Jurismart

Registro Distrital 6673 de 2019

Registro Distrital 6673 de 2019 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
6673
Año
2019
Fecha
12 de noviembre de 2019
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 51 Número 6673 2019 • NOVIEMBRE • 12 DISTRITAL ACUERDO DE 2019 REGISTRO SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO Acuerdo Número 004 (Noviembre 5 de 2019)

“Por medio del cual se adopta una Política de Prevención del Daño Antijurídico y su Plan de Acción en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico”

Que, en virtud de lo anterior, el Despacho y el Presiden te del Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, expidieron el pasado 11 de junio de 2019 la Resolución No. 354 de 2019 – “Por medio de la cual se adoptan los lineamientos metodo lógicos para la formulación y adopción de Políticas de Prevención del Daño Antijurídico por parte del Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico”; acto que dispuso además, la creación al interior de la Entidad de un Grupo interdisciplinario de carácter permanente, encargado de ejecutar y mate rializar las acciones previstas en dicho acto.

EL COMITÉ DE CONCILIACION DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO En ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas en la Ley 446 de 1998, el Decreto 1716 de 2009, el Decreto Único Reglamentario 1069 de 2015, el Decreto 1167 de Que, en cumplimiento de lo anterior el Grupo inter disciplinario encargado, elaboró el documento que contiene la Política de Prevención del Daño Antijurídico y su correspondiente Plan de Acción y lo sometió a revisión y aprobación de los integrantes del Comité de Conciliación de la Secretaría.

2016, el Decreto Distrital 839 de 2018 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 del Acuerdo No. 003 de 2019 – “Por medio del cual se actualiza y adopta el Reglamento Interno del Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico”, impone que le corresponde al Comité de Conciliación adoptar políti cas en materia de defensa judicial en aquellos casos recurrentes.

Que el Decreto 1716 de 2009 - “Por el cual se re glamenta el artículo 13 de la Ley 1285 de 2009, el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 y del Capítulo V de la Ley 640 de 2001”, dispuso en su artículo 15 y s.s. que, las normas sobre Comités de Conciliación son de obligatorio cumplimiento para las entidades de derecho público, los organismos públicos del orden nacional, departamental, distrital, los municipios que sean capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles.

Que el Comité de Conciliación de la Secretaría Dis trital de Desarrollo Económico, en sesión ordinaria celebrada el treinta (30) de octubre de 2019, aprobó por unanimidad de los asistentes, el documento que contiene la Política de Prevención del Daño Antijurídico y su respectivo Plan de Acción, los cuales hacen parte integral del presente Acuerdo.

Que, en mérito de lo expuesto, Que la anterior disposición se encuentra contenida además en el artículo 2.2.4.3.1.2.1., del Decreto Único Reglamentario 1069 de 2015 – “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho”.

ACUERDA:

Artículo primero.

- Adóptese para la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, el documento con tentivo de la Política de Prevención del Daño Antijurí

Que el artículo 2.2.4.3.1.2.5. Ibídem, establece como una de las funciones del Comité de Conciliación, entre otras, la de “Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico”.

1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-1 • 2019 • NOVIEMBRE •12 dico y su Correspondiente Plan de Acción, los cuales hacen parte integral del presente acuerdo.

Artículo segundo.

- Para todos los efectos corresponde al Comité de Conciliación de la Secretaría realizar el seguimiento y evaluación de las actividades y medidas previstas en el Plan de Acción que contiene la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la entidad.

Parágrafo. En todo caso y tal como lo establece el documento de política, las áreas responsables del Plan
de Acción deberán emanar informes trimestrales de avance de sus acciones, con destino a la Secretaría Técnica del Comité de Conciliación.

Artículo tercero.

La Secretaría Técnica del Comité de Conciliación rendirá informe semestral a sus inte grantes, relacionado con la ejecución de las actividades previstas en el Plan de Acción que contiene la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la entidad.

Artículo cuarto.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

Dado en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del mes de noviembre de dos mil diecinueve (2019).

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

FELIPE JOSÉ VALENCIA BITAR Subsecretario de Desarrollo Económico y Control Disciplinario Presidente Comité de Conciliación MARIA DEL PILAR BARRIOS GUTIERREZ Profesional Especializado cód. 222-27 Oficina Asesora Jurídica Secretaria Técnica REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-2 • 2019 • NOVIEMBRE •12 2 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-3 • 2019 • NOVIEMBRE •12 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-4 • 2019 • NOVIEMBRE •12 4 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-5 • 2019 • NOVIEMBRE •12 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-6 • 2019 • NOVIEMBRE •12 6 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-7 • 2019 • NOVIEMBRE •12 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-8 • 2019 • NOVIEMBRE •12 8 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-9 • 2019 • NOVIEMBRE •12 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-10 • 2019 • NOVIEMBRE •12 10 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-11 • 2019 • NOVIEMBRE •12 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-12 • 2019 • NOVIEMBRE •12 12 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-13 • 2019 • NOVIEMBRE •12 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-14 • 2019 • NOVIEMBRE •12 14 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-15 • 2019 • NOVIEMBRE •12 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-16 • 2019 • NOVIEMBRE •12 16 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-17 • 2019 • NOVIEMBRE •12 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-18 • 2019 • NOVIEMBRE •12 18 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-19 • 2019 • NOVIEMBRE •12 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-20 • 2019 • NOVIEMBRE •12 20 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-21 • 2019 • NOVIEMBRE •12 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-22 • 2019 • NOVIEMBRE •12 22 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-23 • 2019 • NOVIEMBRE •12 DECRETO DE 2019 RESOLUCIONES DE 2019 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÀ, D.C.

SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE Resolución Número 03008 Decreto Número 671 (Octubre 30 de 2019)

(Noviembre 7 de 2019)

“Por medio de la cual se declaran concertados “Por medio del cual se hace un nombramiento” los asuntos ambientales del Plan Parcial de Renovación Urbana CAFAM FLORESTA”

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO EL SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE CAPITAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 8o de la Ley En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 2811 de 1974, la Ley 388 de 1997 en concordancia con el Acuerdo 257 de 2006, la Ley 1474 de 2011 y el Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional 507 de 1999, el Decreto Nacional 1077 de 2015 y los Decretos Distritales 190 de 2004, 109 de 2009 648 de 2017 y modificado parcialmente por el Decreto Nacional 051 de 2018, modificado por el Decreto 175 del mismo año, y,

DECRETA:

CONSIDERANDO:

Artículo 1º.

- Nombrar a partir de la fecha, al Doctor JORGE ELIÉCER GÓMEZ QUINTERO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 19.304.507, en el cargo de Jefe de Oficina de Control Interno Código 006 Grado 06 de la Secretaria General, de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., hasta el 31 de diciembre de 2021, de conformidad con el artículo 8 de la Ley 1474 de 2011.

Que el artículo 311 de la Constitución Política asigna a los Municipios y Distritos, como entidades funda mentales de la división político-administrativa del Es tado, la función de “prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes”.

Artículo 2º.

- Notificar al Doctor JORGE ELIÉCER GÓMEZ QUINTERO, el contenido del presente Decre to a través de la Subdirección de Servicios Adminis trativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Que el artículo 3º de la Ley 388 de 1997, “Por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley 2 de 1991 y se dictan otras disposiciones”, determina que el orde namiento del territorio constituye en su conjunto una función pública, para el cumplimiento de ciertos fines, entre otros:

“2. Atender los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo en aras del interés común, procurando su utilización racional en armonía con la función social de la propiedad a la cual le es inherente una función ecológica, buscando el desarrollo sostenible”.

Artículo 3°.

- De conformidad con el artículo 2.2.5.1.6 del Decreto 648 de 2017, el Doctor JORGE ELIECER GOMEZ QUINTERO, tendrá diez (10) días contados a partir de la notificación de este acto admi nistrativo, para manifestar si acepta el nombramiento o su rechazo.

Artículo 4°.

- Comunicar a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la mis ma Entidad, para los trámites legales correspondientes.

ARTÍCULO 5º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y Que en tal sentido, la citada acción urbanística de las entidades distritales y municipales, debe ser ejercida con sujeción a los fines señalados en el artículo 3º de la Ley 388 de 1997, esto es “la función social y ecológica de la propiedad, la prevalencia del interés general sobre el particular y la distribución equitativa de las cargas y los beneficios”.

CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los siete (7) días del mes de noviembre de dos mil diecinueve (2019).

Que el artículo 6º de la Ley 388 de 1997, señala que el Ordenamiento del Territorio Municipal y Distrital debe “incorporar instrumentos que permitan regular las ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-24 • 2019 • NOVIEMBRE •12 24 dinámicas de transformación territorial de manera que se optimice la utilización de los recursos naturales y humanos para el logro de condiciones de vida dignas para la población actual y las generaciones futuras”.

Que el parágrafo 7º del artículo 1º de la Ley 507 de 1999, “Por la cual se modifica la Ley 388 de 1997” establece:

“Determinantes ambientales para la formulación del plan parcial. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 1151 de 2007, La au toridad de planeación municipal o distrital deberá solicitar el pronunciamiento de las autoridades ambientales competentes sobre las siguientes de terminantes ambientales, con base en las cuales se adelantará la concertación ambiental:

1. Los elementos que por sus valores naturales, ambientales o paisajísticos deban ser conserva dos y las medidas específicas de protección para evitar su alteración o destrucción con la ejecución de la actuación u operación urbana.

2. Las características geológicas, geotécnicas, topográficas y ambientales del área objeto de la solicitud.

3. Las áreas de conservación y protección ambien tal incluidas y las condiciones específicas para su manejo.

“Parágrafo 7. Una vez que las autoridades de Planeación, considere viable el Proyecto de Plan Parcial, lo someterá a consideración de la autori dad ambiental correspondiente a efectos de que conjuntamente con el municipio o distrito concer ten los asuntos exclusivamente ambientales, si esta se requiere de acuerdo con las normas sobre la materia para lo cual dispondrá de ocho (8) días hábiles. Vencido este término se entenderá con certado y aprobado el Proyecto de Plan Parcial y se continuará con lo dispuesto en los numerales 3, 4 y 5 del artículo 27 de la Ley 388 de 1997. Texto Subrayado declarado INEXEQUIBLE por la Cor te Constitucional mediante Sentencia C-431 de 2000”.

4. La factibilidad, cantidad y calidad del recurso hídrico y las condiciones para el manejo integral de vertimientos líquidos y de residuos sólidos y peligrosos. (Numeral modificado por Decreto 1478 de 2013, art. 2).

Que el Decreto 1077 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, en su artículo 2.2.1.1, define el plan parcial así:

Parágrafo. El interesado podrá aportar los
estudios y documentos que resulten necesarios para sustentar la formulación del proyecto de plan parcial en relación con las determinantes ambien tales de que trata este artículo.

(Decreto 2181 de 2006, art. 58, modificado por Decreto 4300 de 2007, art.6)”.

Que el artículo 2.2.4.1.2.1 del Decreto 1076 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Regla mentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”, determina que serán objeto de concertación con la autoridad ambiental respectiva los planes parciales, que presenten alguna de las siguientes situaciones:

“1. Los que contemplen proyectos, obras o actividades que requieran licencia ambiental de acuerdo con lo dispuesto en el decreto único del sector ambiente y desarrollo sostenible sobre licenciamiento ambiental o la norma que lo adicione, modifique o sustituya.

“Es el instrumento mediante el cual se desarrollan y complementan las disposiciones de los planes de ordenamiento territorial, para áreas determina das del suelo urbano y para las áreas incluidas en el suelo de expansión urbana, además de las que deban desarrollarse mediante unidades de actuación urbanística, macroproyectos u otras operaciones urbanas especiales, de acuerdo con las autorizaciones emanadas de las normas urbanísticas generales, en los términos previstos en la Ley 388 de 1997. Mediante el plan parcial se establece el aprovechamiento de los espacios privados, con la asignación de sus usos espe cíficos, intensidades de uso y edificabilidad, así como las obligaciones de cesión y construcción y dotación de equipamientos, espacios y servicios públicos, que permitirán la ejecución asociada de los proyectos específicos de urbanización y cons trucción de los terrenos incluidos en su ámbito de planificación”.

Que, en cuanto a las determinantes ambientales para la formulación del plan parcial, el citado Decreto 1077 de 2015, establece en su artículo 2.2.4.1.1.6.

2. Los planes parciales que precisen la delimitación de los suelos de protección y/o colinden con ecosistemas tales como parques naturales, reservas forestales, distritos de manejo integrado, distritos de conservación de suelo o zonas costeras.

25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-25 • 2019 • NOVIEMBRE •12

3. Los que incluyan o colinden con áreas de amenaza y riesgo, identificadas por el plan de ordenamiento territorial, reglamentaciones o estudios técnicos pos teriores relacionadas con las mismas.

4. Los que se desarrollen en suelo de expansión urbana”.

Dicha obligación deberá garantizarse a través de diseños específicos cuando estos hagan parte de los Planes Parciales y a través de la incorporación de los textos respectivos en las normas de los borradores de cada uno de los instrumentos. El proceso de con certación y sus términos se regirán estrictamente por las normas del Decreto Nacional 1077 de 2015, en especial los artículos 2.2.4.1.2.1., y siguientes”.

Que el Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLORESTA”, se ubica en se ubica en la Localidad de Barrios Unidos y está incluido en la UPZ Nº 21 Los Andes ubicado en suelo urbano, con Tratamiento de Renovación Urbana, Modalidad de Redesarrollo y con un área bruta aproximada 98.324,51 m².

Que el Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLORESTA” fue revisado integralmente y responde a los lineamientos urbanísticos de acuerdo con las reco mendaciones emitidas por las entidades o dependencias con incidencia en su desarrollo y cumple con la normativa urbanística contenida en el Decreto Distrital 190 de 2004.

Que el Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLORESTA” es objeto de concertación ambiental por cuanto se enmarca en lo señalado en los numeral 2 y 3 del citado artículo 2.2.4.1.2.1 del Decreto 1076 de 2015, tal como se describe a continuación y de con formidad con el Acta de Concertación:

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.4.1.2.2 del Decreto 1077 de 2015, se sometió a con sideración de esta Autoridad Ambiental la Resolución Nº 1807 del 17 de septiembre de 2019, por la cual la Subse cretaría de Planeación Territorial de la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable de viabilidad a la formulación del Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLORESTA”

“Que dentro del área delimitada del Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLORESTA”, se encuen tran como parte de la Estructura Ecológica Principal los siguientes elementos señalados en el plano, plano No. 12 “Estructura Ecológica Principal: suelo urbano” y plano No. 16 “Sistema de Espacio Público” del Plan de Ordenamiento Territorial:

- Corredor Ecológico de Ronda del Canal Rio Negro.

- Corredor Ecológico Vial de la Avenida España Carrera 68.

Que dando cumplimiento al procedimiento establecido, los Secretarios Distritales de Ambiente y Planeación suscribieron el 29 de octubre de 2019, la respectiva ACTA DE CONCERTACIÓN PARA LA FORMULA CIÓN DEL PROYECTO DEL PLAN PARCIAL DE RENOVACION URBANA “CAFAM FLORESTA” DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27 DE LA LEY 388 DE 1997 MODIFICADO POR EL ART. 180, DE CRETO NACIONAL 019 DE 2012, EL PARÁGRAFO 7 DEL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 507 DE 1999 Y EL

Artículo 2.

2.4.1.2.1 DEL DECRETO NACIONAL 1077 DE 2015.

Que en el Concepto Técnico del CT-5646 de 2009, proferido por el entonces Fondo de Prevención y Aten ción de Emergencias -FOPAE- hoy Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, –IDIGER, se ñaló que la zona donde se encuentra localizado el Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLORESTA”, no se encuentra categorizada en los planos normativos “Amenaza por Remoción e Masa y Amenaza por Inun dación” del Decreto 190 de 2004. Por lo anterior no es necesario considerar estudios específicos de riesgo, ni restricción alguna en el uso del suelo.

Que el parágrafo del artículo 2.2.4.1.2.2., del Decreto 1076 de 2015 establece: “La concertación debe culmi nar con un acto administrativo, que hará parte integral de los documentos constitutivos del plan parcial, y contra el cual procederá el recurso de reposición en los términos de que trata el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en consecuencia esta autoridad ambiental no podrá desconocer los actos administrativos previos que sustentan los trámites de concertación sometidos a su consideración”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que el artículo 136 del Decreto Distrital 088 de 2017 consagra: “El trámite de concertación ambiental se ba sará exclusivamente en la obligación de cumplimiento de los lineamientos establecidos en el presente decre to, en las resoluciones de concertación con la Secre taría Distrital de Ambiente y la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR y en el Documento Técnico de Soporte que hace parte integral del mismo, acorde con lo establecido en el parágrafo del artículo 2.2.4.1.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015.

Artículo 1°.

- Declarar concertados los asuntos ambientales para la formulación del Proyecto del Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLORES

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-26 • 2019 • NOVIEMBRE •12 26 Decreto Ley 2811 de 1974, la Ley 388 de 1997 en concordancia con el Acuerdo 257 de 2006, la Ley TA” de conformidad con lo establecido en el Acta de Concertación suscrita por el Secretario Distrital de Ambiente y Secretario Distrital de Planeación el 29 de octubre de 2019.

507 de 1999, el Decreto Nacional 1077 de 2015 y los Decretos Distritales 190 de 2004, 109 de 2009 modificado por el Decreto 175 del mismo año, y,

CONSIDERANDO:

Parágrafo. Forma parte integral del presente acto
administrativo el “ACTA DE CONCERTACIÓN DE LOS ASUNTOS AMBIENTALES DEL PLAN PARCIAL “El OTOÑO” (incluidos sus anexos).

Que el artículo 311 de la Constitución Política asigna a los Municipios y Distritos, como entidades funda mentales de la división político-administrativa del Es tado, la función de “prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes”.

Artículo 2°.

- La Secretaría Distrital de Planeación debe acoger todas las recomendaciones objeto de concertación contenidas en el “ACTA DE CONCER TACIÓN DE LOS ASUNTOS AMBIENTALES DEL PLAN PARCIAL DE RENOVACION URBANA “CAFAM FLORESTA” (incluidos sus anexos), para efectos de la formulación del Proyecto del Plan Parcial de Reno vación Urbana “CAFAM FLORESTA”.

Artículo 3°.

- Notificar el contenido de la presente decisión al Secretario de Planeación Distrital de Bogotá D.C., o quien haga sus veces.

Que el artículo 3º de la Ley 388 de 1997, “Por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley 2 de 1991 y se dictan otras disposiciones”, determina que el orde namiento del territorio constituye en su conjunto una función pública, para el cumplimiento de ciertos fines, entre otros:

Artículo 4º.

- Publicar la presente Resolución en el Registro Distrital y en el Boletín Legal de la Secretaría Distrital de Ambiente.

“2. Atender los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo en aras del interés común, procurando su utilización racional en armonía con la función social de la propiedad a la cual le es inherente una función ecológica, buscando el desarrollo sostenible”.

Artículo 5°.

- Contra lo decidido procede el recur so de reposición, el cual deberá interponerse ante el Secretario Distrital de Ambiente, por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso, conforme a los artículos 76 y 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que, en tal sentido, la citada acción urbanística de las entidades distritales y municipales, debe ser ejercida con sujeción a los fines señalados en el artículo 3º de la Ley 388 de 1997, esto es “la función social y ecológica de la propiedad, la prevalencia del interés general sobre el particular y la distribución equitativa de las cargas y los beneficios”.

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de octubre de dos mil diecinueve (2019).

FRANCISCO JOSÉ CRUZ PRADA Secretario Distrital de Ambiente Que el artículo 6º de la Ley 388 de 1997, señala que el Ordenamiento del Territorio Municipal y Distrital debe “incorporar instrumentos que permitan regular las dinámicas de transformación territorial de manera que se optimice la utilización de los recursos naturales y humanos para el logro de condiciones de vida dignas para la población actual y las generaciones futuras”.

Resolución Número 03021 (Octubre 30 de 2019)

Que el parágrafo 7º del artículo 1º de la Ley 507 de 1999, “Por la cual se modifica la Ley 388 de 1997” establece:

“Por medio de la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del Plan Parcial de Renovación Urbana CAFAM FLORESTA y se toman otras determinaciones”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 99 de 1993, el “Parágrafo 7. Una vez que las autoridades de Planeación, considere viable el Proyecto de Plan Parcial, lo someterá a consideración de la autori dad ambiental correspondiente a efectos de que conjuntamente con el municipio o distrito concer ten los asuntos exclusivamente ambientales, si esta se requiere de acuerdo con las normas sobre 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-27 • 2019 • NOVIEMBRE •12

3. Las áreas de conservación y protección ambien tal incluidas y las condiciones específicas para su manejo.

la materia para lo cual dispondrá de ocho (8) días hábiles. Vencido este término se entenderá con certado y aprobado el Proyecto de Plan Parcial y se continuará con lo dispuesto en los numerales 3, 4 y 5 del artículo 27 de la Ley 388 de 1997. Texto Subrayado declarado INEXEQUIBLE por la Cor te Constitucional mediante Sentencia C-431 de 2000”.

4. La factibilidad, cantidad y calidad del recurso hídrico y las condiciones para el manejo integral de vertimientos líquidos y de residuos sólidos y peligrosos. (Numeral modificado por Decreto 1478 de 2013, art. 2).

Que el Decreto 1077 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, en su artículo 2.2.1.1, define el plan parcial así:

Parágrafo. El interesado podrá aportar los
estudios y documentos que resulten necesarios para sustentar la formulación del proyecto de plan parcial en relación con las determinantes ambien tales de que trata este artículo.

(Decreto 2181 de 2006, art. 58, modificado por Decreto 4300 de 2007, art.6)”.

Que el artículo 2.2.4.1.2.1 del Decreto 1076 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Regla mentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”, determina que serán objeto de concertación con la autoridad ambiental respectiva los planes parciales, que presenten alguna de las siguientes situaciones:

“1. Los que contemplen proyectos, obras o actividades que requieran licencia ambiental de acuerdo con lo dispuesto en el decreto único del sector ambiente y desarrollo sostenible sobre licenciamiento ambiental o la norma que lo adicione, modifique o sustituya.

“Es el instrumento mediante el cual se desarrollan y complementan las disposiciones de los planes de ordenamiento territorial, para áreas determina das del suelo urbano y para las áreas incluidas en el suelo de expansión urbana, además de las que deban desarrollarse mediante unidades de actuación urbanística, macroproyectos u otras operaciones urbanas especiales, de acuerdo con las autorizaciones emanadas de las normas urbanísticas generales, en los términos previstos en la Ley 388 de 1997. Mediante el plan parcial se establece el aprovechamiento de los espacios privados, con la asignación de sus usos espe cíficos, intensidades de uso y edificabilidad, así como las obligaciones de cesión y construcción y dotación de equipamientos, espacios y servicios públicos, que permitirán la ejecución asociada de los proyectos específicos de urbanización y cons trucción de los terrenos incluidos en su ámbito de planificación”.

2. Los planes parciales que precisen la delimitación de los suelos de protección y/o colinden con ecosistemas tales como parques naturales, reservas forestales, distritos de manejo integrado, distritos de conservación de suelo o zonas costeras.

Que, en cuanto a las determinantes ambientales para la formulación del plan parcial, el citado Decreto 1077 de 2015, establece en su artículo 2.2.4.1.1.6.

3. Los que incluyan o colinden con áreas de amenaza y riesgo, identificadas por el plan de ordenamiento territorial, reglamentaciones o estudios técnicos pos teriores relacionadas con las mismas.

4. Los que se desarrollen en suelo de expansión urbana”.

“Determinantes ambientales para la formulación del plan parcial. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 1151 de 2007, La au toridad de planeación municipal o distrital deberá solicitar el pronunciamiento de las autoridades ambientales competentes sobre las siguientes de terminantes ambientales, con base en las cuales se adelantará la concertación ambiental:

Que el Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLORESTA”, se ubica en se ubica en la Localidad de Barrios Unidos y está incluido en la UPZ N.º 21 Los Andes ubicado en suelo urbano, con Tratamiento de Renovación Urbana, Modalidad de Redesarrollo y con un área bruta aproximada 98.324,51 m².

1. Los elementos que por sus valores naturales, ambientales o paisajísticos deban ser conserva dos y las medidas específicas de protección para evitar su alteración o destrucción con la ejecución de la actuación u operación urbana.

2. Las características geológicas, geotécnicas, topográficas y ambientales del área objeto de la solicitud.

Que el Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLORESTA” es objeto de concertación ambiental por cuanto se enmarca en lo señalado en los numeral 2 y 3 del citado artículo 2.2.4.1.2.1 del Decreto 1076 de 2015, tal como se describe a continuación y de con formidad con el Acta de Concertación:

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-28 • 2019 • NOVIEMBRE •12 28 la formulación del Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLORESTA”

“Que dentro del área delimitada del Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLORESTA”, se encuen tran como parte de la Estructura Ecológica Principal los siguientes elementos señalados en el plano, plano No. 12 “Estructura Ecológica Principal: suelo urbano” y plano No. 16 “Sistema de Espacio Público” del Plan de Ordenamiento Territorial:

- Corredor Ecológico de Ronda del Canal Rio Negro.

- Corredor Ecológico Vial de la Avenida España Carrera 68.

Que dando cumplimiento al procedimiento establecido, los Secretarios Distritales de Ambiente y Planeación suscribieron el 29 de octubre de 2019, la respectiva ACTA DE CONCERTACIÓN PARA LA FORMULA CIÓN DEL PROYECTO DEL PLAN PARCIAL DE RENOVACION URBANA “CAFAM FLORESTA” DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27 DE LA LEY 388 DE 1997 MODIFICADO POR EL ART. 180, DE CRETO NACIONAL 019 DE 2012, EL PARÁGRAFO 7 DEL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 507 DE 1999 Y EL

Artículo 2.

2.4.1.2.1 DEL DECRETO NACIONAL 1077 DE 2015.

Que en el Concepto Técnico del CT-5646 de 2009, proferido por el entonces Fondo de Prevención y Aten ción de Emergencias -FOPAE- hoy Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, –IDIGER, se ñaló que la zona donde se encuentra localizado el Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLORESTA”, no se encuentra categorizada en los planos normativos “Amenaza por Remoción de Masa y Amenaza por Inundación” del Decreto 190 de 2004. Por lo anterior no es necesario considerar estudios específicos de riesgo, ni restricción alguna en el uso del suelo.

Que el parágrafo del artículo 2.2.4.1.2.2., del Decreto 1076 de 2015 establece: “La concertación debe culmi nar con un acto administrativo, que hará parte integral de los documentos constitutivos del plan parcial, y contra el cual procederá el recurso de reposición en los términos de que trata el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en consecuencia esta autoridad ambiental no podrá desconocer los actos administrativos previos que sustentan los trámites de concertación sometidos a su consideración”.

Que el artículo 136 del Decreto Distrital 088 de 2017 consagra: “El trámite de concertación ambiental se ba sará exclusivamente en la obligación de cumplimiento de los lineamientos establecidos en el presente decre to, en las resoluciones de concertación con la Secre taría Distrital de Ambiente y la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR y en el Documento Técnico de Soporte que hace parte integral del mismo, acorde con lo establecido en el parágrafo del artículo 2.2.4.1.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015.

Que mediante la Resolución 03008 del 30 de octubre de 2019, se resolvió declarar concertados los asuntos ambientales para la formulación del Proyecto del Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLO RESTA” de conformidad con lo establecido en el Acta de Concertación suscrita por el Secretario Distrital de Ambiente y Secretario Distrital de Planeación el 29 de octubre de 2019.

Dicha obligación deberá garantizarse a través de diseños específicos cuando estos hagan parte de los Planes Parciales y a través de la incorporación de los textos respectivos en las normas de los borradores de cada uno de los instrumentos. El proceso de con certación y sus términos se regirán estrictamente por las normas del Decreto Nacional 1077 de 2015, en especial los artículos 2.2.4.1.2.1., y siguientes”.

Que, por un error involuntario, en el parágrafo del artículo 1° de la Resolución 03008 del 30 de octubre de 2019, se señala que forma parte integral el Acta de Concertación de los Asuntos Ambientales del Plan Par cial “El Otoño”, (subrayado fuera de texto), aun cuando dicho acto administrativo se refiere al Plan Parcial de Renovación Urbana “Cafam Floresta”.

Que en consecuencia, en la parte resolutiva del presente acto administrativo se procederá a derogar expresamente de la Resolución 03008 del 30 de oc tubre de 2019 y en su lugar se emite el presente acto administrativo.

Que el Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLORESTA” fue revisado integralmente y responde a los lineamientos urbanísticos de acuerdo con las reco mendaciones emitidas por las entidades o dependencias con incidencia en su desarrollo y cumple con la normativa urbanística contenida en el Decreto Distrital 190 de 2004.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.4.1.2.2 del Decreto 1077 de 2015, se sometió a con sideración de esta Autoridad Ambiental la Resolución Nº 1807 del 17 de septiembre de 2019, por la cual la Subse cretaría de Planeación Territorial de la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable de viabilidad a

Artículo 1°.

- Declarar concertados los asuntos ambientales para la formulación del Proyecto del Plan Parcial de Renovación Urbana “CAFAM FLO

29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-29 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Resolución Número 1409 (Junio 11 de 2019)

RESTA” de conformidad con lo establecido en el Acta de Concertación suscrita por el Secretario Distrital de Ambiente y Secretario Distrital de Planeación el 29 de octubre de 2019.

Por la cual se aprueba reforma estatutaria de la institución privada sin ánimo de lucro denominada “SOCIEDAD DE CIRUGÍA DE BOGOTÁ – HOSPITAL SAN JOSÉ” con domicilio en la ciudad de Bogotá.

Parágrafo. Forma parte integral del presente acto
administrativo el “ACTA DE CONCERTACIÓN DE LOS ASUNTOS AMBIENTALES DEL PLAN PARCIAL DE RENOVACION URBANA “CAFAM FLORESTA” (in cluidos sus anexos).

EL SECRETARIO (E.) DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ D.C En ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial las conferidas por el Decreto 780

Artículo 2°.

- La Secretaría Distrital de Planeación debe acoger todas las recomendaciones objeto de concertación contenidas en el “ACTA DE CONCER TACIÓN DE LOS ASUNTOS AMBIENTALES DEL PLAN PARCIAL DE RENOVACIÓN URBANA “CAFAM FLORESTA” (incluidos sus anexos), para efectos de la formulación del Proyecto del Plan Parcial de Reno vación Urbana “CAFAM FLORESTA”.

de 2016 expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social, la Resolución 13565 de 1991 expedida por el Ministerio de Salud (hoy Ministerio de Salud y Protección Social) y el Decreto 581 de 1995, expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá, modificado por el Decreto 530 de 2015 y,

Artículo 3°.

- Notificar el contenido de la presente decisión al Secretario de Planeación Distrital de Bogotá D.C., o quien haga sus veces.

CONSIDERANDO:

Artículo 4º.

- Derogar la Resolución 03008 del 30 de octubre de 2019, por lo expuesto en la parte motiva de este acto administrativo.

Artículo 5°.

- Publicar la presente Resolución en el Registro Distrital y en el Boletín Legal de la Secretaría Distrital de Ambiente.

Que mediante Resolución Ejecutiva del 26 de agosto de 1902, expedida por la Presidencia de la Republica, se reconoció personería jurídica a la Institución Privada de Utilidad Común sin Ánimo de Lucro denominada “SOCIEDAD DE CIRUGÍA DE BOGOTÁ” con domicilio en Bogotá D.C.

Que mediante Resolución No 4688 del 15 de diciembre de 1997, expedida por el Ministerio de Salud, se aprobó reforma estatutaria mediante la cual cambio su razón social de “SOCIEDAD DE CIRUGÍA DE BOGOTÁ” a “SOCIEDAD DE CIRUGÍA DE BOGOTÁ - HOSPITAL SAN JOSÉ”.

Artículo 6°.

- Contra lo decidido procede el recur so de reposición, el cual deberá interponerse ante el Secretario Distrital de Ambiente, por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso, conforme a los artículos 76 y 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de octubre de dos mil diecinueve (2019).

FRANCISCO JOSÉ CRUZ PRADA Secretario Distrital de Ambiente Que el Doctor, JORGE E CANTINI, en su calidad de Representante Legal de la SOCIEDAD DE CIRUGIA DE BOGOTÁ” a “SOCIEDA DE CIRUGÍA DE BOGOTÁ
- HOSPITAL SAN JOSÉ, mediante oficio con radica do No 2019ER26118 del 04 de abril de 2019, solicitó la aprobación e inscripción de la reforma estatutaria adoptada mediante Acta de reunión de Asamblea General No 59 del 19 de noviembre de 2018, la cual consiste la modificación de los artículos No 10, 16, 21 y la adición del artículo No 64.

SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ D.C Que para el trámite de aprobación de la reforma es tatutaria antes referida, la Representante Legal de la Entidad allegó los siguientes documentos: 1) Acta de reunión de Asamblea General No 59 del 19 de noviem REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-30 • 2019 • NOVIEMBRE •12 30 bre de 2018 firmada únicamente por el Secretario de dicha reunión, y 2) Estatutos vigentes. desvirtúa los fines para los cuales fue creada la referida Institución”.

En mérito de lo expuesto, éste Despacho,

RESUELVE:

Que realizado el análisis de la solicitud de los anterio res documentos, la Dirección de Calidad de Servicios de Salud, a través de la comunicación con radicado No 2019EE33441 del 12 de abril de 2019, presentó observaciones a la documentación allegada por la SOCIEDAD DE CIRUGÍA DE BOGOTÁ - HOSPITAL SAN JOSÉ.

Artículo primero.

Aprobar la reforma de los Es tatutos de la Institución sin ánimo de lucro denominada “SOCIEDAD DE CIRUGÍA DE BOGOTÁ - HOSPITAL SAN JOSÉ”, con domicilio en la ciudad de Bogotá, adoptada mediante Acta de reunión de Asamblea General No 59 del 19 de noviembre de 2018.

Artículo segundo.

Adoptar el documento de los nuevos Estatutos presentados por la SOCIEDAD DE CIRUGÍA DE BOGOTÁ - HOSPITAL SAN JOSÉ, con las respectivas reformas, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente Acto Administrativo.

Que el doctor, JORGE E CANTINI A, en su calidad de Representante Legal de la SOCIEDAD DE CIRUGÍA DE BOGOTÁ - HOSPITAL SAN JOSÉ, mediante oficio con radicado No 2019ER33256 del 29 de abril de 2019, presentó documentación según las obser vaciones realizadas por la Dirección de Calidad de Servicios de Salud, allegando 1) Acta de reunión y de Asamblea General No 59 del 19 de noviembre de 2018 por el Secretario y Presidente de dicha reunión y
2. Estatutos de los cuales se solicita aprobar reforma en un solo cuerpo.

Artículo tercero.

En los aspectos no contem plados en los Estatutos de la Entidad, se aplicará lo dispuesto en las normas que rigen las instituciones sin ánimo de lucro del subsector privado del sector salud y demás normas aplicables.

Que realizado el análisis de la solicitud y de los an teriores documentos, la Subdirección de Inspección, Vigilancia y Control de Servicios de Salud de esta Secretaria, expidió concepto técnico favorable, de fecha 04 de junio de 2019, para la aprobación de la reforma estatutaria solicitada por el Representante Legal de la Institución sin ánimo de lucro, denominada “SOCIEDAD DE CIRUGÍA DE BOGOTÁ - HOSPITAL SAN JOSÉ”, el cual concluyó que:

Artículo cuarto.

Notifíquese personalmente el contenido de la presente Resolución al Representante Legal de la SOCIEDAD DE CIRUGÍA DE BOGOTÁ
- HOSPITAL SAN JOSÉ, o a quien haga sus veces, haciéndole saber que, contra la misma solo procede el recurso de reposición ante este Despacho, el cual deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del termino de publicación según el caso.

Artículo quinto.

Una vez ejecutoriado, el pre sente Acto Administrativo beberá ser publicada en la Gaceta Distrital y se deberá allegar copia de la misma a la oficina de Registros de la Secretaria Distrital de Salud.

“a) La documentación allegada por la institución sin ánimo de lucro denominada “SOCIEDAD DE CIRUGIA DE BOGOTÁ - HOSPITAL SAN JOSE” para el trámite de la reforma estatutaria, cuya aprobación solicita el Representante Legal de dicha Institución, está conforme a lo establecido en el Acta de reunión de Asamblea General No 59 del 19 de noviembre de 2018 firmada por el Secretario y Presidente de dicha reunión.

Artículo sexto.

La presente Resolución rige a partir de su publicación.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, a los once (11) días del mes junio de dos mil diecinueve (2019).

HÉCTOR MARIO RESTREPO MONTOYA Secretario de Despacho (E.) b) Los Estatutos cuya aprobación solicita el Repre sentante Legal de dicha Institución sin ánimo de lucro denominada “SOCIEDAD DE CIRUGIA DE BOGOTÁ - HOSPITAL SAN JOSÉ”, cumple con los requisitos exigidos por los artículos 2.5.3.9.1 al 2.5.3.9.67 del Decreto 780 de 2016 expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y la Resolución 13565 de 1991, expedida por el Ministerio de Salud (hoy Ministerio de salud y de la Protección Social) y no contraviene el orden público, la moral ni las buenas costumbres, ni 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-31 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Resolución Número 2229 (Septiembre 5 de 2019)

Por la cual se modifica la Resolución 1409 de Que el artículo 74 del Código de Procedimiento Admi nistrativo y de lo Contencioso Administrativo, dispone que el recurso de reposición debe interponerse ante el mismo funcionario que tomo la decisión, para que lo aclare, modifique o revoque.

11 de junio de 2019 que aprobó una reforma estatutaria de la institución sin ánimo de lucro denominada SOCIEDAD DE CIRUGÍA DE BOGOTÁ – HOSPITAL DE SAN JOSÉ.

EL SECRETARIO DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ D.C En ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial las conferidas por el Decreto 780 Que el recurso de reposición fue interpuesto por la institución Sociedad de Cirugía de Bogotá – Hospital De San José- dentro del término legal previsto para tal efecto, con el cumplimiento de los requisitos esta blecidos en el artículo 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Por tal motivo, el Despacho procederá a Resolver el recur so de reposición interpuesto, decidiendo de fondo con base en los argumentos planteados por el recurrente. de 2016 expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social, la Resolución 13565 de 1991 expedida por el Ministerio de Salud (hoy Ministerio de Salud y Protección Social) y el Decreto 581 de 1995, expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá, modificado por el Decreto 530 de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que en el acápite de consideraciones de la Resolución 1409 de 11 de junio de 2019 se consignó un yerro al indicar en el párrafo tercero que el señor Jorge E. Cantini A. en su calidad de Representante Legal de la Sociedad de Cirugía de Bogotá Hospital De San José, mediante oficio con radicado 2019ER26118 de 04 de abril de 2019 solicitó la aprobación e inscripción de la reforma estatutaria, siendo que este oficio fue suscrito por el señor Jorge Ernesto Cantini Ardila, en calidad de Secretario de la Sociedad de Cirugía de Bogotá – Hospital De San José.

Que mediante Resolución 1409 de 11 de junio de 2019, se aprobó una reforma estatutaria de la institución sin ánimo de lucro denominada Sociedad de Cirugía de Bogotá – Hospital De San José, la cual fue debida mente notificada a la citada entidad en fecha 23 de julio de 2019.

Que mediante Oficio con radicado 2019ER61779 de 05/08/2019, el señor Jean Pierre Camargo Silva, actuando en calidad de Representante Legal para Asuntos Judiciales de la Sociedad de Cirugía de Bogotá – Hospital De San José interpuso recurso de Reposición para que se modifique la Resolución 1409 de 11 de junio de 2019, atendiendo expresamente al siguiente motivo:

Que en el acápite de consideraciones de la Resolución 1409 de 11 de junio de 2019 se consignó un yerro al indicar en el párrafo sexto que el señor Jorge E. Cantini A, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad de Cirugía de Bogotá – Hospital De San José, mediante oficio con radicado 2019ER33256 del 29 de abril de 2019, presentó documentación según las observaciones realizadas por la Dirección de Calidad de Servicios de Salud, siendo que este documento fue suscrito por el señor Jorge Ernesto Cantini Ardila, en su calidad de Secretario y el Señor Jorge Eugenio Gomez Cusnir actuando en calidad de Presidente de la Sociedad de Cirugía de Bogotá – Hospital De San José.

Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

“Por tanto, es imperioso aclarar y modificar la Resolución número 1409 de 11 de junio de 2019, en el atendió (sic) que fue el DR JORGE EUGE NIO GOMEZ CUSNIR, en su calidad de Repre sentante Legal de la SOCIEDAD DE CIRUGIA DE BOGOTÁ HOSPITAL DE SAN JOSÉ quien solicitó la aprobación e inscripción de la reforma estatutaria en mención y que igualmente presentó la documentación según las observaciones reali zadas por la Dirección de Calidad de Servicios de Salud, en conjunto con el Dr. Jorge Ernesto Cantini A. en su calidad de Secretario de la SOCIEDAD DE CIRUGIA DE BOGOTÁ HOSPITAL DE SAN JOSÉ.”

Artículo primero.

Modificar la parte considerativa de la Resolución 1409 de 11 de junio de 2019, por medio de la cual se aproo una reforma estatutaria, en el entendido que quien presentó la solicitud de apro bación e inscripción de la reforma estatutaria mediante oficio radicado 2019ER26118 de 04 de abril de 2019 fue el señor Jorge Ernesto Cantini Ardila, en calidad de Secretario General de la Sociedad de Cirugía de Bogotá – Hospital De San José.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-32 • 2019 • NOVIEMBRE •12 32 En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

CONSIDERANDO:

Artículo segundo.

Modificar la parte considera tiva de la Resolución 1409 de 11 de junio de 2019, por medio de la cual se aprobó una reforma estatutaria, en el entendido que quienes presentaron el oficio con tentivo de la documentación según las observaciones realizadas por la Dirección de Calidad de Servicios de Salud, fueron los señores Jorge Ernesto Cantinia Ardila, en calidad de secretario y el señor Jorge Euge nio Gomez Cusnir actuando en calidad de Presidente de la Sociedad de Cirugía de Bogotá – Hospital De San José.

Artículo tercero.

La presente resolución hace parte integral de la Resolución 1409 de 11 de junio de 2019.

Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.

Artículo cuarto.

Notifíquese personalmente el contenido de la presente Resolución al Representante Legal de la Sociedad de Cirugía de Bogotá – Hospital De San José, o quien haga sus veces.

Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Docu mentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias.

Artículo quinto.

Publicar la presente resolución junto con la Resolución 1409 de 11 de junio de 2019 en la Gaceta Distrital, allegando copia de la constancia de publicación al Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro de la Secretaria Distrital de Salud de Bogotá D.C.

Artículo sexto.

La presente Resolución rige a partir de su publicación.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1 y No. 2 fueron de vueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.

Que, en consideración a lo expuesto, NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

RESUELVE:

Dado en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del mes de septiembre de dos mil diecinueve (2019).

LUIS GONZALO MORALES SÁNCHEZ Secretario de Despacho

Artículo 1º.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

SECRETARÍA DE HACIENDA

Artículo 2º.

Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 6 Registros, Anexo No. 2 con 20 Registros

Resolución Número 2277-DDI-

Artículo 3º.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:

032786,2019EE 197907 (Noviembre 7 de 2019)

OFICINA TIPO DE ACTO CUENTAS CORRIENTES Y RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIONES COMPENSACIÓN “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

LIQUIDACIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN EL JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponer se ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Sub dirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2)

33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-33 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Meses siguientes a esta publicación.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.2:

OFICINA TIPO DE ACTO CONTROL MASIVO AUTO ACLARATORIO AUTO DE ARCHIVO FISCALIZACIÓN GRANDES CONTRIBUYENTES AUTO DE INSPECCIÓN TRIBUTARIA GENERAL DE FISCALIZACIÓN EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR LIQUIDACIÓN AUTO DE ARCHIVO Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

Artículo 4º.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días del mes de noviembre de dos mil diecinueve (2019).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

JENY PATRICIA CHOLO CAMARGO Profesional Universitario Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Firma delegada mediante Resolución No. DDI-001661 del 01 de febrero de 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-34 • 2019 • NOVIEMBRE •12 34 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 601 30-10-19 DESCONOCIDO IN 4 23/10/2019 CERRADO 77 AP 1101 16/10/2019 DESCONOCIDO AV 39 AP 602 28/10/2019 DESCONOCIDO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO COMPENSACIÓN 30-sep-19 2014 -2015 CL 7 4 20 28/10/2019 NO RESIDE COMPENSACIÓN 09-oct-19 2018 DG 40A 13 21 ED COMPENSACIÓN 02-oct-19 2018 KR 111 157A 77 COMPENSACIÓN 12-sep-19 2019 TV 1 ESTE 55A DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O BILIARIA-NIT PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMO- publicación.

DE TIPO Profesional Universitario IMPUESTO JENY PATRICIA CHOLO CAMARGO NOTIFICACIÓN POR AVISO ENTE IDENTIFI- CACIÓN DEL CONTRIBUY- Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

CHEZ 1.049.622.676 VEHÍCULOS CXU 721 RESOLUCIÓN DE S.A.S. 900.506.520 ICA NA RESOLUCIÓN SANCIÓN 29/10/2019 2017 CL 146 7 64 OF ZALEZ 1.070.305.417 VEHÍCULOS JMA33 RESOLUCIÓN DE NOMBRE DEL COLOMBIA SA 890.903.937 VEHÍCULOS IWY591 RESOLUCIÓN DE SALAZAR GON- GONZALEZ SAN- EN LIQUIDACIÓN 800.135.548 ICA NA RESOLUCIÓN SANCIÓN 22/10/2019 2014-5, 6 CL 90 12 28 PI 2 28-10-19 NO RESIDE Y/O APODERADO CONTRIBUYENTE Firma delegada mediante Resolución No. DDI-001661 del 01 de febrero de 2018 MARIN & CIA S EN C 830.098.301 PREDIAL AAA0154OJEP RESOLUCIÓN DE ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No.2277DDI032786 DEL 07 DE NOVIEMBRE DE 2019 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ No.

El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

CORDIS No. DE En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

Subdirección de Determinación profiríeron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciónes administrativas objeto de la presente CIÓN Que los Jefes de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes y la Oficina de Liquidación de la Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la RESOLU- DDI030747 2019EE177986 201903400300022500 EDUAR DANIEL DDI031042 2019EE182380 201903400300022593 DANIEL FERNANDO DDI032226 2019EE192029 201902920301001864 SMART DECISIONS DDI031988 2019EE188708 201831100343054599 BLU FASHION S.A.S.

