Registro Distrital 6383 de 2018
Registro Distrital 6383 de 2018 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 6383
- Año
- 2018
- Fecha
- 31 de agosto de 2018
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 51 Número 6383 2018 • Agosto • 31 REGISTRO DISTRITAL ACUERDO DE 2018 CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. munal de la ciudad, formulará y adoptará la Política Pública Distrital de Acción Comunal, atendiendo las normas constitucionales, legales y los lineamientos establecidos por la Corte Constitucional sobre esta materia, así como los contenidos en la presente norma.
Acuerdo Número 712 (Agosto 27 de 2018)
“POR EL CUAL SE ADOPTAN LINEAMIENTOS PARA LA FORMULACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ACCIÓN COMUNAL EN
Artículo 3.
PRINCIPIOS, FUNDAMENTOS Y FI- NES. Los principios, fundamentos y fines que orientan la Política Pública Distrital de Acción Comunal, rectores del desarrollo comunitario, son los consagrados en la Ley 743 de 2002 y la Ley 1757 de 2015 y las normas que las modifican y adicionan.
EL DISTRITO CAPITAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las establecidas en el Decreto Ley 1421 de 1993, en los artículos 6 y 12
Artículo 4.
LINEAMIENTOS. La Política Pública de Acción Comunal se desarrollará con fundamento en el enfoque de derechos humanos consagrados en la Constitución Política y demás normas y en el ejercicio del desarrollo de los Organismos de Acción Comunal con un sentido democrático, pluralista, diverso, étnico e incluyente.
numeral 1
ACUERDA:
1. Equidad Social: Es la aplicación de los derechos y obligaciones de manera justa y equitativa a las personas independientemente de la clase social a la que pertenezcan. La equidad social no pretende eliminar las diferencias existentes, sino valorarlas y ofrecer un trato de equidad para superar las desigualdades existentes en la sociedad.
2. Solidaridad Social: Deber ciudadano, que nos compromete y relaciona con los otros, y que, en ese sentido, es fundamental para el desarrollo y el bienestar social de las personas, en la construc- ción de una sociedad donde la justicia, la dignidad y la igualdad sean bienes comunes fundamenta- les.
Artículo 1.
POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ACCIÓN COMUNAL. Adóptese los lineamientos para la formulación de la Política Pública de Acción Comunal, que deberá contener y articular el conjunto de principios, fundamentos, fines, planes, estrategias, programas y proyectos liderados por el Distrito, que buscan reconocer los derechos y deberes de los organismos de acción comunal, en sus respectivos grados asociativos, en corresponsabilidad con el Gobierno Distrital y las Alcaldías Locales, desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad y, en particular de sus afiliados, en su condición de gestores comunitarios.
3. Democracia Participativa: Es un sistema de orga- nización política que otorga a los ciudadanos una mayor, más activa y más directa capacidad de intervención e influencia en la toma de decisiones de carácter público.
Artículo 2.
FORMULACIÓN Y ADOPCIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ACCIÓN COMU- NAL. La Administración Distrital, en cabeza del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal –IDPAC-, con la participación de los organismos de acción co-
1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-1 • 2018 • agosto • 31
4. Prevalencia del Interés Común: Prevalencia del interés común frente al interés particular.
Artículo 6.
POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ACCIÓN COMUNAL Y PLANES DE DESARROLLO. Una vez aprobada la Política Pública Distrital de Acción Comunal, la misma deberá armonizarse con el Plan de Desarrollo Distrital, Planes de Desarrollo Locales y Planes de Desarrollo Comunales y Comunitarios de los organismos comunales. Para esto podrán establecerse diversos programas y proyectos distritales y locales.
Artículo 7.
ORDEN CIVIL AL MERITO “LIDER COMUNERO JOSÉ ANTONIO GALÁN”. Créase la Orden Civil al Mérito “LIDER COMUNERO JOSÉ ANTONIO GALÁN” en reconocimiento a la dedicación de los líderes comunales que pertenecen a las Juntas de Acción Comunal que por su dedicación y trabajo han aportado al desarrollo de las comunidades.
5. Participación Ciudadana: Entiéndase la partici- pación ciudadana como el derecho al ejercicio pleno del poder de las personas que en condi- ción de sujetos sociales y políticos, y de manera individual o colectiva transforman e inciden en la esfera pública en función del bien general y el cumplimiento de los derechos civiles, políticos, sociales, económicos, ambientales y culturales, mediante procesos de diálogo, deliberación, concertación y de TIC, entre actores sociales e institucionales, para materializar las políticas pú- blicas, bajo los principios de dignidad humana, equidad, diversidad, incidencia. La participación se realizará sin discriminación por situación de discapacidad, ciclo vital, sexual, política, econó- mica, étnica, cultural, o de cualquier otra índole.
Parágrafo. Cada una de las Juntas de Acción
Comunal postulará tres candidatos entre los cuales se determinará la persona nominada por cada localidad, según reglamentación adoptada por la Mesa Directiva del Concejo.
6. Fortalecimiento Organizacional: Hace referen- cia a la estrategia o el conjunto de estrategias intencionales, sistemáticas y contextualizadas a través de la cuales se busca mejorar las ha- bilidades o competencias colectivas de un de- terminado actor o a un grupo de ellos, a efectos de contribuir al mejoramiento en la ejecución de su misión y al logro de sus metas.
7. Desarrollo Comunitario: Es un proceso social con acción participativa de la comunidad al tiempo que representa un medio de promoción humana, en tanto que impulsa al individuo a involucrarse en su contexto detectando nece- sidades y ayudando a solucionarlas.
Artículo 8º.
REDES DISTRITALES Y LOCALES. El Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal –IDPAC- fomentará de forma gradual, la creación o implementación de Redes Distritales y Locales Interactivas de comunicación con las organizaciones comunales, con el acompañamiento de la Alta Consejería TIC del Distrito Capital, conformadas entre Juntas de Acción Comunal a nivel Distrital y Local para que interactúen entre sí, compartan objetivos y fines misionales, experiencias comunales y gestiones realizadas. Promoverán igualmente la implementación gradual o progresiva de las tecnologías de la información y comunicación en el desarrollo y fortalecimiento comunal, para el cumplimiento de sus fines y objetivos.
8. Control Social a la Gestión Pública y Comunita- ria: Emprende acciones para facilitar el ejercicio de la ciudadanía en la función de inspección y vigilancia a la gestión pública y comunitaria, me- diante el desarrollo de instrumentos, estrategias y escenarios de transparencia y participación para enriquecer la corresponsabilidad y la de- mocracia.
Artículo 5.
ESPACIOS DE DIÁLOGO PARA LA FORMULACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ACCIÓN COMUNAL. Para la formulación de la Política Pública Distrital de Acción Comunal, la Administración Distrital deberá generar espacios de diálogo con los organismos comunales de la ciudad, que garanticen discusión y participación en cada uno de los sectores administrativos y en cada una de las localidades de la ciudad en los temas de su competencia.
Artículo 9º.
COORDINACIÓN. La Política Pública de Acción Comunal deberá incluir mecanismos de coordinación, desarrollo, conformación e implementación de Alianzas Estratégicas, de relaciones de Cooperación o de cumplimiento de objetivos de responsabilidad social, que por iniciativa de la Administración Distrital, en cabeza del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal – IDPAC - y de las Propias Juntas de Acción Comunal y organizaciones comunales, puedan realizarse para el cumplimiento de sus fines o para el desarrollo de sus programas, proyectos o acciones, con el sector público, privado, con ONG, la academia, organismos nacionales e internacionales, con personas jurídicas y entidades sin ánimo de lucro, en procura de un mayor desarrollo para su comunidad.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-2 • 2018 • agosto • 31 2 RESOLUCIONES DE 2018 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL Resolución Número 362 (Agosto 29 de 2018)
Artículo 10º.
PLATAFORMA TECNOLÓGICA DE GESTIÓN. El Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal –IDPAC- podrá crear una plataforma tecnológica para administrar la gestión de las Juntas de Acción Comunal, garantizar la transparencia de la misma y la publicación de la información que ellas produzcan y sea de conocimiento de la Administración Distrital, las organizaciones comunales, los dignatarios, afiliados a ellas y la ciudadanía en general.
“Por la cual se hace un nombramiento”
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de las facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto 101 de 2004.
De conformidad con lo establecido en el literal f del artículo 19 de la Ley 743 de 2002 las Juntas de Acción Comunal podrán contratar con las entidades públicas de la Administración Distrital central, descentralizada y las empresas y establecimientos públicos.
RESUELVE:
Artículo 1º-: Nombrar al doctor ANDRÉS LEONARDO ACOSTA HERNÁNDEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No.80.882.682, en el cargo de Asesor Código 105 Grado 05 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C.
Artículo 11º.
INFORMACIÓN SOBRE LA OFER- TA INSTITUCIONAL. La Administración Distrital a través del IDPAC suministrará a las organizaciones comunales y a las Juntas de Acción Comunal, semestralmente, toda la oferta institucional de actividades y servicios del Distrito, para efectos de orientar la acción y gestión de ellas ante las entidades distritales.
Artículo 2º-: Notificar al doctor ANDRÉS LEONAR- DO ACOSTA HERNÁNDEZ, el contenido de la presente Resolución a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera, de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 3º-: Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo 12º.
POLÍTICA DE ESTÍMULOS. La Administración Distrital implementará una política de estímulos para garantizar la participación, conformación de las organizaciones comunales y Juntas de Acción Comunal –JAC- su fortalecimiento, así como el de la gestión realizada por ellas, con el propósito de fomentar el acceso y participación de los dignatarios de las Juntas de Acción Comunal en actividades tales como capacitación, educación formal, no formal, cultura, recreación y deporte.
Artículo 13º.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ} Presidente Artículo 4º-: El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Distrital 816 de 2017.
DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO Secretario General de Organismo de Control Artículo 5º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
CAPITAL PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Dada en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. del mes de agosto de dos mil dieciocho (2018).
Agosto 27 de 2018 RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS Secretario General 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-3 • 2018 • agosto • 31 SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD Resolución Número 170 (Agosto 30 de 2018)
14.606.720, en el cargo de ASESOR CÓDIGO 105 GRADO 05 – Despacho de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, con una asignación básica mensual de $ 5.246.347 y gastos de representación de $1.573.904.
“Por la cual se hace un nombramiento ordinario”
Artículo 2°.
- La presente resolución rige a partir de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C. a los treinta (30) días del EL SECRETARIO DISTRITAL DE MOVILIDAD En ejercicio de sus facultades legales y entre ellas las conferidas por los Decretos Nacionales 1083 de 2015 y 648 de 2017, la Ley 909 de 2004 y los Decretos Distritales 101 de 2004, 567 de 2006, mes de agosto de dos mil dieciocho (2018).
RESUELVE:
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad
Artículo 1°.
- Nombrar a DAVID LOUIS UNIMAN CRUZ, identificado con la cédula de ciudadanía No.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-4 • 2018 • agosto • 31 4 SECRETARÍA DE AMBIENTE Resolución Número 02552 (Agosto 15 de 2018)
“POR LA CUAL SE OTORGA UNA CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES”
LA SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HÍDRICO Y DEL SUELO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE En uso de sus facultades legales conferidas en la Resolución 01460 del 24 de mayo de 2018, el Acuerdo Distrital 257 de 2006, el Decreto Distrital 109 de 2009, de modificado parcialmente por el Decreto Distrital 175 de 2009, conforme a la ley 99 de 1993, el Decreto Ley 2811 de 1974, el Decreto 1076 de 2015, el Código de Procedimiento Administrativo de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y,
CONSIDERANDO:
5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-5 • 2018 • agosto • 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-6 • 2018 • agosto • 31 6 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-7 • 2018 • agosto • 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-8 • 2018 • agosto • 31 8 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-9 • 2018 • agosto • 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-10 • 2018 • agosto • 31 10 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-11 • 2018 • agosto • 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-12 • 2018 • agosto • 31 12 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-13 • 2018 • agosto • 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-14 • 2018 • agosto • 31 14 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-15 • 2018 • agosto • 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-16 • 2018 • agosto • 31 16 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-17 • 2018 • agosto • 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-18 • 2018 • agosto • 31 18 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-19 • 2018 • agosto • 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-20 • 2018 • agosto • 31 20 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-21 • 2018 • agosto • 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-22 • 2018 • agosto • 31 22 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-23 • 2018 • agosto • 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-24 • 2018 • agosto • 31 24 NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, a los quince (15) días del mes de agosto de dos mil dieciocho (2018).
