Registro Distrital 7214 de 2021
Registro Distrital 7214 de 2021 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 7214
- Año
- 2021
- Fecha
- 24 de agosto de 2021
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 55 - No. 7214 - Pp 1 - 34 - 2021 - AGOSTO - 24 AÑO 55 NÚMERO 7214 24 • AGOSTO • 2021 RESOLUCIONES DE 2021 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
RESOLUCIÓN N° 423 (17 de agosto de 2021)
“Por medio de la cual se deroga el nombramiento efectuado mediante la Resolución 254 del 04 de junio de 2021”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.7.6. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.1.12 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo primero de la Resolución No.9601 del 18 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la (s) vacante (s) del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupaba el tercer (3º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) ALEX HERNANDO BONILLA NIÑO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.693.358.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que mediante Resolución No. 459 del 20 de octubre de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., nombró en período de prueba en carrera administrativa al (la) señor (a) ALEX HERNANDO BO- NILLA NIÑO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.693.358, en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC - 9601 del 18 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer tres (3) vacante (s) del empleo de carrera denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, ofertado e identificado con código OPEC número 72840.
Que el (la) señor (a) ALEX HERNANDO BONILLA NIÑO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.693.358, tomó posesión del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Dirección 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-1 • 2021 • AGOSTO • 24 del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el día dieciocho (18) de enero de 2021, mediante Acta de Posesión 014 de la misma fecha. danía No. 52.205.3 en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que el (la) señor (a) ALEX HERNANDO BONILLA NIÑO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.693.358, mediante oficio con radicado 1-2021-2376 de fecha 27 de enero de 2021, presentó renuncia al cargo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que mediante oficio con radicado 1-2021-18475 del 18 de junio de 2021, el (la) señor (a) LILIANA ESPERAN- ZA PACHÓN BOTIVA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.205.368, aceptó el nombramiento efectuado mediante Resolución 254 del 04 de junio de 2021 en el empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., y solicitó prórroga para tomar posesión en dicho empleo por el término de noventa (90) días hábiles.
Que conforme lo anterior, mediante Resolución No. 043 del 28 de enero de 2021, le fue aceptada la renuncia presentada al (la) señor (a) ALEX HERNANDO BONI- LLA NIÑO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.693.358, a partir del primero (1°) de febrero de 2021.
Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo CNSC No. 165 de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante oficio con radicado 2-2021-7493 del 01 de marzo de 2021, solicitó la respectiva autorización a la Comisión Nacional del Servicio Civil para la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC número 72840 para efectuar el nombramiento del elegible que ocupaba el cuarto (4°) lugar en posición de elegibilidad.
Que mediante oficio con radicado 2-2021-21871 del seis (06) de julio de 2021, la Secretaría General de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., dio respuesta a la solicitud de prórroga presentada por el (la) señor (a) LILIANA ESPERANZA PACHÓN BOTIVA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.205.368, indicándole que debido a las necesidades del servicio de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía no resultaba viable otorgarle la prórroga solicitada, no obstante lo anterior, le fue concedida prórroga por el término de seis (06) días hábiles, contados desde el seis (06) de julio y hasta el trece (13) de julio de 2021, inclusive y en tal sentido debía tomar posesión en el empleo en el que había sido nombrado en período de prueba el día catorce (14) de julio de 2021.
Que mediante oficio con radicado 1-2021-12937 del 27 de abril de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la Resolución No. 9601 del 18 de septiembre de 2020 con el fin de efectuar el nombramiento del elegible que ocupa el cuarto (4°) lugar en posición de elegibilidad.
Que el (la) señor (a) LILIANA ESPERANZA PACHÓN BOTIVA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.205.368, mediante oficio con radicado 1-2021- 20874 del doce (12) de julio de 2021, manifestó su no aceptación al nombramiento efectuado mediante la Resolución No. 254 del 04 de junio de 2021.
Que el artículo 2.2.5.1.12 del Decreto Nacional 1083 de 2015, establece:
“Derogatoria del nombramiento. La autoridad nominadora deberá derogar el nombramiento, cuando:
Que de conformidad con lo señalado en el artículo primero de la Resolución No. 9601 del 18 de septiembre de 2020, la cual conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer las vacantes del empleo Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., ocupa el cuarto (4º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) LILIANA ESPERANZA PACHÓN BOTIVA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.205.368.
1. La persona designada no manifiesta la acepta- ción del nombramiento, no acepta, o no toma posesión del empleo dentro de los plazos se- ñalados en la Constitución, la ley o el presente Título.
(…)”
Que mediante Resolución No. 254 del 04 de junio de 2021, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., nombró en período de prueba en carrera administrativa al (la) señor (a) LILIANA ESPERANZA PACHÓN BOTIVA, identificado (a) con cédula de ciuda- Que conforme lo anterior, y teniendo en cuenta que el señor LILIANA ESPERANZA PACHÓN BOTIVA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.205.368, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-2 • 2021 • AGOSTO • 24 2
CONSIDERANDO:
manifestó su no aceptación al nombramiento en período de prueba, se hace necesario derogar la Resolución No. 254 del 04 de junio de 2021.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
RESUELVE:
Artículo 1.
Derogar el nombramiento efectuado mediante la Resolución No. 254 del 04 de junio de 2021 en todas sus partes.
Artículo 2.
Comunicar el contenido de la presente Resolución al (la) señor (a) LILIANA ESPERANZA PACHÓN BOTIVA, al (los) correo (s) electrónico (s) lilipachon@yahoo.com, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC - 9320 del 17 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer una (1) vacante del empleo de carrera denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 10, de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, ofertado e identificado con código OPEC número 72723.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo 3.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Artículo 4.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.7.6. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General RESOLUCIÓN N° 424 (17 de agosto de 2021)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA Que el artículo primero de la Resolución No.9320 del 17 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer la (s) vacante (s) del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 10, de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupaba el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) LESLY ALEJANDRA VELÁSQUEZ MORENO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.019.005.645.
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del Que mediante Resolución No. 478 del 20 de octubre de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., nombró en período de prueba en carrera administrativa al (la) señor (a) LESLY ALEJANDRA VELÁSQUEZ MORENO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.019.005.645, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 10, de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría 1º de enero de 2020 y, 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-3 • 2021 • AGOSTO • 24 Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
SÁNCHEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.054.891.
Que el (la) señor (a) LESLY ALEJANDRA VELÁS- QUEZ MORENO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.019.005.645, tomó posesión del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 10 de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el día 03 de noviembre de 2020, mediante Acta de Posesión 095 de la misma fecha.
Que mediante Resolución No. 052 del 08 de febrero de 2021, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., nombró en período de prueba en carrera administrativa al (la) señor (a) LIGIA NELLY TILAGUY SÁNCHEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.054.891, en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 10, de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que el (la) señor (a) LESLY ALEJANDRA VELÁS- QUEZ MORENO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.019.005.645, mediante oficio con radicado 1-2020-31622 de fecha 10 de noviembre de 2020, presentó renuncia al cargo de Profesional Universitario Código 219 Grado 10 de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que mediante oficio con radicado 1-2021-6009 del 22 de febrero de 2021, el (la) señor (a) LIGIA NELLY TILAGUY SÁNCHEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía número 52.054.891, aceptó el nombramiento efectuado mediante Resolución 052 del 08 de febrero de 2021 en el empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 10, de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa de la planta global, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que conforme lo anterior, mediante Resolución No. 791 del 11 de noviembre de 2020, le fue aceptada la renuncia presentada al (la) señor (a) LESLY ALE- JANDRA VELÁSQUEZ MORENO, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 1.019.005.645, a partir del diecisiete (17) de noviembre de 2020.
Que mediante oficio con radicado 1-2021-7409 de fecha 04 de marzo de 2021, el (la) señor (a) LIGIA NE- LLY TILAGUY SÁNCHEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía número 52.054.891, solicitó prórroga para tomar posesión del empleo hasta el día trece (13) de abril de 2021.
Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo CNSC No. 165 de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante oficios con radicados 2-2020-35923 del 27 de noviembre de 2020 y alcance con radicado 2-2021-1602 del 18 de enero de 2021, solicitó la respectiva autorización a la Comisión Nacional del Servicio Civil para la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC número 72723 para efectuar el nombramiento del elegible que ocupaba el segundo (2°) lugar en posición de elegibilidad.
Que mediante oficio con radicado 2-2021-9409 del quince (15) de marzo de 2021, la Secretaría General de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., dio respuesta a la solicitud de prórroga presentada por el (la) señor (a) LIGIA NELLY TILAGUY SÁNCHEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía número 52.054.891, concediéndole prórroga por el término de diez (10) días hábiles, contados desde el ocho (08) de marzo y hasta el veintitrés (23) de marzo de 2021, inclusive y en tal sentido debía tomar posesión en el empleo en el que había sido nombrado en período de prueba el día veintitrés (23) de marzo de 2021.
Que mediante oficio con radicado 1-2021-3372 del 1° de febrero de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la Resolución No.9320 del 17 de septiembre de 2020 con el fin de efectuar el nombramiento del elegible que ocupa el segundo (2°) lugar en posición de elegibilidad.
Que el (la) señor (a) LIGIA NELLY TILAGUY SÁN- CHEZ identificado (a) con cédula de ciudadanía número 52.054.891, vencido el término otorgado por parte de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., no se presentó a tomar posesión del empleo en el que fue nombrada en período de prueba, y en consecuencia la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., procedió a derogar el nombramiento en período de prueba efectuado mediante Resolución No. 052 del 08 de febrero de 2021.
Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo CNSC No. 165 de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante oficios con Que de conformidad con lo señalado en el artículo primero de la Resolución No. 9320 del 17 de septiembre de 2020, la cual conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer las vacantes del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 10, de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., ocupa el segundo (2º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) LIGIA NELLY TILAGUY REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-4 • 2021 • AGOSTO • 24 4 radicados 2-2021-16117 del 12 de mayo y 2-2021- 22798 del 14 de julio de 2021, solicitó la respectiva autorización a la Comisión Nacional del Servicio Civil para la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC número 72723 para efectuar el nombramiento del elegible que ocupaba el tercer (3°) lugar en posición de elegibilidad. tificado (a) con cédula de ciudadanía No. 63.544.926, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 10, de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que mediante oficio con radicado 1-2021-22401 del 26 de julio de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la Resolución No.9320 del 17 de septiembre de 2020 con el fin de efectuar el nombramiento del elegible que ocupa el tercer (3°) lugar en posición de elegibilidad.
