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Registro Distrital 6223 de 2017

Registro Distrital 6223 de 2017 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
6223
Año
2017
Fecha
26 de diciembre de 2017
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 51 Número 6223 2017 • DICIEMBRE • 26 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2017 y mantener un Sistema de Control Interno en las en tidades y agentes obligados conforme al artículo 5 de la Ley 87 de 1993.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Resolución Número 004 (Diciembre 15 de 2017)

“Por la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras disposiciones”.

Que en el año 2008, el Departamento Administrativo de la Función Pública, elaboró el Manual de Implemen tación del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano - MECI 1000:2005 – el cual se constituye como la Guía General para el Diseño, De sarrollo e Implementación de cada uno de los Subsis temas, Componentes y Elementos de Modelo Estándar de Control Interno – y en su numeral 2.1 indica que los procedimientos y el manual de procedimientos hacen parte de los elementos a implementar.

EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En uso de sus facultades legales, en especial la conferida en la Resolución 1340 del 23 de julio de 2015 y, Que el Decreto 652 de diciembre 28 de 2011 adoptó la Norma Técnica Distrital del Sistema Integrado de Gestión para las Entidades y Organismos Distritales NTD SIG001:201, que en su numeral 5.1 indica la necesidad de contar con los procedimientos documen tados y registros necesarios para la operación de la entidad y su respectivo control.

CONSIDERANDO:

Que la Ley 872 de 2003 creó el Sistema de Gestión de la Calidad en la Rama Ejecutiva del poder público.

Que mediante la Resolución No. 1540 del 30 de mayo de 2003 la Secretaría de Educación del Distrito adoptó su Manual de Procedimientos, compuesto por: Proce dimientos, Formatos e Instructivos de Trabajo, la cual ha sufrido modificaciones parciales en el transcurso del tiempo.

Que el Decreto Nacional 4110 de 2004 en su artículo 1º adoptó la Norma Técnica de Calidad de la Ges tión Pública NTCGP 1000:2004, y el Decreto 4485 de 2009, la actualizó a través de la versión NTCGP 1000:2009, la cual en su literal C) del numeral 4.2.1, indica que la documentación del Sistema de Gestión de la Calidad debe incluir: “c).los procedimientos do cumentados y los registros requeridos en esta norma” y en su numeral 4.2.3 señala el deber de controlar los documentos requeridos por el Sistema de Gestión de la Calidad.

Que de acuerdo con la función establecida en el literal k) del artículo 5 del Decreto 330 de 2008, el Despacho del Secretario debe: “Liderar la formulación, implemen tación y mejoramiento continuo del Sistema de Control Interno de la Secretaría y del Sistema de Gestión de Calidad”, se expidió la Resolución 1821 del 9 de octu bre de 2014 por la cual se adopta el Sistema Integrado de Gestión y se crean instancias de gestión y control del mismo en la Secretaría de Educación del Distrito y en su artículo séptimo definió que “El representante de la Alta Dirección de la Secretaría de Educación del Distrito para el Sistema Integrado de Gestión será el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación”.

Que el artículo 1º del Decreto Nacional 1599 del 20 de mayo de 2005, adoptó el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano MECI 1000:2005, el cual determina las generalidades y la estructura necesaria para establecer, documentar, implementar 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-1 • 2017 • DICIEMBRE • 26 modifican y eliminan) varios documentos, los cuales serán detallados en la parte resolutiva del presente acto administrativo, correspondientes a 1 procedi miento incorporado, 1 procedimiento modificado, 1 procedimiento eliminado, 2 formatos incorporados, 3 formatos modificados, 1 metodología incorporada y 1 manual incorporado.

Que la Oficina Asesora de Planeación de conformidad con la función establecida en el literal N) del artículo 6 del Decreto 330 de 2008, está encargada de “Coordi nar con las dependencias de la SED la elaboración y actualización de los Manuales de Procesos y Procedi mientos de acuerdo con la metodología que se acoja y proyectar los actos administrativos para su adopción”.

Que la Secretaría de Educación cuenta con el aplicati vo ISOLUCION, el cual contiene todos los documentos del Manual de Procesos y Procedimientos y del Siste ma Integrado de Gestión de la Entidad, al cual pueden acceder usuarios internos y externos por medio de la página web www.educacionbogota.edu.co para la consulta de la documentación legal y vigente.

En mérito de lo anteriormente expuesto el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación:

Que mediante Resolución 1340 del 23 de julio de 2015, el Secretario de Educación consideró que debido a la alta demanda de solicitudes relacionadas con la actua lización del Manual de Procesos y Procedimientos por parte de las áreas que integran la entidad, y teniendo en cuenta la necesidad de atenderlas en términos ágiles, era pertinente delegar la facultad para la suscripción de los actos administrativos que se requieran para aprobar las modificaciones, adiciones y eliminaciones de documentos que hacen parte del manual de procesos y procedimien tos en el (la) jefe de la Oficina Asesora de Planeación.

RESUELVE:

Artículo primero.

AFECTAR el Manual de Pro cedimientos de la Secretaría de Educación del Distrito los documentos de las siguientes áreas:

Que, aplicando el mejoramiento continuo, en atención a los requerimientos de las áreas de la entidad rela cionados con la actualización de sus documentos, se afectaron (entendiéndose por esto que se incorporan,

1. OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN

TIPO DE DOCUMENTO CODIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Metodología 17-01-MG-005 Metodología de Administración del Riesgo 1 Incorporación Formato 17-01-IF-011 Lista de Asistencia 2 Modificación

2. DIRECCIÓN DE CONTRATOS

TIPO DE DOCUMENTO CODIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN 3 Modificación Procedimiento 11-01-PD-002 Elaboración, Modificación y/o Actualización del Plan Anual de Adquisiciones Formato 11-01-IF-002 Plan Anual de Adquisiciones 3 Modificación

3. OFICINA DE CONTRATOS

TIPO DE DOCUMENTO CODIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN 3 Modificación Formato 11-02-IF-019 Minuta Contrato de Prestación de Servicios Profesionales o de Apoyo a la Gestión 1 Incorporación Formato 11-02-IF-022 Clausulado general contrato de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión 1 Incorporación Formato 11-03-IF-018 Cesión contrato de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-2 • 2017 • diciembre • 26 2

4. OFICINA DE SERVICIO AL CIUDADANO

TIPO DE DOCUMENTO CODIGO NOMBRE VERSIÓN TIPO DE AFECTACIÓN Manual 09-01-MG-001 Manual de Servicio a la Ciudadanía 1 Incorporación Procedimiento 09-02-PD-003 Atención de quejas y soluciones 2 Eliminación (será reemplazado por el procedimiento 09-02-PD-010 Gestión de PQRSD - Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias, Denuncias y Felicitaciones)

1 Incorporación Procedimiento 09-02-PD-010 Gestión de PQRSD - Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias, Denuncias y Felicitaciones

Artículo séptimo.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las dispo siciones que le sean contrarias:

Artículo segundo.

Los documentos afectados y adoptados por la presente Resolución, son de obligatorio cumplimiento para todos los servidores públicos y contratistas de la Secretaría de Educación del Distrito Capital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los quince (15 ) días del mes de diciembre de dos mil diecisiete (2017).

CÉSAR MAURICIO LÓPEZ ALFONSO

Artículo tercero.

Será responsabilidad de todos los Directivos de la entidad de los niveles central, local e institucional, la permanente actuali zación, implementación, divulgación, aplicación y el seguimiento de los documentos a su cargo.

Jefe Oficina Asesora de Planeación Secretaría de Educación del Distrito Resolución Número 2126 (Diciembre 12 de 2017)

“Por la cual se adopta el Manual Integrado de En caso de que las áreas identifiquen la necesidad de intervenir sus documentos con el fin de comple mentarlos o mejorarlos, deberán solicitar a la Oficina Asesora de Planeación, la asesoría y el acompaña miento en el levantamiento y documentación, por medio de requerimiento en el aplicativo del Sistema Integrado de Gestión.

Contratación de la Secretaría de Educación del Distrito.”

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO. En ejercicio de sus atribuciones legales y administrativas, en especial de las previstas en las Leyes 80 de 1993, 489 de 1998 y 1150

Artículo cuarto.

Los documentos adoptados en la presente resolución serán difundidos de ma nera general por la Oficina Asesora de Planeación en toda la entidad y áreas afectadas; a su vez los directivos de las áreas competentes tendrán la res ponsabilidad de la socialización, implementación y seguimiento de los documentos con los funcionarios que intervienen en ellos.

de 2007, el Decreto Nacional 1082 de 2015, el Decreto Ley 1421 de 1993, los Decretos Distritales 854 de 2001 y 330 de 2008, y demás normas concordantes,

CONSIDERANDO:

Artículo quinto.

Los documentos de que trata la presente resolución reposarán para consulta en el archivo de la entidad y en medio magnético en el aplicativo del Sistema Integrado de Gestión vigente al cual pueden acceder usuarios internos y externos por medio de la página web www.educacionbogota. edu.co., los cuales harán parte integral de la pre sente resolución.

Artículo sexto.

Conforme a la normatividad vigente corresponde a la Oficina de Control Interno velar por el cumplimiento de los procedimientos del manual de procedimientos.

Que mediante la Resolución 1333 del 30 de julio de 2014, la Secretaría de Educación de Bogotá, D.C. expidió el Manual de Contratación que sustituía al que hasta ese momento operaba en la entidad, para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en su momento en el artículo 160 del Decreto Nacional 1510 de 2013, hoy artículo 2.2.1.2.5.3. del Decreto Nacional 1082 del 26 de mayo de 2015.

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-3 • 2017 • DICIEMBRE • 26 previa coordinación con las áreas de la entidad que según el caso intervengan en la actuación o procedi miento de que se trate.

Artículo 4.

Publicidad. La presente resolución será publicada en la página Web de la SED y en el registro distrital.

Que en desarrollo de la actividad contractual que comporta una naturaleza dinámica, se han identificado varios aspectos que requieren ser ajustados, frente a la estructura organizacional de la SED y la consolidación de los lineamientos que en relación con los manuales de contratación prevé “Colombia Compra Eficiente”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.5.3. del Decreto Nacional 1082 de 2015.

Artículo 5.

Transición. Las actuaciones que en el ámbito de la contratación se hayan iniciado con ante rioridad a la vigencia del presente acto administrativo, continuarán su trámite bajo las directrices que regían sobre el particular.

Que según lo establecido en el artículo 82 del Acuer do 257 de 2006 expedido por el Concejo de Bogotá, D.C., la Secretaria de Educación del Distrito es un organismo del Sector Central con autonomía admi nistrativa y financiera, que tiene por objeto orientar y liderar la formulación y ejecución de políticas, planes y programas para garantizar el derecho a la educación y asegurar a la población el acceso al conocimiento y la formación integral.

Artículo 6.

Derogatoria. Derogar en su totalidad las Resoluciones 1333 del 30 de julio de 2014 y 2274 del 23 de diciembre de 2014, así como las demás disposiciones que le sean contrarias al presente acto administrativo.

Artículo 7.

Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C. a los doce (12) días del mes de diciembre de dos mil diecisiete (2017).

Que se requiere entonces armonizar el Manual de Contratación, con la adopción de una nueva versión del mismo, frente a los diversos aspectos identificados en el ejercicio de la actividad, en orden a la actualización de la forma como debe operar la gestión contractual de la SED, como apoyo al cumplimiento del objetivo misional de la entidad, a través de los flujos de proce so y de la estructura organizacional correspondiente.

MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ Secretaria de Educación del Distrito.

Que en cumplimiento del artículo 8º numeral 8., de la Ley 1437 de 2011, el presente Manual de Contratación, se publicó el día 17 de noviembre de 2017 en la página web de la Secretaría de Educación del Distrito, durante tres días para observaciones.

RESUELVE:

Artículo 1.

Manual de Contratación. – Adoptar el Manual Integrado de Contratación que se anexa a la presente Resolución y que hace parte integral de la misma, que aplicará para los niveles central y local de la SED.

Artículo 2.

Marco normativo actividad de contra tación. La SED desarrollará la actividad de contrata ción con estricta observancia del régimen jurídico que regula la materia, así como en armonía con el Manual de Contratación que se adopta mediante el presente acto administrativo.

Artículo 3.