DDI030850 2019EE179414 201901400300018697 CEDROS Y CAOBAS DDI029432 2019EE169229 201903400300016301 ITAU CORPBANCA Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-35 • 2019 • NOVIEMBRE •12 CIDO CIDO CIDO CIDO CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE CIÓN FECHA DEVOLU- 703 25-10-19 NO RESIDE 88C 40 28-10-19 CERRADO AP 903 30-10-19 DESCONO- 3 AP 410 28-10-19 NO RESIDE CL 16 C 15 45 FUSAGASUGA NOTIFICACIÓN SANTA MATILDE 29-10-19 CERRADO CUNDINAMARCA 28/10/2019 CERRADO PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO DECLARAR 17/10/2019 2016-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 7A 123 95 OF DECLARAR 17/10/2019 2016-1, 2, 3, 4, 5, 6 CL 54F BIS SUR DECLARAR 18/10/2019 2016-3 KR 16 70A 24 25-10-19 DESCONO- DECLARAR 21/10/2019 2016-1, 2, 3, 4 KR 8A 84A 63 SUR 25-10-19 DESCONO- DECLARAR 22-10-19 2015 1, 2, 3, 4, 5, 6 DECLARAR 23/10/2019 2016-5, 6 KR 86D 41 06 SUR 28-10-19 DESCONO- TRIBUTARIA 28/10/2019 2017-5-6 CL 99 10 19 PI 3 31-10-19 REHUSADO NIT PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA- DE TIPO IMPUESTO ENTE 6.708.025 ICA NA EMPLAZAMIENTO PARA IDENTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO CACIÓN DEL CONTRIBUY- S A S 900.067.492 ICA NA EMPLAZAMIENTO PARA TACT S.A S 900.244.481 ICA NA EMPLAZAMIENTO PARA NOMBRE DEL OLIVARES LIS 17.311.463 ICA NA EMPLAZAMIENTO PARA

- LIQUIDADOR

RERO PINZON 20.704.615 VEHÍCULOS CYW975 AUTO ACLARATORIO 25/10/2019 2014 KR 16 127 81 TO 5 CLARA ISABEL 41.491.769 PREDIAL AAA0011XZEA AUTO DE ARCHIVO 22/10/2019 2016 CL 1B 35A 26 BRR SANDRA LUCIA 52.798.691 VEHÍCULOS DOR476 AUTO DE ARCHIVO 24/10/2019 2018 CL 41 24 31 AP 301 31-10-19 CERRADO COLOMBIA SAS LOMBIA LIMITED 800.230.209 ICA NA AUTO DE INSPECCIÓN EN LIQUIDACION Y/O APODERADO

- ALFREDO DAVID

GARCIA BARRIOS 80.056.708 VEHÍCULOS DAA688 AUTO DE ARCHIVO 8/10/2019 2014 CL 152A 14A 36 IN CONTRIBUYENTE continuación, las actuaciónes administrativas objeto de la presente publicación.

IASA CORPORATION BENAVIDES SEOANE ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No.2277DDI032786 DEL 07 DE NOVIEMBRE DE 2019 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ No.

El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

CORDIS No. DE General de Fiscalización y la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Determinación profiríeron para los contribuyentes que se relacionan a En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

NA 2019EE188312 2018011001197072216 PINZON GUTIERREZ NA 2019EE186675 2019021003180014519 INTERKONT SAS 900.155.576 ICA NA EMPLAZAMIENTO PARA NA 2019EE186675 2019021003180014519 INTERKONT SAS 900.155.576 ICA NA EMPLAZAMIENTO PARA NA 2019EE187206 2019021003180014517 EFFECTIVE CON- NA 2019EE181977 201403100100071949 OSCAR AUGUSTO NA 2019EE188159 2019021003180014522 D&R INTERNATIONAL NA 2019EE 190899 2019022003001018240 WEATHERFORD CO- NA 2019EE188722 2019021003350025089 LUIS EDUARDO NA 2019EE188983 2019021003353025130 No.

CIÓN 2019EE 190444 2019EE 190444 201403100100070797 GLORIBETY GUER- RESOLU- DDI032080 2019EE 189700 201903200101012070 BARRIGA MORENO Que los Jefes de la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servico, la Oficina de Fiscalización Grandes Contribuyentes, la Oficina REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-36 • 2019 • NOVIEMBRE •12 36 CIDO CIDO CIDO 302 25-10-19 NO RESIDE 905 28-10-19 NO RESIDE OF 302 25-10-19 NO RESIDE OF 201 28-10-19 DESCONO- DECLARAR 21/10/2019 2016-1, 2, 3, 4, 5 CL 131 50 30 28-10-19 NO RESIDE DECLARAR 22/10/2019 2015-5 2017 CR 11 A N 93 A 22 DECLARAR 21/10/2019 2016-1, 2, 3, 4, 5 CL 25D 85B 64 DECLARAR 23/10/2019 2016-5, 6 KR 86D 41 06 SUR 25-10-19 DESCONO- DECLARAR 18/10/2019 2016-3 KR 16 70A 74 OFC DECLARAR 18/10/2019 2016-6 KR 8 22 58 SUR 25-10-19 DESCONO- DECLARAR 18/10/2019 2016-3 KR 6 14 98 OFC DECLARAR 18/10/2019 2016-6 KR 64A 5A 72 28-10-19 NO RESIDE Profesional Universitario JENY PATRICIA CHOLO CAMARGO NOTIFICACIÓN POR AVISO Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal SAS 900.684.202 ICA NA EMPLAZAMIENTO PARA SAS 900.341.622 ICA NA AUTO DE ARCHIVO 18/10/2019 2017-4, 6 KR 10 67 A 09 25-10-19 NO RESIDE TACT S.A S 900.244.481 ICA NA EMPLAZAMIENTO PARA TACT S.A S 900.244.481 ICA NA EMPLAZAMIENTO PARA LIQUIDACION 900.274.741 ICA NA EMPLAZAMIENTO PARA ACABADOS AM- ACABADOS AM- ORTEGUI S.A.S. 900.250.896 ICA NA EMPLAZAMIENTO PARA ORTEGUI S.A.S. 900.250.896 ICA NA EMPLAZAMIENTO PARA URBANOS S A S 900.304.286 ICA NA EMPLAZAMIENTO PARA COLOMBIA SAS EN NANDO PEÑA PEÑA 1.075.870.213 ICA NA EMPLAZAMIENTO PARA CIERAS DE CREDITO Firma delegada mediante Resolución No. DDI-001661 del 01 de febrero de 2018 ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No.2277DDI032786 DEL 07 DE NOVIEMBRE DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2019EE187570 2019021003180014516 SEGUNDO HER- NA 2019EE188171 2019021003338024342 INVERSIONES GMN NA 2019EE186919 201902200101001099 ASESORIAS FINAN- NA 2019EE187570 2019021003180014516 TRANSPORTES NA 2019EE187206 2019021003180014517 EFFECTIVE CON- NA 2019EE188983 2019021003353025130 IASA CORPORATION NA 2019EE187206 2019021003180014517 EFFECTIVE CON- NA 2019EE186902 2019021003180014527 ESTRUCTURAS Y NA 2019EE186902 2019021003180014527 ESTRUCTURAS Y Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-37 • 2019 • NOVIEMBRE •12 INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE vadas que se presenten o se adelanten en él Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD-.

Resolución Número 619 (Octubre 17 de 2019)

“Por la cual se crea el Comité Asesor de los proyectos bajo esquema de Asociaciones Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o de iniciativa privada”- y se dictan otras disposiciones.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 04 de 1978, las Resoluciones N° 002 de 2015, 006 de 2017, el artículo 2.2.2.1.5.6 del Decreto 1082 de 2015, y,

CONSIDERANDO:

Que en observancia a lo establecido en el artícu lo 2.2.2.1.5.6 del Decreto 1082 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector administrativo de Planeación Nacional”, y en la Directiva Distrital 004 del 18 de junio de 2019, mediante la cual se dictan los lineamientos y pautas para adelantar el procedimiento de estructuración, evaluación y aprobación de los proyectos bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) de ini ciativa pública y/o de iniciativa privada”, las entidades del nivel territorial y/o distrital, deberán conformar un “Comité o Consejo Asesor” integrado con funcionarios que posean conocimientos técnicos, financieros y jurídicos, con el propósito de emitir concepto con rela ción a la evaluación del Proyecto bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) de iniciativa privada, haciéndose necesario realizar las modificaciones en el Acto Administrativo señalado en el aparte precedente.

Que según el Artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intere ses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la des centralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que el Artículo 3 de la Ley 1437 de 2011 “Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Ad ministrativo”, dispone que las actuaciones administra tivas se desarrollarán, especialmente con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, eco nomía y celeridad.

Que conforme lo anterior, se hace necesario crear un Comité Asesor en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte-IDRD de los proyectos bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o de Iniciativa Privada, en consideración a que los mismos contienen temas que por su comple jidad requieren la participación de las distintas áreas del Instituto, de acuerdo con la heterogeneidad de los asuntos que puedan llegar a involucrar y el co nocimiento que se deba tener de cada uno de ellos, en consonancia con la Resolución No. 006 de 2017 “Por la cual se modifica la estructura organizacional y las funciones de las dependencias del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, y se dictan otras disposiciones”.

Que la Oficina Asesora Jurídica del IDRD, mediante Memorando 20191100544493 de agosto de 2019, viabilizó para la firma del Director General, una vez adelantado el Control de Legalidad la presente Resolución, Que, por lo anterior el Director General

RESUELVE:

Que la Ley 1508 de 2012 “Por la cual se establece el régimen de las Asociaciones Público Privadas, se dictan normas orgánicas de presupuesto y se dictan otras disposiciones”, contempla en el artículo prime ro, que “Las Asociaciones Público Privadas son un instrumento de vinculación de capital privado, que se materializan en un contrato entre una entidad estatal y una persona natural o jurídica de derecho privado, para la provisión de bienes públicos y de sus servicios relacionados, que involucra la retención y transfe rencia de riesgos entre las partes y mecanismos de pago, relacionados con la disponibilidad y el nivel de servicio de la infraestructura y/o servicio”, las cuales podrán ser de conformidad con la misma disposición de iniciativa pública o privada.

Que mediante la Resolución 004 de 2014, se conformó un Grupo Interdisciplinario para los trámites, el proce dimiento y el estudio de las Asociaciones Publico Pri

Artículo primero.

Crear el “Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público- Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o de Iniciativa Privada” del INSTITUTO DISTRITAL DE RECREA CIÓN Y DEPORTE -IDRD, como instancia asesora para revisar las conclusiones de los estudios y análisis elaborados por las dependencias internas del IDRD y las proferidas por las diferentes entidades distritales a fin de emitir recomendaciones y observaciones para

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-38 • 2019 • NOVIEMBRE •12 38 b- Solicitar por intermedio del Asesor (a) Código dar o no paso a las etapas bajo las cuales se estructura el proyecto de Asociaciones Público Privada, el cual estará conformado por los siguientes funcionarios:

- El (La) Asesor (a) Código 105 Grado 04 de la Dirección General del IDRD o quien haga sus veces, quien lo presidirá.

105 Grado 04 de la Dirección General y/o quien haga sus veces al originador del proyecto bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada, información adicional que se considere primordial para la emisión de un concepto y/o recomendación.

- El (La) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y/o quien haga sus veces.

- El (La) Jefe de la Oficina Asesora Jurídica y/o quien haga sus veces.

- El (La) Jefe de la Oficina de Costos y Estudios Económicos o quien haga sus veces.

- El (La) Subdirector (a) Técnico (a) de Parques y/o quien haga sus veces.

- El (La) Subdirector (a) Técnico (a) de Construc ciones y/o quien haga sus veces. c- Proferir recomendación al Director (a) General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte –IDRD, previo análisis y evaluación, de los proyectos pre sentados por los originadores, bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) de iniciativa pública y/o de iniciativa privada, con fundamen to en los pronunciamientos efectuados por los competentes, los cuales deberán rendirse en Lo anterior en un término no mayor a diez (10) días hábiles a la recepción de la solicitud efectuada en tal sentido, por el Asesor (a) Código 105 Grado 04 de la Dirección General y/o quien haga sus veces. d- Velar por la observancia y cumplimiento a lo pre - El (La) Subdirector (a) Administrativo (a) y Finan ciero (a) y/o quien haga sus veces. ceptuado en la normativa existente en materia de Asociaciones Público Privadas (APP).

- El (La) Subdirector (a) de Contratación y/o quien haga sus veces.

- El (La) Subdirector (a) Técnico (a) de Recreación y Deporte y/o quien haga sus veces.

Parágrafo. PRIMERO: La asistencia al Comité
Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asocia ción Público Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada es obligatoria y no es delegable.

Artículo tercero.

SECRETARÍA TECNICA. – La Secretaría Técnica del Comité Asesor de los Pro yectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD, será ejercida por el profesional y/o contratista designado por el (La) Asesor (a) Código 105 Grado 04 de la Dirección General del IDRD o quien haga sus veces, quien tendrá a su cargo las siguientes actividades:

Citar a los miembros del Comité Asesor de los Pro yectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD con la periodicidad que considere necesario la cual se llevará a cabo de manera presencial o virtual, convo catoria que se realizará por lo menos con tres (3) días de anticipación a la fecha prevista para la reunión del respectivo Comité.

Parágrafo. SEGUNDO: Concurrirán sólo con
derecho a voz, pero sin voto: 1- El (La) Jefe de Control Interno quien tendrá la calidad de invitada permanente. 2- Los funcionarios que por su condi ción funcional deban asistir según el caso concreto y 3- Los demás asesores que sean invitados como apoyo para tomar decisiones o para brindar mayor comprensión de los asuntos materia de su consi deración.

Artículo segundo.

El Comité Asesor de los Pro yectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada, tendrá las siguientes actividades:

Remitir junto con la citación, la información referente a los proyectos bajo el esquema de Asociación Público- Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada, así como los conceptos emitidos por cada área de la Entidad y/o los emitidos por las diferentes Entidades del Distrito, desde el ámbito de su competencia. a- Emitir las observaciones y recomendaciones al Director (a) General del Instituto Distrital de Re creación y Deporte –IDRD, sobre los trámites a seguir en las diferentes etapas de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada.

Consolidar la información y generar un concepto uni ficado para ser presentado cómo recomendación a la Dirección General del Instituto para que este dentro del ámbito de sus competencias adopte las medidas y tome las decisiones a que haya lugar.

39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-39 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Elaborar las actas de cada sesión del comité. El acta deberá estar debidamente elaborada y suscrita por los miembros del Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD y el Secretario Técnico del Comité que hayan asistido, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la correspondiente sesión. en las mesas o comités que se conformen, según los lineamientos establecidos en la Directiva Distrital No. 004 del 18 de junio de 2019 que establece “Lineamien tos y Pautas para adelantar el Procedimiento de Es tructuración, Evaluación y Aprobación de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de iniciativa Pública y/o de Iniciativa Privada”, proferida de manera conjunta entre el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. y la Secretaría Jurídica Distrital o aquellas que la aclaren, modifiquen o deroguen.

Verificar el cumplimiento de los conceptos y/o reco mendaciones allegados por los miembros del comité.

Artículo octavo.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución No. 004 de 2014.

Las demás que le sean asignadas por el Comité Ase sor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Pri vada del IDRD.

Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17 ) días del mes de octubre de dos mil diecinueve (2019).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

PEDRO ORLANDO MOLANO PEREZ Director General DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO

Artículo cuarto.

SESIONES VIRTUALES.- Las reuniones del Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD, podrán efectuarse en forma no presencial siempre y cuando, exista comunicación simultánea o sucesiva. En dicho evento se utilizarán los medios tecnológicos que per mitan acreditar las recomendaciones de las reuniones que se efectúen de manera no presencial dejando constancia de lo actuado por ese medio usando los medios necesarios para asegurar su autenticidad, conservación y consulta.

Resolución Número 442 (Noviembre 6 de 2019)

“Por la cual se declara un bien baldío urbano en los términos del artículo 123 de la Ley 388 de 1997”

Artículo quinto.

QUORUM DELIBERATORIO Y DECISORIO. - El Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD, sesionará con un mínimo de seis (6) de sus integrantes. En todos los casos las decisiones se adoptarán por mayoría simple.

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORIA DEL ESPACIO PÚBLICO DE BOGOTA D.C. En uso de sus facultades legales otorgadas en el Acuerdo No. 018 de 1999, en especial de las conferidas por el Decreto Distrital 138 de 2002, el artículo 123° de la Ley 388 de 1997, y

CONSIDERANDO:

Artículo sexto.

INASISTENCIA DE LAS SESIO NES. - Cuando alguno de los miembros del Comité Asesor de los Proyectos bajo el Esquema de Asocia ción Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD, no le sea posible asistir a una sesión deberá comunicarlo por escrito, enviando a la Secre taría Técnica la correspondiente excusa e informando los motivos de la ausencia. En la respectiva acta de cada sesión del Comité, el Secretario Técnico dejará constancia de la asistencia de los miembros e invitados y en caso de inasistencia así lo señalará.

Artículo séptimo.

DESIGNACION DE RESPON SABLES: Designar al Subdirector (a) Técnico (a) de Construcciones, al Subdirector (a) Técnico (a) de Parques y al Asesor (a) Código 105 Grado 04 de la Dirección General, como responsables de los procesos relacionados con las propuestas de Proyectos bajo el Esquema de Asociación Público-Privada (APP) de Iniciativa Pública y/o Privada del IDRD y participar

Que el Alcalde Mayor de Bogotá delegó en la Directora del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público la representación legal en lo judicial y extrajudicial de Bogotá, Distrito Capital, en lo que se refiere a la defensa y saneamiento de los bienes inmuebles que conforman el Patrimonio Inmobiliario Distrital, incluidos los procesos necesarios para la defensa, custodia, preservación y recuperación de los bienes del espacio público del Distrito Capital, iniciados con posterioridad al 1 de enero de 2002, en REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-40 • 2019 • NOVIEMBRE •12 40 utilidad y de beneficio social, económico y ecológico, según la filosofía que inspira la reforma agraria, la cual tiene pleno sustento en los arts. 60, 64, 65, 66 y 334 de la Constitución”. los términos del artículo 8° del Decreto 212 de 2018, “Por medio del cual se establecen disposiciones para el ejercicio de la representación judicial y extrajudicial de las Entidades del Nivel Central de Bogotá, D.C., se efectúan unas delegaciones y se dictan disposiciones”.

Que teniendo en cuenta que el tratamiento de bienes baldíos se fundamentó en el numeral 21 del artículo 76° de la Constitución Política de 1886, le correspondía al Congreso expedir “las normas sobre apropiación o adjudicación y recuperación de tierras baldías” atri bución que sirvió de base para la expedición de la ley 137 de 1959, en la que se reglamentó parcialmente la adjudicación de baldíos urbanos.

Que de conformidad con el artículo 6°del Acuerdo 018 de 1999 aprobado por el Concejo de Bogotá, corresponde al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público-DADEP, entre otras funciones: c) promover en nombre del Distrito Capital las acciones judiciales y administrativas que fueren necesarias para la defensa de los bienes inmuebles de su propiedad y; d) Adelantar las acciones requeridas para lograr el saneamiento de los bienes inmuebles del Distrito Capital”.

Que con la promulgación y entrada en vigencia de la Ley 388 de 1997 en el marco de la Constitución Política de 1991, los municipios y distritos adquirieron la titularidad del dominio sobre los bienes inmuebles baldíos que se encuentran dentro del perímetro urbano de las entidades territoriales, cuando en su artículo 123°dispuso:

“De conformidad con lo dispuesto en la Ley 137 de 1959, todos los terrenos baldíos que se encuentran en suelo urbano en los términos de la presente ley, en los municipios y distritos y que no constituyan reserva am biental pertenecerán a dichas entidades territoriales.”

Que en cumplimiento de las funciones asignadas a la Superintendencia de Notariado y Registro, en el marco de lo dispuesto en el Decreto 2723 de 2014, “Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Notariado y Registro”, articulo 11°numerales 3, 26 y articulo 13°numeral 19, para su conocimiento y apli cación, el Despacho del Superintendente de Notariado y Registro, impartió orientaciones para la identidad jurídico registral de los bienes baldíos urbanos de propiedad de las entidades territoriales cedidos por la nación en virtud de la Ley.

Que con el fin de materializar el artículo 123°de la Ley 388 de 1997 fue necesario adelantar los procedi mientos de formalización contenidos en la Instrucción Administrativa No. 18 de 20091 y la circular 222 de 20102 expedidas por la Superintendencia de Notariado y Registro, cuyos trámites ceñidos a la declaración de la propiedad a través de la escritura pública, discrepan de instrumentos y procedimientos más expeditos para declarar el derecho real de dominio sobre bienes bal díos urbanos por mandato expreso de la Ley.

Que a la Superintendencia de Notariado y Registro se le ha planteado la necesidad de crear un procedimiento ágil y seguro que permita la inscripción en el Registro de Instrumentos Públicos de todos los predios baldíos urbanos de propiedad de los municipios y distritos, que teniendo como titulo la Ley, aún carecen de folio de ma trícula inmobiliaria que los identifique, de conformidad con lo establecido en los artículos: 4°, 8°, 48°, 49° y 50° del Estatuto Registral contenido en la Ley 1579 de 2012 “Por la cual se expide el estatuto de registro de instrumentos públicos y se dictan otras disposiciones”.

Que mediante la instrucción administrativa 03 del 26 de marzo de 2015 que derogó la instrucción admi nistrativa 018 del 24 de Agosto de 2009, y la circular 222 de Noviembre de 2010, se redefinieron las con diciones para la titulación de los predios baldíos y la correspondiente inscripción por parte de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, con el objeto de darles identidad registral a los bienes de los municipios y distritos, cuyo dominio fue adquirido en virtud de la Ley, y con el fin de darle seguridad jurídica a los títulos correspondientes.

Que de acuerdo con la legislación Colombiana, un bien baldío es un bien inmueble de propiedad de la Nación y ubicado en zonas rurales que, como regla general, debe ser adjudicado a quienes lo ocupen y cumplan con los requisitos previstos por la ley; a su vez el Código Civil Colombiano en el artículo 675° define los bienes baldíos como: “Son bienes de la Unión todas las tierras que estando situadas dentro de los límites territoriales carecen de otro dueño”.

Que la Subdirección de Registro Inmobiliario de este Departamento Administrativo, evidenció el siguiente bien inmueble como predio baldío que a continuación se relaciona:

1 Cuyo asunto es la identidad jurídico-registral de Bienes Baldíos Urbanos de propiedad de las Entidades Territoriales cedidos por la nación en virtud de la Ley Que jurisprudencialmente la Corte Constitucional Co lombiana en sentencia C – 536 de 1997, Magistrado Ponente Doctor Antonio Barrera Carbonell, definió los bienes baldíos como “bienes que pertenecen a la Nación, cuya adjudicación se puede hacer a los parti culares o a las entidades públicas, bajo un criterio de 2 Aspectos a tener en cuenta en la instrucción administrativa No. 18 de 2009 41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-41 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Lote de terreno identificado con el número CUAREN TA Y SEIS CUARENTA Y OCHO (46 – 48) DE LA CALLE CIENTO OCHENTA Y UNO (181) localidad Suba, en la ciudad de Bogotá.

Que en los archivos físicos documentales de la Unidad Especial de Catastro Distrital se encuentra incorporado este predio con los siguientes indicadores catastrales: a este Departamento Administrativo que: “mediante sentencia de fecha 31 de agosto de 2015 negó las pretensiones de la demanda por cuanto consideró que el inmueble donde funcionó la UPA NUEVA ZELANDA es un BALDÍO URBANO, en tanto no se evidencia que hubiere tenido a un particular como titular del derecho real de dominio que recae sobre él. Por lo tanto, el bien pertenece al ente territorial donde se encuentre ubicado, esto es, al Distrito Capital de Bogotá”.

Dirección Actual CL 181 46 48 Dirección Antigua: CL 179 43A 48 CHIP: AAA0124YYBS Código del Sector: 009120 03 05 000 00000 Localidad: SUBA Barrio: Barrio Nueva Zelandia Que así mismo, mediante Radicado DADEP No. 2019- 400-010107-2 del 13/05/2019 la Registradora Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá -Zona Norte, allegó a esta entidad la carencia registral del predio en cuestión precisando:

Que la información antes reportada fue verificada por el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público en el Sistema de Información de Procesos Judiciales – SIPROJ, confirmando que la actuación judicial referida por la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E corresponde al pro ceso judicial de prescripción adquisitiva del dominio (proceso de pertenencia) tramitado ante el Juzgado Quinto Civil del Circuito Judicial de Bogotá (2011- 10288), con sentencia emitida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Descongestión, proferida el 31 de agosto de 2015; el proceso actualmente se encuentra archivado, después de haber sido negado el recurso de apelación interpuesto por el entonces demandante, por extemporaneidad.

Que de acuerdo con el presente acto administrativo “Por el cual se declara un bien baldío urbano en los términos del artículo 123 de la ley 388 de 1997”, se entiende que el bien inmueble no ostenta titularidad en cabeza de particulares o entidades públicas, de acuerdo con la ley civil, por tanto se encuentran en condición de bien baldío urbanos y es de propiedad del Distrito Capital de Bogotá por el solo ministerio de la ley que es el título adquisitivo de dominio de confor midad con el artículo 1494° del Código Civil, relativo a las fuentes de las obligaciones.

“Una vez realizada la búsqueda tanto en los libros e índices que reposan en el Antiguo Sistema, como en el Folio Magnético de la Oficina de Re gistro de Instrumentos Públicos Zona Norte acor de a los datos aportados por el doctor Felipe A. Salazar Díaz Granados, Subdirector de Registro Inmobiliario (E) del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, mediante oficio de marzo 4 de 2019 radicado DADEP 20192030032931, radicado en esta oficina con número 50N2019ER04109 de marzo 11 de 2019, NO se encontró antecedentes registrales frente al predio ubicado en la calle 179 n 43ª 48(dirección antigua) o calle 181 No. 36-48 ( dirección nueva)”.

Que la Secretaria Distrital de Planeación, mediante Rad. DADEP No.2019-400-010744-2 del 21/05/2019 señaló:

Que estando identificado en debida forma el perímetro del bien inmueble y del correspondiente estudio ade lantado por la Subdirección de Registro Inmobiliario del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, se concluye que el bien inmueble se encuentra en condición de bien baldío urbano.

Teniendo en cuenta los antecedentes mencionados, BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL efectúa la presente declaración pública consagrada a continuación en los términos de la instrucción administrativa 03 de 2015 de la Superintendencia de Notariado y Registro y las normas referidas así:

“Para el predio Calle 181 N 36-48 nos permitimos informarle que cruzando la localización con el decreto 190 de 2004, y sus planos numero 2 y 31- clasificación del suelo y usos del suelo rural, con los niveles de información que componen la Estructura Ecológica Principal (Sistemas de Áreas Protegidas, Parques Urbanos, Corredores Ecoló gicos y Áreas de Manejo Especial del Rio Bogotá), el predio no hace parte de dicha estructura.”

RESUELVE:

Que a través de Radicado DADEP No. 2019-400- 002220-2 del 05/02/2019 la Gerente de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E comunicó

Artículo 1.

- DECLARACIÓN. Declarar mediante el presente acto administrativo el dominio pleno a nombre de Bogotá Distrito Capital (representado para estos

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-42 • 2019 • NOVIEMBRE •12 42 103404.196) en línea recta en distancia de veintitrés metros punto cero siete centímetros (23.07mts); del mojón 1 (Coordenadas Norte (Y)= 117935.782 Este (X)= 103404.196) al mojón 1 (Coordenadas Norte (Y)= 117935.782 Este (X)= 103404.196) en línea recta y encierra en distancia de cero puntos cero metros (0.00mts).

El predio alinderado anteriormente queda con desti nación de Bien fiscal. efectos legales por el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público), de conformidad con el artículo 123° de la Ley 388 de 1997 que dispone: “De conformidad con lo dispuesto en la Ley 137 de 1959, todos los terrenos baldíos que se encuentren en suelo urbano, en los términos de la presente ley, de los municipios y distritos y que no constituyan reserva ambiental pertenecerán a dichas entidades territoria les”, respecto del bien baldío urbano ubicado en el perímetro urbano de Bogotá Distrito Capital identificado como se describe a continuación:

Artículo 2.

- REGISTRO. En atención a lo anterior, este Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Púbico solicita al señor Registrador de Instru mentos Públicos de Bogotá -Zona Centro la apertura del Folio de Matrícula Inmobiliaria correspondiente, en los términos de la Resolución No. 03 del 26 de marzo de 2016 expedida por la Superintendencia de Notariado y Registro o la que le sustituya y/o modifique, efectuando las siguientes anotaciones.

DETERMINACIÓN DE ÁREA Y LINDEROS DEL PREDIO:

Que la cabida superficiaria real del inmueble objeto del presente acto administrativo, se encuentra identificada en el plano topográfico denominado “CA LLE 181 N 46-48” predio ubicado en el casco urbano de la localidad de Suba de la ciudad de Bogotá, que se protocoliza con el presente instrumento y con fun damento en los cuales se proceden a identificar los bienes inmuebles así:

“Anotación 1: Cesión de baldío urbano de la Na ción al Municipio (Ley 388/1997, artículo 123”

“Anotación 2: Determinación de área y linderos Predios del Municipio”

Artículo 3.

- DERECHOS REGISTRALES. El presente Acto jurídico se encuentra exento del pago de los derechos de registro de acuerdo al Artículo 20° literal d) de la Resolución 727 del 29 de enero de 2016 “Actuaciones Exentas” “d) Cuando las solicitudes de certificación, de inscripción de documentos o su cancelación en que intervengan exclusivamente las entidades estatales, a excepción de las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios, Empresas Industria les y Comerciales del Estado, y las Sociedades de Economía Mixta las cuales asumirán el pago de los derecho de registro”.

Artículo 4.

- PUBLICACIÓN. El presente acto administrativo de carácter general deberá publicarse de conformidad con lo consignado en el artículo 65° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) en el Registro Distrital e igualmente deberá ser publicado en la página web del DADEP www.dadep.gov.co.

Artículo 5.

- RECURSOS. De acuerdo al artículo 75° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) contra la presente resolución no proceden recursos.

PREDIO - CL 181 No. 46 48. Comprendido dentro de los siguientes mojones: 1,2,3,4,5,6,7,1 con un área su perficiaria de trescientos treinta y ocho metros cua drados punto treinta y uno centímetros (338.31m2), alinderado de la siguiente forma del mojón 1 (Coorde nadas Norte (Y)= 117935.782 Este (X)= 103404.196) al mojón 2 (Coordenadas Norte (Y)= 117952.907 Este (X) = 103409.736) en línea recta en distancia de diez y ocho metros punto cero centímetros (18.00mts); del mojón 2 (Coordenadas Norte (Y)= 117952.907 Este (X) = 103409.736) al mojón 3 (Coordenadas Norte (Y)= 117948.810 Este (X) = 103422.613) en línea recta en distancia de trece metros punto cincuenta y uno centímetros (13.51mts); del mojón 3 (Coordena das Norte (Y)=117948.810 Este (X) = 103422.613) al mojón 4 (Coordenadas Norte (Y)= 117941.282 Este (X) = 103418.030) en línea recta en distancia de ocho metros punto ochenta y uno centímetros (8.81mts);del mojón 4 (Coordenadas Norte (Y)= 117941.282 Este (X) = 103418.030) al mojón 5 Coordenadas Norte (Y)= 117940.547 Este (X) = 103427.715) en línea recta en distancia de nueve metros punto setenta y uno centímetros (9.71mts); del mojón 5 (Coordena das Norte (Y)= 117940.547 Este (X) = 103427.715) al mojón 6 (Coordenadas Norte (Y)= 117940.173 Este (X) = 103429.830) en línea recta en distancia de dos metros punto quince centímetros (2.15mts); del mojón 6 (Coordenadas Norte (Y)= 117940.173 Este (X) = 103429.830) al mojón 7 (Coordenadas Norte (Y)= 117928.938 Este (X) = 103426.228) en línea recta en distancia de once metros punto ochenta cen tímetros (11.80mts); del mojón 7 (Coordenadas Norte (Y)= 117928.938 Este (X) = 103426.228) al mojón 1 (Coordenadas Norte (Y)= 117935.782 Este (X)=

Artículo 6.

- COPIAS. Para el efecto se expiden tres (3) copias de la presente Resolución de declaración de bien baldío urbano así: un (1) original en papel de seguridad que se insertará en el archivo del Patrimonio Inmobiliario Distrital; una (1) original con destino a la

43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-43 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Oficina de Registro de Instrumentos Públicos - Zona Centro y una (1) copia con destino a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital de Bogotá D C.

Artículo 7.

- VIGENCIA. - La presente resolución rige a partir de su publicación en el Registro Distrital y de roga las disposiciones que le sean contrarias. Igualmente deberá publicarse en la página web del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público www.dadep.gov.co.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

NADIME YAVER LICHT Directora REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-44 • 2019 • NOVIEMBRE •12 44 DOCUMENTOS Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)

Documento Conpes Número 04 “POLÍTICA PÚBLICA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN 2019-2038”

04 Documento CONPES D.C.

Consejo Distrital de Política Económica y Social del Distrito Capital “POLÍTICA PÚBLICA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN 2019-2038”

Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, Industria y Turismo Sectores y entidades corresponsables Sector Gestión Pública Secretaría Distrital de Planeación Secretaría de Educación del Distrito Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, Industria y Turismo Secretaría Distrital de Salud Alta Consejería para las TIC Veeduría Distrital 45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-45 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Enrique Peñalosa Londoño Alcalde Mayor de Bogotá Andrés Ortiz Gómez Secretario Distrital de Planeación Claudia Puentes Riaño Secretaria de Educación Gladys Sanmiguel Bejarano Secretaria de Integración Social Juan Pablo Bocarejo Suescún Secretario de Movilidad Luis Gonzalo Morales Sánchez Secretario de Salud Francisco Cruz Prada Secretario de Ambiente Guillermo Herrera Castaño Secretario de Hábitat Dalila Hernández Corzo Secretaria Jurídica Raúl Buitrago Arias Secretario General Iván Casas Ruíz Secretario de Gobierno Beatriz Arbeláez Martínez Secretaria de Hacienda Jairo García Guerrero Secretario de Seguridad, Justicia y Convivencia María Claudia López Sorzano Secretaria de Cultura, Recreación y Deportes José Andrés Duarte García Secretario de Desarrollo Económico Ángela Anzola de Toro Secretaria de la Mujer REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-46 • 2019 • NOVIEMBRE •12 46 Resumen ejecutivo En la actualidad, las sociedades de conocimiento constituyen los motores modernos del desarrollo económico, el crecimiento sustentable, la equidad y la soberanía de las naciones. Dichas sociedades se basan en los grandes cambios en la Ciencia, Tecnología e Innovación (CT+I) a nivel mundial, entre ellos la Cuarta Revolución Industrial y la Industria 4.0 (además de otros cambios en la ciencia mundial). Entre otros resultados, dichos cambios están generando crecientes brechas tecnológicas entre las empresas colombianas y las empresas innovadoras a nivel mundial. Estas brechas tecnológicas son consecuencia de los grandes cambios en la CT+I mundial.

Adicionalmente, el alto ritmo del progreso de la ciencia y la tecnología trae consigo la necesidad de actualizar y mejorar los conocimientos y la infraestructura en CT+I que existe en Bogotá y en Colombia. Esto lleva a la necesidad de invertir en capacitación de recursos humanos de alto nivel, en modernizar y fortalecer la infraestructura que existe para investigación y para CT+I en general, especialmente incluyendo laboratorios, y en financiamiento de investigaciones.

De cara a direccionar a la ciudad de Bogotá hacia una sociedad con dichas características, se identificó que la problemática en cuanto a CT+I que retrasa dicha transición radica en el desaprovechamiento de las capacidades existentes de CT+I en el ecosistema de la ciudad y su región. Al mismo tiempo, si bien es muy importante aprovechar las capacidades en CT+I que tenemos en la ciudad-región, el desafío que se confronta es bastante más complejo.

Así, uno de los principales desafíos que se deben tomar en consideración es el de fortalecer las capacidades endógenas en investigación, en gestión tecnológica y en las diversas dimensiones relacionadas con la generación y aplicación de conocimiento. Y es necesario responder a este desafío en forma integral, incluyendo la aplicación sistemática de los criterios que surgen de los enfoques de derechos humanos, género, diferencial, territorial y ambiental, como un elemento transversal a toda la política distrital.

47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-47 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Ante la problemática descrita, se formula una política pública de CT+I para Bogotá D.C. con el objetivo de fortalecer el Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación1, entendido como el conjunto de redes de agentes públicos, privados y educacionales que interactúan en un territorio específico, aprovechando una infraestructura particular para los propósitos de adaptar, generar y/o difundir innovaciones tecnológicas. Un ERCTI es un entorno geográfico en el que se concentran diferentes actores. Estos cooperan permanentemente entre sí y su interacción es esencial para desarrollar sus actividades de innovación. Al fortalecer este ecosistema será posible insertar a Bogotá en las denominadas sociedades de conocimiento, como una ciudadregión competitiva, sostenible, innovadora e integradora con base en su capacidad para crear valor por medio de la generación y aplicación de conocimiento.

Para sentar las bases para la formulación de la Política Distrital de CT+I 2019-2038 se realizó un diagnóstico de la situación de la CT+I en el Distrito Capital en la fase de agenda pública de la política. Este diagnóstico se basa en tres fuentes de información:

(a) Un conjunto de estudios previos que se realizaron sobre este tema, de los cuales el más importante es el estudio realizado por el Observatorio de Ciencia y Tecnología – OCYT (2016) “Necesidades, intereses y posiciones de los actores institucionales pertinentes para la formulación de una política pública de CT+I” con el objetivo de identificar requerimientos y necesidades que distintos sectores de la población distrital confrontan. (b) El estudio en profundidad de “El Ecosistema Regional de CT+I de Bogotá-Región” (Chaparro, 2017), en el cual se analizan los principales actores sociales que constituyen este Ecosistema, los programas y servicios que cada uno ofrece, y los problemas y limitantes que confrontan. (c) Una amplia gama de foros de participación y entrevistas que se realizaron como parte de la estrategia de participación ciudadana que se desarrolló, tanto como parte del proceso de elaboración del 1 El Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación se aborda a mayor detalle en el documento de Diagnóstico y Factores Estratégicos de la fase de agenda pública de la política.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-48 • 2019 • NOVIEMBRE •12 48 diagnóstico, como parte del proceso de formulación la Política Distrital.

La consideración y análisis de dichos insumos condujo a la formulación de los Factores Estratégicos que inciden en el proceso de desarrollar capacidades endógenas para generar conocimiento y para aplicarlo a la solución de los problemas y desafíos que se confrontan.

La propuesta de Política Distrital de CT+I que se presenta en este documento se estructura alrededor de un objetivo general que se plantea en términos de lograr la siguiente visión:

Fortalecer el Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación para lograr insertar a Bogotá dentro de las denominadas sociedades de conocimiento, como una ciudadregión competitiva, sostenible, innovadora, e integradora con base a su capacidad para crear valor por medio de la generación y aplicación de conocimiento Para lograr la visión de integrar el Distrito Capital a las sociedades del conocimiento al 2038, se identificaron tres grandes desafíos que se deben solucionar para lograr este objetivo general:

1. Consolidar a la educación y la investigación con enfoque al desarrollo de capacidades endógenas en Ciencia, Tecnología e Innovación.
2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción.
3. Generar procesos de innovación social y pública que aporten a lograr un desarrollo humano sostenible.

Adicionalmente para lograr esta visión es necesario responder a los desafíos de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la agenda 2030 de Naciones Unidas. Poder alcanzar estos objetivos depende de la capacidad de generar conocimiento por medio del desarrollo de la ciencia y la tecnología y responder a lo que Nicholas Ashford llama el triple desafío de la sostenibilidad: la sostenibilidad ambiental (coexistencia armónica con el Ambiente), la sostenibilidad económica (capacidad de tener empresas y cadenas de producción que puedan sobrevivir en este nuevo entorno tecnológico y ser competitivas), y la sostenibilidad social (capacidad de inclusión social y de participación en los beneficios de la Sociedad del Conocimiento por parte de toda la población.2 2 Nicholas A. Ashford y Ralph P. Hall: “Technology, Globalization and Sustainable Development”; New Haven, Yale University Press, 2011.

49 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-49 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Tabla de contenido Resumen ejecutivo 3 Tabla de contenido 7 Siglas y abreviaciones 8 Introducción 9 Antecedentes y justificación 12 Diagnóstico e identificación de factores estratégicos 24 Formulación de la política 34 Objetivo general 34 Objetivos específicos 34 Sectores y entidades corresponsables 39 Seguimiento y evaluación 40 Plan de Acción ¡Error! Marcador no definido.

Financiamiento 41 Glosario 42 Bibliografía 44 Anexos 45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-50 • 2019 • NOVIEMBRE •12 50 Siglas y abreviaciones Sigla/Abr Significado eviación ACTI Actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación.

I+D Actividades de Investigación y Desarrollo.

CCB Cámara de Comercio de Bogotá CT+I Ciencia, Tecnología e Innovación.

DANE Departamento Nacional de Estadística.

ERCTI Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

IAP Investigación-Acción-Participativa.

MEN Ministerio de Educación Nacional.

OCYT Observatorio Colombiano de Ciencia y Tecnología OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD por sus siglas en Inglés).

PIB Producto Interno Bruto.

SDDE Secretaría de Desarrollo Económico.

SDDE Secretaría de Desarrollo Económico.

SDH Secretaría de Hacienda.

SNCTeI STEM Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Acrónimo de los términos en inglés Science, Technology, Engineering and Mathematics SUE Sistema Universitario Estatal.

TIC Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-51 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Introducción La formación de las denominadas sociedades de conocimiento demanda de forma permanente la participación de los miembros de esta en los procesos de investigación científica de punta, en el aprovechamiento de parte de esos resultados científicos para la producción de tecnologías y en la utilización de la ciencia y la tecnología en la creación de soluciones innovadoras a los problemas de la sociedad. Este complejo proceso de creación y apropiación social del conocimiento es constante, dinámico, contribuye a aumentar el bienestar y cuenta con la participación de todos los actores de la sociedad.

Las sociedades de conocimiento son los motores modernos del desarrollo económico, el crecimiento sustentable, la equidad y la soberanía de las naciones. Bogotá posee características únicas para convertirse en una sociedad de conocimiento. No solamente es la ciudad más poblada de Colombia, con más de 8 millones de habitantes, también concentra el 25.7% de la actividad económica del país, con inversiones del 0.98% de PIB en actividades de ciencia, tecnología e innovación, por encima del promedio nacional, pero por debajo de ciudades comparables como Sao Paulo y Ciudad de México, ver (Alcaldía de Bogotá 2016) y (OCYT, 2017).

Bogotá también concentra la mayor cantidad de instituciones universitarias, cuenta con el 38.3% de los grupos de investigación registrados ante Colciencias (1.837), con el 46% de ellos concentrados en las más altas clasificaciones A1, A y B, (Colciencias 2016). La capital también lidera la formación doctoral en el país contribuyendo con 828 tesis de doctorado registradas de un total de 2.090 en el país y cuenta con la mayor concentración de Centros de Investigación y Desarrollo Tecnológico. En consecuencia, la ciudad se encuentra en un punto importante en el que debe afrontar el desaprovechamiento de las capacidades ya mencionadas en CT+I en el ecosistema de la ciudad y la región, asumiendo que en este momento histórico y con toda esta capacidad mencionada este tema debería estar mucho más desarrollado.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-52 • 2019 • NOVIEMBRE •12 52 Hasta ahora Bogotá no ha tenido una Política Distrital de CT+I, aunque ha habido varios estudios en esta dirección que se hicieron en el 2006, 2009 y 2013. Sin embargo, Bogotá ha participado en la política nacional de CT+I, gracias a la cual es que hoy tiene la infraestructura y la capacidad instalada descritas en el párrafo anterior. Es gracias a esta política de los últimos 20 años y más, que hoy cuenta con la concentración de grupos de investigación, de programas de doctorado y de centros de desarrollo tecnológico que existen en el Distrito.

Con la presente política se están dando tres pasos nuevos muy importantes, que la diferencian de las acciones relacionadas, previamente emprendidas. En primer lugar, se está formulando por primera vez una Política Distrital de CT+I con enfoque territorial. Es decir, que responda a los problemas específicos de la ciudad-región.

En segundo lugar, adopta una estrategia de desarrollo regional basada en el conocimiento, para poder insertarse con éxito en la sociedad del conocimiento. Esto va más allá del reconocimiento de la importancia de la ciencia, la tecnología y la innovación, las cuáles desempeñan un papel muy importante. Pero las estrategias de desarrollo basadas en el conocimiento, sobre lo cual hay una importante literatura, llevan a desarrollar estrategias para que este pueda permear la sociedad en todos sus niveles, incluyendo la generación y gestión de conocimiento por parte de los ciudadanos en el ámbito de la comunidad local.

Esto le permite a la política responder a los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS), relacionados con mejorar el bienestar de comunidades locales. En tercer lugar, le asigna una alta importancia al análisis estratégico y prospectivo de los grandes cambios que se están dando en la ciencia y la tecnología a nivel mundial, los cuales deben realizarse de manera continua, con el fin de identificar las oportunidades y los desafíos que esto le representa al desarrollo de la región.

En virtud del carácter transversal que caracteriza a la CT+I es clara su intervención en diversas políticas públicas del distrito, es por esto por lo que en su formulación se trata de influir positivamente en tres ámbitos:

53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-53 • 2019 • NOVIEMBRE •12 el empresarial, el institucional y el de la sociedad, conscientes de que la ciencia y la tecnología son unos medios muy potentes para intervenir problemas sociales y económicos del Distrito Capital.

En cuanto al proceso de participación se desarrolló una estrategia que incluyó diversos foros en los que se involucraron una gran variedad de actores sociales y sectores de la población distrital. Es muy importante destacar que todas las ideas y propuestas de acción que se han incorporado en esta política surgieron de los diferentes espacios de participación. En la fase de agenda pública y de formulación el proceso se materializó a través de escenarios de debate y de construcción de iniciativas, en donde los participantes incorporaron a través del diálogo de saberes y el reconocimiento de las diferentes perspectivas, sus visiones de futuro frente al papel que debe tener esta política para la ciudad y la región.

