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Registro Distrital 6538 de 2019

Registro Distrital 6538 de 2019 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
6538
Año
2019
Fecha
17 de abril de 2019
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 51 Número 6538 2019 • AbRil • 17 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2019 relacionados en los anexos No. 1, No. 2 y No. 3 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.

SECRETARÍA DE HACIENDA Que, en consideración a lo expuesto, Resolución Número 842-DDI-

RESUELVE:

016910,2019EE 75358 (Abril 15 de 2019)

“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el

Artículo 1º.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1, No. 2 y No. 3 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

EL JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA

Artículo 2º.

Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 28 Registros, Anexo No. 2 con 94 Registros, Anexo No. 3 con 5 Registros.

Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE

Artículo 3º.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:

IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 OFICINA TIPO DE ACTO de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN de 2014, y de conformidad con lo establecido en COBRO COACTIVO el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE PARTE

CONSIDERANDO:

COBRO PREJURÍDICO RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE PARTE CUENTAS CORRIENTES Y RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIONES COMPENSACIÓN LIQUIDACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.

Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Docu mentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponer se ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Sub dirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.2:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-1 • 2019 • ABRIL • 17 OFICINA TIPO DE ACTO MODIFICACIÓN MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE PROCESO COBRO COACTIVO RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON EL PROCESO COBRO PREJURÍDICO RESOLUCIÓN DE FACILIDAD DE PAGO CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES AUTO INADMISORIO DE SOLICITUD DE DEVOLUCION Y/O COMPENSACION AUTO ACLARATORIO FISCALIZACIÓN GRANDES CONTRIBUYENTES EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR PLIEGO DE CARGOS POR NO REMITIR INFORMACIÓN EMPLAZAMIENTO PARA CORREGIR EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR GENERAL DE FISCALIZACIÓN PLIEGO DE CARGOS REQUERIMIENTO ESPECIAL Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 16.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 3:

Artículo 4º.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

OFICINA TIPO DE ACTO COBRO COACTIVO MANDAMIENTO DE PAGO Dada en Bogotá, D.C., a los quince (15) días del mes de abril de dos mil diecinueve (2019).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.

JOHN ALEXÁNDER BARBOSA CRISTANCHO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-2 • 2019 • ABRIL • 17 2 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA 3/4/2019 DESCONOCIDO DEVOLUCIÓN A 07 21-03-19 CERRADO SUR 22-03-19 CERRADO 26A 49 5/4/2019 NO RESIDE DEL CAUCA)

KR 28A 25 89 TULUA (VALLE NOTIFICACIÓN VIA AGUACLARA PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA 27-02-19 2010, 2011, 2012 KR 57 48 142 2/4/2019 DESCONOCIDO 13-03-19 2018 KR 27 I 71 68 01-03-19 2013, 2014 CL 96 22 48 5/4/2019 NO RESIDE 12-03-19 2018 CL 134 A 100 14-03-19 2018 CR 69L 64D 68 20-03-19 DESCONOCIDO 20-03-19 2011 TIPO PARTE PARTE PARTE SACIÓN SACIÓN SACIÓN DE ACTO REVISIÓN 01-04-19 2016 CL 31A SUR REVISIÓN 26-03-19 2017 KR 18 12 30 5/4/2019 DESCONOCIDO OFICIAL DE OFICIAL DE DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN Y/O COMPEN- Y/O COMPEN- Y/O COMPEN- PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE NIT PLACA - CHIP INMOBILIARIA- Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO DEL IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO ORTIZ 14.266.970 VEHÍCULOS RGL864 ÁNGEL 14.882.431 VEHÍCULOS RET621 LIQUIDACIÓN SALOMON 19.261.212 VEHÍCULOS ZYN545 LIQUIDACIÓN REZ LOAIZA 4.427.618 VEHÍCULOS BLS306 APODERADO NOMBRE DEL ZALEZ JIMENEZ 7.330.301 VEHÍCULOS CDU701 ULVEDA GOMEZ 17.005.364 PREDIAL AAA0136NSMR tinuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

MARINO DE ABELLO 22.295.875 VEHÍCULOS BSL295 CAJAMARCA MATEUS 21.057.184 PREDIAL AAA0020ATRJ CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.1DE LA RESOLUCIÓN No.842-DDI-016910 DEL 15 DE ABRIL DE 2019 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

Que los jefes de la Oficina de Cobro Prejurídico, la Oficina de Cobro Coactivo, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recau- DDI005250 2019EE22579 201321000369 JULIA CONCEPCION DDI007016 2019EE35915 201901400300002109 MARIA DEL ROSARIO 3741 DDI008444 2019EE50284 201803200200053840 HERNANDEZ GARCIA DDI006951 2019EE35713 201901400300001517 MARCO TULIO SEP- DDI008032 2019EE43210 201803200200054079 SERRANO DUARTE DDI005416 2019EE23990 201403100100115355 RUDECINDO ACOSTA DDI007105 2019EE36918 201903400300002859 VICTOR MANUEL GON- DDI007754 2019EE40647 201503100100068484 JOSE HONORIO GUTIER- RESOLUCIÓN No. dación, Cobro y Cuentas Corrientes y la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Determinación profirieron para los contribuyentes que se relacionan a con- 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-3 • 2019 • ABRIL • 17 4/4/2019 CERRADO 3/4/2019 CERRADO 405 2/4/2019 NO RESIDE LAR SUR 5/4/2019 DESCONOCIDO D 18 2/4/2019 CERRADO CA 13 5/4/2019 NO RESIDE AP 204 4/4/2019 NO RESIDE LLANO APTO 102 8/4/2019 CERRADO MZ C CA 5 54 78 SUR 21-03-19 CERRADO CL 63 A BIS CL 18 A 4 18 31 BRR SAN ISIDRO 2/4/2019 CERRADO BOSQUE TO 4 68 F 60 BRR BOSQUE POPU- REMANSOS DEL 11-03-19 2018 DIAGONAL 47 A 06-03-19 2012, 2013 CL 68 A 79 18 8/4/2019 NO RESIDE 15-03-19 2013 05-03-19 2013 KR 78 A 41 G 28 15-03-19 2011 KR 9 80 12 2/4/2019 NO RESIDE 13-03-19 2014 AC 8 SUR 31 15-03-19 2013, 2014 KR 1014 56 OF 27-02-19 2013 13-03-19 2014 CL 32 SUR 9 27-02-19 2013 PORTAL DEL 03-04-19 2011, 2012 CL 147 A 50 74 8/4/2019 CERRADO PARTE PARTE PARTE PARTE PARTE PARTE PARTE PARTE PARTE PARTE SACIÓN REVISIÓN 21-03-19 2017 KR 54C 138 90 OFICIAL DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPEN- PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN 28-03-19 2010, 2013 KRA 19 84 13 PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE NOTIFICACIÓN POR AVISO LEON 79.966.437 VEHÍCULOS REY891 ELVAR 79.041.743 VEHÍCULOS HDK293 LIQUIDACIÓN MARTIN 79.567.495 PREDIAL AAA0060FCBS RENGIFO 28.519.666 VEHÍCULOS BWP935 MONTOYA 35.320.326 VEHÍCULOS BWS521 BARRAGAN 52.540.186 PREDIAL AAA0034BZXS VELASQUEZ 51.556.751 PREDIAL AAA0037DROE RO RAMIREZ 41.732.772 PREDIAL AAA0007ZMLW LOPEZ LOPEZ 79.101.991 PREDIAL AAA0062ORHK PULIDO VARGAS 79.324.956 VEHÍCULOS REQ039 LAGOS HERNANDEZ 79.306.464 VEHÍCULOS AUJ194 RESOLUCIÓN DE OROZCO GONZALEZ 79.793.868 VEHÍCULOS SPU137 CRY488 ANEXO No.1DE LA RESOLUCIÓN No.842-DDI-016910 DEL 15 DE ABRIL DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI011555 2019EE54849 "20321004320 ANA ISABEL GONZALEZ DDI008161 2019EE44977 2017031001196025623 WILLIAM GERMAN 3696 DDI007841 2019EE41759 201803200200054062 SALAZAR SANDOVAL DDI005834 2019EE26511 201901800300002621 HECTOR ALFONSO DDI007251 2019EE38428 201603100300002426 ALVARO ENRIQUE DDI007244 2019EE38421 201901800300003554 JOSE GILBERTO MARTIN DDI006778 2019EE34791 201903400300000774 DIDIER MAURICIO DDI005719 2019EE25881 201901800300002885 YURI ANDREA ALVAREZ DDI005251 2019EE22581 201503200100016196 LEONOR ALVIS DE DDI006983 2019EE35842 201401100100160442 GLADYS CUBILLOS DDI007254 2019EE38431 201403100100114986 VICTOR HUGO ARIAS DDI006990 2019EE35849 201901800300003025 CLARA ELVIRA CHAMOR- DDI005253 2019EE22586 201701199030263 PEÑA RAMIREZ AMPARO 35.460.948 PREDIAL AAA0037ZZAF REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-4 • 2019 • ABRIL • 17 4 405 2/4/2019 NO RESIDE B 16 26-03-19 CERRADO LC 108 28-03-19 NO RESIDE 605 TO B 5/4/2019 NO RESIDE 11-03-19 2010 CL 100 17 25 15-03-19 2010 KR 70 D 78 A 41 3/4/2019 DESCONOCIDO 15-03-19 2013, 2014 KR 10 14 56 OF 01-03-19 2019 CL 45 25 33 13-03-19 NO RESIDE 13-03-19 2015- 2016 KR 49 B 167 PARTE PARTE SACIÓN SACIÓN SACIÓN REVISIÓN 01-04-19 2017 KR 8 99 47 OF REVISIÓN 01-04-19 2016-3 TV 24 54 08 5/4/2019 NO RESIDE OFICIAL DE OFICIAL DE DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN Y/O COMPEN- Y/O COMPEN- Y/O COMPEN- PRESCRIPCIÓN PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE A SOLICITUD DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

S.A.S 900.523.794 PREDIAL AAA0213MBBS S EN C 800.155.364 PREDIAL AAA0099YZCN FELIPE 80.876.382 VEHÍCULOS IXV149 LIQUIDACIÓN OSORIO 94.480.713 VEHÍCULOS MBN044 ROMERO 93.134.650 VEHÍCULOS JAA97D SALUD S.A.S. 830.108.482 ICA N/A LIQUIDACIÓN DIZES RIVEROS 80.410.160 VEHÍCULOS RNY040 STRUCCIONES CILAGIS ANEXO No.1DE LA RESOLUCIÓN No.842-DDI-016910 DEL 15 DE ABRIL DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la DDI007253 2019EE38430 201321009434 SAMUEL EDUARDO DDI005470 2019EE24102 201903400300002269 JAIR ANTONIO AGUIRRE DDI006766 2019EE34693 201801400300081178 LEON CAMPILLO Y CIA 3730 DDI008339 2019EE49958 201803200200053629 AMAYA MONSALVE DDI006970 2019EE35805 201903400300001559 JHONY YESID ROJAS 3726 DDI008281 2019EE46548 201702200306017482 INVERSIONES DAMA DDI007239 2019EE38416 201311010190 INVERSIONES Y CON- Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-5 • 2019 • ABRIL • 17 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA 4/4/2019 DESCONOCIDO DEVOLUCIÓN 402 3/4/2019 DESCONOCIDO 19A 19 3/4/2019 DESCONOCIDO MARCA)

NOTIFICACIÓN ALTO DE YERV- ABUENA CS 430 CHIA (CUNDINA- PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA 03-04-19 2016, 2016, 2017, 2018 KR 13 A 109 36 9/4/2019 REHUSADO TIPO CHIVO 21-03-19 2015 DE ACTO DE PAGO 21-03-19 2006 DG 65C SUR PROCESO DECLARAR 27-03-19 2015 CL 127A 14 57 4/4/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 28-03-19 2014, 2015, 2016, 2017 CL 78 8 09 AP DECLARAR 27-03-19 2015 CL 63J 121 27 4/4/2019 CERRADO SEGUIR AD- TO ESPECIAL 03-04-19 2016 CL 1D 18 23 8/4/2019 DESCONOCIDO RESOLUCIÓN QUE ORDENA DE PROCESO 29-03-19 2004 CL 82 41 E-80 5/4/2019 DESCONOCIDO TERMINACIÓN MANDAMIENTO ELANTE CON EL ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA NIT PLACA - CHIP INMOBILIARIA- Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO DEL 27.702 PREDIAL AAA0141COEA EMPLA- 17.002.726 PREDIAL AAA0105PZXR NOTIFICACIÓN POR AVISO IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NAS ERSINDO LOS MUÑOZ 57.967 PREDIAL AAA0066CXLF EMPLA- HEREDEROS REZ ARTURO 2.912.797 VEHÍCULOS LME166 REQUERIMIEN- NOMBRE DEL PEDRO PABLO 17.111.737 PREDIAL AAA0141COEA EMPLA- JAIRO ENRIQUE 19.075.984 PREDIAL AAA0100ZRRJ AUTO DE AR- ORTIZ AGUDELO 21.350 VEHÍCULOS BFL414 RESOLUCIÓN DE Y/O APODERADO CONTRIBUYENTE JIMENEZ CELEITA 17.127.752 PREDIAL AAA0020XOAW MODIFICACIÓN DE JAIRO MIGUEL AREVALO CARDE- DE GARZON GUM- DETERMINADOS E INDETERMINADOS SUCESION ILIQUIDA ANEXO No.2DE LA RESOLUCIÓN No.842-DDI-016910 DEL 15 DE ABRIL DE 2019 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

NA 2019EE43912 201901100202003477 ROJAS CASTRO NA 2019EE54642 2019032002102008112 PARRADO GUTIER- NA 2019EE43912 201901100202003477 NA 2019EE44560 2019011003136067024 HERNANDO CUBIL- No.

