Registro Distrital 6780 de 2020
Registro Distrital 6780 de 2020 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 6780
- Año
- 2020
- Fecha
- 16 de abril de 2020
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
AÑO 52 Número 6780 2020 • ABRIL • 16 REGISTRO DISTRITAL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL RESOLUCIONES DE 2020 SECRETARÍA DE MOVILIDAD Resolución Número 308 (Abril 13 de 2020)
Resolución Número 123 (Abril 14 de 2020)
“Por la cual se amplía la fecha de suspensión de los términos correspondientes a los trámites “POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO administrativos y disciplinarios en la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital por ORDINARIO” motivos de salubridad pública, prevista en la Resolución n.º 0252 de 2020”.
EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del El DIRECTOR de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL – UAECD en desarrollo de sus facultades legales y en es- Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 nu- meral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018 pecial las que le confieren los numerales 8 y 14 del artículo 5 del Acuerdo 4 de 2012 del Consejo Directivo de la UAECD y,
RESUELVE:
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República expidió el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, por el cual declaró el “Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” en todo el territorio nacional por el término de 30 días calendario, con ocasión de la pandemia originada por el desarrollo de la enfermedad denominada COVID-19.
Artículo primero.
Nombrar a partir del 16 de abril de 2020 a MÓNICA ADRIANA FLÓREZ BO- NILLA identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.401.765, en el cargo de DIRECTOR ADMINIS- TRATIVO CÓDIGO 009 GRADO 07 – DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, con una asignación básica mensual del año 2020 de $ 7.042.273 y gastos de representación de $ 2.816.909.
Artículo segundo.
La presente resolución rige a partir de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que igualmente, el 18 de marzo de 2020, expidió el Decreto 418, mediante el cual se establece, que la dirección del manejo de orden público con el objeto de prevenir y controlar la propagación del COVID 19 en el territorio nacional y mitigar sus efectos en el marco de la Emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19, estará en cabeza del Presidente de la República.
Dada en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del mes de abril del año dos mil veinte (2020).
NICOLÁS FRANCISCO ESTUPIÑAN ALVARADO Secretario Distrital de Movilidad Que mediante el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020, el Gobierno Nacional decretó el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia a partir de la cero horas (00:00 a.m) del día 25 de marzo de 2020 hasta las (00:00) horas del día13 de abril de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.
1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6780 • pP. 1-1 • 2020 • ABRIL • 16 ampliar la fecha de suspensión de los términos señalados en la Resolución n.o 0252 de 2020 para las actuaciones administrativas y disciplinarias que cursan en todas las dependencias la entidad.
Que la Alcaldesa Mayor de Bogotá, con ocasión de esta situación de público conocimiento, expidió el Decreto 087 del 16 de marzo de 2020, en el que se decretó la situación de Calamidad Pública en Bogotá D.C. hasta por seis meses.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que el 19 marzo de 2020, la Alcaldesa Mayor de Bogotá expide el Decreto 090, por medio del cual limitó totalmente la libre circulación de vehículos y personas en el Territorio del Distrito Capital de Bogotá entre el jueves 19 de marzo de 2020 a las 23:59 horas hasta el lunes 23 de marzo de 2020 a 23:59 horas; el cual fue modificado mediante el Decreto 091 del 22 de marzo de 2020, ampliando la fecha de terminación de la medida hasta el 24 de marzo de 2020 a las 23:59 horas.
ARTÍCULO 1. Ampliar la fecha de suspensión señalada en la Resolución n.o 0252 de 2020, de los términos de todas las actuaciones administrativas y disciplinarias que cursan en todas las dependencias de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, a partir del 13 de abril de 2020 hasta el 26 de abril de 2020 inclusive, conforme la parte motiva del presente acto.
Que mediante el Decreto No. 092 del 24 de marzo de 2020, por el cual “Se imparten órdenes e instrucciones necesarias para la debida ejecución de la orden de aislamiento ordenada mediante el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020”, se ordenó, por parte de la Alcaldesa Mayor de Bogotá, el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de Bogotá D.C a partir de las cero horas (00:00 a.m) del día 25 de marzo de 2020 hasta las cero (00:00 a.m) del día 13 de abril de 2020 en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.
PARÁGRAFO. Suspender la atención al público presencial en todas las sedes de los super CADES donde la UAECD hace presencia, para lo cual se dispondrá de los siguientes canales virtuales, para recibir peticiones, consultas y demás solicitudes de la ciudadanía: Catastro en línea, Ventanilla Única de la Construcción- VUC, Sistema Distrital de Quejas y Soluciones “Bogotá te escucha”, así como la celebración de audiencias y diligencias que en materia disciplinaria hayan sido programadas, durante el mismo periodo.
Que con base en lo anterior, mediante la Resolución n.o 0252 de 2020 de la UAECD, se suspendieron los términos de todas las actuaciones administrativas de todas las dependencias y disciplinarias que cursan en la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a partir del 24 de marzo de 2020 hasta el 12 de abril de 2020 inclusive.
ARTÍCULO 2. La presente resolución se divulgará a través de los medios de comunicación con que cuenta la entidad para garantizar su conocimiento a los usuarios, y se darán instrucciones para que se fije en las oficinas y sedes de los Super CADES donde la UAECD hace presencia.
ARTÍCULO 3. Remitir copia de la presente actuación al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mail: scregtadmcun@cendoj.ramajudicial.gov.co para el control automático de legalidad conforme el artículo 20 de la Ley 137 de 1994 en concordancia con el numeral 14 del artículo 151 de la Ley 1437 de 2011.
Que mediante el Decreto 531 del 08 de abril de 2020; “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público”, el Gobierno Nacional decretó el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia a partir de las cero horas (00:00 a.m) del día 13 de abril de 2020 hasta las (00:00) horas del día 27 de abril de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.
ARTÍCULO 4. Aclarar el artículo 6 de la Resolución 0252 de 2020, en el sentido de señalar que el control automático de legalidad se efectúa conforme al numeral 14 del artículo 151 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Que mediante el Decreto Distrital N.o 106 del 8 de abril de 2020, se da continuidad al aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas en el territorio de Bogotá D.C., a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 27 de abril de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del mes de abril del año dos mil veinte (2020).
Que el Acuerdo PCSJA20-11532 del 11 de abril de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura, suspendió los términos judiciales en el territorio nacional, desde el 13 hasta el 26 de abril de 2020.
Que, atendiendo las anteriores disposiciones Nacionales y Distritales, se hace necesario en la UAECD HENRY RODRÍGUEZ SOSA Director Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6780 • pP. 1-2 • 2020 • ABRIL • 16 2
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