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Registro Distrital 5763 de 2016

Registro Distrital 5763 de 2016 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
5763
Año
2016
Fecha
28 de enero de 2016
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 50 Número 5763 2016 • ENERO • 28 REGISTRO DISTRITAL ACUERDO DE 2015 INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO - IDIGER Distrito Capital. El PDGR- CC orienta la formulación de los componentes y los programas de gestión de riesgos y de cambio climático en cada plan de desarrollo, así como la priorización de las inversiones del Fondo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (FONDIGER) y de las instituciones que conforman el SDGR- CC.

Acuerdo Número 002 (Diciembre 22 de 2015)

“Por el cual se aprueba el Plan Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático para Además, constituye el instrumento para el seguimiento y la evaluación de las estrategias y programas de gestión de riesgos, de mitigación y de adaptación al cambio climático que se implementarán en el territorio urbano y rural de Bogotá, D.C.

Bogotá D.C., 2015-2050 y se dictan otras disposiciones”.

EL CONSEJO DISTRITAL PARA GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO En uso de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere la ley 1523 de 2012, el Acuerdo 546 de 2013 y el Decreto 172 de 2014, PARÁGRAFO. El PDGR-CC recoge las disposiciones establecidas para el Plan Distrital de Gestión de Riesgos, el Plan Distrital de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y la Estrategia Distrital de Respuesta, establecidas en la Ley 1523 de 2012, el Acuerdo 391 de 2009, el Acuerdo 546 de 2013 y en especial las definidas en el artículo 7 del Decreto 172 de 2014.

ACUERDA:

Artículo 3.

Principios. Para garantizar y fortalecer la gestión de riesgos y el cambio climático se establecen los siguientes principios:

Título I.

DEL PLAN DE GESTION DE RIESGOS Y CAMBIO

CLIMATICO

1. Respeto y dignificación: Se parte del recono- cimiento de las libertades y creencias de cada uno, reivindicando el valor de la vida, la dignidad humana, la diversidad cultural, de género, étnica y los saberes ancestrales.

Artículo 1.

Aprobación. Por medio del presente Acuerdo se aprueba el Plan Distrital de Gestión de Riesgo y Cambio Climático para Bogotá D.C 2015- 2050, en adelante PDGR-CC, contenido en los artículos siguientes.

2. Universalidad: Está dirigido a todas las personas que habitan en Bogotá, D. C., garantizando el acceso a las acciones individuales y colectivas que se implementen con oportunidad, calidad, eficiencia, efectividad y equidad.

Parágrafo. Hace parte integral del presente Acuer-
do el Documento Técnico de Soporte del Plan Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático para Bogotá D.C 2015-2050.

Artículo 2.

Alcance. El PDGR-CC es el instrumento de planificación del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, que orienta su actividad y genera sinergia con los demás procesos del ordenamiento ambiental, territorial y de desarrollo en el

3. Equidad y justicia social: Se orienta a la búsque- da de la justicia social, a partir del reconocimiento y valoración de las diferencias de las personas para el ejercicio pleno de sus derechos, y la identificación y superación de situaciones injustas y evitables entre diferentes poblaciones.

1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-1 • 2016 • ENERO • 28

12. Descentralización. La gestión de riesgos, la adaptación y mitigación al cambio climático que se desarrolla en el ámbito local debe contribuir al fortalecimiento de las capacidades instituciona- les locales, bajo los principios de concurrencia, complementariedad y subsidiaridad con el nivel distrital.

4. Justicia Climática: Se entiende que los impactos del Cambio Climático son responsabilidad princi- palmente de los países desarrollados y que es su deber apoyar a los países en vía de desarrollo en la adaptación al cambio climático compartiendo una visión equitativa. A su vez, los países en vía de desarrollo deben participar en los procesos de planificación y la toma de decisiones respecto a la adaptación.

13. Participación social y comunitaria. La gestión de riesgos adaptación y mitigación al cambio climático requiere desarrollar procesos de sen- sibilización e información pública, promover el fortalecimiento de organizaciones sociales y comunitarias y fomentar procesos sociales de movilización.

5. Bienestar y calidad de vida: Se busca preparar al Distrito Capital para que no se vea comprometido el bienestar y la calidad de vida de sus habitantes frente a los riesgos existentes y a los escenarios futuros asociados al cambio climático y ofrecer una Bogotá más amigable, saludable, habitable y segura.

6. Integralidad: Se tienen en cuenta las dinámicas tanto urbanas como rurales de Bogotá D.C., y su estrecha relación con la región.

Parágrafo 1°. La gestión de riesgos y cambio
climático se regirá además por los principios y lineamientos señalados por la ley 1523 de 2012, el Documento CONPES 3700 de 2011 y demás disposiciones técnicas y normativas sobre la materia.

7. Precaución: Se dará aplicación al principio de precaución conforme al cual, cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces.

Parágrafo 2°. Las estrategias establecidas en
el Acuerdo Distrital 391 de 2009 relacionadas con el Plan Distrital de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático, se desarrollan a través de la estructura programática definida en este plan.

Artículo 4.

Enfoques. Para asegurar el cumplimiento de los principios, se entiende que en las medidas de gestión de riesgos y adaptación aquí definidas, se aplican los siguientes enfoques:

1. Enfoque transformador: Este Plan adopta un enfoque transformador porque cuestiona el mo- delo de desarrollo actual que ha llevado a una economía dependiente de los combustibles fósiles y a un consumo progresivo y depredador de la naturaleza. Plantea retornar a los ciclos naturales principalmente del agua, busca la transforma- ción de los patrones económicos, sociales, de consumo, de comportamiento y de relación con el entorno para lograr la resiliencia frente a los riesgos y al cambio climático.

8. Transparencia: Las entidades que conforman el Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cam- bio Climático garantizarán y vigilarán que en el cumplimiento del Plan, así como en la adecuada distribución y aplicación de los recursos públicos destinados y asignados para su implementación, se ejecuten con probidad y las decisiones sean claras.
9. Rigor subsidiario: Las acciones, programas y proyectos que adelante la Administración Distrital para enfrentar los riesgos y los efectos del cambio climático serán consecuentes, y en dado caso más rigurosos, pero nunca más flexibles, a aquellos definidos por los gobiernos nacional, regional y departamental.
10. Multiescalaridad: Los asuntos de la gestión de riesgos y cambio climático se deben abordar en varias escalas territoriales (Urbana, rural, distrital, metropolitana, Sabana de Bogotá, región hídrica, Bogotá – Cundinamarca, Región Central, y esca- las internacionales).

2. Enfoque simbiótico: Este Plan adopta un enfo- que simbiótico que busca la planificación sinérgi- ca entre los ecosistemas y los medios construidos que integre las variables de gestión de riesgo y cambio climático y a su vez su articulación con los instrumentos de ordenamiento ambiental, territorial; y de desarrollo económico y social.

11. Desconcentración. La gestión de riesgos, la adaptación y mitigación al cambio climático con enfoque integral debe contribuir al fortalecimiento de las capacidades institucionales para la reduc- ción de los riesgos inherentes a sus funciones, competencias y responsabilidades bajo los prin- cipios de concurrencia, complementariedad y subsidiaridad.

3. Enfoque diferencial y de género. El plan de gestión de riesgos y cambio climático da aplica- ción a un enfoque diferencial que reconoce los derechos de acuerdo a las particularidades de las personas en relación a: genero, orientación sexual

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-2 • 2016 • ENERO • 28 2 e identidad de género, grupo etario, grupo étnico, situación de discapacidad y condición de víctima de conflicto armado, entre otros. local deben priorizar el agua y su manejo integral como derecho común para la sostenibilidad de los asentamientos humanos, de las ciudades y los ecosistemas.

Además, este plan reconoce que las mujeres son más vulnerables frente a los riesgos y el cambio climático, y en cada una de sus actuaciones, aplica un carácter diferencial para no generar impactos adicionales sobre las mujeres. Así mismo, se reconoce el poder de liderazgo, organización y emprendimiento de las mujeres, por lo que son llamadas a ser un actor movilizador hacia la resiliencia.

8. Enfoque de inclusión social: Este plan contribu- ye a superar la segregación y la discriminación, en donde reconoce al ser humano como el centro de las preocupaciones del desarrollo para garantizar los derechos universales de Tierra, que permita avanzar en asentamientos humanos incluyentes, seguros, resilientes y sostenibles; promoviendo modelos socio-económicos sustentables, justos, solidarios, creativos, bio-regionales, para cuidar el bien común y fortalecer la gobernanza.

4. Enfoque regional: Este plan reconoce que Bogo- tá tiene fuertes lazos de interdependencia socio- económica, funcional y ambiental con la región; así mismo, las principales vulnerabilidades de la ciudad se encuentran asociadas a amenazas y efectos del cambio climático sobre los ecosiste- mas ubicados fuera de su territorio geográfico, que pueden poner en riesgo la provisión futura de agua, energía y alimentos para la ciudad.

9. Revolución Educativa de la razón y el senti- miento para un Nuevo Tiempo. Participación activa de los sistemas educativos, los niños, las niñas y los jóvenes en la consolidación de la re- volución cultural y de valores necesaria para que emerja un nuevo sistema social y económico que trascienda la crisis socio-ecológica, generado por el modelo de desarrollo y el cambio climático.

Artículo 5.

Visión: En el 2038, Bogotá D.C. es una ciudad que enfrenta y controla sus principales riesgos, está ordenada alrededor del agua y adaptada ambiental y culturalmente a los efectos del cambio climático, manteniendo bajos niveles de emisión de gases de efecto invernadero.

Artículo 6.

Objetivos. El PDGR- CC está orientado por los siguientes objetivos:

5. Enfoque de Participación: Este Plan promoverá la generación de capacidades institucionales, sociales y comunitarias orientadas a consolidar acciones de precaución, solidaridad y autopro- tección tanto en lo personal como en lo colectivo, así como en la participación directa o indirecta en las diferentes acciones de gestión de riesgos y de adaptación al Cambio Climático además fomen- tara procesos sociales de transformación cultural y de movilización masiva por la justicia climática.

6.1. Objetivo General: Aumentar la capacidad del territorio distrital para enfrentar los riesgos y los efectos del cambio climático a partir del fomento e implementación de estrategias de conocimiento, reducción, manejo, mitigación y adaptación, que apoyadas en un cambio cultural transformador permita lograr un desarrollo sostenible, con bienestar y calidad de vida para sus habitantes.

6.2. Objetivos específicos:

1. Impulsar a Bogotá como ciudad sostenible y efi- ciente, baja en carbono.

6. Enfoque de atención integral y efectiva. Este Plan incluye la Estrategia Distrital de Respuesta a emergencias, calamidades y/o desastres como parte integral de la gestión de riesgos en la que la población debe recibir una atención integral y efectiva que involucra la aplicación de un enfo- que basado en derechos, bajo el cual todos los integrantes del SDGR-CC se obligan a formular e implementar acciones que den prioridad a la protección, garantía y respeto de los derechos fun- damentales, los derechos sociales, económicos y culturales, los derechos colectivos y del ambiente, y el restablecimiento efectivo de estos derechos en los procesos de recuperación post-evento.

2. Reducir la vulnerabilidad territorial de Bogotá frente a riesgos y efectos del cambio climático.

3. Manejar integralmente el agua como elemento vital para la resiliencia frente a los riesgos y los efectos del cambio climático.

4. Aumentar la resiliencia sectorial y reducir los rie- gos de gran impacto.

7. Enfoque del Derecho al Agua para enfrentar al Cambio Climático: Este plan reconoce la defensa del derecho al agua, ya que sin agua para el con- sumo humano y para los ecosistemas no puede haber territorios sostenibles. El derecho al agua es esencial para garantizar la vida, y las medidas de adaptación al cambio climático a nivel global y

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5. Implementar procesos efectivos de preparativos para la respuesta y recuperación post evento.

Capítulo I.

IMPULSAR A BOGOTÁ D.C., COMO CIUDAD SOSTENIBLE Y EFICIENTE, BAJA EN CARBONO.

6. Garantizar la atención integral, oportuna, eficiente y eficaz de las situaciones de emergencia, calami- dad o desastre a través de la Estrategia Distrital de Respuesta.

7. Consolidar un sistema de gobernanza ambiental para afrontar colectivamente los riesgos y los efectos del cambio climático.

Artículo 7.

Impulsar a Bogotá como ciudad sostenible y eficiente, baja en carbono. A partir de los procesos que se vienen desarrollando, así como de los resultados de evaluaciones energéticas, y de potenciales de aprovechamiento de residuos, se define un portafolio de medidas de mitigación aplicables en Bogotá, que abordan los sectores de energía, residuos y proyectos específicos para las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono..

8. Promover la transformación cultural, para enfren- tar los riesgos y los nuevos retos climáticos que se imponen.

9. Generar conocimiento y actualizar los análisis de los riesgos y de los efectos del cambio climático.

Título II.

METAS Y PROGRAMAS PARA LA MITIGACIÓN

YADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO

Artículo 8.

Meta de impacto. La meta de impacto asociada al objetivo de Impulsar a Bogotá como ciudad sostenible y eficiente, baja en carbono, es reducir las emisiones de CO2eq en un 31% al año 2030, 40% al 2038 y 53% al año 2050, respecto a las emisiones del escenario tendencial Business As Usual, y así poder avanzar hacia una ciudad sostenible y eficiente, baja en carbono. Para ello, esta meta se distribuye temporalmente así:

INDICADOR META 2020 META 2025 META 2030 META 2038 META 2050 Meta de reducción de las emisiones de CO2eq* 14% 24% 31% 40% 53% 11.897.196 toneladas 7.918.846 toneladas 18.760.278 toneladas Emisiones reducidas o evitadas 3.992.712 toneladas CO2eq CO2eq 31.456.536 toneladas CO2eq CO2eq CO2eq 33.690.185 toneladas 38.770.492 toneladas 46.898.983 toneladas Emisiones tendenciales Business As Usual 28.609.878 toneladas CO2eq 59.091.720 toneladas CO2eq CO2eq CO2eq CO2eq 25.771.339 toneladas 26.873.295 toneladas 28.138.704 toneladas Emisiones netas 24.617.166 toneladas CO2eq 27.635.184 toneladas CO2eq CO2eq CO2eq CO2eq Intensidad per cápita esperada con medidas de mitigación 2,94 2,90 2,99 2,75 2,41 *Respecto a las emisiones proyectadas para el escenario Business As Usual Corresponde al total de emisiones de CO2eq reducidas en el año proyectado (no son valores acumulados).

Artículo 9.

Programas para el cumplimiento de la meta de impacto. Para lograr esta meta de impacto se establecen los siguientes programas:

1. Movilidad sostenible.

2. Bogotá Basura Cero.

combustibles fósiles (especialmente energía eléctrica), la integralidad y uso masivo del sistema de transporte público, el uso auto-motivado de modos no motorizados de transporte, programas de auto-regulación y fiscalización, el control sobre los contaminantes de vida corta (black carbon) y la consolidación de redes compartidas público–privadas que facilite el uso de la bicicleta, entre otros

3. Eficiencia energética.

4. Construcción sostenible.

Artículo 11.

Metas de co rto, mediano y largo plazo del programa de movilidad sostenible. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

Artículo 10.

Programa de Movilidad Sostenible. Este programa busca establecer para la ciudad una movilidad sostenible, fundamentada en la reconversión tecnológica de vehículos, el uso de fuentes alternativas en el transporte para romper la dependencia de los

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-4 • 2016 • ENERO • 28 4 INDICADOR META 2020 META 2025 META 2030 META 2038 META 2050 Reducir 3.151.160 toneladas de CO2eq Reducir 797.195 toneladas de CO2eq Reducir 5.281.724 toneladas de CO2eq Reducir 9.812.228 toneladas de CO2eq Reducir 1.933.747 toneladas de CO2eq equivale al 26% de la meta de impacto Toneladas de CO2eq reducidas/ año equivale al 20% de la meta de impacto equivale al 28% de la meta de impacto equivale al 31% de la meta de impacto equivale al 24% de la meta de impacto

8. Movilidad eléctrica en vehículos particulares.

Artículo 12.

Líneas estratégicas de acción del programa de movilidad sostenible. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

9. Desincentivo al uso de vehículos particulares aplicando instrumentos como los cobros por congestión para determinados cuadrantes de la ciudad.

1. Transformación de la flota de taxis convencionales de la ciudad a taxis eléctricos.

10. Cambio del vehículo particular al uso de transporte no motorizado – bicicleta.

2. Implementación de tecnologías de cero o bajas emisiones en rutas zonales del Sistema Integrado de Transporte Público en el marco del Plan de Ascenso Tecnológico.

11. Implementación de Filtros de Partículas en la flota del Sistema Integrado de Transporte Público y el sistema Transmilenio.

12. Programa Integral de Autorregulación Ambiental para el transporte de Carga.

3. Implementación de tecnologías de cero o bajas emisiones en ruta para el componente troncal del Sistema Integrado de Transporte Público en el marco del Plan de Ascenso Tecnológico.

13. Programa Integral de Autorregulación Ambiental para el transporte de Servicio Especial.

4. Implementación de cuatro (4) líneas de Metro Ligero que se trazan dentro de Bogotá.

5. Implementación del Metro Pesado para la ciudad de Bogotá.

Artículo 13.

Programa Bogotá Basura Cero. Este programa busca avanzar en el desarrollo de un modelo de gestión integral de los residuos sólidos urbanos con bajas emisiones.

6. Construcción e implementación de la línea de cable aéreo en Bogotá para la localidad de Ciudad Bolívar.

Artículo 14.

Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa basura cero. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

7. Construcción e implementación de la línea de cable aéreo en Bogotá para la localidad de San Cristóbal.

INDICADOR META 2020 META 2025 META 2030 META 2038 META 2050 Reducir 1.070.007 toneladas de CO2eq Reducir 1.829.296 toneladas de CO2eq Reducir 2.048.262 toneladas de CO2eq Reducir 1.293.493 toneladas de CO2eq Reducir 2.376.711 toneladas de CO2eq Toneladas de CO2eq reducidas/año equivale al 27% de la meta de impacto equivale al 15% de la meta de impacto equivale al 11% de la meta de impacto equivale al 16% de la meta de impacto equivale al 8% de la meta de impacto A partir del año 2020, el 100% del material potencialmente reciclable es aprovechado mediante procesos industrializados.

A partir del año 2020, el 25% de los residuos de construcción y demolición – RCD es reutilizado.

A partir del año 2030, el 60% de los residuos sólidos generados es valorizado energéticamente con tecnología de termólisis.

Reducción, reutilización y aprovechamiento de residuos Se mantiene el proyecto actual de captura y aprovechamiento de metano en el relleno sanitario Doña Juana hasta el año 2025.

Se implementan nuevos proyectos de captura y aprovechamiento de metano en nuevos rellenos sanitarios que se implementen para la disposición de las fracciones no aprovechadas de residuos en la ciudad.

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Artículo 15.

Líneas estratégicas de acción del programa Bogotá Basura Cero. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

6. Continuidad y optimización de sistemas de captura y aprovechamiento energético del metano en los rellenos sanitarios de la ciudad, mientras se realiza la transición hacia sistemas de procesamiento industrial bajo en carbono.

1. Transformación de la tecnología de procesamiento de residuos de relleno sanitario a procesos indus- trializados bajos en emisiones de carbono.

7. Investigación e incursión en proyectos térmicos para la ciudad.

2. Transferencia de conocimiento y tecnología para el aprovechamiento de residuos en procesos industrializados.

8. Fomento de la reutilización de residuos de cons- trucción y demolición – RCD propiciando la inno- vación.

3. Apropiación y cultura ciudadana para una nueva conceptualización de los residuos y su valorización y aprovechamiento.

Artículo 16.

Programa de Eficiencia Energética. Este programa busca avanzar en el desarrollo de la eficiencia energética y el desarrollo de categorías como el uso de la energía eléctrica, comercial/institucional, residencial y en diferentes industrias.

4. Avance en el esquema de entrega y recolección actual de los residuos, hacia modelos más eficien- tes.

Artículo 17.

Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de eficiencia energética. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

5. Gestión para asegurar la inclusión de las perso- nas asociadas a la recolección y reciclaje de los residuos en nuevos esquemas y tecnologías de aprovechamiento de residuos.

INDICADOR META 2020 META 2025 META 2030 META 2038 META 2050 Reducir 821.809 toneladas de CO2eq Reducir 1.695.423 toneladas de CO2eq Reducir 5.806.379 toneladas de CO2eq Reducir 2.781.773 toneladas de CO2eq Reducir 12.778.581toneladas de CO2eq Toneladas de CO2eq reducidas/ año equivale al 21% de la meta de impacto equivale al 21% de la meta de impacto equivale al 31% de la meta de impacto equivale al 41% de la meta de impacto equivale al 23% de la meta de impacto

6. Sustitución de combustible en industrias que utilizan actualmente carbón y medidas comple- mentarias de eficiencia energética.

Artículo 18.

Líneas estratégicas de acción del programa eficiencia energética. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

7. Sustitución del uso de gas domiciliario por energía eléctrica o fotovoltaica.

8. Sustitución de sustancias agotadoras de la capa de ozono.

1. Reducción de consumos de energía en todos los sectores por cambios a sistemas y equipos más eficientes y cambios en hábitos y comportamien- tos.

9. Impulso a la reconversión tecnológica en procesos productivos.

2. Gestión de la eficiencia energética en el sistema de alumbrado público de la ciudad.

3. Disminución de pérdidas energéticas por inefi- ciencias y pérdidas en el sistema de suministro y distribución de agua potable.

4. Incursión de la energía solar fotovoltaica en dife- rentes sectores.

Artículo 19.

