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Registro Distrital 6748 de 2020

Registro Distrital 6748 de 2020 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
6748
Año
2020
Fecha
2 de marzo de 2020
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

AÑO 52 Número 6748 2020 • MARZO • 2 REGISTRO DISTRITAL RESOLUCIÓN DE 2020 DECRETOS LOCALES DE 2020 INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO ALCALDÍA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS CLIMATICO – IDIGER Decreto Local Número 005 Resolución Número 061 (Febrero 12 de 2020)

(Febrero 27 de 2020)

“Por la cual se hace un nombramiento ordinario”

Por medio del cual se conforma e instala el Con sejo de Planeación Local de la Localidad Barrios Unidos.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DIS TRITAL DE GESTIÒN DE RIESGOS Y CAMBIO EL ALCALDE LOCAL DE BARRIOS UNIDOS E En ejercicio de las atribuciones legales y en especial las conferidas por los Artículos 13 y 86 CLIMATICO – IDIGER En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 7° del Decreto Ley 1421 de 1993 y el Artículo 7 del Acuerdo Distrital No. 13 de 2000, y del Decreto No. 173 de 2014, el numeral 10 del artículo 19 de Acuerdo No. 001 de 2014, expedido por el Consejo Directivo del IDIGER y el Decreto

CONSIDERANDO:

Distrital 037 de 2020.

RESUELVE:

Que el Artículo 2 de la Constitución Política de Colom bia establece dentro de los fines del estado, el facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural. Así mismo, el Artículo 40 establece el derecho que tiene todo ciudadano a tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de Participación Democrática.

Artículo primero.

Nombrar al Doctora VIVIANA CAROLINA ORTIZ GUZMÁN identificada con cedula de ciudadanía No. 42.163.723 de Pereira, en el cargo de libre nombramiento y remoción – Jefe de Oficina Asesora, Código 115, Grado 05 de la Oficina Asesora Jurídica del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – IDIGER.

Artículo segundo.

Comunicar el contenido del presente acto administrativo a la Doctora VIVIANA CAROLINA ORTIZ GUZMÁN.

Artículo tercero.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que la ley 152 de 1994, en su Artículo 3 consagra la participación como uno de los principios generales durante el proceso de discusión de los Plan de De sarrollo.

Que el artículo 6º del Decreto Ley 1421 de 1993, Estatuto Orgánico de Bogotá D.C., promueve la organización de los habitantes y comunidades que sirvan de mecanismo de representación en las distintas instancias de participación, concertación y vigilancia de la Gestión Distrital y Local.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días del mes de febrero del año dos mil veinte (2020).

Que el Artículo 11º del Decreto Distrital 448 de 2007, señala: el/la Alcalde/sa Mayor, definirá los lineamientos y orientaciones para el desarrollo de los procesos de GUILLERMO ESCOBAR CASTRO Director General 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6748 • pP. 1-1 • 2020 • MARZO • 2 desde la expedición del Acuerdo 13 de 2000, se han creado nuevas organizaciones y han surgido nuevas formas y expresiones de participación ciudadana. participación en el Distrito Capital y sus localidades, que permitan promover la movilización en el marco de la ciudadanía activa y que favorezcan la consolidación de una cultura política democrática.

Que la Alcaldía Local de Barrios Unidos realizó la con vocatoria pública para la conformación del Consejo de Planeación Local, del 4 de enero al 14 de febrero de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° del Acuerdo 13 del 2000.

En mérito de lo expuesto, Que el Acuerdo Distrital 13 de 2000 reglamentas la participación ciudadana en la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y Social, para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.

DECRETA:

Artículo primero.

Conformar el Consejo de Planeación Local de Barrios Unidos, de acuerdo con la normatividad vigente:

Que la circular conjunta 002 de 2020 expedida por el Secretario Distrital de Gobierno, la Secretaria Distrital de Planeación y el Director del IDPAC establece el proceso elección de miembros de los Consejos de Planeación Local- contemplan la inclusión de repre sentantes de nuevos sectores en calidad de invitados al Consejo de Planeación Local

Artículo segundo.

Cumplidos los requisitos de inscripción, acreditación y elección de los representan tes de las diferentes organizaciones ordenados por el Acuerdo 13 de 2000 y la circular conjunta 002 del 8 de enero de 2020, el Consejo de Planeación Local de Barrios Unidos queda integrado así

Que en esta circular se recomienda la vinculación de delegadas y delegados de otros sectores y organiza ciones no incluidas en el Acuerdo No. 13 de 2000, con presencia, vigencia y trabajo local, como quiera que ORGANIZACIÓN CONSEJERO SECTOR 1 ASOCIACION DE JUNTAS DE ACCION COMUNAL LOCALIDAD 12 BARRIOS UNIDOS LUZ ADRIANA FORERO ASOCIACIÓN DE JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL MANUEL DAVID GOMEZ COLECTIVOS U ORGANIZACIONES DE 2 ORGANIZACIÓN PROTECTORA DE ANIMALES MALTRATADOS PINEDA ANIMALISTAS ORGANIZACIÓN DE COMUNIDADES 3 COMUNIDADES INDÍGENAS JUAN CARLOS JARAMILLO CHICUNQUE INDÍGENAS Y ÉTNICAS 4 GIRALDO Y CIA SAS GABRIEL EDUARDO PRIETO RODRIGUEZ ORGANIZACIÓN DE INDUSTRIALES ORGANIZACIÓN O ASOCIACIONES DE 5 MESA LOCAL DE VICTIMAS ALBILIA MARTINEZ GONZALEZ VICTIMAS 6 RED HUMEDAL SALITRE HELENA LEON DAZA ORGANIZACIONES AMBIENTALES 7 NACION VERDOLAGA DYLAN MATOMA ORGANIZACIONES DE BARRAS FUTBOLERAS 8 ORGANIZACIONES DE MUJERES MARIA LUISA OBANDO HOYOS ORGANIZACIONES DE MUJERES 9 POLO ROSA JUAN DAVID TORRES RAMIREZ ORGANIZACIONES LGBTI ORGANIZACIÓNES NO 10 FUNDACION RUTA DE LA FELICIDAD LUZ MARLENE GUZMAN FORERO GUBERNAMENTALES 11 FUNDACIÓN UNIVERSITARIA LOS LIBERTADORES CRISTINA VERGARA ANGEL RECTORES DE ESTABLECIMIENTOS ORGANIZACIONES DE EDUCATIVOS 12 ASOCOR LGBTI JOSE FERNANDO ACERO BOLIVAR ORGANIZACIONES DE PERSONAS EN COMERCIANTES 13 FUNDACION VICENTE VIVAS VICTORIA EUGENIA MEDINA CASALLAS CONDICION DE DISCAPACIDAD 14 PLATAFORMA JUVENIL DE BARRIOS UNIDOS PEDRO LEANDRO ORTEGA ORGANIZACIONES JUVENILES 15 SUBRED NORTE GERENTE O SU DELEGADO GERENTES DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD PÚBLICA LOCAL REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6748 • pP. 1-2 • 2020 • MARZO • 2 2

Artículo tercero.

El Consejo de Planeación Local deberá cumplir con las funciones y atribuciones contempladas en los Artículos 10° y 11° del Acuerdo Distrital No. 13 de 2000, así como con las demás disposiciones que regulan el funcionamiento de dicho consejo

Que en concordancia con lo establecido en el numeral 18 del capítulo 3 de la circular conjunta 002 del 2019 y el numeral 4.4 del módulo 3 de la Resolución No. SHD-000191 de 2017 “Ajuste por Cierre Presupuestal”, se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.

Artículo cuarto.

Los representantes y delega das o delegados al Consejo de Planeación Local no recibirán remuneración alguna y su participación será ad honorem.

Que el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén apropio en la vigencia 2020 en las obligaciones por pagar el monto de $ 38.758.919.000 el cual es inferior al valor de $ 40.073.825.792 correspondiente a las obligacio nes constituidas a 31 de diciembre de 2019.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá, D.C., en la Localidad 12 de Barrios Unidos a los doce (12) días del mes de febrero del año dos mil veinte (2020).

VÍCTOR MANUEL RESTREPO ROJAS En consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local debe ajustar en los Gastos de Funcionamiento el rubro 3.1.8, “Obligaciones por Pagar” por $ 251.305.593 y en los Gastos de Inversión “Obligaciones por Pagar” así: en los rubros 3.3.6.15 “Bogotá Mejor para Todos” reducir el valor de -$ 1.102.683.186 y aumentar en el mismo valor de $ 1.102.683.186 el rubro 3.3.6.90 “Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores” para un valor neto de $0.

Alcalde Local de Barrios Unidos (e.)

ALCALDÍA LOCAL DE USAQUÉN Que para adelantar el respectivo ajuste la entidad cuenta con los respectivos certificados de disponibi lidad presupuestal expedidos por la Responsable de Presupuesto del FDLUS.

Decreto Local Número 009 (Febrero 27 de 2020)

Que la Secretaria Distrital de Planeación expidió con cepto favorable al ajuste de las Obligaciones por Pagar de Inversión, mediante comunicación 2-2020-07429 del 17 de febrero de 2020.

“Por el cual se ajustan las obligaciones por pa gar presupuestadas para la vigencia fiscal 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén”.

EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN (E.) En ejercicio de sus atribuciones constituciona les y legales y en especial las que le confiere el Que la Dirección Distrital de Presupuesto de igual forma emitió concepto favorable al ajuste por cierre presupuestal 2019 al interior de las obligaciones por pagar, mediante comunicación 2020EE25311 del 26 de febrero de 2020.

Decreto 372 de 2010, y Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo primero.

Ajustar el Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén en los rubros de obligaciones por pagar de Gastos de Funciona miento y de Inversión para la vigencia fiscal 2020 de conformidad con el siguiente detalle:

Que el Decreto 372 de 2010 en su artículo 36 estipula que los F.D.L efectuarán el ajuste del presupuesto de la vigencia de acuerdo con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero de la vigencia anterior mediante Decreto local previa la viabilidad presupues tal de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6748 • pP. 1-3 • 2020 • MARZO • 2 CÓDIGO CONCEPTO AUMENTO REDUCIR 3 GASTOS 3.941.788.593 4.193.094.186 3.1 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 0 251.305.593 3.1.8 OBLIGACIONES POR PAGAR 0 251.305.593 3-1-8-90 Obligaciones por Pagar Funcionamiento 0 251.305.593 3-1-8-90-01 Obligaciones por Pagar Vigencia Anterior 0 240.974.784 3-1-8-90-02 Obligaciones por Pagar Otras Vigencias 0 10.330.809 3.3 INVERSIÓN 3.941.788.593 3.941.788.593 3.3.6 OBLIGACIONES POR PAGAR 3.941.788.593 3.941.788.593 3.3.6.15 Bogotá Mejor para todos 2.839.105.407 3.941.788.593 3.3.6.15.01 Pilar Igualdad de calidad de vida 428.246.541 1.726.830.172 3.3.6.15.01.02 Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia 0 20.499.934 3.3.6.15.01.02.1383 Jugando por la Paz 0 20.499.934 3.3.6.15.01.03 Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente 0 1.679.749.155 3.3.1.15.01.03.1566 Entre todos y todas nos cuidamos 0 333.000.000 3.3.6.15.01.03.1571 Te reconozco 0 1.346.749.155 3.3.6.15.01.04 Familias protegidas y adaptadas al cambio climático 425.746.950 0 3.3.6.15.01.04.1576 Edificando Vidas 425.746.950 0 3.3.6.15.01.07 Inclusión educativa para la equidad 2.499.591 0 3.3.6.15.01.07.1565 Inclusión educativa para la paz 2.499.591 0 3.3.6.15.01.11 Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte 0 26.581.083 3.3.6.15.01.11.1570 Equidad en la cultura, recreación y deporte 0 26.581.083 3.3.6.15.02 Pilar Democracia urbana 0 2.214.958.421 3.3.6.15.02.15 Recuperación, incorporación, vida urbana y control de la ilegalidad 0 86.096.404 3.3.6.15.02.15.1568 Legalízate 0 86.096.404 3.3.6.15.02.17 Espacio público, derecho de todos 0 369.820.670 3.3.6.15.02.17.1567 Parque para ti, para mí, para todos 0 369.820.670 3.3.6.15.02.18 Mejor movilidad para todos 0 1.759.041.347 3.3.6.15.02.18.1572 Reparchando ando 0 1.759.041.347 3.3.6.15.03 Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana 1.111.916.508 0 3.3.6.15.03.19 Seguridad y convivencia para todos 943.227.974 0 3.3.6.15.03.19.1569 Usaquén tu casa segura 943.227.974 0 3.3.6.15.03.20 Fortalecimiento del Sistema de Protección Integral a Mujeres Víctimas de Violencia - SOFIA 168.688.534 0 3.3.6.15.03.20.1577 Usaca, mariposa violeta 168.688.534 0 3.3.6.15.06 Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética 205.150.391 0 3.3.6.15.06.38 Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal 205.150.391 0 3.3.6.15.06.38.1575 Todos somos guardabosques de ciudad 205.150.391 0 3.3.6.15.07 Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia 1.093.791.967 0 3.3.6.15.07.45 Gobernanza e influencia local, regional e internacional 1.093.791.967 0 3.3.6.15.07.45.1573 Tejedores de sociedad 17.802.668 0 3.3.6.15.07.45.1574 Buen gobierno para todos 1.075.989.299 0 3.3.6.90 OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES 1.102.683.186 0 TOTAL 3.941.788.593 4.193.094.186

Artículo segundo.

El presente Decreto rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los veintisiete días (27) del mes de febrero del año dos mil veinte (2020).

RODOLFO MORALES PÉREZ Alcalde Local Usaquén (E.)

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6748 • pP. 1-4 • 2020 • MARZO • 2 4

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