Delegación para actualización y mo dificación del Manual de Contratación. Delegar en el (la) Director (a) de Contratación o quien haga sus veces, la facultad de actualizar y modificar el manual de contratación, con los procedimientos, guías y demás documentos que se consideren necesarios, acorde con los lineamientos establecidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente,

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2017 • diciembre • 26 46 47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-47 • 2017 • DICIEMBRE • 26 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-48 • 2017 • diciembre • 26 48 49 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-49 • 2017 • DICIEMBRE • 26 SECRETARÍA DE HACIENDA No. 1 con 26 Registros, No. 2 con 48 Registros y No. 3 con 2 Registros.

Artículo 3º.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 1:

Resolución Número 1746DDI051920, 2017EE305073 (Diciembre 22 de 2017)

OFICINA TIPO DE ACTO RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN COBRO COACTIVO RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el A SOLICITUD DE PARTE artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

COBRO PREJURÍDICO RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE PARTE EL JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE LIQUIDACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

CONSIDERANDO:

Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponer se ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Sub dirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 2:

OFICINA TIPO DE ACTO MODIFICACIÓN MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCIÓN DE NULIDAD Que en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.

COBRO COACTIVO RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE PARTE RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE PROCESO RESOLUCIÓN DE FACILIDAD DE PAGO Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Docu mentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN COBRO PREJURÍDICO RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE PARTE RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE PROCESO CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos Nos. 1, 2 y 3, fueron de vueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.

Que en consideración a lo expuesto, CONTROL DE RECAUDO TRIBUTARIO PLIEGO DE CARGOS SERIALES AUTOMATICOS DE TRANSACCION ANULADOS NO INFORMADOS

RESUELVE:

AUTO DE INSPECCIÓN TRIBUTARIA EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR CONTROL MASIVO REQUERIMIENTO ESPECIAL

Artículo 1º.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en los anexos Nos. 1, 2 y 3 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

REVOCATORIA DE OFICIO

Artículo 2º.

Los Actos administrativos a publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-50 • 2017 • diciembre • 26 50 FISCALIZACION EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR GRANDES CONTRIBUYENTES PLIEGO DE CARGOS GENERAL DE FISCALIZACIÓN REQUERIMIENTO ESPECIAL Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 3:

OFICINA TIPO DE ACTO COBRO COACTIVO MANDAMIENTO DE PAGO

Artículo 4º.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días del mes de diciembre de dos mil diecisiete (2017).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

JOHN ALEXÁNDER BARBOSA CRISTANCHO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal 51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-51 • 2017 • DICIEMBRE • 26 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 403 14-11-17 DESCONOCIDO 20 IN 4 04-12-17 NO RESIDE AP 403 17-11-17 DESCONOCIDO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA 03-11-17 2003-05 KR 26A 61C 71 17-11-17 CERRADO TIPO PARTE AFORO 07-11-17 2012-5 CL 66 7 15 AP DE ACTO SANCIÓN 10-11-17 2014 KR 5 67 28 20-11-17 DESCONOCIDO REVISIÓN 01-11-17 2015 KR 119 A 73 16 22-11-17 CERRADO REVISIÓN 14-11-17 2015 AK 14 56 23 23-11-17 DESCONOCIDO OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN 14-11-17 2010 CL 122 45A 40 DE REDUCCIÓN A SOLICITUD DE COMPENSACIÓN 28-11-17 2015, 2016, 2017 KR 74 67A 25 04-12-17 DESCONOCIDO COMPENSACIÓN 24-11-17 2012 AV SUBA 124 COMPENSACIÓN 16-11-17 2016 KR 5 7A 30 29-11-17 NO RESIDE COMPENSACIÓN 22-11-17 2017 CL 24A 26 30 05-12-17 DESCONOCIDO RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO ENTE IDENTIFI- CACIÓN DEL CONTRIBUY- NOTIFICACIÓN POR AVISO las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

ARIAS 77.158.783 VEHÍCULOS COC076 RESOLUCIÓN DE MIRYAM 41.794.837 VEHÍCULOS CXC799 RESOLUCIÓN DE ARENAS 24.050.253 VEHÍCULOS 809ABA RESOLUCIÓN DE AREVALO 51.635.822 ICA NA LIQUIDACIÓN MELGAREJO APODERADO VILLARRIAGA 51.976.912 ICA 51976912 NOMBRE DEL RIVERA TAFUR 51.751.913 VEHÍCULOS KRK226 RESOLUCIÓN DE MONTERO LOPEZ 79.790.983 PREDIAL AAA0253FDXR LIQUIDACIÓN PORRAS BUITRAGO 19.109.412 PREDIAL AAA0228SOMS LIQUIDACIÓN CAMARGO MONTOYA 35.523.258 VEHÍCULOS BCS874 RESOLUCIÓN DE CONTRIBUYENTE Y/O OLIVEROS VILLAREAL 79.755.345 VEHÍCULOS BKH433 RESOLUCIÓN ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1746DDI051920 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2017 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

DDI047378 2017EE284517 201321005217 GOMEZ SANCHEZ LUZ DDI049027 2017EE289960 201703400300035336 ALEXANDER VACCA DDI045379 2017EE281638 201403100100052354 LUIS FERNANDO DDI047654 2017EE285950 201703400300031530 MARIA DORIS DDI043317 2017EE276466 2017012002147011698 MARIANO ENRIQUE DDI049274 2017EE291787 201703400300036921 LUZ MERY CETINA DDI045060 2017EE279830 2017021003164016942 RUTH MERY FANDIÑO DDI048021 2017EE288136 201703400300035257 MARIA ESPERANZA DDI043593 2017EE278330 201702800300037001 GLADYS CONSUELO DDI047380 2017EE284535 201601200363008583 GUSTAVO ADOLFO RESOLUCIÓN No.

El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

Que los jefes de la Oficina de Cobro Coactivo, la Oficina de Cobro Prejurídico, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, la Oficina de Liquidación, de la Subdirección de Determinación, profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-52 • 2017 • diciembre • 26 52 809 04-12-17 DESCONOCIDO A PH 22-11-17 NO RESIDE A PH 22-11-17 NO RESIDE ERMO 21-11-17 NO RESIDE

- COTA 01-12-17 REHUSADO

OF 501 28-11-17 NO RESIDE OF 501 28-11-17 NO RESIDE OF 501 28-11-17 NO RESIDE 13 LC 10 04-12-17 FALLECIDO TO H AP 604 24-11-17 NO RESIDE BARRIO PAL- 03-11-17 2011 KR 26 45 C 85 07-11-17 2011, 2012 CL 7 17 01 LC 14-11-17 DESCONOCIDO PARTE PARTE SANCIÓN 10-11-17 2013 KR 7 71 52 TO SANCIÓN 16-11-17 2013 KR 7 71 52 TO PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN DE REDUCCIÓN DE REDUCCIÓN A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE COMPENSACIÓN 15-11-17 2017-1 KR 11 10 91 06-12-17 DESCONOCIDO COMPENSACIÓN 15-11-17 2017-1,2 KR 16 79 20 OF COMPENSACIÓN 14-11-17 2017 KR 23 78 34 20-11-17 NO RESIDE COMPENSACIÓN 21-11-17 2017 KR 16 93A 16 COMPENSACIÓN 21-11-17 2017 KR 16 93A 16 COMPENSACIÓN 16-11-17 2017 CL 8 SUR 67 60 COMPENSACIÓN 23-11-17 2017-1,2 KR 80 2 51 BG COMPENSACIÓN 15-11-17 2017-1 KM 4 VIA SUBA COMPENSACIÓN 21-11-17 2017 KR 16 93A 16 COMPENSACIÓN 03-11-17 2016 KR 68D 80 70 22-11-17 NO RESIDE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O URBANA LCI 350111 RESOLUCIÓN DE 830.010.738 ICA 830010738 RESOLUCIÓN DE NOTIFICACIÓN POR AVISO SA 900.230.012 VEHÍCULOS DCB225 RESOLUCIÓN SA 900.230.012 VEHÍCULOS DBV210 RESOLUCIÓN S.A.S 860.535.547 PREDIAL AAA0101FODE RESOLUCIÓN DE S.A.S 860.535.547 PREDIAL AAA0101FOBS RESOLUCIÓN DE S.A.S 860.535.547 PREDIAL AAA0101FOCN RESOLUCIÓN DE PULIDO 80.029.006 ICA 80029006 RESOLUCIÓN DE RODRIGUEZ 79.837.281 VEHÍCULOS MNB535 RESOLUCIÓN DE HECOS LTDA 800.193.859 PREDIAL AAA0034NMDM GROUP S A S 900.435.165 ICA 900435165 RESOLUCIÓN DE TOP LAND SAS 900.808.920 ICA 900808920 RESOLUCIÓN DE COLOMBIA S.A.S INTERNACIONAL COLOMBIA S.A.S. 860.024.586 DELINEACION CONSTRUCCIONES CONSTRUCCIONES CONSTRUCCIONES COMERCIALIZADORA SUNSHINE BOUQUET VALDERRAMA KOCELY 79.803.522 VEHÍCULOS EWL372 ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1746DDI051920 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI043594 2017EE278331 201503100100072890 JHON ALBERTO DDI047582 2017EE0285401 201702400300036960 COMERCIALIZADORA DDI047937 2017EE287703 201701400300031462 PRAXA DDI045445 2017EE282145 201503200100020146 TOYOTA DE COLOMBIA DDI047637 2017EE285846 201503200100020145 TOYOTA DE COLOMBIA DDI047353 2017EE284318 201702400300023801 A & G INTERNATIONAL DDI047569 2017EE0285388 201702400300036804 SAINN LTDA 900.506.241 ICA 900506241 RESOLUCIÓN DE DDI047678 2017EE286058 201703400300035658 MAURICIO ORJUELA DDI048870 2017EE289506 201702400300031564 LUIS MANUEL TORRES DDI045134 2017EE280085 201311003476 IMPORTACIONES DDI043574 2017EE278188 201706400300004059 PAVIMENTOS DDI047937 2017EE287703 201701400300031462 PRAXA DDI047546 2017EE0285365 201702400300036992 DDI047937 2017EE287703 201701400300031462 PRAXA 53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-53 • 2017 • DICIEMBRE • 26 COMPENSACIÓN 15-11-17 2017-1 KR 11 10 91 06-12-17 DESCONOCIDO COMPENSACIÓN 15-11-17 2017-1 CL 11 11 38 06-12-17 DESCONOCIDO DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

SAS 900.861.679 ICA 900861679 RESOLUCIÓN DE ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1746DDI051920 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la DDI047585 2017EE0285404 201702400300036963 PRATTO INVERSIONY DDI047583 2017EE0285402 201702400300036962 XING WANG SAS 900.851.015 ICA 900851015 RESOLUCIÓN DE Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-54 • 2017 • diciembre • 26 54 CAUSAL DE DEFICIENTE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 101 20-11-17 DIRECCIÓN A 34 24-11-17 DESCONOCIDO SUR 17-11-17 DESCONOCIDO AP 403 18-11-17 NO RESIDE AURES II 19-11-17 DESCONOCIDO TO 2 AP 201 16-11-17 NO RESIDE TO 2 AP 201 16-11-17 NO RESIDE KR 74 1 85 AP 31 62 APT 201 15-11-17 CERRADO CL 127 D 60 61 NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA 31-10-17 2008, 2009 AV AMERICAS TIPO PARTE OFICIO 14-11-17 2002, 2003 CL 13 SUR 8 50 OFICIO 08-11-17 2001 KR 107 131 B 40 DE ACTO ESPECIAL 01-11-17 2012, 2013, 2014, 2015 KR 15 188 31 20-11-17 NO RESIDE ESPECIAL 02-11-17 2014 DG 43 SUR 22 ESPECIAL 14-11-17 2013, 2014 KR 106A 64B 08 22-11-17 CERRADO PROCESO 03-11-17 2000 KR 14 A 51 17 PROCESO 09-11-17 2001, 2005, 2006, 2007, 2008 PROCESO 09-11-17 2000, 2001, 2002, 2004 CL 127 D 60 61 PRESCRIPCIÓN 25-10-17 2011 KR 28 A 17 40 10-11-17 DESCONOCIDO PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE RESOLUCIÓN DE PARA DECLARAR 07-11-17 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 TERMINACIÓN DE TERMINACIÓN DE TERMINACIÓN DE PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO DEL IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO MEDINA 3.795.792 PREDIAL AAA0143BBPP EMPLAZAMIENTO CORTES 20.325.622 PREDIAL AAA0130AUYX REVOCATORIA DE ROSALBA 28.487.515 PREDIAL AAA0200WJZE REQUERIMIENTO ESPINOSA 5.879.577 VEHÍCULOS AJG359 APODERADO DOZA OYOLA 3.039.908 PREDIAL AAA0021YFUZ RESOLUCIÓN DE NOMBRE DEL MUDEZ MORA 4.526.821 VEHÍCULOS DCQ188 RESOLUCIÓN DE SIERVO TULIO 19.081.610 PREDIAL AAA0008PNMS REQUERIMIENTO JORGE ALBERTO 19.069.228 PREDIAL AAA0115ZLNX REQUERIMIENTO CONTRIBUYENTE Y/O ROMERO GUERRERO 11.250.234 PREDIAL AAA0125KEKL RESOLUCIÓN DE RODRIGUEZ GARZON ROMERO GUERRERO 11.250.234 PREDIAL AAA0125KDDE RESOLUCIÓN DE se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1746DDI051920 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2017 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

NA 2017EE280175 201701100302036740 ROBERTO GUERRERO NA 2017EE276560 2017012003191019822 MARTINEZ BENDEK NA 2017EE277039 2017012003218036767 SUCESION ILIQUIDA DE NA 2017EE284679 201701200300036724 FLOREZ BARBOSA No.

