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Registro Distrital 7309 de 2021

Registro Distrital 7309 de 2021 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7309
Año
2021
Fecha
10 de diciembre de 2021
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 56 - No. 7309 - Pp 1 - 64 - 2021 - DICIEMBRE - 10 AÑO 56 NÚMERO 7309 10 • DICIEMBRE • 2021 DECRETO DE 2021 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

DECRETO N° 493 (9 de diciembre de 2021)

Que el literal k) del artículo 17 del Decreto 413 de 2016, le asigna a la Subsecretaría de Acceso a la Justicia de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, la función de: “k. Formular políticas y diseñar estrategias para el adecuado funcionamiento de las casas de justicia y las Unidades de Mediación y Conciliación en el Distrito”.

“Por medio del cual se adiciona un artículo al Decreto 101 de 2004 y se dictan otras Que el artículo 12 de la Ley 497 de 1999, establece que los jueces de paz y de reconsideración tomarán posesión ante el alcalde distrital del lugar. disposiciones.”

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 6 del artículo 38, los artículos 39 y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado1, al desatar un conflicto de competencia negativa suscitado entre el Consejo Superior de la Judicatura -Sala Administrativa- y la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., señaló que con fundamento en lo establecido en el numeral 1º del literal C) del artículo 91 de la Ley 136 de 1994, por la remisión normativa efectuada por el inciso segundo del artículo 322 de la Constitución y el artículo 2º del Decreto Ley 1421 de 1993, el alcalde mayor o la persona que delegue, es el competente para aceptar la renuncia de un Juez de Paz.

Que el numeral 6 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, atribuye a la alcaldesa mayor de Bogotá, D.C., la función de distribuir los negocios según su naturaleza entre las secretarías, los departamentos administrativos y las entidades descentralizadas.

Que por medio del Decreto Distrital 274 de 2021, modificado por el Decreto Distrital 429 de 2021, se estableció como fecha para la elección de jueces de paz y de reconsideración en Bogotá D.C., el domingo 30 de enero de 2022, en la jornada comprendida entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m.

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 39 ídem, la alcaldesa mayor dictará las normas reglamentarias que garanticen la vigencia de los principios de eficacia, economía, celeridad, descentralización, delegación y desconcentración en el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a cargo del Distrito Capital.

Que por lo anterior se hace necesario asignar a la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, las funciones de dar posesión y aceptar las renuncias de los jueces de paz y reconsideración.

En mérito de lo expuesto, Que de acuerdo con lo previsto en el inciso segundo del artículo 53 ibidem, la alcaldesa mayor ejerce sus atribuciones por medio de los organismos o entidades creados por el concejo distrital.

DECRETA:

Artículo 1.

Adiciónese el artículo 10 A al Decreto 101 de 2004, el cual tendrá el siguiente contenido:

1 Providencia de mayo 11 de 2006, expediente 1101-03-06-000-2006-00037- 00, Consejero Ponente Gustavo Aponte Santos.

Que el artículo 18 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, establece que la alcaldesa mayor podrá asignar o distribuir negocios y funciones entre organismos y entidades distritales, teniendo en cuenta una relación directa con el objeto y funciones generales del respectivo organismo o entidad distrital.

1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-1 • 2021 • DICIEMBRE • 10

CONSIDERANDO:

“Artículo 10 A. Asignar a la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, las siguientes funciones:

1. Dar posesión a los jueces de paz y reconsideración.

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

2. Aceptar la renuncia de los jueces de paz y re- consideración que sean presentadas antes de la terminación del periodo para el cual fueron elegidos.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Parágrafo. - La Secretaría Distrital de Seguri-
dad, Convivencia y Justicia, adelantará todas las acciones, mecanismos, logística y procesos que sean necesarios para llevar a cabo la elección y/o designación de quien debe reemplazar el juez de paz y reconsideración respectivo, en los casos en los que se genere la vacancia con antelación a la finalización del periodo para el cual fue elegido.”

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Artículo 2.

Comunicar el presente decreto al secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, y al Secretario Distrital de Gobierno, por intermedio de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 3.

El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, adiciona el Decreto 101 de 2004 y deroga el Decreto 395 de 2006.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Dado en Bogotá, D.C., a los nueve (9) días del mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ Alcaldesa Mayor RESOLUCIONES DE 2021 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN N° SDH-000680 Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

(7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados. de 2015, y REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-2 • 2021 • diciembre • 10 2 tos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6277 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 18, identificado con el Código OPEC No. 137054 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que el artículo primero de la Resolución No. 6277 del 10 de noviembre de 2021, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Análisis y Control de Riesgo, del Despacho del Secretario Distrital de Hacienda, en la que se señala en el primer lugar a CRISTIAN CAMILO IBAÑEZ ALDANA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.032.379.751.

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron nombramientos provisionales en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante nombramiento provisional otorgado mediante Resolución No. SDH-000294 del 29 de octubre de 2015 al servidor público IVÁN FERNANDO TUNJANO REYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.639.995.

Que CRISTIAN CAMILO IBAÑEZ ALDANA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.032.379.751, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6277 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Oficina de Análisis y Control de Riesgo, del Despacho del Secretario Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de CRISTIAN CAMILO IBAÑEZ ALDANA, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias de la entidad para el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Oficina de Análisis y Control de Riesgo, del Despacho del Secretario Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que la Corte Constitucional en Sentencia T-096 de 2018, respecto a los servidores públicos nombrados en provisionalidad, señaló que: “(…) a los servidores públicos nombrados en provisionalidad en cargos de carrera no les asiste el derecho a la estabilidad propio de quien accede a la función pública por medio de un concurso de méritos. Sin embargo, sí gozan de una estabilidad laboral relativa o intermedia, conforme a la cual, su retiro solo procederá por razones objetivas previstas en la Constitución y en la ley, o para proveer la vacante que ocupan con una persona que haya superado satisfactoriamente las etapas de un proceso de selección e integre el registro de elegibles, dada la prevalencia del mérito como presupuesto ineludible para el acceso y permanencia en la carrera administrativa. (…)”.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramien- Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en en- 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-3 • 2021 • DICIEMBRE • 10 cargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, CRISTIAN CA- MILO IBAÑEZ ALDANA, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetarán a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que en virtud de la provisión del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Oficina de Análisis y Control de Riesgo, del Despacho del Secretario Distrital de Hacienda, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional de IVÁN FERNANDO TUNJANO REYES a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de CRISTIAN CAMILO IBAÑEZ ALDANA.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 4.

Dar por terminado el nombramiento provisional efectuado mediante Resolución No. SDH- 000294 del 29 de octubre de 2015, a IVÁN FERNANDO TUNJANO REYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.639.995 en el cargo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Oficina de Análisis y Control de Riesgo, del Despacho del Secretario Distrital de Hacienda, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de CRISTIAN CAMILO IBAÑEZ ALDANA, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a CRISTIAN CAMILO IBAÑEZ ALDANA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.032.379.751, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Resolución No. 6277 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 137054, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Oficina de Análisis y Control de Riesgo, del Despacho del Secretario Distrital de Hacienda de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 6.

Comunicar a CRISTIAN CAMILO IBAÑEZ ALDANA y IVAN FERNANDO TUNJANO REYES el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 7.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 2.

El período de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contará el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-4 • 2021 • diciembre • 10 4 RESOLUCIÓN N° SDH-000681 de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

(7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se terminan unos encargos”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria No. 328 de 2015, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6378 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 24, identificado con el Código OPEC No. 137011 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que el artículo primero de la Resolución No. 6378 del 10 de noviembre de 2021, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 24, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en Subdirección de Banca Multilateral y Operaciones, en la que se señala en el primer lugar a JORGE IVÁN PARDO AVELLA, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.398.754.

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital Que JORGE IVÁN PARDO AVELLA, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.398.754, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6378 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado PRO- FESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 24, de la Subdirección de Banca Multilateral y Operaciones, de la Dirección Distrital de Crédito Público, por lo cual es procedente su nombramiento.

5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-5 • 2021 • DICIEMBRE • 10 solución No. DGC-000632 del 29 de octubre de 2015 a JORGE IVÁN PARDO AVELLA, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.398.754, quien es titular del empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 14 de la Subdirección de Banca Multilateral y Operaciones de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de JORGE IVÁN PARDO AVELLA, determinando que cumplen con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias de la entidad para el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 24, de la Subdirección de Banca Multilateral y Operaciones, de la Dirección Distrital de Crédito Público, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que, en virtud de la provisión del empleo PROFESIO- NAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 24, de la Subdirección de Banca Multilateral y Operaciones, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del encargo de LUIS ALBERTO ARBELÁEZ JIMÉNEZ y JORGE IVÁN PARDO AVELLA a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de JORGE IVÁN PARDO AVELLA.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a JORGE IVÁN PARDO AVELLA, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.398.754, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6378 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 137011, para desempeñar el cargo de carrera administrativa PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 24, de la Subdirección de Banca Multilateral y Operaciones, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron encargos en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las activida- Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante encargo otorgado a LUIS ALBER- TO ARBELÁEZ JIMÉNEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 71.673.370, a través de la Resolución No. DGC-000123 del 22 de febrero de 2018, quien es titular del empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZA- DO Código 222 Grado 21 de la Subdirección de Banca Multilateral y Operaciones, de la Secretaría Distrital de Hacienda; que, a su vez, dicho empleo fue provisto temporalmente mediante encargo otorgado con la Re- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-6 • 2021 • diciembre • 10 6 ARBELÁEZ JIMÉNEZ, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución. des inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Parágrafo. De conformidad con el artículo anterior,
JORGE IVAN PARDO AVELLA, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.398.754, al asumir las funciones en periodo de prueba del empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 24 de la Subdirección de Banca Multilateral y Operaciones de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución, deberá hacer entrega de los elementos que le fueron encomendados durante el encargo, informado el estado de los mismos, y a la vez solicitar la evaluación del desempeño laboral correspondiente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la terminación del encargo.

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, JORGE IVÁN PARDO AVELLA, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Artículo 6.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 7.

Comunicar a JORGE IVÁN PARDO AVELLA y LUIS ALBERTO ARBELÁEZ JIMÉNEZ, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 8.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Artículo 4.

Dar por terminado el encargo otorgado mediante Resolución No. DGC-000123 del 22 de febrero de 2018 a LUIS ALBERTO ARBELÁEZ JIMÉNEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 71.673.370, en el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 24, de la Subdirección de Banca Multilateral y Operaciones de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la posesión de JORGE IVAN PARDO AVELLA, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.398.754, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN N° SDH-000682 (7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en período de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”

Parágrafo. De conformidad con el artículo anterior,
LUIS ALBERTO ARBELÁEZ JIMÉNEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 71.673.370, deberá asumir las funciones de su respectivo empleo de PRO- FESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 21 de la Subdirección de Banca Multilateral y Operaciones de la Secretaría Distrital de Hacienda, del cual ostenta su titularidad con derechos de carrera administrativa, y hacer entrega de los elementos que le fueron encomendados durante el encargo, informado el estado de los mismos, y a la vez solicitar la evaluación del desempeño laboral correspondiente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la terminación del encargo.

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364

Artículo 5.

Dar por terminado el encargo otorgado mediante Resolución No. DGC-000632 del 29 de octubre de 2015, a JORGE IVÁN PARDO AVELLA, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.398.754, en el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 21 de la Subdirección de Banca Multilateral y Operaciones de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha de finalización del encargo de LUIS ALBERTO

de 2015, y 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-7 • 2021 • DICIEMBRE • 10

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6266 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 21, identificado con el Código OPEC No. 137077 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que el artículo primero de la Resolución No. 6266 del 10 de noviembre de 2021, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, en la que se señala en el primer lugar a YEIMY VIVIANA QUINTERO ROJAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1’018.407.617.

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

Que YEIMY VIVIANA QUINTERO ROJAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1’018.407.617, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6266 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de YEIMY VIVIANA QUINTERO ROJAS, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias de la entidad para el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, de la Dirección Distrital de Impuestos Bogotá, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-8 • 2021 • diciembre • 10 8 eludible para el acceso y permanencia en la carrera administrativa. (…)”.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Que en virtud de la provisión del empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Subdirección de Educación Tributaria y del Servicio, de la Dirección Distrital de Impuestos Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional de HERNANDO PÉREZ SABOGAL, a partir de la fecha de posesión en período de prueba de YEIMY VIVIANA QUINTERO ROJAS.

