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Registro Distrital 6304 de 2018

Registro Distrital 6304 de 2018 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
6304
Año
2018
Fecha
30 de mayo de 2018
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 51 Número 6304 2018 • ABRIL • 30 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2018 por medio del cual se conformó el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud.

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Resolución Número 031 (Abril 27 de 2018)

“Por la cual se designan unos miembros del Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud de Bogotá D.C. -CDSSS”

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. (E.) En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 175 de la Ley 100 de 1993, de la ley 715 de 2001, los artículos 1 y 3 del Decreto Distrital 112 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo señalado en el artículo 1 del Decreto Distrital 112 de 2002, los miembros no gubernamentales del Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud son: dos (2) representantes de los empleadores, uno de los cuales representará a la pequeña y mediana empresa y el otro a otras formas asociativas; dos (2) representantes de los trabajadores, uno de los cuales representará a los pensionados; un (1) representante de las Entidades Promotoras de Salud distintas al ISS; un (1) representante de las Instituciones Prestadoras de Salud; un (1) representante de los profesionales del área de salud cuyo capítulo de la asociación sea mayoritario en el Distrito; un (1) representante de las Empresas Solidarias de Salud que tengan asiento en Bogotá; un (1) representante de las asociaciones o alianzas de usuarios de la jurisdicción y un (1) representante de las comunidades indígenas.

Que de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 1 del Acuerdo N° 57 de 1997, expedido por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud en armonía con el parágrafo 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 112 de 2002, los miembros no gubernamentales del Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud serán designados por un periodo de dos (2) años contados a partir de la fecha de su posesión ante el Alcalde Mayor.

Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 175 de la ley 100 de 1993, “las entidades territoriales de los niveles seccionales, locales y distritales están facultadas para crear un Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud, que asesore a las direcciones de salud de la respectiva jurisdicción, en la formulación de los planes, estrategias, programas y proyectos de salud y en la orientación de los sistemas territoriales de seguridad social en salud, que desarrollen las políticas definidas por el consejo nacional de seguridad social en salud.”

Que en cumplimiento de los requisitos legales establecidos en las normas referidas, inscribieron ante la Secretaría Distrital de Salud, ternas para la designación de los respectivos representantes, las siguientes entidades:

Que el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud mediante el Acuerdo N° 25 del 4 de enero de 1996, modificado por el Acuerdo N° 57 de marzo de 1997, estableció el régimen de organización y funcionamiento de los Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud.

1. La CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE COLOMBIA –CTC, para la designación del representante de los trabajadores activos.

Que en virtud de lo anterior el Gobierno Distrital expidió los Decretos 330 de 1996 y 935 de 1997, los cuales fueron derogados por el Decreto Distrital 112 de 2002,

2. La CONFEDERACIÓN DE PENSIONADOS DE COLOMBIA -CPC, para la designación del repre- sentante de pensionados.

1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6304 • pP. 1-1 • 2018 • ABRIL • 30

3. La ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE EMPRE- SAS DE MEDICINA INTEGRAL -ACEMI, para la designación del representante de las Entidades Promotoras de Salud distintas al ISS.

95.906, con dirección para comunicaciones en la Av. Calle 64C No. 68B – 92, Apto 501, Bloque 9, Entrada 4 Urbanización El Gualí, como representante de los pensionados ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud.

4. La ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE SOCIE- DADES CIENTÍFICAS, para la designación del representante de los profesionales de la salud.

3. Al doctor FABIAN CARDONA MEDINA, identifica- do con cédula de ciudadanía número 16.710.893 de Cali, con dirección para comunicaciones en la Calle 70 No. 11ª – 27, Barrio Quinta Camacho, como representante de las Entidades Promotoras de Salud distintas al ISS ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud.

5. Las ASOCIACIONES DE USUARIOS DE LAS UNIDADES DE SERVICIOS DE SALUD (San Blas, Chapinero, Engativá, Simón Bolívar, Ken- nedy, Meissen, Bosa, San Cristóbal, Usme, Suba, Usaquén, Pablo VI, Rafael Uribe Uribe, La Victoria, Tunjuelito, Vista Hermosa, Santa clara, Fontibón, Hospital del Sur) y las EMPRESAS ADMINISTRA- DORAS DE PLANES DE BENEFICIOS -EAPBS- (Compensar, Coomeva, S.O.S. EPS, Medimas, Famisanar, Unicajas, Salud Total, Capital Salud, Sura) para la designación del representante de las asociaciones o alianzas de usuarios.

4. Al doctor JUAN PABLO ROZO GALINDO, identificado con cédula de ciudadanía número 79.646.009 de Bogotá, con dirección para comu- nicaciones en la Carrera 54 No. 107ª- 25, casa 105, Barrio Puente Largo, como representante de los profesionales del área de la salud ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud.

6. La ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE HOSPI- TALES Y CLÍNICAS, para la designación del representante de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud.

5. A la señora NOHORA RUTH SUÁREZ MORA, identificada con cédula de ciudadanía número 51.685.742 de Bogotá, con dirección para comu- nicaciones en la Transversal 85 No. 54 – 19, Inte- rior 5, Apto 409, Edificio Anillo 8, Conjunto Santa Cecilia, Barrio Normandía, Segundo sector, como representante de las Asociaciones o Alianzas de Usuarios ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud.

Que vencido el término establecido por el artículo 3 del Decreto 112 de 2012, las Empresas Solidarias de Salud no emitieron ninguna respuesta ni presentaron los documentos para la designación del representante en el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud.

Que corresponde al Gobierno Distrital seleccionar a los representantes de las entidades que no pertenecen a la Administración Pública, y que hacen parte del Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud.

En mérito de lo expuesto,

6. Al doctor CARLOS HUMBERTO TOBAR GON- ZÁLEZ, identificado con cédula de ciudadanía número 79.794.745 de Bogotá, con dirección para comunicaciones en la Autopista Norte No. 123 – 24, Edificio JAVESALUD, segundo piso, Barrio Santa Bárbara, representante de las Instituciones Prestadoras de Salud ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud.

RESUELVE:

Artículo 2.

- Comunicar el presente acto administrativo a las personas designadas en el artículo anterior, a las direcciones allí indicadas, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 1º.

- Designar como miembros no gubernamentales del Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud a los siguientes representantes, para un período de dos (2) años, contados a partir de la fecha de posesión ante el Alcalde Mayor:

Artículo 3.

- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las Resoluciones Distritales 103 de 2004 y 013 de 2011.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los veintisiete (27) días

1. Al señor LUIS ALBERTO RUÍZ AREIZA, identifica- do con cédula de ciudadanía número 17.630.417 de Florencia (Caquetá), con dirección para comu- nicaciones en la Calle 39 No. 28ª – 23, Barrio La Soledad, como representante de los trabajadores activos ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud.

del mes de abril de dos mil dieciocho (2018).

MIGUEL URIBE TURBAY

2. Al doctor JOSÉ FELIX CALDERÓN NAVARRETE, identificado con cédula de extranjería número

Alcalde Mayor (E.)

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6304 • pP. 1-2 • 2018 • ABRIL • 30 2 SECRETARÍA DE HACIENDA

Artículo 3º.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 1:

OFICINA TIPO DE ACTO Resolución Número 745-DDI- COBRO COACTIVO RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN 011577, 2018EE67235 (Abril 27 de 2018)

CONTROL MASIVO LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el CUENTAS CORRIENTES Y artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIONES COMPENSACIÓN EL JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES LIQUIDACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación. el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.2:

CONSIDERANDO:

OFICINA TIPO DE ACTO RESOLUCIÓN DE FACILIDAD DE PAGO COBRO COACTIVO RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON EL PROCESO Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.

RESOLUCIÓN DE FACILIDAD DE PAGO COBRO PREJURÍDICO RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN CONTROL MASIVO REVOCATORIA DE OFICIO Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos Nos. 1 y 2 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.

Artículo 4º.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

Que, en consideración a lo expuesto, Dada en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días del mes de abril de dos mil dieciocho (2018).

RESUELVE:

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE ALEXÁNDER CEBALLOS MADERO

Artículo 1º.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en los anexos Nos. 1 y 2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

Profesional Universitario Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Firma delegada mediante Resolución No. DDI-001661 del 01 de febrero de 2018.

Artículo 2º.

Los Actos administrativos a publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 4 Registros, No. 2 con 6 Registros.

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6304 • pP. 1-3 • 2018 • ABRIL • 30 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN BARZAL 17/4/2018 DESCONOCIDO KR 13 B 3 A 15 09-04-18 CERRADO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE 2004, 2005, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 DEL ACTO FECHA TIPO AFORO 09-04-18 2013, 2014, 2015, 2016 CL 35 40 89 DE ACTO REVISIÓN 17-04-18 2015 CL 1B 28 15 19/4/2018 CERRADO OFICIAL DE OFICIAL DE PRESCRIPCIÓN 16-04-18 2012 CL 64 27A 57 20/4/2018 CERRADO COMPENSACIÓN 28-02-18 DEVOLUCIÓN Y/O PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO publicación.

DEL PROFESIONAL UNIVERSITARIO IDENTIFICACIÓN ALEXANDER CEBALLOS MADERO CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

CHITIVA 51.560.898 PREDIAL AAA0012KAMR RESOLUCIÓN DE MARIELA 41.575.741 PREDIAL AAA0034YZUZ LIQUIDACIÓN APODERADO NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O BERNARDO DE JESUS CHAVARRIA CHAVARRIA 15.328.629 VEHÍCULOS BSK143 LIQUIDACIÓN FIRMA DELEGADA MEDIANTE RESOLUCIÓN NO. DDI-001661 DEL 01 DE FEBRERO DE 2018 ANEXO No. 1 DE LA RESOLUCIÓN No. 745-DDI-011577 DEL 27 DE ABRIL DE 2018 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Corrientes, la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio y la Oficina de Liquidación de la CORDIS No. DE No.

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

Subdirección de Determinación, profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente DDI004689 O12018EE24597 201801400300039710 LUZ MARINA ESPARZA DDI009003 O12018EE56533 2017011003000755 NELSON SALAZAR ARIAS 75.059.514 PREDIAL AAA0210YNHY RESOLUCIÓN DE DDI008557 C12018EE52162 2017031003000849 SUCESIÓN ILIQUIDA DE DDI009058 O12018EE57117 201701200200017737 RAMIREZ DE CARRILLO Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la RESOLUCIÓN No.

Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

Que los jefes de la Oficina de Oficina de Cobro Coactivo, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6304 • pP. 1-4 • 2018 • ABRIL • 30 4 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 3 B 17 16/4/2018 CERRADO 23 Ca 1 18/4/2018 CERRADO INT 7 AP 213 19/4/2018 CERRADO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA 11-04-18 2016 DG 92 3 90 17/4/2018 CERRADO TIPO PAGO 09-04-18 2015, 2016, 2017 Calle 52G sur 32 PAGO 06-04-18 2011, 2013 KR 11 6 40 17/4/2018 NO RESIDE OFICIO 11-04-18 2006 CL 115B SUR OFICIO 17-04-18 2004, 2008, 2009 CL 73 105 A 45 DE ACTO PROCESO FACILIDAD DE FACILIDAD DE ORDENA SEGUIR RESOLUCIÓN QUE ADELANTE CON EL PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO publicación.

IMPUESTO DEL IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO actuaciones administrativas objeto de la presente ORGA 41.795.904 VEHÍCULOS GHV273 REVOCATORIA DE BAUTISTA 19.268.943 PREDIAL AAA0245UOCN RESOLUCIÓN DE APODERADO NOMBRE DEL EN LIQUIDACIÓN 800.138.731 PREDIAL AAA0119KNYX TIANO CRISTIANO 79.769.371 PREDIAL AAA0137LLPA REVOCATORIA DE CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 745-DDI-011577 DEL 27 DE ABRIL DE 2018 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las No.

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

DDI008779 C32018EE54402 201701600300013898 SALOM Y CIA. S. EN C.

DDI008774 O12018EE54353 20081107112 JOSE JACINTO CRIS- DDI009055 O12018EE57095 201021087443 MYRIAM LEON MAY- DDI008629 O12018EE53155 201801750301051650 EDGAR HERNANDEZ DDI008496 O12018EE51713 201801800300051616 ORLANDO ROA LORZA 11.341.491 PREDIAL AAA0088ANLF RESOLUCIÓN DE Que los Jefes de la Oficina de Cobro Coactivo, la Oficina de Cobro Prejurídico de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes, la Oficina de RESOLUCIÓN No.

5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6304 • pP. 1-5 • 2018 • ABRIL • 30 PRESCRIPCIÓN 14-03-18 2008 CL 1 A 6 A 20 20/4/2018 CERRADO PROFESIONAL UNIVERSITARIO ALEXANDER CEBALLOS MADERO NOTIFICACIÓN POR AVISO Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio USAQUEN FORERO 1.069.099.167 VEHÍCULOS FAP645 RESOLUCIÓN DE FIRMA DELEGADA MEDIANTE RESOLUCIÓN NO. DDI-001661 DEL 01 DE FEBRERO DE 2018 ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 745-DDI-011577 DEL 27 DE ABRIL DE 2018 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

DDI006217 O12018EE38938 20092224492 YEISON ESTIVEN REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6304 • pP. 1-6 • 2018 • ABRIL • 30 6 DECRETO LOCAL DE 2018 ALCALDÍA LOCAL DE ENGATIVÁ Decreto Local Número 002 (Abril 26 de 2018)

Que la Junta Administradora Local durante el mes de mayo de 2018, no se encuentra en sesiones ordinarias y según el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, se establece que “(…) También se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que el mismo someta a consideración”.

