Registro Distrital 5833 de 2016
Registro Distrital 5833 de 2016 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 5833
- Año
- 2016
- Fecha
- 12 de mayo de 2016
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 50 Número 5833 2016 • MAYO • 12 REGISTRO DISTRITAL DECRETO DE 2016 cuales se reglamenta la publicidad exterior visual en el Distrito Capital, los cuales fueron reglamentados por el Decreto Distrital 506 de 2003.
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Decreto Número 208 (Mayo 11 de 2016)
Que el Decreto Distrital 052 de 2012, derogó el Decreto Distrital 440 de 2009, que a su turno había derogado los artículos 1 y 2 del Decreto Distrital 213 de 2007, referidos al Manual de Imagen Corporativa y Visual de la Administración Distrital y el lema Institucional.
“Por medio del cual se adopta el Manual de Que a partir del primero de enero de 2016 el eslogan o lema del Gobierno Distrital se denomina "Bogotá mejor para todos".
Imagen Institucional de la Administración Distrital y el eslogan o lema institucional de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para el período 2016-2019”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 35 y 38 (numeral 3°) del Decreto Ley Que es necesario actualizar el concepto visual uniforme que identifique a la Administración Distrital frente a la ciudadanía, el cual involucra el nuevo eslogan o lema institucional, sin afectar la implementación del Manual de Estilo de Producción y Elaboración de Actos Administrativos.
1421 de 1993 y, Que en mérito de lo expuesto,
CONSIDERANDO:
DECRETA:
Que mediante los Acuerdos Distritales 01 de 1998 y 12 de 2000, compilados por el Decreto Distrital 959 de 2000, se reglamentó la publicidad exterior visual en el Distrito Capital.
Artículo 1º.
- Adoptar el eslogan o lema institucional de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. para el período 2016-2019 "Bogotá mejor para todos".
Que mediante el Decreto Distrital 213 de 2007, se adoptaron para el Distrito Capital los Manuales de Identidad Visual Corporativa y de Estilo "Producción y elaboración de actos administrativos" de la Administración Distrital.
Parágrafo. La utilización del eslogan o lema insti-
tucional "Bogotá mejor para todos" será inmediata en todos los documentos que se generen en los Organismos, Entidades y Localidades del Distrito Capital, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 5° del presente Decreto.
Que mediante el Decreto Distrital 499 de 2007, se fijaron algunos alcances para la implementación del Decreto Distrital 213 de 2007, en lo atinente al Manual de Identidad Visual Corporativa de la Administración Distrital y el Manual de Estilo de Producción y Elaboración de Actos Administrativos.
Artículo 2º.
- Manual de Imagen Institucional para la Administración Distrital. Adoptar el Manual de Imagen Institucional y Visual de la Administración Distrital, el cual se anexa y hace parte integral del presente Decreto.
Artículo 3º.
- Ámbito de Aplicación. El contenido de este Manual será de obligatoria observancia por
Que mediante el Decreto Distrital 959 de 2000, se compilan los textos del Acuerdo Distrital 01 de 1998 y del Acuerdo Distrital 12 de 2000, por medio de los 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-1 • 2016 • MAYO • 12 parte de los organismos y entidades que integran los sectores central, descentralizado y de las localidades de la Administración Distrital.
Parágrafo 2°. - La implementación de las carac-
terísticas y contenidos formales establecidos en el Manual que se adopta, por parte de las entidades, organismos y localidades del Distrito, será gradual, a partir del agotamiento de las actuales existencias y/o terminación del período útil de los elementos de identidad visual exterior.
Artículo 6º.
-Vigencia y Derogatoria. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto Distrital 52 de 2012 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Artículo 4º.
- Aplicaciones. El contenido del Manual de Imagen Institucional de la Administración Distrital será aplicado para la elaboración de todas las aplicaciones de marca que contemplan impresos, audiovisuales, merchandising, digitales, papelería de cualquier formato, además de vestuario, vehículos, comunicaciones oficiales y en general para cualquier medio en el que se requiera la imagen del Distrito Capital, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Distrital 959 de 2000, el cual fue reglamentado por el Decreto Distrital 506 de 2003.
Dado en Bogotá, D.C., a los once (11) días del mes de mayo de dos mil dieciséis (2016).
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor
Artículo 5º.
- Término para la implementación del manual de imagen institucional. Las entidades y organismos distritales, así como las localidades, tienen un plazo de dos (2) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, para realizar los ajustes necesarios que permitan la aplicación del Manual.
DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Parágrafo 1°. - La implementación respecto de los
documentos que a la fecha se encuentren incorporados como Formatos en el respectivo Sistema Integrado de Gestión Distrital, se hará conforme al término establecido en este artículo.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-2 • 2016 • MAYO • 12 2 manual de imagen institucional alcaldía mayor de bogotá 2016 - 2019 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-3 • 2016 • MAYO • 12 2 Aplicación en vehículos 101 Aplicación en vestuario 94 Material de merchandising 86 Piezas audiovisuales 82
- Ambulancia 101
- Camioneta 102
- Automóvil 104
- Van 103
- Compactador de basura 105
- Camiseta promocional 100
- Backing 93
- Chaqueta institucional 94
- Chaqueta promocional 95
- Uniforme institucional 99
- Esferos 89
- Botones 90
- Manillas 91
- Carpas 92
- Uniformes de seguridad 96
- Indumentaria de obra 98
- Mugs 86
- Sombrillas 87
- Gorras 88
- Cortinilla para contenido digital 83
- Mosca y barra de créditos 84
- Pata para cuñas 85
- Cortinilla para comerciales y eventos 82
- Fondos de escritorio y salvapantallas 80
- Firma en correos electrónicos 81
- Plantilla de presentación multimedia 79
- Banners 74
- Landing page para portales cautivos 75
- Imágenes de portada y perfil para Facebook 76
- Imágenes de portada y perfil para Twitter 77
- Imágenes de portada y perfil para YouTube 78
Aplicaciones digitales 72 el ancho exceda tres veces el alto) 52 mayor a 3:1), con logos de apoyo 53 con nombre de secretaría o entidad 51 horizontal con logos de apoyo 50 exceda tres veces el ancho) 48 con nombre de secretaría o entidad 47 vertical con logos de apoyo 46
- Pata para sitios web 73
- Cabezote para sitios web 72
- Piezas horizontales (casos en los que
- Piezas horizontales (de proporción
- Piezas de comunicación en formato horizontal
- Avisos de fachada 71
- Piezas de comunicación en formato horizontal 49
- Piezas de comunicación en formato
- Vallas de obra 70
- Diplomas y certificaciones 67
- Carnés institucionales 68
- Escarapelas para eventos 69
- Invitaciones 66
- Plegables 65
- Piezas en verticales (casos en los que el alto
- Libros, revistas y cartillas 63
- Carpetas institucionales 62
- Piezas de comunicación en formato vertical
- Afiches verticales y horizontales 58
- Piezas de comunicación en formato
- Hoja membrete 56
- Comunicado de prensa 57
- Red de Comunicaciones - Pendones de poste 61
- Red de Comunicaciones - Publimilenio 60
- Red de Comunicaciones - Paraderos 59
4. Ejemplos de aplicación 54
Tipografías institucionales 18 Paleta de color 19 Uso de colores 20 Uso de colores con el logotipo de “Bogotá mejor para todos” 21 Área de reserva 22 Tamaños de reproducción 23 Usos incorrectos 24 Paleta de color 7 Área de reserva 8 Tamaños de reproducción 9 Usos incorrectos 10 Aplicación en blanco y negro 11 Aplicación en escala de grises 12 Tipos de uso 16 Organigrama de sectores y entidades 25 Escudos para secretarías cabeza de sector 26 Escudos para entidades adscritas 27 Papelería protocolaria 34 Logotipo Bogotá 4 Tipografías institucionales 5 Esquema constructivo 6 Composición del escudo de la Alcaldía 14 Esquema constructivo 15 Aplicación de la marca 42 secretarías y entidades 43
- Piezas de comunicación en formato vertical 44
- Construcción del banderín 45
- Construcción del logo compuesto 42
- Construcción del logo compuesto para
tabla de contenido
1. Logotipo 3
2. Escudo 13
3. Piezas de divulgación 41
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-4 • 2016 • MAYO • 12 4 alcaldía mayor de bogotá 2016 - 2019 guía de uso de imagen institucional
1.
logotipo 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-5 • 2016 • MAYO • 12 4 logotipo bogotá Nuestro logotipo está compuesto por la fra- se “Bogotá Mejor para Todos” en tipografía Gotham Rounded Black.
Palabras clave Crecimiento, transformación, desarrollo, pro- greso, mejora, evolución, avance, adelanto.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-6 • 2016 • MAYO • 12 6 5 abcdefGhijklmNopqrstuvwxyz ABCDEFGHIjkLMNOPqRSTUVwxYz ABcdefGhijklMnoPqRstuvwxyz abcdefghijklmnopqrstuvwxyz 1234567890 abcdefghijklmnopqrstuvwxyz 1234567890 abcdefghijklmnopqrstuvwxyz 1234567890 abcdefGhijklmnopqRstuvwxyz abcdefghijklmnopqrstuvwxyz abcdEfGhijkLmnoPqRstuvwxyz abcdefghijklmnopqrstuvwxyz abcdefghijklmnopqrstuvwxyz 1234567890 abcdefghijklmnopqrstuvwxyz 1234567890 abcdefghijklmnopqrstuvwxyz 1234567890 abcdefghijklmnopqrstuvwxyz 1234567890 gotham rounded, bold Gotham Rounded, medium gotham rounded, book Gotham Rounded, light Gotham Narrow, thin Gotham Narrow, extra light Gotham narrow, medium sión bold. Esta será la tipografía predetermi- nada para los titulares de todas las piezas de comunicación.
En aras de unificar visualmente los mensajes institucionales tanto en la comunicación inter- na como externa, las tipografías complemen- tarias para piezas gráficas y audiovisuales de- berán pertenecer a la misma familia (versiones medium, book y light de la Gotham Roun- ded), y podrán ser usadas para subtítulos y bloques de texto cortos.