Artículo 2.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que de conformidad con lo señalado en el artículo primero de la Resolución No. 9320 del 17 de septiembre de 2020, la cual conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer las vacantes del empleo Profesional Universitario, Código 219, Grado 10, de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., ocupa el tercer (3º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) KAROL MA- GALY HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 63.544.926.
Artículo 3.
El (la) señor (a) KAROL MAGALY HER- NÁNDEZ HERNÁNDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 63.544.926, de conformidad con lo dispuesto en el 2.2.5.1.7. del Decreto Nacional 1083 de 2015, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Artículo 4.
Notificar el contenido de la presente Resolución a KAROL MAGALY HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ al correo electrónico kamahehe@hotmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) KAROL MAGALY HERNÁNDEZ HERNÁN- DEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 63.544.926, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 10, de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Artículo 5.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a KAROL MAGALY HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 63.544.926, en el cargo Profesional Universitario, Código 219, Grado 10, de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
En mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Artículo 6.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 328 de 2020.
Artículo 1.
Nombrar en período de prueba al señor (a) KAROL MAGALY HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, iden-
Artículo 7.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-5 • 2021 • AGOSTO • 24 PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.7.6. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
RESOLUCIÓN N° 425 (17 de agosto de 2021)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Que el artículo primero de la Resolución No.9631 del 19 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer las vacantes del empleo del de la Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupaba el segundo (2º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) JIMMY ALBERTO MACÍAS FLÓREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 91.293.126.
En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 730 del 20 de octubre de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., nombró en período de prueba en carrera administrativa al (la) señor (a) JIMMY AL- BERTO MACÍAS FLÓREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 91.293.126, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Que el (la) señor (a) JIMMY ALBERTO MACÍAS FLÓREZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 91.293.126, mediante oficio con radicado 1-2020- 32240 de fecha 13 de noviembre de 2020, manifestó que no aceptaría el nombramiento en período de prueba, y en virtud de lo anterior mediante Resolución No. 856 del 17 de diciembre de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., procedió a derogar el nombramiento en período de prueba efectuado mediante Resolución No. 730 del 20 de octubre de 2020.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC - 9631 del 19 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer once (11) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, ofertado e identificado con código OPEC número 72876.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo CNSC No. 165 de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante oficio con radicado 2-2020-39322 de fecha 24 de diciembre de 2020, solicitó la respectiva autorización a la Comisión Nacional del Servicio Civil para la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC número 72876 para efectuar el nombramiento del elegible que ocupaba el décimo segundo (12°) lugar en posición de elegibilidad.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de Que mediante oficio con radicado CNSC 20211020538401 del 13 de abril de 2021, la Comisión REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-6 • 2021 • AGOSTO • 24 6 Nacional del Servicio Civil, informó que debido a que se encontraba en trámite una solicitud de exclusión sobre la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 72876, no resultaba viable expedir la correspondiente autorización de uso de lista de elegibles. brado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
Que mediante comunicación con radicado número 20212130823491 del 22 de junio de 2021, y enviado por correo electrónico el nueve (09) de julio de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza total de la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 9631 del 19 de septiembre de 2020.
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo CNSC No. 165 de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante oficio con radicado 2-2021-23798 de fecha 23 de julio de 2021, reiteró la solicitud de autorización a la Comisión Nacional del Servicio Civil para la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC número 72876 para efectuar el nombramiento del elegible que ocupaba el décimo segundo (12°) lugar en posición de elegibilidad.
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombramiento provisional.
(…)”
Que mediante oficio con radicado 1-2021-22606 del 29 de julio de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la Resolución No. 9631 del 19 de septiembre de 2020 con el fin de efectuar el nombramiento del elegible que ocupa el décimo segundo (12°) lugar en posición de elegibilidad.
Que de conformidad con lo señalado en el artículo primero de la Resolución No.9631 del 19 de septiembre de 2020, la cual conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer las vacantes del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., ocupa el décimo segundo (12°) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) GERMÁN ADOLFO CÁRDENAS ALBA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.430.774.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a GERMÁN ADOLFO CÁRDENAS ALBA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.430.774, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de CRISTIAN CAMILO CASTRILLÓN VANEGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No.80.853.667, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía.
Que en mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 421 del 14 de septiembre de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) CRISTIAN CAMILO CASTRILLÓN VANEGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No.80.853.667.
Artículo 1.
Nombrar en período de prueba al señor (a) GERMÁN ADOLFO CÁRDENAS ALBA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.430.774, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) GERMÁN ADOLFO CÁRDENAS ALBA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.430.774, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nom- 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-7 • 2021 • AGOSTO • 24 de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes. global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Artículo 7.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 328 de 2020.
Artículo 8.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE
Artículo 2.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General RESOLUCIÓN N° 426 (17 de agosto de 2021)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un
Artículo 3.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) CRISTIAN CAMILO CASTRILLÓN VANEGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No.80.853.667, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del
Artículo 4.
El (la) señor (a) GERMÁN ADOLFO CÁRDENAS ALBA, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.430.774, de conformidad con lo dispuesto en el 2.2.5.1.7. del Decreto Nacional 1083 de 2015, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo 5.
Notificar el contenido de la presente Resolución a GERMÁN ADOLFO CÁRDENAS ALBA al correo electrónico german1067@gmail.com y a CRISTIAN CAMILO CASTRILLÓN VANEGAS al correo electrónico cccastrillon@alcaldiabogota.gov. co, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 6.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC - 9631 del 19 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer once (11) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Adminis- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-8 • 2021 • AGOSTO • 24 8 trativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, ofertado e identificado con código OPEC número 72876.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles. de Bogotá D.C., dio respuesta a la solicitud de prórroga presentada por el (la) señor (a) YULY ANDREA GÓMEZ ROJAS identificado (a) con cédula de ciudadanía número 52.742.987, indicándole que debido a las necesidades del servicio de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio no era viable conceder la prórroga requerida por los noventa (90) días hábiles, no obstante le fue otorgada prórroga por el término de veintinueve (29) días hábiles, contados desde el veinte (20) de noviembre y hasta el cuatro (04) de enero de 2021, inclusive y en tal sentido debía tomar posesión en el empleo en el que había sido nombrado en período de prueba el día cuatro (04) de enero de 2021.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.7.6. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
Que al (la) señor (a) YULY ANDREA GÓMEZ ROJAS identificado (a) con cédula de ciudadanía número 52.742.987, mediante oficio con radicado 1-2020- 37102 de fecha 28 de diciembre de 2020, manifestó que no aceptaría el nombramiento en periodo de prueba, y en virtud de lo anterior mediante Resolución No. 024 del 20 de enero de 2021, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., procedió a derogar el nombramiento en período de prueba efectuado mediante Resolución No. 533 del 20 de octubre de 2020.
Que el artículo primero de la Resolución No.9631 del 19 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer las vacantes del empleo del de la Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupaba el tercer (3º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) YULY ANDREA GÓMEZ ROJAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.742.987.
Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo CNSC No. 165 de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante oficio con radicado 2-2020-39322 de fecha 24 de diciembre de 2020, solicitó la respectiva autorización a la Comisión Nacional del Servicio Civil para la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC número 72876 para efectuar el nombramiento del elegible que ocupaba el décimo tercer (13°) lugar en posición de elegibilidad.
Que mediante oficio con radicado CNSC 20211020538401 del 13 de abril de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil, informó que debido a que se encontraba en trámite una solicitud de exclusión sobre la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 72876, no resultaba viable expedir la correspondiente autorización de uso de lista de elegibles.
Que mediante Resolución No. 533 del 20 de octubre de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., nombró en período de prueba en carrera administrativa al (la) señor (a) YULY ANDREA GÓMEZ ROJAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.742.987, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que mediante comunicación con radicado número 20212130823491 del 22 de junio de 2021, y enviado por correo electrónico el nueve (09) de julio de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza total de la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 9631 del 19 de septiembre de 2020.
Que el (la) señor (a) YULY ANDREA GÓMEZ RO- JAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 52.742.987, mediante oficio con radicado 1-2020- 30795 de fecha 05 de noviembre de 2020, manifestó su aceptación al nombramiento en período de prueba efectuado mediante Resolución No. 533 del 20 de octubre de 2020 y solicitó prórroga para tomar posesión por el término de noventa (90) días hábiles.
Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo CNSC No. 165 de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante oficio con radicado 2-2021-23798 de fecha 23 de julio de 2021, reiteró la solicitud de autorización a la Comisión Nacional del Servicio Civil para la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC número 72876 Que mediante oficio con radicado 2-2020-35911 del veintiséis (26) de noviembre de 2020, la Secretaría General de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-9 • 2021 • AGOSTO • 24 para efectuar el nombramiento del elegible que ocupaba el décimo (13°) lugar en posición de elegibilidad.
4. Por declaratoria de insubsistencia del nombramiento provisional.
(…)”
Que mediante oficio con radicado 1-2021-22606 del 29 de julio de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la Resolución No. 9631 del 19 de septiembre de 2020 con el fin de efectuar el nombramiento del elegible que ocupa el décimo tercer (13°) lugar en posición de elegibilidad.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a JOHN JAIRO BRITO SÁNCHEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.793.255, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y como consecuencia de esta provisión definitiva por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, dar por terminado el nombramiento provisional en vacancia definitiva de EWART JACOB ÁVILA ORTIZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.720.753, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía.
Que de conformidad con lo señalado en el artículo primero de la Resolución No.9631 del 19 de septiembre de 2020, la cual conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer las vacantes del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., ocupa el décimo segundo (12°) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) JOHN JAIRO BRITO SÁNCHEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.793.255.
Que en mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
RESUELVE:
Que mediante Resolución No. 009 del 06 de enero de 2017, el citado empleo se encuentra provisto de manera temporal mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva con el (la) señor (a) EWART JACOB ÁVILA ORTIZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.720.753.
Artículo 1.
Nombrar en período de prueba al señor (a) JOHN JAIRO BRITO SÁNCHEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.793.255, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) JOHN JAIRO BRITO SÁNCHEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.793.255, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que el Decreto Nacional 1083 de 2015 en su artículo 2.2.5.3.4. dispone lo siguiente:
“Terminación de encargo y nombramiento provisional. Antes de cumplirse el término de duración del encargo, de la prórroga o del nombramiento provisional, el nominador, por resolución motivada, podrá darlos por terminados.”
Artículo 2.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Que el artículo 2.2.5.2.1 ibídem, tratándose de la vacancia definitiva de los empleos señala lo siguiente:
“El empleo queda vacante definitivamente, en los siguientes casos:
(…)
Artículo 3.
Como consecuencia de la provisión definitiva mediante el nombramiento establecido en el artículo primero de la presente Resolución, dar por terminado automáticamente el nombramiento provisional del (la) señor (a) EWART JACOB ÁVILA ORTIZ, identi-
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-10 • 2021 • AGOSTO • 24 10 RESOLUCIÓN N° 427 (17 de agosto de 2021)
“Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. ficado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.720.753, el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía, en consecuencia la permanencia en el desempeño de las labores cesará el día anterior a la posesión de la persona nombrada en periodo de prueba. La Dirección de Talento Humano informará de ello dentro de la debida oportunidad.
En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.3.1. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1º de enero de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Artículo 4.
El (la) señor (a) JOHN JAIRO BRITO SÁNCHEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.793.255, de conformidad con lo dispuesto en el 2.2.5.1.7. del Decreto Nacional 1083 de 2015, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Convocatoria No.821 de 2018, convocó a concurso abierto de méritos, los empleos en vacancia definitiva provistos o no mediante nombramiento provisional o encargo.
Artículo 5.
Notificar el contenido de la presente Resolución a JOHN JAIRO BRITO SÁNCHEZ al correo electrónico johnbrito84@gmail.com y a EWART JACOB ÁVILA ORTIZ al correo electrónico ejavila@ alcaldiabogota.gov.co, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 6.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que cumplidas todas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC - 9631 del 19 de septiembre de 2020, por medio de la cual se adoptó y conformó la lista de elegibles para proveer once (11) vacante (s) del empleo de carrera denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, ofertado e identificado con código OPEC número 72876.
Que mediante comunicación con radicado número 20202130754501 del 5 de octubre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza del acto administrativo por medio del cual se conforma la lista de elegibles.
Artículo 7.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 328 de 2020.
Artículo 8.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.21 del Decreto Nacional 1083 de 2015, es deber de la entidad proferir los actos administrativos de nombramiento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío de la lista de elegibles por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como efectuar la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del empleo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.7.6. del mencionado Decreto y lo dispuesto en la Ley 190 de 1995 mediante los artículos 4º y 5º.
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Que el artículo primero de la Resolución No.9631 del 19 de septiembre de 2020, conformó y adoptó la lista Secretaria General 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-11 • 2021 • AGOSTO • 24 Que mediante oficio con radicado 2-2021-12937 del 27 de abril de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil, informó que debido a que se encontraba en trámite una solicitud de exclusión sobre la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 72876, no resultaba viable expedir la correspondiente autorización de uso de lista de elegibles. de elegibles para proveer las vacantes del empleo del de la Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la que ocupaba el primer (1º) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) ANDRÉS CAMILO PAEZ GÓMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.202.291.
Que mediante comunicación con radicado número 20212130823491 del 22 de junio de 2021, y enviado por correo electrónico el nueve (09) de julio de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil informó la firmeza total de la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. 9631 del 19 de septiembre de 2020.
Que mediante Resolución No. 728 del 20 de octubre de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., nombró en período de prueba en carrera administrativa al (la) señor (a) ANDRÉS CAMILO PAEZ GÓMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.202.291, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo CNSC No. 165 de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante oficio con radicado 2-2021-23798 de fecha 23 de julio de 2021, reiteró la solicitud de autorización a la Comisión Nacional del Servicio Civil para la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC número 72876 para efectuar el nombramiento del elegible que ocupaba el décimo cuarto (14°) lugar en posición de elegibilidad.
Que el (la) señor (a) ANDRÉS CAMILO PAEZ GÓ- MEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.202.291, tomó posesión del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el día diecisiete (17) de noviembre de 2020, mediante Acta de Posesión 113 de la misma fecha.
Que mediante oficio con radicado 1-2021-22606 del 29 de julio de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la Resolución No. 9631 del 19 de septiembre de 2020 con el fin de efectuar el nombramiento del elegible que ocupa el décimo cuarto (14°) lugar en posición de elegibilidad.
Que el (la) señor (a) ANDRÉS CAMILO PAEZ GÓ- MEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.202.291, mediante oficio con radicado 1-2020- 36864 de fecha 23 de diciembre de 2020, presentó renuncia al cargo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que de conformidad con lo señalado en el artículo primero de la Resolución No.9631 del 19 de septiembre de 2020, la cual conformó y adoptó la lista de elegibles para proveer las vacantes del empleo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., ocupa el décimo segundo (12°) lugar en posición de elegibilidad el (la) señor (a) LUZ MARLEN ORJUELA VARGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 39.657.965.
Que conforme lo anterior, mediante Resolución No. 886 del 30 de diciembre de 2020, le fue aceptada la renuncia presentada al (la) señor (a) ANDRÉS CA- MILO PAEZ GÓMEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 80.202.291, a partir del treinta y uno (31) de diciembre de 2020.
Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo CNSC No. 165 de 2020, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante oficio con radicado 2-2021-7493 de fecha 1° de marzo de 2021, solicitó la respectiva autorización a la Comisión Nacional del Servicio Civil para la utilización de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC número 72876 para efectuar el nombramiento del elegible que ocupaba el décimo cuarto (14°) lugar en posición de elegibilidad.
Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Talento Humano, se evidencia que el (la) señor (a) LUZ MARLEN ORJUELA VARGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 39.657.965, reúne los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado (a) en período de prueba en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-12 • 2021 • AGOSTO • 24 12 de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dispondrá en la parte resolutiva de esta resolución nombrar en período de prueba a LUZ MARLEN ORJUELA VARGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 39.657.965, en el cargo Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 7.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 328 de 2020.
Que en mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
Artículo 8.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
RESUELVE:
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General
Artículo 1.
Nombrar en período de prueba al señor (a) LUZ MARLEN ORJUELA VARGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 39.657.965, en el empleo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 13, de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.
RESOLUCIÓN N° 428 (18 de agosto de 2021)
“Por la cual se hace un nombramiento provisional”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de las facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto Distrital 101 de 2004 y el
Artículo 2.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior, se iniciará a partir de la concertación de los compromisos y las condiciones para su cumplimiento de acuerdo con las normas vigentes; tendrá una duración de seis (6) meses de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004, al final de los cuales le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato. De ser satisfactoria la calificación se solicitará a la CNSC su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento en periodo de prueba será declarado insubsistente mediante resolución motivada.
Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1° de enero de 2020 y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital 141 del 14 de abril de 2021, se modificó la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 3.
El (la) señor (a) LUZ MARLEN ORJUELA VARGAS, identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 39.657.965, de conformidad con lo dispuesto en el 2.2.5.1.7. del Decreto Nacional 1083 de 2015, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para posesionarse, los cuales serán contados a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento en periodo de prueba.
Que la provisión de los empleos cuya naturaleza son de carrera administrativa se hará conforme a lo establecido en la Ley 909 de 2004, es decir, mediante concurso de méritos proceso que será adelantado por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).
Artículo 5.
Notificar el contenido de la presente Resolución a LUZ MARLEN ORJUELA VARGAS al correo electrónico orjuelamarlen@yahoo.com, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que los artículos 2.2.5.3.1. y 2.2.5.3.3. Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, respectivamente establecen como forma de provisión para vacancias definitivas como temporales en empleos
Artículo 6.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Secretaría General
13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-13 • 2021 • AGOSTO • 24 dirigida a los Representantes Legales y Jefes de Unidades de Personal, señala los efectos del Auto de Suspensión proferido por el Consejo de Estado, indicando que a partir del 12 de junio de 2014 no otorgará autorizaciones para proveer transitoriamente empleos de carrera a través de encargo o nombramiento provisional, mientras que dure la suspensión provisional ordenada por esa Alta Corte otorgando a las entidades la facultad legal para proveer transitoriamente sus empleos que se encuentran en vacancia definitiva o temporal. de carrera administrativa, la posibilidad de proveerlos transitoriamente mediante encargo o nombramiento en provisionalidad, en la cual la persona que se vincula bajo esta modalidad lo hace hasta que concurran causales objetivas para su terminación, como son entre otros, mientras se surte el proceso de selección, o se hace uso de la lista de elegibles, o quien tenga la titularidad de los derechos de carrera retorne al empleo que ocupa, o por sanciones disciplinarias, insubsistencia, renuncia aceptada y demás causas legales objetivas que conducen a la terminación del encargo o del nombramiento en provisionalidad, incluso antes de cumplirse su tiempo de duración como lo indica el artículo 2.2.5.3.4 de la disposición mencionada.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Circular CNSC No.003 de 11 de junio de 2014, Que, en la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. no existen funcionarios de carrera administrativa que cumplan con los requisitos y los perfiles para ser encargado, en el siguiente empleo:
No. Empleos Denominación Código Grado Dependencia OPEC Uno (1) Profesional Universitario 219 15 Dirección de Paz y Reconciliación 161109 Que, por razones de estricta necesidad del servicio, excepcionalmente se procede a realizar un nombramiento provisional, mientras se provee de manera definitiva el citado empleo.
Artículo 2.
De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, la señora DINA VANESSA VARGAS GARZÓN, tendrá diez (10) días contados a partir de la notificación de este acto administrativo, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación.
Que, revisada la hoja de vida del(a) señor(a) DINA VANESSA VARGAS GARZÓN, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.778.102, cumple con los requisitos del cargo de PROFESIONAL UNIVERSITA- RIO Código 219 Grado 15 y puede ser nombrado(a) provisionalmente.
Artículo 3.
Notificar el contenido de la presente Resolución a la señora DINA VANESSA VARGAS GARZÓN, mediante correo electrónico assenav834@ hotmail.com, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que en virtud de lo anteriormente señalado, el presente acto administrativo de nombramiento en provisionalidad se fundamenta en la temporalidad de un empleo de carrera administrativa en vacancia definitiva, razón por la cual los efectos de este acto están supeditados a la concurrencia de las causales objetivas de terminación señaladas en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Que en mérito de lo expuesto,
Artículo 4.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Paz y Reconciliación y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
RESUELVE:
Artículo 5.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 328 de 2020.
Artículo 6.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad a partir de la fecha, a la señora DINA VANESSA VARGAS GARZÓN, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 52.778.102, en el cargo de PROFESIONAL UNI- VERSITARIO Código 219 Grado 15 de la Dirección de Paz y Reconciliación, reportado con OPEC No. 161109 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., mientras se provee de manera definitiva.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-14 • 2021 • AGOSTO • 24 14 PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General RESOLUCIÓN N° 429 (18 de agosto de 2021)
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Circular CNSC No.003 de 11 de junio de 2014, dirigida a los Representantes Legales y Jefes de Unidades de Personal, señala los efectos del Auto de Suspensión proferido por el Consejo de Estado, indicando que a partir del 12 de junio de 2014 no otorgará autorizaciones para proveer transitoriamente empleos de carrera a través de encargo o nombramiento provisional, mientras que dure la suspensión provisional ordenada por esa Alta Corte otorgando a las entidades la facultad legal para proveer transitoriamente sus empleos que se encuentran en vacancia definitiva o temporal.
“Por la cual se hace un nombramiento”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Que por razones de estricta necesidad del servicio, excepcionalmente se procede a realizar un nombramiento provisional, mientras el titular del empleo se encuentre en encargo antes mencionado de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que en mérito de lo expuesto, En uso de las facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto Distrital 101 de 2004 y el
RESUELVE:
Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el Decreto de Nombramiento No. 001 del 1° de enero de 2020.
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital 141 de 2021, se modificó la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad a partir de la fecha, a la señora MARIA CAMILA RESTREPO LÓPEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.019.145.627, en el cargo de Secretario Código 440 Grado 09 de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., mientras el titular del empleo, se encuentre en encargo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta resolución
Que la provisión de los empleos cuya naturaleza son de carrera administrativa se hará conforme a lo establecido en la Ley 909 de 2004, es decir, mediante concurso de méritos proceso que se encuentra adelantando la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).
Que mientras se proveen estos empleos por concurso de méritos, la Entidad provee las vacantes definitivas y temporales de manera transitoria mediante la figura de Encargo.
Artículo 2.
De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, la señora MARIA CAMILA RESTREPO LÓPEZ, tendrá diez (10) días contados a partir de la notificación de este acto administrativo, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación.
Que mediante Resolución 209 del 21 de mayo de 2021, se encargó a la servidora pública NELCY FIERRO RUIZ, en el cargo de Profesional Universitario Código 219 Grado 01 de la Dirección de Reparación Integral, dejando temporalmente vacante el cargo Secretario código 440 grado 09, del cual es titular.
Artículo 3.
Notificar el contenido de la presente Resolución a la señora MARIA CAMILA RESTREPO LÓPEZ, mediante correo electrónico camilarestrepolopez@gmail.com, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Que, en la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. no existen funcionarios de carrera administrativa que manifiesten interés para ser encargado, en el siguiente empleo:
No. Empleos Denominación Código Grado Dependencia
Artículo 4.
Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Subdirección de Servicios Administrativos y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.
Uno (1) Secretario 440 09 Subdirección de Servicios Administrativos
Artículo 5.
El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las
15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-15 • 2021 • AGOSTO • 24 otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad. obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por la Subdirectora Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 328 de 2020.
Artículo 6.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital -CNSC- Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN N° 149 (20 de agosto de 2021)
Que, cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9747 del 19 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para proveer cuatro (4) vacante(s) definitiva(s) del empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18, identificado con el código OPEC No. 66644 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 de la Secretaría Jurídica Distrital.
“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba”
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales del artículo 23 Que el 05 de octubre de 2020, la citada lista de elegibles quedó en firme para efectuar el/los nombramientos(s) en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la(s) persona(s) que ocupa(n) un lugar de elegibilidad. de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 648 de 2017, y el articulo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el señor JULIÁN EDULFO VELANDIA LÓPEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.005.851, ocupó el puesto número tres (3) en la Resolución No. 9747 del 19 de septiembre de 2020 para proveer el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219, Grado 18, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, asignó a las Secretarías de Despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; aceptar renuncias; declarar insubsistencias y vacancias.
Que según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.
Que, en consecuencia, este Despacho mediante Resolución No. 148 del 14 de octubre de 2020 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento en provisionalidad”, realizó el nombramiento en periodo de prueba al señor JULIÁN EDULFO VELANDIA LÓPEZ, para ocupar el cargo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital, quien tomó posesión del cargo mediante Acta de Posesión No. 009 del 12 de enero del 2021 con efectividad a partir de la misma fecha.
Que mediante oficio radicado bajo el No. 1-2021-3274 de fecha 02 marzo de 2021, el servidor público JULIÁN Que así mismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2. Decreto 1083 de 2015, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efectuará, entre REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-16 • 2021 • AGOSTO • 24 16 LUIS FERNANDO LOZADA ELIZALDE manifestó que por razones profesionales no tomaría posesión del cargo PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital.
EDULFO VELANDIA LÓPEZ, presentó renuncia al cargo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital, la cual fue aceptada por este Despacho mediante Resolución No 027 del 5 de marzo de 2021 “Por la cual se acepta una renuncia”, a partir del 09 de marzo de 2021.
Que, en consecuencia, este Despacho mediante Resolución No. 125 del 2 de julio de 2021 “Por la cual se deroga la Resolución 096 del 19 de mayo de 2021 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba”, derogó el nombramiento del señor LUIS FERNANDO LOZADA ELIZALDE.
Que en cumplimiento del Acuerdo No. CNSC-013 de 20211 la Secretaría Jurídica Distrital solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil autorización para hacer uso de lista de elegibles la Resolución No. 9747 de 2020, del empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18, identificado con el código OPEC No. 66644.
Que en cumplimiento de Acuerdo No. CNSC-013 de 20212 la Secretaría Jurídica Distrital solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil autorización para hacer uso de lista de elegibles la Resolución No. 9747 de 2020, del empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 18, identificado con el código OPEC No. 66644 mediante comunicación radicada bajo el No. 2-2021-13419 del 13 de julio de 2021.
Que mediante comunicación radicada bajo el No 1-2021-7965 de fecha 6 de mayo de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó a la Secretaría Jurídica Distrital hacer uso directo de listas de elegibles para la provisión de una (1) vacante del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18, identificado con la OPEC No 66644, con el elegible que ocupo el quinto lugar en de la Resolución 9747 de 2020 el señor LUIS FERNANDO LOZADA ELIZALDE, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.019.022.685.
Que mediante comunicación radicada bajo el No. 1-2021-15070 de fecha 9 de agosto de 2021 la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó a la Secretaría Jurídica Distrital hacer uso directo de listas de elegibles para la provisión de una (1) vacante del empleo PRO- FESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 18, identificado con código OPEC 66644, con el elegible que ocupo el sexto lugar en la lista de elegibles de la Resolución No. 9747 de 2020, el señor JUAN SEBAS- TIÁN CEPEDA SALAMANCA, identificado con cédula de ciudadanía No 1.015.428.663 Que, en consecuencia, este Despacho mediante Resolución 096 del 19 de mayo de 2021 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba”, realizó el nombramiento en periodo de prueba del señor LUIS FERNANDO LOZADA ELIZALDE, para ocupar el cargo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219 Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar al señor JUAN SEBASTIÁN CEPEDA SALAMANCA, en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo, finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsistente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.
Que mediante comunicación radicada bajo el No. 2-2021-9785 del 26 de mayo de 2021, fue comunicado el acto administrativo Resolución No. 096 del 19 de mayo de 2021 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba”, al señor LUIS FERNANDO LOZADA ELIZALDE en el cargo PROFESIONAL UNI- VERSITARIO Código 219, Grado 18 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital, quien mediante comunicación radicada bajo el No 1-2021-11192 del 10 de junio de 2021 aceptó el nombramiento, por consiguiente, esta Entidad mediante comunicación radicada bajo No 2-2021-10928 del 10 de junio de 2021 estableció como fecha de posesión el 25 de junio de 2021.
Que mediante comunicación escrita radicada bajo el No. 1-2021-12285 del 25 de junio de 2021, el señor Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de 1 “Por el cual se deroga el numeral 8 del artículo 2 y se modifican los numerales 1, 2 y 3 del artículo 8 del Acuerdo No. CNSC-0165 de 2020 “Por el cual se reglamenta la conformación, organización y manejo del Banco Nacional de Listas de Elegibles para el Sistema General de Carrera y Sistemas Específicos y Especiales de Origen Legal en lo que les aplique”
2 “Por el cual se deroga el numeral 8 del artículo 2 y se modifican los numerales 1, 2 y 3 del artículo 8 del Acuerdo No. CNSC-0165 de 2020 “Por el cual se reglamenta la conformación, organización y manejo del Banco Nacional de Listas de Elegibles para el Sistema General de Carrera y Sistemas Específicos y Especiales de Origen Legal en lo que les aplique”
17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-17 • 2021 • AGOSTO • 24
Artículo 6.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones. mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Que en consecuencia es procedente efectuar el nombramiento en periodo de prueba.
WILLIAM MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital
RESUELVE:
SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN N° SDH-000523 (20 de agosto de 2021)
“Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA
Artículo 1.
Nombrar en periodo de prueba al señor JUAN SEBASTIÁN CEPEDA SALAMANCA, identificado con cédula de ciudadanía No 1.015.428.663, para desempeñar el empleo de PROFESIONAL UNIVER- SITARIO Código 219, Grado 18, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66644 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, el Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 5º de la ley 909 de 2004 señala la clasificación de los empleos, disponiendo como una de las excepciones a los de carrera administrativa, aquellos de libre nombramiento y remoción.
Artículo 2.
El periodo de prueba al que se refiere el artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente a la posesión en el cargo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC.
Parágrafo. Si no se supera el período de prueba, una
vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establecen que las vacantes definitivas de los empleos de libre nombramiento y remoción, serán provistas mediante nombramiento ordinario, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del cargo.
Artículo 3.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017, el señor JUAN SEBASTIÁN CEPEDA SALAMANCA tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.
Que el empleo de libre nombramiento y remoción denominado Jefe de Oficina Código 006, Grado 03 ubicado en la Oficina de Planeación Financiera de la Dirección Distrital de Tesorería, de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda, se encuentra vacante de manera definitiva; por tanto, debe ser provisto con una persona que cumpla con los requisitos exigidos para su desempeño, los cuales se encuentran señalados en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 4.
El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Distrital 328 del 29 de diciembre de 2020.
Que mediante memorando No. 2021IE014312O1 del 30 de julio de 2021, suscrito por el Secretario Distrital de Hacienda se solicitó en la Subdirección del Talento Humano, el nombramiento ordinario del señor DAVID
Artículo 5.
Comunicar a los interesados el contenido de la presente Resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-18 • 2021 • AGOSTO • 24 18 RESOLUCIÓN N° SDH-000524 (20 de agosto de 2021)
“Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario y se termina un encargo”
EDUARDO ARANA GALVIS, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.070.918.829 en el cargo de libre nombramiento y remoción denominado Jefe de Oficina Código 006, Grado 03 ubicado en la Oficina de Planeación Financiera de la Dirección Distrital de Tesorería.
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, el Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la certificación de cumplimiento de requisitos del 19 de agosto de 2021, expedida por la Subdirección del Talento Humano (E), del señor DAVID EDUARDO ARANA GALVIS, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.070.918.829, cumple con los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado en el empleo denominado Jefe de Oficina Código 006, Grado 03 ubicado en la Oficina de Planeación Financiera de la Dirección Distrital de Tesorería, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que el artículo 5º de la ley 909 de 2004 señala la clasificación de los empleos, disponiendo como una de las excepciones a los de carrera administrativa, aquellos de libre nombramiento y remoción.
Que, en el presupuesto de gastos e inversiones de la Entidad para la vigencia fiscal en curso, existe apropiación presupuestal disponible en los rubros de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina, para respaldar las obligaciones del referido empleo.
En mérito de lo expuesto, Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establecen que las vacantes definitivas de los empleos de libre nombramiento y remoción, serán provistas mediante nombramiento ordinario, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del cargo.
RESUELVE:
Artículo 1.
Nombrar al señor DAVID EDUARDO ARANA GALVIS, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.070.918.829, en el empleo de libre nombramiento y remoción denominado Jefe de Oficina Código 006, Grado 03 ubicado en la Oficina de Planeación Financiera de la Dirección Distrital de Tesorería, de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que el empleo de libre nombramiento y remoción denominado Jefe de Oficina Código 006, Grado 03 ubicado en la Oficina de Gestión de Pagos de la Dirección Distrital de Tesorería, de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda, se encuentra vacante de manera definitiva; por tanto, debe ser provisto con una persona que cumpla con los requisitos exigidos para su desempeño, los cuales se encuentran señalados en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 2.
El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
Artículo 3.
Comunicar el contenido de la presente resolución a DAVID EDUARDO ARANA GALVIS, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.070.918.829.
Artículo 4.
La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Que mediante memorando No. 2021IE015567O1 del 18 de agosto de 2021, suscrito por el Secretario Distrital de Hacienda se solicitó en la Subdirección del Talento Humano, el nombramiento ordinario de la señora KATHERINE PAOLA FONTALVO JARAMILLO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.927.614 en el cargo de libre nombramiento y remoción denominado Jefe de Oficina Código 006, Grado 03 ubicado en la Oficina de Gestión de Pagos de la Dirección Distrital de Tesorería.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda Que de conformidad con la certificación de cumplimiento de requisitos del 18 de agosto de 2021, expedida por la Subdirección del Talento Humano (E), de la señora KATHERINE PAOLA FONTALVO JARAMILLO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.927.614, 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-19 • 2021 • AGOSTO • 24 Grado 21, ubicado en la Oficina de Gestión de Pagos de la Dirección Distrital de Tesorería. cumple con los requisitos y el perfil requerido para ser nombrada en el empleo denominado Jefe de Oficina Código 006, Grado 03 ubicado en la Oficina de Gestión de Pagos de la Dirección Distrital de Tesorería, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 3.
El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
Que, en el presupuesto de gastos e inversiones de la Entidad para la vigencia fiscal en curso, existe apropiación presupuestal disponible en los rubros de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina, para respaldar las obligaciones del referido empleo.
Artículo 4.
Comunicar el contenido de la presente resolución a KATHERINE PAOLA FONTALVO JA- RAMILLO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.927.614 y a IRMA LUCÍA HIDALGO URREGO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.713.037.
Artículo 5.
La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda Que mediante Resolución No. DGC-000668 del 30 de julio de 2021, se encargó en empleo de Jefe de Oficina Código 006, Grado 03 ubicado en la Oficina de Gestión de Pagos de la Dirección Distrital de Tesorería a la señora IRMA LUCÍA HIDALGO URREGO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.713.037 quien ocupa el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 21, ubicado en la Oficina de Gestión de Pagos de la Dirección Distrital de Tesorería, desde el 2 de agosto de 2021 y hasta 31 de agosto de 2021 o hasta que sea provisto de manera definitiva el cargo.
RESOLUCIÓN N° SDH-000525 (23 de agosto de 2021)
“Por la cual se realizan unos nombramientos en Que conforme a lo anterior, se hace necesario terminar el encargo y proceder a la provisión definitiva del empleo de Jefe de Oficina Código 006, Grado 03 ubicado en la Oficina de Gestión de Pagos de la Dirección Distrital de Tesorería. periodo de prueba”
En mérito de lo expuesto, EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA
RESUELVE:
En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Artículo 1.
Nombrar a la señora KATHERINE PAOLA FONTALVO JARAMILLO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.927.614, en el empleo de libre nombramiento y remoción denominado Jefe de Oficina Código 006, Grado 03 ubicado en la Oficina de Gestión de Pagos de la Dirección Distrital de Tesorería, de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.
Artículo 2.
Como consecuencia de lo anterior, dar por terminado, a partir de la fecha de la posesión de la señora KATHERINE PAOLA FONTALVO JARAMI- LLO, el encargo de la señora IRMA LUCÍA HIDALGO URREGO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.713.037 en el empleo de Jefe de Oficina Código 006, Grado 03 ubicado en la Oficina de Gestión de Pagos de la Dirección Distrital de Tesorería, realizado mediante la Resolución No. DGC-000668 del 30 de julio de 2021, quien continuará desempeñando el cargo titular de Profesional Especializado Código 222
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-20 • 2021 • AGOSTO • 24 20 No. CNSC – 20192130118195 del 28 de noviembre de 2019 de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.
Que mediante los Decretos Distritales 600 y 601 de 2014, éste último modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la planta de cargos y la nueva estructura de la entidad, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que mediante Resolución No. SDH-000455 del 21 de octubre de 2020, se derogó por no aceptación los nombramientos en periodo de prueba efectuados mediante Resolución SDH- 000598 del 23 de diciembre de 2020 de CLAUDIA EMIRNA MOSQUERA GARZON quién ocupó el primer (1) puesto, DIANA JAZMIN NIETO SOTO quién ocupó el puesto diez (10), CARLOS JE- SUS GÓMEZ LIDUEÑA quién ocupó el puesto once (11), SERGIO ANDRÉS ÁNGEL LÓPEZ quién ocupó el puesto doce (12) y a NICOLAS SIMBAQUEBA MORENO quién ocupó el puesto dieciocho (18) según Resolución No. CNSC – 20192130118195 del 28 de noviembre de 2019.
Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 542 de 2015, mediante el cual se convocó a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015 – SDH.
Que mediante Resolución No. SDH-000086 del 10 de febrero de 2021, se nombraron en periodo de prueba a la señora JOHANNA ALEXANDRA AREVALO MORENO, identificada con cedula de ciudadanía No. 1.121.832.962 quien ocupó la posiciono veintiséis (26), la señora SINDY MARCELA CIFUENTES AREVALO identificada con cédula de ciudadanía No. 53.140.666, quien ocupó el puesto veintisiete (27), a la señora MA- RIELA BRICEÑO CAMACHO identificada con cédula de ciudadanía No. 52.842.833, quien ocupó el puesto veintiocho (28), a la señora YANETH AURORA GO- MEZ MELO identificada con cédula de ciudadanía No. 52.296.835, quien ocupó el puesto veintinueve (29) y el señor DIEGO ALEJANDRO SUAREZ VILLALBA identificado con cédula de ciudadanía No. 1.018.432.792, quien ocupó el puesto veintinueve (29) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130118195 del 28 de noviembre de 2019.
Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria No. 328 de 2015, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del referido Acuerdo 542 de 2015, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC – 20192130118195 del 28 de noviembre de 2019, “Por la cual se conforma la lista de elegibles para proveer veinticinco (25) vacantes del empleo de carrera identificado con código OPEC No. 213100, denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 01, del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015-SDH”.
Que mediante Resolución No. SDH-000256 del 12 de abril de 2021, respectivamente, se derogaron los nombramientos en periodo de prueba efectuados a través de la Resolución No. SDH-000598 del 23 de diciembre de 2019 de CLAUDIA EMMA LUCIA OSORIO LOPEZ quién ocupó la cuarta (4) posición, NESTOR JAVIER CORTES CORTES quién ocupó la sexta (6) posición, JAVIER ANTONIO VERA CRUZ quien ocupo la posición séptima (7), y SAMUEL DARlO IBAÑEZ ZABALA quien ocupó la posición catorce (14) conformada mediante Resolución No. CNSC – 20192130118195 del 28 de noviembre de 2019.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio radicado N°. 20192130752431, de fecha del 9 de diciembre de 2019, informó a la Secretaría Distrital de Hacienda que las listas de elegibles correspondientes al Grupo II, ya se encuentran en firme.
Que mediante Resolución No. SDH-000598 del 23 de diciembre de 2019, se nombraron los 25 primeros elegibles de la lista conformada mediante Resolución Que mediante Resolución No. SDH-000378 del 08 de junio de 2021, se nombraron en periodo de prueba al señor BLADIMIR GRUESO GRUESO identificado con cédula de ciudadanía No. 10.388.560, quien ocupó el puesto treinta (30) y al señor JUAN CAMILO CRUZ PALOMO, identificado con cedula de ciudadanía No. 1.030.589.642 quien ocupó el puesto treinta y uno (31) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-21 • 2021 • AGOSTO • 24 No. CNSC - 20192130118195 del 28 de noviembre de 2019.
Que mediante oficio con Radicado Nro. 2021EE046250O1 del 15 de abril de 2021 la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, autorización para el uso de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 213100.
“(…) La Comisión Nacional del Servicio Civil procedió a realizar el correspondiente estudio técnico de viabilidad de uso directo de listas de elegibles, cuyo resultado se encuentra en la certificación del analista de fecha 23 de abril de 2021, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, tal y como lo certifica el Director de Administración de Carrera Administrativa en la misma fecha, concluyendo que:(…)
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil otorgó respuesta mediante oficio con Radicado Nro. 20211020602371 del 29 de abril de 2021, cuyo asunto es: “Autorización uso directo de elegibles (Sin Cobro) para proveer algunas vacantes del empleo ofertado en la Convocatoria Nro. 328 de 2015- SDH”, autorizó el uso de la lista en los siguientes términos:
Para la provisión de cuatro (4) vacantes en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 213100, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 01, es posible hacer uso de la lista de elegibles, con los elegibles que se relaciona a continuación:
POSICIÓN EN LA LISTA RESOLUCIÓN ENTIDAD EMPLEO PUNTAJE CÉDULA NOMBRE FIRMEZA 32 20192130118195 del 28 de noviembre de 2019 SDH 213100 77,80 1069738411 Tatiana Yeraldin Galindo Cano 9 de diciembre de 2019 77,80 1047389970 Elsa Margarita Nagles Castellon Que mediante correo electrónico dirigido a la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, el día 25 de junio de 2021, la elegible TATIANA YERALDIN GALINDO CANO, remitió los siguientes documentos así: Certificado electoral votaciones octubre 2019, Resultados consolidados OPEC 213100, Copia resultados individuales OPEC 213100 y copia de cedula de ciudadanía.
Vale la pena indicar, que en la posición treinta y dos (32) se encuentran ubicados tres elegibles, las señoras TATIANA YERALDIN GALINDO CANO, KAREN TATIANA ROSADA SANCHEZ y ELSA MARGARITA NAGLES CASTELLON quienes obtuvieron el mismo puntaje, razón por la cual la Entidad deberá dar aplicación a los criterios de desempate establecidos en el artículo 11° del Acuerdo Nro. 0165 de 2020, expedido por la CNSC e informar el resultado de dicho proceso.
(…)”
Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar a las elegibles que ocuparon el puesto treinta (32) de la lista de elegibles.
Que teniendo en cuenta que se encontraban tres elegibles en la misma posición para nombrar en dos cargos, la Subdirección del Talento Humano, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 57 del Acuerdo No. 0542 del 2015 de la CNSC, solicitó mediante Radicados Nos. 2021EE101593O1, 2021EE101629O1 y 2021EE102370O1 del 23 de junio de 2021, allegar los documentos para realizar el proceso de desempate entre las elegibles que ocuparon el puesto treinta y dos (2) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC - 20192130118195 del 28 de noviembre de 2019.
Que la señora TATIANA YERALDIN GALINDO CANO identificada con cédula de ciudadanía No. 1.069.738.411, ocupó el puesto treinta y dos (32) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130118195 del 28 de noviembre de 2019, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 01, asignado a la Oficina de Gestión del Servicio, por lo cual es procedente su nombramiento.
Que mediante correo electrónico dirigido a la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, el día 25 de junio de 2021, la elegible KAREN TATIANA ROSADA SANCHEZ, identificada con cedula de ciudadanía No. 53. 054.857, manifestó que no se encuentra interesada en el empleo de la OPEC 213100, ofertado dentro de la Convocatoria 328 de 2015.
Que la señora ELSA MARGARITA NAGLES CAS- TELLON, identificada con cedula de ciudadanía No. 1.047.389.970 ocupó el puesto treinta y dos (32) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130118195 del 28 de noviembre de 2019, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-22 • 2021 • AGOSTO • 24 22 219 Grado 01, asignado a la Oficina de Gestión del Servicio, por lo cual es procedente su nombramiento. del Servicio, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.
Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de la señora TATIANA YERALDIN GALINDO CANO y de la señora ELSA MARGARITA NAGLES CASTELLON, determinando que cumplen con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias de la entidad para el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 01, de la Oficina de Gestión del Servicio, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.
Artículo 2.
Nombrar en período de prueba a la señora ELSA MARGARITA NAGLES CASTELLON, identificada con cedula de ciudadanía No. 1.047.389.970 quien ocupó el puesto treinta y dos (32) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC - 20192130118195 del 28 de noviembre de 2019 bajo la OPEC 213100, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 01, asignado a la Oficina de Gestión del Servicio, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 3.
El período de prueba a que se refiere los artículos anteriores tendrán una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.
Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”
Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.
Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen General, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”
En mérito de lo expuesto,
Artículo 4.
De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, la señora TATIANA YERALDIN GALINDO CANO y la señora ELSA MAR- GARITA NAGLES CASTELLON, tendrán diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si aceptan el nombramiento y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación del nombramiento.
RESUELVE:
Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.
Artículo 5.
Comunicar el presente acto administrativo por parte de la Subdirección del Talento Humano a la señora TATIANA YERALDIN GALINDO CANO identificada con cédula de ciudadanía No. 1.069.738.411 y la señora ELSA MARGARITA NAGLES CASTE-
Artículo 1.
Nombrar en período de prueba a la señora TATIANA YERALDIN GALINDO CANO identificada con cédula de ciudadanía No. 1.069.738.411, quien ocupó el puesto treinta y dos (32) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130118195 del 28 de noviembre de 2019 bajo la OPEC 213100, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 01, asignado a la Oficina de Gestión
23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-23 • 2021 • AGOSTO • 24 LLON, identificado con cedula de ciudadanía No. 1.047.389.970 la planta de cargos y la nueva estructura de la entidad, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 542 de 2015, mediante el cual se convocó a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015 – SDH.
Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN N° SDH-000526 (23 de agosto de 2021)
“Por la cual se realizan unos nombramientos en periodo de prueba”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria No. 328 de 2015, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del referido Acuerdo 542 de 2015, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados. de 2015, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC – 20172130009975 del 15 de febrero de 2017, “Por la cual se conforma y adopta la lista de elegibles para proveer una (1) vacante del empleo de carrera identificado con código OPEC No. 213008, denominado Técnico Operativo Código 314 Grado 17, del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015-SDH.”, la cual adquirió firmeza el 26 de marzo de 2019.
Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio radicado No. 20192130651621, de fecha 30 de octubre de 2019, informó a la Secretaría Distrital de Hacienda que las listas de elegibles correspondientes a los Grupos III y IV, en su mayoría ya se encuentran en firme.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.
Que mediante Resolución No. SDH-000350 del 13 de noviembre de 2019, se nombró en periodo de prueba a 1 elegible que ocupó la posición 1, de la lista conformada por la Resolución No. CNSC- 20172130009975 del 15 de febrero de 2017, en el cargo de Técnico Operativo Código 314 Grado 14, de la Subdirección Administrativa y Financiera de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que mediante Resolución No. SHD-000320 del 05 de agosto de 2020, se derogó el nombramiento en periodo de prueba realizado mediante la Resolución No. SDH Que mediante los Decretos Distritales 600 y 601 de 2014, éste último modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-24 • 2021 • AGOSTO • 24 24
- 000350 de 13 de noviembre de 2019, a la señora DIANA PAOLA ZAQUE FERNANDEZ y se nombró en periodo de prueba al elegible RAUL ANTONIO DIAZ ARENAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.752.834, quien ocupó el puesto dos (2) de la referida lista de elegibles, quien tomó posesión del empleo el 14 de septiembre de 2020.
20211020440731 del 19 de marzo de 2021, y señaló: “En atención a su inquietud, sobre el uso de las listas de elegibles posterior a la vigencia de las mismas, es oportuno aclarar que, si una solicitud de uso de lista de elegibles se realiza por parte de la Entidad dentro del plazo de la vigencia de ésta, es viable adelantar el trámite administrativo correspondiente, comoquiera que esta Comisión Nacional a efectos de formalizar el estudio técnico pertinente de uso de lista, verifica que la vacancia definitiva se haya presentado dentro de la vigencia, la cual en sentido legal, se finaliza a la media noche del último día de los dos (2) años otorgados por la Ley.
Que el artículo 6 de la Ley 1960 de 2019, modificó el numeral 4 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004 y señaló: “ 4. Con los resultados de las pruebas la Comisión Nacional del Servicio Civil o la entidad contratada por delegación de aquella elaborará en estricto orden de mérito la lista de elegibles que tendrá una vigencia de dos (2) años. Con esta y en estricto orden de méritos se cubrirán las vacantes para las cuales se efectuó el concurso y las vacantes definitivas de cargos equivalentes no convocados, que surjan con posterioridad a la convocatoria de concurso en la misma Entidad.”
Por lo anterior, si la vacancia definitiva se generó estando vigente la lista de elegibles, pero el lleno de los requisitos para la solicitud de uso de lista y su trámite se produjo ya expirado el término de los dos (2) años de vigencia, corresponde a la CNSC autorizar su uso y a la Entidad realizar el nombramiento en período de prueba, toda vez que una posición contraria, desconocería principios fundamentales y vulneraría los derechos adquiridos por el aspirante…”
Que, atendiendo el lineamiento anterior otorgado por la CNSC, es procedente el uso de la Lista de Elegibles, teniendo en cuenta que las vacantes definitivas del empleo correspondiente a la OPEC 213008 se generó estando vigente la referida lista.
Que en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero de 2020 y el 6 de agosto de 2020 expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante oficio con Radicado Nro. 2021EE018616O1 del 18 de febrero de 2021 la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, autorización para el uso de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 212805, para proveer vacantes correspondientes a “mismos empleos”
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil el 16 de enero de 2020 expidió el Criterio Unificado sobre el uso de listas de elegibles en contexto de la Ley 1960 de 2019 del 16 de enero de 2020 y complementado con el Criterio Unificado del 6 de agosto de 2020, que al respecto estableció: “(…) las listas de elegibles conformadas por la CNSC y aquellas que sean expedidas en el marco de los procesos de selección aprobados con anterioridad al 27 de junio de 2019, deberán usarse durante su vigencia para proveer las vacantes de los empleos qua integraron la Oferta Pública de Empleos de Carrera -OPEC- de la respectiva convocatoria y para cubrir nuevas vacantes que se generen con posterioridad y que correspondan a los “mismos empleos” entiéndase, con igual denominación, código, grado, asignación básica mensual, propósito, funciones, ubicación geográfica y mismo grupo de aspirantes; criterios con los que en el proceso de selección se identifica el empleo con un número de OPEC(…)”
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio con Radicado Nro. 20211020626741 del 05 de mayo de 2021, cuyo asunto es “Autorización uso de listas de elegibles para proveer algunas vacantes correspondientes a “mismos empleos” en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero de 2020”, autorizó el uso de la lista en los siguientes términos:
Que la Secretaría Distrital de Hacienda, identificó dos (2) vacantes correspondientes a características del mismo empleo al identificado con la OPEC No. 213008, denominado Tecnico Operativo, Código 314, Grado 17, del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, el cual será provisto con la lista de elegible conformada mediante Resolución No. CNSC – 20172130009975 del 15 de febrero de 2017.
Que mediante oficio con Radicado Nro. 2021EE033731O1 del 17 de marzo de 2021, la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, lineamiento sobre el uso de las listas de elegibles posterior a la fecha de la vigencia de las mismas.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil otorgó respuesta mediante oficio con Radicado Nro.
“(…) esta Comisión Nacional procedió a realizar el correspondiente estudio técnico de viabilidad de uso directo de lista de elegibles, cuyo resultado se encuentra en la certificación del analista de fecha 05 de mayo de 2021, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 20151, tal y como lo certifica el Director de Administración de Carrera Administrativa en la misma fecha, concluyendo que:
25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-25 • 2021 • AGOSTO • 24 (…)
- Para la provisión de dos (2) vacantes del empleo identificado con el Código OPEC Nro. 213008 denominado Técnico Operativo, Código 314, Grado 17, es posible hacer uso de la lista de elegibles, con los elegibles que se relacionan a continuación:
POSICIÓN EN LA LISTA RESOLUCIÓN ENTIDAD EMPLEO PUNTAJE CÉDULA NOMBRE FIRMEZA SDH 213008 73,25 11201117 Héctor Mauricio Delgado Mora 26 de marzo de 2019 4 72,61 79239504 Álvaro Jaime Valderrama Castro 3 20172130009975 del 15 de febrero de 2017 (…) ”
Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar a los elegibles que ocuparon el puesto tres (3) y el puesto cuatro (4) de la lista de elegibles.
En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”
Que el señor HÉCTOR MAURICIO DELGADO MORA, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.201.117 ocupó el tercer (3) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC –20172130009975 del 15 de febrero de 2017, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo Código 314 Grado 17, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección Administrativa y Financiera de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.
Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen general, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”
Que en mérito de lo expuesto:
Que el señor ÁLVARO JAIME VALDERRAMA CAS- TRO, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.239.504 ocupó el cuarto (4) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC –20172130009975 del 15 de febrero de 2017, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo Código 314 Grado 17, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección Administrativa y Financiera, por lo cual es procedente su nombramiento.
RESUELVE:
Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación del señor HÉCTOR MAURICIO DELGADO MORA y el señor ÁLVARO JAIME VALDERRAMA CASTRO, determinando que cumplen con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Técnico Operativo Código 314 Grado 17, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.
Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “…
Artículo 1.
Nombrar en período de prueba a HÉCTOR MAURICIO DELGADO MORA, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.201.117 quien ocupó el tercer (3) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC –20172130009975 del 15 de febrero de 2017, bajo el código OPEC 213008, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo Código 314 Grado 17, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección Administrativa y Financiera, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-26 • 2021 • AGOSTO • 24 26
Artículo 6.
Comunicar el presente acto administrativo por parte de la Subdirección del Talento Humano a los señores HÉCTOR MAURICIO DELGADO MORA, identificado con cédula de ciudadanía No. 11.201.117 y ÁLVARO JAIME VALDERRAMA CASTRO, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.239.504.
Artículo 7.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Artículo 2.
Nombrar en período de prueba a ÁLVARO JAIME VALDERRAMA CASTRO, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.239.504 quien ocupó el cuarto (4) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC –20172130009975 del 15 de febrero de 2017, bajo el código OPEC 213008, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Técnico Operativo Código 314 Grado 17, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Subdirección Administrativa y Financiera, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN N° DCO-029308 (20 de agosto de 2021)
Artículo 3.
El período de prueba a que se refiere los artículos anteriores tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.
“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”
EL JEFE DE LA OFICINA DE LA OFICINA DE GESTIÓN DEL SERVICIO Y NOTIFICACIONES DE LA DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020. las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014 para la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal y el artículo 4 del Decreto 834 de 2018 para la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.
CONSIDERANDO:
Artículo 4.
Los señores HÉCTOR MAURICIO DEL- GADO MORA y ÁLVARO JAIME VALDERRAMA CASTRO, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017 tendrán diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si aceptan el nombramiento; y posteriormente tendrán diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.
Que en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.
Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.
Artículo 5.
El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB y/o sus dependencias.
27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-27 • 2021 • AGOSTO • 24 Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la publicación del presente aviso, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.
Que conforme a lo dispuesto en el literal g) del artículo 4 del Decreto Distrital 834 de diciembre de 2018, corresponde a la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Cobro - DCO y/o sus dependencias.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No 4.
OFICINA TIPO DE ACTO DEPURACIÓN DE CARTERA RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN A SOLI- CITUD DE PARTE Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en el Anexo No.3, y Anexo No.4 que fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.
Que en consideración a lo expuesto,
RESUELVE:
Contra el acto administrativo mencionado procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Depuración de Cartera de la Dirección Distrital de Cobro, ubicada en la Carrera 30 N° 25 - 90 piso 4, dentro de los dos (2) meses siguientes a esta publicación.
Artículo 1.
Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en el Anexo No.3 y Anexo No. 4, que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.
La atención referente a los procesos de la Dirección Distrital de Impuestos será efectuada en la Carrera 30 N°25 - 90 piso 4., aquellos correspondientes a la Dirección Distrital de Cobro en la misma dirección
Artículo 4.
Esta Resolución rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Artículo 2.
Los Actos administrativos a publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No.3 con 2 registros, y Anexo No. 4 con 8 registros, total número de registros 10.
Artículo 3.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No 3:
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
OFICINA TIPO DE ACTO COBRO ESPECIALIZADO RESOLUCIÓN DE MANDAMIENTO DE PAGO EDWIN FERNANDO CARDENAS PITA Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-28 • 2021 • AGOSTO • 24 28 DEVOLUCIÓN SECRETARÍA DE HACIENDA DEVOLUCIÓN CAUSAL DE CACIÓN FECHA DE CONTRIBUYENTE TIPO DE IMPUESTO FECHA DEL ACTO DIRECCIÓN DE NOTIFI- de la Dirección Distrital de Cobro.
EDWIN FERNADO CARDENAS PITA NOTIFICACIÓN POR AVISO DO IDENTIFICACIÓN DEL Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones Que la notificación del mandamiento de pago enviada por correo fue devuelta.
Que una vez surtida la citación el deudor no compareció a surtir la notificación personal.
ANEXO No. 3 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-029308 DE 20 DE AGOSTO DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO El Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones de la Dirección Distrital de Cobro, hace saber:
Tributario Nacional y el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por publicación sobre este hecho a:
En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 140 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y en concordancia con el artículo 826 del Estatuto DCO003076 2021EE020576O1 202101274300038432 JULIAN MAURICIO REAL ACEVEDO 80180035 PREDIAL 25/02/2021 CL 183B 8 29 10/05/2021 NO RESIDE DCO002893 2021EE020593O1 202101274300037116 ALDEMAR TIRADO TIRADO 79153505 PREDIAL 25/02/2021 CL 185A 15 39 11/05/2021 CERRADO Que los contribuyentes que se relacionan a continuación, están siendo ejecutados por la Oficina de Cobro Especializado de la Subdirección de Cobro Tributario No. RESOLUCIÓN No. CORDIS No. DE EXPEDIENTE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O APODERA- Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional. La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Carrera 6 No. 14-98 piso 3 torre A.
29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-29 • 2021 • AGOSTO • 24 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN SECRETARÍA DE HACIENDA DE FECHA DEVOLUCIÓN 1304 04/06/2021 DESCONOCIDO PI 12 20/04/2021 REHUSADO NOTIFICACIÓN 364/TO 3 ALTILLOS DE SUBA l 19/04/2021 DESCONOCIDO PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO A SOLICITUD DE PARTE 29/03/2021 2018 AC 3 54 40 19/04/2021 CERRADO A SOLICITUD DE PARTE 21/05/2021 2015 CL 1H 38 D 43 04/05/2021 NO RESIDE A SOLICITUD DE PARTE 05/03/2021 2014 CL 72 10 70 TOA A SOLICITUD DE PARTE 25/03/2021 2014, 2015 CL 137 85 76 AP A SOLICITUD DE PARTE 29/05/2021 2013, 2014 CL 144 13 41 PH A SOLICITUD DE PARTE 21/05/2021 2015 CL 1H 38 D 43 04/05/2021 NO RESIDE A SOLICITUD DE PARTE 29/03/2021 2014, 2015, 2016 CL 23G 109 51 IN 2 19/04/2021 CERRADO A SOLICITUD DE PARTE 29/03/2021 2015, 2016 CL 23G 109 51 IN 2 19/04/2021 CERRADO PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA DE TIPO IMPUESTO siguientes a esta publicación.
DEL EDWIN FERNANDO CARDENAS PITA IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones DUEÑAS 1714079 PREDIAL AAA0038JWWF RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN CUERVO 88200301 VEHÍCULO TGV589 RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN APODERADO NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O DE GERMÁN ROJAS REINA 17184053 PREDIAL AAA0037HNYX RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN ciona a continuación, las actuaciones administrativa objeto de la presente publicación.
ANEXO No. 4 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-029308 DE 20 DE AGOSTO DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO El Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones de la Dirección Distrital de Cobro, hace saber:
EXPEDIENTE CORDIS No. DE En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
No.
DCO003928 2021EE027790O1 201403100100087000 CRYSTIAN ALBERTO PEÑA NAVIA 80117944 VEHÍCULO HJW549 RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO005181 2021EE039199O1 202102229000001000 JOSE MARIO FERNÁNDEZ DCO016858 2021EE068638O1 202105109000001000 MARIA TERESA LONDOÑO LOAIZA 41559900 PREDIAL AAA0037HNYX RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO005122 2021EE037821C1 201703200304015000 RAMÓN EDUARDO ORTEGA DCO019332 2021EE078720O1 201901100100007000 RODOLFO RAMOS SANCHEZ 8357808 PREDIAL AAA0206KFKC RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO016858 2021EE068638O1 202105109000001000 HEREDEROS INDETERMINADOS DCO005184 2021EE039237O1 2018011001122060000 ANGIE TATIANA ABRIL SÁENZ 1016014213 PREDIAL AAA0077KWXR RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO005184 2021EE039237O1 2018011001122060000 ANGIE TATIANA ABRIL SÁENZ 1016014213 PREDIAL AAA0077KWZM RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Depuración de Cartera de la Di- RESOLUCIÓN No. rección Distrital de Cobro y la Subdirección de Cobro Tributario según corresponda, ubicada en la Carrera 6 No. 14-98 piso 3 torre A, dentro de los dos (2) meses Que el Jefe de la Oficina de Depuración de Cartera de la Dirección Distrital de Cobro de la Dirección Distrital de Cobro profirieron para el contribuyente que se rela- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-30 • 2021 • AGOSTO • 24 30 RESOLUCIÓN N° DCO-031860 se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Cobro - DCO y/o sus dependencias.
