Registro Distrital 6519 de 2019
Registro Distrital 6519 de 2019 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 6519
- Año
- 2019
- Fecha
- 20 de marzo de 2019
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 51 Número 6519 2019 • MARZO • 20 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2019 SECRETARÍA DE HACIENDA Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1, No. 2 y No. 3 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.
Resolución Número 652-DDI- Que, en consideración a lo expuesto, 007351,2019EE 39121 (Marzo 19 de 2019)
RESUELVE:
“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”
Artículo 1º.
Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1, No. 2 y No. 3 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.
EL JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE
Artículo 2º.
Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 3 Registro, Anexo No. 2 con 19 Registros, Anexo No. 3 con 6 Registros.
IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807
Artículo 3º.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:
de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre OFICINA TIPO DE ACTO de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.
COBRO COACTIVO RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE PARTE
CONSIDERANDO:
CUENTAS CORRIENTES Y RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIONES COMPENSACIÓN Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.
Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponer se ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Sub dirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No.2:
Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Docu mentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6519 • pP. 1-1 • 2019 • MARZO • 20 OFICINA TIPO DE ACTO OFICINA TIPO DE ACTO COBRO COACTIVO MANDAMIENTO DE PAGO MODIFICACION MANDAMIENTO DE PAGO RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN COBRO COACTIVO RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE PROCESO Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.
RESOLUCIÓN DE FACILIDAD DE PAGO COBRO PREJURÍDICO La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 16.
Artículo 4º.
Esta Resolución rige a partir de su publicación.
EMPLAZAMIENTO PARA RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE PARTE GENERAL DE FISCALIZACIÓN DECLARAR Dada en Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días FISCALIZACIÓN GRANDES AUTO DE VERIFICACION O del mes de marzo de dos mil diecinueve (2019).
CONTRIBUYENTES CRUCE PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
JOHN ALEXÁNDER BARBOSA CRISTANCHO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 3:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6519 • pP. 1-2 • 2019 • MARZO • 20 2 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 39 ESTE 25-02-19 CERRADO BR RIONEGRO 12/3/2019 CERRADO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA 13-02-19 2018 CL 66 SUR 11 C 04-03-19 2011 KR 60 94 B 11 14-02-19 2014 KR 2 12 65 21-02-19 CERRADO TIPO PARTE SACIÓN SACIÓN DE ACTO DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN Y/O COMPEN- Y/O COMPEN- PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE RESOLUCIÓN DE PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO DEL IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.
CARREÑO 51.843.746 PREDIAL AAA0197DWYX APODERADO NOMBRE DEL DE JARAMILLO 42.866.981 VEHÍCULOS BNE340 CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.1DE LA RESOLUCIÓN No. 652-DDI-007351 DEL 19 DE MARZO DE 2019 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
Corrientes,profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.
Que los jefes de la Oficina de Cobro Coactivo y la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
No.
Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la DDI004010 2019EE16275 201901400300000063 YANETH BERMUDEZ DDI004064 2019EE16982 201801400300081283 OMAIRA TAPIERO CELIS 39.717.991 VEHÍCULOS AAA0030JTZE DDI005653 2019EE25084 201503100100069068 MARIA EUGENIA TOBON Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de RESOLUCIÓN No.
