anexo 1 - Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora.
5 Anexo 1 Plan de mejoramiento y acta de reunión equipo Gestores.
Contralor Auxiliar, Director, Jefe de Oficina, Subdirector, y/o Profesional responsable El plazo programado de ejecución de las acciones debe ser máximo de seis meses y con debida justificación, hasta un año.
Para el tratamiento de los H, NC, NCP, OM o RMA que requiera de la intervención de más de un proceso, se deberán reunir los equipos de gestores de las partes involucradas, para efectuar el análisis y formular las acciones correspondientes.
Si un H, NC, NCP, OM o RMA, tiene más de una acción, en las cuales intervengan diferentes Procesos, el H, NC, NCP, OM o RMA y la acción correspondiente debe incluirse en el respectivo Plan de mejoramiento de cada proceso.
6 Observación: En procura de la racionalización del papel, el Plan de mejoramiento debe remitirse a través del SIGESPRO.
Contralor Auxiliar, Director, Jefe de Oficina, Subdirector, y/o Responsable de Proceso.
Remite los planes de mejoramiento de los entes externos y/o de control en medio magnético, por correo institucional y/o impreso a la Oficina de Control Interno, dentro de los términos establecidos por éstos.
Anexo
1. Plan de Mejoramiento - Acciones C o r r e c t i v a s , Preventivas y de Mejora y radicado SIGESPRO.
El formato del plan de mejoramiento debe estar totalmente diligenciado hasta la columna No. 14 – Cronograma de Ejecución dd/mm/aaaa.
Punto de Control: Verifica que se hayan incluido todos los hallazgos resultantes de los informes de auditorías internas y externas.
Revisa las acciones de mejoramiento, correctivas o preventivas propuestas en el Plan de Mejoramiento remitido por el correspondiente proceso.
Observación: Las acciones establecidas por el proceso deben apuntar a eliminar la causa del H, NC, NCP, OM o RMA identificado En caso de que las acciones remitidas presenten inconsistencias, se comunicará al proceso o área, para que procedan a realizar los ajustes correspondientes.
7 Plan de M e j o r a m i e n t o aprobado Jefe de la Oficina de control Interno y Profesional de la Oficina Control Interno Para el caso de los hallazgos identificados por entes de control, la conformidad la dará el respectivo Ente de Control, por lo cual, el alcance de la revisión realizada por la OCI, se enmarca en la revisión de aspecto como inclusión del total de hallazgos, fechas y otros aspectos de forma.
Remítase al Procedimiento Relación con Entes Externos y de Control”.
Para los casos de ajustes al plan de mejoramiento resultado de auditorías internas, el proceso cuenta con dos (2) días hábiles para efectuarlos y remitirlos a la Oficina de Control Interno. Si por el contrario, corresponde a auditorías externas los ajustes deben realizarse de manera expedita o dentro de los términos establecidos por el Ente de Control.
En el caso de que el Plan de mejoramiento sea el resultado de los hallazgos de las auditorías internas, la Oficina de Control Interno comunicara la aceptación del mismo al proceso mediante comunicación oficial interna, para lo cual contará con (3) tres días hábiles después de recibido el Plan.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-72 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 72 No. RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL/OBSERVACIONES 8 Punto de Control: Realizar el seguimiento por parte del responsable del proceso, para constatar que las acciones se ejecuten dentro de los términos previstos.
Ejecuta las acciones planteadas en el anexo 1 - Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora.
Contralor Auxiliar, Director, Jefe de Oficina, Subdirector, y/o Profesional responsable Observaciones: Para los hallazgos formulados por la Oficina de Control Interno, la solicitud de modificación de las acciones, y/o fechas de ejecución programada, deberá efectuarse un (1) mes antes del vencimiento.
El plazo programado de ejecución de las acciones solo se ampliara previa justificación por una única vez.
9 Requiere en caso de que sea necesario, la reformulación de las causas, acciones o fecha de terminación programada, remite la solicitud debidamente sustentada a la Oficina de Control Interno, instancia que resuelve lo atinente a los orígenes 1, 2, 3, 5 y 7.
C o m u n i c a c i ó n Interna.
Contralor Auxiliar, Director, Jefe de Oficina, Subdirector, y/o Profesional responsable La aceptación de estas solicitudes deberá comunicarse por parte de la oficina de control internos en los dos (2) días hábiles posteriores a su recibo.
Para las solicitudes de origen 4 y 6 la OCI tramitará ante el Ente Externo y/o de control correspondiente e informará los resultados del trámite al proceso solicitante de la modificación.
Para los hallazgos emitidos por los entes externos y/o de control, la solicitud de modificación de las acciones o de los términos, debe efectuarse de acuerdo con lo establecido por el ente externo y/o de control.
En ningún caso procede solicitud de plazo para acciones vencidas.
6.2. Seguimiento y Verificación No. RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES/PUNTOS DE CONTROL Observación: El seguimiento de las acciones debe estar debidamente soportado mediante registros para ser posteriormente verificados por la Oficina de Control Interno.
10 Contralor Auxiliar, Directores, Subdirectores, Jefes de Oficinas.
Responsables de Proceso.
Anexo
1. Plan de Mejoramiento - Acciones C o r r e c t i v a s , Preventivas y de Mejora.
Realizan seguimiento cuatrimestral del cumplimiento del Anexo 1 – Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora del Proceso, diligenciando las columnas 15, 16 y 17 y lo remite a la Oficina de Control Interno, dentro de los plazos establecidos mediante Circular de reporte de información vigente.
El seguimiento se efectuará al menos tres (3) veces al año, para lo cual se tendrá en cuenta la Circular vigente que determina las fechas de reporte de información. Cuando los entes externos y/o de control efectúen el cierre de los hallazgos, no conformidades y no conformidades potenciales, oportunidades de mejora y/o Riesgo materializado a través de sus informes, los responsables de los procesos no deben excluirlos del Anexo Plan de Mejoramiento, hasta tanto la Oficina de Control Interno realice la verificación correspondiente, reemplazando la solicitud o sugerencia de cierre: A* por el cierre: C, con fundamento en el mencionado informe del ente externo y/o de control.
73 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-73 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 No. RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES/PUNTOS DE CONTROL Comunicación Designa los auditores de la Oficina de Control Interno para que efectúen la verificación del Anexo 1 Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora. interna 11 Jefe Oficina de Control Interno Remite comunicación oficial interna a los Responsables de Procesos, informando sobre el funcionario asignado para adelantar la actividad de verificación.
Punto de control:
Constata en el Anexo 1. Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora, la inclusión de todos los H, NC, NCP, OM o RMA resultantes de los informes de Auditorías internas, externas, Informes de Gestión, entre otros, realizados durante el periodo objeto de evaluación del respectivo proceso.
Verifica que el cumplimiento de las acciones esté soportado en los documentos que evidencien su ejecución y que se hayan realizado dentro de los términos establecidos.
12 Profesional Oficina Control Interno Verifica las acciones implementadas y el estado H, NC, NCP, OM o RMA y lo registra en las columnas 18 y 19 del Anexo 1. Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora.
Observación:
Anexo
1. Plan de mejoramiento – Acciones C o r r e c t i v a s , Preventivas y de Mejora.
La Oficina de Control Interno, podrá efectuar seguimientos adicionales si considera necesario.
Cuando la Auditoria Fiscal presente informes donde se cierren hallazgos, la Oficina de Control Interno, procederá a incluir la información respectiva en la columna de verificación (19) y cambiar el estado del hallazgo a C (cerrado) y lo remitirá al Proceso o procesos correspondientes para que en el próximo seguimiento, trasladen el hallazgo (s) la hoja de cerrados. La Oficina de Control Interno, efectuará el cierre de las acciones derivadas de las oportunidades de mejora definidas por la Auditoria Extremad de calidad.
Elabora informe de resultados de la verificación del estado de las acciones contenidas en los planes de mejoramiento por procesos.
13 Profesional Oficina de Control Interno Observación: El informe debe ir acompañado del anexo 1 totalmente diligenciado.
Informe de verificación Anexo 1 Plan de Mejoramiento Presenta el informe para revisión y aprobación al Jefe de la Oficina de Control Interno.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-74 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 74 No. RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES/PUNTOS DE CONTROL C o m u n i c a c i ó n Interna - Informe 14 Jefe Oficina Control Interno y/o Profesional responsable Observación: La Oficina de Control Interno, verificará que la Dirección de TICS mantenga en la Intranet las versiones actualizadas de las verificaciones realizadas (informe) de cada uno de los procesos.
Plan de M e j o r a m i e n t o - Acciones C o r r e c t i v a s, Preventivas y de Mejora por Proceso.
Remite mediante Comunicación oficial interna, a través de SIGESPRO, el informe de resultados de la verificación a los responsables de procesos y en copia magnética o través de correo institucional a la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la publicación en la Intranet.
Consolidado Institucional del Observación: El consolidado institucional se elaborará en forma cuatrimestral, de conformidad con la circular vigente para el reporte de información.
Anexo 1. Plan de Mejoramiento 15 Jefe Oficina Control Interno y Profesional Responsable
- Acciones Correctivas, Preventivas y de
Elabora el Consolidado Institucional de los resultados de la verificación del estado de las acciones implementadas y remite en copia magnética a la alta Dirección para los fines pertinentes y a la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para su publicación en la Página web.
Mejora.
La Oficina de Control Interno, verificará que la Dirección de TICS, mantenga en la página Web la versión actualizada del Plan de Mejoramiento consolidado Institucional.
Observación: El consolidado de avance del Plan de Mejoramiento se remitirá al Ente de Control, de acuerdo a la normatividad vigente.
16 Jefe Oficina Control Interno y/o Profesional Responsable Formato Plan de Mejoramiento Auditoria Fiscal.
Consolida el Plan de Mejoramiento del ente de control, tomando como insumo la información suministrada resultante de la verificación de los planes de mejoramiento por procesos y solicita a través de correo institucional a la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la publicación en la Intranet.
La Oficina de Control Interno, verificará que la Dirección de TICS, mantenga en la página Intranet, la versión actualizada del Plan de Mejoramiento consolidado Institucional.
Anexo 1 Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora Código formato: PEC-02-001 Código documento:PEC-02 Versión: 15.0 PLAN DE MEJORAMIENTO - ACCIONES CORRECTIVAS, PREVENTIVAS Y DE MEJORA Página X de Y Proceso:
_________________________________________________________________
Responsable del Proceso:
_________________________________________________________________
Fecha de Corte para la Verificación: _________________________________________________________________
75 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-75 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Cronograma de Ejecución (dd/mm/aaaa)
(14)
Fecha Fecha Inicial Final No (1)
Origen (2)
Acciones (9)
Capitulo (6)
Recursos (13)
Indicadores (10)
Informe Origen (5)
Análisis de Causa (8)
Resultado Indicador (15)
Metas Cuantificables (11)
Seguimiento del Proceso (17)
Área Responsable de la Ejecución (12)
Verificación de Acciones (OCI) (18)
Fecha del H, NC, NCP, OM, RM (3)
Descripción del H, NC,NCP, OM o RMA (7)
Grado de Avance Físico Ejecución de las Metas (Seguimiento del Proceso) (16)
Estado del H, NCº,NCP, OM o RMA – A – C - A*- NCPM (19)
Tipo de Acción (Correctiva, Preventiva o de Mejora) (4)
Actualizado por (Profesional Proceso / Oficina de Control Interno):_________________________Fecha de Actualización (dd/mm/aaaa):___________
Verificado por (Profesional Oficina de Control Interno):___________________________________Fecha de verificación (dd/mm/aaaa):____________
INSTRUCTIVO 1 Diligenciamiento del Anexo 1 - Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora PROCESO: Nombre del proceso al cual corresponde la situación observada.
(1) No.: Registre el número consecutivo del hallazgo, No Conformidad, No Conformidad Potencial, Oportunidad de Mejora o riesgo materializado, de cada informe, de manera que se pueda establecer la cantidad total de los mismos por proceso y consolidado institucional. Cuando se cierra un hallazgo se debe reenumerar el consecutivo.
Nota: si un hallazgo tiene más de una acción, cada una de ellas se colocará en una fila y se conservará el mismo número consecutivo. No combine celdas. A continuación se presenta un ejemplo.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-76 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 76 Ejemplo: 2.2.2 Gestión contractual – Deficiencias en los informes de supervisión, 3.2.1 Plan de Mejoramiento
- Acciones incumplidas, 4.5.2 Gestión contractual – Inadecuada ejecución del plan de Compras.
(2) ORIGEN: Consigne la procedencia del hallazgo, No Conformidad, No conformidad Potencial y/o Oportunidad de mejora o Riesgo materializado. La Oportunidad de mejora puede surgir del análisis propio de cada proceso, Auditoría interna, Auditoría Externa y otros que pueda identificar.
Para identificar el origen, utilice los números del 1 al 7, de acuerdo con la siguiente clasificación:
(7) DESCRIPCIÓN DEL H, NC, NCP, OM o RMT: Defina la situación evidenciada del hallazgo, / No Conformidad / Riesgo materializado y/o No Conformidad Potencial. Para el caso de la oportunidad de Mejora, documente la situación actual que da lugar a la mejora prevista.
ORIGEN DESCRIPCIÒN 1 Autoevaluación.
Nota: Acción de Mejora, se considera toda acción que incrementa la capacidad de la organización para cumplir los requisitos; por tanto, no actúa sobre problemas reales o potenciales.
2 Auditoría efectuada por la Oficina de Control Interno. 3 Auditoría interna al Sistema Integrado de Gestión- SIG 4 Auditoría Externa al SIG (ente certificador.) 5 Revisión por la Dirección 6 Auditoría Fiscal. 7 Otros orígenes (3) FECHA DEL H, NC, NCP, OM o RMA: Registre la fecha (dd/mm/aaaa) del informe final de la Auditoría de los Entes Externos y/o de Control, Oficina de Control Interno, Autoevaluación que generó el Hallazgo, la No conformidad, la No conformidad Potencial, Oportunidad de Mejora o RMA.
(8) ANÁLISIS DE CAUSA: Registre el análisis realizado en equipo de gestores de proceso para determinar la razón de ocurrencia del hallazgo, no conformidad o no conformidad potencial. El análisis de causa para la oportunidad de mejora opera en forma similar al realizado para los hallazgos, no conformidades y /o no conformidades potenciales, en este caso se describe las situaciones que se pueden mejorar para que el proceso se desarrolle de una forma más eficiente, eficaz y/o oportuna, a través de acciones de mejora.
(4) TIPO DE ACCIÓN (Correctiva, Preventiva o de Mejora): Registre Correctiva, si corresponde a hallazgos, no conformidades o Riesgo Materializado; Preventiva, para el caso de una no conformidad potencial; o de Mejora, si corresponde a una Oportunidad de mejora detectada en la autoevaluación, Auditoria Interna o Auditoria Externa de Calidad.
(9) ACCIONES: Registre las acciones para eliminar las causas que originaron el hallazgo, la no conformidad, no conformidad potencial. Es importante señalar que para un hallazgo se puede implementar más de una acción. Cuando se trate de oportunidades de Mejora, debe registrarse en esta casilla las acciones a través de las cuales se logrará la mejora del proceso, para el desarrollo de este numeral se recomienda tener en cuenta el Anexo 2 “Aspectos Generales Formulación de Acciones Correctivas, preventivas y de Mejora”
Nota 1: se debe tener cuidado en la cuantificación del número de hallazgos / No Conformidades, No conformidades Potenciales, Oportunidades de Mejora o Riesgos Materializados, para no contabilizar el número de acciones como si se tratara de hallazgos.
(10) INDICADOR: Determine indicadores que permitan reflejar el cumplimiento de las acciones establecidas.
(11) METAS CUANTIFICABLES: Es la expresión cuantitativa, concreta, medible, realizable y verificable que se espera alcanzar.
Nota 2: en caso de que una No Conformidad Potencial se haga realidad, se convierte en una No Conformidad, por tanto, se deben realizar todas actividades de análisis de causa e inscribirla en el plan de mejoramiento con su respectiva (s) acción (es) correctiva (s).
(5) INFORME ORIGEN: Nombre del informe de auditoría o periodo de la Autoevaluación, donde se detectó el hallazgo, no conformidad, oportunidad de mejora o riesgo materializado (12) ÁREA RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN: Registre el área o dependencia responsable de ejecutar la acción. La responsabilidad de la ejecución puede estar compartida en varias áreas o dependencias, por lo que es necesario indicar para cada acción la dependencia responsable de su cumplimiento. Si las Dependencias pertenecen a diferentes procesos las Hallazgos deben incluirse en cada uno de ellos con su acción respectiva.
Ejemplo: Auditoría Especial de seguimiento al Plan de Mejoramiento, Auditoría Regular vigencia xxxx, informe de Austeridad en el Gasto, Autoevaluación semestre xx de xxx, etc.
(13) RECURSOS: Señale solamente los recursos adicionales que requiere la ejecución de la acción.
(6) CAPÍTULO: Registre el numeral, título o página del informe donde se encuentre incluido el Hallazgo.
77 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-77 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 (14) CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN (dd/mm/aaaa): Periodo durante el cual se determina la ejecución de la acción. Está compuesto por:
NCPM: No conformidad potencial materializada, se utiliza en el caso de que una No conformidad potencial se concrete.
Fecha Inicial: Fecha prevista a partir de la cual se iniciará la ejecución de las acciones. Registre la fecha en formato (dd/mm/aaaa).
Actualizado por: Registre el nombre y cargo del (os) servidor (s) que realizó (aron) el seguimiento por parte del proceso correspondiente Fecha Final: Fecha prevista en que se concluirá la ejecución de las acciones. Registre la fecha en formato (dd/mm/aaaa).
(15) RESULTADO INDICADOR: Determine el resultado del indicador a la fecha de corte del seguimiento, expresado mediante la formula En caso, de que la actualización se requiera efectuar en fechas posteriores a la verificación realizada por la Oficina de Control Interno, como resultado de un informe de la Auditoría Fiscal, Auditoria Externa o una modificación solicitada por un Proceso del SIG, se debe registrar el nombre del funcionario que actualiza el plan; es decir, corresponderá al nombre de un funcionario del Proceso o uno de la Oficina de control Interno.
(16) GRADO DE AVANCE FÍSICO EJECUCIÓN DE LAS METAS (Seguimiento del Proceso): Indique en valores porcentuales, el progreso de la ejecución de la meta establecida, frente al avance de las acciones.
El Plan de mejoramiento actualizado de debe ser comunicado mediante Comunicación oficial interna al responsable del Proceso correspondiente.
Verificado por: Registrar el nombre del (os) servidor (es) que realizó (aron) la verificación de las acciones implementadas, así como la fecha de verificación.
(17) SEGUIMIENTO DEL PROCESO: Espacio diligenciado por los responsables del proceso, donde se consigna el resultado del seguimiento efectuado a las acciones implementadas y la descripción del documento que soporta su ejecución.
Nota: Los hallazgos cerrados por la Oficia de Control Interno (en sus auditorías o con sustento en los informes de entes externos (Auditoría Fiscal y / o Firma de auditoría Externa), deben ser traslados por el Proceso respectivo a la hoja de “Hallazgos Cerrado).
Nota: Para el diligenciamiento de los formatos, es importante no combinar celdas, ya que esto impide el procesamiento de la información. Si se implementaron varias acciones, debe utilizarse una fila para cada una de ellas y en el consecutivo para estos casos, colocar el mismo número del hallazgo para las acciones asociadas.
Fecha de actualización: Corresponde a la última fecha de actualización del plan; si éste no sufre modificaciones, permanecerá la fecha del seguimiento.
(18) VERIFICACIÓN DE ACCIONES (OCI): Espacio diligenciado por la Oficina de Control Interno - OCI, a partir de la verificación efectuada por los auditores internos de calidad o de control interno, donde se consigna en forma clara y precisa la eficacia de las acciones implementadas.
Fecha de Verificación: corresponde a la fecha en la que la OCI realizó la verificación de acciones.
Anexo 2 Aspectos Generales Formulación de Acciones Correctivas, preventivas y de Mejora (19) ESTADO DEL H, NC, NCP, OM o RMA: Determine el estado del hallazgo, No conformidad, No conformidad potencial, oportunidad de mejora o riesgo materializado, de acuerdo con la verificación efectuada a la eficacia de las acciones implementadas así:
Utilice las letras A, C, A* y NCPM.
A: Abierto C: Cerrado, FORMULACIÓN DE ACCIONES: Las acciones correctivas y de mejora son las acciones implementadas para eliminar la causa de un hallazgo, una no conformidad o un riesgo materializado; las acciones preventivas, se toman para eliminar la causa de una situación a mejorar, una situación potencialmente no deseable real o potencial; por lo anterior, es necesario identificar las causas que genera el hallazgo, la no conformidad o la no conformidad potencial.