DIANA ANDREA CABRERA TIBAQUIRÁ SUBDIRECCIÓN DE RECURSO HÍDRICO Y DEL SUELO 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-25 • 2018 • agosto • 31 EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.”
Resolución Número 538 (Agosto 27 de 2018)
Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar los Manuales de Procedimientos de las diferentes dependencias de la Entidad, con el objeto de ajustarlos a los nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo del Sistema.
Por la cual se adopta: el Plan de Cultura y Sensibilización del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información - SGSI Que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones emitió el Decreto 1008 de 2018, por el cual establece los lineamientos generales de la política de gobierno digital.
EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE
RESUELVE:
TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO
Artículo 1°.
Adopta el siguiente documento con el código y versión registrados a continuación
“TRANSMILENIO S.A.”, En ejercicio de sus facultades conferidas mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de 2016, y Código Versión Nombre
CONSIDERANDO:
T-DT-007 0 Plan de Cultura y Sensibilización del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información - SGSI
Artículo 2º.
La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.
Dada en Bogotá, a los veintisiete (27) días del mes de agosto de dos mil dieciocho (2018).
Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.
SOFÍA ZARAMA VALENZUELA Jefe de Oficina Asesora de Planeación REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-26 • 2018 • agosto • 31 26 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-27 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN............................................................................................................................... 3
1. POLÍTICA DE CULTURA Y SENSIBILIZACIÓN EN SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN .. 4
2. METAS A CUMPLIR ................................................................................................................. 4
2.1. Objetivo General...................................................................................................................... 4 2.2. Objetivo Especifico................................................................................................................. 4
3. ETAPA No.1 – PLANEACIÓN .................................................................................................. 5
3.1 Roles y Responsabilidades.................................................................................................... 5 3.2. Audiencia Objetivo.................................................................................................................. 6 3.3 Temas a tratar en cada sesión............................................................................................... 6 3.4. Medios de comunicación........................................................................................................ 6 3.5. Sensibilización......................................................................................................................... 7 3.5.1. Frecuencias de la sensibilización..................................................................................... 7 3.5.2. Evidencia del programa de sensibilización..................................................................... 7 3.5.3. Evaluación y renovación del plan de cultura de sensibilización del “SGSI”............... 7 3.5.4. Eslogan................................................................................................................................ 7 3.5.5. Diseño de instrumento de medición................................................................................ 8 3.6. Cronograma de Actividades................................................................................................... 8 3.6.1 Charlas de Sensibilización................................................................................................ 8 3.6.2. Difusión de Seguridad de la Información...................................................................... 10
4. ETAPA No.2 – EJECUCIÓN .................................................................................................. 15
4.1 Ejecución................................................................................................................................ 15
5. ETAPA No.3 – EVALUACIÓN ................................................................................................ 15
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-28 • 2018 • agosto • 31 28 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA LISTA DE TABLAS Tabla 1. Roles y Responsabilidades............................................................................................. 5 Tabla 2. Temas para sesiones........................................................................................................ 6 Tabla 3. Medios de Comunicación................................................................................................. 7 Tabla 4. Charlas de sensibilización sesión No.1 “TICS- Gerencia General”............................ 8 Tabla 5. Charlas de sensibilización sesión No.2 “Gerencias de la integración de Transmilenio”.................................................................................................................................. 9 Tabla 6. Charlas de sensibilización Sesión No.3 “DIRECCION Y CONTROL DE LA OPERACION................................................................................................................................... 10 Tabla 7. Cronograma de papel tapiz – televisores – protector de pantalla............................. 11 Tabla 8. Cronograma de Miércoles de SEGURIDAD TRANSMILENIO..................................... 12 Tabla 9. Cronograma de News Informativos.............................................................................. 13 Tabla 10. Cronograma día de la seguridad de la información.................................................. 13 Tabla 11. Tips de seguridad......................................................................................................... 14 29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-29 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA INTRODUCCIÓN Para TRANSMILENIO S.A., la Seguridad de la Información es una parte esencial, dado que permite mantener los pilares fundamentales como son: la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los activos más importante para la Entidad como es la INFORMACIÓN.
Para ello se requiere dar entrenamiento a los funcionarios, oficiales, contratistas, proveedores y/o terceros de la Entidad, frente a la importancia de la Seguridad de la Información y los Riesgos asociados a los activos de información que se generan por el desconocimiento de las políticas y controles establecidos, los cuales permiten minimizar el impacto y la probabilidad de la materialización de los mismos.
Por lo tanto, el Sistema de Gestión de Seguridad de la Información “SGSI” de la entidad ve la necesidad de implementar campañas de sensibilización dirigidas a los funcionarios, contratistas, proveedores y/o terceros; con el fin de crear cultura frente a los Riesgos de Seguridad de Información y coadyuvar en la búsqueda de medidas preventivas para establecer una mejora continua del “SGSI” para la Entidad.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-30 • 2018 • agosto • 31 30 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA
1. POLÍTICA DE CULTURA Y SENSIBILIZACIÓN EN SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Dominio: A.7.2.2 Toma de conciencia, educación y formación en la Seguridad de la Información.
Objetivo: Asegurarse de que los empleados y contratistas tomen conciencia de sus responsabilidades de seguridad de la información y las cumplan.
Alcance del Plan de Cultura de Sensibilización del “SGSI”: la presente política aplica para todos los funcionarios, contratistas, proveedores y terceras partes ubicados en la Sede Principal de TRANSMILENIO S.A. y durante el término de su implementación, los cuales deben participar activamente en el Plan de Cultura y Sensibilización del “SGSI” que se realiza en la entidad a través de la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones “TIC’s”. quien definirá y divulgará el cronograma a seguir.
Lineamiento:
Se debe dar cumplimiento de los siguientes lineamientos:
Se dará sensibilización y divulgación a través de los medios establecidos por la entidad sobre la Seguridad de la Información, cada servidor público, contratista, proveedor y terceras partes deben participará activamente en los Programas o Planes de Cultura y Sensibilización en Seguridad de la Información desarrollados por la Dirección de Tecnología de Información y las Comunicaciones – Tics, y de acuerdo con el contenido debe ser interiorizado y aplicado según corresponda su rol y responsabilidad dentro de la entidad.
2. METAS A CUMPLIR
2.1. Objetivo General Sensibilizar y crear conciencia al personal TRANSMILENIO, frente a las buenas prácticas de Seguridad de Información, con el fin de proteger y resguardar los activos de Información a través de campañas y estrategias definidas en el Plan de Cultura de Sensibilización del “SGSI”.
2.2. Objetivo Especifico
- Definir campañas de sensibilización para TRANSMILENIO S.A.
- Utilizar los medios de difusión institucionales como herramientas para fomentar el Plan de Cultura de
Sensibilización del “SGSI” de la entidad.
31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-31 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA
- Promover las campañas de sensibilización al interior de la Entidad.
- Definir encuestas y evaluaciones para medir la percepción de la Seguridad de la información en los
funcionarios, contratistas, proveedores y/o terceros de TRANSMILENIO S.A.
3. ETAPA No.1 – PLANEACIÓN
3.1 Roles y Responsabilidades En la tabla adjunta, se definen los roles y responsabilidades para la ejecución del Plan de Cultura de Sensibilización del “SGSI” dentro de la entidad:
ROLES RESPONSABILIDADES Dirección de Tecnología de Información y las Comunicaciones (TICS).
- Definir las actividades para la ejecución del Plan de Cultura de Sensibilización del “SGSI” en las oficinas locales, de TRANSMILENIO S.A.
- Implementar el Plan de Cultura de Sensibilización del “SGSI” de TRANSMILENIO S.A.
- Aplicar instrumento de medición del Plan de Cultura de Sensibilización del “SGSI”
- Realizar análisis y consolidación de los resultados del Plan de Cultura de Sensibilización del “SGSI”..
Subgerencia de Atención al Usuario y Comunicaciones.
- Apoyar en la creación de piezas gráficas y material de diseño que se requiera para el Plan de Cultura de Sensibilización del “SGSI” en la entidad.
- Apoyar en la publicación y difusión de las actividades del Plan de Cultura de Sensibilización del “SGSI”, en los diferentes medios de comunicación oficiales y existentes en la Entidad.
Profesional Especializado Grado 06 – Seguridad Informática
- Ejecutar las actividades relacionadas con el Plan de Cultura de Sensibilización del “SGSI” en las oficinas principales de TRANSMILENIO S.A.
- Aplicar los instrumentos de medición del Plan de Cultura de Sensibilización del “SGSI”, los cuales fueron definido por la Dirección de Tecnología de Información “TICS”.
Tabla 1. Roles y Responsabilidades REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-32 • 2018 • agosto • 31 32 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA 3.2. Audiencia Objetivo Quienes deben ser capacitados: los funcionarios, contratistas, proveedores y/o terceros ubicados en Sede principal de TRANSMILENIO S.A.
3.3 Temas a tratar en cada sesión TEMAS AUDIENCIA - Dirección de Tic’s (funcionarios y contratistas).
- Gerencia General.
- Subgerencia General (incluye Control Interno Disciplinario.)
- Oficina Asesora de planeación.
SESIÓN No.1:
- Oficina de Control Interno - Dirección Corporativa.
- Subgerencia Económica.
- Subgerencia Técnica y de Servicios.
- Subgerencia de Atención al Usuario y Comunicaciones.
- Subgerencia de Desarrollo de Negocios.
- Subgerencia Jurídica.
- Qué es SGSI. - Política del SGSI. - Que es activo de información. - Que es Riesgo de información. - Cuales son Políticas de Seguridad y Privacidad de la información de TRANSMILENIO. - Que es un Incidente de Seguridad de Información y como reportarlo. - Fuentes de ataques. - Buenas prácticas de Seguridad.
- Dirección Técnica de Buses.
- Dirección Técnica de Modos Alternativos y Equipamiento Complementario.
- Dirección Técnica de Seguridad.
- Dirección Técnica de BRT Tabla 2. Temas para sesiones 3.4. Medios de comunicación Para la gestión del Plan de Cultura y Sensibilización del “SGSI” TRANSMILENIO S.A., tendrá en cuenta los siguientes medios de comunicación, los cuales deberán ser publicados y socializados con el apoyo de la Subgerencia de Atención al Usuario y Comunicaciones.
MEDIOS DE COMUNICACIÓN DETALLE Papel Tapiz o Fondo de
- Aplicar cada mes un (1) Papel Tapiz en toda la Entidad, de acuerdo con los temas detallados en el cronograma propuesto.
Escritorio 33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-33 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA MEDIOS DE COMUNICACIÓN DETALLE Protector de Pantalla
- Se propone un protector de pantalla cada mes, de acuerdo con los temas detallados en el cronograma propuesto. Este se debe aplicar en toda la Entidad.
Plegables
- Se enviarán por correo electrónico los tips de Seguridad de la Información.
Intranet
- Se cargará en la intranet los temas tratados en las charlas del “SGSI”, boletines emitidos por la policía nacional “PONAL”, videos de Seguridad, entre otros.
Correo Masivo
- A través de la Subgerencia de Atención al Usuario y Comunicaciones, se propone dar a conocer a toda la Entidad temas detallados en el cronograma referente a:
a) Temas de los miércoles de SEGURIDAD TRANSMILENIO cada quince días (15). b) NEW Informativos referente a fechas especiales con temas de Tecnología.
Charlas
- Se generarán charlas para todas las Dependencias de TRANSMILENIO S.A., a través de la Dirección de Tecnología de Información y las Comunicaciones “TICS”, organizaciones y/o proveedores de Seguridad de la Información en caso de ser necesario.
Tabla 3. Medios de Comunicación 3.5. Sensibilización 3.5.1. Frecuencias de la sensibilización De acuerdo con el cronograma de sensibilización propuesto por la Dirección de TICS.
3.5.2. Evidencia del programa de sensibilización Se dejarán listas de asistencia, registros fotográfico o evidencia generadas mediante los medios de comunicación definidos como soporte de la sensibilización.
3.5.3. Evaluación y renovación del plan de cultura de sensibilización del “SGSI”
El Plan de Cultura y Sensibilización del “SGSI” de la Entidad, debe ser revisado y actualizado al inicio del año; teniendo en cuenta los resultados del año anterior con base en los indicadores de cumplimiento obtenidos.
3.5.4. Eslogan Se propone a través de la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones “TICs”, la creación del eslogan que permite tener mayor recordación entre los funcionarios, contratistas, proveedores y/o terceros de la entidad:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-34 • 2018 • agosto • 31 34 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA “HAZ PARTE DE LA SEGURIDAD DE INFORMACIÓN, LA SEGURIDAD ES RESPONSABILIDAD DE TODOS”.
3.5.5. Diseño de instrumento de medición Para medir la percepción de la Seguridad de la Información dentro del Plan de Cultura y Sensibilización del “SGSI”, en los funcionarios, contratistas, proveedores y/o terceros, se define: a. Matriz de medición: tiene por objetivo medir las actividades definidas dentro del cronograma del Plan de Cultura y Sensibilización del “SGSI”, como son las charlas y los diferentes medios de comunicación. b. Indicador: tiene por objetivo medir la efectividad del Plan de Cultura y Sensibilización del “SGSI” en la entidad, teniendo en cuenta los funcionarios, contratistas, proveedores y/o terceros.
Nota: Estos resultados serán el insumo al cumplimiento de los requisitos obligatorios de la Norma ISO 27001:2013 en el numeral 9.3 Revisión por la Dirección.
3.6. Cronograma de Actividades 3.6.1 Charlas de Sensibilización Se realiza transferencia de conocimiento a cada uno de los funcionarios, contratistas, proveedores y/o terceros de la entidad, con el fin de coadyuvar a la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información “SGSI”. a) SESION No.1 – Dirección de TIC´S - Gerencia – Subgerencia General:
CRONOGRAMA DE SENSIBILIZACIÓN PARA LAS DIRECCIONES DE ACTIVIDADES OCTUBRE SEPTIEMBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE SESIÓN No.2 - TEMAS:
- Que es SGSI.
- Política del SGSI.
- Que es activo de información.
- Que es Riesgo de información.
- Cuales son Políticas de Seguridad y Privacidad de la información de transmilenio.
- Que es un Incidente de Seguridad de Información y como reportarlo.
- Fuentes de ataques.
- Buenas prácticas de Seguridad.
1° SEMANA 2° SEMANA 3° SEMANA 4° SEMANA 1° SEMANA 2° SEMANA 3° SEMANA 4° SEMANA 1° SEMANA 2° SEMANA 3° SEMANA 4° SEMANA 1° SEMANA 2° SEMANA 3° SEMANA 4° SEMANA AREAS 1 Dirección de Tics 3 2 Subgerencia general 4 3 Gerencia General 5 Tabla 4. Charlas de sensibilización sesión No.1 “TICS- Gerencia General”
ESPECIFICACIONES:
✓ Deben asistir a la charla de sensibilización funcionarios, contratistas.
35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-35 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA ✓ Se realizará una (1) sesión de inducción de las Políticas de Seguridad y Privacidad de la Información para la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones “TICS”, incluyendo contratistas.
✓ La duración de la sesión ser de dos (2) horas ✓ Se requiere contar con un salón para la sensibilización, video beam, telón o TV, portátil y cables de conexión para la presentación y evaluación frente a los conceptos suministrados en la charla.
✓ Se realizará medición de la charla de sensibilización con la utilización del “Indicador”. b) SESION No.2 – GERENCIA DE LA INTEGRACION CRONOGRAMA DE SENSIBILIZACIÓN PARA LAS DIRECCIONES DE ACTIVIDADES OCTUBRE SEPTIEMBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE SESIÓN No.2 - TEMAS:
- Que es SGSI.
- Política del SGSI.
- Que es activo de información.
- Que es Riesgo de información.
- Cuales son Políticas de Seguridad y Privacidad de la información de transmilenio.
- Que es un Incidente de Seguridad de Información y como reportarlo.
- Fuentes de ataques.
- Buenas prácticas de Seguridad.
1° SEMANA 2° SEMANA 3° SEMANA 4° SEMANA 1° SEMANA 2° SEMANA 3° SEMANA 4° SEMANA 1° SEMANA 2° SEMANA 3° SEMANA 4° SEMANA 1° SEMANA 2° SEMANA 3° SEMANA 4° SEMANA AREAS 4 Oficina asesora de planeación. 11 5 Oficina de control interno 12 6 Dirección corporativa 13 - 14 Tabla 5. Charlas de sensibilización sesión No.2 “Gerencias de la integración de Transmilenio”
ESPECIFICACIONES:
✓ Deben asistir a la charla de sensibilización funcionarios, contratistas, proveedores y terceros.
✓ Se realizará una (1) sesión por dirección de Sensibilización del “SGSI”.
✓ La duración de la sesión es de dos (2) horas.
✓ Se requiere contar con un salón para la sensibilización, video beam, telón o TV, portátil y cables de conexión para la presentación y evaluación frente a los conceptos suministrados en la charla.
✓ Se realizará medición de la charla de sensibilización con la utilización del “Indicador”.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-36 • 2018 • agosto • 31 36 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA c) SESION No.3 - DIRECCION Y CONTROL DE LA OPERACION:
CRONOGRAMA DE SENSIBILIZACIÓN PARA LAS DIRECCIONES DE ACTIVIDADES OCTUBRE SEPTIEMBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE SESIÓN No.2 - TEMAS:
- Que es SGSI.
- Política del SGSI.
- Que es activo de información.
- Que es Riesgo de información.
- Cuales son Políticas de Seguridad y Privacidad de la información de transmilenio.
- Que es un Incidente de Seguridad de Información y como reportarlo.
- Fuentes de ataques.
- Buenas prácticas de Seguridad.
1° SEMANA 2° SEMANA 3° SEMANA 4° SEMANA 1° SEMANA 2° SEMANA 3° SEMANA 4° SEMANA 1° SEMANA 2° SEMANA 3° SEMANA 4° SEMANA 1° SEMANA 2° SEMANA 3° SEMANA 4° SEMANA AREAS 12 Dirección técnica de Buses 13 - 15 13 Dirección técnica de modos alternativos y equipamiento complementario 20 - 22 14 Dirección técnica de seguridad.
27 - 29 15 Dirección técnica de BRT 3 - 6 Tabla 6. Charlas de sensibilización Sesión No.3 “DIRECCION Y CONTROL DE LA OPERACION ESPECIFICACIONES:
✓ Deben asistir a la charla de sensibilización funcionarios, contratistas, proveedores y terceros.
✓ Se realizará una (1) sesión por dirección de Sensibilización del “SGSI”.
✓ La duración de la sesión es de dos (2) horas de 10:00am a 12:00am.
✓ Se requiere contar con un salón para la sensibilización, video beam, telón o TV, portátil y cables de conexión para la presentación y evaluación frente a los conceptos suministrados en la charla.
✓ Se realizará medición de la charla de sensibilización con la utilización del “Indicador”.
3.6.2. Difusión de Seguridad de la Información 3.6.2.1 Papel Tapiz – Televisores – Protectores De Pantalla:
A continuación, se describen las actividades que ser realizaran una (1) vez al mes, con el apoyo de la subgerencia de atención al usuario y Comunicaciones:
37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-37 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA CRONOGRAMA PAPEL TAPIZ - TELEVISORES - PROTECTORES DE PANTALLA PARA EL SEGUNDO SEMESTRE AÑO 2018 ACTIVIDADES JUL AGO SEP OCT NOV DIC 1 Politica de Seguridad de Información 1 semana 2 Buenas Prácticas: Uso de Contraseñas 2 semana 3 Buenas Prácticas: Escritorio y Pantallas Limpia 3 semana 4 Buenas Prácticas: Uso de Papel Reciclable 1 semana 5 Buenas Prácticas: Bloqueo de sesión. 3 semana 6 Incidentes de Seguridad 2 semana 7 Delitos Informaticos 3 semana 8 Buenas Prácticas: Navegación Segura. 4 semana 9 Ingenieria Social 1 semana Tabla 7. Cronograma de papel tapiz – televisores – protector de pantalla.
ESPECIFICACIONES:
✓ Se debe realizar para toda la entidad.
✓ Se realizará uno (1) cada mes durante la primera o segunda semana de acuerdo con el calendario, para los canales de comunicación definidos como son: papel tapiz, televisores y protectores de pantalla.
✓ Esta campaña debe tener el contenido según el tema definido en el cronograma anterior, y se debe publicar en la fecha definidas, debe ser llamativo y no denso de información manteniendo la imagen institucional con el apoyo de la subgerencia de atención al usuario y Comunicaciones.
✓ Se realizará medición de la campaña con la utilización de la “Matriz de medición”.
3.6.2.2. Correo masivo miércoles de SEGURIDAD TRANSMILENIO A continuación, se describen las actividades a realizar los miércoles cada quince (15) días, con el apoyo de la subgerencia de atención al usuario y Comunicaciones. A través del correo masivo a toda la entidad:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-38 • 2018 • agosto • 31 38 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA CRONOGRAMA MIERCOLES DE SEGURIDAD -TRANSMILENIO PARA EL AÑO OCT NOV DIC 2018 SEP ACTIVIDADES 12 26 10 17 24 14 21 12 19 26 1 Politica de Seguridad y Privacidad de la Información X 2 Peligros en las Redes Sociales X 3 Confidencialidad - Disponibilidad - Integridad X 4 Buenas Prácticas: Uso de Contraseñas X 5 Buenas Prácticas: Uso del Carnet X 6 Buenas Prácticas: Escritorio y Pantallas Limpia X 7 Buenas Prácticas: Navegación Segura X 8 Buenas Prácticas: Uso de Papel Reciclable X 9 Buenas Prácticas: Bloqueo de Sesión X 10 Qué es Riesgo de Seguridad de la Información y Porqué se Requiere Realizar Tratamiento X 11 Incidentes de Seguridad - Ciberseguridad (Ciberdelito - Cibercrimenes) X Tabla 8. Cronograma de Miércoles de SEGURIDAD TRANSMILENIO ESPECIFICACIONES:
✓ Se debe realizar para toda la entidad.
✓ Se realizará los miércoles cada quince (15) días, como indica el cronograma anterior mediante correo masivo durante los meses de julio a diciembre.
✓ Esta campaña debe tener el contenido según el tema definido en el cronograma anterior, y se debe publicar en la fecha definidas, debe ser llamativo y no denso de información manteniendo la imagen institucional con el apoyo de la Subgerencia de Atención al Usuario y Comunicaciones.
✓ Se realizará medición de la campaña con la utilización de la “Matriz de medición”.
3.6.2.3. NEWS Informativos:
A continuación, se describen las actividades a realizar para los temas de “News Informativos”, con el apoyo de la Subgerencia de Atención al Usuario y Comunicaciones, a través del correo masivo a toda la entidad y nota en la intranet:
39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-39 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA CRONOGRAMA NEWS INFORMATIVOS AÑO 2018 ITEM TEMA FECHA 1 Día Internacional de la Protección (privacidad) de Dato 28-ene 2 Día Internacional del Internet Seguro 11-feb 3 Día Internacional de los Datos Abierto 5-mar 4 día mundial de la copia de seguridad 31-mar 5 Celebración Día Internacional de Internet de las Cosas 9-abr 6 Día Mundial de la Ciencia y la Tecnológia 10-abr 7 Día Mundial de la Propiedad Intelectual 26-abr 8 Día Mundial de la Contraseña 5-may 9 Día Mundial del Internet 17-may 10 Día Mundial contra la Falsificación y la Piratería 7-jun 11 Día Mundial de las Redes Sociales 30-jun 12 Día de la Tecnológia Apropiada 15-jul 13 Día del Ingeniero 17-ago 14 Día mundial del Software Libre y el Código Abierto 18-sep 15 Día Internacional de la Seguridad Informática 30-nov Tabla 9. Cronograma de News Informativos.
ESPECIFICACIONES:
✓ Se debe realizar para toda la entidad.
✓ Se realizará solo en la fecha especial de acuerdo al cronograma anterior.
✓ Esta campaña debe tener el contenido según el tema definido en el cronograma anterior, y se debe publicar en la fecha definidas, debe ser llamativo y no denso de información manteniendo la imagen institucional con el apoyo de la subgerencia de atención al usuario y Comunicaciones.
✓ Se realizará medición de la campaña con la utilización de la “Matriz de medición”.
3.6.2.4. Día de la Seguridad de La Información:
A continuación, se describen las actividades a realizar para el día Internacional de Seguridad de la Información, con el apoyo de la de la Subgerencia de Atención al Usuario y Comunicaciones., a través del correo masivo a toda la entidad:
CRONOGRAMA DÍA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN AÑO 2018 ACTIVIDADES FECHA NOVIEMBRE 1 Temas de Seguridad con apoyo de entidades especializadas 28 Tabla 10. Cronograma día de la seguridad de la información REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-40 • 2018 • agosto • 31 40 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA ESPECIFICACIONES:
✓ Se debe realizar para toda la entidad.
✓ Se realizará solo en la fecha especial de acuerdo con el cronograma anterior.
✓ Esta campaña debe tener el contenido según el tema definido en el cronograma anterior, y se debe publicar en la fecha definidas, debe ser llamativo y no denso de información manteniendo la imagen institucional con el apoyo de la Oficina Asesora de Comunicaciones.
✓ Se realizará medición de la campaña con la utilización de la “Matriz de medición”.
3.6.2.5. PLEGABLES:
Con esta actividad la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones pretende dar a conocer tips de Seguridad de Información a todos los funcionarios, contratistas, proveedores y/o terceros de la Entidad.
Se enviarán por correo los tips de Seguridad de acuerdo con la lista de asistencia.
Este plegable contiene los siguientes temas:
15 TIPS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓNEN LA OFICINA Y EN EL HOGAR
- Tips No.1 – Navegación segura.
- Tips No.9 – Uso de teléfono o dispositivo móvil.
- Tips No.2 – Uso de dispositivos en lugares públicos.
- Tips No.10 – hábitos en el puesto de trabajo.
- Tips No.3 – Correo electrónico.
- Tips No.11 – Medios de almacenamiento extraíble.
- Tips No.4 – Ingeniería social.
- Tips No.12 – Responsabilidades de los servidores
- Tips No.5 – Redes sociales.
públicos.
- Tips No.6 – Uso de memorias flash “USB”.
- Tips No.13 – Áreas restringidas.
- Tips No.7 – Cuidado con el Phishing.
- Tips No.14 – Copias de seguridad.
- Tips No.8 – Documentos físicos.
- Tips No.15 – Incidentes de seguridad.
Tabla 11. Tips de seguridad.
ESPECIFICACIONES:
✓ Se realizará medición de la campaña con la utilización de la “Matriz de medición”.
41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-41 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
PLAN DE CULTURA Y SENSIBILIZACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN - SGSI Código:
Versión:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE T-DT-007 0 Agosto de 2018 BOGOTA
4. ETAPA No.2 – EJECUCIÓN
En esta etapa se establece la puesta en marcha del Plan de Cultura de Sensibilización del “SGSI”, la cual fue definida en la “ETAPA No.1 – PLANEACIÖN”.
4.1 Ejecución a. Se debe tener lista de asistencia como evidencia. b. Se debe contar con registro fotográfico como evidencia. c. Se debe tener el contenido de las charlas como evidencia. d. Se debe realizar evaluación sobre los temas socializados como evidencia. e. Se debe destinar un lugar de almacenamiento de las anteriores evidencias.
5. ETAPA No.3 – EVALUACIÓN
Se realiza el análisis de la información suministrada por los instrumentos de medición planteados, los cuales permiten mejorar en los siguientes ítems: a. Implementación del SGSI y el MSPI de la Entidad. b. Implementación de Controles del SGSI. c. Cambios o mejoras en el Plan de Cultura de Sensibilización del “SGSI” de la Entidad. d. Definición de los instrumentos de medición.
Evaluación:
A través de esta etapa se obtienen los resultados de los instrumentos de medición diseñados en la etapa No.1 del ítem 3.5.5 de este documento, así mismo se busca hacer seguimiento a la mejora continua del SGSI.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-42 • 2018 • agosto • 31 42 Resolución Número 539 (Agosto 27 de 2018)
“Por la cual se actualiza la versión del procedimiento “P-SE-006 Cálculo de liquidación Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar los Manuales de Procedimientos de las diferentes dependencias de la Entidad, con el objeto de ajustarlos a los nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo del Sistema. previa de los agentes del sistema” de la Subgerencia Económica”.
RESUELVE:
EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.”,
Artículo 1°.
Derogar parcialmente la Resolución 77 del 16 de febrero 2018, mediante la cual se había adoptado la versión 1 del documento P-SE-006 “Cálculo de liquidación previa de los agentes del sistema”
En ejercicio de sus facultades conferidas mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de
Artículo 2°.
Actualizar el documento siguiente con la versión registrada a continuación:
2016, y Código Versión Nombre
CONSIDERANDO:
P-SE- 006 2 Cálculo de liquidación previa de los agentes del Sistema
Artículo 3°.
La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.
Dada en Bogotá, a los veintisiete (27) días del mes de agosto de dos mil dieciocho (2018).
Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.
SOFÍA ZARAMA VALENZUELA Jefe de Oficina Asesora de Planeación 43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-43 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018 TABLA DE CONTENIDO
1. OBJETO
2. ALCANCE
3. RESPONSABLE
4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
5. DEFINICIONES
6. CONDICIONES GENERALES
7. MECANISMO DE CONTROL
8. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
9. TABLA DE FORMATOS
MODIFICACIONES VERSIÓN FECHA CAMBIO SOLICITÓ 0 Junio de 2013 Primera versión oficial del procedimiento con código P-SE-
006. N.A.
Se realiza actualización en el nombre del procedimiento, en las actividades, se ejecuta la unificación de conceptos para nombrar a los concesionarios y/o agentes del Sistema.
Responsable: se actualiza el nombre del cargo del Profesional Especializado Grado 6.
Documentos referencia: normas actualizadas.
Definiciones: de acuerdo con los requerimientos.
Subgerente 1 Enero de 2018 Económico Condiciones generales: se actualizan las referencias de las cláusulas de remuneración de los concesionarios del Sistema, se actualiza la información técnica para la liquidación previa que se suministra y sus responsables, se establecen los tiempos de entrega de la información técnica, y se complementa la información que se obtiene de las hojas de excel y el aplicativo de Access.
Descripción del procedimiento: se revisa y actualiza el procedimiento.
Se modifica el logo de TRANSMILENIO S.A., por la versión oficial establecida por la Subgerencia de Atención al Usuario y Comunicaciones.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-44 • 2018 • agosto • 31 44 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018 VERSIÓN FECHA CAMBIO SOLICITÓ Se adiciona el Punto de Mecanismo de control para Factor de implementación Fase I y II.
Definiciones: Se actualiza las definiciones de acuerdo con el plan de mejoramiento a la Contraloría, se incorpora concepto de “vinculados por el concesionario al SITP operando”.
Subgerente 2 Agosto de 2018 Económico Condiciones Generales: Se actualiza remuneración previa de Recaudo Bogotá de acuerdo con el plan de mejoramiento con la Contraloría.
45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-45 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018
1. OBJETO
Establecer y ejecutar las acciones que son propias del proceso del cálculo de la liquidación previa de la remuneración de las participaciones económicas correspondientes a cada uno de los agentes vinculados al Sistema.
2. ALCANCE
Este procedimiento es de conocimiento y aplicación del Profesional Especializado Grado 06 de Control al Recaudo y Remuneración del Sistema, Profesional Especializado Grado 05, Profesional Universitario Grado 03 de Remuneración del Sistema, contratistas que apoyen el proceso y el personal vinculado a la Subgerencia Económica, así como para conocimiento de los funcionarios de las diferentes dependencias de TRANSMILENIO S.A.
Comprende las actividades desde la recepción de los insumos de información técnica para el cálculo de la liquidación previa hasta la remisión del documento final de la liquidación previa que se envía a la Fiduciaria de la misma.
3. RESPONSABLE
El Profesional Especializado Grado 06 de Control al Recaudo y Remuneración del Sistema es el responsable por la elaboración, mantenimiento y actualización del procedimiento y el Subgerente Económico verificará su cumplimiento estricto, implementación y mantenimiento.
Se deberá realizar la revisión y/o actualización de este documento cuando los responsables de su aplicación y cumplimiento lo estimen pertinente.
4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
- Contratos y Otrosíes de concesión y operación de los servicios troncales, zonales y
alimentadores del Sistema.
- Contratos y Otrosíes del Concesionario del Sistema Integrado de Recaudo, control e
información y servicio al Usuario (SIRCI).
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-46 • 2018 • agosto • 31 46 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018
- Contratos de administración fiduciaria del Sistema.
- Acta de entendimiento suscrita con Recaudo Bogotá S.A.S.
5. DEFINICIONES
Agentes del Sistema: son las personas jurídicas públicas o privadas, que tienen relación directa con la operación del Sistema. Para efectos de este presente documento, son agentes del Sistema:
TRANSMILENIO S.A., en su calidad de Ente Gestor, los concesionarios de la operación troncal, zonal y alimentación de las diferentes fases, el concesionario del Sistema Integrado de Recaudo, Control e Información y Servicio al Usuario (SIRCI), y el administrador fiduciario (FIDUCIARIA) de los dineros que se recaudan por el servicio.
Los diferentes modos de transporte podrán ser agentes a medida que se integren al Sistema.
La Fiduciaria: entidad de servicios financieros encargada de administrar los bienes que conformen el patrimonio autónomo que se constituye, con el fin de remunerar a los agentes del mismo.
Giros: se entenderán por tales los desembolsos que realice La Fiduciaria a favor de los beneficiarios de los recursos existentes en El Fideicomiso, siguiendo para el efecto el – procedimiento operativo para la liquidación, distribución y giro de la participación económica en el Sistema a los Fideicomitentes y Beneficiarios, de acuerdo con lo dispuesto en las cláusula novena del contrato fiduciario.
Ajustes: modificaciones a los pagos efectuados por La Fiduciaria, de acuerdo con las fórmulas y mecanismos que se encuentren establecidos en cada uno de los respectivos contratos de concesión.
Bonificaciones: dineros acumulados en el “Fondo de multas y bonificaciones”, provenientes del pago de multas de los concesionarios troncales y de alimentación de las Fases I y II. Las bonificaciones se reparten entre los mismos concesionarios que han realizado el pago periódicamente, de acuerdo con la metodología estipulada en los contratos de concesión.
47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-47 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018 Contrato de Fiducia SITP: es el contrato de fiducia mercantil suscrito por los concesionarios de operación troncal, zonal y alimentación, por medio del cual se constituye el Patrimonio Autónomo para la administración centralizada de los recursos del Sistema Integrado de Transporte Público- SITP.
Crédito de viaje: Es la posibilidad que tiene el usuario que posee una TISC personalizada de utilizar, cuando el saldo no sea suficiente, (y las condiciones de tiempo y lugar dificulten al usuario la carga de su tarjeta), el servicio sin que en su tarjeta haya cargado previamente unidades de transporte. Este crédito se constituye en una deuda del usuario, que se descontará automáticamente tan pronto el usuario cargue nuevamente unidades de transporte en su tarjeta.
Desincentivos operativos: para los efectos de las modificaciones de la Ley 1150 de 2007, son las sanciones que se imponen a los concesionarios y que no corresponden a las facultades excepcionales de la administración.
Factor de calidad f(Q): aplica para la operación objeto de evaluación: Troncal o Zonal, vigente durante un mes calendario. Toma un valor mínimo de 0,970. Se expresará empleando tres cifras decimales. Se calculará mensualmente.
Inversiones realizadas en las Fases I y II: es el valor correspondiente a las inversiones realizadas por parte de RECAUDO BOGOTA S.A.S. en las estaciones de las fases I y II, en los términos del contrato y sus modificatorios.
Porcentaje de avance: es el cálculo realizado para obtener el porcentaje de cumplimiento sobre el factor de las Fases I y II de RECAUDO BOGOTA S.A.S.
Integración tarifaria: definición y adopción de un esquema tarifario que permita a los usuarios del Sistema Integrado de Transporte Público – SITP, la utilización de uno o más servicios de transporte, bajo un esquema de cobro diferenciado por tipo de servicio, con pagos adicionales por transbordo inferiores al primer cobro, válido en condiciones de viaje que estén dentro del tiempo definido en el Pliego de Condiciones de la Licitación Pública TMSA-LP-004-2009.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-48 • 2018 • agosto • 31 48 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018 Kilómetros en servicio: es el número de kilómetros programados y efectivamente recorridos por el Concesionario para la prestación del servicio de transporte de pasajeros, conforme a los cuales se liquidan los pagos que corresponden a los concesionarios.
Kilómetros contingentes: dentro del procedimiento de contingencia son los kilómetros que tiene que recorrer la flota desde la zona de origen hasta la zona de la contingencia y viceversa.
Liquidación previa: corresponde a la liquidación realizada por TRANSMILENIO S.A., para el control de la información técnica y su correspondiente participación económica de los agentes dentro de su marco como ente gestor la cual es enviada a La Fiduciaria para que sirva como referencia para la liquidación definitiva para remunerar a los Agentes del Sistema.
Medio de pago: medios que se utilizan para constatar el pago de la tarifa por la utilización de los servicios del Sistema, siendo en este caso, la tarjeta inteligente sin contacto o cualquier otro medio que en el futuro apruebe o defina TRANSMILENIO S.A.
Multas: lo pagado por los diferentes agentes del Sistema, como consecuencia del incumplimiento de los parámetros, requisitos, obligaciones y responsabilidades exigibles en virtud de lo dispuesto en sus respectivos contratos de concesión, para los concesionarios troncales y alimentadores de las Fases I y II.
Operación Troncal: es la operación de los servicios que circulan sobre los corredores troncales o exclusivos del Sistema.
Operación Zonal: es la operación de las rutas no troncales (Auxiliares, Complementarias, Especiales y Alimentadoras) que circulan en los carriles de tráfico mixto.
Patrimonio Autónomo: negocio jurídico en virtud del cual una persona llamada fiduciante o fideicomitente, transfiere uno o más bienes especificados a otra persona llamado fiduciario, quien se obliga a administrarlos o a enajenarlos para cumplir una finalidad determinada, en provecho de éste o de un tercero llamado beneficiario (concesionarios troncales, alimentadores, recaudador), que pueden ser los mismos fideicomitentes.
49 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-49 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018 Recaudador: es el concesionario que realiza las actividades de recaudo, control e información y servicio al usuario (SIRCI).
Recaudo: conjunto de procesos y operaciones destinadas a la recepción, consolidación, transporte y consignación de los dineros provenientes de la inicialización, carga y venta de los medios de pago en los puntos de venta del Sistema.
Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá - SITP: comprende las acciones para la articulación, vinculación y operación integrada de los diferentes modos de transporte público, las instituciones o entidades creadas para la planeación, la organización, el control del tráfico y el transporte público; así como para la infraestructura requerida para la accesibilidad, circulación y el recaudo del sistema.
Sistema Integrado de Recaudo, Control e Información al Usuario - SIRCI: es el conjunto de software, hardware y demás componentes que permiten la gestión y operación de recaudo, del control de la operación de la flota a través de los centros de control troncal y zonal, de información y servicio al usuario, la consolidación de la información y la conectividad de la totalidad del Sistema.
Tarifa al usuario: es el costo del pasaje para la utilización de los servicios del Sistema, que se cobra a los pasajeros.
Tarifa técnica del sistema: se define como aquella que, dado un diseño operacional del Sistema que busca satisfacer las necesidades de movilidad de los usuarios del transporte público bajo las condiciones de eficiencia y estándares de calidad de servicio, indica el costo medio de operación y control por pasajero pago del Sistema, considerando para cada uno de los agentes prestadores de servicio que intervienen en dicha operación, una estructura de costos adecuada, y una rentabilidad razonable.
Tarjetas inteligentes (TISC): no cargan pasajes, ni dinero; cargan Unidades de Transporte equivalentes a pesos, las cuales se debitan según el servicio empleado o tipo de transbordo realizado. Las TISC operan bajo aplicación monedero electrónico.
Unidad de Transporte: Unidades equivalentes a pesos, que el usuario adquiere en el momento de cargar el medio de pago y las cuales son descontadas del saldo en el medio de pago en el REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-50 • 2018 • agosto • 31 50 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018 momento en que el usuario emplea el servicio (validación de entrada), de acuerdo al costo del servicio empleado o transbordo realizado.
Vinculados por el concesionario al SITP operando: Hace referencia a los vehículos incorporados a la flota del sistema disponibles para prestar el servicio Del mismo modo, la cláusula 64 del contrato define la remuneración para la operación zonal así:
“(…)
(…)” Donde:
(…)
Para clarificar el tema en lo referente a si se deben remunerar los vehículos vinculados disponibles para la operación o si se deben remunerar los vehículos que operaron en determinado momento, se realizaron solicitudes de conceptos a terceros idóneos que contextualizaron, aclararon y ratificaron la rectitud de la interpretación realizada por Transmilenio.
En el concepto del Dr. Vejarano se considera que, en la remuneración por vehículo, el concesionario está recuperando el valor de la inversión realizada en flota. Esto equivale a un pago uniforme mensual durante un período de tiempo igual a su vida útil (12 años). Así la remuneración 51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-51 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018 por vehículo debe realizarse independientemente de si en determinados momentos opera o no opera.
Finalmente, en el concepto otorgado por Leonardo Vásquez, quien participo en los estudios de estructuración del SITP, se concluye lo siguiente:
“La base principal del dimensionamiento de TMVZ es la recuperación del costo de inversión por vehículo, calculada como el equivalente a un pago uniforme mensual durante un periodo de tiempo igual a su vida útil (12 años), con una tasa de rentabilidad sobre capital mínima de diez por ciento real (10%), sin que esto represente garantía de rendimiento mínimo para el CONCESIONARIO. En dicha estimación se considera la totalidad de la vida útil del vehículo (la cual se fija contractualmente en 12 años), en este orden de ideas la remuneración es por disponibilidad del vehículo vinculado y no por el número de días en que efectivamente opere; lo anterior, sin prejuicio de las multas y sanciones que originen la no disponibilidad del vehículo para el cumplimiento del Programa de Servicios de Operación P.S.O.
La remuneración por vehículo vinculado constituye un incentivo a gestionar mejoras en la oferta de servicio y ampliar cobertura de servicio.
Corresponde al Gestor la labor de regulación con el fin de evitar el riesgo de sobre-inversion, o sobredimensionamiento de la flota vinculada, al ser su actuación necesaria para requerir vinculación de flota adicional”.
6. CONDICIONES GENERALES
La liquidación previa se realiza semanalmente, y debe ser enviada a La Fiduciaria antes de finalizar cada miércoles de cada semana, dado que los pagos a los agentes son realizados por la Administración Fiduciaria todos los jueves y en caso de que éste sea festivo el día hábil siguiente.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-52 • 2018 • agosto • 31 52 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018 6.1 Estructura del Sistema de Remuneración La estructura del Sistema de Remuneración de los concesionarios está descrita en los contratos de concesión en sus respectivos capítulos de ingresos del concesionario, ingresos del sistema y de administración de los recursos del sistema integrado público de Bogotá – SITP.
6.2 Normas generales para la liquidación previa de la participación económica a los agentes del Sistema A continuación se proporciona una breve descripción de la forma en que se distribuye la participación económica a cada uno de los agentes del Sistema.
6.2.1 Participación económica a los Agentes del Sistema
- Participación Económica Agentes del Sistema: valor pagado semanalmente a los
agentes del sistema en contraprestación del servicio prestado, de acuerdo con lo estipulado contractualmente.
- Participación Económica Concesionario Troncales de las Fases I y II: Una vez activados
los “otrosíes” a los contratos de los Concesionarios troncales de las fases I y II, la participación económica de los mismos consiste en el pago de los kilómetros programados y recorridos por cada concesionario multiplicado por las tarifas por kilómetro pactadas y actualizadas, para lo cual se viene aplicando lo siguiente:
CONCESIONARIOS TRONCALES FASE 1 CLÁUSULA OTROSÍES Sociedad Internacional De Transporte Masivo 18 Sin Número del 06/05/2013 Express Del Futuro S.A. 2 Sin número del 10 de noviembre de 2016 Metrobus S.A. 2 Sin número del 9 de noviembre de 2016 Si99 18 Sin Número del 21/06/2013 Nota: Actualizado Noviembre 21 de 2017 CONCESIONARIOS TRONCALES FASE 2 CLÁUSULA OTROSÍES Transmasivo 29 Sin Número del 06/05/2013 Connexión Móvil 29 Sin Número del 06/05/2013 Somos K 29 Sin Número del 06/05/2013 Nota: Actualizado Noviembre 21 de 2017 53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-53 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018
- Participación Económica Concesionarios Troncales Fase III: la participación económica
de los concesionarios troncales de la Fase III, está compuesta por el pago del vehículo, por kilometraje efectivamente recorrido y finalmente, la participación económica obtenida de multiplicar por un factor de calidad f(Q) que tomará un valor mínimo de 0,97 y máximo de 1,00. Este factor está basado en índices de puntualidad y regularidad.
Para la remuneración por vehículo y por kilómetro se debe realizar el cálculo según la tipología.
En los siguientes cuadros observamos las cláusulas que aplican para la liquidación del pago de los agentes del Sistema:
CONCESIONARIOS TRONCALES FASE 3 CLÁUSULA CONTRATO CONCESIÓN Y OTROSÍES Consorcio Express 64 No 008 y 009 de 2010 y Otro Sí 05 Gmóvil 64 No 004 de 2010 y Otro Sí 5 Nota: Actualizado 21 de noviembre de 2017
- Participación Económica Concesionario Zonales: está compuesta por el pago por
vehículo y por kilometraje efectivamente recorrido según la tipología y por los pasajeros transportados en su zonas asignadas; finalmente la Participación Económica obtenida se debe multiplicar por un factor de calidad f(Q) que tomará un valor mínimo de 0,97 y máximo de 1,00.
CONCESIONARIOS ZONALES CLÁUSULA CONTRATO CONCESIÓN Y OTROSÍES Consorcio Express - Usaquén Y San Cristóbal 64 No 008 y 009 de 2010 y Otro Sí 05 Gmóvil - Engativá 64 No 004 de 2010 y Otro Sí 05 Masivo Capital - Kennedy - Suba Oriente 64 No 006 y 007 de 2010 y Otro Sí 05 Etib - Bosa 64 No 003 de 2010 y Otrosí 05, Otrosí Inyección de Liquidez Tranzit -Usme 64 No 011 de 2010 y Otro Sí 05 ESTE ES MI BUS Tintal Y Calle 80 64 No 002 de 2010, Otrosí 05, Otrosí Inyección de Liquidez Suma - Ciudad Bolívar 64 No 010 de 2010 y Otro sí 04 Nota: Actualizado 21 noviembre de 2017 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-54 • 2018 • agosto • 31 54 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018
- Participación Económica Concesionarios de Alimentación – Sistema TransMilenio: se
calcula con base en los pasajeros transportados en alimentación y los costos ofertados y ajustados del concesionario conforme a los otrosíes de extensión de su concesión.
CONCESIONARIO ALIMENTACIÓN CONTRATO Unión Temporal Alcapital Fase II Contrato No. 446 DE 2003 Nota: Actualizado 21 noviembre de 2017
- Participación Económica Concesionario de Recaudo: está compuesta por 4
componentes los cuales son: Remuneración fija semanal, Remuneración variable, Remuneración por vehículos con equipos a bordo y Remuneración de equipos adicionales, finalmente la participación económica, obtenida se debe multiplicar por un factor de calidad f(Q) que tomará un valor mínimo de 0,97 y máximo de 1,00 CONCESIONARIOS SIRCI CLÁUSULA CONTRATO Recaudo Bogotá 58 y 59 No. 001 de 2011 y Acta de Entendimiento del 21.03.2017 Nota: Actualizado 21 noviembre de 2017 El porcentaje de implementación de las Fases I y II de la remuneración Fija Semanal, se calcula de acuerdo con el Acta de Entendimiento del 21 de marzo de 2017, suscrita entre el concesionario de Recaudo Bogotá S.A.S y Transmilenio S.A, la cual establece que se realizará un cálculo en donde se determine el porcentaje de acuerdo con las inversiones realizadas por el concesionario y certificadas por la Interventoría del SIRCI en sus informes mensuales; siendo este el respectivo mecanismo de control. Dicha Acta de Entendimiento y por ende su aplicación a la remuneración del concesionario, tuvo el respectivo aval de la Subgerencia Jurídica de Transmilenio S.A; siendo que en caso de cambiarse dicho concepto jurídico, la Subgerencia Económica adelantará los ajustes a la remuneración del concesionario a que haya lugar.
- Participación Económica de La Fiduciaria: la remuneración mensual por su gestión de
administración, inversión, fuente de pago y pagos (giros) el porcentaje ofrecido como comisión sobre los rendimientos financieros, para el caso de la Fiduciaria Popular, es el equivalente a 14.667% incluido IVA, obtenidos por los recursos en el(los) banco (s), 55 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-55 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018 correspondientes a los recaudos diarios del concesionario SIRCI en las cuentas Recaudadoras y de las Inversiones financieras que realice por fuera de las cuentas bancarias, para el efecto se podrán invertir por fuera de las cuentas bancarias el promedio flotante mensual de los recursos que se acuerde con los bancos en los que se tienen las cuentas del Patrimonio Autónomo.
- Participación Económica Ente Gestor: La empresa gestora se remunera de la siguiente
forma:
✓ Participación del 4% sobre los ingresos del fondo principal.
✓ Participación del 3.53% de los ingresos brutos de los concesionarios troncales de la Fase II.
✓ Participación del 2.5% de los ingresos brutos de dos concesionarios troncales de la Fase 1 que vincularon flota adicional.
✓ Multas operativas al concesionario de recaudo.
✓ Un 10% de las multas operativas impuestas a los concesionarios de las zonas de alimentación y a los concesionarios troncales de la Fase II.
✓ Multas administrativas a los concesionarios del Sistema.
6.3 Consolidación de la información La información para realizar la liquidación previa de los Agentes del Sistema, debe ser remitida al área de Remuneración de Agentes, a más tardar el día martes antes de las 2 p.m. Si el lunes es festivo la información se recibirá hasta el miércoles a las 7 a.m.
Para el cálculo del valor a pagar a los agentes del Sistema, se debe revisar para cada agente, lo estipulado en el respectivo contrato y los siguientes factores:
- Tarifas pactadas para la remuneración de los concesionarios por vehículos, kilometraje y de
pasajeros según lo vigente. Fuente: Subgerencia Económica; Responsables: Profesionales Especializados Estudios Sectoriales y de Concesiones Grado 06 o 05; Medio: correo electrónico y/o documental.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-56 • 2018 • agosto • 31 56 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018
- Número de validaciones troncales y zonales; la validaciones zonales por concesionario y
ruta; entradas y salidas de alimentación; valor del crédito usuario; cantidad y valor de recargas por cada tipo de tarifa al usuario en el Sistema. Fuente: Subgerencia Económica;
Responsable: Profesional Especializado área de Control al Recaudo Grado 05; Medio:
Correo Electrónico.
- Kilómetros programados efectivamente recorridos por concesionario troncal y de
alimentación, desagregando las diferentes tipologías existentes. Al kilometraje de Troncal de las Fases I y II, se les debe aplicar un factor de ajuste teniendo en cuenta el memorando interno No. 2017IE8133 de la Dirección Técnica de BRT: Fuente: Dirección Técnica de BRT;
Responsable: Profesionales Especializados Control de la Operación BRT Grado 06; Medio:
Correo Electrónico y/o documental.
- Kilómetros programados efectivamente recorridos concesionarios zonales, se deben
reportar de acuerdo a las diferentes tipologías existentes. Fuente: Dirección Técnica de Buses; Responsable: Profesionales Especializados de la Dirección Técnica de Buses Grado 06; Medio: Correo Electrónico y/o documental.
- Flota regular y vehículos de reserva por concesionario zonal determinados a través del
procedimiento de determinación de los vehículos zonales vinculados como flota de operación de la Dirección Técnica de Buses. Fuente: Dirección Técnica de Buses; Responsables:
Profesionales Especializados de la Dirección Técnica de Buses Grado 06; Medio: Correo Electrónico y/o documental.
- Flota regular y vehículos de reserva por concesionario zonal determinados por la Dirección
de BRT de determinación de los vehículos en alimentación vinculados como flota de operación. Fuente: Dirección Técnica de BRT; Responsables: Profesionales Universitario de la Dirección Técnica de BRT Grado 03; Medio: Correo Electrónico y/o documental.
- Desincentivos (Multas y bonificaciones a los diferentes agentes). Fuente: Dirección Técnica
de BRT y Dirección Técnica de Buses; Responsables: Profesionales Especializados de Control de la Operación Grado 06, Profesionales Especializados Gestión de Multas y Desincentivos Grado 06 y Profesionales Especializados Coordinación Técnica Operativa Grado 06; Medio: Correo Electrónico y/o documental.
57 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-57 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018
- Aforos de la remuneración de rutas estratégicas Fuente: Subgerencia Técnica y de Servicios;
Responsables: Profesionales Especializados de la Subgerencia Técnica y de Servicios Grado 6; Medio: Correo Electrónico y/o documental.
- Factor de Calidad f(Q) Operación troncal y no troncal: aplica para la operación objeto de
evaluación: Troncal o No Troncal (zonal), vigente durante un mes calendario. Toma un valor mínimo de 0,970 y máximo de 1. Se expresará empleando tres cifras decimales. Se calculará mensualmente. Fuente: Dirección Técnica de BRT y Dirección Técnica de Buses;
Responsables: Director (a) Técnico (a) de BRT y Director (a) Técnico (a) de Buses; Medio:
Documental.
- Factor de Calidad f(Q) SIRCI: aplica para la operación objeto de evaluación, vigente durante
un mes calendario. Toma un valor mínimo de 0,970 y máximo de 1. Se expresará empleando tres cifras decimales. Se calculará mensualmente. Fuente: Dirección de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones; Responsables: Director(a) de Tecnología de la Información y de las comunicaciones; Medio: Documental.
- Inversiones realizadas en estaciones de las Fases I y II: son las inversiones que ha realizado
Recaudo Bogotá en las estaciones de Fase I y II y que son informadas por la Interventoría del SIRCI mediante el Informe Mensual presentado a TRANSMILENIO S.A., y avaladas por la Dirección de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones. Fuente: Dirección de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones; Responsables: Director (a) de Tecnología de la Información y de las comunicaciones. Medio: Documental 6.4 Resultados suministrados por el Sistema Los siguientes resultados son obtenidos por una hoja de Excel y un aplicativo en Access previamente diseñados. Los resultados arrojados por el Sistema son:
Total recaudado.
Ingresos al Fondo Principal por Validaciones.
Ingresos/Egresos Fondo de Estabilización Tarifaria REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-58 • 2018 • agosto • 31 58 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018 Participación económica a los diferentes agentes del Sistema, incluye los descuentos del 2.5% y 3.53% por vinculación de flota, descuentos por Factor de calidad, Desincentivos y multas, Pagos de bonificaciones y ajustes.
Recursos utilizados del FCU Recursos utilizados del FFE Ajustes realizados
7. MECANISMO DE CONTROL
El mecanismo de control para la liquidación previa de la Remuneración Fija Semanal de Recaudo Bogotá, se determina con el informe mensual que presentará la interventoría de SIRCI; en el cual CERTIFICARÁ las cantidades de las inversiones en Fase I y II que el Concesionario realiza cada mes. Paso seguido esta información es informada por la Dirección de Tecnología de Información y de las Comunicaciones a la Subgerencia Económica para que esta realice el cálculo del porcentaje a aplicar. Dentro de las funciones de la Interventoría del SIRCI, está la de validar que los pagos realizados a RECAUDO BOGOTÁ sean acordes a lo estipulado en los contratos, de tal forma que después de realizar los pagos la Interventoría los valida.
8. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
8.1 Cálculo de la Liquidación Previa de las Participaciones del Sistema ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 Inicio Profesional especializado (05) y/o 20 Recibir la información técnica de los responsables enunciados en el numeral “6.3 Consolidación de la Información” de este procedimiento, para la liquidación previa de los agentes del Sistema.
Profesional universitario (03) de Remuneración de los Agentes 59 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-59 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018 ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Profesional especializado (05) y/o 30 Consolidar semanalmente en la hoja de excel y Access, la información técnica para realizar la liquidación previa de la remuneración a los agentes del Sistema.
Profesional universitario (03) de Remuneración de los Agentes 40 Verificar la consistencia de los resultados arrojados por el sistema de pagos.
Profesional especializado (06) Control al Recaudo y Remuneración del Sistema ¿15?
¿Son consistentes los resultados?
Si: Ir a etapa 80 Profesional especializado (06) Control al Recaudo y Remuneración del Sistema No: Ir a etapa 50 Profesional especializado (06) Control al Recaudo Y Remuneración del Sistema y/o Profesional especializado 50 Informar a la fuente de información sobre la inconsistencia presentada y tomar acciones correctivas.
(05) y/o Profesional universitario (03) de Remuneración de los Agentes Profesional especializado (05)
60 Se valida la nueva información ingresada en las hojas de excel y Access. y/o Profesional universitario (03) de Remuneración de los Agentes 70 Verificar la consistencia de los resultados arrojados por el sistema de pagos de las modificaciones realizadas.
Profesional especializado (06) Control al Recaudo y Remuneración del Sistema REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-60 • 2018 • agosto • 31 60 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018 ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Profesional especializado (05) Control al Recaudo y Remuneración del Sistema y/o 80 Elaborar el documento de la liquidación previa de la participación económica a los agentes del Sistema, así como los soportes del cálculo para ser enviados a La Fiduciaria.
Profesional universitario (03) de Remuneración de los Agentes Profesional especializado (06) Control al Recaudo y Remuneración del Sistema ¿Se encuentra correcto el documento final? y/o ¿25?
Si: Ir a etapa 100 Profesional especializado (05) y/o No: Ir a etapa 90 Profesional universitario (03) de Remuneración de los Agentes Profesional especializado (05) Control al Recaudo y Remuneración del Sistema y/o 90 Realizar la corrección del documento de la liquidación previa de la participación económica a los agentes del Sistema. Ir a etapa ¿25?
Profesional universitario (03) de Remuneración de los Agentes Profesional especializado (06) Control al Recaudo Y Remuneración del Sistema y/o Profesional especializado 100
05)
y/o Enviar el documento final de la liquidación previa a La Fiducia mediante el FTP (sistema encriptado facilitado por la Fiduciaria para seguridad de la información) el día miércoles de cada semana y en caso que sea feriado se remitirá el siguiente día hábil; a los diferentes concesionarios del Sistema se les enviará la remisión después que La Fiduciaria realice el pago.