La necesidad de plantear una política a largo plazo de CT+I del Distrito Capital, 2019-2038, que tenga en cuenta las complejas dinámicas del ecosistema, la relación universidad/empresa/Estado, y que logre insertar a Bogotá en las denominadas sociedades de conocimiento es el principal objetivo de este documento. Para lograr este objetivo, la política plantea diversas estrategias orientadas a alcanzar tres objetivos específicos y líneas de acción definidas para fortalecer las capacidades de la región, incluyendo el fortalecimiento de la investigación y la formación del talento humano con las competencias que caracterizan el siglo XXI, así como la mejora en la articulación entre los diversos actores del sistema regional de CT+I y el fortalecimiento de los mecanismos de concertación entre ellos. Esto último es importante para poder responder al problema de la desarticulación que hoy se confronta y que limita la efectividad del ecosistema regional.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-54 • 2019 • NOVIEMBRE •12 54 Antecedentes y justificación Conceptual y Técnico El mundo contemporáneo se caracteriza por cuatro procesos que en algunos casos se complementan y en otros generan tensiones entre ellos: a) Grandes adelantos científicos y tecnológicos sin precedentes están transformando el mundo en todos los sectores de la sociedad: en transporte, en salud, en telecomunicaciones, en las diversas ramas de la producción, en el aprovechamiento de la biodiversidad y en muchos otros campos de acción. Surge la sociedad del conocimiento, basada en un marco de derechos, justicia, igualdad de género y sostenibilidad. b) La capacidad de crear y aplicar conocimiento se ha convertido en factor de producción y en requisito para poder participar en la nueva economía global del conocimiento. c) Como consecuencia de lo anterior, la educación, la generación de conocimiento por medio de la investigación, el aprendizaje continuo y la innovación se han convertido en procesos estratégicos en la construcción de este nuevo entorno. d) Pero al mismo tiempo, los grandes desafíos que se enfrentan, tanto a nivel local como global, se han multiplicado, poniendo en entredicho el modelo de desarrollo y la capacidad real de la ciencia en aportar soluciones. Aquí se refiere a lo que Nicholas Ashford denominó el “Triple Desafío de la Sostenibilidad”: (i) La sostenibilidad económica que depende de la competitividad, del crecimiento económico y de la capacidad de generar empleo e ingresos para la población. (ii) La sostenibilidad ambiental basada en un uso racional de los recursos naturales, en la capacidad de gestión de ecosistemas, en el desarrollo de fuentes alternativas de energía y en estrategias que permitan responder a los desafíos del cambio climático global. (iii) La sostenibilidad social, lo que requiere asegurar la inclusión social y combatir con éxito la pobreza y el conflicto social.

Para poder integrar al Distrito Capital en estos procesos y responder a estos desafíos se requiere la formulación de una Política de Ciencia, 55 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-55 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Tecnología e Innovación (CT+I) y un Plan de Acción 2019-2038 que asegure su efectiva implementación. Con el fin de sentar las bases para la formulación de esta política, es importante aclarar el marco conceptual con el cual se aborda el tema de la Política de CT+I, en la medida en que su comprensión deriva en la formulación de los tres objetivos específicos de la política Distrital, y en particular el tercero relacionado con empoderar la comunidad y el ciudadano a partir del conocimiento, incluyendo el conocimiento empírico que él genera.

Veamos primero los tres conceptos básicos de Ciencia, Tecnología e Innovación, conceptos que están claramente definidos en manuales internacionales como el de Frascati y el de Oslo, que son ampliamente utilizados en Colombia. Uno de los más grandes avances de la humanidad está en la creación de un cuerpo de conocimientos acerca de la naturaleza que nos rodea, este cuerpo de conocimientos, denominado “Ciencia”, está basado en la existencia de leyes naturales que son comprobables experimentalmente, y que buscan ser expresadas hasta donde sea posible por medio de un lenguaje matemático. El conocimiento científico tiene su aplicación práctica bajo el concepto de “Tecnología”, y esto incluye tanto tecnologías de producción como organizacionales.

Por “Innovación” se entiende la creación de valor para la sociedad a partir del conocimiento, ya sea en el sector productivo (Innovaciones Tecnológicas) como en la sociedad en general (Innovaciones Sociales). Hay dos enfoques para analizar el proceso de Innovación. El primero se basa en el Manual de Oslo, el cual se refiere esencialmente a la Innovación empresarial, como parte de un proceso de producción. Este manual define cuatro tipos de innovaciones, en su versión más reciente ampliada: Innovación en producto, en proceso, en marketing y en organización. Se aplica tanto a la industria como a los servicios, incluyendo los servicios públicos. Considera la innovación como un proceso en red en el que las interacciones entre los diversos agentes generan nuevos conocimientos y tecnología. Un segundo enfoque que ha surgido para analizar la innovación es el que propone la teoría del conocimiento, en el cual la innovación surge a partir del momento en que se busca crear valor a partir del conocimiento, pero dicho valor no se limita a los valores empresariales de productividad, reducción de costos e incrementar la eficiencia de la producción. El valor generado REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-56 • 2019 • NOVIEMBRE •12 56 por el conocimiento puede igualmente referirse a mejorar el bienestar de una comunidad, o a la solución de cualquier problema que una comunidad confronta. Es bien sabido que en el contexto de la Economía del Conocimiento que caracteriza el siglo XXI la innovación no se limita a innovaciones en productos y en procesos de producción. La innovación crecientemente se basa en procesos de aprendizaje continuo, relacionados con procesos de sistematizar experiencias que faciliten el tránsito de “conocimiento tácito” (personal) a “conocimiento codificado”, y por lo tanto con procesos basados en gestión del conocimiento, tanto en contextos corporativos (como la empresa), como comunitarios (la comunidad).

Cuando se habla de “conocimiento” se refiere a dos tipos de conocimiento: el “conocimiento científico” generado por la investigación o por la reflexión basada en la utilización del método científico (relacionado con la “Ciencia” como se definió al inicio); y el “conocimiento empírico” generado por la experiencia vivencial de personas, grupos u organizaciones. Este segundo tipo de conocimiento se relaciona con el conocimiento que una persona o grupo tiene de sus propias necesidades y de cómo satisfacerlas. El marco conceptual que se utiliza en esta Política Distrital de CT+I se basa en el tipo de conocimiento, que, sin desconocer la gran importancia que tiene la ciencia y el conocimiento científico en el mundo contemporáneo, le asigna un papel igualmente importante al conocimiento empírico generado por el ciudadano en la solución de los problemas que se confrontan en una comunidad, por medio de procesos de aprendizaje social.

El estudio más reciente realizado sobre la situación de la CT+I en Bogotá, es el estudio sobre “El Ecosistema Regional de CT+I de Bogotá- Región: Situación actual y proyección hacia el futuro”3 (Chaparro, 2017), el cual presenta un detallado análisis de los diversos actores sociales que constituyen el Ecosistema Regional y de las diversas formas y estructuras que toman las relaciones de cooperación que se establecen entre ellos.

3 Ver Fernando Chaparro: “El Ecosistema Regional de CT+i de Bogotá-Región: Situación actual y proyección hacia el futuro”; Bogotá, Universidad Nacional, CID, 2017.

57 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-57 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Es en este estudio dónde se entiende el Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación (ERCTI) como el conjunto de redes de agentes públicos, privados y educacionales que interactúan en un territorio específico, aprovechando una infraestructura particular para los propósitos de adaptar, generar y/o difundir innovaciones tecnológicas. Un ERCTI es un entorno geográfico en el que se concentran diferentes actores. Estos cooperan permanentemente entre sí y su interacción es esencial para desarrollar sus actividades de innovación Este análisis concluye que Bogotá no solamente tiene la concentración territorial más grande en temas y capacidades de CT&I de Colombia, sino que también cuenta con una institucionalidad bastante desarrollada, que puede ser potencializada siempre y cuando se superen algunas de las debilidades identificadas, particularmente relacionadas con la articulación de los actores.

Normativo La mayor parte de componentes del marco jurídico de la CT+I en Colombia son actos legislativos nacionales. En otros casos son actos jurídicos distritales, que definen elementos importantes de la normatividad al nivel Distrito Capital. Los principales elementos del marco jurídico actual son los siguientes:

1. Ley 29 de 1990 y un conjunto de Decretos que se derivan de esta Ley, que son los que establecen las bases del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología de Colombia. Esta ley coincide con el fin del proteccionismo y el inicio de la apertura, y es uno de los instrumentos que el país creó para operar en el nuevo entorno de mercados abiertos. Principales decretos derivados en el marco de las facultades extraordinarias:

a. Decreto-ley 591 de 1991. Mecanismos de contratación en C&T b. Decreto-ley 393 de 1991. Creación de entidades de C&T con participación pública y privada c. Decreto-ley 585 de 1991. Crea el Sistema de Ciencia y Tecnología. COLCIENCIAS pasa a ser Instituto adscrito al DNP REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-58 • 2019 • NOVIEMBRE •12 58

2. Ley 80 de 1993 - Ley de Contratación. Deroga parcialmente el decreto-ley 591. Mantiene la contratación directa para C&T (art. 24).
La nueva ley de contratación, 1150 del 2007 y el decreto 1510 de 2013, mantienen la contratación directa para ciencia y tecnología como en la Ley 80 de 1993.

3. Constitución Política Nacional de 1991. Artículos 70 y 71 hacen alusión directa al papel de la Ciencia y la Tecnología en el desarrollo del país.

4. Los incentivos tributarios constituyen un elemento importante de la política de fomento a la inversión en CT+I y a la innovación. Dichos incentivos se basan en las siguientes leyes:

a. Ley 6 de 1992: deducción del valor de la inversión hasta un 20% de la renta líquida para personas jurídicas que realicen inversiones en investigaciones de carácter científico y tecnológico directamente o a través de universidades reconocidas u otros organismos aprobados por el DNP. b. Ley 383 de 1997: Las personas jurídicas, contribuyentes del impuesto sobre la renta que realicen inversiones o hagan donaciones para proyectos de investigación o desarrollo de actividades tendrán derecho a deducir de su renta el ciento veinticinco por ciento (125%) del valor invertido o donado, en el periodo gravable en que se realizó la inversión c. Ley 633 de 2000 eliminó el beneficio para las actividades de C&T y lo dejó solo para proyectos de I&D, e incluyó los proyectos de innovación. El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología quedó encargado de calificar los proyectos y de manejar la exención de IVA para importaciones. d. Ley 1286 de 2009 creó el Consejo de Nacional de Beneficios Tributarios (CNBT), encargado de aprobar las solicitudes de descuento y las exenciones del IVA para importaciones. e. Ley 1450 de 2011. Amplió la composición del CNBT, eliminó la modalidad de proyectos de innovación para tener acceso al 59 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-59 • 2019 • NOVIEMBRE •12 incentivo, y amplió el incentivo al 175% de la inversión o donación con un tope máximo de 40% de la renta líquida. Estableció que la remuneración de personas naturales por la ejecución directa de labores de carácter científico, tecnológico o de innovación, tampoco es gravable, siempre y cuando ésta provenga directamente del proyecto de investigación. f. La Ley 1739 de 2014, en su artículo 32 que modifica el artículo 158-1 del Estatuto Tributario, igualmente establece beneficios para inversiones en investigación y desarrollo tecnológico, para las personas que realicen inversiones en proyectos calificados por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia y Tecnología e Innovación como de investigación, desarrollo tecnológico o innovación, de acuerdo con los criterios y las condiciones definidas por el Consejo Nacional de Política Económica y Social mediante documento Conpes, tendrán derecho a deducir de su renta, el ciento setenta y cinco por ciento (175%) del valor invertido en dichos proyectos en el periodo gravable en que se realizó la inversión. Esta deducción no podrá exceder del cuarenta por ciento (40%) de la renta líquida, determinada antes de restar el valor de la inversión g. La reforma tributaria de 2016 (Ley 1819 de 2016), estableció que las personas que realicen inversiones en proyectos calificados por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia y Tecnología en Innovación como de investigación, desarrollo tecnológico o innovación, de acuerdo con los criterios y condiciones definidas por el Consejo Nacional de Política Económica y Social, mediante actualización del documento CONPES 3834 de 2015, tendrán derecho a descontar de su impuesto sobre la renta a cargo el 25% del valor invertido en dichos proyectos, en el período gravable en que se realizó la inversión.

5. Nueva Ley de Ciencia y Tecnología: Ley 1286 de 2009.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-60 • 2019 • NOVIEMBRE •12 60 a. Transforma a Colciencias en Departamento Administrativo de Ciencia y Tecnología. b. Crea el Fondo Francisco José de Caldas como encargo fiduciario para administrar los recursos de inversión para CT+I. c. Crea el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación, para asumir las funciones que en materia de beneficios tributarios ha venido ejerciendo el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. d. Define el Sistema Nacional de CT+I como: “El Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación -SNCTI- es un sistema abierto del cual forman parte las políticas, estrategias, programas, metodologías y mecanismos para la gestión, promoción, financiación, protección y divulgación de la investigación científica y la innovación tecnológica, así como las organizaciones públicas privadas o mixtas que realicen o promuevan el desarrollo de actividades científicas, tecnológicas y de innovación.”

6. Planes de Desarrollo: Ley del Plan: a. Ley del Plan 2010-2014 (Ley 1450 de 2010). Incentivos

tributarios mencionados anteriormente b. Ley del Plan 2014-2018 (Ley 1753 de 2015). Unificación del Sistema de Competitividad con el de CTeI, derogado por el artículo 336 de la Ley 1955 de 2019. c. Ley del Plan 2018-2022 (Ley 1955 de 2019). Crea el Sistema Nacional de Competitividad e Innovación (SNCI) con el objetivo de fortalecer la competitividad y articula a través de la Comisión Nacional de Competitividad e Innovación los sistemas:

 Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI)  Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria (SNIA)  Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual (CIPI)  Consejo Nacional de Economía Naranja (CNEN)

61 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-61 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)

 Sistema Nacional Ambiental (SINA)  Los demás sistemas, órganos e instancias relacionadas con competitividad, productividad e innovación. d. También lanza la Política de Parques Científicos, Tecnológicos y de Innovación (PCTI).

7. Reformas Constitucionales. a. Acto Legislativo 05 de 2011. Estableció que el 10% de las

regalías derivadas de la explotación de recursos mineros y petroleros se destine a proyectos de CT+I en los departamentos. Establece el Fondo de Ciencia y Tecnología con el fin de financiar los proyectos en este campo. El sistema de presentación y seguimiento de los proyectos (MGA) no es adecuado para proyectos de investigación y desarrollo. La entidad ejecutora de los proyectos es el gobierno regional o una universidad pública. b. Acto Legislativo 04 de 2017. La definición de los proyectos de inversión financiados con los recursos del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación, se hace por el respectivo Órgano Colegiado de Administración y Decisión; y el ejecutor de los proyectos es la entidad que los haya presentado en la convocatoria.

8. Instrumentos jurídicos que desempeñan un papel muy importante en la dimensión territorial:

a. El Acuerdo 257 de 2006 por medio del cual se realiza una Reforma Administrativa del Distrito Capital, establece como funciones de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y la Secretaría Distrital de Planeación, “formular y orientar la política de Ciencia, Tecnología e Innovación del Distrito Capital, en coordinación con el sector Educación”. b. Decreto 547 de 2016: Modificación de la Gobernanza de la CT+I en el Distrito Capital: El Artículo 4 de este Decreto suprime la REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-62 • 2019 • NOVIEMBRE •12 62 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C)

Comisión Distrital de Ciencia Tecnología e Innovación, ya que por disposición del artículo 186 de la Ley 1753 de 2015, se integra a la Comisión Regional de Competitividad. c. El Decreto 293 de 2017 “Por el cual se reglamenta el artículo 7 de la Ley 1753 de 2015 en lo relacionado con los Planes y Acuerdos Estratégicos Departamentales (PAED) en Ciencia, Tecnología e Innovación y se dictan otras disposiciones.”

9. Ley 1838 de julio de 2017 sobre de Empresas de Base Tecnológica (Spin-offs): Por medio de esta Ley se dictan normas de fomento a la CT+I mediante la creación de empresas de base tecnológica (Spin- offs). En el marco de la Ley, un Spin-off es “aquella empresa basada en conocimientos, sobre todo aquellos protegidos por derechos de propiedad intelectual, gestados en el ámbito de las Instituciones de Educación Superior, resultado de actividades de investigación y desarrollo realizadas bajo su respaldo, en sus laboratorios e instalaciones o por investigadores a ellas vinculados. Las Spin-offs pueden ser creadas por las IES, con o sin particulares, o por docentes o investigadores a cualquier título, o mediante asociación de éstos con las IES. Los docentes o investigadores pueden recibir beneficios económicos por esta actividad, sin que se configure factor salarial.

10. Acto Legislativo No. 4 de 2017, por el cual se modifica el Sistema General de Regalías:

a. “Parágrafo 5. Los programas o proyectos de inversión que se financiarán con los recursos del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación serán definidos por el respectivo Órgano Colegiado de Administración y Decisión, a través de convocatorias públicas abiertas y competitivas, articuladas con los correspondientes planes de desarrollo. Para la presentación y ejecución de los proyectos la entidad deberá ser parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Los programas o proyectos aprobados serán ejecutados por las entidades que los presentaron en la convocatoria”.

63 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-63 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Las disposiciones contenidas en este Acto Legislativo contribuirán positivamente a mejorar la transparencia del SGR, la calidad de los proyectos y el logro de los impactos esperados.

11. En los temas relacionados con el abordaje de los enfoques de derechos humanos, género, diferencial-poblacional, territorial y ambiental, es importante destacar la importancia de un conjunto de políticas públicas que se deben tomar en consideración:

a). Política Pública: Infancia y Adolescencia b). Política Pública: Envejecimiento y la Vejez c). Política Pública: Juventud d). Política Pública: Adultez e). Política Pública: LGBTI f). Política Pública: Indígenas y Afrodescendientes g). Política Pública: Discapacidad h). Política Pública: Ruralidad Además de la legislación nacional sobre temas de CT+I, también existe una importante normatividad a nivel internacional sobre estos temas. Dos Convenios Internacionales recientes que son importantes para la Política Distrital de CT+I son los siguientes:

1. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, adoptada en la Asamblea General del 2015.4 Como parte de esta Agenda de Desarrollo Sostenible se adoptaron 17 objetivos.

2. Declaración sobre la Ciencia y el Uso del Saber Científico, adoptada en la Conferencia Mundial sobre la Ciencia para el Siglo XXI organizada por la UNESCO en julio de 1999.

Con base en el análisis preliminar realizado en la fase de diagnóstico, se han identificado las siguientes falencias, que dan lugar a las respectivas recomendaciones para corregirlas:

4 Ver: https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/objetivos-de-desarrollo-sostenible/ REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-64 • 2019 • NOVIEMBRE •12 64 (1) No existe una ley de innovación en Colombia, como sí existe en países como Estados Unidos, países europeos y Brasil, que acepte y reglamente el “manejo del riesgo” en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, en los que se puede lograr un éxito desde el punto de vista de los resultados científicos y tecnológicos, pero que por razones de coyuntura del mercado el emprendimiento o la innovación no logran cristalizar y la innovación no da inicio. Si en Colombia se utilizan recursos públicos en proyectos en los que esta situación se confronta, se considera que se trata de detrimento del erario, y el ordenador del gasto tiene que pagar dicho detrimento.

Esto efectivamente impide el uso de recursos públicos para financiar proyectos de innovación, en virtud que no acepta el concepto de riesgo. En los países dinámicos que se han insertado en la sociedad y la economía del conocimiento, incluyendo países de América Latina, el manejo del riesgo utilizando recursos públicos está claramente reglamentado. En estos países existen líneas de financiación con recursos públicos que pueden apoyar estos proyectos de innovación, reglamentando el riesgo y definiéndose criterios claros sobre cómo gestionarlo en forma responsable.

(2) La Ley de Ciencia y Tecnología había introducido flexibilidad en procesos de contratación para fines de Ciencia y Tecnología. Sin embargo, se generó una desconfianza y una falta de claridad sobre el tema, lo que llevó a que un instrumento jurídico sumamente valioso, efectivamente se perdiera porque nadie se atreve a utilizarlo. Se perdió una reforma valiosa que es indispensable recuperar.

(3) Una revisión de los incentivos tributarios de fomento a la inversión en investigación y en innovación permitirá comprender su dinámica y su real uso e impacto.

(4) Algunas reformas quedaron incompletas o fueron insuficientes; tal es el caso de las corporaciones mixtas de derecho privado que se crearon para fines de CT+I, pero que confrontan problemas operacionales en su funcionamiento.

65 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-65 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Justificación Una política pública de CT+I es necesaria para fortalecer la capacidad y articulación de la región que permita responder a las demandas en torno al fortalecimiento de la educación (formación de talento humano), la investigación y el desarrollo de capacidades endógenas en el campo de CT+I; fomentar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción de la región, integrando las nuevas tecnologías en este proceso para lograr una economía regional tecnológicamente avanzada y sostenible; y fomentar la innovación social y el desarrollo humano sostenible por medio de la apropiación social de la CT+I por parte del ciudadano y de la comunidad, en donde las sociedades usen la CT+I como medio para lograr mitigar problemáticas sociales, económicas y ambientales, de acuerdo a ODS.

Lo anterior se comprueba, al observar el desarrollo de otras ciudades que a nivel mundial presentan un alto crecimiento económico, así como la mejora de la calidad de vida de los habitantes y que también se posicionan en los primeros lugares de rankings internacionales de innovación de ciudades, como por ejemplo el elaborado por 2thinknow Agencia Global de innovación (2thinknow, 2018). De acuerdo con este índice elaborado en el 2018, las ciudades que ocuparon los primeros cinco lugares son: Tokio, Londres, San Francisco, Nueva York y Los Ángeles, mientras que la ciudad de México ocupa el puesto 77. Estas ciudades han priorizado en sus agendas de desarrollo aspectos como Smart cities data, start ups, conectividad e internet, inversión en tecnologías emergentes, etc.

Así mismo, una política de CT+I debe reconocer la importancia del efecto diferencial en las poblaciones y sectores sociales, teniendo en cuenta la dificultad inherente a la no neutralidad de la producción de conocimiento y tecnología.

Cabe resaltar que en caso de no contar con una política de CT+I, la ciudad se verá seriamente afectada en sus índices de competitividad desde los niveles industrial, educativo y social; la ciudad se estaría privando de herramientas para abordar los desafíos que esta enfrenta, a nivel de la Ciudad-Región, además, desaprovecharía el uso de recursos innovadores capaces de incidir positivamente en las condiciones de vida REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-66 • 2019 • NOVIEMBRE •12 66 tanto económicas como sociales de la sociedad en su conjunto, poniendo en riesgo su sostenibilidad.

El desarrollo de un documento CONPES distrital que determine las directrices de la política es uno de los resultados esperados de la presente propuesta.

Diagnóstico e identificación de factores estratégicos Bogotá es la región que concentra la mayor capacidad en el campo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (CT+I) de Colombia. Como se puede ver en la Tabla 1. Inversión Nacional de ACTI, periodo 2012-2016 y Tabla
2. Inversión Nacional de I+D, periodo 2012-2016, Bogotá concentra el 43,2% de la inversión en actividades de CT+I (ACTI) y el 38% de la inversión nacional en Investigación y Desarrollo (I&D). La inversión en investigación en Bogotá que se puede observar en la Tabla 2 incluye tanto la investigación básica que se realiza en las universidades, como investigación aplicada que se realiza en los Centros de Desarrollo Tecnológico, y la investigación relacionada con el desarrollo de nuevos productos que realizan las empresas de la ciudad-región.

Tabla 1. Inversión Nacional de ACTI, periodo 2012-2016 Región/Departamento 2012 2013 2014 2015 2016 TOTAL % Bogotá, D.C. 2.063.374 2.690.555 2.294.698 2.125.968 2.183.501 11.358.096 43,2% Antioquia 871.057 725.155 1.405.102 1.419.223 1.392.990 5.813.526 22,1% Boyacá y Cundinamarca 286.442 336.966 338.861 403.559 384.110 1.749.939 6,7% Santanderes 85.895 424.557 438.660 384.292 412.036 1.745.441 6,6% Valle del Cauca 289.901 278.271 314.693 408.616 355.167 1.646.648 6,3% Caribe 167.059 162.074 379.373 482.462 450.291 1.641.259 6,2% 133.634 116.030 145.596 170.148 174.491 739.899 2,8% Eje Cafetero (Caldas, Quindío, Risaralda)

63.065 40.711 148.658 200.294 182.062 634.789 2,4% Pacífico (Cauca, Chocó, Nariño)

45.255 65.477 134.712 165.380 155.791 566.615 2,2% Centro Sur (Amazonas, Caquetá, Huila, Putumayo y Tolima)

67 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-67 • 2019 • NOVIEMBRE •12 18.458 42.265 91.565 123.461 109.759 385.508 1,5% Llanos (Arauca, Casanare, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés y Vichada)

Total General 4.024.140 4.882.061 5.691.918 5.883.403 5.800.198 26.281.720 100,0% Fuente: Observatorio Colombiano de Ciencia y Tecnología (OCYT 2017). Nota: Valores en millones de pesos constantes de 2015.

Tabla 2. Inversión Nacional de I+D, periodo 2012-2016 Región/Departamento 2012 2013 2014 2015 2016 TOTAL % Bogotá, D.C. 740.430 1.151.571 751.181 699.272 722.614 4.065.069 37,7% Antioquia 409.881 388.999 821.254 699.922 643.269 2.963.325 27,5% Boyacá y Cundinamarca 198.422 227.109 170.114 179.686 167.251 942.582 8,7% Santanderes 34.127 177.685 226.997 213.650 226.549 879.009 8,1% Caribe 48.684 66.116 174.610 180.897 149.377 619.684 5,7% 69.150 55.912 64.232 59.661 56.267 305.220 2,8% Valle del Cauca 101.970 91.286 113.041 112.134 119.097 537.527 5,0% Eje Cafetero (Caldas, Quindío, Risaralda)

17.083 18.766 43.171 50.691 35.681 165.391 1,5% Centro Sur (Amazonas, Caquetá, Huila, Putumayo y Tolima)

15.705 15.991 27.963 59.740 43.768 163.166 1,5% Pacífico (Cauca, Chocó, Nariño)

5.974 11.878 44.350 43.370 44.694 150.266 1,4% Llanos (Arauca, Casanare, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés y Vichada)

Total general 1.641.426 2.205.313 2.436.913 2.299.023 2.208.567 10.791.239 100% Fuente: Observatorio Colombiano de Ciencia y Tecnología (OCYT 2017). Nota: Valores en millones de pesos constantes de 2015.

Adicionalmente, Bogotá tiene una significativa concentración de Grupos de Investigación, sobre todo en categorías A1 y A de COLCIENCIAS (Ver Gráfica 1. Porcentaje de grupos de investigación de Bogotá con respecto al total nacional, 2010-2015 y Gráfica 2. Porcentaje de grupos de investigación de Bogotá con respecto al total nacional de acuerdo con su clasificación, 2015).

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-68 • 2019 • NOVIEMBRE •12 68 Gráfica 1. Porcentaje de grupos de investigación de Bogotá con respecto al total nacional, 2010-2015 50% 43,75% 43,62% 43,66% 44,11% 44,37% 44,37% 40% 30% 20% 10% 0% 2010 2011 2012 2013 2014 2015 Fuente: OCYT: “Boletín de Indicadores de Ciencia, Tecnología e Innovación, Bogotá 2016”.

Gráfica 2. Porcentaje de grupos de investigación de Bogotá con respecto al total nacional de acuerdo con su clasificación, 2015 47,78% 50% 45% 40% 37,01% 32,79% 34,56% 35,12% 34,26% 35% 30% 25% 20% 15% 10% 5% 0% A1 A B C D N.C.

Fuente: OCYT: “Boletín de Indicadores de Ciencia, Tecnología e Innovación, Bogotá 2016”.

Bogotá se destaca como la ciudad de mayor representatividad en la concesión de patentes por parte de la SIC, tanto en patentes de invención como en patentes de modelos de utilidad, representando en promedio 55,5 % y 57,1 % respectivamente, entre 2010 y 2015 (Ver 69 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-69 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Gráfica 3. Participación de Bogotá en la concesión de patentes de residentes de Colombia por parte de la SIC, 2010-2015).

Gráfica 3. Participación de Bogotá en la concesión de patentes de residentes de Colombia por parte de la SIC, 2010-2015 80% 70% 60% 64,0% 59,8% 54,8% 56,2% 57,3% 50,6% 50% 70,0% 61,4% 57,8% 53,7% 46,6% 43,2% 40% 30% 20% 10% 0% 2010 2011 2012 2013 2014 2015 Patentes de invención Patentes modelos de utilidad Fuente: OCYT: “Boletín de Indicadores de Ciencia, Tecnología e Innovación, Bogotá 2016”.

Bogotá cuenta con un complejo Ecosistema de CT+I, compuesto por más de 100 universidades, un importante conjunto de Centros de Desarrollo Tecnológico, y un sector empresarial bastante dinámico que cubre diversos sectores de la producción. De los 72 actores reconocidos por Colciencias en el Sistema Nacional de CT+I (SNCT+I), 27 de ellos se encuentran ubicados en Bogotá.

Así mismo es importante destacar que Bogotá ya cuenta con un ejercicio de análisis estratégico y prospectivo, denominado Especialización Inteligente, por medio del cual se logró determinar la vocación productiva basada en el conocimiento y la innovación, lo que llevó a la identificación de cinco áreas estratégicas que son de alta prioridad para la región (ver CCB Especialización Inteligente 2017):

- Bio-polo: desarrollo de alimentos funcionales, farmacogenética, biocosmética y servicios avanzados de salud.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-70 • 2019 • NOVIEMBRE •12 70

- Bogotá región creativa: desarrollo de servicios de software, creación de contenidos digitales en español, diseño sostenible, música como potenciadora de la economía naranja y otros.
- Servicios empresariales: desarrollo en las áreas de finanzas, pymes, E-salud y servicios de profesionales especializados.
- Hub de conocimiento avanzado: servicios de investigación e innovación basada en conocimiento, educación terciaria pertinente e innovación en educación.

Definición de la problemática del sistema de CT+I de Bogotá como ciudad-región El diagnóstico realizado en la fase de Agenda Pública permitió establecer la problemática que esta política pretende abordar, y conocer cuáles son los puntos críticos de la misma. Posteriormente, estos puntos críticos fueron agrupados en los siguientes tres grandes desafíos identificados como factores estratégicos que se confrontan para poder lograr el objetivo de insertar a Bogotá en la sociedad del conocimiento:

 El desaprovechamiento de la Educación, la investigación y las capacidades en endógenas en CT+I para lograr un desarrollo basado en el conocimiento.  El rezago de la innovación empresarial y la competitividad para insertarse con éxito en la economía del conocimiento.  El desaprovechamiento del conocimiento para lograr una sociedad equitativa y un desarrollo humano sostenible.

Este proceso de identificación de factores estratégicos permitió a su vez sistematizar los diversos elementos que se han ubicado en el diagnostico en términos de árbol de problemas, el cual expone las causas y consecuencias de la problemática a tratar, y que sirve como base para la estructura de la Política Pública Distrital de CT+I alrededor de tres grandes objetivos específicos.

A continuación, se presenta de manera gráfica las causas y consecuencias relacionados con el desaprovechamiento de las capacidades existentes de CT+I en el ecosistema de la ciudad y su región.

71 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-71 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Gráfica 4. Árbol de Problemas y Factores Estratégicos Al desarrollar un enfoque integral para responder a las causas identificadas, se podrá incrementar significativamente el aprovechamiento de las capacidades de la ciudad-región como potenciadora de recursos innovadores y proyectos de emprendimiento y competitividad basados en conocimiento y el principio de la equidad.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-72 • 2019 • NOVIEMBRE •12 72 Análisis de Actores Un Ecosistema Regional de CT+I es un ente muy complejo y no se pueden hacer apreciaciones generales o generalizaciones sobre los niveles de influencia entre actores, o sobre la organización de ellos para llevar a cabo actividades de CT+I. Es necesario analizar sectores o casos específicos para poder comprender como funcionan tales redes, en casos y sectores concretos, tales como: salud, gestión ambiental, fomento a la innovación en la empresa, el ecosistema de emprendimiento de Bogotá, fortalecimiento de la investigación en la universidad, fomento a la interacción Universidad-Empresa, empoderamiento de la comunidad con conocimiento por medio de investigación-acción participativa, etc.

Cada sector o dimensión del ecosistema es bastante diferente y tiene muchas especificidades. Bogotá es la única ciudad de Colombia que cuenta con un estudio tan detallado en el cual, si es posible analizar estas preguntas, pero en sectores, casos y experiencias concretas. Es con base en este estudio que se identificaron los nueve tipos de actores sociales del Ecosistema Regional:

1. Actores directos de los procesos de aplicación de conocimiento y de innovación, que según el caso pueden ser:

- La ciudadanía, las comunidades en las que viven y sus organizaciones de base (con el nombre de Com. & Ciud.), representada por la gran esfera verde oscuro del centro del diagrama. La ciudadanía es un actor directo de su propio desarrollo, con el apoyo de los diversos actores sociales que se identifican en el diagrama.
- Las empresas y cadenas de producción (o clústeres regionales) de la ciudad-región, incluyendo desde empresas grandes hasta empresas pequeñas y mipymes que generan producción y empleo, dos pilares importantes del desarrollo regional.
- Emprendimientos y creación de nuevas empresas.
- Hospitales y sistemas de atención primaria en el caso de salud.

73 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-73 • 2019 • NOVIEMBRE •12

2. Instituciones del gobierno nacional y del gobierno territorial que desempeñan un papel importante en el fomento al desarrollo de la CT+I. A nivel del gobierno nacional hay instituciones tales como COLCIENCIAS, el DNP, Innpulsa y los respectivos ministerios con programas en CT+I. A nivel del gobierno territorial están las diversas Secretarías del Gobierno Distrital que desarrollan programas de CT+I, así como diversos institutos y organizaciones especializadas que desarrollan líneas de acción en este campo.

3. Organizaciones de empresarios y gremios, tales como la Cámara de Comercio de Bogotá, la ANDI, el Foro de Presidentes de Bogotá y otras organizaciones gremiales.

4. Organizaciones cuya función principal es crear espacios de articulación entre los actores sociales del ecosistema, la principal de las cuales es Bogotá-Connect y sus diversos programas. Pero esta función la desempeñan diversos foros en la ciudad-región.

5. Las universidades de Bogotá y la región circundante, tanto universidades públicas como privadas, siendo éstas uno de los principales actores sociales del ecosistema con capacidad para formar los profesionales que el desarrollo de la región requiere, así como generar nuevo conocimiento por medio de la investigación.

6. Los Centros de Investigación y Desarrollo Tecnológico (CDTs), ya sea públicos, privados, universitarios o empresariales. Además de investigación relacionada con diversos sectores de la producción, los CDTs son los encargados de suministrar servicios de apoyo a la innovación y de extensionismo tecnológico, dos funciones críticas que se requieren para poder responder a los grandes cambios en la CT+I a nivel mundial y al desafío de las brechas tecnológicas generados por dichos cambios.

7. Las firmas de ingeniería y de prestación de servicios tecnológicos, las cuáles cumplen una función muy importante de intermediación y de difusión del conocimiento dentro del Ecosistema Regional, apoyando el acceso al conocimiento y la solución de problemas en muy diversos ámbitos.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-74 • 2019 • NOVIEMBRE •12 74

8. Los institutos de capacitación técnica y tecnológica y de formación para el trabajo, cumpliendo una función estratégica importante en la formación de los recursos humanos que el desarrollo de la región requiere (a nivel técnico y tecnológico)

9. Instituciones pertenecientes al sistema financiero que apoya actividades de CT+I, incluyendo instituciones bancarias, fondos de capital de riesgo y mecanismos de financiación tanto nacionales como territoriales, tales como el Sistema General de Regalías.

Es importante señalar que los actores en el marco del Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación que intervienen en la presente política se han dividido en dos grandes grupos:

1. Los actores sociales relacionados con la generación de conocimiento, o con la generación de valor a partir del conocimiento.

a) Universidades e instituciones tecnológicas, representados por el sistema universitario estatal seccional Bogotá y universidades privadas representativas. b) Centros, grupos de investigación y desarrollo tecnológico. c) La comunidad científica constituida por redes de investigación, comunidades de conocimiento y aprendizaje, así como por investigadores y académicos que son sus miembros. d) Empresas, cadenas de producción y clústeres regionales que constituyen el sector productivo (de bienes y servicios). e) Emprendedores que crean empresas. f) Instituciones que prestan servicios tecnológicos y de intermediación. g) Organizaciones de base de la comunidad y los ciudadanos que son sus miembros.

2. Los actores institucionales de carácter público y privado relacionados con el fomento y la coordinación de programas e iniciativas de CT&I.

a) Las secretarías y dependencias del Gobierno Distrital. b) Instituciones del Gobierno Nacional: Colciencias y Departamento Nacional de Planeación. c) Bogotá-Connect.

75 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-75 • 2019 • NOVIEMBRE •12 d) La Cámara de Comercio de Bogotá. e) La Asociación Nacional de Empresarios de Colombia – ANDI. f) Innpulsa Colombia. g) Invest in Bogotá. h) Pro-Bogotá. i) La Asociación Colombiana para el Avance de la Ciencia (ACAC). j) La Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales. k) Maloka.

Gráfica 5. Estructura de los Actores Sociales que constituyen el Ecosistema Regional de CT+I Fuente: Fernando Chaparro: “El Ecosistema Regional de CT+I de Bogotá-Región: Situación actual y proyección hacia el futuro”; Bogotá, CID, Universidad Nacional, 2017, capítulo 10.

Finalmente se debe destacar que esta política pública va dirigida desde entidades del orden distrital que intervienen en temas de educación, investigación y ciencia para poder impactar en la ciudadanía en términos generales y en específico a los estudiantes de las Instituciones de Educación Distrital, universitarios, emprendedores, docentes.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-76 • 2019 • NOVIEMBRE •12 76 Formulación de la política Objetivo general Para poder responder a las causas y consecuencias mencionadas en la sección anterior, y partiendo del reconocimiento que Bogotá tiene la concentración territorial más grande en temas y capacidades de CT+I de Colombia, sumado a que cuenta con una institucionalidad bastante desarrollada, se plantea el siguiente objetivo general para la Política Distrital de Ciencia, Tecnología e Innovación:

Fortalecer el Ecosistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación para lograr insertar a Bogotá, dentro de las denominadas Sociedades de Conocimiento, como una ciudadregión competitiva, sostenible, innovadora e integradora con base en su capacidad para crear valor por medio de la generación y aplicación de conocimiento.

Objetivos específicos En desarrollo de este objetivo general se plantean tres objetivos específicos que responden a los factores estratégicos identificados.

1. Consolidar a la Educación y la Investigación con enfoque al desarrollo de capacidades endógenas en Ciencia, Tecnología e Innovación.

Este objetivo surge de entender la importancia que tiene el aprendizaje de la ciencia y la tecnología desde los primeros niveles de enseñanza en las instituciones educativas, y el importante salto que hay que dar en este tema para que los profesionales del futuro sean competentes en un mercado laboral cada vez más influenciado por la cuarta revolución industrial.

Es por esto, que el resultado que se pretende obtener con este objetivo específico es el mejoramiento de la enseñanza de las Ciencias en el Sistema de Educación Distrital, y para lograrlo se realizará acompañamiento pedagógico en inglés, matemáticas y ciencias 77 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-77 • 2019 • NOVIEMBRE •12 naturales en educación básica y media a las Instituciones de Educación Distrital.

Sin duda, un factor determinante para el mejoramiento de la enseñanza tiene que ver con la docencia, por lo que se promoverá que mujeres y hombres docentes y directivos docentes participen de manera activa en programas de formación continua en áreas de inglés, matemáticas y/o ciencias; en este mismo sentido, se desarrollarán programas específicos para la formación de docentes y directivos docentes del Distrito a través de los Centros de Innovación de la Red de Innovación del Maestro.

Adicionalmente, se fomentará una mayor interacción de las instituciones de educación superior con su entorno social teniendo en cuenta que los estudiantes que se forman allí, serán la fuerza laboral de la región y deberán contar con las habilidades, conocimientos y capacidades para ser competitivos en la era de la sociedad del conocimiento.

Para ello, en el marco del Subsistema de Educación Superior, se creará el nodo de acción colaborativa de Ciencia, Tecnología e Innovación que propenderá por el fortalecimiento de programas de pregrado en áreas STEM y el tránsito a la Educación Superior con enfoque diferencial de género, para mejorar la participación de la mujer en el Sistema Nacional y Regional de CT+I.

2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de las cadenas de producción.

Este objetivo específico parte del reconocimiento del rezago de la innovación empresarial y la competitividad en la ciudad. Entendiendo que la Ciencia, la Tecnología y la Innovación son motores de la economía, los territorios, las empresas, las industrias, los emprendimientos intensivos en conocimiento e innovación adquieren relevancia y un papel principal en esta política pública, como unos de los actores más llamados para potenciar la competitividad de la ciudad región. Así mismo, se busca generar una mayor articulación entre los actores del ecosistema de apoyo al emprendimiento y la innovación.

Una manera de hacerlo es incentivando a las empresas para que accedan a los programas de CT+I del Distrito y puedan mejorar sus REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-78 • 2019 • NOVIEMBRE •12 78 capacidades de innovación para ser más competitivas. Para tal efecto se establecerá una oferta de servicios de desarrollo empresarial para el uso intensivo y el aprovechamiento del conocimiento, la tecnología e innovación para empresas de Bogotá junto con un mayor acceso al financiamiento de empresas que desarrollen proyectos de innovación y la intervención en los clústeres priorizados para el cierre de brechas de productividad.

Por otra parte, se requiere incrementar el uso y aprovechamiento de la CT+I en las distintas fases de emprendimiento en la ciudad por medio de la oferta de servicios del ecosistema, para lo cual se incentivará el desarrollo de herramientas, capacidades y servicios encaminadas al fortalecimiento de emprendimientos en sus fases de ideación, desarrollo, operación, crecimiento y consolidación, y se promoverán acuerdos para su articulación con el ecosistema empresarial.

Precisamente, como parte de la necesidad de generar incentivos para el fortalecimiento del ecosistema de innovación resulta de vital importancia generar espacios físicos de aglomeración de actividades vinculadas a la CT+I que faciliten sus intercambios y potencien la articulación basada en el conocimiento, aprovechando de esta manera la relación entre los Planes de Ordenamiento Territorial y del desarrollo de la CT+I.

En este sentido, las empresas de Bogotá podrán participar en Distritos de Innovación en los que se potencie el desarrollo de actividades económicas innovadoras, para lo cual se les brindarán las normas e instrumentos necesarios para la viabilización territorial del Distrito de Innovación.

3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible

Este objetivo surge del reconocimiento del papel que deben cumplir la innovación y la tecnología, para atender problemas sociales y ambientales. Se requiere que la ciudadanía en general comience a apropiar la ciencia para aplicarla en espacios comunes y así, apostar por la solución de problemáticas de las comunidades y ser responsables de su propio desarrollo y calidad de vida, al tiempo que se fortalece la innovación en la gestión pública.

79 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-79 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Dado que la ciudadanía cumple un papel fundamental en la innovación pública, se puede potenciar su participación desarrollando capacidades y competencias digitales mediante el uso de las TIC en la solución de problemas de la comunidad por medio de los Laboratorios de Innovación Digital del Distrito, en los que se desarrollarán aplicaciones de manera conjunta entre el Distrito y la ciudadanía, incluyendo grupos étnicos y personas con discapacidad. La puesta en marcha y operación de los Laboratorios de innovación Digital permitirá brindar capacitación formal y no formal dirigida a la generación de conocimiento asociado a la apropiación de TIC y brindar asesoría en la incorporación de tecnologías emergentes a soluciones desarrolladas frente a problemáticas sociales.

Así mismo, la aplicación de CT+I a la administración pública conduce a un mejoramiento de la eficiencia y la efectividad de la gestión pública, lo cual podrá medirse a través del Índice de Innovación Pública y para ello se fortalecerán las acciones desarrolladas por el laboratorio de Innovación para la Gestión pública de la Veeduría Distrital, en el cual se continuarán diseñando innovaciones a problemas públicos distritales.

A través del sector salud se busca impulsar la generación, intercambio y uso del conocimiento, el desarrollo tecnológico y la innovación mediante el fortalecimiento de la capacidad de grupos y redes de investigación, trabajando en colaboración con la ciudad, las comunidades, las organizaciones sociales, la academia, los centros de investigación, las empresas y el gobierno distrital. Se buscará que el 1% del presupuesto del sector sea destinado a CT+I. Se adelantará acompañamiento técnico en proyectos de investigación para la salud, y se tendrá en constante actualización la herramienta de mapa de conocimiento para la gestión del conocimiento en salud en Bogotá Adicionalmente a esto, desde la Secretaría General en la Alta Consejería de TIC, se plantean acciones entorno a los procesos de implementación tecnológica del ERP distrital articuladas en el Centro de Excelencia BOGDATA, lo cual se complementa con el Centro de Infraestructura Compartida y el Centro de Servicios Compartidos.

Por último, para contribuir a la generación de procesos de innovación social y pública que aporten a lograr un Desarrollo Humano Sostenible, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-80 • 2019 • NOVIEMBRE •12 80 se buscará mejorar la transferencia de conocimiento mediante la implementación del Sistema Estadístico Distrital que contribuya a la materialización de un modelo de gobierno que promueve la utilización de datos abiertos.

En el Anexo 1 se presenta el Plan de Acción completo en el que se detallan las metas e indicadores tanto de resultados como de productos que se planean desarrollar. Se observan las metas de resultado con una anualización hasta el 2038 fecha de vigencia final de la política, mientras que las metas de producto en algunos casos tienen una anualización únicamente para los primeros 5 años, es decir hasta 2023.

Los productos de este Plan de Acción se proyectan con esta temporalidad teniendo en cuenta los impactos que tienen los cambios de CT+I sobre diversas áreas del conocimiento, cambios cada vez más acelerados, que implican constantes revisiones y análisis para ajustar las estrategias que respondan a las necesidades de la ciudadanía en esta materia.

En consecuencia, en términos operativos las entidades responsables y corresponsables de la implementación de esta política pública, deberán realizar una revisión cada 5 años de los productos definidos para establecer su continuidad y el avance correspondiente de los indicadores para los próximos años, considerando el avance en la ejecución y la contribución de cada producto al logro de las metas de resultado propuestas. Esta actividad será liderada por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico en articulación con responsables y corresponsables definidos en el plan de acción.

Para el proceso de actualización del Plan de Acción de la política cada 5 años y en atención a su naturaleza integral, es imprescindible tener presente los esfuerzos sectoriales que se realicen por las entidades distritales y que se encuentren por fuera de lo definido en esta ocasión, como las iniciativas concretas de la Secretaría Distrital de Ambiente diferentes al enfoque ambiental que se encuentra desarrollado en las fichas técnicas de los productos correspondientes al objetivo específico N.2; y de otras entidades que en el trascurso de la implementación de la política pública se adelanten en materia de CT+I.

81 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-81 • 2019 • NOVIEMBRE •12 En el Anexo 1 se presenta el Plan de Acción en forma de una matriz de programación, en el que se describe en detalle las acciones que se requieren para lograr cada uno de los resultados esperados. Para cada resultado esperado se presenta lo siguiente:

 Los indicadores para medir cada uno de los resultados esperados y su evolución anual.  Los productos que se requieren para lograr cada uno de los resultados, en una perspectiva de cadena de valor.  Los indicadores para medir cada uno de los productos que se requieren.  Las metas anuales que definen la evolución de los resultados que se esperan alcanzar, en detalle para la primera fase de 5 que constituyen la Política y el Plan de Acción a 20 años (2019-2038).  Las metas finales de los resultados a 2038.  Las metas anuales que definen la evolución de los productos en detalle para la primera fase de 5 años, que constituyen la Política y el Plan de Acción a 20 años (2019-2038).  La proyección de los requerimientos anuales de inversión (costos), para la primera fase de 5 que constituyen la Política y el Plan de Acción a 20 años (2019-2038).  La entidad responsable de la gestión de cada línea de acción.