(20 de agosto de 2021)
“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en el Anexo No.2, que fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.
EL JEFE DE LA OFICINA DE LA OFICINA DE GESTIÓN DEL SERVICIO Y NOTIFICACIONES Que en consideración a lo expuesto, DE LA DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO
RESUELVE:
En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y
Artículo 1.
Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en el Anexo No.2, que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.
las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014 para la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal y el artículo 4 del Decreto 834 de 2018 para la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del
Artículo 2.
Los Actos administrativos a publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 2 con 7 registros, total número de registros 7.
Acuerdo 469 de 2011.
Artículo 3.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No 2:
CONSIDERANDO:
OFICINA TIPO DE ACTO RESOLUCIÓN FACILIDAD DE PAGO COBRO GENERAL RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE PROCESO Que en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.
Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
Artículo 4.
Esta Resolución rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB y/o sus dependencias.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
EDWIN FERNANDO CARDENAS PITA Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones Que conforme a lo dispuesto en el literal g) del artículo 4 del Decreto Distrital 834 de diciembre de 2018, corresponde a la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones notificar los actos administrativos que 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-31 • 2021 • AGOSTO • 24 LUCIÓN CAUSAL DE DEVO- SECRETARÍA DE HACIENDA DE FECHA DEVOLUCIÓN AP 201 19/6/2020 Rehusado AP 202 19/6/2020 Desconocido NOTIFICACIÓN DG 77B 116 51 IN 12 PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE 5 y 6- 2010-1, 2, 3, 4, 5 y 6 -2011-1, 2, 3, 4 y 5 2008-1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7-2009-1, 2, 3, 4, DEL ACTO FECHA TIPO PROCESO 05/06/2020 PROCESO 02/06/2020 2005, 2007 KR 17 18 50 19/6/2020 No reside PROCESO 18/05/2020 2013, 2014 KR 69 H 65 36 19/6/2020 No reside PROCESO 18/05/2020 2012, 2013 KR 69 H 65 36 19/6/2020 No reside PROCESO 10/06/2020 2008 CL 106 19A 18 DE ACTO ARIA PLACA - CHIP Y/O INMOBILI- MATRICULA DE TIPO IMPUESTO EDWIN FERNANDO CARDENAS PITA DEL NOTIFICACIÓN POR AVISO YENTE CACIÓN IDENTIFI- CONTRIBU administrativas objeto de la presente publicación.
Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones ZARATE 79918375 ICA 79.918.375 RESOLUCIÓN TERMINACIÓN DE RODRIGUEZ 39546179 PREDIAL AAA0118JJKL RESOLUCIÓN TERMINACIÓN DE RODRIGUEZ 39546179 PREDIAL AAAOO59UXOM RESOLUCIÓN TERMINACIÓN DE APODERADO NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-031860 DE 20 DE AGOSTO DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO El Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones de la Dirección Distrital de Cobro, hace saber:
EXPEDIENTE CORDIS No. DE No.
En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
DCO005112 2020EE59514 2014EE173764 ANA BERTILDA MORA PINZON 41543542 VEHÍCULOS BFS133 RESOLUCIÓN TERMINACIÓN DE DCO006008 2020EE61619 2014EE395578 EDGAR EDUARDO VILLAMIL DCO006738 2020EE62732 201401100100161825 PEDRO NEL ANGULO BONILLA 79279594 VEHÍCULOS AEY87 RESOLUCIÓN FACILIDAD DE PAGO 08/06/2020 2018 CL 37 SUR 78 A 13 19/6/2020 Cerrado DCO006738 2020EE62732 201401100100161825 PEDRO NEL ANGULO BONILLA 79279594 PREDIAL AAA0043NCTO RESOLUCIÓN FACILIDAD DE PAGO 08/06/2020 2014, 2015 CL 37 SUR 78 A 13 19/6/2020 Cerrado DCO004383 2020EE54582 201501600201023888 MARTA PATRICIA RODRIGUEZ DCO007316 2020EE64033 2014EE91531 LUIS GUILLERMO HENAO DIEZ 10072209 VEHÍCULOS BWK837 RESOLUCIÓN TERMINACION DE DCO004383 2020EE54582 201501600201023888 MARTA PATRICIA RODRIGUEZ Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
RESOLUCIÓN No.
Que el Jefe de la Oficina de Cobro General, de la Dirección Distrital de Cobro profirió para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciónes REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-32 • 2021 • AGOSTO • 24 32 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU RESOLUCIÓN N° 3776 (21 de agosto de 2021) los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley”.
“Por la cual se delega la competencia para la celebrar un convenio interadministrativo entre la Empresa METRO de Bogotá S.A. y el IDU”
Que los artículos 10 y 11 de la Ley 489 de 1998 señalan los requisitos de la delegación y las funciones de las autoridades administrativas que son indelegables.
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política; 12 de la Ley 80 de 1993; 9º de Que los artículos 29 y 30 del Acuerdo 01 del Consejo Directivo del IDU, establece las funciones generales del Director General y lo facultan para delegar las que considere convenientes en los servidores públicos del nivel directivo y asesor, conforme a los criterios establecidos en la Ley 489 de 1998. la Ley 489 de 1998; 21 de la Ley 1150 de 2007, Acuerdo Distrital 19 de 1972 y Acuerdos 01 y 02 de 2009 y 02 de 2017 del Consejo Directivo del IDU y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.
Que mediante el artículo 2º de la Resolución 30257 de 2021 expedida por la Secretaría Distrital de Movilidad se designó al doctor GIAN CARLO SUESCÚN SANABRIA, Subdirector General Jurídico del Instituto de Desarrollo Urbano -IDU-, como funcionario Ad Hoc, para que adelante las actividades inherentes a las etapas pre-contractual, contractual y post contractual del contrato a suscribirse entre EL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO -IDU- Y LA FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL S.A. cuyo objeto previsto es “Realizar la formulación, análisis, priorización de alternativas para el Corredor Férreo del sur, y elaborar los estudios y diseños a nivel de prefactibilidad de la alternativa seleccionada y su articulación con otros proyectos de transporte de la Región Bogotá – Cundinamarca”.
Que el artículo 211 Constitucional estableció que corresponde a la Ley fijar las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades.
Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007, establece que “Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes (…)”.
Que en consecuencia y en desarrollo de los principios constitucionales de eficacia, economía, celeridad e imparcialidad, que aseguran la garantía de los derechos de todas las personas, resulta necesario delegar en el doctor GIAN CARLO SUESCÚN SANABRIA, Subdirector General Jurídico del Instituto de Desarrollo Urbano -IDU-, la competencia para suscribir el convenio interadministrativo a celebrarse entre Instituto de Desarrollo Urbano – IDU y la Empresa Metro de Bogotá S.A.-EMB S.A. cuyo objeto es “Aunar esfuerzos para la adecuada realización del contrato para la estructuración integral a nivel de prefactibilidad del corredor férreo del sur en la modalidad ferroviaria y su articulación con otros proyectos de transporte de la Región Bogotá-Cundinamarca”.
Que, en mérito de lo expuesto, el Director General del Instituto de Desarrollo Urbano,
RESUELVE:
Artículo 1.
Delegación en el Subdirector General Jurídico. Delegar en el doctor GIAN CARLO SUESCÚN
Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 prescribe que: “Las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de 33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-33 • 2021 • AGOSTO • 24
Artículo 2.
Comunicación. Comunicar la presente Resolución al doctor GIAN CARLO SUESCÚN SANA- BRIA, Subdirector General Jurídico, por intermedio de la Subdirección General de Gestión Corporativa del IDU.
Artículo 3.
Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su publicación en el Registro Distrital.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los veintiún (21) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
SANABRIA, Subdirector General Jurídico del Instituto de Desarrollo Urbano, la competencia para celebrar el convenio interadministrativo entre INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU Y LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.-EMB S.A. cuyo objeto es “Aunar esfuerzos para la adecuada realización del contrato para la estructuración integral a nivel de prefactibilidad del corredor férreo del sur en la modalidad ferroviaria y su articulación con otros proyectos de transporte de la Región Bogotá-Cundinamarca”, así como realizar los trámites, actuaciones, suscripción de modificaciones, adiciones y prórrogas y expedición de los actos administrativos, hasta su liquidación.
DIEGO SÁNCHEZ FONSECA Director General REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7214 • pP. 1-34 • 2021 • AGOSTO • 24 34 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES DE 2021 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN N° 423 “Por medio de la cual se deroga el nombramiento efectuado mediante la Resolución 254 del 04 de junio de 2021”..........................................................................1 RESOLUCIÓN N° 424 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”...........3 RESOLUCIÓN N° 425 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”.........................................................6 RESOLUCIÓN N° 426 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un nombramiento provisional”.........................................................8 RESOLUCIÓN N° 427 “Por medio de la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”.........11 RESOLUCIÓN N° 428 “Por la cual se hace un nombramiento provisional”.............................................13 RESOLUCIÓN N° 429 “Por la cual se hace un nombramiento”...............................................................15 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN N° 149 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba”........................16 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN N° SDH-000523 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”............................................18 RESOLUCIÓN N° SDH-000524 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario y se termina un encargo”.....19 RESOLUCIÓN N° SDH-000525 “Por la cual se realizan unos nombramientos en periodo de prueba”..................20 RESOLUCIÓN N° SDH-000526 “Por la cual se realizan unos nombramientos en periodo de prueba”..................24 RESOLUCIÓN N° DCO-029308 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”........................................27 RESOLUCIÓN N° DCO-031860 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”........................................31 Sector Descentralizado INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU RESOLUCIÓN N° 3776 “Por la cual se delega la competencia para la celebrar un convenio interadministrativo entre la Empresa METRO de Bogotá S.A. y el IDU”.................................33 MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital
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