Registro Distrital 5884 de 2016
Registro Distrital 5884 de 2016 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 5884
- Año
- 2016
- Fecha
- 2 de agosto de 2016
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 50 Número 5884 2016 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL DECRETOS DE 2016 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Ley 1421 de 1993, se hace necesario modificar la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., con la cual cumplirá las funciones previstas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016.
Decreto Número 320 En mérito de lo expuesto, (Agosto 2 de 2016)
DECRETA:
“Por el cual se modifica la Estructura Organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 6 y 9 del artículo 38
Artículo 1.
- Modificar el artículo 2 del Decreto Distrital 267 de 2007, adicionado y modificado por los Decretos Distritales 163 de 2008, 502 de 2009, 059 de 2012 y 077 de 2012, el cual quedará así: “Artículo 2°.- Estructura Organizacional. Para el desarrollo de su objeto, la Secretaría General tendrá la siguiente estructura organizacional:
del Decreto Ley 1421 de 1993, y,
1. Despacho del Alcalde Mayor
CONSIDERANDO:
1.1. Secretaría Privada 1.1.1. Oficina Asesora de Prensa 1.1.2. Oficina de Protocolo Que el Acuerdo Distrital 638 de 2016 modificó parcialmente el Acuerdo Distrital 257 de 2006, creó el Sector Administrativo de Gestión Jurídica, la Secretaría Jurídica Distrital y modificó las funciones de la Secretaría General.
1.2. Oficina de Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación.
1.3. Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones –TIC–.
2. Despacho del Secretario General
2.1. Oficina Asesora Jurídica 2.2. Oficina de Control Interno Disciplinario Que el Acuerdo Distrital 638 de 2016 ajustó la naturaleza, objeto y funciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y estableció que los negocios, asuntos y funciones que venían siendo desempeñados por la Dirección Jurídica Distrital fueran asumidas por la Secretaría Jurídica Distrital, así como el diseño e implementación de las políticas públicas en materia disciplinaria, lo cual conlleva una modificación a la estructura organizacional de la Secretaría General.
3. Subsecretaría General
3.1. Oficina Asesora de Planeación 3.2. Oficina de Control Interno Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable No. 2016EE1568 del 29 de julio de 2016, para la modificación de la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
3.3. Dirección de Gestión Corporativa 3.3.1. Subdirección de Contratación Que teniendo en cuenta lo expuesto y conforme a lo establecido en el numeral 6 del artículo 38 del Decreto 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-1 • 2016 • AGOSTO • 2 3.3.2. Subdirección de Talento Humano 3.3.3. Subdirección Financiera expresamente delegada y bajo las directrices que en materia de defensa judicial establezca la entidad.
3.3.4. Subdirección Administrativa 3.3.5. Subdirección de Gestión Documental d) Proyectar los actos administrativos correspondientes a la segunda instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten en la entidad, de conformidad con la normatividad vigente.
3.3.6. Subdirección de Informática y Sistemas
4. Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano
4.1. Subdirección de Calidad del Servicio 4.2. Subdirección Operativa e) Dirigir las acciones necesarias para la compilación, actualización y difusión de normas jurídicas, jurisprudencia, doctrina, procesos y demás información relacionada con los aspectos jurídicos de la entidad, de forma oportuna, acertada y responsable.
4.3. Subdirección de Seguimiento a la gestión de Inspección, Vigilancia y Control
5. Dirección Distrital de Desarrollo Institucional
5.1. Subdirección Técnica f) Liderar el proceso y la Administración del Cobro Persuasivo de las obligaciones exigibles pendientes de pago a favor de la Secretaría en concordancia con los lineamientos técnicos y normativos.
5.2. Subdirección de Imprenta Distrital
6. Dirección Archivo de Bogotá
6.1 Subdirección del Sistema Distrital de Archivos 6.2 Subdirección Técnica g) Liderar el proceso de sustanciación de las solicitudes de revocatoria y recursos interpuestos contra los actos administrativos, decisiones u otros pronunciamientos emitidos por la entidad, de forma independiente o conjuntamente con el Alcalde Mayor, y que sean competencia del Despacho, de acuerdo a la normatividad vigente.
7. Dirección Distrital de Relaciones Internacionales
7.1. Subdirección de Asuntos Internacionales 7.2. Subdirección de Proyección Internacional”. h) Proferir los conceptos y absolver las consultas que en materia jurídica o del ámbito de competencia de la Secretaría, le sean solicitadas a la entidad, sin perjuicio de las competencias de las demás dependencias de la Secretaría.
Artículo 2º.
- Adicionar dos artículos al Decreto Distrital 267 de 2007, con las funciones de las Oficinas Asesora Jurídica y de Control Interno Disciplinario, que corresponderán a los artículos 8-A y 8-B, del siguiente tenor:
i) Proyectar las respuestas sobre los anteproyectos, proyectos de Acuerdo y de Ley que sean solicitados a la entidad, tanto para los debates como para la sanción u objeción de los mismos.
“Artículo 8-Aº. Oficina Asesora Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, las siguientes: j) Dirigir y coordinar la organización y administración de la información que ingrese o se genere en la Oficina, de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes. a) Asesorar al Despacho de la Secretaría y a las demás dependencias de la entidad, en el análisis, trámite y solución de los asuntos de carácter jurídico que surjan en desarrollo de sus funciones, de manera eficiente, oportuna y de acuerdo con la normatividad vigente. k) De acuerdo con las instrucciones del Despacho de la Secretaría General, orientar, recomendar e impartir directrices acerca de los asuntos relacionados con las organizaciones sindicales del Distrito Capital, en coordinación con las demás dependencias de la Secretaría General. l) Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. b) Elaborar y revisar los proyectos de acuerdos, decretos, directivas, circulares, resoluciones y demás actos administrativos que se deban suscribir por la entidad, en concordancia con los lineamientos técnicos y normativos. c) Ejercer la representación judicial en los procesos que vinculen a la entidad, así como intervenir y realizar aquellas diligencias para las cuales sea Artículo 8-Bº. Oficina de Control Interno Disciplinario. Son funciones de la Oficina de Control Interno Disciplinario, las siguientes:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-2 • 2016 • AGOSTO • 2 2 DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Secretaria General NIDIA ROCÍO VARGAS Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital a) Adelantar la indagación preliminar, la investigación formal y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios contra los/as servidores/as y ex servidores/as de la entidad, de conformidad con el Código Único Disciplinario y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
Decreto Número 321 b) Efectuar el seguimiento a la ejecución de las sanciones que se impongan a los servidores/as y ex servidores/as públicos de la entidad, de manera oportuna y eficaz.
(Agosto 2 de 2016)
“Por el cual se suprimen unos cargos de la c) Promover la disciplina preventiva, de manera oportuna y eficaz, con el fin de evitar la ocurrencia de faltas disciplinarias. planta global de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus facultades constitucionales d) Implementar estrategias para la ejecución de políticas y el ejercicio de la función disciplinaria, así como acompañar a las dependencias en lo referente en la aplicación del régimen disciplinario, ajustándose a la normatividad vigente. y legales, en especial de las conferidas por el numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
e) Coordinar el proceso de implementación y actualización del Sistema de Información Disciplinaria Distrital en la Secretaría General, según los lineamientos de la autoridad competente. f) Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.”.
Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución del Alcalde Mayor de Bogotá crear, suprimir o fusionar los empleos de la Administración Central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.
Artículo 3º.
- Suprimir los literales c) y m) del artículo 7 del Decreto Distrital 267 de 2007, y modificar el literal b) del mismo artículo, el cual queda así:
“b. Asesorar, revisar y evaluar la legalidad, pertinencia, coherencia y conveniencia de los proyectos de decreto y de actos administrativos que debe suscribir el/la Alcalde/sa Mayor, que estén comprendidos en el ámbito funcional de la Secretaría General.”.
Que el Acuerdo Distrital 638 de 2016 modificó parcialmente el Acuerdo Distrital 257 de 2006, creó el Sector Administrativo de Gestión Jurídica, la Secretaría Jurídica Distrital y modificó las funciones de la Secretaría General, y en su artículo 7 estableció que las disposiciones contenidas en el mismo se harían efectivas en un periodo de transición de seis (6) meses, contados a partir de su entrada en vigencia, esto es el 6 de abril de 2016.
Artículo 4º.
- Suprimir los literales e) y h) del artículo 8 del Decreto Distrital 267 de 2007.
Artículo 5º.
- Suprimir los artículos 26, 27, 28, 29, 30 y 34 del Decreto Distrital 267 de 2007.
Que el artículo 8 del Acuerdo 638 de 2016, dispuso que los(as) servidores(as) públicos (as) de carrera administrativa, que venían prestando sus servicios en cargos de carrera en la Secretaría General, incorporados en la Secretaría Jurídica Distrital, lo harán sin solución de continuidad a cargos de igual o equivalente jerarquía.
Artículo 6º.
- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente los Decretos Distritales 267 de 2007, 163 de 2008, 502 de 2009, 059 y 077 de 2012, y demás normas que sean concordantes y complementarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016).
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Que como consecuencia de lo anterior, se adelantarán los procesos de supresión de los cargos a que haya lugar en la Secretaría General y se procederá a la consecuente creación e incorporación en la Secretaría Jurídica Distrital, con el fin de garantizar los derechos de carrera administrativa de los(as) servidores(as) que harán parte de la planta de empleos de esta última entidad, y de quienes vienen ejerciendo los cargos en calidad de provisionales en una vacancia definitiva.
Alcalde Mayor 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-3 • 2016 • AGOSTO • 2 Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable No. 2016EE1568 del 29 de julio de 2016, para la supresión de cargos en la Secretaría General y la posterior creación de la planta de empleos de la Secretaría Jurídica Distrital.
Artículo 1.
- Suprímanse a partir del 3 de agosto de 2016, los siguientes cargos pertenecientes a la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.:
NIVEL JERÁRQUICO DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO NÚMERO DE CARGOS Directivo Director Técnico 009 08 2 Subdirector Técnico 068 06 4 Subtotal Nivel Directivo 6 Asesor Asesor 105 05 5 Subtotal Nivel Asesor 5 Profesional Especializado 222 30 1 Profesional Especializado 222 27 13 Profesional Especializado 222 26 2 Profesional Especializado 222 24 6 Profesional Especializado 222 21 5 Profesional Especializado 222 20 1 Profesional Especializado 222 19 2 Profesional Profesional Especializado 222 10 2 Profesional Universitario 219 18 11 Profesional Universitario 219 15 2 Profesional Universitario 219 13 1 Profesional Universitario 219 09 1 Profesional Universitario 219 08 1 Profesional Universitario 219 03 1 Subtotal Nivel Profesional 49 Técnico Técnico Operativo 314 9 1 Subtotal Nivel Técnico 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-4 • 2016 • AGOSTO • 2 4 NIVEL JERÁRQUICO DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO NÚMERO DE CARGOS Auxiliar Administrativo 407 27 1 Auxiliar Administrativo 407 26 1 Auxiliar Administrativo 407 24 1 Auxiliar Administrativo 407 20 3 Auxiliar Administrativo 407 17 1 Auxiliar Administrativo 407 16 2 Auxiliar Administrativo 407 15 5 Auxiliar Administrativo 407 14 1 Auxiliar Administrativo 407 13 1 Auxiliar Administrativo 407 11 2 Asistencial Auxiliar Administrativo 407 09 1 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Secretario Ejecutivo 425 24 1 Secretario Ejecutivo 425 21 1 Secretario Ejecutivo 425 20 1 Secretario 440 19 1 Secretario 440 11 1 Secretario 440 09 4 Auxiliar Servicios Generales 470 07 2 Auxiliar Servicios Generales 470 03 1 Conductor 480 13 3 Subtotal Nivel Asistencial 35 Total General 96 Dado en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016).
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Secretaria General
Artículo 2°.
- Los/as servidores/as públicos/as inscritos en carrera administrativa, cuyos cargos se suprimen en el artículo 1o del presente Decreto, serán incorporados sin solución de continuidad a empleos de igual o equivalente jerarquía en la planta de empleos de la Secretaría Jurídica Distrital, con plena garantía de los derechos laborales adquiridos de conformidad con las normas constitucionales, legales y con la política pública de empleo del Distrito Capital.
NIDIA ROCÍO VARGAS Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital Decreto Número 322 (Agosto 2 de 2016)
Parágrafo. Los/as servidores/as públicos/as que
ocupen cargos en calidad de provisionales en vacancia definitiva, serán incorporados sin solución de continuidad a empleos de igual o equivalente jerarquía en la planta de empleos de la Secretaría Jurídica Distrital. En ningún caso está incorporación dará lugar a derechos de carrera administrativa.
“Por el cual se crean unos cargos en la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. ”
Artículo 3º.
- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE,COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus facultades constitucionales 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-5 • 2016 • AGOSTO • 2 y legales, en especial de las conferidas por el numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y, cación de la Estructura organizacional de la Secretaria General suprimiendo las Direcciones Distritales de Asuntos Disciplinarios y Jurídica y, en consecuencia suprimió unos cargos de la planta global de empleos de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución del Alcalde Mayor de Bogotá crear, suprimir o fusionar los empleos de la Administración Central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.
Que es necesario garantizar en la Secretaria General el cumplimiento de las funciones Jurídicas y Disciplinarias, desarrolladas por las dependencias suprimidas, por lo cual en el mismo decreto fueron creadas las Oficinas Asesora Jurídica y de Control Interno Disciplinario.