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

DDI011527 2019EE54486 201901600300000160 DDI007842 2019EE41761 2014EE159892 VICTOR HERNAN DDI007840 2019EE41658 201701012002009163 PICO SANTAMARIA DDI008219 2019EE45813 2014EE178044 RAFAEL ANTONIO RESOLUCIÓN No. dación, Cobro y Cuentas Corrientes,la Oficina Fiscalización Grandes Contribuyentes y la Oficina General de Fiscalización de la Subdirección de Determinación, Que los Jefes de la Oficina de Cobro Prejurídico, la de Oficina de Cobro Coactivo, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recau- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-6 • 2019 • ABRIL • 17 6 CA 55 8/4/2019 CERRADO CA 55 8/4/2019 CERRADO CA 21 4/4/2019 NO RESIDE CA 21 4/4/2019 NO RESIDE AP 502 4/4/2019 NO RESIDE AP 502 4/4/2019 NO RESIDE AP 502 4/4/2019 NO RESIDE AP 502 4/4/2019 NO RESIDE AP 502 4/4/2019 NO RESIDE 03-04-19 2016, 2016, 2017, 2018 CL 13 A 109 36 9/4/2019 REHUSADO PAGO 29-03-19 2015 CL 174A 63 55 PAGO 29-03-19 2015 CL 174A 63 55 PROCESO DECLARAR 03-04-19 2017 CL 74 A 119 C 45 4/4/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 03-04-19 2017 CL 74 A 119 C 45 4/4/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 28-03-19 2014, 2015, 2016, 2017 CL 78 8 09 3/4/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 27-03-19 2014 CL 152B 59 54 DECLARAR 27-03-19 2014 CL 152B 59 54 DECLARAR 28-03-19 2014, 2015, 2016, 2017 KR 54 61 05 4/4/2019 REHUSADO SEGUIR AD- TO ESPECIAL 29-03-19 2015 CL 65 4 A 54 4/4/2019 REHUSADO RESOLUCIÓN QUE ORDENA DE PROCESO 28-03-19 2000 AK 30 57 A 25 DE PROCESO 28-03-19 2002 AK 30 57 A 25 DE PROCESO 28-03-19 2000 AK 30 57 A 25 DE PROCESO 28-03-19 2009, 2010, 2011 AK 30 57 A 25 DE PROCESO 28-03-19 2010, 2011 AK 30 57 A 25 FACILIDAD DE FACILIDAD DE TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN ELANTE CON EL ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA NOTIFICACIÓN POR AVISO NAS 19.160.498 PREDIAL AAA0088UZNX RESOLUCIÓN DE NAS 19.160.498 VEHÍCULOS BEK129 RESOLUCIÓN DE NAS 19.160.498 PREDIAL AAA0038ENRU RESOLUCIÓN DE NAS 19.160.498 PREDIAL AAA0088UZNX RESOLUCIÓN DE NAS 19.160.498 PREDIAL AAA0038ENSK RESOLUCIÓN DE PEREZ 19.382.100 PREDIAL AAA0066CXLF EMPLA- DOÑEZ 19.492.572 PREDIAL AAA0229TNCN RESOLUCIÓN DE DOÑEZ 19.492.572 PREDIAL AAA0126XAHY RESOLUCIÓN DE PARRA GOMEZ 41.557.083 PREDIAL AAA0228YCDM EMPLA- PARRA GOMEZ 41.557.083 PREDIAL AAA0228UXTD EMPLA- VEGA NORIEGA 19.324.036 PREDIAL AAA0211ATWW EMPLA- VEGA NORIEGA 19.324.036 PREDIAL AAA0211ATSY EMPLA- CUBILLOS PEREZ 19.191.944 PREDIAL AAA0066CXLF EMPLA- VASQUEZ CARDE- VASQUEZ CARDE- VASQUEZ CARDE- VASQUEZ CARDE- VASQUEZ CARDE- CASTRO VASQUEZ 32.615.767 PREDIAL AAA0089LHOM REQUERIMIEN- VALO DE CEBALLOS 20.143.673 PREDIAL AAA0105PZXR ANEXO No.2DE LA RESOLUCIÓN No.842-DDI-016910 DEL 15 DE ABRIL DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2019EE54491 201801100329052869 GLORIA MARIA NA 2019EE45883 2019012001090004571 SILVIA HELENA DE NA 2019EE54491 201801100329052869 GLORIA MARIA NA 2019EE44560 2019011003136067024 WILLIAM CUBILLOS NA 2019EE44290 201901100202003480 CIRO GUILLERMO NA 2019EE44290 201901100202003479 CIRO GUILLERMO NA 2019EE44560 2019011003136067024 HENRY HERNANDO DDI011527 2019EE54486 201901600300000160 MARIA DINICY ARE- DDI008242 2019EE46192 201901750100007987 IVAN ORTIZ OR- DDI008242 2019EE46192 201901750100007987 IVAN ORTIZ OR- DDI 008142 2019EE44661 2010EE67378 JAIRO ALFONSO DDI 008148 2019EE44820 2010EE330910 JAIRO ALFONSO DDI 008140 2019EE44638 2011EE296414 JAIRO ALFONSO DDI 008140 2019EE44638 2011EE296414 JAIRO ALFONSO DDI 008140 2019EE44638 2011EE296414 JAIRO ALFONSO 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-7 • 2019 • ABRIL • 17 SUR 8/4/2019 DESCONOCIDO 2401 4/4/2019 REHUSADO 37D 11 SUR 8/4/2019 NO RESIDE 14-03-19 2018 KR 2A 184 19 29-03-19 CERRADO CION CARGOS 22-03-19 2017-7 TV 73C BIS B DECLARAR 20-03-19 2016-1 KR 115 C 65B 53 1/4/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 20-03-19 2016-1 KR 55 A 128 A 35 1/4/2019 NO RESIDE DECLARAR 20-03-19 2016-3, 4, 5, 6 CL 24 19 B 73 3/4/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 27-03-19 2014 CL 25F 85C 82 4/4/2019 NO RESIDE DECLARAR 27-03-19 2014 KR 10A 1B 57 4/4/2019 NO RESIDE DECLARAR 29-03-19 2015-1, 4, 2016-1, 5 KR 24F 19 47 DECLARAR 03-04-19 2017 CL 74 A 119 27 5/4/2019 CERRADO DECLARAR 20-03-19 2016-4 KR 77 A 75 35 4/4/2019 CERRADO DECLARAR 03-04-19 2017 CL 74 A 119 27 5/4/2019 CERRADO DECLARAR 03-04-19 2017 CL 74 A 119 27 5/4/2019 CERRADO DECLARAR 03-04-19 2017 CL 74 A 119 C 45 4/4/2019 DESCONOCIDO AUTO INAD- MISORIO DE TO ESPECIAL 01-04-19 2017 AK 10 28 49 OF TO ESPECIAL 28-03-19 2013, 2015, 2016 CL 130C 95A 02 4/4/2019 REHUSADO DEVOLUCION SOLICITUD DE ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA Y/O COMPENSA- NOTIFICACIÓN POR AVISO HERNAN 79.331.987 ICA NA PLIEGO DE JIMENEZ 154.540.639 PREDIAL AAA0087PJPA REQUERIMIEN- MORENO 51.917.777 ICA N/A EMPLA- MERCADO 79.618.513 ICA NA EMPLA- JOHN JAIRO 79.864.191 PREDIAL AAA0235FAKC EMPLA- LUZ FANERY 63.307.713 PREDIAL AAA0032UCJZ EMPLA- CRUZ REYES 79.982.105 ICA N/A EMPLA- PARRA GOMEZ 41.557.083 PREDIAL AAA0228YCDM EMPLA- PARRA GOMEZ 41.557.083 PREDIAL AAA0228UBPA EMPLA- PARRA GOMEZ 41.557.083 PREDIAL AAA0228UXTD EMPLA- PARRA GOMEZ 41.557.083 PREDIAL AAA0228UBPA EMPLA- NANDO SIERRA JESUS ANGELO 80.276.192 PREDIAL AAA0121FNDM REQUERIMIEN- NADO Y CIA LTDA 830.018.955 ICA N/A EMPLA- NADO Y CIA LTDA 830.018.955 ICA N/A EMPLA- NANDEZ WILLIAM SANCHEZ SANCHEZ 52.990.802 PREDIAL AAA0153DAOE ANEXO No.2DE LA RESOLUCIÓN No.842-DDI-016910 DEL 15 DE ABRIL DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2019EE40334 201902100366003547 MAURICIO CORO- NA 2019EE40334 201902100366003547 MAURICIO CORO- NA 2019EE49915 2018012003176069195 EDUARDO WILD NA 2019EE44656 201901200385004480 MAHECHA PELAEZ NA 2019EE40361 201902100366003545 JUAN FERNANDO NA 2019EE43935 201901100202003506 GARCIA HUERTAS NA 2019EE42136 201902200360003331 QUIROGA HER- NA 2019EE43909 201901100202003474 RICO BERMUDEZ NA 2019EE46073 201902100339002903 JOAQUIN HER- NA 2019EE40185 201902100366003546 ENITH VELASQUEZ NA 2019EE54491 201801100329052869 GLORIA MARIA NA 2019EE54491 201801100329052869 GLORIA MARIA NA 2019EE54491 201801100329052869 GLORIA MARIA NA 2019EE54491 201801100329052869 GLORIA MARIA 2019EE37357 2019EE37357 201901400300002126 FLOR MARLENY REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-8 • 2019 • ABRIL • 17 8 4/4/2019 CERRADO A 26 4/4/2019 CERRADO D 27 1/4/2019 DESCONOCIDO 1004 1/4/2019 NO RESIDE 73 IN 2 3/4/2019 DESCONOCIDO OF 403 4/4/2019 CERRADO SUR 05 1/4/2019 DESCONOCIDO 151 C 03 5/4/2019 REHUSADO 48 SUR 02 2/4/2019 CERRADO KM 2 + 200 PARCELAS MTS ENTRADA AUT MEDELLIN DECLARAR 26-03-19 2015-6, 2016-1, 4, 6 CL 8 SUR 35 26 DECLARAR 26-03-19 2015-6, 2016-1, 4, 6 CL 8 SUR 34 DECLARAR 20-03-19 2016-2, 3, 4, 5, 6 CL 37 SUR 51 DECLARAR 20-03-19 2015-4, 5, 2016-1, 2, 4 CL 83 21 A 19 2/4/2019 NO RESIDE DECLARAR 20-03-19 2016-3, 4, 5, 6 DG 65 G 80 M DECLARAR 26-03-19 2016-6 DECLARAR 20-03-19 2016-3, 4, 5, 6 DG 23 B 19 B DECLARAR 26-03-19 2016-6 KR 70 F 74 D 02 3/4/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 20-03-19 2015-2, 3, 4, 5, 6, 2016-1, 2, 3, 5 KR 72 M BIS A DECLARAR 28-03-19 2016-6 KR 82 25 C 70 5/4/2019 CERRADO DECLARAR 26-03-19 2016-6 KR 5 69 14 P 4 2/4/2019 NO RESIDE DECLARAR 20-03-19 2015-2, 3, 4, 5, 6, 2016-1, 2, 3, 5 AK 9 113 52 OF DECLARAR 27-03-19 2014 KR 111A 78B 76 4/4/2019 DESCONOCIDO TO ESPECIAL 29-03-19 2017 CL 136 156D 13 4/4/2019 NO RESIDE DE PROCESO 01-04-19 2016 CL 138 D BIS TERMINACIÓN ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA 830.060.292 ICA N/A EMPLA- NOTIFICACIÓN POR AVISO S.A. 830.025.448 PREDIAL AAA0231NYNX EMPLA- SAS 830.019.364 PREDIAL AAA0051PREA RESOLUCIÓN DE COL SA 830.043.430 ICA N/A EMPLA- COL SA 830.043.430 ICA N/A EMPLA- LAMINAS EU 830.512.512 ICA N/A EMPLA- REYES LTDA 830.097.505 ICA N/A EMPLA- REYES LTDA 830.097.505 ICA N/A EMPLA- BELRAN SAS 832.001.398 ICA N/A EMPLA- BELRAN SAS 832.001.398 ICA N/A EMPLA- COR LTDA EN TRANS INHER- ARQUITECTOS 830.100.264 ICA N/A EMPLA- ADJUDICACION CONCRETO SAS 830.073.076 ICA N/A EMPLA- CONCRETO SAS 830.073.076 ICA N/A EMPLA- CONCRETO SAS 830.073.076 ICA N/A EMPLA- LIQUIDACION POR COLOMBIA PRODE- COLOMBIA PRODE- PRODUCTORAS DE PRODUCTORAS DE PRODUCTORAS DE ANEXO No.2DE LA RESOLUCIÓN No.842-DDI-016910 DEL 15 DE ABRIL DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2019EE42608 201902100366003541 TEMPORALES NA 2019EE42608 201902100366003541 TEMPORALES NA 2019EE40356 201902100366003548 ML METALES Y NA 2019EE40366 201902100366003544 CONSOURSING SAS NA 2019EE40361 201902100366003545 EXPORT IMPORT NA 2019EE42614 201902100366003542 COMPAÑIAS NA 2019EE40361 201902100366003545 EXPORT IMPORT NA 2019EE42614 201902100366003542 COMPAÑIAS NA 2019EE44967 2018021002214080182 NA 2019EE40199 201902100366003543 PROYECTOS DE NA 2019EE45887 2019012003094004595 COMCOL S.A.S. 830.063.769 PREDIAL AAA0073MOOE REQUERIMIEN- NA 2019EE42614 201902100366003542 COMPAÑIAS NA 2019EE40199 201902100366003543 PROYECTOS DE NA 2019EE43934 201901100202003505 GRUPO BOLIVAR DDI008287 2019EE49871 ´201701600300004197 ASERRIOS DEL SUR 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-9 • 2019 • ABRIL • 17 28/3/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 1 PI 9 5/4/2019 NO RESIDE 72J 74 5/4/2019 CERRADO OF 303 4/4/2019 NO RESIDE ISAACS CL 15 18 109 DEL CAUCA)

ZONA INDUS- TRIAL PUERTO (YUMBO-VALLE 18-03-19 2017 TORIO 01-04-19 2017 CL 108 45 30 TO REGIR 02-04-19 2017-5 CL 37B SUR PLIEGO DE DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2015-1, 4, 2016-1, 5 KR 15 77 05 4/4/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 29-03-19 2015-1, 4, 2016-1, 5 KR 34 10 94 4/4/2019 NO RESIDE DECLARAR 29-03-19 2015-1, 4, 2016-1, 5 KR 34 11A 36 4/4/2019 NO RESIDE DECLARAR 27-03-19 2016 AV 68 5 21 4/4/2019 NO RESIDE DECLARAR 19-03-19 2014-6, 2016-2, 6 AV 19 108 45 NO REMITIR CARGOS POR TO PARA COR- INFORMACIÓN ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA 860.027.446 ICA N/A EMPLA- NOTIFICACIÓN POR AVISO S A 900.082.159 ICA NA EMPLA- S A 900.082.159 ICA NA EMPLA- S A 900.082.159 ICA NA EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238OBYX EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238OBJH EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238NZOM EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238NYBR EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238NXSY EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238NXNX EMPLA- SAS 900.151.513 ICA NA EMPLAZAMIEN- VAR S.A. 890.304.806 ICA 890304806 AUTO ACLARA- LOMBIA S.A. 890.300.406 ICA 890300406 INGENIEROS LIQUIDACION 860.030.223 PREDIAL AAA0051PLLW EMPLA- SIMPLIFICADA KAPITOL S A EN POR ACCIONES ELECTRICAS HCR SULTORES Y ASO- CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CIADOS SOCIEDAD FORESTALES CON- ANEXO No.2DE LA RESOLUCIÓN No.842-DDI-016910 DEL 15 DE ABRIL DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE46073 201902100339002903 STILLFLEX SHOES NA 2019EE54266 201902200386004568 INSTALACIONES NA 2019EE46073 201902100339002903 STILLFLEX SHOES NA 2019EE46073 201902100339002903 STILLFLEX SHOES NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE50467 201902920301001828 ASISTENCIA BOLI- NA 2019EE38751 201902920301001827 CARTON DE CO- NA 2019EE43910 201901100202003475 INDUSTRIAS NA 2019EE39602 2018021003238080561 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-10 • 2019 • ABRIL • 17 10 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA NOTIFICACIÓN POR AVISO S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238YMWW EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238YLNN EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238YJJH EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238YHKL EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238YEEP EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238YCBS EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238ONYX EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238ONNN EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238OMLF EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238OKZE EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238OKWW EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238OKLF EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238OKBS EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238OJTO EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238OJLW EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238OJJH EMPLA- CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS ANEXO No.2DE LA RESOLUCIÓN No.842-DDI-016910 DEL 15 DE ABRIL DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-11 • 2019 • ABRIL • 17 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO 503 8/4/2019 REHUSADO AP 101 2/4/2019 DESCONOCIDO IN 1 OF 208 5/4/2019 DESCONOCIDO REGIR 21-03-19 2015-1 CL 125 BIS 20 75 DECLARAR 27-03-19 2014 KR 69B 68 39 4/4/2019 NO RESIDE DECLARAR 26-03-19 2016-1, 2, 5, 6 CL 98 7 A 73 2/4/2019 NO RESIDE DECLARAR 26-03-19 2016-1, 2, 5, 6 CL 77 B 114 A 23 DECLARAR 26-03-19 2016-1, 2, 5, 6 KR 20 70 15 3/4/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 20-03-19 2016-4 KR 78 A 76 89/95 3/4/2019 NO RESIDE DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF DECLARAR 29-03-19 2014 KR 7 67 02 OF TO PARA COR- ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238YUCN EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238YOOM EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238YOHK EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238YNOE EMPLA- S.A. 900.241.579 PREDIAL AAA0238YNAF EMPLA- LTDA 900.314.202 ICA N/A EMPLA- TIONS SAS 900.748.198 ICA N/A EMPLA- TIONS SAS 900.748.198 ICA N/A EMPLA- TIONS SAS 900.748.198 ICA N/A EMPLA- R.D.S. S.A.S 900.664.449 ICA 900.664.449 EMPLAZAMIEN- CRISTIAN CAMILO 1.014.203.515 PREDIAL AAA0230OOYN EMPLA- CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS CALLE VEINTISEIS ANEXO No.2DE LA RESOLUCIÓN No.842-DDI-016910 DEL 15 DE ABRIL DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2019EE43931 201901100202003502 BASTO BARBOZA NA 2019EE42610 201902100366003540 ALANIS PRODUC- NA 2019EE42610 201902100366003540 ALANIS PRODUC- NA 2019EE42610 201902100366003540 ALANIS PRODUC- NA 2019EE40185 201902100366003546 VITAL COSMETIC NA 2019EE41585 201902200378004443 INVERSIONES NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA NA 2019EE45540 201901100202003636 PROMOTORA Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-12 • 2019 • ABRIL • 17 12 DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN CAUSAL DE IMPUESTO FECHA DEL ACTO DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN FECHA DE...

CONTRIBUYENTE TIPO DE NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO ZALEZ 52.121.142 PREDIAL 04-03-19 KR 40 2 16 5/4/2019 CERRADO APODERADO IDENTIFICACIÓN DEL Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Que la notificación del mandamiento de pago enviada por correo fue devuelta.

Cuentas Corrientes a través de procesos administrativos de cobro coactivo.

Que una vez surtida la citación el deudor no compareció a surtir la notificación personal.

ANEXO No.3DE LA RESOLUCIÓN No.842-DDI-016910 DEL 15 DE ABRIL DE 2019 contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.

La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Carrera 30 No 25-90 piso 16 Tributario Nacional y el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por publicación sobre este hecho a:

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 140 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y en concordancia con el artículo 826 del Estatuto DDI005622 2019EE24943 201311001054 VALBUENA BARRIOS LUZ MERY 39.610.658 PREDIAL 04-03-19 KR 74 C BIS 63 15 SUR 5/4/2019 NO RESIDE DDI006734 2019EE34559 201311009747 JAIME GUSTAVO SANCHEZ DICELIS 195.462 PREDIAL 11-03-19 CL 3 14 74 2/4/2019 REHUSADO DDI005576 2019EE24738 201901600301002650 BLANCA YANET HIGUERA GON- DDI005577 2019EE24740 2017011001195021991 VEGA RODRIGUEZ SILVIA 51.751.910 PREDIAL 04-03-19 AK 9 108 A 50 3/4/2019 NO RESIDE DDI005622 2019EE24943 201311001054 FORERO VARGAS JAIRO 19.270.330 PREDIAL 04-03-19 AC 71 B SUR 14 27 8/4/2019 DESCONOCIDO No. RESOLUCIÓN No. CORDIS No. DE EXPEDIENTE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O Que los contribuyentes que se relacionan a continuación, están siendo ejecutados por la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-13 • 2019 • ABRIL • 17 EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.” necesario actualizar los Manuales de Procedimientos de las diferentes dependencias de la Entidad, con el objeto de ajustarlos a los nuevos parámetros documen tales, necesidades y desarrollo del Sistema.

Resolución Número 158 (Abril 12 de 2019)

RESUELVE:

“Por la cual se actualiza el documento P-DA-006 Solicitud, trámite y legalización de comisiones

Artículo 1º.

Actualizar el siguiente documento a la versión registrada a continuación:

de servicios o estudios”

Código Versión Nombre EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO P-DA-006 2 Solicitud, trámite y legalización de comisiones de servicios o estudios “TRANSMILENIO S.A.”, En ejercicio de sus facultades conferidas mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Artículo 2°.

Derogar en su totalidad la Resolución 569 del 24 de septiembre de 2018, mediante la cual se había adoptado la versión 1 del documento “P-DA- 006 Solicitud, trámite y legalización de comisiones de servicios o estudios”.