En mérito de lo expuesto, Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

RESUELVE:

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron nombramientos provisionales en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante nombramiento provisional otorgado mediante Resolución No. SDH-000260 del 8 de noviembre de 2017 al servidor público HERNANDO PÉREZ SABOGAL, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.465.385.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a YEIMY VIVIANA QUINTERO ROJAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1’018.407.617, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6266 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 137077, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Subdirección de Educación Tributaria y del Servicio, de la Dirección Distrital de Impuestos Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las activida- Que la Corte Constitucional en Sentencia T-096 de 2018, respecto a los servidores públicos nombrados en provisionalidad, señaló que: “(…) a los servidores públicos nombrados en provisionalidad en cargos de carrera no les asiste el derecho a la estabilidad propio de quien accede a la función pública por medio de un concurso de méritos. Sin embargo, sí gozan de una estabilidad laboral relativa o intermedia, conforme a la cual, su retiro solo procederá por razones objetivas previstas en la Constitución y en la ley, o para proveer la vacante que ocupan con una persona que haya superado satisfactoriamente las etapas de un proceso de selección e integre el registro de elegibles, dada la prevalencia del mérito como presupuesto in- 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-9 • 2021 • DICIEMBRE • 10 RESOLUCIÓN N° SDH-000683 (7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en período de prueba” des inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, YEIMY VIVIANA QUINTERO ROJAS, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetarán a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Artículo 4.

Dar por terminado el nombramiento provisional efectuado mediante Resolución No. SDH- 000260 del 8 de noviembre de 2017, a HERNANDO PÉREZ SABOGAL, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.465.385, en el cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Subdirección de Educación Tributaria y del Servicio, de la Dirección Distrital de Impuestos Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha de posesión en período de prueba de YEIMY VIVIANA QUINTERO ROJAS, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 6.

Comunicar a YEIMY VIVIANA QUINTERO ROJAS y HERNANDO PÉREZ SABOGAL el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 7°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-10 • 2021 • diciembre • 10 10 de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de CAROL ZORAYDA BARREIRO SÁNCHEZ, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias de la entidad para el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Subdirección Jurídico Tributaria, de la Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6336 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 21, identificado con el Código OPEC No. 137033 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que el artículo primero de la Resolución No. 6336 del 10 de noviembre de 2021, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección Jurídico Tributaria, en la que se señala en el primer lugar a CAROL ZORAYDA BARREIRO SANCHÉZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.168.301.

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que CAROL ZORAYDA BARREIRO SÁNCHEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.168.301, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6336 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Subdirección Jurídico Tributaria, de la Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a CAROL ZORAYDA BARREIRO SÁNCHEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.168.301, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6336 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 137033, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Subdirección Jurídico Tributaria, de la Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-11 • 2021 • DICIEMBRE • 10 RESOLUCIÓN N° SDH-000684 (7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, CAROL ZORAYDA BARREIRO SÁNCHEZ, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Artículo 4.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 5.

Comunicar a CAROL ZORAYDA BARREI- RO SÁNCHEZ el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 6.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-12 • 2021 • diciembre • 10 12 de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de MARÍA DEL PILAR MARTÍNEZ SALAZAR, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias laborales de la entidad para el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Subdirección de Soluciones de TIC, de la Dirección de Informática y Tecnología, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria No. 328 de 2015, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se pondrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6282 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 21, identificado con el Código OPEC No. 137100 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Que el artículo primero de la Resolución No. 6282 del 10 de noviembre de 2021, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección de Soluciones de TIC, de la Dirección de Informática y Tecnología, en la que se señala en el primer lugar a MARÍA DEL PILAR MARTÍNEZ SALAZAR, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.465.225.

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron nombramientos provisionales en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante nombramiento provisional otorgado mediante Resolución No. SDH-000045 del 23 de diciembre de 2015 a la servidora pública MARÍA DEL PILAR MARTÍNEZ SALAZAR, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.465.225.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen Que MARÍA DEL PILAR MARTÍNEZ SALAZAR, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.465.225, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6282 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Subdirección de Soluciones de TIC, de la Dirección de Informática y Tecnología, por lo cual es procedente su nombramiento.

13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-13 • 2021 • DICIEMBRE • 10 duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito. artículo 1 del Decreto 648 de 2017, MARÍA DEL PILAR MARTÍNEZ SALAZAR, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetarán a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que en virtud de la provisión del empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Subdirección de Soluciones de TIC, de la Dirección de Informática y Tecnología, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional de MARÍA DEL PILAR MARTÍNEZ SALAZAR.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 4.

Dar por terminado el nombramiento provisional efectuado mediante Resolución No. SDH- 000045 del 23 de diciembre de 2015, a MARÍA DEL PILAR MARTÍNEZ SALAZAR, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.465.225 en el cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Subdirección de Soluciones de TIC, de la Dirección de Informática y Tecnología, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 6.

Comunicar a MARÍA DEL PILAR MARTÍ- NEZ SALAZAR el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a MARÍA DEL PILAR MARTÍNEZ SALAZAR, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.465.225, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Resolución No. 6282 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 137100, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Subdirección de Soluciones de TIC, de la Dirección de Informática y Tecnología, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 7.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda

Artículo 2.

El período de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contará el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-14 • 2021 • diciembre • 10 14 RESOLUCIÓN N° SDH-000685 de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

(7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un encargo”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6276 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 21, identificado con el Código OPEC No. 137049 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que el artículo primero de la Resolución No. 6276 del 10 de noviembre de 2021 expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección de Consolidación, Gestión e Investigación, de la Dirección Distrital de Contabilidad, en la que se señala en el primer lugar a YURY LISET SUÁREZ RODRÍGUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.102.242.

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que YURY LISET SUÁREZ RODRÍGUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.102.242, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Resolución No. 6276 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Subdirección de Consolidación, Gestión e Investigación, de la Dirección Distrital de Contabilidad Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-15 • 2021 • DICIEMBRE • 10 de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento. la Subdirección de Gestión Contable de Hacienda, de la Dirección Distrital de Contabilidad de la Secretaría Distrital de Hacienda; por lo que es procedente dar por terminado el mencionado encargo, a partir de la fecha de posesión de YURY LISET SUÁREZ RODRÍGUEZ.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de YURY LISET SUÁ- REZ RODRÍGUEZ, determinando que cumplen con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Subdirección de Consolidación, Gestión e Investigación, de la Dirección Distrital de Contabilidad de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Que en virtud de la provisión del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Subdirección de Consolidación, Gestión e Investigación, de la Dirección Distrital de Contabilidad de Bogotá, de la Secretaría Distrital de Hacienda, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del encargo de DUVERNEY SUÁREZ TÉLLEZ, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de YURY LISET SUÁREZ RODRÍGUEZ.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a YURY LISET SUÁREZ RODRÍGUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.102.242, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6276 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 137049, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Subdirección de Consolidación, Gestión e Investigación, de la Dirección Distrital de Contabilidad de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron encargos en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante encargo otorgado mediante Resolución No. DGC-000550 del 01 de julio de 2021, a DU- VERNEY SUÁREZ TÉLLEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.701.231, quien es titular del empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18 de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-16 • 2021 • diciembre • 10 16

Artículo 6.

Comunicar a YURY LISET SUÁREZ RODRÍGUEZ y a DUVERNEY SUÁREZ TÉLLEZ el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 7.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, YURY LISET SUÁREZ RODRÍGUEZ, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

RESOLUCIÓN N° SDH-000686 (7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015. de prueba”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Artículo 4.

Dar por terminado el encargo otorgado mediante Resolución No. DGC-000550 del 01 de julio de 2021, a DUVERNEY SUÁREZ TÉLLEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.701.231, en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Subdirección de Consolidación, Gestión e Investigación, de la Dirección Distrital de Contabilidad de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la posesión de YURY LISET SUÁREZ RODRÍGUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.102.242, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Parágrafo. De conformidad con lo anterior, DUVER-
NEY SUÁREZ TÉLLEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.701.231, deberá asumir las funciones de su respectivo empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18 de la Subdirección de Gestión Contable de Hacienda, de la Dirección Distrital de Contabilidad de la Secretaría Distrital de Hacienda, del cual ostenta su titularidad con derechos de carrera administrativa, y hacer entrega de los elementos que le fueron encomendados durante el encargo, informado el estado de los mismos, y a la vez solicitar la evaluación del desempeño laboral correspondiente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la terminación del encargo.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-17 • 2021 • DICIEMBRE • 10 Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que LAURA CATHERIN CASTRO OVIEDO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.390.481, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6351 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 16, de la Planta Global; ubicado en la Oficina de Gestión de Ingresos, de la Dirección Distrital de Tesorería, de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020 - Distrito Capital 4.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de LAURA CATHERIN CASTRO OVIEDO, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales, de la entidad para el empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 16, de la Oficina de Gestión de Ingresos, de la Dirección Distrital de Tesorería, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6351 del 10 de Noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 16 identificado con el código OPEC No. 137034, en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA- SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que el artículo primero de la Resolución No. 6351 del 10 de noviembre de 2021 expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 16, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, de la Planta Global, ubicado en Oficina de Gestión de Ingresos, en la que se señala en el primer lugar a LAURA CATHERIN CASTRO OVIEDO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.390.481.

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” en su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-18 • 2021 • diciembre • 10 18 En mérito de lo expuesto, de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

RESUELVE:

Artículo 5.

Comunicar a LAURA CATHERIN CASTRO OVIEDO, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 6.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a LAURA CATHERIN CASTRO OVIEDO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.390.481, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Resolución No. 6351 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 137034, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 16, de la Planta Global, ubicado en la Oficina de Gestión de Ingresos, de la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN N° SDH-000687 (7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un encargo”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, LAURA CATHE- RIN CASTRO OVIEDO, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Artículo 4.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos

19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-19 • 2021 • DICIEMBRE • 10 que se señala en el primer lugar a LUIS GUILLERMO GUERRERO BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía No. 74.335.079.

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

Que LUIS GUILLERMO GUERRERO BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía No. 74.335.079, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6313 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Subdirección de Determinación, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de LUIS GUILLERMO GUERRERO BARRETO, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias de la entidad para el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Subdirección de Determinación, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6313 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 21 identificado con el código OPEC No. 137047 en la modalidad de abierto, del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA- SDH Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes Que el artículo primero de la Resolución No. 6313 del 10 de noviembre de 2021, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección de Determinación, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Secretaría Distrital de Hacienda en la REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-20 • 2021 • diciembre • 10 20 de Bogotá, de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución. nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron encargos en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito(a) en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante encargo otorgado mediante Resolución No. DGC-000550 del 01 de julio de 2021 a JENNY DEL PILAR CORTÉS TORRES, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.453.544, quien es titular del empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18 de la Oficina de Liquidación de la Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, LUIS GUILLERMO GUERRERO BARRETO, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que en virtud de la provisión del empleo Profesional Especializado Código 222, Grado 21, de la Subdirección de Determinación, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Secretaría Distrital de Hacienda, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del encargo de JENNY DEL PILAR CORTÉS TORRES a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de LUIS GUILLERMO GUERRERO BARRETO.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 4.

Dar por terminado el encargo otorgado mediante Resolución No. DGC-000550 del 01 de julio de 2021 a JENNY DEL PILAR CORTÉS TORRES, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.453.544, en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Subdirección de Determinación, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la posesión de LUIS GUILLERMO GUERRERO BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía No. 74.335.079, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a LUIS GUILLERMO GUERRERO BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía No. 74.335.079, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6313 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 137047, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado Código 222 Grado 21, de la Subdirección de Determinación, de la Dirección Distrital de Impuestos

Parágrafo. De conformidad con lo anterior, JENNY
DEL PILAR CORTÉS TORRES, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.453.544, deberá asumir las funciones de su respectivo empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Oficina de 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-21 • 2021 • DICIEMBRE • 10 de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Liquidación, de la Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda, del cual ostenta su titularidad con derechos de carrera administrativa, y hacer entrega de los elementos que le fueron encomendados durante el encargo, informado el estado de los mismos, y a la vez solicitar la evaluación del desempeño laboral correspondiente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la terminación del encargo.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Artículo 6.

Comunicar a LUIS GUILLERMO GUE- RRERO BARRETO y a JENNY DEL PILAR CORTÉS TORRES el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 7.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN N° SDH-000688 Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No.1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

(7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6361 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 18, identificado con el Código OPEC No. 137082 en la modalidad abierto del Sistema General REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-22 • 2021 • diciembre • 10 22 de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 44”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021. posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que el artículo primero de la Resolución No. 6361 del 10 de noviembre de 2021 expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, en la que se señala en el primer lugar a DIANA CAROLINA CAMARGO PINZÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.812.568.

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron nombramientos provisionales en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante nombramiento provisional otorgado mediante Resolución No. SDH-000177 del 07 de noviembre de 2018 a ANA BOLENA CASTAÑEDA ZAFRA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.014.189.819.

Que DIANA CAROLINA CAMARGO PINZÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.812.568, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6361 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de DIANA CAROLINA CAMARGO PINZÓN, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que la Corte Constitucional en Sentencia T-096 de 2018, respecto a los servidores públicos nombrados en provisionalidad, señaló que: “(…) a los servidores públicos nombrados en provisionalidad en cargos de carrera no les asiste el derecho a la estabilidad propio de quien accede a la función pública por medio de un concurso de méritos. Sin embargo, sí gozan de una estabilidad laboral relativa o intermedia, conforme a la cual, su retiro solo procederá por razones objetivas previstas en la Constitución y en la ley, o para proveer la vacante que ocupan con una persona que haya superado satisfactoriamente las etapas de un proceso de selección e integre el registro de elegibles, dada la prevalencia del mérito como presupuesto ineludible para el acceso y permanencia en la carrera administrativa. (…)”.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-23 • 2021 • DICIEMBRE • 10 personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, DIANA CAROLINA CAMARGO PINZÓN, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que en virtud de la provisión del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá la Secretaría Distrital de Hacienda, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional de ANA BOLENA CAS- TAÑEDA ZAFRA a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de DIANA CAROLINA CAMARGO PINZÓN.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 4.

Dar por terminado el nombramiento provisional efectuado Resolución No. SDH- 000177 del 07 de noviembre de 2018, a ANA BOLENA CASTAÑEDA ZAFRA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.014.189.819, en el cargo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de DIANA CAROLINA CAMARGO PINZON, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a DIANA CAROLINA CAMARGO PINZÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.812.568, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6361 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 137082, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 18, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 6.

Comunicar a DIANA CAROLINA CAMAR- GO PINZÓN y ANA BOLENA CASTAÑEDA ZAFRA el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 7.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito(a) en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-24 • 2021 • diciembre • 10 24 RESOLUCIÓN N° SDH-000689 de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

(7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en ascenso en periodo de prueba y se terminan unos encargos”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 4707 del 09 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 21, identificado con el Código OPEC No. 143024, en la modalidad de Ascenso del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA
- SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que el artículo primero de la Resolución No. 4707 del 09 de noviembre de 2021 expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Control de Recaudo Tributario, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, en la que se señala en el primer lugar a AN- DRÉS FELIPE BELTRÁN RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.731.089.

Que ANDRÉS FELIPE BELTRÁN RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.731.089, tiene derechos de carrera administrativa y es titular del empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina de Cobro Especializado, de la Dirección Distrital de Cobro de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que ANDRÉS FELIPE BELTRÁN RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.731.089, ocupó Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-25 • 2021 • DICIEMBRE • 10 la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 4707 del 09 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Oficina de Control de Recaudo Tributario, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante encargo otorgado mediante Resolución No. DGC-000550 del 01 de julio de 2021, a OLGA MARIA MORENO DIAZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.793.069, quien es titular del empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18 de la Oficina de Gestión del Servicio, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda; por lo que es procedente dar por terminado el mencionado encargo, a partir de la fecha de posesión de ANDRÉS FELIPE BELTRÁN RODRÍGUEZ.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de ANDRÉS FELIPE BELTRÁN RODRÍGUEZ, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Oficina de Control de Recaudo Tributario, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que a su vez ANDRÉS FELIPE BELTRÁN RODRÍ- GUEZ esta encargado mediante Resolución No. 000797 del 29 de septiembre de 2021 en el empleo de Profesional Universitario 219 Grado 18 de la Oficina de Administración Funcional del Sistema de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, por lo cual es procedente dar por terminado el encargo en mención, a partir de la fecha de posesión en ascenso en el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Oficina de Control de Recaudo Tributario, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Que en virtud de la provisión del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Oficina de Control de Recaudo Tributario, de la Dirección de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del encargo de OLGA MARÍA MORENO DÍAZ, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de ANDRÉS FELIPE BELTRÁN RODRÍGUEZ.

En mérito de lo expuesto, Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

RESUELVE:

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron encargos en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a ANDRÉS FELIPE BELTRÁN RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.731.089, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-26 • 2021 • diciembre • 10 26 Resolución No. 4707 del 09 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 143024, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Oficina de Control de Recaudo Tributario, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 5.

Dar por terminado el encargo otorgado mediante Resolución No. DGC-000550 del 01 de julio de 2021, a OLGA MARIA MORENO DIAZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.793.069, en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Oficina de Control de Recaudo Tributario, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la posesión de AN- DRÉS FELIPE BELTRÁN RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.731.089, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito(a) en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Parágrafo. De conformidad con lo anterior, OLGA
MARÍA MORENO DÍAZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 39.793.069, deberá asumir las funciones de su respectivo empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 18 de la Oficina de Gestión del Servicio, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, del cual ostenta su titularidad con derechos de carrera administrativa, y hacer entrega de los elementos que le fueron encomendados durante el encargo, informado el estado de los mismos, y a la vez solicitar la evaluación del desempeño laboral correspondiente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la terminación del encargo.

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Artículo 6.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 7.

Comunicar a ANDRÉS FELIPE BELTRÁN RODRÍGUEZ y a OLGA MARÍA MORENO DÍAZ el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, ANDRÉS FELIPE BELTRÁN RODRÍGUEZ, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Artículo 8.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda

Artículo 4.

Dar por terminado el encargo otorgado mediante Resolución No. 000797 del 29 de septiembre de 2021, a ANDRÉS FELIPE BELTRÁN RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.731.089, en el empleo de Profesional Universitario 219 Grado 18 de la Oficina de Administración Funcional del Sistema de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, a partir de la fecha de posesión en ascenso en el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Oficina de Control de Recaudo Tributario, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda.

27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-27 • 2021 • DICIEMBRE • 10 RESOLUCIÓN N° SDH-000690 de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

(7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en ascenso en periodo de prueba y se termina un encargo”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 4694 del 9 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 14, identificado con el Código OPEC No. 136981, en la modalidad de Ascenso del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que el artículo primero de la Resolución No. 4694 del 9 de noviembre de 2021 expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 14, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección de Infraestructura de TIC de la Dirección de Informática y Tecnología, en la que se señala en el primer lugar a CLAUDIA PATRICIA MARTÍNEZ NOSSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.903.278.

Que CLAUDIA PATRICIA MARTÍNEZ NOSSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.903.278, tiene derechos de carrera administrativa y es titular del empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 17, de la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental, de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que CLAUDIA PATRICIA MARTÍNEZ NOSSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.903.278, ocupó Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-28 • 2021 • diciembre • 10 28 la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 4694 del 9 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado de PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 14, de la Subdirección de Infraestructura de TIC de la Dirección de Informática y Tecnología, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante encargo otorgado mediante Resolución No. DGC-000747 del 7/09/2021, a ÓSCAR LEONARDO CÁRDENAS CARDOZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 93.413.779, quien es titular del empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 11 de la Subdirección de Gestión de la Información Presupuestal, de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda; por lo que es procedente dar por terminado el mencionado encargo, a partir de la fecha de posesión de CLAUDIA PATRICIA MARTÍNEZ NOSSA.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de CLAUDIA PATRICIA MARTÍNEZ NOSSA, determinando que cumplen con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias laborales de la entidad para el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 14, de la Subdirección de Infraestructura de TIC de la Dirección de Informática y Tecnología de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que en virtud de la provisión del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Subdirección de Infraestructura de TIC de la Dirección de Informática y Tecnología de la Secretaría Distrital de Hacienda, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del encargo de ÓSCAR LEONARDO CARDENAS, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de CLAUDIA PATRICIA MARTÍNEZ NOSSA.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” en su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Artículo 1.

Nombrar en ascenso en período de prueba a CLAUDIA PATRICIA MARTÍNEZ NOSSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.903.278, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 4694 del 9 de noviembre de 2021 bajo la OPEC No. 136981, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 14, de la Subdirección de Infraestructura de TIC de la Dirección de Informática y Tecnología de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron encargos en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-29 • 2021 • DICIEMBRE • 10 correspondiente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la terminación del encargo. acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 6.

Comunicar a CLAUDIA PATRICIA MAR- TÍNEZ NOSSA y a ÓSCAR LEONARDO CÁRDENAS CARDOZO el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 7.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, CLAUDIA PATRI- CIA MARTINEZ NOSSA, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

RESOLUCIÓN N° SDH-000691 (7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en ascenso Parágrafo. Los nombramientos y posesiones a que se refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015. en periodo de prueba y se termina un encargo”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Artículo 4.

Dar por terminado el encargo otorgado mediante Resolución No. DGC-000747 del 7/09/2021, a ÓSCAR LEONARDO CÁRDENAS CARDOZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 93.413.779, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Subdirección de Infraestructura de TIC de la Dirección de Informática y Tecnología de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la posesión de CLAU- DIA PATRICIA MARTÍNEZ NOSSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.903.278, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Parágrafo. De conformidad con lo anterior, ÓSCAR
LEONARDO CÁRDENAS CARDOZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 93.413.779, deberá asumir las funciones de su respectivo empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 11 de la Subdirección de Gestión de la Información Presupuestal, de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, del cual ostenta su titularidad con derechos de carrera administrativa, y hacer entrega de los elementos que le fueron encomendados durante el encargo, informado el estado de los mismos, y a la vez solicitar la evaluación del desempeño laboral REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-30 • 2021 • diciembre • 10 30 Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa. cional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 11, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección de Análisis y Sostenibilidad Presupuestal de la Dirección Distrital de Presupuesto, en la que se señala en el primer lugar a LIV SOMER OCHOA HERNÁNDEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.525.283.

Que LIV SOMER OCHOA HERNÁNDEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.525.283, tiene derechos de carrera administrativa y es titular del empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 27, de la Oficina de Análisis y Control de Riesgo del Despacho del Secretario Distrital de Hacienda.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

Que LIV SOMER OCHOA HERNÁNDEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.525.283, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 4717 del 9 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado de PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 11, de la Subdirección de Análisis y Sostenibilidad Presupuestal de la Dirección Distrital de Presupuesto, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de LIV SOMER OCHOA HERNÁNDEZ, determinando que cumplen con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias laborales de la entidad para el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 11, de la Subdirección de Análisis y Sostenibilidad Presupuestal, de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 4717 del 9 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 11, identificado con el Código OPEC No. 136966, en la modalidad de Ascenso del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que el artículo primero de la Resolución No. 4717 del 9 de noviembre de 2021 expedida por la Comisión Na- Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emer- 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-31 • 2021 • DICIEMBRE • 10 la terminación del encargo de LIV SOMER OCHOA HERNÁNDEZ, a partir de la fecha de su posesión en periodo de prueba.” gencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” en su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a LIV SO- MER OCHOA HERNÁNDEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.525.283, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 4717 del 9 de noviembre de 2021 bajo la OPEC No. 136966, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 11, de la Subdirección de Análisis y Sostenibilidad Presupuestal, de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron encargos en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante encargo otorgado mediante Resolución No. DGC-000401 del 5/06/2019, a LIV SOMER OCHOA HERNÁNDEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.525.283, quien es titular del empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 27 de la Oficina de Análisis y Control de Riesgo, del Despacho del Secretario Distrital de Hacienda; por lo que es procedente dar por terminado el mencionado encargo, a partir de la fecha de posesión de LIV SOMER OCHOA HERNÁNDEZ.

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, LIV SOMER OCHOA HERNÁNDEZ, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Que en virtud de la provisión del empleo PROFESIO- NAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 11, de la Subdirección de Análisis y Sostenibilidad Presupuestal, de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar Parágrafo. Los nombramientos y posesiones a que se refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-32 • 2021 • diciembre • 10 32 de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Artículo 4.

Dar por terminado el encargo otorgado mediante Resolución No. DGC-000401 del 5/06/2019, a LIV SOMER OCHOA HERNÁNDEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.525.283, en el empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 11, Subdirección de Análisis y Sostenibilidad Presupuestal, de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha de su posesión, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 6.

Comunicar a LIV SOMER OCHOA HER- NÁNDEZ el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 7.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN N° SDH-000692 Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

(7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

CONSIDERANDO:

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6382 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 14, identificado con el Código OPEC No.

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento 33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-33 • 2021 • DICIEMBRE • 10 electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

136975 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que el artículo primero de la Resolución No. 6382 del 10 de noviembre de 2021 expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina General de Fiscalización, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, en la que se señala en el primer lugar a SANDRA MILENA TIUSO CÉSPEDES, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.500.184.

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” en su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar a la elegible que ocupó la posición uno (1).

Que SANDRA MILENA TIUSO CÉSPEDES, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.500.184, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6382 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina General de Fiscalización, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a SAN- DRA MILENA TIUSO CÉSPEDES, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.500.184, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6382 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 136975, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina General de Fiscalización, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de SANDRA MILENA TIUSO CÉSPEDES, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad, para el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina General de Fiscalización de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contará el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-34 • 2021 • diciembre • 10 34

CONSIDERANDO:

acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, SANDRA MILE- NA TIUSO CÉSPEDES, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetarán a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Artículo 4.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 5.

Comunicar a SANDRA MILENA TIUSO CÉSPEDES, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 6.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN N° SDH-000693 Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

(7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados. de 2015, y 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-35 • 2021 • DICIEMBRE • 10 el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6306 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 18, identificado con el Código OPEC No. 137064 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4 ”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que el artículo primero de la Resolución No. 6306 del 10 de noviembre de 2021, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Dirección de Estadísticas y Estudios Fiscales, de la Subsecretaría Técnica, en la que se señala en el primer lugar a JENNY ANGÉ- LICA ZUÑIGA LOZANO, identificada con cédula de ciudadanía No. 42.136.133.

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron nombramientos provisionales en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante nombramiento provisional otorgado mediante Resolución No. SDH-000294 del 29 de octubre de 2015 al servidor público VLADIMIR HERNÁN ESCOBAR MARTÍNEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.388.843.

Que JENNY ANGÉLICA ZUÑIGA LOZANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 42.136.133, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6306 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Dirección de Estadísticas y Estudios Fiscales, de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de JENNY ANGÉLICA ZUÑIGA LOZANO, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias de la entidad para el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Dirección de Estadísticas y Estudios Fiscales, de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que la Corte Constitucional en Sentencia T-096 de 2018, respecto a los servidores públicos nombrados en provisionalidad, señaló que: “(…) a los servidores públicos nombrados en provisionalidad en cargos de carrera no les asiste el derecho a la estabilidad propio de quien accede a la función pública por medio de un concurso de méritos. Sin embargo, sí gozan de una estabilidad laboral relativa o intermedia, conforme a la cual, su retiro solo procederá por razones objetivas previstas en la Constitución y en la ley, o para proveer la vacante que ocupan con una persona que haya superado satisfactoriamente las etapas de un proceso de selección e integre el registro de elegibles, dada la prevalencia del mérito como presupuesto ineludible para el acceso y permanencia en la carrera administrativa. (…)”.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-36 • 2021 • diciembre • 10 36 en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contará el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, JENNY ANGÉ- LICA ZUÑIGA LOZANO, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetarán a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que en virtud de la provisión del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Dirección de Estadísticas y Estudios Fiscales, de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría Distrital de Hacienda, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional de VLADIMIR HERNÁN ESCOBAR MARTÍNEZ a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de JENNY ANGELICA ZUÑIGA LOZANO.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 4.

Dar por terminado el nombramiento provisional efectuado mediante Resolución No. SDH- 000294 del 29 de octubre de 2015, a VLADIMIR HERNÁN ESCOBAR MARTÍNEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.388.843 en el cargo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Dirección de Estadísticas y Estudios Fiscales, de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de JENNY ANGÉLICA ZUÑIGA LOZANO, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a JENNY ANGÉLICA ZUÑIGA LOZANO, identificada con cédula de ciudadanía No. 42.136.133, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Resolución No. 6306 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 137064, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Dirección de Estadísticas y Estudios Fiscales, de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 6.

Comunicar a JENNY ANGÉLICA ZUÑIGA LOZANO y VLADIMIR HERNÁN ESCOBAR MARTÍ- NEZ el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 7.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Artículo 2.

El período de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado 37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-37 • 2021 • DICIEMBRE • 10 RESOLUCIÓN N° SDH-000694 de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

(7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento provisional”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6289 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 24, identificado con el Código OPEC No. 137105 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que el artículo primero de la Resolución No. 6289 del 10 de noviembre de 2021 expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 24, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección de Gestión Judicial, de la Dirección Jurídica de la Secretaria Distrital de Hacienda en la que se señala en el primer lugar a LUIS FERNANDO RIVERA RO- JAS, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.032.364.001.

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que LUIS FERNANDO RIVERA ROJAS, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.032.364.001, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Resolución No. 6289 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 24, de la Subdirección de Gestión Judicial, de Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-38 • 2021 • diciembre • 10 38 la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de LUIS FERNANDO RIVERA ROJAS, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias de la entidad para el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 24, de la Subdirección de Gestión Judicial, de la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que la Corte Constitucional en Sentencia T-096 de 2018, respecto a los servidores públicos nombrados en provisionalidad, señaló que: “(…) a los servidores públicos nombrados en provisionalidad en cargos de carrera no les asiste el derecho a la estabilidad propio de quien accede a la función pública por medio de un concurso de méritos. Sin embargo, sí gozan de una estabilidad laboral relativa o intermedia, conforme a la cual, su retiro solo procederá por razones objetivas previstas en la Constitución y en la ley, o para proveer la vacante que ocupan con una persona que haya superado satisfactoriamente las etapas de un proceso de selección e integre el registro de elegibles, dada la prevalencia del mérito como presupuesto ineludible para el acceso y permanencia en la carrera administrativa. (…)”.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Que en virtud de la provisión del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 24, de la Subdirección de Gestión Judicial, de la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Hacienda, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional de LUIS EDUARDO CORTINA PEÑARANDA a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de LUIS FERNANDO RIVERA ROJAS.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron nombramientos provisionales en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a LUIS FERNANDO RIVERA ROJAS, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.032.364.001, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6289 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 137105, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 24, de la Subdirección de Gestión Judicial, de la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante nombramiento provisional otorgado con la Resolución No. SDH-000140 del 25 de septiembre de 2018 a LUIS EDUARDO CORTINA PE- ÑARANDA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.464.987.

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses,

39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-39 • 2021 • DICIEMBRE • 10

Artículo 7.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021). contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito(a) en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN N° SDH-000695 (7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento en Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020. provisionalidad”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, LUIS FERNAN- DO RIVERA ROJAS, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

CONSIDERANDO:

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Artículo 4.

Dar por terminado el nombramiento provisional efectuado mediante Resolución No. SDH- 000140 del 25 de septiembre de 2018, a LUIS EDUARDO CORTINA PEÑARANDA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.464.987, en el cargo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 24, de la Subdirección de Gestión Judicial, de la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de LUIS FERNANDO RIVERA ROJAS, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto

Artículo 6.

Comunicar a LUIS FERNANDO RIVERA ROJAS y LUIS EDUARDO CORTINA PEÑARANDA el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-40 • 2021 • diciembre • 10 40 correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

Que SANDRA MILENA PINZÓN BALLESTEROS, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.123.199, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6295 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de SANDRA MILENA PINZÓN BALLESTEROS, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias de la entidad para el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6295 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 18, identificado con el Código OPEC No. 137112 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que el artículo primero de la Resolución No. 6295 del 10 de noviembre de 2021, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, en la que se señala en el primer lugar a SAN- DRA MILENA PINZÓN BALLESTEROS, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.123.199.

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer 41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-41 • 2021 • DICIEMBRE • 10 de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron nombramientos provisionales en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante nombramiento provisional otorgado mediante Resolución No. SDH-000211 del 3 de diciembre de 2018 a la servidora pública NIDIA SOLANGE ROJAS MANCILLA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.851.102. cédula de ciudadanía No. 53.123.199, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Resolución No. 6295 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 137112, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.

El período de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Que la Corte Constitucional en Sentencia T-096 de 2018, respecto a los servidores públicos nombrados en provisionalidad, señaló que: “(…) a los servidores públicos nombrados en provisionalidad en cargos de carrera no les asiste el derecho a la estabilidad propio de quien accede a la función pública por medio de un concurso de méritos. Sin embargo, sí gozan de una estabilidad laboral relativa o intermedia, conforme a la cual, su retiro solo procederá por razones objetivas previstas en la Constitución y en la ley, o para proveer la vacante que ocupan con una persona que haya superado satisfactoriamente las etapas de un proceso de selección e integre el registro de elegibles, dada la prevalencia del mérito como presupuesto ineludible para el acceso y permanencia en la carrera administrativa. (…)”.

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contará el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, SANDRA MILENA PINZÓN BALLESTEROS, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetarán a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que en virtud de la provisión del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional de NIDIA SOLANGE ROJAS MANCILLA a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de SANDRA MILENA PINZÓN BALLESTEROS.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 4.

Dar por terminado el nombramiento provisional efectuado mediante Resolución No. SDH- 000211 del 03 de diciembre de 2018, a NIDIA SOLANGE ROJAS MANCILLA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.851.102 en el cargo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18, de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha de posesión

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a SANDRA MILENA PINZÓN BALLESTEROS, identificada con

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-42 • 2021 • diciembre • 10 42 período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito. en periodo de prueba de SANDRA MILENA PINZÓN BALLESTEROS, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Artículo 6.

Comunicar a SANDRA MILENA PINZÓN BALLESTEROS y NIDIA SOLANGE ROJAS MANCI- LLA el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 7.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN N° SDH-000700 Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

(7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 11010 del 17 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 4, identificado con el Código OPEC No. 136949 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en 43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-43 • 2021 • DICIEMBRE • 10 Que el artículo primero de la Resolución No. 11010 del 17 de noviembre de 2021, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 4, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Operaciones Financieras de la Dirección Distrital de Tesorería, en la que se señala en el primer lugar a DANIEL CAMILO ROMERO TORO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.015.450.466. del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron nombramientos provisionales en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante nombramiento provisional otorgado mediante Resolución No. SDH-000260 del 16 de junio de 2017 a la servidora pública JULIETH LORENA ORTIZ TRIANA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.019.094.296.

Que DANIEL CAMILO ROMERO TORO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.015.450.466, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 11010 del 17 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 4, de la Oficina de Operaciones Financieras, de la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaria Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de DANIEL CAMILO ROMERO TORO, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 4, de la Oficina de Operaciones Financieras, de la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaria Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que la Corte Constitucional en Sentencia T-096 de 2018, respecto a los servidores públicos nombrados en provisionalidad, señaló que: “(…) a los servidores públicos nombrados en provisionalidad en cargos de carrera no les asiste el derecho a la estabilidad propio de quien accede a la función pública por medio de un concurso de méritos. Sin embargo, sí gozan de una estabilidad laboral relativa o intermedia, conforme a la cual, su retiro solo procederá por razones objetivas previstas en la Constitución y en la ley, o para proveer la vacante que ocupan con una persona que haya superado satisfactoriamente las etapas de un proceso de selección e integre el registro de elegibles, dada la prevalencia del mérito como presupuesto ineludible para el acceso y permanencia en la carrera administrativa. (…)”.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-44 • 2021 • diciembre • 10 44 Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que en virtud de la provisión del empleo Auxiliar Administrativo Código 407, Grado 4, de la Oficina de Operaciones Financieras de la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaria Distrital de Hacienda, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional de JULIETH LORENA ORTIZ TRIANA a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de DANIEL CAMILO ROMERO TORO.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 4.

Dar por terminado el nombramiento provisional efectuado mediante Resolución No. SDH- 000260 del 16 de junio de 2016, a JULIETH LORENA ORTIZ TRIANA, identificada con cédula de ciudadanía, 1.019.094.296 en el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 4, asignado a la Oficina de Operaciones Financieras, de la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de DANIEL CAMILO ROMERO TORO, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a DANIEL CAMILO ROMERO TORO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.015.450.466, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Resolución No. 11010 del 17 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 136949, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 4, de la Oficina de Operaciones Financieras, de la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaria Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 6.

Comunicar a DANIEL CAMILO ROME- RO TORO y JULIETH LORENA ORTIZ TRIANA el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 7.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito(a) en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN N° SDH-000701 (7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un encargo”

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, DANIEL CA- MILO ROMERO TORO, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-45 • 2021 • DICIEMBRE • 10

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6311 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 28, identificado con el Código OPEC No. 137037 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que el artículo primero de la Resolución No. 6311 del 10 de noviembre de 2021, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 28, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Consolidación, en la que se señala en el primer lugar a JOSÉ ALEXÁN- DER ALARCÓN QUIROGA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.429.054.

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que JOSÉ ALEXÁNDER ALARCÓN QUIROGA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.429.054, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6311 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 28, de la Oficina de Consolidación de la Dirección Distrital de Tesorería, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de JOSÉ ALEXÁNDER ALARCÓN QUIROGA, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias de la entidad para el empleo de PROFE- SIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 28, de la Oficina de Consolidación de la Dirección Distrital de Tesorería, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-46 • 2021 • diciembre • 10 46 MEJIA a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de JOSÉ ALEXANDER ALARCÓN QUIROGA.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a JOSÉ ALEXÁNDER ALARCÓN QUIROGA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.429.054, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6311 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 137037, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 28, de la Oficina de Consolidación de la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” en su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron encargos en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante encargo otorgado con la Resolución No. DGC-000549 del 1 de julio de 2021 a HERNANDO BOTERO MEJIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.447.426, quien es titular del empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222 Grado 27 de la Oficina de Consolidación de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, JOSÉ ALEXÁNDER ALARCÓN QUIROGA, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que, en virtud de la provisión del empleo PROFESIO- NAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 28, de la Oficina de Consolidación, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del encargo de HERNANDO BOTERO

Artículo 4.

Dar por terminado el encargo otorgado mediante Resolución No. DGC-000549 del 1 de julio

47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-47 • 2021 • DICIEMBRE • 10 RESOLUCIÓN N° SDH-000702 (7 de diciembre de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA de 2021 a HERNANDO BOTERO MEJIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.447.426, en el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 28, de la Oficina de Consolidación de la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la posesión en periodo de prueba de JOSÉ ALEXÁNDER ALARCÓN QUIROGA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.429.054, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Parágrafo. De conformidad con lo anterior, HER-
NANDO BOTERO MEJÍA, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.447.426, deberá asumir las funciones de su respectivo empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la Oficina de Consolidación de la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda, del cual ostenta su titularidad con derechos de carrera administrativa, y hacer entrega de los elementos que le fueron encomendados durante el encargo, informado el estado de los mismos, y a la vez solicitar la evaluación del desempeño laboral correspondiente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la terminación del encargo.

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Artículo 6.

Comunicar a JOSÉ ALEXÁNDER ALAR- CÓN QUIROGA y HERNANDO BOTERO MEJÍA, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Artículo 7.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-48 • 2021 • diciembre • 10 48 de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020
- Distrito Capital 4. la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de WADED ANDREA ARIAS CUEVAS, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias de la entidad para el empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 9, de la Subdirección Administrativa y Financiera, de la Dirección de Gestión Corporativa, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria Distrito Capital 4, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del referido Acuerdo 002 de 2021, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 6346 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 9, identificado con el Código OPEC No. 137032 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”, la cual quedó en firme el 29 de noviembre de 2021.

Que el artículo primero de la Resolución No. 6346 del 10 de noviembre de 2021, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, conformó la lista de elegibles en estricto orden de mérito para proveer el empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 9, de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección Administrativa y Financiera, de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, en la que se señala en el primer lugar a WADED ANDREA ARIAS CUEVAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.341.116.

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición uno (1).

Que por necesidades del servicio y mientras es remitida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron nombramientos provisionales en las vacantes definitivas y temporales de la entidad.

Que actualmente el empleo en mención se encuentra provisto mediante nombramiento provisional otorgado mediante Resolución No. SDH-000346 del 26 de agosto de 2020 a la servidora pública JENIFFER LESMES GARZÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.010.189.828.

Que WADED ANDREA ARIAS CUEVAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.341.116, ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución No. 6346 del 10 de noviembre de 2021, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 9, de la Subdirección Administrativa y Financiera, de 49 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-49 • 2021 • DICIEMBRE • 10 meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Que la Corte Constitucional en Sentencia T-096 de 2018, respecto a los servidores públicos nombrados en provisionalidad, señaló que: “(…) a los servidores públicos nombrados en provisionalidad en cargos de carrera no les asiste el derecho a la estabilidad propio de quien accede a la función pública por medio de un concurso de méritos. Sin embargo, sí gozan de una estabilidad laboral relativa o intermedia, conforme a la cual, su retiro solo procederá por razones objetivas previstas en la Constitución y en la ley, o para proveer la vacante que ocupan con una persona que haya superado satisfactoriamente las etapas de un proceso de selección e integre el registro de elegibles, dada la prevalencia del mérito como presupuesto ineludible para el acceso y permanencia en la carrera administrativa. (…)”.

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contará el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, los nombramientos en encargo y provisionalidad en vacancia definitiva tienen duración hasta que su provisión se efectúe con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el concurso de mérito.

Que el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083 de 2015, dispone que “Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”

Artículo 3.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, WADED AN- DREA ARIAS CUEVAS, tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetarán a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que en virtud de la provisión del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 9, de la Subdirección Administrativa y Financiera, de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, conforme a la lista de elegibles expedida para el efecto, es procedente ordenar la terminación del nombramiento provisional de JENIFFER LESMES GARZÓN a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de WA- DED ANDREA ARIAS CUEVAS.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 4.

Dar por terminado el nombramiento provisional efectuado mediante Resolución No. SDH- 000346 del 26 de agosto de 2020, a JENIFFER LESMES GARZÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.010.189.828 en el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 9, de la Subdirección Administrativa y Financiera, de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha de posesión en periodo de prueba de WADED ANDREA ARIAS CUEVAS, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a WADED ANDREA ARIAS CUEVAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.341.116, quien ocupó la posición uno (1) de la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Resolución No. 6346 del 10 de noviembre de 2021 bajo la OPEC 137032, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 9, de la Subdirección Administrativa y Financiera, de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 6.

Comunicar a WADED ANDREA ARIAS CUEVAS y JENIFFER LESMES GARZÓN el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 2.

El período de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6)

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-50 • 2021 • diciembre • 10 50 el Registro Distrital, división de la secretaria general de la Alcaldía Mayor.

Artículo 7.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Que, en consideración a lo expuesto, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

RESUELVE:

Dada en Bogotá, D.C., a los siete (7) días de mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda

Artículo 1.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital, división de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor, los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1 y No. 2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

RESOLUCIÓN N° DDI-024379, 2021EE272114O1 (6 de diciembre de 2021)

Artículo 2.

Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 48 Registros, Anexo No. 2 con 28 Registros.

Artículo 3.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:

“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo OFICINA TIPO DE ACTO 13 del Acuerdo 469 de 2011”

RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN LA JEFE (E) DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB LIQUIDACIÓN OFICIAL DE CORRECCIÓN SANCIÓN LIQUIDACIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN POR NO En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y ATENDER REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN O EXTEMPORANEA de las funciones establecidas en el artículo 26 del PUNTUAL Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

CONSIDERANDO:

Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.2:

OFICINA TIPO DE ACTO Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.

CONTROL MASIVO EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES AUTO INADMISORIO FISCALIZACIÓN GRAN- DES CONTRIBUYENTES REQUERIMIENTO ESPECIAL Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias AUTO DE ARCHIVO GENERAL DE FISCALIZACIÓN EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR LIQUIDACIÓN AUTO DE ARCHIVO Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1 y No. 2 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en 51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-51 • 2021 • DICIEMBRE • 10 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los seis (6) días del mes diciembre de dos mil veintiuno (2021).

Contra los actos administrativos mencionados en el anexo No 2 no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

Artículo 4.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

ANA VICTORIA BARRERO LIMA Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal (E)

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-52 • 2021 • diciembre • 10 52 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN CA 21 29/11/2021 NO RESIDE 73G 51 01/12/2021 CERRADO 51 CA 6 01/12/2021 NO RESIDE NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA 25/11/2021 2018 CL 127 BIS 20 TIPO DE ACTO PUNTUAL NO ATENDER RESOLUCIÓN SANCIÓN POR CIÓN SANCIÓN 08/11/2021 2015, 2017 CL 75B 100B 71 30/11/2021 CERRADO CIÓN SANCIÓN 08/11/2021 2015, 2016 KR 14 149 47 COMPENSACIÓN 02/11/2021 2021 CL 13 14 20 29/11/2021 CERRADO COMPENSACIÓN 02/11/2021 2021 CL 13 14 20 29/11/2021 CERRADO COMPENSACIÓN 10/11/2021 2021 KR 74 49 A 22 29/11/2021 DESCONOCIDO COMPENSACIÓN 10/11/2021 2021 KR 74 49 A 22 29/11/2021 DESCONOCIDO COMPENSACIÓN 05/11/2021 2018, 2019, 2020 CL 66 SUR REQUERIMIENTO DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DE INFORMACIÓN CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- O EXTEMPORANEA PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO presente publicación.

IMPUESTO ENTE IDENTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO CACIÓN DEL CONTRIBUY- Que los Jefes de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la ADENIA 39.150.445 VEHÍCULOS ZYZ629 LIQUIDACIÓN OFI- MIGUEL 19.122.020 VEHÍCULOS RDD373 LIQUIDACIÓN OFI- DE MONTES 35.406.789 VEHÍCULOS BBG794 RESOLUCIÓN DE DE MONTES 35.406.789 VEHÍCULOS BBG794 RESOLUCIÓN DE LOPEZ PAEZ 4.041.324 PREDIAL AAA0017FHZM RESOLUCIÓN DE APODERADO ORGA FANNY 20.013.058 NA NA NOMBRE DEL MORENO DUEÑAS 23.630.045 VEHÍCULOS CIR589 RESOLUCIÓN DE MORENO DUEÑAS 23.630.045 VEHÍCULOS CIR589 RESOLUCIÓN DE CONTRIBUYENTE Y/O Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes y la Oficina de Liquidación de la ANEXO No.1DE LA RESOLUCIÓN No.DDI-024379 DEL 06 DE DICIEMBRE DE 2021 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe (E) de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

Subdirección de Determinación profiríeron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciónes administrativas objeto de la En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

DDI-022083 2021EE234793 O1 212110293L0002803 GALLARDO HOY DINA DDI-022829 2021EE238917 O1 202110297000006403 AURA CASTIBLANCO DDI-022829 2021EE238917 O1 202110297000006403 AURA CASTIBLANCO DDI-023129 2021EE244937 O1 202111037000006536 PAULA KARINA DDI-023129 2021EE244937 O1 202111037000006536 PAULA KARINA DDI-022090 2021EE234800 O1 212110293L0002810 GONZALEZ TOVAR DDI-014292 2021EE123389 O1 202107213L0000535 RODRIGUEZ DE MAY- DDI-022980 2021EE242198 O1 202110297000006414 GREGORIO ARNULFO RESOLUCIÓN No. RADICADO No. DE 53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-53 • 2021 • DICIEMBRE • 10 A 34 30/11/2021 CERRADO A 34 30/11/2021 CERRADO CA 81 30/11/2021 NO RESIDE CN 43 29/11/2021 NO RESIDE BARRIO ANDES 30/11/2021 CERRADO BARRIO ANDES 30/11/2021 CERRADO 25/11/2021 2018 KR 48 22 83 IN 72 30/11/2021 NO RESIDE 25/11/2021 2018 KR 7 BIS A 124 44 01/12/2021 CERRADO 25/11/2021 2018 CL 138 54 60 PUNTUAL PUNTUAL PUNTUAL NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR CIÓN SANCIÓN 08/11/2021 2017 CL 101 68D 43 CIÓN SANCIÓN 08/11/2021 2015, 2016 KR 23 163 A 50 29/11/2021 NO RESIDE CIÓN SANCIÓN 08/11/2021 2015 CL 23A 19 50 29/11/2021 NO RESIDE CIÓN SANCIÓN 8/11/2021 2015, 2016 CL 23A 19 50 29/11/2021 NO RESIDE COMPENSACIÓN 3/11/2021 2017, 2018 CL 30 A SUR 4 COMPENSACIÓN 3/11/2021 2017, 2018 CL 30 A SUR 4 COMPENSACIÓN 3/11/2021 2021 CL 97 65 A 29 COMPENSACIÓN 3/11/2021 2021 CL 97 65 A 29 REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DE INFORMACIÓN DE INFORMACIÓN DE INFORMACIÓN CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- O EXTEMPORANEA O EXTEMPORANEA O EXTEMPORANEA NOTIFICACIÓN POR AVISO LEON 79.811.530 VEHÍCULOS CHH398 RESOLUCIÓN DE LEON 79.811.530 VEHÍCULOS CHH398 RESOLUCIÓN DE AYALA 79.497.945 PREDIAL AAA0273ZXPP RESOLUCIÓN DE AYALA 79.497.945 PREDIAL AAA0273ZXPP RESOLUCIÓN DE GROUP SAS 800.218.892 VEHÍCULOS RJN316 LIQUIDACIÓN OFI- C.R.C. S.A.S. 806.013.728 VEHÍCULOS HAZ675 LIQUIDACIÓN OFI- C.R.C. S.A.S. 806.013.728 VEHÍCULOS IEK526 LIQUIDACIÓN OFI- PEREZ FORERO 80.760.510 VEHÍCULOS CXF760 LIQUIDACIÓN OFI- JULIO AUGUSTO 72.140.223 NA NA MARTA HERSILIA 41.534.542 NA NA HERMES EDILSON 79.798.824 NA NA ANEXO No.1DE LA RESOLUCIÓN No.DDI-024379 DEL 06 DE DICIEMBRE DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-022030 2021EE234740 O1 212110293L0002750 NESTOR ENRIQUE DDI-022062 2021EE234772 O1 212110293L0002782 INDUSTRIAL SUPPLY DDI-022868 2021EE239986 O1 202110297000006420 DAVID PEDREROS DDI-022108 2021EE234818 O1 212110293L0002828 CONSTRUCTORA DDI-014298 2021EE123395 O1 202107213L0000541 GIRALDO GIRALDO DDI-022868 2021EE239986 O1 202110297000006420 DAVID PEDREROS DDI-022108 2021EE234818 O1 212110293L0002828 CONSTRUCTORA DDI-022846 2021EE239559 O1 202109247000005748 HELMUTH BAQUERO DDI-014295 2021EE123392 O1 202107213L0000538 GUTIERREZ ARIZA DDI-014294 2021EE123391 O1 202107213L0000537 MUÑOZ FONSECA DDI-022846 2021EE239559 O1 202109247000005748 HELMUTH BAQUERO REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-54 • 2021 • diciembre • 10 54 SUR 29/11/2021 DESCONOCIDO 97B 66 29/11/2021 DESCONOCIDO 78N 09 29/11/2021 DESCONOCIDO 25/11/2021 2018 KR 68 170 20 30/11/2021 NO RESIDE 25/11/2021 2018 KR 6 19 16 SUR 01/12/2021 CERRADO 25/11/2021 2018 AC 24 75 72 PI 2 01/12/2021 NO RESIDE 25/11/2021 2018 KR 68G 73A 29 30/11/2021 NO RESIDE PUNTUAL PUNTUAL PUNTUAL PUNTUAL NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR CIÓN SANCIÓN 08/11/2021 2018 KR 52 41A 51 CIÓN SANCIÓN 08/11/2021 2015, 2016 CL 40 SUR CIÓN SANCIÓN 8/11/2021 2016 CL 17 7 43 29/11/2021 REHUSADO CIÓN SANCIÓN 08/11/2021 2016 CL 17 7 43 29/11/2021 REHUSADO CIÓN SANCIÓN 8/11/2021 2015, 2016 KR 7 24 89 PI 7 29/11/2021 REHUSADO CIÓN SANCIÓN 08/11/2021 2015, 2016 KR 7 24 89 PI 7 29/11/2021 REHUSADO CIÓN SANCIÓN 08/11/2021 2015 CL 61A SUR REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN DE INFORMACIÓN DE INFORMACIÓN DE INFORMACIÓN CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- O EXTEMPORANEA O EXTEMPORANEA O EXTEMPORANEA O EXTEMPORANEA NOTIFICACIÓN POR AVISO S. A. 860.007.738 VEHÍCULOS UUO806 LIQUIDACIÓN OFI- S. A. 860.007.738 VEHÍCULOS HAY108 LIQUIDACIÓN OFI- S.A.S. 860.057.038 NA NA MENTAL S.A 900.179.915 NA NA LIQUIDACION 860.533.701 VEHÍCULOS BMA160 LIQUIDACIÓN OFI- KENEDY LTDA 860.044.194 NA NA SEGUROS S.A. 860.002.184 VEHÍCULOS CDL233 LIQUIDACIÓN OFI- SEGUROS S.A. 860.002.184 VEHÍCULOS BKN024 LIQUIDACIÓN OFI- COLOMBIA S.A. 830.147.590 VEHÍCULOS MCY620 LIQUIDACIÓN OFI- Y CREDITO INEM SEMAFORIZAMOS REORGANIZACION 830.123.972 NA NA PORATION S A - EN PORTIVAS VOLCAN SERVICIOS EN SALUD RODHER LIMITADA EN ANEXO No.1DE LA RESOLUCIÓN No.DDI-024379 DEL 06 DE DICIEMBRE DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-022118 2021EE234828 O1 212110293L0002838 PROYETZA S.A.S. 900.150.808 VEHÍCULOS RBN324 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-014266 2021EE123363 O1 202107213L0000509 PROYECTOS Y DDI-014307 2021EE123404 O1 202107213L0000550 INDUSTRIAS DE- DDI-022028 2021EE234738 O1 212110293L0002748 CONFECCIONES DDI-014305 2021EE123402 O1 202107213L0000548 COOP DE AHORRO DDI-022037 2021EE234747 O1 212110293L0002757 BANCO POPULAR DDI-022037 2021EE234747 O1 212110293L0002757 BANCO POPULAR DDI-022027 2021EE234737 O1 212110293L0002747 AXA COLPATRIA DDI-014303 2021EE123400 O1 202107213L0000546 HIGH CLASS COR- DDI-022027 2021EE234737 O1 212110293L0002747 AXA COLPATRIA DDI-022049 2021EE234759 O1 212110293L0002769 ILUMINAMOS Y 55 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-55 • 2021 • DICIEMBRE • 10 01/12/2021 CERRADO 201 30/11/2021 DESCONOCIDO 33-30 30/11/2021 DESCONOCIDO BG 12 30/11/2021 NO RESIDE SUR 79 30/11/2021 NO RESIDE 172 - 28 30/11/2021 NO RESIDE NO 139-15 30/11/2021 NO RESIDE NAMARCA N 31- 40 SUR CARRERA 6C SOACHA CUNDI- 25/11/2021 2018 KR 57 172 20 30/11/2021 NO RESIDE 25/11/2021 2018 AC 24 98 12 25/11/2021 2018 AC 63N 73A 31 30/11/2021 DESCONOCIDO 25/11/2021 2018 KR 57 94B 31 30/11/2021 DESCONOCIDO PUNTUAL PUNTUAL PUNTUAL PUNTUAL NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER NO ATENDER RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR SANCIÓN POR CIAL DE AFORO 17/11/2021 2016 1, 2, 3, 4 CR 55 C NO.

CIAL DE AFORO 12/11/2021 2016 1 CR 70 NO. 31 CIAL DE AFORO 12/11/2021 2016 2 CARRERA 104 CIAL DE AFORO 12/11/2021 2016 2, 3, 4, 5, 6 CIAL DE AFORO 23/11/2021 2016 - 3, 5, 6 CALLE 15 N ° COMPENSACIÓN 09/11/2021 2020 KR 28 11 65 OF COMPENSACIÓN 9/11/2021 2021 CL 77 69Q 46 29/11/2021 DESCONOCIDO COMPENSACIÓN 9/11/2021 2021 CL 77 69Q 46 29/11/2021 DESCONOCIDO REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DE INFORMACIÓN DE INFORMACIÓN DE INFORMACIÓN DE INFORMACIÓN O EXTEMPORANEA O EXTEMPORANEA O EXTEMPORANEA O EXTEMPORANEA NOTIFICACIÓN POR AVISO 900.295.301 NA NA SAS 900.835.786 PREDIAL AAA0059CNCN RESOLUCIÓN DE SAS 900.835.786 PREDIAL AAA0059CNCN RESOLUCIÓN DE S.A.S 900.761.189 ICA NA LIQUIDACIÓN OFI- CADA S.A.S.

MAGUZ S.A.S 900.413.086 NA NA AVIACIÓN SAS 900.731.055 ICA NA LIQUIDACIÓN OFI- CREACIONES Y Y SERVICIOS DE DISEÑOS ESRRY- Y MECANICA S A S 900.247.383 NA NA ACCIONES SIMPLIFI- ENIERIA INDUSTRIAL DE LOS ANDES S.A.S. 900.489.021 ICA 900489021 RESOLUCIÓN DE BERS SOCIEDAD POR ANEXO No.1DE LA RESOLUCIÓN No.DDI-024379 DEL 06 DE DICIEMBRE DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-014268 2021EE123365 O1 202107213L0000511 SOLUCIONES EN ING- DDI-023270 2021EE246707 O1 2019021003139011430 PLASTIED S.A.S. 900.667.741 ICA NA LIQUIDACIÓN OFI- DDI-014269 2021EE123366 O1 202107213L0000512 MOTO ZONE SAS 900.255.414 NA NA DDI-023458 2021EE249222 O1 2019021003263018167 MADOC S.A.S. 900.470.698 ICA NA LIQUIDACIÓN OFI- DDI-023314 2021EE247178 O1 2019021003139011446 MANTENIMIENTOS DDI-023313 2021EE247155 O1 2019021003139011439 COMPROCONS S.A.S. 900.706.792 ICA NA LIQUIDACIÓN OFI- DDI-014270 2021EE123367 O1 202107213L0000513 DDI-014274 2021EE123371 O1 202107213L0000517 EXPRESSION SOCIAL DDI-022962 2021EE243771 O1 202109067000005322 GRUAS JAPONESAS DDI-023601 2021EE257052 C1 2019021003252017858 GRAND BELT LATAM DDI-023043 2021EE243988 O1 202111037000006530 INVERSIONES MCL DDI-023043 2021EE243988 O1 202111037000006530 INVERSIONES MCL REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-56 • 2021 • diciembre • 10 56 20 AP 201 30/11/2021 DESCONOCIDO 25/11/2021 2018 CL 12A 71C 21 TO PUNTUAL NO ATENDER RESOLUCIÓN SANCIÓN POR CIÓN SANCIÓN 08/11/2021 2015 CL 77 13 30 29/11/2021 NO RESIDE CIÓN SANCIÓN 8/11/2021 2018 CL 9 69 A 13 29/11/2021 DESCONOCIDO CIÓN SANCIÓN 08/11/2021 2016 CL 103 14A 10 29/11/2021 DESCONOCIDO CIÓN SANCIÓN 8/11/2021 2017 CL 9 69 A 13 29/11/2021 DESCONOCIDO CIÓN SANCIÓN 08/11/2021 2018 CL 9 69 A 13 29/11/2021 DESCONOCIDO REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- O EXTEMPORANEA ANA VICTORIA BARRERO LIMA NOTIFICACIÓN POR AVISO Subdirección de Educación Tributaria y Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal (E ) los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

SAS 900.939.267 VEHÍCULOS IWS961 LIQUIDACIÓN OFI- SAS 900.939.267 VEHÍCULOS IWS959 LIQUIDACIÓN OFI- SAS 900.939.267 VEHÍCULOS IWS954 LIQUIDACIÓN OFI- INGENIERIA 901.154.867 NA NA MARIA PAULA 1.130.615.593 VEHÍCULOS IKZ497 LIQUIDACIÓN OFI- TIVO GR COLOMBIA TIVO GR COLOMBIA TIVO GR COLOMBIA ANEXO No.1DE LA RESOLUCIÓN No.DDI-024379 DEL 06 DE DICIEMBRE DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la DDI-022044 2021EE234754 O1 212110293L0002764 SAVIZ HAERI 1.034.278.021 VEHÍCULOS IDX874 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-014284 2021EE123381 O1 202107213L0000527 CONSORCIO NUEVA DDI-022046 2021EE234756 O1 212110293L0002766 ESTELA VILLEGAS DDI-022127 2021EE234837 O1 212110293L0002847 GRUPO CORPORA- DDI-022127 2021EE234837 O1 212110293L0002847 GRUPO CORPORA- DDI-022127 2021EE234837 O1 212110293L0002847 GRUPO CORPORA- Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de 57 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-57 • 2021 • DICIEMBRE • 10 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN N 37 01/12/2021 CERRADO N 37 01/12/2021 CERRADO N 37 01/12/2021 CERRADO AP 704 30/11/2021 NO RESIDE AP 704 30/11/2021 NO RESIDE NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 CL 67B 106A 31 01/12/2021 CERRADO PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 CL 37C SUR 87 PARA DECLARAR 23/09/2021 2016, 2019 KR 48 127 75 IN 8 PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 CL 37C SUR 87 PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 CL 37C SUR 87 PARA DECLARAR 23/09/2021 2016, 2019 KR 48 127 75 IN 8 PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 KR 19 63 45 30/11/2021 NO RESIDE PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 CL 22C 24 40 01/12/2021 CERRADO PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO NOTIFICACIÓN POR AVISO ENTE 4.130.083 PREDIAL AAA0127BLZM EMPLAZAMIENTO 4.130.083 PREDIAL AAA0127CJFZ EMPLAZAMIENTO Liquidación de la Subdirección de Determinación IDENTIFI- CACIÓN DEL CONTRIBUY- GARZON 17.124.074 PREDIA AAA0056SBHY AUTO INADMISORIO 16/11/2021 2016 CL 72 65 40 29/11/2021 CERRADO GARZON 17.124.074 PREDIA AAA0056SBHY AUTO INADMISORIO 16/11/2021 2016 CL 72 65 40 29/11/2021 CERRADO ANTONIO 4.264.067 PREDIAL AAA0139XEUZ EMPLAZAMIENTO ANTONIO 4.264.067 PREDIAL AAA0151NHHK EMPLAZAMIENTO ANTONIO 4.264.067 PREDIAL AAA0151NHFZ EMPLAZAMIENTO BENJAMIN 19.200.377 PREDIAL AAA0072MPDM EMPLAZAMIENTO BENJAMIN 19.200.377 PREDIAL AAA0072MPDM EMPLAZAMIENTO APODERADO NOMBRE DEL VICTOR JULIO VICTOR JULIO JOSE NOHEMI 3.213.640 PREDIAL AAA0246SDZE EMPLAZAMIENTO e indeterminados de e indeterminados de Sucesión iliquida y/o Sucesión iliquida y/o RAMOS SACRISTAN RAMOS SACRISTAN CONTRIBUYENTE Y/O herederos determinados herederos determinados ANEXO No.2DE LA RESOLUCIÓN No.DDI-024379 DEL 06 DE DICIEMBRE DE 2021 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ 202001100300041829" LINARES URREGO 202001100300041867"

202001100300041867"

202001100300041830" RUIZ VACCA RAUL 202001100300041830" RUIZ VACCA RAUL 202001100300041869" RUIZ VACCA RAUL 202001100300041835" CORAL ROMERO 202001100300041835" CORAL ROMERO La Jefe (E) de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber: profiríeron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciónes administrativas objeto de la presente publicación.

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes, la Oficina de Fiscalización Grandes Contribuyentes, la Oficina General de Fiscalización y la Oficina de NA 2021EE192079 C1 "20210923C30001359 NA 2021EE192067 O1 "20210923C30001347 NA 2021EE192067 O1 "20210923C30001347 NA 2021EE192072 C1 "20210923C30001352 NA 2021EE192072 C1 "20210923C30001352 NA 2021EE192082 C1 "20210923C30001362 NA 2021EE192057 O1 "20210923C30001337 NA 2021EE192057 C1 "20210923C30001337 No.

CIÓN No. RADICADO No. DE Que los jefes de la la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la RESOLU- DDI-023387 2021EE247913 O1 202111137000006706 ALFONSO PACHON DDI-023387 2021EE247913 O1 202111137000006706 ALFONSO PACHON REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-58 • 2021 • diciembre • 10 58 206 02/12/2021 NO RESIDE 78N 09 30/11/2021 DESCONOCIDO OF 387 01/12/2021 NO RESIDE 2 AP 702 26/11/2021 NO RESIDE 49 AP 401 30/11/2021 NO RESIDE 49 AP 401 30/11/2021 NO RESIDE ESPECIAL 26/11/2021 2019-1 AC 80 72B 56 01/12/2021 NO RESIDE PARA DECLARAR 30/11/2021 2017-1, 2, 3, 4, 5, 6 AK 9 123 86 OF PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 CL 18 96B 26 30/11/2021 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 CL 88 SUR 87 05 01/12/2021 CERRADO PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 KR 111 142A 40 01/12/2021 CERRADO PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 KR 97B 158 58 01/12/2021 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 CL 74A 119C 45 30/11/2021 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 KR 7A 87 68 30/11/2021 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 KR 108 143 19 01/12/2021 CERRADO PARA DECLARAR 23/09/2021 2016 CL 63C 69J 06 30/11/2021 REHUSADO PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 KR 58B BIS 128B PARA DECLARAR 23/09/2021 2019 KR 58B BIS 128B NOTIFICACIÓN POR AVISO 19.282.913 PREDIAL AAA0125HEWW EMPLAZAMIENTO 19.282.913 PREDIAL AAA0125HEJZ EMPLAZAMIENTO LUCILA 52.281.074 PREDIAL AAA0151NHFZ EMPLAZAMIENTO OSCAR OSCAR CADEO Y EUGENIA 51.615.830 PREDIAL AAA0091ZSXS EMPLAZAMIENTO MARCELA 52.094.249 PREDIAL AAA0134UAJH EMPLAZAMIENTO MARCELA 52.094.249 PREDIAL AAA0134UAJH EMPLAZAMIENTO RIA MARIA 41.557.083 PREDIAL AAA0228UXTD EMPLAZAMIENTO BUITRAGO 79.571.563 VEHÍCULOS RGE818 AUTO INADMISORIO 28/10/2021 2020 KR 20 63B 45 26/11/2021 DESCONOCIDO BUITRAGO 79.571.563 VEHÍCULOS RGE818 AUTO INADMISORIO 28/10/2021 2020 KR 20 63B 45 26/11/2021 DESCONOCIDO LON MONICA LON MONICA COLOR S.A.S" 890.940.122 ICA 890940122 AUTO DE ARCHIVO 11/11/2021 2018-3, 4, 5, 6 AK 58 127 59 MARIA ISMENIA 41.475.467 PREDIAL AAA0129HKFZ EMPLAZAMIENTO CIFUENTES NA- MINUTO DE DIOS 860.010.371 ICA NA REQUERIMIENTO e indeterminados de e indeterminados de VARRETE BEATRIZ Sucesión iliquida y/o Sucesión iliquida y/o ORGANIZACIÓN EL CORDOBA CASTRIL- CORDOBA CASTRIL- MAURICIO ALBERTO 19.486.083 PREDIAL AAA0060MNJZ EMPLAZAMIENTO NEIRA VARGAS LUIS NEIRA VARGAS LUIS FERNANDO ANTONIO 79.129.548 PREDIAL AAA0078TKJH EMPLAZAMIENTO MORENO RODRIGUEZ 1.136.879.294 VEHÍCULOS JXO335 AUTO INADMISORIO 16/11/2021 2021 KR 64A 22 14 TO herederos determinados herederos determinados ANEXO No.2DE LA RESOLUCIÓN No.DDI-024379 DEL 06 DE DICIEMBRE DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ 202001100300041861" SUAREZ HERNANDEZ 202001100300041869" SANCHEZ DAZA 202001100300041850"

202001100300041849"

202001100300041850"

202001100300041845" PERILLA LOPEZ 202001100300041846" PARRA GOMEZ GLO- 202001100300041838" JOYA CHAPARRO 202001100300041865"

202001100300041865"

NA 2021EE263581 C1 202111293000045080 MINERSYS SA. 900.302.208 ICA NA EMPLAZAMIENTO NA 2021EE241981 O1 20190210014008483 PROYETZA SAS 900.150.808 ICA NA AUTO DE ARCHIVO 5/11/2021 2016 5 CL 40 SUR NA 2021EE245926 C3 202103053000039499 "NDUSTRIA MER- NA 2021EE259631 O1 202110143000040814 CORPORACION NA 2021EE192059 C1 "20210923C30001339 NA 2021EE192082 C2 "20210923C30001362 NA 2021EE192061 O1 "20210923C30001341 NA 2021EE192070 O1 "20210923C30001350 NA 2021EE192070 C1 "20210923C30001350 NA 2021EE192068 O1 "20210923C30001348 NA 2021EE192077 O1 "20210923C30001357 NA 2021EE192055 O1 "20210923C30001335 NA 2021EE192064 O1 "20210923C30001344 NA 2021EE192064 O1 "20210923C30001344 DDI- 023380 2021EE247873 O1 202111137000006703 PABLO ANDRES DDI-020711 2021EE233339 O1 202110287000006365 JOSE DUVIER POMAR DDI-020711 2021EE233339 O1 202110287000006365 JOSE DUVIER POMAR 59 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-59 • 2021 • DICIEMBRE • 10 2 AP 702 26/11/2021 NO RESIDE ANA VICTORIA BARRERO LIMA NOTIFICACIÓN POR AVISO Subdirección de Educación Tributaria y Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal (E)

MORENO RODRIGUEZ 1.136.879.294 VEHÍCULOS JXO335 AUTO INADMISORIO 16/11/2021 2021 KR 64A 22 14 TO ANEXO No.2DE LA RESOLUCIÓN No.DDI-024379 DEL 06 DE DICIEMBRE DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

DDI- 023380 2021EE247873 O1 202111137000006703 PABLO ANDRES REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-60 • 2021 • diciembre • 10 60 SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD - SUBDIRECCIÓN INSPECCIÓN VIGILANCIA Y CONTROL DE SERVICIOS DE SALUD RESOLUCIÓN N° 099 (28 de octubre de 2021)

Por la cual se aprueba una reforma estatutaria y cambio de razón social de la entidad sin Ánimo de Lucro denominada FUNDACIÓN VOLVER. del acta 20, de fecha 3 de septiembre de 2021; 4) Copia de convocatoria para la reunión de Consejo Fundador; 5) Certificación del número total de miembros que integran la ESAL,con constancia de los asistentes a la reunión de Consejo Fundador de 1 de diciembre de 2020 suscrita por la representante Legal; 6) Copia integral de los estatutos con las reformas introducidas en reuniones de 1 de diciembre de 2020 y acta aclaratoria de 3 de septiembre de 2021.

LA SUBDIRECCIÓN INSPECCIÓN VIGILANCIA Y CONTROL DE SERVICIOS DE SALUD DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ D.C Que los estatutos aprobados en la reunión de Consejo Fundador de la FUNDACIÓN VOLVER de fecha 1 de diciembre de 2020, aclarada mediante acta de 3 de septiembre de 2021 cuya aprobación solicita la Representante Legal, constituye una reforma integral por cuanto hace modificaciones en varios Títulos y Artículos de los estatutos vigentes, aprobados mediante Resolución 0438 del 6 de marzo de 2014, por esta Secretaría Distrital de Salud.

En ejercicio de las atribuciones legales, y en especial las conferidas por los numerales 1 y 4 del Decreto 507 de 2013, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C, el artículo 2.5.3.9.33 del Decreto 780 de 2016, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social, artículo 6 de la Resolución 13565 de 1991 expedida por el Ministerio de Salud, (hoy Ministerio de Salud y Protección Social), artículo 5 del Decreto 848 de 2019, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, y

CONSIDERANDO:

Que la reforma estatutaria adoptada en las reuniones de Consejo Fundador de la FUNDACIÓN VOLVER que consta en el Acta 20 de fecha 1 de diciembre de 2020, aclarada mediante acta de 3 de septiembre de 2021, se ajustan a lo exigido en la Resolución 13565 de 1991, expedida por el Ministerio de Salud, (hoy Ministerio de Salud y Protección Social), y no contravienen el orden público, la moral ni las buenas costumbres, ni desvirtúan los fines para los cuales fue creada la Fundación.

Que, en la reunión de Consejo Fundador de la FUNDA- CIÓN VOLVER de fecha 1 de diciembre de 2020, se aprobó el cambio de razón social, el cual en adelante será FUNDACIÓN ESSILOR COLOMBIA.

En mérito de lo expuesto, este Despacho Que según los documentos que reposan en el expediente, mediante resolución No. 0028 del 18 de enero de 2013, emanada de la Secretaría de Salud, se reconoció personería jurídica a la Entidad denominada “FUNDACIÓN SERVIOPTICA”, como Entidad privada sin ánimo de lucro con domicilio en la Calle 75 A N° 20 C- 55 Oficina 301, Teléfono 3-458088 ext. 480 de la ciudad de Bogotá.

RESUELVE:

Que mediante resolución No 0438 del 6 de marzo de 2014 se aprobó reforma de estatutaria digerida al cambio de razón social por “FUNDACIÓN VOLVER. Sin que repose dentro de la carpeta de esta entidad alguna otra reforma estatutaria aprobada por la entidad competente.

Artículo 1.

Aprobar el cambio de razón social de la FUNDACIÓN VOLVER, que en adelante será FUN- DACIÓN ESSILOR COLOMBIA, para lo cual se dejará constancia en el certificado de Existencia y Representación Legal.

Artículo 2.

Aprobar y Registrar la reforma estatutaria integral de los estatutos de la FUNDACIÓN VOLVER, adoptados mediante Acta 20 de fecha 1 de diciembre de 2020, aclarada mediante acta de 3 de septiembre de 2021 del Consejo Fundador, de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente proveído.

