Registro Distrital 6575 de 2019
Registro Distrital 6575 de 2019 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 6575
- Año
- 2019
- Fecha
- 13 de junio de 2019
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 51 Número 6575 2019 • JUNIO • 13 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2019 SECRETARÍA DE MOVILIDAD Resolución Número 267 (Junio 12 de 2019)
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamen tario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera.
“POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”
EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la normatividad vigente aplicable, la Secretaría Distrital de Movilidad una vez identificadas las vacantes defi nitivas dentro de su planta de personal, adelantó pre viamente el proceso de verificación de requisitos para otorgamiento de situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que ostentan los funcionarios con derechos de carrera administrativa. las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que de conformidad con lo anterior y una vez culmi nado el proceso de provisión de vacantes definitivas mediante situación administrativa de encargo con funcionarios de carrera administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad identificó la necesidad de reali zar la provisión de las vacantes definitivas restantes del proceso de encargos, mediante nombramiento provisional.
Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que mientras se surte el proceso de selección a través del sistema de mérito resulta jurídicamente procedente realizar la provisión excepcional de las vacantes defi nitivas mediante nombramiento provisional.
Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera administrativa con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la misma.
Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, está sometido a una condición resolutoria específica (mientras se surte el proceso de selección, hasta que se produzca el nombramiento en periodo de prueba, reemplazo de lista de elegible resultante de concurso de méritos o por el tiempo que dure la situación administrativa) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.
1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-1 • 2019 • JUNIO • 13 de candidatos (as) para ocupar las vacantes resul tantes del proceso de encargos, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa lo son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requieren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) per sona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.
Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, los siguientes funcionarios cumplen con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio de los empleos de la planta global de la Secretaría Distrital de Movilidad con vacancia defi nitiva, los cuales debe ser provistos por necesidades del servicio de la siguiente manera:
N° NOMBRES Y APELLIDOS IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA MANUAL DE FUNCIONES - IDENTIFICACIÓN 1 MARIA DEL PILAR FORERO PICO 1.010.174.110 Profesional Especializado 222 19 SUBSECRETARÍA DE POLITICA DE MOVILIDAD 222-19-01 2 ALEXANDRA SILVA 220-222-19-01 MOYANO 1.026.561.975 Profesional Especializado 222 19 DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN DE LA MOVILIDAD 3 SERGIO RICARDO ROJAS GUTIERREZ 1.013.615.522 Profesional Especializado 222 19 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-222-19-02 4 PAOLA BIBIANA 510-222-19-01 52.386.351 Profesional Especializado 222 19 DIRECCIÓN DE REPRESENTACIÓN GAITAN RODRIGUEZ JUDICIAL 5 LUZ YANETH 52.150.281 Profesional Especializado 222 19 SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 612-222-19-01 ESPINOSA PERDOMO 6 AYDA MARISOL LOAIZA CASTAÑO 1.010.171.995 Profesional Universitario 219 15 DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE COBRO 219-15-01 7 NELSON ANDRES OVALLE 219-15-01 1.022.365.835 Profesional Universitario 219 15 FERNANDEZ DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE TRÁNSITO Y CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 8 RAFAEL ALBERTO CASTRO CAICEDO 1.019.081.859 Profesional Universitario 219 13 SUBDIRECCIÓN DE TRANSPORTE PRIVADO 222-219-13-01 9 MARILYN PLESTED SALAZAR 52.517.577 Profesional Universitario 219 12 SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 612-219-12-05 10 LIZETH ELIANA QUIROGA MORENO 52380720 Profesional Universitario 219 1 SUBDIRECCIÓN FINANCIERA 611-219-01-01 11 MONICA ANDREA CASTAÑEDA 510-367-04-01 1.012.408.560 Técnico Administrativo 367 4 DIRECCIÓN DE REPRESENTACIÓN MORENO JUDICIAL REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-2 • 2019 • JUNIO • 13 2
RESUELVE:
Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a las personas antes mencionadas en las vacantes definitivas de la planta global de em pleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
En mérito de lo expuesto,
Artículo primero.
Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a las siguientes personas mediante nombramiento en provisionalidad en los empleos que se indican a continuación.
N° NOMBRES Y APELLIDOS IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA MANUAL DE FUNCIONES - IDENTIFICACIÓN 1 MARIA DEL PILAR DE POLITICA DE 222-19-01 FORERO PICO 1.010.174.110 Profesional Especializado 222 19 SUBSECRETARÍA MOVILIDAD 2 ALEXANDRA SILVA 220-222-19-01 MOYANO 1.026.561.975 Profesional Especializado 222 19 DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN DE LA MOVILIDAD 3 SERGIO RICARDO ROJAS GUTIERREZ 1.013.615.522 Profesional Especializado 222 19 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-222-19-02 4 PAOLA BIBIANA 510-222-19-01 52.386.351 Profesional Especializado 222 19 DIRECCIÓN DE REPRESENTACIÓN GAITAN RODRIGUEZ JUDICIAL 5 LUZ YANETH 52.150.281 Profesional Especializado 222 19 SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 612-222-19-01 ESPINOSA PERDOMO 6 AYDA MARISOL LOAIZA CASTAÑO 1.010.171.995 Profesional Universitario 219 15 DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE COBRO 219-15-01 DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE 7 NELSON ANDRES OVALLE 219-15-01 1.022.365.835 Profesional Universitario 219 15 TRÁNSITO Y CONTROL DE FERNANDEZ TRÁNSITO Y TRANSPORTE 222-219-13-01 8 RAFAEL ALBERTO CASTRO CAICEDO 1.019.081.859 Profesional Universitario 219 13 SUBDIRECCIÓN DE TRANSPORTE PRIVADO 9 MARILYN PLESTED SALAZAR 52.517.577 Profesional Universitario 219 12 SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 612-219-12-05 10 LIZETH ELIANA QUIROGA MORENO 52380720 Profesional Universitario 219 1 SUBDIRECCIÓN FINANCIERA 611-219-01-01 11 MONICA ANDREA CASTAÑEDA 510-367-04-01 1.012.408.560 Técnico Administrativo 367 4 DIRECCIÓN DE REPRESENTACIÓN MORENO JUDICIAL
Artículo segundo.
El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y no genera derechos de carrera administrativa.
conformidad con la potestad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurisprudencia Constitucional y Contencioso Administrativa.
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Parágrafo 1. Al cumplirse la condición resolutoria
(culminación del proceso de selección, hasta que se produzca el nombramiento en periodo de prueba o reemplazo de lista de elegible resultante de concurso de méritos) el nombramiento realizado mediante el artículo anterior quedara automáticamente sin efecto y el funcionario retirado del servicio.
Dada en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del mes de junio de dos mil diecinueve (2019).
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN PARÁGRAFO 2: Antes de cumplirse la condición resolutoria correspondiente de los nombramientos provisionales efectuados mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motiva da, podrá darlos por terminados de conformidad de Secretario Distrital de Movilidad 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-3 • 2019 • JUNIO • 13 Resolución Número 268 (Junio 12 de 2019)
“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administrativas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.
EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”
EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y
CONSIDERANDO:
Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la vacante temporal en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Talento Humano mediante situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carrera administrativa, encontrando que aunque existen funcionarios de carrera administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocupar la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.
Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de no viembre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.
Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la regla mentación de la respectiva carrera.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compilado por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Consejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expediente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requieren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.
Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Talento Humano de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad se encuentra en vacancia temporal derivado de la situación administrativa de encargo concedida mediante Resolución No. 212 del 23 de mayo de 2019 a su titular NUBIA JANETH ÁVILA MORENO identifi cada con la cédula de ciudadanía No. 23.621.320 con derechos de carrera administrativa.
Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.
Que al encontrarse en vacancia temporal por encargo de su titular en un empleo de superior jerarquía, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Talento Humano de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio.
Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones administrativas REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-4 • 2019 • JUNIO • 13 4 En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a ZULMA TATIANA PEÑA OTALORA identificad con cédula de ciudadanía 1.012.333.183 mediante nom bramiento en provisionalidad en empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Talento Humano de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.
Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, se tiene que la señora ZULMA TATIANA PEÑA OTALORA identificad con cédula de ciudadanía 1.012.333.183 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Talento Humano de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.
Artículo segundo.
El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a la siguiente funcionaria:
Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a ZULMA TATIANA PEÑA OTALO RA en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA NUBIA JANETH AVILA 620-219-15-02 MORENO 23.621.320 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO Resolución Número 269 (Junio 12 de 2019)
“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”
Parágrafo. Antes de cumplirse la condición reso
lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad con la potestad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurisprudencia Constitucional y Contencioso Administrativa.
EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.
DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y Dada en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del mes de junio de dos mil diecinueve (2019)
CONSIDERANDO:
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-5 • 2019 • JUNIO • 13 para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.
Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18 asignado a la Dirección de Contratación de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad se encuentra en vacancia temporal derivado de la situación administrativa de encargo concedida mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a su titular CLAUDIA DURÁN SÁNCHEZ iden tificada con la cédula de ciudadanía No. 52.700.583 con derechos de carrera administrativa.
Que al encontrarse en vacancia temporal por encargo de su titular en un empleo de superior jerarquía, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 asignado a la Dirección de Contratación de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movili dad, requiere ser provisto por necesidades del servicio.
Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones admi nistrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administra tivas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.
Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, se tiene que la señora MARÍA FERNANDA BOTIA BOTIA identificada con cédula de ciudadanía 40.048.373 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 asignado a la Dirección de Contratación de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movili dad que se encuentra en vacancia temporal.
Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la va cante temporal en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 asignado a la Dirección de Con tratación mediante situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carrera administrativa, encontrando que aunque existen funcionarios de carre ra administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocupar la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.
Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a MARÍA FERNANDA BOTIA BOTIA en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.
Artículo primero.
Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a MARÍA FERNANDA BOTIA BOTIA identificada con
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-6 • 2019 • JUNIO • 13 6
Artículo segundo.
El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a la siguiente funcionaria:
cédula de ciudadanía 40.048.373 mediante nombra miento en provisionalidad en empleo Profesional Uni versitario Código 219 Grado 18 asignado a la Dirección de Contratación de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.
FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA CLAUDIA DURÁN SÁNCHEZ 52.700.583 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 18 DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN 530-219-18-01 Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Parágrafo. Antes de cumplirse la condición reso
lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad con la potestad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurisprudencia Constitucional y Contencioso Administrativa.
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.
Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del mes de junio de dos mil diecinueve (2019)
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad Resolución Número 270 Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 12 asignado a la Subdirección Administrativa de la planta global de empleos de la Secretaría Dis trital de Movilidad se encuentra en vacancia temporal derivado de la situación administrativa de encargo concedida mediante Resolución No. 049 del 15 de fe brero de 2019 a su titular NEYFI RUBIELA MARTÍNEZ GUAUTA identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.811.316 con derechos de carrera administrativa.
(Junio 12 de 2019)
“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”
Que al encontrarse en vacancia temporal por encargo de su titular en un empleo de superior jerarquía, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 12 asignado a la Subdirección Administrativa de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio.
EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones administrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administrativas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.
Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-7 • 2019 • JUNIO • 13 de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo. adelantó el trámite administrativo de provisión de la va cante temporal en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 12 asignado a la Subdirección Admi nistrativa mediante situación administrativa de encar go, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carrera administrativa, encontrando que aunque existen funcionarios de carre ra administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocupar la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.
Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.
Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Infor mación Distrital del Empleo y la Administración Pública
- SIDEAP, se tiene que el señor CÉSAR AUGUSTO GUERRERO HERNÁNDEZ identificado con cédula de ciudadanía 79.546.460 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 12 asignado a la Subdirección Administrativa de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.
Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a CÉSAR AUGUSTO GUERRERO HERNÁNDEZ en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.
Artículo primero.
Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a CÉSAR AUGUSTO GUERRERO HERNÁNDEZ identi ficado con cédula de ciudadanía 79.546.460 mediante nombramiento en provisionalidad en empleo Profe sional Universitario Código 219 Grado 12 asignado a la Subdirección Administrativa de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.
Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento
Artículo segundo.
El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a la siguiente funcionaria:
FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA NEYFI RUBIELA MARTINEZ GUAUTA 51.811.316 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 12 SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 612-219-12-04 establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurisprudencia Constitucional y Contencioso Administrativa.
Parágrafo. Antes de cumplirse la condición reso
lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad con la potestad normativa REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-8 • 2019 • JUNIO • 13 8
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.
cada con la cédula de ciudadanía No. 79.362.456 con derechos de carrera administrativa.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del mes de junio de dos mil diecinueve (2019)
Que al encontrarse en vacancia temporal por encargo de su titular en un empleo de superior jerarquía, el em pleo Técnico Operativo Código 314 Grado 04 asignado a la Dirección de Contratación de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requie re ser provisto por necesidades del servicio.
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad Resolución Número 271 (Junio 12 de 2019)
“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones admi nistrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administra tivas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.
TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”
EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y
CONSIDERANDO:
Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la va cante temporal en el empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 04 asignado a la Dirección de Contratación mediante situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carrera administrativa, encon trando que aunque existen funcionarios de carrera administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocupar la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.
Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.
Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.
Que el empleo de Técnico Operativo Código 314 Gra do 04 asignado a la Dirección de Contratación de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad se encuentra en vacancia temporal derivado de la situación administrativa de encargo concedida mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a su titular EDUARDO RINCÓN NEIRA identifi Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-9 • 2019 • JUNIO • 13 Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a WILMER FABIÁN GUALDRON TOSSE en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.
Artículo primero.
Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a WILMER FABIÁN GUALDRON TOSSE identificado con cédula de ciudadanía 1.015.425.502 mediante nombramiento en provisionalidad en empleo Téc nico Operativo Código 314 Grado 04 asignado a la Dirección de Contratación de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.
Artículo segundo.
El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIO NAL y hasta por el término de la situación adminis trativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 al siguiente funcionario:
Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, se tiene que el señor WILMER FABIÁN GUALDRON TOSSE identificado con cédula de ciudadanía 1.015.425.502 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 04 asig nado a la Dirección de Contratación de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.
FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA EDUARDO RINCÓN NEIRA 79.362.456 TÉCNICO OPERATIVO 314 04 DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN 530-314-04-01 Resolución Número 272 (Junio 12 de 2019)
“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”
Parágrafo. Antes de cumplirse la condición reso
lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad con la potestad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurisprudencia Constitucional y Contencioso Administrativa.
EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.
DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y Dada en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del mes de junio de dos mil diecinueve (2019)
CONSIDERANDO:
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-10 • 2019 • JUNIO • 13 10 Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una con dición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.
Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.
Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Gestión de Cobro de la planta global de empleos de la Secreta ría Distrital de Movilidad se encuentra en vacancia temporal derivado de la situación administrativa de encargo concedida mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a su titular DIANA MARITZA VÁSQUEZ BARATO identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.777.126 con derechos de carrera administrativa.
Que al encontrarse en vacancia temporal por encargo de su titular en un empleo de superior jerarquía, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Gestión de Cobro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio.
Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones admi nistrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administra tivas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.
Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, se tiene que la señora TATIA NA SOLER BAUTISTA identificada con cédula de ciudadanía 1.013.599.551 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Gestión de Cobro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.
Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la vacante temporal en el empleo Profesional Universi tario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Gestión de Cobro mediante situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carre ra administrativa, encontrando que aunque existen funcionarios de carrera administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocu par la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.
Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a TATIANA SOLER BAUTISTA en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-11 • 2019 • JUNIO • 13 En mérito de lo expuesto, Gestión de Cobro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.
RESUELVE:
Artículo segundo.
El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a la siguiente funcionaria:
Artículo primero.
Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a TATIANA SOLER BAUTISTA identificada con cédula de ciudadanía 1.013.599.551 mediante nombramiento en provisionalidad en empleo Profesional Universita rio Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de
FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA DIANA MARITZA VASQUEZ GESTIÓN DE 540-219-15-01 BARATO 39.777.126 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 DIRECCIÓN DE COBRO
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Parágrafo. Antes de cumplirse la condición reso
lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad con la potestad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurisprudencia Constitucional y Contencioso Administrativa.
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del mes de junio de dos mil diecinueve (2019)
Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad Resolución Número 273 (Junio 12 de 2019)
“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 08 asignado a la Subdirección Administrativa de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad se encuentra en vacancia temporal derivado de la situación administrativa de encargo concedida mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a su titular DORIS CORREA CABRERA iden tificada con la cédula de ciudadanía No. 51.640.872 con derechos de carrera administrativa.
TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”
EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial Que al encontrarse en vacancia temporal por encargo de su titular en un empleo de superior jerarquía, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 08 asignado a la Subdirección Administrativa de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio. las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones admi REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-12 • 2019 • JUNIO • 13 12 candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo. nistrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administra tivas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.
Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la va cante temporal en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 08 asignado a la Subdirección Admi nistrativa mediante situación administrativa de encar go, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carrera administrativa, encontrando que aunque existen funcionarios de carre ra administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocupar la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.
Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, se tiene que la señora RAÚL AN TONIO ACOSTA GARZÓN identificado con cédula de ciudadanía 80.200.360 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 08 asignado a la Subdirección Administrativa de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.
Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombra miento.
Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a RAÚL ANTONIO ACOSTA GARZÓN en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.
Artículo primero.
Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a RAÚL ANTONIO ACOSTA GARZÓN identificado con cédula de ciudadanía 80.200.360 mediante nombramiento en provisionalidad en empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 08 asignado a la Subdirección Administrativa de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.
Artículo segundo.
El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a la siguiente funcionaria:
Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA DORIS CORREA CABRERA 51.640.872 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 08 SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 612-219-08-02 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-13 • 2019 • JUNIO • 13 Que el numeral 8 del artículo 1o. del Decreto Distrital 101 de 2004 asignó a los Secretarios de Despacho, la competencia para efectuar la distribución de los cargos de la planta de personal.
Que de acuerdo con lo señalado en los literales g) y h) del artículo 3o. del Decreto Distrital No.411 de 2016, son funciones del Despacho del Secretario de Gobierno, entre otras, las siguientes:
Parágrafo. Antes de cumplirse la condición reso
lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad con la potestad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurisprudencia Constitucional y Contencioso Administrativa.
RTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.
* Dirigir y coordinar los procesos estratégicos, mi sionales, de apoyo y de evaluación y control de la Secretaría, orientados a garantizar el cumpli miento de su misión institucional.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
* Expedir los actos administrativos que sean nece sarios para el cabal cumplimiento de las funciones de la Secretaría Distrital de Gobierno.
Dada en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del mes de junio de dos mil diecinueve (2019)
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad SECRETARÍA DE GOBIERNO Que el artículo 4o. del Decreto Distrital No.412 de 2016, modificado por los Decretos Distritales Nos.543 de 2017 y 506 de 2018, señala que la Secretaría Dis trital de Gobierno cuenta, para cumplir sus funciones institucionales, con una planta de empleos conformada por 1.009 empleos, de los cuales 1.002 corresponden a la planta global.
Resolución Número 0394 (Junio 7 de 2019)
“Por la cual se adopta la distribución de los cargos de la planta de empleos de la Secretaría Que con el objetivo de dar cabal cumplimiento a los planes, programas y proyectos en desarrollo de la misión institucional, en especial los relacionados con las Alcaldías Locales e Inspecciones de Policía, la Secretaría Distrital de Gobierno debe distribuir los empleos de la planta de personal de acuerdo con las necesidades del servicio.
Distrital de Gobierno”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE GOBIERNO, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las que le confieren el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 8 del artículo 1o.
Que mediante Resolución No. 0283 del 3 de mayo 2019, se efectuó la distribución de los cargos de la planta de empleos previstos en el Decreto Distrital No. 412 de 2016, modificado por los Decretos Distritales Nos.543 de 2017 y 506 de 2018. del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que, por necesidades del servicio, se hace necesario expedir un nuevo acto administrativo que efectúe la distribución de los empleos de la planta global de la Secretaría Distrital de Gobierno.
Que, en mérito de lo expuesto, Que la Secretaría Distrital de Gobierno, para el buen desarrollo de la función y el servicio público a su cargo, debe disponer lo pertinente en materia de administra ción del recurso humano.
RESUELVE:
Que la Ley 489 de 1998, en su artículo 115, dispone que “(...) el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. (…)”
Artículo 1o.
Adoptar la distribución de los cargos de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Gobierno, según se indica a continuación:
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO No. DE EMPLEOS
1. DESPACHO DEL SECRETARIO DE GOBIERNO
Secretario de Despacho 020 09 1 Asesor 105 07 6 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-14 • 2019 • JUNIO • 13 14 DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO No. DE EMPLEOS Secretario Ejecutivo 425 27 2 Secretario 440 17 1 SUBTOTAL 10 1.1. CONSEJO DE JUSTICIA Consejero de Justicia 032 06 9 Profesional Especializado 222 19 1 Profesional Universitario 219 18 1 Profesional Universitario 219 15 1 Profesional Universitario 219 12 2 Auxiliar Administrativo 407 27 1 Auxiliar Administrativo 407 13 1 SUBTOTAL 16 1.2. ALCALDÍAS LOCALES 1.2.1. ALCALDÍA LOCAL DE USAQUÉN Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 2 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 5 Profesional Universitario 219 18 4 Profesional Universitario 219 15 4 Profesional Universitario 219 12 2 Secretario Ejecutivo 425 27 2 Auxiliar Administrativo 407 27 4 Auxiliar Administrativo 407 20 1 Auxiliar Administrativo 407 19 8 Secretario 440 17 3 Secretario 440 16 1 Conductor 480 13 1 Auxiliar Administrativo 407 13 2 SUBTOTAL 40 1.2.2. ALCALDÍA LOCAL DE CHAPINERO Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 2 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 4 Profesional Especializado 222 19 1 Profesional Universitario 219 18 4 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 12 3 Técnico Operativo 314 19 1 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Auxiliar Administrativo 407 27 4 Auxiliar Administrativo 407 20 5 Auxiliar Administrativo 407 19 3 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-15 • 2019 • JUNIO • 13 DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO No. DE EMPLEOS Auxiliar Administrativo 407 13 1 Conductor 480 13 1 SUBTOTAL 34 1.2.3. ALCALDÍA LOCAL DE SANTA FE Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 2 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 5 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 12 2 Auxiliar Administrativo 407 27 6 Auxiliar Administrativo 407 20 4 Auxiliar Administrativo 407 19 6 Auxiliar Administrativo 407 13 4 Conductor 480 13 1 Auxiliar Administrativo 407 06 1 SUBTOTAL 38 1.2.4. ALCALDÍA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 2 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 4 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 12 3 Auxiliar Administrativo 407 27 2 Auxiliar Administrativo 407 20 1 Auxiliar Administrativo 407 19 7 Secretario 440 16 1 Auxiliar Administrativo 407 13 1 Conductor 480 13 1 SUBTOTAL 29 1.2.5. ALCALDÍA LOCAL DE USME Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 2 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 4 Profesional Especializado 222 19 1 Profesional Universitario 219 18 4 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 12 2 Técnico Operativo 314 12 1 Auxiliar Administrativo 407 27 1 Auxiliar Administrativo 407 20 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-16 • 2019 • JUNIO • 13 16 DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO No. DE EMPLEOS Auxiliar Administrativo 407 19 5 Auxiliar Administrativo 407 13 1 SUBTOTAL 27 1.2.6. ALCALDÍA LOCAL DE TUNJUELITO Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 2 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 3 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 12 2 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Auxiliar Administrativo 407 27 4 Auxiliar Administrativo 407 20 2 Auxiliar Administrativo 407 19 3 Secretario 440 17 1 SUBTOTAL 25 1.2.7. ALCALDÍA LOCAL DE BOSA Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 3 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 4 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 15 4 Profesional Universitario 219 12 2 Técnico Operativo 314 19 1 Auxiliar Administrativo 407 27 3 Auxiliar Administrativo 407 20 4 Auxiliar Administrativo 407 19 6 Secretario 440 17 1 Auxiliar Administrativo 407 13 1 Conductor 480 13 1 SUBTOTAL 34 1.2.8. ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 3 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 7 Profesional Universitario 219 18 4 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 12 2 Técnico Operativo 314 12 2 Secretario Ejecutivo 425 27 3 Auxiliar Administrativo 407 27 6 Secretario Ejecutivo 425 26 1 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-17 • 2019 • JUNIO • 13 DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO No. DE EMPLEOS Auxiliar Administrativo 407 20 2 Auxiliar Administrativo 407 19 10 Secretario 440 16 1 Auxiliar Administrativo 407 13 4 Auxiliar Administrativo 407 06 1 SUBTOTAL 50 1.2.9. ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBÓN Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 2 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 4 Profesional Universitario 219 18 4 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 12 4 Técnico Operativo 314 19 1 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Auxiliar Administrativo 407 27 4 Auxiliar Administrativo 407 20 4 Auxiliar Administrativo 407 19 3 Secretario 440 17 1 Secretario 440 16 1 Conductor 480 13 1 SUBTOTAL 34 1.2.10. ALCALDÍA LOCAL DE ENGATIVÁ Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 3 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 7 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 15 4 Profesional Universitario 219 12 3 Técnico Operativo 314 19 1 Técnico Operativo 314 12 2 Secretario Ejecutivo 425 27 2 Auxiliar Administrativo 407 27 7 Auxiliar Administrativo 407 20 3 Auxiliar Administrativo 407 19 9 Auxiliar Administrativo 407 13 1 Conductor 480 13 1 SUBTOTAL 47 1.2.11. ALCALDÍA LOCAL DE SUBA Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 3 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-18 • 2019 • JUNIO • 13 18 DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO No. DE EMPLEOS Profesional Universitario 219 18 5 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 12 3 Técnico Operativo 314 12 3 Secretario Ejecutivo 425 27 2 Auxiliar Administrativo 407 27 6 Auxiliar Administrativo 407 20 5 Auxiliar Administrativo 407 19 9 Secretario 440 17 2 Secretario 440 16 2 SUBTOTAL 51 1.2.12. ALCALDÍA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 2 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 4 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 12 2 Técnico Operativo 314 19 1 Técnico Operativo 314 12 1 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Auxiliar Administrativo 407 27 9 Secretario Ejecutivo 425 26 1 Auxiliar Administrativo 407 20 2 Secretario 440 19 1 Auxiliar Administrativo 407 19 4 Auxiliar Administrativo 407 13 1 SUBTOTAL 36 1.2.13. ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 2 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 4 Profesional Universitario 219 18 5 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 12 3 Auxiliar Administrativo 407 27 9 Auxiliar Administrativo 407 19 3 Auxiliar Administrativo 407 13 2 Conductor 480 13 1 SUBTOTAL 33 1.2.14. ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES Alcalde Local 030 05 1 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-19 • 2019 • JUNIO • 13 DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO No. DE EMPLEOS Profesional Especializado 222 24 2 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1ª. Categoría 233 23 3 Profesional Especializado 222 19 1 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 12 2 Técnico Operativo 314 19 1 Auxiliar Administrativo 407 27 2 Auxiliar Administrativo 407 20 4 Auxiliar Administrativo 407 19 2 Secretario 440 17 2 Conductor 480 13 1 SUBTOTAL 27 1.2.15. ALCALDÍA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 2 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 3 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 12 2 Auxiliar Administrativo 407 27 3 Auxiliar Administrativo 407 20 2 Auxiliar Administrativo 407 19 5 Secretario 440 17 2 Auxiliar Administrativo 407 13 2 SUBTOTAL 28 1.2.16. ALCALDÍA LOCAL DE PUENTE ARANDA Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 2 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 5 Profesional Especializado 222 19 1 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 12 1 Auxiliar Administrativo 407 27 7 Auxiliar Administrativo 407 20 2 Auxiliar Administrativo 407 19 6 Auxiliar Administrativo 407 13 1 Conductor 480 13 1 SUBTOTAL 33 1.2.17. ALCALDÍA LOCAL DE LA CANDELARIA Alcalde Local 030 05 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-20 • 2019 • JUNIO • 13 20 DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO No. DE EMPLEOS Profesional Especializado 222 24 2 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 1 Profesional Universitario 219 18 4 Profesional Universitario 219 15 4 Profesional Universitario 219 12 1 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Auxiliar Administrativo 407 27 4 Auxiliar Administrativo 407 19 2 Secretario 440 17 2 Conductor 480 13 1 SUBTOTAL 23 1.2.18. ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 3 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 4 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 15 4 Profesional Universitario 219 12 3 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Auxiliar Administrativo 407 27 2 Auxiliar Administrativo 407 20 2 Auxiliar Administrativo 407 19 10 Secretario 440 17 1 SUBTOTAL 34 1.2.19. ALCALDÍA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR Alcalde Local 030 05 1 Profesional Especializado 222 24 3 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 3 Profesional Especializado 222 19 2 Profesional Universitario 219 18 2 Profesional Universitario 219 15 4 Profesional Universitario 219 12 2 Corregidor 227 12 2 Técnico Operativo 314 12 2 Auxiliar Administrativo 407 27 3 Auxiliar Administrativo 407 20 1 Auxiliar Administrativo 407 19 5 Secretario 440 17 1 Auxiliar Administrativo 407 13 2 Operario 487 09 1 SUBTOTAL 34 1.2.20. ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ Alcalde Local 030 05 1 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-21 • 2019 • JUNIO • 13 DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO No. DE EMPLEOS Profesional Especializado 222 24 2 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 15 2 Profesional Universitario 219 12 2 Corregidor 227 12 3 Auxiliar Administrativo 407 27 1 Auxiliar Administrativo 407 19 1 Auxiliar Administrativo 407 13 1 SUBTOTAL 16 1.3. OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN Jefe de Oficina Asesora de Planeación 115 07 1 Profesional Especializado 222 24 2 Profesional Especializado 222 19 2 Profesional Universitario 219 18 4 Profesional Universitario 219 15 1 Profesional Universitario 219 12 3 Auxiliar Administrativo 407 27 2 SUBTOTAL 15 1.4. OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones 115 07 1 Profesional Universitario 219 18 1 Profesional Universitario 219 12 2 Auxiliar Administrativo 407 20 2 Secretario 440 17 1 SUBTOTAL 7 1.5. OFICINA DE CONTROL INTERNO Jefe de Oficina 006 07 1 Profesional Especializado 222 24 1 Profesional Universitario 219 15 2 Auxiliar Administrativo 407 27 2 SUBTOTAL 6 1.6. OFICINA DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS Jefe de Oficina 006 07 1 Profesional Especializado 222 24 4 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 15 10 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Auxiliar Administrativo 407 27 2 SUBTOTAL 21 1.7. DIRECCIÓN DE RELACIONES POLÍTICAS Director Técnico 009 07 1 Profesional Especializado 222 30 1 Profesional Universitario 219 18 2 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-22 • 2019 • JUNIO • 13 22 DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO No. DE EMPLEOS Auxiliar Administrativo 407 19 1 Secretario 440 16 2 Auxiliar Administrativo 407 13 1 SUBTOTAL 8
1. 8. DIRECCIÓN JURÍDICA
Director Técnico 009 07 1 Profesional Especializado 222 30 1 Profesional Especializado 222 24 4 Profesional Universitario 219 18 2 Profesional Universitario 219 15 2 Profesional Universitario 219 12 1 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Auxiliar Administrativo 407 27 2 Auxiliar Administrativo 407 20 1 Secretario 440 17 1 SUBTOTAL 16
2. SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN LOCAL
Subsecretario de Despacho 045 08 1 Profesional Especializado 222 30 2 Profesional Especializado 222 24 2 Profesional Especializado 222 19 1 Profesional Universitario 219 15 1 Auxiliar Administrativo 407 27 2 Auxiliar Administrativo 407 20 1 SUBTOTAL 10 2.1. DIRECCIÓN PARA LA GESTIÓN DEL DESARROLLO LOCAL Director Técnico 009 07 1 Profesional Especializado 222 24 1 Profesional Universitario 219 18 6 Profesional Universitario 219 15 3 Técnico Operativo 314 19 1 Auxiliar Administrativo 407 19 1 Secretario 440 17 1 Secretario 440 16 1 SUBTOTAL 15 2.2. DIRECCIÓN PARA LA GESTIÓN POLICIVA Director Técnico 009 07 1 Profesional Especializado 222 30 1 Profesional Especializado 222 24 2 Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1a. Categoría 233 23 1 Profesional Especializado 222 19 1 Profesional Universitario 219 18 2 Profesional Universitario 219 15 6 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-23 • 2019 • JUNIO • 13 DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO No. DE EMPLEOS Profesional Universitario 219 12 1 Técnico Operativo 314 19 1 Técnico Administrativo 367 12 1 Auxiliar Administrativo 407 27 2 Auxiliar Administrativo 407 20 2 Auxiliar Administrativo 407 19 2 Secretario 440 16 1 SUBTOTAL 24
3. SUBSECRETARÍA PARA LA GOBERNABILIDAD Y LA GARANTÍA DE DERECHOS
Subsecretario de Despacho 045 08 1 Profesional Especializado 222 19 1 Profesional Universitario 219 18 2 Auxiliar Administrativo 407 20 1 Auxiliar Administrativo 407 06 1 SUBTOTAL 6 3.1. DIRECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS Director Técnico 009 07 1 Profesional Especializado 222 24 2 Profesional Universitario 219 15 3 Auxiliar Administrativo 407 27 2 Auxiliar Administrativo 407 19 1 SUBTOTAL 9 3.1.1. SUBDIRECCIÓN DE ASUNTOS DE LIBERTAD RELIGIOSA Y DE CONCIENCIA Subdirector Técnico 068 06 1 Profesional Universitario 219 15 2 Auxiliar Administrativo 407 19 1 Secretario 440 16 1 SUBTOTAL 5 3.1.2. SUBDIRECCIÓN DE ASUNTOS ÉTNICOS Subdirector Técnico 068 06 1 Profesional Especializado 222 24 1 Profesional Universitario 219 18 1 Auxiliar Administrativo 407 20 1 Auxiliar Administrativo 407 13 1 SUBTOTAL 5 3.2. DIRECCIÓN DE CONVIVENCIA Y DIÁLOGO SOCIAL Director Técnico 009 07 1 Profesional Universitario 219 18 4 Profesional Universitario 219 12 1 Auxiliar Administrativo 407 20 1 Auxiliar Administrativo 407 19 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-24 • 2019 • JUNIO • 13 24 DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO No. DE EMPLEOS Secretario 440 17 1 Auxiliar Administrativo 407 13 1 SUBTOTAL 10
4. SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
Subsecretario de Despacho 045 08 1 Profesional Especializado 222 24 1 Profesional Universitario 219 15 2 Profesional Universitario 219 12 2 Secretario Ejecutivo 425 27 3 Auxiliar Administrativo 407 27 8 Auxiliar Administrativo 407 20 3 Auxiliar Administrativo 407 19 11 Secretario 440 17 2 Auxiliar Administrativo 407 13 1 SUBTOTAL 34 4.1. DIRECCIÓN DE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO Director Técnico 009 07 1 Profesional Especializado 222 24 3 Profesional Especializado 222 19 1 Profesional Universitario 219 18 2 Profesional Universitario 219 15 2 Profesional Universitario 219 12 5 Técnico Operativo 314 19 1 Técnico Operativo 314 17 1 Secretario Ejecutivo 425 27 1 Auxiliar Administrativo 407 27 4 Auxiliar Administrativo 407 20 2 Auxiliar Administrativo 407 19 4 Secretario 440 17 1 Secretario 440 16 1 Auxiliar Administrativo 407 13 4 SUBTOTAL 33 4.2. DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Director Técnico 009 07 1 Profesional Universitario 219 18 3 Profesional Universitario 219 15 1 Profesional Universitario 219 12 2 Técnico Operativo 314 19 1 Técnico Operativo 314 17 1 Técnico Operativo 314 12 1 Auxiliar Administrativo 407 20 3 Auxiliar Administrativo 407 19 5 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-25 • 2019 • JUNIO • 13 DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO No. DE EMPLEOS Secretario 440 17 1 Conductor Mecánico 482 14 2 Auxiliar Administrativo 407 13 4 Conductor 480 13 11 Operario 487 09 1 Operario 487 05 1 SUBTOTAL 38 4.3. DIRECCIÓN FINANCIERA Director Técnico 009 07 1 Profesional Especializado 222 24 1 Profesional Universitario 219 18 4 Profesional Universitario 219 12 2 Técnico Operativo 314 19 2 Técnico Operativo 314 15 1 Auxiliar Administrativo 407 27 2 SUBTOTAL 13 4.4. DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS E INFORMACIÓN Director Técnico 009 07 1 Profesional Especializado 222 24 2 Profesional Especializado 222 23 2 Profesional Universitario 219 18 5 Profesional Universitario 219 15 3 Profesional Universitario 219 12 3 Técnico Operativo 314 19 3 Técnico Operativo 314 17 2 Auxiliar Administrativo 407 27 2 Auxiliar Administrativo 407 20 1 SUBTOTAL 24 4.5. DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN Director Técnico 009 07 1 Profesional Universitario 219 18 4 Profesional Universitario 219 15 1 Profesional Universitario 219 12 2 Auxiliar Administrativo 407 19 3 SUBTOTAL 11 TOTAL 1.009 Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días del mes de junio de dos mil diecinueve (2019).
Artículo 2o.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución No. 0283 de 2019.
IVÁN ELIÉCER CASAS RUIZ Secretario Distrital de Gobierno PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-26 • 2019 • JUNIO • 13 26 SECRETARÍA DE HACIENDA No. 1 con 11 Registros, Anexo No. 2 con 61 Registros, Anexo No. 3 con 46 Registros.
Resolución Número 1539-DDI-
Artículo 3º.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:
023524,2019EE 118370 (Junio 11 de 2019)
OFICINA TIPO DE ACTO COBRO PREJURÍDICO “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE PARTE artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”
EL JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES CONTROL MASIVO LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE LIQUIDACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.
Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponer se ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Sub dirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.
CONSIDERANDO:
Acto(s) administrativo(s) del anexo No.2:
OFICINA TIPO DE ACTO COBRO COACTIVO RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE PROCESO Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.
COBRO PREJURÍDICO RESOLUCIÓN FACILIDAD DE PAGO AUTO DE ARCHIVO EMPLAZAMIENTO PARA CONTROL MASIVO DECLARAR Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Docu mentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias REQUERIMIENTO ESPECIAL AUTO DE ARCHIVO EMPLAZAMIENTO PARA Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1, No. 2 y No. 3 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.
DECLARAR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Que, en consideración a lo expuesto, REQUERIMIENTO ESPECIAL
RESUELVE:
LIQUIDACIÓN AUTO DE ARCHIVO
Artículo 1º.
Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1, No. 2 y No. 3 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.
Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 3:
Artículo 2º.
Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo
27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-27 • 2019 • JUNIO • 13 OFICINA TIPO DE ACTO
Artículo 4º.
Esta Resolución rige a partir de su publicación.
COBRO COACTIVO MANDAMIENTO DE PAGO Dada en Bogotá, D.C., a los once (11) días del mes de junio de dos mil diecinueve (2019).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
JENY PATRICIA CHOLO CAMARGO Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.
Profesional Universitario Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Firma delegada mediante Resolución No. DDI-001661 del La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 16.
01 de febrero de 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-28 • 2019 • JUNIO • 13 28 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 503 30/5/2019 DESCONOCIDO 503 30/5/2019 DESCONOCIDO SUR 4/6/2019 CERRADO SUR 28/5/2019 CERRADO SUR 28/5/2019 CERRADO SUR 28/5/2019 CERRADO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO DE AFORO 22/05/2019 2014, 2015, 2016 KR 78A 58I 11 DE AFORO 22/05/2019 2014, 2015, 2016 KR 78A 58I 11 DE AFORO 22/05/2019 2014, 2015, 2016 KR 78A 58I 11 DE AFORO 20/05/2019 2014, 2015 CL 7A 70 71 28/5/2019 CERRADO DE REVISIÓN 8/05/2019 2015 AC 19 14 21 30/5/2019 NO RESIDE LICITUD DE PARTE 14/05/2019 2011 KR 35 B 10 A 59 LICITUD DE PARTE 15/05/2019 2012, 2013, 2014 KR 8 12 21 OF LICITUD DE PARTE 21/05/2019 2014 CL 22 H 112 A 40 31/5/2019 NO RESIDE LICITUD DE PARTE 21/05/2019 2010, 2013 KR 23 86 06 30/5/2019 CERRADO LICITUD DE PARTE 16/05/2019 2014 KR 12 16 07 27/5/2019 DESCONOCIDO LICITUD DE PARTE 14/05/2019 2010, 2013, 2014 KR 8 12 21 OF PRESCRIPCIÓN A SO- PRESCRIPCIÓN A SO- PRESCRIPCIÓN A SO- PRESCRIPCIÓN A SO- PRESCRIPCIÓN A SO- PRESCRIPCIÓN A SO- PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO Profesional Universitario NOTIFICACIÓN POR AVISO ENTE IDENTIFI- 830.053.630 PREDIAL AAA0139NXHK LIQUIDACIÓN OFICIAL CACIÓN DEL CONTRIBUY- JENY PATRICIA CHOLO CAMARGO los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso. las actuaciónes administrativas objeto de la presente publicación.
Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal CAMILO 1.030.548.032 VEHÍCULOS ALU58 LIQUIDACIÓN OFICIAL GIRALDO 24.323.346 PREDIAL AAA0086JSKC RESOLUCIÓN DE MONTAÑA 50.181 VEHÍCULOS AE3311 LIQUIDACIÓN OFICIAL MONTAÑA 50.181 VEHÍCULOS AG9906 LIQUIDACIÓN OFICIAL MONTAÑA 50.181 VEHÍCULOS AL4561 LIQUIDACIÓN OFICIAL PATRIMONIO NOMBRE DEL REMANENTES Y CAMILO LTDA 900.068.004 PREDIAL AAA0041WWMR RESOLUCIÓN DE AUTONOMO DE BUENO GARZON 1.031.132.130 PREDIAL AAA0160CMAW RESOLUCIÓN DE Y/O APODERADO EN LIQUIDACIO N CONTRIBUYENTE DIAZ RODRIGUEZ 5.765.286 VEHÍCULOS NEQ504 RESOLUCIÓN DE VERA GUALTEROS 52.853.291 PREDIAL AAA0077OOUZ RESOLUCIÓN DE DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1539-DDI-023524 DEL 11 DE JUNIO DE 2019 Firma delegada mediante Resolución No. DDI-001661 del 01 de febrero de 2018 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ No.
El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
CORDIS No. DE En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
No.
CIÓN Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la RESOLU- DDI018777 2019EE95472 201501100100062128 CARLOS ARTURO DDI019309 2019EE103369 201601100394009740 ALFONSO CRUZ DDI019309 2019EE103369 201601100394009740 ALFONSO CRUZ DDI019309 2019EE103369 201601100394009740 ALFONSO CRUZ DDI018946 2019EE98307 201403100100103289 CARLOS AUGUSTO DDI018896 2019EE96352 2017011001202035041 CRL PROJECT LTDA 830.112.712 PREDIAL AAA0087LMHY RESOLUCIÓN DE DDI018770 2019EE95465 201311004037 INVERSIONES EDWIN DDI019176 2019EE101443 201901800300014468 OLGA PATRICIA RI- DDI019180 2019EE101451 201311006737 YOLANDA GONZALEZ DDI019146 2019EE100938 201803100313048639 VEGA AMAYA FREDI DDI017989 2019EE90114 201801200300066719 Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de Que los Jefes de la Oficina de Cobro Prejurídico de la Subdirección de Recaudación,Cobro y Cuenta Corrientes, la Oficina de Control Masivo de la Subdireccion de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Determinación, profiríeron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, 29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-29 • 2019 • JUNIO • 13 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA 14/5/2019 NO RESIDE 17/5/2019 CERRADO DEVOLUCIÓN SUR 4/6/2019 CERRADO CA 8 30/5/2019 NO RESIDE 27 05 4/6/2019 NO RESIDE HONDA (TOLIMA)
CL 6 B SUR LA HABANA SUR AP 302 31/5/2019 CERRADO (ANTIOQUIA)
37 51 AP 1802 MEDELLIN NOTIFICACIÓN MZ G CS 8 BRR PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO CHIVO 20/05/2019 2016-4, 5 CL 51 90A 10 DE ACTO DECLARAR 7/05/2019 2014, 2016 DECLARAR 07/05/2019 2014, 2015, 2016 DECLARAR 8/05/2019 2015-4, 5, 6, 2016-1, 2, 6 CL 16 I 107 A 21 28/5/2019 DESCONOCIDO TO ESPECIAL 21/05/2019 2017 CL 22A 44B 25 29/5/2019 CERRADO TO ESPECIAL 24/05/2019 2015 KR 7D 127 28 TO ESPECIAL 20/05/2019 2017 CL 8 3 42 28/5/2019 DESCONOCIDO TO ESPECIAL 20/05/2019 2017 CL 8 3 42 28/5/2019 DESCONOCIDO TO ESPECIAL 28/05/2019 2017 KR 6 49 D 43 TO ESPECIAL 28/05/2019 2017 CL 47 A SUR TO ESPECIAL 15/05/2019 2017 CL 91 9 16 30/5/2019 NO RESIDE ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO DEL ENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO 39.705.088 ICA N/A EMPLA- CONTRIBUY- IDENTIFICACIÓN LEGAL TIA LOPEZ 21.191.732 PREDIAL AAA0131OYOM REQUERIMIEN- TIA LOPEZ 21.191.732 PREDIAL AAA0131PASK REQUERIMIEN- DEZ NANCY 40.374.624 PREDIAL AAA0254AAXS REQUERIMIEN- LUZ STELLA NOMBRE DEL PINTO PARDO 19.300.310 VEHÍCULOS DAG920 EMPLA- NINFA YOLIMA 52.294.763 PREDIAL AAA0021SZSK REQUERIMIEN- RALES ALVARO 7.221.168 PREDIAL AAA0101DBXR REQUERIMIEN- BLANCA LILIANA 52.178.284 PREDIAL AAA0138KBFZ REQUERIMIEN- DULCEY CORZO 13.516.144 ICA NA AUTO DE AR- Y/O APODERADO GALINDO ORTIZ - GILBERTO ALIRIO 3.274.384 PREDIAL AAA0073WLCN REQUERIMIEN- CONTRIBUYENTE REPRESENTANTE AMAYA PERDOMO 14.320.842 VEHÍCULOS DAG137 EMPLA- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1539-DDI-023524 DEL 11 DE JUNIO DE 2019 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ No. profiríeron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.
CORDIS No. DE El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
NA 2019EE101627 2019012003151012031 GARZON ALFONSO NA 2019EE105746 201903100300014502 MARTINEZ MO- NA 2019EE89630 201903100300011745 EDGARD ARTURO NA 2019EE100977 2019012003115008519 YIRA YIZNEY ESPI- NA 2019EE100977 2019012003115008519 YIRA YIZNEY ESPI- NA 2019EE90496 2018021002214080175 NA 2019EE96348 2019012003148012013 PARDO HERNAN- NA 2019EE100523 201902200381004451 MANUEL EMIRO NA 2019EE88832 201903100300011705 JUAN MANUEL NA 2019EE107175 2019012003162014202 VANEGAS ROMERO NA 2019EE107169 2019012003162014199 DIAZ HERNANDEZ No.
CIÓN RESOLU- Que los Jefes de la Oficina de Cobro Coactivo, la Oficina de Cobro Prejurídico de la Subdirección de Recaudación,Cobro,y Cuentas Corrientes,la Oficina de Control Masivo de la Subdireccion de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina General de Fiscalización y la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Determinación, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-30 • 2019 • JUNIO • 13 30 13/5/2019 DESCONOCIDO 131 29/5/2019 NO RESIDE 701 30/5/2019 NO RESIDE D 19 28/5/2019 DESCONOCIDO SUR 31/5/2019 NO RESIDE AP 102 28/5/2019 CERRADO AP 503 28/5/2019 CERRADO OF 405 28/5/2019 NO RESIDE
- META) 28/5/2019 CERRADO
PARAISO 30/5/2019 DESCONOCIDO D ESTE LOS CL 31 13B 02 LOCAL 102 BR CONJ RINCON CENCIO (META)
ROSAL VILLAVI- (VILLAVICENCIO CHIVO 7/05/2019 2012 CL 49 30 56 CHIVO 21/05/2019 2013-6 AK 49B 102A 41 27/5/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 8/05/2019 2016-5, 6 CL 66 A 17 20 27/5/2019 NO RESIDE DECLARAR 8/05/2019 2015-1, 2, 4, 2016-1, 2, 5, 6 TV 19 A 98 12 DECLARAR 8/05/2019 2016-3 KR 18 22 C 33 DECLARAR 8/05/2019 2015-2, 3, 4, 5, 6, 2016-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 81 D 24 B 08 27/5/2019 NO RESIDE DECLARAR 8/05/2019 2016-5, 6 CL 38 A SUR 68 DECLARAR 7/05/2019 2014, 2016 DECLARAR 8/05/2019 2015-3, 4, 5, 6, 2016-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 84 A 75 80 DECLARAR 8/05/2019 2016-6 CL 143 50 67 27/5/2019 DESCONOCIDO TO ESPECIAL 21/05/2019 2018 KR 19 9 11 LC TO ESPECIAL 21/05/2019 2018 CL 65 29 28 29/5/2019 NO RESIDE TO ESPECIAL 15/05/2019 2017 CL 89 12 14 AP TO ESPECIAL 21/05/2019 2017 KR 53 37 A 56 DE PROCESO 17/05/2019 2004 CL 37 A 19 B 41 TERMINACIÓN ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA NOTIFICACIÓN POR AVISO 79.521.964 ICA N/A EMPLA- 830.041.883 RETEICA NA AUTO DE AR- LTDA 830.015.908 ICA N/A EMPLA- LEGAL TAPIAS 91.279.504 VEHÍCULOS BMD487 REQUERIMIEN- RAMIREZ 79.469.441 VEHÍCULOS HJT666 REQUERIMIEN- ERRI JAIME 79.143.391 PREDIAL AAA0254AAXS REQUERIMIEN- FUNSABIAM FUNDACION CONTABLES 822.001.710 PREDIAL AAA0083EFZM AUTO DE AR- Y SISTEMAS LIQUIDACION 800.066.220 ICA N/A EMPLA- LIQUIDACION 800.066.220 ICA N/A EMPLA- NIETO GOMEZ 77.155.524 VEHÍCULOS DAG005 EMPLA- MAURICIO VIL- GROUP SAS EN GROUP SAS EN CALLE ORTEGA 79.322.410 VEHÍCULOS BDH490 RESOLUCIÓN DE PARA LA SALUD MAN BERMUDEZ GAVIRIA CHAVEZ 59.861.287 VEHÍCULOS NER428 REQUERIMIEN- MORENO RODRI- LA BIOETICA Y EL GUEZ - GERENTE 52.615.882 ICA N/A EMPLA- MEDIO AMBIENTE LALBA CALDERON
- REPRESENTANTE
