Registro Distrital 6600 de 2019
Registro Distrital 6600 de 2019 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 6600
- Año
- 2019
- Fecha
- 22 de julio de 2019
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 51 Número 6600 2019 • JULIO • 22 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2019 SECRETARÍA DE HACIENDA Resolución Número SDH-000167 (Julio 18 de 2019)
“Atentamente y en atención a su petición de la referen cia, a través de la cual solicita se le informe si el auto de 7 de marzo de 2019, dictado en el proceso radicado bajo el No. 110010325000201601189 00(5266-2016), actor: Clara Cecilia López Barragán, se encuentra ejecutoriado y en firme, le informo que contra ese auto se solicitó aclaración o corrección del mismo y el proceso entró al despacho el 22 de marzo de 2019 para resolverla.
“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en cumplimiento a un fallo de acción de tutela”
LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE BOGOTÁ D.C. en uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto Es de aclarar, que de acuerdo a lo establecido en el artículo 302 del Código General del Proceso: “… Cuando se pida aclaración o complementación de una providencia sólo quedará ejecutoriada una vez resuelta la solicitud…” de conformidad con lo expuesto, dicho levantamiento de la medida no se encuentra en firme.
1227 de 2005 y el Decreto 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que no obstante lo anterior, la Comisión Nacional del Servicio Civil remitió la lista de elegibles correspon diente al empleo OPEC No. 213110, para verificación por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda del cumplimiento de requisitos, la cual fue devuelta sin exclusiones. Dentro de la lista de elegibles aparece el nombre del señor Oscar Fernando Romero Villanueva en el puesto quinto para el cargo de Profesional Uni versitario código 219 grado 01.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC – 20192130021885 del 4 de abril de 2019, “Por la cual se conforma la Lista de Elegibles para proveer seis (6) vacantes del empleo de carrera identificado con código OPEC No. 213110, denomina do Profesional Universitario Código, 219 Grado 01, del Sistema General de Carrera de la Secretaría Distrital de Hacienda, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015 - SDH”
Que la Secretaría Distrital de Hacienda remitió oficio a la Comisión Nacional del Servicio Civil el 12 de abril de 2019, reiterando la solicitud de no continuar con la etapa correspondiente del concurso de méritos, hasta tanto quede ejecutoriado el referido Auto de revocatoria del Consejo de Estado. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 del Código General del Proceso ya señalado.
Que respecto de la citada Convocatoria se decretó una medida cautelar de suspensión que fue revocada por el Consejo de Estado mediante auto del 07 de marzo de 2019, sin embargo, el día 22 de marzo de 2019 de la misma anualidad, ingresó al despacho una solicitud de aclaración y corrección de dicha decisión la cual no ha sido resuelta.
Que el Juzgado Cincuenta y Dos (52) Administrativo del Circuito de Bogotá D.C. – Sección Segunda notifi có a esta Secretaría mediante comunicado del 16 de julio de 2019, que dentro de la acción de tutela No. 11001-33-42-052-2109-00271-00 interpuesta por el señor ÓSCAR FERNANDO ROMERO VILLANUEVA, se profirió la siguiente decisión:
Que el día 5 de abril de 2019, frente a la solicitud de la SDH sobre la ejecutoriedad y firmeza del Auto de fecha 7 de marzo de 2019, la Secretaría de la Sección Segunda del Consejo de Estado, a través de correo electrónico oficial de notificaciones, da respuesta en los siguientes términos:
1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6600 • pP. 1-1 • 2019 • JULIO • 22 “PRIMERO. TUTELAR los derechos fundamentales al trabajo, debido proceso, acceso a cargos públicos e igualdad del señor OSCAR FERNANDO ROMERO VI LLANUEVA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.110.454.571, vulnerados por la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá D.C., por las razones señaladas en la parte considerativa de este fallo. meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 2.2.6.25 del Decreto 1083 de 2015, al final del cual le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfac toria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.
Artículo 3°.
El señor ÓSCAR FERNANDO ROME RO VILLANUEVA, de conformidad con los artículos 2.2.5.5.6 y 2.2.5.7.1 del Decreto 1083 de 2015, tendrá diez (10) días hábiles, a partir de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta y diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación.
Artículo 4°.
Remitir copia de esta resolución al Juzgado Cincuenta y Dos (52) Administrativo del Cir cuito Judicial de Bogotá D.C. - a la Subdirección de Servicios de TIC a la Subdirección del Talento Humano y a la Historia Laboral del señor ÓSCAR FERNANDO ROMERO VILLANUEVA.
