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Registro Distrital 7249 de 2021

Registro Distrital 7249 de 2021 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7249
Año
2021
Fecha
30 de septiembre de 2021
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 55 - No. 7249 - Pp 1 - 7 - 2021 - OCTUBRE - 4 AÑO 55 NÚMERO 7249 4 • OCTUBRE • 2021 DECRETO DE 2021 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito; 4. Ejercer la potestad reglamentaria, expidiendo los decretos, órdenes y resoluciones necesarios para asegurar la debida ejecución de los acuerdos;(…) ”

DECRETO N° 355 (30 de septiembre de 2021)

“Por medio del cual se designa representante legal para efectos de la constitución y entrada en Que el artículo 91 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, autorizó a la Alcaldesa Mayor de Bogotá en representación del Distrito Capital o a TRANSMILENIO S.A., para la creación de una operadora distrital de transporte, en los siguientes términos: operación de la sociedad Operadora Distrital de Transporte”

EL ALCALDE MAYOR (E) DE BOGOTÁ, D. C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los numerales 1 y 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 91 del Acuerdo Distrital 761 de 2020 y,

CONSIDERANDO:

“Artículo 91. Autorización para constituir operador público. Se autoriza a la Alcaldesa Mayor en representación del Distrito Capital o TRANS- MILENIO S.A., para participar en la creación de una sociedad por acciones -Operadora Distrital de Transporte-, con la participación de entidades públicas de acuerdo con los resultados de estudios técnicos y financieros, con personería jurídica, adscrita al sector movilidad, con autonomía administrativa, contable, financiera, presupuestal y patrimonio propio, para lo cual se podrán realizar los aportes a que haya lugar.

Que la Constitución Política en su artículo 209 establece que: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad., mediante la descentralización, la delegación la desconcentración de funciones (…)’’ Esta sociedad tendrá como objeto, entre otras actividades, la prestación del servicio público de transporte masivo en Bogotá D.C. o su área de influencia, en sus diferentes componentes y modalidades. La sociedad no podrá ser operador exclusivo en Bogotá D.C.

Que el artículo 315 ídem, señala: “Son atribuciones del alcalde: 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del gobierno, las ordenanzas, y los acuerdos del Concejo. (…) 3. Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente; (…)”.

Esta sociedad tendrá una junta directiva la cual será presidida por el Alcalde Mayor o quién este designe y tendrá un representante legal de libre nombramiento y remoción designado por el Alcalde Mayor. El patrimonio estará integrado por los aportes distritales y demás aportes que se efectúen.

Los estatutos de la sociedad deberán incorporar la formulación de un código de gobierno corporativo que incluya lineamientos de idoneidad para la elección de su órgano de dirección, su permanencia, Que el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece como facultades del/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá, D.C., las siguientes, “(..) 1. Hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del Gobierno Nacional y los acuerdos del Concejo; 3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7249 • pP. 1-1 • 2021 • OCTUBRE • 4 mecanismos que promuevan la transparencia, la rendición de cuentas y la gestión de conocimiento. todo caso, deberá designarse cuando menos un representante legal.” (Negrillas por fuera del texto)

Parágrafo. La Administración Distrital ejercerá la
autorización que otorga este artículo dentro de los doce (12) meses siguientes a la promulgación del presente Acuerdo.” (Negrillas por fuera del texto)

Que, en ese sentido, por medio del presente se designa un representante legal para la Operadora Distrital de Transporte, de conformidad con el numeral 7 del artículo 5 de la Ley 1258 de 2008, quien actuará en tal calidad para efectos de la constitución de la sociedad y demás actividades relacionadas con ello que permitan la entrada en operación de la sociedad. Esto, hasta tanto sea designado el representante legal en los términos de los estatutos de la sociedad.

Que de conformidad con lo definido en el artículo 91 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, el 27 de mayo de 2021 la Alcaldesa Mayor de Bogotá expidió el Decreto 188 de 2021 “Por medio del cual se autoriza la constitución de la Operadora Distrital de Transporte”.

