Registro Distrital 6204 de 2017
Registro Distrital 6204 de 2017 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 6204
- Año
- 2017
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 51 Número 6204 2017 • NOVIEMBRE • 27 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2017 tación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias SECRETARÍA DE HACIENDA Resolución Número 1619-DDI- 048936, 2017EE289800 (Noviembre 24 de 2017)
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos Nos. 1 y 2, fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.
Que en consideración a lo expuesto, “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”
RESUELVE:
EL JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA
Artículo 1º.
Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en los anexos Nos. 1y 2, que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.
Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas
Artículo 2º.
Los Actos administrativos a publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 131 Registros, No. 2 con 69 Registros.
Artículo 3º.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 1:
en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 OFICINA TIPO DE ACTO de 2011.
RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES
CONSIDERANDO:
LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO LIQUIDACIÓN REVOCATORIA DE OFICIO Que en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.
Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documen- Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.
1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-1 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 2:
OFICINA TIPO DE ACTO RESOLUCIÓN DE INCUMPLIENTO DE UNA FACILIDAD DE PAGO RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN COBRO COACTIVO RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE PARTE RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE PROCESO MODIFICACIÓN MANDAMIENTO DE PAGO CONTROL DE RECAUDO TRIBUTARIO PLIEGO DE CARGOS SERIALES AUTOMATICOS DE TRANSACCION REPETIDOS NO INFORMADOS REQUERIMIENTO ESPECIAL CONTROL MASIVO REVOCATORIA DE OFICIO AUTO DE ARCHIVO FISCALIZACIÓN GRANDES CONTRIBUYENTES REQUERIMIENTO ESPECIAL GENERAL DE FISCALIZACIÓN REQUERIMIENTO ESPECIAL Dada en Bogotá, D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Artículo 4º.
Esta Resolución rige a partir de su publicación.
JOHN ALEXÁNDER BARBOSA CRISTANCHO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-2 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 2 CAUSAL DE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN SUR 10-11-17 NO RESIDE SUR 14-09-17 CERRADO AP 202 14-09-17 CERRADO 05 SUR 15-09-17 DIRECCIÓN CL 161 16 05 13-09-17 NO RESIDE KR 97B 20 23 NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE 2012-6, 2013-1, 2, 3, 4, 5, 6, 2014-1, 2, 3, 4, 5, 6 2012-4, 5, 6, 2013-1, 2, 3, 4, 5, 6, 2014-1, 2, 3, 4, 5, 6 DEL ACTO FECHA TIPO AFORO 11-09-17 AFORO 11-09-17 AFORO 22-08-17 2012-4,5;2013- 1,2,3,5;2014-2-,3,4,5,6 CL 103 C 69 39 28-08-17 DIRECCIÓN AFORO 11-09-17 2012-4,5, 6, 2013-1, 2, 3, 4, 5 2014-4, 5 CL 62 13 66 PI 3 13-09-17 DIRECCIÓN AFORO 22-08-17 2012-4,5;2013- 1,2,3,5;2014-2-,3,4,5,6 KR 15 73 32 29-08-17 DIRECCIÓN AFORO 11-09-17 2012-6 KR 68 60A 39 AFORO 13-09-17 2012-4;2013-1-,3,4,5,6;2014-5 CL 13 30 87 18-09-17 CERRADO AFORO 13-09-17 2012-4;2013-6-;2015-4 KR 4 ESTE 26 K DE ACTO OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE COMPENSACIÓN 30-10-17 2016 KR 21A 68 20 COMPENSACIÓN 25-08-17 2017 KR 71C 116 20 21-09-17 CERRADO DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE publicación.
TIPO IMPUESTO ENTE IDENTIFI- CACIÓN DEL CONTRIBUY- NOTIFICACIÓN POR AVISO OYOLA 8.201.324 VEHÍCULOS WMS59D RESOLUCIÓN DE JAVIER 10.254.993 ICA 10254993 LIQUIDACION ALBERTO 13.615.853 ICA 13615853 LIQUIDACION ORDOÑEZ 2.880.662 PREDIAL AAA0058HHHK RESOLUCIÓN DE APODERADO NOMBRE DEL OLFO RAFAEL 9.053.535 ICA 9053535 LIQUIDACION JOSE OVALDO 1.140.031 ICA 1140031 LIQUIDACION ALBERTO ANIBAL 12.952.584 ICA 12952584 LIQUIDACION ALBERTO ANIBAL 12.952.584 ICA 12952584 LIQUIDACION MIGUEL ANTONIO 17.034.356 ICA 17034356 LIQUIDACION GUSTAVO DE JESUS 11.799.300 ICA 11799300 LIQUIDACION CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
No.
Subdirección de Determinación, profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente DDI039594 2017EE157908 2017021003161016217 HERNANDEZ DIAZ DDI037822 2017EE144373 2017021003161016218 SANCHEZ LEMUS DDI039591 2017EE157905 2017021003161016212 HERAZO GARCIA ROD- DDI039592 2017EE157906 2017021003161016213 ANGEL ARISTIZABAL DDI037822 2017EE144373 2017021003161016218 SANCHEZ LEMUS DDI040036 2017EE159419 2017021003164016893 FAJARDO FAJARDO DDI039597 2017EE157911 2017021003161016221 ZARATE RUIZ LUIS DDI043203 2017EE275689 201703400300019422 DARUIZ JULIO ARGEL DDI038521 2017EE146246 201701400300015301 LUIS EDUARDO ROJAS DDI040035 2017EE159418 2017021003164016904 TOQUICA VALIENTE RESOLUCIÓN No.
El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
Que los jefes de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, la Oficina de Liquidación, de la 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-3 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE 906 15-09-17 DIRECCIÓN 505 13-09-17 NO RESIDE B 70 18-09-17 CERRADO LC 213 14/09/217 CERRADO OF 407 14-09-17 NO RESIDE 116 20 PI 2 29-08-17 CERRADO AC 26 100 80 KR 11 11 39 OF 2012-4, 5, 6, 2013-3, 4, 5, 6, 2014-1, 2, 3, 4, 5, 6, 2015-1, 2, 3, 4, 5, 6 2012-4, 5, 6, 2013-3, 4, 5, 6, 2014-1, 2, 3, 4, 5, 6, 2015-1, 2, 3, 4, 5, 6 AFORO 13-09-17 2012-4;2013-1-,2,,4,5 KR 72 65 20 SUR 15-09-17 NO RESIDE AFORO 13-09-17 2012-4,5,6;2013- 1,2;2014-1,2,4 AK 9 117 20 CS AFORO 13-09-17 2012-4;2013-3-,4;2014-3,5 CL 93 A 14 07 15-09-17 DIRECCIÓN AFORO 13-09-17 2012-4,6;2015- 2,3,4,5 KR 33 70 45 18-09-17 DIRECCIÓN AFORO 13-09-17 2012-4,5,6;2013- 1,2;2014-1,2,4 CL 125 15 A 60 18-09-17 NO RESIDE AFORO 11-09-17 AFORO 11-09-17 2013-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 100 17A 27 14/09/217 REHUSADO AFORO 11-09-17 2013-1, 2, 3, 4, 5, 6 CL 23C 81A 26 13/09/217 DIRECCIÓN AFORO 11-09-17 2013-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 100 17A 41 AFORO 13-09-17 2012-4,5,6;2013- 1,3,4,5,6;2014-1-,2,3,4,5,6 CL 137 56 A 04 18-09-17 CERRADO AFORO 13-09-17 2012-4,6;2014-1-,2,3,4,5,6 TV 22 BIS 61 AFORO 22-08-17 2012-7 CL 22 D BIS A AFORO 11-09-17 AFORO 13-09-17 2012-4,6;2014-1-,2,3,4,5,6 TV 26 53 B 51 15-09-17 DIRECCIÓN OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE NOTIFICACIÓN POR AVISO TULIO 18.916.209 ICA 18916209 LIQUIDACION MIGUEL 19.436.908 ICA 19436908 LIQUIDACION ARTURO 19.369.954 ICA 19369954 LIQUIDACION GERMAN 19.091.345 ICA 19091345 LIQUIDACION LIBARDO 19.198.577 ICA 19198577 LIQUIDACION LIBARDO 19.198.577 ICA 19198577 LIQUIDACION OSWALDO 19.223.473 ICA 19223473 LIQUIDACION OSWALDO 19.223.473 ICA 19223473 LIQUIDACION JOSE LUIS 19.263.328 ICA 19263328 LIQUIDACION JOSE LUIS 19.263.328 ICA 19263328 LIQUIDACION LUIS ENRIQUE 17.131.664 ICA 17131664 LIQUIDACION LUIS ENRIQUE 17.131.664 ICA 17131664 LIQUIDACION LUIS ENRIQUE 17.131.664 ICA 17131664 LIQUIDACION ESTEBAN LORENZO 19.290.006 ICA 19290006 LIQUIDACION TARAZONA MENDEZ TARAZONA MENDEZ ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI040040 2017EE159423 2017021003164016918 PIÑEROS PEREZ JUAN DDI040053 2017EE159436 2017021003164016921 MARTINEZ MANUEL DDI040052 2017EE159435 2017021003164016922 GONZALEZ SANTANA DDI040054 2017EE159437 2017021003164016916 SUESION ILIQUIDA DE DDI040054 2017EE159437 2017021003164016916 SUESION ILIQUIDA DE DDI039706 2017EE158020 2017021003161016231 GONZALEZ MORALES DDI039706 2017EE158020 2017021003161016231 GONZALEZ MORALES DDI039706 2017EE158020 2017021003161016231 GONZALEZ MORALES DDI040055 2017EE159438 2017021003164016914 ARIZA MASMELA DDI039600 2017EE157914 2017021003161016240 PARDO CORTES MARIO DDI040034 2017EE159417 2017021003164016910 OVALLE OLAZ MIGUEL DDI037715 2017EE144266 2017021003161016236 MEJIA BADILLO CESAR DDI040055 2017EE159438 2017021003164016914 ARIZA MASMELA DDI039600 2017EE157914 2017021003161016240 PARDO CORTES MARIO REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-4 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 4 CIDO DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE SUR 13-09-17 DIRECCIÓN SUR 15-09-17 DIRECCIÓN SUR 13-09-17 DIRECCIÓN 18B 49 14-09-17 NO RESIDE AP 201 18-09-17 CERRADO AP 401 09-11-17 DESCONO- SUR 42 13-09-17 NO RESIDE KR 50 41B 16 KR 50 41B 46 KR 69 A 64 F 34 AFORO 11-09-17 2012-5, 2013-1, 3, 2014-4, 5, 6 CL 24D 75 20 13-09-17 DIRECCIÓN AFORO 11-09-17 2012-5, 2013-1, 3, 2014-4, 5, 6 CL 23 I 81C 81 14-09-17 CERRADO AFORO 11-09-17 2013-1, 2014-4, 6 CR 82 D 42H AFORO 11-09-17 2012-7, 2014-7 CL 30 3 44 ESTE 13-09-17 NO RESIDE AFORO 11-09-17 2012-7, 2014-7 KR 47 129 24 13-09-17 NO RESIDE AFORO 11-09-17 2012-4, 2014-2 CL 21 69B 28 13-09-17 DIRECCIÓN AFORO 13-09-17 2012-4;2013-3-;2014-2 KR 96 68 74 18-09-17 CERRADO AFORO 13-09-17 2012-4;2013-1-,2,,4,5 CL 71 3 A 71 AFORO 11-09-17 2012-4, 5, 6, 2013-2, 3, 4, 5, 2014-1, 2 AFORO 13-09-17 2012-4,5,6;2013- 1,2,3,4,5,6;2014- 1,2,3,4,5,6 AFORO 13-09-17 2012-4,5,6;2013- 1,2,3,4,5,6;2014- 1,2,3,4,5,6 KR 31 80 09 15-09-17 DIRECCIÓN AFORO 11-09-17 2012-5, 6, 2013- 1,2,3,4,5 AK 21A 70 28 13-09-17 DIRECCIÓN AFORO 11-09-17 2012-5, 2014-3, 5 CL 59 SUR AFORO 11-09-17 2012-4, 5, 6, 2013-2, 3, 4, 5, 2014-1, 2 DE OFICIO 01-11-17 2012 CL 13 38 54 09-11-17 NO RESIDE DE OFICIO 01-11-17 2012 KR 15 76 18 OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE NOTIFICACIÓN POR AVISO ALIX 20.312.549 ICA 20312549 LIQUIDACION ALIX 20.312.549 ICA 20312549 LIQUIDACION MARY 51.786.162 ICA 51786162 LIQUIDACION MIRIAM 41.773.959 PREDIAL AAA0144HHWW REVOCATORIA NIEVES 51.788.948 ICA 51788948 LIQUIDACION NIEVES 51.788.948 ICA 51788948 LIQUIDACION MIGUEL 19.436.908 ICA 19436908 LIQUIDACION ROSALBA 51.772.538 ICA 51772538 LIQUIDACION ROSALBA 51.772.538 ICA 51772538 LIQUIDACION CLEMENCIA 52.282.638 ICA 52282638 LIQUIDACION DORA MARIA 41.720.341 ICA 41720341 LIQUIDACION RUBY ESTHER 39.540.039 ICA 39540039 LIQUIDACION MARIA ANTONIA 51.701.782 PREDIAL AAA0144HHWW REVOCATORIA VIRNA ANGELICA 51.942.940 ICA 51942940 LIQUIDACION VIRNA ANGELICA 51.942.940 ICA 51942940 LIQUIDACION REÑO CARLOS JULIO 19.465.096 ICA 19465096 LIQUIDACION ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI039664 2017EE157978 2017021001159015166 GONZALEZ GARAY DDI039664 2017EE157978 2017021001159015166 GONZALEZ GARAY DDI039663 2017EE157977 2017021001159015161 RODRIGUEZ GUIO DDI039663 2017EE157977 2017021001159015161 RODRIGUEZ GUIO DDI039666 2017EE157980 2017021001159015173 ACUÑA DAZA MARIA DDI039662 2017EE157976 2017021001159015160 PALACIO MEJIA ROSE- DDI040051 2017EE159434 2017021003164016927 ROJAS DE MORALES DDI040051 2017EE159434 2017021003164016927 ROJAS DE MORALES DDI040050 2017EE159433 201717021003164016932 HERNANDEZ LOPEZ DDI040052 2017EE159435 2017021003164016922 GONZALEZ SANTANA DDI039607 2017EE157921 2017021003161016258 SANTAMARIA HER- DDI039661 2017EE157975 2017021001159015159 PALACIOS SANDOVAL DDI039658 2017EE157972 2017021001159015153 CASALLAS DE FARFAN DDI039661 2017EE157975 2017021001159015159 PALACIOS SANDOVAL 6163DDI043360 2017EE276712 2017011002119006096 VANEGAS ROLDAN 6163DDI043360 2017EE276712 2017011002119006096 VANEGAS ROLDAN 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-5 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 CIDO DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE L 29 29-08-17 CERRADO IN 11 18-09-17 CERRADO 78I 27 10-11-17 DESCONO- AP 302 14-09-17 DIRECCIÓN AP 205 13-09-17 NO RESIDE TO 1 AP 802 29-08-17 NO RESIDE KR 64 A 22 41 CL 35 SUR 72,2,3,4,5,6 CL 10 27 09 29-08-17 CERRADO,2,3,4,5,6 AFORO 13-09-17 2012-4,5,6 KR 77 236 20 AFORO 11-09-17 2012-4, 2015-3, 5 CL 66 73A 48 13-09-17 NO RESIDE AFORO 11-09-17 2012-4, 2015-3, 5 CL 77 29 31 13-09-17 NO RESIDE AFORO 22-08-17 2013- 1,2,3,4,5;2014-1-,2,3,4,5,6 AFORO 13-09-17 2012-4,5;2013-1-,2,3,4,5,6; CL 146 7 B 18 15-09-17 NO RESIDE AFORO 22-08-17 2013- 1,2,3,4,5;2014-1-,2,3,4,5,6 TV 53 BIS 2 A 72 29-08-17 CERRADO AFORO 13-09-17 2012-4,5,6 KR 4 9 40 18-09-17 DIRECCIÓN AFORO 11-09-17 2012-5, 2013-2, 2014-1, 3, 4, 5 KR 7 106 65 AFORO 22-08-17 2012-5,6;2013-1-,2,3,4,5,6;2014-1- AFORO 22-08-17 2012-4,5;2013- 3,4,5 KR 21 114 54 29-08-17 NO RESIDE AFORO 22-08-17 2012-5,6;2013-1-,2,3,4,5,6;2014-1- AFORO 11-09-17 2012-6, 2015-5 CR 24 71 74 13-09-17 DIRECCIÓN AFORO 11-09-17 2012-4, 2012-5, 2012-6 CL 79 A 8 44 OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE COMPENSACIÓN 03-11-17 2013 2016 2017 CL 65 H SUR COMPENSACIÓN 06-10-17 2016 2017 KR 112F 72F 18 09-11-17 CERRADO COMPENSACIÓN 05-09-17 2017 KR 25 1D 20 21-09-17 CERRADO DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O NOTIFICACIÓN POR AVISO GOMEZ 79.095.613 VEHÍCULOS GKG001 RESOLUCIÓN DE CARLOS 71.686.537 ICA 71686537 LIQUIDACION HECTOR 79.154.107 ICA 79154107 LIQUIDACION GERMAN 79.141.108 ICA 79141108 LIQUIDACION ANTONIO 79.155.809 ICA 79155809 LIQUIDACION FLOR NIDIA 52.522.857 ICA 52522857 LIQUIDACION FERNANDO 79.296.857 ICA 79296857 LIQUIDACION LEYDI MARIA 52.323.009 ICA 52323009 LIQUIDACION LEYDI MARIA 52.323.009 ICA 52323009 LIQUIDACION LEON GAITAN 52.827.733 VEHÍCULOS DQM 106 RESOLUCIÓN DE JORGE ENRIQUE 79.335.207 ICA 79335207 LIQUIDACION JORGE ENRIQUE 79.335.207 ICA 79335207 LIQUIDACION DRIGUEZ MUÑOZ 53.044.119 VEHÍCULOS CPT800 RESOLUCIÓN DE JOSE NORBERTO 79.201.919 ICA 79201919 LIQUIDACION JOSE NORBERTO 79.201.919 ICA 79201919 LIQUIDACION GUEZ MARIO ERNESTO 79.053.165 ICA 79053165 LIQUIDACION ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI040031 2017EE159414 2017021003164016970 SUAREZ PIÑEROS DDI039676 2017EE157990 2017021001159015203 VARGAS MORALES DDI039676 2017EE157990 2017021001159015203 VARGAS MORALES DDI037873 2017EE144424 2017021001159015195 AGUDELO SABOGAL DDI040032 2017EE159415 2017021003164016967 ZABALA CASTILLO LUIS DDI037873 2017EE144424 2017021001159015195 AGUDELO SABOGAL DDI040033 2017EE159416 2017021003164016966 NAJAR CHAPETON DDI037870 2017EE144421 2017021001159015174 GONZALEZ QUIMBAYA DDI039674 2017EE157988 2017021001159015192 VILLEGAS JARAMILLO DDI043528 2017EE277804 201703400300020138 FRANKLIN VIVAS DDI037870 2017EE144421 2017021001159015174 GONZALEZ QUIMBAYA DDI037782 2017EE144333 2017021001159015187 MOLINARES RODRI- DDI039667 2017EE157981 2017021001159015176 CHAVARRIA HUERFIA DDI039424 2017EE156540 201703400300017358 SANDRA PATRICIA DDI041641 2017EE169726 201703420300018614 DIANA MARCELA RO- DDI039670 2017EE157984 2017021001159015183 LOPEZ AGUILAR JUAN REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-6 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 6 DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE 207 13-09-17 NO RESIDE 901 13-01-17 NO RESIDE OF 1 13-09-17 NO RESIDE 85 P3 13-09-17 DIRECCIÓN AP 401 14-09-17 DIRECCIÓN AP 607 15-09-17 NO RESIDE AP 602 15-09-17 NO RESIDE OF 420 13-09-17 DIRECCIÓN CR 37 A 2A KR 27 83 49 KR 21 114 54 CL 56 6 31 OF 2012-4, 5, 6, 2013-1, 2, 3, 4, 5, 6 2014-1, 2, 3, 4, 5, 6 2012-4, 5, 6, 2013-1, 2, 3, 4, 5, 6 2014-1, 2, 3, 4, 5, 6 AFORO 11-09-17 2012-4, 2013-4, 5 CL 56A 50 39 AFORO 11-09-17 2012-4, 2013-4, 5 CL 64C 68G 25 