Profesional universitario (03) de Remuneración de los Agentes 110 Suscribir documento final de la liquidación previa que se envía a la Fiduciaria, con copia a los concesionarios. Subgerente Económico 120 FIN 61 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-61 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
CÁLCULO DE LIQUIDACIÓN PREVIA DE LOS AGENTES DEL SISTEMA Versión:
Código:
Fecha:
ALCALDÍA MAYOR DE P-SE-006 2 BOGOTA agosto de 2018
9. TABLA DE FORMATOS
CÓDIGO NOMBRE UBICACIÓN RESPONSABLE Subgerencia R-SE-004 Remisión Documento final a la Fiducia Económica Profesional especializado (06) Control al Recaudo Y Remuneración del Sistema REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-62 • 2018 • agosto • 31 62 Resolución Número 540 (Agosto 27 de 2018)
“Por la cual se modifica el documento “T-DM-001 Protocolo para el uso de los ciclo parqueaderos Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar los Manuales de Procedimientos de las diferentes dependencias de la Entidad, con el objeto de ajustarlos a los nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo del Sistema. del Sistema Transmilenio” de la Dirección Técnica de Modos Alternativos y Equipamiento
RESUELVE:
Complementario”
EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO
Artículo 1º.
Derogar en su totalidad la Resolución 274 del 23 de mayo de 2014, mediante la cual se había adoptado la versión 1 del documento “T-DM-001 Protocolo para el uso de los ciclo parqueaderos del Sistema Transmilenio.
“TRANSMILENIO S.A.”, En ejercicio de sus facultades conferidas mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de
Artículo 2°.
Actualizar el documento siguiente con la versión registrada a continuación:
2016, y Código Versión Nombre
CONSIDERANDO:
T-DM-001 2 Protocolo para el uso de los ciclo parqueaderos del Sistema Transmilenio
Artículo 2°.
La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.
Dada en Bogotá, a los veintisiete (27) días del mes de agosto de dos mil dieciocho (2018).
Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.
SOFÍA ZARAMA VALENZUELA Jefe de Oficina Asesora de Planeación 63 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-63 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
PROTOCOLO PARA EL USO DE LOS CICLOPARQUEADEROS DEL SISTEMA TRANSMILENIO ALCALDÍA MAYOR DE Versión:
Fecha:
BOGOTA Código:
T-DM-001 2 Agosto de 2018 TABLA DE CONTENIDO
1. OBJETO
2. ALCANCE
3. RESPONSABLE
4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
5. DEFINICIONES
6. NORMAS GENERALES (POLÍTICAS DE OPERACIÓN)
TABLA DE MODIFICACIONES VERSION FECHA CAMBIO SOLICITÓ 0 09-12-2013 Primera versión Oficial del documento N/A Director Técnico de modos alternativos y 1 19-03-2014 Modificar el tiempo en el que se considera en abandono la bicicleta ubicada en los cicloparqueaderos de 2 meses a 30 dias habites. equipamientos complementarios.
Director Técnico de modos alternativos y 2 08-08-2018 equipamientos complementarios.
Modificar el responsable por la elaboración y actualización del Protocolo. En los documentos de referencia se considera importante incluir y actualizar reglamentación relacionada con el tema de bicicletas. Por último, en condiciones generales, se debe actualizar la oferta de cicloparqueaderos en el Sistema TrnasMilenio. Se modifica el logo de Transmilenio S.A., por la versión oficial establecida por la Subgerencia de Atención al Usuario y Comunicaciones.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-64 • 2018 • agosto • 31 64 TÍTULO:
PROTOCOLO PARA EL USO DE LOS CICLOPARQUEADEROS DEL SISTEMA TRANSMILENIO ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA Código Versión Fecha T-DM-001 2 Agosto de 2018
1. OBJETO
Definir las condiciones para la utilización de los cicloparqueaderos ubicados en diferentes espacios del Sistema TransMilenio.
2. ALCANCE
Este protocolo cubre las condiciones generales para el uso de los cicloparqueaderos y para las actividades de control asociadas al uso de estos.
Este protocolo es de conocimiento y aplicación de todos los ciudadanos usuarios del servicio, servidores públicos y contratistas de TRANSMILENIO S.A., funcionarios de los agentes del Sistema, el personal de vigilancia y la Policía Nacional.
Por el estricto cumplimiento de este protocolo velará el personal asociado a la Dirección Técnica de Modos Alternativos y Equipamiento Complementario y el Personal de Vigilancia que se encuentra en cada uno de los cicloparqueaderos del Sistema TransMilenio.
3. RESPONSABLE
El responsable por la elaboración y actualización de este procedimiento es el Profesional Universitario (03) Ejecución Proyectos quien realizará la revisión y/o actualización por lo menos una vez al año.
Por el estricto cumplimiento del presente procedimiento velará el Director Técnico de Modos Alternativos y Equipamientos Complementarios.
La revisión y/o actualización de este manual debe realizarse cuando los responsables de su aplicación y cumplimiento lo estimen pertinente.
65 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-65 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
PROTOCOLO PARA EL USO DE LOS CICLOPARQUEADEROS DEL SISTEMA TRANSMILENIO ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA Código Versión Fecha T-DM-001 2 Agosto de 2018
4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
-
Artículo 189.
Normas aplicables al Subsistema de transporte: Decreto 364 de 2013.
-
Artículo 182.
- Red de transporte no motorizado. Decreto 364 de 2013.
- Artículo Cuarto: Conectividad del sistema de ciclorrutas, cicloparqueaderos y ciclopuentes
(Acuerdo 087 de 2003).
- Acuerdo 645 de 2016.
- Artículo Cuarto: Uso de bicicletas dentro de los SITM, SITP, SETP y SITR. Ley 1811 de 2016.
- Resolución 160 de 2017.
5. DEFINICIONES
- Bicicleta: vehículo no motorizado de dos (2) o más ruedas en línea, el cual se desplaza por
el esfuerzo de su conductor accionado por medio de pedales.
- Bicicleta con pedaleo asistido: Bicicleta equipada con un motor auxiliar con potencia
nominal continua no superior a 0,35 kW, que actúa como apoyo al esfuerzo muscular del conductor. Dicha potencia deberá disminuir progresivamente conforme se aumente la velocidad del vehículo y se suspenderá cuando el conductor deje de pedalear o el vehículo alcance una velocidad de 25 km/h, el peso nominal de una bicicleta asistida no deberá superar los 35 kg.
- Potencia nominal continua máxima: potencia máxima durante 30 minutos en el eje de
transmisión de un motor eléctrico.
- Motociclo, ciclomotor o Moped: Vehículo automotor de dos (2) ruedas, provisto de un motor
de combustión interna, eléctrico y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, de cilindraje no superior a 50 cm3 si es de combustión interna ni potencia nominal superior a 4 kW si es eléctrico.
- Biciusuario: Usuario de la bicicleta que realiza un intercambio modal en Estaciones
Cabeceras (Portales) o Intermedias que dispongan de cicloparqueadero
- Cicloparqueadero:
Espacio físico, generalmente cubierto, acondicionado con la
infraestructura necesaria para estacionar y asegurar las bicicletas.
- Ciclorruta: Vía o sección de la calzada destinada al tránsito de bicicletas en forma exclusiva.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-66 • 2018 • agosto • 31 66 TÍTULO:
PROTOCOLO PARA EL USO DE LOS CICLOPARQUEADEROS DEL SISTEMA TRANSMILENIO ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA Código Versión Fecha T-DM-001 2 Agosto de 2018
- Modos Alternativos: Modos que forman parte del subsistema de transporte, del sistema de
movilidad del Plan de Ordenamiento Territorial y está conformado por el modo férreo, el cable, la bicicleta, la red de estacionamientos públicos en vía y fuera de vía y los terminales de pasajeros de transporte urbano e interurbano que sirven como plataformas de acceso al SITP para su integración e intercambio modal.
6. CONDICIONES GENERALES
6.1 Ciclo parqueaderos del Sistema TransMilenio Las Estaciones y Portales que disponen cicloparqueaderos son:
Cicloparqueadero Cupos Estación Banderas 101 Estación Bicentenario 116 Estación General Santander 48 Estación Ricaurte 165 Estación Av. Rojas 104 Estación Pradera 32 Estación Marsella 32 Estación Mundo Aventura 32 Estación Quinta Paredes 48 Estación San Mateo 650 Estación Tv. 86 84 Estación Av. 1 de Mayo 228 Portal 20 de Julio 216 Portal Américas 785 Portal Eldorado 532 Portal Suba 710 Portal Sur 409 Portal 80 353 TOTAL 4645 TABLA 1. CICLOPARQUEADEROS EN EL SISTEMA TRANSMILENIO 67 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-67 • 2018 • agosto • 31 TÍTULO:
PROTOCOLO PARA EL USO DE LOS CICLOPARQUEADEROS DEL SISTEMA TRANSMILENIO ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA Código Versión Fecha T-DM-001 2 Agosto de 2018 6.2. Protocolo para el uso de los Cicloparqueaderos del Sistema TransMilenio
- Los usuarios deben llegar hasta el Portal o Estación donde haya un cicloparqueadero.
- Deben ubicar las taquillas de la estación y comprar su tarjeta de viaje.
- Deben ubicar la barra de control de acceso al cicloparqueadero e ingresar al Sistema con su
bicicleta en mano.
- Si es la primera vez que el usuario usa los cicloparqueaderos, debe registrarse con cédula y
tarjeta de propiedad de la bicicleta. Con esta información el personal de vigilancia le brindará una etiqueta con un código de barras que debe adherirle a la bicicleta en un lugar visible y accesible para su lectura y control
- Una vez registrado el usuario, para ingresar al Sistema TransMilenio, el personal de vigilancia
hará uso de la etiqueta y pedirá la cédula cuando lo considere pertinente.
- En caso de deterioro de la etiqueta el usuario puede solicitarla nuevamente sin ningún costo
al personal de vigilancia, sin que para ello medie requisito adicional.
- El usuario debe parquear su bicicleta y asegurarla con su propia cadena, candado y demás
elementos de seguridad.
- Debido a que los cicloparqueaderos son un servicio gratuito que brinda TRANSMILENIO S.A.,
es indispensable que cada usuario retire su candado y cadena de seguridad una vez haya hecho uso de este, con el fin de garantizar el servicio a otros usuarios.
- En caso de encontrar candados en los módulos sin que haya una bicicleta, TRANSMILENIO
S.A., tiene la potestad para retirarlos y disponer de ellos si lo considera necesario.
- Una vez guardada la bicicleta, cada usuario debe dirigirse a las plataformas para ingresar al
bus que lo llevará a su destino.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-68 • 2018 • agosto • 31 68 TÍTULO:
PROTOCOLO PARA EL USO DE LOS CICLOPARQUEADEROS DEL SISTEMA TRANSMILENIO ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA Código Versión Fecha T-DM-001 2 Agosto de 2018
- Solo está autorizado para recoger la bicicleta, quien registro su ingreso, nadie diferente a este
puede hacerlo.
- La bicicleta que permanezca por más de 30 días hábiles en los cicloparqueaderos de los que
dispone el Sistema TransMilenio se considerara en abandono, por tal motivo, será puesto a disposición de las autoridades competentes, siendo el propietario el responsable por los costos que incurra TRANSMILENIO S.A., o sus concesionarios, en el traslado del bien.
- El uso de los cicloparqueaderos es exclusivo para usuarios con bicicletas, bicicletas con
pedaleo asistido y bicicletas adaptadas para personas con movilidad reducida.
Nota: El Sistema TransMilenio, facilita a título gratuito el estacionamiento para bicicletas y el mismo NO constituye contrato de depósito, por tanto, TRANSMILENIO S.A., no asume responsabilidad por daños, pérdidas parciales o totales de las bicicletas parqueadas a título gratuito. La seguridad de las bicicletas es responsabilidad exclusiva del propietario.
6.3 Normas aplicables para servidores públicos, los funcionarios de los agentes del Sistema, personal de vigilancia y la Policía Nacional.
- Se prohíbe el parqueo de motocicletas, motociclos, ciclomotores o Moped en los
cicloparqueaderos del Sistema TransMilenio. Su uso es exclusivo para Bicicletas.
- El uso del cicloparqueadero no exime del pago del tiquete de acceso al Sistema TransMilenio.
- Se prohíbe el uso de las zonas del cicloparqueadero para fines distintos a los cuales fue
diseñado.
- En caso de identificar un uso distinto a lo previsto en este Protocolo, debe serle informado al
Profesional Universitario (03) Ejecución Proyectos de la Dirección de Modos Alternativos, y Equipamiento Complementario para su gestión.
69 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-69 • 2018 • agosto • 31 ACUERDO LOCAL DE 2018 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR Acuerdo Local Número 058-2018 (Agosto 17 de 2018) resolvió la distribución de los excedentes financieros de los veinte Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2017, por un total de OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL UN PESOS(82.238.096.001) M/CTE., los cuales se destinarán considerando los conceptos y propuestas de los Alcaldes Locales y las necesidades pertinentes que presenta la ciudad.
“POR EL CUAL SE EFECTUA UNA ADICION AL PRESUPUESTO ANUAL DE RENTAS E INGRESOS Y DE GASTOS E INVERSIÓN DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2018”
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS, asignó al Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar la suma de ONCE MIL OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS ($11.800.000.000) M/CTE, los cuales se distribuirán en los proyectos: 3-3-1-15-07-45-1281 Ciudad Bolívar, una localidad con una gestión local eficiente, eficaz y transparente y 3-3-1-15-07-45-1451 En Ciudad Bolívar participamos todos.
CIUDAD BOLÍVAR En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere la Constitución Política en su artículo 324, Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que mediante comunicación Nº 2-2018-44887 del 30 de julio de 2018, de la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto previo favorable inicialmente a la adición de los excedentes financieros aprobados para el mobiliario de la nueva sede administrativa Alcaldía Local por $1.000.000.000 y lo de salones comunales por $ 1.000.000.000.
Que la adición de los excedentes financieros para la continuación de la obra de la Universidad Distrital por $ 7.800.000.000, así como, de la continuación de la obra el Teatro del Ensueño por $2.000.000.000, se encuentran en estudio. Una vez se cuenten con los elementos suficientes la Secretaria emitirá el concepto respectivo.
Que el artículo 38 del Decreto 372 de 2012, “Por el cual reglamenta el procesos presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.DL.,” sobre “Distribución de Excedentes Financieros”, señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros determinados por los F.D.L., teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el proyecto de acuerdo respectivo a la JAL.
Una vez realizada la adición de los excedentes financieros al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local, el Alcalde emitirá el Decreto de incorporación de los recursos adicionados Que en mérito de lo anteriormente expuesto, Que el FDL de Ciudad Bolívar a 31 de diciembre de 2017, presentó un monto de excedentes de ONCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOSVEINTI UN MIL OCHOCIENTOS OCHO PESOS CON VEINTE SIETE CENTAVOS ($ 11.650.821.808,27) M/CTE.
ACUERDA:
Que mediante la Circular CONFIS Nº 02 del 19 de junio de 2018, se comunica mediante las sesión Nº 08, celebrada el 18 de junio de 2018, y conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010,
Artículo 1°.
Adicionar al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la Vigencia Fiscal de 2018, conforme al siguiente detalle:
CODIGO NOMBRE VALOR
2. INGRESOS 2.000.000.000 2.4.
RECURSOS DE CAPITAL 2.000.000.000 2.4.5. EXCEDENTES FINACIEROS 2.000.000.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 2.000.000.000 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-70 • 2018 • agosto • 31 70 2.000.000.000 CODIGO NOMBRE VALOR 3-3- DIRECTA 2.000.000.000 3-3-1-15 Bogotá Mejor para todos 2.000.000.000 3-3-1-15-07 Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia 2.000.000.000 3-3-1-15-07-45 Gobernanza e influencia local, regional e internacional 1.000.000.000 3-3-1-15-07-45-1281 Ciudad Bolívar, una localidad con una gestión local eficiente, eficaz y transparente 3-3-1-15-07-45-1451 En Ciudad Bolívar participamos todos 1.000.000.000 2.000.000.000 TOTAL
CONSIDERANDO:
ARTÍICULO 2°: El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a los diecisiete (17) días del mes de agosto de dos mil dieciocho (2018).
LUIS ALFONSO ACEVEDO CASTÑO Presidente de la Junta Administradora Local NANCY VIVIANA ROA GOMÉZ Secretario General El Alcalde Local de Ciudad Bolívar, sanciona el Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”, en su artículo 31, y Resolución No. SDH-000383 del 15 de septiembre de 2010, “ Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”, artículo tercero, numeral 4.1, los cuales consagran que: “los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación”. presente Acuerdo a los veintidós (22) días del mes de agosto de dos mil dieciocho (2018).
RAY G. VANEGAS HERRERA Alcalde Local de Ciudad Bolívar (E.)
DECRETOS LOCALES DE 2018 Que el Alcalde Local de Ciudad Bolívar en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Distrital: “BOGOTA MEJOR PARA TODOS para la vigencia 2018, ajustar los gastos de Funcionamiento – Adquisición De servicios a Arriendos con el fin de legalizar la afectación de la imputación presupuestal de la Localidad ALCALDÍA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR Decreto Local Número 004 (Agosto 24 de 2018)
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la secretaria Distrital de Hacienda, emitió concepto previo favorable mediante oficio radicado No. 2018EE153330 del 24 de agosto de 2018.
“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN INTERNA ENTRE GASTOS DE Que la presente modificación presupuestal tuvo respaldo presupuestal en el certificado de disponibilidad presupuestal Nos. 636 de 08 de agosto de 2018.
FUNCIONAMIENTO AL PRESUPUESTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CIUDAD Que en mérito de lo anteriormente expuesto, BOLÍVAR PARA LA VIGENCIA FISCAL 2018”
DECRETA:
EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR (E.)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y
Artículo 1°.
Efectúese un contra crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia compren-
71 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-71 • 2018 • agosto • 31 TOS SESENTA Y DOS MIL PESOS($26.862.000)M/ CTE, conforme al siguiente detalle: dida entre el 1.de enero y el 31 de diciembre de 2018, por la suma de VEINTE SEIS MILLONES OCHOCIEN- CONTRACREDITOS CODIGO NOMBRE VALOR 3 GASTOS 26.862.000 3.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 26.862.000 3.1.2 GASTOS GENERALES 26.862.000 3.1.2.02 Adquisición de Servicios 26.862.000 3.1.2.02.03 Gastos de Transporte y Comunicación 2.000.000 3.1.2.02.04 Impresos y Publicaciones 4.600.000 3.1.2.02.05 Mantenimiento y Reparaciones 10.262.000 3.1.2.02.05.01 Mantenimiento Entidad 10.262.000 3.1.2.02.08 Servicios Públicos 7.000.000 3.1.2.02.08.01 Energía 7.000.000 3.1.2.02.11 Promoción Institucional 1.000.000 3.1.2.02.18 Publicidad 1.000.000 3.1.2.03 Otros Gastos Generales 1.000.000 3.1.2.03.02 Impuestos Tasas Contribuciones Derechos y Multas 1.000.000 TOTAL CONTRACREDITOS 26.862.000
Artículo 2°.
Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos Generales Adquisición de servicios
- del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero
y el 31 de diciembre de 2018, por la suma VEINTE SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL PESOS($26.862.000)M/CTE, conforme al siguiente detalle:
CREDITOS CODIGO NOMBRE VALOR
3. GASTOS 26.862.000
3.1. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 26.862.000 3.1.2. GASTOS GENERALES 26.862.000 3.1.2.02 Adquisición de Servicios 26.862.000 3.1.2.02.01 Arrendamientos 26.862.000 TOTAL CRÉDITOS 26.862.000 Expedido en Bogotá, D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de agosto de dos mil
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
dieciocho (2018).
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
RAY G. VANEGAS HERRERA Alcalde Local de Ciudad Bolívar (E.)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-72 • 2018 • agosto • 31 72 Decreto Local Número 007-2018 (Agosto 23 de 2018) se destinarán considerando las justificaciones y propuestas de los Alcaldes Locales y las necesidades pertinentes que presenta la Ciudad.
“POR EL CUAL SE ADICIONA EL PRESUPUESTO ANUAL DE RENTAS E INGRESOS Y DE GASTOS E INVERSIÓN DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2018”
QUE EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 1421/93 y Decreto Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS, le asignó al Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar la suma ONCE MIL OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS ($11.800.000.000) M/CTE, de los cuales la Secretaría Distrital de Planeación, dio concepto favorable inicialmente a los proyectos: 3-3-1-15-07-45-1281 Ciudad Bolívar, una localidad con una gestión local eficiente, eficaz y transparente y al 3-3-1-15-07-45- 1451 En Ciudad Bolívar participamos todos.
372/2010.
CONSIDERANDO:
Que la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar expidió el Acuerdo Local Nº 058 - 2018 del 17 de agosto de 2018 y sancionado por el Alcalde Local el 22 de agosto de 2018, en el cual se aprueba la modificación al presupuesto para la vigencia 2018 del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.
Que de conformidad con el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, los excedentes financieros deberán ser adicionados mediante acuerdo de la Junta Administradora Local – JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS.
Que mediante comunicación Nº 2-2018-44887 del 30 de julio de 2018, de la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable informando.
Que el FDL de Ciudad Bolívar a 31 de diciembre de 2017, presentó un monto de excedentes de ONCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOSVEINTI UN MIL OCHOCIENTOS OCHO PESOS CON VEINTE SIETE CENTAVOS ($ 11.650.821.808,27) M/CTE.
Que la adición de los excedentes financieros para la continuación de la obra de la Universidad Distrital por $ 7.800.000.000, así como, de la continuación de la obra el Teatro del Ensueño por $2.000.000.000, se encuentran en estudio. Una vez se cuenten con los elementos suficientes la Secretaria emitirá el concepto respectivo.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
Adicionar al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la Vigencia Fiscal de 2018, conforme al siguiente detalle:
Que mediante la Circular CONFIS Nº 02 del 19 de junio de 2018, se comunica mediante las sesión Nº 08, celebrada el 18 de junio de 2018, y conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, determino la distribución de los excedentes financieros a 31 de diciembre de 2017, por valor de OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL UN PESO(82.238.096.001)M/CTE, generados por los veinte Fondos de Desarrollo Local(FDL), los cuales CODIGO NOMBRE VALOR
2. INGRESOS 2.000.000.000
2.4. RECURSOS DE CAPITAL 2.000.000.000 2.4.5. EXCEDENTES FINACIEROS 2.000.000.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 2.000.000.000 CODIGO NOMBRE VALOR 3- INVERSIÓN 2.000.000.000 3-3- DIRECTA 2.000.000.000 73 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-73 • 2018 • agosto • 31 3-3-1-15 Bogotá Mejor para todos 2.000.000.000 3-3-1-15-07 Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia 2.000.000.000 3-3-1-15-07-45 Gobernanza e influencia local, regional e internacional 2.000.000.000 3-3-1-15-07-45-1281 Ciudad Bolívar, una localidad con una gestión local eficiente, eficaz y transparente 1.000.000.000 3-3-1-15-07-45-1451 En Ciudad Bolívar participamos todos 1.000.000.000 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 2.000.000.000 Dado en Bogotá, a los veintitrés (23) días del mes de agosto de dos mil dieciocho (2018).
Artículo 2°.
El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación.
RAY G. VANEGAS HERRERA PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Alcalde Local (E)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6383 • pP. 1-74 • 2018 • agosto • 31 74
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Registro Distrital 8307 de 2025
“Por medio del cual se efectúa traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fis…
-
Registro Distrital 8340 de 2025
“Por medio de la cual se efectúa un nombramiento”................................................4 “Por la cual se modifica el Reglamento de Emisión y Colocaci…
-
Registro Distrital 7726 de 2023
“Por medio del cual se emite concepto favorable para la distribución de la disponibilidad final para la adición de recursos en la vigencia 2023 para gastos de …
-
Registro Distrital 7813 de 2023
“Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas y/o sociedades de hecho y el contenido y las características de la información que deben suminis …
-
Registro Distrital 7426 de 2022
Por medio del cual se autoriza a la Gerente General de la EAAB-ESP para tramitar y presentar ante el Que el plan de Desarrollo Económico, Social, Ambien tal y…