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Registro Distrital 6011 de 2017

Registro Distrital 6011 de 2017 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
6011
Año
2017
Fecha
6 de febrero de 2017
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 51 Número 6011 2017 • febrero • 6 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2017 SECRETARÍA DE HACIENDA Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos Nos. 1, 2 y 3 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.

Resolución Número 136-DDI- Que en consideración a lo expuesto, 001596, 2017EE11432 (Febrero 3 de 2017)

RESUELVE:

“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

Artículo 1º.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en los anexos Nos. 1, 2 y 3 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

EL JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE

Artículo 2º.

Los Actos administrativos a publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 9 Registros, No. 2 con 60 Registros, No. 3 con 4 Registros.

Artículo 3º.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 1:

IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 OFICINA TIPO DE ACTO de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en CONTROL MASIVO LIQUIDACIÓN OFICIAL DE CORRECCIÓN POR MENOR el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

VALOR CUENTAS CORRIENTES RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN

CONSIDERANDO:

Y DEVOLUCIONES Y/O COMPENSACIÓN RESOLUCIÓN DE REDUCCIÓN RECURSOS TRIBUTARIOS SANCIÓN Que en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.

Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, Avenida Calle 17 No. 65B – 95 Piso 1, dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-1 • 2017 • febrero • 6 Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 2:

OFICINA TIPO DE ACTO RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN COBRO COACTIVO PROCESO RESOLUCIÓN FACILIDAD DE PAGO AUTO DE ARCHIVO CONTROL MASIVO REVOCATORIA DE OFICIO FISCALIZACIÓN INSPECCIÓN TRIBUTARIA GRANDES CONTRIBUYENTES AUTO ACLARATORIO AUTO DE ARCHIVO EMPLAZAMIENTO PARA GENERAL DE FISCALIZACIÓN DECLARAR REQUERIMIENTO ESPECIAL Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 3:

OFICINA TIPO DE ACTO COBRO COACTIVO MANDAMIENTO DE PAGO Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional. La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Avenida Calle 17 No.65B-95 piso 1.

Artículo 4º.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

Dada en Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes de febrero de dos mil diecisiete (2017).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

JOHN ALEXÁNDER BARBOSA CRISTANCHO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-2 • 2017 • febrero • 6 2 CIÓN DEVOLU- CAUSAL DE DEFICIENTE DEFICIENTE DE CIÓN FECHA DEVOLU- AP 301 24-01-17 CERRADO CHINAUTA 23-01-17 DIRECCIÓN PORVENIR 23-01-17 DIRECCIÓN NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO SANCIÓN 13-01-17 2014 KR 7 83 - 29 OF 802 19-01-17 NO RESIDE REDUCCIÓN MENOR VALOR 17-01-17 2015 CL 129B 57A 99 COMPENSACIÓN 16-11-16 2016 TV 83A 72 16 18-01-17 NO RESIDE COMPENSACIÓN 05-12-16 2015 CL 134A 104 41 20-01-17 CERRADO COMPENSACIÓN 13-12-16 2016 CL 145 7F 47 AP 605 24-01-17 NO RESIDE COMPENSACIÓN 05-12-16 2015 KM 67 VI MELGAR COMPENSACIÓN 08-11-16 2016 KR 103 B 22 38 23-01-17 NO RESIDE COMPENSACIÓN 07-12-16 2013, 2014, 2015 VEREDA EL COMPENSACIÓN 05-12-16 2016 CL 25 SUR 69A 03 20-01-17 NO RESIDE DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DE CORRECCIÓN POR PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO ENTE IDENTIFI- CACIÓN DEL CONTRIBUY- NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal DIAZ 52.820.904 PREDIAL AAA0123CNBS LIQUIDACIÓN OFICIAL ALFONSO 7.232.610 VEHICULOS CIV047 RESOLUCIÓN DE RODRIGUEZ 80.828.108 VEHICULOS RAW449 RESOLUCIÓN DE APODERADO NOMBRE DEL ESPINOSA FIGUEROA 16.591.481 VEHICULOS URW100 RESOLUCIÓN DE CONTRIBUYENTE Y/O MOGOLLON CABALLERO 80.820.444 VEHICULOS ZYZ873 RESOLUCIÓN DE VILLEGAS DE LA PUENTE 34.973.458 VEHICULOS KAW027 RESOLUCIÓN DE GRANADOS PACANCHIQUE 19.258.008 VEHICULOS BEV146 RESOLUCIÓN DE ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 136-DDI-001596 DEL 03 DE FEBRERO DE 2017 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ No.

CORDIS No. DE profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, Avenida Calle 17 No. 65B – 95 Piso 1, dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio y la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, No.

Que los Jefes de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, la Oficina de CIÓN RESOLU- DDI00652 2017EE4898 201601300300008698 LIZETH VIVIANA ROBAYO DDI000565 2017EE3882 201501200100044358 PINEDA CONSULTING SAS 900.138.424 PREDIAL AAA0239RNXR RESOLUCIÓN DE DDI065427 2016EE166987 201603400300009471 HAIDERTH JULIAN ZUBIETA DDI069035 2016EE175969 201603400300010184 LUIS EDUARDO DDI069522 2016EE179223 201603400300009693 BLANCA PATRICIA DDI069037 2016EE175974 201603400300010223 RAFAEL ANTONIO DDI069207 2016EE176903 201603400300010422 EDGAR YESITH BUITRAGO DDI069100 2016EE176186 201603400300009709 ALEXIS BURGOS RINCON 13.702.125 VEHICULOS BNM879 RESOLUCIÓN DE DDI064758 2016EE163899 201603400300008945 RAMIRO ANTONIO En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-3 • 2017 • FEBRERO • 6 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE CIÓN FECHA DEVOLU- A 15 31-10-16 CERRADO SUR 02-01-17 CERRADO SUR 31-10-16 CERRADO 84D 14 31-10-16 NO RESIDE 16 B 07 04-11-16 NO RESIDE NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO ESPECIAL 06-01-17 2015 KR 66 13 60 IN 1 19-01-17 NO RESIDE ESPECIAL 06-01-17 2015 KR 68 B 13 60 IN 1 19-01-17 NO RESIDE PROCESO 30-11-16 2002, 2009, 2010, 2011 KR 92 165 50 07-12-16 CERRADO TERMINACIÓN PARA DECLARAR 12-01-17 2015 CL 9 31 A 35 19-01-17 CERRADO PARA DECLARAR 14-10-16 2012, 2013, 2014, 2015 AK 72 127 C 36 31-10-16 CERRADO PARA DECLARAR 14-10-16 2014, 2016 CL 73 A BIS A SUR PARA DECLARAR 12-01-17 2015 CL 9 31 A 35 19-01-17 CERRADO PARA DECLARAR 18-10-16 2015 AC 57 R SUR 76 PARA DECLARAR 13-10-16 2015 KR 18 C 123 91 31-10-16 CERRADO PARA DECLARAR 18-10-16 2014, 2015 KR 87 C 71 B 45 PARA DECLARAR 14-10-16 2015 CL 51SUR 80 J 09 31-10-16 NO RESIDE PARA DECLARAR 14-10-16 2015 DG 56A SUR PARA DECLARAR 16-01-17 2014 CL 64 B 71 A 58 23-01-17 NO RESIDE PARA DECLARAR 12-01-17 2015 CL 9 31 A 35 19-01-17 CERRADO PARA DECLARAR 16-01-17 2014 KR 68 B 13 60 IN 1 23-01-17 NO RESIDE PARA DECLARAR 12-10-16 2012, 2013 DG 76 SUR 78 67 31-10-16 CERRADO FACILIDAD DE PAGO 19-12-16 2004 CL 38 D 68 C 21 PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO presente publicación.

ENTE IDENTIFI- CACIÓN DEL CONTRIBUY- NOTIFICACIÓN POR AVISO SAENZ 2.903.625 PREDIAL AAA0018TEPP EMPLAZAMIENTO VIRGUEZ 4.091.922 VEHÍCULOS BNC671 RESOLUCIÓN BELTRAN 158.389 VEHÍCULOS AEA343 EMPLAZAMIENTO BELTRAN 158.389 VEHÍCULOS AEA343 EMPLAZAMIENTO QUINTANA 3.181.501 VEHÍCULOS IBC355 EMPLAZAMIENTO GUERRERO 3.289.163 VEHÍCULOS RCD075 EMPLAZAMIENTO CASTAÑEDA 2.931.876 VEHÍCULOS RIM312 EMPLAZAMIENTO APODERADO NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 136-DDI-001596 DEL 03 DE FEBRERO DE 2017 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

No.

N/A 2017EE3311 201601200396009751 HERNANDO PINZON ROJAS 117.021 PREDIAL AAA0032TERU EMPLAZAMIENTO N/A 2017EE3311 201601200396009751 HERNANDO PINZON ROJAS 117.021 PREDIAL AAA0073MSJH EMPLAZAMIENTO N/A 2016EE154934 201603100375009206 JOSE CARLOS JULIO MARTIN N/A 2017EE3311 201601200396009751 HERNANDO PINZON ROJAS 117.021 PREDIAL AAA0215UCKL EMPLAZAMIENTO N/A 2016EE155563 201601100375009197 LUIS ANTONIO RODRIGUEZ N/A 2016EE154264 201601100375009199 GERMAN PLAZAS N/A 2016EE155684 201603100375009204 LUIS MIGUEL UBAQUE ROA 3.153.592 VEHÍCULOS AAC095 EMPLAZAMIENTO N/A 2016EE154996 201603100375009205 ARNOLDO RODRIGUEZ N/A 2016EE155652 201603100375009192 JOSE SAUL HERNANDEZ N/A 2016EE155652 201603100375009192 JOSE SAUL HERNANDEZ N/A 2017EE4235 2017032003000276 ALFREDO CORTES ORTIZ 172.989 VEHÍCULOS ASI035 EMPLAZAMIENTO N/A 2017EE4235 2017032003000276 ALFREDO CORTES ORTIZ 172.989 VEHÍCULOS ASI035 EMPLAZAMIENTO N/A 2017EE1629 2017032003000042 ALFREDO CORTES ORTIZ 172.989 VEHÍCULOS ASI035 REQUERIMIENTO N/A 2017EEE1629 2017032003000042 ALFREDO CORTES ORTIZ 172.989 VEHÍCULOS ASI035 REQUERIMIENTO N/A 2016EE153812 201603100375009193 ELIFONSO CARDENAS GARCIA 348.518 VEHÍCULOS RGS753 EMPLAZAMIENTO Que los Jefes de la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, la Oficina de Control Masivo de Subdirección de Determinación, profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina de Fiscalización Grandes Contribuyentes y la Oficina General de Fiscalización de la DDI66375 2016EE172296 2011EE296435 JAIME ALBERTO MUTIS GAITAN 396.777 PREDIAL AAA0132EDJZ RESOLUCIÓN DE DDI069810 2016EE181019 2014EE176894 IDELFONSO GARCIA 2017EE3528 2017EE3528 201503100100074018 LUIS CARLOS MARTIN CHALA 2.226.216 VEHÍCULOS SB7395 AUTO DE ARCHIVO 13-01-17 2011 CL 73 65 34 23-01-17 NO RESIDE RESOLUCIÓN No.