Para bloques de texto de mayor extensión se utilizará la familia GothAM nARRow, en sus tipografías institucionales La tipografía utilizada para la construcción del logotipo es la GothAM Rounded en su ver- versiones thin, extra light y medium.
7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-7 • 2016 • MAYO • 12 6 ⅔x ⅔x 7x x x 2x 2x 3⅔x 3⅔x ra que la segunda “O” de “BOGOTÁ”, es decir 3⅔x. De igual forma, el cierre “PARA TODOS” tendrá la misma altura que la “B” de “BOGOTÁ”, es decir 2x.
La distancia que separa verticalmente las tres líneas de texto será de ⅔x. esquema constructivo El logotipo de BOGOTÁ MEjOR PARA TODOS está construido a partir de una base de 19 x 14 unidades “x”, de las cuales se toman las altu- ras de los elementos que lo componen.
Para la transformación de altura de la palabra “BOGOTÁ”, se parte de una altura mínima de 2x para la letra “B”. La primera “O” tiene una altura de 2½x; la “G” tiene 3x de altura; la se- gunda “O” tiene 3⅔x; la “T” 4½x; y finalmente la “Á” medirá 7x de altura incluyendo la tilde.
La palabra “MEjOR” tendrá la misma altu- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-8 • 2016 • MAYO • 12 8 7 #003e65 100 70 30 30 0 62 101 22 -11 -33 0 0 0 60 135 135 135 57 0 0 #878787 CMYk RGB Lab Hexadecimal CMYk RGB Lab Hexadecimal #009fe3 100 0 0 0 0 159 227 59 -33 -50 0 0 0 0 255 255 255 100 0 0 #ffffff CMYk RGB Lab Hexadecimal CMYk RGB Lab Hexadecimal cian Azul oscuro Blanco Gris paleta de color Los colores principales son el cian, el azul os- curo y el blanco. La comunicación visual de la administración deberá mantenerse dentro de esta gama, para mantener la unidad.
El color gris debe ser usado como complemen- to en los casos que se considere necesario.
9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-9 • 2016 • MAYO • 12 8 área de reserva La distancia mínima que debe tener el logo con cualquier otro elemento gráfico, es el ta- maño de la segunda “O” de Bogotá, alineado a la caja tipográfica.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-10 • 2016 • MAYO • 12 10 9 80 px de ancho.
2 cm 80 px tamaños de reproducción piezas impresas piezas digitales El tamaño mínimo permitido para piezas impresas es de 2 cm de ancho. El tamaño mínimo permitido para piezas digitales es de 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-11 • 2016 • MAYO • 12 10 pografía establecida, Gotham Rounded Bold.
No se deben cambiar los colores indicados para el sello en ningún caso. Toda aplicación del sello debe mantener la ti- usos incorrectos Bajo ninguna circunstancia estará permitida la manipulación del logotipo en su forma, color o tipografía. deformación cambio de color cambio de tipografía Agrandar o desplazar alguno de los compo- nentes del sello. Tampoco está permitido mo- dificar el sello o sus componentes en sus pro- porciones establecidas; este siempre debe ser escalado proporcionalmente.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-12 • 2016 • MAYO • 12 12 11 aplicación en blanco y negro El uso de las aplicaciones en positivo o negativo estará restringido única- mente a documentos y piezas visuales impresas a una tinta en negro. Para otras aplicaciones a una tinta se deberá usar siempre el cian institucional. positivo negativo 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-13 • 2016 • MAYO • 12 12 k= 50 k= 70 k= 80 k= 35 aplicación en escala de grises El uso de las aplicaciones en escala de grises estará restringido única- mente a documentos y piezas visuales impresas a una tinta en negro. Para otras aplicaciones a una tinta se deberá usar siempre el cian institucional. fondo claro fondo oscuro REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-14 • 2016 • MAYO • 12 14 alcaldía mayor de bogotá 2016 - 2019 guía de uso de imagen institucional
2.
escudo 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-15 • 2016 • MAYO • 12 14 Rojo Negro Amarillo Azul coloRes escudo loGotiPo composición escudo de alcaldía La identidad visual de la Alcaldía Mayor de Bo- gotá D.C. se conforma de tres elementos, los cuales no podrán modificarse: escudo, logoti- po y colores.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-16 • 2016 • MAYO • 12 16 15 esquema constructivo Por medio del plano técnico o retícula es posi- ble la construcción y el mantenimiento de las proporciones del escudo de la Entidad en las diferentes aplicaciones y formatos que sean necesarios.
La distancia x (resaltada en un recuadro rojo) representa la medida establecida como uni- dad para la construcción de la imagen del es- cudo en caso de no contar con los archivos originales del mismo. El número corresponde al número de veces que la distancia x se en- cuentra en el escudo. escudo El escudo cuenta con tamaño de ancho de 6x y una altura de 7x. logotipo El logotipo, que corresponde en este caso al texto ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. y que se encuentra dividido en dos líneas de texto, cuenta con una altura de 2x y 1/2; y de ancho cuenta con 10x.
17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-17 • 2016 • MAYO • 12 16 AlcAldÍA MAyoR de BoGotÁ d.c.
Esta versión se utilizará en piezas de comuni- cación que representen a la Alcaldía Mayor de Bogotá o a cualquier entidad o sector adscrito.
Está compuesta del Escudo y del logotipo AL- CALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
BoGotÁ d.c. escudo y logotipo Esta versión será utilizada en piezas de comu- nicación que identifiquen a la ciudad de Bogo- tá. Está compuesta del Escudo y del logotipo BOGOTÁ D.C. tipos de uso El escudo de Bogotá tiene unas proporciones y distancias específicas, no modificables. Además, cada una de las 5 posibles aplicaciones tiene dife- rencias según el texto que acompaña al escudo, en las cuales también se manejan elementos, proporciones y distancias que no aceptan modificación. escudo de bogotá escudo y logotipo El escudo de Bogotá tiene 5 posibles diseños con diferentes aplicaciones, según el sector y la entidad. El escudo de Bogotá en todas sus ver- siones será utilizado exclusivamente por la Al- caldía Mayor de Bogotá y todas sus entidades.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-18 • 2016 • MAYO • 12 18 17 Escudo de Bogotá, con leyenda de “Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.”, el nombre del sector en mayúscula sostenida, una línea negra y nombre de la entidad en mayúsculas y minúsculas. Podrán utilizar este diseño las demás entidades del sector central diferentes de las secretarías cabeza de sector, todas las entidades adscritas y las entidades vinculadas que permitan este uso.
AlcAldÍA MAyoR de BoGotÁ d.c., sectoR y entidAd Escudo de Bogotá, con la leyenda “Alcaldía Mayor de Bogotá”, una línea negra, y el nombre de secretaría cabeza de sector. Podrán utilizar este diseño únicamente las 12 secretarías que son cabeza de sector. Se busca no ser redundante entre el nombre del sector y el nombre de la entidad en particular. tipos de uso escudo y logotipo AlcAldÍA MAyoR de BoGotÁ d.c. y sectoR escudo y logotipo * La línea divisoria tendrá el largo del texto más largo y su alto sera igual a 1/20x 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-19 • 2016 • MAYO • 12 18 abcdefghijklmnopqrstuvwxyz abcdefghijklmnopqrstuvwxyz abcdefghijklmnopqrstuvwxyz abcdefghijklmnopqrstuvwxyz 1234567890 abcdefghijklmnopqrstuvwxyz 1234567890 abcdefghijklmnopqrstuvwxyz 1234567890 AlcAldÍA MAyoR de BoGotÁ Se escribirá siempre en mayúscula fija, en negrilla, sin subrayado ni versión itálica. cABezA de sectoR o noMBRe de sectoR Se escribirá siempre en mayúscula fija, sin negrilla, sin subrayado ni versión itálica. entidAd Se escribirá siempre en mayúsculas y minúsculas, sin negrilla, sin subrayado ni versión itálica. tipografías institucionales La tipografía básica utilizada para logosímbo- los, piezas de divulgación y papelería será la familia ARiAl, en sus versiones bold y regular.
Siempre se deberán marcar tildes en palabras en mayúsculas.
El puntaje de las letras se establece según las proporciones con el escudo.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-20 • 2016 • MAYO • 12 20 19 255 213 0 #ffd400 0 15 100 0 Pantone 116c 0 0 0 #000000 0 0 0 100 Pantone Black c CMYk Pantone RGB Hexadecimal CMYk Pantone RGB 215 40 30 #ed1c24 0 100 100 0 Pantone 485c 0 65 130 #00529c 100 70 0 10 Pantone 287c CMYk Pantone RGB Hexadecimal CMYk Pantone RGB Hexadecimal Rojo Amarillo Azul negro paleta de color Hexadecimal El estandarte otorgado a la ciudad de Bogotá en 1540 fue descrito así:
“Un águila rampante y coronada, en campo de oro, con una granada abierta en cada garra y por orla, algunos ramos de oro en campo azul”.
De ahí los actuales colores del escudo y la im- portancia de éstos, los cuales se han manteni- do a través de la historia. Estos colores serán planos y sin textura.
21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-21 • 2016 • MAYO • 12 20 sobre fondo negro sobre fondo negro policromía una tinta sobre fondo oscuro sobre fondo oscuro sobre fondo claro sobre fondo claro uso de colores El escudo de Bogotá, cuando se aplica en poli- cromía y sobre fondos claros, va con el texto de “Alcaldía Mayor de Bogotá” en negro. Cuando el escudo se aplica en policromía y sobre fon- dos oscuros, se genera un contorno delgado de color blanco, asi mismo el texto de “Alcaldía Mayor de Bogotá” se aplica en color blanco.
El escudo de Bogotá, cuando se aplica en una sola tinta y sobre fondos claros, va en color ne- gro tanto los elementos del escudo como el texto “Alcaldía Mayor de Bogotá”. Los espacios interiores del escudo no son de color blanco; no tienen color alguno, por lo que se respetará el color del fondo sobre el que se use.
El escudo de Bogotá, cuando va en una sola tinta y sobre fondos oscuros, va en color blan- co tanto los elementos del escudo como el texto “Alcaldía Mayor de Bogotá”. Los espacios interiores del escudo no son de color negro; no tienen color alguno, por lo que se respetará el color del fondo sobre el que se use.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-22 • 2016 • MAYO • 12 22 21 Sello en la gama de azules institucional Sello en cian Sello en cian Escudo en Escudo en azul oscuro azul oscuro Escudo en cian Línea vertical en cian Línea vertical en cian Línea vertical en cian versión de uso prioritario opción b opción c (una tinta) uso de colores con el logotipo “bogotá mejor para todos”
Con el ánimo de unificar el mensaje visual de la administración “Bogotá Mejor para Todos”, du- rante este período estará permitido el uso del escudo de Bogotá en la gama de azules esta- blecida para el sello “Bogotá Mejor para Todos”.
En este caso el escudo a utilizar será el que está construido para una sola tonalidad, la cual podrá ser únicamente azul oscuro o cian.
Ambos elementos deberán estar separados por una línea vertical.
Esta excepción únicamente se podrá aplicar cuando el escudo esté acompañado del sello de la administración. No está permitido propo- ner otras variaciones de color para el escudo ni para el sello, diferentes a las presentadas a continuación.
23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-23 • 2016 • MAYO • 12 22 área de reserva El área segura o área de reserva es un espacio que rodea el escudo y que protegerá la ima- gen de distracciones visuales. Este espacio es un límite para que ningún elemento ajeno lo invada, tales como textos, imágenes u otros logos. El área queda definida bajo el uso que se muestra a continuación, tomando como re- ferencia las granadas del escudo de Bogotá.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-24 • 2016 • MAYO • 12 24 23 100 px 20 mm 85 px 18 mm 70 px 15 mm 60 px 13 mm 50 px 11 mm tamaños de reproducción El tamaño mínimo para el escudo de Bogotá siempre será el mismo, in- dependientemente de que se use cualquiera de las 5 posibles versiones.
Sin embargo, el tamaño mínimo con texto cambia según la versión. piezas impresas piezas digitales 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-25 • 2016 • MAYO • 12 24 El interior del escudo NO se debe desarticular, ni reemplazar su in- terior por algún tipo de imagen o elemento.
El escudo de Bogotá NO se debe deformar ni a lo largo ni a lo an- cho.
NO se debe utilizar el escudo en una versión anterior al año 1998.
El escudo de Bogotá NO se debe editar, ni rotar, ni sangrar, ni se debe cambiar de posición su ti- pografía.
DE BOGOTÁ D.C.
ALCALDÍA MAYOR NO se debe escribir el nombre de la Alcaldía Mayor de Bogotá en una tipografía distinta a la indica- da en este manual.
En el escudo de Bogotá NO se deben utilizar tramas, ni fondos, ni transparencias. usos incorrectos El escudo de Bogotá es un sím- bolo por sí solo, y NO debe ser utilizado sobre otro símbolo u otros símbolos.
NO se deben alterar los colores del escudo ni cambiarlos por otros diferentes a los indicados en este manual.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-26 • 2016 • MAYO • 12 26 25 Bosa Los Mártires Tunjuelito Sumapaz Teusaquillo de Transportes Usme Barrios Unidos Ciudad Bolívar Sector Descentralizado (vinculadas)
Urbana Metrovivienda EAAB ETB EEB Distrital Renovación Universidad Empresa de TransMilenio Terminal Hospitales Canal Capital Suba Lotería de Bogotá Bogotá Región San Cristóbal Rafael Uribe Uribe Sector de las Localidades Engativá Santa Fe La Candelaria Instituto Distrital de las Artes Chapinero Aranda Fontibón Puente Fundación Avendaño Gilberto Alzate Mantenimiento Víal Inst. Dist. de Patrimonio Cultural Kennedy Usaquén Antonio Nariño Públicos Especial de Serv.
Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático Distrital de Turismo Un. Administrativa Fondo de Vigilancia y Seguridad Fondo de Seguridad Víal Rehabilitación y Educación y Orquesta Filarmónica de Bogotá Sector Descentralizado (adscritas)
Instituto para la Economía Social Instituto Popular Jardín Botánico Dist. de Salud Caja de Vivienda Inst. Dist. de Instituto de y la Juventud - IDIPRON Desarrollo Urbano Protección de la Niñez Recreación y el Deporte Bomberos Acción Comunal Of. de del Espacio Cuerpo Defensoría Público Sector Central Secretaría General Servicio Civil Secretaría Integración Social Instituto Distrital para la Secretaría Secretaría Movilidad Secretaría Cultura, Recreación y Deporte Secretaría Planeación Catastro Distrital Secretaría Salud Fondo Financiero Secretaría Educación IDEP Secretaría Secretaría Hábitat Secretaría Desarrollo Económico Secretaría Ambiente Secretaría Gobierno Hacienda FONCEP de la Mujer Mujer Salud Social Hábitat Hacienda Ambiente Movilidad y Deporte Pública SECTORES Gestión Desarrollo Educación Planeación Económico Integración y Convivencia Cultura, Recreación Gobierno, Seguridad sectores y entidades 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-27 • 2016 • MAYO • 12 26 cabeza de sector Estos son los escudos de Bogotá con las apli- caciones que única y exclusivamente pueden utilizar las 12 secretarías cabezas de sector. En estas versiones del escudo va el nombre “Al- caldía Mayor de Bogotá” (en mayúscula fija, tildes sobre mayúsculas y negrilla), una línea negra y el nombre de la secretaría (en mayús- cula fija, con tildes y sin negrilla).
No utilizará el nombre del sector para evitar redundancia en la información.
Estas aplicaciones se utilizarán para papelería y documentos; no aplican para piezas de di- vulgación.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-28 • 2016 • MAYO • 12 28 27 INTEGRACIÓN SOCIAL de la Niñez y la Juventud Instituto Distrital para la Protección sector integración social sector educación entidades adscritas Estos son los escudos de Bogotá con las aplicaciones que utilizarán las entidades del sector central diferentes a las secretarías cabeza de sector, en- tidades adscritas y empresas vinculadas que admitan su uso. En estas versiones del escudo va el nombre “Alcaldía Mayor de Bogotá (en mayúscula fija, tilde sobre mayúsculas y negrilla), el nombre del sector (en mayúscula fija, con tildes y sin negrilla), una línea negra y el nombre de la entidad (en mayúsculas y minúsculas, sin negrilla). Estas aplicaciones se utilizarán para papelería y documentos; no aplican para piezas de divulgación. sector gestión pública sector hábitat sector desarrollo económico 29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-29 • 2016 • MAYO • 12 28 AMBIENTE Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático AMBIENTE Jardín Botánico José Celestino Mutis sector hacienda sector ambiente entidades adscritas sector gobierno, seguridad y convivencia REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-30 • 2016 • MAYO • 12 30 29 entidades adscritas sector salud 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-31 • 2016 • MAYO • 12 30 entidades adscritas REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-32 • 2016 • MAYO • 12 32 31 sector cultura, recreación y deporte entidades adscritas sector movilidad 33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-33 • 2016 • MAYO • 12 32 entidades adscritas alcaldías locales REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-34 • 2016 • MAYO • 12 34 33 entidades adscritas 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-35 • 2016 • MAYO • 12 34 5,5 cm 5 mm Fax: (571) 3348990 Teléfono: (571) 382 1201/02 Carrera 8 No. 10 65 - 111711 secretario@alcaldiabogota.gov.co 9 cm interlínea de 15,5 pt letra Asap Bold, 14 pt, Secretario de Gobierno Jiménez de Quesada Gonzalo Alcaldía Mayor de Bogotá 8 mm 5 mm 5 mm 8 mm 11 mm 11 mm interlínea de 12 pt interlínea de 9,5 pt letra Asap italic, 7 pt, letra Asap italic, 11 pt, papelería protocolaria tarjetas de presentación alcalde mayor, secretarios y directores de entidades REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-36 • 2016 • MAYO • 12 36 35 27,94 cm 15 mm 10 mm 21,59 cm Alcaldía Mayor de Bogotá Secretario de Gobierno 15 mm escudo centrado interlínea de 9 pt interlínea de 14,9 pt letra Asap italic, 8 pt, letra Asap Bold, 14 pt, papelería protocolaria carta de despacho 37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-37 • 2016 • MAYO • 12 36 12 cm 15 mm 23,5 cm interlínea de 9 pt Alcaldía Mayor de Bogotá Secretario de Gobierno 25 mm 25 mm letra Asap italic, 8 pt, 15 mm 15 mm interlínea de 14,9 pt letra Asap Bold, 14 pt, papelería protocolaria sobre de despacho REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-38 • 2016 • MAYO • 12 38 37 21,5 cm 13 mm 10 mm *usar todos los negros al 80% 14 cm Alcaldía Mayor de Bogotá Gonzalo Jiménez de Quesada Secretario de Gobierno 15 mm 10 mm escudo centrado interlínea de 9 pt interlínea de 14,9 pt letra Asap italic, 8 pt, letra Asap Bold, 14 pt, papelería protocolaria esquela personalizada 39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-39 • 2016 • MAYO • 12 38 13 mm escudo centrado, negro al 80% 15 cm 15 mm 12 cm papelería protocolaria sobre de esquela REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-40 • 2016 • MAYO • 12 40 39 12 cm 13 mm 10 mm 16 cm R.S.V.P. Tels. 483 1552 - 483 7450 alcaldia@alcaldiabogota.gov.co Secretario de Gobierno se complace en invitarle a una cena para celebrar Carrera 8 entre calles 10 y 11 el cumpleaños de Bogotá el día martes 6 de agosto a las 2:00 de la tarde en la Plaza de Bolívar.
