Jurismart

Registro Distrital 6568 de 2019

Registro Distrital 6568 de 2019 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
6568
Año
2019
Fecha
4 de junio de 2019
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 51 Número 6568 2019 • JUNIO • 4 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES básica mensual de $ 4.405.497 y gastos de represen tación de $ 1.321.650.

SECRETARÍA DE HACIENDA

Artículo 2°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Resolución Número SDH-000095 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

(Mayo 30 de 2019)

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del “Por la cual se efectúa un nombramiento mes de mayo de dos mil diecinueve (2019). ordinario”

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTINEZ LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE Secretaria Distrital de Hacienda BOGOTÁ, D.C. en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º del decreto 101 del 13 de abril de 2004, y Resolución Número 1380-DDI-

CONSIDERANDO:

020483,2019EE 110048 (Mayo 30 de 2019)

“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

EL JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Que mediante memorando remitido por la Secretaria Distrital de Hacienda se solicitó en la Subdirección del Talento Humano, el nombramiento ordinario de ROMMEL YESID GUARÍN MONSALVE, en el cargo de Jefe de Oficina código: 006 grado: 03, Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental Des pacho del Director de Gestión Corporativa.

Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 Que una vez revisados los requisitos establecidos en el manual de funciones de la Secretaría Distrital de Hacienda, la Subdirección del Talento Humano, certi fica que Rommel Yesid Guarín Monsalve los cumple.

En mérito de lo expuesto, de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en

RESUELVE:

el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

CONSIDERANDO:

Artículo 1°.

Nombrar a ROMMEL YESID GUARÍN MONSALVE, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.797.434, en el cargo de cargo de Jefe de Ofi cina código: 006 grado: 03, Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental Despacho del Director de Gestión Corporativa, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, con una asignación

Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6568 • pP. 1-1 • 2019 • JUNIO • 4 proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.

Artículo 3º.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:

OFICINA TIPO DE ACTO COBRO COACTIVO MANDAMIENTO DE PAGO Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Docu mentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.

La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 16.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en el anexo No. 1 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.

Que, en consideración a lo expuesto,

Artículo 4º.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

RESUELVE:

Dado en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Artículo 1º.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en el anexo No. 1, que hacen parte de la presente reso lución, de acuerdo con la parte motiva.

JENY PATRICIA CHOLO CAMARGO Profesional Universitario Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Firma delegada mediante Resolución No. DDI-001661 del

Artículo 2º.

Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en el siguiente anexo: Anexo No. 1 con 4 Registros.

01 de febrero de 2018 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6568 • pP. 1-2 • 2019 • JUNIO • 4 2 DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN CAUSAL DE IMPUESTO FECHA DEL ACTO DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN FECHA DE...

CONTRIBUYENTE TIPO DE Profesional Universitario JENY PATRICIA CHOLO CAMARGO NOTIFICACIÓN POR AVISO APODERADO IDENTIFICACIÓN DEL Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal RUEDA ANGARITA 5.583.992 PREDIAL 30-04-19 KR 70 F 117 12 21/5/2019 CERRADO Que la notificación del mandamiento de pago enviada por correo fue devuelta.

Cuentas Corrientes a través de procesos administrativos de cobro coactivo.

Que una vez surtida la citación el deudor no compareció a surtir la notificación personal.

Firma delegada mediante Resolución No. DDI-001661 del 01 de febrero de 2018 ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1380-DDI-020483 DEL 30 DE MAYO DE 2019 contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.