Que el Acuerdo Distrital 638 de 2016 modificó parcialmente el Acuerdo Distrital 257 de 2006, creó el Sector Administrativo de Gestión Jurídica, la Secretaría Jurídica Distrital y modificó las funciones de la Secretaría General, y en su artículo 7 estableció que las disposiciones contenidas en el mismo se harían efectivas en un periodo de transición de seis (6) meses, contados a partir de su entrada en vigencia, esto es el 6 de abril de 2016.
Que con base en lo anterior se requiere crear en la planta de cargos en la Secretaría General, que desarrollen las citadas funciones, para lo cual el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable con No. 2016 EE1518 del 29 de julio del presente año y la Dirección Distrital de Presupuesto, emitió viabilidad presupuestal No. 2016 EE118184 de la misma fecha, lo cual permite atender la citada creación de cargos de la planta de personal de la Secretaría General.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Que el artículo 8 del Acuerdo 638 de 2016, dispuso que los(as) servidores(as) públicos (as) de carrera administrativa, que venían prestando sus servicios en cargos de carrera en la Secretaría General, incorporados en la Secretaría Jurídica Distrital, lo harán sin solución de continuidad a cargos de igual o equivalente jerarquía.
Artículo 1.
- Crear los siguientes empleos en la planta de personal de la Secretaria General - Alcaldía Mayor de Bogotá:
Que como consecuencia de lo anterior, el Alcalde Mayor de Bogotá, mediante decretos efectuó la modifi- NÚMERO DE DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO CARGOS 1 Jefe De Oficina 006 06 1 Jefe De Oficina Asesora 115 06 2 Profesional Especializado 222 21 3 Profesional Universitario 219 18 1 Auxiliar Administrativo 407 17 8 Total Empleos
Artículo 2º.
- La Secretaria General – Alcaldía Mayor cumplirá sus funciones institucionales con la planta de empleos que se señala a continuación:
DESPACHO DEL ALCALDE NÚMERO DE CARGOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO 1 Alcalde Mayor 1 Secretario De Despacho 020 09 2 Jefe De Oficina 006 08 1 Jefe De Oficina 006 06 1 Jefe De Oficina Asesora 115 08 5 Asesor 105 05 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-6 • 2016 • AGOSTO • 2 6 1 Profesional Universitario 219 15 1 Técnico Operativo 314 05 1 Auxiliar Administrativo 407 14 1 Auxiliar Administrativo 407 13 3 Secretario Ejecutivo 425 27 18 Subtotal Despacho Del Alcalde Despacho Secretaría General 1 Secretario De Despacho 020 09 15 Asesor 105 05 3 Asesor 105 02 19 Subtotal Despacho Planta Global 1 Subsecretario De Despacho 045 08 5 Director Técnico 009 08 2 Jefe De Oficina 006 06 12 Subdirector Técnico 068 06 2 Subdirector Técnico 068 05 1 Subdirector Técnico 068 03 23 Subtotal Nivel Directivo Nivel Asesor 2 Jefe Oficina Asesora 115 06 2 Subtotal Nivel Asesor Nivel Profesional 4 Profesional Especializado 222 32 4 Profesional Especializado 222 30 7 Profesional Especializado 222 27 1 Profesional Especializado 222 25 12 Profesional Especializado 222 24 1 Profesional Especializado 222 22 16 Profesional Especializado 222 21 1 Profesional Especializado 222 20 1 Profesional Especializado 222 19 1 Profesional Especializado 222 04 38 Profesional Universitario 219 18 1 Profesional Universitario 219 15 1 Profesional Universitario 219 11 1 Profesional Universitario 219 08 1 Profesional Universitario 219 03 90 Subtotal Nivel Profesional Nivel Técnico 1 Técnico Operativo 314 22 3 Técnico Operativo 314 17 2 Técnico Operativo 314 10 6 Técnico Operativo 314 09 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-7 • 2016 • AGOSTO • 2 3 Técnico Operativo 314 04 15 Subtotal Nivel Técnico Nivel Asistencial 2 Auxiliar Administrativo 407 27 3 Auxiliar Administrativo 407 26 5 Auxiliar Administrativo 407 24 2 Auxiliar Administrativo 407 22 4 Auxiliar Administrativo 407 20 3 Auxiliar Administrativo 407 19 3 Auxiliar Administrativo 407 17 3 Auxiliar Administrativo 407 16 1 Auxiliar Administrativo 407 15 3 Auxiliar Administrativo 407 14 2 Auxiliar Administrativo 407 13 2 Auxiliar Administrativo 407 11 8 Auxiliar Administrativo 407 09 1 Auxiliar Administrativo 407 07 1 Auxiliar Administrativo 407 05 4 Secretario Ejecutivo 425 27 2 Secretario Ejecutivo 425 20 1 Secretario 440 18 2 Secretario 440 17 1 Secretario 440 16 1 Secretario 440 13 2 Secretario 440 09 7 Auxiliar Servicios Generales 470 09 3 Auxiliar Servicios Generales 470 05 2 Auxiliar Servicios Generales 470 03 1 Conductor 480 15 6 Conductor 480 14 2 Conductor 480 13 2 Conductor 480 09 10 Operario 487 13 89 Subtotal Nivel Asistencial 256 Total Empleos ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor
Artículo 3º.
- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Secretaria General PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes NIDIA ROCÍO VARGAS Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil de agosto de dos mil dieciséis (2016).
Distrital REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-8 • 2016 • AGOSTO • 2 8 Decreto Número 323 (Agosto 2 de 2016)
“Por medio del cual se establece la estructura organizacional de la Secretaría Jurídica Distrital, y se dictan otras disposiciones.”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades legales, en especial las
Artículo 2º.
- Objeto de la Secretaría Jurídica Distrital. La Secretaría Jurídica Distrital se constituye como el ente rector en todos los asuntos jurídicos del Distrito y tiene por objeto formular, orientar y coordinar la gerencia jurídica del Distrito Capital; la definición, adopción, coordinación y ejecución de políticas en materia de contratación estatal, gestión judicial, representación judicial y extrajudicial, gestión disciplinaria Distrital, prevención del daño antijurídico, gestión de la información jurídica e inspección, vigilancia y control de las entidades sin ánimo de lucro.
conferidas por los artículos 38, numerales 6 y 9; 55 del Decreto Ley 1421 de 1993 y 7 del Acuerdo Distrital 638 de 2016, y,
CONSIDERANDO:
Artículo 3º.
- Funciones de la Secretaría Jurídica Distrital. Para el cumplimiento del objeto general la Secretaría Jurídica Distrital tendrá las siguientes funciones básicas, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo Distrital 638 de 2016:
Que el Acuerdo Distrital 638 de 2016 del 31 de marzo de 2016, modificó parcialmente el Acuerdo Distrital 257 de 2006, creó el Sector Administrativo de Gestión Jurídica, la Secretaría Jurídica Distrital y modificó las funciones de la Secretaría General.
1. Asistir, asesorar y apoyar jurídicamente al/a Al- calde/sa Mayor de Bogotá, D.C.
Que el citado Acuerdo definió la Misión del Sector Administrativo de Gestión Jurídica, así como la naturaleza, objeto y funciones de la Secretaría Jurídica Distrital.
2. Formular, adoptar, orientar y coordinar la gerencia jurídica del Distrito Capital y la definición, adopción y ejecución de las políticas en materia de gestión judicial y de prevención del daño antijurídico del Distrito Capital, conforme a las normas vigentes en la materia.
Que el artículo 7 del Acuerdo Distrital 638 de 2016, señala un período de transición de seis (6) meses para que las decisiones adoptadas en el Cabildo Distrital se hagan efectivas, determinando que los negocios, funciones y asuntos que venía desempeñando la Dirección Jurídica Distrital de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, sean asumidas por la entidad creada.
3. Asesorar, revisar y evaluar la legalidad, pertinen- cia, coherencia y conveniencia de los proyectos de decreto del Gobierno Distrital y de los proyectos de actos administrativos del/la Alcalde/sa o los que deba sancionar o suscribir.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable No. 2016EE1568 del 29 de julio de 2016, para la creación de la estructura organizacional de la Secretaría Jurídica Distrital.
4. Impartir los lineamientos y política jurídica de las secretarías, subsecretarías, direcciones, oficinas asesoras jurídicas de las entidades y organismos distritales, o de las dependencias que hagan sus veces, con el fin de realizar el seguimiento necesa- rio para mantener la unidad de criterio jurídico, en aras de prevenir el daño antijurídico; y ejercer poder preferente a nivel central, descentralizado y local en los casos que la Administración lo determine.
Que teniendo en cuenta lo anterior y conforme a lo establecido en el numeral 4º del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 - Estatuto Orgánico de Bogotá -, se hace necesario establecer la estructura organizacional de la Secretaría Jurídica Distrital, con la cual cumplirá las funciones previstas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016.
En mérito de lo expuesto,
5. Unificar, con carácter prevalente, la doctrina jurí- dica distrital cuando exista disparidad de criterios jurídicos entre sectores administrativos o al interior de un mismo sector administrativo.
DECRETA:
6. Orientar la gerencia del desarrollo, proyección y fortalecimiento de las competencias jurídicas del Cuerpo de Abogados del Distrito Capital.
Capítulo I.
DE LA NATURALEZA, OBJETO Y FUNCIONES
GENERALES
Artículo 1º.
- Naturaleza. La Secretaría Jurídica Distrital es un organismo del Sector Central con autonomía Administrativa y Financiera.
7. Realizar estudios, investigaciones y análisis jurisprudenciales y doctrinales que beneficien y soporten la gestión desarrollada por las oficinas jurídicas de las entidades y organismos del Dis- trito.
9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-9 • 2016 • AGOSTO • 2 2.3. Dirección Distrital de Política e Informática Jurídica.
8. Diseñar e implementar las políticas públicas en materia disciplinaria que contribuyan al fortaleci- miento institucional, al desarrollo de la Adminis- tración Distrital y a la lucha contra la corrupción.
2.4. Dirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Personas Jurídicas Sin Ánimo de Lucro
3. Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios
9. Diseñar e implementar las políticas de divulgación del ordenamiento normativo y de acceso a la in- formación jurídica.
4. Dirección de Gestión Corporativa
Artículo 5º.
- Despacho. Son funciones del Despacho de la Secretaría Jurídica Distrital las siguientes:
1. Dirigir el desarrollo y realización de las funciones jurídicas y administrativas de la entidad, orientan- do sus planes y políticas para el debido cumpli- miento de su misión y objetivos institucionales, en el marco de los principios de racionalización del gasto.
2. Asesorar al/la Alcalde/sa Mayor en la adopción de políticas, planes y programas relacionados con la gestión jurídica en el Distrito Capital.
3. Asistir al/la Alcalde/sa Mayor en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales.
4. Asesorar al/la Alcalde/sa Mayor en materia de representación judicial y extrajudicial.
5. Asesorar al/la Alcalde (sa) Mayor en los procesos de articulación de las políticas, planes, programas y proyectos de las entidades distritales con la política jurídica nacional.
10. Procurar el desarrollo, mantenimiento e implemen- tación de los sistemas de información jurídica.
11. Apoyar, orientar y asesorar la gestión de las entidades y organismos distritales para definir políticas públicas en materia de contratación, unificando criterios en cuanto a la aplicación de las normas y generando mecanismos para la ejecución concertada de acciones en materia de contratación.
12. Ejercer la Defensa del Distrito Capital en los pro- cesos judiciales y mecanismos alternativos de solución de conflictos que por razones de impor- tancia económica, social, ambiental, de seguridad o cultural considere conveniente.
13. Solicitar a las distintas entidades y organismos distritales informe sobre el estado de los asuntos litigiosos en los cuales sean parte, a efectos de unificar los criterios de acción judicial de la Admi- nistración Distrital.
14. Solicitar periódicamente a las entidades y orga- nismos distritales información sobre contratos, convenios y demás negocios jurídicos celebrados con personas jurídicas sin ánimo de lucro.
6. Asesorar al/la Alcalde/sa Mayor en los asuntos relacionados con los proyectos de Acuerdo que deban presentarse al Concejo de Bogotá.
Capítulo 2.
ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE LAS
DEPENDENCIAS
7. Dirigir la formulación, definición, ejecución y coordinación de las políticas de Gerencia Jurídica Pública en el Distrito Capital.
Artículo 4º.
- Estructura Interna. Para el cumplimiento del objeto y las funciones generales la Secretaría Jurídica Distrital tendrá la siguiente estructura organizacional:
1. Despacho
8. Implementar y evaluar las políticas de la Gerencia Jurídica Pública, la Gestión Judicial y la Preven- ción del Daño Antijurídico, así como las políticas en materia disciplinarias.
1.1. Oficina de Control Interno 1.2. Oficina Asesora de Planeación
9. Orientar la formulación de las políticas públicas disciplinarias en el Distrito Capital y realizar el seguimiento de las mismas.
1.3. Oficina Asesora de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
10. Asesorar a los sectores de la Administración Dis- trital en la implementación de la política jurídica y disciplinaria.
2. Subsecretaria Jurídica
2.1. Dirección Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico
11. Expedir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones y el desarro- llo de los procesos establecidos para la entidad.