Artículo 3°.

La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que de conformidad con lo señalado en el artículo se gundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANS MILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

Dada en Bogotá, a los doce (12) días del mes de abril de dos mil diecinueve (2019).

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo úni co del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.

SOFÍA ZARAMA VALENZUELA Jefe de Oficina Asesora de Planeación Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-14 • 2019 • ABRIL • 17 14 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETO

2. ALCANCE

3. RESPONSABLE

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

5. DEFINICIONES

6. CONDICIONES GENERALES

6.1 Designación y control de las comisiones 6.2 Competencia para otorgar comisiones 6.3 Legalización de la comisión 6.4 Viáticos 6.5 Oportunidad en el trámite 6.6 Reporte a la Administradora de Riesgos Laborales 6.7 Modificación de la comisión

7. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

7.1 Comisión de Servicios 7.2 Comisión de Estudios

8. TABLA DE FORMATOS

MODIFICACIONES VERSIÓN FECHA CAMBIO SOLICITÓ 0 2014-05-14 Primera versión oficial del documento N.A.

Se realizaron las siguientes modificaciones:

Capítulo 1. OBJETO. Se revisa y ajusta el propósito de este procedimiento.

1 Agosto de Director(a) Corporativo(a)

2018 Capítulo 2. ALCANCE. Se aclara el ámbito de aplicación especificando que el procedimiento se aplica para comisiones de servicios o de estudios Capítulo 4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA. Se revisa y actualiza toda la normatividad aplicable.

15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-15 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA VERSIÓN FECHA CAMBIO SOLICITÓ Capítulo 5. DEFINICIONES. Se elimina el concepto de comisión Capítulo 6. CONDICIONES GENERALES. Se aclaran algunas condiciones generales y en especial las que tienen relación con los soportes que deben tener las comisiones que se radican en el Ministerio del Interior.

Se ajusta el porcentaje de la Póliza de Garantía de cumplimiento en las Comisiones de Estudio Capítulo 7. DESCRIPCION DE ACTIVIDADES. Se revisan y ajustan en un solo procedimiento, las actividades relacionadas con Comisión de Servicios al exterior del país, Comisión de servicios al Interior del País para el Gerente General y Comisión de Servicios al interior del país para servidores públicos diferentes al Gerente General.

Así mismo se revisan y ajustan las actividades relacionadas con el procedimiento 7.2 Comisión de Estudios Se modifica el logo de Transmilenio por la versión oficial establecida por la Subgerencia de Atención al Usuario y Comunicaciones.

Se realizan los siguientes ajustes:

Se cambia el responsable del documento dejando al Profesional Especializado Grado 06 de Talento y se ajustan las actividades del procedimiento.

2 8-abril-2019 Director(a) Corporativo(a)

Se incluye el Vo.Bo. del (de la) Director(a) Corporativo(a) previa autorización de la Gerencia General REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-16 • 2019 • ABRIL • 17 16 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA

1. OBJETO

Estandarizar las actividades necesarias para tramitar las comisiones de servicios o estudios requeridas por los servidores públicos de TRANSMILENIO S.A. y que hayan sido conferidas a través de invitaciones de Gobiernos Extranjeros, Organismos Internacionales o de Instituciones Privadas.

2. ALCANCE

Este procedimiento inicia con la solicitud de una comisión y finaliza con la legalización que haga de la misma el servidor público designado para atenderla, aplica exclusivamente para comisiones de servicios o estudios El presente documento es para conocimiento y aplicación de todos los servidores públicos de la Entidad (Trabajadores oficiales y empleados públicos).

3. RESPONSABLE

El Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano es el responsable por la elaboración y actualización de este procedimiento, a su vez el (la) Director(a) Corporativo(a) será responsable por su estricto cumplimiento, implementación y mantenimiento Se deberá realizar la revisión y/o actualización de este documento cuando los responsables de su aplicación y cumplimiento lo estimen pertinente.

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

- Decreto 1950 de 1973: por el cual se reglamentan los Decretos- Leyes 2400 y 3074 de 1968 y

otras normas sobre administración del personal civil, entre ellas las comisiones de servicio y estudio.

- Decreto 1666 de 1991: por el cual se dictan disposiciones sobre comisiones en el exterior.

- Decreto 2197 de 1996: Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1950 de 1973, en el

tema de comisiones de servicio y estudio.

17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-17 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

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Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA

- Decreto 1050 de 1997: por el cual se dictan disposiciones sobre comisiones en el exterior.

- Decreto 2004 de 1997: por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1050 de 1997, en las

condiciones de las comisiones.

- Decreto 1083 de 2015: por medio del cual de expide el Decreto único reglamentario del Sector

de Función Pública.

- Circular 077 de 2013: tramites de novedades de personal - Actos administrativos para firma del

Alcalde Mayor y/o Secretario/a General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

- Resolución 280 de 20015: por la cual se establecen los procedimientos administrativos para el

trámite de comisiones y viáticos en Transmilenio S.A. y se dictan otras disposiciones.

- Circular 046 de 2015: trámites para la solicitud de Comisiones al interior del País y al exterior

que debe suscribir el alcalde Mayor de Bogotá D.C.

- Circular 005 de 2018: trámites situaciones administrativas - Actos administrativos para firma del

Alcalde Mayor y/o Secretario/a General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

5. DEFINICIONES

Comisión de Servicios: tiene como objeto ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente a la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias, capacitaciones o seminarios, o realizar visitas técnicas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que trabaja el servidor público.

Están prohibidas las comisiones de servicios de carácter permanente.

La comisión de servicios hace parte de los deberes de todo servidor público, puede dar lugar al pago de viáticos y gastos de manutención conforme a la normatividad vigente. En el acto administrativo respectivo deberá indicarse su duración, que podrá ser hasta por treinta (30) días, prorrogables por razones de servicio y por una sola vez hasta por treinta (30) días más, con excepción de los empleos que tengan funciones específicas de inspección y vigilancia.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-18 • 2019 • ABRIL • 17 18 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

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Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA Nota: en los casos en los cuales una Comisión de Servicios incluya la participación por parte del comisionado en cursos de formación, capacitación o seminarios, ésta no se considera como Comisión de Estudios, siguiendo el trámite y ejecución normal de una Comisión de Servicios.

Comisión de Estudios: la comisión de estudios se cataloga como una situación administrativa en donde, por circunstancias previamente definidas, el servidor público durante su vida laboral y según el ordenamiento jurídico, sin perder tal condición, puede temporalmente dejar de prestar sus servicios, en este caso, para adelantar su formación o mejoramiento académico, teniendo en cuenta que:

- Sólo se podrán conferir para recibir capacitación, adiestramiento o perfeccionamiento en el

ejercicio de las funciones propias del empleo de que se es titular, o en relación con los servicios a cargo del organismo donde se halle vinculado el trabajador oficial.

- Las solicitudes de comisión de estudios que se presenten ante la Gerencia General deberán

incluir una justificación del jefe inmediato en la cual se precise la relación existente entre las funciones desempeñadas por el solicitante y el contenido de la capacitación solicitada.

- Se podrá conferir comisión de estudios en el exterior al trabajador oficial que tenga por lo

menos un (1) año continuo de servicio en la entidad, para tal efecto, además de la autorización respectiva, deberán cumplirse los siguientes requisitos, sin excepción:

✓ Convenio mediante el cual el comisionado se compromete a prestar sus servicios a la entidad por el doble del tiempo de duración de la comisión.

✓ Póliza de Garantía de Cumplimiento por el término señalado en el aparte anterior y un (1) mes más, y por el cien por ciento (100%) del valor total de los gastos en que haya incurrido la entidad con ocasión de la comisión de estudios y los sueldos que el servidor público pueda devengar durante el transcurso de su permanencia en el exterior.

✓ El plazo de la comisión de estudios no podrá ser mayor de doce (12) meses, prorrogable por un término igual hasta por dos (2) veces, siempre que se trate de obtener título académico y previa comprobación del buen rendimiento del comisionado.

19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-19 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

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ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA Nota: Para certificar el rendimiento académico, se deberá presentar título y/o certificado expedido por la institución y/o centro de estudios, en el que se exponga la situación académica satisfactoria del comisionado.

✓ En los eventos en los cuales el comisionado solicite una prórroga del tiempo inicialmente previsto, esta debe venir acompañada igualmente por un certificado de la institución y/o centro de estudios donde se evidencie que la prórroga no obedece a un rendimiento académico no satisfactorio del comisionado. Cuando se trate de obtener título académico de especialización científica, maestría o doctorados, la prórroga a que se refiere el presente artículo podrá otorgarse hasta por tres (3) veces, bajo las mismas condiciones contempladas en el inciso anterior.

✓ Cuando se trate de beca otorgada por el ICETEX, a la solicitud de autorización de comisión de estudios en el exterior deberá acompañarse concepto favorable de dicha entidad.

✓ En ninguna comisión de estudios al interior o exterior del país, podrá reconocerse viáticos ni tiquetes aéreos o terrestres.

✓ El Gobierno Nacional o Distrital o el Gerente General podrán revocar en cualquier momento la comisión y exigir que el servidor público reasuma las funciones de su empleo, cuando por cualquier medio aparezca demostrado que el rendimiento en el estudio, la asistencia o la disciplina no son satisfactorios, o se han incumplido las obligaciones pactadas. En este caso el servidor público deberá reintegrarse a sus funciones en el plazo que le sea señalado y prestar sus servicios conforme con lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto 1950 de 1973, so pena de hacerse efectiva la caución y sin perjuicio de las medidas administrativas y las sanciones disciplinarias a que haya lugar.

Nota: En los casos en los cuales una Comisión de Servicios incluya la participación por parte del servidor público en cursos de formación, capacitación o seminarios, ésta no se considera como Comisión de Estudios, siguiendo el trámite y ejecución normal de una Comisión de Servicios.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-20 • 2019 • ABRIL • 17 20 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

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ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA

6. CONDICIONES GENERALES

6.1 Designación y control de las comisiones

- Las solicitudes de comisiones de servicio siempre deben atender invitaciones espontaneas de

entidades y/o organismos nacionales y/o internacionales. No está permitido a los servidores públicos de TRANSMILENIO S.A. el trámite de solicitudes de invitación a eventos a nombre propio y/o a nombre de la entidad. TRANSMILENIO S.A. podrá solicitar información adicional a los organizadores del evento, para validar la información sobre dicha convocatoria.

- Los trabajadores oficiales que hayan sido designados para comisiones de estudios al exterior

en los últimos cinco (5) años anteriores a la solicitud de la comisión que se tramita, no podrán ser designados para una nueva comisión de este tipo.

6.2 Competencia para otorgar comisiones Las comisiones al interior del país serán conferidas para los trabajadores oficiales por el Gerente General y las comisiones al exterior serán concedidas por el Alcalde Mayor de Bogotá. En el caso de la Gerente General y el Subgerente General, las comisiones serán concedidas únicamente por la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales o entidades particulares solo podrán ser aceptadas previa autorización del Gobierno Nacional. Así mismo, no podrán conferirse comisiones al interior ni al exterior cuyos gastos sean sufragados por particulares que tengan interés directo o indirecto en la gestión de la Entidad. Esta autorización es adicional al requisito del párrafo anterior.

Todas las comisiones que se radiquen en el Ministerio del Interior deben contener los siguientes soportes.

✓ Comunicación solicitando autorización para aceptar una invitación.

✓ Carta de Invitación dirigida a la persona que va a viajar, en papel o correo del invitante, nombre del evento, fecha, lugar, ciudad, país; en la carta se debe indicar quien va a sufragar los gastos y hacer una descripción detallada de estos.

21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-21 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

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Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA ✓ Indicar la naturaleza jurídica del invitante si es Organismo Internacional, de Derecho Público o Privado; realizar manifestación que no hay interés directo ni indirecto, ni vínculo contractual entre el invitante y el invitado.

✓ Funciones del servidor que solicita la autorización.

✓ Indicar como se relacionan las funciones del servidor con el evento y como fruto de su asistencia o participación a la actividad, mejoraría la función pública.

Se debe remitir la solicitud con por lo menos quince (15) días de antelación, discriminando los gastos sufragados como consecuencia de la invitación y el beneficio para la entidad de asistir al evento.

Nota: La Comunicación al Ministerio del Interior debe elaborarse siempre y cuando el organismo, entidad o empresa de derecho público que genera la invitación, sufrague total o parcialmente los costos asociados al viaje o viáticos del comisionado.

6.3 Legalización de la comisión

- En cumplimiento de la normativa existente en la materia, la legalización de la comisión deberá

hacerse dentro de los tres (03) días hábiles siguientes al cumplimiento de ésta. Si el interesado no presenta la legalización dentro del término estipulado, la Dirección Corporativa procederá a efectuar el descuento del valor del avance no legalizado por nómina, e informará por escrito al Profesional de Control Interno Disciplinario para que inicie el proceso disciplinario a que haya lugar.

- Una vez finalizada la comisión se debe legalizar diligenciando el formato R-DA-032, el cual

debe ir firmado y soportado con los siguientes documentos, que deben ser remitidos a la Dirección Corporativa con los siguientes soportes:

✓ Informe detallado sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la comisión, indicando los mecanismos a través de los cuales puede desarrollar el proceso de retroalimentación al interior de la empresa, en especial si corresponde a Comisión de Estudios.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-22 • 2019 • ABRIL • 17 22 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

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Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA ✓ Carátula del tiquete aéreo, pasabordo y/o los recibos correspondientes para el caso de desplazamientos terrestres, para demostrar la realización efectiva del viaje o traslado programado.

✓ Cuando se hayan ordenado gastos de viaje adicionales, se haya suspendido la comisión o la misma no se haya realizado, deberá hacerse el reintegro de los valores correspondientes a la Tesorería, dentro de los cinco (5) días siguientes a su regreso o al recibo del dinero.

✓ Si en la comisión se incluye pago de inscripción al evento que se asiste por parte del servidor público, se debe entregar el soporte de pago al área de Contabilidad (asesorarse con dicha área antes de efectuar el pago, para saber cuál es el valor que se debe cancelar previas retenciones de ley), este documento debe tener todas las características legales, que permitan su adecuada contabilización.

✓ Cuando el servidor público comisionado se desplace en vehículo oficial, el conductor deberá anexar para la legalización de su comisión, los recibos de peaje, gasolina y demás gastos que eventual y extraordinariamente deba cubrir y que guarden relación directa con la movilización del vehículo para el cumplimiento de la comisión.

✓ Al terminar la comisión de estudios el servidor público debe presentarse ante el Jefe respectivo, dejando constancia escrita y entregar informe dentro de los tres (3) días siguientes de finalizada la comisión.

Nota: No podrán tramitarse nuevas comisiones a servidores públicos que no hayan legalizado comisiones anteriores.

6.4 Viáticos Se establece como escala de viáticos para los servidores públicos de TRANSMILENIO S.A. que deban cumplir comisión de servicios en el interior y en el exterior del País, la que determine el Departamento Administrativo de la Función Pública, en cumplimiento de las directrices del Gobierno Nacional para todas las entidades del Estado. Tal como se establece en este procedimiento, en las comisiones de estudios al interior o exterior del país, no podrán reconocerse viáticos ni tiquetes aéreos o terrestres.

23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-23 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA Los viáticos estarán destinados a proporcionarle al servidor público manutención y alojamiento. No habrá lugar al pago de viáticos o su pago se autorizará en forma proporcional, a criterio de la Entidad y con fundamento en los aspectos previstos en el Decreto vigente expedido por el Departamento de la Función Pública o por la normatividad que lo modifique o derogue, y el presente procedimiento; en el caso de otorgamiento de comisiones de servicio para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, de organismos internacionales o de entidades privadas, los gastos para manutención y alojamiento o para cualquiera de ellos fueren sufragados por el respectivo gobierno, organismo o entidad.

Para determinar el valor de los viáticos se tendrá en cuenta la asignación básica y los gastos de representación que correspondan al cargo del servidor público comisionado.

Sólo se reconocerán el cincuenta por ciento (50%) del valor fijado, cuando el comisionado deba permanecer por lo menos un día completo en el lugar de la comisión, fuera de su sede habitual de trabajo sin que ello implique pernoctar durante el periodo de la comisión.

Cuando se requieran tiquetes aéreos, éstos deben ser autorizados en clase económica, en ningún caso se reconocerán gastos de transporte urbano o local, ni de transporte entre los aeropuertos y las ciudades o viceversa, ni impuestos o tasas aeroportuarias diferentes a los incluidos en los tiquetes aéreos. Estos gastos se encuentran incluidos en la tarifa diaria de viáticos establecida, cuya distribución prevista es la siguiente: 50% para hospedaje y el otro 50% para gastos de manutención (alimentación, desplazamientos y otros gastos propios de la comisión).

6.5 Oportunidad en el trámite Para el trámite oportuno de todas las comisiones, el servidor público interesado debe diligenciar el formato de Solicitud de Comisión (R-DA-030) el cual será aprobado por el Gerente General y el Jefe Inmediato y lo entregará a la Dirección Corporativa, teniendo en cuenta los siguientes plazos:

- Para comisiones que requieran autorización del Gobierno Nacional y Alcaldía Mayor de

Bogotá, se solicitará con mínimo cuarenta y cinco (45) días calendario de anticipación.

- Para comisiones que requieran solo autorización de la Alcaldía Mayor de Bogotá, se solicitará

con mínimo treinta (30) días calendario de anticipación.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-24 • 2019 • ABRIL • 17 24 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

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Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA

- Para comisiones que no requieren autorización por parte del Gobierno Nacional ni de la

Alcaldía Mayor de Bogotá, con veinte (20) días calendario de anticipación.

Adicionalmente se debe enviar por correo electrónico al Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano, el formato de Solicitud de Comisión (R-DA-030) debidamente diligenciado en archivo Excel editable, donde se indique claramente la justificación correspondiente.

