Registro Distrital 6125 de 2017
Registro Distrital 6125 de 2017 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 6125
- Año
- 2017
- Fecha
- 28 de julio de 2017
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 51 Número 6125 2017 • JULIO • 28 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2017 INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE Resolución Número 006 (Julio 7 de 2016)
“Por la cual se modifica la estructura organizacional y las funciones de las dependencias del INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE, y se dictan otras disposiciones”
Que el numeral 7 del artículo 17 de la Resolución 05 del 13 de mayo de 1997 “Por medio de la cual se reforman los estatutos del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte”, dispone que: “(…) AR- TÍCULO 17. FUNCIONES DE LA JUNTA: La Junta Directiva como órgano supremo del Instituto, tendrá las siguientes funciones: (…) No. 7: Adoptar la estructura orgánica del Instituto. Crear, suprimir, fusionar, clasificar y reestructurar dependencias y cargos de la entidad, sin generar con ello nuevas obligaciones presupuestales, adoptando las escalas, asignaciones y remuneraciones y determinar las funciones básicas de las distintas dependencias (...)”.
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE En uso de sus facultades legales, y, en especial Que en cumplimiento de lo anterior, la Junta Directiva de la entidad, expidió la Resolución 002 del 13 de septiembre de 2005 “Por la cual se establece la estructura orgánica del INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN y EL DEPORTE y se determinan las funciones de sus dependencias”. las conferidas por el numeral 5° del artículo 5° del Acuerdo 4 de 1978 y el literal 7 del artículo 17 de la Resolución de Junta Directiva 05 de 1997 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Junta Directiva 001 del 3 de marzo de 2006, se modificó parcialmente la Resolución de Junta Directiva 002 de del 13 de septiembre de 2005, ajustando unas funciones de la Oficina Asesora de Planeación y de la Subdirección Administrativa y Financiera.
Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, es un establecimiento público descentralizado del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, sujeto a las normas de derecho público, creado mediante el Acuerdo 4 del Concejo del Distrito Especial de Bogotá en 1978, cuya máxima autoridad administrativa la constituye la Junta Directiva.
Que mediante Resolución de Junta Directiva 006 del 10 de diciembre de 2014, se modifica el numeral 5° del artículo 3 de la Resolución de Junta Directiva 002 del 13 de septiembre de 2005, con el fin de definir con precisión el ámbito de la competencia de la Oficina Asesora Jurídica, en el sentido de establecer, que le corresponde a dicha dependencia, realizar el procedimiento administrativo para otorgar, renovar, actualizar y revocar el reconocimiento deportivo a los clubes Deportivos de Bogotá D.C. y proyectar los actos administrativos que concluyan el mismo, para la firma del Director General del IDRD.
Que el artículo 59 del Decreto Ley 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”, manifiesta que la autonomía administrativa y presupuestal de las entidades descentralizadas se ejercerá conforme a las normas que las organizan y la tutela de la administración a que están sometidas, tendrá por objeto el control de sus actividades y la coordinación de éstas con las políticas del Gobierno Distrital.
Que mediante Resolución de Junta Directiva 008 del 10 de diciembre de 2014, se creó la Oficina de Asuntos Disciplinarios del Instituto.
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RESUELVE:
CAPÍTULO PRIMERO ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Que la gestión contractual del Instituto, es pilar para el desarrollo de la misión y objetivos institucionales y está cargo de un área funcional en cabeza de la Secretaría General de la Entidad, por lo que se requiere una dependencia del más alto nivel que para liderar la gestión contractual dentro del IDRD.
Artículo 1º.
- Crear la SUBDIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN en la estructura organizacional del INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE-IDRD.
Artículo 2º.
- ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
Que es necesario precisar algunas funciones de las dependencias para delimitar adecuadamente su actuar, reubicar algunas funciones en otras dependencias teniendo en cuenta criterios de efectividad y control, y asignar algunas funciones atendiendo la normatividad vigente.
La estructura organizacional del INSTITUTO DISTRI- TAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE será la siguiente:
1. DIRECCIÓN GENERAL
1.1 OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES 1.2 OFICINA ASESORA DE JURÍDICA 1.3 OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario modificar la estructura organizacional del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, y las funciones asignadas a las dependencias, para adecuarse a las necesidades institucionales, así como consolidar en un solo instrumento las modificaciones introducidas a la misma a través de los actos administrativos señalados en los considerandos anteriores.
1.4 OFICINA DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO 1.5 OFICINA DE CONTROL INTERNO 1.6 OFICINA DE ASUNTOS LOCALES
2. SECRETARÍA GENERAL
Que mediante oficio N° 2017EE913 O 1 y radicación IDRD 20172100115112 del 23 de mayo de 2017, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD, expidió el concepto técnico favorable requerido para modificar la estructura organizacional del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, establecida por la Resolución 002 del 13 de septiembre de 2005.
3. SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
4. SUBDIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN
5. SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE CONSTRUCCIONES
6. SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE PARQUES
7. SUBDIRECCIÓN TECNICA DE RECREACIÓN Y DEPORTES
Que posteriormente y con comunicación 2017EE109216 O 1 y radicado IDRD 20172100139642 del 15 y 22 de junio del año en curso, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió el certificado de viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de personal de Instituto Distrital de Recreación y Deporte, la cual es a costo cero.