Programa de construcción sostenible. Este programa busca avanzar en propuestas de innovación en el diseño que integren el uso de fuentes alternativas de energía, inclusión de variables bioclimáticas en los diseños, tanto en la construcción como en el urbanismo, integralidad de la edificación con su entorno físico y natural, densificación eficiente y confortable, remodelación del stock de edificaciones actuales para incluir criterios de sostenibilidad, de ahorro y eficiencia energética y del uso del agua.

5. Estudio y avance en el desarrollo de proyectos de energías renovables en asocio con la región y la Nación, para transformar a una matriz energética de menores emisiones.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-6 • 2016 • ENERO • 28 6 del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

Artículo 20.

Metas de construcción sostenible de corto, mediano y largo plazo. Para el desarrollo

INDICADOR META 2020 META 2025 META 2030 META 2038 META 2050 Reducir 834.856 toneladas de CO2eq Reducir 1.265.585 toneladas de CO2eq Reducir 2.132.460 toneladas de CO2eq Reducir 446.334 toneladas de CO2eq Reducir 1.000.521 toneladas de CO2eq Toneladas de CO2eq reducidas/año equivale al 7% de la meta de impacto equivale al 7% de la meta de impacto equivale al 11% de la meta de impacto equivale al 11% de la meta de impacto equivale al 8% de la meta de impacto

3. Proyecto pionero de taxis eléctricos, como estra- tegia para la masificación del transporte particular hacia 2030.

Artículo 21.

Líneas estratégicas de acción del programa de construcción sostenible. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

1. Impulso a la construcción que incorpore integral- mente criterios de construcción sostenible.

2. Renovación del stock de construcciones para implementar criterios de sostenibilidad.

3. Estudio de la bioclimática en la ciudad.

4. Aprovechamiento de los residuos sólidos orgáni- cos producidos en la ciudad, para la generación de energía eléctrica a través de termólisis u otras tecnologías bajas en emisiones hasta alcanzar el tratamiento de al menos el 60% de los residuos en el año 2030. Se fomentará la minimización en la generación de residuos, el reciclaje, reutilización y aprovechamiento de todo tipo de residuos, de tal forma que se desincentive la creación de nuevos rellenos sanitarios para la ciudad de Bogotá.

4. Promoción de articulación y sincronía de la reglamentación y los incentivos que faciliten la construcción sostenible.

Capítulo II.

REDUCCIÓN DE LA VULNERABILIDAD TERRITORIAL DE BOGOTÁ D.C., FRENTE A RIESGOS Y EFECTOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO.

Artículo 22.

Proyectos prioritarios para impulsar a Bogotá como ciudad sostenible y eficiente, baja en carbono: Sin perjuicio de la creación de otros Proyectos de Interés Distrital frente al Cambio Climático y la gestión del riesgo se consideran prioritarios los proyectos asociados con:

Artículo 23.

Reducir la vulnerabilidad territorial de Bogotá ante los riesgos y cambio climático. A partir del ordenamiento de los espacios naturales y construidos en los territorios de mayor vulnerabilidad se deben implementar programas y proyectos que permitan la reducción de los riesgos y el aumento de la capacidad adaptativa frente al cambio climático.

1. Construcción y puesta en funcionamiento de los sistemas de metro pesado (en el año 2021) y me- tro ligero (2018) para la ciudad, que fortalezca la oferta de transporte público masivo y desincentive el uso del vehículo particular.

2. Implementación de instrumentos que desincenti- ven el uso masivo del vehículo particular, como los cobros por congestión, y el fortalecimiento de infraestructura y cultura para la movilización a pie y en bicicleta.

Artículo 24.

Meta de impacto Reducir la vulnerabilidad territorial de Bogotá ante los riesgos y cambio climático. La meta de impacto es aumentar la capacidad adaptativa frente a los riesgos y al cambio climático. Para ello, esta meta se distribuye temporalmente así:

INDICADOR META 2020 META 2030 META 2038 META 2050 - % de Área de la ciudad expuesta a riesgos, que incluyan los efectos del cambio climático1.

Declarar, reglamentar y administrar como suelos de protección el 60% de las áreas expuestas a riesgos, que incluyan los efectos del cambio climático.

Declarar, reglamentar y administrar como suelos de protección por riesgo el 30% de las áreas expuestas a riesgos, que incluyan los efectos del cambio climático.

Declarar, reglamentar y administrar como suelos de protección el 100 % de las áreas expuestas a riesgos, que incluyan los efectos del cambio climático.

7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-7 • 2016 • ENERO • 28 CO2eqR= 0,72 CO2eqR = 1.0 CO2eqR = 1.64 CO2EqR = 2.9 Capacidad de servicios ecosistémicos – PSE2 Alta capacidad R >13 Media capacidad R = 14 Baja capacidad R < 15 Índice de Fragmentación F6 Fragmentación inferior a 20 puntos en el indicador Fragmentación inferior a 25 puntos en el indicador Fragmentación inferior a 30 puntos en el indicador Fragmentación inferior a 32 puntos en el indicador 1 Corresponde a los mapas de amenaza alta por fenómenos de remoción en masa, y zonas de amenaza alta y media de inundación por desbordamiento 2 El perfil de servicios Ecosistémicos (PSE) es la relación entre las expectativas de la sociedad para un conjunto de servicios ecosistémicos y de la valoración de la prestación sostenible de dichos servicios, tanto en términos de calidad y cantidad. Para cada servicio de los ecosistemas individualmente, su estado es definido por la relación (R) de su prestación sostenible y el nivel esperado de prestación de los servicios. En el mismo índice se utiliza el CO2eq para la estimación de reservas potenciales de carbono.

3 R > 1 la provisión excede la expectativa.

4 R = 1 es una relación crítica que indica que el estado o la calidad del servicio es ‘’buena’’ debido a que el suministro y la expectativa se corresponden.

5 R < 1 indica una prestación inferior a la expectativa, es decir que los servicios ecosistémicos son insuficientes para las necesidades de la población.

6 La fragmentación de los ecosistemas naturales, es la resultante de la intervención humana y es una de las principales causas directas de pérdida de biodiversidad. Los hábitats naturales son transformados por actividades como la ampliación de la frontera agrícola, la extracción de madera o la construcción de obras civiles. Dicha transformación no es total lo que da como resultado paisajes fragmentados en los cuales quedan algunos fragmentos de vegetación natural, inmersos en una matriz de hábitats antropogénicos. Los puntos representan la densidad de vacíos, su frecuencia espacial con que se repiten y la conexión entre unos y otros.

Artículo 25.

Programas para el cumplimiento de la meta de impacto

1. Ordenamiento territorial y Ecourbanismo para la adaptación.

2. Recuperación de la Estructura Ecológica Principal de Bogotá.

3. Recuperación de la Estructura Ecológica Regional.

4. Coberturas vegetales urbanas y rurales.

5. Transformación de las zonas de riesgos en suelos de protección.

programa busca que los riesgos y los efectos del cambio climático sean determinantes principales para el modelo de ordenamiento territorial, que garanticen una ciudad ordenada alrededor del agua y adaptada al cambio climático. Así como también, reorientar las actuaciones de urbanismo y construcción de Bogotá D.C., hacia un enfoque de desarrollo sostenible, contribuyendo con la transformación de un territorio resiliente. Por tanto el presente Programa se articula con la consecución de los objetivos y las metas de impacto y resultado, de la Política de Ecourbanismo y Construcción Sostenible adoptada mediante Decreto 566 de 2014, y su respectivo plan de acción expedido mediante la Resolución N° 1319 del 11 de noviembre de 2015 de la SDP.

6. Reasentamiento de familias en riesgo.

7. Tecnologías innovadoras y sostenibles para la reducción de riesgos y adaptación.

Artículo 26.

Programa de Ordenamiento territorial y Ecourbanismo para la adaptación. Este

Artículo 27.

Metas de corto, mediano y largo plazo del programa Ecourbanismo para la adaptación. Para el desarrollo del programa se deben cumplir las trece (13) metas de la Res. 1319 de 2015 de la SDP y las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 META 2050 Adaptabilidad del modelo de ocupación territorial de Bogotá a los escenarios de cambio climático Los planes de ordenamiento territorial, sus revisiones, ajustes, instrumentos y estrategias incorporan los escenarios de cambio climático como determinantes del modelo de ocupación. % de construcciones nuevas con diseños sostenibles. 80% 100% 100% 100% % de construcciones existentes remodeladas para que sean sostenibles. 5% 10% 60% 100%

3. Reglamentación de zonas de amenaza no ocupa- das para su transformación en zonas de reserva con usos de recreación pasiva.

4. Establecer y fortalecer el modelo de gestión de la Estructura Ecológica Principal, que incluya su administración, mantenimiento, fortalecimiento institucional y de capacidad operativa y financia- ción en el largo plazo.

Artículo 28.

Líneas estratégicas de acción para el programa de reordenamiento territorial y Ecourbanismo para la adaptación. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:
1. Zonificación de áreas expuestas a riesgos y cam- bio climático.
2. Regulación del uso y de la densificación del suelo en las áreas expuestas a riesgos y cambio climático.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-8 • 2016 • ENERO • 28 8

5. Desarrollar el ajuste al Código de Construcción en perspectiva de Sostenibilidad.

institucional y el privado, para favorecer el Ecourbanismo con innovación, eficiencia y bajo costo.

6. Diseñar una estrategia integral y participativa de ordenamiento territorial regional.

7. Planificación, equipamiento y dotación de la ciudad para favorecer la implementación de las medidas de mitigación y adaptación al cambio climático.

Artículo 29.

Programa para la recuperación de la Estructura Ecológica Principal de Bogotá. Este programa busca avanzar en propuestas para el manejo de ecosistemas prioritarios para los procesos de adaptación, basados en la conservación y la restauración y dirigidos a mantener o asegurar los servicios ecosistémicos vitales de la ciudad.

8. Capacitación especializada de planificadores del territorio, arquitectos, ecólogos y urbanistas para incluir adecuadamente las variables de cambio climático en las decisiones de Ecourbanismo.

Artículo 30.

Metas de corto, mediano y largo plazo del Programa para la recuperación de la Estructura Ecológica Principal de Bogotá. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

9. Articulación de saberes, conocimiento y expe- riencias exitosas entre la academia, el sector

Propuesta de metas de manejo de la EEP Meta Año Política Área a trabajar Tipo de Manejo 2020 Reconversión a sistemas productivos sostenibles, Fuera de la EEP 12.340,82 Implementación de herramientas de manejo de paisaje, cultivos, pasturas y plantaciones forestales con técnicas agroecológicas y actividades productivas sostenibles que contribuyan a la conservación de la biodiversidad 2025 Conservación en Bosques altoandinos y páramos dentro de EEP D. 190 69.914,12 Mantenimiento de los bosques o páramos existentes en la EEP y de los procesos ecológicos esenciales Silvicultura en parques, vías y conectores complementarios 4.273,77 Manejo de la arborización y practicas silviculturales Recuperación de ZMPA, ronda río Bogotá, canales y corredores hídricos 3.403,18 Recuperación y conservación de la ZMPA, ronda río Bogotá, canales y corredores hídricos 2038 Restauración ecológica y reconversión productiva hacia sistemas sostenibles en EEP D.190 22.490,00 Recuperación de ecosistemas de páramo, bosques y humedales que han sido degradados. En algunas áreas se desarrollaran herramientas de manejo de paisaje, cultivos, pasturas y plantaciones forestales con técnicas agroecológicas y actividades productivas sostenibles que contribuyan a la conservación de la biodiversidad 2050 Restauración Participativa de Bosque Altoandino y Andino en EEP Proyectada para el 2050 4.503,74 Recuperación de ecosistemas de bosques que han sido degradados Restauración participativa y reconversión a sistemas sostenibles en páramo y Subpáramo en EEP Proyectada - 2050 17.668,30 Recuperación de ecosistemas de páramo, bosques y humedales que han sido degradados

Artículo 31.

Líneas estratégicas de acción del programa para la recuperación de la Estructura Ecológica Principal de Bogotá. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

4. Intervención directa en procesos de restauración, recuperación y manejo de las áreas del sistema y la conformación de un fideicomiso de manejo de la Estructura Ecológica Principal que garantice la financiación del manejo, conservación y uso de la estructura.

1. Definición de medidas cautelares o de protección ambiental para las áreas definidas en la Estruc- tura Ecológica Principal que no tienen figura de manejo.

Artículo 32.

Programa para la recuperación de la Estructura Ecológica Regional. Este programa busca avanzar en recomendaciones y propuestas para la integración de la Estructura Ecológica Principal de Bogotá con las estructuras ecológicas municipales de la región.

2. Declaratoria de las áreas que conforman la Estruc- tura Ecológica Principal como patrimonio público y como áreas de conservación.

3. Formulación de los planes de manejo de las áreas protegidas declaradas.

Artículo 33.

Metas de corto, mediano y largo plazo del programa para la recuperación de la

9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-9 • 2016 • ENERO • 28 Estructura Ecológica Regional. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 META 2050 100 % de las áreas son funcionales y prestan los servicios ecosistémicos 100% de las áreas en procesos de recuperación ecosistémica 100% de los proyectos de conectividad y restauración de las áreas prioritarias están en operación 100% de las áreas en Conservación alinderadas en la EER con medidas de manejo en 2020 Número de hectáreas declaradas en Conservación Número de hectáreas en manejo en cada categoría 50% de las zonas agrícolas y pecuarias con restricciones en procesos de reconversión productiva silvopastoríl y agricultura orgánica bajo manejo 75% de las zonas agrícolas y pecuarias con restricciones en procesos de reconversión productiva silvopastoríl y agricultura orgánica bajo manejo 25% de las zonas agrícolas y pecuarias con restricciones en procesos de reconversión productiva silvopastoríl y agricultura orgánica bajo manejo 100% de las zonas agrícolas y pecuarias con restricciones en procesos de reconversión productiva silvopastoríl y agricultura orgánica bajo manejo 5% de las Zonas urbanas e infraestructura manejadas con coberturas arbóreas 15% de las Zonas urbanas e infraestructura manejadas con coberturas arbóreas 25% de las Zonas urbanas e infraestructura manejadas con coberturas arbóreas Número hectáreas recuperadas 55% de las Zonas urbanas e infraestructura manejadas con coberturas arbóreas 15% de las áreas en agroindustria y agricultura sin restricciones bajo medidas de Buenas prácticas agrícolas BPA 25% de las áreas en agroindustria y agricultura sin restricciones bajo medidas de Buenas prácticas agrícolas BPA 55% de las áreas en agroindustria y agricultura sin restricciones bajo medidas de Buenas prácticas agrícolas BPA 100% de las áreas en agroindustria y agricultura sin restricciones bajo medidas de Buenas prácticas agrícolas BPA

Artículo 34.

Líneas estratégicas de acción del programa para la recuperación de la Estructura Ecológica Regional. Para el desarrollo de este programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

1. Fortalecimiento de la gobernabilidad del sistema local y regional de áreas protegidas en la Estruc- tura Ecológica Regional.

Artículo 35.

Programa de coberturas vegetales urbanas y rurales. Este programa busca desarrollar estrategias que permitan mejorar y garantizar la persistencia del recurso vegetal, de manera que la cobertura boscosa se mantenga en el mejor estado físico y sanitario posible, ayudando a la consolidación de nuevas zonas verdes en el territorio Distrital, recuperación de la Estructura Ecológica Principal con sus funciones de conectividad ecológica, captura de carbono y adaptación de la ciudad al cambio climático.

2. Articulación para la creación, declaración, pla- nificación y manejo de áreas de conservación regionales, locales y otros mecanismos para los cambios en los usos del suelo.

Artículo 36.

Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de coberturas vegetales urbanas y rurales. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

INDICADOR META 2.020 META 2.038 META 2.050 Árboles plantados 3.000.000,00 15.000.000,00 22.000.000,00

3. Desarrollo de investigación científica respecto a la fragmentación ecosistémica, a los impactos del cambio climático en la biodiversidad y los servicios ecosistémicos.

Artículo 37.

Líneas estratégicas de acción del programa de coberturas vegetales urbanas y rurales. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:
1. Restauración ecológica orientada a la regenera- ción y recuperación de las coberturas vegetales

4. Promoción de modelos de uso, ocupación y conservación de la región concordantes con la Estructura Ecológica Regional.
5. Reordenamiento y reconversión de las activida- des productivas en las áreas de los páramos de Sumapaz, Guerrero, Chingaza y Guacheneque.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-10 • 2016 • ENERO • 28 10 dentro del sistema de cerros, espacios del agua, áreas rurales y páramos del Distrito Capital.

2. Arborización urbana.

3. Jardinería urbana.

programa busca reducir los riesgos territoriales para la adaptación a través de la transformación progresiva de las zonas de riesgos en suelos de protección mediante la recuperación ambiental de los predios objetos de reasentamiento y/o áreas declaradas como suelo de protección por riesgo, aumentando el espacio público verde.

4. Re naturalización y revitalización de las coberturas vegetales.

5. Intervención social y territorial para el mejoramien- to de las coberturas vegetales.

Artículo 39.

Metas de resultado para el programa de transformación de las zonas de riesgos en suelos de protección. Para el desarrollo del programa se establece como meta de resultado:

Artículo 38.

Programa de transformación de las zonas de riesgos en suelos de protección. Este

Recuperar ambientalmente el 60% de las áreas en riesgo objeto de reasentamiento Recuperar ambientalmente el 30% de las áreas en riesgo objeto de reasentamiento Recuperar ambientalmente el 100% de las áreas en riesgo objeto de reasentamiento INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 Número de hectáreas en riesgo objeto de reasentamiento recuperadas ambientalmente riesgo y su apropiación ciudadana como espacio público verde.

5. Reforestación y renaturalización de suelos de protección por riesgo.

Artículo 40.

Líneas estratégicas de acción del programa de transformación de las zonas de riesgo en suelos de protección. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

1. Desarrollo de instrumentos de planificación para la recuperación de zonas expuestas a riesgos.

2. Medidas integrales para la recuperación territorial de zonas expuestas a riesgos.

Artículo 41.

Programa de reasentamiento de las familias en riesgo: Este programa es un mecanismo de gestión de riesgos y adaptación al cambio climático, que implementa medidas para trasladar a las familias expuesta a riesgos y que permite a su vez el reordenamiento del territorio.

3. Desarrollo de los arreglos institucionales para la recuperación.

4. Aprovechamiento de suelos de recuperación para el establecimiento de parques de protección por

Artículo 42.

Metas de resultado para el programa de reasentamiento de familias en riesgo. Para el desarrollo del programa se establecen como metas de resultado:

INDICADOR META 2020 META 2030 META 2050 Número de familias reasentadas por riesgos 8000 familias reasentadas por riesgo 18.000 familias reasentadas por riesgo 24.000 familias reasentadas por riesgo

6. Gestión social integral para la población objeto de reasentamiento.

Artículo 43.

Líneas estratégicas de acción del programa de reasentamientos de familias en riesgo. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

7. Restablecimiento de medios de vida para la po- blación objeto de reasentamiento.

1. Inventario y caracterización de familias en riesgo.

8. Retorno de familias victimas expuestas a riesgos.

2. Reubicación de familias con reposición de vivien- da.

3. Relocalización transitoria de familias expuestas a riesgos o a efectos de eventos climáticos extre- mos.

4. Reparación y reconstrucción de viviendas afecta- das por riesgo.

Artículo 44.

Programa de reducción de riesgos mediante tecnologías innovadoras y sostenibles. Este programa busca que a través de medidas estructurales combinadas con la aplicación de técnicas de bioingeniería y manejo integral del agua se reduzcan los riesgos existentes y se garantice la sostenibilidad del territorio en función de la adaptación al cambio climático.

5. Adquisición de predios expuestos a riesgo.

11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-11 • 2016 • ENERO • 28 reducción de riesgos y adaptación. Para el desarrollo del programa se establecen como metas:

Artículo 45.

Metas de resultado para el programa de tecnologías innovadoras y sostenibles para la

60 % de las APIS-GR intervenidas con la aplicación de tecnologías innovadoras y sostenibles para la reducción de riesgos y adaptación 20 % de las APIS-GR intervenidas con la aplicación de tecnologías innovadoras y sostenibles para la reducción de riesgos y adaptación INDICADOR META 2020 META 2030 META 2050 Número de APIS-GR, intervenidas con la aplicación de tecnologías innovadoras y sostenibles para la reducción de riesgos y adaptación 100% de las APIS- GR intervenidas con la aplicación de tecnologías innovadoras y sostenibles para la reducción de riesgos y adaptación * APIS-GR= Áreas prioritarias de Intervención en Gestión de Riesgos

Artículo 46.

Líneas estratégicas de acción del programa de tecnologías innovadoras y sostenibles para la reducción de riesgos y adaptación. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

5. Consolidación de un sistema de información regio- nal orientado a la toma de decisiones en riesgos y cambio climático, que se desarrolle en el marco del Plan Regional Integral de Cambio Climático Bogotá- Cundinamarca y la Región Administrativa de Planeación Especial – RAPE.

1. Diseño de tecnologías innovadoras y sostenibles.

2. Medidas integrales de reducción de riesgos.

6. Continuación del manejo de los nodos de biodi- versidad con el fin de incrementar la conectividad ecológica.

3. Apropiación social de las áreas intervenidas.

4. Articulación de las medidas con las condiciones del entorno.

7. Formulación y adopción del Código de Construc- ción Sostenible para la ciudad, que reglamente criterios de sostenibilidad en la construcción de nuevas viviendas y edificaciones y fomente la renovación de las construcciones existentes.

5. Transformación de medidas estructurales por medidas de renaturalización y/o bioingeniería.

6. Mantenimiento y conservación de las intervencio- nes mediante iniciativas comunitarias.

8. Fortalecimiento de la protección y conservación de los ecosistemas de páramo generando estrategias sociales sostenibles para la población campesina de Bogotá D.C, que permitan el mantenimiento de las áreas abastecedoras de agua.

Artículo 47.