3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6519 • pP. 1-3 • 2019 • MARZO • 20 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 604 11/3/2019 NO RESIDE 604 11/3/2019 NO RESIDE BR RIONEGRO 12/3/2019 CERRADO BR RIONEGRO 12/3/2019 CERRADO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO PAGO 07-02-19 2014 AK 68 12 64 SUR 11/3/2019 DESCONOCIDO PAGO 08-03-19 2015,2017,2018 KR 75 9 57 12/3/2019 REHUSADO DE ACTO DECLARAR 28-02-19 2015 DG 85 76 75 13/3/2019 NO RESIDE DECLARAR 28-02-19 2015-2016 AC 183 11 62 13/3/2019 DESCONOCIDO DECLARAR 28-02-19 2016 CL 114 A 15 A 38 12/3/2019 CERRADO DECLARAR 28-02-19 2015-2016 KR 104 A 23 H 22 11/3/2019 DESCONOCIDO DE PROCESO 27-02-19 2002 CL 97 16 68 AP DE PROCESO 27-02-19 2002, 2004 CL 97 16 68 AP FACILIDAD DE FACILIDAD DE TERMINACIÓN TERMINACIÓN PRESCRIPCIÓN 04-03-19 2009 KR 60 94 B 11 PRESCRIPCIÓN 04-03-19 2008 KR 60 94 B 11 ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA ZAMIENTO PARA PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO DEL NOTIFICACIÓN POR AVISO IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE LIGIA 20.164.888 PREDIAL UDL060 EMPLA- ZALEZ 53.067.905 PREDIAL AAA0243ROLW EMPLA- LA CRUZ 35.469.471 PREDIAL AAA0099ETFZ RESOLUCIÓN DE LA CRUZ 35.469.471 PREDIAL AAA0099ESDM RESOLUCIÓN DE HORQUEZ 4.088.123 PREDIAL AAA0152ARRJ EMPLA- DE FORERO 28.487.885 VEHÍCULOS HKX768 RESOLUCIÓN DE NOMBRE DEL BAENA RIVERA 20.616.615 PREDIAL AAA0081EFSK RESOLUCIÓN DE CUELLAR GON- CONTRERAS BO- Y/O APODERADO CONTRIBUYENTE BON DE JARAMILLO 42.866.981 VEHÍCULOS BNE340 RESOLUCIÓN DE BON DE JARAMILLO 42.866.981 VEHÍCULOS BNE340 RESOLUCIÓN DE IENTO DE HUERTAS 21.062.785 PREDIAL AAA0115XFOM EMPLA- cionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.
ANEXO No.2DE LA RESOLUCIÓN No. 652-DDI-007351 DEL 19 DE MARZO DE 2019 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
NA 2019EE23771 201901100322002008 DIANA ALEJANDRA NA 2019EE23748 201901100322001991 CLEMECIA SARM- NA 2019EE23749 201903100322001994 MARTINEZ ROA NA 2019EE23758 20190110322001992 PARMENIO No.
En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
Que los Jefes de la Oficina de Cobro Prejurídico y la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes,la Oficina DDI005651 2019EE25080 201021059141 MARIA EUGENIA TO- DDI005651 2019EE25080 20092263443 MARIA EUGENIA TO- DDI005284 2019EE22900 2010EE703954 NELSY MIREYA DE DDI005284 2019EE22900 2010EE703954 NELSY MIREYA DE DDI003170 2019EE13426.201403100100089427 MARIA STELLA GIL DDI006649 2019EE28262 201901750300002918 EMPERATRIZ RESOLUCIÓN No.
General de Fiscalización y la Oficina Fiscalización Grandes Contribuyentes de la Subdirección de Determinación, profirieron para los contribuyentes que se rela- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6519 • pP. 1-4 • 2019 • MARZO • 20 4 DEFICIENTE SUR 11/3/2019 CERRADO AP 302 11/3/2019 CERRADO OF 402 11/3/2019 NO RESIDE 51 ESTE 12/3/2019 CERRADO 51 ESTE 12/3/2019 CERRADO 51 ESTE 12/3/2019 CERRADO 51 ESTE 12/3/2019 CERRADO 20-06-17 2009 CL 15 42 38 30-06-17 DIRECCIÓN PAGO 13-02-19 2015, 2016, 2017 KR 28B 74 32 PARTE CRUCE 21-02-19 2017-4, 5, 6 KR 9 A 99 02 12/3/2019 NO RESIDE DE PAGO 05-03-19 2007, 2009 KR 55 A 52A 30 DECLARAR 28-02-19 2016 KR 11A 97 A 19 DE PROCESO 04-03-19 2002 CL 11 A SUR 1 A DE PROCESO 04-03-19 2002 CL 11 A SUR 1 A DE PROCESO 04-03-19 2000, 2001, 2002, 2003 CL 11 A SUR 1 A DE PROCESO 04-03-19 2000, 2001, 2002, 2003 CL 11 A SUR 1 A FACILIDAD DE TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN MANDAMIENTO PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE ZAMIENTO PARA VERIFICACION O RESOLUCIÓN DE NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal GONGORA 93.200.778 VEHÍCULOS CVY230 CASCANTE 79.885.483 PREDIAL AAA0015TDLW MODIFICACION LEZ ROMERO 19,346,835 VEHÍCULOS SB7004 RESOLUCIÓN DE LEZ ROMERO 19,346,835 VEHÍCULOS BAV136 RESOLUCIÓN DE LEZ ROMERO 19,346,835 VEHÍCULOS SB7004 RESOLUCIÓN DE LEZ ROMERO 19,346,835 VEHÍCULOS BAV136 RESOLUCIÓN DE PAIVA HERRERA 80.126.492 PREDIAL AAA0086XPKL RESOLUCIÓN DE COLOMBIA S.A.S 900.366.989 PREDIAL AAA0249FEMS EMPLA- ANEXO No.2DE LA RESOLUCIÓN No. 652-DDI-007351 DEL 19 DE MARZO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2019EE23741 201701400300036830 FARMACIA LKB NA 2019EE20178 201902200101001134 COLREPFIN LTDA 900.213.856 ICA NA AUTO DE Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
DDI005690 2019EE25395 15139314 MAURICIO GONZA- DDI005690 2019EE25395 15139314 MAURICIO GONZA- DDI005678 2019EE25337 2010EE93484 MAURICIO GONZA- DDI005678 2019EE25337 2010EE93484 MAURICIO GONZA- DDI005699 2019EE25503 2014EE231187 YARWIN MIRANDA DDI032977 2017EE111180 201021112895 ALVARO PERDOMO DDI004022 2019EE16327.201901750300001659 JUAN CARLOS 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6519 • pP. 1-5 • 2019 • MARZO • 20 DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN CAUSAL DE IMPUESTO FECHA DEL ACTO DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN FECHA DE...
CONTRIBUYENTE TIPO DE NOTIFICACIÓN POR AVISO RES 79.318.753 PREDIAL 05-02-19 KR 14 20 31 SUR 11/3/2019 DESCONOCIDO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO GOMEZ 51.778.352 PREDIAL 05-02-19 CL 64G 81A 89 12/3/2019 CERRADO APODERADO IDENTIFICACIÓN DEL Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Que la notificación del mandamiento de pago enviada por correo fue devuelta.
Cuentas Corrientes a través de procesos administrativos de cobro coactivo.
Que una vez surtida la citación el deudor no compareció a surtir la notificación personal.
ANEXO No.3DE LA RESOLUCIÓN No. 652-DDI-007351 DEL 19 DE MARZO DE 2019 contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.
La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Carrera 30 No 25-90 piso 16 Tributario Nacional y el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por publicación sobre este hecho a:
SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 140 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y en concordancia con el artículo 826 del Estatuto DDI002975 2019EE12100 2017011003101004854 JAIME SANCHEZ CASTELLANOS 19.281.593 PREDIAL 05-02-19 CL 14 SUR 22 26 12/3/2019 CERRADO DDI002846 2019EE11792 201901750300001013 MARIA MERCEDES BURGOS DDI002846 2019EE11792 201901750300001013 DOLORES LUCIA BELTRAN JUYAR 52.049.705 PREDIAL 05-02-19 CL 105 19A 85 AP 503 8/3/2019 DESCONOCIDO DDI002846 2019EE11792 201901750300001013 LUIS FERNANDO SEGURA 79.297.684 PREDIAL 05-02-19 KR 13 19 25 SUR 12/3/2019 CERRADO DDI002846 2019EE11792 201901750300001013 JOSE RAFAEL VELEZ GARCIA 79.434.781 PREDIAL 05-02-19 CL 46F SUR 15 59 ESTE 12/3/2019 CERRADO DDI002846 2019EE11792 201901750300001013 EDGAR EDUARDO VARGAS TOR- No. RESOLUCIÓN No. CORDIS No. DE EXPEDIENTE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O Que los contribuyentes que se relacionan a continuación, están siendo ejecutados por la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6519 • pP. 1-6 • 2019 • MARZO • 20 6 PERSONERÍA DE BOGOTÁ, D.C.