STRUCCIONES SAS 830.057.940 ICA N/A EMPLA- UIDACION JUDICIAL 830.058.286 ICA N/A EMPLA- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1539-DDI-023524 DEL 11 DE JUNIO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2019EE90635 2019021002114008487 TANQUES Y CON- NA 2019EE90648 2019021002140011451 ANTEK SAS EN LIQ- NA 2019EE96348 2019012003148012013 SALAZAR ECHEV- NA 2019EE101567 201903200300014402 JOAQUIN HEL- NA 2019EE90226 2018021002214080172 PROMACOM PAK NA 2019EE90218 2019021002114008488 DIMENSIONAL NA 2019EE90236 2018021002214080235 NA 2019EE102290 201831100100067744 NA 2019EE90218 2019021002114008488 DIMENSIONAL NA 2019EE101540 201903200300014397 JOSE ANTONIO NA 2019EE89644 201903100300011740 JHONNY ANDRES NA 2019EE101589 201903200300014411 NUBIA YOLANDA NA 2019EE90508 2018021002214080194 CLAUDIA PATRICIA DDI017941 2019EE89641 201701200305037603 PROYECTOS DDI019013 2019EE99436 2014EE175593 ANDRES CAMILO 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-31 • 2019 • JUNIO • 13 15/5/2019 NO RESIDE PI 2 27/5/2019 NO RESIDE A 26 27/5/2019 NO RESIDE N 09 29/5/2019 DESCONOCIDO AP 50 4/6/2019 CERRADO 73 I 04 27/5/2019 DESCONOCIDO 87 L 21 31/5/2019 NO RESIDE 87 L 21 31/5/2019 NO RESIDE OF 103 27/5/2019 NO RESIDE SUR IN 2 28/5/2019 DESCONOCIDO (BOLIVAR)
DE AGOSTO 28/5/2019 NO RESIDE CARTAGENA Cl 10 2-30 L-05 BARRIO SIETE Edif Torremolinos DECLARAR 24/05/2019 2016-6 CL 63B 77A 53 30/5/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 8/05/2019 2015-1, 2, 3, 4, 6, 2016-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 103 A 131 DECLARAR 7/05/2019 2014 DECLARAR 8/05/2019 2016-5 CL 40 SUR 78 DECLARAR 8/05/2019 2016-5 KR 51 97 A 24 DECLARAR 8/05/2019 2015-1, 2, 3, 4, 2016-1, 2 CL 17 A 96 G 21 28/5/2019 NO RESIDE DECLARAR 8/05/2019 2015-1, 2, 3, 4, 5, 6, 2016-1, 2, 3, 4, 5 TV 1 D 77 74 DECLARAR 8/05/2019 2016-5, 6 CL 75 D SUR DECLARAR 8/05/2019 2015-1, 3, 4, 5, 6 KR 37 38 79 DECLARAR 8/05/2019 2016-6 KR 72 B 48 31 DECLARAR 8/05/2019 2015-1, 2, 3, 2016-3, 4 KR 15 91 30 28/5/2019 NO RESIDE TO ESPECIAl 30/05/2019 2017 DG 73 B SUR TO ESPECIAl 30/05/2019 2017 DG 73 B SUR TO ESPECIAL 21/05/2019 2017 CL 135A 109 27 29/5/2019 NO RESIDE TO ESPECIAL 28/05/2019 2017 CL 60 15A 17 ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA NOTIFICACIÓN POR AVISO 900.315.018 ICA N/A EMPLA- 830.100.433 PREDIAL AAA0130YYCX REQUERIMIEN- E U 830.515.260 PREDIAL AAA0119ZORU REQUERIMIEN- SAS 900.168.187 ICA N/A EMPLA- LTDA 830.105.616 ICA N/A EMPLA- ACCION PET SAS 830.134.444 ICA N/A EMPLA- ENTAL SAS 830.096.733 ICA N/A EMPLA- GENA LTDA 890.402.677 VEHÍCULOS CYT195 EMPLA- CONFESION CIONES SAS 830.143.870 ICA N/A EMPLA- ACOSTA SAS ARQUITECTO CRISTIANOS EN VLADIMIR ALEX- RELIGIOSA CREA SIGMA SA EN LIQ- ANDER CAMARGO REORGANIZACION 860.027.136 PREDIAL AAA0074LTTD REQUERIMIEN- REORGANIZACION 860.027.136 PREDIAL AAA0074JZXS REQUERIMIEN- ALICAS VILLAREAL SUZUKI DE CARTA- Y SERVICIOS ARCI- EMPRESARIAL GUT UIDACION JUDICIAL 860.005.462 ICA N/A EMPLA- E INGENIERIA AMBI- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1539-DDI-023524 DEL 11 DE JUNIO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2019EE90257 2018021002214080223 NA 2019EE105655 2019021003180014506 E W INGENIERIA NA 2019EE90536 2019021002114008483 PROYETZA SAS 900.150.808 ICA N/A EMPLA- NA 2019EE90536 2019021002114008483 PROYETZA SAS 900.150.808 ICA N/A EMPLA- NA 2019EE90525 2019021002114008485 AIA ARQUITECTURA NA 2019EE101454 201801100329052894 NA 2019EE90508 2018021002214080194 SEGURIDAD NA 2019EE90673 2018021002214080200 CONSTRUCCIONES NA 2019EE90624 2019021002114008490 CONSTRUCCIONES NA 2019EE90556 2018021002214080201 TREFIMALLAS SAS 830.135.405 ICA N/A EMPLA- NA 2019EE107241 201801100329052900 INDUSTRIAS MET- NA 2019EE88843 201903100300011721 DISTRIBUIDORA NA 2019EE90196 2019021002114008482 PICO CONSTRUC- 2019EE 109930 2019EE109930 2019012003183015024 TEXTILIA SAS EN 2019EE 109930 2019EE109930 2019012003183015024 TEXTILIA SAS EN REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-32 • 2019 • JUNIO • 13 32 28/5/2019 NO RESIDE 3010 27/5/2019 NO RESIDE ESTE 28/5/2019 DESCONOCIDO LOGIA AP 201 31/5/2019 CERRADO DE DIOS 30/5/2019 REHUSADO QUIRIGUA 31/5/2019 CERRADO KR 74A 81 15 BRR MINUTO ALTA TECNO- LC 170 CC DE SUR INT 4-101 4/6/2019 CERRADO AK 15 77 33 AP CHIVO 20/05/2019 2017-1 AK 15 106 32 27/5/2019 NO RESIDE CHIVO 20/05/2019 2015-2 AK 19 29 53 27/5/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 8/05/2019 2015-1, 2, 3, 4, 6, 2016-1, 2, 3, 4, 5, 6 DG 182 20 91 OF DECLARAR 8/05/2019 2015-2, 3, 2016-5 CL 119 14 A 25 27/5/2019 NO RESIDE DECLARAR 8/05/2019 2015-2, 3, 2016-5 CL 91 N 19 C 42 28/5/2019 NO RESIDE DECLARAR 8/05/2019 2016-2, 3, 4, 5, 6 CL 45 SUR 6 81 DECLARAR 17/05/2019 2015-6, 2016-1, 3, 4, 5, 6 KR 92 91 35 BRR DECLARAR 17/05/2019 2015-6, 2016-1, 3, 4, 5, 6 CL 66A 96 53 DECLARAR 17/05/2019 2016-1 KR 16A 57 12 31/5/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 17/05/2019 2016-1 TV 74C 40i 70 DECLARAR 17/05/2019 2015-6, 2016-1, 2, 3, 4, 5, 6 DECLARAR 8/05/2019 2016-1, 2, 3, 4 DECLARAR 17/05/2019 2015-6, 2016-1, 2, 3, 4, 5, 6 CL 80B 75 11 31/5/2019 CERRADO DECLARAR 8/05/2019 2016-6 KR 12 15 35 28/5/2019 NO RESIDE ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA NOTIFICACIÓN POR AVISO 900.315.018 ICA N/A EMPLA- 900.358.920 ICA N/A EMPLA- 900.358.920 ICA N/A EMPLA- SAS 900.353.299 ICA N/A EMPLA- SAS 900.353.299 ICA N/A EMPLA- SAS 900.488.521 RETEICA NA AUTO DE AR- IERIA SAS 900.317.784 ICA N/A EMPLA- IERIA SAS 900.317.784 ICA N/A EMPLA- ASESORIAS ASESORIAS TORIA S.A.S. 900.380.987 RETEICA NA AUTO DE AR- ACOSTA SAS GRALES SAS GRALES SAS ARQUITECTO VLADIMIR ALEX- STRUCTIONS SA 900.342.995 ICA N/A EMPLA- TIONS COLOMBIA CONSULTORIAS Y CONSULTORIAS Y ANDER CAMARGO RA HOLISTICA SAS 900.354.465 ICA N/A EMPLA- RA HOLISTICA SAS 900.354.465 ICA N/A EMPLA- CIONES EN INGEN- CIONES EN INGEN- COMERCIALIZADO- COMERCIALIZADO- BIANA DE CONSUL- IERIA COLOMBIANA IERIA COLOMBIANA SOLUCIONES INTE- SOLUCIONES INTE- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1539-DDI-023524 DEL 11 DE JUNIO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2019EE90257 2018021002214080223 NA 2019EE90566 2018021002214080227 ALMART SOLU- NA 2019EE90566 2018021002214080227 ALMART SOLU- NA 2019EE90520 2018021002214080228 GLOBAL CON- NA 2019EE99395 2019021003160014173 DISTRIBUIDORA Y NA 2019EE99263 2019021003160014174 ELECTRO INGEN- NA 2019EE99263 2019021003160014174 ELECTRO INGEN- NA 2019EE99395 2019021003160014173 DISTRIBUIDORA Y NA 2019EE99684 2019021003160014176 NA 2019EE99684 2019021003160014176 NA 2019EE90569 2018021002214080229 INK ULTRA SAS 900.541.077 ICA N/A EMPLA- NA 2019EE90244 2018021002214080234 ILLUMINATION SAS 900.551.567 ICA N/A EMPLA- NA 2019EE100929 201831100100068205 FOCUS ON SOLU- NA 2019EE100596 201831100100068118 SOCIEDAD COLOM- 33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-33 • 2019 • JUNIO • 13 PI 2 29/5/2019 CERRADO 302 A 27/5/2019 NO RESIDE MEZANINE 27/5/2019 NO RESIDE PAGO 2/05/2019 2018-5, 2018-6, 2019-1 KR 47A 91 38 DECLARAR 8/05/2019 2016-6 KR 16 57 47 28/5/2019 CERRADO DECLARAR 8/05/2019 2016-4 KR 27 9 43 OF DECLARAR 8/05/2019 2016-4 KR 13 56 41 28/5/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 8/05/2019 2015-2, 3, 4, 5, 6, 2016-1, 2, 3, 4, 5, 6 CL 3 39 A 89 28/5/2019 CERRADO DECLARAR 8/05/2019 2016-6 CL 17 12 65 FACILIDAD DE ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA Profesional Universitario JENY PATRICIA CHOLO CAMARGO NOTIFICACIÓN POR AVISO 1.018.412.811 ICA N/A EMPLA- Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal SAS 900.967.817 ICA N/A EMPLA- SAS 900.967.817 ICA N/A EMPLA- LEGAL STRUCCION SAS 900.745.862 ICA N/A EMPLA- REPRESENTANTE Firma delegada mediante Resolución No. DDI-001661 del 01 de febrero de 2018 VIVIANA MARCELA GOMEZ ORJUELA - MONTAJES Y CON- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. 1539-DDI-023524 DEL 11 DE JUNIO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2019EE90244 2018021002214080234 NA 2019EE90632 2019021002114008489 VENECIA IMPORT NA 2019EE90632 2019021002114008489 VENECIA IMPORT NA 2019EE90502 2018021002214080236 MONYCONS NA 2019EE90244 2018021002214080234 ILLUMINATION SAS 900.551.567 ICA N/A EMPLA- Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
DDI017600 2019EE85039 201902750300012873 B&A GROUP SAS 900.577.860 ICA RESOLUCIÓN REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-34 • 2019 • JUNIO • 13 34 DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN CAUSAL DE AP 420 30/5/2019 CERRADO IMPUESTO FECHA DEL ACTO DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN FECHA DE CONTRIBUYENTE TIPO DE NOTIFICACIÓN POR AVISO ZALEZ 52.121.142 PREDIAL 6/05/2019 KR 40 2 16 29/5/2019 CERRADO S EN C 830.046.066 PREDIAL 6/05/2019 CL 70 A 7 63 29/5/2019 NO RESIDE VIDAL VIÑA 12.092.958 PREDIAL 6/05/2019 DG 47 A SUR 61 A 52 30/5/2019 REHUSADO APODERADO IDENTIFICACIÓN DEL ANTONIO GORDILLO MARTINEZ 3.286.509 PREDIAL 6/05/2019 DG 47 A SUR 61 A 52 30/5/2019 REHUSADO RIQUE ZAMBRANO RODRIGUEZ 79.390.943 PREDIAL 6/05/2019 DG 47 A SUR 61 A 52 30/5/2019 REHUSADO Que la notificación del mandamiento de pago enviada por correo fue devuelta.
Cuentas Corrientes a través de procesos administrativos de cobro coactivo.
Que una vez surtida la citación el deudor no compareció a surtir la notificación personal.