6.6 Reporte a la Administradora de Riesgos Laborales La situación administrativa correspondiente a una comisión deberá reportarse por parte del Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano, a la respectiva Administradora de Riesgos Laborales (ARL) de la empresa, para que sea tenida en cuenta dicha novedad y sean registrados los aspectos relacionados con la protección laboral del trabajador.

6.7 Modificación de la comisión Cuando por necesidades del servicio, la comisión sea modificada en sus fechas o no se cumpla, será necesario expedir una resolución motivada aclaratoria o revocatoria, según el caso, la cual explicará en las consideraciones los antecedentes respectivos a la situación presentada. Si se trata de ampliación del plazo de la comisión, el acto administrativo deberá expedirse antes de la finalización del inicialmente autorizado.

7. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

7.1 Comisión de Servicios ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 Inicio Superior Inmediato o Director 20 Recibir la invitación y/o solicitud para atender Comisión de servicios al exterior o al interior. o Jefe de Oficina 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-25 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

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Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Superior Inmediato 30 o Director Verificar que la comisión esté relacionada con las funciones del área y cargo del comisionado presentando la justificación de esta, diligenciado el formato R-DA-030, solicitud de comisión acompañado de la documentación que la soportan. o Jefe de Oficina ¿Hay inconsistencias en el formato diligenciado?

¿15?

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano Si: ir a etapa 40 No: ir a etapa 50 Profesional Especializado Grado 06 40 Devolver al servidor público autorizado, formato R-DA-030, solicitud de comisión con las observaciones correspondientes. de Talento Humano 50 Director(a) Corporativo(a)

Dar Vo. Bo. y remitirlo a la Gerencia General para aprobación final.

Nota: El Vo. Bo se origina una vez se efectué la revisión del plan de comisiones de la vigencia, la disponibilidad de recursos y los tiempos requeridos para la gestión del trámite.

¿Hay novedades en el Vo. Bo?

¿25?

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano Si: ir a etapa 40 No: ir a etapa 60 60 Autorizar la comisión y remitirla a la Dirección Corporativa. Gerente General ¿35?

¿La comisión requiere liquidación de viáticos y/o inscripción?

Profesional Especializado Grado 06 Si: ir a etapa 70 de Talento Humano No: ir a etapa 130 70 Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano Liquidar el valor de cada uno de los ítems de reconocimiento autorizados (Formato R-DA-031) con base en la tabla de tarifas de viáticos vigente y elaborar la solicitud de disponibilidad presupuestal requerida.

Nota: se debe tener en cuenta si se debe pagar costo de inscripción, para solicitar Certificado de Disponibilidad Presupuestal adicional con cargo al rubro de capacitación.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-26 • 2019 • ABRIL • 17 26 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Profesional Especializado Grado 06 80 Revisar la liquidación de viáticos y solicitud de disponibilidad presupuestal, de conformidad con la normatividad laboral vigente de Talento Humano ¿La liquidación de viáticos requiere ajustes?

¿45?

Profesional Especializado Grado 06 Si: ir a etapa 90 de Talento Humano No: remitir al (la) Director(a) Corporativo(a) e ir a etapa 100 90 Ajustar la liquidación e ir a etapa 60 Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano Director(a) Corporativo(a)

100 Aprobar y firmar la solicitud de disponibilidad presupuestal. Entregar al Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano para continuar con su trámite.

Profesional Especializado Grado 06 110 Radicar solicitud de disponibilidad presupuestal al Profesional Especializado Grado 06 de Presupuesto. de Talento Humano Profesional Especializado Grado 06 120 Tramitar certificado de disponibilidad presupuestal y remitir a la Dirección Corporativa. de Presupuesto Proyectar los siguientes documentos para su revisión y aprobación: a) Comunicación de la comisión para el Ministerio de Interior si el organismo que invita cubre total o parcialmente los gastos de esta, adjuntando todos los soportes requeridos.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano 130 b) Acto administrativo para firma del Director Corporativo, formato “R-DA-033 Resolución de Comisión de Servicios”. y Técnico Administrativo Grado 2 de Nómina c) Acto administrativo legalizando el encargo Nota: en caso de que la Comisión de Servicios y Encargo sea para el Gerente y Subgerente o se trate de una comisión de servicios al exterior del país, se deben diligenciar adicionalmente, los formatos dispuestos por la Alcaldía con los soportes correspondientes.

27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-27 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

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Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Profesional Especializado Grado 06 140 Revisar documentos y remitir al (la) Director(a) Corporativo(a) para su aprobación. de Talento Humano ¿55?

Profesional Especializado Grado 06 ¿Los documentos requieren ajustes?

Si: devolverlos al Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano y/o Técnico Administrativo Grado 2 de Nómina para su ajuste respectivo. Ir a etapa 150 de Talento Humano No: dar Vo. Bo y remitirlos para aprobación. Ir a etapa 160 Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano 150 Ajustar documentos según observaciones y remitirlos para su nueva revisión. Ir a etapa 130 y/o Técnico Administrativo Grado 2 de Nómina Director(a) Corporativo(a)

160 Aprobar, firmar y entregar los documentos a la Secretaria de la dependencia para su radicación y distribución según corresponda 170 Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano Proyectar el acto administrativo para firma del Alcalde Mayor de Bogotá, Decreto Comisión de Servicios y Encargo (en el formato dispuesto por la Alcaldía) si es del Gerente o Subgerente General o comisión de servicios al exterior. Si es de un servidor público diferente, se debe elaborar la Resolución de Comisión de Servicios (formato R-DA-033)

Técnico Administrativo Grado 2 de Nómina 180 Proyectar el acto administrativo para firma de Gerente General, legalizando el encargo en caso que el comisionado sea un servidor público diferente al Gerente General.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento 190 Realizar la comunicación de la comisión para la Alcaldía Mayor de Bogotá, adjuntando todos los soportes de la comisión. y/o Técnico Administrativo Grado 2 de Nómina Profesional Especializado Grado 06 200 Revisar el Acto Administrativo proyectado y la comunicación para la Alcaldía Mayor de Bogotá y dar trámite al Director Administrativo. de Talento Humano REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-28 • 2019 • ABRIL • 17 28 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 210 Director(a) Corporativo(a)

Aprobar, firmar y entregar la comunicación a la Secretaria para que la radique junto con el acto administrativo, la disponibilidad presupuestal y los soportes de la comisión a la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Alcaldía Mayor de 220 Revisar, firmar, numerar y devolver copia del acto administrativo a TRANSMILENIO S.A.

Bogotá Profesional Especializado Grado 06 230 Solicitar la cotización para la compra de los tiquetes ida y regreso si así se requiere. de Talento ¿65?

Profesional Especializado Grado 06 ¿La comisión requiere de certificado de disponibilidad presupuestal?

Si: ir a etapa 240 de Talento No: ir a etapa 210 Profesional Especializado Grado 06 240 Expedir registro presupuestal, firmar y entregar al Profesional Especializado Grado 06 de Talento. de Presupuesto.

Profesional Especializado Grado 06 250 Entregar copia del acto administrativo junto con el registro presupuestal a Contabilidad y Tesorería para el pago respectivo. de Talento Profesional Especializado Grado 06 260 Notificar de la comisión a la ARL y archivar copia de la Resolución o Decreto, según el caso y de todos los soportes en la carpeta de Comisiones. de Talento Servidor público 270 Vencida la comisión, proceder a elaborar informe de comisión para legalizar la misma y enviar al área de Talento Humano.

Comisionado 280 Fin 7.2 Comisión de Estudios ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 Inicio Superior Inmediato 20 y/o Director Verificar que el programa de estudios esté relacionado con las funciones del área y cargo del comisionado e informar sobre la comisión, presentando la justificación de la misma por medio de una Solicitud de Comisión (formato R-DA-030), acompañado de la documentación que la soporta. y/o Jefe de Oficina 29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-29 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 30 Director(a) Corporativo(a)

Dar Vo. Bo. y remitirlo a la Gerencia General para aprobación final.

Nota: El Vo. Bo se origina una vez se efectué la revisión del plan de comisiones de la vigencia, la disponibilidad de recursos y los tiempos requeridos para la gestión del trámite.

40 Autorizar la comisión y remitirla al área de Talento Humano Gerente General ¿15?

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano ¿En la comisión hay favorecimiento de beca o colaboración económica alguna para el comisionado?

Si: ir a etapa 50 No: ir a etapa 80 Proyectar los siguientes documentos para su revisión: a) Comunicación de la comisión para el Ministerio de Interior b) Acto administrativo para firma del Alcalde Mayor de Bogotá, Resolución de Comisión de Estudios (en el formato dispuesto por la Alcaldía) c) Comunicación de la comisión para la Alcaldía Mayor de Bogotá adjuntando todos los soportes.

Si así se requiere, adjuntando todos los soportes requeridos:

✓ Comunicación solicitando autorización para aceptar una invitación.

✓ Carta de Invitación dirigida a la persona que va a viajar, en papel o correo del invitante, nombre del evento, fecha, lugar, ciudad, país; en la carta se debe indicar quien va a sufragar los gastos y hacer una descripción detallada de estos.

50 Profesional Especializado Grado 06 de Talento ✓ Indicar la naturaleza jurídica del invitante si es Organismo Internacional, de Derecho Público o Privado; realizar manifestación que no hay interés directo no indirecto, ni vínculo contractual entre el invitante y el invitado.

✓ Funciones del servidor que solicita la autorización.

✓ Indicar como se relacionan las funciones del servidor con el evento y como mejor la función pública su asistencia. Se debe remitir la solicitud con por lo menos quince (15) días de antelación, discriminando los gastos sufragados como consecuencia de la invitación y el beneficio de asistir al evento para la entidad.

Nota: la comunicación al Ministerio del Interior debe elaborarse siempre y cuando el organismo, entidad o empresa de derecho público o privado que genera la invitación, sufrague total o parcialmente los costos asociados al viaje o viáticos del comisionado.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-30 • 2019 • ABRIL • 17 30 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Profesional Especializado Grado 60 Revisar documentos y remitir al Director Corporativo para su aprobación.

06 de Talento Humano ¿25?

Profesional Especializado Grado ¿Los documentos requieren ajustes?

Si: devolverlos al Profesional Especializado Grado 06 de Talento y/o Técnico Administrativo Grado 2 de Nómina para su ajuste respectivo. Ir a etapa 60 06 de Talento Humano No: dar Vo. Bo y remitirlos para aprobación. Ir a etapa 70 Profesional Especializado Grado 70 Ajustar documentos según observaciones y remitirlos para su nueva revisión. Ir a etapa 50.

06 de Talento 80 Aprobar, firmar y entregar los documentos a la Secretaria para su radicación y distribución según corresponda Director(a) Corporativo(a)

Profesional Especializado grado 90 Revisar el Acto Administrativo proyectado y la comunicación para la Alcaldía Mayor de Bogotá y dar trámite al Director(a) Corporativo(a)

06 de Talento Humano Director(a) Corporativo(a)

100 Aprobar, firmar y entregar la comunicación a la Secretaria para que la radique junto con el acto administrativo y los soportes de la comisión a la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Alcaldía Mayor de 110 Revisar, firmar, numerar y devolver copia del acto administrativo a TRANSMILENIO S.A.

Bogotá Profesional Especializado Grado 120 Notificar de la comisión a la ARL y archivar copia de la Resolución y de todos los soportes en la carpeta de Comisiones.

06 de Talento Servidor público 130 Vencida la comisión, proceder a elaborar informe de comisión para legalizar la misma y enviar al proceso de Talento Humano.

Comisionado 140 Fin 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-31 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOLICITUD, TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS O ESTUDIOS Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE P-DA-006 2 Abril de 2019 BOGOTA

8. TABLA DE FORMATOS

CODIGO NOMBRE UBICACIÓN RESPONSABLE R-DA-030 Solicitud de Comisión Intranet Profesional Especializado Grado 06 de Talento R-DA-031 Liquidación de Viáticos Intranet Profesional Especializado Grado 06 de Talento R-DA-032 Legalización de la Comisión Intranet Profesional Especializado Grado 06 de Talento R-DA-033 Resolución de Comisión de Servicios Intranet Profesional Especializado Grado 06 de Talento REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-32 • 2019 • ABRIL • 17 32 Resolución Número 159 (Abril 12 de 2019)

“Por la cual se adopta el documento P-DA-017 Procedimiento para la formación y capacitación Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar los Manuales de Procedimientos de las diferentes dependencias de la Entidad, con el objeto de ajustarlos a los nuevos parámetros documen tales, necesidades y desarrollo del Sistema. de los servidores públicos de TRANSMILENIO S.A.”

RESUELVE:

EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE

Artículo 1º.

adoptar el siguiente procedimiento con el código y la versión registrados a continuación:

TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO Código Versión Nombre “TRANSMILENIO S.A.”, En ejercicio de sus facultades conferidas mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de 2016, y P-DA-017 0 Procedimiento para la formación y capacitación de los servidores públicos de TRANSMILENIO S.A.

CONSIDERANDO:

Artículo 2°.

La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que de conformidad con lo señalado en el artículo se gundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANS MILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

Dada en Bogotá, a los doce (12) días del mes de abril de dos mil diecinueve (2019).

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo úni co del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.

SOFÍA ZARAMA VALENZUELA Jefe de Oficina Asesora de Planeación 33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-33 • 2019 • ABRIL • 17 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019 TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETO

2. ALCANCE

3. RESPONSABLE

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

5. DEFINICIONES

6. CONDICIONES GENERALES

6.1 Generalidades 6.2 Políticas de Formación y Capacitación

7. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

8. TABLA DE FORMATOS

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-34 • 2019 • ABRIL • 17 34 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019

1. OBJETO

Este procedimiento tiene como propósito establecer los lineamientos que se deben seguir para estructurar, implementar y evaluar los programas relacionados con la formación y la capacitación del Talento Humano de TRANSMILENIO S.A., que respondan a las necesidades y expectativas de los servidores públicos de la Entidad, en aras de buscar la integralidad fortaleciendo continuamente sus competencias comportamentales e incrementando los niveles de desempeño logrando de esta manera cumplir con la misión institucional y mejorar la calidad de vida laboral en la organización.

2. ALCANCE

Este procedimiento cubre las actividades relacionadas con: formación, y capacitación del Talento Humano de T RANSMILENIO S.A.

Este documento se aplica a los Trabajadores Oficiales y Empleados Públicos vinculados a TRANSMILENIO S.A.

3. RESPONSABLE

Los responsables de la elaboración y actualización de este procedimiento son los Profesionales Universitario Grado 3 de Formación y Desarrollo y Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano.

Será responsabilidad del (de la) Director(a) Corporativo(a) el estricto cumplimiento e implementación.

El presente documento debe ser revisado por lo menos una vez al año o cuando la Dirección Corporativa lo considere pertinente.

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

- Artículo 54 de la Constitución Política “es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer

formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran”.

35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-35 • 2019 • ABRIL • 17 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019

- Ley 909 de 2004 “Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera

administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”.

- Decreto 1227 de 2005 “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004 y el Decreto-

ley 1567 de 1998”.

- Decreto Ley 1567 de 1998 “Por el cual se crean el Sistema Nacional de Capacitación y el

Sistema de Estímulos para los Empleados del Estado”.

- Ley 489 de 1998 “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las

entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”.

- Ley 1952 de 2019 “Por medio de la cual se expide El Código General Disciplinario se derogan

La Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el Derecho Disciplinario.”.

- Ley 1064 de 2006 “Por la cual se dictan normas para el apoyo y el fortalecimiento de la

educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano establecida como educación no formal en la ley general de educación”.

- Circular Externa No 100-010-2014 “Orientaciones en materia de capacitación y formación de los

empleados públicos”.

- Decreto 160 de 2014 “Por el cual se reglamenta la Ley 411 de 1997 aprobatoria del Convenio

151 de la OIT, en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversias con las organizaciones de empleados públicos”.

- Decreto 1083 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector

de Función Pública”.

- Decreto 894 de 2017 “Por el cual se dictan normas en materia de empleo público con el fin de

facilitar y asegurar la implementación y desarrollo normativo del Acuerdo Final para la Terminación del conflicto y la Construcción de una Paz estable y duradera”.

- Resolución Conjunta No. 390 de 2017, del Departamento Administrativo de la Función Pública –

DAFP y la Escuela de Administración Pública - ESAP, por la cual se actualiza el Plan Nacional de Formación y Capacitación para el Desarrollo y la Profesionalización del Servidor Público.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-36 • 2019 • ABRIL • 17 36 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019

- Plan Nacional de Formación y Capacitación para el Desarrollo y la Profesionalización del

Servidor Público Mayo, 2017.

- Guía Metodológica para la implementación del Plan Nacional de Formación y Capacitación

(PNFC): Profesionalización y Desarrollo de los Servidores Públicos Diciembre, 2017.

- Decreto 612 de 2018 “Por el cual se fijan directrices para la integración de los planes

institucionales y estratégicos al Plan de Acción por parte de las entidades del estado”.

- Reglamento Interno de Trabajo de TRANSMILENIO S.A.

5. DEFINICIONES

Actitud: es la expresión del ser humano cuando responde a una situación. La actitud se basa en la experiencia y conduce a un determinado comportamiento, una actitud dura largo tiempo y existe incluso cuando todas las necesidades se encuentran satisfechas.

Aptitud: la capacidad de aprovechar toda enseñanza, capacitación o experiencia en un determinado ámbito de desempeño. Así mismo, es la disposición natural que tiene una persona para realizar alguna tarea o la suficiencia para desempeñar una labor.

Bienestar: es el esfuerzo constante y deliberado del ser humano por mantenerse saludable y lograr alcanzar el más alto nivel del potencial físico, intelectual, emocional, social y espiritual.