A*: Solicitud y/o reiteración de solicitud de cierre. Se utiliza en los casos en que la Oficina de Control Interno sugiere el cierre de los hallazgos formulados por los entes Externos y/o de control (Auditoría Fiscal y Auditoría Externa de Calidad) y tan solo ellos autorizan en cierre mediante informe.
IDENTIFICACIÓN DE LAS CAUSAS: para la identificación de las causas, el equipo de gestores de proceso, llevará a cabo un análisis minucioso del hallazgo, con el fin de determinar porqué razón (es)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-78 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 78 se presentó el hallazgo o situación formulada por la auditoría correspondiente, utilizando para ello, la columna 8 (análisis de causa) del Anexo Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora, teniendo en cuenta la totalidad de aportes de los integrantes del equipo. TÉCNICAS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LAS CAUSAS: existen muchos métodos y herramientas disponibles en una organización para determinar la causa de un hallazgo o no conformidad, desde una lluvia de ideas hasta técnicas más complejas de resolución sistemática de problemas (por ejemplo, análisis de causa raíz, diagramas de pescado, “los cinco porqué”, diagramas de árbol, etc.). La extensión y eficacia de la acción correctiva depende de la identificación de la verdadera causa raíz.
FORMULACIÓN DE ACCIONES: para la formulación de acciones, se utiliza la columna 9 (acciones) del Anexo Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora, teniendo en cuenta la totalidad de aportes de los integrantes del equipo.
* Viable ‑ factible: es necesario que se analicen los posibles obstáculos en su ejecución. Desde un punto de vista estratégico, las medidas que se han de tomar deben producir los efectos a corto y mediano plazo. Por lo tanto, son formulaciones que miran hacia el futuro y parten de la experiencia pasada. La acción a ejecutar debe prevenir que el hallazgo, la no conformidad; no conformidad potencial, oportunidad de mejora o Riesgo materializado vuelva a ocurrir, eliminando la causa o situación que la generó. Además de las anteriores consideraciones a tener en cuenta, es preciso resaltar que la redacción de la acción a ejecutar, debe iniciar con un verbo que determine la acción a llevar a cabo, redactado preferiblemente en tercera persona del tiempo presente y complementarse con el objeto y la condición, ejemplo: Analizar, conocer, describir, enumerar, explicar, recordar, relacionar, resumir, aplicar, construir, demostrar, elaborar, experimentar, hacer funcionar, manejar, usar, utilizar, planificar, aceptar, apreciar, comportarse, preferir, respetar, sentir, tolerar, valorar, entre otros.
El complemento de la acción, Las acciones correctivas, preventivas y de mejora deben tener un perfil de calidad que responda a las siguientes características:
VERBO OBJETO CONDICIÓN Realizar Estudios e investigaciones * Contextualizada: deberá tomar en consideración el momento y la situación en la que se detectó el hallazgo, la no conformidad, No conformidad Potencial o el riego materializado, así como el conjunto de actores que intervienen en la situación cuya mejora se propone. Ha de ser real, acorde con el momento presente.
Para promover el desarrollo integral del talento humano al servicio de la entidad. EFICACIA DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS, PREVENTIVAS Y DE MEJORA: Situación que dio origen a acción correctiva, preventiva o de mejora tiende a ser individual en su naturaleza, se pueden utilizar una variedad de métodos o actividades para el cierre de la misma. Por ejemplo, algunas requerirán una verificación en el sitio (la cual puede requerir visitas posteriores), mientras otras pueden ser cerradas en forma remota revisando evidencia documentada).
* Clara: debe ser entendible y concreta sin dar pie a libres interpretaciones. * Coherente: con la evaluación realizada: deberá estar asociada a las fortalezas y debilidades señaladas, por lo que es conveniente precisar la correspondencia entre los juicios de valor (puntos fuertes y débiles) y por ende que la acción conlleve a la mejora.
* Creativa: en ocasiones se trata de aportar nuevas soluciones a viejos y reiterados problemas.
* Fundamentada: la calidad y pertinencia de la evidencia aportada no deben dejar lugar a la duda sobre la idoneidad y pertinencia de las acciones consideradas en la misma.
Antes de decidir cerrar un hallazgo, no conformidad, no conformidad potencial u Oportunidad de mejora, debe revisarse que la dependencia realizó la acción, el análisis de la causa y los resultados se lograron a través de la acción, siendo necesario asegurar que exista evidencia objetiva (incluyendo documentación soporte) para demostrar que la acción propuesta ha sido totalmente implementada y eficaz para prevenir la recurrencia de la no conformidad o hallazgo o acción de mejora, por tanto, procede su cierre.
* Medible: formulada de manera que su resultado sea observable. * Priorizada: prevalece la propuesta más importante para eliminar las causas que originaron las observaciones, consensuada entre el mayor número de personas involucradas, como garantía de compromiso de la ejecución de dicha propuesta.
En el evento que, producto del análisis efectuado por la Oficina de Control Interno, se evidencie que las acciones no fueron eficaces, se mantendrá abierto el hallazgo, no conformidad o acción de mejora y se comunicará al responsable para que realice nuevamente el análisis de causas y el rediseño de la acción, junto con la modificación de fechas, meta e indicador.
79 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-79 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2
8. CONTROL DE CAMBIOS
DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN VERSIÓN NO. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA Cambio de denominación.
1.0 R.R. 015 del 13 de marzo de 2003 Se armoniza las acciones correctivas y preventivas del SGC con los instrumentos que se venían manejando en el SCI, Plan de Mejoramiento y Mapa de Riesgos, se reformulan actividades, se modifica el formato de reporte de Acciones Correctivas o Preventivas, se elimina el anexo 1 “Formato de análisis del nivel de impacto”. Se establecen anexos: 1 Acciones Correctivas y/o de Corrección – Plan de Mejoramiento; 2 Acciones Preventivas
- Plan de Manejo de Riesgos; 3 Acciones de Mejora – Plan de Aumento de Capacidad.
Se cambian los registros. 2.0 R.R. 043 del 8 de septiembre de 2003 Cambio de denominación del procedimiento.
Se reajusta y actualiza el objetivo, alcance, base legal, definiciones, registros y anexos. Se reformula el ejecutor y las actividades, teniendo en cuenta la eliminación del Consejo de Calidad, el cambio de responsable de proceso. Se establece la responsabilidad del seguimiento en cabeza de cada dependencia. Se modifica el anexo No. 3:”Reporte de Acciones Correctivas y Preventivas (Acciones de Mejora – Plan de Aumento de Capacidad)”, teniendo en cuenta el concepto de mejora continua.
3.0 R.R. 024 del 29 de Junio de 2005 El procedimiento se modifica de conformidad con los cambios determinados en el procedimiento para el control de documentos internos del sistema de gestión de la calidad, adoptado mediante Resolución Reglamentaria No. 042 de noviembre 9 de 2005. En la columna responsable se cambia la denominación de Coordinador GAE por Coordinador Grupo Especial de Investigaciones Forenses.
4.0 R.R. 017 de 2006 Reemplazo del término “Observación” por No Conformidad Potencial. Ajuste de actividades para trabajar por proceso y no por dependencia. Ajuste de actividades con el fin de establecer el manejo del plan de mejoramiento de la Auditoria General de la República y la Auditoria Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C. Se incluyó el tema del manejo de riesgos, incluyendo su metodología. Se ajustaron los anexos 1, 2 y 3.
5.0 R.R. 022 del 23 de Noviembre de 2007 Se incluyeron las actividades relacionadas con la verificación de acciones que estaban contenidas en el procedimiento de Evaluaciones Independientes. Se determinaron dos puntos de control, así: Uno relacionado con la información reportada por cada responsable de proceso y otro respecto a que los resultados del seguimiento 1, 2 y 3 son validados y refrendados por el Jefe de la Oficina de Control Interno.
Se suprimió la columna de indicadores del anexo 2, reporte de acciones preventivas – Plan Manejo Riesgo.
Se ajustó el medio en el cual se remiten los anexos 1,2 y 3 a la Oficina de Control Interno por parte de los Responsables del Proceso.
6.0 R.R. 021 del 23 de diciembre de 2008 Se ajusta y actualiza base legal teniendo en cuenta el Acuerdo 361 de enero 6 de 2009 y normas técnicas de calidad.
Se actualiza el logo de acuerdo a Resolución Reglamentaria No. 15 de mayo 29 de 2009.
Se ajusta el numeral 7.1 Análisis de Información, Actividad 2 en materia de Riesgos donde cada proceso en equipo de análisis debe adelantar de manera periódica la revisión y actualización de sus riesgos como mínimo una vez en el año, dejando el correspondiente registro en Acta.
Se ajusta el numeral 7.3 verificación de acciones en el registro de la actividad No. 4, incluyendo la frase “y/o correo medio electrónico”.
Se discriminan los Puntos de Control y Observaciones en la respectiva columna.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-80 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 80 DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN VERSIÓN NO. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA 7.0 Resolución Reglamentaria 027 de octubre 23 de 2009. Se elimina el Anexo 3 “Reporte de Mejora Continua” en el entendido que la mejora continua se logra mediante los resultados de las auditorías internas, el análisis de datos, las acciones correctivas y preventivas y la revisión por la dirección (numeral 8.5.1 de la norma de calidad), en tal sentido, se modifica el nombre del Procedimiento, así: “Procedimiento para la Implementación de Acciones Correctivas y Preventivas”.
El procedimiento cambia de Versión 7.0 a 8.0, se actualiza el logo institucional y se modifica el inicio del alcance del procedimiento, así: “El procedimiento inicia con la conformación del equipo de análisis del proceso del SGC, para la formulación de acciones y termina con la presentación en el Comité de Coordinación del SCI de los resultados del seguimiento a los anexos 1 y 2 y del Mapa de Riesgos Institucional”.
Base Legal. Se actualizan las normas NTC ISO 9001: 2008 y GP 1000:2009 y se adiciona el Decreto 4485 de 2009 y normas relacionadas con el daño antijurídico.
Definiciones. Se incluyen definiciones relacionadas con el daño antijurídico y mapa de Riesgos.
Registros. Se modifican los registros de acuerdo con los ajustes efectuados a las actividades del procedimiento.
Descripción del Procedimiento. Se ajustan y complementan las actividades del procedimiento, junto con registros, puntos de control y observaciones.
Anexos:
- En el anexo 1 se elimina una columna que indica la fecha de ejecución.
- En el Anexo 2, se incluye el origen 8 “riesgos antijurídicos”.
- Se ajusta redacción de los instructivos de los anexos 1 y 2 y se suprime la columna que indica el nombre del responsable.
- Se incluye el anexo, “Modelo para la Formulación de Acciones Correctivas y Preventivas y Verificación de la Eficacia”.
- Se adiciona el Anexos 6 “Modelo para la Elaboración del Mapa de Riesgos Institucional”.
8.0 Resolución Reglamentaria No. 023 de octubre 05 de 2010.
- El procedimiento cambia de versión 8 a 9.
- Se agrega a la actividad 5 la actualización y entrega de los anexos 4 y 5 debidamente diligenciados al Responsable del Proceso.
- Se adiciona a la actividad 6 la remisión a la Dirección de Planeación en medio físico y vía Outlook, en últimos cinco (5) días del mes de enero, la evaluación y actualización de los riesgos, con el fin de actualizar el Mapa de Riesgos Institucional, (Anexos 4 y 5)”.
- Se incluye la actividad 7: “Actualiza el Mapa de Riesgos Institucional, con base en el reporte de actualización de riesgos remitidos por los responsables de procesos, efectuados en el mes de enero de cada vigencia”.
- En las actividad 2 se elimina la observación.
- Se complementa la actividad 1 e instructivos de los anexos 1 y 2 con “Informe de la Revisión por la Dirección e Informe de Gestión por Proceso”.
- Las demás actividades se corre la numeración.
81 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-81 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN VERSIÓN NO. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA 9.0 R.R. 005 de febrero 17 de 2011 El procedimiento cambia de versión 9 a 10. Cambio de nombre del Procedimiento por: Para Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora Se modificó el alcance. Se suprimió la siguiente normatividad: Constitución Política de Colombia, artículo 90. “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas”. Ley 87 de Noviembre 29 de 1993, artículo 4, literales a, b y c, artículo 8 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones". Ley 872 de 2003, “Por la cual se crea el Sistema de Gestión de la Calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios”. Decreto 1716 de 14 de mayo de 2009, “Por el cual se reglamenta el artículo 13 de la Ley 1285 de 2009, el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 y del Capítulo V de la Ley 640 de 2001. Acuerdo 361 de Enero 6 de 2009, "Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D. C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones". Acuerdo Distrital 122 de 2004, “Por el cual se adopta en Bogotá D.C, el Sistema de Gestión de la Calidad creado por la Ley 872 de 2003”. Acuerdo 206 de marzo 17 de 2006, “Por medio del cual se ajusta la planta de personal de la Contraloría de Bogotá D.C. al sistema de nomenclatura y clasificación”. Decreto Nacional 4110 de 2004, “Por el cual se reglamenta la Ley 872 de 2003 y se adopta la Norma Técnica de la Calidad en la Gestión Pública – NTCGP 1000:2004” Decreto Distrital 387 de 2004, “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 122 de 2004 que adopta en Bogotá D.C., El Sistema de Gestión de la Calidad creado por medio de la Ley 872 de 2003”. Resolución 300 de 10 de octubre de 2008, “Por la cual se unifican y actualizan las disposiciones normativas que desarrollan la política de prevención del daño antijurídico y la defensa judicial para Bogotá D.C., artículo 3”. Resolución Reglamentaria 07 de 2012, “Por la cual se reglamenta el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, como órgano rector en Control Interno en la Contraloría de Bogotá, D.C.” Norma NTC - ISO 9000. Sistema de Gestión de la calidad –Fundamentos y Vocabulario. Se adicionó la siguiente normatividad:
Resolución Reglamentaria N° 016 de junio 27 de 201 2, “Por la cual se reglamenta el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, como órgano rector en Control Interno en la Contraloría de Bogotá, D.C.”
Norma ISO 14001:2004 Norma internacional que establece los requisitos para la implementación de un sistema de gestión ambiental Decreto 1599 de 2004 Adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano NTD SIG 001:2011. Norma Técnica Distrital del Sistema Integrado de Gestión para las entidades y organismos distritales.
Se adicionó la definición de observación.
Se incluyó el registro Informe Riesgo Antijurídico Se incluyeron las fuentes de mejoramiento, tales como: Riesgos de tipo Antijurídico, Anticorrupción, Anti trámites, Estratégicos, Otros Riesgos, Resultados de Encuestas, entre otros. Se complementó la actividad No. 16, en el sentido de que la solicitud de modificación de acciones y/o términos, debe efectuarse por lo menos con 1 mes de anticipación al vencimiento de las acciones. No procede solicitud de plazo para acciones vencidas. Se modificó la actividad No. 17: “Aprueba o desaprueba las solicitudes para la reformulación de causas, acciones o fecha de terminación programada en lo de su competencia, e REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-82 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 82 DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN VERSIÓN NO. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA 10.0 R.R. 024 de noviembre 20 de 2012 El procedimiento cambia de versión 10 a 11. Cambio de nombre del Procedimiento por: Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora Elaboración de la carátula del procedimiento, de acuerdo con el anexo 2-Estructura para elaborar procedimientos, del “Procedimiento para el control de documentos internos del Sistema Integrado de Gestión – SIG”. Modificación del alcance. Inclusión de la siguiente normatividad: Acuerdo No. 519 de diciembre 26 de 2012. Resolución Reglamentaria No. 020 de mayo 9 de 2013. Eliminación del ítem “Registros”, por encontrarse en la descripción del procedimiento. Organización de la normatividad por orden jerárquico. Ampliación de la definición de acción correctiva.
Inclusión de la definición de Gestores de Proceso. Organización alfabética de las definiciones de responsable y Responsable de Proceso. Modificación del nombre del registro acta de reunión. Cambio del nombre del registro en la actividad 3. Cambio del nombre del verbo en la actividad 4, seguimiento por verificar. Ampliación de la conceptualización en la actividad 5. Ampliación de la conceptualización en la actividad 7, así como en el punto de control. Inclusión en el numeral 7, descripción del hallazgo…, del instructivo 1 para el diligenciamiento del anexo 1 - plan de mejoramiento - acciones correctivas, preventivas y de mejora de: Concepto acción de mejora. Inclusión del numeral 8, análisis de causa. Inclusión dentro del instructivo 2, “Aspectos generales formulación de acciones correctivas y preventivas y verificación de la eficacia”, de los ítems relacionados con: formulación de acciones, identificación de las causas, técnicas para la identificación de las causas y eficacia de las acciones correctivas y preventivas. Cambio del orden de los numerales 9 a 21, en razón de la inclusión del numeral 8. Modificación de la actividad 10 y su observación, relacionada con la verificación por parte de un auditor no perteneciente al proceso Evaluación y Control. Modificación en la actividad 11 de la palabra semestral por trimestral. Ampliación de la observación de la actividad 12. Modificación del nombre de la Dirección de Informática por Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en las actividades y observaciones de las actividades 13 y 14, así como ampliación de su conceptualización. Ampliación de la conceptualización de las actividades 15, 16 y 17, así como la observación de la No. 15. Inclusión del detalle de los numerales de los riesgos del numeral 2, origen de los riesgos 8.1. a 8.5., del instructivo para el diligenciamiento del anexo 1 - plan de mejoramiento acciones correctivas, preventivas y de mejora. Ampliación de la conceptualización del numeral 3, fecha del hallazgo…., del instructivo para el diligenciamiento del anexo 1 - plan de mejoramiento - acciones correctivas, preventivas y de mejora, incluyendo los nombres completos de los entes formuladores de hallazgos. Inclusión en el numeral 4, tipo de acción, del instructivo para el diligenciamiento del anexo 1 - plan de mejoramiento - acciones correctivas, preventivas y de mejora. Complementación del numeral 20, estado del hallazgo, del instructivo para el diligenciamiento del anexo 1 - plan de mejoramiento - acciones correctivas, preventivas y de mejora, de la definición de la letra A*, agregando: y/o reiteración de solicitud de cierre. Complementación del numeral 21, equipo auditor, del instructivo 1 para el diligenciamiento del anexo 1 - plan de mejoramiento - acciones correctivas, preventivas y de mejora, de la definición, agregando: así como la fecha de verificación. Incorporación de la columna 8, análisis de causa, en la matriz anexo 1 plan de mejoramiento- acciones correctivas, preventivas y de mejora y modificación del orden de numeración de las columnas siguientes y ajuste del instructivo 2, “Aspectos generales formulación de acciones correctivas y preventivas y verificación de la eficacia”. Incorporación del control de cambios dentro de la estructura del procedimiento.
83 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-83 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN VERSIÓN NO. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA El procedimiento cambia de versión 11 a 12.
11.0 R.R. 044 de octubre 30 de 2013 Modificación en la actividad 1 de las fuentes de mejoramiento, reemplazando:
El concepto del numeral 5: Auditoría Entes de Control Externos por: Peticiones, Quejas y Reclamos El concepto del numeral 6: Peticiones, Quejas y Reclamos por: Auditoría Fiscal.
El concepto del numeral 7: Riesgos por: Producto No Conforme.
El concepto del numeral 8: Producto No Conforme por: Riesgos.
8.1. Antijurídico 8.2. Corrupción 8.3. Anti trámites 8.4. Estratégico 8.5. Otros Riesgos Modificación en la actividad 5, agregando el origen 5, PQR´s en lo relacionado con la resolución de reformulación de acciones o fechas por parte de la Oficina de Control Interno y el trámite de las solicitudes ante los entes de control, cambiando el origen 5, Auditoría Entes de Control Externos, por el origen 6, Auditoría Fiscal.
Modificación en la actividad 7, sustituyendo el término entes de control por ente de control.
Complemento en las actividades 1, 2, 9 y 11 de los conceptos, no conformidades y/o no conformidades potenciales.
Supresión en la actividad 10 del párrafo “En el caso del Proceso de Evaluación y Control, se efectuará una verificación semestral”.
Subdivisión de la columna 15 de la matriz anexo 1 plan de mejoramiento- acciones correctivas, preventivas y de mejora en dos, así: una para el registro de la fecha inicial de ejecución de las acciones y otra para la final.
Complemento de la actividad 12 con el párrafo: Los resultados de la verificación a las acciones formuladas para la mitigación de los riesgos de los diferentes orígenes servirán como insumo para realización de la evaluación a los mapas de riesgos institucional y de corrupción, así como el seguimiento correspondiente al cumplimiento de las orientaciones y obligaciones derivadas del plan anticorrupción y de atención al ciudadano consolidado por la Dirección de Planeación, presentando un informe semestral.
Inclusión en la actividad 12 de la observación: la Oficina de Control Interno publicará en la página Web las actividades realizadas sobre el seguimiento plan anticorrupción y de atención al ciudadano.
Eliminación en la actividad 15 del concepto origen 5, Auditoría General de la República.
Modificación del Instructivo 1, “Diligenciamiento del Anexo 1-Plan de Mejoramiento- Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora”, numeral 2, origen, reemplazando las siguientes convenciones: El concepto del numeral 5: Auditoría Entes de Control Externos por: Peticiones, Quejas y Reclamos El concepto del numeral 6: Peticiones, Quejas y Reclamos por: Auditoría Fiscal.
El concepto del numeral 7: Riesgos por: Producto No Conforme.
El concepto del numeral 8: Producto No Conforme por: Riesgos.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-84 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 84 DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN VERSIÓN NO. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA 12.0 R. R. No. 010 de Febrero 24 de 2014 El procedimiento cambió de versión 12.0 a 13.0. Se ajustó del nombre del procedimiento.
Se modificó el inicio del alcance.
Se modificó el objetivo.
Se ajustó y actualizó el normograma, teniendo en cuenta el Decreto 943 M a y o 21 de 2014 y Resoluciones Reglamentarias de actualización del Modelo Estándar de Control Interno-MECI; Manual del Sistema Integrado de Gestión-SIG; Caracterizaciones de los procesos del Sistema Integrado de Gestión-SIG y Comités Directivo y de Coordinación del Sistema de Control Interno.
Ajuste en las definiciones acción de mejora, equipo de gestores de proceso, plan de mejoramiento y responsable.
Eliminación de las definiciones acción preventiva, no conformidad potencial, observación y riesgo.
Se ajustó el formato por Anexo Plan de Mejoramiento-acciones correctivas y de mejora, así como el correspondiente instructivo.
Se suprimió la columna 21Nombre del auditor de la Oficina de Control Interno y fecha de la verificación, pasando al final de la matriz.
Descripción del Procedimiento. Se ajustaron y complementaron las actividades del procedimiento, junto con registros, puntos de control y observaciones:
Se ajustó el nombre del ítem 6.1, por Formulación de causas y acciones Se sustituyó la actividad 1, por: la comunicación por parte de la auditoría interna, externa y/o del ente de control del Informe final al auditado, señalándole la obligación de inclusión de los hallazgos, no conformidades o acciones de mejora en el Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas y de Mejora, con su correspondiente observación.
La anterior actividad 1, de identificación de los hallazgos, no conformidades y/u oportunidades de mejora por parte de los responsables de procesos (se excluyó al Contralor como responsable de proceso), se convirtió en la actividad 2, pasándose de 12 fuentes de mejoramiento a 7.
La actividad 2 de realización de la clasificación de los hallazgos, no conformidades y/o acciones de mejora por parte del responsable del proceso, pasó a ser la actividad 3.
La actividad 3 de análisis de causa de acuerdo con las tres metodologías existentes y diligenciamiento del anexo correspondiente, se ajustó y pasó a constituir la actividad 4. Se ajustó la observación y se cambió la numeración del instructivo “Aspectos generales formulación de acciones correctivas y preventivas y verificación de la eficacia”, pasando de No. 2 a 3.
La actividad 4, de identificación de las acciones correctivas, preventivas o de mejora y registro de las acciones y demás información complementaria requerida en el Anexo 1 por parte de los responsables de procesos, se ajustó y pasó a constituir la actividad 5, modificándose en la observación el término equipo de trabajo por el de equipo de gestores de proceso.
La actividad 7 de remisión de los planes de mejoramiento por parte de los responsables de procesos a la Oficina de Control Interno, se ajustó y convirtió en la actividad 6. Igualmente, se modificó el registro correspondiente al anexo 1, suprimiendo el término “preventivas” y el punto de control relacionado con el análisis de la consistencia del plan por parte de la Oficina de Control Interno, pasó a la nueva actividad 6.
85 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-85 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN VERSIÓN NO. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA 13.0 RR. 021 de Junio 11 de 2015 El procedimiento cambió de versión 13.0 a 14.0.
- Se complementó el Objetivo del procedimiento.
- Se complementó el Alcance del procedimiento.
- Se ajustaron los verbos rectores de cada actividad y puntos de control 6.0 Descripción del Procedimiento / 6.1 Formulación de causas y acciones: Se ajustaron y complementaron las actividades del procedimiento, junto con registros, puntos de control y observaciones, así:
Actividad 1: Incluye en la actividad un registro Actividad 2: Se incluye Observación, resaltando la importancia de que “Cada hallazgo debe estar clasificado en uno de los orígenes” Actividad 4: Se excluye de la actividad la frase que indica “El análisis de causa debe realizarse en equipo de gestores del proceso y estar soportado en acta de reunión” y se traslada como observación. Actividad 5: En esta actividad se incluye un registro y se elimina el punto de control Actividad 6: Se ajusta la observación resaltando la importancia de la racionalización en el uso del papel Actividad 7: Modifica punto de control de la actividad, incluye un registro y complementa la observación establecida. Actividad 8: Se incluye en este punto, nueva actividad que consiste en “Ejecutar las acciones planteadas en el anexo 1 - Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas y de Mejora” responsables de su ejecución “Contralor Auxiliar, Director, Jefe de Oficina, Responsable de Proceso y/o Profesional responsable”. Igualmente se establece un Punto de Control: “Seguimiento por parte del responsable del proceso, que las acciones se ejecuten dentro de los términos previstos”. Actividad 9: Corresponde al punto 8 de la anterior versión y se ajustó y complemento la redacción de esta actividad. 6.0 Descripción del Procedimiento / 6.2 Seguimiento y verificación: Se ajustaron y complementaron las actividades del procedimiento, junto con registros, puntos de control y observaciones, así: Actividad 1: Se trasladó la frase “Cuando los entes externos y/o de control efectúan el cierre de los hallazgos, no conformidades y acciones de mejora a través de sus informes, los responsables de los procesos no deben excluirlos del Anexo Plan de mejoramiento, hasta tanto la Oficina de Control Interno efectúe la verificación correspondiente, reemplazando la solicitud o sugerencia de cierre: A* por el cierre: C, con fundamento en el mencionado informe del ente externo y/o de control” a la columna de observación. Actividad 3: Se modifica el verbo rector de la actividad y se ajusta su redacción. Actividad 4: Se ajusta y complementa la redacción en lo que refiere a la actividad y observación Actividad 5: Se ajusta y complementa la redacción en lo que refiere a la actividad y observación Actividad 7: Se incluye nuevo registro. Anexo 1 / Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas y de Mejora: Se elimina espacio para la firma teniendo en cuenta que la matriz se remite vía SIGESPRO o por correo Institucional. Instructivo 1 / Diligenciamiento del Anexo 1 - Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas y de Mejora: Responsable del proceso: Se elimina “Nombre y cargo del servidor responsable del proceso. Registre la firma una vez diligenciado el anexo”. Este punto se elimina totalmente teniendo en cuenta que esta misma información está incluida en el final del formato. (3) Fecha del H, NC, o AM: Se ajusta y complementa la redacción, quedando de la siguiente manera “Registre la fecha (dd/mm/aaaa) del informe final de la Auditoría de los Entes Externos y/o de Control, Oficina de Control Interno, Autoevaluación que generó el Hallazgo, la No conformidad o la Acción de Mejora” (5) Informe origen: Nombre del informe de auditoría o periodo de la Autoevaluación, Se incluye “donde se detectó el hallazgo, no conformidad o acción de mejora” (13) Responsables de la ejecución: Se reemplaza “La responsabilidad de la ejecución de la acción puede estar compartida en varias áreas o dependencias, por lo que es necesario indicar el (los) nombre(s), el cargo del (los) funcionario(s) y la dependencia de los responsables de la ejecución de la acción” (16) Resultados del indicador: se incluye para complementar: Determine el resultado del
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-86 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 86 DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN VERSIÓN NO. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA 14.0 RR. 071 de diciembre 30 de 2015 El procedimiento cambió de versión 14.0 a 15.0. se ajusta en los siguientes aspectos:
El nombre del procedimiento se ajusta agregando el término “Preventivas”
Se complementó el Objetivo y el Alcance del procedimiento con los términos de “No conformidades potenciales” y “riesgo materializado”
De la base legal se retiran las RR.046 de 2014 y 016 de 2015, ya que no tienen injerencia directa en el procedimiento Se adiciona las definiciones de: “Acción preventiva”, “No conformidad Potencial”,” Oportunidad de Mejora” y “Riesgo Materializado”.
Se ajusta la definición de “Plan de mejoramiento”
Descripción del procedimiento: Se ajustaron y complementaron las actividades del procedimiento, los verbos rectores de cada actividad y puntos de control y observaciones, así:
Actividad 2: Se incluye la observación, “Origen 7: de este origen hacen parte los riesgos materializados (RMA)”.
Actividad 2 y 3, se ajusta la redacción de la actividad y se introduce“, no conformidades potenciales, oportunidades de mejora y/ o Riesgo Materializado”
Actividad 4, se ajusta la redacción de la actividad y de la Observación.
Actividad 5, se adiciona a la observación. “Si un H, NC, NCP, OM o RMA, tiene más de una acción, en las cuales intervengan diferentes Procesos, el H, NC, NCP, OM o RMA y la acción correspondiente debe incluirse en el respectivo Plan de mejoramiento de cada proceso.”
Actividad 6, se agrega en la columna de responsable “Responsable del proceso” y se retira profesional responsable. Se ajusta la observación para indicar que “el Plan de mejoramiento debe remitirse a través del SIGESPRO”.Igualmente Actividad 7, se ajusta la observación para indicar que “En el caso de que el Plan de mejoramiento sea el resultado de los hallazgos de las auditorías internas, la oficina de Control interno comunicara la aceptación del mismo al proceso mediante memorando, para lo cual contará con (3) tres días hábiles después de recibido el Plan.”
Actividad 9, se ajusta la observación para indicar que “El plazo programado de ejecución de las acciones solo se ampliara previa justificación por una única vez.
La aceptación de estas solicitudes deberá comunicarse por parte de la oficina de control internos en los dos (2) días posteriores a su recibo.”
Actividad 10, se agrega en la columna de responsable “Responsable del proceso”. Se ajusta la redacción de la observación, y se modifica la periodicidad para el seguimiento en los siguientes términos El seguimiento se efectuará al menos tres (3) veces al año, para lo cual se tendrá en cuenta la Circular vigente que determina las fechas de reporte de información”
Actividad 12, se elimina “cuatrimestralmente”. El punto de control se cambia el término
- ”Acción” por “oportunidad”. En la observación se elimina “Esta verificación tendrá una periodicidad cuatrimestral”
Actividad 14, en la descripción de la actividad se adiciona “mediante memorando, atreves de SIGESPRO” y en la observación se elimina “Cuatrimestrales”.
El anexo 1 “ Modelo Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas y de Mejora” se modifican en los siguientes aspectos:
87 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-87 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN VERSIÓN NO. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA 15.0 R.R. 029 de agosto 31 de 2016 Código formato: PGD-01-002 PROCEDIMIENTO PARA AUDITORÍA INTERNA AL Código documento: PEC-03 Versión:
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN 13.0 Página: 1 de 22 FECHA: 11 DE AGOSTO DE 2016 Aprobó elaboración o modificación Revisión técnica Firma: Firma:
Nombre: CARMEN ROSA MENDOZA SUÁREZ Nombre: BIVIANA DUQUE TORO Cargo: Jefe Oficina de Control Interno Cargo: Directora Técnica de Planeación
1. OBJETIVO
2. ALCANCE
Evaluar el mantenimiento del Sistema Integrado de Gestión, de acuerdo con los requisitos normativos e institucionales, mediante el establecimiento de actividades para planificar, programar, ejecutar e informar los resultados de la auditoría interna, para contribuir de modo sistemático a la mejora continua.
El procedimiento inicia con la consulta del Programa Anual de Auditoria Internas – PAAI, para determinar el cronograma de las Auditorías Internas al Sistema Integrado de Gestión-SIG y finaliza con la entrega del informe consolidado a los responsables de Proceso y alta Dirección.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-88 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 88
3. BASE LEGAL
TIPO DE NORMA FECHA DESCRIPCIÓN Ley 594 14/07/2000 “Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones”.
Ley 872 30/12/2003 Por medio de la cual se crea el Sistema de Gestión de la Calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios.
NTC-ISO 14001 2004 01/12/2004 Norma Internacional – Requisitos del Sistema de Gestión Ambiental.
NTC-ISO 17799 15/06/2005 Preservación de las características de confidencialidad, integridad y disponibilidad.
NTC-ISO 27001 15/10/2005 Tecnologías de la información – Técnicas de seguridad. Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información, Requerimientos.
NTC-ISO 9000 22/12/2005 Sistema de Gestión de la Calidad – Fundamentos y Vocabulario.
NTC - OHSAS Colombiana 18001 24/10/2007 Sistemas de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional. Requisitos NTC-ISO 9001:2008 14/11/2008 Norma Internacional - Requisitos del Sistema de Gestión de la Calidad.
NTC-ISO 26000 13/09/2010 Guía sobre Responsabilidad Social Ley 1474 12/07/2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”
NTC ISO 19011:2011 15/11/2011 Directrices para la Auditoria de Sistemas de Gestión.
Decreto No. 652 28/12/2011 "Por medio del cual se adopta la Norma Técnica Distrital del Sistema Integrado de Gestión para las Entidades y Organismos Distritales”.
NTD-SIG 001:2011 28/12/2011 Norma Técnica Distrital del Sistema Integrado de Gestión para las entidades y organismos Distritales.
Acuerdo 519 26/12/2012 “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica su planta de personal y se ajustan el sistema de nomenclatura y los grados de la escala salarial de la planta de personal y se dictan otras disposiciones".
Decreto No. 943 21/05/2014 “Por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno – MECI”.
RR 016 29/05/2015 “Por la cual se adopta la nueva versión de algunos documentos del Sistema Integrado de Gestión y se dictan otras disposiciones”
4. DEFINICIONES
Nota 1. Puede haber más de una causa para una no conformidad.
* Acción correctiva: Conjunto de acciones tomadas para eliminar la (s) causa (s) de una no conformidad detectada u otra situación no deseable.
Nota 2. La acción correctiva se toma para evitar que algo vuelva a producirse, mien- 89 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-89 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 revisar, examinar y evaluar los resultados de la gestión de un proceso. tras que la acción preventiva se toma para prevenir que algo suceda.
Nota 3. Existe diferencia entre corrección y acción correctiva.
* Auditor Interno: Persona encargada de desarrollar las fases de planeación y ejecución de la auditoría interna al Sistema Integrado de Gestión en una organización o entidad.
* Acción Preventiva: Conjunto de acciones tomadas para eliminar la (s) causa (s) de una no conformidad potencial u otra situación potencial no deseable.
* Auditor Acompañante: Persona que hace parte del Equipo Auditor y participa desarrollando actividades relacionadas con la auditoría, bajo la orientación del auditor líder.
Nota 1. Puede haber más de una causa para una no conformidad potencial.
Nota 2. La acción preventiva se toma para prevenir que algo suceda, mientras que la acción correctiva se toma para evitar que vuelva a producirse.
Nota 1: Perfil del Auditor Acompañante: conocimientos de las normas en las que se basa el sistema de gestión a auditar, formación como auditor en alguno de los Subsistemas del Sistema Integrado de Gestión-SIG.
* Administrador de la Auditoría Interna: Servidor público de la Oficina de Control Interno formado como auditor en alguno de los Sistemas de Gestión, quien liderará la programación, planeación y ejecución de la auditoría interna al sistema integrado de gestión.
* Auditor Interno de Calidad: Servidor público capacitado como Auditor Interno al Sistema Integrado de Gestión o quien demuestre formación en este tema mediante acreditación expedida por institución autorizada.
* Auditor Líder: Asignado para coordinar la auditoría al sistema integrado de gestión, quien coordinará con el Equipo Auditor la planificación, ejecución y elaboración del informe.
Nota 1: Perfil del Administrador de la Auditoría: Formación como auditor, mínimo en una de las normas técnicas de los Subsistemas que conforman el Sistema Integrado de Gestión-SIG, experiencia en el desarrollo auditorías a sistemas de gestión, conocimiento del contexto organizacional de la entidad.
Nota 1: Perfil del Auditor Líder:conocimientos de las normas en las que se basa el sistema de gestión a auditar, formación como auditor en algunos de los subsistemas del SIG, experiencia en ejecución de auditoría al Sistema Integrado de Gestión, mínimo dos (2) ejecuciones de auditoría interna a alguno de los subsistemas del SIG.
* Alcance de la auditoría: Extensión y límites de una auditoría. Refiere a las áreas, actividades, procedimientos, componentes, programas o proyectos a ser revisados en la fase de ejecución. El alcance de la auditoría incluye generalmente una descripción de las ubicaciones, las unidades de la organización, las actividades y los procesos, así como el período de tiempo cubierto. 1 * Auditoría: Proceso sistemático, independiente y documentado para obtener evidencias que, al evaluarse de manera objetiva, permiten determinar la extensión en que se cumplen los criterios definidos para la auditoría interna.
Nota 1. Las evidencias consisten en registros, declaraciones de hechos o cualquier otra información que sea pertinente para los criterios de auditoría, y que sea verificable.
Nota 1. El alcance de la auditoría incluye generalmente una descripción de las ubicaciones, los procesos y las actividades desarrolladas implementadas en la organización, así como el periodo de tiempo cubierto.
* Auditado: Organización, proceso o dependencia que es auditada.
* Auditor: Persona capacitada con las competencias y habilidades requeridas que se designa para Nota 2. Las auditorías internas, denominadas en algunos casos como auditorías de primera parte, se realizan por o en nombre de la propia organización, para la revisión por la Dirección y con otros fines internos. Pueden constituir la base para una autodeclaración de conformidad de una organización. 1 ISO 19011:2011 numeral 3.14 Alcance de auditoria REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-90 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 90 * Ciclo de Auditoría: Comprende los periodos a evaluar durante una vigencia para la realización de las auditorías internas al sistema integrado de gestión. y experiencia en ejecución de auditorías a algunos de los subsistemas del SIG; este auditor deberá llevar a cabo todos los deberes aplicables a un líder de equipo.
* Cliente de Auditoría: Organización o persona que solicita una auditoría.
* Evaluación Auditor: Mecanismo mediante el cual se establecen los criterios para la evaluación del conocimiento, comportamiento y desempeño de los auditores. Se realizará por parte del auditado.
* Evidencia de la Auditoría: Registros o declaraciones de hechos o cualquier otra información que son pertinentes para los criterios de Auditoría y que son verificables.
Nota 1. En el caso de una auditoría interna, el cliente de auditoría también puede ser el auditado o la persona que maneja el programa de auditoría. La solicitud de auditoría externa puede venir de diferentes fuentes tales como: entes reguladores, partes contratantes o clientes potenciales.
Nota: La evidencia de la auditoría puede ser cualitativa o cuantitativa.
* Competencia: Atributos personales y aptitud demostrada por el auditor para aplicar conocimientos y habilidades para alcanzar los resultados pretendidos.
* Experto Técnico: Persona que aporta conocimientos específicos o experiencia al equipo auditor.
Nota 1. Un experto técnico no actúa como un auditor en el equipo.
Nota 1: La capacidad implica la aplicación apropiada del comportamiento personal durante el proceso auditor.
* Formato de Evaluación de los Auditores: Formato de anexo que contiene una serie de preguntas relacionadas con el tema que permiten evaluar el desempeño del auditor.
* Conclusiones de la Auditoría: Resultado de una auditoría que proporciona el equipo auditor al considerar el desarrollo de los objetivos y los hallazgos de la Auditoría.
* Conformidad: Cumplimiento de un requisito.
* Corrección: Acción inmediata tomada para eliminar una No Conformidad detectada.
* Criterio de Auditoría: Conjunto de políticas, procedimientos o requisitos utilizados como referencia.
- Gestores de Proceso: Equipo multidisciplinario que participa en la gestión del proceso e identifi- ca las situaciones objeto de análisis (hallazgos, no conformidades, entre otras), proponiendo las acciones requeridas para el manejo de éstas. En el equipo de gestores deben participar los jefes y funcionarios de las dependencias que integran los procesos.
- Informes de Auditoría: Resultado presentado por escrito una vez se ha realizado la auditoria.
Nota 1. Los criterios de auditoría se utilizan como una referencia frente a la cual se compara la evidencia de la auditoría.
- Lista de Verificación: Instrumento o herramienta que permite definir criterios a partir de los cuales se miden y evalúan los procesos o características del objeto auditado, permitiendo evidenciar si se cumple con los criterios establecidos.
Nota 2. Los criterios de auditoría son requisitos legales (incluyendo los reglamentarios), los términos “Cumple” o “No Cumple” se utilizan a menudo en los hallazgos de auditoría.