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-4 • 2017 • FEBRERO • 6 4 DEFICIIENTE DEFICIIENTE DEFICIIENTE DEFICIIENTE 401 06-01-17 NO RESIDE 401 06-01-17 NO RESIDE 401 06-01-17 NO RESIDE ANA 15-12-16 NO RESIDE 108 28 24-01-17 CERRADO LC 130 19-01-17 DIRECCIÓN AP 406 20-12-16 NO RESIDE AP 301 06-01-17 CERRADO OF 304 10-01-17 NO RESIDE OF 304 10-01-17 NO RESIDE OF 304 10-01-17 NO RESIDE OF 304 10-01-17 NO RESIDE KR 9 15 83 BOGOTA, D.C 24-01-17 REHUSADO AP 403 BRR SANTA OFICIO 13-12-16 2013 KR 7A 106 65 PROCESO 10-01-17 2002 KR 57C 67C 35 17-01-17 NO RESIDE PROCESO 19-01-17 2003 AVENIDA CALLE 22 PROCESO 06-12-16 2001 KR 53 134A 71 TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN PARA DECLARAR 28-09-16 2012, 2013, 2014, 2015, 2016 DG 46 SUR 50 79 25-10-16 DIRECCIÓN PARA DECLARAR 02-01-17 2012, 2013, 2014, 2015, 2016 PARA DECLARAR 02-01-17 2013, 2016 CL 109 20 77 AP PARA DECLARAR 02-01-17 2014, 2015, 2016 KR 9 15 83 PARA DECLARAR 20-12-16 2015, 2016 CL 20 13 40 06-01-17 CERRADO PARA DECLARAR 02-01-17 2013, 2016 CL 109 20 77 AP PARA DECLARAR 28-09-16 2012, 2015 CL 11 28 65 26-10-16 DIRECCIÓN PARA DECLARAR 13-01-17 2015, 2016 CL 22 C 68 F 53 PARA DECLARAR 19-12-16 2015, 2016 CL 12 26 A 03 04-01-17 CERRADO PARA DECLARAR 02-01-17 2014, 2015, 2016 KR 9 15 83 PARA DECLARAR 02-01-17 2015, 2016 KR 9 15 83 PARA DECLARAR 02-01-17 2013 CL 109 20 77 AP PARA DECLARAR 23-12-16 2014, 2015, 2016 KR 72 A 8 B 14 PARA DECLARAR 15-12-16 2013, 2016 KR 42 B 13 94 04-01-17 CERRADO PARA DECLARAR 30-09-16 2012, 2013 KR 71 C 5C 10 01-11-16 NO RESIDE NOTIFICACIÓN POR AVISO VARGAS 19.072.950 VEHÍCULOS BBI376 EMPLAZAMIENTO VARGAS 19.072.950 VEHÍCULOS BBI376 EMPLAZAMIENTO TORRES 30.081.994 PREDIAL AAA0073UWTO AUTO DE ARCHIVO 12-01-17 2014 CL 22 BIS 44A 31 23-01-17 CERRADO SEGURA 41.767.290 PREDIAL AAA0025JYPP EMPLAZAMIENTO JIMENEZ 22.250.654 PREDIAL AAA0015YCOE AUTO DE ARCHIVO 12-01-17 2014 CL 120 A 3 A 71 17-01-17 DIRECCIÓN LEMOINE 41.451.208 PREDIAL AAA0122DBWW EMPLAZAMIENTO LEMOINE 41.451.208 PREDIAL AAA0122DBXS EMPLAZAMIENTO LEMOINE 41.451.208 PREDIAL AAA0122DDDE EMPLAZAMIENTO RAMIREZ 17.331.735 VEHÍCULOS REN807 EMPLAZAMIENTO ROMERO 17.163.116 PREDIAL AAA0040SPBS EMPLAZAMIENTO ALFONSO 41.335.610 VEHÍCULOS BFA343 RESOLUCIÓN DE BALLESTAS 32.675.115 PREDIAL AAA0224XNNN REVOCATORIA DE RODRIGUEZ 17.008.599 PREDIAL AAA0012MSKC RESOLUCIÓN DE HERNANDEZ 19.160.360 VEHÍCULOS SDJ688 EMPLAZAMIENTO ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 136-DDI-001596 DEL 03 DE FEBRERO DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ N/A 2017EE194 201601100118011000 RICARDO BASIL CHAHINH 19.243.403 PREDIAL AAA0172RBNN EMPLAZAMIENTO N/A 2017EE64 201601100375009222 MYRIAM PATRICIA FANDIÑO DE N/A 2017EE194 201601100118011000 RICARDO BASIL CHAHINH 19.243.403 PREDIAL AAA0172RCBS EMPLAZAMIENTO N/A 2016EE147339 201603100365008616 HECTOR JULIO CORTES N/A 2017EE64 201601100375009222 MYRIAM PATRICIA FANDIÑO DE N/A 2017EE194 201601100118011000 RICARDO BASIL CHAHINH 19.243.403 VEHÍCULOS BYH594 EMPLAZAMIENTO N/A 2017EE64 201601100375009222 MYRIAM PATRICIA FANDIÑO DE N/A 2016EE147453 201603100365008626 GUSTAVO CORTES LEAL 17.169.137 VEHÍCULOS BYU988 EMPLAZAMIENTO N/A 2017EE3799 201601100115010972 BELISARIO LEON ROLDAN 17.112.568 PREDIAL AAA0077HCPA EMPLAZAMIENTO N/A 2016EE181188 201603100115010992 JORGE LIBARDO IBAÑEZ N/A 2017EE3278 201401100100158626 ANA DOLORES GARCIA DE N/A 2017EE194 201601100118011000 RICARDO BASIL CHAHINH 19.243.403 VEHÍCULOS ZZO765 EMPLAZAMIENTO N/A 2016EE183440 201601100375009235 ELVIA CONSUELO PATIÑO N/A 2016EE180602 201603100115010990 IVAN ARTURO MAYORGA N/A 2016EE148779 201603100365008635 MARIO JAVID LOZANO N/A 2016EE181188 201603100115010992 JORGE LIBARDO IBAÑEZ DDI000332 2017EE2335 2010EE130415 MARIA ISABEL SABOGAL DE DDI069492 2016EE179009 201401200100026798 BLEIDY DEL CARMEN PEREZ DDI000819 2017EE5839 2012EE98730 GUSTAVO MARTINEZ DDI069121 2016EE176345 2010EE697619 GONZALES POVEDA NELLY 24.496.440 PREDIAL AAA0123LYHK RESOLUCIÓN DE 2017EE3111 2017EE3111 201401100100166866 ANGELICA MARIA CASTILLO 2017EE3511 2017EE3511 201503100100073949 SIXTA REYES ARIZA 41.431.695 VEHÍCULOS SB3455 AUTO DE ARCHIVO 13-01-17 2011 KR 103 74 A 13 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-5 • 2017 • FEBRERO • 6 DEFICIIENTE 403 22-06-16 NO RESIDE IN 1 06-01-17 CERRADO IN 1 06-01-17 CERRADO IN 1 06-01-17 CERRADO IN 1 06-01-17 CERRADO IN 1 06-01-17 CERRADO AP 803 23-01-17 NO RESIDE AP 301 06-01-17 CERRADO AP 301 06-01-17 CERRADO AP 301 06-01-17 CERRADO AP 301 06-01-17 CERRADO EDIFICIO IN 5 ENT 1 CAVIPETROL 20-01-17 NO RESIDE TO 1 AP 1003 24-01-17 NO RESIDE CARRERA 72 99 14 26-12-16 CERRADO TARIA 13-12-16 2014-6 KR 13 37 37 PI 6 ESPECIAL 11-01-17 2015 CALLE 192 11 A 51 ESPECIAL 11-01-17 2015 CALLE 22 B 58 60 PROCESO 22-12-16 2001 CL 24 19A 56 27-12-16 CERRADO TERMINACIÓN ACLARATORIO 04-01-17 2015 KR 75 24C 22 11-01-17 CERRADO PARA DECLARAR 23-12-16 2015, 2016 KR 72 A 8 B 14 PARA DECLARAR 23-12-16 2013, 2014, 2015, 2016 KR 72 A 8 B 14 PARA DECLARAR 23-12-16 2015, 2016 KR 72 A 8 B 14 PARA DECLARAR 02-01-17 2012, 2013, 2014 KR 71 D 8 84 SUR PARA DECLARAR 23-12-16 2013, 2015, 2016 KR 72 A 8 B 14 PARA DECLARAR 23-12-16 2015 KR 7 C 182 37 06-01-17 CERRADO PARA DECLARAR 02-01-17 2013, 2015, 2016 KR 71 D 8 84 SUR PARA DECLARAR 02-01-17 2012, 2013, 2014, 2015 KR 71 D 8 84 SUR PARA DECLARAR 02-01-17 2012, 2013, 2014 KR 71 D 8 84 SUR PARA DECLARAR 23-12-16 2015 AC 44 SUR 21 25 05-01-17 CERRADO PARA DECLARAR 02-01-17 2013 KR 71 D 8 84 SUR PARA DECLARAR 23-12-16 2015 KR 7 C 182 37 06-01-17 CERRADO PARA DECLARAR 27-10-16 2015 CL 4B 39 B90 BL 5 15-11-16 DIRECCIÓN FACILIDAD DE PAGO 21-12-16 2004 AVENIDA..

URBANA LC 10-4-1974 AUTO DE ARCHIVO 08-06-16 2013 AK 45 100 34 OF 830.073.511 PREDIAL AAA0040ULWW RESOLUCIÓN NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal PINEDA 79.133.740 VEHÍCULOS BYD904 AUTO PULIDO 52.886.577 PREDIAL AAA0206WMEA EMPLAZAMIENTO SEGURA 41.767.290 PREDIAL AAA0036CBZM EMPLAZAMIENTO SEGURA 41.767.290 PREDIAL AAA0084RAEP EMPLAZAMIENTO SEGURA 41.767.290 PREDIAL AAA0084RASY EMPLAZAMIENTO SEGURA 41.767.290 VEHÍCULOS BJO151 EMPLAZAMIENTO BOTACHE 52.176.586 VEHÍCULOS RJX322 REQUERIMIENTO BECERRA 79.151.467 PREDIAL AAA0115PZJZ EMPLAZAMIENTO GILBERTO DIAZ SOCIEDAD LTDA 830.015.675 VEHÍCULOS BHL173 RESOLUCIÓN DE ESPINOSA MENDEZ 79.793.574 VEHÍCULOS VEP168 EMPLAZAMIENTO RODRIGUEZ ESCOBAR 52.212.383 VEHÍCULOS RAM002 REQUERIMIENTO SALAMANCA C.C. 79378235 IGLESIA CRISTIANA LA CASA ELIM //REPRESENTANTE LEGAL ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 136-DDI-001596 DEL 03 DE FEBRERO DE 2017 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ N/A 2017EE70 201601100375009247 ANDREA PEREZ CASANOVA 52.386.740 PREDIAL AAA0122MDPP EMPLAZAMIENTO N/A 2017EE2712 201603200351006721 GLORIA ESPERANZA VARON N/A 2017EE2725 201603200351006722 MARIA FERNANDA N/A 2016EE183440 201601100375009235 ELVIA CONSUELO PATIÑO N/A 2016EE183440 201601100375009235 ELVIA CONSUELO PATIÑO N/A 2016EE183440 201601100375009235 ELVIA CONSUELO PATIÑO N/A 2016EE183440 201601100375009235 ELVIA CONSUELO PATIÑO N/A 2016EE183447 201601100375009250 NELLY SABOGAL CUBILLOS 51.959.876 PREDIAL AAA0115PZJZ EMPLAZAMIENTO N/A 2017EE70 201601100375009247 ANDREA PEREZ CASANOVA 52.386.740 PREDIAL AAA0027JKRU EMPLAZAMIENTO N/A 2016EE95848 201506200309044688 INVERSIONES COAL S A S 860.072.036 DELINEACIÓN N/A 2016EE179058 201602200306005601 HEALTHFOOD SA 830.091.382 ICA N/A INSPECCIÓN TRIBU- N/A 2017EE70 201601100375009247 ANDREA PEREZ CASANOVA 52.386.740 PREDIAL AAA0122MFMS EMPLAZAMIENTO N/A 2017EE70 201601100375009247 ANDREA PEREZ CASANOVA 52.386.740 PREDIAL AAA0122MHAF EMPLAZAMIENTO N/A 2017EE70 201601100375009247 ANDREA PEREZ CASANOVA 52.386.740 PREDIAL AAA0125DCHK EMPLAZAMIENTO N/A 2016EE183443 201601100375009251 CRISTIAN FERNANDO N/A 2016EE160198 201601100178009268 LADY JOHANA BALLESTEROS N/A 2017EE797 201603100372009321 OSCAR ALBERTO JEREZ N/A 2016EE183447 201601100375009250 JOSE EVANGELISTA OCHOA Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de la presente publicación.

DDI069936 2016EE182075 2011EE33998 DDI070009 2016EE183130 2010EE116070 AUTOINGENIEROS G Y C REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-6 • 2017 • FEBRERO • 6 6 DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN CAUSAL DE NOTIFICACION FECHA DE No. PROCESO IMPUESTO No. CORDIS DIRECCIÓN DE DE PAGO MANDAMIENTO NOTIFICACIÓN POR AVISO DE PAGO FECHA DE JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO No. MANDAMIENTO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal DEL Que la notificación del mandamiento de pago enviada por correo fue devuelta.

CONTRIBUYENTE Que una vez surtida la citación el deudor no compareció a surtir la notificación personal.

ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 136-DDI-001596 DEL 03 DE FEBRERO DE 2017 La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Avenida Calle 17 No.65B-95 piso 1. legales contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Estatuto Tributario Nacional y el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por publicación sobre este hecho a:

GORDILLO ORTIZ URIEL 79.299.337 DDI063732 25-10-16 201311003357 PREDIAL 2016EE158591 CL 12B 9 20 OF 228 16-11-16 NO RESIDE Que los contribuyentes que se relacionan a continuación, están siendo ejecutados a través de procesos administrativos de cobro coactivo.

JOSELIN OLMOS AVENDAÑO 2.900.327 DDI048919 25-05-16 201021029083 VEHÍCULOS 2016EE89968 KR 7 24 16 SUR 21-06-16 CERRADO JOSELIN OLMOS AVENDAÑO 2.900.327 DDI048919 25-05-16 201021029083 PREDIAL 2016EE89968 KR 7 24 16 SUR 21-06-16 CERRADO En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 140 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y en concordancia con el artículo 826 del JOSE SANTOS ROA BARRETO 51.326 DDI053801 19-07-16 201601600300005285 PREDIAL 2016EE114370 KR 28 B 79 57 11-08-16 CERRADO El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O APODERADO IDENTIFICACIÓN Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones...