Bienestar Social: según lo afirman Hernández & Irigoyen, es el “conjunto de sentimientos, de satisfacción material e inmaterial que producen en las personas y colectividades una serie de condiciones materiales que no pueden reducirse únicamente al nivel económico, sino que incluyen otras dimensiones importantes de la existencia humana como la salud, educación, servicios, infraestructura, vivienda, seguridad, entorno, etc.”1 Calidad de vida: es una medida compuesta de bienestar físico, mental y social, tal como la percibe cada individuo y cada grupo, y de felicidad, satisfacción y recompensa.2 Es un estado de satisfacción general, derivado de la realización de las potencialidades de la persona. Posee aspectos subjetivos y aspectos objetivos. Es una sensación subjetiva de bienestar físico, psicológico y social. Incluye 1 Medición del bienestar social provincial a través de indicadores objetivos, Instituto L.R. Klein-Dpto. de Economía Aplicada, Universidad Autónoma de Madrid.

37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-37 • 2019 • ABRIL • 17 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019 como aspectos subjetivos la intimidad, la expresión emocional, la seguridad percibida, la productividad personal y la salud objetiva. Como aspectos objetivos el bienestar material, las relaciones armónicas con el ambiente físico y social y con la comunidad, y la salud objetivamente percibida.3 Capacitación: es el conjunto de procesos organizados, relativos tanto a la educación no formal como a la informal de acuerdo con lo establecido por la ley general de educación, dirigidos a prolongar y a complementar la educación inicial mediante la generación de conocimientos, el desarrollo de habilidades y el cambio de actitudes, con el fin de incrementar la capacidad individual y colectiva para contribuir al cumplimiento de la misión institucional, a la mejor prestación de servicios a la comunidad, al eficaz desempeño del cargo y al desarrollo personal integral. Esta definición comprende los procesos de formación, entendidos como aquellos que tienen por objeto específico desarrollar y fortalecer una ética del servicio público basada en los principios que rigen la función administrativa4. La capacitación puede incluir algunas actividades de la inducción y la reinducción.

Clima Organizacional: es la cualidad o propiedad del ambiente organizacional que perciben o experimentan los miembros de la organización y que influye en su comportamiento. Es favorable cuando proporciona la satisfacción de las necesidades personales y la elevación moral de los miembros, y desfavorable cuando no se logra satisfacer esas necesidades5.

Competencia: pericia, aptitud, idoneidad para hacer algo o intervenir en un asunto determinado.

Conocimiento: es el proceso en virtud del cual la realidad se refleja y reproduce en el pensamiento humano; dicho proceso está condicionado por las leyes del devenir social y se halla indisolublemente unido a la actividad práctica. El fin del conocimiento estriba en alcanzar la verdad objetiva. En el proceso del conocimiento, el hombre adquiere saber, se asimila conceptos acerca de los fenómenos reales, va comprendiendo el mundo circundante. Dicho saber se utiliza en la actividad práctica para transformar el mundo, para subordinar la naturaleza a las necesidades del ser humano.6 2 Revista Latinoamericana de Psicología 2003 – Volumen 35 – No. 2 161-164 CALIDAD DE VIDA: UNA DEFINICIÓN INTEGRADORA, Rubén Ardila, Universidad Nacional 4 Decreto 1567 de 1998 5 Chiavenato, Idalberto., Administración de Recursos Humanos, Quinta Edición, Santafé de Bogotá, Colombia, Editorial Mc. Graw Hill,1999 6 Diccionario Soviético de Filosofía, Ediciones Pueblos Unidos, Montevideo, 1965 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-38 • 2019 • ABRIL • 17 38 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019 Dimensión Emocional y/o Psicoafectiva: la emoción es ese estado biosociológico que permite iniciar acciones, motivaciones e implicaciones no siempre justificables ni controlables. Cómo dije al inicio, está presente en la mayor parte de procesos vitales sin que necesariamente esté sometido a criterios de planificación racional, pero que resulta fundamental en el desarrollo humano, profesional, creativo e incluso científico. La emoción, por ejemplo, pone en marcha impulsos y procesos de aprendizaje y compromisos derivados de la satisfacción que tales procesos o resultados producen.

Se generan, no obstante, como respuesta a un estímulo interno o externo.7 Dimensión Intelectual: Durante el desarrollo y el crecimiento del ser humano se establecen etapas de maduración del cerebro, este proceso unido a la cultura y a los diferentes estímulos le da al cerebro la capacidad de analizar, describir, problematizar, y sintetizar los diferentes saberes que lo conducirán a un mayor conocimiento.

Dimensión Práctica y/o Física: El estudio de la motricidad humana ha logrado establecer que el movimiento o la praxis, asegura la evolución del hombre, se podría decir que la dimensión practica y/o física es la capacidad, habilidad y o destreza para realizar un oficio o labor.

Dimensión Social y Espiritual: Toda acción del ser humano debería originarle un momento de reflexión que le permita en su siguiente interacción en comunidad o en las diferentes culturas, expresarse o relacionarse con mayor seguridad. El cerebro humano está diseñado para establecer relaciones de sinergia que le permiten vivir en comunidad y establecer nichos sociales, así lo menciona Daniel Goleman8 en su libro “Inteligencia Social”. Entonces, la dimensión social es la capacidad del hombre para relacionarse e interactuar en la sociedad, dándole sentido a la interrelación humana.

Entrenamiento: es un concepto general que incluye la capacitación, el adiestramiento y el desarrollo del servidor público. El adiestramiento es particular y es el desarrollo de destrezas meramente físicas o la acción que se efectúa para adquirir una determinada destreza, habilidad o capacidad. En general se busca con el entrenamiento que el ser humano modifique o adquiera nuevas competencias, con el objetivo de impactar positivamente en su producción laboral.

7 http://www.ub.edu/sentipensar/pdf/dimension_emocional.pdf 8 Daniel Goleman, INTELIGENCIA SOCIAL, Editorial Planeta Mexicana S.A., 2009 39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-39 • 2019 • ABRIL • 17 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019 Formación Integral: Es el proceso continuo, permanente y participativo que busca desarrollar armónica y coherentemente todas y cada una de las dimensiones del ser humano (ética, espiritual, cognitiva, afectiva, comunicativa, estética, corporal, y sociopolítica), a fin de lograr su realización plena en la sociedad9.

Inducción: siempre la primera impresión causará un efecto en el comportamiento de todo ser humano, de ahí la importancia de presentarle la empresa al nuevo trabajador para que pueda integrarse adecuadamente a su rol. Es preciso brindarle al nuevo trabajador toda la información básica y los antecedentes de la empresa, su misión, visión, planes estratégicos, objetivos, entre otros. Se le deben explicar detalladamente las responsabilidades y funciones que cumplirá en el cargo para el cual fue contratado. De la misma manera, sus deberes y derechos dentro de la organización.

Reinducción: es el proceso mediante el cual se informa a todos los servidores públicos las modificaciones que se determinen para la misión, la visión, las estrategias, los objetivos corporativos de la Entidad, y todas aquellas acciones que sean del interés general de los servidores públicos.

Servidores Públicos: Son los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios. Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento. La ley determinará el régimen aplicable a los particulares que temporalmente desempeñen funciones públicas y regulará su ejercicio.10 Talento: según la Real Academia de la Lengua, el talento se refiere a las personas inteligentes o aptas para determinada ocupación; inteligente, en el sentido que entiende y comprende, tiene la capacidad de resolver problemas dado que tiene las habilidades, destrezas y experiencia necesaria para ello, apta en el sentido que puede operar competentemente en una actividad debido a su capacidad y disposición para el buen desempeño de la ocupación.

Trabajadores Oficiales: son las personas naturales que prestan sus servicios a las empresas industriales y comerciales del estado y se vinculan mediante contrato de trabajo, de conformidad con 9 Leonardo Rincón, SJ., en EL PERFIL DEL ESTUDIANTE QUE PRETENDEMOS FORMAR EN UNA INSTITUCIÓN EDUCATIVA IGNACIANA. El autor ha sido Presidente de la Federación Latinoamericana de Colegios de la Compañía de Jesús (FLACSI), y de la Asociación de Colegios Jesuitas de Colombia (ACODESI).

10 Constitución Política de Colombia, Artículo 123.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-40 • 2019 • ABRIL • 17 40 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019 la Ley 6 de 1945 y el decreto 2127 de 1945, Reglamento Interno de Trabajo y por aquellos que las modifiquen o reemplacen.

6. CONDICIONES GENERALES

6.1 Generalidades El plan de formación y capacitación se debe estructurar dentro de los parámetros de la planeación estratégica de TRASMILENIO S.A., para lo cual debe cumplir con las políticas establecidas en este documento.

Adicionalmente, se debe contemplar el Modelo de Formación y Desarrollo Integral del Servidor Público de TRANSMILENIO S.A., en donde el eje central es el perfeccionamiento del potencial humano, mediante la evolución de sus dimensiones y el mejoramiento de sus competencias organizacionales.

FIGURA 1. Modelo de formación y desarrollo integral del talento humano TRANSMILENIO S.A. debe ponderar la necesidad de contribuir en la construcción de un Estado plasmado en la Constitución Política de Colombia de 1991, mediante procesos de formación y capacitación, con el fin de preservar e incrementar el mérito, garantizando la actualización de 41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-41 • 2019 • ABRIL • 17 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019 conocimientos y el mejoramiento continuo de las competencias y de los ambientes laborales para responder a las exigencias de la sociedad.

“El objetivo principal de la capacitación en la administración pública es mejorar la calidad de la prestación de los servicios a cargo del Estado, para el bienestar general y la consecución de los fines que le son propios”11, así como garantizar la instalación cierta y duradera de competencias y capacidades específicas en los servidores públicos y en las entidades.

Los contenidos del Plan de Formación y Capacitación Anual son proyectados por la Dirección Corporativa, basándose en los siguientes ítems:

- Directivas y programas estratégicos institucionales o distritales.

- Brechas encontradas en la valoración de competencias y desempeño de los Trabajadores Oficiales.

- Diagnóstico y recomendaciones de la medición del clima organizacional y el riesgo psicosocial.

- Diagnóstico de necesidades de capacitación, entrenamiento y/o desarrollo mediante la aplicación de encuestas.

- Solicitudes directas e iniciativas realizadas por los servidores públicos de TRANSMILENIO S.A.

- Informe de evaluación de la gestión institucional del año inmediatamente anterior.

- Planes de mejoramiento producto de auditorías internas o de los entes de control.

El Plan de Formación y Capacitación de TRANSMILENIO S.A se debe elaborar al inicio de cada vigencia y se debe adoptar con Resolución 6.2 Políticas de Formación y Capacitación Todas las actividades de capacitación lideradas al interior de TRANSMILENIO S.A deberán ser desarrolladas conjuntamente y de manera coordinada con la Dirección Corporativa, acorde con la Circular 006 de 2019.

TRANSMILENIO S.A. en cabeza de la Dirección Corporativa, propenderá por el desarrollo de actividades de formación y capacitación para sus trabajadores en forma continua y sistemática 11 Sentencia Corte Constitucional, C-1163 de 2000 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-42 • 2019 • ABRIL • 17 42 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019 alineados con el Plan Estratégico de la Entidad y acorde a los requerimientos de la organización, con el fin de contar con personal competente para un óptimo desempeño laboral.

Nuestra Organización diseñara y ejecutara programas de capacitación basados en la retroalimentación del desempeño de los trabajadores y sus equipos, orientados a generar cambios y mejoras continuas en todos los procesos y prioritariamente en los de carácter misional.

La Empresa velará por una cultura de Capacitación y Entrenamiento que promueva el desarrollo del trabajador, su crecimiento personal y profesional, la construcción y el fortalecimiento de las relaciones interpersonales internas, con clientes, proveedores y la comunidad basadas en la armonía y la felicidad.

La adopción del Plan de Formación y Capacitación, se efectuará, teniendo en cuenta algunos mecanismos de implementación, tales como: diagnósticos de necesidades de capacitación, evaluaciones de los programas de capacitación, informe de valoración de competencias y de desempeño por objetivos de la vigencia inmediatamente anterior, acuerdos de gestión y de objetivos de la vigencia respectiva, solicitudes específicas y prioritarias de las dependencias, recomendaciones de la Oficina Asesora de Planeación y de la Oficina de Control Interno, entre otros.

Tendrán prioridad las actividades de capacitación enfocadas a los procesos misionales de TRANSMILENIO S.A., en búsqueda de brindar de manera constante un mejor servicio a los usuarios del Sistema, así como las actividades de capacitación relacionadas con competencias comportamentales que fortalezcan la convivencia armónica al interior de la organización.

Serán beneficiarios de las políticas, planes y programas de capacitación, los servidores públicos que pertenecen a la planta de personal de la TRANSMILENIO S.A, contando para ello con las asignaciones presupuestales correspondientes.

En la realización de las actividades de capacitación, se utilizará la modalidad presencial y la modalidad virtual.

TRANSMILENIO S.A. a través de los directivos de cada dependencia deberá permitir la participación de los servidores en los eventos y actividades de capacitación dispuestas, y así mismo, como corresponsabilidad, los servidores designados para dichos programas deberán comprometerse a 43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-43 • 2019 • ABRIL • 17 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019 participar en los mismos, según se establece dentro de las obligaciones de todos los servidores públicos, Ley 734 de 2002.

Así mismo, cada jefe inmediato fomentará la inscripción y postulación en actividades de capacitación de los trabajadores a su cargo de manera equitativa. La Dirección Corporativa velará por la participación de todos los trabajadores en los procesos de capacitación.

TRANSMILENIO S.A. establece que tanto el empleador como el servidor público dispondrán de espacios en horario dentro y fuera de la jornada laboral establecida. Resolución 369 de 2013, numeral 7.2.

Es obligación del trabajador, informar formalmente y con prudente anticipación a sus superiores la su participación en las actividades, especialmente en las de inscripción voluntaria y coordinar con ellos la programación de estas, primordialmente cuando estas interfieran con el horario laboral.

Los programas de capacitación se evaluarán a través del formato Encuesta Satisfacción e Impacto Actividades de Formación y Desarrollo (Formato R-DA-029).

Para la selección y/o aprobación de los participantes en los programas que ofrecen entidades externas a TRANSMILENIO S.A. y que tienen costo de inscripción, la Dirección Corporativa se reserva el derecho evaluar las solicitudes y posibles beneficiarios, en todo caso debe tenerse en cuenta lo siguiente:

1. Con una antelación de diez (10) días hábiles a la realización del programa, el servidor deberá

presentar la solicitud de capacitación a través del formato R-DA-061 debidamente diligenciado ante la Dirección Corporativa con el visto bueno del jefe inmediato.

2. El beneficiario deberá cumplir como mínimo los siguientes requisitos:

- El objeto de las acciones de formación deberá guardar relación directa con los fines de la

Entidad y con las funciones inherentes al cargo que desempeña el servidor público.

- Haber laborado por lo menos seis (6) meses de servicio continúo en TRANSMILENIO S.A.

- No haber sido sancionado disciplinariamente durante el año anterior a la solicitud de la

capacitación.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-44 • 2019 • ABRIL • 17 44 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019

- Asumir el compromiso mediante formato R-DA-066 donde se indica que asumirá los costos

invertidos por TRANSMILENIO S.A. en el caso de desertar de la acción de formación o perder dicha acción por fallas.

Una vez aprobada la acción de formación, la Dirección Corporativa, adelantará los trámites correspondientes sujetos a la disponibilidad de recursos, escenarios y a los cronogramas establecidos en los centros educativos o de formación.

Con relación a las capacitaciones iguales o superiores a 80 horas de intensidad, en un plazo no mayor a 2 meses después de finalizadas, el trabajador deberá transmitir el conocimiento adquirido en dicha actividad, a través de una charla, presentación o la elaboración de un informe o proyecto aplicado directamente relacionado con los procesos de la dependencia a la que pertenece o a la empresa como tal. Los soportes de dicha retroalimentación (presentación, informe y listados de asistencia) deberán ser remitidos a la Dirección Corporativa dentro del mismo plazo establecido.

En los procesos de capacitación con una intensidad horaria igual o superior a las 120 horas de formación, el trabajador se compromete a prestar sus servicios a TRANSMILENIO S.A., por el doble del tiempo de duración de esta. De no cumplir por alguna razón la condición anteriormente descrita, el trabajador se compromete con cargo a su nómina, a reembolsar a la empresa la totalidad del valor asumido por la misma, en el caso de que se haya incurrido en costos de inscripción y de tipo logístico.

Con respecto a las personas vinculadas mediante contrato de prestación de servicios, éstas se rigen por lo dispuesto en la Ley 80 de 1093, la cual supedita su vinculación a la obligación de ejecutar labores en razón a su experiencia, capacitación y formación profesional en una determinada materia, tal como lo ha determinado la Corte Constitucional en Sentencia C-154 de 1997. De conformidad con este criterio los contratistas no son beneficiarios de programas de capacitación. (Circular externa Nº 100-004 del 26 de abril de 2010. DAFP).

7. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

Para la formación y capacitación de los Servidores Públicos de TRANSMILENIO S.A. se seguirán las siguientes etapas:

45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-45 • 2019 • ABRIL • 17 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019 ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 Inicio Identificar las necesidades de los servidores públicos de TRANSMILENIO S.A. relacionadas con capacitación, entrenamiento, inducción y reinducción, a través de:

Profesional Universitario Grado 03 20

- Formación y

Desarrollo

- Solicitudes remitidas por los Jefes de las Dependencias detalladas en el Formato Solicitud de Actividades de Formación y Desarrollo (R-DA- 061), las cuales se deben enviar a la Dirección Corporativa hasta el día 15 de enero de cada vigencia
- Encuesta de necesidades de formación y capacitación.
- Solicitudes directas de los servidores (correos u oficios)
- Solicitudes de SINTRATRANSMILENIO
- Iniciativas del Proceso de Gestión del Talento Humano.
- Resultados de la valoración de competencias y desempeño,
- Planes de desarrollo y de mejoramiento individual
- Evaluación de la gestión institucional
- Medición del clima organizacional y riesgo psicosocial entre otros

Profesional Universitario Grado 03 30

- Formación y

Consolidar las solicitudes y necesidades relacionadas con formación, capacitación y entrenamiento, y estructurar el Plan de formación y capacitación, remitiéndolo para revisión del Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano Desarrollo 40 Revisar si el Plan de Formación y Capacitación evidencia las necesidades generadas de formación y capacitación Profesional Especializado Grado 06 - Talento Humano ¿15?