* Equipo Auditor: Auditores que llevan a cabo una auditoría con el apoyo, si es necesario, de expertos técnicos.
- Mejora Continua: Actividad recurrente de optimi- zación del sistema de gestión para lograr mejoras en el desempeño de forma coherente con las políticas y los requisitos de la organización.
Nota 1. A un auditor del equipo auditor se le designa como líder del mismo.
- Mejora de la Calidad: Parte de la gestión de la calidad orientada a aumentar la capacidad de cumplir con los requisitos de la calidad.
Nota 2. El equipo auditor puede incluir auditores acompañantes (en formación).
- No Conformidad: Incumplimiento de un requisito.
Nota 3. La auditoría puede ser realizada por un solo auditor que tenga la formación 91 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-91 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 a auditar, requisitos a tener en cuenta según la norma, equipo auditor y términos para ejecutar.
- No Conformidad Potencial: Posibilidad de que ocurra una desviación respecto del cumplimiento de un requisito, pero que si no se hace algo al respecto, terminará ocurriendo convirtiéndose en un incumplimiento real.
- Registro: Documento que presenta resultados obtenidos o proporciona evidencia de actividades desempeñadas.
- Requisito: Necesidad o expectativa establecida, generalmente implícita u obligatoria.
- Objetivo de la Auditoría: Establece lo que se pretende alcanzar durante la ejecución de la au- ditoria.
Nota 1. “Generalmente implícita” significa que es habitual o una práctica común para la entidad, sus clientes y otras partes interesadas, el que la necesidad o expectativa bajo consideración esté implícita.
- Observación: Criterio expresado por el verifica- dor, favorable o desfavorable, respecto de una condición operativa observada. Puede convertirse en una oportunidad de mejora o en una condición que se desea mantener por el beneficio que re- presenta para el Sistema Integrado de Gestión.
Nota 2. La palabra obligatoria, se refiere, generalmente, a disposiciones de carácter legal.
- Oportunidad de mejora: Acción permanente realizada con el fin de aumentar la capacidad para cumplir los requisitos y optimizar el desempeño.
De acuerdo con el tipo de auditoría se puede referir a las debilidades, las recomendaciones o las no conformidades.
Nota 3. Pueden utilizarse calificativos para identificar un tipo específico de requisito, por ejemplo, requisito de un producto y/o servicio, requisito de la gestión de la calidad, requisito del cliente.
Nota 4. Los requisitos para la realización de un producto o la prestación de un servicio se refieren, pero necesariamente no se limitan, a aquellos que una entidad debe cumplir para satisfacer al cliente o cumplir una disposición legal.
- Plan de Mejoramiento por Procesos: Elemento de Control, que contiene los planes administrati- vos con las acciones de mejoramiento que a nivel de los procesos y de las áreas responsables den- tro de la Organización Pública, deben adelantarse para fortalecer su desempeño y funcionamiento, en procura de las metas y resultados que garanti- zan el cumplimiento de los objetivos de la entidad en su conjunto.
Nota 5. Un requisito especificado es aquel que se declara, por ejemplo, en un documento.
- Política Ambiental: Lineamientos e intenciones generales de una organización relacionadas con la mejora del subsistema de gestión ambiental, expresados formalmente por la Alta Dirección.
- Reunión de Apertura: Reunión del equipo auditor con los auditados, que tiene como propósito pre- sentar al Equipo Auditor, exponer el objetivo de la auditoría, la metodología a aplicar y confirmar los canales de comunicación con el auditado.
- Proceso: Conjunto de actividades mutuamente relacionadas o que interactúan, las cuales trans- forman elementos de entrada en resultados.
Nota 1. Los elementos de entrada para un proceso generalmente constituyen salidas de otros procesos.
- Reunión de Pre cierre: Reunión presidida por el Jefe de la Oficina de Control Interno y/o Adminis- trador de la Auditoría con el equipo auditor con el objeto de validar los resultados de la auditoria antes de su presentación al auditado.
Nota 2. Los procesos de una entidad son, generalmente planificados y puestos en práctica bajo condiciones controladas, para generar valor.
- Reunión de Cierre: Presidida por el equipo au- ditor con el objeto de presentar los hallazgos y conclusiones de la auditoria de tal manera que sean comprendidos y discutidos con el Jefe de la dependencia auditada y el responsable del proceso.
- Programa de Auditoría: Conjunto de una o más auditorias planificadas para un periodo determi- nado y dirigidas hacia un propósito específico.
- Riesgos del Programa de Auditoría: En la ela- boración del programa de auditoría se debe tener en cuenta entre otros aspectos la identificación y
- Programa de Auditoría Interna del Sistema Integrado de Gestión (PAISIG): Documento que establece el proceso y/o las dependencias
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-92 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 92 evaluación de los distintos riesgos asociados con el establecimiento, la implementación, el seguimiento y la mejora de un programa de auditoría que pueden afectar el logro de sus objetivos; tales como: Fallas al establecer objetivos de la auditoría y alcance del programa, competencia del equipo auditor, tiempo insuficiente para el desarrollo del programa, desacuerdos entre las partes, entre otros riesgos.
- Sistema de Gestión: Método para establecer la política y logro de los objetivos.
métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una Entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos. Se operativiza a través del Modelo Estándar de Control Interno
- MECI, el cual permite el diseño, desarrollo y operación del Sistema de Control Interno.
- Subsistema de Gestión Ambiental - SGA:
Conjunto de actividades adelantadas tanto por las instituciones del Estado como por los particulares, con el objeto de evaluar en un momento y en un espacio determinados, las interacciones entre el medio ambiente y los elementos que se relacionan y/o aspiran a relacionarse con él, con el propósito de concertar, adoptar y ejecutar decisiones con efectos de corto, mediano y largo plazo, encaminadas a lograr un desarrollo sostenible.
- Sistema Integrado de Gestión: Conjunto de orientaciones, procesos, políticas, metodologías, instancias e instrumentos orientados a garantizar un desempeño institucional articulado y armónico, que se encuentra conformado por los siguientes subsistemas: de Gestión de la Calidad (SGC);
Interno de Gestión Documental y Archivo (SIGA); de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI); de Seguridad y Salud Ocupacional (S&SO); de Responsabilidad Social (SRS); de Gestión Ambiental (SGA); de Control Interno (SCI).
- Sistema Integrado de Gestión Distrital: Herra- mienta de gestión sistemática y transparente com- puesta por el conjunto de orientaciones, procesos, políticas, metodologías, instancias e instrumentos que permitan garantizar un ejercicio articulado y armónico, para dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados, enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de las entidades distritales.
- Subsistema de Gestión de Seguridad de la Información – SGSI: Comprende la política, es- tructura organizativa, procedimientos, procesos y recursos necesarios para implantar la gestión de la seguridad de la información. De este modo, un SGSI se implanta de acuerdo a estándares de se- guridad como el ISO 27001 (el cual fue adoptado por la Comisión Distrital de Sistemas), se basa en códigos de buenas prácticas y objetivos de control como los establecidos en ISO 17799, el cual se centra en la preservación de las características de confidencialidad, integridad y disponibilidad.
- Subsistema de Gestión y Seguridad y Salud En El Trabajo – SG-SST: Este subsistema especifica los requisitos destinados a permitir que la entidad controle sus riesgos para la seguridad y salud en el trabajo – SST y mejore su desempeño. Estos riesgos se ven asociados a condiciones y factores que afecten o podrían afectar la salud y seguridad de empleados, trabajadores temporales, contratis- tas, visitantes y cualquier otra persona en el lugar de trabajo. El referente por excelencia para este tema es la norma OHSAS18001:2007, la cual es de aplicación voluntaria.
- Subsistema de Gestión de la Calidad S.G.C:
Apunta a adoptar una visión estratégica que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, especialmente orientado a mejorar la calidad de los productos, a consolidar estándares que reflejen las necesidades implícitas y obligatorias, a proveer información confiable, a promover la transparencia, la participación y el control político y ciudadano, a garantizar el fácil acceso al información relativa a resultados del sistema, a emprender acciones preventivas y correctivas, a tener cultura por la mejora continua, a buscar relaciones óptimas entre calidad y costo, a satisfacer a los ciudadanos, a simplificar procesos y a crear un sistema laboral orientado hacia la productividad, entre otros beneficios.
- Subsistema de Control Interno –SCI: Se entien- de por control interno el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de planes,
- Subsistema de Responsabilidad Social - SRS:
Herramienta de gestión organizacional, transversal a los diferentes sistemas de gestión, que garantiza la sostenibilidad de las acciones, proyectos y políticas públicas, teniendo en cuenta los grupos de interés con los que se relaciona, más allá de las obligaciones legales, basada en la ética
93 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-93 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2
- PEC-03-003.
* Anexo No. 4. Lista de Verificación, Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión o Formato de Evaluación de los Subsistemas del SIG - PEC- 03-004.
* Anexo No. 5. Reporte de No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales - PEC-03-005. y transparencia, que responden a un compromiso con la satisfacción al interior. La norma ISO 26000 es el documento de referencia guía sobre responsabilidad social y establece como principios la transparencia, la rendición de cuentas, el respeto a la ley y a los derechos humanos. En consecuencia la Contraloría de Bogotá acepta la responsabilidad para abordar los impactos de sus decisiones y actividades a través de un comportamiento transparente y ético, que está integrado en toda la organización y se lleva a la práctica en todas sus decisiones.
* Anexo No. 6. Informe Consolidado de Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión - PEC- 03-006.
* Anexo No. 7.Formato de Evaluación de los Auditores por Parte de los Auditados - PEC-03-007.
- Subsistema Interno de Gestión Documental y Archivo –SIGA: La gestión documental es el conjunto de actividades que permiten el control de los documentos y registros requeridos en la gestión de la institución y el cumplimiento de los requisitos de la normatividad legal aplicable, determina el tiempo de creación, eliminación o conservación definitiva, convirtiéndose así en un factor clave para la optimización de los procesos.
A este subsistema le aplica lo establecido en la Ley 594 de 2000, “Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones” y en el Decreto 514 de 2006, el cual establece la obligación a cada entidad pública de tener un Subsistema Interno de Gestión Documental y Archivo como parte del Sistema de Información Administrativa del Sector Público.
- Verificación: Confirmación mediante la aporta- ción de evidencia objetiva de que se han cumplido los requisitos especificados o la eficacia de las acciones implementadas.
- Verificador: Funcionario independiente del pro- ceso que se está verificando, quien ha estudiado los documentos relacionados con la operación del proceso y lleva a cabo una o varias entrevistas de campo para constatar que los procesos alcanzan los resultados planificados o sí existen desvia- ciones en la operación que deban ser resueltas para asegurar los resultados correctos y sí los procedimientos, guías, protocolos, instrucciones, formularios y otros documentos relacionados con el proceso efectivamente contribuyen con la operación eficiente y eficaz del mismo.
5. ANEXOS
* Anexo No. 1. Listado de Auditores Internos del Sistema Integrado de Gestión - PEC-03-001.
* Anexo No. 2. Programa de Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión - PEC-03-002.
* Anexo No. 3. Identificación y Análisis de Riesgos REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-94 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 94
6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
6.1. Programación y Ejecución de Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL/ OBSERVACIONES 1 Jefe Oficina de Control Interno o Administrador de la Auditoría Interna Consulta el Programa Anual de Auditorías Internas – PAAI para determinar la programación de la Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión-SIG.
Observación: Si el Jefe de la Oficina de Control Interno no se encuentra certificado como auditor en alguno de los Subsistemas de Gestión, podrá solicitar a la Dirección de Talento Humano, la comisión de un servidor de la Oficina de Control Interno como Administrador de Auditoría.
Observación:
Los requisitos de los Auditores Internos son: Servidor público formado como auditor interno de Calidad y /o en alguno de otros Subsistemas que conforman el Sistema Integrado de Gestión de la Entidad y experiencia en ejecución de auditorías. Ver perfil de Auditor en el acápite de Definiciones.
Selecciona los Auditores del listado de Auditores Internos al SIG de la Entidad.
Comunicación oficial La Oficina de Control Interno, previo a la selección de los auditores, envía a través del correo institucional, el listado de auditores internos de SIG, a la Dirección de Talento Humano, para que realice la actualización de dependencias donde se encuentran ubicados los auditores internos que lo conforman. interna solicitud Jefe Oficina de Control Interno o Administrador de la Auditoría Interna.
2 comisión Solicita a la Dirección de Talento Humano la comisión de los Auditores Internos al SIG (Ver Anexo 1. Listado de Auditores Internos al Sistema Integrado de Gestión).
Si un funcionario cumple los requisitos y desea hacer parte del “Listado de auditores Internos de la entidad”, deberá allegar la solicitud junto con los documentos que certifiquen su formación y/o experiencia la Dirección de Talento Humano, con copia a la Oficina de Control Interno.
Punto de Control La Dirección de Talento humano deberá verificar que los certificados correspondientes reposen en las hojas de vida de los funcionarios que se relacionan en el listado de Auditores internos al SIG de la Entidad.
3 Anexo 3 –Identificación de Riesgos.
Jefe Oficina de Control Interno y Auditores Internos adscritos a la Oficina de Control Interno.
Identifican y evalúa los riesgos de la Auditoria Interna a realizar y diligencia el anexo 3 - Identificación de Riesgos.
95 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-95 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL/ OBSERVACIONES Observación: Las auditorías internas al Sistema Integrado de Gestión se podrán realizar en forma integral o independiente para los Subsistemas de Gestión de la Calidad y los demás Subsistemas que considere la Alta Dirección.
Las Auditorías Internas al Sistema Integrado de Gestión se realizarán como mínimo una vez al año.
4 Profesional(es) asignado(s) (Oficina de control Interno Elabora el Programa de Auditoría Interna del Sistema Integrado de Gestión -PAISIG (Ver Anexo 2. Programa de Auditoría Interna del Sistema Integrado de Gestión - PAISIG) y lo presenta para revisión y aprobación del Jefe de la Oficina de Control Interno.
Para garantizar independencia en la ejecución de la auditoría, ningún auditor podrá auditar la dependencia donde haya laborado durante el último año ni su propio trabajo.
Punto de Control: Verifica la existencia de medidas de control para mitigar los riesgos.
5 Jefe Oficina de Control Interno o Administrador de la Auditoría Interna Aprueba el Programa de Auditoría Interna del Sistema Integrado de Gestión -PAISIG.
Programa de Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión - Anexo No. 2 Observación: En cada grupo auditor se designará un auditor líder para que direccione la auditoría en cada proceso. Punto de Control: Verifica que se incorporan en el PAISIG, todos los requisitos aplicables a los procesos.
Observación: A los auditores internos se les comunica el programa Sigespro, correo electrónico institucional.
Comunicación Oficial 6 Interna Jefe Oficina de Control Interno o Administrador de la Auditoría Interna Comunica el Programa de Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión -PAISIG a los Responsables de Procesos, Jefes de Dependencias y a los Auditores Internos.
En circunstancias especiales, de fuerza mayor o caso fortuito, el Jefe de la Oficina de Control Interno y/o administrador de la auditoría interna puede realizar modificaciones al programa.
Acta de Reunión 7 Jefe Oficina de Control Interno o Administrador de la Auditoría Interna Convoca a reunión a los auditores internos de calidad designados, con el fin de coordinar el desarrollo de la auditoría.
Observación: En esta reunión de coordinación se presentará: el objetivo, alcance, horarios de la auditoría, los procesos a auditar, los lineamientos para el desarrollo de la auditoría y los riesgos establecidos para el PAISIG, con base en las directrices establecidas por las normas internacionales para la auditoría a los sistemas de gestión y de acuerdo al programa aprobado.
8 Profesionales asignados (Equipo Auditor)
Revisa la documentación del SIG en la intranet y página web y demás información aplicable a la entidad y procesos a auditar.
Lista de verificación.
9 Profesional Especializado y/o Universitario. (Equipo Auditor).
Observación: Antes de las actividades in situ, se debe estudiar la información frente al cumplimiento de los requisitos, para establecer la suficiencia de la documentación del SIG o Subsistema a auditar. Lo anterior con el propósito de asegurar la coherencia de las preguntas con los requisitos de la norma y el objetivo de la auditoría.
Elabora la lista de verificación del proceso correspondiente, la cual debe reflejar los requisitos contenidos en las normas: NTC ISO actualizadas y que correspondan a cada uno de los subsistemas que hacen parte del Sistema Integrado de Gestión. (Ver Anexo 4. Lista de Verificación).
Punto de Control: Verifica que todos los requisitos a evaluar queden incluidos en la lista de verificación.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-96 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 96 No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL/ OBSERVACIONES Observación: El objeto de la reunión de apertura es presentar al equipo auditor y confirmar que el auditado conozca el objetivo, alcance, horario y metodología a aplicar.
Acta de reunión de apertura 10 Profesional Especializado y/o Universitario. (Equipo Auditor).
Realiza reunión de apertura con el Responsable del Proceso y/o Jefe de dependencia a auditar.
En caso de inasistencia del responsable del proceso, se registrará tal hecho en el acta de reunión de apertura.
Observación: Cuando se incluyan Auditorías Internas a los subsistemas diferentes al de Gestión de la Calidad, se podrá solicitar el apoyo de expertos sobre los temas relacionados con los subsistemas definidos en la auditoría interna al SIG.; quienes definirán la correspondiente lista de chequeo.
11 Profesional Especializado y/o Universitario. (Equipo Auditor).
Ejecuta Auditoría Interna a los subsistema(s) seleccionado(s) del Sistema Integrado de Gestión En las listas de verificación se debe registrar la situación que origina las No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales, así como las fortalezas, Oportunidades de Mejora y limitaciones evidenciadas durante el desarrollo de la auditoría.
Las No Conformidades, No Conformidades Potenciales y las Oportunidades de mejora se deben validar con los auditados al final de la visita de auditoría.
Observación: Durante la ejecución de la auditoría, en el momento que el equipo auditor lo considere pertinente, procede a entregar el anexo 7 “Formato de Evaluación de los Auditores por Parte de los Auditados”, a los servidores públicos auditados, a fin de que éstos evalúen su gestión durante la auditoría.
Anexo N° 7 Encuesta para evaluación de auditores diligenciado Entrega al auditado el formato de evaluación de auditores para su diligenciamiento.
12 Profesional Especializado y/o Universitario. (Equipo Auditor).
Los formatos diligenciados deberán ser remitidos al Jefe de la Oficina de Control Interno y / o administrador de la auditoría el mismo día de realización de la auditoría.
6.2. Informe de Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión No. RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES/PUNTOS DE CONTROL Anexo 5. Reporte de no conformidades 13 Profesional Especializado y/o Universitario. (Equipo Auditor).
Observación: Las No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales deben estar soportadas en evidencias ciertas y redactadas en forma clara, precisa y concisa, además debe contener la condición o evidencia y el criterio de auditoría con el requisito, norma o procedimiento que se incumple.
Elabora y presenta la versión preliminar del Reporte de No Conformidades y/o No conformidades potenciales al Jefe de Oficina de Control Interno y/o al Administrador de la Auditoría Interna (Ver Anexo 5. Reporte de No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales).
14 Jefe Oficina de Control Interno, Administrador de la Auditoría Interna, Profesional Especializado y/o Universitario. (Equipo Auditor).
Punto de Control: El Jefe de la Oficina de Control Interno y/o Administrador de la Auditoría Interna revisa detalladamente con los Equipos Auditores los Reportes de No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales resultado de la ejecución de la auditoría interna al SIG, con el objeto de llegar a un consenso y validación de acuerdo con los criterios establecidos en la lista de verificación.
Realizan reunión de precierre para analizar y discutir los Reportes de No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales presentados por los Equipos Auditores con el objeto de realizar su validación o no, previo a la realización de la reunión de cierre con los responsables de los procesos auditados.
Observación: A la reunión de precierre podrán asistir los funcionarios de la Oficina de Control Interno que el Jefe de la misma determine.
97 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-97 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 No. RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES/PUNTOS DE CONTROL Acta de reunión de Observación: Si se presentan divergencias entre el auditado y el equipo auditor frente a las No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales formuladas por este último, se debe consignar dichas divergencias en Acta; siendo el (la) Contralor (a) Auxiliar y el (la) Jefe de Oficina de Control Interno, quienes deben resolverla, entendiéndose éstas como la última instancia para dirimir discrepancias. cierre por proceso 15 Profesional Especializado y/o Universitario. (Equipo Auditor).
Realiza reunión de cierre de la auditoría con el Responsable de proceso y/o Jefe (s) de la (s) dependencia (s) auditada (s), con el propósito de comunicar los resultados de la auditoría.
El reporte de No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales (Anexo No. 5), debe ser firmado por el Responsable del Proceso auditado y el equipo auditor.
Es obligatoria la asistencia a la reunión de cierre de todos los funcionarios que adelantaron la auditoría.
