Registro Distrital 5760 de 2016
Registro Distrital 5760 de 2016 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 5760
- Año
- 2016
- Fecha
- 22 de enero de 2016
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 50 Número 5760 2016 • ENERO • 22 REGISTRO DISTRITAL DECRETO DE 2016 (E) del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Distrital 517 de 2015.
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Artículo 5º.
- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Decreto Número 051 PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y (Enero 21 de 2016)
CÚMPLASE.
“Por medio del cual se hace un nombramiento”.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintiún (21) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Decreto 1083 de 2015 Alcalde Mayor
DECRETA:
RESOLUCIONES DE 2016 SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Artículo 1º.
- Nombrar a partir de la fecha, a la doctora NIDIA ROCÍO VARGAS, identificada con la cédula de ciudadanía Nro. 52.114.185, en el cargo de Director de Departamento Administrativo Código 055 Grado 09 del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.
Resolución Número 077 (Enero 20 de 2016)
Artículo 2°.
- Notificar a la doctora NIDIA ROCÍO VARGAS, el contenido del presente Decreto, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
“Por la cual se hace un nombramiento”.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (E)
En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el Decreto 101 de 2004.
Artículo 3°.
- Comunicar al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría.
RESUELVE:
Artículo 4º.
- El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por la Subdirectora de Gestión Corporativa y Control Disciplinario
ARTÍCULO 1º-: Nombrar a partir de la fecha, al doctor JUAN CAMILO HOYOS MELO, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 80.101.392, en el cargo de Asesor Código 105 Grado 05 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5760 • pP. 1-1 • 2016 • ENERO • 22 ARTÍCULO 2º-: Notificar al doctor JUAN CAMILO HO- YOS MELO, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Mayor de Bogotá, D.C., el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para los trámites legales correspondientes.
ARTÍCULO 4º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
ARTÍCULO 3º-: Comunicar a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría, para los trámites legales correspondientes.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).
ARTÍCULO 4º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
GISELE MANRIQUE VACA PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y Secretaria General (E)
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).
Resolución Número 082 GISELE MANRIQUE VACA (Enero 21 de 2016)
Secretaria General (E)
“Por la cual se hace un nombramiento”.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (E)
Resolución Número 078 (Enero 20 de 2016)
En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el Decreto 101 de 2004.
“Por la cual se hace un nombramiento”.
RESUELVE:
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (E) En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el Decreto 101 de ARTÍCULO 1º-: Nombrar a partir de la fecha, a la doctora MARÍA ANGÉLICA BURBANO SÁNCHEZ, identificada con la cédula de ciudadanía Nro. 1.085.262.099, en el cargo de Asesor Código 105 Grado 05 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
2004.
RESUELVE:
ARTÍCULO 2º-: Notificar a la doctora MARÍA ANGÉLI- CA BURBANO SÁNCHEZ, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 1º-: Nombrar a partir de la fecha, al doctor SERGIO MARTÍNEZ MEDINA, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 79.942.744, en el cargo de Jefe de Oficina Código 006 Grado 08 de la Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones - TIC, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 3º-: Comunicar a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para los trámites legales correspondientes.
ARTÍCULO 2º-: Notificar al doctor SERGIO MARTÍNEZ MEDINA, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 3º-: Comunicar a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía ARTÍCULO 4º-: El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios persona- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5760 • pP. 1-2 • 2016 • ENERO • 22 2 les y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por la Subdirectora Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Distrital 517 de 2015. las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por la Subdirectora Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Distrital 517 de 2015.
ARTÍCULO 5º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
ARTÍCULO 5º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los veintiún (21) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).
Dada en Bogotá, D.C., a los veintiún (21) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).
GISELE MANRIQUE VACA Secretaria General (E)
GISELE MANRIQUE VACA Secretaria General (E)
DECRETOS LOCALES DE 2016 Resolución Número 083 (Enero 21 de 2016)
ALCALDÍA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS “Por la cual se hace un nombramiento”.
Decreto Local Número 002 (Enero 19 de 2016)
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (E) En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el Decreto 101 de de Barrios Unidos 2004
RESUELVE:
El Alcalde local (E) de Barrios Unidos, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto ley 1421 de 1993
CONSIDERANDO:
ARTÍCULO 1º-: Nombrar a partir de la fecha, a la diseñadora industrial NATALIA HERNÁNDEZ PINI- LLA, identificada con la cédula de ciudadanía Nro. 53.065.611, en el cargo de Asesor Código 105 Grado 02 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el artículo 323 de la Constitución política menciona “…los Alcaldes locales serán designados por el Alcalde Mayor de terna enviada por la correspondiente Junta Administradora… ARTÍCULO 2º-: Notificar a la diseñadora industrial NATALIA HERNÁNDEZ PINILLA, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el artículo 84 del Decreto Ley 1421 de 1993 ordena: “Nombramiento. Los alcaldes locales serán nombrados por el alcalde mayor de terna elaborada por la correspondiente junta administradora (…) Su elaboración tendrá lugar dentro de los ocho (8) días iniciales del primer período de sesiones de la correspondiente junta (…)
ARTÍCULO 3º-: Comunicar a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría, para los trámites correspondientes.
Quienes integren las ternas deberán reunir los requisitos y calidades exigidas para el desempeño del cargo.
No podrán ser designados alcaldes locales quienes estén comprendidos en cualquiera de las inhabilidades
Artículo 4º.
- El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar
3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5760 • pP. 1-3 • 2016 • ENERO • 22 señaladas para los ediles. Los alcaldes locales tienen el carácter de funcionarios de la administración distrital y estarán sometidos al régimen dispuesto para ellos”. cuenta que hace parte de las Juntas administradoras locales realizar la conformación de las ternas para la designación del Alcalde (sa) local, conforme lo prevén el Decreto ley 1421 de 1993, el Decreto nacional 1350 de 2005 y el Decreto distrital 011 de 2008.
En mérito de lo anterior el Alcalde local (E) de Barrios Unidos
DECRETA:
Que el artículo 2 del Decreto nacional 1350 de 2005 establece: “Integración de las ternas para efecto de la designación o nombramiento de alcaldes locales. Corresponde al Alcalde Mayor nombrar los Alcaldes Locales de terna enviada por la correspondiente Junta Administradora Local, JAL, de acuerdo con el inciso 1º del artículo 84 del Decreto-ley 1421 de 1993, para tal efecto podrá seguir el procedimiento establecido en el presente decreto”.
Artículo primero.
Convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Barrios Unidos para que desde el día 20 de enero de 2016 y hasta el día 29 de febrero de 2016, adelante las sesiones por medio de las cuales se atiendan los siguientes asuntos en particular:
1. Revisión y socialización de las normas tendientes a la definición, metodología y criterios a tener en cuenta para adelantar el proceso de estructuración de la terna para la designación de Alcalde (sa) local.
Que el artículo 7 del Decreto nacional 1350 de 2005 ordena: Integración de la terna. Una vez efectuada la audiencia pública para la presentación de los aspirantes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 del Decreto-ley 1421 de 1993, la Junta Administradora Local integrará la terna de aspirantes al cargo de alcalde local, (…), dentro de los ocho (8) días iniciales del primer período de sesiones de la correspondiente Junta, o siguientes a la celebración de la audiencia, cuando la falta definitiva del Alcalde Local se presente con posterioridad.
2. Se realicen las discusiones tendientes a definir los criterios que tendrán en cuenta para la conforma- ción de la terna.
Que los literales b y c del artículo 1 del decreto distrital 011 de 2008 plantean como objetivo:
3. Se adelanten las etapas previas al proceso de integración de la terna para elección del Alcalde (sa) local.
Artículo segundo.
El presente Decreto rige a partir de su fecha de expedición.
“b. Apoyar a las Juntas Administradoras Locales en la selección de una terna integrada por los aspirantes con mayor conocimiento, aptitudes y habilidades para desempeñarse como Alcalde (sa) Local.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
El presente Decreto se expide en Bogotá a los diecinueve (19) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016). c. Promover la consolidación de la participación ciudadana en la toma de decisiones públicas, facilitando que el proceso de integración de las ternas para el nombramiento de Alcalde (sa) Local permita una amplia participación, tanto en la postulación de candidatos, como en las audiencias públicas y en el seguimiento general al proceso”.
ERWIN LEONARDO NIÑO OCHOA Alcalde Local (E) de Barrios Unidos ALCALDÍA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR Que el parágrafo del artículo 3 del decreto distrital 011 de 2008 establece: “Para el desarrollo de las etapas descritas en los artículos segundo y tercero” (invitación e inscripciones), “las Juntas Administradoras Locales podrán contar con el apoyo de la Secretaría Distrital de Gobierno”.
Decreto Local Número 002 (Enero 19 de 2016)
“Por medio del cual se convoca a la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar a Sesiones Extraordinarias”
Que el Decreto ley 1421 de 1993 establece que “Las juntas administradoras locales se reunirán, … extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración”.
EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto Ley Que la Circular 003 de 2016 proferida por parte del Secretario Distrital de Gobierno sugiere al Alcalde local que “citar a sesiones extraordinarias a partir del 20 de enero y hasta el 29 de febrero de 2016, teniendo en 1421 del 21 de Julio de 1993 y, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5760 • pP. 1-4 • 2016 • ENERO • 22 4
CONSIDERANDO:
Dado en Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días del mes de enero del año dos mil dieciséis (2016).
CRISTÓBAL PADILLA TEJEDA Alcalde Local Ciudad Bolívar (E)
ALCALDÍA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL Decreto Local Número 003 (Enero 19 de 2016)
1. Que de conformidad con lo previsto en el artícu- lo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993: “Las juntas administradoras locales se reunirán, ordinaria- mente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1o.) de marzo; el primero (1o.) de junio; el primero (1o.) de septiembre, y el primero (1o.) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más. (…) También se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración”.
Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local.
EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL En ejercicio de las atribuciones legales y en especial las que le confiere los artículos 71 y 75 del Decreto 1421 de 1.993 y
CONSIDERANDO:
2. Que la Secretaría Distrital de Gobierno en el marco de las atribuciones legales previstas en el Decreto Distrital 539 de 2006 y particularmente como entidad encargada de la coordinación de las relaciones políticas de la Administración Dis- trital en sus distintos niveles, es responsable de establecer el cronograma a seguir en el proceso de integración de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas Locales e impartir mediante circular las orientaciones para el efecto.
Que el inciso segundo del artículo 71 del decreto 1421 de 1.993 prevé que los Ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde Local, debiendo sesionar por el término que señale la misma y únicamente se preocuparan de los asuntos que este someta a su consideración.
3. Que la Secretaría Distrital de Gobierno expidió la Circular No. 003 del 18 de enero de 2016, la cual estableció el instructivo para el proceso de integra- ción de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas locales 2016-2019 y sustenta solicitud de convocatoria a Sesiones Extraordinarias a las Juntas Administradoras Locales.
Que en aplicación al decreto 032 del 2007 por el cual se reglamenta el acuerdo 12 de 1994 en lo referente al Consejo Territorial de Planeación Distrital que en su artículo 6 ordena la designación de ediles en dicho consejo.
4. Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Que se hace necesario convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de San Cristóbal para que adelante los trámites y discusiones tendientes a establecer criterios que tendrán en cuenta para conformación de las ternas, para designación de Alcalde (sa) Local conforme a lo previsto en el Decreto Ley 1421 de 1993 el Decreto Nacional 1350 de 2005 y el Decreto distrital 011 de 2008 En merito de lo anterior,
Artículo primero.
- Convocar a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar, para que establezca los criterios que tendrán en cuenta para la conformación de las ternas y realice el proceso de integración de las mismas, con miras a la designación de Alcaldes y Alcaldesas locales 2016- 2019, a partir del 20 de enero y hasta el 29 de febrero de 2016 inclusive.
DECRETA:
Artículo segundo.
- Durante el término de convocatoria a Sesiones Extraordinarias la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar solamente se podrá ocupar de los asuntos que se someten a consideración mediante el presente Decreto Local.
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Artículo primero.
Convocar a sesiones extraordinarias por el periodo comprendido entre los días 20 de enero y hasta el 29 de febrero del 2016, con el fin de que la Junta Administradora Local para que adelante los trámites y discusiones tendientes a establecer criterios que tendrán en cuenta para conformación de las ternas, para designación de Alcalde (sa) Local conforme a lo previsto en el Decreto Ley 1421 de 1993 el Decreto Nacional 1350 de 2005 y el Decreto distrital 011 de 2008
5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5760 • pP. 1-5 • 2016 • ENERO • 22
Artículo segundo.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a los diecinueve (19) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016). citar a Sesiones Extraordinarias a partir del 20 de enero y hasta el 29 de febrero de 2016, teniendo en cuenta que hace parte de las atribuciones de las Juntas Administradoras Locales realizar la conformación de las ternas para la designación de Alcalde (sa) Local, conforme lo prevén el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto Nacional 1350 de 2005 y el Decreto Distrital 011 de 2008”.
JAIRO LEON VARGAS Alcalde Local de San Cristóbal ALCALDÍA LOCAL DE LA CANDELARIA Decreto Local Número 003 (Enero 20 de 2016)
“Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local”
EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA (E) en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 Decreto Nacional 1350 de 2005 Decreto Distrital 011 de 2008 y
CONSIDERANDO:
Que si bien es cierto, mediante Decreto Local No. 001 de 2016 se citó a extraordinarias a la Junta Administradora Local a fin de que la Corporación se pronunciara sobre tres (3) temas específicos que se consagraron en el aparte de DECRETA así: “ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a sesiones extraordinarias por el periodo comprendido entre el ocho (8) de enero al veintidós (22) de enero (2016) inclusive, con el fin de que la Junta Administradora Local se pronuncie sobre la invitación elevada ante la Alcaldía y la Corporación por el Instituto Distrital de Turismo, sobre la derogatoria del Acuerdo Local No. 008 de 2014.
Artículo segundo.
Se deberá actualizar la instancia de participación Consejo Local de Sabios y Sabias a fin de derogar el Acuerdo Local 07 de 2013 y proferir el nuevo en el marco del Acuerdo Distrital 608 de 2015 actualmente vigente.
Artículo tercero.
Adelantar el tramite ordenado por el Decreto Distrital 032 de 2007 Art. 6 a fin de designar representante de la Corporación al Consejo Territorial de Planeación Distrital.”
Que el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 REUNIONES.- Inciso final Reza.- “También se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el Alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración”.
Que también es cierto que en el día 20 de enero de 2016 mediante radicado de Orfeo 2016-172-000297-2 Oficio JAL 17 No. 019-2016 la Junta Administradora Local manifiesta que PARRAFO 5 “Teniendo en cuenta como ya se explicó que fueron evacuados los temas para los cuales fuimos convocados mediante Decreto Local 001 de enero de 2016, no se sesionara los días 21 y 22 del presente mes por agotamiento del tema”. PARRAFO 6 “Considero pertinente iniciar a tratar en la JAL los temas relacionados en la Circular 003”
En mérito de lo anterior,
DECRETA:
Que mediante memorando Radicado Orfeo N° 20164110021653 de 19/01/2016 de la Subsecretaría de Asuntos Locales suscrito por el señor Subsecretario de Asuntos Locales y Desarrollo Ciudadano, publicado en el Orfeo del Alcalde Local de la Candelaria a las 10 a,m, del dia 19 de enero, mediante el cual remite la “Circular N° 003 de 2016 Instructivo para el proceso de integración de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas Locales 2016-2019 y solicitud de convocatorias a sesiones extraordinarias a las Juntas Administradoras Locales”
Artículo primero.
Convocar a sesiones extraordinarias por el periodo comprendido entre el 21 de enero al 29 de febrero de 2016 inclusive, con el fin de que la Junta Administradora Local inicie el proceso de integración de terna para la designación de Alcaldes y Alcaldesas Locales según sus atribuciones legales y el acatamiento de la Circular 003 de 2016, suscrita por el Señor Secretario de Gobierno de Bogotá.
Que mediante la Circular N° 003 de 2016 de fecha 18 de enero de 2016 El Secretario de Gobierno fija los criterios y parámetros que es necesario observar para el proceso de integración de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas locales 2016-2019, solicitando el cumplimiento de los lineamientos y acatamiento de los términos señalados para el mismo.
Artículo segundo.
Entréguese a la Junta Administradora Local con el presente Decreto y en forma oficial la Circular 003 de 2016 antes mencionada en 8 folios con su respectivo oficio remisorio suscrito por el Señor Subsecretario de Asuntos Locales y Desarrollo Ciudadano
Que en la Circular 003 de 2016, en la ETAPA 1° ACTUA- CION PREVIA REZA “El Alcalde o Alcaldesa Local podrá REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5760 • pP. 1-6 • 2016 • ENERO • 22 6 PLANO DE 2015
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Decreto Número 544 Dado en Bogotá, D. C, a los veinte (20) días del (Diciembre 17 de 2015) mes de enero de dos mil dieciséis (2016).
CARLOS RODOLFO BORJA HERRERA “Por el cual se incorpora un sector localizado en la UPZ No. 90 Pardo Rubio de la Localidad de Chapinero, al Tratamiento de Renovación Urbana Alcalde Local de La Candelaria (E) en la modalidad de Reactivación”.
7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5760 • pP. 1-7 • 2016 • ENERO • 22
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Registro Distrital 8307 de 2025
“Por medio del cual se efectúa traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fis…
-
Registro Distrital 8340 de 2025
“Por medio de la cual se efectúa un nombramiento”................................................4 “Por la cual se modifica el Reglamento de Emisión y Colocaci…
-
Registro Distrital 7726 de 2023
“Por medio del cual se emite concepto favorable para la distribución de la disponibilidad final para la adición de recursos en la vigencia 2023 para gastos de …
-
Registro Distrital 7813 de 2023
“Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas y/o sociedades de hecho y el contenido y las características de la información que deben suminis …
-
Registro Distrital 7426 de 2022
Por medio del cual se autoriza a la Gerente General de la EAAB-ESP para tramitar y presentar ante el Que el plan de Desarrollo Económico, Social, Ambien tal y…