¿El Plan de Formación y Capacitación requiere ajustes?

Si: realizar observaciones e ir a etapa 50 Profesional Especializado Grado 06 - Talento Humano No: ir a etapa 60 Profesional Universitario Grado 03 50 Ajustar plan según observaciones e ir a etapa 40

- Formación y

Desarrollo Profesional Universitario Grado 03 60 Elaborar borrador de Resolución para adoptar el Plan de Formación y Desarrollo y remitir para revisión

- Formación y

Desarrollo ¿La resolución requiere ajustes?

¿25?

Si: realizar observaciones e ir a etapa 70 Profesional Especializado Grado 06 - Talento Humano No: dar el Visto Bueno, enviar al (a la) Director(a) Corporativo(a) e ir a etapa 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-46 • 2019 • ABRIL • 17 46 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019 ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Profesional Universitario Grado 03 70 Ajustar Resolución para adoptar el Plan de Formación y Desarrollo e ir a etapa 25

- Formación y

Desarrollo ¿35?

¿Se puede remitir la resolución y Plan de Formación y Desarrollo para Vo Bo. del (de la) Director(a) Corporativo(a)?

Profesional Especializado Grado Si: ir a etapa 80 06
- Talento Humano.

No: realizar observaciones e ir a etapa 70 según el caso 80 Revisar la resolución y Plan de Formación y Desarrollo Director (a) Corporativo(a)

¿Se puede remitir la resolución para firma de la Gerencia?

¿45?

Si: ir a etapa 90 Director (a) Corporativo(a)

No: realizar observaciones e ir a etapa 50 o 70 según el caso Gerente General 90 Firmar la Resolución por la cual se adopta el Plan de Formación y Capacitación Anual y devolver a la Dirección Corporativa para su publicación y cumplimiento.

Profesional Universitario Grado 03 100

- Formación y

Elaborar el Cronograma de Actividades de Capacitación, según el Plan de Formación y Capacitación (formato predeterminado por el DASC para el PIC) aprobado mediante Resolución.

Desarrollo Profesional Universitario Grado 03 110 Divulgar el Plan de Formación y capacitación a través de los medios de comunicación interna de TRANSMILENIO S.A.

- Formación y

Desarrollo Profesional Universitario Grado 03

- Formación y

120 Ejecutar la programación descrita en el Cronograma de actividades de formación y capacitación gestionando los recursos requeridos, Desarrollo Profesional Universitario Grado 03

- Formación y

130 Informar y/o divulgar a los servidores públicos las condiciones de cada actividad, con el fin de realizar la inscripción y elaborar la programación correspondiente Desarrollo Servidores Públicos (Asistentes)

140 Inscribirse en la actividad de formación o capacitación ofertada, aceptando el compromiso correspondiente (Formato R-DA-066).

Contratista o Responsable de la 150 Efectuar la actividad de capacitación o formación programada.

Nota: durante el evento se solicitará que los asistentes a la Capacitación 47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-47 • 2019 • ABRIL • 17 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019 ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE actividad diligencien el Listado de Asistencia (formato R-OP- 006).

Servidores Públicos 160 (Asistentes)

Diligenciar, la Encuesta Satisfacción e Impacto Actividades de Formación y Desarrollo (Formato R-DA-029), que será remitido por correo electrónico según el caso una vez finalizada la capacitación.

Verificar si todos los servidores públicos inscritos asistieron al evento 170 Profesional Universitario Grado 03

- Formación y

Nota: En caso de encontrar personas inscritas que no asistieron a la actividad programada se debe enviar comunicación solicitando justificación por inasistencia a la actividad.

Desarrollo Si asistieron todos los inscritos se debe continuar con la actividad 180 ¿Es válida la justificación brindada por el servidor?

Si: Se verifica y archiva junto con los soportes de la actividad e ir a etapa 180 ¿55?

Profesional Universitario Grado 03

- Formación y

Desarrollo No: Remitir correo recodando el compromiso y solo cuando haya inversión de recursos se debe remitir los Formatos de Carta de Compromiso diligenciados, al Profesional Universitario Grado 04 responsable de la nómina de TRANSMILENIO S.A., para que efectúe el descuento autorizado a aquellos Servidores Públicos que no hayan asistido a la actividad sin justa causa e ir a etapa 220 Profesional Universitario Grado 03 180 Elaborar los informes requeridos conforme a los resultados y alimentar los indicadores correspondientes.

- Formación y

Desarrollo Profesional Universitario Grado 03

- Formación y

190 Efectuar el seguimiento a cada una de las actividades establecidas en el cronograma de actividades de formación y capacitación.

Desarrollo ¿65?

¿Se cumplió con el cronograma de actividades previsto para la vigencia?

Profesional Universitario Grado 03 Si: ir a etapa 200

- Formación y

Desarrollo No: ir a etapa 210 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-48 • 2019 • ABRIL • 17 48 TITULO:

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE TRANSMILENIO S.A.

Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA P-DA-017 0 Abril de 2019 ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Profesional Universitario Grado 03

- Formación y

200 Analizar las situaciones que no permitieron el cumplimiento del cronograma de actividades y tomar las acciones de mejora correspondientes.

Desarrollo Profesional Universitario Grado 03 210 Presentar informe final a la Dirección Corporativa.

- Formación y

Desarrollo 220 Fin

8. TABLA DE FORMATOS

CÓDIGO NOMBRE UBICACIÓN RESPONSABLE Profesional especializado R-OP-006 Listado de Asistencia Intranet Oficina Asesora de planeación Profesional Universitario Grado 03 – Formación y R-DA-061 Solicitud de Actividades de Formación y Desarrollo Intranet Desarrollo Profesional Universitario Grado 03 – Formación y R-DA-029 Encuesta Satisfacción e Impacto Actividades de Formación y Desarrollo Intranet Desarrollo Profesional Universitario Grado 03 – Formación y R-DA-066 Modelo carta de compromiso Intranet Desarrollo 49 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-49 • 2019 • ABRIL • 17 Resolución Número 160 objeto de ajustarlos a los nuevos parámetros documen tales, necesidades y desarrollo del Sistema.

(Abril 12 de 2019)

RESUELVE:

“Por la cual se actualiza el documento P-DA-012 “Ejecución Presupuestal”

Artículo 1º.

Actualizar el siguiente documento a la versión registrada a continuación:

EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE Código Versión Nombre TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO P-DA-012 2 Ejecución Presupuestal “TRANSMILENIO S.A.”, En ejercicio de sus facultades conferidas mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Artículo 2°.

Derogar parcialmente el

Artículo 1.

de la Resolución 410 del 21 de junio de 2018, mediante la cual se había adoptado la versión 1 del documento “P-DA-012 Ejecución Presupuestal”.

Artículo 3°.

La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

Que de conformidad con lo señalado en el artículo se gundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANS MILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

Artículo 2°.

La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo úni co del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.

Dada en Bogotá, a los doce (12) días del mes de abril de dos mil diecinueve (2019).

SOFÍA ZARAMA VALENZUELA Jefe de Oficina Asesora de Planeación Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar los Manuales de Procedimientos de las diferentes dependencias de la Entidad, con el REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-50 • 2019 • ABRIL • 17 50 51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-51 • 2019 • ABRIL • 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-52 • 2019 • ABRIL • 17 52 53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-53 • 2019 • ABRIL • 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-54 • 2019 • ABRIL • 17 54 55 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-55 • 2019 • ABRIL • 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-56 • 2019 • ABRIL • 17 56 57 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-57 • 2019 • ABRIL • 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-58 • 2019 • ABRIL • 17 58 59 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-59 • 2019 • ABRIL • 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-60 • 2019 • ABRIL • 17 60 61 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-61 • 2019 • ABRIL • 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-62 • 2019 • ABRIL • 17 62 63 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-63 • 2019 • ABRIL • 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-64 • 2019 • ABRIL • 17 64 65 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-65 • 2019 • ABRIL • 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-66 • 2019 • ABRIL • 17 66 67 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-67 • 2019 • ABRIL • 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-68 • 2019 • ABRIL • 17 68 Resolución Número 161 (Abril 12 de 2019) de las diferentes dependencias de la Entidad, con el objeto de ajustarlos a los nuevos parámetros documen tales, necesidades y desarrollo del Sistema.

“Por la cual se actualiza el documento P-DT-009

RESUELVE:

Soporte Técnico a Usuarios Finales”

Artículo 1º.

Actualizar el siguiente documento con la versión registrada a continuación:

EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO Código Versión Nombre “TRANSMILENIO S.A.”, En ejercicio de sus facultades conferidas mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de P-DT-009 2 Soporte Técnico a Usuarios Finales 2016, y

CONSIDERANDO:

Artículo 2°.

Derogar en su totalidad la Resolución 107 del 8 de marzo de 2018, mediante la cual se ha bía adoptado la versión 1 del documento “P-DT-009 Soporte técnico a usuarios finales”.

Artículo 3°.

La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

Que de conformidad con lo señalado en el artículo se gundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANS MILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo úni co del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.

Dada en Bogotá, a los doce (12) días del mes de abril de dos mil diecinueve (2019).

Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar los Manuales de Procedimientos SOFÍA ZARAMA VALENZUELA Jefe de Oficina Asesora de Planeación 69 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-69 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS FINALES Código:

Versión:

Fecha:

ALCALDÍA MAYOR P-DT-009 2 Abril de 2019 DE BOGOTA TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETO

2. ALCANCE

3. RESPONSABLE

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

5. DEFINICIONES

6. CONDICIONES GENERALES

7. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

MODIFICACIONES VERSIÓN FECHA CAMBIO SOLICITÓ 0 2014-07-11 Primera versión oficial del documento. N.A.

1 2017-08-22 Profesional Especializado Grado 06 – Coordinador de procesos Corporativos Se ajusta todo el documento actualizando los cargos de los responsables de las actividades teniendo en cuenta que a partir de la Resolución 355 de 2016 se adoptó el nuevo Manual de Funciones de Transmilenio S.A., se revisaron todas las actividades planteadas en los procedimientos aquí citados, se incluyen las políticas de la mesa de ayuda.

Se modifica el logo de Transmilenio por la versión oficial establecida por la Subgerencia de Atención al Usuario y Comunicaciones.

2 2019-04-02 Profesional Especializado Grado 06 – Coordinador de procesos Corporativos Se realizan las siguientes modificaciones:

Capítulo 4. Se revisan y actualizan los documentos de referencia.

Se adiciona una condición general relacionada con la encuesta de satisfacción a usuarios sobre el servicio prestado por la mesa de ayuda En el capítulo 7. se incluyen como actividades finales el diligenciamiento de la encuesta y su análisis.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-70 • 2019 • ABRIL • 17 70 TÍTULO:

SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS FINALES Fecha:

Código:

Versión:

ALCALDÍA MAYOR Abril de 2019 P-DT-009 2 DE BOGOTA

1. OBJETO

Establecer las actividades y responsabilidades para asegurar la correcta prestación del servicio de soporte a los usuarios internos de TRANSMILENIO S.A., así como la administración y control sobre las incidencias generadas por dichos usuarios, que requieren un determinado nivel de soporte en herramientas de tecnologías de información y que han sido reportadas a través de los diferentes canales dispuestos para ello por la Dirección de TIC´s.

2. ALCANCE

Este documento se aplica para los eventos que se reporten a través de la mesa de ayuda de la Dirección de TIC´s de Transmilenio S.A. Inicia con el reporte del incidente ya sea por correo electrónico o por vía telefónica, y termina con la solución del mismo.

3. RESPONSABLES

El Profesional Especializado Grado 06 de la Dirección de TIC’s – Coordinador de procesos corporativos será el responsable de la elaboración y actualización del procedimiento, a su vez el(la) Director(a) de TIC´s, será el(la) responsable por su cumplimiento, implementación y mantenimiento.

El Técnico Administrativo Grado 02 de TIC´s, coordinador de la mesa de ayuda y los agentes de dicha mesa participarán en la ejecución del procedimiento presente.

El Supervisor del contrato de mesa de ayuda o quien haga sus veces velará por el seguimiento periódico a la atención y solución de incidentes dentro de los tiempos establecidos.

Se deberá realizar la revisión y/o actualización de este documento cuando los responsables de su aplicación y cumplimiento lo estimen pertinente.

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

 Manuales de Aplicaciones. (ERP, CORDIS, SGD, T-DOC, Etc.)

 Manuales de Sistemas Operativos.

71 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-71 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS FINALES Fecha:

Código:

Versión:

ALCALDÍA MAYOR Abril de 2019 P-DT-009 2 DE BOGOTA  Contratos de tecnología. (Arriendo equipos, Networking, Hosting página web, canales de Internet, licenciamiento de software, Mantenimiento de Infraestructura, Outsourcing de impresión, Planta Telefónica, etc..)

 Contrato del servicio de la mesa de ayuda.

 Tabla de escalamiento de servicios.

 Catálogo de servicios

5. DEFINICIONES

Agente de mesa: es el funcionario y/o contratista encargado de atender de manera directa al usuario que reporta el caso.

Coordinador de mesa: funcionario y/o contratista a quien le llegan todos los casos reportados por los funcionarios y/o contratistas y quien asigna los casos a los agentes de mesa.

Estado: etapas dentro del sistema de mesa de ayuda por las que puede pasar un incidente.

Estos eventos pueden ser:

EVENTO ESTADOS El usuario envía correo solicitando el servicio.

El aplicativo MESA DE AYUDA, lo convierte en un servicio y es enviado al perfil del coordinador de mesa de ayuda. Registrado El coordinador de la mesa de ayuda lo recibe en estado “registrado” y se lo asigna a un técnico que esté disponible. Registrado El técnico revisa su perfil y lo pasa a estado “en proceso”. En proceso Suspendido El técnico va y atiende al usuario. Si este no se encuentra, lo pasa a estado “suspendido”, documenta el caso en el aplicativo. Si se escala a un especialista, igualmente, se suspende y se escala a la persona apropiada.

Sí el problema fue resuelto por el técnico, este lo pasa a estado “solucionado” y documenta lo que realizó. Solucionado El coordinador revisa la solución, llama al usuario para verificar y pasa el caso a “cerrado” Cerrado REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-72 • 2019 • ABRIL • 17 72 TÍTULO:

SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS FINALES Fecha:

Código:

Versión:

ALCALDÍA MAYOR Abril de 2019 P-DT-009 2 DE BOGOTA En el siguiente diagrama, se ilustra el cambio de los estados:

Escalonamiento del servicio: es el cambio de nivel de la incidencia según su complejidad y tratamiento.

Evento: suceso identificado en un sistema, servicio o estado de la red que indica una posible presencia de falla en la prestación del servicio, o una situación anterior desconocida que podría ser relevante para la prestación del mismo.

Helpdesk o MESA DE AYUDA: software mediante el cual se gestionan los requerimientos a la Mesa de ayuda.

Incidente: evento único o serie de eventos inesperados o no deseados, que poseen una probabilidad significativa de comprometer las operaciones del negocio, por una interrupción o 73 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-73 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS FINALES Fecha:

Código:

Versión:

ALCALDÍA MAYOR Abril de 2019 P-DT-009 2 DE BOGOTA reducción, parcial o total de los servicios y amenazar de igual forma, la seguridad de la información.

Mesa de ayuda: es un conjunto de recursos tecnológicos y humanos, para prestar servicios con la posibilidad de gestionar y solucionar todas las posibles incidencias de manera integral, junto con la atención de requerimientos relacionados a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC´s).

Prioridad: es el orden en el tiempo de atención y solución con el cual será trabajado el incidente por parte del personal de TIC´s.

Problema: causa principal desconocida de uno o varios incidentes.

Requerimiento: solicitud de asistencia técnica reportada por un funcionario de TRANSMILENIO S.A., al personal de soporte técnico de la Dirección de TIC´s, a través de los diferentes canales dispuestos para ello. (Línea telefónica, correo electrónico, herramienta web)

Solución: atención y respuesta eficaz a un requerimiento registrado por un usuario al personal de tecnologías de información.

Service Level Agreement - SLA: es un acuerdo contractual entre una empresa de servicios y su cliente, donde se define, fundamentalmente, el nivel del servicio y los compromisos de calidad y tiempos.

Tiempo máximo de atención en horas hábiles: corresponde al tiempo en que la mesa de ayuda informará al usuario que su caso será atendido y fue tomado por el responsable del área para que dé inicio a la solución del incidente. Todo esto aplica en el horario descrito en el numeral 6 del presente documento.

Tecnologías de la información y la comunicación -TIC´s: son un conjunto de servicios, redes, software, aparatos que tienen como fin el mejoramiento de la calidad de vida de las personas dentro de un entorno, y que se integran a un sistema de información interconectado y complementario.

6. CONDICIONES GENERALES (POLÍTICAS DE OPERACIÓN)

a) A través de la mesa de ayuda de TRANSMILENIO S.A., se podrá revisar la correcta prestación de los servicios tecnológicos informáticos a los usuarios finales, asegurando que REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-74 • 2019 • ABRIL • 17 74 TÍTULO:

SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS FINALES Fecha:

Código:

Versión:

ALCALDÍA MAYOR Abril de 2019 P-DT-009 2 DE BOGOTA los incidentes y problemas reportados sean resueltos dentro de los acuerdos de niveles de servicio requeridos, realizando o emprendiendo acciones, para eliminar las causas raíz y/o para prevenir fallas potenciales.

Los servicios amparados por la mesa de ayuda que están cubiertos por este procedimiento, se describen en la siguiente tabla:

Tabla 1. Servicios cubiertos por la mesa de ayuda COMUNICACIONES HARDWARE SOFTWARE SERVICIOS Red LAN Equipos centrales ARGIS Asesorías Internet Aires acondicionados ERP (Seus) JSP7 Asignación de recursos Intranet UPS CORDIS Creación de usuarios Página web Control de acceso ROYAL (SGD) Creación de correos Telefonía fija Servidores Vehículos y accidentalidad Backups Telefonía celular Planta telefónica SIVICOF Informes Computadores CAT Impresoras T-DOC Escáner Antivirus Plotter Apoyo a la gestión Office 365 Correo AutoCAD TransCAD SPSS EME/4 Vissing b) El soporte técnico comprende un rango de servicio que proporciona asistencia a los funcionarios y contratistas de la Entidad con el hardware o software de un computador, o algún otro dispositivo electrónico o mecánico que permite el desarrollo de sus actividades.

En general los servicios de soporte técnico tratan de ayudar al usuario final a resolver determinados problemas que puedan presentárseles mientras hacen uso de servicios, programas o dispositivos. c) Los servicios de soporte técnico solo se proporcionarán a equipos de cómputo, equipos periféricos y servicios propios de TRANSMILENIO S.A.

75 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-75 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS FINALES Fecha:

Código:

Versión:

ALCALDÍA MAYOR Abril de 2019 P-DT-009 2 DE BOGOTA d) Todos los requerimientos de soporte técnico a los usuarios finales de TRANSMILENIO S.A., deben ceñirse al presente documento y solo en casos especiales se aceptarán solicitudes telefónicamente o en forma escrita. e) Para el desarrollo de las actividades y la gestión de requerimientos de soporte se dispone en la Entidad del correo electrónico soportetecnico@transmilenio.gov.co y de las líneas 2203000 ext. 2310-2311, en donde se reporta el requerimiento y/o incidente, denominados casos. Así mismo se cuenta con contratos que amparan servicios e infraestructura de tecnologías de información, un equipo de trabajo de personal calificado que atiende los casos y una herramienta de software de gestión de mesa de ayuda en la que se registran y gestionan los casos. f) El horario establecido para la atención de requerimientos de soporte técnico a los usuarios finales estará comprendido de las 06:30 am hasta las 07:30 pm de lunes a viernes y los sábados a partir de las 8:00 am hasta las 1:00 pm. g) La atención de requerimientos de soporte técnico a los usuarios finales ubicados tanto en las oficinas administrativas, los portales del Sistema Transmilenio o en Teletrabajo, se realiza con base en el presente procedimiento: o El coordinador de mesa de ayuda recibe el correo por parte del usuario que es automáticamente cargado a la herramienta de mesa de ayuda, teniendo en cuenta el alcance y conocimiento del negocio. o El coordinador asigna el incidente a un agente del grupo de soporte dependiendo del tipo de problema. o El agente de mesa de ayuda deberá seleccionar la incidencia que esté en estado nuevo que le fue asignada y procederá a comunicarse con el usuario solicitante sí el caso lo requiere. o El agente asignado deberá dar solución a dicho incidente, de lo contrario, lo escalará a un nivel superior. En ambos casos el agente deberá documentar la novedad en la herramienta de mesa de ayuda.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-76 • 2019 • ABRIL • 17 76 TÍTULO:

SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS FINALES Fecha:

Código:

Versión:

ALCALDÍA MAYOR Abril de 2019 P-DT-009 2 DE BOGOTA o El supervisor del contrato de la mesa de ayuda, analizará los incidentes reportados en el periodo, junto con el profesional especializado de TIC´s – coordinador de procesos corporativos, el coordinador de la mesa y el proveedor, para tomar acciones de mejora en el servicio de la mesa. h) Sí se llegase a detectar, que algún incidente no se está resolviendo dentro de los plazos estipulados por parte de la Dirección de TIC´s o del usuario del servicio, se debe notificar mediante correo electrónico oportunamente al funcionario encargado en la Dirección de TIC´s para su intervención. i) El Profesional Especializado (grado 06) - Coordinador de Procesos Corporativos, en conjunto con el supervisor designado verificarán periódicamente, que la atención de los incidentes se esté llevando a cabo dentro de los tiempos establecidos. j) Los tiempos de respuesta y solución para los incidentes reportados, son los establecidos según los niveles de prioridad en el sistema de mesa de ayuda, tal como se describen a continuación:

Niveles de prioridad:

- Baja: procedimiento menor que requiere un nivel de intervención básico por parte del personal de tecnologías de información. Ejemplo: preguntas de configuración.

Tiempo de Respuesta: 0 - 30 minutos.

- Alta: cuando se presenta una caída importante de las herramientas de tecnologías de información afectando a uno o varios usuarios. Ejemplo: problemas con impresoras en RED.

Tiempo de respuesta: 0 - 20 minutos.

- Crítica: cuando se presenta una falla general de las herramientas de tecnologías de información afectando a la mayoría de los usuarios. Ejemplo: caída de servicios de correo electrónico.

Tiempo de respuesta: inmediato.

NOTA: sí el incidente no se puede solucionar en sitio y dentro de los tiempos de prioridad establecidos en el presente documento, por necesitar de un nivel de 77 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-77 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS FINALES Fecha:

Código:

Versión:

ALCALDÍA MAYOR Abril de 2019 P-DT-009 2 DE BOGOTA escalamiento diferente y/o atención especializada por parte un tercero, se deberá informar al usuario y proceder con lo estipulado en la etapa No. 35 del procedimiento.

El escalamiento respectivo se hará a otro especialista y/o proveedor notificándolo previamente vía correo electrónico, dejando registro en la herramienta de mesa de ayuda. k) De manera aleatoria se realizará una encuesta de satisfacción a los usuarios sobre el servicio prestado por la mesa de ayuda.

6.1 Políticas de mesa de ayuda a) El usuario deberá enviar la información necesaria del problema con los adjuntos necesarios para poderle dar una solución satisfactoria. b) El coordinador y los agentes de mesa de ayuda deben monitorear el cumplimiento de los compromisos pactados con los usuarios, los cuales deben estar documentados en el software de mesa de ayuda. c) El coordinador de mesa de ayuda deberá retroalimentar semanalmente y realizar seguimiento a todos los agentes de la mesa de ayuda para un mejor desempeño de la operación. d) Los avances reportados por los usuarios y funcionarios deben ser actualizados en la herramienta. e) El coordinador de mesa de ayuda debe revisar constantemente los casos que se encuentren abiertos y tomar acciones frente a casos fuera de estándares. f) Todos los casos escalados se registrarán en la herramienta de mesa de ayuda para su respectivo seguimiento. g) Los agentes deberán dar solución a los incidentes dependiendo del tiempo que requiera, atendiendo siempre los SLA establecidos. h) Los casos podrán ser escalados por el coordinador de la mesa de ayuda, quien documentará e informará al siguiente nivel de escalamiento.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-78 • 2019 • ABRIL • 17 78 TÍTULO:

SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS FINALES Fecha:

Código:

Versión:

ALCALDÍA MAYOR Abril de 2019 P-DT-009 2 DE BOGOTA i) Al momento de dar una solución se deberá redactar de forma clara y concisa el procedimiento realizado en el software de mesa de ayuda. j) Se reportarán los indicadores de atención de usuarios de la mesa de ayuda en forma mensual.

6.2 Tablas de escalamiento de servicios COMUNICACIONES HARDWARE SOFTWARE SERVICIOS Agente de mesa Agente de mesa de Agente de mesa de ayuda y/o de ayuda y/o Primer nivel Agente de mesa de ayuda y/o especialista especialista ayuda y/o especialista especialista Supervisor del Supervisor del Segundo nivel Supervisor del contrato Supervisor del contrato contrato contrato Contratista y/o Contratista y/o Contratista y/o Tercer nivel Contratista y/o proveedor proveedor proveedor proveedor

7. DESCRIPCION DE ACTIVIDADES

A continuación, se describe el procedimiento que se sigue para el soporte técnico para usuarios finales.

ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 Inicio Usuario 20 Informar el incidente al correo electrónico a soportetecnico@transmilenio.gov.co o a la línea 2203000 Ext. 2310-2311 Coordinador de mesa de ayuda 30 Recibir el caso en la mesa de ayuda, realizar el diagnostico, categorizarlo y priorizarlo.

79 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-79 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS FINALES Fecha:

Código:

Versión:

ALCALDÍA MAYOR Abril de 2019 P-DT-009 2 DE BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE ¿Puede ser solucionado telefónicamente?

¿15?

Si: ir a etapa 40 Coordinador de mesa de ayuda No: ir a etapa 60 40 Coordinador de mesa de ayuda Revisar la base de conocimiento de incidentes cerrados en la mesa de ayuda, y proporcionar telefónicamente al usuario la solución ya realizada en situaciones semejantes (sí se dispone de casos relacionados) y que se considere más apropiada, describiendo al usuario el paso a paso de la solución.

Coordinador de mesa de ayuda 50 Informar del motivo de la falla al usuario, documentar en la herramienta de mesa de ayuda (Aranda) y cerrar el caso. Ir a etapa 200.

Coordinador de mesa de ayuda 60 Documentar en la herramienta de mesa de ayuda toda la información pertinente. Asignar agente de mesa de ayuda y/o especialista que atenderá la solicitud.

Coordinador de mesa de ayuda 70 Informar al usuario que su caso ha sido asignado a un agente de mesa y/o especialista por correo electrónico.

Agente de mesa 80 Revisar el requerimiento según orden de llegada y/o prioridad, para atenderlo, observando que se cumplan las condiciones de atención según el caso asignado.

Contactar al usuario para coordinar la visita, de tal forma que cumpla con los tiempos de atención establecidos.

Agente de mesa 90 Acudir a las instalaciones del usuario, junto con el material y/o equipos necesarios para dar solución al incidente en la primera visita.

¿El incidente queda resuelto en primera instancia, antes del vencimiento del tiempo de atención?

¿25?

Agente de mesa Si: ir a etapa 180 No: ir a etapa 100 Agente de mesa 100 Informar al Coordinador de la mesa de ayuda para asignar la prioridad de nivel crítico al caso. Registrar en la mesa de ayuda para mantener actualizada la información y tomar las acciones pertinentes.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-80 • 2019 • ABRIL • 17 80 TÍTULO:

SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS FINALES Fecha:

Código:

Versión:

ALCALDÍA MAYOR Abril de 2019 P-DT-009 2 DE BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE ¿35?

Coordinador de mesa de ayuda ¿La solución requiere de un especialista?

Si: ir a etapa 120 No: ir a etapa 110 110 Revisar caso de usuario hasta darle la solución técnica que compete. Devolverse a la etapa ¿35? Agente de Mesa Coordinador de mesa de ayuda 120 Contactar al supervisor de TIC´s del contrato o servicio para atender el incidente e informar al usuario del procedimiento a seguir, dando solución al requerimiento.

Supervisor del Contrato 130 El supervisor del contrato y/o servicio (segundo nivel) revisa el incidente con el agente de mesa y el usuario y atiende el incidente. y/o Agente de Mesa.

¿La solución requiere ser escalada al contratista y/o proveedor del servicio?

¿45?

Supervisor del Contrato y/o Servicio.

Si: ir a etapa 150 No: ir a etapa 140 140 Informar al coordinador y agente de mesa la solución implementada, para documentar el incidente en el software de mesa de ayuda.

Supervisor del Contrato y/o Servicio Ir a la etapa 200 Supervisor del Contrato y/o Servicio 150 Reportar al coordinador de la mesa de ayuda, para que escale el incidente.

160 Coordinador de mesa de ayuda Notificar al contratista y/o proveedor de servicio a través de los canales indicados (mesa de ayuda del contratista, telefónicamente y/o por correo) el incidente reportado y las acciones tomadas antes de su escalamiento.

Contratista y/o 170 proveedor de servicios atiende e informa El contratista y/o proveedor del servicio atiende el incidente y lo soluciona en los tiempos estipulados en el contrato, informando la solución dada y le comunica al coordinador de la mesa, para que esta sea documentada en la herramienta de mesa de ayuda.

Agente de Mesa 180 Indicar al usuario el motivo de la falla, documentar en la herramienta de mesa de ayuda y cerrar el caso con el consentimiento del usuario para certificar la aceptación del servicio.

81 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-81 • 2019 • ABRIL • 17 TÍTULO:

SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS FINALES Fecha:

Código:

Versión:

ALCALDÍA MAYOR Abril de 2019 P-DT-009 2 DE BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Profesional especializado grado 06 - coordinador de procesos corporativos, 190 Revisar periódicamente, el comportamiento de la mesa tomando acciones de mejora si se llegasen a presentar haciendo seguimiento a los mismos. y Coordinador de mesa de ayuda y contratista Usuario 200 Diligenciar encuesta de satisfacción Nota: Una vez cerrado el caso, la herramienta genera automáticamente encuesta de satisfacción y envía correo al usuario para su diligenciamiento.

Coordinador de mesa de ayuda 210 Analizar resultados de la encuesta e implementar acciones de mejora en caso de requerirse 220 Fin REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-82 • 2019 • ABRIL • 17 82 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD IDIPRON Resolución Número 199 (Marzo 29 de 2019)

Que mediante oficios radicados en IDIPRON 2018ER3409 y 2018ER3414 del 21 de septiembre de 2018, la señora ROJAS MENDOZA GINA PAOLA, identificada con la Cédula de Ciudadanía Número 65.556.816, aceptó el nombramiento en el cargo deno minado Técnico Administrativo Código 367, Grado 05, y a su vez solicitó prórroga de noventa (90) días hábiles.

“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba en un cargo de carrera administrativa en el Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud – IDIPRON.”

Que mediante oficio IDIPRON 2018EE2670 de 27 de septiembre de 2018, se le otorgó la prorroga y se le manifestó como fecha de posesión el 15 de febrero de 2019.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD IDIPRON, en uso de sus facultades legales conferidas mediante el Artículo 7 del Acuerdo 80 de 1967 y el Artículo 59 del Decreto Ley 1421 de 1993 Que mediante correo electrónico de fecha 9 de febrero de 2019 la señora ROJAS MENDOZA GINA PAOLA, identificada con la Cédula de Ciudadanía Número 65.556.816, comunica al Idipron la imposibilidad de po sesionarse en el cargo Técnico Administrativo Código 367, Grado 05,de la planta de empleos del Instituto.

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución No. 097 de 14 de febrero de 2019, se deroga el nombramiento en periodo de prueba efectuado con la Resolución No. 467 de 10 de septiembre de 2018 a la señora ROJAS MENDOZA GINA PAOLA, identificada con la Cédula de Ciudada nía Número 65.556.816.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria Número 431 de 2016, convocó a concur so abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertene cientes al Sistema General de Carrera Administrativa de las entidades del sector central, descentralizado y entes de control del Distrito Capital.

Que mediante oficio IDIPRON 2019EE485 de 15 de febrero de 2019, el Instituto solicita a la Comisión Nacional del Servicio Civil el uso de la lista de elegi bles de la Convocatoria 431 de 2016- Distrito Capital- OPEC 21721, con el fin de proveer el cargo Técnico Administrativo Código 367, Grado 05, de la planta de empleos del Instituto.

Que cumplidas todas las etapas del proceso de selec ción, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución 20182130082405 del 09 de agosto de 2018, por medio de la cual se conforman listas de elegibles para proveer empleos del Sistema General de Carrera del Instituto Distrital Para la Protección de la Niñez y de la Juventud IDIPRON, ofertado a través de la Convocatoria No. 431 de 2016 – Distrito Capital.

Que dicha lista adquirió firmeza el día 27 de agosto de 2018 de acuerdo con el oficio remitido por la CNSC con radicado 20182130472231 del 27 de agosto de 2018, y lo publicado en el Banco Nacional de la lista de elegibles de la CNSC.

Que mediante oficio Idipron- No. 2019ER1087 de 19 de marzo de 2019, la CNSC, autoriza “(…) hacer uso directo en estricto orden de méritos de la lista de elegi bles cuando se presenten las situaciones administrati vas contempladas en los artículos 2.2.5.1.12 ó 2.2.5. 1.13 del Decreto 648 de 2017, por tanto no requiere de autorización por parte de esta Comisión Nacional (…)”, así mismo (…) la CNSC, solicita remitir copia de los Actos administrativos de Nombramiento en periodo de prueba y posesión y/o aceptación de prórroga, según sea el caso, de la señora ELVIA CRISTINA AREVALO ZULUAGA quien ocupó la segunda (2) posición en el empleo No. 21721 (…)”.

Que el artículo Primero de la precitada Resolución conforma la Lista de Elegibles para proveer una (1) va cante del empleo de carrera, identificada con el código OPEC No. 21721, denominado Técnico Administrativo Código 367, Grado 05, en la que figura en primer lugar la señora ROJAS MENDOZA GINA PAOLA, identifica da con la Cédula de Ciudadanía Número 65.556.816.

Que como consecuencia de lo anterior y teniendo en cuenta el orden de elegibilidad de la lista de elegibles, conformada mediante Resolución de No. 20182130082405 del 9 de agosto de 2018 de la Co misión Nacional del Servicio Civil es la señora ELVIA CRISTINA AREVALO ZULUAGA identificada con la cédula de ciudadanía número 52216677, se procederá a realizar el nombramiento en periodo de prueba.

