Registro Distrital 6283 de 2018
Registro Distrital 6283 de 2018 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 6283
- Año
- 2018
- Fecha
- 27 de marzo de 2018
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 51 Número 6283 2018 • Marzo • 27 REGISTRO DISTRITAL DECRETO DE 2018 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Decreto Número 152 (Marzo 16 de 2018)
“Por medio del cual se modifica el artículo 2 del Decreto Distrital 583 de 2011”
Que el artículo 61 de la Ley 388 de 1997 señala que en los procedimientos de enajenación voluntaria de bienes inmuebles regulados por la Ley 9 de 1989, el precio de adquisición será igual al valor comercial determinado por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, la entidad que cumpla sus funciones, o por peritos privados inscritos en las lonjas o asociaciones correspondientes, según lo determinado por el Decreto-Ley 2150 de 1995, de conformidad con las normas y procedimientos establecidos en el decreto reglamentario especial que sobre avalúos expida el gobierno.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 1, 3 y 4 del artículo 38 y el artículo 39 del Decreto Ley 1421 de 1993, y Que la Ley 1682 de 2013 adoptó un régimen normativo especial para el desarrollo de los proyectos de infraestructura de transporte, el cual establece las disposiciones generales, los principios y las políticas de la infraestructura del transporte en Colombia.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.
Que el artículo 2 de la citada norma definió la infraestructura de transporte como un sistema de movilidad integrado por un conjunto de bienes tangibles, intangibles y aquellos que se encuentren relacionados con este, el cual está bajo la vigilancia y control del Estado, y se organiza de manera estable para permitir el traslado de las personas, los bienes y los servicios, el acceso y la integración de las diferentes zonas del país y que propende por el crecimiento, competitividad y mejora de la calidad de la vida de los ciudadanos.
Que el artículo 333 de la Constitución Política consagra la libre competencia económica como un derecho de todos que supone responsabilidades, y obligó al Estado, por medio de la ley, a impedir que se obstruya o se restrinja la libertad económica, evitando que personas o empresas constituyan posiciones dominantes en el mercado.
Que el artículo 5 ibídem estableció que las acciones de planificación, ejecución, mantenimiento, mejoramiento y rehabilitación de los proyectos y obras de infraestructura del transporte materializan el interés general previsto en la Constitución Política, y que el desarrollo de estas acciones constituye una función pública a cargo de las entidades y organismos competentes del orden nacional, departamental, municipal o distrital, directamente o con la participación de los particulares.
Que el Título IV de la Ley 1682 de 2013 contiene disposiciones relativas a la gestión y adquisición prediales.
Que el artículo 27 del Decreto 2150 de 1995 establece que los avalúos de bienes inmuebles que deban realizar las entidades públicas o que se realicen en actuaciones administrativas, podrán ser adelantados por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi o por cualquier persona natural o jurídica de carácter privado, que se encuentre registrada y autorizada por la lonja de propiedad raíz del lugar donde esté ubicado el bien para adelantar dichos avalúos.
1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-1 • 2018 • MARZO • 27 Que el literal d) del artículo 4 de la norma mencionada estableció como una de las actividades de los avaluadores: “d) El Estado cuando por conveniencia pública tenga que recurrir a la expropiación por la vía judicial o administrativa: cuando se trate de realizar obras por el mecanismo de valorización, concesión, planes parciales, entre otros;”.
Que el artículo 19 de la citada ley definió como motivo de utilidad pública e interés social la ejecución y/o desarrollo de proyectos de infraestructura del transporte, incluyendo las actividades de construcción, mantenimiento, rehabilitación o mejora, autorizando para ello la expropiación administrativa o judicial de los bienes inmuebles urbanos y rurales que se requieran para tal fin.
Que el artículo 5 ibídem creó el Registro Abierto de Avaluadores, el cual estará a cargo de las entidades reconocidas y aprobadas de autorregulación.
Que el artículo 23 ídem obligó a las personas que realicen la actividad de avaluador a inscribirse en el Registro Abierto de Avaluadores, y a cumplir con las obligaciones y normas de autorregulación de la actividad.
Que el parágrafo 2° del artículo 20 ídem, modificado por el artículo 3 de la Ley 1742 de 2014, garantiza el debido proceso en la adquisición de predios necesarios para el desarrollo o ejecución de los proyectos de infraestructura de transporte, sujetando a las entidades públicas o los particulares que actúen como sus representantes, a los procedimientos establecidos en la ley.
Que el artículo 21 ibídem ordenó que para la posesión en cargos, la suscripción de contratos o la realización de dictámenes técnicos que impliquen el ejercicio de la actividad de avaluador, se debe exigir la presentación en original o mediante mecanismo digital, del documento que acredita la inscripción en el Registro Abierto de Avaluadores (RAA).
Que el artículo 23 de la Ley 1682 de 2013 señala que los avalúos comerciales para la adquisición o expropiación de los inmuebles requeridos para proyectos de infraestructura de transporte podrán ser efectuados por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), la autoridad catastral correspondiente o las personas naturales o jurídicas de carácter privado registradas y autorizadas por las Lonjas de Propiedad Raíz, siguiendo las normas, métodos, parámetros, criterios y procedimientos establecidos por el IGAC, las cuales son de obligatorio cumplimiento.
Que el artículo 36 ibídem, ordenó que la determinación del valor de los inmuebles objeto de cesión entre entidades públicas deberá ser contratado por parte de la entidad cesionaria con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), la entidad que cumpla sus funciones, o con peritos privados inscritos en las lonjas de propiedad raíz o asociaciones legalmente constituidas.
Que el artículo 21 del Acuerdo 645 de 2016 del Concejo de Bogotá, enfocó el segundo pilar del Plan Distrital de Desarrollo “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS 2016 -2020”, Democracia Urbana, en incrementar y mejorar el espacio público, el espacio peatonal, y la infraestructura pública disponible para los habitantes y visitantes de Bogotá, mediante la ejecución de programas orientados a materializar el principio constitucional de igualdad de todos ante la ley y la primacía del interés general sobre el particular, además de fomentar el cuidado ciudadano e institucional del entorno construido, el espacio público y el ambiente natural para aumentar el sentido de pertenencia y construir un proyecto de ciudad compartido.
Que el artículo 27 del Acuerdo 645 de 2016 estableció el programa de “Mejor movilidad para todos” con el objetivo de mejorar la calidad de la movilidad y la accesibilidad que provee el Distrito Capital para todos los usuarios: peatones, ciclistas, usuarios del transporte público colectivo e individual, así como el transporte privado.
Que el artículo 2.2.2.3.3 del Decreto 1170 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Administrativo de Información Estadística”, el cual compila el artículo 3 del Decreto 1420 de 1998, estableció que la determinación del valor comercial de los inmuebles la harán, a través de un avalúo, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, la entidad que haga sus veces o las personas naturales o jurídicas de carácter privado registradas y autorizadas por las lonjas de propiedad raíz del lugar donde se ubiquen los bienes objeto de la valoración.
Que el eje estructurador del Programa: “Mejor movilidad para todos” es el Sistema Integrado de Transporte Masivo, compuesto por Transmilenio y Metro. Respecto de Transmilenio, el Plan Distrital de Desarrollo “BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS 2016 -2020” ordenó ampliar la red de troncales y optimizar el sistema operacional mejorando la cobertura y la calidad del servicio. En relación con el Metro, dispuso contratar y dar inicio a la construcción de la primera línea.
Que la Ley 1673 de 2013, “Por la cual se reglamenta la actividad del avaluador y se dictan otras disposiciones” consagró las responsabilidades y competencias en el ejercicio de las actividades de los avaluadores en Colombia, para prevenir riesgos sociales de inequidad, injusticia, ineficiencia, restricción del acceso a la propiedad, falta de transparencia y posible engaño a compradores y vendedores del Estado.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-2 • 2018 • MARZO • 27 2 comerciales de los inmuebles que se requieran en el cumplimiento de sus objetivos misionales, a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Que uno de los objetivos del Programa de “Mejor movilidad para todos” es potenciar las redes de transporte masivo como catalizadores de la renovación urbana.
Que el literal e) del artículo 63 del Acuerdo 257 de 2006 determinó como una de las funciones básicas de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital la elaboración de avalúos comerciales a organismos o entidades distritales y a empresas del sector privado que lo soliciten.
Parágrafo. Las entidades y organismos del orden
distrital que decidan solicitar la elaboración de avalúos comerciales a otros organismos, entidades o personas, deberán en todo caso exigir la presentación en original o mediante mecanismo digital, del documento que acredita la inscripción en el Registro Abierto de Avaluadores (RAA).”
Artículo 2º.
- Vigencia. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Registro Distrital.
Que el Decreto Distrital 583 de 2011 reglamentó la prestación del servicio de avalúos comerciales de inmuebles, y estableció en su artículo 1 que las entidades distritales, las empresas privadas y las empresas de servicios públicos y los particulares podrán ser beneficiarios de este servicio.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días del mes de marzo de dos mil dieciocho (2018).
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda Que el artículo 2 del Decreto Distrital 583 de 2011 ordenó a las entidades del orden distrital solicitar la elaboración de los avalúos comerciales de los inmuebles que se requieran en el cumplimiento de sus objetivos misionales, a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital. El inciso segundo de este artículo estableció el término de tres (3) días para que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital acepte el trámite de la solicitud y continúe el trámite, o niegue la atención de la solicitud y permita que el avalúo comercial se efectúe por parte de otro organismo, entidad o persona jurídica.
RESOLUCIONES DE 2018 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
- SECRETARÍA GENERAL
Resolución Número 126 Que para el desarrollo de los distintos proyectos que componen el Programa “Mejor movilidad para todos” del Plan Distrital de Desarrollo, se requiere la práctica de avalúos comerciales para la adquisición o expropiación de predios.
(Marzo 23 de 2018)
“Por la cual se adopta el Plan Institucional de Capacitación – PIC de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2018”
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 36 de la Ley 909 de 2004, los artículos 2.2.9.1 y 2.2.9.2 Que en consideración de lo anterior, y para efectos de dar cumplimiento a las normas antes señaladas y garantizar los principios de eficiencia y eficacia de la función pública, es necesario modificar el artículo 2 del Decreto 583 de 2011 para permitir que las entidades y organismos del orden distrital encarguen la elaboración de avalúos comerciales a otras entidades públicas, personas naturales o personas jurídicas autorizadas según las normas vigentes de manera inmediata y expedita, sin agotar previamente dicho trámite ante la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital. del Decreto 1083 de 2015 y el artículo 10o del En mérito de lo expuesto, Decreto Distrital 425 de 2016, y
DECRETA:
CONSIDERANDO:
Artículo 1º.
- Modifíquese el artículo 2 del Decreto Distrital 583 de 2011, el cual quedará así:
“Artículo 2º.- Las entidades y organismos del orden distrital podrán solicitar la elaboración de los avalúos Que la Ley 909 de 2004 regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, y los Decretos Reglamentarios 1227 de 2005 y 4661 de 2005, compilados en el Decreto 1083 de 2015, señalaron los lineamientos para la elaboración de los planes anuales de capacitación y los programas de estímulos.
3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-3 • 2018 • MARZO • 27 Que la Resolución No. 517 de 2013 expedida por la entonces Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., actualizó el reglamento para los planes programas y subprogramas de Capacitación y Estímulos, y definió el procedimiento para la participación de los(as) servidores(as) de la Entidad en los mismos.
Que el numeral 1 del artículo 8o ibídem establece que es función del Comité de Capacitación formular durante el primer trimestre de cada año, el Plan Anual de Capacitación, de acuerdo con las necesidades de cada dependencia y el presupuesto correspondiente.
Que en reunión realizada el día 14 de marzo de 2018, el Comité de Capacitación de la Secretaría General formuló el Plan Institucional de Capacitación para los(as) servidores(as) públicos, atendiendo para ello el Plan Estratégico de la Entidad, las necesidades de aprendizaje individual y colectivo, el resultado de las Auditorías Internas, el resultado de la Evaluación del Desempeño y de la Gestión así como el presupuesto asignado, y en pleno aprobó el Plan Institucional de Capacitación – PIC de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., para la vigencia 2018, el cual fue presentado al nominador de la Entidad para su adopción durante la misma vigencia.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º-: Adoptar el Plan Institucional de Capacitación – PIC de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2018, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º-: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los veintitrés (23) días del mes de marzo de dos mil dieciocho (2018).
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS Secretario General REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-4 • 2018 • MARZO • 27 4 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN – PIC 2018 Dirección de Talento Humano – Procedimiento de Gestión del Conocimiento e innovación.
5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-5 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 1 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 Contenido INTRODUCCIÓN.................................................................................................................... 4 1 OBJETIVOS DE CAPACITACIÓN................................................................................ 5 1.1 Objetivos Estratégicos:.............................................................................................. 5 1.2 Objetivos de Gestión:................................................................................................ 5 2 PRINCIPIOS DE LA CAPACITACIÓN.......................................................................... 6 2.1 Complementariedad:................................................................................................. 6 2.2 Integralidad:.............................................................................................................. 6 2.3 Objetividad:............................................................................................................... 6 2.4 Participación:............................................................................................................ 6 2.5 Prevalencia del interés de la organización:............................................................... 6 2.6 Integración a la carrera administrativa:..................................................................... 7 2.7 Prelación de los empleados de carrera:..................................................................... 7 2.8 Economía:................................................................................................................. 7 2.9 Énfasis en la práctica:................................................................................................ 7 2.10 Continuidad:.............................................................................................................. 7 3 MARCO NORMATIVO................................................................................................... 7 4 MARCO CONCEPTUAL............................................................................................... 12 4.1 Enfoque integral del ser humano:........................................................................... 12 4.2 Competencia:.......................................................................................................... 12 4.3 Capacitación:........................................................................................................... 13 4.4 Educación para el trabajo y Desarrollo Humano:................................................... 13 4.5 Educación Informal:................................................................................................ 13 4.6 Educación Formal:.................................................................................................. 13 4.7 Entrenamiento:........................................................................................................ 13 4.8 Formación:.............................................................................................................. 13 4.9 Formación basada en competencias:....................................................................... 14 5 LINEAMIENTOS CONCEPTUALES Y PEDAGÓGICOS.......................................... 14 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-6 • 2018 • MARZO • 27 6 Pág. 2 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 5.1 Conceptuales........................................................................................................... 14 5.1.1 La profesionalización del empleo público:..................................................... 14 5.1.2 Desarrollo de competencias laborales:............................................................ 14 5.1.3 Enfoque de la formación basada en competencias:......................................... 14 5.2 Pedagógicos............................................................................................................ 14 5.2.1 La educación basada en situaciones a resolver:.............................................. 14 5.2.2 Aprendizaje en Equipo:................................................................................... 14 5.2.3 Valoración de los Aprendizajes:..................................................................... 15 6 DIAGNÓSTICO DE NECESIDADES DE APRENDIZAJE ORGANIZACIONAL (DNAO).................................................................................................................................. 15 6.1 Caracterización de la población:............................................................................. 15 6.2 Recolección de necesidades de Aprendizaje Individual y Colectivo...................... 17 6.3 Recolección de Necesidades de Conocimientos, habilidades y Actitudes que requiere la entidad............................................................................................................... 26 7 EJES TEMATICOS PARA LA FORMULACIÓN DEL PIC 2018 EN EL MARCO DEL DESARROLLO ADMINISTRATIVO Y DE LOS SERVIDORES PUBLICOS......... 27 8 LINEAS PROGRAMÁTICAS:...................................................................................... 29 9 ÁREAS DE LA CAPACITACIÓN................................................................................ 29 9.1 Misional o Técnica.................................................................................................. 29 9.2 De Gestión............................................................................................................... 29 10 MODALIDADES DE CAPACITACIÓN.................................................................. 30 10.1 Modalidad Presencial:............................................................................................. 30 10.2 Modalidad Virtual:.................................................................................................. 31 10.2.1 Diplomados virtuales:..................................................................................... 31 10.2.2 Cursos virtuales de auto-aprendizaje:............................................................. 31 10.3 Modalidad Mixta:.................................................................................................... 31 11 PROGRAMAS DE APRENDIZAJE.......................................................................... 32 11.1 Inducción:................................................................................................................ 32 11.1.1 Plataforma de Aprendizaje Organizacional – PAO - Curso Virtual “Ingreso al Servicio Público, inducción y reinducción”:................................................................... 32 11.1.2 Inducción Presencial....................................................................................... 33 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-7 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 3 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 11.2 Re-inducción:.......................................................................................................... 35 11.3 Entrenamiento/ Reentrenamiento en el puesto de trabajo:...................................... 36 11.4 Capacitación:........................................................................................................... 36 12 BENEFICIARIOS....................................................................................................... 49 12.1 Deberes de los Beneficiarios de la Capacitación y Formación............................... 50 13 EJECUCIÓN............................................................................................................... 50 14 PRESUPUESTO......................................................................................................... 50 15 SEGUIMIENTO Y EVALUACION.......................................................................... 50 16 INDICADORES PARA EVALUAR LA GESTIÓN DEL PIC.................................. 50 17 EVALUACIÓN DEL IMPACTO DE LA CAPACITACIÓN.................................... 51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-8 • 2018 • MARZO • 27 8 Pág. 4 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 INTRODUCCIÓN La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y en especial lo consagrado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, ha dispuesto lo necesario para planear, diseñar, ejecutar y hacer seguimiento al Plan Institucional de Capacitación y Formación – PIC correspondiente a la vigencia 2018, con el fin de desarrollar su capital humano, fortalecer las competencias y habilidades para el mejoramiento de los procesos y servicios, por medio de un conjunto de acciones de capacitación en modalidad presencial, virtual o mixta que le apunten al cumplimiento de los objetivos institucionales, al crecimiento humano de sus servidores, a la generación de innovación y transformación al interior de la entidad y a la mejora en la oportunidad y calidad de las respuestas a todos los grupos de interés.
Por lo anterior, es preciso señalar que el Plan Institucional de Capacitación y Formación – PIC 2018 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., se diseñó de conformidad con los lineamientos conceptuales establecidos por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD, Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP, Escuela Superior de Administración Publica- ESAP y su ejecución se encuentra encaminada a cumplir con las metas y objetivos institucionales; para ello, se desarrolló un diagnóstico de necesidades de aprendizaje individual y colectivo, a partir del análisis de los siguientes insumos:
Plataforma y planeación estratégica de la Entidad y Plan de Acción de la Dirección de Talento Humano.
Recolección de necesidades de aprendizaje, de la cual se obtuvo la información de los requerimientos de los servidores públicos, los cuales están alineados con las necesidades de las dependencias y con los objetivos estratégicos de la Entidad.
Informe de los resultados del PIC 2017 Análisis de los resultados de la evaluación del desempeño.
9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-9 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 5 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 El Plan Institucional de Capacitación y Formación – PIC 2018 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., tiene previsto dar continuidad a las jornadas de inducción y re-inducción, hacer seguimiento al entrenamiento y reentrenamiento en el puesto de trabajo y generar un programa de capacitación que genere una cultura de aprendizaje continuo.
En consecuencia, el Plan Institucional de Capacitación y Formación – PIC 2018 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., se diseñará de acuerdo con el enfoque pedagógico constructivista y el aprendizaje basado en problemas donde la enseñanza no es una simple transmisión de conocimientos, sino es considerada como la organización de métodos de apoyo que permiten a los servidores construir su propio saber y donde el aprendizaje es el resultado de un proceso de construcción personal y colectivo, en cooperación con el equipo de trabajo y el facilitador o docente.
1 OBJETIVOS DE CAPACITACIÓN 1.1 Objetivos Estratégicos: a) Fortalecer y potenciar los conocimientos y habilidades del talento humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., que contribuyan al mejoramiento de los procesos y servicios, mediante el diseño e implementación de estrategias y acciones que le aporten al cumplimiento de los objetivos institucionales, al crecimiento humano de los servidores, a la exitosa ejecución del plan estratégico de la entidad y a la construcción de una “Bogotá mejor para todos”. b) Apoyar el fortalecimiento institucional y la capacidad técnica de las dependencias de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de los procesos de formación a los servidores públicos y el respectivo desarrollo de habilidades, destrezas y competencias requeridas para el desempeño del empleo.
1.2 Objetivos de Gestión: a) Contribuir al desarrollo de las competencias funcionales y comportamentales en cada uno de los servidores públicos, a través de las jornadas de inducción, reinducción, programa de capacitación y actualización de acuerdo con los requerimientos institucionales.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-10 • 2018 • MARZO • 27 10 Pág. 6 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 b) Gestionar la participación de los servidores en actividades de capacitación al interior o al exterior que sirvan como espacio para el intercambio de conocimientos y experiencias, así como de actualización en temas de interés para la entidad. c) Verificar y hacer seguimiento al entrenamiento en el puesto de trabajo que deben recibir los servidores públicos que ingresan a la entidad, esto con el fin de brindar toda la información necesaria para que el servidor pueda desarrollar las habilidades y destrezas que le permitan desempeñar su trabajo con los estándares de calidad y productividad requeridos para el empleo al que se vinculó.