DECRETA:

Que de conformidad con el artículo 91 del Acuerdo Distrital 761 de 2021 y el artículo 1 del Decreto 188 de 2021 la sociedad Operadora Distrital de Transporte se constituirá como una sociedad pública del tipo de sociedad por acciones simplificada.

Artículo 1.

Designación Representante Legal Principal. Desígnese al señor ÁLVARO JOSÉ RENGIFO CAMPO identificado con la cédula de ciudadanía No. 94.478.889 Subgerente General Código 084 Grado 04 de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio - TRANSMILENIO S.A., como representante legal principal de la sociedad Operadora Distrital de Transporte.

Que de conformidad con el artículo 91 del Acuerdo Distrital 761 de 2021 y el artículo 6 del Decreto 188 de 2021, el régimen jurídico de la Operadora Distrital de Transporte es el régimen privado de conformidad con el artículo 94 de la Ley 489 de 1998. En ese sentido, “la vinculación de su personal, los contratos que celebre y demás actividades que desarrolle se regularán por el derecho privado y en cuanto las normas así lo dispongan aplicará el régimen de la contratación estatal, según corresponda.”.

Artículo 2.

Designación Representante Legal Suplente. Desígnese al señor JOSÉ GUILLERMO DEL RÍO BAENA identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.941.803 Director corporativo código 009 grado 2 de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio - TRANSMILENIO S.A., como representante legal suplente de la sociedad Operadora Distrital de Transporte.

Artículo 3.

Alcance. La presente designación confiere las facultades de representante legal de la sociedad Operadora Distrital de Transporte para lo previsto en el artículo 5 numeral 7 de la Ley 1258 de 2008 y de conformidad con el contenido del artículo 91 del Acuerdo Distrital 761 de 2020; esto es, para efectos de la constitución de la sociedad.

Que de conformidad con el artículo 91 del Acuerdo Distrital 761 de 2021 y el artículo 7 del Decreto 188 de 2021, la Operadora Distrital de Transporte la dirección y administración de la sociedad estará a cargo de la Asamblea General de Accionistas, la Junta Directiva y la Gerencia General; esto, de conformidad con sus estatutos sociales, las disposiciones distritales aplicables y lo dispuesto en el artículo 91 del Acuerdo Distrital 761 de 2020.

Parágrafo. La presente designación es transitoria y
no genera ningún tipo de remuneración a favor de los designados y se entiende únicamente para lo previsto en el artículo 5 numeral 7 de la Ley 1258 de 2008.

Que el régimen de las sociedades por acciones de simplificadas se encuentra contenido en la Ley 1258 de 2008, marco normativo dentro del cual será constituida la Operadora Distrital de Transporte.

Artículo 4.

Comunicación. Comuníquese el presente acto administrativo al doctor Álvaro José Rengifo Campo, al doctor José Guillermo Del Rio Baena y al doctor Felipe Andrés Augusto Ramírez Buitrago en su condición de Gerente General de TRANSMILENIO S.A. como accionista único de la Operadora Distrital de Transporte, y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de esta última Secretaría.

Artículo 5.

Vigencia. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

Que el artículo 5 de la Ley 1258 de 2008 establece como parte del contenido del documento de constitución de las sociedades por acciones simplificadas lo siguiente: “Artículo 5º. Contenido del documento de constitución. La sociedad por acciones simplificada se creará mediante contrato o acto unilateral que conste en documento privado, inscrito en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio del lugar en que la sociedad establezca su domicilio principal, en el cual se expresará cuando menos lo siguiente: (…) 7º. La forma de administración y el nombre, documento de identidad y facultades de sus administradores. En REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7249 • pP. 1-2 • 2021 • octubre • 4 2 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.

Dado en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de septiembre de dos mil veintiuno (2021).

LUIS ERNESTO GÓMEZ LONDOÑO Alcalde Mayor (E)

RESOLUCIÓN DE 2021 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 512 Que el artículo primero de la Resolución No. 9578 del 18 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la vacante del empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupa el segundo (2º) lugar en posición de elegibilidad el(la) señor(a) VIVIANA CAROLINA RODRÍGUEZ GUERRERO identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.014.205.464.

(29 de septiembre de 2021)

“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado Que mediante Resolución No. 417 del 20 de octubre de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., nombró en período de prueba en carrera administrativa al (la) señor (a) VIVIANA CAROLINA RODRÍGUEZ GUERRERO identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.014.205.464 en el empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional de la planta global, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,

CONSIDERANDO:

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.

Que mediante oficio con radicado 1-2020-28829 del 23 de octubre de 2020, el (la) señor (a) VIVIANA CARO- LINA RODRÍGUEZ GUERRERO identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.014.205.464, aceptó el nombramiento efectuado mediante Resolución 417 del 20 de octubre de 2020 en el empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Subdirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Técnica de la planta global, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Que al (la) señor (a) VIVIANA CAROLINA RODRÍ- GUEZ GUERRERO identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.014.205.464, debía tomar posesión a más tardar el día nueve (09) de noviembre de 2020, de conformidad con el término establecido en el artículo 2.2.5.1.7. del Decreto Nacional 1083 de 2015.

Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC - 9578 del 18 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformo la lista de elegibles para proveer dos (2) vacante (s) del empleo de carrera denominado Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional de la planta global, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., ofertado e identificado con código OPEC número 72812.

Que vencidos los términos para tomar posesión la (la) señor (a) VIVIANA CAROLINA RODRÍGUEZ GUE- RRERO identificado (a) con cédula de ciudadanía número 1.014.205.464, no se presentó para hacer efectiva su posesión en el empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional, y en consecuen- Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7249 • pP. 1-3 • 2021 • OCTUBRE • 4 tución, la ley, los reglamentos y los manuales de funciones y de competencias laborales. cia mediante Resolución No. 860 del 17 de diciembre de 2020, se derogó el nombramiento efectuado mediante Resolución No. 626 del 20 de octubre de 2020.

2. Verificar directamente los antecedentes fis- cales, disciplinarios y judiciales del aspirante, dejando las constancias respectivas.

Parágrafo 1. No se podrán exigir al aspirante
constancias, certificaciones o documentos para el cumplimiento de los requisitos que reposen en la respectiva entidad.

Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo CNSC No. 165 de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante oficio con radicado 2-2021-11650 de fecha 31 de marzo de 2021, solicitó la respectiva autorización a la Comisión Nacional del Servicio Civil para la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC número 72812 para efectuar el nombramiento del elegible que ocupaba el tercer (3) lugar en posición de elegibilidad.

Parágrafo 2. Cuando los requisitos para el
desempeño de un cargo estén señalados en la Constitución, la ley o los decretos reglamentarios, los manuales de funciones y de competencias laborales se limitarán a hacer transcripción de los mismos, por lo que no podrán establecer otros requisitos.

Que mediante oficio con radicado 1-2021-14604 del 12 de mayo de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la Resolución No.9578 del 18 de septiembre de 2020, con el fin de efectuar el nombramiento del elegible que ocupa el tercer (3°) lugar en posición de elegibilidad.

Parágrafo 3. Quienes hayan adelantado es-
tudios de pregrado o de postgrado en el exterior, podrán acreditarlos con la presentación de los certificados expedidos por la correspondiente institución de educación superior, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.2.3.4 del presente Decreto.

Parágrafo 4. Los nombramientos tendrán
efectos fiscales a partir de la fecha de la posesión”.

Que de conformidad con lo señalado en el artículo primero de la Resolución No.9578 del 18 de septiembre de 2020, la cual conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la (s) vacante (s) del empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., ocupa el tercer (3) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) SANDRA LILIANA BARÓN HENAO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.131166.

Que el (la) señor (a) SANDRA LILIANA BARÓN HE- NAO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.131166, no remitió la documentación solicitada a fin de efectuar la verificación de requisitos mínimos, no obstante lo anterior, el día veintiocho (28) de mayo de 2021, mediante correo electrónico remitió manifestó su desistimiento al nombramiento en período de prueba en el empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Que teniendo en cuenta la autorización emitida por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante correo electrónico de fecha veinte (20) de mayo de 2021, se procedió a solicitar al (la) señor (a) SANDRA LILIANA BARÓN HENAO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.131166, el envío de la documentación correspondiente a fin de efectuar la verificación de requisitos mínimos de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.5. del Decreto Nacional 1083 de 2015, el cual establece textualmente lo siguiente:

“ARTÍCULO 2.2.5.1.5 Procedimiento para la verificación del cumplimiento de los requisitos. Corresponde al jefe de la unidad de personal o quien haga sus veces, antes que se efectúe el nombramiento:

1. Verificar y certificar que el aspirante cumple con los requisitos y competencias exigidos para el desempeño del empleo por la Consti-

Que conforme lo anterior, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante oficio con radicado 2-2021-21113 del 28 de junio de 2021, solicitó la respectiva autorización a la Comisión Nacional del Servicio Civil para la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC número 72856 para efectuar el nombramiento del elegible que ocupaba el cuarto (4°) lugar en posición de elegibilidad, indicando que en virtud a que no se había remitido documentación por parte del (la) señor (a) SANDRA LILIANA BARÓN HENAO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.131166, no resultaba viable efectuar su nombramiento en período de prueba, toda vez REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7249 • pP. 1-4 • 2021 • octubre • 4 4 que no había sido posible efectuar la verificación de requisitos mínimos establecida en el artículo 2.2.5.1.5. del Decreto Nacional 1083 de 2015.

Que mediante oficio con radicado 1-2021-22105 del 22 de julio de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil remitió respuesta al requerimiento realizado por parte de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., en la cual indicó lo siguiente:

Que de conformidad con las etapas del proceso de selección realizado por parte de la CNSC mediante la Convocatoria No. 821 de 2018, en virtud del cumplimiento de requisitos mínimos por parte del (la) señor (a SANDRA LILIANA BARÓN HENAO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.131166, quien figura en tercer (3°) lugar en la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 9578 del 18 de septiembre de 2020, y teniendo en cuenta los lineamientos establecidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio 1-2021-22105 del 22 de julio de 2021, se procederá a efectuar el nombramiento en período de prueba en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

“(…) En atención a su petición, es preciso informar que es responsabilidad de cada Entidad finalizar el proceso con el nombramiento en período de prueba, posesión y evaluación de dicho período, así como decidir las actuaciones propias de la gestión del talento humano vinculado a la Entidad, razón por la cual, en el presente caso, es obligación de la SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, la toma de las decisiones a que haya lugar.

Que mediante Resolución No 038 del 25 de enero de 2018, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) FRANCIA MARCELA PATIÑO GALARZA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.153.458.

Ahora bien, teniendo en cuenta que el Acto Administrativo que conforma la lista de elegibles para los empleos identificados con los Códigos OPEC Nro. 72810, 72948, 72899, 72841, 72812 y 72856, se encuentran en firme desde el 5 de octubre de 2020, dado que la comisión de personal no allego solicitud de exclusión de ningún elegible en virtud del artículo 14 del Decreto Ley 760 de 2005 y a efectos de propender por el cumplimiento de las garantías del principio del debido proceso resulta conveniente realizar las precisiones a saber:

Si bien es cierto, el Artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, establece que previo a efectuar el nombramiento es responsabilidad del jefe de la unidad de personal o quien haga sus veces, verificar y certificar el cumplimiento de los requisitos, esto no es causal para no expedir acto administrativo de nombramiento, el cual ha de ser entendido como la comunicación escrita en la que se designa a quien está llamado a ocupar un empleo, toda vez que la expedición de dicha comunicación no da lugar al ejercicio del mismo; pues la ejecución está sujeta entre otras a la posesión estándose a lo dispuesto en el Artículo 2.2.5.1.4 de Decreto Ibídem.

Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a SANDRA LILIA- NA BARÓN HENAO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.131166 en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional de la Secretaría de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de FRANCIA MARCELA PATIÑO GALARZA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.153.458, en el empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional.

Que en mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,

RESUELVE:

De esta manera, si comunicado el Acto Administrativo de nombramiento en período de prueba el elegible no acepta el nombramiento en período de prueba, no se pronuncia o se vence el término de la prórroga concedida para tomar posesión, es deber de la Entidad expedir el Acto Administrativo de derogatoria del nombramiento en período de prueba (…)”

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba al señor (a) SANDRA LILIANA BARÓN HENAO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.131166, en el empleo

5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7249 • pP. 1-5 • 2021 • OCTUBRE • 4 dirección Técnica de Archivo de Bogotá de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes. de Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 7.

El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 328 de 2020.

Artículo 8.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de septiembre de dos mil veintiuno (2021).

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretario General DECRETO LOCAL DE 2021 ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO DECRETO LOCAL N° 14 (30 de septiembre de 2021)

Artículo 3.

Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a FRANCIA MARCELA PATIÑO GALARZA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.153.458, el empleo Técnico Operativo, Código 314, Grado 09, de la Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito de la Dirección Distrital de Archivo de Bogotá de la Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba la Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.

“Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2021”.

LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Artículo 4.

El (la) señor (a) SANDRA LILIANA BARÓN HENAO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 53.131166, de conformidad con lo dispuesto en el 2.2.5.1.7. del Decreto Nacional 1083 de 2015, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.

Que el Decreto 372 de 2010 en su Artículo 36 estipula que los FDL, efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de vigencia anterior, mediante decreto local, previa viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.

Artículo 5.

Notificar el contenido de la presente Resolución a SANDRA LILIANA BARÓN HENAO al correo electrónico baronhenao@gmail.com, y a FRANCIA MARCELA PATIÑO GALARZA al correo electrónico fmpatino@alcaldiabogota.gov.co a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 6.

Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Sub-

Que en la Resolución SDH N° 191 del 22 de septiembre de 2017, “Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local” se indica el procedimiento a seguir para efectuar el ajuste en mención.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7249 • pP. 1-6 • 2021 • octubre • 4 6 Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2021, conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO CONCEPTO AUMENTAR REDUCIR 11 DISPONIBILIDAD INICIAL 0 6.117.720.756 Que mediante comunicación No. 2021EE020319O1 del 23 de febrero de 2021 la Secretaria de Hacienda Distrital – Dirección Distrital de Presupuesto, informó sobre los ajustes a la Disponibilidad Inicial, una vez distribuidos los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local por el CONFIS.

SEGUNDO. Comunicación. De conformidad a lo señalado en el artículo 8 del Decreto No. 113 de 2020, una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, y de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.

Que, en atención a la anterior comunicación, la Alcaldía local realizó el trámite para el ajuste de las obligaciones por pagar, para lo cual se recibió concepto favorable de la Secretaria Distrital de Planeación con oficio No. 2-2021-21057 del 18 de marzo de 2021 y comunicación No. 2021EE16334501 del 1 de septiembre de 2021 de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Artículo 4 (sic). Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y artículo 1 de la Resolución Distrital 440 de 2018.

Artículo 5 (sic). Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Que la Alcaldía Local de Teusaquillo realizó ajuste al presupuesto de gastos e inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia 2021, reduciendo las respectivas apropiaciones iniciales, de acuerdo con el Decreto Local No. 11 del 9 de septiembre de 2021.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Alcaldesa Local de Teusaquillo, Dado en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de septiembre de dos mil veintiuno (2021).

DECRETA:

ANA DUNIA PINZÓN BARÓN Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)

PRIMERO. Ajustar la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7249 • pP. 1-7 • 2021 • OCTUBRE • 4 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central DECRETO DE 2021 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. DECRETO N° 355 “Por medio del cual se designa representante legal para efectos de la constitución y entrada en operación de la sociedad Operadora Distrital de Transporte”..........1 RESOLUCIÓN DE 2021 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 512 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”.........................................................3 Sector Local DECRETO LOCAL DE 2021 ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAQUILLO DECRETO LOCAL N° 14 “Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2021”......................................................................6 MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital

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