Registro Distrital 6096 de 2017
Registro Distrital 6096 de 2017 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 6096
- Año
- 2017
- Fecha
- 13 de junio de 2017
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 51 Número 6096 2017 • JUNIO • 13 REGISTRO DISTRITAL ACUERDO DE 2017 SECRETARÍA DE AMBIENTE Resolución Número 01182 (Junio 2 de 2017)
EL SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE urbanística de las entidades distritales y municipales, referida a las decisiones administrativas y a las actuaciones urbanísticas que les son propias, relacionadas con el ordenamiento del territorio y la intervención en los usos del suelo, la cual debe ser ejercida con sujeción a los principios señalados en el artículo 3 de la Ley 388 de 1997, esto es “la función social y ecológica de la propiedad, la revalencia del interés general sobre el particular y la distribución equitativa de las cargas y los beneficios”.
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 2811 de 1974, la Ley 388 de 1997 en concordancia con el Acuerdo 257 de 2006, el Decreto 190 de 2004, el Decreto Distrital 109 de 2009 modificado por el Decreto Distrital 175 del mismo año, la Ley 507 de 1999 y Que el artículo 6 de la Ley 388 de 1997 señala que el Ordenamiento del Territorio Municipal y Distrital debe “incorporar instrumentos que permitan regular las dinámicas de transformación territorial de manera que se optimice la utilización de los recursos naturales y humanos para el logro de condiciones de vida dignas para la población actual y las generaciones futuras”.
CONSIDERANDO:
Que el parágrafo 7 del artículo 1 de la Ley 507 de 1999 “Por la cual se modifica la Ley 388 de 1997” establece:
Que el artículo 311 de la Constitución Política asigna a los municipios y distritos, como entidades fundamentales de la división político-administrativa del Estado, la función de “prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes”.
“Parágrafo 7. Una vez que las autoridades de Planeación, considere viable el Proyecto de Plan Parcial, lo someterá a consideración de la autoridad ambiental correspondiente a efectos de que conjuntamente con el municipio o distrito concerten los asuntos exclusivamente ambientales, si esta se requiere de acuerdo con las normas sobre la materia para lo cual dispondrá de ocho (8) días hábiles. Vencido este término se entenderá concertado y aprobado el Proyecto de Plan Parcial y se continuará con lo dispuesto en los numerales 3, 4 y 5 del artículo 27 de la Ley 388 de 1997. Texto Subrayado declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-431 de 2000”
Que el artículo 4 de la Ley 388 de 1997 “Por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley 2 de 1991 y se dictan otras disposiciones” establece como parte de los fines del ordenamiento territorial “atender los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo en aras del interés común, procurando su utilización racional en armonía con la función social de la propiedad a la cual le es inherente una función ecológica, buscando el desarrollo sostenible”.
Que a su turno, el Decreto No.4300 de 2007 “Por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a planes parciales de que tratan los artículos 19 y 27 de la Ley 388 de 1997 y el artículo 80 de la Ley 1151 de 2007, se subrogan los artículos 1°, 5°, 12 y 16 del Decreto Que el ejercicio del ordenamiento del territorio constituye una función pública, que de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 388 de 1997, se ejerce mediante la acción 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-1 • 2017 • JUNIO • 13
1. Los elementos que por sus valores naturales, ambientales o paisajísticos deban ser conserva- dos y las medidas específicas de protección para evitar su alteración o destrucción con la ejecución de la actuación u operación urbana.
2. Las características geológicas, geotécnicas, topográficas y ambientales del área objeto de la solicitud.
2181 de 2006 y se dictan otras disposiciones” en su artículo 3 subrogó el artículo 12 del Decreto 2181 de 2006, establece que la autoridad de planeación municipal o distrital y la autoridad ambiental competente dispondrán de un término de ocho (8) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la radicación del proyecto de plan parcial ante la autoridad ambiental, para adelantar el proceso de concertación del mismo y adoptar las decisiones correspondientes relacionadas con los asuntos exclusivamente ambientales.
3. Las áreas de conservación y protección ambien- tal incluidas y las condiciones específicas para su manejo.
Que la norma ibídem establece que “Los resultados de este proceso se consignarán en un acta que deberá ser suscrita por los representantes legales o delegados de la autoridad ambiental y de la autoridad de planeación municipal o distrital”.
4. La factibilidad, cantidad y calidad del recurso hídrico y las condiciones para el manejo integral de vertimientos líquidos y de residuos sólidos y peligrosos. (Numeral modificado por Decreto 1478 de 2013, art. 2).
Que el Decreto No.1077 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio” en su artículo 2.2.1.1 dentro de las definiciones que adopta, contempla la siguiente:
Parágrafo. El interesado podrá aportar los
estudios y documentos que resulten necesarios para sustentar la formulación del proyecto de plan parcial en relación con las determinantes ambientales de que trata este artículo.
(Decreto 2181 de 2006, art. 58, modificado por Decreto 4300 de 2007, art.6)”
Que el artículo 2.2.4.1.2.1 de la norma precitada, determina que en las siguientes situaciones los planes parciales serán objeto de concertación con la autoridad ambiental:
“1. Los que contemplen proyectos, obras o activida- des que requieran licencia ambiental de acuerdo con lo dispuesto en el decreto único del sector ambiente y desarrollo sostenible sobre licenciamiento ambiental o la norma que lo adicione, modifique o sustituya.
“Plan parcial. Es el instrumento mediante el cual se desarrollan y complementan las disposiciones de los planes de ordenamiento territorial, para áreas determinadas del suelo urbano y para las áreas incluidas en el suelo de expansión urbana, además de las que deban desarrollarse mediante unidades de actuación urbanística, macroproyectos u otras operaciones urbanas especiales, de acuerdo con las autorizaciones emanadas de las normas urbanísticas generales, en los términos previstos en la Ley 388 de 1997. Mediante el plan parcial se establece el aprovechamiento de los espacios privados, con la asignación de sus usos específicos, intensidades de uso y edificabilidad, así como las obligaciones de cesión y construcción y dotación de equipamientos, espacios y servicios públicos, que permitirán la ejecución asociada de los proyectos específicos de urbanización y construcción de los terrenos incluidos en su ámbito de planificación”
2. Los planes parciales que precisen la delimitación de los suelos de protección y/o colinden con eco- sistemas tales como parques naturales, reservas forestales, distritos de manejo integrado, distritos de conservación de suelo o zonas costeras.
Que en cuanto a las determinantes ambientales para la formulación del plan parcial, el Decreto No.1077 de 2015, citado atrás, establece:
3. Los que incluyan o colinden con áreas de amenaza y riesgo, identificadas por el plan de ordenamiento territorial, reglamentaciones o estudios técnicos posteriores relacionadas con las mismas”.
“ARTÍCULO 2.2.4.1.1.6 Determinantes ambientales para la formulación del plan parcial. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 1151 de 2007, La autoridad de planeación municipal o distrital deberá solicitar el pronunciamiento de las autoridades ambientales competentes sobre las siguientes determinantes ambientales, con base en las cuales se adelantará la concertación ambiental:
Que, el Plan Parcial el Chanco, colinda con el Parque Ecológico Distrital de Humedal Meandro del Say, identificado en el artículo 95 del Decreto 190 de 2004 “Por medio del cual se compilan las disposiciones contenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003.” POT de Bogotá, y le establece un régimen especial de usos, así:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-2 • 2017 • JUNIO • 13 2 del Medio Ambiente (DAMA) en abril de 1999”. (Subrayado fuera de texto).
“Artículo 95. Parque Ecológico Distrital. Identificación (artículo 26 del Decreto 619 de 2000, modificado por el artículo 86 del Decreto 469 de 2003)
(…)
“Artículo 96. Parque Ecológico Distrital, régimen de usos (artículo 27 del Decreto 619 de 2000, modificado por el artículo 87 del Decreto 469 de 2003)
Los Parques Ecológicos Distritales de Humedal son:
Esta categoría se acoge al siguiente régimen de usos:
1. Humedal de Tibanica.
2. Humedal de La Vaca.
1. Usos principales: Preservación y restauración de flora y fauna nativos, educación ambiental.
3. Humedal del Burro.
2. Uso compatible: Recreación pasiva.
4. Humedal de Techo.
5. Humedal de Capellanía o La Cofradía.
6. Humedal del Meandro del Say.
7. Humedal de Santa María del Lago.
3. Usos condicionados: Centros de recepción, edu- cación e información ambiental para los visitantes del parque; senderos ecológicos, peatonales y para bicicletas; dotacional de seguridad ligado a la defensa y control del parque; demás infraes- tructura asociada a los usos permitidos.
8. Humedal de Córdoba y Niza.
Los usos condicionados deben cumplir con los siguientes requisitos:
9. Humedal de Jaboque.
10. Humedal de Juan Amarillo o Tibabuyes
a. No generar fragmentación de la cobertura vegetal nativa ni de los hábitat de la fauna nativa.
11. Humedal de La Conejera
b. Integrar paisajísticamente la infraestructura al entorno natural.
12. Humedales de Torca y Guaymaral
c. No propiciar altas concentraciones de personas. d. En los Parques Ecológicos de Humedal, los senderos para bicicletas sólo podrán ubicarse en el perímetro del Parque, dentro de la zona de manejo y preservación ambiental, y como cinta dura no podrán exceder un ancho de 1.5 metros.
Parágrafo 1. Los Parques Ecológicos Distritales
de Humedal incluidos en el presente Artículo incluyen la zona de manejo y preservación ambiental (ZMPA), la ronda hidráulica y el cuerpo de agua, como una unidad ecológica. El alinderamiento de los humedales corresponde al establecido en los planes de manejo respectivos, los cuales aparecen en el anexo No. 2 de este Decreto y están señalados en el Plano denominado “Estructura Ecológica Principal” que hace parte de esta revisión. e. En los Parques Ecológicos de Humedal, los senderos peatonales se ubicarán exclusivamente en la zona de manejo y preservación ambiental y como cinta dura no podrán exceder un ancho de 1.5 metros. f. En los Parques Ecológicos de Humedal sólo los senderos ecológicos y los observatorios de aves podrán localizarse dentro de la ronda hidráulica. Los senderos ecológicos serán de materiales permeables y no excederán un ancho de 1 metro.
Parágrafo 2. En caso de modificación del alindera-
miento de la zona de manejo y preservación de los humedales existentes o de la creación de nuevos humedales, con base en los correspondientes estudios técnicos de soporte, la administración presentará la nueva delimitación al Concejo Distrital, para su aprobación e incorporación a la Estructura Ecológica Principal. g. Los senderos ecológicos tienen uso peatonal y fines educativos. h. El Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente definirá el porcentaje máximo de áreas duras que se podrán construir en la Zona de Manejo y Preservación Ambiental y en la ronda hidráulica.
Parágrafo 3. La delimitación del Parque Ecológico
Distrital Entrenubes corresponde a la establecida en el estudio denominado “Elaboración de la topografía, trazado, estacamiento y registros topográficos del límite del parque Entrenubes”, realizado por el Departamento Administrativo 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-3 • 2017 • JUNIO • 13 i. La iluminación del sendero para bicicleta y el sendero peatonal, deberá estar dirigida hacia el exterior del parque ecológico de humedal.
CHANCO” ENTRE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE Y LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN DISTRITAL” firmada el día treinta (30) de Mayo de 2017, junto con todos sus anexos.
4. Usos prohibidos: Agrícola y pecuario, forestal productor, recreación activa, minero industrial de todo tipo, residencial de todo tipo, dotacionales salvo los mencionados como permitidos”.
Artículo 2°.
La Secretaría Distrital de Planeación debe acoger todas las recomendaciones objeto de concertación y contenidas en el acta respectiva, para efectos de la formulación del Proyecto del Plan Parcial De Desarrollo “El Chanco”.
Artículo 3°.
- La presente resolución deroga las disposiciones que le sean contrarias y rige a partir de la fecha de publicación.
El Plan parcial “El Chanco”, fue revisado integralmente y responde a los lineamientos urbanísticos de acuerdo con las recomendaciones emitidas por las entidades o dependencias con incidencia en su desarrollo y cumple con la normativa urbanística contenida en el Decreto Distrital 190 de 2004 por lo cual mediante la Resolución Nº 1840 del 15 de diciembre de 2016, la Subsecretaría de Planeación Territorial de la Secretaría Distrital de Planeación expidió la viabilidad de la formulación.
Artículo 4º.
- Notificar el contenido de la presente resolución al señor ANDRES ORTÍZ GÓMEZ, Secretario de Planeación Distrital, de Bogotá D.C., o quien haga sus veces.
Artículo 5°.
- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial y en el Boletín Legal de la Secretaría Distrital de Ambiente.
Artículo 6º.
- Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito ante el Secretario Distrital de Ambiente, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación del presente acto administrativo, o a la notificación por aviso, conforme a los artículos 76 y 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.4.1.2.2, se sometió a consideración de la autoridad ambiental para concertar los asuntos ambientales del proyecto de plan parcial “El Chanco” y según la norma citada, la concertación debe culminar con un acto administrativo, que hará parte integral de los documentos constitutivos del plan parcial, y contra el cual procederá el recurso de reposición en los términos de que trata el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la autoridad ambiental no podrá desconocer los actos administrativos previos que sustentan los trámites de concertación sometidos a su consideración.
NOTIFÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de junio de dos mil diecisiete (2017).
FRANCISCO JOSE CRUZ PRADA Secretario Distrital de Ambiente Que dando cumplimiento al procedimiento establecido por la autoridad ambiental con competencia en el perímetro urbano de Bogotá, se suscribió la respectiva Acta de Concertación de los asuntos ambientales para la formulación del Proyecto del Plan Parcial De Desarrollo “El Chanco”, suscrita por los Secretarios de Ambiente y Planeación.
En mérito de lo expuesto, el Secretario Distrital de Ambiente:
EMPRESA DE ACUEDUCTO ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB-E.S.P.
RESUELVE:
Resolución Número 0363 (Junio 9 de 2017)
Artículo 1°.
Declarar concertados los asuntos ambientales para la formulación del Proyecto del Plan Parcial De Desarrollo “El Chanco”, de conformidad con lo establecido en el Acta de Concertación suscrita por el Secretario Distrital de Ambiente y Secretario Distrital de Planeación el día treinta (30) de Mayo de 2017.
“POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA E IMPLEMENTA EL PLAN DE GESTIÓN SOCIAL POR PARTE DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ ESP, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO “SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA Parágrafo. Es parte integral del presente acto administrativo el documento denominado “ACTA DE CONCERTACIÓN DE LOS ASUNTOS AMBIEN- TALES PARA LA FORMULACIÓN DEL PROYEC- TO DEL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO “EL REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-4 • 2017 • JUNIO • 13 4 siguientes fines:
SECTOR DE CHORRILLOS, EN LA LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C”,.
“d) Ejecución de proyectos de producción, ampliación, abastecimiento y distribución de servicios públicos domiciliarios;
LA DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN BIENES RAICES DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTA EAB-E.S.P., en uso de sus facultades Delegatarias conferidas h) Preservación del patrimonio cultural y natural de interés nacional, regional local, incluidos el paisajístico, ambiental, histórico y arquitectónico; mediante Resolución No.196 del 07 de abril de 2017 de la GERENCIA GENERAL, de las atribuciones legales y estatutarias y en especial las conferidas en el Capítulo III de la Ley 9° de j) Constitución de zonas de reserva para la protección del medio ambiente y los recursos hídricos;”
1989,modificado por la Ley 388 de 1997 y en cumplimiento en lo establecido en el artículo 58 de la citada ley, reglamentado parcialmente por el Decreto Distrital 296 de 2003 y
CONSIDERANDO:
6. Que la Acción Popular No. 2011-00150 del 24 de julio de 2014 estableció que : “El Distrito Capital de Bogotá y la Empresa de Acueducto y Alcanta- rillado de Bogotá-EAAB, deben Liderar, planear, diseñar, construir, ejecutar y poner en funciona- miento el servicio de acueducto y alcantarillado a los residentes de la vereda Chorrillos 1, 2 y 3 de la Localidad de Suba …”
1. Que de conformidad con los Estatutos de la Em- presa su objeto es la prestación de los servicios públicos esenciales domiciliarios de acueducto y alcantarillado en el área de jurisdicción del Distrito Capital de Bogotá, así como en cualquier lugar de ámbito nacional.
7. Que mediante Decreto 435 del 03 de noviembre de 2015, se determinó lo siguiente: “Por el cual se adopta la Unidad de Planeamiento Rural –UPR Zona Norte que reglamenta la Pieza Rural Norte de Bogotá, D. C.”.
2. Que la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá – ESP, en cumplimiento de su objeto requiere terrenos o inmuebles para la construcción y ampliación de la infraestructura de los servicios de acueducto y alcantarillado. así como para proteger las zonas de preservación y manejo ambiental y los recursos naturales que le corresponden.
8. Que la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, a través de la Gerencia del Sistema Maes- tro, expidió la Resolución No. 671 del 01 de agosto de 2016 “por medio de la cual se acota, se anuncia y se declara de utilidad pública la zona requerida para la ejecución del proyecto denominado “SU- MINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR DE CHORRILLOS, EN LA LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C”.
3. Que el artículo 107 de la Ley 99 de 1993 declara de utilidad pública e interés social la adquisición directa o expropiación de los bienes de propiedad privada o la imposición de servidumbres necesa- rias para la ejecución de obras públicas destinadas a la protección y manejo del medio ambiente y los recursos naturales renovables.