Como parte de la matriz de plan de acción, cada indicador tiene una ficha técnica que contiene información adicional sobre el papel que cada indicador desempeña.

Sectores y entidades corresponsables La implementación de la Política Distrital de CT+I será liderada por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. Para facilitar la coordinación de las actividades relacionadas con la implementación de esta política se requiere la creación del Comité Distrital de la Política de CT+I, el cual estará a cargo de coordinar los programas y proyectos de CT+I que desarrollan las diversas Secretarías y dependencias del Distrito en el contexto de esta política distrital. Igualmente, este comité estará a cargo de orientar el sistema de seguimiento y evaluación de la Política Distrital de CT+I 2019-2038, y de aprobar los informes periódicos de evaluación.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-82 • 2019 • NOVIEMBRE •12 82 Por otra parte, también se deben mencionar como entidades corresponsables en la implementación de la política en cuanto a resultados y productos a la Secretaría de Educación del Distrito – SED, a la Secretaría General – Oficina Alta Consejería Distrital TIC, la Secretaría Distrital de Salud, la Veeduría Distrital y la Secretaría Distrital de Planeación.

Seguimiento y evaluación El proceso de seguimiento y evaluación se hará de acuerdo con lo establecido en la Guía de Seguimiento y Evaluación definida por la Secretaría Distrital de Planeación. El objetivo de este sistema de seguimiento y evaluación es el de constatar el grado al cual se están alcanzando los objetivos y las metas establecidas en el Plan de Acción, y por lo tanto el efectivo cumplimiento con la política distrital.

Teniendo en cuenta el horizonte de tiempo de esta política y la necesidad de división en tres fases cada una por quinquenios, es necesario que el finalizar cada fase dependiendo de los cambios que se reconozcan en materia de CT+I, se defina qué tipo de evaluación es la más conveniente a realizar, ya sea de evaluaciones de resultado, de impacto o de proceso, para tomar decisiones sobre la continuidad o reformulación de las metas de resultados y productos propuestos.

83 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-83 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Veeduría Distrital Secretaría Distrital de Salud Secretaría Distrital de Educación Secretaría Distrital de Planeación Secretaría Distrital de Desarrollo Económico Secretaría General - Oficina Alta Consejería Distrital TIC Tabla de financiamiento $ 400.000.000 $ 450.000.000 $ 500.000.000 $ 550.000.000 $ 600.000.000 $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ 2.500.000.000 $ 152.180.328 $ 217.803.588 $ 703.000.000 $ 823.000.000 $ 703.000.000 $ 120.000.000 $ 0 $ 120.000.000 $ 0 $ 120.000.000 $ 0 $ 120.000.000 $ 0 $ 120.000.000 $ 0 $ 120.000.000 $ 0 $ 120.000.000 $ 0 $ 120.000.000 $ 3.558.983.916 $ 4.158.480.000 $ 5.795.012.216 $ 12.122.344.150 $ 14.054.299.500 $ 14.344.103.196 $ 8.644.608.681 $ 3.924.085.481 $ 1.298.264.338 $ 277.123.338 $ 27.407.803 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 64.645.728.703 $ 3.465.974.353 $ 4.807.467.971 $ 5.848.961.530 $ 6.890.455.118 $ 8.131.948.706 $ 5.773.442.294 $ 6.414.935.883 $ 7.056.429.471 $ 7.697.923.059 $ 8.339.416.647 $ 8.980.910.236 $ 9.622.403.824 $ 10.263.897.412 $ 10.905.391.000 $ 11.546.884.589 $ 12.188.378.177 $ 12.829.871.765 $ 12.829.871.765 $ 12.829.871.765 $ 12.829.871.765 $ 179.254.307.329 $ 22.481.205.000 $ 23.607.731.610 $ 24.583.590.235 $ 25.705.265.953 $ 26.716.304.750 $ 25.279.902.592 $ 26.021.168.542 $ 26.784.672.470 $ 27.571.081.516 $ 28.381.082.833 $ 29.215.384.190 $ 30.074.714.587 $ 30.959.824.896 $ 31.871.488.515 $ 32.810.502.042 $ 33.777.685.975 $ 34.773.885.426 $ 35.799.970.861 $ 36.856.838.858 $ 38.900.897.870 $ 592.173.198.723 Financiamiento El costo total estimado para la ejecución de la Política Pública de Ciencia, Tecnología e Innovación es de $930.065.424.170 teniendo en cuenta que para 2023 dichos costos deben actualizarse y reprogramarse dado que existen productos anualizados hasta este año. Las principales fuentes de financiación para la política provienen de recursos de inversión y de funcionamiento, pero adicionalmente se proyectan recursos de cooperación internacional como lo es para el caso de la Secretaría de Desarrollo Económico y de la Alta Consejería TIC.

Fuente: Elaboración propia Nota: La información desagregada por cada acción está en el Plan de Acción anexo 1 de este documento de política.

Sostenible Sostenible Sostenible Sostenible Entidad 1:

Entidad 2:

Entidad 3:

Entidad 4:

Entidad 5:

Entidad 7: e innovación Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035 2036 2037 2038 Costos Total Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035 2036 2037 2038 Costos Total Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035 2036 2037 2038 Costos Total Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035 2036 2037 2038 Costos Total Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035 2036 2037 2038 Costos Total Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035 2036 2037 2038 Costos Total las cadenas de produción $13.671.000.000 $4.680.000.000 $13.080.200.000 $11.977.275.000 $8.465.507.625 $2.200.000.000 $2.445.000.000 $2.478.075.000 $2.512.307.625 $2.200.000.000 $2.445.000.000 $2.478.075.000 $2.512.307.625 $2.200.000.000 $2.445.000.000 $2.478.075.000 $2.512.307.625 $2.200.000.000 $2.445.000.000 $2.478.075.000 $87.903.205.500 las cadenas de produción $ 30.000.000 $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ - $ 30.000.000 desarrollo de capacidades lograr un Desarrollo Humano lograr un Desarrollo Humano lograr un Desarrollo Humano lograr un Desarrollo Humano

1. Consolidar a la Educación y la Investigación con enfoque al

endógenas en Ciencia, Tecnologia

2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de

2. Potenciar la innovación empresarial y la competitividad de

3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a

3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a

3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a

3. Generar procesos de Innovación Social y Pública que aporten a

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-84 • 2019 • NOVIEMBRE •12 84 Glosario Ciencia: cuerpo de conocimientos que busca describir el universo y la naturaleza que nos rodea, y ampliar la frontera del conocimiento humano. Este cuerpo de conocimientos está basado en la existencia de leyes naturales que son comprobables experimentalmente, y buscan ser expresadas mediante una formulación matemática hasta donde sea posible.

Innovación: la aplicación o implementación de metodologías y soluciones o ideas novedosas, a través de nuevos procesos, servicios, tecnologías o modelos de negocios, y que son puestos al servicio de la sociedad, los mercados o el gobierno. Cuando dichas innovaciones provienen de la implementación de soluciones tecnológicas o descubrimientos científicos, se le suele llamar “innovación basada en conocimiento”.

Tecnología: el uso y aplicación de desarrollos científicos para producir desarrollos útiles a la sociedad.

Ecosistema de Ciencia, Tecnología e Innovación: ambiente en el cual las actividades de ciencias, tecnología e innovación, basada en conocimientos, pueden desarrollarse de manera armónica y coordinada para que las tres actividades se desarrollen y logren aportar a la prosperidad y el bienestar de una sociedad.

Apropiación social de conocimiento: conjunto de estrategias encaminadas a lograr que los miembros de la sociedad logren socializar y popularizar el conocimiento generado por las comunidades científicas.

Sociedad de conocimiento: modelo innovador de sociedad en la cual la producción y difusión del conocimiento es parte integral de cada integrante de la sociedad misma. Una sociedad de conocimiento logra transformaciones sociales, culturales y económicas en apoyo al desarrollo sustentable. Los pilares de las sociedades del conocimiento son el acceso a la información para todos, la libertad de expresión y la diversidad lingüística.

85 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-85 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Tecnología de la Información y las Comunicaciones: conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios, que permiten la compilación, procesamiento, almacenamiento, transmisión de información como voz, datos, texto, video e imágenes.

Política Pública: conjunto de las decisiones, acciones (directamente o a través de agentes), o inacciones de los actores de las diferentes instituciones u organizaciones gubernamentales, las cuales benefician y afectan a los ciudadanos, por medio de la solución de problemas (necesidades, intereses y preferencias) políticamente considerados como públicos. Básicamente estas políticas se encuentran consignadas en las normas jurídicas (que autorizan o restringen) de carácter nacional y distrital, y en los Planes de Desarrollo.

Actividades de Investigación y Desarrollo: Conjunto de actividades creativas y de investigación emprendidas de forma sistemática, a fin de aumentar los conocimientos científicos y técnicos, así como la utilización de los resultados de estos trabajos para conseguir nuevos dispositivos, productos, materiales o procesos. Comprende esta actividad la investigación fundamental, la investigación aplicada y el desarrollo tecnológico.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-86 • 2019 • NOVIEMBRE •12 86 Bibliografía 2thinknow (2018), Innovation Cities™ Index 2018: Global. Fecha de consulta julio de 2019, https://www.innovation-cities.com/innovationcities-index-2018-global/13935/ Alcaldía de Bogotá (2016), “Anuario de estadísticas económicas y fiscales de Bogotá”

OCYT (2017), “Boletín de Indicadores de Ciencia, Tecnología e Innovación de Bogotá 2016”; Bogotá, OCYT, 2017.

Chaparro Fernando, (2017) “El Ecosistema Regional de CT+i de Bogotá- Región: Situación actual y proyección hacia el futuro”; Bogotá, CID, Universidad Nacional, 2017.

Colciencias (2017), “Boletín Estadístico #5, periodo de análisis 2012- 2016”. Bogotá, Colombia.

CCB (2017), Tablero de indicadores de Bogotá y Cundinamarca - Segundo semestre 2017. Fecha de consulta julio de 2018 http://bibliotecadigital.ccb.org.co/handle/11520/19431 Colciencias (2018), “La Ciencia en Cifras”. Fecha de consulta Junio de 2011 en http://www.colciencias.gov.co/la-ciencia-en-cifras Colciencias (2018), Listado de Actores del SNCTeI reconocidos por Colciencias 2018. Fecha de consulta: julio de 2018. http://colciencias.gov.co/sites/default/files/actores_reconocidos_junio_- 2018_0.pdf CCB Especialización Inteligente (2017), “Estrategia de especialización inteligente”, Fecha de consulta: julio de 2018. https://www.ccb.org.co/Transformar-Bogota/Especializacion-Inteligente- Bogota-Region Anexos ANEXO 1: Plan de Acción para la Política Pública Distrital de Ciencia, Tecnología e Innovación 2019 – 2038.

87 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-87 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Documento Conpes Número 05 “POLÍTICA PÚBLICA INTEGRAL DE DERECHOS HUMANOS DE BOGOTÁ 2019-2038”

05 Documento CONPES D.C.

Consejo Distrital de Política Económica y Social del Distrito Capital “POLÍTICA PÚBLICA INTEGRAL DE DERECHOS HUMANOS DE BOGOTÁ 2019-2038”

Secretaría Distrital Gobierno Sectores y entidades corresponsables Secretaría Jurídica Distrital Secretaría Distrital de Desarrollo Económico Sector Gestión Pública, Secretaría General de la Alcaldía Mayor, Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital Secretaría de Educación del Distrito Secretaría Distrital de Salud Sector Gobierno, Secretaría Distrital de Gobierno, Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal Secretaría Distrital de Integración Social Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Secretaría Distrital de Ambiente Sector Movilidad, Empresa de Transporte del Tercer Milenio-Transmilenio S.A., Instituto Distrital de Desarrollo Urbano, Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial Secretaría Distrital de la Mujer Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia Sector Hábitat, Secretaría Distrital del Hábitat, Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-88 • 2019 • NOVIEMBRE •12 88 Gladys Sanmiguel Bejarano Secretaria Distrital de Integración Social Juan Pablo Bocarejo Suescún Secretario Distrital de Movilidad Luis Gonzalo Morales Sánchez Secretario Distrital de Salud Francisco José Cruz Prada Secretario Distrital de Ambiente Guillermo Herrera Castaño Secretario Distrital del Hábitat Dalila Hernández Corzo Secretaria Jurídica Distrital Andrés Ortiz Gómez Secretario Distrital de Planeación Raúl Buitrago Arias Secretario General Iván Casas Ruíz Secretario Distrital de Gobierno Beatriz Elena Arbeláez Martínez Secretaria Distrital de Hacienda Jairo García Guerrero Secretario Distrital de Seguridad, Justicia y Convivencia María Claudia López Sorzano Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deportes José Andrés Duarte García Secretario Distrital de Desarrollo Económico Ángela Anzola de Toro Secretaria Distrital de la Mujer Claudia Puentes Riaño Secretaria Distrital de Educación 89 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-89 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Resumen ejecutivo El Plan Distrital de Desarrollo 2016-2020 Bogotá Mejor Para Todos reconoce que existen escenarios de posibles vulneraciones a los derechos de los habitantes de Bogotá. A pesar de los esfuerzos de la Administración Distrital, la ciudad continúa presentando vacíos y debilidades en la materia. Para solucionar este problema, y dando cumplimiento a lo ordenado en el Decreto nacional 4100 de 2011, se creó el Sistema Distrital de Derechos Humanos y se ordenó la formulación de una Política Pública Integral de Derechos Humanos para Bogotá.

Como producto de lo anterior, la presente política se propone garantizar el goce efectivo de los derechos humanos de las personas que habitan o transitan Bogotá, a través de la articulación interinstitucional y ciudadana en el marco del Sistema Distrital de Derechos humanos. Para el cumplimiento del propósito, la Política contempla un período de implementación que va desde el año 2019 hasta el año 2034, y el seguimiento se llevará a cabo a partir del plan de acción y el Sistema Distrital de Información de Derechos Humanos.

La construcción del plan de acción es producto de un ejercicio de concertación entre trece sectores de la Administración Distrital como respuesta a los factores estratégicos que fueron identificados en la fase de agenda pública. Como resultado de la articulación interinstitucional liderada por la Secretaría Distrital de Gobierno, se construyeron en total 83 productos ligados a 32 resultados esperados que se distribuyen en cinco ejes de derechos con sus objetivos correspondientes, a saber: Eje de derechos civiles y políticos, Eje de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA), Eje de acceso a la justicia, Eje de construcción de paz y Eje de igualdad y no discriminación; los productos, a su turno, responden a cuatro líneas de acción: promoción, prevención, protección y monitoreo.

Para implementar las acciones propuestas por la política, cobran singular relevancia los escenarios de coordinación como los consejos consultivos distritales y el Sistema Distrital de Derechos Humanos, con lo cual la Política vincula directamente a la ciudadanía en su ejecución y seguimiento.

Por su parte, el componente de evaluación se desarrollará en tres momentos: en el mediano plazo, seis años después de su implementación; en el largo plazo, once años después; y una evaluación posterior a la vigencia de la política.

El costo estimado para el desarrollo de las acciones propuestas alcanzará un valor de 901,559 millones de pesos.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-90 • 2019 • NOVIEMBRE •12 90 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.) Finalmente cabe resaltar que la totalidad de los productos que componen la Política Pública Integral de Derechos Humanos de Bogotá se encuentran alineados con las metas de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas.

Tabla de contenido Resumen ejecutivo............................................................................................................................................. 3 Siglas y abreviaciones........................................................................................................................................ 6 Introducción....................................................................................................................................................... 7 Antecedentes y justificación............................................................................................................................... 9 Antecedentes normativos............................................................................................................................... 9 Antecedentes de política.............................................................................................................................. 11 Diagnóstico e identificación de factores estratégicos..................................................................................... 15 Eje de derechos civiles y políticos............................................................................................................... 16 Eje de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales................................................................. 20 Eje de acceso a la justicia............................................................................................................................ 30 Eje de construcción de paz.......................................................................................................................... 32 Eje de igualdad y no discriminación............................................................................................................ 35 Formulación de la política.............................................................................................................................. 43 Objetivo general.......................................................................................................................................... 44 Objetivos específicos................................................................................................................................... 45 Sectores y entidades corresponsables.......................................................................................................... 47 Seguimiento y evaluación............................................................................................................................ 49 Seguimiento............................................................................................................................................ 51 Evaluación.............................................................................................................................................. 52 Plan de acción.............................................................................................................................................. 55 Financiamiento................................................................................................................................................ 63 Glosario............................................................................................................................................................ 77 Bibliografía...................................................................................................................................................... 80 Anexos.............................................................................................................................................................. 82 Anexo 1 – Matriz de plan de acción de la Política Pública Integral de Derechos Humanos....................... 82 Anexo 2 - Sistematización de los resultados de la aplicación de metodologías cualitativas por ejes de la Política......................................................................................................................................................... 82 Anexo 3 – Identificación de puntos críticos................................................................................................ 82 91 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-91 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Índice de tablas y gráficas Tabla 1. Políticas públicas distritales con enfoque diferencial......................................................................... 11 Tabla 2. Políticas públicas distritales con enfoque poblacional....................................................................... 12 Tabla 3. Políticas públicas distritales con enfoque territorial........................................................................... 12 Tabla 4. Políticas públicas distritales con enfoque de género.......................................................................... 13 Tabla 5. Indicadores ambiente Bogotá D.C. (2013 – 2017)............................................................................. 28 Tabla 6. Histórico de personas desmovilizadas Bogotá D.C. 2012-2017......................................................... 35 Tabla 7. Factores estratégicos de los ejes de la Política Pública Integral de Derechos Humanos.................... 39 Tabla 8. Número y porcentaje de productos esperados del plan de acción por eje de la Política Pública Integral de Derechos Humanos...................................................................................................................................... 48 Tabla 9. Distribución de los productos del plan de acción de la Política Pública Integral de Derechos Humanos por sector de la Administración Distrital.......................................................................................... 48 Tabla 10. Entidades de la Administración Distrital encargadas de la implementación de la Política Pública Integral de Derechos Humanos......................................................................................................................... 49 Tabla 11. Tipo de evaluaciones durante la implementación de la Política Pública Integral de Derechos Humanos y posterior a su ejecución................................................................................................................. 53 Tabla 12. Principios y obligaciones de derechos humanos............................................................................... 54 Tabla 13. Resumen de los productos de la Política Pública Integral de Derechos Humanos........................... 57 Tabla 14. Financiamiento de la Política Pública Integral de Derechos Humanos por objetivo específico....... 63 Tabla 15. Financiamiento de la Política Pública Integral de Derechos Humanos, periodo 2020 - 2034.......... 64 Gráfica 1. Histórico de personas desmovilizadas en Bogotá (2012 – 2017).................................................... 34 Gráfica 2. Objetivos de Desarrollo Sostenible en la Política Pública Integral de Derechos Humanos............. 56 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-92 • 2019 • NOVIEMBRE •12 92 Siglas y abreviaciones DAFP - Departamento Administrativo de la Función Pública DASC – Departamento Administrativo del Servicio Civil DC – Distrito Capital DDHH - Derechos Humanos DESCA - Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales EBC - Encuesta Bienal de Cultura EGED - Encuesta Goce Efectivo de Derechos EM - Encuesta Multipropósito GAOL - Grupos Armados Organizados Ilegales IDPAC - Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal IDU- Instituto de Desarrollo Urbano IGED - Indicadores de Goce Efectivo de Derechos JAL - Junta Administradora Local LGBTI - Lesbianas, Gays, Bisexuales, Personas Transgénero e Intersexuales NNA - Niños, Niñas y Adolescentes ODS - Objetivos de Desarrollo Sostenible ONU – Organización de Naciones Unidas PIAA - Plan Integral de Acciones Afirmativas PICS - Planes Integrales de Convivencia y Seguridad Ciudadana PPIDDHH –Política Pública Integral de Derechos Humanos POT – Plan de Ordenamiento Territorial SDA - Secretaría Distrital de Ambiente SDARIV - Sistema Distrital de Atención y Reparación Integral a Víctimas SDG - Secretaría Distrital de Gobierno SDIS - Secretaría Distrital de Integración Social SDMUJER - Secretaría Distrital de la Mujer SDM - Secretaría Distrital de Movilidad SDP - Secretaría Distrital de Planeación SDS - Secretaría Distrital de Salud SDSCJ - Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia SED - Secretaría de Educación del Distrito SITP- Sistema Integrado de Transporte SRPA - Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes UPR - Unidad de Planeamiento Rural UPZ - Unidad de Planeación Zonal 93 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-93 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.) Introducción El Plan Distrital de Desarrollo 2016-2020 Bogotá Mejor Para Todos contiene el proyecto “Bogotá vive los derechos humanos” como respuesta a la situación de derechos humanos en la ciudad. En términos generales, el Plan reconoce que existen escenarios de posibles vulneraciones a los derechos que requieren de la intervención de la Administración. En consecuencia, y dando cumplimiento a lo ordenado en el Decreto nacional 4100 de 2011, crea el Sistema Distrital de Derechos Humanos y ordena la formulación de una Política Pública Integral de Derechos Humanos para Bogotá.

Así las cosas, la Secretaría Distrital de Gobierno, junto con 13 sectores de la Administración Distrital, ha formulado la presente Política Pública Integral de Derechos Humanos de Bogotá 2018 – 2034. Esta política se propone resolver una problemática que consiste en la existencia de escenarios de posibles vulneraciones a los derechos humanos de las personas que habitan y transitan Bogotá.

La problemática mencionada se constata al analizar los diferentes obstáculos que impiden el goce efectivo de los derechos de las personas y que contrastan con el amplio catálogo de acciones que la Administración ha desarrollado para remediar esa situación; es decir, la situación persiste a pesar de las intervenciones públicas. De allí que esta Política haya identificado que una de sus causas principales sea la poca articulación intersectorial en los instrumentos de planeación de la ciudad, lo cual causa vulneraciones o impide remediar las ya existentes.

Para formular la Política Pública Integral de Derechos Humanos, la Dirección de Derechos Humanos de la Secretaría Distrital de Gobierno desarrolló una amplia y ambiciosa fase de agenda pública, que contó con la participación de diferentes sectores de la ciudadanía bogotana. En efecto, para identificar las problemáticas que serían atendidas por la Política, el equipo formulador implementó una serie de ejercicios de participación efectiva, cuyo objetivo era obtener información cualificada y en profundidad sobre la situación de derechos humanos de la ciudad desde un análisis diferencial de sujetos, necesidades y territorios.

Por una parte, estos ejercicios consistieron en 21 foros locales, que se desarrollaron en las veinte localidades de la ciudad y que tuvieron una convocatoria amplia y general, que permitió a los 2.369 participantes de las localidades dar a conocer las problemáticas que les aquejan. Además, este ejercicio de diálogo ciudadano se complementó con un foro distrital en el que participaron 402 personas. De otra parte, para obtener información diferencial y con mayores especificidades, se realizaron 34 grupos focales con minorías, poblaciones de especial protección constitucional y actores relevantes en la garantía de derechos. Ello permitió, en escenarios de exclusiva dedicación, conocer las opiniones, actitudes, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-94 • 2019 • NOVIEMBRE •12 94 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.) sentimientos, creencias y experiencias de estas poblaciones respecto al goce efectivo de sus derechos. A estos espacios acudieron 475 personas1.

A partir de la identificación de las problemáticas junto a la ciudadanía fue posible darle inicio a la fase de formulación de la Política, en la cual se propusieron acciones como respuesta a esas problemáticas también por medio de ejercicios participativos. Para ello, se adelantaron nuevamente grupos focales diferenciales con los 9 Consejos Consultivos Poblacionales Distritales, de modo que fueran los representantes de los distintos sectores ciudadanos los que aportaran los insumos con los que el equipo de formulación operaría.

Todo lo anterior, sumado a la decidida voluntad de la Administración y, en especial, de la Dirección de Derechos Humanos, permitió construir la Política Pública Distrital de Derechos Humanos, contenida en este documento del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital - CONPES D.C.-. El documento de política se organiza en cinco secciones, incluyendo esta introducción. El siguiente acápite, denominado antecedentes y justificación, expone, de un lado, cómo la Política responde a los esfuerzos que todo el Estado colombiano ha adelantado en la materia, especialmente a la creación del Sistema Nacional de Derechos Humanos y a su instancia distrital; por otro lado, se expone la larga trayectoria que Bogotá tiene en defensa de los derechos humanos, sobre todo por medio de las políticas públicas poblacionales y sectoriales. El tercer capítulo, titulado diagnóstico e identificación de factores estratégicos, presenta la información cuantitativa y cualitativa que da cuenta de la situación de los derechos humanos en Bogotá y de la necesidad de producir un instrumento de planeación integral como esta Política. El cuarto acápite se denomina formulación de la Política, y en él se presentan el objetivo general y los específicos, que se organizan en torno a cinco ejes de derechos; los sectores responsables, lo cual incluye a 13 de los que componen la Administración Distrital; las formas de seguimiento y evaluación; y el plan de acción, que se extenderá por los próximos 15 años y responde a cuatro líneas de acción: prevención, protección, promoción y monitoreo. Por último, el capítulo de financiamiento da cuenta del presupuesto estimado para poner en marcha cada uno de los objetivos específicos de la Política.

1 Los resultados de estos espacios son uno de los principales insumos de la Política Pública Integral de Derechos Humanos. Para conocer in extenso los insumos, las metodologías usadas y el análisis de la información, puede revisarse el documento Diagnóstico e identificación de factores estratégicos.

95 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-95 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Antecedentes y justificación La Política Pública Integral de Derechos Humanos de Bogotá tiene su antecedente principal en lo establecido en la Estrategia Nacional para la Garantía de los Derechos Humanos (2014-2034)2 y en los continuos esfuerzos de la Administración en esa materia. A continuación se presentan los antecedentes i) normativos y ii) de política.

Antecedentes normativos El marco jurídico en el que operará la Política Pública Integral de Derechos Humanos de Bogotá responde a la normativa sobre derechos humanos, cuyo alcance es universal y que se compone principalmente por los instrumentos del ámbito internacional tanto de derecho duro como de derecho blando que han sido suscritos y ratificados por Colombia, por el desarrollo legislativo nacional y distrital, y por los precedentes jurisprudenciales emitidos por las autoridades judiciales colombianas. En particular, la Política Pública Integral acoge lo referido en la Estrategia Nacional para la Garantía de Derechos Humanos 2014-2034.

En ese sentido, el marco jurídico de la Política Pública Integral siempre debe interpretarse de la forma más amplia y garantista posible, tomando como valores orientadores los principios universales de derechos humanos y los deberes adquiridos por el Estado colombiano en materia de garantía, protección y promoción de los derechos. Así las cosas, las directrices jurídicas que componen el cuadro en el que se moverá la Política son amplias y permiten abarcar la problemática que se pretende resolver, lo cual, a su vez, permite un margen de formulación e implementación adecuado.

De lo anterior se desprende que las obligaciones de respeto, promoción y garantía de los derechos humanos son obligaciones que hacen parte del ordenamiento jurídico nacional en virtud del bloque de constitucionalidad establecido en el artículo 93 de la Constitución Política de Colombia, por medio del cual “los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno. Los derechos y deberes consagrados en esta Carta se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia” (Constitución Política de Colombia, artículo 93).

2 La Estrategia Nacional es el instrumento de política pública del nivel nacional, en el marco del Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, que busca armonizar las diferentes políticas sectoriales para construir una política integral de derechos humanos. Su objetivo es “el goce efectivo de los derechos humanos en Colombia para todas las personas, en condiciones de igualdad y sin ningún tipo de discriminación” y sus componentes son i) Igualdad, no discriminación y respeto por las identidades; ii) Cultura y educación en derechos humanos y paz; iii) Derechos civiles y políticos; iv) Derecho internacional humanitario y conflicto armado; v) Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales; vi) Derechos humanos y empresa; vii) Justicia; y viii) Construcción de paz.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-96 • 2019 • NOVIEMBRE •12 96 Por su parte, los antecedentes normativos específicos se refieren a la normatividad nacional y distrital que dispone la creación de un sistema especial para la protección de los derechos humanos en la ciudad. En efecto, Colombia posee un Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, creado a través del Decreto Nacional 4100 de 2011, que articula y coordina normas, políticas y entidades para promover el respeto y garantía de los derechos humanos. A través de dicho sistema y de la Estrategia Nacional para los Derechos Humanos 2014–2034, se establece la “hoja de ruta institucional para la promoción y la protección de los derechos humanos” que avanza hacia la consolidación de la Política Pública Nacional en Derechos Humanos e insta a los diferentes entes territoriales a definir y adoptar políticas públicas en la materia.

El decreto, en el artículo 18, determina la creación del Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario en las entidades del orden territorial, de acuerdo con el marco de sus competencias, con el fin de “diseñar, complementar y consolidar las Políticas Públicas sectoriales con enfoque de derechos y enfoque diferencial (…), articular a las entidades e instancias del orden nacional y territorial, y coordinar sus acciones para promover el respeto y garantía de los derechos humanos” (Decreto 4100 de 2011).

Adicionalmente, el mismo artículo 18 dispone que cada instancia de las entidades territoriales “será la responsable de diseñar, implementar, hacer seguimiento y evaluar, en aquello que corresponda, la Política Integral de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario en el nivel territorial, a través de su incorporación en el Plan de Desarrollo y en su respectivo Plan Plurianual de Inversiones”.

Por otra parte, con el fin de ratificar el compromiso de respeto, promoción y garantía de los derechos humanos de las y los habitantes de Bogotá, y cumpliendo lo establecido por el Decreto 4100, el Concejo de Bogotá expidió en 2016 el Acuerdo 645 que adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2016-2020 Bogotá Mejor para Todos. Este plan, a su vez, creó el Sistema Distrital de Derechos Humanos y determinó que fuera liderado por la Secretaría Distrital de Gobierno, en tanto que el artículo 16 del Decreto Distrital 411 de 2016 asignó a esta las funciones de implementar políticas, planes y estrategias para la defensa y protección de los derechos constitucionales (Decreto 411, 2016).

La labor de este Sistema consiste en ser la plataforma articuladora de las normas, políticas, programas e instancias de los niveles nacional, distrital y local, y se encarga también de formular, ejecutar y evaluar la Política Integral de Derechos Humanos en el Distrito Capital. Así, el Sistema Distrital de Derechos Humanos y todas las prácticas y políticas que lo desarrollan “deberán tener un Enfoque Basado en Derechos Humanos (EBDH) como marco normativo de principios y reglas que busque la aplicación coherente de las normas y 97 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-97 • 2019 • NOVIEMBRE •12 estándares internacionales vigentes, en materia de Derechos Humanos, en el Distrito” (Acuerdo 645 de 2016, art. 94).

Por su parte, el Plan Distrital de Desarrollo Bogotá Mejor para Todos, en el proyecto “Bogotá vive los Derechos Humanos”, fijó la meta 131, que consiste en la formulación e implementación de la Política Pública Integral de Derechos Humanos para la ciudad, cuyo objetivo es garantizar el goce efectivo de los derechos humanos de las personas que habitan o transitan Bogotá, a través de la articulación interinstitucional y ciudadana en el marco del Sistema Distrital de Derechos humanos.

A su turno, el Acuerdo Distrital 698 de 2018 derogó el Acuerdo Distrital 4 de 1995 y estableció los objetivos y principios del Sistema Distrital de Derechos Humanos. Además, dispuso que la Administración Distrital creara y reglamentara las instancias del Sistema Distrital de Derechos Humanos (Artículo 5), en un término no mayor a seis meses (Artículo 7). En cumplimiento de lo anterior, el Alcalde Mayor expidió el Decreto 455 de 2018, a través del cual se crearon el Comité Distrital de Derechos Humanos y los Comités Locales de Derechos.

Antecedentes de política El Distrito Capital ha promovido distintas políticas públicas que buscan proteger y garantizar los derechos de quienes habitan y transitan Bogotá en el marco de los mandatos internacionales y nacionales. A este respecto, existen 47 políticas públicas sectoriales y poblacionales que tienen por objeto responder a las necesidades de la ciudad en diversos temas. Al interior de ese grupo, 32 políticas públicas distritales contemplan explícitamente el enfoque de derechos como marco para sus actuaciones, 14 reconocen el enfoque diferencial, 10 refieren al enfoque de género, 9 al enfoque poblacional y 7 al enfoque territorial. En las tablas 1, 2, 3 y 4 se presentan las políticas públicas distritales y los enfoques diferenciales a los que cada una responde.

Tabla 1. Políticas públicas distritales con enfoque diferencial Políticas públicas distritales con enfoque diferencial Política Pública de financiación y democratización del crédito en Bogotá, D.C Política de Salud Oral de Bogotá con participación social para el decenio 2011 - 2021 Política Pública de Prevención y Atención del Consumo y la Prevención de la Vinculación a la Oferta de Sustancias Psicoactivas en Bogotá, D.C Política Pública de Infancia y Adolescencia de Bogotá Política Pública de y para la Adultez en el Distrito Capital Política Pública para los Pueblos Indígenas en Bogotá Política Pública Distrital para el grupo étnico Rrom o Gitano en el Distrito Capital REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-98 • 2019 • NOVIEMBRE •12 98 Plan Sectorial de Educación 2012-2016 Política Pública de Deporte, Recreación, Actividad Física, Parques y Escenarios Política pública de trabajo decente y digno Política Distrital de Salud Mental Política Pública para el Fenómeno de Habitabilidad en Calle Política pública de ecourbanismo y construcción sostenible Política Distrital Integral de Vivienda y Hábitat Fuente: elaboración propia, Secretaría Distrital de Gobierno.

Tabla 2. Políticas públicas distritales con enfoque poblacional Políticas públicas distritales con enfoque poblacional Política Pública de Discapacidad para el Distrito Capital Política Distrital de Salud Ambiental para Bogotá 2011-2023 Política Distrital de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico de Bogotá D.C.

Política Pública de y para la Adultez en el Distrito Capital Política Pública para la garantía plena de los derechos de las personas de los sectores LGBTI y sobre identidades de género y orientaciones sexuales en el Distrito Capital Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía Política pública de trabajo decente y digno Política Distrital de Salud Mental Política para la salud y calidad de vida de las trabajadoras y los trabajadores de Bogotá́ D.C.

Fuente: elaboración propia, Secretaría Distrital de Gobierno.

Tabla 3. Políticas públicas distritales con enfoque territorial Políticas públicas distritales con enfoque territorial Política Pública de Ruralidad del Distrito Capital Política Distrital de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Política Pública de Discapacidad para el Distrito Capital Política para el Manejo del Suelo de Protección en el Distrito Capital.

Política Pública Distrital de Educación Ambiental Política Pública para el Fenómeno de Habitabilidad en Calle Fuente: elaboración propia, Secretaría Distrital de Gobierno.

99 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-99 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Tabla 4. Políticas públicas distritales con enfoque de género Políticas públicas distritales con enfoque de género Política Pública de Ruralidad del Distrito Capital Política Pública de Mujeres y Equidad de Género en el Distrito Capital Política para la salud y calidad de vida de las trabajadoras y los trabajadores de Bogotá́ D.C.

Política Pública de Participación Incidente para el Distrito Capital Política Pública para la garantía plena de los derechos de las personas de los sectores LGBTI y sobre identidades de género y orientaciones sexuales en el Distrito Capital Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía Política pública de trabajo decente y digno Política Distrital de Salud Mental Política Pública para el Fenómeno de Habitabilidad en Calle Política Pública Contra la Mortalidad Materna y Perinatal Fuente: elaboración propia, Secretaría Distrital de Gobierno.

Respecto a los mecanismos para la implementación, se encontró que 23 de las 47 políticas públicas señalan dentro de sus lineamientos la creación de comités, comisiones y diferentes espacios de diálogo interinstitucional y que tienen en cuenta la participación ciudadana. En síntesis, no todas las políticas públicas de la ciudad aplican el enfoque de derechos humanos, lo cual supone una de las deficiencias en la aplicación de los instrumentos de planeación que la Política Pública Integral de Derechos Humanos pretende resolver.

El proceso de construcción de estas políticas inicio en el siglo XXI con una visión que aportaba al mejoramiento de la calidad de vida de aquellos sectores históricamente excluidos. El origen de tales políticas provino tanto de procesos de organización social y de agencia ciudadana, por medio de los cuales se movilizaron demandas con el objetivo de hacerlas parte de la agenda pública, así como del liderazgo de las diferentes administraciones que orientaron esfuerzos hacia la generación de cursos de acción encaminados a enfrentar diversas situaciones de inequidad y problemas específicos de la vida de la ciudad (Secretaría Distrital de Integración Social, 2011).

En la formulación de estas políticas se recogieron debates surgidos a finales de los años noventa, cuando se impulsó el reconocimiento del enfoque de derechos humanos, con el objetivo de integrar en las prácticas del desarrollo los principios éticos y legales inherentes a los derechos de las personas (Comisión Intersectorial Poblacional, 2014). Con ese referente como base, de manera más reciente se ha impulsado también la incorporación de los enfoques diferencial, territorial, ambiental y de género. Así, como resultado del camino REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-100 • 2019 • NOVIEMBRE •12 100 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.) recorrido en la formulación de políticas públicas sobre los derechos de diferentes poblaciones, hoy la ciudad cuenta con una serie de herramientas normativas que focalizan a determinados grupos o sectores de la población con políticas que aspiran a materializar sus derechos.

A pesar de estos esfuerzos en Bogotá se continúan presentando vacíos y debilidades en la protección y garantía de los derechos humanos, por lo que persisten múltiples situaciones de posibles vulneraciones de derechos en la ciudad. Lo anterior se debe en parte a la desarticulación que existe entre algunos sectores de la Administración Distrital que limita la efectividad del amplio catálogo de acciones desarrolladas para remediar las condiciones de vulnerabilidad, razón por la cual se plantea la Política Publica Integral de Derechos Humanos como instrumento para la articulación interinstitucional, la coherencia conceptual y la acción integral en materia de derechos humanos en la ciudad.

Como se ve, todos estos antecedentes demuestran la perentoria necesidad de formular e implementar una política pública en materia de derechos humanos que, además de incorporar los enfoques de derechos humanos, diferenciales, territorial, ambiental y de género, establezca acciones y lineamientos de manera coordinada y articulada con los demás sectores y autoridades del Distrito. Tales acciones y lineamientos deben proteger integralmente a todas las personas y a sus derechos, reconocer que los problemas no son exclusivos de una población y que su solución no depende de una autoridad exclusiva o de acciones individualizadas y poco coordinadas. Al contrario, el problema requiere de actuaciones conjuntas e intersectoriales, que produzcan un impacto y resultados en cuanto a la garantía de los derechos de las personas, que implementen de forma integral el enfoque de derechos. Con ello se contrarrestarán las circunstancias que vulneren, repitan las vulneraciones o pongan en riesgo los derechos humanos.

De manera más específica, existen dos razones medulares que justifican la formulación de una Política Pública Integral de Derechos Humanos en la ciudad. La primera ratifica que el diseño y la implementación de tal política es una herramienta que fortalece la capacidad de las instituciones y genera la posibilidad de plantear soluciones de largo plazo, comprometiendo a los gobiernos futuros y desincentivando la creación de programas discontinuos para atacar el problema de forma temporal, independientemente de los cambios de la administración. Así, el planteamiento de una política pública permitirá establecer unas ambiciosas pero necesarias metas para la garantía de los derechos. Adicionalmente, el fortalecimiento de las instituciones a través de la política pública aumenta la capacidad de la Administración Distrital para proveer bienes y, con ello, contribuir al disfrute de los derechos humanos de las personas que habitan y transitan la ciudad.

La segunda razón tiene que ver con la oportunidad de pensar, planear y ejecutar acciones más allá de las coyunturas, esto es, generar acciones preventivas que permitan garantizar el disfrute de los derechos por parte de la ciudadanía. Así, la prevención es un factor decisivo 101 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-101 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.) a la hora de reducir los costos asociados a la provisión de los bienes públicos, pues corregirá la práctica común de ofrecer soluciones ex post, es decir, cuando ya se han producidos las vulneraciones a los derechos.

Por otra parte, también se debe apuntar que la Administración Distrital es consciente de la importancia que representa la protección de los derechos humanos, lo cual implica superar los obstáculos dados por los cambios de gobierno para la continuidad de los programas, las políticas y los proyectos de ciudad. Este hecho lleva a la Administración a formular la presente Política Pública que abarca la mayor cantidad de escenarios de posible vulneración de los derechos de las personas y que se consolida como la hoja de ruta distrital al establecer acciones de mediano y largo plazo en este sentido. Adicionalmente, la Administración está convencida de que la formulación de esta política articula eficazmente a las instituciones en el trabajo de propender por la garantía de los derechos humanos.

Finalmente, la Política Pública en mención se presenta como un instrumento de planeación que abarca los distintos enfoques y derechos, a la vez que permite transversalizar las acciones interinstitucionales pertinentes para garantizar a los bogotanos y bogotanas la protección de sus derechos. Resulta indispensable además concebir la política pública como una herramienta que permite responder integralmente a las necesidades de la población, que promueve la participación efectiva de la ciudadanía y que facilita los canales de interlocución interinstitucional para evitar la duplicidad de esfuerzos y acciones que impidan una gestión efectiva de la promoción y defensa de los derechos humanos.

Diagnóstico e identificación de factores estratégicos Este capítulo tiene como insumo el Documento diagnóstico e identificación de factores estratégicos aprobado por la Secretaría Distrital de Planeación y comprende i) las causas y consecuencias del problema central que abordará la política, de acuerdo con la revisión conceptual, teniendo en cuenta fuentes primarias obtenidas de la fase de agenda pública y fuentes secundarias consultadas y ii) la identificación de los factores estratégicos3.

Esta información permite ilustrar, en términos cuantitativos, las situaciones y barreras que impiden a los ciudadanos el libre ejercicio de sus derechos, en términos de sus causas y consecuencias, a través de datos susceptibles de ser desagregados en atención a enfoques y variables diferenciales y territoriales, de acuerdo con las dimensiones establecidas, según la definición de los derechos y sus categorías conceptuales. La información cualitativa de las 3 Acorde con la Guía para la formulación e implementación de políticas públicas del Distrito (p. 37) y el Procedimiento para la elaboración de documentos CONPES D.C (p. 15), las cifras y datos contenidos en este acápite fueron consultados y recabados durante la fase de agenda pública, por tanto corresponden a información disponible entre 2017 y 2018, tal como fue compilada en el Documento de Diagnóstico e Identificación de Factores Estratégicos avalado por la Secretaría Distrital de Planeación el 22 de marzo de 2019.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-102 • 2019 • NOVIEMBRE •12 102 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.) problemáticas posicionadas por la ciudadanía para esta política pública se presenta en documento anexo (Anexo 2).

La comprensión del problema central se encuentra en términos analíticos, descrita en cada uno de los cinco ejes de derechos que contiene la política4. A partir de la identificación, descripción y comprensión de los puntos críticos, siguiendo la metodología de árbol de problemas, se priorizaron los factores estratégicos5. Con su resolución, la política busca responder, a su vez, a aquellos problemas que en términos causales restringen, limitan o amenazan la garantía de derechos humanos en la ciudad. Conviene señalar que existen situaciones de posible vulneración a los derechos y que esas situaciones se constatan con los datos que a continuación se presentan.

Eje de derechos civiles y políticos La información cuantitativa referente al eje de derechos civiles y políticos está asociada al derecho a la vida e integridad personal, el derecho a la seguridad y el derecho a la participación ciudadana. En relación con el derecho a la vida e integridad personal, como derecho fundamental y prerrequisito para el goce de los demás derechos humanos, presenta afectaciones por diferentes tipos de violencias, incluido el homicidio.

Según información del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la tasa de homicidios en Bogotá presenta una tendencia decreciente del indicador entre los años 2016 y 2018. Para el año 2016, la tasa fue de 16,32%, que corresponde a un total de 1.302 casos presentados; en el año 2017, la tasa fue de 14,23%, que corresponde a 1.150 casos presentados; en el año 2018, la tasa fue de 13,31%, que corresponde a 1.089 casos. Con relación al número de homicidios según sexo, afecta en su mayoría a hombres y se concentra en jóvenes entre los 18 y 28 años y en adultos entre los 29 y 59 años. La mayor proporción de casos se encuentran asociados a riñas que terminan en muertes. Con relación a la muerte de mujeres, para el mismo periodo de tiempo, el INMLCF reporta en Bogotá, 321 casos, distribuidos de la siguiente forma: 109 en 2016, 110 en 2017 y 102 en 2018.

En lo relativo al análisis por localidad, para el año 2017, el mayor porcentaje en la tasa de homicidios por cada 100.000 habitantes se presentó en las localidades de Los Mártires (31,10%), Ciudad Bolívar (14.71%) y Santa Fe (13.85%), que están muy por encima de la 4 I) Eje de derechos civiles y políticos, ii) Eje de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, iii) Eje de acceso a la justicia, iv) Eje de construcción de paz y v) Eje de igualdad y no discriminación.

5 Los factores estratégicos son el resultado de la priorización de los puntos críticos identificados en la fase de agenda pública, por lo cual conviene advertir que responden a los problemas que fueron posicionados por la ciudadanía que aportó insumos. Así, se trata de una selección de los asuntos que, de acuerdo con criterios técnicos, requieren de intevernciones públicas y, además, son del mayor interés de la ciudadanía. Como consecuencia, no se abarcan todos los problemas públicos en materia de derechos humanos, sino aquellos que fueron calificados como estratégicos.

103 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-103 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.) tasa de toda la ciudad (6.12%). En contraste, para ese mismo año, las localidades que arrojaron un menor número en la tasa de homicidios por cada 100.000 habitantes fueron Sumapaz y La Candelaria, que no reportan ninguno, y Fontibón (1.18%).

Asimismo, según información brindada por la Fundación Ideas para la Paz (2017), existe una fuerte correlación entre las zonas donde se expende e incauta droga, con las áreas donde se concentra el mayor número de homicidios. Entender las dinámicas de concentración de estos delitos permitirá focalizar los esfuerzos donde la intensidad de la violencia sea más alta.

Si bien la ciudad logra la reducción de los homicidios, aún tiene importantes retos en esta materia, pues se trata de un fenómeno que afecta directamente el derecho a la vida de las personas. En esta medida, se debe seguir trabajando para su prevención, evaluando los factores de riesgo que puedan estar propiciando su ocurrencia.

Según el Observatorio de Violencia del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (2017), en relación con las afectaciones contra la convivencia y la integridad personal, en el año 2016, se presentó un total de 27.250 casos de violencia interpersonal donde el 32.4% corresponde a mujeres y el 67.6% a hombres. Para el año 2017, el total es de 26.504 casos, de los cuales el 31.9% corresponde a mujeres, y el 68.1% corresponde a hombres. De la totalidad de los registros según sexo, este fenómeno se concentra en hombres jóvenes entre los 18 y 28 años y adultos entre los 29 y los 59 años, y son La Candelaria, Los Mártires, Santa Fe y Chapinero las localidades con mayor presencia de este tipo de violencia.

En cuanto a la violencia intrafamiliar, se constituye como uno de los principales factores que aquejan la convivencia en la ciudad. En los últimos años (2015-2017), ha tenido un crecimiento de manera sostenida y se evidencia que la mayoría de los casos se ubican en escenarios de violencia de pareja, seguida de violencia ejercida contra niños, niñas y adolescentes. Para el año 2015, se reportó un total de 3.238 casos (1.704 mujeres y 1.534 hombres); 2016, 3.473 casos (1.741 mujeres y 1.732 hombres); y 2017, 3.568 casos (1.812 mujeres y 1.756 hombres) (Observatorio de Violencia, Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, 2017). Las localidades que presentan las tasas más altas son: San Cristóbal, Los Mártires y Santa Fe.

Es así como las violencias ejercidas y dirigidas a personas tanto al interior de la familia como a quienes se encuentran en espacios públicos siguen siendo una grave afectación al derecho de la integridad física y personal de los habitantes de la ciudad de Bogotá. Si bien las campañas de visibilización de esta problemática han logrado disminuir la intolerancia social, aún faltan muchos esfuerzos para que la ciudadanía aprenda a tramitar sus conflictos de forma pacífica, por lo cual requiere abordarse como un problema de salud pública que aún deja graves consecuencias tanto físicas como psicológicas a sus víctimas.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-104 • 2019 • NOVIEMBRE •12 104 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.) Con relación al derecho a la seguridad, se contemplan las dinámicas asociadas a sus diferentes vulneraciones, como lo son los hurtos, la percepción de inseguridad en la ciudad y el porcentaje de denuncia de los hechos que afectan la seguridad de la ciudadanía.

Los resultados de la Encuesta de Percepción y Victimización para el primer semestre de 2017 indican que la modalidad delictiva que más les preocupa a los ciudadanos es el hurto a personas con el 49% de los encuestados. El número total de casos de hurtos a personas en Bogotá para el año 2015 fue de 26.533, que afectaron principalmente a los hombres y tuvieron como bienes más hurtados al dinero en efectivo y los teléfonos móviles.

De igual manera se evidencia que este fenómeno es de comportamiento fluctuante y las localidades que presentan un mayor número de casos son Suba (3.421), Kennedy (3.267) y Chapinero (3.007), y el menor número se encuentra en Sumapaz (0.0), Usme (544) y La Candelaria (581). (Encuesta de Percepción y Victimización, I semestre, 2017).

Sin embargo, existe un subregistro en el número de reportes de hurto, dado que muchos ciudadanos optan por no denunciar por diversos motivos, entre ellos el exceso de trámites y la falta de confianza hacia la institucionalidad. El porcentaje de denuncia en la ciudad para el año 2012 fue de 31%, 34% para el año 2013, 23% para el 2014, 18% para el 2015 y 40% para el 2016 (Informe de Calidad de Vida en Bogotá D.C., 2016).

Adicionalmente, según la Encuesta de Percepción y Victimización, para el primer semestre de 2017, entre las principales razones para no denunciar se encuentran “porque demora mucho tiempo” (32%) y “falta de confianza en la autoridad” (23%). Lo anterior demuestra que, a pesar de los esfuerzos por promover la utilización de la modalidad de denuncia virtual, las personas continúan teniendo la percepción de que el trámite es demorado y por esa razón no lo realizan.

La Encuesta de Percepción Ciudadana del Programa Bogotá Cómo Vamos (2017) arrojó que el porcentaje de personas que consideran que la ciudad es segura se mantuvo en un 19% para los dos últimos años (2016 y 2017). En contraste, la percepción de inseguridad tuvo un aumento significativo de 9 puntos porcentuales en el último año. Los factores asociados a la sensación de inseguridad por parte de los ciudadanos son mayores en el transporte público, en las calles, en espacios públicos con establecimientos comerciales y en espacios para recreación (parques).

Según datos suministrados por la Encuesta de Percepción y Victimización para el primer semestre de 2017, las principales razones asociadas a la inseguridad en Transmilenio son la operacionalidad del sistema relacionada con la alta congestión de los buses (51%), la capacidad de respuesta de las autoridades (17%), seguido de la presencia de habitantes de calle y vendedores ambulantes (12%). Con relación al sistema integrado de transporte público, coincide en primer lugar la congestión y aglomeración en los buses (28%), seguido de poca presencia de policía y vigilancia (16%).

105 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-105 • 2019 • NOVIEMBRE •12 j y p ()

Asimismo, la Encuesta Bienal de Culturas (SCRD-Observatorio de Culturas, 2015) registra que el 80% de la población encuestada observa la calle como un lugar de peligro. Específicamente, las mujeres presentan un mayor porcentaje en cuanto a esta percepción negativa con una diferencia de 1,9 puntos porcentuales. Sobre la información relativa a los parques y espacios de recreación, las mujeres indicaron una mayor percepción de inseguridad en espacios públicos y parques cercanos a su residencia, con una diferencia de 3,4 puntos porcentuales respecto a los hombres.

Los datos anteriores permiten evidenciar que es necesario fortalecer la infraestructura, dotación, alumbrado y apropiación ciudadana de los parques y espacios públicos, acompañado de estrategias focalizadas sobre aspectos asociados a la percepción de inseguridad por parte de la ciudadanía, para contribuir al goce efectivo y disfrute de la ciudad por parte de sus habitantes.

El último componente del Eje de derechos civiles y políticos corresponde al derecho a la participación. Según el indicador proporcionado por la Encuesta Bienal de Culturas 2013, la proporción de mujeres y hombres que afirman conocer y participar en al menos un espacio de participación ciudadana es superior al 60% para ambos sexos. Con base en lo anterior, se podría decir que el nivel de participación es relativamente alto, teniendo en cuenta que es un ejercicio ciudadano voluntario en el que las personas deben invertir tiempo, habilidades y competencias cívicas, al igual que recursos económicos.

El panorama cambia cuando se trata de espacios de organizaciones sociales. Según la Encuesta Multipropósito del año 2014 en su componente de participación ciudadana, se evidenció que tan solo el 14% de los encuestados (entre los 10 años y más) manifestaron participar en alguna organización de tipo social. Lo anterior indica que cuando se trata de ejercicios ciudadanos de carácter más organizativos el nivel de participación es más bajo.

Sobre las brechas de género existentes entre la ocupación de cargos públicos y cargos de elección popular, se observa para el 2011 la participación de 58% de hombres frente a 42% de mujeres. En 2012, 43% de mujeres frente a 57% de hombres y en 2013, 46% de mujeres frente a 54% de hombres (Sistema General de Información Administrativa (SIGIA); Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP).

Con relación al porcentaje de mujeres y de hombres que ejercen cargos públicos de máximo nivel decisorio (alta dirección), las diferencias porcentuales en el 2011 son de 16 puntos a favor de los hombres, en el 2012 corresponde a 14 puntos a favor de los hombres y en el 2013 son 8 puntos también a favor de los hombres (Sistema General de Información Administrativa (SIGIA); Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP). En lo relativo a la participación de hombres y mujeres en cargos públicos de otros niveles de decisión (gerencia pública), en el año 2011 la diferencia fue la más baja (2 puntos REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-106 • 2019 • NOVIEMBRE •12 106 j y p () porcentuales) entre ambos sexos. Así, para el 2013, se evidenció una diferencia de 6 puntos porcentuales a favor de los hombres.

La información anterior permite inferir que se observan avances positivos en la ciudad con relación a la representación de las mujeres en cargos directivos entre los años 2011 y 2013, con un aumento importante, aunque existen retos para superar la deuda frente a la paridad, en especial en el sector de las localidades (alcaldes y alcaldesas locales) y en las entidades vinculadas como lo son el máximo nivel decisorio y otros niveles de decisión (Secretaría Distrital de la Mujer, 2016).

Por otro lado, las personas de los sectores LGBTI percibieron que sus derechos son vulnerados en un gran porcentaje, sin embargo, esta percepción bajó considerablemente con respecto a 2010 y en todos los sectores, pasando de un 98.16% a un 69.4%. La población más favorecida en este sentido, que en 2014 se sintió menos vulnerada respecto del 2010, fue el sector de las personas bisexuales, el cual pasó de un 96.4% a un 54.9% El sector más vulnerado es el de personas transgeneristas con un 90.68% (Secretaría Distrital de Planeación, 2015).

En el año 2014 se observa que las personas que se perciben más vulneradas, por encima del promedio, son las mujeres transgeneristas en un 92,9% y los hombres transgeneristas en un 88.8%; los que menos se perciben vulnerados son los hombres bisexuales en un 44.9%. Las principales afectaciones de estos sectores están relacionadas, por un lado, con la exclusión a la que son sometidos, de los espacios familiares, laborales, comerciales, la violencia frente a la vida y a la integridad; dentro de esta afectación se puede contar la negación sistemática de servicios a los que tienen derecho, y se limita la libre expresión de su identidad de género y orientación sexual. Por otro, estos sectores están soportando constantemente amenazas, ataques y hostigamientos contra su vida, integridad física y seguridad. En diferentes espacios, las personas transgénero afirman que la fuerza pública vulnera reiterativamente sus derechos infringiendo tratos inhumanos y degradantes, así como retenciones ilegales, requisas injustificadas e incluso desconocimiento de su identidad de género lo cual va en contra de su dignidad.

Eje de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales El análisis de la información socioeconómica de la ciudad permite evidenciar sus retos en cuanto a pobreza y desigualdad, teniendo en cuenta conceptos como pobreza monetaria, pobreza extrema, pobreza multidimensional y coeficiente de Gini, entre otros.

La pobreza monetaria, definida como la oportunidad que tiene una persona de acceder a la canasta mínima de alimentos y bienes para su supervivencia de acuerdo con sus ingresos económicos (medida en pesos), tiene en cuenta dos umbrales: la línea de pobreza y la línea de pobreza extrema. Así, de acuerdo con el Departamento Nacional de Estadística (DANE, 107 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-107 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.) 2017), en el año 2016 la línea de pobreza en Colombia se ubicó en $241.673 para el total nacional y en $265.559 para las 13 ciudades principales.

En Bogotá D.C., a pesar de que este indicador muestra una tendencia decreciente entre los años 2012 y 2014, volvió a incrementarse en el año 2015 (10.4%) hasta alcanzar en 2016 la misma cifra de 2012 (11,6%). Sin embargo, al comparar la situación de Bogotá con el nivel nacional se observa que el indicador distrital es muy inferior al del país, con una diferencia porcentual de 16,4 puntos en 2016.

Por su parte, la pobreza monetaria extrema se expresa como el porcentaje de la población cuyo ingreso per cápita no le permite acceder a la canasta mínima de alimentos necesarios para la supervivencia, y es calculada a partir de la línea de pobreza extrema o línea de indigencia.

El indicador para el año 2016 registra que el 2,3% de la población en la ciudad se encuentra en situación de pobreza extrema, información que evidencia que se está afectando el derecho a la alimentación, al acceso a una canasta mínima de alimentos y bienes; por otro lado, refleja que se está vulnerando el derecho al trabajo. Al respecto, se da una tendencia al aumento entre los años 2015 y 2016, presentando en este último año un incremento de 0.3 puntos porcentuales con respecto a 2015. A nivel nacional, se observa un comportamiento decreciente, en particular entre los años 2012 y 2015, si bien la cifra pasó de 7,9% en 2015 a 8,5% en 2016, con un incremento de 0,6 puntos porcentuales.

Otro concepto citado es el Índice de Pobreza Multidimensional (IPM) que se construye teniendo en cuenta cinco componentes (condiciones educativas del hogar, condiciones de la niñez y la juventud, salud, trabajo y acceso a los servicios públicos domiciliarios y condiciones de la vivienda). Este índice involucra en sus componentes (15) quince indicadores a partir de los cuales se determinan como pobres los hogares que estén privados en por lo menos un 33% de estos componentes (DANE, 2017).

De acuerdo con los resultados de la Encuesta de Calidad de Vida, se observa que entre los años 2012 y 2016 Bogotá presentó una tendencia decreciente del IPM. Por el contrario, en el último año (2016) se evidenció un incremento de 1,2 puntos porcentuales con respecto al año anterior. Por otro lado, el IPM de Colombia disminuyó en todos los años. Al analizar este indicador por regiones se encuentra que, en el año 2016, Bogotá es la región con menor incidencia de IPM (5,9%), seguida de Valle del Cauca (12%) y Antioquia (15,1%).

Además de los indicadores anteriores, se suma la medición a través del coeficiente de Gini, el cual señala la medida de concentración del ingreso económico entre los individuos de una región. Para determinarlo se toman valores entre 0 y 1, donde 0 indica que todos los individuos tienen el mismo ingreso y 1 indica que solo un individuo concentra todo el ingreso.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-108 • 2019 • NOVIEMBRE •12 108 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.) Según la Gran Encuesta Integrada de Hogares, para el caso de Bogotá, el coeficiente de Gini presentó un leve aumento, pasando de 0,498 en 2015 a 0,499 en 2016, lo cual indica que los ingresos económicos se concentran en una parte de la población de la ciudad, con lo que se vulneran los derechos al trabajo, a la alimentación y posiblemente a la educación. Por el contrario, a nivel nacional el índice mostró una tendencia decreciente durante el período 2012-2016.

En relación con el derecho al trabajo, una de las formas de superar la pobreza es la garantía de su acceso, como derecho fundamental. Los resultados arrojados por los indicadores laborales en los años 2011 y 2016 evidencian que la tasa de desocupación para el año 2011 fue de 8,60%, disminuyendo en 2014 a 6,75%. En 2011, las localidades que tuvieron mayor porcentaje en la tasa de desocupación fueron Ciudad Bolívar con 11,46%, San Cristóbal con 11,31%, Usme con 11,01% y Bosa con 10,53%. Para el mismo año, tuvieron menor porcentaje en la tasa de desocupación las localidades de Chapinero con 4,47%, Suba con 6,86%, y Teusaquillo con 7,00%.

En el mismo año de 2014, las localidades que tuvieron mayor porcentaje en la tasa de desocupación fueron Bosa con 9,09%, Ciudad Bolívar con 8,52%, Usme con 8,32% y Kennedy con 7,47%; y las que tuvieron un porcentaje menor en este mismo indicador fueron las localidades de Teusaquillo con 3,88%, Chapinero con 4,22%, Barrios Unidos con 4,46% y Suba con 5,25%. Entre los años 2011 y 2014, en todas las localidades disminuyó la tasa de desocupación, registrando un porcentaje menor de personas sin empleo, situación que mejora la garantía del derecho al trabajo, con excepción de la localidad de Kennedy donde aumentó en este mismo periodo de 7.35% a 7.47% (Observatorio de Desarrollo Económico, SDE, 2016).

Sobre la tasa de informalidad, la tasa de desocupación se mantuvo igual para Bogotá en el año 2011 y 2014 en un 37% (SDE, 2016). En 2011, las localidades que tuvieron mayor porcentaje en este indicador fueron Los Mártires con 50%, Usme con 48%, Ciudad Bolívar con 47%, San Cristóbal y Rafael Uribe con 46%; y las que tuvieron menor porcentaje en esta tasa, para el mismo año, fueron las localidades Teusaquillo y Chapinero con 20%, y Usaquén con 22%.

En 2014, las localidades que tuvieron los mayores porcentajes en la tasa de informalidad fueron Los Mártires con 55%, Santa Fe con 50%, Usme con 47% y Ciudad Bolívar con 46%; y las que tuvieron menor porcentaje en este indicador, para el mismo año, fueron las localidades de Teusaquillo con 19%, Chapinero con 20% y Usaquén con 25%. Entre los años 2011 y 2014, las localidades en las cuales aumentó la tasa de informalidad fueron Los Mártires, Santa Fe, Puente Aranda, Fontibón y Usaquén, y, en las que disminuyó fueron Usme, Ciudad Bolívar, San Cristóbal, Antonio Nariño, Rafael Uribe, Barrios Unidos, Engativá, Suba y Teusaquillo. Respecto al año 2017, se evidencia un aumento de la tasa de desocupación para todas las localidades, a excepción de las localidades de Bosa, Chapinero y Teusaquillo.

109 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-109 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Con relación a los indicadores laborales desagregados por sexo, para los años 2014 y 2016, la población económicamente activa6 y la tasa de ocupación7 presentan mayores porcentajes en hombres (51,9% y 52,3% respectivamente). En el caso de las mujeres, la tasa de población económicamente activa en el 2014 es de 48,3% y en el 2016 de 47,7%. La tasa de ocupación en el año 2014 es de 59,7% y en el año 2016 es de 58,0% (SDE, 2016).

El indicador de la tasa de desocupación muestra que la participación de las mujeres fue mayor durante los dos años de la encuesta. En 2014, estuvo compuesta por 42,8% de los hombres y 57,2% mujeres. Para el año 2016, estuvo compuesta por 48,0% hombres y 52,0% mujeres. De acuerdo con la información presentada, es importante prestar atención a las problemáticas que afectan el derecho al trabajo, como en el tema de la población que está desocupada, y aquella que trabaja de manera informal, y de igual manera darle solución a aquellas situaciones que no permiten la garantía del derecho.

Con relación al derecho a la educación, las tasas de deserción, de cobertura bruta y de analfabetismo entre los años 2012 y 2015 permiten abordar el derecho a la educación en la ciudad. Sobre la tasa de deserción, el año con mayor desvinculación o interrupción de estudios es 2012, con 3,10% del total de la población de Bogotá D.C.; y el nivel educativo de secundaria concentra los mayores porcentajes con 4,10% para el año 2012. En el año 2013 es de 3,50%, en el 2014 es de 3,05% y en el 2015 es de 3,59%.

Por otro lado, para el año 2014, en todos los niveles educativos la tasa de deserción a nivel distrital disminuyó. En preescolar fue de 2,08%, en primaria de 1,80%, en secundaria con 3,05% y en media con 2,01%, para un total de 2,31% en Bogotá.

Sobre la tasa de cobertura bruta, por nivel educativo (2012 a 2015), el año 2012 mostró el mayor porcentaje en la tasa de cobertura bruta con 99,3% del total de Bogotá. Asimismo, el nivel educativo de secundaria presentó un mayor porcentaje según la tasa de cobertura bruta, pues de 107,8% en 2012 disminuyó a 104,5% en 2013; aumentó a 106,2% en 2014 y disminuyó nuevamente a 103,0% en el 2015 (SED, 2017).

La tasa de cobertura bruta presentó un menor porcentaje en el nivel de educación preescolar, pues según el indicador ésta fue de 83,3% en el año 2012. Del mismo modo se observa que aumentó a 86,9% en 2013, disminuyó a 81,9% en 2014 y aumentó a 82,0% en 2015, indicando que en este nivel escolar los alumnos matriculados tienen la edad apropiada para el nivel educativo. Para el total de la ciudad, el año 2015 fue el que presentó el menor porcentaje, con 95,8% en la tasa de cobertura bruta.

6 Está conformada por las personas en edad de trabajar que trabajan o están buscando empleo. 7 Es la relación porcentual entre la población ocupada (OC) y el número de personas que integran la población en edad de trabajar (PET).

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-110 • 2019 • NOVIEMBRE •12 110 En relación con el alfabetismo, en 2011 (sin incluir Sumapaz), el mayor porcentaje de personas de 15 años o más con capacidad para leer y escribir se presentó en las localidades de Usaquén con 99,4%, Antonio Nariño, los Mártires y Barrios Unidos con 99,2%; y las localidades con menor porcentaje en este mismo indicador fueron San Cristóbal con 96,4, Rafael Uribe 97,1%, y Santa Fe con 97,2%. Para el año 2014, el mayor porcentaje de las personas de 15 años o más con capacidad para leer y escribir se presentó en: Chapinero con 99,4%, Antonio Nariño con 99,2% y Fontibón y Engativá con 99,1%. Las localidades con menor porcentaje de personas de 15 años o más con capacidad para leer y escribir fueron Santa Fe con 96,5%, San Cristóbal con 97,4%, Usme con 97,5%, y Puente Aranda con 97,6% (Encuestas Multipropósito 2011- SED-DANE, 2014).

En la localidad de Chapinero se evidenció un aumento en el porcentaje de este indicador, pues pasó de 97,6% en 2011 a 99,4% en 2014. En el año 2011, en Bogotá, el 99,1% de las personas de 15 años o más sabían leer o escribir. En 2014, disminuyó en 98,6%. Estos resultados indican que el Distrito avanza en el derecho a la educación y estaría próximo a garantizar que el total de su población sea alfabeta.

En cuanto a la medición de la calidad de la educación a través del rendimiento en las pruebas de Estado, la ciudad presentó un aumento anual durante los años 2014 (72,3%), 2015 (74,6%) y 2016 (80,3%) para los colegios oficiales clasificados en las categorías A+, A y B, resultados que evidencian su mejora. Las localidades que alcanzaron un mayor porcentaje en las pruebas fueron Barrios Unidos con el 100% para los tres años, Antonio Nariño y Teusaquillo con 100%, Puente Aranda con 100% en 2014, porcentaje que disminuyó a 93,3% en 2015 y aumentó nuevamente al 100% en 2016 (SED, 2016).

Es así como las localidades que tuvieron menor porcentaje en las pruebas fueron Ciudad Bolívar en el año 2014 con 25,7%, en el año 2015 con 32,4% y para el año 2016 con 55,5%; Santa Fe con 37,5% en el año 2014, 28,6% en el año 2015 y 28,5% en el año 2016; La Candelaria con 50,0% en el año 2014 y Usme con 46,9%, 50,0 y 65,7 en los años mencionados. Lo anterior demuestra que en 2016 se alcanzaron los mejores puntajes en este indicador.

A partir de los resultados, es pertinente indicar que se debe solucionar la problemática de la deserción escolar en todos los niveles educativos y seguir mejorando en la calidad de la educación, para que este derecho sea garantizado a toda la población.

En relación con el derecho a educación en el área rural de Bogotá, para el año 2017 el número de años promedio de educación de las personas de 15 a 24 años fue mayor en la localidad de Chapinero con 11,0%, y Usaquén y Suba con 10,3%, y las localidades que presentan menor número de años promedio de educación son la localidad de San Cristóbal con 9,5% y Usme con 9,6% (Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas, DANE, 2017).

111 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-111 • 2019 • NOVIEMBRE •12 j y p ()

En relación con el número de años promedio de educación de las personas de 15 a 24 años en el área rural para el total de Bogotá fue de 9,9% en el año 2017 (Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas, DANE, 2017).

Con respecto al sector de la salud pública, el análisis descriptivo en cuanto a cobertura de población afiliada al régimen subsidiado de salud durante el período 2012-2015 permite observar que el porcentaje de la afiliación no tuvo ninguna variación significativa. En contraste, se observa que el indicador evidenció un decrecimiento en el año 2016 de 2% con respecto al año anterior. Las localidades con mayores porcentajes de población afiliada al régimen subsidiado son Santa Fe (34,45%), Usme (30,56%), San Cristóbal (25,38%) y Ciudad Bolívar (25,37%) y las que cuentan con menores porcentajes son Teusaquillo (1.48%), Barrios Unidos (4,56%), Usaquén (6,04%) y Fontibón (6,07%) (Portal Geoestadístico Secretaría Distrital de Planeación).

Sobre la razón de mortalidad materna por cada 1.000 nacidos vivos según localidad de residencia, para el año 2017, cuatro localidades superaron la tasa del total de Bogotá. La tasa más alta corresponde a la localidad de Barrios Unidos (190,1), seguida de Rafael Uribe (125), Ciudad Bolívar (104,2) y Bosa (73,8). El indicador a nivel de Bogotá ha tenido un comportamiento fluctuante en los últimos seis años. En el último año (2017) se observa un incremento de 7,0 puntos porcentuales con respecto al año anterior.

Al revisar la tasa de mortalidad infantil por cada 1.000 nacidos vivos según localidad de residencia, en el año 2017 las localidades de La Candelaria, Fontibón y Engativá presentaron las mayores tasas. A nivel de Bogotá se observa una tendencia decreciente para todos los años, exceptuando el año 2016, en el que la tasa presentó un aumento de 0,2 puntos porcentuales respecto al año anterior (Portal Geoestadístico- Secretaría Distrital de Planeación, 2016).

Con relación al derecho a la vivienda en la ciudad, el déficit de vivienda cuantitativo8 pasó de 5,3% en el año 2011 a 3,6% en el año 2014. Sobre las localidades que presentaron mayor porcentaje en el déficit cuantitativo se encuentran Ciudad Bolívar con 14,3% en el año 2011, indicador que disminuyó a 6,2% en el año 2014; San Cristóbal con 10,3% en el 2011, indicador que disminuyó en el 2014 a 5,1%; y Usme con 9,3% en el año 2011, indicador que disminuyó a 4,5% en el 2014. Las localidades que presentaron menor porcentaje en el déficit cuantitativo fueron Chapinero con 0,7% en el año 2011, indicador que aumentó a 0,9% en el año 2014; Teusaquillo que se mantuvo igual en los dos años citados, con 1%; y Usaquén con 2,2% en el año 2011, indicador que disminuyó a 1,6% en el año 2014 (Encuestas Multipropósito 2011-2014, Secretaria Distrital de Planeación (SDP- DANE 2014).

8 La cantidad de viviendas existentes es suficiente para albergar a la totalidad de la población. (S.f.).

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-112 • 2019 • NOVIEMBRE •12 112 j y p () En cuanto al déficit de vivienda cualitativo9, hubo una reducción en Bogotá de 6,5% en 2011 a 5,5% en el año 2014. Las localidades que presentaron mayor porcentaje en el déficit cualitativo fueron Usme con 12,8% en el año 2011, indicador que disminuyó en el año 2014 a 9,8%; Tunjuelito con 11,1% en el año 2011, indicador que disminuyó a 6,1% en el año 2014; y Bosa en el 2011 con 10,5%, indicador que disminuyó a 7,4% en el 2014. Las localidades que presentaron menor porcentaje en el déficit cualitativo fueron Chapinero con 2,1% en el año 2011, indicador que aumentó a 2,5% en el año 2014; Puente Aranda con 2,7% en el año 2011, indicador que aumentó a 3,4% en el 2014; y Teusaquillo con 2,9% en el año 2011, indicador que disminuyó a 1,3% en el año 2014 (Encuestas Multipropósito 2011-2014, SDP-, DANE, 2014).

Sobre el derecho a la vivienda en el área rural, en el año 2017 se evidencia que la localidad que presenta más hogares con vivienda totalmente pagada es Ciudad Bolívar (50,5%), seguida por Chapinero (46,2%). La localidad que presenta menos hogares con vivienda totalmente pagada es Usaquén (22,6%). En cuanto a los hogares rurales que viven en arriendo, la localidad que presenta el mayor porcentaje es Chapinero (29,0%) y la localidad con menores hogares en arriendo es San Cristóbal (11,1%) (Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas, 2017). En la ciudad, 44,2% de los hogares tienen vivienda propia totalmente pagada, 22,5% viven en arriendo y 3,7% están pagando su vivienda propia. (Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas, 2017).

En cuanto a la proporción de viviendas con problemas de inseguridad en Bogotá, las localidades que presentaron mayor porcentaje se encuentran en Usme con 88,8% en el año 2011, indicador que disminuyó a 84,9% en 2014; Los Mártires con 86,7% en el año 2011, indicador que disminuyó a 85,5% en 2014; y Ciudad Bolívar con 84,5%, indicador que disminuyó a 79,1% en el año 2015.

Las localidades que presentaron menor porcentaje en la proporción de viviendas con problemas de inseguridad fueron Chapinero con 48,9% en el 2011, indicador que disminuyó en el 2014 a 46,4%; Usaquén con 54,3% en el año 2011, indicador que disminuyó a 54,1% en el año 2014; y Teusaquillo con 61,4%, indicador que aumentó a 65,5% en 2014. Para el año 2011, el 75,8% de las viviendas de Bogotá presentaron problemas de inseguridad, pero disminuyeron en el 2014 a 69,4%. Los resultados indican que en 18 de las 20 localidades, las viviendas con problemas de inseguridad disminuyeron a excepción de Rafael Uribe Uribe que pasó de 82% (2011) a 87,4% (2014), y Teusaquillo, que pasó de 61,4% (2011) a 65,5% (2014) (Encuestas Multipropósito 2011-2014 (SDP- DANE, 2014).

9 Este índice cuantifica el número de viviendas que no cumplen con estándares mínimos de calidad y por ende no ofrecen una calidad de vida adecuada a sus habitantes. (S.f.).

113 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-113 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.) Se evidencia que es importante intervenir en los dos déficits presentados, tanto el cualitativo como el cuantitativo, para garantizar de manera efectiva el derecho a la vivienda, superando los problemas como el de la inseguridad.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-114 • 2019 • NOVIEMBRE •12 114 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.) Sobre el derecho a un ambiente sano y acceso a agua potable, se encuentran indicadores ambientales de Bogotá D.C. entre los años 2013 y 2017, como registra la siguiente tabla.

Tabla 5. Indicadores ambiente Bogotá D.C. (2013 – 2017)

Fuente: Observatorio Ambiental de Bogotá D.C., 2017 En cuanto a la disponibilidad y consumo de agua en las localidades, el indicador de Cobertura Residencial y Legal del Servicio de Acueducto (CAC) brinda información sobre el porcentaje de suscriptores con agua potable, en relación con el total proyectado que demanda el servicio en la ciudad. Se destaca el alto nivel de cobertura para todos los años; sin embargo, la norma exige que la cobertura local sea del 100%, por lo cual el indicador no cumple el requerimiento.

Por otra parte, es importante apuntar que el relleno sanitario Doña Juana (donde se hace la disposición final de los residuos sólidos de Bogotá) recibe un número de toneladas por año provenientes del servicio ordinario de aseo (residuos convencionales y hospitalarios) de Bogotá. El indicador presenta comportamiento fluctuante del número de toneladas por año. En el último reporte (2017) se evidencia un incremento de 42.387 toneladas de residuos sólidos con respecto al año inmediatamente anterior.

Con relación a la contaminación visual, el indicador más cercano es el correspondiente al número de desmontes de publicidad visual por incumplimiento de la normatividad ambiental existente y/o por no tener registro ante la Secretaría Distrital de Ambiente. Lo anterior obliga a que las autoridades tengan que hacer operativos de control al interior de todas las localidades. El indicador no muestra una tendencia determinada; tiene un comportamiento fluctuante. En el último año se registró un incremento de 165.326 elementos de publicidad exterior desmontados.

115 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-115 • 2019 • NOVIEMBRE •12 El Índice de Calidad Ambiental mide el estado de los componentes básicos del ambiente, sus características y modificaciones ocurridas, debido a procesos sociales y económicos subyacentes. El índice toma valores entre 0 y 100, siendo 0 el peor desempeño del índice y 100 el mejor desempeño (Observatorio Ambiental, 2014). En este orden de ideas, el indicador no cumple con la expectativa esperada, con un índice para el año 2012 de 43,62, para el 2013 de 41,01 y para el año 2014 de 39,9.

Con respecto a la superficie de área verde por habitante, este indicador muestra la relación existente entre los metros cuadrados de espacios naturales verdes para cada uno de los habitantes, con relación al total de la población. Para el año 2015, esta cifra fue de 10,7 metros cuadrados por habitante. Es así como el derecho al ambiente, a partir de los resultados expuestos, evidencia el requerimiento de una mayor intervención oportuna en las problemáticas de contaminación visual y calidad del ambiente para que se pueda garantizar el derecho a un ambiente sano.

En relación con el derecho a la cultura, el indicador de prácticas deportivas presenta el porcentaje de personas de 13 años en adelante que practica algún deporte en las diferentes localidades. Con base en los datos del Observatorio de Culturas, se encuentra que, en el año 2015, el porcentaje de población que practica alguna actividad deportiva es de 33,9%. Las localidades que presentan los mayores porcentajes son Usaquén (44.4%), Engativá (42%), Suba (39.9%), La Candelaria (37.3%). Los menores porcentajes se encuentran en Kennedy (26%), Usme (27.1 %) y Bosa (29%) (Portal Geoestadístico Secretaría Distrital de Planeación, 2017).

La Encuesta Bienal de Culturas (2015) indica que el 48,4% de los hombres mayores de 13 años practicó algún deporte en ese año, contra un 50,9% que no lo hizo. En contraste, solo el 20,7% de las mujeres mayores de 13 años lo realizaron, contra un 79,0% que se abstuvo de practicarlo. Menos del 50% de la población practica alguna actividad deportiva, y de quienes lo hacen, resulta menor la participación de las mujeres.

Con relación al porcentaje de población mayor de 13 años que practica alguna actividad artística de forma habitual, se observa que, en el año 2015, el 17,8% de las personas en la ciudad manifestó realizar de manera frecuente prácticas artísticas. Las localidades de Usaquén (22.7%), Puente Aranda (20.9%) y Engativá (20.6%) presentaron los mayores porcentajes de este indicador. Los menores porcentajes se encuentran en Antonio Nariño y Los Mártires (13.1%), y San Cristóbal (13.3%) (Portal Geoestadístico Secretaría Distrital de Planeación, 2017).

El porcentaje de hombres y mujeres que practica alguna actividad artística de forma habitual es similar. Para el caso del sexo masculino, el 18,2% manifestó que realizaba actividades artísticas, contra un 81,4% que se abstuvo de hacerlo. En contraste, el 17,4% de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-116 • 2019 • NOVIEMBRE •12 116 las mujeres respondió que practicó alguna actividad artística, frente a un 82,1% que decidió no hacerlo. (EBC 2015: SCRD-Observatorio de Culturas, 2015).

En las localidades, la participación en las organizaciones deportivas y recreativas aumentó entre el año 2013 y 2015 exceptuando la localidad de Rafael Uribe Uribe, pero aun así la participación corresponde a menos del 30% del total de la población. Las localidades con mayor participación son Usaquén (21%), Teusaquillo (20.3%) y Barrios Unidos (14.8%). Las de menor participación son Rafael Uribe con 5.9% y San Cristóbal y Usme, ambas con 7.6% (Portal Geoestadístico Secretaría Distrital de Planeación, 2017).

Según la Encuesta Bienal de Hogares, en lo relativo al indicador de pertenencia a organizaciones de tipo deportivo o recreativo para el año 2015, se presenta una diferencia de 6,2 puntos porcentuales entre los hombres y las mujeres. El 15,5% de los hombres manifestó que pertenecía a algún club de índole deportiva o recreativa, mientras que solo el 9,3% de las mujeres encuestadas respondió positivamente a la misma cuestión. Lo anterior indica que, en la ciudad, más de la mitad de la población no participa en actividades artísticas y deportivas y no se está dando un goce efectivo del derecho a la cultura, debido a la baja participación ciudadana.

En cuanto al derecho a la cultura en el área rural de Bogotá, en el año 2017, el 15,3% de las personas de 10 años o más practicaron deporte o realizaron actividad física en los últimos 30 días y el 60,4% de las personas no practicó ningún deporte ni tuvo actividad física. La localidad que tuvo mayor participación fue Santa Fe (38,5%) y la localidad que tuvo menor participación fue Ciudad Bolívar (6,2%). Más de la mitad del total de la población no participa en actividades culturales y deportivas.

Eje de acceso a la justicia Los datos relacionados con el derecho de acceso a la justicia comprenden información a nivel distrital y local sobre casos atendidos en casas de justicia, información sobre el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes e indicadores sobre denuncia.

Los casos atendidos refieren a las casas de justicia y centros de convivencia. Las casas de justicia, como centros interinstitucionales de información, orientación, referencia y prestación de servicios de resolución de conflictos, aplican y ejecutan mecanismos de justicia formal y no formal. En el Distrito operan 12 casas de justicia con el objetivo de acercar la justicia al ciudadano y fomentar el respeto de los derechos humanos. Según cifras de la rendición de cuentas de 2017, se atendieron un total de 120.000 personas en el año 2016, cifra que se incrementó en el 2017 a más de 160.000.

Con relación a las solicitudes atendidas en casas de justicia según sexo (reportadas al Sistema de Información de Casas de Justicia -SICJ- año a año por la Dirección en Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho), en más de 117 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-117 • 2019 • NOVIEMBRE •12 j y p () la mitad de los casos entre los años 2013 y 2018, la participación del sexo masculino ha sido mayor en cuanto al número de requerimientos de atención y resolución de controversias. Esta diferencia se puede explicar porque uno de los principales obstáculos para que las mujeres puedan acceder a la justicia es la falta de garantías para denunciar. Muchas de ellas no lo hacen por miedo, culpa, desconocimiento, falta de confianza en la justicia, entre otros aspectos (Profamilia, 2010, p. 397). En Bogotá una de las rutas de acceso a la justicia para las mujeres son las casas de justicia, ya que en ellas funcionan distintos operadores de justica y entidades distritales como Comisaría de Familia, Fiscalía, Inspección de Policía, Medicina Legal, Unidad de Mediación y Conciliación, Jueces de Paz, Secretaría de Salud, Secretaría de la Mujer, siguiendo los lineamientos establecidos por el Acuerdo 676 de 2017.

Esta diferencia se puede explicar porque la ruta especializada de acceso a la justicia y eliminación de las violencias de las mujeres es distinta en la ciudad de Bogotá y son atendidas en espacios diferenciales, por ejemplo, en las casas de igualdad de oportunidades. Adicionalmente, cuando las mujeres son víctimas de violencias, la Ley 1257 de 2008 establece en su artículo 8 que tendrán derecho a decidir voluntariamente si pueden ser confrontadas con su agresor en cualquiera de los espacios de atención y en los procedimientos administrativos, judiciales y de otro tipo, por lo cual en algunos casos anularía de plano la posibilidad de conciliación alguna. Además, uno de los principales obstáculos para que las mujeres puedan acceder a la justicia es la falta de garantías para denunciar. Muchas de ellas no lo hacen por miedo, culpa, desconocimiento, falta de confianza en la justicia, entre otros aspectos (Profamilia, 2010, p. 397).

En cuanto a las solicitudes atendidas en casas de justicia por orientación sexual del usuario (Ministerio de Justicia y del Derecho - Dirección en Métodos Alternativos de Solución de Conflictos (DMASC) - Sistema de Información de Casas de Justicia SICJ), resulta mayoritario para población heterosexual, seguida de la población de los sectores gays y lesbianas. El 2014 fue el año en que se atendieron más solicitudes por orientación sexual del usuario, con un total de 117 (2 a personas que se identifican como bisexuales, 1 a persona que se identifica como gay, 111 a personas que se identifican como heterosexuales, y 3 solicitudes atendidas a las personas que se identifican como lesbianas). En el año 2015 se recibieron 59 solicitudes (3 a personas que se identifican como gays, 56 que se identifican como heterosexuales), en el 2016, 66 solicitudes (6 que se identifican como gays, 60 de quienes se identifican como heterosexuales), en el año 2017 se recibieron 38 solicitudes (4 de quienes se identifican como gays, 34 de quienes se identifican como heterosexuales) y en el año 2018 se recibieron 33 solicitudes (12 de quienes se identifican como gays y 21 de quienes se identifican como heterosexuales).Se evidencia que año a año disminuyen las solicitudes atendidas por las casas de justicia.

Con relación al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA), el número de menores en conflicto con la ley que ingresan al SRPA presenta una tendencia decreciente, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-118 • 2019 • NOVIEMBRE •12 118 j y p () en particular para el periodo 2013-2015. Específicamente para el año 2015, se evidencia una reducción de 1707 casos respecto al año anterior.

En relación con la Encuesta de Percepción y Victimización 2017 de la Cámara de Comercio Bogotá, del primer semestre, es posible identificar las motivaciones de los ciudadanos para no realizar las denuncias respectivas cuando son víctimas de un delito. El 32% manifestó que la principal razón para no hacerlo es la demora en el trámite, le sigue la falta de confianza en la autoridad, junto con la complejidad del trámite, en un 23%. Estos resultados muestran la ineficacia de las instituciones públicas en el indicador de denuncia pues las personas manifiestan que prefieren no denunciar por el exceso de trámites y demoras.

Sobre la confianza hacia la institucionalidad en el desempeño de justicia, según la Encuesta de Percepción y Victimización (Cámara de Comercio de Bogotá, 2017), el 7% de los ciudadanos confían en la institución en cuanto a la rapidez en la administración de justicia. Los datos también muestran que los ciudadanos tienen el 9% de confianza en lo que se refiere a la efectividad del sistema y se traduce en poner a disposición de la justicia a los presuntos delincuentes para así controlarlos y reducir los delitos.

En cuanto a la atención al menor delincuente, el 10% de la ciudadanía indica que confía en ella. Sobre la confianza hacia la institucionalidad en el desempeño de la justicia en relación con el respeto de los derechos humanos de la víctima es del 13%, y en cuanto al respeto de los derechos humanos del presunto delincuente es del 16%. Dichos datos indican que el derecho al acceso de justicia está siendo vulnerado por los múltiples trámites y demoras que tienen los procesos, trayendo como consecuencia que la percepción y la confianza de la ciudadanía hacia las instituciones a cargo de la justicia se reduzcan.

Sobre el índice de acceso efectivo a la justicia, Bogotá ocupa el quinto puesto entre los 32 departamentos del país, con un puntaje de 5.93 en una escala de 0 a 10, siendo el departamento con mayor puntaje Quindío con 6.47 y el de menor puntaje Amazonas con 3.19 (Departamento Nacional de Planeación, 2017). Los resultados indican que la ciudad debe mejorar, pues es tan solo un poco más de la mitad del total del puntaje que podría obtener.

Eje de construcción de paz El eje comprende el análisis descriptivo de los indicadores relacionados con información de víctimas del conflicto armado, desmovilizados y construcción de paz en la ciudad. Sobre los derechos de las víctimas localizadas en Bogotá, se encuentra que para el año 2017, el 60,3% de los hogares con al menos una víctima de desplazamiento, habitaban en inmuebles con servicios públicos básicos; el 92,2% de las víctimas estaban afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS); el 92,4% de las personas entre 6 y 17 años asistían a educación preescolar, básica y media, y el 99,77% de personas tuvieron garantías 119 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-119 • 2019 • NOVIEMBRE •12 j y p () de no repetición de un nuevo hecho victimizante (Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación, 2019).

Con relación al número de personas que participaron en actividades de memoria, paz y reconciliación en Bogotá, a través de ejercicios liderados por la Alta Consejería para las Víctimas, la Paz y la Reconciliación, aumentó de manera constante: en 2012, 5.600; 2013, 29.154; 2014, 57.399; y 2015, 57.989. Ello señala un avance positivo en la implementación de la política pública para las víctimas en la ciudad.

Las medidas de reparación integral se constituyen como un derecho que debe ser otorgado de manera diferenciada, transformadora y efectiva a la población víctima del conflicto armado. En cuanto a las medidas de satisfacción, el artículo 139 de la Ley 1448 de 2011 determina que: “Las medidas de satisfacción son aquellas que buscan resarcir el dolor de las víctimas a través de la búsqueda de la verdad, la difusión de la memoria y la dignificación de la población víctima del conflicto armado”. Al respecto, los resultados de la encuesta Goce Efectivo de Derechos de las Víctimas año 2014 muestran que es muy bajo el porcentaje de víctimas de desplazamiento forzado incluidas en el Registro Único de Víctimas que manifestaron haber recibido medidas de satisfacción (6.8%). Lo anterior evidencia la baja cobertura que ha tenido el reconocimiento simbólico y la dignificación por medio de acciones encaminadas a la construcción de la memoria, la narrativa del conflicto y la reconstrucción de la verdad, como elementos necesarios para la construcción de paz (DANE-Unidad para las Víctimas. Encuesta Goce Efectivo de Derechos EGED, 2013-2014).

Por su parte, las medidas de rehabilitación, de acuerdo con el artículo 135 de la Ley 1446 de 2011, “(…) se materializan en un conjunto de estrategias, planes y programas que buscan el restablecimiento de las condiciones físicas y psicosociales de las víctimas”. Sobre ellas, es importante tener en cuenta que no todas las personas víctimas requieren de medidas de rehabilitación física y psicológica, dado que depende de las afectaciones sufridas por la violencia en el marco del conflicto armado y su disposición voluntaria de recibirla. La estrategia de recuperación familiar es la que mayor preferencia tiene por parte de la población víctima (8.9%), seguida de la atención individual (3.6%), la atención comunitaria (3.2%) y la atención grupal (1.6%) (DANE-Unidad para las víctimas. Encuesta Goce Efectivo de Derechos EGED, 2013-2014).

De otra parte, las medidas de restitución, aquellas que buscan devolver a la víctima al estado anterior en el que se encontraba antes de la ocurrencia del hecho victimizante, se materializan por medio de programas de restitución de tierras, procesos de retorno y reubicación, y medidas financieras de estabilización socioeconómica, entre otras estrategias. Es posible observar que el número de solicitudes de inscripción en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente (RTDAF) ha tenido una tendencia fluctuante durante el período 2012-2018. Se registra un pico en particular en 2015, año en el cual aumentó el número de solicitudes a 78. En los últimos tres años hay un REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-120 • 2019 • NOVIEMBRE •12 120 j y p () decrecimiento en este indicador: 48 para el año 2016, 21 para el año 2017 y 9 solicitudes para el 2018 (Unidad de Restitución de Tierras).

Frente a los procesos de retorno y reubicación, la Encuesta de Goce Efectivo de Derechos encontró que a nivel nacional el 78,6% de los hogares encuestados manifestó haber tomado la decisión de retomar su proyecto de vida en sus lugares de residencia actuales o regresando al municipio de donde fueron desplazados. En Bogotá, el 62,6% de los hogares accedieron a las medidas de retorno y reubicación, siendo un nivel relativamente más bajo que el reflejado en el total nacional (DANE-Unidad para las víctimas. Encuesta Goce Efectivo de Derechos EGED, 2013-2014).

Otra medida de reparación es la indemnización, la cual se define como una compensación de tipo económica y simbólica que otorga el Estado colombiano a las personas víctimas del conflicto armado por los hechos sufridos en el marco de la violencia. Los porcentajes de personas que han accedido a las medidas de indemnización tanto por vía administrativa como judicial son relativamente bajos comparados con la magnitud de la población. Sin embargo, es importante reconocer que la naturaleza de estos procesos es gradual y progresiva, de acuerdo con criterios como presupuesto y sostenibilidad fiscal. Es así como el 9.7% ha recibido indemnización por vía administrativa, el 23% por vía judicial por hechos victimizantes diferentes y el 16.2% por desplazamiento forzado (DANE-Unidad para las víctimas- Encuesta Goce Efectivo de Derechos EGED, 2013-2014). Adicionalmente, para el año 2014, los registros de personas afectadas por hechos victimizantes ocurridos en Bogotá corresponden a un total de 1.259, divididos en 712 registros por desplazamiento y 475 por amenazas. En el año 2016, se presentan menos denuncias de esta índole, con un total de 659 registros, de los cuales 400 fueron por desplazamiento y 252 por amenazas (Observatorio Distrital de Víctimas, 2018).

En la siguiente gráfica se observa el número de personas desmovilizadas de los grupos alzados en armas, durante el periodo 2012-2016, que se encuentran en la ciudad de Bogotá, presentando una tendencia decreciente. En el último año (2017) se observa un aumento de 4 personas excombatientes desmovilizadas.

Gráfica 1. Histórico de personas desmovilizadas en Bogotá (2012 – 2017)

Fuente: Sistema de Información para la Reintegración, Agencia para la Reincorporación y Normalización-ARN.

121 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-121 • 2019 • NOVIEMBRE •12 j y p () En contraste, el comportamiento del total nacional ha sido fluctuante y muestra un pico alto en el año 2013 con un total de 1.041 casos de desmovilización.

Tabla 6. Histórico de personas desmovilizadas Bogotá D.C. 2012-2017 Fuente: Sistema de Información para la Reintegración, Agencia para la Reincorporación y Normalización-ARN.

Para el año 2015, la Encuesta Bienal de Culturas del Observatorio de Culturas, respecto al componente de cultura ciudadana y paz, evidencia que la mayoría de las personas (61,5%) manifiestan que si un excombatiente llegara a vivir cerca de su lugar de vivienda tendría una actitud positiva y receptiva. Por el contrario, solo el 11% respondió que le generaría rechazo.

Con relación al imaginario de lo que significa la palabra “paz”, la mayoría de las personas considera que consiste, en primer lugar, en la terminación del conflicto armado (22.3%); en segundo lugar, en que no existan violaciones graves a los derechos humanos (18.7%); en tercer lugar, la derrota de las guerrillas (10.3%); en cuarto lugar, ausencia de todo tipo de violencia (17.3%); en quinto lugar, la reconciliación entre todos(as) los(as) colombianos(as) (12%); en sexto lugar, mayor equidad entre los(as) colombianos(as) (13.7%); y NS/NR (5.7%) (Encuesta Bienal de Culturas 2015; SCRD-Observatorio de Culturas). En lo relativo al componente de participación política, la mayoría de las personas no están de acuerdo en que las personas desmovilizadas se postulen a cargos de elección popular (58.5%) (Encuesta Bienal de Culturas 2015; SCRD-Observatorio de Culturas).

Eje de igualdad y no discriminación Los principales imaginarios y prácticas discriminatorias que afectan a los diferentes grupos poblacionales se observan en datos recogidos por el Observatorio de Culturas de Bogotá, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (2015). Allí se evidencia que en el año 2013 se presentaron los menores porcentajes (10,94%) de personas que consideraban que los enfermos de SIDA debían ser alejados del resto de la población. El 16,88% de personas consideró que por más ayuda que se preste a los indígenas, éstos nunca saldrán del atraso. En otro aspecto, el 17,99% de personas consideró que los negros tienen ciertas limitaciones (Observatorio de Culturas de Bogotá D.C. de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, 2015).

Sobre diferencia de género y derechos de las mujeres, el 31,99% de personas señaló que la educación adecuada para las niñas es la que da preferencia a sus roles de madre y esposa.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-122 • 2019 • NOVIEMBRE •12 122 j y p () Con respecto a la relación entre pobreza y delincuencia, el 44,11% de personas consideró que la gente pobre es más propensa a cometer delitos. Por último, los datos muestran que el menor porcentaje de personas que no está de acuerdo con permitir que los homosexuales sean profesores de colegio se presentó en el 2015, con 45,40% (Observatorio de Culturas de Bogotá D.C. de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, 2015).

Ahora bien, el porcentaje más alto se presentó en las personas que consideraron que la gente pobre es más propensa a cometer delitos. Este indicador muestra que para 2011 esta cifra fue de 57,13%, disminuyó en 2013 a 44,1%, y aumentó a 49,60% en 2015. El porcentaje más bajo se presentó en las personas que señalaron que los enfermos de SIDA debían ser alejados del resto de la población. Este indicador para el año 2011 fue de 21,04%, disminuyó a 10,94% en 2013, y aumentó a 19,20% en 2015 (Observatorio de Culturas de Bogotá D.C. de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, 2015).

Sobre el respeto a la diferencia (2011-2015), en los años 2013 y 2015, a la pregunta: “si una persona desconocida recibe burlas y agravios por ser lesbiana, gay, bisexual o transgenerista, usted…”, tanto los hombres como las mujeres respondieron que defenderán al agredido así: para el año 2013 el 43,3% de los hombres y el 49,4% de las mujeres los defendería, y para el año 2015 el 43,3% de los hombres y el 45,8% de las mujeres defendería al agredido (Observatorio de Culturas de Bogotá D.C. de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, 2015).

En cuanto a la población que sería indiferente frente a este hecho, se registra que, en el 2013, el 31,4% de los hombres y el 23,8% de las mujeres lo sería, lo cual disminuyó en 2015, pues el 18,4% de los hombres y el 14,6% de las mujeres sería indiferente si una persona desconocida recibe burlas y agravios por ser lesbiana, gay, bisexual o transgenerista. Finalmente, en el año 2013, la población que ante la misma situación no haría nada por temor fue el 15,4% en hombres y el 18,9% en mujeres, cifra que aumentó en 2015 a 22,1% en hombres y a 25,3% en mujeres (Observatorio de Culturas de Bogotá D.C. de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, 2015).

Es importante resaltar que el porcentaje más alto frente a todas las posibles respuestas de “si una persona desconocida recibe burlas y agravios por ser lesbiana, gay, bisexual o transgenerista, usted…” fue defender al agredido, lo cual indica que se dejaría a un lado el irrespeto por las identidades y la indiferencia (Observatorio de Culturas de Bogotá D.C. de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, 2015).

Los resultados muestran que la población de hombres que se ha sentido discriminada en la ciudad es de 14,7% en 2013 y de 15,7% en 2015. En cuanto a las mujeres, el 14,4% se sintieron discriminadas en 2013, y el 15,2% en 2015. En el año 2013, el 84,4% de las mujeres y el 84,0% de los hombres no se sintieron discriminados, cifra que disminuyó en 2015 a 83,4% de las mujeres y el 83,3% de los hombres (Observatorio de Culturas de Bogotá D.C. de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, 2015).

123 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-123 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Las Encuestas Multipropósito 2014 y 2017 indagaron sobre la percepción de la población general sobre posibles causas de discriminación asociadas a la raza u origen étnico, el ser hombre o mujer, la orientación sexual, las creencias religiosas, el tamaño, peso o apariencia física y por la identificación con un grupo como emos o skinhead. Los resultados de las dos encuestas indicaron que la causa de discriminación más observada por las y los bogotanos en general fue la relacionada con la orientación sexual por encima de la apariencia, raza y religión. En el año 2014, el 12,2% de las y los bogotanos (682.745) habrían visto a alguien ser víctima de discriminación por su orientación sexual. En el 2017 este porcentaje disminuyó en 1.3%, es decir, el 10.9% de personas (662.499) afirmaron haber visto que alguien haya sido discriminado(a), molestado(a), o que le hayan hecho sentir mal por su orientación sexual. En personas de los sectores LGBTI al igual que en quienes no lo son, la discriminación más frecuentemente observada es la debida a la orientación sexual, equivalente al 35 por ciento. Se puede anotar que la percepción de los sectores LGBTI es tres veces mayor en relación con las personas heterosexuales. Por localidades, entre 2014 y 2017 Teusaquillo y Antonio Nariño son en las que ha disminuido, entre nueve y siete puntos porcentuales la observación de actos de discriminación en relación con la orientación sexual. En el año 2017 Santa Fe y Candelaria son las localidades en las que se ha observado mayor discriminación por orientación sexual y en Usme, Kennedy y Ciudad Bolívar en las que ha aumentado entre tres y seis puntos porcentuales la percepción de discriminación.

En relación con la situación de derechos de las personas de los sectores LGBTI, según la Encuesta Bienal de Culturas 2017, el 35% de las personas de los sectores LGBTI encuestadas expresaron que habían sido discriminadas o sus derechos vulnerados por cualquier razón. Los resultados de esta misma encuesta para 2017 indican que el 16,3% (1.038.827) de las y los bogotanos considera que las personas de los sectores LGBTI son un riesgo para la sociedad.

Con base en los resultados de la Encuesta Bienal de Culturas 2015, el porcentaje de población que opina que las personas en condición de discapacidad pueden ser buenas trabajadoras, pero no en niveles directivos, es del 23%. Si bien no es la mayoría, este indicador evidencia que aún existen imaginarios discriminatorios en la población hacia las personas en condición de discapacidad en la ciudad de Bogotá.

Sobre los indicadores relacionados con violencia contra las mujeres en sus diferentes modalidades -física, psicológica y sexual-, de acuerdo con la información suministrada por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF), el porcentaje de feminicidios en el año 2017 tuvo un aumento de 1,2 puntos porcentuales respecto al año 2016. Lo anterior evidencia que el feminicidio no sólo es un asunto de implicaciones de tipo penal, sino un problema social y cultural que sigue estando presente en la ciudad. Ello se agrava al observar una tendencia creciente en el total de mujeres víctimas de violencia REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-124 • 2019 • NOVIEMBRE •12 124 física entre los años 2013 y 2016, alcanzando un total de 23. 268 casos. En el último año (2017) se presentó una reducción importante de 269 casos con respecto a 2016.

En lo relativo al componente de violencia psicológica sobre las mujeres, los resultados de la Encuesta de Demografía y Salud del año 2011 evidenciaron que, del universo de mujeres que afirmaron haber sufrido este tipo de ataque, 71,5% manifestó que se había ocasionado por algún tipo de control, y en segundo lugar con 50,7% se debía por temas relacionados con celos por parte del agresor (Encuesta Distrital de Demografía y Salud, 2011).

Con relación al indicador de total de mujeres y hombres víctimas de presuntos delitos sexuales, se observa que las mujeres son las más afectadas por este fenómeno en Bogotá. Al respecto, en el período 2015-2017 se encuentra una tendencia decreciente del número de casos de abuso sexual contra las mujeres, con una reducción de 291 casos en este periodo (Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses).

La anterior información cuantitativa se complementó con información cualitativa primaria10 que se obtuvo desde el segundo semestre de 2017 hasta el segundo semestre del año 2018, en el marco de la fase de agenda pública de la Política Pública Integral de Derechos Humanos. A través de la Dirección de Derechos Humanos se realizaron 21 foros locales -1 por cada localidad y 2 en Sumapaz, dadas las singularidades del territorio en esta localidad-, además de un foro distrital. Como actividades complementarias, se hicieron 34 grupos focales y ejercicios de participación efectiva, ampliando la participación hacia poblaciones de especial protección. Allí se recogieron opiniones, actitudes, sentimientos, creencias, situaciones y experiencias de estas poblaciones respecto al goce efectivo de sus derechos.

De igual forma, se incluyeron actores no institucionales relevantes en la garantía y promoción de los derechos en la ciudad y se profundizó sobre barreras presentes en su quehacer, así como oportunidades de mejora para tener en cuenta en la política pública en proceso de formulación. La asistencia total de ciudadanos y ciudadanas a estos escenarios fue de 2.369. Con esta participación se estableció un diálogo sobre la situación de derechos humanos de la ciudad, desde un análisis diferencial de sujetos y necesidades para la construcción de la Política Pública Integral de Derechos Humanos.

Con el trabajo estratégico y concertado en cada territorio, se apostó a la generación de confianza con las distintas organizaciones sociales presentes y la ciudadanía, teniendo en cuenta la incorporación de los enfoques de género y diferencial, lo cual permitió recoger las voces de todas y todos para cada uno de los ejes de la Política Pública. Del total de participantes en las 20 localidades, 41.57% se autorreconocieron con el género masculino; 58.3% con el femenino; y 0.12% con el transgénero.

10 Anexos 2 y 3.

125 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-125 • 2019 • NOVIEMBRE •12 j y p () La información cuantitativa y cualitativa que se obtuvo durante la fase de agenda, se sistematizó para consolidar los puntos críticos y posteriormente los factores estratégicos. Asimismo, esta información es un insumo para la construcción de los diagnósticos locales que hacen parte de los documentos de la formulación de la política pública.

En la tabla siguiente se presentan los factores estratégicos por ejes y una descripción sucinta de las orientaciones de las acciones, organizados de acuerdo a los cinco ejes que agrupan los derechos humanos.

Tabla 7. Factores estratégicos de los ejes de la Política Pública Integral de Derechos Humanos Eje N° Factor estratégico Alcances de la intervención para responder a los factores estratégicos 1 Amenazas contra la vida y afectaciones contra la libertad e integridad personal de defensoras y defensores de DDHH Proteger la vida y superar afectaciones contra la libertad e integridad personal de los líderes y lideresas defensoras y defensores de derechos humanos reduce el riesgo de amenazas. Para ello, se busca mejorar la efectividad de los mecanismos de seguridad y protección de sus vidas, con lo cual se fortalecen las organizaciones sociales de defensa y se garantiza el libre ejercicio del liderazgo social para la protección de los derechos humanos. 2 Trata de personas Contribuir al conocimiento del delito de trata de personas y su comportamiento en el Distrito Capital, aporta a la administración en la toma de decisiones en materia de políticas públicas, programas y proyectos y mitiga el riesgo de afectación del delito a la ciudadanía, a través de la prevención. 3 Violencia interpersonal en los diferentes escenarios: familiar y espacios públicos Reducir el uso de la violencia interpersonal como mecanismo para la resolución de conflictos mitiga el riesgo de afectaciones físicas y psicológicas y de homicidios, que afectan especialmente a poblaciones vulnerables. Con ello, se mejora la percepción ciudadana de seguridad, incrementa la confianza y se incentiva la participación ciudadana. 4 Presencia de grupos delictivos organizados Derechos civiles y políticos11 Reducir el número y bloquear el accionar de grupos delictivos organizados para disminuir los homicidios, la inseguridad, la utilización de niños, niñas y adolescentes con fines delincuenciales, las amenazas contra denunciantes, la existencia de fronteras invisibles, la participación de excombatientes en actos delincuenciales. 5 Hurto Reducir el hurto y la vulneración del derecho a la propiedad privada para disminuir la inseguridad, la posible pérdida de vidas humanas y las distintas afectaciones físicas y psicológicas sobre víctimas. 6 Uso excesivo de la fuerza por parte de la autoridad Erradicar el uso excesivo de la fuerza por parte de la autoridad, aporta a la garantía de los derechos de la ciudadanía, a través del fortalecimiento y aplicación de los enfoques de derechos humanos y diferencial en la prestación de bienes y servicios. 7 Inseguridad en entornos escolares Contar con seguridad en los entornos escolares garantiza la seguridad de la comunidad educativa, de los establecimientos y residencias que rodean las instituciones educativas distritales. A su vez reduce la utilización de niños, niñas y adolescentes en actividades delictivas, el consumo problemático de sustancias psicoactivas, la inseguridad e incrementa el disfrute de los espacios públicos del entorno escolar. 8 Estigmatizaciones de los procesos organizativos, huelgas y movilizaciones sociales Reconocer los procesos organizativos y movilizaciones sociales y fortalecer las prácticas asociadas al derecho de reunión a través de mecanismos que incentiven el respeto por diversas ideologías políticas, el derecho a la huelga y formas de expresión como la reunión pacífica.

11 En relación con el homicidio, corresponde a un fenómeno de violencia y por lo tanto es multicausal. Busca erradicarse a través de la incidencia de tres factores estratégicos del eje de derechos civiles y políticos, los cuales responden a distintos frentes. El primero, la superación de la violencia interpersonal como mecanismo para la resolución de conflictos, asociado a escenarios cotidianos de violencia, donde se suma el feminicidio; el segundo, la erradicación de grupos delictivos organizados que eviten la utilización de niños, niñas y adolescentes; y el tercero, la disminución del hurto donde se presenta el riesgo de pérdida de vidas humanas en la comisión del delito.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-126 • 2019 • NOVIEMBRE •12 126 j y p () Eje N° Factor estratégico Alcances de la intervención para responder a los factores estratégicos 9 Bajo apoyo por parte del Estado para el ejercicio del periodismo comunitario Incrementar el apoyo a los medios comunitarios para el ejercicio de su labor periodística, promueve la libertad de expresión, la formación de la opinión pública y optimiza el trabajo mancomunado entre la institucionalidad y las organizaciones que defienden la libertad de prensa y los medios comunitarios públicos. 10 Baja participación de la ciudadanía de zonas rurales en escenarios comunitarios, sociales y políticos Contar con una alta participación de la ciudadanía de zonas rurales en las iniciativas y escenarios de participación de la administración pública aporta a una mayor incidencia de la ciudadanía en la toma de decisiones de la administración, incrementando la confianza hacia las instituciones y fortaleciendo canales de comunicación entre la institucionalidad y la sociedad civil.

11 Bajo acceso a los servicios de Salud Incrementar el acceso a los servicios de salud mitiga los riesgos de afectaciones a la salud de los usuarios del sistema, protegiendo la población vulnerable de cualquier forma de revictimización (población en condición de discapacidad, personas mayores y población víctima del conflicto armado). 12 Bajo acceso a la educación superior para jóvenes Disponer de una mayor calidad de la educación en niños, niñas y adolescentes en el sistema educativo público (educación básica y media) incide en la culminación del ciclo de bachillerato mitiga el riesgo de deserción escolar, el consumo temprano de sustancias psicoactivas y de exposición a la delincuencia juvenil.

Mejorar la calidad de la educación de niños, niñas y adolescentes en el sistema educativo público, en los niveles de educación básica y media, ofrece mayores posibilidades de ingreso a la educación superior para estudiantes de las Instituciones Educativas Distritales, con lo cual se dispone de mayores posibilidades de profesionalización de la población, a su vez, incrementa el capital humano que se traduce en mayores ingresos futuros en el campo laboral. 13 Baja calidad de la educación en niños, niñas y adolescentes en el sistema educativo público (educación básica y media)

14 Alta informalidad laboral en Bogotá Disponer de mayores oportunidades para la generación de ingresos vía emprendimiento estimula la creación de pequeñas y medianas empresas locales sostenibles, provee nuevas fuentes de empleo aporta a la garantiza los derechos laborales, amplía la cobertura de seguridad social, disminuyendo la informalidad laboral para la satisfacción de necesidades básicas y de protección social. 15 Déficit de vivienda Reducir el déficit cuantitativo de vivienda incrementa la oferta institucional para adquirir vivienda de interés social y prioritario. Reducir el déficit cualitativo de vivienda, aporta a la construcción de viviendas con estándares mínimos en servicios de saneamiento básico y sismo resistencia con espacios habitacionales adecuados para poblaciones vulnerables. 16 Bajas oportunidades para el desarrollo de prácticas culturales, recreativas y deportivas Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales DESCA Tener una alta participación ciudadana en escenarios culturales, recreativos y deportivos permite el aprovechamiento de la capacidad instalada en el Distrito con mayor difusión y reconocimiento de estos escenarios y actividades por parte de la ciudadanía.

Tener mayores oportunidades para el desarrollo de prácticas culturales, recreativas y deportivas incentiva el trabajo que adelantan grupos culturales, artísticos y deportivos en las distintas localidades, en los que las comunidades participen en actividades culturales y deportivas. 17 Baja participación ciudadana en escenarios culturales, recreativos y deportivos.

18 Conflictos por incumplimiento de la norma entre autoridades ambientales y comunidades sobre el uso de activos estratégicos ambientales Resolver los conflictos, a través de la aplicación, seguimiento y control de la norma entre autoridades ambientales y comunidades sobre el uso de activos estratégicos ambientales para su protección incentiva el ahorro de agua potable por parte de los usuarios, el mantenimiento de desagües libres de desechos, la disminución de la contaminación auditiva, visual, del aire, de fuentes hídricas, el manejo adecuado de residuos sólidos y la implementación del proceso de reciclaje para toda la ciudad, fortaleciendo la cultura ciudadana.

Aplicar los enfoques diferenciales y de derechos humanos al prestar atención a los requerimientos de la comunidad ante los operadores de justicia del Distrito genera atención eficaz de la institución y confianza en la ciudadanía para acudir a estos.

19 Ineficacia en la atención de los requerimientos de la comunidad ante los operadores de justicia del Distrito Reconocer por parte de los actores de justicia comunitaria la aplicación de los enfoques de derechos humanos, poblacional-diferencial y de género en el marco de sus funciones y atribuciones aporta para dar respuesta efectiva a las solicitudes y proveer decisiones prontas, incentivando que la ciudadanía acuda a éstos.

Acceso a la justicia 20 Desconocimiento de los enfoques de derechos humanos, poblacionaldiferencial y de género en la atención por parte de los actores de justicia comunitaria en el marco de 127 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-127 • 2019 • NOVIEMBRE •12 j y p () Eje N° Factor estratégico Alcances de la intervención para responder a los factores estratégicos sus funciones y atribuciones. 21 Insuficiencia en la atención y respuesta de la Policía Metropolitana de Bogotá Aumentar la capacidad de atención y respuesta de la Policía Metropolitana de Bogotá permite atender en los tiempos previstos los requerimientos de la ciudadanía, con el conocimiento idóneo para aplicar el Código de Policía, siguiendo los protocolos de seguridad en el tratamiento de la información. Asimismo, al fortalecer el enfoque de derechos humanos y el enfoque diferencial en la prestación de bienes y servicios en la institución se generan mayor seguridad y confianza hacia ella y sus miembros, desincentivando la justicia por mano propia. 22 Deficiencia en el funcionamiento del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) en el Distrito Capital.

Contar con eficiencia en el funcionamiento del SRPA en el Distrito Capital aporta legitimidad al sistema y estimula el incremento en las denuncias, evitando la reincidencia y protegiendo los derechos de los adolescentes infractores, al capacitar a los y las funcionarios/as en enfoque de derechos humanos y diferencial, así como proveer alternativas para evitar el delito entre esta población y el fortalecimiento de la justicia restaurativa.

Incrementar la apropiación del conocimiento de los derechos humanos y enfoque diferencial por parte de la ciudadanía contribuye a una mayor exigibilidad de sus derechos, aplicando el enfoque diferencial y territorial en los programas de educación en derechos humanos y paz e incrementando su divulgación y cobertura.

23 Baja apropiación del conocimiento de los derechos humanos y enfoques diferenciales por parte de la ciudadanía 24 Uso de las violencias por parte de la ciudadanía como mecanismo para tramitar los conflictos Usar medios pacíficos por parte de la ciudadanía como mecanismo para tramitar conflictos aporta a la resolución de conflictos de manera pacífica, protegiendo la vida e integridad personal, mitigando el riesgo de afectaciones psicosociales en la ciudadanía y fortaleciendo la seguridad ciudadana y fortaleciendo procesos de construcción de paz. 25 Estigmatización de los procesos organizativos del campesinado en Bogotá Contar la ciudadanía con un mayor conocimiento sobre las consecuencias del conflicto armado interno aporta a una sensibilización y participación ciudadana más amplia en procesos de construcción de memoria y paz, alrededor del impacto del conflicto en Bogotá, mejorando los procesos de reparación integral para la construcción de paz.

Reconocer los procesos organizativos del campesinado en Bogotá estimula la confianza de la comunidad hacia la institucionalidad, fortaleciendo dichos procesos y protegiendo sus derechos en los territorios e incentivando la integración urbano-rural de la ciudad. 26 Bajo conocimiento de la ciudadanía sobre las consecuencias en Bogotá del conflicto armado interno Construcción de paz 27 Riesgo de vulneración de los derechos humanos de las víctimas del conflicto armado residentes en Bogotá Disponer de una mayor consolidación y pertinencia de las estrategias de reconciliación entre víctimas del conflicto armado y personas en procesos de reintegración y reincorporación aporta a la mitigación del riesgo de revictimización y a la protección de sus derechos, impulsando la reconstrucción del tejido social.

Mitigar el riesgo de vulneración de los derechos humanos de las víctimas del conflicto armado residentes en Bogotá mejora su calidad de vida, procurando la reducción de la revictimización y de posibles riesgos por afectaciones psicosociales, articulando la oferta interinstitucional de servicios, con una atención con enfoque diferencial para las víctimas, propiciando su inclusión social. 28 Baja consolidación y pertinencia de las estrategias de reconciliación entre víctimas del conflicto armado y personas en procesos de reintegración y reincorporación 29 Bajo reconocimiento social y económico de personas en procesos de reintegración y reincorporación Contar con un mayor reconocimiento social y económico de las personas que participan en los procesos de reintegración y reincorporación social y económica amplía las oportunidades productivas y laborales, especialmente a jóvenes y mujeres, mitigando el riesgo de vulneración de los derechos, protegiendo la vida e integridad de quienes hacen parte de estos procesos, alejándolos de grupos organizados ilegales y de la reincidencia en grupos armados ilegales (GAI).

30 Violencias por imaginarios, estereotipos y prácticas discriminatorias hacia las 14 poblaciones identificadas en el eje.

Igualdad y no discriminación Disminuir las violencias a través de transformaciones culturales de imaginarios, estereotipos y prácticas discriminatorias por parte de la ciudadanía y servidores públicos hacia las 14 poblaciones, garantiza el goce efectivo de derechos, en términos de corresponsabilidad entre el Estado y la ciudadanía, superando la normalización de violencias contra estas poblaciones. 31 Baja participación social y política de mujeres, personas mayores, personas de los sectores Obtener una mayor participación social y política de mujeres, personas mayores, personas de los sectores LGBTI, personas con discapacidad, pueblo Rrom, pueblos indígenas, comunidades afrocolombianas, palenqueras y raizales, aporta al incremento de la incidencia de la participación ciudadana en las agendas públicas y a un mayor REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-128 • 2019 • NOVIEMBRE •12 128 reconocimiento de estos grupos poblacionales como sujetos de derechos. j y p () Eje N° Factor estratégico Alcances de la intervención para responder a los factores estratégicos LGBTI, personas con discapacidad, pueblo Rrom, comunidad Palenquera, Raizales y Afrocolombiana.

32 Vulneración del derecho a la ciudad de personas mayores y personas con discapacidad Garantizar el derecho a la ciudad de personas mayores y personas con discapacidad, incentiva su accesibilidad, disminuyendo la accidentalidad, con un menor riesgo de vulneración al derecho a la autonomía y una mayor aceptación e inclusión social hacia estas personas. 33 Escaso reconocimiento de las necesidades e intereses de la población campesina Contar con un mayor reconocimiento de las necesidades e intereses de la población campesina en el Distrito, aporta a la mitigación de la vulneración de derechos humanos de las campesinas y campesinos, con el acercamiento de las instituciones distritales encargadas de su atención, eliminando los imaginarios que subvaloran a los campesinos y campesinas y fortaleciendo la incorporación del enfoque diferencial-territorial en los servicios institucionales para esta población. 34 Baja autonomía económica de mujeres, personas con discapacidad, cuidadores y cuidadoras de personas con discapacidad, personas mayores, pueblo Rrom, Palenquero e Indígena Lograr una mayor autonomía económica en personas con discapacidad, cuidadores y cuidadoras de las personas con discapacidad, personas mayores, población del pueblo Rrom, la comunidad palenquera, raizal, afrocolombiana y pueblos indígenas, así como las mujeres, en especial las mujeres transgénero, contribuye a la mitigación del riesgo de mendicidad, pobreza, explotación e informalidad laboral, habitabilidad en calle a través de la transformación de imaginarios y de prácticas discriminatorias que excluyen a estas personas en ámbitos laborales, la capacitación y formación para el empleo y la creación de programas para la generación de ingresos vía emprendimiento. Implementar el enfoque de derechos para la atención diferencial es una forma de abordar, comprender e identificar alternativas de respuesta a las necesidades de una población específica, generando condiciones para la garantía del ejercicio de sus derechos individuales y colectivos y el restablecimiento de los derechos vulnerados, procurando la inclusión y el reconocimiento de sus características y situaciones particulares a través de la prestación de servicios y oferta de bienes del Distrito. 35 Consumo de sustancias psicoactivas especialmente de jóvenes, niños, niñas y adolescentes.

Fortalecer la red intersectorial que aporta información sobre la situación de derechos humanos de las poblaciones sujeto de especial protección y vulnerables en el Distrito, permitirá la articulación de las entidades y las instancias para la coordinación de sus acciones, la promoción del respeto, la garantía de los derechos humanos y la aplicación efectiva del enfoque de derechos humanos. De igual forma, monitorear, hacer seguimiento y evaluar la situación de los derechos humanos en la ciudad, organizar los programas y proyectos distritales con el fin de lograr una gestión integral, oportuna y efectiva a nivel distrital y local.

Reducir el consumo de sustancias psicoactivas, especialmente de jóvenes, niños, niñas y adolescentes, reduce los riesgos de la utilización de niños, niñas y adolescentes y jóvenes para el expendio y consumo de SPA, la deserción escolar por consumo y la disminución de los riesgos de afectaciones a la salud física y psicológica. 36 Baja articulación para la implementación de lineamientos sobre el enfoque de derechos humanos que orientan la oferta institucional a través de planes, proyectos, programas y acciones para la superación del fenómeno de habitabilidad de calle, la atención a niños, niñas, personas con discapacidad, personas de los sectores LGBTI grupos étnicos especialmente comunidad palenquera y pueblo Rrom Fuente: Elaboración propia Secretaría Distrital de Gobierno, 2019 Cada eje descrito en este diagnóstico evidencia dos aspectos fundamentales. Por un lado, es el reflejo claro de la capacidad ciudadana de posicionar los temas de su interés, en diferentes instancias y por los medios adecuados, con la colaboración armónica entre la sociedad civil y las instituciones. Por otro lado, estos insumos fundamentan la formulación de la Política Pública Integral de Derechos Humanos para su garantía en la ciudad de Bogotá.

129 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-129 • 2019 • NOVIEMBRE •12 Formulación de la política Los puntos críticos, elementos diagnósticos y factores estratégicos recabados durante la fase de agenda pública cristalizan en cinco ejes que estructuran la Política Pública Integral de Derechos Humanos para el Distrito Capital: 1) Derechos civiles y políticos; 2) Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales; 3) Acceso a la justicia; 4) Construcción de paz; 5) Igualdad y no discriminación. i) Eje de derechos civiles y políticos, es decir, aquellos derechos relacionados con las libertades fundamentales, tales como el derecho a la vida, a la integridad y libertad personal, el derecho a la seguridad personal, el derecho a la libertad de pensamiento, reunión y expresión y el derecho a la participación ciudadana. ii) Eje de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA), que contempla el derecho a la salud, el derecho a la alimentación, el derecho a la educación, el derecho al trabajo y generación de ingresos, el derecho a la vivienda y el hábitat, el derecho a la vida cultural y deportiva y el derecho al ambiente sano y al agua potable. iii) Eje de acceso a la justicia, que se refiere a la posibilidad que tiene toda persona de aprovechar las herramientas y mecanismos legales para solicitar y hacer valer sus derechos mediante el funcionamiento del sistema judicial y no judicial. Esto incluye la oferta de operadores de justicia en el Distrito como los jueces de paz, los conciliadores en equidad y los mecanismos alternativos de solución de conflictos; a la Policía Nacional; y al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes. iv) Eje de construcción de paz, que aborda asuntos como la cultura de paz y de derechos humanos, la educación en derechos humanos y paz, el diálogo y convivencia para la paz, los procesos de memoria histórica, las víctimas, la reconciliación y reconstrucción del tejido social y la reintegración y reincorporación social y económica de las personas que hicieron parte de los grupos armados ilegales. v) Eje de igualdad y no discriminación, que reconoce especialmente a los grupos y sectores sociales históricamente discriminados, entre los que se cuentan los siguientes: mujeres; personas de los sectores LGBTI; niños, niñas y adolescentes; jóvenes; personas mayores; personas con discapacidad; campesinas y campesinos; habitantes de calle; personas del pueblo Rrom; personas afrodescendientes, raizales y palenqueras; personas indígenas; y migrantes forzados.

Como se ve, los ejes condensan el conjunto de derechos y libertades reconocidos por el derecho internacional de los derechos humanos, los componentes centrales de la Estrategia Nacional de Derechos Humanos (2014-2034), así como aspectos relevantes del contexto sociopolítico nacional y distrital, cuya prioridad se hizo manifiesta en los escenarios de participación ciudadana desarrollados en la fase de agenda pública.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-130 • 2019 • NOVIEMBRE •12 130 Aunado a lo anterior, la Política Pública Integral de Derechos Humanos fija cuatro líneas de acción: a) prevención; b) promoción; c) protección; y d) monitoreo, cada una de las cuales recorre transversalmente los ejes y los objetivos de la Política, enunciados a continuación:

Objetivo general A partir de la identificación de posibles escenarios de vulneración a los derechos humanos, el objetivo general de la Política Pública Integral de Derechos Humanos es garantizar el goce efectivo de los derechos humanos de las personas que habitan o transitan Bogotá, a través de la articulación interinstitucional y ciudadana en el marco del Sistema Distrital de Derechos humanos.

Desde esta perspectiva, cada uno de los elementos de la política pública se orienta bajo un objetivo global que gravita en torno a la garantía de derechos, entendida como:

Acción que permite construir las condiciones y los entornos (…) para las actuaciones proyectivas de las personas, sea como individuos o como colectividad. En materia de derechos humanos, la garantía debe facilitar el ejercicio de los derechos tanto en las relaciones interpersonales como en las relaciones de poder, y con el poder. Garantizar los derechos humanos es una relación múltiple que implica una permanente pluralidad de actores y de personas que ejercen derechos desde diferentes posiciones. A diferencia de otros aspectos de la vida cotidiana en los que se pueden lograr avances y garantías a partir de procesos microsociales, la garantía de los derechos exige una incisiva articulación de procesos micro y macrosociales (Maldonado, 2007, p. 68).

Este objetivo parte del reconocimiento de realidades complejas que se transforman en el tiempo, razón por la cual los resultados deben considerar avances que no son inmediatos, sino que se logran en el corto, mediano y largo plazo, de forma gradual y constante respecto de la situación de derechos humanos de la ciudad. De allí que sea fundamental reconocer que la garantía de los derechos opera bajo el principio de progresividad:

“El principio de progresividad que rige en materia de los derechos humanos implica tanto gradualidad como progreso. La gradualidad se refiere a que, generalmente, la efectividad de los derechos humanos no se logra de manera inmediata (…) el progreso implica que el disfrute de los derechos siempre debe mejorar” (Corte de Justicia de la Nación, 2015).

La articulación interinstitucional y ciudadana se inscribe dentro del objetivo general como aspecto determinante, orientado a conjugar la gestión de las entidades responsables de la implementación de la política pública con las labores de seguimiento emprendidas desde 131 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-131 • 2019 • NOVIEMBRE •12 diversas formas organizativas de la sociedad civil, en un marco dialógico común centrado en la garantía de los derechos humanos en la ciudad.

Objetivos específicos Los objetivos específicos de la Política Pública Integral de Derechos Humanos se organizan en torno a los cinco ejes de derechos que ella contiene y condensan los resultados esperados, así como los productos del plan de acción, así:

1. Coordinar acciones para la garantía de los derechos a la integridad personal, las libertades individuales y colectivas, la seguridad y la participación ciudadana en Bogotá, a través de la promoción, la prevención, la protección y el seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

2. Coordinar acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos para la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales -DESCA- en Bogotá.

3. Fortalecer el acceso a la justicia en Bogotá, a través de la coordinación de acciones institucionales de promoción, prevención, protección y seguimiento con enfoque de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

4. Contribuir a la consolidación de una cultura de paz y derechos humanos a partir del fortalecimiento y la articulación de acciones de la administración distrital y de la sociedad civil para la construcción de la memoria histórica, el tejido social, la reconciliación y la convivencia ciudadana.

5. Promover la igualdad y la no discriminación en el ejercicio de los derechos de las personas en Bogotá, a través de acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento para el fortalecimiento de los enfoques de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

En el contenido de los objetivos específicos pueden advertirse las líneas de acción esenciales que alientan la creación e implementación de la Política Pública Integral de Derechos humanos. La primera de ellas, la promoción, comprende:

[La] Búsqueda de un compromiso del otro (…). La promoción de los derechos humanos no es la difusión de lemas, argumentos o explicaciones sobre los orígenes de los derechos, ni la capacitación o la divulgación, aunque estos tres elementos REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-132 • 2019 • NOVIEMBRE •12 132 constituyen instrumentos para desarrollar gran parte de la promoción, ya que por medio de ellos se ponen dos en contacto. La promoción en derechos humanos es la búsqueda de contenido en la que los derechos llegan al sentido de vida de las personas, y éstas los asumen en su vida, acogiéndolos como una conducta diaria, independientemente del instrumento por el cual les llegaron (Maldonado, 2007, p. 68).

En la línea trazada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Prevención recoge: todas aquellas medidas de carácter jurídico, político, administrativo y cultural que promuevan la salvaguarda de los derechos humanos y que aseguren que las eventuales violaciones a los mismos sean efectivamente consideradas y tratadas como un hecho ilícito que, como tal, es susceptible de acarrear sanciones para quien las cometa, así como la obligación de indemnizar a las víctimas por sus consecuencias perjudiciales (Corte IDH, 1988, párr. 175).

Para los casos de violencia contra las mujeres, pero igualmente aplicable en un margen extendido a los demás ámbitos de la Política Integral, la Corte Interamericana enfatiza el deber asignado a los Estados de contar con “políticas de prevención y prácticas que permitan actuar de una manera eficaz ante las denuncias. La estrategia de prevención debe ser integral, es decir, debe prevenir los factores de riesgo y a la vez fortalecer las instituciones para que puedan proporcionar una respuesta efectiva (…)” (Ibid, 2009, párr. 258). En el marco de la Política Pública Integral de Derechos Humanos, el alcance otorgado al deber de prevención se traduce consecuentemente en medidas ubicadas dentro de la órbita funcional de la Administración Distrital, sin desmedro de la necesaria colaboración armónica con los restantes poderes públicos en sus escalas territorial y nacional.

Por su parte, la protección consiste en:

“Dirigir las actividades hacia el restablecimiento de las condiciones y posibilidades cuando se vean reducidas o violentadas.

Que otro reduzca mi defensa y deteriore mis posibilidades y condiciones requiere el restablecimiento. En materia de derechos humanos, la protección requiere mecanismos de protección, ya sea creados socialmente por las relaciones interpersonales que se traducen en formas jurídicas para todos, ya sean creados por el ejercicio del poder, aunque aún no sean plenamente adoptados por toda la sociedad. La protección permanente de los derechos humanos requiere el persistente mejoramiento de los mecanismos para el restablecimiento de los derechos y demanda la creación de nuevos mecanismos, según los cambios (Maldonado, 2007, p. 68).

A efectos de la Política Integral de Derechos Humanos, el monitoreo se concibe como un componente de naturaleza transversal, relativo a la interacción constante entre instancias, 133 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-133 • 2019 • NOVIEMBRE •12 mecanismos, actores institucionales, fuentes de producción y divulgación de información, insumos e instrumentos de análisis, que orientados bajo criterios técnicos, metodológicos y administrativos, permite obtener, desarrollar y actualizar periódicamente el conocimiento sobre la situación de los derechos humanos en la ciudad.

Al interior de este engranaje cobran singular relevancia escenarios de coordinación como los consejos consultivos distritales, creados por el Acuerdo 257 de 2006, así como el Sistema Distrital de Derechos Humanos, instituido mediante el Acuerdo 698 de 2018, cuya naturaleza y objeto misional son primordiales para materializar las tareas de seguimiento en los términos descritos, bajo la concurrencia institucional y ciudadana.

Debe considerarse que entre estas líneas de acción no media un orden de prelación jerarquizado, más bien una complementariedad recíproca, una conjunción armónica y unitaria que orienta la política pública desde sus arraigados fundamentos filosóficos, éticos y políticos, hasta sus elementos más puramente operativos y prácticos.

Sectores y entidades corresponsables Los productos que se establecen en el plan de acción de esta política involucran a todos los sectores de la Administración Distrital que tienen responsabilidades, de acuerdo con sus misionalidades, en la solución de los factores estratégicos que fueron identificados en la fase de agenda pública. En este sentido, el sector Gobierno, como rector de la Política, es el encargado de coordinar las acciones que se derivan fruto del compromiso de los sectores que actúan como responsables y corresponsables.

Es importante tener en cuenta que, de acuerdo con los productos esperados, la responsabilidad de la implementación de la Política Pública Integral de Derechos Humanos recae sobre 13 de los 15 sectores de la Administración Distrital. Sin embargo, y como se establece en la matriz del plan de acción, todos los sectores tienen un grado de corresponsabilidad en el diseño, implementación y ejecución de los productos esperados.

Dicha corresponsabilidad se entiende como la responsabilidad compartida que tienen las entidades del Distrito y algunas del nivel nacional en la ejecución de las acciones y tareas específicas frente al plan de acción de la Política Pública Integral de Derechos Humanos. Esta se manifiesta a través de la aplicación de dos principios (Ministerio del Interior, 2013):

- Concurrencia: Desarrollar oportunamente acciones conjuntas en busca de un objeto común, cuando así esté establecido en respeto de sus competencias. - Complementariedad: Se ha de completar o perfeccionar la prestación de servicios o acciones de los cuales se es corresponsable en el plan de acción de la política pública integral de Derechos Humanos. Esto se hará a través del acompañamiento en espacios de trabajo, talento humano, apoyo técnico y logístico. Lo anterior no involucra recursos financieros.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-134 • 2019 • NOVIEMBRE •12 134 La construcción del plan de acción de la Política Pública Integral de Derechos Humanos es producto de un largo ejercicio de concertación entre todos los sectores de la Administración Distrital liderado por la Secretaría Distrital de Gobierno. Esta última entidad organizó diferentes rondas de reuniones con cada sector, de manera independiente, en las que se hizo una presentación de los factores estratégicos establecidos y se inició la construcción conjunta de acciones para dar solución a las posibles vulneraciones de derechos que se presentan en la ciudad.

Como resultado de estas rondas de negociación y del trabajo con los diferentes sectores de la Administración Distrital, se construyeron en total 83 productos esperados, que se encuentran distribuidos y dan respuesta a los cinco objetivos específicos. A continuación, se presentan cuatro tablas: la primera es un resumen de la distribución de productos por eje, la segunda corresponde a la distribución de productos por sectores, la tercera muestra los niveles de corresponsabilidad y, por último, se exponen las instituciones de la Administración Distrital encargadas de la implementación de la Política.

Tabla 8. Número y porcentaje de productos esperados del plan de acción por eje de la Política Pública Integral de Derechos Humanos.

% productos Eje No. de productos esperados esperados Derechos civiles y políticos 16 19,28% DESCA 20 24,09% Acceso a la justicia 7 8,44% Construcción de paz 15 18,07% Igualdad y no discriminación 25 30,12% Total productos esperados 83 100% Elaboración: Secretaría Distrital de Gobierno.

Tabla 9. Distribución de los productos del plan de acción de la Política Pública Integral de Derechos Humanos por sector de la Administración Distrital.

Sector No. Productos Sector No. Productos esperados esperados % total productos esperados % total productos esperados Gestión Pública 10 12,05% Ambiente 2 2,42% Gobierno 24 28,92% Movilidad 5 6,02% Desarrollo Económico, Industria y Turismo 6 7,23% Hábitat 3 3,61% Educación 8 9,64% Mujer 7 8,43% Salud 4 4,82% Seguridad, Convivencia 8 9,64% 135 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-135 • 2019 • NOVIEMBRE •12 y Justicia Integración Social 1 1,2% Gestión Jurídica 2 2,41% Cultura, Recreación y Deporte 3 3,61% Total 83 100 Elaboración: Secretaría Distrital de Gobierno.

Tabla 10. Entidades de la Administración Distrital encargadas de la implementación de la Política Pública Integral de Derechos Humanos.

SECTOR/INSTITUCIÓN Cultura, Recreación y Deporte Gestión Pública Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Secretaría General Ambiente Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital Secretaría Distrital de Ambiente Gobierno Movilidad Secretaría Distrital de Gobierno Instituto de Desarrollo Urbano - IDU Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal - IDPAC Transmilenio S.A.

Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

Desarrollo Económico, Industria y Turismo Secretaría Distrital de Desarrollo Económico Hábitat Instituto Distrital de Turismo Secretaría Distrital del Hábitat Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP Educación Secretaría de Educación del Distrito Mujer Universidad Distrital Francisco José de Caldas Secretaría Distrital de la Mujer Salud Seguridad, Convivencia y Justicia Secretaría Distrital de Salud Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia Integración Social Gestión Jurídica Secretaría Distrital de Integración Social Secretaría Jurídica Distrital Elaboración: Secretaría Distrital de Gobierno.

Seguimiento y evaluación El seguimiento y evaluación a la ejecución presupuestal y física de las acciones propuestas para el cumplimiento de los objetivos del la Política Pública Integral de Derechos Humanos y el Sistema Distrital de Derechos Humanos se realizará a través del Sistema Distrital de Información de Derechos Humanos, cuyos componentes de seguimiento y evaluación dan soporte a la gestión y cumplimiento de los propósitos y finalidades de la política y el sistema. La Dirección de Derechos Humanos de la Secretaría Distrital de Gobierno liderará REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-136 • 2019 • NOVIEMBRE •12 136 la coordinación técnica, operativa y tecnológica del Sistema, para garantizar el debido análisis de los insumos, resolver los problemas de disponibilidad y acceso público a la información y así generar el reporte semestral del plan de acción ante la Secretaría Distrital de Planeación.

Su creación se fundamenta en el Acuerdo 698 de 2018, "por el cual se establecen los objetivos y principios del Sistema Distrital de Derechos Humanos y se deroga el Acuerdo Distrital 4 de 1995". En dicho Acuerdo, el artículo 6 orienta la implementación de un Sistema Distrital de Información de Derechos Humanos “que contenga los mecanismos de articulación distrital dedicados a la promoción y protección de los Derechos Humanos”.

Adicionalmente, en el decreto 455 de 2018, “Por medio del cual se crea el Comité Distrital de Derechos Humanos, los Comités Locales de Derechos Humanos y se dictan otras disposiciones”, en el artículo 4, numeral 1, se establece como función del Comité Distrital de Derechos Humanos: “realizar seguimiento al plan de acción de la Política Integral de Derechos Humanos”. Asimismo, en el numeral 4 se menciona que “las entidades que hacen parte de la administración adoptarán y reportarán información al Sistema Distrital de Información de Derechos Humanos, de que trata el artículo 6 del acuerdo distrital 698 de 2018”.

El Sistema Distrital de Información de Derechos Humanos es una plataforma para articular la información en torno a los Derechos Humanos en el orden Distrital, y dentro de sus objetivos se encuentran

- Procesamiento y análisis de la información brindada por las entidades distritales
- Seguimiento y evaluación a la Política Pública Integral de Derechos Humanos
- Generación de insumos e información para el Sistema Distrital de Derechos

Humanos
- Monitoreo, seguimiento y evaluación a la situación y los avances en la garantía de los derechos humanos en la ciudad
- Articulación con otros sistemas de nivel nacional, regional y territorial En este orden, este Sistema de Información contempla el análisis y recopilación de indicadores provenientes de los (15) quince sectores de la Administración Distrital, encargados de la generación y reporte de la información referente a la entrega de bienes y servicios a través de los cuales se dará cumplimiento a los objetivos y a las acciones propuestas en el plan de acción.

Para dar cumplimiento a lo mencionado, los componentes de seguimiento y evaluación acogen (cuando procede) los lineamientos y procedimientos establecidos en la Guía para el Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas del Distrito, y operan dentro del Sistema Distrital de Información de Derechos Humanos, para verificar la materialización y/o consecución de los logros y objetivos propuestos que tengan como contexto todas aquellas 137 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-137 • 2019 • NOVIEMBRE •12 realidades ciudadanas concernientes a las diferentes zonas de escala local de la ciudad de Bogotá, pues a través de ellos se podrán medir los impactos y los logros positivos que son pensados y generados desde lo público. Es importante resaltar que el Sistema de Información tendrá un alcance superior al del seguimiento a la Política, pues se proyecta como una herramienta que contribuya con información e insumos para tomar decisiones públicas. En ese sentido, sus indicadores no son solamente los de la matriz de plan de acción, sino que incluyen muchos más que son necesarios para el correcto monitoreo de la situación de derechos en Bogotá12.

Seguimiento El componente de seguimiento de la política se efectúa a través de la matriz del plan de acción, concebida como la herramienta establecida por la Secretaría Distrital de Planeación que condensa todos los productos y los resultados concertados para esta política. En dicha matriz se indican los responsables de cada uno de ellos, la relación entre productos y resultados, sus periodos de ejecución, los recursos financieros necesarios, y la importancia relativa que cada uno representa para el cumplimiento de los objetivos específicos.

Anualmente, cada entidad responsable de la ejecución informará a través de un reporte dirigido a la Subsecretaría para la Gobernabilidad y Garantía de Derechos de la Secretaría Distrital de Gobierno el avance en sus indicadores de producto a través de un reporte cuantitativo y cualitativo. Una vez se hayan recibido los reportes y avances en todos los 83 productos del plan de acción, la Dirección de Derechos Humanos deberá compilarlos y producir, por medio de su componente de Política Pública, un informe sobre el estado de la política en el año reportado. Este informe debe contener, como mínimo, la matriz del plan de acción, con la cual se evidenciará el avance cuantitativo, y un análisis cualitativo que dé cuenta de los asuntos más relevantes en el periodo reportado, esto es, los principales retos para la ejecución, los aprendizajes importantes para la gestión pública, los actores clave que hayan facilitado u obstaculizado el desarrollo de la política, o cualquier otro elemento que por su relevancia deba ser resaltado y, por tanto, tenido en cuenta en los siguientes años. Para esto, se dará la actualización de una línea base cada tres meses, la cual estará definida por indicadores que permitan la medición de la garantía y goce de derechos humanos de la ciudadanía, establecidos en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos y la Política Pública Integral de Derechos Humanos en cada uno de los cinco ejes de derechos.

Además, el informe debe estar articulado con el Sistema Distrital de Derechos Humanos, Comité Distrital y Comités Locales de Derechos Humanos. Los Comités Locales realizarán anualmente una valoración cualitativa y de satisfacción sobre la gestión e impacto de las acciones propuestas en el plan de acción de la Política Pública, en cumplimiento a los 12 El Sistema Distrital de Información de Derechos Humanos es también un producto de la Política Pública Integral, por lo cual cuenta con una ficha técnica en la que se pueden consultar mayores detalles sobre él. Al respecto, veáse la ficha técnica del producto 8.8.1, del eje de Igualdad y no discriminación REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-138 • 2019 • NOVIEMBRE •12 138 objetivos propuestos y a la garantía de los derechos humanos en cada una de las localidades.

Con el reporte periódico realizado por las entidades y la valoración cualitativa de los Comités Locales, la Dirección de Derechos Humanos será la encargada de la elaboración de un documento de análisis que sopese la información obtenida a través de estos insumos y dé cuenta de la situación y los avances en la garantía de los derechos humanos en la ciudad, los principales retos para la ejecución, u otros aspectos que deban ser incluidos debido a su importancia. Este documento se presentará y entrará a consideración ante el Comité Distrital de Derechos Humanos, el cual está encargado de “realizar seguimiento al plan de acción de la Política Integral de Derechos Humanos, y orientar el diseño e implementación de estrategias de promoción y divulgación en materia de Derechos Humanos”, entre otras, con el fin de proyectar una exhortación dirigida a los sectores y entidades responsables con el objeto de tomar decisiones respecto al futuro de la política y su optimización.

El informe será entregado a la Secretaría Distrital de Planeación, para su labor de seguimiento a todas las políticas del Distrito Capital, y finalmente se realizará la publicación del informe sobre la situación, garantía de los derechos humanos y avances en la Política Pública Integral de Derechos Humanos del distrito.

Evaluación En principio, es importante mencionar que no existe una única fórmula para la adecuada evaluación de una política, plan o proyecto. Se concibe la evaluación como “el proceso sistémico de observación, medida, análisis e interpretación encaminado al conocimiento de una intervención pública sea esta una norma, programa, plan o política, para alcanzar un juicio valorativo basado en evidencias, respecto de su diseño, puesta en práctica, efectos, resultados e impactos. La finalidad de la evaluación es ser útil a los tomadores de decisiones, gestores públicos y a la ciudadanía” (DNP, 2014). Esto implica la construcción de un análisis preciso y detallado que estime el cumplimiento del plan de acción para la posterior comparación con un criterio establecido que valore la calidad de la ejecución.

Teniendo en cuenta las particularidades de la Política Pública Integral de Derechos Humanos, se implementarán dos tipos de evaluaciones de acuerdo con el tiempo de ejecución. En primer lugar, se realizará una evaluación concomitante o intermedia que suministre información para detectar y ajustar a tiempo los problemas identificados en la implementación de la política (Roth, 2009), con el fin de controlar el buen desarrollo de los procedimientos previstos en el desarrollo y gestión de la política pública para comprobar la eficiencia operacional y efectividad del proceso de implementación, a través de la identificación de factores favorables o limitantes en la ejecución para la posterior optimización de los resultados, que aumenten las posibilidades de alcanzar los objetivos y metas de esta política.

139 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-139 • 2019 • NOVIEMBRE •12 j y p () En segundo lugar, se efectuará una evaluación ex post que compone la última etapa del ciclo de la política, la cual permite realizar el análisis de los insumos, actividades y resultados cuando la vida útil de la política finalice. Este tipo de evaluación compara los resultados conseguidos en relación con los objetivos propuestos, midiendo los efectos inmediatos, intermedios y finales, incluyendo el análisis de impacto de lo que se pretendía intervenir. Esta evaluación debe realizarse en el mediano y largo plazo una vez concluida la política (DNP, 2014).

Estos tipos de evaluaciones tienen el alcance de examinar y valorar los productos y resultados estipulados en el plan de acción de la política, con la “finalidad de analizar si la entrega de los productos generados se desarrolló acorde a lo planeado y si se han generado cambios en los indicadores que miden en las condiciones de la población objetivo” (SDP, 2018), con el objetivo de estimar el cumplimiento de las metas y la sostenibilidad de los resultados. La evaluación de los derechos humanos siempre tendrá un carácter cualitativo importante, que podría beneficiarse de la aplicación de indicadores cuantitativos seleccionados.

Esta política tiene un período de implementación que cubre desde el año 2019 hasta el año 2034. El componente de evaluación se desarrollará a partir de tres procesos evaluativos de la siguiente manera: la primera en el mediano plazo, seis años después de su implementación; la segunda en el largo plazo, once años después; y finalmente una evaluación posterior a la vigencia de la política. Lo anterior permitirá comparar los resultados conseguidos con relación a los objetivos propuestos y medir los efectos inmediatos, intermedios y finales, incluyendo el análisis de impacto sobre lo que se intervino (DNP, 2014).

Tabla 11. Tipo de evaluaciones durante la implementación de la Política Pública Integral de Derechos Humanos y posterior a su ejecución AÑO TIPO DE EVALUACIÓN 2025 Concomitante 2030 Concomitante 2035 Ex post Elaboración propia, Secretaría Distrital de Gobierno, 2018 Dentro de este contexto, la batería de indicadores será la piedra angular del seguimiento y la evaluación, dado que permitirá verificar y medir de manera objetiva tanto los productos, como los resultados de acuerdo con el esquema de la cadena de valor (Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, 2007). Asimismo, será un incentivo para generar visibilidad ante los ciudadanos, mayor transparencia y mejora en la toma de decisiones presupuestales y de gestión (DNP, 2003). En este propósito, el adecuado seguimiento y evaluación de la Política Pública Integral de Derechos Humanos va a depender en proporción considerable REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-140 • 2019 • NOVIEMBRE •12 140 j y p () de la efectiva gestión interinstitucional en la construcción y aplicación de indicadores e índices para medición de resultados, tal como quedó estipulado dentro del plan de acción (resultados 1.1, 2.7, 2.8, 4.2, 4.4, 5.3, 5.7, 5.8).

Para la eficiente conceptualización, aplicación y monitoreo de la Política Pública de Derechos Humanos, y la selección de los indicadores de derechos humanos como instrumentos indispensables para la evaluación que den cuenta de la ejecución y cumplimiento, se adopta “un enfoque genérico en la definición de atributos o indicadores basados en los conceptos de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad. Estos son los principios que guíen al garante de los derechos cuando facilita y proporciona los “bienes y servicios” pertinentes a los titulares de derechos en el curso del cumplimiento de sus obligaciones” (OHCHR, 2012).

Tabla 12. Principios y obligaciones de derechos humanos Disponibilidad Implica garantizar la suficiencia de los servicios, instalaciones, mecanismos, procedimientos o cualquier otro medio por el cual se materializa y se da el cumplimiento de un derecho para toda la población.

Accesibilidad Se trata de asegurar que los medios por los cuales se materializa un derecho sean accesibles para todas las personas, sin discriminación alguna. La accesibilidad supone por lo menos estas dimensiones: la no discriminación, la accesibilidad económica y la accesibilidad física.

Aceptabilidad Implica que el medio y los contenidos elegidos para materializar el ejercicio de un derecho sean aceptables por las personas a quienes están dirigidos, lo que conlleva el reconocimiento de especificidades y, consecuentemente, la flexibilidad necesaria para que los medios de implementación de un derecho sean modificados de acuerdo con las necesidades de los distintos grupos a los que van dirigidos en contextos sociales y culturales diversos.

Calidad Asegura que los medios y contenidos por los cuales se materializa un derecho tengan los requerimientos y propiedades aceptables para cumplir con esa función.

Adaptado de: Vásquez, D. & Serrano, S. (2013) Principios y Obligaciones de Derechos Humanos Luego de la selección de indicadores se establecerá la línea base, que se constituye como el punto de referencia de la situación actual que se pretende modificar para medir los avances y efectos de la intervención pública. Contar con una línea base es fundamental para determinar el seguimiento y la posterior evaluación de la política (DANE, 2009, pág. 10).

Adicionalmente, estos indicadores darán cuenta de las líneas de intervención de la Política Pública Integral y del Sistema Distrital de Derechos Humanos, por lo que se debe contemplar un cruce de categorías y variables en términos de rutas de atención, estrategias de prevención, procesos de formación, recursos de financiación e instancias de coordinación a escala local y distrital para la garantía de los derechos humanos. Asimismo, 141 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-141 • 2019 • NOVIEMBRE •12 j y p () dicha información deberá permitir una georreferenciación por localidades y por Unidades de Planeación Zonal.

En este aspecto, para los casos de aquellas variables que no cuenten actualmente con una línea base, se deberá proceder a su construcción y levantamiento a partir de los lineamientos planteados por la Secretaría Distrital de Planeación.

Finalmente, es importante resaltar que en la formulación estratégica se deben incluir indicadores estructurales, de proceso y de resultados, principalmente de proceso, que faciliten la evaluación y den respuesta a la concertación de los compromisos de los sectores e instituciones de gobierno en términos de resultados que sean medibles y faciliten el seguimiento por parte del Comité Distrital y los Comités Locales de Derechos Humanos.

Plan de acción El plan de acción de la Política Pública Integral de Derechos Humanos (Anexo 1) está estructurado, para el cumplimiento del objetivo general, a partir de los cinco objetivos específicos y contiene un total de 32 resultados esperados a los cuales se aporta con 83 productos (bienes y servicios) alineados con la Agenda 2030 compuesta por los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y concertados con los 15 sectores de la Administración. Con esta alineación se busca fortalecer la articulación interinstitucional para promover acciones transversales y mejorar la capacidad del gobierno distrital para cuantificar los avances que garanticen la prosperidad, el bienestar de las personas y la conservación del ambiente (Consejo Nacional de Política Económica y Social - CONPES, 2018).

Lo anterior se lleva a cabo en la presente política en cumplimiento del propósito de territorialización de la Agenda 2030 establecido en el CONPES 3918/2018, “Estrategia para la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en Colombia”, que implica una identificación precisa de las metas de los ODS a las que se aporta de manera específica con cada uno de los productos de la política. Como se expone en la gráfica 2, los 83 productos del plan de acción aportan al cumplimiento de 33 metas de 11 ODS, lo que convierte a la Política Pública Integral de Derechos Humanos en el primer ejercicio de territorialización de los ODS en el país.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-142 • 2019 • NOVIEMBRE •12 142 j y p () Gráfica 2. Objetivos de Desarrollo Sostenible en la Política Pública Integral de Derechos Humanos Fuente: elaboración propia, Secretaría Distrital de Gobierno.

143 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-143 • 2019 • NOVIEMBRE •12 j y p () La ponderación relativa de los productos respondió, entre otros, a los siguientes criterios: i) la relación de causalidad entre el producto y el resultado que busca alcanzar, es decir, si el impacto sobre la problemática es directo o está mediado; ii) el tiempo de ejecución del producto durante la duración de la Política Pública; iii) el presupuesto proyectado para su implementación; y iv) el nivel de incidencia sobre las poblaciones de especial protección. La revisión cualitativa del cumplimiento de estos criterios permitió la ubicación de cada producto en una de las siguientes tres categorías de impacto:

Alto: 25 productos13 son identificados en esta categoría, con una ponderación relativa de 1.90% exceptuando tres productos que tendrían un valor de 2.56% y dos de 3% dado el impacto esperado con su realización. Medio: 32 productos14 son identificados en esta categoría, con una ponderación relativa de 1.08%. Moderado: 26 productos15 son identificados en esta categoría, con una ponderación relativa de 0.58%.

A partir de la información anterior se realizó una sumatoria de la ponderación relativa de los productos que se encuentran asociados al cumplimiento de cada resultado. Dicha sumatoria proporcionó la importancia relativa de los indicadores de resultado y a su vez la sumatoria de los resultados determinó la importancia relativa de los objetivos específicos:

Tabla 13. Resumen de los productos de la Política Pública Integral de Derechos Humanos Importancia Importancia Cantidad Objetivo específico relativa del Resultado relativa del objetivo resultado 1.1 3.1% 3 1.2 5.1% 4 de productos
1. Coordinar acciones para la garantía de los derechos a la integridad personal, las libertades individuales y 1.3 0.6% 1 1.4 1.9% 1 19.7% colectivas, la seguridad y la participación ciudadana en Bogotá, a través de la promoción, la prevención, 1.5 7.4% 5 la protección y el seguimiento en el marco del Sistema Distrital de 1.6 1.7% 2 Derechos Humanos.

2. Coordinar acciones de promoción, 20.9% 2.1 2.8% 4

13 Para conocer al detalle cada uno de estos productos ver el Anexo 1 columna AE numerales: 1.1.1/1.2.4/1.4.1/1.5.3/1.5.4/1.5.5/2.5.2/2.5.3/2.8.1/2.9.1/3.1.1/3.1.2/4.1.4/4.2.1/4.3.1/4.5.1/5.1.2/5.1.4/5.2.1/5. 3.1/5.6.4/5.7.2/5.7.3/5.7.5/5.8.1. 14 Para conocer al detalle cada uno de estos productos ver el Anexo 1 columna AE numerales: 1.2.1/1.2.2/1.2.3/1.5.2/1.6.2/2.1.3/2.3.1/2.4.1/2.5.1/2.5.5/2.6.1/2.7.2/2.8.2/3.2.2/3.3.1/3.4.1/4.1.1/4.1.2/4.1.3/4. 2.2/4.3.3/4.4.4/4.5.2/5.1.3/5.1.5/5.1.7/5.1.8/5.2.2/5.2.3/5.4.1/5.6.2/5.6.3. 15 Para conocer al detalle cada uno de estos productos ver el Anexo 1 columna AE numerales: 1.1.2/1.1.3/1.3.1/1.5.1/1.6.1/2.1.1/2.1.2/2.1.4/2.2.1/2.3.2/2.5.4/2.6.2/2.7.1/3.1.3/3.2.1/4.2.3/4.3.2/4.4.1/4.4.2/4. 4.3/5.1.1/5.1.6/5.3.2/5.3.4/5.5.1/5.6.1/5.7.1/5.7.4.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-144 • 2019 • NOVIEMBRE •12 144 prevención, protección y seguimiento 2.2 0.6% 1 2.3 1.7% 2 en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos para la garantía de 2.4 1.1% 1 los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales -DESCA- en 2.5 6.5% 5 Bogotá.

2.6 1.7% 2 2.7 1.7% 2 2.8 3.0% 2 3.1 4.4% 3 3.2 1.7% 2 2.9 1.9% 1
3. Fortalecer el acceso a la justicia en Bogotá, a través de la coordinación de acciones institucionales de promoción, 3.3 1.1% 1 prevención, protección y seguimiento con enfoque de derechos humanos, de 8.2% 3.4 1.1% 1 género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

4.1 5.1 % 4

4. Contribuir a la consolidación de una cultura de paz y derechos humanos a

4.2 3.0% 2 4.3 3.6% 3 4.4 2.8% 4 18.1% partir del fortalecimiento y la articulación de acciones de la administración distrital y de la sociedad civil para la construcción de la memoria histórica, el tejido social, la 4.5 3.6% 2 reconciliación y la convivencia ciudadana.

5.1 10.4% 8 5.2 3.0% 2

5. Promover la igualdad y la no discriminación en el ejercicio de los derechos de las personas en Bogotá, a

5.3 3.6% 3 5.4 1.1% 1 través de acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento para el fortalecimiento de los enfoques 5.5 0.6% 1 33.1% 5.6 4.6% 4 de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en 5.7 6.9% 5 el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

5.8 3.0% 1 TOTAL 100% 32 100% 83 Fuente: elaboración propia, Secretaría Distrital de Gobierno.

El primer objetivo por importancia relativa, con un 33.1%, corresponde al objetivo específico 5, “Promover la igualdad y la no discriminación en el ejercicio de los derechos de las personas en Bogotá, a través de acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento para el fortalecimiento de los enfoques de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos”.

145 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-145 • 2019 • NOVIEMBRE •12 La asignación de esta importancia relativa responde al carácter estratégico que denotan sus productos ya que con ellos se busca asegurar la implementación de los enfoques diferenciales en los bienes y servicios de la administración, y con ello responder a las demandas en materia de derechos humanos de poblaciones históricamente discriminadas. Entre estos productos se resaltan: la construcción e implementación del Sistema Distrital de Información en Derechos Humanos del Distrito, dada la necesidad de contar con información actualizada y unificada sobre la situación de los derechos humanos en la ciudad para la mejora en la toma de decisiones; la creación de lineamientos para la efectiva aplicación del enfoque diferencial y de derechos humanos en la entrega de bienes y servicios a la ciudadanía; así como la estrategia de articulación de rutas de atención y servicios a poblaciones diferenciales en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

El segundo objetivo por importancia relativa, con un 20.9%, corresponde al objetivo específico 2, “Coordinar acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos para la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales -DESCA- en Bogotá”.

La asignación de esta importancia relativa responde al carácter complementario que constituyen los productos asociados a este objetivo con los esfuerzos administrativos ya existentes, dada la cantidad de acciones que actualmente se adelantan para la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales – DESCA-.

Entre los productos a resaltar se encuentran los siguientes: las unidades productivas informales articuladas progresivamente a las dinámicas del sector formal, de acuerdo con las estrategias definidas en la política de productividad para el cierre de brechas y convergencia de las unidades económicas; los instrumentos de política laboral activa, dirigidos a poblaciones con mayor dificultad para acceder a oportunidades de generación de empleo e ingresos; el desarrollo de acciones pedagógicas en las localidades de Bogotá, en el eje temático de Manejo Integral de Residuos sólidos.; y finalmente, la concientización de los usuarios en el Distrito Capital de acuerdo con el documento de Lineamientos del Proyecto de Reciclaje y Aprovechamiento Sostenible - PRAS Proyecto Integral para prestación del servicio público de aseo, en sus líneas de acción 2, 3 y 4 sobre producción limpia, consumo responsable y separación en la fuente, respectivamente.

El tercer objetivo por importancia relativa, con un 19.7%, corresponde al objetivo específico 1, “Coordinar acciones para la garantía de los derechos a la integridad personal, las libertades individuales y colectivas, la seguridad y la participación ciudadana en Bogotá, a través de la promoción, la prevención, la protección y el seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos”.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-146 • 2019 • NOVIEMBRE •12 146 La asignación de la importancia relativa de este objetivo responde a la relación que tiene el desarrollo de sus productos con los establecidos en los objetivos 2, 3 y 5 que buscan dar solución a los factores sociales que dan origen a las posibles vulneraciones de los derechos civiles y políticos aportando con ello a escenarios que promuevan la garantía de la integridad personal, las libertades individuales y colectivas, la seguridad y la participación ciudadana en Bogotá.

Entre los productos a resaltar se encuentran los siguientes: el plan distrital de prevención y protección con el cual se busca identificar las situaciones que puedan generar posibles vulneraciones a los derechos a la vida, a la integridad, a la libertad y a la seguridad; la estrategia orientada a la prevención temprana de violencias y construcción de paz; el programa de articulación intersectorial para la vinculación al sector público de jóvenes con un alto grado de vulnerabilidad social y económica; la estrategia de fortalecimiento y vinculación de actores sociales a la red distrital de derechos humanos, dialogo y convivencia; el centro distrital de estudios de diálogo social y gobernabilidad, y finalmente, los proyectos e iniciativas sociales de la participación ciudadana y acciones organizativas en los territorios rurales mediante el apoyo a organizaciones sociales, comunales y comunitarias en torno a temas de desarrollo social, cuidado ambiental y emprendimientos ciudadanos.

El cuarto objetivo por importancia relativa, con un 18.1%, corresponde al objetivo específico 4, “Contribuir a la consolidación de una cultura de paz y derechos humanos a partir del fortalecimiento y la articulación de acciones de la administración distrital y de la sociedad civil para la construcción de la memoria histórica, el tejido social, la reconciliación y la convivencia”.

La asignación de esta importancia relativa responde al carácter estratégico que tienen los productos que constituyen el objetivo, como un aporte para la consolidación de una cultura de paz y derechos humanos a partir de la construcción de la memoria histórica, la reconciliación y la convivencia ciudadana en concordancia con el contexto nacional de los acuerdos de paz.

Entre los productos a resaltar se encuentran los siguientes: el instructivo para la atención de personas que hicieron parte de los grupos armados ilegales en el marco de la ruta distrital de prevención y protección de los derechos a la vida, seguridad e integridad personal; la estrategia de educación ciudadana en derechos humanos, paz y reconciliación; los laboratorios de memoria, paz y reconciliación en la ruralidad de Usme y Sumapaz; y finalmente, los documentos de análisis de medición de los indicadores sobre el Goce Efectivo de Derechos de las víctimas.

147 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-147 • 2019 • NOVIEMBRE •12 El quinto y último objetivo por importancia relativa, con un 8.2%, corresponde al objetivo específico 3, “Fortalecer el acceso a la justicia en Bogotá, a través de la coordinación de acciones institucionales de promoción, prevención, protección y seguimiento con enfoque de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos”.

La asignación de la importancia relativa de este objetivo responde al carácter complementario que tienen sus productos con los objetivos 1, 4 y 5; en este último de especial manera con el Sistema Distrital de Información de Derechos Humanos. Los productos enmarcados en el objetivo 3 buscan garantizar el acceso a la justicia a través de la apropiación de los enfoques diferenciales en la prestación de los servicios y bienes, lo cual también se encuentra relacionado con el objetivo 4 en cuanto a los mecanismos de justicia comunitaria.

Entre los productos a resaltar se encuentran los siguientes: el sistema de información distrital sobre justicia que cuente con enfoque territorial, diferencial y de género para la medición del acceso a la justicia en Bogotá; y los procesos y procedimientos para el acceso a la justicia con incorporación del enfoque de Derechos Humanos y enfoques diferenciales.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-148 • 2019 • NOVIEMBRE •12 148 Tabla 14. Financiamiento de la Política Pública Integral de Derechos Humanos por objetivo específico Objetivo Específico Presupuesto Total Objetivo 1 “Coordinar acciones para la garantía de los derechos a la integridad personal, las libertades individuales y colectivas, la seguridad y la participación ciudadana en Bogotá, a través de la promoción, la prevención, la protección y el seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos” $ 100,293 Total Objetivo 2 “Coordinar acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos para la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales -DESCA- en Bogotá.” $ 503,124 Total Objetivo 3 “Fortalecer el acceso a la justicia en Bogotá, a través de la coordinación de acciones institucionales de promoción, prevención, protección y seguimiento con enfoque de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.” $ 117,174 Total Objetivo 4 “Contribuir a la consolidación de una cultura de paz y derechos humanos a partir del fortalecimiento y la articulación de acciones de la administración distrital y de la sociedad civil para la construcción de la memoria histórica, el tejido social, la reconciliación y la convivencia ciudadana.” $ 40,876 Total Objetivo 5 “Promover la igualdad y la no discriminación en el ejercicio de los derechos de las personas en Bogotá D.C., a través de acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento para el fortalecimiento de los enfoques de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.” $ 140,091 presupuesto por sector, entidad y objetivo específico de la Política. Finalmente, conviene mencionar que las cifras en las tablas son indicativas, se presentan en millones de pesos y se aproximan al millar. para el cual cada uno de ellos señala el costo indicativo de los productos que desarrollarán. El presupuesto total de la Política es de $901.559 millones, que se dividen por objetivo específico como se indica en las tablas 14. Por otra parte, en la tabla 15 se desagrega el Financiamiento El presupuesto para el financiamiento de la Política es el resultado de los procesos de concertación con los sectores administrativos, 149 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-149 • 2019 • NOVIEMBRE •12 $296 $ 4,409 TOTAL SECTOR GESTIÓN PÚBLICA $ 4,787 $94 $98 $104 Tabla 15. Financiamiento de la Política Pública Integral de Derechos Humanos, periodo 2020 – 2034 $1,195 $1,565 $1,649 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 Entidad Secretaría General de la Alcaldía Mayor Total de la Entidad $ 4,705 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 1.Coordinar acciones para la garantía de los derechos a la integridad personal, las libertades individuales y colectivas, la seguridad y la participación ciudadana en Bogotá, a través de la promoción, la prevención, la protección y el seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos

4. Contribuir a la consolidación de una cultura de paz y derechos

humanos a partir del fortalecimiento y la articulación de acciones de la administración distrital y de la sociedad civil para la construcción de la memoria histórica, el tejido social, la reconciliación y la convivencia ciudadana.

Entidad Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital Total de la Entidad $ 82 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-150 • 2019 • NOVIEMBRE •12 150 $ 54,837 $ 82 $ 3,264 $ 2,768 $ 196 $ 2,655 $ 188 $ 18 $ 3,886 $ 180 $ 17 $ 3,984 $ 173 $ 16 $ 3,821 $ 166 $ 16 $3,665 $ 159 $ 15 TOTAL SECTOR GOBIERNO $ 94,293 $3,788 $ 153 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.)

$ 3,417 $ 2,886 $ 3,010 $ 3,138 $ 3,272 $ 3,412 $ 3,558 $ 3,710 $ 3,868 $ 146 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 1.Coordinar acciones para la garantía de los derechos a la integridad personal, las libertades individuales y colectivas, la seguridad y la participación ciudadana en Bogotá, a través de la promoción, la prevención, la protección y el seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos Entidad Secretaría Distrital de Gobierno Total de la Entidad $ 92,723 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 1.Coordinar acciones para la garantía de los derechos a la integridad personal, las libertades individuales y colectivas, la seguridad y la participación ciudadana en Bogotá, a través de la promoción, la prevención, la protección y el seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos

3. Fortalecer el acceso a la justicia en Bogotá, a través de la

coordinación de acciones institucionales de promoción, prevención, protección y seguimiento con enfoque de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y 151 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-151 • 2019 • NOVIEMBRE •12 $ 17,451 $ 17,171 $ 698 $ 500 $ 1,097 $ 274 $ 669 $ 479 $ 1,052 $ 263 $ 642 $ 2,058 $ 1,009 $ 252 $ 616 $ 1,973 $ 968 $ 242 $ 591 $ 929 $ 1,893 $ 232 $ 566 $ 891 $1,946 $ 222 j y p ()

$ 543 $ 854 $1,866 $ 213 $ 12 $ 1,144 $ 1,193 $ 1,243 $ 1,296 $ 1,352 $ 1,409 $ 1,469 $ 1,532 $ 1,609 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 $ 521 territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

$ 204

4. Contribuir a la consolidación de una cultura de paz y derechos

humanos a partir del fortalecimiento y la articulación de acciones de la administración distrital y de la sociedad civil para la construcción de la memoria histórica, el tejido social, la reconciliación y la convivencia ciudadana.

5.Promover la igualdad y la no discriminación en el ejercicio de los derechos de las personas en Bogotá D.C., a través de acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento para el fortalecimiento de los enfoques de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

Entidad Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal - IDPAC Total de la Entidad $ 1,570 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-152 • 2019 • NOVIEMBRE •12 152 $ 1,570 $ 40,032 $ 13,540 $ 805 $ 2,419 $ 3,214 $ 99 $ 767 $ 2,339 $ 3,097 $ 98 $ 730 $ 2,262 $ 2,986 $ 98 $ 696 $ 2,190 $ 2,880 $ 98 $ 663 $ 2,121 $ 2,779 $ 97 $ 631 $ 2,054 $ 2,683 $ 97 TOTAL SECTOR DESARROLLO ECONÓMICO $ 53,572 $ 601 $ 1,984 $ 2,591 $ 97 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.)

$ 97 $ 99 $ 99 $ 99 $ 99 $ 99 $ 99 $ 99 $ 99 $ 572 $ 1,932 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 $ 2,503 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 1.Coordinar acciones para la garantía de los derechos a la integridad personal, las libertades individuales y colectivas, la seguridad y la participación ciudadana en Bogotá, a través de la promoción, la prevención, la protección y el seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos Entidad Secretaría Distrital de Desarrollo Económico Total de la Entidad $ 53,723 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 1.Coordinar acciones para la garantía de los derechos a la integridad personal, las libertades individuales y colectivas, la seguridad y la participación ciudadana en Bogotá, a través de la promoción, la prevención, la protección y el seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos 3.Fortalecer el acceso a la justicia en Bogotá, a través de la coordinación de acciones institucionales de promoción, prevención, protección y seguimiento con enfoque de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y 153 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-153 • 2019 • NOVIEMBRE •12 $ 5,579 $ 413,677 $ 341 $ 432 $ 1,190 $ 24,614 $ 36,289 $ 331 $ 419 $ 1,133 $ 23,449 $ 34,569 $ 321 $ 407 $ 1,079 $ 22,339 $ 32,932 $ 312 $ 395 $ 1,028 $ 21,281 $ 31,372 $ 303 $ 384 $ 979 $ 20,273 $ 29,886 $ 285 $ 373 $ 932 $ 19,314 $ 28,471 TOTAL SECTOR EDUCACIÓN $ 468,736 $ 285 $ 362 $ 888 $ 18,399 $ 27,122 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.)

$ 277 $ 17,528 $ 25,838 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 $ 351 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

$ 846 Entidad Secretaria de Educación del Distrito Total de la Entidad $ 468,736 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 1.Coordinar acciones para la garantía de los derechos a la integridad personal, las libertades individuales y colectivas, la seguridad y la participación ciudadana en Bogotá, a través de la promoción, la prevención, la protección y el seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos 2.Coordinar acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos para la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales -DESCA- en Bogotá.

4.Contribuir a la consolidación de 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-154 • 2019 • NOVIEMBRE •12 154 $ 282 $ 17,834 $ 31,646 $ 1,088 $ 2,389 $ 1,378 $ 1,939 $ 1,056 $ 2,329 $ 1,338 $ 1,887 $ 1,026 $ 2,270 $ 1,299 $ 1,837 $ 996 $ 1,261 $ 1,787 $ 2,212 $ 967 $ 1,225 $ 1,738 $ 2,156 $ 939 $ 1,189 $ 1,690 $ 2,100 TOTAL SECTOR SALUD $ 564 $ 911 $ 2,045 $ 1,154 $ 1,660 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.)

$ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 885 $ 1,121 $ 1,614 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 $ 1,992 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 una cultura de paz y derechos humanos a partir del fortalecimiento y la articulación de acciones de la administración distrital y de la sociedad civil para la construcción de la memoria histórica, el tejido social, la reconciliación y la convivencia ciudadana.

5.Promover la igualdad y la no discriminación en el ejercicio de los derechos de las personas en Bogotá D.C., a través de acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento para el fortalecimiento de los enfoques de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

Entidad Secretaría Distrital de Salud Total de la Entidad $ 564 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2.Coordinar acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos para la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales -DESCA- en Bogotá.

5.Promover la igualdad y la no 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 155 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-155 • 2019 • NOVIEMBRE •12 $ 282 $ 166 $ 29 $ 28 $ 27 $ 56 TOTAL SECTOR CULTURA $ 240 TOTAL SECTOR INTEGRACIÓN SOCIAL $ 166 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital (CONPES D.C.)

$ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 19 $ 26 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 discriminación en el ejercicio de los derechos de las personas en Bogotá D.C., a través de acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento para el fortalecimiento de los enfoques de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

Entidad Secretaría Distrital de Integración Social Total de la Entidad $ 166 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 5.Promover la igualdad y la no discriminación en el ejercicio de los derechos de las personas en Bogotá D.C., a través de acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento para el fortalecimiento de los enfoques de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

Entidad Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte Total de la Entidad $ 240 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-156 • 2019 • NOVIEMBRE •12 156 $ 80 $ 160 $ 6,064 $ 377 $ 359 $ 342 $ 325 $ 310 $ 295 TOTAL SECTOR AMBIENTE $ 6,064 o jo d o a o ó a y o a d o ap a ( O)

$ 10 $ 10 $ 10 $ 10 $ 20 $ 20 $ 20 $ 20 $ 30 $ 20 $ 30 $ 20 $ 10 $ 10 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 $ 281 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2.Coordinar acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos para la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales -DESCA- en Bogotá.

5.Promover la igualdad y la no discriminación en el ejercicio de los derechos de las personas en Bogotá D.C., a través de acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento para el fortalecimiento de los enfoques de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

Entidad Secretaría Distrital de Ambiente Total de la Entidad $ 6,064 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2.Coordinar acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos para la garantía de los derechos 157 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-157 • 2019 • NOVIEMBRE •12 $ 1,824 $ 1,182 $ 157 $ 241 $ 203 $ 230 $ 195 TOTAL SECTOR MOVILIDAD $ 3,111 o jo d o a o ó a y o a d o ap a ( O)

$ 221 $ 64 $ 64 $ 64 $ 64 $ 64 $ 64 $ 64 $ 64 $ 212 $ 146 $ 146 $ 64 $ 64 $ 64 $ 64 $ 64 $ 64 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 $ 230 $ 187 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 económicos, sociales, culturales y ambientales -DESCA- en Bogotá. $ 395 $ 415 $ 436 $ 458 $ 481 $ 505 $ 530 $ 556 Entidad Empresa de Transporte del Tercer Milenio -Transmilenio S.A. Total de la Entidad $ 1,182 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 4.Contribuir a la consolidación de una cultura de paz y derechos humanos a partir del fortalecimiento y la articulación de acciones de la administración distrital y de la sociedad civil para la construcción de la memoria histórica, el tejido social, la reconciliación y la convivencia ciudadana.

Entidad Instituto de Desarrollo Urbano - IDU Total de la Entidad $ 1,824 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 5.Promover la igualdad y la no discriminación en el ejercicio de los derechos de las personas en Bogotá D.C., a través de acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento para el fortalecimiento de los enfoques de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

Entidad Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. Total de la Entidad $ 105 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-158 • 2019 • NOVIEMBRE •12 158 $ 105 $ 2,324 $ 38,673 $ 219 $ 1,110 $ 209 $ 854 $ 199 $ 657 $ 189 $ 505 $ 266 $ 180 $ 389 $ 254 $ 172 $ 299 TOTAL SECTOR HÁBITAT $ 40,997 $ 242 Co sejo de o ca co ó ca y Soc a de s o Cap a (CO S C )

$ 6 $ 6 $ 6 $ 6 $ 6 $ 6 $ 6 $ 6 $ 7 $ 7 $ 7 $ 7 $ 7 $ 7 $ 8 $ 8 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 $ 164 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 $ 230 $ 197 $ 230 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 5.Promover la igualdad y la no discriminación en el ejercicio de los derechos de las personas en Bogotá D.C., a través de acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento para el fortalecimiento de los enfoques de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

Entidad Secretaría Distrital del Hábitat Total de la Entidad $ 2,324 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2.Coordinar acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos para la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales -DESCA- en Bogotá.

Entidad Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP Total de la Entidad $ 38,673 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2.Coordinar acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos para la garantía de los derechos 159 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-159 • 2019 • NOVIEMBRE •12 $ 1,913 $ 74,968 $ 77 $ 4,616 $ 6,804 $ 105 $ 9,056 $ 74 $ 4,130 $ 6,543 $ 101 $ 6,966 $ 271 $ 3,746 $ 6,292 $ 97 $ 5,359 $ 3,397 $ 6,051 $ 268 $ 4,122 $ 93 $ 3,112 $ 5,819 $ 231 $ 3,171 $ 90 $ 2,890 $ 5,596 $ 153 $ 86 $ 2,439 TOTAL SECTOR MUJER $ 76,881 TOTAL SECTOR SEGURIDAD $ 151,839 $ 2,731 $ 5,381 $ 83 $ 1,876 Co sejo de o ca co ó ca y Soc a de s o Cap a (CO S C )

$ 2,685 $ 5,175 $ 106 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 $ 80 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 económicos, sociales, culturales y ambientales -DESCA- en Bogotá. $ 1,443 Entidad Secretaría Distrital de la Mujer Total de la Entidad $ 76,881 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2.Coordinar acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos para la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales -DESCA- en Bogotá.

5.Promover la igualdad y la no discriminación en el ejercicio de los derechos de las personas en Bogotá D.C., a través de acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento para el fortalecimiento de los enfoques de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

Entidad Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia Total de la Entidad $ 151,839 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-160 • 2019 • NOVIEMBRE •12 160 $ 37,929 $ 113,910 $ 2,932 $ 6,936 $ 8,785 $ 2,315 $ 2,846 $ 6,735 $ 8,530 $ 2,247 $ 2,763 $ 6,538 $ 8,281 $ 2,182 $ 2,683 $ 6,349 $ 8,040 $ 2,118 $ 2,605 $ 6,163 $ 7,806 $ 2,056 $ 2,529 $ 6,064 $ 7,579 $ 1,996 TOTAL SECTOR JURÍDICA $ 310 $ 2,456 $ 5,887 $ 7,358 Co sejo de o t ca co ó ca y Soc a de st to Cap ta (CO S C )

$ 7 $ 7 $ 21 $ 21 $ 21 $ 21 $ 21 $ 21 $ 310 $ 21 $ 21 $ 21 $ 21 $ 21 $ 21 $ 21 $ 21 $ 2,384 $ 5,716 $ 7,145 $ 1,881 $ 1,938 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 Co sejo de o t ca co ó ca y Soc a de st to Cap ta (CO S C )

COSTO TOTAL DE LA POLÍTICA PÚBLICA INTEGRAL DE DERECHOS HUMANOS $ 901,559 1.Coordinar acciones para la garantía de los derechos a la integridad personal, las libertades individuales y colectivas, la seguridad y la participación ciudadana en Bogotá, a través de la promoción, la prevención, la protección y el seguimiento en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos

3. Fortalecer el acceso a la justicia en Bogotá, a través de la

coordinación de acciones institucionales de promoción, prevención, protección y seguimiento con enfoque de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

Entidad Secretaría Jurídica Distrital Total de la Entidad $ 310 Objetivo específico 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Total 5.Promover la igualdad y la no discriminación en el ejercicio de los derechos de las personas en Bogotá D.C., a través de acciones de promoción, prevención, protección y seguimiento para el fortalecimiento de los enfoques de derechos humanos, de género, poblacional, diferencial y territorial en el marco del Sistema Distrital de Derechos Humanos.

161 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-161 • 2019 • NOVIEMBRE •12 j y p ()

Glosario Acceso a la justicia: Eje de la Política Pública Integral de Derechos Humanos que aborda los asuntos de i) atención y respuesta de los operadores de justicia en el Distrito; ii) atención y respuesta de jueces de paz, conciliadores en equidad y mecanismos alternativos de solución de conflictos; iii) atención y respuesta de la Policía Nacional; y iv) funcionamiento del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.

Comité Distrital de Derechos Humanos: Instancia encargada de orientar el Sistema Distrital de Derechos Humanos, al igual que asesorar, apoyar y promover, en aquello que corresponda, la implementación de la Política Integral de Derechos Humanos que sea adoptada en el Distrito Capital (Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, 2018).

Construcción de paz: Eje de la Política Pública Integral de Derechos Humanos que tiene como finalidad contribuir en torno a la cultura de paz y de derechos humanos, a partir del abordaje de los siguientes temas: i) educación en derechos humanos y paz; ii) diálogo y convivencia para la paz; iii) procesos de memoria histórica; iv) víctimas, reconciliación y reconstrucción del tejido social; y v) reintegración y reincorporación social y económica de las personas que hicieron parte de los grupos armados ilegales.

Corresponsabilidad: Concurrencia entre actores estatales, distritales o sociales y acciones contundentes a garantizar el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales de la ciudadanía en materia de atención, cuidado y protección.

Derechos civiles y políticos: Eje de la Política Pública Integral de Derechos Humanos que aborda los siguientes derechos: i) el derecho a la vida y a la integridad y libertad personal; ii) el derecho a la seguridad personal; iii) el derecho a la libertad de pensamiento, reunión y expresión; y iv) el derecho a la participación ciudadana.

Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA): Eje de la Política Pública Integral de Derechos Humanos que aborda los siguientes derechos: i) derecho a la salud; ii) derecho a la alimentación; iii) derecho a la educación; iv) derecho al trabajo y generación de ingresos; v) derecho a la vivienda y el hábitat; vi) derecho a la vida cultural y deportiva; y vii) derecho al ambiente sano y al agua potable.

Estrategia: Definición de medios, acciones y recursos para el logro de los objetivos. Para su formulación se consideran las condiciones sociales, institucionales, administrativas, políticas y económicas, entre otras. Se materializa a través de programas, subprogramas y proyectos (Departamento Nacional de Planeación, s.f.).

Formación en Derechos Humanos: Es el conjunto de actividades orientadas a formar ciudadanos y ciudadanas en el Programa Distrital de Educación en Derechos Humanos para REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-162 • 2019 • NOVIEMBRE •12 162 j y p () la Paz y la Reconciliación, promoviendo la integración de movimientos o grupos sociales a la Red Distrital para la Promoción de Derechos Humanos, Convivencia y Diálogo Social, como herramienta de cohesión social para fortalecer e impulsar las capacidades de la ciudadanía y sus organizaciones como promotores de cambio en cada una de las localidades de la ciudad (Secretaría Distrital de Gobierno, 2018).

Grupos Delictivos Organizados: Grupo estructurado de tres o más personas que exista durante cierto tiempo y que actúe concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos graves o delitos tipificados con arreglo a la Convención de Palermo, con miras a obtener directa o indirectamente un beneficio económico u otro beneficio de orden material (Asamblea General de las Naciones Unidas, 2000).

Igualdad y no discriminación: Eje de la Política Pública Integral de Derechos Humanos que tiene como finalidad implementar medidas concertadas, que contribuyan a eliminar prácticas discriminatorias en todos los ámbitos sociales e institucionales, así como garantizar el goce efectivo del derecho a la igualdad para toda la ciudadanía, especialmente a los sujetos históricamente discriminados (mujeres; personas de los sectores LGBTI; niños, niñas y adolescentes; jóvenes; personas mayores; personas con discapacidad; campesinas y campesinos; habitantes de calle; personas del pueblo Rrom; personas afrodescendientes, raizales y palenqueras; personas indígenas; y migrantes forzados).

Población de Especial Protección: Poblaciones que por condiciones territoriales, culturales, etarias, físicas o mentales se encuentran expuestas a un nivel mucho mayor de vulnerabilidad o violación grave, masiva y sistemática de sus derechos fundamentales, lo que les brinda el otorgamiento de una especial atención del Estado a través de una diferenciación positiva, que atienda a sus condiciones de especial vulnerabilidad e indefensión y propenda a través de un trato preferente por materializar el goce efectivo de sus derechos (Corte Constitucional de Colombia, 2009).

Política Pública: Se inscribe como un proceso de planeación que define una visión de largo plazo que sobrepasa los periodos de administración de los gobiernos y orienta el proceso de cambio frente a realidades sociales relevantes. Es un instrumento de planeación orientado a la acción para lograr objetivos prioritarios, fruto de un proceso de concertación intersectorial y co-creación, en el que participa la administración distrital, la ciudadanía, la sociedad civil, los gremios, la academia, etc. (Secretaría Distrital de Planeación, 2017).

Prevención: Medidas destinadas por el Distrito, para evitar que actos o situaciones generen amenaza, vulneración o violación de uno o varios derechos humanos de los y/o las ciudadanas (Ley Estatutaria No. 1622, 2013).

Principio de Progresividad: Establecimientos de procesos que conlleven al goce efectivo de los Derechos Humanos, obligación que se suma al reconocimiento de unos contenidos mínimos o esenciales de satisfacción de esos derechos que el Estado debe garantizar a todas 163 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-163 • 2019 • NOVIEMBRE •12 j y p () las personas, e ir acrecentándolos paulatinamente hasta lograr la restitución y el pleno ejercicio de los derechos constitucionales (IDPAC, s.f.)

Promoción: Medidas dispuestas por el Distrito para visibilizar, difundir y socializar el contenido y rutas para la garantía de los derechos humanos con el fin de activar su pleno ejercicio y realización (Ley Estatutaria No. 1622, 2013).

Protección: Medidas generadas por el Distrito para detener amenazas, vulneraciones o violaciones a los derechos humanos de los y/o las ciudadanas, o para restablecerlos plenamente cuando la vulneración o violación se haya consumado (Ley Estatutaria No. 1622, 2013).

Seguimiento: Función continua que, a partir de la recopilación sistemática de datos e información sobre el cumplimiento de indicadores, permite dar cuenta del avance y logro de los objetivos definidos (Departamento Nacional de Planeación, 2014).

Sistema Distrital de Derechos Humanos: Es una plataforma para la articulación de la normativa, las políticas públicas, los programas y las entidades e instancias de los niveles Nacional, Distrital y Local, con competencias en materia de Derechos Humanos. Encargado de promover el fortalecimiento de una cultura de derechos humanos, para la construcción de la paz, la convivencia pacífica y el respeto de los derechos humanos en el Distrito Capital; realizar las acciones de coordinación interinstitucional para organizar la oferta pública en Derechos Humanos, por medio de un plan de acción anual; apoyar la estructuración de un mecanismo de información, que refleje el contexto Distrital en materia de derechos humanos, que permita proveer insumos que guíen la adopción de medidas de prevención y garantía (Concejo de Bogotá, D.C, 2018).

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-164 • 2019 • NOVIEMBRE •12 164 j y p () Bibliografía Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. (03 de agosto de 2018). Decreto 455 de 2018. Obtenido de http://www.bogotajuridica.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80423 Asamblea General de las Naciones Unidas. (15 de noviembre de 2000). Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Obtenido de https://www.oas.org/csh/spanish/documentos/Convenci%C3%B3n%20de%20Palermo%20 _ESP.pdf Concejo de Bogotá, D.C. (05 de febrero de 2018). Acuerdo 698 de 2018. Obtenido de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73913 Concejo de Bogotá. (9 de junio de 2016). Acuerdo 645 de 2016. Obtenido de http://www.shd.gov.co/shd/sites/default/files/documentos/Acuerdo_645_2016_Plan_Desarr ollo_Bogot%C3%A1_Mejor_para_Todos.pdf Colombia Diversa. (2015). Informe Violencia LGBT Colombia. Recuperado de http://colombiadiversa.org/ddhh-lgbt/Informe-Violencia-LGBT-Colombia-DDHH- 2015.pdf Corte Constitucional de Colombia. (2009). Auto 005/09. Obtenido de Protección de derechos fundamentales de la población afrodescendiente víctima del desplazamiento forzado en el marco de superación del estado de cosas inconstitucional declarado en sentencia T-025/0 Corte Constitucional de Colombia. (2013). Sentencia T-736/13. Obtenido de http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2013/T-736-13.htm#_ftn13 DANE. (2009). Metodología Déficit de Vivienda.

Departamento Nacional de Planeación. (2014). Guía metodológica para el Seguimiento y la Evaluación a Políticas Públicas. Obtenido de https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Sinergia/Documentos/Cartilla%20Guia%20para%20 Seguimiento%20y%20Evaluaci%C3%B3n%20Ago%2013.pdf Departamento Nacional de Planeación. (s.f). Glosario. Obtenido de https://www.dnp.gov.co/atencion-al-ciudadano/glosario/Paginas/E.aspx IDPAC. (s.f). Glosario. Obtenido de http://participacionbogota.gov.co/informacioninteres/glosario 165 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-165 • 2019 • NOVIEMBRE •12 j y p () Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF). (2017). Observatorio de Violencia. Recuperado de http://www.medicinalegal.gov.co/observatorio-de-violencia Ley Estatutaria No. 1622. (2013). Congreso de la República. Bogotá D.C.

Ministerio de Educación Nacional. (2016). Caracterización de Grupos de Interés. Obtenido de https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-138651_recurso_5.pdf Ministerio de Justicia y del Derecho. (20 de diciembre de 2011). Decreto 4800 de 2011. Obtenido de art. 193: https://www.unidadvictimas.gov.co/sites/default/files/documentosbiblioteca/decreto4800re glamentarioleyvictimas.pdf Ministerio de Salud y Protección Social. (s.f.). Promoción social. Obtenido de https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/promocion-social/Paginas/gruposetnicos.aspx Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos ACNUDH. (2013). Orientación sexual e identidad de género en el derecho internacional de los derechos humanos. Obtenido de http://acnudh.org/wp-content/uploads/2013/11/orentaci%C3%B3n-sexual-eidentidad-de-g%C3%A9nero2.pdf.

Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos ACNUDH. (s.f.). El derecho internacional de los derechos humanos. Obtenido de https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/internationallaw.aspx Oficina Nacional de Estadística e Información. (2011). Principales Términos Demográficos. Obtenido de http://www.one.cu/publicaciones/cepde/anuario_2011/13_anuario_Principales_Terminos_ Demograficos.pdf Organización de las Naciones Unidas. (10 de diciembre de 1948). Declaración Universal de Derechos Humanos. Obtenido de http://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/ Secretaría Distrital de Gobierno. (2017). Bogotá Vive los Derechos Humanos. Obtenido de Formulación Política Pública de Derechos Humanos: http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/planeacion/participacionciudadana/formulacion-politica-publica-derechos-humanos Secretaría Distrital de Gobierno. (2018). Dirección de Derechos Humanos. Obtenido de Programa Distrital de Educación en Derechos Humanos para la Paz y la Reconciliación: http://www.gobiernobogota.gov.co/sites/gobiernobogota.gov.co/files/documentos/pde_dhu manos_-_guias-_0.pdf REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-166 • 2019 • NOVIEMBRE •12 166 j y p ()

Secretaría Distrital de Planeación. (2017). Guía para la Formulación e Implementación de Políticas Públicas del Distrito.

Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia. (s.f.). Casas de Justicia. Obtenido de https://scj.gov.co/es/secretaria-de-seguridad/acceso-la-justicia/casas-justicia Sistema Nacional de Derechos Humanos y DIH. (2014). Estrategia Nacional para la Garantía de los Derechos Humanos 2014-2034. Colombia.

Anexos Anexo 1 – Matriz de plan de acción de la Política Pública Integral de Derechos Humanos. Anexo 2 - Sistematización de los resultados de la aplicación de metodologías cualitativas por ejes de la Política Anexo 3 – Identificación de puntos críticos.

167 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-167 • 2019 • NOVIEMBRE •12 AVISO SECRETARÍA DE HACIENDA las lógicas de control de determinación masiva de los impuestos distritales competencia de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá; c. Definir y ejecutar las acciones masivas de control atendiendo los linea mientos del modelo de gestión tributaria; entre otros.

AVISO LA SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA A TRAVÉS DE LA OFICINA DE CONTROL MASIVO - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ

HACE SABER:

Que una vez, recibido por parte de la Oficina de Inteli gencia Tributaria de la Secretaria Distrital de Hacienda de Bogotá, el reporte y reparto de las poblaciones para adelantar procesos de control, se evidenció que los sujetos pasivos responsables del Impuesto Predial Unificado, relacionados con los CHIP y las Direccio nes de Predio que se señalan en el ANEXO 1, no han cumplido con la obligación de presentación y pago correspondiente a la vigencia 2015.

Por lo anterior se hace un llamado a todos los perso nas naturales o jurídicas, responsables de los objetos tributarios señalados, para que acudan a los puntos de atención al contribuyente de la Secretaría de Hacienda
- Dirección de Impuestos de Bogotá, a fin de presentar la declaración tributaria con pago a la mayor brevedad posible, liquidando una sanción de extemporaneidad por mes o fracción de mes, calendario de retardo, equivalente al 1.5% del total del impuesto a cargo sin exceder del 100% del impuesto. Tenga en cuenta que en ningún caso la sanción de extemporaneidad podrá ser inferior a la sanción mínima vigente al momento de presentar la declaración tributaria, de conformidad al artículo 56 del Decreto 807 de 1993.

Que el Acuerdo 469 de 2011, en su artículo 8 indica: “Es sujeto pasivo del impuesto predial unificado, el propietario o poseedor de predios ubicados en la jurisdicción de Bogotá Distrito Capital. Responderán solidariamente por el pago del impuesto, el propietario y el poseedor del predio. De acuerdo con el artículo 54 de la ley de 2010, son sujetos pasivos del impuesto predial los tenedores a título de concesión, de inmue bles públicos. Cuando se trate de predios sometidos a régimen de comunidad serán sujetos pasivos del gravamen los respectivos propietarios. Cada cual en proporción a su cuota, acción o derecho del bien indiviso. Cuando se trate de predios vinculados y/o constitutivos de un patrimonio autónomo serán sujetos pasivos del gravamen los respectivos fideicomitentes y/o beneficiarios del respectivo patrimonio Si el dominio del predio estuviere desmembrado por el usufructo, la carga tributaria será satisfecha por el usufructuario.”.

Recuerde que la sanción de extemporaneidad se cal cula sin perjuicio de los intereses de mora causados desde el vencimiento del plazo para declarar hasta la fecha de presentación y pago.

Que el Artículo 1 de la Ley 601 de 2000, señala: “A partir del año fiscal 2000 la base gravable del impues to predial unificado para cada año será el valor que mediante autoavalúo establezca el contribuyente, que deberá corresponder, como mínimo, al avalúo catastral vigente al momento de causación del impuesto...”

Respetado contribuyente, esta es una invitación para que cumpla con sus deberes tributarios formales, por lo tanto, NO es necesario presentarse ante la Entidad ni dar respuesta escrita a este aviso. Si usted ya se encuentra al día con el pago de esta obligación, haga caso omiso y continúe aportando al desarrollo de Bo gotá pagando sus impuestos a tiempo.

Que el Acuerdo 648 de 2016 en su artículo 5 señala: “La base gravable para liquidar el impuesto predial unificado en la factura, será el avalúo catastral vigente al momento de causación del impuesto. Para los pro pietarios o poseedores de predios a quienes a primero de enero de cada año no se les haya fijado avalúo catastral, el valor será la base gravable mínima.”.

Si no se realiza el cumplimiento sobre la obligación requerida, la Administración Tributaria Distrital podrá adelantar acciones de fondo que conllevan mayores cargas sancionatorias, según lo establecido en la normativa actual.

Para la presentación de la declaración y/o pago, ingrese:

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 25 del De creto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Control Masivo: b. Establecer, en coordinación con la Oficina de Inteligencia Tributaria, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-168 • 2019 • NOVIEMBRE •12 168 Liquidador de Impuestos http://www.shd.gov.co/shd/liquidacion-del-impuesto Oficina Virtual https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html Liquide su declaración registrando los datos solicitados, imprima una copia en laser, presente y pague en las entidades bancarias autorizadas o realice su pago electrónico, dentro de las fechas señaladas.

En caso de requerir atención personalizada, deberá agendar de forma gratuita una cita a través de la línea 195
- opción 3 para cualquiera de los siguientes Supercades en Bogotá:

1. SuperCade Américas: Avenida carrera 86 No. 43 - 55 sur

2. SuperCade Suba: Calle 146 A No. 105 – 95

3. SuperCade Bosa: Avenida calle 57R sur No. 72 D – 12

4. SuperCade 20 de Julio: Cra. 5A No. 30D 20 sur

5. SuperCade Calle 13: Avenida Calle 13 No. 37 – 35

6. SuperCade CAD: Carrera 30 No. 25-90

De no poder acudir el responsable, podrá hacerlo un tercero con autorización, cumpliendo los siguientes requisitos: Carta física y simple de autorización dirigida a la Secretaría Distrital de Hacienda, firmada por el contribuyente (en la carta se debe indicar el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere), con fecha no mayor a 30 días y adjuntar fotocopia del documento de identidad de quien autoriza. El autorizado deberá presentar, en el punto de atención, su documento de identidad o acreditando la calidad para actuar.

ÓSCAR ANDRÉS RUEDA FERREIRA JEFE DE OFICINA DE CONTROL MASIVO SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO 169 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-169 • 2019 • NOVIEMBRE •12 SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTA – DIB

HACE SABER:

A TRAVÉS DE LA OFICINA DE CONTROL MASIVO - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Informa que los sujetos pasivos responsables del Impuesto Predial Unificado relacionados con los CHIP y las Direcciones de Predio que se señalan a continuación, no han cumplido con la obligación de presentación y pago correspondiente a la vigencia tributaria 2015:

ANEXO 1 OBJETO DIRECCIÓN DEL PREDIO OBJETO DIRECCIÓN DEL PREDIO AAA0000ATCN CL 1 5A 45 AAA0156WOPP KR 23B ESTE 9 17 SUR AAA0000MDFZ KR 18 ESTE 9A 26 SUR AAA0156WSYX KR 24 ESTE 9 77 SUR AAA0000XMUH KR 20 ESTE 12B 09 SUR AAA0156XAYN KR 16 E 30 02 S M 11 AAA0001JZUH KR 21 ESTE 10 43 SUR AAA0156XBCX KR 16 E 30A 04 S M 1 AAA0002DNFT KR 7 0 35 SUR IN 10 AAA0156XCOM KR 17D E 31 03 S M 2 AAA0005NNLF KR 3B 39B 15 SUR AAA0156XCPA KR 17D ESTE 31 03 SUR MJ 3 AAA0005PAOE KR 2F 39D 11 SUR AAA0156XDFT KR 17G E 30 59 S M 7 AAA0006KFRJ DG 46 BIS SUR 16C 40 ESTE AAA0156XDTO KR 17G E 30 59 S M 18 AAA0006PAWW KR 12A ESTE 89A 70 SUR AAA0156XHFT KR 17D ESTE 35 08 SUR MJ AAA0006SYJH CL 40A SUR 17A 08 ESTE AAA0156YMUZ KR 8B 71G 10 SUR AAA0006SYTO KR 17A ESTE 40 10 SUR AAA0156ZZNN CL 117A SUR 1 43 ESTE AAA0006TDLW CL 40B SUR 17A 70 ESTE AAA0157BXKC CL 4 3 20 NAZARETH AAA0006TDUZ CL 40B SUR 17A 38 ESTE AAA0157CFPP CL 63B SUR 74C 47 AAA0006TDYX CL 40B SUR 17A 26 ESTE AAA0157ELMS KR 18H 82C 21 SUR MJ 1 AAA0007EDOE KR 14 29 96 SUR MJ 1 AAA0157EWSY KR 18CBIS 91D 24 S AAA0009OEPA CL 48P BIS C SUR 3 58 IN 2 AP 304 AAA0157HCKL DG 91BBIS S 18L 47 AAA0010PTTD DG 48Z SUR 4B 08 MJ AAA0157MOEP CL 192C 1 34 AAA0010YSPA DG 32A BIS B SUR 12G 55 AAA0157MOUH CL 192 1 10 AAA0011AHZE DG 32F SUR 12J 31 AAA0157MPFT CL 192B 1 01 AAA0011AJFZ DG 32G SUR 12I 60 IN 3 AAA0157MPUZ CL 192 1 07 AAA0013YWEA CL 41 SUR 26 20 AAA0157MPXR CL 190B 1 02 AAA0017FNEA CL 64 BIS SUR 74D 85 AAA0157MSAW CL 190B 1 01 AAA0019APWW CL 82B SUR 46 20 AAA0157NOOE KR 1 BIS A ESTE 163 52 IN 5 AAA0019XWRJ CL 68G BIS SUR 49B 42 AAA0157NYLW KR 5 ESTE 162C 92 AAA0020DXMS CL 72B SUR 44A 20 AAA0157NZOM CL 162A BIS 1B 62 MJ AAA0020LONX TV 73M 75A 10 SUR AAA0157OEXS CL 163A BIS 0 44 AAA0020REFZ CL 91BBIS S 18H 63 AAA0157PPXS TV 2 2 15 SAN JUAN AAA0020YWTO DG 64 BIS A SUR 18V 33 AAA0157PTAW KR 2 3 15 LA UNION AAA0021ZUCX CL 59B SUR 15 47 MJ 2 AAA0158NHPP TV 4 ESTE 61 09 MJ 5 AAA0022EJEP DG 49C BIS SUR 4 39 MJ AAA0158OACX CL 95A 6 78 ESTE IN 3 AAA0022FTTO KR 4L 52 51 SUR MJ AAA0158OXYN KR 7E 94 79 AAA0022HMTD KR 4D BIS 51 07 SUR AAA0158PANX KR 7A E 94 30 AAA0022HNCX KR 4H 51 20 SUR AAA0158PDBR KR 8 E 94 26 AAA0022JMYN KR 5F 49C 12 SUR MJ AAA0158PLEA TV 11A ESTE 95 16 IN 4 AAA0024XMSY KR 18D 81 01 SUR AAA0159DSJH KR 86A BIS 128C 43 MJ 11 AAA0024YHAW TV 18 BIS 78C 50 SUR AAA0159LLBS ANIMA 50 001 MJ 1 - LAS ANIMAS AAA0026FTKL KR 18M 70K 27 SUR AAA0159UELF CL 71 SUR 80J 30 MJ AAA0026LZNN KR 18B 73 19 SUR AAA0159UHNN KR 76D 63A 84 SUR AAA0026UJUH CL 74C SUR 18P 15 AAA0159UMBS KR 77 63A 68 SUR AAA0026WHJZ CL 80 SUR 18G 28 MJ 2 AAA0163POFZ CL 186A 1 05 MJ REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-170 • 2019 • NOVIEMBRE •12 170 OBJETO DIRECCIÓN DEL PREDIO OBJETO DIRECCIÓN DEL PREDIO AAA0026XYLF CL 81C SUR 18I 42 MJ AAA0164EWMR DG 101A SUR 2B 33 MJ AAA0027ETUZ CL 70K SUR 19D 16 AAA0165TBXR KR 73H BIS 69C 02 SUR MJ AAA0027EWOM CL 70K SUR 19D 52 AAA0165THHY DG 75B SUR 74 46 AAA0027EWXS KR 19F 70K 21 SUR AAA0165THXR DG 75A SUR 74 05 AAA0027FCBR KR 19 BIS 70K 09 SUR AAA0165TKBS TV 51 75 15 SUR AAA0027HDNX CL 67 SUR 6 28 AAA0165UKUZ CL 61A SUR 18R 37 MJ AAA0027LHPA TV 18W 69C 07 SUR AAA0165WCXR TV 36A 79 71 AAA0027LOWF KR 18R BIS 69B 40 SUR AAA0165WDEP TV 35A 79 62 SUR AAA0027MRXR KR 18V BIS 66C 06 SUR MJ AAA0165ZTNN KR 81A 57C 20 SUR MJ AAA0027OOTD CL 67C SUR 18N 69 MJ AAA0166CWUH KR 2D ESTE 49B 86 SUR MJ AAA0027OXAF KR 18U 67C 47 SUR MJ AAA0167KUCX KR 13A 49B 39 SUR AAA0027ZHCN KR 18N 69Q 17 SUR MJ AAA0167LZJH KR 82C 73B 15 SUR MJ AAA0027ZJRJ CL 69R SUR 18P 56 MJ AAA0167RFEA KR 73J 65 17 SUR AAA0027ZLNX DG 69Q BIS SUR 18N 31 MJ AAA0167WDRJ CL 68A SUR 81 11 MJ 1 AAA0028AMEA CL 75 SUR 18R 49 AAA0170OAFT KR 10A ESTE 64 45 SUR MJ AAA0028ARRJ KR 26 70L 40 SUR AAA0170SXFZ CL 48P BIS A SUR 1F 10 MJ AAA0028ARZE CL 70M SUR 22 14 AAA0170TDXR KR 2D ESTE 49A 35 SUR MJ AAA0028AUAF CL 75 BIS B SUR 20 05 AAA0170TNCX KR 66 63 20 SUR AAA0028BZXR KR 18F 69C 18 SUR AAA0170WHLF CL 67B SUR 65 32 MJ AAA0028EYDM CL 76 BIS SUR 20 26 AAA0170WSZM KR 63 62C 28 SUR MJ AAA0028EYMS CL 76 BIS SUR 20 68 AAA0170YKFT DG 66A SUR 74 24 AAA0028FDXR KR 20 BIS 76A 25 SUR AAA0170YKUZ DG 65A SUR 74 30 AAA0028FFJH CL 76A BIS SUR 21 10 AAA0170YMKL KR 73L 63C 15 SUR AAA0028FFWF CL 77A SUR 21 28 AAA0171DSXR KR 45 75A 60 SUR AAA0028HHCX CL 81B SUR 18C 74 AAA0171EOJZ KR 76 C 62 G 33 SUR AAA0028LRCX KR 5B BIS 53 09 SUR AAA0171HPKC KR 75C 75C 58 SUR MJ AAA0028WKYX KR 5A 108A 09 SUR MJ AAA0171JDZE KR 73L 75C 50 SUR MJ 1 AAA0028YXZE KR 42 69N 43 SUR AAA0171JOHY CL 75G SUR 73I 40 MJ AAA0028ZETD KR 18G BIS 77 11 SUR AAA0171KJLW KR 75 75H 36 SUR AAA0028ZTCX KR 18B BIS B 77B 31 SUR AAA0171KNXR KR 74 G 76 08 SUR AAA0029AEWW KR 18F 76A 32 SUR AAA0171KODE KR 74D 76 11 SUR AAA0029ECOM KR 2B 54I 52 SUR AAA0171KOEP KR 74G 76 39 SUR AAA0029EMSY CL 81C SUR 19 15 AAA0171UDCX DG 78B SUR 16A 03 MJ AAA0029ENWF CL 82C SUR 18I 24 AAA0171UPOE KR 17L 78A 34SUR AAA0029ESBS CL 82C SUR 18Q 10 MJ 2 AAA0171WTMS CL 80 SUR 18G 28 MJ AAA0029FSDM KR 18G 81C 36 SUR MJ AAA0171XLMR CL 71 SUR 22 40 MJ AAA0030KOWW CL 8 1 18 AAA0171XLYN KR 26 BIS 75 99 SUR MJ AAA0032YKEP CL 1D BIS 3A 63 AAA0171XNOM CL 74A SUR 18R 97 MJ AAA0033DMAW KR 4 3 25 AAA0171XNPA CL 74A SUR 18R 69 MJ 1 AAA0033FOYN KR 1 6D 72 AAA0171XNRJ CL 74A SUR 18R 69 MJ 2 AAA0033HDFT CL 6D 5A 15 ESTE AAA0171XNSY CL 74A SUR 18R 69 MJ 3 AAA0033HKFZ CL 6D 4B 20 ESTE IN 1 AAA0171XNTD CL 74A SUR 18R 69 MJ 4 AAA0033HZKL CL 3A 5A 38 ESTE IN 1 AAA0171YAZE CL 71F BIS A SUR 27L 10 MJ AAA0033JFJH CL 3B 5 22 ESTE AAA0171YYJZ CL 71F BIS SUR 27A 06 MJ AAA0033JNZM CL 5 7A 34 ESTE AAA0171YYWW CL 71J BIS SUR 27B 27 MJ AAA0033JWZE DG 3A 7 03 ESTE AAA0171YZSK CL 71N SUR 27B 74 MJ 3 AAA0033LDYX CL 3B 5B 20 ESTE AAA0171ZESK CL 71P SUR 27A 91 MJ 91 AAA0033MFNX CL 1C 8 46 ESTE AAA0171ZEXR CL 71P SUR 27A 91 MJ 95 AAA0033MHAW CL 1D 8 41 ESTE AAA0172ANKC CL 82C SUR 18N 36 MJ AAA0033NJFT KR 13 ESTE 2 12 AAA0172ANXS CL 83 SUR 18C 78 AAA0033NTNN KR 8 ESTE 2B 48 AAA0172APHK CL 82 BIS SUR 18N 47 MJ AAA0033ONHK DG 2B BIS 11A 73 ESTE IN 2 AAA0172APMR CL 82A SUR 18Q 22 AAA0033OWHY KR 11B BIS A ESTE 2 45 SUR AAA0172BFBR CL 73D BIS B SUR 27B 24 MJ AAA0033OXWW CL 2A 6A 10 ESTE AAA0172BFSK DG 73 BIS SUR 27B 81 MJ AAA0033OZJZ CL 1D 6 12 ESTE AAA0172BFYX DG 73 SUR 27B 18 MJ AAA0033PCWW CL 2 5 47 ESTE AAA0172BJKL KR 27 BIS A 73 35 SUR MJ AAA0033PENX CL 2 5 02 ESTE AAA0172BLOE KR 26F 72H 43 SUR AAA0033PJTO CL 2 BIS B 5B 29 ESTE AAA0172BMJZ CL 73A SUR 26F 20 MJ 171 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-171 • 2019 • NOVIEMBRE •12 OBJETO DIRECCIÓN DEL PREDIO OBJETO DIRECCIÓN DEL PREDIO AAA0033PPUZ DG 2 BIS A 8 57 ESTE AAA0172BMSY CL 73A SUR 26D 15 MJ AAA0033PYCN CL 1 6 30 ESTE IN 3 AAA0172BNCX CL 73C SUR 26C 84 MJ AAA0033SKSK CL 1 SUR 6A 20 ESTE AAA0172BNMS CL 73D BIS SUR 26F 02 MJ AAA0033SZZE CL 1 2 03 ESTE IN 6 AAA0172BOEP CL 73D BIS A SUR 27A 07 MJ AAA0033WKDM KR 3 ESTE 1 42 AAA0172BUMR KR 26 A 70F 02 SUR MJ 161 AAA0033XEOM CL 2 1A 30 AAA0172CJOM KR 16 BIS B 78 27 SUR MJ AAA0033XNHY CL 2A 1 09 ESTE AAA0172CJTD KR 16 BIS B 78 39 SUR MJ AAA0033XPEA CL 2 0 25 ESTE AAA0172DUUH KR 23A 70 13 SUR MJ AAA0033XSBS KR 1A BIS ESTE 2A 41 AAA0172DUWW KR 23A 70 17 S AAA0033XTAF KR 1B ESTE 2 33 AAA0172DXKL KR 26 70L 58 SUR MJ AAA0033XYRJ CL 2 1B 15 ESTE AAA0172EFWW KR 2C ESTE 55 16 SUR MJ AAA0033YTDE CL 3 1 14 ESTE MJ AAA0172ERMR CL 48Q SUR 2C 14 ESTE AAA0033YTKC KR 1 ESTE 3 40 MJ AAA0172ETHK KR 3 ESTE 48P 80 SUR AAA0033YYWF CL 3 2A 47 ESTE MJ AAA0172EUAF CL 48Q SUR 3B 24 ESTE AAA0033ZJJH DG 3A 1B 12 ESTE MJ 1 AAA0172FOBS CL 81B BIS SUR 10G 04 ESTE MJ AAA0033ZKDE DG 3A 0 19 MJ 11 AAA0172FRCX CL 87C SUR 9 68 ESTE MJ AAA0037ZYFZ TV 65B 1 46 MJ AAA0172FZAF CL 87G SUR 9 86 ESTE MJ AAA0041SSCN KR 71F 31 24 SUR MJ AAA0172HHCX KR 2A 87C 37 SUR MJ AAA0042BBTO LOTE 8 HD LA MARIA AAA0172KTEP KR 1D 100D 21 SUR MJ AAA0045WDAF KR 77J 65G 27 SUR MJ AAA0172OUOE KR 4 ESTE 59C 05 SUR MJ AAA0046WCLW CL 61A SUR 86A 09 MJ AAA0172OYLW KR 4 ESTE 59A 46 SUR MJ AAA0051YZZE KR 86F 0 22 MJ AAA0172RFPP CL 1A BIS 5 37 ESTE AAA0051ZPWF KR 87I 0 75 MJ AAA0172ZPEA AC 57R SUR 75 85 MJ 5 AAA0063OWAW DG 90A BIS A 72B 53 MJ AAA0172ZPYX AC 57R SUR 75 85 MJ 21 AAA0084DDLW CL 48 14 80 DP 110 AAA0173BWEA KR 83 64 32 SUR MJ AAA0084DDRU CL 48 14 80 DP 115 AAA0173BWOE KR 83A 65 91 SUR MJ AAA0085OENX KR 17 69 19 MJ AAA0173DPHK CL 76 SUR 78C 51 MJ AAA0087HAJH KR 3D 33 18 AAA0173DXAW AK 86 40B 12 SUR MJ AAA0087NYYX KR 1A ESTE 23B 55 IN 1 AAA0173ECXS CL 41 SUR 101 01 MJ AAA0089MTBR KR 2 65 95 AAA0175SYWW CL 192D 5 45 MJ AAA0089WORJ CL 63 0 27 ESTE AAA0176LOEP CL 14 BIS SUR 24 86 ESTE MJ AAA0089WOUH CL 63 0 05 ESTE AAA0176LPEA KR 23C ESTE 9 48 SUR MJ AAA0090RPKC KR 1 65A 07 AAA0176LRMS KR 23B ESTE 9 02 SUR MJ 1 AAA0092FCSK CL 47 0 33 ESTE AAA0176LRNN KR 23B ESTE 9 02 SUR MJ 2 AAA0093ZKXS CL 75 3 15 AP 703 AAA0178HLSK CL 2 7 56 ESTE AAA0098SUUH CL 87 19C 41 AP 202 AAA0178KNSY KR 1A 3A 22 IN 1 AAA0101RMYN KR 3A BIS 121 20 MJ AAA0178YSTO KR 47A 72 65 SUR AAA0115HSOE KR 1B 160A 60 AAA0179XUAF KR 95B 57A 91 SUR MJ AAA0115HXAW CL 160A BIS 0 57 AAA0180APHY KR 14B ESTE 75C 14 SUR AAA0115JCPP CL 160A 1A 48 ESTE AAA0180MXRU KR 7A 71F 09 SUR MJ AAA0115LDXS CL 163C 2 45 AAA0180TXCN KR 2A 162A 08 MJ 4 AAA0117DYWF DG 183A 3 25 MJ AAA0180ZJJZ KR 27I 72A 14S MJ 1 AAA0118NLOE CL 150A 53A 55 AAA0181ANXS CL 163B BIS 2 39 ESTE AAA0130FHPP CL 137 91 40 DP 86 AAA0181CPRJ KR 81I 73B 24 SUR MJ AAA0132WJTD CL 127 BIS 88 45 GJ 26 AAA0182YHMS KR 3A ESTE 49C 42 SUR MJ 1 AAA0137MSDE LOTE CHIGUAZA LOTE 4 OLARTE AAA0183LTKL DG 100D SUR 1D 79 MJ 1 AAA0137MZJH AGUALINDA SAN JOSE AAA0185JAXS CL 70IBIS SUR 26 01 MJ 18 AAA0137NHFZ AGUA LINDA ALTO DE LA CRUZ AAA0185RTNN CL 70G SUR 25 25 MJ AAA0137NRCN LA REGADERA 16 LA REGADERA AAA0186CCTD KR 119 76A 26 MJ 1 AAA0138JAZE KR 94B 42B 38 SUR MJ AAA0186PWHY HOYA TEUSACA 550 HOYA TEUSACA AAA0138NWKC KR 82 2B 66 MJ AAA0186PWKL HOYA TEUSACA 719 HOYA TEUSACA AAA0138OMDM KR 81F 1A 41 MJ 2 AAA0186PWLW HOYA TEUSACA AAA0140DAJH CC VDA OSORIO LA CABA%A PT PTN AAA0186PWMS HOYA TEUSACA 721 HOYA TEUSACA AAA0142LJTD LT 6 EL PENSAMIENTO PTE PARAMO AAA0186PWNN HOYA TEUSACA 722 HOYA TEUSACA AAA0142LJUH LT 5 LA GLORIETA PTE PA PARAMO AAA0186PWOE HOYA TEUSACA 723 HOYA TEUSACA REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-172 • 2019 • NOVIEMBRE •12 172 OBJETO DIRECCIÓN DEL PREDIO OBJETO DIRECCIÓN DEL PREDIO AAA0142TCTO EL PESEBRE EL TOLDO AAA0186PWTO HOYA TEUSACA 776 HOYA TEUSACA AAA0142UUPA PTE PREDIO EL GUARRUZ AAA0186PWXR HOYA TEUSACA 779 HOYSA TEUSACA AAA0142WSBS EL CAIRO AAA0186RBNX EL UVAL 359 EL UVAL AAA0142XMSK PTE LA ESPERANZA REQUILINA RURAL AAA0186RFFZ LA PRIMAVERA PTE MJ 3 AAA0142YTKL BUENAVISTA LAS MARGARITAS AAA0186RUSK LT 1 FINCA LOMITAS MJ 2 TIBABITA RURAL AAA0143AHSY EL MIRADOR AAA0186RWEA LT 18 PTE FINCA LAS LOMITAS MJ 11 TIBABITA AAA0143MYWF EL RODEO AAA0186RWFT LT 18PTE FINCA LAS LOMITAS MJ 12 TIBABITA AAA0143PYXS VDA STA ROSA LA LOMA L 36C PTE AAA0186RXAW LT 18 PTE FINCA LAS LOMITAS MJ 30 TIBABITA AAA0143TFFT EL RINCON PLANO QUIBA BAJO AAA0186RXEP LT 18 PTE FINCA LAS LOMITAS MJ 34 NTIBABITA AAA0143ZFFT LOS ALISOS MOCHUELO ALTO AAA0186RXXS LT 18 PTE FINCA LAS LOMITAS MJ 49 TIBABITA AAA0144SBRU KR 5B ESTE 10 04 AAA0186RXYN LT 18 PTE FINCA LAS LOMITAS MJ 50 TIBABITA AAA0144SMMR CL 50 SUR 3C 69 ESTE AAA0186RYAF LT 18 PTE FINCA LAS LOMITAS MJ 52 TIBABITA AAA0144SNMS CL 51 BIS SUR 3C 40 ESTE AAA0186RYBR LT 18 PTE FINCA LAS LOMITAS MJ 53 TIBABITA AAA0144SNNN CL 51 BIS SUR 3C 34 ESTE AAA0186RYCX LT 18 PTE FINCA LAS LOMITAS MJ 54 TIBABITA AAA0144WBXR KR 11C ESTE 74A 61 SUR IN 31 AAA0186RZHK SAN VICENTE CAPITOLIO AAA0145DKMR KR 8A ESTE 82 22 SUR AAA0186SAFZ TV 5 ESTE 58A 36 MJ 5 AAA0145MYXR KR 5 111 10 SUR AAA0186SARJ CL 33 BIS S 17G 19 ESTE MJ AAA0145REHK CL 75B BIS SUR 14F 05 ESTE AAA0186XZWW DG 3D 11A 85 ESTE MJ AAA0145SZRJ CL 75A SUR 11G 20 ESTE AAA0186ZXXS KR 18I 81B 11 SUR MJ 1 AAA0145UFEP CL 59 SUR 2C 39 ESTE AAA0190AWSK KR 116C 73C 17 MJ 1 AAA0145ULNX CL 55 SUR 2C 02 ESTE MJ AAA0190DUUH KR 124 73 18 MJ 1 AAA0145ZWPA KR 10 BIS ESTE 89 20 SUR AAA0190EMOE KR 125 73 57 MJ 1 AAA0146BEWF CL 87G SUR 9 15 ESTE AAA0190ZKZE CL 62 BIS A SUR 2 23 ESTE MJ AAA0146BJLF CL 88 BIS SUR 9 57 ESTE AAA0191KKXS CL 74C SUR 18 84 MJ AAA0146DNMR KR 2 ESTE 90A 27 SUR AAA0191OAAW CL 81C SUR 17F 03 MJ AAA0146JNRJ CL 89B SUR 7D 21 ESTE MJ AAA0194KARU KR 119B 73 07 MJ 1 AAA0146OCAW DG 98C SUR 6F 20 ESTE MJ AAA0194ZWTD KR 16 ESTE 30A 04 SUR MJ 12 AAA0146SKOM KR 7A ESTE 91 78 SUR MJ AAA0197JOAF LOTE 5 LA PRIMAVERA VDA QUIBA MJ AAA0146URHY KR 10 ESTE 107 17 SUR AAA0197JOBR LOTE 5 LA PRIMAVERA VDA QUIBA MJ AAA0147BNFT CL 71I BIS SUR 27 34 MJ AAA0197JOCX LOTE 5 LA PRIMAVERA VDA QUIBA MJ AAA0147BWAW CL 71J SUR 27B 33 MJ AAA0197JODM LOTE 5 LA PRIMAVERA VDA QUIBA MJ AAA0147CNLF KR 27A BIS 75B 34 SUR AAA0197NTUH LOTE 5 LA PRIMAVERA VDA QUIBA MJ AAA0147CUPP TV 26C BIS A 75B 70 SUR AAA0197NTWW LOTE 5 LA PRIMAVERA VDA QUIBA MJ 30 AAA0147CYXR KR 26F 75A 08 SUR AAA0197RMXR CL 93 SUR 18B 47 MJ AAA0147DDMS CL 81F SUR 17F 64 AAA0203LMMS KR 84A 56 48 SUR MJ 2 AAA0147EHYN DG 73A SUR 27C 26 AAA0204CXRJ KR 20D 65 98 SUR MJ AAA0147FBCX CL 72H SUR 26F 05 AAA0204DFHY KR 6 6 16 MJ 2 AAA0147FBUZ CL 72G SUR 26F 05 AAA0204DKEP DG 3B 0 56 ESTE AAA0147FCYN KR 26G 72G 09 SUR AAA0206DHNN CL 17C 134 70 MJ 53 AAA0147FHKL CL 73D BIS B SUR 27B 83 AAA0206DHPP CL 17C 134 70 MJ 172 AAA0147HTDM CL 71F SUR 27L 57 AAA0206DHRU CL 17C 134 70 MJ 227 AAA0147JYAW CL 71J SUR 27N 16 AAA0206DHSK CL 17C 134 70 MJ 242 AAA0147NONX DG 75C SUR 75J 21 MJ AAA0206DHYX CL 17C 134 70 MJ 335 AAA0147PRJH CL 75G SUR 73I 16 MJ AAA0206LDWF KR 1A 1C 02 MJ 39 AAA0147RLFT CL 66 SUR 77A 45 MJ 1 AAA0206SNDE CL 6A BIS A 3 13 MJ 173 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-173 • 2019 • NOVIEMBRE •12 OBJETO DIRECCIÓN DEL PREDIO OBJETO DIRECCIÓN DEL PREDIO AAA0147SFMR KR 76 BIS 67A 59 SUR MJ 1 AAA0207MDRU TV 61 68H 45 SUR MJ 2 AAA0147SNJZ CL 68A SUR 75L 11 MJ 1 AAA0209OAUH KR 12C ESTE 89A 65 SUR MJ AAA0147SPRJ CL 68B SUR 76B 20 MJ 1 AAA0209SADE CL 69A SUR 75H 16 MJ 1 AAA0147SZAW KR 75M 68C 72 SUR MJ 1 AAA0209SFOE TV 75L 75C 54 SUR MJ 1 AAA0147SZCN KR 75M 68C 60 SUR MJ 1 AAA0209SNFT CL 76A SUR 73C 04 MJ1 AAA0147TSXS CL 68 BIS SUR 77 10 MJ 1 AAA0209SWDE KR 77 A 64 A 07 SUR MJ 1 AAA0147UNNX KR 73L 76 19 SUR AAA0209WPYX KR 26 BIS 76B 61 SUR MJ AAA0147UNUH KR 73L 76 43 SUR AAA0209WXFT KR 26 BIS B 70M 08 SUR MJ AAA0147UXOM KR 74F 76 55 SUR AAA0209WXZM KR 26 BIS B 70M 05 SUR MJ AAA0147UYEA KR 75 76 72 SUR AAA0209XAAF KR 16 BIS B 78 51 SUR MJ AAA0147WBZE KR 75B 76 31 SUR AAA0209XAEA KR 16 BIS 78 03 SUR MJ AAA0147WZHK CL 76A SUR 72 21 AAA0209YJDM CL 59A SUR 3J 26 ESTE AAA0147XZNN KR 73L 77 86 SUR AAA0210CNNN CL 55 SUR 82B 69 IN 1 MJ 24 AAA0147YFFZ KR 74C 77 26 SUR AAA0210FWRU KR 100 50B 45 SUR IN 1 TO 8 AP 103 AAA0147YHMR KR 74C 77 29 SUR AAA0211HCNX CL 86A 112G 21 GJ 71 AAA0147YHXS KR 74F 77 72 SUR AAA0211NUBS KR 125 73 30 MJ 1 AAA0147YJTD KR 74G 77 80 SUR AAA0211NYZE KR 122 76 07 MJ 1 AAA0147YMHY KR 75B 77 56 SUR AAA0211OAHY KR 121 74 39 MJ 1 AAA0147YUHY KR 77B 62C 06 SUR AAA0214WBDM KR 13 152 35 DP 58 AAA0148BZFZ CL 78D SUR 16 87 MJ AAA0215CKNN KR 15 F 77 58 SUR MJ AAA0150JSDE CL 72B SUR 89A 22 MJ AAA0215WEJH KR 26C 71J 75 SUR MJ 013 AAA0150MDZE KR 78H BIS 73H 23 SUR MJ AAA0216BYMS CL 69 SUR 6 30 MJ AAA0150MNMR KR 78A BIS 73H 47 SUR MJ AAA0217DYDE KR 9 ESTE 87C 40 SUR MJ AAA0150MNYN DG 73H SUR 78A 03 MJ AAA0220RRZM KR 77C 69A 62 SUR MJ AAA0150PULF DG 73H SUR 79 08 MJ AAA0222HMCN CL 49 SUR 89B 73 MJ 222 AAA0153CWRJ CL 187B 2B 09 AAA0223BFOM LOTE 18 MZ 25 AAA0153CWZE CL 186D 2B 09 MJ AAA0223MZWF CL 2A SUR 5 04 MJ 22 AAA0153TPJZ CL 111 SUR 8D 72 ESTE AAA0223MZZM DG 57C SUR 81J 67 MJ AAA0154UWOE TV 82C BIS 34B 30 SUR MJ AAA0223RZAW CL 65B SUR 75L 85 MJ 1 AAA0156JSZE LOTE 12 PREDIO B4 HOYA TEUSACA AAA0225SHZM VILLAS DEL MAR MOCHUELO II MJ 6 AAA0156JTHY LOTE QUEBRADA HONDA M 1 AAA0227ZENN CL 138A SUR 14I 39 TO 6 AP 503 AAA0156KJJZ LT VACANTE OLLA TEUSACA 1 AAA0228ADCN DG 56 BIS SUR 84A 08 IN 1 DP 4 AAA0156KRDE PARQUE NAL. PREDIO 3 MJ. 30 AAA0228NTOE DG 50 SUR 5I 52 MJ 1 AAA0156KXSY LOS ARRAYANES 57 2M AAA0228NTWF DG 50 SUR 5I 52 MJ 7 AAA0156LAPA SANTO DOMINGO PTE LOS ANDES AAA0228NTXR DG 50 SUR 5I 52 MJ 8 AAA0156LHDM LA REQUILIMA 83 MY 1 AAA0228OFDE LOTE DE VIVIENDA VEREDA SAN JUAN AAA0156LTRU LOS RODAMONTES AAA0228RJLW CL 1A BIS A 1A 18 ESTE AAA0156LTSK TAQUECITOS 02 AAA0228USCX KR 20A ESTE 81A 18 SUR AAA0156LXJH LAS ANIMAS 70 AAA0229NELW KR 12H ESTE 89B 05 SUR MJ AAA0156LZMS LAGUNITAS LAS PALMAS AAA0230JZDE CL 45C 4 35 ESTE AAA0156LZTO EL BOSQUE AAA0231XFFT CL 43 SUR 11B 05 IN 13 AP 504 AAA0156MDTD BETANIA 10- BETANIA AAA0231YNRJ EL EDEN MJ 41 AAA0156MFAW BETANIA 68 BETANIA AAA0234ERTO KR 123 76 02 MJ 1 AAA0156MJKC EL PORVENIR AAA0234ESOM KR 123A 73 30 MJ 1 AAA0156MKTO LA ESPERANZA AAA0234FKCX KR 120C 76 14 MJ 1 AAA0156MNAW EL TRIUNFO RAIZAL AAA0234FMRU CL 73B 116C 61 MJ 1 AAA0156MNCN EL CILINDRO I RAIZAL AAA0234FMSK CL 73B 116C 25 MJ 1 AAA0156NAMR KR 26 70M 25 SUR MJ 1 AAA0235DYEP CL 85A SUR 80K 26 AAA0156NHEA TV 18R 69R 01 SUR MJ 21 AAA0235MFDE KR 98 2 32 ET 2 IN 7 AP 201 AAA0156NMBS LOTE N 2 QUIBA BAJO AAA0236AFUZ KR 7B 127A 80 DP 16 AAA0156NOMR LOTE 21 MZ C SEGUNDO SECTOR SAN AAA0238DHRJ CL 92B SUR 14D 15 MJ 24 AAA0156NPKL LOS ALPES AAA0239TKYN KR 11B ESTE 0 20 AAA0156NZEA QUIBA ALTA 0118 AAA0240FXLW NAPOLES AAA0156NZHY LOTE N 9 BRETANA QUIBA ALTO AAA0240PAMR DG 50 SUR 5I 72 MJ 11 AAA0156OLBS SAN LUIS MOCHUELO III AAA0240YBTD CL 77B 129 70 BQ 1 GS 290 AAA0156OPPA LA PALOMA AAA0241FSWF CL 79BIS A SUR 16 24 MJ REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673 • pP. 1-174 • 2019 • NOVIEMBRE •12 174 OBJETO DIRECCIÓN DEL PREDIO OBJETO DIRECCIÓN DEL PREDIO AAA0156OYRU KR 26 BIS B 70M 25 SUR MJ 1 AAA0241SOWW LT 18 PTE FINCA LAS LOMITAS- TIBABITA SUR MJ 73 AAA0156RFJH LA ROSA TUNA RURAL AAA0241XFAW CL 2 11B 20 ESTE AAA0156SAFT BUENOS AIRES MJ 13 TIBABITA AAA0242BHKL CL 92B SUR 13F 41 ESTE MJ AAA0156SMKL LA MESETA MJ 27 AAA0242OKKL KR 73D 77 27 SUR MJ AAA0156SZJZ PUERTO SOL- LAS VEGAS AAA0242ZEJZ KR 18 183 50 DP 32 AAA0156TDZM EL GILGUERO - SANTO DOMINGO AAA0242ZJUZ DG 50 SUR 5I 72 MJ 13 AAA0156TEKC LA ESPERANZA CHORRERAS AAA0243EJUZ KR 26 BIS 76B 05 SUR MJ AAA0156TLNN LAS ROSAS LAGUNITAS AAA0244JPSK KR 57 159 11 GJ 111 AAA0156TMHK EL ROSAL - TUNAL BAJO AAA0244YZYN DG 50 SUR 5 I 52 MJ OSCAR ANDRES RUEDA FERREIRA JEFE DE OFICINA DE CONTROL MASIVO SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO 175 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6673• pP. 1-175 • 2019 • NOVIEMBRE •12

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar