Registro Distrital 6128 de 2017
Registro Distrital 6128 de 2017 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 6128
- Año
- 2017
- Fecha
- 2 de agosto de 2017
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 51 Número 6128 2017 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL DECRETO DE 2017 ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA D.C. impartir las órdenes, adoptar las medidas y utilizar los medios de policía necesarios para garantizar la seguridad ciudadana y la protección de los derechos y libertades públicas.
Decreto Número 372 (Julio 17 de 2017)
“Por medio del cual se efectúa una delegación y se adoptan otras disposiciones”
Que el artículo 38 ibídem señala como atribuciones del Alcalde Mayor, entre otras, las de “1. Hacer cumplir la Constitución, la ley, los Decretos del Gobierno Nacional y los acuerdos del Concejo.” y “6. Distribuir los negocios según su naturaleza entre las secretarías, los departamentos administrativos y las entidades descentralizadas”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D. C.
En uso de sus facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 209 y 315, numerales 1 y 3, de la Constitución Política; los artículos 35, 38, numerales 1 y 6, 39 y 40 del Decreto Ley 1421 Que el artículo 39 ejusdem faculta al Alcalde Mayor para dictar las normas reglamentarias que garan ticen la vigencia de los principios de moralidad, eficacia, economía, celeridad y delegación, en el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a cargo del Distrito Capital. de 1993; y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 53 ídem determina que, como jefe de la administración distrital, el Alcalde Mayor ejerce sus atribuciones por medio de los organismos o entidades que sean creados por el Concejo Distrital.
Que el artículo 209 de la Constitución Política con sagra que la función administrativa se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de eficacia, economía y celeridad, mediante la dele gación de funciones, disponiendo el artículo 211 ídem, que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades.
Que el artículo 54 ibíd, establece que la estructura administrativa del Distrito Capital comprende el sector central, el sector descentralizado y el de las localidades, mientras que el descentralizado está compuesto por los establecimientos públicos, las empresas industriales o comerciales, las socieda des de economía mixta y los entes universitarios autónomos.
Que el artículo315de Superior, radicó en cabeza de los Alcaldes las atribuciones de cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Concejo; dirigir la acción administrativa del municipio; y asegurar el cum plimiento de las funciones y la prestación de los servicios a cargo del ente territorial respectivo.
Que con motivo de la visita del Soberano del Es tado de la Ciudad del Vaticano, el Sumo Pontífice Francisco a las ciudades de Bogotá, Villavicencio, Medellín y Cartagena, el Presidente de la República expidió el Decreto 1124 del 30 de junio de 2017, por el cual se le confió al Vicepresidente de la Repú blica, la misión de coordinar todas las actividades que resulten pertinentes y necesarias con motivo de la referida visita.
Que el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993, dispone que corresponde al Alcalde Mayor de Bo gotá, D.C., dictar, de conformidad con la ley y el Código de Policía de la ciudad, los reglamentos, 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-1 • 2017 • AGOSTO • 2 administrativos que el Alcalde Mayor requiera para el ejercicio de sus atribuciones”.
Que, por lo anterior, corresponde al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., designar las responsabilidades al interior del Distrito, para efectos de atender la visita del Sumo Pontífice.
En mérito de lo expuesto, Que, adicionalmente, el Presidente de la República expidió la Directiva Presidencial No. 01 del 30 de ju nio de 2017, en la que solicitó el concurso de varias autoridades, entre ellas, al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., para que en el marco de sus competencias brinden al señor Vicepresidente de la República, toda la colaboración para la realización de las dife rentes actividades y acciones que se requieran para la llegada y estadía del Sumo Pontífice en Colombia.
DECRETA:
Artículo 1º.
- Delegar en el Gerente General de Canal Capital, la ejecución de los recursos que asig nen el Distrito Capital y el Gobierno Nacional, para llevar a cabo las actividades asociadas a la visita del Soberano del Estado de la Ciudad del Vaticano, el Sumo Pontífice Francisco a la ciudad de Bogotá, D.C., en el marco de las actividades asociadas a su objeto social.
Que el Vicepresidente de la República emitió la Circular No. 01 del 5 de julio de 2017, en la que se señala que los Alcaldes de Bogotá, D.C., Villa vicencio, Medellín y Cartagena, en coordinación con los gobernadores de su jurisdicción, deberán, “2.1. Designar delegados corresponsables para la coordinación y actuación homogénea con los dife rentes Grupos Gubernamentales de Trabajo, que garanticen el despliegue de las responsabilidades que a cada administración local le compete frente al desarrollo de las actividades y eventos previstos. 2.2. Asegurar la disponibilidad de los recursos eco nómicos que se requieran para atender y/o apoyar las diferentes actividades previstas en su jurisdic ción frente a la visita del Sumo Pontífice”.
Artículo 2º.
- Canal Capital llevará a cabo todas las gestiones administrativas, financieras y jurídicas necesarias para garantizar la realización de los eventos asociados con la visita del Sumo Pontífice Francisco a la ciudad de Bogotá D.C., de acuerdo con su objeto social y la normatividad vigente, lo que incluye la celebración de convenios y/o contratos.
Artículo 3º.
- El presente Decreto rige a partir del día de su publicación.
Que el Gobierno Nacional, a través del Departamen to Administrativo de la Presidencia de la República, ha manifestado su interés de aportar recursos para atender las actividades programadas en la ciudad de Bogotá, D.C., con motivo de la visita del Sumo Pontífice Francisco.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de julio de dos mil diecisiete (2017)
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor RAÚL BUITRAGO ARIAS Secretario General MARÍA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Que la Secretaría Distrital de Hacienda expidió la Resolución SDH-112 de 2017, por medio de la cual efectuó una modificación en el presupuesto de gastos e inversiones de la entidad para la vigencia 2017, asignándole recursos por valor de Quince Mil Millones de Pesos M/cte ($15.000.000.000) a Canal Capital, para desarrollar actividades de producción de contenidos audiovisuales, servicios BTL y ATL, apoyo logístico, comunicaciones, servicios de di vulgación del proyecto “Visita del Sumo Pontífice”, entre otras actividades requeridas para el adecuado desarrollo de la visita del Papa Francisco.
Que el Acuerdo No. 04 de 2016 de la Junta Admi nistradora Regional de la Sociedad Canal Capital, refiere el objeto y las actividades que, en desarrollo del mismo, Canal Capital puede realizar, las cuales se relacionan con aquellas que deberá ejecutar en el marco del proyecto “Visita del Sumo Pontífice”.
Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 2 del Decreto Distrital 425 de 2016, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D. C., tiene, entre otras funciones, la de “(…) prestar los servicios REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-2 • 2017 • AGOSTO • 2 2 RESOLUCIONES DE 2017 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-3 • 2017 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-4 • 2017 • AGOSTO • 2 4 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-5 • 2017 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-6 • 2017 • AGOSTO • 2 6 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-7 • 2017 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-8 • 2017 • AGOSTO • 2 8 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-9 • 2017 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-10 • 2017 • AGOSTO • 2 10 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-11 • 2017 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-12 • 2017 • AGOSTO • 2 12 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-13 • 2017 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-14 • 2017 • AGOSTO • 2 14 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-15 • 2017 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-16 • 2017 • AGOSTO • 2 16 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-17 • 2017 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-18 • 2017 • AGOSTO • 2 18 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-19 • 2017 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-20 • 2017 • AGOSTO • 2 20 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-21 • 2017 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-22 • 2017 • AGOSTO • 2 22 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-23 • 2017 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-24 • 2017 • AGOSTO • 2 24 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-25 • 2017 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-26 • 2017 • AGOSTO • 2 26 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-27 • 2017 • AGOSTO • 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-28 • 2017 • AGOSTO • 2 28 29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-29 • 2017 • AGOSTO • 2 CAJA DE VIVIENDA POPULAR Resolución Número 3321 (Julio 27 de 2017)
“Por medio de la cual se reorganiza el Comité de Gobierno en Línea, se designa al Líder de Gobierno en Línea -GEL- y se dictan otras disposiciones"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE Que el mencionado Decreto 2573 de 2014 estableció en el artículo 7° que: “ El representante legal de cada sujeto obligado, será el responsable de coordinar, ha cer seguimiento y verificación de la implementación y desarrollo de la Estrategia de Gobierno en Línea”, así mismo en el artículo 8° señaló que en las entidades del orden territorial y demás sujetos obligados, la instancia orientadora de la implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea será el Consejo de Gobierno o en su defecto el Comité Directivo o la instancia que haga sus veces. En caso que no existan estas instancias en el sujeto obligado, será la instancia o dependencia de mayor nivel jerárquico de la entidad.
VIVIENDA POPULAR En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren los artículos 17 del Acuerdo 003 de 2008 y 2º del Acuerdo 004 de 2008 del Consejo Directivo, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 2623 de 2009 creó el Sistema Nacional de Servicio al Ciudadano, estableciendo entre otras la siguiente función: “Coordinar con el Ministerio de Co municaciones la implementación en las entidades pú blicas de mecanismos que conduzcan al mejoramiento de canales de atención no presencial al ciudadano, de acuerdo con lo señalado en la estrategia Gobierno en Línea sobre el particular”.
Que mediante la Circular No. 035 de 2016, la Ofici na Alta Consejería Distrital TIC, profirió directrices expresas para la designación del Líder Gel, en las entidades Distritales.
Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, econo mía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”. Igualmente, señala: “Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración publica, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.”
Que la Caja de la Vivienda Popular, mediante la Re solución No. 6915 de 2016, conformó el Comité del Sistema Integrado de Gestión, creando Subcomités Técnicos para la puesta en marcha de los Subsis temas de Gestión, dando cumplimiento al Decreto Distrital 176 de 2010.
Que el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia establece que las entidades públicas están obligadas a diseñar y aplicar según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno de conformidad con lo que disponga la Ley.
Que la Caja de la Vivienda Popular, cuenta con el Comité de Gobierno en Línea desde 2010, de conformidad con la Resolución 1468 de 2010, acto administrativo que fue expedido de conformidad con la normativa que en su momento regia el tema de Gobierno en Línea.
Que la Ley 872 de 2003, creó el Sistema de Gestión de la Calidad como una herramienta de gestión siste mática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño Institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios.
Que de acuerdo con las modificaciones normativas realizadas sobre el tema de Gobierno en Línea y vigentes, como se señaló anteriormente, se hace necesario actualizar las funciones del Comité de Go bierno en Línea de la Caja de la Vivienda Popular, y a su vez armonizarlas con las que se asignaran al líder GEL, teniendo en cuentas las directrices proferidas por la Oficina Alta Consejería Distrital TIC.
Que a través de la Ley 1341 de 2009, se definieron los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC– y se creó la Agencia Nacional de Espectro.
Que por medio del Decreto 2573 de 2014, el Gobierno Nacional, estableció los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno en línea y reglamento parcialmente la Ley 1341 de 2009.
Que mediante el Acuerdo No. 013 de 2016, expedido por el Consejo Directivo de la Caja de la Vivienda Po pular, se crearon uno cargos en la Planta de Personal, entre los cuales se incluyó el cargo “Jefe de Oficina de las Tecnologías de la Información y las Comunicacio nes (TIC)”, con el fin de dar cumplimiento a lo ordenado en el Decreto 415 de 2016.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-30 • 2017 • AGOSTO • 2 30 Liderar, bajo los lineamientos de la Estrategia de Go bierno en Línea Distrital, la elaboración del diagnóstico y la formulación y seguimiento al plan de acción que se elabore para el cumplimiento de dichos lineamientos.
Que, de acuerdo con la anterior información, debe ser designado un funcionario que apoye la Alta Dirección en los procesos de planeación, implementación y se guimiento de las estrategias para la seguridad de la información y de Gobierno en Línea (GEL).
Que, en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Definir los lineamientos para la implementación efecti va de políticas y estándares asociados, como la política de actualización del sitio Web (donde deberán estar involucrados los diversos procesos, áreas, programas y/o proyectos de la entidad), política de uso aceptable de los servicios de Red, de Internet e Intranet, política de servicio por medios electrónicos, política de priva cidad y condiciones de uso y política de seguridad del sitio Web, entre otros.
Artículo 1º.
Objeto. Reorganizar el Comité de Gobier no en Línea, el cual se constituye como la instancia encargada de definir los lineamientos, instrumentos y plazos de la estrategia de Gobierno en Línea para garantizar el máximo aprovechamiento de las Tecno logías de la Información y las Comunicaciones, con el fin de contribuir con la construcción de una Entidad abierta, más eficiente, más transparente y más parti cipativa y que preste mejores servicios.
Garantizar la participación de funcionarios de la Entidad en procesos de generación de capacidades (sensibilización, capacitación y formación) que se desarrollen bajo el liderazgo de la Oficina de la Alta Consejería Distrital TIC, en el marco de la Estrategia de Gobierno en Línea del Distrito.
Artículo 2º.
Conformación. El Comité de Gobierno en Línea estará conformado por los siguientes fun cionarios:
Incorporar el aprovechamiento de las TIC en las ac ciones de racionalización de trámites y en la atención efectiva al ciudadano.
Jefe Oficina de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), quien lo presidirá.
Jefe Oficina Asesora de Planeación Identificar las barreras para la provisión de trámites y servicios en línea, estableciendo alertas tempranas y formulando acciones de mejora continua, que permitan superar dichos obstáculos.
Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones Director (a) de Gestión Corporativa y CID, a través de un delegado del proceso de Servicio al Ciudadano Subdirector (a) Administrativo Definir y generar incentivos y/o estímulos para el uso de los beneficios establecidos por la estrategia, por parte de los ciudadanos, las empresas y la entidad misma.
Las demás que le sean asignadas por el Comité Di rectivo de la entidad.
Parágrafo 1. Cuando se requiera el comité,
podrá invitar a los demás funcionarios y/o con tratistas cuya asistencia considere pertinente para fortalecer los temas a tratar, quienes con currirán con voz y sin voto.
Artículo 4º.
Sesiones del Comité. El Comité sesiona rá ordinariamente dos (2) veces al año, previa citación de sus miembros por parte del secretario técnico, con una antelación no inferior a tres (3) días.
Parágrafo 2. La asistencia al Comité de Go
bierno en Línea será indelegable, salvo la participación del (la) Director (a) de Gestión Corporativa y CID.
Artículo 3º.
Funciones del Comité. El Comité de Gobierno en Línea, tendrá las siguientes funciones:
El comité sesionará de manera extraordinaria por motivos de necesidad de la entidad, o por decisión del presidente del mismo, caso en el cual, se prescindirá del término de citación y del envío del orden del día previamente.
Ser la instancia responsable del liderazgo, planeación e impulso de la estrategia de Gobierno en Línea en la entidad.
Artículo 5º.
Quórum. El Comité deliberará con la mayoría de sus integrantes y las proposiciones serán aprobadas por la mayoría simple de los miembros asistentes a la sesión.
Definir los mecanismos para dar cumplimiento a la normatividad y a los lineamientos proferidos para la implementación de la estrategia de Gobierno en Línea en la entidad.
Parágrafo. En caso de empate, se someterá
el asunto a una nueva votación; en caso de persistir la igualdad de votos, quien preside el Comité será el encargado de dirimir el empate.
31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-31 • 2017 • AGOSTO • 2 Las decisiones así adoptadas deberán constar en acta, las cuales serán elaboradas y archiva das por el Secretario Técnico del Comité.
Articular con todos los procesos, la implementación de la estrategia de Gobierno en línea, identificando los responsables de coadyuvar en su desarrollo, en cada uno de los Subsistemas de Gestión implementados por la entidad.
Artículo 6º Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica del Comité será ejercida por el (la) Jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones, quien tendrá las siguien tes funciones:
Realizar el monitoreo y evaluación de la implemen tación de la estrategia, presentando los resultados al Comité de Gobierno en Línea, y recomendando las acciones que se requieran para continuar con su desarrollo.
Realizar la citación a los miembros del Comité con la debida antelación, remitiéndoles en archivo adjunto el orden del día y los documentos relevantes sobre los temas a tratar en la respectiva sesión.
Alinear los parámetros de la estrategia, con la planea ción estratégica de la Entidad.
Citar a los servidores públicos y/o contratistas de los diferentes procesos, cuando a juicio del Comité se requiera su participación en la sesión.
Coordinar la elaboración de los reglamentos y/o ma nuales del Comité GEL Garantizar el alineamiento de las arquitecturas de Información de cada área alineadas con el Plan Es tratégico de la Entidad.
Elaborar los documentos que se requieran para el cumplimiento de las funciones del Comité, proyectar y suscribir las actas o constancias sobre los asuntos sometidos a su consideración.
Las demás que le asigne el Comité.
Suscribir las actas de las sesiones, incluyendo en las mismas el seguimiento a los compromisos estableci dos en las sesiones anteriores y administrar su debida custodia.
Las demás que le asigne el Comité.
Parágrafo. Por orden jerárquico de funciones
de la Estrategia de Gobierno en línea, el Líder GEL podrá solicitar el acompañamiento y apoyo en el cumplimiento de las mismas, del Jefe de la Oficina Asesora de Planeación.
Artículo 7º.
Designación del Líder GEL. El Líder de Gobierno en Línea (Líder – GEL), de la entidad será el Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).
Artículo 8º.
Funciones: El Líder de Gobierno en Línea (Líder – GEL), tendrá las siguientes funciones:
Actuar como delegado de la entidad, ante las demás entidades y/o proyectos relacionados con la estrategia Distrital de Gobierno en Línea.
Artículo 9º.
Alineación de sistemas de gestión. Las directrices y lineamientos definidos para la im plementación de la estrategia, deben ser difundidos, incorporados y acogidos al interior de cada uno de los procesos de la Entidad, que junto con las normas internacionales generalmente aceptadas, son la base para que se implemente el Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SCSI), el cual debe estar alineado con el Sistema Integrado de Gestión, en cada uno de sus componentes, esto es, los Sis temas de Gestión de Calidad, Salud Ocupacional, Control Interno, Desarrollo Administrativo, Gestión Documental y Gestión Ambiental.
Elaborar y ejecutar los Planes de Acción que se re quieran para la implernentación de las disposiciones legales proferidas, para la implementación de la estra tegia al interior de la Entidad, estableciendo acciones de corto, mediano y largo plazo, conforme a los tiempos estipulados en las mismas.
Realizar el seguimiento, para verificar el cumplimien to de las disposiciones (Leyes, Decretos, Acuerdos, Decretos Distritales, Resoluciones, Circulares, Direc tivas, etc.), relacionados con la estrategia Distrital de Gobierno en Línea a fin de garantizar su cumplimiento.
Artículo 10º.
Implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea. La Entidad deberá incluir la Es trategia de Gobierno en Línea de forma transversal dentro de sus planes estratégicos y dentro de los pla nes de acción de acuerdo con el Modelo integrado de Planeación y Gestión de qué trata el Decreto número 2482 de 2012 o las normas que lo modifiquen, adi cionen o sustituyan. En estos documentos se deben definir las metas y recursos presupuestales que les permitan dar cumplimiento a los lineamientos que se establecen.
Elaborar el diagnóstico con la línea base, a través del formato incluido en la Circular No.009 de 2016, profe rida por la Alta Consejería Distrital de TIC.
Artículo 11º.
Vigencia y Derogatorias. La presente resolución rige a partir del día siguiente de su Publica
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-32 • 2017 • AGOSTO • 2 32 ción, deroga la Resolución No. 1466 de 2010, y todas las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Que el artículo 4 ibídem, al señalar las finalidades de la función administrativa, consagra: “Los organis mos, entidades y personas encargadas, de manera permanente o transitoria, del ejercicio de funciones administrativas deben ejercerlas consultando el in terés general”.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días del mes de julio de dos mil diecisiete (2017)
GERMÁN ALBERTO BAHAMÓN JARAMILLO Director General CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C.
Resolución Número 022 (Julio 31 de 2017)
“Por medio de la cual se adopta el Sistema de Que el numeral 3 del artículo 2 de la Ley 909 de 2004 “Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones” señala, dentro del marco de los principios de la función pública, que uno de los criterios que contribuyen al logro de la satisfacción de los intereses generales y a la efectiva prestación del servicio, es el de la responsabilidad de los servidores públicos por los resultados del trabajo desarrollado, sin hacer distingo alguno por su clase de vinculación, responsabilidad que se concreta con la evaluación de dichos resultados a través de los ins trumentos dirigidos a tal fin, a saber, la evaluación del desempeño laboral y la evaluación del cumplimiento de los acuerdos de gestión.
Evaluación de la Gestión de los empleados provisionales de la Contraloría de Bogotá D.C.”
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D. C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Acuerdo del Concejo de Bogotá No. 658 de 2016, modificado por el Acuerdo 664 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante criterio unificado del 5 de julio de 2016, denominado “EVALUACION FUNCIONARIOS VIN CULADOS EN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL”, la Comisión Nacional del Servicio Civil señaló: “En cuanto a la evaluación de servidores públicos que ocupan empleos cuya naturaleza es de carrera admi nistrativa y que se encuentran vinculados mediante un nombramiento provisional, es necesario destacar que no existe norma expresa que lo prohíba, por tanto la evaluación resulta procedente como política institu cional, dentro de un marco de apoyo y seguimiento a la gestión de la entidad.”
Que la Constitución Política establece en el Capítulo 2 del Título V, entre otros aspectos relacionados con el ejercicio de la Función Pública, el deber de todo servidor público de ejercer sus funciones “… en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento”, para lo cual “…Ningún servidor público entrará a ejercer su cargo sin prestar juramento de cumplir y defender la Constitución y desempeñar los deberes que le incumben”.
Que en el mismo documento y como complemento de lo anterior, la Comisión Nacional del Servicio Civil puntualizó que la Corte Constitucional “…ha conferido a los empleados públicos nombrados en provisionalidad en empleos de carrera, una protección intermedia que consiste en que su retiro sólo puede darse por circunstancias objetivas…”, dentro de las que se contempla “…la calificación insatisfactoria”, según lo manifestado por la misma Alta Corporación en sentencia de unificación SU-917 del 16 de no viembre de 2010.
Que en ese sentido, en el artículo 125 del mismo Capítulo se señala como una de las causales del retiro del servicio, la “…calificación no satisfactoria en el desempeño del empleo”.
Que la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública - NTCGP 1000:2009 adoptada mediante el Decreto 4485 del 18 de noviembre de 2009, estable ce en su numeral 6.2 que los servidores públicos y particulares que ejercen funciones públicas “…deben ser competentes con base en la educación, forma ción, habilidades y experiencia apropiadas” y que la Que la Ley 489 de 1998 “Por la cual se dictan nor mas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional…”, determina que todos los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del poder público y de la administración pública, así como los servidores públicos y los particulares que cumplan funciones administrativas, deben orientar su actuación de acuerdo con los principios de la función administrativa.
33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-33 • 2017 • AGOSTO • 2 con base en la calificación de la evaluación a la que son sometidos.
Entidad a la que se encuentren vinculados será la que determine las competencias con las que deben contar, contribuirá a su adquisición y hará el respec tivo seguimiento, para lo cual tendrá que contar con mecanismos que le permitan “…evaluar las acciones tomadas, en términos de su efecto sobre la eficacia, eficiencia o efectividad del Sistema de Gestión de la Calidad de la entidad”.
Que toda vez que la Contraloría de Bogotá D.C. no cuenta actualmente con un sistema propio para la evaluación de los empleados provisionales que hacen parte de la misma, se procederá a la adopción del Sistema de Evaluación de la Gestión de Empleados Provisionales desarrollado por el Departamento Ad ministrativo del Servicio Civil Distrital.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública puso de manifiesto, en el concepto No. 20166000016871 de 2016, que “…la evaluación de la gestión institucional o del desempeño laboral debe hacerse independientemente del tipo de vinculación que tenga el personal en su organización”, de lo cual se infiere la procedencia de hacer seguimiento a las funciones que realizan los empleados provisionales, a través de la evaluación de los resultados de su gestión con los instrumentos específicos que sean diseñados para tal fin, en todo caso diferentes de los que se utilizan para la evaluación del desempeño de los servidores públicos de carrera administrativa y en período de prueba.
Artículo 1º.
Adoptar el Sistema de Evaluación de la Gestión de Empleados Provisionales desarrollado por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, contenido en el Protocolo e instrumentos definidos, anexos a la Circular Externa No. 005 del 6 de febrero de 2017, los cuales se aplicarán en su totalidad para realizar la evaluación de la gestión de los servidores que desempeñen empleos de carrera administrativa mediante nombramiento provisional en la Contraloría de Bogotá D.C.
Parágrafo. La adopción y aplicación de este
sistema de evaluación no conlleva el otorga miento de derechos de carrera o de perma nencia en el servicio para sus destinatarios, como tampoco habilita el acceso a encargos o a incentivos por los resultados que estos obtengan.
Que en consonancia con lo anteriormente señalado y en uso de sus atribuciones legales, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital elaboró un Protocolo y los Instrumentos respectivos para evaluar la gestión de los empleados provisionales, a fin de promover, orientar y coordinar de manera unificada, la implementación y aplicación de un sistema de evaluación para los servidores públicos del Distrito vinculados transitoriamente a través de nombra miento en provisionalidad, los cuales se encuentran disponibles como anexos de la Circular Externa No. 005 del 6 de febrero de 2017, expedida por el mismo Departamento Administrativo.
Artículo 2º.
La aplicación de esta herramienta de gestión se efectuará dentro de los plazos estable cidos en el Protocolo de Evaluación de la Gestión para Empleados Provisionales que hace parte de la presente resolución y se realizará de acuerdo con las condiciones allí definidas.
Artículo 3º.
Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los treinta y un (31) días Que todo servidor público de la Contraloría de Bogotá D.C., independientemente de su clase de vinculación, debe estar en capacidad de responder por sus propios actos y de rendir cuenta sobre los mismos, para lo cual es necesario establecer mecanismos internos que permitan ejercer un control formal y unánime sobre el desarrollo de las funciones que realizan los empleados provisionales, a través de la definición de parámetros claros que permitan ejercer una medición objetiva frente a los resultados de su gestión. del mes de julio de dos mil diecisiete (2017)
JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA Contralor de Bogotá D. C.