9. Que la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá ESP, mediante Resolución 1175 del 03 de Diciembre de 2007, “Adopta los facto- res y parámetros definidos en el Decreto 329 de 2006 para el reconocimiento del componente económico del Plan de Gestión Social y se crea y reglamenta el Comité de Reasentamientos”
4. Que el artículo 56 de la Ley 142 de 1994 declara de utilidad pública e interés social la ejecución de las obras para prestar los servicios públicos y la adquisición de espacio suficiente para garantizar la protección de las instalaciones respectivas, facultando a las Empresas de servicios públicos para promover la expropiación de bienes inmue- bles cuando sean requeridos para tales propósi- tos.
10.
Que de conformidad con lo establecido por el Decreto Distrital 296 de 2003, modificado por el Decreto Distrital 329 de 2006, en concordancia con lo señalado por los artículos 301 a 303 del Decreto Distrital 190 de 2004 (POT) todas las entidades y empresas distritales que desarrollen actividades y proyectos por motivos de utilidad pública definidos por el artículo 58 de la Ley 388 de 1997, deberán acoger los criterios y factores
5. Que el artículo 10 de la Ley 9 de 1989 modificado por el artículo 58 de la Ley 388 de 1997, declara de utilidad pública e interés social la adquisición de inmuebles para destinarlos, entre otros a los
5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-5 • 2017 • JUNIO • 13 n mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
señalados en dicha norma distrital con el propósito de identificar y mitigar los impactos generados por el traslado de las familias ubicadas en los predios requeridos para la ejecución de la obra pública.
Artículo primero.
Adóptese el Plan de Gestión Social formulado por el área social de la Dirección Bienes Raíces para las unidades sociales identificadas en la zona requerida para la ejecución del Proyecto denominado “SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR CHORRILLOS EN LA LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C.”
Artículo segundo.
COMPONENTES DEL PLAN DE GESTIÓN SOCIAL: el Plan de Gestión Social formulado por la Dirección de Bienes Raíces, para el proyecto denominado “SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR CHORRILLOS EN LA LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C.” de conformidad con lo establecido por el Artículo 4 del Decreto 296 de 2003, tendrá un componente social y un componente económico.
11.
Que el Acuerdo 645 del 09 de junio de 2016, POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESA- RROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C. 2016 - 2020 “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS” establece en su artículo 11- Igualdad y Autonomía para una Bogotá incluyente, el cual precisa lo siguiente: “ El objetivo de este programa es implementar acciones de tipo integral, orientadas principalmente a las personas en condición de pobreza extrema, quienes se encuentran en mayor grado de vulnerabilidad socioeconómica, y aquellas que han sido objeto de discriminación afectando el ejercicio de sus derechos. Se busca trascender la visión asistencialista a partir del fortalecimiento de capacidades y el aumento de oportunidades en función de la protección y goce efectivo de derechos, el desarrollo integral, la inclusión social y el respeto de la dignidad de las personas. A través de estrategias de promoción, prevención, atención y acompañamiento integral, los ciudadanos podrán mejorar su calidad de vida y la construcción y fortalecimiento de su proyecto de vida con autonomía.”
12.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 303 del Decreto 190 de 2004 (POT), en concordancia con lo contemplado por el artículo 2 del Decreto Distrital 296 de 2003, la Dirección de Bienes Raíces de la EAB-ESP, a través del equipo de profesionales del área social identificó y evaluó las condiciones de la población que ocupa los inmuebles necesarios para el desarrollo del PROYECTO DENOMINADO “SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR DE CHORRILLOS, EN LA LO- CALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C”.
Artículo tercero.
La población identificada como residente a través del Censo y Diagnóstico Socioeconómico ingresará al Programa de Reasentamiento adelantado por la Dirección de Bienes Raíces de la EAB, previo cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos establecidos a través de la Resolución 1175 de 2007, adicionalmente las unidades sociales identificadas, posiblemente serán beneficiarias tanto del componente social como económico, de que trata el Decreto 296 de 2003 modificado parcialmente por el Decreto 329 del 22 de Agosto de 2006, las cuales se encuentran relacionadas en el documento denominado: “DIAGNÓSTICO SOCIOECONÓMICO Y PLAN DE GESTIÓN SOCIAL DEL PROYECTO denominado “SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSI- CIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR CHORRILLOS EN LA LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C., adoptado mediante la presente Resolución, el cual hace parte integral de la misma; las unidades sociales identificadas se relacionan a continuación:
13.
Que mediante la realización de un Censo y Diagnóstico Socioeconómico, se formuló el Plan de Gestión Social a través del cual se buscó mitigar los impactos sociales, económicos y culturales de la población directamente afectada por la ejecución del citado proyecto.
14.
Que las unidades sociales identificadas en el Censo y Diagnóstico Socioeconómico harán parte del Programa de Reasentamientos y a su vez serán posibles beneficiarias de los componentes del Plan de Gestión Social son las que están incluidas en dicho documento.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-6 • 2017 • JUNIO • 13 6 PROPIETARIO POSEEDOR ARRENDAT ARIOS FOLIO DE Tipo de Compra No.
MATRICULA NOMBRE DEL USUARIO NIT y/o Negociación PREDIO DIRECCIÓN CHIP E E E E E E NO NO NO SEGREGADA ACTIVIDAD CEDULA DE ECONOMICA CIUDADANIA / RESIDENT RESIDENT RESIDENT RESIDENT RESIDENT RESIDENT EL PLACER SAN GILBERTO CASTILLO OROZCO PEDRO TUNA (25%) ALVARO JOSE COMPRA TOTAL 1 AAA0141DLZM 50N-81646 1 4.314.985 241.822 RURAL MARIA QUEVEDO QUEVEDO (75%)
SERVIDUMBRE 2 MIRADOR BETA 4 AAA0184EKNX 50N-20437856 JAIME LEONIDAS CLAVIJO ARIZA 1 1.032.403.086 CORNELIO DE JESUS GOMEZ PINTO MIRYAM EDILMA 1 395981 40373942 SERVIDUMBRE 3 LT LA LOLITA AAA0156RBOE 50N-20338363 RONCANCIO EDGAR ENRIQUE BALCERO 1 1 2.988.737 PT LA CONEJERA CLAUDIANO LANDECHO YOPASA 1 17.198.298 PRD S.A TUNA AAA0141DNTO 50N-00745145 4 COMPRA TOTAL EMPERATRIZ QUEVEDO 1 1 20.545.470 RURAL SERVIDUMBRE 5 CONEJERA TOYU AAA0141DOYN 50N-8127 LEON LEONARDO LAVERDE 1 79.599.712 CHAVEZ LAVERDIER LTDA 8001406739 SERVIDUMBRE 6 CONEJERA TUNA AAA0141DKWW 50N-115962 SISTEMA NERVIOSO INSTITUTO 1 8600074005 RURAL COLOMBIANO CONEJERA LA ANTONIA PATRICIA GACHARNA VIOLETA TUNA CABIATIVA JAVIER RODRIGO SERVIDUMBRE 7 AAA0141DLLW 50N-20312235 1 35.507.011 79.245.126 RURAL GACHARNA CABIATIVA SERVIDUMBRE 8 CONEJERA EL AAA0141DKYN 50N-20128513 JORGE ALBERTO ORTIZ 1 2921352 RECREO TUNA GUTIERREZ- MARIELA DUSAN LT C PARCELAC.
CONEJERA LAS SERVIDUMBRE 9 AAA0197NUCX 50N-20347299 INVERSIONES AGROPECUARIAS JARAMILLO ME 1 8600311699 MERCEDES SERVIDUMBRE 10 PARC LAS AAA0144KCTD 50N-592386 INVERSIONES EL BALUARTE 1 MERCEDES GOMEZ Y MARTINEZ MARIA LUISA SANCHEZ DE 1 41.451.400 CLAVIJO SERVIDUMBRE 11 EL PORTAL DE LAS MERCED AAA0141DPUZ 50N-20102487 RODRIGO BETANCOURT 1 1 SAAVEDRA JACINTO REYES ALVAREZ (23,55%) ENRIQUE REYES BONILLA SERVIDUMBRE 12 LT SANTA CECILIA AAA0141DPTO 50N-20097862 1 117082-79156598- (50%) TRANSITO REYES CRUZ TUNA RUAL 41709571 (26,45%)
1 8600760347 SERVIDUMBRE 13 PARCELA 57 58 AAA0141DMYN 50N-216820 S. EN C. INVERSIONES LIBOS Y CIA SECTOR 2
Artículo quinto.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Bogotá, D.C., a los nueve (9) días del mes de junio de dos mil diecisiete (2017).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
SANDRA INES ROZO BARRAGAN Directora Administrativa Dirección Bienes Raíces
Artículo cuarto.
El Plan de Gestión Social podrá ser modificado con el objeto de incluir los programas, actividades y acciones que sean consideradas necesarias a fin de mitigar, compensar y minimizar los impactos socioeconómicos que se generen a la población con ocasión del proceso de la adquisición de los predios y/o la Imposición de servidumbres para la ejecución del proyecto.. Dicha modificación deberá contar con la aprobación de la Dirección de Bienes Raíces, previo análisis situacional por parte de las Divisiones de Gestión y Adquisición Predial, la Coordinación social y el equipo de profesionales a cargo del proyecto.
7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-7 • 2017 • JUNIO • 13 DIAGNÓSTICO SOCIOECONÓMICO Y PLAN DE GESTIÓN SOCIAL EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTA E.S.P DIRECCIÓN DE BIENES RAICES DIAGNOSTICO SOCIOECONOMICO Y PLAN DE GESTIÓN SOCIAL PROYECTO:
“SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR DE CHORRILLOS, LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C.”
BOGOTÁ, D.C. JUNIO 2017 BOGOTÁ, D.C. JUNIO 2017 Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-8 • 2017 • JUNIO • 13 8 DIAGNÓSTICO SOCIOECONÓMICO Y PLAN DE GESTIÓN SOCIAL DIAGNOSTICO SOCIOECONOMICO Y PLAN DE GESTIÓN SOCIAL DEL PROYECTO:
“SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR DE CHORRILLOS, EN LA LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C.”
SANDRA INES ROZO BARRAGAN Directora Administrativa Bienes Raíces Elaboración CLAUDIA PATRICIA QUINTANA GALINDO Líder Área Social Dirección Bienes Raíces Dirección Bienes Raíces BOGOTÁ, D.C. JUNIO 2017 Formato: M4FP0102F22-01 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-9 • 2017 • JUNIO • 13 DIAGNÓSTICO SOCIOECONÓMICO Y PLAN DE GESTIÓN SOCIAL DIAGNOSTICO SOCIOECONOMICO Y PLAN DE GESTIÓN SOCIAL DEL PROYECTO:
“SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR DE CHORRILLOS, EN LA LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C.”
Dirección de Bienes Raíces SANDRA INES ROZO BARRANGAN Directora Administrativa Bienes Raíces Elaboración CLAUDIA PATRICIA QUINTANA GALINDO Líder Área Social Dirección Bienes Raíces Aprobación SANDRA INES ROZO BARRAGAN Directa Administrativa Bienes Raíces BOGOTÁ, D.C. JUNIO 2017 Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-10 • 2017 • JUNIO • 13 10 TABLA DE CONTENIDO
I. INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………………………..1
II. OBJETIVOS………………………………………………………………………………………...2
Objetivo General…………………………………………………………………………………....2 Objetivos Específicos………………………………………………………………………….......2
1. MARCO NORMATIVO………………………………………………………………………….....3 1.1 Legislación Internacional……….……..………………………………………………………..3 1.2 Legislación Nacional y Distrital …………………………………………………………… …..4
2. MARCO REFERENCIAL ………………...………………………………………………………..7
3. MARCO METODOLOGICO ……...……...……………………………………………………..14
4. AREA DE INFLUENCIA INDIRECTA …...……………………………………………………..30 4.1 Localidad Suba ……………………………………………………………………………...30
4.2 Marco de Referencial………………………………………………………………………...31
5. AREA DE INFLUENCIA DIRECTA……………………………………………………………...31 5.1 UPR – NORTE …………………………………………………………………………………....33 5.2 CENTRO POBLADO CHORRILLOS - HISTORIAL.…………………………………………..35 5.3 AREA DE INFLUENCIA PUNTUAL…………………………………………………………....38
6. DIAGNOSTICO SOCIOECONÓMICO………………………..………………………………....44 6.1 Uso del predio…………………………………………………………………………………......44 6.2 Tenencia…………………………………………………………………………………..............45 6.3 Unidades Sociales Identificadas…………………………………………………………...…....46 6.4 Servicios Públicos Domiciliarios: ………………………….…………………………………....46 6.5 Principales Vías de Acceso: …………………………………………….……………………....47
7. LINEAMIENTOS DE PARTICIPACION CIUDADANA………………………………………….49
8. EVALUACIÓN DE IMPACTOS………….………………………………………………………..50 8.1 Evaluación de impactos sin proyecto….………………………………………………………..50
9. PLAN DE GESTIÓN SOCIAL ………….…………..………………..…………………………..52 9.1 COMPONENTE SOCIAL. ………..…….………………………………………………………..52
9.2 COMPONENTE ECONÓMICO ………….……………………………………………………...55 BIBLIOGRAFÍA ………………...…..…….………………………………………………………..56 Formato: M4FP0102F22-01 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-11 • 2017 • JUNIO • 13 INTRODUCCIÓN Proyecto “SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR DE CHORRILLOS, EN LA LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C.” se desarrolla con el fin de dar cumplimiento a la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en proceso de la Acción Popular No. 2011-00150 del 24 de julio de 2014, en donde se confirmó la orden impartida con respecto a que “El Distrito Capital de Bogotá y la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-EAAB, deben Liderar, planear, diseñar, construir, ejecutar y poner en funcionamiento el servicio de acueducto y alcantarillado a los residentes de la vereda Chorrillos 1, 2 y 3 de la Localidad de Suba …”.
Conforme a lo anterior, La EAB- ESP, suscribió el Contrato de Consultoría No. 2-02-31100-00991- 2014 el cual tenía por objeto: realizar el “ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS DE COSTO/BENEFICIO PARA EL DISEÑO DE DETALLE DE LA SOLUCIÓN FINAL PARA EL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR DE CHORRILLOS DE LA LOCALIDAD DE SUBA, EN BOGOTÁ D.C” con el consultor INGEOBRAS, que mediante oficio No. 31320-2016-551 del 14 de julio de 2016, la Dirección de Servicio Acueducto y Alcantarillado Zona 1, de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá E.S.P, remite la documentación requerida por la Dirección Bienes Raíces, para iniciar el proceso de adquisición de los predios y/o constituciones de Servidumbres para el suministro de agua potable y disposición final de las aguas residuales en la vereda Tuna sector de Chorrillos de la localidad de Suba.
El presente documento, se desarrollara en nueve capítulos, en la primera parte se identificara el marco normativo, legislación internacional, nacional y distrital en materia de gestión social predial, puntualmente en materia de reasentamientos y procesos de adquisición predial. En el segundo capítulo, se cita el marco de referencia y/o marco conceptual que permitirá interpretar y /o entender la base conceptual que respalda la investigación social adelantada a lo largo del documento, en el tercer capítulo aparece el Marco Metodológico aplicado a la investigación con un enfoque en análisis de impactos.
En los capítulos quinto y sexto aparecen el área de influencia indirecta y directa, el el primero se realizara un breve análisis d la localidad, UPR, hasta llegar al área de influencia directa como son los sectores poblados de Chorrillos I. II y III, centrándose puntualmente en el desarrollo de la obra y la afectación predial. En el séptimo capítulo se presentara un análisis de cada unos de los predios, tipo de afectación, unidades sociales identificadas y aspectos puntuales en el proceso de socialización del proyecto.
Por último se presentara la actriz de identificación y calificación de impactos, que será la línea base para la propuesta del Plan de Gestión Social a desarrollar.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-12 • 2017 • JUNIO • 13 12 OBJETIVOS 1.1 Objetivo General Mitigar los impactos generados a la población identificada dentro del corredor de obra, a razón de la afectación predial por la ejecución del proyecto denominado “SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR DE CHORRILLOS, EN LA LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C”, a través de la elaboración del Plan de Gestión Social, el cual se encuentra enmarcado en el Acuerdo 645 del 09 de junio de 2016, “POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C. 2016 - 2020 “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS” y, dando cumplimiento a los Decretos Distritales 296 del 2003, 329 del 2006 y a la Resolución 1175 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá.
1.2 Objetivos Específicos Determinar las características socioeconómicas de la población afectada por la ejecución del proyecto, a través del censo poblacional.
Identificar y evaluar los principales impactos que deberán enfrentar las unidades sociales identificadas a través del censo poblacional, que se verán afectadas de manera parcial y/o total a razón de la ejecución del proyecto..
Formular un el Plan de Gestión Social que mitigue los impactos generados por el traslado y permita atender las necesidades de la población.
Formato: M4FP0102F22-01 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-13 • 2017 • JUNIO • 13
6. MARCO NORMATIVO
A continuación se hace referencia a la normatividad relacionada con el respeto, defensa de los derechos fundamentales y el proceso de reasentamiento por obra pública y Gestión Social con un enfoque predial.
1.1 Legislación Internacional NORMA GENERALIDADES Declaración Universal de los Derechos Humanos Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948.
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad; Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1976, de las Naciones Unidas.
La libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos iguales e inalienables; no puede realizarse el ideal del ser humano libre en el disfrute de las libertades civiles y políticas y liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos civiles y políticos, tanto como de sus derechos económicos, sociales y culturales. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 1976 de las Naciones Unidas.
Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes, la ley puede subordinar tal uso y goce al interés social; ninguna persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los casos y según las formas establecidas por la ley.
Los Estados Partes en el presente pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento. Convención Americana Sobre Derechos Humanos suscrita en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos en San José, Costa Rica del 7 al 22 de Noviembre de 1969.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-14 • 2017 • JUNIO • 13 14 1.2 Legislación Nacional y Distrital NORMA GENERALIDADES Constitución política de Colombia ―Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares‖ (Artículo 2). ―se garantiza la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores‖. Por motivos de utilidad pública o de interés social definidos por el legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa. Esta se fijará consultando los intereses de la comunidad y del afectado. En los casos que determine el legislador, dicha expropiación podrá adelantarse por vía administrativa, sujeta a posterior acción contenciosa administrativa, incluso respecto del precio‖ (Artículo 58). ―Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular‖ (Artículo 82). Ley 56 de 1981 Mediante esta ley se dictan normas sobre obras públicas de generación eléctrica y acueductos y se regulan las expropiaciones y servidumbres de los bienes afectados por las obras. Decreto 2024 de 1982 El Ministerio de Minas y Energía reglamenta parcialmente la Ley 56 de 1981. Decreto 1152 de 1984 Alcalde Mayor Adopta como base para el proceso de urbanización las alternativas de tratamiento de las áreas de influencia de las Rondas de Río. Decreto 1106 de 1986 Alcalde Mayor Establece que la E.A.A.B. determinará el acotamiento de todas las Rondas de los ríos, embalses, lagunas, quebradas y canales dentro del territorio del Distrito, señala los criterios específicos para la definición de las Rondas; señala así mismo que la misma E.A.A.B. deberá determinar la zona de afectación para las obras que deban ejecutarse en las Rondas, y adelantar las negociaciones con los urbanizadores responsables, o con las personas naturales o jurídicas cuando se trate de obras por concepto de canalización o rectificación, o por servidumbres; determina los criterios urbanísticos que para la adecuada conformación de la zona de manejo y preservación ambiental, deberá tener en cuenta el Departamento Administrativo de Planeación Distrital en Coordinación con la E.A.A.B. Ley 9 de 1989 Artículo 56 En materia de competencia para procesos de enajenación voluntaria y expropiación (fue sustituido por el artículo 59 de la ley 388 de 1997). Ley 99 de 1993 Mediante esta ley se crea el Ministerio del Medio Ambiente y el Sistema Nacional Ambiental. Ley 142 de 1994 Se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones. Ley 388 de 1997 La adquisición de predios por utilidad pública, se rige por el procedimiento especial ya reglamentado en el Capítulo III de la Ley 9ª de 1989, modificado por el capítulo VII de esta misma ley en Formato: M4FP0102F22-01 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-15 • 2017 • JUNIO • 13 virtud de los cuales son susceptibles de adquisición el derecho real de dominio, sus elementos constitutivos y los demás derechos reales. Esta Ley establece dentro de los principios en que se fundamenta el ordenamiento territorial, el de ―la distribución equitativa de cargas y beneficios‖, también define como principios la función social y ecológica de la propiedad y la prevalencia del interés general sobre el particular. Decreto 1420 de 1998 Su objeto es señalar las normas, procedimientos, parámetros y criterios para la elaboración de los avalúos por los cuales se determinará el valor comercial de los bienes inmuebles. Decreto 619 de 2000 En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 388 de 1997, el Alcalde Mayor a través del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, el 27 de mayo de 1998 inició el proceso de formulación del Proyecto de Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá. Decreto 496 de 2003 Los Consejos Municipales y distritales podrán revisar y hacer ajustes a los Planes de Ordenamiento Territoriales ya adoptados por las entidades territoriales y por iniciativa del Alcalde, si el concejo no aprueba en (90) días calendario la iniciativa, lo podrá hacer por decreto el Alcalde. Decreto 296 de 2003 Establece los criterios, parámetros y factores para dar cumplimiento a las disposiciones del Título II, Subtítulo 4º, capítulo 1º, subcapítulo 4º, subprograma de reasentamiento por alto riesgo no mitigable y por obra pública, del Decreto 619 de 2000 Plan de ordenamiento territorial y reglamenta el Acuerdo 10 de 2000, proferido por el Consejo de Bogotá. Determina la obligatoriedad de la realización de un Censo y Diagnóstico socioeconómico, Plan de Gestión Social y la Intervención, protección y rehabilitación de las zonas intervenidas. Decreto 335 de 2003 Mediante el cual se corrige un error de transcripción de la fórmula para calcular el factor de vivienda de reposición del Decreto 296 de 2003. Decreto 190 de 2004 Compila las normas de los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003, que conforman el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, D.C. En el artículo 302 se menciona que se deben adelantar las acciones necesarias para prevenir, mitigar y controlar los impactos socioeconómicos originados por el traslado de familias. En el Artículo 303 se menciona que las entidades distritales que desarrollen actividades y proyectos definidos por el articulo58 de la Ley 388 de 1997, deben formular y ejecutar Planes de Gestión Social con el fin de mitigar los impactos generados por el desplazamiento de población, y establecer las acciones y actividades de reasentamiento por obra pública y por cualquier intervención de reordenamiento territorial. Decreto 329 de 2006 ―por el cual se modifican los factores y parámetros para el reconocimiento del componente económico del Plan de Gestión Social establecidos en el Artículo 6 del Decreto 296 de 2003‖. Resolución 5965 de 2006 En la cual se compiló el Plan de Ordenamiento Territorial para Bogotá, en su capítulo 3; de políticas sobre programas actuaciones y operaciones urbanísticas en el artículo 158 de política Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-16 • 2017 • JUNIO • 13 16 habitacional. Resolución 1175 de 3 Diciembre de 2007 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ―Por medio de la cual se adoptan los factores y parámetros definidos en el Decreto 329 de 2006 para el reconocimiento del componente económico del Plan de Gestión Social y se crea y reglamenta el Comité de Reasentamientos‖. Acuerdo 645 del 09 de junio de 2016, «Por el cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas para Bogotá D.C. 2016 - 2020 “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS» Decreto 435 del 03 de noviembre de 2015 ―Por el cual se adopta la Unidad de Planeamiento Rural –UPR Zona Norte que reglamenta la Pieza Rural Norte de Bogotá, D. C.‖.
Acción Popular No. 2011- 00150 del 24 de julio de 2014 “El Distrito Capital de Bogotá y la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-EAAB, deben Liderar, planear, diseñar, construir, ejecutar y poner en funcionamiento el servicio de acueducto y alcantarillado a los residentes de la vereda Chorrillos 1, 2 y 3 de la Localidad de Suba …” Resolución 671 del 01 de agosto de 2016 por medio de la cual se acota, se anuncia y se declara de utilidad pública la zona requerida para la ejecución del proyecto denominado ―SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR DE CHORRILLOS, EN LA LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C”, Decisión 62 de 2008 Secretaría Distrital de Gobierno - Consejo De Justicia La incorporación como elemento del espacio público de las áreas de ronda y de manejo, esta dado desde la Ley 9 de 1989, la Ley 388 de 1997 y el Decreto 1504 de 1998. Si se trata de un bien que hace parte de una ronda hidráulica, es un bien de uso público, respecto del cual resulta procedente su restitución entendida como la acción de "Volver algo a quien lo tenía antes". Por otra parte, si se trata de un bien ubicado dentro de una zona de manejo y preservación ambiental, es un bien privado con afectación urbanística a espacio público (salvo que haya sido adquirido por el Distrito) y en consecuencia puede ser objeto de restitución.
Formato: M4FP0102F22-01 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-17 • 2017 • JUNIO • 13
7. MARCO REFERENCIAL
Unidad de Planeamiento Rural Instrumento de planificación del territorio rural que se desarrolla en función de una unidad geográfica específica, que propende por la integración de los componentes físico, social y económico, en el marco del principio del desarrollo económico sostenible, asegurando la vinculación de los actores locales, de tal manera que se inscriba en un marco de equidad social (Artículo 55 Decreto 190 de 2004).
Centro Poblado Rural Asentamiento rural nucleado, con vivienda concentrada, que alberga servicios públicos, sociales, asistenciales, administrativos, recreativos y culturales, y que atiende la población dispersa de las veredas en su área de influencia. El espacio delimitado como centro poblado rural comprende el asentamiento objeto de consolidación, y las áreas previstas para su desarrollo proyectado en el corto, mediano y largo plazo. (Resolución 1777 de 2010, en el artículo 3º)
Estructura Ecológica Principal Sistema de áreas con valores ambientales presentes en el espacio construido y no construido que interconectadas dan sustento a los procesos y a las funciones ecológicas esenciales de los elementos que la componen y a la oferta de servicios ambientales y ecosistémicos (actuales y futuros) para el soporte de la biodiversidad y del desarrollo socioeconómico y cultural de las poblaciones en el territorio.
Propietario Para este caso es la persona o personas que ostentan el título de propiedad de un bien inmueble.
Poseedor La posesión ―es la tenencia de una cosa determinada con ánimo de señor o dueño, sea que el dueño o el que se da por tal, tenga la cosa por sí mismo, o por otra persona que la tenga en lugar y a nombre de él. El poseedor es reputado dueño, mientras otra persona no justifique serlo1‖ Desplazamiento Desplazamiento de población, proceso de movilización de población de un lugar de asentamiento a otro generado por diferentes causas, ajenas a la voluntad del movilizado, por actuaciones del Estado en busca del interés general, mediante proyectos de desarrollo, obras públicas, ordenamiento territorial o renovación urbana; por acción de la naturaleza, como movimientos sísmicos, inundaciones, deslizamientos o por la violencia o conflicto armado.
1 Código Civil Colombiano.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-18 • 2017 • JUNIO • 13 18 Desplazamiento por obras públicas – proyectos de desarrollo, obedece a necesidades de construcción de infraestructura, en estos casos bajo una concepción de bienestar enmarcado en el ordenamiento territorial, el Estado destina espacios para el desarrollo de la comunidad requiriendo la adquisición de predios para la ejecución de los proyectos.
Desplazamiento por ocupación de zonas de alto riesgo no mitigable y rondas del sistema hídrico, esta clase de desplazamiento se presenta principalmente por ubicación de población en zonas de alto riesgo no mitigable, que en determinadas condiciones ambientales de los suelos y de ocupación de estos suelos, ligados a las dinámicas climáticas y fenómenos naturales generan riesgo en la población.
Hábitat Hábitat, ―el territorio y el conjunto de atributos que lo cualifican, donde se localiza y vive el ser humano, su desarrollo armónico contribuye a mejorar la calidad de vida, la productividad de la ciudad, la inclusión social de toda la población y el reconocimiento de la identidad individual y colectiva‖2.
Impactos Impacto, son los efectos o alteraciones causados a las condiciones actuales de los elementos que componen el medio, las cuales son catalogadas de acuerdo con la condición final de mejoramiento (positivos) o daño provocado (negativos), el impacto corresponde a la posibilidad de visualizar los efectos causados.
Los impactos en el hábitat se manifiestan en cinco dimensiones básicas:
Dimensión territorial, que hace referencia a las formas de apropiación social del espacio reflejando las aspiraciones individuales y colectivas: uso y delimitación del suelo, afectación de inmuebles, edificaciones, vivienda, servicios públicos y equipamientos colectivos y espacio público.
Dimensión ambiental, se entiende como la gestión ambiental de los agentes públicos y privados en el uso y manejo de los recursos naturales en especial del agua, suelo, atmósfera, fauna, flora y paisaje, orientada a la sostenibilidad de la ciudad y la región.
Dimensión política - social, está determinada por las relaciones y condiciones sociales que se dan en el territorio. Comprende las variables, poblacional o demográfica, redes sociales, accesibilidad y permanencia a servicios sociales, salud, educación y fortalecimiento o debilitamiento de organizaciones políticas o comunitarias.
Dimensión económica, se refiere a la forma y tipo de relaciones sociales con orientación económica, relaciones que implican la producción y transacción de bienes y servicios de forma regular y permanente.
Dimensión cultural, comprende la dinámica cultural de la población y la forma como se manifiesta en la construcción del hábitat.
Reasentamiento de población Reasentamiento, es un proceso metodológico integral planificado que acompaña y asesora a la población sujeto de desplazamiento cuyos propósitos son la protección de la vida y el 2 SECRETARÍA DISTRITAL DE HÁBITAT. Misión Hábitat. Bogotá. 2007.
Formato: M4FP0102F22-01 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-19 • 2017 • JUNIO • 13 mejoramiento de la calidad de vida en el marco de la cultura del hábitat, el desarrollo humano sostenible y el ordenamiento territorial.
El reasentamiento es holístico y define el acompañamiento integral en el ejercicio de los derechos colectivos en cuanto a la prevalencia de la función ecológica y social de la propiedad, función pública del desarrollo urbano e inclusión social, los cuales promueven el derecho a la ciudad, ambiente sano, espacio público, vivienda adecuada y construcción de ciudadanía. Para el caso de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá el proceso de reasentamiento es individual y se centra en las necesidades y expectativas de cada familia.
Reasentamiento individual, en esta forma el hogar define y selecciona su alternativa habitacional y por ende su seguimiento y sensibilización para la integración en el sector debe ser de carácter individual, permitiéndole acceder a los servicios y establecer los mecanismos necesarios para que su vinculación en el territorio sea adecuada.
Programa de reasentamiento, conjunto de acciones y actividades necesarias para lograr el traslado de las familias estratos 1 y 2 que se encuentran asentadas en zonas declaradas de alto riesgo no mitigables por deslizamiento o inundación, las zonas de intervención por obra pública o la que se requiera para cualquier intervención de reordenamiento territorial.
Hogar Hogar, ―conjunto de personas unidas o no por lazos de parentesco que residen habitualmente en la misma vivienda y se sostienen de un gasto común para comer; una persona que vive sola o que no comparte los gastos para comer con otras constituye un hogar‖3.
Vulnerabilidad ―se entiende como una función inversa de la capacidad de los individuos, grupos, hogares y comunidades de prever, resistir, enfrentar y recuperarse de impactos o efectos de eventos que implican una pérdida de activos materiales e inmateriales‖4.
Para valorar el grado de vulnerabilidad se determinan tres niveles: bajo, medio y alto que se establecen en la relación entre impactos por el desplazamiento, por dimensiones y las características particulares de los hogares. En este caso se tienen en cuenta los siguientes aspectos: arraigo, capacidad de gestión y capacidad de adaptación, estos conceptos se explican en el presente documento.
Diagnóstico socioeconómico Diagnóstico socioeconómico, es el momento analítico/ explicativo del proceso de intervención social5. Como resultado del análisis e interpretación de la información, constituye una 3 DANE. Registro de Población 2005. En: ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, SECRETARÍA DE HÁBITAT. Marco Operativo de Política Distrital de Reasentamiento. Dirección de Mejoramiento Integral – Subdirección Reasentamientos y Mejoramiento de Vivienda. Diciembre de 2007. 4 VEEDURÍA DISTRITAL. La Vulnerabilidad Social en Bogotá. 2002. En: ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, SECRETARÍA DE HÁBITAT. Marco Operativo de Política Distrital de Reasentamiento. Dirección de Mejoramiento Integral – Subdirección Reasentamientos y Mejoramiento de Vivienda. Diciembre de 2007.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-20 • 2017 • JUNIO • 13 20 herramienta vital, que permite conocer la naturaleza y magnitud de un problema, así como identificar las características generales de la población objeto de atención. El propósito, de su elaboración es obtener una información básica que sirva para programar acciones concretas, y revelar un cuadro de la situación que sirva para las estrategias de acción.
Componentes del Plan de Gestión Social. El Plan de Gestión Social es el conjunto de programas, actividades y acciones tendientes a abordar integralmente a las familias a reasentar a fin de minimizar los efectos negativos del desplazamiento involuntario. El Plan de Gestión Social tendrá un componente social y un componente económico cuando sea del caso, así:
Componente Social: Corresponde al conjunto de programas, planes, proyectos, estrategias, actividades y acciones con los cuales se pretende mitigar y minimizar los impactos sociales, económicos y culturales en la población desplazada por la ejecución de los proyectos.
*Componente Económico: Corresponde a los reconocimientos económicos que hace la entidad a cargo del proyecto, los cuales tienen por objeto minimizar los impactos socioeconómicos generados por el desplazamiento.
*Componente Social. El Plan de Gestión Social, además de las estrategias consagradas en el Artículo 293 del Decreto 619 de 2000, adoptará como mínimo los siguientes programas:
1. Programa de Asesoría Social: Corresponde a la serie de actividades y acciones dirigidas a facilitar el desplazamiento y a propender por el restablecimiento de las condiciones iniciales en que se encontraba la población que va a ser desplazada por el proyecto.
2. Programa de Asesoría y Asistencia Técnica a las Unidades que desarrollen actividades económicas: Corresponde a la serie de actividades y acciones dirigidas a facilitar el traslado de dichas unidades ciñéndose a lo estipulado en el Decreto 619 de 2000 sobre la ubicación de actividades de comercio y servicios.
3. Programa de Asesoría en Gestión Inmobiliaria: Corresponde a la serie de actividades y acciones que facilitan la búsqueda de los nuevos sitios de ubicación en el mercado inmobiliario, conforme a lo establecido en el artículo 292 del Decreto 619 de 2000, previniendo la ocupación de zonas de alto riesgo no mitigable, la ubicación en zonas ilegales, la ocupación de sectores con reservas para construcción de obras de infraestructura u otros.
4. Programa de Asesoría Jurídica: Corresponde al acompañamiento jurídico que requiera la población vinculada al proceso de enajenación voluntaria de los inmuebles requeridos por la entidad que desarrolla el proyecto o aquellos que se precisen dentro del Plan de Gestión Social respectivo.
5 ANDER EGG, Ezequiel. Diccionario del Trabajo Social. Buenos Aires: Lumen, 1996. En: EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ, DIRECCIÓN DE BIENES RAÍCES. Diagnóstico Socioeconómico y Formulación del Plan de Gestión Social ―Construcción del Sistema Red Matriz Acueducto Santo Domingo – Altos de la Estancia‖. Bogotá. Julio 2007.
Formato: M4FP0102F22-01 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-21 • 2017 • JUNIO • 13 Componente económico, corresponde a los reconocimientos económicos que hace la entidad a cargo del proyecto, los cuales tienen por objeto minimizar los impactos socioeconómicos generados por el desplazamiento, las cuales se encuentran contemplados en la Resolución 1175 de 2007.
Factores de reconocimiento económico De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 329 de 2006, los factores a reconocer según el impacto causado por el desplazamiento de la población a causa de la ejecución de las obras a cargo del Acueducto, son:
Factor de movilización Factor de trámite Factor de pérdida de ingresos Factor por traslado de arrendatarios Factor de vivienda de reposición Factor de reasentamiento de emergencia Factor de Movilización Corresponde al reconocimiento y pago por concepto de gastos de mudanza, que se hace a los propietarios, poseedores, tenedores, arrendatario, sub arrendatarios o usufructuarios que residan y/o desarrollen directamente una actividad productiva y deban desplazarse del inmueble requerido por el Acueducto de Bogotá. Este factor se liquidará de la siguiente manera:
Un (1) SMMLV a las familias residentes sin actividad productiva. Dos (2) SMMLV a las familias residentes con actividad productiva o a quienes sin residir tengan una actividad productiva.
Factor por Trámite Corresponde al reconocimiento que se hace a los propietarios del inmueble por los costos en los que incurren con motivo de la escrituración de este a favor del Acueducto de Bogotá, valor equivalente al 1.5% del valor del avalúo comercial del inmueble.
Para propietarios o poseedores residentes que repongan su vivienda, se les reconocerá, adicionalmente el 1.5% del valor del avalúo del inmueble enajenado en el caso de los primeros, y el 1.5% del valor de la construcción para los segundos. Ninguno de estos reconocimientos individualmente considerados puede superar los cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Factor por pérdida de ingresos En caso de que el avalúo del inmueble requerido por el Acueducto de Bogotá no contemple la evaluación por la suspensión temporal o definitiva de la actividad productiva, a la que se refiere el Decreto 1420 de 1998, se reconocerá y pagará el factor por pérdida de ingresos por actividad productiva y/o renta, así:
Por actividad productiva: Este factor se reconocerá y pagará la titularidad de la actividad productiva, que obtenga un ingreso derivado del ejercicio de la misma, que se desarrolla en el Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-22 • 2017 • JUNIO • 13 22 inmueble requerido por el Acueducto de Bogotá y que deba ser trasladada a consecuencia de la ejecución del proyecto. El valor que se reconocerá y pagará por este concepto corresponde a tres (3) veces el valor de la utilidad neta mensual promedio de los últimos doce (12) meses o, en caso de ser inferior a dicho tiempo, al predio del periodo de la utilidad neta mensual del ejercicio de la actividad productiva. El valor de la utilidad mensual será determinado por un contador público o lonja inmobiliaria contratados por el Acueducto de Bogotá, en cumplimiento estricto de las disposiciones legales que regulen la materia. En todo caso, el valor por este concepto no podrá ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente, ni superior a veintidós (22) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Por renta: Se reconocerá y pagará al arrendador y al subarrendador cuando éste último se encuentre autorizado de conformidad con las normas sobre la materia, una suma equivalente a tres (3) veces el valor del canon mensual pactado en el contrato de arrendamiento o subarriendo respectivo, en este último caso de manera proporcional, sin que el reconocimiento que se haga sobrepase el valor del canon mensual total del inmueble; reconocimiento que se hará conforme se haya identificado en el censo y diagnostico socioeconómico y la documentación soporte presentada para el efecto al momento que se liquide el pago. El valor por este concepto no podrá ser en ningún caso inferior a un (19 salario mínimo legal mensual vigente, ni superior a veintidós (22) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Factor por traslado de arrendatarios Este factor se reconocerá y pagará a quienes hayan sido identificados como arrendatarios en el censo y diagnostico socioeconómico. El valor que se reconocerá y pagará por este concepto será el equivalente a tres (3) veces el canon de arrendamiento mensual del inmueble requerido por el Acueducto de Bogotá. Este factor no podrá ser en ningún caso inferior a un (1) salario mínimo legal mensual vigente, ni superior a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Factor de vivienda de reposición Este factor se reconocerá a los propietarios o poseedores residentes que deban desplazarse del inmueble requerido por el Acueducto de Bogotá, cuando la suma del valor correspondiente al avalúo comercial del inmueble, sea inferior al valor máximo de una vivienda de interés social tipo 1, de la siguiente manera:
FVR= (Y-A)
Donde:
FVR= Factor de Vivienda de Reposición Y= Corresponde al valor máximo de una vivienda de interés social tipo 1.
A= Para propietarios equivale al valor del inmueble en el avalúo comercial. Para propietarios de inmuebles en el sector rural equivale al valor de la construcción en el avalúo comercial. Para el caso de poseedores equivale al valor de la construcción en el avalúo comercial.
Los propietarios o poseedores que sean beneficiados del Factor de Vivienda de Reposición deberán destinar el valor recibido por este concepto para la reposición de la vivienda y solamente podrá recibir este reconocimiento económico por una sola vez. Tanto a propietarios como poseedores que cumplan las condiciones para ser beneficiarios del Factor de Vivienda de Reposición y que tengan derecho de dominio sobre otra vivienda, solo se les reconocerá y pagará dicho factor cuando demuestren ante el Acueducto de Bogotá que en esa otra vivienda no Formato: M4FP0102F22-01 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-23 • 2017 • JUNIO • 13 puede residir, por motivos debidamente comprobados por quien reclama el beneficio. La Dirección de Bienes Raíces evaluará en cada caso particular las causas que imposibilitan la reposición de vivienda y decidirá si las acepta o no, dejando constancia de lo anterior.
Factor reasentamiento de emergencia Este factor se reconocerá y pagará, con carácter excepcional, a los propietarios o poseedores residentes de predios que deban ser entregados y que por inconvenientes jurídicos no se haya podido llevar a cabo por enajenación voluntaria. El pago del presente factor se realizará únicamente por razones de urgencia e inminencia en la ejecución de las obras y previa aprobación por parte del Comité de Reasentamiento y se reconocerá y pagará una vez sea entregado el predio al Acueducto de Bogotá.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-24 • 2017 • JUNIO • 13 24
8. MARCO METODOLOGICO
Lineamientos de Investigación Acción Participativa (IAP)
La Investigación-Acción-Participativa es una forma de desarrollar la investigación y a la vez una metodología de intervención social. En ella la población participa activamente con el investigador en el análisis de la realidad y en las acciones concretas para modificarla.
Supone un proceso circular de investigación y análisis de la realidad, en el que partiendo de los problemas prácticos y desde la óptica de quien los vive se procede a una reflexión y actuación sobre la situación problemática con objeto de mejorarla, implicando en el proceso a quienes viven el problema, quienes se convierten en autores de la investigación.
La IAP, es un enfoque de investigación e intervención social, que persigue recoger las demandas de los actores implicados en un proceso de acción social con el fin de transformar la realidad existente, y facilitando en el proceso la apropiación de recursos organizativos y de conocimiento por parte de la comunidad.
Sus principales características son:
Investigación: tiene por finalidad estudiar algún aspecto de la realidad, con una expresa objetivo práctico.
Acción: la forma de realizar el estudio es ya un modo de intervención: el propósito de la investigación está orientado a la acción y a la transformación, siendo ella a su vez fuente de conocimiento y su resultado.
Participación: es una actividad en la que están involucrados tanto los investigadores como la misma gente destinataria de los programas, que ya no son considerados como simples beneficiarios, sino como sujetos actuantes que contribuyen a conocer y transformar la realidad en la que están implicados.
En este enfoque de investigación el Professional Social, consistió básicamente en:
Actuar como facilitador. Estimular el cambio (a través de la reflexión colectiva). Ayudar a la gente en el análisis. Capacitar a la gente para que actúe.
Formato: M4FP0102F22-01 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-25 • 2017 • JUNIO • 13 Dando cumplimiento a los lineamientos de participación ciudadana, se propone desarrollar el proceso de socialización basado en los siguientes aspectos: técnicos, cartografía social identificando cada uno de los predios con sus habitantes y los puntos de interés de la comunidad, identificación de impactos sin y con proyecto, se proponen algunas medidas de manejo por parte de la comunidad y finalmente se realiza la plenaria.
Figura 1. Metodología socialización del proyecto 3.1.1 Aspectos Técnicos: esta etapa se encuentra a cargo de los profesionales del grupo de bienes raíces donde se informa el inicio del proyecto y cada una de sus actividades.
3.1.2 Cartografía Social: se realiza con apoyo de una imagen cartográfica de los centros Poblados y una identificación de cada uno de los predios que se afectarían con la construcción de las obras.
3.1.3 Identificación de impactos sin proyecto: con la ayuda de pequeñas tarjetas y con la participación de los asistentes se identifican aspectos relacionados con características Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-26 • 2017 • JUNIO • 13 26 poblacionales como (servicios sociales, presencia institucional, servicios públicos, dinámica poblacional, paisaje, economía, vías, medios de transporte, cultura, clima y puntos de interés de la comunidad).
3.1.4 Identificación de impactos con proyecto: se seleccionaron actividades durante la etapa operativa de la etapa de adquisición predial donde la comunidad identifica los impactos positivos, negativos y reflexiono en cuanto al nivel de afectación de la comunidad.
3.1.5 Medidas de manejo: en esta etapa mediante proposiciones se identifican cuales son las mejores alternativas para manejar aquellos impactos negativos de gran afectación a la comunidad, las cuales se tuvieron en cuenta para la elaboración del Plan de Gestión Social.
3.1.6 Plenaria: por último y como actividad de cierre se da una respuesta a las múltiples interrogantes de la comunidad donde expresan principalmente su preocupación por el valor que se pagará por sus predios y las compensaciones que se realizaran a los propietarios, Arrendatarios y/o Actividades Económicas identificados.
Primer taller se realiza el 03 de septiembre de 2016, desde ese momento se dio el primer contacto con la comunidad por lo que luego de esto se inicia el recorrido por cada uno de los predios identificando los datos de los propietarios, tipo de afectación predial, usos de los predios, dejando como constancia un registro fotográfico de la zona y acordando una fecha para realizar la visita domiciliaria donde se aplicaría el formato de recolección de información.
3.1.7 Recolección, sistematización y análisis: la recolección de información se llevó a cabo mediante la visita domiciliaria a cada uno de los predios identificando cada una de las características socioeconómicas y usos de los predios, esto se realizó mediante una entrevista estructurada; una vez recolectada la información se organizaron los datos según las variables propuestas en el formato de recolección. Es importante aclarar, que el 95% del área afectada, corresponde a constitución de servidumbres y tan solo en un predio, se determina compra parcial, por lo anterior, tan solo se aplicó formulario de recolección de información en donde se identifica el desarrollo de algún tipo de actividad y/o uso.
Formato: M4FP0102F22-01 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-27 • 2017 • JUNIO • 13 3.1.9 Calificación y valoración de los impactos Evaluación actual del área Se realiza una evaluación cualitativa, en la que se identifican las actividades que actualmente se desarrollan en el área y que ejercen influencia sobre los componentes y elementos del ambiente (Físico, económico y social) y se determinan los impactos que dichas actividades están generando sobre los mismos.
Evaluación del área con proyecto Para la evaluación con proyecto, se presenta el análisis para sector establecido, de acuerdo con las características físicas y bióticas particulares que se identificaron. Inicialmente se efectúa una evaluación cualitativa, determinando las acciones consideradas dentro del proyecto que pueden causar cambios sobre los elementos ambientales, en la cual se determina una relación causa – impacto, en la cual por cada actividad se identifican y especifican los impactos que puede causar su desarrollo sobre los elementos ambientales identificados.
Se establece una matriz sencilla de doble entrada (elementos e impactos / actividades del proyecto), efectuándose una primera interpretación de los elementos del ambiente que pueden ser más afectados y de las actividades impactantes, y a los cuales se les ha asignado un valor, según una escala de ponderación definida por la metodología utilizada. A continuación, se definen los criterios que se tienen en cuenta para la valoración de los impactos. En la Tabla 1 se presenta el sistema de calificación propuesto para la evaluación de los impactos. Dentro de cada criterio de calificación, existe una valoración que oscila entre 1 y 12, donde 1 corresponde a un menor impacto y 12 al máximo posible.
3.2 Marco Metodológico y Conceptual La metodología utilizada tiene como base la propuesta por Conesa (1997), con las correspondientes adaptaciones a las características del proyecto. Dentro de los aspectos esenciales tomados de la metodología original, se encuentran la definición de los criterios de evaluación y la ponderación de los mismos para determinar la importancia de los impactos.
La evaluación está dirigida en dos sentidos, el primero a la determinación de las condiciones iniciales del área, mediante un análisis sin proyecto (evaluación actual) teniendo en cuenta las actividades que se realizan actualmente y el segundo a la superposición de las actividades consideradas en la ejecución del proyecto, esto con el propósito de determinar las modificaciones que se pueden presentar en el área de estudio por la realización de las mismas.
La interacción de la evaluación sin proyecto y con proyecto, permite determinar la calidad inicial del medio antes de efectuar las acciones y una predicción de los efectos que pueden suceder durante la ejecución de cada una de las actividades a realizar, para obtener una evaluación acertada de las consecuencias ambientales debidas a la ejecución de las mismas, a partir de la cual se plantean las acciones de manejo ambiental a implementar.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-28 • 2017 • JUNIO • 13 28 3.2.1 Definiciones La presente evaluación tiene como principios básicos los siguientes términos6:
El Ambiente se considera como el resultado de la interacción de los factores abióticos, bióticos, sociales, culturales, económicos y de paisaje del área donde se desarrollarán las actividades.
Actividad Impactante: corresponde a aquella(s) actividad(es) o acción(es) relacionadas con el tendido de la línea eléctrica, su operación y mantenimiento que origina eventos de cambio o modifica un estado inicial, sea natural o introducido.
Efecto Ambiental se entiende como aquella alteración de un elemento del medio o de algunos de sus atributos, resultante de las actividades o acciones impactantes; es decir, es la manifestación de una actividad impactante relacionada con el proyecto.
Se entiende como impacto el grado de manifestación cualitativa del efecto (alteración de un factor ambiental) y se mide mediante una escala de ponderación que determina el nivel de importancia del mismo. Esta es una medida en función tanto del grado de incidencia o intensidad de la alteración producida, como de la caracterización del efecto.
3.3 Procedimiento Para la realización de la evaluación de impactos, se tuvo como base los conceptos contenidos dentro de los lineamientos establecidos por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y la participación activa de los profesionales involucrados en el estudio. De forma general, las siguientes son las etapas efectuadas:
3.4 Evaluación Actual del Área Se realiza una evaluación cualitativa, en la que se identifica el tipo de población que actualmente desarrolla algún tipo de actividad ya sea en la área de influencia Directa como Indirecta y que ejercen influencia sobre las dimensiones (territorial, ambiental, política – social, económica y cultural) y se determinan los impactos que dichas actividades están generando sobre los mismos, calificados como (+) Positivos o (-) Negativos.
3.5 Evaluación del Área con Proyecto Para la evaluación con proyecto, se presenta el análisis para las dimensiones establecidas, de acuerdo con la Política Distrital de Reasentamiento7 estas se encuentran clasificadas de la siguiente manera:
6 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Dirección de licencias, permisos y trámites ambientales (2010).Metodología general para la presentación de estudios ambientales. Bogotá D.C. 7 SECRETARIA DISTRITAL DEL HABITAT. Dirección de Mejoramiento Integral – Subdirección de Reasentamiento y Mejoramiento de Vivienda (2008). Lineamientos y Marco de Política Distrital de Reasentamiento. Bogotá.
Formato: M4FP0102F22-01 29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-29 • 2017 • JUNIO • 13 Dimensión territorial Dimensión ambiental Dimensión política - social Dimensión económica Dimensión cultural A continuación se describe cada una de las dimensiones:
Dimensión territorial Determina las formas de apropiación social del espacio reflejando tanto las aspiraciones individuales como las colectivas: Uso y delimitación del suelo, afectación de inmuebles, edificaciones, vivienda, servicios públicos y equipamientos colectivos y espacio público que hacen parte constitutiva del hábitat.
En la dimensión territorial se podrían identificar los siguientes impactos:
Variación en el uso del suelo: Una intervención sobre el territorio necesariamente genera cambios de uso del suelo ya sea para preservarlo o desarrollarlo, dependiendo de la causa que genere la intervención. Esta acción genera cambios a nivel local y regional, interviniendo otros aspectos de la vida social y económica del territorio.
