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Registro Distrital 6567 de 2019

Registro Distrital 6567 de 2019 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
6567
Año
2019
Fecha
31 de mayo de 2019
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 51 Número 6567 2019 • MAYO • 31 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2019 SECRETARÍA DE MOVILIDAD Resolución Número 221 (Mayo 30 de 2019)

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamen tario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera.

“POR LA CUAL SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS EN PROVISIONALIDAD EN EMPLEOS EN VACANCIA DEFINITIVA DENTRO DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la normatividad vigente aplicable, la Secretaría Distrital de Movilidad una vez identificadas las vacantes defi nitivas dentro de su planta de personal, adelantó pre viamente el proceso de verificación de requisitos para otorgamiento de situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que ostentan los funcionarios con derechos de carrera administrativa. las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que de conformidad con lo anterior y una vez culmi nado el proceso de provisión de vacantes definitivas mediante situación administrativa de encargo con funcionarios de carrera administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad identificó la necesidad de reali zar la provisión de las vacantes definitivas restantes del proceso de encargos, mediante nombramiento provisional.

Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que mientras se surte el proceso de selección a través del sistema de mérito resulta jurídicamente procedente realizar la provisión excepcional de las vacantes defi nitivas mediante nombramiento provisional.

Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera administrativa con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la misma.

Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, está sometido a una condición resolutoria específica (mientras se surte el proceso de selección, hasta que se produzca el nombramiento en periodo de prueba, reemplazo de lista de elegible resultante de concurso de méritos o por el tiempo que dure la situación administrativa) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.

1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-1 • 2019 • MAYO • 31 tantes del proceso de encargos, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa lo son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requieren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) per sona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.

Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, los siguientes funcionarios cumplen con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio de los empleos de la planta global de la Secretaría Distrital de Movilidad con vacancia defi nitiva, los cuales debe ser provistos por necesidades del servicio de la siguiente manera:

Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes resul N° NOMBRES Y APELLIDOS IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA MANUAL DE FUNCIONES - IDENTIFICACIÓN 1 JULIO CESAR ARIAS GALINDO 98.761.289 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 24 SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN EN VÍA 321-222-24-01 2 WILLIAM JOSE DONADO GUTIERREZ 7.571.187 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 24 SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN EN VÍA 321-222-24-01 3 YULY ALEXANDRA 221-222-19-01 CUBILLOS ROJAS 1.013.584.030 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 19 SUBDIRECCIÓN DE TRANSPORTE PÚBLICO 221-222-19-01 4 ANGELA ROCIO MENDOZA RINCON 1.049.620.653 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 19 SUBDIRECCIÓN DE TRANSPORTE PÚBLICO 5 DANIEL ANDRES PRADA OCHOA 79.724.377 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 19 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-222-19-02 6 ANA MISSGROTH CARDENAS NARANJO 52.701.557 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 19 DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN 530-222-19-03 7 FERNANDO MORALES GUERRERO 1.030.552.867 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 19 SUBDIRECCIÓN FINANCIERA 611-222-19-03 8 CRISTIAN LEANDRO DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS 219-15-01 1.022.352.304 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 BUITRAGO ZARABANDA AL TRÁNSITO Y TRANSPORTE ATENCIÓN AL 219-15-01 9 JOSE RAFAEL SUAREZ RUBIO 1.065.591.208 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 DIRECCIÓN DE CIUDADANO 10 MONICA MARTINEZ BURGOS 52.420.802 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 219-15-01 11 CAMILO ALBERTO 219-15-01 RAMOS LARA 1.026.270.359 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-2 • 2019 • MAYO • 31 2 N° NOMBRES Y APELLIDOS IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA MANUAL DE FUNCIONES - IDENTIFICACIÓN 12 NATHALIE PINZON ATENCIÓN AL 410-219-15-02 TORRES 53.093.340 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 DIRECCIÓN DE CIUDADANO 13 JINNIER DAVID ORTIZ DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS 420-219-15-01 HERRERA 1.010.182.808 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 AL TRÁNSITO Y TRANSPORTE SUBDIRECCIÓN DE CONTROL E INVESTIGACIONES 422-219-15-02 14 CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ GARZON 1.018.427.664 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 AL TRANSPORTE PÚBLICO 15 ASTRID ALVAREZ GUTIERREZ 52.262.953 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 SUBDIRECCIÓN FINANCIERA 611-219-15-01 16 MARIA ELIZA TROYA ATENCIÓN AL 410-219-12-01 PARDO 1.071.164.277 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 12 DIRECCIÓN DE CIUDADANO 17 PILAR YANETH ALVAREZ FONSECA 1.049.617.637 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 8 SUBDIRECCIÓN DE SEÑALIZACIÓN 311-219-08-01 18 JAIME ANDRÉS BELLO FLOREZ 80.748.934 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 1 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-219-01-01 19 DIANA CAROLINA LÓPEZ CUBIDES 52.997.065 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 1 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-219-01-01 20 SIRLEY JOHANNA PRIETO LADINO 1.026.268.194 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 1 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-219-01-01 21 MARTHA LIZETH BOTELLO GUTIERREZ 1.026.581.293 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 1 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-219-01-01 22 JHONNATTAN SOACHA MURILLO 1.014.223.919 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 1 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-219-01-01 23 LUIS HERNANDO CASAS CORTES 79.429.046 TÉCNICO ADMINISTRATIVO 367 4 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-367-04-01 24 INGRID PAOLA DUEÑAS LEAL 1.030.594.754 TÉCNICO OPERATIVO 314 4 SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN EN VÍA 321-314-04-01

RESUELVE:

Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a los funcionarios mencionados en las vacantes definitivas de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

En mérito de lo expuesto,

Artículo primero.

Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a los siguientes funcionarios mediante nombramiento en provi sionalidad en los empleos que se indican a continuación.