12. Suscribir los contratos que se requieran para el ejercicio de las funciones de la entidad, sin
2.2. Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-10 • 2016 • AGOSTO • 2 10 perjuicio de delegar tal responsabilidad en los servidores públicos de la Secretaría.
4. Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la organización, estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evolución de la entidad;
13. Definir la formulación e implementación de las políticas para el establecimiento, desarrollo y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión y del Sistema de Control Interno de la Entidad.
5. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, pro- yectos y metas de la organización y recomendar los ajustes necesarios;
6. Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin que se obtengan los resultados esperados;
14. Decidir en segunda instancia los procesos discipli- narios adelantados en contra de los/as servidores/ as y exservidores/as públicos de la Secretaría, sin prejuicio de la competencia preferente de la Pro- curaduría General de la Nación o de la Personería de Bogotá.
7. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de informa- ción de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios;
15. Efectuar la revisión previa de los proyectos que en materia disciplinaria expida o deba expedir el Alcalde Mayor.
8. Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de control que contribuya al mejora- miento continuo en el cumplimiento de la misión institucional;
16. Dirigir la formulación y orientar las políticas y es- trategias de la función de inspección, vigilancia y control a las entidades sin ánimo de lucro domi- ciliadas en el Distrito Capital.
17. Presentar informes de las labores de la Secretaría al/la Alcalde/sa Mayor, a los organismos de control y a las demás autoridades que los requieran.
9. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la entidad correspondiente;
18. Liderar la formulación de la política de comunica- ciones interna y externa de la Secretaría Jurídica Distrital.
10. Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilida- des detectadas y de las fallas en su cumplimiento.
19. Garantizar la efectiva prestación de los servicios a la ciudadanía, acorde con lo establecido en el Decreto Distrital 392 de 2015, o la norma que la modifique o sustituya.
Artículo 7º.
- Oficina Asesora de Planeación. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación las siguientes:
Artículo 6º.
- Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, además de las contempladas en las normas vigentes para el ejercicio del Control Interno, las siguientes:
1. Asesorar a la Alta Dirección en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del plan estratégico, los planes operativos y los proyectos de inversión de la entidad, de conformidad con el Plan de Desarrollo Distrital y el objeto social de la entidad.
1. Planear, dirigir y organizar la verificación y evalua- ción del Sistema de Control Interno y del Sistema Integrado de Gestión.
2. Asesorar a las diferentes dependencias en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del plan estratégico, los planes operativos y los proyectos de inversión de la entidad, de conformi- dad con el Plan de Desarrollo Distrital y el objeto social de la entidad.
2. Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de man- do.
3. Orientar la implementación, sostenibilidad y me- jora continua del Sistema Integrado de Gestión de la Entidad y de las demás herramientas de gestión existentes, de acuerdo con la normatividad vigente.
3. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la organización, se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función.
4. Asesorar la formulación y efectuar seguimiento al anteproyecto anual de presupuesto de inversión
11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-11 • 2016 • AGOSTO • 2 y de funcionamiento, conjuntamente con la Dirección Corporativa, y en concordancia con el plan estratégico, los planes de gestión y los proyectos de inversión de la Entidad.
Jurídica Distrital y del sector Administrativo de Gestión Jurídica del Distrito Capital, en beneficio de la prestación efectiva de sus servicios y para facilitar la gobernabilidad y gestión de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).
5. Definir los criterios de optimización y métodos que orienten la toma de decisiones de inversión en tecnologías de la información buscando el bene- ficio económico y de los servicios de la Secretaría Jurídica Distrital.
5. Asesorar a las diferentes dependencias en la conformación y análisis de estadísticas de ges- tión, la formulación, aplicación de indicadores de gestión y de mecanismos de evaluación del cumplimiento de objetivos y metas definidos en los planes, programas y proyectos, proponiendo las recomendaciones que permitan mejorar la eficacia de la Entidad.
6. Diseñar metodologías y herramientas para mejorar la gestión de la Secretaría Jurídica Distrital y de cada una de sus dependencias.
7. Estructurar el modelo de operación de la Entidad, en coordinación con las diferentes dependencias.
8. Asesorar a la Entidad en el estudio, organización y desarrollo administrativo, optimización y racionali- zación de trámites, y demás asuntos relacionados con la gestión de acuerdo con los principios de eficacia, eficiencia y efectividad de la gestión pública.
9. Elaborar los informes relacionados con las funcio- nes a cargo de la Oficina, para ser presentados ante las autoridades o la ciudadanía, en la opor- tunidad requerida.
Artículo 8º.
- Oficina Asesora de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Son funciones de la oficina Asesora de Tecnologías de la información, las comunicaciones las siguientes.
6. Administrar las herramientas, las bases de datos, la plataforma tecnológica de información y co- municaciones de la Secretaría Jurídica Distrital, así como desarrollar y mantener los sistemas administrativos y misionales de la entidad para garantizar su funcionalidad y disponibilidad en su operación.
7. Implementar las metodologías y procedimientos que adopte la Entidad para el desarrollo, ins- talación, administración, seguridad y uso de la infraestructura tecnológica, teniendo en cuenta los lineamientos que en la materia generan las entidades competentes.
8. Garantizar el funcionamiento del soporte informá- tico de la Página WEB de la Secretaría, según los lineamientos de la política de comunicaciones interna y externa.
9. Administrar los portales web y redes sociales de la Secretaría Jurídica Distrital, garantizando el cumplimiento de los lineamientos del gobierno en línea.
10. Diseñar e implementar un modelo de interope- rabilidad de sistemas y gestión de información misional, con el fin de permitir el acceso a la misma por parte de entidades y otros actores, de manera ordenada e integrada, para facilitar la toma de decisiones.
1. Orientar la gestión estratégica con tecnologías de la información y comunicaciones mediante la de- finición, implementación, ejecución, seguimiento y divulgación de un Plan Estratégico de Tecnolo- gía y Sistemas de Información (PETI), que esté alineado a la estrategia y al modelo integrado de gestión de la Secretaría Jurídica Distrital.
11. Emitir los lineamientos técnicos del desarrollo de los contenidos y ambientes virtuales requeridos para el cumplimiento de las funciones y objetivos de la Secretaría.
2. Identificar oportunidades para adoptar nuevas tendencias tecnológicas que generen impacto en el desarrollo del sector Administrativo de Gestión Jurídica del Distrito Capital y del país, así como velar por el cumplimiento y actualización de las políticas y estándares en esta materia.
12. Coordinar la implementación y sostenibilidad del Sistema de Seguridad de la Información de la Se- cretaría Jurídica Distrital, en el marco del Sistema Integrado de Gestión.
3. Definir, implementar y mantener la arquitectura tecnológica empresarial de la Secretaría Jurídica Distrital y del sector Administrativo de Gestión Jurídica del Distrito Capital.
13. Mantener el inventario de activos de información de la Secretaría Jurídica Distrital con el fin de verificar y mantener los niveles de protección requeridos.
4. Desarrollar los lineamientos en materia tecnológi- ca, necesarios para definir políticas, estrategias y prácticas que habiliten la gestión de la Secretaría
Artículo 9º.
- Subsecretaría Jurídica. Son funciones de la Subsecretaría Jurídica las siguientes:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-12 • 2016 • AGOSTO • 2 12
14. Orientar, articular y coordinar las acciones para el cumplimiento de las funciones a cargo de las Direcciones que integran la Subsecretaría Jurídica Distrital.
1. Asesorar al Despacho de la Secretaría Jurídica en la formulación y orientación de la Gerencia Jurídica del Distrito Capital para la definición, adopción y ejecución de las políticas en materia de gestión judicial, contractual y prevención del daño anti-jurídico del Distrito Capital.
15. Resolver sobre la procedencia de los recursos de reposición, apelación, queja y revocatoria directa que se interpongan ante el Despacho del/ la Alcalde/sa Mayor, en contra de los actos admi- nistrativos.
2. Orientar la implementación de las políticas sobre la gerencia jurídica, la gestión judicial y la preven- ción del daño anti-jurídico en el Distrito Capital.
3. Revisar y evaluar la legalidad de los proyectos de actos administrativos que deba suscriba el/ la Alcalde/sa Mayor o el/la Secretario/a Jurídico Distrital.
16. Resolver los recursos de apelación y/o queja contra los actos administrativos proferidos por la Dirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Con- trol de Personas Jurídicas sin Ánimo de Lucro y de las demás Direcciones que integran la Dirección Jurídica Distrital de Bogotá, D.C., cuando aquéllos sean procedentes.
4. Emitir pronunciamientos jurídicos cuando exista disparidad de criterios jurídicos entre sectores ad- ministrativos de coordinación de la administración distrital o al interior de un mismo sector adminis- trativo, a solicitud del/la Alcalde/sa Mayor, del respectivo Secretario/a de Despacho o de los/as Jefes de las oficinas jurídicas o las dependencias que hagan sus veces.
17. Proyectar la segunda instancia de los procesos disciplinarios contra los servidores y ex servidores de la entidad, de conformidad con el Código Dis- ciplinario Único y demás disposiciones vigentes sobre la materia, para la firma del/la Secretario/a Jurídico.
18. Asesorar y asistir jurídicamente a las dependen- cias de la Secretaría Jurídica Distrital.
5. Orientar el desarrollo de las actividades, la pro- yección y el fortalecimiento de las competencias jurídicas del Cuerpo de Abogados del Distrito Capital.
Artículo 10º.
- Dirección Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico. Son funciones de la Dirección Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico las siguientes:
1. Proponer a la Subsecretaría Jurídica las políticas en materia de gestión judicial y extrajudicial, así como en la prevención del daño antijurídico.
2. Ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Secretaría Jurídica Distrital y del Sector Central de la Administración Distrital, en aquellos asuntos que determine el/la Alcalde/sa Mayor.
3. Proponer a la Subsecretaría Jurídica las pautas para establecer las razones de trascendencia económica, social, cultural, ambiental de seguri- dad o de otra índole, que debido a su importancia ameriten el ejercicio de la representación judicial y/o extrajudicial por parte de la Secretaría Jurídica Distrital
4. Efectuar el seguimiento al ejercicio de la defensa judicial de las entidades y organismos distritales a través de los Sistemas de Información Jurídica establecidos.
6. Orientar y gerenciar el desarrollo de las activida- des de las diferentes instancias de coordinación jurídica.
7. Coordinar la formulación de las políticas y estra- tegias de la función de inspección, vigilancia y control de las entidades sin ánimo de lucro en el Distrito Capital.
8. Proyectar los actos administrativos que resuelven los recursos de apelación interpuestos dentro de los procesos disciplinarios de la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios.
9. Revisar y/o proyectar los actos administrativos que deba emitir en materia disciplinaria el Alcalde Mayor de Bogotá D.C.
10. Definir los lineamientos para procurar el desarrollo, mantenimiento e implementación de los sistemas de información jurídica.
11. Liderar y orientar el diseño de las políticas de di- vulgación del ordenamiento normativo y de acceso a la información jurídica.
12. Aprobar los estudios jurídicos que sean de inte- rés distrital, en virtud del objeto y funciones de la Secretaría Jurídica Distrital.
5. Unificar y orientar los criterios de representación judicial y extrajudicial de la Administración Distrital.
6. Establecer directrices y lineamientos a nivel Distrital para los Comités de Conciliación, para
13. Intervenir y proponer fórmulas de arreglo directo cuando surjan conflictos entre los organismos y entidades distritales.
13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-13 • 2016 • AGOSTO • 2 rales numerales 8, 9, 15, 16 y 17 del artículo 9, y el numeral 8 del artículo 10 del presente Decreto. identificar, seleccionar y analizar las temáticas análogas de causas litigiosas entre los ciudadanos y la Administración Distrital, que conlleven a la formulación de políticas.
7. Establecer los criterios y medidas administrativas para el cumplimiento y ejecución de las sentencias judiciales.
3. Proyectar y/o revisar los actos administrativos que deben ser suscritos por el/la Secretario Jurídico Distrital en desarrollo de las funciones misionales de la entidad que le sean asignados, teniendo en cuenta el numeral anterior.
8. Proyectar los actos administrativos requeridos para el cumplimiento de sentencias y providencias judiciales de la Secretaría Jurídica Distrital o por parte del Distrito Capital, o la Alcaldía Mayor y en aquellos asuntos que determine el/la Alcalde/sa Mayor.
4. Expedir de manera conjunta con la Subsecretaría Jurídica los pronunciamientos jurídicos sobre los proyectos de Acuerdo y de Ley, que le sean so- licitados a la Secretaría Jurídica Distrital, en los términos de los Decretos Distritales 6 de 2009 y 190 de 2010, o el que lo modifique, adicione o sustituya.
5. Expedir los conceptos jurídicos que sean reque- ridos a la Secretaría Jurídica Distrital, siempre y cuando no correspondan a otra dependencia.
6. Proponer a la Subsecretaría Jurídica los criterios de unificación jurídica cuando existan disparidad de criterios, entre las entidades distritales, previa solicitud de la Subsecretaría.
9. Realizar seguimiento, análisis y coordinación interinstitucional para el cumplimiento de las sen- tencias, providencias judiciales de trascendencia económica, social, cultural, ambiental, de segu- ridad o impacto jurídico, en las cuales sea parte Bogotá, Distrito Capital, y/o la Secretaría Jurídica Distrital actué como representante judicial, o es- tablezcan obligaciones a cargo del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
7. Asistir y apoyar a la Subsecretaría Jurídica en el ejercicio de sus funciones y atribuciones legales.
Artículo 12º.