13-09-17 DIRECCIÓN AFORO 13-09-17 2012-4;2013-4-;2015-2,4 CL 13 15 03 15-09-17 DIRECCIÓN AFORO 11-09-17 212-6, 2013-1, 4, 5, 6, 2014-2, 3, 4, 5, 6 KR 6 ESTE 4 31 14/09/217 DIRECCIÓN AFORO 13-09-17 2012-4,5,6;2013- 1,2,3,4,6;2014-1-,2,3,4,6 CL 152 72 35 15-09-17 DIRECCIÓN AFORO 11-09-17 2012-7 AC 17 86 65 13/09/217 NO RESIDE AFORO 13-09-17 2012-4;2013-4-;2015-2,4 CL 13 SUR 8 90 AFORO 11-09-17 212-6, 2013-1, 4, 5, 6, 2014-2, 3, 4, 5, 6 AFORO 11-09-17 2012-5, 2013-1, 3, 4, 2014-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 37A 2A 85 13-09-17 DIRECCIÓN AFORO 11-09-17 2012-5, 2012-6 KR 20 13 61 OF AFORO 11-09-17 2012-5, 2013-1, 3, 4, 2014-1, 2, 3, 4, 5, 6 AFORO 13-09-17 2012-;2013-2-;2015-2,3,4,5,6 CL 93 A 9 A 29 AFORO 11-09-17 2012-5, 2014-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 33 30 46 14-09-17 CERRADO AFORO 11-09-17 AFORO 11-09-17 OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE NOTIFICACIÓN POR AVISO DIDIER 79.498.551 ICA 79498551 LIQUIDACION BASILIO 79.519.594 ICA 79519594 LIQUIDACION GEOFFREY 79.352.299 ICA 79352299 LIQUIDACION LIAM ANDRES 79.783.134 ICA 79783134 LIQUIDACION JAVIER DARIO 79.606.070 ICA 79606070 LIQUIDACION JAVIER DARIO 79.606.070 ICA 79606070 LIQUIDACION ELKIN HERNAN 79.651.411 ICA 79651411 LIQUIDACION ELKIN HERNAN 79.651.411 ICA 79651411 LIQUIDACION MARIO ENRIQUE 79.396.428 ICA 79396428 LIQUIDACION MARIO ENRIQUE 79.396.428 ICA 79396428 LIQUIDACION FREDY ENRIQUE 79.670.915 ICA 79670915 LIQUIDACION JAVIER AUGUSTO 79.514.167 ICA 79514167 LIQUIDACION JAVIER AUGUSTO 79.514.167 ICA 79514167 LIQUIDACION JOHN ALEJANDRO 79.578.623 ICA 79578623 LIQUIDACION JOHN ALEJANDRO 79.578.623 ICA 79578623 LIQUIDACION ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI039685 2017EE157999 2017021001159015224 VALBUENA VALBUENA DDI039685 2017EE157999 2017021001159015224 VALBUENA VALBUENA DDI040057 2017EE159440 2017021003164016985 SALAZAR GIRALDO DDI039683 2017EE157997 2017021001159015220 MUNEVAR MUNEVAR DDI039686 2017EE158000 2017021001159015225 RAMIREZ MORENO DDI040024 2017EE159400 2017021003164016987 OCHOA PRIETO WIL- DDI040057 2017EE159440 2017021003164016985 SALAZAR GIRALDO DDI039683 2017EE157997 2017021001159015220 MUNEVAR MUNEVAR DDI039681 2017EE157995 2017021001159015216 CARDENAS POVEDA DDI039682 2017EE157996 2017021001159015217 PINEDA GOMEZ CESAR DDI039681 2017EE157995 2017021001159015216 CARDENAS POVEDA DDI039677 2017EE157991 2017021001159015206 ROJAS YEPES HILL DDI040029 2017EE159411 2017021003164016978 RINCON SUAREZ DDI039679 2017EE157993 2017021001159015208 ZAMBRANO MASSO DDI039679 2017EE157993 2017021001159015208 ZAMBRANO MASSO 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-7 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE 201 13-09-17 NO RESIDE SUR 14-09-17 CERRADO 75A 46 13/09/217 DIRECCIÓN SUR PI 3 14-09-17 CERRADO 405 A 406 18-09-17 CERRADO AA AP 503 14/09/217 CERRADO TO 1 AP 701 15-09-17 DIRECCIÓN KR 17 88 23 OF,2,3,4,5 KR 59 A 44 A 36 15-09-17 CERRADO,2,3,4,5 KR 54 A 44 A 36 15-09-17 DIRECCIÓN AFORO 11-09-17 2012-5, 2013-6 CL 163 15 82 13-09-17 NO RESIDE AFORO 11-09-17 2012-4, 5, 6, 2014- 3, 4, 5, 2015- 3, 6 AFORO 22-08-17 2012-4,5,6;2014- 1,2,3,4,5,6 CL 17 97 74 29-08-17 CERRADO AFORO 22-08-17 2012-4,5;2013- 4,5;2014-1-,2,3,4,5,6 CL 72 A 53 54 29-08-17 CERRADO AFORO 11-09-17 2012-4, 5, 6, 2013-1, 2, 3, 215-6 CL 99 49 85 13/09/217 NO RESIDE AFORO 22-08-17 2012-4,5,6;2013- 1,2,3,4,5,6;2014- 1,2,3,4,5,6 CL 72 A 53 54 28-08-17 DIRECCIÓN AFORO 13-09-17 2012-4,5,6;2015- 2,3,4,5,6 CL 10 22 04 A AFORO 13-09-17 2012-4;2013-1-,2,3,4,5,6;2014-1- AFORO 11-09-17 2012-7, 2014-7 KR 77 BIS AFORO 11-09-17 2012-7, 2014-7 CL 84 A BIS 87 AFORO 11-09-17 2012-5, 2014-4, 5 KR 87 M 74 C 43 AFORO 11-09-17 2012-5, 2015-1, 3, 4, 6 KR 17A 58 32 AFORO 11-09-17 2012-4, 2013-2, 3, 5, 6 KR 3A 58 52 PI 1 13-09-17 NO RESIDE AFORO 13-09-17 2012-4,5,6;2015- 2,3,4,5,6 CL 23 B 66 39 AFORO 13-09-17 2012-4;2013-1-,2,3,4,5,6;2014-1- OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE NOTIFICACIÓN POR AVISO ANDER 80.401.397 ICA 80401397 LIQUIDACION HERNAN 80.176.394 ICA 80176394 LIQUIDACION ROBERTO 79.826.570 ICA 79826570 LIQUIDACION AUGUSTO 79.856.522 ICA 79856522 LIQUIDACION AUGUSTO 79.856.522 ICA 79856522 LIQUIDACION PEDRO ALONSO 91.230.290 ICA 91230290 LIQUIDACION SUQUE CARLOS PEDRO ALONSO 91.230.290 ICA 91230290 LIQUIDACION JORGE ELIECER 79.825.413 ICA 79825413 LIQUIDACION STREPO GABRIEL 79.783.517 ICA 79783517 LIQUIDACION JOSE ALEJANDRO 80.226.246 ICA 80226246 LIQUIDACION ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI039630 2017EE157944 2017021001162016521 TERRA EXPRESS LTDA 830.079.762 ICA 830079762 LIQUIDACION DDI037803 2017EE144354 2017021001159015259 ROZO GARAVITO ALEX- DDI039625 2017EE157939 2017021001162016507 TRANSFORMER LTDA 830.047.668 ICA 830047668 LIQUIDACION DDI037801 2017EE144352 2017021001159015252 QUINTANA MOLINA LUIS DDI037802 2017EE144353 2017021001159015254 VELANDIA TELLEZ DDI040061 2017EE159444 2017021001155013501 RIVERA LEAL ALONSO 88.155.194 ICA 88155194 LIQUIDACION DDI040037 2017EE159420 2017021001155013503 MOJICA ALARCON DDI039692 2017EE158006 2017021001159015237 GUAINAS MURILLO DDI040061 2017EE159444 2017021001155013501 RIVERA LEAL ALONSO 88.155.194 ICA 88155194 LIQUIDACION DDI040037 2017EE159420 2017021001155013503 MOJICA ALARCON DDI039703 2017EE158017 2017021001159015266 SASLEG LIMITADA 800.003.258 ICA 800003258 LIQUIDACION DDI039694 2017EE158008 2017021001159015240 PINILLA ROJAS EDGAR DDI039694 2017EE158008 2017021001159015240 PINILLA ROJAS EDGAR DDI039693 2017EE158007 2017021001159015238 ALONSO CHIGUA- DDI039690 2017EE158004 2017021001159015234 DEL CASTILLO RE- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-8 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 8 DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE 301 27-08-17 CERRADO 803 01-09-17 DIRECCIÓN SUR 28-08-17 NO RESIDE SUR 28-08-17 NO RESIDE 1303 15-09-17 NO RESIDE AP 403 14-09-17 NO RESIDE OF 404 13-09-17 DIRECCIÓN KR 17 123 09 KR 68N 31 41 KR 68 N 31 41 KR 8 56 24 OF KR 51 102A 33 14-09-17 CERRADO AC 127 16A 27 14-09-17 DIRECCIÓN 2,3,6 2,3,6,2,3,4,5,6 2012-5, 6, 2013-3, 5, 2014-1, 4, 2015-3, 5 2012-4;2013- 5;2014-1-,2,3,4,5,6;2015- 2012-4;2013- 5;2014-1-,2,3,4,5,6;2015- 2012-4, 5, 6, 2014-1, 2, 3, 4, 5, 6, 2015-1, 2, 3, 4, 5, 6 2012-4, 5, 6, 2014-1, 2, 3, 4, 5, 6, 2015-1, 2, 3, 4, 5, 6 AFORO 22-08-17 2012-4,5;2013-1-,2,3,4,5,6;2014-1- AFORO 11-09-17 2012-4, 6, 2014, 1, 2 KR 58 67A 55 14-09-17 CERRADO AFORO 11-09-17 2012-4, 6, 2013-2 CL 20 122 58 AFORO 11-09-17 2012-6, 2013-1, 2, 3, 4, 5, 6 CL 138 50 90 13-09-17 NO RESIDE AFORO 29-08-17 2012-4,5;2013-2 KR 7 128 48 OF AFORO 11-09-17 AFORO 22-08-17 2012-6;2013-1-,2,3,4,5 KR 8 F 153 21 28-08-17 DIRECCIÓN AFORO 13-09-17 2012-4;2013-1 AK 25 A 32 05 15-09-17 DIRECCIÓN AFORO 13-09-17 2012-4,5,6;2013- 1,2,4,5,6 CL 49 13 33 OF AFORO 11-09-17 AFORO 22-08-17 AFORO 11-09-17 AFORO 22-08-17 OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE 900.182.166 ICA 900182166 LIQUIDACION 830.105.656 ICA 830105656 LIQUIDACION NOTIFICACIÓN POR AVISO S.A.S 900.139.899 ICA 900139899 LIQUIDACION S.A.S 900.092.995 ICA 900092995 LIQUIDACION DOS S.A.S. 900.132.273 ICA 900132273 LIQUIDACION PALCOS S A S 900.184.250 ICA 900184250 LIQUIDACION TECTOS LTDA SERVICES S.A. 900.097.500 ICA 900097500 LIQUIDACION PORTICOS LTDA 830.111.925 ICA 830111925 LIQUIDACION PORTICOS LTDA 830.111.925 ICA 830111925 LIQUIDACION COOPERATIVA DE & COMMISSIONING EMPRESARIAL O.C.
ALIANZA SOLIDARIA ABOGADOS ASOCIA- TRABAJO ASOCIADO SIGLA DICOM ARQUI- DISEÑO Y CONSTRUC- CION EN MADERA LTDA ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI038811 2017EE147324 2017021001162016579 MORA AGUDELO & DDI037759 2017EE144310 2017021001162016593 INVERSIONES ALCA- DDI039642 2017EE157956 2017021001162016591 DDI039643 2017EE157957 2017021001162016592 C.I. ECOEXIM LTDA 900.182.545 ICA 900182545 LIQUIDACION DDI039641 2017EE157955 2017021001162016582 Q & M INGENIERIA DDI039639 2017EE157953 2017021001162016573 POWER ENGINEERING DDI037851 2017EE144402 2017021001162016572 OMEGA SERVICES DDI039633 2017EE157947 2017021001162016529 INVERSIONES LOS DDI040048 2017EE159431 2017021003164016995 DDI039633 2017EE157947 2017021001162016529 INVERSIONES LOS DDI040065 2017EE159448 2017021001162016579 INDUVET S.A.S 900.049.229 ICA 900049229 LIQUIDACION DDI037840 2017EE144391 2017021001162016525 CALIBRAR RUIZ LTDA. 830.105.369 ICA 830105369 LIQUIDACION DDI037840 2017EE144391 2017021001162016525 CALIBRAR RUIZ LTDA. 830.105.369 ICA 830105369 LIQUIDACION 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-9 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE 712 28-08-17 NO RESIDE 813 29-08-17 NO RESIDE SUR 14-09-17 DIRECCIÓN LC 27 28-08-17 DIRECCIÓN CENTENARIO CL 73 65 71 CC,4,5,6 CL 13 65 61 28-08-17 DIRECCIÓN,4,5,6 AFORO 11-09-17 2014-2, 2015-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 71 79A 71 13-09-17 NO RESIDE AFORO 11-09-17 2012-4, 2012-5 TV 45A 54 21 AFORO 11-09-17 2012-4, 2012-5 DG 47A 54 21 14-09-17 DIRECCIÓN AFORO 22-08-17 2012-5;2013-1-,2,3,5,6;2014-3- AFORO 22-08-17 2012-5;2013-1-,2,3,5,6;2014-3- AFORO 11-09-17 2012-6, 2013-1, 2 CL 141 52 20 13-09-17 NO RESIDE AFORO 11-09-17 2012-6, 2013-1, 2 AK 20 85A 21 13-09-17 NO RESIDE AFORO 22-08-17 2012-5;2013-1-,2,3,4,5,6 CL 11 8 54 OF AFORO 22-08-17 2012-5;2013-1-,2,3,4,5,6 CL 16 9 64 28-08-17 DIRECCIÓN AFORO 22-08-17 2012-5;2013-1-,2,3,4,5,6 KR 16 96 64 OF AFORO 11-09-17 2012-4, 5, 2014-5 AC 176 70G 04 13-09-17 NO RESIDE AFORO 11-09-17 2012-5, 20131, 2014-1, 5 AC 176 70G 04 13-09-17 DIRECCIÓN AFORO 22-08-17 2012-4,5;2013- 3,4,5 KR 21 114 54 29-08-17 NO RESIDE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE 900.276.052 ICA 900276052 LIQUIDACION 900.276.052 ICA 900276052 LIQUIDACION 900.265.297 ICA 900265297 LIQUIDACION 900.265.297 ICA 900265297 LIQUIDACION 900.192.461 ICA 900192461 LIQUIDACION NOTIFICACIÓN POR AVISO AID LTDA LTDA FICADA FICADA JUNIN S. A. 900.263.028 ICA 900263028 LIQUIDACION JUNIN S. A. 900.263.028 ICA 900263028 LIQUIDACION JUNIN S. A. 900.263.028 ICA 900263028 LIQUIDACION FUNDACION IN- COLOMBIA LTDA 900.269.622 ICA 900269622 LIQUIDACION COLOMBIA LTDA 900.269.622 ICA 900269622 LIQUIDACION INSTALACION DE INSTALACION DE TERNACIONAL DE Y TELECOMUNICA- Y TELECOMUNICA- ALTERNATIVA LTDA 900.198.280 ICA 900198280 LIQUIDACION ALTERNATIVA LTDA 900.198.280 ICA 900198280 LIQUIDACION CIONES SOCIEDAD CIONES SOCIEDAD CANO DE MEDICINA CANO DE MEDICINA SOCIEDAD DE SEGU- SOCIEDAD DE SEGU- SISTEMAS DE COMU- SISTEMAS DE COMU- RIDAD ELECTRONICA RIDAD ELECTRONICA SERVICIOS SOCIALES VERITAS FOUNDATION NICACION INTEGRADO NICACION INTEGRADO AYUDA HUMANITARIA Y POR ACCIONES SIMPLI- POR ACCIONES SIMPLI- ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI039650 2017EE157964 2017021001162016618 R&T ELECTRIC S A S 900.282.365 ICA 900282365 LIQUIDACION DDI039648 2017EE157962 2017021001162016616 DDI039648 2017EE157962 2017021001162016616 DDI037859 2017EE144410 2017021001162016611 INSTITUCIONALES DDI037859 2017EE144410 2017021001162016611 INSTITUCIONALES DDI039646 2017EE157960 2017021001162016609 DDI039646 2017EE157960 2017021001162016609 DDI037889 2017EE144440 2017021001162016608 CONSTRUCCIONES DDI037889 2017EE144440 2017021001162016608 CONSTRUCCIONES DDI037889 2017EE144440 2017021001162016608 CONSTRUCCIONES DDI039645 2017EE157959 2017021001162016597 CENTRO IBEROAMERI- DDI039645 2017EE157959 2017021001162016597 CENTRO IBEROAMERI- DDI037760 2017EE144311 2017021001162016595 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-10 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 10 CIDO CIDO DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE DEFICIENTE 104 08-11-17 DESCONO- 805 15-09-17 DIRECCIÓN 203 11-10-17 DESCONO- F 64 29-08-17 CERRADO SUR 28-08-17 NO RESIDE OF 103 02-11-17 NO RESIDE OF 201 14-09-17 CERRADO 30 LC 1 13-09-17 NO RESIDE KRYSTAL 28-08-17 NO RESIDE OF 1503 TO KR 7 156 10 CL 100 9 25 OF ESTESAN LUIS ALTP DEL CABO 13-09-17 DIRECCIÓN,2,3,4,5,6 2012-4,5;2013-1-,2,3,4,5,6;2014-1-,2,3,4,5,6;2015-1- AFORO 22-08-17 2012-4,5,6;2013- 1,2,5,6 KR 18 D 59 67 AFORO 11-09-17 2012-6, 2013-6 CL 97 8 68 AFORO 13-09-17 AFORO 13-09-17 2015-5 DG 51 53 15 18-09-17 DIRECCIÓN AFORO 13-09-17 2015-5 KR 31 2 43 18-09-17 DIRECCIÓN AFORO 22-08-17 2012-4,4;2014-1-,2,3,4,5 AFORO 22-08-17 2012-4,6;2013-3-,4;2015-2,3,6 KR 70 C 127 AFORO 22-08-17 2012-4,6;2013-3-,4;2015-2,3,6 CL 22 F 85 05 28-08-17 NO RESIDE AFORO 11-09-17 2012-4, 5, 2013-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 70 48A 57 13-09-17 NO RESIDE AFORO 11-09-17 2012-4, 5, 2013-1, 2, 3, 4, 5, 6 CL 95 46 09 13-09-17 NO RESIDE AFORO 11-09-17 2012-6, 20131, 2, 4, 2014-1, 4, 6 CL 25D 85B 64 AFORO 11-09-17 2014-2, 2015-1, 2, 3, 4, 5, 6 CL 24 SUR 68H OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE COMPENSACIÓN 02-11-17 2017-1 KR 11 11 80 LC COMPENSACIÓN 30-10-17 2017 CL 93 BIS 19 40 COMPENSACIÓN 03-11-17 2017 KR 25 37 78 OF DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O NOTIFICACIÓN POR AVISO SAS 900.438.056 ICA 900438056 LIQUIDACION SAS 900.389.294 ICA 900389294 LIQUIDACION SAS 900.389.294 ICA 900389294 LIQUIDACION S A S 900.444.938 ICA 900444938 LIQUIDACION NOS S A S 900.304.286 ICA 900304286 LIQUIDACION RADI S.A.S. 900.359.374 ICA 900359374 LIQUIDACION PORTIVA SAS 900.514.275 ICA 900514275 RESOLUCIÓN DE SULTORES S.A.S. 900.416.644 ICA 900416644 LIQUIDACION ERATIVA MULTIACTIVA 900.356.225 ICA 900356225 RESOLUCIÓN DE DOS ABOGADOS CON- ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI043187 2017EE275589 201702400300019461 GRUPO BERNIER S A S 900.690.024 ICA 900690024 RESOLUCIÓN DE DDI043490 2017EE277455 201702400300035349 BATTUTA ROPA DE- DDI037734 2017EE144285 2017021003161016312 CURTIEMBRES MAFRE DDI039623 2017EE157937 2017021003161016311 OSAKA CORPORATION DDI040044 2017EE159427 2017021003164017008 ARRIGUY & ASOCIA- DDI040043 2017EE159426 2017021001155013574 SOLUCIONES HISACAR DDI037726 2017EE144277 2017021003161016294 INVERSIONES RICO- DDI040043 2017EE159426 2017021001155013574 SOLUCIONES HISACAR DDI043548 2017EE278013 201702400300035652 PLATAFORMA COOP- DDI037863 2017EE144414 2017021001162016626 SIRIORED S A S 900.308.691 ICA 900308691 LIQUIDACION DDI037863 2017EE144414 2017021001162016626 SIRIORED S A S 900.308.691 ICA 900308691 LIQUIDACION DDI039653 2017EE157967 2017021001162016625 CORAL HOME S.A.S 900.308.308 ICA 900308308 LIQUIDACION DDI039653 2017EE157967 2017021001162016625 CORAL HOME S.A.S 900.308.308 ICA 900308308 LIQUIDACION DDI039652 2017EE157966 2017021001162016624 TRANSPORTES URBA- DDI039650 2017EE157964 2017021001162016618 R&T ELECTRIC S A S 900.282.365 ICA 900282365 LIQUIDACION 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-11 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 CIDO 501 29-08-17 NO RESIDE SUR 10-11-17 DESCONO- 24 25 29-08-17 CERRADO 43 OF 1204 29-08-17 NO RESIDE AV JIMENEZ 5 AC 13 5 43 OF,2,3,4,5,6,2,3,4,5,6 2012-4;2012- 5,6;2013-2-,3,4,5,6;2014-1- 2012-4;2012- 5,6;2013-2-,3,4,5,6;2014-1- AFORO 22-08-17 2012-4,6;2013-1-,2,3;2014-1 CL 10 10 48 LC AFORO 22-08-17 AFORO 22-08-17 OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE COMPENSACIÓN 03-11-17 2017 KR 79 G 41 C 80 DEVOLUCIÓN Y/O NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.