Que mediante Resolución 467 del 10 de septiembre de 2018, se efectuó el nombramiento en período de prueba a la señora ROJAS MENDOZA GINA PAOLA, identificada con la Cédula de Ciudadanía Número 65.556.816 En mérito de lo anteriormente expuesto, 83 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-83 • 2019 • ABRIL • 17

RESUELVE:

MEMORANDO CONCEPTO DE 2019 SECRETARÍA DE HACIENDA Memorando Concepto Número 1257 Fecha: 15 de abril de 2019

Artículo primero.

- Nombrar en periodo de prueba a la señora ELVIA CRISTINA AREVALO ZULUAGA identificada con la cédula de ciudadanía número 52.216.677, para desempeñar el cargo de carrera administrativa Técnico Administrativo, Código 367, Grado 05, de la planta de empleos del IDIPRON, provisto mediante OPEC 21721, de la Convocatoria 431 de 2016, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

PARA: Funcionarios Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá-DIB Contribuyentes de impuestos administrados por la DIB DE: Subdirector Jurídico Tributario ASUNTO: Tema: Instructivo de vigencia, alcance, propósito y aplicación de la reforma introducida por la Ley de Financiamiento No. 1943 de 2018, a la luz del Sistema Tributario Distrital.

Artículo segundo.

- El periodo de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 2.2.6.25 del Decreto 1083 de 2015, al final del cual le será evalua do el desempeño por el jefe inmediato; la calificación debe ser como mínimo satisfactoria, evento en el cual el funcionario en período de prueba será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa, de no ser satisfactoria, su nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Subtema: Aplicación del artículo 95 de la Ley No. 1943 de 2018 De acuerdo con el artículo 31 del Decreto Distrital 601 de 2014, compete a este Despacho interpretar de ma nera general y abstracta la aplicación de las normas tributarias distritales, manteniendo la unidad doctrinal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá.

CONSULTA Se consulta si la aplicación del artículo 95 de la Ley 1943 de 2018, en el Distrito Capital de Bogotá, requiere regulación mediante un Decreto Distrital o si su apli cación es inmediata.

Artículo tercero.

- Comunicar a la señora ELVIA CRISTINA AREVALO ZULUAGA identificada con la cédula de ciudadanía número 52216677, lo establecido en el Decreto 648 de 2017 en su Artículo 2.2.5.1.6 “Comunicación y término para aceptar el nombramien to”; cuenta con el término de diez (10) días hábiles para manifestar su aceptación o rechazo; de igual manera como lo señala el Artículo 2.2.5.1.7 “Plazos para la posesión”, aceptado el nombramiento, la persona designada deberá tomar posesión del empleo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Este término podrá prorrogarse, por escrito, hasta por noventa (90) días hábiles más, si el designado no residiere en el lugar de ubicación del empleo o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora.

Frente al tema, se trascribe el mencionado artículo 95, a saber:

Artículo cuarto.

- Comunicar a la Comisión del Servicio Civil CNSC el contenido del presente acto administrativo.

“ART. 95. Adiciónense un parágrafo y un parágra fo transitorio al artículo 590 del Estatuto Tributario, los cuales quedarán así:

Artículo quinto.

- El presente nombramiento se efectúa según certificación presupuestal expedida por el Área de Presupuesto.

Artículo sexto.

- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de marzo de dos mil diecinueve (2019).

WILFREDO GRAJALES ROSAS Director General PAR.- En esta oportunidad procesal, el contribu yente, responsable, agente retenedor o declarante podrá decidir pagar total o parcialmente las glosas plateadas en el pliego de cargos, requerimiento especial, o liquidación de revisión, según el caso, liquidando el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia, para la modalidad de créditos de consumo y or dinario, más dos (2) puntos porcentuales, con la correspondiente liquidación privada, para evitar la aplicación de los intereses moratorios y obtener la reducción de la sanción por inexactitud conforme lo autorizan los artículos 709 y 713.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-84 • 2019 • ABRIL • 17 84 y cuando se trate de regulaciones de procesos igual mente aplicables y existentes en Bogotá.

El interés bancario corriente de que trata este parágrafo será liquidado en proporción con los hechos aceptados. Lo anterior sin perjuicio de la posibilidad que tiene el contribuyente de seguir discutiendo los asuntos de fondo.

En el mismo sentido, los artículos 66 de la Ley 383 de 1997 y 59 de la Ley 788 de 2002, señalan que los municipios y distritos aplicarán los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional, para la administración, determinación, discusión, cobro, devo luciones, régimen sancionatorio incluida su imposición, en los impuestos de carácter territorial.

En relación con las actuaciones de que trata este artículo, en el caso de acuerdo de pago, a partir de la suscripción del mismo, se liquidarán los in tereses corrientes, certificados por la Superinten dencia Financiera de Colombia para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, más de dos (2) puntos porcentuales, en lugar de los intereses moratorios establecidos en el artículo 634.

Teniendo en cuenta las citadas disposiciones legales, se observa con claridad que la modificación de carácter procedimental introducida en el artículo 95 de la Ley 1943 de 2018, es de aplicación inmediata en el Distrito Capital, sin que sea necesaria su regulación mediante Decreto Distrital.

Así los hechos, se modifica en lo pertinente el Memo rando Concepto No. 1256 del 24 de enero de 2019.

PAR. TRANS._ El parágrafo anterior aplicará para los procedimientos adelantados por la DIAN que se encuentren en trámite a la entrada en vigencia de la presente ley, respecto de los procedimientos que se adelanten con posterioridad a la entrada en vigencia de la misma.

SAÚL CAMILO GUZMÁN LOZANO Subdirector Jurídico Tributario sguzman@shd.gov.co ACUERDOS LOCALES DE 2019 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE TUNJUELITO Acuerdo Local Número 001-2019 (Marzo 20 de 2019)

Artículo 590.

CORRECCIONES PROVOCA DAS POR LA ADMINISTRACIÓN. Habrá lugar a corregir la declaración tributaria con ocasión de la respuesta al pliego de cargos, al requerimiento especial o a su ampliación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 709. Igualmente, habrá lugar a efectuar la corrección de la declaración dentro del término para interponer el recurso de reconsideración, en las circunstancias previstas en el artículo 713.”

Por medio del cual se modifica el ACUERDO LOCAL 002 – 2016 por el cual se conforma el Consejo Local de Protección y Bienestar animal de la Localidad Sexta de Tunjuelito.”

Nótese que el artículo 95 de la Ley 1943 de 2018, es una norma de carácter procedimental, por lo tanto, de orden público y de obligatorio cumplimiento, con forme lo establece el artículo 13 del Código General del Proceso.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Ahora bien, el Decreto Ley 1421 de 1993, por medio del cual se dictó el régimen especial para el Distrito Capital de Santa fe de Bogotá, en el artículo 162 or denó la remisión de las normas del Estatuto Tributario Nacional, a los procedimientos adelantados por la autoridad tributaria distrital, así:

El presente proyecto de acuerdo que hoy que se presenta a consideración de la Honorable Junta Ad ministradora Local de Tunjuelito, tiene por objetivo la modificación ACUERDO LOCAL 002 – 2016, Por el cual se conforma el Consejo Local de Protección y Bienestar animal de la Localidad Sexta de Tun juelito.

En su artículo 7 el acuerdo anterior estipula:

“ARTÍCULO 7.- La secretaria técnica del consejo local será asumida por el Gestor Ambiental o un delegado (a) de la Secretaría Distrital de Ambiente”.

Artículo 162.

REMISION AL ESTATUTO TRIBUTARIO. Las normas del estatuto tributario nacional sobre procedimiento, sanciones, decla ración, recaudación, fiscalización, de terminación, discusión, cobro y en general la administración de los tributos serán aplicables en el Distrito confor me a la naturaleza y estructura funcional de los impuestos de éste.

Lo anterior bajo el principio orientador de la aplicación conforme con la naturaleza y estructura funcional de los tributos distritales, de tal suerte que las disposiciones procedimentales adoptadas en la normativa nacional tienen aplicación directa en el Distrito Capital, siempre Pero acorde con el Decreto 546 de 2016 por el cual de crea el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Ani mal el cual tiene por objeto la elaboración, ejecución, implementación, coordinación, vigilancia, evaluación y seguimiento de planes y proyectos encaminados a la protección y el bienestar de la fauna silvestre y doméstica que habita en el Distrito. Es necesario que 85 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-85 • 2019 • ABRIL • 17 el protocolo de paseador de perros y promover su capacitación en concordancia con lo establecido en la Policía de Protección y Bienestar Animal y demás normativas vigentes. por estas mismas funciones la Secretaría Técnica del Consejo Local de Protección y Bienestar Animal de la Localidad Sexta de Tunjuelito sea asumida por el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal o un delegado de esta entidad ya que estas funciones ya no son de competencia de la Secretaría Distrital de Ambiente.

8. Realizar conjuntamente con las entidades compe tentes, los operativos requeridos para la captura, el decomiso o el rescate de animales de que trata el presente Decreto.

CONSIDERANDO:

9. Hacer parte del Consejo Distrital de Protección Animal y asumir la Secretaría Técnica.

Que el instituto de protección Animal tiene como por objeto y funciones:

10. Dar los lineamientos para la implementación del servicio de urgencias veterinarias en el Distrito Capital en coordinación con los demás sectores públicos con corresponsabilidades en el tema.

11. Diseñar herramientas y procesos de innovación y tecnología que mejoren las condiciones de vida de los animales.

1. Implementar, desarrollar, coordinar, vigilar, evaluar y efectuar el seguimiento a la Política de Protección y Bienestar Animal. Realizar la coordinación intersectorial e interinstitucional.
Generar los espacios de participación ciudadana y emitir los conceptos técnicos que las autoridades requieran para estos efectos.

12. Las demás que le sean asignadas y correspondan a su objeto.1

ACUERDA:

2. Administrar técnica y operativamente todos los equipamientos públicos creados y destinados a la protección y el bienestar animal en la ciudad, que garanticen su adecuado funcionamiento.

Artículo 1.

Modificar el artículo 7 del Consejo Local de Protección y Bienestar animal de la Loca lidad Sexta de Tunjuelito el cual quedará así:

Artículo 7.

- Secretaría: La Secretaría Técni ca del Consejo Local de Protección y Bienestar Animal de la Localidad Sexta de Tunjuelito será asumida por un delegado (a) que para tal efecto designe el Instituto de Protección y Bienestar Animal.

3. Coordinar y promover con las Secretarías Distri tales de Salud, Ambiente, Gobierno y Educación, la realización de actividades relacionadas con el bienestar y la protección animal, en asocio con las organizaciones sin ánimo de lucro protectoras de animales, facultades de medicina veterinaria y zootecnia, instituciones educativas oficiales y pri vadas, y demás instituciones interesadas, para la celebración de la Semana Distrital de la Protección y Bienestar Animal.

Artículo 2.

VIGENCIA: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Expedido en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de marzo del dos mil diecinueve (2019).

4. Crear, fomentar, coordinar e implementar progra mas de capacitación y educación con entidades distritales, asociaciones defensoras de animales legalmente constituidas, la comunidad y demás entidades relacionadas con este proceso, con el ánimo de generar una cultura ciudadana, basada en la compasión, protección y cuidado hacía los animales.

JORGE SÁNCHEZ PARRA Presidente J.A.L Tunjuelito CARMEN ROSA TÉLLEZ JIMÉNEZ Secretaria J.A.L Tunjuelito

5. Diseñar estrategias de articulación para el desarro llo de proyectos de interés común con las diferen tes instancias y organizaciones de los gobiernos nacionales y distrital, con el fin de promover una sana convivencia entre la fauna y la comunidad.

El presente Acuerdo Local es sancionado por el Alcalde Local de Tunjuelito en Bogotá a los veintisiete (27) días del mes de marzo de dos mil

6. Proponer y promover proyectos de investigación que contribuyan a generar conocimiento y hábitos de respeto de los ciudadanos hacia los animales.

diecinueve (2019).

YEISSON ALEXÁNDER CHIPATECUA QUEVEDO Alcalde Local de Tunjuelito

7. Diseñar e implementar protocolos y procedimien tos de atención para la captura, rescate, deco miso, conducción, recepción y confinamiento de animales, así como para su tenencia, incluyendo

1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-86 • 2019 • ABRIL • 17 86

ACUERDA:

Acuerdo Local Número 002 (Marzo 20 de 2019)

“POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA GALERÍA OFICIAL EN FOTOMOSAICO PARA RECOPILAR

Artículo 1º.

CREACIÓN: Crease la “Galería Oficial en Foto Mosaico” de la Junta Administradora Local de Tunjuelito, con el propósito de recopilar la “Historia Política” de la localidad mediante registro fotográfico.

LA HISTORIA POLÍTICA DE LA LOCALIDAD SEXTA DE TUNJUELITO”

LA JUNTA ADMINISTRADORA DE LA LOCALIDAD SEXTA DE TUNJUELITO, En ejercicio de las facultades conferidas por la

Artículo 2º.

FOTOMOSAICO. El registro fotográfi co deberá plasmarse en forma de “Fotomosaico y en forma virtual”, el cual contendrá la fotografía de cada uno de los miembros de la Junta Administradora Local de Tunjuelito.

Constitución Política de 1991, el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 448 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Parágrafo. PRIMERO. En el Fotomosaico deberán
destacarse los símbolos institucionales del Distrito y de la Junta Administradora Local, al igual que la bandera y escudo de la República de Colombia.

Parágrafo. SEGUNDO. En el Fotomosaico se
registrarán las fotografías y nombres completos de los Ediles y Edilesas que sean miembros de la Junta Administradora Local al inicio de cada Periodo Cons titucional.

Que en los archivos de la Junta Administradora Local y de la Alcaldía de Tunjuelito, no existe registro fotográ fico oficial, que le permita a los ciudadanos de la Lo calidad poseer un “Recuerdo Histórico” de aquellas personas que han sido electas por Voto Popular como Ediles o Edilesas en representación de la comunidad; se hace necesario la creación y/o establecimiento de la “Galería Oficial por Foto Mosaico”, en procura de plasmar la “Historia Política” de la Localidad Sexta de Tunjuelito.

Parágrafo. TERCERO. En el evento de falta ab
soluta de alguno de los miembros de la Junta Admi nistradora Local, la fotografía del Edil entrante podrá incluirse siempre y cuando el Fotomosaico no se haya elaborado.

Parágrafo. CUARTO. En el Fotomosaico igual
mente se incluirá la fotografía y nombre del Alcalde o Alcaldesa Local del respectivo periodo constitucional.

Que el Artículo 21 de la Constitución Política de Co lombia, establece la garantía al “Derecho a la Honra”, entendida ésta como el respeto y la buena opinión que se tiene de las cualidades morales y de la dignidad de una persona; por lo cual tiene derecho a ser enaltecida.

Parágrafo. QUINTO. Téngase al Fotomosaico
como “Símbolo de Decoro”, por haber logrado los miembros de la Junta Administradora Local de Tunjue lito, ser electos para la representación de la comunidad en defensa de sus derechos; motivo por el cual dicho símbolo deberá ser tratado con dignidad y respeto.

Artículo 3º.

UBICACIÓN: El Fotomosaico deberá instalarse en lugar visible del Recinto de la Junta Administradora Local o en su defecto en otro lugar decoroso que para tal efecto se designe dentro de las instalaciones de la Alcaldía Local.

Que el Artículo 142 de la Ley 136 de 1994, respecto a la “Formación Ciudadana”, establece que: “Los Alcaldes, los concejales, los ediles, los personeros, los contralores, las instituciones de educación, los medios de comunicación, los partidos políticos y las organizaciones sociales deberán establecer programas permanentes para el conocimiento, promoción y proyección de los valores democráticos, constitu cionales, institucionales, cívicos y especialmente el de la solidaridad social de acuerdo con los derechos fundamentales; los económicos, los sociales y cultu rales; y los colectivos y del medio ambiente”.

Parágrafo. Una vez finalizado el período Constitu
cional, el Fotomosaico continuará exhibido cronológi camente en el tiempo, dentro del recinto de sesiones de la Junta Administradora Local o el lugar designado de que trata el presente artículo.

Que el Literal “C” del Artículo 4º de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, sobre “Protección de Datos Persona les”, establece: “Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa au torización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento”:

En mérito de lo expuesto, la Junta Administradora Local de Tunjuelito,

Artículo 4º.

PERIODO E INSTALACIÓN. El Foto mosaico deberá ser elaborado e instalado dentro del primer semestre de cada periodo constitucional; excepción hecha del actual, en el que el mosaico se instalará dentro de los tres meses siguientes a la san ción y publicación del presente acuerdo.

87 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-87 • 2019 • ABRIL • 17 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Expedido en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de marzo del dos mil diecinueve (2019).

Parágrafo. La instalación del Fotomosaico se
llevará a cabo mediante ceremonia especial que de berá programar la Mesa Directiva de la Corporación, incluida dentro del orden del día de alguna de las sesiones ordinarias.

JORGE SÁNCHEZ PARRA Presidente J.A.L Tunjuelito CARMEN ROSA TÉLLEZ JIMÉNEZ Secretaria J.A.L Tunjuelito

Artículo 5º.

COSTO: El valor pecuniario del Fotomosaico y de la ceremonia de instalación, serán asumidos en su totalidad por los miembros de la Junta Administradora Local de Tunjuelito, sin afectación de los recursos públicos.

El presente Acuerdo Local es sancionado por el Alcalde Local de Tunjuelito en Bogotá a los veintisiete (27) días del mes de marzo de dos mil diecinueve (2019).

Artículo 6º.

ACTAS. De la instalación del Fotomo saico deberá suscribirse el acta correspondiente que reposará en los Archivos de la Secretaría General de la Corporación.

YEISSON ALEXÁNDER CHIPATECUA QUEVEDO Alcalde Local de Tunjuelito

Artículo 7º.

VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6538 • pP. 1-88 • 2019 • ABRIL • 17 88

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