- Dirección Distrital de Política e Informáti-
ca Jurídica. Son funciones de la Dirección Distrital de Política e Informática Jurídica, las siguientes:
10. Administrar y operar el Sistema de Información de Procesos Judiciales, SIPROJ WEB BOGOTÁ y prestar la asesoría e impartir las orientaciones a las entidades y organismos distritales, en el ma- nejo de dicho sistema. Igualmente, deberá definir los entes públicos, mixtos o de otra naturaleza que deben incorporar la información en el SIPROJ WEB.
1. Asesorar los despachos de la Secretaría Jurídica y de la Subsecretaría Jurídica Distrital en la defi- nición y coordinación de la gestión jurídica Distrital en materia de estudios y análisis especializados, coordinación del cuerpo de abogados del Distrito Capital y gestión de la información jurídica.
11. Realizar seguimiento, asesorar y apoyar a los Comités de Conciliación de los órganos, entida- des y organismos del Distrito Capital, que así lo requieran de acuerdo a los criterios que se definan por parte de la Subsecretaría Jurídica.
12. Expedir los conceptos jurídicos y pronunciamien- tos relacionados con su competencia y enmarca- dos en sus funciones.
2. Realizar estudios, análisis jurisprudenciales y doc- trinales, e investigaciones jurídicas en temáticas de interés para el Distrito Capital, en beneficio de la gestión de las oficinas jurídicas o las depen- dencias que hagan sus veces, en las entidades y organismos distritales.
Artículo 11º.
- Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos. Son funciones de la Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos las siguientes:
3. Coordinar la realización de actividades académi- cas y de formación para el fortalecimiento de las competencias jurídicas del Cuerpo de Abogados del Distrito Capital.
1. Asesorar al Despacho de la Subsecretaría Jurí- dica Distrital en la definición y coordinación de la gestión jurídica Distrital en materia de actos admi- nistrativos y de la unidad conceptual del Distrito.
4. Asesorar a la Secretaría Jurídica Distrital en la formulación y desarrollo de la política de coordi- nación jurídica de las entidades y organismos del Distrito Capital.
5. Elaborar los proyectos de política en materia jurídica de interés para el Distrito, buscado la unificación de criterios para la aplicación de las normas y la ejecución concertada de acciones
2. Revisar los documentos de contenido o efecto legal procedentes de las entidades y/o organismos distritales que deban ser sancionados o suscritos por el/la Alcalde/sa Mayor y/o el Secretario Jurídi- co Distrital, diferentes a los previstos en los nume-
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-14 • 2016 • AGOSTO • 2 14 en esta materia, para que sean adoptados por la Secretaria Jurídica Distrital
3. Administrar, actualizar y operar el Sistema de Información de Personas Jurídicas – SIPEJ, con- forme a las reglas que para el efecto determine el Gobierno Distrital y la Secretaría Jurídica Distrital.
6. Elaborar los proyectos de política en materia de contratación, buscado la unificación de criterios para la aplicación de las normas y la ejecución concertada de acciones en esta materia, para que sean adoptados por la Secretaria Jurídica Distrital
4. Formular y coordinar las políticas para el ejercicio de la inspección, vigilancia y control de las entida- des sin ánimo de lucro, con las demás Entidades y Organismos Distritales que tienen a su cargo el desarrollo de ésta función.
7. Coordinar el diseño e implementación de las po- líticas de divulgación del ordenamiento normativo y de acceso a la información jurídica.
5. Realizar las acciones y actividades necesarias en coordinación con los sectores de la Administra- ción Distrital, cuyas entidades integrantes tengan funciones de inspección, vigilancia y control a las entidades sin ánimo de lucro, para cumplir con dicha función y/o actividad.
8. Apoyar el desarrollo, mantenimiento e implemen- tación de los sistemas de información jurídica, en procura que los mismos estén permanentemente actualizados y disponibles para las entidades y organismos distritales y la ciudadanía en general.
9. Apoyar al/la Secretario/a Jurídico/a Distrital y al/la Subsecretario/a Jurídico/a en todos los trámites, requisitos y procedimientos relacionados con las Asociaciones Público Privadas.
6. Expedir las certificaciones especiales con destino a las cámaras de comercio, en los términos del artículo 8º del Decreto 427 de 1996, así como las certificaciones: de inspección, vigilancia y control e históricas de las entidades sin ánimo de lucro, con domicilio en el Bogotá, D.C., que sean o hayan sido sujeto de su inspección, vigilancia y control.
7. Reconocer y registrar las ligas y asociaciones de consumidores conforme a las disposiciones especiales sobre la materia.
10. Administrar, actualizar y operar los siguientes sistemas de información jurídica: Régimen Legal de Bogotá, el Sistema Iberoamericano de Defensa de los Intereses del Estado, Biblioteca Virtual y el Sistema de Información de la Abogacía General del Distrito Capital, o los que los reemplacen o complementen, conforme a las reglas que para el efecto determine el Gobierno Distrital y la Se- cretaria Jurídica Distrital.
8. Reconocer, registrar y efectuar el procedimiento administrativo tendiente a la conformación de los Comités de Desarrollo y Control Social de Servi- cios Públicos Domiciliarios, e inscribir el vocal de control y su junta directiva.
11. Proyectar los lineamientos de unificación jurídica cuando exista disparidad de criterios en las enti- dades distritales.
9. Expedir las certificaciones de existencia y repre- sentación legal de las ligas y asociaciones de consumidores y de los Comités de Desarrollo y Control Social de Servicios Públicos Domiciliarios.
12. Asistir y apoyar a la Secretaría Jurídica y la Sub- secretaría Jurídica en el ejercicio de sus funciones y atribuciones legales.
Artículo 13º.
- Dirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Personas Jurídicas Sin Ánimo de Lucro. Son funciones de la Dirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Personas Jurídicas sin Ánimo de Lucro las siguientes:
10. Interactuar con la Cámara de Comercio de Bogotá y demás organizaciones del sector privado, con el propósito de unificar criterios, desarrollar eficien- temente y ejercer coordinadamente la inspección, vigilancia y control de las entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones, corporaciones y fundaciones e instituciones de utilidad común con domicilio en el Distrito Capital.
1. Ejercer la función de inspección, vigilancia y con- trol a las entidades sin ánimo de lucro domiciliadas en Bogotá D.C., sin perjuicio de las competencias asignadas en la materia, a otras entidades y or- ganismos distritales.
11. Estudiar y dar trámite de legalización a las solici- tudes de posesión que formulen aquellos cabildos indígenas legalmente constituidos, que tengan tradición y domicilio en la ciudad, previo a su posesión ante el Alcalde Mayor.
12. Contribuir a la generación de políticas públicas para facilitar la oferta de servicios a la ciudadanía, haciendo seguimiento en temas específicos de las entidades sin ánimo de lucro domiciliadas en Bo-
2. Orientar a la ciudadanía y entidades sin ánimo de lucro con domicilio en Bogotá D.C., en relación con el marco de regulación legal, el ejercicio de las actividades propias de las ESAL, y en general, respecto de sus derechos y obligaciones frente a la comunidad y las autoridades públicas en ejer- cicio del derecho de asociación.
15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-15 • 2016 • AGOSTO • 2
10. Desarrollar actividades de capacitación a los operadores disciplinarios del Distrito.
gotá D.C., en las diferentes etapas que comprendan la recopilación, adquisición, parametrización, organización, análisis y difusión de la información.
13. Asistir y apoyar a la Subsecretaría Jurídica en el ejercicio de sus funciones y atribuciones legales.
11. Administrar y coordinar el Sistema de Información Disciplinaria Distrital, así como brindar asesoría a las entidades del Distrito en el manejo y opera- tividad del mencionado aplicativo.
12. Expedir los pronunciamientos y/o conceptos rela- cionados con temas de asuntos disciplinarios.
Artículo 14º.
- Dirección Distrital De Asuntos Disciplinarios. Son funciones de la Dirección Distrital de Control Disciplinario las siguientes.
Artículo 15º.
- Dirección De Gestión Corporativa. Son funciones de la Dirección de Gestión Corporativa las siguientes:
1. Asesorar al/la Secretario/a Jurídico en el diseño y formulación de políticas y estrategias para el ejercicio de la función disciplinaria en las entidades y organismos del Distrito Capital.
1. Asistir a la Secretaría Jurídica Distrital en la de- terminación de los objetivos y estrategias relacio- nadas con la administración de la entidad.
2. Asesorar a las diferentes oficinas de control disci- plinario en la implementación y aplicación de las políticas que en materia disciplinaria se expidan.
3. Brindar herramientas de prevención de las con- ductas disciplinarias para el fortalecimiento insti- tucional y la lucha contra la corrupción.
2. Dirigir, coordinar y controlar al interior de la Se- cretaría la ejecución de los programas y activi- dades relacionadas con los asuntos de carácter administrativo, logístico, operativo y financiero, de conformidad con las disposiciones vigentes.
3. Adelantar el proceso de Cobro Persuasivo de las obligaciones exigibles pendientes de pago a favor de la Secretaría.
4. Adelantar en primera instancia los procesos disci- plinarios cuya competencia sea del Alcalde Mayor; y proyectar para su firma los fallos correspondien- tes de conformidad con el Código Disciplinario Único y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
5. Proyectar las decisiones de segunda instancia de los procesos adelantados contra los/as Alcaldes/ sas Locales o ex Alcaldes/as Locales, cuya prime- ra instancia corresponde a la Secretaría Distrital de Gobierno.
4 Dirigir y coordinar las actividades de administración de recursos financieros, contables y presupuestales de la entidad, así como la formulación, planeación y ejecución del proyecto anual del presupuesto de la entidad, las modificaciones, traslados y adiciones presupuestales a que haya lugar, con sujeción a las disposiciones legales y procedimientos respectivos.
6. Asesorar y mantener informado al Despacho de la Secretaría Jurídica Distrital en todo lo referente a la aplicación del régimen disciplinario y de los procesos que se adelanten contra los servidores de la Entidad.
5. Dirigir los procesos relacionados con el manejo del talento humano de la Entidad, bienestar social e incentivos, Plan Institucional de Capacitación (PIC), salud ocupacional, evaluación del desem- peño, inducción, re inducción, clima organizacio- nal y plan anual de vacantes.
6. Administrar, Organizar y coordinar el funciona- miento del sistema de gestión documental y sis- tema integrado de conservación de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia.
7. Adelantar la indagación preliminar, la investigación formal y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios contra los servidores y ex servidores de la entidad, de conformidad con el Código Dis- ciplinario Único y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
7. Coordinar, dirigir y adelantar el proceso de contra- tación de la Secretaría Jurídica Distrital en todas sus etapas.
8. Proyectar las resoluciones mediante las cuales se haga efectiva la aplicación de las sanciones disciplinarias impuestas a los servidores públicos cuyo nombramiento haya sido efectuado por el/la Alcalde/sa Mayor o el/la Secretario/a.
8. Orientar y coordinar la atención y trámite de los requerimientos, peticiones, quejas y Solicitudes de los ciudadanos de acuerdo con la normatividad vi- gente y los procedimientos establecidos, así como efectuar el seguimiento del trámite, contribuyendo a la optimización de la gestión administrativa de la entidad.
9. Efectuar el seguimiento a la ejecución de las sanciones que se impongan a servidores y ex servidores de la Secretaría, hasta su remisión a la jurisdicción coactiva, si es del caso.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-16 • 2016 • AGOSTO • 2 16
5. Comisión Intersectorial de Servicio a la Ciudadanía
6. Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Dis- trito Capital
9. Administrar los bienes informáticos y de telecomu- nicaciones, el soporte técnico y las aplicaciones informáticas de la entidad a efectos de garantizar su debido funcionamiento
7. Comisión Intersectorial de Mujeres
Capítulo 3.
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 19º.
- Conformación de la Comisión Intersectorial de Apoyo a la Contratación. La Comisión Intersectorial de Apoyo a la Contratación estará integrada por los/as Secretarios/as de Despacho cabeza de los Sectores Administrativos de Coordinación del Distrito Capital y está presidido por el/la Secretario/a Jurídico/a Distrital.
Artículo 16º.
- Asuntos de competencias. Los negocios, funciones y asuntos que venían siendo atendidos por la Dirección Jurídica Distrital de la Secretaría General, serán asumidos por la Secretaría Jurídica Distrital en el estado en que se encuentren.
Podrán ser invitados/as los/las servidores/as públicos/ as de las entidades distritales, cuando los integrantes de la Comisión lo consideren necesario.
Parágrafo 1º. - A partir del 3 de agosto de 2016 la
Secretaría General asumirá la representación judicial y extrajudicial, de los asuntos en que la entidad actué como demandante o demandada, conforme a las competencias establecidas en el artículo 1º del Decreto Distrital 445 de 2015.
La Secretaría Técnica la ejercerá la Dirección Distrital de Política e Informática Jurídica y desarrollará sus funciones de conformidad con lo dispuesto en su norma de creación y en el artículo 5° del Decreto 546 de 2007 o la disposición que la modifique, adicione o sustituya.
Parágrafo 2º. - Las competencias especiales
asignadas en el artículo 4 del Decreto Distrital 445 de 2015, serán asumidas por la Secretaría Jurídica Distrital, a excepción de la contenida en el numeral 4.9., la cual continuará a cargo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., como cabeza de sector gestión pública.
Parágrafo 1. Los/as Secretarios/as de Despacho
podrán delegar su participación en los/as Directores/ as o Jefes/as de Oficina Jurídica o en quien haga sus veces, o en los/as responsables de las áreas de contratación de cada Secretaría, según corresponda a cada estructura interna Parágrafo 3º.- Las competencias especiales en el artículo 5 del Distrital Distrital 445 de 2015 estarán a cargo de la Dirección Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la vigencia del presente Decreto.
Artículo 20º.
- Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación deroga los numerales 6 y 8 del artículo 2, y los artículos 26, 27, 28, 29, 30 y 34 del Decreto Distrital 267 de 2007, el Decreto Distrital 502 de 2009 y los artículos 1, 2, 6, 7, 8, 10 y 11 del Decreto Distrital 456 de 2015; el artículo 34 del Decreto Distrital 530 de 2015; modifica los artículos 3 y 4 del Decreto Distrital 291 de 2008, modifica en lo pertinente el Decreto 445 de 2015 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Artículo 17º.
- Competencia en materia disciplinaria. Los procesos de competencia disciplinaria a cargo del Alcalde Mayor que venían siendo tramitados en la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría General, serán asumidos por la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Jurídica Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes
Artículo 18º.
- Instancias de Coordinación Distrital. La Secretaría Jurídica Distrital se integra a las siguientes instancias de coordinación distrital:
de agosto de dos mil dieciséis (2016).
1. Consejo Distrital de Gobierno
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
2. Consejo de Política Social.
Alcalde Mayor
3. Comisión intersectorial de Apoyo a la Contrata- ción.
DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Secretaria General
3. Comisión Intersectorial de la Participación en el Distrito Capital
NIDIA ROCÍO VARGAS Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil
4. Comisión Intersectorial de Gestión y Desarrollo Local del Distrito Capital
Distrital 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-17 • 2016 • AGOSTO • 2 RESOLUCIONES DE 2016 presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.
}SECRETARÍA DE HACIENDA
Artículo 2º.
Los Actos administrativos a publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 3 Registros, No. 2 con 7 Registros, No. 3 con 62 Registros, No. 4 con 1 Registro.
Resolución Número 1173- DDI-054186, 2016EE117537
Artículo 3º.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 1:
(Julio 28 de 2016)
OFICINA TIPO DE ACTO COBRO COACTIVO RESOLUCIÓN QUE FALLA “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el EXCEPCIONES artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”
EL JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reposición que deberá interponerse ante la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, ubicada en la Avenida Calle 17 No. 65B – 95 Piso 1, dentro de un (1) Mes siguiente a esta publicación.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 2:
IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 OFICINA TIPO DE ACTO de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre CONTROL MASIVO LIQUIDACIÓN OFICIAL DE CORRECCIÓN POR de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 MENOR VALOR CUENTAS CORRIENTES Y del Acuerdo 469 de 2011.
RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIONES COMPENSACIÓN
CONSIDERANDO:
LIQUIDACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, Avenida Calle 17 No. 65B – 95 Piso 1, dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.
Que en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 3:
OFICINA TIPO DE ACTO RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN AL MANDAMIENTO DE Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias PAGO RESOLUCIÓN DE COBRO COACTIVO TERMINACIÓN PROCESO RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON EL Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos Nos. 1, 2, 3 y 4 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.
PROCESO COBRO PREJURÍDICO RESOLUCIÓN FACILIDAD DE PAGO Que en consideración a lo expuesto, AUTO DE ARCHIVO CONTROL MASIVO REVOCATORIA
RESUELVE:
AUTO DE INSPECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN AUTO DE ARCHIVO
Artículo 1º.
Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en los anexos Nos. 1, 2, 3 y 4 que hacen parte de la
LIQUIDACIÓN REVOCATORIA REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-18 • 2016 • AGOSTO • 2 18 Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso. del Estatuto Tributario Nacional. La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Avenida Calle 17 No.65B-95 piso 1.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 4:
Artículo 4º.
Esta Resolución rige a partir de su publicación.
OFICINA TIPO DE ACTO Dada en Bogotá, D.C. a los veintiocho (28) días COBRO COACTIVO MANDAMIENTO DE PAGO del mes de julio de dos mil dieciséis (2016).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 JOHN ALEXÁNDER BARBOSA CRISTANCHO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN DE SUR MJ 14-07-16 NO RESIDE SUR MJ 14-07-16 NO RESIDE DIRECCIÓN KR 27B 71F 12 KR 27B 71F 12 NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DEL ACTO FALLA EXCEPCIONES 11-07-16 2007, 2008,2009, 2010, 2011 FALLA EXCEPCIONES 11-07-16 2007, 2008,2009, 2010, 2011 FALLA EXCEPCIONES 07-07-16 2011 CL 62 SUR 84 11 13-07-16 CERRADO PLACA - CHIP INMOBILIARIA TIPO DE ACTO FECHA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO DEL IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal PAEZ 41.630.134 PREDIAL AAA0045RHTD RESOLUCIÓN QUE MARTINEZ 28.902.446 PREDIAL AAA0180EYXS RESOLUCIÓN QUE APODERADO NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.
ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1173-DDI-054186 DEL 28 DE JULIO DE 2016 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, Avenida Calle 17 No. 65B – 95 Piso 1, dentro de un (1) mes siguiente a esta publicación.
El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
No.
Que el Jefe de la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, profirio para el contribuyente que se relaciona a DDI053231 2016EE111039 201111002594 ENRIQUE ROJAS GONZALEZ 18.276.304 PREDIAL AAA0180EYXS RESOLUCIÓN QUE DDI053231 2016EE111039 201111002594 MARIA JULIA VALBUENA DDI052898 2016EE109280 201601600301003665 GLORIA AMANDA GONZALEZ RESOLUCIÓN No. CORDIS No. DE Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reposición que deberá interponerse ante la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-19 • 2016 • AGOSTO • 2 DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN CAUSAL DE (ANTIOQUIA) 14-07-16 NO RESIDE NOTIFICACIÓN FECHA DE PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO 13-07-16 2015 KR 54 D 187 43 IN 1 AP 501 18-07-16 NO RESIDE VALOR AFORO 07-07-16 2014 CL 23 SUR 42B 86 ENVIGADO AFORO 07-07-16 2014 KR 1 A ESTE 109 50 AP 20 14-07-16 CERRADO OFICIAL DE LIQUIDACIÓN TIPO DE ACTO FECHA COMPENSACIÓN 10-05-16 2016 CL 126A 7C 44 AP 404 14-07-16 NO RESIDE COMPENSACIÓN 25-05-16 2016 KR 4 32 62 AP 401 11-07-16 CERRADO COMPENSACIÓN 27-04-16 2016 KR 2 A 48 51 11-07-16 CERRADO COMPENSACIÓN 27-05-16 2016 AV AMERICAS 78B 09 PI 2 15-07-16 CERRADO DEVOLUCIÓN Y/O OFICIAL DE DEVOLUCIÓN Y/O OFICIAL DE DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O C O R R E C C I Ó N POR MENOR Y/O MATRICULA INMOBILIARIA PLACA - CHIP TIPO DE IMPUESTO DEL NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO 800.242.292 PREDIAL AAA0236TAMS LIQUIDACIÓN IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal ROJAS 40.039.167 VEHÍCULOS HCZ410 RESOLUCIÓN DE ULISES 79.264.528 PREDIAL AAA0102BTMR LIQUIDACIÓN FEIJOO 1.128.414.698 VEHÍCULOS IMT098 RESOLUCIÓN DE OCHOA 19.165.526 PREDIAL AAA0058ADFT ITINERANTE NOMBRE DEL MAECHA SUAREZ 39.574.961 VEHÍCULOS CXW977 RESOLUCIÓN DE CONTRIBUYENTE Y/O APODERADO LANCHEROS RUIZ 80.219.855 VEHÍCULOS DDK046 RESOLUCIÓN DE FUNDACION FAMILIA DE NAZARETH PARA LA EVANGELIZACION relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.
ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1173-DDI-054186 DEL 28 DE JULIO DE 2016 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Subdirección Jurídico Tributaria, Avenida Calle 17 No. 65B – 95 Piso 1, dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.
El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
No.
Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la DDI041318 2016EE74886 201603400300003156 DANIELA MARQUEZ DDI052707 2016EE109037 201401100100188168 DDI048920 2016EE89970 201603400300003365 DIEGO ALEJANDRO DDI052698 2016EE108993 201401100100173174 CANOSA SUAREZ DDI017917 2016EE47645 201603400300002707 RUTH EMILSE CANO DDI049682 2016EE91999 201603400300003389 SANDRA YADIRA DDI053552 2016EE112261 201601300300003548 JOSE MANUEL SUAN de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio y la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Determinación, profirieron para los contribuyentes que se RESOLUCIÓN No. CORDIS No. DE Que los Jefes de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, la Oficina de Control Masivo REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-20 • 2016 • AGOSTO • 2 20 CAUSAL DE DEFICIENTE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN C 33 15-07-16 CERRADO H 16 15-07-16 CERRADO AP 209 12-07-16 NO RESIDE AP 502 19-07-16 CERRADO SUR AP 201 14-07-16 CERRADO SUR AP 201 14-07-16 CERRADO SUR AP 201 14-07-16 CERRADO SUR BARRIO SAN ANTONIO 19-07-16 CERRADO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO PROCESO 06-07-16 2008 KR 69 C 24 62 PROCESO 06-07-16 2008 KR 69 C 24 62 PROCESO 06-07-16 2008 KR 69 C 24 62 TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO DEL IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO DIAZ 7.224.851 VEHÍCULOS ABI575 AUTO DE ARCHIVO 14-06-16 2013 CL 69 C 105 91 14-07-16 DIRECCIÓN TORRES 13.347.020 VEHÍCULOS CVV340 AUTO DE ARCHIVO 19-07-16 2013 KR 14 BIS 3 07 QUIJANO 11.437.686 VEHÍCULOS BRR434 AUTO DE ARCHIVO 12-07-16 2011 KR 16 16 98 15-07-16 NO RESIDE MARTINEZ 3.176.796 VEHÍCULOS BFX328 AUTO DE ARCHIVO 14-06-16 2013 KR 38 B BIS 2 MERARDO 3.077.355 VEHÍCULOS PEU468 AUTO DE ARCHIVO 14-06-16 2013 KR 69 F 7 A 06 RODRIGUEZ 2.984.426 VEHÍCULOS VEQ081 AUTO DE ARCHIVO 14-06-16 2013 CL 139 138 C 05 15-07-16 CERRADO APODERADO NOMBRE DEL JULIO ANIBAL 420.258 VEHÍCULOS MPV069 AUTO DE ARCHIVO 14-06-16 2013 CL 99 69 C 32 19-07-16 NO RESIDE GARDEAZABAL PEÑA 3.228.764 PREDIAL AAA0162WJBR REVOCATORIA 07-07-16 2007, 2008 KR 9 146 10 CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No. 3 DE LA RESOLUCIÓN No. 1173-DDI-054186 DEL 28 DE JULIO DE 2016 EXPEDIENTE contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.
SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
No.
Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina General de Fiscalización y la Oficina de Liquidación, profirieron para los En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
DDI51428 2016EE99264 201503200100018759 NORBERTO CRISTANCHO DDI51388 2016EE99222 201503200100018643 ALVAREZ JIMENEZ DDI51357 2016EE99191 201503200100018648 JAIRO CAJAMARCA DDI51344 2016EE99178 201503200100015076 ALIRIO PEDRAZA DDI51430 2016EE99266 201503200100021636 JORGE ELIECER TORRES DDI51358 2016EE99192 201503200100018876 JAVIER GONZALEZ DAZA 16.686.835 VEHÍCULOS CDM870 AUTO DE ARCHIVO 14-06-16 2013 KR 104 A 23 DDI51419 2016EE99253 201503200100015031 ANGULO DE LA CRUZ DDI052911 2016EE109378 200911100333 MAURICIO EDUARDO DDI053274 2016EE111278 201503100100082476 JUAN DAVID RODRIGUEZ DDI052644 2016EE108486 200911094934 ELIAS REY OREJARENA 2.930.167 PREDIAL AAA0156DKXS RESOLUCIÓN DE DDI052644 2016EE108486 200911094934 ELIAS REY OREJARENA 2.930.167 PREDIAL AAA0156DKWW RESOLUCIÓN DE DDI052644 2016EE108486 200911094934 ELIAS REY OREJARENA 2.930.167 PREDIAL AAA0156DKUH RESOLUCIÓN DE Que los Jefes de la Oficina de Cobro Prejurídico, la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, la Oficina de RESOLUCIÓN No.
21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-21 • 2016 • AGOSTO • 2 DEFICIENTE 15-07-16 CERRADO IN 3 13-07-16 CERRADO IN 1 18-07-16 CERRADO RCA SUR 15-07-16 CERRADO SUR 19-07-16 CERRADO BARRIO KR 2 3 42 CONJUNTO CA 3 SOPO CUNDINAMA- LA FRAGUITA 21-04-16 CERRADO HOSQUETIVA CL 169B 87 17 2000, 2001, 2002, 2005, 2006, 2008, 2009 2000, 2001, 2002, 2005, 2006, 2008, 2009 11-07-16 2004 KR 28 8 25 15-07-16 NO RESIDE 11-07-16 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 KR 28 8 25 15-07-16 NO RESIDE 11-07-16 2002 KR 28 8 25 15-07-16 NO RESIDE PAGO 29-06-16 2013, 2014, 2015 CL 128A 91 39 06-07-16 CERRADO PROCESO 15-04-16 2006 KR 25 3 52 SUR EL PROCESO EL PROCESO EL PROCESO FACILIDAD DE TERMINACIÓN ADELANTE CON ADELANTE CON ADELANTE CON ORDENA SEGUIR ORDENA SEGUIR ORDENA SEGUIR RESOLUCIÓN QUE RESOLUCIÓN QUE RESOLUCIÓN QUE NOTIFICACIÓN POR AVISO OLIVAR 17.168.857 VEHÍCULOS AOB210 RESOLUCIÓN DE SUAREZ 19.167.465 PREDIAL AAA0177JCAF REVOCATORIA 07-07-16 2006 KR 18 12 82 13-07-16 CERRADO PACHON 20.192.756 VEHÍCULOS MBM742 AUTO DE ARCHIVO 14-06-16 2013 KR 72 A 120 31 14-07-16 DIRECCIÓN MANTILLA 20.951.590 PREDIAL AAA0132CZDE REVOCATORIA 05-07-16 ALBERTO 19.171.450 PREDIAL AAA0132CZDE REVOCATORIA 05-07-16 GUTIERREZ 19.069.819 VEHÍCULOS RGY797 AUTO DE ARCHIVO 12-07-16 2012 KR 14 A 112 79 15-07-16 NO RESIDE GUTIERREZ 19.069.819 VEHÍCULOS CZS004 AUTO DE ARCHIVO 12-07-16 2011, 2012 KR 14 A 112 79 15-07-16 NO RESIDE ESES CASTRO 19.380.957 VEHÍCULOS AFE046 AUTO DE ARCHIVO 14-06-16 2013 TV 17 62 16 GALINDO ROJAS 17.089.296 PREDIAL AAA0051RROE AUTO DE ARCHIVO 13-06-16 2011 KR 90 154 A 82 VELASQUEZHERNANDEZ 19.491.855 VEHÍCULOS BIN510 AUTO DE ARCHIVO 14-06-16 2013 KR 56 C 51 32 JOSE FERNANDO BUSTOS ANEXO No. 3 DE LA RESOLUCIÓN No. 1173-DDI-054186 DEL 28 DE JULIO DE 2016 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI51370 2016EE99204 201503200100015877 OLGA ISABEL CADAVID DE DDI51347 2016EE99181 201503200100019069 CARLOS ARTURO DDI51381 2016EE99215 201503200100020976 JORGE ENRIQUE MEN- DDI051110 2016EE97887 201601100300002565 HECTOR EDUARDO DDI053605 2016EE112622 201503100100078791 TILCIA ORTIZ 28.075.139 VEHÍCULOS CJG731 AUTO DE ARCHIVO 14-07-16 2011 CL 37 19 16 19-07-16 NO RESIDE DDI052537 2016EE107677 2014EE81994 GLORIA ESPERANZA VELA DDI053166 2016EE110640 2016EE110640 JAIME MORALES VARGAS 19.324.917 VEHÍCULOS SB2003 DDI053165 2016EE110633 2014EE5951 JAIME MORALES VARGAS 19.324.917 VEHÍCULOS BCE792 DDI053164 2016EE110625 2012EE101190 JAIME MORALES VARGAS 19.324.917 VEHÍCULOS SB2003 DDI052395 2016EE105829 201601750301004920 REINALDO MURCIA 19.168.854 PREDIAL AAA0131JFUH RESOLUCIÓN DDI052537 2016EE107677 2014EE81994 GOMEZ TORRES LUIS DDI052947 2016EE109563 2013EE290630 SUCESION ILIQUIDA DE DDI053151 2016EE110560 201321002396 GERMAN CAMILO PRIETO DDI016876 2016EE42693 2013EE243745 DIEGO ENER BONILLA DDI053151 2016EE110560 201321002396 GERMAN CAMILO PRIETO REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-22 • 2016 • AGOSTO • 2 22 DEFICIENTE IN 2 13-07-16 CERRADO ARRAYAN 18-07-16 NO RESIDE 58 C 44 TO A AP 207 15-07-16 NO RESIDE LOCAL A 209 15-07-16 NO RESIDE TO 10 AP 501 19-07-16 NO RESIDE TO 10 AP 501 19-07-16 NO RESIDE AP 402 ED EL CL 169B 87 39 CL 169B 87 27 13-07-16 CERRADO VILLA ALSACIA 15-07-16 NO RESIDE 2000, 2001, 2002, 2005, 2006, 2008, 2009 2000, 2001, 2002, 2005, 2006, 2008, 2009 05-07-16 2009 KR 57 4 B 10 08-07-16 CERRADO 05-07-16 2008 KR 57 4 B 10 08-07-16 CERRADO 05-07-16 2006 KR 57 4 B 10 08-07-16 CERRADO PAGO PAGO PAGO PROCESO 16-06-16 2008, 2009 CL 57 13 74 07-07-16 DIRECCIÓN PROCESO 14-06-16 2004 CL 75 29 A 38 08-07-16 CERRADO TERMINACIÓN TERMINACIÓN RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN AL MODIFICACIÓN AL MODIFICACIÓN AL MANDAMIENTO DE MANDAMIENTO DE MANDAMIENTO DE NOTIFICACIÓN POR AVISO ROZO 41.653.127 PREDIAL AAA0132CZDE REVOCATORIA 05-07-16 ORTIZ 51.775.751 VEHÍCULOS BTY505 RESOLUCIÓN DE MURCIA 41.634.386 VEHÍCULOS ADH843 RESOLUCIÓN DE FLOREZ 51.638.765 VEHÍCULOS CZF644 AUTO DE ARCHIVO 12-07-16 2011 KR 7 116 62 LORENA 52.862.947 VEHÍCULOS BTN804 AUTO DE ARCHIVO 14-06-16 2013 CL 128 B BIS MOYANO 41.674.150 PREDIAL AAA0132CZDE REVOCATORIA 05-07-16 FIGUEROA 34.538.207 VEHÍCULOS BJV817 FIGUEROA 34.538.207 VEHÍCULOS BJV817 FIGUEROA 34.538.207 VEHÍCULOS BJV817 GONZALEZ 32.414.476 VEHÍCULOS CVK902 AUTO DE ARCHIVO 19-07-16 2013 CL 155 14 10 GONZALEZ 32.414.476 VEHÍCULOS BGJ587 AUTO DE ARCHIVO 19-07-16 2013 CL 155 14 10 RODRIGUEZ 52.818.746 VEHÍCULOS BWM162 AUTO DE ARCHIVO 12-07-16 2010, 2011, 2012 CL 23 F 85 A 31 18-07-16 CERRADO RODRIGUEZ GONZALEZ 39.638.902 VEHÍCULOS RIK907 AUTO DE ARCHIVO 14-06-16 2013 CL 11 D 72 A 30 ANEXO No. 3 DE LA RESOLUCIÓN No. 1173-DDI-054186 DEL 28 DE JULIO DE 2016 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI51333 2016EE99134 201503200100016667 CORREA SANCHEZ INGRID DDI51404 2016EE99238 201503200100016307 NATALIA ALZATE ACOSTA 43.155.941 VEHÍCULOS DCP273 AUTO DE ARCHIVO 14-06-16 2013 CL 94 A 21 67 DDI51356 2016EE99190 201503200100019255 CARMEN ELISA DDI51393 2016EE99227 201503200100016024 MARTHA ISABEL MESA DDI51392 2016EE99226 201503200100016023 MARTHA ISABEL MESA DDI053284 2016EE111313 201321006612 FEDRA PAOLA SANCHEZ DDI051676 2016EE100256 2012EE142407 CARMEN ALICIA PIÑEROS DDI053291 2016EE111353 201503100100072367 ANA MARIA CARDENAS DE DDI052537 2016EE107677 2014EE81994 NANCY STELLA GUAYAZAN DDI052537 2016EE107677 2014EE81994 BLANCA NUBIA ANGEL DDI051330 2016EE99115 2014EE160586 EDELMIRA BAUTISTA DDI052614 2016EE108229 200821120942 CLAUDIA PATRICIA SERNA DDI052614 2016EE108229 200821120942 CLAUDIA PATRICIA SERNA DDI052614 2016EE108229 200821120942 CLAUDIA PATRICIA SERNA 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-23 • 2016 • AGOSTO • 2 DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE 15-07-16 NO RESIDE 08-07-16 NO RESIDE 15-07-16 NO RESIDE AP 102 07-07-16 CERRADO AP 102 08-07-16 CERRADO OF 304 (META)
(BOLIVAR)
(BOLIVAR)
IN 6 AP 301 19-07-16 NO RESIDE KR 13 60 91 07-07-16 DIRECCIÓN SUR AP 301 14-07-16 CERRADO SUR AP 301 14-07-16 CERRADO SUR AP 301 14-07-16 CERRADO CL 40 33A 20 KR 13 113 76 KR 13 113 76 KR 13 B 26 78 KR 13 B 26 78 VILLAVICENCIO
- 2 CARTAGENA
- 2 CARTAGENA
ED 19 PI OF 108 ED 19 PI OF 108 2005-6 2007-6 2008-3, 4, 6 2009-2 PROCESO 15-06-16 2008-4 2010-2, 3, 4, 5, 6 KR 13 60 91 07-07-16 DIRECCIÓN PROCESO 16-06-16 PROCESO 06-07-16 2008 KR 69 C 24 62 PROCESO 06-07-16 2008 KR 69 C 24 62 PROCESO 06-07-16 2008 KR 69 C 24 62 TRIBUTARIA 30-06-16 2014-4, 5, 6 2015-2, 3, 4, 5 INSPECCIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN DE INFORMACIÓN 01-07-16 2014-4 2015-3, 5 KR 35 12 30 08-07-16 CERRADO DE INFORMACIÓN 01-07-16 2014-4, 5, 6 2015-2, 3, 4, 5 NOTIFICACIÓN POR AVISO C.F.C 860.504.056 VEHÍCULOS SGI484 AUTO DE ARCHIVO 08-07-16 2006 CL 13 68B 32 15-07-16 NO RESIDE TOLOSA 79.722.052 VEHÍCULOS DCL501 AUTO DE ARCHIVO 14-06-16 2013 CL 97 70 C 89 SERVICES SAS 800.128.927 ICA N/A RESOLUCIÓN DE SERVICES SAS 800.128.927 ICA N/A RESOLUCIÓN DE SANDOVAL HERNANDEZ 80.412.090 ICA N/A AUTO DE SANDOVAL HERNANDEZ 80.412.090 ICA N/A REQUERIMIENTO ANEXO No. 3 DE LA RESOLUCIÓN No. 1173-DDI-054186 DEL 28 DE JULIO DE 2016 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ N/A 2016EE107374 201602200337005169 FABIO LEON MENDEZ 79.593.352 ICA N/A REQUERIMIENTO N/A 2016EE106358 201602200337005170 RAMIRO ANDRES N/A 2016EE107370 201602200337005170 RAMIRO ANDRES DDI51417 2016EE99251 201503200100017170 NELSON JAVIER BELTRAN DDI052696 2016EE108989 200911152513 AUTOS MARCA S.A.S 860.529.896 PREDIAL AAA0084CYUZ REVOCATORIA 07-07-16 2008 KR 72 170 51 12-07-16 NO RESIDE DDI052694 2016EE108987 200911152513 AUTOS MARCA S.A.S 860.529.896 PREDIAL AAA0084CYUZ REVOCATORIA 07-07-16 2007 KR 72 170 51 12-07-16 NO RESIDE DDI052693 2016EE108985 20081106999 AUTOS MARCA S.A.S 860.529.896 PREDIAL AAA0084CYUZ REVOCATORIA 07-07-16 2006 KR 72 170 51 12-07-16 NO RESIDE DDI052370 2016EE105509 201603100300002466 JME ASOCIADOS LTDA 822.003.851 VEHÍCULOS CXQ584 AUTO DE ARCHIVO 28-06-16 2011 DDI051626 2016EE99745 2011EE121785 COMUNICAR WIRELESS DDI051698 2016EE100483 2010EE330329 COMUNICAR WIRELESS DDI053246 2016EE111090 201503100100068344 LUIS MANUEL LARGO LEAL 88.201.065 VEHÍCULOS BLJ241 AUTO DE ARCHIVO 12-07-16 2011 TV 119A 149 35 18-07-16 DIRECCIÓN DDI052644 2016EE108486 200911094934 GERMAN REY CASTILLO 79.322.712 PREDIAL AAA0156DKXS RESOLUCIÓN DE DDI052644 2016EE108486 200911094934 GERMAN REY CASTILLO 79.322.712 PREDIAL AAA0156DKWW RESOLUCIÓN DE DDI052644 2016EE108486 200911094934 GERMAN REY CASTILLO 79.322.712 PREDIAL AAA0156DKUH RESOLUCIÓN DE 5845DDI053081 2016EE110029 200821169210 LEASING CAPITAL S A 5836DDI053070 2016EE109990 201403100100064383 GLOBAL COMMUNITIES 830.095.401 VEHÍCULOS BYN853 AUTO DE ARCHIVO 08-07-16 2014 5837DDI053071 2016EE109992 201403100100054401 GLOBAL COMMUNITIES 830.095.401 VEHÍCULOS BMF330 AUTO DE ARCHIVO 08-07-16 2014 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-24 • 2016 • AGOSTO • 2 24 08-07-16 NO RESIDE OF 304 (META)
CL 40 33A 20 VILLAVICENCIO NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal MORALES 1.026.254.849 VEHÍCULOS BZG495 AUTO DE ARCHIVO 14-07-16 2011 CL 16B 136 49 19-07-16 CERRADO ANEXO No. 3 DE LA RESOLUCIÓN No. 1173-DDI-054186 DEL 28 DE JULIO DE 2016 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de la presente publicación.
DDI052370 2016EE105509 201603100300002466 LAURA CONTENTO SANZ 1.019.067.785 VEHÍCULOS CXQ584 AUTO DE ARCHIVO 28-06-16 2011 DDI053602 2016EE112592 201503100100078297 CESAR FELIPE CRUZ DDI052552 2016EE107754 201401100100187786 INVERSIONES 96 LTDA 900.316.965 PREDIAL AAA0230XUZM AUTO DE ARCHIVO 05-07-16 2014 KR 19 8 A 32 11-07-16 NO RESIDE DDI052549 2016EE107745 201401100100187785 INVERSIONES 96 LTDA 900.316.965 PREDIAL AAA0230XUXR AUTO DE ARCHIVO 05-07-16 2014 KR 19 8 A 32 11-07-16 NO RESIDE 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-25 • 2016 • AGOSTO • 2 DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN CAUSAL DE NOTIFICACION FECHA DE PAGO No. PROCESO IMPUESTO No. CORDIS DIRECCIÓN DE FECHA DE MANDAMIENTO DE NOTIFICACIÓN POR AVISO DE PAGO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Que la notificación del mandamiento de pago enviada por correo fue devuelta.
Que una vez surtida la citación el deudor no compareció a surtir la notificación personal.
CONTRIBUYENTE No. MANDAMIENTO contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.
ANEXO No. 4 DE LA RESOLUCIÓN No. 1173-DDI-054186 DEL 28 DE JULIO DE 2016 La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Avenida Calle 17 No.65B-95 piso 1.
Tributario Nacional y el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por publicación sobre este hecho a:
SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Que el contribuyente que se relaciona a continuación, está siendo ejecutado a través de procesos administrativos de cobro coactivo.
APODERADO IDENTIFICACIÓN DEL El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 140 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y en concordancia con el artículo 826 del Estatuto JOSE MILCIADES SUAREZ 17.063.825 DDI051202 14-06-16 201311008524 PREDIAL 2016EE98454 KR 56 A 128 08 08-07-16 CERRADO NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales...
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-26 • 2016 • AGOSTO • 2 26 SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL Resolución Número 355 General realizó la provisión transitoria mediante la figura de encargo, de las vacantes definitivas y temporales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 909 de 2004, sus Decretos reglamentarios y los parámetros establecidos por la Entidad para su otorgamiento.
(Agosto 2 de 2016)
“Por la cual se dan por terminados unos encargos y unos nombramientos provisionales de la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL Que en aplicación de dicho proceso y como resultado de este, fueron seleccionados los(as) funcionarios(as) de carrera administrativa para ser encargados en empleos que se encuentran en vacancia definitiva o temporal, de conformidad con el artículo 2.2.5.9.8 del Decreto 1083 de 2015, y una vez culminado el proceso de encargos quedaron cargos sin proveer en vacancia definitiva y vacancia temporal.
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 1o del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 8o del Decreto 1227 de 2005, modificado por el artículo 1o del Decreto 4968 de 2007, se procedió a nombrar en provisionalidad en los cargos en vacancia definitiva, figura que procede de manera excepcional siempre que no haya empleados de carrera que cumplan con los requisitos y el perfil para ser encargados y no haya lista de elegibles vigente que pueda ser utilizada.
Que el Acuerdo Distrital 638 de 2016 modificó parcialmente el Acuerdo Distrital 257 de 2006, creó el Sector Administrativo de Gestión Jurídica, la Secretaría Jurídica Distrital y modificó las funciones de la Secretaría General.
Que de acuerdo con el artículo 2.2.5.3.3 del Decreto 1083 de 2015, y de conformidad con lo establecido en la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera con vacancias temporales fueron provistos mediante nombramiento provisional, por el término que duraran las situaciones administrativas que las originaron.
Que mediante el Decreto Distrital 320 de 2016 se modificó la Estructura Organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y mediante el Decreto Distrital 321 de 2016 se suprimen unos cargos de la planta global de empleos de la misma Entidad.
Que mientras se proveían unos empleos de carrera administrativa por concurso de méritos, la Secretaría Que los siguientes funcionarios(as) de carrera administrativa fueron encargados en los empleos señalados a continuación:
Nombre Cédula de Ciudadanía Denominación del empleo Código Grado Dora Belén Gutiérrez Hernández 51.649.014 Profesional Especializado 222 32 Elvira Liliana Hernández Libreros 52.363.895 Profesional Especializado 222 32 Zulma Rojas Suárez 24.179.106 Profesional Especializado 222 32 Jorge Eliécer Hernández Albarracín 19.347.862 Profesional Especializado 222 30 Jesús María Montoya Maldonado 79.299.847 Profesional Especializado 222 30 Imelda Lucía González Merchán 28.476.229 Profesional Especializado 222 27 Waldina Gómez Carmona 38.263.037 Profesional Especializado 222 27 Diana Esther Contreras Castro 51.772.038 Profesional Especializado 222 27 Henry Alberto González Molina 79.450.267 Profesional Especializado 222 27 Martha Alicia Giraldo Montoya 35.312.719 Profesional Especializado 222 27 Gloria Esther Salcedo Tamayo 28.963.444 Profesional Especializado 222 27 Carlos Alberto Minota Moncada 6.404.009 Profesional Especializado 222 27 Luz Elisabeth Moreno González 46.662.214 Profesional Especializado 222 24 Martha Liliana Barrera Díaz 51.937.185 Profesional Especializado 222 24 Luis Alberto Cagua Niampira 19.299.567 Profesional Especializado 222 24 Duvan Sandoval Rodríguez 93.371.977 Profesional Especializado 222 24 Fernando Pachón Piñeros 79.567.977 Profesional Especializado 222 20 Omar Enrique Cruz Pinzón 79.292.781 Profesional Especializado 222 21 Víctor Hernando Murillo Hurtado 79.361.343 Profesional Universitario 219 18 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-27 • 2016 • AGOSTO • 2 María Cristina Vélez Villamarín 51.599.104 Profesional Universitario 219 15 Clara Bibiana Rodríguez González 52.205.813 Profesional Universitario 219 13 Doris Silva García 52.557.124 Profesional Universitario 219 11 Judith Ortiz Rodríguez 41.774.744 Profesional Universitario 219 03 Fabiola Montilla Serrano 20.737.393 Secretario Ejecutivo 425 27 Martha Luz Quiroga de Gamboa 41.713.009 Secretario Ejecutivo 425 24 Dina Eugenia Cuesta Sánchez 52.009.766 Secretario Ejecutivo 425 21 Yolanda Montejo Garzón 51.623.332 Secretario Ejecutivo 425 20 Luz Stella Urrego de García 41.780.136 Secretario Ejecutivo 425 20 Mildred Paola Ardila Vergara 52.235.989 Secretario Ejecutivo 425 20 María Cristina Vanegas Largo 39.773.518 Secretario 440 19 Edgar Andrés García Garavito 79.468.462 Auxiliar Administrativo 407 27 Ayda Constanza Rabia Sierra 51.731.780 Auxiliar Administrativo 407 27 Carmen Alicia Forero Forero 51.882.380 Auxiliar Administrativo 407 26 Luis Enrique Garzón 19.443.235 Auxiliar Administrativo 407 26 Luis Enrique Abella 19.475.037 Auxiliar Administrativo 407 26 Alex Cortés Salgado 79.138.328 Auxiliar Administrativo 407 24 Walter Ospina Zapata 79.431.243 Auxiliar Administrativo 407 24 Luz Mavel Salamaca Cuevas 51.628.413 Auxiliar Administrativo 407 24 María Mery Martínez Hernández 51.784.842 Auxiliar Administrativo 407 20 Aceneth Torres Rojas 51.732.443 Auxiliar Administrativo 407 20 Luis Gonzaga Garzón Estrada 77.017.066 Auxiliar Administrativo 407 20 Arcecio Vera Hernández 79.609.840 Auxiliar Administrativo 407 20 Betty Esperanza Montaña Mora 52.124.597 Auxiliar Servicios Generales 470 07 Que los siguientes servidores(as) fueron nombrados en provisionalidad en empleos con vacancia temporal:
Denominación del Nombre Cédula de Ciudadanía empleo Código Grado Resolución nombramiento Sandra Liliana Barbosa Vela 52.832.353 Profesional Especializado 222 24 No. 727 del 24/12/2015 Amny Nataly Forero Niño 1.101.175.639 Profesional Especializado 222 19 No. 618 del 03/12/2015 Lady Mayerly Nieto Bahamón 53.165.851 Profesional Especializado 222 04 No. 689 del 14/12/2015 Ginna Paola Quintero Sacipa 1.022.933.751 Profesional Universitario 219 18 No. 584 del 12/11/2015 Claudia Yohana Gamboa Pineda 52.422.659 Profesional Universitario 219 18 No. 649 del 03/12/2015 Juan Gabriel Jiménez González 80.031.312 Profesional Universitario 219 18 No. 576 del 14/12/2011 Nixon Javier Malagón Castro 79.544.927 Profesional Universitario 219 09 No. 583 del 12/11/2015 Martha Adriana Catalina Ballesteros Sánchez 1.013.590.021 Profesional Universitario 219 08 No. 682 del 11/12/2015 Omaira Alonso Bernal 52.115.141 Secretario 440 09 No. 300 del 29/05/2015 Guerliz Daniela Rodríguez González 1.032.449.092 Secretario 440 09 No. 753 del 29/12/2015 Yasmin Yamile Soto Ciro 1.130.674.755 Auxiliar Administrativo 407 15 No. 690 del 14/12/2015 Samuel Yomaro Antonio Calderón 1.026.262.328 Auxiliar Administrativo 407 15 No. 654 del 03/12/2015 Loly Constansa Moreno Nieto 1.022.331.444 Auxiliar Administrativo 407 15 No. 585 del 19/11/2015 Blanca Dora López de Mora 39.709.861 Auxiliar Administrativo 407 15 No. 678 del 11/12/2015 Camilo Andrés Ospina Farias 1.014.225.859 Auxiliar Administrativo 407 15 No. 653 del 03/12/2015 Luz Andrea Rodríguez Bernal 52.523.669 Auxiliar Administrativo 407 13 No. 652 del 03/12/2015 Luz Aide Domínguez Avilán 21.119.520 Auxiliar Administrativo 407 13 No. 676 del 11/12/2015 Angela Patricia Zornosa Rodríguez 52.235.104 Auxiliar Administrativo 407 13 No. 720 del 22/12/2015 Gladys Stella Ortega Arteaga 27.532.516 Auxiliar Administrativo 407 11 No. 698 del 15/12/2015 Jhon Jairo Castañeda Gómez 80.239.170 Auxiliar Administrativo 407 11 No. 721 del 22/12/2015 José Fernando Gómez Monsalve 7.305.232 Auxiliar Administrativo 407 09 No. 574 del 14/12/2011 Luz Marina Rodríguez Rodríguez 42.992.492 Auxiliar Servicios Generales 470 03 No. 065 del 10/02/2012 necesario dar por terminados los encargos efectuados a servidores(as) de carrera administrativa a partir de la fecha.
Que la planta de empleos de la Secretaría General ha sido modificada en virtud de la escisión en cumplimiento del Acuerdo Distrital 638 de 2016, y suprimidos unos cargos, y en consecuencia de lo anterior, es REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-28 • 2016 • AGOSTO • 2 28 Que de acuerdo con lo anterior, se hace necesario dar por terminado el nombramiento de los servidores(as) nombrados en provisionalidad en esos cargos vacantes temporalmente.
Que la Corte Constitucional en Sentencia T-147 de 2013, señaló: se hallan vinculados en provisionalidad no agotaron los requisitos que exige la Constitución y la ley para gozar de tales beneficios, es decir, superar exitosamente el concurso de méritos y el período de prueba, entre otros. Pero tampoco pueden asimilarse a los de libre nombramiento y remoción, pues su vinculación no se sustenta en la confianza para ejercer funciones de dirección o manejo que es propia de éstos, sino en la necesidad de evitar la parálisis de la función pública mientras se logra su provisión en los términos que exige la Constitución. En consecuencia, frente a los cargos provisionales no puede predicarse ni la estabilidad laboral propia de los de carrera ni la discrecionalidad relativa de los de libre nombramiento y remoción; razón por la que el nominador tiene la obligación de motivar el acto administrativo mediante el cual se produce la desvinculación.” (Negrilla fuera de texto original)
Que toda vez que los servidores(as) nombrados en provisionalidad en las vacantes temporales no gozan de los derechos que otorga la carrera administrativa, y que existe una causal objetiva, la cual es, que cesó la situación administrativa que originó la vacancia temporal del empleo en el que fueron nombrados, es procedente dar por terminado su nombramiento en provisionalidad.