2 PRINCIPIOS DE LA CAPACITACIÓN La capacitación se basa en los siguientes principios, de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Nacional 1567 de 1998:
2.1 Complementariedad: La capacitación se concibe como un proceso complementario de la planeación, por lo cual debe consultarla y orientar sus propios objetivos en función de los propósitos institucionales.
2.2 Integralidad: La capacitación debe contribuir al desarrollo del potencial de los empleados en su sentir, pensar y actuar, articulando el aprendizaje individual con el aprendizaje en equipo y con el aprendizaje organizacional.
2.3 Objetividad: La formulación de políticas, de planes y programas de capacitación, debe ser la respuesta a un diagnóstico de necesidades de capacitación previamente realizado, utilizando procedimientos e instrumentos técnicos propios de las ciencias sociales y administrativas.
2.4 Participación: Todos los procesos que hacen parte de la gestión de la capacitación, tales como detección de necesidades, formulación, ejecución y evaluación de planes y programas, deben contar con la participación activa de los empleados.
2.5 Prevalencia del interés de la organización: Las políticas, los planes y los programas responderán fundamentalmente a las necesidades de la organización.
11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-11 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 7 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 2.6 Integración a la carrera administrativa: La capacitación recibida por los empleados debe ser valorada como antecedente en los procesos de selección, de acuerdo con las disposiciones sobre la materia.
2.7 Prelación de los empleados de carrera: Para aquellos casos en los cuales la capacitación busque adquirir y dejar instaladas capacidades que la entidad requiera más allá del mediano plazo, tendrán prelación los empleados de carrera.
2.8 Economía: En todo caso se buscará el manejo óptimo de los recursos destinados a la capacitación, mediante acciones que pueden incluir el apoyo interinstitucional.
2.9 Énfasis en la práctica: La capacitación se impartirá privilegiando el uso de metodologías que hagan énfasis en la práctica, en el análisis de caos concretos y en la solución de problemas específicos.
2.10 Continuidad:
Especialmente en aquellos programas y actividades que por estar dirigidos a impactar en la formación ética y a producir cambios de actitudes, requieren acciones a largo plazo.
3 MARCO NORMATIVO El artículo 4 del Decreto Ley 1567 de 1998, “Por el cual se crea el sistema nacional de capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado”, define la capacitación como: “… el conjunto de procesos organizados, relativos tanto a la educación no formal como a la informal de acuerdo con lo establecido por la ley general de educación, dirigidos a prolongar y complementar la educación, dirigidos a prolongar y a complementar la educación inicial mediante la generación de conocimientos, el desarrollo de habilidades y el cambio de actitudes, con el fin de incrementar la capacidad individual y colectiva para contribuir al cumplimiento de la misión institucional, a la mejor prestación de servicios a la comunidad, al eficaz desempeño del cargo y al desarrollo personal integral. Esta definición comprende los procesos de formación, entendidos como aquellos que tienen por objeto específico desarrollar y fortalecer una ética del servicio público basada en los principios que rigen la función administrativa.”
Los artículos 15 y 36 de la Ley 909 de 2004, “Por el cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”, Disponen lo siguiente:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-12 • 2018 • MARZO • 27 12 Pág. 8 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 “… 2. Serán funciones específicas de estas unidades de personal, las siguientes: … e) Diseñar y administrar los programas de formación y capacitación, de acuerdo con lo previsto en la ley y en el Plan Nacional de Formación y Capacitación”
“… Artículo 36 - “Objetivos de la Capacitación.
1. La capacitación y formación de los empleados está orientada al desarrollo de sus capacidades, destrezas, habilidades, valores y competencias fundamentales, con miras a propiciar su eficacia personal, grupal y organizacional, de manera que se posibilite el desarrollo profesional de los empleados y el mejoramiento en la prestación de los servicios.
2. Dentro de la política que establezca el Departamento Administrativo de la Función Pública, las unidades de personal formularán los planes y programas de capacitación para lograr esos objetivos, en concordancia con las normas establecidas y teniendo en cuenta los resultados de la evaluación del desempeño. …”
El Decreto 1083 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”, establece sobre el particular lo siguiente:
“… Artículo 2.2.9.1 Planes de capacitación. Los planes de capacitación de las entidades públicas deben responder a estudios técnicos que identifiquen necesidades y requerimientos de las áreas de trabajo y de los empleados, para desarrollar los planes anuales institucionales y las competencias laborales.
Los estudios deberán ser adelantados por las unidades de personal o por quienes hagan sus veces, para lo cual se apoyarán en los instrumentos desarrollados por el Departamento Administrativo de la Función Pública y por la Escuela Superior de Administración Pública.
Los recursos con que cuente la administración para capacitación deberán atender las necesidades establecidas en los planes institucionales de capacitación. (Artículo 65 del Decreto 1227 de 2005)”
“… Artículo 2.2.9.3 Plan Nacional de Formación y Capacitación. El Departamento Administrativo de la Función Pública, con el apoyo de la Escuela Superior de Administración Pública, adelantará la evaluación anual del Plan Nacional de Formación y Capacitación, con el fin de revisar el cumplimiento por parte de las entidades de las orientaciones y prioridades allí establecidas. Igualmente, establecerá los mecanismos de seguimiento a los Planes Institucionales de Capacitación que éstas formulen.
La evaluación y el seguimiento buscarán especialmente medir el impacto y los resultados de la capacitación. Para medir el impacto se estudiarán los cambios organizacionales y para 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-13 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 9 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 analizar los resultados se estudiarán los cambios en el desempeño de los empleados en sus áreas de trabajo como consecuencia de acciones de capacitación. (Artículo 67 del Decreto 1227 de 2005)”
“… Artículo 2.2.9.4 Red Interinstitucional de Capacitación para Empleados Públicos. En desarrollo del artículo 3°, literal e), numeral 3 del Decreto-ley 1567 1998, confórmese la Red Interinstitucional de Capacitación para Empleados Públicos, con el objeto de apoyar los planes de capacitación institucional. La Red estará integrada por las entidades públicas a las cuales se aplica la Ley 909 de 2004.
La Escuela Superior de Administración Pública coordinará y administrará la Red de acuerdo con el reglamento que expida para su funcionamiento.
Para el desarrollo de los programas de capacitación que programe la Red cada entidad aportará recursos humanos y logísticos, de acuerdo con sus disponibilidades. (Artículo 68 del Decreto 1227 de 2005)”
“… Artículo 2.2.9.5 Actualización del Plan Nacional de Formación y Capacitación para los Servidores Públicos. Adoptar la actualización del Plan Nacional de Formación y Capacitación para los Servidores Públicos, formulado por el Departamento Administrativo de la Función Pública, y la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP. (Artículo 1 del Decreto 4665 de 2007)”
“… Artículo 2.2.9.6 Proyectos de Aprendizaje por Competencias. El Departamento Administrativo de Función Pública y la Escuela Superior de Administración Pública, diseñarán y divulgarán los instrumentos necesarios, para la formulación e implementación de los Planes Institucionales de Capacitación con base en Proyectos de Aprendizaje por Competencias. (Artículo 2 del Decreto 4665 de 2007)”
El Decreto 2539 de 2005 (Decreto 1083 de 2015 artículos 2.2.4.6 y 2.2.4.7), “Por el cual se establecen las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades a las cuales se aplican los Decretos-ley 770 y 785 de 2005”.
El Decreto 1072 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo”, establece sobre el particular lo siguiente:
“… Artículo 2.2.4.6.8. Obligaciones de los empleadores, Numeral 9, Participación de los trabajadores. El empleador debe garantizar la capacitación de los trabajadores en los aspectos de seguridad y salud en el trabajo de acuerdo con las características de la empresa, la identificación de peligros, la evaluación y valoración de riesgos relacionados con su trabajo, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-14 • 2018 • MARZO • 27 14 Pág. 10 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 incluidas las disposiciones relativas a las situaciones de emergencia, dentro de la jornada laboral de los trabajadores directos o en el desarrollo de la prestación del servicio de los contratistas.”
“…Artículo 2.2.4.6.11. Capacitación en seguridad y salud en el trabajo – SST. El empleador o contratante debe definir los requisitos de conocimiento y práctica en seguridad y salud en el trabajo necesarios para sus trabajadores, también debe adoptar y mantener disposiciones para que estos los cumplan en todos los aspectos de la ejecución de sus deberes u obligaciones, con el fin de prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Para ello, debe desarrollar un programa de capacitación que proporcione conocimiento para identificar los peligros y controlar los riesgos relacionados con el trabajo, hacerlo extensivo a todos los niveles de la organización incluyendo a trabajadores dependencias, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión, estar documentado, ser impartido por personal idóneo conforme a la normatividad vigente.
Parágrafo 1. El programa de capacitación en seguridad y salud en el trabajo –SST, debe
ser revisado mínimo una (1) vez al año, con la participación del Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo y la alta dirección de la empresa: con el fin de identificar las acciones de mejora.
Parágrafo 2. El empleador proporcionará a todo trabajador que ingrese por primera
vez a la empresa, independientemente de su forma de contratación y vinculación y de manera previa al inicio de sus labores, una inducción en los aspectos generales y específicos de las actividades a realizar, que incluya entre otros, la identificación y el control de peligros y riesgos en su trabajo y la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.”
Decreto 894 de 2017 “Por el cual se dictan normas en materia de empleo público con el fin de facilitar y asegurar la implementación y desarrollo normativo del Acuerdo Final para la Terminación del conflicto y la Construcción de una Paz estable y duradera”.
La Resolución 1565 de 2014, “Por la cual se expide la Guía metodológica para la elaboración del Plan Estratégico de seguridad vial” establece sobre el particular lo siguiente:
“… Numeral 8.1. 3. Capacitación en seguridad vial. La empresa debe implementar mecanismos de capacitación en seguridad vial, a través de personas naturales o jurídicas idóneas, con conocimiento y experiencia en seguridad vial, transito, transporte o movilidad.
La empresa debe contar con un programa de capacitación que cumpla con las siguientes características:
15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-15 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 11 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 Sensibilizar en la adopción de buenas prácticas y conductas seguras de movilidad. Que incluya temas sobre la normatividad vigente en temas de tránsito y transporte. Incluir sensibilización en todos los roles de la seguridad vial, tanto en el ámbito laboral como en lo cotidiano. Incluir el análisis de todos los factores de riesgo, de acuerdo con los ejes definidos dentro del Plan Nacional de Seguridad Vial. Incluir temas sobre las acciones frente al modo de actuar en un incidente o accidente de tránsito. El programa debe ser documentado y evaluado, estableciendo un mínimo de aciertos para que sea aprobado.
El programa de capacitación debe establecer:
La periodicidad para su ejecución. Estar actualizado de acuerdo con las normas vigentes del territorio nacional. El modo de involucrar los temas por impartir, de acuerdo con los cambios de operación en la empresa y el comportamiento de los indicadores. Establecer la modalidad (presencial- virtual). Estar enfocado según el tipo de vehículo que se conduce. Estar diseñado de tal manera que incluya a los conductores nuevos y antiguos. La participación de todos los conductores, bien sea propios o terceros que presten su servicio a la organización, empresa o entidad. En la medida que el conductor no sea propio, debe garantizarse por parte del proveedor, que se cumplan con los requisitos mínimo exigidos.”
Circular N° 24 de 2017 Ingreso al Servicio Público Inducción del Departamento Administrativo del Servicio Civil.
Circular Externa N° 11 de 2017 Cumplimiento de acuerdos alcanzados como resultado de la negociación colectiva adelantada con las organizaciones sindicales de empleados públicos del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Circular Externa N° 12 de 2017 Lineamientos sobre jornada laboral, principio de igualdad en las relaciones laborales y protección a la mujer del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Guía para la Formulación del Plan Institucional de Capacitación –PIC- con base en Proyectos de aprendizaje en equipo, el cual establece las pautas para que la formulación de los Planes Institucionales de Capacitación PIC se aborde de manera integral. De igual manera, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-16 • 2018 • MARZO • 27 16 Pág. 12 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 proporciona pasos, instrumentos, formatos para entender el aprendizaje basado en problemas y el enfoque de capacitación por competencias.
Plan Nacional de Formación y Capacitación de Empleados Públicos para el Desarrollo de Competencias del Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP.
Plan Nacional de Formación y Capacitación para el Desarrollo y la Profesionalización del Servidor Público del Departamento Administrativo de la Función Pública y la Escuela Superior de Administración Pública - marzo 2017.
Guía Metodológica para la Implementación del Plan Nacional de Formación y Capacitación (PNFC): Profesionalización y Desarrollo de los Servidores Públicos del Departamento Administrativo de la Función Pública y la Escuela Superior de Administración Pública – diciembre de 2017.
4 MARCO CONCEPTUAL El Plan Institucional de Capacitación y Formación – PIC, se desarrolla bajo el enfoque integral del ser humano y la formación basada en competencias.
4.1 Enfoque integral del ser humano:
Concibe el equilibrio entre las dimensiones del Ser Humano, relacionadas a continuación:
Dimensión Ser: Conjunto de características personales (motivación, compromiso con el trabajo, disciplina, liderazgo y actitud) que se evidencian en el desempeño competente y son determinantes para el desarrollo de las personas, el trabajo en equipo y el desempeño superior en las organizaciones.
Dimensión Saber: Conjunto de conocimientos, teorías, principios, conceptos y datos que se requieren para fundamentar el desempeño competente y resolver retos laborales.
Dimensión Hacer: Conjunto de habilidades necesarias para el desempeño competente, en el cual se pone en práctica el conocimiento que se posee, mediante la aplicación de técnicas y procedimientos y la utilización de equipos, herramientas y materiales específicos.
4.2 Competencia: Es la capacidad de una persona para desempeñar, en diferentes contextos y con base en los requerimientos de calidad y resultados esperados en el sector público, las funciones 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-17 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 13 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 inherentes a un empleo; capacidad determinada por los conocimientos, destrezas, habilidades, valores y actitudes.
4.3 Capacitación: Es el conjunto de procesos organizados, relativos tanto a la educación formal como para la educación para el trabajo y el desarrollo humano, de acuerdo con lo establecido por la Ley General de Educación, dirigidos a prolongar y a complementar la educación inicial mediante la generación de conocimientos, el desarrollo de habilidades y el cambio de actitudes, con el fin de incrementar la capacidad individual y colectiva para contribuir al cumplimiento de la misión institucional, a la mejor prestación de servicios y al eficaz desempeño del cargo (Ley 1567 de 1998- Art.4).
4.4 Educación para el trabajo y Desarrollo Humano: Comprende la formación permanente, personal, social y cultural, que se fundamenta en una concepción integral de la persona, que una institución organiza en un proyecto educativo institucional, y que se estructura en currículos flexibles sin sujeción al sistema de niveles y grados propios de la educación formal. Ley 115 de 1994 y ley 1064 de 2006.
4.5 Educación Informal: Es todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados Ley 115 de 1994.
4.6 Educación Formal: Aquella que se imparte en establecimientos educativos aprobados, en una secuencia regular de ciclos lectivos, con sujeción a pautas curriculares progresivas, y conducente a grados y títulos. Ley 115 de 1994, y Artículo 4 del Decreto Ley 1567 de 1998.
4.7 Entrenamiento: En el marco de gestión del recurso humano en el sector público, el entrenamiento es una modalidad de capacitación que busca impartir la preparación en el ejercicio de las funciones del empleo con el objetivo de que se asimilen en la práctica los oficios. En el corto plazo, se orienta a atender necesidades de aprendizaje específicas requeridas para el desempeño del cargo, mediante el desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudes observables de manera inmediata.
4.8 Formación: Procesos que tienen por objeto específico desarrollar y fortalecer una ética del servicio público basada en los principios que rigen la función administrativa.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-18 • 2018 • MARZO • 27 18 Pág. 14 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 4.9 Formación basada en competencias: La formación basada en competencias profesionales o laborales se entiende como el proceso de desarrollo de diseños curriculares, materiales didácticos, actividades y prácticas de aula destinadas a fortalecer un conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que la persona combina y utiliza para resolver problemas relativos a su desempeño laboral, de acuerdo con criterios o estándares provenientes del campo profesional.
5 LINEAMIENTOS CONCEPTUALES Y PEDAGÓGICOS 5.1 Conceptuales 5.1.1 La profesionalización del empleo público: Para alcanzar esta profesionalización es necesario garantizar que los(as) empleados(as) públicos(as) posean una serie de atributos como el mérito, la vocación de servicio, responsabilidad, eficiencia, innovación, ética y transparencia, de manera que se logre una administración efectiva con servidores(as) públicos(as) felices.
5.1.2 Desarrollo de competencias laborales: Las competencias laborales están definidas como la capacidad de una persona para desempeñar en diferentes contextos y con base en los requerimientos de calidad y resultados las funciones inherentes a un empleo, capacidad que está determinada por los conocimientos, destrezas, habilidades, valores, actitudes y aptitudes que debe poseer y demostrar el empleado público.
5.1.3 Enfoque de la formación basada en competencias: Se es competente solo si se es capaz de resolver un problema aplicando un saber, con una conducta asociada adecuada y con la ejecución de unos procedimientos requeridos en un contexto específico.
5.2 Pedagógicos 5.2.1 La educación basada en situaciones a resolver: Las situaciones que requieren solución deben entenderse como oportunidades para aprender a través de cuestionamientos realizados sobre la realidad laboral cotidiana. En estos casos el (la) funcionario(a) desarrolla aspectos como el razonamiento, juicio crítico y la creatividad.
5.2.2 Aprendizaje en Equipo: Se plantea con base en el análisis de situaciones laborales que requieren solución a nivel institucional o de retos y dificultades para el cumplimiento de metas y resultados institucionales del empleado.
19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-19 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 15 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 5.2.3 Valoración de los Aprendizajes: Se realiza mediante la implementación del plan de mejoramiento individual, producido por la evaluación del desempeño.
6 DIAGNÓSTICO DE NECESIDADES DE APRENDIZAJE ORGANIZACIONAL (DNAO)
El diagnóstico de necesidades de aprendizaje organizacional de la Secretaría General se desarrolló teniendo en cuenta los siguientes insumos:
Recolección de necesidades de Aprendizaje Individual y Colectivo.
Informes PIC 2017 Resultados evaluación del desempeño y evaluación de la gestión vigencia 2017.
Plataforma y planeación estratégica de la Entidad y Plan de Acción de la Dirección de Talento Humano.
Resultado de Auditorías Internas realizadas por la Oficina de Control Interno vigencia 2017.
6.1 Caracterización de la población:
Una vez revisada la planta de personal de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., se identifica que los servidores públicos vinculados, se encuentran organizados así:
PLANTA GLOBAL DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL TECNICO ASISTENCIAL 29 23 171 48 239 PLANTA TEMPORAL VICTIMAS PROFESIONAL TECNICO ASISTENCIAL 84 11 8 PLANTA TEMPORAL TICS REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-20 • 2018 • MARZO • 27 20 Pág. 16 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 PROFESIONAL 11 PLANTA TRANSITORIA 25 Datos demográficos servidores públicos:
Género Mujeres Hombres 358 292 Edades Z Millenials X Baby Boomers 18 a 24 25-35 36-50 +51 5.7% 31.% 39.5% 23.4% DISTRIBUCIÓN POR GENERACIÓN 5,7% 23,4% 31,4% 39,5% Z Millenials X Baby Boomers Condiciones de discapacidad 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-21 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 17 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 A la fecha se encuentran vinculados 17 servidores públicos en condición de discapacidad, relacionados a continuación:
TIPO DE DISCAPACIDAD % Auditiva 11,8 Visual 5,88 Sensorial 11,8 Física-motora 29,4 Limitación leve de movimiento 35,2 Ausencia o parálisis de dos extremidades 5,88 DISTRIBUCIÓN POR TIPO DE DISCAPACIDAD 5,9% 11,8% 5,9% 35,2% 11,8% 29,4% AUDITIVA VISUAL SENSORIAL FISICA-MOTORA LIMITACION LEVE DE MOVIMIENTO AUSENCIA O PARALISIS DE DOS EXTREMIDADES 6.2 Recolección de necesidades de Aprendizaje Individual y Colectivo Respecto a la información recopilada, es preciso señalar que en el mes de enero fue remitida a cada uno de los jefes de las dependencias una encuesta para que junto con sus equipos de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-22 • 2018 • MARZO • 27 22 Pág. 18 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 trabajo se definieran las temáticas a capacitar para la vigencia 2018 encaminadas a fortalecer competencias del ser, saber, y saber hacer.
Por lo anterior, y una vez realizado el análisis y consolidación de la información se presentan los siguientes resultados:
¿Qué necesitamos saber? (Conocimientos)
TEMATICAS % Contratación estatal - Gestión Contractual 12,50% Sistema Integrado de Gestión 6,25% Gestión de proyectos 5,21% Derecho Administrativo 5,21% Gestión Presupuestal y contable 4,17% Protocolo, etiqueta y logística de eventos 3,13% Seguridad y Salud en el Trabajo 3,13% Manejo del Tiempo 2,08% Derecho Laboral 2,08% Derecho Disciplinario 2,08% Recepción de quejas Bogotá te escucha.(SDQS) 2,08% Indicadores de gestión 2,08% Gestión de Riesgos 2,08% Herramientas para la gestión de redes sociales 2,08% Normativa Seguridad social y parafiscales 1,04% 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-23 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 19 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 TEMATICAS % Costos ABC 1,04% Sistema Integrado de Conservación 1,04% Derecho Internacional Humanitario 1,04% Metodologías de pensamiento creativo Design thinking 1,04% Conservación, preservación y valoración documental 1,04% Acuerdos de Paz y Postconflicto 1,04% Derecho Laboral Administrativo 1,04% Manejar máquinas de pre-prensa, impresión y de terminados. 1,04% Derecho para no abogados 1,04% Metodología para virtualización de tramites e identificación de cadena de tramites 1,04% Derecho Procesal 1,04% Normas internacionales de auditoría interna 1,04% Diseñar, diagramar y manejar software de diseño 1,04% Política pública de servicio a la ciudadanía 1,04% Documentos electrónicos 1,04% Derecho Contencioso administrativo 1,04% Enfoque Diferencial, étnico, enfoque de género, enfoque de acción sin daño 1,04% Balance Score Card 1,04% Entrenamiento en lenguaje de señas 1,04% Manejo de residuos peligrosos y reciclables. 1,04% Gestión ambiental - PIGA. 1,04% REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-24 • 2018 • MARZO • 27 24 TEMATICAS % Matemática Financiera 1,04% Administración de Inventarios según modelo de la contaduría 1,04% Metodologías Agiles 1,04% Construcción de contenidos 1,04% Norma Tributaria Distrital y Nacional 1,04% Situaciones Administrativas 1,04% Normas NIIF 1,04% Tendencias en TICS 1,04% Planeación estratégica 1,04% Sistema SNARIV 1,04% Protocolo de atención para personas inmigrantes y población LGBTI. 1,04% Auditoria en sistemas Integrados de Gestión 1,04% Derecho Colectivo y estrategias de negociación sindical 1,04% Actualización en la suite de programas de diseño (Adobe). 1,04% Sistema de Información del Archivo de Bogotá (SIAB) 1,04% Análisis Financiero 1,04% Legislación Derechos de Autor 1,04% Ley de Transparencia y de Garantías 1,04% Indexar el registro distrital y manejar el aplicativo que le hace trazabilidad a la producción. 1,04% SAT 1,04% Hacer pruebas de calidad: pruebas de color, pruebas de alcohol en las máquinas, metrología. 1,04% TEMATICAS % Total general 100,00% 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-25 • 2018 • MARZO • 27 Grafico 1. Capacitaciones con Mayor Demanda Pág. 22 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 SABER (CONOCIMIENTOS)
12,24% 6,12% % 5,10% 5,10% 4,08% 3,06% 3,06% 3,06% 2,04% 2,04% 2,04% 2,04% 2,04% 2,04% 2,04% TEMATICAS ¿Qué necesitamos saber hacer? (Habilidades)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-26 • 2018 • MARZO • 27 26 ¿Qué necesitamos saber hacer? (Habilidades)
Pág. 23 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 TEMATICAS % Redacción y ortografía 22,41% Excel básico, intermedio y avanzado. 17,24% Gestión documental, Tablas de Retención Documental- Manejo siga 17,24% Presentaciones efectivas 8,62% Manejo de Estrés 5,17% Ingles 3,45% Manejo de extintores y de seguridad industrial. 1,72% Descripción, clasificación documental 1,72% Manejo de SIAB 1,72% Coaching empresarial 1,72% Disponer adecuadamente los residuos. 1,72% Graduar, limpiar y hacer mantenimiento a las máquinas. 1,72% Manejo de la intranet 1,72% Innovación 1,72% Mecánica Automotriz 1,72% Administración y control de insumos y productos terminados. 1,72% Restauración documental 1,72% Manejo de bases de datos para el ingreso y recuperación de la información del Archivo 1,72% Alta Redacción Jurídica 1,72% Comprensión de lectura 1,72% Manejo Aplicativos Financieros Internos y Distritales 1,72% Total general 100,00% 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-27 • 2018 • MARZO • 27 Grafico 2. Capacitaciones con Mayor Demanda Pág. 24 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 SABER HACER (HABILIDADES)
25,00% 22,41% 17,24% 20,00% 17,24% 15,00% 8,62% % 10,00% 5,17% 3,45% 5,00% 0,00% TEMATICAS ¿Qué necesitamos ser? (Actitudes)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-28 • 2018 • MARZO • 27 28 ¿Qué necesitamos ser? (Actitudes)
Pág. 25 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 TEMATICAS % Trabajo en equipo 17,65% Resolución de Conflictos 17,65% Comunicación Asertiva 13,73% Liderazgo y orientación a resultados 11,76% Cultura de Servicio 9,80% Ética y transparencia 7,84% Resiliencia 3,92% Trabajo bajo presión 3,92% Inteligencia emocional 3,92% Escucha activa 1,96% Creatividad 1,96% Comunicación Asertiva 1,96% Gestión del Cambio 1,96% Flexibilidad 1,96% TOTAL GENERAL 100,00% Grafico 3. Capacitaciones con Mayor Demanda 29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-29 • 2018 • MARZO • 27 Grafico 3. Capacitaciones con Mayor Demanda Pág. 26 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 SABER SER (ACTITUDES)
17,65% 17,65% 13,73% 11,76% 9,80% 7,84% % 3,92% 3,92% 0,00% 2,00% 4,00% 6,00% 8,00% 10,00% 12,00% 14,00% 16,00% 18,00% TEMATICAS 6.3 Recolección de Necesidades de Conocimientos, habilidades y Actitudes que requiere la entidad Para la recolección de esta información se tuvieron en cuenta los siguientes insumos:
Plan Estratégico de la Entidad (Ver Anexo 1) Resultados de las Auditorías Internas realizadas por la Oficina de Control Interno para la vigencia 2017. Resultados evaluación de desempeño y evaluación de la gestión vigencia 2017. Resultados de las Auditorías Internas realizadas por la Oficina de Control Interno para la vigencia 2017.
De acuerdo a información reportada por la Jefe de la Oficina de Control Interno de las auditorías internas y los hallazgos realizados por la Contraloría de Bogotá vigencia 2017, se observó que existen situaciones que pueden gestionarse o resolverse a partir de capacitaciones en los siguientes temas. a. Técnicas de identificación y evaluación de riesgos.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-30 • 2018 • MARZO • 27 30 Pág. 27 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 b. Directrices normativas e internas aplicables a la gestión documental. c. Supervisión de contratos d. Indicadores de gestión Resultados evaluación de desempeño y evaluación de la gestión vigencia 2017 Desde el procedimiento de Gestión del Desempeño se logra analizar basado en las evaluaciones del desempeño y la gestión radicadas en la Dirección de Talento Humano, que se deben reforzar los siguientes temas para los servidores de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.: a. Manejo de tiempo b. Sistema Integrado de Gestión c. Comunicación asertiva d. Adaptación al Cambio e. Innovación f. Orientación a resultados Una vez analizada la información se determinaron los temas transversales a la Entidad, con mayor demanda y la cobertura de la capacitación para los(as) servidores(as) de carrera administrativa en los diferentes niveles jerárquicos.
Teniendo en cuenta lo anterior, la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., presenta la información al Comité de Bienestar Social, el cual está integrado, entre otros miembros, por los representantes de los empleados ante la comisión de personal, quienes determinarán cuáles serán las actividades aprobadas en el desarrollo del Plan Institucional de Capacitación y Formación - PIC 2018.
7 EJES TEMATICOS PARA LA FORMULACIÓN DEL PIC 2018 EN EL MARCO DEL DESARROLLO ADMINISTRATIVO Y DE LOS SERVIDORES PUBLICOS La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., adelantará el diseño e implementación de un modelo de Gestión del Conocimiento bajo un enfoque pedagógico constructivista, dirigido a los(as) servidores(as) públicos(as) de la Entidad, que gestione y multiplique el aprendizaje para mejorar procesos, servicios, la toma de decisiones y la utilización de metodologías agiles que incrementen la productividad y la efectividad. Lo anterior, con el fin de contar con un equipo humano acorde a las necesidades cambiantes de la entidad que garantice el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.
Para el año 2018 se han establecido los siguientes ejes:
31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-31 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 28 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 EJE TEMÁTICO ENFOQUE DIMENSIÓN Ser –Saber –Saber Hacer Gobernanza para la paz Fomentar en la Secretaria General la formación, respeto y práctica de los derechos humanos y la convivencia, los ejercicios de transparencia y participación ciudadana.
Ser –Saber –Saber Hacer Valor Público Encauzar el funcionamiento de la administración pública y de toma de decisiones hacia la obtención de resultados con calidad y efectividad, garantizando la oportuna satisfacción de las demandas de la sociedad.
Saber –Saber Hacer Gestión del Conocimiento Desarrollar en la Secretaria General mecanismos que permitan el aumento del desempeño institucional, la optimización de recursos, la generación y desarrollo de conocimiento.
Fomentar el incremento del capital intelectual, mediante la administración de las capacidades individuales, grupales y organizacionales, con el objetivo final de generar ventajas competitivas sostenibles en el tiempo; gestionar el conocimiento implicará transferir el mismo desde el lugar donde se genera hasta el lugar en dónde se va a emplear, con el propósito de aportar valor a la entidad y conseguir mayores competencias esenciales y distintivas.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-32 • 2018 • MARZO • 27 32 Pág. 29 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 8 LINEAS PROGRAMÁTICAS:
Gestión del cambio y cultura organizacional: Afrontar con eficiencia los nuevos retos.
Institucionalidad para la paz: Modernización institucional – (Gobernanza de paz)
Gestión de la Información: Sistemas de información modernos, tecnificados, estadísticas. (Creación de Valor Publico)
Gerencia de proyectos, Enfoque sistemático: PMI, indicadores, mediciones, administración riesgos. (Creación de Valor Publico)
Servicio al Ciudadano: Cultura y actitud de servicio. (Creación de Valor Publico)
Gestión del Conocimiento: Crear, capturar y replicar conocimiento, técnicas, administración, investigación. (Gestión del Conocimiento)
Gestión del Subsistema de la Seguridad y Salud en el Trabajo: Minimizar la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo, enfermedades laborales y los riesgos que puedan afectar la calidad de vida de los colaboradores. (Gestión del Conocimiento)
Gestión del Plan Estratégico de Seguridad Vial: Contribuir con la prevención y atención de accidentes viales derivados de los desplazamientos que realizan los servidores de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., estableciendo acciones concretas que impacten positivamente sobre la seguridad vial de la entidad. (Creación de Valor Publico).
9 ÁREAS DE LA CAPACITACIÓN El Plan Institucional de Capacitación y Formación tendrá en cuenta dos (2) áreas funcionales:
9.1 Misional o Técnica.
Integran esta área las dependencias cuyas funciones o servicios constituyen la razón de ser de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
9.2 De Gestión.
33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-33 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 30 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 Esta área está constituida por las dependencias que tienen por objeto suministrar los bienes y los servicios que requiere internamente la Entidad para su adecuado funcionamiento.
10 MODALIDADES DE CAPACITACIÓN 10.1 Modalidad Presencial:
Es aquella que privilegia la realización de actividades académicas en un aula física como cátedra o charlas magistrales, talleres cursos y seminarios, entre otros, donde interactúan expositor y oyente con la presencia física, así:
10.1.1. Capacitación basada en la duración del evento: Es la que se realiza a través de cursos, foros, seminarios, simposios, mesas redondas, talleres, conferencias, ciclos de conferencias, tertulias, organizados por la Secretaría General o a través de acuerdos establecidos con otras entidades públicas o instituciones externas debidamente acreditadas. Estos eventos pueden ser presenciales o semipresenciales.
10.1.2. Capacitación basada en visitas e intercambios interinstitucionales: Permite a los(as) servidores(as) públicos(as) compartir experiencias y conocimientos laborales con otras entidades u organismos públicos, privados, nacionales e internacionales, a través de la observación directa de sus procesos internos, del intercambio en grupos de estudio y demás actividades relacionadas.
10.1.3. Capacitación basada en la experiencia: Es aquella que reconoce el valor del "aprendizaje por la acción" y que se obtiene a través de:
Entrenamiento en el puesto de trabajo: Consiste en asignar a un(a) jefe o empleado(a) que conozca los términos y funciones de un determinado cargo para orientar a uno o más empleados, en el desarrollo de habilidades y conocimientos específicos requeridos para el cumplimiento de funciones asignadas a un determinado cargo.
Rotación de puestos: Posibilita a los(as) empleados(as) el conocimiento de las diferentes áreas de trabajo de la Entidad y favorece el desarrollo personal e institucional.
Proyectos especiales: Orientada a que los(as) empleados(as) o grupos de empleados(as) asuman proyectos temporales, paralelamente con el desempeño de sus empleos.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-34 • 2018 • MARZO • 27 34 Pág. 31 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 10.2 Modalidad Virtual:
Entendida como aquella que privilegia los medios electrónicos para la transmisión y asimilación de conocimientos con herramientas LMS para E- Learning. Las categorías de formación virtual son:
10.2.1 Diplomados virtuales:
Estructurados por un conjunto de contenidos académicos denominadas “módulos” enmarcados en un plan que articula elementos teóricos, prácticos y técnicos para conformar “diplomados”, cuyo objetivo principal es contribuir a la mejora continua institucional mediante el fortalecimiento de las competencias y habilidades básicas o estratégicas de desarrollo de la Secretaría General.
10.2.2 Cursos virtuales de auto-aprendizaje:
Estructurados con temáticas que contribuyen al desarrollo de las competencias de los(as)servidores(as), este grupo de cursos tiene un promedio corto de duración y se caracteriza por no requerir acompañamiento de un tutor/monitor.
Las distintas formas de capacitación implementadas de manera transversal por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de cualquiera de sus dependencias y en especial de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, son articuladas al plan de capacitación, en razón a que la Dirección de Talento Humano consolida los reportes de la capacitación recibida mediante cualquier modalidad por los(as) servidores(as) de la Entidad.
Para la articulación de la programación de las capacitaciones de la Secretaría General, semestralmente se solicitará a los(as) jefes de las dependencias que tengan previsto llevar a cabo programas de capacitación, el suministro de información de los programas a desarrollar (sea o no con cargo a recursos presupuestales), incluyendo el nombre del evento, objetivo, problemas o necesidades que desean suplir con el programa, contenido, número estimado de participantes, fechas de inicio y terminación, horarios, costos, metodologías, recursos por inversión o por funcionamiento cuando corresponda, con el fin de consolidar la información y así evitar cruces en las temáticas, los horarios e invitaciones simultáneas a diferentes capacitaciones.
10.3 Modalidad Mixta:
Como su nombre lo dice, es la que se realiza por medio de modalidad presencial y virtual.
35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-35 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 32 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 11 PROGRAMAS DE APRENDIZAJE La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de su Plan Institucional de Capacitación y Formación busca planear, programar, ejecutar y realizar seguimiento a las actividades de formación y capacitación para los(as) servidores(as), a través de la generación de conocimientos y el desarrollo y fortalecimiento de competencias, por medio de un conjunto de acciones de capacitación en modalidad presencial, virtual o mixta que le apunten al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, al crecimiento humano de sus servidores, a la generación de innovación y transformación al interior de la entidad y a la mejora en la oportunidad y calidad de las respuestas a todos los grupos de interés.
Por consiguiente, el PIC vigencia 2018 se desarrolla con los siguientes programas:
11.1 Inducción:
El programa de inducción de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., tiene por objeto iniciar al nuevo servidor(as) en su integración a la cultura organizacional, valores de la casa, familiarizarlo con el servicio público y con la misionalidad de la entidad.
Por lo anterior, la Secretaría General realizará la inducción a través de la Dirección de Talento Humano y se impartirá cada vez que un(a) servidor(a) sea vinculado(a) a la Entidad.
La inducción se realizará de la siguiente manera:
11.1.1 Plataforma de Aprendizaje Organizacional – PAO - Curso Virtual “Ingreso al Servicio Público, inducción y reinducción”:
Curso virtual desarrollado por el DASCD disponible de manera permanente, con una intensidad horaria de 48 horas, que cuenta con un plan curricular que da la bienvenida al servidor público que ingresa al Distrito.
Para la inscripción, se debe estar inscrito en SIDEAP, ya que desde este sistema se importarán los datos de identificación y tipo de vinculación para hacer la inscripción en la página del DASCD.
Los módulos del curso virtual son los siguientes:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-36 • 2018 • MARZO • 27 36 Pág. 33 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 N° Módulo 1 El Estado 2 Organización del estado 3 Identidad de Bogotá 4 Política Publica 5 Alineación estratégica 6 Empleo Público 7 Deberes, Derechos y Prohibiciones del servidor público 8 Sistema Integrado de Gestión 9 SIDEAP 10 Departamento Administrativo del Servicio Civil 11.1.2 Inducción Presencial Adicionalmente se llevará a cabo el programa de inducción en la modalidad presencial con el apoyo de formadores internos, el cual está orientado a brindar información acerca de la misionalidad y demás aspectos específicos de la entidad.
Los temas a tratar en el programa serán los siguientes, sin perjuicio que en el transcurso del proceso se identifiquen temas adicionales que por su importancia deban ser abordados:
Oficina Asesora de Planeación Estructura general del Distrito Capital Esquema plan de Desarrollo Distrital y su asociación con la Secretaria General Estructura Secretaria General Plataforma estratégica Generalidades proyectos de Inversión Sistema Integrado de Gestión Mapa de Procesos Dirección de Talento Humano Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo Vinculación y Gestión Organizacional Gestión de las situaciones administrativas Gestión de la Nomina Gestión del Conocimiento Gestión del Desempeño Gestión del Bienestar, Incentivos y Clima Laboral Gestión de las Relaciones laborales y la Desvinculación 37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-37 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 34 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 Dirección administrativa y Financiera Gestión de servicios Administrativos Gestión de recursos físicos Gestión Documental Gestión presupuestal Gestión de Pagos Gestión Contable Dirección de Contratación Supervisión de contratos Dirección Distrital de Desarrollo Institucional Funciones en Distrito Políticas y lineamientos Sistemas de gestión y control Cultura ética Procesos de formación Producción de Impresos Registro Distrital Oficina de Control Interno Procesos y Procedimientos Normatividad, funciones, roles Sistema de Control Interno MECI 2014 Auditorias Oficina de Control Interno Disciplinario Funciones Normatividad Faltas Disciplinarias Deberes, prohibiciones y sanciones REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-38 • 2018 • MARZO • 27 38 Pág. 35 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones Servicios Gestión del Subsistema de Seguridad de la información Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía Funciones Objetivos estratégicos Metas SDQS Sistema de Servicio al ciudadano La inducción se realizará de acuerdo con el número de servidores(as) que ingresen a la Entidad, atendiendo lo dispuesto en el literal a. del artículo 7o del Decreto 1567 de 1998.
11.2 Re-inducción:
El programa de reinducción de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., está dirigido a reorientar la integración del empleado(a) a la cultura organizacional en virtud de los cambios producidos en el Distrito Capital o en la Entidad, fortaleciendo su sentido de pertenencia e identidad frente al Distrito y a la Entidad. El programa de reinducción se realiza a todos(as) los(as) empleados(as) por lo menos cada dos años, o en el momento que se presente el cambio, a través de la presentación por parte de los directivos o funcionarios(as) competentes de las áreas, cumpliendo con las estrategias y objetivos propuestos, así como los lineamientos generales de la Secretaría General, de acuerdo con lo dispuesto en el literal b. del artículo 7o del Decreto 1567 de 1998.
Por lo anterior, el programa de reinducción se desarrollará presencial o virtual a través de la plataforma PAO del DASCD, los temas a tratar en el programa serán los siguientes, sin perjuicio que en el transcurso del proceso se identifiquen temas adicionales que por su importancia deban ser abordados:
Servicio público Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2016 – 2020 “Bogotá Mejor para Todos”. Proceso de modernización y cambio institucional en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., especialmente lo dispuesto en los Decretos Distritales 425 y 426 de 2016.
39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-39 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 36 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 Medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral en el marco de las relaciones de trabajo, Ley 1010 de 2006. Sistema Integrado de Gestión Sistema Integrado de Gestión Documental – SIGA. Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Sistema de valores y formación ética. Políticas y normas para la prevención y supresión de la corrupción. Régimen de inhabilidades e incompatibilidades de los(as) servidores (as) públicos (as).
11.3 Entrenamiento/ Reentrenamiento en el puesto de trabajo:
El entrenamiento en el puesto de trabajo tiene como propósito principal, brindar toda la información necesaria para que el servidor público pueda desarrollar las habilidades y destrezas que le permitan desempeñar su trabajo con los estándares de calidad y productividad requeridos para el empleo al que se vinculó.
Es por ello la importancia de que sean los jefes inmediatos quienes definan la agenda de entrenamiento y reentrenamiento del personal a su cargo, pues son quienes conocen el detalle de la operación y las tareas que debe realizar los integrantes del equipo de trabajo, para ello pueden contar con la colaboración de personas líderes de las dependencias que dicten las temáticas que se requieran.
El Formato a utilizar para el entrenamiento en el puesto de trabajo es el denominado “Agenda de Entrenamiento/Reentrenamiento en el puesto de trabajo” Código 4232000-FT-967, dicho formato será entregado a cada servidor el día de su posesión, para que se definan en conjunto con el jefe inmediato las temáticas a entrenar y se reciban las capacitaciones respectivas, este formato debe ser radicado ante la Dirección de Talento Humano a los 15 días calendario de la vinculación del servidor(a).
La responsabilidad en el cumplimiento de esta obligación está a cargo del servidor(a) público (a), quien deberá cumplir con oportunidad y calidad.
11.4 Capacitación:
Para el diseño del programa de Capacitación vigencia 2018 se desarrollaron las siguientes fases:
Aplicación, tabulación, análisis y consolidación de las necesidades de aprendizaje 2018, adelantada por los jefes de las dependencias y sus equipos de trabajo.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-40 • 2018 • MARZO • 27 40 Pág. 37 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 Revisión de los informes de Auditorías Internas realizadas por la Oficina de Control Interno.
Revisión de la Plataforma y planeación estratégica de la Entidad.
Revisión de las políticas del Plan Nacional de Formación y Capacitación, la Guía Metodológica para la Implementación del Plan Nacional de Formación y Capacitación (PNFC) Profesionalización y Desarrollo de los Servidores Públicos los lineamientos establecidos por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD.
Presentación de la información consolidada al Comité de Bienestar Social de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., del cual hacen parte los representantes principales de los empleados ante la Comisión de Personal.
Priorización de las necesidades de capacitación de los(as) servidores(as) de la Entidad, de acuerdo con las observaciones formuladas por el Comité de Bienestar Social.
Es importante anotar que la priorización se realizó con las necesidades de capacitación primarias, con mayor demanda y mayor cobertura.
Aprobación del Plan Institucional de Capacitación y Formación - PIC 2018 por parte del señor Secretario General de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y su adopción por medio de acto administrativo.
Ejecución del PIC 2018.
Evaluación y seguimiento del PIC 2018.
41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-41 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 38 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 11.5 CRONOGRAMA DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN 2018 2018 FACILITADOR/ ACTIVIDAD SINOPSIS LÍNEA PROG.
MODALIDAD PÚBLICO OBJETIVO Mar Abr May Jun Jul Ag Sep. Oct Nov Contratación Interno – Dirección de Contratación - Servidores que apoyan supervisión /Presencial Gestión del Conocimiento Estatal – Supervisión de contratos
- Todas las dependencia
Contratación STDI/ Presencial Actualización en el régimen de contratación en Colombia, así como definiciones, reglamentacione s y controles en la supervisión de contratos.
Interno- Oficina MIPG Gestión del Conocimiento Asesora de Planeación – Contratación STDI/ Presencial Invitación servidores de todas las dependencia.
Conjunto de herramientas, técnicas y conceptos que ayudarán a fortalecer sus habilidades y competencias, tanto técnicas como comportamental es, para garantizar el éxito en la implementación del modelo.
Gestión de Gerencia de Contratación/ Proyectos Proyectos Presencial Invitación servidores de todas las dependencia (Cupos Lim)
Es la aplicación del conocimiento, de las habilidades, y de las técnicas para ejecutar los proyectos en forma eficiente y efectiva. Es una competencia estratégica para las entidades, y les permite atar los resultados de los proyectos a las metas institucionales.
Derecho Actualización Gestión del Comisión de Control REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-42 • 2018 • MARZO • 27 42 Pág. 39 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 11.5 CRONOGRAMA DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN 2018 FACILITADOR/ ACTIVIDAD SINOPSIS LÍNEA PROG.
MODALIDAD PÚBLICO OBJETIVO Mar Abr May Jun Jul Ag Sep. Oct Nov Conocimiento servicios, previa Interno Administrativo en Derecho Administrativo aprobación del Disc.
Comité / Presencial ACDVPR Dirección de Talento Humano Oficina Asesora Jurídica.
Subs. Corporativa Dirección Secretaria de Gestión Presupuestal y Admin. y Financiera y Gestión del Conocimiento Contable Hacienda/ Presencial sus Subd.
Actualización en materia presupuestal, contable y financiera.
Seguridad y Salud en el Gestión del Subsistema de la Seguridad y Interno – Dirección de Talento Humano Trabajo Salud en el Trabajo Externo /Presencial Invitación servidores de todas las dependencia.
Conocimientos, metodologías, técnicas y herramientas con el fin de minimizar la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo, enfermedades laborales y los riesgos que puedan afectar la calidad de vida de los colaboradores de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
Protocolo, Visión integral Gestión del SENA 43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-43 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 40 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 11.5 CRONOGRAMA DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN 2018 FACILITADOR/ ACTIVIDAD SINOPSIS LÍNEA PROG.
MODALIDAD PÚBLICO OBJETIVO Mar Abr May Jun Jul Ag Sep. Oct Nov etiqueta y logística de Oficina de eventos Protocolo Conocimiento /Presencial Dirección de de las buenas maneras y las normas de cortesía universalmente aceptadas.
Relaciones Inter.
Subd. de Servicios Admin.– Servicios Generales Conocer los elementos de éxito a tener en cuenta en la preparación de actividades y eventos para la entidad.
Interno- Oficina Indicadores de Gerencia de Gestión Proyectos Asesora de Planeación / Invitación servidores de todas las dependencia Presencial.
Herramienta clave de rendimiento, que permiten medir el nivel de cumplimiento de los objetivos institucionales planteados y los resultados esperados, permiten realizar seguimiento a la ejecución de los programas y proyectos, reflejan la información requerida para distintos niveles de toma de decisiones, por lo que es fundamental conocer la metodología para la formulación y reporte de los REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-44 • 2018 • MARZO • 27 44 Pág. 41 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 11.5 CRONOGRAMA DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN 2018 FACILITADOR/ ACTIVIDAD SINOPSIS LÍNEA PROG.
MODALIDAD PÚBLICO OBJETIVO Mar Abr May Jun Jul Ag Sep. Oct Nov mismos.
Gerencia de Contratación/ Metodologías Invitación servidores de todas las dependencia Proyectos presencial Agiles. (Cupos limi- Planea, diseña e implementa metodologías ágiles para el desarrollo de proyectos y de tareas. tados)
Interno – Dirección de Recepción de Quejas Bogotá Calidad del Invitación servidores de todas las dependencia Servicio al Ciudadano te escucha.
Servicio / Presencial Actualización en la herramienta virtual a fin de conocer su funcionamiento y operación.
Control Interno Disc. Dirección de Comisión de servicios, previa Derecho aprobación del laboral Gestión del Conocimiento Actualización en materia de derecho laboral Talento Humano Comité / Presencial Oficina Asesora Jurídica.
Control Interno Disc.
Comisión de servicios, previa aprobación del Derecho Disciplinario Gestión del Conocimiento Comité / Presencial Oficina Asesora Jurídica Actualización en aspectos sustanciales y procedimentales de la práctica disciplinaria al interior de la entidad.
Interno- Oficina Gestión de Gerencia de Riesgos Proyectos Asesora de Planeación / Presencial Invitación servidores de todas las dependencia.
Herramientas técnicas y conceptuales que permitan implementar y gestionar los riesgos de la entidad.
45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-45 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 42 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 11.5 CRONOGRAMA DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN 2018 FACILITADOR/ ACTIVIDAD SINOPSIS LÍNEA PROG.
MODALIDAD PÚBLICO OBJETIVO Mar Abr May Jun Jul Ag Sep. Oct Nov Gestión del Manejo del cambio y ARL/ Presencial Tiempo Invitación servidores de todas las dependencia cultura organizacional.
Conceptos y prácticas que permitan hacer un uso eficiente y satisfactorio del tiempo en el ámbito profesional y personal.
Despacho del Secretario General Interno- Oficina Gestión de la Herramientas para la gestión Información de redes de Comunicaciones/ Subd. Sistema Distrital de sociales Presencial Archivo Dir. Relaciones Gestiona y desa rrolla comunida des virtuales, para crear las mejores estrateg ias de publicidad y marketing de contenidos.
Internac.
Metodologías Contratación/ de pensamiento Invitación servidores de todas las dependencia Gestión del Conocimiento Presencial creativo.
Design thinking (Cupos lim)
Desarrolla confianza creativa, con el propósito de crear productos, servicios o esquemas de innovación a través de la perspectiva de pensamiento de diseño. (Anexo Estrategia I&C)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-46 • 2018 • MARZO • 27 46 Pág. 43 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 11.5 CRONOGRAMA DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN 2018 FACILITADOR/ ACTIVIDAD SINOPSIS LÍNEA PROG.
MODALIDAD PÚBLICO OBJETIVO Mar Abr May Jun Jul Ag Sep. Oct Nov Interno – Oficina Redacción y Ortografía Gestión del Conocimiento Consejería de Comunicaciones / Invitación servidores de todas las dependencia Presencial Proporciona a los(as) servidores(as) estrategias para reforzar la expresión por escrito tal y como la concibe en su mente, y así fortalecer la redacción.
Excel Básico e Gestión de la Invitación servidores de todas las dependencia Intermedio Información SENA/ Presencial.
Técnicas y herramientas para el tratamiento, manejo y análisis de datos.
(Cupos Lim)
Interno- Subdirección de Gestión Documental y Gestión de la Servicios Administrativos – Memoria Información Archivo de histórica Invitación servidores de todas las dependencia.
Bogotá – Contratación STDI /Presencial Formación a los servidores públicos en el Sistema de Gestión Documental de la Entidad, con el fin de lograr una cultura sostenible de organización de archivos, de la conservación y preservación de la memoria institucional.
47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-47 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 44 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 11.5 CRONOGRAMA DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN 2018 FACILITADOR/ ACTIVIDAD SINOPSIS LÍNEA PROG.
MODALIDAD PÚBLICO OBJETIVO Mar Abr May Jun Jul Ag Sep. Oct Nov Escuela de Formadores Contratación Internos Gestión del Conocimiento /Presencial Invitación servidores de todas las dependencia (Presentaciones.
Efectivas)
(Cupos Lim.)
Estrategia para gestionar procesos de enseñanza – aprendizaje al interior de la Secretaria General, de tal forma que les permita a los servidores públicos desempeñar el rol de facilitadores internos en las actividades de capacitación y formación.
Gestión del cambio y Contratación Directivos Liderazgo Transforma- /Presencial cional cultura organizacional Liderazgo ostentado por aquellos individuos con una fuerte visión y personalidad, gracias a la cual son capaces de guiar, dirigir, cambiar las expectativas, percepciones y motivaciones, así como liderar el cambio dentro de la entidad.
Transformación y Resolución de Institucionalidad para la ARL/ Presencial Conflictos paz Conocimientos, capacidades y destrezas en el manejo y transformación del conflicto al interior de la entidad, Invitación servidores de todas las REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-48 • 2018 • MARZO • 27 48 Pág. 45 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 11.5 CRONOGRAMA DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN 2018 FACILITADOR/ ACTIVIDAD SINOPSIS LÍNEA PROG.
MODALIDAD PÚBLICO OBJETIVO Mar Abr May Jun Jul Ag Sep. Oct Nov dependencia.
(Cupos Lim) brindando herramientas básicas para el abordaje del conflicto y la negociación, la comunicación en la negociación y estrategias de intervención.
Herramientas y técnicas de fácil Comunicación Gestión del Subsistema de la Seguridad y ARL/ Presencial Asertiva Invitación servidores de todas las dependencia Salud en el manejo para comunicarse de forma asertiva y Trabajo eficaz, Interno –Oficina Coaching Trabajo en Institucionalidad para la Consejería de Comunicaciones/ equipo paz Presencial Invitación servidores de todas las dependencia Herramientas clave para pertenecer y colaborar activamente en un equipo, promover un entorno laboral favorable y dar a conocer las técnicas y prácticas organizacionales de trabajo en equipo.
Inteligencia Gestión del Subsistema de la Seguridad y ARL/ Presencial Emocional Invitación servidores de todas las dependencia Salud en el.
Trabajo Desarrollo y fortalecimiento de habilidades que fomenten la inteligencia emocional, para así formar ambientes laborales más seguros y productivos.
49 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-49 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 46 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 11.5 CRONOGRAMA DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN 2018 FACILITADOR/ ACTIVIDAD SINOPSIS LÍNEA PROG.
MODALIDAD PÚBLICO OBJETIVO Mar Abr May Jun Jul Ag Sep. Oct Nov Subsec. Servicio a la Interno – Dirección de Talento Humano, Cultura de Ciudadanía Dirección de Servicio Servicio al Ciudadano calidad del Fortalecimiento de la cultura de servicio de la entidad.
ACDVPR Servicio / Presencial Gestión del Equidad de cambio – Género Secretaria de la Mujer/ Presencial cultura organizacional Capacitación para aplicar los principios y políticas de equidad de género.
Invitación servidores de todas las dependencia Gestión del cambio – Ministerio de Trabajo –DAFP Trabajo Decente Invitación servidores de todas las dependencia /Presencial cultura organizacional Implementación y promoción de actividades encaminadas a la coordinación e implementación de la política laboral del distrito enmarcada en los pactos de trabajo decente en Colombia.
Gestión del Seguridad SENA – Secretaria de Plan Estratégico de Vial Movilidad/ Seguridad Presencial Vial Conjunto de acciones y mecanismos que garantizan el buen funcionamiento de la circulación del tránsito, mediante la utilización de conocimientos (leyes, reglamento y disposiciones) y Invitación servidores de todas las dependencia REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-50 • 2018 • MARZO • 27 50 Pág. 47 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 11.5 CRONOGRAMA DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN 2018 FACILITADOR/ ACTIVIDAD SINOPSIS LÍNEA PROG.
MODALIDAD PÚBLICO OBJETIVO Mar Abr May Jun Jul Ag Sep. Oct Nov normas de conducta, bien sea como Peatón, Pasajero o Conductor, a fin de usar correctamente la vía pública previniendo los accidentes de tránsito.
Gestión del Contratación cambio – Innovación /Presencial Invitación servidores de todas las dependencia cultura organizacional Habilidades, estrategias para impulsar el cambio en la entidad. (Anexo Estrategia I&C)
(cupos limitados)
Interno- Oficina de Tecnología de Gestión de la Invitación servidores de todas las dependencia Google Analytics Información la Información y Comunicaciones/ Presencial (Cupos lim).
Adquirir conocimientos sobre analítica web y sobre el funcionamiento de la plataforma Google Analytics, que permita analizar y mejorar las campañas de Marketing de la entidad.
Despacho del Secretario General Interno-Oficina Gestión de la Edición de Contenidos Información Subd. Sistema Distrital de Consejería de Comunicaciones/ Archivo Presencial herramientas necesarias para el diseño, creación y edición de contenidos.
Dir. Relaciones Internac.
DDSSC Derecho de Formación a Gestión del DAFP/ Presencial 51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-51 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 48 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 11.5 CRONOGRAMA DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN 2018 FACILITADOR/ ACTIVIDAD SINOPSIS LÍNEA PROG.
MODALIDAD PÚBLICO OBJETIVO Mar Abr May Jun Jul Ag Sep. Oct Nov asociación y negociación Conocimiento colectiva Comisión negociadora de la Entidad y servidores (as) públicos (as) para el desarrollo de sus funciones (Cupos lim). los(as) servidores(as) públicos(as) en materia de derecho de asociación y negociación colectiva, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto 160 de 2014, compilado en el Decreto 1072 de 2015.
Gestión del Secretaria de cambio y Sostenibilidad Ambiental Ambiente/ Presencial Invitación servidores de todas las dependencia cultura organizacional Generación de compromiso y protección con el medio ambiente.
Gestión del cambio y Ejército Nacional/ Ética y Transparencia Presencial Invitación servidores de todas las dependencia cultura organizacional Fortalecimiento de la cultura ética en los servidores de la entidad.
Inclusión Institucionalid ad para la paz IDRD / Presencial Invitación servidores de todas las dependencia.
Desarrollo de habilidades y competencias en los servidores públicos, a fin de generar una mayor integración con personas en condición de discapacidad.
Diseño Desarrollo de Gestión del DASCD Dirección de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-52 • 2018 • MARZO • 27 52 Pág. 49 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 11.5 CRONOGRAMA DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN 2018 FACILITADOR/ ACTIVIDAD SINOPSIS LÍNEA PROG.
MODALIDAD PÚBLICO OBJETIVO Mar Abr May Jun Jul Ag Sep. Oct Nov Organizacional Conocimiento / Virtual Talento Humano Oficina de Planeación Oficina de contenidos relacionados con la gestión organizacional de las entidades del Distrito..
Control Interno Dirección Distrital Manejo de Archivos – Dirección Distrital de SIAB Gestión de la Información Oficina TIC Archivo Desarrollo de habilidades y destrezas en el manejo del SIAB Subdirección Artes gráficas de Imprenta Gestión del Conocimiento SENA – Presencial Distrital Desarrollo de habilidades en materia de artes gráficas.
12 BENEFICIARIOS Los programas de capacitación y formación estarán dirigidos a los(as) servidores(as) públicos(as) de carrera administrativa y libre nombramiento y remoción; aquellos que hagan parte del Subsistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, de conformidad con la ley, estarán dirigidos también a Provisionales, Plantas Temporales, contratistas, subcontratistas y visitantes.
Los servidores(as) públicos(as) vinculados con nombramiento provisional y con carácter temporal, dado el carácter transitorio de su relación laboral, no podrán participar en programas de educación formal o para el trabajo y desarrollo humano ofrecidos por la Entidad, teniendo derecho a recibir inducción, reinducción, entrenamiento y reentrenamiento en el puesto de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 2.2.10.5 del Decreto 1083 de 2015.
Respecto a las personas vinculadas mediante contrato de prestación de servicios, éstas se rigen por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 (Corte Constitucional en Sentencia C-154 de 1997).
Con relación a los participantes por parte del Distrito Capital en los procesos de formación y capacitación, que tengan por objeto la implementación y desarrollo del Modelo Estándar de Control Interno - MECI, el Plan Institucional de Gestión Ambiental - PIGA y las Normas de 53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-53 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 50 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 Gestión de Calidad, se acogerá las disposiciones señaladas en la Directiva No. 001 del 26 de diciembre de 2011.
12.1 Deberes de los Beneficiarios de la Capacitación y Formación Cumplir con la asistencia a los programas seleccionados una vez sean autorizados e informados por parte de la Dirección de Talento Humano. Multiplicar la información obtenida en el programa. Remitir a la Dirección de Talento Humano la certificación de asistencia y la evaluación de la capacitación recibida una vez finalizada la misma.
13 EJECUCIÓN Esta fase se efectuará con el desarrollo de las acciones y actividades programadas, las invitaciones de capacitación y formación realizadas, la red institucional y los programas de inducción, reinducción y entrenamiento en el puesto de trabajo, obteniendo las evidencias de su desarrollo.
Se informa mediante la difusión interna de la aprobación del Plan Institucional de Capacitación y Formación – PIC 2018 a los(as) servidores(as), las acciones a ejecutar y el seguimiento que se realizará de acuerdo con la acción establecida. En el caso de la ejecución de los proyectos con facilitadores internos, el profesional designado de la Dirección de Talento Humano trabajará directamente con el(la) servidor(a) enlace designado por el área para la ejecución del proyecto y el seguimiento al mismo.
14 PRESUPUESTO Para la ejecución del PIC 2018 la entidad apropio $ 250.000.000.
15 SEGUIMIENTO Y EVALUACION La fase de evaluación y seguimiento se realizará de manera permanente en el Plan Institucional de Capacitación y Formación 2018, a través del seguimiento que realice el Comité de Bienestar Social, los formatos establecidos por el Sistema de Gestión de Calidad de la Entidad, y los indicadores formulados para evaluar la gestión del PIC, entre otros.
16 INDICADORES PARA EVALUAR LA GESTIÓN DEL PIC Para las demás capacitaciones efectuadas, los indicadores para evaluar la gestión del PIC 2018, son los siguientes:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-54 • 2018 • MARZO • 27 54 Pág. 51 de 51 PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN - PIC VIGENCIA 2018 o Implementación del PIC: (Número de actividades ejecutadas de capacitación / Número de actividades programadas) x 100 o Contribución a la mejora del desempeño laboral: (Número de respuestas de contribución a mejorar el desempeño en el saber, saberhacer y ser / Número de encuestados) x 100 o Porcentaje de ejecución presupuestal alcanzado: (Presupuesto de capacitación ejecutado durante la vigencia 2018 / Presupuesto de capacitación asignado para la vigencia 2018) x 100 17 EVALUACIÓN DEL IMPACTO DE LA CAPACITACIÓN La evaluación de impacto nos permitirá medir los resultados finales obtenidos en la Entidad frente a las competencias del saber y el ser, como consecuencia de la asistencia de los(as) servidores(as) a los diversos cursos, seminarios, talleres, diplomados o congresos de formación, entre otros, por lo que semestralmente se consolidarán y presentarán los reportes de resultados respectivos.
55 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-55 • 2018 • MARZO • 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-56 • 2018 • MARZO • 27 56 57 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-57 • 2018 • MARZO • 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-58 • 2018 • MARZO • 27 58 59 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-59 • 2018 • MARZO • 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-60 • 2018 • MARZO • 27 60 61 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-61 • 2018 • MARZO • 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-62 • 2018 • MARZO • 27 62 63 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-63 • 2018 • MARZO • 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-64 • 2018 • MARZO • 27 64 65 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-65 • 2018 • MARZO • 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-66 • 2018 • MARZO • 27 66 67 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-67 • 2018 • MARZO • 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-68 • 2018 • MARZO • 27 68 69 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-69 • 2018 • MARZO • 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-70 • 2018 • MARZO • 27 70 71 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-71 • 2018 • MARZO • 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-72 • 2018 • MARZO • 27 72 73 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-73 • 2018 • MARZO • 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-74 • 2018 • MARZO • 27 74 75 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-75 • 2018 • MARZO • 27 Resolución Número 127 detectadas, la capacidad administrativa y presupuestal, y la plataforma estratégica de la Entidad.
(Marzo 23 de 2018)
“Por la cual se adopta el Plan Institucional de Bienestar Social e Incentivos dentro del Sistema de Estímulos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2018”
Que el Comité de Bienestar Social en pleno acogió el Plan Institucional de Bienestar Social e Incentivos dentro del Sistema de Estímulos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. 2018, el cual fue presentado al nominador de la Entidad para su aprobación y ejecución durante la misma vigencia.
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA En mérito de lo expuesto, MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
RESUELVE:
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 36 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.10.1 del Decreto 1083 de 2015 y el numeral 3 del artículo 2o de la Resolución No. 154 de 2015, y ARTÍCULO 1º-: Aprobar el Plan Institucional de Bienestar Social e Incentivos dentro del Sistema de Estímulos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2018, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
CONSIDERANDO:
ARTÍCULO 2º-: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los veintitrés (23) días del mes de marzo de dos mil dieciocho (2018).
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS Secretario General Que la Ley 909 de 2004 regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, y los Decretos Reglamentarios 1227 de 2005 y 4661 de 2005, compilados en el Decreto 1083 de 2015, señalaron los lineamientos para la elaboración de los planes anuales de capacitación y los programas de estímulos, así como aspectos relacionados con los beneficiarios de los programas de educación no formal, de educación formal básica, primaria, secundaria y media, y de educación superior.
Que la Resolución No. 517 de 2013 expedida por la entonces Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., actualizó el reglamento para los planes programas y subprogramas de Capacitación y Estímulos, y definió el procedimiento para la participación de los(as) servidores(as) de la Entidad en los mismos.
Que la Resolución No. 154 de 2015 modificó la Resolución No. 517 de 2013, en el sentido de crear el Comité de Bienestar Social de la Secretaría General, de acuerdo con los lineamientos señalados en la Directiva No. 001 de 2015 expedida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD.
Que el numeral 3 del artículo 2o ibídem establece que es función del Comité de Bienestar Social diseñar el programa de bienestar de acuerdo con las necesidades detectadas, las alternativas estudiadas, la capacidad administrativa y presupuestal de la Entidad y presentarlo al nominador para su aprobación y ejecución.
Que en reunión realizada el día 14 de marzo de 2018, el Comité de Bienestar Social e Incentivos de la Secretaría General diseñó el programa de bienestar social e incentivos para los(as) servidores(as) públicos para la vigencia 2018, atendiendo para ello las necesidades REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-76 • 2018 • MARZO • 27 76 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 PLAN DE BIENESTAR Dirección de Talento Humano SOCIAL E INCENTIVOS 2018 Procedimiento de Bienestar Social de Incentivos 77 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-77 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 2 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 TABLA DE CONTENIDO
2. OBJETIVOS: ....................................................................................................................................... 4 2.1. GENERAL: ................................................................................................................................... 4 2.2. ESPECÍFICOS: ............................................................................................................................. 4
3. MARCO NORMATIVO: .................................................................................................................... 5
4. BENEFICIARIOS: .............................................................................................................................. 7 4.1. Estímulos e Incentivos: ................................................................................................................. 7 4.2. Bienestar Social: ........................................................................................................................... 7
5. OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES (AS) PÚBLICOS (AS): ................................................. 7
6. OBLIGACIONES DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.: ...................................................................................................................................... 8
7. EJES DE INTERVENCIÓN DEL PROGRAMA ................................................................................ 8 7.1. CONOCIMIENTO DE LAS FORTALEZAS PROPIAS ............................................................. 9 7.2. RELACIONES INTERPERSONALES ........................................................................................ 9 7.3. PROPÓSITO DE VIDA ............................................................................................................... 9 7.4. ESTADOS MENTALES POSITIVOS ....................................................................................... 10
8. LÍNEAS DE ACCIÓN: ..................................................................................................................... 10 8.1. SER: ............................................................................................................................................ 11 8.1.1. Atención Integral: ................................................................................................................ 11 8.1.2. Preparación a los Pre-pensionados: ...................................................................................... 12 8.1.3. Tarjetas virtuales .................................................................................................................. 12 8.1.4. Avisos de fallecimiento ........................................................................................................ 12 8.1.5. Apreciación y formación musical sinfónica para hijos(as) de los servidores(as) ................. 12 8.1.6. Sensibilización en arte musical y vida ................................................................................. 13 8.2. ESTAR ........................................................................................................................................ 13 8.2.1. Valera de Salario Emocional................................................................................................ 13 8.2.2. Flexibilidad Temporal dentro de la jornada laboral: ............................................................ 15 8.2.3. Flexibilidad Espacial dentro de la jornada laboral: .............................................................. 16 8.2.4. Convivencia Institucional .................................................................................................... 17 8.2.5. Actividades Recreativas y Deportivas: ................................................................................ 18 8.2.6. Actividades Culturales: ........................................................................................................ 18 8.2.7. Tiempo compensado ............................................................................................................ 19 8.2.8. Servicio de cafetería ............................................................................................................. 19 8.2.9. Certificaciones laborales para servidores(as) públicos(as) .................................................. 19 8.2.10. Bonos de Navidad para los hijos de los servidores que a 31 de diciembre de 2018 sea menor de 13 años. .......................................................................................................................... 20 8.2.11. Actividad encuentro de parejas: ......................................................................................... 20 8.3. HACER: ...................................................................................................................................... 20 8.3.1. Incentivos: ............................................................................................................................ 20 8.3.2. Selección de los mejores funcionarios ................................................................................. 22 8.3.3. Financiación de estudios para hijos de servidores: .............................................................. 22 8.3.4. Financiación de estudios de educación formal de pregrado y postgrado de los/las servidores (as): ................................................................................................................................................ 22 8.3.5. Plan Ético de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá: ................................. 22 8.3.6. Educación informal en cocina .............................................................................................. 23
9. EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN: ................................................................................ 23
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-78 • 2018 • MARZO • 27 78 Pág. 3 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 9.1. Registro de asistencia:................................................................................................................. 23 9.2 Registro de la evaluación inmediata de la actividad:................................................................... 24
10. CRONOGRAMA PLAN DE BIENESTAR E INCENTIVOS 2018 ............................................... 24
11. ANEXOS ENCUESTA DE NECESIDADES ............................................................................. 28 79 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-79 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 4 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018
1. INTRODUCCIÓN:
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., es consiente que debe avanzar hacia la consolidación de una atención de máxima calidad hacia sus ciudadanos (integral, oportuna y eficiente). Para ello se implementarán estrategias que permitan garantizar que los servidores públicos estén motivados y sean competentes, eficientes e innovadores, no solo para ejercer adecuadamente su labor, sino también para evolucionar y desarrollar la innovación que sea requerida para mantener e incrementar su productividad y su capacidad de respuesta ante las crecientes demandas de los ciudadanos. Estamos llamados a compatibilizar eficiencia y eficacia con igualdad de oportunidades, meritocracia, exigencia, neutralidad y diversidad, características paradigmáticas de las administraciones profesionales en una democracia moderna.
Uno de nuestros propósitos es enaltecer al servidor público y su labor para con ello lograr transformar la política de gestión estratégica del recurso humano en la entidad, en donde la exigencia y la productividad sean parte de la cultura de lo público, donde el bienestar y los incentivos estén asociados a los resultados individuales y colectivos y con un práctico sistema de competencias laborales bajo los direccionamientos del Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital DASCD.
Convencidos que el talento humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., es su activo más importante, la Secretaría General a través del presente plan buscará fidelizar a sus servidores públicos con acciones que promuevan el mejor SER, ESTAR y HACER, de modo tal que su proceso se desarrolle bajo las premisas y valores que inspiran la cultura organizacional que queremos construir.
2. OBJETIVOS:
2.1. GENERAL:
Fomentar en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., una cultura de trabajo que respeta de manera integral los derechos de nuestros servidores (as) públicos (as), con condiciones que mejoran su calidad de vida y su desempeño laboral, con apertura de espacios para el esparcimiento e integración familiar, a través de programas que fomenten el desarrollo integral y actividades detectadas a través de las necesidades de los servidores (as).
2.2. ESPECÍFICOS:
Generar un clima organizacional que manifieste en sus servidores (as) la motivación y calidez humana en la presentación de los servicios al interior y exterior de la entidad y se refleje en el cumplimiento de la Misión Institucional.
Propiciar condiciones en el ambiente de trabajo que favorezcan el desarrollo de la creatividad, la identidad, la participación de los servidores (as) públicos (as) de la Entidad.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-80 • 2018 • MARZO • 27 80 Pág. 5 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 Desarrollar valores organizacionales en función de una cultura de servicio que haga énfasis en la responsabilidad social y la ética administrativa, de tal forma que se genere el compromiso institucional y el sentido de pertenencia e identidad.
Contribuir, a través de acciones participativas basadas en la promoción y la prevención, a la construcción de una mejor calidad de vida, en los aspectos recreativo, deportivo y cultural de los funcionarios y su grupo familiar.
3. MARCO NORMATIVO:
Constitución Política de Colombia Artículos 48, 51, 52, 53 y 57.
Artículo 26 de la Ley 489 de 1998 que establece:
“...El Gobierno Nacional otorgará anualmente estímulos a los servidores públicos que se distingan por su eficiencia, creatividad y mérito en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida, con fundamento en la recomendación del Departamento Administrativo de la Función Pública y sin perjuicio de los estímulos previstos en otras disposiciones...”
Decreto Ley 1567 de 1998, Título II: Sistema de Estímulos para los empleados del Estado.
Decreto Ley 1572 de 1998, Título IV: De los panes de incentivos pecuniarios y no pecuniarios.
Numerales 4 y 5 del artículo 33 de la Ley 734 de 2002 en el sentido que informan que es un derecho participar en todos los programas de bienestar social que para los servidores públicos y sus familiares establezca el Estado, tales como los de vivienda, educación, recreación, cultura, deporte y vacacionales; así como disfrutar de estímulos e incentivos conforme a las disposiciones legales o convencionales vigentes.
Parágrafo. del artículo 36 de la Ley 909 de 2004, que establece:
“Con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidades deberán implementar programas de bienestar e incentivos, de acuerdo con las normas vigentes y las que desarrollen la presente Ley”.
Artículo 70 del Decreto 1227 de 2005, que establece:
“…Las entidades públicas, en coordinación con los organismos de seguridad y previsión social, podrán ofrecer a todos los empleados y sus familias los programas de protección y servicios sociales que se relacionan a continuación:
70.1. Deportivos, recreativos y vacacionales. 70.2 Artísticos y culturales. 70.3. Promoción y prevención de la salud.
81 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-81 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 6 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 70.4. Capacitación informal en artes y artesanías u otras modalidades que conlleven la recreación y el bienestar del empleado y que puedan ser gestionadas en convenio con Cajas de Compensación u otros organismos que faciliten subsidios o ayudas económicas. 70.5. Promoción de programas de vivienda ofrecidos por el Fondo Nacional del Ahorro, los Fondos de Cesantías, las Cajas de Compensación Familiar u otras entidades que hagan sus veces, facilitando los trámites, la información pertinente y presentando ante dichos organismos las necesidades de vivienda de los empleados.
Parágrafo 1º. Modificado por el Decreto Nacional 4661 de 2005. Los programas de educación no formal y de
educación formal básica primaria, secundaria y media, o de educación superior, estarán dirigidos únicamente a los empleados públicos.
Parágrafo 2º. Para los efectos de este artículo se entenderá por familia el cónyuge o compañero(a) permanente,
los padres del empleado y los hijos menores de 18 años o discapacitados mayores que dependan económicamente de él…”
Decreto 1083 de 2015, Título 10, Artículo 2.2.10.8.
“…Los planes de incentivos, enmarcados dentro de los planes de bienestar social, tienen por objeto otorgar reconocimientos por el buen desempeño, propiciando así una cultura de trabajo orientada a la calidad y productividad bajo un esquema de mayor compromiso con los objetivos de las entidades…”
2.9. La Resolución 517 de 2013, modificada por la Resolución 154 de 2015, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Ley 1857 del 26 de julio de 2017, “Por medio de la cual se modifica la Ley 1361 de 2009 para adicionar y complementar las medidas de protección de la familia y se dictan otras disposiciones”.
Ley 1811 del 21 de octubre de 2016, “Por la cual se otorgan incentivos para promover el uso de la bicicleta en el territorio nacional y se modifica el Código Nacional de Tránsito”, Artículo 5°.
“Incentivo de uso para funcionarios públicos. Los funcionarios públicos recibirán medio día laboral libre remunerado por cada 30 veces que certifiquen haber llegado a trabajar en bicicleta”
Resolución 028 del 22 de enero de 2018, “Por la cual se adopta el incentivo del uso de la bicicleta para los funcionarios públicos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.”
Circular Externa No. 11 del 9 de noviembre de 2017, “Cumplimiento acuerdos alcanzados como resultado de la negociación colectiva adelantada con las organizaciones sindicales de empleados públicos”.
Circular Externa No. 12, del 9 de noviembre de 2017, “Lineamientos sobre jornada laboral, principio de igualdad en las relaciones laborales y protección a la mujer”.
Directiva 002 del 8 de marzo de 2017, “Lineamientos de Bienestar en las Entidades Distritales”.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-82 • 2018 • MARZO • 27 82 Pág. 7 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 Directiva 003 del 4 de mayo de 2017, “Bienestar en las entidades distritales – permisos laborales remunerados para asistir a reuniones escolares de los hijos(as) de los servidores(as) públicos(as).
Decreto 118 del 27 de febrero de 2018, “Por el cual se adopta el Código de Integridad del servicio público, se modifica el Capítulo II del Decreto Distrital 489 de 2009, “por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital” y se dictan otras disposiciones de conformidad con lo establecido en el Decreto Nacional 1499 de 2017”
4. BENEFICIARIOS:
4.1. Estímulos e Incentivos:
Los Servidores (as) Públicos (as) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., que ostenten derechos de carrera administrativa, así como los servidores públicos en provisionalidad y los de libre nombramiento y remoción que por su desempeño individual sean calificados en el nivel sobresaliente y que participen en el desarrollo de un proyecto como parte de un equipo de trabajo.
4.2. Bienestar Social:
Los Servidores (as) Públicos (as) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y en algunos casos su núcleo familiar.
5. OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES (AS) PÚBLICOS (AS):
5.1. Asistir y participar en los eventos y actividades de bienestar y conocimiento, programados por el procedimiento de Gestión del Bienestar Social e Incentivos de la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
5.2. Participar activamente en la evaluación de los eventos y actividades de bienestar programados por el procedimiento de Gestión del Bienestar Social e Incentivos de la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
5.3. Con el registro de asistencia el funcionario y su familia o acompañantes, da por aceptado su compromiso con la actividad y la aceptación de las normas y condiciones de la misma. En caso de no avisar con la debida anticipación (mínimo dos días hábiles) acerca de la imposibilidad de asistir, se considerará como inasistencia injustificada, la cual generará una sanción económica en la que se autoriza el descuento por nómina del costo unitario de la actividad por cada persona faltante, conforme al formato 2211300-FT-534 establecido del procedimiento de Bienestar Social e Incentivos.
5.4. Se hace absolutamente indispensable que cada uno de los participantes asista cumplidamente a la hora y sitios acordados, con miras a garantizar el estricto orden y cumplimiento en la logística y en el desarrollo de los objetivos propuestos para la actividad. Después de transcurridos 15 83 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-83 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 8 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 minutos sobre la hora programada, se dará inicio a la agenda prevista. Si el participante llega después de iniciada la actividad, se considerará como inasistencia injustificada.
5.5. Los asistentes deberán actuar siempre fomentando los valores institucionales (honestidad, respeto, diligencia, justicia y compromiso), mediante su aplicabilidad en el desarrollo de las actividades. Las siguientes son conductas inapropiadas y en las cuales no puede incurrir, bajo ninguna circunstancia, las personas participantes, así:
- Consumo de bebidas alcohólicas y alucinantes - Actuaciones indebidas (espectáculos, conflictos, escándalos, discusiones, peleas, malas palabras, gritos desproporcionados y desorden) - Generación de un mal ambiente. - Uso inadecuado de elementos, instalaciones o recursos.
5.6. Cuando el servidor (a) o participante incurra en alguna de las conductas del numeral 5.5. será excluido de la actividad de manera inmediata, con sanción de no poder asistir a ninguna actividad de bienestar programada por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., durante los seis (6) meses siguientes de la fecha en que ocurrió la conducta sancionada.
6. OBLIGACIONES DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.:
6.1. Divulgar, promocionar e incentivar la participación activa de todos los servidores (as) en el presente Plan.
6.2. Facilitar el tiempo, los recursos físicos y tecnológicos necesarios para el desarrollo de las actividades.
6.3. Divulgar entre todos los servidores (as) públicos (as), los resultados de la elección de los mejores servidores y los mejores equipos de trabajo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
7. EJES DE INTERVENCIÓN DEL PROGRAMA
El presente Plan está dirigido a todos los servidores (as) públicos (as) de la entidad, y en algunos casos se hará extensivo a las familias de aquéllos, elaborado a partir de los resultados de la encuesta de percepción realizada cada año a los funcionarios, de igual manera teniendo en cuenta las necesidades del trabajador y el presupuesto asignado para dichos efectos, con el fin de fomentar el desempeño laboral.
El Plan de Bienestar e Incentivos 2018 propende siempre por mejorar la calidad de vida laboral, entendiéndose como la existencia de un ambiente y condiciones laborales percibidos por el servidor público como satisfactorio y propicio para su bienestar y desarrollo; lo anterior impacta positivamente tanto la productividad como las relaciones interpersonales entre los servidores (as).
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-84 • 2018 • MARZO • 27 84 Pág. 9 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 Comprende programas que se ocupan de crear, mantener y mejorar el ámbito de trabajo y la resolución de problemas y condiciones de la vida laboral de los servidores, de manera que permitan la satisfacción de sus necesidades para el desarrollo personal, profesional y organizacional.
7.1. CONOCIMIENTO DE LAS FORTALEZAS PROPIAS Los servidores públicos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., son únicos, diferentes y excepcionales, todos tienen unas fortalezas personales propias que predominan unas más que otras, unas aptitudes innatas con las que se nace y otras que vamos desarrollando.
Comprende las relaciones interpersonales y los lazos de relación en cada contexto, basándose en principios y valores donde se reconoce el amor hacia sí mismo y hacia los otros, encontrando un sentido a su propia vida, sentimiento y emociones. El objetivo es trabajar y hacerlo con amor.
7.2. RELACIONES INTERPERSONALES Hace referencia a los vínculos y las relaciones que establece el ser humano para interactuar y compartir con las demás personas, primero con su familia, luego con sus amigos y compañeros de trabajo. Son esenciales para el logro de los objetivos de la entidad, combinando capacidades y recursos individuales; por ello es indispensable conservarlas y promoverlas, de manera que permitan establecer un excelente clima laboral y con ello incrementar la productividad.
Se fortalecerá el bienestar laboral, con estrategias encaminadas a un ambiente saludable, para que de esta manera se puedan tener relaciones más productivas, duraderas y exitosas a la hora de relacionarse, no solo en el trabajo sino en cualquier ambiente en donde se encuentre, desarrollando amistades que fortalezcan el estado emocional y logrando las metas específicas de cada persona. Las relaciones interpersonales se relacionan estrechamente con el propio sentimiento de felicidad y satisfacción personal con la propia realidad de cada cual.
El propósito es propiciar espacio de servidores felices, en donde confluye la autoestima favorable, un sentimiento de que controla razonablemente su vida, un talante optimista y comunicativo, y una buena capacidad para adaptarse a los cambios y superar los restos que impone diariamente la existencia.
7.3. PROPÓSITO DE VIDA Todo lo que es un ser humano lo refleja en todas y cada una de las actividades que desempeña, en lo personal y profesional. Por eso para la Secretaría General, todos los días tenemos una oportunidad única para hacer los cambios necesarios que nos permitan mejorar nuestra condición de vida. La propuesta de vencer los hábitos negativos y cambiarlos por positivos, con la 85 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-85 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 10 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 posibilidad de renovar el cuerpo, la mente y el espíritu, cambiando o mejorando así el estilo de vida.
Es importante generar actividades que den tiempo necesario para reflexionar al respecto y se piense en los propósitos de vida. La felicidad de nuestros servidores (as) es posible y depende de la capacidad de percibir y valorar todo lo positivo que hay en la vida de cada uno.
En la entidad buscamos la felicidad de los funcionarios a partir del momento en que se sienten a gusto con quienes son, con las personas que comparten su vida, con las cosas que tienen y con la tarea que realizan cada día. Esos planes de acción individuales son el mapa que conducirá al logro de las metas, sueños y aspiraciones, queremos servidores (as) que vivan plenamente.
7.4. ESTADOS MENTALES POSITIVOS La salud mental y el bienestar son fundamentales para nuestra capacidad individual y colectiva de pensar y manifestar sentimiento, como base del funcionamiento eficaz de la comunidad.
El estado mental positivo de nuestros servidores fortalece la confianza y cooperación con los demás, así como la generosidad. Lo que conlleva a una comunicación más eficaz y a generar y sentir más empatía con la misionalidad de la entidad. Es de esta manera que se crean lazos y relaciones más profundas y estables entre el quehacer diario y las metas institucionales.
Los servidores estarán más alineados con los propósitos de la entidad y serán más productivos y proactivos porque contarán con apoyo para tomar mejores decisiones, además de que tendrán confianza para tener acceso a la información o proyectos ampliando la zona de influencia.
8. LÍNEAS DE ACCIÓN:
Las líneas de acción del Plan de Bienestar e Incentivos 2018 se enfocan en fomentar y estructurar programas de bienestar los cuales atiendan a las necesidades de protección, ocio, identidad y aprendizaje del servidor y sus familias, para mejorar sus niveles de salud, vivienda, recreación, cultura y educación, dentro del:
Ser Hacer Estar Las acciones realizadas mantienen constante coordinación interinstitucional y la utilización adecuada de los recursos asignados por parte de la entidad y de los organismos de protección social, además de realizar una permanente evaluación de la calidad que éstos ofrecen al servidor público y su familia.
El presupuesto asignado para el desarrollo del presente Plan de Bienestar e Incentivos 2018 es:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-86 • 2018 • MARZO • 27 86 Pág. 11 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 OBJETO PRESUPUESTO Vacaciones recreativas primer y segundo semestre de 2018 Encuentro de parejas Curso de cocina $380.000.000 Bonos Navideños Actividades de bienestar e incentivos Pre pensionados “Taller de vida”
Intervenciones de Clima Evento de clima y cultura Financiación de educación formal para hijos(as) de servidores(as) $10.000.000 Financiación educación formal servidores(as) $10.000.000 TOTAL $400.000.000 8.1. SER:
8.1.1. Atención Integral:
Coordinar con la Caja de Compensación Familiar Compensar, y demás entidades estatales, el apoyo requerido para desarrollar las actividades tendientes a proporcionar el bienestar de los funcionarios y sus familias, y de igual forma, se continuará con el apoyo de la atención personalizada de Compensar todos los martes en las instalaciones de la Dirección de Talento Humano, por parte de un asesor de la Caja para que atienda los servidores(as) públicos(as) en todo lo relacionado con los servicios, en las áreas de capacitación, turismos, recreación, subsidios, entre otros.
Actividades:
Orientación de los servicios en el momento de ingreso de los servidores a la entidad. Actividades individuales de servicios con la Caja de Compensación Familiar Compensar. Feria de Vivienda Feria de entidades operadoras Jornada tributaria para servidores(as).
87 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-87 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 12 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 8.1.2. Preparación a los Pre-pensionados:
Concebido para preparar a los servidores (as) públicos (as) que estén próximos a cumplir los requisitos establecidos para ser beneficiarios de la pensión, según lo establecido en el artículo 262 literal c) de la Ley 100 de 1993 y en especial el Decreto Ley 1227 de 2005 artículo 75 numeral 3.
Es necesario fortalecer e implementar una cultura de aprendizaje permanente para enfrentar el cambio, lo cual facilitará realizar un buen proceso de desvinculación trabajando y desarrollando aspectos para la preparación al cambio de estilo de vida, fomentando la creación de un proyecto de vida, la ocupación del tiempo libre, la promoción y prevención de la salud. Actividades Sugeridas:
- Realización Taller de vida para pre pensionado. - Asesoría en pensión para pre pensionado.
8.1.3. Tarjetas virtuales 8.1.3.1. Por cumpleaños:
Se enviará una tarjeta virtual a los servidores(as) en el día de su cumpleaños, con el objetivo de involucrarnos emocionalmente en este momento importante y personal, generando un efecto positivo en su entorno, con un mensaje único.
8.1.3.2. Por fechas especiales Se enviará una tarjeta virtual a los servidores(as) públicos(as) en fechas especiales o conmemorativas.
8.1.4. Avisos de fallecimiento Sobrellevar la pérdida de un ser querido es un reto para cada individuo. Para la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., y entendiendo que la entidad es el segundo hogar de cada servidor(a) en donde se establecen lazos de hermandad, en la muerte de un familiar de alguno de nuestros servidores se comunicará a través de los medios internos los datos pertinentes para facilitar el acompañamiento en este momento de los compañeros de trabajo.
8.1.5. Apreciación y formación musical sinfónica para hijos(as) de los servidores(as)
Con la Orquesta Filarmónica de Bogotá, se desarrollará cursos de apreciación y formación musical sinfónica a través de los centros filarmónicos locales de la ciudad, con una metodología de desarrollo psicológico, físico y musical los participantes tendrán los siguientes espacios: rítmico corporal, coro y Orquesta Filarmónica de la localidad.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-88 • 2018 • MARZO • 27 88 Pág. 13 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 Podrán participar niños, niñas y adolescentes de 7 a 17 años de edad, hijos(as) de los servidores de la entidad, en diferentes localidades de Bogotá, como una valiosa alternativa para ejercer prácticas sanas en la ocupación del tiempo libre.
8.1.6. Sensibilización en arte musical y vida A través de la apreciación sinfónica y el recorrido del cerebro, las emociones y el ser, se brinda una serie conferencias-talleres, que sensibilizan a los(as) servidores(as) públicos (as) de la entidad sobre su papel y comportamiento dentro de su familia, la entidad, la sociedad y su entorno personal.
El objetivo es llevar a reflexiones propias e individuales sobre las múltiples condiciones y acciones a las cuales se debe enfrentar el ser humano a través de su cotidianidad y cómo éstas deben asumirse para poder vivir en estado de felicidad personal.
8.2. ESTAR 8.2.1. Valera de Salario Emocional Mediante el ofrecimiento de los siguientes servicios: Un día de descanso por una única vez en el año, y durante la vigencia del presente plan, para que el servidor(a) disfrute su día de cumpleaños. Este beneficio se puede solicitar el día del cumpleaños o hasta treinta (30) días después del mismo.
Los servidores públicos que cumplan años los meses de enero, febrero y marzo podrán solicitar el beneficio durante el mes de abril; y los que cumplen años en el mes de diciembre, vía excepción podrán disfrutar el beneficio durante el mes de enero de 2019.
Este permiso lo concede el superior jerárquico, teniendo en cuenta la no afectación del servicio, y deberá remitirse por escrito a la Dirección de Talento Humano.
8.2.1.1. Jornada especial para mujeres embarazadas Con el objetivo de garantizar la especial asistencia y protección de la mujer durante el embarazo y después del parto, las servidoras en este estado que así lo requieran, podrán establecer con sus jefes inmediatos un horario flexible especial en virtud de los cuales puedan salir 30 minutos antes de finalizar su jornada laboral.
Este beneficio debe ser remitido por escrito a la Dirección de Talento Humano, indicando las fechas establecidas, las cuales no podrán superar 8.2.1.2. Tres días por matrimonio 89 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-89 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 14 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 Todo(a) servidor(a) que contraiga matrimonio tiene derecho a tres (3) días hábiles continuos de permiso remunerado. Este permiso se puede utilizar, a elección del servidor(a) en el día del matrimonio y en los días inmediatamente anteriores o posteriores a su celebración.
Para hacer uso de este beneficio el servidor(a) debe avisar a la Dirección de Talento Humano con visto bueno del jefe inmediato con treinta (30) días de anticipación y presentar dentro de los treinta (30) días siguientes a la celebración el respectivo certificado de matrimonio.
8.2.1.3. Permiso remunerado para asistir a citas médicas o de sus hijos menores En ejercicio del derecho de disfrutar de la seguridad social, a los(as) servidores(as) públicos(as) se les otorgará los permisos remunerados para cumplir con sus citas médicas o las de sus hijos menores de edad.
Estos permisos deben estar debidamente justificados y para control de asistencia se deberá informar por escrito a la Dirección de Talento Humano, con los soportes correspondientes.
8.2.1.4. Permiso para asistir a reuniones escolares de los hijos (as):
La entidad concede a los servidores(as) públicos(as) hasta cuatro (4) horas de permiso laboral remunerado por trimestre, a quienes lo requieran para asistir a reuniones de padres de familia convocadas por las instituciones académicas en donde estudian sus hijos(as), siempre que presenten los soportes del caso.
Este permiso lo concede el superior jerárquico y debe remitirse por escrito a la Dirección de Talento Humano, con los soportes pertinentes.
8.2.1.5. Incentivo del uso de la bicicleta:
Dando cumplimiento al artículo 5 de la Ley 1811 de 2016 y a la Resolución 028 del 2018 se incentiva el uso de la bicicleta por parte de los funcionarios públicos que laboran en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., con el fin de mitigar el impacto ambiental producido por el tránsito automotor y mejorar la movilidad en la ciudad, así: a. Los servidores(as) recibirán medio día laboral libre remunerado por cada 30 veces que certifiquen haber llegado a trabajar en bicicleta, cumpliendo el horario establecido por la entidad. b. Cada año calendario se reiniciará en ceros el conteo de llegadas en bicicleta. c. Solo se podrá acumular una (1) llegada diaria al día, así ingrese varias veces a la entidad durante el mismo día.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-90 • 2018 • MARZO • 27 90 Pág. 15 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 d. Los funcionarios beneficiarios del incentivo del uso de la bicicleta podrán recibir hasta ocho (8) medios días remunerados al año. e. El jefe de cada dependencia deberá certificar por memorando electrónico dirigido a la Dirección de Talento Humano, con los soportes correspondientes el cumplimiento de este beneficio y la fecha y jornada en la que se hará uso del mismo.
8.2.2. Flexibilidad Temporal dentro de la jornada laboral:
Este tipo de flexibilidad es un procedimiento que permite liberar la rigidez temporal de las relaciones laborales a título de incentivo. Este es el primer paso con el que la Secretaría General determinará las medidas que contribuyan en la reducción del conflicto entre vida laboral, familiar o personal con el que se construya una vida laboral que contribuya al desarrollo personal y a la productividad, facilitando la conciliación entre vida familiar, personal y laboral, fortaleciendo la vocación de servicio y el sentirse orgulloso de trabajar en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Este incentivo se ha diseñado para que se adapte a las necesidades de las personas trabajadoras, siempre y cuando sus rendimientos y resultados así lo ameriten, que se pueden decidir de manera concertada de acuerdo a las necesidades del trabajador y de la entidad, a través de diversas fórmulas y dentro de unos límites establecidos.
8.2.2.1. Jornada semestral laboral Conforme a las medidas de protección de la familia se otorgará a cada servidor(a) de la entidad un día de no trabajo remunerado cada semestre para que puedan compartir con su familia. Este tiempo de labor es sin perjuicio de acordar horario laboral complementario.
Este permiso lo concede el superior jerárquico, teniendo en cuenta la no afectación del servicio, y deberá remitirse por escrito a la Dirección de Talento Humano.
8.2.2.2. Tarde de juego Se otorgará a los servidores(as) de la entidad que tengan hijos entre 0 y 10 años de edad, una “tarde de juego” de cuatro (4) horas remuneradas, para que puedan compartir con sus hijos(as) y afianzas lazos afectivos con los menores.
Esta tarde se concederá en el mes de octubre, en uno de los días de la semana de receso establecida en el calendario escolar. El tiempo será concertado con el superior jerárquico inmediato, sin menoscabo de la prestación del servicio. Esta concertación debe ser enviada por escrito a la Dirección de Talento Humano.
8.2.2.3. Tiempo preciado con los bebés:
91 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-91 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 16 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 Se concede a las servidoras públicas de la entidad en una hora dentro de la jornada laboral para compartir con su hijo(a), sin descuento alguno del salario por dicho concepto durante los siguientes 6 meses de haber finalizado el disfrute de la hora de lactancia, es decir hasta que el hijo(a) cumpla su primer año de edad.
El tiempo concedido será concertado con el superior jerárquico inmediato, quien deberá enviar por escrito el beneficio a la Dirección de Talento Humano, garantizando de todos modos la adecuada prestación del servicio.
8.2.2.4. Sala de la familia lactante:
Continuar con la sala de lactancia del edificio Liévano e iniciar este mismo servicio en el Archivo de Bogotá, de la Secretaría General, prevista en la Ley 1823 de 2017, bajo las normas técnicas requeridas, con el objetivo de conservar, garantizar y cultivar la armonía y delicadeza de la maternidad en nuestras servidoras.
8.2.2.5. Otras fechas:
La Secretaría General podrá ofrecer flexibilidad temporal dentro de la jornada laboral, para otras fechas que se requieran como la celebración de Halloween o el día de las velitas, conforme a las necesidades de servicio y las directrices que en eso caso se den dentro de la Administración Distrital.
8.2.3. Flexibilidad Espacial dentro de la jornada laboral:
8.2.3.1. Teletrabajo Con el fin de llevar a cabo de manera óptima la implementación definitiva del teletrabajo y basados en la evaluación de la prueba piloto la cual tuvo una duración de un (1) año, con una totalidad de siete (7) participantes. El Comité Coordinador de Teletrabajo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., consideró la siguiente metodología que se llevará a cabo para la vigencia 2018 en 8 pasos: a. Se publicará el acto administrativo “Por la cual se dictan los lineamientos para la implementación de ajustes metodológicos identificados en la evaluación del piloto del Teletrabajo llevado a cabo en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C." b. Se realizará la socialización del Teletrabajo, su procedimiento, criterios de selección y, el calendario con el cual se llevará a cabo el proceso, por medio de una estrategia comunicativa que permita conocer las características del modelo laboral denominado Teletrabajo y se dará inicio con la etapa de postulación.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-92 • 2018 • MARZO • 27 92 Pág. 17 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 c. Una vez recibido el listado de postulantes en la Dirección de Talento Humano de la entidad, se procederá a realizar la selección y validación caso por caso y de ser procedente, se adelantará la visita al lugar de residencia de los candidatos preseleccionados, de manera conjunta con la A.R.L. de la entidad, y finalmente se le realizará la prueba psicotécnica previo consentimiento y notificación al servidor público. d. Posteriormente, la Dirección de Talento Humano comunicará al candidato y superior inmediato sobre el cumplimiento de los requisitos para acceder a la modalidad laboral de teletrabajo. e. Una vez realizadas las comunicaciones citadas en el numeral anterior, se comunicará el listado definitivo de candidatos seleccionados a las dependencias interesadas, con el fin de garantizar el acceso de los tele trabajadores a las plataformas informáticas de la entidad, que garanticen su comunicación permanente. f. Acto seguido y de manera paralela se adelantarán las siguientes actividades:
- Capacitaciones en competencias laborales, promoción de la salud y prevención de riesgos laborales para el Teletrabajo.
- Se suscribirá la Resolución Particular.
- Se suscribirá el Acuerdo de Voluntariedades inicial.
- Se comunicará a la ARL las resoluciones y la fecha en que empezarán a tele trabajar los servidores de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Se incorporarán a la hoja de vida del teletrabajador los documentos mencionados en el presente artículo junto con el acta de visita al lugar de residencia.
g. Se dará inicio a la aplicación de los ajustes metodológicos de implementación del Teletrabajo. h. De manera oportuna se realizará la evaluación a los ajustes metodológicos de implementación del Teletrabajo, en la cual deberán participar todos los que hicieron parte en el proceso, tanto al interior de la entidad, como de terceros que directa o indirectamente hayan participado en este Plan de Acción. De los resultados, se definirá la actuación a seguir.
8.2.4. Convivencia Institucional Son actividades de integración por dependencias en las que se busque rescatar los valores y creencias a nivel individual como colectivo, ya que se comparte un mismo espacio, pero se interactúa con personas de diversas formas de pensar y sentir; siendo esta una oportunidad para 93 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-93 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 18 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 intercambiar cultura, establecer nuevos y mejores niveles de participación, y lograr integración, confianza y afianzamiento de las relaciones interpersonales en los diferentes espacios.
Club del Niño: a. Celebración día del niño, para los hijos de los funcionarios con edades comprendidas entre los 5 a 12 años. b. Vacaciones recreativas, para los hijos de los funcionarios con edades comprendidas entre los 5 a 12 años. c. Taller familiar cultural – Banco de la República d. Matinales e. Taller familiar de creación de juguetes f. Túnel ambiental ecológico g. Actividad Archivo de Bogotá Polla mundialista por dependencias. Carrera de observación con el Archivo de Bogotá. Evento de clima y cultura - cierre de gestión. Novenas navideñas.
8.2.5. Actividades Recreativas y Deportivas:
El objetivo primordial es el desarrollo de habilidades deportivas y recreativas en medio de una sana competencia y de esparcimiento, como complemento a la labor diaria, a la conveniente utilización del tiempo libre y a la formación integral de los servidores (as) públicos (as) de la entidad, así como en el aprendizaje social de los funcionarios y de sus familias, generando un espacio de comunicación, interacción y trabajo en equipo que posibiliten el afianzamiento de valores institucionales y personales. De igual manera, estas actividades ayudan a fortalecer el estado físico y mental de cada uno de los funcionarios, generando comportamientos de integración, respeto, tolerancia hacia los demás y sentimientos de satisfacción en el entorno laboral y familiar.
Participación en los “Juegos Deportivos Bogotá Mejor para Todos”. Clases de acondicionamiento físico en el trabajo. Actividad en condición de discapacidad. Gimnasio Caminatas Ecológicas para servidores(as) y sus familias. Recorrido en bicicleta. Jornada para compartir con mascotas 8.2.6. Actividades Culturales:
Las actividades culturales generan un placer personal para el servidor por los impactos REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-94 • 2018 • MARZO • 27 94 Pág. 19 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 psicológicos, epistemológicos, emocionales, culturales, un espacio a su libertad, momentos de ocio y sensibilización, entre otros, que complementan el conocimiento, aprendizaje y crecimiento personal para alcanzar una sana convivencia e integración para los funcionarios de la entidad. Actividades Sugeridas:
Día del Servidor Público. Día de la mujer Día del hombre Día de la familia Día de la secretaría Día del conductor Partidos de la selección Colombia en el mundial. Teatro 8.2.7. Tiempo compensado El descanso compensado para Semana Santa y festividades de fin de año, es una situación administrativa en que pueden encontrarse los servidores de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., consistente en un descanso en las citadas festividades, siempre y cuando el servidor haya compensado el tiempo laboral equivalente al tiempo de descanso, de acuerdo con la programación que establezca la entidad, la cual deberá garantizar la continuidad y no afectación en la prestación del servicio. La aplicación de esta medida dependerá de las necesidades del trabajador y de Secretaría General.
Semana Santa. Navidad y fin de año.
8.2.8. Servicio de cafetería Se mantendrá habilitado un espacio de cafetería y restaurante para que los servidores puedan contar con un ambiente óptimo para tomar sus alimentos dentro de la jornada laboral.
8.2.9. Certificaciones laborales para servidores(as) públicos(as)
A través de la intranet de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., se viabiliza la expedición de certificaciones laborales, de manera que se facilite su acceso, se minimice el tiempo de respuesta y se eviten desplazamientos innecesarios de los servidores(as). Con este aplicativo se pueden descargar las certificaciones con sueldo devengado y tiempo de servicio.
En caso de requerir la certificación laboral con funciones, se debe radicar en la Dirección de Talento Humano la solicitud a través del formato FT-142.
95 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-95 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 20 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 8.2.10. Bonos de Navidad para los hijos de los servidores que a 31 de diciembre de 2018 sea menor de 13 años.
Como parte del Plan de Bienestar e Incentivos 2018 se entrega un bono navideño a cada hijo(a) de los(as) servidores(as) públicos(as) de la entidad, con el objetivo de propiciar condiciones óptimas de recreación y bienestar a los menores.
8.2.11. Actividad encuentro de parejas:
Dentro de la encuesta realizada para conocer las prioridades y necesidades en materia de Bienestar, los(as) servidores(as) públicos(as) de la entidad requirieron encuentros o actividades de pareja, con el objetivo de fortalecer y mejorar las relaciones comportamentales y así crear y comprender el propio estilo de vinculación afectiva que se lleva.
Esta actividad facilita herramientas básicas que permiten una comprensión de lo que significa ser pareja y cómo reconocer una relación que permita crecer, comprender y reflexionar en torno a cómo la historia personal influye en la elección de pareja.
Esta actividad y conforme al perfil de los servidores(as) que lo solicitan dentro de la encuesta, se realizará con la Caja de Compensación Familiar Compensar, a los funcionarios que pertenecen a la categoría A y B de la misma.
8.3. HACER:
8.3.1. Incentivos:
Como componentes del sistema de estímulos para los empleados del Estado, (en cumplimiento al decreto 1567 de 1988) los incentivos, además de orientarse a propiciar el buen desempeño y la satisfacción, deben dirigirse a premiar específicamente a los servidores cuyo desempeño sea evaluado objetivamente como sobresaliente y al mejor equipo de Trabajo.
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., desarrollará estrategias de reconocimiento, a los Servidores Públicos: por innovación, eficiencia, calidad y productividad, de tal forma que los motive e incremente su vocación de servicio, responsabilidad, disposición y nivel de compromiso con la misión, visión y valores institucionales.
Ver anexo 1. Estrategia de incentivos por innovación con la que podamos promover acciones en la entidad que mejore la productividad, los procesos en las dependencias o con las que se promuevan ideas para mejorar la manera de hacer las cosas.
8.3.1.1. Esquema de Intervención:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-96 • 2018 • MARZO • 27 96 Pág. 21 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 La estrategia de Innovación de que trata el anexo No. 1 del presente plan, contiene incentivos para los equipos premiados con el primer, segundo y tercer lugar, expresados en dinero, especie o de manera simbólica. Para los efectos se establecen los siguientes tipos de reconocimientos:
8.3.1.1.1. Económicos (pecuniarios):
Los reconocimientos económicos corresponden a los establecidos en el artículo 64 de la Resolución No. 517 de 2013 modificada por la Resolución 154 de 2015:
8.3.1.1.2. No económicos (no pecuniarios):
Son reconocimientos no pecuniarios, conformados por un conjunto de programas flexibles, dirigidos a reconocer a los servidores por su desempeño o el aporte de iniciativas innovadoras y de desarrollo empresarial, que además de los que aparecen en el artículo 65 de la Resolución No. 517 de 2013 modificada por la Resolución 154 de 2015, podrán ser los siguientes:
Para los efectos se relacionan algunos ejemplos:
Actividades de esparcimiento, socioculturales y recreativas.
Pasantías, buenas prácticas en modelos de servicios, diplomados o cursos.
Los demás que tenga a bien determinar la Secretaría General.
8.3.1.1.3. Simbólicos:
Son personales de motivación primaria y subjetiva, a fin de que el servidor (a) se sienta identificado y a gusto, tanto con las tareas que desempeña como con las personas con las que trabaja, y por tanto se mantenga motivado al desempeñar una labor.
Se relacionan algunos de ellos:
Premios y galardones, tales como placas, insignias, certificados, material pop de la organización.
Honores tal como nombrar a alguien servidor o voluntario del mes/año o nominándolo a recibir honores fuera de la organización.
Reconocimiento público, a través de la página web, cartelera, boletines o los medios que para los efectos establezca la Secretaría General.
Las demás que tenga a bien determinar la Secretaría General.
97 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-97 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 22 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 8.3.2. Selección de los mejores funcionarios Resultado de la Evaluación de Desempeño 2017, cada dependencia postulará a los servidores (as) merecedoras del reconocimiento, según nivel jerárquico al que pertenezcan: asesor, profesional, técnico y asistencial.
La Dirección de Talento Humano verificará que las personas postuladas por cada una de las dependencias de la entidad cumplan con los siguientes requisitos:
- No tener investigaciones disciplinarias. - Evaluación de desempeño en el año 2017 en el nivel sobresaliente. - Cumplimiento y participación en las actividades de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C. - Cumplimiento del horario laboral.
A través de los medios de comunicación internos de la entidad y luego de verificados los requisitos, se publicarán los nombres de los servidores (as), con el objetivo de abrir las votaciones por los candidatos merecedores de este reconocimiento por su labor.
8.3.3. Financiación de estudios para hijos de servidores:
Apoyo a la financiación para estudios de los hijos de los/as servidores/as de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., promoviendo así el desarrollo educativo de los mismos, para ello los servidores deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 517 de 2013, modificada por la Resolución 154 de 2015.
El Comité de Bienestar e Incentivos de la entidad estudiará y verificará las solicitudes conforme al cronograma establecido en el presente Plan de Bienestar Social e Incentivos 2018.
8.3.4. Financiación de estudios de educación formal de pregrado y postgrado de los/las servidores (as):
Los servidores (as) interesados/as en obtener los beneficios de este programa, deberán presentar a la Dirección de Talento Humano la documentación establecida en la Resolución 517 de 2013, modificada por la Resolución 154 de 2015.
El Comité de Bienestar e Incentivos de la entidad estudiará y verificará las solicitudes conforme al cronograma establecido en el presente Plan de Bienestar Social e Incentivos 2018.
8.3.5. Plan Ético de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá:
Dentro del componente del Código de Integridad de la entidad, el Plan de Bienestar e Incentivos debe propender y cumplir con las siguientes acciones:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-98 • 2018 • MARZO • 27 98 Pág. 23 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 8.3.5.1. Fortalecer las competencias de los gestores de integridad en relación con sus funciones y las acciones esperadas en el marco del fortalecimiento de la cultura ética y el cambio comportamental.
8.3.5.2. Sensibilizar a la alta Dirección de la Secretaría General en relación con el fortalecimiento de la cultura ética de la Entidad.
8.3.5.3. Promocionar e incentivar los comportamientos deseables con los valores de la casa.
8.3.5.4. Empoderar al equipo de Gestores de Integridad de la Secretaría General y promover su participación en los procesos que lo requieran dentro de la entidad, en el marco de los comportamientos deseables a partir de los “Valores de la Casa” dentro del Plan Estratégico de Integridad”.
8.3.6. Educación informal en cocina De acuerdo con las necesidades de bienestar solicitadas por los servidores(as) en la encuesta realizada para el presente Plan de Bienestar 2018, con el propósito de brindar espacios alternos al trabajo y así poder conocer técnicas básicas de manipulación, conservación y preparación de diferentes menús.
9. EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN:
Se realiza el proceso contractual correspondiente para el desarrollo de las actividades con la Caja de Compensación Familiar – COMPENSAR y además se adelantan alianzas estratégicas con otras entidades distritales para la programación de actividades de bienestar social y se coordinan las respectivas fechas y eventos a realizar en cada una.
De otra parte y con el fin de efectuar el seguimiento al cumplimiento del Plan de Bienestar Social e Incentivos, el procedimiento de Bienestar Social e Incentivos de la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., será el encargado de elaborar informes trimestrales que indiquen el grado de cumplimiento del cronograma y el reporte de la información de los asistentes a las diferentes actividades.
Durante la ejecución de las actividades de bienestar social e incentivos, se deberán dejar los siguientes registros:
9.1. Registro de asistencia:
Este registro debe ser diligenciado por todos los asistentes a cada actividad y permitirá tener una base de datos actualizada que permita llevar una estadística sobre el índice de participación. Este registro será en medio físico cuando las actividades se lleven a cabo al interior o al exterior de las instalaciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
99 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-99 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 24 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 9.2 Registro de la evaluación inmediata de la actividad:
Aplicará para todas las actividades que se desarrollen y se efectuará una vez finalice la actividad a través del formato 2211300-FT-192 diseñado para tal fin. En caso de no ser posible la aplicación de la evaluación a todos los asistentes, se practicará a una muestra aleatoria que deberá ser representativa.
El resultado de dicha evaluación será consolidado y será insumo para la toma de decisiones.
En último término, habrá registros Fotográficos de todas las actividades que se implementen.
10. CRONOGRAMA PLAN DE BIENESTAR E INCENTIVOS 2018
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-100 • 2018 • MARZO • 27 100 Pág. 26 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 101 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-101 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 27 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-102 • 2018 • MARZO • 27 102 Pág. 28 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018
11. ANEXOS ENCUESTA DE NECESIDADES
103 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-103 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 29 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-104 • 2018 • MARZO • 27 104 Pág. 30 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 105 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-105 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 31 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-106 • 2018 • MARZO • 27 106 Pág. 32 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 107 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-107 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 33 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-108 • 2018 • MARZO • 27 108 Pág. 34 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 109 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-109 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 35 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-110 • 2018 • MARZO • 27 110 Pág. 36 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 111 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-111 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 37 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-112 • 2018 • MARZO • 27 112 Pág. 38 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 113 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-113 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 39 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-114 • 2018 • MARZO • 27 114 Pág. 40 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 115 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-115 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 41 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-116 • 2018 • MARZO • 27 116 Pág. 42 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 117 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-117 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 43 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-118 • 2018 • MARZO • 27 118 Pág. 44 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 119 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-119 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 45 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-120 • 2018 • MARZO • 27 120 Pág. 46 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 121 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-121 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 47 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-122 • 2018 • MARZO • 27 122 Pág. 48 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 123 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-123 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 49 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-124 • 2018 • MARZO • 27 124 Pág. 50 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 125 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-125 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 51 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-126 • 2018 • MARZO • 27 126 Pág. 52 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 127 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-127 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 53 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-128 • 2018 • MARZO • 27 128 Pág. 54 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 129 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-129 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 55 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-130 • 2018 • MARZO • 27 130 Pág. 56 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 131 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-131 • 2018 • MARZO • 27 Pág. 57 de 58 PLAN DE BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-132 • 2018 • MARZO • 27 132 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SUBSECRETARIO CORPORATIVO DE LA SECRETARÍA GENERAL Resolución Número 127 (Marzo 23 de 2018)
Que mediante Resolución 455 del 4 de octubre de 2016, se modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaria General – Alcaldía Mayor de Bogotá y se determinaron las funciones y requisitos para cada uno de los cargos que se distribuyen en la presente resolución.
“Por la cual se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá”
Que el numeral 8 del artículo 1° del Decreto 101 de 2004, asignó a los Secretarios de Despacho la competencia para distribuir los cargos de la Entidad.
EL SUBSECRETARIO CORPORATIVO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA Que mediante Resolución 456 del 4 de octubre de 2016 y 073 del 27 de febrero de 2018, se realizó la distribución de los empleos de la planta global de la Entidad.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Resolución No. 468 de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 3° de la Resolución No. 468 de 2016, le fue delegado al Subsecretario Corporativo la competencia para para distribuir los cargos de la Entidad.
En mérito de lo expuesto, Que mediante el Decreto 425 del 3 de octubre de 2016, se modificó la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
RESUELVE:
Que mediante el Decreto 426 del 3 de octubre de 2016, se modificó la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Artículo 1º.
Distribuir los empleos de la planta global de personal de la Secretaría General establecida mediante Decreto 425 del 3 de octubre de 2016, así:
Despacho Alcalde Mayor Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Alcalde Mayor 020 50 1 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Secretaría Privada Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Secretario de Despacho 020 09 1 Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Profesional Especializado 222 19 1 Profesional Universitario 219 13 1 Profesional Universitario 219 09 1 Profesional Universitario 219 05 1 Técnico Operativo 314 20 2 Auxiliar Administrativo 407 17 1 Secretario 440 16 1 Oficina de Protocolo Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Jefe de Oficina 006 06 1 Profesional Especializado 222 21 1 Profesional Universitario 219 15 1 Técnico Operativo 314 10 3 Auxiliar Administrativo 407 14 1 133 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-133 • 2018 • MARZO • 27 Secretario 440 11 1 Oficina de Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Jefe de Oficina 006 08 1 Asesor 105 05 2 Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones - TIC Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Jefe de Oficina 006 08 1 Asesor 105 05 3 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Oficina Consejería de Comunicaciones Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Jefe de Oficina 006 08 1 Profesional Especializado 222 27 1 Profesional Especializado 222 21 1 Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 13 1 Profesional Universitario 219 05 2 Profesional Universitario 219 01 1 Técnico Operativo 314 17 2 Técnico Operativo 314 05 1 Auxiliar Administrativo 407 27 1 Auxiliar Administrativo 407 13 1 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Despacho del Secretario General Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Secretario de Despacho 020 09 1 Asesor 105 05 15 Asesor 105 02 3 Auxiliar Administrativo 407 24 1 Auxiliar Administrativo 407 13 1 Oficina de Control Interno Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Jefe de Oficina 006 06 1 Profesional Especializado 222 27 1 Profesional Especializado 222 25 6 Profesional Universitario 219 18 1 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Oficina Asesora de Planeación Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Jefe de Oficina Asesora 115 06 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-134 • 2018 • MARZO • 27 134 Profesional Especializado 222 27 2 Profesional Especializado 222 24 2 Profesional Especializado 222 21 2 Profesional Universitario 219 18 2 Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Profesional Universitario 219 15 2 Técnico Operativo 314 20 1 Auxiliar Administrativo 407 19 1 Oficina Asesora de Jurídica Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Jefe de Oficina Asesora 115 06 1 Profesional Especializado 222 21 1 Profesional Universitario 219 18 1 Secretario 440 17 1 Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Jefe de Oficina 006 06 1 Profesional Especializado 222 27 1 Profesional Especializado 222 24 3 Profesional Especializado 222 21 3 Profesional Especializado 222 20 1 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 03 1 Técnico Operativo 314 17 4 Técnico Operativo 314 04 2 Oficina de Control Interno Disciplinario Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Jefe de Oficina 006 06 1 Profesional Especializado 222 21 1 Profesional Universitario 219 18 2 Auxiliar Administrativo 407 17 1 Subsecretaría Técnica Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Subsecretario de Despacho 045 08 1 Profesional Especializado 222 27 1 Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Profesional Universitario 219 18 1 Profesional Universitario 219 10 1 Dirección Distrital de Desarrollo Institucional Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Director Técnico 009 08 1 Profesional Especializado 222 27 2 135 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-135 • 2018 • MARZO • 27 Profesional Especializado 222 21 5 Profesional Universitario 219 18 1 Auxiliar Administrativo 407 24 1 Auxiliar Administrativo 407 22 1 Subdirección Técnica de Desarrollo Institucional Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Subdirector Técnico 068 06 1 Profesional Especializado 222 27 1 Profesional Especializado 222 21 6 Profesional Especializado 222 04 1 Profesional Universitario 219 18 2 Profesional Universitario 219 05 1 Auxiliar Administrativo 407 05 1 Subdirección de Imprenta Distrital Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Subdirector Técnico 068 05 1 Profesional Especializado 222 30 1 Profesional Especializado 222 21 1 Profesional Universitario 219 18 1 Profesional Universitario 219 09 1 Técnico Operativo 314 17 1 Técnico Operativo 314 09 2 Técnico Operativo 314 04 6 Auxiliar Administrativo 407 27 1 Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Auxiliar Administrativo 407 24 1 Auxiliar Administrativo 407 09 1 Auxiliar Administrativo 407 07 1 Secretario 440 09 1 Operario 487 13 15 Dirección Distrital de Relaciones Internacionales Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Director Técnico 009 08 1 Profesional Especializado 222 32 1 Profesional Especializado 222 27 3 Profesional Especializado 222 24 2 Profesional Universitario 219 18 1 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Subdirección de Proyección Internacional Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Subdirector Técnico 068 06 1 Profesional Especializado 222 24 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-136 • 2018 • MARZO • 27 136 Auxiliar Administrativo 407 13 1 Dirección Distrital de Archivo de Bogotá Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Director Técnico 009 08 1 Profesional Especializado 222 27 1 Profesional Especializado 222 24 2 Profesional Universitario 219 18 2 Profesional Universitario 219 15 1 Profesional Universitario 219 09 2 Técnico Operativo 314 17 2 Auxiliar Administrativo 407 20 1 Auxiliar Administrativo 407 09 1 Subdirección del Sistema Distrital de Archivos Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Subdirector Técnico 068 06 1 Profesional Especializado 222 24 1 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 13 10 Profesional Universitario 219 01 1 Auxiliar Administrativo 407 20 1 Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Subdirector Técnico 068 06 1 Profesional Especializado 222 24 2 Profesional Universitario 219 18 1 Profesional Universitario 219 15 7 Profesional Universitario 219 13 2 Profesional Universitario 219 09 2 Técnico Operativo 314 17 1 Técnico Operativo 314 09 2 Auxiliar Administrativo 407 20 1 Auxiliar Administrativo 407 17 7 Secretario Ejecutivo 425 20 1 Secretario 440 18 1 Operario 487 20 3 Operario 487 17 1 Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Subsecretario de Despacho 045 08 1 Profesional Especializado 222 27 1 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 08 3 Profesional Universitario 219 01 3 Auxiliar Administrativo 407 26 1 137 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-137 • 2018 • MARZO • 27 Auxiliar Administrativo 407 15 1 Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Auxiliar Administrativo 407 11 1 Auxiliar Administrativo 407 09 1 Auxiliar Administrativo 407 05 1 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Dirección Distrital de Calidad del Servicio Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Director Técnico 009 07 1 Profesional Especializado 222 30 1 Profesional Especializado 222 27 2 Profesional Universitario 219 18 4 Profesional Universitario 219 11 1 Profesional Universitario 219 08 7 Técnico Operativo 314 09 3 Auxiliar Administrativo 407 20 1 Auxiliar Administrativo 407 13 11 Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Director Técnico 009 07 1 Profesional Especializado 222 30 1 Profesional Especializado 222 27 1 Profesional Especializado 222 25 1 Profesional Especializado 222 24 2 Profesional Especializado 222 21 5 Profesional Especializado 222 19 1 Profesional Universitario 219 18 21 Profesional Universitario 219 08 1 Profesional Universitario 219 01 4 Técnico Operativo 314 16 5 Técnico Operativo 314 10 2 Técnico Operativo 314 09 29 Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Auxiliar Administrativo 407 20 2 Auxiliar Administrativo 407 16 1 Auxiliar Administrativo 407 14 1 Auxiliar Administrativo 407 09 3 Auxiliar Administrativo 407 01 120 Secretario 440 17 1 Subdirección de Seguimiento a la Gestión de Inspección, Vigilancia y Control Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Subdirector Técnico 068 05 1 Profesional Universitario 219 08 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-138 • 2018 • MARZO • 27 138 Técnico Operativo 314 09 3 Auxiliar Administrativo 407 13 1 Subsecretaría Corporativa Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Subsecretario de Despacho 045 08 1 Profesional Especializado 222 27 1 Auxiliar Administrativo 407 26 1 Dirección de Contratación Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Director Técnico 009 07 1 Profesional Especializado 222 27 4 Profesional Especializado 222 24 1 Profesional Especializado 222 19 2 Profesional Universitario 219 18 1 Técnico Operativo 314 17 2 Técnico Operativo 314 09 1 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Auxiliar Administrativo 407 09 1 Dirección de Talento Humano Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Director Técnico 009 07 1 Profesional Especializado 222 27 2 Profesional Especializado 222 21 3 Profesional Universitario 219 18 5 Profesional Universitario 219 15 1 Profesional Universitario 219 10 1 Técnico Operativo 314 04 3 Auxiliar Administrativo 407 17 1 Auxiliar Administrativo 407 16 2 Secretario Ejecutivo 425 20 1 Dirección Administrativa y Financiera Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Director Técnico 009 07 1 Profesional Especializado 222 27 1 Profesional Universitario 219 18 1 Profesional Universitario 219 13 4 Profesional Universitario 219 03 2 Técnico Operativo 314 09 1 Técnico Operativo 314 04 2 Secretario 440 16 1 Subdirección de Servicios Administrativos Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Subdirector Técnico 068 06 1 Profesional Especializado 222 30 1 139 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-139 • 2018 • MARZO • 27 Profesional Especializado 222 27 1 Profesional Especializado 222 24 1 Profesional Especializado 222 21 2 Profesional Universitario 219 18 2 Profesional Universitario 219 08 2 Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Técnico Operativo 314 20 1 Técnico Operativo 314 04 2 Auxiliar Administrativo 407 27 1 Auxiliar Administrativo 407 26 1 Auxiliar Administrativo 407 24 2 Auxiliar Administrativo 407 22 1 Auxiliar Administrativo 407 20 1 Auxiliar Administrativo 407 19 2 Auxiliar Administrativo 407 14 2 Auxiliar Administrativo 407 13 1 Auxiliar Administrativo 407 11 1 Auxiliar Administrativo 407 09 1 Secretario 440 13 1 Secretario 440 09 1 Auxiliar Servicios Generales 470 07 7 Auxiliar Servicios Generales 470 05 3 Auxiliar Servicios Generales 470 03 2 Conductor 480 15 1 Conductor 480 14 6 Conductor 480 13 2 Conductor 480 09 2 Subdirección Financiera Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Subdirector Técnico 068 06 1 Profesional Especializado 222 27 2 Profesional Especializado 222 24 2 Profesional Especializado 222 22 2 Profesional Universitario 219 18 3 Técnico Operativo 314 22 1 Secretario Ejecutivo 425 20 1 Denominación del Empleo Código Grado No. De Empleos Auxiliar Administrativo 407 24 1
Artículo 2º.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días del mes de marzo de dos mil dieciocho (2018).
JUAN CARLOS MALAGÓN BASTO PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Subsecretario Corporativo REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-140 • 2018 • MARZO • 27 140 SECRETARÍA DE AMBIENTE Decreto Ley 2811 de 1974 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente” el que señala:
Resolución Número 00831 (Marzo 24 de 2018) a.- La contaminación del aire, de las aguas, del suelo y de los demás recursos naturales renovables.
“Por el cual se Declara la Alerta Amarilla por contaminación atmosférica en la ciudad de Bogotá D.C”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE En ejercicio de las facultades y en especial en las establecidas en el Acuerdo 257 del 30 de noviembre de 2006, el Decreto Distrital 109 del 16 de marzo de 2009 modificado parcialmente por el Decreto distrital 175 de 2015, Resolución 2254 de Se entiende por contaminación la alteración del ambiente con sustancias o formas de energía puestas en él, por actividad humana o de la naturaleza, en cantidades, concentraciones o niveles capaces de interferir el bienestar y la salud de las personas, atentar contra la flora y la fauna, degradar la calidad del ambiente o de los recursos de la nación o de los particulares. ( Subrayado fuera de texto)
2017, la Ley 1437 de 2011 y (…)
CONSIDERANDO:
Que el artículo 49 Constitucional determina que la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.
Que el artículo 31 del Decreto Ley 2811 de 1974, establece que “En accidentes acaecidos o que previsiblemente puedan sobrevenir, que causen deterioro ambiental, o de otros hechos ambientales que constituyan peligro colectivo, se tomarán las medidas de emergencia para contrarrestar el peligro”.
Que de conformidad con los principios generales ambientales señalados en el artículo 1º de la Ley 99 de 1993, numerales 6 y 9:
Que de conformidad con el mismo artículo, corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.
(…)
“6) Las autoridades ambientales y los particulares darán aplicación al principio de precaución conforme al cual, cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente”.
(…)
Que la Constitución Política determina en los artículos 79, 80 y en el numeral 8º del artículo 95, la obligación del Estado de proteger la diversidad del ambiente, de prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental y el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano; así mismo consagra como deber de las personas y el ciudadano proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano.
9. La prevención de desastres será materia de interés colectivo y las medidas tomadas para evitar o mitigar los efectos de su ocurrencia serán de obligatorio cumplimiento”.
Que el Artículo 209 de la Constitución Política dispone: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.”
Que el artículo 65 de la Ley 99 de 1993 establece que corresponde a los municipios, Distritos y al Distrito Capital de Bogotá, dictar con sujeción a las disposiciones legales reglamentarias superiores, las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico del municipio.
Que el artículo 322 constitucional establece, en relación con Bogotá, D.C., que “a las autoridades distritales corresponderá garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito; a las locales, la gestión de los asuntos propios de su territorio”.
Que, en relación con los grandes centros urbanos, dispone el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, que “los municipios, distritos o áreas metropolitanas cuya población urbana fuere igual o superior a un millón Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8º del 141 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-141 • 2018 • MARZO • 27
Artículo 1°.
Objeto. Adoptar el índice Bogotano de Calidad del Aire – IBOCA- para la definición de niveles de prevención, alerta o emergencia por contaminación atmosférica en Bogotá D.C, el cual opera como indicador para la gestión y articulación de las acciones conjuntas entre los sectores de ambiente y salud. (Subrayado fuera de texto)
Artículo 2°.
Definiciones. Para efectos de la presente Resolución se aplicarán las siguientes definiciones:
de habitantes (1.000.000) ejercerán dentro del perímetro urbano las mismas funciones atribuidas a las Corporaciones Autónomas Regionales, en lo que fuere aplicable al medio ambiente urbano. (…) [L]as autoridades municipales, distritales o metropolitanas tendrán la responsabilidad de efectuar el control de vertimientos y emisiones contaminantes, disposición de desechos sólidos y de residuos tóxicos y peligrosos, dictar las medidas de corrección o mitigación de daños ambientales y adelantar proyectos de saneamiento y descontaminación”.
(…)
Alerta por contaminación atmosférica: Estado que se declara con anterioridad a la manifestación de una emergencia, calamidad o desastre, según su grado de inminencia, basándose en el monitoreo de la calidad del aire, con el fin de que las entidades y la población involucrada active procedimientos de acción previamente establecidos y se evite la materialización del riesgo.
(…)
Que en el artículo 2º de la Resolución 618 de 2003 del Departamento Administrativo del Medio Ambiente (DAMA, hoy Secretaría Distrital de Ambiente), “Por la cual se reglamentan las condiciones ambientales para declarar los Estados de Alarma Ambiental”, establece que el estado de prevención o alerta amarilla corresponde al primer nivel de alerta y se configura cuando se observen situaciones o tendencias que amenacen la calidad ambiental de un área determinada del Distrito Capital, esto es, cuando se prevea que pueden causarse efectos adversos en la salud humana o en el medio ambiente y es necesario adoptar unas medidas especiales de prevención y control.
Que la Resolución Conjunta No 2410 de 2015 “Por medio de la cual se establece el Índice Bogotano de Calidad del Aire – IBOCA-para la definición de los niveles de prevención, alerta o emergencia de contaminación atmosférica en Bogotá D,C., y se toman otras determinaciones” señaló en los artículos 1, 2 y 3:
Artículo 3.
Rangos de emisión del Índice Bogotano de Calidad del Aire. Establecer los rangos de concentración y los tiempos de exposición para cada contaminante del Índice Bogotano de Calidad del Aire –IBOCA– y su correspondencia con los colores, los estados de calidad del aire y los estados de actuación y respuesta bajo los cuales se deben declarar en la ciudad de Bogotá D.C. los estados excepcionales de Prevención, Alerta y Emergencia. Así:
Rangos de concentración para cada contaminante y tiempo de Atributos del IBOCA exposición del IBOCA1 Estado de Estado de CO, 8h O3, 8h SO2, 1h NO2, 1h Rangos PM10, 24h PM2.5, 24h Color calidad del actuación y (µg/m3)
(µg/m3)
(µg/m3)
(µg/m3) numéricos (µg/m3)
(µg/m3) aire respuesta [ppb] [ppm] [ppb] [ppb] (0-116)
(0-5038)
(0-93)
(0-100)
0 - 10 Azul claro Favorable Prevención (0-54) (0-12)
[0-59] [0.0-4.4] [0-35] [0-53] (5039- (117-148)
(94-198)
(101-188)
10,1 - 20 Verde Moderada Prevención (55-154) (12.1-35.4)
10762)
[60-75] [36-75] [54-100] [4.5-9.4] (10763- Alerta (149-187)
(199-486)
(189-677)
20,1 - 30 Amarillo Regular (155-254) (35.5-55.4)
14197)
Amarilla [76-95] [76-185] [101-360] [9.5-12.4] (14198- Alerta (188-226)
(487-797)
(678-1221)
30,1 - 40 Naranja Mala (255-354) (55.5-150.4)
17631)
Naranja [96-115] [186-304] [361-649] [12.5-15.4] (17632- (150.5- (227-734)
(798-1583)
(1221-2349)
40,1 - 60 Rojo2 Muy Mala Alerta Roja1 (355-424)
34805)
250.4)
[116-374] [305-604] [650-1249] [15.5-30.4] (34806- (250.5- (734-938)
(1584-2630)
(2350-3853)
60,1 - 1003 Morado Peligrosa Emergencia (425-604)
57703)
500.4)
[374-938] [605-1004] [1250-2049] [30.5-50.4] REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-142 • 2018 • MARZO • 27 142 componente aire, SATAB-aire, tendrá aplicación en la Ciudad de Bogotá D.C., y podrá interactuar con las instituciones regionales y nacionales para fines de armonizar la gestión del riesgo por contaminación atmosférica.
(…)
1. Para cada columna está indicado el contaminante criterio, el tiempo de exposición y la concentración en µ/m3 o unidades alternativas. El IBOCA no incluye el PST a 24 horas, el SO2 a 24 horas y el O3 a 1 hora.
Para estos contaminantes y tiempos de exposición se mantienen los niveles excepcionales de concentración de la Resolución 601 de 2006, modificada por la Resolución 610 de 2010, artículo 6.
2. Para el caso del dióxido de nitrógeno (NO2) el nivel de emergencia empieza desde este nivel, y por tanto no existe la alerta roja.
Que, adicionalmente el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la Resolución No. 2254 del 1 de Noviembre de 2017 “Por la cual se adopta la norma de calidad del aire ambiente y se dictan otras disposiciones” señalando en el artículo 9:
(…)
3. Si en un evento de contaminación atmosférica la concentración de cualquier contaminante supera el límite superior correspondiente a un IBOCA de 100, se seguirá considerando una emergencia.
Artículo 9.
Declaratoria de los niveles de prevención, alerta o emergencia. La declaratoria de los niveles de prevención, alerta o emergencia que corresponde a las autoridades ambientales competentes con el fin de tomar las medidas integrales de control de la contaminación y de la reducción de la exposición de los receptores de interés, deberán hacerse de manera coordinada con los organismos responsables de la gestión del riesgo a nivel departamental, municipal y distrital.
Parágrafo 1. Para el cálculo del Índice Bogotano
de Calidad del Aire –IBOCA– de forma rutinaria se utilizaran las concentraciones a condiciones estándar de los contaminantes criterio registrados y pre-validados a tiempo real por la Red de Monitoreo de Calidad de Aire de Bogotá (RMCAB), utilizando la ecuación indicada en el artículo 4. El IBOCA que se reportará a la ciudadanía por cada estación de forma horaria será el IBOCA condicional.
(…)
Parágrafo 2. Los colores que representan los nive-
les del Índice Bogotano de Calidad del Aire –IBOCA–, deben acatar la siguiente tabla, de acuerdo a la escala del modelo de color RVA (Rojo, Verde, Azul):
Colores R V A Azul claro 204 229 255 Verde 0 228 0 Amarillo 255 255 0 Naranja 255 126 0 Rojo 255 0 0 Que el Informe Técnico No. 00422 del 23 de Marzo de 2018 la Subdirección de Calidad del Aire, Auditiva y Visual – SCAAV, a través Sistema de Alertas Tempranas Ambientales de Bogotá – SATAB en su componente aire, realizó el seguimiento continuo a la Calidad del aire de la ciudad, el citado informe técnico contiene el seguimiento basado en el contaminante PM2.5 desde el 16 de marzo de 2018 a las 05:00 p.m. al 23 de marzo de 2018 a las 04:00 p.m., periodo durante el cual se presenta el actual evento de contaminación atmosférica, que motiva técnicamente la declaración de la alerta amarilla, el cual señaló:
Morado 126 0 35 (…)
(…)
CONCLUSIONES Que el Decreto 595 de 2015 “Por el cual se adopta el Sistema de Alertas Tempranas Ambientales de Bogotá para su componente aire, SATAB-aire” señalo:
- La Red de Monitoreo de Calidad del Aire de Bogo- tá - RMCAB muestra una problemática asociada a la concentración de material particulado, específi- camente de material particulado fino (PM2.5); que de acuerdo con estudios internacionales y de la Organización Mundial de la Salud es considerado como un contaminante de alto impacto sobre la salud de la población.
Artículo 1º.
Objeto. Adoptar el Sistema de Alertas Tempranas Ambientales de Bogotá, en su componente aire, SATAB-aire, el cual tendrá como objetivo reducir el riesgo por contaminación atmosférica en Bogotá, en el marco del Sistema Distrital de Gestión del Riesgo y Cambio Climático, SDGR-CC.
Artículo 2°.
Ámbito de aplicación. El Sistema de Alertas Tempranas Ambientales de Bogotá, en su
- La emisión de material particulado PM2.5 está directamente asociada a los procesos de com- bustión y puede originarse principalmente por la quema de biomasa y combustibles fósiles y
143 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-143 • 2018 • MARZO • 27 a lo establecido en la resolución 2410 de 2015 de la SDA en su artículo 4. líquidos; dentro de estos últimos es de especial interés el uso de combustibles como el carbón, el Diesel y fracciones más pesadas de los derivados del petróleo. Este contaminante también puede formarse por procesos de nucleación a partir de ácido sulfúrico y amoniaco.
- Los protocolos de calidad del aire, que definen los lineamientos de actuación ante alertas y respuesta ante emergencias por contaminación atmosférica, están adoptados mediante la resolución 595 de 2015 de la SDA.
- Los rangos establecidos para el IBOCA en la resolución 2410 de 2015 con relación con la con- centración de PM2.5 y los tiempos de exposición establecidos en la resolución 2254 de 2015 verifi- cados por constatación muestran que se presenta un fenómeno generalizado de excedencias del umbral de calidad del aire regular, condición que de acuerdo con el modelo de calidad del aire para Bogotá, se mantendrá durante los próximos días.
- Existen procesos de transporte local, regional y global; así como las condiciones meteorológicas que influyen en la concentración de contaminantes como el material particulado. Las condiciones me- teorológicas que se han presentado en la ciudad durante las últimas dos semanas, en especial, dirección de los vientos, dificultan la dispersión de los contaminantes criterio, aumentado con- siderablemente las concentraciones de material particulado PM2.5, hasta alcanzar el umbral del Índice Bogotano de Calidad del Aire – IBOCA que corresponde a calidad del aire “Regular”.
- Seguir las recomendaciones en salud establecidas en el artículo 10 de la Resolución Conjunta 2410 de 2015, además de las Recomendaciones para contribuir a mantener o mejorar la calidad del aire en la Ciudad de Bogotá establecidas en el artículo 11 de dicha Resolución.
- De acuerdo con los estudios epidemiológicos consignados en el Documento Técnico de Soporte que sustenta el IBOCA, la calidad de aire “Regular” afecta la salud de grupos sensibles. Estado de calidad de aire que está asociado con un estado de actuación de alerta amarilla.
- Conforme a lo descrito anteriormente, la subdirec- ción de calidad del aire, visual y auditiva sugiere desde el punto de vista técnico que se declare la alerta amarilla a nivel ciudad.
(…)
- Se han presentado excedencias constantes del umbral IBOCA asociado con el estado de calidad del aire “Regular” en varios sectores de la ciudad que tradicionalmente presentan problemas de contaminación como la zona suroccidental; y qué, además, se han visto afectadas otras zonas como la noroccidental y zona centro. En estas zonas se han presentado concentraciones diarias cercanas al 75% y 90% del límite diario fijado por la resolución 2254 de 2017, indicando una alta probabilidad de sobrepasar dicho límite.
Que en consecuencia corresponde adoptar las medidas y/o expedir los actos necesarios para garantizar la protección de los derechos de la ciudadanía y tomar las decisiones que sean necesarias en eventuales situaciones de emergencia, por lo anterior esta Secretaría decretará la Alerta Amarilla.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
- Declarar la Alerta Amarilla en Bogotá D.C, de acuerdo con el Índice Bogotano de Calidad del Aire, hasta que se considere necesario conforme a los registros de la Red de Monitoreo de Calidad de Aire de Bogotá – RMCAB, por las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo.
- De acuerdo con los inventarios de emisiones de fuentes de combustión actualizados al año 2014, las fuentes fijas emiten alrededor del 44% del material particulado generado en la ciudad y que las fuentes móviles generan alrededor del 56% del material particulado en la ciudad. En particular el transporte de carga que opera con combustible diesel genera cerca del 43% del material parti- culado generados por el transporte; el transporte de pasajeros SIPT (componente troncal y zonal) junto con el transporte público de pasajes aporta cerca del 9% y los vehículos particulares por su parte generan el 3%
Artículo segundo.
- Las entidades establecidas en el artículo 6 del Decreto 595 de 2015, deberán dar cumplimiento a lo señalado en la norma citada.
- El IBOCA, un índice adimensional relaciona el estado de calidad del aire con efectos en la salud de los ciudadanos del distrito, en una escala de 0 a 100 y que dicho índice es calculado conforme
Parágrafo. Las entidades a que hace alusión el
presente artículo deberán reportar diariamente a la Secretaría Distrital de Ambiente las medidas ejecutadas, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-144 • 2018 • MARZO • 27 144 en cumplimiento de las normas señaladas en la parte motiva del presente acto administrativo. aprobadas por el CONFIS Distrital previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo”.
Artículo tercero.
- Comunicar a las Secretarias de Salud, Movilidad, Habitad y el Instituto Distrital de Gestión del Riesgo y Cambio Climático - IDIGER el contenido del presente acto administrativo.
Que de acuerdo con el numeral 5 del reglamento interno adoptado en la sesión del 27 de enero de 2016, le corresponde al CONFIS mediante resolución suscrita por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.
Artículo cuarto.
- Publicar la presente Resolución en el boletín Ambiental que para el efecto disponga. Lo anterior en cumplimiento del artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dada en Bogotá, a los veinticuatro (24) días del mes de marzo de dos mil dieciocho (2018).
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS mediante Resolución No. 012 del 24 de octubre de 2017 aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos, y de Gastos e Inversiones de la EMPRESA AGUAS DE BOGOTA S.A– ESP., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2018 por un monto de $191.253.000.000.
ANGELO GIOVANNY GRAVIER SANTANA SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE (E.)
CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Que es necesario ajustar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia fiscal 2018 de la EMPRESA AGUAS DE BOGOTA S.A– ESP., de acuerdo con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal 2017.
Resolución Número 04 (Marzo 20 de 2018)
“Por la cual se aprueba el ajuste al Presupuesto Que la EMPRESA AGUAS DE BOGOTA S.A– ESP, presupuestó para la vigencia fiscal de 2018 como Disponibilidad Inicial $6.758.000.000 y a 31 de diciembre de 2017 registró una Disponibilidad Neta de Tesorería por $16.409.439.016, por lo que es necesario efectuar una adición por $9.651.439.016. de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2018, de la Empresa Aguas de Bogotá S.A – ESP., con base en el ejercicio del cierre presupuestal y financiero de 2017”.
EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA Que la EMPRESA AGUAS DE BOGOTA S.A– ESP., requiere incorporar al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia fiscal 2018 Cuentas por Cobrar registradas a 31 de diciembre de 2017 por un valor de $6.139.384.674, que no fueron presupuestadas.
ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 28 del Decreto Distrital 195 de 2007, y, Que la EMPRESA AGUAS DE BOGOTA S.A– ESP., producto de los anteriores ajustes requiere aumentar a la disponibilidad final la suma de $15.790.823.690.
CONSIDERANDO:
Que la Junta Directiva de la EMPRESA AGUAS DE BOGOTA S.A– ESP., mediante Acta de reunión ordinaria de Junta Directiva No 152 del 26 de febrero de 2018, emitió concepto favorable a los anteriores ajustes y modificaciones.
Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal (e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de la adición presupuestal aprobada, es responsabilidad y competencia exclusiva de EMPRESA AGUAS DE BOGOTA S.A– ESP.
Que el CONFIS en su sesión No. 03 realizada el 16 Que conforme a lo establecido en el artículo 28° del Decreto Distrital 195 de 2007, “las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los gastos de funcionamiento, gastos de operación, servicio de la deuda y gastos de inversión serán 145 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-145 • 2018 • MARZO • 27
RESUELVE:
de marzo de 2018, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas y la recomendación de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto aprobó el ajuste en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2018 de la EMPRESA AGUAS DE BOGOTA S.A– ESP.
Artículo primero.
Aprobar un ajuste al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2018 de la EMPRESA AGUAS DE BOGOTA S.A– ESP., por valor de $15.790.823.690, conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO CONCEPTO VALOR AJUSTE 1 DISPONIBILIDAD INICIAL 9.651.439.016 2 INGRESOS 2.1 INGRESOS CORRIENTES 2.1.1 INGRESOS DE EXPLOTACION 2.1.1.02 VENTA DE SERVICIOS 2.1.1.02.04 Cuentas por Cobrar 6.139.384.674 TOTAL ADICION INGRESOS MAS DISPONIBILIDAD INICIAL POR AJUSTE 15.790.823.690 Dada en Bogotá, D. C., a los veinte (20) días del mes de marzo de dos mil dieciocho (2018).
Como resultado del ajuste de la Disponibilidad Inicial y las Cuentas por Cobrar, la Disponibilidad Final se incrementa en $15.790.823.690, para un valor definitivo de $23.611.823.690.
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda
Artículo segundo.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
ANDRÉS ORTIZ GÓMEZ Secretario Técnico PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6283 • pP. 1-146 • 2018 • MARZO • 27 146
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Registro Distrital 8307 de 2025
“Por medio del cual se efectúa traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fis…
-
Registro Distrital 8340 de 2025
“Por medio de la cual se efectúa un nombramiento”................................................4 “Por la cual se modifica el Reglamento de Emisión y Colocaci…
-
Registro Distrital 7726 de 2023
“Por medio del cual se emite concepto favorable para la distribución de la disponibilidad final para la adición de recursos en la vigencia 2023 para gastos de …
-
Registro Distrital 7813 de 2023
“Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas y/o sociedades de hecho y el contenido y las características de la información que deben suminis …
-
Registro Distrital 7426 de 2022
Por medio del cual se autoriza a la Gerente General de la EAAB-ESP para tramitar y presentar ante el Que el plan de Desarrollo Económico, Social, Ambien tal y…