Gonzalo Jiménez de Quesada de la Alcaldía Mayor de Bogotá 20 mm 20 mm 20 mm interlínea de 17 pt interlínea de 15,6 pt interlínea de 21,9 pt letra Asap italic, 10 pt letra Asap Bold, 18 pt, letra Asap italic, 13 pt, letra Asap Regular, 8 pt letra Asap Regular, 10,5 pt, papelería protocolaria invitación protocolaria 41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-41 • 2016 • MAYO • 12 40 8 cm 15 mm 15 mm 15 mm 13 mm Nombre Apellido Cargo que ocupa 12 cm Entidad a la que pertenece Entidad a la que pertenece Nombre Apellido Cargo que ocupa 5 cm interlínea de 26,9 pt letra Asap italic, 12 pt letra Asap italic, 16 pt letra Asap Bold, 22 pt, papelería protocolaria tarjeta de lugar REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-42 • 2016 • MAYO • 12 42 alcaldía mayor de bogotá 2016 - 2019 guía de uso de imagen institucional
3.
piezas de divulgación 43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-43 • 2016 • MAYO • 12 42 Grosor de la línea vertical:
1/10 del ancho de la letra “G” versiones de uso prioritario versiones alternativas construcción del logo compuesto aplicación de la marca El escudo de la Alcaldía Mayor y el logotipo de “Bogotá Mejor para Todos” deberán ser usa- dos como logo compuesto en todas las piezas de divulgación producidas por las entidades del Distrito. Deberán tener la misma altura y estarán separados entre sí por una línea ver- tical.
Entre los tres elementos (escudo, línea y logo- tipo) deberá haber una distancia equivalente al ancho de la letra “G” de la palabra “BOGO- TÁ”. Estas distancias no podrán ser modifica- das bajo ninguna circunstancia. la versión del logo compuesto en la que se aplica el escudo en azul oscuro, la línea vertical en cian y el logotipo en la gama de azules institucionales, será de uso priorita- rio para todas las piezas de comunicación.
Para piezas digitales y en policromía estárá permitido también el uso de la versión del logo compuesto con el escudo a color y la lí- nea vertical en azul oscuro.
Las versiones alternativas que se plantean a continuación son complementarias y podrán ser usadas en los casos en que se quiera man- tener una gama de azules o en los que se re- produzca a una tinta, siendo dicha tinta cian.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-44 • 2016 • MAYO • 12 44 43 letra ARiAl ReGulAR, en altas. el mismo tamaño de letra que tiene el texto “AlcAldÍA MAyoR de BoGotÁ d.c.” letra ARiAl ReGulAR. el mismo tamaño de letra que tiene el texto “AlcAldÍA MAyoR de BoGotÁ d.c.” x x instituto distrital de las artes secretaría de cultura cultura, recreación y deporte ⅔x ⅔x ⅕x secretarías entidades adscritas construcción del logo compuesto para secretarías y entidades aplicación de la marca El propósito de la marca de la administración “Bogotá Mejor para Todos” es unificar visual- mente todos los mensajes que se envían a la ciudadanía, en aras de evitar una fragmenta- ción de la comunicación. Para ello, se debe procurar en la mayoría de los casos usar la versión del logo compuesto sin mencionar entidades, entendiendo que como Alcaldía somos un conjunto y este conjunto está re- presentado en el escudo y el logotipo de la administración.
El logo compuesto con el nombre de una se- cretaría cabeza de sector o entidad adscrita solo se utilizará en casos excepcionales en los que sea jurídicamente necesario que di- cha secretaría o entidad aparezca mencio- nada.
Para las secretarías cabeza de sector, se ubica- rá en la parte inferior el nombre de la entidad en mayúscula fija, con tildes sobre mayúsculas.
Para las entidades adscritas, se ubicará ade- más el nombre de dicha entidad debajo del nombre del sector, en el mismo tamaño de le- tra y en minúsculas tipo título.
45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-45 • 2016 • MAYO • 12 44 10% 7% del banderín vertical 10% 7% del banderín Rango de movimiento vertical pieza 10% 7% Rango de movimiento del banderín Rango de movimiento pieza vertical pieza ejemplo 1 ejemplo 2 ejemplo 3 piezas de comunicación en formato vertical aplicación de la marca La marca se usará en piezas de divulgación a manera de banderín. Dicho banderín podrá moverse por todo el margen derecho para darle dinamismo a la imagen. Con esto se evita que la marca se quede “anclada” a un solo lugar obligando a las piezas publicitarias a adaptarse al uso de la misma.
El uso de un rectángulo de fondo para el banderín es opcional. Dependiendo de la pieza gráfica el logo compuesto podrá ser ubicado sobre el fondo de la misma, siempre y cuando se respeten los lineamientos de la marca en cuanto a estilo y color.
Altura del rectángulo: 10% de la altura total de la pieza.
Altura del logo: 7% de la altura total de la pieza REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-46 • 2016 • MAYO • 12 46 45 10% de la altura de la pieza 7% de la altura de la pieza 21,5 mm 100 px 15 mm 70 px tamaño mínimo de reproducción del banderín en piezas impresas en piezas digitales construcción del banderín aplicación de la marca La altura del logo compuesto en todo tipo de piezas de formato vertical (afiches, carteles, avisos de prensa, volantes, piezas digitales, etc.) deberá corresponder siempre al 7% de la altura total de la pieza gráfica.
Aunque la visibilidad del rectángulo de fondo es opcional, siempre se deberá tener en cuen- ta el espacio que este ocupa, que deberá ser de una altura correspondiente al 10% de la al- tura total de la pieza gráfica.
Para terminar de componer el banderín, se de- berá tener en cuenta que el espacio que hay entre el logo compuesto y los bordes laterales deberá ser igual al espacio que separa el es- cudo de la Alcaldía o el logo de “Bogotá Mejor para Todos” de la línea vertical que hay entre ambos; es decir, el equivalente al ancho de la letra “G” de la palabra “BOGOTÁ” en el logotipo.
Para los casos de piezas de pequeño formato, se deberá respetar el tamaño mínimo de re- producción de los logos especificado previa- mente en este manual, de modo que la altura del logo compuesto no podrá en ningún caso ser menor a 15 mm.
47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-47 • 2016 • MAYO • 12 46 7% logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas vertical entidades privadas, públicas y/o vinculadas vertical pieza 7% 7% logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas logos de apoyo de otras pieza vertical pieza ejemplo 1 ejemplo 2 ejemplo 3 piezas en formato vertical con logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas Con este rango de acción, se puede resolver el uso de logos de apoyo de otras entidades pri- vadas, públicas y/o vinculadas (cuando la co- municación lo exija) estirando hacia el costado izquierdo el rectángulo hasta hacerlo franja.
10% 7% 7% 7% REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-48 • 2016 • MAYO • 12 48 47 vertical 11% 12% 8,5% 9,5% 24 mm 110 px 26 mm 120 px 18,5 mm 85 px 20,5 mm 95 px vertical pieza pieza secretaría entidad adscrita tamaño mínimo permitido para logo de secretaría tamaño mínimo permitido para logo de entidad viamente, la prioridad siempre será la Alcal- día Mayor de Bogotá en su conjunto. El logo compuesto con el nombre de una secretaría cabeza de sector o entidad adscrita solo se utilizará en casos excepcionales en los que sea jurídicamente necesario que dicha se- cretaría o entidad aparezca mencionada. tampoco estará permitido el uso de logo- tipos o identificadores diferentes al logo compuesto para ninguna secretaría ni en- tidad adscrita. Sin excepción, toda entidad distrital deberá identificarse haciendo uso de la imagen descrita en este manual.
De esta manera, si lo que se va a mencionar es una secretaría cabeza de sector, la altu- ra del logo deberá corresponder al 8,5% de la altura total de la pieza gráfica, mientras que el banderín deberá tener una altura equivalente al 11% de dicha altura total.
Para la mención de entidades adscritas, la al- la altura total de la pieza gráfica y la altura del banderín corresponderá al 12%. tura del logo deberá corresponder al 9,5% de piezas en formato vertical con nombre de secretaría o entidad aplicación de la marca En el caso que sea indispensable la mención de la secretaría cabeza de sector o entidad que produce la pieza de comunicación, se deberá adaptar el espacio del banderín de modo que la dimensión de los logos siga siendo la misma.
Cabe recordar que esta aplicación será una excepción dado que, como se indicó pre- 49 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-49 • 2016 • MAYO • 12 48 vertical pieza vertical pieza 7% 7% 5% 5% 5% vertical pieza ejemplo 1 ejemplo 2 ejemplo 3 piezas en formato vertical casos en los que el alto exceda tres veces el ancho aplicación de la marca El tamaño de logos será dado por el alto de la pieza. En este caso se debe aplicar el 5% para el alto del logo compuesto, el cual deberá estar centrado en la parte inferior de la pieza gráfica. En el caso de usar un rectángulo de fondo, este deberá tener una altura equivalente al 7% de la altura de la pieza.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-50 • 2016 • MAYO • 12 50 49 10% 7% del banderín 21,5 mm 100 px 15 mm 70 px horizontal 10% 7% 10% del ancho de la pieza Rango de movimiento del banderín Rango de movimiento 7% del ancho de la pieza pieza horizontal pieza ejemplo 1 ejemplo 2 piezas de comunicación en formato horizontal aplicación de la marca Para el caso de piezas en formato horizontal como volantes, afiches, mailings, fondos de pantalla o imágenes digitales para redes, se aplica la misma instrucción, pero en este caso se tomará como medida base para aplicar los porcentajes el ancho total de la pieza gráfica. Altura del rectángulo: 10% del ancho total de la pieza. Altura del logo: 7% del ancho total de la pieza. construcción del banderín tamaño mínimo de reproducción 51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-51 • 2016 • MAYO • 12 50 7% logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas ejemplo 2 pieza horizontal 7% 7% 10% 10% 7% logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas ejemplo 3 pieza horizontal 7% logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas pieza horizontal ejemplo 1 piezas en formato horizontal con logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas 7% REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-52 • 2016 • MAYO • 12 52 51 12% 9,5% horizontal 11% 8,5% Rango de movimiento Rango de movimiento 24 mm 110 px 26 mm 120 px 18,5 mm 85 px 20,5 mm 95 px pieza horizontal pieza piezas en formato horizontal con nombre de secretaría o entidad aplicación de la marca esta aplicación solo se utilizará en casos excepcionales en los que sea jurídicamente necesario que dicha secretaría o entidad aparezca mencionada. tampoco estará permitido el uso de logotipos o identificadores diferentes al logo compuesto para ninguna secretaría ni enti- secretaría entidad adscrita la altura del logo deberá corresponder al 9,5% del ancho total de la pieza gráfica y la altura del banderín corresponderá al 12%. tamaño mínimo permitido para logo de secretaría tamaño mínimo permitido para logo de entidad dad adscrita. Sin excepción, toda entidad distrital deberá identificarse haciendo uso de la imagen descrita en este manual.