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º-: Dar por terminados los encargos efectuados a los siguientes servidores(as) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de conformidad con lo expuesto en la parte motiva:
“La vinculación en calidad de provisional constituye un modo de proveer cargos públicos “cuando se presentan vacancias definitivas o temporales y mientras éstos se proveen en propiedad conforme a las formalidades de ley o cesa la situación administrativa que originó la vacancia temporal”. Los cargos provisionales, como su nombre lo indica, son de carácter transitorio y excepcional y buscan solucionar las necesidades del servicio y evitar la parálisis en el ejercicio de las funciones públicas mientras se realizan los procedimientos ordinarios para cubrir las vacantes en una determinada entidad, en aplicación de los principios de eficiencia y celeridad. La naturaleza de los cargos provisionales difiere de la de los cargos de carrera administrativa y de los empleos de libre nombramiento y remoción. Los funcionarios nombrados en provisionalidad en empleos de carrera no cuentan con las garantías que de ella se derivan, pese a lo cual, tienen el derecho a que se motive el acto administrativo por medio del cual son retirados de su cargo, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y del control a la arbitrariedad de la administración, y no del hecho de pertenecer a un cargo de carrera. Los cargos provisionales no son asimilables a los cargos de carrera administrativa, y es por ello que a los primeros no le son aplicables los derechos que se derivan de ella, ya que quienes Denominación del empleo en el que se encontraba en encargo Denominación del empleo del que Nombre Cédula de Ciudadanía es titular Empleo Código Grado Empleo Código Grado Dora Belén Gutiérrez Hernández 51.649.014 P r o f e s i o n a l Especializado 222 32 P r o f e s i o n a l Especializado 222 21 Elvira Liliana Hernández Libreros 52.363.895 P r o f e s i o n a l Especializado 222 32 P r o f e s i o n a l Especializado 222 27 Zulma Rojas Suárez 24.179.106 P r o f e s i o n a l Especializado 222 32 P r o f e s i o n a l Especializado 222 27 Jorge Eliécer Hernández Albarracín 19.347.862 P r o f e s i o n a l Especializado 222 30 P r o f e s i o n a l Especializado 222 27 Jesús María Montoya Maldonado 79.299.847 P r o f e s i o n a l Especializado 222 30 P r o f e s i o n a l Especializado 222 27 Imelda Lucía González Merchán 28.476.229 P r o f e s i o n a l Especializado 222 27 P r o f e s i o n a l Especializado 222 24 Waldina Gómez Carmona 38.263.037 P r o f e s i o n a l Especializado 222 27 P r o f e s i o n a l Universitario 219 18 Diana Esther Contreras Castro 51.772.038 P r o f e s i o n a l Especializado 222 27 P r o f e s i o n a l Especializado 222 19 Henry Alberto González Molina 79.450.267 P r o f e s i o n a l Especializado 222 27 P r o f e s i o n a l Especializado 222 20 Martha Alicia Giraldo Montoya 35.312.719 P r o f e s i o n a l Especializado 222 27 P r o f e s i o n a l Especializado 222 24 Gloria Esther Salcedo Tamayo 28.963.444 P r o f e s i o n a l Especializado 222 27 P r o f e s i o n a l Especializado 222 24 29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-29 • 2016 • AGOSTO • 2 Carlos Alberto Minota Moncada 6.404.009 P r o f e s i o n a l Especializado 222 27 P r o f e s i o n a l Especializado 222 21 Luz Elisabeth Moreno González 46.662.214 P r o f e s i o n a l Especializado 222 24 P r o f e s i o n a l Universitario 219 18 Martha Liliana Barrera Díaz 51.937.185 P r o f e s i o n a l Especializado 222 24 P r o f e s i o n a l Universitario 219 08 Luis Alberto Cagua Niampira 19.299.567 P r o f e s i o n a l Especializado 222 24 P r o f e s i o n a l Universitario 219 18 Duvan Sandoval Rodríguez 93.371.977 P r o f e s i o n a l Especializado 222 24 P r o f e s i o n a l Universitario 219 18 Fernando Pachón Piñeros 79.567.977 P r o f e s i o n a l Especializado 222 20 P r o f e s i o n a l Universitario 219 18 Omar Enrique Cruz Pinzón 79.292.781 P r o f e s i o n a l Especializado 222 21 P r o f e s i o n a l Especializado 222 04 Víctor Hernando Murillo Hurtado 79.361.343 P r o f e s i o n a l Universitario 219 18 P r o f e s i o n a l Universitario 219 09 María Cristina Vélez Villamarín 51.599.104 P r o f e s i o n a l Universitario 219 15 S e c r e t a r i o Ejecutivo 425 20 Clara Bibiana Rodríguez González 52.205.813 P r o f e s i o n a l Universitario 219 13 Técnico Operativo 314 10 Doris Silva García 52.557.124 P r o f e s i o n a l Universitario 219 11 Secretario 440 19 Judith Ortiz Rodríguez 41.774.744 P r o f e s i o n a l Universitario 219 03 A u x i l i a r Administrativo 407 15 Fabiola Montilla Serrano 20.737.393 S e c r e t a r i o Ejecutivo 425 27 S e c r e t a r i o Ejecutivo 425 20 Martha Luz Quiroga de Gamboa 41.713.009 S e c r e t a r i o Ejecutivo 425 24 A u x i l i a r Administrativo 407 15 Dina Eugenia Cuesta Sánchez 52.009.766 S e c r e t a r i o Ejecutivo 425 21 Secretario 440 16 Yolanda Montejo Garzón 51.623.332 S e c r e t a r i o Ejecutivo 425 20 A u x i l i a r Administrativo 407 09 Luz Stella Urrego de García 41.780.136 S e c r e t a r i o Ejecutivo 425 20 A u x i l i a r Administrativo 407 11 Mildred Paola Ardila Vergara 52.235.989 S e c r e t a r i o Ejecutivo 425 20 A u x i l i a r Administrativo 407 15 María Cristina Vanegas Largo 39.773.518 Secretario 440 19 Secretario 440 09 Edgar Andrés García Garavito 79.468.462 A u x i l i a r Administrativo 407 27 A u x i l i a r Administrativo 407 11 Ayda Constanza Rabia Sierra 51.731.780 A u x i l i a r Administrativo 407 27 S e c r e t a r i o Ejecutivo 425 21 Carmen Alicia Forero Forero 51.882.380 A u x i l i a r Administrativo 407 26 A u x i l i a r Administrativo 407 13 Luis Enrique Garzón 19.443.235 A u x i l i a r Administrativo 407 26 A u x i l i a r Administrativo 407 15 Luis Enrique Abella 19.475.037 A u x i l i a r Administrativo 407 26 A u x i l i a r Administrativo 407 20 Alex Cortés Salgado 79.138.328 A u x i l i a r Administrativo 407 24 A u x i l i a r Administrativo 407 20 Walter Ospina Zapata 79.431.243 A u x i l i a r Administrativo 407 24 A u x i l i a r Administrativo 407 20 Luz Mavel Salamaca Cuevas 51.628.413 A u x i l i a r Administrativo 407 24 A u x i l i a r Administrativo 407 20 María Mery Martínez Hernández 51.784.842 A u x i l i a r Administrativo 407 20 Secretario 440 09 Aceneth Torres Rojas 51.732.443 A u x i l i a r Administrativo 407 20 A u x i l i a r Administrativo 407 15 Luis Gonzaga Garzón Estrada 77.017.066 A u x i l i a r Administrativo 407 20 A u x i l i a r Administrativo 407 13 Arcecio Vera Hernández 79.609.840 A u x i l i a r Administrativo 407 20 A u x i l i a r Administrativo 407 13 Betty Esperanza Montaña Mora 52.124.597 Auxiliar Servicios Generales 470 07 Auxiliar Servicios Generales 470 03 Artículo 2º-: Dar por terminados los nombramientos provisionales a los siguientes servidores (as), como consecuencia de la terminación de los encargos establecidos en el artículo 1o de la presente Resolución, y de conformidad con lo expuesto en la parte motiva:
Nombre Cédula de Ciudadanía Denominación del empleo Código Grado Sandra Liliana Barbosa Vela 52.832.353 Profesional Especializado 222 24 Amny Nataly Forero Niño 1.101.175.639 Profesional Especializado 222 19 Lady Mayerly Nieto Bahamón 53.165.851 Profesional Especializado 222 04 Ginna Paola Quintero Sacipa 1.022.933.751 Profesional Universitario 219 18 Claudia Yohana Gamboa Pineda 52.422.659 Profesional Universitario 219 18 Juan Gabriel Jiménez González 80.031.312 Profesional Universitario 219 18 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-30 • 2016 • AGOSTO • 2 30 Nixon Javier Malagón Castro 79.544.927 Profesional Universitario 219 09 Martha Adriana Catalina Ballesteros Sánchez 1.013.590.021 Profesional Universitario 219 08 Omaira Alonso Bernal 52.115.141 Secretario 440 09 Guerliz Daniela Rodríguez González 1.032.449.092 Secretario 440 09 Yasmin Yamile Soto Ciro 1.130.674.755 Auxiliar Administrativo 407 15 Samuel Yomaro Antonio Calderón 1.026.262.328 Auxiliar Administrativo 407 15 Loly Constansa Moreno Nieto 1.022.331.444 Auxiliar Administrativo 407 15 Blanca Dora López de Mora 39.709.861 Auxiliar Administrativo 407 15 Camilo Andrés Ospina Farias 1.014.225.859 Auxiliar Administrativo 407 15 Luz Andrea Rodríguez Bernal 52.523.669 Auxiliar Administrativo 407 13 Luz Aide Domínguez Avilán 21.119.520 Auxiliar Administrativo 407 13 Angela Patricia Zornosa Rodríguez 52.235.104 Auxiliar Administrativo 407 13 Gladys Stella Ortega Arteaga 27.532.516 Auxiliar Administrativo 407 11 Jhon Jairo Castañeda Gómez 80.239.170 Auxiliar Administrativo 407 11 José Fernando Gómez Monsalve 7.305.232 Auxiliar Administrativo 407 09 Luz Marina Rodríguez Rodríguez 42.992.492 Auxiliar Servicios Generales 470 03 Artículo 3º-: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los dos (2) días del mes de agosto de dos mil dieciséis 2016).
2. Que mediante comunicación No. 2016EE31873 del 01 de abril de 2016, la Directora Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para el trámite del ajuste presupuestal de obligaciones por pagar del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, previo concepto favorable de la Dirección Distrital de Planeación con radicado No. 2-2016-12472 del 18 de marzo de 2016.
DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Secretaria General DECRETO LOCAL DE 2016
3. Que mediante Decreto Local 04 del 05 de abril de 2016, se ajustó el valor de las obligaciones por pagar dentro del presupuesto anual de gastos e inversión para la vigencia 2016.
ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBÓN Decreto Local Número 008 (Julio 26 de 2016)
“Por el cual se ajusta la Disponibilidad inicial
4. Que una vez efectuado el ajuste de las obliga- ciones por pagar, resulta una diferencia producto de este procedimiento por valor de ochocientos noventa y un millones seiscientos treinta y ocho mil quinientos noventa y seis pesos ($891.638.596) m/cte, el cual se registró automáticamente por parte de la Secretaría de Hacienda Distrital en la disponibilidad final.
dentro del Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Fontibón para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2016”
LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN En uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 35 y 36 del Decreto
5. Que la Directora Distrital de Presupuesto envió comunicación 2016EE101688 del 20 de junio de 2016, radicada en la Alcaldía Local de Fontibón bajo el número 2016-092-007095-2 del 22 de junio de 2016, en el cual emite los lineamientos para ajustar la disponibilidad inicial del presupuesto local y establece,
372 del 30 de Agosto de 2010 y el numeral 5 del artículo 86 de del Decreto Ley 1421 de 1993.
CONSIDERANDO:
“Una vez efectuado el cálculo de ajuste de las obligaciones por pagar y el monto de los excedentes financieros 20156 y realizada la distribución de los mismos mediante Circular No. 02 de 2016 del CONFIS, y en virtud de lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010 y el numeral 5.4.1 - Modulo 3 de la Resolución No.
1. Que el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, determina que el Alcalde por Decreto incrementará o reducirá el monto de obligaciones por pagar al monto real, siempre y cuando no supere los montos aprobados por la Junta Administradora Local.
31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-31 • 2016 • AGOSTO • 2 CÓDIGO CONCEPTO VALOR 1 DISPONIBILIDAD INICIAL 891.638.596 SDH-000226 de 2014, (...) el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón debe preceder a realizar el ajuste en la Disponibilidad Inicial 2016, mediante Decreto del Alcalde Local, así:
Artículo segundo.
Disminuir la disponibilidad final en un monto neto de $891.638.596 así:
CÓDIGO CONCEPTO VALOR
- Disminuir la Disponibilidad Inicial programa- da en $26.535.170.000 en un monto neto de $891.638.596”
4 DISPONIBILIDAD INICIAL 891.638.596
6. Que en mérito de lo anteriormente expuesto, la Alcaldesa Local de Fontibón:
Artículo tercero.
El presente Decreto rige a partir de su expedición.
PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.
DECRETA:
Dado en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de julio de dos mil dieciséis (2016).
Artículo primero.
Efectuar el ajuste de la disponibilidad inicial disminuyendo su valor en un monto neto de $891.638.596 así:
JOHANNA PAOLA BOCANEGRA OLAYA Alcaldesa Local de Fontibón REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-32 • 2016 • AGOSTO • 2 32
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