JULIO CESAR 1.026.263.530 ICA 1026263530 LIQUIDACION ANDRES ALBERTO 1.015.394.721 ICA 1015394721 LIQUIDACION ANDRES ALBERTO 1.015.394.721 ICA 1015394721 LIQUIDACION ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la DDI037818 2017EE144369 2017021001159015283 ANRANGO VINACHI DDI037881 2017EE144432 2017021001159015282 LOZANO DUARTE DDI037881 2017EE144432 2017021001159015282 LOZANO DUARTE DDI043582 2017EE278231 201702400300023782 PARTX S A S 900.975.776 ICA 900975776 RESOLUCIÓN DE Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-12 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 12 CAUSAL DE DEFICIENTE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 703 16-06-17 NO RESIDE 703 16-06-17 NO RESIDE 703 16-06-17 NO RESIDE CN 205 23-10-17 CERRADO CN 205 23-10-17 CERRADO 5 AP 303 09-11-17 NO RESIDE 5 AP 303 09-11-17 NO RESIDE 5 AP 303 09-11-17 NO RESIDE NOTIFICACIÓN CL 63F 72 55 IN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA 02-11-17 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 02-11-17 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 CL 63F 72 55 IN 02-11-17 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 CL 63F 72 55 IN TIPO DE ACTO TO ESPECIAL 07-06-17 2015 KR 16 181 C 21 12-06-17 DIRECCION TO ESPECIAL 18-10-17 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 CL 62 13A 17 TO ESPECIAL 18-10-17 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 CL 62 13A 17 TO ESPECIAL 09-10-17 2012, 2013, 2014, 2015 CALLE 18A 9 09 25-10-17 NO RESIDE DE PROCESO 02-06-17 2001, 2002 CL 13 8 23 OF DE PROCESO 02-06-17 2001, 2002 CL 13 8 23 OF DE PROCESO 02-06-17 2001, 2002 CL 13 8 23 OF DAD DE PAGO DAD DE PAGO DAD DE PAGO TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN DE UNA FACILI- DE UNA FACILI- DE UNA FACILI- INCUMPLIENTO INCUMPLIENTO INCUMPLIENTO RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO la presente publicación.
DEL IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO GOMEZ 4.284.059 PREDIAL AAA0061ULKL GOMEZ 4.284.059 PREDIAL AAA0061UUWW GOMEZ 4.284.059 PREDIAL AAA0061UCZE MENDEZ 393.158 PREDIAL AAA0020OTDE RESOLUCIÓN DE MENDEZ 393.158 PREDIAL AAA0009EJTO RESOLUCIÓN DE MENDEZ 393.158 PREDIAL AAA0009EJLW RESOLUCIÓN DE AURELIO 4.131.230 PREDIAL AAA0116RDTO REQUERIMIEN- APODERADO NOMBRE DEL SUM DOMINGO 9.524.883 VEHÍCULOS BGS843 REQUERIMIEN- CONTRIBUYENTE Y/O ARGEMIRO CASTILLO ARGEMIRO CASTILLO ARGEMIRO CASTILLO ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
NA 2017EE103942 201701200305012458 PIÑEROS LOPEZ MARCO NA 2017EE178167 201701200300035607 CARLOS SAUL SUAREZ 6.744.130 PREDIAL AAA0091CDMR REQUERIMIEN- NA 2017EE178167 201701200300035607 CARLOS SAUL SUAREZ 6.744.130 PREDIAL AAA0091CDLF REQUERIMIEN- NA 2017EE170695 201703200200035369 LOPEZ SANTAMARIA GER- No.
Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina de Fiscalización Grandes Contribuyentes, la Oficina General de Que los jefes de la Oficina de Cobro Coactivo, la Oficina de Control de Recaudo Tributario de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, la DDI043459 2017EE277265 2010EE146975 MARCO ANTONIO DIAZ DDI043459 2017EE277265 2010EE146975 MARCO ANTONIO DIAZ DDI043459 2017EE277265 2010EE146975 MARCO ANTONIO DIAZ DDI030619 2017EE98973 15134830 SUCESION ILIQUIDA DDI030619 2017EE98973 15134830 SUCESION ILIQUIDA DDI030619 2017EE98973 15134830 SUCESION ILIQUIDA RESOLUCIÓN No.
Fiscalización, de la Subdirección de Determinación, profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-13 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 101 09-11-17 NO RESIDE 101 09-11-17 NO RESIDE 101 09-11-17 NO RESIDE B 09 14-11-17 CERRADO B 09 14-11-17 CERRADO B 09 14-11-17 CERRADO B 09 14-11-17 CERRADO B 09 14-11-17 CERRADO B 09 14-11-17 CERRADO 11 MJ 12-06-17 REHUSADO OF 513 04-09-17 CERRADO OF 513 04-09-17 CERRADO OF 513 04-09-17 CERRADO 47 SUR 16-03-17 CERRADO 03-11-17 2009 KR 103 A 140 PARTE DE PAGO 30-10-17 2008/2013 CL 46 28 59 AP DE OFICIO 07-03-17 2009 KR 72 BIS 56 D DE OFICIO 22-03-17 2009, 2010 CL 11 17 55 28-03-17 NO RESIDE TO ESPECIAL 28-09-17 2014, 2015 CL 126 52A 53 31-10-17 NO RESIDE TO ESPECIAL 05-06-17 2015 DG 2 B 81 D DE PROCESO 03-11-17 2004 KR 103 A 140 DE PROCESO 03-11-17 2004 KR 103 A 140 DE PROCESO 03-11-17 2000, 2001, 2002, 2003 KR 103 A 140 DE PROCESO 03-11-17 2002 KR 103 A 140 DE PROCESO 03-11-17 2000 KR 103 A 140 DE PROCESO 24-10-17 2002 CL 46 28 59 AP DE PROCESO 28-08-17 2002, 2005, 2006 CLL 12 B 7 30 DE PROCESO 24-10-17 2001 CL 46 28 59 AP DE PROCESO 28-08-17 2002, 2005, 2006 CLL 12 B 7 30 MADAMIENTO TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN 25-08-17 2004 CLL 12 B 7 90 A SOLICITUD DE RESOLUCIÓN DE NOTIFICACIÓN POR AVISO ANGEL 51.680.064 PREDIAL AAA0104HARU RESOLUCIÓN DE NOVOA 19.387.605 VEHÍCULOS BFW581 REVOCATORIA PINZON 79.157.143 VEHÍCULOS AAG514 PINZON 79.157.143 VEHÍCULOS AGV553 RESOLUCIÓN DE PINZON 79.157.143 VEHÍCULOS AAG514 RESOLUCIÓN DE PINZON 79.157.143 VEHÍCULOS AAG514 RESOLUCIÓN DE PINZON 79.157.143 PREDIAL AAA0115POKL RESOLUCIÓN DE PINZON 79.157.143 PREDIAL AAA0095NNYX RESOLUCIÓN DE SANDRA 51.819.830 PREDIAL AAA0124MRXR REQUERIMIEN- HERNANDEZ 19.471.604 PREDIAL AAA0104HARU RESOLUCIÓN DE RGO RENGIFO 52.717.116 PREDIAL AAA0104HARU RESOLUCIÓN DE LEZ DE GAITAN 20.149.112 PREDIAL AAA0075XDHY RESOLUCIÓN DE LEZ DE GAITAN 20.149.112 PREDIAL AAA0075XDHY RESOLUCIÓN DE LEZ DE GAITAN 20.149.112 PREDIAL AAA0075XDHY MODIFICACIÓN ELVIA MOJICA DE REYES 21.063.343 PREDIAL AAA0158OFMR REVOCATORIA SEÑORA BERTHA GONZA- SEÑORA BERTHA GONZA- SEÑORA BERTHA GONZA- ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2017EE165981 2017012003175018596 MONTENEGRO MORA NA 2017EE99696 201701200305009815 GOMEZ PRECIADO SIXTO 19.063.440 PREDIAL AAA0138OKPP REQUERIMIEN- DDI043211 2017EE275721 “200911115460 SUCESION ILIQUIDA DE LA DDI043585 2017EE278247 200721157470 JAIME ORLANDO PINZON DDI043580 2017EE278220 2014EE168157 JAIME ORLANDO PINZON DDI043580 2017EE278220 2014EE168157 JAIME ORLANDO PINZON DDI043565 2017EE278119 2010EE146807 JAIME ORLANDO PINZON DDI043565 2017EE278119 2010EE146807 JAIME ORLANDO PINZON DDI038624 2017EE146536 201701600302018970 YINETH CAROLINA CAMA- DDI005154 2017EE31740 201011015966 SUCESION ILIQUIDA ROSA DDI038772 2017EE147117 2012EE62666 MARIA PAULINA URIBE DDI043565 2017EE278119 2010EE146807 JAIME ORLANDO PINZON DDI042839 2017EE191720 2010EE695538 SUCESION ILIQUIDA DE LA DDI042877 2017EE203875 2011EE284484 SUCESION ILIQUIDA DE LA DDI007002 2017EE38749 201022006237 JOSE ORLANDO NOVOA DDI038772 2017EE147117 2012EE62666 LUIS EDUARDO DURAN REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-14 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 14 DEFICIENTE DEFICIENTE 14-11-17 CERRADO 304 09-11-17 NO RESIDE 304 08-11-17 NO RESIDE 304 08-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 304 08-11-17 NO RESIDE 304 08-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE B 09 14-11-17 CERRADO PS 1 14-11-17 REHUSADO AVENIDA 116 7 15 OFICINA 1401 TORRE CUSEZAR 08-11-17 2016 KR 9 A 99 02 03-11-17 2006 KR 103 A 140 CHIVO 01-11-17 2014-6, 2015-1, 3, 4, 5 PARTE CARGOS DE OFICIO 08-03-17 2009 CL 151 11 A 26 15-03-17 DIRECCION PLIEGO DE TO ESPECIAL 05-06-17 2015 KR 82 0 23 12-06-17 REHUSADO TO ESPECIAL 23-06-17 2015 CL 18 B 6 C 62 29-06-17 DIRECCION DE PROCESO 02-11-17 2001, 2002, 2003 KR 9 72 81 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF INFORMADOS SERIALES AU- TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TRANSACCION TOMATICOS DE REPETIDOS NO PRESCRIPCIÓN 10-10-17 2004, 2005, 2006, 2008 KR 9 72 81 OF PRESCRIPCIÓN 10-10-17 2004, 2005, 2006, 2008 KR 9 72 81 OF PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN 10-10-17 2004, 2005, 2006, 2008 KR 9 72 81 OF PRESCRIPCIÓN 10-10-17 2004, 2005, 2006, 2008 KR 9 72 81 OF A SOLICITUD DE RESOLUCIÓN DE NOTIFICACIÓN POR AVISO LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164HXPA RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164HXSY RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164HXXS RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164HYFT RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164HYHY RESOLUCIÓN DE GOMEZ 79.349.343 PREDIAL AAA0094LHHK RESOLUCIÓN DE GOMEZ 79.349.343 PREDIAL AAA0094LHHK RESOLUCIÓN DE GOMEZ 79.349.343 PREDIAL AAA0094LHHK RESOLUCIÓN DE GOMEZ 79.349.343 PREDIAL AAA0094LHHK RESOLUCIÓN DE GOMEZ 79.349.343 PREDIAL AAA0094LHHK RESOLUCIÓN DE PINZON 79.157.143 VEHÍCULOS AGV553 BIA S.A.S. 800.244.387 ICA 800244387 AUTO DE AR- LEZ TALERO 80.364.201 VEHÍCULOS NAG747 REVOCATORIA DE BOGOTA SA 860.028.093 PREDIAL AAA0138OKPP REQUERIMIEN- CAMILO ANDRES 80.491.716 VEHÍCULOS NEP962 REQUERIMIEN- ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2017EE99696 201701200305009815 CORPORACION ABASTOS NA 2017EE281037 NA CITIBANK COLOMBIA S.A. 860.051.135 NA NA NA 2017EE115159 201703200304015783 QUINTERO GUZMAN NA 2017EE276869 201602200306005540 ARCOS DORADOS COLOM- DDI005223 2017EE32153 201022005951 OMAR DE JESUS GONZA- DDI043423 2017EE277086 2010EE704708 MAXIMILIANO LLORENTE DDI041859 2017EE170978 20091206873 MAXIMILIANO LLORENTE DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI041859 2017EE170978 20071118818 MAXIMILIANO LLORENTE DDI041859 2017EE170978 20071165375 MAXIMILIANO LLORENTE DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043585 2017EE278247 201021049765 JAIME ORLANDO PINZON DDI041859 2017EE170978 20061142853 MAXIMILIANO LLORENTE 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-15 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN NOTIFICACIÓN POR AVISO LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164HYJH RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164HYSK RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164HYTO RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164HZAW RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JABR RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JAJH RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JCBR RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JCTO RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JCYX RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JDXS RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JDYN RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JEHY RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JEOE RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JETO RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JEUZ RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164HZPA RESOLUCIÓN DE ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-16 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 16 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE 915 10-11-17 NO RESIDE DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF DE PROCESO 02-11-17 2004 CL 110 9 25 OF TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JBSY RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JBPA RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JBHK RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JBCN RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JBAW RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JAFT RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JCWF RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JCRU RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JBXS RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JBUH RESOLUCIÓN DE LTDA 860.526.744 PREDIAL AAA0164JERU RESOLUCIÓN DE ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1619-DDI-048936 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF DDI043446 2017EE277184 2012EE147240 CONSTRUCCIONES CF 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-17 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU Resolución Número SDH-000294 (Noviembre 24 de 2017)
Resolución Número 005834 “Por la cual se efectúa un nombramiento (Noviembre 9 de 2017) ordinario”
“Por medio de la cual se modifica la Resolución LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA número 105086 del 27 de noviembre de 2014, “Por la cual se adopta la versión 1 del Manual Administración de Bienes Muebles e Inmuebles DE BOGOTÁ, D.C. en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º del del IDU y la versión 3 del Manual Para La decreto 101 del 13 de abril de 2004, y Atención al Ciudadano(a)”
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE
CONSIDERANDO:
DESARROLLO URBANO – IDU En uso de sus facultades legales, en especial las contempladas en el Acuerdo 001 de 2009, el artículo 3 del Acuerdo 002 de 2009, modificado por el artículo 2 del Acuerdo 002 de 2017 y, Que mediante memorando remitido por la Secretaria Distrital de Hacienda se solicitó a la Subdirección del Talento Humano, el nombramiento ordinario de ENERIETH CAMPOS FARFÁN, en el cargo de Asesor código: 105 grado: 05, Despacho del Secretario de Hacienda.
CONSIDERANDO:
Que una vez revisados los requisitos establecidos en el manual de funciones de la Secretaría Distrital de Hacienda, la Subdirección del Talento Humano, certifica que Enerieth Campos Farfán los cumple.
En mérito de lo expuesto, Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, señala: “la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamentos en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones.
RESUELVE:
Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”.
Artículo 1°.
Nombrar a ENERIETH CAMPOS FARFÁN, identificada con cédula de ciudadanía 35.531.869, en el cargo de Asesor código: 105 grado: 05, Despacho Secretario de Hacienda, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, con una asignación básica mensual de $ 4.978.031 y gastos de representación de $ 1.493.409.
Artículo 2°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Que de conformidad con lo señalado en el literal b) de la Ley 87 de 1993, el Instituto de Desarrollo Urbano IDU, bajo la responsabilidad de sus directivos, debe implementar aspectos que permitan la aplicación del control interno, dentro de los cuales se encuentra la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de los procesos.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Que de acuerdo con el artículo 2° del Decreto Nacional 1537 de 2001, reglamentario de la Ley 87 de 1993, se establece que para efectos de dar cumplimiento al control interno en las organizaciones públicas, éstas elaborarán, adoptarán y aplicarán manuales a través de los cuales se documentarán y formalizaran los procedimientos a partir de la identificación de los procesos institucionales.
Secretaria Distrital de Hacienda Que los manuales, procedimientos, guías, especificaciones, instructivos, cartillas, códigos y formatos agilizan las actuaciones administrativas, dan transparencia REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-18 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 18 Que una vez vigente la actualización contenida en la Versión 4.0, del Manual de Atención al Ciudadano MG-SC-017 se realizará la implementación de avances en el desarrollo de las tecnologías de la información y de la comunicación. y claridad a los procesos, actúan como instrumentos de capacitación, entrenamiento y gestión garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales y legales de la función administrativa, por lo cual es fundamental mantenerlos actualizados.
En mérito de lo expuesto, el Director General del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU,
RESUELVE:
Artículo primero.
Adoptar la actualización contenida en la Versión 4.0, del Manual de Atención al Ciudadano(a) MG-SC-017 “MG-SC-017, en el marco de la política pública distrital contenida en el Decreto Distrital 197 de 2014.
Que mediante el Decreto 197 de 2014 se adoptó la Política Pública Distrital de Servicio a los ciudadanos, en la ciudad de Bogotá D.C., cuyo objetivo es garantizar el derecho de la ciudadanía a una vida digna, aportar en la superación de las necesidades sociales, como factores esenciales de la pobreza e igualmente desarrollar atributos del servicio, digno, efectivo, de calidad, oportuno, cálido y confiable, de parte de la entidades públicas Distritales, bajo los principios de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción, que permita satisfacer sus necesidades con oportunidad y eficiencia, así como mejorar la calidad de vida.
Artículo segundo.
La presente Resolución deroga el artículo 2° de la Resolución No 105086 de 2014, a través del cual se adoptó la versión 3.0 del Manual MG- SC-017 para la Atención al Ciudadano(a) versión 3.0
Artículo tercero.
El presente Acto Administrativo rige a partir del día siguiente de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los nueve (9) días del mes de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
Que se hace necesario actualizar el Manual “MG- SC-017 Para la Atención al Ciudadano(a) versión 3.0 adoptado mediante Resolución No. 105086 del 27 de Noviembre de 2014, con el propósito de incluir avances en el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación; definir las competencias para la atención al ciudadano y establecer los niveles de servicio, en el marco de la política pública distrital de servicio al ciudadano, prevista en el Decreto Distrital 197 de 2014.
YANETH ROCÍO MANTILLA BARÓN Directora General 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-19 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN AL CIUDADANO CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 MANUAL PARA LA ATENCIÓN AL CIUDADANO Control de Versiones Versión Fecha Descripción Modificación Folios 23 1.0 4 de diciembre de 2012 Creación del Manual MG-IDU-014 “Protocolos para la atención al ciudadano (a)”, con el fin de unificar criterios al interior de la Entidad. Fue adoptado mediante Resolución 3413 de diciembre de 2012.
22 2.0 26 de diciembre de 2013 Se actualiza el Manual de Atención al Ciudadano para alinear el documento con las nuevas directivas de la Alcaldía Mayor.
3.0. Resolución 105086 de 2014 26 (27-nov)
Se actualiza el Manual de Atención al Ciudadano para alinear el documento con la Política Distrital de Atención a la Ciudadanía y otras disposiciones.
4.0 Resolución 5834 de 2017 36 (09-nov)
Se actualiza el Manual de Atención al Ciudadano con el propósito de incluir avances en el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación. Se definen competencias para la atención al ciudadano y se establecen los niveles de servicio.
Participaron en la elaboración:
Richard Mauricio Pinzón Gil, Profesional Especializado, OTC Diana Patricia Ramírez Vargas, Contratista, OTC Roberto Carlos Alemán López, Contratista, OAP Validado por Revisado y Aprobado por Isauro Cabrera Vega Jefe Oficina Asesora de Planeación Lucy Molano Rodríguez Jefe Oficina de Atención al Ciudadano REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-20 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 20 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 Tabla de contenido
1. OBJETIVO ........................................................................................................................................................5
2. ALCANCE .........................................................................................................................................................5
3. MARCO NORMATIVO ......................................................................................................................................5
4. TÉRMINOS Y DEFINICIONES .........................................................................................................................7
5. PRINCIPIOS ................................................................................................................................................... 10
6. ATRIBUTOS DEL BUEN SERVICIO ............................................................................................................. 11 6.1 ¿CÓMO PRESENTAR UN SERVICIO DE CALIDAD? ..................................................................... 12 6.1.1 Conociendo a la Ciudadanía ......................................................................................... 12
7. PRESENTACIÓN PERSONAL ...................................................................................................................... 12 7.1 PRESENTACIÓN DEL PERSONAL FEMENINO ............................................................................. 12 7.2 PRESENTACIÓN DEL PERSONAL MASCULINO ........................................................................... 13 7.3 PRESENTACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO ....................................................................... 13
8. NIVELES DE SERVICIO. ............................................................................................................................... 14 8.1 NIVEL DE SERVICIO BÁSICO ................................................................................................... 14 8.2 NIVEL DE SERVICIO ESPECIALIZADO ....................................................................................... 14
9. CANALES DE ATENCIÓN EN EL IDU ......................................................................................................... 15 9.1 TELEFÓNICO .......................................................................................................................... 15 9.2 PRESENCIAL .......................................................................................................................... 15 9.3 VIRTUAL ................................................................................................................................ 15 9.4 CORRESPONDENCIA OFICIAL .................................................................................................. 15
10. DIRECTRICES DE SERVICIO. ................................................................................................................. 16 10.1 DIRECTRICES PARA LA ATENCIÓN PRESENCIAL .................................................................. 16 10.2 DIRECTRICES PARA LOS VIGILANTES ................................................................................. 17 10.3 DIRECTRICES PARA LOS ANFITRIONES Y/O INFORMADORES ................................................ 17 10.4 DIRECTRICES PARA LOS SERVIDORES EN PUNTOS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO ................. 18 10.5 RECOMENDACIONES GENERALES PARA TODOS LOS SERVIDORES Y/O CONTRATISTAS DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO ..................................................................................................................... 19 10.6 USO DEL DIGITURNO EN LAS SEDES IDU ........................................................................... 19
11. ATENCIÓN DE ADULTOS MAYORES Y MUJERES EN ESTADO DE EMBARAZO ............................ 20
12. ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD SENSORIAL ........................................................... 21 12.1 ¿CÓMO ATENDER A UN CIUDADANO CON DISCAPACIDAD SENSORIAL? ............................... 22 12.2 ¿CÓMO ATENDER AL CIUDADANO CON DISCAPACIDAD AUDITIVA? ...................................... 22 12.3 ¿CÓMO ATENDER AL CIUDADANO CON DISCAPACIDAD VISUAL? ......................................... 23 12.4 ¿CÓMO ATENDER AL CIUDADANO SORDO-CIEGO? ........................................................ 24 12.5 ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA ........................................................... 24
13. ATENCIÓN TELEFÓNICA ........................................................................................................................ 25
14. ATENCIÓN AL CIUDADANO POR CANALES DE INTERACCIÓN VIRTUALES .................................. 26 14.1 ATENCIÓN A TRAVÉS DEL CORREO INSTITUCIONAL ............................................................ 26 14.2 ATENCIÓN A TRAVÉS DEL FORMULARIO WEB ..................................................................... 28 14.3 ATENCIÓN A TRAVÉS DEL CHAT - IDU ................................................................................ 29
21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-21 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017
15. DIRECTRICES PARA EL MANEJO DE CANALES DE COMUNICACIÓN ............................................ 30 15.1 DIRECTRIZ PARA LOS CANALES DE COMUNICACIÓN PERSONAL. ........................................... 30 15.2 DIRECTRIZ PARA LOS CANALES DE COMUNICACIÓN VIRTUAL. ............................................... 31
16. RECOMENDACIONES PARA TRATAR A UN CIUDADANO INCONFORME ....................................... 32
17. DIRECTRIZ PARA DAR UNA RESPUESTA NEGATIVA A UN CIUDADANO ....................................... 33
18. ANEXO 1: ACCESIBILIDAD A ESPACIOS FÍSICOS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO ....................... 33
19. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ......................................................................................................... 36
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-22 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 22 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 INTRODUCCIÓN El servicio a la ciudadanía es el deber ser de la función pública. Acorde con este principio, el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) orienta su misión a garantizar el reconocimiento de los derechos de los ciudadanos (as) y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
Para cumplir con este propósito, los funcionarios, servidores y contratistas del IDU están comprometidos con la búsqueda de la satisfacción de los ciudadanos atendiendo con calidad, calidez y oportunidad las solicitudes, peticiones, quejas y reclamos de la comunidad, contribuyendo al bienestar individual y colectivo.