“Por medio del cual se convoca a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Engativá”

En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el Articulo 71, inciso Segundo del Decreto Ley 1421 de 1.993, y

CONSIDERANDO:

Que con Radicado No. 20186010081502 el Presidente de la Junta Administradora Local de Engativá “solicita evaluar la viabilidad de expedir el respectivo Acto Administrativo mediante el cual se convoque a sesiones extraordinarias de la Junta Administradora Local de Engativá a partir del tres de mayo de 2018)”, para que se discutan, consideren y aprueben los Proyectos de Acuerdo Local para la modificación del Acuerdo Local 001 de 2013, de la creación del Comité Local de Libertad Religiosa y de Conciencia, de la creación del Consejo Local de Propiedad Horizontal y de la creación del Consejo Local de Protección al Consumidor para la Localidad de Engativá.

Que de conformidad con el artículo 71 Ley 1421 de 1993 se indica que “Las juntas administradoras locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1o.) de marzo; el primero (1o.) de junio; el primero (1o.) de septiembre, y el primero (1o.) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más. También se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración”.

Que con Radicado No. 20186010081502 el Presidente de la Junta Administradora Local de Engativá, informó que el Proyecto de Acuerdo Local No. 001 de 2018 por medio del cual “se crea el Comité Local de Libertad Religiosa y de Conciencia”, por el número de sesiones en que fue sometido a aprobación en primer debate, no alcanzó a ser debatido y aprobado en segundo debate dentro de las sesiones ordinarias.

Que se hace necesario convocar a la Junta Administradora Local de Engativá a sesiones extraordinarias para que discutan, consideren y aprueben los Proyectos de Acuerdo Local para la modificación del Acuerdo Local 001 de 2013, de la creación del Comité Local de Libertad Religiosa y de Conciencia, de la creación del Consejo Local de Propiedad Horizontal y de la creación del Consejo Local de Protección al Consumidor para la Localidad de Engativá.

Que de conformidad con el artículo 73 Ley 1421 de 1993 se establece que “El alcalde local instalará y clausurará las sesiones ordinarias y extraordinarias de las juntas administradoras y deberá prestarles la colaboración necesaria para garantizar su buen funcionamiento. Las juntas no podrán sesionar fuera del lugar señalado como sede oficial. Sin embargo, previa convocatoria efectuada con la debida antelación, podrán sesionar en sitio distinto para escuchar a las comunidades”.

DECRETA:

Artículo primero.

- Convocar a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Engativá a partir del tres (3) y hasta el veinticuatro (24) de mayo de 2018, con el fin de que se discutan, consideren y aprueben los Proyectos de Acuerdo Local para la modificación; del Acuerdo Local 001 de 2013, de la creación del Comité Local de Libertad Religiosa y de Conciencia, de la creación del Consejo Local de Propiedad Horizontal y de la creación del Consejo Local de Protección al Consumidor para la Localidad de Engativá.

Que el Acuerdo Local No. 001 de 2013 establece el reglamento interno de la Junta Administradora Local de Engativá y en el artículo 65 se determinan las clases de sesiones “Las sesiones de la Junta Administradora Local de Engativá son públicas, con las limitaciones establecidas en el presente reglamento. Reglamentariamente se dividen en ordinarias, extraordinarias y de comisiones permanentes. sesiones ordinarias son las que se efectúen por derecho propio y las sesiones extraordinarias son las que son convocadas por el Alcalde Local. En este evento sesionarán por el término que señale el Alcalde Local y únicamente se ocuparán de los asuntos que él someta a consideración”.

7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6304 • pP. 1-7 • 2018 • ABRIL • 30

Artículo segundo.

- El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá, D.C., en la Localidad 10 de Engativa a los veintiséis (26) días del mes de abril de dos mil dieciocho (2018).

ÁNGELA VIANNEY ORTIZ ROLDÁN Alcaldesa Local de Engativá REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6304 • pP. 1-8 • 2018 • ABRIL • 30 8

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