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Registro Distrital 6487 de 2019

Registro Distrital 6487 de 2019 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
6487
Año
2019
Fecha
4 de febrero de 2019
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 51 Número 6487 2019 • FEBRERO • 4 REGISTRO DISTRITAL ACUERDO DE 2019 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - COMITÉ DISTRITAL DE AUDITORÍA Que, en virtud de las precitadas normas y otros con siderandos, el Alcalde Mayor de Bogotá expidió el Decreto Distrital 625 de 2018 por medio del cual se conforma el Comité Distrital de Auditoría y se dictan otras disposiciones”.

Acuerdo Número 001 (Enero 28 de 2019)

“Por la cual se adopta el reglamento del Comité Que los artículos 1 y 3 del Decreto Distrital 625 de 2018 establecen la conformación e integración del Comité Distrital de Auditoría y en los artículos, 5 y 6 se dispone lo relativo a las funciones y funcionamiento de este Comité.

Distrital de Auditoría.”

Con el fin de dar cumplimiento a la obligación prevista en el numeral 5 del Decreto 625 de 2018.

EL COMITÉ DISTRITAL DE AUDITORÍA,

ACUERDAN:

CONSIDERANDO:

Artículo 1°.

Por medio del presente acuerdo se adopta el Reglamento del Comité Distrital de Auditoría, en los términos que establecen los siguientes artículos.

Capítulo I.

OBJETO, FUNCIONES E INTEGRACIÓN

Que conforme al artículo 9º de la Ley 87 de 1993 “por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones,” la Oficina de Control Interno, o quien haga sus veces, como uno de los componentes del Sistema de Control Interno, está encargada de medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la dirección en la continuidad del proceso administra tivo, la revaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos.

Artículo 2º.

Objeto. El Comité Distrital de Auditoría, según lo establecido en el artículo 2 del Decreto Distri tal 625 de 2018, será un órgano asesor que impulsará las directrices brindadas por el Departamento Adminis trativo de la Función Pública o la administración distrital para el fortalecimiento del Sistema de Control Interno del orden distrital, el cual hace parte de las instancias de articulación para el funcionamiento armónico del Sistema de Control Interno del Distrito.

Artículo 3°.

Funciones básicas. De conformidad con el numeral 7 del Artículo 5 del Decreto Distrital 625 de 2018, el Comité Distrital de Auditoría tendrá las siguientes funciones:

Que el artículo 14 del Decreto Nacional 648 de 2017 adicionó al Decreto Nacional 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario de la Función Pública, el artículo 2.2.21.3.14, modificado a su vez por el artículo 4 del Decreto Nacional 1499 de 2017, en el que se estable ció que a nivel municipal, habrá un comité municipal o distrital de control interno, integrado por los jefes de control interno o quienes hagan sus veces de las entidades pertenecientes al sector central y descentra lizado del municipio, así como por los de las entidades que no hagan parte de la rama ejecutiva del orden municipal, previa solicitud de éstos.

1. Acompañar y apoyar, a las entidades que lo solici ten, en las auditorías que requieran conocimientos especializados, previo análisis de capacidades de la Oficina de Control Interno de las entidades del orden Distrital.

1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-1 • 2019 • FEBRERO • 4 de proponer alternativas de seguimiento y gestión que contribuyan a su óptima implementación.

2. Efectuar seguimiento a las auditorías que se adelanten en los temas prioritarios señalados por la Administración Distrital o por el Gobierno Nacional.

3. Proponer a los Jefes y Asesores de control in terno o quienes hagan sus veces en el Distrito Capital, actividades prioritarias que deben ade lantar en el ejercicio de sus auditorías.

5. Proponer y presentar a la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional los documentos e instrumentos técnicos derivados del análisis de la implementación de mejores prácticas, para el fortalecimiento continuo del sistema de control interno como del aseguramiento de la calidad en el proceso auditor de las entidades del Distrito y que puedan tener incidencia significativa en las Políticas adoptadas por el Distrito para este fin.

4. Analizar mejores prácticas y casos de éxito para el desarrollo y cumplimiento de los roles de las oficinas de control interno o de quienes desarrollen las competencias asignadas a éstas y proponer su adopción.

6. Acompañar o apoyar a las entidades distritales que lo soliciten, en el desarrollo de la dimensión operativa de Control interno que conforma el Mo delo Integrado de Planeación y Gestión –MIPG, y los atributos de calidad que este considera, en especial, lo relativo al rol que juegan las oficinas de control interno en la tercera línea de defensa.

5. Canalizar las necesidades de capacitación de los auditores internos de las entidades pertene cientes al sector central y descentralizado del Distrito Capital y presentarlas al Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo de Gestión Pública.

6. Presentar propuestas para el fortalecimiento de la política de control interno en el Distrito Capital.

7. Darse su propio reglamento interno.

7. Promover la articulación y/o coordinación entre las entidades, para fomentar el cumplimiento de las Políticas orientadas al fortalecimiento del Sistema de Control Interno del Distrito y en particular del rol desempeñado por los Jefes o Asesores de las Oficinas de Control Interno.

Artículo 4.

Funciones específicas del Comité Distrital de Auditoría. Para el desarrollo de su objeto se tendrán las siguientes funciones específicas:

1. Promover el intercambio de prácticas exitosas de auditoría, control interno y gestión de riesgos que contribuyan al mejoramiento de los roles desarrollados por los jefes y asesores de control interno de las entidades, considerando lo perti nente aquellas que puedan apoyar el desarrollo de auditorías en asuntos especializados, con el propósito de proponer su adopción.

Artículo 5º.

Integración. El Comité Distrital de Auditoría, de conformidad con el Artículo 3 del De creto 625 de 2018 estará integrado por los Jefes y Asesores de Control Interno, o quienes hagan sus veces, de todas las entidades distritales pertenecien tes al sector central, y en el sector descentralizado de las entidades con capital público y privado en que el Distrito posea el 90% o más del capital social. El (la) Jefe de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, o quien haga sus veces, lo presidirá.

2. Proponer instrumentos, métodos y/o herra mientas para la evaluación y el mejoramiento de la calidad de los trabajos de aseguramiento desarrollados por los jefes y asesores de control interno de las entidades distritales y plantear su adopción.

Parágrafo. PRIMERO. Los Jefes de Control Inter
no o quienes hagan sus veces de la Personería de Bogotá, el Concejo de Bogotá, la Veeduría Distrital, así como los de las entidades que no hagan parte de la rama ejecutiva del Distrito Capital podrán ser miembros del Comité previa solicitud de éstos.

Parágrafo. SEGUNDO. El Comité podrá invitar a
sus reuniones, cuando lo considere necesario, a otros funcionarios o personas, lo cuales tendrán derecho a voz, pero no a voto, cuando la naturaleza del asunto a tratar lo requiera.

3. Conocer el estado de implementación de las Políticas adoptadas por el Distrito para el for talecimiento del Sistema de Control Interno y la prevención y detección de actos de corrupción en los Organismos y Entidades que hacen parte del Distrito Capital.

4. Conocer el estado de avance de los planes de me joramiento suscritos por las entidades distritales para la atención de las recomendaciones realiza das por los distintos órganos de control; con el fin

Artículo 6°.

Invitados permanentes: El (la) Di rector (a) de la Dirección Distrital de Desarrollo Insti tucional de la Secretaría General o su delegado, será invitado permanente a las sesiones del Comité, quién podrá asistir a las reuniones con voz, pero sin voto.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-2 • 2019 • FEBRERO • 4 2

Capítulo II.

FUNCIONAMIENTO

Parágrafo. SEGUNDO. Secretaría Técnica. La
Secretaría Técnica del Comité Distrital de Auditoría será ejercida por el (la) Jefe o Asesor(a) de Control Interno elegido por la mayoría simple de los miembros del Comi té, por el término de un año contado a partir de la fecha de su elección.

Artículo 7°.

Organización. De conformidad con los Artículos 3° y 4° del Decreto Distrital 625 de 2018, el Comité Distrital de Auditoría contará con un Presidente y una Secretaría Técnica.

Son funciones de la Secretaría Técnica del Comité Dis trital de Auditoría las siguientes:

1. Proyectar el reglamento interno del Comité Distrital de Auditoría.

2. Convocar a los miembros del Comité, a las corres pondientes reuniones previa coordinación con el Presidente del mismo.

Parágrafo. PRIMERO. Presidencia. El Comité Distri
tal de Auditoría será presidido con voz y voto, por el Jefe de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C. o quien haga sus veces, el cual no podrá delegar su participación y liderará la definición o concertación de la agenda a desarrollar durante cada sesión para el cumplimiento de las funciones a cargo del Comité Distrital de Auditoría.

3. Verificar el quórum al inicio de la sesión.

Son funciones del presidente del Comité Distrital de Auditoría las siguientes:

4. Fijar y hacer seguimiento al orden del día aprobado por los integrantes del Comité.

1. Suscribir las actas y actos que contengan las deci siones adoptadas por Comité Distrital de Auditoría, entre ellas el Reglamento Interno, en conjunto con el Secretario(a) Técnico(a).

5. Elaborar la agenda o plan de trabajo anual del Comi té en coordinación con sus integrantes, realizar los ajustes necesarios sobre el mismo según las solici tudes recibidas de los éstos y hacerle el respectivo seguimiento.

2. Programar anualmente las sesiones ordinarias y las extraordinarias, cuando se requieran.

3. Aprobar la agenda o plan de trabajo anual del Comité con base en lo definido por éste, proponer los ajustes necesarios sobre el mismo según las solicitudes recibidas de los integrantes del Comité y hacer el respectivo seguimiento.

6. Suscribir las actas y actos que contengan las deci siones adoptadas, entre ellas el Reglamento Interno, en conjunto con el presidente del Comité Distrital de Auditoría y conservar copia de éstas, para aportar extracto o contenido de las mismas, cuando le sean requeridas.

7. Consolidar y presentar para aprobación, los docu mentos, estrategias, planes, programas y proyectos propuestos por los integrantes del Comité.

4. Servir de canal de comunicación de las decisiones del Comité ante otras instancias de coordinación o Entidades. Únicamente el presidente podrá informar oficialmente los asuntos decididos por el Comité Distrital de Auditoría.

8. Custodiar y conservar copia de los documentos expedidos por el Comité y demás documentos re lacionados con el funcionamiento del mismo.

9. Hacer seguimiento y verificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por los integrantes del Comité.

5. Suscribir el informe semestral y anual de gestión del Comité, en conjunto con el Secretario(a) Técnico(a).
El informe del primer semestre se publicará en julio y el del segundo semestre, en el primer mes de la siguiente vigencia. Su contendió deberá documen tarse según lo establecido en el Anexo No. 5 de la Resolución 233 de 2018, emitida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

10. Organizar la logística y los recursos técnicos nece sarios para el desarrollo de cada sesión del Comité.

11. Realizar seguimiento a los compromisos adquiridos por los Equipos Técnicos de apoyo del Comité Distri tal de auditoría, siempre que se hayan conformado, en coordinación con el Presidente de este mismo Comité.

6. Coordinar con la Secretaría Técnica la elaboración de actas e informes y demás documentos para su publicación, los cuales deberán conservarse en el archivo de gestión de la Oficina de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

7. Las demás que sean necesarias para el adecuado funcionamiento del Comité Distrital de Auditoría.

12. Elaborar el informe semestral y anual de gestión del Comité. El informe del primer semestre se publicará en julio y el del segundo semestre, en el primer mes

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-3 • 2019 • FEBRERO • 4 radicada a cada uno de los miembros con un mínimo de ocho (8) días hábiles de antelación. de la siguiente vigencia. Su contendió deberá docu mentarse según lo establecido en el Anexo No. 5 de la Resolución 233 de 2018, emitida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

A las sesiones virtuales se convocará con mínimo dos días hábiles de antelación.

Parágrafo. TERCERO. Contenido de las convoca
torias. La invitación a las sesiones se acompañará del Orden del día propuesto.

13. Gestionar la publicación del reglamento interno, ac tos administrativos de creación, actas, informes, y los demás documentos que se requieran en la página web de la Secretaría General, quien centralizará los documentos derivados del funcionamiento del Comité.

ARTÍCULO 10º-: Quórum. Existirá quórum deliberatorio y decisorio, cuando se hallen presentes la mitad más uno de los integrantes del Comité Distrital de Auditoría. Los invitados tendrán voz, pero no voto.

14. Las demás que sean necesarias para el adecuado funcionamiento del Comité Distrital de Auditoría.

Parágrafo. PRIMERO. Si dentro de los treinta (30)
minutos siguientes a la hora fijada para iniciar la sesión ordinaria no hay quórum, ésta se aplazará. Los miembros asistentes fijarán nueva fecha, hora y lugar, y se hará la respectiva convocatoria.

Parágrafo. TERCERO: En ausencia del Secretario
Técnico del Comité Distrital de Auditoría (en propiedad), el Comité elegirá por mayoría simple el Secretario para dicha sesión, quién tendrá las mismas funciones previstas en este reglamento.

ARTÍCULO 11º-: Presentación y trámite de documen tos para discusión. Las propuestas de contenido técnico que se pretendan someter a aprobación por el Comité, podrán ser propuestos por cualquiera de los integrantes del mismo, en documentos de carácter ejecutivo que harán parte de la agenda de la sesión respectiva.

Estos documentos deberán contener como mínimo:

Artículo 8°.

Equipos Técnicos de Apoyo – ETA: El Comité Distrital de Auditoría podrá conformar equipos técnicos de apoyo para el desarrollo de sus funciones, el cual estará integrado por mínimo tres (3) miembros del Comité, elegidos por mayoría simple. Estos equipos técnicos funcionarán para el desarrollo de la función prevista en los numerales 4º y 6º del artículo 3º de este Reglamento.

1. Exposición de la problemática identificada.

Capítulo III.

DE LAS SESIONES

2. Competencia del Comité para pronunciarse sobre el tema a tratar.

3. Alternativas de acción o mejores prácticas propues tas.

4. Plan de acción a desarrollar.

ARTÍCULO 9º-: Sesiones. El Comité Distrital de Audi toría deberá reunirse ordinariamente por lo menos dos veces al año, previa convocatoria del Secretario Técnico y, extraordinariamente, cuando se requiera por los miem bros del Comité o su Presidente.

La primera sesión ordinaria se realizará en el primer trimestre de cada vigencia, en la cual se definirá la agenda anual.

Los documentos técnicos que se pretendan someter a consideración serán entregados a la Secretaría Técnica y Presidente del Comité, por lo menos con diez (10) días calendario de anticipación a la sesión prevista, en medio físico y magnético.

La Secretaría Técnica será la encargada de coordinar la presentación y socialización con los integrantes del Comité, a efecto que los miembros lleguen preparados a la sesión y puedan presentar los análisis y posiciones correspondientes.

Parágrafo. PRIMERO. Sesiones Virtuales. Se po
drán realizar sesiones virtuales para temas presentados por sus integrantes, siempre y cuando se disponga de medios tecnológicos que garanticen la comunicación de los integrantes del Comité Distrital de Auditoría. Para de cidir los temas propuestos, se tendrá un tiempo máximo de cinco (5) días contados a partir de la fecha de apertura de la sesión virtual. La mecánica para la sesión virtual debe ser informada con la comunicación de la misma.

Parágrafo. SEGUNDO. Convocatorias. La convo
catoria para sesiones ordinarias o extraordinarias será realizada por mecanismo idóneo (correo electrónico o comunicación escrita). En caso de las reuniones ordi narias, la convocatoria deberá ser entregada, remitida o

Artículo 12º.

Actas. De cada reunión del Comité Dis trital de Auditoría se levantará un acta que contendrá la relación de quienes intervinieron, los temas tratados, las decisiones adoptadas y el número total de votos emitidos los integrantes, cuando aplique. Las actas llevarán el número consecutivo por cada año y serán suscritas por el Presidente y Secretario del Comité según lo previsto en las funciones de éstos.

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Artículo 15.

Reglamento Interno. Este reglamento podrá ser modificado por iniciativa de uno o más de sus integrantes y aprobado por el quorum decisorio establecido.

Parágrafo. PRIMERO. Los documentos conocidos
por el Comité que sean sustento de sus decisiones de berán formar parte integral de las actas, por el cual en el caso de no ser transcritos deberán presentarse como anexos de estas, los cuales deberán estar adecuadamen te identificados y foliados, y mantenerse bajo medidas adecuadas de conservación y custodia.

Artículo 16.

Vigencias y Derogatorias. El presente Acuerdo del Comité Distrital de Auditoría regirá a partir de la publicación y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes de enero de dos mil diecinueve (2019).

ANDREA CAMILIA GARRIDO COLLAZOS Presidente ISMAEL MARTÍNEZ GUERRERO Secretario Técnico Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la reali zación de la sesión, el acta será enviada por la Secretaria Técnica a los integrantes del Comité a través de correo electrónico u otra alternativa informada en la respectiva reunión, para que en el término de cinco (5) días hábiles realicen sus observaciones. Si se presentan observa ciones, la Secretaría Técnica dispone de dos días (2) días hábiles para resolverlas, entendiéndose aprobada con la revisión y/o atención de dichas observaciones. Fecha seguida al término dispuesto para los ajustes, se presentará el acta final a los miembros del Comité, para su conocimiento información.

RESOLUCIONES DE 2019 El acta final será suscrita por el Presidente y Secretario técnico del Comité y contendrá las decisiones tomadas, los compromisos y tareas de los integrantes y los docu mentos que harán parte integral de cada sesión.

SECRETARÍA DE HACIENDA Resolución Número 235-DDI- En el evento de que no se reúna el quórum o no se realice la sesión, la Secretaría Técnica elaborará el acta en la que se evidencie la razón por la cual no se llevó a cabo.

002594,2019EE 10177 (Enero 31 de 2019)

Las actas deberán contener como mínimo la información establecida en el Anexo No. 2 de la Resolución 233 de 2018, emitida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

EL JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES PARÁGRAFO SEGUNDO. Custodia. Las actas y sus soportes documentales reposarán en el archivo de gestión de la Oficina de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE

Capítulo IV.

DISPOSICIONES GENERALES

IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en

Artículo 13º.

Decisiones. Las decisiones del Comité serán consignadas en el acta de la sesión en que fueron debatidas. Si estas decisiones tienen documentos que las soporten, estos deberán anexarse al acta en medio físico y/o magnético.

el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

CONSIDERANDO:

Artículo 14.

Transparencia. La Secretaría Técnica del Comité, en coordinación con el Presidente del mismo, en un tiempo máximo cinco (5) días hábiles después de aprobadas las actas y demás documentos que la integren, deberá suministrar la información al área en cargada de cumplir con el requisito de publicación en el medio dispuesto para este fin, según las disposiciones normativas vigentes.

Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.

5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-5 • 2019 • FEBRERO • 4 OFICINA TIPO DE ACTO RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE PROCESO COBRO COACTIVO RESOLUCIÓN QUE FALLA Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Docu mentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias EXCEPCIONES AUTO DE ARCHIVO AUTO DECLARATIVO GENERAL DE FISCALIZACIÓN Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1, No. 2 y No. 3 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.

REQUERIMIENTO ESPECIAL Que, en consideración a lo expuesto,

RESUELVE:

Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 3:

OFICINA TIPO DE ACTO

Artículo 1º.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1, No. 2 y No. 3 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

COBRO COACTIVO MANDAMIENTO DE PAGO

Artículo 2º.

Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 16 Registros, Anexo No. 2 con 13 Registros, Anexo No. 3 con 6 Registros.

Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.

Artículo 3º.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:

OFICINA TIPO DE ACTO La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 16.

LIQUIDACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN

Artículo 4º.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

Dada en Bogotá, D.C., a los treinta y ún (31) días del mes de enero de dos mil diecinueve (2019).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponer se ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Sub dirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

JOHN ALEXÁNDER BARBOSA CRISTANCHO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Acto(s) administrativo(s) del anexo No.2:

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-6 • 2019 • FEBRERO • 4 6 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN IN 3 22/1/2019 CERRADO 1 AP 201 21/1/2019 NO RESIDE 25 LC 99 23/1/2019 CERRADO 55 OF 202 21/1/2019 CERRADO BRR SUBA 21/1/2019 NO RESIDE SUR LC 112 25/1/2019 REHUSADO SUR LC 112 25/1/2019 REHUSADO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO REVISIÓN 16-01-18 2016 KR 76A 135 35 22/1/2019 NO RESIDE REVISIÓN 16-01-18 2017 CL 169A 51 61 REVISIÓN 16-01-18 2016 AK 80 2 51 BG REVISIÓN 16-01-18 2016 KR 7B 135 27 TO REVISIÓN 16-01-18 2015 KR 51 39 15 SUR 23/1/2019 CERRADO REVISIÓN 16-01-18 2016 DG 74 BIS 20A REVISIÓN 15-01-19 2017 KR 71D 6 94 REVISIÓN 16-01-18 2015 KR 103B 152 51 REVISIÓN 15-01-19 2017 KR 71D 6 94 REVISIÓN 16-01-18 2017 KR 31 1F 56 21/1/2019 REHUSADO REVISIÓN 16-01-18 2016 AK 28 73 29 21/1/2019 CERRADO OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO DEL IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO BENJAMIN 17.160.742 VEHICULO VSI212 LIQUIDACIÓN HUMBERTO 6.761.580 VEHICULO BHZ504 LIQUIDACIÓN ALEJANDRO 79.535.259 VEHICULO WHS563 LIQUIDACIÓN APODERADO NOMBRE DEL KAROL PAOLA 65.800.085 VEHICULO RCQ991 LIQUIDACIÓN CAROLINA MARIA 52.260.645 VEHICULO RMQ818 LIQUIDACIÓN CONTRIBUYENTE Y/O continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No.235-DDI-002594 DEL 31 DE ENERO DE 2019 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Que el jefe de la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Determinación, profirío para los contribuyentes que se relacionan a CORDIS No. DE El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

DDI00590 2019EE2756 201801200305047423 ESTRADA LUCELLY 43.077.898 PREDIAL AAA0041CHMS LIQUIDACIÓN DDI00590 2019EE2756 201801200305047423 ESTRADA LUCELLY 43.077.898 PREDIAL AAA0041CHOE LIQUIDACIÓN DDI000678 2019EE2969 201803200117051431 SANTOS GARCIA ERICK 79.782.417 VEHICULO RBP735 LIQUIDACIÓN DDI000691 2019EE2982 201803200117051491 SERVIGECOL LIMITADA 800.204.738 VEHICULO MBK203 LIQUIDACIÓN DDI000676 2019EE2967 201803200117051427 ROJAS TORRES WILSON 79.700.360 VEHICULO DBP135 LIQUIDACIÓN DDI000665 2019EE2956 201803200117051397 SILVA BARRETO JAIME 79.109.930 VEHICULO TAU253 LIQUIDACIÓN DDI000669 2019EE2960 201803200117051417 CUERVO CARDENAS DDI000656 2019EE2947 201803200117051351 CONTRERAS CUELLAR DDI000662 2019EE2953 201803200117051373 OVALLE CASTILLO DDI000631 2019EE2922 201803200117051237 MENDOZA JAIMES DDI000626 2019EE2917 201803200117051209 CARO ROJAS RAFAEL RESOLUCIÓN No.

7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-7 • 2019 • FEBRERO • 4 SUR 23/1/2019 NO RESIDE B PI 11 23/1/2019 NO RESIDE B PI 11 23/1/2019 NO RESIDE B PI 11 23/1/2019 NO RESIDE REVISIÓN 15-01-19 2017 KR 10 72 33 TO REVISIÓN 16-01-18 2016 CL 63F 28A 17 21/1/2019 NO RESIDE REVISIÓN 15-01-19 2017 KR 10 72 33 TO REVISIÓN 15-01-19 2017 KR 10 72 33 TO REVISIÓN 16-01-18 2015 AK 68 42B 98 OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE OFICIAL DE NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

FIAT LTDA. 900.048.717 VEHICULO TAT727 LIQUIDACIÓN SERVICIOS S A S 900.524.850 VEHICULO MPR705 LIQUIDACIÓN COLOMBIANA DE PEN- COLOMBIANA DE PEN- COLOMBIANA DE PEN- SIONES COLPENSIONES 900.336.004 PREDIAL AAA0051RRNN LIQUIDACIÓN SIONES COLPENSIONES 900.336.004 PREDIAL AAA0051YHTD LIQUIDACIÓN SIONES COLPENSIONES 900.336.004 PREDIAL AAA0060KPBS LIQUIDACIÓN ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No.235-DDI-002594 DEL 31 DE ENERO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la DDI00587 2019EE2701 201801200305047419 ADMINISTRADORA DDI00587 2019EE2701 201801200305047419 ADMINISTRADORA DDI00587 2019EE2701 201801200305047419 ADMINISTRADORA DDI000709 2019EE3000 201803200117051570 VIDRIOS PARABRISAS Y DDI000702 2019EE2993 201803200117051537 IMPORTADORA DISRE- Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-8 • 2019 • FEBRERO • 4 8 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 507 23/1/2019 REHUSADO 1202 23/1/2019 REHUSADO 1202 23/1/2019 REHUSADO 73B 73 23/1/2019 NO RESIDE 29 IN 2 24/1/2019 CERRADO AP 502 22/1/2019 NO RESIDE CALVO SUR 23/1/2019 CERRADO CALVO SUR 23/1/2019 CERRADO CALVO SUR 23/1/2019 CERRADO SUR BARRIO SUR BARRIO SUR BARRIO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIVO 16-01-19 2017 KR 122A BIS 70A TIPO CHIVO 16-01-19 2017 AK 45 161 28 23/1/2019 DESCONOCIDO DE ACTO QUE FALLA QUE FALLA QUE FALLA TO ESPECIAL 15-01-19 2017 CL 77 7 64 AP TO ESPECIAL 15-01-19 2017 CL 77 7 64 AP TO ESPECIAL 26-12-18 2017 CL 143B 143 18 23/1/2019 NO RESIDE DE PROCESO 03-01-19 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 KR 14 81 19 OF DE PROCESO 18-01-19 1996, 1997, 1998, 1999 CL 57R BIS SUR DE PROCESO 17-01-19 2008 AK 30 57 A 25 TERMINACIÓN TERMINACIÓN TERMINACIÓN EXCEPCIONES 02-01-19 2012 KR 7 C 1 C 11 EXCEPCIONES 02-01-19 2017 KR 7 C 1 C 11 EXCEPCIONES 02-01-19 2017 KR 7 C 1 C 11 RESOLUCIÓN DE PLACA - CHIP INMOBILIARIA AAA0092EFZM Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO DEL NOTIFICACIÓN POR AVISO IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE POTES 31.400.996 PREDIAL AAA0092EFJH, RUEDA 41.325.389 PREDIAL AAA0036PPXS REQUERIMIEN- RUEDA 41.325.389 PREDIAL AAA0036PPYN REQUERIMIEN- PARADA 2.883.937 PREDIAL AAA0017XBHY RESOLUCIÓN DE GIRALDO 39.753.797 PREDIAL AAA0177PYTO AUTO DECLARA- MANRIQUE 80.417.524 VEHÍCULOS CXR481 RESOLUCIÓN MANRIQUE 80.417.524 PREDIAL AAA0235PEMR RESOLUCIÓN MANRIQUE 80.417.524 PREDIAL AAA0096SNWF RESOLUCIÓN DE GARNICA 41.410.375 PREDIAL AAA0083RBXS AUTO DE AR- NOMBRE DEL OLAYA ACOSTA 17.078.871 PREDIAL AAA0202AKUZ RESOLUCIÓN DE Y/O APODERADO CONTRIBUYENTE EDMUNDO AMAYA BERMUDEZ RAMOS 20.743.379 PREDIAL AAA0152YOSK REQUERIMIEN- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No.235-DDI-002594 DEL 31 DE ENERO DE 2019 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

NA 2019EE3996 201801100329052865 ANA ISABEL CAÑON NA 2019EE2775 201801100329052860 ALCIRA BUSTOS NA 2019EE3949 201801100329052858 AYDA LUZ MURCIA NA 2019EE2775 201801100329052860 ALCIRA BUSTOS NA 2018EE244380 201801100329052846 MARIA LUZ MARLEN No.

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

DDI000173 2019EE226 201403200100006751. GERMAN TRUJILLO DDI000173 2019EE226 201403200100006751. GERMAN TRUJILLO DDI000173 2019EE226 201403200100006751. GERMAN TRUJILLO DDI000226 2019EE498 2013EE107889 KAREN CHUJFI DDI001537 2019EE4461 15101788 GUILLERMO DDI 001525 2019EE4419 2013EE90807 MIGUEL ANGEL ción de Determinación, profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

RESOLUCIÓN No.

Que los Jefes de la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Cuentas Corrientes y la Oficina General de Fiscalización de la Subdirec- 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-9 • 2019 • FEBRERO • 4 CALVO SUR 23/1/2019 CERRADO SUR BARRIO QUE FALLA DE PROCESO 02-01-19 2014-2 CL 25 14 27/33 21/1/2019 DESCONOCIDO TERMINACIÓN EXCEPCIONES 02-01-19 2018 KR 7 C 1 C 11 NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal MANRIQUE 80.417.524 VEHÍCULOS UCL555 RESOLUCIÓN EFRAIN CRUZ S.A.S. 900.140.616 ICA 900140616 RESOLUCIÓN DE ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No.235-DDI-002594 DEL 31 DE ENERO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

DDI000002 2019EE10 201402600101019104. CONSTRUCCIONES DDI000173 2019EE226 201403200100006751. GERMAN TRUJILLO REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-10 • 2019 • FEBRERO • 4 10 DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN CAUSAL DE IMPUESTO FECHA DEL ACTO DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN FECHA DE...

CONTRIBUYENTE TIPO DE NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO BERNAL 79.244.963 PREDIAL 28-12-18 DG 47 SUR 52 C 51 23/1/2019 DESCONOCIDO SANCHEZ 41.614.201 VEHÍCULOS 28-12-18 CL 25 69D 51 AP 401 23/1/2019 DESCONOCIDO SANCHEZ 41.614.201 PREDIAL 28-12-18 CL 25 69D 51 AP 401 23/1/2019 DESCONOCIDO APODERADO IDENTIFICACIÓN DEL Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Que la notificación del mandamiento de pago enviada por correo fue devuelta.

Cuentas Corrientes a través de procesos administrativos de cobro coactivo.

Que una vez surtida la citación el deudor no compareció a surtir la notificación personal.

ANEXO No.3 DE LA RESOLUCIÓN No.235-DDI-002594 DEL 31 DE ENERO DE 2019 contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.

La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Carrera 30 No 25-90 piso 16 Tributario Nacional y el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por publicación sobre este hecho a:

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 140 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y en concordancia con el artículo 826 del Estatuto DDI061480 2018EE246267 "201311008793 FLOR ANGELA LEON BARACALDO 52.789.586 PREDIAL 28-12-18 CL 128 D 96 A 81 24/1/2019 NO RESIDE DDI061476 2018EE246244 "201321005065 GLORIA MARINA CASTILLO DE DDI061476 2018EE246244 "201321005065 GLORIA MARINA CASTILLO DE DDI061474 2018EE246235 "201601100358007815 GLORIA INES ROJAS BERNAL 41.371.387 PREDIAL 28-12-18 TV 88 145 24 24/1/2019 CERRADO DDI037562 2018EE153727 201801800300061079 ELVIA PARRA DE OLAYA 20.057.125 PREDIAL 24-08-18 CL 21 16 18 AP 203 19/9/2018 CERRADO DDI061474 2018EE246235 "201601100358007815 EDUARDO ALBERTO ROJAS No. RESOLUCIÓN No. CORDIS No. DE EXPEDIENTE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O Que los contribuyentes que se relacionan a continuación, están siendo ejecutados por la Oficina de Cobro Coactivo de la Subdirección de Recaudación, Cobro y Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-11 • 2019 • FEBRERO • 4 CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.

Resolución Reglamentaria 004 derá en los siguientes casos: (…) Para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales”.

(Febrero 1 de 2019)

“Por la cual se ajusta la Tabla de Honorarios para los Contratos de Prestación de Servicios Que el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto Único Re glamentario 1082 de 2015, reglamenta el contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, señalando que:

Profesionales y de Apoyo a la Gestión de la Contraloría de Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones.”

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007, el Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015 y las otorgadas en el Acuerdo 658 de 2016, modificado por el Acuerdo 664 de 2017, y “…Las Entidades Estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la Entidad Estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la Entidad Estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto debe dejar constancia escrita…”

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1068 de 2015, establece en el artículo 2.8.4.4.6, lo siguiente:

“Está prohibido el pacto de remuneración para pago de servicios personales calificados con personas naturales, o jurídicas, encaminados a la prestación de servicios en forma continua para atender asuntos propios de la respectiva entidad, por valor mensual superior a la remuneración total mensual establecida para el jefe de la entidad… Que el artículo 3 de la Ley 80 de 1993, “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”, dispone que: “Los servidores públicos tendrán en consideración que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las enti dades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines.

Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta al celebrar y ejecutar contratos con las entidades esta tales que, además de la obtención de utilidades cuya protección garantiza el Estado, colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como tal, implica obligaciones”.

“…PARÁGRAFO 3º. De manera excepcional, para aquellos eventos en los que se requiera contratar servicios altamente calificados, podrán pactarse ho norarios superiores a la remuneración total mensual establecida para el jefe de la entidad, los cuales no podrán exceder del valor total mensual de remune ración del jefe de la entidad incluidos los factores prestacionales y las contribuciones inherentes a la nómina, relacionadas con seguridad social y para fiscales a cargo del empleador. En estos eventos el Representante Legal de la entidad deberá certificar el cumplimiento de los siguientes aspectos:

1. Justificar la necesidad del servicio personal Al tamente calificado.

2. Indicar las características y calidades específicas, altamente calificadas, que reúne el contratista para la ejecución del contrato, y

Que el numeral 3 del artículo 32 del citado Estatuto define los contratos de prestación de servicios en los siguientes términos: “Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administra ción o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación la boral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.”

3. Determinar las características de los productos y/o servicios que se espera obtener.”.

“… PARÁGRAFO 4º. Se entiende por servicios alta mente calificados aquellos requeridos en situaciones de alto nivel de especialidad, complejidad y detalle…”

Que el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007 regula las diferentes modalidades de selección determinando en el numeral 4, literal h) lo siguiente: “La modalidad de selección de contratación directa, solamente proce REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-12 • 2019 • FEBRERO • 4 12 Que teniendo en cuenta las necesidades de la Con traloría de Bogotá D.C, y los requerimientos de las diferentes dependencias respecto a este tipo de servicios, se hace necesario actualizar la tabla de honorarios aplicables a los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, como una herramienta para dar cumplimiento a la normatividad antes señalada.

Que teniendo en cuenta los servicios requeridos, se hace necesario ajustar las escalas de remuneración de los contratistas de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión que fueron establecidas en la Resolución Reglamentaria No. 030 del 31 de agosto de 2016, de acuerdo con los requerimientos de idoneidad requeridos por la entidad, así como también, actualizar la base normativa que sustenta la presente resolución.

Que en virtud de lo anterior,

RESUELVE:

Que fijar dicha tabla es necesario como un meca nismo útil para establecer objetivamente los costos de los servicios requeridos, teniendo en cuenta las necesidades expuestas en los estudios previos, la formación académica y la experiencia relacionada, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015.

Artículo primero.

ADOPTAR LA TABLA DE HO NORARIOS.- Adóptese para la Contraloría de Bogotá D.C., la siguiente tabla de perfiles y honorarios para la contratación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, así:

CONDICIONES Y REQUISITOS MINIMOS CATEGORIA HONORARIOS MENSUALES HASTA Escolaridad Experiencia relacionada CATEGORIA 1 Lectura/Escritura Doce (12) meses de experiencia relacionada. $ 1.536.885 CATEGORIA 2 Lectura escritura Veinticuatro (24) meses de experiencia relacionada. $ 1.811.250 CATEGORIA 3 Lectura/escritura $ 2,186.100 Treinta y seis (36) meses de experiencia Lectura/escritura relacionada y licencia de conducción de mínimo categoría C1 Vigente.

CATEGORIA 4 Bachiller en cualquier modalidad. No se requiere. $ 1.884.500 CATEGORIA 5 Bachiller en cualquier modalidad.

Veinticuatro (24) meses de experiencia relacionada. $ 2.202.900 CATEGORIA 6 No se requiere. $ 2.516.100 Título de Formación Técnica o Tecnológica o haber cursado seis (6) semestres de educación superior o el sesenta por ciento de los créditos asignados al programa.

CATEGORIA 7 Veinticuatro (24) meses de experiencia relacionada. $ 3.150.000 Título de Formación Técnica profesional o Tecnológica o haber cursado seis (6) semestres de educación superior o el sesenta por ciento de los créditos asignados al programa.

CATEGORIA 8 No se requiere. $4.150.000 Título Profesional y tarjeta profesional cuando se requiera.

CATEGORIA 9 Veinticuatro (24) meses de experiencia relacionada. $5.550.000 Título Profesional y tarjeta profesional cuando se requiera.

13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-13 • 2019 • FEBRERO • 4 CONDICIONES Y REQUISITOS MINIMOS CATEGORIA HONORARIOS MENSUALES HASTA Escolaridad Experiencia relacionada CATEGORIA 10 Doce (12) meses de experiencia relacionada. $ 6.650.000 Título Profesional con Especialización y tarjeta profesional cuando se requiera.

CATEGORIA 11 Treinta y seis (36) meses de experiencia relacionada. $7.800.000 Título Profesional con Especialización y tarjeta profesional cuando se requiera.

CATEGORIA 12 Sesenta (60) meses de experiencia relacionada. $9.200.000 Título Profesional con Especialización y tarjeta profesional cuando se requiera.

CATEGORIA 13 Sesenta y Seis (66) meses experiencia relacionada. $10.500.000 Título Profesional y Titulo de Postgrado en la modalidad de Maestría.

CATEGORIA 14 Setenta y dos (72) meses experiencia relacionada. $12.500.000 Título Profesional y Titulo de Postgrado en la modalidad de Maestría.

CATEGORIA 15 Noventa y seis (96) meses experiencia relacionada. $14.000.000 Título Profesional y Titulo de Postgrado en la modalidad de Maestría.

CATEGORIA 16 Ciento veinte (120) meses experiencia relacionada. $15.000.000 Título Profesional y Titulo de Postgrado en la modalidad de Maestría.

2. El título de maestría corresponderá a tres (3) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional.

Parágrafo. PRIMERO: El valor de los honorarios
fijados incluye todos los impuestos a que haya lugar y los costos directos e indirectos en que incurra el contratista para ejecutar el contrato y para cumplir a satisfacción las obligaciones pactadas.

3. El título de doctorado o posdoctorado será equiva lente a cuatro (4) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional.

Parágrafo. SEGUNDO: EQUIVALENCIAS.- De
pendiendo de la complejidad del objeto contractual y el perfil del contratista, se podrán utilizar las siguientes equivalencias:

1. El título de especialización equivaldrá a dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional.

4. El título de formación tecnológica o de formación técnica profesional, por un (1) año de experien cia relacionada, siempre y cuando se acredite la terminación y la aprobación de los estudios en la respectiva modalidad.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-14 • 2019 • FEBRERO • 4 14

3. Experiencia relacionada con el objeto contrac tual, en la cual también se incluirá experiencia docente.

5. Tres (3) años de experiencia relacionada por título de formación tecnológica o de formación técnica profesional adicional al inicialmente exigido, y viceversa.

Artículo segundo.

CONCEPTOS.- Excepto para aquellas profesiones u oficios para las cuales se fije una reglamentación especial, para todos los efectos previstos en el presente acto administrativo, se tendrán en cuenta los conceptos establecidos en la presente resolución, siendo estos:

6. Un (1) año de educación superior por un (1) año de experiencia y viceversa, o por seis (6) meses de experiencia relacionada y curso específico de mínimo sesenta (60) horas de duración y vi ceversa, siempre y cuando se acredite diploma de bachiller para ambos casos.

7. Diploma de bachiller en cualquier modalidad, por aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria y un (1) año de experiencia laboral y viceversa, o por aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria y Cer tificado de Aptitud Profesional expedido por el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA.

* Estudios: Se entiende por estudios los conoci mientos académicos adquiridos en instituciones públicas o privadas, debidamente reconocidas por el Gobierno Nacional, correspondientes a la educación básica primaria, básica secundaria, media vocacional, superior en los programas de pregrado en las modalidades de formación técnica profesional, tecnológica y profesional y en programas de postgrado en las modalida des de especialización, maestría, doctorado y postdoctorado.

8. Aprobación de un (1) año de educación básica secundaria por seis (6) meses de experiencia laboral y viceversa, siempre y cuando se acre dite la formación básica primaria.

Parágrafo. TERCERO. Las equivalencias apli
cables a la formación impartida por el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, se hará de la siguiente forma:

* Experiencia Profesional: Es la adquirida a par tir de la terminación y aprobación de todas las materias que conforman el pensum académico de la respectiva formación profesional, tecnoló gica o técnica profesional, en el ejercicio de las actividades propias de la profesión o disciplina exigida para la ejecución del objeto contractual.

1. Tres (3) años de educación básica secundaria o dieciocho (18) meses de experiencia, por el Certificado de Aptitud Profesional expedido por el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA.

* Experiencia Relacionada: Es la adquirida en el ejercicio de empleos o la ejecución de contratos que tengan funciones u obligaciones similares a las del contrato que se pretende suscribir o en una determinada área de trabajo o área de la profesión, ocupación, arte u oficio.

2. Dos (2) años de formación en educación su perior, o dos (2) años de experiencia por el Certificado de Aptitud Profesional Técnico del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, y bachiller, con intensidad horaria entre 1.500 y 2.000 horas.

* Experiencia Laboral. Es la adquirida con el ejercicio de cualquier empleo, contrato, ocupa ción, arte u oficio.

* Experiencia Docente. Es la adquirida en el ejercicio de las actividades de divulgación del conocimiento obtenida en instituciones educa tivas debidamente reconocidas.

3. Tres (3) años de formación en educación supe rior o tres (3) años de experiencia por el Certifi cado de Aptitud Profesional Técnico del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA y bachiller, con intensidad horaria superior a 2.000 horas.

Parágrafo. CUARTO. Los factores para determi
nar el monto de los honorarios, serán:

1. Título profesional, técnico o tecnológico, expe dido por una institución de educación superior legalmente reconocida.

* Certificación de la experiencia. La experien cia se acreditará mediante la presentación de constancias escritas, expedidas por la autoridad competente de las respectivas instituciones oficiales o privadas. Cuando el interesado haya ejercido su profesión o actividad en forma inde pendiente, la experiencia se acreditará mediante declaración del mismo.

2. Títulos de posgrado en las modalidades de especialización, maestría, doctorado o posdoc torado.

Artículo tercero.

PERFIL.- El perfil del con tratista se definirá de acuerdo con las obligaciones

15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-15 • 2019 • FEBRERO • 4 EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.”, Resolución Número 034 específicas establecidas en el objeto contractual, las cuales serán los criterios para determinar los requisitos de experiencia relacionada y formación académica, acorde con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007.

(Enero 25 de 2019)

“Por la cual se actualizan procedimientos de la Dirección Técnica de TIC´s.

EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE Las dependencias que requieran la contratación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión, deberán justificar la necesidad del servicio, el nivel de especialidad, complejidad y detalle del mismo, exponiendo las razones que justifiquen la estimación de los honorarios de acuerdo a sus necesidades.

TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.”, En ejercicio de sus facultades conferidas mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de 2016, y

Artículo cuarto.

VERIFICACIÓN DE RE QUISITOS.- Para efectos de la verificación de los requisitos de estudio y experiencia, se aplicarán las definiciones y criterios establecidos en la presente resolución.

CONSIDERANDO:

Artículo quinto.

EXCEPCIONES.- Quedan exceptuados del ámbito de aplicación de la tabla de honorarios establecida en la presente resolución, las siguientes actividades:

1. Los contratos de prestación de servicios alta mente especializados y calificados.

Que de conformidad con lo señalado en el artículo se gundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANS MILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

2. Los contratos de prestación de servicios a sus cribir con personas jurídicas.

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.

3. Los contratos de prestación de servicios para la ejecución de trabajos artísticos, que solo pue den encomendarse a determinadas personas naturales.

Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar los Manuales de Procedimientos de las diferentes dependencias de la Entidad, con el objeto de ajustarlos a los nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo del Sistema.

Parágrafo. ÚNICO. En estos eventos se deberá
justificar la necesidad del servicio, el alto nivel de especialidad, complejidad y detalle, así como, la estimación de los honorarios.

RESUELVE:

Artículo 1°.

Derogar en su totalidad la Resolución 329 del 14 de julio de 2017, mediante la cual se había adoptado la versión 2 del documento “P-DT-007 Pro cedimiento Administración de Usuarios”

Artículo sexto.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria No. 030 del 31 de agosto de 2016.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., al primer (1) día del mes

Artículo 2°.

Derogar parcialmente la Resolución 679 del 5 de diciembre de 2017, mediante la cual se había adoptado la versión 1 del documento “P-DT-005 Compra y Actualización del Software”

de febrero de dos mil diecinueve (2019).

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA

Artículo 3°.

Actualizar los documentos siguientes con la versión registrada a continuación:

Contralor de Bogotá D.C.

Código Versión Nombre P-DT-005 2 Compra y Actualización del Software REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-16 • 2019 • FEBRERO • 4 16 Código Versión Nombre

Artículo 5°.

La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

P-DT-007 3 Procedimiento Administración de Usuarios PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, a los veinticinco (25) días del

Artículo 4°.

Adoptar el siguiente procedimiento a la versión registrada a continuación:

mes de enero de dos mil diecinueve (2019).

Código Versión Nombre SOFÍA ZARAMA Jefe de Oficina Asesora de Planeación P-DT-016 0 Procedimiento Instalación y desinstalación de Software 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-17 • 2019 • FEBRERO • 4 TÍTULO:

COMPRA Y ACTUALIZACIÓN DE SOFTWARE Código:

Versión:

Fecha:

P-DT-005 2 Enero de 2019 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETO

2. ALCANCE

3. RESPONSABLE

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

5. DEFINICIONES

6. CONDICIONES GENERALES

7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

MODIFICACIONES:

VERSIÓN FECHA CAMBIO SOLICITÓ 0 2014-07-18 Primera versión oficial del documento N.A.

Profesional Especializado (06)

1 2017-08-22 Coordinador de Procesos Corporativos TIC’S Se ajusta todo el documento actualizando los cargos de los responsables de las actividades teniendo en cuenta que a partir de la Resolución 355 de 2016 se adoptó el nuevo Manual de Funciones de Transmilenio S.A.

Se aclara en el capítulo 3. Responsable, que la revisión y/o actualización de este documento se realizará cuando los responsables de su aplicación y cumplimiento lo estimen pertinente.

Se actualizan los documentos de referencia.

Se revisaron todas las actividades del capítulo 7 al igual que los responsables.

Profesional Especializado (06)

2 2019-01-14 Coordinador de Procesos Corporativos TIC’S Se actualiza la actividad 40 en donde se aclara que la viabilidad y pertinencia del software se realizará cuando sea necesario.

Se actualiza la actividad 140 con el cambio del nombre del procedimiento “P-DT-007 Administración de Usuarios” por el nombre “P-DT-016 Instalación y Desinstalación de Software”.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-18 • 2019 • FEBRERO • 4 18 TÍTULO:

COMPRA Y ACTUALIZACIÓN DE SOFTWARE Código:

Versión:

Fecha:

P-DT-005 2 Enero de 2019 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA

1. OBJETO

Establecer las actividades y responsabilidades para la compra o actualización de las herramientas informáticas (software) requeridas para el desarrollo de las tareas asignadas y reportadas como necesarias para la gestión institucional.

2. ALCANCE

Este procedimiento aplica para la compra y/o actualización de software de programación y uso específico. Inicia con el reporte de la necesidad del software, incluye la verificación del inventario y si es necesario su adquisición e instalación y termina con los informes de la compra o actualización establecidos.

Este documento aplica para todos los Directivos de TRANSMILENIO S.A., que requieran de algún software en el desarrollo de las actividades de la Entidad.

3. RESPONSABLE

El profesional especializado (grado 06) - Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s, es el responsable por la elaboración y actualización de este procedimiento, el Director de TIC´s será el responsable de orientar y direccionar la estrategia de compra y actualización de software como el procedimiento asociado.

Los responsables en el desarrollo de las actividades del presente procedimiento son el Profesional Especializado (06) Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s, el Profesional Especializado (06)

Seguridad Informática, el Profesional Universitario (03) Gestor Bases de Datos y Aplicaciones Corporativas, el Técnico Administrativo (02) de TIC´s y los Técnicos y/o Contratistas de soporte adscritos a la Dirección de TIC´s.

La revisión y/o actualización de este documento debe realizarse cuando los responsables de su aplicación y cumplimiento lo estimen pertinente.

19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-19 • 2019 • FEBRERO • 4 TÍTULO:

COMPRA Y ACTUALIZACIÓN DE SOFTWARE Código:

Versión:

Fecha:

P-DT-005 2 Enero de 2019 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

 Contratos de Tecnología de la Dirección de TIC´s.

 Resolución 305 de 2008 de la Comisión Distrital de Sistemas de Bogotá D.C, por medio de la cual se expiden políticas públicas en materia de Tecnologías de la información y las comunicaciones.

 Decreto 1078 de 2015 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

 Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios.

5. DEFINICIONES

CDS: Comisión Distrital de Sistemas de Bogotá.

Colombia compra eficiente: entidad descentralizada de la rama ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, adscrita al Departamento Nacional de Planeación (DNP) que es el rector del Sistema de Compra Pública de Colombia.

Inventario de software: es un trabajo organizado que implica la examinación de los productos de software instalados en los ordenadores y confrontarlo con sus respectivas licencias. En función del estado de sus registros y el tamaño de su organización, estos pueden ser sencillos, o implicar un poco de esfuerzo. El software es una parte de la gestión IT y activos invertido por las empresas y por lo tanto, se debe identificar con qué recursos cuenta cada equipo.

Helpdesk: software mediante el cual el usuario final coloca y hace seguimiento a los requerimientos de la mesa de ayuda.

Software: se conoce como software al equipamiento lógico o soporte lógico de un sistema informático, que comprende el conjunto de los componentes lógicos necesarios que hacen posible REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-20 • 2019 • FEBRERO • 4 20 TÍTULO:

COMPRA Y ACTUALIZACIÓN DE SOFTWARE Código:

Versión:

Fecha:

P-DT-005 2 Enero de 2019 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA la realización de tareas específicas, en contraposición a los componentes físicos que son llamados hardware.

TICS - Tecnologías de Información y Comunicación: conjunto de servicios, redes, software, aparatos que tienen como fin el mejoramiento de la calidad de vida de las personas dentro de un entorno, y que se integran a un sistema de información interconectado y complementario. Esta innovación sirve para romper las barreras que existen entre cada uno de ellos.

6. CONDICIONES GENERALES

La Resolución 305 de 2008, expedida por la Comisión Distrital de Sistemas - CDS, en la cual se expiden políticas públicas para las Entidades, Organismos y Órganos de Control del Distrito Capital, en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones respecto a la planeación, seguridad, democratización, calidad, racionalización del gasto, conectividad, infraestructura de Datos Espaciales y Software Libre, determina el marco de acción para el desarrollo del presente procedimiento. En la política mencionada busca fundamentalmente, que las acciones relacionadas con la tecnología de la información y las comunicaciones, como son: la adquisición, contratación, desarrollo, implementación o utilización de nuevos sistemas o cambios tecnológicos, estén definidas y sean producto de un proceso detallado previo, que tienda al fortalecimiento de los esquemas de coordinación tecnológica de cada entidad u organismo distrital, y obedezcan a procesos continuos, ordenados, dinámicos y flexibles, con enfoque en el servicio a la comunidad y a la ciudadanía, y optimicen la toma de decisiones. Igualmente concita a definir el Plan Estratégico de Sistemas de información (PESI) el cual debe estar dirigido hacia el soporte de los objetivos, planes, políticas y estrategias de cada Ente Público y debe servir para la racionalización del gasto y el seguimiento de las inversiones en Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC), además de ser el insumo para el proceso de evaluación de cada proyecto de inversión que se inscriba relacionado con el tema. Adicional a lo descrito, determina realizar el seguimiento a los indicadores definidos por la CDS para las Entidades Distritales, los cuales deber ser diligenciados por cada uno de ellos y deben ser consolidados por cada Jefe de Organismo cabeza de sector, quien por medio de la herramienta dispuesta para ello los presentará al presidente de la CDS.

De otra parte, el Titulo 9º. Capítulo 1 Sección 2, del Decreto 1078 de 2015, define los Componentes, Instrumentos y Responsables de la Estrategia de Gobierno en Línea GEL y señala que los 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-21 • 2019 • FEBRERO • 4 TÍTULO:

COMPRA Y ACTUALIZACIÓN DE SOFTWARE Código:

Versión:

Fecha:

P-DT-005 2 Enero de 2019 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA instrumentos para la implementación de la estrategia, serán el Manual de Gobierno en Línea y el Marco de referencia de arquitectura empresarial para la gestión de Tecnologías de la Información A su vez, el Manual de Gobierno en Línea, en el logro denominado “Estrategia de TI” hace referencia al Plan estratégico de TI, señalando que, entre otros, incluye la definición del portafolio de proyectos. Dicho portafolio es definido por la Entidad en el marco de la Estrategia Tecnológica y su ejecución se soporta en los contratos de TIC´s que entre otros incluye la compra y actualización de software.

El responsable de orientar y direccionar la compra y actualización de software será el Director de TIC´s o quien haga sus veces.

7 DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 INICIO Directores, Subgerentes Jefes de Oficina 20 Reportar las necesidades o requerimientos de software a la Dirección de TIC´s mediante memorando interno.

Profesional Especializado (06)

Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s o Profesional Especializado (06)

Seguridad Informática 30 o Profesional Universitario (03)

Evaluar las necesidades y requerimientos reportados contrastando la información con el inventario de software y los lineamientos determinados por la normatividad vigente.

Gestor Bases de Datos y Aplicaciones Corporativas o Técnico Administrativo (02)

Profesional Especializado (06)

Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s 40 o Profesional Especializado (06)

Determinar la viabilidad y pertinencia del software requerido cuando sea necesario. Nota: Se deben identificar casas fabricantes, solicitar pruebas de concepto, realizar estudios de comparación, revisar demos disponibles, Seguridad Informática REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-22 • 2019 • FEBRERO • 4 22 TÍTULO:

COMPRA Y ACTUALIZACIÓN DE SOFTWARE Código:

Versión:

Fecha:

P-DT-005 2 Enero de 2019 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE desarrollar pruebas al interior de la Entidad, entre otras actividades. o Profesional Universitario (03)

Gestor Bases de Datos y Aplicaciones Corporativas o Técnico Administrativo (02)

¿15?

Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos ¿Es viable y pertinente la solicitud?

Si: ir a etapa ¿25?

Corporativos TIC’s No: ir a etapa 50 Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s 50 Informar a la dependencia solicitante que las necesidades o requerimientos de software no son viables e ir a etapa 180.

Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s o Profesional especializado (06)

¿25?

Seguridad Informática ¿Hay disponibilidad de licenciamiento en el inventario de software para el requerimiento inicial?

Si: Informar al Directivo del área solicitante e ir a etapa 130 o Profesional universitario (03)

No: ir a etapa 60 Gestor Bases de Datos y Aplicaciones Corporativas o Técnico Administrativo (02)

Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s o Profesional especializado (06)

Seguridad Informática 60 Realizar las actividades de análisis técnico tales como:

 Definición técnica de la necesidad  Hacer investigación y estudio del mercado con o Profesional universitario (03) solicitud de cotizaciones.  - Evaluar las alternativas.

Gestor Bases de Datos y Aplicaciones Corporativas o Técnico administrativo (02)

23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-23 • 2019 • FEBRERO • 4 TÍTULO:

COMPRA Y ACTUALIZACIÓN DE SOFTWARE Código:

Versión:

Fecha:

P-DT-005 2 Enero de 2019 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE ¿35?

Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos ¿Implica modificación al Plan de Adquisiciones de la Entidad?

Si: ir a etapa 70 Corporativos TIC’s No: ir a etapa 90 Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s 70 Gestionar solicitud para aprobación dentro del Plan de Adquisiciones de la Entidad en el Comité pertinente.

¿45?

Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos ¿Fue aprobado dentro del Plan de Adquisiciones?

Si: ir a etapa 90 Corporativos TIC’s No: ir a etapa 80 Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s 80 Informar a la Dependencia solicitante y aplazar la adquisición del software hasta que sea aprobado. Ir a etapa 180.

Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s o Profesional especializado (06)

Seguridad Informática 90 Establecer el mecanismo de adquisición del software requerido, bien sea por Colombia Compra Eficiente o por proceso de contratación. o Profesional universitario (03)

Gestor Bases de Datos y Aplicaciones Corporativas o Técnico administrativo (02)

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-24 • 2019 • FEBRERO • 4 24 TÍTULO:

COMPRA Y ACTUALIZACIÓN DE SOFTWARE Código:

Versión:

Fecha:

P-DT-005 2 Enero de 2019 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s o Profesional especializado (06)

Seguridad Informática 100 Surtir las actividades de Contratación previstas por Colombia Compra Eficiente y en el Manual de Contratación” de TRANSMILENIO S.A. o Profesional universitario (03)

Gestor Bases de Datos y Aplicaciones Corporativas o Técnico Administrativo (02)

¿55? ¿Hay disponibilidad presupuestal?

Profesional especializado (06)

Si: ir a etapa 120 Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s No: ir a etapa 110 Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s o Profesional especializado (06)

Seguridad Informática 110 Solicitar la disponibilidad presupuestal en aplicación de lo previsto en el procedimiento P-SE-011 Ejecución presupuestal”. o Profesional universitario (03)

Gestor Bases de Datos y Aplicaciones Corporativas o Técnico Administrativo (02)

Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s o Profesional especializado (06)

Seguridad Informática 120 Dar inicio al contrato y recibir los seriales de activación del licenciamiento adquirido. o Profesional universitario (03)

Gestor Bases de Datos y Aplicaciones Corporativas o Técnico administrativo (02)

25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-25 • 2019 • FEBRERO • 4 TÍTULO:

COMPRA Y ACTUALIZACIÓN DE SOFTWARE Código:

Versión:

Fecha:

P-DT-005 2 Enero de 2019 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Usuarios 130 Solicitar la instalación del software mediante la herramienta de Soporte de Mesa de Ayuda o por correo electrónico.

Técnico y/o contratista de 140 Aplicar procedimiento “P-DT-016 Procedimiento para Instalación y Desinstalación De Software”.

Soporte de Sistemas Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos 150 Actualizar el Inventario de licenciamiento de acuerdo al software adquirido o actualizado.

Corporativos TIC’s Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos 160 Actualizar el Plan estratégico de sistemas de información según el software adquirido.

Corporativos TIC’s Profesional especializado (06)

Coordinador de Procesos Corporativos TIC’s o Profesional especializado (06)

Seguridad Informática 170 Adjuntar los informes y reportes previstos por la compra y actualización de software al expediente contractual. o Profesional universitario (03)

Gestor Bases de Datos y Aplicaciones Corporativas o Técnico Administrativo (02)

180 Fin

8. TABLA DE REGISTROS

CÓDIGO NOMBRE UBICACIÓN RESPONSABLE Técnico administrativo 02 de TIC´s y/o profesional N/A Módulo de inventario de software de la herramienta de mesa de ayuda competente. técnico y/o contratista de Servidor de mesa de ayuda ubicado en Data Center soporte de sistemas REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-26 • 2019 • FEBRERO • 4 26 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETO

2. ALCANCE

3. RESPONSABLE

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

5. DEFINICIONES

6. CONDICIONES GENERALES

7. PROCEDIMIENTOS

8. TABLA DE REGISTROS

MODIFICACIONES VERSIÓN FECHA CAMBIO SOLICITÓ 0 2014-07-11 Primera versión oficial del documento N.A.

Profesional especializado grado (06) Gestor de 1 2014-10-21 Sistemas de Información – Dirección Técnica de TIC’s Se incluyeron las actividades y responsabilidades relacionadas con la creación, modificación y eliminación de los usuarios de software de TRANSMILENIO S.A. Se actualizaron los cargos de acuerdo con las denominaciones establecidas en el manual de funciones (Resolución 459 del 4 de agosto de 2014). Se revisaron los demás procedimientos, tratando de consolidar las actividades de acuerdo con el tema que se está estandarizando.

Profesional especializado Grado (06) – Coordinador 2 30-03-2017 de procesos corporativos- Dirección Técnica de TIC’S Actualiza y modifica los pasos a seguir para la creación y/o eliminación de cuentas de correo en procesos contractuales 6.1, requisitos para la creación de cuentas a funcionarios y contratistas de prestación de servicios 6.2 creación y eliminación de usuarios, instalación y desinstalación de software en equipos de usuarios, tomas de backup de usuarios, cambios de contraseña y privilegios en las aplicaciones.

Profesional especializado Grado 3 28-12-2018 (06) – Seguridad de la Información- Dirección de TIC’S Actualizar dependencias y cargos mencionados en el procedimiento, eliminar los procedimientos Instalación y desinstalación de software en equipos de usuarios. Toma de backup (Archivos de usuarios y Bases de datos y aplicaciones), para crearlos en dos (2) procedimientos nuevos.

27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-27 • 2019 • FEBRERO • 4 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA

1. OBJETO

Establecer los responsables y actividades que se deben seguir en TRANSMILENIO S.A., para la administración de las cuentas de usuarios en las plataformas tecnológicas de la Entidad.

2. ALCANCE

Este procedimiento es para la aplicación y conocimiento de los funcionarios y contratistas de la Entidad, cubre la creación de cuentas de usuarios, instalación y desinstalación de software, tomas de backup de la información del usuario, revisión y control del software instalado, cambios de password y cambios de privilegios de acceso a las aplicaciones que tienen los usuarios.

El presente procedimiento permite conocer:

 Qué datos son necesarios para realizar una actividad asociada a la administración de cuentas de usuarios.

 Los formularios para creación de cuentas y/o modificación de privilegio de acceso a aplicaciones.

 Determinar los responsables encargados de la administración de cuentas de usuarios.

 Las actividades de control a desarrollar por el área de TIC’s, que respalde la creación o eliminación de una cuenta de acceso.

3. RESPONSABLE

Los responsables por la elaboración y actualización de este procedimiento: son el Profesional especializado Grado (06) Coordinador de procesos Corporativos de la Dirección Técnica de TIC’s, el Profesional universitario Grado (03) Gestor de bases de datos y aplicaciones de la Dirección Técnica de TIC’s, Técnico administrativo Grado 02 - Soporte en TIC´s de la Dirección Técnica de TIC’s y los Técnicos contratistas de la mesa de ayuda; adicionalmente, serán responsables de velar por el cumplimiento, implementación y mantenimiento, bajo la coordinación del Director (a) de TIC’s.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-28 • 2019 • FEBRERO • 4 28 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA La revisión y/o actualización de este procedimiento deberá realizarse cuando se considere pertinente por parte de los responsables de su elaboración, actualización y aprobación.

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

 Manuales de software de apoyo a la gestión y de Aplicaciones Tecnológicas (Windows, Office 365, TSM (Tivoli Storage Management), entre otros).

 Contratos de tecnología (Licenciamiento de SW).

 Manual de Políticas de Seguridad Informática Versión 1 (M-DT-001).

 Contrato que cubre el servicio de mesa de ayuda y/o soporte a usuarios.

5. DEFINICIONES

Agente de mesa o especialista: es el funcionario y/o contratista encargado de atender de manera directa al usuario que reporta el caso.

Coordinador de mesa: funcionario y/o contratista a quien le llegan todos los casos reportados por los funcionarios y/o contratistas y quien asigna los casos a los agentes de mesa.

Backup: es la copia total o parcial de información del disco duro u otro medio de almacenamiento.

Los backups se utilizan para tener una o más copias de información, considerada importante y así poder recuperarla en el caso de pérdida de la copia original. Existen diferentes tipos:

 Backup full o completo: es el método básico y consiste en copiar directamente todos los archivos seleccionados cada vez que se lanza el proceso.

 Backup diferencial: método que sólo copia los archivos que han sido creados o modificados (normalmente mirando la fecha de modificación de los mismos) desde la última copia completa.

29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-29 • 2019 • FEBRERO • 4 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA  Backup incremental: es el método más avanzado (o “inteligente”) ya que sólo copia los archivos creados o modificados desde el último backup, ya sea completo o incremental, reduciendo la cantidad de información a copiar en cada proceso.

Clave (password): cadena de caracteres conocido solo por el usuario que permite proteger o restringir el acceso al equipo o a la red.

Cuenta de correo: servicio online que provee un espacio para la recepción, envío y almacenamiento de mensajes de correo electrónico en internet.

Creación de un proceso contractual: para este procedimiento, la creación de un proceso contractual, se inicia con el aviso de convocatoria Directorio activo: es un servicio establecido en uno o varios servidores en donde se crean objetos tales como usuarios, equipos o grupos, con el objetivo de la administración de políticas en toda la red y de los inicios de sesión en los equipos conectados a la red.

Su estructura jerárquica permite mantener una serie de objetos relacionados con componentes de una red, como usuarios, grupos de usuarios, permisos y asignación de recursos y políticas de acceso.

El directorio activo permite a los administradores establecer políticas a nivel de empresa, desplegar programas en muchos ordenadores y aplicar actualizaciones críticas a una organización entera y almacena la información de una organización en una base de datos central, organizada y accesible.

Pueden encontrarse desde directorios con cientos de objetos para una red pequeña hasta directorios con millones de objetos Aplicaciones: Es un conjunto de programas informático diseñado como herramienta para permitir a un usuario realizar uno o diversos tipos de tareas. Esto lo diferencia principalmente de otros tipos de programas, como los sistemas operativos (que hacen funcionar la computadora), las utilidades (que realizan tareas de mantenimiento o de uso general), y las herramientas de desarrollo de software (para crear programas informáticos). Las aplicaciones pertenecen al software de aplicación. Para este procedimiento se contemplan las aplicaciones JSP7-Gobierno, CORDIS, CAT, SGD REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-30 • 2019 • FEBRERO • 4 30 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA Exchange: es un software propietario de colaboración entre usuarios, desarrollado por Microsoft, es parte de la familia Microsoft Server ya que es una de las aplicaciones destinadas para el uso de servidores y es utilizado para brindar soluciones para la aplicación de correo electrónico.

Helpdesk ARANDA: software mediante el cual el usuario final coloca y hace seguimiento a los requerimientos de la mesa de ayuda.

Hoja de vida de un equipo: es un formato en el cual se detallan todas las especificaciones del equipo, marcas de los diferentes componentes, su estado y los registros de instalación y desinstalación de software.

Inventario de software: es un trabajo organizativo que implica la examinación de los productos de software instalados en los ordenadores y confrontarlo con sus respectivas licencias en función del estado de los registros y el tamaño de la organización. El software es una parte de la gestión IT y activos invertido por las empresas y por lo tanto se debe tener identificado con qué recursos cuenta cada equipo.

Information technology (IT): tecnologías de la información y la comunicación.

Log: archivo que mantiene los resultados de los comandos efectuados ya sea de manera manual o automática.

Manual de aplicación: es un documento de comunicación técnica destinado a dar asistencia a las personas que utilizan un sistema en particular. Por lo general, este documento está redactado por un escritor técnico, como por ejemplo los programadores del sistema o los directores de proyectos vinculados en su desarrollo, o el personal técnico, especialmente, en las empresas más pequeñas.

Los manuales de aplicación son más comúnmente asociados con los productos electrónicos, como computadoras y programas.

Los manuales de aplicación contienen tanto una guía escrita como imágenes asociadas, en el caso de las aplicaciones informáticas, es habitual incluir capturas de pantalla de cómo el programa debería ser, y manuales que a menudo incluyen diagramas claramente detallados y sencillos que 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-31 • 2019 • FEBRERO • 4 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA detallan los pasos a realizar por el usuario para llevar a cabo las distintas opciones disponibles. El lenguaje utilizado deberá ser sencillo para todo público.

Mesa de ayuda: es un conjunto de recursos tecnológicos y humanos, para prestar servicios con la posibilidad de gestionar y solucionar todas las posibles incidencias de manera integral, junto con la atención de requerimientos relacionados a las TIC´s.

Nodo: punto de intersección, conexión o unión de varios elementos, en redes de computadoras cada una de las máquinas es un nodo, y sí la red es internet, cada servidor constituye también un nodo.

Oracle: sistema de gestión de base de datos objeto-relacional desarrollado por Oracle Corporation.

Se considera a Oracle Database como uno de los sistemas de bases de datos más completos, destacando: soporte de transacciones, estabilidad, escalabilidad y soporte multiplataforma.

Personal computer (PC): es una microcomputadora diseñada en principio para ser usada por una sola persona a la vez.

Políticas de copias: son las directrices determinadas en la entidad para la frecuencia y contenido de las copias de respaldo.

PST: es un archivo utilizado por Microsoft Outlook, donde se guardan los mensajes de correo electrónico, el calendario, las tareas y los demás elementos que utiliza una cuenta de correo electrónico y que se guardan en un servidor de correo. Los elementos de Outlook que se guardan en el equipo se conservan en un archivo de datos de Outlook (.pst y.ost).

Registro “control de cuentas de correo a procesos de contratación”: es un formato en excel, administrado por el técnico y/o contratista de la Subgerencia Jurídica, en el que lleva el registro de los procesos de contratación abiertos con sus respectivas cuentas de correo.

Silla de correo: espacio disponible para asignar allí una cuenta de correo, para los procesos contractuales se estiman que en simultánea estén abiertos veinte (20) procesos de contratación pública, por lo que se dispondrán de ese mismo número de sillas, las cuales se van rotando en la medida que se vayan adjudicando los procesos.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-32 • 2019 • FEBRERO • 4 32 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA Software: se conoce como software al equipamiento lógico o soporte lógico de un sistema informático, que comprende el conjunto de los componentes lógicos necesarios que hacen posible la realización de tareas específicas, en contraposición a los componentes físicos que son llamados hardware.

Lenguaje de consulta estructurado (SQL): es un tipo de lenguaje vinculado con la gestión de bases de datos de carácter relacional que permite la especificación de distintas clases de operaciones entre éstas. La utilización del álgebra y de cálculos relacionales, el SQL brinda la posibilidad de realizar consultas con el objetivo de recuperar información de las bases de datos de manera sencilla.

Líder y/o Administrador del módulo: Es el funcionario de la Entidad responsable por la información contenida en cada una de las aplicaciones. Para el caso de JSP7, existen los siguientes módulos:

Contabilidad: Líder y/o administrador: Contador de la Entidad Presupuesto: Líder y/o administrador: Jefe de Presupuesto.

Tesorería: Líder y/o administrador: Tesorero de la Entidad Nomina: Líder y/o administrador: Profesional Especializado de Talento Humano.

Contratación: Líder y/o administrador: Profesional Especializado de procesos contractuales.

Activos Fijos: Líder y/o administrador: Contador de la Entidad.

Planeación: Líder y/o administrador: Profesional Especializado de Oficina Asesora de Planeación.

Para el caso del aplicativo SGD (Sistema de Gestión Documental), el líder del aplicativo es el profesional del archivo.

TIVOLI: programa que automatiza la toma de copias de respaldo de los datos de los equipos o máquinas usuarias. Sobre este programa se graba la programación y periodicidad a seguir, la cual puede ser verificada mediante el programa de administración de la herramienta como tal.

Tecnologías de la información y la comunicación (TIC): conjunto de servicios, redes, software, aparatos que tienen como fin el mejoramiento de la calidad de vida de las personas dentro de un 33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-33 • 2019 • FEBRERO • 4 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA entorno, y que se integran a un sistema de información interconectado y complementario. Esta innovación sirve para romper las barreras que existen entre cada uno de ellos.

6. CONDICIONES GENERALES

 Los usuarios deben cambiar las claves de uso de su computador y de los aplicativos, según los parámetros establecidos de cada uno de ellos.

 Es responsabilidad de la Dirección Administrativa y de la Subgerencia Jurídica es informar a la Dirección de TIC´s el retiro de funcionarios y/o contratistas de la Entidad.

 Es responsabilidad del usuario guardar su información en el computador asignado y en el lugar establecido por la Dirección de TIC´s.

 Es obligación del usuario dar uso adecuado al equipo de cómputo que le sea asignado y atender las recomendaciones dadas por la Dirección de TIC’s en la materia.

 Es responsabilidad de la Dirección de TIC’s, garantizar el buen funcionamiento y mantenimiento de los equipos de cómputo a través del mecanismo dispuesto para tal fin, bien sea por medio de la Mesa de Ayuda, contrato de arrendamiento de equipos, contrato de mantenimiento y soporte u otros.

 La Dirección TICS y el personal Soporte, deben verificar el cumplimiento de la política asociada a la periodicidad con la cual las contraseñas deben ser cambiadas y las cuentas deshabilitadas TRASMILENIO S.A.

 Las contraseñas son de uso personal y por ningún motivo se deberán prestar a otros usuarios.

6.1 Requisitos para la creación de cuentas de correo en procesos contractuales  Es responsabilidad del profesional especializado de la Dirección Corporativa, Coordinador de Procesos Contractuales, crear la cuenta de correo del proceso contractual con la nomenclatura que se cita a continuación:

TMSA-XXX-YY-AAAA REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-34 • 2019 • FEBRERO • 4 34 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA TMSA = Identificación de la Entidad.

XXX = Modalidad de Contratación. MIN para contratación de mínima cuantía SAM para selección abreviada de menor cuantía.

CM para concurso de méritos.

LP para licitación pública.

SAS para selección abreviada por subasta YY = número consecutivo del proceso, a dos dígitos.

AAAA= año de vigencia del proceso de contratación.

 Creada esta cuenta, es responsabilidad de la persona designada por la Dirección Corporativa (sea de planta o contratista), llevar un control de las cuentas de correo asignadas de los procesos contractuales. La Entidad debe disponer de un número de casillas de correo, las cuales se ocuparán con la creación de procesos contractuales y van quedando disponibles con los actos de adjudicación de los procesos.

 La Entidad debe disponer de un número de casillas de correo, las cuales se ocuparán con la creación de procesos contractuales y van quedando disponibles con los actos de adjudicación de los procesos.

6.2 Requisitos para la creación de cuentas de correo a funcionarios y contratistas de prestación de servicios.

 Todo funcionario y/o contratista de la Entidad, puede tener acceso a una cuenta de correo institucional.

 La política de creación de usuarios de acuerdo al Manual de Políticas de Seguridad de la Información de TRANSMILENIO S.A., establecidas por la Dirección Técnica de TIC’s, está diseñada de forma segura donde:

35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-35 • 2019 • FEBRERO • 4 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA  La creación del usuario seguirá el modelo: nombre.apellido@dominioTRANSMILENIO S.A., ejemplo pablo.rodriguez@TRANSMILENIO.gov.co

7. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO

7.1 Procedimiento para la creación y/o eliminación de cuentas de correo en procesos contractuales Alcance del procedimiento: este procedimiento describe el protocolo a seguir para la creación de correos institucionales a los procesos contractuales adelantados por TRANSMILENIO S.A.

Cada proceso de contratación tendrá asociado un correo institucional, mediante el cual, se harán todas las acciones relacionadas con observación a pliegos, modificaciones, evaluaciones y toda gestión concerniente con el proceso de contratación.

La cuenta de correo asociada con cada proceso de contratación, tendrá vigencia desde el aviso de convocatorias, hasta el acto de adjudicación del proceso, toda transacción en el correo hará parte de la carpeta del contrato, como archivo digital adjunto en ese lapso.

ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 Inicio Profesional especializado 20 Solicitar la creación de una cuenta de correo para el proceso contractual acorde con la nomenclatura establecida en el numeral 6.1 de este documento de la Dirección Corporativa, Coordinador de Procesos Contractuales Técnico y/o contratista de 30 Registrar la cuenta de proceso en “control de cuentas de correo a procesos de contratación” la Dirección Corporativa Profesional especializado de la Dirección Corporativa, Coordinador 40 de Procesos Contractuales.

Informar a través de la mesa de ayuda, de la Dirección de TIC´s, (soportetecnico@transmilenio.gov.co) la creación de la cuenta de correo, con la nomenclatura asignada y el abogado que se hará responsable de la cuenta y del proceso contractual.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-36 • 2019 • FEBRERO • 4 36 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE ¿15?

Funcionario y/o contratista Coordinador de mesa ¿Hay disponibilidad de cuentas de correos para procesos contractuales?

No: ir a etapa 50 Si: ir a etapa 70 Funcionario y/o contratista Coordinador de mesa 50 Informar al Profesional especializado de TIC´s Coordinador de Procesos Corporativos, la no existencia de cuentas de correos disponibles.

Profesional especializado de TIC´s, Coordinador de Procesos Corporativos 60 Evaluar, asignar y/o reutilizar una casilla de correo disponible e informa al técnico y/o contratista de TIC´s, para su asignación.

Funcionario y/o contratista 70 Crear la cuenta de correo en herramienta Microsoft Office 365.

Agente de mesa Funcionario y/o contratista 80 Líder Agente de mesa Informar a la Dirección Corporativa, la creación de la cuenta, a través de correo electrónico, tanto al abogado responsable de la cuenta, como al profesional especializado de la Dirección Corporativa - Coordinador del Proceso de Contratación.

Funcionario y/o contratista 90 Configurar la cuenta creada en el computador del abogado responsable del proceso contractual.

Agente de mesa Técnico y/o contratista de la Dirección Corporativa 100 Reportar la fecha de adjudicación del proceso de contratación a la Dirección de TIC´s, a través de soportetecnico@transmilenio.gov.co Funcionario y/o contratista 110 Agente de mesa Una vez adjudicado el proceso de contratación, se procederá a:
- Realizar copia de backup del PST de la cuenta.
- Crear en CD y/o DVD copia del PST.
- Revisar copia de backup del PST.
- Cancelar cuenta de correo asociada al proceso de contratación.

Funcionario y/o contratista Agente de mesa 120 Entregar backup al profesional especializado de TIC´s - Coordinador de Procesos Corporativos, para su trámite respectivo 37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-37 • 2019 • FEBRERO • 4 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Profesional especializado de TIC´s - Coordinador de 130 Procesos Corporativos.

Verificar que el CD y/o DVD contenga copia del PST y Remitir por memorando el medio magnético, de la copia del PST a la carpeta del proceso de contratación y la cancelación de la cuenta, al profesional especializado de la Dirección Corporativa - Coordinador de procesos contractuales.

Funcionario y/o contratista 140 Disponer de la casilla de correo para otro proceso contractual.

Coordinador de mesa Profesional especializado de la Subgerencia Jurídica 150 Informar la cancelación de la cuenta de correo al técnico y/o contratista de la Dirección Corporativa.

Coordinador de Procesos de Contratación.

Técnico y/o contratista de Dirección Corporativa.

160 Registrar la cancelación de la cuenta de correo y control de disponibilidad de silla de correo en el archivo “control de cuentas de correo a procesos de contratación”.

Contratista Agente de Mesa con Técnico y/o contratista de Dirección Corporativa, del grupo de contratación. Y profesional 170 Hacer revisión trimestral de las cuentas de correo vigentes de los procesos de contratación. especializado de TIC coordinador de procesos corporativos.

180 Fin REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-38 • 2019 • FEBRERO • 4 38 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA 7.2 Procedimiento para creación y eliminación de usuarios Alcance del procedimiento: este procedimiento tiene como fin crear y/o eliminar usuarios en el directorio activo de la entidad, así como:

 Creación y/o eliminación de cuentas de correo.

 Instalación de aplicaciones básicas de trabajo como SEUS, CORDIS, CAT, SGD.

El procedimiento de creación de usuarios se activa con la solicitud para el ingreso y/o retiro del personal de planta, o con la notificación de los supervisores de los contratos de prestación de servicios, la cual lleva a cabo el Director Administrativo.

El procedimiento de eliminación de usuarios se activa con la terminación del contrato de prestación de servicios y/o con la notificación del Director Administrativo para el personal de planta.

ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 Inicio ¿15?

¿Es creación de usuarios?

No: ir a etapa ¿45?

Talento Humano y/o supervisor del contrato y/o administrador del módulo.

Si: ir a etapa 20 Talento Humano y/o supervisor del contrato y/o 20 administrador del módulo.

Solicitar la creación de usuario a través de la mesa de ayuda ARANDA, enviando un correo soportetecnico@transmilenio.gov.co., con copia al Profesional Especializado TIC Grado 06 – Seguridad de la Información. Es importante diligenciar la información mínima siguiente: nombre del funcionario y/o contratista, dependencia en la que desempañará sus funciones, fecha de ingreso y de terminación de contrato.

Funcionario y/o contratista 30 Coordinador de mesa Asignar e informar la solicitud de creación de usuario a: Usuario para Directorio Activo: A un agente de mesa mediante herramienta de soporte helpdesk.. Usuario de aplicaciones: A profesional Universitario de TIC – Bases de datos y aplicaciones.

39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-39 • 2019 • FEBRERO • 4 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Funcionario y/o contratista 40 Agente de la mesa Para usuarios del Directorio Activo: Crear usuario de red en el dominio y activar licencia para el correo electrónico asegurando la identificación única para cada uno de ellos. Para Usuarios de aplicaciones: Crear usuario en las aplicaciones respectivas siguiendo ¿25?

Funcionario y/o contratista ¿Hay disponibilidad de cuentas de correos?

No: Ir a etapa 50 Agente de la mesa Si: Ir a etapa 70 Funcionario y/o contratista Coordinador de mesa 50 Informar al Profesional especializado de TIC´s - Coordinador de procesos corporativos, la no existencia de cuentas de correos disponibles.

Profesional especializado Grado (06) - Coordinador de procesos Corporativos de la Dirección Técnica de 60 Evalúa, asigna y/o reutiliza una casilla de correo disponible e informa al Técnico y/o contratista de TIC´s, para su asignación.

TIC’s Funcionario y/o contratista Agente de la mesa 70 Crear el correo electrónico asegurando la identificación única para el usuario, mediante la herramienta Microsoft Office 365, Funcionario y/o contratista 80 Agente de la mesa Informar a: Talento Humano y/o supervisor del contrato y/o administrador del módulo y al Profesional Especializado TIC Grado 06 – Seguridad de la Información, que se realizó el requerimiento sobre la creación de la cuenta, se informa el usuario, clave y correo electrónico asignado, por medio de la herramienta ARANDA ¿35? ¿El usuario requiere aplicaciones administrativas (SEUS, CORDIS, SGD, entre otros)?

Funcionario y/o contratista Agente de la Mesa Si: Ir a etapa 90 No: Ir a etapa 100 Agente de la mesa y Profesional universitario - 90 Crear el usuario con los privilegios solicitados en el requerimiento e instalar aplicaciones en el módulo de administración del aplicativo.

Bases de Datos y Aplicaciones Corporativas.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-40 • 2019 • FEBRERO • 4 40 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Funcionario y/o contratista Agente de la mesa y Profesional universitario - 100 Informar el nombre del usuario asignado, la clave y la revisión de privilegios y buenas prácticas del manejo de información en el uso del correo institucional.

Bases de Datos y Aplicaciones Corporativas.

Funcionario y/o contratista Coordinador de mesa 110 Actualizar el registro de los usuarios de la Entidad.

Ir a Etapa 200 ¿45? ¿Es eliminación de usuarios?

Funcionario y/o contratista Si: ir a etapa 120 Coordinador de mesa No: ir a etapa 200 Talento Humano y/o supervisor del contrato y/o 120 Solicitar la eliminación de usuarios mediante herramienta de soporte helpdesk. administrador del módulo.

Funcionario y/o contratista 130 Efectuar copia de seguridad de la información y buzón de correo electrónico alojada bajo el usuario a eliminar.

Agente de la mesa Funcionario y/o contratista 140 Eliminar usuario de red en el dominio y deshabilitar la licencia de correo electrónico.

Agente de la mesa Funcionario y/o contratista Coordinador de mesa 150 El coordinador de la mesa verifica la eliminación del usuario y la cuenta de correo en la herramienta de software.

Funcionario y/o contratista Coordinador de mesa 160 Informar a Talento Humano y/o supervisor del contrato y/o administrador del módulo que se realizó la eliminación del usuario de acuerdo con el requerimiento.

¿55? ¿El usuario posee aplicaciones administrativas?

Funcionario y/o contratista Si: Ir a etapa 170 Agente de la mesa No: Ir a etapa 200 Profesional Universitario 170 Desactivar el usuario de los aplicativos administrativos a través de los módulos de administración respectivos de Base de Datos y Aplicaciones Corporativas.

Profesional Universitario 180 Actualizar el registro de los usuarios de la Entidad en las aplicaciones administrativas. de Base de Datos y Aplicaciones Corporativas.

41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-41 • 2019 • FEBRERO • 4 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Usuarios Directorio Activo: Técnico Administrativo 02 y/o contratista Agente de la mesa.

190 Aplicaciones Administrativas: Profesional Universitario Hacer revisión trimestral de las cuentas de usuario en el Directorio Activo verificando que se encuentren desactivadas las cuentas de usuarios retirados de la Entidad, así como los usuarios retirados de las demás aplicaciones administrativas de Sistemas de Información y Usuario administrador de cada sistema de Información.

200 Fin 7.3 Procedimiento de cambio de contraseña (password).

Alcance del procedimiento: efectuar el cambio de password de usuario de dominio o usuarios de la red (claves de acceso al dominio de TRANSMILENIO S.A.) y a los sistemas de información (JSP7, CORDIS, CAT y SGD).

Lineamientos de cambio de password: ver Manual de Políticas de Seguridad de la Información, versión 1, numeral 8.4.2 Literal d) Identificación y autenticación ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 Inicio Usuario 20 Solicitar el cambio de clave por olvido, bloqueo o por intentos de conexión excedidos, mediante contacto personal, correo electrónico y/o helpdesk ¿La solicitud es para instalación?

¿15?

Funcionario y/o contratista Si: Ir a etapa 30 Agente de mesa No: desinstalar e ir a etapa 70 30 Revisar el requerimiento y las necesidades del usuario. Funcionario y/o contratista Agente de mesa REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-42 • 2019 • FEBRERO • 4 42 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE ¿El requerimiento de instalación es válido?

¿25?

Funcionario y/o contratista Si: Ir a Etapa 40 Agente de mesa No: Ir a Etapa 90 Funcionario y/o contratista 40 Revisar el software del equipo y las necesidades del usuario.

Agente de mesa ¿35?

¿El software y la licencia asociada al software del que se solicita instalación se encuentran disponibles?

Funcionario y/o contratista Agente de mesa Si: Ir a Etapa 60 No: Ir a Etapa 50 Profesional especializado - 50 Coordinador de procesos Corporativos Hacer el requerimiento de compra de software y/o licencia según el caso a través de memorando o requisición formal, en caso de no ser autorizada la compra ir a 90 Funcionario y/o contratista Agente de mesa 60 Instalar el software y actualizar el archivo de inventario de software que se encuentra en la Dirección de TIC´s e ir a etapa 100.

Funcionario y/o contratista 70 Revisar el requerimiento de desinstalación y las necesidades del funcionario.

Agente de mesa ¿El requerimiento de desinstalación es válido?

¿45?

Funcionario y/o contratista Si: Ir a Etapa 80 Agente de mesa No: Ir a Etapa 90 80 Funcionario y/o contratista Agente de mesa Desinstalar el software y actualizar el archivo de inventario software que se encuentra en la Dirección Técnica de TIC´s e ir a etapa 100.

Funcionario y/o contratista 90 Coordinador de mesa Presentar justificación y sugerir alternativas para optimizar el software existente, informar al usuario solicitante las razones que imposibilitan la instalación o desinstalación solicitada. Ir a 170 Funcionario y/o contratista 100 Cerrar el requerimiento en herramienta de soporte o helpdesk (ARANDA).

Agente de mesa Funcionario y/o contratista Coordinador de mesa.

110 Programar la revisión periódica de las aplicaciones instaladas en cada equipo, utilizando el ícono de panel de control ubicado en los PC´s.

Funcionario y/o contratista 120 Comparar aplicaciones instaladas v/s aplicaciones autorizadas.

Agente de mesa 43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-43 • 2019 • FEBRERO • 4 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE ¿El software instalado es autorizado?

¿55?

Funcionario y/o contratista Si: Ir a Etapa 150 Agente de mesa No: Ir a Etapa 130 Funcionario y/o contratista Agente de mesa 130 Desinstalar el software de acuerdo con el manual de la aplicación identificada como no autorizada y los lineamientos descritos en este documento.

Funcionario y/o contratista Agente de mesa 140 Registrar en helpdesk ARANDA y reportar al responsable del área de sistemas para realizar llamado de atención al usuario.

150 Funcionario y/o contratista Agente de mesa Actualizar el archivo de inventario software (R-DT-006 - Archivo de inventario de software), que se encuentra en \\Server-file\TICS\Inventarios, en el que se encuentra en inventario de software por usuario.

Profesional especializado - 160 Coordinador de procesos Corporativos En los casos que aplique, presentar novedades sobre el software instalado al Director(a) Técnico(a) de TIC´s y lo confrontara con la política.

170 Fin 7.4 Cambios de privilegios de acceso a las aplicaciones.

Alcance del procedimiento: Este procedimiento aplica a los sistemas de información (JSP7, CORDIS, CAT y SGD).

ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 Inicio Jefe del área y/o Administrador del módulo.

20 Solicitar el cambio de rol o privilegio frente a una aplicación y/o sistema de información, mediante correo electrónico o helpdesk.

Funcionario y/o contratista 30 Recibir la solicitud y remitirla mediante la mesa de ayuda al profesional competente.

Coordinador de mesa ¿El usuario dispone de los privilegios solicitados?

¿15?

Profesional de Base de No: Ir a Etapa 40 Datos y Aplicaciones Si: Ir a Etapa 50 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-44 • 2019 • FEBRERO • 4 44 ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-007 3 Enero de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Profesional universitario de Base de Datos y 40 Ingresar al módulo de administración de usuarios de la aplicación respectiva revisar y realizar la modificación del rol Aplicaciones ¿Los privilegios otorgados al usuario han sido aplicados?

Profesional universitario de ¿25?

Base de Datos y No: Ir a Etapa 40 Aplicaciones Si: Ir a Etapa 50 Profesional universitario de 50 Informar al coordinador de mesa, la labor realizada Base de Datos y Aplicaciones Funcionario y/o contratista Coordinador de Mesa 60 Registrar la solución dada al requerimiento de privilegios en las aplicaciones e informar al jefe del área o administrador del módulo que realizó el requerimiento en helpdesk.

70 Fin

8. TABLA DE REGISTROS

CÓDIGO NOMBRE UBICACIÓN RESPONSABLE Técnico administrativo 02 Servidor de mesa de de TIC´s y/o profesional Módulo de inventario de software de N/A ayuda ubicado en la herramienta de mesa de ayuda competente. técnico y/o contratista de Data Center soporte de sistemas 45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-45 • 2019 • FEBRERO • 4 TÍTULO:

INSTALACION Y DESINSTALACION DE SOFTWARE Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-016 0 Enero de 2019 BOGOTA TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETO

2. ALCANCE

3. RESPONSABLE

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

5. DEFINICIONES

6. CONDICIONES GENERALES

7. PROCEDIMIENTOS

8. TABLA DE REGISTROS

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-46 • 2019 • FEBRERO • 4 46 TÍTULO:

INSTALACION Y DESINSTALACION DE SOFTWARE Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-016 0 Enero de 2019 BOGOTA

1. OBJETIVO

Establecer los responsables y actividades que se deben seguir en TRANSMILENIO S.A., para el control de instalación y desinstalación software de la Entidad.

2. ALCANCE

Este procedimiento es para la aplicación y conocimiento de los funcionarios y contratistas de la Entidad sobre la instalación y desinstalación de software.

El presente procedimiento permite conocer:

 Qué datos son necesarios para realizar una actividad asociada a la administración de la instalación y desinstalación de software.

 Determinar los responsables encargados de la administración de la instalación y desinstalación de software.

 Las actividades de control a desarrollar por el área de TIC’s, que respalde la administración de la instalación y desinstalación de software.

3. RESPONSABLE

Los responsables por la elaboración y actualización de este procedimiento son: el Profesional especializado Grado (06) Coordinador de procesos Corporativos de la Dirección Técnica de TIC’s y Profesional Especializado Grado (06) – Seguridad Informática.

La revisión y/o actualización de este procedimiento deberá realizarse cuando se considere pertinente por parte de los responsables de su elaboración, actualización y aprobación.

47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-47 • 2019 • FEBRERO • 4 TÍTULO:

INSTALACION Y DESINSTALACION DE SOFTWARE Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-016 0 Enero de 2019 BOGOTA

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

 M-DT-001 Manual de Políticas de Seguridad Informática Versión 2.

 P-DT-005 Compra y actualización de software.

5. DEFINICIONES

Agente de mesa o especialista: es el funcionario y/o contratista encargado de atender de manera directa al usuario que reporta el caso.

Coordinador de mesa: funcionario y/o contratista a quien le llegan todos los casos reportados por los funcionarios y/o contratistas y quien asigna los casos a los agentes de mesa.

Cuenta de correo: servicio online que provee un espacio para la recepción, envío y almacenamiento de mensajes de correo electrónico en internet.

Helpdesk: software mediante el cual el usuario final coloca y hace seguimiento a los requerimientos de la mesa de ayuda.

Hoja de vida de un equipo: es un formato en el cual se detallan todas las especificaciones del equipo, marcas de los diferentes componentes, su estado y los registros de instalación y desinstalación de software.

Inventario de software: es un trabajo organizativo que implica la examinación de los productos de software instalados en los ordenadores y confrontarlo con sus respectivas licencias en función del estado de los registros y el tamaño de la organización. El software es una parte de la gestión IT y activos invertido por las empresas y por lo tanto se debe tener identificado con qué recursos cuenta cada equipo.

Mesa de ayuda: es un conjunto de recursos tecnológicos y humanos, para prestar servicios con la posibilidad de gestionar y solucionar todas las posibles incidencias de manera integral, junto con la atención de requerimientos relacionados a las TIC´s.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-48 • 2019 • FEBRERO • 4 48 TÍTULO:

INSTALACION Y DESINSTALACION DE SOFTWARE Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-016 0 Enero de 2019 BOGOTA Software: se conoce como software al equipamiento lógico o soporte lógico de un sistema informático, que comprende el conjunto de los componentes lógicos necesarios que hacen posible la realización de tareas específicas, en contraposición a los componentes físicos que son llamados hardware.

Lenguaje de consulta estructurado (SQL): es un tipo de lenguaje vinculado con la gestión de bases de datos de carácter relacional que permite la especificación de distintas clases de operaciones entre éstas. La utilización del álgebra y de cálculos relacionales, el SQL brinda la posibilidad de realizar consultas con el objetivo de recuperar información de las bases de datos de manera sencilla.

Tecnologías de la información y la comunicación (TIC): conjunto de servicios, redes, software, aparatos que tienen como fin el mejoramiento de la calidad de vida de las personas dentro de un entorno, y que se integran a un sistema de información interconectado y complementario. Esta innovación sirve para romper las barreras que existen entre cada uno de ellos.

Aplicación de Inventario de software: Herramienta de software que permite monitorear en línea los equipos vinculados en la red LAN de la Entidad, el hardware y software que tienen instalados, permitiendo tener en línea los inventarios de hardware y software instalados en TRANSMILENIO S.A.

6. CONDICIONES GENERALES

 Cualquier licencia de software propiedad de TRANSMILENIO S.A., deberá ser registrada en el inventario de Software de la Dirección de TIC’s.

 Las licencias propiedad de TRANSMILENIO S.A., deberán ubicarse físicamente en un lugar acondicionado para este propósito, bajo resguardo de la Dirección de TIC’s.

 La instalación de Software a equipos de cómputo de propiedad de TRANSMILENIO S.A., se realizará exclusivamente con licencias propiedad de la Entidad o licenciado para el cual se ha adquirido el derecho de uso.

49 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-49 • 2019 • FEBRERO • 4 TÍTULO:

INSTALACION Y DESINSTALACION DE SOFTWARE Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-016 0 Enero de 2019 BOGOTA  En ninguna circunstancia se instalarán licencias propiedad del usuario o de alguna otra Entidad. Excepción a este artículo serán las licencias de prueba (Shareware) o libres (Freeware) previo conocimiento y autorización de la Dirección de TIC’s.

 Es facultad exclusiva de la Dirección de TIC´s realizar la instalación de software en los equipos de cómputo propiedad de TRANSMILENIO S.A.

 En ninguna circunstancia se permitirá al usuario realizar instalaciones de software, esto con el fin de garantizar el buen desempeño del software y de gestionar las licencias propiedad de TRANSMILENIO S.A.

 La solicitud de software especializado o software de libre distribución deberá ser solicitado al jefe del área a la cual el usuario corresponde. Los subgerentes y/o directores a su vez realizarán la solicitud a la Dirección de TIC’s, para su correspondiente trámite de acuerdo con los procedimientos establecidos para tal fin.

7. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO

7.1. Procedimiento para instalación y desinstalación de software en equipo de los usuarios.

Alcance del procedimiento: instalar y/o desinstalar las aplicaciones y el software de apoyo a la gestión en los equipos de los funcionarios y/o contratistas, para el desarrollo de sus actividades diarias.

ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE 10 Inicio Solicitar la instalación o desinstalación del software Subgerentes, Directores personalmente y con soporte escrito mediante y/o Supervisores de 20 herramienta de soporte helpdesk y/o correo electrónico.

Contratos REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-50 • 2019 • FEBRERO • 4 50 TÍTULO:

INSTALACION Y DESINSTALACION DE SOFTWARE Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-016 0 Enero de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE ¿La solicitud es para instalación?

Técnico administrativo 02 ¿15? de TIC y/o contratista Si: Ir a etapa 30 Agente de mesa No: desinstalar e ir a etapa 70 Técnico administrativo 02 de TIC y/o contratista 30 Revisar el requerimiento y las necesidades del usuario.

Agente de mesa ¿El requerimiento de instalación es válido?

¿25?

Técnico administrativo 02 Si: Ir a Etapa 40 de TIC y/o contratista Coordinador de mesa No: Ir a Etapa 90 Revisar el software del equipo y las necesidades del usuario.

Técnico administrativo 02 Y determinar si es instalación o desinstalación así: de TIC y/o contratista 40 Instalación: ir a ¿35?

Agente de mesa Desinstalación: ir a 70 ¿El software y la licencia asociada al software del que se solicita instalación se encuentran disponibles?

Técnico administrativo 02 ¿35? de TIC y/o contratista Si: Ir a Etapa 60 Coordinador de mesa No: Ir a Etapa 50 Hacer el requerimiento de compra de software y/o Profesional especializado - licencia según el caso de acuerdo con el procedimiento Coordinador de procesos 50 P-DT-005 Compra y Actualización de Software.

Corporativos ¿Fue positiva la consecución del software?

Profesional especializado - ¿45?

Coordinador de procesos Si: Ir a etapa 60 Corporativos No: Ir a etapa 90 51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-51 • 2019 • FEBRERO • 4 TÍTULO:

INSTALACION Y DESINSTALACION DE SOFTWARE Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-016 0 Enero de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE Instalar el software y actualizar el archivo de inventario Técnico administrativo 02 de encuentra en la Dirección de TIC´s (archivo R-DT-0 de TIC y/o contratista 60 software que se 06 Archivo de inventario de software). Ir Agente de mesa a 170 Técnico administrativo 02 de TIC y/o contratista 70 Revisar el requerimiento de desinstalación y las necesidades del funcionario.

Agente de mesa ¿El requerimiento de desinstalación es válido?

¿55?

Técnico administrativo 02 de TIC y/o contratista Si: Ir a Etapa 80 Agente de mesa No: Ir a Etapa 90 Técnico administrativo 02 Desinstalar el software y actualizar el archivo de 80 inventario software que se encuentra en la Dirección de TIC y/o contratista Técnica de TIC´s e ir a etapa 100.

Agente de mesa Presentar justificación y sugerir alternativas para Técnico administrativo 02 optimizar el software existente, informar al usuario de TIC y/o contratista 90 solicitante las razones que imposibilitan la instalación o Coordinador de mesa desinstalación solicitada.

Técnico administrativo 02 de TIC y/o contratista 100 Cerrar el requerimiento en herramienta de soporte o helpdesk.

Agente de mesa Programar la revisión periódica de las aplicaciones Técnico administrativo 02 instaladas en cada equipo, utilizando el ícono de panel de TIC y/o contratista 110 de control ubicado en los PC´s.

Coordinador de mesa.

Técnico administrativo 02 Comparar aplicaciones instaladas versus aplicaciones de TIC y/o contratista autorizadas según lo reportado en el archivo R-DT-006 120 Coordinador de mesa. Y el Archivo de inventario de software.

Técnico Administrativo 02 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-52 • 2019 • FEBRERO • 4 52 TÍTULO:

INSTALACION Y DESINSTALACION DE SOFTWARE Código Versión Fecha ALCALDÍA MAYOR DE P-DT-016 0 Enero de 2019 BOGOTA ETAPA ACTIVIDAD RESPONSABLE ¿El software instalado es autorizado?

Técnico administrativo 02 ¿55?

Si: Ir a Etapa 150 de TIC y/o contratista Coordinador de mesa.

No: Ir a Etapa 130 Técnico administrativo 02 Desinstalar el software de acuerdo con el manual de la de TIC y/o contratista aplicación identificada como no autorizada y los 130 lineamientos descritos en este documento.

Agente de mesa Técnico administrativo 02 de TIC y/o contratista 140 Registrar en helpdesk y reportar al responsable del área de sistemas para realizar llamado de atención al usuario.

Agente de mesa Actualizar el archivo de inventario software (R-DT-006 - Técnico administrativo 02 Archivo de inventario de software), que se encuentra en 150 de TIC y/o contratista \\Server-file\TICS\Inventarios, en el que se encuentra en Agente de mesa inventario de software por usuario.

Profesional especializado - En los casos que aplique, presentar novedades sobre el 160 Coordinador de procesos software instalado al Director(a) Técnico(a) de TIC´s.

Corporativos 170 Fin

8. TABLA DE REGISTROS

CÓDIGO NOMBRE UBICACIÓN RESPONSABLE Técnico administrativo 02 de TIC´s y/o profesional R-DT-006 Archivo de inventario de software Intranet competente. técnico y/o contratista de soporte de sistemas 53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6487 • pP. 1-53 • 2019 • FEBRERO • 4

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