CAPÍTULO SEGUNDO FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS
Artículo 3º.
- DE LAS FUNCIONES DE LA DIREC- CIÓN GENERAL
Que en sesión de Junta Directiva realizada el día cinco (5) de julio de 2017, fue aprobada la modificación de la estructura organizacional del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, de acuerdo con el concepto técnico emitido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que, en mérito de lo expuesto, Además de las establecidas en la Constitución Política de Colombia, en las leyes, en las normas Distritales, corresponde a la Dirección General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, el ejercicio de las siguientes funciones:
1. Presentar a consideración de la Junta Directiva los planes generales del Instituto, en concordancia con el Plan de Desarrollo y las políticas trazadas por la Administración Distrital.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6125 • pP. 1-2 • 2017 • JULIO • 28 2 actividades, planes y programas que desarrolle el Instituto.
2. Liderar y promover el cumplimiento de los ob- jetivos de la Institución en concordancia con el Plan de Desarrollo y las políticas trazadas por el Gobierno Distrital y la Junta Directiva.
2. Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las políticas, normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites de la Oficina.
3. Fijar las políticas, planes y programas encamina- dos al desarrollo de la misión de la Entidad, en los temas propios de su competencia.
3. Diseñar e implementar los procesos de comu- nicación institucional, a nivel interno y externo, orientados a divulgar la misión, visión y objetivos institucionales, así como los programas, activida- des, proyectos del Instituto, teniendo en cuenta la reserva establecida en la Ley.
4. Emitir directrices y orientar las acciones para la adecuada articulación de la gestión del Instituto con las demás entidades del sector, garantizando la prestación de los servicios que sean competen- cia de la Entidad.
4. Asesorar a la Dirección General en la formulación, implementación y la evaluación del plan de comu- nicaciones de la Entidad.
5. Someter a consideración y aprobación de la Jun- ta Directiva las modificaciones de los estatutos, planta de personal, régimen de remuneración, estructura organizacional y funciones de sus de- pendencias para lograr el normal funcionamiento de la Entidad.
5. Asesorar a la Dirección General en la promoción y posicionamiento de la imagen institucional y la construcción de la identidad institucional para el logro de los objetivos misionales Entidad.
6. Dirigir y coordinar la administración del recurso humano, financiero, físico y del presupuesto de la Entidad de acuerdo con la Ley, disposiciones de la Junta Directiva y estatutos orgánicos.
6. Dirigir la implementación de mecanismos de co- municación, ofreciendo los elementos de soporte audiovisual, gráfico y de contenidos periodísticos y publicitarios para divulgar los programas, pro- yectos y acciones y promover la cultura organiza- cional.
7. Expedir y adoptar los reglamentos y manuales de su competencia, necesarios para el cumplimiento de las funciones de la Entidad.
7. Asesorar en el diseño e implementación del porta- folio de servicios, presentación de la página web, medios digitales y demás herramientas con el fin de fortalecer la imagen corporativa de la Entidad.
8. Expedir los actos administrativos y celebrar los contratos, convenios y demás actos inherentes a la gestión contractual, que se requieran para ase- gurar el cumplimiento de las funciones y objetivos del Instituto, de acuerdo con las normas vigentes.
9. Establecer mecanismos que permitan verificar y controlar la atención oportuna de las solicitudes formuladas por la ciudadanía.
8. Incorporar los contenidos requeridos por las dife- rentes dependencias en la página web, intranet y otros medios digitales, así como optimizar el aprovechamiento de las redes sociales para la divulgación de los programas y proyectos del Instituto.
10. Ejercer la función de control interno disciplinario en los términos de la Ley 734 de 2002 o en las normas que se modifiquen.
11. Liderar la implementación, mantenimiento y me- jora continua del Sistema Integrado de Gestión.
9. Orientar y verificar el adecuado manejo de la imagen institucional, en los diferentes medios de difusión, prendas e implementos de uso institucio- nal.
12. Las demás que le sean asignadas o delegadas por norma superior y que correspondan a la naturaleza de la Entidad.
10. Difundir los comunicados oficiales de prensa y relacionados con los planes, programas y políticas de la Entidad.
Artículo 4º.
- OFICINA ASESORA DE COMUNI- CACIONES
Corresponde a la Oficina Asesora de Comunicaciones el cumplimiento de las siguientes funciones:
11. Asesorar a todas las dependencias y áreas del Instituto, en la gestión de comunicaciones inter- nas a través de la intranet y otros mecanismos de comunicación interna, de acuerdo con el protocolo de comunicaciones establecido para ello y los procedimientos definidos para tal fin.
1. Asesorar a la Dirección General en la formulación y ejecución, así como en la divulgación de las
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12. Brindar apoyo a las áreas misionales para la realización de eventos publicitarios, campañas y otras estrategias de comunicación.
10. Adelantar los estudios de títulos y las actividades relacionadas con la legalización, actualización y titularización de los bienes inmuebles de la Enti- dad, de conformidad con la normatividad vigente para el efecto.
13. Administrar el desarrollo de las actividades que desde la dependencia sean requeridas para la implementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión.