ANEXO No.3 DE LA RESOLUCIÓN No. 1539-DDI-023524 DEL 11 DE JUNIO DE 2019 Tributario Nacional y el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por publicación sobre este hecho a:
SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 140 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y en concordancia con el artículo 826 del Estatuto DDI017811 2019EE87759 201901600300011955 ESPERANZA BERNAL DIAZ 35.312.145 PREDIAL 6/05/2019 KR 73D 35 20 SUR BQ 11 DDI017743 2019EE87293 201901600301011364 BLANCA YANET HIGUERA GON- DDI017750 2019EE87306 2017011002119006207 MANUEL JAIRO LOPEZ ACUÑA 79.512.663 PREDIAL 6/05/2019 TV 16A 45F 16 AP 203 27/5/2019 NO RESIDE DDI017750 2019EE87306 2017011002119006207 MANUEL JAIRO LOPEZ ACUÑA 79.512.663 PREDIAL 6/05/2019 CL 5A 26 29 27/5/2019 NO RESIDE DDI017475 2019EE81995 201321009565 VARGAS MENDOZA NICOLAS 80.505.410 VEHÍCULOS 30-04-19 CL 7 5 45 4/6/2019 DESCONOCIDO DDI017765 2019EE87354 201211013213 LUZ DARY CARRETERO DIAZ 51.663.295 PREDIAL 6/05/2019 CL 148 94A 83 CA 9 30/5/2019 CERRADO DDI017766 2019EE87459 201901800300011974 INVERSIONES LOPEZ REINA Y CIA DDI017781 2019EE87540 201401200100013047 JUAN CARLOS ALDANA GARAY 79.390.943 PREDIAL 6/05/2019 CL 108 14 B 31 27/5/2019 NO RESIDE DDI017788 2019EE87564 2017012002130007523 HERIBERTO RINCON RODRIGUEZ 79.382.298 PREDIAL 6/05/2019 KR 16 149 31 29/5/2019 CERRADO DDI017788 2019EE87564 2017012002130007523 HERIBERTO RINCON RODRIGUEZ 79.382.298 VEHÍCULOS 6/05/2019 KR 16 149 31 29/5/2019 CERRADO DDI017793 2019EE87601 201901600301011990 SUCESION ILIQUIDA DE ALVARO DDI017793 2019EE87601 201901600301011990 OSCAR RESTREPO ROMAN 17.097.256 PREDIAL 6/05/2019 DG 47 A SUR 61 A 52 30/5/2019 REHUSADO DDI017793 2019EE87601 201901600301011990 ELSY GARAY BONILLA 20.539.833 PREDIAL 6/05/2019 DG 47 A SUR 61 A 52 30/5/2019 REHUSADO DDI017793 2019EE87601 201901600301011990 JUAN CARLOS ALDANA GARAY 79.390.943 PREDIAL 6/05/2019 DG 47 A SUR 61 A 52 30/5/2019 REHUSADO DDI017793 2019EE87601 201901600301011990 JUAN CARLOS ALDANA GARAY 79.390.943 PREDIAL 6/05/2019 CL 108 14 B 31 27/5/2019 NO RESIDE DDI017793 2019EE87601 201901600301011990 SUCESION ILIQUIDA DE LUIS HEN- DDI017798 2019EE87661 2013210110907 GRUPO DMG S A 900.031.001 VEHÍCULOS 6/05/2019 CL 89 21 57 28/5/2019 NO RESIDE DDI017790 2019EE87570 201321011042 GRUPO DMG S A 900.031.001 VEHÍCULOS 6/05/2019 CL 89 21 57 28/5/2019 NO RESIDE DDI017793 2019EE87601 201901600301011990 SUCESION ILIQUIDA DE HERNANDO DDI017823 2019EE87807 20170310029003443 VARGAS MENDOZA NICOLAS 80.505.410 VEHÍCULOS 6/05/2019 CL 7 5 45 4/6/2019 DESCONOCIDO DDI017791 2019EE87575 2017012002147011542 LUIS ANGEL BARRETO ARCIA 79.392.677 PREDIAL 6/05/2019 CL 58 19 56 AP 203 28/5/2019 DESCONOCIDO No. RESOLUCIÓN No. CORDIS No. DE EXPEDIENTE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O Que los contribuyentes que se relacionan a continuación, están siendo ejecutados por la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-35 • 2019 • JUNIO • 13 Profesional Universitario JENY PATRICIA CHOLO CAMARGO NOTIFICACIÓN POR AVISO GUEZ 51.745.815 PREDIAL 9/05/2019 CL 167A 45A 23 30/5/2019 CERRADO ZALEZ 52.082.095 VEHÍCULOS 30/04/2019 KR 45 22 05 AP 309 29/5/2019 NO RESIDE GARCIA 41.683.676 PREDIAL 9/05/2019 KR 114G 147A 30 30/5/2019 CERRADO SANCHEZ 41.731.052 PREDIAL 9/05/2019 KR 123 65A 30 30/5/2019 CERRADO Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal MORALES GOMEZ 17.008.568 PREDIAL 06-05-19 KR 5U 49G 24 SUR 31/5/2019 CERRADO Firma delegada mediante Resolución No. DDI-001661 del 01 de febrero de 2018 contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.
La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Carrera 30 No 25-90 piso 16 ANEXO No.3 DE LA RESOLUCIÓN No. 1539-DDI-023524 DEL 11 DE JUNIO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI18073 2019EE91142 201901600301012324 GERMAN FAJARDO SALAS 19.479.133 PREDIAL 9/05/2019 KR 89 147B 37 IN 2 AP 201 30/5/2019 NO RESIDE DDI18073 2019EE91142 201901600301012324 ROSALBA BUSTOS GUZMAN 51.635.613 PREDIAL 9/05/2019 KR 89 147B 37 IN 2 AP 201 30/5/2019 NO RESIDE DDI017825 2019EE87811 201501100200004684 LUIS HUMBERTO FAJARDO GOMEZ 2.926.184 PREDIAL 6/05/2019 KR 15 BIS 6 A 61 AP 501 30/5/2019 NO RESIDE DDI017825 2019EE87811 201501100200004684 LUIS HUMBERTO FAJARDO GOMEZ 2.926.184 VEHÍCULOS 6/05/2019 KR 15 BIS 6 A 61 AP 501 30/5/2019 NO RESIDE DDI017827 2019EE87814 201211010032 SUCESION ILIQUIDA DE EDUARDO DDI017831 2019EE87830 201701100300006986 MORALES HENAO Y CIA S EN C 860.053.670 PREDIAL 6/05/2019 KR 5U 49G 24 SUR 4/6/2019 CERRADO DDI018058 2019EE90990 2019016003012039 ALVAREZ BAYONA JOSE ALBERTO 13.846.847 PREDIAL 9/05/2019 CL 12B 9 33 OF 509 30/5/2019 NO RESIDE DDI018068 2019EE91054 2017031001197027206 EPIFANIO GARZON ALVAREZ 19.439.662 PREDIAL 9/05/2019 KR 8A 17 71 SUR CASA 2 30/5/2019 NO RESIDE DDI018068 2019EE91054 2017031001197027206 EPIFANIO GARZON ALVAREZ 19.439.662 VEHÍCULOS 9/05/2019 KR 8A 17 71 SUR CASA 2 30/5/2019 NO RESIDE DDI018069 2019EE91074 201211012195 GERMAN FAJARDO SALAS 19.479.133 PREDIAL 9/05/2019 KR 89 147B 37 IN 2 AP 201 30/5/2019 NO RESIDE DDI018072 2019EE91141 2017011003001163 BLANCA ALICIA CORTES RODRI- DDI018072 2019EE91141 2017011003001163 DILMA CORTES RODRIGUEZ 51.754.182 PREDIAL 9/05/2019 KR 10 181B 19 30/5/2019 CERRADO DDI018078 2019EE91159 201901600301011930 MARIA ENCARNACION OVALLE DDI018079 2019EE91164 201901600301011931 GUIOMAR ORJUELA RIVEROS 51.934.742 PREDIAL 9/05/2019 CL 84 BIS 94H 10 30/5/2019 CERRADO DDI018084 2019EE91175 201901600301011933 LINA MARCELA AREVALO GON- DDI018086 2019EE91184 201901600301011934 BLANCA EDILMA MEZA TORO 41.641.913 PREDIAL 9/05/2019 CL 64 13 35 LC 3 30/5/2019 NO RESIDE DDI018090 2019EE91197 201901600301011937 LEONIDAS NUÑEZ HERNANDEZ 79.314.891 PREDIAL 9/05/2019 KR 13 113 71 AP 306 30/5/2019 CERRADO DDI018160 2019EE91496 "2017011003002486 JAIRO FLOREZ FLOREZ 79.305.510 PREDIAL 9/05/2019 KR 77 G 65 B 19 SUR 4/6/2019 CERRADO DDI018750 2019EE95263 201901600300012940 DIOSELINA CONTRERAS TOLOSA 40.175.486 PREDIAL 14/05/2019 CL 118 15 24 LC 120 4/6/2019 CERRADO DDI017760 2019EE87334 2017011001195023570 LEONOR HELENA URIBE JOSEPH 51.641.750 PREDIAL 6/05/2019 CL 80 12 55 27/5/2019 NO RESIDE DDI017760 2019EE87334 2017011001195023570 CARLOS URIBE JOSEPH 79.153.798 PREDIAL 6/05/2019 CL 80 12 55 27/5/2019 NO RESIDE DDI017786 2019EE87558 2017011001195023571 LEONOR HELENA URIBE JOSEPH 51.641.750 PREDIAL 6/05/2019 CL 80 12 55 27/5/2019 NO RESIDE DDI017786 2019EE87558 2017011001195023571 CARLOS URIBE JOSEPH 79.153.798 PREDIAL 6/05/2019 CL 80 12 55 27/5/2019 NO RESIDE DDI018098 2019EE91221 201901600301011941 ANA VICTORIA HERNANDEZ DDI018160 2019EE91496 "2017011003002486 JAIRO FLOREZ FLOREZ 79.305.510 PREDIAL 9/05/2019 CL 8 18 A 12 30/5/2019 DESCONOCIDO Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-36 • 2019 • JUNIO • 13 36 DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN CAUSAL DE AP 420 30/5/2019 CERRADO IMPUESTO FECHA DEL ACTO DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN FECHA DE CONTRIBUYENTE TIPO DE NOTIFICACIÓN POR AVISO ZALEZ 52.121.142 PREDIAL 6/05/2019 KR 40 2 16 29/5/2019 CERRADO S EN C 830.046.066 PREDIAL 6/05/2019 CL 70 A 7 63 29/5/2019 NO RESIDE VIDAL VIÑA 12.092.958 PREDIAL 6/05/2019 DG 47 A SUR 61 A 52 30/5/2019 REHUSADO APODERADO IDENTIFICACIÓN DEL ANTONIO GORDILLO MARTINEZ 3.286.509 PREDIAL 6/05/2019 DG 47 A SUR 61 A 52 30/5/2019 REHUSADO RIQUE ZAMBRANO RODRIGUEZ 79.390.943 PREDIAL 6/05/2019 DG 47 A SUR 61 A 52 30/5/2019 REHUSADO Que la notificación del mandamiento de pago enviada por correo fue devuelta.
Cuentas Corrientes a través de procesos administrativos de cobro coactivo.
Que una vez surtida la citación el deudor no compareció a surtir la notificación personal.
ANEXO No.3 DE LA RESOLUCIÓN No. 1539-DDI-023524 DEL 11 DE JUNIO DE 2019 Tributario Nacional y el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por publicación sobre este hecho a:
SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 140 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y en concordancia con el artículo 826 del Estatuto DDI017811 2019EE87759 201901600300011955 ESPERANZA BERNAL DIAZ 35.312.145 PREDIAL 6/05/2019 KR 73D 35 20 SUR BQ 11 DDI017743 2019EE87293 201901600301011364 BLANCA YANET HIGUERA GON- DDI017750 2019EE87306 2017011002119006207 MANUEL JAIRO LOPEZ ACUÑA 79.512.663 PREDIAL 6/05/2019 TV 16A 45F 16 AP 203 27/5/2019 NO RESIDE DDI017750 2019EE87306 2017011002119006207 MANUEL JAIRO LOPEZ ACUÑA 79.512.663 PREDIAL 6/05/2019 CL 5A 26 29 27/5/2019 NO RESIDE DDI017475 2019EE81995 201321009565 VARGAS MENDOZA NICOLAS 80.505.410 VEHÍCULOS 30-04-19 CL 7 5 45 4/6/2019 DESCONOCIDO DDI017765 2019EE87354 201211013213 LUZ DARY CARRETERO DIAZ 51.663.295 PREDIAL 6/05/2019 CL 148 94A 83 CA 9 30/5/2019 CERRADO DDI017766 2019EE87459 201901800300011974 INVERSIONES LOPEZ REINA Y CIA DDI017781 2019EE87540 201401200100013047 JUAN CARLOS ALDANA GARAY 79.390.943 PREDIAL 6/05/2019 CL 108 14 B 31 27/5/2019 NO RESIDE DDI017788 2019EE87564 2017012002130007523 HERIBERTO RINCON RODRIGUEZ 79.382.298 PREDIAL 6/05/2019 KR 16 149 31 29/5/2019 CERRADO DDI017788 2019EE87564 2017012002130007523 HERIBERTO RINCON RODRIGUEZ 79.382.298 VEHÍCULOS 6/05/2019 KR 16 149 31 29/5/2019 CERRADO DDI017793 2019EE87601 201901600301011990 SUCESION ILIQUIDA DE ALVARO DDI017793 2019EE87601 201901600301011990 OSCAR RESTREPO ROMAN 17.097.256 PREDIAL 6/05/2019 DG 47 A SUR 61 A 52 30/5/2019 REHUSADO DDI017793 2019EE87601 201901600301011990 ELSY GARAY BONILLA 20.539.833 PREDIAL 6/05/2019 DG 47 A SUR 61 A 52 30/5/2019 REHUSADO DDI017793 2019EE87601 201901600301011990 JUAN CARLOS ALDANA GARAY 79.390.943 PREDIAL 6/05/2019 DG 47 A SUR 61 A 52 30/5/2019 REHUSADO DDI017793 2019EE87601 201901600301011990 JUAN CARLOS ALDANA GARAY 79.390.943 PREDIAL 6/05/2019 CL 108 14 B 31 27/5/2019 NO RESIDE DDI017793 2019EE87601 201901600301011990 SUCESION ILIQUIDA DE LUIS HEN- DDI017798 2019EE87661 2013210110907 GRUPO DMG S A 900.031.001 VEHÍCULOS 6/05/2019 CL 89 21 57 28/5/2019 NO RESIDE DDI017790 2019EE87570 201321011042 GRUPO DMG S A 900.031.001 VEHÍCULOS 6/05/2019 CL 89 21 57 28/5/2019 NO RESIDE DDI017793 2019EE87601 201901600301011990 SUCESION ILIQUIDA DE HERNANDO DDI017823 2019EE87807 20170310029003443 VARGAS MENDOZA NICOLAS 80.505.410 VEHÍCULOS 6/05/2019 CL 7 5 45 4/6/2019 DESCONOCIDO DDI017791 2019EE87575 2017012002147011542 LUIS ANGEL BARRETO ARCIA 79.392.677 PREDIAL 6/05/2019 CL 58 19 56 AP 203 28/5/2019 DESCONOCIDO No. RESOLUCIÓN No. CORDIS No. DE EXPEDIENTE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O Que los contribuyentes que se relacionan a continuación, están siendo ejecutados por la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y 37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-37 • 2019 • JUNIO • 13...
Profesional Universitario JENY PATRICIA CHOLO CAMARGO NOTIFICACIÓN POR AVISO GUEZ 51.745.815 PREDIAL 9/05/2019 CL 167A 45A 23 30/5/2019 CERRADO ZALEZ 52.082.095 VEHÍCULOS 30/04/2019 KR 45 22 05 AP 309 29/5/2019 NO RESIDE GARCIA 41.683.676 PREDIAL 9/05/2019 KR 114G 147A 30 30/5/2019 CERRADO SANCHEZ 41.731.052 PREDIAL 9/05/2019 KR 123 65A 30 30/5/2019 CERRADO MORALES GOMEZ 17.008.568 PREDIAL 06-05-19 KR 5U 49G 24 SUR 31/5/2019 CERRADO Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Firma delegada mediante Resolución No. DDI-001661 del 01 de febrero de 2018 ANEXO No.3 DE LA RESOLUCIÓN No. 1539-DDI-023524 DEL 11 DE JUNIO DE 2019 contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.
La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Carrera 30 No 25-90 piso 16 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI18073 2019EE91142 201901600301012324 GERMAN FAJARDO SALAS 19.479.133 PREDIAL 9/05/2019 KR 89 147B 37 IN 2 AP 201 30/5/2019 NO RESIDE DDI18073 2019EE91142 201901600301012324 ROSALBA BUSTOS GUZMAN 51.635.613 PREDIAL 9/05/2019 KR 89 147B 37 IN 2 AP 201 30/5/2019 NO RESIDE DDI017825 2019EE87811 201501100200004684 LUIS HUMBERTO FAJARDO GOMEZ 2.926.184 PREDIAL 6/05/2019 KR 15 BIS 6 A 61 AP 501 30/5/2019 NO RESIDE DDI017825 2019EE87811 201501100200004684 LUIS HUMBERTO FAJARDO GOMEZ 2.926.184 VEHÍCULOS 6/05/2019 KR 15 BIS 6 A 61 AP 501 30/5/2019 NO RESIDE DDI017827 2019EE87814 201211010032 SUCESION ILIQUIDA DE EDUARDO DDI017831 2019EE87830 201701100300006986 MORALES HENAO Y CIA S EN C 860.053.670 PREDIAL 6/05/2019 KR 5U 49G 24 SUR 4/6/2019 CERRADO DDI018058 2019EE90990 2019016003012039 ALVAREZ BAYONA JOSE ALBERTO 13.846.847 PREDIAL 9/05/2019 CL 12B 9 33 OF 509 30/5/2019 NO RESIDE DDI018068 2019EE91054 2017031001197027206 EPIFANIO GARZON ALVAREZ 19.439.662 PREDIAL 9/05/2019 KR 8A 17 71 SUR CASA 2 30/5/2019 NO RESIDE DDI018068 2019EE91054 2017031001197027206 EPIFANIO GARZON ALVAREZ 19.439.662 VEHÍCULOS 9/05/2019 KR 8A 17 71 SUR CASA 2 30/5/2019 NO RESIDE DDI018069 2019EE91074 201211012195 GERMAN FAJARDO SALAS 19.479.133 PREDIAL 9/05/2019 KR 89 147B 37 IN 2 AP 201 30/5/2019 NO RESIDE DDI018072 2019EE91141 2017011003001163 BLANCA ALICIA CORTES RODRI- DDI018072 2019EE91141 2017011003001163 DILMA CORTES RODRIGUEZ 51.754.182 PREDIAL 9/05/2019 KR 10 181B 19 30/5/2019 CERRADO DDI018078 2019EE91159 201901600301011930 MARIA ENCARNACION OVALLE DDI018079 2019EE91164 201901600301011931 GUIOMAR ORJUELA RIVEROS 51.934.742 PREDIAL 9/05/2019 CL 84 BIS 94H 10 30/5/2019 CERRADO DDI018084 2019EE91175 201901600301011933 LINA MARCELA AREVALO GON- DDI018086 2019EE91184 201901600301011934 BLANCA EDILMA MEZA TORO 41.641.913 PREDIAL 9/05/2019 CL 64 13 35 LC 3 30/5/2019 NO RESIDE DDI018090 2019EE91197 201901600301011937 LEONIDAS NUÑEZ HERNANDEZ 79.314.891 PREDIAL 9/05/2019 KR 13 113 71 AP 306 30/5/2019 CERRADO DDI018160 2019EE91496 "2017011003002486 JAIRO FLOREZ FLOREZ 79.305.510 PREDIAL 9/05/2019 KR 77 G 65 B 19 SUR 4/6/2019 CERRADO DDI018750 2019EE95263 201901600300012940 DIOSELINA CONTRERAS TOLOSA 40.175.486 PREDIAL 14/05/2019 CL 118 15 24 LC 120 4/6/2019 CERRADO DDI017760 2019EE87334 2017011001195023570 LEONOR HELENA URIBE JOSEPH 51.641.750 PREDIAL 6/05/2019 CL 80 12 55 27/5/2019 NO RESIDE DDI017760 2019EE87334 2017011001195023570 CARLOS URIBE JOSEPH 79.153.798 PREDIAL 6/05/2019 CL 80 12 55 27/5/2019 NO RESIDE DDI017786 2019EE87558 2017011001195023571 LEONOR HELENA URIBE JOSEPH 51.641.750 PREDIAL 6/05/2019 CL 80 12 55 27/5/2019 NO RESIDE DDI017786 2019EE87558 2017011001195023571 CARLOS URIBE JOSEPH 79.153.798 PREDIAL 6/05/2019 CL 80 12 55 27/5/2019 NO RESIDE DDI018098 2019EE91221 201901600301011941 ANA VICTORIA HERNANDEZ DDI018160 2019EE91496 "2017011003002486 JAIRO FLOREZ FLOREZ 79.305.510 PREDIAL 9/05/2019 CL 8 18 A 12 30/5/2019 DESCONOCIDO Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-38 • 2019 • JUNIO • 13 38 SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO Resolución Número 0354 (Junio 11 de 2019)
Que, conforme con el artículo 2.2.4.3.1.2.2., del De creto Único Reglamentario 1069 de 2015 el Comité de Conciliación es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políti cas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la respectiva entidad.
Por medio de la cual se adoptan los lineamientos metodológicos para la formulación y adopción de Políticas de Prevención del Daño Antijurídico por parte del Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico EL SECRETARIO DISTRITAL DE DESARROLLO ECONOMICO Y EL PRESIDENTE DEL COMITÉ Que, la Prevención del Daño Antijurídico es uno de los ejes transversales del Modelo de Gestión Jurídica Pública del Distrito Capital, contenido en el Decreto Distrital 430 de 2018, el cual, pretende abarcar todas las instancias administrativas y judiciales en las que desarrolla su gestión el Distrito Capital y tiene como propósito identificar las causas o hechos que lo gene ran, para así implementar los correctivos pertinentes de manera integral.
DE CONCILIACIÓN En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que les confiere la Constitución Política de Colombia de 1991, la Ley 446 de 1998, el Decreto 1716 de 2009, el Decreto 1069 de 2015, los Decretos Distritales 430 y 839 de 2018 y, Que, la competencia para proferir las Políticas de Pre vención del Daño Antijurídico por parte de los Comités de Conciliación de las entidades y organismos públicos distritales, está consagrada entre otras normas, en el artículo 39 del Decreto Distrital 430 de 2018, así:
CONSIDERANDO:
“Prevención del Daño Antijurídico. Las entidades y organismos distritales desarrollarán la prevención de conductas que puedan generar una lesión ilegítima o daños a los particulares o al Distrito Capital, que en el ejercicio de la función pública lleven a la administra ción a responder por los perjuicios patrimoniales y/o extrapatrimoniales que se causen.
Que, la Ley 446 de 1998 -“Por la cual se adoptan como legislación permanente algunas normas del Decreto 2651 de 1991, se modifican algunas del Código de Procedimiento Civil, se derogan otras de la Ley 23 de 1991 y del Decreto 2279 de 1989, se modifican y expiden normas del Código Contencioso Administrativo y se dictan otras disposiciones sobre descongestión, eficiencia y acceso a la justicia”, establece en su artículo 75, que en las entidades y los organismos de derecho público del orden nacional, departamental, distrital y municipal, así como en los entes descen tralizados en todos los niveles, deberá integrarse un Comité de Conciliación, conformado por servidores del nivel directivo.
Adicionalmente, la Prevención del Daño Antijurídico hace parte de la Defensa Judicial y consiste en so lucionar, mitigar o controlar la falencia administrativa o misional que genera litigiosidad. En este caso, la política de prevención del daño antijurídico debe ser proferida por el Comité de Conciliación de la entidad u organismo distrital atendiendo los lineamientos que defina la Secretaría Jurídica Distrital.
Las políticas que se formulen y emitan por parte de los Comités de Conciliación de las entidades y organismos distritales serán presentadas a la Secretaría Jurídica Distrital quien analizará la pertinencia de adoptarlas para el Distrito Capital.”
Que, en cumplimiento de lo anterior, la Secretaría Dis trital de Desarrollo Económico mediante la Resolución No. 023 del 31 de enero de 2007, modificada por la Resolución No. 305 de 2009, creó el Comité de Con ciliación en la Entidad como una instancia de carácter decisorio, de conformidad con las normas nacionales sobre la materia.
Que el Decreto Distrital 839 de 2018 – “Por medio del cual se establecen directrices y lineamientos en materia de conciliación y Comités de Conciliación en el Distrito Capital”, estableció directrices para adoptar políticas en materia de defensa judicial en aquellos casos recurrentes, para asistir ante los despachos judiciales o extrajudiciales con una posición institucio nal unificada y coherente, cuando se debatan temas con identidad fáctica, jurídica y coincidencia temporoespacial, cuando sea del caso.
Que, el Decreto 1716 de 2009 - “Por el cual se re glamenta el artículo 13 de la Ley 1285 de 2009, el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 y del Capítulo V de la Ley 640 de 2001”, dispuso en su artículo 15 y s.s. que, las normas sobre Comités de Conciliación son de obligatorio cumplimiento para las entidades de derecho público, los organismos públicos del orden nacional, departamental, distrital, los municipios que sean capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles.
39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-39 • 2019 • JUNIO • 13 Que, por lo anterior, se hace pertinente adoptar los li neamientos metodológicos para la formulación y adop ción de Políticas de Prevención del Daño Antijurídico por parte del Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, las cuales serán de obligatoria observancia.
