Registro Distrital 7213 de 2021
Registro Distrital 7213 de 2021 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 7213
- Año
- 2021
- Fecha
- 23 de agosto de 2021
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGITRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 55 - No. 7213 - Pp 1 - 31 - 2021 - AGOSTO - 23 AÑO 55 NÚMERO 7213 23 • AGOSTO • 2021 ACUERDO DE 2021 CONCEJO DE BOGOTÁ D.C ACUERDO N° 814
1. Cuidado de animales domésticos rescatados.
Es el conjunto de actividades que se desarrollan y por las que no se percibe una retribución económica directa, dirigidas a proteger y cuidar animales domésticos que han sido víctimas de maltrato, abandono o que se encuentran en situación de calle o de vulnerabilidad.
(18 de agosto de 2021)
“Por el cual se reconoce, fortalece y apoya la labor de las cuidadoras, los cuidadores y los hogares de paso de animales domésticos rescatados en el Distrito Capital”
2. Cuidadora o cuidador de animales domésticos rescatados. Es la persona natural o jurídica que dedica una parte o la totalidad de su tiempo al cuidado de animales domésticos rescatados.
EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 1 y 9 del artículo 313 de la Constitución de la Política de Colombia y los numerales 1 y 7 del
3. Hogar de paso. Es el servicio voluntario mediante el cual, una persona natural o jurídica brinda protección y cuidado provisional, con sus propios medios, a uno o varios animales domésticos rescatados, con el propósito de recuperarlos física y emocionalmente, adaptarlos, darlos en adopción o brindarles refugio.
artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,
ACUERDA:
Artículo 1.
OBJETO. El presente acuerdo tiene por objeto:
4. Redes locales de protección animal y de hogares de paso. Son el conjunto de cuidadoras, cuidadores y hogares de paso dedicados al rescate, la protección y el cuidado de animales domésticos rescatados, generalmente gatos y perros, que realizan su labor voluntaria no remunerada en una misma localidad del Distrito Capital, distinta a las que realizan las instancias formales de participación.
1. Reconocer, fortalecer y apoyar la labor de las personas que se dedican al rescate y cuidado de animales domésticos en el Distrito Capital, a través de hogares de paso, con el fin de respaldar y potenciar el servicio que les prestan a animales vulnerables y a la sociedad.
2. Incluir a las redes locales de protección animal y de hogares de paso como aliadas estratégicas en la formulación y ejecución de programas y proyectos de protección y bienestar animal en el Distrito Capital.
Parágrafo. De conformidad con el artículo 3, numeral
4 y el artículo 6 del acuerdo 524 de 2013, el Consejo Distrital y los Consejos Locales de Protección y Bienestar Animal promoverán la coordinación entre la administración Distrital y las redes locales de protección animal y de hogares de paso, así como la participación de las cuidadoras y los cuidadores de animales domésticos rescatados, para la implementación del presente acuerdo.
3. Verificar que los animales domésticos rescatados y albergados en hogares de paso estén en condiciones de bienestar físico y emocional.
Artículo 2.
DEFINICIONES. Para la implementación de este acuerdo se adoptan las siguientes definiciones:
Artículo 3.
INSCRIPCIÓN. Dentro de los seis (6) meses siguientes a la promulgación del presente acuerdo, el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA) y las alcaldías locales actualizarán
1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-1 • 2021 • AGOSTO • 23 Bienestar Animal (IDPYBA) propenderá por priorizar a las cuidadoras y los cuidadores que sean sujetos de especial protección constitucional. la información de las cuidadoras, los cuidadores y los hogares de paso de animales domésticos rescatados, que voluntariamente quieran pertenecer a las redes locales de protección animal y de hogares de paso. Esta inscripción podrá hacerse en cualquier momento.
Artículo 6.
VERIFICACIÓN DE CONDICIONES MÍNIMAS. El Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA) establecerá los lineamientos técnicos mínimos que deben asegurar las cuidadoras, los cuidadores y los hogares de paso para ofrecerles bienestar a los animales rescatados. Estos lineamientos incluirán disposiciones sobre los espacios físicos, la capacidad de albergue (número de animales), entre otras condiciones que aseguren el bienestar de los animales.
Artículo 4.
CAPACITACIÓN E INCLUSIÓN. Con el fin de fortalecer la labor de los hogares de paso, las cuidadoras y los cuidadores de animales domésticos rescatados y de optimizar las acciones ciudadanas de protección de animales, la Administración Distrital a través del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA) y de las alcaldías locales:
1. Desarrollará una oferta de capacitaciones para que las cuidadoras y los cuidadores de animales fortalezcan sus conocimientos y habilidades en beneficio de los animales. El IDPYBA apoyará a las cuidadoras y a los cuidadores en el cumplimiento de los requerimientos para hacer parte de las redes a las que se refiere el artículo 3.
Les corresponde a los referentes locales de protección y bienestar animal, realizar la verificación de estas condiciones mínimas sobre las cuidadoras, los cuidadores y los hogares de paso inscritos en el registro al que se refiere el artículo 3 del presente acuerdo, con el fin de comprobar las condiciones de bienestar de los animales y el uso adecuado de los apoyos entregados, siguiendo los lineamientos del Instituto de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA).
2. Incluirá a las redes locales de protección animal y de hogares de paso en sus programas y acciones locales en beneficio de los animales.
Artículo 7.
RECONOCIMIENTO DE LA LABOR DE CUIDADO DE ANIMALES DOMÉSTICOS. En el marco de sus competencias, las entidades distritales cuya misionalidad se relacione con la economía del cuidado incluirán la labor de las cuidadoras, los cuidadores y los hogares de paso de animales domésticos rescatados dentro de sus análisis, políticas, programas y proyectos, y tendrán en cuenta su contribución a la ciudad.
Parágrafo. Para implementar este artículo, se
podrá contar con la participación de todas las entidades distritales cuya misionalidad se relacione con la economía del cuidado o la protección y el bienestar animal, así como con el apoyo de clínicas veterinarias, universidades, centros de investigación, organizaciones no gubernamentales y entidades sin ánimo de lucro, entre otros.
Artículo 8.
IMPLEMENTACIÓN. Dentro de los ocho (8) meses siguientes a la promulgación del presente acuerdo, la Administración Distrital expedirá los actos administrativos necesarios para reglamentarlo e implementarlo adecuadamente.
Artículo 9.
VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Artículo 5.
ESTRATEGIA DE APOYO A HOGARES DE PASO. El Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA), en coordinación con las alcaldías locales, diseñará e implementará una estrategia participativa de apoyo y voluntariado dirigida a los hogares de paso, fomentando la corresponsabilidad de protección animal entre el sector privado, el Estado y la comunidad.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
MARÍA FERNANDA ROJAS MANTILLA Presidenta NEIL JAVIER VANEGAS PALACIO Secretario General de Organismo de Control CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ Los hogares de paso que se postulen para acceder a los apoyos ofrecidos a través de la estrategia, deberán estar inscritos conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del presente Acuerdo, y deberán cumplir con los requisitos exigidos por el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA) en la reglamentación que para este efecto se expida dentro de los ocho (8) meses siguientes a la promulgación del presente acuerdo. En la implementación de esta estrategia, el Instituto Distrital de Protección y Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-2 • 2021 • AGOSTO • 23 2 RESOLUCIONES DE 2021 actividades culturales en un marco de conocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana”.
SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN N° 614 (19 de agosto de 2021)
“Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca la U-CONVIVE: iniciativas de la comunidad universitaria para la construcción de confianza y convivencia con enfoque de Cultura Ciudadana” del Programa Distrital de Estímulos- PDE 2021 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”
EL SECRETARIO DE DESPACHO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, 17 y 18 de la Ley 397 de 1997, el literal b) del artículo 5 en concordancia con los literales a), i) o) y r) del artículo 3 del Decreto Distrital No. 340 de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Ley 397 de 1997 en su artículo 17 señala: “El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”. Así mismo, en su artículo 18 establece: “El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como y para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo...”
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en desarrollo de las funciones contenidas en el Decreto Distrital 340 de 2020, artículo 3º, literal j, establece: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo”.
Que el artículo 70 de la Constitución Política, establece: “El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación”.
Que la misma norma en el literal (h) del artículo 12, contempla como una de las funciones de la Subsecretaría de Gobernanza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la de “Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales”.
Que el artículo 71 de la Constitución Política de Colombia dispone: “La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades”
Que el numeral 3 del artículo 1 de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que: “El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y Que con el objetivo de materializar la política de fomento, y de dar cumplimiento al marco normativo antes señalado, la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ha creado el Programa Distrital de Estímulos, el cual tiene como objeto fortalecer los procesos, proyectos e iniciativas desarrolladas por los agentes culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad, a través de la entrega de estímulos mediante convocatorias públicas para el desarrollo de 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-3 • 2021 • AGOSTO • 23 propuestas o para realzar la excelencia de procesos y trayectorias relevantes de agentes del sector. en el documento denominado “CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN” y en el documento que contiene los requisitos específicos de aquella, el cual hace parte integral de la presente resolución, y que será publicado en el siguiente micro sitio: http://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/ convocatorias.
Que en consideración de lo expuesto.
RESUELVE:
Que, en virtud del anterior marco normativo, y en desarrollo de la política de fomento, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ordena la apertura de la convocatoria “Beca la U-CONVIVE: iniciativas de la comunidad universitaria para la construcción de confianza y convivencia con enfoque de Cultura Ciudadana” del Programa Distrital de Estímulos-2021.
Artículo 1.
Ordenar la apertura de la convocatoria “Beca la U-CONVIVE: iniciativas de la comunidad universitaria para la construcción de confianza y convivencia con enfoque de Cultura Ciudadana” del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021 de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, así:
Que las condiciones y requisitos de participación de la convocatoria “Beca la U-CONVIVE: iniciativas de la comunidad universitaria para la construcción de confianza y convivencia con enfoque de Cultura Ciudadana” se encuentran establecidas Monto total de la Convocatoria Monto del estímulo N.º de estímulos convocatoria CDP Fecha de apertura 25 de agosto de 2021 $10.000.000 2 $20.000.000 No. 572 del 21 de julio de 2021 “Beca la U-CONVIVE: iniciativas de la comunidad universitaria para la construcción de confianza y convivencia con enfoque de Cultura Ciudadana”
Artículo 5.
Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa comunicar el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Subdirección de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento, a la Dirección de Fomento y a la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
Artículo 2.
Los requisitos y condiciones de participación de la convocatoria “Beca la U-CONVIVE: iniciativas de la comunidad universitaria para la construcción de confianza y convivencia con enfoque de Cultura Ciudadana”, del Programa Distrital de Estímulos 2021 que se apertura, se encuentran establecidos en el documento denominado “CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN”, y en el documento que contiene los requisitos específicos de la convocatoria, el cual forma parte integral de la presente resolución.
Artículo 6.
Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa solicitar la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá.
Artículo 3.
Los recursos para el desarrollo y ejecución de la convocatoria relacionada en el artículo primero de la presente resolución, será atendida con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 572 del 21 de julio de 2021.
Artículo 7.
El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación y contra este no proceden los recursos en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C, a los diecinueve (19) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
NICOLÁS FRANCISCO MONTERO DOMÍNGUEZ Secretario de Despacho
Artículo 4.
Ordenar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la convocatoria “Beca la U-CONVIVE: iniciativas de la comunidad universitaria para la construcción de confianza y convivencia con enfoque de Cultura Ciudadana” en el micro sitio de convocatorias de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-4 • 2021 • AGOSTO • 23 4 SECRETARÍA DE HACIENDA - OFICINA DE NOTIFICACIONES
RESUELVE:
Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB RESOLUCIÓN N° DDI- 017853,
Artículo 1.
Ordenar la publicación en el Registro Distrital, división de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1, y No.2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.
2021EE141686O1 (18 de agosto 2021)
Artículo 2.
Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 56 Registros, Anexo No. 2 con 4 Registros.