SEGUNDO. ORDENAR al representante legal de la Secretaria Distrital de Hacienda de Bogotá D.C., o a quien haga sus veces, que respetando el estricto orden de la lista de elegibles conformada a través de la Resolución No. CNSC-20192130021885 del 4 de abril de 2019, en cumplimiento del artículo 2.2.6.21 del Decreto 1083 de 2015 y dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente decisión, nombre en periodo de prueba a señor ÓSCAR FERNANDO ROMERO VILLANUEVA, en el cargo de Profesional Universitario código 219 grado 01, ofertado por la Secretaría Distrital de Ha cienda en la Convocatoria 328 de 2015 con el código OPEC No. 213110, quien ocupó el quinto lugar de la mencionada lista.
Artículo 5°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que mediante Resolución No. SDH-000162 del 17 de julio de 2019, se ordenó dar cumplimiento al fallo proferido en la Acción de Tutela No.11001-33-42-052- 2109-00271-00, Accionante OSCAR FERNANDO ROMERO VILLANUEVA.
Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del mes de julio de dos mil diecinueve (2019.
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda Resolución Número SDH-000171 (Julio 19 de 2019)
Que la Subdirección del Talento Humano verificó el cumplimiento de los requisitos señalados en la Reso lución No. SDH-000101 del 15 de abril de 2015, “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Cargos de la Secretaría Distrital de Hacienda”, para el empleo, Profesional Universitario código 219 grado 01, Subdirección de Servicios de TIC de la Dirección de Informatica y Tecnologia.
En mérito de lo expuesto, “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en cumplimiento a un fallo de acción de tutela”
RESUELVE:
LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE BOGOTÁ D.C. en uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1227 de 2005 y el Decreto 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Artículo 1º.
Dar cumplimiento al fallo de acción de tutela No. No. 11001-33-42-052-2019-00271-00 y, en consecuencia, nombrar en período de prueba dentro de la Carrera Administrativa al señor ÓSCAR FERNAN DO ROMERO VILLANUEVA, identificado con cédula de ciudadanía No.1.110.454.571 para desempeñar el cargo de Profesional Universitario código 219 grado 01, Subdirección de Servicios de TIC de la Dirección de Informática y Técnologia, de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda, con una asignación básica mensual de $ 2.344.847.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC – 20192130016545 del 18 de marzo de 2019, “Por la cual se conforma la Lista de Elegibles para proveer una (1) vacante del empleo de carrera identificado con código OPEC No. 212862, denominado Profesional Universitario, Código, 219
Artículo 2º.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6600 • pP. 1-2 • 2019 • JULIO • 22 2 Grado 18, del Sistema General de Carrera de la Se cretaría Distrital de Hacienda, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015 - SDH” notificó a esta Secretaría mediante comunicado del 12 de julio de 2019, que dentro de la acción de tutela No. 110013335018201900283-00 interpuesta por el señor LUIS CARLOS LOZADA ELIZALDE, se profirió la siguiente decisión:
Que respecto de la citada Convocatoria se decretó una medida cautelar de suspensión que fue revocada por el Consejo de Estado mediante auto del 07 de marzo de 2019, sin embargo, el día 22 de marzo de 2019 de la misma anualidad, ingresó al despacho una solicitud de aclaración y corrección de dicha decisión la cual no ha sido resuelta.
“PRIMERO. TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso, trabajo, acceso a cargos públicos en virtud del mérito y los principios de confianza legítima y buena fe, cuyo amparo invoca el accionante, con fundamento en las consideraciones que anteceden.
Que el día 5 de abril de 2019, frente a la solicitud de la SDH sobre la ejecutoriedad y firmeza del Auto de fecha 7 de marzo de 2019, la Secretaría de la Sección Segunda del Consejo de Estado, a través de correo electrónico oficial de notificaciones, da respuesta en los siguientes términos:
SEGUNDO. ORDENAR a la SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA, que en el término de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, expida el acto de nombramiento en periodo de prueba del señor LUIS CARLOS LOZADA ELIZALDE, iden tificado con cédula de ciudadanía No.1.019.022.687, previa verificación de los requisitos para su vinculación y nombramiento, en el empleo Profesional Universitario código 219 grado 18, en la planta de personal de dicha entidad, bajo el Código OPEC No. 212862 y continué con el trámite respectivo.
“Atentamente y en atención a su petición de la referen cia, a través de la cual solicita se le informe si el auto de 7 de marzo de 2019, dictado en el proceso radicado bajo el No. 110010325000201601189 00(5266-2016), actor: Clara Cecilia López Barragán, se encuentra ejecutoriado y en firme, le informo que contra ese auto se solicitó aclaración o corrección del mismo y el proceso entró al despacho el 22 de marzo de 2019 para resolverla.
Que mediante Resolución No. SDH-000163 del 17 de julio de 2019, se ordenó dar cumplimien to al fallo proferido en la Acción de Tutela No. 110013335018201900283-00, Demandante LUIS CARLOS LOZADA ELIZALDE Es de aclarar, que de acuerdo a lo establecido en el artículo 302 del Código General del Proceso: “… Cuando se pida aclaración o complementación de una providencia sólo quedará ejecutoriada una vez resuelta la solicitud…” de conformidad con lo expuesto, dicho levantamiento de la medida no se encuentra en firme.
Que la Subdirección del Talento Humano verificó el cumplimiento de los requisitos señalados en la Reso lución No. SDH-000101 del 15 de abril de 2015, “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Plan ta de Cargos de la Secretaría Distrital de Hacienda”, para el empleo, Profesional Universitario código 219 grado 18, Oficina de Análisis y Control de Riesgo del Despacho del Secretario Distrital de Hacienda.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que no obstante lo anterior, la Comisión Nacional del Servicio Civil remitió la lista de elegibles correspon diente al empleo OPEC No. 212862, para verificación por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda del cumplimiento de requisitos, la cual fue devuelta sin exclusiones. Dentro de la lista de elegibles aparece el nombre del señor LUIS CARLOS LOZADA ELIZALDE en el puesto primero para el cargo de Profesional Uni versitario código 219 grado 18.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda remitió oficio a la Comisión Nacional del Servicio Civil el 12 de abril de 2019, reiterando la solicitud de no continuar con la etapa correspondiente del concurso de méritos, hasta tanto quede ejecutoriado el referido Auto de revocatoria del Consejo de Estado. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 del Código General del Proceso ya señalado.
Artículo 1º.
Dar cumplimiento al fallo de acción de tutela No. No. 110013335018201900283-00 y, en consecuencia, nombrar en período de prueba dentro de la Carrera Administrativa al señor LUIS CARLOS LOZADA ELIZALDE, identificado con cédula de ciu dadanía No.1.019.022.687 para desempeñar el cargo de Profesional Universitario código 219 grado 18, Oficina de Análisis y Control de Riesgo del Despacho del Secretario Distrital de Hacienda, de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda, con una asignación básica mensual de $ 3.497.848.
Que el Juzgado Dieciocho (18) Administrativo de Ora lidad del Circuito de Bogotá D.C. – Sección segunda-
Artículo 2º.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6)
3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6600 • pP. 1-3 • 2019 • JULIO • 22
CONSIDERANDO:
meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 2.2.6.25 del Decreto 1083 de 2015, al final del cual le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfac toria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.
Artículo 3°.
El señor LUIS CARLOS LOZADA ELIZALDE de conformidad con los artículos 2.2.5.5.6 y 2.2.5.7.1 del Decreto 1083 de 2015, tendrá diez (10) días hábiles, a partir de la comunicación del nombra miento, para manifestar si acepta y diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación.
Artículo 4°.
Remitir copia de esta resolución al Juzgado Dieciocho (18) Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá D.C. – Sección Segunda- a la Ofici na de Análisis y Control de Riesgo, a la Subdirección del Talento Humano y a la Historia Laboral del señor LUIS CARLOS LOZADA ELIZALDE.
Artículo 5°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días Que, de acuerdo con el Decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el pro ceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L. en sus artículos 37°. Excedentes Financieros “Se define el excedente financiero de cada F.D.L. como saldo sin comprometer del presupuesto de gastos des pués de realizar el ajuste presupuestal por cierre. Los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local son de propiedad del Distrito. El Consejo Distri tal de Política Económica y Fiscal CONFIS, en cada vigencia fiscal determina la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del Presupuesto Distrital, con destinación a los mismos Fondos y artículo 38°. Distribución de Excedentes Financieros con Criterio de Eficiencia “Los excedentes financieros de los F.D.L. se distribuirá entre las localidades con criterio de eficiencia, por parte del CONFIS, Al momento del ajuste, si la situación fiscal del Distrito lo permite, se entregarán estos recursos atendiendo al grado de cumplimiento de las metas establecidas en la matriz de Producto, Metas y Resul tados y las necesidades apremiantes no financiadas que determine el CONFIS. El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS al adoptar las determinaciones de este Articulo deberá considerar el concepto del Alcalde Local correspondiente sobre las implicaciones económicas y financieras de la distribu ción de excedentes financieros propuestos. del mes de julio de dos mil diecinueve (2019).
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda DECRETO LOCAL DE 2019 ALCALDÍA LOCAL DE CHAPINERO Decreto Local Número 07 (Julio 18 de 2019)
“POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Y Que la Administración Local presentó a consideración de la Junta Administradora Local de Chapinero el Proyecto de Acuerdo Local “POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Y DE GASTOS E INVERSION DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CHAPINE RO PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 01 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019”, con radicado N° 20195220101541 del 04 de junio de 2019, recibido en la Junta Administradora Local de Chapinero el 5 de junio de 2019 y el radicado N° 20195220106611 del 10 de junio de 2019, recibido en la Junta Administradora Local de Chapinero el 11 de junio de 2019.
DE GASTOS E INVERSION DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CHAPINERO PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 01 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019”.
Que la Junta Administradora Local de Chapinero apro bó en Acuerdo Local N° 002 de 2019 del 27 de junio de 2019. “POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Y DE GASTOS E INVERSION DEL FONDO DE DESARRO LLO LOCAL DE CHAPINERO PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 01 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019”.
EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto Ley 1421/93. Decreto Distrital 714 de 1996 y el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto 2010, y, Que el citado proyecto de acuerdo fue discutido, debatido y aprobado en 2 sesiones de la Junta Ad REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6600 • pP. 1-4 • 2019 • JULIO • 22 4 ministradora Local de Chapinero, según radicado N°2019521010465-2 del 10 de julio de 2019, Oficio N° 166-2019 y sancionado por el Alcalde Local de Chapinero el 18 de julio de 2019.
Artículo segundo.
Adiciónese al presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2019, en la suma de MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.965.000.000). conforme al siguiente detalle:
3.3 INVERSIÓN VALOR 3.3.1 DIRECTA $1.965.000.000 3.3.1.15 Bogotá Mejor Para Todos $1.965.000.000 3.3.1.15.01 Pilar igualdad de calidad de vida $1.465.000.000 $1.465.000.000 Que el Concejo Local de Políticas Económicas y Fiscal CONFIS mediante la circular N° 02 de 2019, oficio N° 2-2019-31880; “Determinación y distribu ción de excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2018”, comunico que el CONFIS, en sesiones N°06 y 07 celebradas los días 6 y 16 de mayo de 2019, determinó, que de acuerdo a los artículos 37° y 38 del Decreto Distrital 372 de 2010, resolvió la cuantía de los excedentes financieros generados al cierre de la vigencia 2018 por los 20 Fondos de Desarrollo Local, en $65.008.548.442.
3.3.1.15.01.04 Familias protegidas y adaptadas al cambio climático 3.3.1.15.01.04.1296 $1.465.000.000 Reducción y mitigación del riesgo frente al cambio climático.
Que, mediante comunicación Nº 2-2019-34969 del 4 de junio de 2019, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable sobre la asignación de los excedentes financieros de la Localidad de Chapinero.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, 3.3.1.15.07 $500.000.000 Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia
ACUERDA:
3.3.1.15.07.45 $500.000.000 Gobernanza e influencia local, regional e internacional 3.3.1.15.07.45.1304 $500.000.000 Gobernanza y fortalecimiento del desarrollo institucional.
TOTAL $1.965.000.000
Artículo primero.
Adiciónese al Presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, para la vigilancia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2019, la suma de MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.965.000.000). de conformidad al siguiente detalle:
DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige desde de la fecha de su publicación.
CÓDIGO CONCEPTO VALOR ADICIÓN RENTAS E INGRESOS $1.965.000.000 El presente Decreto Local es sancionado por el Alcalde Local de Chapinero a los dieciocho (18) días del mes de julio de dos mil diecinueve (2019).
2 INGRESOS $1.965.000.000 HERNANDO JOSÉ QUINTERO MAYA 2.4. Recursos del Balance $1.965.000.000 Alcalde Local de Chapinero 2.4.7. Excedentes Financieros $1.965.000.000 2.4.7.03 Fondos de Desarrollo Local $1.965.000.000 TOTAL, INGRESOS $1.965.000.000 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6600 • pP. 1-5 • 2019 • JULIO • 22
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