DDI043557 2017EE278054 2010EE100781 JESUS GREGORIO MEN- DDI042955 2017EE204403 201503100100083809 OSCAR DE JESUS BER- DDI043291 2017EE276374 201021056656 ARMANDO CESPEDES DDI045363 2017EE281553 2011EE167691 JORGE ENRIQUE DDI045350 2017EE281499 2010EE121135 JORGE ENRIQUE DDI045466 2017EE282250 20051808060 LUIS ALBERTO TRIANA 19.114.839 PREDIAL AAA0001ZPSY REVOCATORIA DE DDI045246 2017EE280932 20051809692 BERNARDA LAUDICE RESOLUCIÓN No.

Tributario de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Que los jefes de la Oficina de Cobro Coactivo, la Oficina de Cobro Prejurídico, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones, la Oficina de Control de Recaudo Oficina de Fiscalización Grandes Contribuyentes, la Oficina General de Fiscalización, de la Subdirección de Determinación, profirieron para los contribuyentes que 55 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-55 • 2017 • DICIEMBRE • 26 201 20-11-17 DESCONOCIDO 301 23-11-17 CERRADO 301 23-11-17 CERRADO 301 24-11-17 CERRADO 301 23-11-17 CERRADO 25 NR 20-11-17 NO RESIDE 25 NR 20-11-17 NO RESIDE 25 NR 20-11-17 NO RESIDE AP 403 17-11-17 DESCONOCIDO AP 403 18-11-17 NO RESIDE CL 64 93 80 23-11-17 REHUSADO 17 BARRIO. ALGARRA I 09-11-17 CERRADO 2015-1, 2, 3, 4, 5, 6, 2014-3, 4, 2013-1, 2, 3, 6, 2012-6 08-11-17 2008, 2010, 2011 CL 39 18 34 10-11-17 NO RESIDE 25-10-17 2005, 2009 CALLE 7 10A PAGO 07-11-17 2015, 2016, 2017 CL 78 4 36 AP PARTE PARTE OFICIO 14-11-17 2002, 2003 CL 13 SUR 8 50 DE PAGO 14-11-17 2008 CL 122 45A 40 ESPECIAL 26-10-17 2015 CL 48 15 70 20-11-17 NO RESIDE ESPECIAL 27-09-17 2014, 2015 CL 92A 60B 22 30-10-17 CERRADO ESPECIAL 27-09-17 2014, 2015 CL 92A 60B 22 23-11-17 DESCONOCIDO PROCESO 16-11-17 2002 CL 49 17 35 AP PROCESO 16-11-17 2005, 2006 CL 49 17 35 AP PROCESO 16-11-17 2007, 2008, 2009 CL 49 17 35 AP PROCESO 16-11-17 2000, 2001, 2003, 2004 CL 49 17 35 AP PROCESO 10-11-17 2000 KR 38 6B SUR PROCESO 10-11-17 2010 KR 38 6B SUR PROCESO 10-11-17 2007 KR 38 6B SUR FACILIDAD DE MANDAMIENTO PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE PARA DECLARAR 20-11-17 TERMINACIÓN DE TERMINACIÓN DE TERMINACIÓN DE TERMINACIÓN DE TERMINACIÓN DE TERMINACIÓN DE TERMINACIÓN DE NOTIFICACIÓN POR AVISO LOPEZ 28.498.442 PREDIAL AAA0085COMR RESOLUCIÓN DE MIRYAM 41.794.837 VEHÍCULOS CXC799 MODIFICACIÓN EUGENIA 41.606.055 PREDIAL AAA0089LPAW RESOLUCIÓN DE RAMIREZ 70.502.913 PREDIAL AAA0083EXSK SOLANGEL 29.498.442 PREDIAL AAA0085COMR RESOLUCIÓN DE SOLANGEL 29.498.442 PREDIAL AAA0085COMR RESOLUCIÓN DE SOLANGEL 29.498.442 PREDIAL AAA0085COMR RESOLUCIÓN DE MAN BOTIA 52.997.291 VEHÍCULOS RGP793 REQUERIMIENTO MAN BOTIA 52.997.291 VEHÍCULOS RGP793 REQUERIMIENTO CLARA INES 41.361.735 PREDIAL AAA0084EEAF REQUERIMIENTO MARIA ISABEL 35.394.432 ICA 35394432 EMPLAZAMIENTO GARZON RUIZ 51.853.219 VEHÍCULOS BOQ424 ERREZ RINCON 41.710.575 PREDIAL AAA0001ZPSY REVOCATORIA DE SANDRA LILIANA 52.066.462 VEHÍCULOS DCD977 RESOLUCIÓN DE SANDRA LILIANA 52.066.462 PREDIAL AAA0126NEDM RESOLUCIÓN DE SANDRA LILIANA 52.066.462 PREDIAL AAA0184PXSY RESOLUCIÓN DE DE CLAUDIA MARCELA CIA DE LAS MERCEDES ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1746DDI051920 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2017EE204996 2017012003191019828 PINILLA DE PACHECO NA 2017EE287047 201702100200037256 CARRILLO VARGAS NA 2017EE165689 2017032002192019983 SANDY JHOVANA GUZ- NA 2017EE165689 2017032002192019983 SANDY JHOVANA GUZ- DDI045155 2017EE280133 201701750301036749 GAMBOA ROBAYO PATRI- DDI047647 2017EE285917 2010EE116473 ANA SOLANGEL VELEZ DDI047655 2017EE285954 2012EE99393 VELEZ LOPEZ ANA DDI047658 2017EE285969 2013EE289987 VELEZ LOPEZ ANA DDI047662 2017EE285986 201011014083 VELEZ LOPEZ ANA DDI045466 2017EE282250 20051808060 TERESA DE JESUS GUTI- DDI047384 2017EE284541 201021052779 GOMEZ SANCHEZ LUZ DDI042968 2017EE204460.201021092525 SUCESION ILIQUIDA DDI045425 2017EE282035 2010EE94150 GARZON BARRAZA DDI045412 2017EE281925 20121002901 GARZON BARRAZA DDI045398 2017EE281845 200911023446’ GARZON BARRAZA DDI045196 2017EE280461 20091209411 IVAN DARIO DUQUE REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-56 • 2017 • diciembre • 26 56 209 16-11-17 CERRADO 25 NR 20-11-17 NO RESIDE OF 207 14-11-17 NO RESIDE ARANDA 24-11-17 NO RESIDE 68C 61 PI 10 14-11-17 REHUSADO LC 5 PUENTE 16 79 20 OF 715 22-11-17 NO RESIDE 2015-1, 2, 3, 4, 5, 6, 2014-1, 2, 3, 4, 5, 6, 2013-1, 2, 3, 4, 5, 6, 2012-6 17-11-17 2016 KR 9 24 59 PS 1 22-11-17 NO RESIDE 01-11-17 2007 KR 7 23 56 LC PARTE NULIDAD 17-11-17 2007 CL 13 37 22 DE PAGO 08-11-17 2006 KR 11 A 94 A 31 ESPECIAL 02-11-17 2014 AC 72 82 40 23-11-17 DESCONOCIDO ESPECIAL 02-11-17 2015 CL 28 4 40 24-11-17 CERRADO PROCESO 10-11-17 2007 KR 38 6B SUR INFORMADOS TRANSACCION ANULADOS NO GOS SERIALES MANDAMIENTO PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN 18-10-17 2007, 2008, 2009, 2010 CL 11 9 09 14-11-17 DESCONOCIDO A SOLICITUD DE PLIEGO DE CAR- RESOLUCIÓN DE PARA DECLARAR 20-11-17 2015-1, 2, 3, 4, 5, 2014-1, 2, 4, 6 85 12 10 OF 210 23-11-17 NO RESIDE PARA DECLARAR 20-11-17 2015-3, 2013-1 8A SUR 15A 12 22-11-17 NO RESIDE PARA DECLARAR 01-11-17 2014, 2015 AV EL DORADO PARA DECLARAR 20-11-17 PARA DECLARAR 20-11-17 2012-6 123 14 37 23-11-17 REHUSADO CIÓN TRIBUTARIA 15-11-17 2015-5, 6 CL 5A 25A 13 23-11-17 CERRADO CIÓN TRIBUTARIA 14-11-17 2015-5, 6 KR 62 12 78 IN 1 15-11-17 NO RESIDE TERMINACIÓN DE AUTOMATICOS DE 830.100.604 ICA 830100604 EMPLAZAMIENTO NOTIFICACIÓN POR AVISO S.A. 860.034.594 NA NA S.A. 800.004.812 ICA 800004812 EMPLAZAMIENTO URREA 79.316.600 PREDIAL AAA0008PNMS REQUERIMIENTO PASTEUR 860.535.305 PREDIAL AAA0029XHFZ CIA. LTDA CASTAÑO 75.055.745 VEHÍCULOS BTY874 RESOLUCIÓN DE LINEA S.A.S. 830.143.699 ICA 830143699 AUTO DE INSPEC- JAIRO EDUARDO 91.111.711 VEHÍCULOS RGO366 REQUERIMIENTO CHARRY RUJANA 79.372.454 PREDIAL AAA0184PXSY RESOLUCIÓN DE INGENIERIA LTDA 830.092.139 VEHÍCULOS BNO789 RESOLUCIÓN DE TANCOURT ARIAS 79.249.894 VEHÍCULOS BNF833 MODIFICACIÓN INDUSTRIALES HER- PRODUCTOS ARTE Y SERVICIOS ELECTRO INDUSTRIALES ORION NANDEZ HERMANOS & MULTIBANCA COLPATRIA ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1746DDI051920 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2017EE287077 201702100200037279 THE BEER LOUNGE LTDA 900.091.346 ICA 900091346 EMPLAZAMIENTO NA 2017EE286154 NA BANCO COLPATRIA NA 2017EE285117 NA IMPRESOS PROARLI NA 2017EE276634 201701100302036744 BANCO DAVIVIENDA S.A. 860.034.313 PREDIAL AAA0201NONN EMPLAZAMIENTO NA 2017EE287061 201702100200037263 NA 2017EE287092 201702100200037294 RAPITEC LTDA 800.170.850 ICA 800170850 EMPLAZAMIENTO NA 2017EE277039 2017012003218036767 NORBERTO MORA NA 2017EE284230 NA ASERASEO S A S 800.154.837 ICA 800154837 AUTO DE INSPEC- NA 2017EE277290 2017032002192020010 AGUILAR MANOSALVA NA 2017EE287071 201702100200037273 REPRESENTACIONES DDI043371 2017EE276774 201211002325 EDIFICIO TERRAZA DDI047733 2017EE286381 2014EE177960 ALVAREZ Y VARGAS DDI042317 2017EE177836 20092231104 OSCAR VALENCIA DDI045230 2017EE280685 2014EE111 LUIS GUILLERMO BE- DDI045398 2017EE281845 200911023446’ HECTOR HERNAN 57 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-57 • 2017 • DICIEMBRE • 26 DEFICIENTE 27 13 15 23-11-17 DESCONOCIDO 44 B 57 A 52 23-11-17 CERRADO 2014-1, 2, 3, 4, 5, 2013-1, 2, 3, 4, 5, 2012-6 2015-1, 2, 3, 4, 2014-1, 2, 3, 4, 5, 6, 2013-1, 2, 3, 4, 5, 6, 2012-6 CARGOS 26-10-17 2015 CL 19 2 B 02 11-11-17 NO RESIDE PARA DECLARAR 08-11-17 2015, 2016 KR 16 93 83 14-11-17 DIRECCIÓN PARA DECLARAR 20-11-17 PARA DECLARAR 20-11-17 2013-1, 2, 3, 4, 5, 6, 2012-6 124 7 35 23-11-17 NO RESIDE PARA DECLARAR 20-11-17 CIÓN TRIBUTARIA 15-11-17 2015-5, 6 CL 53 32 67 SUR 17-11-17 NO RESIDE NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal SAS 900.675.805 PREDIAL AAA0005HCLW EMPLAZAMIENTO SAS 900.168.454 ICA 900168454 EMPLAZAMIENTO S.A.S 900.353.973 ICA 900353973 EMPLAZAMIENTO FERNANDA 1.122.626.339 VEHÍCULOS CXH952 PLIEGO DE EN SEGURIDAD LTDA 900.376.360 ICA 900376360 AUTO DE INSPEC- DE CREDITOS Y FIANZAS ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1746DDI051920 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2017EE204849 2017032002192020019 ACOSTA MARIA NA 2017EE281079 201701100302037011 M+D CONSTRUCTORA NA 2017EE285144 NA M & S CAPACITACIONES NA 2017EE287097 201702100200037299 BERAKAH INGENIERIA NA 2017EE287058 201702100200037260 COMPAÑIA COLOMBIANA NA 2017EE287057 201702100200037259 WILLIAMS.CO S.A.S. 900.101.834 ICA 900101834 EMPLAZAMIENTO Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-58 • 2017 • diciembre • 26 58 DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN CAUSAL DE NOTIFICACION FECHA DE...

DE PAGO No. PROCESO IMPUESTO No. CORDIS DIRECCIÓN DE FECHA DE MANDAMIENTO NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO DE PAGO No. MANDAMIENTO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Que la notificación del mandamiento de pago enviada por correo fue devuelta.

DEL Cobro y Cuentas Corrientes a través de procesos administrativos de cobro coactivo.

Que una vez surtida la citación el deudor no compareció a surtir la notificación personal.

CONTRIBUYENTE contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.

La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Carrera 30 No 35-90 piso 16 ANEXO No. 3 DE LA RESOLUCIÓN No. 1746DDI051920 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2017 Tributario Nacional y el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por publicación sobre este hecho a:

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ VARELA 41.467.404 DDI042815 24-10-17 2017011003101004880 PREDIAL 2017EE191368 CL 166 49 45 27-11-17 CERRADO En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 140 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y en concordancia con el artículo 826 del Estatuto Que los contribuyentes que se relacionan a continuación, están siendo ejecutados por la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, LA BELLA ANTIOQUIA LTDA EN LIQUIDACION 860.522.238 DDI042963 25-10-17 201701800300036559 PREDIAL 2017EE204445 CL 57 22 48 27-11-17 REHUSADO NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O APODERADO IDENTIFICACIÓN SUCESION ILIQUIDA DE MARIA ELVIRA RESTREPO DE El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales 59 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-59 • 2017 • DICIEMBRE • 26 CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.

Resolución Reglamentaria Número 039 (Diciembre 21 de 2017)

“Por medio de la cual se crea el comité de Normalización de cartera en la Contraloría de Bogotá D.C.”

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 610 de 2000, 1066 de 2006, el Decreto 4473 de 2006, y los Acuerdos 519 del 26 de diciembre Que el Decreto 624 de 30 de marzo de 1989 “Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales” modificado por el artículo 54 de la Ley 1739 de 2014 “Por medio de la cual se modifica el Estatuto Tributario, la Ley 1607 de 2012, se crean mecanismos de lucha contra la evasión y se dictan otras disposiciones”, y reglamentado por el Decreto Nacional 2452 de 2015, “Por medio de la cual se modifican los artículos 53 y 54 de la Ley 1739 de 2014”, en tal sentido consagro en su artículo 3, que los directores Seccionales de Impuestos y Aduanas Nacionales podrán suprimir de los registros y cuentas de los contribuyentes las obligaciones siempre que el valor de cada obligación principal no supere 159 UVT, sin incluir otros conceptos como intereses, ac tualizaciones, ni costas del proceso y que tengan un vencimiento superior a 54 meses. de 2012, Acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016 y el Acuerdo 664 del 28 de Marzo de 2017.

CONSIDERANDO:

Que el numeral 5 del artículo 268 de la Constitución Política, consagra en cabeza del Contralor General de la Republica la atribución de establecer la responsa bilidad que se derive de la gestión fiscal, imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos de la misma.

Que el artículo 3 de la Ley 1739 de 2014 estipula que para la expedición del acto administrativo que declare la suspensión, se deberá previamente haber adelan tado las gestiones de cobro entre otras, constancia de una investigación de bienes negativa del deudor y de los deudores solidarios, que no exista respaldo alguno por no existir bienes embargados, que se hayan decretado embargos de sumas de dinero y no se haya recibido respuesta o que esta sea negativa, que se haya requerido por cualquier medio al deudor y que se haya verificado la existencia y aplicación de títulos de depósito judicial, compensaciones y demás registros que puedan modificar la obligación.

Que el articulo 272 de la Constitución Política de Colombia, establece que los contralores departa mentales, distritales o municipales ejercerán en el ámbito de su jurisdicción las funciones atribuidas al Contralor General de la Republica de que trata el articulo 268 ibídem.

Que el artículo 4 ibídem, consagra que se podrán suprimir de los registros y cuentas del deudor las obligaciones a su cargo siempre que en el acto administrativo la sumatoria total de las mismas no supere las 40 UVT sin incluir sanciones, intereses, recargos, actualizaciones y costas del proceso y que desde la exigibilidad de la obligación más reciente hayan pasado seis (6) meses. Para declarar esta re misibilidad no se requiere determinar la existencia de bienes del deudor, sin embargo se dejara constancia de las gestiones de cobro; el acto administrativo que la declare deberá ordenar la terminación del proceso y el archivo del expediente.

Que la Ley 1066 de 2006 en su artículo 5, refiriéndo se a la facultad de cobro coactivo y procedimiento a cargo de las entidades públicas, que de manera permanente tengan a su cargo el ejercicio de las ac tividades y funciones administrativas o la prestación de servicios del Estado colombiano y que en virtud de estas tengan que recaudar rentas o caudales públi cos, del nivel nacional, territorial, incluidos los órganos autónomos y entidades con régimen especial otor gado por la Constitución Política, tienen jurisdicción coactiva para hacer efectivas las obligaciones exigi bles a su favor y, para estos efectos, deberán seguir el procedimiento descrito en el Estatuto Tributario.

Que los artículos 2 y 5 de la Ley 1066 de 2006 consa gra en cabeza de la máxima autoridad o representante legal de las entidades públicas que tienen el recaudo de rentas o caudales públicos del nivel nacional o te rritorial establecer mediante normatividad de carácter general el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera y en igual sentido dar por terminado los procesos de cobro coactivo por prescripción o remisión.

Que el parágrafo 2 del artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, faculta a los representantes legales de las entidades para dar aplicación a los incisos 1° y 2° del artículo 820 del Estatuto Tributario, esto es, dar por terminados los procesos de cobro coactivo y proceder a su archivo.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-60 • 2017 • diciembre • 26 60 Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva y previa citación del secretario técnico.

Artículo cuarto.

- El Comité de Normalización de Cartera, sesionará mínimo con tres de sus miem bros, y adoptará decisiones por mayoría simple.

Que conforme a lo anterior, el Contralor de Bogotá, D.C., está facultado para ordenar la supresión de los registros y cuentas, de las deudas relacionadas con el proceso de cobro coactivo, una vez analizada la situación en particular y el cumplimiento de los requisitos de que trata el artículo 820 y parágrafos del Estatuto Tributario.

Artículo quinto.

- El Comité de Normalización de Cartera dejará constancia de los asuntos some tidos a su consideración, mediante actas elabo radas por el Secretario Técnico, las cuales darán cuenta de lo debatido y las decisiones tomadas en el mismo.

Que se hace necesaria la creación de un Comité de Normalización de Cartera como instancia encargada de estudiar y recomendar al Contralor de Bogotá, D.C., la remisibilidad de las obligaciones en cobro coactivo una vez estudiado el caso en particular y conforme a los requisitos consagrados en el artículo 820 y parágrafos del Estatuto Tributario, modificados por la Ley 1739 de 2014 y el Decreto 2452 de 2015.

Artículo sexto.

- El Comité de Normalización de Cartera de qué trata este acto, podrá darse su propio reglamento.

En mérito de lo expuesto;

RESUELVE:

Artículo séptimo.

- La presente resolución rige a partir de su publicación, y deroga todas aquellas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada a los veintiún (21) días del mes de diciembre de dos mil diecisiete (2017).

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA Contralor de Bogotá, D.C.

Artículo primero.

- Crease el Comité de Nor malización de Cartera como instancia encargada de estudiar y recomendar al Contralor de Bogotá D.C., la remisibilidad de las obligaciones en proceso de cobro coactivo conforme a los requisitos consa grados en el artículo 820 y parágrafos del Estatuto Tributario, modificados por la Ley 1739 de 2014 y el Decreto 2452 de 2015.

ACUERDOS LOCALES DE 2017

Artículo segundo.

- El Comité de Normaliza ción de Cartera estará integrado por los siguientes funcionarios:

JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LOS MÁRTIRES 1.- El Director Técnico de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva o su delegado.

Acuerdo Local Número 002 (Diciembre 14 de 2017)

2.- El Director administrativo y financiero o su delegado.

“Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local 3.- El Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica o su delegado del 2018, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018”

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL 4.- El Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno o su delegado DE LOS MÁRTIRES En uso de sus atribuciones constitucionales 5.- El Subdirector de Jurisdicción Coactiva o su delegado. y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324 y el Decreto 372 del 2010.

CONSIDERANDO:

El subdirector de Jurisdicción coactiva fungirá como Secretario Técnico del comité de Normalización de Cartera.

Artículo tercero.

- El Comité de Normaliza ción de Cartera se reunirá cada vez que las circuns tancias así lo ameriten, a solicitud del Director de

Que el Alcalde Local presentó el Proyecto de Pre supuesto a nivel de agregados para estudio, y aprobación de la JAL dentro de los términos esta blecidos en el Artículo 15 del Decreto 372 de 2010 61 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-61 • 2017 • DICIEMBRE • 26 Código Concepto Valor 3 GASTOS 36.819.237,00 Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación No. 2017EE275643 0 del día 30 de octubre de 2017, comunico la Cuota de Asignación por un monto de $18.426.662.000 para la vigencia 2018.

3.1 FUNCIONAMIEN TO 3.037.034.000,00 3.3 INVERSIÓN 33.782.203.000,00 4 DISPONIBILIDAD FINAL 0,00 36.819.237.000,00 TOTAL INGRESOS E INVERSIONES + DISPONIBILIDAD INICIAL Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fis cal - CONFIS en su sesión No. 7 del 6 de Octubre de 2017, emitió concepto favorable del anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, el cual asciende a la suma de TREINTA Y SEIS MIL OCHO DIECINUEVE MILLONES DOS CIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE. ($ 36.819.237.000.oo) para la vigencia fiscal 2018.

ARTÌCULO TERCERO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efecto fiscal a partir del 1 de Enero de 2018.

Que es función de la Junta Administradora Local apro bar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de De sarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

ACUERDA:

Dado en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del mes de diciembre de dos mil diecisiete (2017).

GERMÁN ALBERTO RODRÍGUEZ Presidente JAL ARIS SEDITH CABARCAS MARTÍNEZ Apoyo Secretarial JAL de Los Mártires

Artículo primero.

Fíjense los cómputos del Presu puesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018 por la suma de TREINTA Y SEIS MIL OCHO DIECINUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE. ($ 36.819.237.000.oo) para la vigencia fiscal 2018 según en siguiente detalle:

El Alcalde Local de Los Mártires, sanciona el presente acuerdo hoy Código Concepto Valor HÉCTOR ROMÁN MORALES BETANCOURT 1 DISPONIBILIDAD INICIAL 18.932.575.000,00 Alcalde Local Los Mártires (E.)

