Registro Distrital 6948 de 2020
Registro Distrital 6948 de 2020 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 6948
- Año
- 2020
- Fecha
- 28 de octubre de 2020
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 52 - No. 6948 - Pp 1 - 149 - 2020 - OCTUBRE - 28 ISSN 0124-0552 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández AÑO 52 Número 6948 2020 • OCTUBRE • 28 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2020 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. - SECRETARÍA GENERAL Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Resolución Número 378 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba, se da por terminado un encargo y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA Que de conformidad con lo previsto en el en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo primero de la Resolución No.9390 del 18 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer las vacantes del empleo Auxiliar Servicios Generales, Código 470, Grado 07, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el segundo (2º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) OSCAR ANTONIO PARDO PARDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.920.754 Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que mediante Resolución No. 650 del 10 de diciembre de 2014, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante encargo con el (la) servidor (a) público SANTOS MARIA MURILLO GAMEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.700.680 Que mediante Resolución No. 346 del 26 de junio de 2019, el empleo Auxiliar de Servicios Generales, Código 470, Grado 05, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., respecto del cual es titular con derechos de carrera administrativa el servidor (a)
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9390 del 18 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer dos (2) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar de Servicios Generales, Código 470, Grado 07, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la planta global, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., ofertado e identificado con código OPEC número 72757.
1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-1 • 2020 • OCTUBRE • 28 digo 470, Grado 05, y el nombramiento provisional en vacancia temporal de FABIAN ALEXANDER FAGUA NIETO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.829.211, en el empleo Auxiliar de Servicios Generales, Código 470, Grado 05 de la de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa. público (a) SANTOS MARIA MURILLO GAMEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.700.680, se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia temporal con el (la) señor (a) FABIAN ALEXANDER FAGUA NIETO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.829.211 En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) OSCAR ANTONIO PARDO PARDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.920.754, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Servicios Generales, Código 470, Grado 07, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a), OSCAR ANTONIO PARDO PAR- DO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.920.754 en el empleo de Auxiliar de Servicios Generales, Código 470, Grado 07, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia del nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado el encargo de SANTOS MARIA MURILLO GAMEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.700.680 en el empleo Auxiliar de Servicios Generales, Código 470, Grado 07, por consiguiente, deberá asumir el empleo Auxiliar de Servicios Generales, Código 470, Grado 05, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa, de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá D.C., respecto del cual ostenta como titular con derechos de carrera, una vez el (la) señor (a) OSCAR ANTONIO PARDO PARDO, tome posesión del empleo para el cual fue nombrado (a) en período de prueba, de lo cual la Dirección de Talento Humano informará dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a OSCAR ANTONIO PARDO PARDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.920.754, en el cargo Auxiliar de Servicios Generales, Código 470, Grado 07, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, se dará por terminado el encargo de SANTOS MARIA MURILLO GAMEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.700.680, quien es titular del empleo Auxiliar de Servicios Generales, Có- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-2 • 2020 • OCTUBRE • 28 2
Artículo noveno.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 379 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
Artículo cuarto.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento ordenado en el artículo primero y la terminación del encargo establecido en el artículo tercero de la presente Resolución, el nombramiento provisional del (la) señor (a) FABIAN ALEXANDER FAGUA NIETO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.829.211, en el empleo Auxiliar de Servicios Generales, Código 470, Grado 05, se dará por terminado automáticamente, una vez el (la) servidor (a) público (a) SANTOS MA- RIA MURILLO GAMEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.700.680 asuma el empleo Auxiliar de Servicios Generales, Código 470, Grado 05, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., respecto del cual ostenta como titular los derechos de carrera, de lo cual la Dirección de Talento Humano informará dentro de la debida oportunidad.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
Artículo quinto.
El (la) señor (a) OSCAR AN- TONIO PARDO PARDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.920.754, de conformidad con lo dispuesto en el 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a OSCAR ANTONIO PARDO PAR- DO, SANTOS MARIA MURILLO GAMEZ y FABIAN ALEXANDER FAGUA NIETO a los correos electrónicos angelicamolina9751@gmail.com; alexfaguanieto@gmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9391 del 18 de Septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer un (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Servicios Generales, Código 470, Grado 05, de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72758.
Artículo séptimo.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de
Artículo octavo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-3 • 2020 • OCTUBRE • 28 (…)” nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a LUIS GUILLERMO SANTOS MANRIQUE identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 4.252.485, en el cargo de Auxiliar Servicios Generales, Código 470, Grado 05, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de ALFONSO CARDENAS VARGAS identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.929.823, en el empleo Auxiliar Servicios Generales, Código 470, Grado 05.
Que el artículo primero de la Resolución No 9391 del 18 de Septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Servicios Generales, Código 470, Grado 05, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) LUIS GUILLERMO SANTOS MANRIQUE identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 4.252.485 En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 536 del 6 de Diciembre de 2018, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a), ALFONSO CARDENAS VARGAS identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.929.823
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) a LUIS GUILLERMO SANTOS MAN- RIQUE identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 4.252.485, en el cargo de Auxiliar Servicios Generales, Código 470, Grado 05, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) LUIS GUILLERMO SANTOS MANRI- QUE identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 4.252.485, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo Auxiliar Servicios Generales, Código 470, Grado 05, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) ALFONSO CARDENAS VARGAS identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.929.823, en el empleo Auxi-
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-4 • 2020 • OCTUBRE • 28 4 Resolución Número 380 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por liar Servicios Generales, Código 470, Grado 05, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad. terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) LUIS GUI- LLERMO SANTOS MANRIQUE identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 4.252.485 de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a LUIS GUILLERMO SANTOS MANRIQUE y ALFONSO CARDENAS VARGAS a los correos electrónicos guillermosantosm@hotmail. com; alfonsocardenasvargas@gmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9025 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer seis (6) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72614.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que el artículo primero de la Resolución No. 9065 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno de la Secretaría General de 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-5 • 2020 • OCTUBRE • 28 Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno. la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) YULIETH SALGADO RAMÍREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.334.499.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No.309 de 26 de julio de 2018, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) DIANA CONS- TANZA RAMIREZ ARDILA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.807.542.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) YULIETH SALGADO RAMÍREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.334.499, en el cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) YULIETH SALGADO RAMÍREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.334.499, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) DIANA CONSTANZA RAMIREZ ARDILA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.807.542, el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a YULIETH SALGADO RAMÍREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.334.499, en el cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de DIANA CONSTANZA RAMIREZ ARDILA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.807.542, en el empleo
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) YULIETH SALGADO RAMÍREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.334.499, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-6 • 2020 • OCTUBRE • 28 6
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a YULIETH SALGADO RAMÍ- REZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.334.499 al correo yuliethsr@gmail.com y a DIA- NA CONSTANZA RAMIREZ ARDILA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.807.542 al correo dcramirez@alcaldiabogota.gov.co, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Oficina de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC. 9310 de 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer ciento veinte (120) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72899.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 381 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
Que el artículo primero de la Resolución No. 9310 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el trigésimo segundo (32º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) KARIN GUERRERO OVIEDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 55065519.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado Que mediante Resolución No. 092 de 03 de marzo de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) ANDREA PACHECO LOPEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52500192. por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y, 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-7 • 2020 • OCTUBRE • 28 en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) KARIN GUERRERO OVIEDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 55065519, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) ANDREA PACHECO LOPEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52500192, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a KARIN GUERRE- RO OVIEDO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 55065519, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de ANDREA PACHECO LOPEZ, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 52500192, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) KARIN GUE- RRERO OVIEDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 55065519, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a KARIN GUERRERO OVIE- DO al correo electrónico eymmy04@gmail.com y a ANDREA PACHECO LOPEZ apache1878@hotmail. com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) KARIN GUERRERO OVIEDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 55065519,
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-8 • 2020 • OCTUBRE • 28 8
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC. 9310 de 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer ciento veinte (120) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72899.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Secretaria General Resolución Número 382 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA Que el artículo primero de la Resolución No. 9310 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el trigésimo (30º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) LUZ ESPERANZA SERRANO SILVA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 51822684.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado Que mediante Resolución No. 159 de 14 de abril de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) LEIDY MAR- CELA PRIETO TORRES, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1073680681. por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) LUZ ESPERANZA SERRANO SILVA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 51822684, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-9 • 2020 • OCTUBRE • 28 la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución. de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) LEIDY MAR- CELA PRIETO TORRES identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1073680681, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba.
La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a LUZ ESPERAN- ZA SERRANO SILVA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 51822684, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de LEIDY MARCELA PRIETO TORRES, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 1073680681, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) LUZ ESPE- RANZA SERRANO SILVA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 51822684, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a LUZ ESPERANZA SERRANO SILVA al correo electrónico se.sico@hotmail.com y a LEIDY MARCELA PRIETO TORRES al correo electrónico marcelitapt19@hotamil.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Huma-
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) LUZ ESPERANZA SERRANO SIL- VA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 51822684, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global de
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-10 • 2020 • OCTUBRE • 28 10 no y a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Resolución No. CNSC. 9310 de 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer ciento veinte (120) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72899.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Secretaria General Resolución Número 383 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA Que el artículo primero de la Resolución No. 9310 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el vigésimo noveno (29º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) LILIANA ROCIO ARENAS CRISTANCHO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 37547125.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado Que mediante Resolución No. 601 del 28 de diciembre de 2018, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) KA- REN LILIANA MATIAS RIBILLO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1030608928. por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) LILIANA ROCIO ARENAS CRISTAN- CHO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 37547125, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-11 • 2020 • OCTUBRE • 28 Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente: la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) KAREN LI- LIANA MATIAS RIBILLO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1030608928, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a LILIANA ROCIO ARENAS CRISTANCHO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 37547125, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de KAREN LILIANA MATIAS RIBILLO, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 1030608928, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) LILIANA RO- CIO ARENAS CRISTANCHO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 37547125, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a LILIANA ROCIO ARENAS CRIS- TANCHO al correo electrónico arenasliliana19@ yahoo.es y a KAREN LILIANA MATIAS RIBILLO al correo electrónico kren.matias@hotmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) LILIANA ROCIO ARENAS CRISTAN- CHO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 37547125, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-12 • 2020 • OCTUBRE • 28 12 ta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72899.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 384 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
Que el artículo primero de la Resolución No. 9310 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el trigésimo primero (31º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) LUIS FELI- PE GARCIA LOZANO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79968450.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Que mediante Resolución No. 053 de 09 de febrero de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) SANDRA MILENA POCHES VARGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1018404615.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) LUIS FELIPE GARCIA LOZANO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79968450, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC. 9310 de 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer ciento veinte (120) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la plan- 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-13 • 2020 • OCTUBRE • 28 Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente: no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) SANDRA MILE- NA POCHES VARGAS identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1018404615, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) LUIS FELI- PE GARCIA LOZANO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79968450, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a LUIS FELIPE GAR- CIA LOZANO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79968450, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de SANDRA MILENA POCHES VARGAS, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 1018404615, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a LUIS FELIPE GARCIA LOZA- NO al correo electrónico evolucion647@yahoo.com y a SANDRA MILENA POCHES VARGAS al correo electrónico sandrapoches@hotmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) LUIS FELIPE GARCIA LOZANO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79968450, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-14 • 2020 • OCTUBRE • 28 14
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º. mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 385 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por Que el artículo primero de la Resolución CNSC No. 9339 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 08, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) JAVIER FERNANDO PINZÓN DÍAZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.049.631.594. terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Que mediante Resolución No.121 del 8 de marzo de2019, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) LEIDY VANESA PALACIOS GUEVARA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.022.366.078.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) JAVIER FERNANDO PINZÓN DÍAZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.049.631.594, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 08, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución CNSC No. 9339 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer dos (2) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 08, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72732.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-15 • 2020 • OCTUBRE • 28 Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) JAVIER FER- NANDO PINZÓN DÍAZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.049.631.594, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a JAVIER FERNAN- DO PINZÓN DÍAZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.049.631.594, en el cargo Profesional Universitario, Código 219, Grado 08, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de LEIDY VANESA PALACIOS GUEVARA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.022.366.078, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 08, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a JAVIER FERNANDO PINZÓN DÍAZ, al correo electrónico javierfpd@hotmail.com y a LEIDY VANESA PALACIOS GUEVARA, al correo electrónico lvpalacios@alcaldiabogota.gov.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) JAVIER FERNANDO PINZÓN DÍAZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.049.631.594, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 08, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) LEIDY VANESA PALACIOS GUEVARA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.022.366.078, el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 08, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de Subsecretaría de
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-16 • 2020 • OCTUBRE • 28 16 Resolución Número 386 (Octubre 20 de 2020) el (la) señor (a) BLANCA LEONOR LOSADA ROME- RO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.506.978.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA Que mediante Resolución No.053 de 9 de febrero de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) DAMARIS SÁNCHEZ SALAMANCA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 35.424.640.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) BLANCA LEONOR LOSADA ROME- RO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.506.978, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9025 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer seis (6) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72614.
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a BLANCA LEONOR LOSADA ROMERO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.506.978, en el cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de DAMARIS SÁNCHEZ SALAMANCA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 35.424.640, en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno.
Que el artículo primero de la Resolución No. 9065 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el segundo (2º) lugar en posición de elegibilidad En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-17 • 2020 • OCTUBRE • 28
RESUELVE:
con cédula de ciudadanía No. 35.424.640 al correo dsanchezsa@alcaldiabogota.gov.co, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) BLANCA LEONOR LOSADA ROME- RO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.506.978, en el cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Oficina de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 387 (Octubre 20 de 2020)
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) DAMARIS SÁNCHEZ SALAMANCA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 35.424.640, el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) BLANCA LEO- NOR LOSADA ROMERO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.506.978, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a BLANCA LEONOR LOSADA ROMERO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.506.978 al correo bllosada@gmail.com y a DAMARIS SÁNCHEZ SALAMANCA, identificado (a)
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-18 • 2020 • OCTUBRE • 28 18 Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente: abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9025 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer seis (6) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72614.
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a KELLY MIREYA CORREA ESPINOSA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.107.181, en el cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de NATALI TENJO VARGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.057.582.232, en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno.
Que el artículo primero de la Resolución No. 9065 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el cuarto (4º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) KELLY MIREYA CORREA ESPINOSA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.107.181.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No.081 de 23 de febrero de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) NATALI TENJO VARGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.057.582.232.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) KELLY MIREYA CORREA ESPINO- SA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.107.181, en el cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condicio-
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) KELLY MIREYA CORREA ESPINOSA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.107.181, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-19 • 2020 • OCTUBRE • 28 fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y nes para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 388 (Octubre 20 de 2020)
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) NATALI TENJO VARGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.057.582.232, el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) KELLY MIRE- YA CORREA ESPINOSA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.107.181, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a KELLY MIREYA CORREA ESPINOSA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.107.181 al correo erkeis@yahoo.es y a NATALI TENJO VARGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.057.582.232al correo ntenjo@ alcaldiabogota.gov.co, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9025 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer seis (6) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72614.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Oficina de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-20 • 2020 • OCTUBRE • 28 20 Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a MONICA MARIA GRANADOS CADAVID, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.007.775, en el cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de EDITH JANNETH ABELLA SANCHEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.009.291, en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que el artículo primero de la Resolución No. 9065 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el tercer (3º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) MONICA MARIA GRANADOS CA- DAVID, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.007.775.
Que mediante Resolución No.081 de 23 de febrero de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) EDITH JANNETH ABELLA SANCHEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.009.291.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) MONICA MARIA GRANADOS CADA- VID, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.007.775, en el cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) MONICA MARIA GRANADOS CADA- VID, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.007.775, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) EDITH JAN- NETH ABELLA SANCHEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.009.291, el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 25, de la Oficina de Control Interno, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior
(…)”
21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-21 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 389 (Octubre 20 de 2020) a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) MONICA MA- RIA GRANADOS CADAVID, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.007.775, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a MONICA MARIA GRANADOS CADAVID, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.007.775 al correo monimgc@gmail.com y a EDITH JANNETH ABELLA SANCHEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.009.291 al correo ejabella@alcaldiabogota.gov.co, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Oficina de Control Interno de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC. 9310 de 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer ciento veinte (120) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72899.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Secretaria General Que el artículo primero de la Resolución No. 9310 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-22 • 2020 • OCTUBRE • 28 22 de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el vigésimo séptimo (27º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) MARIA CONSUELO SOLANO GARZON, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 51722731. de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de JUAN ESTEBAN VILORIA BARRERA, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 1020733559, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., Que mediante Resolución No. 029 del 24 de enero de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) JUAN ESTE- BAN VILORIA BARRERA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1020733559.
RESUELVE:
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) MARIA CONSUELO SOLANO GAR- ZON, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 51722731, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) MARIA CONSUELO SOLANO GAR- ZON, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 51722731, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) JUAN ESTEBAN VILORIA BARRERA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1020733559, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a MARIA CONSUE- LO SOLANO GARZON identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 51722731, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-23 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 390 de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
(Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) MARIA CON- SUELO SOLANO GARZON, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 51722731, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a MARIA CONSUELO SOLANO GARZON al correo electrónico consoga@yahoo.es y a JUAN ESTEBAN VILORIA BARRERA al correo electrónico takres88@hotmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9362 del 17 de Septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer tres (3) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 01, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72742.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Secretaria General Que el artículo primero de la Resolución No 9362 del 17 de Septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer las vacantes del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 01, de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-24 • 2020 • OCTUBRE • 28 24 dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de FRANK TORRES PAZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 16.504.244, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 01. la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el Tercer (3º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) ANDRÉS MAURICIO CASTRO RINCÓN identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.020.793.827 En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 530 del 9 de Noviembre de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) FRANK TORRES PAZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 16.504.244
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a), ANDRÉS MAURICIO CASTRO RIN- CÓN identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.020.793.827 en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 01, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) ANDRÉS MAURICIO CASTRO RIN- CÓN identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.020.793.827, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 01, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) FRANK TORRES PAZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 16.504.244, en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 01, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a ANDRÉS MAURI- CIO CASTRO RINCÓN identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.020.793.827, en el cargo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 01, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo,
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) ANDRÉS MAURICIO CASTRO RINCÓN identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.020.793.827 de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a
25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-25 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 391 partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
(Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a ANDRÉS MAURICIO CASTRO RINCÓN y FRANK TORRES PAZ a los correos electrónicos amcastror@unal.edu.co; ftorresp@alcaldiabogota.gov.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9310 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer ciento veinte (120) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., ofertado e identificado con código OPEC número 72899.
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No CNSC REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-26 • 2020 • OCTUBRE • 28 26 9310 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el sexagésima (60º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) ALBA CAROLINA MORA GARZÓN, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.068.975.762. ministrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de JHONNY FABIAN ESPINOSA RODRÍGUEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.013.683.835, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., Que mediante Resolución No. 314 de 4 de julio de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) JHONNY FA- BIAN ESPINOSA RODRÍGUEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.013.683.835.
RESUELVE:
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) ALBA CAROLINA MORA GAR- ZÓN, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.068.975.762, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) ALBA CAROLINA MORA GAR- ZÓN, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.068.975.762, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a ALBA CAROLINA MORA GARZÓN, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.068.975.762, en el cargo Auxiliar Ad-
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) JHONNY FABIAN ESPINOSA RODRÍGUEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.013.683.835, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Direc-
27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-27 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 392 ción de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
(Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) ALBA CARO- LINA MORA GARZÓN, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.068.975.762, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución ALBA CAROLINA MORA GAR- ZÓN, al correo electrónico carolinamora2394@gmail. com y a JHONNY FABIAN ESPINOSA RODRÍGUEZ, al correo electrónico jhonnyfabian.zzz@gmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9310 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer ciento veinte (120) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., ofertado e identificado con código OPEC número 72899.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-28 • 2020 • OCTUBRE • 28 28 Que el artículo primero de la Resolución No CNSC 9310 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el quincuagésimo quinto (55º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) MAIRA ALEXANDRA ROJAS MOS- QUERA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.112.463.060.
DRA ROJAS MOSQUERA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.112.463.060, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de LUIS ALEXAN- DER PARRA VELASCO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.010.203.227, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., Que mediante Resolución No. 187 de 4 de mayo de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) LUIS ALEXANDER PARRA VELASCO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.010.203.227.
RESUELVE:
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) MAIRA ALEXANDRA ROJAS MOS- QUERA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.112.463.060, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) MAIRA ALEXANDRA ROJAS MOSQUE- RA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.112.463.060, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a MAIRA ALEXAN-
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) LUIS ALEXAN- DER PARRA VELASCO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.010.203.227, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de
29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-29 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 393 (Octubre 20 de 2020) las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) MAIRA ALEXANDRA ROJAS MOSQUERA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.112.463.060, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución MAIRA ALEXANDRA ROJAS MOS- QUERA, al correo electrónico alexarojasm@hotmail. com y a LUIS ALEXANDER PARRA VELASCO, al correo electrónico alex-342@hotmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9476 del dieciocho (18) de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer una (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 27, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72796.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que el artículo primero de la Resolución No. 9476 del dieciocho (18) de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Gra- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-30 • 2020 • OCTUBRE • 28 30 Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de YESID NICOLAS GONZALEZ GRACIA, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No 1020772637, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 27. do 27, de la Subdirección de Imprenta Distrital de la Dirección de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Subsecretaria Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) WILSON GEOVANNY SABOGAL PEÑA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79979402.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No.407 de veintinueve (29) de agosto de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) YESID NICOLAS GONZALEZ GRACIA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1020772637.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) WILSON GEOVANNY SABOGAL PEÑA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79979402, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 27, Subdirección de Imprenta Distrital de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Subsecretaria Técnica, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) WILSON GEOVANNY SABOGAL PEÑA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79979402, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 27, de la Subdirección de Imprenta Distrital de la Dirección de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Subsecretaria Técnica, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) YESID NICOLAS GONZALEZ GRACIA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1020772637, el empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 27, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) WILSON GEOVANNY SABOGAL PEÑA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79979402, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Na-
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a WILSON GEOVAN- NY SABOGAL PEÑA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79979402, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 27, de la Subdirección de Imprenta Distrital de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Subsecretaria Técnica, de la 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-31 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 394 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por cional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba. terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución WILSON GEOVANNY SABOGAL PEÑA al correo electrónico wilsonsabogal1@hotmail. com y YESID NICOLAS GONZALEZ GRACIA al correo nick.159@outlook.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección de Imprenta Distrital de la Dirección de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Subsecretaria Técnica del Servicio de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9361 del 17 de Septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer dos (2) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 03, de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72741.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No 9361 del 17 de Septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer las vacantes del empleo REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-32 • 2020 • OCTUBRE • 28 32 provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de DAVID JULIAN GAMBOA SANCHEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.032.414.359, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 03.
Profesional Universitario, Código 219, Grado 03, de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) ANA VICTORIA CACERES CAICEDO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 46.669.963 En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 191 del 9 de Mayo de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a), DAVID JU- LIÁN GAMBOA SÁNCHEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.032.414.359
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) ANA VICTORIA CACERES CAICE- DO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 46.669.963, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 03, de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) ANA VICTORIA CACERES CAICE- DO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 46.669.963, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 03, de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) DAVID JULIÁN GAMBOA SÁNCHEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.032.414.359, en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 03, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a ANA VICTORIA CA- CERES CAICEDO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 46.669.963, en el cargo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 03, de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) ANA VICTO- RIA CACERES CAICEDO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 46.669.963de de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución,
33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-33 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 395 (Octubre 20 de 2020) para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a ANA VICTORIA CACERES CAI- CEDO y DAVID JULIÁN GAMBOA SÁNCHEZ a los correos electrónicos victoriacaceres2000@yahoo. com; djgamboa@alcaldiabogota.gov.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección Administrativa y Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9196 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 15, Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72702.
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No. 9196 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-34 • 2020 • OCTUBRE • 28 34 Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) DIANA FARLEY RODRÍGUEZ MUÑOZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52771352.
Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de YULY ANDREA AGUDELO PUERTA, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 32296165, en el empleo Profesional Universitario, Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., Que mediante Resolución No. 367 de 2 de julio de 2019, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) YULY AN- DREA AGUDELO PUERTA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 32296165.
RESUELVE:
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) DIANA FARLEY RODRÍGUEZ MU- ÑOZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52771352, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) DIANA FARLEY RODRÍGUEZ MU- ÑOZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52771352, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a DIANA FARLEY RO- DRÍGUEZ MUÑOZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52771352, en el cargo Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) YULY ANDREA AGUDELO PUERTA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 32296165, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Direc-
35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-35 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 396 ción de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
(Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) DIANA FAR- LEY RODRÍGUEZ MUÑOZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52771352, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a las personas relacionadas en la resolución a los correos electrónicos itza80@gmail. com y saffervi@gmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica del Servicio de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9197 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 15, Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72703.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No. 9197 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-36 • 2020 • OCTUBRE • 28 36 de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) MARYBELL MORA GARCÍA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53007517. de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de PAOLA MICHELY TORRES LEGUIZA- MON, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 52200010, en el empleo Profesional Universitario, Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., Que mediante Resolución No. 407 de 29 de agosto de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) PAOLA MI- CHELY TORRES LEGUIZAMON, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52200010.
RESUELVE:
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) MARYBELL MORA GARCÍA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53007517, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) MARYBELL MORA GARCÍA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53007517, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) PAOLA MICHELY TORRES LEGUIZAMON identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52200010, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Direc-
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a MARYBELL MORA GARCIA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53007517, en el cargo Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección Técnica 37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-37 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 397 ción de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
(Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) MARYBELL MORA GARCÍA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53007517, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a las personas relacionadas en la resolución a los correos electrónicos maribelmorag@ gmail.com y paopaoto@gmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica del Servicio de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9202 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 13 de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72707.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No. 9202 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-38 • 2020 • OCTUBRE • 28 38 dula de ciudadanía No. 1018444183, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13 de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa.
Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) LUÍSA FERNANDA SUÁREZ BARRERA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53073987.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 156 de 28 de marzo de 2019, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) ANDRÉS DAVID NIETO MELENDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1018444183.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) LUÍSA FERNANDA SUÁREZ BARRE- RA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53073987, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) LUISA FERNANDA SUÁREZ BARRE- RA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53073987, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) ANDRÉS DAVID NIETO MELENDEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1018444183, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 13 de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa,, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a LUÍSA FERNANDA SUÁREZ BARRERA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53073987, en el cargo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de ANDRÉS DAVID NIETO MELENDEZ, identificado (a) con la cé-
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) LUÍSA FER- NANDA SUÁREZ BARRERA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53073987, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a
39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-39 • 2020 • OCTUBRE • 28
CONSIDERANDO:
partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a las personas relacionadas en la resolución a los correos electrónicos luisasuarez84@ hotmail.com, ad.nieto @uniandes.edu.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9555 del dieciocho (18) de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer tres (3) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 24, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72806.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
Que de conformidad con lo previsto en el en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 398 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba, se da por terminado un encargo y se da por terminado un Que el artículo primero de la Resolución No. 9555 del dieciocho (18) de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo Código 407, Grado 24, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el segundo (2º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) LAURA MARITZA RAMÍREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1032391070. nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Que mediante Resolución No. 004 de tres (3) de enero de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante encargo con el (la) servidor (a) público LUIS GONZAGA GARZON ESTRADA, identificado con cédula de ciudadanía No. 77017066 Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y, Que mediante Resolución No. 561 de catorce (14) de diciembre de 2018, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-40 • 2020 • OCTUBRE • 28 40 y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., respecto del cual es titular con derechos de carrera administrativa el servidor (a) público (a) LUIS GONZAGA GARZON ESTRADA, identificado con cédula de ciudadanía No. 77017066, se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia temporal con el (la) señor (a) ALEXIS JOHANNA MENDEZ PIÑE- ROS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1010178084. haberse realizado el concurso de méritos respectivo, se dará por terminado el encargo de LUIS GONZAGA GARZON ESTRADA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 77017066, quien es titular del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, y el nombramiento provisional en vacancia temporal de ALEXIS JOHANNA MENDEZ PIÑEROS, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 1010178084, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13 de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) LAURA MARITZA RAMÍREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1032391070, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 24 Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C..
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) LAURA MARITZA RAMÍREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1032391070, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 24, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a LAURA MARITZA RAMÍREZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1032391070, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 24 de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por
Artículo tercero.
Como consecuencia del nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado el encargo de LUIS GONZAGA GARZON ESTRADA en el empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 24 por consiguiente, deberá asumir el empleo Auxiliar Administrativo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa respecto del cual ostenta como titular con derechos de carrera, una vez el (la) señor (a) LAURA MARITZA RAMÍREZ, tome posesión del empleo para el cual fue nombrado (a) en período de
41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-41 • 2020 • OCTUBRE • 28 prueba, de lo cual la Dirección de Talento Humano informará dentro de la debida oportunidad. formidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo noveno.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 399 (Octubre 20 de 2020)
Artículo cuarto.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento ordenado en el artículo primero y la terminación del encargo establecido en el artículo tercero de la presente Resolución, el nombramiento provisional del (la) señor (a) ALEXIS JOHANNA MENDEZ PIÑEROS en el empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 13, se dará por terminado automáticamente, una vez el (la) servidor (a) público (a) LUIS GONZAGA GARZON ESTRADA asuma el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa, respecto del cual ostenta como titular los derechos de carrera, de lo cual la Dirección de Talento Humano informará dentro de la debida oportunidad.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del
Artículo quinto.
El (la) señor (a) LAURA MA- RITZA RAMÍREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1032391070, de conformidad con lo dispuesto en el 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo sexto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a LAURA MARITZA RAMÍREZ al correo maritzar85@yahoo.com, a LUIS GONZAGA GARZON ESTRADA al correo lugaes21@yahoo.com y a ALEXIS JOHANNA MENDEZ PIÑEROS al correo electrónico alexisjohannamendez85@gmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo séptimo.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano, a la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9644 del 19 de Septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 19, de la Secretaría Privada de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72992.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo octavo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de con-
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-42 • 2020 • OCTUBRE • 28 42 Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a DIANA CA- ROLINA CARRASCO MOLINA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.067.076, en el cargo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 19, de la Secretaría Privada de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de SHIRLEY GUERRERO DIAZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.545.473, en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 19.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que el artículo primero de la Resolución No 9644 del 19 de Septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 19, de la Secretaría Privada de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) DIANA CAROLINA CARRASCO MOLINA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.067.076 Que mediante Resolución No. 496 del 7 de Noviembre de 2018, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) SHIRLEY GUERRERO DIAZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.545.473
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) DIANA CAROLINA CARRASCO MO- LINA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.067.076, en el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 19, de la Secretaría Privada de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) DIANA CAROLINA CARRASCO MO- LINA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.067.076, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 19, de la Secretaría Privada de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) SHIRLEY GUE- RRERO DIAZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.545.473, en el empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 19, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
(…)”
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) DIANA CARO- LINA CARRASCO MOLINA identificado (a) con cé-
43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-43 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 400 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA dula de ciudadanía No. 53.067.076, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a DIANA CAROLINA CARRASCO MOLINA y SHIRLEY GUERRERO DIAZ a los correos electrónicos diacamol@gmail.com; sguerrerod@ alcaldiabogota.gov.co través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Secretaría Privada de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9157 del 17 de Septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer un (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72667.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No 9157 del 17 de Septiembre de 2020, conformó y adoptó la lis- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-44 • 2020 • OCTUBRE • 28 44 ta de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) EDGAR EDIDIER AVILA BENAVIDES identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.580.294 ción de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de ALIX YULY AR- GUELLO FONSECA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.904.403, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 309 del 26 de Julio de 2018, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) ALIX YULY ARGUELLO FONSECA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.904.403
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) EDGAR EDIDIER AVILA BENAVI- DES identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.580.294, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) EDGAR EDIDIER AVILA BENAVI- DES identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.580.294, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) ALIX YULY AR- GUELLO FONSECA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.904.403, en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a EDGAR EDIDIER AVILA BENAVIDES identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.580.294, en el cargo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirec-
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) EDGAR EDI- DIER AVILA BENAVIDES identificado (a) con cédula
45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-45 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 401 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA de ciudadanía No. 79.580.294, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a EDGAR EDIDIER AVILA BENAVI- DES y ALIX YULY ARGUELLO FONSECA a los correos electrónicos edidavilita@hotmail.com; ayarguello@alcaldiabogota.gov.co través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9168 del 17 de Septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer un (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72671.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No 9168 del 17 de Septiembre de 2020, conformó y adoptó la lis- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-46 • 2020 • OCTUBRE • 28 46 ta de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) ANI YADIRA NIÑO DELGADO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.090.179 nica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de JOSÉ ROBERTO HER- NÁNDEZ GRANADOS identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 19.354.767, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 339 del 26 de Junio de 2019, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a), JOSÉ RO- BERTO HERNÁNDEZ GRANADOS identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 19.354.767
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) ANI YADIRA NIÑO DELGADO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.090.179, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) ANI YADIRA NIÑO DELGADO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.090.179, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) JOSÉ ROBER- TO HERNÁNDEZ GRANADOS identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 19.354.767, en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a ANI YADIRA NIÑO DELGADO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.090.179, en el cargo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirección Téc-
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) ANI YADIRA NIÑO DELGADO identificado (a) con cédula de ciu-
47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-47 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 402 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA dadanía No. 53.090.179, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a ANI YADIRA NIÑO DELGADO y JOSE ROBERTO HERNÁNDEZ GRANADOS a los correos electrónicos aynd08@gmail.com; jrhernandez@alcaldiabogota.gov.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9154 del 17 de Septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer un (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirección de Imprenta Distrital de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Subsecretaría Técnica de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72656.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No 9154 del 17 de Septiembre de 2020, conformó y adoptó la lis- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-48 • 2020 • OCTUBRE • 28 48 ta de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirección de Imprenta Distrital de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) OSCAR ELI GÓMEZ BUITRAGO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.255.312 Imprenta Distrital de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de JUAN CARLOS MUÑOZ ARENAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.469.010, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 445 del 27 de Septiembre de 2019, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) JUAN CARLOS MUÑOZ ARENAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.469.010
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) OSCAR ELI GÓMEZ BUITRAGO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.255.312, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirección de Imprenta Distrital de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Subsecretaría Técnica de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) OSCAR ELI GÓMEZ BUITRAGO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.255.312, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirección de Imprenta Distrital de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) JUAN CARLOS MUÑOZ ARENAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.469.010, en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a OSCAR ELI GÓMEZ BUITRAGO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.255.312, en el cargo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Subdirección de
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) OSCAR ELI GÓMEZ BUITRAGO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.255.312, de conformidad con el
49 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-49 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 403 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional” artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a OSCAR ELI GÓMEZ BUITRAGO y JUAN CARLOS MUÑOZ ARENAS a los correos electrónicos oscar.eli.gomez@hotmail.com; jcmunoza@alcaldiabogota.gov.co través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección de Imprenta Distrital de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC. 9310 de 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer ciento veinte (120) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72899.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles. mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No. 9310 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-50 • 2020 • OCTUBRE • 28 50 elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el décimo noveno (19º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) JENNY MILENA PARDO PADILLA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1032424059.
Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de JOSÉ GUSTAVO ADOLFO CASTRO CLAROS, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 79979339, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía.
Que mediante Resolución No. 229 del 01 de junio de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) JOSÉ GUSTAVO ADOLFO CASTRO CLAROS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79979339.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) JENNY MILENA PARDO PADILLA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1032424059, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) JENNY MILENA PARDO PADILLA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1032424059, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombramiento provisional.
(…)”
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a JENNY MILENA PARDO PADILLA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1032424059, en el cargo Auxiliar
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) JOSÉ GUSTAVO ADOLFO CASTRO CLAROS identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79979339, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a
51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-51 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 404 (Octubre 20 de 2020) la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) JENNY MILENA PARDO PADILLA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1032424059, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a JENNY MILENA PARDO PADILLA al correo electrónico jennymilena18@ hotmail.com y a JOSÉ GUSTAVO ADOLFO CASTRO CLAROS al correo electrónico jgcastro@ alcaldiabogota.gov.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC. 9310 de 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer ciento veinte (120) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72899.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Secretaria General Que el artículo primero de la Resolución No. 9310 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxi- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-52 • 2020 • OCTUBRE • 28 52 liar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el décimo octavo (18º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) NUBIA ESPE- RANZA TORO GOMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52093319. nitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de ANA VICTORIA MOLANO ESCOBAR, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 52317080, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 641 del 28 de diciembre de 2016, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) ANA VICTORIA MOLANO ESCOBAR, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52317080.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) NUBIA ESPERANZA TORO GO- MEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52093319, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) NUBIA ESPERANZA TORO GOMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52093319, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) ANA VICTORIA MOLANO ESCOBAR identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52317080, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a NUBIA ESPERAN- ZA TORO GOMEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52093319, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión defi-
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) NUBIA ESPE- RANZA TORO GOMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52093319, de conformidad con el
53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-53 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 405 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional” artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a NUBIA ESPERANZA TORO GOMEZ al correo electrónico nubiaesperanza27@ gmail.com y a ANA VICTORIA MOLANO ESCOBAR al correo electrónico avmolano@alcaldiabogota.gov. co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC. 9310 de 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer ciento veinte (120) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72899.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No. 9310 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-54 • 2020 • OCTUBRE • 28 54 D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de LAURA MARCELA CORTES ROMERO, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 1071165238, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía. de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el (22º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) LYLY ANGELICA AGU- DELO HERNANDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1024509623.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 641 del 28 de diciembre de 2016, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) LAU- RA MARCELA CORTES ROMERO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1071165238.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) LYLY ANGELICA AGUDELO HER- NANDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1024509623, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) LYLY ANGELICA AGUDELO HERNAN- DEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1024509623, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) LAURA MAR- CELA CORTES ROMERO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1071165238, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) LYLY ANGELI- CA AGUDELO HERNANDEZ, identificado (a) con cé-
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a LYLY ANGELICA AGUDELO HERNANDEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1024509623, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, 55 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-55 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 406 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA dula de ciudadanía No. 1024509623, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a LYLY ANGELICA AGUDELO HERNANDEZ al correo electrónico angli-k@hotmail. com y a al correo electrónico lmcortes@alcaldiabogota.gov.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9203 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 13 de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72708.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No. 9203 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-56 • 2020 • OCTUBRE • 28 56 miento provisional en vacancia definitiva de ANGE- LA LILIANA ARIZA BELTRAN, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 52379480, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13 de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa.
Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) MARTÍN JULIÁN PEDRAZA GALINDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80171186.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 445 de 27 de septiembre de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) AN- GELA LILIANA ARIZA BELTRAN, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52379480.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) MARTÍN JULIÁN PEDRAZA GALIN- DO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80171186, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) MARTÍN JULIÁN PEDRAZA GALIN- DO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80171186, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) ANGELA LI- LIANA ARIZA BELTRAN identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52379480, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 13 de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa,, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) MARTÍN JU- LIÁN PEDRAZA GALINDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80171186, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a MARTÍN JULIÁN PEDRAZA GALINDO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80171186, en el cargo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombra- 57 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-57 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 409 (Octubre 20 de 2020) partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a las personas relacionadas en la resolución a los correos electrónicos julian.pedraza3@hotmail.com, angelal.arizab@gmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección Administrativa y Financiera de la Subsecretaria Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC. 9310 de 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer ciento veinte (120) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72899.
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No. 9310 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lis- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-58 • 2020 • OCTUBRE • 28 58 el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de BARAJAS ESTRADA MARISOL, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 52857243, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía. ta de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el (20º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) SOL ANGELA CEPEDA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52253687.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 648 del 28 de diciembre de 2016, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) BARAJAS ESTRADA MARISOL, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52857243.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) SOL ANGELA CEPEDA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52253687, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) SOL ANGELA CEPEDA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52253687, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) BARAJAS ESTRADA MARISOL identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52857243, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) SOL ANGE- LA CEPEDA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52253687, de conformidad con el artículo
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a SOL ANGELA CE- PEDA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52253687, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado 59 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-59 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 410 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a SOL ANGELA CEPEDA al correo electrónico solangelacepeda@hotmail.com y a BA- RAJAS ESTRADA MARISOL al correo electrónico mabaes81@gmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9635 del 19 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 09, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72811.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No 9635 del 19 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 09, de la Subdirección de Imprenta Distrital de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-60 • 2020 • OCTUBRE • 28 60 GARZÓN MENDEZ, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 52466434, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 09.
Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) MAIRA ALEJANDRA CARDOZO TRIBILCOCK, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 39677503.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No.289 de 22 de junio de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) ANA GEINER GARZÓN MENDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52466434.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) MAIRA ALEJANDRA CARDOZO TRI- BILCOCK, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 39677503, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 09, Subdirección de Imprenta Distrital de la Subsecretaría Técnica, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) MAIRA ALEJANDRA CARDOZO TRI- BILCOCK, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 39677503, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 09, de la Subdirección de Imprenta de la Subsecretaría Técnica Distrital, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) ANA GEINER GARZÓN MENDEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52466434, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 09, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a MAIRA ALEJANDRA CARDOZO TRIBILCOCK identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 39677503, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 09, de la Subdirección de Imprenta Distrital de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de ANA GEINER
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) MAIRA ALE- JANDRA CARDOZO TRIBILCOCK, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 39677503, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
61 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-61 • 2020 • OCTUBRE • 28
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a las personas relacionadas en la resolución a los correos electrónicos geiner1979@ hotmail.com, alejandra.cardozo@hotmail.com, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9637 del 19 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 05, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72898.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección de Imprenta Distrital de la Subsecretaría Técnica del Servicio de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 411 (Octubre 20 de 2020)
Que el artículo primero de la Resolución No 9637 del 19 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 05, de la Subdirección Técnica de Desarrollo Institucional de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) MILLER ALEXANDER MUNEVAR PU- LIDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79216980.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA Que mediante Resolución No.752 de 11 de diciembre de 2019, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) ISIS JU- LIANA MESA MESA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1000619116.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y, Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) MILLER ALEXANDER MUNEVAR PU- LIDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79216980, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-62 • 2020 • OCTUBRE • 28 62 empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 05, de la Subdirección Técnica de Desarrollo Institucional de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente: la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) ISIS JULIANA MESA MESA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1000619116, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 05, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) MILLER ALEXÁNDER MUNEVAR PULIDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79216980, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a MILLER ALEXAN- DER MUNEVAR PULIDO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79216980, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 05, de la Subdirección Técnica de la Subsecretaría Técnica de Desarrollo Institucional, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de ISIS JULIANA MESA MESA, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 1000619116, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 05.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a las personas relacionadas en la resolución a los correos electrónicos isisjulianams002@gmail.com, mialex81@hotmail.com, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
RESUELVE:
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Técnica de Desarrollo Institucional de la Subsecretaría Técnica del Servicio de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) MILLER ALEXÁNDER MUNEVAR PU- LIDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79216980, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 05, Subdirección Técnica de Desarrollo Institucional, de la Subsecretaría Técnica de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de
63 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-63 • 2020 • OCTUBRE • 28 sión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles. personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 412 (Octubre 20 de 2020)
Que el artículo primero de la Resolución No 9459 del 18 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 04, de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) JOSÉ GER- MAN VARGAS MALAVER, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1022958361.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Que mediante Resolución No.641 de 28 de diciembre de 2016, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) JULIETH MARÍA HUERFANO CARRANZA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1121848721.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa, se evidencia que el (la) señor (a) JOSÉ GERMAN VARGAS MALAVER, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1022958361, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 04, de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9459 del 18 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Técnico Operativo, Código 314, Grado 04, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72793.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comi- “El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-64 • 2020 • OCTUBRE • 28 64 (…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
HUERFANO CARRANZA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1121848721, el empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 04, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) JOSÉ GER- MAN VARGAS MALAVER, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1022958361, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a JOSÉ GERMAN VARGAS MALAVER identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1022958361, en el cargo Técnico Operativo, Código 314, Grado 04, de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de JULIETH MARÍA HUERFANO CARRANZA, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 1121848721, en el empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 04.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a las personas relacionadas en la resolución a los correos electrónicos julieth.nachita98@hotmail.com, josegvm1990@gmail.com, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa del Servicio de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) JOSÉ GERMAN VARGAS MALA- VER, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1022958361, en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 04, Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) JULIETH MARÍA
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General 65 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-65 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 413 (Octubre 20 de 2020)
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) JULIE VIVIANA MORALES FIQUITIVA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 20401342.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Que mediante Resolución No.751 de 11 de diciembre de 2019, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) NASLY TATIANA AGUIRRE CHAVARRO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1073158808.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) JULIE VIVIANA MORALES FIQUI- TIVA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 20401342, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Dirección de Contratación de la Subsecretaría Corporativa, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9560 del 18 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72808.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No 9560 del 18 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Dirección de Contratación de la Subsecretaría Corporativa de la Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a JULIE VIVIANA MORALES FIQUITIVA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 20401342, en el cargo Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Dirección de Contratación de la Subsecretaría Corporativa, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-66 • 2020 • OCTUBRE • 28 66 en vacancia definitiva de NASLY TATIANA AGUIRRE CHAVARRO, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 1073158808, en el empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 09.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a las personas relacionadas en la resolución a los correos electrónicos tataguicha@ hotmail.com, vivianamorales24@hotmail.com, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
RESUELVE:
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección de Contratación de la Subsecretaría Corporativa del Servicio de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) JULIE VIVIANA MORALES FI- QUITIVA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 20401342, en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, Dirección de Contratación de la Subsecretaría Corporativa, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 415 (Octubre 20 de 2020)
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) NASLY TATIANA AGUIRRE CHAVARRO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1073158808, el empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) JULIE VIVIANA MORALES FIQUITIVA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 20401342, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
67 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-67 • 2020 • OCTUBRE • 28
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo. el (la) señor (a) LAURA CRISTINA FELACIO JIME- NEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1015400565, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9187 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 15, Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72700.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No. 9187 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) LAURA CRISTINA FELACIO JIMENEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1015400565.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a LAURA CRISTINA FELACIO JIMENEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1015400565, en el cargo Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de DANIEL FELIPE MOLANO CURE, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 1136881923, en el empleo Profesional Universitario, Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 338 de 26 de junio de 2019, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) DANIEL FE- LIPE MOLANO CURE, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1136881923.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) LAURA CRISTINA FELACIO JIME- NEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-68 • 2020 • OCTUBRE • 28 68 1015400565, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica del Servicio de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 422 (Octubre 20 de 2020)
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) DANIEL FE- LIPE MOLANO CURE identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1136881923, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15 de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) LAURA CRIS- TINA FELACIO JIMENEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1015400565, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a las personas relacionadas en la resolución a los correos electrónicos lauracrisfj@hotmail.com, dfmc89@hotmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
69 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-69 • 2020 • OCTUBRE • 28 nía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC. 9310 de 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer ciento veinte (120) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72899.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No. 9310 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el vigésimo quinto (25º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) XIOMARA CARDOZO MONSALVE, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 60392929.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a XIOMARA CARDO- ZO MONSALVE identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 60392929, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de MARIO FERNANDO RAMIREZ GONZA- LEZ, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 12282628, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 641 del 28 de diciembre de 2016, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) MA- RIO FERNANDO RAMIREZ GONZALEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 12282628.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) XIOMARA CARDOZO MONSAL- VE, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 60392929, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) XIOMARA CARDOZO MONSALVE, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 60392929, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudada- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-70 • 2020 • OCTUBRE • 28 70 D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución. de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 424 (Octubre 20 de 2020)
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) MARIO FER- NANDO RAMIREZ GONZALEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 12282628, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 01, de la Dirección de Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) XIOMARA CARDOZO MONSALVE, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 60392929, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a las personas relacionadas en la resolución a los correos electrónicos xicamo123@ gmail.com y mariof2684@hotmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía del Servicio de la Secretaría General
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9634 del 19 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer dos (2) vacante (s) del 71 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-71 • 2020 • OCTUBRE • 28 Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente: empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 09, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72888.
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a LUIS JOSÉ ALBARRACÍN GÓMEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79619546, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 09, de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de LUZ ANGELICA PERDOMO JIMÉNEZ, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 39667922, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 09.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., Que el artículo primero de la Resolución No 9634 del 19 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 09, de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el segundo (2º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) LUIS JOSÉ ALBARRACÍN GÓMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79619546.
RESUELVE:
Que mediante Resolución No.201 de 17 de mayo de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) LUZ ANGÉLICA PERDOMO JIMÉNEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 39667922.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) LUIS JOSÉ ALBARRACÍN GÓMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79619546, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 09, Dirección Distrital de Archivo de Bogotá, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) LUIS JOSÉ ALBARRACÍN GÓMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79619546, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 09, de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-72 • 2020 • OCTUBRE • 28 72 Resolución Número 428 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) LUZ ANGÉLICA PERDOMO JIMÉNEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 39667922, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 09, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) LUIS JOSÉ ALBARRACÍN GÓMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79619546, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a las personas relacionadas en la resolución a los correos electrónicos lulik1222@gmaail. com, luijoymariajose13@gmail.com, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá del Servicio de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9306 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica de la planta global, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., ofertado e identificado con código OPEC número 72720.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º. mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Que el artículo primero de la Resolución No. 9306 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lis- Secretaria General 73 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-73 • 2020 • OCTUBRE • 28 ta de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) PEDRO ANDRÉS QUIÑONES RAMOS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.732.510. ción Técnica de Archivo de Bogotá, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de MANUEL GÓMEZ PATIÑO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.746.631, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 745 del 9 de diciembre de 2019, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) MANUEL GÓMEZ PATIÑO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.746.631.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) PEDRO ANDRÉS QUIÑONES RA- MOS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.732.510, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) PEDRO ANDRÉS QUIÑONES RA- MOS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.732.510, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) MANUEL GÓMEZ PATIÑO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.746.631, el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a PEDRO ANDRÉS QUIÑONES RAMOS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.732.510, en el cargo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Subdirec-
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) PEDRO AN- DRÉS QUIÑONES RAMOS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.732.510, de conformidad
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-74 • 2020 • OCTUBRE • 28 74 Resolución Número 429 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional” con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a PEDRO ANDRÉS QUIÑONES RAMOS y MANUEL GÓMEZ PATIÑO a los correos electrónicos peandresq@gmail.com y mgomez@alcaldiabogota.gov.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección del Sistema Distrital de Archivos, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9308 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica de la planta global, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., ofertado e identificado con código OPEC número 72721.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No. 9308 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lis- 75 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-75 • 2020 • OCTUBRE • 28 ta de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) PABLO ANDRÉS VANEGAS ARAUJO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.134.462. ciudadanía No. 80.134.462, en el cargo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13 de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica de la planta global, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, se dará por terminado su nombramiento con carácter provisional en vacancia definitiva en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, mismo empleo en el cual se realizará el nombramiento en período de prueba por haber ocupado el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad.
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 362 del 1º de agosto de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) PABLO ANDRÉS VANEGAS ARAUJO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.134.462, quién ocupó el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad para el señalado empleo identificado con código OPEC número 72721.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) PABLO ANDRÉS VANEGAS ARAU- JO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.134.462, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica de la planta global, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) PABLO ANDRÉS VANEGAS ARAU- JO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.134.462, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 13 de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica de la planta global, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) PABLO ANDRÉS VANEGAS ARAUJO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.134.462, en consecuencia los efectos del nombramiento en provisionalidad efectuado mediante Resolución 362 del 1º de agosto de 2017 cesarán el día anterior a la posesión en periodo de prueba.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) PABLO AN- DRÉS VANEGAS ARAUJO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.134.462, de conformidad
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a PABLO ANDRÉS VANEGAS ARAUJO, identificado (a) con cédula de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-76 • 2020 • OCTUBRE • 28 76 Resolución Número 430 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional” con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución PABLO ANDRÉS VANEGAS ARAUJO al correo electrónico pavanegas@alcaldiabogota.gov.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9421 del dieciocho (18) de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer una (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Técnico Operativo, Código 314, Grado 20, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72781.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No. 9421 del dieciocho (18) de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 20, 77 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-77 • 2020 • OCTUBRE • 28 ANDREA PATRICIA LÓPEZ SANDOVAL, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 52532128, en el empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 20.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., de la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) SANDRA MILENA POCHES VARGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1018404615.
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 330 de diez (10) de julio de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) ANDREA PATRICIA LÓPEZ SANDOVAL, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52532128.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) SANDRA MILENA POCHES VAR- GAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1018404615, en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 20, Oficina Asesora de Planeación, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) SANDRA MILENA POCHES VAR- GAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1018404615, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 20, de la Oficina Asesora de Planeación, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) ANDREA PA- TRICIA LÓPEZ SANDOVAL identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52532128, el empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 20, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a SANDRA MILENA POCHES VARGAS identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1018404615, en el cargo Técnico Operativo, Código 314, Grado 20, de la Oficina Asesora de Planeación, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) SANDRA MI- LENA POCHES VARGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1018404615, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-78 • 2020 • OCTUBRE • 28 78
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución SANDRA MILENA POCHES VAR- GAS al correo electrónico sandrapoches@hotmail. com y ANDREA PATRICIA LÓPEZ SANDOVAL al correo andrealopez_78@hotmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Oficina Asesora de Planeación del Servicio de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9358 del diecisiete (17) de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer dos (2) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 5, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72739.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º. mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 431 (Octubre 20 de 2020)
Que el artículo primero de la Resolución No. 9358 del diecisiete (17) de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 05, de la Oficina Consejería de Comunicaciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el segundo (2º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) LAURA JUDITH RAMÍREZ PEREA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52869625.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Que mediante Resolución No. 241 de dos (2) de junio de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) JOSÉ LUIS MARTÍNEZ SENIOR, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1063147484.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y, Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) LAURA JUDITH RAMÍREZ PEREA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52869625, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser 79 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-79 • 2020 • OCTUBRE • 28 nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 05, de la Oficina Consejería de Comunicaciones, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente: nes para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) JOSE LUIS MARTÍNEZ SENIOR identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1063147484, el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 05, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) LAURA JU- DITH RAMÍREZ PEREA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52869625, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a LAURA JUDITH RA- MÍREZ PEREA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52869625, en el cargo Profesional Universitario, Código 219, Grado 05, de la Oficina Consejería de Comunicaciones, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de JOSE LUIS MARTÍNEZ SENIOR, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 1063147484, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 05.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a LAURA JUDITH RAMÍREZ PE- REA al correo laura.ramirez.community@gmail.com y JOSE LUIS MARTÍNEZ SENIOR al correo jlmartinez@alcaldiabogota.gov.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Oficina Consejería de Comunicaciones del Servicio de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) LAURA JUDITH RAMÍREZ PE- REA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52869625, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 05, Oficina Consejería de Comunicaciones, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condicio-
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-80 • 2020 • OCTUBRE • 28 80 acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles. fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º. mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 436 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por Que el artículo primero de la Resolución No 9627 del 18 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 14, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) FRANCY SMIT CEPEDA SANABRIA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 23965653. terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Que mediante Resolución No.693 de 14 de diciembre de 2015, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) OMAIRA PATRICIA PIRAGAUTA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52308855.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) FRANCY SMIT CEPEDA SANABRIA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 23965653, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 14, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9627 del 18 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer dos (2) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 14, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72867.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del “El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
81 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-81 • 2020 • OCTUBRE • 28 (…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
TRICIA PIRAGAUTA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52308855, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 14, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) FRANCY SMIT CEPEDA SANABRIA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 23965653, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a FRANCY SMIT CEPEDA SANABRIA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 23965653, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 14, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de OMAIRA PATRICIA PIRAGAUTA, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 52308855, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 14.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a las personas relacionadas en la resolución a los correos electrónicos omaiirapato0102@gmail.com, francycepedas@gmail.com, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
RESUELVE:
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía del Servicio de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) FRANCY SMIT CEPEDA SANA- BRIA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 23965653, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 14, Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) OMAIRA PA-
Secretaria General REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-82 • 2020 • OCTUBRE • 28 82 Resolución Número 439 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba, se da por terminado un encargo y se da por terminado un nombramiento provisional” de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 24 de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) JOSÉ ALEJANDRO PEÑA MOYA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80219265.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Que mediante Resolución No.242 de 15 de junio de 2018, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante encargo con el (la) servidor (a) público MARISOL ROZO MONTAÑA, identificada con cédula de ciudadanía No. 51744676.
Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No.122 de 8 de marzo de 2019, el empleo respecto del cual es titular con derechos de carrera administrativa el servidor (a) público (a) MARISOL ROZO MONTAÑA, identificado con cédula de ciudadanía No. 51744676, se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia temporal con el (la) señor (a) SANDRA PATRICIA SANABRIA HERNÁNDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52219936.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) JOSÉ ALEJANDRO PEÑA MOYA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80219265, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 24 de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC.9069 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 24 de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72617.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
Que de conformidad con lo previsto en el en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
(…)”
Que el artículo primero de la Resolución No. 9069 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista 83 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-83 • 2020 • OCTUBRE • 28 por consiguiente, deberá asumir el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía respecto del cual ostenta como titular con derechos de carrera, una vez el (la) señor (a) JOSÉ ALEJANDRO PEÑA MOYA, tome posesión del empleo para el cual fue nombrado (a) en período de prueba, de lo cual la Dirección de Talento Humano informará dentro de la debida oportunidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a JOSE ALEJANDRO PEÑA MOYA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80219265, en el cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 24 de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, se dará por terminado el encargo de MA- RISOL ROZO MONTAÑA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 51744676, quien es titular del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, y el nombramiento provisional en vacancia temporal de SANDRA PATRICIA SANABRIA HERNANDEZ en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18 de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Artículo cuarto.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento ordenado en el artículo primero y la terminación del encargo establecido en el artículo tercero de la presente Resolución, el nombramiento provisional del (la) señor (a) SANDRA PATRICIA SANABRIA HERNÁNDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52219936 en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18, se dará por terminado automáticamente, una vez el (la) servidor (a) público (a) asuma el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, respecto del cual ostenta como titular los derechos de carrera, de lo cual la Dirección de Talento Humano informará dentro de la debida oportunidad.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) JOSE ALEJANDRO PEÑA MOYA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80219265, en el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 24 de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo quinto.
El (la) señor (a) JOSÉ ALE- JANDRO PEÑA MOYA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80219265, de conformidad con lo dispuesto en el 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Artículo sexto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a las personas relacionadas en la resolución a los correos electrónico josealotropico@ gmail.com, sandra_sanabria02@hotmail.com, mrozo@alcaldiabogota.gov.co, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Artículo séptimo.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano, a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo octavo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para
Artículo tercero.
Como consecuencia del nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado el encargo de MARISOL ROZO MONTAÑA en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 24 de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía;
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-84 • 2020 • OCTUBRE • 28 84 de Bogotá, D.C., ofertado e identificado con código OPEC número 72718. respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo noveno.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Resolución Número 440 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA Que el artículo primero de la Resolución No. 9300 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Subdirección del Sistema Distrital de Archivos, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el segundo (2º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) JERS- SON FERNANDO CENDALES HERRERA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.052.382.218.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y, Que mediante Resolución No. 397 del 24 de agosto de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) JUAN CARLOS BAQUERO PÉREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.750.313.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) JERSSON FERNANDO CENDALES HERRERA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.052.382.218, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Subdirección del Sistema Distrital de Archivos, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nom- Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9300 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer dos (2) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Subdirección del Sistema Distrital de Archivos, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica de la planta global, Secretaría General de la Alcaldía Mayor 85 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-85 • 2020 • OCTUBRE • 28 bramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.” la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) JUAN CARLOS BAQUERO PÉREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.750.313, el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) JERSSON FERNANDO CENDALES HERRERA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.052.382.218, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a JERSSON FER- NANDO CENDALES HERRERA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.052.382.218, en el cargo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Subdirección del Sistema Distrital de Archivos, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de JUAN CARLOS BAQUERO PÉREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.750.313, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 13.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a JERSSON FERNANDO CEN- DALES HERRERA y JUAN CARLOS BAQUERO PÉ- REZ a los correos electrónicos jersson123@hotmail. com y jcbaquero@alcaldiabogota.gov.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección del Sistema Distrital de Archivos, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) JERSSON FERNANDO CENDALES HERRERA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.052.382.218, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 13, de la Subdirección del Sistema Distrital de Archivos, de la Dirección Distrital de Archivos de la Subsecretaría Técnica, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-86 • 2020 • OCTUBRE • 28 86
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Resolución Número 444 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA Que el artículo primero de la Resolución No. 9613 del 18 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 17 de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el(la) señor(a) YULI ANDREA SÁN- CHEZ PRADA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.073.502.474.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado Que mediante Resolución No. 490 del 25 de octubre de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el(la) señor(a) ANHJY ME- NESES PÁEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.582.026. por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No. 821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que, de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el(la) señor(a) YULI ANDREA SÁNCHEZ PRA- DA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.073.502.474, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado(a) en período de prueba en el empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 17 de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que, cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9613 del 18 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante del empleo de carrera denominado Técnico Operativo Código 314 Grado 17 de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., ofertado e identificado con código OPEC número 72858.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
(…)
87 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-87 • 2020 • OCTUBRE • 28
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
SES PÁEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.582.026, del empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 17, en consecuencia, la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
Artículo cuarto.
El(la) señor(a) YULI ANDREA SÁNCHEZ PRADA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.073.502.474, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a YULI ANDREA SÁN- CHEZ PRADA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.073.502.474, en el cargo Técnico Operativo Código 314 Grado 17 de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de ANHJY MENESES PÁEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.582.026, en el empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 17.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a YULI ANDREA SÁNCHEZ PRADA y a ANHJY MENESES PÁEZ a los correos electrónicos adre_6@hotmail.com y ameneses@alcaldiabogota.gov.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al (la) señor(a) YULI ANDREA SÁNCHEZ PRA- DA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.073.502.474, en el empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 17 de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de la Subsecretaría Técnica de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor(a) ANHJY MENE-
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-88 • 2020 • OCTUBRE • 28 88 Resolución Número 452 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección del Sistema Distrital de Archivos de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) MARLY YOLIE QUINTANA DAZA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.537.652 MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y, Que mediante Resolución No. 307 del 29 de Junio de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) MARLY YOLIE QUINTANA DAZA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.537.652, quién ocupó el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad para el señalado empleo identificado con código OPEC número 72696.
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No. 821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) MARLY YOLIE QUINTANA DAZA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.537.652, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 15.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9180 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer una (1) vacante del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección del Sistema Distrital de Archivos de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72696.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.7.6. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a MARLY YO- LIE QUINTANA DAZA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.537.652, en el cargo Profesional Universitario, Código 219, Grado 15 de la Subdirección del Sistema Distrital de Archivos de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos Que el artículo primero de la Resolución No. 9180 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista 89 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-89 • 2020 • OCTUBRE • 28 al correo electrónico maryquintana@gmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. respectivo, se dará por terminado su nombramiento con carácter provisional en vacancia definitiva en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, mismo empleo en el cual se realizará el nombramiento en período de prueba por haber ocupado el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad.
RESUELVE:
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Subdirección del Sistema Distrital de Archivos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) MARLY YOLIE QUINTANA DAZA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.537.652, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Subdirección del Sistema Distrital de Archivos de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Resolución Número 453 (Octubre 20 de 2020)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) MARLY YOLIE QUINTANA DAZA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.537.652, en consecuencia los efectos del nombramiento en provisionalidad efectuado mediante Resolución 307 del 29 de Junio de 2017 cesará el día anterior a la posesión en periodo de prueba.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) MARLY YO- LIE QUINTANA DAZA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.537.652, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a MARLY YOLIE QUINTANA DAZA,
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-90 • 2020 • OCTUBRE • 28 90 la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 9173 del 17 de Septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer un (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72689.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a CARLOS HERNAN CORREA GOMEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 93.376.394, en el cargo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de HEIDY GIOVANNA ARAMENDIZ PACHECO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 38.556.964, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 15.
Que el artículo primero de la Resolución No 9173 del 17 de Septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) CARLOS HERNAN CORREA GÓMEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 93.376.394 En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 081 del 23 de Febrero de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a), HEIDY GIOVANNA ARAMENDIZ PACHECO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 38.556.964
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) CARLOS HERNAN CORREA GÓ- MEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 93.376.394, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) CARLOS HERNAN CORREA GÓ- MEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 93.376.394, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 15, de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de 91 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-91 • 2020 • OCTUBRE • 28 respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Resolución Número 454 (Octubre 20 de 2020)
Artículo tercero.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) HEIDY GIO- VANNA ARAMENDIZ PACHECO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 38.556.964, en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 15, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) CARLOS HERNAN CORREA GÓMEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 93.376.394, de conformidad con el artículo 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a CARLOS HERNAN CORREA GÓMEZ y HEIDY GIOVANNA ARAMENDIZ PACHE- CO a los correos electrónicos chcorrea2005@yahoo. es; hgaramendiz@alcaldiabogota.gov.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC 8993 del 16 de Septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer un (1) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 27, de la Subsecretaría del Servicio al Ciudadano de la planta global, ofertado e identificado con código OPEC número 72463.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-92 • 2020 • OCTUBRE • 28 92 duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombra- miento provisional.
(…)”
Que de conformidad con lo previsto en el en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.5. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que el artículo primero de la Resolución No 8993 del 16 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 27, de la Subsecretaría del Servicio al Ciudadano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) MARCO ANTONIO BA- RRERA GÓMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.860.991 Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a MARCO ANTONIO BARRERA GOMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.860.991, en el cargo Profesional Especializado, Código 222, Grado 27, de la Subsecretaría del Servicio al Ciudadano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, se dará por terminado el encargo de JAROL EDER HERNÁNDEZ VARGAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.664.318, quien es titular del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía.
Que mediante Resolución No.447 del 16 de Octubre de 2018, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante encargo con el (la) servidor (a) público JAROL EDER HERNÁNDEZ VARGAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.664.318 En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 respecto del cual es titular con derechos de carrera administrativa el servidor (a) público (a) JA- ROL EDER HERNÁNDEZ VARGAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.664.318, se encuentra en vacancia temporal.
Artículo primero.
Nombrar en período de prueba al señor (a) MARCO ANTONIO BARRERA GÓ- MEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.860.991, en el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 27, de la de la Subsecretaría del Servicio al Ciudadano, de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) MARCO ANTONIO BARRERA GO- MEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.860.991, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 27, de la Subsecretaría del Servicio al Ciudadano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de
Artículo segundo.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria
93 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-93 • 2020 • OCTUBRE • 28 General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 816 de 2019. la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Artículo octavo.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA JURÍDI- CA DISTRITAL Resolución Número 166 (Octubre 20 de 2020)
Artículo tercero.
Como consecuencia del nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado el encargo de JAROL EDER HERNANDEZ VARGAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.664.318, en el empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 27 de la Subsecretaría de Servicio al Ciudadano; por consiguiente, deberá asumir el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, respecto del cual ostenta como titular con derechos de carrera, una vez el (la) señor (a) MARCO ANTONIO BARRERA GOMEZ, tome posesión del empleo para el cual fue nombrado (a) en período de prueba, de lo cual la Dirección de Talento Humano informará dentro de la debida oportunidad.
“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo
Artículo cuarto.
El (la) señor (a) MARCO AN- TONIO BARRERA GOMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.860.991, de conformidad con lo dispuesto en el 2.2.5.7.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Artículo quinto.
Notificar el contenido de la presente Resolución a MARCO ANTONIO BARRERA GOMEZ y JAROL EDER HERNANDEZ VARGAS a los correos electrónicos marcbarg@gmail.com; jehernandezv@alcaldiabogota.gov.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarias de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Artículo sexto.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Subsecretaría del Servicio al Ciudadano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Artículo séptimo.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría
Que así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2 Ibídem, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-94 • 2020 • OCTUBRE • 28 94 en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015. la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria.
Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9657 del 19 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para proveer una (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo de PRO- FESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, identificado con el código OPEC No. 66682 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
Que MARTHA LILIANA BARRERA DÍAZ identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 51.937.185 es titular del empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 08 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA con derechos de carrera administrativa y fue incorporado (a) a la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital mediante Resolución No. 002 del 03 de agosto de 2016 con efectividad a partir de la misma fecha, según consta en el acta de posesión No. 001.
Que el/la señor(a) ADRIANA PATRICIA GUZMÁN CONTRERAS, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.282.454 ocupó el puesto número uno (1) en la Resolución No. 9657 del 19 de septiembre de 2020 para proveer el empleo de PROFESIONAL ES- PECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIREC- CIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital el cual se encuentra desprovisto.
Que MARTHA LILIANA BARRERA DÍAZ fue encargado (a) mediante Resolución No. 169 del 07 de noviembre de 2017 en el empleo de PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA y de conformidad con el Artículo 2° de la citada resolución, se declaró la vacancia temporal del empleo del cual es titular.
Que el empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 08 de la DIRECCIÓN DE GES- TIÓN CORPORATIVA, del cual es titular MARTHA LILIANA BARRERA DÍAZ se encuentra provisto transitoriamente mediante nombramiento provisional por DIEGO DAVID JIMÉNEZ CORTES identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.944.353, quien fue nombrado mediante la Resolución No. 038 del 02 de marzo de 2020, mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) ADRIANA PATRICIA GUZMÁN CONTRERAS en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, 95 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-95 • 2020 • OCTUBRE • 28 de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Que en consecuencia es procedente efectuar el nombramiento en periodo de prueba, terminar el encargo y el nombramiento provisional antes referido.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que el citado empleo de PROFESIONAL ESPECIA- LIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, en la actualidad se encuentra provisto en situación administrativa de encargo con el/la señor(a) MARTHA LILIANA BARRERA DIAZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 51.937.185, quien fue encargado(a) mediante Resolución No. 169 de 07 de noviembre de 2017, titular del empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 08 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba al/a la señor(a) ADRIANA PATRICIA GUZMÁN CONTRE- RAS, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.282.454, para desempeñar el empleo de PRO- FESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66682 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
Que según el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad al servicio público, sólo es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, entre otras razones especificas atinentes al servicio qué se está prestando.
Que en la historia laboral de el/la señor(a) DIEGO DAVID JIMÉNEZ CORTES, la cual reposa en la Dirección de Gestión Corporativa, Proceso de Gestión del Talento Humano, no se encontraron las causales de condición de especial protección constitucional.
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
Parágrafo. Si no se supera el período de prue-
ba, una vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, correspondiente a la OPEC No. 66682, una vez se realice la posesión al/a la señor(a) ADRIANA PATRICIA GUZMÁN CON- TRERAS, quien ocupó el primer lugar en la lista de elegibles conformada para el efecto por la Comisión Nacional del Servicio Civil, por haber superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, debe darse por terminado tanto el encargo efectuado al servidor público MARTHA LILIANA BARRERA DÍAZ, quien deberán retomar el empleo del cual es titular y ostentan derecho de carrera administrativa, como el nombramiento provisional efectuado al/a la señor(a) DIEGO DAVID JIMÉNEZ CORTES.
Artículo 3°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) ADRIANA PATRICIA GUZ- MÁN CONTRERAS tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-96 • 2020 • OCTUBRE • 28 96 Resolución Número 183 (Octubre 20 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo
Artículo 5°.
- Dar por terminado el encargo efectuado al/la señor(a) MARTHA LILIANA BARRERA DÍAZ identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 51.937.185, en el empleo de PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO Código 222 Grado 27 de la de la DIREC- CIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaria Jurídica Distrital, quien deberá asumir el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 08 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarias de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Artículo 6°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el nombramiento provisional al/a la señor (a) DIEGO DAVID JIMÉNEZ COR- TES, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.944.353, en el empleo de PROFESIONAL UNI- VERSITARIO Código 219 Grado 08, de la DIREC- CIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 7°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Artículo 8°.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
Que así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2 Ibídem, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9599 del 18 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para pro- 97 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-97 • 2020 • OCTUBRE • 28 forme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria. veer una (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JU- DICIAL, identificado con el código OPEC No. 66645 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
Que el citado empleo de PROFESIONAL UNIVER- SITARIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL, en la actualidad se encuentra provisto en situación administrativa de encargo con el/la señor(a) OSCAR ERNESTO LO- PEZ ACUÑA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.262.614, quien fue encargado(a) mediante Resolución No. 57 de 14 de mayo de 2020, titular del empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 14 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPO- RATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.
Que el/la señor(a) NELCY TORRES MARTÍ- NEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 40.011.063 ocupó el puesto número uno (1) en la Resolución No. 9599 del 18 de septiembre de 2020 para proveer el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITA- RIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRI- TAL DE GESTION JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital el cual se encuentra desprovisto.
Que el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 14 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el/la señor(a) OSCAR ER- NESTO LOPEZ ACUÑA, actualmente está provisto mediante nombramiento en provisionalidad por el/la señor(a) NANCY STELLA MARQUEZ RODRIGUEZ, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 51.904.715, quien fue nombrado(a) mediante Resolución No. 48 de 06 de abril de 2017, mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) NELCY TORRES MARTÍNEZ en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que según el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad al servicio público, sólo es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, entre otras razones especificas atinentes al servicio qué se está prestando.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que en la historia laboral de el/la señor(a) NANCY STELLA MARQUEZ RODRIGUEZ, la cual reposa en la Dirección de Gestión Corporativa, Proceso de Gestión del Talento Humano, no se encontraron las causales de condición de especial protección constitucional.
Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de PROFESIONAL UNIVERSI- TARIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DIS- TRITAL DE GESTION JUDICIAL, correspondiente a la OPEC No. 66645, una vez se realice la posesión al/a la señor(a) NELCY TORRES MARTÍNEZ, quien ocupó el primer lugar en la lista de elegibles conformada para el efecto por la Comisión Nacional del Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, con- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-98 • 2020 • OCTUBRE • 28 98 Servicio Civil, por haber superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, debe darse por terminado tanto el encargo efectuado al servidor público OSCAR ERNESTO LOPEZ ACUÑA, quien deberán retomar el empleo del cual es titular y ostentan derecho de carrera administrativa, como el nombramiento provisional efectuado al/a la señor(a) NANCY STE- LLA MARQUEZ RODRIGUEZ.
Artículo 3°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) NELCY TORRES MAR- TÍNEZ tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Que en consecuencia es procedente efectuar el nombramiento en periodo de prueba y terminar el encargo antes referido.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 5°.
- Dar por terminado el encargo efectuado al/la señor(a) OSCAR ERNESTO LOPEZ ACUÑA identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.262.614, en el empleo de PROFESIONAL UNI- VERSITARIO Código 219 Grado 18 de la de la DI- RECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL de la Secretaria Jurídica Distrital, quien deberá asumir el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 14 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPO- RATIVA, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba al/a la señor(a) NELCY TORRES MARTÍNEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 40.011.063, para desempeñar el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITA- RIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRI- TAL DE GESTION JUDICIAL, de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66645 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 6°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el nombramiento provisional al/a la señor (a) NANCY STELLA MARQUEZ RODRI- GUEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 51.904.715, en el empleo de AUXILIAR ADMINIS- TRATIVO Código 407 Grado 14, de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 7°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
Artículo 8°.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
Parágrafo. Si no se supera el período de prueba,
una vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital 99 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-99 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 184 (Octubre 20 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional” cinco (5) vacante(s) definitiva(s) del empleo de PRO- FESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDI- CIAL, identificado con el código OPEC No. 66679 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el/la señor(a) ALVARO ARDILA MORA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.709.902 ocupó el puesto número cuatro (4) en la Resolución No. 9990 del 24 de septiembre de 2020 para proveer el empleo de PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital el cual se encuentra desprovisto.
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarias de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) ALVARO ARDILA MORA en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2 Ibídem, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, con- Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9990 del 24 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para proveer REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-100 • 2020 • OCTUBRE • 28 100 forme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria.
Civil, por haber superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, debe darse por terminado tanto el encargo efectuado al servidor público WALDINA GOMEZ CARMONA, quien deberán retomar el empleo del cual es titular y ostentan derecho de carrera administrativa, como el nombramiento provisional efectuado al/a la señor(a) CLAUDIA YOHA- NA GAMBOA PINEDA.
Que el citado empleo de PROFESIONAL ESPECIA- LIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL, en la actualidad se encuentra provisto en situación administrativa de encargo con el/la señor(a) WALDINA GOMEZ CAR- MONA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 38.263.037, quien fue encargado(a) mediante Resolución No. 71 de 28 de noviembre de 2016, titular del empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Que en consecuencia es procedente efectuar el nombramiento en periodo de prueba y terminar el encargo antes referido.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITA- RIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DIS- TRITAL DE GESTION JUDICIAL, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el/la señor(a) WALDINA GOMEZ CARMONA, actualmente está provisto mediante nombramiento en provisionalidad por el/la señor(a) CLAUDIA YOHANA GAMBOA PI- NEDA, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 52.422.659, quien fue nombrado(a) mediante Resolución No. 85 de 31 de mayo de 2017, mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo.
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba al/a la señor(a) ALVARO ARDILA MORA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.709.902, para desempeñar el empleo de PROFESIONAL ESPECIALI- ZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DIS- TRITAL DE GESTION JUDICIAL, de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66679 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
Que según el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad al servicio público, sólo es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, entre otras razones especificas atinentes al servicio qué se está prestando.
Que en la historia laboral de el/la señor(a) CLAUDIA YOHANA GAMBOA PINEDA, la cual reposa en la Dirección de Gestión Corporativa, Proceso de Gestión del Talento Humano, no se encontraron las causales de condición de especial protección constitucional.
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de PROFESIONAL ESPECIALI- ZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DIS- TRITAL DE GESTION JUDICIAL, correspondiente a la OPEC No. 66679, una vez se realice la posesión al/a la señor(a) ALVARO ARDILA MORA, quien ocupó el cuarto lugar en la lista de elegibles conformada para el efecto por la Comisión Nacional del Servicio PARÁGRAFO. Si no se supera el período de prueba, una vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
101 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-101 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 185 (Octubre 20 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”
Artículo 3°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) ALVARO ARDILA MORA tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo
Artículo 4°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarias de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Artículo 5°.
- Dar por terminado el encargo efectuado al/la señor(a) WALDINA GOMEZ CARMO- NA identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 38.263.037, en el empleo de PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO Código 222 Grado 27 de la de la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL de la Secretaria Jurídica Distrital, quien deberá asumir el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2 Ibídem, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
Artículo 6°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el nombramiento provisional al/a la señor (a) CLAUDIA YOHANA GAMBOA PI- NEDA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.422.659, en el empleo de PROFESIONAL UNI- VERSITARIO Código 219 Grado 18, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 7°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
Artículo 8°.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9990 del 24 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para proveer cinco (5) vacante(s) definitiva(s) del empleo de PROFE- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-102 • 2020 • OCTUBRE • 28 102 SIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL, identificado con el código OPEC No. 66679 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
Que el citado empleo de PROFESIONAL ESPECIA- LIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL, en la actualidad se encuentra provisto en situación administrativa de encargo con el/la señor(a) LUIS ALFONSO CASTI- BLANCO URQUIJO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 3.085.860, quien fue encargado(a) mediante Resolución No. 71 de 28 de noviembre de 2016, titular del empleo de PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO Código 222 Grado 21 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.
Que el/la señor(a) MARTHA YANETH ORTIZ LEON, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 46.677.766 ocupó el puesto número cinco (5) en la Resolución No. 9990 del 24 de septiembre de 2020 para proveer el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZA- DO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRI- TAL DE GESTION JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital el cual se encuentra desprovisto.
Que el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 21 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el/la señor(a) LUIS ALFONSO CASTIBLANCO URQUIJO, actualmente está provisto mediante nombramiento en provisionalidad por el/la señor(a) DEISY VIVIANA CAÑON SUA- REZ, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 35.535.070, quien fue nombrado(a) mediante Resolución No. 46 de 05 de abril de 2017, mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) MARTHA YANETH ORTIZ LEON en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que según el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad al servicio público, sólo es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, entre otras razones especificas atinentes al servicio qué se está prestando.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que en la historia laboral de el/la señor(a) DEISY VI- VIANA CAÑON SUAREZ, la cual reposa en la Dirección de Gestión Corporativa, Proceso de Gestión del Talento Humano, no se encontraron las causales de condición de especial protección constitucional.
Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de PROFESIONAL ESPECIALI- ZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DIS- TRITAL DE GESTION JUDICIAL, correspondiente a la OPEC No. 66679, una vez se realice la posesión al/a la señor(a) MARTHA YANETH ORTIZ LEON, quien ocupó el quinto lugar en la lista de elegibles conformada para el efecto por la Comisión Nacional del Servicio Civil, por haber superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, debe darse por terminado tanto el encargo efectuado al servidor Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria.
103 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-103 • 2020 • OCTUBRE • 28 público LUIS ALFONSO CASTIBLANCO URQUIJO, quien deberán retomar el empleo del cual es titular y ostentan derecho de carrera administrativa, como el nombramiento provisional efectuado al/a la señor(a) DEISY VIVIANA CAÑON SUAREZ. nal 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) MARTHA YANETH ORTIZ LEON tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Que en consecuencia es procedente efectuar el nombramiento en periodo de prueba y terminar el encargo antes referido.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 5°.
- Dar por terminado el encargo efectuado al/la señor(a) LUIS ALFONSO CASTIBLANCO URQUIJO identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 3.085.860, en el empleo de PROFESIONAL ES- PECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la de la DI- RECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL de la Secretaria Jurídica Distrital, quien deberá asumir el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 21 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba al/a la señor(a) MARTHA YANETH ORTIZ LEON, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 46.677.766, para desempeñar el empleo de PRO- FESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDI- CIAL, de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66679 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 6°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el nombramiento provisional al/a la señor (a) DEISY VIVIANA CAÑON SUA- REZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 35.535.070, en el empleo de PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO Código 222 Grado 21, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 7°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
Artículo 8°.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
Parágrafo. Si no se supera el período de prue-
ba, una vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital
Artículo 3°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacio-
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-104 • 2020 • OCTUBRE • 28 104 Resolución Número 189 (Octubre 20 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se dan por terminados dos NAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 21 de la DI- RECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, identificado con el código OPEC No. 66702 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital. encargos y un nombramiento provisional”
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el/la señor(a) LUZ DARY MERCHAN LARA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.176.512 ocupó el puesto número uno (1) en la Resolución No. 9682 del 19 de septiembre de 2020 para proveer el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZA- DO Código 222 Grado 21 de la DIRECCIÓN DISTRI- TAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarias de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) LUZ DARY MERCHAN LARA en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que, así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2 del Decreto Nacional 1083 de 2015, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9682 del 19 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para proveer una (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo de PROFESIO- Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria.
105 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-105 • 2020 • OCTUBRE • 28 JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.
Que DORIS SILVA GARCÍA identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.557.124 es titular del empleo SECRETARIO Código 440, Grado 19 de la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL con derechos de carrera administrativa y fue incorporado (a) a la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital mediante Resolución No. 002 del 03 de agosto de 2016 con efectividad a partir de la misma fecha, según consta en el acta de posesión No. 001.
Que según el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad al servicio público, sólo es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, entre otras razones especificas atinentes al servicio qué se está prestando.
Que DORIS SILVA GARCÍA, fue encargado (a) mediante Resolución No. 171 del 10 de noviembre de 2017 en el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITA- RIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRI- TAL DE DEFENSA JUDICIAL Y PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO DE LA SECRETARÍA JURÍ- DICA DISTRITAL hoy DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL y de conformidad con el Artículo 2° de la citada resolución, se declaró la vacancia temporal del empleo del cual es titular.
Que en la historia laboral de el/la señor(a) MARIO HERNÁN ARIAS PARRA, la cual reposa en la Dirección de Gestión Corporativa, Proceso de Gestión del Talento Humano, no se encontraron las causales de condición de especial protección constitucional.
Que el empleo de SECRETARIO Código 440 Grado 19 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JU- DICIAL, del cual es titular el/la señor (a) DORIS SILVA GARCÍA, actualmente está provisto mediante encargo con el/la señor(a) MARÍA CRISTINA VANEGAS LARGO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 39.773.518, quien fue encargado(a) mediante Resolución No. 082 de 26 de junio de 2019, titular del empleo de SECRETARIO Código 440 Grado 09, de la OFICI- NA DE CONTROL INTERNO de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.
Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de PROFESIONAL ESPECIALI- ZADO Código 222 Grado 21 de la DIRECCIÓN DIS- TRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL correspondiente a la OPEC No. 66702, una vez se realice la posesión al/a la señor(a) LUZ DARY MER- CHAN LARA, quien ocupó primer lugar en la lista de elegibles conformada para el efecto por la Comisión Nacional del Servicio Civil, por haber superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, deben darse por terminados tanto los encargos efectuados a los servidores públicos DORIS SILVA GARCÍA, MARÍA CRISTINA VANEGAS LARGO, quienes deberán retomar los empleos de los cuales son titulares y ostentan derechos de carrera administrativa, como el nombramiento provisional efectuado al/a la señor(a) MARIO HERNÁN ARIAS PARRA.
Que el empleo de SECRETARIO Código 440 Grado 09 de la OFICINA DE CONTROL INTERNO, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el/ la señor(a) MARÍA CRISTINA VANEGAS LARGO, actualmente está provisto mediante nombramiento en provisionalidad por el/la señor(a) MARIO HER- NÁN ARIAS PARRA, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 80.249.870, quien fue nombrado(a) mediante Resolución No. 118 de 01 de noviembre de 2018, mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Que en consecuencia es procedente efectuar el nombramiento en periodo de prueba, terminar los encargos y el nombramiento provisional antes referidos.
Que el citado empleo de PROFESIONAL ESPECIA- LIZADO Código 222 Grado 21 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CON- TROL, en la actualidad se encuentra provisto en situación administrativa de encargo con el/la señor(a) DORIS SILVA GARCÍA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.557.124, quien fue encargado(a) mediante Resolución No. 051 de 27 de abril de 2020, titular del empleo de SECRETARIO Código 440 Grado 19 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN Que en mérito de lo expuesto, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-106 • 2020 • OCTUBRE • 28 106
RESUELVE:
ria Jurídica Distrital quien deberá asumir el empleo de SECRETARIO Código 440 Grado 19 de la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba al/a la señor(a) LUZ DARY MERCHAN LARA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.176.512, para desempeñar el empleo de PROFESIONAL ESPECIALI- ZADO Código 222 Grado 21 de la DIRECCIÓN DIS- TRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66702 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 6°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el encargo efectuado al/a la señor(a) MARÍA CRISTINA VANEGAS LARGO identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 39.773.518, en el empleo de SECRETARIO Código 440 Grado 19 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital, quien deberá asumir el empleo de SECRETARIO Código 440 Grado 09 de la OFICINA DE CONTROL INTERNO, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
Parágrafo. Si no se supera el período de prue-
ba, una vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
Artículo 7°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el nombramiento provisional al/a la señor (a) MARIO HERNÁN ARIAS PA- RRA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 80.249.870, en el empleo de SECRETARIO Código 440 Grado 09 de la OFICINA DE CONTROL INTER- NO de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 3°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) LUZ DARY MERCHAN LARA tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 8°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
Artículo 9°.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Artículo 4°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE
Artículo 5°.
- Dar por terminado el encargo efectuado al/la señor(a) DORIS SILVA GARCÍA identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.557.124, en el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 21 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INS- PECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secreta-
Secretario Jurídico Distrital 107 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-107 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 193 (Octubre 20 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 17 de la DI- RECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, identificado con el código OPEC No. 66180 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital. encargo y un nombramiento provisional”
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el/la señor(a) OLGA LILIANA LONDOÑO GAR- CÍA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.012.339.868 ocupó el puesto número uno (1) en la Resolución No. 9438 del 18 de septiembre de 2020 para proveer el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATI- VO Código 407 Grado 17 de la DIRECCIÓN DE GES- TIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital el cual se encuentra desprovisto.
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarias de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) OLGA LILIANA LONDOÑO GAR- CÍA en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2 Ibídem, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9438 del 18 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para proveer una (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo de AUXILIAR Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-108 • 2020 • OCTUBRE • 28 108 el empleo del cual es titular y ostentan derecho de carrera administrativa, como el nombramiento provisional efectuado al/a la señor(a) RUBY ESMERALDA AGUAS PALENCIA.
Que el citado empleo de AUXILIAR ADMINISTRATI- VO Código 407 Grado 17 de la DIRECCIÓN DE GES- TIÓN CORPORATIVA, en la actualidad se encuentra provisto en situación administrativa de encargo con el/la señor(a) BETTY ESPERANZA MONTAÑA MORA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.124.597, quien fue encargado(a) mediante Resolución No. 35 de 29 de marzo de 2019, titular del empleo de SERVICIOS GENERALES Código 470 Grado 03 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Que en consecuencia es procedente efectuar el nombramiento en periodo de prueba y terminar el encargo antes referido.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que el empleo de SERVICIOS GENERALES Código 470 Grado 3 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el/la señor(a) BETTY ESPE- RANZA MONTAÑA MORA, actualmente está provisto mediante nombramiento en provisionalidad por el/ la señor(a) RUBY ESMERALDA AGUAS PALEN- CIA, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 46.668.404, quien fue nombrado(a) mediante Resolución No. 033 de 21 de febrero de 2020, mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo.
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba al/a la señor(a) OLGA LILIANA LONDOÑO GAR- CÍA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.012.339.868, para desempeñar el empleo de AU- XILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 17 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66180 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
Que según el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad al servicio público, sólo es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, entre otras razones especificas atinentes al servicio qué se está prestando.
Que en la historia laboral de el/la señor(a) RUBY ES- MERALDA AGUAS PALENCIA, la cual reposa en la Dirección de Gestión Corporativa, Proceso de Gestión del Talento Humano, no se encontraron las causales de condición de especial protección constitucional.
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
Parágrafo. Si no se supera el período de prueba,
una vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 17 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, correspondiente a la OPEC No. 66180, una vez se realice la posesión al/a la señor(a) OLGA LILIANA LONDOÑO GARCÍA, quien ocupó el primer lugar en la lista de elegibles conformada para el efecto por la Comisión Nacional del Servicio Civil, por haber superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, debe darse por terminado tanto el encargo efectuado al servidor público BETTY ES- PERANZA MONTAÑA MORA, quien deberán retomar
Artículo 3°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) OLGA LILIANA LONDO-
109 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-109 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 196 (Octubre 20 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en ÑO GARCÍA tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación. periodo de prueba en ascenso y se dan por terminados dos encargos y un nombramiento provisional”
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo
Artículo 4°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarias de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Artículo 5°.
- Dar por terminado el encargo efectuado al/la señor(a) BETTY ESPERANZA MONTAÑA MORA identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.124.597, en el empleo de AUXILIAR ADMINIS- TRATIVO Código 407 Grado 17 de la de la DIREC- CIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaria Jurídica Distrital, quien deberá asumir el empleo de SERVICIOS GENERALES Código 470 Grado 3 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Artículo 6°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el nombramiento provisional al/a la señor (a) RUBY ESMERALDA AGUAS PA- LENCIA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 46.668.404, en el empleo de SERVICIOS GENE- RALES Código 470 Grado 3, de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Que, así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2 del Decreto Nacional 1083 de 2015, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
Artículo 7°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
Artículo 8°.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Secretario Jurídico Distrital Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Re- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-110 • 2020 • OCTUBRE • 28 110 Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria. solución No. 9763 del 19 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para proveer tres (3) vacante(s) definitiva(s) del empleo de PRO- FESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 24 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE DOCTRINA Y ASUNTOS NORMATIVOS, identificado con el código OPEC No. 66692 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que FERNANDO PACHÓN PIÑEROS identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.567.977 es titular del empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE DOCTRINA Y ASUNTOS NORMATIVOS con derechos de carrera administrativa y fue incorporado (a) a la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital mediante Resolución No. 002 del 03 de agosto de 2016 con efectividad a partir de la misma fecha, según consta en el acta de posesión No. 001.
Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
Que FERNANDO PACHÓN PIÑEROS fue encargado (a) mediante Resolución No. 081 del 13 de septiembre de 2018 en el empleo de PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO Código 222 Grado 24 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE DOCTRINA Y ASUNTOS NORMATI- VOS y de conformidad con el Artículo 2° de la citada resolución, se declaró la vacancia temporal del empleo del cual es titular.
Que el/la señor(a) FERNANDO PACHÓN PIÑE- ROS, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.567.977 ocupó el puesto número tres (3) en la Resolución No. 9763 del 19 de septiembre de 2020 para proveer el empleo de PROFESIONAL ESPECIALI- ZADO Código 222 Grado 24 de la DIRECCIÓN DIS- TRITAL DE DOCTRINA Y ASUNTOS NORMATIVOS de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que el empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE DOCTRINA Y ASUNTOS NORMATIVOS, del cual es titular FERNANDO PACHÓN PIÑEROS se encuentra provisto transitoriamente mediante nombramiento provisional por SENECA LIBREROS CASTA- ÑEDA identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 16.359.534, quien fue nombrado mediante la Resolución No. 093 del 26 de junio de 2019, con efectividad a partir de la misma fecha según consta en el acta de posesión No. 060 de 2019.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) FERNANDO PACHÓN PIÑEROS en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que FERNANDO PACHÓN PIÑEROS fue encargado (a) mediante Resolución No. 024 del 04 de febrero de 2020 en el empleo de PROFESIONAL ESPECIA- LIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CON- TROL DE PERSONAS JURÍDICAS SIN ÁNIMO DE LUCRO, hoy DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPEC- CIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que por necesidades del servicio presentadas al interior de algunas dependencias de la entidad, mediante la Resolución 083 del 05 de junio de 2020 “Por la cual se reubica un empleo de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital”, el PROFESIONAL ES- PECIALIZADO Código 222, Grado 27 de la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, ocupado mediante encargo por el señor FERNANDO PACHÓN PIÑEROS fue reubicado a la Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia 111 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-111 • 2020 • OCTUBRE • 28 DIRECCIÓN DISTRITAL DE DOCTRINA Y ASUN- TOS NORMATIVOS. rección de Gestión Corporativa, Proceso de Gestión del Talento Humano, no se encontraron las causales de condición de especial protección constitucional.
Que el citado empleo de PROFESIONAL ESPECIA- LIZADO Código 222 Grado 24 de la DIRECCIÓN DIS- TRITAL DE DOCTRINA Y ASUNTOS NORMATIVOS, en la actualidad se encuentra provisto en situación administrativa de encargo con el/la señor(a) JUDITH ORTIZ RODRÍGUEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 41.774.744, quien fue encargado(a) mediante Resolución No. 034 de 21 de febrero de 2020, titular del empleo de AUXILIAR ADMINISTRA- TIVO Código 407 Grado 15 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.
Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de PROFESIONAL ESPECIALI- ZADO Código 222 Grado 24 de la DIRECCIÓN DIS- TRITAL DE DOCTRINA Y ASUNTOS NORMATIVOS correspondiente a la OPEC No. 66692, una vez se realice la posesión al/a la señor(a) FERNANDO PACHÓN PIÑEROS, quien ocupó tercer lugar en la lista de elegibles conformada para el efecto por la Comisión Nacional del Servicio Civil, por haber superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, deben darse por terminados tanto los encargos efectuados a los servidores públicos JUDITH ORTIZ RODRÍGUEZ, PABLO DANIEL PULIDO SALAMANCA, quienes deberán retomar los empleos de los cuales son titulares y ostentan derechos de carrera administrativa, como el nombramiento provisional efectuado al/a la señor(a) WILSON RAMÓN HURTADO TORRES.
Que el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 15 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular el/la señor (a) JU- DITH ORTIZ RODRÍGUEZ, actualmente está provisto mediante encargo con el/la señor(a) PABLO DANIEL PULIDO SALAMANCA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No.79.048.737, quien fue encargado(a) mediante Resolución No. 154 de 15 de noviembre de 2019, titular del empleo de CONDUCTOR Código 480 Grado 13, de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Que en consecuencia es procedente efectuar el nombramiento en periodo de prueba y terminar los encargos antes referidos.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que el empleo de CONDUCTOR Código 480 Grado 13 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el/la señor(a) PABLO DANIEL PULIDO SALA- MANCA, actualmente está provisto mediante nombramiento en provisionalidad por el/la señor(a) WIL- SON RAMÓN HURTADO TORRES, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 7.690.438, quien fue nombrado(a) mediante Resolución No. 025 de 04 de febrero de 2020, mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo.
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba en ascenso al/a la señor(a) FERNANDO PACHÓN PIÑE- ROS, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.567.977, para desempeñar el empleo de PROFE- SIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 24 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE DOCTRINA Y ASUN- TOS NORMATIVOS de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66692 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
Que según el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad al servicio público, sólo es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, entre otras razones especificas atinentes al servicio qué se está prestando.
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al venci-
Que en la historia laboral de el/la señor (a) WILSON RAMÓN HURTADO TORRES, la cual reposa en la Di- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-112 • 2020 • OCTUBRE • 28 112 miento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
CA identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.048.737, en el empleo de AUXILIAR ADMINIS- TRATIVO Código 407 Grado 15 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, quien deberá asumir el empleo de CON- DUCTOR Código 480 Grado 13 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Parágrafo. Si no se supera el período de prueba,
una vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
Artículo 3°.
- El empleo PROFESIONAL UNIVER- SITARIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE DOCTRINA Y ASUNTOS NORMA- TIVOS, del cual FERNANDO PACHÓN PIÑEROS ostenta derechos de carrera administrativa permanecerá en vacancia temporal y seguirá provisto en provisionalidad por el término de duración del periodo de prueba de su titular.
Artículo 8°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el nombramiento provisional al/a la señor (a) WILSON RAMÓN HURTADO TO- RRES, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 7.690.438, en el empleo de CONDUCTOR Código 480 Grado 13 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN COR- PORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 9°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
Artículo 10°.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Artículo 4°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) FERNANDO PACHÓN PIÑEROS tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
Artículo 5°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital Resolución Número 197 (Octubre 20 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba en ascenso”
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo
Artículo 6°.
- Dar por terminado el encargo efectuado al/la señor(a) JUDITH ORTIZ RODRÍ- GUEZ identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 41.774.744, en el empleo de PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO Código 222 Grado 24 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE DOCTRINA Y ASUNTOS NORMATI- VOS de la Secretaria Jurídica Distrital quien deberá asumir el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 15 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
Artículo 7°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el encargo efectuado al/a la señor(a) PABLO DANIEL PULIDO SALAMAN-
113 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-113 • 2020 • OCTUBRE • 28
CONSIDERANDO:
la Resolución No. 9990 del 24 de septiembre de 2020 para proveer el empleo de PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarias de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) ÁLVARO CAMILO BERNATE NA- VARRO en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2 Ibídem, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que ÁLVARO CAMILO BERNATE NAVARRO identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.802.044 es titular del empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE POLÍTICA JURÍDICA con derechos de carrera administrativa y fue incorporado (a) a la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital mediante Resolución No. 002 del 03 de agosto de 2016 con efectividad a partir de la misma fecha, según consta en el acta de posesión No. 001.
Que ÁLVARO CAMILO BERNATE NAVARRO fue encargado (a) mediante Resolución No. 071 del 28 de noviembre de 2016 en el empleo de PROFESIO- NAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL y de conformidad con el Artículo 2° de la citada resolución se declaró la vacancia temporal del empleo del cual es titular.
Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9990 del 24 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para proveer cinco (5) vacante(s) definitiva(s) del empleo de PROFE- SIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL, identificado con el código OPEC No. 66679 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
Que el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE POLÍTICA JURÍDICA, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el/la señor(a) ÁLVARO CAMILO BERNATE NAVARRO, actualmente está provisto mediante nombramiento en provisionalidad por el/la señor(a) ROBERTO JAVIER OSPINA MA- YORGA, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 79.354.489, quien fue nombrado(a) mediante Re- Que el/la señor(a) ÁLVARO CAMILO BERNATE NA- VARRO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.802.044 ocupó el puesto número uno (1) en REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-114 • 2020 • OCTUBRE • 28 114 solución No. 070 de 10 de mayo de 2017 con efectividad a partir de la misma fecha según consta en el acta de posesión No. 064 de 2017. el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
Parágrafo. Si no se supera el período de prue-
ba, una vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria.
Artículo 3°.
- El empleo PROFESIONAL UNI- VERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE POLÍTICA JURÍDICA, del cual ÁLVARO CAMILO BERNATE NAVARRO ostenta derechos de carrera administrativa permanecerá en vacancia temporal y seguirá provisto en provisionalidad por el término de duración del periodo de prueba de su titular.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Artículo 4°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) ÁLVARO CAMILO BER- NATE NAVARRO tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Que en consecuencia es procedente efectuar el nombramiento en periodo de prueba en ascenso y terminar el encargo antes referido.
Que, en mérito de lo expuesto,
Artículo 5°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
RESUELVE:
Artículo 6°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
Artículo 7°.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba en ascenso al/a la señor(a) ÁLVARO CAMILO BERNATE NAVARRO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.802.044, para desempeñar el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL, de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66679 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
mes de octubre de dos mil veinte (2020).
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado
115 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-115 • 2020 • OCTUBRE • 28 Resolución Número 200 (Octubre 20 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se dan por terminados dos encargos y un nombramiento provisional” la cual se conforma lista de elegibles para proveer una (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo de AUXI- LIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 24 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, identificado con el código OPEC No. 66181 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el/la señor(a) NANCY YOVANA BARÓN GON- ZÁLEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 24.221.767 ocupó el puesto número uno (1) en la Resolución No. 9440 del 18 de septiembre de 2020 para proveer el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 24 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarias de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) NANCY YOVANA BARÓN GON- ZÁLEZ en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que, así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2 del Decreto Nacional 1083 de 2015, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, con- Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9440 del 18 de septiembre de 2020, por REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-116 • 2020 • OCTUBRE • 28 116 noviembre de 2017, mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo. forme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria.
Que LUZ MAVEL SALAMANCA CUEVAS identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 51.628.413 es titular del empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 20 del DESPACHO de la Secretaría Jurídica Distrital con derechos de carrera administrativa y fue incorporado (a) a la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital mediante Resolución No. 002 del 03 de agosto de 2016 con efectividad a partir de la misma fecha, según consta en el acta de posesión No. 001.
Que según el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad al servicio público, sólo es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, entre otras razones especificas atinentes al servicio qué se está prestando.
Que LUZ MAVEL SALAMANCA CUEVAS fue encargado (a) mediante Resolución No. 079 del 26 de junio de 2019 en el empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO de Código 407 Grado 24 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital y de conformidad con el Artículo 2° de la citada resolución, se declaró la vacancia temporal del empleo del cual es titular.
Que son requisitos esenciales y concurrentes la edad y las semanas cotizadas o tiempo de servicios señalados por la Ley para gozar de una prestación de vejez o de jubilación según el caso, que en la historia laboral de la señora NANCY PATRICIA ALDANA ACERO, se evidenció que, cuenta con la edad de 57 años.
Que el citado empleo de AUXILIAR ADMINISTRA- TIVO Código 407 Grado 24 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, en la actualidad se encuentra provisto en situación administrativa de encargo con el/la señor(a) LUZ MAVEL SALAMANCA CUE- VAS, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 51.628.413, quien fue encargado(a) mediante Resolución No. 079 de 26 de junio de 2019, titular del empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 20 del DESPACHO de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.
Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 24 de la DIRECCIÓN DE GES- TIÓN CORPORATIVA correspondiente a la OPEC No. 66181, una vez se realice la posesión al/a la señor(a) NANCY YOVANA BARÓN GONZÁLEZ, quien ocupó primer lugar en la lista de elegibles conformada para el efecto por la Comisión Nacional del Servicio Civil, por haber superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, deben darse por terminados tanto los encargos efectuados a los servidores públicos LUZ MAVEL SALAMANCA CUEVAS, LUZ STELLA URREGO DE GARCÍA, quienes deberán retomar los empleos de los cuales son titulares y ostentan derechos de carrera administrativa, como el nombramiento provisional efectuado al/a la señor(a) NANCY PATRICIA ALDANA ACERO.
Que el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 20 del DESPACHO de la Secretaría Jurídica Distrital, del cual es titular el/la señor (a) LUZ MAVEL SALAMANCA CUEVAS, actualmente está provisto mediante encargo con el/la señor(a) LUZ STE- LLA URREGO DE GARCÍA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 41.780.136, quien fue encargado(a) mediante Resolución No. 080 de 26 de junio de 2019, titular del empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 11, de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Que en consecuencia es procedente efectuar el nombramiento en periodo de prueba, terminar los encargos y terminar el nombramiento provisional antes referidos.
Que el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 11 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el/la señor(a) LUZ STELLA URRE- GO DE GARCÍA, actualmente está provisto mediante nombramiento en provisionalidad por el/la señor(a) NANCY PATRICIA ALDANA ACERO, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 51.698.185, quien fue nombrado(a) mediante Resolución No. 173 de 10 de 117 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-117 • 2020 • OCTUBRE • 28 Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaria Jurídica Distrital quien deberá asumir el empleo de AU- XILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 20 del DESPACHO, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba al/a la señor(a) NANCY YOVANA BARÓN GONZÁ- LEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 24.221.767, para desempeñar el empleo de AUXI- LIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 24 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66181 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 6°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el encargo efectuado al/a la señor(a) LUZ STELLA URREGO DE GARCIA identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 41.780.136, en el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 20 del DESPACHO de la Secretaría Jurídica Distrital, quien deberá asumir el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 11 de la DI- RECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
Parágrafo. Si no se supera el período de prueba,
una vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
Artículo 7°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el nombramiento provisional al/a la señor (a) NANCY PATRICIA ALDANA ACE- RO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 51.698.185, en el empleo de AUXILIAR ADMINIS- TRATIVO Código 407 Grado 11 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 8°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
Artículo 3°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) NANCY YOVANA BA- RÓN GONZÁLEZ tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 9°.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Artículo 4°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital
Artículo 5°.
- Dar por terminado el encargo efectuado al/la señor(a) LUZ MAVEL SALAMANCA CUE- VAS identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 51.628.413, en el empleo de AUXILIAR ADMINIS- TRATIVO Código 407 Grado 24 de la DIRECCIÓN
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-118 • 2020 • OCTUBRE • 28 118 Resolución Número 202 (Octubre 20 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se dan por terminados dos encargos y un nombramiento provisional”
(2) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 01 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, identificado con el código OPEC No. 66630 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el/la señor(a) DAVID ALEJANDRO MORA BER- MÚDEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.032.479.676, ocupó el puesto número dos (2) en la Resolución No. 9740 del 19 de septiembre de 2020, para proveer el empleo de PROFESIONAL UNIVER- SITARIO Código 219 Grado 01 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CON- TROL de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarías de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) DAVID ALEJANDRO MORA BER- MÚDEZ en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el periodo de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2. Ibídem, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9740 del 19 de septiembre de 2020, por la cual se conformó la lista de elegibles para proveer dos Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, con- 119 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-119 • 2020 • OCTUBRE • 28 forme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria.
Que WALTER OSPINA ZAPATA identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.431.243 es titular del empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 20 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA con derechos de carrera administrativa y fue incorporado (a) a la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital mediante Resolución No. 002 del 03 de agosto de 2016 con efectividad a partir de la misma fecha, según consta en el acta de posesión No. 001.
Que el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 11 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA del cual es titular con derechos de carrera administrativa el/la señor(a) EDGAR AN- DRÉS GARCÍA GARAVITO, actualmente está provisto mediante nombramiento en provisionalidad por el/la señor(a) WALBERTO JAIME JIMÉNEZ RODRÍ- GUEZ, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 77.192.196, quien fue nombrado(a) mediante Resolución No. 173 del 27 de diciembre de 2019, mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo.
Que WALTER OSPINA ZAPATA fue encargado (a) mediante Resolución No.082 del 30 de diciembre de 2016 en el empleo SECRETARIO EJECUTIVO de Código 425 Grado 21 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS de conformidad con el Artículo 2° de la citada resolución, se declaró la vacancia temporal del empleo del cual es titular.
Que según el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad al servicio público, sólo es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, entre otras razones especificas atinentes al servicio qué se está prestando.
Que por necesidades del servicio presentadas al interior de algunas dependencias de la entidad, mediante la Resolución 075 del 11 de abril de 2018 “Por la cual se reubica algunos empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital”, el empleo SECRETARIO EJECUTIVO Código 425, Grado 21 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE ASUNTOS DISCI- PLINARIOS, ocupado mediante encargo por el señor WALTER OSPINA ZAPATA fue reubicado a la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE PERSONAS JURÍDICAS SIN ÁNIMO DE LUCRO hoy DIRECCIÓN DISTRITAL DE INS- PECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL.
Que en la historia laboral de el/la señor(a) WALBER- TO JAIME JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, la cual reposa en la Dirección de Gestión Corporativa, Proceso Estratégico de Gestión del Talento Humano, se evidenció el certificado de discapacidad emitido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Cesar en el que certifican una pérdida de la capacidad laboral del 62% correspondiente a una limitación severa profunda, además de documentos de la historia clínica que dan cuenta de su estado de salud con fecha del 06 de octubre de 2020.
Que mediante Resolución No.106 del 24 de octubre de 2018, al señor WALTER OSPINA ZAPATA le fue terminado el encargo en el empleo SECRETARIO EJECUTIVO Código 425 Grado 21 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CON- TROL y encargado en el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 01 del DESPA- CHO de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que mediante la Circular Conjunta 042 del 30 de noviembre de 2018, expedida por la Secretaría Jurídica Distrital, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD-, se impartieron orientaciones sobre la estabilidad laboral reforzada de los servidores que ocupan cargos de carrera administrativa en provisionalidad, que se encuentren en condición de: embarazo; discapacidad o enfermedad catastrófica; madre o padre cabeza de familia; y pre-pensionado o amparado con fuero sindical; frente a la obligación de hacer nombramientos de las listas de elegibles como resultado de los concursos de méritos.
Que la citada Circular en cuanto al retiro del servicio de empleados provisionales en condición de especial protección para la provisión de los cargos de carrera Que el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 20 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular el/la señor (a) WAL- TER OSPINA ZAPATA, actualmente está provisto mediante encargo con el/la señor(a) EDGAR ANDRÉS GARCÍA GARAVITO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.468.462, quien fue encargado(a) mediante Resolución No. 147 de 14 de diciembre de 2018, titular del empleo de AUXILIAR ADMINISTRA- TIVO Código 407 Grado 11, de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-120 • 2020 • OCTUBRE • 28 120 con listas de elegibles destacó los siguientes pronunciamientos jurisprudenciales: derecho a permanecer de manera indefinida en el cargo, pues este debe proveerse por medio de un concurso de méritos, sí debe otorgárseles un trato preferencial como acción afirmativa.2 Subrayado fuera el texto original.
Para la Corte Constitucional, antes de procederse al nombramiento de quienes superaron el concurso de méritos, las personas con una situación especial han de ser los últimos en removerse y en todo caso, en la medida de las posibilidades, deben vincularse nuevamente en forma provisional en cargos vacantes de la misma jerarquía o equivalencia de los que venían ocupando, siempre y cuando demuestren una de esas condiciones especiales al momento de su desvinculación y al momento del posible nombramiento.”
“(…) A partir de las posiciones fijadas por diferentes salas de revisión de tutelas, se puede concluir que (i) la decisión de la Administración de excluir del empleo público a quien lo ejerce en provisionalidad, debido a la necesidad de permitir el ingreso de quien ha superado el concurso de méritos, es una medida constitucionalmente adecuada, pues se sustenta en el carácter preeminente de esa modalidad de provisión de cargos; (ii) sin embargo, la medida no resulta necesaria cuando quien ejerce el empleo en provisionalidad es un sujeto de especial protección constitucional, como sucede con las personas próximas a pensionarse y, a su vez, concurre un margen de maniobra para la Administración en cuanto a la provisión del empleo, en razón de la diferencia entre las plazas ofertadas y aquellas provistas mediante la lista de elegibles correspondiente, y (iii) una decisión en este sentido se muestra compatible con criterios de razonabilidad y proporcionalidad, a la vez que resulta respetuosa de los derechos fundamentales de dichos sujetos de especial protección.”1 (Sic)
Que así mismo, mediante la Circular Conjunta No. 003 de 2020, expedida por Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD- se impartieron los lineamientos para la provisión de empleos de carrera administrativa con listas de elegibles en firme proferidas por la Comisión Nacional del Servicio Civil -CNSC- cuyos cargos se encuentren ocupados por servidores en provisionalidad que cuenten con una situación que conlleve a una especial protección constitucional.
“(…) los provisionales no podían alegar vulneración de derecho alguno, al ser desvinculados de la entidad toda vez que lo fueron para ser reemplazados por una persona que ganó el concurso, pues la estabilidad relativa que se le ha reconocido a quienes estás vinculados bajo esta modalidad, cede frente al mejor derecho que tienen las personas que ganaron el concurso público de méritos.
Que en el numeral 2 II. Lineamientos Especiales Respecto de Quienes se Encuentren en una Condición Que Genere Estabilidad Laboral Reforzada de la citada Circular, señala en cuanto a la acreditación de Ia condición de discapacidad se realizará a través de Ia respectiva certificación de discapacidad expedida par las Instituciones Prestadoras de Salud -IPS-, que se encuentren autorizadas por Ia Secretaria Distrital de SaIud.
Sin embargo, (…) sí tenía la obligación de dar un trato preferencial, como una medida de acción afirmativa, a i) las madres y padres cabeza de familia; ii) las personas que estaban próximas a pensionarse, (…) iii) las personas en situación de discapacidad.
Que bajo este contexto, respecto al retiro de los empleados provisionales en estado de indefensión, el lineamiento anteriormente señalado se remite a lo establecido por Ia Sala Plena de Ia Corte Constitucional en sentencia C-901 de 2008:
“Esta situación pone sobre el tapete la necesidad de ponderar las circunstancias de tales sujetos y del respeto que se debe a su En virtud de las consideraciones precedentes y la citada jurisprudencia, se advierte que la protección especial de la cual gozan algunos servidores nombrados en provisionalidad, no se opone a los derechos que ostentan quienes han superado el concurso de méritos y figuran en el registro de elegibles. Negrilla y subrayado fuera el texto original.
Si bien los empleados provisionales que se encuentran en situaciones especiales no tienen un 1 Sentencia T-326 de 3 de junio de 2014, Magistrada ponente: María Victoria Calle Correa.
2 En relación con este aspecto de la acción afirmativa pueden ser consultadas las sentencias SU-446 de 2011 (MF Jorge Ignacio Pretelt Chaljub) y T-186 de 2013 (MPLuis Ernesto Vargas Silva). Este razonamiento se impuso por la Sala Plena de la Corporación en la providencia SU-446 de 2011, en la cual se planteó que, aunque primaban los derechos de acceder al cargo de los empleados de carrera, la entidad (Fiscalía General de la Nación) tenía el deber constitucional de emplear medidas de acción afirmativa tendientes a proteger efectivamente el especial contexto de las personas vinculadas en provisionalidad.
121 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-121 • 2020 • OCTUBRE • 28 Que en consecuencia, teniendo en cuenta que los cargos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, fueron convocados a concurso y/o se encuentran provistos es materialmente imposible para la Entidad vincularlo (a) en una vacante igual o equivalente a aquella que venía ocupando en provisionalidad. dignidad como seres humanos, frente al mérito privilegiado por la Constitución Política, y defendido por esta Corporación como factor de acceso al servicio público al declarar la inconstitucionalidad o tutelar los derechos de quienes ven limitados sus derechos por razones ajenas a la superación de las diferentes pruebas del concurso y relacionados con circunstancias particulares de los participantes, extrañas al mérito y vinculadas con fórmulas como, el lugar de origen o de prestación del servicio, la experiencia antigüedad, conocimiento y eficiencia en el ejercicio cargo para el que se concursa, el ingreso automático a la carrera o los concursos cerrados para ingreso o ascenso, reconocer a las pruebas de conocimientos generales o específicas -en este caso a la Prueba Básica general de preselección- un carácter exclusivamente eliminatorio y no clasificatorio, la estructuración de la lista de elegibles y el nombramiento respectivo en estricto orden de méritos de conformidad con los resultados del concurso.
Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de PROFESIONAL UNIVERSI- TARIO Código 219 Grado 01 de la DIRECCIÓN DIS- TRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL correspondiente a la OPEC No.66630, una vez se realice la posesión al/a la señor(a) DAVID ALEJAN- DRO MORA BERMÚDEZ, quien ocupó el segundo lugar en la lista de elegibles conformada para el efecto por la Comisión Nacional del Servicio Civil, por haber superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, deben darse por terminados tanto los encargos efectuados a los servidores públicos WALTER OSPINA ZAPATA, EDGAR ANDRÉS GARCÍA GARA- VITO, quienes deberán retomar los empleos de los cuales son titulares y ostentan derechos de carrera administrativa, como el nombramiento provisional efectuado al/a la señor(a) WALBERTO JAIME JIMÉ- NEZ RODRÍGUEZ.
En el caso de las personas con discapacidad as evidente que nada se opone a que se sometan a un concurso público y abierto donde pueden en igualdad de condiciones demostrar su capacidad y mérito al igual que cualquier otro participante aspecto respecto del cual no pueden considerarse diferentes por su sola condición de discapacidad”. (Negrita y subrayado fuera de texto)”
Que en el artículo 1 del Decreto Distrital 324 de 2016 “Por medio del cual se crea la planta de empleos de la Secretaría Jurídica Distrital”, creó una planta de personal con 170 cargos, para desempeñar las funciones propias de la entidad.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Que todos los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, al momento de la suscripción del Acuerdo de Convocatoria No. 20181000007356, se ofertaron mediante la Convocatoria No. 822 de 2018.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto, es procedente efectuar el nombramiento en periodo de prueba, terminar dos encargos y terminar el nombramiento provisional antes referidos,
RESUELVE:
Que con posterioridad a la oferta antes señalada surgieron dos (2) cargos en vacancia definitiva por configuración de algunas de las causales de retiro del servicio consagradas en el artículo 41 de la Ley 909 de 2004, los cuales corresponden un (1) Profesional Especializado Código 222, Grado 27 y un (1) Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 09, provistos transitoriamente mediante encargo y nombramiento en provisionalidad respectivamente, actualmente reportados en el Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad -SIMO-.
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba al/a la señor(a) DAVID ALEJANDRO MORA BERMÚ- DEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.032.479.676, para desempeñar el empleo de PRO- FESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 01 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGI- LANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66630 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-122 • 2020 • OCTUBRE • 28 122 TRATIVO Código 407 Grado 20 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, quien deberá asumir el empleo de AU- XILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 11 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
Parágrafo. Si no se supera el período de prue-
ba, una vez en firme la calificación, su nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
Artículo 7°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el nombramiento provisional al/a la señor (a) WALBERTO JAIME JIMÉNEZ RO- DRÍGUEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 77.192.196, en el empleo de AUXILIAR ADMI- NISTRATIVO Código 407 Grado 11 de la DIREC- CIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 6°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
Artículo 3°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) DAVID ALEJANDRO MORA BERMÚDEZ, tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 7°.
- La presente Resolución rige a partir
de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Artículo 4°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital Resolución Número 204 (Octubre 20 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se dan por terminados dos encargos y un nombramiento provisional”
Artículo 5°.
- Dar por terminado el encargo efectuado al/la señor(a) WALTER OSPINA ZA- PATA identificado(a) con cédula de ciudadanía No.79.431.243, en el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 01 de la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaria Jurídica Distrital quien deberá asumir el empleo de AUXILIAR ADMINIS- TRATIVO Código 407 Grado 20 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo 23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
Artículo 6°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el encargo efectuado al/a la señor(a) EDGAR ANDRÉS GARCÍA GARAVI- TO identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.468.462, en el empleo de AUXILIAR ADMINIS-
123 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-123 • 2020 • OCTUBRE • 28
CONSIDERANDO:
Que el/la señor (a) MANUEL DUVAN PUERTO PUENTES, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.950.965 ocupó el puesto número uno (1) en la Resolución No. 9485 del 18 de septiembre de 2020, para proveer el empleo de TÉCNICO OPERATIVO Código 314 Grado 21 del DESPACHO SECRETARÍA JURÍDICA de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarias de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) MANUEL DUVAN PUERTO PUENTES en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que, así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2 del Decreto Nacional 1083 de 2015, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria.
Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9485 del 18 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para proveer una (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo de TÉC- NICO OPERATIVO Código 314 Grado 21 del DES- PACHO, identificado con el código OPEC No. 66222 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
Que ALEX CORTES SALGADO identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.138.328 es titular del empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 20 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE DEFEN- SA JUDICIAL, Y PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJU- RÍDICO hoy DIRECCIÓN DISTRITAL GESTIÓN JU- DICIAL con derechos de carrera administrativa y fue incorporado (a) a la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital mediante Resolución No. 002 del 03 de agosto de 2016 con efectividad a partir de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-124 • 2020 • OCTUBRE • 28 124 de méritos respectivo, entre otras razones especificas atinentes al servicio qué se está prestando. la misma fecha, según consta en el acta de posesión No. 001.
Que en la historia laboral de el/la señor(a) ABANETH GARCÍA QUINTERO, la cual reposa en la Dirección de Gestión Corporativa, Proceso Estratégico de Gestión del Talento Humano, no se evidenciaron causales de condición de especial protección constitucional.
Que ALEX CORTES SALGADO fue encargado (a) mediante Resolución No. 078 del 22 de diciembre de 2016 en el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 24 de la DIRECCIÓN DE GES- TIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital y de conformidad con el Artículo 2° de la citada resolución, se declaró la vacancia temporal del empleo del cual es titular.
Que el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 20 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL, del cual es titular el/la señor (a) ALEX CORTES SALGADO, actualmente está provisto mediante encargo con el/la señor(a) LUIS ENRIQUE GARZÓN, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 19.443.235, quien fue encargado(a) mediante Resolución No. 082 del 30 de diciembre de 2016, titular del empleo de AUXILIAR ADMINIS- TRATIVO Código 407 Grado 15, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.
Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de TÉCNICO OPERATIVO Código 314 Grado 21 del DESPACHO de la Secretaría Jurídica Distrital correspondiente a la OPEC No. 66222, una vez se realice la posesión al/a la señor(a) MANUEL DUVAN PUERTO PUENTES, quien ocupó primer lugar en la lista de elegibles conformada para el efecto por la Comisión Nacional del Servicio Civil, por haber superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, deben darse por terminados tanto los encargos efectuados a los servidores públicos ALEX CORTES SALGADO, LUIS ENRIQUE GARZÓN, quienes deberán retomar los empleos de los cuales son titulares y ostentan derechos de carrera administrativa, como el nombramiento provisional efectuado al/a la señor(a) ABANETH GARCIA QUIN- TERO.
Que mediante Resolución No. 070 del 21 de junio de 2019, al señor ALEX CORTES SALGADO le fue terminado el encargo en el empleo AUXILIAR ADMINIS- TRATIVO Código 407 Grado 24 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA y encargado en el empleo de TÉCNICO OPERATIVO Código 314 Grado 21 del DESPACHO de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Que en consecuencia es procedente efectuar, el nombramiento en periodo de prueba, terminar los encargos y terminar el nombramiento provisional antes referidos.
RESUELVE:
Que el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 15 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el/la señor(a) LUIS ENRI- QUE GARZÓN, actualmente está provisto mediante nombramiento en provisionalidad por el/la señor(a) ABANETH GARCÍA QUINTERO, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 52.031.787, quien fue nombrado(a) mediante Resolución No. 092 de 26 de junio de 2019, mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo.
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba al/a la señor(a) MANUEL DUVAN PUERTO PUEN- TES, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.950.965, para desempeñar el empleo de TÉCNI- CO OPERATIVO Código 314 Grado 21 del DESPA- CHO de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66222 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
Que según el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad al servicio público, sólo es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6)
125 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-125 • 2020 • OCTUBRE • 28 CIÓN DISTRITAL DE GESTION JUDICIAL, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa. meses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
Parágrafo. Si no se supera el período de prue-
ba, una vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
Artículo 7°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el nombramiento provisional al/a la señor (a) ABANETH GARCIA QUINTE- RO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.031.787, en el empleo de AUXILIAR ADMINIS- TRATIVO Código 407 Grado 15 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 8°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
Artículo 9°.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Artículo 3°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) MANUEL DUVAN PUER- TO PUENTES tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
Artículo 4°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital Resolución Número 206 (Octubre 20 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”
Artículo 5°.
- Dar por terminado el encargo efectuado al/la señor(a) ALEX CORTES SALGA- DO identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.138.328, en el empleo de TÉCNICO OPERATIVO Código 314 Grado 21 del DESPACHO de la Secretaria Jurídica Distrital quien deberá asumir el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 20 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDI- CIAL, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo 23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Artículo 6°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el encargo efectuado al/a la señor(a) LUIS ENRIQUE GARZÓN identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 19.443.235, en el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 20 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GES- TIÓN JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital, quien deberá asumir el empleo de AUXILIAR ADMI- NISTRATIVO Código 407 Grado 15 de la DIREC-
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarias de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-126 • 2020 • OCTUBRE • 28 126 GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital el cual se encuentra desprovisto. de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) LUIS FERNANDO MONTOYA GARCÍA en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2 Ibídem, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria.
Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9699 del 19 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para proveer dos (2) vacante(s) definitiva(s) del empleo de AUXI- LIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 16 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, identificado con el código OPEC No. 66179 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
Que MARÍA MERY MARTÍNEZ HERNÁNDEZ identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 51.784.842 es titular del empleo SECRETARIO Código 440 Grado 09 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA con derechos de carrera administrativa y fue incorporado (a) a la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital mediante Resolución No. 002 del 03 de agosto de 2016 con efectividad a partir de la misma fecha, según consta en el acta de posesión No. 001.
Que el/la señor(a) LUIS FERNANDO MONTOYA GARCÍA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 94.361.153 ocupó el puesto número uno (1) en la Resolución No. 9699 del 19 de septiembre de 2020 para proveer el empleo de AUXILIAR ADMINISTRA- TIVO Código 407 Grado 16 de la DIRECCIÓN DE Que MARÍA MERY MARTÍNEZ HERNÁNDEZ fue encargado (a) mediante Resolución No. 083 del 30 de diciembre de 2016, en el empleo de AUXILIAR AD- MINISTRATIVO Código 407 Grado 15 de la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE PERSONAS JURÍDICAS SIN ÁNIMO 127 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-127 • 2020 • OCTUBRE • 28 del Talento Humano, no se evidenciaron las causales de condición de especial protección constitucional.
DE LUCRO, hoy DIRECCIÓN DISTRITAL DE INS- PECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL y de conformidad con el Artículo 2° de la citada resolución, se declaró la vacancia temporal del empleo del cual es titular.
Que por necesidades del servicio presentadas al interior de algunas dependencias de la entidad, mediante la Resolución 235 del 13 de diciembre de 2018 “Por la cual se reubica algunos empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital”, el empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407, Grado 15 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VI- GILANCIA Y CONTROL, ocupado mediante encargo por el señora MARÍA MERY MARTÍNEZ HERNÁN- DEZ fue reubicado a la DIRECCIÓN DISTRITAL DE POLÍTICA E INFORMÁTICA JURÍDICA hoy DIREC- CIÓN DISTRITAL DE POLÍTICA JURÍDICA.
Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 16 de la DIRECCIÓN DE GES- TIÓN CORPORATIVA, correspondiente a la OPEC No. 66179, una vez se realice la posesión al/a la señor(a) LUIS FERNANDO MONTOYA GARCÍA, quien ocupó el primer lugar en la lista de elegibles conformada para el efecto por la Comisión Nacional del Servicio Civil, por haber superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, debe darse por terminado tanto el encargo efectuado al servidor público MARÍA MERY MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, quien deberán retomar el empleo del cual es titular y ostentan derecho de carrera administrativa, como el nombramiento provisional efectuado al/a la señor(a) LUIS ALFREDO VÁSQUEZ MURILLO.
Que el empleo de SECRETARIO Código 440 Grado 09 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el/la señor(a) MARÍA MERY MARTÍNEZ HER- NÁNDEZ, actualmente está provisto mediante nombramiento en provisionalidad por el/la señor(a) LUIS ALFREDO VÁSQUEZ MURILLO, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 80.063.723, quien fue nombrado(a) mediante Resolución No. 172 de 10 de noviembre de 2017, mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Que en consecuencia es procedente, efectuar el nombramiento en periodo de prueba terminar el encargo y el nombramiento provisional antes referido.
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 081 del 26 de junio de 2019, la señora MARÍA MERY MARTÍNEZ HER- NÁNDEZ le fue terminado el encargo en el empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 15 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VI- GILANCIA Y CONTROL y encargado en el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 16 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital.
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba al/a la señor(a) LUIS FERNANDO MONTOYA GAR- CÍA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 94.361.153, para desempeñar el empleo de AUXI- LIAR ADMINISTRATIVO Código 407 Grado 16 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66179 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
Que según el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad al servicio público, sólo es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, entre otras razones especificas atinentes al servicio qué se está prestando.
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio
Que en la historia laboral de el/la señor(a) LUIS AL- FREDO VÁSQUEZ MURILLO, la cual reposa en la Dirección de Gestión Corporativa, Proceso de Gestión REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-128 • 2020 • OCTUBRE • 28 128
Artículo 8°.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
Parágrafo. Si no se supera el período de prueba,
una vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital Resolución Número 210 (Octubre 20 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”
Artículo 3°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) LUIS FERNANDO MON- TOYA GARCÍA tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo
Artículo 4°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarias de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Artículo 5°.
- Dar por terminado el encargo efectuado al/la señor(a) MARÍA MERY MARTÍNEZ HER- NÁNDEZ identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 51.784.842, en el empleo de AUXILIAR ADMI- NISTRATIVO Código 407 Grado 16 de la de la DI- RECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaria Jurídica Distrital, quien deberá asumir el empleo de SECRETARIO Código 440 Grado 09 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Artículo 6°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el nombramiento provisional al/a la señor (a) LUIS ALFREDO VÁSQUEZ MURI- LLO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 80.063.723, en el empleo de SECRETARIO Código 440 Grado 09, de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Que así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2 Ibídem, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y lega-
Artículo 7°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
129 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-129 • 2020 • OCTUBRE • 28 les, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria.
Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9655 del 19 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para proveer una (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo de PROFE- SIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE POLÍTICA JURÍDICA, identificado con el código OPEC No. 66674 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que GLORIA ESTHER SALCEDO TAMAYO identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 28.963.444 es titular del empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 24 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA con derechos de carrera administrativa y fue incorporado (a) a la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital mediante Resolución No. 002 del 03 de agosto de 2016 con efectividad a partir de la misma fecha, según consta en el acta de posesión No. 001.
Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
Que GLORIA ESTHER SALCEDO TAMAYO fue encargado (a) mediante Resolución No. 071 del 28 de noviembre de 2016, en el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE POLÍTICA E INFORMÁTICA JURÍDICA hoy DIRECCIÓN DISTRITAL DE POLÍTI- CA JURÍDICA y de conformidad con el Artículo 2° de la citada resolución, se declaró la vacancia temporal del empleo del cual es titular.
Que el/la señor(a) LUIS ERNESTO FLÓREZ SIMAN- CA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 91.489.630 ocupó el puesto número uno (1) en la Resolución No. 9655 del 19 de septiembre de 2020 para proveer el empleo de PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE POLÍTICA JURÍDICA de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 24 de la DIRECCIÓN DE GES- TIÓN CORPORATIVA, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el/la señor(a) GLORIA ESTHER SALCEDO TAMAYO, actualmente está provisto mediante nombramiento en provisionalidad por el/la señor(a) DIANA ALEJANDRA CORREA AGATÓN, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 1.010.172.736, quien fue nombrado(a) mediante Resolución No. 084 de 18 de septiembre de 2018, mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) LUIS ERNESTO FLÓREZ SIMAN- CA en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que según el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad al servicio público, sólo REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-130 • 2020 • OCTUBRE • 28 130 es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, entre otras razones especificas atinentes al servicio qué se está prestando.
Que en la historia laboral de el/la señor(a) DIANA ALEJANDRA CORREA AGATÓN, la cual reposa en la Dirección de Gestión Corporativa, Proceso de Gestión del Talento Humano, no se evidenciaron las causales de condición de especial protección constitucional.
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
Parágrafo. Si no se supera el período de prueba,
una vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
Artículo 3°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) LUIS ERNESTO FLÓREZ SIMANCA tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de PROFESIONAL ESPECIALI- ZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DIS- TRITAL DE POLÍTICA JURÍDICA, correspondiente a la OPEC No. 66674, una vez se realice la posesión al/a la señor(a) LUIS ERNESTO FLÓREZ SIMANCA, quien ocupó el primer lugar en la lista de elegibles conformada para el efecto por la Comisión Nacional del Servicio Civil, por haber superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, debe darse por terminado tanto el encargo efectuado al servidor público GLORIA ESTHER SALCEDO TAMAYO, quien deberán retomar el empleo del cual es titular y ostentan derecho de carrera administrativa, como el nombramiento provisional efectuado al/a la señor(a) DIANA ALEJANDRA CORREA AGATÓN.
Artículo 4°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Que en consecuencia es procedente efectuar el nombramiento en periodo de prueba, terminar el encargo y el nombramiento provisional antes referido.
RESUELVE:
Artículo 5°.
- Dar por terminado el encargo efectuado al/la señor(a) GLORIA ESTHER SALCEDO TAMAYO identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 28.963.444, en el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE POLÍTICA JURÍDICA de la Secretaria Jurídica Distrital, quien deberá asumir el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 24 de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN COR- PORATIVA, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 6°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el nombramiento provisional al/a la señor (a) DIANA ALEJANDRA CORREA AGA- TÓN, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.010.172.736, en el empleo de PROFESIONAL ES- PECIALIZADO Código 222 Grado 24, de la DIREC- CIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la fecha de posesión de
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba al/a la señor(a) LUIS ERNESTO FLÓREZ SIMAN- CA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 91.489.630, para desempeñar el empleo de PRO- FESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE POLÍTICA JURÍDI- CA, de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66674 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
131 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-131 • 2020 • OCTUBRE • 28 la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa. la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
Artículo 7°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
Artículo 8°.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital Resolución Número 211 (Octubre 20 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9762 del 19 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para proveer dos (2) vacante(s) definitiva(s) del empleo de PRO- FESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la SUBSECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL, identificado con el código OPEC No. 66689 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital. encargo y un nombramiento provisional”
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el/la señor(a) ESTHER PINILLA SERRA- NO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 28.496.885 ocupó el puesto número dos (2) en la Resolución No. 9762 del 19 de septiembre de 2020 para proveer el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZA- DO Código 222 Grado 27 de la SUBSECRETARÍA JU- RÍDICA DISTRITAL de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarias de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) ESTHER PINILLA SERRANO en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2 Ibídem, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-132 • 2020 • OCTUBRE • 28 132 Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que según el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad al servicio público, sólo es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, entre otras razones especificas atinentes al servicio qué se está prestando.
Que en la historia laboral de el/la señor(a) JEHIMY ESPERANZA MÁRQUEZ BERNAL, la cual reposa en la Dirección de Gestión Corporativa, Proceso de Gestión del Talento Humano, no se encontraron las causales de condición de especial protección constitucional.
Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria.
Que SILVIA MODESTA APONTE PENSO identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 42.497.241 es titular del empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 24 de la DI- RECCIÓN DISTRITAL DE DOCTRINA Y ASUNTOS NORMATIVOS con derechos de carrera administrativa y fue incorporado (a) a la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital mediante Resolución No. 002 del 03 de agosto de 2016 con efectividad a partir de la misma fecha, según consta en el acta de posesión No. 001.
Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de PROFESIONAL ESPECIALI- ZADO Código 222 Grado 27 de la SUBSECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL, correspondiente a la OPEC No. 66689, una vez se realice la posesión al/a la señor(a) ESTHER PINILLA SERRANO, quien ocupó el segundo lugar en la lista de elegibles conformada para el efecto por la Comisión Nacional del Servicio Civil, por haber superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, debe darse por terminado tanto el encargo efectuado al servidor público SILVIA MODESTA APONTE PENSO, quien deberán retomar el empleo del cual es titular y ostentan derecho de carrera administrativa, como el nombramiento provisional efectuado al/a la señor(a) JEHIMY ESPE- RANZA MÁRQUEZ BERNAL.
Que SILVIA MODESTA APONTE PENSO fue encargado (a) mediante Resolución No. 071 del 28 de noviembre de 2016, en el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la SUB- SECRETARIA JURÍDICA hoy SUBSECRETARIA JU- RÍDICA DISTRITAL y de conformidad con el Artículo 2° de la citada resolución, se declaró la vacancia temporal del empleo del cual es titular.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Que en consecuencia es procedente, efectuar el nombramiento en periodo de prueba, terminar el encargo y el nombramiento provisional antes referido.
RESUELVE:
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba al/a la señor(a) ESTHER PINILLA SERRANO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 28.496.885, para des-
Que el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 24 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE DOCTRINA Y ASUNTOS NORMATIVOS, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el/la señor(a) SILVIA MODESTA APONTE PENSO, actualmente está provisto mediante nombramiento en provisionalidad por el/la señor(a) JEHIMY ESPERANZA MÁRQUEZ BERNAL, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 52.432.686, quien fue nombrado(a) mediante Resolución No. 084 de 31 de mayo de 2017, mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo.
133 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-133 • 2020 • OCTUBRE • 28 empeñar el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZA- DO Código 222 Grado 27 de la SUBSECRETARÍA JU- RÍDICA DISTRITAL, de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66689 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución. te, dar por terminado el nombramiento provisional al/a la señor (a) JEHIMY ESPERANZA MÁRQUEZ BERNAL, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.432.686, en el empleo de PROFESIONAL ES- PECIALIZADO Código 222 Grado 24, de la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE DOCTRINA Y ASUNTOS NOR- MATIVOS de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 7°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
Artículo 8°.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
Parágrafo. Si no se supera el período de prueba,
una vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital Resolución Número 212 (Octubre 20 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en
Artículo 3°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) ESTHER PINILLA SE- RRANO tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”
Artículo 4°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo 23 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.3.1 Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 648 de 2017, y el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarias de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; declarar insubsistencias y vacancias.
Artículo 5°.
- Dar por terminado el encargo efectuado al/la señor(a) SILVIA MODESTA APONTE PENSO identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 42.497.241, en el empleo de PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO Código 222 Grado 27 de la de la SUB- SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL de la Secretaria Jurídica Distrital, quien deberá asumir el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 24 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE DOCTRI- NA Y ASUNTOS NORMATIVOS, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015,
Artículo 6°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo preceden-
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-134 • 2020 • OCTUBRE • 28 134 modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
(6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2 Ibídem, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 385 de 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, hasta el 30 de noviembre de 2020.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que el Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020, expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, “Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” señaló que durante el período de vigencia de la emergencia sanitaria, los servidores públicos nombrados y posesionados, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 ídem, estarán en etapa de inducción y el periodo de prueba iniciará una vez se supere la emergencia sanitaria.
Que cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9654 del 19 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para proveer una (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo de PRO- FESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, identificado con el código OPEC No. 66669 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad.
Que HERNÁN BENJAMÍN MUÑOZ CUERVO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 6.758.776 es titular del empleo PROFESIONAL UNI- VERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE PERSONAS JURÍDICAS SIN ÁNIMO DE LUCRO hoy DIRECCIÓN DISTRITAL DE INS- PECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL con derechos de carrera administrativa y fue incorporado (a) a la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital mediante Resolución No. 002 del 03 de agosto de 2016 con efectividad a partir de la misma fecha, según consta en el acta de posesión No. 001.
Que el/la señor(a) FREDDY ARMANDO CASTAÑO PINEDA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.655.863 ocupó el puesto número uno (1) en la Resolución No. 9654 del 19 de septiembre de 2020 para proveer el empleo de PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CON- TROL de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al/a la señor(a) FREDDY ARMANDO CASTAÑO PINEDA en periodo de prueba por el término de seis Que HERNÁN BENJAMÍN MUÑOZ CUERVO fue encargado (a) mediante Resolución No. 071 del 28 de noviembre de 2016 en el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL y de conformidad con el Artículo 2° de la citada resolución, se declaró la vacancia temporal del empleo del cual es titular.
135 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-135 • 2020 • OCTUBRE • 28 requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.
Que en consecuencia es procedente, efectuar el nombramiento en periodo de prueba terminar el encargo y el nombramiento provisional antes referido.
RESUELVE:
Que el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el/ la señor(a) HERNÁN BENJAMÍN MUÑOZ CUERVO, actualmente está provisto mediante nombramiento en provisionalidad por el/la señor(a) LEIDY PAOLA ROJAS CUERVO, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 52.422.898, quien fue nombrado(a) mediante Resolución No. 186 de 10 de noviembre de 2017, mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo.
Artículo 1°.
- Nombrar en periodo de prueba al/a la señor(a) FREDDY ARMANDO CASTAÑO PINE- DA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.655.863, para desempeñar el empleo de PROFE- SIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGI- LANCIA Y CONTROL, de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66669 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
Que según el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia SU-917 de 2010, la terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y al acceso en condiciones de igualdad al servicio público, sólo es admisible constitucionalmente como motivación de la finalización de la relación laboral, la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, entre otras razones especificas atinentes al servicio qué se está prestando.
Que el/la señor (a) LEIDY PAOLA ROJAS CUERVO, presentó la solicitud con Radicado No. 3-2019-626 del 30 de enero de 2019, dirigida a la Directora de Gestión Corporativa SOLICITANDO CERTIFICA- CIÓN Y RECONOCIMIENTO MADRE CABEZA DE FAMILIA SIN ALTERNATIVA ECONÓMICA”.
Artículo 2°.
- El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al vencimiento de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
Parágrafo. Si no se supera el período de prueba,
una vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO Código 222 Grado 27 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CON- TROL, correspondiente a la OPEC No. 66669, una vez se realice la posesión al/a la señor(a) FREDDY ARMANDO CASTAÑO PINEDA, quien ocupó el primer lugar en la lista de elegibles conformada para el efecto por la Comisión Nacional del Servicio Civil, por haber superado satisfactoriamente el respectivo concurso de méritos, debe darse por terminado tanto el encargo efectuado al servidor público HERNÁN BEN- JAMÍN MUÑOZ CUERVO, quien deberán retomar el empleo del cual es titular y ostentan derecho de carrera administrativa, como el nombramiento provisional efectuado al/a la señor(a) LEIDY PAOLA ROJAS CUERVO.
Artículo 3°.
- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el/la señor(a) FREDDY ARMANDO CASTA- ÑO PINEDA tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Artículo 4°.
- El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 816 del 26 de diciembre de 2019.
Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-136 • 2020 • OCTUBRE • 28 136 SECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE Resolución Número 716 (Octubre 26 de 2020)
“Por medio de la cual se designan los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestas habilitadas para la “Beca Emprendimiento Cultural de los Artesanos y Artesanas” en el marco del Programa Distrital de Estímulos 2020 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos”
LA SUBSECRETARIA DE GOBERNANZA DE LA
Artículo 5°.
- Dar por terminado el encargo efectuado al/la señor(a) HERNÁN BENJAMÍN MUÑOZ CUERVO identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 6.758.776, en el empleo de PROFESIONAL ES- PECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la de la DI- RECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILAN- CIA Y CONTROL de la Secretaria Jurídica Distrital, quien deberá asumir el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
SECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 397 de 1997, el Acuerdo Distrital N° 257 de 2006 y el Decreto Distrital N° 037 de 2017 Resoluciones internas números 064 de 2017 y 311 de 2020, y demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO:
Artículo 6°.
- Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el nombramiento provisional al/a la señor (a) LEIDY PAOLA ROJAS CUER- VO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.422.898, en el empleo de PROFESIONAL UNI- VERSITARIO Código 219 Grado 18, de la DIREC- CIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en periodo de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.
Artículo 7°.
- Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
Artículo 8°.
- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que el artículo 70 de la Constitución Política, establece: “El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación”.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital Que el artículo 71 de la Constitución Política de Colombia dispone: “La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades”.
Que de conformidad con el mandato constitucional indicado, la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala en el numeral tercero del artículo 1° lo siguiente: “El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de conocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana”.
137 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-137 • 2020 • OCTUBRE • 28 Cultural de los Artesanos y Artesanas” cuyo objeto se encuentra descrito en las Condiciones Específicas de Participación en los siguientes términos:
“Identificar, reconocer y visibilizar las tradiciones, costumbres y sabiduría del oficio de los artesanos y artesanas que aportan a la preservación del patrimonio cultural en el Distrito Capital, a través del desarrollo de iniciativas que tengan el emprendimiento como estrategia central de realización, que propendan por el desarrollo de ideas innovadoras que fortalezcan el potencial productivo en las diferentes cadenas de valor cultural y que les permita visibilizarse como artista, productor o gestor cultural.”
Que la mencionada Ley 397 de 1997 en su artículo 17 señala: “El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”. Así mismo, en su artículo 18 establece: “El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como y para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo...”
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en desarrollo de las funciones contenidas en el Decreto Distrital 037 de 2017, artículo 12, literal b, establece: “Dirigir actividades relacionadas con el diseño, ejecución y seguimiento de las convocatorias públicas ofertadas a través del Programa Distrital de Estímulos y del Programa Distrital de Apoyos Concertados y bajo criterios de equidad, pertinencia y transparencia”.
Que conforme a lo establecido en el numeral 6.7.1, de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2020 establece, “El PDE designará un número impar de expertos externos de reconocida trayectoria e idoneidad seleccionados del Banco de Jurados, quienes evaluarán las propuestas que cumplieron con los requisitos, emitirán un concepto escrito de las mismas, deliberarán y recomendarán los ganadores, teniendo siempre en cuenta que las propuestas seleccionadas serán las que hayan obtenido los mayores puntajes y los argumentos técnicos que soportan la decisión. Como resultado de este proceso se suscribirá un acta que dejará constancia de la recomendación de ganadores, incluidos los puntajes y los argumentos técnicos que soportan la decisión”. Por consiguiente, la evaluación de las propuestas habilitadas para la “Beca Emprendimiento Cultural de los Artesanos y Artesanas” la realizan expertos de reconocida trayectoria e idoneidad.
Que el sector Cultura, Recreación y Deporte cuenta con un Banco de Jurados (BJ), constituido mediante Resolución 185 del 7 de mayo del 2013 “Por medio de la cual se crea el Banco Sectorial de Hojas de Vida de Jurados que evaluarán las propuestas habilitadas en el marco del Programa Distrital de Estímulos del Sector Cultura, Recreación y Deporte”.
Que con el objetivo de materializar la política de fomento, y de dar cumplimiento al marco normativo antes señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ejecuta el Programa Distrital de Estímulos, que tiene como fin fortalecer los procesos, proyectos e iniciativas desarrolladas por los agentes culturales, artísticos, patrimoniales, recreativos y deportivos de la ciudad, mediante el otorgamiento de recursos a través de convocatorias públicas que respondan a las dinámicas de los sectores y a los objetivos misionales de la entidad.
Que a través de la Resolución 150 del 10 de marzo de 2020, se ordena la apertura del Banco de Jurados del PDE 2020 con el fin de actualizar documentos y permitir la inscripción de más participantes, a la cual le fue adicionado el parágrafo único del artículo primero mediante la Resolución 245 de 22 de mayo de 2020.
Que la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte mediante Resolución 501 del 18 de septiembre 2020, ordenó la apertura de siete (7) convocatorias en el marco del Programa Distrital de Estímulos, y dispuso que los requisitos y condiciones serían los establecidos en el documento denominado “CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN” los cuales fueron publicados en el micrositio web: http://www.culturarecreacionvdeporte.gov.co/convocatoria.
Que en aras de dar cumplimiento a la Resolución 696 del 3 de septiembre de 2013 expedida por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, mediante acta radicada con el N° 20202200205093 de fecha 21 de octubre del 2020, se conforma un comité encargado de seleccionar a los jurados que evaluarán Que una de las convocatorias 2020 del Programa Distrital de Estímulos es la “Beca Emprendimiento REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-138 • 2020 • OCTUBRE • 28 138 las propuestas habilitadas para la “Beca Emprendimiento Cultural de los Artesanos y Artesanas”. za la designación de los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestas habilitadas para la “Beca Emprendimiento Cultural de los Artesanos y Artesanas” en el marco del Programa Distrital de Estímulos 2020, la cual hace parte integral del presente acto administrativo.
Que el comité realizó el proceso de evaluación de los jurados, acorde a los perfiles establecidos por la Dirección de Asuntos Locales y Participación, y conforme con los parámetros de selección indicados en el documento denominado, “PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS (PDE)- BANCO DE JURADOS 2020-CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN”.
Que acorde a lo establecido en el numeral 9.7 de las condiciones generales de participación del BJ “Los participantes que obtengan un puntaje igual o superior a setenta (70) conformarán la lista de elegibles para ser designados como jurados de la convocatoria”.
Que las condiciones generales de participación del Banco de Jurados señalan en la nota 2 del numeral 9.13, que; “Si una vez surtido el proceso de evaluación de los participantes, no se alcanza a conformar el grupo de jurados (tres [3] principales y en un [1] suplente) la entidad procederá a realizar búsquedas en el BJ con el fin de encontrar otros participantes que cumplan con los perfiles requerido”. En ese orden, el Comité adelantó la búsqueda en el BJ bajo los criterios de los perfiles 2 y 3 establecidos por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la SCRD.
Que, en el citado comité se estableció el valor del estímulo económico a otorgar a cada uno de los jurados seleccionados para evaluar la beca en mención, por DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/ Cte. ($2.500.000), amparados con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 563 de fecha 14 de septiembre del 2020, Concepto- “Fortalecimiento estratégico de la gestión cultural territorial, poblacional y de la participación incidente en Bogotá”, por valor de DIEZ MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/Cte. ($10.500.000), expedido por el Coordinador del Grupo Interno de Recursos Financieros, Responsable del Presupuesto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que de acuerdo con lo estipulado en el numeral 9.3 de las condiciones de participación del Banco de Jurados 2020, al cierre de cada una de las convocatorias que hacen parte del portafolio 2020 del Programa Distrital de Estímulos-PDE, el comité verificó el listado de candidatos a jurados inscritos en la misma y procedió a hacer la respectiva selección.
Que el numeral 9.10 de las condiciones de participación del BJ establece que, el comité deberá comunicar su decisión a los jurados seleccionados, los cuales tendrán un plazo de dos (2) días hábiles a partir de la comunicación, para aceptar o no su designación, a través de los formatos en línea de la plataforma web http://www.culturarecreacionydeporte.gov. co/convocatorias.
Que conforme el acta radicada con el N° 20202200205093 de fecha 21 de octubre del 2020, el comité recomienda a la Subsecretaria de Gobernan- Que el comité evaluador con base en los puntajes obtenidos, los perfiles establecidos y, los procedimientos de selección adoptados, definió la terna de jurados principales y un suplente así:
- Jurados Principales
NOMBRE CÉDULA PUNTUACIÓN PERFIL María Antonia Giraldo Feener 39.789.279 74 UNO Bernardo Caro Prieto 80.416.008 80 DOS BJ Natalia Muñoz Rozo 53.060.997 91 TRES BJ
- Jurados Suplentes
NOMBRE CÉDULA PUNTUACIÓN PERFIL Juliana Barrero Castellanos 52.864.696 73 DOS BJ gasto de los proyectos de inversión del actual Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental Para la Bogotá Del Si- Que mediante la Resolución 311 de 8 de julio de 2020, por la cual se modifica y adiciona la Resolución Nº 064 del 9 de febrero de 2017, el Secretario de Despacho delegó en varios servidores públicos del nivel directivo la responsabilidad y ordenación del 139 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-139 • 2020 • OCTUBRE • 28 en música, magia, teatro, danza y circo discriminadas en la Clasificación Internacional Industrial Uniforme CIIU 5914 y 90, realizadas en auto cines, auto eventos, salas de cine, teatros y en otras infraestructuras de las artes escénicas”. glo XXI”, que corresponden a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, entre los que se encuentra el proyecto 7648 “Fortalecimiento estratégico de la gestión cultural territorial, poblacional y de la participación incidente en Bogotá” para lo cual la ordenación del gasto, así como la expedición de los actos administrativos que estén asociados a reconocimientos económicos, pagos, apropiación de recursos corresponde a la Subsecretaria de Gobernanza.
Que, con el fin de evitar el contacto entre las personas, mitigar los riesgos de contagio y propagación de la pandemia de la COVID-19, los jurados designados tendrán que enviar al correo electrónico: correspondencia.externa@scrd.gov.co los documentos indicados en el numeral 6.8.1 de las Condiciones Generales de Participación, los cuales deberán ser enviados dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación del acto administrativo que los designa como jurados.
En consideración de lo expuesto,
RESUELVE:
Que como consecuencia de la actual emergencia sanitaria decretada en todo el territorio nacional, y con el fin de prevenir y mitigar la propagación del CO- VID-19- Coronavirus, las metodologías planteadas por las propuestas que se designan como ganadoras en caso de encontrarse direccionadas a realizar de manera presencial, actividades, acciones, etc., que impliquen interrelación humana, deberán cumplir con lo establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 666 del 24 de abril de 2020 “Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19” y, la Resolución 1746 de 1 de octubre 2020 “Por medio del cual se adopta el protocolo de bioseguridad para mitigar y controlar el riesgo del coronavirus COVID-19 en la realización de actividades de exhibición cinematográfica y artes escénicas
Artículo primero.
Acoger la recomendación del Comité y designar los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestas habilitadas para la “Beca Emprendimiento Cultural de los Artesanos y Artesanas” en el marco del Programa Distrital de Estímulos 2020, a las personas que se relacionan a continuación de conformidad con la parte motiva de la presente resolución:
NOMBRE CÉDULA PUNTUACIÓN PERFIL María Antonia Giraldo Feener 39.789.279 74 UNO Bernardo Caro Prieto 80.416.008 80 DOS BJ Natalia Muñoz Rozo 53.060.997 91 TRES BJ y Artesanas” conforme lo señalado en el Programa Distrital de Estímulos 2020.
Parágrafo. PRIMERO: La aceptación como ju-
rado deberá manifestarla dentro de los dos (2) días siguientes a la comunicación, en los términos señalados en la parte considerativa de esta resolución.
Los jurados designados deberán adelantar el proceso de evaluación de las propuestas habilitadas en la “Beca Emprendimiento Cultural de los Artesanos PARÁGRAFO SEGUNDO: En caso de faltas permanentes, temporales o renuncia de los jurados designados que no puedan culminar el proceso de evaluación de las propuestas, actuará como jurado suplente la siguiente:
Nombre Cédula Puntuación Perfil Juliana Barrero Castellanos 52.864.696 73 DOS BJ cuentran amparados con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 563 de fecha 14 de septiembre de 2020.
Parágrafo. PRIMERO: En marco de la actual
emergencia sanitaria decretada en todo el territorio nacional, y con el fin de prevenir y mitigar la propagación del COVID-19- Coronavirus; los jurados
Artículo segundo.
Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa informar al Grupo Interno de Recursos Financieros de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte realizar los trámites correspondientes al desembolso del estímulo económico a cada uno de los jurados designados como principales, por un valor de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/Cte. ($2.500.000), los cuales se en-
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-140 • 2020 • OCTUBRE • 28 140 la Dirección de Fomento de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte para lo de sus respectivas competencias.
Artículo quinto.
Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa solicitar la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá.
seleccionados deberán enviar al correo electrónico correspondencia.externa@scrd.gov.co, (Asunto: Documentación requerida-identificando el nombre del participante y la respectiva convocatoria) los documentos que se relacionan a continuación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación del acto administrativo que los designa como jurados:
- Fotocopia del certificado de Registro Único Tribu- tario (RUT) legible y actualizado.
Artículo sexto.
Ordenar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución en el micrositio de convocatorias de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
- Certificación bancaria a nombre de la persona na- tural en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega.
Artículo séptimo.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y contra ella no proceden los recursos en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
- Certificación de afiliación activa al Sistema Gene- ral de Seguridad Social en Salud.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
MARÍA DEL PILAR ORDÓÑEZ MÉNDEZ Subsecretaria de Gobernanza PARÁGRAFO SEGUNDO: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tramitará el desembolso de los estímulos económicos a los jurados designados previa expedición del Registro Presupuestal, una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los jurados certificado por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
Resolución Número 717 (Octubre 26 de 2020)
“Por medio de la cual se designan los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestas habilitadas para la “Beca Iniciativas Culturales relacionadas con Habitabilidad en Calle y Actividades Sexuales Pagas” en el marco del Programa Distrital de Estímulos 2020 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos”
LA SUBSECRETARIA DE GOBERNANZA DE LA PARÁGRAFO TERCERO: Procédase a la liberación presupuestal del remanente de los recursos asignados para jurados de la presente convocatoria que no fueron objeto de designación del estímulo económico, por un valor de Tres Millones de Pesos M/Cte. ($3.000.000) con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 563 del 14 de septiembre del 2020 Concepto- “Fortalecimiento estratégico de la gestión cultural territorial, poblacional y de la participación incidente en Bogotá” expedido por el Coordinador del Grupo Interno de Recursos Financieros, Responsable del Presupuesto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con la parte motiva del presente acto administrativo.
SECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 397 de 1997, el Acuerdo Distrital N° 257 de 2006 y el
Artículo tercero.
El seguimiento a la ejecución de las obligaciones a cargo de los jurados corresponderá a la funcionaria Ruth Murcia Murcia, Profesional Especializado de la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
Decreto Distrital N° 037 de 2017 Resoluciones internas números 064 de 2017 y 311 de 2020, y demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 70 de la Constitución Política, establece: “El Estado tiene el deber de promover y fomentar
Artículo cuarto.
Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa comunicar el contenido de la presente resolución a los jurados designados, a través del correo electrónico inscrito al momento de registrar su hoja de vida, así como a; Ruth Murcia Murcia, a la Dirección de Asuntos Locales y Participación y, a
141 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-141 • 2020 • OCTUBRE • 28 b, establece: “Dirigir actividades relacionadas con el diseño, ejecución y seguimiento de las convocatorias públicas ofertadas a través del Programa Distrital de Estímulos y del Programa Distrital de Apoyos Concertados y bajo criterios de equidad, pertinencia y transparencia”. el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación”.
Que con el objetivo de materializar la política de fomento, y de dar cumplimiento al marco normativo antes señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ejecuta el Programa Distrital de Estímulos, que tiene como fin fortalecer los procesos, proyectos e iniciativas desarrolladas por los agentes culturales, artísticos, patrimoniales, recreativos y deportivos de la ciudad, mediante el otorgamiento de recursos a través de convocatorias públicas que respondan a las dinámicas de los sectores y a los objetivos misionales de la entidad.
Que el artículo 71 de la Constitución Política de Colombia dispone: “La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades”.
Que la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte mediante Resolución 501 del 18 de septiembre 2020, ordenó la apertura de siete (7) convocatorias en el marco del Programa Distrital de Estímulos, y dispuso que los requisitos y condiciones serían los establecidos en el documento denominado “CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN” los cuales fueron publicados en el micrositio web: http://www.culturarecreacionvdeporte.gov.co/convocatoria.
Que de conformidad con el mandato constitucional indicado, la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala en el numeral tercero del artículo 1° lo siguiente: “El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de conocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana”.
Que una de las convocatorias 2020 del Programa Distrital de Estímulos es la “Beca Iniciativas Culturales relacionadas con Habitabilidad en Calle y Actividades Sexuales Pagas” cuyo objeto se encuentra descrito en las Condiciones Específicas de Participación en los siguientes términos:
“Reconocer procesos creativos, prácticas culturales y/o trabajos artísticos que se desarrollen con personas que realizan actividades sexuales pagas, o personas habitantes de calle, donde se permita la resignificación de imaginarios excluyentes y violentos frente a esta población”.
Que la mencionada Ley 397 de 1997 en su artículo 17 señala: “El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”. Así mismo, en su artículo 18 establece: “El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como y para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo...”
Que conforme a lo establecido en el numeral 6.7.1, de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2020 establece, “El PDE designará un número impar de expertos externos de reconocida trayectoria e idoneidad seleccionados del Banco de Jurados, quienes evaluarán las propuestas que cumplieron con los requisitos, emitirán un concepto escrito de las mismas, deliberarán y recomendarán los ganadores, teniendo siempre en cuenta que las propuestas seleccionadas serán las que hayan obtenido los mayores puntajes y los argumentos técnicos que soportan la decisión. Como resultado de este proceso se suscribirá un acta que dejará constancia de la recomendación de ganadores, incluidos Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en desarrollo de las funciones contenidas en el Decreto Distrital 037 de 2017, artículo 12, literal REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-142 • 2020 • OCTUBRE • 28 142 los puntajes y los argumentos técnicos que soportan la decisión”. Por consiguiente, la evaluación de las propuestas habilitadas para la “Beca Iniciativas Culturales relacionadas con Habitabilidad en Calle y Actividades Sexuales Pagas” la realizan expertos de reconocida trayectoria e idoneidad.
Que de acuerdo con lo estipulado en el numeral 9.3 de las condiciones de participación del Banco de Jurados 2020, al cierre de cada una de las convocatorias que hacen parte del portafolio 2020 del Programa Distrital de Estímulos-PDE, el comité verificó el listado de candidatos a jurados inscritos en la misma y procedió a hacer la respectiva selección.
Que el sector Cultura, Recreación y Deporte cuenta con un Banco de Jurados (BJ), constituido mediante Resolución 185 del 7 de mayo del 2013 “Por medio de la cual se crea el Banco Sectorial de Hojas de Vida de Jurados que evaluarán las propuestas habilitadas en el marco del Programa Distrital de Estímulos del Sector Cultura, Recreación y Deporte”.
Que conforme el acta radicada con el N° 20202200205053 de fecha 21 de octubre del 2020, el comité recomienda a la Subsecretaria de Gobernanza la designación de los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestas habilitadas para la “Beca Iniciativas Culturales relacionadas con Habitabilidad en Calle y Actividades Sexuales Pagas” en el marco del Programa Distrital de Estímulos 2020, la cual hace parte integral del presente acto administrativo.
Que a través de la Resolución 150 del 10 de marzo de 2020, se ordena la apertura del Banco de Jurados del PDE 2020 con el fin de actualizar documentos y permitir la inscripción de más participantes, a la cual le fue adicionado el parágrafo único del artículo primero mediante la Resolución 245 de 22 de mayo de 2020.
Que acorde a lo establecido en el numeral 9.7 de las condiciones generales de participación del BJ “Los participantes que obtengan un puntaje igual o superior a setenta (70) conformarán la lista de elegibles para ser designados como jurados de la convocatoria”.
Que en aras de dar cumplimiento a la Resolución 696 del 3 de septiembre de 2013 expedida por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, mediante acta radicada con el N° 20202200205053 de fecha 21 de octubre del 2020, se conforma un comité encargado de seleccionar a los jurados que evaluarán las propuestas habilitadas para la “Beca Iniciativas Culturales relacionadas con Habitabilidad en Calle y Actividades Sexuales Pagas”.
Que las condiciones generales de participación del Banco de Jurados señalan en la nota 2 del numeral 9.13, que; “Si una vez surtido el proceso de evaluación de los participantes, no se alcanza a conformar el grupo de jurados (tres [3] principales y en un [1] suplente) la entidad procederá a realizar búsquedas en el BJ con el fin de encontrar otros participantes que cumplan con los perfiles requerido”. En ese orden, el Comité adelantó la búsqueda en el BJ bajo los criterios del perfil 2 establecidos por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la SCRD.
Que el comité realizó el proceso de evaluación de los jurados, acorde a los perfiles establecidos por la Dirección de Asuntos Locales y Participación, y conforme con los parámetros de selección indicados en el documento denominado, “PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS (PDE)- BANCO DE JURADOS 2020-CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN”.
Que el numeral 9.10 de las condiciones de participación del BJ establece que, el comité deberá comunicar su decisión a los jurados seleccionados, los cuales tendrán un plazo de dos (2) días hábiles a partir de la comunicación, para aceptar o no su designación, a través de los formatos en línea de la plataforma web http://www.culturarecreacionydeporte.gov. co/convocatorias.
Que el comité evaluador con base en los puntajes obtenidos, los perfiles establecidos, y, los procedimientos de selección adoptados, la terna de jurados principales y un suplente así:
Que en el citado comité se estableció el valor del estímulo económico a otorgar a cada uno de los jurados seleccionados para evaluar la beca en mención, por DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/ Cte. ($2.500.000), amparados con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 557 de fecha 11 de septiembre del 2020, Concepto- “Fortalecimiento estratégico de la gestión cultural territorial, poblacional y de la participación incidente en Bogotá”, por valor de DIEZ MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/Cte. ($10.500.000), expedido por el Coordinador del Grupo Interno de Recursos Financieros, Responsable del Presupuesto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
143 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-143 • 2020 • OCTUBRE • 28
- Jurados Principales
NOMBRE CÉDULA PUNTUACIÓN PERFIL Sandra Marcela Rodríguez Urrego 51.713.515 87 Uno (1) Postulado Tania Correa Bohórquez 1.032.378.459 75 Uno (1) Postulado Lucía Vargas Salinas 53.119.319 79 Dos (2)
BJ
- Jurado Suplente
NOMBRE CÉDULA PUNTUACIÓN PERFIL Jeimmy Lorena Grajales Piñeros 1.022.975.073 70 Uno (1) Postulado protocolo de bioseguridad para mitigar y controlar el riesgo del coronavirus COVID-19 en la realización de actividades de exhibición cinematográfica y artes escénicas en música, magia, teatro, danza y circo discriminadas en la Clasificación Internacional Industrial Uniforme CIIU 5914 y 90, realizadas en auto cines, auto eventos, salas de cine, teatros y en otras infraestructuras de las artes escénicas”.
Que mediante la Resolución 311 de 8 de julio de 2020, por la cual se modifica y adiciona la Resolución 064 del 9 de febrero de 2017, el Secretario de Despacho delegó en varios servidores públicos del nivel directivo la responsabilidad y ordenación del gasto de los proyectos de inversión del actual Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental Para la Bogotá Del Siglo XXI”, que corresponden a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, entre los que se encuentra el proyecto 7648 “Fortalecimiento estratégico de la gestión cultural territorial, poblacional y de la participación incidente en Bogotá” para lo cual la ordenación del gasto, así como la expedición de los actos administrativos que estén asociados a reconocimientos económicos, pagos, apropiación de recursos corresponde a la Subsecretaria de Gobernanza.
Que con el fin de evitar el contacto entre las personas, mitigar los riesgos de contagio y propagación de la pandemia de la COVID-19, los jurados designados tendrán que enviar al correo electrónico: correspondencia.externa@scrd.gov.co los documentos indicados en el numeral 6.8.1 de las Condiciones Generales de Participación, los cuales deberán ser enviados dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación del acto administrativo que los designa como jurados.
En consideración de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Acoger la recomendación del Comité y designar los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestas habilitadas para la “Beca Iniciativas Culturales relacionadas con Habitabilidad en Calle y Actividades Sexuales Pagas” en el marco del Programa Distrital de Estímulos 2020, a las personas que se relacionan a continuación de conformidad con la parte motiva de la presente resolución:
Que consecuencia de la actual emergencia sanitaria decretada en todo el territorio nacional, y con el fin de prevenir y mitigar la propagación del COVID-19- Coronavirus, las metodologías planteadas por las propuestas que se designan como ganadoras en caso de encontrarse direccionadas a realizar de manera presencial, actividades, acciones, etc., que impliquen interrelación humana, deberán cumplir con lo establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 666 del 24 de abril de 2020 “Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19” y, la Resolución 1746 de 1 de octubre 2020 “Por medio del cual se adopta el NOMBRE CÉDULA PUNTUACIÓN PERFIL Sandra Marcela Rodríguez Urrego 51.713.515 87 Uno (1) Postulado Tania Correa Bohórquez 1.032.378.459 75 Uno (1) Postulado Lucia Vargas Salinas 53.119.319 79 Dos (2)
BJ PARÁGRAFO PRIMERO: La aceptación como jurado deberá manifestarla dentro de los dos (2) días siguientes a la comunicación, en los términos señalados en la parte considerativa de esta resolución.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-144 • 2020 • OCTUBRE • 28 144 PARÁGRAFO SEGUNDO: En caso de faltas permanentes, temporales o renuncia de los jurados designados que no puedan culminar el proceso de evaluación de las propuestas, actuará como jurado suplente la siguiente:
Los jurados designados deberán adelantar el proceso de evaluación de las propuestas habilitadas en la “Beca Iniciativas Culturales relacionadas con Habitabilidad en Calle y Actividades Sexuales Pagas” conforme lo señalado en el Programa Distrital de Estímulos 2020.
NOMBRE CÉDULA PUNTUACIÓN PERFIL Jeimmy Lorena Grajales Piñeros 1.022.975.073 70 Uno (1) Postulado ($3.000.000) con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 557 del 11 de septiembre del 2020 Concepto- “Fortalecimiento de los procesos de fomento cultural para la gestión incluyente en Cultura para la vida cotidiana en Bogotá D.C” expedido por el Coordinador del Grupo Interno de Recursos Financieros, Responsable del Presupuesto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con la parte motiva del presente acto administrativo.
Artículo segundo.
Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa informar al Grupo Interno de Recursos Financieros de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte realizar los trámites correspondientes al desembolso del estímulo económico a cada uno de los jurados designados como principales, por un valor de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/Cte. ($2.500.000), los cuales se encuentran amparados con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 557 de fecha 11 de septiembre de 2020.
Artículo tercero.
El seguimiento a la ejecución de las obligaciones a cargo de los jurados corresponderá a Yenny Carolina Orjuela, contratista de la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. PRIMERO: En marco de la actual
emergencia sanitaria decretada en todo el territorio nacional, y con el fin de prevenir y mitigar la propagación del COVID-19- Coronavirus; los jurados seleccionados deberán enviar al correo electrónico correspondencia.externa@scrd.gov.co, (Asunto: Documentación requerida-identificando el nombre del participante y la respectiva convocatoria) los documentos que se relacionan a continuación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación del acto administrativo que los designa como jurados:
Artículo cuarto.
Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa comunicar el contenido de la presente resolución a los jurados designados, a través del correo electrónico inscrito al momento de registrar su hoja de vida, así como a; Yenny Carolina Orjuela, a la Dirección de Asuntos Locales y Participación y, a la Dirección de Fomento de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte para lo de sus respectivas competencias y/o sus obligaciones.
- Fotocopia del certificado de Registro Único Tribu- tario (RUT) legible y actualizado.
Artículo quinto.
Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa solicitar la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá.
- Certificación bancaria a nombre de la persona natu- ral en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega.
- Certificación de afiliación activa al Sistema Gene- ral de Seguridad Social en Salud.
Artículo sexto.
Ordenar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución en el micrositio de convocatorias de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo séptimo.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y contra ella no proceden los recursos en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE PARÁGRAFO SEGUNDO: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tramitará el desembolso de los estímulos económicos a los jurados designados previa expedición del Registro Presupuestal, una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los jurados certificado por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).
MARÍA DEL PILAR ORDÓÑEZ MÉNDEZ Subsecretaria de Gobernanza PARÁGRAFO TERCERO: Procédase a la liberación presupuestal del remanente de los recursos asignados para jurados de la presente convocatoria que no fueron objeto de designación del estímulo económico, por un valor de Tres Millones de Pesos M/Cte.
145 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-145 • 2020 • OCTUBRE • 28 DECRETO LOCAL DE 2020 ALCALDÍA LOCAL DE TUNJUELITO Decreto Local Número 009 (Octubre 26 de 2020)
“Por medio del cual se crea el Comité Local de Libertad Religiosa de la Localidad de Tunjuelito”
Que el Bloque de Constitucionalidad integrado por la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como los demás tratados internacionales ratificados por el Estado Colombiano; y la Constitución Política de 1991, consagró como un derecho inherente e inalienable de las personas la libertad de conciencia y religión.
EL ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO (E) En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C., Decreto Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la Ley 133 de 1994, “Por la cual se desarrolla el Derecho de Libertad Religiosa y de Cultos, reconocido en el artículo 19 de la Constitución Política” consagra las garantías básicas para que todas las personas, como individuos o como comunidades religiosas o como comunidades de fieles, seguidores o creyentes, puedan desarrollar libremente de modo organizado o espontáneo sus actividades religiosas.
Que el pueblo de Colombia en ejercicio de su poder soberano, promulgó la Constitución Política de 1991, con el fin de asegurar entre otros la igualdad, la libertad y la paz dentro de un marco jurídico democrático y participativo.
Que el artículo 2° prevé como fines esenciales del Estado entre otros, facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
Que por Acuerdo Distrital 685 del 4 de septiembre de 2017, el Concejo de Bogotá acordó la creación del “Comité Distrital de Libertad Religiosa, como una instancia de participación ciudadana del gobierno distrital, para la promoción, articulación, seguimiento y evaluación de las políticas, estrategias, planes y programas en materia de libertad religiosa, de cultos y conciencia en el Distrito Capital, garantizando los derechos de quienes ejercen dichas libertades en el marco de la Constitución Política de Colombia y la Ley Estatutaria133 de 1994”.
Que el artículo 13 establece que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.
Que el artículo 3 del Acuerdo Distrital 685 del 4 de septiembre de 2017, establece en el literal K la promoción de la creación de “Comités Locales de Libertad Religiosa, en los que podrán participar no solo las confesiones religiosas, sino las organizaciones sociales del sector religioso con personería jurídica y con presencia en la respectiva localidad”.
Que el artículo 18 prevé como derecho fundamental la libertad de conciencia. Derecho constitucional ante el cual nadie podrá ser molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia.
Que el artículo 19 prevé como derecho fundamental la libertad de cultos, así: toda persona tiene derecho a profesar su religión y de difundirla en forma individual o colectiva, así como también afirma la igualdad y libertad de todas las confesiones religiosas e iglesias ante la ley.
Que el 12 de febrero de 2018, mediante Decreto Distrital 093 el Alcalde Mayor de Bogotá D. C., creó la Política Pública de Libertades Fundamentales de Religión, Culto y Conciencia, cuyo propósito es “fomentar el respeto por la libertad e igualdad religiosa, de culto y conciencia, desde la promoción y apropiación social e institucional de una cultura que reconozca plenamente estos derechos, con el fin de convertir al Distrito Capital en una ciudad que previene y reduce su vulneración o amenaza y que afianza la pluralidad religiosa, expresada material y simbólicamente en el territorio”.
Que corresponde al alcalde Local reglamentar la conformación del Comité Local de Libertad Religiosa, así como garantizar la participación de los representantes Que la libertad de cultos es el derecho a profesar y difundir libremente la religión, y constituye un derecho fundamental indispensable en una sociedad democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto a la dignidad humana, como lo sostiene el artículo 1º de la Constitución.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-146 • 2020 • OCTUBRE • 28 146 del sector religioso en la localidad, así como de los sectores de la Administración a nivel local y demás servidores públicos que conformarán el Comité Local de Libertad Religiosa, Culto y Conciencia. e. Un representante de cada una de las Organizaciones Sociales del Sector Religioso con Personería Jurídica que tengan presencia en la localidad y/o trabajo social en la localidad.
2.- Autoridades e instancias locales: a) El Alcalde Local o su delegado, quien presidirá el espacio. b) Un representante de la Subdirección de Asuntos de Libertad Religiosa de Culto y Conciencia de la Secretaria Distrital de Gobierno.
Que para la Localidad de Tunjuelito es importante contar con un Comité Local de Libertad Religiosa, Culto y de Conciencia en el cual se desarrollen estrategias, planes y programas para la territorialización de la política pública, para la consolidación de iniciativas de paz desde las iglesias y sus organizaciones y para la disminución de factores sociales, institucionales y culturales que alimentan la discriminación por motivos religiosos. c) El IDIPRON.
Que, en mérito de lo expuesto, d) El IDPAC.
DECRETA:
e) Secretaria Distrital de educación. f) Policía. g) Secretaria Distrital de integración social PARÁGRAFO 1. Secretaría Técnica:
Artículo 1.
CREACIÓN. Créase el Comité Local de Libertad Religiosa, Culto y conciencia de la Localidad de Tunjuelito como una instancia de participación ciudadana, para la articulación, seguimiento, promoción y evaluación de las políticas, estrategias, planes y programas en materia de libertad religiosa, de cultos y de conciencia, la libertad de conciencia, y el derecho de cada persona a profesar libremente su religión en forma individual y colectiva.
El comité Local de Libertad Religiosa de la Localidad de Tunjuelito por medio de votación elegirá de entre sus miembros a un delegado que asuma la Secretaria Técnica de la instancia.
Parágrafo 2. Funciones de la Secretaría Técnica:
Parágrafo 1. Será un Comité de participación
ciudadana y hace las veces de instancia consultiva de la administración Local de Tunjuelito en materia de libertad religiosa, de cultos y conciencia en la Localidad de Tunjuelito. h) Realizar la convocatoria con apoyo de la presidencia del espacio con 10 días hábiles de la realización de la sesión del Comité Local de Libertad Religiosa de la localidad de Tunjuelito.
Artículo 2.
CONFORMACIÓN: El Comité Local de Libertad Religiosa, Culto y Conciencia de la localidad de Tunjuelito estará conformado por representantes de entidades religiosas, organizaciones del sector religioso y por autoridades distritales así:
i) Fijar y hacer seguimiento al orden del día propuesto por los integrantes del Comité Local de Libertad religiosa de la localidad de Tunjuelito.
1.- Entidades y organizaciones del sector religioso: j) Verificar el quorum antes de iniciar cada sesión. a. Un representante de cada federación religiosa, legamente reconocida y con presencia en la localidad. k) Realizar las actas de las sesiones y compartirlas a todos los miembros.
Parágrafo 2. Invitados especiales: b.
Un representante de cada confederación religiosa, legamente reconocida y con presencia en la localidad.
A las sesiones del Comité Local podrán asistir en calidad de invitados entidades, funcionarios, comunidad según sea el requerimiento del consejo a sesionar. c. Un representante de cada una de las confesiones religiosas, iglesias y denominaciones reconocidas por el Estado que tengan presencia en la localidad.
Parágrafo 3. Las entidades religiosas y las orga-
nizaciones del sector religioso que hacen parte del Comité, concertarán un mecanismo de democracia participativa donde se elegirá un número determinado e impar de voceros por un periodo fijo quienes trans- d. Un representante de cada una de las asociaciones de ministros reconocidas por el Estado que tengan presencia en la localidad.
147 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-147 • 2020 • OCTUBRE • 28 mitirán a las autoridades locales las situaciones de intolerancia, discriminación y persecución por motivos religiosos, presentadas en el territorio.
Parágrafo 4. El comité Local de Libertad Religiosa
elegirá de entre sus miembros a un delegado que asistirá a los espacios distritales como representante del comité. vas necesarias para fomentar la tolerancia en nuestra localidad, como una necesidad para la paz y el progreso económico y social de todas las comunidades, esto en el entendido de que la tolerancia consiste en la armonía en la diferencia, en el respeto, la aceptación y el aprecio de la diversidad de culturas, formas de expresión, y medios de ser humanos. Siendo fomentada por el conocimiento. la comunicación, y la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
Parágrafo 5. Los miembros del Sector Religioso
interesados en ser parte del Comité Local de Libertad Religiosa, Culto y Conciencia de Tunjuelito deberán realizar un proceso de inscripción ante la Alcaldía Local de Tunjuelito por un término hasta de tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Local. g. Promover y dar a conocer el papel activo de las organizaciones religiosas en la construcción de la paz y su participación en la consolidación de las políticas sociales dentro de un proceso de paz y de postconflicto. h. Velar por el cumplimiento de las políticas, asociadas al derecho constitucional de la libertad religiosa, de culto y de conciencia.
Parágrafo 6. El Comité de Libertad Religiosa,
Cultos y Conciencia de la Localidad de Tunjuelito podrá tomar decisiones con la mayoría simple de los integrantes del comité Local.
Artículo 3.
FUNCIONES. El Comité tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
a. Promover el diálogo interreligioso para la defensa de la libertad religiosa, de cultos y conciencia en la localidad. i. Analizar y establecer los elementos que deben ser considerados y garantizados desde la política pública de libertad religiosa para su cumplimiento, de acuerdo con la Constitución Política y lo establecido en los Planes de Desarrollo del orden Nacional, Distrital y Local, sin desconocer las competencias de las autoridades respectivas y sin el detrimento de las prácticas culturales y religiosas vigentes en la localidad. b. Desarrollar estrategias en conjunto con las instituciones concernidas, para el reconocimiento, promoción, protección y respeto de las libertades de religión y de Conciencia, a partir de los lineamientos estratégicos establecidos en la Política Pública Distrital de Libertad Religiosa de Cultos y de Conciencia. j. Realizar informes periódicos de seguimiento y evaluación local que reflejen el cumplimiento de la política y planes establecidos para la promoción y protección de la libertad religiosa, de cultos y conciencia en la localidad, insumo para el Comité Distrital o el que haga sus veces. k. Invitar a entidades de carácter público o privado, cuando lo considere pertinente. c. Diseñar un plan de acción que promueva la convivencia con respeto, la tolerancia y el respeto por las libertades fundamentales de todas las confesiones religiosas, entre los ciudadanos y ciudadanas y las iglesias, y entre las mismas iglesias, desde el dialogo interreligioso. d. Brindar asesoría a las Entidades y Organizaciones del Sector Religioso cuando encuentren vulnerados sus derechos y libertades. l. Articular acciones para propiciar el especial tratamiento por la condición de confesionalidad religiosa en el cual se le garanticen la protección del derecho de libertad religiosa en los establecimientos educativos, expresadas estas acciones en modelos educativos en consonancia con la convicción religiosa, sin contrariar el marco constitucional y la discriminación de otros sujetos de derecho. e. Promover y dar a conocer el papel activo de las entidades religiosas y sus organizaciones, en la construcción de la paz en los territorios, desde sus proyectos sociales y su trabajo en resolución pacífica de conflictos. Para ello deberá construir un mapa de las organizaciones sociales e iglesias y sus proyectos sociales. m. Propender para que este espacio de participación consultiva con la administración genere acciones para diseñar y ejecutar campañas de sensibilización y promoción f. Servir de espacio de participación que busque que se adopten las medidas positi- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-148 • 2020 • OCTUBRE • 28 148 a la tolerancia, la no discriminación y el rechazo al discurso de odio por motivos de religión, culto o conciencia. la elaboración de los presupuestos participativos y la formulación de los planes de desarrollo locales, en condiciones de igualdad y equidad. n. Articular sus acciones con el Comité Distrital de Libertad Religiosa. d) Velar por el cumplimiento de las normas en materia de libertad religiosa de culto y de conciencia. o. Las demás funciones relacionadas con la naturaleza de este Comité y que permita el cumplimiento de sus objetivos.
Artículo 4.
PERIODO. El Comité Local de Libertad Religiosa, Cultos y Conciencia de la localidad de Tunjuelito se reunirá ordinariamente por lo menos cada cuatro (4) meses, y tiene la facultad para darse su propio reglamento.
Artículo 7.
- Plan de Acción: El Comité Local de Libertad Religiosa, Cultos y Conciencia de la Localidad de Tunjuelito elaborará un plan de acción anual determinando los objetivos y metas del Comité, de acuerdo con el Plan de Desarrollo Local y en concordancia con el Plan de Desarrollo Distrital, para lo cual contará con la asesoría de la Subdirección de Asuntos de Libertad Religiosa de la Secretaría Distrital de Gobierno.
Artículo 5.
VOTO. Los integrantes del Comité Local de Libertad Religiosa, Cultos y Conciencia de la Localidad de Tunjuelito tendrán voz y voto en las reuniones.
Artículo 6.
APOYO LOGÍSTICO. La Alcaldía Local y las entidades del Distrito gestionaran el apoyo logístico y administrativo necesario para el funcionamiento del Comité Local de Libertad Religiosa de Cultos y Conciencia de la Localidad de Tunjuelito.
Artículo 8.
- Comisiones Intersectoriales. Para procesos de diagnóstico, diseño de programas y proyectos y concertación de la territorialización de las políticas distritales, así como, para la cogestión y/o cofinanciación de proyectos, El Comité Local de Libertad Religiosa, Cultos y Conciencia de la Localidad de Tunjuelito podrá conformar comisiones intersectoriales, siempre y cuando éstas se encuentren definidas para el sector central de la administración.
Artículo 9.
- PUBLICACIÓN. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Parágrafo 1. Para el adecuado funcionamiento
del Comité Local de Libertad Religiosa de culto y de conciencia de Tunjuelito con el fin de garantizar el libre ejercicio de este derecho, la Administración Local y secretaria Técnica, deberán:
Artículo 10.
- Vigencia: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. a) Coordinar acciones entre los diferentes sectores administrativos de la localidad, orientadas a la ejecución de las acciones acordadas por el Comité Local de Libertad Religiosa de culto y de conciencia de Tunjuelito.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de octubre del año dos mil veinte (2020).
DORIAN DE JESÚS COQUÍES MAESTRE b) Incentivar la participación ciudadana del sector religioso, dentro del desarrollo social y económico de la Localidad.
Alcalde Local de Tunjuelito (E) c) Promover la participación del sector religioso en los Consejos de Planeación, 149 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6948 • pP. 1-149 • 2020 • OCTUBRE • 28 ´ ALCALDIA MAYOR ´, BOGOTA D.C.
CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES DE 2020 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. - SECRETARÍA GENERAL Resolución Número 378 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba, se da por terminado un encargo y se da por terminado un nombramiento provisional”...... 1 Resolución Número 379 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”....................................................... 3 Resolución Número 380 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”....................................................... 5 Resolución Número 381 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”....................................................... 7 Resolución Número 382 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”....................................................... 9 Resolución Número 383 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 11 Resolución Número 384 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 13 Resolución Número 385 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 15 Resolución Número 386 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 17 Resolución Número 387 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 18 Resolución Número 388 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 20 Resolución Número 389 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 22 Resolución Número 390 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 24 Resolución Número 391 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 26 Resolución Número 392 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 28 Resolución Número 393 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 30 Resolución Número 394 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 32 Resolución Número 395 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 34 Resolución Número 396 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 36 Resolución Número 397 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 38 Resolución Número 398 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba, se da por terminado un encargo y se da por terminado un nombramiento provisional”.... 40 Resolución Número 399 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 42 Resolución Número 400 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 44 Resolución Número 401 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 46 Resolución Número 402 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 48 Resolución Número 403 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 50 Resolución Número 404 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 52 Resolución Número 405 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 54 Resolución Número 406 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 56 Resolución Número 409 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 58 Resolución Número 410 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 60 Resolución Número 411 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 62 Resolución Número 412 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 64 Resolución Número 413 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 66 Resolución Número 415 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 67 Resolución Número 422 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 69 Resolución Número 424 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 71 Resolución Número 428 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 73 Resolución Número 429 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 75 Resolución Número 430 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 77 Resolución Número 431 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 79 Resolución Número 436 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 81 MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital ´ ALCALDIA MAYOR ´, BOGOTA D.C.
CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central Resolución Número 439 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba, se da por terminado un encargo y se da por terminado un nombramiento provisional”.... 83 Resolución Número 440 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 85 Resolución Número 444 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 87 Resolución Número 452 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 89 Resolución Número 453 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”..................................................... 90 Resolución Número 454 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo”................................................................................. 92 Resolución Número 200 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se dan por terminados dos encargos y un nombramiento provisional”...................................... 116 Resolución Número 202 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se dan por terminados dos encargos y un nombramiento provisional”...................................... 119 Resolución Número 204 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se dan por terminados dos encargos y un nombramiento provisional”...................................... 123 Resolución Número 206 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”.................................................... 126 Resolución Número 210 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”.................................................... 129 Resolución Número 211 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”.................................................... 132 Resolución Número 212 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”.................................................... 134 SECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE Resolución Número 716 “Por medio de la cual se designan los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestas habilitadas para la “Beca Emprendimiento Cultural de los Artesanos y Artesanas” en el marco del Programa Distrital de Estímulos 2020 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos”..................................................... 137 Resolución Número 717 “Por medio de la cual se designan los jurados que tendrán a cargo la evaluación de las propuestas habilitadas para la “Beca Iniciativas Culturales relacionadas con Habitabilidad en Calle y Actividades Sexuales Pagas” en el marco del Programa Distrital de Estímulos 2020 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos”.................................................................................................141 Sector Local DECRETO LOCAL DE 2020 ALCALDÍA LOCAL DE TUNJUELITO Decreto Local Número 009 “Por medio del cual se crea el Comité Local de Libertad Religiosa de la Localidad de Tunjuelito”................................................................................................... 146 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL Resolución Número 166 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”...................................................... 94 Resolución Número 183 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”...................................................... 97 Resolución Número 184 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”.................................................... 100 Resolución Número 185 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”.................................................... 102 Resolución Número 189 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se dan por terminados dos encargos y un nombramiento provisional”...................................... 105 Resolución Número 193 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento provisional”.................................................... 108 Resolución Número 196 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba en ascenso y se dan por terminados dos encargos y un nombramiento provisional”................ 110 Resolución Número 197 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba en ascenso”....113
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Registro Distrital 8307 de 2025
“Por medio del cual se efectúa traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fis…
-
Registro Distrital 8340 de 2025
“Por medio de la cual se efectúa un nombramiento”................................................4 “Por la cual se modifica el Reglamento de Emisión y Colocaci…
-
Registro Distrital 7726 de 2023
“Por medio del cual se emite concepto favorable para la distribución de la disponibilidad final para la adición de recursos en la vigencia 2023 para gastos de …
-
Registro Distrital 7813 de 2023
“Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas y/o sociedades de hecho y el contenido y las características de la información que deben suminis …
-
Registro Distrital 7426 de 2022
Por medio del cual se autoriza a la Gerente General de la EAAB-ESP para tramitar y presentar ante el Que el plan de Desarrollo Económico, Social, Ambien tal y…