De esta manera, si lo que se va a mencionar es una secretaría cabeza de sector, la altura del logo deberá corresponder al 8,5% del ancho total de la pieza gráfica, mientras que el banderín deberá tener una altura equivalente al 11% de dicho ancho total. Para la mención de entidades adscritas, 53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-53 • 2016 • MAYO • 12 52 6% 6% 4% 4% 4% Rango de movimiento Rango de movimiento Rango de movimiento pieza horizontal ejemplo 1 pieza horizontal ejemplo 2 pieza horizontal ejemplo 3 piezas en formato horizontal casos en los que el ancho exceda tres veces el alto aplicación de la marca En casos de piezas horizontales en las que el ancho exceda tres veces o más la altura de la pieza, (por ejemplo Publimilenios, banners di- gitales, pendones o pancartas), el tamaño de los logos se deberá calcular con respecto al ancho de la pieza gráfica.
De esta manera, la altura del logo compuesto deberá ser equivalente al 4% del ancho total de la pieza gráfica, mientras que la altura del rectángulo cuando este sea visible) será del 6% del ancho total de la pieza.
La ubicación de los logos deberá ser siempre el costado derecho de la pieza gráfica. En es- tos casos también se permitirá un rango de movimiento en este costado para evitar anclar el logo a una sola posición.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-54 • 2016 • MAYO • 12 54 53 logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas 4% 4% logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas 4% pieza horizontal ejemplo 1 pieza horizontal ejemplo 2 pieza horizontal ejemplo 3 piezas en formato horizontal casos en los que el ancho exceda tres veces el alto con logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas Para casos de piezas horizontales en las que el ancho exceda tres veces o más la altura de la pieza y que requieran incluir logos de apoyo, el recuadro se hace franja ocupando el lado derecho y generando el espacio para la ubica- ción de los logos.
La altura de los logos de apoyo deberá ser igual a la del logo compuesto (4% del ancho total de la pieza gráfica), exceptuando los ca- sos en los que, al aplicar dicha dimensión, el ancho del logo de apoyo exceda el ancho total del logo compuesto. En estos casos el ancho del logo de apoyo deberá ser igual al del logo compuesto.
Como en todos los casos anteriores, el uso del rectángulo de fondo es opcional, siempre y cuando se tenga en cuenta el espacio que este ocupa.
55 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-55 • 2016 • MAYO • 12 alcaldía mayor de bogotá 2016 - 2019 guía de uso de imagen institucional
4.
ejemplos de aplicación REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-56 • 2016 • MAYO • 12 56 todos los ejemplos presentados la siguiente sección son esquemas gráficos que se desarrollaron como una guía, dirigida a diseñadores, co- municadores, realizadores y proveedores, para la correcta ubicación de los logotipos de la Alcaldía Mayor de Bogotá en las piezas descritas, y por tanto deben ser tomados únicamente como referencia, en aras de lograr una unidad en el desarrollo de todo el material visual del distrito. la revisión y aprobación del material visual producido por las entidades distritales, en el que se utilice la marca de la Alcaldía, correrá por cuenta de la oficina Asesora de comunicaciones de la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través del proceso 1100100-PO-41: “Diseño, revisión y di- vulgación de campañas de comunicación con el ciudadano”.
57 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-57 • 2016 • MAYO • 12 56 logos de certificaciones* cra 8 no. 10 - 65 código postal 111711 tel: 381 3000 www.bogota.gov.co info: línea 195 9 pt con el escudo entidad sector y sector o 1 cm 1 cm 2 cm 2 cm 1 cm 1 cm 2 cm 2 cm cra 8 no. 10 - 65 código postal 111711 tel: 381 3000 www.bogota.gov.co info: línea 195 3 cm 3 cm 3 cm 3 cm 9 pt Arial regular, con el escudo entidad Arial regular, sector y sector o hoja membrete color blanco / negro *Los logos de certificaciones se utilizarán en documentos oficiales como memorandos, oficios o circulares.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-58 • 2016 • MAYO • 12 58 57 prensa cra 8 no. 10 - 65 código postal 111711 tel: 381 3000 www.bogota.gov.co info: línea 195 9 pt con el escudo entidad sector y sector o 1 cm 1 cm 2 cm 2 cm 0,5 cm 0,5 cm 1 cm 1 cm 2 cm 2 cm prensa cra 8 no. 10 - 65 código postal 111711 tel: 381 3000 www.bogota.gov.co info: línea 195 3 cm 3 cm 3 cm 3 cm 9 pt Arial regular, con el escudo entidad Arial regular, sector y sector o comunicado de prensa color blanco / negro 59 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-59 • 2016 • MAYO • 12 58 6,8 cm 4,76 cm del banderín pieza afiche horizontal de imprenta 6,8 cm 47 cm 4,76 cm Rango de movimiento del banderín Rango de movimiento 47 cm 68 cm pieza afiche vertical medio pliego de imprenta medio pliego afiches verticales y horizontales 68 cm REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-60 • 2016 • MAYO • 12 60 59 17,7 cm 12,39 cm Rango de movimiento del banderín pieza eucol red distrital de comunicaciones paraderos 61 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-61 • 2016 • MAYO • 12 60 Rango de movimiento pieza publimilenio 7,26 cm 4,84 cm red distrital de comunicaciones publimilenio - mcv REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-62 • 2016 • MAYO • 12 62 61 10 cm 14 cm de poste pendón 2 m red distrital de comunicaciones pendones de poste 63 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-63 • 2016 • MAYO • 12 62 logo con nombre de del banderín portada /alcaldiadebogota @bogota alcaldía mayor de bogotá síguenos en: carpeta contraportada carpeta de la entidad Redes sociales contraportada. carpetas institucionales carpeta abierta Rango de movimiento El ejemplo presentado es únicamente la guía para la correcta ubicación de los logotipos de la Alcaldía Mayor de Bogotá en las carpetas institucionales. secretaría o entidad logo centrado en la del ancho de la carpeta el ancho del logo deberá ser el equivalente a la mitad (½)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-64 • 2016 • MAYO • 12 64 63 vertical horizontal 4% del ancho de la portada 4% de la altura de la portada centrados, logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas logo centrado logo centrado centrados, logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas publicación vertical publicación publicación horizontal publicación 7% de la altura de la portada 7% de la altura de la portada 7% del ancho de la portada 7% del ancho de la portada publicaciones libros, revistas y cartillas portadas contraportadas 65 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-65 • 2016 • MAYO • 12 64 2016 textos director impresión secretario diagramación subsecretario gestión pÚblica alcalde mayor de bogotá gonzalo jiménez de quesada gonzalo jiménez de quesada gonzalo jiménez de quesada gonzalo jiménez de quesada gonzalo jiménez de quesada gonzalo jiménez de quesada alcaldÍa mayor de bogotÁ subdirección imprenta distrital - d.d.d.i. departamento administrativo del servicio civil bandera interna publicaciones libros, revistas y cartillas Los logos de la Alcaldía deberán aparecer en una publicación únicamente una vez. Esto quiere decir que, al ya tenerlos en la portada de la publicación, estos no se deberán repetir al interior de la misma, ni en páginas internas, ni como parte del encabezado ni del pie de página.
El sector(es) y entidad(es) responsable(s) de la publicación deberá(n) aparecer en la bandera interna, como en el ejemplo que se muestra a continuación.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-66 • 2016 • MAYO • 12 66 65 7% de la altura de la portada 7% del ancho de la portada Rango de movimiento del banderín Rango de movimiento del banderín plegable portada portada plegable contraportada plegable centrados, logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas contraportada plegable plegable de tres cuerpos (portada vertical) plegable de dos cuerpos (portada horizontal) centrados, logos de apoyo de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas 7% de la altura de la portada 7% del ancho de la portada publicaciones plegables Para los casos de plegables y piezas de co- municación impresas entregables, se aplicarán las especificaciones descritas en la sección 3 (Piezas de divulgación) del presente manual, tomando como formato de referencia la por- tada del plegable.
La excepción serán los logos de apoyo en el caso que se requieran; estos siempre deberán estar ubicados en la contraportada del plega- ble, como se ubican en la contraportada de otras publicaciones (ver página 56).
A continuación se ilustran dos ejemplos.
67 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-67 • 2016 • MAYO • 12 66 7% del ancho de la invitación 7% del ancho de la invitación texto de quien(es) invita(n)
4% del ancho de la invitación escudo centrado lA AlcAldÍA locAl de enGAtivÁ se PeRMite invitARlo A: o apoyan la invitación logos de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas que invitan 4% del ancho de la invitación 4% del ancho de la invitación 4% del ancho de la invitación invitaciones a eventos En invitaciones, la(s) entidad(es) responsable(s) deberá(n) aparecer mencionada(s) en el contenido del texto. Por tanto, no se deben mencionar en el escudo ni en ningún otro logo de apoyo.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-68 • 2016 • MAYO • 12 68 67 7% del ancho de la certificación 7% del ancho de la certificación texto de quien(es)
CERTIFICA:
(n) o
acredita(n)
4% del ancho de la certificación escudo centrado lA secRetARÍA de educAción ceRtificA A: logos de otras entidades privadas, o acreditan el diploma o certificado públicas y/o vinculadas que certifican 4% del ancho de la certificación 4% del ancho de la certificación 4% del ancho de la certificación diplomas y certificaciones En certificaciones, la(s) entidad(es) responsable(s) deberá(n) aparecer mencionada(s) en el contenido del texto. Por tanto, no se deben mencionar en el escudo ni en ningún otro logo de apoyo.
69 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-69 • 2016 • MAYO • 12 68 de Bogotá según sea el caso contratista vence: dd/mm/aaaa secretaría general c.c.80173038 rh + este carné lo identifica como contratista de la secretaría lugar visible durante las horas de trabajo. en el momento de general de alcaldía mayor de bogotá d.c. debe portarse en luis andrÉs gonzÁlez bolaÑo retiro debe ser devuelto a la subdirección de talento humano. contratista 9 cm 9 cm Arial Bold, 9 pt Arial Bold, 9 pt franja Bandera Arial Bold, 9 pt Arial Bold, 9 pt Arial, 10 pt Arial, 10 pt texto modificable según sea el caso texto modificable de Bogotá franja Bandera 1,5 cm de alto 1,5 cm de alto 5,5 cm 5,5 cm profesional especializado secretaría de hÁbitat c.c.80173038 rh + este carné lo identifica como funcionario de la secretaría lugar visible durante las horas de trabajo. en el momento de general de alcaldía mayor de bogotá d.c. debe portarse en luis andrÉs gonzÁlez bolaÑo retiro debe ser devuelto a la subdirección de talento humano.
Arial, 8 pt Arial, 8 pt Arial, 9 pt Arial, 9 pt carnés institucionales funcionario lazo porta carné REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-70 • 2016 • MAYO • 12 70 69 7% de la altura de la escarapela o privadas logos de apoyo de entidades descentralizadas logo centrado o privadas imagen del evento o campaña logos de apoyo de entidades descentralizadas escarapelas para eventos 71 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-71 • 2016 • MAYO • 12 70 logos de de otras entidades privadas, públicas y/o vinculadas que apoyan.
Altura del 7% del ancho total de la valla.
7% del ancho de la valla foto detalles / mapas foto foto nombre de la obra vallas de obra REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-72 • 2016 • MAYO • 12 72 71 logos de de otras entidades privadas, nombre de la entidad públicas y/o vinculadas que apoyan escudo de acuerdo a sector y entidad avisos de fachada Los avisos de fachada, por ser piezas de comunicación con una duración proyectada mayor a cuatro años, no deben llevar el logo de la Administra- ción. Las entidades deberán estar identificadas únicamente con su escudo correspondiente.
73 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-73 • 2016 • MAYO • 12 72 aplicaciones digitales cabezote sitios web opción 1: sobre fondo azul opción 2: sobre fondo blanco opción 3: sobre textura Se estandarizará la imagen de la Alcaldía en los portales de todas las entidades con las plantillas para cabezotes aquí presentadas. El uso de fotogra- fías de fondo para la aplicación sobre textura deberá responder a contenidos del sector y deberá contar con la autorización del Asesor de Comuni- caciones o la persona que sea delegada por este para tal efecto.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-74 • 2016 • MAYO • 12 74 73 Red de portales del distrito y entidades de control Área de contacto de la entidad derechos reservados Barra institucional 45 px 60 px 145 px 260 px aplicaciones digitales pata sitios web 75 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-75 • 2016 • MAYO • 12 74 banner horizontal banner cuadrado vertical banner aplicaciones digitales banners REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-76 • 2016 • MAYO • 12 76 75 opción 1 opción 2 aplicaciones digitales landing page para portales cautivos 77 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-77 • 2016 • MAYO • 12 76 fotos de portada fotos de perfil aplicaciones digitales imágenes de portada y perfil para facebook Se estandarizará la imagen de la Alcaldía en fan pages de todas las entidades con las plantillas para imágenes de portada y de perfil que se pre- sentan a continuación. El uso de otras fotografías diferentes a las presentadas en estas plantillas, debe responder a contenidos del sector; si estas incluyen fotografías de personas, zonas verdes u otros lugares de la ciudad deberá contar con la autorización del Asesor de Comunicaciones o la persona que sea delegada por este para tal efecto, lo anterior aplica también a las fotografías de perfil.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-78 • 2016 • MAYO • 12 78 77 fotos de portada fotos de perfil aplicaciones digitales imágenes de portada y perfil para twitter 79 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-79 • 2016 • MAYO • 12 78 aplicaciones digitales imágenes de portada y perfil para youtube fotos de portada fotos de perfil REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-80 • 2016 • MAYO • 12 80 79 aplicaciones digitales plantilla de presentación multimedia 81 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-81 • 2016 • MAYO • 12 80 Rango de movimiento del banderín salvapantallas con imagen de campaña 50% del ancho total del salvapantallas opción 1 50% del ancho total del salvapantallas opción 2 opción 3 aplicaciones digitales fondos de escritorio y salvapantallas REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-82 • 2016 • MAYO • 12 82 81 nombre funcionario cargo dependencia entidad teléfonos 190 px 220 px 220 px 132 px 132 px 132 px opción 1 opción 2 opción 3 aplicaciones digitales firma en correos electrónicos 83 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-83 • 2016 • MAYO • 12 82 piezas audiovisuales cortinilla para comerciales y eventos La cortinilla para apertura o cierre de comerciales y eventos deberá ser la que se describe a continuación. El archivo de video se anexa a este documento. sobre fondo azul sobre fondo blanco REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-84 • 2016 • MAYO • 12 84 83 piezas audiovisuales cortinilla para contenido digital La cortinilla para contenido audiovisual publicado en portales web y redes sociales deberá ser la que se describe a continuación. El archivo de video se anexa a este documento.
85 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-85 • 2016 • MAYO • 12 84 Banderín institucional en la versión que más se ajuste al contenido audiovisual Banderín institucional en la versión que más se ajuste al contenido audiovisual logo de otra entidad mosca barra de créditos piezas audiovisuales REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-86 • 2016 • MAYO • 12 86 85 Alcaldía Mayor lema de administración Alcaldía Mayor lema de administración Alcaldía Mayor Bogotá, mejor para todos instituto de desarrollo urbano Alcaldía Mayor Bogotá, mejor para todos modelo 2 modelo 4: entidad Alcaldía Mayor lema de administración nombre de la entidad nombre de la secretaría lema de administración Bogotá, mejor para todos secretaría de Movilidad Alcaldía Mayor Bogotá, mejor para todos piezas audiovisuales pata para cuñas modelo 1 modelo 3: secretaría 87 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-87 • 2016 • MAYO • 12 86 material de merchandising mugs ejemplo 1 ejemplo 2 ejemplo 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-88 • 2016 • MAYO • 12 88 87 campaña o evento imagen evento imagen campaña o imagen evento campaña o imagen campaña o evento imagen campaña o evento material de merchandising sombrilla modelo 1 modelo 2 89 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-89 • 2016 • MAYO • 12 88 evento imagen campaña o imagen evento campaña o material de merchandising gorra modelo 1 modelo 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-90 • 2016 • MAYO • 12 90 89 material de merchandising esfero modelo 1 modelo 2 91 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-91 • 2016 • MAYO • 12 90 tamaño mínimo permitido 15 mm 7,5 cm tamaño mínimo permitido 15 mm BoGotÁ d.c. al borde de la pieza. y el escudo a un tamaño mínimo se debe escribir AlcAldÍA MAyoR de cuando no se permite aplicar el logo material de merchandising botón 3,5 cm 5,5 cm REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-92 • 2016 • MAYO • 12 92 91 material de merchandising manilla modelo 1 modelo 2 93 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-93 • 2016 • MAYO • 12 92 campaña o evento imagen imagen campaña o evento material de merchandising carpa modelo 1 modelo 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-94 • 2016 • MAYO • 12 94 93 descentralizadas o privadas modelo 2 22 cm 12 cm 25 cm 28 cm 25 cm 20 cm logos de apoyo de entidades material de merchandising backing modelo 1 modelo 3 modelo 4 95 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-95 • 2016 • MAYO • 12 94 8 cm 12 cm 12 cm aplicación de vestuario chaqueta institucional modelo 1 modelo 2 15 cm REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-96 • 2016 • MAYO • 12 96 95 evento o convenio evento o imagen de convenio imagen de evento o convenio evento o imagen de convenio imagen de aplicación de vestuario chaqueta promocional modelo 2 modelo 1 15 cm 15 cm 97 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-97 • 2016 • MAYO • 12 96 otros colores 12 cm 8 cm aplicación de vestuario uniforme de seguridad azul institucional El color prioritario deberá ser siempre el azul reflectivo, exceptuando los casos en los que sea indispensable usar otros colores (naranja, amarillo, verde) por seguridad industrial.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-98 • 2016 • MAYO • 12 98 97 12 cm 8 cm aplicación de vestuario uniforme de seguridad azul institucional otros colores 99 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-99 • 2016 • MAYO • 12 98 convenio 8 cm 12 cm 12 cm nombre de convenio nombre de 12 cm aplicación de vestuario indumentaria de obra modelo 1 modelo 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-100 • 2016 • MAYO • 12 100 99 14 cm 14 cm 16 cm 16 cm aplicación de vestuario uniforme institucional modelo 1 modelo 2 101 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-101 • 2016 • MAYO • 12 100 evento o convenio* imagen de 16 cm 16 cm evento o convenio* imagen de aplicación de vestuario camiseta promocional modelo 1 modelo 2 *No estará permitido el uso de logotipos o identificadores para ningún evento, convenio, secretaría ni entidad adscrita.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-102 • 2016 • MAYO • 12 102 101 30 cm vista posterior vistas laterales vista frontal 30 cm 25 cm escudo con aplicación en vehículos ambulancia nombre de entidad 103 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-103 • 2016 • MAYO • 12 102 espacio para logo de operador 40 cm 22 cm de convenio identificación 40 cm vista posterior vistas laterales vista frontal aplicación en vehículos camioneta 25 cm entidad nombre de escudo con REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-104 • 2016 • MAYO • 12 104 103 40 cm 25 cm de convenio espacio para identificación logo de operador 40 cm vista posterior vistas laterales vista frontal 25 cm entidad aplicación en vehículos van nombre de escudo con 105 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-105 • 2016 • MAYO • 12 104 35 cm 35 cm vista posterior vistas laterales vista frontal 25 cm entidad nombre de escudo con aplicación en vehículos automóvil REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-106 • 2016 • MAYO • 12 106 105 50 cm 50 cm vistas laterales aplicación en vehículos compactador de basura 107 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-107 • 2016 • MAYO • 12 diseño de Manual institucional Equipo profesional y técnico Agencia en Casa Proyecto 0326 diagramación Alejandra Hidalgo Mejía 2016 alcaldía mayor de bogotá 2016 - 2019 guía de uso de imagen institucional Alcalde Mayor de Bogotá d.c.
Enrique Peñalosa Londoño secretaria General Dalila Astrid Hernández Corzo Asesora de comunicaciones Luz María Sierra REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-108 • 2016 • MAYO • 12 108 109 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-109 • 2016 • MAYO • 12 que se encuentran en vacancia definitiva o temporal.
RESOLUCIONES DE 2016 SECRETARÍA DE HACIENDA Resolución Número SDH-000211 (Mayo 10 de 2016)
Que el Decreto No. 4968 del 27 de diciembre de 2007 establece que el nombramiento provisional procederá de manera excepcional siempre que no haya empleados de carrera que cumplan con los requisitos y el perfil para ser encargados y no haya lista de elegibles vigente que pueda ser utilizada.
“Por la cual se efectúa uno nombramiento provisional”
LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA
CONSIDERANDO:
Que la Circular de la CNSC No. 003 del 11 de junio de 2014 señala que a partir del 12 de junio de 2014, la CNSC no otorgará autorizaciones para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad, en razón al Auto de fecha 5 de mayo de 2014, proferido por el H. Consejo de Estado, mediante el cual se suspendió provisionalmente apartes del Decreto 4968 de 2007 y la Circular No. 005 de 2012 de la CNSC.
Que mediante los Decretos Distritales 600 y 601 de 2014, este último modificado por el Decreto 364 de 2015, se estableció la planta de cargos y la nueva estructura de la Entidad, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que la Subdirección del Talento Humano revisó las historias laborales de los empleados de carrera y certifica que ninguno cumple para desempeñar los cargos a proveer.
Que la provisión de los empleos cuya naturaleza son de carrera administrativa se hará conforme a lo establecido en la Ley 909 de 2004, es decir, mediante concurso de méritos proceso que se encuentra adelantando la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).
Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia temporal se requiere realizar nombramientos provisionales.
Que mientras se proveen estos empleos por concurso de méritos, la Entidad proveerá las vacantes definitivas y temporales de manera transitoria mediante la figura de Encargo.
Que la Subdirección del Talento Humano verificó el cumplimiento de los requisitos señalados en la Resolución No. SDH-000101 del 15 de abril de 2015 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Cargos de la Secretaría Distrital de Hacienda”, así como lo establecido en el Decreto No. 367 del 9 de septiembre de 2014.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que en aras de garantizar la efectiva prestación del servicio y en atención a lo establecido en la Ley 909 de 2004, sus Decretos reglamentarios y los parámetros establecidos por la Entidad para la asignación de encargos, la Secretaría Distrital de Hacienda adelantó un proceso para proveer las vacantes definitivas y temporales de la nueva planta de cargos de la Entidad, el cual en su desarrollo contempló de manera estricta lo establecido en la normativa aplicable vigente.
Artículo 1º.
Nombrar con carácter provisional a la siguiente persona en un cargo con vacancia temporal de la planta de la Secretaría Distrital de Hacienda:
Que en aplicación de dicho proceso y como resultado de este, fueron seleccionados los funcionarios de carrera administrativa para ser encargados en empleos Titular Nombres y Apellidos Cédula Denominación Código Grado Asignación Básica Dependencia Dirección 1 JOSÉ ALVARO 3.182.119 Auxiliar Administrativo 407 19 $ 1.838.863 Subdirección Administrativa y Financiera VEGA BAQUERO Despacho del Director de Gestión Corporativa Clayde Sol Cepeda Álvarez su cargo o cuando configure alguna de las situaciones señaladas por la Corte Constitucional mediante Sentencia No. SU 917 de 2010.
Artículo 2º.
El nombramiento provisional se podrá dar por terminado cuando sea emitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos, en caso que el titular del empleo regrese a
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-110 • 2016 • MAYO • 12 110 Artículo 3º La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Que en aplicación de dicho proceso y como resultado de este, fueron seleccionados los funcionarios de carrera administrativa para ser encargados en empleos que se encuentran en vacancia definitiva o temporal.
PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los diez (10) días del mes de mayo de dos mil dieciséis (2016).
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Que una vez analizados los requisitos de los funcionarios que ostentan derechos de carrera para proveer las vacantes mediante la modalidad de encargo, se estableció que los funcionarios que cumplen con los requisitos no aceptan el encargo.
Secretaria Distrital de Hacienda Resolución Número SDH-000212 (Mayo 10 de 2016)
Que el Decreto No. 4968 del 27 de diciembre de 2007 establece que el nombramiento provisional procederá de manera excepcional siempre que no haya empleados de carrera que cumplan con los requisitos y el perfil para ser encargados y no haya lista de elegibles vigente que pueda ser utilizada.
“Por la cual se efectúan unos nombramientos provisionales”
LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE BOGOTÁ D.C., en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º del decreto 101 del 13 de abril de 2004, y Que la Circular de la CNSC No. 003 del 11 de junio de 2014 señala que a partir del 12 de junio de 2014, la CNSC no otorgará autorizaciones para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad, en razón al Auto de fecha 5 de mayo de 2014, proferido por el H. Consejo de Estado, mediante el cual se suspendió provisionalmente apartes del Decreto 4968 de 2007 y la Circular No. 005 de 2012 de la CNSC.
CONSIDERANDO:
Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva se requiere realizar nombramientos provisionales.
Que mediante los Decretos Distritales 600 y 601 de 2014, este último modificado por el Decreto 364 de 2015, se estableció la planta de cargos y la nueva estructura de la Entidad, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que la provisión de los empleos cuya naturaleza son de carrera administrativa se hará conforme a lo establecido en la Ley 909 de 2004, es decir, mediante concurso de méritos proceso que se encuentra adelantando la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).
Que la Subdirección del Talento Humano verificó el cumplimiento de los requisitos señalados en la Resolución No. SDH-000101 del 15 de abril de 2015 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Cargos de la Secretaría Distrital de Hacienda”, así como lo establecido en el Decreto No. 367 del 9 de septiembre de 2014.
En mérito de lo expuesto, Que mientras se proveen estos empleos por concurso de méritos, la Entidad proveerá las vacantes definitivas y temporales de manera transitoria mediante la figura de Encargo.
RESUELVE:
Artículo 1º.
Nombrar con carácter provisional a las siguientes personas en un cargo con vacancia definitiva de la planta de la Secretaría Distrital de Hacienda:
Que en aras de garantizar la efectiva prestación del servicio y en atención a lo establecido en la Ley 909 de 2004, sus Decretos reglamentarios y los parámetros establecidos por la Entidad para la asignación de encargos, la Secretaría Distrital de Hacienda adelantó un proceso para proveer las vacantes definitivas y temporales de la nueva planta de cargos de la Entidad, el cual en su desarrollo contempló de manera estricta lo establecido en la normativa aplicable vigente.
111 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-111 • 2016 • MAYO • 12 No. Cédula Nombres y Apellidos Denominación Código Grado Asignación Básica Dependencia Dirección 1 1.030.565.694 Profesional Universitario 219 18 $ 2.967.508 Subdirección del Talento Humano Despacho del Director de Gestión Corporativa DANIEL ERNESTO FONSECA RAMÍREZ 2 53.095.331 JEIMY PAOLA ORTIZ GRACIA Profesional Universitario 219 18 $ 2.967.508 Subdirección del Talento Humano Despacho del Director de Gestión Corporativa Profesional Universitario 219 18 $ 2.967.508 Subdirección del Talento Humano 3 74.181.239 JAVIER BUSTAMANTE CARO Despacho del Director de Gestión Corporativa Profesional Universitario 219 18 $ 2.967.508 Oficina de Consolidación Despacho del Director Distrital de Tesorería 4 52.297.568 MARÍA NOHEMI VASQUEZ RIVERA
Artículo 2º.
Nombrar con carácter provisional a las siguientes personas en un cargo con vacancia temporal de la planta de la Secretaría Distrital de Hacienda:
No. Cédula Nombres y Apellidos Denominación Código Grado Asignación Básica Dependencia Dirección Titular del Cargo 5 1.073.426.066 Oficina Gestión de Pagos Profesional Universitario 219 14 $ 2.877.743 Despacho del Director Distrital de Tesorería FLOR ANGELA BLANCO VALERO José Jeremías Pulido Navarrete de las conferidas por las Leyes 105 de 1993, 336 de 1996, el Decreto Nacional 1079 de 2015, el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 567 de 2006, y
CONSIDERANDO:
Artículo 3º.
Los nombramientos provisionales se podrán dar por terminado cuando sea remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos, en caso que el titular del empleo regrese a su cargo o cuando se configure alguna de las situaciones señaladas por la Corte Constitucional mediante Sentencia No. SU – 917 de 2010.
Artículo 4º.
La presente Resolución rige a partir de su fecha de su expedición.
Que el artículo 11 de la Ley 105 de 1993, establece que el transporte de pasajeros entre el Distrito Capital y los Municipios contiguos será organizado por las Autoridades de tránsito de los respectivos municipios.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los diez (10) días del mes de mayo de dos mil dieciséis (2016).
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda SECRETARÍA DE MOVILIDAD Resolución Número 194 (Mayo 4 de 2016)
“Por la cual se modifica el artículo 4ºde la Resolución 813 de 2015”
LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial Que el Ministerio de Transporte, la Gobernación de Cundinamarca, el Municipio de Soacha y la Alcaldía Mayor de Bogotá, suscribieron el Convenio interadministrativo 1100100-004-2013, cuyo objeto es: “Establecer las condiciones de operación del servicio de transporte público de pasajeros, colectivo e individual en el corredor Soacha – Bogotá D.C.”.
Que la cláusula tercera del Convenio interadministrativo 1100100-004-2013 estableció que la Secretaría Distrital de Movilidad mediante acto administrativo establecerá las etapas graduales para la modificación de los recorridos de los servicios de transporte público colectivo urbano de Soacha y de transporte de pasajeros por carretera con origen - destino Soacha – Bogotá, dentro del Distrito Capital, lo cual deberá realizarse, de conformidad con el avance en la implementación del Sistema Integrado de Transporte Público “SITP”.
Que la Etapa I de los recorridos de los servicios de transporte acordados en el marco del Convenio fue REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-112 • 2016 • MAYO • 12 112 adoptada por la Secretaría Distrital de Movilidad, a través de la Resolución 003 de 2014, y la Etapa II fue adoptada mediante Resolución 813 del 11 de noviembre de 2015, ésta última publicada en el Registro Distrital 5715 del 17 de noviembre de 2015.
Que atendiendo el numeral 8° del artículo 8° de la Ley 1437 de 2011 y con el fin de dar espacio a la participación ciudadana para la expedición de este acto administrativo, por ser de contenido general, los días 3 y 4 de mayo de 2016 se publicó en la página web de la Secretaría Distrital de Movilidad el contenido del proyecto y se invitó a la comunidad para que manifestara sus dudas, observaciones y comentarios al mismo. Transcurrido este término, no se recibió en la entidad observaciones al mismo.
Que el artículo 4º de la Resolución 813 de 2015, estableció un periodo de 2 meses, para realizar acciones pedagógicas, en el cual se debía fortalecer el proceso de información a los usuarios sobre los recorridos de la Etapa II con sus correspondientes paradas en el corredor.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que el 15 de enero de 2016, la Secretaría Distrital de Movilidad mediante Resolución 035 amplió el período de pedagogía consagrado en el artículo 4º de la Resolución 813 de 2015, hasta el 16 de marzo de 2016.
Artículo primero.
Objeto: Modificar el artículo 4º de la Resolución 813 de 2015 expedida por la Secretaría Distrital de Movilidad, el cual quedará así:
Que el 15 de marzo de 2016, la Secretaría Distrital de Movilidad mediante Resolución 164 modificó el artículo 4º de la Resolución 813 de 2010 ampliando el periodo hasta el 16 de mayo de 2016.
Que en sesión del Comité Coordinador del Convenio 1110-100-004-2013 realizada el 5 de abril de 2016, dada la complejidad del proceso de socialización de los recorridos de la Etapa II, definió aprobar la modificación de los plazos para realizar dicha socialización definidos en el artículo 4º de la Resolución 813 de 2015 y sus modificatorios.
“ARTÍCULO CUARTO: Acciones Pedagógicas. Fijar término indefinido para que las empresas que se encuentran prestando el servicio de transporte público en el corredor Soacha – Bogotá D.C. fortalezcan el proceso de socialización a los usuarios sobre los recorridos R1, R2 y R5 de la Etapa II. Lo anterior hasta tanto el Comité de Coordinación del Convenio No. 1100100-004-2013 suscrito entre el Distrito Capital, el Municipio de Soacha, la Gobernación de Cundinamarca y el Ministerio de Transporte establezca las fechas de culminación del proceso de socialización a los usuarios, situación que se formalizará mediante acto administrativo de la Secretaría Distrital de Movilidad”.
Que la anterior decisión fue tomada mediante Resolución 189 del 26 de abril de 2016 de esta Secretaría, la cual fue publicada en la página web de la entidad y en el Registro Distrital No. 5826. Dicha Resolución fijó nuevas fechas para culminar el proceso de socialización a los usuarios por parte de las empresas que prestan el servicio de transporte público que sirven el corredor y las rutas Soacha – Bogotá D.C.
Artículo segundo.
Vigencia y derogatoria. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias, en especial el artículo 4º de la Resolución 813 de 2015, y deroga el artículo 1º de la Resolución 189 de 2016 de la Secretaría Distrital de Movilidad.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del mes de mayo de dos mil dieciséis (2016).
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Que mediante oficios S.M.D.O.T.T. – 0896 del 2 y 3 de mayo de 2016, radicados SDM - 52874 y SDM -53212, la Secretaría de Movilidad de Soacha solicitó a esta entidad aplazar la entrada en vigencia de la Resolución 189 de 2016, considerando que a la fecha del escrito es muy confusa para la ciudadanía de Soacha la información sobre los nuevos recorridos para la implementación de la Etapa II.
Secretario Distrital de Movilidad Resolución Número 195 (Mayo 4 de 2016)
“Por la cual se adoptan las Tablas de Retención Documental de la Secretaria Distrital de Que el Comité Coordinación del Convenio 1100100- 04-2013 en reunión extraordinaria efectuada el día 2 de mayo de 2016, determinó viable atender la solicitud de la Secretaría de Movilidad de Soacha, para lo cual decidió dejar abiertas las fechas para que las empresas que se encuentran prestando el servicio de transporte público en el corredor Soacha - Bogotá terminen el proceso de socialización a los usuarios sobre los recorridos de la Etapa II.
Movilidad”
113 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-113 • 2016 • MAYO • 12 EL SECRETARIO DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 257 de 2006, el Decreto 567 de 2006, el Decreto 652 de 2011 y acto administrativo expedido por el representante legal de la entidad, previo concepto emitido por el Comité interno de Archivo en el caso de las entidades del nivel territorial, cuyo sustento deberá quedar consignado en el acta del respectivo comité”.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 8 de la Constitución Política establece: “Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación”.
Que mediante la Resolución 271 de 2013, la Secretaría Distrital de Movilidad establece el Comité Interno de Archivo, cuya función es asesorar a la alta dirección de la Entidad en materia archivística y de gestión documental, de conformidad con la Ley 594 de 2000 y demás normas reglamentarias.
Que el artículo 4 de la Ley 594 de 2000, establece como fines de los archivos, disponer de la documentación organizada en tal forma que la información institucional sea recuperable para el uso de la administración en el servicio al ciudadano y como fuente de historia.
Que así mismo en el artículo 5 de la citada Resolución se asigna al Comité Interno de Archivo, la responsabilidad de adelantar las funciones definidas en el artículo 16 del Decreto 2578 de 2012.
Que con fundamento en lo anterior, en la sesión realizada por el Comité Interno de Archivo el día 11 de junio de 2015, tal como consta en el Acta No.3, se aprueba por unanimidad la Tabla de Retención Documental de la Secretaria Distrital de Movilidad del 2015, cumpliendo a su vez con los criterios jurídicos y técnicos exigidos por la Ley.
Que el artículo 16 de la Ley 594 de 2000, establece que los secretarios generales o los funcionarios administrativos de igual o superior jerarquía, pertenecientes a las entidades públicas, a cuyo cargo estén los archivos públicos, tendrán la obligación de velar por la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información de los documentos de archivo y serán responsables de su organización y conservación, así como de la prestación de los servicios archivísticos.
Que el artículo 24 de la Ley 594 de 2000, establece que será obligatorio para las entidades del Estado elaborar y adoptar las respectivas Tablas de Retención Documental.
Que el Consejo Distrital de Archivos de Bogotá D.C., convalidó las Tablas de Retención Documental de la Secretaría Distrital de Movilidad mediante Acta No. 03 del 26 de junio de 2015, y conceptuó favorablemente sobre los últimos ajustes realizados otorgando viabilidad para su implementación, mediante Acta No. 05 del 29 de octubre de 2015.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que el artículo 35 de la Ley 594 de 2000, autoriza al Gobierno Nacional, a través del Archivo General de la Nación y las entidades territoriales a través de sus respectivos Consejos de Archivos, para prevenir y sancionar el incumplimiento de lo señalado en la Ley General de Archivos y sus normas reglamentarias.
Artículo 1.
Adopción. Adoptar las Tablas de Retención Documental de la Secretaria Distrital de Movilidad, junto con sus anexos, convalidadas por el Consejo Distrital Archivo de Bogotá D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que en el artículo 8 del Decreto Nacional 2609 de 2012, se establece que la gestión documental en las entidades públicas se desarrollará a partir de la Tabla de Retención Documental, entre otros instrumentos archivísticos.
Que en el numeral 3 del artículo 16 del Decreto 2578 de 2012, se establece que es función del Comité Interno de Archivo aprobar las Tablas de Retención Documental y las Tablas de Valoración Documental de la entidad y enviarlas al Consejo Departamental o Distrital de Archivos para su convalidación y al Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado para su registro.
Artículo 2.
Implementación. Las Tablas de Retención Documental serán de obligatorio cumplimiento y aplicación en todas aquellas dependencias y grupos internos de trabajo de la Secretaría Distrital de Movilidad creados o modificados por el Decreto 567 de 2006, así como en el Archivo Central de la Entidad, de acuerdo con los lineamientos trazados por el equipo técnico del Subsistema Interno de Gestión Documental y de Archivos -SIGA, y avalados por el Comité Interno de Archivo.
Que así mismo, el Acuerdo 004 de 2013 del Archivo General de la Nación dispone en su artículo 8 que “Las Tablas de Retención Documental y las Tablas de Valoración Documental deberán ser aprobadas mediante
Artículo 3.
Divulgación. Para efectos de publicidad, las Tablas de Retención Documental serán publicadas en la página web y la intranet de la Entidad, de
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-114 • 2016 • MAYO • 12 114 acuerdo con lo establecido en el artículo 9 del Acuerdo 004 de 2013 del Archivo General de la Nación que reglamentó parcialmente los Decretos 2609 y 2578 de 2012.
Artículo 4.
Seguimiento. La Subdirección Administrativa establecerá un cronograma anual de seguimiento a la implementación de las Tablas de Retención Documental e informará al Comité Interno de Archivo sobre los avances de este proceso, en su última sesión de cada año.
Artículo 5.
Actualización. Las modificaciones a las Tablas de Retención Documental serán evaluadas por el equipo técnico del Subsistema Interno de Gestión Documental y de Archivos -SIGA, y aprobadas por el Comité Interno de Archivo. Las actualizaciones que impliquen una nueva formulación de la TRD, serán remitidas al Consejo Distrital de Archivos para su respectiva convalidación, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 14 del Acuerdo 004 de 2013 del Archivo General de la Nación.
Artículo 4.
(Sic) Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los cuatro (4) días del mes de mayo de dos mil dieciséis (2016).
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad 115 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5833 • pP. 1-115 • 2016 • MAYO • 12
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