“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo
Artículo 3.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:
13 del Acuerdo 469 de 2011”
OFICINA TIPO DE ACTO LA JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y CONTROL MASIVO LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE CUENTAS CORRIENTES Y RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB DEVOLUCIONES COMPENSACIÓN En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.
Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.
CONSIDERANDO:
Acto(s) administrativo(s) del anexo No.2:
OFICINA TIPO DE ACTO CONTROL MASIVO REQUERIMIENTO ESPECIAL CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES AUTO INADMISORIO Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.
Contra los actos administrativos mencionados en el anexo No 2 no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
Artículo 4.
Esta Resolución rige a partir de su publicación.
Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C. a los dieciocho (18) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
NORMA ESPERANZA GARCÍA BAEZ Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital, división de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA Que, en consideración a lo expuesto, 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-5 • 2021 • AGOSTO • 23 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 68F 43 27/07/2021 CERRADO 76C 49 27/07/2021 CERRADO 19D 04 22/07/2021 NO RESIDE 60 BQ 5 22/07/2021 DESCONOCIDO 41 BQ 3 CA 1 26/07/2021 CERRADO DINAMARCA) 22/07/2021 FUERZA MAYOR NOTIFICACIÓN CHOQUE (CUN- PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 CL 3 13 27 26/07/2021 DESCONOCIDO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 CL 151 54A 41 26/07/2021 DESCONOCIDO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015, 2018 CL 70A SUR 104 CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 KR 3 3 33SUBA- CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 CL 136 45 22 26/07/2021 CERRADO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 AC 116 55A 49 23/07/2021 NO RESIDE CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015, 2016 CL 65A SUR CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 CL 68 68B 57 27/07/2021 CERRADO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2018 KR 51 145A 51 26/07/2021 CERRADO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2017 CL 64A 52 53 26/07/2021 DESCONOCIDO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 CL 69 BIS A CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 CL 57C SUR 77I CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015, 2016 CL 70H SUR PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO objeto de la presente publicación.
ENTE IDENTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO CACIÓN DEL CONTRIBUY- MANUEL 19.204.326 VEHÍCULOS ACJ783 LIQUIDACIÓN OFI- REINALDO 16.768.657 VEHÍCULOS DDO857 LIQUIDACIÓN OFI- GUILLERMO 19.345.560 VEHÍCULOS WCK712 LIQUIDACIÓN OFI- ALEJANDRO 19.180.538 VEHÍCULOS CXU501 LIQUIDACIÓN OFI- APODERADO NOMBRE DEL HECTOR IVAN 10.270.185 VEHÍCULOS RZF591 LIQUIDACIÓN OFI- CIRO GABRIEL 4.283.546 PREDIAL AAA0026FXMS LIQUIDACIÓN OFI- TRO HUELGOS 16.773.086 VEHÍCULOS UCR923 LIQUIDACIÓN OFI- WILLIAN LIZARDO 13.616.730 VEHÍCULOS OIX27D LIQUIDACIÓN OFI- DIEGO FERNANDO 6.227.236 VEHÍCULOS YHX73C LIQUIDACIÓN OFI- CHO PEDRO MANUEL 19.328.666 VEHÍCULOS MLG63B LIQUIDACIÓN OFI- CONTRIBUYENTE Y/O HERNANDO RICARDO 15.725.487 VEHÍCULOS OGJ30D LIQUIDACIÓN OFI- ANEXO No.1DE LA RESOLUCIÓN No.DDI-017853 DEL 18 DE AGOSTO DE 2021 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE La funcionaria de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
No.
Subdirección de Recaudación, y Cuentas Corrientes, profiríeron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciónes administrativas Que los jefes de la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio y la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la DDI-011517 2021EE118614 O1 202003100100025896 VERA FLOREZ CELSO DDI-011515 2021EE118612 O1 202003100100025891 CAMELO CRISTAN- DDI-011880 2021EE118977 O1 202003100100029987 MORALES MONTOYA DDI-011503 2021EE118600 O1 202003100100025776 ALVAREZ ROMERO DDI-011424 2021EE118521 O1 202003100100039073 CARLOS MARIO CAS- DDI-011498 2021EE118595 O1 202003100100025725 ORTIZ ORTIZ JAIRO 12.168.107 VEHÍCULOS IDV103 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-011495 2021EE118592 O1 202003100100025688 TABARES LLANO DDI-012325 2021EE119422 O1 202003100100025748 ARIZA CORREDOR DDI-012092 2021EE119189 O1 202003100200004121 PEREZ SANCHEZ DDI-0009160 2021EE111968 O1 202003100100025868 BERNAL VARON JOSE DDI-0010785 2021EE113593 O1 202003100100037918 FERNANDO SANTOS 19.131.474 VEHICULOS CDY447 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-0009109 2021EE111917 O1 202003100100025623 LOZADA CASTRO DDI-0010840 2021EE113648 C5 202001100100002959 SUANCHA SUANCHA RESOLUCIÓN No.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-6 • 2021 • AGOSTO • 23 6 501 27/07/2021 CERRADO SUR 28/07/2021 CERRADO SUR 22/07/2021 NO RESIDE 2705 26/07/2021 NO RESIDE 19 09 22/07/2021 NO RESIDE 19F 20 22/07/2021 NO RESIDE 11D 82 13/07/2021 CERRADO 19D 08 22/07/2021 NO RESIDE 78C 97 22/07/2021 CERRADO 78C 97 22/07/2021 CERRADO 34 SUR 22/07/2021 DESCONOCIDO 09 MJ 1 12/07/2021 NO RESIDE SUR MJ 13/07/2021 DESCONOCIDO 1 AP 102 14/07/2021 NO RESIDE NAMARCA) 04/08/2021 CERRADO MADRID (CUNDI- CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015, 2016 CL 70H SUR CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 KR 79D 35D 08 CIAL DE AFORO 22/06/2021 2016 KR 84 24C 30 IN CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 KR 12 5 39 AP CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015, 2016 CL 70G SUR CIAL DE AFORO 7/07/2021 2015, 2016, 2017, 2018 DG 74 SUR CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015, 2016 CL 70I SUR CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 CL 25 69D 51 BQ CIAL DE AFORO 07/07/2021 2015 DG 74 SUR CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015, 2016 KR 19D BIS 70H CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 DG 1A 8 20 27/07/2021 CERRADO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2016 CL 3 1 17 CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015, 2016 KR 19F 70F 15 CIAL DE AFORO 07/07/2021 2015, 2016, 2018 DG 49D SUR CIAL DE AFORO 07/07/2021 2015, 2016, 2018 KR 65B 62C 40 CIAL DE AFORO 07/07/2021 2015 DG 68B SUR 48C CIAL DE AFORO 22/06/2021 2015, 2016 CL 1A SUR 53A 11 12/07/2021 CERRADO NOTIFICACIÓN POR AVISO 41.383.321 PREDIAL AAA0150PTSK LIQUIDACIÓN OFI- 41.383.321 PREDIAL AAA0150PTRU LIQUIDACIÓN OFI- 28.362.207 PREDIAL AAA0016UZUZ LIQUIDACIÓN OFI- ALBA 51.714.719 PREDIAL AAA0026FXMS LIQUIDACIÓN OFI- JULIA 51.699.177 PREDIAL AAA0026FXMS LIQUIDACIÓN OFI- ELINA 35.487.836 PREDIAL AAA0010JOJH LIQUIDACIÓN OFI- BERTO 79.131.450 PREDIAL AAA0026FXMS LIQUIDACIÓN OFI- CRISTINA 51.948.333 VEHÍCULOS RMU483 LIQUIDACIÓN OFI- JOHANNA 52.843.720 VEHÍCULOS BSW181 LIQUIDACIÓN OFI- ANA SILVIA ANA SILVIA MERCEDES 39.771.282 VEHÍCULOS BHG489 LIQUIDACIÓN OFI- MARIA INES 41.547.867 VEHÍCULOS SGF140 LIQUIDACIÓN OFI- MELIDA ROSA 42.098.120 PREDIAL AAA0026FXMS LIQUIDACIÓN OFI- GLORIA STELLA 39.612.009 PREDIAL AAA0026FXMS LIQUIDACIÓN OFI- MORENO ORTIZ 19.403.915 PREDIAL AAA0153EFTO LIQUIDACIÓN OFI- MISERICORDIAS 43.205.084 VEHÍCULOS DCB720 LIQUIDACIÓN OFI- ESPITIA ADELINA 20.564.128 PREDIAL AAA0019XZWF LIQUIDACIÓN OFI- YANNETH DE LAS MARIA ELEUTERIA GUARIN DE JEREZ e indeterminados de e indeterminados de e indeterminados de Sucesión iliquida y/o Sucesión iliquida y/o Sucesión iliquida y/o RODRIGUEZ ALEJO RODRIGUEZ ALEJO BAQUERO MARTHA herederos determinados herederos determinados herederos determinados ANEXO No.1DE LA RESOLUCIÓN No.DDI-017853 DEL 18 DE AGOSTO DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-011585 2021EE118682 O1 202003100100026408 ACOSTA LILIANA DDI-011567 2021EE118664 O1 202003100100026254 CELIS ROJAS SONIA 51.809.317 VEHÍCULOS BWE709 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-011558 2021EE118655 O1 202003100100026172 SANCHEZ DE OVALLE DDI-011562 2021EE118659 O1 202003100100026196 BALBIN YEPES LUZ DDI-011997 2021EE119094 O1 202003100100029880 GAITAN GAITAN OLGA DDI-005590 2021EE101943 O1 202003100100004564 RODRIGUEZ DDI-004365 2021EE096527 O1 202104193300009848 JESUS ANTONIO DDI-0010840 2021EE113648 C50 202001100100002959 PARRA MARIN EDIL- DDI-0010840 2021EE113648 C42 202001100100002959 SAIZ VELOSA FLOR DDI-0010840 2021EE113648 C41 202001100100002959 GUERRERO FORERO DDI-0010840 2021EE113648 C36 202001100100002959 ASPRILLA LERMA DDI-0007226 2021EE110034 O1 202001100100002617 DDI-0007226 2021EE110034 O1 202001100100002617 DDI-0010840 2021EE113648 C31 202001100100002959 SANCHEZ APONTE DDI-0007077 2021EE109885 C1 202001100100002421 DURAN SILVA GABRI- DDI-0007091 2021EE109899 C1 202001100100002441 DDI-0007094 2021EE109902 O1 202001100100002446 BARACALDO DE 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-7 • 2021 • AGOSTO • 23 91 26/07/2021 DESCONOCIDO 79 26/07/2021 REHUSADO 101 19/07/2021 CERRADO 503 26/07/2021 NO RESIDE SUR 13/07/2021 CERRADO SUR 22/07/2021 DESCONOCIDO SUR 22/07/2021 NO RESIDE 81J 68 26/07/2021 CERRADO AP 401 23/07/2021 NO RESIDE AP 203 23/07/2021 NO RESIDE 127B 17 27/07/2021 CERRADO 1 AP 1202 26/07/2021 DESCONOCIDO 45 AP 504 27/07/2021 CERRADO SUR MJ 246 26/07/2021 CERRADO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 CL 166N 9 15 TO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 KR 4 ESTE 162A CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015, 2016 DG 57C SUR CIAL DE AFORO 09/07/2021 2016 CL 127A 49 67 23/07/2021 NO RESIDE CIAL DE AFORO 09/07/2021 2016 KR 46A 128C 58 26/07/2021 CERRADO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 KR 93D BIS CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 KR 11 96 43 OF CIAL DE AFORO 07/07/2021 2015, 2016 24 22K 20 19/07/2021 REHUSADO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2018 CL 138 58D 01 23/07/2021 DESCONOCIDO CIAL DE AFORO 07/07/2021 2015 KR 32 54A 18 CIAL DE AFORO 07/07/2021 2018 CL 16I 103A 41 16/07/2021 DESCONOCIDO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015, 2016 KR 82B 54B 11 CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 CL 5 10 77 27/07/2021 CERRADO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2016 KR 55B 128B 26 CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 CL 181C 13 91 IN CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 CL 47 SUR 72J 33 23/07/2021 NO RESIDE CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015, 2016 KR 19F 70F 03 CIAL DE AFORO 09/07/2021 2018 KR 5 ESTE 162C CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 KR 77Q 45A 10 CIAL DE AFORO 09/07/2021 2018 KR 58 119A 98T 2 COMPENSACIÓN 23/06/2021 2018-4 CL 44 7 32 OF DEVOLUCIÓN Y/O NOTIFICACIÓN POR AVISO RENE 79.496.269 PREDIAL AAA0026FXMS LIQUIDACIÓN OFI- DAVID 1.030.530.389 VEHÍCULOS MNV26B LIQUIDACIÓN OFI- S EN C 806.001.374 PREDIAL AAA0102YLWF LIQUIDACIÓN OFI- YEPES 79.598.677 VEHÍCULOS BNZ816 LIQUIDACIÓN OFI- JAVIER 1.018.407.332 VEHÍCULOS BRC243 LIQUIDACIÓN OFI- ANIBAL 80.095.814 VEHÍCULOS RGX532 LIQUIDACIÓN OFI- ANDREA 1.020.734.262 VEHÍCULOS BJS566 LIQUIDACIÓN OFI- ARTURO 91.011.819 PREDIAL AAA0080HKKC LIQUIDACIÓN OFI- SOLIBAN 79.990.783 VEHÍCULOS HBK906 LIQUIDACIÓN OFI- EDISSON 1.022.975.693 VEHÍCULOS ONJ30B LIQUIDACIÓN OFI- ENRIQUE 1.014.180.777 VEHÍCULOS BKS632 LIQUIDACIÓN OFI- ALBERTO 79.310.722 VEHÍCULOS MFT627 LIQUIDACIÓN OFI- TALES S.A.S 901.100.156 RETEICA 901100156 RESOLUCIÓN DE JORGE AHUIN 79.643.468 VEHÍCULOS ZZR336 LIQUIDACIÓN OFI- JOSE ALFONSO 79.305.156 VEHÍCULOS RHK255 LIQUIDACIÓN OFI- DE JESUCRISTO PABLO ANTONIO 80.108.822 VEHÍCULOS BNF612 LIQUIDACIÓN OFI- NEADOS DOCUMEN- ARCA DE SALVACION 800.222.826 PREDIAL AAA0015PWXS LIQUIDACIÓN OFI- GUILLERMO ANTONIO 94.552.535 VEHÍCULOS BOC255 LIQUIDACIÓN OFI- ANEXO No.1DE LA RESOLUCIÓN No.DDI-017853 DEL 18 DE AGOSTO DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-011698 2021EE118795 O1 202003100100027191 OLAYA DELGADO DDI-011695 2021EE118792 O1 202003100100027164 TORRES CUARTAS DDI-011831 2021EE118928 O1 202003100100029901 NICOLA CARO ROMAN 1.019.120.078 VEHÍCULOS BMB993 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-011686 2021EE118783 O1 202003100100027107 DIAZ VASQUEZ JAIME DDI-011851 2021EE118948 O1 202003100100029935 TORRES SIERRA DDI-011678 2021EE118775 O1 202003100100027050 DOS&MEDIOS S A S 900.375.117 VEHÍCULOS UBM146 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-011639 2021EE118736 O1 202003100100026793 GALINDO VILLA DDI-011618 2021EE118715 O1 202003100100026667 MARTINEZ COTRINA DDI 004599 2021EE100727 O1 202103097000001967 FOTOCOPIAS Y ESCA- DDI-012079 2021EE119176 O1 202003100200004075 OLIVEROS RIOS DDI-012164 2021EE119261 O1 202003100200004312 URIBE MILLAN JULIO DDI-012095 2021EE119192 O1 202003100200004128 DIAZ DIAZ GILBERTO 79.276.847 VEHÍCULOS DNT312 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-012145 2021EE119242 O1 202003100200004255 PARRA AVILA JAIRO DDI-0009711 2021EE112519 O1 202003100100027227 SANCHEZ GIL HENRY DDI-0007496 2021EE110304 O1 202001100100002526 AVILA GOMEZ E HJOS DDI-0007089 2021EE109897 C1 202001100100002433 IGLESIA APOSTOLICA DDI-0008708 2021EE111516 O1 202001200100033709 HERNANDEZ CARLOS DDI-0009545 2021EE112353 O1 202003100100026768 BEDOYA AVILA DDI-0009922 2021EE112730 O1 202003100100037868 PEDRO WUALTEROS DDI-0010840 2021EE113648 C52 202001100100002959 LOAIZA LOAIZA JOSE DDI-0009374 2021EE112182 O1 202003100100026581 VALDERRAMA REYES REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-8 • 2021 • AGOSTO • 23 8 SUR 26/07/2021 CERRADO TO 1 23/07/2021 DESCONOCIDO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2016 TV 96A 75F 29 28/07/2021 CERRADO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2017 CL 10 4 60 AP 202 26/07/2021 DESCONOCIDO CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015, 2019 KR 92 70A 26 CIAL DE AFORO 09/07/2021 2017 KR 56A 148 35 CIAL DE AFORO 09/07/2021 2015 KR 69 25 31 27/07/2021 CERRADO NORMA ESPERANZA GARCÍA BAEZ NOTIFICACIÓN POR AVISO Subdirección de Educación Tributaria y Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.
PAOLA 1.030.544.100 VEHÍCULOS BOF237 LIQUIDACIÓN OFI- DAYMIR JOSE 1.073.131.252 VEHÍCULOS DDX971 LIQUIDACIÓN OFI- MARIA ISABEL 1.057.782.679 VEHÍCULOS IMP743 LIQUIDACIÓN OFI- ANDRES MATEO 1.077.034.832 VEHÍCULOS IJL017 LIQUIDACIÓN OFI- OSMAN JOSEPH 1.033.748.850 VEHÍCULOS EQT17D LIQUIDACIÓN OFI- RAS JENNYFFER ANEXO No.1DE LA RESOLUCIÓN No.DDI-017853 DEL 18 DE AGOSTO DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la DDI-011706 2021EE118803 O1 202003100100027232 CARVAJAL CONTRE- DDI-012248 2021EE119345 O1 202003100200006757 TAUTIVA IZQUIERDO DDI-012123 2021EE119220 O1 202003100200004204 OSORIO CORTES DDI-012242 2021EE119339 O1 202003100200006750 HERNANDEZ ARIAS Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de DDI-0009728 2021EE112536 O1 202003100100027276 FONTALVO JIMENEZ 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-9 • 2021 • AGOSTO • 23 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN SUR 05/08/2021 CERRADO SUR 5/08/2021 CERRADO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO ESPECIAL 01/07/2021 2019 CL 61 SUR 80I 95 19/07/2021 NO RESIDE ESPECIAL 01/07/2021 2019 CL 8 33 17 21/07/2021 NO RESIDE PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO NORMA ESPERANZA GARCÍA BAEZ NOTIFICACIÓN POR AVISO ENTE IDENTIFI- CACIÓN DEL CONTRIBUY- Subdirección de Educación Tributaria y Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal HAROLD. 76.323.829 VEHÍCULOS ZZT287 REQUERIMIENTO FLOR ALBA 35.487.662 PREDIAL AAA0251CXOM REQUERIMIENTO APODERADO NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.2DE LA RESOLUCIÓN No.DDI-017853 DEL 18 DE AGOSTO DE 2021 relacionan a continuación, las actuaciónes administrativas objeto de la presente publicación. de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio profiríeron para los contribuyentes que se EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ No.
La funcionaria de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
CORDIS No. DE En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
Que los jefes de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes y la Oficina de Control Masivo NA 2021EE107220 O1 202107023A0000074 GARZON VARGAS NA 2021EE106861 O1 202011023000025032 ESPINOSA MENESES No.
Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
CIÓN RESOLU- DDI-001116 2021EE073459 O1 202104287000002931 MARTA RIAÑO PEÑA 23.496.780 PREDIAL AAA0223WAAW AUTO INADMISORIO 21/05/2021 2019 KR 14 D 31 C 53 DDI-001116 2021EE073459 O1 202104287000002931 MARTA RIAÑO PEÑA 23.496.780 PREDIAL AAA0223WDXR AUTO INADMISORIO 21/05/2021 2019 KR 14 D 31 C 53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-10 • 2021 • AGOSTO • 23 10 RESOLUCIÓN N°SDH-000508 (13 de agosto de 2021)
“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”
El SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria No. 328 de 2015, con base en los resultados totales del concurso yvde acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del referido Acuerdo 542 de 2015, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados. de 2015, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015 y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC –20192130021855 del 04 de abril de 2019, “Por la cual se conforma la Lista de Elegibles para proveer una (1) de empleo de carrera identificado con el código OPEC No. 213107, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 1, del Sistema General de Carrera de la Secretaría Distrital de Hacienda, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015 - SDH.”, la cual quedó en firme el 22 de abril de 2019.
Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio radicado No. 20192130021795, de fecha 04 de abril de 2019, informó a la Secretaría Distrital de Hacienda que las listas de elegibles correspondientes a los Grupos III y IV, en su mayoría ya se encuentran en firme.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.
Que mediante Resolución No. SDH-00374 del 13 de noviembre del 2019, se nombró en periodo de prueba al primer elegible de la lista conformada mediante Resolución No. CNSC – 20192130021855 del 04 de abril de 2019, a la señora GLORIA STELLA PACHE- CO FONSECA, identificado con cédula de ciudadanía No. 52.377.796 en el cargo de Profesional Universitario Código 219 Grado 1, del Despacho de la Subdirección de Proyectos Especiales, dentro de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, quien ocupó el primer (1) puesto de la lista de elegibles.
Que mediante los Decretos Distritales 600 y 601 de 2014, éste último modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la planta de cargos y la nueva estructura de la entidad, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que mediante Resolución No. DGC-000241 del 31 de marzo de 2021, se aceptó a partir del 05 de abril del 2021 la renuncia presentada por la señora GLORIA STELLA PACHECO FONSECA al cargo de Profesional Universitario Código 219 Grado 1, del Despacho de la Subdirección de Proyectos Especiales.
Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 542 de 2015, mediante el cual se convocó a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015 – SDH.
Que mediante oficio con Radicado Nro. 2021EE033731O1 del 17 de marzo de 2021, la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, lineamiento sobre el uso de la lista de elegibles posterior a la fecha de la vigencia de las mismas.
Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el Que la Comisión Nacional del Servicio Civil otorgó respuesta mediante oficio con Radicado Nro.
11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-11 • 2021 • AGOSTO • 23 trital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, autorización para el uso de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 213107, como consecuencia de la derogatoria del nombramiento en periodo de prueba de la señora GLORIA STELLA PA- CHECO FONSECA.
20211020440731 del 19 de marzo de 2021, y señaló: “En atención a su inquietud, sobre el uso de las listas de elegibles posterior a la vigencia de las mismas, es oportuno aclarar que, si una solicitud de uso de lista de elegibles se realiza por parte de la Entidad dentro del plazo de la vigencia de ésta, es viable adelantar el trámite administrativo correspondiente, comoquiera que esta Comisión Nacional a efectos de formalizar el estudio técnico pertinente de uso de lista, verifica que la vacancia definitiva se haya presentado dentro de la vigencia, la cual en sentido legal, se finaliza a la media noche del último día de los dos (2) años otorgados por la Ley.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio con Radicado Nro. 20211020692591 del 25 de mayo de 2021, cuyo asunto es “Autorización uso directo de listas de elegibles (Con y Sin Cobro) para proveer algunas vacantes ofertadas en la Convocatoria Nro. 328 de 2015”, autorizó el uso de la lista en los siguientes términos:
Por lo anterior, si la vacancia definitiva se generó estando vigente la lista de elegibles, pero el lleno de los requisitos para la solicitud de uso de lista y su trámite se produjo ya expirado el término de los dos (2) años de vigencia, corresponde a la CNSC autorizar su uso y a la Entidad realizar el nombramiento en período de prueba, toda vez que una posición contraria, desconocería principios fundamentales y vulneraría los derechos adquiridos por el aspirante…”
“(…) esta Comisión Nacional procedió a realizar el correspondiente estudio técnico de viabilidad de uso directo de lista de elegibles, cuyo resultado se encuentra en la certificación del analista de fecha de mayo de 2021, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, tal y como lo certifica el Director de Administración de Carrera Administrativa en la misma fecha, concluyendo que:
(…)
Que, atendiendo el lineamiento anterior otorgado por la CNSC, es procedente el uso de la Lista de Elegibles, teniendo en cuenta que la vacante definitiva del empleo correspondiente a la OPEC 213107 se generó estando vigente la referida lista.
Para la provisión de una (1) vacante en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 213107 denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 1, es posible hacer uso de la lista de elegibles, con la elegible que se relaciona a continuación:
Que mediante oficio con Radicado Nro. 2021EE 040769O1 del 06 de abril de 2021 la Secretaría Dis- RESOLUCIÓN ENTIDAD EMPLEO PUNTAJE CÉDULA NOMBRE FIRMEZA POSICIÓN EN LA LISTA 22 de abril de 2019 20192130021855 del 04 YESICA ALEJAN- DRA ZEA GOMEZ 2° SDH 213107 73.27 1020754250 abril del 2021 (…) ”
Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó el segundo (2) puesto de la lista.
Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de la Señora YESICA ALEJANDRA ZEA GOMEZ, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 1, ubicado en el Despacho de Subdirección de Proyectos Especiales, dentro de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.
Que la señora YESICA ALEJANDRA ZEA GO- MEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.020.754.250, ocupó el segundo (2) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130021855 del 4 de abril del 2019, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 1, del Despacho de Subdirección de Proyectos Especiales, dentro de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “…En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-12 • 2021 • AGOSTO • 23 12 satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada. condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”
Parágrafo. En el evento en que no se logre garan-
tizar el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.
Artículo 3.
La señora YESICA ALEJANDRA ZEA GOMEZ, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017 tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento; y posteriormente tendrá diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.
Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen general, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.
Artículo 4.
Comunicar el presente acto administrativo por parte de la Subdirección del Talento Humano la Señora YESICA ALEJANDRA ZEA GOMEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.020.754.250.
Artículo 5.
Los presentes nombramientos cuentan con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
Artículo 1.
Nombrar en período de prueba a la señora YESICA ALEJANDRA ZEA GOMEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.020.754.250 quien ocupó el segundo (2) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC - 20192130021855 del 4 de abril 2019, bajo el código OPEC 213107, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 1, ubicado en el despacho de Subdirección de Proyectos Especiales, dentro de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 6.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Artículo 2.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los trece (13) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser Secretario Distrital de Hacienda 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-13 • 2021 • AGOSTO • 23 RESOLUCIÓN N° SDH-000510 (13 de agosto de 2021)
“Por la cual se efectúa un nombramiento de carácter temporal” ca de la Secretaría Distrital de Hacienda, creados mediante el Decreto Distrital 836 de 2018, hasta el 31 de diciembre de 2021, por lo tanto, se hace necesario proveer los empleos que se encuentran vacantes, para que la entidad pueda desarrollar adecuadamente su gestión y contribuya a la consecución de los objetivos institucionales.
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el artículo 1º del Decreto Distrital 101 del 13 de abril de 2004 y el artículo 4° del Decreto Distrital 601 de 2014, modificado por el artículo 1° del Decreto Distrital 364 de 2015 y Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.5.3.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 1º del Decreto 648 de 2017, para la provisión de los empleos temporales se deberá solicitar a la Comisión Nacional del Servicio Civil, las listas de elegibles del Banco Nacional de Listas de Elegibles, que correspondan a un empleo de la misma denominación, código y asignación básica del empleo a proveer.
CONSIDERANDO:
Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades distritales.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación 2020EE100478 del 9 de julio de 2020, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, la remisión de las listas de elegibles correspondientes a empleos vacantes de las plantas temporales de la entidad cuya denominación, código y asignación básica corresponda a los cargos a proveer.
Que el artículo 21 de la citada Ley señala que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio con el fin de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo o para desarrollar programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales o de apoyo.
Que mediante oficio con Radicado No. 202010 20558751 del 28 de julio de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil remitió las listas de elegibles, que de acuerdo con su competencia técnica, consideró viables para la provisión de los empleos de carácter temporal de la Secretaría Distrital de Hacienda, entre los cuales se encuentran tres (3) vacantes del cargo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 de la Oficina de Cobro Especializado, para las que debía utilizarse la lista de elegibles de la hoja número siete (7), adjunta a la comunicación.
Que el artículo 2.2.1.1.1 del Decreto 1083, concibe los empleos de carácter temporal como aquellos creados en las plantas de cargos de las entidades públicas para el ejercicio de las funciones previstas en el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, por el tiempo determinado en el estudio técnico y en el acto de nombramiento.
Que mediante Resolución No. SDH-000331 del 2021, fue nombrada en el empleo de carácter temporal de Profesional Universitario, Código 219 Grado 18, de la Oficina de Cobro Especializado a VIVIAN ROCIO MURCIA ACEVEDO, quien ocupó la posición ciento treinta y tres (133).
Que mediante Decreto Distrital No. 836 de 2018, fue creada la planta temporal conformada por ciento treinta y dos (132) empleos para atender la concentración de las acreencias tributarias y no tributarias en la Dirección Distrital de Cobro de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que mediante Resolución No. SDH-0000384 del 2021, se derogó el nombramiento efectuado a VIV- IAN ROCIO MURCIA ACEVEDO, en el empleo de carácter temporal Profesional Universitario, Código 219 Grado 18, ubicado en la de la Oficina de Cobro Especializado, de la Dirección Distrital de Cobro de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia, señala que no puede haber empleo público sin funciones detalladas en la Ley o reglamento y en ese sentido, mediante Resolución No. SDH-000013 de 2019, se estableció el Manual de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de carácter temporal de la Dirección Distrital de Cobro, de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que con el fin de proveer la vacante generada por la derogatoria del nombramiento de la señora VIVIAN ROCIO MURCIA ACEVEDO la Secretaría Distrital de Hacienda, atendiendo lo indicado por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Radicado No.
Que el Decreto Distrital No. 158 del 30 de junio 2020, prorrogó los empleos de carácter temporal de la Dirección Distrital de Cobro de la Subsecretaría Técni- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-14 • 2021 • AGOSTO • 23 14 de 2018 y prorrogados mediante Decreto Distrital No. 158 del 30 de junio 2020, tendrán vigencia hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2021, se precisa que este nombramiento irá hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2021.
20201020558751 del 28 de julio de 2020, respecto a la forma de utilizar las listas de elegibles enviadas, procedió a contactar a las personas de las listas enviadas, empezando por aquellas que presentaban mayor puntaje, requiriéndolas para que allegaran los documentos para la verificación del cumplimiento de requisitos mínimos.
Que la prórroga de la Planta Temporal de la Dirección Distrital de Cobro, efectuada mediante Decreto Distrital No. 158 del 30 de junio 2020, cuenta con viabilidad presupuestal según oficio radicado No. 2020IE14450 del 26 de junio de 2020.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que los elegibles que aparecen en la posición 1 al 23, el 25 al 44, el 46 al 66, el 68 al 75, el 77 al 82, del 84 al 91, 93, el 96 al 97, 99, el 101 al 107, el 109 al 113, el 115, el 117 al 125, el 127 al 132, 134, 136 al 154, 156 al 161, 165, 167, 168, 170 al 174, 176, 177, 180 y el 182 al 184 de las listas enviadas, no manifestaron interés en el empleo ofrecido.
A los elegibles de las posiciones 92, 100, 135, 162, 163, 169, 175 y 179 no se les hizo el ofrecimiento porque están en proceso de nombramiento en el marco de la convocatoria 328.
Los elegibles que aparecen en la posición 45, 76, 95, 98 y 114 se encuentran en proceso de nombramiento para una de las vacantes de planta temporal.
Artículo
1. Nombrar a RUDDY NAVARRO POVEDA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.920.515, en el empleo de carácter temporal Profesional Universitario Código 219 Grado 18, ubicado en la Oficina de Cobro Especializado, de la Dirección Distrital de Cobro de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha del acta de posesión y hasta el 31 de diciembre de 2021, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Distrital No. 158 del 30 de junio 2020.
Los elegibles de la posición 24, 67, 83, 94, 108, 116, 126, 155, 164, 178 y 181, manifestaron interés, pero no cumplen con la experiencia relacionada establecida en la Resolución No. SDH-000013 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales para unos empleos de carácter temporal de la planta de personal de la Secretarla Distrital de Hacienda”.
Artículo 2.
El nombramiento contenido en el presente acto administrativo, será hasta el 31 de diciembre de 2021, a cuyo vencimiento la persona aquí nombrada cesará automáticamente en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.5 del Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
El elegible del registro 166 de la lista no es posible realizarle el ofrecimiento, dado que el número de cedula no corresponde y no registra datos de nombre, dirección, teléfono o correo electrónico.
Que el señor RUDDY NAVARRO POVEDA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.920.515, se encuentra en el lugar ciento ochenta y cinco (185º) de la lista de elegibles, manifestó interés en el cargo y remitió la documentación solicitada en el ofrecimiento.
Artículo 3.
De conformidad con artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, RUDDY NAVARRO POVEDA, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación.
Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.
Artículo 4.
Comunicar a RUDDY NAVARRO POVEDA, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que tal como lo señala el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, la Subdirección del Talento Humano verificó los documentos aportados por RUDDY NAVARRO POVEDA, y se estableció el cumplimiento de los requisitos señalados en la Resolución No. SDH-000013 de 2019, “Por la cual se establece el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales para unos empleos de carácter temporal de la planta de personal de la Secretarla Distrital de Hacienda”.
Artículo 5.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de la posesión.
Que teniendo en cuenta que los empleos de carácter temporal creados mediante el Decreto Distritales 836 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-15 • 2021 • AGOSTO • 23 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los trece (13) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda Que el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia, señala que no puede haber empleo público sin funciones detalladas en la Ley o reglamento y en ese sentido, mediante Resolución No.SDH-000070 de 2019, se estableció el Manual de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de carácter temporal de la Dirección Distrital de Impuestos, de la Secretaría Distrital de Hacienda.
RESOLUCIÓN N° SDH-000511 (13 de agosto de 2021)
“Por la cual se efectúa un nombramiento de carácter temporal”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA Que el Decreto Distrital No. 158 del 30 de junio 2020, prorrogó los empleos de carácter temporal de la Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda, creados mediante el Decreto Distrital 454 de 2016, hasta el 31 de diciembre de 2022, por lo tanto, se hace necesario proveer los empleos que se encuentran vacantes, para que la entidad pueda desarrollar adecuadamente su gestión y contribuya a la consecución de los objetivos institucionales.
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el artículo 1º del Decreto Distrital 101 del 13 de abril de 2004 y el artículo 4° del Decreto Distrital 601 de 2014, modificado por el artículo 1° del Decreto Distrital 364 de 2015 y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.5.3.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 1º del Decreto 648 de 2017, para la provisión de los empleos temporales se deberá solicitar a la Comisión Nacional del Servicio Civil, las listas de elegibles del Banco Nacional de Listas de Elegibles, que correspondan a un empleo de la misma denominación, código y asignación básica del empleo a proveer.
Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades distritales.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación 2020EE100478 del 9 de julio de 2020, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, la remisión de las listas de elegibles correspondientes a empleos vacantes de las plantas temporales de la entidad cuya denominación, código y asignación básica corresponda a los cargos a proveer.
Que el artículo 21 de la citada Ley señala que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio con el fin de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo o para desarrollar programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales o de apoyo.
Que mediante Decreto Distrital No. 454 de 2016 fueron creados 31 cargos del empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 01 de la Oficina de Control Masivo, de los cuales al momento de la solicitud de las listas se encontraban vacantes diez (10).
Que el artículo 2.2.1.1.1 del Decreto 1083 de 2015, concibe los empleos de carácter temporal como aquellos creados en las plantas de cargos de las entidades públicas para el ejercicio de las funciones previstas en el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, por el tiempo determinado en el estudio técnico y en el acto de nombramiento.
Que mediante oficio con Radicado No. 20201020558751 del 28 de julio de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil remitió las listas de elegibles, que de acuerdo con su competencia técnica, consideró viables para la provisión de los empleos de carácter temporal de la Secretaría Distrital de Hacienda, entre los cuales se encuentran las diez (10) vacantes del cargo Profesional Universitario Código 219 Grado 01 de la Oficina de Control Masivo, para las que debía utilizarse la lista de elegibles de la hoja número dos (2), adjunta a la comunicación.
Que mediante Decreto Distrital No. 454 de 2016, fue creada la planta temporal conformada por setenta y cinco (75) empleos para dar cumplimiento a las metas propuestas por esta Secretaría en relación con el proceso de Gestión Documental adelantado por la Dirección de Impuestos de Bogotá, para garantizar la continuidad y cumplimiento del Proyecto “Levantamiento de Información e incorporación en el Registros de Identificación Tributaria (RIT)”.
Que mediante Resolución No. SDH-000122 de 2021 fueron nombrados los elegibles de las posiciones nueve (9), diez (10), trece (13), quince (15), dieci- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-16 • 2021 • AGOSTO • 23 16 nueve (19), veintisiete (27), veintinueve (29), treinta (30), treinta y dos (32) y treinta y siete (37).
Que mediante Resolución No. SDH-000268 de 2021 fue derogado el nombramiento de la elegible que ostenta la posición treinta y dos (32) por no aceptación del nombramiento. ta y seis (36), del treinta y ocho (38) al cuarenta y dos (42), del cuarenta y seis (46) al cuarenta y ocho (48), cincuenta (50), cincuenta y dos (52), cincuenta y tres (53), cincuenta y cuatro (54), cincuenta y cinco (55), cincuenta y seis (56), cincuenta y ocho (58), cincuenta y nueve (59), sesenta (60), sesenta y dos (62), sesenta y tres (63) y sesenta y cinco (65) no manifestaron interés en el empleo ofrecido.
Que mediante Resolución No. SDH-000323 del 05 de mayo de 2021 se realizó el nombramiento del elegible de la posición cincuenta y uno (51), por la derogatoria del nombramiento realizado mediante Resolución No. SDH-000268 de 2021 Los elegibles de la posición dieciséis (16) y veinticinco (25) manifestaron interés, pero no cumplen con el NBC requerido por la Resolución No. SDH-000070 de 2019, “Por la cual se establece el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales para unos empleos de carácter temporal de la planta de personal de la Secretarla Distrital de Hacienda”.
Que mediante Resolución No. DGC - 000078 del 1 de febrero de 2021, se aceptó la renuncia presentada por el señor CARLOS NICOLAS LOZANO MARIÑO, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.070.918 al empleo de carácter temporal de Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicado en la Oficina de Control Masivo, en el cual había sido nombrado mediante Resolución No. SDH-000031 del 28 de febrero de 2017.
Que a los elegibles de las posiciones dos (2), cinco (5), cuarenta y tres (43), cuarenta y cuatro (44), sesenta y uno (61) y sesenta y cuatro (64) no se les hizo el ofrecimiento para el cargo de Planta Temporal porque se encuentran en proceso de nombramiento en el marco de la Convocatoria 328.
Que mediante Resolución No. SDH-000335 del 24 de mayo de 2021 se realizó el nombramiento de la elegible de la posición cincuenta y siete (57), por la renuncia presentada por el señor CARLOS NICOLAS LOZANO MARIÑO.
Que a los elegibles de la posición ocho (8) y cuarenta y cinco (45) no se les hizo el ofrecimiento porque estaban en proceso de nombramiento en la Planta Temporal, de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal.
Que la elegible de la posición cuarenta y nueve (49) no se le hizo el ofrecimiento porque su documentación ya fue revisada para la vacante de este mismo cargo en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal y no cumple con el NBC definido en el Manual de Funciones y Competencias Laborales para el cargo.
Que mediante Resolución No. DGC - 000607 del 14 de julio de 2021, se aceptó la renuncia presentada por el señor CARLOS ANDRES PALACIO MESA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.026.293.217 al empleo de carácter temporal de Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicado en la Oficina de Control Masivo, en el cual había sido nombrado mediante Resolución No. SDH-000127 del 07 de septiembre de 2018.
Que la señora MADELINE INDIRA GARCIA MAR- TINEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.054.679.128, se encuentra en el lugar sesenta y seis (66º) de la lista de elegibles, manifestó interés en el cargo y remitió la documentación solicitada en el ofrecimiento.
Que con el fin de proveer la vacante generada por la renuncia del señor CARLOS ANDRES PALACIO MESA, la Secretaría Distrital de Hacienda, atendiendo lo indicado por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Radicado No. 20201020558751 del 28 de julio de 2020, respecto a la forma de utilizar las listas de elegibles enviadas, procedió a contactar a las personas de las listas enviadas, empezando por aquellas que presentaban mayor puntaje, requiriéndolas para que allegaran los documentos para la verificación del cumplimiento de requisitos mínimos.
Que tal como lo señala el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, la Subdirección del Talento Humano verificó los documentos aportados por MADELINE INDIRA GARCIA MARTINEZ, y se estableció el cumplimiento de los requisitos señalados en la Resolución No. SDH-000070 de 2019, “Por la cual se establece el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales para unos empleos de carácter temporal de la planta de personal de la Secretarla Distrital de Hacienda”.
Que teniendo en cuenta que los empleos de carácter temporal creados mediante el Decreto Distritales 454 Que los elegibles viables que aparecen en la posición uno (1), del tres (3) al cuatro (4), del seis (6) al siete (7), del once (11) al doce (12), el catorce (14), del diecisiete (17) al dieciocho (18), del veinte (20) al veinticuatro (24), el veintiséis (26), el veintiocho (28), el treinta y uno (31), del treinta y tres (33) al trein- 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-17 • 2021 • AGOSTO • 23 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C., a los trece (13) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021). de 2016 y prorrogados mediante Decreto Distrital No. 158 del 30 de junio 2020, tendrán vigencia hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022, se precisa que estos nombramientos irán hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022.
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN N° SDH-000512 Que la prórroga de la Planta Temporal de la Dirección Distrital de Impuestos, efectuada mediante Decreto Distrital No. 158 del 30 de junio 2020, cuenta con viabilidad presupuestal según oficio radicado No. 2020IE14450 del 26 de junio de 2020.
(13 de agosto de 2021)
En mérito de lo expuesto, “Por la cual se realizan unos nombramientos en
RESUELVE:
periodo de prueba”
El SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y
Artículo 1.
Nombrar a MADELINE INDIRA GARCIA MARTINEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.054.679.128, en el empleo de carácter temporal Profesional Universitario Código 219 Grado 01, ubicado en la Oficina de Control Masivo, de la Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha del acta de posesión y hasta el 31 de diciembre de 2022, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Distrital No. 158 del 30 de junio 2020.
CONSIDERANDO:
Artículo 2.
El nombramiento contenido en el presente acto administrativo, será hasta el 31 de diciembre de 2022, a cuyo vencimiento la persona aquí nombrada cesará automáticamente en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.5 del Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017.
Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.
Artículo 3.
De conformidad con artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, MADELINE INDIRA GARCIA MARTINEZ, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación.
Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.
Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.
Artículo 4.
Comunicar a MADELINE INDIRA GARCIA MARTINEZ, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que mediante los Decretos Distritales 600 y 601 de 2014, éste último modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la planta de cargos y la nueva estructura de la entidad, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 5.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de la posesión.
Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Ac- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-18 • 2021 • AGOSTO • 23 18 Que el señor GUILLERMO RODRIGUEZ BELLO tomó posesión del mencionado empleo el 03 de febrero de 2020, no obstante, presentó renuncia a partir del 7 de marzo de 2020, la cual le fue aceptada mediante Resolución No. DGC-000382 del 06 de marzo de 2020. uerdo 542 de 2015, mediante el cual se convocó a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015 – SDH.
Que con ocasión de la renuncia del señor GUILLER- MO RODRIGUEZ BELLO, mediante Resolución No. SDH-000049 del 22 de enero de 2021 se nombró en periodo de prueba a JENNY FERNANDA SANCHEZ DOMINGUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.018.413.258, quien ocupó el sexto (6º) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130118275 del 28 de noviembre de 2019.
Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria No. 328 de 2015, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del referido Acuerdo 542 de2015, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC - 20192130118275 del 28 de noviembre de 2019, “Por la cual se conforma la Lista de Elegibles para proveer cinco Que el artículo 6 de la Ley 1960 de 2019, modificó el numeral 4 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004 y señaló: “ 4. Con los resultados de las pruebas la Comisión Nacional del Servicio Civil o la entidad contratada por delegación de aquella elaborará en estricto orden de mérito la lista de elegibles que tendrá una vigencia de dos (2) años. Con esta y en estricto orden de méritos se cubrirán las vacantes para las cuales se efectuó el concurso y las vacantes definitivas de cargos equivalentes no convocados, que surjan con posterioridad a la convocatoria de concurso en la misma Entidad.”
(5) vacantes del empleo de carrera identificado con el código OPEC No. 212938, denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, del Sistema General de Carrera de la Secretaría Distrital de Hacienda, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015-SDH.”, la cual adquirió firmeza el 09 de diciembre de 2019.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio con Radicado N° 20192130752431, de fecha 10 de diciembre de 2019, informó a la Secretaría Distrital de Hacienda que las listas de elegibles correspondientes al Grupo I, ya se encuentran en firme.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil el 16 de enero de 2020 expidió el Criterio Unificado sobre el uso de listas de elegibles en contexto de la Ley 1960 de 2019 del 16 de enero de 2020 y complementado con el Criterio Unificado del 6 de agosto de 2020, que al respecto estableció: “(…) las listas de elegibles conformadas por la CNSC y aquellas que sean expedidas en el marco de los procesos de selección aprobados con anterioridad al 27 de junio de 2019, deberán usarse durante su vigencia para proveer las vacantes de los empleos qua integraron la Oferta Pública de Empleos de Carrera -OPECde la respectiva convocatoria y para cubrir nuevas vacantes que se generen con posterioridad y que correspondan a los “mismos empleos” entiéndase, con igual denominación, código, grado, asignación básica mensual, propósito, funciones, ubicación geográfica y mismo grupo de aspirantes; criterios con los que en el proceso de selección se identifica el empleo con un número de OPEC(…)”
Que la Secretaría Distrital de Hacienda, identificó dos (2) vacantes correspondientes a características del mismo empleo al identificado con la OPEC No. 212938, denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Que mediante Resolución No. SDH-000579 de 23 de diciembre de 2019, se nombró en periodo de prueba a YOHAIRA MILENA GUERRERO URREGO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.196.451; ELIZABETH SOTELO GAVIRIA, identificada con cédula de ciudadanía 53.053.939; GUILLERMO RO- DRIGUEZ BELLO, identificado con cédula ciudadanía No. 79.445.055; EDGAR ARMANDO GUTIER- REZ TORRES, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.325.093; y a OSCAR ANDRES RUEDA FER- REIRA identificado con cédula de ciudadanía No. 79.878.510 en el cargo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Gestión del Servicio, quienes ocuparon, en su orden, las primeras cinco (5) posiciones de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC - 20192130118275 del 28 de noviembre de 2019.
19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-19 • 2021 • AGOSTO • 23 Hacienda, el cual será provisto con la lista de elegible conformada mediante Resolución No. CNSC – 20192130118275 del 28 de noviembre de 2019.
“La Comisión Nacional del Servicio Civil da alcance a la respuesta brindada a través del oficio Nro. 20211020626741 del 05 de mayo de la presente anualidad, respecto de la autorización del uso de la lista de elegibles para la provisión de vacantes correspondientes a “mismo empleo” del ofertado e identificado con el Código OPEC Nro. 212938, en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero de 2020. En este sentido se procede a informar que:
Que en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero de 2020 y del 6 de agosto de 2020 expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante oficios con Radicado Nro. 2021EE018616O1 del 18 de febrero de 2021, 2021EE044373O1 del 14 de abril de 2021 y 2021EE069998O1 del 14 de mayo de 2021 la Secretaría Distrital de Hacienda solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, autorización para el uso de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 212938, para proveer vacantes correspondientes a “mismos empleos”.
Se realizó el correspondiente estudio técnico de viabilidad de uso directo de listas de elegibles, cuyo resultado se encuentra en la certificación del analista de fecha 15 de julio de 2021, previo agotamiento de los tres (03) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 20151, tal y como lo certifica el Director de Administración de Carrera Administrativa en la misma fecha, concluyendo que:
Para la provisión de dos (2) vacantes en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 212938 denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, es posible hacer uso de la lista de elegibles, con los elegibles que se relacionan a continuación:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio con Radicado Nro. 20211020935921 del 15 de julio de 2021, cuyo asunto es “Alcance oficio Nro. 20211020626741 del 05 de mayo de 2021, autorización de uso de lista de elegibles para proveer dos (2) vacantes en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 212938 correspondientes a “mismos empleos” en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero de 2020.”, autorizó el uso de la lista en los siguientes términos:
POSICION EN RESOLUCIÓN ENTIDAD EMPLEO PUNTAJE CÉDULA NOMBRE FIRMEZA LA LISTA ARGUELLO GUE- 9 de diciembre de SECRETARIA DISTRITAL DE 212938 69.23 79593253 ANDRES RICARDO VARA 2019 7 20192130118275 del 28 de noviembre de 2019 HACIENDA 8 68.99 79603473 JAIRO ANTONIO PALACIOS PEÑA (…) ”
Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar a los elegibles que ocuparon las posiciones séptima (7) y octava (8) de la lista. cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Gestión del Servicio, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.
Que el señor ANDRES RICARDO ARGUELLO GUE- VARA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.593.253 ocupó el séptimo (7) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC
- 20192130118275 del 28 de noviembre de 2019, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Gestión del Servicio, por lo cual es procedente su nombramiento.
Que el señor JAIRO ANTONIO PALACIOS PEÑA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.603.473 ocupó el octavo (8) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130118275 del 28 de noviembre de 2019, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Gestión del Servicio, por lo cual es procedente su nombramiento.
Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación del señor JAIRO AN- Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación del señor ANDRES RI- CARDO ARGUELLO GUEVARA, determinando que REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-20 • 2021 • AGOSTO • 23 20 TONIO PALACIOS PEÑA, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Gestión del Servicio, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial. de ciudadanía No. 79.603.473, quien ocupó el octavo (8) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC - 20192130118275 del 28 de noviembre de 2019, bajo el código OPEC 212938, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Gestión del Servicio, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 3.
El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, les será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, serán inscritos en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.
Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “…En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”
Parágrafo. En el evento en que no se logre garan-
tizar el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contará el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.
Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen general, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 4.
Los señores ANDRES RICARDO AR- GUELLO GUEVARA y JAIRO ANTONIO PALACIOS PEÑA, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017 tendrán cada uno diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si aceptan el nombramiento; y posteriormente tendrán diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.
Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.
Artículo 5.
Los presentes nombramientos cuentan con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
Artículo 1.
Nombrar en período de prueba a ANDRES RICARDO ARGUELLO GUEVARA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.593.253, quien ocupó el séptimo (7) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC - 20192130118275 del del 28 de noviembre de 2019, bajo el código OPEC 212938, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 21, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Gestión del Servicio, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 6.
Comunicar el presente acto administrativo por parte de la Subdirección del Talento Humano a los
Artículo 2.
Nombrar en período de prueba a JAIRO ANTONIO PALACIOS PEÑA, identificado con cédula
21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-21 • 2021 • AGOSTO • 23 señores ANDRES RICARDO ARGUELLO GUEVARA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.593.253 y JAIRO ANTONIO PALACIOS PEÑA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.603.473. tales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la planta de cargos y la nueva estructura de la entidad, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 7.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los trece (13) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 542 de 2015, mediante el cual se convocó a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015 – SDH.
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN N° SDH-000517 (18 de agosto de 2021)
“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”
El SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria No. 328 de 2015, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del referido Acuerdo 542 de 2015, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.
En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC – 20192130118145 del 28 de noviembre de 2019, “Por la cual se conforma la Lista de Elegibles para proveer quince (15) vacantes del empleo de carrera identificado con código OPEC No. 213062, denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 14 del Sistema General de Carrera de la Secretaría Distrital de Hacienda, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015 - SDH.”
Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC – 20192130121425 del 04 de diciembre de 2019, “Por la cual se modifica la Lista de Elegibles conformada mediante la Resolución No 20192130118145 del 28 de noviembre de 2019 para proveer quince (15) vacantes del empleo de carrera identificado con código OPEC No. 213062, denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 14, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015 - SDH.”
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio radicado No. 20192130752431, de fecha 10 de diciembre de 2019, informó a la Secretaría Distrital de Hacienda que las listas de elegibles correspondientes a los Grupos I, en su mayoría ya se encuentran en firme.
Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.
Que mediante Resolución No. SDH-000591 del 23 de diciembre de 2019, se nombraron en periodo de prue- Que mediante los Decretos Distritales 600 y 601 de 2014, éste último modificado por los Decretos Distri- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-22 • 2021 • AGOSTO • 23 22 estricto orden de méritos se cubrirán las vacantes para las cuales se efectuó el concurso y las vacantes definitivas de cargos equivalentes no convocados, que surjan con posterioridad a la convocatoria de concurso en la misma Entidad.” ba, en el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 14 del Sistema General de Carrera de la Secretaría Distrital de Hacienda, a los quince (15) primeros elegibles de la lista en mención, entre ellos a LEIDY LILIANA AR- TUDUANGA PARRA quien ocupó el puesto diez (10).
Que mediante Resolución No. SDH- 000291 del 09 de julio de 2020, se derogó el nombramiento en periodo de prueba efectuado mediante Resolución No. SDH-000591 del 23 de diciembre de 2019 a GIOVAN- NI SERGIO PATIÑO OLARTE quien ocupó el puesto ocho (8) y se nombró en periodo de prueba a la señora CLAUDIA GARZÓN GUACANEME quien ocupó el puesto dieciséis (16) de la lista.
Que mediante la Resolución No. DGC- 00182 del 12 de marzo de 2021 se declaró a partir del 25 de febrero de 2021, la vacancia definitiva del cargo Profesional Universitario Código 219 Grado 14 ubicado en la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones del Despacho del Director de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, del cual era titular el Señor FREDY SAAVEDRA LEZAMA (Q.E.P.D.).
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil el 16 de enero de 2020 expidió el Criterio Unificado sobre el uso de listas de elegibles en contexto de la Ley 1960 de 2019 del 16 de enero de 2020 y complementado con el Criterio Unificado del 6 de agosto de 2020, que al respecto estableció: “(…) las listas de elegibles conformadas por la CNSC y aquellas que sean expedidas en el marco de los procesos de selección aprobados con anterioridad al 27 de junio de 2019, deberán usarse durante su vigencia para proveer las vacantes de los empleos qua integraron la Oferta Pública de Empleos de Carrera -OPECde la respectiva convocatoria y para cubrir nuevas vacantes que se generen con posterioridad y que correspondan a los “mismos empleos” entiéndase, con igual denominación, código, grado, asignación básica mensual, propósito, funciones, ubicación geográfica y mismo grupo de aspirantes; criterios con los que en el proceso de selección se identifica el empleo con un número de OPEC(…)”
Que mediante Resolución No. DGC-000426 del 20 de mayo de 2021 se declaró, la vacancia definitiva del cargo Profesional Universitario Código 219 Grado 14 ubicado en la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones del Despacho del Director de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, del cual era titular la Señora LEIDY LILIANA ARTUDUANGA PARRA, en la medida que supero el periodo de prueba en el empleo denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 08 ubicado en la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas – Fiscalización de la Alcaldía de Pitalito Huila.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda, atendiendo el anterior criterio, identificó tres (3) vacantes correspondientes a características del mismo empleo al identificado con la OPEC No. 213062 denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 14 ubicado en la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones del Despacho del Director de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, el cual será provisto con la lista de elegible conformada mediante Resolución No. CNSC– 20192130121425 del 04 de diciembre de 2019.
Que mediante Resolución No. SDH-000349 del 24 de mayo de 2021, se nombró en periodo de prueba, en el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 14 del Sistema General de Carrera de la Secretaría Distrital de Hacienda, a SANDRA MILENA GOMEZ ALBAR- RACIN, quien, ocupó el puesto diecisiete (17) de la lista, como consecuencia de la declaratoria de vacancia definitiva del empleo de cual era titular el Señor FREDY SAAVEDRA LEZAMA (Q.E.P.D.).
Que en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero de 2020 y el 6 de agosto de 2020 expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante oficios con Radicados Nro. 2021EE018616O1 del 18 de febrero de 2021, al que se le dio alcance mediante Radicado Nro. 2021EE044373O1 del 14 de abril de 2021 la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, autorización para el uso de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 213062, para proveer dos (2) vacantes correspondientes a “mismos empleos”.
Que el artículo 6 de la Ley 1960 de 2019, modificó el numeral 4 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004 y señaló: “ 4. Con los resultados de las pruebas la Comisión Nacional del Servicio Civil o la entidad contratada por delegación de aquella elaborará en estricto orden de mérito la lista de elegibles que tendrá una vigencia de dos (2) años. Con esta y en Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio con Radicado Nro. 20211020626741 del 05 de mayo de 2021, cuyo asunto es “Autorización uso de listas de elegibles para proveer algunas vacantes correspondientes a “mismos empleos” en 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-23 • 2021 • AGOSTO • 23 cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero de 2020”, autorizó el uso de la lista en los siguientes términos: tal y como lo certifica el Director de Administración de Carrera Administrativa en la misma fecha, concluyendo que:
(…)
“(…) esta Comisión Nacional procedió a realizar el correspondiente estudio técnico de viabilidad de uso directo de lista de elegibles, cuyo resultado se encuentra en la certificación del analista de fecha 05 de mayo de 2021, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 20151, Para la provisión de dos (2) vacantes en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 213062 denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, es posible hacer uso de la lista de elegibles, con el elegible que se relaciona a continuación:
RESOLUCIÓN ENTIDAD EMPLEO PUNTAJE CÉDULA NOMBRE FIRMEZA POSICION EN LA LISTA 70,16 19476217 HENRY ALBERTO LEMUS SANABRIA 18 20192130121425 del 4 de diciembre de 2019 SHD 213062 09 de diciembre de 2019 19 69,54 1019009226 YULY LORENA CUEL- LAR IBANEZ (…) ”
“(…) En atención a su solicitud, esta Comisión Nacional procedió a realizar el correspondiente estudio técnico de viabilidad de uso de lista de elegibles, cuyo resultado se encuentra en la certificación del analista de fecha 25 de mayo de 2021, previo agotamiento de los tres (3) primeros ordenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, tal y como lo certifica el Director de Administración de Carrera Administrativa en la misma fecha, concluyendo que:
Que mediante oficio con Radicado Nro. 2021EE074903O1 del 24 de mayo de 2021, la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, autorización para el uso de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 213062, como consecuencia de la vacancia definitiva del cargo de Profesional Universitario Código 219 Grado 14 ubicado en la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones.
Para la provisión de una (1) vacante en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 213062 denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, es posible hacer uso de la lista de elegibles, con el elegible que se relaciona a continuación:
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil otorgó respuesta mediante oficio con Radicado Nro. 20211020890371 del 06 de julio de 2021, cuyo asunto es “Autorización uso de listas de elegibles (Con Cobro) para proveer una vacante en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 213062, ofertada en la Convocatoria Nro. 328 de 2015” autorizó el uso de la lista así:
POSICION RESOLUCIÓN ENTIDAD EMPLEO PUNTAJE CÉDULA NOMBRE FIRMEZA EN LA LISTA 20 20192130121425 del 04 de diciem- SDH 213062 68,93 52706297 NAYIVE CASTI- BLANCO APONTE bre de 2019 9 de diciembre de 2019 (…)” autorización para el uso de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 213062, para proveer una (1) vacante correspondiente a “mismos empleos”.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio con Radicado Nro. 20211020753431 del 04 de junio de 2021, cuyo asunto es “Autorización uso de listas de elegibles para proveer algunas Que en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero de 2020 y el 6 de agosto de 2020 expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante oficio con Radicado Nro. 2021EE0079863O1 del 1 de junio de 2021, la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-24 • 2021 • AGOSTO • 23 24 tal y como lo certifica el Director de Administración de Carrera Administrativa en la misma fecha, concluyendo que: vacantes correspondientes a “mismos empleos” en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero de 2020”, autorizó el uso de la lista en los siguientes términos:
(…)
Para la provisión de una (1) vacante en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 213062 denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, es posible hacer uso de la lista de elegibles, con la elegible que se relaciona a continuación:
“(…) esta Comisión Nacional procedió a realizar el correspondiente estudio técnico de viabilidad de uso directo de lista de elegibles, cuyo resultado se encuentra en la certificación del analista de fecha 03 de junio de 2021, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 20151, POSICION EN LA RESOLUCIÓN ENTIDAD EMPLEO PUNTAJE CÉDULA NOMBRE FIRMEZA LISTA 20192130121425 ADRIANA CASTIL- LO RINCON 21 SDH 213062 68,53 20.740.318 9 de diciembre de 2019 del 04 de diciembre de 2019 (…)”
Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar a los elegibles que ocuparon los puestos dieciocho (18), diecinueve (19), veinte (20) y veintiuno (21) de la lista de elegibles.
Que la señora NAYIVE CASTIBLANCO APON- TE, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.706.297, ocupó el puesto veinte (20) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC –20192130118145 del 28 de noviembre de 2019, modificada por la Resolución No. CNSC – 20192130121425 del 04 de diciembre de 2019 para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 14 ubicado en la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones del Despacho del Director de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que el señor HENRY ALBERTO LEMUS SANABRIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.476.217 ocupó el puesto dieciocho (18) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC –20192130118145 del 28 de noviembre de 2019, modificada por la Resolución No. CNSC – 20192130121425 del 04 de diciembre de 2019 para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 14 ubicado en la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones del Despacho del Director de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.
Que la señora ADRIANA CASTILLO RINCON, identificada con cédula de ciudadanía No. 20.740.318 ocupó el puesto veintiuno (21) de la lista de elegibles expedida Resolución No. CNSC – 20192130118145 del 28 de noviembre de 2019, modificada por la Resolución No. CNSC – 20192130121425 del 04 de diciembre de 2019 para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 14 ubicado en la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones del Despacho del Director de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.
Que la señora YULY LORENA CUELLAR IBAÑEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.019.009.226 ocupó el puesto diecinueve (19) de la lista de elegibles expedida Resolución No. CNSC –20192130118145 del 28 de noviembre de 2019, modificada por la Resolución No. CNSC – 20192130121425 del 04 de diciembre de 2019 para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 14 ubicado en la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones del Despacho del Director de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.
Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de HENRY ALBER- TO LEMUS SANABRIA, YULY LORENA CUELLAR IBAÑEZ, NAYIVE CASTIBLANCO APONTE y ADRI- ANA CASTILLO RINCON, determinando que cumplen con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 14 ubicado en la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones del Despacho del Director de Impuestos de Bogotá de la Secretaría 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-25 • 2021 • AGOSTO • 23 Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial. de noviembre de 2019, modificada por la Resolución No. CNSC – 20192130121425 del 04 de diciembre de 2019 para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 14 ubicado en la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones del Despacho del Director de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.
Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “… En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”
Artículo 3.
Nombrar en período de prueba a NAYIVE CASTIBLANCO APONTE, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.706.297, quien ocupó el puesto veinte (20) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC –20192130118145 del 28 de noviembre de 2019, modificada por la Resolución No. CNSC – 20192130121425 del 04 de diciembre de 2019 para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 14 ubicado en la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones del Despacho del Director de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.
Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen general, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”
Que en mérito de lo expuesto:
RESUELVE:
Artículo 4.
Nombrar en período de prueba a ADRI- ANA CASTILLO RINCON, identificada con cédula de ciudadanía No. 20.740.318 ocupó el puesto veintiuno (21) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC –20192130118145 del 28 de noviembre de 2019, modificada por la Resolución No. CNSC – 20192130121425 del 04 de diciembre de 2019 para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 14 ubicado en la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones del Despacho del Director de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 5.
El período de prueba a que se refiere los artículos anteriores tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.
Artículo 1.
Nombrar en período de prueba a HEN- RY ALBERTO LEMUS SANABRIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.476.217, quien ocupó el puesto dieciocho (18) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC –20192130118145 del 28 de noviembre de 2019, modificada por la Resolución No. CNSC – 20192130121425 del 04 de diciembre de 2019 para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 14 ubicado en la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones del Despacho del Director de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.
Parágrafo. En el evento en que no se logre garan-
tizar el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba,
Artículo 2.
Nombrar en período de prueba a YULY LO- RENA CUELLAR IBAÑEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.019.009.226, quien ocupó el puesto diecinueve (19) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC –20192130118145 del 28
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-26 • 2021 • AGOSTO • 23 26
CONSIDERANDO:
a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.
Que el artículo 5º de la ley 909 de 2004 señala la clasificación de los empleos, disponiendo como una de las excepciones a los de carrera administrativa, aquellos de libre nombramiento y remoción.
Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establecen que las vacantes definitivas de los empleos de libre nombramiento y remoción, serán provistas mediante nombramiento ordinario, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del cargo.
Artículo 6.
El señor HENRY ALBERTO LEMUS SANABRIA, y las señoras YULY LORENA CUELLAR IBAÑEZ, NAYIVE CASTIBLANCO APONTE y ADRI- ANA CASTILLO RINCON, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017 tendrán diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si aceptan el nombramiento; y posteriormente tendrán diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.
Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.
Artículo 7.
El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
Que el empleo de libre nombramiento y remoción denominado Subdirector Técnico Código 068, Grado 05 ubicado en la Subdirección de Asuntos Contractuales de la Dirección Jurídica, de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda, se encuentra vacante de manera definitiva; por tanto, debe ser provisto con una persona que cumpla con los requisitos exigidos para su desempeño, los cuales se encuentran señalados en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 8.
Comunicar el presente acto administrativo por parte de la Subdirección del Talento Humano a HENRY ALBERTO LEMUS SANABRIA, YULY LO- RENA CUELLAR IBAÑEZ, NAYIVE CASTIBLANCO APONTE y ADRIANA CASTILLO RINCON.
Artículo 9.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Que mediante memorando No. 2021IE015564O1 del 18 de agosto de 2021, suscrito por el Secretario Distrital de Hacienda se solicitó en la Subdirección del Talento Humano, el nombramiento ordinario del señor JAIRO LÁZARO ORTIZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 88.276.505 en el cargo de libre nombramiento y remoción denominado Subdirector Técnico Código 068, Grado 05 ubicado en la Subdirección de Asuntos Contractuales de la Dirección Jurídica.
Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN N° SDH-000518 (18 de agosto de 2021)
Que de conformidad con la certificación de cumplimiento de requisitos del 18 de agosto de 2021, expedida por la Subdirectora del Talento Humano (E), del señor JAIRO LÁZARO ORTIZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 88.276.505, cumple con los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado en el empleo denominado Subdirector Técnico Código 068, Grado 05 ubicado en la Subdirección de Asuntos Contractuales de la Dirección Jurídica, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
“Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario y se termina un encargo”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto Que, en el presupuesto de gastos e inversiones de la Entidad para la vigencia fiscal en curso, existe apropiación presupuestal disponible en los rubros de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina, para respaldar las obligaciones del referido empleo.
1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, el Decreto Distrital 101 de 2004, y 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-27 • 2021 • AGOSTO • 23
Artículo 4.
Comunicar el contenido de la presente resolución a JAIRO LÁZARO ORTIZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 88.276.505 y a YENNY MARCELA GONZÁLEZ SÁNCHEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.907.489.
Artículo 5.
La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Que mediante Resolución No. DGC-000300 del 12 de abril de 2021, se encargó en empleo de Subdirector Técnico Código 068, Grado 05 ubicado en la Subdirección de Asuntos Contractuales de la Dirección Jurídica a la señora YENNY MARCELA GONZÁLEZ SÁNCHEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No.52.907.489 quien ocupa el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 27, ubicado en la Subdirección de Asuntos Contractuales de la Dirección Jurídica, desde el 12 de abril de 2021.
Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda Que mediante Resolución No. DGC-000590 del 9 de julio 2021 se prorrogó el encargo en empleo de Subdirector Técnico Código 068, Grado 05 ubicado en la Subdirección de Asuntos Contractuales de la Dirección Jurídica a la señora YENNY MARCELA GONZÁLEZ SÁNCHEZ, hasta el 30 de julio de 2021 o hasta que sea provisto el cargo.
RESOLUCIÓN N° SDH-000519 (18 de agosto de 2021)
“Por la cual se realiza un nombramiento provisional en una vacante definitiva”
Que conforme a lo anterior, se hace necesario terminar el encargo y proceder a la provisión definitiva del empleo de Subdirector Técnico Código 068, Grado 05 ubicado en la Subdirección de Asuntos Contractuales de la Dirección Jurídica.
En mérito de lo expuesto, El SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA
RESUELVE:
En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Artículo 1.
Nombrar al señor JAIRO LÁZARO ORTIZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 88.276.505, en el empleo de libre nombramiento y remoción denominado Subdirector Técnico Código 068, Grado 05 ubicado en la Subdirección de Asuntos Contractuales de la Dirección Jurídica, de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 2.
Como consecuencia de lo anterior, dar por terminado, a partir de la fecha de la posesión del señor JAIRO LÁZARO ORTIZ, el encargo de la señora YENNY MARCELA GONZÁLEZ SÁNCHEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.907.489 en el empleo de Subdirector Técnico Código 068, Grado 05 ubicado en la Subdirección de Asuntos Contractuales de la Dirección Jurídica, realizado mediante la Resolución No. DGC- 000300 del 12 de abril de 2021 y prorrogado mediante Resolución No. DGC-000590 del 9 de julio de 2021, quien continuará desempeñando el cargo titular de Profesional Especializado Código 222 Grado 27, ubicado en la Subdirección de Asuntos Contractuales de la Dirección Jurídica.
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, refiere que las vacantes definitivas en empleos de carrera se proveerán en período de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito, de conformidad con lo establecido en la Ley 909 de 2004 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera, según corresponda, y que mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante Acuerdo 542 de 2015, convocó a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertene-
Artículo 3.
El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-28 • 2021 • AGOSTO • 23 28 cientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015 – SDH.
Que agotadas las etapas del proceso de selección la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC – 20172130015965 del 2 de marzo de 2017, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer veintidós (22) vacantes del empleo de carrera identificado con el código OPEC No. 213015, denominado Técnico Operativo Código 314 Grado 12, del Sistema General de Carrera de la Secretaría Distrital de Hacienda, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015
- SDH”.
Que revisadas las bases de datos, se encontró que el señor FRANCISCO JAVIER CHAVEZ BECERRA, se encuentra dentro de una condición especial, por lo que el área de seguridad y salud en el trabajo de la Subdirección del Talento Humano con respecto a la condición de salud del señor FRANCISCO JAVIER CHAVEZ BECERRA, mediante certificación expedida el 22 de junio de 2021, señaló que: “ Realizado el estudio correspondiente de la información que reposa en la historia ocupacional, de Seguridad y Salud en el Trabajo, se encontró que el señor Francisco Javier Chavez Becerra con cedula 16.548.819, padece una discapacidad física con PCL de 51, de acuerdo con lo informado en el correo electrónico el 14 de enero de 2020. de acuerdo con la revisión de la documentación aportada y el concepto dado por el médico Asesor de la ARL, la enfermedad que padece el señor está sujeta de especial protección constitucional se encuentra clasificada dentro las enfermedades catastróficas, relacionadas de acuerdo con lo previsto en la Resolución 3974 del 2009, proferida por el Minsalud”
Que el derecho al trabajo consagrado en el artículo 25 de la Constitución Política de Colombia al igual que el derecho al mínimo vital, gozan de la especial protección del Estado.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda previa autorización de la CNSC, mediante Resolución No. SDH
- 000359 del 27 de mayo de 2021, nombró en peri- odo de prueba en el empleo de carrera administrati- va denominado Técnico Operativo Código 314, Gra- do 12 de la Oficina Técnica del Sistema de Gestión Documental, de la Subdirección de Gestión Docu- mental, de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, a la señora RU- BRIA ANGELICA VIVAS MOSCOCO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.319.780, quien ocupó la posición treinta y cinco (35) de la lista conformada por la Resolución No. CNSC – 20172130015965 del 2 de marzo de 2017.
Que el derecho al mínimo vital ha sido definido por la Corte Constitucional en Sentencia SU-995 de 1999 como “la porción de los ingresos del trabajador o pensionado que están destinados a la financiación de sus necesidades básicas, como son la alimentación, la vivienda, el vestido, el acceso a los servicios públicos domiciliarios, la recreación, la atención en salud, prerrogativas cuya titularidad es indispensable para hacer efectivo el derecho a la dignidad humana, valor fundante del ordenamiento jurídico constitucional”.
Que la señora RUBRIA ANGELICA VIVAS MOSCOCO, mediante oficio con Radicado No. 2021ER095474O1 del 25 de junio de 2021, manifestó la aceptación del nombramiento en el empleo de Técnico Operativo Código 314, Grado 12 de la Oficina Técnica del Sistema de Gestión Documental, de la Subdirección de Gestión Documental, de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, para la cual fue nombrada en período de prueba mediante la Resolución No. SDH-000359 del 27 de mayo de 2021.
Que como consecuencia de la aceptación del nombramiento de la señora RUBRIA ANGELICA VIVAS MOSCOCO, se dio por terminado el nombramiento provisional del señor FRANCISCO JAVIER CHAVEZ BECERRA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 16.548.919, en el empleo de de Técnico Operativo Código 314, Grado 12 de la Oficina Técnica del Sistema de Gestión Documental, de la Subdirección de Gestión Documental, de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, efectuado mediante Resolución No. SDH
- 000294 del 29 de octubre de 2015, a partir de la fecha de posesión de la señora RUBRIA ANGELICA VIVAS MOSCOCO Que la Corte Constitucional en Sentencia T-678 de 2017 señaló que: “…el derecho al mínimo vital constituye un presupuesto básico para el efectivo goce y ejercicio de la totalidad de los derechos fundamentales, en tanto salvaguarda de las condiciones básicas de subsistencia del individuo. El reconocimiento del derecho al mínimo vital encuentra su fundamento en el concepto de dignidad humana, pues es claro que la carencia de las condiciones materiales mínimas necesarias para garantizar la subsistencia del individuo, comporta la negación de la dignidad que le es inherente. Igualmente, este derecho se proyecta en otros derechos fundamentales como la vida (Art. 11 C.P.), la salud (Art. 49 C.P.), el trabajo (Art. 25 C.P.) y la seguridad social (Art. 48 C.P.). De esta forma, la protección al mínimo vital se configura una de las garantías de mayor relevancia en el Estado Social de Derecho…”
29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-29 • 2021 • AGOSTO • 23 la Constitución Política (art. 13 numeral 3º), y en la materialización del principio de solidaridad social (art. 95 ibídem), se debe proceder con especial cuidado previendo dispositivos tendientes a no lesionar sus derechos.(…)”.
Que el parágrafo 2 y 3 del artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1º del Decreto 498 de 2020, señala: “PARÁGRAFO 2º. Cuando la lista de elegibles elaborada como resultado de un proceso de selección esté conformada por un número menor de aspirantes al de empleos ofertados a proveer, la administración, antes de efectuar los respectivos nombramientos en período de prueba y retirar del servicio a los provisionales, deberá tener en cuenta el siguiente orden de protección generado por:
1. Enfermedad catastrófica o algún tipo de discapacidad.
2. Acreditar la condición de padre o madre cabeza de familia en los términos señalados en las normas vigentes y la jurisprudencia sobre la materia.
Que la Corte Constitucional en Sentencia T-186 de 2013, ha reconocido que cuando un empleado ocupa en provisionalidad un cargo de carrera y es, además, sujeto de especial protección constitucional, “(…) concurre una relación de dependencia intrínseca entre la permanencia en el empleo público y la garantía de sus derechos fundamentales, particularmente el mínimo vital y la igualdad de oportunidades. De allí que se sostenga por la jurisprudencia que la eficacia de esos derechos depende del reconocimiento de estabilidad laboral en aquellos casos, a través de un ejercicio de ponderación entre tales derechos y los principios que informan la carrera administrativa (…)”.
3. Ostentar la condición de prepensionados en los términos señalados en las normas vigentes y la jurisprudencia sobre la materia.
4. Tener la condición de empleado amparado con fuero sindical.
Que, atendiendo las normas y la jurisprudencia antes señalada, es necesario adelantar acciones afirmativas con aquellos servidores que gozan de especial protección, como es el caso del señor FRANCISCO JAVIER CHAVEZ BECERRA, quien padece de una enfermedad catastrófica, en los términos señalados en las normas vigentes y la jurisprudencia sobre la materia.
Parágrafo 3º. Cuando la lista de elegibles
esté conformada por un número igual o superior al número de empleos a proveer, la administración deberá adelantar acciones afirmativas para que en lo posible los servidores que se encuentren en las condiciones señaladas en el parágrafo anterior sean reubicados en otros empleos de carrera o temporales que se encuentren vacantes, y para los cuales cumplan requisitos, en la respectiva entidad o en entidades que integran el sector administrativo (...)”
Que toda vez que el señor FRANCISCO JAVIER CHAVEZ BECERRA, no goza de los derechos que otorga la carrera administrativa, ya que su vinculación fue mediante nombramiento provisional, y dado que existe una causal objetiva, la cual es la autorización por parte de la CNSC para proveer de manera definitiva el empleo de Técnico Operativo Código 314, Grado 12 de la Oficina Técnica del Sistema de Gestión Documental, de la Subdirección de Gestión Documental, de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, en aras de garantizar la protección especial con que cuenta.
Que sobre la naturaleza de las acciones afirmativas, la Sentencia C-371 de 2000, explicó lo siguiente: “con esta expresión se designan políticas o medidas dirigidas a favorecer a determinadas personas o grupos, ya sea con el fin de eliminar o reducir las desigualdades de tipo social, cultural o económico que los afectan, bien de lograr que los miembros de un grupo subrepresentado, usualmente un grupo que ha sido discriminado, tengan una mayor representación”
Que, revisada la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, no hay cargo en vacancia temporal o definitiva de igual grado al que ostenta el señor FRANCISCO JAVIER CHÁVEZ BECERRA, razón por la cual, en aras de garantizar sus derechos, se debe realizar su nombramiento en un cargo equivalente.
Que el empleo de Técnico Operativo Código 314, Grado 17 de la Subdirección del Talento Humano del Despacho del Despacho del Director de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, se encuentra en vacancia definitiva y se encuentra ofertado en el Proceso de Selección– Distrito Capital 4, por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que frente a las personas de especial protección, la Corte Constitucional en sentencia SU-446 de 2011, la Corte Constitucional ha afirmado “(...) que cuando con fundamento en el principio del mérito (art. 125 C.P.) surja en cabeza del nominador la obligación de nombrar de la lista de elegibles a quien superó las etapas del concurso, en un cargo de carrera ocupado en provisionalidad por un sujeto de especial protección como los padres o madres cabeza de familia, limitados físicos, psíquicos o sensoriales y prepensionados, en aplicación de medidas afirmativas dispuestas en REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-30 • 2021 • AGOSTO • 23 30
Artículo 2.
El señor FRANCISCO JAVIER CHAVEZ BECERRA, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017 tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación, para manifestar si acepta el nombramiento; y posteriormente, tendrá diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de aceptación del nombramiento.
Que el señor FRANCISCO JAVIER CHAVEZ BEC- ERRA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 16.548.819, cumple con las condiciones y reúne los requisitos previstos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, de la Secretaría Distrital de Hacienda, adoptado mediante Resolución No. SHD-000101 del 15 de abril de 2015, para desempeñar el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 17, de la Subdirección del Talento Humano del Despacho del Director de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.
Artículo 3.
El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
Que en protección a los derechos fundamentales del señor FRANCISCO JAVIER CHAVEZ BEC- ERRA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 16.548.819 y acatando lo expuesto en las diferentes sentencias de la Honorable Corte Constitucional, es procedente efectuar el nombramiento en provisionalidad en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 17, de la Subdirección del Talento Humano del Despacho del Director de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que, en mérito de lo expuesto,
Artículo 4.
Comunicar al señor FRANCISCO JAVI- ER CHAVEZ BECERRA, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.
RESUELVE:
Artículo 5.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de la posesión.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad en una vacante definitiva al señor FRANCISCO JAVIER CHAVEZ BECERRA, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 16.548.819, en el empleo de Técnico Operativo, Código 314, Grado 17, de la Subdirección del Talento Humano del Despacho del Director de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha de posesión de la señora RUBRIA ANGELICA VIVAS MOSCOCO y hasta que el mismo se provea de manera definitiva, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7213 • pP. 1-31 • 2021 • AGOSTO • 23 ´ ALCALDIA MAYOR ´, BOGOTA D.C.
CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado ACUERDO DE 2021 CONCEJO DE BOGOTÁ D.C ACUERDO N° 814 “Por el cual se reconoce, fortalece y apoya la labor de las cuidadoras, los cuidadores y los hogares de paso de animales domésticos rescatados en el Distrito Capital”............................................................................................................... 1 Sector Central RESOLUCIONES DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN N° 614 “Por medio de la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Beca la U-CONVIVE: iniciativas de la comunidad universitaria para la construcción de confianza y convivencia con enfoque de Cultura Ciudadana” del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2021 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”......................... 3 SECRETARÍA DE HACIENDA - OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMEN- TACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB RESOLUCIÓN N° DDI- 017853,2021EE141686O1 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”........................................... 5 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA RESOLUCIÓN N° SDH-000508 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”......................... 11 RESOLUCIÓN N° SDH-000510 “Por la cual se efectúa un nombramiento de carácter temporal”....................... 14 RESOLUCIÓN N° SDH-000511 “Por la cual se efectúa un nombramiento de carácter temporal”........................ 16 RESOLUCIÓN N° SDH-000512 “Por la cual se realizan unos nombramientos en periodo de prueba”.............. 18 RESOLUCIÓN N° SDH-000517 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”........................ 22 RESOLUCIÓN N° SDH-000518 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario y se termina un encargo”.... 27 RESOLUCIÓN N° SDH-000519 “Por la cual se realiza un nombramiento provisional en una vacante definitiva”..... 28 MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital
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