Afectación de equipamientos colectivos: La ubicación de equipamientos colectivos en zonas de riesgo o en espacios requeridos para el desarrollo de obras de infraestructura conlleva a que tanto la población residente, como la que se traslada, y aquella que no se desplaza, se vea afectada en los equipamientos comunitarios: centros educativos, espacios de recreación y deporte, centros de salud, centros comunitarios.
Pérdida del inmueble: La pérdida del inmueble se manifiesta en las posibilidades que con el proceso de movilización no se vuelva a restituir el inmueble en las condiciones de propiedad actuales; este impacto se produce en la población propietaria y poseedora principalmente, que por su condición de ―titularidad‖ puede quedar sin ninguna opción frente a una actuación del Estado.
Pérdida de inversiones en infraestructura: Impacto directo producido por el traslado de las actividades económicas permanentes en las cuales se han realizado inversiones para su funcionamiento, como el caso de los establecimientos comerciales.
Dimensión ambiental Entendida como la gestión ambiental de los agentes públicos y privados en el uso y manejo de los recursos naturales en especial del agua, suelo, atmósfera, fauna, flora y paisaje, orientada a Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-30 • 2017 • JUNIO • 13 30 la sostenibilidad de la ciudad y la región. En la dimensión ambiental se podrían identificar los siguientes impactos:
Recuperación de sistemas hídricos. Hace referencia a las acciones de ordenamiento territorial y ordenamiento de cuencas en las cuales se actúa sobre rondas de ríos, quebradas y humedales.
Recuperación de suelos. Hace referencia a las acciones adelantadas en los proyectos de desarrollo y ordenamiento territorial en la cual se recuperan suelos para ser incorporados en la estructura ecológica principal, a espacio público, corredores de movilidad o renovación urbana.
Variación en las condiciones atmosféricas. Hace referencia a la disminución de la contaminación por acciones antrópicas, como producto de las recuperaciones de suelos.
Variación en las condiciones climáticas. Hace referencia a los efectos producidos por la recuperación de sistemas hídricos, suelos de reserva y protección, en la producción de agua y oxigeno.
Perdida/recuperación de especies bióticas. Hace referencia a los efectos producidos por los cambios de usos del suelo y/o incorporación de éstos a la estructura ecológica principal de la ciudad, en especial al sistema hídrico de cuencas y sistema de humedales.
Perdida/recuperación de cobertura vegetal. Hace referencia a la reconfiguración de la cobertura vegetal con el retiro de escombros y adecuación de suelos ocupados por edificaciones e infraestructura.
Aunque es importante aclarar que para la evaluación de impacto del estudio actual solo se tendrán en cuenta los impactos de recuperación de suelos y perdida/recuperación de cobertura vegetal.
Dimensión política - social Está determinada por las relaciones y condiciones sociales que se dan en el territorio. Comprende las siguientes variables:
Poblacional o demográfica: Hace referencia al número y estructura de la población ubicada en el territorio, los impactos se relacionan con las variaciones en el tamaño de la población (sea aumento o disminución) y su organización por grupos atareos.
Redes sociales: Hace referencia a las redes familiares, vecinales y de apoyo comunitario que permiten la sostenibilidad de la población en un determinado entorno.
En este sentido, los impactos se pueden percibir en la ruptura de redes familiares o vecinales que además del apoyo económico se traduce en apoyo afectivo, solidario, fraternal y en mecanismos de sostenibilidad de la población como cuidado de los niños, prestamos en dinero o especie, apoyo en la enfermedad y la posibilidad de compartir la organización de actividades colectivas para la recreación y esparcimiento así como de sostenibilidad económica Formato: M4FP0102F22-01 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-31 • 2017 • JUNIO • 13 Accesibilidad y permanencia a servicios sociales, principalmente salud y educación, bienestar social, seguridad alimentaria, alojamiento, recreación y deporte.
Salud: Está referido a las condiciones de salud física, mental y social de la población, así como al acceso al servicio de seguridad social.
Educación: Está referido al acceso y sostenimiento en el sistema educativo de la población escolar ubicada en el territorio a intervenir.
Organización política: Hace referencia a las relaciones sociales con orientación o fines políticos y su organización, las cuales influyen en la toma de decisiones y resolución de problemáticas colectivas.
Los impactos en el componente político están relacionados con el fortalecimiento o debilitamiento de organizaciones comunitarias, lo cual supone el cambio en los procesos de participación ciudadana, estos a su vez propician la aparición y fortalecimiento de movimientos sociales cuyas acciones trascienden el marco de la planeación en la gestión y formulación de proyectos.
En la dimensión político social se podrían identificar los siguientes impactos:
Cambio en la estructura demográfica: Cualquier tipo de intervención en un área determinada, donde se encuentre población, genera dos tipos de dinámicas. La primera: éxodo de la población, que produce una alteración en la organización del sistema social, tanto en la comunidad afectada como en el resto de la sociedad. La segunda, atracción de nueva población, por nuevas oportunidades económicas.
Cambios en las relaciones políticas: El cambio en la estructura demográfica genera cambios políticos en la medida que afecta la organización para la toma de decisiones; un cambio en la estructura demográfica puede generar:
Fortalecimiento y/o debilitamiento de centros o actores de poder Aparición /desaparición de actores o líderes sociales Creación de nuevas relaciones y condiciones políticas Reducción a las acciones de inseguridad y fortalecimiento de las acciones de convivencia.
Cambios o efectos en las relaciones sociales: La movilización implica en algunos casos la desarticulación familiar, por la imposibilidad de establecerse en un mismo espacio. A nivel comunitario se desarticulan redes sociales disminuyendo el capital social de una comunidad.
Potencialización de conflictos sociales: Los conflictos sociales se presentan básicamente por la desinformación y falta de claridad en el proceso de desplazamiento. Tiene una alta probabilidad de ocurrencia por el rechazo inherente al desplazamiento, así la población se encuentre en situación de riesgo o en condiciones de vulnerabilidad.
Desarticulación de redes vecinales: La desarticulación de redes sociales se manifiesta en la pérdida de apoyo familiar y vecinal Para el desarrollo de actividades cotidianas como el cuidado Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-32 • 2017 • JUNIO • 13 32 de los menores, de la vivienda, de pérdida de compañeros o vecinos para la recreación, esparcimiento y actividades económicas.
Desvinculación del sistema educativo: Es un impacto que se produce en el caso de población escolar en la zona, por la posibilidad de perder el acceso y permanencia al sistema educativo.
Reclasificación en el sistema de seguridad social en salud y bienestar social: Afecta la población que se encuentra afiliada al SISBEN, por los posibles cambios que se generen en la clasificación causados por el cambio en la estratificación socioeconómica. Así mismo, que se incurra en mayores gastos de transporte para acudir al centro de atención.
Aumento de morbilidad: El enfrentamiento a una situación de desplazamiento, cuando este no es deseado, ni ha sido planificado por la familia que debe desplazarse, genera situaciones de estrés, angustia tristeza, que se reflejan en el estado de ánimo de las personas afectando su salud física y mental, llegando incluso en población adulta mayor hasta la muerte.
Dimensión económica Hace referencia a la forma y tipo de relaciones sociales con orientación económica, es decir relaciones que implican la producción y transacción de bienes y servicios de forma regular y permanente.
Variación en los costos del suelo: La intervención del suelo afecta la dinámica sobre el valor de la tierra, por la incorporación o detrimento de actividades económicas, mejoramiento urbano y dotación de servicios urbanos. Se producen cambios en el uso, fraccionamiento de propiedad y afectación del precio. En el mediano y largo plazo, se presenta una mayor dinamización del mercado inmobiliario, y procesos de valorización o desvalorización. En estos términos puede hablarse de la modificación paulatina de la renta, expresada en el uso del suelo, precio de la tierra y condiciones del mercado.
Recomposición de redes económicas: El cambio en el uso del suelo, podrá producir en un contexto urbano la pérdida de economías de aglomeración, perdida de funcionalidad de algunas áreas, desarrollo y potencialización de otros sectores.
Igualmente pueden generar procesos de pérdidas económicas en la población residente que no se desplaza al presentarse una disminución de ingresos por la pérdida de consumo de la población a desplazar.
En algunos casos para la población que se queda, puede mejorarse la situación económica en un futuro, cuando haya una recuperación y adecuación de las zonas intervenidas, así como puede producirse un empobrecimiento por las condiciones en las que queda el lugar.
Pérdida de empleo para trabajadores en la zona: Es un impacto que se genera principalmente en los propietarios y empleados que laboran en los predios requeridos por el proyecto donde se desarrollan actividades económicas.
Formato: M4FP0102F22-01 33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-33 • 2017 • JUNIO • 13 Pérdida temporal o definitiva de actividad económica: Para la población que se desplaza, la pérdida por actividad económica se presenta, por un lado, en la desarticulación de redes económicas para la producción, comercialización y distribución de bienes y servicios, y por otro, en la existencia de tiempos muertos e incluso el cierre definitivo de la actividad.
Para la población que se queda en la zona, se puede presentar disminución de los ingresos por disminución de la demanda.
Pérdida de renta: Es un impacto que se produce por la pérdida de ingresos generados por el arrendamiento de los predios afectados. Es un impacto que tiene una intensidad alta ya que se constituye en una fuente de ingresos por la población que depende de la renta.
Disminución de ingresos familiares: La afectación en la fuente de ingresos por actividad económica produce la disminución de ingresos familiares. La disminución del ingreso puede llegar a ser un impacto severo si no se implementan medidas adecuadas para la restitución de sus fuentes y generar otros impactos a largo plazo como la pérdida del inmueble o vivienda al no tener ingresos suficientes para su mantenimiento y sostenibilidad.
Disminución del patrimonio: Se presenta por los gastos incurridos en el proceso de desplazamiento, incluso con la posibilidad de pérdida de la inversión en la vivienda o unidad productiva.
Dimensión cultural Comprende la dinámica cultural de la población y la forma como se manifiesta en la construcción de hábitat. La cultura del hábitat es el conjunto de prácticas significativas relacionadas con el manejo individual y colectivo de éste, en particular el hábitat residencial. Como señala Raymond William, la cultura es un sistema de significación mediante el cual se comunica, reproduce, experimenta y explora un orden social, el cual imprime un sello característico a las prácticas sociales. Incluye un conjunto de prácticas materiales que constituyen significados, valores y subjetividades. No es un esquema fijo, sino que se construye históricamente en el seno de las relaciones sociales y de poder y deja acumulados históricos que se van decantando con el tiempo. En tal sentido, es un proceso colectivo e incesante de producción de significados que moldea la experiencia individual y social y configura las relaciones sociales como relaciones compartidas en términos de representaciones y acciones significativas.
La cultura del hábitat comprende, por tanto, representaciones sociales, percepciones, valores, hábitos y conductas que tienen significado para las personas con respecto al manejo de la vivienda y su entorno. Constituye una base para la construcción de territorialidad, de sentido de pertenencia al territorio inmediato (vecindario, barrio) y mediato (UPZ, localidad, territorios sociales, ciudad, región, nación); además, genera lazos sociales (de cooperación y conflicto) y puede ser el punto de partida para la asociatividad, la generación de solidaridades y conflictos, la acción colectiva y el relacionamiento con otros actores sociales y con el Estado.
La cultura es un sistema complejo que tiene la característica de afectar todos los demás sistemas. Como en todo sistema sus estructuras y procesos son transformados continuamente Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-34 • 2017 • JUNIO • 13 34 por la sociedad. Estos cambios producen alteraciones según sea el estado en que se encuentren los mecanismos de autorregulación y recuperación del sistema cultural.
Uno de los efectos en el sistema cultural es la alteración de los ejes de referencia8, lo que se traduce en pérdida de capacidad de control de la sociedad sobre sí misma, y por ende sobre el medio que le sirve de soporte.
La alteración del eje referencial es un efecto que se agrava paulatinamente aún mucho después de haberse concluido el proyecto produciendo consecuencias como:
Trastorno de las relaciones sociales y familiares Decadencia de las instituciones, entre ellas la familia, también como resultado de los ejes de referencia ligada a los cambios de roles y jerarquías. Perdida de territorio por el efecto barrera, sumado a la dificultad de acceso a algunos espacios. Deterioro o destrucción de sitios importantes para la comunidad. La iglesia, el colegio, un parque, el salón comunal, etc.
Luego de definir cada una de las dimensiones a tener en cuenta dentro de la evaluación de impactos con proyecto se determinó el tipo de población actualmente presente en el área tanto de influencia directa como indirecta, entre las que se encuentran:
Hogares residentes Comunidad estudiantil Comerciantes formales Población general Se establece una matriz sencilla de doble entrada (dimensiones e impactos / tipos de población identificados que ejercen algún tipo de actividad en la zona de influencia directa como indirecta), efectuándose una primera interpretación de los impactos más relevantes y de las actividades impactantes. Posteriormente, se evalúa la actividad generadora y a los cuales se les ha asignado un valor, según una escala de ponderación definida por la metodología utilizada.
A continuación, se definen los criterios que se tienen en cuenta para la valoración de los impactos.
Carácter (ca)
Se refiere a la modificación del elemento en términos de sus características iniciales. El carácter de un impacto es positivo si genera cambios favorables sobre el elemento ambiental afectado y negativo si los cambios son perjudiciales.
Cobertura o Área de Influencia (Co)
Formato: M4FP0102F22-01 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-35 • 2017 • JUNIO • 13 Se refiere al área del entorno socio-ambiental que en teoría se vería afectada por el impacto generado sobre una variable específica. Los impactos según su cobertura pueden ser puntuales, locales y regionales:
PUNTUAL: se refiere a los impactos generados en el área directamente intervenida por el proyecto.
LOCAL O PARCIAL: se refiere a aquellos impactos que trascienden las áreas directamente intervenidas por el proyecto, sin llegar a abarcar la totalidad del área de estudio.
REGIONAL O EXTREMO: cuando el impacto social, físico o biótico abarca el área de estudio en la totalidad de su extensión y/o puede llegar a trascenderlo, hasta llegar al orden municipal.
Magnitud (MG)
Se refiere al grado de la modificación que se prevé sobre la variable ambiental considerada, teniendo en cuenta el estado en que se encuentra antes de producirse la actividad impactante. En el caso específico de la magnitud, ésta puede clasificarse como BAJA, MEDIA o ALTA; sin embargo, los criterios para establecer su categoría entre Alta, Media o Baja, varían de acuerdo al componente analizado y el tipo de actividad o aspecto ambiental del proyecto y su grado de alteración a la condición original del componente analizado.
Duración (DR)
Se refiere al tiempo que teóricamente permanecerá la alteración de la variable socio-ambiental que se está valorando, desde su aparición, y a partir del cual comienza su proceso de recuperación, con o sin medidas de manejo. De acuerdo con este criterio, el impacto por su duración puede ser:
Fugaz: si el impacto persiste por menos de un (1) año.
Temporal: si el impacto persiste por 1 a 3 años.
Pertinaz: si el impacto persiste de 4 a 10 años.
Permanente: si el impacto persiste por un tiempo indefinido o mayor a 10 años.
Reversibilidad (RV)
Se refiere a la capacidad del medio socio-ambiental para asimilar naturalmente un cambio o impacto generado por una o varias actividades del proyecto en evaluación, de forma que activa mecanismos de autodepuración o auto recuperación, sin la implementación de medidas de manejo, una vez desaparece la acción causante de la alteración.
Los criterios para definir la reversibilidad del medio socio-ambiental son:
Reversible a Corto Plazo: la recuperación natural de la variable a su estado inicial, sin medidas de manejo, se puede producir en menos de dos (2) años.
Reversible a Mediano Plazo: la recuperación natural de la variable a su estado inicial, sin medidas de manejo, se puede producir entre dos (2) años y seis (6) años.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-36 • 2017 • JUNIO • 13 36 Reversible a Largo Plazo: la recuperación natural de la variable a su estado inicial, sin medidas de manejo, se puede producir entre seis (6) años y quince (15) años.
Irreversible: la recuperación natural de la variable a su estado inicial, sin medidas de manejo, no es posible.
Recuperación (Rc)
Se refiere a la posibilidad que la alteración generada sobre una de las variables socio-ambientales por una acción dada, se pueda eliminar por la EJECUCIÓN DE MEDIDAS DE MANEJO AMBIENTAL.
Los criterios a tener en cuenta para la recuperación están en función del tiempo requerido para esto, y son:
Recuperable a Corto Plazo: el impacto se puede eliminar en un tiempo menor a un (1) año.
Recuperable a Mediano Plazo: el impacto se puede eliminar en un tiempo entre un (1) año y tres (3) años.
Recuperable a Largo Plazo: el impacto se puede eliminar en un tiempo entre cuatro (4) años y diez (10) años.
Irrecuperable: el impacto no se puede eliminar ni mitigar con medidas de manejo socio-ambiental.
Periodicidad (PE)
Se refiere a la aparición o permanencia de un impacto a lo largo de un periodo de tiempo. Este criterio es importante, porque no es lo mismo un impacto que permanece en el tiempo que otro que se manifiesta esporádicamente.
De acuerdo con esto, los impactos, según su periodicidad pueden ser:
* Continuo: el impacto se manifiesta constantemente o permanentemente a lo largo de la duración del proyecto.
* Discontinuo: el impacto se manifiesta de forma irregular a lo largo de la duración del proyecto.
* Periódico: el impacto se manifiesta de forma regular pero intermitente a lo largo de la duración del proyecto.
* Irregular: el impacto se manifiesta esporádicamente y de forma imprevisible a lo largo de la duración del proyecto.