Que mediante oficio con radicado 2021ER21686 de 04/05/2021, complementado mediante oficio 2021ER37425 de 15/09/2021, la señora Milena Hernández Gutiérrez, actuando en calidad de Representante Legal de la FUNDACIÓN VOLVER, solicita registrar una reforma estatutaria de la entidad en mención, para lo cual allega los siguientes documentos:

1. Solicitud suscrita por la Representante Legal; 2), Copia del acta N° 20 de reunión de Consejo Fun- dador de la FUNDACIÓN VOLVER de fecha 1 de diciembre de 2020; 3) Copia del Acta aclaratoria

Artículo 3.

Advertir a la entidad FUNDACIÓN VOL- VER, en adelante será FUNDACIÓN ESSILOR CO- LOMBIA, que debe desarrollar su objeto social en los términos de los estatutos cuya reforma aquí se aprueba, observando los preceptos que le impone la

61 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-61 • 2021 • DICIEMBRE • 10

CONSIDERANDO:

Ley, el orden público y las buenas costumbres, so pena de hacerse acreedor a las sanciones legales pertinentes.

Que según los documentos que reposan en el expediente, mediante resolución No. 819 del 28 de agosto de 2009, emanada de la Secretaría de Salud, se reconoció personería jurídica a la entidad denominada “CORPORACIÓN CENTRO HOLÍSTICO CCH”, como Entidad privada sin ánimo de lucro con domicilio en la Calle 118 No 20 - 13,- Teléfono 6-298496 de la ciudad de Bogotá. Nit 900309408-4.

Artículo 4.

Notificar el contenido de la presente Resolución a la Representante Legal de la FUNDACIÓN VOLVER, en adelante será FUNDACIÓN ESSILOR COLOMBIA, o quien haga sus veces, haciéndole saber que contra la misma solo procede el recurso de reposición ante este Despacho, el cual deberá interponerse por escrito dentro de los diez (10) días siguientes a ella.

Que según Resolución No 1419 de 04 de agosto de 2014, expedida por la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, se aprobó una reforma estatutaria de la CORPORACIÓN CENTRO HOLÍSTICO CCH.

Artículo 5.

Conforme a lo señalado en artículo 8 del Decreto Distrital 848 de 2019, la presente resolución deberá ser publicada en la Gaceta Distrital, allegando copia de la constancia de publicación al Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D.C.

Que según Resolución No 2778 del 25 de octubre de 2019, expedida por la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, se aprobó la reforma de los estatutos de la CORPORACIÓN CENTRO HOLÍSTICO CCH.

Artículo 6.

La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital, fecha a partir de la cual se registrará la reforma en el certificado de existencia y representación legal.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que mediante oficio con radicado 2021ER16164 de 29/03/2021, complementado mediante oficio 2021ER42819 de 26/10/2021 la señora DARY LUZ BARRAZA AGUILAR, actuando en calidad de Representante Legal de la CORPORACIÓN CENTRO HO- LÍSTICO CCH, solicita aprobar una reforma estatutaria.

Dada en Bogotá, D.C., a los ventiocho (28) días del mes octubre de dos mil veintiuno (2021).

DORA DUARTE PRADA Subdirectora Inspección Vigilancia y Control de Servicios de Salud RESOLUCIÓN N° 100 (3 de noviembre de 2021)

Que para la reforma estatutaria solicitada por la representante legal de la CORPORACIÓN CENTRO HOLÍSTICO CCH se allegan los siguientes documentos: 1) Solicitud de aprobación de reforma estatutaria;
2. Copia del acta 17 de Asamblea Ordinaria de 14 de febrero de 2020, en la cual consta la adopción de la reforma estatutaria suscrita por el Presidente y Secretario de la reunión; 3) Acta aclaratoria del acta 17 de febrero 14 de 2020; 4) Copia de los estatutos vigentes adoptados el 4 de agosto de 2014; 5) Copia integra de los estatutos a aprobar con inclusión de la reforma adoptada el 14 de febrero de 2020.

Por la cual se aprueba una reforma estatutaria de la CORPORACIÓN CENTRO HOLISTICO CCH.

LA SUBDIRECCIÓN INSPECCIÓN VIGILANCIA Y CONTROL DE SERVICIOS DE SALUD DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ D.C Que la reforma estatutaria aprobada en la reunión de Asamblea Ordinaria de 14 de febrero de 2020, cuya aprobación solicita la representante Legal de la COR- PORACIÓN CENTRO HOLÍSTICO CCH, modifica el artículo 28 de los estatutos vigentes en relación con la cantidad de miembros de la Junta Directiva, el cual queda así:

En ejercicio de las atribuciones legales, y en especial las conferidas por los numerales 1 y 4 del artículo 20 del Decreto 507 de 2013, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C, el artículo 2.5.3.9.33 del Decreto 780 de 2016, expedido por el Ministerio “Artículo 28: La Junta Directiva. Está compuesta por tres (3) miembros, elegidos por la Asamblea General; se designará mediante cuociente electoral para un período de un (1) año contado a partir de la fecha de elección”. de Salud y protección Social, artículo 6 de la Resolución 13565 de 1991 expedida por el Ministerio de Salud, (hoy Ministerio de Salud y Protección Cada uno de los miembros de la Junta Directiva tendrá un suplente que lo reemplazará en sus faltas temporales o absolutas.

Social), artículo 5 del Decreto 848 de 2019, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, y REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-62 • 2021 • diciembre • 10 62 DECRETO LOCAL DE 2021 Los miembros de la Junta Directiva serán removidos por los miembros de la Asamblea libremente”.

ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ DECRETO LOCAL N° 017 (3 de diciembre de 2021)

“Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia 2021”

Que la reforma estatutaria aprobada en la reunión de Asamblea Ordinaria de 14 de febrero de 2020, cuya aprobación solicita la representante Legal de la CORPORACIÓN CENTRO HOLÍSTICO CCH, se ajusta a lo exigido en la Resolución 13565 de 1991, expedida por el Ministerio de Salud, (hoy Ministerio de Salud y Protección Social), y no contravienen el orden público, la moral ni las buenas costumbres, ni desvirtúan los fines para los cuales fue creada la institución.

EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ (E)

En mérito de lo expuesto, este Despacho En uso de sus facultades legales y en especial la

RESUELVE:

que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 2010.

CONSIDERANDO:

Artículo 1.

Aprobar y Registrar la reforma estatutaria de la entidad denominada CORPORACIÓN CENTRO HOLÍSTICO CCH, adoptada mediante reunión de Asamblea Ordinaria de 14 de febrero de 2020, de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente proveído.

Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda.

Artículo 2.

Notificar el contenido de la presente Resolución al Representante Legal de la CORPORACIÓN CENTRO HOLÍSTICO CCH, y/o a quien haga sus veces, haciéndole saber que contra la misma solo procede el recurso de reposición ante este Despacho, el cual deberá interponerse por escrito dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación.

Artículo 3.

El presente Acto Administrativo, conforme a lo señalado en artículo 8 del Decreto Distrital 848 de 2019, deberá ser publicado en la Gaceta Distrital, allegando copia de la constancia de publicación al Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D.C. Una vez allegada la constancia de publicación se procederá a registrar la reforma en el certificado de existencia y representación legal.

Artículo 4.

La presente Resolución rige a partir de su publicación.

Que de acuerdo con el parágrafo único del artículo 9° del Decreto No. 777 del 19 de diciembre de 2019, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., se modificó el procedimiento para los traslados presupuestales de las Entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes noviembre de dos mil veintiuno (2021).

Que mediante la Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda expidió el instructivo para dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto No.777 de diciembre 19 expedido por el Alcalde Mayor.

DORA DUARTE PRADA Subdirectora Inspección Vigilancia y Control de Servicios de Salud Que en el rubro “Servicios de seguros de Salud ediles” fueron apropiados $ 80.000.000 y en la actual 63 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-63 • 2021 • DICIEMBRE • 10 Que en mérito de lo anterior expuesto

DECRETA:

vigencia se requiere un total de $ 80.140.000, tenemos por lo tanto un déficit de $ 140.000 por lo cual se requiere adicionar este valor.

Que el rubro “Servicios de seguros de vida individual de los Ediles” cuenta con recursos suficientes para el cubrimiento de las necesidades de la vigencia 2021, por lo cual este valor puede ser trasladado para atender otras necesidades.

Artículo 1.

Efectúese un contra crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2021, por la suma de ($140.000,00), de acuerdo con el siguiente detalle:

CÓDIGO PRESUPUESTAL RUBRO VALOR 13 GASTOS $140.000.00 131 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO $140.000.00 13102 Adquisición de bienes y servicios $140.000.00 1310202 Adquisiciones diferentes de activos no financieros $140.000.00 131020202 Adquisición de servicios $140.000,00 13102020202 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing $140.000,00 1310202020201 Servicios financieros y servicios conexos $140.000,00 131020202020104 Servicios de seguros de vida individual de los Ediles $140.000,00 TOTAL, CONTRACRÉDITOS $140.000,00

Artículo 2.

Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2021, por la suma de ($140.000,00) de acuerdo con el siguiente detalle:

CÓDIGO PRESUPUESTAL RUBRO VALOR 13 GASTOS $140.000.00 131 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO $140.000.00 13102 Adquisición de bienes y servicios $140.000.00 1310202 Adquisiciones diferentes de activos no financieros $140.000.00 131020202 Adquisición de servicios $140.000,00 13102020202 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing $140.000,00 1310202020201 Servicios financieros y servicios conexos $140.000,00 131020202020106 Servicios de seguros de Salud ediles $140.000,00 TOTAL, CRÉDITOS $140.000,00

Artículo 3.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes de diciembre de dos mil veintiuno (2021).

GERMÁN HUMBERTO MEDELLÍN MORA Alcalde Local de Sumapaz (E)

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7309 • pP. 1-64 • 2021 • diciembre • 10 64 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central DECRETO DE 2021 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. DECRETO N° 493 “Por medio del cual se adiciona un artículo al Decreto 101 de 2004 y se dictan otras disposiciones.”..............................................................................................1 RESOLUCIÓN N° SDH-000691 “Por la cual se realiza un nombramiento en ascenso en periodo de prueba y se termina un encargo”.............................................................................................30 RESOLUCIÓN N° SDH-000692 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”.........................33 RESOLUCIÓN N° SDH-000693 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”.......................................................................35 RESOLUCIÓN N° SDH-000694 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento provisional”...................................................................................38 RESOLUCIÓN N° SDH-000695 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”.......................................................................40 RESOLUCIÓN N° SDH-000700 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”.......................................................................43 RESOLUCIÓN N° SDH-000701 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un encargo”...............................................................................................................45 RESOLUCIÓN N° SDH-000702 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”.......................................................................48 RESOLUCIÓN N° DDI-024379, 2021EE272114O1 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”........................................51 SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD - SUBDIRECCIÓN INSPECCIÓN VIGILANCIA Y CONTROL DE SERVICIOS DE SALUD RESOLUCIÓN N° 099 Por la cual se aprueba una reforma estatutaria y cambio de razón social de la entidad sin Ánimo de Lucro denominada FUNDACIÓN VOLVER......................61 RESOLUCIÓN N° 100 Por la cual se aprueba una reforma estatutaria de la CORPORACIÓN CENTRO HOLISTICO CCH................................................................................................62 Sector Local RESOLUCIONES DE 2021 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN N° SDH-000680 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”.........................................................................2 RESOLUCIÓN N° SDH-000681 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se terminan unos encargos”...............................................................................................................5 RESOLUCIÓN N° SDH-000682 “Por la cual se realiza un nombramiento en período de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”.........................................................................7 RESOLUCIÓN N° SDH-000683 “Por la cual se realiza un nombramiento en período de prueba”.........................10 RESOLUCIÓN N° SDH-000684 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”.......................................................................12 RESOLUCIÓN N° SDH-000685 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un encargo”...............................................................................................................15 RESOLUCIÓN N° SDH-000686 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”.........................17 RESOLUCIÓN N° SDH-000687 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un encargo”...............................................................................................................19 RESOLUCIÓN N° SDH-000688 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se termina un nombramiento en provisionalidad”.......................................................................22 RESOLUCIÓN N° SDH-000689 “Por la cual se realiza un nombramiento en ascenso en periodo de prueba y se terminan unos encargos”.....................................................................................25 RESOLUCIÓN N° SDH-000690 “Por la cual se realiza un nombramiento en ascenso en periodo de prueba y se termina un encargo”.............................................................................................28 DECRETO LOCAL DE 2021 ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ DECRETO LOCAL N° 017 “Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia 2021”..............................................................................................................63 MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital

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