Que en ese sentido la evaluación de la gestión de los empleados provisionales no otorga, en manera alguna, derechos de carrera para los mismos y sus resultados no pueden ser tenidos en cuenta para el acceso a los privilegios que la Ley otorga a los servi dores públicos que ingresaron por mérito a la función pública en carrera administrativa, como tampoco a los incentivos institucionales previstos para estos REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-34 • 2017 • AGOSTO • 2 34 PROTOCOLO SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN DE EMPLEADOS PROVISIONALES 1 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-35 • 2017 • AGOSTO • 2 PROTOCOLO SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN DE EMPLEADOS PROVISIONALES A continuación se presentan las indicaciones de diligenciamiento del Protocolo de Evaluación de la Gestión de Empleados Provisionales.
I. INFORMACIÓN GENERAL, DATOS DE LOS RESPONSABLES DEL PROCESO Y
TÉRMINOS DE LA VINCULACIÓN.
La Entidad deberá seleccionar los datos del listado desplegable para registrar sus datos de identificación y los del empleo que desempeña.
RESPONSABLES DEL PROCESO ROL SUPERIOR INMEDIATO EMPLEADO PROVISIONAL NOMBRE EMPLEO DENOMINACIÓN CÓDIGO / GRADO DEPENDENCIA En el área denominada “Responsables del Proceso”, deberán consignarse los datos de identificación de los intervinientes.
Superior Inmediato: Para efectos de la Evaluación de la Gestión de los Empleados Provisionales, se identificará como Superior Inmediato, al servidor que tenga a su cargo la dependencia, el área o el grupo de servidores a quienes les resulte aplicable esta evaluación, tal responsabilidad puede derivarse de la conformación estructural o funcional del equipo de trabajo que le ha sido asignado. En todo caso, éste servidor deberá ejercer un empleo igual o superior al de los servidores a evaluar, dentro de la planta permanente de la entidad.
Empleado Provisional: Es el servidor que desempeña un empleo de carrera mediante nombramiento provisional.
Así mismo, deberán registrarse los datos del empleo tanto del superior inmediato, como del empleado provisional 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-36 • 2017 • AGOSTO • 2 36 Período de Evaluación: La evaluación tendrá un carácter anual, compatible con los períodos definidos para la evaluación de los empleados de carrera, esto es, del 1º de febrero y hasta el 31 de enero del año siguiente, incluyendo una valoración semestral de la gestión.
Esto implica que:
- Una vez adoptado y socializado el sistema, se dará inicio a la implementación del mismo. Las fechas del primer ciclo de evaluación, cobijarán desde el período comprendido entre su adopción y el 31 de enero del año siguiente.
TÉRMINOS DE LA EVALUACIÓN PERÍODO DE EVALUACIÓN FORMULACIÓN FECHAS FECHA al En cuanto a los plazos y términos de la evaluación, estos deberán ser registrados indicando tanto el período a evaluar como la fecha de formulación del Plan de Trabajo Plazo de Diligenciamiento: La formulación y formalización del Plan Anual en sus componentes laboral y comportamental, tendrá un plazo máximo de treinta (30) días calendario para su realización, contados a partir de la adopción del sistema. Una vez concluido el primer ciclo de evaluación, la definición del nuevo Plan Anual deberá efectuarse entre el 1º y el 28 de febrero de cada año.
Cuando se registren nuevas vinculaciones de servidores provisionales, el plazo para la formulación del Plan será de treinta (30) días contados a partir de la toma de posesión en el empleo.
Plazo de Calificación: La valoración de la gestión incluirá dos períodos semestrales, así:
- 1º de febrero a 31 de julio, cuya evaluación deberá producirse dentro de los quince (15) días hábiles posteriores al vencimiento del período semestral.
- 1º de agosto al 31 de enero, cuya calificación semestral y consolidación definitiva de la gestión, deberá producirse dentro de los quince (15) días hábiles posteriores al vencimiento del período.
3 37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-37 • 2017 • AGOSTO • 2
II.
CONTEXTO DEL EMPLEO.
Con el propósito de identificar el alcance de la gestión del empleado provisional, se deberá trascribir del Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad, el propósito principal del empleo que desempeña y a partir de éste, se identificarán los Entregables que harán parte del Plan de Trabajo para el período respectivo.
PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO
III.
PLAN DE TRABAJO. COMPONENTE LABORAL – FORMULACIÓN
La Evaluación de la Gestión para Empleados Provisionales, se desarrollará a partir de la formulación del Plan de Trabajo, el cual está integrado por dos componentes, uno laboral y otro comportamental.
Este se definirá a partir del Propósito Principal del Empleo y en el marco de las metas del área o la dependencia en la que se encuentra ubicado el servidor provisional, a fin de contribuir desde su gestión, al cumplimiento de los planes y proyectos de la Entidad.
PLAN DE TRABAJO - COMPONENTE LABORAL VALORACIÓN VALORACIÓN ACTIVIDADES A CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL ENTREGABLE 1.
(PRODUCTO O RESULTADO ESPERADO)
DESARROLLAR ENTREGABLE PRIMER SEMESTRE SEGUNDO SEMESTRE Cumple con las características definidas en la formulación Cumple con los tiempos de entrega previstos Cumple con las condiciones de calidad requeridas (normas, procedimientos,protocolos…)
Plan de Trabajo: Se proyectará para el período anual, desde su adopción, o desde la vinculación del servidor y hasta el 31 de enero del año siguiente.
Los entregables proyectados deberán permitir el seguimiento al desempeño laboral del servidor durante la totalidad período de evaluación.
4 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-38 • 2017 • AGOSTO • 2 38 En caso de traslado de dependencia o cambio en los referentes que dieron origen a la formulación de los entregables, estos podrán ser ajustados o modificados y su valoración, se hará a partir de los criterios establecidos en el sistema.
En todo caso, la refrendación de los ajustes, será necesaria para la formalización de los nuevos entregables.
Entregable: Es el producto, servicio o resultado esperado de la gestión del empleado provisional y que debe contribuir al cumplimiento de las metas, planes o proyectos del área o la dependencia. Se deberán definir un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5) entregables por período de evaluación.
La formulación de los Entregables deberá incluir:
- Unas características bien definidas, que permitan identificar el producto, servicio o resultado esperado, a fin de que tanto el empleado provisional como su superior inmediato, tengan claridad en las expectativas del desempeño.
- La identificación de los plazos, tiempos de entrega o avances esperados, que contribuyan a la consecución de los resultados esperados.
- Los referentes normativos, técnicos, procedimentales y de calidad que deberán caracterizar cada entregable.
Adicionalmente, cada entregable deberá ser:
- Concreto: Se tendrá plena claridad del producto, servicio o resultado esperado que debe entregar el empleado provisional
- Realizable: Su ejecución estará acorde con los recursos que sean asignados, el conocimiento, habilidades y destrezas inherentes al empleo que se desempeña
- Cuantificable: En términos de la cantidad, proporción o avance esperado en el tiempo establecido
- Razonable: Acorde con el plazo de ejecución que se establezca, complejidad y condiciones existentes para su consecución y entrega
- Consistente: Con los criterios de calidad definidos en las normas vigentes, los procedimientos, lineamientos, protocolos y/o demás referentes que resulten aplicables.
5 39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-39 • 2017 • AGOSTO • 2 El Entregable se deberá definir a partir de un verbo que demuestre acciones concretas y vinculantes que puedan ser claramente evidenciables. Por tanto NO se emplearán verbos como apoyar, asistir, velar, propender, coadyuvar, participar u otros similares que impliquen inferencias en el desempeño.
Con el propósito de facilitar la formulación del entregable, en los anexos del presente Protocolo, se ha incluido un listado de verbos guía que puede ser consultado para su uso.
VERBO ENTREGABLE FINALIDAD REFERENTE DE CALIDAD Según…de acuerdo con:
Hacer para… o Efectuar…
- el protocolo…
- el procedimiento establecido
- las normas vigentes
- los lineamientos del área…
- el cronograma adjunto…
- una investigación de…
- el inventario de…
- la actualización de…
- la socialización de…
- el censo de…
- los registros de…
- los análisis de…
- los estudios de…
- la depuración de…
Actividades a Desarrollar: Son los descriptores de las acciones necesarias para cumplir con el entregable esperado a lo largo del período. Incluyen las fases, etapas o actividades netas, que sumadas entre sí contribuirán con la consecución del Entregable.
Podrán señalarse el número de actividades que se consideren necesarias, se deberá consignar mínimo una actividad por cada Entregable.
Para respaldar este componente, se podrá acudir a la formulación de cronogramas que a manera de anexo, complementen la formulación y sean útiles como parte del Portafolio de Evidencias.
6 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-40 • 2017 • AGOSTO • 2 40 PLAN DE TRABAJO COMPONENTE COMPORTAMENTAL – FORMULACIÓN Este componente ha sido desollado con el propósito de valorar cuatro (4) Competencias Comportamentales que se consideran predictoras y descriptoras de un desempeño deseable en el empleo público.
Las Competencias seleccionadas se han estructurado en torno a un eje central, el usuario (interno y externo) como núcleo del servicio, y cuatro necesidades institucionales: adaptabilidad del personal, la generación del trabajo en equipo, la valoración de lo público y la complementariedad.
- Disposición de aprendizaje
- Integración a la cultura organizacional
ADAPTABILIDAD COMPLEMENTA -RIEDAD USUARIO VALORACIÓN TRABAJO EN EQUIPO DE LO PÚBLICO
- Disposición de Servicio
- Capacidad de aporte a
la gestión Imagen creación propia Las Conductas Descriptivas que se han seleccionado, son claramente evidenciables en el desempeño del empleado, en la cotidianidad de su gestión e impactan la calidad de la vida laboral tanto en lo funcional individual como en el equipo de trabajo al cual el empleado ha sido integrado.
7 41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-41 • 2017 • AGOSTO • 2 PLAN DE TRABAJO - COMPONENTE COMPORTAMENTAL VALORACIÓN VALORACIÓN COMPETENCIA CONDUCTA DESCRIPTIVA PRIMER SEMESTRE SEGUNDO SEMESTRE Su actitud le permite integrarse y aportar al equipo de trabajo al reconocer los avances, logros y desarrollos alcanzados por la Integración a la cultura entidad organizacional: Disposición para aceptar y Cumple con la reglamentación de horario establecida y rreconoce acatar las normas, las implicaciones del mismo en la prestación del servicio reglamentos y caracterísitcas de la entidad Cuando la necesidad del servicio lo amerita, se muestra dispuesto a participar de las actividades extensivas requeridas por la entidad Muestra interes por conocer y aplicar los procesos y procedimientos establecidos en la entidad Disposición de aprendizaje: Disposición Se muestra dispuesto a aprender sobre el manejo de los aplicativos, herramientas ofimáticas o de otro tipo con que cuenta la entidad y dar el uso adecuado a las mismas para acatar los lineamientos, aplicar los procesos y procedimientos definidos en la entidad Se mantiene actualizado en las normas, decretos, protocolos y demás lineamientos o instrucciones necesarias para su adecuado desempeño laboral Participa activamente en el equipo de trabajo aportando sus conocimientos en los temas de competencia del equipo o área de Capacidad de aporte a la gestión: Disposición para trabajo entregar a la entidad y al Se muestra dispuesto a enseñar las técnicas y estrategias que equipo de trabajo sus conocimientos, habilidades conoce y que podrían contribuir a la gestión institucional y destrezas para la realización de las funciones Es propositivo ante las oportunidades de mejora de la gestión y los asignadas retos institucionales Su actitud es receptiva respecto de los lineamientos e instrucciones impartidas por el superior inmediato Disposición de servicio: Demuestra interés por la Se muestra dispuesto a atender y dar respuesta a las necesidades, requerimientos, solicitudes e inquietudes de los usuarios internos y atención a los usuarios internos y externos de la externos de la entidad entidad Es respetuoso en el lenguaje y trato al usuario, porque comprende que de su propio comportamiento depende el trato y el comportamiento de los demás Cada una de las Competencias Comportamentales, incluye su definición y tres (3) conductas descriptivas a través de las cuales, es posible evidenciar si el servidor acredita o no la competencia.
8 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-42 • 2017 • AGOSTO • 2 42 IV. REFRENDACIÓN DEL PROCESO Se produce en las etapas de formulación, en caso de ajuste a los Entregables, en el seguimiento y al finalizar el proceso. La refrendación tiene como propósito, documentar el desarrollo del proceso y el cumplimiento de las obligaciones del Superior Inmediato y del Empleado Provisional, respecto del Sistema.
Las omisiones relacionadas con la formulación, seguimiento, verificación y refrendación de la evaluación, deberán ser puestas en conocimiento del área de talento humano para que por su conducto, se informe a la instancia disciplinaria para lo de su competencia.
ETAPAS DE FORMULACIÓN Y COMUNICACIÓN DE RESULTADOS Se llevarán a cabo de acuerdo con las condiciones señaladas en el Numeral I., de este Protocolo, participarán tanto el Superior Inmediato como el Empleado Provisional, quienes de manera conjuntan asumirán la responsabilidad integral de este proceso. El sistema registrará en número de Entregables definidos para el período.