7 7REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1- • 2017 • febrero • 6 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ Resolución Número 000200 (Enero 25 de 2017) y organismos identificarán en el manual de funciones y de competencias laborales los Núcleos Básicos del Conocimiento-NBC- que contengan disciplinas académicas o profesiones, de acuerdo con la clasificación establecida en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior-SNIES”.

“Por la cual se modifica la Resolución 66434 de 2015, por medio de la cual se adoptó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Instituto de Desarrollo Urbano IDU”

Que el Instituto de Desarrollo Urbano ha revisado las funciones a los cargos existentes, encontrando que algunas no se ajustan a las necesidades actuales de las dependencias y requieren la actualización para su cabal desempeño y ejercicio.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE Que el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales adoptado mediante Resolución 66434 de 2015 ha sido diseñado de manera tal que se le puedan hacer los ajustes necesarios de acuerdo con los requerimientos de la entidad.

DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ, D.C, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 29 del Acuerdo 001 del Consejo Directivo “Por el cual se expiden los Estatutos del Instituto de Desarrollo Urbano” y el Artículo 3 del Acuerdo No 002 de 2009 del Consejo Directivo “Por el cual se establece la estructura organizacional del Instituto de Desarrollo Urbano, las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones”, y Que mediante oficio No. 20165161139601 del 16 de diciembre de 2016, el Instituto de Desarrollo Urbano IDU solicitó concepto técnico favorable para la modificación del Manual de Funciones y Competencias Laborales del cargo Técnico Operativo Código 314 Grado 03 asignado en la Subdirección General Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo No 002 de febrero 3 de 2009 emanado del Consejo Directivo, se estableció la nueva estructura organizacional del Instituto de Desarrollo Urbano y las funciones de sus dependencias.

Que mediante oficio No. 20165161175201 del 27 de diciembre de 2016, el Instituto de Desarrollo Urbano IDU solicitó concepto técnico favorable para la modificación del Manual de Funciones y Competencias Laborales del cargo Profesional Especializado Código 222 Grado 05 asignado en la Oficina de Atención al Ciudadano.

Que el inciso 4 del artículo 3 del Acuerdo No 002 de 2009 del Consejo Directivo, asigna a la Dirección General la función de dirigir, controlar y garantizar las funciones de planeación, técnicas, financieras, administrativas, de desarrollo institucional y legales.

Que mediante oficio No. 20165161175171 del 27 de diciembre de 2016, el Instituto de Desarrollo Urbano IDU solicitó concepto técnico favorable para la modificación del Manual de Funciones y Competencias Laborales de los cargos Profesional Especializado Código 222 Grado 04 y Profesional Universitario Código 219 Grado 02 asignados en la Subdirección General de Desarrollo Urbano.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital mediante oficio No 20175260013902 del 10 de enero de 2017, emitió concepto técnico favorable para la modificación del Manual de Funciones y Competencias Laborales de los cargos anteriormente mencionados.

Que en mérito de lo expuesto, Que el literal b) del numeral 2 del artículo 19 de la Ley 909 de 2004, establece que el diseño de cada empleo, además de la descripción del contenido funcional que permita identificar con claridad las responsabilidades exigibles a quien sea su titular consagrado en el literal a) del citado numeral, debe contener “el perfil de competencias que se requiera para ocupar el empleo, incluyendo los requisitos de estudio y experiencia, así como las demás condiciones para el acceso al servicio. En todo caso, los elementos del perfil han de ser coherentes, con las exigencias funcionales del contenido del empleo”.

RESUELVE:

Que el artículo 5 del Decreto 2484 del 2 de Diciembre de 2014, recopilado por el artículo 2.2.3.5 del Decreto 1083 de 2015 establece que “Para efectos de la identificación de las disciplinas académicas de los empleos que exijan como requisito el título de aprobación de estudios en educación superior, de que trata el artículo 23 del Decreto Ley 785 de 2005, las entidades

Artículo primero.

Modificar el Manual de Funciones y Competencias Laborales, adoptado mediante Resolución No. 66434 del 23 de diciembre de 2015, en relación con las fichas de los cargos de la Planta de Empleos del Instituto de Desarrollo Urbano, que se relacionan a continuación:

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-8 • 2017 • febrero • 6 8 I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Técnico Denominación del Empleo: Técnico Operativo Código: 314 Grado: 03 No. de cargos: 53 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa II. ÁREA FUNCIONAL: Servicio Jurídico 543-SGJ III. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar las actividades necesarias para el cumplimiento de la gestión administrativa de la dependencia, de conformidad con la normatividad vigente y los parámetros establecidos.

IV. FUNCIONES ESENCIALES
1. Realizar el control y seguimiento de las actividades propias de la dependencia para preparar y presentar los informes, cuadros y reportes que sirvan de soporte al área, de manera periódica, garantizando su veracidad.
2. Administrar los sistemas de información y/o bases de datos que maneje la dependencia garantizando la consolidación, la integridad, disponibilidad y calidad de los datos.
3. Atender a los diferentes requerimientos de información tanto de los usuarios internos como externos brindando respuesta oportuna y eficaz.
4. Apoyar la elaboración y actualización de los procesos, procedimientos, normas, instructivos, manuales y demás herramientas administrativas del área, en cumplimiento con los requisitos del Sistema Integrado de Gestión.
5. Realizar trámites al interior de la dependencia, ante otras dependencias y/o ante otras entidades, de los diferentes documentos relacionados con los asuntos desarrollados por la dependencia, de acuerdo con las instrucciones del superior inmediato, la oportunidad requerida y los procedimientos institucionales.
6. Proyectar respuesta a los requerimientos de los organismos de control, derechos de petición y demás correspondencia interna y externa que le sea asignada, con la debida calidad y oportunidad.
7. Mantener organizado, actualizado y debidamente administrado el archivo digital y físico de la dependencia, conforme lo disponen los manuales y procedimientos de la Entidad.
8. Realizar las demás funciones que le sean asignadas por el superior inmediato, de acuerdo con la naturaleza y propósito del cargo.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Constitución Política De Colombia.
2. Herramientas ofimáticas.
3. Técnicas de archivo y gestión documental
4. Redacción de textos legales
5. Sistemas de Información.

Por Nivel Jerárquico Experticia Técnica Trabajo en equipo VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES Comunes Orientación a resultados Orientación al usuario y al ciudadano Transparencia Compromiso con la Organización Experiencia Veinticuatro (24) meses de experiencia relacionada.

VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA Estudios Título de formación técnica profesional en Archivo, Técnica profesional en Documentología en el núcleo básico del conocimiento en: bibliotecología, otros de ciencias sociales y humanas, Técnica profesional en Ingeniería Industrial en el núcleo básico del conocimiento en: ingeniería industrial y afines, Técnica profesional en Administración de Empresas, Técnica profesional en Administración Pública en el núcleo básico del conocimiento en: administración, Técnica profesional en Administración de Sistemas Informáticos en el núcleo básico del conocimiento en: ingeniería de sistemas, telemática y afines, Técnica profesional Judicial en el núcleo básico del conocimiento en: derecho y afines.

9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-9 • 2017 • febrero • 6 I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Profesional Denominación del Empleo: Profesional Especializado Código: 222 Grado: 05 No. de cargos: 30 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa III. ÁREA FUNCIONAL: Gestión Social y Participación Ciudadana 542-OTC III. PROPÓSITO PRINCIPAL Liderar, planear y desarrollar las estrategias planes y programas relacionados con la gestión social, coordinación interinstitucional, responsabilidad social y participación ciudadana de los proyectos a cargo del IDU, a fin de garantizar el cumplimiento de las directrices establecidas por el Instituto.

IV. FUNCIONES ESENCIALES
1. Planear y formular el diseño y la implementación de estrategias de gestión y participación ciudadana en las localidades y/o territorios asignados relacionados con los proyectos de infraestructura adelantados por el IDU, de acuerdo a los lineamientos establecidos.
2. Orientar y definir lineamientos de gestión social y participación ciudadana que permitan fortalecer las relaciones IDU-Ciudadanía para la apropiación de los proyectos de infraestructura desarrollados por el IDU.
3. Participar en las reuniones que convoquen las diferentes Instituciones del Orden Nacional, Departamental y Distrital, como los diferentes gremios, asociaciones de usuarios, JAC y demás organismos, en el marco de la Gestión y Participación Ciudadana.
4. Liderar el diseño y la implementación de estrategias de formación a ciudadanos, funcionarios y contratistas, que fortalezcan la cultura democrática.
5. Asesorar la elaboración de los pliegos de gestión social para los proyectos de infraestructura adelantados por el instituto, de acuerdo con la normatividad y los lineamientos establecidos.
6. Formular e implementar herramientas y actividades de seguimiento a contratistas, Interventorías y áreas técnicas del IDU, en el cumplimiento de los lineamientos de Gestión Social, participación, cultura ciudadana y responsabilidad social en cada uno de los proyectos asignados.
7. Asesorar y realizar el seguimiento al componente social implementado por las áreas misionales a través de la verificación del cumplimiento de lo establecido en las políticas, guías, manuales y demás documentos generados por la dependencia y adoptados por la Entidad.
8. Proponer y promover estrategias de gestión para mitigar el impacto social producto del desarrollo de los proyectos del IDU, de acuerdo a los lineamentos establecidos.
9. Asesorar e implementar estrategias y proyectos para el desarrollo y fortalecimiento del Subsistema de Responsabilidad Social en el Instituto.
10. Realizar las demás funciones que le sean asignadas por el superior inmediato, de acuerdo con la naturaleza y propósito del cargo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Metodologías de investigación y evaluación social de proyectos.
2. Políticas y normatividad de Gestión y Desarrollo Urbano.
3. Gestión de recurso humano.
4. Normatividad sobre Cultura y Participación Ciudadana, Control Ciudadano y Responsabilidad Social
5. Elaboración de planes de manejo y mitigación de impactos socioeconómicos en proyectos de infraestructura urbana.
6. Gestión social en proyectos de infraestructura urbana.
7. Relación con comunidades.

VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES Comunes Orientación a resultados Orientación al usuario y al ciudadano Transparencia Compromiso con la Organización Experiencia Dieciocho (18) meses de experiencia profesional relacionada.

Por Nivel Jerárquico Aprendizaje Continuo Experticia profesional Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA Estudios Título de formación profesional en: Arquitectura correspondiente al núcleo básico del conocimiento en arquitectura; Administración de Empresas, Administración Pública correspondiente al núcleo básico del conocimiento en administración; Economía correspondiente al núcleo básico del conocimiento en economía; Ingeniería Industrial correspondiente al núcleo básico del conocimiento en ingeniería industrial y afines; Comunicación Social correspondiente al núcleo básico del conocimiento en comunicación social, periodismo y afines; Sociología, Trabajo Social, Planeación y Desarrollo Social correspondiente al núcleo básico del conocimiento en sociología, trabajo social y afines o Psicología correspondiente al núcleo básico del conocimiento en psicología.

Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-10 • 2017 • febrero • 6 10 I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Profesional Denominación del Empleo: Profesional Especializado Código: 222 Grado: 04 No. de cargos: 55 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa III. ÁREA FUNCIONAL: Gestión Ambiental 544-SGDU III. PROPÓSITO PRINCIPAL Liderar y efectuar el seguimiento y control de la gestión ambiental de los proyectos que adelanta la Entidad, apoyando la elaboración del diagnóstico ambiental de las prefactibilidades de los proyectos, así como apoyar la coordinación y/o supervisión de los proyectos y contratos y lo requerido dentro de la especialidad, a fin de verificar que cumpla con la normatividad ambiental establecida y requerimientos de la entidad. IV. FUNCIONES ESENCIALES
1. Diseñar y elaborar el diagnóstico ambiental de la etapa de prefactibilidad de los proyectos que le sean asignados, de acuerdo a la Guía de Prefactibilidad establecida por la entidad y la normatividad vigente.
2. Revisar, verificar, validar para la aprobación del jefe inmediato los productos de su especialidad derivados de la gestión ambiental de los contratos en ejecución acorde con las normas técnicas vigentes.
3. Proyectar los conceptos de recibo a satisfacción de los productos aprobados por la Interventoría relacionados con la gestión ambiental de acuerdo con las normas y manuales técnicos vigentes.
4. Asesorar y dar apoyo en todo lo concerniente a los productos de su especialidad derivados de la gestión ambiental, resultado de la etapa de prefactibilidad de los proyectos de la entidad con base en normas, manuales y especificaciones técnicas.
5. Elaborar la documentación requerida para el capítulo ambiental y los insumos del anexo técnico correspondiente para los estudios previos de los procesos de selección, de acuerdo con las condiciones de normatividad y política institucional.
6. Conceptuar sobre la viabilidad ambiental de los proyectos formulados, los informes de la interventoría o del contratista, teniendo en cuenta las normas legales y de la organización.
7. Realizar el seguimiento y control en el aspecto ambiental de los contratos asignados, de acuerdo con lo previsto en el Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos de Infraestructura Vial y Espacio Público del IDU o el documento que haga sus veces, de manera articulada con los demás profesionales y especialistas asignados para tal fin, con el propósito de gestionar para que se cumplan las condiciones establecidas en el pliego de condiciones, contrato, estudios previos y demás documentos contractuales, así como los requerimientos establecidos por la Autoridad Ambiental.
8. Gestionar los procesos sancionatorios por presunto incumplimiento en materia ambiental, conforme los procedimientos establecidos por la Entidad y con la debida oportunidad.
9. Atender y tramitar oportunamente, conforme los plazos establecidos, la correspondencia, derechos de petición, requerimientos de los organismos de control, autoridad ambiental competente, y demás solicitudes internas y externas relacionadas con el aspecto ambiental de los contratos asignados.
10. Participar en reuniones y mesas de trabajo sobre temas relacionados con la gestión ambiental, al interior de la dependencia, con otras dependencias, trátese de elaboración y/o actualización de manuales o documentos internos, estructuración o revisión de procesos y procedimientos, diseño de mecanismos y herramientas a ser aplicadas en el seguimiento ambiental de los contratos, de conformidad con la normatividad vigente aplicable, la programación que se establezca y los lineamientos del jefe inmediato.
11. Elaborar reportes e informes de gestión relacionados con el aspecto ambiental de los contratos asignados, que se requieran para la misma dependencia, para otras dependencias u otras Entidades, con la calidad y oportunidad solicitadas.
12. Realizar las demás funciones que le sean asignadas por el superior inmediato, de acuerdo con la naturaleza y propósito del cargo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Gestión Ambiental de Proyectos.
2. Normativa Ambiental vigente.
3. Ley de Contratación Pública vigente.
4. Código Disciplinario Único vigente.
5. Plan de Ordenamiento Territorial - POT.
6. Manejo de Herramientas Informáticas VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES Comunes Orientación a resultados Orientación al usuario y al ciudadano Transparencia Compromiso con la Organización Experiencia Doce (12) meses de experiencia profesional relacionada.

Por Nivel Jerárquico Aprendizaje Continuo Experticia profesional Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA Estudios Título de formación profesional en: Arquitectura correspondiente al núcleo básico del conocimiento en arquitectura; Ingeniería Ambiental y/o Sanitaria, Ingeniería Forestal correspondiente al núcleo básico del conocimiento en ingeniería ambiental, sanitaria y afines; Administración Ambiental correspondiente al núcleo básico del conocimiento en ingeniería ambiental, sanitaria y afines o Ingeniería Civil, Ingeniería Geográfica, Ingeniería de Recursos Hídricos correspondiente al núcleo básico del conocimiento en ingeniería civil y afines.

Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-11 • 2017 • febrero • 6 I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Profesional Denominación del Empleo: Profesional Universitario Código: 219 Grado: 02 No. de cargos: 41 Dependencia: Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa III. ÁREA FUNCIONAL: Gestión Ambiental 545-SGDU III. PROPÓSITO PRINCIPAL Efectuar el seguimiento y control de la gestión ambiental de los proyectos que adelanta la Entidad, apoyando la elaboración del diagnóstico ambiental de las prefactibilidades de los proyectos, así como apoyar la coordinación y/o supervisión de los proyectos y contratos y lo requerido dentro de la especialidad, a fin de verificar que cumpla con la normatividad ambiental establecida y requerimientos de la entidad.

IV. FUNCIONES ESENCIALES
1. Elaborar el diagnóstico ambiental de la etapa de prefactibilidad de los proyectos que le sean asignados, de acuerdo a la Guía de Prefactibilidad establecida por la entidad y la normatividad vigente.
2. Revisar y verificar para la aprobación del jefe inmediato los productos de su especialidad derivados de la gestión ambiental de los contratos en ejecución acorde con las normas técnicas vigentes.
3. Proyectar los conceptos de recibo a satisfacción de los productos aprobados por la Interventoría relacionados con la gestión ambiental de acuerdo con las normas y manuales técnicos vigentes.
4. Dar apoyo en todo lo concerniente a los productos de su especialidad derivados de la gestión ambiental, resultado de la etapa de prefactibilidad de los proyectos de la entidad con base en normas, manuales y especificaciones técnicas.
5. Elaborar la documentación requerida para el capítulo ambiental y los insumos del anexo técnico correspondiente para los estudios previos de los procesos de selección, de acuerdo con las condiciones de normatividad y política institucional.
6. Conceptuar sobre la viabilidad ambiental de los proyectos formulados, los informes de la interventoría o del contratista, teniendo en cuenta las normas legales y de la organización.
7. Realizar el seguimiento y control en el aspecto ambiental de los contratos asignados, de acuerdo con lo previsto en el Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos de Infraestructura Vial y Espacio Público del IDU o el documento que haga sus veces, de manera articulada con los demás profesionales y especialistas asignados para tal fin, con el propósito de gestionar para que se cumplan las condiciones establecidas en el pliego de condiciones, contrato, estudios previos y demás documentos contractuales, así como los requerimientos establecidos por la Autoridad Ambiental.
8. Gestionar los procesos sancionatorios por presunto incumplimiento en materia ambiental, conforme los procedimientos establecidos por la Entidad y con la debida oportunidad.
9. Atender y tramitar oportunamente, conforme los plazos establecidos, la correspondencia, derechos de petición, requerimientos de los organismos de control, autoridad ambiental competente, y demás solicitudes internas y externas relacionadas con el aspecto ambiental de los contratos asignados.
10. Participar en reuniones y mesas de trabajo sobre temas relacionados con la gestión ambiental, al interior de la dependencia, con otras dependencias, trátese de elaboración y/o actualización de manuales o documentos internos, estructuración o revisión de procesos y procedimientos, diseño de mecanismos y herramientas a ser aplicadas en el seguimiento ambiental de los contratos, de conformidad con la normatividad vigente aplicable, la programación que se establezca y los lineamientos del jefe inmediato.
11. Elaborar reportes e informes de gestión relacionados con el aspecto ambiental de los contratos asignados, que se requieran para la misma dependencia, para otras dependencias u otras Entidades, con la calidad y oportunidad solicitadas.
12. Realizar las demás funciones que le sean asignadas por el superior inmediato, de acuerdo con la naturaleza y propósito del cargo.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Gestión Ambiental de Proyectos.
2. Normativa Ambiental vigente.
3. Ley de Contratación Pública vigente.
4. Código Disciplinario Único vigente.
5. Plan de Ordenamiento Territorial - POT.
6. Manejo de Herramientas Informáticas Por Nivel Jerárquico Aprendizaje Continuo Experticia profesional Trabajo en Equipo y Colaboración VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES Comunes Orientación a resultados Orientación al usuario y al ciudadano Transparencia Compromiso con la Organización Experiencia Doce (12) meses de experiencia profesional relacionada.

VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA Estudios Título de formación profesional en: Arquitectura correspondiente al núcleo básico del conocimiento en arquitectura; Ingeniería Ambiental y/o Sanitaria, Ingeniería Forestal correspondiente al núcleo básico del conocimiento en ingeniería ambiental, sanitaria y afines; Administración Ambiental correspondiente al núcleo básico del conocimiento en ingeniería ambiental, sanitaria y afines o Ingeniería Civil, Ingeniería Geográfica, Ingeniería de Recursos Hídricos correspondiente al núcleo básico del conocimiento en ingeniería civil y afines.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-12 • 2017 • febrero • 6 12

Artículo segundo.

Adoptar las fichas actualizadas de los cargos de la Planta de Empleos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales vigente que se relacionó en el artículo anterior.

se reglamentó el funcionamiento de las cajas menores y los avances en efectivo, para los órganos que conforman el presupuesto anual y las entidades distritales con régimen presupuestal de Empresas Industriales y Comerciales del Estado respecto de las transferencias de la Administración Central, las Empresas Sociales del Estado y los Fondos de Desarrollo Local.

Artículo tercero.

Para el cumplimiento de los requisitos señalados en las fichas objeto de la presente modificación del Manual de Funciones y Competencias Laborales del Instituto de Desarrollo Urbano, se aplicarán las equivalencias establecidas en el Decreto 785 de 2005 y en las demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.

Que mediante la Resolución N°. 000001 del 12 de mayo de 2009 del Contador General de Bogotá se adoptó el manual para el manejo y control de cajas menores, acorde con las nuevas normas de contabilidad pública establecidas por la Contaduría General de la Nación.

Artículo cuarto.

Las restantes fichas que integran el Manual de Funciones y Competencias Laborales del Instituto de Desarrollo Urbano, no sufren cambio alguno.

Artículo quinto.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y modifica en lo pertinente la Resolución 66434 de 2015.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que el artículo 3º del mencionado Decreto N°. 061 de 2007, establece que las cajas menores se constituirán para cada vigencia fiscal, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano, en el cual se deberá indicar: i) cuantía, ii) responsable, iii) finalidad, iv) clase de gastos que se pueden realizar, v) la unidad ejecutora y vi) cuantía de cada rubro presupuestal, sin exceder el monto mensual asignado a la caja menor y en ningún caso el límite establecido por el estatuto de contratación para compras directas.

Dada en Bogotá D.C. a los veinticinco (25) días del mes de enero de dos mil diecisiete (2017).

YANETH ROCÍO MANTILLA BARÓN Directora General Que en el numeral 8° de la Directiva 1 de 2001, expedida por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., modificada por la Directiva Distrital 8 de 2007, aclarada por la Directiva 7 de 2008, se establece que los representantes legales de las entidades deberán reglamentar internamente las cajas menores, de tal manera que se reduzcan sus cuantías y que su número no sea superior a dos (2) por entidad.

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL Resolución Número 0114 (Enero 26 de 2017)

Que el artículo 7º del Decreto 061 de 2007, señala que la cuantía máxima mensual de la sumatoria de los fondos que se manejen a través de cajas menores se determinará en función del presupuesto anual de cada vigencia fiscal de la entidad, expresado en salarios mínimos mensuales vigentes (SMMLV).

“Por la cual se constituye y establece el funcionamiento de la caja menor general de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital para la vigencia fiscal del año 2017”.

La DIRECTORA de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL -UAECD-, Que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital cuenta con un Presupuesto Anual para la vigencia 2017 de $63.208.739.000 que corresponden a 85.681 SMMLV, por lo que le permite constituir una caja menor con una cuantía máxima mensual de 150 SMMLV, de conformidad con el artículo 7º del Decreto 061 de 2007. en ejercicio de sus atribuciones legales, reglamentarias y estatutarias, en especial las conferidas en el Acuerdo 003 de 2012 expedido por el Consejo Directivo de la UAECD y las del artículo 3 del Decreto n.° 061 del 14 de febrero de 2007 y,

CONSIDERANDO:

Que la caja menor de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, se requiere para la adquisición y pago de bienes y servicios, con el fin de atender las necesidades de carácter general, urgentes, imprescindibles, inaplazables e imprevistos, para el buen funcionamiento de la Unidad.

Que mediante Decreto n.° 061 del 14 de febrero de 2007 expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., Que se cuenta con certificado de disponibilidad presupuestal n.° 7 del 18 de enero de 2017, expedido por el 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-13 • 2017 • febrero • 6

3. Fraccionar compras de un mismo elemento y/o servicio.

responsable del presupuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 5º del Decreto 061 de 2007.

Que en mérito de lo expuesto, la directora de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital,

4. Realizar desembolsos para sufragar gastos con destino a dependencias diferentes a su propia Unidad.

RESUELVE:

5. Reconocer y pagar gastos por conceptos de servi- cios personales y las contribuciones que establece la ley sobre la nómina, cesantías y pensiones.

6. Cambiar cheques o efectuar préstamos.

Artículo primero.

Constituir para la vigencia fiscal de 2017, la Caja Menor de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, con una cuantía mensual de CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($5.000.000.oo.).

Parágrafo. PRIMERO. Para efectos de esta re-
solución, el salario mínimo legal mensual para el año 2017 es de setecientos treinta y siete mil setecientos diecisiete pesos M/cte. ($737.717, oo.), de acuerdo con lo señalado por el Gobierno Nacional en el Decreto Nacional 2209 de 2016.

Parágrafo. PRIMERO. Se exceptúan de estas
prohibiciones los servicios personales que por concepto de honorarios se deben reconocer y pagar a los auxiliares de la justicia que actúan en los diferentes procesos judiciales, de cobro coactivo y administrativo, de conformidad con las competencias de las respectivas entidades establecidas para tal fin.

Artículo segundo.

Los gastos generados por la caja menor serán imputados presupuestalmente a los rubros y hasta los montos que se indican a continuación, según Certificado Disponibilidad Presupuestal n.° 7 de enero 18 de 2017:

CÓDIGO TOTALES POR

Artículo quinto.

Cuantía de los gastos. Los gastos que se realicen en efectivo por caja menor, considerados individualmente, no podrán superar en cada operación la suma de dos salarios mínimos mensuales vigentes, y tampoco podrá efectuarse el fraccionamiento de las compras realizadas por medio de estos fondos para poder superar este monto.

RUBROS PRESUPUESTALES RUBRO Gastos de Computador 3-1-2-01-02 $ 1.000.000

Artículo sexto.

El Manejo de los dineros de la caja menor se hará a través de una cuenta corriente.

Materiales y suministros 3-1-2-01-04 $ 5.000.000 3-1-2-02-03 $ 1.000.000 Gastos de transporte y comunicación Impresos y publicaciones 3-1-2-02-04 $ 5.000.000 Mantenimiento entidad 3-1-2-02-05-01 $ 5.000.000 PARÁGRAFO PRIMERO. El funcionario responsable del manejo de ésta podrá mantener dinero en efectivo hasta una cuantía no superior a cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Seguros Entidad 3-1-2-02-06-01 $ 3.000.000 Teléfono 3-1-2-02-08-04 $ 4.000.000 3-1-2-03-02 $ 1.000.000 Impuestos, tasas, contribuciones, derechos y multas.

TOTALES $ 25.000.000 PARÁGRAFO SEGUNDO. Los gastos que se efectúen por caja menor, considerados individualmente, no podrán superar en cada operación el equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. Los pagos superiores a dos (2) salarios mínimos mensuales vigentes se harán única y exclusivamente por medio de cheque a nombre del proveedor.

Artículo tercero.

Destinación. En atención a lo previsto en el artículo 4º del Decreto n.° 061 del 2007, la caja menor será utilizada para sufragar gastos generales identificados y definidos en los conceptos del Presupuesto de Gastos Generales, que tengan carácter de urgentes, imprescindibles, inaplazables e imprevistos.

Artículo séptimo.

El funcionario responsable de la caja menor procederá a la apertura de libros en donde se registren diariamente las operaciones que afecten la caja menor, indicando fecha, imputación presupuestal del gasto, concepto y valor, de acuerdo con los comprobantes que respalden cada operación.

Artículo cuarto.

Prohibiciones. No se podrá realizar con los fondos de la caja menor las siguientes operaciones:

Artículo octavo.

Requisitos para el reembolso. En la legalización de los gastos, para efectos del reembolso, se tendrá en cuenta el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Adquirir elementos cuya existencia esté compro- bada en almacenes o depósitos de la entidad.

1. Que los gastos se refieran al objeto y funciones de la entidad y se ejecuten estrictamente, conforme

2. Pagos de contratos.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-14 • 2017 • febrero • 6 14 al fin para el cual fueron programadas las apropiaciones de los rubros presupuestales.

CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C. Resolución Reglamentaria Número 005 (Febrero 2 de 2017)

2. Que los gastos estén agrupados por rubros pre- supuestales, bien sea en el comprobante de pago o en la relación anexa, y que correspondan a los autorizados en la resolución de constitución.

“Por la cual se constituyen las CAJAS MENORES de la Contraloría de Bogotá, D.C., para la vigen- cia fiscal 2017 y se dictan otras disposiciones”

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C. En ejercicio de sus atribuciones constituciona-

3. Que los documentos presentados sean los origi- nales, tengan el nombre o razón social, el número de documento de identidad o N.I.T., el objeto, la cuantía y se encuentren firmados por los acree- dores en el caso que lo ameriten.

4. Que la fecha del comprobante del gasto corres- ponda a la vigencia fiscal que se está legalizando.

les y legales, en especial las conferidas por el artículo 21 del Acuerdo 658 de 2016 y el artículo 3 del Decreto 061 del año 2007 expedidos por el Concejo de Bogotá y el Alcalde Mayor de Bogotá respectivamente; y

CONSIDERANDO:

5. Que el gasto se haya efectuado después de ha- berse constituido o reembolsado la caja menor según el caso, excepto los gastos notariales y procesales, gastos de transporte por mensajería y por procesos de fiscalización y cobro.

6. Que se haya expedido la resolución de reconoci- miento del gasto, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 87 del Estatuto Orgánico del Presu- puesto.

Que el artículo 87 del Decreto 714 de 1996, “Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, señala que la facultad para ordenar el gasto estará en cabeza del jefe de cada entidad, quien podrá delegarla en funcionarios del nivel directivo y será ejercida teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones legales vigentes.

Artículo noveno.

De las cuantías y fechas para la legalización y reembolso. Los reembolsos se harán mensualmente en la cuantía de los gastos realizados, sin exceder el monto previsto en el respectivo rubro presupuestal, ni del setenta por ciento (70%) del monto autorizado de algunos o de todos los valores de los rubros presupuestales afectados.

Que mediante Decreto 061 de 2007, se reglamentó el funcionamiento de las cajas menores y los avances en efectivo en el Distrito Capital, y se estableció el monto y número de las mismas, las cuales se constituirán para cada vigencia fiscal, a través de resolución suscrita por el representante legal de cada entidad.

Que la Contraloría de Bogotá D.C., expidió la Resolución Reglamentaria No. 051 del 20 de noviembre de 2013, “Por medio de la cual se adoptan los Procedimientos del Proceso de Gestión Financiera en la Contraloría de Bogotá D.C.” entre ellos el procedimiento para el manejo de cajas menores de la Entidad.

Artículo décimo.

El responsable del manejo de la caja menor de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital será quien desempeñe el cargo de Profesional Universitario 219 Grado 02 de la Subgerencia Administrativa y Financiera cuya función se encuentre en el manual de funciones, y como Ordenador de Gasto de la caja menor a quien se desempeñe como Gerente de Gestión Corporativa de la UAECD.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Los cargos del ordenador del gasto y responsable del manejo de la Caja Menor de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital antes enunciados, deberán estar amparados por la póliza global de manejo.

Que el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, adoptado mediante Resolución No.SDH-000226 del 2014, articuló y unificó los procedimientos, prácticas e instrumentos en materia presupuestal para las entidades distritales, entre los cuales estableció el manejo de las cajas menores.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Expedida en Bogotá D.C., a los veintiséis (26) días del mes de enero de dos mil diecisiete Que de conformidad con el Estatuto Orgánico del Presupuesto del Distrito, la Contraloría de Bogotá D.C. hace parte del presupuesto anual del Distrito, debiendo acatar las normas que sobre esta materia se expidan.

(2017).

CLAUDIA PUENTES RIAÑO Directora Que mediante el Decreto 657 de Diciembre 20 de 2016, la Contraloría de Bogotá D.C., cuenta con un presupuesto Anual para la vigencia de 2017 de CIENTO 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-15 • 2017 • febrero • 6 Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

TREINTA Y CUATRO MIL CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL PESOS ($134.054.647.000) que corresponden a 181.715,55 SMMLV, permitiendo constituir hasta dos cajas menores con una cuantía máxima mensual conjunta de 180 SMMLV de conformidad con el artículo 7 del Decreto 061 de 2007.

Artículo primero.

Constituir las cajas menores en la Contraloría de Bogotá D.C., para la vigencia 2017, en las Dependencias y en la cuantía según el rubro presupuestal que a continuación se detalla:

A. DESPACHO DEL CONTRALOR, constituir la Que el Subdirector Financiero expidió los Certificados de Disponibilidad Presupuestal números 23 y 24 de fecha enero 23 de 2017, para la apertura de las Cajas Menores del Despacho del Contralor y de la Dirección Administrativa y Financiera, respectivamente, de conformidad con el artículo 5 del Decreto 061 de 2007. caja menor, por la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000) M/CTE. mensuales para la atención de los gastos generales con carácter urgente, imprescindible, necesario e inaplazable de la Dependencia y de la Oficina Asesora Jurídica, así:

Que se hace necesaria la creación, reglamentación y determinación de los responsables de las cajas menores de la Contraloría de Bogotá D.C., para la vigencia fiscal 2017.

CÓDIGO RUBRO PRESUPUESTAL Cuantía Autorizada $ 3.1.2.01.02 GASTOS DE COMPUTADOR 1.000.000 3.1.2.01.04 MATERIALES Y SUMINISTROS 4.000.000 3.1.2.02.03 GASTOS DE TRANSPORTE Y COMUNICACIÓN 1.500.000 3.1.2.02.04 IMPRESOS Y PUBLICACIONES 1.500.000 3.1.2.02.05.01 MANTENIMIENTO ENTIDAD 1.500.000 3.1.2.03.02 IMPUESTOS, TASAS, CONTRIBUCIONES, DERECHOS Y MULTAS 500.000 TOTAL 10.000.000 B. DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, El Ordenador del Gasto será el Director de Apoyo al Despacho o quien haga sus veces; así mismo, el manejo de esta Caja Menor estará a cargo de un funcionario Secretario 440-07, Técnico Operativo 34-05, Profesional Universitario 219-03 o Profesional Especializado de la Dirección de Apoyo al Despacho, designado por el Director mediante comunicación escrita. constituir la caja menor, por la suma de VEINTE Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL PESOS ($24.409.000,oo) M/CTE, mensuales para la atención de gastos generales con carácter urgente, imprescindible, necesario e inaplazable de tal Dirección y de las demás dependencias de la Entidad, que no tengan asignada Caja Menor, así:

CÓDIGO RUBRO PRESUPUESTAL Cuantía Autorizada $ 3.1.2.01.02 GASTOS DE COMPUTADOR 1.000.000 3.1.2.01.04 MATERIALES Y SUMINISTROS 5.500.000 3.1.2.02.03 GASTOS DE TRANSPORTE Y COMUNICACIÓN 4.500.000 3.1.2.02.04 IMPRESOS Y PUBLICACIONES 4.000.000 3.1.2.02.05.01 MANTENIMIENTO ENTIDAD 9.000.000 409.000 3.1.2.03.02 IMPUESTOS, TASAS, CONTRIBUCIONES, DERECHOS Y MULTAS TOTAL 24.409.000 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-16 • 2017 • febrero • 6 16 ría de Bogotá D.C., durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de entrega de los dineros o terminación de la comisión cuando se trate de viáticos; los dineros entregados en el mes de diciembre se deberá legalizar el día 15.

Requisitos para la legalización:

El Ordenador del Gasto será el Subdirector de Servicios Generales o quien haga sus veces. El manejo de esta Caja Menor estará a cargo de un funcionario Profesional Universitario 219-03, Técnico Operativo 314-03, Técnico Operativo 314-05 o Auxiliar Administrativo 407-03, designado por el Subdirector mediante comunicación escrita.

1. Factura y/o cuenta de cobro.

2. Certificado de permanencia y/o constancia de cumplimiento de comisión suscrita por el funcio- nario o autoridad competente.

3. Desprendible del pasaje aéreo o certificación de la empresa que lo expidió.

Artículo segundo.

DESTINACIÓN: Los recursos que se entreguen a los responsables del manejo de las cajas menores constituidas mediante esta resolución deberán ejecutarse según los conceptos de gastos generales y únicamente para atender erogaciones de menor cuantía que tengan carácter urgente, imprescindible, inaplazable y necesario para la buena marcha de la administración.

4. Recibo de pago de transporte terrestre si fuere el caso.

Las cajas menores funcionarán contablemente como un fondo fijo.

Artículo tercero.

PRIMER GIRO: Se efectuará con base en los siguientes requisitos:

Parágrafo. No podrá concederse un nuevo avance
a un funcionario que no haya legalizado el anterior, salvo que no hubiere transcurrido el tiempo de legalización de que trata el inciso anterior.

1. Copia de la Resolución Reglamentaria de consti- tución de las Cajas Menores, expedida de con- formidad con las normas presupuestales vigentes.

2. Póliza de manejo por el monto total de la caja menor, debidamente aprobada, que ampare a la Entidad por las defraudaciones que pueda sufrir como consecuencia de las actuaciones del fun- cionario encargado del manejo de la caja menor.

Artículo octavo.

MEDIDAS DE AUTOCON- TROL: Los funcionarios a quienes se les entregue dinero de la Contraloría de Bogotá D.C., para la constitución de cajas menores o se les concedan avances, deberán adoptar las medidas de control necesarias que garanticen la adecuada aplicación de los recursos del debido uso y manejo. Por lo tanto, se harán responsables fiscal y pecuniariamente por el incumplimiento en la legalización oportuna y el manejo de este dinero.

Artículo noveno.

PROHIBICIONES: No se podrán realizar con los fondos de las cajas menores las siguientes operaciones:

Artículo cuarto.

MANEJO DEL DINERO: El manejo del dinero de caja menor se hará a través de una cuenta corriente oficial, debidamente autorizada por el Director Administrativo. No obstante, se podrá manejar efectivo hasta un monto equivalente a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

1. Adquirir elementos cuya existencia esté compro- bada en el almacén de la Contraloría de Bogotá D.C.

2. Fraccionar compras de un mismo elemento y/o servicio.

3. Efectuar compras de la misma naturaleza por diferentes rubros.

Artículo quinto.

APERTURA DE LOS LIBROS: La dependencia de la Contraloría de Bogotá D.C. a la que se asigne el manejo de una caja menor, procederá a la apertura de los libros (caja y bancos), donde se contabilicen diariamente las operaciones que afecten la caja menor, indicando: fecha, imputación presupuestal del gasto, concepto y valor, con los respectivos comprobantes.

4. Realizar desembolsos para sufragar gastos con destino a órganos diferentes de su propia organi- zación.

5. Efectuar pagos de contratos.

Artículo sexto.

AVANCES: Previo a que se giren los valores a los servidores públicos para viáticos y gastos de viaje, se requiere la ordenación mediante acto administrativo y del registro presupuestal correspondiente.

6. Reconocer y pagar gastos por concepto de servi- cios personales y las contribuciones establecidas por la Ley sobre la nómina, cesantías y pensiones.

Artículo séptimo.

LEGALIZACIÓN DE LOS AVANCES: Los avances concedidos, deberán ser legalizados ante la Tesorería General de la Contralo-

7. Cambiar cheques o efectuar préstamos.

17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-17 • 2017 • febrero • 6 PARÁGRAFO. Cuando por cualquier circunstancia una caja menor autorizada quede inoperante, no se podrá constituir otra ni reemplazarla hasta tanto la anterior haya sido legalizada en su totalidad. la correspondiente vigencia fiscal; los responsables de cada caja menor deberán consignar en la tesorería respectiva el dinero disponible en caja y bancos. El incumplimiento de este requisito al cierre de la vigencia fiscal, dará lugar a que el Contador de la Contraloría de Bogotá D.C., registre el valor no legalizado en el rubro de responsabilidades en proceso, dándole el tratamiento de faltantes de fondos e informe para que se continúe con las investigaciones respectivas.

Artículo décimo.

REQUISITOS PARA EL REEMBOLSO DE LAS CAJAS MENORES: En la legalización de los gastos para efectos del reembolso, se exigirá el cumplimiento de los requisitos que a continuación se indican:

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

1. Que los gastos se refieran al objeto y funciones de la Contraloría de Bogotá D.C. y se ejecuten estrictamente, conforme al fin para el cual fue- ron programadas las apropiaciones de los rubros presupuestales.

Dada en Bogotá D.C., a los dos (2) días del mes de febrero de dos mil diecisiete (2017).

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA Contralor de Bogotá D.C.

2. Que los gastos estén agrupados por rubros pre- supuestales, bien sea en el comprobante de pago o en la relación anexa, y que correspondan a los autorizados en la Resolución Reglamentaria de constitución de las Cajas Menores.

Resolución Reglamentaria Número 006 (Febrero 2 de 2017)

3. Que los documentos presentados sean los origina- les, tengan el nombre o razón social, el número de documento de identidad o NIT, el objeto, la cuantía y se encuentren firmados por los acreedores en caso que lo ameriten.

“Por medio de la cual se adopta nueva versión

4. Que la fecha del comprobante del gasto corres- ponda a la vigencia fiscal que se está legalizando.

del Procedimiento para el Retiro del Servicio de los Servidores Públicos de la Contraloría de Bogotá, D.C.”

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D. C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales

5. Que el gasto se haya efectuado después de ha- berse constituido o reembolsado la caja menor según el caso, excepto los gastos notariales y procesales, gastos de transporte por mensajería y por procesos de fiscalización y cobro.

y legales en especial las que le confiere el Acuerdo 658 de 2016 y

CONSIDERANDO:

6. Los responsables de las cajas menores, deben efectuar los descuentos y retenciones de impues- tos a que hubiere lugar, con la relación detallada de las bases de para el cálculo y las tarifas apli- cadas con los datos del RUT de los proveedores que fueron objeto de la retención.

7. Deben consignar los valores sobrantes y retenidos en la cuenta de ahorros de la Contraloría de Bo- gotá D.C., definida para el efecto por el Tesorero General de la Entidad.

Que de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4° de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”, se deben implementar como elementos del Sistema de Control Interno Institucional, procedimientos para la ejecución de procesos, actualización de normas y la simplificación de procedimientos.

Parágrafo. PRIMERO: Los reembolsos se harán en
forma mensual en la cuantía de los gastos realizados, sin exceder el monto previsto en el respectivo rubro presupuestal, ni del setenta por ciento (70%) del monto autorizado de algunos o todos los valores de los rubros presupuestales afectados.

Que la Entidad mediante la Resolución Reglamentaria No. 034 del 5 de noviembre de 2014 actualizó el Modelo Estándar de Control Interno-MECI en la Contraloría de Bogotá D.C., cuyo objetivo general es proporcionar una estructura que especifique los elementos necesarios para construir y fortalecer el Sistema de Control Interno en las organizaciones obligadas por la Ley 87 de 1993, a través de un modelo que determine los PARÁGRAFO SEGUNDO: La legalización definitiva de las cajas menores, se hará el 15 de diciembre de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-18 • 2017 • febrero • 6 18 Que se hace necesario ajustar las actividades y los anexos del Procedimiento para el Retiro del Servicio de los Servidores Públicos de la Contraloría de Bogotá, D. C. parámetros de control necesarios para que al interior de las entidades se establezcan acciones, políticas, métodos, procedimientos, mecanismos de prevención, verificación y evaluación en procura del mejoramiento continuo de la Administración Pública.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 048 del 07 de noviembre de 2013, se adopta la versión 4.0 del Procedimiento para el Retiro del Servicio de los Servidores Públicos de la Contraloría de Bogotá, D. C.

Artículo primero.

Adoptar la nueva versión del siguiente procedimiento del proceso de Gestión del Talento Humano:

No. PROCEDIMIENTO CODIGO VERSIÓN 1 Procedimiento para el Retiro del Servicio de los Servidores Públicos de la Contraloría de Bogotá, D. C. PGTH - 17 5.0 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C. a los dos (2) días del mes de febrero de dos mil diecisiete (2017).

Artículo segundo.

Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes velar por la administración y divulgación del procedimiento para el Retiro del Servicio de los Servidores Públicos de la Contraloría de Bogotá, D. C. reglamentado a través de la presente resolución.

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA Contralor de Bogotá D. C.

Artículo tercero.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el numeral 14 del Artículo Primero de la Resolución Reglamentaria No. 048 del 7 de noviembre de 2013.

PROCEDIMIENTO PARA EL RETIRO DEL SERVICIO DE LOS Código formato: PGD-01-002 SERVIDORES PUBLICOS DE LA CONTRALORIA DE BOGO- Código documento: PGTH-17 TA, D.C.

Versión 5.0 Página 1 de 20 FECHA: 30 DE DICIEMBRE DE 2016 Aprobó elaboración o modificación Revisión técnica Firma: Firma:

Nombre: Claudia Patricia Martínez Jaramillo Nombre: Biviana Duque Toro Cargo: Directora Técnica de Talento Humano (E)

Cargo: Directora Técnica de Planeación

1. OBJETIVO:

2. ALCANCE:

Estandarizar las actividades requeridas en la formalización del retiro de los servidores públicos de la Contraloría de Bogotá, D.C., para evitar que se afecte la ejecución de los procesos y la prestación del servicio a nivel Institucional, garantizando la transmisión oportuna y clara de los aspectos relacionados con la gestión del área donde desempeñan las funciones encomendadas; con la plena observancia de las normas y condiciones legales para ello establecidas.

Este procedimiento inicia cuando se termina el vínculo laboral de un servidor público de la Contraloría de Bogotá, D.C. o, cuando internamente se presentan reubicaciones o traslados donde los funcionarios pasan a realizar otras actividades en otras áreas de la Entidad o bien cuando el servidor público se separa temporalmente del cargo por un término superior a quince (15) días calendario, con ocasión de alguna situación administrativa, y termina con el archivo en la Historia Laboral del formato diligenciado del Anexo 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-19 • 2017 • febrero • 6 1 - Formato para el Retiro del Servicio de los Servidores Públicos, con sus correspondientes soportes y las copias de los actos administrativos debidamente notificados y ejecutoriados.

3. BASE LEGAL:

TIPO DE NORMA FECHA DESCRIPCIÓN Constitución 07/07/1991 "Constitución Política de Colombia"

Decreto Ley 2400 19/09/1968 “Por el cual se modifican las normas que regulan la administración del personal civil y se dictan otras disposiciones.”

Decreto 3074 17/12/1968 “Por la cual se modifica y adiciona el Decreto número 2400 de 1968.”

24/09/1973 “Por el cual se reglamentan los Decretos - Leyes 2400 y 3074 de 1968 y otras normas sobre administración del personal civil.”

Decreto Reglamentario 1950 Ley 734 5/02/2002 “Por el cual se expide el Código Disciplinario Único.” Ley 909 23/09/2004 “Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones.”

Ley 951 31/03/2005 “Por la cual se crea el acta de informe de gestión.” Directiva 007 13/09/2006 Alcances del informe del Acta de Gestión. Decreto 654 28/12/2011 "Por el cual se adopta el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital."

16/11/2016 “Por la cual se reglamenta la entrega del puesto de trabajo en la Contraloría de Bogotá, D.C.”

Acuerdo 658 21/12/2016 “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D. C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones”. Decreto 1083 26/05/2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.” Resolución Reglamentaria Nº 042

4. DEFINICIONES:

estén desempeñando empleos de libre nombramiento y remoción y de carrera administrativa; Entre ellas se puede mencionar:

ACTO ADMINISTRATIVO: Toda declaración unilateral de voluntad realizada en el ejercicio de la función administrativa, que produce efectos jurídicos individuales de forma inmediata. a) Por declaratoria de insubsistencia del nombramiento en los empleos de libre nombramiento y remoción; b) Por declaratoria de insubsistencia del nombramiento, como consecuencia del resultado no satisfactorio en la evaluación del desempeño laboral de un empleado de carrera administrativa; c) Por renuncia regularmente aceptada; d) Retiro por haber obtenido la pensión de jubilación o vejez;

ACTA DE ENTREGA PUESTO DE TRABAJO: Documento con el cual un funcionario deja constancia de la entrega formal del puesto de trabajo, al superior inmediato o a quien éste designe, en caso de retiro definitivo o temporal del servicio por las causales de retiro o situaciones administrativas en las que se pueda encontrar un servidor público de acuerdo con la normatividad vigente. Esta actividad se debe realizar en la dependencia en donde se encontraba laborando el funcionario, de conformidad con la Resolución expedida para el efecto. e) Por invalidez absoluta; f) Por edad de retiro forzoso; g) Por destitución, como consecuencia de proceso disciplinario;

CARRERA ADMINISTRATIVA: Es un sistema técnico de administración de personal que tiene por objeto garantizar la eficiencia de la administración pública y ofrecer igualdad de oportunidades para el acceso al servicio público, la capacitación, la estabilidad en los empleos y la posibilidad de ascenso. h) Por declaratoria de vacancia del empleo en el caso de abandono del mismo;

CAUSALES DE RETIRO: Son las condiciones establecidas por la Ley para el retiro del servicio de quienes i) Por revocatoria del nombramiento por no acreditar los requisitos para el desempeño del empleo;

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-20 • 2017 • febrero • 6 20 j) Por orden o decisión judicial; partir de la cual se hace efectiva la renuncia irrevocable del funcionario, al cargo que actualmente desempeña. k) Por supresión del empleo; l) Por muerte;

RETIRO: Cesación en el ejercicio de las funciones públicas y es el resultado de las situaciones establecidas en el Artículo 41 de la Ley 909 de 2004. m) Por las demás que determinen la Constitución Política y las leyes.

DECLARATORIA DE INSUBSISTENCIA: Acto administrativo a través del cual es cesado del servicio público un funcionario por la administración.

REVOCATORIA DEL NOMBRAMIENTO POR NO ACREDITAR LOS REQUISITOS PARA EL DESEM- PEÑO DEL EMPLEO: Acto que se produce inmediatamente se advierta la infracción, en el caso de haberse efectuado un nombramiento o posesión de un empleo público sin el cumplimiento de los requisitos para el ejercicio del cargo.

DECLARATORIA DE VACANCIA POR MUERTE DEL FUNCIONARIO: Acto administrativo a través del cual se declara el retiro del servicio a un funcionario por su fallecimiento y se declara vacante el cargo que ocupaba al momento de su muerte.

RETIRO CON DERECHO A PENSIÓN DE VEJEZ: Se produce cuando el funcionario renuncia una vez se le haya ordenado el reconocimiento y pago de la pensión mediante resolución en firme.

DESTITUCIÓN: Es la separación unilateral del funcionario por parte de la Administración, como consecuencia de una sanción disciplinaria.

EDAD DE RETIRO FORZOSO: Edad del servidor público establecida por la Ley como tiempo máximo para desempeñar cargos públicos.

INVALIDEZ ABSOLUTA: Condición que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.

SUPRESIÓN DEL EMPLEO: Es un instrumento de administración de personal, mediante el cual la autoridad competente, ante la necesidad de reestructurar la entidad, o trasladar las funciones a otros organismos, o modificar la planta de personal, procede a eliminar de la misma uno o varios cargos, lo que conlleva la separación de la persona que lo estuviere desempeñando y consecuentemente la desvinculación laboral con la entidad.

INVENTARIO DE ELEMENTOS DEVOLUTIVOS: Descripción de los elementos que tiene el servidor público bajo su directa responsabilidad que una vez comunicado su retiro de la Entidad, debe entregar.

TERMINACIÓN DE NOMBRAMIENTO PROVISIO- NAL EN VACANCIA TEMPORAL DEL EMPLEO: Acto administrativo mediante el cual se produce el retiro del funcionario nombrado provisionalmente, cuando el titular del empleo que se encontraba en vacancia temporal se reintegra al mismo, por término del encargo, la comisión, la licencia no remunerada, entre otros.

INVENTARIO DOCUMENTAL: Descripción de los documentos en medio impreso o magnético que el funcionario posee para el desarrollo de sus labores, los cuales pueden estar en proceso de análisis, pendiente de revisión o con actuaciones ya finalizadas y aún reposan en su poder.

LISTA DE ELEGIBLES: Es la conformada con base en los resultados del concurso de méritos, la cual contiene los aspirantes que según los criterios establecidos, hayan aprobado el mismo, en estricto orden de mérito.

DECLARATORIA DE VACANCIA DEL CARGO POR ABANDONO DEL MISMO: Acto administrativo mediante el cual se declara la vacancia del cargo cuando un empleado no reasume sus funciones al vencimiento de una licencia, de sus vacaciones, o deja de concurrir al trabajo por tres (3) días consecutivos sin justa causa, caso en el cual, la administración previa comprobación de la circunstancia, procede a declararla.

5. ANEXOS:

POR ORDEN O DECISIÓN JUDICIAL: Evento en el cual se ordena el retiro del servicio público de un funcionario por la autoridad judicial competente como consecuencia de un proceso.

* Anexo No. 1 – Formato para el Retiro del Servicio de los Servidores Públicos. Código PGTH-17-01.

* Anexo No. 2 – Ficha de Revisión Circunstancias Laborales para Retiro de Funcionarios del Servicio. Código PGTH-17-02.

RENUNCIA: Es un acto unilateral, libre y espontáneo, mediante el cual el empleado manifiesta en forma inequívoca y por escrito, su voluntad de separarse definitivamente del servicio, para que la Administración aceptando esa solicitud lo desvincule del servicio.

* Anexo No. 3 – Lista de Actividades para el Retiro de la Entidad. Código PGTH-17-03.

RESOLUCIÓN DE ACEPTACIÓN DE RENUNCIA: Es el Acto Administrativo en el que se consigna la fecha a 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-21 • 2017 • febrero • 6

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 1 Contralor de Bogotá, D.C.

Conoce de la situación administrativa que puede generar el retiro del servicio de un servidor público de la Entidad e imparte directrices al Director de Talento Humano para elaborar el correspondiente acto administrativo.
- Renuncia
- Resolución de Pensión por Invalidez
- Decisión Judicial
- Sanción Disciplinaria
- Defunción
- Abandono del cargo
- Lista de Elegibles
- Insubsistencia Registra en el aplicativo de correspondencia, el recibido de los documentos de acuerdo con las causales de retiro y los pasa al Director de Talento Humano.

Observación: Si la Renuncia es por Reconocimiento de Pensión de Vejez, debe venir adjunto copia de la resolución de reconocimiento.

2 Técnico, Secretario y/o Auxiliar Administrativo de Dirección de Talento Humano 3 Director Técnico de Talento Humano Comunicación Oficial Externa Solicita al profesional de la Dirección elaborar el acto administrativo correspondiente dando aplicación a la normatividad vigente.

Si la renuncia no es aceptada se le comunica con oficio al funcionario.

4 Profesional de Dirección de Talento Humano Entrega para su diligenciamiento, la Ficha de Revisión Circunstancias Laborales para Retiro de Funcionarios del Servicio, al Subdirector de Gestión de Talento Humano.

5 Subdirector Técnico de Gestión de Talento Humano Revisa historia laboral del funcionario a retirar, diligencia el Anexo No. 2, Ficha de Revisión Circunstancias Laborales para Retiro de Funcionarios del Servicio y devuelve para continuar el trámite.

Ficha de Revisión C i r c u n s t a n c i a s Laborales para Retiro de Funcionarios del Servicio Punto de control: Revisar el resultado del Anexo 2, Ficha de Revisión Circunstancias Laborales para Retiro de Funcionarios del Servicio Si existe alguna situación que impida la desvinculación, comunica al Señor Contralor, quien tomará la decisión final.

6 Profesional de Dirección de Talento Humano Elabora el proyecto de Acto Administrativo de conformidad con la normatividad aplicable para cada causal y entrega al Director.

Si la causa del retiro es por muerte del funcionario se procede a elaborar y enviar memorando a la Dirección Administrativa y Financiera para que se tramite publicación de aviso en diario de amplia circulación, por dos (2) veces en treinta (30) días.

En caso de supresión del empleo por ser una situación producida por un Acuerdo del Concejo de Bogotá, el Director de Talento Humano comunica al funcionario mediante memorando.

7 Director Técnico de Talento Humano Recibe, revisa y coloca pie de firma en original del acto administrativo y envía al Despacho del Contralor para firma.

Punto de control: Verifica que la resolución corresponda a la causal de retiro invocada y se ajuste a la normatividad vigente.

8 Contralor de Bogotá, D.C.

Valida con su firma la Resolución de Retiro y devuelve para continuar el trámite.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-22 • 2017 • febrero • 6 22 No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 9 Técnico, Secretaria y/o Auxiliar Administrativo Libro Radicador de Resoluciones Ordinarias.

- Numera la Resolución
- Registra la Resolución en el libro de Resoluciones Ordinarias.
- Saca fotocopias de la Resolución.

de Dirección de Talento Humano 10 Profesional, Técnico, Secretaria y/o Auxiliar Administrativo Elabora oficio para firma del Director, con el cual se comunica o se cita al funcionario para notificación, en el que además se le informa que debe realizar la entrega del puesto de trabajo de conformidad con el procedimiento establecido para ello. de Dirección de Talento Humano 11 Director Técnico de Comunicación Oficial Externa Talento Humano Firma oficio de comunicación o de citación a notificación de la Resolución de Retiro del Servicio, y devuelve para continuar trámite.

12 Técnico, Secretaria y/o Auxiliar Administrativo Recibe oficio de comunicación o notificación firmado por el Director, y lo envía por correo certificado o lo entrega personalmente si el servidor público, se encuentra en la Entidad.

Punto de control: Verifica que el funcionario que se retira se haya notificado en debida forma. de Dirección de Talento Humano Entrega al servidor copia de los Anexos No. 1 Formato para el Retiro del Servicio de los Servidores Públicos y No.3 Lista de Actividades para el Retiro de la Entidad, para su diligenciamiento.

Archiva original en la carpeta de resoluciones en orden cronológico numérico ascendente para su custodia.

Entrega al profesional asignado de la Dirección, copia del oficio de citación debidamente firmado y copia de la Resolución notificada.

Hoja de Ruta.

13 Profesional, Técnico y/o Auxiliar Elabora la hoja de ruta, anexando las copias de la Resolución de Retiro con los soportes y la pasa a la Subdirección de Gestión del Talento Humano y a la Subdirección de Carrera Administrativa.

Correo electrónico Administrativo de Dirección de Talento Observaciones: Ver formato en el procedimiento de vinculación de funcionarios a la Contraloría de Bogotá, D.C.

Humano Envía correo electrónico al Director de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones reportando el retiro del funcionario, para que se actualice la base de datos en los aplicativos SIGESPRO, Intranet y Correo Electrónico de la Entidad.

Reporta vía correo electrónico la novedad, dentro de los 15 días posteriores al retiro del funcionario.

14 Subdirector Técnico de Carrera Administrativa Comunicación Oficial Externa Revisa tipo de vinculación y en caso de que el servidor público sea de carrera administrativa, solicita la elaboración de oficio a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, comunicando retiro de servidor para la correspondiente anotación en el Registro Público de Carrera.

15 Subdirector Técnico de Gestión de Talento Humano Revisa los documentos y pasa al servidor público encargado de las hojas de ruta para que dé a conocer la novedad a todos los equipos de trabajo de la Subdirección.

16 Profesional y/o Técnico de Subdirección de Gestión de Talento Humano Recibe y asigna en la hoja de ruta un número consecutivo en constancia de recibido y pasa los documentos a los Equipos de Nómina, Seguridad Social, Cesantías, Control Horario, Vacaciones, Bases de Datos, Prima Técnica, Certificaciones.

Observación: Cada equipo de trabajo registra en la hoja de ruta fecha de recibo y entrega de los documentos generadores de la novedad y firma de quien recibe.

Elabora proyectos de Resolución para pago de prestaciones sociales y cesantías y la pasa al Subdirector de Gestión de Talento Humano.

23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-23 • 2017 • febrero • 6 No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 17 Subdirector Técnico de Gestión de Talento Punto de control: Verifica que las resoluciones se ajusten a la normatividad vigente.

Recibe, revisa y coloca pie de firma en original del acto administrativo y envía al Director Técnico de Talento Humano para firma.

Humano 18 Director Técnico de Talento Humano Recibe, firma el original del acto administrativo y devuelve para continuar el trámite.

19 Técnico, Secretaria y/o Auxiliar Administrativo de Dirección de Talento

- Numera la Resolución
- Registra la Resolución en el libro de Resoluciones Ordinarias.
- Saca fotocopias de las Resoluciones.

Humano Resolución de Prestaciones Sociales Resolución de Cesantías Libro Radicador de Resoluciones Ordinarias.

20 Contralor Auxiliar, Director Administrativo, Acta de Entrega del Puesto de Trabajo Suscribe Acta de Entrega del Puesto de Trabajo con el superior inmediato o con quien este designe, en la dependencia donde se encontraba ubicado.

Director Técnico, Jefe de Oficina, Subdirector, Gerente, Jefe Oficina En ella debe incluir:

Observaciones: El Acta de Entrega del Puesto de Trabajo, también se debe suscribir, si el servidor se separa temporalmente del servicio por un tiempo superior a quince (15) días calendario.

Asesora, Asesor, Profesional, Técnico, Secretario, Conductor Auxiliar Copia del Acta de Entrega del Puesto de Trabajo, se entrega en la Subdirección de Gestión del Talento Humano, dentro de los plazos establecidos en la Resolución Reglamentaria para Entrega del Puesto.

- Listado de actividades pendientes por desarrollar.
Informe de las pautas, recomendaciones y criterios sobre aspectos procedimentales y administrativos que están asociados a la ejecución de las actividades.
- Relación de las bases de datos y herramientas electrónicas que utiliza en el desarrollo de las funciones que tenía encomendadas.
- Relación y entrega del inventario de documentos que incluya los soportes, papeles de trabajo, formatos, libros, material de consulta, archivos y copias de seguridad requeridos para el adecuado desarrollo de las funciones.

21 Contralor Auxiliar, Director Administrativo, Director Técnico, Jefe de Oficina, Subdirector, Gerente, Jefe Oficina Asesora, Asesor, Profesional, Técnico, Secretario, Conductor Auxiliar Observaciones: Si es por retiro definitivo, se utiliza el formato diseñado para para la Evaluación del Desempeño. Para los casos de traslados, encargos y comisiones tenga en cuenta que se debe diligenciar la Evaluación del Desempeño por cambio del evaluador hasta el período que efectivamente se encuentra en el área o dependencia actual.

Certificado Examen Médico de Egreso D e c l a r a c i ó n Juramentada de Bienes y Rentas Formatos de Evaluación del Desempeño Impresión Pantalla SIGESPRO Carné Institucional Formato Inventario Físico Individual Programa y se realiza el Examen Médico de Egreso. Diligencia la Declaración Juramentada de Bienes y Rentas Diligencia formatos de Evaluación del Desempeño. Descarga el SIGESPRO e imprime la evidencia que no queda ningún proceso pendiente. Realiza las legalizaciones y los reintegros de las comisiones de servicios o gastos de viaje pendientes. Actualiza el inventario de bienes devolutivos, de conformidad con el formato y procedimiento de Recursos Físicos y Financieros. Los servidores del nivel directivo y Asesor deben elaborar Informe de Gestión.

Copia del Acta de Entrega del Puesto de Trabajo con sus respectivos soportes debe ser entregada a la Subdirección de Gestión de Talento Humano.

22 Profesional, Técnico y/o Auxiliar Recibe del funcionario retirado, el acta y los documentos que debe entregar.

Administrativo de Subdirección de Gestión de Talento Punto de control: Verifica que el funcionario que se retira entregue debidamente diligenciado el formato de Entrega de Documentos.

Humano Revisa que el formato Anexo No.1, Formato para el Retiro del Servicio de los Servidores Públicos, esté totalmente diligenciado y lo pasa al Subdirector de Gestión del Talento Humano para su firma.

Anexo No.1 Formato para el Retiro del Servicio de los Servidores Públicos.

Anexo No.3 Lista de Actividades para el Retiro de la Entidad REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-24 • 2017 • febrero • 6 24 No RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTROS PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 23 Secretaria y/o Auxiliar Notifica Resoluciones de prestaciones sociales y de cesantías.

Administrativo de Punto de control: Verifica que el funcionario que se retira se haya notificado en debida forma.

Subdirección de Gestión de Talento Humano 24 Subdirector Técnico de Gestión de Talento Punto de control: Verifica que cada equipo haya firmado la hoja de Ruta.

Humano Recibe y revisa que la hoja de ruta haya cumplido con su recorrido y la devuelve al servidor público encargado para que haga parte de la historia laboral.

25 Profesional, Técnico, Secretaria y/o Auxiliar Administrativo Pasa los documentos soportes del retiro al funcionario encargado del Archivo Hojas de Vida, quien firma la Hoja de Ruta en constancia de recibido. de Subdirección de Gestión de Talento Archiva la Hoja de Ruta en la carpeta identificada, según tabla de retención documental.

Humano 26 Técnico y/o Auxiliar Archiva en Hoja de Vida:

Administrativo de Subdirección de Gestión de Talento Humano

- El formato diligenciado del Anexo 1. Formato para el Retiro del Servicio de los Servidores Públicos
- Copia de la Resolución de Retiro.
- Copia de la Resolución de Cesantías.
- Copia de la Resolución Prestaciones Sociales.

ANEXO No. 1 FORMATO PARA EL RETIRO DEL SERVICIO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Código formato: PGTH-17-01 FORMATO PARA EL RETIRO DEL SERVICIO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Código documento: PGTH-17 Versión 5.0 Página 1 de 1 NOMBRE CEDULA DIRECCION TELEFONO DEPENDENCIA DONDE LABORO CARGO ACTO ADMINISTRATIVO DE RETIRO No. Fecha Jefatura Inmediata Certifico que el servidor público referido en esta certificación se encuentra a paz y salvo con la Entidad, en lo relacionado con esta dependencia Nombre Firma y cédula Fecha:

Encargado Inventario Documental Certifico que el servidor público referido en esta certificación se encuentra a paz y salvo con la Entidad, en lo relacionado con esta dependencia Nombre Firma y cédula Fecha:

Encargado Inventario de Elementos Devolutivos Certifico que el servidor público referido en esta certificación se encuentra a paz y salvo con la Entidad, en lo relacionado con esta dependencia Nombre Firma y cédula Fecha:

Tesorería 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-25 • 2017 • febrero • 6 Certifico que el servidor público referido en esta certificación se encuentra a paz y salvo con la Entidad, en lo relacionado con esta dependencia Nombre Firma y cédula Fecha: Talento Humano Devolvió Carné SI NO Presentó Certificado Médico de Retiro SI NO Presentó Declaración de Bienes y Rentas SI NO Presentó Acta Entrega del Puesto SI NO Presentó Inventario Documental SI NO Presentó Inventario de Elementos Devolutivos SI NO Presentó Informe Ejecutivo de la Gestión SI NO NO APLICA Realizó Evaluaciones del Desempeño SI NO NO APLICA Certifico que el servidor público referido en esta certificación se encuentra a paz y salvo con la Entidad, en lo relacionado con esta dependencia ______________________________________________________________ Nombre y Firma de Subdirector(a) Técnico de Gestión de Talento Humano. NOTA: El funcionario es el responsable de la entrega formal del puesto de trabajo y de allegar a la Subdirección de Talento Humano la copia del Acta y demás documentos aquí solicitados, a fin de que ellos reposen en su hoja de vida.

ANEXO No. 2 FICHA DE REVISIÓN CIRCUNSTANCIAS LABORALES PARA RETIRO DE FUNCIONA- RIOS DEL SERVICIO FICHA DE REVISIÓN CIRCUNSTANCIAS LABORALES PARA RETIRO DE FUNCIONARIOS DEL SERVICIO Código formato: PGTH-17-02 Código documento: PGTH-17 Versión 5.0 Página 1 de 1 NOMBRE DEL FUNCIONARIO C.C. No. CARGO: FECHA Revisión Hoja de Vida:

No. DESCRIPCIÓN Si No Folio N/A Observaciones 1 Comunicación de estado de embarazo en los últimos 9 meses 2 Está haciendo uso de Licencia de Maternidad? 3 Acto administrativo de reconocimiento de fuero sindical 4 Inscrito en carrera administrativa. Escriba el No. Resolución 5 El proyecto de acto administrativo de retiro, está motivado (provisionales) 6 Está en uso de incapacidad médica, expedida por la EPS? 7 Figura incluido en el listado del programa de Pre-pensionado? 8 Existe Declaración Extrajuicio manifestado ser cabeza de familia?

9 Otra Revisión Historia Clínica Laboral:

10 Certificado médico de enfermedad catastrófica o de alto costo, expedido por medicina laboral de la EPS respectiva. 11 Certificado médico de condición de discapacidad, expedido por medicina laboral de la EPS respectiva 12 Otra Revisó: __________________________________ Aprobó: ________________________________

Nombre, Cargo y Firma Nombre, Cargo y Firma REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-26 • 2017 • febrero • 6 26 ANEXO No. 3 LISTA DE ACTIVIDADES PARA EL RETIRO DE LA ENTIDAD.

Código formato: PGTH-17-03 LISTA DE ACTIVIDADES PARA EL RETIRO DE LA ENTIDAD Código documento: PGTH-17 Versión 5.0 Página 1 de 1 Una vez se realice la notificación de retiro usted debe:

No. DESCRIPCIÓN APLICA NO APLICA 1 Solicitar la evaluación de desempeño respectiva al Jefe Inmediato, si es un cargo de Carrera Administrativa.

2 Programar el examen médico de egreso en la Subdirección de Bienestar Social. 3 Elaborar el Informe de Gestión si el cargo que ejercía pertenece al nivel Asesor o Directivo. 4 Elaborar el Acta de Entrega del Puesto de Trabajo de conformidad con la normatividad vigente. (Procesos/13.Gestión Documental/2. FORMATOS/PGD-01 PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL DE DOCUMENTOS DEL SIG/PGD/01/007/Formato para Elaborar Actas). 5 Realizar la entrega del acta de entrega del puesto de trabajo, junto con los anexos al funcionario correspondiente en la Subdirección Gestión Talento humano. 6 Verificar los saldos relacionados con los descuentos existentes, en caso de operar, ante los funcionarios del área de nómina. 7 Notificarse de sus Prestaciones Sociales y Cesantías pendientes, ante la secretaría de la Subdirección de Gestión Talento Humano. 8 Solicitar una certificación de tiempo de servicio, de considerarlo necesario.

CONTROL DE CAMBIOS DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN VERSIÓN NÚMERO DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA Se requiere efectuar ajustes al Procedimiento de retiro en lo relacionado con la entrega de puesto de trabajo y la entrega de la información a la Subdirección de Talento Humano, a fin de evitar la interpretación de retener la liquidación y pago de prestaciones sociales, toda vez que lo que se persigue es el cumplimiento de las obligaciones del funcionario retirado.

1.0 Resolución Reglamentaria 022 de septiembre 23 de 2009 En consecuencia, se debe modificar todas las actividades que tratan este tema y el texto indicado el formato del Anexo No. 1, del procedimiento.

De otra parte, por la decisión de eliminar el Kárdex de hojas de vida, se requiere modificar las actividades relacionadas con ello. Igualmente, ajustar algunos vocablos o términos en otras actividades para un mejor entendimiento y adicionar a la base legal la Resolución Reglamentaria Nº 027 de diciembre 26 de 2006 y el registro de Memorando de notificación.

2.0 Resolución Reglamentaria 004 de enero 29 de 2010 Con base en la normatividad expedida y que aplica a los funcionarios provisionales, se requiere adicionar en el Alcance, primera parte, la causal de retiro, “terminación de nombramiento provisional cuando medie concurso de méritos”; en la base legal adicionar el “Articulo 29 de la Constitución Política de Colombia”, en la parte de definiciones, se adicionan los términos: “Terminación de Nombramiento Provisional en Cargos de Carrera Administrativa”, “concurso de méritos” y “lista de elegibles” y en los Registros se incluye: “comunicación que ordena la provisión del cargo de carrera administrativa-Lista de elegibles” y “Correo electrónico.”

Así mismo, modifican los numerales 7.1, adicionando la causal de retiro propuesta y modifican las actividades: 1, 7 y 22. Este último incluye puntos de control, para garantizar el reporte de la novedad del retiro a Informática a fin de actualizar la base de datos. Igualmente, En el numeral 7.2, se adicionan y modifican las actividades: 4 y 9. En el numeral 7.3, se adiciona y modifica la actividades: 5 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-27 • 2017 • febrero • 6 DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN VERSIÓN NÚMERO DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA 3.0 Resolución Reglamentaria 036 de diciembre 22 de 2011 El procedimiento se adecuó conforme a lo establecido en el procedimiento para el control de documentos internos - Resolución Reglamentaria No. 17 de abril 24 de 2013, por consiguiente cambia la carátula, el título del numeral 5 cambia por Anexos, el numeral 6 cambia a Descripción del procedimiento, el numeral 7 corresponde a los Anexos que contemple el procedimiento y el numeral 8 corresponde a Control de Cambios.

En la definición “Acta de entrega puesto de trabajo”, se cambió el término de “Orientación Institucional por Direccionamiento Estratégico” y en la frase: recursos físicos… se elimina financieros y se adiciona “…y de gestión Documental”.

Así mismo, en la actividad 1, del numeral 6.1, en “responsables” se cambió el término administrativos por generales y en el numeral 5 - Anexos, se adicionó el anexo No. 2 – Ficha de revisión circunstancias laborales para retiro de funcionarios del servicio.

En la actividad 2 del numeral 6.2, la primera parte queda “Solicita al Subdirector de Gestión de Talento Humano diligenciar el anexo No. 2” y en la columna de puntos de control/observaciones se incluyó anexo No. 2 y el punto de control: Revisar el resultado del anexo No. 2, y si existe alguna situación que impida la desvinculación, comunicar al Contralor, quien tomará la decisión final.

4.0 Resolución Reglamentaria 048 de noviembre 7 de 2013 El procedimiento se adecuó, en todo su contenido conforme a lo establecido en la normatividad vigente, tanto en lo relativo a la base legal, como en la definición de vocablos o términos que permitan un mejor entendimiento de la importancia de entregar en forma oportuna el puesto de trabajo para garantizar la prestación del servicio institucional.

Por ello se establece la entrega del puesto de trabajo no solo para las vacancias definitivas sino también para las situaciones administrativas que impliquen el retiro por más de quince (15) días del puesto de trabajo.

La actualización contempla únicamente las actividades que se están realizado y se incluyeron las actividades que las normas vigentes establecen.

De otra parte, se tomó la decisión de modificar el Anexo 1, incluyendo el Vo. Bo. de las dependencias que se involucran al momento del retiro de un servidor público y se adicionó el Anexo 3, con el cual se pretende indicar al servidor que se retira los pasos que debe seguir para realizar la entrega del puesto de trabajo.

Así mismo, se adicionó a la base legal la Resolución Reglamentaria Nº 042 del 18 de noviembre de 2016. ajustar algunos vocablos o términos en otras actividades para un mejor entendimiento y adicionar a la base legal la Resolución Reglamentaria Nº 027 de diciembre 26 de 2006 Así mismo, en la actividad 1, del numeral 6.1, en “responsables” se cambió el término administrativos por generales y en el numeral 5- Anexos, se adicionó el anexo No. 2 – Ficha de revisión circunstancias laborales para retiro de funcionarios del servicio.

En la actividad 2 del numeral 6.2, la primera parte queda “Solicita al Subdirector de Gestión de Talento Humano diligenciar el anexo No. 2” y en la columna de puntos de control/observaciones se incluyó anexo No. 2 y el punto de control: Revisar el resultado del anexo No. 2, y si existe alguna situación que impida la desvinculación, comunicar al Contralor, quien tomará la decisión final.

5.0 Resolución reglamentaria 006 de febrero 2 de 2017 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6011 • pP. 1-28 • 2017 • febrero • 6 28

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