2 INGRESOS 18.426.662.000,00 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR 2.1 INGRESOS CORRIENTES 159.000.000,00 Acuerdo Local Número 0056 2.2 TRANSFEREN CIAS 18.265.162.000,00 (Diciembre 15 de 2017)

2,4 RECURSOS DE CAPITAL 2.500.000,00 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 36.819.237.000,00 diciembre de 2018”

QUE, EN MÉRITO DE LO ANTERIOR, LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR

ACUERDA:

Artículo segundo.

Fíjense los cómputos del Pre supuesto de Gasto del presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Mártires, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero. A diciembre 31 de 2018 la suma de TREINTA Y SEIS MIL OCHO DIECI NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE. ($ 36.819.237.000.oo) para la vigencia fiscal 2018 según el siguiente detalle:

Artículo 1.

Expedir el Presupuesto de ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. de enero y el 31 de diciembre de 2018, por la suma DOS

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-62 • 2017 • diciembre • 26 62 CIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL ($ 267.255.730.000) PESOS M/CTE., conforme al siguiente detalle:

CODIGO NOMBRE VALOR
1. DISPONIBILIDAD INICIAL 158.941.022.000
2. INGRESOS 108.314.708.000 2.1.
INGRESOS COPRRIENTES 108.314.708.000 2.1.2. NO TRIBUTARIOS 97.653.000 2.1.2.3 Multas 73.000.000 2.1.2.99 Otros Ingresos No tributarios 24.653.000 2.2 TRANSFERENCIAS 107.784.415.000 2.2.4 ADMINISTRACION CENTRAL 107.784.415.000 2.2.4.5 Participación Ingresos Corrientes del Distrito 107.784.415.000 2.2.4.5.01 Vigencia 107.784.415.000 2.4 Recursos de Capital 432.640.000 2.4.3 Rendimientos por Operaciones Financieras 432.640.000 2.4.3.02 Rendimientos Provenientes de Recursos de Libre inversión 432.640.000 267.255.730.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

Artículo 2.

Fíjense los cómputos del presupuesto de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de Desa rrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia fiscal de enero 1º. a diciembre 31 de 2018, por la suma de

DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL ($ 267.255.730.000) PESOS M/CTE., de acuerdo al siguiente detalle:

CODIGO NOMBRE VALOR
3. GASTOS 267.255.730.000 3.1.
FUNCIONAMIENTO 1.271.000.000 3.3. INVERSIÓN 107.043.708.000
4. DISPONIBILIDAD FINAL 158.941.022.000 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 267.255.730.000 ÓSCAR DUARTE NIÑO Secretario JAL Ciudad Bolívar

Artículo 3.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2018.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

El presente Acuerdo sancionado por el Alcalde Local en Bogotá D.C., a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017).

Dado en Bogotá, D.C., a los quince (15) días del mes de diciembre de dos mil diecisiete (2017).

JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR Alcalde Local de Ciudad Bolívar (e)

VÍCTOR MANUEL SAENZ RUIZ Presidente JAL Ciudad Bolívar 63 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-63 • 2017 • DICIEMBRE • 26 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL Desarrollo Local de San Cristóbal, para la vigencia fiscal comprendida en entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018, por la suma de Acuerdo Local Número 084 (Diciembre 15 de 2017)

CIENTO VEINTICINCO MIL QUINIENTOS CINCUEN TA Y DOS MILLONES “POR EL CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL PESOS M/ CTE ($125.552.868.000). Conforme al siguiente detalle:

Código Concepto Valor DE INGRESOS Y GASTOS DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SAN CRISTÓBAL PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1º DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE 1 Disponibilidad Inicial 56.761.152.000 DE 2018”

2 Ingresos 68.791.716.000 LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SAN 2.1 Ingresos corrientes 80.200.000 2.2 Transferencias 68.636.516.000 CRISTÓBAL En uso de sus atribuciones constitucionales 2.4 Recursos de capital 75.000.000 y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 125.552.868.000 324 y artículo 17 del Decreto 372 de 2010.

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

CONSIDERANDO:

Que el Alcalde Local presentó el proyecto de pre supuesto a nivel de agregados para estudio y apro bación de la JAL dentro del término establecido en el artículo 15 del Decreto 372 de 2010,

Artículo 2.

Fíjense los cómputos del presupues to de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. de enero y el 31 de diciembre de 2018, por la suma de CIENTO VEIN TICINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL PESOS M/CTE ($125.552.868.000). Conforme al siguiente detalle:

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación Nº 2017EE275601 del 30 de octubre de 2017, comunicó la Cuota de Asignación por un monto de $68.711.716.000 para la vigencia 2018.

Código Concepto Valor 3 Gastos 125.552.868.000 3.1 Gastos de Funcionamiento 2.560.831.000 3.3 Inversión 122.992.037.000 Que el Fondo de Desarrollo Local calculo unos in gresos propios por multas diferentes a las del código de policía por $80.000.000. para un total de ingresos de $68.791.716.000

4. Disponibilidad Final 0 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL

125.552.868.000

Artículo 3.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efecto fiscal a partir del 1º de enero de 2018.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS- en su reunión No. 20 del 30 de noviembre de 2017, emitió concepto favorable al proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, el cual asciende a la suma de $125.552.868.000, para la vigencia fiscal del 2018.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que el Fondo de Desarrollo Local calculo una dis ponibilidad inicial de $56.761.152.000 teniéndose un monto total de $ 125.552.868.000 Dado en Bogotá, a los quince (15) días del mes de diciembre de dos mil diecisiete (2017).

GLORIA CONCEPCIÓN CASTILLO PRIETO Que es función de la Junta Administradora Local apro bar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de De sarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS.

Edil Ponente Que, en mérito de lo anterior, GUILLERMO ANTONIO VELANDIA NIÑO Edil Ponente

ACUERDA:

JUAN CARLOS HERNÁNDEZ Edil Ponente

Artículo 1.

Fíjense los cómputos del Presupues to de Ingresos del Presupuesto Anual del Fondo de

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-64 • 2017 • diciembre • 26 64 JUAN CARLOS TRIANA RUBIANO Presidente de la J.A.L. algunos traslados para cubrir la necesidad de los proyectos antes mencionados.

El presente Acuerdo sancionado el día 19 del mes de diciembre del 2017 por:

JOSE IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR Alcalde Local de San Cristóbal DECRETOS LOCALES DE 2017 ALCALDÍA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL 3.- Para el caso del proyecto 1557 Mejores vías y espacio público para todos en San Cristóbal, debe adicionarse debido a que la directiva 5 del 2016 establece unos lineamientos para el plan de desarrollo 2017-2020 donde al cumplirse no alcanzarían los recursos para cubrir la necesidad que se tiene por lo cual es necesario una adición por un valor de $222.717.529, y el proyecto 1580 Nueva sede para un mejor servicio al ciudadano se espera poder realizar una contratación para avance de la nueva sede.

Decreto Local Número 09 (Diciembre 18 de 2017)

“Por el cual se efectúan modificaciones en el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para 4.- Que los recursos que se trasladarán para estos proyectos, saldrán del rubro 3.3.6.90 OBLIGACIO NES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES, recursos que fueron liberados al liquidarse o fe necerse algunos contratos de vigencias anteriores y cuya suma sería de $672.717.529. la vigencia fiscal de 2017”

QUE EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el 5.- Que la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto previo y favorable a la modificación pro puesta en los Gastos de Inversión, según consta en el oficio No 2-2017-67046 de 06 de diciembre del 2017. artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

6.- Que mediante comunicación No.2017EE302309 de 18 de diciembre del 2017, la Directora Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para el trámite de la modificación propuesta.

En mérito de lo anterior:

DECRETA:

1.- Considerando que se tiene una serie de necesidades para cumplir en este y el año entrante de algunas metas respecto al proyecto 1557 Mejores vías y es pacio público para todos en San Cristóbal por donde se tiene vías y espacio público, y en el proyecto 1580 Nueva sede para un mejor servicio al ciudadano, es necesario realizar un traslado presupuestal.

Artículo 1°.

Efectuar el siguiente traslado en el presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, por la suma de SEISCIENTOS SE TENTA Y DOS MILLONES DE PESOS ($672.000.000)

2.- Que realizando un estudio a las metas de los dife rentes proyectos y de acuerdo a las sugerencias de la administración central, se ve viable realizar CONTRACRÉDITOS 004 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SAN CRISTÓBAL CÓDIGO NOMBRE VALOR 3 GASTOS 672.717.529 3,3 INVERSIÓN 672.717.529 3.3.6 OBLIGACIONES POR PAGAR 672.717.529 3.3.6.90 OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES 672.717.529 TOTAL 672.717.529 65 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-65 • 2017 • DICIEMBRE • 26 CRÉDITOS:

004 FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SAN CRISTÓBAL CÓDIGO CONCEPTO VALOR 3 GASTOS 672.717.529 3,3 INVERSIÓN 672.717.529 3.3.1 DIRECTA 672.717.529 3.3.1.15 BOGOTA MEJOR PARA TODOS 672.717.529 3.3.1.15.02 Pilar Democracia Urbana 222.717.529 3.3.1.15.02.18 Mejor Movilidad para Todos 222.717.529 3.3.1.15.02.18.1557 Mejores vías y espacio público en San Cristóbal 222.717.529 3.3.1.15.07 Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia 450.000.000 3.3.1.15.07.45 Gobernanza e influencia local, regional e internacional 450.000.000 3.3.1.15.07.45.1580 Nueva sede para un mejor servicio al ciudadano 450.000.000 TOTAL 672.717.529

Artículo 2°.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del dos mil diecisiete (2017). consideración de la Junta Administradora Local – JAL durante los tres (3) primeros días de las sesiones ordi narias del mes de diciembre para su estudio y aprobación. El proyecto de presupuesto a nivel de agregados del Fon do de Desarrollo Local de San Cristóbal: Disponibilidad Inicial. Ingresos Corrientes. Transferencias y Recursos de Capital en el Ingreso y de Funcionamiento, Inversión y Disponibilidad Final en el Gasto. Según radicado No 569 de diciembre 1 de la secretaría de la JAL.

JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR Alcalde Local de San Cristóbal.

Decreto Local Número 10 (Diciembre 20 de 2017)

Que la Junta Administradora Local de San Cristóbal aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e In versión para la vigencia fiscal de 2018 mediante Acuerdo Local No 084 del 15 de diciembre del 2017, el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde Local.

POR EL CUAL SE LIQUIDA EL PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS Y GASTOS E INVERSION DE LA ALCALDIA LOCAL DE SAN CRISTOBAL Que en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde local debe liquidar el presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión a nivel de programas y proyectos.

PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1ª DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIESIOCHO (2018).

Que por lo anteriormente expuesto y en cumplimiento de lo dispuesto en las normas presupuestales. La Ad ministración Local.

Que en mérito de lo expuesto.

EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL El Alcalde Local de San Cristóbal. En ejercicio

DECRETA:

de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993. Y cumpliendo lo establecido en el Artículo 348 de la Constitución y el Artículo 17 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2.010 y los Artículos 48 y 49 del Decreto 714 de 1996.

CONSIDERANDO:

Que el Alcalde Local en cumplimiento de lo establecido en el artículo 15 del Decreto 372 de 2010. Presentó a

Artículo primero.

Aprobar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal. Para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018. Por la suma de CIENTO VEINTICINCO MIL QUI NIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES OCHO CIENTOS SESENTA Y OCHO MIL PESOS M/CTE ($125.552.868.000). Conforme al siguiente detalle:

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-66 • 2017 • diciembre • 26 66 CÓDIGO NOMBRE VALOR 1 DISPONIBILIDAD INICIAL 56.761.152.000 2 INGRESOS 68.791.716.000 2 1 INGRESOS CORRIENTES 80.200.000 2 1 2 NO TRIBUTARIOS 80.200.000 2 1 2 03 Multas 80.000.000 2 1 2 99 Otros Ingresos No Tributarios 200.000 2 2 TRANSFERENCIAS 68.636.516.000 2 2 4 ADMINISTRACIÓN CENTRAL 68.636.516.000 2 2 4 05 Participación Ingresos Corrientes del Distrito 68.636.516.000 2 2 4 05 01 Vigencia 68.636.516.000 2 4 Recursos de capital 75.000.000 2 4 3 Rendimientos por operaciones financieras 60.000.000 2 4 9 OTROS RECURSOS DE CAPITAL 15.000.000 TOTAL INGRESOS 125.552.868.000

Artículo segundo.

Aprobar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal. Para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018.

Por la suma de CIENTO VEINTICINCO MIL QUI NIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES OCHO CIENTOS SESENTA Y OCHO MIL PESOS M/CTE ($125.552.868.000). Conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO NOMBRE PRESUPUESTO 2018 3 GASTOS 125,552,868,000 3.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 2,560,831,000 3.1.2 GASTOS GENERALES 1,671,000,000 3.1.2.01 ADQUISICION DE BIENES 150,000,000 3.1.2.01.02 Gastos computador 30,000,000 3.1.2.01.03 Combustibles lubricantes y llantas 50,000,000 3.1.2.01.04 Materiales y suministros 70,000,000 3.1.2.02 ADQUISICION DE SERVICIOS 1,521,000,000 3.1.2.02.03 Gastos de transportes y comunicaciones 30,000,000 3.1.2.02.04 Impresos y publicaciones 70,000,000 3.1.2.02.05 MANTENIMIENTO Y REPARACIONES 836,882,000 3.1.2.02.05.01 Mantenimiento entidad 836,882,000 3.1.2.02.06 SEGUROS 267,118,000 3.1.2.02.06.01 Seguros entidad 140,000,000 3.1.2.02.06.04 Seguros de vida ediles 15,000,000 3.1.2.02.06.05 Seguros de salud ediles 112,118,000 3.1.2.02.08 SERVICIOS PUBLICOS 167,000,000 3.1.2.02.08.01 Energía 54,000,000 3.1.2.02.08.02 Acueducto y Alcantarillado 60,000,000 3.1.2.02.08.03 Aseo 18,000,000 3.1.2.02.08.04 Teléfono 35,000,000 3.1.2.02.17 Información 150,000,000 3.1.8 OBLIGACIONES POR PAGAR 889,831,000 3.1.8.02 GASTOS GENERALES 889,831,000 3.1.8.02.01 Adquisición de Bienes 176,000,000 3.1.8.02.01.02 Gastos computador 45,000,000 3.1.8.02.01.03 Combustibles lubricantes y llantas 100,000,000 3.1.8.02.01.04 Materiales y suministros 31,000,000 3.1.8.02.02 ADQUISICION DE SERVICIOS 713,831,000 67 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-67 • 2017 • DICIEMBRE • 26 3.1.8.02.03 Gastos de transportes y comunicaciones 20,000,000 3.1.8.02.02.04 Impresos y publicaciones 67,000,000 3.1.8.02.02.05 MANTENIMIENTO Y REPARACIONES 402,535,000 3.1.8.02.02.05.0001 Mantenimiento entidad 402,535,000.00 3.1.8.02.06 SEGUROS 74,296,000 3.1.8.02.06.01 SEGUROS ENTIDAD 74,296,000.00 3.1.8.02.02.17 Información 150,000,000 3.3 INVERSIÓN 122,992,037,000 3.3.1 DIRECTA 67,120,716,000 3.3.1.15 BOGOTA MEJOR PARA TODOS 67,120,716,000 3.3.1.15.01 Pilar Igualdad de Calidad de Vida 16,062,751,000 3.3.1.15.01.02 Desarrollo Integral Desde la Gestación Hasta la Adolescencia 1,700,000,000 3.3.1.15.01.02.1492 Niños y niñas sanos y felices en San Cristóbal 1,700,000,000 3.3.1.15.01.03 Igualdad y Autonomía para una Bogotá Incluyente 9,855,430,000 3.3.1.15.01.03.1502 Superando las barreras de la discapacidad en San Cristóbal 1,400,000,000 3.3.1.15.01.03.1509 Personas mayores protegidas en San Cristóbal 8,455,430,000 3.3.1.15.01.04 Familias Protegidas y Adaptadas al Cambio Climático 637,321,000 3.3.1.15.01.04.1579 San Cristóbal preparada para el riesgo 637,321,000 3.3.1.15.01.07 Inclusión Educativa para la Equidad 800,000,000 3.3.1.15.01.07.1486 En San Cristóbal se contribuye a una mejor educación 800,000,000 3.3.1.15.01.11 Mejores Oportunidades para el Desarrollo a Través de la Cultura, la Recreación y el Deporte 3,070,000,000 3.3.1.15.01.11.1554 Deporte y cultura para ser felices en San Cristóbal 3,070,000,000 3.3.1.15.02 Pilar Democracia Urbana 33,020,692,000 3.3.1.15.02.15 Recuperación, Incorporación, Vida Urbana y Control de la Ilegalidad 420,000,000 3.3.1.15.02.16.1581 San Cristóbal cumple y respeta las normas 420,000,000 3.3.1.15.02.17 Espacio Público, Derecho de Todos 6,504,072,000 3.3.1.15.02.17.1510 Parques de ensueño en San Cristóbal 6,504,072,000 3.3.1.15.02.18 Mejor Movilidad para Todos 26,096,620,000 3.3.1.15.02.18.1557 Mejores vías y espacio público en San Cristóbal 26,096,620,000 3.3.1.15.03 Pilar Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana 3,252,036,000 3.3.1.15.03.19 Seguridad y Convivencia para Todos 3,252,035,000 3.3.1.15.03.19.1555 Mejor seguridad y convivencia para todos en San Cristóbal 3,252,035,000 3.3.1.15.06 Eje tranversal Sostenibilidad Ambiental Basada en Eficiencia Energética 1,400,000,000 3.3.1.15.06.38 Recuperación y Manejo de la Estructura Ecológica Principal 1,400,000,000 3.3.1.15.06.38.1534 San Cristóbal ambientalmente sostenible 1,400,000,000 3.3.1.15.07 Eje transversal Gobierno Legítimo Fortalecimiento Local y Eficiente 13,385,238,000 3.3.1.15.07.45 Gobernanza e Influencia Local, Regional e Internacional 13,385,238,000 3.3.1.15.07.45.1531 Acciones y desarrollo y fortalecimiento institucional 8,684,017,000 3.3.1.15.07.45.1578 Participación para el bien común en San Cristóbal 2,701,221,000 3.3.1.15.07.45.1580 Nueva sede para un mejor servicio al ciudadano en San Cristóbal 2,000,000,000 3.3.6 OBLIGACIONES POR PAGAR 55,871,321,000 3.3.1.15 BOGOTA MEJOR PARA TODOS 48,434,621,000 3.3.6.15.01 Pilar Igualdad de Calidad de Vida 7,367,792,000 3.3.6.15.01.02 Desarrollo Integral Desde la Gestación Hasta la Adolescencia 1,120,090,000 3.3.6.15.01.02.1492 Niños y niñas sanos y felices en San Cristóbal 1,120,090,000 3.3.6.15.01.03 Igualdad y Autonomía para una Bogotá Incluyente 3,343,556,000 3.3.6.15.01.03.1509 Personas mayores protegidas en San Cristóbal 3,343,556,000 3.3.6.15.01.03.1502 Superando las barreras de la discapacidad en San Cristóbal 0 3.3.6.15.01.04 Familias Protegidas y Adaptadas al Cambio Climático 458,727,000 3.3.6.15.01.04.1579 San Cristóbal preparada para el riesgo 458,727,000 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-68 • 2017 • diciembre • 26 68 3.3.6.15.01.07 Inclusión Educativa para la Equidad 700,000,000 3.3.6.15.01.07.1486 En San Cristóbal se contribuye a una mejor educación 700,000,000 3.3.6.15.01.11 Mejores Oportunidades para el Desarrollo a Través de la Cultura, la Recreación y el Deporte 1,745,419,000 3.3.6.15.01.11.1554 Deporte y cultura para ser felices en San Cristóbal 1,745,419,000 3.3.6.15.02 Pilar Democracia Urbana 32,907,736,000 3.3.6.15.02.15 Recuperación, Incorporación, Vida Urbana y Control de la Ilegalidad 497,010,000 3.3.6.15.02.15.1581 San Cristóbal cumple y respeta las normas 497,010,000 3.3.6.15.02.17 Espacio Público, Derecho de Todos 5,545,515,000 3.3.6.15.02.17.1510 Parques de ensueño en San Cristóbal 5,545,515,000 3.3.6.15.02.18 Mejor Movilidad para Todos 26,865,211,000 3.3.6.15.02.18.1557 Mejores vías y espacio público en San Cristóbal 26,865,211,000 3.3.6.15.03 Pilar Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana 2,533,854,000 3.3.6.15.03.19 Seguridad y Convivencia para Todos 2,533,854,000 3.3.6.15.03.19.1555 Mejor seguridad y convivencia para todos en San Cristóbal 2,533,854,000 3.3.6.15.06 Eje transversal Sostenibilidad Ambiental Basada en Eficiencia Energética 1,008,819,000 3.3.6.15.06.38 Recuperación y Manejo de la Estructura Ecológica Principal 1,008,819,000 3.3.6.15.06.38.1534 San Cristóbal ambientalmente sostenible 1,008,819,000 3.3.6.15.07 Eje transversal Gobierno Legítimo Fortalecimiento Local y Eficiente 4,616,420,000 3.3.6.15.07.45 Gobernanza e Influencia Local, Regional e Internacional 4,616,420,000 3.3.6.15.07.45.1531 Acciones y desarrollo y fortalecimiento institucional 2,278,259,000 3.3.6.15.07.45.1578 Participación para el bien común en San Cristóbal 2,138,161,000 3.3.6.15.07.45.1580 Nueva sede para un mejor servicio al ciudadano en San Cristóbal 200,000,000 3.3.6.90 Obligaciones por Pagar Otras Vigencias 7,436,700,000 EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR (E)

En uso de sus atribuciones constitucionales

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2018

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. y legales, en especial las que le confiere el artículo 19 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y Resolución Nº SHD-000226 del 8 de octubre de 2014 Dado en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de diciembre del año dos mil

CONSIDERANDO:

diecisiete (2017).

JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR Alcalde Local de San Cristóbal Que la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión para la vigencia fiscal de 2018, median te Acuerdo local No. 0056 del 15 de diciembre de 2017, el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde Local.

ALCALDÍA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR Decreto Local Número 009 (Diciembre 18 de 2017)

Que en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde debe liquidar el presupuesto anual de Ingresos y Gastos e Inversión a nivel de programas y proyectos.

Que en mérito de lo expuesto, Por el cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos e inversión de la alcaldía local de ciudad bolívar para la vigencia fiscal

DECRETA:

comprendida entre el 1° de enero y el 31° de diciembre de 2018

Artículo 1.

Fijar el Presupuesto Anual de Ingre sos del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar

69 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-69 • 2017 • DICIEMBRE • 26 para la vigencia fiscal comprendida en entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2018, por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL PESOS M/CTE ($ 267.255.730.000), conforme al siguiente detalle:

DISTRIBUCION DE INGRESOS CODIGO NOMBRE VALOR 1 DISPONIBILIDAD INICIAL 158.941.022.000 2 INGRESOS 108.314.708.000 2-1 INGRESOS COPRRIENTES 108.314.708.000 2-1-2 NO TRIBUTARIOS 97.653.000 2-1-2-3 Multas 73.000.000 2-1-2-99 Otros Ingresos No tributarios 24.653.000 2-2 TRANSFERENCIAS 107.784.415.000 2-2-4 ADMINISTRACION CENTRAL 107.784.415.000 2-2-4-5 Participación Ingresos Corrientes del Distrito 107.784.415.000 2-2-4-5-01 Vigencia 107.784.415.000 2-4 Recursos de Capital 432.640.000 2-4-3 Rendimientos por Operaciones Financieras 432.640.000 2-4-3-02 Rendimientos Provenientes de Recursos de Libre inversión 432.640.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 267.255.730.000

Artículo 2.

Fijar el Presupuesto Anual de los Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2017, por

la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL PESOS M/CTE ($ 267.255.730.000), conforme a los siguientes detalles:

DISTRIBUCIÓN DE GASTOS CODIGO NOMBRE VALOR 3- GASTOS 267.255.730.000 3-1- GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 1.760.683.000 3-1-2- GASTOS GENERALES 1.271.000.000 3-1-2-01 Adquisición de Bienes 119.191.000 3-1-2-01-02 Gastos de Computador 50.980.000 3-1-2-01-03 Combustibles Lubricantes y Llantas 32.000.000 3-1-2-01-04 Materiales y Suministros 36.211.000 3-1-2-02 Adquisición de Servicios 1.150.809.000 3-1-2-02-01 Arriendos 62.556.000 3-1-2-02-03 Gastos de Transporte y Comunicación 11.000.000 3-1-2-02-04 Impresos y Publicaciones 27.000.000 3-1-2-02-05 Mantenimiento y Reparaciones 612.803.000 3-1-2-02-05-01 Mantenimiento Entidad 612.803.000 3-1-2-02-06 Seguros 273.186.000 3-1-2-02-06-01 Seguros Entidad 150.000.000 3-1-2-02-06-04 Seguros de Vida Ediles 10.000.000 3-1-2-02-06-05 Seguros de Salud Ediles 113.186.000 3-1-2-02-08 Servicios Públicos 162.264.000 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-70 • 2017 • diciembre • 26 70 3-1-2-02-08-01 Energía 82.200.000 3-1-2-02-08-02 Acueducto y Alcantarillado 13.500.000 3-1-2-02-08-03 Aseo 3.000.000 3-1-2-02-08-04 Teléfono 63.564.000 3-1-2-02-11 Promoción Institucional 1.000.000 3-1-2-02-18 Publicidad 1.000.000 3-1-2-03 Otros Gastos Generales 1.000.000 3-1-2-03-02 Impuestos Tasas Contribuciones Derechos y Multas 1.000.000 3-1-8- OBLIGACIONES POR PAGAR 489.683.000 3-1-8-02 GASTOS GENERALES 489.683.000 3-1-8-02-01 Adquisición de Bienes 69.687.000 3-1-8-02-01-02 Gastos de Computador 23.166.000 3-1-8-02-01-03 Combustibles Lubricantes y Llantas 27.797.000 3-1-8-02-01-04 Materiales y Suministros 18.724.000 3-1-8-02-02 Adquisición de Servicios 419.996.000 3-1-8-02-02-03 Gastos de Transporte y Comunicación 5.542.000 3-1-8-02-02-04 Impresos y Publicaciones 8.120.000 3-1-8-02-02-05 Mantenimiento y Reparaciones 366.361.000 3-1-8-02-02-05-0001 Mantenimiento Entidad 366.361.000 3-1-8-02-02-06 Seguros 39.973.000 3-1-8-02-02-06-0001 Seguros Entidad 20.807.000 3-1-8-02-02-06-0004 Seguros de Vida Ediles 1.288.800 3-1-8-02-02-06-0005 Seguros de Salud Ediles 17.877.200 3-1-8-02-02-08 Servicios Públicos 26.276.000 3-1-8-02-02-08-0001 Energía 0 3-1-8-02-02-08-0002 Acueducto y Alcantarillado 0 3-1-8-02-02-08-0003 Aseo 0 3-1-8-02-02-08-0004 Teléfono 0 3-1-8-02-02-11 Promoción Institucional 0 3-1-8-02-03 Otros Gastos Generales 0 3-1-8-02-03-02 Impuestos, Tasas, Contribuciones, Derechos y Multas 0 3-3 INVERSIÓN 265.495.047.000 3-3-1 DIRECTA 107.043.707.000 3-3-1-15 Bogotá Mejor para todos 107.043.707.000 3-3-1-15-01 Pilar Igualdad de calidad de vida 21.622.829.000 3-3-1-15-01-02 Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia 1.455.795.000 3-3-1-15-01-02-1397 Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia 1.455.795.000 3-3-1-15-01-03 Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente 9.526.890.000 3-3-1-15-01-03-1399 Promoción y eficacia para un desarrollo MEJOR del adulto mayor 9.098.715.000 3-3-1-15-01-03-1417 Desarrollo en salud para una SONRISA nueva mejor para todos 428.175.000 3-3-1-15-01-04 Familias protegidas y adaptadas al cambio climático 2.997.224.000 3-3-1-15-01-04-1418 Mitigar el riesgo es mejor para todos 2.997.224.000 3-3-1-15-01-07 Inclusión educativa para la equidad 256.905.000 3-3-1-15-01-07-1420 Dotación material pedagógico a IEDS de la Localidad 256.905.000 3-3-1-15-01-08 Acceso con calidad a la educación superior 3.960.617.000 3-3-1-15-01-08-1421 Por una formación en educación superior para todos 3.960.617.000 3-3-1-15-01-11 Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte 3.425.398.000 71 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-71 • 2017 • DICIEMBRE • 26 3-3-1-15-01-11-1422 Ciudad Bolívar en cultura, deporte y recreación mejor para todos 3.425.398.000 3-3-1-15-02 Pilar Democracia urbana 65.495.934.000 3-3-1-15-02-15 Recuperación, incorporación, vida urbana y control de la ilegalidad 3.425.399.000 3-3-1-15-02-15-1313 Derecho a la propiedad y a la legalidad de nuestros barrios 3.425.399.000 3-3-1-15-02-17 Espacio público, derecho de todos 10.704.370.000 3-3-1-15-02-17-1423 Mantenimiento y construcción de parques 10.704.370.000 3-3-1-15-02-18 Mejor movilidad para todos 51.366.165.000 3-3-1-15-02-18-1424 Espacios con movilidad para todos 51.366.165.000 3-3-1-15-03 Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana 5.352.186.000 3-3-1-15-03-19 Seguridad y convivencia para todos 5.352.186.000 3-3-1-15-03-19-1425 Escuela Ciudad Bolívar segura y en paz 5.352.186.000 3-3-1-15-05 Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento 321.131.000 3-3-1-15-05-36 Bogotá, una ciudad digital 321.131.000 3-3-1-15-05-36-1448 Portales interactivos Ciudad Bolívar 321.131.000 3-3-1-15-06 Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética 2.354.961.000 3-3-1-15-06-38 Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal 1.412.977.000 1.412.977.000 3-3-1-15-06-38-1450 Recuperación protección y manejo ambiental de la Estructura Ecológica Principal y /o la franja de borde urbano rural de La Localidad Ciudad Bolívar 3-3-1-15-06-41 Desarrollo rural sostenible 941.984.000 3-3-1-15-06-41-1449 Desarrollo rural sostenible 941.984.000 3-3-1-15-07 Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia 11.896.666.000 3-3-1-15-07-45 Gobernanza e influencia local, regional e internacional 8.884.628.000 3-3-1-15-07-45-1281 Ciudad Bolívar, una localidad con una gestión local eficiente, eficaz y transparente 8.884.628.000 3-3-1-15-07-45-1451 En Ciudad Bolívar participamos todos 3.012.038.000 3-3-6 OBLIGACIONES POR PAGAR 158.451.340.000 3-3-6-15 Bogotá Mejor para todos 87.131.655.000 3-3-6-15-01 Pilar Igualdad de calidad de vida 15.544.004.000 3-3-6-15-01-02 Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia 2.220.308.000 3-3-6-15-01-02-1397 Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia 2.220.308.000 3-3-6-15-01-03 Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente 1.811.774.000 3-3-6-15-01-03-1399 Promoción y eficacia para un desarrollo MEJOR del adulto mayor 1.345.103.000 3-3-6-15-01-03-1417 Desarrollo en salud para una SONRISA nueva mejor para todos 466.671.000 3-3-6-15-01-04 Familias protegidas y adaptadas al cambio climático 1.866.682.000 3-3-6-15-01-04-1418 Mitigar el riesgo es mejor para todos 1.866.682.000 3-3-6-15-01-07 Inclusión educativa para la equidad 466.671.000 3-3-6-15-01-07-1420 Dotación material pedagógico a IEDS de la Localidad 466.671.000 3-3-6-15-01-08 Acceso con calidad a la educación superior 1.773.348.000 3-3-6-15-01-08-1421 Por una formación en educación superior para todos 1.773.348.000 3-3-6-15-01-11 Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte 7.405.221.000 3-3-6-15-01-11-1422 Ciudad Bolívar en cultura, deporte y recreación mejor para todos 7.405.221.000 3-3-6-15-02 Pilar Democracia urbana 50.174.600.000 3-3-6-15-02-15 Recuperación, incorporación, vida urbana y control de la ilegalidad 2.498.556.000 3-3-6-15-02-15-1313 Derecho a la propiedad y a la legalidad de nuestros barrios 2.498.556.000 3-3-6-15-02-17 Espacio público, derecho de todos 9.333.412.000 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-72 • 2017 • diciembre • 26 72 3-3-6-15-02-17-1423 Mantenimiento y construcción de parques 9.333.412.000 3-3-6-15-02-18 Mejor movilidad para todos 38.342.632.000 3-3-6-15-02-18-1424 Espacios con movilidad para todos 38.342.632.000 3-3-6-15-03 Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana 4.621.363.000 3-3-6-15-03-19 Seguridad y convivencia para todos 4.621.363.000 3-3-6-15-03-19-1425 Escuela Ciudad Bolívar segura y en paz 4.621.363.000 3-3-6-15-05 Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento 1.574.000.000 3-3-6-15-05-36 Bogotá, una ciudad digital 1.574.000.000 3-3-6-15-05-36-1448 Portales interactivos Ciudad Bolívar 1.574.000.000 3-3-6-15-06 Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética 1.574.747.000 3-3-6-15-06-38 Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal 1.232.010.000 1.232.010.000 3-3-6-15-06-38-1450 Recuperación protección y manejo ambiental de la Estructura Ecológica Principal y /o la franja de borde urbano rural de La Localidad Ciudad Bolívar 3-3-6-15-06-41 Desarrollo rural sostenible 342.737.000 3-3-6-15-06-41-1449 Desarrollo rural sostenible 342.737.000 3-3-6-15-07 Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia 13.642.941.000 3-3-6-15-07-45 Gobernanza e influencia local, regional e internacional 13.642.941.000 3-3-6-15-07-45-1281 Ciudad Bolívar, una localidad con una gestión local eficiente, eficaz y transparente 7.328.342.000 3-3-6-15-07-45-1451 En Ciudad Bolívar participamos todos 6.314.599.000 3-3-6-90 OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES 71.319.685.000

4. DISPONIBILIDAD FINAL 0

TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 267.255.730.000 LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ En ejercicio de sus atribuciones constitucionales

Artículo 3.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2017.

y legales y en especial las que confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y Dado en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del año dos mil

CONSIDERANDO:

diecisiete (2017)

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR Alcalde Local de Ciudad Bolívar (E.)

Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, estipula sobre los Modificaciones Presupuesta les que “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las corres pondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

ALCALDÍA LOCAL DE ENGATIVÁ Decreto Local Número 009 (Diciembre 21 de 2017)

“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA

1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que dis minuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presu puestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.

MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS Y DE GASTOS E INVERSIONES DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ENGATIVÁ, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2017”.

Los traslados presupuestales dentro del mismo agrega do se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su 73 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-73 • 2017 • DICIEMBRE • 26 lecer el programa de seguridad y convivencia para todos, con cargo a los recursos de los fondos de desarrollo local.

La Administración Local para efectos de llevar a cabo la ejecución del anterior proyecto, requiere la suma de ochocientos noventa y siete millones setecientos cuatro mil treinta y cinco pesos M/Cte ($897.704.035). validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presu puesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”. (…).

Que para tal fin, se solicitó concepto favorable a la Secretaria Distrital de Planeación con oficio nro. 20176000652261 del 18 de diciembre de 2017, para efectuar traslado presupuestal al interior del presu puesto vigencia 2017.

Que se solicitó concepto favorable a la Dirección Dis trital de Presupuesto con oficio nro. 20176000652331 del 18 de diciembre de 2017 para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2017.

Que mediante oficio nro. 2-2017-69545 del 19 de di ciembre de 2017 la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable sobre el traslado pre supuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el plan de desarrollo local.

Que revisada la Ejecución Presupuestal de la vigencia 2017 con corte al 15 de diciembre, se encuentra que los rubros presupuestales: 3.3.1.15.01.02.1468 - Desarro llo integral y buen trato para los niños y niñas por valor de $10.069.503, 3.3.1.15.01.03.1477 - Ayudas para la calidad de vida de personas con discapa cidad por valor de $15.292.666, 3.3.1.15.01.11.1480
- Cultura, recreación y deporte para la partici pación y la formación por valor de $42.625.465, 3.3.1.15.02.17.1488 - Parques incluyentes y demo cráticos para la participación ciudadana por valor de $2.506.667, 3.3.1.15.03.20.1496 - El derecho de las mujeres a una vida libre de violencia por va lor de $6.397.812, 3.3.1.15.06.38.1500 - Territorio sostenible con participación social por valor de $699.760.160 y 3.3.1.15.07.45.1501 - Buen gobierno para estimular la participación social por valor de $ 121.051.762 cuentan con recursos disponibles, por tal razón es necesario efectuar un traslado presu puestal por un valor total de ochocientos noventa y siete millones setecientos cuatro mil treinta y cinco pesos M/Cte ($897.704.035).

Que mediante oficio nro. 2017EE304254 del 20 de di ciembre de 2017 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Pre supuesto de Gastos de Inversión vigencia 2017 por valor de ochocientos noventa y siete millones setecientos cuatro mil treinta y cinco pesos M/Cte ($897.704.035).

Que para el presente traslado se expide el certificado de disponibilidad presupuestal nro. 1238 del 18 de diciembre de 2017.

En mérito de lo anteriormente expuesto, se,

DECRETA:

Que la Administración Local requiere con carácter urgente aumentar la apropiación presupuestal del proyecto No. “1495 - Espacios seguros y confiables para la convivencia” por valor de $897.704.035, en concordancia con el artículo 3 del Decreto Distrital 101 de 2010 donde Las alcaldías locales tienen como finali dad contribuir a las metas del Plan de Desarrollo Distrital y deben tomar acciones para promover la convivencia pacífica y la aplicación de las normas de policía.

Por lo anterior, se encuentra que, dentro de los planes de desarrollo locales de las 19 localidades de Bogotá, está incluida la dotación de soluciones tecnológicas para forta

Artículo primero.

Efectúense los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e In versiones de la vigencia 2017 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá:

CÓDIGO CONCEPTO CONTRACRÉDITOS 3.3 INVERSION 897.704.035 3.3.1 DIRECTA 897.704.035 3.3.1.15 Bogotá Mejor para todos 897.704.035 3.3.1.15.01 Pilar Igualdad de calidad de vida 67.987.634 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-74 • 2017 • diciembre • 26 74 CÓDIGO CONCEPTO CONTRACRÉDITOS 3.3.1.15.01.02 Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia 10.069.503 3.3.1.15.01.02.1468 Desarrollo Integral y buen trato para los niños y niñas 10.069.503 3.3.1.15.01.03 Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente 15.292.666 3.3.1.15.01.03.1477 Ayudas para la calidad de vida de personas con discapacidad 15.292.666 3.3.1.15.01.11 Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte 42.625.465 3.3.1.15.01.11.1480 Cultura, recreación y deporte para la participación y la formación 42.625.465 3.3.1.15.02 Pilar Democracia urbana 2.506.667 3.3.1.15.02.17 Espacio público, derecho de todos 2.506.667 3.3.1.15.02.17.1488 Parques Incluyentes y Democráticos para la participación ciudadana 2.506.667 3.3.1.15.03 Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana 6.397.812 3.3.1.15.03.20 Fortalecimiento del Sistema de Protección Integral a Mujeres Víctimas de Violencia - SOFIA 6.397.812 3.3.1.15.03.20.1496 El Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia 6.397.812 3.3.1.15.06 Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética 699.760.160 3.3.1.15.06.38 Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal 699.760.160 3.3.1.15.06.38.1500 Territorio sostenible con participación social 699.760.160 3.3.1.15.07 Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia 121.051.762 3.3.1.15.07.45 Gobernanza e influencia local, regional e internacional 121.051.762 3.3.1.15.07.45.1501 Buen gobierno para estimular la participación social 121.051.762 TOTAL CONTRACRÉDITOS 897.704.035

Artículo segundo.

Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inver

siones de la vigencia 2017 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá:

CÓDIGO CONCEPTO CRÉDITOS 3.3 INVERSION 897.704.035 3.3.1 DIRECTA 897.704.035 3.3.1.15 Bogotá Mejor para todos 897.704.035 3.3.1.15.03 Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana 897.704.035 3.3.1.15.03.19 Seguridad y convivencia para todos 897.704.035 3.3.1.15.03.19.1495 Espacios seguros y confiables para la convivencia 897.704.035 TOTAL CRÉDITOS 897.704.035

Artículo tercero.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Se expide en Bogotá, D.C., en la localidad 10 de Engativá a los veintiún (21) días del mes de diciembre de dos mil diecisiete (2017).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

CARMEN YOLANDA VILLABONA Alcaldesa Local de Engativá (E.)

75 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-75 • 2017 • DICIEMBRE • 26 ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES fiscal de 2018 mediante Acuerdo Local No. 02 de Diciembre 14 de 2017, el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde local.

Decreto Local Número 035 (Diciembre 18 de 2017)

“Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Que en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde debe liquidar el presupuesto anual de ingresos y gastos a nivel de programas y proyectos.

Local de Los Mártires para la vigencia fiscal Que en mérito de lo expuesto, comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2018”.

DECRETA:

EL ALCALDE LOCAL DE LOS MÁRTIRES En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993 y las que le confiere el Decreto 372 de 2010 en su artículo 19 y,

CONSIDERANDO:

Artículo 1.

Fijar el Presupuesto Anual de In gresos de la Alcaldía Local de los Mártires para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, por la suma de TREINTA Y SEIS MIL OCHO DIECINUEVE MILLONES DOS CIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE. ($ 36.819.237.000.oo) para la vigencia fiscal 2018, conforme al siguiente detalle:

Que la Junta Administradora Local aprobó el Presu puesto Anual de Ingresos y Gastos para la vigencia DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS CÓDIGO CONCEPTO PRESUPUESTO VALOR 1 DISPONIBILIDAD INICIAL 18.392.575.000 2 INGRESOS 18.426.662.000 2.1 INGRESOS CORRIENTES 159.000.000 2.1.2 NO TRIBUTARIOS 159.000.000 2.1.2.03 Multas 155.000.000 2.1.2.99 Otros Ingresos No tributarios 4.000.000 2.2 TRANSFERENCIAS 18.265.162.000 2.2.4 ADMINISTRACIÓN CENTRAL 18.265.162.000 2.2.4.05 Participación Ingresos Corrientes del Distrito 18.265.162.000 2.2.4.05.01 Vigencia 18.265.162.000 2.4 RECURSOS DE CAPITAL 2.500.000 2.4.3 RENDIMIENTOS POR OPERACIONES FINANCIERAS 2.500.000 2.4.3.02 Rendimientos Provenientes de Recursos de Libre Destinación 2.500.000 TOTAL INGRESOS MAS DISPONIBILIDAD INICIAL 36.819.237.000 Y SEIS MIL OCHO DIECINUEVE MILLONES DOS CIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE. ($ 36.819.237.000.oo) para la vigencia fiscal 2018, conforme al siguiente detalle:

Artículo 2.

Fijar el Presupuesto Anual de los Gastos de la Alcaldía Local de Los Mártires para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2018, por la suma de TREINTA

DISTRIBUCIÓN DE GASTOS Pesos $ CODIGO CONCEPTO PRESUPUESTO VALOR 1 DISPONIBILIDAD INICIAL 18.392.575.000,00 2 INGRESOS 18.426.662.000,00 2-1 INGRESOS CORRIENTES 159.000.000,00 2-1-2 NO TRIBUTARIOS 159.000.000,00 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-76 • 2017 • diciembre • 26 76 2-1-2-03 Multas 152.500.000,00 2-1-2-04 Rentas contractuales 0,00 2-1-2-04-99 Otras rentas contractuales 0,00 2-1-2-99 Otros Ingresos No Tributarios 6.500.000,00 2-2 TRANSFERENCIAS 18.265.162.000,00 2-2-4 ADMINISTRACIÓN CENTRAL 18.265.162.000,00 2-2-4-05 Participación Ingresos Corrientes del Distrito 18.265.162.000,00 2-2-4-05-01 Vigencia 18.265.162.000,00 2-4 RECURSOS DE CAPITAL 2.500.000,00 2-4-3 RENDIMIENTOS POR OPERACIONES FINANCIERAS 0,00 2-4-3-02 Rendimientos provenientes de Recursos de Libre Destinación 0,00 2-4-9 Otros recursos de capital 2.500.000,00 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 36.819.237.000,00 3 GASTOS 36.819.237.000,00 3-1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 3.037.034.000,00 3-1-2 GASTOS GENERALES 1.855.000.000,00 3-1-2-01 Adquisición de Bienes 344.600.000,00 3-1-2-01-02 Gastos de Computador 127.600.000,00 3-1-2-01-03 Combustibles Lubricantes Y Llantas 22.000.000,00 3-1-2-01-04 Materiales y Suministros 45.000.000,00 3-1-2-01-05 Compra de Equipo 150.000.000,00 3-1-2-02 Adquisición de Servicios 1.510.400.000,00 3-1-2-02-01 Arrendamientos 450.000.000,00 3-1-2-02-03 Gastos de Transporte y Comunicación 75.000.000,00 3-1-2-02-04 Impresos y Publicaciones 40.000.000,00 3-1-2-02-05 Mantenimiento y Reparaciones 735.000.000,00 3-1-2-02-05-01 Mantenimiento Entidad 735.000.000,00 3-1-2-02-06 Seguros 95.000.000,00 3-1-2-02-06-01 Seguros Entidad 10.000.000,00 3-1-2-02-06-04 Seguros de Vida Ediles 10.000.000,00 3-1-2-02-06-05 Seguros de Salud Ediles 75.000.000,00 3-1-2-02-08 Servicios Públicos 85.400.000,00 3-1-2-02-08-01 Energía 55.000.000,00 3-1-2-02-08-02 Acueducto y Alcantarillado 10.000.000,00 3-1-2-02-08-03 Aseo 2.400.000,00 3-1-2-02-08-04 Teléfono 18.000.000,00 3-1-2-02-11 Promoción Institucional 15.000.000,00 3-1-2-02-17 Información 15.000.000,00 3-1-8 OBLIGACIONES POR PAGAR 1.182.034.000,00 3-3 INVERSIÓN 33.782.203.000,00 3-3-1 DIRECTA 16.571.662.000,00 3-3-1-15 Bogotá Mejor para todos 16.571.662.000,00 3-3-1-15-1 pilar Igualdad de calidad de vida 4.051.458.000,00 3-3-1-15-1-02 Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia 340.000.000,00 3-3-1-15-1-02-1482 Una infancia y adolescencia mejor para todos nuestros niños, niña y adolescente, feliz y protegidos. 340.000.000,00 77 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-77 • 2017 • DICIEMBRE • 26 3-3-1-15-1-03 Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente 2.471.458.000,00 3-3-1-15-1-03-1489 Una vejez mejor para todas las personas mayores dignas, activas y felices 2.071.458.000,00 3-3-1-15-1-03-1491 Una asistencia mejor para todas las personas con discapacidad, mejorando su calidad de vida 400.000.000,00 3-3-1-15-1-07 Inclusión educativa para la equidad 160.000.000,00 3-3-1-15-1-07-1497 Todos nuestros niños, niñas y adolescentes con mejor educación incluyente y de calidad 160.000.000,00 3-3-1-15-1-11 Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte 1.080.000.000,00 3-3-1-15-1-11-1499 Una mejor cultura, recreación y deporte para toda nuestra comunidad, en ejercicio de sus derechos y con enfoque diferencial 1.080.000.000,00 3-3-1-15-2 Pilar Democracia Urbana 7.907.256.000,00 3-3-1-15-2-17 Espacio público, derecho de todos 1.077.158.000,00 3-3-1-15-2-17-1503 Mejores parques para todos 1.077.158.000,00 3-3-1-15-2-18 Mejor movilidad para todos 6.830.098.000,00 3-3-1-15-2-18-1505 Mejor movilidad para todos 6.830.098.000,00 3-3-1-15-3 Pilar: Construcción de comunidad y cultura ciudadana 480.578.000,00 3-3-1-15-3-19 Seguridad y convivencia para todos 480.578.000,00 3-3-1-15-3-19-1520 Territorios seguros para todos 480.578.000,00 3-3-1-15-6 Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética 260.000.000,00 3-3-1-15-6-38 Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal 260.000.000,00 3-3-1-15-6-38-1507 Los mártires florecen 260.000.000,00 3-3-1-15-7 Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia 3.872.370.000,00 3-3-1-15-7-45 Gobernanza e influencia local, regional e internacional 3.872.370.000,00 3-3-1-15-7-45-1523 Gobierno legítimo y transparente para todos 3.629.194.000,00 3-3-1-15-7-45-1525 Mártires fortalece la participación y el control social 243.176.000,00 3-3-6 OBLIGACIONES POR PAGAR 17.210.541.000,00 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Artículo 3.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero de 2018.

HÉCTOR ROMÁN MORALES BETANCOURT Alcalde local de Los Mártires (E.)

Dado en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del mes de diciembre de dos mil diecisiete (2017).

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6223 • pP. 1-78 • 2017 • diciembre • 26 78

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