Tendencia (TD)
Da idea del incremento progresivo o no de la manifestación de la alteración sobre la o las variables socio-ambientales evaluadas, considerando la acción continuada y reiterada que lo genera en el área. De acuerdo con esto el impacto puede ser simple o acumulativo.
* Simple: es el caso en que el impacto que se está evaluando, se manifiesta sobre una sola variable ambiental, de forma tal que la acción reiterada que lo origina no incrementa progresivamente la magnitud del impacto, induciendo a nuevos impactos.
Formato: M4FP0102F22-01 37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-37 • 2017 • JUNIO • 13 *Acumulativo: es el caso en que al prolongarse la acción generadora de un impacto sobre una variable, incrementa progresivamente su magnitud, ante la imposibilidad de que la variable afectada pueda recuperarse en la misma proporción que la acción se incrementa espaciotemporalmente.
Tipo (Tp)
Se refiere a la relación causa - efecto o la manifestación del efecto sobre una variable socioambiental como consecuencia de una actividad.
*Directo: se da cuando el impacto que se está evaluando es consecuencia de la actividad o acción que se está desarrollando.
*Indirecto: se da cuando el impacto que se genera sobre una variable socio-ambiental es consecuencia de la interacción con otra variable, a su vez afectada por la actividad que se está ejecutando.
Probabilidad de Ocurrencia (PO)
Se refiere a la probabilidad que un impacto se presente o no. Para establecer dicha posibilidad de ocurrencia de forma objetiva es necesario tener los registros de los impactos presentados por las diferentes actividades en un proyecto, proceso o subproceso.
*Alta: si el impacto siempre se presenta. Ejemplo: pérdida de cobertura vegetal y de la capa orgánica del suelo durante el tendido de la línea eléctrica o durante la adecuación de los sitios de torre.
*Media: si el impacto se presenta por la interrelación con otro factor ambiental que es afectado. Ejemplo: traslado de vehículos que ocasionalmente emitan partículas al aire.
*Baja: si el impacto se podría presentar. Ejemplo: el cambio en el hábitat acuático en las actividades de remoción de cobertura.
Importancia (I)
La importancia de un impacto está determinada por la combinación de los criterios de calificación anteriormente descritos. Dicha importancia depende de la cobertura del impacto, su magnitud, su duración, el tipo, etc. Razón por la cual se define la importancia como el resultado de la suma de todos los criterios evaluados para cada impacto, excepto la magnitud que se multiplicaría por tres (3) y la cobertura por dos (2); debido a que estos dos criterios, de acuerdo con la experiencia, son relevantes en la determinación de la importancia de un impacto. La importancia del impacto, permite priorizar los impactos y así determinar las acciones de manejo requeridas.
Importancia (I) = CA (3MG+2CO+DR+RV+RE+PE+TD+TI+PO)
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-38 • 2017 • JUNIO • 13 38 7.6 Sistema de Calificación En la Tabla 1 se presenta el sistema de calificación propuesto para la evaluación de los impactos. Dentro de cada criterio de calificación, existe una valoración que oscila entre 1 y 12, donde 1 corresponde a un menor impacto y 12 al máximo posible.
Tabla 1. Calificación y valoración de los impactos CRITERIO CALIFICACIÓN VALOR CARÁCTER POSITIVO (+)
NEGATIVO (-)
PUNTUAL 1 COBERTURA (CO)
LOCAL 4 REGIONAL 8 MAGNITUD(*)
BAJA 1 MEDIA 4 (MG)
ALTA 8 FUGAZ 1 DURACIÓN (DR)
TEMPORAL 4 PERTINAZ 8 PERMANENTE 12 A CORTO PLAZO 1 RESILIENCIA O REVERSIBILIDAD A MEDIANO PLAZO 4 A LARGO PLAZO 8 (RS)
IRREVERSIBLE 12 A CORTO PLAZO 1 RECUPERABILIDAD (RE)
A MEDIANO PLAZO 4 A LARGO PLAZO 8 IRRECUPERABLE 12 IRREGULAR 1 PERIÓDICO 4 PERIODICIDAD (PE)
DISCONTINUO 8 CONTINUO 12 TENDENCIA (TD)
SIMPLE 1 ACUMULATIVO 2 INDIRECTO 1 TIPO (TI)
DIRECTO 2 POSIBILIDAD DE BAJA 1 MEDIA 4 OCURRENCIA (PO)
ALTA 8 CARÁCTER NEGATIVO IRRELEVANTE <-25 MODERADO -25 A <-50 IMPORTANCIA (I)= -CA*(3MG+2CO+DR+RS+RE+PE+TD+TI+PO)
SEVERO -50 A -75 CRITICO >-75 CARÁCTER POSITIVO IMPORTANCIA (I)= +CA*(3MG+2CO+DR+RS+RE+PE+TD+TI+PO)
NO IMPORTANTE <25 Formato: M4FP0102F22-01 39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-39 • 2017 • JUNIO • 13 CRITERIO CALIFICACIÓN VALOR IMPORTANTE 25 A 50 MUY IMPORTANTE >50 FUENTE: ADAPTACIÓN METODOLOGÍA CONESA9, 2012.
Considerando los valores dados a cada rango dentro de cada criterio de evaluación y la fórmula establecida para el Valor de Importancia del Impacto, el menor valor posible es de 12, que corresponde a un impacto mínimo y el valor más alto sería de 100, que correspondería al máximo impacto.
Partiendo de los valores mínimos y máximos, se establecieron rangos que corresponden a los diferentes tipos de importancia, tanto para los impactos positivos como los negativos. De acuerdo con los rangos determinados, los impactos críticos o inadmisibles no deben existir dentro de un proyecto y su presencia llevaría a evaluar, ya no el impacto en sí, sino la viabilidad social y/o ambiental del proyecto. Los impactos manejables o significativos exigen medidas de manejo especiales o estándar y los irrelevantes o no significativos, medidas de manejo generales.
9 CONESA, Vicente. Guía metodológica para la evaluación del impacto ambiental.3 ed. Madrid. Mundi – Presa Libros, 1997.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-40 • 2017 • JUNIO • 13 40
4. AREA DE INFLUENCIA INDIRECTA
4.1 Localidad Suba El principio de la población de Suba se remonta desde el siglo XVI antes de la conquista, como sede del gobierno de la gran familia Muisca, y habitaban el Zipa Tisquesusa, líder religioso y el Zaque que era el líder militar el cual se encargaba de la defensa y expansión del territorio de los muiscas. El pueblo muisca contaba con un abundante entorno natural, donde se destacaban la riqueza forestal representada por los bosques del Cerro de Suba y la Conejera y la riqueza hídrica, con abundantes cursos de agua y humedales (laguna de Tibabuyes y humedales sobre la margen oriental del río Funza —actualmente Bogotá— y río Neuque —hoy Juan Amarillo).
En el año 1537, con la llegada de los españoles, la estructura política y económica de los Muiscas en el territorio de Suba se disolvió e inicio el sometimiento de los indígenas que allí habitaban y la posesión y saqueo de las tierras por parte de los conquistadores. En 1550 la población de Suba fue fundada por los encomenderos Antonio Díaz Cardozo, Hernán Venegas Castillo y H. Carrillo Manosalva y los grupos indígenas prácticamente quedaron confinados en el sector de lo que posteriormente sería la vereda El Rincón. Los encomenderos inician el proceso de sucesión entre sus descendientes y posteriormente entregan las tierras a la comunidad jesuita. El rey Carlos III expropio las tierras a la comunidad y los vende a través de una Subasta pública.
El poblamiento de la región se concentra en las zonas de El Rincón, Tibabuyes y Tuna Alta. Por lo tanto Suba se convierte en un pequeño centro urbano colonial, comunicado a Bogotá con los municipios de Cota, Chía, Engativá y Usaquén. Así mismo, en Suba se conforman grandes dominios territoriales, destacándose la hacienda de Tibabuyes y la hacienda de La Conejera, que pasaron de manos de encomenderos a sus herederos y luego a los jesuitas, a quienes les fueron expropiadas por el Rey Carlos III y puestas en Subasta pública. Así fueron adquiridas por particulares que han venido distribuyéndoselas por herencia o por venta pública.
El 16 de Noviembre de 1875 Suba pierde su estatus indígena y fue declarada uno de los municipios satélites de Bogotá mediante decreto 108. Entre 1940 y 1960, se iniciaron inmigraciones de familias que habitaban en Bogotá hacia Suba, atraídas por la zona rural de la misma. Para esta época el municipio de Suba contaba con ocho veredas y los campesinos comercializaban sus productos en lo que hoy se conoce como el parque principal de Suba.
En 1954 mediante el Decreto-Ley 3640, se desarrolla el precepto constitucional de organizar a Bogotá como Distrito Especial y Suba se constituye en municipio anexo a la ciudad. En virtud del Acuerdo 11 del mismo año, el Concejo Administrativo (la corporación legislativa de entonces) crea seis alcaldías menores, correspondientes a cada uno de los municipios anexos Bosa, Engativá, Fontibón, Suba, Usaquén y Usme; hasta que en en este entonces, existían doscientas casas en ladrillo y calles regularmente arregladas, con la necesidad de implementar los servicios de agua potable, luz, teléfono, vías y transporte, acorde con el crecimiento demográfica acentuado, en 1997 se creó su alcaldía menor y en 1991 fue elevada a localidad de la ciudad.
Formato: M4FP0102F22-01 41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-41 • 2017 • JUNIO • 13 4.2 Marco de Referencia 4.2.1 Geografía y Localización La localidad de Suba se ubica en el sector Noroccidental de Bogotá; al norte limita con el municipio de Chía y el Río Bogotá; al sur, con la calle 100 y el Río Juan Amarillo que las separan de la localidad de Barrios Unidos y Engativá; al occidente limita con el municipio de Cota y el Río Bogotá y al oriente, con la autopista norte hasta el punto donde inicia la localidad de Usaquén.10 La localidad está dividida por 1162 barrios, con 12 UPZ y una UPR, en la actualidad tiene una extensión de 10.058 hectáreas, de las cuales 3.787 (37,6%) son rurales y 6.270 (62,4%) están en el perímetro urbano, siendo la cuarta localidad en extensión del distrito capital, después de Sumapaz, Usme y Ciudad Bolívar.
Figura 1. Localidad de Suba Fuente: Área Técnica de Bienes Raíces Empresa de Acueducto, Aseo y Alcantarillado de Bogotá. 2015 4.2.2 Vías y Transporte En la actualidad la localidad de suba cuenta con la Avenida suba que es la avenida principal y conecta el sector tradicional de la localidad (los cerros de suba y la Conejera) y el resto de la ciudad, así mismo cuenta al occidente con la Avenida Ciudad de Cali y la Autopista norte que conecta del norte al oriente.
La localidad de suba cuenta con multiplex servicios de transporte públicos lo que facilita el acceso a los cerros y centro de suba, entre ellos encontramos el Sistema de Transmilenio que cuenta con un portar, Buses urbanos que se transportan por la Av Ciudad de Cali, la Boyacá, y 3 10 Diagnostico localidad de Suba Sector HabitaT. 2011 Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-42 • 2017 • JUNIO • 13 42 la Calle 170 entre otras y Buses Intermunicipales entre la carretera de conexión entre la localidad de Suba y el municipio de Cota en donde está ubicado el sector de la Conejera.
En el rincón en su gran mayoría las vías internas están en mal estado e incompletas, esto dificulta la conexión de los barrios y el acceso a las vías principales.
4.2.3 Clima El clima de la localidad de Suba, se caracteriza por ser frío subhúmedo, con temperatura promedio de 12.6°C, un nivel de precipitación anual de 900 a 1 000 mm y una la humedad relativa máxima de 77.6%, así mismo se presentan lluvias y brisas de viento, ya que es una localidad montañosa y está cercada de varios humedales y ecosistemas estratégicos para la localidad.
4.2.4 Hidrología Los principales recursos hídricos de la localidad de suba, están proveídos por el rio Bogotá, los humedales, y cuatro micro cuencas que son: la micro-cuenca del Humedal Guaymaral, del Humedal la Conejera, Micro-cuenca del humedal Córdoba y la micro-cuenca del humedal de Juan Amarillo, estas se caracterizan por su demanda y por la intervención a través del trabajo intersectorial para su conservación, manejo y apropiación por parte de la comunidad de estos ecosistemas estratégicos para su benefició.
4.2.5 Demografía De acuerdo a la información del Dane a partir del Censo elaborado en el 2005 las proyecciones de la población de Bogotá en el 2011 serían de 7.467.804 personas y en la localidad de Suba serian de 1.068.932, esto representaría del 14,3% de los habitantes de la Ciudad. Para el 2011 se tiene proyectada una incremento de habitantes para la localidad de Suba de 156.25 por hectárea de suelo, se resalta que la mayor cantidad de habitantes se concentran en las UPZ del Rincón, con 449.97 hab/Ha, que corresponde al 30% de la población Tibabuyes, 223.07 hab/Ha que es el 24.4% y Suba con 207.06 hab/Ha con el 17.3%. Esto evidencia que la localidad de Suba es menos densa que el resto de Bogotá.
Una de las características poblacionales de suba es que el total de la población corresponde al 47.3% son hombres con un 506.406 habitantes y las mujeres con el 52.7% para un total de 562.708, es decir que por cada 100 mujeres hay 89 hombres en la localidad, se puede decir que constituye una distribución similar al predio de la ciudad11, así mismo para el 2015 se proyecta un aumento del 9.9% de la población dentro de las mismas características.
11 Secretaria Distrital de Planeación. Proyecciones de Población por localidades 200-2015.
Formato: M4FP0102F22-01 43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-43 • 2017 • JUNIO • 13 La población según las variables de edad se pueden describir entre 0 y 14 años que representan el 23,6%; entre 15 y 34 años, el 34,3%; entre 35 y 59, el 32,7% y mayores de 60 el 9,4%, y se proyecta para 2015 una disminución de la población infantil y joven, que pasará a representar el 22,2% (de 0 a 15 años) y 33% (de 15 a 34), mientras que la población de adultos y adultos mayor tiende a aumentar, especialmente, las personas en edad productiva (adultos entre 35 y 59 años), al pasar al 33,9% las personas de este grupo y al 10,9% los adultos mayores.
5. AREA DE INFLUENCIA DIRECTA
5.1 UPR NORTE- Unidad de Planeamiento Rural Mediante el Decreto 435 del 03 de noviembre de 2015 ―Por el cual se adopta la Unidad de Planeamiento Rural –UPR Zona Norte que reglamenta la Pieza Rural Norte de Bogotá, D. C.‖. se encuentra en proceso de regularización.
El articulo
Artículo 72.
Del citado acuerdo, establece: “ Incorporación Cartográfica de la Zona Normativa Rural - ZNR 1: Centro Poblado Chorrillos. El presente decreto incorpora y define el polígono del Centro Poblado Chorrillos con el fin de reconocer el asentamiento humano según el Plano No. 6 de 7 ―Zonas Normativas Rurales‖ y en el plano No. 7 de 7 ―ZNR 1 Centro Poblado Chorrillos‖, en los cuales se identifican los canales o vallados, las vías e infraestructura de servicios públicos, y las zonas de reserva destinadas para espacio público y/o equipamientos‖.
5.1.2 MAPA DE ACTORES El mapa de actores se categorizó en cinco grandes ítems: Actores que usan, disfrutan o aprovechan el territorio y las organizaciones que los representan Instituciones públicas que tienen responsabilidades en el territorio Instituciones que prestan servicios públicos Espacios de participación de acuerdo a la legislación Organizaciones sociales que tienen alguna a relación con el territorio El mapa de actores se categorizó en cinco grandes ítems: Actores que usan, disfrutan o aprovechan el territorio y las organizaciones que los representan Instituciones públicas que tienen responsabilidades en el territorio Instituciones que prestan servicios públicos Espacios de participación de acuerdo a la legislación Organizaciones sociales que tienen alguna a relación con el territorio Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-44 • 2017 • JUNIO • 13 44 Se podría decir que hay una gran cantidad de actores públicos en el territorio:
Una entidad regional, diez entidades distritales y tres de orden local que tienen alguna responsabilidad en el territorio UPR Norte en relación con el tema del ordenamiento territorial.
1. Distritales y regional 28 La CAR La Secretaría Distrital de Planeación La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico La Secretaría de Educación La Secretaría del Hábitat El Instituto de Desarrollo Urbano La Unidad Administrativa Especial de Mantenimiento Vial Transmilenio.
2. Locales La alcaldía Local de Suba El Hospital de Suba La Dirección Local de Educación ENTIDADES CON RESPONSABILIDADES EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
2.1. Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB 2.2. Coojardín 2.3. Codensa 2.4. Gas Natural 2.5. ETB 2.6. ORGANIZACIONES SOCIALES Se hace una descripción de las dos que tienen relación directa con zona:
Formato: M4FP0102F22-01 45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-45 • 2017 • JUNIO • 13
1. Asodesco se creó en el 2006, con el fin de unir a los vecinos del sector en torno al mejoramiento de la zona de influencia de la zona Suba – Cota y lograr una reglamentación de acuerdo a necesidades de los habitantes del sector. La asociación cuenta con 50 afiliados de todos los sectores: colegios, empresas (floricultores e industrias representadas en diferentes actividades comerciales), clubes y habitantes particulares. Las principales actividades que realizan son la gestión ante las entidades distritales y la CAR para lograr el abastecimiento del servicio de agua potable, alcantarillado, mejoramiento de la movilidad del sector, que resaltan se presenta un saturamiento del tráfico de la vía Suba Cota.