La atención a la ciudadanía en el IDU trasciende los canales establecidos para el contacto con los habitantes de la ciudad y hace parte de la cultura organizacional, donde cada área de la entidad cuenta con las competencias para responder a los requerimientos de la comunidad.
El Manual para la Atención a la Ciudadanía del Instituto de Desarrollo Urbano busca organizar de manera uniforme los protocolos de servicio que brinda la Entidad al momento en que las personas se acercan para obtener información, realizar un trámite, solicitar un servicio o presentar una queja, reclamo o sugerencia a través de los canales de atención dispuestos e inclusive a través de los canales de comunicación que así lo permitan.
23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-23 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 OBJETIVO 1.
Establecer criterios, directrices, lineamientos y acciones legales y procedimentales para la adecuada atención de la ciudadanía en todas las áreas del Instituto de Desarrollo Urbano y, en especial, a través de los canales de atención dispuestos por la entidad.
2. ALCANCE
El presente manual está dirigido a los funcionarios, servidores y contratistas del Instituto de Desarrollo Urbano y contiene los lineamientos que se deben cumplir para atender los requerimientos ciudadanos, oficializa los canales de interacción ciudadana dispuestos por el IDU, los criterios para garantizar la calidad en el servicio y la política institucional para la recepción, atención y respuesta de los derechos de petición, así como también establece directrices para el manejo de canales de comunicación con el ciudadano y la atención de los requerimientos que a través de estos se presenten.
3. MARCO NORMATIVO
Constitución Política de Colombia de 1991, Artículos 2, 6, 23, 74 y 209. Ley 57 de 1985, «Por la cual se ordena la publicidad de los actos y documentos oficiales.» Artículos 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, y 25. Ley 190 de 1995, «Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administración Pública y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la corrupción administrativa.» Artículos 54 y 55. Ley 489 de 1998, «Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones». Ley 527 de 1999, «Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones.» Artículos 1, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25. Ley 872 de 2003, «Por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios». Reglamentada por el Decreto Nacional 4110 de 2004 y parcialmente por el Decreto Nacional 4295 de 2007. Ley 962 de 2005, «Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de Trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos.» Artículos 3, 6, 8, 10, 11, 14, 15, 16 y 25. Reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 4669 de 2005 y por el Decreto Nacional 1151 de 2008. Ley 1437 de 2011, «Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.» Artículos 4, 5, 7, 53, 54, 55, 56, 57, 60, 62 y 308. Ley 1474 de 2011, «Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.» Artículo 76. Reglamentada por el Decreto Nacional 4632 de 2011. Ley Estatuaria 1581 de 2012, «Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales». Reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 1377 de 2013.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-24 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 24 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 Decreto 2150 de 1995, «Por el cual se suprimen y reforman regulaciones, procedimientos o trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.» Artículos 26 y 33. Decreto 2623 de 2009, «Por el cual se crea el Sistema Nacional de Servicio al Ciudadano». Decreto 4485 de 2009, «Por medio de la cual se adopta la actualización de la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública». Norma NTCGP 1000:2009, Sistema de Gestión de la Calidad para la Rama Ejecutiva del Poder Público y otras Entidades Prestadoras de Servicios. Decreto 371 de 2010, «Por el cual se establecen lineamientos para preservar y fortalecer la transparencia y para la prevención de la corrupción en las Entidades y Organismos del Distrito Capital.» Artículo 3. Decreto 19 de 2012, «Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública. Artículos 12 y 14. Reglamentado por el Decreto Nacional 734 de 2012 y el Decreto Nacional 1450 de 2012. Decreto 2573 de 2014, «Por el cual se establecen los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno en línea, se reglamenta parcialmente la Ley 1341 de 2009 y se dictan otras disposiciones.» Acuerdo 3 de 1987, «Por medio del cual se reglamenta en el Distrito Especial de Bogotá, el ejercicio de Derecho de Petición, de Información y Copia y de Consulta y se crea una Personería Delegada». Decreto Distrital 638 de 1987, «Por el cual se reglamenta internamente el ejercicio del Derecho de Petición y la manera de atender las quejas por el mal funcionamiento de los servicios a cargo del Distrito Especial de Bogotá». Decreto Distrital 619 de 2007, «Por el cual se establece la Estrategia de Gobierno Electrónico de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital y se dictan otras disposiciones». Decreto Distrital 371 de 2010, «Por el cual se establecen lineamientos para preservar y fortalecer la transparencia y para la prevención de la corrupción en las Entidades y Organismos del Distrito Capital.» Artículo 3. Decreto Distrital 652 de 2011, «Por medio del cual se adopta la Norma Técnica Distrital del Sistema Integrado de Gestión para las Entidades y Organismos Distritales.» Decreto Distrital 197 de 2014, «Por medio del cual se adopta la Política Distrital de Servicio a la Ciudadanía en la ciudad de Bogotá D.C.» Directiva 04 de 2003 de la Presidencia de la República de Colombia, «Orden lucha contra la corrupción en la contratación estatal.» Directiva 04 de 2009 de la Presidencia de la República de Colombia, «Estricto cumplimiento al derecho de petición.» Directiva 008 de 2001 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, «Programa cultura de la Probidad. Bogotá transparente.» Directiva 022 de 2011 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, «Estandarización de la información de identificación: caracterización, ubicación y contacto de los ciudadanos y ciudadanas que capturan las entidades del Distrito Capital». Circular 003 de 2004 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, «Pautas sobre Servicio al Ciudadano». Circular 012 de 2007 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, «Operación del Sistema Distrital de Quejas y Soluciones».
25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-25 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 Circular 033 de 2008 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, «Procedimiento para presentar Quejas, Reclamos y Sugerencias a través del Sistema Distrital de Quejas y Soluciones». Circular 034 de 2008 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, «Administración del Sistema Distrital de Quejas y Soluciones». Circular 018 de 2009 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, «Informe mensual de quejas y reclamos». Circular 064 de 2012 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, «Revisión, adecuación e implementación del procedimiento para el trámite del/los Derecho/s de Petición de acuerdo con la Ley 1437 de 2011». Resolución 61141 de 2015 del Instituto de Desarrollo Urbano, «Por la cual se adopta el Manual de Derechos de Petición Versión 5.0». CONPES 3649 del 15 de marzo de 2010 del Programa Nacional de Servicio al Ciudadano, «Política Nacional de Servicio al Ciudadano.» Manual de Gobierno en línea para entidades del Orden Territorial. Decreto 1078 de 26 de mayo de 2015 «Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.» NTC ISO 10002:2005. Gestión de la Calidad. Satisfacción del ciudadano. Directrices para el tratamiento de las quejas en las organizaciones. ISO 9001:2015. Sistema de Gestión de la Calidad. Numerales 4.1, 4.2.3, 4.2.4, 5.2, 5.5.3, 6.1, 7.2.3, 8.1, 8.2.3, 8.4 y 8.5. NTGP 1000:2009. Sistema de Gestión de la Calidad para la Rama Ejecutiva del Poder Público y otras Entidades Prestadoras de Servicios. Requisitos Numerales: 4.1, 4.2.3, 4.2.4, 5.2, 5.5.3, 6.1, 7.2.3, 8.1, 8.2.3, 8.4 y 8.5. NTC 6047:2013. Accesibilidad al medio físico. Espacios de Servicio al Ciudadano en la Administración Pública. Requisitos.
4. TÉRMINOS Y DEFINICIONES
Acción de Tutela: mecanismo jurídico previsto en el artículo 86 de la Constitución Política, el cual garantiza a las personas la protección judicial inmediata de sus derechos fundamentales cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública. Actuación Administrativa: conjunto de decisiones y operaciones que emanan de las autoridades estatales, cuando se ocupan mediante el ejercicio de su potestad de mando, de cumplir con los cometidos estatales, prestar satisfactoriamente los servicios a su cargo y hacer efectivos los derechos e intereses legalmente reconocidos a los administrados. Automatizar: hace referencia a la incorporación de herramientas tecnológicas a un proceso o sistema. Canal de Atención: medio dispuesto por el Instituto de Desarrollo Urbano a través del cual se interactúa con el usuario y que permite la recepción directa de las PQRS interpuestas por la ciudadanía, las cuales también podrán ser respondidas en un primer contacto por los canales dispuestos para ello. En el Instituto de Desarrollo Urbano los canales de atención al ciudadano son: Canal Virtual (chat, Formulario Web y Correo electrónico atnciudadano@idu.gov.co), Canal Telefónico (PBX 3387555, 3412214 y 018000 910312), Canal Presencial (Sede Principal IDU Calle 22 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-26 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 26 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 N° 6 – 27, primer piso, módulo 15) y Canal de Correspondencia Oficial (Sede Principal IDU Calle 22 N° 6 – 27, primer piso, módulos 51 – 55) Canal de Comunicación: medio dispuesto por el Instituto de Desarrollo Urbano a través del cual se transmiten mensajes que divulgan su gestión y la de la Administración Distrital, promoviendo la participación ciudadana con base en la información institucional. Los canales de comunicación en el IDU pueden ser personales o virtuales. Son personales cuando se establecen de manera directa y presencial con uno o más ciudadanos, y son virtuales cuando se aprovechan los recursos que ofrecen las tecnologías de la información y la comunicación, como son las redes sociales, los foros virtuales y la página en internet. Centro de Contacto: lugar en el que se administran los canales de atención dispuestos por el IDU y habilitados para recibir, clasificar y radicar las PQRS interpuestas por la ciudadanía. Consulta: acción que puede ejercer toda persona para acudir ante las autoridades públicas para que manifiesten su parecer u opinión sobre materias relacionadas con sus atribuciones. Es el derecho que tiene toda persona de acudir ante las autoridades públicas para formular consultas escritas o verbales, en relación con las materias a su cargo. Datos Abiertos: son todos aquellos datos primarios (sin procesar) que se encuentran en formatos estándar e interoperables que facilitan su acceso y reutilización, los cuales están bajo la custodia de las entidades públicas y que son puestos a disposición de cualquier ciudadano, de forma libre y sin restricciones, con el fin que terceros puedan reutilizarlos y crear servicios derivados de los mismos. Derecho de Petición: es el derecho fundamental, consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades, por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre estas. Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición. Al ser un derecho fundamental es susceptible de ser protegido por medio de la Acción de Tutela. Denuncia: es la puesta en conocimiento ante una autoridad de una conducta posiblemente irregular, delito o falta, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa sancionatoria o ético profesional. Dependencia, Grupo, Área o Servidor Competente: es aquel que de conformidad con su naturaleza y normativa aplicable, le está asignado el tema o asunto sobre el cual versa la petición, queja, reclamo, solicitud, denuncia o derecho de petición. Desistimiento: es la renuncia de obtener la respuesta previamente solicitada. Puede darse por renunciar explícitamente a la petición (expreso) o por dejar vencer los términos para completar información que la autoridad haya solicitado (tácito). Digiturno: sistema electrónico que permite ordenar la atención a los ciudadanos en los puntos de atención presencial de acuerdo al orden de llegada y el asunto al que se relaciona el trámite o servicio requerido. Facebook: red social que permite el envío de información y la interacción con personas comunidades y organizaciones previamente vinculadas. No es un canal habilitado para la recepción y respuesta de PQRS. Felicitación: manifestación por la satisfacción que experimenta un ciudadano con relación a la prestación de un servicio por parte de una entidad pública. Niveles de Servicio: grados en los que se desarrolla el servicio al ciudadano y se atienden los requerimientos ciudadanos según su complejidad.
27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-27 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 Notificación: acto solemne mediante el cual el Estado entera al particular de una determinación unilateral, respaldada por la supremacía que le confiere la autoridad soberana que le distingue y le separa de los administrados. Novedades: reporte oportuno de cualquier anomalía en el servicio, cuando por algún motivo se suspende temporalmente la atención o se presentan caídas de los sistemas de información que impiden la prestación del mismo. Gobierno en Línea: gobierno en línea es el nombre que recibe la estrategia de gobierno electrónico (e-government) en Colombia, la cual busca construir un Estado más eficiente, más transparente y más participativo gracias a las Tecnologías de la Información y la Comunicación - TIC. Puntos CREA: Centros de Reunión, Encuentro y Atención Ciudadana en las obras desarrolladas por el Instituto de Desarrollo Urbano. PQRS: sigla utilizada para definir las Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias interpuestas por la ciudadanía ante las entidades públicas. Programa: estructuración de un proyecto que para el efecto tiene como fin, satisfacer las necesidades de la ciudadanía, o generar oportunidades de desarrollo. Queja: es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones. Reclamo: es la acción y efecto de reclamar, exigir, reivindicar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud que conlleva a la insatisfacción del ciudadano. RED SOCIAL: plataforma tecnológica desarrollada por terceros que, apoyada en el uso de Internet, permite divulgar información sobre la actividad o gestión institucional a personas, comunidades y/o organizaciones que comparten intereses comunes. No son canales habilitados para la recepción y respuesta de PQRS. Registro: documento que presenta resultados obtenidos o proporciona evidencia de las actividades ejecutadas. Requerimiento: toda solicitud, petición, queja, reclamo, sugerencia o denuncia, que presenta un ciudadano u otra Entidad ante la Administración Distrital. Satisfacción del Ciudadano: percepción del usuario sobre la calidad con la que se han atendido sus requerimientos presentados Seguimiento: es la actividad que se realiza con el fin de garantizar que los derechos de petición, quejas y reclamos sean atendidos y resueltos de fondo, dentro del término legal y con las características establecidas en el Manual de Derechos de Petición. Servicio: es el conjunto de acciones o actividades de carácter misional diseñadas para la satisfacción del usuario, incorporando valor agregado a las funciones de la Entidad. En el Sistema Único de Información de Trámites – SUIT se entienden los «Servicios» como los otros procedimientos administrativos que deben ser publicados en el Portal del Estado Colombiano a que hace alusión la Ley 962 de 2005 y el Decreto Ley 19 de 2012. S.U.I.T: Sistema Único de Información de Trámites y Servicios de la Administración Pública Colombiana que opera a través del portal del Estado Colombiano. Servicio en Línea: aquel servicio que puede ser prestado por medios electrónicos a través del portal de una Entidad. Silencio administrativo: mecanismo legal para evitar que la falta de respuesta de la Administración impida al peticionario defender sus derechos e intereses. Puede ser positivo o negativo.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-28 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 28 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 Sistema Distrital de Quejas y Soluciones (S.D.Q.S.): aplicativo para registrar peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, derechos de petición y denuncias ante cualquier entidad del Distrito. Es una herramienta gerencial y de control que permite conocer las inquietudes de la ciudadanía con respecto a los servicios prestados; posibilitando evaluar, optimizar y adecuar constantemente la gestión institucional a las nuevas exigencias ciudadanas; además centraliza la gestión efectuada para dar respuesta a los requerimientos ciudadanos de todas las entidades del distrito capital. Este aplicativo es administrado por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. Solicitud de Información: facultad que tienen las personas de solicitar y obtener acceso a la información sobre las actualizaciones derivadas del cumplimiento de las funciones atribuidas a la entidad y sus distintas dependencias. Es el derecho que tiene toda persona de solicitar y obtener acceso a la información sobre la acción de las autoridades y en particular, a que se expida copia de sus documentos. Sugerencia: es una propuesta que se presenta para incidir o mejorar un proceso cuyo objeto está relacionado con la prestación de un servicio o el cumplimiento de una función pública. Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad. Trámite: es el conjunto de pasos o acciones regulados por el Estado, que deben efectuar los usuarios para adquirir un derecho o cumplir con una obligación prevista o autorizada en la ley. El trámite se inicia cuando ese particular activa el aparato público a través de una petición o solicitud expresa y termina (como trámite) cuando la Administración Pública se pronuncia sobre éste, aceptando o denegando la solicitud. TWITTER: red social que permite el envío de mensajes de hasta 140 caracteres a personas, comunidades y organizaciones previamente vinculadas. No es un canal habilitado para la recepción y respuesta de PQRS.
5. PRINCIPIOS
La atención a la ciudadanía en el Instituto de Desarrollo Urbano está soportada y orientada por los siguientes principios:
Ciudadano como razón de ser: Es el reconocimiento explícito del ciudadano como eje y razón de ser de la misión del IDU. Respeto: En el contacto con la ciudadanía se considera el valor de las personas por sí mismas, teniendo en cuenta sus necesidades y cualidades, reconociendo la importancia del buen trato de los servidores a la ciudadanía, como también de la ciudadanía a los servidores, garantizando así la sana convivencia dentro de la sociedad. Transparencia: Es la eficiencia, eficacia, economía y equidad en la atención de la ciudadanía con el adecuado manejo de los recursos, bajo los principios y disposiciones contenidas en la Ley 1712 de 2014 (Ley de Transparencia). Participación: Es la acción de individuos o grupos para conocer, decidir, acompañar y vigilar los asuntos públicos, implicándose en la solución de problemáticas, promoviendo así el respeto de los derechos y el cumplimiento de los deberes en beneficio del interés general. Equidad: Cualidad que consiste en dar a cada uno lo que se merece en función de sus méritos o condiciones. Los seres humanos son iguales en dignidad y por tanto tienen las mismas oportunidades para su desarrollo humano. Se expresa en reconocimiento, inclusión y ausencia de discriminación por cualquier condición o situación.
29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-29 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 Coordinación, Cooperación y Articulación: La comunicación e interacción entre el personal humano perteneciente al Instituto de Desarrollo Urbano para cumplir con satisfacción de las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias de la comunidad será un requisito indispensable para el cumplimiento de una atención integral al ciudadano. Innovación: A partir de la investigación y la generación del conocimiento se propende por el mejoramiento continuo del servicio al ciudadano aprovechando los desarrollos tecnológicos. Competencia: La atención a los ciudadanos se efectuará dentro de las atribuciones especializadas de cada área del Instituto de Desarrollo Urbano, garantizando una respuesta óptima generada por la idoneidad de quien la elabora. Oportunidad: Es la condición de responder dentro de los términos legales a los requerimientos ciudadanos. Calidad: Suministrar un servicio a la ciudadanía que supere sus expectativas. Calidez: Brindar al ciudadano el servicio solicitado de una manera cortés, gentil y sincera, otorgándoles la importancia que se merecen y teniendo una especial consideración con su condición humana.
6. ATRIBUTOS DEL BUEN SERVICIO
Para que el servicio a la ciudadanía sea de calidad, debe cumplir con las siguientes características, establecidas por el Decreto Distrital 197 de 2014 que adoptó la Política Distrital de Servicio al Ciudadano.
CALIDAD: El buen servicio en el Instituto de Desarrollo Urbano se distingue por la gestión hábil, apta e idónea en la atención al ciudadano, generando la satisfacción de quien lo recibe aun cuando no se haya accedido a lo solicitado. CONFIABLE:
Que se presten los servicios de tal forma que la ciudadanía confíe en la exactitud de la información suministrada y en calidad de los servicios recibidos, respondiendo siempre con transparencia y equidad. EMPÁTICO: el servidor percibe y comprende lo que el ciudadano siente poniéndose en su lugar. CALIDO Y AMABLE:
Que se brinde a la ciudadanía el servicio solicitado de una manera respetuosa, gentil y sincera, otorgándole la importancia que se merecen. DIGNO:
Que el servicio que tiene derecho se brinde de la mejor forma posible, caracterizado por el respeto, la veracidad y el sentido común. EFECTIVO:
Que el servicio responda a las necesidades y solicitudes de los ciudadanos, siempre que éstas se enmarquen dentro de las normas y principios que rigen el accionar como servidores públicos. OPORTUNO:
Que el servicio sea ágil y se preste en el tiempo establecido y en el momento requerido. INCLUYENTE: el servidor brindará el servicio con calidad, sin discriminación de algún tipo.
FORMADOR DE CIUDADANÍA: Se debe informar con claridad a la ciudadanía sobre sus derechos y deberes frente a la Administración Distrital y orientarlos con precisión sobre cómo proceder en cada caso.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-30 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 30 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 6.1 ¿CÓMO PRESENTAR UN SERVICIO DE CALIDAD?
Para prestar un servicio de calidad, la Administración Distrital y en especial el Instituto de Desarrollo Urbano, dirigen su gestión hacia el servicio a la ciudadanía, trabajando en equipo con el propósito de desarrollar actitudes, habilidades y conductas adecuadas para esta labor. Mediante capacitación constante de cada uno de los servidores del Instituto de Desarrollo Urbano se deben de desarrollar las siguientes habilidades y aptitudes:
Amabilidad y cortesía. Sensibilidad. Comprensión. Tolerancia y paciencia. Dinamismo. Razonamiento y persuasión. Capacidad para escuchar. Capacidad para asesorar y orientar. Autocontrol. Creatividad.
Estas habilidades y aptitudes se ejercitan cuando son aplicadas y se enmarcan dentro de los seis atributos del buen servicio que están alineados con el Ideario ético del Distrito.
6.1.1 Conociendo a la Ciudadanía La ciudadanía busca que:
Se le tenga en cuenta. Se le dé importancia. Se le brinde un trato amable y respetuoso. Se le atienda con calidez y agilidad. Se le comprenda su situación. Se le oriente con precisión. Se le ofrezca alternativas de solución.
7. PRESENTACIÓN PERSONAL
Los servidores, funcionarios y/o contratistas estarán siempre bien presentados, vistiendo la chaqueta institucional cuando así se determine, e identificados con su respectivo carnet a la vista del ciudadano.
7.1 PRESENTACIÓN DEL PERSONAL FEMENINO Vestuario y Calzado Cuando se requiera vestir la chaqueta institucional esta deberá estar limpia y en buenas condiciones para su uso.
31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-31 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 Los zapatos deben ser de un color que combine con el vestido y estar bien lustrados. El cabello debe mantenerse limpio, bien arreglado, sin cubrir el rostro o recogido, con hebillas o moños discretos de un color acorde al vestuario.
Maquillaje El maquillaje debe de ser natural, reflejando una imagen sobria y agradable. Las servidoras no se deben maquillar en el puesto de servicio al ciudadano ni hacer retoques al maquillaje a la vista de la ciudadanía. Las uñas deben de estar siempre bien arregladas, presentables ante el ciudadano.
Otros Los accesorios que se usen con el vestuario (collares, pulseras, anillos) deben de ser discretos. Si se está usando la chaqueta institucional, no se deben de usar durante las horas de trabajo elementos ajenos a este tales como pañoletas, chales, sacos, abrigos, gabardinas, prendedores que cubran la identificación de la Entidad. No usar perforaciones faciales durante el horario de atención a los ciudadanos.
7.2 PRESENTACIÓN DEL PERSONAL MASCULINO Vestuario y Calzado Cuando se requiera vestir la chaqueta institucional esta deberá estar limpia y en buenas condiciones para su uso. La camisa debe de usarse completamente abotonada, sin recoger las mangas y muy bien planchada. Si usa corbata, esta debe de estar siempre bien ajustada al cuello y planchada. Los zapatos deben de estar bien lustrados.
Otros El cabello debe de usarse corto o recogido si es largo. Mantener un buen semblante, procurando estar bien afeitado o con su barba prolija. Deben de mantener las uñas limpias y bien arregladas. Si se está usando la chaqueta institucional, no se deben de usar durante las horas de trabajo elementos ajenos a este, tales como chalecos, sacos, abrigos, gabardinas, etc. que cubran la identificación de la Entidad.
7.3 PRESENTACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO El cuidado y apariencia de los espacios físicos donde trabajamos tiene un impacto inmediato en la percepción la ciudadanía; un puesto de trabajo sucio, desordenado y lleno de elementos ajenos a la REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-32 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 32 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 labor que se desarrolla, da la sensación de desorden, descuido y desorganización no solo atribuible al servidor que ocupa el lugar sino al punto de servicio en general. El puesto de trabajo desde donde se atiende a la ciudadanía estará siempre bien presentado; para esto se deben de seguir las siguientes recomendaciones:
Debe de permanecer ordenado, limpio, despejado y presentable a la vista. Evite personalizar con fotografías, afiches, letreros, imágenes, etc. Es inapropiado ingerir bebidas y alimentos, esto se debe de hacer en el tiempo de descanso. Debe de abstenerse de escuchar música en el computador y el uso de audífonos, radios, mp3 entre otros, puesto que esto muestra falta de interés en la atención. Las carteras y demás elementos personales deben de ser guardados fuera de la vista de la ciudadanía. La papelería e insumos deben de estar guardados en las gavetas del escritorio y solamente mantener una cantidad suficiente en el dispensador de papel de la impresora. Los documentos deben de ser archivados de manera permanente.
8. NIVELES DE SERVICIO.
La atención al ciudadano se hará de acuerdo a los niveles de servicio que se requieran para generar la mayor satisfacción de aquel. En el Instituto de Desarrollo Urbano los niveles de servicio son los siguientes:
8.1 NIVEL DE SERVICIO BÁSICO Corresponde a la atención brindada al ciudadano en primer contacto con base en la información general suministrada previamente por las distintas áreas técnicas que integran la Entidad o con el uso de aplicativos informáticos, permitiendo la posibilidad de resolver de manera directa e inmediata las inquietudes, peticiones, quejas o reclamos. También corresponde a este nivel la facultad de radicar en el Sistema de Gestión Documental las PQRS que presenten los ciudadanos y que por su complejidad requieren ser resueltas por las dependencias especializadas.
Forman parte de este Nivel de Servicio Básico: el Centro de Contacto del IDU a cargo de la Oficina de Atención al Ciudadano y los puntos de atención presencial ubicados en el espacio físico destinado para tal fin.
8.2 NIVEL DE SERVICIO ESPECIALIZADO Corresponde a la atención brindada a las PQRS, escritas o verbales, como también a los requerimientos realizados por los organismos de control y demás autoridades que requieran un análisis y estudio técnico o jurídico para su respuesta por parte de las dependencias especializadas del IDU; lo anterior de conformidad con las funciones asignadas en el Acuerdo 02 de 2009 y según el asunto expuesto en el requerimiento ciudadano.
Para asignar la PQRS a la dependencia especializada encargada de resolverlo se tendrá en cuenta lo definido en el Instructivo para la Clasificación de Requerimientos Ciudadanos.
33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-33 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 Forman parte de este Nivel de Servicio Especializado: Todas las dependencias del Instituto de Desarrollo Urbano, según las funciones asignadas en el Acuerdo 02 de 2009 y las competencias definidas en el en el Instructivo para la Clasificación de Requerimientos Ciudadanos.
9. CANALES DE ATENCIÓN EN EL IDU
En el Instituto de Desarrollo Urbano existen los siguientes canales de atención, los cuales están habilitados para recibir, clasificar y radicar los requerimientos presentados por la ciudadanía:
9.1 TELEFÓNICO El IDU cuenta con las líneas telefónicas 3387555, 3412214 y 018000910312, cuyos operadores reciben, radican o resuelven los requerimientos ciudadanos. Está a cargo de la Oficina de Atención al Ciudadano.
9.2 PRESENCIAL Lo integran los puntos de atención al usuario ubicados en las sedes del IDU en todos sus niveles servicios (básico y especializado), al igual que los puntos de la Red CADE y los Puntos CREA de cada uno de los proyectos a cargo del IDU.
Este Canal también se habilita en las Ferias y Eventos de Atención al Ciudadano en los que participe la delegación del IDU.
9.3 VIRTUAL Con el apoyo de las tecnologías de la información y la comunicación, el IDU facilita el acceso de la ciudadanía a la información sobre las actividades, trámites y servicios a través de la página web www.idu.gov.co en la que además encontrarán acceso al Chat y al Formulario web. De igual forma se cuenta con el correo electrónico atnciudadano@idu.gov.co para la recepción y trámite de los requerimientos ciudadanos. Adicionalmente, el IDU pertenece al Sistema Distrital de Quejas y Soluciones de la Alcaldía Mayor de Bogotá, al cual se accede desde su página en internet http://www.bogota.gov.co/sdqs La administración del canal de atención virtual se encuentra a cargo de la Oficina de Atención al Ciudadano.
9.4 CORRESPONDENCIA OFICIAL El IDU ha dispuesto módulos especializados para la recepción y radicación de los requerimientos ciudadanos presentados de forma escrita, los cuales se encuentran ubicados en el primer piso de la sede del Instituto, ubicada en la Calle 22 No. 6 – 27. Es administrado por la Subdirección Técnica de Recursos Físicos-STRF.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-34 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 34 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017
10. DIRECTRICES DE SERVICIO.
Estas directrices están dirigidas a todo el personal que trabaje en atención presencial en el Instituto de Desarrollo Urbano, cualquiera sea su cargo (guarda de seguridad, anfitrión, informador, asesor, coordinador, gestor social en Puntos CREA, servidor/a red CADE) o área técnica y en general todo funcionario del IDU que mantengan o puedan tener contacto con la ciudadanía.
Tiene como objetivo ofrecer a la ciudadanía un servicio eficiente, oportuno, con la dedicación, calidad y respeto que se merecen, para lo cual se requiere posicionar un protocolo de servicio personalizado en el Instituto de Desarrollo Urbano para que el servicio a la ciudadanía sea igual en cualquiera de los puntos dispuestos por la Entidad.
Desde el momento de ingreso, durante el servicio y hasta la despedida, la ciudadanía debe sentirse bien atendida para lograr este propósito los servidores/as seguirán las siguientes pautas para una mejor atención.
10.1 DIRECTRICES PARA LA ATENCIÓN PRESENCIAL Desde el principio a hasta el final de la atención al ciudadano en cada punto de servicio a la ciudadanía del IDU se le debe hacer sentir bien atendido. Para lograr este propósito se recomienda seguir la siguiente rutina: o Hacer contacto visual con el ciudadano desde el momento en que se acerque al punto de atención. o Saludar al ciudadano de inmediato, de manera amable, ejemplo: «Buenos días (tardes), bienvenido al Instituto de Desarrollo Urbano. ¿En qué puedo servirle?» o Dar al ciudadano una atención completa y exclusiva durante el tiempo del contacto, evitando atender llamadas de telefónicas o chat en dispositivos móviles. o Permanezca siempre en el puesto de trabajo, listo para atender con dedicación exclusiva a la próxima persona que requiera del servicio; en caso de dejarlo por un tiempo corto, se debe asegurar que un compañero esté atento del usuario durante la ausencia. o Hacer contacto visual cuando el ciudadano se acerque. o Mantener una postura corporal correcta, relajada, sin cruzar los brazos, evitando el movimiento continuo de las manos y piernas, ya que esta desconcentra y dispersa la atención del usuario en el momento en que se está brindando la información. o Referirse al usuario de manera respetuosa, y si es posible, utilizando el nombre del ciudadano (a) al menos dos (2) veces durante la conversación o Evitar manipular lápices, papeles o cualquier objeto que demuestre impaciencia o ansiedad. Esto evidencia falta de interés durante la atención. o Evitar los gestos distractores (carraspear, toser, suspirar, respirar fuerte, entre otros). o Evitar fijar la mirada sobre determinadas partes del cuerpo de las personas, por más voluptuosas o insinuantes que parezcan. La consideración aplica también para el caso de características físicas llamativas como personas con obesidad, de baja estatura, con algún defecto físico o que no coinciden con estándares de belleza socialmente aceptados. o Hablar despacio, vocalizando adecuadamente, emitiendo un tono de voz agradable y natural, evitando una entonación que produzca aburrimiento.
35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-35 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 o Mantenerse sereno, no perder el control frente a la actitud difícil o agresiva de la ciudadanía, recordar que debe prevalecer la cortesía, los buenos modales y la diplomacia. Aclarar dudas y resolver el problema, haciendo que el ciudadano se sienta satisfecho. o Utilizar frases afirmativas para dar respuestas negativas, brindar alternativas viables, diciendo siempre la verdad. o Abstenerse de tutear, utilizar diminutivos o muletillas, mantener una actitud natural sin fingir y evitar el trato confuso a la ciudadanía. o Evitar emplear términos técnicos que puedan generar un ambiente de desconfianza e inseguridad. o Asentir en señal de comprensión. o Si es necesario retirarse del puesto de trabajo para realizar alguna gestión relacionada con la solicitud debe explicar por qué debe hacerlo y dar un cálculo aproximado del tiempo que tardará la consulta. Al regresar, dar las gracias por esperar y continuar el trámite. o Abstenerse de atender llamadas telefónicas cuando se esté atendiendo a la ciudadanía. Ese comportamiento demuestra irrespeto ante el ciudadano. o Abstenerse de comer, beber o masticar chicle mientras se esté en el puesto de trabajo. o Evitar crear conversatorios entre servidores/as que puedan afectar la imagen de la institución. o El lenguaje y trato a los compañeros debe ser respetuoso, cordial y sin excesos de confianza. o Si la solicitud del usuario no puede ser resuelta en ese punto de servicio, se debe explicar el motivo de la remisión y orientarlo a dónde se debe dirigir, los horarios de atención y los documentos que debe presentar, en caso que se requiera. o Si la solicitud del usuario se demora, se debe explicar el motivo del retraso e informar la fecha aproximada en que se resolverá el requerimiento. o Mientras se esté identificado con el carné o la chaqueta institucional se sigue siendo servidor (a) del Instituto de Desarrollo Urbano. o Todos los requerimientos ciudadanos deberán ser registrados en la aplicación establecida para ello en las dependencias que la hayan adoptado con el fin de que la Entidad tenga un control de cada uno de los puntos de atención.
10.2 DIRECTRICES PARA LOS VIGILANTES Usualmente la primera persona que recibe a los ciudadanos cuando se acercan a cada punto de servicio a la ciudadanía son los vigilantes y a ellos se les recomienda:
Si es del caso, abrir la puerta cuando los ciudadanos se aproximen. Hacer contacto visual. Saludar diciendo: «Buenos días (tardes), bienvenido al Instituto de Desarrollo Urbano. ¿En qué puedo servirle?» Orientar al ciudadano al punto o servicio solicitado.
Nota: En ningún caso debe presentar una actitud de obstrucción al acceso o desconfianza con relación al ciudadano.
10.3 DIRECTRICES PARA LOS ANFITRIONES Y/O INFORMADORES En caso de que en el punto de servicio al ciudadano haya informadores o anfitriones, estos deben de:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-36 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 36 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 Hacer contacto visual con el ciudadano que se acerca. Saludar amablemente a los ciudadanos diciendo: «Buenos días (tardes), bienvenido al Instituto de Desarrollo Urbano. ¿En qué puedo servirle?». Orientar al ciudadano al punto o servicio solicitado o, según el proceso establecido, indicarle cómo proceder.
10.4 DIRECTRICES PARA LOS SERVIDORES EN PUNTOS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Dado que los servidores de punto de servicio son quienes podrían resolver las inquietudes de la ciudadanía, deberán procurar por su satisfacción y, de ser posible, resolver sus requerimientos de forma inmediata. Se debe tener en cuenta siempre:
Mirar a los ojos al ciudadano(a) y sonreírle cuando se acerque. Saludar siguiendo la siguiente fórmula: «Buenos días (tardes), bienvenido al Instituto de Desarrollo Urbano. ¿En qué puedo servirle?» Si debe retirarse del puesto de trabajo para realizar alguna gestión relacionada con la solicitud presentada por el ciudadano:
Explicarle porqué tendrá que esperar, informando el tiempo aproximado de espera. Al regresar al punto exprese su gratitud por la paciencia: «Gracias por esperar».
Si la solicitud del ciudadano no puede ser resuelta en ese punto de servicio, indique al ciudadano el punto de servicio al que debe dirigirse:
Explique porqué debe remitirlo. Si el punto al cual debe remitirlo no se encuentra en la misma sede, dé por escrito al ciudadano la dirección del punto al cual deberá acudir, el horario de atención, los documentos que debe presentar y, si es posible, el nombre del servidor que lo atenderá. Si el puesto al cual debe remitirlo se encuentra ubicado en el mismo lugar, indique al ciudadano el puesto al cual debe dirigirse.
Ponga en conocimiento del servidor que debe atender al ciudadano remitido, el asunto y el nombre de este.
Si la solicitud del ciudadano no puede ser resuelta de forma inmediata:
Explique la razón. Informe la fecha aproximada en que el ciudadano recibirá respuesta y el medio por el cual se le entregará.
Finalice el contacto adecuadamente:
Retroalimente al ciudadano con lo que se va a hacer, si es que queda alguna tarea pendiente. Pregunte: « ¿Hay algo más en que pueda servirle?» Agradezca al ciudadano el habernos dado la oportunidad de servirle.
37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-37 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 10.5 RECOMENDACIONES GENERALES PARA TODOS LOS SERVIDORES Y/O CONTRATISTAS DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO Al momento de atender a un ciudadano en su puesto de trabajo, el servidor y/o contratista del IDU deberá seguir las siguientes recomendaciones:
Preparar su puesto de trabajo y revisar su presentación personal antes de iniciar el horario de atención. Permanezca siempre en su puesto de trabajo, listo para atender con dedicación exclusiva a la próxima persona que requiera de su servicio; en caso de dejarlo por un corto período de tiempo, asegúrese que alguno de sus compañeros esté atento a reemplazarlo durante su ausencia. Suspenda lo que esté haciendo mientras sirve al ciudadano o ciudadana; esto le hará sentir que él o ella merece toda su atención. Hable en un tono moderado, audible y vocalice bien. No olvide mantener contacto visual con los usuarios mientras los atiende y sonreír de vez en cuando. Asienta en señal de comprensión. Si es posible, utilice el nombre del ciudadano, antecedido por «señor, señora o señorita», por lo menos dos (2) veces durante la conversación. Procure no conversar por teléfono o con los compañeros de temas ajenos a la solicitud del ciudadano mientras lo atiende. Mantenga una postura que demuestre interés en lo que el ciudadano le está manifestando. No tutee a los ciudadanos o ciudadanas ni utilice frases afectuosas hacia ellos o ellas. Sea prudente en su manera de reír, sentarse, pararse, toser, estornudar, etc. La atención que se dé a amigos, familiares y conocidos debe ser igual a la que se presta a todos los ciudadanos, sin distingo alguno. No fume ni retoque su maquillaje en su puesto de trabajo ni a la vista de los ciudadanos. No coma ni mastique chicle mientras está en su puesto de trabajo.
10.6 USO DEL DIGITURNO EN LAS SEDES IDU El Instituto de Desarrollo Urbano contará con el sistema de Digiturno en las sedes de la calle 20 y calle 22 para establecer los flujos de atención a la ciudadanía.
El ciudadano debe ser dirigido por el vigilante, anfitrión o funcionario encargado de la recepción del punto presencial al área del Digiturno.
El servidor encargado del Digiturno seguirá el siguiente protocolo:
Mirar a los ojos al ciudadano. Decir: «Bienvenido al Instituto de Desarrollo Urbano. ¿Qué tramite o servicio necesita?» De acuerdo a la solicitud del ciudadano se le entregará la ficha correspondiente. «Por favor tome asiento y espere a que su número aparezca en las pantallas para ser atendido».
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-38 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 38 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 En caso de que el ciudadano sea adulto mayor, mujer en estado de embarazo o persona con discapacidad, se le dará prioridad en la asignación de turno de acuerdo a lo establecido en este manual.
11. ATENCIÓN DE ADULTOS MAYORES Y MUJERES EN ESTADO DE EMBARAZO
Todas las personas que desarrollan su labor en los puntos de servicio al ciudadano deben tener especial consideración con este grupo poblacional, proporcionarles un tratamiento acorde con su estado y otorgarles preferencia en el turno de servicio. En este grupo también se incluyen mujeres con niños en brazos y menores de edad.
Si existe un puesto de atención preferencial para esta población, deben ser atendidos en orden de llegada y teniendo en cuenta la situación física y sensorial particular de cada uno.
VIGILANTES La primera persona que recibe a los ciudadanos cuando se acercan al punto de servicio al ciudadano es el vigilante quien deberá:
Si hay fila para la atención debe hacerlos ingresar de manera inmediata. Ubicarles un asiento o un espacio para la silla de ruedas en la sala de espera para que lo ocupen. Si es del caso, avisar al Coordinador o Supervisor del puesto de la presencia de la persona en condiciones especiales de que trata este Protocolo, para que sea atendida de inmediato.
SUPERVISORES, COORDINADORES, ANFITRIONES Y/O INFORMADORES En caso de que en el punto de servicio no exista la figura del anfitrión o informador, el responsable del punto saldrá a recibir a la persona en condiciones especiales de lo contrario lo hará el anfitrión o informador.
Todos deberán:
Darle la bienvenida al punto. Establecer cuál es el tipo de tratamiento que debe otorgarle a la persona según su estado particular. Averiguar el trámite o servicio requerido. Disponer lo pertinente para dar prioridad en atención a la persona.
Se debe tener en cuenta siempre:
Si el estado físico particular de la persona lo requiere, pásese de su lado del puesto de servicio para quedar ubicado del mismo lado del ciudadano; Mirar a los ojos al ciudadano y sonreírle cuando se acerque; Definir el tipo de atención que se requiere brindar según el estado físico o sensorial particular de cada persona;
39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-39 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 Saludar siguiendo la fórmula: «Buenos días (tardes), mi nombre es (nombre y apellido) ¿en qué puedo servirle?» Tener mucha consideración con la situación particular que lleva al ciudadano al punto de servicio, dar todas las explicaciones que se requieran, si es necesario escribir lo que se ha manifestado verbalmente y demorar lo menos posible en la prestación del servicio.
Si debe retirarse del puesto de trabajo para realizar alguna gestión relacionada con la solicitud presentada por el ciudadano:
Explicarle porqué tendrá que esperar, informando el tiempo aproximado de espera. Al regresar al punto exprese su gratitud por la paciencia: «Gracias por esperar».
Si la solución a la solicitud del ciudadano está en manos de otro servidor del mismo punto, infórmelo al supervisor para que solicite a dicho servidor que se desplace al puesto donde se encuentra el ciudadano y le preste el servicio solicitado.
Si debe remitir al ciudadano a otro punto de servicio: Explique porqué debe remitirlo. Si el punto al cual debe remitirlo no se encuentra en la misma sede, dé por escrito al ciudadano la dirección del punto al cual debe acudir, el horario de atención, los documentos que debe presentar y, si es posible, nombre del servidor(a) que lo atenderá. Si el puesto al cual debe remitirlo se encuentra ubicado en el mismo lugar, indique al ciudadano el puesto al cual debe dirigirse.
Si la solicitud del ciudadano no puede ser resuelta de forma inmediata: Explique la razón de la demora Informe la fecha aproximada en que el ciudadano recibirá respuesta y el medio por el cual se le entregará. De manera preferencial seleccionar métodos de entrega que no exijan la movilización del ciudadano.
Finalice el contacto adecuadamente: Retroalimente al ciudadano con lo que se va a hacer, si es que queda alguna tarea pendiente. Pregunte: « ¿Hay algo más en lo que pueda servirle?» Agradezca al ciudadano el habernos dado la oportunidad de servirle. Deje por escrito las tareas pendientes. Haga seguimiento hasta que se dé respuesta al ciudadano.
12. ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD SENSORIAL
A fin de que la atención a los ciudadanos con discapacidad sea de la mejor calidad, es pertinente tener claridad en los siguientes conceptos:
¿Qué es Discapacidad?
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-40 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 40 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 Según la CIF (Clasificación internacional del funcionamiento de la Discapacidad y la Salud) la discapacidad se define como el resultado de una compleja relación entre la condición de salud de una persona, sus factores personales y los factores ambientales.
¿Qué es discapacidad sensorial?
Según la CIF (Clasificación internacional del funcionamiento de la Discapacidad y la Salud) la discapacidad sensorial supone la afectación de alguno de los principales canales sensitivos de recepción de la información, el sentido de la vista o el oído.
La discapacidad auditiva: Se define como la pérdida o el trastorno en la capacidad de audición. La discapacidad visual: Es la carencia o disminución importante de la capacidad de visión. La sordoceguera: Es una discapacidad multisensorial que impide o limita a la persona la capacidad de ver y oír. Hipoacusia: Disminución de la capacidad auditiva; es decir, existe rastro auditivo. Baja visión: Se poseen restos visuales. Sordera: Pérdida total de la audición. Ceguera total: Ausencia total de visión o simple percepción luminosa.
12.1 ¿CÓMO ATENDER A UN CIUDADANO CON DISCAPACIDAD SENSORIAL?
Al atender a un ciudadano con discapacidad sensorial se debe tener en cuenta:
Evite el uso de etiquetas como lisiados, minusválidos, entre otras. Llame a la persona por su nombre. Permitir que las personas con discapacidad hablen por si solas. Evitar dirigir la palabra al tutor, acompañante o intérprete de la persona con discapacidad.
12.2 ¿CÓMO ATENDER AL CIUDADANO CON DISCAPACIDAD AUDITIVA?
Lo primero que debe recordar al atender un ciudadano sordo es que existen dos tipos de sordera: las primeras, las personas sordas profundas; las segundas, las hipoacusicas, es decir con residuo auditivo. Esto, con el propósito de establecer el tipo de comunicación a usar durante la realización del trámite requerido por el ciudadano.
Por lo anterior, se puede deducir que la barrera que encuentra el ciudadano sordo y la que le impide muchas veces realizar su trámite a cabalidad es la COMUNICACIÓN, por lo que es necesario buscar herramientas o estrategias comunicativas alternas que le permitan comunicarse con el ciudadano con sordera de la mejor manera posible.
Si el ciudadano con sordera que va a atender presenta restos auditivos (Hipoacusia), las estrategias y/o herramientas a utilizar podrían ser las siguientes: a. Utilice frases cortas y precisas para dar alguna indicación al ciudadano.
41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-41 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 b. Dirija siempre su mirada al ciudadano con sordera pues la lectura de labios puede ser una opción de comunicación; si es el caso trate de hablar claramente sin exagerar la vocalización de las palabras. c. Si el ciudadano le pide que hable un poco más duro, siga su instrucción pero no suba mucho su tono de voz pues el ciudadano puede creer que lo está gritando. d. Si el ciudadano con discapacidad tiene sordera profunda, utilice las siguientes estrategias: e. Recuerde que la lengua materna de la población sorda es la lengua de señas. Si conoce este lenguaje utilícelo o pida a algún compañero que lo conozca que sirva de intérprete. f. Si no sabe lengua de señas utilice frases cortas y precisas para lograr un dialogo entre usted y el ciudadano con discapacidad. g. Evite ocultar la cara cuando está atendiendo al ciudadano sordo.
Trate de seguir la rutina de atención que realiza con los ciudadanos sin discapacidad, pero tenga en cuenta lo siguiente:
Salude al ciudadano sordo de una manera cordial, usando su voz y si es necesario la lengua de señas. «Buenos días (tardes), bienvenido al Instituto de Desarrollo Urbano. ¿En qué puedo servirle?» Pregunte al ciudadano qué trámite necesita realizar y acompáñelo a solicitar su turno preferencial. Al llegar al módulo, diríjase al ciudadano sordo y ofrezca su ayuda si es necesaria. Al momento de la despedida no olvide preguntar si necesita realizar otro trámite, y si se sintió a gusto con la atención prestada. Si el ciudadano sordo va acompañado de intérprete recuerde dirigirse al ciudadano con sordera, no lo ignore.
12.3 ¿CÓMO ATENDER AL CIUDADANO CON DISCAPACIDAD VISUAL?
Existen dos tipos de discapacidad visual: la ceguera total y la baja visión. Cada una de ellas requiere herramientas y estrategias distintas al momento de atender a los ciudadanos que presentan esta condición.
Al orientar a un ciudadano con discapacidad visual se debe tener en cuenta varios aspectos: a. Se debe preguntar al ciudadano si desea y necesita la ayuda para desplazarse por el lugar. b. Si el ciudadano acepta la ayuda no lo coja bruscamente, ubíquese un paso delante de él y permita que se coja de su codo u hombro. Recuerde que usted es el referente, su guía, para desplazarse por el lugar. Evite caminar muy rápido y/o realizar movimientos fuertes. c. Si el ciudadano decide no aceptar su guía es necesario que sea preciso al dar indicaciones.
Recuerde que solo debe dar indicaciones de lo visual. d. Si el ciudadano con discapacidad visual está acompañado de su perro guía, no olvide caminar al lado opuesto del animal, describa el lugar. Evite distraer el perro, no lo alimente. e. El saludo a la persona debe ser cordial y debe estar acompañado de las pautas de orientación y movilidad anteriormente descrita. «Buenos días (tardes), bienvenido al Instituto de Desarrollo Urbano. ¿En qué puedo servirle?»
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-42 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 42 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 f. El turno preferencial debe ser leído al entregárselo, y es necesario de la voz para que el ciudadano atienda al llamado. g. Es necesario que la información en el módulo sea accesible para el ciudadano con ceguera, utilizando alguna de las herramientas descritas anteriormente, que se acople al ciudadano en particular. h. No olvide que la despedida es muy importante, el ciudadano debe ser guiado de cualquiera de las formas anteriormente encontradas hasta la salida.
12.4 ¿CÓMO ATENDER AL CIUDADANO SORDO-CIEGO?
La persona con sordoceguera tiene una discapacidad única que requiere de unas adaptaciones particulares para facilitar el ejercicio de sus derechos y deberes.
Estas son algunas estrategias y herramientas a utilizar en la atención al ciudadano sordo-ciego:
Cuando el ciudadano sordo-ciego tiene alta disminución visual el servidor público deberá: a. Situarse en su campo visual. b. Asegurarse de que le ve. c. Presentarse, indicarle su cargo y preguntarle que tramite va a realizar. «Buenos días (tardes), bienvenido al Instituto de Desarrollo Urbano. Mi nombre es (...) ¿En qué puedo servirle?» d. Si el ciudadano no está acompañado de un guía, se le debe informar que lo va a acompañar durante el trayecto, aproximándose a él y tocando su brazo permitiendo que se agarre. e. Si el ciudadano sordo-ciego posee resto auditivo el servidor deberá: f. Hablarle a una distancia corta, sin exagerar el tono de voz, con el fin de captar su atención. g. Presentarse y preguntar al ciudadano sordo-ciego qué trámite va a realizar. h. Si el ciudadano sordo-ciego no va acompañado del guía, el servidor deberá ubicarse por el lado en que la persona oye mejor y tocarle el brazo para permitirle que se agarre. i. Si el ciudadano sordo-ciego va acompañado de su guía, recuerde dirigirse a él durante todo el acompañamiento.
12.5 ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA La discapacidad física es la limitación en el desempeño motor de la persona afectada (las funciones, movimientos y/o sensibilidad), causada por la pérdida de una parte del cuerpo o disminución de su funcionalidad. Las principales causas son factores congénitos, hereditarios, cromosómicos, por accidentes, enfermedades degenerativas, neuromusculares, infecciosas o metabólicas.
Para la atención de personas en condición de discapacidad física se deben seguir los mismos criterios generales que se aplican en la atención de personas en condición de discapacidad sensorial.
El Instituto de Desarrollo Urbano dispondrá de áreas especiales para la atención de personas en condición de discapacidad física en los puntos presenciales.
43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-43 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017
13. ATENCIÓN TELEFÓNICA
El canal telefónico es uno de los principales canales de interacción con la ciudadanía para suministrar información sobre las actuaciones y los trámites que realiza el Instituto de Desarrollo Urbano.
Propenderá por brindar a la ciudadanía un servicio telefónico oportuno, cálido y amable, procurando dar la mayor información posible en el primer contacto.
Este canal hace parte del Centro de Contacto del IDU y su administración se encuentra a cargo de la Oficina de Atención al Ciudadano.
No obstante, todos los servidores, funcionarios y/o contratistas del Instituto de Desarrollo Urbano, sin importar el área en que laboren, deberán atender el teléfono manera rápida, amable y con disposición de servicio.
¿Cómo hacerlo?
Contestar el teléfono antes del tercer timbre. Saludar a quien llama con la siguiente fórmula: «Buenos días (tardes), Instituto de Desarrollo Urbano – (área desde la que se contesta y nombre de quien lo hace) - ¿En qué puedo servirle?» Atender la inquietud o requerimiento ciudadano.
Se procurará que las respuestas a las inquietudes o requerimientos ciudadanos interpuestos a través de la línea telefónica sean emitidas inmediatamente; sin embargo, si la complejidad del asunto lo amerita y con la anuencia del ciudadano, se podrá radicar el requerimiento como Derecho de Petición en el sistema Orfeo, dirigiéndolo al área técnica competente, informando al usuario el número de radicado y el tiempo previsto para la respuesta.
Si debe hacer que el ciudadano espere:
1. Explíquele porqué debe pedirle que espere y dele un cálculo aproximado del tiempo que tendrá que esperar.
2. Pídale permiso antes de hacerlo esperar.
3. Espere a que el ciudadano o ciudadana responda si desea esperar.
4. Al volver a tomar la llamada diga: «Muchas gracias por esperar».
Nota 1: Si la espera es de 1 a 3 minutos, se debe dar la opción al ciudadano de esperar en la línea o que el funcionario le realice una llamada posteriormente; si la espera es de más de 3 minutos, es mejor pedir al ciudadano su número telefónico e informarle que se le llamará para darle la información requerida.
Nota 2: Cuando el ciudadano haya aceptado esperar un tiempo largo en la línea, retome la llamada cada cierto tiempo prudencial y explíquele cómo va su gestión.
Si se ve en la necesidad de transferir la llamada: a. Explíquele porqué debe transferir la llamada. b. Pregúntele al ciudadano(a) si tiene o no inconveniente en que lo haga.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-44 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 44 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 c. Dígale a la persona a quien le transfiere la llamada el nombre de quien llama y el asunto. d. Nota: Asegúrese de no colgar hasta que alguien conteste la llamada transferida.
Termine la llamada adecuadamente:
1. Retroalimente al ciudadano con lo la solución dada. Si queda alguna tarea pendiente, retroalimente al ciudadano con lo que se va a hacer, e indíquele si es necesario que se comunique de nuevo y la manera en que debe hacerlo.
2. Pregunte: «¿Hay algo más en que pueda servirle?» (En caso que se haya solucionado su primer requerimiento).
3. Permita al ciudadano colgar primero.
4. Deje por escrito las tareas pendientes.
5. Haga seguimiento hasta que se dé respuesta al ciudadano(a).
Por último, los operadores de la línea telefónica institucional realizarán el registro de la atención al requerimiento ciudadano en el Software de Gestión de PQRS – Sistema Bachué o en aquel que lo reemplace, incorporando el nombre del ciudadano, identificación, dirección de domicilio, dirección del requerimiento, clasificando el tema y subtema de este, su asunto y la primera respuesta brindada; lo anterior en la medida de lo posible y sin desconocer el derecho de los ciudadanos a presentar requerimientos anónimos.
14. ATENCIÓN AL CIUDADANO POR CANALES DE INTERACCIÓN VIRTUALES
En el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU, se está utilizando las tecnologías de la información y comunicación con el fin de habilitar canales de interacción ciudadana que permitan una eficiente y rápida en la atención a los requerimientos ciudadanos.
Este canal de atención a la ciudadanía se brinda a través de la página Web del Instituto de Desarrollo Urbano y forma parte del Centro de Contacto administrado por la Oficina de Atención al Ciudadano.
El canal de atención virtual se subdivide en tres herramientas tecnológicas:
- Correo institucional atnciudano@idu.gov.co - Chat Institucional - Formulario web 14.1 ATENCIÓN A TRAVÉS DEL CORREO INSTITUCIONAL El Instituto de Desarrollo Urbano ha dispuesto el correo institucional atnciudadano@idu.gov.co para atender las solicitudes enviadas por la ciudadanía a través de correo electrónico.
El horario de atención de requerimientos a través del correo institucional será el mismo fijado para los puntos de atención presencial, es decir, entre las 7:00 a.m. y las 4:30 p.m. de lunes a viernes.
Se propenderá para que las respuestas a los requerimientos ciudadanos interpuestos a través del correo institucional sean emitidas en un plazo no mayor a 24 horas. En caso de no ser posible, los tiempos de respuesta estarán acorde con lo establecido en la Ley 1755 de 2015.
45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-45 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 El servidor de la Oficina de Atención al Ciudadano delegado para atender el correo institucional hará el descargue de las PQRS presentadas por los ciudadanos a primera hora laboral del día, identificando los mensajes publicitarios no deseados o sospechosos de contener virus para proceder a su eliminación.
Durante la jornada el operador del correo electrónico institucional revisará permanentemente su bandeja de entrada, evacuando los requerimientos en orden de llegada pero identificando aquellos a las cuales se les deba dar trámite prioritario e inmediato, como son:
- Mensajes que provengan de otras Entidades o autoridades del Estado. - Mensajes que provengan de concejales o congresistas en ejercicio de su investidura. - Mensajes que por la naturaleza judicial de su asunto deban remitirse a la cuenta de correo electrónico notificacionesjudiciales@idu.gov.co - Mensajes que provengan de medios de comunicación o periodistas en ejercicio de su oficio.
Una vez recibida la PQRS el servidor examinará el contenido del mensaje y decidirá si este puede ser respondido inmediatamente, trasladado a otra Entidad, o si por su complejidad debe ser atendido por las áreas técnicas especializadas, según el asunto expuesto en el requerimiento; en este último caso se radicará el requerimiento junto con todos sus archivos adjuntos en el Sistema de Gestión Documental ORFEO, enviando un mensaje al remitente confirmando la recepción del requerimiento e informándole el número de radicado y el tiempo de repuesta según sea su clasificación. El mensaje de confirmación se escribirá así:
1. ASUNTO: Su trámite en el IDU.
2. Señor/a (Nombre del ciudadano).
3. Le informamos que su requerimiento enviado (fecha de recibo del correo) está siendo tramitado y que el número de radicación es (Número del radicado ORFEO). Usted podrá consultar el estado de su trámite comunicándose al teléfono o a través del chat, de la página Web o de este correo electrónico.
4. Esperamos que la información haya sido satisfactoria.
5. Gracias por comunicarse con el Instituto de Desarrollo Urbano.
En el caso de que se interpongan PQRS durante el fin de semana o día festivo, estas serán descargadas el siguiente día hábil.
Al momento de dar respuesta al requerimiento ciudadano, escribir el mensaje de la siguiente forma:
1. ASUNTO: Respuesta del IDU o Re: asunto
2. Señor/a (Nombre del ciudadano).
3. En atención a su requerimiento enviado (fecha de recibo del correo) en la que nos manifiesta (objeto del requerimiento) le informamos que (respuesta al requerimiento).
4. Esperamos que la información haya sido satisfactoria.
5. Gracias por comunicarse con el Instituto de Desarrollo Urbano.
En caso de que se requiera mayor información sobre el requerimiento ciudadano, el operador del correo electrónico institucional enviará un mensaje al ciudadano en el que le solicitará una ampliación REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-46 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 46 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 o aclaración y cuya respuesta podrá ser recibida a través del correo atnciudadano@idu.gov.co o por escrito físico en la sede del IDU de la calle 22 No. 6 -27. El mensaje en estos casos se escribirá de la siguiente forma:
1. Asunto: Ampliación de información para requerimiento al IDU
2. Cuerpo del mensaje:
Señor/a (Nombre del ciudadano/a) Hemos recibido su correo con fecha (fecha de recibo del correo) en la que nos solicita (indicar el objeto del correo). Para poder atender efectivamente su requerimiento, le solicitamos nos haga llegar a través de este medio la siguiente información (enumerar los requerimientos de información). Una vez recibamos esta información, daremos trámite a su requerimiento en el menor tiempo posible. Gracias por comunicarse con el Instituto de Desarrollo Urbano.
En caso de que el requerimiento ciudadano no pueda ser contestado a través de correo electrónico, o el ciudadano solicite respuesta por escrito y enviada a su dirección de correspondencia, el servidor enviará un mensaje al ciudadano en el que le informará esta situación y le solicitará una dirección de correspondencia para entregar la respuesta al requerimiento.
El operador del correo electrónico institucional realizará el registro de la atención al requerimiento ciudadano en el Software de Gestión de PQRS – Sistema Bachué o en aquel que lo reemplace, incorporando el nombre del ciudadano, identificación, dirección de domicilio, dirección del requerimiento, clasificando el tema y subtema de este, su asunto y la primera respuesta brindada; lo anterior en la medida de lo posible y sin desconocer el derecho de los ciudadanos a presentar requerimientos anónimos.
Por último, el operador guardará en una carpeta virtual en el correo electrónico los mensajes recibidos y tramitados por año. La carpeta tendrá como etiqueta «Mensajes tramitados año 20__». Lo anterior a fin de almacenar información para eventuales consultas.
14.2 ATENCIÓN A TRAVÉS DEL FORMULARIO WEB El Instituto de Desarrollo Urbano ha dispuesto el Formulario Web para que los ciudadanos envíen sus requerimientos directamente a través de la página en internet del Instituto. La administración del Formulario Web está a cargo de la Oficina de Atención al Ciudadano y también integra el Centro de Contacto del IDU.
El horario de atención de requerimientos recibidos en esta plataforma será el mismo fijado para los puntos de atención presencial, es decir, entre las 7:00 a.m. y las 4:30 p.m de lunes a viernes.
Se procurará que las respuestas a los requerimientos ciudadanos interpuestos a través de este aplicativo sean emitidas en un plazo no mayor a 24 horas. En caso de no ser posible, los tiempos de respuesta estarán acorde con lo establecido en la Ley 1755 de 2015.
47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-47 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 El servidor de la Oficina de Atención al Ciudadano delegado para atender las solicitudes presentadas a través del Formulario Web, hará el descargue de las PQRS a primera hora laboral del día.
En el caso de que se interpongan PQRS durante el fin de semana o día festivo, estas serán descargadas el siguiente día hábil.
Una vez recibida la PQRS el servidor examinará el contenido del mensaje y considerará si este puede ser respondido inmediatamente, trasladado a otra Entidad, o si por su complejidad debe ser atendido por las áreas técnicas especializadas, según el asunto expuesto en el requerimiento; en este último caso se radicará el requerimiento junto con todos sus archivos adjuntos en el Sistema de Gestión Documental ORFEO, enviando un mensaje al ciudadano confirmando la recepción del requerimiento e informándole el número de radicado y el tiempo de repuesta según sea su clasificación.
En caso de que se requiera mayor información sobre el requerimiento ciudadano, el operador del correo electrónico institucional enviará un mensaje al ciudadano en el que le solicitará una ampliación o aclaración y cuya respuesta podrá ser recibida a través del correo atnciudadano@idu.gov.co o por escrito físico en la sede del IDU de la calle 22 No. 6 -27.
Los textos escritos por el operador del Formulario Web en atención a los requerimientos ciudadanos seguirán la misma directriz definida en el punto anterior para el correo electrónico institucional.
En caso de que el requerimiento ciudadano no pueda ser contestado a través de correo electrónico, o el ciudadano solicite respuesta por escrito y enviada a su dirección de correspondencia, el servidor enviará un mensaje al ciudadano en el que le informará esta situación y le solicitará una dirección de correspondencia para entregar la respuesta al requerimiento.
14.3 ATENCIÓN A TRAVÉS DEL CHAT - IDU El Instituto de Desarrollo Urbano ha abierto este canal en su página de internet a fin de atender inquietudes y responder solicitudes de información básica de manera inmediata. La administración del Chat está a cargo de la Oficina de Atención al Ciudadano y también es parte integrante del Centro de Contacto del IDU.
El horario de atención de requerimientos recibidos en esta plataforma será el mismo fijado para los puntos de atención presencial, es decir, entre las 7:00 a.m. y las 4:30 p.m. de lunes a viernes.
Se procurará que las respuestas a las inquietudes o requerimientos ciudadanos interpuestos a través de este aplicativo sean emitidas inmediatamente; sin embargo, si la complejidad del asunto lo amerita y con la anuencia del ciudadano, se podrá radicar el requerimiento como Derecho de Petición en el sistema Orfeo, dirigiéndolo al área técnica competente, informando al usuario el número de radicado y el tiempo previsto para la respuesta.
La atención a las inquietudes o requerimientos ciudadanos a través del Chat se hará con la siguiente formalidad:
Saludo para iniciar el servicio del CHAT: Escribir en la pantalla del Chat REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-48 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 48 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017
1. Buenos días / tardes
2. Bienvenidos al servicio de Chat del Instituto de Desarrollo Urbano.
3. En el día de hoy lo atenderá (nombre del servidor/a)
Saludo para iniciar conversación con el ciudadano/a: Escribir en la pantalla del Chat
1. Buenos días / tardes
2. ¿En qué lo puedo ayudar?
En caso de que el requerimiento tome más tiempo en ser respondido se debe informar al ciudadano el motivo, e informar el tiempo que tomará realizar la consulta. Se debe escribir: Señor/a (nombre del ciudadano) es necesario realizar una consulta para resolver su inquietud. Esto tomara (tiempo estimado), ¿Desea continuar conectado?
Si el ciudadano acepta, realizar la consulta y una vez se tenga la información requerida, hacerle el llamado por su nombre a través de la pantalla del Chat.
Si el ciudadano decide retirarse, se le puede ofrecer enviar la información a un correo electrónico de su elección en el transcurso del día, o solicitarle que se conecte en otra oportunidad para atender su requerimiento.
Una vez atendido el requerimiento, escribir: ¿Hay algo más en lo que pueda ayudarle? En caso de tener una respuesta negativa, escribir: Gracias por comunicarse con el Chat del Instituto de Desarrollo Urbano. Buen día/tarde.
Despedida para cerrar el servicio de CHAT: Escribir en la pantalla del Chat. Gracias por acceder al servicio de Chat del Instituto de Desarrollo Urbano. Fue un placer servirle.
Por último, el operador del chat realizará el registro de la atención al requerimiento ciudadano en el Software de Gestión de PQRS – Sistema Bachué o en aquel que lo reemplace, incorporando el nombre del ciudadano, identificación, dirección de domicilio, dirección del requerimiento, clasificando el tema y subtema de este, su asunto y la primera respuesta brindada; lo anterior en la medida de lo posible y sin desconocer el derecho de los ciudadanos a presentar requerimientos anónimos.
15. DIRECTRICES PARA EL MANEJO DE CANALES DE COMUNICACIÓN
Atendiendo al desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación, el Instituto de Desarrollo Urbano ha resuelto aprovechar dichos avances con el fin de promover el conocimiento de la ciudadanía sobre la gestión, misión y visión institucional, generando espacios tanto físicos como virtuales para la participación ciudadana y la interacción con la Administración, facilitando el control social con base en el conocimiento.
15.1 DIRECTRIZ PARA LOS CANALES DE COMUNICACIÓN PERSONAL.
La Oficina de Atención al Ciudadano como responsable de implementar y desarrollar los programas, planes y acciones necesarios para atender a la ciudadanía de forma oportuna y con los atributos señalados en acápites anteriores, promoverá la participación ciudadana creando y fortaleciendo los 49 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-49 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 espacios en donde la comunidad se integre y aporte a los distintos proyectos adelantados por la Entidad, comunicando de manera eficiente, efectiva y eficaz en cada uno de sus ciclos las características del proyecto, los avances y dificultades, las alternativas viables, así como también los derechos y deberes de los actores del control social y también de quienes desarrollan la gestión pública.
En los espacios abiertos para la comunicación personal, la Oficina de Atención al Ciudadano o cualquier otra área técnica del IDU, seguirá las orientaciones y directrices consignadas en este Manual, las Guías de Gestión Social y en los Planes de Comunicaciones adoptados por el Instituto de Desarrollo Urbano.
Debe tenerse en cuenta que los canales de comunicación personal pueden ser aprovechados por la comunidad para formular peticiones que requieran una respuesta más elaborada por parte del IDU, razón por la cual, los servidores que abran estos canales, deberán contar con el formato de Recepción de Requerimientos Ciudadanos FO-AC-029, para su diligenciamiento y posterior trámite de radicación y respuesta de conformidad con lo previsto en el Manual de Derechos de Petición y en la Ley 1755 de 2015.
15.2 DIRECTRIZ PARA LOS CANALES DE COMUNICACIÓN VIRTUAL.
Las redes sociales, los foros virtuales y la página de internet, entre otras, son herramientas con las que cuenta el Instituto de Desarrollo Urbano para la comunicación externa con la ciudadanía y otras Entidades. Su administración le corresponde a la Oficina Asesora de Comunicaciones, quien definirá la estrategia de comunicación adecuada para dichas tecnologías, incluidas las redes sociales.
Estas redes sociales (Twitter, Facebook, Youtube, Instagram, etc) no son canales habilitados para la recepción, trámite y respuesta de PQRS, toda vez que por su diseño no permiten de manera idónea su radicación, trámite y respuesta en aplicación de los criterios y atributos de que trata este manual, el manual de Derechos de Petición, la Ley 1755 de 2015 y el Decreto 197 de 2014.
Sin embargo, en ocasiones los ciudadanos al interactuar con las redes sociales del Instituto pueden formular preguntas, inquietudes o reportar situaciones que podrían considerarse como una PQRS, razón por la cual el administrador de las cuentas (Community manager) deberá seguir el siguiente protocolo que orienta la atención al ciudadano:
Frente a las opiniones o comentarios, el administrador de la cuenta deberá analizar su contenido e importancia, evaluando la pertinencia de generar una respuesta.
Frente a las felicitaciones, el administrador de la cuenta deberá analizar el mensaje recibido determinando si este es genuino, a fin de agradecerle al usuario o descartarlo si se expresó con sarcasmo.
Frente a las críticas constructivas, el administrador de la cuenta deberá analizarlas, valorando la relevancia de transmitirlas al área técnica competente, considerando la viabilidad de emitir una respuesta de agradecimiento por su participación.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-50 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 50 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 Frente a las preguntas o solicitudes, el administrador de la cuenta deberá analizar si son susceptibles de respuesta inmediata resolviendo la inquietud, en caso contrario y si la pregunta o solicitud es de la competencia del IDU, informará al usuario para que dirija su PQRS a los canales de atención al ciudadano abiertos para dicho fin. En el evento en que la pregunta formulada no sea de la competencia del Instituto, así lo informará al ciudadano y lo dirigirá a la cuenta de la Entidad competente.
Frente a los reportes (reclamos) de situaciones, debe tenerse en cuenta que estos pueden constituir una PQRS, por lo cual el administrador de la cuenta analizará el mensaje y la competencia del IDU para atenderlo, si lo es, podrá emitir una respuesta inmediata consultando previamente con el área técnica correspondiente. Si no es posible responder inmediatamente, informará al usuario para que dirija su PQRS a los canales de atención al ciudadano abiertos para dicho fin. En el evento en que el reporte de la situación no sea de la competencia del Instituto, así lo informará al ciudadano y lo dirigirá a la cuenta de la Entidad competente.
Frente a las críticas destructivas o comentarios hostiles, el administrador de la cuenta analizará su relevancia y con base en la información disponible considerará la pertinencia de responder respetuosamente el mensaje o si lo adecuado es ignorarlo.
El anterior protocolo también aplica para los periodistas, personalidades políticas o influyentes, no obstante, la Oficina Asesora de Comunicaciones determinará el tratamiento prioritario de los mensajes provenientes de dichos emisores.
En todas las cuentas que el Instituto de Desarrollo Urbano posea en redes sociales, se incorporará un anuncio que informe:
1- La finalidad de la cuenta en la red social. 2- Los canales de atención al ciudadano para la recepción de PQRS. 3- De ser posible se incluirá un enlace directo a la página de canales de atención al ciudadano del IDU.
16. RECOMENDACIONES PARA TRATAR A UN CIUDADANO INCONFORME
El servicio al ciudadano exige que en muchas oportunidades los servidores deban tratar con ciudadanos confundidos, molestos, frustrados y hasta groseros. Es tarea de todos aprender a sortear con éxito estos contactos.
¿Cómo hacerlo? Deje que el ciudadano se desahogue y diga cómo se siente:
1. No lo interrumpa.
2. Muéstrele con su actitud que lo está escuchando.
3. No le diga que se calme.
4. Mantenga el contacto visual.
5. No tome el asunto expuesto por el ciudadano como algo personal, recuerde que él se queja de un servicio mas no de usted.
51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-51 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 En lugar de formarse una opinión negativa del ciudadano, pregúntese: ¿Qué necesita este ciudadano o ciudadana y cómo le puedo satisfacer esa necesidad? Solicite al ciudadano disculpas por lo ocurrido y demuestre que usted comprende la situación. Empiece a buscar soluciones posibles al problema:
1. Obtenga del ciudadano toda la información que necesite.
2. Verifique los datos, repitiéndoselos al ciudadano.
Presente una propuesta de solución sin comprometerse a algo que no pueda cumplir. Haga seguimiento a la solución:
1. Si puede, contacte posteriormente al ciudadano para medir su grado de satisfacción con la solución.
2. Si el tipo de problema es recurrente, manifiéstelo a su jefe inmediato pues debe darse una solución de fondo a las causas que lo originaron.
Nota: Si el malestar del ciudadano es originado por algún evento o decisión de la administración, trate de mostrarle el lado positivo de la medida (el cual usted debe haber pensado antes). Por ejemplo, El ciudadano está inconforme por el Día Sin Carro. Manifiéstele que es una oportunidad para respirar aire más puro y una forma distinta de disfrutar nuestra ciudad que cada día está más bella.
17. DIRECTRIZ PARA DAR UNA RESPUESTA NEGATIVA A UN CIUDADANO
Al dar una respuesta negativa a un ciudadano con relación a una solicitud que presenta se debe evitar, en lo posible, que salga de las instalaciones con un sentimiento de frustración.
¿Cómo hacerlo?
Discúlpese con el ciudadano por los inconvenientes o que el no poder satisfacer su solicitud le puedan ocasionar. Diga: «Lo que voy a hacer es...» y ofrezca unas medidas alternativas que aunque no sean exactamente lo que el ciudadano quiera, podrían ayudar a solucionar de una manera aceptable la situación. Diga luego: «Lo que usted podría hacer es...» y recomiende una solución temporal pronta o ciertas medidas que el ciudadano puede tomar en el futuro para evitar que la situación se repita. Agradezca al ciudadano su comprensión.
18. ANEXO 1: ACCESIBILIDAD A ESPACIOS FÍSICOS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO
El Instituto de Desarrollo Urbano propenderá por disponer de espacios físicos adecuados para la atención de la ciudadanía en las sedes de la Institución y demás espacios físicos que estén a su disposición para tal fin.
En ese sentido, se presenta a continuación las recomendaciones hechas por ICONTEC mediante la Norma Técnica Colombiana NTC 6047 de 2013 denominada «Accesibilidad al Medio Físico. Espacios de Servicio al Ciudadano en la Administración Pública»:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-52 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 52 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 DIAGRAMA DE ZONAS Y REQUISITOS DE LOS ESPACIOS FÍSICOS DESTINADOS AL SERVICIO AL CIUDADANO.
(…) La ubicación del área de atención al ciudadano debe estar en una zona de fácil acceso al ciudadano, lo más cercano al nivel del andén.
Los centros de atención al ciudadano no deberían estar dentro de instalaciones militares.
Las adecuaciones que se realicen con el objeto de mejorar las condiciones de seguridad de las oficinas de atención al ciudadano no deben afectar los requisitos de accesibilidad al medio físico.
ZONA I RECEPCIÓN Está conformada por las áreas que facilitan el control de ingreso de los ciudadanos al punto de atención y sirve de filtro para evitar que la zona de espera y la de atención se congestionen. En esta zona se ubican las siguientes áreas:
Ingreso Adecuaciones para el ingreso peatonal y vehicular al punto de atención (andenes, vados, rampas, escaleras, ascensores, estacionamientos, puertas, ubicación de controles como registradoras o detectores). Concepto relacionado con el principio de accesibilidad, relacionado con las condiciones físicas de los espacios dotados de infraestructura y equipamiento fijo y móvil, tangible e intangible que permite que las personas logren llegar, ingresar, usar y egresar (especialmente en situaciones de emergencia), en condiciones de seguridad y con la mayor autonomía y confort posibles.
Vestíbulo Recepción, espacio ubicado una vez se accede al punto de atención, el cual facilita la distribución a otras áreas; es amplio, allí se ubica la señalización general del punto de atención. En algunas ocasiones en este espacio se ubican personas que guían y facilitan que el ciudadano se ubique y se desplace fácilmente a la zona requerida.
Información Espacio donde se ubican una o varias personas responsables de entregar información de los trámites y servicios que presta el punto de atención; es el lugar en el cual se dan las instrucciones y la orientación general para que el ciudadano pueda acceder al servicio solicitado. Espacio en el que se recibe inicialmente, hay contacto personal con el ciudadano y se entrega información oportuna y pertinente. En algunas ocasiones, en este espacio se entrega el turno correspondiente al trámite o servicio solicitado o se revisa la documentación requerida.
Radicación o correspondencia Recepción de documentos, puesto de trabajo destinado para recibir y radicar correspondencia y documentos de peticiones, quejas y reclamaciones. Dependiendo los trámites y los servicios de la entidad, se puede adecuar el espacio para entrega de documentos.
53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-53 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 ZONA II PERMANENCIA Está conformada por áreas que facilitan los procesos antes de la atención; se denomina también espacio de antesala. En esa zona se ubican las siguientes áreas:
Sala de espera o hall de filas Espacio asignado donde los ciudadanos esperan cómodamente y permanecen sentados o hacen fila, mientras esperan su turno para ser atendidos. En este espacio se debe incluir un área libre para personas en condición de discapacidad, lo suficientemente amplia para ubicar y manipular sillas de ruedas o accesorios para la movilidad, así mismo sillas o fila(s) prioritaria(s) destinada(s) para adultos mayores, niños, mujeres embarazadas, personas de talla baja y población vulnerable, en general.
Servicios complementarios Son los espacios o instalaciones adicionales o complementarias, para mejorar el servicio al ciudadano. Estos servicios adicionales pueden ser puntos de recaudo, cajeros automáticos, centros de información, bibliotecas, zona de venta de publicaciones de la entidad o venta de servicios externos, fotocopiadora, fotografía, internet, dispensadores, baños públicos, baños públicos para personas en condición de discapacidad, teléfonos públicos, salas de conciliación, salas de consulta, auditorios, entre otros.
ZONA III ATENCIÓN Está conformado por los módulos de atención respuesta a los servicios y trámites que presta el punto de servicio. En estos espacios se debe prever la ubicación de módulos o ventanillas prioritarias, destinadas para la atención a personas en condición de discapacidad, adultos mayores, niños, mujeres embarazadas, personas de baja talla y población vulnerable en general. Se pueden incluir espacios para:
Sala de atención especial Puesto de trabajo para la atención personalizada a los ciudadanos que requieren de consultas privadas o confidenciales, y salas de consulta directa; puestos de trabajo destinados para atención personalizada a los ciudadanos, usuarios de otras áreas de la entidad, con el propósito de evitar que realicen desplazamientos por las diferentes instalaciones.
ZONA IV ADMINISTRATIVA Está conformada por las áreas y los servicios internos e instalaciones que soportan el funcionamiento administrativo y técnico del punto de servicio. En esta zona se ubican las siguientes áreas:
Administración Incluye las determinantes que califican el área correspondiente al administrador o coordinador del punto de atención y sus áreas complementarias como secretaría, archivo, sala de reuniones, puestos de trabajo para asesores, profesionales y/o auxiliares técnicos. Su ubicación, preferiblemente debe estar aislada del ruido y de las circulaciones del área de atención.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-54 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 54 MANUAL PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA CÓDIGO PROCESO VERSIÓN GESTIÓN SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA 4.0 MG-SC-017 Servicios generales internos Instalaciones disponibles para los servidores públicos como son los baños privados, cocineta, cafetería interna, vestidor, casilleros. Son espacios que hacen agradable el tiempo dedicado al trabajo y facilitan el cumplimiento de las tareas.
Instalaciones básicas Conjunto de elementos indispensables para garantizar un buen funcionamiento del punto de atención como son iluminación, ventilación, acústica, cuarto de cómputo, cuarto de máquinas, cuarto para enfermería, sistema de seguridad (cámaras), red de voz y datos, buzones, tableros de información, señalización para evacuación, señalización externa, entre otras.
19. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría General. Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano. Manual de Atención al Ciudadano. 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría General. Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano. Protocolo de Atención al Ciudadano con Discapacidad Sensorial. 2013. Departamento Administrativo de Planeación Nacional. Programa Nacional de Servicio al Ciudadano. Protocolos de Servicio al Ciudadano. Congreso de la República. Gaceta Oficial. Ley 1437 de 2011. Congreso de la República. Gaceta Oficial. Ley 962 de 2005. Congreso de la República. Gaceta Oficial. Ley 1474 de 2011. Protocolo de Interacción en Redes Sociales – Ministerios y Entidades Nacionales. Fuerza de tarea digital del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Alcaldía Mayor de Bogotá, Decreto 197 de 2014. Política Distrital de Atención a la Ciudadanía. ICONTEC Norma Técnica Colombiana NTC 6047 / 2013.
55 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-55 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 CÓDIGO CONCEPTO CONTRACREDITO DECRETOS LOCALES DE 2017 3 GASTOS 45.000.000 3.1 FUNCIONAMIENTO 45.000.000 ALCALDÍA LOCAL DE CHAPINERO 3.1.2 GASTOS GENERALES 45.000.000 3.1.2.02 Adquisición deServicios 45.000.000 Decreto Local Número 006 3.1.2.02.05.01 Mantenimiento Entidad 45.000.000 TOTAL CONTRACREDITO 45.000.000 (Noviembre 1 de 2017)
“Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal de 2017”
Artículo segundo.
efectúese el siguiente crédito al presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2017, de conformidad con el siguiente detalle:
CÓDIGO CONCEPTO CREDITO EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el 3 GASTOS 45.000.000 3,1 FUNCIONAMIENTO 45.000.000 artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y 3.1.2 GASTOS GENERALES 45.000.000 3.1.2.01 Adquisición de Bienes 45.000.000
CONSIDERANDO:
3.1.2.01.05 Compra de Equipo 45.000.000 TOTAL CREDITO 45.000.000
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que El Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, en el rubro presupuestal de Mantenimiento Entidad, cuenta con recursos suficientes para cumplir sus obligaciones contractuales en lo que resta del año y dispone de un saldo libre de apropiación de $45.000.000, los cuales puede contracreditar para financiar rubros deficitarios.
Se expide en Bogotá, D.C., en la Localidad 002 de Chapinero al primer (1) día del mes de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
HERNADO JOSÉ QUINTERO MAYA Alcalde Local de Chapinero Que el Fondo de Desarrollo Local, dentro de las actividades de expansión, modernización, mejora y optimización de su plataforma tecnológica, requiere recursos adicionales para cubrir faltantes de apropiación en los rubros presupuestales 3.1.2.01.05 Compra de equipo por valor de $45.000.000.
Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero estipula:
Decreto Local Número 007 (Noviembre 17 de 2017)
“Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal de 2017”
“Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”.
EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y Que la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, mediante oficio con radicado No.2017EE243783 del 31 de Octubre de 2017, emitió concepto previo favorable al traslado presupuestal.
En mérito de lo expuesto,
CONSIDERANDO:
DECRETA:
Que El Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, en el rubro presupuestal de Mantenimiento Entidad, cuenta con recursos suficientes para cumplir sus obligaciones contractuales en lo que resta del año y dispone de un saldo libre de apropiación de $20.222.589, los cuales puede contracreditar para financiar rubros deficitarios.
Artículo primero.
Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2017, de conformidad con el siguiente detalle:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-56 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 56
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C., en la Localidad 002 de Chapinero a los diecisiete (17) días del mes de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
El Fondo de Desarrollo Local, dentro de sus obligaciones está la de garantizar la protección de los bienes a cargo del Fondo de Desarrollo Local. En consecuencia, es necesario apropiar recursos en el rubro presupuestal 3-1-2-02-06-01 b por valor de $20.222.589 de pesos, La actual póliza de seguros de la Alcaldía Local de Barrios Unidos, tiene cobertura hasta el 1 de diciembre de 2017, por lo cual se requiere realizar una adición para garantizar la protección de los bienes a cargo de la entidad.
HERNANDO JOSÉ QUINTERO MAYA Alcalde Local de Chapinero Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero estipula:
ALCALDÍA LOCAL DE ENGATIVÁ Decreto Local Número 007 (Octubre 12 de 2017)
“Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”.
“Por medio del cual se crea el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal PyBA en la localidad de Engativá y se dictan otras disposiciones reglamentarias”.
Que la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, mediante oficio con radicado No. 2017EE286228 del 17 de Noviembre de 2017, emitió concepto previo favorable al traslado presupuestal.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ En uso de sus facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 38 y 322 de la Constitución Política, los numerales 2, 3 y 7 del artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 y por el Acuerdo 01 de 2017 de la Junta Administradora Local de Engativá,
CONSIDERANDO:
Artículo primero.
Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2017, de conformidad con el siguiente detalle:
FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CHAPINERO 002 CÓDIGO CONCEPTO CONTRACREDITO 3 GASTOS 20.222.589 3.1 FUNCIONAMIENTO 20.222.589 3.1.2 GASTOS GENERALES 20.222.589 Que la Constitución Política de Colombia promulga en sus artículos 8 y 79 como obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación, la diversidad e integridad del ambiente y el derecho a gozar de un ambiente sano.
3.1.2.02 Adquisición deServicios 20.222.589 3.1.2.02.05.01 Mantenimiento Entidad 20.222.589 TOTAL CONTRACREDITO 20.222.589 La ley 84 de 1989 por medio de la cual se adopta el Estatuto Nacional de Protección Animal, en su artículo 1º, establece que a partir de su promulgación, los animales tendrán en todo el territorio nacional especial protección contra el sufrimiento y el dolor, causados directa o indirectamente por el hombre.
Artículo segundo.
efectúese el siguiente crédito al presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2017, de conformidad con el siguiente detalle:
FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CHAPINERO 002 CÓDIGO CONCEPTO CREDITO 3 GASTOS 20.222.589 3,1 FUNCIONAMIENTO 20.222.589 3.1.2 GASTOS GENERALES 20.222.589 Que la Corte Constitucional ha emitido diversos pronunciamientos en cuanto al bienestar de los animales se refiere, especialmente la Sentencia C–666 del 30 de agosto del 2010, en la cual establece que se debe establecer un sistema jurídico de protección que garantice la integridad de los animales en cuanto seres sintientes que hacen parte del contexto natural en el que hombres y mujeres desarrollan su vida.
3-1-2-02 Adquisición de Servicios 20.222.589 3-1-2-02-06 Seguros 20.222.589 3-1-2-02-06-01 Seguros Entidad 20.222.589 TOTAL CREDITO 20.222.589 En sentencia T-095 del 25 de febrero de 2016, con ponencia del Magistrado ALEJANDRO LINARES CANTILLO, la 57 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-57 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 Corte Constitucional precisó los siguientes elementos en relación con la protección y la tenencia de animales, que bien pueden convertirse en parte del marco conceptual del presente decreto; expresó la Alta Corporación:
Que mediante Decreto 546 de 2016 fue creado el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal – IDPYBA, cuyo objeto es la “elaboración, ejecución, implementación, coordinación, vigilancia, evaluación y seguimiento de planes y proyectos encaminados a la protección y el bienestar de la fauna silvestre y doméstica que habita en el Distrito”, se hace necesaria y es aceptada en el Instituto, su inclusión como Secretaría Técnica del Consejo Local de Protección y Bienestar Animal de Engativá.
Que la Junta Administradora Local aprobó el Acuerdo Local Nro. 01 del 8 de junio de 2017, “por medio del cual se establecen los lineamientos para la creación el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal “PyBA” de la localidad de Engativá y se dictan otras disposiciones”, estipulando que la Alcaldía Local reglamentará la metodología para la elección democrática, incluyente y participativa, de los representantes de carácter no institucional público o comunitarios, del Consejo Local de Protección y el Bienestar Animal.
La Corte en su jurisprudencia ha abordado desde diferentes perspectivas la aproximación de los seres humanos con los animales. Así, el estado actual del deber de protección animal es (i) que se protegen los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad personal, cuando se impide la tenencia de animales doméstico, empero estos derechos compartan una serie de obligaciones de cuidado, respeto y salubridad, derivadas de normas del Estatuto de Protección Animal (…); (ii) la prohibición de tenencia y explotación de animales silvestres y, (iii) la existencia de un deber constitucional de protección al bienestar animal, que conlleva a obligaciones tanto para el Estado como para los individuos, de proteger el medio ambiente y con ello, a los seres sintientes. (…). De este deber constitucional sí surgen obligaciones de cuidado y prohibiciones de maltrato y crueldad contra los animales, a menos que éste devenga de alguno de los límites consagrados en la Carta Política.
Que es responsabilidad de esta Alcaldía fomentar iniciativas encaminadas a la protección y bienestar de los animales y dar cumplimiento a los lineamientos y disposiciones estipulados por la Junta Administradora Local de Engativá en el Acuerdo 01 del 8 de junio de 2017,
DECRETA:
El Acuerdo Distrital 524 del 2013 definió los lineamientos para la creación del Consejo Distrital y Consejos Locales de Protección y Bienestar Animal como entes consultivos de la Administración Distrital y local, en las políticas, planes de desarrollo, proyectos e iniciativas, relacionadas con la protección y bienestar animal en el Distrito; indicando que los locales serán creados y presididos por los alcaldes de esta entidad territorial, o en quien éste delegue, bajo los lineamientos que establezca la respectiva Junta Administradora Local.
Artículo primero.
Creación.- Créase el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal PyBA de la localidad de Engativá, como ente consultivo de la Administración local y de participación ciudadana en lo referente a proyectos e iniciativas relacionadas con la protección y bienestar animal en la localidad.
Artículo segundo.
Presidencia.- El Consejo Local de Protección y Bienestar Animal será presidido por la Alcaldesa o Alcalde local o por quien ella o él delegue.
Que el Decreto Ley 1421 de julio 21 de 1993, por el cual se estableció el régimen especial para el Distrito Capital de Bogotá, en su artículo 86, numeral segundo, estableció como una de las atribuciones del alcalde local la de reglamentar los respectivos acuerdos locales.
Artículo tercero.
Funciones.- Son funciones del Consejo Local de Protección y Bienestar Animal las previstas en el artículo quinto del Acuerdo Local 001 de 2017 y el mismo se regirá bajo los siguientes lineamientos:
Que mediante el artículo 1 del Acuerdo Distrital 532 de 2013, se establecieron “los lineamientos para la formulación de la Política Pública que garantice la protección y el bienestar de los animales de las diversas especies que habitan el territorio distrital, articulando para ello a los sectores de la Administración Distrital, la Policía Metropolitana y la sociedad en general.”
1. Propender por la concientización para proteger los animales desde la perspectiva de la fauna, amparada en virtud del mantenimiento de la bio- diversidad del equilibrio natural de las especies y en salvaguardarlos de sufrir padecimientos sin una justificación legítima1 .
1 Sentencia T-095 del 25 de febrero de 2016 Que mediante el Decreto Distrital 242 de 2015 se adoptó la Política Pública de Protección y Bienestar Animal 2014-2038, como instrumento de planeación que orienta el desarrollo de las acciones a implementar en el Distrito Capital en procura de otorgar a los animales escenarios de vida óptimos de acuerdo con sus necesidades y requerimientos.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-58 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 58 para el cuidado animal) de la localidad, con una actividad demostrable en la localidad no inferior a dos años.
2. Contribuir para la aplicación integral y cumplimien- to de las leyes, decretos, acuerdos, resoluciones y demás disposiciones relacionadas con la pro- tección y bienestar animal.
5. Un representante de las entidades encargadas de la protección Ambiental y de Humedales.
3. Difundir acciones afirmativas en pro de erradicar el maltrato animal, tratos crueles y degradantes contra los seres de cualquier especie animal.
6. Un cuidador o paseador de animales domésticos escogido entre los inscritos y certificados en las bases de la Alcaldía Local.
4. Promover la articulación de propuestas y com- petencias de la administración distrital y local, la policía metropolitana y la sociedad en general, con asiento en la localidad, en relación con la protección y bienestar animal en la localidad.
Parágrafo. PRIMERO. El Consejo Local sesionará
en instalaciones de la Alcaldía Local de Engativá o donde en él se acuerde ocasionalmente por ser necesario y podrá invitar a las reuniones a entidades públicas locales y distritales, órganos de control y vigilancia, organizaciones sociales y privadas o a quien resulte pertinente, para el logro de sus objetivos; éstos participarán con derecho a voz mas no a voto.
5. Participar, según corresponda y se establezca, en el Consejo Distrital de Protección Animal, em- pleando las directrices, orientaciones emitidas por tal Consejo y por el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal – IDPYBA.
Artículo cuarto.
Conformación.- El Consejo Local de Protección y Bienestar Animal estará conformado por:
1. El Alcalde o Alcaldesa Local o su delegado(a), quien lo presidirá.
Parágrafo. SEGUNDO. Los consejeros no recibirán
remuneración alguna por su pertenencia y el servicio voluntario a su comunidad. Los representantes institucionales públicos que pertenezcan a este Consejo Local no percibirán emolumento adicional a sus asignaciones salariales regulares por su participación en el mismo.
2. Un delegado(a) del gerente del Hospital de Engativá.
3. Un delegado(a) de la Secretaría Distrital de Ambiente.
Parágrafo. TERCERO. Los representantes de
carácter no institucional público o de la comunidad, serán elegidos para un período de tres (3) años y solo podrán ser reelegidos o designados por una vez para el periodo inmediatamente siguiente.
4. Un delegado(a) del Instituto Distrital de la Partici- pación y Acción Comunal, IDPAC.
5. Un delegado(a) del Consejo Local de Juventudes.
6. Un representante de Zoonosis.
De carácter no institucional público o de la comunidad
Artículo quinto.
Secretaría técnica.- La Secretaría Técnica del Consejo Local de Protección y Bienestar Animal será asumida por el representante o delegado del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal – IDPYBA, sus funciones y procedimientos serán establecidos en el reglamento interno del Consejo.
Parágrafo. El representante o delegado del IDPY-
BA, hará parte del comité de garantías para la elección previsto en el artículo séptimo de este decreto, con derecho a voz y voto para los fines de dicho comité.
1. Dos delegados(as) de organizaciones, fundacio- nes o movimientos que desarrollen actividades relacionadas con protección y bienestar animal en la localidad, con un trabajo acreditado no inferior a dos años.
2. Un delegado(a) de juntas de acción comunal que desarrollen actividades relacionadas con protec- ción y bienestar animal en la localidad, con un trabajo acreditado no inferior a dos años.
Artículo sexto.
Reunión.- El Consejo Local de Protección y Bienestar Animal se reunirá trimestralmente de manera ordinaria y de manera extraordinaria, por convocatoria de su presidente cuando las circunstancias así lo ameriten.
3. Un delegado(a) de los estamentos estudiantiles de la localidad, que se encuentre adelantando estudios relacionados con el cuidado animal.
Artículo séptimo.
Comité de garantías para la elección.- Se establece como comité de garantías para la elección de delegados (as) y representantes no institucionales públicos, el integrado por los representantes de carácter institucional público nominados en el artículo tercero del Acuerdo 01 de 2017 y dos
4. Un delegado(a) o representantes de la industria veterinaria o animal (Clínicas veterinarias, bouti- ques, centros de comercialización de productos
59 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-59 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 delegados de espacios de participación afines a la protección y bienestar animal, designados por la Comisión Ambiental Local: uno integrante de ella y el segundo (a) de otra instancia.
La presidencia del Consejo Local de PYBA dispondrá de una persona que realice el proceso de recibo de las inscripciones y pase al término del plazo para ellas, al comité de garantías para la elección de delegados y representantes.
Los dos últimos delegados participarán, exclusivamente para los fines del proceso electoral, con derecho a voz y voto.
Parágrafo. De resultar necesario ampliar el térmi-
no de inscripción para lograr candidatos de todas las organizaciones y personas previstas en el Acuerdo 01 de 2017, así lo dispondrá y dará a conocer públicamente la presidencia del Consejo Local de PYBA.
Este comité se activará en fecha que estipule la presidencia del Consejo Local de Protección y Bienestar Animal, dentro del tiempo de difusión del proceso electoral, inscripción de candidatos a delegados y representantes no institucionales públicos y hasta plena elección de la totalidad de los mismos. De igual manera, cuando se requiera para reemplazar alguno de estos últimos.
Artículo décimo.
Requisitos para postularse y ser elegido delegado(a) o representante no institucional.- Son los previstos en el artículo cuarto, no hallarse en inhabilidad, incompatibilidad ni interdicción legal; avalarse como parte de uno de los grupos o sectores descritos en tal artículo y acreditar al momento de la inscripción:
El cuórum para sesionar y decidir en este comité es el de la mitad más uno de sus integrantes.
- Domicilio en la localidad.
- Ejercicio de alguna actividad relacionada con protección y bienestar animal en Engativá duran- te un año continuo cuando menos, debidamente demostrada.
Parágrafo. Como garantía de transparencia del
respectivo proceso de elección, la Alcaldía Local podrá invitar al Comité de garantías para la elección, a la Veeduría Distrital y/o a la Personería Local, quienes participarán según sus procedimientos especiales y contarán con los espacios que resulten necesarios para expresar su opinión y contribuir en la transparencia del mismo.
Los candidatos(as) deben presentar un plan de trabajo que indique los lineamientos que seguiría en el desempeño de su delegación, según formato que suministrará la presidencia del Consejo Local de PYBA.
Artículo octavo.
Convocatoria para elección de delegados de carácter no institucional público.- La presidencia del Consejo Local de PyBA coordinará la convocatoria pública y la difusión correspondiente para la elección de los delegados y representantes de carácter no institucional público previstos en el artículo tercero del Acuerdo 01 de 2017. En la convocatoria se darán a conocer, características, procedimiento, cronograma, lugar y fecha de la elección, del proceso electoral correspondiente.
ARTÍCULO DECIMOPRIMERO: Procedimiento de verificación y evaluación de requisitos de los (las) aspirantes.-Una vez recibidos los documentos de inscripción de candidatos y al término del lapso otorgado para lo anterior, la presidencia del Consejo Local de PyBA convocará el Comité de Garantías para la Elección y en él se verificará el cumplimiento de requisitos, evaluarán y calificarán de uno (1) a diez (10) puntos los planes de trabajo.
Parágrafo. PRIMERO: La presidencia del Consejo
Local de PYBA podrá invitar a la Registraduría Local para acompañar y apoyar la elección de los delegados, delegadas y representantes.
Los resultados serán publicados, brindando oportunidad para interponer reclamo dentro de los tres días inmediatamente siguientes a tal comunicación. El reclamo será resuelto en única instancia por el Comité, mismo que dará a conocer su decisión final a la persona recurrente por el medio más expedito.
Parágrafo. SEGUNDO: La coordinación y reali-
zación de las actividades previstas en este decreto a cargo de la presidencia del Consejo Local de Protección y Bienestar Animal de Engativá, queda a cargo del Referente local de medio ambiente.
Parágrafo. PRIMERO: En la calificación del plan
de trabajo, diez (10) es la excelencia y uno (1) total deficiencia y la misma se hará en formatos que se suministrarán previamente a los integrantes del Comité.
Artículo noveno.
Inscripción de aspirantes.- Las personas interesadas en participar como candidatos o candidatas en el proceso de elección de delegados o representantes no institucionales públicos del Consejo, deberán inscribirse previamente, diligenciando el formato aprobado por la presidencia del Consejo Local de PyBA, dentro del plazo previsto.
Parágrafo. SEGUNDO: El Comité podrá avalar la
participación en las elecciones, de un número máximo de diez delegados o representantes por cada uno de los seis comisionados de carácter no institucional público previstos en el artículo cuarto de este decreto.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-60 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 60 ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO: El proceso electoral se llevará a cabo en instalaciones de la Alcaldía Local de Engativá y/o en otras que eventualmente determine la organización electoral del mismo y su resultado debidamente comunicado a la opinión pública, como a las personas elegidas. y obtención de ellos previamente de acuerdo con la normatividad vigente, en particular, teniendo en cuenta el Decreto 546 de 2016, por medio del cual se crea el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal – IDPYBA y disposiciones que lo modifiquen o reemplacen, y según directrices distritales al respecto.
ARTÍCULO DECIMOSÉPTIMO. Vigencia.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Dado en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del ARTÍCULO DECIMOTERCERO: Posesión de delegados y representantes. La posesión de consejeros y consejeras locales elegidos(as) tendrá lugar en sesión del Consejo Local de Protección y Bienestar Animal, a instancias de la presidencia del mismo y constará en el acta correspondiente. mes de octubre de dos mil diecisiete (2017).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ÁNGELA VIANNEY ORTIZ ROLDÁN Alcaldesa Local de Engativá PARÁGRAFO: De no inscribirse para la elección candidatos de alguna de las organizaciones de participación previstas en el artículo cuarto de este decreto o no poderse elegir válidamente alguno de los requeridos, una vez posesionados los elegidos el Consejo sesionará y designará los faltantes según el procedimiento que se establezca en el reglamento interno.
ALCALDÍA LOCAL DE PUENTE ARANDA Decreto Local Número 015 (Noviembre 22 de 2017)
ARTÍCULO DECIMOCUARTO: Reclamos.- Los reclamos que se presenten respecto de los procesos de elección de delegados o representantes o su reemplazo, deberán ser dirigidos al Comité de garantías para la elección, en donde se resolverán en la sesión más próxima, con asesoría jurídica de la Alcaldía Local.
Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, para la vigencia 2017.
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 2010
CONSIDERANDO:
ARTÍCULO DECIMOQUINTO: Ausencias y reemplazo de delegados o representantes elegidos: Perderán la calidad de delegados o representantes elegidos ante el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal, quienes falten a dos o más sesiones ordinarias, sin justificación debida presentada dentro de los cinco días inmediatamente siguientes al de la sesión; caso en el cual la representación se suplirá para el tiempo que reste del período, por el delegado o representante que siguió en votación, dentro de la respectiva organización, fundación, asociación o actividad, o, a falta de éste, por uno designado de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del artículo decimotercero de este decreto.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, previo concepto favorable de la secretaria Distrital de Hacienda.
Que mediante oficio 2017EE287303 del 21 de Noviembre de 2017, la Secretaria Distrital de Hacienda conceptuó favorablemente a la Modificación Presupuestal.
ARTÍCULO DECIMOSEXTO: Financiación.- Los costos que se desprendan de las acciones propias de los procesos de información, convocatoria y elección de delegados y representantes no institucionales, serán asumidos en la medida de la disponibilidad y conformidad fiscal, con recursos instalados y eventualmente apropiados, de las instituciones públicas integrantes del Consejo y el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal.
Que mediante oficio 2-2017-62998 de fecha 16 de Noviembre de 2017 la secretaria Distrital de Hacienda conceptuó favorablemente a la Modificación Presupuestal.
Que el Proyecto 1312 “Fortalecimiento al desarrollo Local” cuenta con recursos suficientes que no van a ser ejecutados en la vigencia y podrán ser trasladados PARÁGRAFO: La realización de planes, programas y actividades que se establezcan en el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal que requieran recursos materiales o económicos, implican la gestión 61 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-61 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 a otros proyectos que requieren recursos para el cumplimiento de sus metas da requiere recursos para completar el cubrimiento de los beneficiarios Que el proyecto 1290 “Democracia Urbana mas vías para todos” requiere recursos para poder intervenir mas segmentos viales en la localidad Que el Proyecto 1289 “PROMOCION Y APOYO A LA PARTICIPACION CIUDADANA” Cumplió con la meta esperada y sus recursos pueden ser ejecutados por otro proyecto Que en mérito de lo anterior expuesto
DECRETA:
Que se hace necesario adicionar el proyecto 1286: APOYO ECONÓMICO PARA PERSONAS MAYO- RES EN LA LOCALIDAD PUENTE ARANDA” con el fin de garantizar el pago de los meses restantes.
Artículo primero.
Efectúese unos contra créditos en el Presupuesto de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la Vigencia Fiscal 2017, por la suma de ($657.805.870) de acuerdo al siguiente detalle:
Que el proyecto 1286 “vejez feliz: Apoyo económico para personas mayores en la Localidad Puente Aran- 016 Fondo desarrollo local puente Aranda $657.805.870 3 -3 INVERSION $657.805.870 3 3- 1 DIRECTA $657.805.870 3 3 -1 -15 Bogotá: Mejor para todos $657.805.870 3 - 3 -1- 15- 07 Eje transversal Gobierno legitimo, fortalecimiento local y eficiencia $657.805.870 3 - 3 -1- 15- 07 - 45 Gobernanza e influencia local, regional e internacional $615.805.870 3 - 3 -1- 15- 07-45 -1289 Promoción y apoyo a la participación ciudadana $615.805.870 3 - 3 -1- 15- 07-45 -1312 Fortalecimiento al desarrollo local $42.000.000 TOTAL CONTRACREDITOS $657.805.870
Artículo segundo.
Efectúese unos créditos en el Presupuesto de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la Vigencia Fiscal 2017, por la suma de ($657.805.870.00 ) de acuerdo al siguiente detalle:
016 Fondo desarrollo local puente Aranda $657.805.870 3 -3 INVERSION $657.805.870 3 -3- 1 DIRECTA $657.805.870 3 -3- 1 - 15 Bogotá Mejor para todos $657.805.870 3 -3- 1 – 15 - 01 Pilar 1: Igualdad en calidad de vida $172.000.000 3- 3- 1- 15- 01-03 Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente $172.000.000 3 - 3 - 1- 15- 01-03 -286 vejez feliz: Apoyo económico para personas mayores en la Localidad Puente Aranda $172.000.000 3 – 3 - 1- 15 - 02 Pilar 2: Democracia Urbana 485.805.870 3 -3 - 1- 15 -02- 18 Mejor movilidad para todos 485.805.870 3-3-1-15-02-18-1290 Democracia Urbana mas vías para todos 485.805.870 TOTAL CREDITOS $657.805.870 COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Artículo tercero.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación
JOSÉ MARTÍN CADENA GARZÓN Dado en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días del ALCALDE LOCAL (E.) mes de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6204 • pP. 1-62 • 2017 • NOVIEMBRE • 27 62
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Registro Distrital 8307 de 2025
“Por medio del cual se efectúa traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fis…
-
Registro Distrital 8340 de 2025
“Por medio de la cual se efectúa un nombramiento”................................................4 “Por la cual se modifica el Reglamento de Emisión y Colocaci…
-
Registro Distrital 7726 de 2023
“Por medio del cual se emite concepto favorable para la distribución de la disponibilidad final para la adición de recursos en la vigencia 2023 para gastos de …
-
Registro Distrital 7813 de 2023
“Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas y/o sociedades de hecho y el contenido y las características de la información que deben suminis …
-
Registro Distrital 7426 de 2022
Por medio del cual se autoriza a la Gerente General de la EAAB-ESP para tramitar y presentar ante el Que el plan de Desarrollo Económico, Social, Ambien tal y…