La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Carrera 30 No 25-90 piso 16 Tributario Nacional y el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por publicación sobre este hecho a:

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 140 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y en concordancia con el artículo 826 del Estatuto DDI017501 2019EE82054 201901750300003561 FRANCO RIVERA JEFFERSON 79.628.733 PREDIAL 30-04-19 KR 71 B 49 A 16 AP 203 23/5/2019 CERRADO DDI017501 2019EE82054 201901750300003561 FRANCO RIVERA JEFFERSON 79.628.733 PREDIAL 30-04-19 KR 71 B 49 A 16 AP 203 23/5/2019 CERRADO DDI017445 2019EE81933 201901600300002923 SUCESIÓN ILIQUIDA DE BENITO DDI017464 2019EE81973 201901600300002133 RIVERA BETANCOURT LUDIVIA 29.805.457 PREDIAL 30-04-19 CL 18 68 89 23/5/2019 DESCONOCIDO No. RESOLUCIÓN No. CORDIS No. DE EXPEDIENTE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O Que los contribuyentes que se relacionan a continuación, están siendo ejecutados por la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6568 • pP. 1-3 • 2019 • JUNIO • 4 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL dad, se estableció el Sistema de Coordinación Interna de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, definiendo como instancias del mismo, los siguientes:

Resolución Número 658 (Diciembre 20 de 2018)

1. El Comité Directivo.

2. El Comité de la Secretaría General.

“Por la cual se modifica la Resolución 416 del 5 de septiembre de 2011, “Por la cual se establece el Sistema de Coordinación Interna de la Unidad

3. El Comité de la Subdirección Técnica de Produc ción e Intervención.

Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UMV””.

4. El Comité de Planificación, Producción e Interven ción de la Malla Vial Local.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD

5. El Comité de Conciliación.

6. El Comité del Sistema Integrado de Gestión.

ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las conferidas por los Acuerdos No.

010 y No. 011 de 2010 del Consejo Directivo de la UMV y demás disposiciones concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución No. 416 del 5 de septiembre de 2011, expedida por la Dirección General de la Entidad,establece en el articulado el objeto, funciones, composición y periodicidad de los comités que confor man el Sistema de Coordinación Interna de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Manteni miento Vial de la Secretaría General de la UMV.

Que el artículo 209 de la Constitución Política de 1991, establece que; “La función administrativa está al ser vicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publici dad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

Que entre los Comité de seguimiento se encuentra el comité de TICs, a través del cual se presenta el avance de los proyectos de tecnología, para revisar la transversalidad de los mismos en los flujos de los procesos y procedimientos.

Que además de los comités citados existen otras ins tancias de coordinación que garantizan la dirección y articulación de las dependencias, para el cumplimiento de los cometidos institucionales.

Que el artículo 3° de la Ley 489 de 1998, dispone que: “La función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales, en particular los ati nentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, partici pación, publicidad, responsabilidad y transparencia. Los principios anteriores se aplicarán, igualmente, en la prestación de servicios públicos, en cuanto fueren compatibles con su naturaleza y régimen”.

Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, integró en un solo Sistema de Gestión los Sistemas de Gestión de Calidad y de Desarrollo Administrativo, previstos en las leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto nacional 1499 de 2017.

Que el Acuerdo Distrital No. 257 del 30 de noviembre de 2006, transformó la Secretaría de Obras Públicas en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

Que el Decreto 1083 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”, en su artículo 2.2.22.4 se ocupa de la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de ges tión y control al interior de los organismos y entidades del Estado.

Que el numeral 10° del artículo 19 del Acuerdo No. 010, y el numeral 10° del artículo 2° del Acuerdo 011 del 12 de octubre de 2010, expedidos por el Consejo Directivo, asignaron al Director General de la UAER MV, la facultad de “Expedir los actos administrativos que por su naturaleza correspondan a la Unidad y suscribir los contratos necesarios para el desarrollo de sus funciones, planes y programas de acuerdo con las normas legales vigentes”.

Que el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG es un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos, dirigido a generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y proble Que mediante Resolución No. 416 del 5 de septiembre de 2011, expedida por la Dirección General de la Enti REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6568 • pP. 1-4 • 2019 • JUNIO • 4 4 mas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio.

Que a través del MIPG se busca racionalizar a partir del talento humano, los instrumentos gerenciales que per mitan optimizar la gestión y desempeño institucional.