Adicionalmente vienen participando en todos los procesos de reglamentación del 2006 para que este refleje la solución de las necesidades colectivas, en particular la de sus afiliados. El principal resultado de su gestión es el mejoramiento de la vía Corpas que se logró en la administración pasada.
2. El Colectivo Suba Nativa 29 Es una organización de Jóvenes y adultos que viven dentro de diferentes barrios que conforman la localidad de Suba, surge desde hace más de seis años, preocupados por diversos problemas sociales y ambientales que se presentan en los ecosistemas de la Localidad, que son parte importante de la Estructura Ecológica Principal del Distrito.
La organización trabaja en torno a cuatro ejes:
Educación Ambiental: Sensibilización comunitaria: Agricultura Urbana Cultura popular: Actualmente el Colectivo trabaja en la defensa de la Reserva Forestal Productora-Protectora del Norte ‗Thomas Van der Hamen. Desde el desarrollo de actividades de sensibilización ambiental con las comunidades y el fomento de la participación, respalda el trabajo que han realizado académicos e instituciones por la conservación y restauración de este cordón ecológico de importancia continental. 3. La Fundación Humedal Torca Guaymaral Nace en abril del año 2.001 con el objetivo de velar por la protección, recuperación y conservación de los recursos naturales y el ambiente siendo su principal fin específico intervenir en la protección, conservación y recuperación del humedal Torca Guaymaral y todas las actividades relacionadas que ello implica. Los principales trabajos que han realizado son: El inventario de vallados de la zona rural de Suba y durante un corto tiempo administraron el Humedal Torca Guaymaral, financiados por la EAAB.
5.2 CENTRO POBLADO CHORRILLOS - HISTORIAL El centro poblado de Chorrillos, se encuentra entre la vía Suba – Cota. Tiene 151 viviendas y lo habitan 652 personas, según censo realizado en noviembre del 2012 por la SDP conjuntamente con la JAC de Chorrillos.
Hasta la aprobación del Decreto 364 del 2013, el centro poblado no existía en los planos del Distrito. El asentamiento ha tenido un rápido poblamiento que a principios de la década de 1990 no tenía 30 viviendas, por esa época empezó a llegar graneada población campesina de Boyacá y Cundinamarca principalmente que compraba 25 pequeñas parcelas, sobre todo en el sector 2, que aun mantiene pequeños cultivos y cría de cerdos y gallinas.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-46 • 2017 • JUNIO • 13 46 En la década del 2.000 el proceso de poblamiento se disparó paralelo al auge de los cultivos de flores, la construcción de colegios y universidades y de centros de recreación y deportes que aumentaron considerablemente la oferta de trabajo en la zona.
El centro poblado de Chorrillos está dividido en tres sectores diferenciados y con una amalgama diversa de pobladores, donde se mezclan varios estratos, aunque predomina el estrato 2. En el sector 1 y 1 RFP7 predominan las familias propietarias.
Sus habitantes tienden a estar más dispersos que en los otros sectores y la mayoría de sus propietarios se dedican a la agricultura como actividad prioritaria. Desde los años 90 los sectores 2 y 3 se ha ido densificando aceleradamente con una población mayormente obrera y una educación bastante básica, el 52% no ha pasado la primaria, el 32% ha cursado estudios de bachillerato y solamente el 9% ha realizado estudios técnicos o de universidad. La mitad de las familias tienen régimen subsidiado de salud, lo cual es síntoma de poca estabilidad laboral y de ingresos. Los sectores dos y tres presentan un poblamiento denso, con una estructura funcional urbana bastante precaria.
Pero además mantiene un proceso de construcción acelerado. Esta forma de poblamiento sin planificar, sin acceso al agua ni al servicio de alcantarillado, sin espacio público, ni equipamientos genera limitantes y conflictos en la comunidad, agravado con la falta de pertenencia al sitio de los nuevos pobladores. Se podría aseverar que la tendencia del centro poblado en sus tres sectores es a continuar aceleradamente el proceso de poblamiento, a menos que se realicen los correctivos necesarios. Se encontró que la mitad de la población utiliza bicicleta sin embargo no tienen las vías adecuadas por lo cual le toca desplazarse a través de la vía Suba Cota con un tráfico de buses intermunicipales y transporte privado bastante alto. Los habitantes de los tres sectores tienen relación entre ellos, algunos son familiares, otros vienen de la misma tierra y tienen relaciones organizativas pues una misma JAC une los tres sectores. Sin embargo las rutas de comunicación y los senderos peatonales se han ido perdiendo en la medida que se instalan floricultivos, centros deportivos y colegios 5.2.1 ASPECTO CULTURAL La población es mayormente campesina y se dedica a cultivar mazorcas, tomates de árbol, moras, fresas, papas, calabazas y arvejas. Los habitantes de la vereda Chorrillos conservan viva la cultura campesina, ya que siembran productos orgánicos como; hortalizas y frutales empleando tecnologías amplias y sanas.
Es tan arraigada la cultura campesina de los habitantes de la vereda de Chorrillos, que es muy común encontrar sitios donde fabrican la autentica chica Bogotana preparada con la receta original heredada de los indígenas ancestros indígenas habitantes de la zona.
5.2.2 ASPECTOS POLITICO ADMINISTRATIVOS- SECTOR CHORRILLOS La JAC del centro poblado de Chorrillos La Junta de Acción Comunal de Chorrillos se creó en 1998 y actualmente cuenta con aproximadamente 300 afiliados. Desde su creación la organización ha estado trabajando en torno a los problemas más sentidos por la comunidad, como son el tema de agua potable, alcantarillado y descontaminación de vallados.
Formato: M4FP0102F22-01 47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-47 • 2017 • JUNIO • 13 Asesorados por la pasada administración de la alcaldía local se creó la empresa Aguas del Campo, para solicitar agua en bloque con el objetivo de crear un acueducto para ser administrado por la misma comunidad.
En septiembre del 2011 la JAC interpuso una Acción Popular en contra de varias instituciones (EAAB, alcaldía de Suba, Secretaría Distrital de Planeación y la CAR) solicitando el servicio de acueducto y alcantarillado acudiendo a la vulneración de sus derechos fundamentales como es la necesidad de tener agua potable y un ambiente saludable como lo establece la Constitución Nacional de Colombia. Durante la presente administración, la Junta Directiva de la JAC, en cabeza de Luís Chaparro su presidente, lideró un trabajo conjuntamente con la SDP en el proceso de reglamentación de la UPR Norte.
En ese contexto varios miembros de la junta directiva participaron en la elaboración del censo del asentamiento y en los talleres de cartografía social donde proyectaron el centro poblado deseado. La JAC ha hecho gestiones ante Transmilenio para que dote de rutas del SITP a la zona. También ha hecho gestiones ante la alcaldía para que le haga mantenimiento a las vías y contribuyan a la descontaminación de los vallados.
Los principales resultados que se pueden resaltar de la gestión de la JAC son:
La acción popular que instauró la comunidad de Chorrillos solicitando el agua..
La aprobación de dos rutas del SITP que ingresarán a la zona.
La descontaminación y limpieza de vallados y el mantenimiento de las vías internas que llevan al poblado, por parte de la alcaldía.
La inclusión de las necesidades y propuestas de la comunidad para el centro poblado dentro del proceso de la reglamentación de la UPR Norte.
Proyecto “SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR DE CHORRILLOS, EN LA LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C.” se desarrolla con el fin de dar cumplimiento a la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en proceso de la Acción Popular No. 2011-00150 del 24 de julio de 2014, en donde se confirmó la orden impartida con respecto a que “El Distrito Capital de Bogotá y la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-EAAB, deben Liderar, planear, diseñar, construir, ejecutar y poner en funcionamiento el servicio de acueducto y alcantarillado a los residentes de la vereda Chorrillos 1, 2 y 3 de la Localidad de Suba …”. La EAB- ESP, suscribió el Contrato de Consultoría No. 2-02-31100-00991-2014 el cual tenía por objeto: realizar el ―ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS DE COSTO/BENEFICIO PARA EL DISEÑO DE DETALLE DE LA SOLUCIÓN FINAL PARA EL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR DE CHORRILLOS DE LA LOCALIDAD DE SUBA, EN BOGOTÁ D.C‖ con el consultor INGEOBRAS, quienes en su estudio determinaron el corredor de obra para la ejecución del proyecto y determinaron los predios y el tipo de afectación en desarrollo del mismo.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-48 • 2017 • JUNIO • 13 48 En cumplimiento a lo anterior, a través de la Gerencia del Sistema Maestro de la EAB-ESP, se expidió la Resolución No. 671 de 01 de Agosto de 2016, por medio de la cual se acota, se anuncia y se declara de utilidad pública la zona requerida para la ejecución del proyecto denominado ―SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR DE CHORRILLOS, EN LA LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C”, En el siguiente gráfico, se puede observar el corredor de obra requerido y los predios objeto de intervención:
A continuación se explica la intervención en cada uno de los Centros Poblados:
5.3 AREA DE INFLUENCIA PUNTUAL Los predios que se encuentran afectados por las redes de Alcantarillado y Alcantarillado, corresponden a 13 predios, de los cuales 12 corresponden a la Constitución de Servidumbres y 1 para compra total.
Formato: M4FP0102F22-01 49 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-49 • 2017 • JUNIO • 13 Registro Fotográfico No.1 Sector Chorrillos Fuente: Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá. 2016.- Recorrido por el Proyecto A continuación se relacionan cada uno de los predios que se van a adquirir por la obras del proyecto “SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR DE CHORRILLOS, EN LA LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C.”.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-50 • 2017 • JUNIO • 13 50 Tabla No. 2 Matriz Predios objeto de Intervención No. PREDIO DIRECCIÓN CHIP CATASTRAL PROPIETARIO TIPO DE AFECTACIÓN FOLIO DE MATRICULA SEGREGADA EN EL PROYECTO (25%) ALVARO JOSE 1 EL PLACER SAN PEDRO TUNA RURAL AAA0141DLZM 50N-81646 GILBERTO CASTILLO OROZCO CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE MARIA QUEVEDO QUEVEDO 2 MIRADOR BETA 4 AAA0184EKNX 50N-20437856 JAIME LEONIDAS CLAVIJO ARIZA CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE 3 LT LA LOLITA AAA0156RBOE 50N-20338363 CORNELIO DE JESUS GOMEZ PINTO MIRYAM EDILMA CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE 4 PT LA CONEJERA PRD S.A TUNA RURAL AAA0141DNTO 50N-00745145 CLAUDIANO LANDECHO YOPASA COMPRA TOTAL 5 CONEJERA TOYU AAA0141DOYN 50N-8127 LEON LEONARDO LAVERDE CHAVEZ LAVERDIER LTDA CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE 6 CONEJERA TUNA RURAL AAA0141DKWW 50N-115962 SISTEMA NERVIOSO INSTITUTO COLOMBIANO CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE CABIATIVA JAVIER 7 CONEJERA LA VIOLETA TUNA RURAL AAA0141DLLW 50N-20312235 ANTONIA PATRICIA GACHARNA CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE RODRIGO GACHARNA 8 CONEJERA EL RECREO TUNA RURAL AAA0141DKYN 50N-20128513 JORGE ALBERTO ORTIZ GUTIERREZ CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE 9 LT C PARCELAC. CONEJERA LAS MERCEDES AAA0197NUCX 50N-20347299 INVERSIONES AGROPECUARIAS JARAMILLO ME CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE 10 EL PORTAL DE LAS MERCED AAA0141DPUZ 50N-20102487 MARIA LUISA SANCHEZ DE CLAVIJO CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE 11 PARC LAS MERCEDES AAA0144KCTD 50N-592386 INVERSIONES BUCARELIA LTDA COMERCIALIZ CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE JACINTO REYES ALVAREZ 12 LT SANTA CECILIA TUNA RUAL AAA0141DPTO 50N-20097862 CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE (23,55%) ENRIQUE REYES BONILLA (50%) TRANSITO REYES CRUZ (26,45%)
13 PARCELA 57 58 SECTOR 2 AAA0141DMYN 50N-216820 S. EN C. INVERSIONES LIBOS Y CIA CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE Fuente: Construcción Equipo de Adquisición En las siguientes fotografías realizadas durante el recorrido al corredor de obra, se puede evidenciar las características de los predios que son objeto de intervención predial (constitución de servidumbres) y compra para la construcción de las obras.
Teniendo en cuenta que predomina la afectación predial (Imposición de servidumbre), la investigación social se basó en identificar el uso de esas áreas y analizar el tipo de impacto que se puede presentar en el momento de la ejecución de la Obra.
Formato: M4FP0102F22-01 51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-51 • 2017 • JUNIO • 13 Registro Fotografico: Reconocimiento del Proyecto, Reconocimiento Predio a Predio NOMBRE REGISTRO FOTOGRAFICO DIRECCIÓN CHIP CATASTRAL No. PREDIO EN EL PROYECTO FOLIO DE MATRICULA SEGREGADA 1 EL PLACER SAN PEDRO ALVARO JOSE MARIA QUEVEDO TUNA RURAL AAA0141DLZM 50N-81646 GILBERTO CASTILLO OROZCO (25%)
QUEVEDO (75%)
2 MIRADOR BETA 4 AAA0184EKNX 50N-20437856 JAIME LEONIDAS CLAVIJO ARIZA 3 LT LA LOLITA AAA0156RBOE 50N-20338363 CORNELIO DE JESUS GOMEZ PINTO MIRYAM EDILMA RONCANCIO 4 PT LA CONEJERA PRD S.A TUNA RURAL AAA0141DNTO CLAUDIANO LANDECHO YOPASA /MARIA DE JESUS Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-52 • 2017 • JUNIO • 13 52 No. PREDIO NOMBRE REGISTRO FOTOGRAFICO DIRECCIÓN CHIP CATASTRAL EN EL PROYECTO FOLIO DE MATRICULA SEGREGADA 5 CONEJERA TOYU AAA0141DOYN 50N-8127 LEON LEONARDO LAVERDE CHAVEZ LAVERDIER LTDA 6 CONEJERA TUNA RURAL AAA0141DKWW 50N-115962 SISTEMA NERVIOSO INSTITUTO COLOMBIANO 7 CONEJERA LA VIOLETA TUNA RURAL AAA0141DLLW 50N-20312235 ANTONIA PATRICIA GACHARNA CABIATIVA JAVIER RODRIGO GACHARNA CABIATIVA 8 CONEJERA EL RECREO TUNA RURAL AAA0141DKYN 50N-20128513 JORGE ALBERTO ORTIZ GUTIERREZ- MARIELA DUSAN 9 LT C PARCELAC.
CONEJERA LAS AAA0197NUCX 50N-20347299 INVERSIONES AGROPECUARIAS JARAMILLO ME MERCEDES Formato: M4FP0102F22-01 53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-53 • 2017 • JUNIO • 13 No. PREDIO NOMBRE REGISTRO FOTOGRAFICO DIRECCIÓN CHIP CATASTRAL EN EL PROYECTO FOLIO DE MATRICULA SEGREGADA 10 PARC LAS MERCEDES AAA0144KCTD 50N-592386 INVERSIONES EL BALUARTE GOMEZ Y MARTINEZ 11 EL PORTAL DE LAS MERCED AAA0141DPUZ 50N-20102487 MARIA LUISA SANCHEZ DE CLAVIJO 12 LT SANTA CECILIA TUNA RUAL AAA0141DPTO 50N-20097862 JACINTO REYES ALVAREZ (23,55%)
ENRIQUE REYES BONILLA (50%) TRANSITO REYES CRUZ (26,45%)
13 PARCELA 57 58 SECTOR 2 AAA0141DMYN 50N-216820 S. EN C. INVERSIONES LIBOS Y CIA Fuente: Construcción Propia – Proceso de Reconocimiento del Proyecto- Dirección Bienes Raíces-EAB-ESP - 2016 Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-54 • 2017 • JUNIO • 13 54
6. DIAGNOSTICO SOCIOECONÓMICO
A continuación se realiza el análisis de los datos obtenidos mediante la aplicación del formato de recolección de información aplicado en la visita domiciliaria en algunos de los predios, en donde se proyecta constituir la servidumbre, es pertinente aclara que este proyecto no requiere de traslado poblacional, es decir, familias a reasentar, más sin embargo se identifican la existencia de algunas actividades económicas.
6.1 Uso del predio.
En la zona denominada Chorrillos 1,2 y 3 se encentran varios tipos de usos de los predios, identificándose desarrollo de actividades Cultivo de flores, parqueaderos, restaurantes, centros de eventos, canchas deportivas entre otros.
Puntualmente, sobre las áreas de afectación, para la constitución de la servidumbre se determinan servidumbres de paso legalmente ―no ―constituidas, en donde se proyecta solicitar permiso de ocupación con los propietarios identificados de acuerdo al estudio de títulos.
Predios con uso de servicios, corresponde al 37%, los cuales ofrecen servicios de Campos deportivos (específicamente Futbol 5), servicios de atención integral a pacientes consumidores farmacodependientes, Recreación y eventos, servicios de parqueadero, para efectos de este estudio se determinó que algunas de estas actividades son desarrolladas por Arrendatarios, en esos casos y con el fin de mitigar el impacto económico, se liquidaran y reconocerán las compensaciones tanto al propietario, como al inquilino y se solicitar los avalúos de las respectivas actividades.
En el caso de prestadores de servicios, como el Instituto del sistema Nervioso, no amerita ningún tipo de reconocimiento económico por concepto de compensación, ya que el área de ejecución del proyecto, tan solo afecta el área de cerramiento.