TOTAL DE ENTREGABLES PACTADOS O AJUSTADOS EN EL PERÍODO (MÍNIMO 3 MÁXIMO 5) 3 REFRENDACIÓN DE LA FORMULACIÓN INICIAL DEL PLAN DE TRABAJO (FIRMAS OBLIGATORIAS)
FIRMA DE SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL FECHA DE FORMULACIÓN DIA MES AÑO Esta refrendación aplicará tanto en el primero como en el segundo semestre, ante la consolidación de los resultados.
- OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES DEL EVALUADOR -
NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL DIA MES AÑO 9 43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-43 • 2017 • AGOSTO • 2 REFRENDACIÓN POR AJUSTES DILIGENCIAR SÓLO EN CASO DE AJUSTE O CAMBIO EN EL ENTREGABLE INICIALMENTE DEFINIDO ENTREGABLE 1. - PRODUCTO O RESULTADO AJUSTADO ACTIVIDADES A DESARROLLAR REFRENDACIÓN Y FECHA DEL AJUSTE DIA MES AÑO NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL Se debe diligenciar SÓLO ante el ajuste o la modificación a los compromisos inicialmente formulados, registrando la fecha en la cual se efectúa el ajuste.
10 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-44 • 2017 • AGOSTO • 2 44
V. PORTAFOLIO DE EVIDENCIAS
Para documentar la gestión del desempeño se deberá hacer uso del Portafolio de Evidencias, su diligenciamiento deberá realizarse a lo largo de todo el período de evaluación y será responsabilidad tanto del Superior Inmediato como del Empleado Provisional.
EVALUACION DE LA GESTION - PROVISIONALES PORTAFOLIO DE EVIDENCIAS Código: M-ODT-FM-028 Versión: 1 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. GESTIÓN PÚBLICA Vigencia: Diciembre de 2016 Departamento Administrativo del Servicio Civil RESPONSABLES DEL PROCESO ROL SUPERIOR INMEDIATO EMPLEADO PROVISIONAL NOMBRE PLAN DE TRABAJO - COMPONENTE LABORAL ENTREGABLE ( 1 )
PLAN DE TRABAJO - COMPONENTE LABORAL ENTREGABLE ( 1 ) AJUSTADO ACTIVIDADES DESARROLLADAS EVIDENCIAS DE DESEMPEÑO OBSERVACIONES Y FECHA DE REGISTRO O DE ENTREGA DE LA EVIDENCIA EVIDENCIAS DEL ENTREGABLE FINAL PRODUCTO, SERVICIO O RESULTADO OBSERVACIONES GENERALES NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL VALIDACIÓN SEMESTRAL O POR CAMBIO DE SUPERIOR INMEDIATO DIA MES AÑO NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL VALIDACIÓN POR FINALIZACIÓN DEL PERÍODO DIA MES AÑO 11 45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-45 • 2017 • AGOSTO • 2 Se deberá diligenciar un formato del Portafolio de Evidencias por cada Entregable establecido, de tal manera que pueda documentarse la gestión, las incidencias que pudieran afectar su desarrollo y cumplimiento, así como los resultados obtenidos de manera concreta durante el período de evaluación, respecto del Entregable en particular.
Si durante el tiempo previsto para la evaluación, se llegase a presentar cambio de Superior Inmediato, éste deberá hacer el respectivo seguimiento en las casillas previstas para las Observaciones y Fecha de Registro o Entrega de la Evidencia y deberá junto con el Empleado Provisional, refrendar dichas observaciones, registrando su firma en la casilla prevista para la Validación por Cambio de Superior Inmediato.
Esta misma actividad deberá realizarse cada vez que se produzca el cambio de Superior Inmediato, para lo cual en el mismo formulario, se podrá adicionar la casilla de Validación por Cambio de Superior Inmediato, el número de veces que esta situación se presente.
El Portafolio de Evidencias incluye una casilla de Observaciones Generales que podrá ser diligenciada por el Empleado Provisional o por el Superior Inmediato, en caso de considerar pertinente ampliar, complementar o controvertir la información que ha sido registrada durante el período.
Con el propósito de verificar que se ha cumplido con lo acordado, el Empleado Provisional, deberá registrar, describir o documentar en la casilla Evidencias del Entregable Final, el Producto, Servicio o Resultado concreto que Entrega, para así evidenciar el cumplimiento o avance del mismo.
La Validación por Finalización del Período, deberá ser efectuada por el Empleado Provisional y por quien dentro del plazo previsto para la calificación, ejerza como su Superior Inmediato, aun cuando dicho funcionario, no haya ejercido este rol a lo largo o durante la totalidad del período de evaluación, la validación se hará con base en los registros del Portafolio. Este mismo funcionario realizara la Valoración de la Gestión para obtener el Consolidado General.
12 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-46 • 2017 • AGOSTO • 2 46 VI. VALORACIÓN DE LA GESTIÓN.
COMPONENTE LABORAL La Valoración de la Gestión se llevará a cabo al finalizar cada semestre dentro del período de evaluación e implicará la verificación del Portafolio a fin de contrastar si los Entregables cumplen o incumplen total o parcialmente los criterios definidos en el sistema.
CRITERIOS.
Criterios de Valoración: Son los referentes definidos en el sistema, que permitirán valorar si cada Entregable satisface o no las expectativas establecidas desde su formulación.
Se han definido 3 Criterios de Valoración, así:
- Cumple con las características definidas en la formulación: La descripción del Entregable deberá permitir identificar las características deseables del mismo, (cantidad, complejidad, cobertura, diseño, vigencia, aplicabilidad o cualquier otra condición deseable que hubiese sido previamente definida). Al momento de realizar la verificación, se deberá contrastar el cumplimiento de tales características y proceder con su valoración, de acuerdo con los soportes incluidos en el portafolio de evidencias respectivo
- Cumple con los tiempos de entrega previstos: Cada entregable deberá contar con unos tiempos o plazos definidos de cuyo cumplimiento dependerá su valoración, las demoras injustificadas implicarán la imposibilidad de un reconocimiento favorable a este criterio.
- Cumple con las condiciones de calidad requeridas (normas, procedimientos, protocolos, lineamientos…): Los entregables deberán reflejar la aplicación de los criterios de calidad establecidos en la formulación o documentar en el portafolio de evidencias las novedades normativas, técnicas o procedimentales que por efectos de su incorporación, han modificado tales condiciones de calidad. La verificación del cumplimiento de tales condiciones deberá ser contrastada con el entregable final
VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS CRITERIOS.
Valoración de Cumplimiento: Referencia si la gestión adelantada por el empleado provisional es acorde con las expectativas de desempeño respecto de los entregables acordados. La valoración de cumplimiento se registrará seleccionando en cada casilla de verificación, la alternativa que más se ajuste al desempeño del empleado provisional de acuerdo a las siguientes opciones:
- Si: Cuando el empleado provisional acredita plenamente en el portafolio de evidencias el cumplimiento del criterio valorado, respecto del entregable calificado.
13 47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-47 • 2017 • AGOSTO • 2
- No: Cuando a partir de las evidencias se documenta que el entregable no cumple con las características previstas en el criterio valorado.
- Parcial: Cuando a partir de las evidencias se encuentra que las características esperadas no se cumplen plenamente o con las condiciones esperadas, pero hay avances para la entrega respecto del criterio valorado.
REGISTRO DE CUMPLIMIENTO.
Valoración de la Gestión: Se aplica a cada uno de los Entregables formulados y en cada uno de los semestres, el sistema la registrará automáticamente el resultado según la valoración de cumplimiento, como se ilustra a continuación y se clasifica en tres categorías DE ACUERDO A LA VALORACIÓN DE LA GESTIÓN Y SEGÚN LOS CRITERIOS SEÑALADOS, EL ENTREGABLE ACREDITA:
PRIMER SEMESTRE Incumplimiento Pleno cumplimiento X Cumplimiento parcial SEGUNDO SEMESTRE Pleno cumplimiento Cumplimiento parcial X Incumplimiento Plan de Mejora Teniendo en cuenta los Criterios de Valoración y de acuerdo a la gestión adelantada por el empleado provisional, los resultados del Entregable pueden ser:
- De Pleno Cumplimiento: cuando el entregable cumple el nivel esperado respecto de los tres (3) criterios de valoración
- De Cumplimiento Parcial: cuando se presenta alguna de las siguientes combinaciones
o Cuando el entregable cumple parcialmente los tres (3) criterios establecidos o Cuando el entregable cumple parcialmente dos (2) de los tres (3) criterios establecidos y plenamente el criterio restante o Cuando el entregable cumple parcialmente dos (2) de los tres (3) criterios establecidos aun cuando incumpla el criterio restante o Cuando el entregable cumple parcialmente uno (1) de los tres (3) criterios establecidos y plenamente los dos (2) criterios restantes o Cuando el entregable cumple plenamente uno (1) de los tres (3) criterios establecidos, plenamente otro e incumple el restante
- De Incumplimiento:
14 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-48 • 2017 • AGOSTO • 2 48 o Cuando el entregable incumple los tres (3) criterios establecidos o Cuando el entregable incumple dos (2) de los criterios establecidos aun cuando cumpla total o parcialmente el criterio restante
- El Cumplimiento Parcial o el Incumplimiento, implicarán la aplicación del Plan de Mejora.
La valoración de cada Entregable se sustentará en la información y los referentes consignados por el empleado provisional y por el superior inmediato en el Portafolio de Evidencias. Podrá incluirse la información complementaria entregada por terceros (usuarios, compañeros o integrantes del equipo de trabajo o del proyecto en el cual labora el empleado, dependencias o áreas receptoras de los entregables que genere el evaluado).
VALORACIÓN DE LA GESTIÓN. COMPONENTE COMPORTAMENTAL Su Valoración se expresará seleccionando la alternativa más descriptiva, según la prevalencia del comportamiento del empleado provisional:
- SI: La Conducta es reiterativa en el empleado, se manifiesta la mayor parte del tiempo, caracterizando su desempeño en un 75% o más de las veces
- PARCIAL: La Conducta se manifiesta de manera ocasional, no es una característica relevante o habitual en su desempeño o puede estar presente la mitad o algo más del tiempo durante el cual ha ejercido el empleo, pero no es una constante
- NO: La Conducta es apenas esporádica o inexistente, caracteriza su desempeño menos de la mitad del tiempo durante el cual ha ejercido el empleo
La valoración de este componente está asociada a la demostración de las conductas esperadas que han sido definidas como característica de cada Competencia y que el Superior Inmediato señalará en términos de SI, NO o Parcial, como se ha indicado previamente.
15 49 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-49 • 2017 • AGOSTO • 2 Los resultados de estas valoraciones se han categorizado así:
- Las tres (3) conductas han sido calificadas con SI. El resultado indicará:
o Su desempeño le permite acreditar la competencia requerida
- La calificación de al menos dos (2) las conductas esperadas ha sido NO. El resultado indicará:
o No acredita la competencia. Requiere mayor disposición, acompañamiento y un Plan de Mejoramiento para adquirir la competencia
- Si las tres (3) conductas son valoradas con PARCIAL, o en dicha valoración se combina PARCIAL con SI o NO, el resultado indicará:
o Su comportamiento evidencia que la competencia está presente en el desempeño, aun cuando es necesario fortalecer las actividades que permitan un mayor desarrollo de la misma.
A manera de ejemplo, se presenta a continuación el contenido descriptivo de los resultados que pueden obtenerse en las diferentes Competencias valoradas, según los criterios señalados previamente y que serán registrados en cada uno de los semestres:
16 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-50 • 2017 • AGOSTO • 2 50 CONSOLIDADO GENERAL DE LA VALORACIÓN DE LA GESTIÓN RESULTADO COMPONENTE COMPORTAMENTAL De acuerdo con los resultados de la valoración de cada Competencia:
PRIMER SEMESTRE Su desempeño le permite acreditar la competencia requerida Integración a la cultura organizacional SEGUNDO SEMESTRE No acredita la competencia. Requiere mayor disposición, acompañamiento y un Plan de Mejoramiento para adquirir la competencia.
PRIMER SEMESTRE Su comportamiento evidencia que la competencia está presente en el desempeño, aun cuando es necesario fortalecer las actividades que permitan un mayor desarrollo de la misma. Requiere Plan de Mejoramiento Disposición de aprendizaje SEGUNDO SEMESTRE Su desempeño le permite acreditar la competencia requerida PRIMER SEMESTRE No acredita la competencia. Requiere mayor disposición, acompañamiento y un Plan de Mejoramiento para adquirir la competencia.
Capacidad de aporte a la gestión SEGUNDO SEMESTRE Su desempeño le permite acreditar la competencia requerida PRIMER SEMESTRE Su comportamiento evidencia que la competencia está presente en el desempeño, aun cuando es necesario fortalecer las actividades que permitan un mayor desarrollo de la misma. Requiere Plan de Mejoramiento Disposición de servicio SEGUNDO SEMESTRE Su comportamiento evidencia que la competencia está presente en el desempeño, aun cuando es necesario fortalecer las actividades que permitan un mayor desarrollo de la misma. Requiere Plan de Mejoramiento 17 51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-51 • 2017 • AGOSTO • 2 VII. CONSOLIDADO DE LA VALORACIÓN El formulario generará de manera automática el resultado de la gestión, tanto en el componente laboral, como en el comportamental, de acuerdo con la valoración que realice el Superior Inmediato, en cada uno de los elementos que se han integrado al sistema.