Resolución Número 141 (Marzo 15 de 2019)
Por la cual se adiciona un parágrafo al artículo Que la Unidad Administrativa para la Atención y Re paración Integral a las Víctimas (UARIV) expidió la resolución 388 de 2013 por medio de la cual se adoptó el protocolo de participación efectiva de las víctimas del conflicto armado. Norma que ha sido modificada entre otras, por las resoluciones 828 de 2014, 1281 de 2016 y 1392 de 2016. vigésimo de la Resolución 1415 de 2018 que adopta las medidas para adelantar el proceso de inscripción de las organizaciones de víctimas y organizaciones defensoras de los derechos Que la resolución 1392 de 2016, en su artículo 1, modificó el artículo 16 de la Resolución 388 de 2013, derogando tácitamente el parágrafo que establecía que “Los miembros de las mesas de participación efectiva de las víctimas podrán ser reelegidos por una sola vez.” de las víctimas a las mesas locales, y para la convocatoria y elección de los integrantes de las mesas locales y distrital de participación efectiva de víctimas.
Que el parágrafo 2o. del artículo 20 de la Resolución 388 de 2013 de la UARIV establece que “En el Distrito de Bogotá y en los municipios de más de 1.000.000 de habitantes podrán elegirse mesas locales de víctimas”.
LA PERSONERA DE BOGOTÁ D.C., En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 269 del Decreto 4800 de 2011, reglamentario de la ley 1448 de 2011, el artículo 193 de la ley 1448 de 2011, el artículo 2.2.9.2.1 del Decreto 1084 de 2015 y los protocolos nacional y distrital de participación efectiva de las víctimas, así como Que el parágrafo 3o. del artículo 20 de la Resolución 388 de 2013 de la UARIV establece que para efectos del presente protocolo, el Distrito de Bogotá deberá ceñirse a los mecanismos de elección y composición de las mesas departamentales […]. En virtud de esta disposición, la elección de los miembros de la mesa distrital se surtirá con los delegados de las mesas locales, por hecho victimizante y enfoque diferencial. lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo 34 de 1993 modificados por los Acuerdos Distritales 182, 183 de 2005 y 514 de 2012
CONSIDERANDO:
Que la mesa nacional, departamentales, municipales y distritales, fueron creadas a través de la Resolución 388 de 2013, norma que rige de manera prevalente la conformación de dichos espacios.
Que la Alcaldía Mayor de Bogotá, expidió el Decreto 035 de 2015 por medio del cual se adoptó el protocolo distrital de participación efectiva de las víctimas del conflicto armado. Norma que ha sido modificada por los Decretos 159 de 2014 y 135 de 2017.
Que las mesas locales de Bogotá fueron creadas mediante Decreto Distrital 035 de 2015, bajo las fa cultades del alcalde de Bogotá, norma que rige de manera prevalente la conformación y funcionamiento de dichos espacios.
Que la Ley 1448 de 2011 señala en el artículo 192 que, “es deber del Estado garantizar la participación efectiva de las víctimas en el diseño, implementación, ejecución y seguimiento al cumplimiento de la ley y los planes, proyectos y programas que se creen con ocasión de la misma” garantizando “la disposición de los medios e instrumentos necesarios para la elección de sus representantes en las instancias de decisión y seguimiento previstas en esta ley, el acceso a la información, el diseño de espacios de participación adecuados para la efectiva participación de las víctimas en los niveles nacional, departamental y municipal”.
Que el parágrafo del artículo 29 del Decreto Distrital 035 de 2015, establece que “Los miembros de las mesas locales de participación efectiva de las víctimas podrán ser reelegidos por una sola vez.”
Que la Ley 1448 de 2011 contempla entre sus prin cipios, el de participación conjunta, en virtud del cual incluye el ejercicio de la participación de las víctimas como elemento esencial para la superación de la vul nerabilidad manifiesta de las víctimas.
Que mediante Resolución 1415 de 2018, la Personería de Bogotá, adoptó medidas para adelantar los proce sos de inscripción de las organizaciones de víctimas y organizaciones defensoras de los derechos de las víctimas, a las mesas locales y para la convocatoria y elección de los integrantes de las mesas locales y distrital de participación.
Que en el artículo 20, de la Resolución 1415 de 2018, de la Personería de Bogotá, se establecieron las pro Que el Decreto reglamentario 4800 de 2011 define los espacios de participación efectiva de las víctimas, las mesas de participación efectiva de las víctimas, las organizaciones de víctimas (OV) y las organizaciones defensoras de los derechos de las víctimas (ODV), sus voceros y representantes, así como también los proce dimientos de elección y funcionamiento de los espacios de participación y representación de las víctimas.
7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6519 • pP. 1-7 • 2019 • MARZO • 20 DECRETO LOCAL DE 2019 ALCALDÍA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS hibiciones para ser parte de las mesas de participación (locales y distrital) y que en el numeral 5, señaló como una de ellas, el ser reelegido por más de una vez para la las mesas de participación de víctimas, con base en lo dispuesto por el Decreto distrital 035 de 2015.
Decreto Local Número 001 (Marzo 13 de 2019)
Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos para la vigencia fiscal 2019 Que mediante comunicación 2019EE920339 se re quirió a la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación, para que armo nice las disposiciones del Decreto 035 de 2015 con el protocolo nacional de participación de víctimas, en lo que respecta a la prohibición establecida en el artículo 29 del referido decreto, a fin de eliminar barreras a la participación efectiva de las víctimas.
EL ALCALDE LOCAL DE BARRIOS UNIDOS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 372 del 2010 en su artículo 36 estipula que los F.D.L. efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante decreto local previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Dis trital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Que es necesario adicionar un parágrafo al artículo vigésimo de la Resolución 1415 de 2018, para estable cer que el numeral 5 no es aplicable a la conformación y elección de la mesa distrital de victimas dado que el Protocolo de participación Nacional (Resolución 388 de 2013), norma que reglamenta el proceso de participación de las Mesas Nacional, departamental, distrital y municipal de víctimas, eliminó la prohibición de ser reelegido por más de una vez a las Mesas de Participación.
Que en la Resolución No. SDH-000191 de 2017, sobre el Ajuste por Cierre Presupuestal se indica el procedi miento para efectuar el ajuste en mención.
Que en virtud de las funciones otorgadas por el artí culo 5 del Acuerdo 34 de 1993 y de conformidad con lo establecido Protocolo Nacional y Protocolo Distrital de participación efectiva de las víctimas, la Personera de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que una vez efectuado el cierre presupuestal de la vigencia fiscal de 2018, se determinó un monto de obligaciones por pagar de $21.194.067.434 y un saldo real en caja certificado por la Tesorería Distrital de $24.568.802.028,84.
Título I.
OBJETO
Que el Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos apropió en la vigencia 2019 Obligaciones por Pagar por $29.946.101.000.
Artículo primero.
Adicionar un parágrafo al artículo vigésimo de la Resolución 1415 de 2018, así:
Parágrafo. El numeral 5 del presente artículo no será
aplicable a la elección y conformación de la mesa distrital de participación efectiva de víctimas.
Que el Fondo de Desarrollo Local debe ajustar los rubros 3.1.8 y 3.3.6 Obligaciones por Pagar del Pre supuesto aprobado para la vigencia fiscal 2019 a las realmente constituidas a 31 de diciembre de 2018.
Artículo segundo.
VIGENCIA. La presente Re solución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital y modifica la resolución 1415 de 2018.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Que el 12 de marzo de 2019, la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, mediante comunicación No. 2019EE35587 emitió con cepto favorable para efectuar el ajuste presupuestal del Fondo de Desarrollo Local.
Dada en Bogotá, D.C., a los quince (15) días del mes de marzo de dos mil diecinueve (2019).
CARMEN TERESA CASTAÑEDA VILLAMIZAR Que mediante comunicación No. 2-2019-09918 del 27 de febrero de 2019, la Secretaría Distrital de Pla neación emitió concepto favorable para el trámite del ajuste presupuestal del Fondo de Desarrollo Local.
Personera de Bogotá D.C.
En mérito de lo expuesto, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6519 • pP. 1-8 • 2019 • MARZO • 20 8
DECRETA:
Artículo primero.
Ajustar el presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, para la vigencia fiscal de 2019, conforme al siguiente detalle:
CODIGO 2019 RUBRO 2019 AJUSTE PRESUPUESTAL - REDUCIR 3 GASTOS 8.752.033.566 3-1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 460.218.903 3-1-8 OBLIGACIONES POR PAGAR 460.218.903 3-1-8-02 GASTOS GENERALES 460.218.903 3-1-8-02-01 Adquisición de Bienes 22.779.409 3-1-8-02-01-02 Gastos de Computador 6.845.460 3-1-8-02-01-03 Combustibles Lubricantes y Llantas 5.020.968 3-1-8-02-01-04 Materiales y Suministros 1.920.181 3-1-8-02-01-05 Compra de Equipo 8.992.800 3-1-8-02-02 Adquisición de Servicios 437.439.494 3-1-8-02-02-01 Arrendamientos 15.408.869 3-1-8-02-02-03 Gastos de Transporte y Comunicación 17.386.717 3-1-8-02-02-04 Impresos y Publicaciones 5.932.300 3-1-8-02-02-05 Mantenimiento y Reparaciones 285.393.048 3-1-8-02-02-05-0001 Mantenimiento Entidad 285.393.048 3-1-8-02-02-06 Seguros 44.181.795 3-1-8-02-02-06-0001 Seguros Entidad 27.777.045 3-1-8-02-02-06-0004 Seguros de Vida Ediles 2.129.750 3-1-8-02-02-06-0005 Seguros de Salud Ediles 14.275.000 3-1-8-02-02-08 Servicios Públicos 15.345.743 3-1-8-02-02-08-0001 Energía 4.225.743 3-1-8-02-02-08-0002 Acueducto y Alcantarillado 6.928.000 3-1-8-02-02-08-0003 Aseo 440.000 3-1-8-02-02-08-0004 Teléfono 3.752.000 3-1-8-02-02-11 Promoción Institucional 1.742.000 3-1-8-02-02-17 Información 52.049.022 CODIGO 2019 RUBRO 2019 AJUSTE PRESUPUESTAL - REDUCIR 3 GASTOS 8.752.033.566 3-1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 460.218.903 3-3 INVERSIÓN 8.291.814.663 3-3-6 OBLIGACIONES POR PAGAR 8.291.814.663 3-3-6-15 Bogotá Mejor para todos 5.233.759.541 3-3-6-15-01 Pilar Igualdad de calidad de vida 172.841.747 3-3-6-15-01-02 Desarrollo Integral desde la gestación hasta la adolescencia 17.419.683 3-3-6-15-01-02-1533 Protección y promoción de la primera infancia 17.419.683 3-3-6-15-01-03 Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente 126.747.644 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6519 • pP. 1-9 • 2019 • MARZO • 20 3-3-6-15-01-03-1556 Apoyo dirigido a la población vulnerable adulto mayor y con condición de discapacidad de la localidad 126.747.644 3-3-6-15-01-11 Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte 28.674.420 3-3-6-15-01-11-0791 PGI: Cultura ciudadana, deporte y arte para un mejor futuro 28.674.420 3-3-6-15-02 Pilar Democracia urbana 1.389.136.786 3-3-6-15-02-17 Espacio público, derecho de todos 226.544.159 3-3-6-15-02-17-1558 PGI: Mejor espacio público para todos 226.544.159 3-3-6-15-02-18 Mejor movilidad para todos 1.162.592.627 3-3-6-15-02-18-1561 PGI: Construyendo futuro 1.162.592.627 3-3-6-15-03 Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana 21.725.067 3-3-6-15-03-19 Seguridad y convivencia para todos 21.725.067 3-3-6-15-03-19-1563 PGI: Seguridad y convivencia mejor para todos 21.725.067 3-3-6-15-06 Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética 17.279.999 3-3-6-15-06-38 Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal 17.279.999 3-3-6-15-06-38-1532 Una Sociedad que recupera y cuida al medio ambiente 17.279.999 3-3-6-15-07 Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia 3.632.775.942 3-3-6-15-07-45 Gobernanza e influencia local, regional e internacional 3.632.775.942 3-3-6-15-07-45-1559 Eficiencia y Eficacia Administrativa de la mano de la Comunidad 3.580.896.275 3-3-6-15-07-45-1562 Gobierno legitimo y eficiente 51.879.667 3-3-6-90-00-00-0000 OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES 3.058.055.122
Artículo segundo.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C., en la Localidad 12 de Barrios Unidos a los trece (13) días del mes de marzo de dos mil diecinueve (2019).
DIEGO ALEJANDRO RÍOS BARRERO Alcalde Local de Barrios Unidos (e.)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6519 • pP. 1-10 • 2019 • MARZO • 20 10
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