N° NOMBRES Y APELLIDOS IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA MANUAL DE FUNCIONES - IDENTIFICACIÓN 1 JULIO CESAR ARIAS GALINDO 98.761.289 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 24 SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN EN VÍA 321-222-24-01 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-3 • 2019 • MAYO • 31 N° NOMBRES Y APELLIDOS IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA MANUAL DE FUNCIONES - IDENTIFICACIÓN 2 WILLIAM JOSE 7.571.187 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 24 SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN EN VÍA 321-222-24-01 DONADO GUTIERREZ 3 YULY ALEXANDRA 221-222-19-01 CUBILLOS ROJAS 1.013.584.030 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 19 SUBDIRECCIÓN DE TRANSPORTE PÚBLICO 4 ANGELA ROCIO MENDOZA 221-222-19-01 1.049.620.653 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 19 SUBDIRECCIÓN DE TRANSPORTE RINCON PÚBLICO 5 DANIEL ANDRES PRADA OCHOA 79.724.377 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 19 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-222-19-02 6 ANA MISSGROTH CARDENAS 52.701.557 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 19 DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN 530-222-19-03 NARANJO 7 FERNANDO 1.030.552.867 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 19 SUBDIRECCIÓN FINANCIERA 611-222-19-03 MORALES GUERRERO 8 DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS 219-15-01 1.022.352.304 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 AL TRÁNSITO Y CRISTIAN LEANDRO BUITRAGO ZARABANDA TRANSPORTE ATENCIÓN AL 219-15-01 9 JOSE RAFAEL SUAREZ RUBIO 1.065.591.208 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 DIRECCIÓN DE CIUDADANO 10 MONICA MARTINEZ 52.420.802 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 219-15-01 BURGOS 11 CAMILO ALBERTO 219-15-01 RAMOS LARA 1.026.270.359 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA 12 NATHALIE PINZON ATENCIÓN AL 410-219-15-02 TORRES 53.093.340 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 DIRECCIÓN DE CIUDADANO DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS 420-219-15-01 13 JINNIER DAVID ORTIZ HERRERA 1.010.182.808 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 AL TRÁNSITO Y TRANSPORTE SUBDIRECCIÓN 14 DE CONTROL E INVESTIGACIONES 422-219-15-02 CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ 1.018.427.664 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 AL TRANSPORTE GARZON PÚBLICO 15 ASTRID ALVAREZ GUTIERREZ 52.262.953 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 SUBDIRECCIÓN FINANCIERA 611-219-15-01 ATENCIÓN AL 410-219-12-01 16 MARIA ELIZA TROYA PARDO 1.071.164.277 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 12 DIRECCIÓN DE CIUDADANO 17 PILAR YANETH 1.049.617.637 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 8 SUBDIRECCIÓN DE SEÑALIZACIÓN 311-219-08-01 ALVAREZ FONSECA 18 JAIME ANDRÉS BELLO FLOREZ 80.748.934 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 1 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-219-01-01 19 DIANA CAROLINA LÓPEZ CUBIDES 52.997.065 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 1 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-219-01-01 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-4 • 2019 • MAYO • 31 4 N° NOMBRES Y APELLIDOS IDENTIFICACIÓN DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA MANUAL DE FUNCIONES - IDENTIFICACIÓN 20 SIRLEY JOHANNA PRIETO LADINO 1.026.268.194 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 1 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-219-01-01 21 MARTHA LIZETH 1.026.581.293 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 1 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-219-01-01 BOTELLO GUTIERREZ 22 JHONNATTAN SOACHA MURILLO 1.014.223.919 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 1 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-219-01-01 23 LUIS HERNANDO CASAS CORTES 79.429.046 TÉCNICO ADMINISTRATIVO 367 4 SUBDIRECCIÓN DE CONTRAVENCIONES 421-367-04-01 24 INGRID PAOLA DUEÑAS LEAL 1.030.594.754 TÉCNICO OPERATIVO 314 4 SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN EN VÍA 321-314-04-01 Resolución Número 222

Artículo segundo.

El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y no genera derechos de carrera administrativa.

(Mayo 30 de 2019)

“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO ORDINARIO”

EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial PARÁGRAFO 1: Al cumplirse la condición resolutoria (culminación del proceso de selección, hasta que se produzca el nombramiento en periodo de prueba o reemplazo de lista de elegible resultante de concurso de méritos) el nombramiento realizado mediante el artículo anterior quedara automáticamente sin efecto y el funcionario retirado del servicio. las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018

RESUELVE:

Parágrafo 2. Antes de cumplirse la condición
resolutoria correspondiente de los nombramientos provisionales efectuados mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motiva da, podrá darlos por terminados de conformidad de conformidad con la potestad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurisprudencia Constitucional y Contencioso Administrativa.

Artículo primero.

Nombrar a ORLANDO SA LAMANCA FIGUEROA identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.497.301, en el cargo de JEFE DE OFICINA CÓDIGO 006 GRADO 07 – OFICINA DE CONTROL DISCIPLINARIO de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, con una asig nación básica mensual de $ 6.691.577 y gastos de representación de $ 2.676.631.

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

Artículo segundo.

La presente resolución rige a partir de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-5 • 2019 • MAYO • 31 Resolución Número 223 (Mayo 30 de 2019)

“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA cuyos titulares se encuentren en situaciones admi nistrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administra tivas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.

TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y

CONSIDERANDO:

Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la va cante temporal en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 asignado a la Subdirección de Transporte Público mediante situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carre ra administrativa, encontrando que aunque existen funcionarios de carrera administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocu par la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.

Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombra miento.

Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.

Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18 asignado a la Subdirección de Transporte Público de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad se encuentra en vacancia tempo ral derivado de la situación administrativa de encargo concedida mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a su titular RUTH DARY BORRERO GOMEZ identificada con la cédula de ciudadanía No. 63.484.605 con derechos de carrera administrativa.

Que al encontrarse en vacancia temporal por encargo de su titular en un empleo de superior jerarquía, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 asignado a la Subdirección de Transporte Público de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio.

Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-6 • 2019 • MAYO • 31 6 En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a DIEGO FERNANDO QUIÑONES TAMAYO identifi cado con cédula de ciudadanía 80.728.612 mediante nombramiento en provisionalidad en empleo Profesio nal Universitario Código 219 Grado 18 asignado a la Subdirección de Transporte Público de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, se tiene que el señor DIEGO FER NANDO QUIÑONES TAMAYO identificado con cédula de ciudadanía 80.728.612 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 asignado a la Subdirección de Transporte Público de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Artículo segundo.

El nombramiento de que tra ta el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 otorgada a la siguiente funcionaria:

Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a DIEGO FERNANDO QUIÑONES TAMAYO en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA 221-219-18-01 RUTH DARY BORRERO GOMEZ 63.484.605 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 18 SUBDIRECCIÓN DE TRANSPORTE PÚBLICO Resolución Número 224 (Mayo 30 de 2019)

“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

Parágrafo. Antes de cumplirse la condición reso
lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad de conformidad con la potestad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurisprudencia Constitucional y Contencioso Adminis trativa.

EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del

CONSIDERANDO:

mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.

7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-7 • 2019 • MAYO • 31 vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.

Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.

Que el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 19 asignado a la Subdirección de Infraes tructura de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad se encuentra en vacancia tem poral derivado del nombramiento mediante situación administrativa de encargo concedida mediante Reso lución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a su titular CLAUDIA PATRICIA BENAVIDES CORDOBA identifi cada con la cédula de ciudadanía No. 52.068.616 con derechos de carrera administrativa.

Que al encontrarse en vacancia temporal por encargo de su titular en un empleo de superior jerarquía, el empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 19 asignado a la Subdirección de Infraestructura de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio.

Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones admi nistrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administra tivas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.

Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, se tiene que la señora MARÍA FER NANDA LOSADA SALAZAR identificada con cédula de ciudadanía 36.308.563 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 19 asignado a la Subdirección de Infraestructura de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la vacante temporal en el empleo Profesional Especiali zado Código 222 Grado 19 asignado a la Subdirección de Infraestructura mediante situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carre ra administrativa, encontrando que aunque existen funcionarios de carrera administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocu par la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.

Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a MARIA FERNANDA LOSADA SALAZAR en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

En mérito de lo expuesto, Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-8 • 2019 • MAYO • 31 8

RESUELVE:

empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Artículo segundo.

El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 otorgada a la siguiente funcionaria:

Artículo primero.

Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a MARÍA FERNANDA LOSADA SALAZAR identificada con cédula de ciudadanía 36.308.563 mediante nom bramiento en provisionalidad en empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 19 asignado a la Subdirección de Infraestructura de la planta global de

FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA CLAUDIA PATRICIA BENAVIDES CORDOBA 52.068.616 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 19 SUBDIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA 224-222-19-01

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Parágrafo. Antes de cumplirse la condición reso
lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad de conformidad con la potestad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurisprudencia Constitucional y Contencioso Adminis trativa.

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad Resolución Número 225 (Mayo 30 de 2019)

“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 12 asignado a la Subdirección de Control e Investigaciones al Transporte Público de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Mo vilidad se encuentra en vacancia temporal derivado de la situación administrativa de encargo concedida mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a su titular ANGÉLICA MARCELA GÓMEZ BO LÍVAR identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.896.350 con derechos de carrera administrativa.

TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial Que al encontrarse en vacancia temporal por encargo de su titular en un empleo de superior jerarquía, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 12 asignado a la Subdirección de Control e Investigacio nes al Transporte Público de la planta global de em pleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio. las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-9 • 2019 • MAYO • 31 provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones admi nistrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administra tivas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.

Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la vacante temporal en el empleo Profesional Universi tario Código 219 Grado 12 asignado a la Subdirección de Control e Investigaciones al Transporte Público mediante situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carrera administrativa, encon trando que aunque existen funcionarios de carrera administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocupar la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.

Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, se tiene que la señora ANGELA MARIA GARAY CASTRO identificada con cédula de ciudadanía 1.070.011.107 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 12 asignado a la Subdirección de Control e Investi gaciones al Transporte Público de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombra miento.

Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a ANGELA MARIA GARAY CAS TRO en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a ANGÉLA MARÍA GARAY CASTRO identificada con cédula de ciudadanía 1.070.011.107 mediante nom bramiento en provisionalidad en empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 12 asignado a la Subdirección de Control e Investigaciones al Trans porte Público de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.

Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento

Artículo segundo.

El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 otorgada a la siguiente funcionaria:

FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA ANGÉLICA MARCELA 422-219-12-01 GÓMEZ BOLÍVAR 52.896.350 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 12 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL E INVESTIGACIONES AL TRANSPORTE PÚBLICO REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-10 • 2019 • MAYO • 31 10 cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.

Parágrafo. Antes de cumplirse la condición reso
lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad de conformidad con la po testad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurispruden cia Constitucional y Contencioso Administrativa.

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Investigaciones Administrativas al Tránsito y Transporte de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movi lidad se encuentra en vacancia temporal derivado de la situación administrativa de encargo concedida me diante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a su titular VEIRA ROJAS MARTINEZ identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.657.603 con derechos de carrera administrativa.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad Que al encontrarse en vacancia temporal por encargo de su titular en un empleo de superior jerarquía, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Investigaciones Admi nistrativas al Tránsito y Transporte de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio.

Resolución Número 226 (Mayo 30 de 2019)

“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones admi nistrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administra tivas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.

EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la vacante temporal en el empleo Profesional Universi tario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Investigaciones Administrativas mediante situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carrera administrativa, encontrando que aunque existen funcionarios de carrera administrativa vincu lados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocupar la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.

Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.

Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-11 • 2019 • MAYO • 31 LORENA NAVARRO TRIANA identificada con cédula de ciudadanía 53.016.980 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Investigaciones Adminis trativas al Tránsito y Transporte de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal. do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.

Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a SANDRA LORENA NAVARRO TRIANA en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.

Artículo primero.

Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a SANDRA LORENA NAVARRO TRIANA identificada con cédula de ciudadanía 53.016.980 mediante nom bramiento en provisionalidad en empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Investigaciones Administrativas al Trán sito y Transporte de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, se tiene la señora SANDRA

Artículo segundo.

El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 otorgada a la siguiente funcionaria:

FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA VEIRA ROJAS 420-219-15-01 MARTÍNEZ 51.657.603 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS AL TRÁNSITO Y TRANSPORTE

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad PARÁGRAFO: Antes de cumplirse la condición reso lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad de conformidad con la po testad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurispruden cia Constitucional y Contencioso Administrativa.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-12 • 2019 • MAYO • 31 12 Resolución Número 227 (Mayo 30 de 2019)

“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA cuyos titulares se encuentren en situaciones admi nistrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administra tivas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.

TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y

CONSIDERANDO:

Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la vacante temporal en el empleo Profesional Universi tario Código 219 Grado 08 asignado a la Dirección de Atención al Ciudadano mediante situación administra tiva de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carrera administrativa, encontrando que aunque existen fun cionarios de carrera administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocu par la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.

Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.

Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.

Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 08 asignado a la Dirección de Atención al Ciudadano de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad se encuentra en va cancia temporal derivado de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a su titular NANCY HAIDY MUÑOZ CHAVARRO identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.966.010 con derechos de carrera administrativa.

Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.

Que al encontrarse en vacancia temporal por encargo de su titular en un empleo de superior jerarquía, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 08 asignado a la Dirección de Atención al Ciudadano de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio.

Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-13 • 2019 • MAYO • 31 En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a GLORIA ANDREA CALDERÓN CALDERÓN identificada con cédula de ciudadanía 52.710.727 mediante nombramiento en provisionalidad en em pleo Profesional Universitario Código 219 Grado 08 asignado a la Dirección de Atención al Ciudadano de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Infor mación Distrital del Empleo y la Administración Pública
- SIDEAP, se tiene que la señora GLORIA ANDREA CALDERÓN CALDERÓN identificada con cédula de ciudadanía 52.710.727 cumple con los requisitos le gales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 08 asignado a la Dirección de Atención al Ciudadano de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Artículo segundo.

El nombramiento de que tra ta el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 otorgada a la siguiente funcionaria:

Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a GLORIA ANDREA CALDERÓN CALDERÓN en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA NANCY HAIDY MUÑOZ 410-219-08-02 CHAVARRO 51.966.010 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 08 DIRECCIÓN DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Resolución Número 228 (Mayo 30 de 2019)

“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

Parágrafo. Antes de cumplirse la condición reso
lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad de conformidad con la potestad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurisprudencia Constitucional y Contencioso Adminis trativa.

EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

CONSIDERANDO:

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-14 • 2019 • MAYO • 31 14 Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue automáticamente dicho nombramiento.

Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.

Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Subdirección de Control e In vestigaciones al Transporte Público de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad se encuentra en vacancia temporal derivado del nombra miento mediante situación administrativa de comisión para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción concedida mediante Resolución No. 247 del 11 de agosto de 2016 a su titular RODOLFO ALFONSO CETINA identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.734.646 con derechos de carrera administrativa.

Que al encontrarse en vacancia temporal por el tiempo que dure la comisión otorgada a su titular, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asig nado a la Subdirección de Control e Investigaciones al Transporte Público de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio.

Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones admi nistrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administra tivas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.

Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, el señor ÓSCAR JAVIER FORI GUA FORIGUA identificado con cédula de ciudadanía 1.032.410.088 cumple con los requisitos legales y fun cionales establecidos para el ejercicio del empleo de la planta global de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la vacante temporal en el empleo Profesional Universi tario Código 219 Grado 15 asignado a la Subdirección de Control e Investigaciones al Transporte Público mediante situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carrera administrativa, encon trando que aunque existen funcionarios de carrera administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocupar la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.

Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a OSCAR JAVIER FORIGUA FO RIGUA en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-15 • 2019 • MAYO • 31 En mérito de lo expuesto, Transporte Público de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

RESUELVE:

Artículo segundo.

El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de comisión para desempeñar un cargo de libre nombra miento y remoción concedida mediante Resolución No. 247 del 11 de agosto de 2016 al siguiente funcionario:

Artículo primero.

Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a ÓSCAR JAVIER FORIGUA FORIGUA identificado con cédula de ciudadanía 1.032.410.088 mediante nombramiento en provisionalidad en empleo Profe sional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Subdirección de Control e Investigaciones al

FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA SUBDIRECCIÓN RODOLFO ALFONSO 422-219-15-01 CETINA 79.734.646 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 DE CONTROL E INVESTIGACIONES AL TRANSPORTE PÚBLICO Resolución Número 229 (Mayo 30 de 2019)

“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

Parágrafo. Antes de cumplirse la condición reso
lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad de conformidad con la po testad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurispruden cia Constitucional y Contencioso Administrativa.

EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

CONSIDERANDO:

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-16 • 2019 • MAYO • 31 16 diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.

Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18 asignado a la Subdirección de Transporte Privado de la planta global de empleos de la Secre taría Distrital de Movilidad se encuentra en vacancia temporal derivado de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a su titular MAYERLY GUTIÉ RREZ NAVARRETE identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.488.723 con derechos de carrera administrativa.

Que al encontrarse en vacancia temporal por encargo de su titular en un empleo de superior jerarquía, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 asignado a la Subdirección de Transporte Privado de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio.

Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones admi nistrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administra tivas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.

Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, se tiene que la señora LINA LO RENA CARREÑO PÉREZ identificada con cédula de ciudadanía 1.049.623.831 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 asignado a la Subdirección de Transporte Privado de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la va cante temporal en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 asignado a la Subdirección de Transporte Privado mediante situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carre ra administrativa, encontrando que aunque existen funcionarios de carrera administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocu par la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.

Que por lo anterior se considera procedente nom brar en provisionalidad a LINA LORENA CARREÑO PEREZ en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe

Artículo primero.

Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a LINA LORENA CARREÑO PÉREZ identificada con cédula de ciudadanía 1.049.623.831 mediante nombramiento en provisionalidad en empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 asignado a la Subdirección de Transporte Privado de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-17 • 2019 • MAYO • 31 encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 otorgada a la siguiente funcionaria:

Artículo segundo.

El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de

FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA MAYERLY GUTIÉRREZ NAVARRETE 52.488.723 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 18 SUBDIRECCIÓN DE TRANSPORTE PRIVADO 222-219-18-01 Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Parágrafo. Antes de cumplirse la condición reso
lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad de conformidad con la potestad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurisprudencia Constitucional y Contencioso Adminis trativa.

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad Resolución Número 230 (Mayo 30 de 2019)

Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 12 asignado a la Subdirección de Control e Investigaciones al Transporte Público de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movili dad se encuentra en vacancia temporal derivado del nombramiento mediante situación administrativa de comisión para desempeñar un cargo de libre nombra miento y remoción concedida mediante Resolución No. 189 del 03 de mayo de 2019 a su titular SANDRA MILENA CASTAÑEDA MUÑOZ identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.982.806 con derechos de carrera administrativa.

“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA Que al encontrarse en vacancia temporal por el tiempo que dure la comisión otorgada a su titular, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 12 asig nado a la Subdirección de Control e Investigaciones al Transporte Público de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio.

DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones admi nistrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administra tivas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-18 • 2019 • MAYO • 31 18 la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.

Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la vacante temporal en el empleo Profesional Universi tario Código 219 Grado 12 asignado a la Subdirección de Control e Investigaciones al Transporte Público mediante situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carrera administrativa, encon trando que aunque existen funcionarios de carrera administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocupar la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.

Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, la señora SANDRA EDI ARCE GORDILLO identificada con cédula de ciudadanía 1.018.405.586 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 12 asig nado a la Subdirección de Control e Investigaciones al Transporte Público de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue automáticamente dicho nombramiento.

Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a SANDRA EDI ARCE GORDILLO en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.

Artículo primero.

Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a SAN DRA EDI ARCE GORDILLO identificada con cédula de ciudadanía 1.018.405.586 mediante nombramiento en provisionalidad en empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 12 asignado a la Subdirección de Control e Investigaciones al Transporte Público de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para

Artículo segundo.

El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de comisión para desempeñar un cargo de libre nombra miento y remoción concedida mediante Resolución No. 189 del 03 de mayo de 2019 a la siguiente funcionaria:

FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA 422-219-12-01 SANDRA MILENA CASTAÑEDA MUÑOZ 52.98.2806 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 12 SUBDIRECCIÓN DE CONTROL E INVESTIGACIONES AL TRANSPORTE PÚBLICO nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad de conformidad con la po testad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del PARÁGRAFO: Antes de cumplirse la condición reso lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-19 • 2019 • MAYO • 31 Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurispruden cia Constitucional y Contencioso Administrativa.

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad se encuentra en vacancia temporal derivado de la situación administrativa de encargo concedida mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a su titular PATRICIA AMADO BAUTISTA iden tificada con la cédula de ciudadanía No. 52.077.873 con derechos de carrera administrativa.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad Que al encontrarse en vacancia temporal por encargo de su titular en un empleo de superior jerarquía, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Investigaciones Admi nistrativas al Tránsito y Transporte de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio.

Resolución Número 231 (Mayo 30 de 2019)

“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones admi nistrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administra tivas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.

MOVILIDAD”

EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviem bre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la vacante temporal en el empleo Profesional Universi tario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Investigaciones Administrativas mediante situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carrera administrativa, encontrando que aunque existen funcionarios de carrera administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocupar la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expre so en participar en dicho proceso de provisión.

Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.

Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Investiga ciones Administrativas al Tránsito y Transporte de la REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-20 • 2019 • MAYO • 31 20 ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma. asignado a la Dirección de Investigaciones Adminis trativas al Tránsito y Transporte de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a JENNY MARITZA VELOSA CA MARGO en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.

Artículo primero.

Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a JENNY MARITZA VELOSA CAMARGO identificada con cédula de ciudadanía 52.270.161 mediante nom bramiento en provisionalidad en empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 asignado a la Dirección de Investigaciones Administrativas al Trán sito y Transporte de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública – SIDEAP, se tiene que la señora JENNY MARITZA VELOSA CAMARGO identificada con cédula de ciudadanía 52.270.161 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15

Artículo segundo.

El nombramiento de que trata el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 otorgada a la siguiente funcionaria:

FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA PATRICIA AMADO 420-219-15-01 BAUTISTA 52.077.873 PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 15 DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS AL TRÁNSITO Y TRANSPORTE Resolución Número 232 (Mayo 30 de 2019)

“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN PROVISIONALIDAD EN UNA VACANCIA TEMPORAL DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD”

Parágrafo. Antes de cumplirse la condición reso
lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad de conformidad con la po testad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurispruden cia Constitucional y Contencioso Administrativa.

EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 numeral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 y Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de no viembre de 2018 se modificó la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Secretario Distrital de Movilidad 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-21 • 2019 • MAYO • 31 Que mediante Resolución N° 248 del 27 de diciembre de 2018, se distribuyen los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, en relación con vacancias temporales está sometido a una condición resolutoria específica (el tiempo que dure la situación administrativa que dio lugar a la misma) determinada por la ley y que al cumplirse extingue dicho nombramiento.

Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido expresa mente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la respectiva carrera.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 7 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998 (sustituido por el Decreto 1227 de 2005 que a su vez fue compila do por el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública) la Sala Plena del Con sejo de Estado en sentencias de marzo 13 de 2003 (expediente 4972/01) y septiembre 11 de 2003 (expe diente 4714/01) estableció que los nombramientos en provisionalidad en empleos de carrera administrativa son en forma enteramente discrecional por parte del nominador de la entidad o su delegado y que no requie ren de motivación alguna o procedimiento de selección específico para la escogencia de la (s) persona( s) a ser nombrada (s) en esta forma.

Que el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 19 asignado a la Subdirección de Infraes tructura de la planta global de empleos de la Secre taría Distrital de Movilidad se encuentra en vacancia temporal derivado de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 a su titular LUZ MARIELA CAÑÓN ALFARO identificada con la cédula de ciudadanía No. 40.041.919 con derechos de carrera administrativa.

Que al encontrarse en vacancia temporal por encargo de su titular en un empleo de superior jerarquía, el empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 19 asignado a la Subdirección de Infraestructura de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio.

Que para llevar a cabo dicha potestad administrativa, la Secretaría Distrital de Movilidad adoptó dentro de su Sistema Integrado de Gestión el “Procedimiento para proveer un empleo mediante nombramiento provisional” PA02-PR03 (Versión 1.0) con base en el cual procedió a revisar los perfiles de hoja de vida de candidatos (as) para ocupar las vacantes temporales existentes, de conformidad con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente para la entidad, con el propósito de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio del cargo.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004, los empleos de carrera cuyos titulares se encuentren en situaciones admi nistrativas que impliquen separación temporal de los mismos serán provistos en forma provisional solo por el tiempo que duren aquellas situaciones administra tivas, cuando no fuere posible proveerlos mediante la figura del encargo con servidores públicos de carrera administrativa.

Que una vez hecho esto y previo a la verificación de (i) no estar dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad del orden constitucional o legal para ejercer cargos públicos mediante Formato de Hoja de Vida - DAFP), (ii) carecer de antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios de Personería y Procuraduría, y (iii) haber diligenciado el registro de hoja de vida y Declaración de Bienes y Rentas en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pú blica – SIDEAP, se tiene que el señor LUIS ERNESTO BALLESTEROS LARROTTA identificado con cédula de ciudadanía 1.098.661.505 cumple con los requisitos legales y funcionales establecidos para el ejercicio del empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 19 asignado a la Subdirección de Infraestructura de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó el trámite administrativo de provisión de la vacante temporal en el empleo Profesional Especiali zado Código 222 Grado 19 asignado a la Subdirección de Infraestructura mediante situación administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que otorga el sistema general de carre ra administrativa, encontrando que aunque existen funcionarios de carrera administrativa vinculados a la entidad que cumplen los requisitos legales para ocu par la vacante, ninguno de ellos manifestó su interés expreso en participar en dicho proceso de provisión.

Que por lo anterior se considera procedente nombrar en provisionalidad a LUIS ERNESTO BALLESTE ROS LARROTTA en la respectiva vacancia temporal existente dentro de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-22 • 2019 • MAYO • 31 22 En mérito de lo expuesto, Subdirección de Infraestructura de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad que se encuentra en vacancia temporal.

RESUELVE:

Artículo primero.

Nombrar dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad a LUIS ERNESTO BALLESTEROS LARROTTA identificado con cédula de ciudadanía 1.098.661.505 mediante nombramiento en provisionalidad en empleo Profesio nal Especializado Código 222 Grado 19 asignado a la

Artículo segundo.

El nombramiento de que tra ta el artículo anterior es de carácter PROVISIONAL y hasta por el término de la situación administrativa de encargo otorgada mediante Resolución No. 049 del 15 de febrero de 2019 otorgada a la siguiente funcionaria:

FUNCIONARIO TITULAR CÉDULA DENOMINACIÓN CODIGO GRADO DEPENDENCIA IDENTIFICACIÓN DE DEPENDENCIA LUZ MARIELA CAÑÓN ALFARO 40.041.919 PROFESIONAL ESPECIALIZADO 222 19 SUBDIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA 224-222-19-01

CONSIDERANDO:

Parágrafo. Antes de cumplirse la condición reso
lutoria correspondiente del nombramiento provisional efectuado mediante el presente acto administrativo, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados de conformidad de conformidad con la po testad normativa establecida por el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) y los criterios definidos por la jurispruden cia Constitucional y Contencioso Administrativa.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC – 20192130016595 del 18 de marzo de 2019, “Por la cual se conforma y adopta la lista de elegibles para proveer una (1) vacante del empleo de carrera identificado con código OPEC No. 212925, denominado Profesional Universitario Có digo 219 Grado 18, del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015.”

Artículo tercero.

La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

Que respecto de la citada Convocatoria se decretó una medida cautelar de suspensión que fue revocada por el Consejo de Estado mediante auto del 07 de marzo de 2019, sin embargo, el día 22 de marzo de 2019 de la misma anualidad, ingresó al despacho una solicitud de aclaración y corrección de dicha decisión la cual no ha sido resuelta.

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad SECRETARÍA DE HACIENDA Que el día 5 de abril de 2019, frente a la solicitud de la SDH sobre la ejecutoriedad y firmeza del Auto de fecha 7 de marzo de 2019, la Secretaría de la Sección Segunda del Consejo de Estado, a través de correo electrónico oficial de notificaciones, da respuesta en los siguientes términos:

Resolución Número SDH-000094 (Mayo 29 de 2019)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba en cumplimiento a un fallo de acción de tutela”

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE “Atentamente y en atención a su petición de la referen cia, a través de la cual solicita se le informe si el auto de 7 de marzo de 2019, dictado en el proceso radicado bajo el No. 110010325000201601189 00(5266-2016), actor: Clara Cecilia López Barragán, se encuentra ejecutoriado y en firme, le informo que contra ese auto se solicitó aclaración o corrección del mismo y el proceso entró al despacho el 22 de marzo de 2019 para resolverla.

BOGOTÁ D.C. en uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1227 de 2005 y el Decreto 1083 de 2015, y Es de aclarar, que de acuerdo a lo establecido en el artículo 302 del Código General del Proceso: “… Cuando se pida aclaración o complementación 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-23 • 2019 • MAYO • 31 de una providencia sólo quedará ejecutoriada una vez resuelta la solicitud…” de conformidad con lo expuesto, dicho levantamiento de la medida no se encuentra en firme. lución No. SDH-000101 del 15 de abril de 2015, “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Plan ta de Cargos de la Secretaría Distrital de Hacienda”, para el empleo, Profesional Universitario código 219 grado 18, Oficina de Cobro Coactivo del Despacho del Director de Impuestos de Bogotá.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que no obstante lo anterior, la Comisión Nacional del Servicio Civil remitió la lista de elegibles correspon diente al empleo OPEC No.212925, para verificación por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda del cumplimiento de requisitos, la cual fue devuelta sin exclusiones. Dentro de la lista de elegibles aparece el nombre del señor Elber Alirio Domínguez Almanzar en el puesto primero para el cargo de profesional Univer sitario código 219 grado 18.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda remitió oficio a la Comisión Nacional del Servicio Civil el 12 de abril de 2019, reiterando la solicitud de no continuar con la etapa correspondiente del concurso de méritos, hasta tanto quede ejecutoriado el referido Auto de revocatoria del Consejo de Estado. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 del Código General del Proceso ya señalado.

Artículo 1º.

Dar cumplimiento al fallo de acción de tutela No. No.11001-33-35-014-2019-00178-00 y, en consecuencia, nombrar en período de prueba dentro de la Carrera Administrativa al señor ELBER ALIRIO DOMÍNGUEZ ALMANZAR, identificado con cédula de ciudadanía número 79.606.617 para desempeñar el cargo de Profesional Universitario código 219 gra do 18, Oficina de Cobro Coactivo del Despacho del Director de Impuestos de Bogota, de la Planta de la Secretaría Distrital de Hacienda, con una asignación básica mensual de $ 3.497.848.

Que el Juzgado Catorce Administrativo Oral de Bogotá- Sección Segunda – notificó a esta Secretaría mediante comunicado del 13 de mayo de 2019, que dentro de la acción de tutela No.11001-33-35-014-2019-00178-00 interpuesta por el señor ELBER ALIRIO DOMÍNGUEZ ALMANZAR, se profirió la siguiente decisión:

Artículo 2º.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 2.2.6.25 del Decreto 1083 de 2015, al final del cual le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato; de ser satisfactoria la calificación será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfac toria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

“PRIMERO: TUTELAR los derechos fundamentales de acceso a cargos públicos e igualdad, invocados por el ciudadano Elber Alirio Domínguez Almanzar, de conformidad con la parte motiva de la providencia.

Artículo 3°.

El señor ELBER ALIRIO DOMÍNGUEZ ALMANZAR, de conformidad con los artículos 2.2.5.5.6 y 2.2.5.7.1 del Decreto 1083 de 2015, tendrá diez (10) días hábiles, a partir de la comunicación del nombra miento, para manifestar si acepta y diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación.

SEGUNDO. - ORDENAR al Secretaria Distrital de Hacienda (sic) que en cumplimiento del artículo 2.2.6.21 del Decreto 1083 de 2015, dentro de las cua renta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente decisión, entre a proveer el cargo de Pro fesional Universitario grado 18 código 219 ofertado en la convocatoria 328 de 2015, designado al accionante en periodo de prueba por ser quien ocupó el primer lugar, si aún no lo ha hecho.”

Artículo 4°.

Remitir copia de esta resolución al Juz gado Catorce Administrativo Oral de Bogotá- Sección Segunda- a la Oficina de Cobro Coactivo, a la Sub dirección del Talento Humano y a la Historia Laboral del señor ELBER ALIRIO DOMÍNGUEZ ALMANZAR.

Artículo 5°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Que Juzgado Catorce Administrativo Oral de Bogo tá- Sección Segunda concedió el día 20 de mayo de 2019, la impugnación presentada por la Secretaría Distrital de Hacienda contra el fallo en mención ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la cual está pendiente de resolver.

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

Que mediante Resolución No. SDH-000087 del 15 de mayo de 2019, se ordenó dar cumplimiento al fallo pro ferido en la Acción de Tutela N°11001-33-35-014-2019- 00178-00, Accionante Elber Alirio Domínguez Almanzar.

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda Que la Subdirección del Talento Humano verificó el cumplimiento de los requisitos señalados en la Reso REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-24 • 2019 • MAYO • 31 24 Resolución Número 1377-DDI-

RESUELVE:

020469,2019EE109950 (Mayo 30 de 2019)

“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el

Artículo 1º.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital del acto administrativo relacionado en el anexo No. 1, que hace parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

EL JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES

Artículo 2º.

El Acto administrativo para publicar se encuentra listado en el siguiente anexo: Anexo No. 1 con 1 Registro.

Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE

Artículo 3º.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:

OFICINA TIPO DE ACTO IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 COBRO COACTIVO MANDAMIENTO DE PAGO de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

CONSIDERANDO:

Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.

La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 16.

Artículo 4º.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

JENY PATRICIA CHOLO CAMARGO Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Docu mentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias Profesional Universitario Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Firma delegada mediante Resolución No. DDI-001661 del 01 de febrero de 2018 Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, el acto administrativo relacionado en el anexo No. 1 fue devuelto por correo y se hace necesario publicarlo en el Registro Distrital.

Que, en consideración a lo expuesto, 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-25 • 2019 • MAYO • 31 DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN CAUSAL DE IMPUESTO FECHA DEL ACTO DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN FECHA DE...

CONTRIBUYENTE TIPO DE Profesional Universitario JENY PATRICIA CHOLO CAMARGO NOTIFICACIÓN POR AVISO APODERADO IDENTIFICACIÓN DEL Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Que la notificación del mandamiento de pago enviada por correo fue devuelta.

Cuentas Corrientes a través de procesos administrativos de cobro coactivo.

Que una vez surtida la citación el deudor no compareció a surtir la notificación personal.

Firma delegada mediante Resolución No. DDI-001661 del 01 de febrero de 2018 ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. 1377-DDI-020469 DEL 30 DE MAYO DE 2019 contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.

La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Carrera 30 No 25-90 piso 16 Tributario Nacional y el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por publicación sobre este hecho a:

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 140 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y en concordancia con el artículo 826 del Estatuto DDI018124 2019EE91379 201401200100024959 ALIRIA INES ARANGO LOPEZ 41.444.668 PREDIAL 09-05-19 KR 4 21 74 28-05--2019 CERRADO No. RESOLUCIÓN No. CORDIS No. DE EXPEDIENTE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O Que los contribuyentes que se relacionan a continuación, están siendo ejecutados por la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-26 • 2019 • MAYO • 31 26 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU Resolución Número 001910 Que conforme a la cláusula octava, la supervisión del contrato de Prestación de Servicios No. IDU-630-2018, la ejerció el (la) Subdirector (a) Técnico (a) Jurídico (a) y de Ejecuciones Fiscales.

(Mayo 14 de 2019)

“POR LA CUAL SE ADICIONA LA RESOLUCION 003273 DE 2018”

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE GESTIÓN CORPORATIVA DEL INSTITUTO DE Que el día 17 de abril de 2018 falleció la señora MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.), de conformidad con el registro civil de defunción No. 09592155, de fecha 2 de mayo de 2018, expedido por la Notaria Setenta y Una (71) del Circulo de Bogotá, DC, allega do mediante derecho de petición radicado bajo el No. 20185260478082 del 17 de mayo de 2018.

DESARROLLO URBANO – IDU, nombrada mediante la Resolución No. 63 del 09 de Enero de 2019, posesionado según Acta No. 012 del enero de 2019, delegado de acuerdo con la Resolución Número 7903 del 05 de agosto de 2016 de la Dirección General, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, el Decreto 019 de 2012 y demás normas concordantes vigentes, y teniendo en cuenta los Que mediante memorando radicado bajo el No. 20185660132233 del 1 de junio de 2018, el Subdirector (a) Técnico (a) Jurídico (a) y de Ejecuciones Fiscales, informó que la contratista cumplió con sus obligaciones contractuales hasta el 16 de abril de 2018 y solicitó a la Dirección Técnica de Gestión Contractual adelantar el trámite para la terminación unilateral del contrato de prestación de servicios No. IDU-630-2018. siguientes:

CONSIDERANDOS:

Que de conformidad con el balance financiero del contrato de la prestación de servicios No. IDU-630- 2018, presentado por el supervisor en el memorando en mención, es el siguiente:

VALOR TOTAL DEL CONTRATO $ 74.400.000 VALOR EJECUTADO $ 18.393.334 VALOR PAGADO AL CONTRATISTA $ 15.086.667 Honorarios Enero 2018 $ 2.686.667 Honorarios Febrero 2018 $ 6.200.000 Honorarios Marzo 2018 $ 6.200.000 SALDO A FAVOR DEL CONTRATISTA $ 3.306.667 Honorarios del 1 al 16 de abril 2018 $ 3.306.667 Que la Entidad requirió la prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión para el cumpli miento de las funciones que le han sido asignadas y el cumplimiento de su misionalidad; razón por la cual se vio en la necesidad de celebrar el contrato de presta ción de servicios IDU-630-2018 el día 17 de enero de 2018, con la señora MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.), cuyo objeto contractual fue: “PRESTAR SERVICIOS PROFESIONALES PARA APOYAR A LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA JURÍDICA Y DE EJECU CIONES FISCALES EN LA REVISIÓN, SEGUIMIEN TO Y CONTROL DE LAS ACTUACIONES JURÍDICAS RELACIONADAS CON LA CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACIÓN Y SOLICITUDES ELEVADAS POR ENTES DE CONTROL Y PARTICULARES”.

Que el plazo inicial de ejecución del contrato fue pactado en la cláusula segunda hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2018, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución, lo cual ocurrió el 18 de enero de 2018.

Que de acuerdo con lo anterior, hay un saldo a fa vor de la señora MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.), correspondiente al periodo comprendido entre el 1 al 16 de abril de 2018, por valor de TRES MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($3.306.667) y un saldo a liberar por la suma de CINCUENTA Y SEIS MILLONES SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS M/CTE (56.006.666).

Que conforme a la cláusula tercera del contrato, el valor se pactó en la suma de SETENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($74.400.000).

Que en el marco del contrato de prestación de servicios No. IDU-630-2018, no se suscribieron suspensiones.

Que una vez verificado el Formulario Único de Decla ración Juramentada de Bienes y Rentas y Actividad Económica Privada Persona Natural, que diligencio y suscribió la señora MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.) y que hace parte integral del contrato de Prestación de Servicios No. IDU-630-2018, se rela cionaron los siguientes familiares en primer grado de consanguinidad:

27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-27 • 2019 • MAYO • 31 NOMBRE Y APELLIDO DOCUMENTO DE IDENTIDAD PARENTESCO DANIEL EDUARDO RODRÍGUEZ VARGAS 1.070.918.793 HIJO GUSTAVO ADOLFO RODRÍGEZ VARGAS 1.026.281.817 HIJO Que mediante declaración extrajuicio N°709 de la Notaria Sesenta y Tres del Circulo de Bogotá, el señor GUSTAVO RODRÍGUEZ TORRES identificado con cedula de ciudadanía 19488824 de Bogotá, demostró su calidad de compañero permanente de la contratista MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.).

RODRÍGUEZ TORRES, identificado con cedula de ciudadanía número 19488824, desde el día 14 de febrero de 1988 hasta el día de su fallecimiento el 17 de abril de 2018, al igual que manifestaron que entre la unión de estas dos personas procrearon dos hijos de nombres DANIEL EDUARDO RODRIGUEZ VARGAS y GUSTAVO ADOLFO RODRIGUEZ VARGAS, certifi cación que se anexa al presente acto Administrativo.

Que mediante radicado 20185261273962 del 03 de diciembre de 2018, el señor DANIEL EDUARDO RO DRÍGUEZ VARGAS en calidad de hijo de la señora MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.) solicito la entrega de saldos a favor de la contratista antes mencionada.

Que una vez revisados los antecedentes y la docu mentación allegada por los interesados y dando cum plimiento a lo reglado en el Código Civil Colombiano en concordancia con la Ley 29 de 1982, con relación a las Reglas Relativas a la Sucesión intestada, se pudo corroborar que la señora MARÍA DEL ROSARIO VAR GAS (Q.E.P.D.), tiene en Primer Orden Sucesoral, a sus hijos DANIEL EDUARDO RODRIGUEZ VARGAS identificado con cedula de ciudadanía N° 1070918793 y GUSTAVO ADOLFO RODRIGUEZ VARGAS iden tificado con cedula de ciudadanía N° 1026281817, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1045 del Código Civil subrogados por el artículo 4 de la Ley 29 de 1982 el cuales señala lo siguiente: (...)

Que mediante memorando 20185661192051 del 12 de diciembre de 2018, la Subdirección Técnica Jurídica y de Ejecuciones Fiscales en respuesta de la solicitud con radicado 20185261273962 del 03 de diciembre de 2018, informa que para el pago de saldos a favor, se deben allegar Registro Civil de nacimiento de los hijos, Registro civil de matrimonio o declaración extra juicio de conveniencia, oficio firmado por los hijos y esposos en el cual se autorice el desembolso de los honorarios en la cuenta bancaria, autenticada en notaria y certifi cación bancaria, como mecanismo probatorio para la devolución de los saldos a favor.

“ARTÍCULO 4o. El artículo 1045 del Código Civil quedará así: Los hijos legítimos, adoptivos y extramatrimoniales, excluyen a todos los otros herederos y recibirán entre ellos iguales cuotas, sin perjuicio de la porción conyugal.” (…)

Que los documentos requeridos fueron allegados me diante oficio 20195260314812 del 20 de marzo de 2019 y alcance 20195260454312 del 12 de abril de 2019.

Que se pudo establecer que la señora MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.), tenía una unión ma rital de hecho, de forma permanente e ininterrumpida compartiendo mesa, techo y lecho con el señor GUS TAVO RODRÍGUEZ TORRES.

Que según los Registros de Nacimientos N° 14862292 con identificación N°891206 emitido por la Notaria Doce (12) de Bogotá D.C. y N° 19906805 con identi ficación N° 921108, emitido por la Notaria Única del Circulo de Cota.; se pudo corroborar que DANIEL EDUARDO RODRÍGUEZ VARGAS y GUSTAVO ADOLFO RODRÍGUEZ VARGAS son hijos de MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.).

Que mediante Resolución Número 003273 del 24 de julio de 2018, se declaró la terminación y Liquidación Unilateral del contrato No IDU-630-2018, en el estado en que se encontraba, de acuerdo a la información y documentación allegada por la Subdirección Técnica Jurídica y de Ejecuciones Fiscales, los documentos que reposan en la carpeta legal del contrato y los datos que se encuentran en los sistemas de información de la entidad.

Que el contenido del presente acto administrativo fue notificado de conformidad al artículo 73 de la Ley 1437 de 2011, publicando la parte resolutiva en la página Web y en un medio masivo de comunicación en la ciudad de Bogotá D.C.

Que mediante Declaración Extra juicio Número 709 de la Notaria Sesenta y Tres del Círculo de Bogotá D.C, Acta de Declaraciones Bajo Juramento con fines Ex traprocesales (Decreto 1557 de Julio 14/89) de fecha veinticuatro (24) de enero de 2019, el señor Alfonso Rodríguez Torres identificado con cedula de ciudada nía N° 19194064 y Pedro Antonio Rodríguez Torres identificado con cedula de ciudadanía N° 19340791, manifestaron que la señora MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.) quién en vida se identificada con cédula de ciudadanía N° 41666973, convivio en unión libre de forma permanente e ininterrumpida compar tiendo mesa, techo y lecho con el señor GUSTAVO Que el 21 de septiembre de 2018 quedo ejecutoriada la Resolución número 003273 del 24 de julio de 2018, de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-28 • 2019 • MAYO • 31 28 conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 numeral 3° de la Ley 1437 de 2011

Artículo septimo.

Ordenar el pago de la suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($3.306.667), a favor de DANIEL EDUARDO RODRÍ GUEZ VARGAS identificado con cedula de ciudadanía N° 1070918793 y GUSTAVO ADOLFO RODRÍGUEZ VARGAS identificado con cedula de ciudadanía 1026281817 de Bogotá, hijos de la señora MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.)

Que en la parte resolutiva de la Resolución Número 003273 del 24 de julio de 2018, no se ordenó el pago de los saldos a favor de los beneficiarios de la señora MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.), que hacienden a la suma de TRES MILLONES TRESCIEN TOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS ($3.306.667) M/CTE.

Que los interesados de común acuerdo solicitan la devolución de los saldos a favor de MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.) para que sean con signados en la cuenta corriente N°052819302 del Banco AV VILLAS, a nombre de DANIEL EDUARDO RODRÍGUEZ VARGAS identificado con cedula de ciudadanía N° 1070918793, hijo de la señora MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.)

Artículo octavo.

La suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($3.306.667) serán con signados en la cuenta corriente N°052819302 del Banco AV VILLAS, a nombre de DANIEL EDUARDO RODRÍGUEZ VARGAS identificado con cedula de ciudadanía N° 1070918793, hijo de la señora MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.), de conformidad con el poder conferido

Artículo segundo.

Ordenar la publicación de la parte resolutiva del presente acto administrativo en la página web de la Entidad por el término de un (1) día hábil, al igual que la difusión en un medio masivo de comunicación, de la ciudad de Bogotá D.C., lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011. La notificación se entenderá surtida dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación.

Que dando aplicación a la ley 1395 de 2010, articulo 119, mediante la cual se adoptaron medidas para la descongestión de los despachos judiciales, en el senti do de devolver directamente y sin juicio de sucesión a los cónyuges, compañeros permanentes o herederos sobrevivientes del causante, o a unos u otros conjun tamente, los dineros depositados en Cuentas de aho rro, Cuentas corrientes,.CDT,.Cheques de gerencia, hasta por un monto de cuarenta y ocho millones ciento ochenta y siete mil novecientos cuarenta y tres pesos ($48.187.943,oo) moneda corriente. Para el año 2014.

Artículo tercero.

Una vez ejecutoriado el pre sente acto administrativo, envíese copia del mismo a la Dirección Técnica Administrativa y Financiera – Subdirección Técnica de Presupuesto y Contabilidad para para los fines pertinentes.

Que teniendo en cuenta que la suma a devolver a los beneficiarios de la señora MARÍA DEL ROSARIO VARGAS (Q.E.P.D.), son TRES MILLONES TRES CIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($3.306.667), suma que está por debajo de lo autorizado por Superintendencia Financiera de Colombia, luego en estos términos, los dineros se entregaran directamente a los beneficia rios sin necesidad de que inicien juicio de sucesión, consignándolos en la cuenta autorizada para este fin.

Artículo cuarto.

Contra la presente Resolución procede únicamente el recurso de reposición, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días há biles siguientes a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 “Código de Procedimiento Administrativo y de lo Con tencioso Administrativo.”.

PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

Por las razones expuestas anteriormente, el Subdi rector General de Gestión Corporativa, actuando en calidad de ordenador del gasto.

Dada en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del

RESUELVE:

mes de mayo de dos mil diecinueve (2019).

Artículo primero.

ADICIONAR la Resolución Número 003273 del 24 de julio de 2018 así:

LIGIA STELLA RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ SUBDIRECTORA GENERAL DE GESTIÓN CORPORATIVA 29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6567 • pP. 1-29 • 2019 • MAYO • 31

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