ETAPA DE CONSOLIDACIÓN DE LA VALORACIÓN DE LA GESTIÓN Esta etapa al igual que la anteriormente citada, deberá ser asumida por los responsables directos del proceso, dentro de los plazos indicados en el Numeral I., de este Protocolo.
La consolidación será semestral y aplicable tanto en el componente laboral, como en el comportamental.
COMPONENTE LABORAL El Consolidado General de la Valoración de la Gestión del Componente Laboral, deberá ser concordante con los resultados acumulados obtenidos en los entregables formulados y consistentes con los registros del portafolio de evidencias.
El resultado de la gestión dependerá del nivel de cumplimiento alcanzado en la totalidad de los Entregables laborales pactados, así:
- Pleno cumplimiento: Se obtiene cuando el empleado provisional acredita el cumplimiento de la totalidad de los Entregables que fueron definidos para el período de evaluación
- Se requiere plan de mejoramiento: Se asignará esta categoría cuando el empleado haya acreditado Cumplimiento Parcial o Incumplimiento, en al menos uno de los Entregables pactados para el respectivo período.
COMPONENTE COMPORTAMENTAL Al igual que con el Componente Laboral, el formato registrará de manera consolidada los resultados alcanzados por el empleado provisional en cada uno de los semestres y a partir de ellos se identificará se es necesaria o no, la formulación de un Plan de Mejoramiento.
El resultado de la gestión dependerá del nivel de cumplimiento alcanzado en las competencias, así:
- Pleno cumplimiento: Se obtiene cuando el empleado provisional acredita la totalidad de las conductas descriptivas de las competencias definidas en el sistema en cada período de evaluación.
- Se requiere plan de mejoramiento: Se asignará esta categoría cuando el empleado haya acreditado Cumplimiento Parcial o Incumplimiento, en al menos una de las competencias en el respectivo período.
18 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-52 • 2017 • AGOSTO • 2 52 CONSOLIDADO GENERAL DE LA VALORACIÓN DE LA GESTIÓN PRIMER SEMESTRE - COMUNICACIÓN DE LOS RESULTADOS Verificados los Entregables pactados, los resultados obtenidos determinan en el COMPONENTE LABORAL:
Se requiere plan de mejoramiento X Pleno cumplimiento Verificados los Entregables pactados, los resultados obtenidos determinan en el COMPONENTE COMPORTAMENTAL: Pleno cumplimiento Se requiere plan de mejoramiento X
- OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES DEL EVALUADOR -
NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL DIA MES AÑO SEGUNDO SEMESTRE - COMUNICACIÓN DE LOS RESULTADOS Verificados los Entregables pactados, los resultados obtenidos determinan en el COMPONENTE LABORAL: Pleno cumplimiento Se requiere plan de mejoramiento X Verificados los Entregables pactados, los resultados obtenidos determinan en el COMPONENTE COMPORTAMENTAL: Pleno cumplimiento Se requiere plan de mejoramiento X
- OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES DEL EVALUADOR -
NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL DIA MES AÑO Cada entidad deberá incluir en los planes de inducción o reinducción según sea el caso, actividades o programas que permitan conocer e incorporar las Competencias que han sido definidas en este sistema.
Así mismo, el Superior Inmediato del Empleado Provisional, deberá fomentar e incentivar al interior del equipo de trabajo las conductas que contribuyan al desarrollo de estas Competencias o generar los correctivos que sean pertinentes cuando las conductas esperadas no sean habituales en el desempeño del Empleado.
19 53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-53 • 2017 • AGOSTO • 2 VIII. PLAN DE MEJORAMIENTO Deberá ser suscrito entre el Empleado Provisional y el Superior Inmediato, su formulación dependerá de los resultados obtenidos en la Valoración de la Gestión y será obligatorio para aquellos empleados que no hayan alcanzado el Pleno cumplimiento del Plan de Trabajo, tanto en el Componente Laboral como en el Componente Comportamental o en ambos, respecto del período inmediatamente anterior. Los registros de la gestión, indican de manera automática la necesidad de gestionar o no el Plan de Mejoramiento.
EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN - EMPLEADOS PROVISIONALES PLAN DE MEJORAMIENTO Código: M-ODT-FM-028 Versión: 1 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
Vigencia: Diciembre de Departamento Administrativo del Servicio Civil GESTIÓN PÚBLICA 2016 RESPONSABLES DEL PROCESO ROL SUPERIOR INMEDIATO EMPLEADO PROVISIONAL NOMBRES El Plan de Mejoramiento tiene un carácter semestral y es aplicable dentro de los seis (6) meses siguientes a la valoración de la gestión que motiva su realización. Se desarrolla de manera simultánea con el Plan de Trabajo general del Sistema de Evaluación.
El Plan de Mejoramiento se desarrolla a partir de las oportunidades de mejora derivadas del desempeño laboral del empleado y su implementación contribuirá de manera efectiva a la prestación del servicio y a responder de manera favorable a las expectativas de los ciudadanos, del equipo de trabajo y la entidad en general.
Para estos efectos, se han identificado y preestablecido Acciones de Mejora aplicables a cada componente (Laboral y Comportamental).
Estas acciones son demostrativas de lo que el Empleado deberá implementar, desarrollar o fortalecer para superar las dificultades o falencias identificadas en el período anterior de evaluación, y serán valoradas a partir de un listado de descriptores que ha sido incorporado al sistema.
El listado de validación está disponible tanto para el Seguimiento Inicial como para el Seguimiento Definitivo y permite descartar la acción de Mejora, en aquel elemento o componente respecto del cual el empleado, no requiere plan de mejoramiento.
El desplegable habilita en las casillas de Seguimiento, las alternativas:
- El Empleado ha incorporado la acción de mejora, superando con ello las dificultades previas
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- El Empleado ha incorporado parcialmente la acción de mejora, requiere mayor disposición y acompañamiento
- El Empleado mantiene las prácticas y actitudes que motivaron la acción de mejora. Se muestra resistente al cambio
- El Empleado ha reincidido en las prácticas y actitudes que motivaron la acción de mejora**
- NO APLICA
PLAN DE MEJORAMIENTO - COMPONENTE LABORAL CRITERIOS DE VALORACIÓN SEGUIMIENTO AL FINAL DEL SEGUIMIENTO INICIAL ACCIONES DE MEJORAMIENTO (A mitad de período)
PERÍODO SEMESTRAL El Empleado… PLAN DE MEJORAMIENTO Proyecta y desarrolla las actividades NO APLICA NO APLICA necesarias para que el Entregable satisfaga las condiciones establecidas Cumple con las en la formulación características Acepta e incorpora las recomendaciones o sugerencias, para definidas en la formulación NO APLICA NO APLICA que los avances en la gestión sean consistentes con las características deseables del Entregable El Empleado ha incorporado la El Empleado ha incorporado la acción de mejora, superando con acción de mejora, superando con ello las dificultades previas ello las dificultades previas Organiza y prioriza las tareas y actividades a cargo, previendo los tiempos de entrega y las necesidades del área de desempeño o el equipo de trabajo Cumple con los tiempos de entrega Informa oportunamente de las incidencias o circunstancias que El Empleado ha incorporado previstos El Empleado ha reincidido en las parcialmente la acción de pudieran afectar los tiempos de entrega y plantea alternativas de prácticas y actitudes que motivaron la acción de mejora solución para evitar demoras mejora, requiere mayor disposición y acompañamiento injustificadas El Empleado ha incorporado parcialmente la acción de El Empleado ha incorporado la acción de mejora, superando con Consulta permanentemente la normatividad y se asegura de contar con información actualizada para que Cumple con las condiciones de calidad ello las dificultades previas sus entregables sean confiables y mejora, requiere mayor disposición y acompañamiento vigentes requeridas Tiene en cuenta los procedimientos y El Empleado ha incorporado la (normas, procedimientos, demás herramientas de gestión para El Empleado ha incorporado la acción de mejora, superando con protocolos…) que sus entregables se ajusten a los acción de mejora, superando con ello las dificultades previas ello las dificultades previas criterios de calidad de la entidad **Esta opción solo está disponible en el seguimiento definitivo 21 55 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-55 • 2017 • AGOSTO • 2 Las condiciones y características de formulación y verificación previstas para el Componente Laboral, también son aplicables al Componente Comportamental PLAN DE MEJORAMIENTO - COMPONENTE COMPORTAMENTAL SEGUIMIENTO AL FINAL DEL SEGUIMIENTO INICIAL ACCIONES DE MEJORAMIENTO COMPETENCIA (A mitad de período)
PERÍODO SEMESTRAL El Empleado… Integración a la cultura Se muestra mas integrado al equipo de trabajo y con mayor disposición para El Empleado ha incorporado la organizacional: Disposición para aceptar El Empleado ha incorporado la acción de mejora, superando con y acatar las normas, acción de mejora, superando con ello las dificultades previas ello las dificultades previas atender los requerimientos y necesidades de la entidad y de sus usuarios internos y externos reglamentos y características de la entidad Disposición de Desarrolla su trabajo teniendo en cuenta los procesos, procedimientos y lineamientos institucionales, haciendo NO APLICA NO APLICA aprendizaje: Disposición para acatar los lineamientos, aplicar uso efectivo de las herramientas disponibles y se mantiene actualizado los procesos y procedimientos definidos en los temas que impactan su gestión en la entidad Capacidad de aporte a Aporta al equipo de trabajo a partir de El Empleado mantiene las su formación, experticia y conocimientos, es propositivo ante la gestión: Disposición para entregar a la entidad y al El Empleado ha incorporado la acción de mejora, superando con equipo de trabajo sus ello las dificultades previas prácticas y actitudes que motivaron la acción de mejora. Se muestra resistente al cambio situaciones que requieran de su intervención y contribuye al mejor desempeño de la dependencia o el área de trabajo conocimientos, habilidades y destrezas para la realización de las funciones asignadas Se muestra dispuesto a escuchar al Disposición de usuario, atendiendo su solicitud y brindando la orientación que este El Empleado ha incorporado la servicio: Demuestra interés por la El Empleado ha incorporado la acción de mejora, superando con requiera, empleando un lenguaje acción de mejora, superando con ello las dificultades previas ello las dificultades previas atención a los usuarios internos y externos de la respetuoso, acorde con la responsabilidad del empleo y de su entidad condición de servidor público Se ha previsto una casilla para que el Superior Inmediato registre las razones, justifique o señale su apreciación respecto del desempeño del Empleado Provisional y como ha asumido el Plan de Mejoramiento, tanto en el Seguimiento Inicial como en el Definitivo. El Empleado Provisional podrá ampliar o controvertir dicha información.
OBSERVACIONES DEL AVANCE Y/O DEL RESULTADO DEL PROCESO 22 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-56 • 2017 • AGOSTO • 2 56 PORTAFOLIO DE EVIDENCIAS – PLAN DE MEJORAMIENTO Se diligenciará el Portafolio de acuerdo a la necesidad y en el mismo, el Superior Inmediato registrará los seguimientos a mitad y al finalizar cada período.
- COMPONENTE LABORAL. PLAN DE MEJORA –
EVALUACION DE LA GESTION - PROVISIONALES Código: M-ODT-FM-028 PORTAFOLIO DE EVIDENCIAS
- COMPONENTE LABORAL - PLAN DE MEJORA Versión: 1 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
Vigencia: Diciembre de GESTIÓN PÚBLICA 2016 Departamento Administrativo del Servicio Civil EMPLEADO PROVISIONAL SUPERIOR INMEDIATO ROL NOMBRE CRITERIOS SEGUIMIENTO INICIAL SEGUIMIENTO FINAL DEL PERÍODO Cumple con las características definidas en la formulación ACCIONES DE MEJORA Proyecta y desarrolla las actividades necesarias para que el Entregable satisfaga las condiciones establecidas en la formulación Acepta e incorpora las recomendaciones o sugerencias, para que los avances en la gestión sean consistentes con las características deseables del Entregable Cumple con los tiempos de entrega previstos ACCIONES DE MEJORA Organiza y prioriza las tareas y actividades a cargo, previendo los tiempos de entrega y las necesidades del área de desempeño o el equipo de trabajo Informa oportunamente de las incidencias o circunstancias que pudieran afectar los tiempos de entrega y plantea alternativas de solución para evitar ACCIONES DE MEJORA Cumple con las condiciones de calidad... (normas, procedimientos, protocolos…)
Consulta permanentemente la normatividad y se asegura de contar con información actualizada para que sus entregables sean confiables y Tiene en cuenta los procedimientos y demás herramientas de gestión para que sus entregables se ajusten a los criterios de calidad de la entidad 23 57 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-57 • 2017 • AGOSTO • 2
- COMPONENTE COMPORTAMENTAL. PLAN DE MEJORA –
EVALUACION DE LA GESTION - PROVISIONALES Código: M-ODT-FM-028 PORTAFOLIO DE EVIDENCIAS
- COMPONENTE COMPORTAMENTAL - PLAN DE MEJORA Versión: 1 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
GESTIÓN PÚBLICA Vigencia: Diciembre de 2016 Departamento Administrativo del Servicio Civil ROL SUPERIOR INMEDIATO EMPLEADO PROVISIONAL NOMBRE CRITERIOS SEGUIMIENTO INICIAL SEGUIMIENTO FINAL DEL PERÍODO ACCIONES DE MEJORA Integración a la cultura organizacional: Disposición para aceptar y acatar las normas, reglamentos y características de la entidad Se muestra mas integrado al equipo de trabajo y con mayor disposición para atender los requerimientos y necesidades de la entidad y de sus usuarios internos y externos Disposición de aprendizaje: Disposición para acatar los lineamientos, aplicar los ACCIONES DE MEJORA procesos y procedimientos definidos en la entidad Desarrolla su trabajo teniendo en cuenta los procesos, procedimientos y lineamientos institucionales, haciendo uso efectivo de las herramientas disponibles y se mantiene actualizado en los temas que impactan su gestión ACCIONES DE MEJORA Capacidad de aporte a la gestión: Disposición para entregar a la entidad y al equipo de trabajo sus conocimientos, habilidades y destrezas para la realización de las funciones Aporta al equipo de trabajo a partir de su formación, experticia y conocimientos, es propositivo ante situaciones que requieran de su intervención y contribuye al mejor desempeño de la dependencia o el área de trabajo ACCIONES DE MEJORA Disposición de servicio: Demuestra interés por la atención a los usuarios internos y externos de la entidad Se muestra dispuesto a escuchar al usuario, atendiendo su solicitud y brindando la orientación que este requiera, empleando un lenguaje respetuoso, acorde con la responsabilidad del empleo y de su condición de servidor público 24 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-58 • 2017 • AGOSTO • 2 58 IX. EN RESUMEN Y PARA TENER EN CUENTA… Este proceso de evaluación, no otorga derechos de carrera o de permanencia en el servicio, no habilita el acceso a encargos o incentivos, ni exime al servidor del cumplimiento de las demás funciones propias del empleo. Además, es indelegable.
La evaluación es anual e incorpora dos valoraciones semestrales de la gestión, cuyas fechas son compatibles con las establecidas en la evaluación del desempeño de los empleados de carrera. Para los servidores nuevos, el período de evaluación, cobijara desde el inicio de su vinculación y hasta el 31 de enero del año siguiente y tendrá continuidad hasta su retiro o mientras se mantenga la vigencia del sistema.
La formulación del Plan de Trabajo deberá hacerse a más tardar el 28 de febrero de cada año o dentro de los treinta (30) días siguientes a la adopción de sistema. Este mismo plazo se contabilizará para los servidores nuevos.
El Plan de Trabajo se formulará con base en el propósito principal del empleo y los Entregables deberán conducir al logro de los productos, servicios o resultados que contribuyan a las metas, planes o proyectos del área, la dependencia o la Entidad.
Se deberá definir un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5) Entregables para cada período anual de evaluación.
Se deberán socializar las Competencias definidas en el Componente Comportamental, para que sean incorporadas por el empleado durante su permanencia en el empleo.
Para documentar la gestión a lo largo del período de evaluación, se deberá diligenciar el respectivo Portafolio de Evidencias, uno por cada Entregable establecido.
En caso de cambio de Superior Inmediato y antes de su retiro como responsable del proceso, quien obre como tal, deberá dejar constancia del seguimiento realizado durante su permanencia en el empleo y refrendar su actuación en el respectivo Portafolio de Evidencias. Ello no implica generar calificación al desempeño del Empleado.
25 59 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-59 • 2017 • AGOSTO • 2 La valoración de la gestión, tanto en el componente laboral como en el comportamental, deberá efectuarse en dos bloques: o Del 1º de febrero y hasta el 31 de julio: se valorará dentro de los primeros 15 días hábiles del mes de agosto. o Del 1º de agosto al 31 de enero: se valorará dentro de los primeros 15 días hábiles del mes de febrero. o Para los empleados nuevos, se aplicarán las mismas fechas de valoración de la gestión, y cobijarán desde su vinculación y hasta el 31 de julio o 31 de enero, según corresponda.
Las omisiones del Superior Inmediato o del Empleado Provisional, en el desarrollo del proceso, deberán ser comunicadas al área de talento humano y por su conducto a la instancia disciplinaria respectiva, lo anterior, teniendo en cuenta que este proceso al ser adoptado por la Entidad, es vinculante para las partes.
26 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-60 • 2017 • AGOSTO • 2 60
X. QUE HACER EN CASO DE…
- Incumplirse con alguna etapa, fase o actividad el proceso: Deberá documentarse la o las causas que motivan el incumplimiento e informarse al responsable de Talento Humano para que a manera de correctivo se reestablezca el proceso o para que en caso de que la situación sea insubsanable (no se hayan establecido los Entregables, no se haya documentado el proceso, alguno o ambos responsables de la evaluación se negasen a la realización de la misma, o ante el retiro del Superior Inmediato no se hubiese registrado el seguimiento respectivo), se comunique esta situación a la instancia disciplinaria respectiva para lo de su competencia, dado el carácter vinculante de la misma.
- Que se presenten situaciones administrativas como incapacidades, vacaciones, licencias, suspensiones u otros hechos que impliquen que el Empleado Provisional se retire parcialmente del servicio: El Superior Inmediato, el Empleado Provisional o ambos, dejarán constancia documentada de estas situaciones en el Portafolio de Evidencias, a fin de contextualizar eventuales incumplimientos en la gestión y minimizar el impacto sobre la valoración final de la gestión.
Cabe precisar que ante situaciones como las indicadas u otras similares y por el tiempo que estas se presenten, no podrá hacerse exigible la entrega de productos, servicios o resultados al empleado, así mismo, en caso de ser necesario, se dejará constancia en el Portafolio por parte del Superior Inmediato o por el Empleado Provisional, de los ajustes a los cronogramas o condiciones de entrega inicialmente definidos.
- Que se presenten situaciones administrativas como incapacidades, vacaciones, licencias, suspensiones u otros hechos que impliquen que el Superior Inmediato se retire transitoriamente del servicio: El Empleado Provisional documentará su desempeño en el Portafolio de Evidencias, a fin de contar con los soportes documentales que puedan servir como elementos de valoración de su gestión para que al momento de realizarse la evaluación respectiva, el Superior Inmediato o el que sea designado en su remplazo, adelante esta actividad con criterios de objetividad y en caso de ser necesario, las evidencias puedan ser verificadas o validadas en las fuentes primarias de la información.
- Que se considere necesario modificar, ajustar o cambiar los Entregables inicialmente establecidos: Esto sólo será procedente cuando tales Entregables no estén asociados al Propósito Principal del Empleo, a las funciones o actividades inherentes al mismo, a las necesidades que motivaron su formulación, cuando estas cambien, o
27 61 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-61 • 2017 • AGOSTO • 2 cuando la entidad no cuente con los insumos, condiciones o herramientas necesarias para su realización.
El ajuste, se deberá consignar en el formato del Plan de Trabajo, registrando la fecha en la que este se produzca.
Para calificar tanto los Entregables iniciales como los ajustados, se aplican los mismos criterios y su valoración se registrará en las casillas previstas para el primer o segundo semestre según corresponda.
- Que existan causales o situaciones debidamente sustentadas o sustentables que alteren o afecten la objetividad del proceso y se asemejen a las previstas como impedimentos o recusaciones que son aplicables en los procesos de evaluación definidos para los empleados de carrera: En estos casos, deberá informarse al responsable de Talento Humano para que por su conducto y de manera consensuada con el Superior Jerárquico de quien obra como evaluador y dentro de los 10 días calendario siguientes a la solicitud, se defina si tal situación afecta o no la objetividad cuestionada y en caso afirmativo, sea éste Superior Jerárquico, quien asuma como evaluador. De los hechos en mención, deberá dejarse constancia en el Portafolio de Evidencias.
En caso de que el Superior Jerárquico también este inmerso en la situación que motiva la solicitud y tales hechos, estén debidamente sustentados y documentados, el responsable de Talento Humano, designará a otro empleado quien en todo caso deberá ser de la planta permanente de la entidad y de grado y nivel superior al del Empleado Provisional, para que asuma como evaluador. En cualquiera de los casos, la decisión se comunicará de manera oficiosa a las partes.
- Que se tengan dudas sobre la custodia y archivo de la documentación del proceso: Durante el período de evaluación los documentos originales estarán en custodia del Superior Inmediato, copia de los mismos se entregará al Empleado Provisional para que estos sean utilizados como referentes y herramientas de gestión.
En cuanto al Portafolio de Evidencias, se recuerda que se diligenciará uno por cada Entregable definido, los registros podrán ser incorporados tanto por el Superior Inmediato, como por el Empleado Provisional. Los formatos del Portafolio podrán diligenciarse de manera física o a través de las herramientas tecnológicas disponibles a lo largo de todo el período de evaluación y su contenido deberá ser conocido por ambas partes.
28 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-62 • 2017 • AGOSTO • 2 62 Una vez concluido el período de evaluación, los formatos diligenciados y en los que se registre el resultado final del proceso, deberán ser remitidos por el Superior Inmediato a Talento Humano, dentro de los 10 días calendario siguientes a la evaluación, para que los mismos, sean incluidos en la hoja de vida de cada Empleado Provisional y los resultados obtenidos, en los aspectos que resulten pertinentes, se incorporen a los planes de capacitación, bajo la modalidad de entrenamiento en los puestos de trabajo, en desarrollo de la inducción y reinducción de la Entidad.
Copia del resultado de la evaluación, deberá ser entregada al Empleado Provisional, e incluida junto con los demás documentos en la carpeta o expediente que integra el Portafolio de Evidencias. Este deberá mantenerse en la dependencia de origen y bajo la custodia del Superior Inmediato (evaluador), como parte del archivo de gestión, con el propósito de estar disponible para ser tenida en cuenta en la Evaluación Anual de Gestión por Dependencias a cargo de Control Interno.
- Que los resultados obtenidos determinen la necesidad de establecer un Plan de Mejoramiento: Se utilizará el formato previsto para el mismo, según corresponda y se diligenciará el Portafolio de Plan de Mejoramiento
- Componente Laboral o Componente Comportamental, de acuerdo a cada caso.
Se deberán realizar los seguimientos respectivos por parte del Superior Inmediato a fin motivar un mejor desempeño y propiciar el desarrollo o afianzamiento de las competencias deseables en el equipo de trabajo.
Por su parte Talento Humano, en el marco de los procesos de inducción y reinducción, diseñará, implementará o hará uso de estrategias de entrenamiento en el puesto de trabajo o generará espacios de fortalecimiento institucional, en apoyo a los planes de mejoramiento y desempeño laboral de los empleados.
- Que se requieran mejoras al Sistema: Se remitirán las observaciones respectivas al Departamento Administrativo del Servicio Civil, para su revisión y de acuerdo a la pertinencia y validación de las mismas, se actualizará la Versión de los Instrumentos o del Protocolo según corresponda y se realizará la publicación y actualización respectiva.
29 63 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-63 • 2017 • AGOSTO • 2 XI. ANEXOS
1. ANEXO 1. INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN
2. ANEXO 2. MODELO DE ACTO ADMINISTRATIVO DE ADOPCIÓN DEL SISTEMA
3. ANEXO 2. SER SERVIDOR PÚBLICO DISTRITAL, UNA OPORTUNIDAD PARA HACER DE ESTA, UNA MEJOR CIUDAD (Anexo para ser entregado o socializado con el Empleado Provisional)
4. ANEXO 3. VERBOS SUGERIDOS
5. ANEXO 5. UN POCO DE PEDAGOGÍA
30 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-64 • 2017 • AGOSTO • 2 64 ANEXO 1.
31 65 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-65 • 2017 • AGOSTO • 2 Código: M-ODT-FM-028 EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN
- EMPLEADOS PROVISIONALES - Versión: 1 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
GESTIÓN PÚBLICA Vigencia: Diciembre de 2016 Departamento Administrativo del Servicio Civil RESPONSABLES DEL PROCESO ROL SUPERIOR INMEDIATO EMPLEADO PROVISIONAL NOMBRE EMPLEO DENOMINACIÓN CÓDIGO / GRADO DEPENDENCIA TÉRMINOS DE LA EVALUACIÓN PERÍODO DE EVALUACIÓN FORMULACIÓN FECHAS FECHA al PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO PLAN DE TRABAJO - COMPONENTE LABORAL VALORACIÓN VALORACIÓN ACTIVIDADES A CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL ENTREGABLE 1. (PRODUCTO O RESULTADO ESPERADO)
DESARROLLAR ENTREGABLE PRIMER SEMESTRE SEGUNDO SEMESTRE Cumple con las características definidas en la formulación Cumple con los tiempos de entrega previstos Cumple con las condiciones de calidad requeridas (normas, procedimientos,protocolos…)
DILIGENCIAR SÓLO EN CASO DE AJUSTE O CAMBIO EN EL ENTREGABLE INICIALMENTE DEFINIDO ENTREGABLE 1. - PRODUCTO O RESULTADO AJUSTADO ACTIVIDADES A DESARROLLAR REFRENDACIÓN Y FECHA DEL AJUSTE DIA MES AÑO NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL DE ACUERDO A LA VALORACIÓN DE LA GESTIÓN Y SEGÚN LOS CRITERIOS SEÑALADOS, EL ENTREGABLE ACREDITA:
PRIMER SEMESTRE Pleno cumplimiento Cumplimiento parcial Incumplimiento SEGUNDO SEMESTRE Pleno cumplimiento Cumplimiento parcial Incumplimiento 32 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-66 • 2017 • AGOSTO • 2 66 VALORACIÓN VALORACIÓN ENTREGABLE ENTREGABLE 2. (PRODUCTO O RESULTADO ESPERADO) ACTIVIDADES A DESARROLLAR CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL PRIMER SEMESTRE SEGUNDO SEMESTRE Cumple con las características definidas en la formulación Cumple con los tiempos de entrega previstos Cumple con las condiciones de calidad requeridas (normas, procedimientos,protocolos…)
DILIGENCIAR SÓLO EN CASO DE AJUSTE O CAMBIO EN EL ENTREGABLE INICIALMENTE DEFINIDO ENTREGABLE 2. - PRODUCTO O RESULTADO AJUSTADO ACTIVIDADES A DESARROLLAR REFRENDACIÓN Y FECHA DEL AJUSTE DIA MES AÑO NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL DE ACUERDO A LA VALORACIÓN DE LA GESTIÓN Y SEGÚN LOS CRITERIOS SEÑALADOS, EL ENTREGABLE ACREDITA:
PRIMER SEMESTRE Pleno cumplimiento Cumplimiento parcial Incumplimiento SEGUNDO SEMESTRE Pleno cumplimiento Cumplimiento parcial Incumplimiento VALORACIÓN VALORACIÓN ENTREGABLE ENTREGABLE 3. (PRODUCTO O RESULTADO ESPERADO) ACTIVIDADES A DESARROLLAR CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL SEGUNDO SEMESTRE PRIMER SEMESTRE Cumple con las características definidas en la formulación Cumple con los tiempos de entrega previstos Cumple con las condiciones de calidad requeridas (normas, procedimientos,protocolos…)
DILIGENCIAR SÓLO EN CASO DE AJUSTE O CAMBIO EN EL ENTREGABLE INICIALMENTE DEFINIDO ENTREGABLE 3. - PRODUCTO O RESULTADO AJUSTADO ACTIVIDADES A DESARROLLAR REFRENDACIÓN Y FECHA DEL AJUSTE DIA MES AÑO NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL DE ACUERDO A LA VALORACIÓN DE LA GESTIÓN Y SEGÚN LOS CRITERIOS SEÑALADOS, EL ENTREGABLE ACREDITA:
PRIMER SEMESTRE Pleno cumplimiento Cumplimiento parcial Incumplimiento SEGUNDO SEMESTRE Pleno cumplimiento Cumplimiento parcial Incumplimiento 33 67 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-67 • 2017 • AGOSTO • 2 VALORACIÓN VALORACIÓN ENTREGABLE ENTREGABLE 4. (PRODUCTO O RESULTADO ESPERADO) ACTIVIDADES A DESARROLLAR CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL PRIMER SEMESTRE SEGUNDO SEMESTRE Cumple con las características definidas en la formulación Cumple con los tiempos de entrega previstos Cumple con las condiciones de calidad requeridas (normas, procedimientos,protocolos…)
DILIGENCIAR SÓLO EN CASO DE AJUSTE O CAMBIO EN EL ENTREGABLE INICIALMENTE DEFINIDO ENTREGABLE 4. - PRODUCTO O RESULTADO AJUSTADO ACTIVIDADES A DESARROLLAR REFRENDACIÓN Y FECHA DEL AJUSTE DIA MES AÑO NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL DE ACUERDO A LA VALORACIÓN DE LA GESTIÓN Y SEGÚN LOS CRITERIOS SEÑALADOS, EL ENTREGABLE ACREDITA:
PRIMER SEMESTRE Pleno cumplimiento Cumplimiento parcial Incumplimiento SEGUNDO SEMESTRE Pleno cumplimiento Cumplimiento parcial Incumplimiento VALORACIÓN VALORACIÓN ENTREGABLE ENTREGABLE 5. (PRODUCTO O RESULTADO ESPERADO) ACTIVIDADES A DESARROLLAR CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL PRIMER SEMESTRE SEGUNDO SEMESTRE Cumple con las características definidas en la formulación Cumple con los tiempos de entrega previstos Cumple con las condiciones de calidad requeridas (normas, procedimientos,protocolos…)
DILIGENCIAR SÓLO EN CASO DE AJUSTE O CAMBIO EN EL ENTREGABLE INICIALMENTE DEFINIDO ENTREGABLE 5. - PRODUCTO O RESULTADO AJUSTADO ACTIVIDADES A DESARROLLAR REFRENDACIÓN Y FECHA DEL AJUSTE DIA MES AÑO NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL DE ACUERDO A LA VALORACIÓN DE LA GESTIÓN Y SEGÚN LOS CRITERIOS SEÑALADOS, EL ENTREGABLE ACREDITA:
PRIMER SEMESTRE Pleno cumplimiento Cumplimiento parcial Incumplimiento SEGUNDO SEMESTRE Pleno cumplimiento Cumplimiento parcial Incumplimiento 34 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-68 • 2017 • AGOSTO • 2 68 TOTAL DE ENTREGABLES PACTADOS O AJUSTADOS EN EL PERÍODO (MÍNIMO 3 MÁXIMO 5)
REFRENDACIÓN DE LA FORMULACIÓN INICIAL DEL PLAN DE TRABAJO (FIRMAS OBLIGATORIAS)
FIRMA DE SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL FECHA DE FORMULACIÓN DIA MES AÑO CONSOLIDADO GENERAL DE LA VALORACIÓN DE LA GESTIÓN PRIMER SEMESTRE - COMUNICACIÓN DE LOS RESULTADOS Verificados los Entregables pactados, los resultados obtenidos determinan en el COMPONENTE LABORAL:
Pleno cumplimiento Se requiere plan de mejoramiento Verificados los Entregables pactados, los resultados obtenidos determinan en el COMPONENTE COMPORTAMENTAL:
Pleno cumplimiento Se requiere plan de mejoramiento
- OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES DEL EVALUADOR -
NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL DIA MES AÑO SEGUNDO SEMESTRE - COMUNICACIÓN DE LOS RESULTADOS Verificados los Entregables pactados, los resultados obtenidos determinan en el COMPONENTE LABORAL:
Pleno cumplimiento Se requiere plan de mejoramiento Verificados los Entregables pactados, los resultados obtenidos determinan en el COMPONENTE COMPORTAMENTAL:
Pleno cumplimiento Se requiere plan de mejoramiento
- OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES DEL EVALUADOR -
NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL DIA MES AÑO 35 69 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-69 • 2017 • AGOSTO • 2 EVALUACION DE LA GESTION - PROVISIONALES PORTAFOLIO DE EVIDENCIAS Código: M-ODT-FM-028 Versión: 1 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
GESTIÓN PÚBLICA Vigencia: Diciembre de 2016 Departamento Administrativo del Servicio Civil RESPONSABLES DEL PROCESO ROL SUPERIOR INMEDIATO EMPLEADO PROVISIONAL NOMBRE PLAN DE TRABAJO - COMPONENTE LABORAL ENTREGABLE ( 1 )
PLAN DE TRABAJO - COMPONENTE LABORAL ENTREGABLE ( 1 ) AJUSTADO ACTIVIDADES DESARROLLADAS EVIDENCIAS DE DESEMPEÑO OBSERVACIONES Y FECHA DE REGISTRO O DE ENTREGA DE LA EVIDENCIA EVIDENCIAS DEL ENTREGABLE FINAL PRODUCTO, SERVICIO O RESULTADO OBSERVACIONES GENERALES NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL VALIDACIÓN SEMESTRAL O POR CAMBIO DE SUPERIOR INMEDIATO DIA MES AÑO NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL VALIDACIÓN POR FINALIZACIÓN DEL PERÍODO DIA MES AÑO 36 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-70 • 2017 • AGOSTO • 2 70 EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN - EMPLEADOS PROVISIONALES PLAN DE MEJORAMIENTO Código: M-ODT-FM-028 Versión: 1 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
Vigencia: Diciembre de Departamento Administrativo del Servicio Civil GESTIÓN PÚBLICA 2016 RESPONSABLES DEL PROCESO ROL SUPERIOR INMEDIATO EMPLEADO PROVISIONAL NOMBRES PLAN DE MEJORAMIENTO - COMPONENTE LABORAL CRITERIOS DE VALORACIÓN SEGUIMIENTO AL FINAL DEL SEGUIMIENTO INICIAL ACCIONES DE MEJORAMIENTO (A mitad de período)
PERÍODO SEMESTRAL El Empleado… PLAN DE MEJORAMIENTO Proyecta y desarrolla las actividades necesarias para que el Entregable satisfaga las condiciones establecidas Cumple con las en la formulación características Acepta e incorpora las recomendaciones o sugerencias, para definidas en la formulación que los avances en la gestión sean consistentes con las características deseables del Entregable Organiza y prioriza las tareas y actividades a cargo, previendo los tiempos de entrega y las necesidades del área de desempeño o el equipo de trabajo Cumple con los tiempos de entrega Informa oportunamente de las incidencias o circunstancias que previstos pudieran afectar los tiempos de entrega y plantea alternativas de solución para evitar demoras injustificadas Consulta permanentemente la normatividad y se asegura de contar con información actualizada para que sus entregables sean confiables y vigentes Cumple con las condiciones de calidad requeridas Tiene en cuenta los procedimientos y (normas, procedimientos, demás herramientas de gestión para protocolos…) que sus entregables se ajusten a los criterios de calidad de la entidad OBSERVACIONES DEL AVANCE Y/O DEL RESULTADO DEL PROCESO 37 71 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-71 • 2017 • AGOSTO • 2 PLAN DE MEJORAMIENTO - COMPONENTE COMPORTAMENTAL SEGUIMIENTO AL FINAL DEL SEGUIMIENTO INICIAL ACCIONES DE MEJORAMIENTO COMPETENCIA (A mitad de período)
PERÍODO SEMESTRAL El Empleado… Integración a la Se muestra mas integrado al equipo de trabajo y con mayor disposición para atender los requerimientos y necesidades de la entidad y de sus cultura organizacional: Disposición para aceptar y acatar las normas, reglamentos y usuarios internos y externos características de la entidad Disposición de aprendizaje: Disposición para acatar Desarrolla su trabajo teniendo en cuenta los procesos, procedimientos y lineamientos institucionales, haciendo los lineamientos, aplicar los procesos y uso efectivo de las herramientas disponibles y se mantiene actualizado en los temas que impactan su gestión procedimientos definidos en la entidad Capacidad de aporte Aporta al equipo de trabajo a partir de su formación, experticia y conocimientos, es propositivo ante a la gestión: Disposición para entregar a la entidad y al equipo de trabajo sus situaciones que requieran de su intervención y contribuye al mejor desempeño de la dependencia o el área conocimientos, habilidades y destrezas de trabajo para la realización de las funciones asignadas Se muestra dispuesto a escuchar al Disposición de usuario, atendiendo su solicitud y brindando la orientación que este servicio: Demuestra interés por requiera, empleando un lenguaje respetuoso, acorde con la responsabilidad del empleo y de su la atención a los usuarios internos y externos de la entidad condición de servidor público DIA MES AÑO FIRMA DE SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL SEGUIMIENTO INICIAL OBSERVACIONES DEL AVANCE Y/O DEL RESULTADO DEL PROCESO DIA MES AÑO FIRMA DE SUPERIOR INMEDIATO FIRMA DEL EMPLEADO PROVISIONAL SEGUIMIENTO AL FINAL DEL PERÍODO 38 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-72 • 2017 • AGOSTO • 2 72 EVALUACION DE LA GESTION - PROVISIONALES Código: M-ODT-FM-028 PORTAFOLIO DE EVIDENCIAS
- COMPONENTE LABORAL - PLAN DE MEJORA Versión: 1 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
Vigencia: Diciembre de GESTIÓN PÚBLICA 2016 Departamento Administrativo del Servicio Civil EMPLEADO PROVISIONAL SUPERIOR INMEDIATO ROL NOMBRE CRITERIOS SEGUIMIENTO INICIAL SEGUIMIENTO FINAL DEL PERÍODO Cumple con las características definidas en la formulación ACCIONES DE MEJORA Proyecta y desarrolla las actividades necesarias para que el Entregable satisfaga las condiciones establecidas en la formulación Acepta e incorpora las recomendaciones o sugerencias, para que los avances en la gestión sean consistentes con las características deseables del Entregable Cumple con los tiempos de entrega previstos ACCIONES DE MEJORA Organiza y prioriza las tareas y actividades a cargo, previendo los tiempos de entrega y las necesidades del área de desempeño o el equipo de trabajo Informa oportunamente de las incidencias o circunstancias que pudieran afectar los tiempos de entrega y plantea alternativas de solución para evitar ACCIONES DE MEJORA Cumple con las condiciones de calidad... (normas, procedimientos, protocolos…)
Consulta permanentemente la normatividad y se asegura de contar con información actualizada para que sus entregables sean confiables y Tiene en cuenta los procedimientos y demás herramientas de gestión para que sus entregables se ajusten a los criterios de calidad de la entidad 39 73 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-73 • 2017 • AGOSTO • 2 EVALUACION DE LA GESTION - PROVISIONALES Código: M-ODT-FM-028 PORTAFOLIO DE EVIDENCIAS
- COMPONENTE COMPORTAMENTAL - PLAN DE MEJORA Versión: 1 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
GESTIÓN PÚBLICA Vigencia: Diciembre de 2016 Departamento Administrativo del Servicio Civil ROL SUPERIOR INMEDIATO EMPLEADO PROVISIONAL NOMBRE CRITERIOS SEGUIMIENTO INICIAL SEGUIMIENTO FINAL DEL PERÍODO ACCIONES DE MEJORA Integración a la cultura organizacional: Disposición para aceptar y acatar las normas, reglamentos y características de la entidad Se muestra mas integrado al equipo de trabajo y con mayor disposición para atender los requerimientos y necesidades de la entidad y de sus usuarios internos y externos Disposición de aprendizaje: Disposición para acatar los lineamientos, aplicar los ACCIONES DE MEJORA procesos y procedimientos definidos en la entidad Desarrolla su trabajo teniendo en cuenta los procesos, procedimientos y lineamientos institucionales, haciendo uso efectivo de las herramientas disponibles y se mantiene actualizado en los temas que impactan su gestión ACCIONES DE MEJORA Capacidad de aporte a la gestión: Disposición para entregar a la entidad y al equipo de trabajo sus conocimientos, habilidades y destrezas para la realización de las funciones Aporta al equipo de trabajo a partir de su formación, experticia y conocimientos, es propositivo ante situaciones que requieran de su intervención y contribuye al mejor desempeño de la dependencia o el área de trabajo ACCIONES DE MEJORA Disposición de servicio: Demuestra interés por la atención a los usuarios internos y externos de la entidad Se muestra dispuesto a escuchar al usuario, atendiendo su solicitud y brindando la orientación que este requiera, empleando un lenguaje respetuoso, acorde con la responsabilidad del empleo y de su condición de servidor público 40 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-74 • 2017 • AGOSTO • 2 74 ANEXO 2.
41 75 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-75 • 2017 • AGOSTO • 2 MODELO DE ACTO ADMINISTRATIVO DE ADOPCIÓN DEL SISTEMA RESOLUCIÓN N° ________ DEL _______________ “Por medio de la cual se adopta el Sistema de Evaluación de la Gestión para Empleados Provisionales”
EL (LA) NOMINADOR DEL ENTIDAD En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998 y la Ley 909 de 2004,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 87 de 1993 conmina a las Entidades para que en el marco del Sistema de Control Interno, se implementen métodos de evaluación que contribuyan a fortalecer la gestión institucional y con ello, la prestación del servicio.
Que la Ley 489 de 1998, establece que en cumplimiento de los principios de la función pública, se debe evaluar el desempeño de las entidades el cual es concomitante y derivado de la gestión de los servidores públicos, quienes están llamados a responder y demostrar los resultados de su propio desempeño y su aporte a la gestión institucional y con ello al logro de los fines del Estado.
Que a Ley 909 de 2004, señala en el marco de los principios de la función pública que la responsabilidad de los servidores públicos, sin distingo del tipo de vinculación, deberá concretarse a través de instrumentos de evaluación, con miras al logro de la satisfacción de los intereses generales y la efectiva prestación del servicio.
Que la NTCGP 1000 establece en el Numeral 6.2.2, que es necesario “determinar la competencia necesaria de los servidores públicos y/o particulares que ejercen funciones públicas o que realizan trabajos que afectan la conformidad con los requisitos del producto y/o servicio” y “evaluar las acciones tomadas, en términos de su efecto sobre la eficacia, eficiencia o efectividad del Sistema de Gestión de la Calidad de la entidad” (Numeral 6.2.2., literales a y c)
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública en apartes del concepto 20166000016871 de 2016 ha indicado, “…la evaluación de la gestión institucional o del desempeño laboral debe hacerse independientemente del tipo de vinculación que tenga el personal en su organización”.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil en concepto 02-17189 radicado 02-2008-30200 ha señalado, “Ante esta situación es innegable que la evaluación de la gestión institucional o del desempeño laboral no está sujeta al tipo de vinculación que ostente el empleado, ya que la responsabilidad social es inherente al servicio público y al marco normativo que regula su ejercicio no prevé ningún tipo de excepción sobre el seguimiento o la valoración de los resultados, el cumplimiento de sus deberes y su desempeño laboral”
42 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-76 • 2017 • AGOSTO • 2 76 Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°-: Adoptar el Sistema de Evaluación de la Gestión para Empleados Provisionales cuya estructura, desarrollo y procedimiento han sido definidos por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, junto con el Protocolo del mismo nombre, el cual hace parte integral de la presente Resolución y determina su implementación y ejecución.
ARTÍCULO 2°-: La adopción y aplicación de este Sistema de gestión, no otorga derechos de carrera o de permanencia en el servicio, ni habilita el acceso a encargos o incentivos.
ARTÍCULO 3°-: La implementación de esta herramienta de gestión se iniciará en los términos definidos en el Protocolo de Evaluación de la Gestión para Empleados Provisionales.
Dada en Bogotá, D.C., con fecha COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE NOMINADOR(A)
Cargo 43 77 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-77 • 2017 • AGOSTO • 2 ANEXO 3.
44 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-78 • 2017 • AGOSTO • 2 78 Ser SERVIDOR PÚBLICO DISTRITAL, una oportunidad para hacer de esta, una Mejor Ciudad A continuación encontrará la descripción de las Competencias Comportamentales que han sido incorporadas a la Evaluación de la Gestión de Empleados Provisionales.
Es importante que conozca, desarrolle e incorpore las conductas que caracterizan cada competencia, ya que ellas describen la capacidad de adaptabilidad al entorno laboral, fomentan el trabajo en equipo, permiten en el marco de la complementariedad, incorporar e intercambiar nuevos conocimientos y mejores prácticas, en procura de la construcción de un nuevo valor de lo público en el ámbito distrital, todo esto, con el fin de prestar un mejor servicio a los usuarios internos y externos de cada entidad.
COMPETENCIAS:
- Disposición de aprendizaje
- Integración a la cultura organizacional
ADAPTABILIDAD COMPLEMENTA -RIEDAD USUARIO VALORACIÓN TRABAJO EN EQUIPO DE LO PÚBLICO
- Disposición de Servicio
- Capacidad de aporte a
la gestión Imagen creación propia INTEGRACIÓN A LA CULTURA ORGANIZACIONAL:
Disposición para aceptar y acatar las normas, reglamentos y características de la entidad Su actitud le permite integrarse al equipo de trabajo al reconocer los avances, logros y desarrollos alcanzados por la entidad Cumple con la reglamentación de horario establecida Cuando la necesidad del servicio lo amerita, se muestra dispuesto a participar de las actividades extensivas requeridas por la entidad 45 79 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-79 • 2017 • AGOSTO • 2 DISPOSICIÓN DE APRENDIZAJE:
Disposición para acatar los lineamientos, aplicar los procesos y procedimientos definidos en la entidad Muestra interés por conocer y aplicar los procesos y procedimientos establecidos en la entidad Se muestra dispuesto a aprender sobre el manejo de los aplicativos, herramientas ofimáticas o de otro tipo con que cuenta la entidad y dar el uso adecuado a las mismas Se mantiene actualizado en las normas, decretos, protocolos y demás lineamientos o instrucciones necesarias para su adecuado desempeño laboral CAPACIDAD DE APORTE A LA GESTIÓN:
Disposición para entregar a la entidad y al equipo de trabajo sus conocimientos, habilidades y destrezas para la realización de las funciones asignadas Participa activamente en el equipo de trabajo aportando sus conocimientos en los temas de competencia del equipo o área de trabajo Se muestra dispuesto a enseñar las técnicas y estrategias que conoce y que podrían contribuir a la gestión institucional Es propositivo ante las oportunidades de mejora de la gestión y los retos institucionales DISPOSICIÓN DE SERVICIO:
Demuestra interés por la atención a los usuarios internos y externos de la entidad Su actitud es receptiva respecto de los lineamientos e instrucciones impartidas por el superior inmediato Se muestra dispuesto a atender y dar respuesta a las necesidades, requerimientos, solicitudes e inquietudes de los usuarios internos y externos de la entidad Es respetuoso en el lenguaje y trato al usuario, porque comprende que de su propio comportamiento depende el trato y el comportamiento 46 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-80 • 2017 • AGOSTO • 2 80 ANEXO 4.
47 81 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-81 • 2017 • AGOSTO • 2 VERBOS SUGERIDOS (Recuerde que los entregables deben ser realizables, medibles, cuantificables, verificables, deben estar asociados al propósito principal del empleo y a la competencia del servidor según el nivel ocupacional al que pertenezca)
CONTESTAR CONTROLAR CONVOCAR COORDINAR CORRELACIONAR CORROBORAR CONSTATAR COSTEAR COTIZAR CREAR CUALIFICAR CUANTIFICAR CUSTODIAR DESARROLLAR DETECTAR DIAGNOSTICAR DIGITALIZAR DISENAR DISTRIBUIR DIVULGAR DOCUMENTAR DOTAR EDITAR EJECUTAR ELABORAR ENTREGAR ESTABLECER ESTANDARIZAR ESTRUCTURAR EVALUAR GERENCIAR HACER IDENTIFICAR IMPLANTAR ABSOLVER ACCESAR ACREDITAR ACTIVAR ACTUALIZAR ADAPTAR ADECUAR ADMINISTRAR AMPLIAR ANALIZAR APLICAR ARGUMENTAR ARMONIZAR ATENDER AUDITAR CALIFICAR CAPACITAR CARACTERIZAR CATEGORIZAR CENSAR CERTIFICAR CLASIFICAR CONCEPTUALIZAR CONCERTAR CONCILIAR CONCRETAR CONDUCIR CONECTAR CONFIGURAR CONFORMAR CONSTATAR CONSTITUIR CONSTRUIR CONTABILIZAR IMPLEMENTAR INCORPORAR INCREMENTAR INGRESAR INSTITUCIONALIZAR INVENTARIAR INVESTIGAR JERARQUIZAR MANTENER MODIFICAR OPTIMIZAR ORDENAR ORGANIZAR PARAMETRIZAR PLANEAR PRESENTAR PRESUPUESTAR PRODUCIR PROGRAMAR PROYECTAR PUBLICAR PUBLICITAR RECAUDAR RECEPCIONAR RECOLECTAR RECOPILAR REGISTRAR REGLAMENTAR REPRODUCIR SECCIONAR SELECCIONAR SISTEMATIZAR VALIDAR VERIFICAR 48 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-82 • 2017 • AGOSTO • 2 82 ANEXO 5.
49 83 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-83 • 2017 • AGOSTO • 2 UN POCO DE PEDAGOGÍA… Bienvenida al Empleado Provisional, Inducción, entrega de las funciones a realizar, ubicación y entrenamiento en el puesto de Inicio del proceso de Evaluación. Identificación de trabajo. Socialización de las Competencias las expectativas y de los entregables que requiere la Entidad Formulación del Plan de Trabajo, incluidos los Entregables (mínimo 3 y máximo 5) y el componente comportamental 50 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-84 • 2017 • AGOSTO • 2 84 La formulación debe hacerse entre el 1º y el 28 de febrero de cada año o dentro de los 30 días calendario siguientes a la adopción del sistema o de la vinculación del Empleado Provisional, con una proyección anual o por el tiempo faltante para la finalización del período Seguimiento… implica el acompañamiento a lo largo del período de evaluación y durante este tiempo, se deberá orientar el desempeño del servidor, propiciar el desarrollo de las competencias, el cumplimiento de las funciones y de los entregables formulados Construcción del Portafolio de Evidencias:
Sustenta el desempeño y garantiza la objetividad del proceso.
Es responsabilidad del Superior Inmediato y del Empleado Provisional 51 85 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-85 • 2017 • AGOSTO • 2 Valoración de la Gestión Se verificará la Gestión a partir de los Criterios preestablecidos y se valorará el nivel de cumplimiento según lo documentado en el Portafolio SI NO PARCIAL El Sistema generará automáticamente el consolidado y según el resultado, será necesario o no, suscribir el Plan de Mejoramiento, este se establecerá respecto de los componentes que requieran una mejora en la gestión tanto laboral como comportamental La Valoración de la Gestión sustentada en los Portafolios de Evidencias… incluye dos valoraciones semestrales que se realizarán dentro de los primeros 15 días hábiles de los meses de agosto y febrero según corresponda. El seguimiento y la valoración de la gestión, servirán para orientar el desempeño, el desarrollo de las competencias, el cumplimiento de las funciones y de los entregables formulados 52 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-86 • 2017 • AGOSTO • 2 86 El Sistema indicará en la Valoración de la Gestión, si el Empleado Provisional debe o no suscribir el Plan de Mejoramiento, para ello se emplearán los formatos definidos por el Sistema, incluidos los portafolios laborales o comportamentales, según corresponda Las acciones de mejora han sido predefinidas y serán valoradas a través de dos (2) seguimientos a lo largo del período Esta Evaluación una vez adoptada por la Entidad, se aplicará de acuerdo con el presente Protocolo, en los Instrumentos que hacen parte integral de este Sistema y por el tiempo de su vigencia El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, prestará la asesoría y el acompañamiento requerido para la implementación de este Sistema 53 87 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6128 • pP. 1-87 • 2017 • AGOSTO • 2
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