Se identifican predios de uso industrial y comercial, al analizar la afectación, se puede evidenciar que se realiza el traslado temporal sin que afecte el desarrollo de la actividad y por esta razón, tampoco se aplican factores de compensación.
TABLA No. 1 CLASIFICACIÓN USOS DEL PREDIO SERVIDUMBRE DE PASO: REDES DE GAS 1 COMERCIAL 8 SERVICIOS 4 TOTAL 13 Formato: M4FP0102F22-01 55 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-55 • 2017 • JUNIO • 13 De los principales usos de los predios, se puede establecer que al tener en cuenta que se constituirán 12 servidumbres de paso, y 1 compra total, no se presentaran traslados de población, la afectación se presentara de manera temporal, a la fecha de evidencia la existencia del 61% de actividades comerciales, tales como venta marquesina, venta y reparación de maquinaria, área de restaurantes, cultivos de flores, que se verán afectados en su cerramiento, situación de manejo en el momento de la ejecución de la obra. Seguido de un 31% correspondiente a actividades de servicios tales como alquiler de eventos y canchas Futbol 5 entre otros, para el caso de estas actividades y de acuerdo a la información suministrada en el censo, se solicitan las respectivas actividades económicas para tazar el tiempo de la afectación y realizar su respectivo reconocimiento económico.
6.2 Tenencia En cuanto a las principales tenencias identificadas en los predios, se puede observar lo siguiente:
TABLA No. 2 TENENCIA PROPIETARIO 13 ARRENDATARIOS 4 Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-56 • 2017 • JUNIO • 13 56 La identificación de 13 propietarios, de los cuales 9 propietarios desarrollan algún tipo de actividad directamente sobre el predio, se puede establecer la presencia de 4 arrendatarios.
6.3 Unidades Sociales Identificadas TABLA No. 3- UNIDADES SOCIALES IDENTIFICADAS ECONOMICO 7 RENTISTA 4 NO RESIDENTE 2 TOTAL 13 Respecto a las unidades sociales identificadas, se puede establecer que el 54% corresponden a la Clasificación de ―Económico‖ lo que significa que desarrollan algún tipo de actividad que les genera ingresos, el 31% obedece a predios que se encuentran en arriendo y el 15 % a predios que sobre el área requerida, no desarrollan ningún uso.
6.4 Servicios Públicos Domiciliarios:
Se logra identificar la existencia de los siguientes servicios públicos:
TABLA No. 4- SERVICIOS PUBLICOS ACUEDUCTO 0 ENERGIA 11 GAS NATURAL 3 Formato: M4FP0102F22-01 57 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-57 • 2017 • JUNIO • 13 Al analizar la tabla No. 4, se puede evidenciar que los principales servicios públicos domiciliarios existentes son: Energía con un 79% es decir que de los 13 predios objeto de intervención 11 tienen servicio de Energía, el 21% cuenta con servicio de gas natural (3 predios con servicios).
El servicio de acueducto es suministrado por Carro Tanque y en algunos predios se cuenta con Reservorio de Agua (realizado de manera artesanal por los propietarios), en cuanto a servicio sanitario se identifica que la gran mayoría tienen pozo séptico y el vertimiento de aguas negras se realiza a los vallados.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-58 • 2017 • JUNIO • 13 58 6.5 Principales Vías de Acceso:
Respecto a las vías internas del Centro Poblado de los sectores Chorrillos I, II y III, se puede apreciar que se encuentran sin pavimentar, es preciso aclarar que tan solo a finales del año 2015, se aprobó la Unidad de Planeamiento Rural para estos sectores, por lo anterior, no había posibilidades de inversión por parte del Estado.
Formato: M4FP0102F22-01 59 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-59 • 2017 • JUNIO • 13
7. LINEAMIENTOS DE PARTICIPACION CIUDADANA
La socialización de la información del proyecto se realizó el día 06 Centro Poblado Sector Chorrillos II, en donde participaron algunos líderes del sector Chorrillos II, Habitantes de la Comunidad y Profesionales de la Gerencia Zona1 y de la Dirección de Bienes Raíces. (Ver ayuda de memoria, registro fotográfico y control de asistencia)
Adicionalmente, el 11 de septiembre de 2016, también se acudió a la Escuela Chorrillos, reunión convocada por la Junta de Acción Comunal de Chorrillos, a las 9:00 A.M; la convocatoria se realizó por medio de invitaciones a las siguientes instituciones y comunidad en general.
Presidente de la JAC Chorrillos Dignatarios de Junta de Acción Comunal Profesionales de la Dirección de Bienes Raíces y de la Gerencia de la Zona 1.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-60 • 2017 • JUNIO • 13 60 Socialización del Proyecto y Proceso de Adquisición Predial Fuente: Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá. 2016.
En el desarrollo de la socialización se profundizo en los antecedentes del proyecto, los aspectos técnicos donde se explicó el objetivo del mismo con las actividades que se desarrollaran para dar inicia al proyecto, además se informó los predios que serán intervenidos en desarrollo de las obras, tipo de adquisición (Constitución de servidumbres y compra total) y se presentaron los profesionales encargados del proceso de negociación y la Explicación de las diferentes etapas del proceso. (Ver Ayuda de Memoria ).
8. EVALUCIÓN DE IMPACTOS 8.1 Evaluación de impactos sin proyecto
Con el fin de establecer las condiciones actuales del área se determinaron las actividades que actualmente se desarrollan dentro de la dinámica social del sector y que están generando impactos sobre los elementos socio-ambientales, esto con el fin de determinar de manera cualitativa el estado de la zona con relación a tres componentes principalmente (físico, económico y social) con relación a los impactos ambientales y las actividades (actividades económicas formales e informales, acceso a servicios sociales, redes sociales, servicios públicos, disposición de residuos sólidos y vertimientos domésticos), lo cual se puede identificar en la siguiente tabla de doble entrada.
Tabla 5. Esquema de evaluación de impactos sin proyecto ELEMENTO IMPACTOS SOLIDOS EDUCACIÓN)
INSEGURIDAD COMPONENTE DELINCUENCIA E SOCIALES (SALUD - SERVICIOS PUBLICOS ACCESO A SERVICIOS FORMALES E INFORMALES DISPOSICIÓN DE RESIDUOS ACTIVIDADES ECONOMICAS, VERTIMIENTOS DOMESTICOS Formato: M4FP0102F22-01 61 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-61 • 2017 • JUNIO • 13 Cambios cromáticos e introducción de elementos ajenos PAISAJE (-) al entorno Cambio en las características fisicoquímicas y biológicas de los SUELO (-)
(-) (-) suelos FÍSICO Alteración de la disponibilidad del recurso (-)
(-) (-) (-)
AGUA Modificación en la calidad Cambio en la dinámica poblacional - perdida de la redes ESTRUCTURA DE LA POBLACIÓN (-) sociales Cambio en el uso del suelo PROPIEDAD DE LA TIERRA Cambio en el valor de la tierra (+)
Cambio en las actividades económicas tradicionales ECONOMICO Alteración en los factores de producción (K, tierra, trabajo)
ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Alteración en los precios de la canasta familiar (-)
Cambio en la demanda de bienes y servicios (-)
SERVICIOS PUBLICOS Alteración oferta del recurso hídrico (-)
VIAS Y TRASPORTE Aumento en el flujo vehicular (probabilidad de accidentalidad)
Modificación de la capacidad de gestión en la presencia de entes (+) de control distrital ÁMBITOS DE PARTICIPACIÓN Cambio en la capacidad de gestión de la comunidad (+)
SOCIAL Generación de conflictos entre comunidades (-) (-)
ESTRATEGIAS ADAPTATIVAS Y CULTURALES (-)
Generación de conflictos entre la empresa y los actores sociales por el desarrollo de las actividades del proyecto Generación de expectativas (-)
Fuente: Elaboración propia 2012.
En el componente físico se logra identificar que en los elementos paisaje, suelo y agua, por las condiciones de falta de infraestructura para el manejo de aguas residuales son desfavorables, las familias residentes en el área de influencia puntual no cuentan con acceso al servicio de acueducto ni de alcantarillado; por lo que existen problemas de saneamiento y salud pública.
A nivel económico se identifica afectación baja, ya que por lo general el proyecto no genera cierre de empresas, y los establecimientos de comercio que desarrollan algún tipo de actividad; en la actualidad y durante el desarrollo de la obra, se afectaran de manera temporal, sobre todo para temas de ingreso. Las actividades que se afectaran de manera puntual y directa son las identificadas en el predio No. 3: Canchas de futbol y el predio No. 4 Actividad de parqueadero de un arrendatario.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-62 • 2017 • JUNIO • 13 62 La generación de expectativas frente al proyecto es bueno para las familias del sector que hicieron uso de los mecanismos de participación ciudadana con el fin de conseguir el acceso a los servicios públicos y disminuir la problemática de salubridad de la zona.
A nivel ambiental se identifican tanto en suelo como en agua en el componente físico los mayores impactos negativos por tanto se busca con la ejecución del proyecto transformar los impacto a positivos.
9. PLAN DE GESTIÓN SOCIAL 9.1 COMPONENTE SOCIAL: El Plan de Gestión Social, para el Proyecto Chorrillos, tendrá un componente social y un componente económico.
*Componente Social: Corresponde al conjunto de programas, planes, proyectos, estrategias, actividades y acciones con los cuales se pretende mitigar y minimizar los impactos sociales, económicos y culturales en la población a razón de la ejecución de los proyectos. El Plan de Gestión Social, para este Proyecto, en su componente social, tan solo contemplara, los siguientes tres (3) programas:
*Componente Económico: Corresponde a los reconocimientos económicos que hace la entidad a cargo del proyecto, los cuales tienen por objeto minimizar los impactos socioeconómicos generados por el desplazamiento. Cuando el Plan de Gestión Social del proyecto consagre la aplicación de este componente, se entenderá como aquellos reconocimientos económicos identificados previamente en la realización del censo y diagnóstico socioeconómico y se tendrán en cuenta los siguientes factores:
Formato: M4FP0102F22-01 63 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-63 • 2017 • JUNIO • 13 Posteriormente, surge el Decreto 329 de 2006 ―Por el cual se modifican los factores y parámetros para el reconocimiento del componente económico del Plan de Gestión Social establecidos en el artículo 6º del Decreto 296 de 2003”, dispone en su Artículo 1º, lo siguiente: “Cuando el Plan de Gestión Social del proyecto consagre la aplicación del componente económico, este se entenderá como aquellos reconocimientos económicos que se pagarán a la población localizada en suelo urbano de estratos 1 y 2 prioritariamente, suelo rural o de expansión urbana, identificada en el censo y diagnóstico socio-económico, y ubicadas en los inmuebles requeridos para la ejecución del proyecto que adelante cada entidad. Estos reconocimientos se efectuarán a los beneficiarios por una sola vez, respecto del predio en el cual residen o desempeñen su actividad productiva ya sea como propietarios, poseedores, tenedores, arrendatarios, subarrendatarios o usufructuarios, de conformidad con el factor a reconocer”. Modifico algunos de los factores, como es el caso del Factor Vivienda de Reposición, nivelándolo a 50 Salarios Mínimo Mensual Vigente y Creo el Factor de Reasentamiento por Emergencia.
COMPONENTE SOCIAL PREDIAL PROGRAMA DE ASESORIA SOCIAL PROYECTO DE INFORMACIÒN I-―Información sobre el Plan de Gestión Social‖ Objetivo Brindar oportunamente la información respecto del desarrollo del plan de gestión social y sus actividades permanentes, a las unidades hogar Actividades
1. Disponer de un espacio físico – atención puntual en Cada predio _ Oficina EAB-ESP
Datos Técnicos Localización: Visita Predio a Predio Cobertura: Propietarios y/o Arrendatarios Tiempo estimado: Permanente: Durante la etapa de Recolección de información Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-64 • 2017 • JUNIO • 13 64 PROYECTO DE INFORMACIÒN II-―Información Socialización del Proyecto /Explicación General Proceso de Adquisición Predial‖ Objetivo: Asesorar a los propietario y/o Arrendatarios sobre las Etapas del Proceso de Negociación.
Actividades
1. Diseñar material de divulgación
2. Disponer de un espacio físico-oficina EAB-ESP, Visita Domiciliaria a cada predio
Datos Técnicos Localización: Zona de influencia Directa Cobertura: Propietarios/ Arrendatarios Tiempo estimado: Etapa iniciación del Proyecto PROYECTO: ASESORIA CASOS ESPECIALES II- Atención a casos especiales Objetivo Brindar a los Propietarios con menor capacidad de gestión, referente al Proceso de Adquisición Predial Actividades
1. Identificar los casos especiales
2. Desarrollar acciones de acompañamiento, atención y seguimiento permanente a los casos especiales.
3.Asesorar y acompañar de manera especial a los Propietarios con baja capacidad de gestión.
Datos Técnicos Localización: Zona de influencia.
Cobertura: Propietarios identificados como casos especiales Tiempo estimado: permanente PROGRAMA DE FORMACIÓN, CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA Asesoría Puntual Unidades Económicas Objetivo Brindar a los Propietarios y/o Poseedores que desarrollan alguna Actividad Económica, Asesoría para el Restablecimiento de la misma y/o Permanencia durante la etapa de ejecución de la obra.
Actividades
1. Identificación de Actividades Económicas
2. Desarrollar acciones de acompañamiento, atención y seguimiento permanente Para la permanencia de las Actividades Económicas.
3.Asesorar y acompañar de manera especial a los Propietarios de las Actividades económicas para el Restablecimiento de la misma..
Datos Técnicos Localización: Zona de influencia.
Cobertura: Propietarios /Arrendatarios de Actividades Económicas Tiempo estimado: Dos Meses a Partir de la Oferta Formato: M4FP0102F22-01 65 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-65 • 2017 • JUNIO • 13 PROGRAMA DE ASESORÍA JURIDICA Asesoría Jurídica en Casos Puntuales, que permitan adelantar la enajenación voluntaria Objetivo Brindar a los Propietarios y/o Poseedores que desarrollan alguna Actividad Económica, Asesoría para el Restablecimiento de la misma y/o Permanencia durante la etapa de ejecución de la obra.
Actividades
1. Identificación de Situaciones Jurídicas (Sucesiones ect)
2. Desarrollar acciones de acompañamiento, atención y seguimiento permanente, para lograr resolver situaciones de índole Jurídico para lograr la enajenación.
Datos Técnicos Localización: Zona de influencia.
Cobertura: Propietarios /Arrendatarios de Actividades Económicas Tiempo estimado: Dos Meses a Partir de la Oferta 9.2 COMPONENTE ECONÓMICO LIQUIDACIÓN DE COMPENSACIONES O RECONOCIMIENTOS ECONÓMICOS Objetivo Identificar los valores económicos a los que tienen derechos los poseedores y propietarios de los predios requeridos para las obras del proyecto “SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS RESIDUALES EN LA VEREDA TUNA SECTOR DE CHORRILLOS, EN LA LOCALIDAD DE SUBA DE BOGOTÁ D.C.”
Impactos a controlar El proceso de liquidación de las compensaciones o los reconocimientos económicos a que haya lugar, por cada hogar se realizará de acuerdo a los criterios establecidos en la Resolución 1175 del 03 de Diciembre de 2007.
A continuación se presentan cada uno de los factores a liquidar:
1. Factor de Movilización: Reconocimiento y Pago por Concepto de Mudanza que hacen las Unidades sociales. (1 SMMLV Familia Residente- 2 SMMLV Familia Residente Con Actividad Económica ò tan solo que Exista la Actividad Económica).
2. Factor por Trámite: Reconocimiento por gastos con motivo de Escrituración (1.5% Valor avaluó escrituración a la entidad – Propietario, Poseedor que reponga Vivienda 1.5% Valor Avaluó, Sin Exceder 5 SMMLV). Tramites de Cancelación Patrimonios familia, Desafectación a Vivienda familiar, Sucesión y/o usufructo 0.5 SMMLV).
3. Factor por Pérdida de Ingresos: En caso avalúo, no contemple la evaluación pérdida total o temporal Decreto 1420/98, se reconocerá de la siguiente manera:
a. Por actividad productiva: 3 veces utilidad neta mensual promedio de los 12 meses. (1-22 SMMLV) b. Por renta: Se reconocerá al arrendador, subarrendador, de conformidad a la norma 3 veces valor del canon (1-22 SMMLV).
4. Factor por Traslado de Arrendatarios: Se reconocerán a aquellos que hayan sido identificados en el estudio socioeconómico, 3 veces valor cano (1-22 SMMLV).
5. Factor de Vivienda de Reposición: Se reconocerá a propietarios y/o poseedores que deban desplazarse a causa de la ejecución del proyecto. Valor avalúo del inmueble, sea inferior a una vivienda interés social tipo I.
6. Factor Reasentamiento por Emergencia: Se reconocerá a propietarios y/o poseedores que deban desplazarse a causa de la obra y que por inconvenientes jurídicos no se haya podido llevar cabo su enajenación voluntaria. (Por Emergencia). El Valor a reconocer 1% Mensual valor avalúo.
Observación: Tan solo se reconocerán en casos puntuales los siguientes factores: Perdida de Ingresos Por Renta, Pendida de Ingresos por Actividad económica y Factor de Movilización, puntualmente en los siguientes predios: 3 y 4.
Formato: M4FP0102F22-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6096 • pP. 1-66 • 2017 • JUNIO • 13 66 BIBLIOGRAFÍA
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