Que, agregado a lo anterior, mediante la Resolución N°007 del 11 de enero de 2017 expedida por la Di rección General de la UMV, se reglamentó el Sistema Integrado de Gestión SIG, entendido como el conjunto articulado de herramientas de gestión de calidad, control interno, gestión ambiental, gestión documental, responsabilidad social, seguridad en la información, seguridad y salud en el trabajo y desarrollo adminis trativo, para el logro de los objetivos institucionales, el cumplimiento de los fines esenciales del Estado y el mejoramiento de la calidad y servicios a cargo de la Unidad Administrtiva Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

Que de acuerdo con el acto administrativo citado en el considerando anterior, se estima oportuno derogar el artículo 8° de la Resolución 416 de 2011.

Que de conformidad con lo expuesto, se hace nece sario modificar la Resolución 416 del 5 de septiembre de 2011,”Por la cual se establece el Sisterma de Coor dinación Interna de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial -UMV”, en lo que hace relación con las instancias de coordinación interna definidas en el artículo 2°, para suprimir el Comité de Secretaría General, el cual de acuerdo con lo allí dispuesto asume las funciones de los comités de Archivo, de Contratación, de Inventarios y Soste nibilidad del Sistema Contable.

Que a través de los comités existentes en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Manteni miento Vial, se garantiza, entre otros, la articulación de las instancias de coordinación y el seguimiento a las políticas, planes, programas,estrategias, metodologias y metas institucionales.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que la modificación se fundamenta en las competen cias establecidas en la normatividad legal vigente, donde algunos de los citados comités son de creación legal con funciones claramente definidas en la misma, o por normas de carácter interno que los individuali zan, los cuales han venido operando de acuerdo con la reglamentación que los crea, atendiendo razones de funcionalidad, racionalización y distribución de competencias.

Artículo 1°.

Modificar el artículo 2° de la Reso lución 416 del 5 de septiembre de 2011, “Por la cual se establece el Sistema de Coordinación Interna de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UMV”, el cual quedará así:

“ARTÍCULO 2°. INSTANCIAS DEL SISTEMA DE COORDINACIÓN INTERNA DE LA UMV. Para la constitución de las instancias de coordinación interna de la UMV, se reforman los comités de Dirección y Conciliación; se crea el comité de las subdirecciones técnicas de Mejoramiento de la Malla Vial y de Producción e Intervención; final mente, se integra al comité del Sistema Integrado de Gestión, el comité de Gestión Integral.

Que concordante con lo anotado, la Dirección General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial -UMV, ha expedido los siguientes actos administrativos: Resolución 384 del 18 de agosto de 2010, “Por la cual se crea el Comité de Seguimiento y Control Financiero en la Unidad Administrativa Es pecial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial”; Re solución 092 del 15 de febrero de 2013, “Por la cual se crea y se reglamenta el Comité de Contratación de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial”; Resolución 666 del 18 de octubre de 2013 “Por la cual se modifica la Resolución 416 de 2011 y se establece el Comité Interno de Archivo de la UAERMV”; Resolución 314 del 18 de julio de 2018, ““Por la cual se crea el Comité Técnico de Sostenibi lidad Contable de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial y se derogan las resoluciones 315 y 323 de 2016”; Resolución 228 del 29 de mayo de 2018, “Por la cual se crea y se establecen las funciones del Comité de Inventarios de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial”, razón por la cual existiendo las diversas instancias de coordinación de la Secretaría General de acuerdo con los procesos a su cargo, se debe suprimir el Comité de Secretaría General de que trata el artículo 2° de la Resolución 416 de 2011, expedida por la Dirección General de la Entidad.

Las instancias del Sistema de Coordinación Inter na de la UMV son, las siguientes:
1. El Comité Directivo.
2. El Comité de la Subdirección Técnica de Produc ción e Intervención.
3. El Comité de Planificación, Producción e Interven ción de la Malla Vial Local.
4. El Comité de Conciliación.
5. El Comité del Sistema Integrado de Gestión.
6. El Comité Interno de Archivo
7. El Comité de Contratación 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6568 • pP. 1-5 • 2019 • JUNIO • 4

8. El Comité Técnico de Sostenibilidad Contable.
9. El Comité de Inventarios.
10. El Comité de Seguimiento y Control Financiero.

Parágrafo. Las instancias aquí definidas
funcionarán sin perjuicio de la existencia de otras que se consideren necesarias para la articulación institucional”.

6. Jefe Oficina Asesora Jurídica.
7. Gerente de Intervención.
8. Gerente de Producción.
9. Gerente de Gestión Ambiental, Social y Atención al Usuario.
10. Asesor Código 105 Grado 01.
11. Asesor Código 105 Grado 02.

Artículo 2°.

Modificar el Artículo 3° de la Resolución 416 del 5 de septiembre de 2011, el cual quedará así:

Asistirán en calidad de invitados el Jefe de la Oficina de Control Interno y los funcionarios y trabajadores que la Dirección General considere pertinente.

“ARTÍCULO 3°. OBJETO, FUNCIONES, COM POSICIÓN Y PERIODICIDAD DEL COMITÉ DIRECTIVO DE LA UMV.

Periodicidad: El Comité Directivo de la UMV se reunirá una (1) vez al mes y cuando la Dirección General lo considere conveniente”.

Objeto: El Comité Directivo de la UMV es la máxi ma instancia coordinadora y articuladora de la gestión de la entidad, en el marco de las políticas y estrategias definidas por el Consejo Directivo.

Artículo 3°.

Derogar en su integridad el Artículo 4° de la Resolución 416 del 5 de septiembre de 2011modi ficado por la Resolución 666 del 18 de octubre de 2013.

Funciones: El Comité Directivo de la UMV tendrá las siguientes funciones:

Artículo 4°.

Modificar el Artículo 5° de la Resolución 416 del 5 de septiembre de 2011, el cual quedará así:

“ARTÍCULO 5°. OBJETO, FUNCIONES, COM POSICIÓN Y PERIODICIDAD DEL COMITÉ DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE PRODUC CIÓN E INTERVENCIÓN DE LA UMV.

1. Coordinar, articular y evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales en concor dancia con el Plan de Desarrollo Distrital, el POT, el Plan de Gestión Ambiental y todos los demás planes y programas distritales y establecer los correctivos necesarios.

2. Coordinar y articular la aprobación y seguimiento de los planes estratégicos y de mejoramiento de la Entidad, estableciendo los responsables del cumplimiento de los compromisos de los mismos.

Objeto: El Comité de la Subdirección Técnica de Producción e Intervención de la UMV es la instan cia de coordinación y articulación de la gestión del área de Producción e Intervención de la Entidad, en el marco de las políticas y estrategias definidas por el Consejo Directivo y la Dirección General.

3. Coordinar el seguimiento del cumplimiento de objetivos, metas y funciones de cada una de las dependencias de la Entidad y establecer los co rrectivos necesarios.

Funciones: El Comité de la Subdirección Técnica de Producción e Intervención de la UMV tendrá las siguientes funciones:

4. Coordinar el seguimiento a la ejecución presu puestal de los planes, programas y proyectos de la UMV y establecer los correctivos necesarios.

1. Orientar, coordinar y articular la ejecución de fun ciones, la prestación de servicios y el desarrollo de acciones de implementación de la política y estrategias definidas por la Dirección General, en la Subdirección Técnica de Producción e Intervención.

5. Hacer seguimiento al cumplimiento de las decisio nes adoptadas a través de la Secretaría Técnica del Comité.

2. Coordinar y efectuar el seguimiento del cumpli miento de objetivos, metas y funciones de cada una de las dependencias de la Subdirección Técnica de Producción e Intervención.

3. Coordinar y efectuar el seguimiento a la ejecución presupuestal de los planes, programas y proyectos asignados a la Subdirección Técnica de Produc ción e Intervención.

Composición: El Comité Directivo de la UMV estará integrado por los siguientes miembros:
1. Director General, quien lo preside.
2. Secretario General.
3. Subdirector Técnico de Mejoramiento de la Malla Vial Local.
4. Subdirector Técnico de Producción e Intervención.
5. Jefe Oficina Asesora de Planeación, quien ejer cerá la Secretaría Técnica del Comité.

4. Proponer acciones para el mejoramiento de las Áreas de la Subdirección Técnica de Producción e Intervención.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6568 • pP. 1-6 • 2019 • JUNIO • 4 6

5. Establecer su reglamento interno.

3. Proponer acciones para el mejoramiento de la planificación, producción e intervención de la malla vial local.
4. Establecer su reglamento interno.

Composición: El Comité de Planeación, Produc ción e Intervención de la Malla Vial Local de la UMV estará integrado por los siguientes miembros:

1. Subdirector Técnico de Mejoramiento de la Malla Vial Local, quien lo presidirá.

2. Subdirector Técnico de Producción e Intervención.

3. Jefe de la Oficina Asesora de Planeación.

4. Asesor Código 105 Grado 02.

5. Un trabajador Oficial designado por el Subdirector Técnico de Mejoramiento de la Malla Vial Local.

Composición: El Comité de la Subdirección Técnica de Producción e Intervención de la UMV estará integrado por los siguientes miembros:
1. Subdirector Técnico de Producción e Intervención, quien lo presidirá,
2. Gerente de Producción,
3. Gerente de Intervención,
4. Gerente de Gestión Ambiental, Social y Atención al Usuario,
5. Un trabajador Oficial designado por el Subdirector Técnico de Producción e Intervención.
6. Un delegado de la Dirección General, quien ejer cerá la Secretaría Técnica del Comité.

Periodicidad: El Comité de la Subdirección Téc nica de Producción e Intervención de la UMV se reunirá una (1) vez al mes y cuando se requiera a solicitud del Subdirector Técnico de Producción e Intervención”.

6. Un delegado de la Dirección General, quien ejer cerá la Secretaría Técnica del Comité.

Artículo 5°.

Modificar el Artículo 6° de la Resolución 416 del 5 de septiembre de 2011, el cual quedará así:

Podrán asistir en calidad de invitados el Secretario General, el jefe de la Oficina de Control Interno y los funcionarios que a juicio del Comité lo consi deren pertinente.

“ARTÍCULO 6°. OBJETO, FUNCIONES, COM POSICIÓN Y PERIODICIDAD DEL COMITÉ DE PLANEACIÓN, PRODUCCIÓN E INTERVEN CIÓN DE LA MALLA VIAL LOCAL DE LA UMV.

Periodicidad: El Comité de Planeación, Produc ción e Intervención de la Malla Vial Local de la UMV se reunirá una (1) vez al mes y cuando se requiera a solicitud del Subdirector Técnico de la Malla Vial Local”.

Artículo 6°.

Derogar en su integridad el Artículo 8° de la Resolución 416 del 5 de septiembre de 2011.

Objeto: El Comité de Planeación, Producción e Intervención de la Malla Vial Local de la UMV, es la instancia de coordinación y articulación de la planificación e intervención de las obras de la malla vial local, y de la producción de los insumos requeridos para su gestión, en el marco de las políticas y estrategias definidas por el Consejo Directivo y la Dirección General.

Artículo 7°.

Los demás artículos de la Resolución No. 416 de 2011, no modificados por la presente reso lución continúan vigentes en todas sus partes.

Artículo 8°.

La presente resolución rige a partir de su expedición.

Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de diciembre de dos mil dieciocho (2018).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Funciones: El Comité de Planeación, Producción e Intervención de la Malla Vial Local de la UMV, tendrá las siguientes funciones:
1. Coordinar y articular la planificación, producción e intervención de la malla vial local, en el marco de la política y de las estrategias definidas por la Dirección General.
2. Efectuar el seguimiento del cumplimiento de sus objetivos misionales.

ÁLVARO SANDOVAL REYES Director General 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6568 • pP. 1-7 • 2019 • JUNIO • 4

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar