Registro Distrital 6476 de 2019
Registro Distrital 6476 de 2019 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 6476
- Año
- 2019
- Fecha
- 18 de enero de 2019
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 51 Número 6476 2019 • ENERO • 18 REGISTRO DISTRITAL DECRETO DE 2019 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Decreto Número 012 (Enero 16 de 2019) saldos no comprometidos, así como aquellas partidas que respalden compromisos adquiridos o cuentas por pagar, se incorporarán mediante decreto del alcalde o gobernador, como ingresos al presupuesto de la si guiente bienalidad, al igual que las apropiaciones que se respaldarán con cargo a los mismos, distinguiendo el tipo de recurso que le dio origen, y respetando la destinación del mismo. (…)”.
“Por medio del cual se realiza el Cierre Presupuestal del Sistema General de Regalías del Bienio 2017-2018, y se incorporan los saldos no ejecutados y un ajuste a los recursos asignados del Sistema al Capítulo Presupuestal Independiente del Sistema General de Regalías del Bienio 2019 – 2020.”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 96 de la Ley 1530 de 2012, el artículo 2.2.4.1.2.7.5 del Decreto Nacional 1082 de 2015, y los numerales 1 y 3 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que con la Circular Externa SPGR_05122018 del 5 de diciembre de 2018, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público señala: “Cierre Presupuestal y Dispo nibilidad Inicial (…) Conforme a la normativa vigente, cada órgano o entidad ejecutora adelantará el cierre de su capítulo presupuestal del Sistema General de Regalías y mediante acto administrativo del jefe de la entidad, incorporará dentro de los diez (10) primeros días de la vigencia inmediatamente siguiente los saldos no ejecutados que corresponderán a la disponibilidad inicial de dicho presupuesto. Para aquellos recursos que han sido gestionados en el Sistema de Presupues to y Giro de Regalías SPGR con pago a destinatario final, el sistema calculará los saldos por girar de dicho proyecto, considerando que la ejecución real está en el ámbito de la entidad respectiva, quien es responsable de determinar las disponibilidades iniciales. (…)”.
Que el Decreto Nacional 1082 de 2015 indica en el ar tículo 2.2.4.1.2.7.5. “Cierre presupuestal del capítulo de regalías. Al terminar cada bienalidad del presupuesto del Sistema General de Regalías, las entidades territo riales realizarán un ejercicio autónomo e independiente de cierre presupuestal para el capítulo de regalías y los Que los Órganos Colegiados de Administración y De cisión (OCAD) de los Fondos de Desarrollo Regional y de Ciencia y Tecnología viabilizaron, priorizaron y aprobaron los siguientes proyectos de inversión designando a Bogotá - Distrito Capital como ejecutor:
I. Fondo de Desarrollo Regional BPIN Proyecto Año aprobación Valor Total proyecto Valor SGR 2015 $27.300.000.000 $25.000.000.000 2015000050079 Construcción y dotación del Centro de Recepción y rehabilitación de Fauna y Flora Silvestre de Bogotá, D.C.
2016000050033 Elaboración de la Encuesta Multipropósito 2017 Bogotá-Cundinamarca 2017 $16.761.722.269 $16.761.722.269 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-1 • 2019 • ENERO • 18 I. Fondo de Desarrollo Regional BPIN Proyecto Año aprobación Valor Total proyecto Valor SGR 2017 $7.000.000.000 $7.000.000.000 2016000050035 Implementación del Sistema de Información para la Planeación y el Seguimiento del Desarrollo Rural de Bogotá D.C.
2017 $3.975.210.000 $3.975.210.000 2017000050001 Estudios y Diseños para la Estrategia de Intervención Integral del área de Influencia del Aeropuerto El Dorado, Bogotá D.C 2017000050018 2017 $2.582.760.000 $2.582.760.000 Estudios y diseños para la estrategia de intervención integral de la cuenca del río Tunjuelo y su ámbito de influencia, Bogotá D.C.
2018 $7.636.885.478,39 $7.636.885.478,39 2018000050014 Estudios y diseños para el desarrollo del parque lineal - tramo calle 80 de ciudad río y obras complementarias, Bogotá D.C.
2018 $4.999.999.099 $4.999.999.099 2017000050019 Consolidación y normalización de la información territorial Bogotá – Cundinamarca.
II. Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación BPIN Proyecto Año aprobación Valor Total proyecto Valor SGR 2017 $12.316.560.000 $11.000.000.000 2016000100038 Fortalecimiento del Centro Interactivo Maloka para la apropiación social de la ciencia y la tecnología en Bogotá D.C.
2016000100031 Desarrollo de un simulador para modelar la ocupación de la ciudad región Bogotá D.C. 2017 $10.265.047.397,00 $ 7.017.199.093,00 proceso contractual alguno a la entrada en vigencia a la expedición de esta norma.
Que las Secretarías Distritales de Planeación, Edu cación y Ambiente, son las entidades encargadas de la ejecución de dichos proyectos de inversión, las cuales presentan apropiaciones por comprometer y compromisos por pagar, tal como se detalla en la parte resolutiva de este Decreto.
Que la Secretaría Distrital de Planeación para la eje cución del proyecto “Elaboración de la Encuesta Mul tiproposito 2017: Bogota - Cundinamarca”, suscribió con el DANE el Convenio 246 de 2017, cuyo objeto era “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y finan cieros para aplicar la Encuesta Multipropósito 2017 Bogotá- Cundinamarca”, del cual se efectuaron dos reintegros de recursos por valor de $118.642.715.08 y $163.042.516.25, provenientes de recursos no eje cutados del convenio, los cuales se realizaron en los meses de septiembre y diciembre de 2018 y el recaudo fue legalizado el recaudo por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con los comprobantes de reintegro presupuestal de gastos n.º 118 y n.º 318.
Que el artículo 16 del Decreto Nacional 2190 de 2016, determinó que los órganos y demás entidades desig nadas como ejecutoras de recursos provenientes de gastos de administración del SGR, Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación, Fondo de Desarrollo Regio nal, 60% del Fondo de Compensación Regional y de los municipios ribereños del Río Grande de la Magdale na y Canal del Dique, deben hacer uso del Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías -SPGR- para realizar la gestión de ejecución de estos recursos y ordenar el pago de las obligaciones legalmente adquiridas directamente desde la cuenta única del SGR a las cuentas bancarias de los destinatarios finales para los proyectos de inversión que no hubieran iniciado Que cada entidad designada como ejecutora de los recursos del Sistema General de Regalías, conforme a la normatividad vigente realizó el cálculo de la dis ponibilidad inicial para lo cual remitió la información REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-2 • 2019 • ENERO • 18 2
DECRETA:
pertinente a la Secretaría de Distrital de Planeación sobre los saldos registrada en el Sistema de Presu puesto y Giro de Regalías SPGR.
Que mediante el Acuerdo 84 del 21 de diciembre de 2018 el Órgano Colegiado de Administración y Deci sión – OCAD del Fondo de Desarrollo Regional de Cen tro Oriente aprobó un ajuste al proyecto “Construcción y Dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C.” del Sistema General de Regalías.
Artículo 1º.
- Efectuar el cierre presupuestal del bienio 2017-2018 del Sistema General de Regalías con base en los recursos que han sido gestionados en el Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías SPGR de conformidad con lo establecido en el Decreto Nacional 2190 de 2016 y los giros efec tivamente realizados e incorporar los saldos no ejecutados, así como los compromisos pendientes de pago que corresponderán a la disponibilidad inicial del Capítulo Independiente del Presupuesto del Sistema General de Regalías para la vigencia fiscal 2019-2020.
Que por lo anterior, se hace necesario incorporar al Capítulo Presupuestal independiente del Sistema Ge neral de Regalías del bienio 2018-2019 los recursos correspondientes al cierre del bienio 2017–2018 que han sido gestionados en el Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías SPGR y el ajuste realizado por el OCAD del Fondo de Desarrollo Regional de Centro Oriente, en el marco del régimen presupuestal de este Sistema.
En mérito de lo expuesto,
Artículo 2º.
- Incorporar al Capítulo Independiente del Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías para el bienio 2019-2020, la suma de CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETEN TA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS M/CTE ($46.777.205.738,39) conforme al siguiente detalle:
INGRESOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2019-2020 ADMINISTRACIÓN CENTRAL CÓDIGO DESCRIPCIÓN DISPONIBILIDAD INICIAL DECRETO NACIONAL 2190 DE 2016 8 INGRESOS 8-2 Recursos Fondos $46.777.205.738,39 8-2-1 Fondo de Desarrollo Regional $32.526.855.315,39 8-2-2 Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación $14.250.350.423,00 Total Presupuesto de Ingresos Sistema General de Regalías $46.777.205.738,39
Artículo 3º.
- Incorporar al Capítulo Independiente del Presupuesto de Gastos del Sistema General de Regalías para el bienio 2019-2020, la suma de CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS M/CTE ($46.777.205.738,39) conforme al siguiente detalle:
GASTOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2019-2020 ADMINISTRACIÓN CENTRAL Vigencia Decreto Nacional 2190 de 2016 CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR GASTOS $29.712.668.642,39 APROPIACIÓN POR COMPROMETER $18.275.228.243,39 001 Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación FCTI $900.847.426,00 001-3902 Programa: Investigación con Calidad e Impacto $900.847.426,00 001-3902-1003 Subprograma: Planificación y Estadística $900.847.426,00 001-3902-1003-2016- 00010-0031 Desarrollo de un simulador para modelar la ocupación de la Ciudad Región Bogotá D.C. $900.847.426,00 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-3 • 2019 • ENERO • 18 CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR 002 Fondo de Desarrollo Regional $17.374.380.817,39 002-1799 Programa: Fortalecimiento de la Gestión y Dirección del Sector Agropecuario $2.692.000.000,00 002-1799-1100 Subprograma: Intersubsectorial Agropecuario $2.692.000.000,00 002-1799-1100-201600005- 0035 Implementación del Sistema de información para la planeación y el seguimiento del desarrollo rural de Bogotá D.C $2.692.000.000,00 002-3205 Programa: Ordenamiento Ambiental Territorial $1.311.473.935,00 002-3205-0900 Subprograma: Intersubsectorial Ambiental $1.311.473.935,00 002-3205-0900 2017-00005-0018 Estudios y diseños para la estrategia de intervención integral de la Cuenca del Río Tunjuelo y su ámbito de influencia, Bogotá $1.311.473.935,00 002-4002 Programa: Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano $13.141.650.826,00 002-4002-0608 Subprograma: Transporte Aéreo $504.766.250,00 002-4002-0608-2017- 000050001 Estudios y diseños para la estrategia de intervención integral del área de influencia del Aeropuerto El Dorado. Bogotá D.C $504.766.250,00 002-4002-1400 Subprograma: Intersubsectorial Vivienda y Desarrollo Territorial $7.636.885.477,39 002-4002-1400-2018- 00005-0014 Estudios y diseños para el desarrollo del parque lineal - tramo Calle 80 de Ciudad Río y obras complementarias, Bogotá $7.636.885.477,39 002-4002-1403 Subprograma: Desarrollo Territorial $4.999.999.099,00 002-4002-1403-2017- 00005-0019 Consolidación y normalización de la información territorial Bogotá, Cundinamarca $4.999.999.099,00 002-4099 Programa: Fortalecimiento de la Gestión y Dirección del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio $229.256.056,00 002-4099-1400 Subprograma: Intersubsectorial Vivienda y Desarrollo Territorial $229.256.056,00 002-4099-1400-2016- 00005-0033 Elaboración de la Encuesta Multipropósito 2017: Bogotá - Cundinamarca $229.256.056,00 COMPROMISOS POR PAGAR $11.437.440.399,00 001 Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación FCTI $6.105.485.000,00 001-3902 Programa: Investigación con Calidad e Impacto $6.105.485.000,00 001-3902-1003 Subprograma: Planificación y Estadística $6.105.485.000,00 $6.105.485.000,00 001-3902-1003-2016- 00010-0031 Desarrollo de un simulador para modelar la ocupación de la Ciudad Región Bogotá D.C.
002 Fondo de Desarrollo Regional $5.331.955.399,00 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-4 • 2019 • ENERO • 18 4 CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR 002-1799 Programa: Fortalecimiento de la Gestión y Dirección del Sector Agropecuario $1.785.324.000,00 002-1799-1100 Subprograma: Intersubsectorial Agropecuario $1.785.324.000,00 $1.785.324.000,00 002-1799-1100-2016- 00005-0035 Implementación del Sistema de información para la planeación y el seguimiento del desarrollo rural de Bogotá D.C 002-3205 Programa: ordenamiento ambiental territorial $1.271.286.065,00 002-3205-0900 Subprograma: Intersubsectorial Ambiental $1.271.286.065,00 $1.271.286.065,00 002-3205-0900 2017-00005-0018 Estudios y diseños para la estrategia de intervención integral de la Cuenca del Río Tunjuelo y su ámbito de influencia, Bogotá 002-4002 Programa: Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano $2.060.808.667,00 002-4002-0608 Subprograma: Transporte Aéreo $2.060.808.667,00 $2.060.808.667,00 002-4002-0608-2017- 00005-0001 Estudios y diseños para la estrategia de intervención integral del área de influencia del Aeropuerto El Dorado. Bogotá D.C $214.536.667,00 002-4099 Programa: Fortalecimiento de la Gestión y Dirección del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio 002-4099-1400 Subprograma: Intersubsectorial Vivienda y Desarrollo Territorial $214.536.667,00 002-4099-1400-2016- 00005-0033 Elaboración de la Encuesta Multipropósito 2017: Bogotá - Cundinamarca $214.536.667,00 112 Secretaría de Educación del Distrito CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR GASTOS $7.244.017.997,00 Apropiación por comprometer $52.717.450,00 001 Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación Fcti $52.717.450,00 $52.717.450,00 001-3904 Programa: Generación de una Cultura que Valora y Gestiona el Conocimiento y la Innovación 001-3904-1504 Subprograma: Atención de la Familia, Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Juventud $52.717.450,00 001-3904-1504-2016- 00010-0038 Fortalecimiento del centro interactivo Maloka para la apropiación social de la ciencia y la tecnología en Bogotá D.C $52.717.450,00 Compromisos por pagar $7.191.300.547,00 001 Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación fcti $7.191.300.547,00 001-3904 Programa: Generación de una Cultura que Valora y Gestiona el Conocimiento y la Innovación $7.191.300.547,00 001-3904-1504 Subprograma: Atención de la Familia, Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Juventud $7.191.300.547,00 001-3904-1504-2016- 00010-0038 Fortalecimiento del centro interactivo Maloka para la apropiación social de la ciencia y la tecnología en Bogotá D.C $7.191.300.547,00 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-5 • 2019 • ENERO • 18 126 Secretaría Distrital de Ambiente CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR Gastos $9.820.519.099,00 Apropiación por Comprometer $128.025.235,00 002 Fondo de Desarrollo Regional $128.025.235,00 002-0111 Programa: Construcción de Infraestructura Propia del Sector $128.025.235,00 002-0111-0900 Subprograma: Intersubsectorial Ambiente $128.025.235,00 002-0111-0900- 2015-00005-0079 Construcción y Dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C. $128.025.235,00 Compromisos por Pagar $9.692.493.864,00 2 Fondo de Desarrollo Regional $9.692.493.864,00 002-0111 Programa: Construcción de Infraestructura Propia del Sector $9.692.493.864,00 002-0111-0900 Subprograma: Intersubsectorial Ambiente $9.692.493.864,00 0 0 2 - 0 1 1 1 - 0 9 0 0 - 2015-00005-0079 Construcción y dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C. $9.692.493.864,00
Artículo 4º.
- Incorporar al capítulo independiente del Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías de Bogotá Distrito Capital el ajuste aprobado por el OCAD del Fondo de Desarrollo Regional de Cen tro Oriente mediante Acuerdo 84 del 21 de diciembre
de 2018, con el cual se asignaron recursos adiciona les por la suma de MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE PESOS CON SE TENTA Y DOS CENTAVOS ($ 1.226.799.727,72) así:
INGRESOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2019-2020 ADMINISTRACIÓN CENTRAL CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR 8 INGRESOS 8-2 Recursos Fondos $1.226.799.727,72 8-2-1 Fondo de Desarrollo Regional $1.226.799.727,72 Total Presupuesto de Ingresos Sistema General de Regalías $1.226.799.727,72
Artículo 5º.
- Incorporar al capítulo independiente del Presupuesto de Gastos del Sistema General de Regalías de Bogotá Distrito Capital el ajuste aprobado mediante Acuerdo 84 del 21 de diciembre de 2018 por el OCAD del Fondo de Desarrollo Regional de Centro
Oriente, con el cual se asignaron recursos adiciona les por la suma de MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE PESOS CON SE TENTA Y DOS CENTAVOS ($ 1.226.799.727,72) así:
GASTOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2019-2020 ADMINISTRACIÓN CENTRAL 126 Secretaría Distrital de Ambiente CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR GASTOS 002 Fondo de Desarrollo Regional $1.226.799.727,72 002-0111 Programa: Construcción de infraestructura propia delsector $1.226.799.727,72 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-6 • 2019 • ENERO • 18 6 002-0111-0900 Subprograma: Intersubsectorial ambiente $1.226.799.727,72 002-0111-0900- 2015-00005-0079 Construcción y dotación del centro de recepción y rehabilitación de flora y fauna silvestre de Bogotá, D.C. $1.226.799.727,72 Total Presupuesto de Gastos $1.226.799.727,72
Artículo 6º.
- Las entidades ejecutoras de los recur sos del Sistema General de Regalías a que se refiere este Decreto, tendrán la responsabilidad de adelantar las gestiones pertinentes para la debida ejecución de estos recursos.
Que la provisión de los empleos cuya naturaleza son de carrera administrativa se hará conforme a lo estableci do en la Ley 909 de 2004, es decir, mediante concurso de méritos proceso que se encuentra adelantando la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).
Artículo 7º.
- El presente Decreto rige a partir del día siguiente de la fecha de su publicación.
Que mientras se proveen estos empleos por concurso de méritos, la Entidad proveerá las vacantes definitivas y temporales de manera transitoria mediante la figura de Encargo.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días del mes de enero de dos mil diecinueve (2019).
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda Que en aras de garantizar la efectiva prestación del servicio y en atención a lo establecido en la Ley 909 de 2004, sus Decretos reglamentarios y los paráme tros establecidos por la Entidad para la asignación de encargos, la Secretaría Distrital de Hacienda adelantó un proceso para proveer las vacantes definitivas y tem porales de la nueva planta de cargos de la Entidad, el cual en su desarrollo contempló de manera estricta lo establecido en la normativa aplicable vigente.
ANDRÉS ORTÍZ GÓMEZ Secretario Distrital de Planeación RESOLUCIONES Que el Decreto No. 4968 del 27 de diciembre de 2007 establece que el nombramiento provisional procederá de manera excepcional siempre que no haya emplea dos de carrera que cumplan con los requisitos y el perfil para ser encargados y no haya lista de elegibles vigente que pueda ser utilizada.
SECRETARÍA DE HACIENDA Resolución Número SDH-000006 (Enero 17 de 2018)
“Por la cual se efectúa unos nombramientos provisionales”
LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE Que la Circular de la CNSC No. 003 del 11 de junio de 2014 señala que a partir del 12 de junio de 2014, la CNSC no otorgará autorizaciones para proveer transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento en provisionalidad, en razón al Auto de fecha 5 de mayo de 2014, proferido por el H. Consejo de Estado, mediante el cual se suspendió provisionalmente apartes del Decreto 4968 de 2007 y la Circular No. 005 de 2012 de la CNSC.
BOGOTÁ D.C., en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º del decreto 101 del 13 de abril de 2004, y Que por necesidades del servicio y mientras es remi tida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva se requiere realizar nombramientos provisionales.
CONSIDERANDO:
Que la Subdirección del Talento Humano verificó el cumplimiento de los requisitos señalados en la Reso lución No. SDH-000101 del 15 de abril de 2015 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Cargos de la Secretaría Distrital de Hacienda”, así Que mediante los Decretos Distritales 600 y 601 de 2014, este último modificado por el Decreto 364 de 2015 y el Decreto 607 de 2017, se estableció la planta de cargos y la nueva estructura de la Entidad, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.
7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-7 • 2019 • ENERO • 18 En mérito de lo expuesto, como lo establecido en el Decreto No. 367 del 9 de septiembre de 2014.
RESUELVE:
Que la Subdirección del Talento Humano verificó y no existen funcionarios de carrera administrativa que cumplan con los requisitos específicos del perfil de cada cargo o existiendo funcionarios de carrera, ma nifestaron no estar interesados en los cargos.
Artículo 1º.
Nombrar con carácter provisional a las siguientes personas en un cargo con vacancia definitiva de la planta de la Secretaría Distrital de Hacienda:
ID. Cédula
Nombres y
Apellidos Denominación Cód. G. Asignación Básica Dependencia Dirección OPEC 102211 7.316.318 212929 Profesional Especializado 222 21 $ 3.697.473 Oficina de Inteligencia Tributaria DANIEL RICARDO RONCANCIO PARRA Despacho del Director de Impuestos de Bogotá 102191 80.146.650 212878 Profesional Universitario 219 18 $ 3.351.071 EDGAR HERNANDO CALVO BERMÚDEZ Oficina de Registro y Gestión de la Información Despacho del Director de Impuestos de Bogotá
Artículo 2º.
Nombrar con carácter provisional a la siguiente persona en un cargo con vacancia temporal de la planta de la Secretaría Distrital de Hacienda:
ID Cédula Nombres y Apellidos Denominación Código G. Asignación Básica Dependencia Dirección Titular del cargo Auxiliar Administrativo 407 22 $2.249.131 103306 24.729.335 LILIANA SALAZAR MUÑOZ Subdirección de Gestión Documental Despacho del Director de Gestión Corporativa Dolly Consuelo Berdugo Carreño 103006 79.745.196 Técnico Operativo 314 12 $ 2.231.366 Subdirección de Proyectos Especiales Despacho del Subsecretario General OSCAR LEONARDO URIBE URREGO Argenis Patricia Monroy Cárdenas Resolución Número SDH-000007 (Enero 17 de 2019)
“Por la cual se implementa el teletrabajo en la Secretaría Distrital de Hacienda”
Artículo 3º.
Los nombramientos provisionales se podrán dar por terminados cuando sea remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera defi nitiva los empleos, en caso de que el titular del empleo regrese a su cargo o cuando se configure alguna de las situaciones señaladas por la Corte Constitucional mediante Sentencia No. SU – 917 de 2010.
Artículo 4º.
La presente Resolución rige a partir de su fecha de su expedición.
LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 1221 de 2008, artículos PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
2.2.1.5.1. a 2.2.1.5.14. del Decreto 1072 de 2015, el artículo 2º del Decreto 596 del 2013 y
CONSIDERANDO:
Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de enero de dos mil diecinueve (2019).
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda Que la Ley 1221 de 2008, “Por la cual se establecen normas para promover y regular el Teletrabajo y se dictan otras disposiciones”, tiene por objeto promover y regular el Teletrabajo como un instrumento de gene ración de empleo y autoempleo mediante la utilización REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-8 • 2019 • ENERO • 18 8 de tecnologías de la información y las telecomunica ciones (TIC).
Que mediante Decreto Distrital 596 de 2013, el Alcalde Mayor dictó las medidas para la aplicación del teletra bajo en los organismos y entidades del Distrito Capital.
Que en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de Resolución junto con la exposición de motivos se publicó en el Portal Web de la Secre taría Distrital de Hacienda, durante 3 días del 28 de septiembre de 2018, hasta el 3 de octubre de 2018, sin que se hubieran recibido comentarios por parte de la ciudadanía.
Que el texto que se suscribe es sustan cialmente idéntico al que se publicó con anterioridad.
Que en mérito de lo expuesto, este Despacho Que mediante Decreto Nacional 1072 de 2015 se establecen las condiciones laborales especiales del teletrabajo que regirán las relaciones entre empleado res y teletrabajadores que se desarrollen en el sector público en relación de dependencia.
RESUELVE:
Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor esta bleció el documento “Lineamiento para la Implemen tación del Modelo de teletrabajo de la Administración Distrital”.
Artículo 1°.
- Objeto y Ámbito de aplicación. Implementar el Teletrabajo en la Secretaría Distrital de Hacienda como una forma de organización laboral que será aplicable a los(as) servidor(es) públicos(as) que laboran en la entidad que cumplan con las con diciones señaladas en la presente resolución, en las disposiciones reglamentarias vigentes o las normas que las complementen o modifiquen, y que desempe ñen funciones que puedan ser desarrolladas a través del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Que mediante Acuerdo Distrital 710 del 29 de junio de 2018 “se determinan los lineamientos para el fomento, la generación de empleo y el trabajo para personas con discapacidad y adultos mayores que requieren cuidado permanente y sus cuidadores y cuidadoras en el Distrito Capital, se establece una estrategia para la atención integral de cuidadores y cuidadoras y se dictan otras disposiciones.”
Parágrafo. - En atención a la naturaleza técnica de
la Secretaría Distrital de Hacienda, no podrá emplearse esta figura para aquellos cargos y funciones que, por necesidad del servicio, deban ser desempeñadas de forma presencial en las instalaciones de la Entidad o por razones de seguridad de la información o de atención personalizada a los usuarios o cuyas labores impliquen el desplazamiento constante del servidor público de esta Secretaría a otras instituciones.
Artículo 2º.
- Alcance de la aplicación del teletra bajo. La implementación del teletrabajo como nueva forma de organización laboral se desarrollará de mane ra progresiva y voluntaria utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).
Que mediante concepto de radicado número 20136000162221 del 24 de octubre de 2013 el Depar tamento Administrativo de la Función Pública señaló en relación con el ajuste a los manuales de funciones de las entidades para implementar el teletrabajo que: “… es necesario manifestar que la Dirección de Desarrollo Organizacional de este Departamento ha conceptuado que no es necesario modificar los manuales de fun ciones de las entidades públicas, basta con identificar qué actividades son susceptibles de ser desarrolladas mediante esta modalidad laboral. Así las cosas, se debe identificar en cada organización o ente público, que procesos o que actividades laborales pueden ser desarrolladas a distancia utilizando herramientas tec nológicas, partiendo de su mapa de procesos.”
El teletrabajo no es un derecho del servidor público, toda vez que la entidad puede aceptar o rechazar la propuesta si no lo considera pertinente. Tampoco es facultad de la Entidad, toda vez que el servidor público puede optar por aceptar o no la propuesta.
Que mediante la Resolución SDH-000022 del 16 de febrero de 2018 se fijaron los lineamientos para la im plementación del Teletrabajo en la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 3º.
- Modalidad de teletrabajo. Se podrá autorizar el teletrabajo en la modalidad de “teletraba jo suplementario”, en la que se laboran máximo dos (2) días a la semana en el lugar de residencia y el resto de tiempo en las instalaciones de la entidad, de conformidad con las funciones desarrolladas por el teletrabajador y lo acordado con su superior inmediato, siempre cumpliendo con la jornada mínima de trabajo estipulada correspondiente a 42,5 horas semanales.
Que durante la ejecución del Plan Piloto de Teletrabajo y de acuerdo con la evaluación realizada, se obtuvieron los resultados esperados y en general no se presen taron dificultades con la prestación del servicio y se mejoraron las condiciones de calidad de vida laboral de quienes formaron parte del mismo, lo cual permite concluir la viabilidad de la implementación del Teletra bajo como una forma de organización laboral al interior de la Secretaría Distrital de Hacienda.
9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-9 • 2019 • ENERO • 18 En la resolución que la conceda se deberán indicar los días y los horarios en que el teletrabajador realizará sus actividades, para efectos de delimitar la respon sabilidad en caso de accidente de trabajo.
- Cuando el número de candidatos a teletrabajar que aprueben la entrevista sea superior a los cu pos para teletrabajadores, el Comité Coordinador de Teletrabajo de la Secretaría Distrital de Hacien da preseleccionará los participantes teniendo en cuenta los criterios de prioridad señalados en el Lineamiento para la implementación del modelo de teletrabajo en la Administración Distrital, así:
Parágrafo. - De manera excepcional y atendiendo
a circunstancias de fuerza mayor, la Secretaría Distrital de Hacienda podrá autorizar la modalidad del teletra bajo autónomo.
1. Discapacidad o movilidad reducida.
2. Con hijos o padres en situación de discapacidad que requieran su presencia.
3. Con hijos en la etapa de primera infancia (de 0 a 5 años de edad).
4. Bajo indicaciones médicas especiales.
Artículo 4.
- Acuerdo de voluntariedad. De confor midad con lo establecido en el numeral 10 del artículo 6º de la Ley 1221 de 2008, la vinculación a través del teletrabajo es voluntaria, tanto para la Secretaría como para el trabajador. Para tal efecto, se suscribirá un acuerdo de voluntariedad entre la entidad y el servi dor a quien se le otorgue la modalidad del teletrabajo. Una vez suscrito el acuerdo, este obliga a las partes a cumplir las condiciones allí establecidas.
5. En situación de desplazamiento forzado.
6. Madre o padre cabeza de familia
Artículo 5º.
- Procedimiento a través del cual lo Servidores Públicos pueden acceder al teletrabajo:
Para acceder a la modalidad del teletrabajo es nece sario cumplir con las siguientes fases:
7. Lactantes o gestantes que puedan desempeñarse en actividades teletrabajables y que de manera voluntaria acepten esta modalidad.
a.- Proceso de Selección de los Teletrabajadores
8. Residentes en zonas rurales apartadas.
- La Secretaría Distrital de Hacienda, de conformi dad con la disponibilidad de recursos tecnológicos, definirá el número de cupos para teletrabajadores.
- La Subdirección del Talento Humano realizará visita domiciliaria a los servidores públicos pre seleccionados con acompañamiento de la ARL y de la Dirección de Informática y Tecnología, para verificar las condiciones físicas y tecnológicas del puesto de trabajo. En caso de requerir alguna adecuación especial, el teletrabajador deberá garantizar que antes del inicio del Teletrabajo, estas condiciones estén solucionadas. En todo caso, el puesto de trabajo deberá cumplir con las condiciones requeridas para poder autorizar la condición de teletrabajador.
- La Dirección de Gestión Corporativa, a través de la Subdirección del Talento Humano, realizará la convocatoria a los servidores públicos que desempeñen cargos de carrera, provisionales y empleos temporales, que de manera voluntaria se quieran postular a la modalidad de Teletrabajo, de acuerdo con las condiciones que allí se determi ne. Los postulantes deberán tener en cuenta las actividades no susceptibles de teletrebajar que se indiquen en la convocatoria.
- El Comité Coordinador del Teletrabajo definirá el listado de servidores públicos a quienes se les autorizará la modalidad de teletrabajo, de acuerdo con los resultados del proceso de selección.
- Recibidas las solicitudes, la Subdirección del Ta lento Humano verificará si las funciones del cargo son teletrabajables.
b.- Autorización a Teletrabajar y suscripción del acuerdo de voluntariedad
- Una vez confirmada la lista de los posibles te letrabajadores por parte de la Subdirección del Talento Humano, se comunicará al jefe inmediato del postulante para que diligencie la Matriz de Evaluación del Teletrabajo.
Una vez finalizada la fase anterior, la Dirección de Gestión Corporativa emitirá los actos administrati vos de autorización para trabajar en la modalidad de teletrabajo y notificado el teletrabajador se procederá a suscribir el acuerdo de voluntariedad entre el teletrabajador y la Secretaría Distrital de Hacienda, con el cual se formalizará la volun tariedad del servidor público a la modalidad del teletrabajo. Así mismo, quedará constancia de la
- Si el resultado del diligenciamiento de la matriz es favorable, el postulante para teletrabajar deberá presentar una entrevista de evaluación de com petencias, para lo cual, la Secretaría Distrital de Hacienda podrá apoyarse en otras entidades com petentes para realizar este tipo de evaluaciones.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-10 • 2019 • ENERO • 18 10 las actividades programadas por las dependencias internas, así como para demostrar el cumplimiento de sus labores y horas de trabajo respectivas. reversibilidad de la modalidad ya sea por voluntad del teletrabajador, necesidad del servicio, el bajo rendimiento laboral, el incumplimiento de objetivos y funciones asignadas al teletrabajador, entre otras.
La Subdirección del Talento Humano procederá a registrar la novedad ante la ARL. c.- Inducción y acondicionamiento al puesto de tra bajo.
Artículo 7°.
- Costos asociados a la modalidad del teletrabajo. La entidad suministrará el equipo de cómputo al teletrabajador y realizará su mantenimiento, y asumirá los costos derivados de conexión y energía que se generen en el desarrollo de las funciones. Bajo ninguna circunstancia, dicho reconocimiento tendrá efectos salariales o prestacionales.
Artículo 8°.
- Condiciones técnicas e informáti cas. El teletrabajador deberá contar con un espacio adecuado independiente y como mínimo con los si guientes elementos de trabajo en su lugar de domicilio:
Una vez suscrito el acuerdo de voluntariedad, se fijará la fecha por parte de la Dirección de Informática y Tec nología y la Subdirección Administrativa y Financiera para la instalación del equipo que le sea asignado al teletrabajador. Esta actividad deberá ser previa al inicio de las labores bajo dicha modalidad. a. Conexión de banda ancha con velocidad adecua da y suficiente para las actividades que tiene que desarrollar. b. Silla, escritorio y teléfono fijo.
La Subdirección del Talento Humano capacitará a los teletrabajadores en temas como: riesgos laborales, vida saludable y pausas activas e igualmente la Dirección de Informática y Tecnología dictará una capacitación sobre acceso remoto y demás condiciones tecnológicas que serán utilizadas en la modalidad del teletrabajo. c. Contar con condiciones ambientales en cuanto a iluminación, atmosféricas y sonoras adecuadas para realizar la labor y promover su salud.
Artículo 6º.
- Deberes y obligaciones del tele trabajador: El teletrabajador sigue siendo servidor(a) público(a) por lo cual debe seguir cumpliendo con los deberes y obligaciones que le corresponde por ley, sin embargo, es importante precisar los siguientes:
La entidad proporcionará, instalará y mantendrá los equi pos informáticos requeridos para llevar a cabo el teletrabajo en calidad de préstamo y facilitará el apoyo técnico y el servicio adecuado de los equipos y programas informáticos a través de los medios internos dispuestos para tal fin.
1. Dedicar la totalidad de la jornada laboral en la modalidad de teletrabajo al desarrollo de las funciones encomendadas y rendir los informes respectivos solicitados por su jefe inmediato, con la oportunidad y periodicidad que se determine.
2. Diligenciar la información contenida en los forma tos específicos determinados para esta modalidad relacionada con la aplicación del teletrabajo.
Artículo 9°.
- Custodia de los elementos de tra bajo. El teletrabajador se compromete a hacer uso adecuado del equipo proporcionado, así como de las herramientas que la Secretaría ponga a su disposición y a utilizarlas exclusivamente con los fines laborales definidos. En caso de efectuarse un uso indebido de los equipos de cómputo suministrados, conforme con los lineamientos consagrados por la Secretaría, la responsabilidad por el daño o pérdida de estos será trasladada al teletrabajador, sin perjuicio de las acciones disciplinarias o fiscales que procedan.
3. Acatar las normas aplicables al teletrabajo en lo relacionado con la seguridad social integral, incluida la promoción de la salud y prevención de los riesgos laborales, de conformidad con lo establecido por la entidad de riesgos laborales a la cual se encuentre afiliado.
Parágrafo. Finalizado el término dispuesto para llevar
a cabo la modalidad de teletrabajo, el teletrabajador debe reintegrar los equipos informáticos que se le hayan asig nado en el mismo estado en que estos fueron recibidos, exceptuando el natural deterioro ocasionado por el uso de estos.
4. Cumplir la política de uso y seguridad de la infor mación de la entidad, así como dar buen uso a los equipos y programas informáticos, protección de datos personales, propiedad intelectual y seguridad de la información que se encuentren señaladas en la Ley.
Artículo 10°.
- Uso de la información. El acceso a los diferentes entornos y sistemas informáticos de la en tidad será efectuado siempre y en todo momento bajo el control y la responsabilidad del(a) servidor(a) público(a), siguiendo los procedimientos y lineamientos de seguridad de la información establecidos por la entidad.
5. Mantener contacto diario con los servidores públi cos de la entidad que se requiera, de manera que le permita estar informado de todas y cada una de
11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-11 • 2019 • ENERO • 18 El jefe inmediato también podrá dar por terminada la modalidad de teletrabajo, previo informe a la Subdirec ción del Talento Humano cuando: a) se requiera por necesidad del servicio, b) se evidencie que no se están cumpliendo con las condiciones establecidas entre el teletrabajador y la entidad o los requisitos dispuestos en la normatividad que regule la materia, o c) o cuando se den algunas de las causales que por ley se dispone para el retiro del servicio, contempladas en el artículo 41 de la Ley 909 de 2004.
Así mismo, el servidor público se debe comprometer a respetar la legislación en materia de protección de datos, las políticas de privacidad y de seguridad de la información que la entidad ha implementado, como también a: i) utilizar los datos de carácter personal a los que tenga acceso única y exclusivamente para cumplir con sus obligaciones para con la entidad; ii) cumplir con las medidas de seguridad que la entidad haya implementado para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los datos de carácter personal a los que tenga acceso; iii) a no ceder en ningún caso a terceras personas los datos de carácter personal a los que tenga acceso, ni tan siquiera a efectos de su conservación.
Artículo 15°.
- Coordinación para la implementa ción del teletrabajo. La coordinación del teletrabajo en la entidad estará bajo responsabilidad de la Subdirec ción del Talento Humano, con el acompañamiento de la Dirección de Informática y Tecnología quien deberá prestar el apoyo técnico requerido.
Artículo 11°.
- Derechos del teletrabajador. El teletrabajador gozará de los mismos derechos contem plados para los servidores públicos de la entidad en materia de capacitación y bienestar, para lo cual el ser vidor público deberá consultar de manera permanente el buzón del correo institucional, para estar informado de la oferta en capacitación y de la programación de los planes de bienestar a los que puede acceder.
Artículo 16°.
- Comité Coordinador del Teletraba jo. Se crea el Comité Coordinador del Teletrabajo, el cual estará integrado por el (la) Director(a) de Gestión Corporativa, el(a) Director(a) de Informática y Tecno logía, el(a) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, el(a) Director(a) Jurídico(a) y el(a) Subdirector(a) del Talento Humano. Las funciones del Comité serán las establecidas en el artículo 4° del Decreto 596 de 2013, o las normas que lo aclaren, modifiquen o sustituyan.
Artículo 12°.
- Soportes de la actividad del tele trabajador. Para el desarrollo del artículo 6° de la Ley 1221 de 2008, una vez seleccionado el(la) servidor(a), deberán reposar debidamente diligenciados en la his toria laboral, los siguientes documentos:
a. El Acuerdo de Voluntariedad,
Artículo 17°.
- Secretaría Técnica: Actuará como Secretario(a) Técnico el (la) Subdirector(a) del Talento Humano, o quien éste designe y tendrá las siguientes funciones:
b. La resolución “Por medio de la cual se autoriza trabajar bajo la modalidad de teletrabajo a un servidor público”;
1. Planear, hacer seguimiento a la implementación de los compromisos acordados en las reuniones adelantadas por el comité.
c. El acta de visita al lugar de residencia donde se constató el cumplimiento de los requisitos técnicos y logísticos para desarrollar el teletrabajo definidos en el artículo 8º de la presente Resolución;
2. Programar las reuniones del comité, iniciar las sesiones, verificar el quórum, leer el orden del día y recoger las firmas de los asistentes.
3. Elaborar el acta de cada sesión.
d. Documento mediante el cual se le comunica a la ARL la decisión de concederle al empleado la modalidad del teletrabajo.
4. Velar por la custodia temporal y posterior traslado al archivo central y a la hoja de vida de los teletra bajadores de los originales de las actas y demás documentos que se recopilen en relación con el teletrabajo en la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 13°.
- Duración. La duración de la auto rización para teletrabajar deberá señalarse en el res pectivo acto administrativo que la autoriza y no podrá ser superior a un (1) año. En caso de requerirse su continuidad se podrá prorrogar por igual término previa solicitud del jefe inmediato.
Artículo 18°.
- Sesiones. El Comité Coordinador de Teletrabajo se reunirá de manera ordinaria una vez cada (6) seis meses, previa convocatoria de la Secre taría Técnica y podrá tener reuniones extraordinarias cuando así se estime pertinente.
Artículo 19°.
- Líder del Modelo de Teletrabajo. Establecer como líder para la operatividad del modelo a la Subdirección del Talento Humano.
Artículo 14°.
- Reversibilidad. El teletrabajador podrá solicitar la terminación de la modalidad de tele trabajo, para lo cual deberá enviar comunicación a la Subdirección del Talento Humano con una antelación de quince (15) días hábiles. La Subdirección del Ta lento Humano dará el trámite a que haya lugar.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-12 • 2019 • ENERO • 18 12
Artículo 20°.
- Jornada de trabajo. La disponibi lidad del teletrabajador deberá estar acorde con la jornada de trabajo prevista para los demás servidores públicos de la Secretaría Distrital de Hacienda.
De igual forma, deberá autorizar las visitas de asisten cia para las actividades de seguridad y salud en traba jo. No obstante, estas visitas deberán ser previamente programadas de manera conjunta y no se podrán rea lizar de manera arbitraria y sin consentimiento de éste.
Artículo 21°.
- Requisitos. Establecer como condi ciones para ser teletrabajador las siguientes:
1. Ser servidor público de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Parágrafo. En el caso en que la entidad determi
ne la necesidad de hacer la visita, pero no exista el consenso con el trabajador, éste no podrá aplicar a la modalidad del teletrabajo.
2. Que las funciones y actividades que desempeña puedan ser cumplidas fuera del lugar de trabajo, con apoyo de la Dirección de Informática y tecno logía.
Artículo 25°.
- Vigencia y derogatorias. La pre sente resolución rige a partir de la fecha de su publi cación en el Registro Distrital y deroga la la Resolución SDH-000022 del 16 de febrero de 2018 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
3. Contar con aprobación escrita del jefe inmediato.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
4. Contar con las competencias comportamentales necesarias para en el proceso de selección.
Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de enero de dos mil diecinueve (2019).
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda
5. Que las condiciones familiares, tecnológicas y físicas de la residencia, sean aptas para el desa rrollo de la labor, lo cual se validará en la visita domiciliaria que previamente será acordada y consentida por el servidor.
Resolución Número 89-DDI-001429,
6. Haber cumplido como mínimo un año de servicio en el cargo a teletrabajar; esto incluye el evento de las personas que acceden a un encargo.
2019EE3841 (Enero 16 de 2019)
“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el
Artículo 22°.
- Registro de teletrabajadores. La Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda se encargará de llevar el registro de los teletrabajadores al servicio de la entidad.
artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”
EL JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE
Artículo 23°.
- Control y evaluación al teletrabaja dor. El seguimiento al cumplimiento de las obligaciones laborales del teletrabajador corresponde a cada jefe inmediato, sin perjuicio del control que pueda ejercer la Subdirección del Talento Humano.
IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.
CONSIDERANDO:
Artículo 24°.
- Seguridad y Riesgos Laborales. La entidad debe realizar la verificación de las condicio nes del lugar destinado al teletrabajo comprobando el cumplimiento de los lineamientos de seguridad y salud en el trabajo con la asesoría de la administradora de riesgos laborales. Además, deberá cumplir con las obligaciones en riesgos laborales y en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG- SST) definidas en la normatividad vigente.
El(a) servidor público (a) debe cumplir las condiciones especiales sobre la prevención de riesgos laborales, e informar las condiciones de trabajo con el fin de de terminar los peligros presentes en el lugar de trabajo, sobre los cuales la entidad implementará los correc tivos necesarios.
Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.
13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-13 • 2019 • ENERO • 18
Artículo 2º.
Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en el siguiente anexo: Anexo No. 1 con 137 Registros.
Artículo 3º.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:
OFICINA TIPO DE ACTO Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del ar tículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos adminis trativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias GENERAL DE FISCALIZACIÓN EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en el anexo No. 1, fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.
Que, en consideración a lo expuesto,
Artículo 4º.
Esta Resolución rige a partir de su publicación.
RESUELVE:
Dada en Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días del mes de enero de dos mil diecinueve (2019).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Artículo 1º.
Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en el anexo No. 1 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.
JOHN ALEXÁNDER BARBOSA CRISTANCHO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-14 • 2019 • ENERO • 18 14 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN SUR 26/12/2018 DESCONOCIDO AP 523 27/12/2018 NO RESIDE NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 137 18A 16 26/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27/11/2018 2015 KR 10A 134B 06 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 81A 71 54 PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 12 BIS 40 27 PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 150A 50 08 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 150A 50 08 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 14 106A 63 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 14 106A 63 20/12/2018 CERRADO PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE TIPO IMPUESTO DEL IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO actuaciónes administrativas objeto de la presente publicación.
TOR. 248.887 VEHÍCULOS BWN372 EMPLAZAMIENTO CESAR 171.186 VEHÍCULOS BOG736 EMPLAZAMIENTO CARLOS. 97102 VEHÍCULOS BOF763 EMPLAZAMIENTO ALFREDO 142.454 VEHÍCULOS BRV487 EMPLAZAMIENTO DEL VALLE 246.463 VEHÍCULOS RIY021 EMPLAZAMIENTO DEL VALLE 246.463 VEHÍCULOS RMM185 EMPLAZAMIENTO APODERADO NOMBRE DEL CO DE PARAMO 209.503 VEHÍCULOS HSN590 EMPLAZAMIENTO CO DE PARAMO 209.503 VEHÍCULOS HSN590 EMPLAZAMIENTO CONTRIBUYENTE Y/O MARIA ARRIET ANALIA MARIA ARRIET ANALIA ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No.89-DDI-001429 DEL 16 DE ENERO DE 2019 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE El funcionario de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
No.
N/A 2018EE228780 2018031001212075930 CONTRERAS ALEMAN N/A 2018EE228778 2018031001212075928 CALLEJA CHAO N/A 2018EE228782 2018031001212075932 CASAS SAENZ JULIO N/A 2018EE228785 2018031001212075935 IGNACIA INES FRAN- N/A 2018EE228785 2018031001212075935 IGNACIA INES FRAN- N/A 2018EE228788 2018031001212075939 PANTORRILLA DE N/A 2018EE228788 2018031001212075939 PANTORRILLA DE N/A 2018EE228789 2018031001212075940 SALVANESCHI. VIC- Que el Jefe de la Oficina General de Fiscalización de la Subdirección de Determinación, profirío para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las RESOLUCIÓN No.
15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-15 • 2019 • ENERO • 18 502 20/12/2018 CERRADO 506 26/12/2018 DESCONOCIDO 506 26/12/2018 DESCONOCIDO AP 523 27/12/2018 NO RESIDE AP 523 27/12/2018 NO RESIDE AP 523 27/12/2018 NO RESIDE AP 523 27/12/2018 NO RESIDE BQ C AP 214 21/12/2018 CERRADO BQ C AP 214 21/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 7A 75 51 PF PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 15 103 70 21/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 7C 130A 69 PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 7C 130A 69 PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 8 97 34 AP PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 81A 71 54 PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 81A 71 54 PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 81A 71 54 PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 81A 71 54 PARA DECLARAR 27-11-18 2016 AC 6 73B 39 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 8 97 34 AP PARA DECLARAR 27-11-18 2015 AC 6 73B 39 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 AC 6 73B 39 20/12/2018 CERRADO NOTIFICACIÓN POR AVISO TOR. 248.887 VEHÍCULOS CXD488 EMPLAZAMIENTO TOR. 248.887 VEHÍCULOS CXD488 EMPLAZAMIENTO TOR. 248.887 VEHÍCULOS HTZ055 EMPLAZAMIENTO TOR. 248.887 VEHÍCULOS HTZ055 EMPLAZAMIENTO TAJEDDINE 414.991 VEHÍCULOS MKX663 EMPLAZAMIENTO BACHARACH 452.430 VEHÍCULOS HBO549 EMPLAZAMIENTO OSCAR NOEL 398.300 VEHÍCULOS HIZ862 EMPLAZAMIENTO OSCAR NOEL 398.300 VEHÍCULOS HIZ862 EMPLAZAMIENTO MARTINEZ DIAZ 375.387 VEHÍCULOS RCQ835 EMPLAZAMIENTO MARTINEZ DIAZ 375.387 VEHÍCULOS RCQ835 EMPLAZAMIENTO ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No.89-DDI-001429 DEL 16 DE ENERO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ N/A 2018EE228829 2018031001212075986 BELTRAN SIMO N/A 2018EE228818 2018031001212075974 LILIANA TAJELDIN N/A 2018EE228814 2018031001212075970 RAMIREZ MORA N/A 2018EE228814 2018031001212075970 RAMIREZ MORA N/A 2018EE228806 2018031001212075961 PEDRO EZEQUIEL N/A 2018EE228789 2018031001212075940 SALVANESCHI. VIC- N/A 2018EE228789 2018031001212075940 SALVANESCHI. VIC- N/A 2018EE228789 2018031001212075940 SALVANESCHI. VIC- N/A 2018EE228789 2018031001212075940 SALVANESCHI. VIC- N/A 2018EE228796 2018031001212075950 CAI. YEHUA. 306.984 VEHÍCULOS DBS723 EMPLAZAMIENTO N/A 2018EE228796 2018031001212075950 CAI. YEHUA. 306.984 VEHÍCULOS DBS723 EMPLAZAMIENTO N/A 2018EE228796 2018031001212075950 CAI. YEHUA. 306.984 VEHÍCULOS HKU066 EMPLAZAMIENTO N/A 2018EE228806 2018031001212075961 PEDRO EZEQUIEL REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-16 • 2019 • ENERO • 18 16 502 20/12/2018 CERRADO AP 504 20/12/2018 CERRADO 14 SUR 20/12/2018 CERRADO 14 SUR 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 56A 125A 40 20/12/2018 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 56A 125A 40 20/12/2018 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 56A 125A 40 20/12/2018 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 29C 75 87 26/12/2018 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 7A 75 51 PF PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 29C 75 87 26/12/2018 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 64 1 15 21/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 64 1 15 21/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 7A 151 22 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 4 7 71 27/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 DG 148 BIS 5 71 PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 84 BISA 82A PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 84 BISA 82A NOTIFICACIÓN POR AVISO SIERVO 3.186.838 VEHÍCULOS IMM399 EMPLAZAMIENTO ALBERTO 3.225.586 VEHÍCULOS SGE603 EMPLAZAMIENTO ALBERTO 3.225.586 VEHÍCULOS SGE603 EMPLAZAMIENTO GILBERTO 3.290.545 VEHÍCULOS BKN516 EMPLAZAMIENTO GILBERTO 3.290.545 VEHÍCULOS BKN516 EMPLAZAMIENTO JOSE JAIRO 3.292.967 VEHÍCULOS RAZ945 EMPLAZAMIENTO JOSE JAIRO 3.292.967 VEHÍCULOS NBW338 EMPLAZAMIENTO JOSE JAIRO 3.292.967 VEHÍCULOS NBW338 EMPLAZAMIENTO BACHARACH 452.430 VEHÍCULOS HBO549 EMPLAZAMIENTO TIAN PATRICIO 478.336 VEHÍCULOS ZYZ946 EMPLAZAMIENTO TIAN PATRICIO 478.336 VEHÍCULOS ZYZ946 EMPLAZAMIENTO ALBERTO JAVIER 3.199.566 VEHÍCULOS URU147 EMPLAZAMIENTO PEDRO ALFONSO 2.931.197 VEHÍCULOS IMQ411 EMPLAZAMIENTO ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No.89-DDI-001429 DEL 16 DE ENERO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ N/A 2018EE228883 2018031001212076046 JARAMILLO MURIEL N/A 2018EE228883 2018031001212076046 JARAMILLO MURIEL N/A 2018EE228883 2018031001212076046 JARAMILLO MURIEL N/A 2018EE228829 2018031001212075986 BELTRAN SIMO N/A 2018EE228882 2018031001212076045 NARIÑO GRAJALES N/A 2018EE228834 2018031001212075991 REYES DIAZ SEBAS- N/A 2018EE228834 2018031001212075991 REYES DIAZ SEBAS- N/A 2018EE228859 2018031001212076019 CASTILLO GRAU N/A 2018EE228876 2018031001212076037 VILLALBA QUINTIN N/A 2018EE228876 2018031001212076037 VILLALBA QUINTIN N/A 2018EE228882 2018031001212076045 NARIÑO GRAJALES N/A 2018EE228874 2018031001212076034 QUINTERO CASTILLO N/A 2018EE228875 2018031001212076035 GARCIA HERNANDEZ 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-17 • 2019 • ENERO • 18 SUR 27/12/2018 NO RESIDE SUR 21/12/2018 CERRADO SUR 20/12/2018 DESCONOCIDO SUR 21/12/2018 CERRADO SUR 21/12/2018 CERRADO 51B 51 21/12/2018 CERRADO AP 101 26/12/2018 NO RESIDE 43 SUR 20/12/2018 CERRADO 43 SUR 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 37 BIS 62 24 PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 11A 191A 52 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 22 24 16 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 22A 40B 39 PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 22 24 16 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 4L 48K 79 PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 22A 40B 39 PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 22A 40B 39 PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 9 ESTE 22D PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 9 ESTE 22D PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 52A 27A 51 PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 56A 125A 40 20/12/2018 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 36 SUR NOTIFICACIÓN POR AVISO ABEL 4.059.664 VEHÍCULOS IFU582 EMPLAZAMIENTO SAUL 5.683.509 VEHÍCULOS HTR627 EMPLAZAMIENTO MARIO 4.861.427 VEHÍCULOS RMV244 EMPLAZAMIENTO MARIO 4.145.049 VEHÍCULOS IVR757 EMPLAZAMIENTO MARIO 4.861.427 VEHÍCULOS RMV244 EMPLAZAMIENTO ANTONIO 4.099.897 VEHÍCULOS VDM096 EMPLAZAMIENTO ANTONIO 4.099.897 VEHÍCULOS UUL354 EMPLAZAMIENTO ANTONIO 4.099.897 VEHÍCULOS HJR535 EMPLAZAMIENTO REINALDO 4.104.464 VEHÍCULOS BCE297 EMPLAZAMIENTO EDILBERTO 4.052.851 VEHÍCULOS MBK257 EMPLAZAMIENTO JOSE JAIRO 3.292.967 VEHÍCULOS RAZ945 EMPLAZAMIENTO BLAS IGNACIO 4.079.688 VEHÍCULOS HAR931 EMPLAZAMIENTO BLAS IGNACIO 4.079.688 VEHÍCULOS HAR931 EMPLAZAMIENTO ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No.89-DDI-001429 DEL 16 DE ENERO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ N/A 2018EE228912 2018031001212076082 ROJAS AMPUDIA N/A 2018EE228896 2018031001212076064 CORDERO PICO JOSE N/A 2018EE228900 2018031001212076068 DIMAS MORENO N/A 2018EE228912 2018031001212076082 ROJAS AMPUDIA N/A 2018EE228895 2018031001212076063 DIAZ SALDAÑA N/A 2018EE228922 2018031001212076092 BARRERA BASTO N/A 2018EE228895 2018031001212076063 DIAZ SALDAÑA N/A 2018EE228895 2018031001212076063 DIAZ SALDAÑA N/A 2018EE228892 2018031001212076059 CASTRO SANABRIA N/A 2018EE228888 2018031001212076055 PEÑARANDA CORREA N/A 2018EE228892 2018031001212076059 CASTRO SANABRIA N/A 2018EE228883 2018031001212076046 JARAMILLO MURIEL N/A 2018EE228889 2018031001212076056 CORDERO GOMEZ REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-18 • 2019 • ENERO • 18 18 ESTE 26/12/2018 DESCONOCIDO ESTE 26/12/2018 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 162 54 95 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 11A 62B 51 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 162 54 95 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 14B 5C 72 21/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 68I 31 66 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 68I 31 66 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 11A 62B 51 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 12 BIS 0 12 PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 12 BIS 0 12 PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 146B 13 60 18 21/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 146B 13 60 18 21/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 15 47 21 26/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 15 47 21 26/12/2018 CERRADO NOTIFICACIÓN POR AVISO EDUARDO 5.829.123 VEHÍCULOS ZZY154 EMPLAZAMIENTO EDUARDO 5.829.123 VEHÍCULOS ZZY154 EMPLAZAMIENTO LUIS CARLOS 7.226.201 VEHÍCULOS UDK537 EMPLAZAMIENTO JOSE IGNACIO 7.229.375 VEHÍCULOS RIL726 EMPLAZAMIENTO JOSE IGNACIO 7.229.375 VEHÍCULOS RIL726 EMPLAZAMIENTO MUDEZ MIGUEL MUDEZ MIGUEL JULIAN ANDRES 6.228.087 VEHÍCULOS RZF212 EMPLAZAMIENTO JULIAN ANDRES 6.228.087 VEHÍCULOS RZF212 EMPLAZAMIENTO OSCAR ANTONIO 6.886.690 VEHÍCULOS NEN061 EMPLAZAMIENTO OSCAR ANTONIO 6.886.690 VEHÍCULOS NEN061 EMPLAZAMIENTO CARLOS ALFONSO 6.757.729 VEHÍCULOS IDW503 EMPLAZAMIENTO CARLOS ALFONSO 6.757.729 VEHÍCULOS IDW503 EMPLAZAMIENTO OSCAR FERNANDO 7.168.413 VEHÍCULOS IFL039 EMPLAZAMIENTO OSCAR FERNANDO 7.168.413 VEHÍCULOS IJT996 EMPLAZAMIENTO ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No.89-DDI-001429 DEL 16 DE ENERO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ N/A 2018EE228959 2018031001212076132 OTALORA GOMEZ N/A 2018EE228959 2018031001212076132 OTALORA GOMEZ N/A 2018EE228953 2018031001212076126 PETRO RODRIGUEZ N/A 2018EE228966 2018031001212076141 GUTIERREZ VELANDIA N/A 2018EE228968 2018031001212076143 BECERRA BECERRA N/A 2018EE228968 2018031001212076143 BECERRA BECERRA N/A 2018EE228945 2018031001212076118 MORRIS ESPITIA N/A 2018EE228945 2018031001212076118 MORRIS ESPITIA N/A 2018EE228953 2018031001212076126 PETRO RODRIGUEZ N/A 2018EE228935 2018031001212076108 ROJAS CHACON N/A 2018EE228935 2018031001212076108 ROJAS CHACON N/A 2018EE228925 2018031001212076095 ALVARADO BER- N/A 2018EE228925 2018031001212076095 ALVARADO BER- 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-19 • 2019 • ENERO • 18 IN 1 AP 304 21/12/2018 CERRADO IN 1 AP 304 21/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 60 22 99 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 60 22 99 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 7 2 48 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 60 22 99 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 7 2 48 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 174A 58 40 AP 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 54B 137A 55 PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 54B 137A 55 PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 174A 58 40 AP 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 8 0 04 21/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 8 0 04 21/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 8 0 04 21/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 96A 152 85 20/12/2018 CERRADO NOTIFICACIÓN POR AVISO NAN JOSE 7.360.709 VEHÍCULOS HHZ457 EMPLAZAMIENTO NAN JOSE 7.360.709 VEHÍCULOS HHZ457 EMPLAZAMIENTO HECTOR URIEL 7.276.525 VEHÍCULOS NDP372 EMPLAZAMIENTO HECTOR URIEL 7.276.525 VEHÍCULOS NDP372 EMPLAZAMIENTO MANUEL FELIPE 7.248.879 VEHÍCULOS HSP724 EMPLAZAMIENTO CARLOS ARTURO 7.378.654 VEHÍCULOS CYJ451 EMPLAZAMIENTO CARLOS ARTURO 7.378.654 VEHÍCULOS ICU622 EMPLAZAMIENTO CARLOS ARTURO 7.378.654 VEHÍCULOS CYJ451 EMPLAZAMIENTO ALVARO ERNESTO 7.330.839 VEHÍCULOS HKL483 EMPLAZAMIENTO ALVARO ERNESTO 7.330.839 VEHÍCULOS HKL483 EMPLAZAMIENTO RAFAEL HUMBERTO 7.230.451 VEHÍCULOS HBM454 EMPLAZAMIENTO RAFAEL HUMBERTO 7.230.451 VEHÍCULOS HKX439 EMPLAZAMIENTO RAFAEL HUMBERTO 7.230.451 VEHÍCULOS MCO717 EMPLAZAMIENTO ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No.89-DDI-001429 DEL 16 DE ENERO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ N/A 2018EE228982 2018031001212076157 DURANGO GALVAN N/A 2018EE228982 2018031001212076157 DURANGO GALVAN N/A 2018EE228982 2018031001212076157 DURANGO GALVAN N/A 2018EE228980 2018031001212076155 RODRIGUEZ ESTUPI- N/A 2018EE228980 2018031001212076155 RODRIGUEZ ESTUPI- N/A 2018EE228978 2018031001212076153 MANRIQUE LARA N/A 2018EE228969 2018031001212076144 RAMIREZ MORALES N/A 2018EE228969 2018031001212076144 RAMIREZ MORALES N/A 2018EE228969 2018031001212076144 RAMIREZ MORALES N/A 2018EE228970 2018031001212076145 LOPEZ MORENO N/A 2018EE228971 2018031001212076146 GUTIERREZ RIVEROS N/A 2018EE228971 2018031001212076146 GUTIERREZ RIVEROS N/A 2018EE228978 2018031001212076153 MANRIQUE LARA REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-20 • 2019 • ENERO • 18 20 IN 102 20/12/2018 NO RESIDE IN 102 20/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 99A 102 22 26/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 94 42F 157 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 94 42F 157 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 99A 102 22 26/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 15 2 58 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 55 80 10 4 27/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 55 80 10 4 27/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 72A 138 23 PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 72A 138 23 PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 15 2 58 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 57 18A 30 21/12/2018 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 30 18 26 21/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 30 18 26 21/12/2018 CERRADO NOTIFICACIÓN POR AVISO FERNANDO 8.733.160 VEHÍCULOS HBS145 EMPLAZAMIENTO LEONARDO 8.747.207 VEHÍCULOS MPR175 EMPLAZAMIENTO LEONARDO 8.747.207 VEHÍCULOS MPR175 EMPLAZAMIENTO FERNANDO 8.733.160 VEHÍCULOS HBS145 EMPLAZAMIENTO NANDO LUIS 8.689.463 VEHÍCULOS RNR597 EMPLAZAMIENTO NANDO LUIS 8.689.463 VEHÍCULOS RNR597 EMPLAZAMIENTO MAN HERNANDO 7.728.783 VEHÍCULOS UTR657 EMPLAZAMIENTO THAN LEONARDO 7.724.602 VEHÍCULOS RHT499 EMPLAZAMIENTO THAN LEONARDO 7.724.602 VEHÍCULOS RHT499 EMPLAZAMIENTO RAFAEL ARCANGEL 8.536.345 VEHÍCULOS UBK540 EMPLAZAMIENTO RAFAEL ARCANGEL 8.536.345 VEHÍCULOS UBK540 EMPLAZAMIENTO CARLOS CELESTINO 8.834.971 VEHÍCULOS RDQ531 EMPLAZAMIENTO CARLOS CELESTINO 8.834.971 VEHÍCULOS RDQ531 EMPLAZAMIENTO ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No.89-DDI-001429 DEL 16 DE ENERO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ N/A 2018EE229031 2018031001212076218 MARTELO SARABIA N/A 2018EE229026 2018031001212076211 ACOSTA ANGULO N/A 2018EE229026 2018031001212076211 ACOSTA ANGULO N/A 2018EE229031 2018031001212076218 MARTELO SARABIA N/A 2018EE229022 2018031001212076207 AMARIS HERNANDEZ N/A 2018EE229013 2018031001212076196 ORTIZ PACHECO N/A 2018EE229013 2018031001212076196 ORTIZ PACHECO N/A 2018EE229016 2018031001212076199 AMADOR SILVA FER- N/A 2018EE229016 2018031001212076199 AMADOR SILVA FER- N/A 2018EE229022 2018031001212076207 AMARIS HERNANDEZ N/A 2018EE229007 2018031001212076188 HUEPA BOLIVAR GER- N/A 2018EE229005 2018031001212076185 MORA MUÑOZ JONA- N/A 2018EE229005 2018031001212076185 MORA MUÑOZ JONA- 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-21 • 2019 • ENERO • 18 134 20/12/2018 NO RESIDE 134 20/12/2018 NO RESIDE AP 101 20/12/2018 CERRADO 5 AP 201 26/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 83 41 ESTE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 83 41 ESTE PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 31 8 03 26/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 31 8 03 26/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2015 AK 45 128D 60 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 19A 107 34 PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 24 19 06 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 59A 134 15 IN PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 29 12 20 26/12/2018 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 24 19 06 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 4 12 26 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 8H 165A 43 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 8H 165A 43 20/12/2018 CERRADO NOTIFICACIÓN POR AVISO ISRAEL 9.081.238 VEHÍCULOS BNS137 EMPLAZAMIENTO ISRAEL 9.081.238 VEHÍCULOS CDL901 EMPLAZAMIENTO JOAQUIN 9.093.151 VEHÍCULOS BWJ491 EMPLAZAMIENTO SALOMON 9.395.658 VEHÍCULOS ROL645 EMPLAZAMIENTO SALOMON 9.395.658 VEHÍCULOS ROL645 EMPLAZAMIENTO JOSE RAFAEL 9.080.787 VEHÍCULOS HJX421 EMPLAZAMIENTO JOSE RAFAEL 9.080.787 VEHÍCULOS HJX421 EMPLAZAMIENTO RICARDO LUIS 9.097.250 VEHÍCULOS ZXY335 EMPLAZAMIENTO RICARDO LUIS 9.097.250 VEHÍCULOS ZXY335 EMPLAZAMIENTO JOSE EXPEDITO 9.525.423 VEHÍCULOS BDC802 EMPLAZAMIENTO RERO RODOLFO 9.528.177 VEHÍCULOS MKS120 EMPLAZAMIENTO MARLON ALBERTO 8.851.890 VEHÍCULOS UTM492 EMPLAZAMIENTO ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No.89-DDI-001429 DEL 16 DE ENERO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ N/A 2018EE229039 2018031001212076230 BLANCO RICARDO N/A 2018EE229043 2018031001212076234 CASTELLON BERNAL N/A 2018EE229043 2018031001212076234 CASTELLON BERNAL N/A 2018EE229045 2018031001212076237 RUIZ CHAPARRO N/A 2018EE229045 2018031001212076237 RUIZ CHAPARRO N/A 2018EE229050 2018031001212076243 ROJAS SERRANO N/A 2018EE229034 2018031001212076221 BOLIVAR JULIAO N/A 2018EE229035 2018031001212076224 SALAS PRIETO DAVID 9.047.290 VEHÍCULOS DAD769 EMPLAZAMIENTO N/A 2018EE229039 2018031001212076230 BLANCO RICARDO N/A 2018EE229051 2018031001212076244 MONTAÑEZ GUER- N/A 2018EE229040 2018031001212076231 VACA MENDOZA N/A 2018EE229040 2018031001212076231 VACA MENDOZA N/A 2018EE229042 2018031001212076233 PRADA BRETON JOSE REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-22 • 2019 • ENERO • 18 22 714 20/12/2018 CERRADO 714 20/12/2018 CERRADO AP 401 21/12/2018 NO RESIDE 2 AP 107 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 76 N 42 26 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 5B 151A 35 PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 76 N 42 26 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 AK 45 127D 28 24/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 81 8 64 21/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 AK 45 127D 28 24/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 3 53 08 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 119 7 14 CN PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 3 53 08 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 119 7 14 CN PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 169A 74 32 IN PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 4 12 26 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2017 KR 101C 141 66 21/12/2018 CERRADO NOTIFICACIÓN POR AVISO JAVIER 10.256.512 VEHÍCULOS HTV507 EMPLAZAMIENTO JAVIER 10.256.512 VEHÍCULOS HTV507 EMPLAZAMIENTO HECTOR 10.281.146 VEHÍCULOS UTL588 EMPLAZAMIENTO LEONARDO 9.635.963 VEHÍCULOS ASA580 EMPLAZAMIENTO JORGE IVAN 10.284.561 VEHÍCULOS HIZ808 EMPLAZAMIENTO JORGE IVAN 10.284.561 VEHÍCULOS HIZ808 EMPLAZAMIENTO JOSE MAURICIO 9.654.448 VEHÍCULOS JWE392 EMPLAZAMIENTO RERO RODOLFO 9.528.177 VEHÍCULOS MKS120 EMPLAZAMIENTO MER ALEXANDER 10.256.818 VEHÍCULOS IDT762 EMPLAZAMIENTO WILSON EDUARDO 9.659.891 VEHÍCULOS ZXS064 EMPLAZAMIENTO WILSON EDUARDO 9.659.891 VEHÍCULOS ZXS064 EMPLAZAMIENTO AMEZQUITA JIMENEZ 10.028.671 VEHÍCULOS REZ536 EMPLAZAMIENTO AMEZQUITA JIMENEZ 10.028.671 VEHÍCULOS REZ536 EMPLAZAMIENTO ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No.89-DDI-001429 DEL 16 DE ENERO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ N/A 2018EE229074 2018031001212076270 CASTILLA CARDONA N/A 2018EE229073 2018031001212076268 MURILLO RIVERA N/A 2018EE229062 2018031001212076255 YHON JAIRO N/A 2018EE229070 2018031001212076265 GARCIA GARCIA EL- N/A 2018EE229074 2018031001212076270 CASTILLA CARDONA N/A 2018EE229056 2018031001212076249 DUEÑAS CAMARGO N/A 2018EE229062 2018031001212076255 YHON JAIRO N/A 2018EE229069 2018031001212076264 URIBE ECHEVERRI N/A 2018EE229056 2018031001212076249 DUEÑAS CAMARGO N/A 2018EE229069 2018031001212076264 URIBE ECHEVERRI N/A 2018EE229051 2018031001212076244 MONTAÑEZ GUER- N/A 2018EE229055 2018031001212076248 MORALES PLAZAS N/A 2018EE229053 2018031001212076246 CAMARGO MALAVER 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-23 • 2019 • ENERO • 18 2 AP 606 21/12/2018 NO RESIDE 2 AP 606 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 109A 17 52 21/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 166 9 24 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 114 50 22 27/12/2018 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 114 50 22 27/12/2018 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 76 N 42 26 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 43A 30 123 20/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 47 15A 32 24/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 25 68A 49 20/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 67 5 87 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 149N 54A 79T PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 149N 54A 79T PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 25 68A 49 20/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 47 15A 32 24/12/2018 CERRADO NOTIFICACIÓN POR AVISO ENRIQUE 10.996.966 VEHÍCULOS ZZS289 EMPLAZAMIENTO ENRIQUE 10.996.966 VEHÍCULOS ZZS289 EMPLAZAMIENTO CARABALI 10.292.051 VEHÍCULOS IDW050 EMPLAZAMIENTO CARABALI 10.292.051 VEHÍCULOS IDW050 EMPLAZAMIENTO LEONARDO 10.768.748 VEHÍCULOS IMU801 EMPLAZAMIENTO JORGE IVAN 10.284.561 VEHÍCULOS RGN621 EMPLAZAMIENTO JUAN CAMILO 11.200.895 VEHÍCULOS CXD026 EMPLAZAMIENTO JUAN MANUEL 11.201.783 VEHÍCULOS HVQ148 EMPLAZAMIENTO JOSE GABRIEL 10.284.802 VEHÍCULOS IMU470 EMPLAZAMIENTO CAR FERNANDO 10.525.919 VEHÍCULOS MCQ287 EMPLAZAMIENTO CAR FERNANDO 10.525.919 VEHÍCULOS ZZX650 EMPLAZAMIENTO LUIS FERNANDO 11.188.344 VEHÍCULOS ZZK104 EMPLAZAMIENTO LUIS FERNANDO 11.188.344 VEHÍCULOS ZZK104 EMPLAZAMIENTO ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No.89-DDI-001429 DEL 16 DE ENERO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ N/A 2018EE229088 2018031001212076285 TORRES BUSTOS N/A 2018EE229087 2018031001212076284 MARTINEZ GOMEZ N/A 2018EE229085 2018031001212076282 RODRIGUEZ VALDES N/A 2018EE229085 2018031001212076282 RODRIGUEZ VALDES N/A 2018EE229075 2018031001212076271 MARTINEZ JARAMILLO N/A 2018EE229083 2018031001212076280 ACOSTA SOTO DAIRO N/A 2018EE229083 2018031001212076280 ACOSTA SOTO DAIRO N/A 2018EE229074 2018031001212076270 CASTILLA CARDONA N/A 2018EE229076 2018031001212076272 DANIEL GARCES N/A 2018EE229076 2018031001212076272 DANIEL GARCES N/A 2018EE229078 2018031001212076274 BRAVO REALPE OS- N/A 2018EE229078 2018031001212076274 BRAVO REALPE OS- N/A 2018EE229081 2018031001212076278 OTERO AVILEZ FABIO REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-24 • 2019 • ENERO • 18 24 604 21/12/2018 DESCONOCIDO 604 21/12/2018 DESCONOCIDO 604 21/12/2018 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 166 9 24 20/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 AC 26 54 89 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2015 AC 26 54 89 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 AC 26 54 89 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 31 2B 17 21/12/2018 NO RESIDE PARA DECLARAR 27-11-18 2015 CL 64 4 18 AP 301 26/12/2018 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 CL 64 4 18 AP 301 26/12/2018 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 27-11-18 2015 AK 7 132 45 AP PARA DECLARAR 27-11-18 2015 KR 69B 24 10 28/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 KR 69B 24 10 28/12/2018 CERRADO PARA DECLARAR 27-11-18 2016 AK 7 132 45 AP PARA DECLARAR 27-11-18 2015 AK 7 132 45 AP NOTIFICACIÓN POR AVISO JOHN ALEXANDER BARBOSA CRISTANCHO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal TEOFILO 11.801.163 VEHÍCULOS HVN453 EMPLAZAMIENTO TEOFILO 11.801.163 VEHÍCULOS HVN453 EMPLAZAMIENTO GERMAN 11.221.941 VEHÍCULOS IKX989 EMPLAZAMIENTO GERMAN 11.221.941 VEHÍCULOS REQ239 EMPLAZAMIENTO GERMAN 11.221.941 VEHÍCULOS REQ239 EMPLAZAMIENTO JUAN MANUEL 11.201.783 VEHÍCULOS HVQ148 EMPLAZAMIENTO JUAN DE JESUS 11.337.434 VEHÍCULOS MPN235 EMPLAZAMIENTO HUGO ALBERTO 11.339.756 VEHÍCULOS HTU925 EMPLAZAMIENTO HUGO ALBERTO 11.339.756 VEHÍCULOS HTU925 EMPLAZAMIENTO JORGE ENRIQUE 12.137.826 VEHÍCULOS BKS853 EMPLAZAMIENTO JORGE ENRIQUE 12.137.826 VEHÍCULOS BKS853 EMPLAZAMIENTO JORGE ENRIQUE 12.137.826 VEHÍCULOS MCR918 EMPLAZAMIENTO ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No.89-DDI-001429 DEL 16 DE ENERO DE 2019 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ N/A 2018EE229088 2018031001212076285 TORRES BUSTOS N/A 2018EE229090 2018031001212076287 MARTINEZ MANRIQUE N/A 2018EE229090 2018031001212076287 MARTINEZ MANRIQUE N/A 2018EE229090 2018031001212076287 MARTINEZ MANRIQUE N/A 2018EE229102 2018031001212076301 PABON CASTAÑEDA N/A 2018EE229104 2018031001212076303 RIAÑO RODRIGUEZ N/A 2018EE229104 2018031001212076303 RIAÑO RODRIGUEZ N/A 2018EE229124 2018031001212076327 CUESTA BORJA N/A 2018EE229124 2018031001212076327 CUESTA BORJA N/A 2018EE229137 2018031001212076342 ANDRADE DUSSAN N/A 2018EE229137 2018031001212076342 ANDRADE DUSSAN N/A 2018EE229137 2018031001212076342 ANDRADE DUSSAN Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
Subdirección de Educación Tributaria y de Servicio 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-25 • 2019 • ENERO • 18 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO Resolución Número 006517 (Diciembre 31 de 2018)
La reubicación de un empleo debe responder a necesidades del servicio y se efectuará mediante acto administrativo proferido por el jefe del orga nismo nominador, o por quien este haya delegado, el cual deberá ser comunicado al empleado que lo desempeña. (…)”
“POR LA CUAL SE EFECTÚA LA REUBICACIÓN DE UNOS EMPLEOS”
EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C., en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Acuerdo No. 19 de 1972 del Concejo de Bogotá D.C., el Acuerdo No. 001 de 2009 del Consejo Directivo del IDU y el Decreto Distrital No. 738 del 13 de diciembre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que con la finalidad de atender la necesidad institucio nal mencionada y la naturaleza de las funciones propias de la referida dependencia, se hace necesario reubicar en la OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES, el empleo denominado SECRETARIO EJECUTIVO, CÓDIGO 425, GRADO 03 de la SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE RECURSOS HUMANOS, de la DIREC CIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, del cual es titular de carrera administrativa la servidora pública YASMID MORA VALERO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.102.945, toda vez que dicho empleo se ajusta a los requerimientos exigidos para realizar actividades relacionadas con el soporte administrativo y asistencial a la gestión del área.
Que el artículo 6° del Acuerdo No. 003 de 2009 del Consejo Directivo del IDU, faculta al Director General del Instituto de Desarrollo Urbano para distribuir los empleos de la planta de personal de la Entidad, de conformidad con la estructura organizacional, la natu raleza de los empleos y las necesidades del servicio.
Que del mismo modo, se requiere reubicar en la SUB DIRECCIÓN TÉCNICA DE RECURSOS HUMANOS, el empleo denominado SECRETARIO EJECUTIVO, CÓDIGO 425, GRADO 03 de la OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES de la DIRECCIÓN GENE RAL, el cual se encuentra actualmente en vacancia temporal, con la finalidad de suplir la ausencia del personal en dicha dependencia.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que por necesidades del servicio, fundadas en la naturaleza de las funciones y las actividades inhe rentes a la Oficina Asesora de Comunicaciones, se requiere contar con el soporte administrativo y logísti co necesario para realizar diariamente la generación y recepción de las comunicaciones oficiales de la dependencia, las planillas de despacho, así como la digitalización de los anexos de las comunicaciones oficiales de la dependencia, a través del sistema de gestión documental.
Que el equipo de servidores públicos que actualmente conforman la Oficina Asesora de Comunicaciones es insuficiente para realizar las actividades de soporte a la gestión de la dependencia.
Artículo primero.
Reubicar el empleo deno minado SECRETARIO EJECUTIVO, CÓDIGO 425, GRADO 03 de la SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE RECURSOS HUMANOS, de la DIRECCIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, del cual es titular de carrera administrativa la servidora pública YASMID MORA VALERO, identificada con cédula de ciudada nía No. 52.102.945, en la OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
Que el artículo 2.2.5.4.1 del Decreto No. 648 de 2017 dispone en relación con los movimientos de personal, lo siguiente: “A los empleados que se encuentren en servicio activo se les podrá efectuar los siguientes movimientos de personal: … 3. Reubicación”.
Que a su turno, el artículo 2.2.5.4.6 ibídem establece lo siguiente respecto de la figura de reubicación:
Artículo segundo.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la servidora pública YASMID MORA VALERO, adjuntando copia de la correspon diente ficha del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales.
“Artículo 2.2.5.4.6 Reubicación. La reubicación consiste en el cambio de ubicación de un empleo, en otra dependencia de la misma planta global, teniendo en cuenta la naturaleza de las funciones del empleo.
Artículo tercero.
Reubicar el empleo deno minado SECRETARIO EJECUTIVO, CÓDIGO 425, GRADO 03 de la OFICINA ASESORA DE COMUNI CACIONES de la DIRECCIÓN GENERAL, en la SUB DIRECCIÓN TÉCNICA DE RECURSOS HUMANOS,
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-26 • 2019 • ENERO • 18 26 de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Conocimiento (NBC) que contengan las discipli nas académicas o profesiones, de acuerdo con la clasificación establecida en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES).
Artículo cuarto.
El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los treinta y ún (31) días del mes de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
ÉDGAR FRANCISCO URIBE RAMOS DIRECTOR GENERAL (E.)
Que el Decreto Nacional No. 815 de 2018, “Por el cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con las competencias laborales ge nerales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos”, determina las competencias laborales comunes a los empleados públicos y las generales de los distintos niveles jerárquicos en que se agrupan los empleos de las entidades a las cua les se aplican los Decretos Ley 770 y 785 de 2005.
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL Resolución Número 671 (Diciembre 26 de 2018)
‘’Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 583 del 23 de octubre de 2015”.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL, En ejercicio de las facultades conferidas por los numerales 10 y 14 del artículo 19 del Acuerdo No. 010 del 12 de octubre de 2010 expedido por el Consejo Directivo y, Que el Decreto Distrital No. 452 de 2018, “Por medio del cual se señalan lineamientos para la estandarización de las funciones de los empleos de Jefe de Oficina o Asesor de Control Interno, pertenecientes a los organismos del Sector Central de la Administración Distrital de Bogotá, D.C., y se dictan otras disposiciones”, estableció las medidas para estandarizar las funciones del empleo de jefe de oficina de control interno en los organismos del sector central de la administración y en el parágrafo del artículo 3 dispuso que el Departamento Admi nistrativo del Servicio Civil Distrital, de conformidad con sus competencias, dispondrá las medidas necesarias para promover la aplicación de las disposiciones allí contenidas en las entidades del sector descentralizado y en los órganos de control del Distrito Capital.
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 122 establece que no habrá empleo pú blico que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remu nerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos los emolumentos en el presupuesto correspondiente.
Que mediante Circular No. 029 del 27 de agosto de 2018, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital estableció un término de 2 meses para llevar a cabo la implementación e incorporar dentro del Manual Específico de Funciones y Competen cias Laborales, los requisitos generales de estudio, experiencia, funciones generales y competencias, conforme lo señalado por la normatividad, según la ficha técnica implementada mediante la misma circular.
Que mediante Acuerdo No. 011 de 12 de octubre de 2010, el Consejo Directivo de la Unidad Adminis trativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, estableció la estructura organizacional y las funciones de las dependencias de la Entidad.
Que según la Ley 909 de 2004, el Decreto Ley No. 785 de 2005 y el Decreto No. 1083 de 2015, los organismos públicos deben adoptar sus manuales específicos de funciones y de competencias labo rales, teniendo en cuenta el contenido funcional, las competencias comunes y comportamentales de los empleos que conforman la planta de personal.
Que mediante Acuerdo No. 012 del 12 de octubre de 2010, el Consejo Directivo de la Entidad, modi ficó la planta de cargos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que el Decreto No. 1083 de 2015, en su artículo 2.2.2.4.9 establece que las entidades y organis mos identificarán en el manual de funciones y de competencias laborales los Núcleos Básicos del 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-27 • 2019 • ENERO • 18 públicos de la Entidad, con el fin de recibir las observaciones a que haya lugar.
Que mediante Resolución No. 583 del 23 de octubre de 2015 se modificó el Manual Especifico de Fun ciones y Competencias Laborales, de los empleos de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
Que mediante oficios radicados en el DASCD bajo los números 2018EE2668 y 2018EE2780 del 4 y 18 de diciembre de 2018, radicados en la UAERMV con los números 20181120178942 y 20181120186032 del 7 y 20 de diciembre de 2018, respectivamente, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable respec to a la modificación parcial del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, para los empleos de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Man tenimiento Vial.
En mérito de lo expuesto:
Que dando aplicación a las disposiciones legales aplicables y acogiendo la metodología establecida en la “Guía para establecer o modificar el Manual de Funciones y de Competencias Laborales”, expedida por Departamento Administrativo de la Función Pública –DAFP-, así como los linea mientos del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital –DASCD-, se adelantaron los estudios necesarios para revisar y modificar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, para la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
RESUELVE:
Que en cumplimiento de lo establecido en el ar tículo 1° del Decreto 051 de 2017, que adiciona el parágrafo 3 del artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015, la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial publicó y socializó en la página web de la Entidad el proyecto de modificación parcial del Manual de Funciones y de Competencias Laborales y se remitió a través del correo electrónico a las organizaciones sindi cales donde se encuentran afiliados los servidores
Artículo 1º.
Modificar el Artículo 1° de la Resolución 583 del 23 de octubre de 2015, contentiva del Manual de Funciones y de Competencias Laborales, en lo ati nente al empleo de Jefe de Oficina Código 006 Grado 01 – Oficina de Control Interno de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, cuyas funciones deberán ser cumplidas con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalen a la Unidad, así:
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO Nivel Jerárquico: Directivo Denominación del empleo: Jefe de Oficina Código: 006 Grado: 01 Número de cargos: Uno (1) Dependencia: Tipo de empleo:
Donde se ubique el empleo Empleo de periodo fijo cuatro (4) años Cargo del jefe inmediato: Director General II. ÁREA FUNCIONAL OFICINA DE CONTROL INTERNO III. PROPÓSITO PRINCIPAL Verificar y evaluar el estado del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la normatividad vigente.
IV. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO Ley 87 del 29 de noviembre de 1993, artículo 12: Funciones de los auditores internos. Serán funciones del asesor, coordinador, auditor interno o similar las siguientes:
1. Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema de Control Interno;
2. Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando;
3. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la organización se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función;
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-28 • 2019 • ENERO • 18 28
4. Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la organización, estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evolución de la entidad;
5. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la organización y recomendar los ajustes necesarios;
6. Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los resultados esperados;
7. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios;
8. Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional;
9. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la entidad correspondiente;
10. Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento;
11. Verificar que se implanten las medidas respectivas recomendadas;
12. Las demás que le asigne el jefe del organismo o entidad, de acuerdo con el carácter de sus funciones.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES
1. Estructura administrativa y funcional del Estado y el Distrito
2. Plan de Desarrollo Distrital en temas relacionados con las funciones del empleo.
3. Mejores prácticas Nacionales e Internacionales del Proceso de Auditoria Interna.
4. Normatividad Contratación Pública.
5. Normatividad que regule el Sistema de Control Interno Público.
6. Normatividad aplicable vigente expedidas por entes de control.
7. Finanzas y Presupuesto Público.
8. Fundamentos de Formulación y Evaluación de Proyectos.
9. Gestión pública.
10. Normas técnicas de calidad.
11. Redacción y ortografía
12. Manejo de herramientas ofimáticas
13. Normatividad vigente Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG y Políticas de Gestión y Desempeño.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
- Aprendizaje continuo
- Orientación a resultados
- Orientación al usuario y al ciudadano
- Compromiso con la Organización
- Trabajo en equipo
- Adaptación al cambio
- Visión estratégica
- Liderazgo efectivo
- Planeación
- Toma de decisiones
- Gestión del desarrollo de las personas
- Pensamiento sistémico
- Resolución de conflictos
VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA FORMACIÓN ACADÉMICA EXPERIENCIA Experiencia Mínimo tres (3) años de experiencia profesional en asuntos de control interno, según lo indicado en el Parágrafo 1° del artículo 8 de la Ley 1474 de 2011 Acreditar Título profesional Parágrafo N°1 artículo 8° Ley 1474 de 2011 Tarjeta o matrícula para las profesiones reglamentadas por ley.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
ÁLVARO SANDOVAL REYES
Artículo 2°.
La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición y modifica en lo pertinente la Resolución No. 583 de 23 de octubre de 2015, res pecto de las funciones, competencias y requisitos de formación académica y experiencia del cargo de Jefe de Oficina Control Interno Código 006 Grado 01.
Director General Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6476 • pP. 1-29 • 2019 • ENERO • 18
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