Proyectos prioritarios para reducir la vulnerabilidad territorial de Bogotá ante los riesgos y cambio climático. Se consideran prioritarios los proyectos asociados a:

9. Fortalecimiento del reordenamiento y reconversión de las actividades productivas en las áreas de los páramos de Sumpaz, Guerrero, Chingaza y Guacheneque.

1. Definición y adopción de un nuevo modelo de gestión de la Estructura Ecológica Principal, que incluya su administración, mantenimiento y, forta- lecimiento institucional, operativo y financiero en el largo plazo.

Capítulo III.

MANEJO INTEGRAL DEL AGUA COMO ELEMENTO VITAL PARA LA RESILIENCIA FRENTE A RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO

2. Consolidación y conservación de 1.395 hectáreas de la reserva Forestal Thomas van der Hammen por su valor ecosistémico como medida de adap- tación.

Artículo 48.

Manejar integralmente el agua como elemento vital para la resiliencia frente riesgos y cambio climático. Este objetivo apunta a identificar elementos de adaptación basados en el agua, la cuenca y la región hídrica como territorio de planificación, los límites territoriales con sus competencias, actores e instituciones, y la relación del agua con los ecosistemas y sus servicios, especialmente la regulación.

3. Recuperación y mantenimiento de los espacios del agua en el Distrito Capital, en articulación con las entidades distritales para fortalecer la resiliencia de los ecosistemas estratégicos como cerros, quebradas y humedales, vitales para la producción y almacenamiento del recurso hídrico.

4. Implementación de proyectos de restauración, conservación y uso sostenible del bosque altoan- dino y de ecosistemas de páramo de la región, en articulación con la Región Administrativa de Planeación Especial – RAPE.

Artículo 49.

Meta de impacto. La meta de impacto asociada al objetivo de manejar integralmente el agua como elemento vital para la resiliencia frente a riesgos y cambio climático, es reducir la huella hídrica de la ciudad en un 30% para 2038 y hasta un 40% en el año 2050. Para ello, esta meta se distribuye temporalmente así:

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-12 • 2016 • ENERO • 28 12 INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 META 2050 Reducción de la huella hídrica de la ciudad 5% 10% 30% 40%

7. Recolección y aprovechamiento de agua lluvia en espacio público.

Artículo 50.

Programas para el cumplimiento de la meta de impacto. Para lograr esta meta de impacto en el tiempo, se establecen los siguientes programas:

1. Infraestructura adaptativa para el manejo y apro- vechamiento del agua lluvia.

2. Reducción de las pérdidas de agua en el sistema de acueducto de Bogotá.

3. Reducción del consumo de agua potable por el uso de agua lluvia.

4. Protección del acuífero de la ciudad.

Artículo 51.

Programa de Infraestructura adaptativa para el manejo y aprovechamiento del agua lluvia. Se requiere el alivio de los caudales que actualmente llegan al sistema y el de los que llegarán por el aumento de las precipitaciones debidas al cambio climático. Estos alivios se lograran mediante elementos participantes en el drenaje de la ciudad que, además de reducir el caudal circulante por la superficie de la misma, consiguen también disminuir de forma notable la cantidad de contaminantes que arrastra el agua de escorrentía.

5. Recuperación de la cuenca del Río Bogotá.

6. Recuperación de los espacios del agua como parte de la Estructura Ecológica Principal y reguladora del drenaje urbano.

Artículo 52.

Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de infraestructura adaptativa para el manejo y aprovechamiento del agua. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

10% del área de la ciudad con Sistema Urbano de Drenaje Pluvial Sostenible INDICADOR META 2020 META 2030 META 2050 Porcentaje del área de la ciudad con Sistema Urbano de Drenaje Pluvial Sostenible.

40% del área de la ciudad con Sistema Urbano de Drenaje Pluvial Sostenible 100% del área de la ciudad con Sistema Urbano de Drenaje Pluvial Sostenible No de kilómetros de SUDS asociados a los corredores viales 15 kilómetros de SUDPS 50 kilómetros de SUDPS 100 kilómetros de SUDPS Porcentaje (%) de agua lluvia de escorrentía retenida 5% agua de escorrentía retenida 18% de agua escorrentía retenida 30 % de agua escorrentía retenida

4. Manejo de aguas lluvias (sistemas de drenajes sostenibles y separación de las aguas residuales).

Artículo 53.

Líneas estratégicas de acción. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

1. Fomento a proyectos de infraestructura adaptativa apropiados por las comunidades, que reduzcan el riesgo a través del manejo colectivo del agua.

Artículo 54.

Programa para la reducción de las pérdidas de agua en el sistema de acueducto de Bogotá. Este programa busca avanzar en acciones institucionales que incidan en la reducción del volumen de agua perdida en la Empresa de Acueducto, como factor que incide en la resiliencia frente a los riesgos asociados al clima y los efectos del cambio climático.

2. Integración y aprovechamiento del sistema de drenaje, a partir de la renaturalización, la conec- tividad ecológica, y el mejoramiento de la calidad del agua en el sistema hídrico.

3. Reconocimiento del Sistema de Drenaje Pluvial Sostenible como elemento del espacio público y su uso por parte de la sociedad.

Artículo 55.

Metas de corto, mediano y largo plazo del programa para la reducción de las pérdidas de agua en el sistema de acueducto de Bogotá. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 META 2050 Volumen de agua perdida Reducir el volumen de pérdidas de agua hasta un 7.9% de la LB, para que no supere los 158.3 millones de m3 por año.

Reducir el volumen de pérdidas de agua hasta un 12.9% de la LB, para que no supere los 151.5 millones de m3 por año Reducir el volumen de pérdidas de agua hasta un 18% de la LB, para que no supere los 144.7 millones de m3 por año Reducir las pérdidas de agua hasta un 35.5% de la LB, para que no supere los 120.6 millones de m3 por año 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-13 • 2016 • ENERO • 28

Artículo 56.

Líneas estratégicas de acción. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

1. Detección y control de pérdidas técnicas y no técnicas de agua y presión en el sistema de acue- ducto.

Artículo 57.

Programa para la Reducción del consumo de agua potable por el uso de agua lluvia. Este programa busca avanzar en acciones institucionales que incidan en el ahorro y uso eficiente del agua lluvia como factor que incide en la resiliencia frente a los riesgos asociados al clima y los efectos del cambio climático.

2. Revisión y corrección de conexiones erradas.

3. Instalación de válvulas, controles y sensores de presión.

Artículo 58.

Metas de corto, mediano y largo plazo para la reducción del consumo de agua potable por el uso de agua lluvia. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

4. Renovación de infraestructura del sistema de acueducto.

INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 META 2050 Volumen de agua lluvia captada Sustituir 5 millones de m3 de agua potable por agua lluvia, que corresponde al 4% de la escorrentía en techos de la ciudad Sustituir 20 millones de m3 de agua potable por agua lluvia, que corresponde al 15,1% de la escorrentía en techos de la ciudad Sustituir 96 millones de m3 de agua potable por agua lluvia, que corresponde al 72,4% de la escorrentía en techos de la ciudad Sustituir 104 millones de m3 de agua potable por agua lluvia, que corresponde al 80% de la escorrentía en techos de la ciudad

4. Generación de incentivos económicos que pro- muevan el uso de aguas lluvias en las viviendas.

Artículo 59.

Líneas estratégicas de acción del programa para la reducción del consumo de agua potable por el uso de agua lluvia. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

1. Promoción del ahorro y uso eficiente del agua como medida de adaptación.

Artículo 60.

Programa de protección del acuífero de la ciudad. Este programa busca avanzar en acciones institucionales que incidan en la protección del acuífero de Bogotá, con énfasis en las zonas de mayor recarga potencial (balance hídrico) que se presentan hacia los cerros orientales de Bogotá, como factor que incide en la resiliencia frente a los riesgos asociados al clima y los efectos del cambio climático.

2. Desarrollo de sistemas de uso y aprovechamiento del agua lluvia y reúso del agua gris en viviendas, comercio, instituciones e industrias.

Artículo 61.

Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de protección del acuífero de la ciudad. Las metas en el corto, mediano y largo plazo para este programa son:

3. Implementación de sanitarios ecológicos como estrategia de ahorro de agua en residencias y comercios y promoción de la disminución de la de- manda de agua en la ciudad a partir de campañas educativas, informativas e incentivos económicos.

INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 META 2050 Índice de extracción de agua subterránea IEAS7 Mantener el IEAS por debajo del 35% Mantener el IEAS por debajo del 35% Mantener el IEAS por debajo del 35% IEAS 2013 = 33.4 % Mantener el IEAS por debajo del 35% Vulnerabilidad intrínseca parcial a la contaminación de los acuíferos del Distrito Capital por la metodología GOD Mantener los acuíferos de la ciudad con vulnerabilidad media o baja Mantener los acuíferos de la ciudad con vulnerabilidad media o baja Mantener los acuíferos de la ciudad con vulnerabilidad media o baja Mantener los acuíferos de la ciudad con vulnerabilidad media o baja 7 El índice de extracción de agua subterránea mide el nivel de intensidad de uso que se hace de la oferta renovable de agua subterránea en el sistema acuífero del Distrito Capital. conforme a lo dispuesto por el artículo 111 de la Ley 99 de 1993.

Artículo 62.

Líneas estratégicas de acción del programa de protección del acuífero de la ciudad. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

2. Control del acuífero de la ciudad de Bogotá como fuente alternativa de agua en momentos de crisis, su declaratoria como de interés estratégico del Distrito, utilidad pública y de interés social.

1. Compra de predios en zonas de recarga de acuífe- ros de abastecimiento de la Empresa de Acueduc- to de Bogotá EAB y de acueductos comunitarios

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-14 • 2016 • ENERO • 28 14 quebradas y humedales y la inversión para el monitoreo de variables ambientales de la calidad del agua.

Artículo 64.

Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de recuperación de la cuenca del Río Bogotá. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

Artículo 63.

Programa de recuperación de la cuenca del río Bogotá. Este programa se implementa mediante el desarrollo del Plan de Ordenamiento y Manejo de la Cuenca Hidrográfica del río Bogotá (POMCA) y los planes ambientales de los tributarios y quebradas de la ciudad para la planificación principal y no solo para el agua, el desarrollo de la infraestructura para el saneamiento ambiental del río y sus tributarios,

INDICADOR META 2020 META 2038 META 2050 Indicadores del SIGICA para calidad del agua Objetivo calidad del acuerdo CAR 043
- 2006 para Clase IV y superiores para tributarios Objetivos calidad definidos a partir del año 2038 con referencia al Acuerdo CAR 043 – 2006 Objetivos calidad definidos a partir del año 2020 con referencia al Acuerdo CAR 043 – 2006

Artículo 65.

Líneas estratégicas de acción del programa de recuperación de la cuenca del río Bogotá. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

6. Aplicación de conceptos de producción más limpia, mejores tecnologías, edificaciones ecoeficientes y reducción de residuos, emisiones y vertimientos, en sectores productivos.

7. Fortalecimiento del sector productivo agropecuario para reconversión a sistemas más sostenibles.

1. Ordenación del territorio y armonización de los instrumentos de planificación con el Plan de Or- denamiento y Manejo de Cuenca.

2. Construcción de obras de saneamiento para la recolección y tratamiento de aguas residuales generadas en el territorio (alcantarillado, intercep- tores y plantas de tratamiento).

3. Sostenibilidad de la Oferta del Recurso Hídrico a todos los habitantes sobre toda la cuenca baja.

Artículo 66.

Programa de recuperación de los espacios del agua como parte de la Estructura Ecológica Principal y reguladora del drenaje urbano. Este programa busca la interconectividad de los diferentes cuerpos de agua del sistema del drenaje y el sistema construido, para mejorar la dinámica hídrica que permita reconstruir las funciones ecológicas del drenaje natural y así mantener el abastecimiento y la seguridad hídrica de los humedales y su caudal ecológico.

4. Implementación de medidas para el adecuado manejo de las microcuencas y regulación hídrica.

Artículo 67.

Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de Recuperación de los espacios del agua como parte de la Estructura Ecológica Principal y reguladora del drenaje urbano. Para el desarrollo del programa se establecen como metas:

5. Participación ciudadana en términos de apro- piación de una transformación cultural y cambio de hábitos de los uso de recurso y el consumo (aplicación de conceptos de reciclaje, ahorro y uso eficiente de agua, manejo de residuos sólidos, protección de área protegidas).

INDICADOR META 2020 META 2030 META 2050 No. de Km recuperados de quebradas entubadas 2 Km recuperados de quebradas entubadas 8 Km recuperados de quebradas entubadas 10 Km recuperados de quebradas entubadas No. de humedales y de quebradas conectadas al Sistema Urbano de Drenaje Pluvial Sostenible 3 humedales y 5 quebradas conectadas al Sistema Urbano de Drenaje Pluvial Sostenible 15 humedales y 60 quebradas conectadas al Sistema Urbano de Drenaje Pluvial Sostenible 8humedales y 30 quebradas conectadas al Sistema Urbano de Drenaje Pluvial Sostenible

5. Mantenimiento preventivo y correctivo del sistema natural.

Artículo 68.

Líneas estratégicas de acción para el Programa de Recuperación de los espacios del agua como parte de la Estructura Ecológica Principal y reguladora del drenaje urbano.

6. Implementación de SUDS compatibles con el sistema natural.

1. Conectividad y capacidad hidráulica de los hu- medales, quebradas y canales.

2. Restablecimiento de la biodiversidad.

3. Mejoramiento de la calidad del agua.

Artículo 69.

Programa de recolección y aprovechamiento del agua lluvia en espacios públicos. Con este programa se apunta a reutilizar el recurso pluvial, para evitar inundaciones y proporcionar aumento en las reservas de este líquido vital.

4. Naturalización de cuerpos de agua canalizados o entubados.

15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-15 • 2016 • ENERO • 28

Artículo 70.

Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de recolección y aprovechamiento del agua lluvia en espacios públicos. Para el desarrollo del programa se establecen como metas:

INDICADOR META 2020 META 2030 META 2050 No. de parques metropolitanos con SUDS como reservorios de agua y/o mantenimiento de la cobertura vegetal y/o escenarios de recreación.

11 parques metropolitanos con SUDS como reservorios de agua y/o mantenimiento de la cobertura vegetal y/o escenarios de recreación.

7 parques metropolitanos con SUDS como reservorios de agua y/o mantenimiento de la cobertura vegetal y/o escenarios de recreación.

18 parques metropolitanos con SUDS como reservorios de agua y/o mantenimiento de la cobertura vegetal y/o escenarios de recreación. No. de piletas con fuentes de agua de patrimonio histórico 5 piletas con fuentes de agua de patrimonio histórico 8 piletas con fuentes de agua de patrimonio histórico 13 piletas con fuentes de agua de patrimonio histórico 20 SUDS en monumentos históricos: piletas o fuentes.

5 SUDS en monumentos históricos: piletas o fuentes.

10 SUDS en monumentos históricos: piletas o fuentes.

20 SUDS en monumentos históricos: piletas o fuentes.

Artículo 74.

(sic) Proyectos priorizados para Manejar integralmente el agua como elemento vital para la resiliencia frente a los riesgos asociados al clima y los efectos del cambio climático. Sin perjuicio de la creación de otros Proyectos de Interés Distrital frente al Cambio Climático, se consideran prioritarios los proyectos asociados a:

reducción de riegos de gran impacto. Este objetivo busca fortalecer las capacidades institucionales para aumentar la resiliencia sectorial frente a los riesgos que puedan afectar la prestación de servicios públicos y privados, de movilidad, abastecimiento salud y servicios sociales, a través de recursos y procesos efectivos. Así como preparar la ciudad frente a los riesgos de gran impacto como sismos, eventos tecnológicos, biológicos y sociales.

1. Puesta en marcha del Plan Estratégico de Trans- formación del Sistema Urbano de Drenaje Pluvial, que desarrolle una infraestructura adaptativa flexible en la ciudad que permita retener agua en los momentos de exceso y liberar agua en los momentos de sequía.

Artículo 76.

Meta de impacto. La meta de impacto asociada al objetivo de Aumentar la resiliencia sectorial y reducción de riegos de gran impacto, es garantizar la continuidad del servicio para el 100% de empresas y entidades públicas y privadas que presten servicios a la ciudad mediante la adopción e implementación de programas y proyectos de reducción de riesgos.

Artículo 77.

Programas para el cumplimiento de la meta de impacto. Para lograr esta meta de impacto en el tiempo, se establecen los siguientes programas:

1. Abastecimiento y resiliencia alimentaria.

2. Implementación de los programas de reducción de pérdidas de agua en el sistema de acueducto de Bogotá, reducción del consumo de agua potable, protección del acuífero de la ciudad y recuperación de la cuenca del río Bogotá, para hacer sosteni- ble el balance de demanda y oferta hídrica en la ciudad, de forma tal que no se requiera la imple- mentación de nuevos proyectos de infraestructura para aumentar la oferta hídrica.

2. Resiliencia en salud por riesgos y cambio climá- tico.

3. Construcción y puesta en funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Ca- noas.

3. Redundancia y reducción de vulnerabilidad fun- cional de los servicios públicos y de movilidad.

4. Resiliencia asociada al sector productivo.

5. Resiliencia en los servicios sociales de la ciudad.

Título III.

METAS Y PROGRAMAS ASOCIADOS AL AUMENTO DE LA RESILIENCIA SECTORIAL Y REDUCCIÓN DE RIESGOS DE GRAN IMPACTO

6. Reducción de riesgo sísmico en infraestructura y vivienda.

7. Reducción de riesgos tecnológicos.

Capítulo I.

AUMENTO DE LA RESILIENCIA SECTORIAL Y

REDUCCIÓN DE RIEGOS DE GRAN IMPACTO

Artículo 75.

Aumentar la resiliencia sectorial y

Artículo 78.

Programa de abastecimiento y resiliencia alimentaria. Este programa busca fomentar

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-16 • 2016 • ENERO • 28 16

Artículo 79.

Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de abastecimiento y resiliencia alimentaria. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

la producción limpia de alimentos y consolidar la red de abastecimiento y distribución de alimentos para Bogotá D.C que garantice la resiliencia alimentaria, avanzando en recomendaciones sobre regularización de la oferta de alimentos en la región o la sustitución de cultivos por especies que se adapten mejor a las nuevas condiciones generadas por el cambio climático.

Garantizar la autosuficiencia de redes de distribución y acceso a alimentos en el primer anillo de provisión alimentario de Bogotá, ante situaciones o eventos de gran impacto Garantizar la autosuficiencia de las redes de distribución y acceso asociadas al anillo de provisión de la RAPE, para situaciones y/o eventos de gran impacto INDICADOR META 2020 META 2030 META 2050 Garantizar la resiliencia alimentaria a través de la disponibilidad y acceso a alimentos a la población vulnerable No. de hectáreas en proceso de reconversión tecnológica Trabajo con silvopastoriles 3.601 Has, manejo de pasturas 1.500 Has y manejo de agricultura con fertilización orgánica en 500 Has en la zona rural del DC Trabajo con silvopastoriles 3.601 (7.202 agregadas) Has, manejo de pasturas 1.500 Has (3.000 agregadas) y manejo de agricultura con fertilización orgánica en 671 Has (1.171 agregadas) en la zona rural del DC Trabajo con silvopastoriles 10.000 Has, y manejo de agricultura con fertilización orgánica en 15.000 Has en asocio con la RAPE

Artículo 80.

Líneas estratégicas de acción del programa de abastecimiento y resiliencia alimentaria. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

neración de zonas de desarrollo agroalimentario y social – ZDAS, el desarrollo institucional agropecuario a nivel de la Región Administrativa de Planificación Especial –RAPE, Región Central-, la infraestructura para el desarrollo agroalimentario y la investigación científica y tecnológica.

1. Promoción de compras públicas de alimentos orgánicos.

2. Apoyo a la transformación de mercados, ayuda a la reconversión y en cooperación técnica, en alian- za con la Región Administrativa de Planificación Especial –RAPE, Región Central-.

Artículo 81.

Programa de Resiliencia en salud por riesgos y efectos del cambio climático. Este programa busca avanzar en la medición periódica anual de la vulnerabilidad en salud pública generadas por riesgos y efectos del cambio climático.

3. Promoción y mejoramiento de los procesos de transformación de alimentos en la ciudad, que ayude a la competitividad en los mercados inter- nacionales y a la generación de valor agregado alimentario y sustitución de importaciones.

Artículo 82.

Metas de corto, mediano y largo plazo del programa Resiliencia en salud por efectos del cambio climático. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

4. Fomento a la agricultura sostenible y/o adaptada a la variabilidad y al cambio climático con la ge-

Implementar el 60% de los subsistemas del sistema de emergencias médicas a nivel distrital INDICADOR META 2020 META 2030 META 2050 Disponibilidad de atención pre hospitalaria y de urgencias médicas en el Distrito Capital Implementar y mantener el 80% de los subsistemas del sistema de emergencias médicas a nivel distrital Índice de vulnerabilidad en salud por eventos climáticos 2007-2011 por localidad 20 localidades de Bogotá con índice de vulnerabilidad medio y/o bajo frente a los eventos en salud asociados al cambio climático 20 localidades de Bogotá con índice de vulnerabilidad bajo frente a los eventos en salud asociados al cambio climático Se mantienen las 20 localidades de Bogotá con índice de vulnerabilidad bajo frente a los eventos en salud asociados al cambio climático

Artículo 83.

Líneas estratégicas de acción del programa de resiliencia en salud por efectos del cambio climático. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

2. Territorialización de las acciones establecidas en el sistema de vigilancia epidemiológico y ambien- tal, enfocadas a la adaptación en salud frente al cambio climático.

1. Mejoramiento del conocimiento del riesgo en salud asociados al cambio climático y riesgos biológicos y epidemiológicos.

3. Análisis de vulnerabilidad de la población bogo- tana frente a los efectos en salud relacionados al cambio climático.

17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-17 • 2016 • ENERO • 28

4. Investigación de los efectos en salud relacionados al cambio climático.

adelantar las acciones para garantizar la funcionalidad de la red vial vital.

5. Desarrollo de mecanismos de alerta temprana en salud por fenómenos asociados al cambio climáti- co y por fenómenos biológicos y epidemiológicos.

6. Fomento de mecanismos de expansión hospita- laria.

Los riesgos asociados a la vulnerabilidad funcional de los servicios públicos domiciliarios y del sistema vial y de transporte se manifiestan en la interrupción de la prestación de servicios debido a fallas propias de los sistemas o por efecto de eventos externos que los afecten. Por lo tanto es fundamental que estos servicios cuenten con sistemas redundantes que garanticen su funcionalidad.

7. Fortalecimiento de los sistemas de atención pre hospitalaria y emergencia médica

Artículo 85.

Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de redundancia y reducción de vulnerabilidad funcional de los servicios públicos y de movilidad. Para el desarrollo del programa se establece como meta de resultado:

Artículo 84.

Programa de redundancia y reducción de vulnerabilidad funcional de los servicios públicos y de movilidad. Este programa busca aumentar la resiliencia sectorial de los servicios públicos y de la movilidad en el Distrito Capital mediante la adopción y consolidación de sistemas de redundancia y

60% de los servicios públicos cuentan con sistemas de redundancia INDICADOR META 2020 META 2030 META 2050 % de los servicios públicos cuentan con sistemas de redundancia 20% de los servicios públicos cuentan con sistemas de redundancia 100% de los servicios públicos cuentan con sistemas de redundancia Reducir en un 25% el índice de accidentalidad vial por cada 100 mil habitantes respecto al año 2013 Reducir en un 20% el índice de accidentalidad vial por cada 100 mil habitantes respecto al año 2013 Reducir en un 30% el índice de accidentalidad vial por cada 100 mil habitantes respecto al año 2013 % de reducción de índice de mortalidad y morbilidad por accidentalidad vial por cada 100 mil habitantes (2005 – 2015)

6. Generar arreglos institucionales para la articula- ción de la gestión de riesgos sectoriales.

Artículo 86.

Líneas estratégicas de acción del programa de redundancia y reducción de la vulnerabilidad funcional de los servicios públicos y de movilidad. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

7. Formulación e implementación del componente de gestión de riesgos en los planes maestros de servicios públicos y movilidad.

1. Elaboración y actualización de los escenarios de riesgos en los diversos servicios públicos.

8. Formulación e implementación de proyectos de inversión para la gestión de riesgos sectorial.

2. Establecer las relaciones del riesgo sectorial en los territorios urbanos y rurales.

3. Desarrollo de la investigación para construcción de iniciativas técnicas y tecnológicas para la re- ducción de riesgos sectoriales de acuerdo a las prioridades.

Artículo 87.

Programa resiliencia asociada al sector productivo. Este programa busca que las empresas garanticen la continuidad de los negocios en las actividades productivas expuestas a situaciones de riesgo, mediante la adopción y ejecución de planes de gestión de riesgos en las unidades productivas.

4. Promoción de normatividad, instrumentos y prác- ticas culturales en torno a la gestión de riesgos en los diferentes sectores.

Artículo 88.

Metas de Resultado del Programa de Resiliencia asociada al sector productivo. Para el desarrollo del programa se establece como meta de resultado:

5. Desarrollo de estrategias para ampliar y fortalecer la institucionalización de la gestión de riesgos en los sectores.

20 % de las PYMES cuentan con planes de gestión de Riesgos y de continuidad del negocio INDICADOR META 2020 META 2030 META 2050 % de las PYMES cuentan con planes de gestión de Riesgos y de continuidad de su negocio 10 % de las PYMES cuentan con planes de gestión de Riesgos y de continuidad del negocio 30 % de las PYMES cuentan con planes de gestión de Riesgos y de continuidad del negocio REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-18 • 2016 • ENERO • 28 18

5. Articulación del sector productivo con el Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climá- tico.

Artículo 89.

Líneas estratégicas de acción del programa de Resiliencia asociada al sector productivo. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

1. Elaboración y actualización de los escenarios de riesgos asociados al sector productivo.

Artículo 90.

Programa de resiliencia en los servicios sociales de la ciudad. Este programa busca aumentar la resiliencia de servicios sociales como educación, salud, recreación, cultura y deporte mediante la formulación, adopción y ejecución de planes de acción para la reducción de riesgos.

2. Definición de normas, instrumentos y prácticas de gestión de riesgos correspondientes a los diferentes sectores de la producción.

3. Desarrollo de estrategias para ampliar y fortalecer la institucionalización de la gestión de riesgos en el sector productivo.

Artículo 91.

Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de resiliencia en los servicios sociales de la ciudad. Para el desarrollo del programa se establece como meta:

4. Generar arreglos institucionales para la articula- ción de la gestión de riesgos sectoriales.

30 % de las instituciones públicas y privadas que prestan servicios sociales de educación y atención a la población cuentan con planes de gestión de riesgos y cambio climático y continuidad del servicio 60 % de las instituciones públicas y privadas que prestan servicios sociales de educación y atención a la población cuentan con planes de gestión de riesgos y cambio climático y continuidad del servicio 100 % de las instituciones públicas y privadas que prestan servicios sociales de educación y atención a la población cuentan con planes de gestión de riesgos y cambio climático y continuidad del servicio INDICADOR META 2020 META 2030 META 2050 % de las instituciones públicas y privadas que prestan servicios sociales de educación y atención a la población cuentan con planes de gestión de riesgos y cambio climático y continuidad del servicio 100% de escenarios públicos de artes escénicas en proceso de habilitación 100% de escenarios de las artes escénicas publicas habilitados Mantener el 100% de los escenarios de las artes escénicas habilitados % de escenarios de la artes escénicas habilitados y escenarios de cultura, recreación, deporte y establecimientos de comercio autorizados para aglomeraciones de público permanente 100% de escenarios de cultura, recreación, deporte y establecimientos de comercio en proceso de aprobación para la realización de actividades de aglomeraciones de público permanente 50% de escenarios de cultura, recreación, deporte y comercio autorizados para aglomeraciones de público permanentes 100% de los escenarios de cultura, recreación, deporte y comercio en proceso de aprobación para la realización de actividades de aglomeraciones de público permanente

Artículo 92.

Líneas estratégicas de acción del programa de resiliencia de los servicios sociales de la ciudad. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

1. Elaboración y actualización de los escenarios de riesgos asociados a los servicios sociales de la ciudad.

Artículo 93.

Programa de reducción de riesgo sísmico en infraestructura y vivienda. Este programa busca aumentar la resiliencia de la infraestructura y la vivienda mediante la promoción, diseño y construcción de acciones de reforzamiento estructural de la vivienda, principalmente de las viviendas de los hogares de bajos ingresos, y de las edificaciones públicas esenciales, para que disminuyan la vulnerabilidad en el escenario de riesgo poco recurrente pero de alto impacto como el sismo.

2. Definición de normas, instrumentos y prácticas de gestión de riesgos correspondientes a los servicios sociales de la ciudad.

3. Desarrollo de estrategias para ampliar y fortalecer la institucionalización de la gestión de riesgos re- lacionada con los servicios sociales de la ciudad.

Artículo 94.

Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de reducción de riesgo sísmico en infraestructura y vivienda. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas:

4. Generación de arreglos institucionales para la articulación de la gestión de riesgos relacionada con los servicios sociales de la ciudad.

5. Articulación de los servicios sociales con el Sis- tema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático.

19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-19 • 2016 • ENERO • 28 INDICADOR META 2020 META 2030 META 2050 5% de viviendas de familias de bajos ingresos cuentan con reforzamiento 2% de viviendas de familias de bajos ingresos cuentan con reforzamiento y/o y/o mejoramiento mejoramiento estructural % de viviendas de familias de bajos ingresos cuentan con reforzamiento y/o mejoramiento estructural estructural 100% de las edificaciones públicas intervenidas o 80% de las edificaciones públicas intervenidas o 50% de las edificaciones públicas intervenidas o reforzadas reforzadas reforzadas 10% de viviendas de familias de bajos ingresos cuentan con reforzamiento y/o mejoramiento estructural % de las edificaciones públicas indispensables y de atención a la comunidad con intervención y/o reforzamiento estructural.

5. Promoción y desarrollo de acciones de reforza- miento.

Artículo 95.

Líneas estratégicas del programa de reducción del riesgo sísmico en infraestructura y vivienda. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

1. Identificación de necesidades de reforzamiento estructural en edificaciones públicas esenciales.

2. Identificación de necesidades y posibilidades de reforzamiento estructural hogares de bajos ingre- sos.

Artículo 96.

Programa de reducción de riesgos tecnológicos. El fin de este programa es generar conocimiento de riesgo tecnológico para la emisión de conceptos y otros pronunciamientos relacionados con el uso el suelo, generación de guías técnicas, términos de referencia, o proyectos de infraestructura estratégica de la ciudad entre otros. Se debe incluir en el sistema de inspección vigilancia y control del Distrito.

3. Definición de normas, instrumentos y prácticas de gestión de riesgos correspondientes.

Artículo 97.

Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de Reducción de riesgos tecnológicos. Para el desarrollo del programa se establece la siguiente meta de resultado:

4. Desarrollo de diseños tipos, utilizando tecnologías alternativas de ser posible, para el reforzamiento estructural.

INDICADOR META 2020 META 2030 META 2050 % de reducción de eventos de origen tecnológico por el almacenamiento, transporte, manejo, procesamiento y disposición de materiales peligrosos 40% de reducción de eventos de origen tecnológico por el almacenamiento, transporte, manejo, procesamiento y disposición de materiales peligrosos 60% de reducción de eventos de origen tecnológico por el almacenamiento, transporte, manejo, procesamiento y disposición de materiales peligrosos 80% de reducción de eventos de origen tecnológico por el almacenamiento, transporte, manejo, procesamiento y disposición de materiales peligrosos

Artículo 98.

Líneas estratégicas del programa de reducción del riesgo tecnológico. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

Artículo 99.

Proyectos prioritarios para el programa de Aumento de la resiliencia sectorial y reducción de riegos de gran impacto. Se consideran prioritarios los proyectos asociados a:

1. Constitución de la Red Vial Vital para reducir la vulnerabilidad funcional de la ciudad.

2. Ajuste de los planes maestro de servicios público que incluyen sistemas de resiliencia sectorial.

1. Actualización de la información sobre procesos de almacenamiento, transporte, manejo y dispo- sición de residuos y sobre sistemas productivos industriales o actividades económicas que puedan generar explosiones, incendios, derrames, fugas o contaminación. Actualización de mapas de riesgos al respecto.

3. Desarrollo de la Agricultura urbana como parte de los programas de seguridad alimentaria.

2. Emisión de conceptos técnicos relacionados con el uso del suelo.

4. Establecimiento de Salud ambiental como es- trategia de reducción de la vulnerabilidad de la población frente a los efectos de cambio climático.

3. Generación de guías técnicas, términos de re- ferencia u otros documentos que permitan el desarrollo de análisis de riesgos específicos.

5. Reforzamiento de edificaciones esenciales frente a la vulnerabilidad sísmica.

6. Mejoramiento de viviendas de interés social – VIS dirigidas a reducir la vulnerabilidad Sísmica.

4. Formulación y desarrollo, conjuntamente con el sector privado, de un sistema de inspección, vigilancia y control de los riesgos tecnológicos y asociados.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-20 • 2016 • ENERO • 28 20

7. Estrategia de aseguramiento como parte de la financiación de la gestión de riesgos y adaptación al cambio climático.

Artículo 102.

Programas para el cumplimiento de la meta de impacto. Para lograr esta meta de impacto en el tiempo, se establecen los siguientes programas:

1. Preparativos institucionales (Sistema Operativo Distrital de Emergencias - SODE).

Capítulo II.

IMPLEMENTACIÓN DE PROCESOS EFECTIVOS

DE PREPARATIVOS, RESPUESTA Y RECUPERACIÓN POST EVENTO

2. Preparativos sociales y comunitarios para res- puesta a emergencias, calamidades y/o desastres.

3. Respuesta a emergencias, calamidades y/o de- sastres.

4. Rehabilitación y recuperación post-desastre.

Artículo 100.

Implementar procesos efectivos de preparativos, respuesta y recuperación post evento: Este objetivo apunta a planificar el manejo de los desastres, implementando procesos efectivos de preparativos, respuesta y recuperación post-evento, que permitan reducir los daños y/o pérdidas ocasionadas sobre la población y sus bienes, la infraestructura y equipamientos, la sostenibilidad de los ecosistemas y la funcionalidad del Distrito de Capital.

Artículo 103.

Programa de preparativos institucionales. Este programa busca fortalecer las capacidades de planeación y organización en el SDGR-CC de los preparativos que garanticen una intervención oportuna en la atención integral de las situaciones de emergencia, calamidad o desastre y mejore la capacidad social de autoaprendizaje y recuperación post-evento.

Artículo 104.

Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de preparativos institucionales. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de resultado:

Artículo 101.

Meta de impacto: La meta de impacto asociada al objetivo de implementar procesos efectivos de preparativos, respuesta y recuperación post evento, es Reducir el número de personas afectadas y la mortalidad causada por desastres por cada 100.000 habitantes en el decenio 2020-2030 respecto del periodo 2005-2015.* (En cumplimiento al Marco de Acción de Sendai para la Reducción de Riesgos de Desastres, 2015-2030, Asamblea General de las Naciones Unidas)

INDICADOR META 2020 META 2030 META 2050 Niveles de desarrollo tecnológico e interoperatividad de las Redes Distritales de comunicaciones de emergencia Integración de 1 red troncalizada con sistemas redundantes de emergencias.

Nivel tecnológico superior de diferentes servicios e interoperatividad a través de la red de comunicaciones Nivel tecnológico avanzando de diferentes servicios e interoperatividad a través de la red de comunicaciones Niveles de operatividad de la Red Distrital de Centros de Reserva Integración de 1 red de Centros de Reserva distritales, locales e institucionales Integración en línea de suministros logísticos para atención de emergencias con la Red Distrital de centros de reserva Integración en línea de suministros logísticos para atención de emergencias con la Red Distrital de centros de reserva Nivel de desarrollo de la Estrategia Distrital de Respuesta a emergencias, calamidades y/o desastres Actualización de la Estrategia Distrital de Emergencias.

100 % del SDGR-CC con Estrategias Institucionales de Respuesta - EIR implementadas Ampliar a 21 la Red las Estaciones de Bomberos Estrategia de Respuesta basada en la recuperación de los hogares y medios de sustento afectados Equipamientos e infraestructura para el actividad bomberil que hace parte del SDGR-CC Ampliar a 56 la Red de Estaciones de Bomberos de diferentes tipo Ampliar al 100% de disponibilidad de alertas Ampliar al 100% de disponibilidad de alertas Ampliar al 100% de disponibilidad de alertas tempranas para riesgos tempranas asociadas a riesgos sectoriales y de asociados al clima tempranas asociadas a múltiples amenazas y sectores Integración de las diferentes redes de estaciones de bomberos con la Red Regional (RAPE) y Red Nacional Incrementar la disponibilidad y el acceso a las Alertas Tempranas para amenazas múltiples, multisectoriales y estén centrados en la información directa a los habitantes de Bogotá. gran impacto

2. Construcción y funcionamiento del Sistema Dis- trital de Alertas.

Artículo 105.

Líneas estratégicas del programa de preparativos institucionales. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción

3. Desarrollo del Sistema Operativo Distrital de Emergencias para el manejo y atención de las emergencias, calamidades y/o desastres.

1. Diseño y construcción de la infraestructura indispen- sable para el manejo y atención de emergencias.

21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-21 • 2016 • ENERO • 28

8. Construcción e implementación del plan de capa- citación a grupos especializados de respuesta.

4. Construcción y funcionamiento del Sistema Logís- tico para el manejo y atención de las emergencias y los planes de recuperación temprana.

9. Dotación, mantenimiento y renovación de equipos especializados para la emergencia.

5. Construcción y funcionamiento de la red distrital de comunicaciones.

Artículo 106.

Programa de preparativos sociales y comunitarios. Fortalecer las capacidades de la sociedad y las comunidades para intervenir activamente en la planeación y organización de los preparativos de respuesta y la atención integral de las emergencias.

6. Desarrollo y/o actualización de los protocolos dis- tritales y de las herramientas de coordinación de la Estrategia Distrital de Respuesta (manuales de actuación, estrategias institucionales de respues- ta, planes de emergencia y contingencias, entre otros) y de los planes de recuperación temprana.

7. Construcción y aplicación de mecanismos de tipifi- cación e inventario de recursos para la respuesta.

Artículo 107.

Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de preparativos sociales y comunitarios. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de resultado:

1 de cada 300 habitantes 1 de cada 200 habitantes INDICADOR META 2020 META 2030 META 2050 Número de habitantes que harán parte de los grupos organizados para la respuesta a emergencias (brigadas, comités u otros) en los ámbitos laboral, educativo y residencial 1 de cada 100 habitantes Número de ejercicios ante posibles eventos de emergencias con participación masiva ( simulacros y simulaciones) 4 ejercicios anuales 8 ejercicios anuales 2 ejercicios anuales % de empresas vinculadas a Comités de Ayuda Mutua ( CAM)

10 % de empresas vinculadas a Comites de Ayuda Mutua ( CAM)

20 % de empresas vinculadas a Comites de Ayuda Mutua (CAM)

30 % de empresas vinculadas a Comites de Ayuda Mutua ( CAM) Número de voluntarios por habitante capacitado y certificado 1 por cada 1500 1 por cada 1250 1 por cada 1000

3. Formación de redes de voluntarios para el manejo y atención de emergencias.

Artículo 108.

Líneas estratégicas del programa de preparativos sociales y comunitarios. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción

1. Generar capacidades institucionales, sociales y comunitarias para la ampliación y consolidación de personal operativo y voluntariado.

Artículo 109.

Programa de Respuesta. Garantizar el tiempo de respuesta en la atención de todos los servicios de emergencia prestados, la atención oportuna a las llamadas de emergencia y la existencia de voluntarios capacitados y certificados para la respuesta

2. Elaboración e implementación de planes de emer- gencia a nivel distrital, local y sectorial.

Artículo 110.

Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de Respuesta.

5 % 10% 15% INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 Reducción de las pérdidas económicas causadas por desastres en relación con el PIB(Producto Interno Bruto) respecto al periodo 2005-2015 Reducción de los daños causados en infraestructuras vitales e interrupción de servicios básicos respecto al periodo 2005- 2015 5 % 10% 15% Tiempo promedio de respuesta a solicitudes de servicios de emergencia recibidos a través del 123 7 minutos 6 minutos 4 minutos Reducción del número promedio anual de incendios con relación al 2005 – 2015 20% 25% 30%

Artículo 111.

Líneas estratégicas del programa de respuesta. Para el desarrollo de este programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción.

3. Restablecimiento de los derechos humanos en los territorios afectados por situaciones de emer- gencia, calamidad y desastres.

1. Disminución del tiempo de arribo en la atención de emergencias, calamidad y desastre.

4. Manejo de cadáveres en eventos de emergencia, calamidad y/o desastre

2. Atención oportuna y diferencial en las situaciones de emergencia, calamidad y desastre.

Artículo 112.

Programa de rehabilitación y recuperación post-desastre. Fortalecer las capacidades de planeación y organización en el SDGR-CC que

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-22 • 2016 • ENERO • 28 22 garanticen un proceso oportuno y eficaz de rehabilitación temprana y una planificación adecuada de la recuperación post-evento.

Artículo 113.

Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de Programa de rehabilitación y recuperación post-desastre. Las metas de corto, mediano y largo plazo para este programa son:

Reducir en un 10% Reducir en un 20% Reducir en un 30% INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 Reducir el tiempo de recuperación temprana para el restablecimiento de las condiciones básicas de una situación de desastre declarada respecto al periodo 2005-2015 para eventos similares 100% del Nivel de asistencia humanitaria para el restablecimiento de 100% del Nivel de asistencia humanitaria para el restablecimiento de 100% del Nivel de asistencia humanitaria para el restablecimiento de las condiciones básicas Niveles de asistencia humanitaria para el restablecimiento de la calidad de vida y medios vida de las personas afectadas por emergencias las condiciones básicas, incluyendo medios de vida las condiciones básicas, incluyendo medios de vida y mejorando la calidad de vida

7. Consolidación del Centro Operativo de Emergen- cias - COE.

Artículo 114.

Líneas estratégicas del programa de rehabilitación y reconstrucción. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

Título IV.

ESTRATEGIA DISTRITAL DE RESPUESTA

1. Diseño de lineamientos para la planeación de la atención y recuperación temprana en las entida- des públicas y privadas.

2. Manejo de residuos para la recuperación post- terremoto y/o evento de gran impacto.

Artículo 116.

Objetivo de la Estrategia Distrital de Respuesta. Orientar la atención integral, oportuna, eficiente y eficaz de las situaciones de emergencia, calamidad y/o desastre, integrando procesos, procedimientos, protocolos, responsabilidades y recursos del SDGR-CC.

3. Aseguramiento de infraestructura, equipamientos, viviendas y bienes por terremotos y/o eventos de gran impacto.

4. Reducción de la vulnerabilidad fiscal del Distrito post-terremoto y/o eventos de gran impacto.

Artículo 117.

Modelo de planificación de la respuesta. La planificación de la respuesta a situaciones de emergencia, calamidad y/o desastre se basa en un modelo de articulación sistémica de procesos de coordinación, comando y control, manejo de información y cooperación.

5. Red Vial Vital y Red de Servicios Sociales para la recuperación temprana post-terremoto y/o eventos de gran impacto.

Parágrafo 1°. Proceso de coordinación. Corres-
ponde al conjunto de actividades de responsabilidad de la organización administrativa del Distrito Capital encaminado a la toma de decisiones para garantizar la gobernabilidad y la articulación con los protocolos de la Estrategia Distrital de Respuesta -EDR.

Artículo 115.

Proyectos prioritarios para el programa de implementación de procesos efectivos de preparativos, respuesta y recuperación post evento. Se consideran prioritarios los proyectos asociados a:

1. Operación del Sistema Distrital de Centros de Reserva.

2. Funcionalidad del Sistema Distrital de Alertas Tempranas.

Parágrafo 2°. Proceso de comando y control.
Corresponde al conjunto de actividades de responsabilidad de los organismos de respuesta orientados al comando y control de las operaciones que garanticen el manejo de las situaciones de emergencia, calamidad y/o desastre.

3. Formulación y adopción de Estrategias Institucio- nales de Respuesta.

4. Simulacros masivos distritales.

5. Fortalecimiento de Organizaciones de Voluntarios de Primera Respuesta.

6. Fortalecimiento de la Unidad Administrativa Es- pecial Cuerpo Oficial de Bomberos.

Parágrafo 3°. Proceso de manejo de infor-
mación. Corresponde al conjunto de actividades de responsabilidad de la entidad coordinadora del SDGR-CC necesarias para instaurar un entendimiento del contexto de la situación (conciencia situacional), proyectar su potencial evolución, y las consideraciones de divulgación de información pertinentes, para los diferentes actores inmersos en el manejo de la situación y es transversal para todas las instancias de actuación.

23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-23 • 2016 • ENERO • 28

5. Participar en el funcionamiento de los Sistemas de Alerta Temprana.

Parágrafo 4°. Proceso de cooperación. Corres-
ponde al conjunto de actividades de responsabilidad de la entidad coordinadora del SDGR-CC necesarias para integrar acuerdos de cooperación con actores externos y otros niveles administrativos.

Artículo 118.

Niveles de responsabilidad frente a la EDR. Para garantizar el objetivo de la EDR se establecen responsabilidades en los siguientes niveles:

Artículo 121.

Responsabilidades de las instituciones con competencia en el manejo de emergencias frente a la Estrategia Distrital de Respuesta. Corresponde a entidades integrantes del SDGR-CC de acuerdo con sus competencias responder al Marco de Actuación definido en esta EDR.

1. La ciudadanía en general.

2. Las brigadas o grupos organizados de iniciativa pública o privada.

3. Instituciones con competencia en el manejo de emergencias.

Artículo 122.

Marco de Actuación. Conjunto de mecanismos acordados para estandarizar la actuación de las entidades del SDGR-CC para la respuesta a situaciones de emergencia, calamidad y/o desastre. Los componentes del marco de actuación son principalmente (1) los niveles de emergencias, (2) instancias de actuación para la respuesta, (3) las funciones de respuesta y (4) los protocolos distritales.

Artículo 123.

Niveles de emergencias. Se establecen para Bogotá D.C cinco niveles de emergencias que implican a las diferentes instancias del modelo de planificación de la respuesta. Los cinco niveles se clasifican de acuerdo a los siguientes criterios:

1. La afectación de la emergencia (geográfica, fun- cional, poblacional, ambiental, tiempo de afecta- ción, y expansión del riesgo).

2. La capacidad de respuesta (capacidad operativa y técnica, soporte logístico, y periodo operacional).

Artículo 119.

Responsabilidades de la ciudadanía en general frente a la EDR. La responsabilidad de la población en el Distrito Capital corresponde a actuar con precaución, solidaridad y autoprotección, realizando las siguientes actividades mínimas: (1) conocer y desarrollar las acciones requeridas en caso de una emergencia en sus ámbitos individual, familiar, comunitario y laboral; (2) adoptar comportamientos seguros en las actividades cotidianas; (3) notificar oportunamente a las entidades competentes las manifestaciones de riesgo inminente o situaciones de emergencia; (4) cooperar con las solicitudes de las entidades del SDGR-CC y acatar las disposiciones de las autoridades; y (5) ejercer veeduría ciudadana.

3. El potencial impacto sobre la imagen pública y la gobernabilidad.

Artículo 124.

Instancias de actuación para la respuesta. En correspondencia con el modelo de planificación de la respuesta se definen las instancias operativas del SDGR-CC para la toma de decisiones estratégicas y tácticas, de la siguiente manera:

Artículo 120.

Responsabilidades de las brigadas o grupos organizados de iniciativa pública o privada frente a la EDR. Estos grupos corresponden a las organizaciones de orden público o privado en función de la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) de que trata el Decreto 1072 de 2015, los servicios logísticos para espectáculos y aglomeraciones de que trata el Decreto 599 de 2013, y los grupos comunitarios conformados para este fin; los cuales tienen entre sus responsabilidades:

1. Dirigir las iniciativas de capacitación y realización de simulaciones y simulacros orientados a mejorar el desempeño de la respuesta de la ciudad.

2. Ser facilitadores de las labores de las entidades del SDGR-CC.

1. Instancia de manejo de crisis distrital: Esta ins- tancia tiene por objetivo responder al proceso de coordinación distrital definido en el modelo de planificación de respuesta donde se definen estrategias y prioridades que velen por mantener y/o recuperar las condiciones de gobernabilidad y funcionalidad del Distrito Capital, así como gestionar y coordinar los recursos del proceso de cooperación requeridos. En esta instancia estarán los integrantes del Consejo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático y se establece desde la sala de crisis distrital.

3. Brindar la primera respuesta en sus espacios de actuación y en correspondencia con sus capaci- dades.

2. Instancia de manejo de crisis sectorial: Esta ins- tancia tiene por objetivo responder al proceso de coordinación sectorial desde donde se supervisa de manera centralizada el desempeño de las

4. Apoyar las labores de ayuda humanitaria, atención social en el marco de los protocolos respectivos y restablecimiento de medios de vida.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-24 • 2016 • ENERO • 28 24 Distrital de Centros de Reserva, la Red Distrital de Comunicaciones de Emergencia, las Instalaciones de Servicios Básicos Indispensables, el Inventario de Recursos para la Respuesta a Emergencias del SDGR- CC, y el Sistema de Registro de Afectados. instancias de tarea. En esta instancia estará personal responsable del proceso al interior de las instituciones del sector con contacto directo con la sala de crisis distrital, en caso que esté activa. Esta instancia se establece en salas de crisis sectoriales predefinidas.

Artículo 129.

Registro Oficial de Eventos de Emergencias y Afectados. El IDIGER deberá conciliar y consolidar con las entidades responsables de la respuesta, y publicar mensualmente el registro de eventos de emergencias oficial en el Sistema de Información para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático (SIRE).

3. Instancia de tarea. Esta instancia tiene por objetivo responder al proceso de comando y control que se desarrolla en terreno con base en los procedi- mientos y los protocolos distritales de respuesta.
En esta instancia estarán funcionarios designados con la competencia y capacidad técnica requerida para cumplir con la función de respuesta asignada. Esta instancia se establece en puestos de comando próximos a las áreas operativas.

Parágrafo. Es responsabilidad del IDIGER, como
coordinador del SDGR-CC, activar las diferentes instancias de actuación y brindar asistencia técnica a la instancia de manejo de crisis sectorial.

Artículo 130.

Articulación de la EDR con los Planes de Emergencia y Contingencias (PEC) y PIGRE. El componente de manejo de emergencias contenido en los Planes Institucionales de Gestión de Riesgos –PIGRE-, así como los Planes de Emergencia y Contingencias –PEC- que se desarrollen en cumplimiento de los requisitos establecidos para los planes de prevención, preparación y respuesta ante emergencias contemplados en el decreto 1072 de 2015, y demás disposiciones normativas, procurarán articularse con el Marco de Actuación definido en la EDR.

Artículo 131.

Medidas extraordinarias. Para las situaciones de emergencias, calamidades y/o desastres declaradas, la EDR adoptará medidas extraordinarias en cumplimiento de las disposiciones legales.

Título V.

OBJETIVOS, METAS Y PROGRAMAS TRANSVERSALES A LA GESTIÓN DEL RIESGOS

Artículo 125.

Funciones de respuesta. Las funciones de respuesta agrupan los responsables encargados de la respuesta en función de los objetivos específicos y las actividades de respuesta, organizadas en (1) funciones de tarea correspondientes a seguridad y convivencia, evaluación de daños y análisis de necesidades (EDAN), respuesta, atención médica inicial, operaciones aéreas, atención social prioritaria, salud pública, manejo ambiental, rehabilitación funcional, restablecimiento de medios de vida; y (2) funciones de soporte correspondientes a seguridad operacional, información pública, enlace, planificación, logística, y administración y finanzas.

Y EL CAMBIO CLIMÁTICO

Capítulo I.

CONSOLIDACIÓN DEL SISTEMA DE GOBERNANZA AMBIENTAL PARA AFRONTAR

COLECTIVAMENTE LOS RIESGOS Y LOS EFECTOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO

Artículo 126.

Protocolos distritales. Corresponde a la asignación ordenada de actividades y responsables en virtud de alcanzar el objetivo de la función de respuesta, los cuales se dividen en protocolos de respuesta, protocolos de soporte, y protocolos de alerta temprana.

Parágrafo. El IDIGER consolidará mediante acto
administrativo los protocolos acordados por la Comisión Intersectorial de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, en un plazo de 9 meses.

Artículo 132.

Consolidar un sistema de gobernanza ambiental para afrontar colectivamente los riesgos y los efectos del cambio climático La gobernanza ambiental tiene como fin garantizar la integración de las políticas ambientales, de gestión de riesgos y de cambio climático en el D.C, para lo cual se requiere la funcionalidad del SDGR-CC, la participación efectiva de la ciudadanía y las alianzas estratégicas.

Artículo 127.

Activación institucional del Marco de Actuación. La activación del Marco de Actuación se hará a nivel preventivo ante un riesgo inminente, y reactivo frente a una situación de emergencia, calamidad y/o desastre, que implicará el despliegue institucional en función de los niveles de emergencia.

Artículo 128.

Sistema Operativo Distrital de Emergencias – SODE. El SODE es el soporte fundamental para el cumplimiento del objetivo y los lineamientos de la EDR, y está compuesto por la Red

Artículo 133.

Meta de Impacto. Lograr la participación incidente social, comunitario, sectorial e institucional fortaleciendo las instancias del SDGR – CC a nivel distrital, local y la consolidación de redes sociales y alianzas estratégicas para la gestión de riesgos y cambio climático. Para ello, esta meta se distribuye temporalmente así:

25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-25 • 2016 • ENERO • 28 Sistema de gobernanza Sistema de gobernanza ambiental que Sistema de gobernanza ambiental con todas sus instancias operativas INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 META 2050 Nivel de operatividad Nivel de recursión decide, informa y monitorea ambiental diverso con múltiples tipos de actores vinculados en niveles altos instaladas, normadas y generando de descentralización y información Nivel de diversificación policentrismo

Artículo 134.

Programas para el cumplimiento de la meta de impacto. Para lograr esta meta de impacto en el tiempo, se establecen los siguientes programas:

1. Participación social y comunitaria para la gestión de riesgos y cambio climático.

Artículo 135.

Participación social y comunitaria para la gestión de riesgos y cambio climático. Este programa busca fortalecer las estrategias de organización para la participación efectiva, apropiación social de los procesos de gestión de riesgos y cambio climático, y la movilización ciudadanía, masiva, global, pacífica y articulada por la justicia climática.

2. Fortalecimiento del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático y desarrollo de la estructura para la gobernanza.

3. Fortalecimiento y generación de nuevas alianzas y plataformas de cooperación.

Artículo 136.

Metas de corto, mediano y largo plazo del programa para la participación social y comunitaria para la gestión de riesgos y cambio climático. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

INDICADOR META 2020 META 2025 No de organizaciones sociales y comunitarias participando de la Red social de gestión de riesgos y cambio climático y en la movilización ciudadana.

Redes sociales de gestión de riesgos y cambio climático con autonomía y liderazgo articulada a la movilización nacional Redes sociales de gestión de riesgos y cambio climático en articulada a la movilización global por la justicia climática

Artículo 137.

Líneas estratégicas de acción del programa de Participación social y comunitaria para la gestión de riesgos y cambio climático. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

en la capacidad de coordinar y articular los actores institucionales, sectoriales y sociales que hacen parte del SDGRCC y la formulación continua y sistemática de lineamientos de política, estrategias, protocolos y procedimientos para la gestión de riesgos y cambio climático.

1. Promoción de espacios y mecanismos efectivos de participación en las instancias del SDGR-CC a escala distrital, local (UPZ y barrios).

2. Promoción y fortalecimiento de la red social de gestión de riesgos y cambio climático.

Artículo 139.

Metas del programa fortalecimiento del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático y desarrollo de la estructura para la gobernanza. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

3. Desarrollo de Iniciativas con Participación Comuni- taria para la gestión de riesgos y cambio climático.

4. Articulación de actores del orden local con la región y la nación con integralidad temática.

5. Optimización de mecanismos de coordinación institucional.

6. Participación en la formulación, implementación y revisión periódica de los planes locales de gestión del riesgo y cambio climático en las 20 localidades.

7. Promoción de la movilización ciudadana, masiva, global, pacífica y articulada.

Artículo 138.

Programa para el fortalecimiento del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático y desarrollo de la estructura para la gobernanza: Este programa busca avanzar

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-26 • 2016 • ENERO • 28 26 METAS DEL SISTEMA DE GOBERNANZA AMBIENTAL EN EL TIEMPO Corto Plazo 2020 Mediano Plazo 2025 Largo Plazo 2038 Visión inspiradora 2050 La concurrencia en el sistema está en un nivel medio para todas las funciones La concurrencia en el sistema está en un nivel alto para todas las funciones Índice de concurrencia del sistema de gobernanza ambiental está definido por cuatro criterios y tres niveles Adaptado de Guzmán 2014 Función Nivel Bajo Medio Alto Función evolutiva: favorece el desarrollo humano de los sujetos. Contenedora Restrictiva Movilizante Función creativa: como favorece la emergencia de novedades adaptativas. Destructiva Indiferente Generativa Función operativa: grado de operatividad del sistema.

Formalizada y débilmente operativa Articulación con restricciones Operativa plenamente Función de cooperatividad: grado de sincronía y corresponsabilidad del vínculo. Polarizada Organizada Corresponsable

5. Fortalecimiento de los Consejos Locales de ges- tión de riesgos y cambio climático.

Artículo 140.

Líneas estratégicas de acción. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

6. Apoyo y soporte al Consejo Consultivo de gestión de riesgos y cambio climático.

1. Consolidación del Sistema Distrital de Gestión del Riesgo y Cambio Climático, buscando la integra- lidad y sinergia entre las políticas, las entidades, y los procesos.

2. Estrategia financiera del Sistema Distrital de Ges- tión de Riesgos y Cambio Climático.

Artículo 141.

Programa para el fortalecimiento y generación de nuevas alianzas y plataformas de cooperación. Este programa busca establecer alianzas estratégicas con actores y procesos claves para la gestión de riesgos y cambio climático que incluye la identificación de oportunidades de medios de vida y de integración de actores privados y de organizaciones.

3. Observatorio Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático que permita hacer seguimiento a las condiciones de riesgo de la ciudad y a la implementación del plan y a sus impactos.

Artículo 142.

Metas de corto, mediano y largo plazo sobre el programa de alianzas y plataformas de cooperación. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

4. Proceso de descentralización, desconcentración y complementariedad de la gestión de riesgos y cambio climático en la estructura político adminis- trativa del Distrito Capital.

INDICADOR META 2020 META 2020 META 2038 META 2050 Diez actores internacionales Dos actores internacionales Cuatro actores internacionales Cuatro actores nacionales Todos los actores Escalera del relacionamiento Cinco actores nacionales Dos actores nacionales Tres actores regionales Dos actores regionales Cinco actores regionales

Artículo 143.

Líneas estratégicas de acción. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

3. Promoción y empoderamiento de mecanismos inter-administraciones distritales para asegurar que la agenda de cambio climático continúe y se fortalezca en el tiempo.

1. Promoción de alianzas y redes estratégicas entre Bogotá, la región y la nación para favorecer la implementación de proyectos conjuntos de gestión de riesgos y cambio climático.

Capítulo II.

PROMOCIÓN DE LA TRANSFORMACIÓN CULTURAL PARA ENFRENTAR LOS RIESGOS Y LOS NUEVOS RETOS DEL CAMBIO CLIMÁTICOS

2. Fortalecimiento y consolidación del liderazgo in- ternacional de la ciudad en temas de gestión de riesgos y cambio climático.

Artículo 144.

Promover la transformación cultu-

27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-27 • 2016 • ENERO • 28 ral, para enfrentar los riesgos y los nuevos retos climáticos. Promover la transformación cultural para mejorar la percepción y comprensión de los riesgos y efectos del cambio climático, generando cambios positivos en las formas de relación entre la sociedad y la naturaleza, formas de producción y consumo en el marco del modelo de desarrollo, con el fin de reducir la vulnerabilidad y aumentar la resiliencia. formación cultural, para enfrentar los riesgos y los nuevos retos climáticos, es lograr e internalizar el cambio cultural individual y colectivo necesario para la transformación visionaria de ciudad y de comportamientos que reduzcan la vulnerabilidad y aumenten la resiliencia frente a los riesgos y a los efectos del cambio climático. Para ello, esta meta se distribuye temporalmente así:

Artículo 145.

Metas de Impacto. La meta de impacto asociada al objetivo de promover la trans-

ENERGIA INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 META 2050 Usos del agua lluvia a nivel doméstico e institucional Sustituir 5 millones de m3 de agua potable por agua lluvia, que corresponde al 4% de la escorrentía en techos de la ciudad Sustituir 20 millones de m3 de agua potable por agua lluvia, que corresponde al 15,1% de la escorrentía en techos de la ciudad Sustituir 96 millones de m3 de agua potable por agua lluvia, que corresponde al 72,4% de la escorrentía en techos de la ciudad 4.7% de ahorro 8,7% de ahorro al 2025 10,6% de ahorro al 2038 21,2% de ahorro al 2050 Sustituir 104 millones de m3 de agua potable por agua lluvia, que corresponde al 80% de la escorrentía en techos de la ciudad Reducción de consumos de energía por cambios de comportamiento, sustitución de electrodomésticos y bombillos 726 MWp instalados que generan 1,059 Gw hora año Incursión de la energía solar fotovoltaica en diferentes sectores 905 MWp instalados que generan 1,321 Gw hora año 4.789 MWp instalados que generan 6.992 Gw hora año 2.011 MWp instalados que generan 2.935 Gw hora año 680.000 vehículos particulares serán remplazados por desplazamientos en sistemas masivos como metro pesado y liviano 521.000 vehículos particulares serán remplazados por desplazamientos en sistemas masivos como metro pesado y liviano 1.087.100 vehículos particulares serán remplazados por desplazamientos en sistemas masivos como metro pesado y liviano 1.455.000 vehículos particulares serán remplazados por desplazamientos en sistemas masivos como metro pesado y liviano MOVILIDAD INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 META 2050 Cambio del carro particular a sistemas masivos de transporte. La meta de mitigación de GEI supone el desplazamiento del 55% de vehículos particulares que funcionan con combustibles fósiles a uso de transporte masivo con tecnologías limpias, impactando principalmente 11 localidades de Bogotá 182.000 viajes en bicicleta por día 235.000 viajes en bicicleta por día 372.000 viajes en bicicleta por día 498.000 viajes en bicicleta por día Movilidad Bicicletas A partir de 2018 el 10% de vehículos privados son reemplazados por el uso de la bicicleta, con un incremento anual del 5%, de acuerdo al estudio realizado por la European Cyclists' Federation-ECF INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 META 2050 Residuos Mantener niveles de producción per cápita de residuos menores a 0,31 ton/ año o 0,84 Kg/día Mantener niveles de producción per cápita de residuos menores a 0,3 ton/año o 0,83 Kg/día Mantener niveles de producción per cápita de residuos menores a 0,32 ton/ año o 0,88 Kg/día Mantener niveles de producción per cápita de residuos menores a 0,34 ton/ año o 0,93 Kg/día Residuos Material reciclado por año: 635.867 Por día: 1.742 Material reciclado por año: 682.314 Por día: 1.869 Material reciclado por año: 819.580 Por día: 2.245 Material reciclado por año: 970.667 Por día: 2.659 INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 META 2050 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-28 • 2016 • ENERO • 28 28 Alimentos Encuesta EPIC de la OCDE DAP O Disponibilidad a Pagar Aumento de un 5% en la DAP para alimentos orgánicos, locales, frescos y de temporada Aumento de un 10% en la DAP para alimentos orgánicos, locales, frescos y de temporada Aumento de un 5% en la DAP para alimentos orgánicos, locales, frescos y de temporada Incremento de la disponibilidad a pagar en 20% por servicios ecosistémicos, automóviles eléctricos, energías alternativas, viviendas ecológicas, bienes y/o servicios sostenibles.

Incremento de la disponibilidad a pagar en 10% por servicios ecosistémicos, automóviles eléctricos, energías alternativas, viviendas ecológicas, bienes y/o servicios sostenibles.

Aumento de un 10% en la DAP para alimentos orgánicos, locales, frescos y de temporada Demanda de productos ecológicos o sostenibles. No hay línea de base, se debe hacer en 2016 Basado en Serret, Y. and Z. Brown (2014), Incremento del nivel de corresponsabilidad ciudadana frente a los riesgos y el cambio climático en un 15% Incremento del nivel de corresponsabilidad ciudadana frente a los riesgos y el cambio climático en un 20% Corresponsabilidad en la gestión de riesgos y cambio climático Participación en prácticas de respuesta a emergencias Aumento en un 50% de la participación ciudadana en prácticas de respuesta a emergencias tales como simulacros.

Aumento en un 25% de la participación ciudadana en prácticas de respuesta a emergencias tales como simulacros.

Artículo 146.

Programas para el cumplimiento de la meta de impacto. Para lograr esta meta de impacto en el tiempo, se establecen los siguientes programas:

1. esgo y la adaptación al cambio climático.

2. Empoderamiento y movilización incidente.

Artículo 147.

Programa de apropiación social y cultural para la reducción del riesgo y la adaptación al cambio climático. Este programa se enfoca en construir las bases de una cultura transformadora de ciudad que actúe de manera sostenible, especialmente en términos del consumo y preparación para afrontar los riesgos, aportando elementos estructurales y herramientas que faciliten su desarrollo.

3. Ampliación en el uso de instrumentos y herramien- tas para la comunicación y la pedagogía.

4. Educación y comunicación para apropiación y transformación cultural en gestión de riegos y cambio climático.

Artículo 148.

Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de apropiación social y cultural para la reducción del riesgo y la adaptación al cambio climático. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

INDICADOR CORTO PLAZO 2020 MEDIANO PLAZO 2025 LARGO PLAZO 2038 Los niveles de opinión respecto a los temas prioritarios del Plan están por encima del 65% Los niveles de opinión respecto a los temas prioritarios del Plan están por encima del 60% Los niveles de opinión respecto a los temas prioritarios del Plan están por encima del 75% Los niveles de opinión respecto a los temas prioritarios del Plan están por encima del 70% VISIÓN INSPIRADORA 2050 Número de respuestas positivas que miden opinión y comportamiento de los ciudadanos frente a la comida, el agua, la energía, los residuos y el transporte (hoy está en 20%)

Percepción positiva ciudadana para afrontar los riesgos y/o emergencias en el DC Aumentar y mantener en un 60% la respuesta favorable de las encuestas anuales sobre la percepción ciudadana sobre la preparación para afrontar los riesgos y/o emergencias en el DC Aumentar y mantener en un 40% la respuesta favorable de las encuestas anuales sobre la percepción ciudadana sobre la preparación para afrontar los riesgos y/o emergencias en el DC

2. Articulación de la dinámica cultural, festiva y recreativa de la ciudad con el Plan Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático.

Artículo 149.

Líneas estratégicas de acción del Programa de apropiación social y cultural para la reducción del riesgo y la adaptación al cambio climático. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

3. Desarrollo e implementación de Campañas de Consumo Sostenible con alto compromiso de las entidades distritales como ejemplo a la sociedad.

1. Diseño e implementación de un plan de promoción y monitoreo de cambios de comportamiento en cuanto al uso del agua, la energía, los residuos, la comida y el transporte.

4. Análisis e implementación de incentivos (convencio- nales y no convencionales) para promover el cambio de comportamiento hacia prácticas sostenibles.

29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-29 • 2016 • ENERO • 28

5. Gestión sostenible de la cadena de suministro para mejorar la calidad de productos verdes

6. Promoción de mercados responsables.

Artículo 150.

Programa de empoderamiento y movilización incidente. Este programa busca empoderar a organizaciones, personas y grupos vinculados a procesos colectivos asociados con gestión del riesgo y cambio climático.

7. Fortalecimiento de los programas de ecoetique- tado y certificaciones que impulsen el consumo consciente e informado.

8. Desarrollo de encuestas periódicas que midan cambios en percepción y comportamiento.

Artículo 151.

Metas de corto, mediano y largo plazo del Programa de empoderamiento y movilización incidente. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

200 organizaciones locales y/o temáticas vinculadas INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 - META 2050 N° de organizaciones territoriales o temáticas vinculadas a procesos colectivos en la ciudad Movilización incidente y empoderada para lograr cambios culturales para la transformación y resiliencia de la ciudad. N° organizaciones sociales y/o comunitarias por localidad que participan en la red social y comunitaria de gestión de riesgos Mínimo 20 organizaciones sociales y/o comunitarias por localidad participan en la red social y comunitaria de gestión de riesgos y en los Consejos Locales de Gestión de Riesgos y Cambio Climático a través de sus representantes.

7. Incorporación de al menos 500 habitantes de calle en los procesos de recuperación del drenaje natural.

Artículo 152.

Líneas estratégicas de acción del programa de empoderamiento y movilización incidente. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

8. Desarrollo de al menos 12 iniciativas comunitarias al año para el mantenimiento y/o conservación del sistema de drenaje.

1. Fomento de una red mundial de jóvenes por el cambio climático y la gestión de riesgos, que sea incidente en las decisiones políticas para lograr la sostenibilidad global.

2. Fomento e impulso en el ámbito nacional a proce- so de movilización asociado con Justicia Climática.

3. Fortalecimiento y empoderamiento de organiza- ciones de mujeres como líderes de cambio cultural hacia la sostenibilidad local.

Artículo 153.

Programa de ampliación en el uso de instrumentos y herramientas para la comunicación y la pedagogía. Este programa apunta a reducir la desigualdad en el acceso y uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, como parte de la transformación cultural de la ciudad que se requiere para la gestión del riesgo, mitigación y la adaptación al cambio climático

4. Incorporación del interés ambiental en las diná- micas de grupos privados y colectivos (clubes temáticos, colectivos de trabajo, grupos de volun- tariados, entre otros) que permitan vincular actores a las metas de mitigación y adaptación al cambio climático.

Artículo 154.

Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de ampliación en el uso de instrumentos y herramientas para la comunicación y la pedagogía. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

5. Visibilizar a nivel global las iniciativas y experien- cias exitosas locales por el cambio climático y la gestión de riesgos.

6. Fortalecimiento de organizaciones de los derechos de los consumidores, que apoyen la producción y el consumo responsable.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-30 • 2016 • ENERO • 28 30 INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 META 2050 Desarrollo alto del Sistema distrital de comunicaciones para el cambio climático y la gestión del riesgo, que involucra TIC de manera estratégica y diversificada con actores sociales estratégicos.

Nivel de desarrollo del sistema de comunicaciones para el cambio climático y la gestión del riesgo.

Desarrollo medio del Sistema distrital de comunicaciones para el cambio climático y la gestión del riesgo, que involucra TIC de manera estratégica.

Desarrollo incipiente del Sistema distrital de comunicaciones para el cambio climático y la gestión del riesgo, principalmente institucionalizado.

Sistema distrital de comunicaciones para el cambio climático y la gestión del riesgo altamente tecnificado, que involucra actores oficiales, privados y de la sociedad civil. los lineamientos del SDGR-CC.

Artículo 155.

Líneas estratégicas de acción del programa de ampliación en el uso de instrumentos y herramientas para la comunicación y la pedagogía. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

1. Emprendimiento e innovación para la creación de herramientas y sitios web que centralicen y dina- micen información determinante para el cambio positivo de comportamientos para la mitigación y adaptación al cambio climático.

2. Fomento a las iniciativas ciudadanas virtuales respecto a cambio climático.

Artículo 156.

Programa de educación y comunicación para la gestión de riegos y cambio climático. A través de este programa se diseñan e implementan procesos de formación y capacitación en gestión de riesgos y cambio climático dirigidos al sector público, privado y comunitario que contribuyan a los fines de la educación: la participación en toma de decisiones que afectan el país, la adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de vida, del uso racional de los recursos naturales y la gestión de riesgos, la promoción de la capacidad para crear, investigar y adoptar las nuevas tecnologías que se requieren en los procesos de desarrollo del país.

3. Fortalecimiento y sinergia con los observatorios Distritales: OAB, Observatorio Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, Observatorio Dis- trital Cultural, Observatorio Distrital de Desarrollo Económico, Observatorio Distrital de la Mujer.

Artículo 157.

Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de educación y comunicación para la gestión de riesgos y cambio climático. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

4. Fortalecimiento del sistema de información y las telecomunicaciones como soportes fundamenta- les para lograr una gestión de riesgos acorde con

INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 META 2050 100% de módulos diseñados y accesibles.

Un sistema de formación y capacitación virtual por módulos en gestión de riesgos y cambio climático de acuerdo con las necesidades y potencialidades de diferentes grupos poblacionales % de personas formadoras vinculadas a red de formadores. Conformar una red distrital de formación de formadores en gestión de riesgos y cambio climático. No. De entidades con procesos de formación desarrollados.

65 entidades con procesos de formación para generar capacidades técnicas en gestión del riesgo y cambio climático. No. de ciudadanos participando en la Red Social de Gestión de Riesgos y Cambio Climático.

100% de las instituciones y establecimientos educativos con Plan Escolar de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, 90.000 ciudadanos participando en la Red Social de Gestión de Riesgos y Cambio Climático en cada cuatrienio. No. de instituciones educativas públicas y privadas, establecimientos de atención integral a la primera infancia y adolescencia y educación para el trabajo y el desarrollo humano con plan escolar de gestión de riesgos y cambio climático actualizado, % de Universidades vinculadas a la Red, Conformar una Red Universitaria en Gestión de Riesgo y Cambio Climático. No. de campañas de divulgación o iniciativas culturales para visibilizar los riesgos del Distrito Capital, 4 campañas de divulgación o iniciativas culturales para visibilizar los riesgos del Distrito Capital y generar cambios en los comportamientos de los funcionarios, las personas y las organizaciones sociales.

1. Diseño e implementación de una estrategia de educación y comunicación para el sector público, privado y comunitario en gestión de riesgos y cambio climático.

Artículo 158.

Líneas estratégicas de acción del programa de educación y comunicación para la gestión de riesgos y cambio climático. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-31 • 2016 • ENERO • 28

11. Formación y promoción de comunicadores (públi- cos y privados) sobre gestión de riesgos, cambio climático y el uso de las TIC.

2. Diseño e implementación de un sistema de for- mación virtual modular en gestión de riesgos y cambio climático de amplia cobertura y para diversos públicos.

3. Diseño y producción de materiales pedagógicos sobre riesgos y cambio climático de acuerdo las necesidades y potencialidades de la poblaciones, con énfasis en las expuestas.

12. Articulación de la Comisión Intersectorial de Edu- cación Ambiental –CIDEA- como mecanismo de empoderamiento de la educación ambiental en el Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático.

Capítulo III.

GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DE ANÁLISIS DE RIESGOS Y

4. Diseño y estrategia de vinculación de universida- des en proyectos interdisciplinarios para la gestión local de los riesgos y la adaptación al cambio climático que vincule comunidades e instituciones educativas, con énfasis en zonas prioritarias.

EFECTOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO

5. Gestión del conocimiento para la producción y el consumo sostenible.

6. Formación empresarial e institucional orientada a la autogestión y la autorregulación.

7. Plan de promoción de competencias laborales, que impulse la formación técnica de personal operario hacia prácticas de sostenibilidad.

Artículo 159.

Generar conocimiento y actualizar los análisis de riesgos y los efectos del cambio climático. Este objetivo busca generar líneas de investigación para ampliar el conocimiento y actualizar de manera permanente los análisis de riesgos y de efectos del cambio climático a los que están expuestos la población y sus bienes, la infraestructura y equipamientos, la sostenibilidad de los ecosistemas y la funcionalidad del Distrito Capital para la toma de decisiones institucionales, sectoriales, sociales y comunitarias.

8. Promoción de formación de posgrado en temas de gestión del riesgo, adaptación y mitigación al cambio climático.

9. Creación y consolidación de programas de for- mación de emprendedores, que fortalezca com- petencias y potencie capacidades de liderazgo en temas ambientales y sobre el cambio climático (con especial énfasis en jóvenes y mujeres).

10. Promoción de educación especializada en gestión del riesgo y cambio climático para los tomadores de decisiones.

Artículo 160.

Meta de Impacto. La meta de impacto asociada al objetivo de Generar conocimiento y actualizar los análisis de riesgos y los efectos del cambio climático, es generar conocimiento para orientar la toma de decisiones y ejecución de acciones para la reducción riesgos y cambio climático, disminuyendo niveles de incertidumbre frente a escenarios prospectivos a través del reconocimiento de saberes y la articulación del conocimiento científico, técnico y social. Para ello, esta meta se distribuye temporalmente así:

INDICADOR META 2020 META 2025 META 2038 No. de investigaciones aplicadas a toma de decisiones del sistema.

Realizar investigaciones aplicadas a cambios culturales Realizar Zonificaciones de riesgos para el POT, basado en el reconocimiento de saberes.

Realizar investigaciones aplicadas a la gobernabilidad.

3. Centro de Monitoreo de riesgos y Cambio Climá- tico.

4. Tecnologías de la información y las comunicaciones.

Artículo 161.

Programas asociados a la generación de conocimiento y actualización de los análisis de riesgos y los efectos del cambio climático. Para lograr este objetivo se establecen los siguientes programas:

1. Elaboración y actualización de estudios sobre amenaza, vulnerabilidad, riesgos y efectos del cambio climático.

2. Generación de líneas de investigación sobre ries- gos y efectos del cambio climático.

Artículo 162.

Programa de elaboración y actualización de estudios sobre amenaza, vulnerabilidad, riesgos y efectos del cambio climático. Este programa busca identificar, analizar y evaluar las condiciones de amenaza, vulnerabilidad y riesgo a la que está expuesta la población y sus bienes, la infraestructura y al ambiente del D.C., así como los impactos y efectos del Cambio Climático.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-32 • 2016 • ENERO • 28 32 y efectos del cambio climático Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

Artículo 163.

Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de elaboración y actualización de estudios sobre amenaza, vulnerabilidad, riesgos

INDICADOR META 2020 - META 2050 No. de predios con información disponible sobre condiciones de riesgo.

Disponibilidad periódica de información sobre las condiciones de riesgos a nivel predial, articulada a los procesos de formación catastral en Bogotá D.C.

Escenarios de Cambio Climático a diferentes escalas. Escenarios de Cambio Climático regional con impactos y efectos en escala distrital.

Eventos climáticos extremos. Zonificación y modelación dinámica de eventos climáticos extremos para diferentes escenarios.

Artículo 164.

Líneas estratégicas de acción. Para el desarrollo de este programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

1. Actualización permanente de planos normativos de amenaza, vulnerabilidad, riesgos y efectos del cambio climático para el ordenamiento territorial.

Artículo 165.

Programa de investigación sobre gestión de riesgos y cambio climático. Este programa busca fomentar la investigación, innovación, producción e intercambio y uso del conocimiento científico, técnico y social para la gestión de riesgos y el cambio climático a partir de alianzas estratégicas con el sector académico, social e institucional.

2. Desarrollo de estudios de evaluación de riesgos funcionales y de gran impacto.

3. Generación de escenarios de riesgos para un efecto de reducción de vulnerabilidad global.

4. Evaluación de los eventos climáticos extremos y sus efectos en el D.C.

Parágrafo. Este programa desarrolla el Acuerdo
617 de 2015, del Concejo de Bogotá por el cual se crea el Programa de ‘Investigación en Ciencias y Cambio Climático’, en cabeza del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (IDIGER), el cual se orientará a generar investigaciones aplicadas para la adaptación y aprovechamiento de las nuevas condiciones del cambio climático.

5. Escenarios de cambio climático, impactos y efec- tos en el D.C.

Artículo 166.

Metas de corto, mediano y largo plazo. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:

6. Correlación entre la variabilidad y el cambio cli- mático.

INDICADOR META 2020 META 2038 META 2038 Se ha implementado un programa de investigación (50%) que soporta la toma de decisiones de los objetivos del plan.

Se ha implementado un programa de investigación (20%) que soporta la toma de decisiones de los objetivos del plan.

Se ha implementado un programa de investigación (100%) que soporta la toma de decisiones de los objetivos del plan.

% de avance del Programa de Investigación propuesto.

ARTÍCULO167. Líneas estratégicas de investigación. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de investigación:

33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-33 • 2016 • ENERO • 28 LÍNEA DE INVESTIGACIÓN Mitigación del Cambio Climático

- Ecoeficiencia energética (transformación de desechos orgánicos) que ayuden a reducir las emisiones de gases efecto invernadero.
- Especies vegetales nativas que ayuden a capturar gases efecto invernadero.
- Áreas estratégicas de Bogotá-Región para la captura y almacenamiento de gases efecto invernadero por parte de especies vegetales.
- Eficiencia y el uso de especies nativas en ecoenvolventes arquitectónicos hacia una construcción climáticamente inteligente.
- Áreas potenciales a implementar ecoenvolventes para reducir los impactos de las olas de calor en las ciudades producto del cambio climático.
- Transformación de la matriz energética del D.C como medida de llevar a la ciudad a un índice de carbono neutro.

Secuestro de Carbono

- Agroecosistemas urbanos para reducción de vulnerabilidad regional, local y la adaptación al cambio climático.
- Impacto del cambio climático en las coberturas vegetales y el impacto del cambio de estas en la salud humana.
- Aporte de las coberturas vegetales al bienestar y adaptación de la biodiversidad y las comunidades humanas al cambio climático.
- Aporte de las coberturas vegetales a la reducción del riesgo por los efectos del cambio climático.
- Aporte social, ecológico y económico de las coberturas vegetales presentes en la Estructura Ecológica Distrital y Regional para la adaptación al cambio climático.
- Efectos de los cambio del uso del suelo y de la cobertura vegetal en las dinámicas del cambio climático.
- Identificación de corredores de conectividad con la Estructura Ecológica Distrital y Regional para fortalecer la resiliencia ante el cambio climático.
- Agroecosistemas urbanos para reducción de vulnerabilidad global y la adaptación al cambio climático.

Reducción de La Vulnerabilidad Territorial

- Instrumentos, herramientas y metodologías para ordenación de datos globales en función de las decisiones locales.
- Procesos productivos adaptativos y sostenibles frente al uso de agua, energía, manejo de residuos sólidos y biosólidos.
- Restauración y renaturalización de zonas de riesgo para la adaptación al cambio climático en Bogotá- Región.
- Metodologías para la evaluación y caracterización de la vulnerabilidad social, medios de vida y adaptación al cambio climático y su evolución en escenarios futuros.
- Escenarios de daños e impactos futuros a escala local con énfasis en zonas de estrés múltiple.
- Recuperación de zonas de alto deterioro ambiental y transformación de zonas de riesgo en zonas de protección en función de adaptación al cambio climático.
- Infraestructuras adaptativas y arquitecturas sostenibles.

Manejo Integral del Agua como Elemento Vital Para La Resiliencia

- Métodos y tecnologías de aprovechamiento de aguas lluvias y de recuperación de los espacios del agua.
- Proyectos productivos adaptativos y sostenibles frente al uso de agua, energía y manejo de residuos sólidos y biosólidos.
- Infraestructura verde para el manejo y aprovechamiento de agua (ej. Restauración de humedales, bosques, páramos, turberas, entre otros) en escenarios de cambio climático.
- Articulación entre el Sistema de Drenaje Pluvial Sostenible y las estrategias de fortalecimiento de la Estructura Ecológica Distrital y Regional para la adaptación al cambio climático.
- Aporte de las coberturas vegetales al sistema de drenaje pluvial sostenible en escenarios de cambio climático, evaluación y su aporte a los servicios ecosistémicos de regulación hídrica y microclimática en Bogotá-Región en escenarios de cambio climático.
- Áreas potenciales para procesos de restauración, renaturalización u otra intervención para fortalecer el sistema de drenaje pluvial sostenible en escenarios de cambio climático.

Gobernanza Ambiental para el Cambio Climático

- Enfoques territoriales de gobernanza del agua para la gestión de los riesgos y la adaptación al cambio climático.
- Prospectiva del riesgo en función del ordenamiento territorial y ambiental.
- Análisis de la formulación e implementación de políticas públicas en gestión de riesgos y cambio climático.
- Aspectos socioculturales vinculados a la transformación de la Estructura Ecológica Principal para conocer mejor los cambios en el pasado, diagnosticar el estado actual y facilitar los ejercicios de empoderamiento de la ciudadanía.
- Evaluación del relacionamiento de las comunidades con el recurso hídrico, las coberturas vegetales y los ecosistemas prioritarios, según su vulnerabilidad frente al cambio climático.
- Formación de líderes, promotores ambientales e innovadores para hacer frente al cambio climático en las zonas de humedales y aledañas a los ecosistemas de páramo.
- Empoderamiento de las comunidades rurales para el manejo integral del territorio y el mantenimiento de los ciclos naturales asociados al agua.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-34 • 2016 • ENERO • 28 34 Cambio Cultural Transformador de Ciudad

- Análisis de la cultura institucional y mecanismos de apropiación de los tomadores de decisiones de los sectores del desarrollo sobre los riesgos y el cambio climático.
- Identificación de comportamientos favorables para la adaptación al cambio climático y la gestión de riesgos.
- Articulación de procesos de coproducción de conocimiento científico, técnico, social y ancestral.
- Percepción del riesgo, nuevos enfoques pedagógicos y de comunicación para fomentar la corresponsabilidad frente al riesgo y el cambio climático.
- Modelos TIC para transferencia de conocimiento técnico.
- Percepción social y cultural asociada al cambio climático, los espacios verdes y ecosistemas de Bogotá-Región para orientar estrategias de apropiación.

Cambio Cultural Transformador de Ciudad

- Estrategias de apropiación social de acuerdo a los diagnósticos de percepción y con base en las medidas de adaptación formuladas para los diversos ecosistemas de Bogotá-Región.
- "Conocer para transformar" como ejercicio pedagógico que permita, a través del conocimiento de los factores que motivan el cambio climático, transformar hábitos y prácticas cotidianas, con miras a su mitigación.
- Valoración y visibilización de los aspectos socioculturales e identitarios asociados al manejo de los ecosistemas y de la agrobiodiversidad en Bogotá-Región como una estrategia para seguir "Cosechando el Cambio".
- Empoderamiento de los productos limpios y locales para a facilitar la resiliencia socioecológica de las comunidades que habitan la ruralidad de la ciudad, fomentando los espacios para el intercambio y la comercialización de estos productos.

Riesgos Sectoriales y de Gran Impacto

- Mecanismos de articulación entre la evaluación y el análisis de riesgos y dimensiones de vulnerabilidad social a escala local.
- Reforzamiento estructural y mejoramiento integral de viviendas acordes con su patología constructiva.
- Innovaciones constructivas para la reducción de vulnerabilidad física con enfoque comunitario.
- Diseño e implementación de metodologías para caracterización y priorización de la amenaza tecnológica en el sector empresarial e informal de la ciudad.
- Análisis interdisciplinario de los reportes de monitoreo y dinámica territorial para la apropiación social y sectorial de la información y diseño de alertas tempranas con enfoque comunitario.
- Estrategias de protección financiera para escenarios futuros de cambio climático.

3. Generación y reporte de boletines, avisos y alertas para el Sistema Distrital de Alertas.

4. Estrategia de comunicación del Sistema Distrital de Alertas.

5. Operación física y tecnológica del Centro de Mo- nitoreo.

Artículo 168.

Programa para el centro de Monitoreo de Riesgos y Cambio Climático. El Centro de Monitoreo de Riesgos y Cambio Climático es la herramienta distrital a la cual confluyen las entidades del Sistema de Gestión de Riesgos y Cambio Climático y entidades pertinentes, a fin de fortalecer el conocimiento de los riesgos y los efectos del cambio climático y disponer de información en tiempo real dentro del Sistema Distrital de Alertas.

6. Consolidación de protocolos de operación.

INDICADOR META 2025 - META 2050 Centro de Monitoreo de Riesgos y Cambio Climático.

Disponer de información en tiempo real para el 100% del D.C del comportamiento de las variables para la Gestión de riesgos y Cambio Climático.

Artículo 169.

Líneas estratégicas de acción. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

Artículo 170.

Programa de las Tecnologías de la información y las comunicaciones. Fortalecer, integrar e implementar una plataforma tecnológica que permita la interoperabilidad de los sistemas de información y comunicaciones de las entidades del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, para la toma de decisiones institucionales, territoriales, sectoriales y sociales, que garantice el acceso público a la información.

1. Adquisición, transmisión y almacenamiento de datos de las redes de monitoreo.

2. Procesamiento y modelación de los umbrales de alertas tempranas.

Garantizar el 100% de la interoperabilidad del SIRE con otros sistemas de información institucionales y de entidades académicas.

INDICADOR META 2025 META 2030 META 2050 No. de sistemas de información en interoperabilidad con el SIRE.

Sistemas de información integrados en el SIRE funcionando en plataformas móviles Sistemas de emergencias integrados al SIRE funcionando en tiempo real sobre plataformas móviles Información Integrado de Emergencia 123 NUSE.

Artículo 171.

Líneas estratégicas de acción. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción:

1. Intercambio de información con el Sistema de

2. Interrelación con el Sistema de Información Nacio- nal de la Unidad Nacional de Gestión de Riesgos y Desastres.

35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-35 • 2016 • ENERO • 28 DECRETO DE 2016

3. Procesamiento de información espacial para la gestión de riesgos y cambio climático.

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

4. Renovación e innovación de tecnologías de infor- mación y comunicaciones.

5. Conectividad e interoperabilidad con otros siste- mas de información.

Decreto Número 056 (Enero 27 de 2016)

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

“Por medio del cual se designan los funcionarios que conformarán el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal- CONFIS”

Dado en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días del mes de diciembre de dos mil quince (2015).

GUSTAVO PETRO URREGO Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

Presidente del Consejo EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el numeral 4 del artículo 38 y el artículo 135 del Decreto Ley 1421 de 1993, y, JAVIER PAVA SÁNCHEZ Secretario Técnico

CONSIDERANDO:

Director IDIGER MARÍA SUSANA MUHAMAD Secretaria Distrital de ambiente CARLOS FIDEL SIMANCAS NARVÁEZ Secretario Distrital de Desarrollo Económico Que el inciso 2° del artículo 135 del Decreto Ley 1421 de 1993 dispone que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS estará conformado por el Alcalde Mayor, quien lo presidirá, el Secretario de Hacienda, el Director de Planeación Distrital hoy Secretaría Distrital de Planeación y tres funcionarios que designe el Alcalde Mayor.

En mérito de lo expuesto.

JOSÉ ALEJANDRO HERRERA LOZANO Secretario Distrital de Hacienda (E)

DECRETA:

HELGA MARÍA RIVAS Secretaria Distrital de Hábitat

Artículo 1°.

- Designar los tres (3) funcionarios que harán parte del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, así:

1. El/la Secretario/a Distirtal de Movilidad.

MARTHA LUCÍA ZAMORA AVILA Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá

2. El/la Secretario/a Distrital del Hábitat.

3. El/la Secretario/a Distrital de Salud.

MAURICIO BUSTAMANTE Secretario Distrital de Salud PARÁGRAFO.- En consecuencia, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, queda conformado por:

MARTHA LUCÍA SÁNCHEZ

1. El Alcalde Mayor, quien lo presidirá.

Secretaria Distrital de la Mujer

2. El/la Secretario/a Distrital de Hacienda.

MARÍA CONSTANZA GARCÍA ALICASTRO Secretaria Distrital de Movilidad

3. El/la Secretario/a Distrital de Planeación.

4. El/la Secretario/a Distrital de Movilidad.

CARLOS VLADIMIR COBO RAMÍREZ Secretario de Integración Social (E)

5. El/la Secretario/a Distrital del Hábitat.

6. El/La Secretario/a Distrital de Salud.

CELMIRA MARTÍN LIZARAZO Delegada Secretaria Distrital de Educación REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-36 • 2016 • ENERO • 28 36

Artículo 2°.

- EI presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga el Decreto Distrital 047 de 2012 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

la Subdirectora Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Distrital 517 de 2015.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

ARTÍCULO 5º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).

CÚMPLASE.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Dada en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días Alcalde Mayor del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).

RESOLUCIONES DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Secretaria General SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL Resolución Número 089 Resolución Número 090 (Enero 27 de 2016)

(Enero 27 de 2016)

“Por la cual se hace un nombramiento”.

“Por la cual se hace un nombramiento”.

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el Decreto 101 de En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el Decreto 101 de 2004.

2004.

RESUELVE:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º-: Nombrar a partir de la fecha, a la doctora ALEJANDRA TOBÓN DÍAZ, identificada con la cédula de ciudadanía Nro. 52.394.165, en el cargo de Asesor Código 105 Grado 05 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO 1º-: Nombrar a partir de la fecha, a la doctora PAOLA FERNANDA YATE PARRA, identificada con la cédula de ciudadanía Nro. 52.872.500, en el cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 03 de la Subdirección de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO 2º-: Notificar a la doctora ALEJANDRA TOBÓN DÍAZ, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO 2º-: Notificar a la doctora PAOLA FER- NANDA YATE PARRA, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO 3º-: Comunicar al doctor Luis Alfonso Castiblanco Urquijo y a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para los trámites legales correspondientes.

ARTÍCULO 3º-: Comunicar a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría, para los trámites legales correspondientes.

ARTÍCULO 4º-: El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por ARTÍCULO 4º-: El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en 37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-37 • 2016 • ENERO • 28 curso, de acuerdo con la certificación expedida por la Subdirectora Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Distrital 517 de 2015. les y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por la Subdirectora Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Distrital 517 de 2015.

ARTÍCULO 5º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

ARTÍCULO 5º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).

Dada en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).

DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Secretaria General DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Secretaria General Resolución Número 091 (Enero 27 de 2016)

Resolución Número 093 (Enero 28 de 2016)

“Por la cual se hace un nombramiento”.

“Por la cual se hace un nombramiento”

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el Decreto 101 de 2004 En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el Decreto 101 de 2004.

RESUELVE:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º-: Nombrar a partir de la fecha, al ingeniero JUAN JOSÉ CORREA NAVARRO, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 88.279.615, en el cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 06 de la Subdirección de Informática y Sistemas de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO 1º-: Nombrar al doctor MANUEL FELIPE DÍAZ RANGEL, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 1.010.202.125, en el cargo de Asesor Código 105 Grado 02 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO 2º-: Notificar al ingeniero JUAN JOSÉ CORREA NAVARRO, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO 2º-: Notificar al doctor MANUEL FELIPE DÍAZ RANGEL, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO 3º-: Comunicar a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría, para los trámites correspondientes.

ARTÍCULO 3º-: Comunicar a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría, para los trámites legales correspondientes.

Artículo 4º.

- El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios persona-

ARTÍCULO 4º-: El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios persona- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-38 • 2016 • ENERO • 28 38 código 115 grado 06, Oficina Asesora de Planeación, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, con una asignación básica mensual de $ 4.784.819 y gastos de representación de $ 1.913.928. les y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por la Subdirectora Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Distrital 517 de 2015.

Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

ARTÍCULO 5º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los veintiséis (26) días PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).

CÚMPLASE.

BEATRÍZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Dada en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días Secretaria Distrital de Hacienda del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).

DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO Secretaria General Resolución Número SDH-000041 (Enero 26 de 2016)

“Por la cual se efectúa un nombramiento SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA ordinario”.

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA Resolución Número SDH-000040 (Enero 26 de 2016) en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º del decreto 101 del 13 de abril de 2004, y “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”.

CONSIDERANDO:

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º del decreto 101 del 13 de abril de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante memorando remitido por la Secretaria Distrital de Hacienda, se solicitó en la Subdirección del Talento Humano el nombramiento ordinario de WI- LLIAM BOHORQUEZ SANDOVAL en el cargo de Jefe Oficina código 006 grado 03, Oficina de Fiscalización Grandes Contribuyentes.

Que una vez revisados los requisitos establecidos en el manual de funciones de la Secretaría Distrital de Hacienda, la Subdirección del Talento Humano, certifica que WILLIAM BOHORQUEZ SANDOVAL, los cumple.

Que mediante memorando remitido por la Secretaria Distrital de Hacienda, se solicitó en la Subdirección del Talento Humano el nombramiento ordinario de JUAN CARLOS THOMAS BOHÓRQUEZ en el cargo de Jefe Oficina Asesora código 115 grado 06, Oficina Asesora de Planeación.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que una vez revisados los requisitos establecidos en el manual de funciones de la Secretaría Distrital de Hacienda, la Subdirección del Talento Humano, certifica que Juan Carlos Thomas Bohórquez, los cumple.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Nombrar a WILLIAM BOHORQUEZ SANDOVAL, identificado con cédula de ciudadanía 79.668.760, en el cargo de Jefe de Oficina código 006 grado 03, Oficina de Fiscalización Grandes Contribuyentes, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, con una asignación básica mensual de $ 3.737.540 y gastos de representación de $ 1.121.262.

Artículo 1°.

Nombrar a JUAN CARLOS THOMAS BOHÓRQUEZ, identificado con cédula de ciudadanía 79.796.411, en el cargo de Jefe de Oficina Asesora

39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-39 • 2016 • ENERO • 28

Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los veintiséis (26) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).

BEATRÍZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, señala que la función administrativa distrital se desarrollará en consonancia con el interés general de la ciudadanía y los fines del Estado Social de Derecho y se llevará a cabo atendiendo los principios constitucionales y legales de democratización y control social de la Administración Pública Distrital, moralidad, transparencia, publicidad, igualdad, imparcialidad, efectividad, economía, celeridad y buena fe, así como a los principios de distribución de competencias, coordinación, concurrencia, subsidiaridad y complementariedad.

SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD Resolucion número 2095 (Noviembre 5 de 2015)

“Por medio de la cual se reglamenta el Observatorio de Salud Ambiental de Bogotá, D.C.”

Que el Decreto Distrital 596 de 2011 “Por medio del cual se adopta la Política Distrital de Salud Ambiental para Bogotá, D.C. 2011- 2023” establece que la Política Distrital de Salud Ambiental se debe articular con las políticas, planes y programas distritales y sectoriales en salud ambiental, y que dentro de sus estrategias de implementación se debe incluir la gestión del conocimiento, a través del análisis de la situación en salud y el desarrollo de procesos de investigación, entre otros.

EL SECRETARIO DE DESPACHO DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD Y DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD En uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por el artículo 209 de la Constitución Política y Decreto Distrital 507 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1 del Decreto Distrital 507 de 2013 establece que la Secretaría Distrital de Salud es un organismo del Sector Central con autonomía administrativa y financiera que tiene por objeto orientar y liderar la formulación, adaptación, adopción e implementación de políticas, planes, programas, proyectos y estrategias conducentes a garantizar el derecho a la salud de los habitantes del Distrito Capital.

Que el artículo 20 de la Constitución Política establece como Derecho Fundamental la libertad de informar, y de recibir información veraz e imparcial.

Que la Secretaria Distrital de Salud cuenta con el diseño y conformación de observatorios en diferentes temáticas de calidad de vida y salud que, según su competencia, se enfocan en temas específicos para la superación de las inequidades en salud, el mejoramiento de la calidad de vida y de las condiciones ambientales, como garantía del derecho a la salud en Bogotá, D.C.

Que el artículo 49 de la misma constitución establece que la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado; igualmente dispone la obligación de garantizar a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.

Que a su vez, el artículo 74 de la Carta estable el derecho de las personas a acceder a los documentos públicos, salvo los casos que establezca la ley.

Que el Observatorio de Salud Ambiental de Bogotá D.C. viene operando desde el año 2011, el cual cuenta con su propia dinámica de desarrollo y operación, procurando integrar, analizar y proveer evidencia e información útil, válida, confiable, comparable y oportuna, para que la misma facilite la formulación o ajuste de políticas, planes, programas, proyectos y acciones encaminadas al mejoramiento de la salud ambiental y la calidad de vida en Bogotá.

Que la ley 10 de 1990 “Por la cual se reorganiza el Sistema Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 12, literal q) establece que corresponde a la Dirección Local del Sistema de Salud: “Cumplir y hacer cumplir las normas de orden sanitario previstas en la Ley 9ª de 1979 o Código Sanitario Nacional y su reglamentación”.

Que la Secretaría Distrital de Salud requiere reglamentar el Observatorio de Salud Ambiental de Bogotá D.C., como un instrumento para la generación de conocimiento a partir de representaciones de la realidad que tengan como base la recolección metódica de datos Que el artículo 3° del Acuerdo 257 de 2006 “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-40 • 2016 • ENERO • 28 40 de metas y objetivos y edificar la capacidad de vigilancia núcleo en agencias estatales y locales. en fuentes primarias y secundarias, la sistematización técnica de los mismos, la georreferenciación, la construcción de indicadores y estadísticas, el análisis y socialización periódica de información en función de la comprensión o el seguimiento a situaciones problemáticas o fenómenos que deban ser intervenidos por la administración en cuanto a salud ambiental.

Que en mérito de lo expuesto, este Despacho.

- Participación ciudadana: Es la intervención de la comunidad en la planeación, gestión y control social y evaluación, se deberá promover la vin- culación efectiva de la población para garantizar que las prioridades en salud y bienestar territorial respondan a las necesidades sentidas de los grupos sociales, y que éstas se concreten en los planes de salud territoriales.

RESUELVE:

- Salud ambiental: La salud ambiental estudia la relación entre los factores socio ambientales que pueden llegar a afectar la salud de los individuos, y sus consecuencias, positivas o negativas, en la salud humana.

Artículo 1º.

Objeto. Reglamentar el observatorio de salud ambiental de Bogotá D.C.-OSAB, con el fin de integrar, promover y apoyar esfuerzos distritales de carácter técnico, político y social tendientes al mejoramiento de la salud ambiental en la ciudad y la calidad de vida de la población bogotana.

Artículo 2º.

Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente Resolución son aplicables a la Secretaria Distrital de Salud y las Empresas Sociales del Estado de la Red Pública adscrita, que adelanten acciones relacionadas con la salud ambiental y producto de estas elaboren estudios o generen información, estadísticas, bases de datos, modelos e indicadores en salud ambiental.

- Vigilancia epidemiológica en salud ambiental:
La vigilancia de la Salud Ambiental es una de las ramas de la Salud Pública encargada de evaluar y controlar el impacto de las personas sobre el medio ambiente y el del medio ambiente sobre las personas. Esta vigilancia se establece en el Decreto 3518 de 2006, “por el cual se crea y reglamenta el Sistema de Vigilancia en Salud Pública y se dictan otras disposiciones”. La vigilancia en la salud ambiental se aborda desde la Vigilancia Sanitaria, la Vigilancia Ambiental y la Vigilancia Epidemiológica.

Artículo 3º.

Definiciones. Para los efectos de la presente resolución, se aplican las siguientes definiciones:

- Indicador: Variable susceptible de medición cualitativa o cuantitativa, cuyas características permiten obtener información crítica acerca de una situación compleja, difícil de medir directamente.
Los indicadores son seleccionados, diseñados y utilizados en calidad de unidades de información capaces de ilustrar el comportamiento de la totalidad que las contiene, con la cual se suponen estrechamente asociadas y cuya utilidad principal se ubica en procesos evaluativos y de toma de decisiones.

- Vigilancia Sanitaria: Se orienta fundamentalmen- te a la caracterización e identificación de factores de riesgo, asesoría y asistencia técnica, levanta- miento de planes de mejoramiento, aplicación de medidas sanitarias, promoción de buenas prácti- cas e investigación epidemiológica de campo de eventos mórbidos relacionados con determinantes ambientales. Estas funciones se adelantan a tra- vés de la verificación de condiciones higiénicas y sanitarias de establecimientos públicos y cadenas productivas y de los riesgos relacionados con los alimentos, medicamentos, tecnologías en salud y productos de uso doméstico.

- Vigilancia Ambiental: Se enfoca en el monitoreo y control permanente a diferentes factores de de- terioro ambiental que pueden afectar los recursos naturales y su funcionalidad, y consecuentemente la salud de la población, entre otros, contamina- ción atmosférica, contaminación hídrica, contami- nación auditiva, electro-polución y contaminación visual.

- Indicador de Salud Ambiental: Según la OPS un indicador de Salud Ambiental se define como aquel que proporciona datos sobre calidad am- biental y su impacto en salud pública. Es una medida de salud, calidad ambiental o socio- demografía, la cual es importante para monitorear la salud general de la población. Proporcionan información acerca del estado de salud de la población con respecto a factores ambientales y se pueden emplear para evaluar la salud o un factor relacionado con la salud en una población específica a través de medidas directas o indirec- tas. Se pueden usar para evaluar el estado de la línea de partida y tendencias, rastrear el programa

- Vigilancia Epidemiológica: realiza el seguimien- to a los eventos mórbidos y mortales relacionados con la calidad ambiental, mediante la recolección sistemática, continua, oportuna y confiable de in-

41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-41 • 2016 • ENERO • 28 generación y análisis de información y respuesta a las necesidades en salud ambiental. formación relevante y necesaria sobre condiciones de salud de la población, a fin de proporcionar información útil para la toma de decisiones, contribuyendo al control de eventos de interés en salud pública.

- Objetividad: Garantiza el análisis objetivo de los eventos en salud, relacionados con situacio- nes ambientales suministrando información en condiciones de oportunidad, calidad, eficiencia y equidad a los diferentes actores.

- Transectorialidad: Permite la interrelación y articulación eficaz, eficiente y sostenible de los actores a que haya lugar, con el fin de mejorar las condiciones de salud y la calidad de vida de la población.

- SISVEA: Es el sistema de vigilancia epidemioló- gica ambiental de Bogotá, el cual busca realizar un monitoreo crítico de los determinantes am- bientales que inciden sobre el proceso salud- enfermedad de la población del Distrito Capital.
Por esto, el abordaje del sistema debe orientarse, fundamentalmente, a la caracterización de los factores de riesgo, para su posterior intervención individual y colectiva.

- Innovación: Desarrolla y fomenta herramientas que conduzcan a la innovación en investigación, análisis y socialización de información inmersa en el uso de las tecnologías de la comunicación-TIC enfocados en salud ambiental.

Artículo 5º.

Funciones del OSAB. El Observatorio de Salud Ambiental de Bogotá D.C. estará encargado de:

- SIVIGILA - Sistema de Vigilancia en Salud Pública: Conjunto de usuarios, normas, proce- dimientos, recursos técnicos, financieros y de talento humano, organizados entre sí para la re- copilación, análisis, interpretación, actualización, divulgación y evaluación sistemática y oportuna de la información sobre eventos en salud, para la orientación de las acciones de prevención y control en salud pública.

- Fortalecer la gestión del conocimiento en salud ambiental a nivel distrital y local, generando accio- nes y recomendaciones para la formulación, ajuste y seguimiento de políticas públicas distritales rela- cionadas con los temas sanitarios y ambientales.

Artículo 4º.

Principios. La información publicada y divulgada por el Observatorio de Salud Ambiental de Bogotá D.C. en cada uno de los procesos de acopio, análisis, validación y divulgación debe cumplir los siguientes criterios:

- Consolidar, analizar y divulgar la información ge- nerada a partir de las líneas de intervención de la Política Distrital de Salud Ambiental en el Distrito Capital.

- Autonomía: Propicia escenarios para la inter- pretación y divulgación de información en salud ambiental, con el fin de generar propuestas desde la realidad de la ciudad que favorezcan el ejercicio de la libertad y promuevan la autodeterminación individual y colectiva.

- Identificar problemas y líneas de investigación que permitan la generación de conocimiento sobre la relación salud y ambiente; aportando en la eva- luación del impacto sanitario y ambiental de los planes, programas y proyectos distritales y locales.

- Incidencia: Fomenta la divulgación y comunica- ción de la información entre los entes reguladores, tomadores de decisiones, comunidad académica y comunidad en general, con respecto a la salud ambiental de los ciudadanos en miras a acrecentar su calidad de vida.

- Promover el seguimiento y monitoreo permanente a las situaciones en salud generadas por deter- minantes socio ambientales, y a las respuestas comunitarias e institucionales que se dan a estas situaciones, incluyendo la identificación, análisis y divulgación de potenciales alertas sanitarias y ambientales de impacto en la ciudad.

- Sostenibilidad: Dispone de la información en salud ambiental a largo plazo a expensas del debate público, promoviendo el empoderamiento comunitario y el fortalecimiento institucional.

- Favorecer espacios de debate público en temas de salud ambiental, como estrategia de empode- ramiento comunitario y fortalecimiento institucional para mejorar condiciones de calidad de vida y salud en Bogotá.

- Accesibilidad: Asegura el acceso de los diferen- tes actores a la información confiable y oportuna sobre la situación de salud y ambiente en la ciu- dad.

- Participación: Promueve escenarios de partici- pación de los sectores: privados, públicos, aca- démicos y comunitarios, con una perspectiva de

- Suministrar información a las entidades compe- tentes acerca de los resultados obtenidos de las investigaciones adelantadas en las diferentes líneas de intervención.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-42 • 2016 • ENERO • 28 42

Artículo 6º.

Estrategias de implementación del OSAB. El Observatorio de Salud Ambiental de Bogotá D.C. de Bogotá tendrá las siguientes estrategias para su implementación:

componentes y temáticas en salud y ambiente. La plataforma será diseñada en módulos especializados para la divulgación de los indicadores, documentos, investigaciones, mapas, publicaciones, noticias, eventos, etc.

Esta plataforma será administrada por la Subsecretaría de Salud Pública, específicamente por la Subdirección de Vigilancia en Salud Pública con la asesoría permanente de la Subsecretaría Corporativa - Dirección TIC, quienes de manera conjunta deberán velar por la permanente gestión y actualización de la información y el buen funcionamiento del OSAB.

- Gestión intersectorial: La utilidad del observatorio en la gestión intersectorial dependerá de su capa- cidad de proporcionar información y de generar un espacio de discusión y análisis, entre el Gobierno y sus entidades, la academia, las ONG’s, el sec- tor privado y las comunidades, promoviendo una participación más eficaz en la implementación intersectorial de la Política Distrital de Salud Am- biental.

Artículo 8º.

Estructura funcional interna del OSAB. El Observatorio de Salud Ambiental de Bogotá D.C. estará integrado por un comité coordinador, un grupo técnico y un comité académico de apoyo.

- Gestión de la información: Los procesos de reco- lección, manejo, análisis y uso de la información de salud ambiental que se genera en la ciudad, se adelantarán mediante un sistema de infor- mación que permitirá fortalecer la vigilancia de los factores socioambientales que determinan la salud de la población; formular, evaluar y ajustar políticas públicas; y facilitar la comunicación con la ciudadanía.

- Investigación: La necesidad de generar cono- cimiento en torno a la salud ambiental, exige desarrollar y establecer líneas de investigación en este tema por parte de las entidades públicas y privadas del Distrito Capital, que permitirán abordar los problemas en forma sistemática, in- tegral, interdisciplinaria e intersectorial, con una perspectiva poblacional y territorial.

Artículo 9º.

Conformación y funciones básicas del Comité Coordinador del OSAB. El comité coordinador estará integrado por el Subsecretario de Salud Pública o su delegado, el Subsecretario Corporativo o su delegado, el Director de Epidemiología, Análisis y Gestión de Políticas de Salud Colectiva, el Subdirector de Vigilancia en Salud Pública, el Asesor del Despacho en salud ambiental, el Director de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC-, y los profesionales delegados de la Subdirección de Vigilancia en Salud Pública: referente técnico coordinador del OSAB, el representante del grupo Análisis de Situación en Salud - ASIS para el OSAB y el referente de Vigilancia Sanitaria y Ambiental. El Comité Coordinador se reunirá ordinariamente cada trimestre y la Secretaría Técnica la ejercerá la Subdirección de Vigilancia en Salud Pública. Son funciones del comité coordinador:

a. Aprobar el plan estratégico del Observatorio de Salud Ambiental de Bogotá D.C.

- Participación: La amplitud y complejidad de los problemas de la relación salud-ambiente, exige que tanto la ciudadanía como la academia par- ticipen en la identificación de los mismos y en la priorización y gestión de las soluciones, para lo cual es vital el desarrollo de programas de capacitación del talento humano, cualificando la respuesta institucional y comunitaria a las nece- sidades identificadas.

b. Asegurar la apropiación del presupuesto necesario para el efectivo funcionamiento del Observatorio de Salud Ambiental de Bogotá, D.C. c. Garantizar el uso del OSAB en la toma de decisiones del sector y la construcción de las políticas públicas, planes, programas y proyectos de salud ambiental y sus componentes relacionados.

- Comunicación: La optimización de los flujos de información deberá realizarse en todos los niveles de gestión y decisión, a través de la promoción, divulgación y socialización con los sectores institucionales, académicos, gremiales, sociales y comunitarios, de los efectos que generan las condiciones ambientales, como factores de pro- tección o deterioro de la salud humana.

d. Posicionar el OSAB en los diferentes espacios distritales y nacionales.

Artículo 7º.

Estructura tecnológica del OSAB. El Observatorio de Salud Ambiental de Bogotá D.C. contará con una plataforma tecnológica única mediante la cual se administra la información de los diferentes

Artículo 10º.

Conformación y funciones básicas del Grupo técnico del OSAB. El grupo estará conformado por profesionales de las diferentes líneas de intervención de salud ambiental, ingenieros de sistemas de

43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-43 • 2016 • ENERO • 28 información y en la apropiación social del conocimiento de los indicadores de salud ambiental b. Orientar metodológicamente en la definición de líneas de investigación en salud ambiental. las Subdirecciones de Vigilancia en Salud Pública y de la Dirección TIC, comunicador social delegado por la Oficina de Comunicaciones, el referente técnico del OSAB y los profesionales vinculados para la gestión y operación del OSAB. Se reunirá ordinariamente cada mes y la secretaria técnica la ejercerá el referente técnico coordinador del OSAB. El grupo técnico tendrá las siguientes funciones: c. Asistir y participar activamente en las salas de análisis en salud ambiental según temática programada. a. Elaborar e implementar el plan estratégico del Observatorio de Salud Ambiental de Bogotá, D.C. d. Realimentar la información y publicación de temas de salud ambiental incluidos en el OSAB. b. Definir los lineamientos para la publicación y divulgación de información en salud ambiental en el OSAB.

Artículo 12º.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. c. Recibir, analizar, validar y entregar oportunamente la información en salud ambiental del Distrito capital.

Dada en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del d. Socializar y divulgar la información en salud ambiental de manera permanente. mes de noviembre de dos mil quince (2015).

MAURICIO ALBERTO BUSTAMANTE GARCÍA Secretario de despacho e. Favorecer y propiciar espacios de participación ciudadana sobre temas relacionados con salud ambiental. f. Definir, orientar y efectuar seguimiento a los estudios y líneas de investigación definidas con base en las necesidades en salud ambiental.

SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE Resolución Número 00075 (Enero 21 de 2016) g. Implementar y ejecutar las investigaciones en salud ambiental definidas, garantizando su divulgación y la aplicación de resultados en políticas públicas.

“Por la cual se delega la participación del Secretario Distrital de Ambiente en el Consejo Estratégico de la Cuenca Hidrográfica del Río h. Realizar la gestión intersectorial para favorecer la articulación del OSAB con los observatorios implementados en temas relacionados con salud ambiental.

Bogotá”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE En uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por los artículos 9 de la ley 489 de 1998 y el Decreto Distrital 109 de 2009, modificado por el artículo 1° del Decreto Distrital 175 de 2009.

CONSIDERANDO:

Artículo 11º.

Conformación y funciones básicas del Comité Académico de Apoyo del OSAB. El Comité Académico estará conformado por máximo dos (2) representantes de cada universidad que tengan programas de pregrado o posgrado, o líneas de investigación en salud pública o salud ambiental. Así mismo, por las entidades distritales, nacionales e internacionales cuyas funciones vinculen temas en salud ambiental. Estos representantes serán delegados mediante comunicación formal de la institución. El Comité Académico de apoyo se reunirá ordinariamente cada trimestre y la Secretaria Técnica la ejercerá la Subdireccion de Vigilancia en Salud Pública. El Comité Académico de Apoyo del OSAB tendrá las siguientes funciones:

Que la Constitución Política de Colombia señala en su Artículo 209 que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. a. Asesorar y apoyar en el diseño de las metodologías de análisis, en la difusión de la REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-44 • 2016 • ENERO • 28 44 Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 determinó que las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. el Departamento de Cundinamarca, el Distrito Capital - Secretaria Distrital de Ambiente - Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.A.A.B -, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR y dos (2) representantes de los entes territoriales aferentes a la cuenca.

Que en virtud del inciso segundo del artículo 9 de la Ley 489 de 1998, los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa.

Que dando cumplimiento a lo señalado en el aparte anterior, el día 11de noviembre de 2014, se conformó el Consejo Estratégico de la Cuenca – CECH –, integrado por los funcionarios de las Entidades antes indicadas, habiendo sido elegidos el día 25 de octubre de 2014 los Alcaldes de los municipios de El Colegio y Cajicá, como representantes de los Entes Territoriales aferentes a la cuenca.

Que el artículo 10° de la Ley 489 de 1998, señala que el acto de delegación siempre será escrito y determinará la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren.

Que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., en uso de sus facultades legales, profirió el Decreto No 001 del 01 de enero de 2016, a través del cual se hizo el nombramiento del doctor FRANCISCO JOSÉ CRUZ PRADA, en el cargo de Secretario de Despacho Código 20 Grado 09 de la Secretaria Distrital de Ambiente, quien se posesionó mediante Acta No. 010 de 2016.

Que el Secretario Distrital de Ambiente mediante Resolución No 00005 del 05 de enero de 2016, nombró en el cargo de Director Técnico Código 009 Grado 07 de la Dirección Legal Ambiental de la Secretaria Distrital de Ambiente a la doctora VIVIANA CAROLINA ORTIZ GUZMAN, quien se posesionó mediante Acta No. 005 de 2016.

Que el Alcalde Mayor de Bogotá mediante Decreto No 175 de 2009 dispuso en su artículo 1º literal g), como una de las de las funciones del Secretario Distrital de Ambiente, la de dirigir el desarrollo institucional de la Secretaría Distrital de Ambiente y de sus funciones, formulando su política y orientando sus planes, programas y proyectos para lograr el cumplimiento de su misión y objetivos institucionales, empleando los instrumentos administrativos, legales, financieros, de planeación y gestión a que haya lugar, incluyendo la delegación de las funciones que considere pertinentes.

Que a través de Sentencia de Segunda Instancia proferida por la Sección Primera del Consejo de Estado el 28 de marzo de 2014, dentro de la Acción Popular con Radicación 25000-23-27-000-2001-90479-01, demandante Gustavo Moya Ángel contra la Nación- Ministerio de Ambiente y otras entidades y particulares, se emitió fallo condenatorio en relación con la problemática ambiental del Río Bogotá y se impartieron unas órdenes a diversas Entidades, entre ellas, al Distrito Capital- Secretaría Distrital de Ambiente, encontrándose las mismas en firme desde el 14 de agosto del año 2014.

Que para dar obediencia a lo dispuesto por el honorable Consejo de Estado en el fallo citado, en la relación con la concurrencia a las convocatorias del Consejo Estratégico de la Cuenca Hidrográfica del Río Bogotá – CECH –; y teniendo en cuenta que por razones referentes a la atención de la diversidad de asuntos misionales propios de la Entidad resulta imposible para el Señor Secretario Distrital de Ambiente asistir a todas las sesiones, se hace indispensable realizar una delegación en este asunto, pudiendo en todo caso reasumir la competencia en cualquier momento cuando se considere necesario.

Que en concordancia con los citados considerandos, se requiere delegar la comparecencia e intervención en el Consejo Estratégico de la Cuenca – CECH –, en la Doctora VIVIANA CAROLINA ORTIZ GUZMÁN, funcionaria del nivel directivo de la Secretaria Distrital de Ambiente, quien cumple las exigencias legales para esta delegación.

En mérito de lo expuesto, Que en numeral 4.2 de la parte resolutiva de la sentencia proferida dentro de la referida Acción Popular 25000-23-27-000-2001-90479-01, se ordenó la conformación del Consejo Estratégico de la Cuenca Hidrográfica del Río Bogotá – CECH – y el Fondo Común de Cofinanciamiento – FOCOF –, de manera transitoria, hasta tanto se expida una ley de creación de la Gerencia de la Cuenca Hidrográfica del Río Bogotá – GCH –.

RESUELVE:

Artículo 1º.

Delegar la asistencia y participación del señor Secretario Distrital de Ambiente en el Con-

Que de conformidad con lo previsto en el numeral descrito anteriormente el Consejo Estratégico de la Cuenca Hidrográfica del Río Bogotá está conformado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, 45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-45 • 2016 • ENERO • 28 sejo Estratégico de la Cuenca – CECH – a la Doctora VIVIANA CAROLINA ORTIZ GUZMÁN, Directora Legal Ambiental, en su calidad de funcionaria del nivel directivo de la Secretaria Distrital de Ambiente. servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Artículo 2º.

La delegación conferida por medio de este acto administrativo comprende la realización de todas las actuaciones que sean necesarias para el óptimo ejercicio de las atribuciones propias del Secretario Distrital de Ambiente en el Consejo Estratégico de la Cuenca – CECH –.

Que el parágrafo del artículo 2° de la Ley 489 de 1998, establece que las reglas relativas a los principios propios de la función administrativa, sobre delegación y desconcentración, características y régimen de las entidades descentralizadas, racionalización administrativa, desarrollo administrativo, entre otros, se aplicarán, en lo pertinente, a las entidades territoriales.

Artículo 3º.

El Secretario Distrital de Ambiente se reserva la facultad de asistir a las sesiones del Conejo Estratégico de la Cuenca Hidrográfica – CECH –, sin que su asistencia revoque de forma general la presente delegación.

Artículo 4º.

Publíquese la presente Resolución en el Registro Distrital y en el Boletín Legal Ambiental de la Secretaria Distrital de Ambiente, de acuerdo a lo consagrado en el artículo 65 de la ley 1437 de 2011 y articulo 71 de la ley 99 de 1993.

Que en virtud del inciso segundo del artículo 9 de la Ley 489 de 1998, los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa.

Artículo 5º.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que el artículo 10° de la Ley 489 de 1998, señala que el acto de delegación siempre será escrito y determinará la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren.

Dada en Bogotá a los veintiún (21) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).

FRANCISCO JOSÉ CRUZ PRADA Despacho del Secretario Resolución Número 00076 (Enero 21 de 2016)

Que el Alcalde Mayor de Bogotá mediante Decreto No 175 de 2009 dispuso en su artículo 1º literal g), como una de las de las funciones del Secretario Distrital de Ambiente, la de dirigir el desarrollo institucional de la Secretaría Distrital de Ambiente y de sus funciones, formulando su política y orientando sus planes, programas y proyectos para lograr el cumplimiento de su misión y objetivos institucionales, empleando los instrumentos administrativos, legales, financieros, de planeación y gestión a que haya lugar, incluyendo la delegación de las funciones que considere pertinentes.

“Por la cual se hace una delegación para el otorgamiento de poderes especiales para la representación judicial y extrajudicial de la Secretaría Distrital de Ambiente”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE En uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por los artículos 9 de la ley 489 de 1998, el Decreto Distrital 445 de 2011 y el Decreto 109 de 2009, modificado por el artículo 1° del Decreto 175 de Que debe tenerse en cuenta que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., de conformidad con lo establecido por el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 -Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C., expedido por virtud del artículo 41 transitorio de la Constitución Política de 1991, es el representante legal, judicial y extrajudicial de Bogotá, D.C., pero que por disposición del artículo 53 del mismo Estatuto, sus funciones las desarrolla a través de las entidades y organismos creados por el Concejo Distrital, pudiendo, según la autorización del numeral 6° del artículo 38 ídem, distribuir los negocios entre tales entidades y organismos.

2009.

CONSIDERANDO:

Que en virtud del Decreto Distrital 445 de 2015 el Alcalde Mayor de Bogotá asignó, entre otros, a los Secretarios de Despacho la representación legal en lo judicial y extrajudicial de Bogotá, Distrito Capital, en Que la Constitución Política de Colombia señala en su Artículo 209 que la función administrativa está al REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-46 • 2016 • ENERO • 28 46 hechos, omisiones u operaciones efectuados por la Entidad o que se relacionen con asuntos inherentes a la misma. relación con sus respectivos organismos, para todos aquellos procesos, diligencias y/o actuaciones, judiciales o administrativas, que se adelanten con ocasión de los actos, hechos, omisiones u operaciones que expidan, realicen o en que incurran o participen, o que se relacionen con asuntos inherentes a cada uno de ellos, conforme a su objeto y funciones, con las facultades, limitaciones y reglas previstas en el artículo 2 ídem.

La delegación comprende el otorgamiento de poderes especiales para que los apoderados asistan a las audiencias de conciliación en las que participe la Entidad, conforme a los lineamientos y las decisiones adoptadas por el Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Ambiente.

ARTÍCULO 2º - Publicación: Publíquese la presente Resolución en el Registro Distrital y en el Boletín Legal Ambiental de la Secretaria Distrital de Ambiente, de acuerdo a lo consagrado en el artículo 65 de la ley 1437 de 2011 y articulo 71 de la ley 99 de 1993.

ARTÍCULO 3º - Vigencia: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Que en virtud del artículo 2.3. del Decreto Distrital 445 de 2015, los asignatarios del Alcalde Mayor de la representación legal en lo judicial y extrajudicial de Bogotá, Distrito Capital, tienen la potestad para facultar mediante acto administrativo y/o poder general al Jefe de la Oficina Jurídica, o dependencia que haga sus veces, para que otorgue poderes especiales al (los) apoderado(s) para la atención de los procesos, diligencias y/o actuaciones, judiciales o administrativas de su competencia.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá a los veintiún (21) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).

FRANCISCO JOSÉ CRUZ PRADA Despacho del Secretario Que el artículo 2.4 del Decreto Distrital 445 de 2015, confiere a los asignatarios del Alcalde Mayor de la representación legal en lo judicial y extrajudicial de Bogotá, Distrito Capital, la facultad de constituir representantes legales especiales, para que estos, con facultades de representación legal y/o de conciliar, asistan a las audiencias de conciliación, conforme a los lineamientos y las decisiones adoptadas por el Comité de Conciliación del respectivo organismo.

Resolución Número 00077 (Enero 21 de 2016)

“Por medio de la cual se delega la Participación de la Secretaría Distrital de Ambiente en el Comité SUGA”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE Que de acuerdo con el literal f) del artículo 24 del Decreto Distrital 109 de 2011, es función del Director Legal Ambiental de la Secretaría Distrital de Ambiente, coordinar el grupo de defensa técnica judicial de la Secretaría respecto a su representación judicial y extrajudicial en los diferentes procesos y ante las instancias judiciales y administrativas bajo las directrices e instructivos que en materia de defensa judicial se establezcan en el Distrito Capital, estableciendo los mecanismos necesarios para garantizar la efectiva defensa de los intereses legales de la Secretaría.

En ejercicio de sus facultades legales en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998 artículo 9, el Acuerdo 257 de 2006, el Decreto 109 de 2009 artículo 8, el Decreto 599 de 2013 y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a la normativa expuesta, el (la) Director(a) Legal Ambiental de la Secretaría Distrital de Ambiente cuenta con las calidades necesarias para que sobre el/ella recaiga la delegación para el otorgamiento de poderes en materia de representación judicial y extrajudicial de la Entidad.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º - Delegación: Delegar en el/la Director(a) Legal Ambiental de la Secretaría Distrital de Ambiente, la facultad de otorgar poderes especiales al/a los apoderado(s) para la atención de los procesos, diligencias y/o actuaciones, judiciales o administrativas, que se adelanten con ocasión de los actos, Que el Decreto Distrital 599 de 2013, “Por el cual se establecen los requisitos para el registro, la evaluación y la expedición de la autorización para la realización de las actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital, a través del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA y se dictan otras disposiciones., estableció en su artículo 7, la creación y conformación del Comité SUGA, del cual hace parte El Secretario Distrital de Ambiente, o su delegado.

47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-47 • 2016 • ENERO • 28 FRANCISCO JOSÉ CRUZ PRADA Despacho del Secretario Que en el referido Decreto, en el numeral 8° del artículo 6, establece las competencias por entidad, correspondiendo a la 8. Secretaría Distrital de Ambiente: (i) Informar al organizador de la aglomeración las normas que se deben cumplir en relación con los niveles de emisiones de ruido e intensidad auditiva. (ii) Verificar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia ambiental. (iii) Evaluar y conceptuar sobre las condiciones ambientales de los escenarios en los que se lleven a cabo actividades de aglomeración. (iv) Reglamentar las condiciones para la tenencia, la utilización y la exhibición de animales en espectáculos públicos. (v) Conceptuar sobre la viabilidad de espectáculos públicos con animales.

Que en consecuencia a las competencias de la Secretaría Distrital de Ambiente frente al Comité SUGA, es la Subdirección de Calidad del Aire, Auditiva y Visual, quien podrá llevar a cabo la delegación de la Secretaría Distrital de Ambiente para que participe en el marco de la sesiones del Comité Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA, a fin de garantizar la continua y oportuna intervención de esta Secretaría en el mencionada comité.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

- Objeto: Delegar en el (la) Subdirector (a) de Calidad del Aire, Auditiva y Visual, la participación de la Secretaria Distrital de Ambiente en el Comité Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA.

Artículo 2.

- Comunicación: Comuníquese el presente acto administrativo a el Comité Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA por intermedio de su coordinación interinstitucional a cargo de la Secretaría Distrital de Gobierno.

Artículo 3.

- Publicación: Publíquese la presente resolución en la Imprenta Distrital y en el Boletín Legal Ambiental de la Secretaria Distrital de Ambiente.

Artículo 3.

- Vigencia: La presente Resolución rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá a los veintiún (21) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5763 • pP. 1-48 • 2016 • ENERO • 28 48

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