Observaciones:
El Reporte de No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales debe presentarse en forma impresa al Responsable del Proceso y en medio magnético e impreso al (la) Jefe de Oficina de Control Interno.
Reporte de No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales (Anexo 5).
Entrega el Reporte de No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales al Responsable del Proceso, y/o Jefe (s) de la (s) dependencia (s) auditada (s) con copia al (la) Jefe de la Oficina de Control Interno.
Listas de Verificación y /o Formatos de 16 Profesional Especializado y/o Universitario. (Equipo Auditor).
Las listas de verificación se entregarán debidamente diligenciadas a la Oficina de Control Interno en medio magnético, por parte del Equipo Auditor, documentando todas las fortalezas, oportunidades de mejora, conclusiones y/o limitaciones, evidenciadas y anexando los documentos que soportan la ejecución de la auditoría.
Evaluación del Punto de Control: cumplimiento normativo de los subsistemas que se hayan auditado.
El Jefe de la Oficina de Control Interno o Administrador de la Auditoría revisa que La(s) lista(s) de Chequeo se hayan diligenciado en su totalidad.
Entrega las Listas de Verificación y /o Formatos de Evaluación del cumplimiento normativo de los subsistemas que se hayan auditado, debidamente diligenciadas al (la) Jefe de Oficina de Control Interno.
Se hayan efectuado los ajustes propuestos en las reuniones de Precierre y de cierre con el responsable del proceso auditado.
17 Profesionales(s) asignado(s) Oficina de control Interno Elabora el informe consolidado de auditoría interna al Sistema Integrado de Gestión y lo presenta al Jefe de la Oficina de Control Interno.
Observación: El informe consolidado, contendrá el Reporte de No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales y las Oportunidades de Mejora detectadas en cada proceso auditado, y lo suscribe el Jefe Oficina de Control Interno o Administrador de la Auditoría Interna.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-98 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 98 No. RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES/PUNTOS DE CONTROL Informe Consolidado de Auditoría Interna al Sistema Integrado 18 Jefe Oficina de Control Interno o Administrador de la Auditoría Interna Observación: Los Responsables de Proceso deben activar el Procedimiento de Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora. de Gestión.
Aprueba el informe consolidado de Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión y lo remite a los responsables de procesos y a la alta dirección, señalándole la obligación de inclusión de las no conformidades, no conformidades potenciales y/o oportunidades de mejora en el anexo 1 – Plan de Mejoramiento - Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora y remitirlos a la Oficina de Control Interno dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación del informe por parte de la Oficina de Control Interno.
19 Acta reunión de equipo gestores Observación: Se podrá invitar a la reunión a auditores de otros procesos que hayan participado en la auditoría.
Jefe Oficina de Control Interno o Administrador de la Auditoría Interna y Equipo de Gestores Adelanta reunión con los auditores del Proceso Evaluación y Control que participaron en la ejecución del PAISIG para analizar el desarrollo del programa de auditoría y determinar oportunidades de mejora.
Observación: En el caso de que un funcionario acredite ante la entidad la formación como auditor en algún Sistema de gestión, la Dirección de Talento Humano deberá informar a la Oficina de Control Interno para actualizar el Listado.
20 Jefe Oficina de Control Interno o Administrador de la Auditoría Interna y Equipo de Gestores Anexo No.
1. Listado de Auditores Internos del Sistema Integrado de Gestión
- PEC-03-001 Al administrador de la Auditoría se le contaran como horas, el 30% del total e horas programadas de auditorías.
Remite a la Dirección de Talento Humano el listado de los auditores internos al SIG, actualizado con las horas de auditoria ejecutadas en el PAISIG realizado para que sea incluido en la hoja de vida de los auditores que participaron en la auditoria interna al SIG.
La certificación de Horas como auditor en el SIG, estará a cargo de la Dirección de Talento Humano.
21 Técnico Administrativo Observación: Se realiza el archivo de los documentos generados durante la ejecución del procedimiento, de acuerdo con los lineamientos de gestión documental.
Archiva todos los registros y documentos de la Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión.
99 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-99 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2
7. ANEXOS
Anexo No. 1 – Listado de Auditores Internos del Sistema Integrado de Gestión Código formato: PEC-03-001 LISTADO DE AUDITORES INTERNOS DEL SISTEMA Código documento: PEC-03 Versión: 13.0 INTEGRADO DE GESTIÓN VIGENCIA. ___________________
Página x de y EXPERIENCIA AUDITOR CÉDULA NOMBRE CARGO PROFESIÓN Subsistema de Formación como No. de Horas Auditor Interno en Subsistemas del SIG.
Auditor Elaboró: _______________________________
Jefe Oficina de Control Interno Anexo No. 2 –Programa de Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión Código formato: PEC-03-002 Código documento: PEC-03 Versión: 13.0 PROGRAMA DE AUDITORÍA INTERNA AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Página x de y Objetivo General:
Alcance:
Vigencia:
Fecha:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-100 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 100 DURACIÓN FECHA Y HORA FECHA Y HORA DE OBSERVACIONES TERMINACIÓN PROCESO DEPENDENCIAS A AUDITAR NORMA Y REQUISITO EQUIPO AUDITOR DE LA AUDITORÍA AUDITORÍA INICIO AUDITORÍA ELABORACIÓN INFORME PROCESO REUNIÓN DE PRECIERRE Anexo No. 3 – Identificación y Análisis de Riesgos Código formato: PEC-03-003 Código documento: PEC-03 Versión: 13.0 IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGOS Página x de y IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGOS:
RIESGO2 EVALUACIÓN3 MEDIDAS DE CONTROL 4 Recursos y Criterios:
Recursos:
Criterios:
2 Riesgo: Breve descripción del riesgo a evaluar (Norma NTC-ISO 19011, Numeral 5.3.4.)
3 Evaluación: Calificación que se le da al riesgo.
4 Medidas de Control: Acciones de control que se va a tomar para evitar la materialización del riesgo.
101 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-101 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 ELABORADO POR: __________________________________
Auditor Interno – Oficina de Control Interno APROBADO POR: __________________________________
Jefe Oficina de Control Interno Anexo No. 4 – Lista de Verificación Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión o Formato de Evaluación de los Subsistemas del SIG Código formato: PEC-03-004 Código documento: PEC-03 Versión: 13.0 Página x de y LISTA DE VERIFICACIÓN AUDITORÍA INTERNA AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN O FORMATO DE EVALUACIÓN DE LOS SUBSISTEMAS DEL SIG VIGENCIA _________________ PROCESO ______________________RESPONSABLE PROCESO: ________________________
DEPENDENCIA: _______________________________________ FECHA: _________________
FUNCIONARIOS QUE ATIENDEN LA AUDITORÍA:
Nombre Cargo
_____________________________ __________________________________________________
_____________________________ __________________________________________________
_____________________________ __________________________________________________
CUMPLE CRITÉRIO DE AUDITORÍA O NORMA Y REQUISITO5 ACTIVIDAD / PREGUNTA OBSERVACIONES SI NO NTC ISO/GP/ FORTALEZAS:
OPORTUNIDADES DE MEJORA:
CONCLUSIONES::
AUDITOR (ES): ________________________________________________________________
________________________________________________________________
5 De Gestión de la Calidad (SGC), de Gestión Ambiental (SGA), de Gestión y Seguridad y Salud en el Trabajo (G-SST), de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI), de Responsabilidad Social (SRS), de Gestión Documental y Archivo (SIGA) y de Control Interno (SCI).
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-102 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 102 Anexo No. 5 –Reporte de No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión Código formato: PEC-03-005 REPORTE DE NO CONFORMIDADES Y/O Código documento: PEC-03 Versión: 13.0 NO CONFORMIDADES POTENCIALES Página x de y AUDITORÍA INTERNA AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Vigencia ________________ Proceso: ______________________________________________
Responsable de Proceso: ________________________________
Dependencia: ___________________________________________
CRITERIO DE NO CONFORMIDAD DEPENDENCIA No.
/ PROCESO DESCRIPCIÓN FECHA AUDITORÍA (NC) Y/O NO CONFORMIDAD NOMBRE AUDITOR INTERNO al AUDITADO AUDITORÍA No. Requisito - NTC SUBSISTEMA dd/mm/aa POTENCIAL SIG.
AUDITADO (NCP)
Firma responsable del proceso: _________________________________________
Firma integrantes equipo de auditoria: _________________________________________
Anexo No. 6 – Informe Consolidado de Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión (Caratula)
Código formato: PEC-03-006 Código documento: PEC-03 Versión: 13.0 Página x de y INFORME CONSOLIDADO DE AUDITORÍA INTERNA AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN 103 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-103 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 INFORME CONSOLIDADO DE AUDITORÍA INTERNA AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN VIGENCIA PREPARADO POR Auditores Internos al Sistema Integrado de Gestión CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.
MES, AÑO Anexo No. 6 - Informe Consolidado de Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión (Tabla de contenido)
Código formato: PEC-03-006 Código documento: PEC-03 Versión: 13.0 Página x de y INFORME CONSOLIDADO DE AUDITORÍA INTERNA AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN INFORME CONSOLIDADO DE AUDITORÍA INTERNA AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN VIGENCIA TABLA DE CONTENIDO
1. OBJETIVO.
2. ALCANCE.
3. CRITERIOS.
4. RESULTADOS.
5. FORTALEZAS.
6. CONCLUSIONES. (En términos de eficacia, adecuado y conforme)
Anexos (Consolidado del Anexo No. 5).
Anexo No. 7 –Formato de Evaluación de los Auditores por parte de los Auditados Código formato: PEC-03-007 EVALUACIÓN DE LOS AUDITORES POR PARTE DE LOS AUDITADOS Código documento: PEC-03 Versión: 13 Página x de y VIGENCIA _____________________ Con el objeto de mejorar continuamente el procedimiento de ejecución de autorías internas al Sistema Integrado de Gestión y de conocer la percepción de las personas entrevistadas. Por favor diligenciar el siguiente formato:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-104 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 104 Proceso: __________________ Responsable Proceso: ___________________________
Dependencia: __________________ Fecha de la Auditoría: ___________________________
Auditor A Evaluar: ______________________________________________________________
Señale con una X su respuesta de acuerdo con la siguiente escala de valores:
E= Excelente B=Bueno R=Regular D=Deficiente N.A= No aplica EVALUACIÓN DEL AUDITOR POR PARTE DEL AUDITADO ASPECTO CALIFICACIÓN E B R D N/A
1. Puntualidad en la realización de la auditoría
2. Enfoque y orientación de la Auditoría
3. Claridad de las preguntas realizadas durante la auditoría
4. Conocimiento del tema objeto de la evaluación
5. Ambiente de confianza brindado al auditado para preguntas, interpretación y aporte de las evidencias necesarias para la auditoría
6. Ecuanimidad y respeto en el trato con los entrevistados.
7. Cumplimiento del objeto de la auditoría
8. Actitud del auditor durante el desarrollo de la auditoría
OBSERVACIONES, SUGERENCIAS Y ASPECTOS A MEJORAR:
Firma y cargo del responsable del proceso y/o dependencia: ______________________________
Fecha: ________________________________
8. CONTROL DE CAMBIOS
VERSIÓN No. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA NATURALEZA DEL CAMBIO El procedimiento consideró especificar actividades esenciales para el desarrollo de las auditorías Internas.
1.0 R.R. 015 del 13 de marzo de 2003 Se incluyeron algunas definiciones propias de las Auditorías Internas de Calidad.
Se estableció paso a paso el ciclo de Auditoria interna de Calidad, adicionando actividades de seguimiento y verificación de acciones implementadas.
Se incluyeron actividades y se suprimieron otras.
2.0 R.R. 043 del 8 de septiembre de 2003
- Se incluyó la modificación del Programa Anual de Auditoria Interna de Calidad - PAAIC.
- Se eliminó la asignación de función de Auditor Interno, para funcionarios adscritos a la Oficina Asesora de Control Interno con formación de Auditores Internos.
- Se incluyó el cierre de hallazgos de origen 3 y 4 (Auditorías Internas y externas de Calidad) – en cumplimiento de actividades de seguimiento al plan de mejoramiento por parte de la Oficina Asesora de Control Interno, sin que medie un Programa de Auditorías Internas – PAIC.
- Se incluyeron algunas definiciones.
- Se adecuaron los anexos del procedimiento de auditoria interna del sistema de gestión de calidad, para evitar duplicidad de funciones y lograr anexos más simplificados:
Anexo 1- Programa Anual de Auditorías Internas de Calidad.
- Anexo 6 - Reporte de No conformidades y Observaciones.
105 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-105 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 VERSIÓN No. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA NATURALEZA DEL CAMBIO 3.0 R.R. 024 del 29 de Junio de 2005 El procedimiento se modifica de conformidad con los cambios determinados en el procedimiento para el control de documentos internos del sistema de gestión de la calidad, adoptado mediante Resolución Reglamentaria No. 042 de Noviembre 9 de 2005.
4.0 R.R. 017 de 2006 de Agosto 2 de 2006
- Se modificó el nombre del procedimiento de “Auditoria Interna del Sistema de Gestión de la Calidad” por “Procedimiento para evaluaciones independientes realizadas por la Oficina de Control Interno”.
- Se ajustaron las actividades acorde a la realización de cualquier auditoría o evaluación independiente a realizar por la Oficina de Control Interno.
- Se incluyeron las listas de verificación como registro.
- Eliminación del numeral 7.2 – Verificación de Acciones, por cuanto, las actividades se desarrollan a partir de la ejecución del procedimiento para la Implementación de Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora Continua.
- Reemplazo del término “Observación” por No Conformidad Potencial.
- Adición de portada par el Informe de No Conformidades y/o Observaciones – Anexo 6.
- Ajustes formatos
- Anexo 1 – Programa anual de auditoría
- Anexo 3 – Plan anual de auditoría
- Anexo 4 – Programa de auditoría
- Anexo 5 – Listas de verificación
- Anexo 6 – Reporte de No conformidades y/o Observaciones.
- Se incluyó dentro del procedimiento las evaluaciones al Sistema de Control Interno.
5.0 R.R. 022 del 23 de Noviembre de 2007 Se separa del Procedimiento para evaluaciones independientes realizadas por la Oficina de Control Interno las actividades de evaluaciones independientes de Control Interno y las actividades de Auditoria Interna de Calidad generando el procedimiento para auditoria interna del sistema de gestión de la calidad. Se determinan como formatos, los siguientes: Anexo No. 1. Programa anual de auditorías internas de calidad - PAAIC Anexo No. 2. Listado de auditores internos de calidad Anexo No. 3. Programa de auditoria interna de calidad - PAIC Anexo No. 4. Lista de verificación Anexo No 5. Reporte de no conformidades y/o no conformidad potencial Anexo No 6. Reporte no conformidades y/o no conformidades potenciales Anexo No. 7. Informe consolidado de auditoria interna de calidad. Se incluye las listas de verificación como registro en la actividad 4 del numeral 7.2.
6.0 R.R. 021 del 23 de diciembre de 2008
- Se ajustaron los puntos: alcance, definiciones, base legal, registros y anexos.
- Se ajustó la actividad No.5 frente al anexo correspondiente
- Se ajustaron los códigos determinados en el numeral 6, frente a los anexos.
- Se incluye socialización vía Outlook o Memorando como registro.
- En atención a lo observado por la visita de Auditoría Externa se aseguró la correcta elaboración de las listas de verificación, así como la inclusión de fortalezas en el Informe Preliminar de Auditoría Interna.
- Se discriminan los Puntos de Control y Observaciones en la respectiva columna.
El procedimiento cambia de Versión 7.0 a 8.0.
Se actualiza logo institucional.
Se modifica el alcance, así: el procedimiento inicia con el desarrollo de las Auditorías Internas de Calidad definidas en el Plan Anual de Evaluaciones Independientes – PAEI y finaliza con la socialización de los resultados de la auditoría interna de calidad a las dependencias que integran los procesos.
Base Legal: se actualizan las normas NTC ISO 9001: 2008 y GP 1000:2009 y se adiciona el Decreto 4485 de 2009.
7.0 R. R. 027 de octubre 23 de 2009 Definiciones: se suprime el Plan Anual de Auditorías Internas de Calidad (PAAIC).
Descripción del Procedimiento:
- Se modifica la actividad 1 y se suprime la observación.
- En la actividad 2 se suprime ciclo de auditoría y observación.
- Se modifica el orden y la redacción de las actividades 14 y 15.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-106 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 106 VERSIÓN No. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA NATURALEZA DEL CAMBIO 8.0 R.R. 023 de octubre 5 de 2010 El procedimiento cambia de Versión 8.0 a 9.0. Cambio de nombre del procedimiento: AUDITORÍA INTERNA AL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN. Se modificó el alcance del procedimiento.
- Se adicionó el registro Listas de Verificación y/o Formato de Evaluación del cumplimiento legal Ambiental y se modificó el registro: Informe Consolidado de Auditoría Interna del Sistema Integrado de Gestión.
En la Base Legal se suprimieron las siguientes normas:
- Constitución Política de 1991, artículos 209 y 269.
- Ley 87 de Noviembre 29 de 1993, “Por la cual se establecen normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones”, artículo 4, literales a, b y c, artículo 8.
- Decreto 4110 de Diciembre 9 de 2004, “Por el cual se reglamenta la Ley 872 de 2003 y se
- adopta la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública”.
- Acuerdo 122 de junio 28 de 2004, “Por el cual se adopta en Bogotá, D.C. el Sistema de Gestión de la Calidad, creado por la Ley 872 de 2003”.
- Decreto 387 de diciembre 2 de 2004, “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 122 de 2004 que adopta en Bogotá, D.C. el Sistema de Gestión de la Calidad, creado por medio de la Ley 872 de 2003”.
- Acuerdo 361 de Enero 6 de 2009, “Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D. C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones"
- Decreto 4485 de 18 de noviembre de 2009. “Por medio del cual se adopta la actualización de la Norma Técnica de Calidad de la Gestión Pública”.
En la Base Legal se adicionaron las siguientes normas:
- Decreto 652 de 2011, por el cual se adopta la norma NTD SIG 001:2011.
- Norma NTD SIG 001:2001 Directrices de la Norma Técnica Distrital del Sistema Integrado de Gestión para las entidades y organismos distritales.
- Resolución Reglamentaria N° 16 de junio 27 de 2012, “Por la cual se reglamentan los Comités Directivo, de Coordinación del Sistema de Control Interno y de Sistema Integrado de Gestión”.
Se adicionan las definiciones Sistema Integrado de Gestión; Sistema Integrado de Gestión Distrital y Revisión. Se efectuaron ajustes de redacción en el procedimiento. En la Descripción del Procedimiento:
- Se suprime el término “Administrador de las Auditorías” como Responsable en las actividades 1, 2, 4, 5, 6 11, 12, 13 y 15.
- En la actividad 2, se le adiciona a Auditores de Calidad el término “de la Entidad” y al segundo párrafo se le adiciona “(Ver Anexo 1. Listado de Auditores Internos de Calidad)”.
- En la actividad 3, al primer párrafo se le adiciona (Ver Anexo 2. Programa de Auditoría Interna de Calidad - PAIC)”. Sigespro y/o”.
- En la actividad 7, al párrafo se le adiciona “(Ver Anexo 3. Lista de Verificación)”.
- En la actividad 10, al párrafo se le adiciona “(Ver Anexo 4. Reporte de No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales)”.
Se incluyeron las definiciones Subsistema de Gestión de la Calidad y Subsistema de Gestión Ambiental. Se adicionaron los registros: Programa de Auditoría Interna del Sistema Integrado de Gestión – PASIG; Comunicación Oficial Interna; lista de verificación o formato evaluación del cumplimiento legal ambiental e Informe Consolidado de Auditoría del Sistema Integrado de Gestión. Se modificó el nombre de los Anexos No. 1, Listado de Auditores Internos del Sistema Integrado de Gestión y No. 2. Programa de Auditoría Interna del Sistema Integrado de Gestión-PAISIG y No. 6, Informe Consolidado de Auditoría Interna del Sistema Integrado de Gestión Formato. Se incluyeron los Anexos No. 3. Identificación y Análisis de Riesgos; Anexo No. 7, Perfil de Administrador de las Auditorías, Auditor Líder, Auditor Formato y Anexo No. 8, Encuesta para Evaluación de Auditores.
- En la Observación 13 y en la actividad 14 se cambió el término “Administrador de la Auditorías” por el de “Jefe de la Oficina de Control Interno”. En la actividad 5 se adiciona el término “Vía Descripción del Procedimiento, se adicionó la actividad 1, Consulta el PAEI para determinar la programación de las Auditorías Internas al Sistema Integrado de Gestión.
En la actividad 2, se incluyen observaciones relacionadas con el cumplimiento mínimo de requisitos del Administrador de las Auditorías del Sistema Integrado de Gestión. Control relacionado con la verificación de la existencia de medidas de control para mitigar los riesgos.
Se modifica la actividad 4, referente a la aprobación del Programa de Auditoría del Sistema Integrado de Gestión -PAISIG, así como el registro Programa de Auditoría del Sistema Integrado de Gestión -PAISIG.
En la actividad 6 se adicionó la observación relacionada con la selección de un auditor líder por cada Proceso, que coordine el análisis y consolidación y consolidación del informe.
Se adicionó la actividad 7: el equipo de auditoría realiza revisión de la información del SIG y de los procesos a auditar para lo cual deberá consultar la documentación del SIG en la intranet y demás información aplicable a la entidad en la página Web e intranet.
En la actividad 10, se adicionó la observación: “Cuando se incluya Auditoría Interna Ambiental, se debe solicitar el apoyo de un experto en el tema ambiental, quien definirá la lista de chequeo y/o Formato Evaluación del cumplimiento legal Ambiental”.
En la actividad 15, se incluyó la observación: Los responsables de procesos y/o jefes de dependencia deben incluir las No Conformidades y No Conformidades Potenciales de acuerdo al Anexo 1, Procedimiento para el Plan de Mejoramiento, acciones correctivas, preventivas y de mejora. Se adicionó la actividad 16, el Jefe Oficina de Control Interno “Genera un informe consolidado de los resultados de las auditorías, el cual será presentado en Comité del Sistema Integrado de Gestión”.
En la actividad 15, se incluyó la observación: Los responsables de procesos y/o jefes de dependencia deben incluir las No Conformidades y No Conformidades Potenciales de acuerdo al Anexo 1, Procedimiento para el Plan de Mejoramiento, acciones correctivas, preventivas y de mejora.
Se adicionó la actividad 16, el Jefe Oficina de Control Interno “Genera un informe consolidado de los resultados de las auditorías, el cual será presentado en Comité del Sistema Integrado de Gestión”.
107 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-107 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 VERSIÓN No. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA NATURALEZA DEL CAMBIO El procedimiento se ajustó de acuerdo con la nueva estructura para elaborar procedimientos, establecida en la Resolución Reglamentaria No. 017 de 2013 y con la versión 11.0 del Manual del Sistema Integrado de Gestión de la Contraloría de Bogotá D.C., adoptada mediante Resolución Reglamentaria No. 020 del 09 de mayo de 2013.
Se modifica el código del Procedimiento por: 09003.
En la Base Legal se agregaron las siguientes normas:
- Ley 1474 de 2012 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”.
- Acuerdo 519 de 2012, Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la contraloría de Bogotá
- Norma ISO 19001:2011. Se adiciona la definición Encuesta Auditor.
Se efectuaron ajustes de redacción en descripción del Procedimiento:
9.0 R.R 024 de 2012
- En la Actividad No. 3 se agregó “…de acuerdo a la estructura determinada en los procedimientos internos”
- En la Actividad No. 6 se quitó la palabra “Consolidación” que se encuentra repetida.
- En la Actividad No. 10 se adicionó el tema de la auditoría ambiental.
- Se incluyó la actividad No 11 en cuanto a la aplicación de la Encuesta para evaluación de auditores en el proceso donde efectuó la auditoría antes de la finalización de la misma.
En la Estructura del Informe
- Se Modificó la numeración teniendo en cuentan la actividad antes mencionadas, es decir comienza con la actividad No. 12 y termina con la actividad No. 22.
Se modificó la Actividad No 13 en cuanto a no limitar el procedimiento a fin de agilizar los términos En la Parte de los ANEXOS se modificaron:
- El anexo No. 7 se modificó el titulo por “Perfiles Auditores”, al igual que los requisitos del auditor líder en cuanto al aporte de la debida Certificación y del Auditor Acompañante en cuanto a incluir la palabra y/o, con el fin de dar la posibilidad de tener uno de los dos requisitos
En cuanto al Anexo No 8 se modificó la casilla No 3 de la columna denominada Pregunta eliminando los literales a, b y c, así como la modificación de la pregunta, quedando de la siguiente manera: “¿Cuál fue la actitud del auditor durante el desarrollo de la auditoría?”
El procedimiento se ajustó de acuerdo con la estructura para elaborar procedimientos, establecida en la Resolución Reglamentaria No. 017 de 2013 del 24 de abril de 2013 y la versión 12.0 del Manual del Sistema Integrado de Gestión de la Contraloría de Bogotá D.C., adoptada mediante Resolución Reglamentaria No. 001 del 03 de enero de 2014 en los siguientes numerales y temas:
OBJETIVO: En cuanto a su definición. ALCANCE: Se amplió la definición. NORMOGRAMA: Se incluyeron las siguientes normas: Ley 594 de 2000, ISO 27001 de 2005, ISO 17799 de 2005, Decreto 514 de 2006, OHSAS 18001 de 2007, ISO 26000 de 2010 y Decreto 943 de 2014 del 21 de mayo de 2014.
10.0 R.R. 044 de 2013 Se adicionaron las siguientes definiciones: Acción correctiva, acción preventiva, administrador de la auditoría interna, auditor interno, auditor interno de calidad, auditor líder, ciclo de auditoría, cliente de auditoría, competencia, desempeño ambiental, evaluación de los auditores, guía, No Conformidad Mayor -NCM, No Conformidad Menor -NCm, No Conformidad Potencial, objetivo de la auditoría, observación, oportunidad de mejora, parte interesada, principios de auditoría, reunión de apertura, sistema de gestión, Subsistema Control Interno -SCI, Subsistema de Gestión de Seguridad de la información – SGSI, Subsistema de Gestión y Seguridad y Salud en el Trabajo –SG-SST, Subsistema de Responsabilidad Social –SRS, Subsistema Interno de Gestión Documental y Archivo –SIGA y Verificador.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-108 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 108 VERSIÓN No. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA NATURALEZA DEL CAMBIO Sustitución de la definición funcionario por “servidor público”. Se complementaron las siguientes definiciones: Alcance de la Auditoría, con la Nota 1. Criterio de Auditoría, con la Nota 2. Auditor Acompañante Equipo Auditor, con las Notas 1 y 2. Evidencia de la Auditoría, con la Nota Experto Técnico, con la Nota 1. Gestores de Proceso No Conformidad Política Ambiental. En cuanto a la Descripción del Procedimiento: Se ajustó el título de ítem: 6.1. Programación y Ejecución de auditoría Interna al SIG.
En las actividades 1, 2, 4, 5 y 6, se adicionó el concepto Administrador de la Auditoría Interna; En lo referente a las actividades números 5 y 6, se complementó la observación.
En la actividad 2, se incluyó el concepto de Sistema Integrado de Gestión. En la actividad 4, se incluyó la observación referente a la designación del Auditor Líder.
Se complementaron las actividades número 8 y 10. En esta última, se complementó la observación. En la actividad 9, se complementaron el nombre del registro y la observación.
Respecto del numeral 6.2., Informe de Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión, se sustituyó la palabra del por al.
En la actividad 12, se cambió el número del anexo (4) por el número de anexo (5) y se complementó la observación. En la actividad 13, se adicionó el concepto Administrador de Auditoría Interna y se complementó el concepto Reunión de Precierre y las observaciones.
En la actividad 14 se complementó la observación. En la Actividad 15, se complementó el Registro Lista de Verificación y el Punto de Control. En la Actividad 16 se complementó la Observación.
En la actividad 17, se adicionó el concepto Administrador de Auditoría Interna. En la Actividad 18, se sustituyó el registro acta de reunión con los Integrantes de los Equipos Auditores por el Acta de Reunión con el equipo de Gestores del Proceso Evaluación y Control.
En la actividad 19, se incluyó como responsable al funcionario de cargo Técnico Administrativo.
Se complementó el nombre del anexo 4, Lista de Verificación Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión o Formato de Evaluación de los Subsistemas del SIG.
Se complementó el nombre del anexo 6, Informe Consolidado de Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión.
Se ajustaron los requisitos de los perfiles de los participantes en la Auditoría Interna al SIG en el anexo 7 “Perfiles de los Participantes en la Auditoría Interna al SIG”.
Se ajustó el formato anexo 8, requisitos de los perfiles de los participantes en la auditoría interna al SIG: “Formato de Evaluación de los Auditores por Parte de los Auditados”.
109 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-109 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 VERSIÓN No. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA NATURALEZA DEL CAMBIO Se actualizó el formato de modificación de la resolución.
Se incorporó la base legal dentro del cuerpo del procedimiento. Se actualizó la resolución que modifica el Manual del Sistema Integrado de Gestión-SIG.
Se sustituyó en las definiciones de: auditor, auditor interno, auditor acompañante, auditor líder, experto técnico, guía y verificador, el término “persona” o “funcionario” por “servidor público”. En la definición: conclusiones de la auditoría, se adicionó el párrafo: “Incluyen tanto el nivel de desarrollo y efectividad, como el desvío en el cumplimento de metas y objetivos”.
Se agregó la definición de fortaleza.
En la definición: oportunidad de mejora, se adicionó el párrafo: “De acuerdo con el tipo de auditoría se pueden referir a las debilidades, las recomendaciones o las no conformidades.”.
Se reemplazó en la observación de la actividad 3, en el registro de la actividad 4 y en la actividad 5, los párrafos donde que incluía el término “Las auditorías internas al del Sistema Integrado de Gestión” por “Las auditorías internas al Sistema Integrado de Gestión”. Se adicionó en la actividad 3, párrafo “Para garantizar independencia en la ejecución de la auditoría, ningún auditor podrá auditar la dependencia donde haya laborado durante el último año”, la frase: ni su propio trabajo.
Se modificó el párrafo de la observación de la actividad 5: “A los auditores internos se les comunica vía telefónica, Sigespro, Outlook o cualquier otro medio. “A los auditores internos se les comunica el programa vía telefónica, Sigespro, Outlook o cualquier otro medio.
Se modificó el párrafo de la actividad 8: Elabora la lista de verificación del proceso correspondiente, la cual debe reflejar los requisitos contenidos en las normas: NTC ISO actualizadas y que correspondan a cada uno de los subsistemas integrantes del Sistema Integrado de Gestión”, sustituyendo la palabra integrantes por “que hacen parte”.
11.0 R.R 035 de 2014 En la observación de la actividad 9: “…En caso de inasistencia del responsable del proceso, se registrará tal hecho en el acta”, se adicionó la frase: “de reunión de apertura”. Se modificó la actividad 10: “Ejecuta Auditoría Interna a los subsistemas del Sistema Integrado de Gestión en los procesos establecidos en el PAISIG”, adicionando la frase “subsistemas seleccionados”.
Se modificó la observación de la actividad 10: “Las No Conformidades, y/o No Conformidades Potenciales se deben validar con los auditados al final de la visita de auditoría”, adicionando la frase: “las acciones de mejora.
Se modificó la observación de la actividad 11: ”Durante la ejecución de la auditoría, en el momento que el equipo auditor lo considere pertinente debe entregar el anexo 8 “Formato de Evaluación de los Auditores por Parte de los Auditados”, a los sujetos auditados, a fin de que éstos evaluar su gestión durante la auditoría. Las encuestas diligenciadas deberán ser entregadas al Jefe de la Oficina de Control Interno el mismo día de realización de la auditoría, sustituyendo la palabra debe por: “procede a entregar” el anexo 8…”,…Asimismo, reemplazando a los sujetos…por: a los servidores públicos auditados y se cambió la palabra evaluar por: a fin de que éstos evalúen su gestión….En el párrafo Las encuestas diligenciadas deberán ser entregadas al Jefe de la Oficina de Control Interno el mismo día de realización de la auditoría, se agregó: por parte del auditado.
Se modificó la observación de la actividad 12: “Las No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales deben estar soportadas en evidencias ciertas y redactadas en forma clara, precisa y concisa, además debe contener la condición o evidencia y el criterio de auditoría con el requisito que se incumple”, agregando después de requisito: la norma o procedimiento que se incumple. Se modificó la observación de la actividad 16: “Los responsables de procesos y/o jefes de dependencia deben incluir las No Conformidades y No Conformidades Potenciales, agregando: “en el Plan de Mejoramiento del proceso correspondiente”. Asimismo, cuando señala: de acuerdo con lo señalado en el Procedimiento Plan de Mejoramiento Acciones correctivas, preventivas y de mejora, se suprimió la palabra preventivas.
Se modificó la actividad 17, suprimiendo los términos “anexo 1” y “preventivas”. Se modificó la observación de la actividad 20: “La Oficina de Control Interno efectuará la verificación al plan de mejoramiento en forma trimestral”, se adicionó la verificación a las acciones implementadas en el plan de mejoramiento de los procesos que hacen parte del Sistema Integrado de Gestión…”.
Se modificó el anexo No. 7, Perfiles de los Participantes en la Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión-SIG, perfil del auditor líder: Formación como auditor de algunos de los subsistemas del SIG, se cambió la palabra “de” por “en”.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-110 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 110 VERSIÓN No. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA NATURALEZA DEL CAMBIO El procedimiento cambia de Versión 12 a 13, se ajusta en los siguientes aspectos:
Alcance, se ajusta el final del procedimiento eliminando “finaliza con la realización del seguimiento, entrega y ejecución del plan de mejoramiento por parte del Auditado” el nuevo texto indica que “Finaliza con entrega del informe consolidado a los responsables de Proceso y alta Dirección”.
En el numeral de Definiciones se agrega el perfil requerido para el Administrador de la Auditoria Interna, Auditor Acompañante y Auditor Líder.
Se agrega a la definición de equipo auditor la Nota 3 en la que se indica “La auditoría puede ser realizada por un solo auditor que tenga la formación y experiencia en ejecución de auditorías a algunos de los subsistemas del SIG; este auditor deberá llevar a cabo todos los deberes aplicables a un líder de equipo”
Las definiciones de No conformidad mayor y No conformidad menor se eliminan.
Para la Definición de Programa de Auditoría Interna del Sistema Integrado de Gestión, se agrega “los procesos y/o”
En el Numeral 5 Anexos, se elimina para todos los anexos la palabra “modelo”
Descripción del Procedimiento:
En la Observación Actividad 2, se elimina “La Oficina de Control Interno, solicitará el listado actualizado de los auditores internos al SIG a la Dirección de Talento Humano” y se modifica por “La Oficina de Control Interno, previo a la selección de los auditores, envía a través del correo institucional, el listado de auditores internos de SIG, a la Dirección de Talento Humano, para que realice la actualización de dependencias donde se encuentran ubicados los auditores internos que los conforman”.
En esta actividad se agrega el punto de Control “La Dirección de Talento humano deberá verificar que los certificados correspondientes reposen en las hojas de vida de los funcionarios que se relacionan en el listado de Auditores internos al SIG de la Entidad”
Actividad 4, se modifica los responsables, “ (equipo Auditor)” por “Oficina de Control Interno”
Actividad 5, se adiciona el punto de control “Verifica que se incorporan en el PAISIG, todos los requisitos aplicables a los procesos”.
Actividad 6, en la Observación se elimina “Vía Telefónica” y se agrega “ Correo electrónico institucional”
Actividad 8, se cambia la palabra “Consulta” por “Revisa”
Actividad 9, la Observación se ajusta en su redacción y se incluye la siguiente frase “establecer la suficiencia de la documentación del SIG o subsistema a auditar. Lo anterior con el propósito de asegurar.” y se adiciona el punto de control “Verifica que todos los requisitos a evaluar queden incluidos en la lista de verificación”
12.0 R.R.071 de 2015 Actividad 11, se elimina “en los procesos establecidos en el Programa de Auditoría al Sistema Integrado de Gestión”; y se ajusta la redacción de la Observación correspondiente a esta actividad.
Actividad 12, se ajusta la Observación, se camba la palabra “ las encuestas” por “los Formatos” y “ entregados por parte del Auditado” por “remitidos”
Actividad 13, se agrega “No conformidades potenciales”
Actividad 17, se modifica el responsable “Jefe Oficina de Control Interno o Administrador de la Auditoría Interna” por “Profesionales(s) asignado(s) Oficina de control Interno”.
Se ajusta la redacción de la Observación de esta actividad “El informe consolidado, contendrá el Reporte de No Conformidades y/o No Conformidades Potenciales detectadas en cada proceso auditado, y lo suscribe el Jefe Oficina de Control Interno o Administrador de la Auditoría Interna”.
Actividad 18, se incluye “y/o Oportunidades de mejora”; se modifica el termino para remitir el plan de mejoramiento a la Oficina de Control interno de tres (3) días Hábiles a “cinco (5) días hábiles”.
Se incluye en la Observación “Los Responsables de Proceso deben activar el Procedimiento de Acciones Correctivas, Preventivas y de Mejora” y se elimina “Los funcionarios de la Oficina de Control Interno evalúan el Plan de Mejoramiento remitido por el correspondiente proceso (…)”
Actividad 19, el responsable “Jefe Oficina de Control Interno” por “Jefe Oficina de Control Interno o Administrador de la Auditoría Interna y equipo de Gestores”; se ajusta la actividad y se incluye “Los auditores del proceso evaluación y Control que participaron en la ejecución del PAISIG” Se incluye la Observación “Se podrá invitar a la reunión a auditores de otros procesos que hayan participado en el en la auditoría.”
Se agrega la Actividad 20 “Remite a la Dirección de Talento Humano el listado de los auditores internos al SIG, actualizado con las horas de auditoria ejecutas en el PAISIG realizado para que sea incluido en la hoja de vida de los auditores que participaron la auditoria interna al SIG.”
Adicionalmente, se agrega la contabilización de horas de auditoría para el Administrador de la misma. Se elimina la Actividad 21 “Realiza el seguimiento a la entrega del Plan de Mejoramiento por parte del auditado”.
Anexo No. 1 – “Modelo de Listado de Auditores Internos del Sistema Integrado de Gestión”; pasa de versión 12 a 13, se elimina la palabra “Modelo”, se agrega en la columna experiencia auditor el ítem “Subsistema de Formación como Auditor”
Anexo No. 4 – “Modelo Lista de Verificación Auditoría Interna al Sistema Integrado de Gestión o Formato de Evaluación de los Subsistemas del SIG”, se elimina la palabra” Modelo”; pasa de versión 12 a 13, se agregan los ítems de “fortalezas”,“Oportunidades de Mejora” y “Conclusiones”
13.0 R.R. 029 de agosto 31 de 2016 111 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-111 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Código de formato: PGD-01-002 PROCEDIMIENTO RELACIÓN CON ENTES EXTERNOS Código documento: PEC-04 Versión: 5.0 Y DE CONTROL Página: 1 de 17 FECHA: 11 DE AGOSTO DE 2016 Aprobó elaboración o modificación Revisión Técnica Firma: Firma:
Nombre: CARMEN ROSA MENDOZA SUAREZ Nombre: BIVIANA DUQUE TORO Cargo: Jefe Oficina de Control Interno Cargo: Director Técnico de Planeación
1. OBJETIVO
Establecer las actividades necesarias para dar trámite a los requerimientos y/o solicitudes de información de los entes externos y/o de control, así como la rendición de la cuenta fiscal al ente encargado de vigilar la gestión fiscal de la Contraloría de Bogotá.
2. ALCANCE
El procedimiento inicia con el recibo de la comunicación de los entes externos y de control sobre la realización de auditoría o solicitud de información y finaliza con la constancia de evidencia de recibido por parte del ente de Control.
3. BASE LEGAL
TIPO DE NORMA FECHA DESCRIPCIÓN Ley 87 29/11/1993 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones”.
Decreto 1537 26/07/2001 “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 87 de 1993 en cuanto a elementos técnicos y administrativos que fortalezcan el sistema de control interno de las entidades y organismos del Estado”.
11/10/2012 R e s o l u c i ó n Reglamentaria No. 02 Auditoría Fiscal “Por la cual se prescriben los métodos y se establece la forma, términos y procedimientos para la rendición de la cuenta, la presentación de informes a la Auditoría Fiscal Ante la Contraloría de Bogotá”.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-112 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 112 TIPO DE NORMA FECHA DESCRIPCIÓN Acuerdo 519 26/12/2012 "Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la contraloría de Bogotá, D. C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica su planta de personal y se ajustan el sistema de nomenclatura y los grados de la escala salarial de la planta de personal y se dictan otras disposiciones".
Decreto 943 21/05/2014 “Por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno- MECI”
4. DEFINICIONES
Plan de Mejoramiento Conforme: Plan de mejoramiento aprobado por parte del ente externo y/o de control por el cumplimiento dentro de los términos, requisitos y condiciones establecidos.
Auditoría: Proceso sistemático, independiente y documentado para obtener evidencias que, al evaluarse de manera objetiva, permiten determinar la extensión en que se cumplen los criterios definidos para la auditoría interna.
Radicado de envío de la información: Es el registro donde consta la fecha y hora de envío a un tercero.
Nota 1. Las evidencias consisten en registros, declaraciones de hechos o cualquier otra información que sea pertinente para los criterios de auditoría, y que sea verificable.
Rendición de Cuenta: Deber legal y ético que tiene el servidor público, persona natural o jurídica a quien se le hayan confiado bienes o recursos de la entidad, de responder e informar sobre la administración, manejo y rendimiento de fondos, bienes y/o recursos públicos asignados y sobre los resultados de su gestión en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido.
Nota 2. Las auditorías internas, denominadas en algunos casos como auditorías de primera parte, se realizan por o en nombre de la propia organización, para la revisión por la Dirección y con otros fines internos. Pueden constituir la base para una auto declaración de conformidad de una organización.
Solicitud de Prórroga: Tiempo adicional máximo otorgado por el ente de control en los casos solicitados por la entidad, debidamente soportados para radicar la respuesta a la solicitud de información o rendición de la cuenta por parte de los responsables. Debe realizarse solamente para eventos que se tipifiquen como de fuerza mayor o caso fortuito.
Cargue: Envío de un archivo desde una computadora hacia otra, especialmente hacia un servidor a través de un aplicativo.
Término: Tiempo máximo establecido por un ente externo y de control para la presentación de la cuenta o respuesta a solicitudes de información.
Certificación: Documento mediante el cual el responsable de rendir información, avala que la misma cumple con los principios de integralidad, veracidad, calidad, consistencia, oportunidad y que se remite dentro de los términos establecidos en la normatividad vigente.
Validación: Aplicación automatizada de una serie de controles y restricciones para asegurar la integridad de la información que se requiere de los sujetos de control, que permite generar un reporte sobre las inconsistencias en los registros, las cuales deben ser analizadas y corregidas cuidadosamente por el usuario del sujeto de control para continuar con el proceso de incorporación de información.
Cuenta Fiscal: Conjunto de documentos que soportan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones realizadas por los responsables del erario durante un período determinado, con miras a establecer la economía, la eficacia, la eficiencia y la equidad de sus actuaciones.
Formato y/o documento Electrónico: Forma particular de codificar información para ser almacenada.
V erificación: Confirmación de que la información presentada por la dependencia o la entidad, cumple con los requisitos especificados en las resoluciones 113 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-113 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 vigentes para la rendición de la cuenta, en la forma y términos establecidos.
Anexo No. 2. Modelo de Certificaciones Emitidas por las Dependencias Responsables de la Rendición de la Cuenta.
5. ANEXOS
Anexo No. 1. Modelo de Cronograma de Presentación Reportes de Información de la cuenta a la Auditoría Fiscal Vigencia - Código PEC-04-001 6.DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 6.1. Proceso de Trámite de Información ante los Entes Externos y/o de Control No. RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES/PUNTOS DE CONTROL Observación: En cuanto a información que los entes de control puede solicitar, se contempla: requerimientos, explicaciones a informes, plan de mejoramiento, entre otros.
1 Contralor, Contralor Auxiliar, Director de Apoyo al Comunicación de entes externos y/o de control Despacho Recibe comunicación de los entes externos y/o de control sobre la solicitud de información.
Si la comunicación corresponde a la Conformidad del Plan de Mejoramiento, se activa el procedimiento plan de mejoramiento – acciones correctivas, preventivas y de mejora 2 Director de Apoyo al Despacho Comunicación Oficial interna Observación: Esta actividad se realiza para cualquier tipo de solicitud de información.
Envía la comunicación a la Oficina de Control Interno para la preparación de la respuesta y en caso de que se requiera, la consolidación de la información.
Jefe Oficina de Control Interno y/o Profesional 3 Comunicación oficial Interna a los responsables de procesos.
Especializado o universitario responsable Evalúa la comunicación para identificar los procesos y /o dependencias que deben enviar la información a la Oficina de Control Interno y remite comunicación interna a los responsables Punto Control:
Comunicación Oficial interna y/o información Director, Subdirector o adjunta.
Jefe de Oficina 4 Remite respuesta del requerimiento a la Oficina de Control Interno en los términos y parámetros establecidos. En caso de ser necesario, solicita ampliación de los términos ante la Oficina de Control Interno.
Verifica que la información suministrada sea acorde con el requerimiento efectuado por el ente. Observación: En los casos que se requiera, la solicitud de prórroga debe incluir la justificación correspondiente. Caso contrario, continuar en la actividad No. 6.
Observación: La Dirección de Apoyo al Despacho radica la solicitud formal ante el ente de control. Se activa la actividad 1 de este procedimiento.
5 Jefe Oficina de Control Interno Tramita la solicitud de prórroga a través de la Dirección de Apoyo al Despacho Comunicación Oficial interna En caso de que el ente de Control no acepte la ampliación de términos, la información deberá suministrarse en el plazo inicialmente establecido.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-114 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 114 No. RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES/PUNTOS DE CONTROL 6 Jefe Oficina de Control Interno y/o Profesional Especializado o Observación: En caso que la respuesta no sea pertinente se deberá solicitar ajuste de manera inmediata, al proceso responsable.
Valora la pertinencia de la respuesta suministrada por el (los) proceso(s) al requerimiento del ente de control y en caso de requerirse la consolida. universitario 7 Comunicación Oficial interna Observación: Mediante esta Comunicación se remite el Proyecto de respuesta para el ente externo y/o de control.
Jefe Oficina de Control Interno y/o Profesional Especializado o universitario Remite a la Dirección de Apoyo al Despacho, el proyecto de respuesta para la firma del Contralor, con la información analizada, valorada y con visto bueno por cada uno de los responsables de proceso que intervinieron.
8 Director de Apoyo al Observación: La Dirección de Apoyo debe remitir copia del radicado de recibo por parte del ente de control a la Oficina de Control Interno.
Despacho Respuesta definitiva firmada y radicada ante el ente externo y/o de control.
Revisa el proyecto de respuesta, posteriormente es firmado por el Contralor de Bogotá y radica la comunicación final ante el ente externo y/o de control.
6.2. Rendición de la Cuenta al ente de control No. RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES/PUNTOS DE CONTROL 9 Cronograma de Presentación de Elabora cronograma de presentación de información de las cuentas a rendir durante la vigencia.
Información P r o f e s i o n a l E s p e c i a l i z a d o o universitario responsable y/o Técnico Oficina de Control Interno.
Observación: La rendición de la cuenta mensual, intermedia y anual, se debe reportar de conformidad con los términos establecidos por la normatividad del ente de control. Ver Anexo 1. Cronograma de Presentación Reportes de Información de la cuenta a la Auditoría Fiscal Vigencia ____ Comunicación Oficial 10 Jefe de Oficina de Control Interno. interna Observación: En los casos que amerite, la Oficina de Control Interno generará las alertas correspondientes para asegurar que la información sea enviada en forma oportuna.
Remite Comunicación Oficial interna recordando a las dependencias responsables y/o Direcciones Sectoriales sobre los términos de envío de la información.
Comunicación Oficial interna y Certificación de 11 Director, Jefe de Oficina.
Remite a la Oficina de Control Interno la información correspondiente para su consolidación y envío. la Información Observación La información anterior debe radicarse acompañada de las certificaciones donde consta que la misma cumple con los principios de integralidad, veracidad, calidad, consistencia y oportunidad. Ver Anexo 2.
115 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-115 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 No. RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES/PUNTOS DE CONTROL 12 Punto de control: Constata que la información se encuentre completa, en caso contrario envía correo electrónico y/o Comunicación Oficial interna a la dependencia correspondiente, informando sobre la inconsistencia detectada para que realice el ajuste respectivo dentro de los términos establecidos por la Oficina de Control Interno.
Realiza la revisión de la información reportada, verificando que los formatos y documentos electrónicos exigidos se encuentren diligenciados y completos.
P r o f e s i o n a l E s p e c i a l i z a d o o universitario responsable y/o Técnico de la Oficina de Control Interno.
Observación: En caso de encontrarse vigente el aplicativo correspondiente para la rendición de la cuenta, continué en la actividad 16, caso contrario siga a la actividad 13.
Comunicación Oficial 13 Jefe Oficina de Control Interno. interna remitiendo Proyecto de respuesta para el ente externo y/o de control.
Remite a la Dirección de Apoyo al Despacho la información consolidada para la revisión y firma del señor Contralor, acompañada de la certificación donde consta que la misma cumple con los principios de integralidad, veracidad, calidad, consistencia y oportunidad.
14 Director de Apoyo al Despacho Comunicación Oficial Externa y certificación firmados por el Contralor de Bogotá.
Revisa el proyecto de oficio y la certificación, los cuales son firmados por el señor Contralor de Bogotá y radica la comunicación final ante el ente externo y/o de control.
15 Dirección de Apoyo al Despacho Observación: Esta actividad se desarrolla en caso de no contar con un aplicativo para la rendición de la cuenta.
Envía a la Oficina de Control Interno la constancia de evidencia de recibido por parte del ente de Control.
16 Jefe Oficina de Control Interno y/o Profesional E s p e c i a l i z a d o o universitario responsable Remite a la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la información respectiva a través de los aplicativos establecidos.
Observación: Esta actividad se desarrolla en caso de encontrarse vigente el aplicativo correspondiente para la rendición de la cuenta.
Profesional Especializado o universitario responsable y/o Técnico de la Oficina Punto de Control: Verifica que se genere la Constancia de recibido de la rendición de la cuenta, emitida por el ente de Control y/o certificado de la transmisión emitido por el aplicativo correspondiente.
17 Certificado de la de Control Interno Transmisión.
Realiza el cargue y transmisión de la información en el aplicativo establecido por el Ente de Control y genera el certificado de la transmisión de la cuenta y de la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Observación: Esta actividad se desarrolla en caso de encontrarse vigente el aplicativo correspondiente para la rendición de la cuenta.
18 Profesional Especializado o universitario responsable y/o Técnico Oficina de Control Consolida la información remitida de los documentos y formatos electrónicos enviados correspondientes a la rendición de la cuenta y archiva una copia en medio físico y/o magnético Interno REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-116 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 116 No. RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO OBSERVACIONES/PUNTOS DE CONTROL Punto de Control:
Profesional Especializado o universitario responsable y/o 19 La Oficina de Control Interno debe verificar que la información publicada en el link respectivo.
Técnico Oficina de Control Envía los archivos de la cuenta rendida a la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones para la publicación en la Página Web en el Link correspondiente.
Interno Anexo 1 - Modelo de Cronograma de Presentación Reportes de Información de la Cuenta a la Auditoría Fiscal Vigencia _____ Código formato: PEC-04-001 Código documento:PEC-04 Versión: 5.0 CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN REPORTES DE INFORMACIÓN DE LA CUENTA A LA AUDITORÍA FISCAL VIGENCIA _____ Página X de Y PLAZO MÁXIMO DE REPORTE VIGENCIA xxxx INFORME PERIODICIDAD DEPENDENCIAS RESPONSABLES NORMATIVIDAD E F M A M J J A S O N D INFORMACION EXTERNA ANUAL CUENTA AUDITORÍA INTERMEDIA FISCAL MENSUAL Funcionario Responsable Oficina de Control Interno: ________________________________
Mensual: El noveno día hábil siguiente al mes reportado.
Intermedia: El primer día hábil del mes de agosto.
Anual: Décimo primer día hábil del mes de febrero.
Anexo 2 - Modelo Certificaciones emitidas por las dependencias responsables de la rendición de la cuenta PARA: Dr. (a). Nombre del titular Oficina de Control Interno DE: Cargo del remitente ASUNTO: Envío Nombre de la información REF: Datos de la Comunicación Oficial interna de solicitud o instructivo para la rendición.
Conforme a lo solicitado en la Comunicación Oficial interna de la referencia, de manera atenta le remito el formato nombre de la información reportada correspondiente a fecha de corte de la información o vigencia.
Certifico que la información aquí reportada cumple con los principios de integralidad, veracidad, calidad, consistencia y oportunidad y que se remite dentro de los términos establecidos en la normatividad vigente.
Cordialmente, 117 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-117 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 NOMBRE DEL REMITENTE Anexo: SI __ NO __ Número de folios: __
CONTROL DE CAMBIOS NATURALEZA DEL CAMBIO VERSIÓN No. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA Se crea este procedimiento, para responder al rol que tiene la Oficina de Control Interno: relación con entes externos, mediante el cual se establecen las actividades para planificar, programar, ejecutar los planes de mejoramiento y rendición de la cuenta.
Se estructura en dos módulos: el Proceso de Auditoría de los Entes de Control y la Rendición de la Cuenta a los mismos.
Se incluye el Anexo No. 1 CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN, donde se relaciona la periodicidad de la cuente y los responsables de su ejecución.
Se establece el Anexo No. 2, Certificaciones Emitidas por las Dependencias Responsables de la Rendición de la Cuenta, con el propósito de avalar la veracidad de la información reportada.
En la Base Legal se agregaron las siguientes normas:
Acuerdo 519 de 2012: “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la contraloría de Bogotá, d. C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica su planta de personal y se ajustan el sistema de nomenclatura y los grados de la escala salarial de la planta de personal y se dictan otras disposiciones".
1.0 R.R. 024 de 20 de Noviembre de 2012 Resolución Orgánica No. 07 del 7 de noviembre de 2012, Auditoría General de la República “Por medio del cual se reglamenta la Rendición de la Cuenta Electrónica por parte de las Contralorías y el Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República y la revisión por parte de la Auditoría General de la República”.
Circular Externa No. 11 de 2010 en concordancia con la Resolución Orgánica No. 08 de 2010, “Por medio de la cual la Auditoría General de la República solicita la Rendición de la Cuenta a las Contralorías sobre la cuantía, tipo y destino de las vigencias futuras de sus sujetos vigilados”.
Resolución Reglamentaria No. 02 de Octubre 11 de 2012, Auditoria Fiscal: “Por la cual se prescriben los métodos y se establece la forma, términos y procedimientos para la rendición de la cuenta, la presentación de informes a la Auditoría Fiscal Ante la Contraloría de Bogotá”.
Resolución Reglamentaria No. 02 de Octubre 11 de 2012, Auditoria Fiscal: “Por la cual se prescriben los métodos y se establece la forma, términos y procedimientos para la rendición de la cuenta, la presentación de informes a la Auditoría Fiscal Ante la Contraloría de Bogotá”
Resolución Reglamentaria No. 03 de Octubre 16 de 2012, Auditoria Fiscal: “Por la cual se prescriben los métodos y se establece la forma, términos y procedimientos para la conformidad modificación y seguimiento al Plan de Mejoramiento”
Se adicionan las definiciones Plan Conforme y Plan No Conforme Resolución Orgánica No. 13 del 2010 de la Auditoría General de la República. “Por medio del cual se modifica la Resolución Orgánica No. 11 de 2010”
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-118 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 118 NATURALEZA DEL CAMBIO VERSIÓN No. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA El procedimiento cambió de versión 2.0 a 3.0.
- Se ajustó el objetivo.
- Se ajustó el alcance.
- Se ajustó el nombre del procedimiento.
Se adicionaron dentro del normograma la Ley 87 de 1993, así como los Decretos 1537 de 2001 y 943 de 2014.
Se Excluyeron dentro del normograma la Resolución Reglamentaria 03 de 2011; la Resolución Orgánica No. 07 de 2012; la Circular Externa No. 11 de 2010, en concordancia con la Resolución Orgánica No. 08/2010, así como las Resoluciones Orgánicas 06 de 2008, 011 de 2010, 013 de 2010 y la Circular Conjunta de 2011.
Se eliminaron las definiciones: backup cargue, gestores de proceso y firma digital o electrónica.
Se ajustaron las definiciones: certificación, cuenta, forma, formato electrónico, plan conforme, plan no conforme, rendición de cuenta, término y validación.
Se incluyeron las definiciones: radicado de envío de la información y solicitud de prórroga.
Se ajustaron los formatos: Anexo No. 1.. Cronograma de Presentación Reportes de Información de la cuenta a la Auditoría Fiscal Vigencia ___ y Anexo No. 2. Certificaciones Emitidas por las Dependencias Responsables de la Rendición de la Cuenta.
Descripción del Procedimiento: se ajustaron y complementaron las actividades del procedimiento, junto con registros, puntos de control y observaciones:
Se sustituyó la actividad 1, por: el recibo de la comunicación de los entes externos y de control sobre la realización de auditoría o solicitud de información. Igualmente, se modificó la responsabilidad.
2.0 R.R. 044 de octubre 30 de 2013 La anterior actividad 3 se sustituyó por la evaluación de la comunicación para identificar los procesos que deben enviar la información a la Oficina de Control Interno. Igualmente, se modificó la responsabilidad.
La anterior actividad 4, se sustituyó por la solicitud de prórroga a la Oficina de Control Interno por parte de los responsables de proceso a través de la Dirección de Apoyo al Despacho. Igualmente, se modificó la responsabilidad.
La anterior actividad 5 se modificó por la remisión del proyecto de respuesta para firma del señor contralor, una vez analizada y valorada la información remitida y refrendada por cada uno de los responsables de proceso. Igualmente, se modificó la responsabilidad.
La anterior actividad 6 se modificó por la revisión del proyecto de respuesta, el cual es firmado por el señor Contralor de Bogotá y la radicación de la comunicación final ante el ente externo y/o de control.
La anterior actividad 7 se reemplazó por la anterior 12 ajustada, remisión del Plan de Mejoramiento a la Oficina de Control Interno por parte de los responsables de procesos y se incluyó observación. Igualmente, se modificó la responsabilidad.
La actividad 8 se constituyó por la anterior 13 ajustada, consolidación del Plan de Mejoramiento y el envío a la Dirección de Apoyo al Despacho para firma del Contralor, así como la responsabilidad y el punto de control.
La actividad 9 se formó por la anterior 14 ajustada, remisión del Plan de Mejoramiento (una vez firmado por el Contralor de Bogotá D.C) al ente externo y/o de control por parte dela Dirección de Apoyo al Despacho.
La actividad 10 se conformó por la anterior 15, el recibo de la comunicación del Ente de Control, mediante la cual se informa sobre la Conformidad o No del Plan y su remisión a 119 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-119 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 NATURALEZA DEL CAMBIO VERSIÓN No. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA El procedimiento cambió de versión 3.0 a 4.0.
- Se ajustó el Objetivo respecto a la redacción.
- Se ajustó el Alcance respecto a la redacción.
6. Descripción del Procedimiento / 6.1 Proceso de Trámite de Información ante los Entes Externos y/o de Control: Se ajustaron y complementaron las actividades del procedimiento, junto con registros, puntos de control y observaciones, así:
Actividad 1: Se excluyó de la actividad “realización de auditoría” teniendo en cuenta que las comunicaciones refieren no solo auditorias, sino también otro tipo de requerimientos. Se elimina la Observación: “Los entes externos y/o de control efectúan la presentación del equipo auditor, determinando los procesos o las áreas a auditar” y se incluye: “En cuanto a información que los entes de control puede solicitar, se contempla: requerimientos, explicaciones a informes, plan de mejoramiento, entre otros”
Actividad 2: Se incluye “en caso de que se requiera” la Oficina de Control Interno debe no solo proyectar respuesta sino consolidar la información. Se elimina la observación: “tales como visita fiscal, auditoría especial, regular, entre otros.
Actividad 4: Se adiciona a la actividad “Proyectar la respuesta a la solicitud en los términos establecidos por el ente externo de control”. Lo anterior obedece a que primero se inicia con la preparación del informe y luego en caso de considerarse necesario se solicita prorroga.
Actividad 5: Se incluyó como registro memorando interno.
Actividad 6: Se incluye esta nueva actividad donde se “Remite respuesta del requerimiento a la Oficina de Control Interno en los términos y parámetros establecidos”. Igualmente se establece un punto de control: “Verificar que la información suministrada sea acorde con el requerimiento efectuado por el ente” y como registro Comunicación Oficial interna y/o informe.
3.0 RR. 021 de Junio 11 de 2015.
Actividad 7: Se incluye esta nueva actividad donde se debe “Valorar la pertinencia de la respuesta suministrada por el (los) proceso(s) al requerimiento del ente de control y en caso de requerirse consolidarla”. Igualmente se establece una Observación: “En caso de que la respuesta no sea pertinente se deberá solicitar ajuste de manera inmediata, al proceso responsable”
Actividad 8: Se reemplaza esta actividad “Remite el Plan de Mejoramiento a la Oficina de Control Interno” y se elimina la observación de la actividad. La actividad queda definida de la siguiente manera: “Remite a la Dirección de Apoyo al Despacho, el proyecto de respuesta para la firma del señor Contralor, con la información analizada, valorada y refrendada por cada uno de los responsables de proceso que intervinieron”. Igualmente se modifican sus registros y la observación.
Actividad 9: Se reemplaza esta actividad “Consolida el Plan de Mejoramiento y lo envía a la Dirección de Apoyo al Despacho para firma del Contralor”. La actividad queda definida de la siguiente manera: “Revisa el proyecto de respuesta, luego de lo cual es firmado por el señor Contralor de Bogotá y radica la comunicación final ante el ente externo y/o de control”. Igualmente se modifican sus registros y la observación.
Actividad 10: Se reemplaza la actividad “Remite el Plan de Mejoramiento (una vez firmado por el Contralor de Bogotá D.C) al ente externo y/o de control” y se incluye que se debe “Recibir la comunicación del Ente de Control y remitir a la Oficina de Control Interno para su socialización. Esta comunicación aplica generalmente para el Plan de Mejoramiento mediante la cual se informa sobre la Conformidad o No del mismo”. Se excluye “lo remite a la Oficina de Control Interno para su socialización”. Igualmente se modifican sus registros y la observación.
Actividad 11: Se reemplaza la actividad “Recibe la comunicación del Ente de Control, mediante la cual se informa sobre la Conformidad o No del Plan de Mejoramiento y lo remite a la Oficina de Control Interno para su socialización” y se incluye “Recibe la comunicación REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-120 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 120 NATURALEZA DEL CAMBIO VERSIÓN No. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA El procedimiento cambió de versión 4.0 a 5.0.
- En normatividad se retira la RR.016 del 25de marzo de 2015, porque no es pertinente para este procedimiento,
- Los verbos de la Descripción del Procedimiento se ajustaron a tercera persona.
6. Descripción del Procedimiento / 6.1 Proceso de Trámite de Información ante los Entes Externos y/o de Control:
Se ajustaron y complementaron las actividades del procedimiento, junto con registros, puntos de control y observaciones, así:
Actividad 1: Se incluyó la Observación “Si la comunicación corresponde a la Conformidad del Plan de Mejoramiento, se activa el procedimiento plan de mejoramiento – acciones correctivas, preventivas y de mejora”
Actividad 3: En la descripción se agregó” y/o Dependencias”.
Actividad 4: Se cambia al responsable por “Director, Subdirector o Jefe de Oficina”.
Se ajusta la redacción de la Descripción y de la Observación de la actividad.
Se agrega el control “Verifica que la información suministrada sea acorde con el requerimiento efectuado por el ente”.
Actividad 5: se ajustan la descripción y la observación de la actividad.
Actividades 6 se elimina “Remitir respuesta del requerimiento a la Oficina de Control Interno en los términos y parámetros establecidos”
4.0 RR.071 de diciembre 30 de 2015 Actividad 8: Para esta versión corresponde a la actividad 7, se introduce como registro “Comunicación Oficial interna” y se ajusta la descripción”.
Actividad 9: Para esta versión corresponde a la actividad 8, la Observación se ajusta en los siguientes términos ”La Dirección de Apoyo debe remitir copia del radicado de recibo por parte del ente de control a la Oficina de Control Interno”
Actividades 10, 11 y 12 se eliminan, ya que corresponden a actividades propias del procedimiento de plan de mejoramiento – acciones correctivas, preventivas y de mejora.
6.2. Rendición de la Cuenta al ente de control: Debido a la eliminación de actividades en el acápite 6.1, la numeración para este acápite continúa en la actividad 10.
Actividad 13 ahora 10, se ajusta la actividad así “Elabora cronograma de presentación...”
Se agrega la siguiente una observación a la actividad 12 “En caso de encontrarse vigente el aplicativo correspondiente para la rendición de la cuenta, continué en la actividad 16, caso contrario siga a la actividad 13”
Las actividades 20, 21 y 22 pasan a ser las actividades 13, 14 y 15 Se agrega la actividad 18 “Consolida la información remitida de los documentos y formatos electrónicos correspondiente a la rendición de la cuenta enviados y archiva una copia en medio físico y/o magnético”
Se adiciona la actividad 19, relacionada con el envío los archivos de la cuenta rendida a la Dirección de Tecnología dela Información y las Comunicaciones para la publicación en la Página Web en el Link correspondiente.
5.0 R.R. 029 de agosto 31 de 2016 121 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-121 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 Resolución Reglamentaria Número 030 (Agosto 31 de 2016) sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales, para cuya adjudicación se observarán los principios de transparencia, economía, responsabilidad, acorde con lo dispuesto en el Parágrafo 2° de la referida norma.
“Por la cual se ajusta la Tabla de Honorarios para los Contratos de Prestación de Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión de la Contraloría de Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones.”
Que el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015, reglamenta el contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, señalando que:
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007, el Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015 y el Acuerdo 519 de 2012, y
CONSIDERANDO:
“…Las Entidades Estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la Entidad Estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la Entidad Estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto debe dejar constancia escrita…”
Que a su vez, el artículo 2.8.4.4.6 del Decreto 1068 de 2015, dispone entre otras cosas que:
Que el artículo 3 de la Ley 80 de 1993, “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”, dispone que: “Los servidores públicos tendrán en consideración que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines.
“Está prohibido el pacto de remuneración para pago de servicios personales calificados con personas naturales, o jurídicas, encaminados a la prestación de servicios en forma continua para atender asuntos propios de la respectiva entidad, por valor mensual superior a la remuneración total mensual establecida para el jefe de la entidad… Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta al celebrar y ejecutar contratos con las entidades estatales que, además de la obtención de utilidades cuya protección garantiza el Estado, colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como tal, implica obligaciones”.
Que el numeral 3 del artículo 32 del citado Estatuto define los contratos de prestación de servicios, como: “Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados.
En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.”
…PARÁGRAFO 3º. De manera excepcional, para aquellos eventos en los que se requiera contratar servicios altamente calificados, podrán pactarse honorarios superiores a la remuneración total mensual establecida para el jefe de la entidad, los cuales no podrán exceder del valor total mensual de remuneración del jefe de la entidad incluidos los factores prestacionales y las contribuciones inherentes a la nómina, relacionadas con seguridad social y parafiscales a cargo del empleador. En estos eventos el Representante Legal de la entidad deberá certificar el cumplimiento de los siguientes aspectos: 1. Justificar la necesidad del servicio personal altamente calificado. 2. Indicar las características y calidades específicas, altamente calificadas, que reúne el contratista para la ejecución del contrato, y 3. Determinar las características de los productos y/o servicios que se espera obtener.
Que el literal h) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, prevé como causal de contratación directa, la suscripción de contratos cuyo objeto se trate de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que … PARÁGRAFO 4º. Se entiende por servicios altamente calificados aquellos requeridos en situaciones de alto nivel de especialidad, complejidad y detalle…”
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-122 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 122 remuneración de los contratistas de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión que fueron establecidas en la Resolución Reglamentaria No. 007 del 19 de febrero de 2016, de acuerdo con los requerimientos de idoneidad requeridos por la entidad.
En virtud de lo anterior, Que teniendo en cuenta las necesidades de la Contraloría de Bogotá D.C, y los requerimientos de las diferentes dependencias respecto a este tipo de servicios, se hace necesario actualizar la tabla de honorarios aplicables a los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, como una herramienta para dar cumplimiento a la normatividad antes señalada.
RESUELVE:
Artículo primero.
ADOPTAR LA TABLA DE HO- NORARIOS.- Adóptese para la Contraloría de Bogotá D.C., la siguiente tabla de perfiles y honorarios para la contratación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, así:
Que fijar dicha tabla es necesario como un mecanismo útil para establecer objetivamente los costos de los servicios requeridos, teniendo en cuenta las necesidades expuestas en los estudios previos, la formación académicas y a experiencia relacionada, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015.
Que teniendo en cuenta los servicios requeridos, se hace necesario ajustar y ampliar las escalas de CATEGORÍA -NIVEL HONORARIOS MENSUALES HASTA REQUISITOS 1 14.597.493
- Título Profesional
- Título de Maestría, Doctorado o Posdoctorado
- Ciento dos (102) o más meses de experiencia profesional relacionada 2 13.809.044
- Título Profesional
- Título de Maestría
- Noventa y seis (96) meses de experiencia profesional relacionada 3 13.020.595
- Título Profesional
- Título de Maestría
- Noventa (90) meses de experiencia profesional relacionada 4 12.232.146
- Título Profesional
- Título de Maestría
- Ochenta y cuatro (84) meses de experiencia profesional relacionada 5 11.443.697
- Título Profesional
- Título de Maestría -Setenta y ocho (78) meses de experiencia profesional relacionada 6 10.655.248
- Título Profesional
- Título de Maestría -Setenta y dos (72) meses de experiencia profesional relacionada 7 9.866.799
- Título Profesional
- Título de Maestría
- Sesenta y seis (66) meses de experiencia profesional relacionada 8 9.078.350
- Título Profesional
- Título de Especialización
- Sesenta (60) o más meses de experiencia profesional relacionada 9 8.289.901
- Título Profesional
- Título de Especialización
- Cuarenta y ocho (48) o más meses de experiencia profesional relacionada 10 7.811.698
- Título Profesional
- Título de Especialización
- Treinta y seis (36) meses de experiencia profesional relacionada 11 7.229.063
- Título Profesional
- Título de Especialización
- Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional relacionada 12 6.644.161
- Título Profesional
- Título de Especialización
- Doce (12) meses de experiencia profesional relacionada 13 4.155.919
- Título Profesional 14 3.219.898
- Título de Formación Técnica o Tecnológica
- Treinta y seis (36) meses de experiencia relacionada 15 3.027.816
- Título de Formación Técnica o Tecnológica
- Veinticuatro (24) meses de experiencia relacionada 16 2.736.085
- Título de Bachiller
- Dieciocho (18) meses de experiencia relacionada 17 2.019.583
- Título de Bachiller
- Doce (12) meses de experiencia relacionada 18 1.989.761
- Título de Bachiller
- Seis (6) meses de experiencia relacionada 19 1.686.161
- Título de Bachiller 123 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-123 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 PARÁGRAFO PRIMERO: EQUIVALENCIAS ENTRE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA.
2. Dos (2) años de formación en educación superior, o dos (2) años de experiencia por el Certificado de Aptitud Profesional Técnico del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, y bachiller, con intensidad horaria entre 1.500 y 2.000 horas.
Dependiendo de la complejidad del objeto contractual y el perfil del contratista, se podrán utilizar las siguientes equivalencias:
1. El título de especialización equivaldrá a dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional.
3. Tres (3) años de formación en educación superior o tres (3) años de experiencia por el Certificado de Aptitud Profesional Técnico del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA y bachiller, con intensidad horaria superior a 2.000 horas.
2. El título de maestría corresponderá a tres (3) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional.
Parágrafo. TERCERO. Los factores para determi-
nar el monto de los honorarios, serán:
1. Título profesional, técnico o tecnológico, expedido por una institución de educación superior legal- mente reconocido.
3. El título de doctorado o posdoctorado será equiva- lente a cuatro (4) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional.
2. Títulos de posgrado en las modalidades de espe- cialización, maestría, doctorado o posdoctorado.
3. Experiencia relacionada con el objeto contractual, en la cual también se incluirá experiencia docente.
4. El título de formación tecnológica o de formación técnica profesional, por un (1) año de experien- cia relacionada, siempre y cuando se acredite la terminación y la aprobación de los estudios en la respectiva modalidad.
5. Tres (3) años de experiencia relacionada por título de formación tecnológica o de formación técnica profesional adicional al inicialmente exigido, y viceversa.
6. Un (1) año de educación superior por un (1) año de experiencia y viceversa, o por seis (6) meses de experiencia relacionada y curso específico de mínimo sesenta (60) horas de duración y vice- versa, siempre y cuando se acredite diploma de bachiller para ambos casos.
7. Diploma de bachiller en cualquier modalidad, por aprobación de cuatro (4) años de educación bási- ca secundaria y un (1) año de experiencia laboral y viceversa, o por aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria y Certificado de Aptitud Profesional expedido por el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA.
Artículo segundo.
CONCEPTOS.- Excepto para aquellas profesiones u oficios para las cuales se fije una reglamentación especial, para todos los efectos previstos en el presente acto administrativo, se tendrán en cuenta los conceptos contenidos en el Decreto 785 de 2005, siendo estos:
- Estudios: Se entiende por estudios los conoci- mientos académicos adquiridos en instituciones públicas o privadas, debidamente reconocidas por el Gobierno Nacional, correspondientes a la edu- cación básica primaria, básica secundaria, media vocacional, superior en los programas de pregrado en las modalidades de formación técnica profesio- nal, tecnológica y profesional y en programas de postgrado en las modalidades de especialización, maestría, doctorado y postdoctorado.
- Experiencia Profesional: Es la adquirida a partir de la terminación y aprobación de todas las ma- terias que conforman el pensum académico de la respectiva formación profesional, tecnológica o técnica profesional, en el ejercicio de las activi- dades propias de la profesión o disciplina exigida para la ejecución del objeto contractual.
8. Aprobación de un (1) año de educación básica secundaria por seis (6) meses de experiencia laboral y viceversa, siempre y cuando se acredite la formación básica primaria.
Parágrafo. SEGUNDO. Las equivalencias aplica-
bles a la formación impartida por el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, se hará de la siguiente forma:
- Experiencia Relacionada: Es la adquirida en el ejercicio de empleos o la ejecución de contratos que tengan funciones u obligaciones similares a las del contrato que se pretende suscribir o en una determinada área de trabajo o área de la profesión, ocupación, arte u oficio.
- Experiencia Laboral. Es la adquirida con el ejer- cicio de cualquier empleo, contrato, ocupación, arte u oficio.
1. Tres (3) años de educación básica secundaria o dieciocho (18) meses de experiencia, por el Certificado de Aptitud Profesional expedido por el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-124 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 124
- Experiencia Docente. Es la adquirida en el ejercicio de las actividades de divulgación del conocimiento obtenida en instituciones educativas debidamente reconocidas.
Artículo sexto.
Los valores relacionados en la tabla de honorarios se reajustarán para cada vigencia fiscal, teniendo en cuenta el incremento salarial autorizado para los servidores públicos de la Contraloría de Bogotá D.C.
Artículo séptimo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria No. 007 del 19 de febrero de 2016.
- Certificación de la experiencia. La experiencia se acreditará mediante la presentación de cons- tancias escritas, expedidas por la autoridad com- petente de las respectivas instituciones oficiales o privadas. Cuando el interesado haya ejercido su profesión o actividad en forma independiente, la experiencia se acreditará mediante declaración del mismo.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los treinta y un (31) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016).
JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA Contralor de Bogotá D.C.
Artículo tercero.
PERFIL.- El perfil del contratista se definirá de acuerdo con las obligaciones específicas establecidas en el objeto contractual, las cuales serán los criterios para determinar los requisitos de experiencia relacionada y formación académica, acorde con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007.
EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ, E.A.B. E.S.P.
Resolución Número 0766 (Agosto 26 de 2016)
Las dependencias que requieran la contratación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión, deberán justificar la necesidad del servicio, el nivel de especialidad, complejidad y detalle del mismo, exponiendo las razones que justifiquen la estimación de los honorarios de acuerdo a sus necesidades Por la cual se modifica el artículo 14 de la Resolución 755 de 2014 de la EAB ESP EL GERENTE DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO,
Artículo cuarto.
VERIFICACIÓN DE REQUISI- TOS.- Para efectos de la verificación de los requisitos de estudio y experiencia, se aplicarán las definiciones y criterios establecidos en el Decreto 785 de 2005.
ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ, EAB
Artículo quinto.
EXCEPCIONES.- Quedan exceptuados del ámbito de aplicación de la tabla de honorarios establecida en la presente resolución, las siguientes actividades:
E.S.P., en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial, las conferidas en el numeral 9) del artículo 3º del Acuerdo No. 11 de 2013 expedido por la Junta Directiva, y
1. Prestación de servicios altamente especializados y calificados.
CONSIDERANDO:
2. Los contratos de prestación de servicios con personas jurídicas, cuyo valor será el resultado del correspondiente estudio de mercado, y su experiencia se verificará conforme a la experien- cia acreditada por el contratista a través de los contratos suscritos, relacionados con el objeto contractual.
3. Los contratos de prestación de servicios para la ejecución de trabajos artísticos, que solo pueden en- comendarse a determinadas personas naturales.
Que el artículo 14 de la Resolución 755 del 10 de septiembre de 2014, mediante la cual se adopta el Reglamento de Urbanizadores y Constructores de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá, EAB E.S.P, establece que “La solicitud de viabilidad y disponibilidad inmediata de servicios y dato técnico es un requisito para que el urbanizador obtenga la licencia de urbanismo, tiene una vigencia de dos (2) años contados a partir de su expedición y prorrogables por un (1) año más, siempre y cuando se mantengan las condiciones técnicas en las cuales fue otorgada la disponibilidad. (…)”.
Parágrafo. ÚNICO. En estos eventos se deberá
justificar la necesidad del servicio, el alto nivel de especialidad, complejidad y detalle, así como, la estimación de los honorarios.
Que tal como lo establece el artículo 16 de la Resolución 755 de 2014, la viabilidad y disponibilidad inmediata de servicios públicos es un paso previo 125 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-125 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 disponibilidad de servicios, informará al urbanizador sobre las condiciones generales, parámetros y normas técnicas que se tendrán en cuenta para elaborar los diseños de las redes de servicios. para continuar con los trámites de urbanismo ante la Secretaría Distrital de Planeación o Curaduría Urbana y sólo hasta la obtención de la licencia urbanística el urbanizador somete a la aprobación de la EAB ESP los diseños hidráulicos y proyectos técnicos con base en los cuales se ejecutará la construcción de las redes e infraestructura de servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado.
Parágrafo 1. La EAB-ESP no otorgará la
disponibilidad de servicios y dato técnico al predio cuando: 1) El solicitante no aporte los documentos estipulados en el presente reglamento; 2) Estos no puedan ser consultados por otros medios; 3) Por imposibilidad técnica derivada de las condiciones físicas del inmueble o de su ubicación geográfica, que hagan inviable la interconexión o
4. Por imposibilidad de tipo jurídico. Eventos en los cuales comunicará al peticionario su negativa.
Dentro de los cinco (5) días siguientes a dicha negativa remitirá copia de la comunicación a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, adjuntando los análisis que sustenten tal decisión y demás soportes.
Que los tiempos requeridos para la obtención de la licencia urbanística, la elaboración por el urbanizador de los diseños hidráulicos, su aprobación por la EAB ESP, la construcción de las redes e infraestructura de prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado y la entrega de las obras a la EAB ESP, sobrepasan en la mayoría de los casos los dos (2) años de vigencia de la disponibilidad, debiendo los urbanizadores solicitar la prórroga de un (1) año para culminar el proceso para acceder a los servicios de acueducto y alcantarillado y aún así, en algunos casos, no es todavía suficiente el término establecido en el artículo 14 de la Resolución 755 de 2014 para este efecto.
Parágrafo 2. Para la construcción de las
obras aprobadas en los diseños que el urbanizador deba ejecutar, será de su exclusiva responsabilidad adquirir o construir las servidumbres correspondientes a favor de la EAB-ESP, con las formalidades legales vigentes, cuando se requiera. Las obras no podrán iniciarse sin la respectiva constitución de servidumbres.”
Artículo 2.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Que para hacer acordes los tiempos necesarios para adelantar todos los trámites correspondientes al proceso previsto para acceder a los servicios de acueducto y alcantarillado, con el establecido para la disponibilidad de servicios expedida por la EAB ESP y evitar trámites innecesarios, tanto para los urbanizadores como para esta Empresa, se hace necesario modificar el término de vigencia de la disponibilidad de dos (2) años prorrogables por un (1) año más establecido en el artículo 14 de la Resolución 755 de 2014, a tres (3) años, igualmente prorrogables por el término de un (1) año.
Dada en Bogotá D.C., a los veintiséis (26) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016).
Que teniendo en cuenta lo anterior, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
RESUELVE:
GERMÁN GONZÁLEZ REYES Gerente General
Artículo 1.
Modificar el artículo 14 de la Resolución 755 de 2014 de la EAB ESP, por la cual se adopta el Reglamento de Urbanizadores y Constructores de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá, EAB E.S.P., el cual quedará así:
“ARTÍCULO 14. VIABILIDAD Y DISPONIBILI- DAD INMEDIATA DE SERVICIOS PÚBLICOS PARA PROYECTOS DE URBANIZACIÓN. La solicitud de viabilidad y disponibilidad inmediata de servicios y dato técnico es un requisito para que el urbanizador obtenga la licencia de urbanismo, tiene una vigencia de tres (3) años contados a partir de su expedición y prorrogables por un (1) año más, siempre y cuando se mantengan las condiciones técnicas en las cuales fue otorgada la disponibilidad. La EAB-ESP, a través del documento “Datos Técnicos Generales” anexo a la REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5906 • pP. 1-126 • 2016 • SEPTIEMBRE • 2 126
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