11. Ejercer la facultad de cobro persuasivo y la de ju- risdicción coactiva frente a las obligaciones a favor del IDRD, ajustándose para ello a la normatividad vigente sobre la materia.
14. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 5º.
- OFICINA ASESORA DE JURÍDICA
12. Adelantar el estudio de acuerdos de reestruc- turación empresarial e insolvencia, en aquellos eventos en los que el IDRD deba hacerse parte para hacer valer las acreencias a su favor.
Corresponde a la Oficina Asesora de Jurídica el cumplimiento de las siguientes funciones:
13. Revisar proyectos de acuerdo que la Entidad deba presentar ante el Concejo Distrital.
1. Asesorar a la Dirección General, las Subdireccio- nes, la Secretaría General y demás dependencias, en temas y asuntos de contenido jurídico de com- petencia del IDRD.
14. Realizar el procedimiento administrativo para otorgar, renovar, actualizar y revocar el recono- cimiento deportivo a los Clubes Deportivos de Bogotá D.C.
2. Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las políticas, normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites de la Oficina.
15. Realizar el procedimiento administrativo para otorgar, renovar, suspender y cancelar los avales a escuelas de formación deportiva.
3. Establecer los criterios y directrices para unificar y aplicar la normativa sectorial al interior de la Entidad.
16. Elaborar los proyectos de resolución de los recur- sos interpuestos contra los actos administrativos proferidos por el Director General, así como a los recursos de apelación interpuestos contra los de los Subdirectores.
4. Asesorar y resolver consultas jurídicas o solicitu- des que formulen en materia jurídica de compe- tencia del IDRD.
5. Proponer instrucciones y lineamientos en materia jurídica de conformidad con las necesidades de la Entidad.
17. Proyectar los fallos de segunda instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores y ex servidores públicos de la En- tidad de conformidad con la normatividad vigente.
18. Mantener actualizada la información sobre proce- sos vigentes y actuaciones administrativas en las que sea parte o tenga interés el IDRD y suminis- trarla a las autoridades cuando sea procedente, de conformidad con las disposiciones legales.
6. Expedir los conceptos legales que requieran las dependencias del Instituto, entidades de cualquier orden o los particulares, para absolver las consul- tas sobre aplicación de las disposiciones legales que tengan relación directa con las funciones del IDRD.
19. Realizar las acciones necesarias para compilar y mantener actualizada la normativa inherente al IDRD a través del normograma.
7. Realizar control de legalidad de las actuaciones y actos administrativos que suscriba el Director General, o que se sometan a su consideración en razón a la importancia del mismo.
20. Administrar el desarrollo de las actividades que desde la dependencia sean requeridas para la implementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión.
8. Atender los procesos judiciales o extrajudiciales y administrativos en que la Entidad sea parte o tenga interés y efectuar su seguimiento.
21. Las demás que le sean asignadas y corres- pondan a la naturaleza de la dependencia.
9. Atender y resolver las acciones de tutela, de gru- po, cumplimiento y populares y demás acciones constitucionales en las que se haga parte o tenga interés el IDRD.
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Artículo 6º.
- OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN
9. Adelantar las actividades requeridas para la im- plementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión.
Corresponde a la Oficina Asesora de Planeación el cumplimiento de las siguientes funciones:
10. Administrar la información de los trámites y servi- cios de la entidad en las plataformas dispuestas por la administración pública, acorde con los insumos suministrados por las diferentes depen- dencias de la entidad.
1. Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las políticas, normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites de la Oficina.
11. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 7º.
- OFICINA DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO
Corresponde a la Oficina de Control Disciplinario Interno el cumplimiento de las siguientes funciones:
2. Formular, en coordinación con las áreas involu- cradas, la contribución de la Entidad en la cons- trucción del Plan de Desarrollo Distrital, acorde al programa de gobierno, a los lineamientos y políticas de la Administración Distrital y las compe- tencias de la Entidad, así como el Plan Plurianual de Inversiones.
1. Administrar, asesorar y aplicar de manera integral lo previsto en la Ley 734 de 2002 y demás normas complementarias, relacionadas con el régimen disciplinario establecido para todos los servidores del IDRD, adoptadas por la Dirección de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría General de la Al- caldía Mayor de Bogotá o quien haga sus veces.
3. Asesorar y liderar en coordinación con las Sub- direcciones del Instituto, la formulación e imple- mentación de la planeación estratégica de la Entidad, así como de los proyectos de inversión, en concordancia con los lineamientos y políticas señaladas en el Plan de Desarrollo Distrital y las competencias de la Entidad, realizando su ins- cripción y registro de acuerdo a la normatividad vigente.
2. Adelantar y resolver en primera instancia todos los procesos disciplinarios respecto de aquellas con- ductas en que incurran los servidores en ejercicio de sus funciones y exfuncionarios que afecten la correcta prestación del servicio y el cumplimiento de los fines y funciones del Instituto.
4. Formular en coordinación con las áreas respon- sables de la ejecución de los proyectos de inver- sión, la elaboración del Plan Operativo Anual de inversiones, anteproyecto anual de presupuesto, en concordancia con los lineamientos, políticas y metas del Plan de Desarrollo Distrital.
3. Desarrollar e implementar políticas, planes pro- gramas y actividades dirigidas a los servidores públicos de la Entidad, orientadas a la prevención de la comisión de faltas disciplinarias, de acuerdo con las normas vigentes.
5. Administrar el sistema de información geográfico de parques y escenarios recreodeportivos públi- cos.
6. Gestionar la formulación y seguimiento del plan operativo por dependencias en coordinación con estas.
4. Fijar los procedimientos operativos internos para que los procesos disciplinarios se desarrollen dentro de los principios legales de: economía, celeridad, eficiencia, imparcialidad, publicidad y contradicción, buscando así salvaguardar el derecho de defensa y el debido proceso.
5. Llevar los archivos y registros actualizados de los procesos disciplinarios adelantados contra los servidores públicos de competencia de esta oficina.
7. Coordinar y verificar con las diferentes dependen- cias de la Entidad, la actualización y seguimiento del Plan Anual de Adquisiciones, así como de las metas definidas en el Plan de Desarrollo, Plan Estratégico, proyectos de inversión y demás componentes del proceso de planificación institu- cional, con el fin de generar la información oficial de la Entidad y facilitar la toma de decisiones y su divulgación.
6. Rendir informes sobre el estado de los procesos disciplinarios a las autoridades competentes, cuando así lo requieran.
8. Gestionar la sostenibilidad y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con los líderes de cada subsistema.
7. Informar oportunamente a la División de Registro y Control de la Procuraduría General de la Nación,
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9. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de informa- ción de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios.
8. Administrar el desarrollo de las actividades que desde la dependencia sean requeridas para la implementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión.
10. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal diseñe la entidad.
9. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 8º.
- OFICINA DE CONTROL INTERNO
11. Realizar evaluaciones, seguimiento y monitoreo permanente al grado de avance y desarrollo en la implementación del Sistema Integrado de Gestión, así como la coordinación de los auditores internos del Sistema.
Corresponde a la Oficina de Control Interno el cumplimiento de las siguientes funciones:
12. Verificar y evaluar la elaboración y ejecución de los Planes de Mejoramiento internos y externos, propuestos por las diferentes dependencias y realizar su seguimiento.
1. Asesorar a la Dirección General en el desarrollo, perfeccionamiento, mantenimiento y mejoramiento del Sistema de Control Interno, proponiendo, coor- dinando e impulsando técnicas y herramientas que faciliten el ejercicio y aplicación del mismo.
13. Poner en conocimiento de los organismos com- petentes, la comisión de hechos presuntamente irregulares de los que conozca en desarrollo de su función.
2. Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro del Instituto y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando.
3. Planear, dirigir y organizar la verificación y eva- luación del Sistema de Control Interno del IDRD.
14. Elaborar, consolidar y remitir los Informes que por Ley esta Oficina debe presentar a la Alcaldía Mayor de Bogotá y demás Entes y Organismos de Control y Vigilancia, en forma oportuna y de acuerdo a los parámetros establecidos.
4. Mantener permanentemente informada a la Alta Dirección acerca del estado del Control Interno dentro de la Entidad, dando cuenta de las debilida- des detectadas y de las fallas en su cumplimiento.
15. Administrar el desarrollo de las actividades que desde la dependencia sean requeridas para la implementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión.
16. Las demás que le sean asignadas por autoridad competente y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
5. Fomentar estrategias orientadas a crear una cultura de autocontrol, en todos los niveles de la organización que contribuya al mejoramiento con- tinuo en el cumplimiento de la misión institucional.
Artículo 9º.
- OFICINA DE ASUNTOS LOCALES
Corresponde a la Oficina de Asuntos Locales el cumplimiento de las siguientes funciones:
6. Verificar que los controles definidos para los pro- cesos y actividades de la organización, dirigidos a minimizar la ocurrencia de los riesgos, se cumplan por los responsables de su ejecución y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evaluación de la Entidad.
1. Asesorar a la Dirección General en la formulación de políticas y planes a nivel local que deba ejecu- tar la Entidad, en cumplimiento de su misionalidad.
7. Diseñar e implementar métodos y procedimientos integrales de evaluación respecto a la observancia normativa en la ejecución de los planes, procesos, procedimientos, metas y objetivos institucionales, que fortalezcan el Sistema de Control Interno.
2. Promover la participación ciudadana, para el diseño de nuevos programas y proyectos que se puedan desarrollar a nivel local y presentar a la Dirección General del Instituto para su aprobación.
3. Atender y gestionar las consultas que sean pre- sentadas por las Alcaldías Locales y relacionadas con los programas y actividades que efectúe la Entidad, de manera oportuna.
8. Verificar el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos internos, planes, pro- gramas, proyectos y demás lineamientos esta- blecidos para el desarrollo de la misión, metas y objetivos institucionales.
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4. Orientar a las dependencias del Instituto, en temas relacionados con la gestión local a fin de garantizar la oportuna prestación de los servicios a la ciudadanía en general.
5. Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las políticas, normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites de la Secretaría General.
6. Liderar, orientar y coordinar el cumplimiento de políticas, planes y programas para la atención al cliente, quejas y reclamos del Instituto.
5. Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las políticas, normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites de la oficina.
6. Promover acciones y actividades de participación ciudadana a nivel local, que permitan mejorar la oferta de servicios de la entidad.
7. Liderar la implementación y evaluar los resultados del sistema de información y orientación al ciuda- dano, en coordinación con la Oficina Asesora de Comunicaciones.
7. Preparar y proyectar documentos, informes, balan- ces y resoluciones para revisión y firma del orde- nador del gasto, relacionados con el presupuesto con cargo a los Fondos de Desarrollo Local.
8. Liderar y coordinar los diferentes aspectos, com- ponentes y procedimientos a implementar, con el fin de garantizar que el proceso de gestión documental de la Entidad se cumpla de acuerdo con las normas legales establecidas para ello y se aplique correctamente las tablas de retención documental.
8. Generar a nivel interno acciones que contribuyan a la gestión local, a fin de garantizar el cumplimiento de las metas de la Entidad.
9. Expedir y autenticar copias de los documentos que reposan en la Entidad, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos para tal fin.
9. Administrar el desarrollo de las actividades que desde la dependencia sean requeridas para la implementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión.
10. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
10. Dirigir, coordinar y hacer seguimiento al proceso de notificación de actos administrativos expedidos por el Instituto, con excepción de los expedidos por la Oficina de Control Disciplinario Interno.
Artículo 10º.
- SECRETARÍA GENERAL
11. Liderar la implementación, mantenimiento y mejo- ra continua del Subsistema de Gestión Documen- tal y Archivo-SIGA.
Corresponde a la Secretaría General el cumplimiento de las siguientes funciones:
12. Administrar el desarrollo de las actividades que desde la dependencia sean requeridas para la implementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión.
1. Presentar propuestas para la formulación y elabo- ración de planes, políticas, estrategias, objetivos y metas que deban ser sometidas a consideración de la Junta Directiva y/o del Director General.
13. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
2. Orientar la gestión de las dependencias del Ins- tituto, cuando la Dirección General lo requiera para el cumplimiento de las políticas, objetivos y estrategias misionales y de apoyo.
Artículo 11º.
- SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
Corresponde a la Subdirección Administrativa y Financiera el cumplimiento de las siguientes funciones:
3. Liderar y coordinar la elaboración de proyectos de acuerdo, resoluciones y demás actos admi- nistrativos, que deban expedirse para el normal funcionamiento de la Entidad.
1. Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las políticas, normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites de la Subdirección.
4. Ejercer la secretaría de la Junta Directiva del Instituto y garantizar el buen manejo, custodia y conservación de los documentos, actos admi- nistrativos de Junta Directiva y comunicar a las dependencias interesadas las decisiones de Junta Directiva.
2. Formular, ejecutar y controlar los planes, pro- gramas y proyectos de inversión a cargo de la Subdirección.
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3. Planificar, organizar, coordinar y ejecutar los programas de desarrollo institucional y proponer estrategias orientadas al mejoramiento continuo en la prestación de los servicios institucionales.
13. Dirigir y coordinar la evaluación de los aspectos inherentes a la información financiera de las pro- puestas presentadas dentro de los procesos de contratación que adelanta el Instituto.
14. Liderar la presentación de estudios sobre emprés- titos internos y externos, operaciones de crédito y garantías, así como de las inversiones que deba efectuar el instituto e informes de manejo financie- ro que sean solicitados por la Dirección General o por Entidades Distritales, de acuerdo con la Ley.
4. Dirigir, coordinar y controlar la planeación, gestión y desarrollo de los programas y del proceso de administración del Talento Humano en sus com- ponentes (provisión, capacitación y formación, inducción y reinducción, salud y seguridad en el trabajo, bienestar laboral, evaluación del desem- peño y situaciones administrativas), así como en el procedimiento de liquidación y pago de nómina.
15. Desarrollar y ejecutar las políticas, normas y pro- cedimientos relativos a la conservación, seguridad y distribución de bienes, al sistema de inventario físico y manejo del almacén, y promover su apli- cación en las dependencias de la Entidad.
5. Verificar que se ejecuten las actividades rela- cionadas con la actualización y conservación de las historias laborales de los funcionarios de la Entidad, de acuerdo con las normas vigentes y los lineamientos establecidos en el Subsistema de Gestión Documental, a fin de garantizar el sumi- nistro oportuno de la información que se requiera.
16. Dirigir y controlar por el registro de los seguros y garantías que amparan los bienes de la entidad, y coordinar la elaboración de los informes, la for- mulación de denuncias y la realización de trámites relacionados con el hurto o pérdida de bienes de propiedad del Instituto.
6. Coordinar con las demás dependencias de la Entidad, la elaboración del anteproyecto de pre- supuesto de funcionamiento para la siguiente vigencia fiscal.
17. Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con la administración, intervención y mantenimiento de la sede administrativa donde opera la Entidad.
7. Dirigir los procesos relacionados con el manejo de los recursos financieros de la Entidad de acuerdo a la normatividad vigente y con el fin de atender las necesidades y obligaciones económicas para su óptimo funcionamiento.
18. Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con la administración de los recursos físicos y logísticos (servicios de transporte, vigilancia, aseo, cafetería, entre otros) de la Entidad que se requieran para el adecuado funcionamiento de la misma.
19. Dirigir la implementación, administración y ges- tión de los recursos tecnológicos e informáticos del Instituto.
8. Dirigir, coordinar y controlar la ejecución presu- puestal, los procedimientos para la ejecución y el control del presupuesto, la certificación de las disponibilidades presupuestales de los rubros y el registro presupuestal, y la presentación de informes al respecto, así como, los traslados y adiciones cuando sea del caso.
20. Liderar la implementación, mantenimiento y mejora continua de los subsistemas ambiental, seguridad y salud en el trabajo y seguridad de la información.
9. Responder por la contabilidad del Instituto, y por la presentación de los informes contables que se requieran.
10. Liderar la presentación de los Estados Financieros de la Entidad, de acuerdo con las normas conta- bles aplicables.
21. Administrar el desarrollo de las actividades que desde la dependencia sean requeridas para la implementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión.
22. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
11. Evaluar y controlar el manejo de recursos finan- cieros en lo relacionado con recaudos, pagos y demás procesos propios de la dependencia a través de la Tesorería del Instituto, de conformidad con las normas vigentes.
A R T Í C U L O 1 2 º. - S U B D I R E C C I Ó N D E CONTRATACIÓN Corresponde a la Subdirección de Contratación el cumplimiento de las siguientes funciones:
12. Dirigir el manejo de los recursos financieros des- tinados a los fondos especiales, cajas menores, avances y demás modalidades de manejo autori- zados por la ley.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6125 • pP. 1-8 • 2017 • JULIO • 28 8 yectos de obras e interventoría de los parques y escenarios a cargo del Instituto.
1. Orientar a las diferentes dependencias en la solución de controversias contractuales, de con- formidad con el ordenamiento jurídico vigente.
2. Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las políticas, normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites de la Subdirección.
2. Asesorar a la Dirección General y a las depen- dencias de la entidad, en temas relacionados con la actividad contractual, de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente.
3. Formular, coordinar y controlar los planes, pro- gramas y proyectos de inversión a cargo de la Subdirección.
3. Programar y controlar la ejecución de los proce- sos licitatorios o de concurso público y contrata- ción directa (convocatorias públicas).
4. Revisar y aprobar de los pliegos de condiciones o términos de referencia que se requieran en los procesos contractuales.
4. Dirigir y controlar la realización de obras, estu- dios, diseños, proyectos de obras e interventoría de los parques y escenarios recreodeportivos a cargo del Instituto.
5. Asesorar jurídicamente a los supervisores y/o interventores de los contratos, de conformidad con los procedimientos del sistema de gestión de calidad y con el ordenamiento jurídico vigente.
5. Controlar y verificar las actividades del orden técnico, operativo y estratégico que desarrolle el Instituto relacionadas con la construcción de parques y escenarios recreodeportivos.
6. Verificar el cumplimiento de las normas urba- nísticas sobre reserva de áreas en las nuevas urbanizaciones para la construcción de escena- rios para el deporte y la recreación.
6. Coordinar la revisión y actualización de los ma- nuales, procedimientos, guías, minutas, pliegos de condiciones, formatos, documentos necesa- rios para el ejercicio de la actividad contractual, y de los sistemas de información de la depen- dencia, con criterios de eficiencia y eficacia, de conformidad con los lineamientos establecidos en el sistema integrado de gestión y con el or- denamiento jurídico vigente.
7. Dar viabilidad técnica para la ejecución de nuevos proyectos de obras de construcción y adecuación direccionada al mejoramiento o actualización que se deriva de estudios técnicos y diseños de obra, en parques y escenarios recreodeportivos.
7. Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las políticas, normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites de la Oficina.
8. Dirigir la implementación de programas de adecuación direccionada al mejoramiento o actualización que se deriva de estudios técnicos y diseños de obra, en parques y escenarios recreodeportivos.
8. Suministrar y registrar la información que sea competencia de la dependencia en los diferentes sistemas de información tecnológicos, utilizando las herramientas establecidas para tal fin.
9. Dirigir y coordinar el desarrollo de las activida- des que en materia de especificaciones técni- cas y constructivas se requieran en las obras y proyectos a ejecutar por parte de la Entidad, en cumplimiento de la misión institucional.
9. Administrar el desarrollo de las actividades que desde la dependencia sean requeridas para la implementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión.
10. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
10. Dirigir y verificar la programación de activida- des e interventoría de las obras a cargo de la Subdirección, de conformidad con las normas vigentes.
Artículo 13º.
- SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE CONSTRUCCIONES
Corresponde a la Subdirección Técnica de Construcciones el cumplimiento de las siguientes funciones:
11. Administrar el desarrollo de las actividades que desde la dependencia sean requeridas para la implementación, mantenimiento y mejora con- tinua del Sistema Integrado de Gestión.
12. Las demás que le sean asignadas y correspon- dan a la naturaleza de la dependencia.
1. Asistir a la Dirección General en la determina- ción de objetivos, estrategias, políticas y metas relacionadas con obras, estudios, diseños, pro-
9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6125 • pP. 1-9 • 2017 • JULIO • 28
Artículo 14º.
- SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE PARQUES
Artículo 15º.
- SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE RECREACIÓN Y DEPORTES
Corresponde a la Subdirección Técnica de Parques el cumplimiento de las siguientes funciones:
Corresponde a la Subdirección Técnica de Recreación y Deportes el cumplimiento de las siguientes funciones:
1. Asesorar a la Dirección General en la determina- ción de objetivos, estrategias, políticas misionales del Instituto en materia de administración y man- tenimiento de parques y escenarios a cargo del Instituto.
1. Asesorar a la Dirección General en la deter- minación de objetivos, estrategias, políticas misionales del Instituto en materia de recreación y deportes.
2. Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las políticas, normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites de la Subdirección.
2. Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las políticas, normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites de la Subdirección.
3. Formular, dirigir y controlar los planes, programas y proyectos de inversión a cargo de la Subdirección.
3. Formular, ejecutar y controlar los planes, pro- gramas y proyectos de inversión a cargo de la Subdirección.
4. Coordinar el manejo integral en los parques y escenarios administrados por el Instituto para el uso y disfrute de la comunidad.
4. Dirigir, ejecutar y controlar los planes, progra- mas y proyectos de recreación que garanticen el acceso masivo de la comunidad para la sana utilización del tiempo libre y de los parques.
5. Mantener actualizada la información de los predios e inmuebles correspondientes a los parques y escenarios deportivos a cargo del IDRD.
5. Dirigir, desarrollar y controlar los planes, pro- gramas y proyectos deportivos conforme a los planes y políticas del Instituto y de la Adminis- tración Distrital.
6. Ejecutar las políticas y programas tendientes a la obtención de recursos mediante la promoción de los escenarios y parques a cargo del Instituto.
6. Promover la práctica regular de la actividad físi- ca y de las escuelas deportivas en las entidades educativas, ligas, clubes y empresas de sector público y privado, con el fin crear hábitos de vida saludable.
7. Dirigir, desarrollar y evaluar la ejecución de programas y proyectos de administración, man- tenimiento, recuperación y adecuación derivada del mantenimiento, de parques y escenarios, de acuerdo con los lineamientos que imparta la Di- rección General del Instituto.
7. Verificar el fortalecimiento, operación y ade- cuado funcionamiento de los Programas de Medicina Deportiva y Deporte Competitivo y de Alto Rendimiento.
8. Dirigir, desarrollar y evaluar los proyectos de ope- ración y promoción de los parques y escenarios a cargo del Instituto.
9. Proponer acciones que contribuyan a que los parques y escenarios a cargo del Instituto sean referente ambiental.
8. Dirigir y coordinar la adecuada presentación de las diferentes delegaciones que, por Bogotá D.C., deben asistir a eventos locales, nacionales e internacionales.
10. Generar un portafolio de oportunidades de vin- culación a empresarios en lo relacionado con sostenibilidad, promoción y publicidad de parques y escenarios a cargo del Instituto.
9. Gestionar las actividades que desde la depen- dencia sean requeridas para la implementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión.
10. Las demás que le sean asignadas y correspon- dan a la naturaleza de la dependencia.
11. Gestionar las actividades que desde la depen- dencia sean requeridas para la implementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión.
12. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6125 • pP. 1-10 • 2017 • JULIO • 28 10 CAPÍTULO TERCERO Acuerdo 4 del Concejo del Distrito Especial de Bogotá en 1978, cuya máxima autoridad administrativa la constituye la Junta Directiva.
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 16º.
- El Director General del IDRD, modificará y aprobará los manuales de funciones para los cargos de la planta de personal, de acuerdo con reforma realizada a la estructura de la entidad, de conformidad con lo señalado en el numeral 12 del artículo 19 de la Resolución de Junta Directiva 005 de 1997, “Por medio de la cual se reforman los estatutos del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte.”
Que el artículo 59 del Decreto Ley 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”, manifiesta que la autonomía administrativa y presupuestal de las entidades descentralizadas se ejercerá conforme a las normas que las organizan y la tutela de la administración a que están sometidas, tendrá por objeto el control de sus actividades y la coordinación de éstas con las políticas del Gobierno Distrital.
Artículo 17º.
- La Subdirección Administrativa y Financiera a través del Área Talento Humano, comunicará por escrito a cada responsable, las funciones asignadas a la dependencia a su cargo.
Artículo 18º.
- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las Resoluciones de Junta Directiva 002 de 2005, 001 de 2006, 006 y 008 de 2014 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, a los siete (7) días del mes de Que el numeral 7o del artículo 17 de la Resolución 05 del 13 de Mayo de 1997 “Por medio de la cual se reforman los estatutos del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte”, dispone que: “(....) AR- TÍCULO 17. FUNCIONES DE LA JUNTA: La Junta Directiva como órgano supremo del Instituto, tendrá las siguientes funciones: (…) No. 7: Adoptar la estructura orgánica del Instituto. Crear, suprimir, fusionar, clasificar y reestructurar dependencias y cargos de la entidad, sin generar con ello nuevas obligaciones presupuestales, adoptando las escalas, asignaciones y remuneraciones y determinar las funciones básicas de las distintas dependencias (...)”. julio de dos mil diecisiete (2017).
MARÍA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO PRESIDENTA JUNTA DIRECTIVA Que mediante Resolución 006 del 7 de julio de de 2017, se modificó la estructura organizacional y las funciones de las dependencias del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.
LUZ PATRICIA CAMELO URREGO SECRETARIA JUNTA DIRECTIVA Que es necesario modificar la planta de empleos del nivel directivo y nivel asesor para responder a la nueva estructura organizacional del Instituto.
Resolución Número 007 (Julio 7 de 2017)
“Por la cual se modifica la Planta de Personal del Instituto Distrital de Recreación y Deporte”
Que mediante oficio N° 2017EE913 O 1 y radicación IDRD 20172100115112 del 23 de mayo de 2017, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió concepto técnico favorable requerido para modificar la planta de empleos del nivel directivo y nivel asesor del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y EL DEPORTE En uso de sus facultades legales, y, en especial las conferidas por el numeral 5° del artículo 5° del Acuerdo 4 de 1978 y el literal 7 del artículo 17 de la Resolución de Junta Directiva 05 de 1997,
CONSIDERANDO:
Que mediante comunicación 2017EE109216 O 1 y radicado bajo en número IDRD 20172100139642 del 15 y 22 de junio del año en curso respectivamente, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió el certificado de viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de personal de Instituto Distrital de Recreación y Deporte, la cual es a costo cero.
Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, es un establecimiento público descentralizado del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, sujeto a las normas del derecho público, creado mediante el Que en sesión de Junta Directiva realizada el día 5 de julio de 2017, fue aprobada la modificación de la planta de personal del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, de acuerdo con el concepto técnico emi- 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6125 • pP. 1-11 • 2017 • JULIO • 28
RESUELVE:
tido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.
Artículo 1º.
-Suprimir de la planta de personal del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, el siguiente cargo:
Que en mérito de lo expuesto, NIVEL DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO CARGO SUPRIMIDO Asesor Asesor 105 01 Dos (2)
Total cargos suprimidos Dos (2)
Artículo 2º.
- Crear en la planta de personal del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, el siguiente empleo:
NIVEL DENOMINACION DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO CARGO CREADO Directivo Subdirector 070 02 Uno (1)
Total cargos creados Uno (1)
Artículo 3º.
- Para efecto de la gestión institucional la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, será la siguiente:
Denominación Código Grado No. de Cargos DESPACHO DIRECTOR 12 DIRECTOR GENERAL 050 04 1 ASESOR 105 04 1 ASESOR 105 02 1 ASESOR 105 01 5 SECRETARIO EJECUTIVO 425 11 1 SECRETARIO EJECUTIVO 425 10 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 01 1 CONDUCTOR 480 08 1 PLANTA GLOBAL 244 NIVEL DIRECTIVO 9 SECRETARIO GENERAL 054 03 1 SUBDIRECTOR TÉCNICO 068 02 3 SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO 068 02 1 SUBDIRECTOR 070 02 1 JEFE DE OFICINA 006 01 3 NIVEL ASESOR 3 JEFE DE OFICINA ASESORA DE JURÍDICA 115 03 1 JEFE DE OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN 115 03 1 JEFE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES 115 03 1 NIVEL PROFESIONAL 102 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 11 9 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 10 5 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 09 10 TESORERO GENERAL 201 08 1 ALMACENISTA GENERAL 215 08 1 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 07 18 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 06 30 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 05 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6125 • pP. 1-12 • 2017 • JULIO • 28 12 Denominación Código Grado No. de Cargos PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 04 3 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 03 5 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 02 14 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 01 1 NIVEL TÉCNICO 59 TECNICO OPERATIVO 314 10 10 TECNICO OPERATIVO 314 07 36 TECNICO OPERATIVO 314 06 3 TECNICO OPERATIVO 314 05 2 TECNICO OPERATIVO 314 03 2 TECNICO OPERATIVO 314 02 6 NIVEL ASISTENCIAL 71 SECRETARIO EJECUTIVO 425 11 5 SECRETARIO EJECUTIVO 425 10 14 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 09 2 CONDUCTOR 480 08 6 SECRETARIO EJECUTIVO 425 06 4 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 06 23 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 05 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 03 1 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 02 6 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 01 9 TOTAL EMPLEADOS PÚBLICOS 256 TRABAJADORES OFICIALES 12 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 02 1 AUXILIAR DE MANTENIMIENTO II 2 AUXILIAR DE MANTENIMIENTO 3 TÉCNICO DE MANTENIMIENTO 2 TÉCNICO DE MANTENIMIENTO 06 1 CELADOR 2 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 10 1 TOTAL 268 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, a los siete (7) días del mes de julio de dos mil diecisiete (2017).
MARÍA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO Presidenta Junta Directiva
Artículo 6º.
- (Sic). El Instituto Distrital de Recreación y el Deporte tendrá un sistema de planta global, cuyos cargos serán distribuidos entre las diferentes dependencias mediante resolución de la Dirección General de conformidad con la estructura organizacional, las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos que adelante, al igual que la naturaleza de las funciones, niveles de responsabilidad y perfil de cargo.
LUZ PATRICIA CAMELO URREGO Secretaria Junta Directiva
Artículo 7º.
- (Sic). La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica todos los actos administrativos y demás disposiciones que le sean contrarios.
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