Que el 27 de diciembre de 2018, la Secretaría Jurídica Distrital expidió la Directiva 025 de 2018, por medio de la cual se establecieron los lineamientos metodológicos para la formulación y adopción de políticas de preven ción del daño antijurídico, como un instrumento para la gestión de la política en los Comités de Conciliación de los organismos y entidades distritales Que el presente acto administrativo fue puesto a con sideración de los miembros del Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, quienes en sesión del 29 de mayo de 2019 impartieron su aprobación.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que la directiva señala entre otras cosas que, los conflictos entre la institucionalidad y los particulares disminuyen o pueden ser resueltos por virtud de la formulación, adopción y ejecución efectiva de políticas de prevención del daño antijurídico, que permite que asuntos que son susceptibles de ser decididos por los jueces “ni siquiera lleguen a esa etapa porque es posible preverlos y evitarlos”1.
Que, la adopción de estas políticas permite adicional mente que “los recursos del organismo o entidad que están dispuestos para su defensa se concentren en los casos que no podrían evitarse mejorando los procesos administrativos internos”2.
Artículo primero.
Adoptar los lineamientos metodológicos para la formulación y adopción de Po líticas de Prevención del Daño Antijurídico por parte del Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, los cuales se encuentran integrados en el presente acto administrativo.
Artículo segundo.
Teniendo en cuenta que, todas las dependencias (estratégicas, misionales y de apoyo), deben aportar insumos bien sea para su elaboración o para su implementación, se establecen los siguientes pasos básicos:
1. Destinatarios de los lineamientos
Que, el Comité de Conciliación deberá tener en cuenta todas las fuentes de responsabilidad del Estado (actos, contratos, hechos, omisiones y operaciones), con oca sión de la gestión administrativa propia de cada ente público, como herramientas para el estudio, análisis, formulación y adopción de sus políticas de prevención del daño antijurídico, sin perjuicio de lo establecido en el inciso final del artículo 39 del Decreto Distrital 430 de 2018.
1.1 Grupo interdisciplinario. Encargado de prio rizar las causas recurrentes o reiteradas, así como de identificar la falla administra tiva, la dependencia en donde ésta ocurre, y de proponer alternativas para solucionar, mitigar o controlar la falla.
Que, dichas políticas determinarán acciones concretas que mejorarán los procesos internos de los organismos y entidades y que al ser aplicadas optimizarán la efi ciencia y eficacia del sector público distrital reduciendo demandas en el mediano plazo; minimizando los cos tos de enfrentar procesos judiciales, y disminuyendo los pagos a realizar por concepto de conciliaciones y sentencias.
1.2. Dependencia (s) en donde ocurre la falla. Es la encargada de prevenir la ocurrencia de la misma e implementar la política de prevención del daño antijurídico que for mule y expida el Comité de Conciliación, ejecutando el correspondiente plan de acción.
Que se hace necesario que la prevención del daño antijurídico en la Secretaría permee a toda la institu ción, es decir, si bien la instancia competente para la formulación y adopción de una política en la materia es el Comité de Conciliación, todas las dependencias (estratégicas, misionales y de apoyo), deben aportar insumos bien sea para su elaboración o para su imple mentación a través del plan de acción correspondiente.
1.3. Comité de Conciliación. Instancia que for mula y expide la política de prevención del daño antijurídico. Realiza el seguimiento, evaluación, ajustes y modificaciones co rrespondientes.
1 Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado – ANDJE. “Guía para la generación de política de prevención del daño antijurídico”. Bogotá DC: 2013. Obtenido en:https://www.defensajuridica.gov.co/gestion/ publicaciones-andje/Guia-generacion-politica-prevencion/Documents/ parametros_prevencion_del_dano_v7.pdf.
2 Ibídem La Secretaría Técnica del Comité de Conciliación será el enlace entre dicha instancia y los demás intervinientes en la elaboración de la política de prevención del daño antijurídico. También será la responsable del manejo, conservación y custodia REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-40 • 2019 • JUNIO • 13 40 de los documentos que se originen en la aplicación de los presentes lineamientos.
Segundo paso. Identificación de las causas y determinación de la dependencia en donde ocurre la falla Encargado: Grupo interdisciplinario
2. Pasos para la elaboración de políticas de pre vención del daño antijurídico
Actividades:
1. Identificar la causa y extraer la falla y/o el error cometido.
Para la elaboración de la política de prevención del daño antijurídico, se recomienda seguir los pasos y desarrollar las actividades que a continuación se refieren para cada uno de los siguientes En cargados3:
2. Establecer y analizar las causas.
Primer paso. Identificación del problema – Priorización casos reiterados o recurrentes
3. Identificar la (s) dependencia (s) en donde ocurre la falla.
Encargado: Grupo interdisciplinario Actividades:
4. Presentar al Comité de Conciliación los resultados del análisis, por medio de un informe detallado y completo que precise cada uno de los puntos estudiados (administrativos, financieros, técnicos, jurídicos), y los demás que se consideren perti nentes.
1. Determinar los casos en los cuales la Secretaría ha sido condenada, las solicitudes de conciliación extra judiciales y judiciales, las reclamaciones y actuaciones administrativas que puedan llegar a generar litigiosidad, entre otros.
2. Establecer el periodo a analizar, con un corte de mínimo de tres (3) años.
5. El Comité de Conciliación asigna al Grupo inter disciplinario, la elaboración de la propuesta de la política de prevención del daño antijurídico, y determina el plazo para su entrega.
3. Identificar en una matriz o ficha los casos reitera dos o recurrentes con base en:
3.1. Sentencias condenatorias y laudos arbitra les.
Tercer paso. Elaboración de la propuesta de la política de prevención del daño antijurídico para solucionar, mitigar o controlar la falla reflejada en el plan de acción Encargado: Grupo interdisciplinario 3.2. Decisiones de conciliación extrajudicial o judicial tomadas por el Comité de Conci liación.
Actividades:
3.3. Actividad pre contractual, contractual o pos contractual, entre otras.
1. Elaborar la(s) alternativa (s) de solución y el plan de acción que contenga el proyecto de propuesta de la política, el cual contendrá frente a cada una de las fallas o error cometido lo siguiente:
3.4. Valores de los pagos que realice la entidad por casos resultantes de la sumatoria de las sentencias, conciliaciones y reclamaciones realizadas en cada caso.
1.1. Las acciones y medidas que mitiguen o resuelvan la causa primaria.
1.2. El presupuesto estimado para la solución.
3.5. La frecuencia con que se presentan los casos, esto es, la cantidad de veces que se repite en un lapso de tiempo determinado por la entidad, conforme al numeral 3 de este paso.
1.3. El cronograma para su desarrollo el cual debe incluir el plazo o periodicidad de se guimiento del mismo.
1.4. Los resultados esperados.
1.5. Los indicadores para su medición.
4. Priorizar los casos, tanto en virtud de la cuantía como de la frecuencia, para focalizar los esfuerzos de generación de política de prevención del daño antijurídico.
1.6. Las áreas responsables de la implementa ción de la propuesta.
2. Someter a consideración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño la propuesta de política junto con el plan de acción.
3 Un experto en el mejoramiento de las organizaciones para aumentar la cali dad (Mizuno 1988, 155-156), recomienda que las organizaciones realicen mediciones de su propia actividad y cuenten con una explicación manifiesta para explicar sus resultados, para el efecto propone los siguientes pasos con el fin de solucionar problemas: 1. Buscar los puntos que generan problemas 2. Enlistar las posibles causas 3. Identificar las causas primarias del problema 4. Diseñar medidas para corregir el problema 5. Implementar las medidas correctivas 6. Comprobar los resultados 7. Institucionalizar las nuevas medidas.
41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-41 • 2019 • JUNIO • 13 de formulación y adopción de la política de preven ción del daño antijurídico, y en el Plan de Acción.
Cuarto paso. Formulación y adopción de la política de prevención del daño antijurídico Encargado: Comité de Conciliación
2. Realizar el seguimiento al avance de los indica dores definidos en el plan de acción.
Actividades:
1. Conocer la propuesta de política y el plan de acción.
3. El Comité de Conciliación evalúa si la política formulada y adoptada ha funcionado y si se ha podido implementar.
2. Analizar la propuesta de política de prevención de daño antijurídico y el plan de acción asociado, así como solicitar los ajustes a que hubiere lugar.
4. El Secretario Técnico del Comité de Conciliación, documentará el avance de la política de preven ción del daño antijurídico.
3. Formular la política de prevención del daño anti jurídico y el plan de acción correspondiente.
Séptimo paso. Ajuste de la política de preven ción del daño antijurídico e institucionalización de la misma
4. Solicitar a través de la Secretaría Técnica ade lantar las gestiones a fin de que se disponga de los recursos técnicos, humanos, administrativos, financieros, etc, para su ejecución.
Encargado: Comité de Conciliación Actividades
5. Adoptar mediante Acuerdo la política. Dicho Acuerdo estará acompañado del documento de formulación de la política, el plan de acción y los demás soportes que fundamentaron la adopción de la misma.
1. Ajustar, con base en los resultados del seguimien to y evaluación, la política de prevención del daño antijurídico y el plan de acción correspondiente.
2. Modificar, de ser necesario, el documento median te el cual se formuló la política de prevención del daño antijurídico.
6. Solicitar a las áreas correspondientes que las acciones y medidas del plan de acción sean incluidas, cuando se requiera, en la planeación operativa anual y estratégica de la entidad.
7. Socializar la política al interior de la entidad (In tranet, página web, etc.).
3. Adoptar las modificaciones a que haya lugar y rea lizar los ajustes en los procesos y procedimientos correspondientes.
Artículo tercero.
Créese al interior de la Secretaría y de carácter permanente el Grupo inter disciplinario encargado de ejecutar y materializar las acciones aquí previstas, así:
1. Por parte de la Oficina Asesora de Planeación, el funcionario Jhon Edgar Vanegas Castellanos.
En todo caso, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la adopción de la política de preven ción del daño antijurídico, la Secretaria Técnica del Comité de Conciliación de la entidad, deberá informar al respecto y remitirla para conocimien to a la Dirección Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaría Jurídica Distrital.
2. Por parte de la Oficina Asesora Jurídica, el fun cionario Jairo Alexander Cancino Arteaga.
Quinto paso. Implementación de la política de prevención del daño antijurídico
3. Por parte de la Dirección de Gestión Corporativa, la funcionaria Ana María Gómez Quintero.
Encargado: Dependencia (s) en donde ocurre la falla Actividades: Implementar el plan de acción, eje cutando sus actividades en el periodo y demás condiciones previstas allí.
4. Por parte de las Direcciones misionales, los si guientes funcionarios: Ingrid Mabel Beltrán Ren dón; Anyela María Guerrero Albarracín y Javier Ignacio Játiva García.
Sexto paso. Seguimiento y evaluación Encargado: Comité de Conciliación Actividades
1. La dependencia a cargo de la implementación presentará al Comité de Conciliación un informe de la misma, según lo establecido en el documento
Parágrafo. PRIMERO: Las designaciones aquí
contenidas se realizan sin perjuicio de las demás fun ciones a cargo y no generan ningún tipo de derecho ni reconocimiento adicional alguno. En todo caso, durante el periodo señalado en el artículo tercero, la actividad deberá ser desarrollada y cumplida con carácter prioritario.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-42 • 2019 • JUNIO • 13 42 y Desempeño y al Comité de Conciliación de la Se cretaría para lo de su competencia.
Parágrafo. SEGUNDO: Podrán ser parte del grupo
interdisciplinario encargado, los funcionarios por su condición jerárquica y funcional deban asistir previa convocatoria elevada por el Comité de Conciliación de la Secretaría. Así mismo y previa consideración del Comité de Conciliación, podrán ser modificados los funcionarios aquí designados.
Parágrafo. En adelante y bajo los lineamientos
aquí establecidos, el Grupo interdisciplinario se en cargará de elaborar y presentar al Comité Institucional de Gestión y Desempeño y al Comité de Conciliación durante el primer semestre de cada vigencia, mínimo una alternativa (s) de solución y el respectivo plan de acción que contenga el proyecto de propuesta de la política.
Artículo quinto.
La presente disposición rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Bogotá, D.C., a los once (11) días del mes de junio de dos mil diecinueve (2019).
Parágrafo. TERCERO: La Secretaría Técnica del
Comité de Conciliación de la Secretaría, será el enlace entre dicha instancia y los demás intervinientes en la elaboración de la política de prevención del daño antiju rídico, para lo cual establecerá las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo aquí establecido; así mismo emitirá informes al Comité de Conciliación de avances de la gestión. También será la responsable del manejo, conservación y custodia de los documentos que se originen en la aplicación de los presentes lineamientos.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
JOSÉ ANDRÉS DUARTE GARCÍA Secretario Distrital de Desarrollo Económico FELIPE JOSÉ VALENCIA BITAR Subsecretario de Desarrollo Económico y Control
Artículo cuarto.
Por una única vez, el Grupo interdisciplinario encargado deberá adelantar los pasos uno, dos y tres acá señalados dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expedición de la presente, debiendo una vez vencido el término y de manera in mediata presentar la respectiva propuesta de política y el plan de acción al Comité Institucional de Gestión
Disciplinario Presidente Comité de Conciliación 43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6575 • pP. 1-43 • 2019 • JUNIO • 13
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