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Registro Distrital 7182 de 2021

Registro Distrital 7182 de 2021 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7182
Año
2021
Fecha
8 de julio de 2021
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 55 - No. 7182 - Pp 1 - 38 - 2021 - JULIO - 8 AÑO 55 NÚMERO 7182 8 • JULIO • 2021 ACUERDO DE 2020 CONSEJO DE POLÍTICA ECONÓMICA Y SOCIAL DEL DISTRITO CAPITAL ACUERDO N° 02 (28 de diciembre de 2020)

“Por el cual se subroga el Acuerdo 01 de 2018 “Por el cual se expide el reglamento interno del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital”

Que en desarrollo de lo antes previsto, el 5 de diciembre de 2017 se expidió el Decreto Distrital 668 de 2017 “Por medio del cual se reglamentan los artículos 127 y 128 del Acuerdo 645 de 2016 y se dictan otras disposiciones”, cuyo objeto descrito en el artículo 1 es “Reglamentar los artículos 127 y 128 del Acuerdo 645 de 2016, en el sentido que el Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital - CON- PES D.C. adelantará la articulación en la formulación, la implementación y el seguimiento de las políticas públicas distritales, garantizando la unidad de criterio y la coordinación de las actividades de las distintas unidades ejecutoras de la política económica y social”.

EL CONSEJO DE POLÍTICA ECONÓMICA Y SOCIAL DEL DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial Que el parágrafo del referido artículo 1 del decreto ídem dispone que el Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital, dictará su reglamento interno que guiará todas sus actuaciones; el cual fue adoptado en sesión del 4 de diciembre de 2018. las conferidas por el artículo 25 A del Acuerdo Distrital 257 de 2006, modificado por el artículo 68 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, los artículos 127 y 128 del Acuerdo Distrital 645 de 2016, el parágrafo del artículo 1 del Decreto Distrital 668 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Distrital 761 de 2020, “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, en su artículo 68 modificó el artículo 25A del Acuerdo 257 de 2006, adicionado por el artículo 127 del Acuerdo 645 de 2016, en el sentido de modificar las funciones del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C.

Que el Acuerdo Distrital 761 de 2020 derogó expresamente el Acuerdo Distrital 645 de 2016, excepto, entre otros, los artículos 127 y 128.

Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006, “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, distrito capital, y se expiden otras disposiciones”, establece en el artículo 7 que “(…) las autoridades administrativas del Distrito Capital serán responsables del cumplimiento de las políticas y los objetivos propuestos en los Planes de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas Distrital (…)”.

Que el Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., como instancia de coordinación del Distrito Capital se acoge a los lineamientos para el funcionamiento, operación, seguimiento e informes establecidos en la Resolución 233 de 2018 de la Secretaría General “Por la cual se expiden lineamientos para el funcionamiento, operación, seguimiento e informes de las Instancias de Coordinación del Distrito Capital.”

Que en consideración a lo expuesto se hace necesario subrogar el reglamento interno del Consejo de Política Que el artículo 127 del Acuerdo Distrital 645 del 9 de junio de 2016, “Por el por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2016-2020 “Bogotá Mejor Para Todos”, adicionó el artículo 25A al Título II, Capítulo I, Sector Central, del Acuerdo Distrital 257 de 2006; creando el Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., presidido por el Alcalde Mayor y conformado por los Secretarios de Despacho.

1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-1 • 2021 • julio • 8

3. Estudiar, analizar y aprobar las políticas públicas y los planes de acción que sean presentados para su aprobación, así como sus modificaciones.

Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., para actualizar sus funciones, de conformidad a lo establecido en el artículo 68 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, el cual debe ser aprobado por la instancia; así como ajustar el reglamento conforme a la Resolución 233 de 2018 de la Secretaría General.

4. Estudiar, analizar y aprobar los planes y programas relacionados con las necesidades de la ciudad priorizadas.

5. Estudiar los informes que se le presenten a través de su Secretaría Técnica, sobre la ejecución y evaluaciones de las políticas públicas, los planes y programas, y recomendar las medidas que deban adoptarse para su cumplimiento.

6. Dar las directrices y definir la agenda de evaluación de las políticas públicas, los planes y programas del Distrito Capital.

Que mediante Resolución 351 de 25 de febrero de 2020, la Secretaria Distrital de Planeación delegó en la Subsecretaría de Planeación Socioeconómica la Secretaría Técnica del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., asignada a esa Secretaría. En desarrollo de esa delegación, le corresponderá a la Subsecretaría de Planeación Socioeconómica adelantar las funciones para la Secretaría Técnica, previstas en el reglamento interno del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C.

Artículo 4.

Miembros. El Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C. estará integrado así:

Que en mérito de lo expuesto, en sesión del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES, D.C., llevada a cabo el día 28 de diciembre 2020, se puso a consideración y se aprobó el presente reglamento.

1. Son miembros permanentes a sus sesiones, con derecho a voz y voto:

ACUERDAN:

a. El/La Alcalde/sa Mayor, quien lo preside. b. El/La Secretario/a Distrital de Planeación.

Capítulo I.

NATURALEZA, OBJETO Y FUNCIONES

c. El/La Secretario/a General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. d. El/La Secretario/a Jurídico/a Distrital. e. El/La Secretario/a Distrital de Hacienda.

Artículo 1.

Naturaleza. El Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., es un órgano colegiado, definido como una autoridad de Planeación Distrital, según el artículo 6 del Acuerdo Distrital 12 de 1994, el cual fue adicionado por el artículo 128 del Acuerdo Distrital 645 de 2016.

f. El/La Secretario/a Distrital de Gobierno. g. El/La Secretario/a Distrital de Seguridad, Con- vivencia y Justicia. h. El/La Secretario/a Distrital de Desarrollo Eco- nómico.

Artículo 2.

Objeto. El Consejo de Política Económica y Social del Distrital Capital CONPES D.C., tiene como objeto articular la formulación, implementación y el seguimiento de las políticas públicas distritales, garantizando la unidad de criterio y la coordinación de las actividades de las distintas unidades ejecutoras de la política económica y social.

i. El/La Secretario/a de Educación del Distrito. j. El/La Secretario/a Distrital de Salud. k. El/La Secretario/a Distrital de Integración Social. l. El/La Secretario/a Distrital de Cultura, Recrea- ción y Deporte.

Artículo 3.

Funciones. Para el cumplimiento de su objetivo, el Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., tendrá las siguientes funciones, conforme lo establece el artículo 68 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, el cual modifica el artículo 25 A del Acuerdo Distrital 257 de 2006, adicionado por el artículo 127 del Acuerdo Distrital 645 de 2016:

m. El/La Secretario/a Distrital de Ambiente.

1. Orientar y asesorar los aspectos relacionados con el desarrollo económico y social del Distrito Capital.

n. El/La Secretario/a Distrital de Movilidad. o. El/La Secretario/a Distrital del Hábitat. p. El/La Secretario/a Distrital de la Mujer.

2. Analizar, identificar y priorizar las necesidades de la ciudad a ser atendidas mediante políticas públicas u otros instrumentos de planeación.

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2. Son invitados permanentes a sus sesiones, con derecho a voz:

a. Alto/a Consejero/a para los Derechos de las

8. Suscribir el informe de gestión del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., de acuerdo con la normatividad vigente.

Víctimas, la Paz y la Reconciliación. b. Alto/a Consejero/a Distrital de Tecnologías de

9. Las demás que sean necesarias para la adecuada dirección de la instancia.

Información y Comunicaciones de TIC.

3. Asistirán en calidad de invitados a las sesiones en las que se traten temas de su competencia, con derecho a voz:

a. Directores y gerentes o presidentes de entida-

Artículo 7.

Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., está a cargo de la Secretaría Distrital de Planeación en cabeza de su Secretario/a1 o de quien esta delegue.

des distritales adscritas y/o vinculadas a los distintos Sectores de coordinación. b. Jefes de los organismos de control distritales. c. Demás invitados por el/la Alcalde/sa Mayor o

Artículo 8.

Funciones de la Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., ejercerá las siguientes funciones:

la Secretaría Técnica del CONPES D.C.

1. Proyectar el reglamento interno, así como proponer modificaciones para su aprobación.

Parágrafo. En caso de que se creen nuevas Secreta-
rías de Despacho o Altas Consejerías, las mismas se integrarán a los miembros permanentes e invitados, respectivamente.

2. Realizar la convocatoria de las sesiones ordinarias, extraordinarias y citar a las reuniones preparatorias establecidas en el artículo 9 del presente regla- mento.

Capítulo II.

DE LA PRESIDENCIA Y LA SECRETARÍA TÉCNICA

3. Verificar el quórum antes de sesionar y hacer seguimiento al orden del día aprobado.

Artículo 5.

Presidencia. La Presidencia del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., estará a cargo del/la Alcalde/sa Mayor.

4. Elaborar y presentar el plan anual de trabajo del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., en coordinación con sus integrantes y hacer seguimiento a su ejecución.

Artículo 6.

Funciones de la Presidencia. El/la Presidente/a del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., ejercerá las siguientes funciones:

5. Consolidar y presentar para su aprobación los Do- cumentos CONPES D.C. y sus anexos, propuestos por sus integrantes, si así se requiere.

1. Presidir las sesiones del Consejo de Política Eco- nómica y Social del Distrito Capital.

2. Programar anualmente las sesiones ordinarias.

6. Publicar los actos administrativos de creación, reglamentación, actas, informes, Documentos CONPES D.C. y los demás que se requieran, en la página web de la Secretaría Distrital de Planea- ción.

3. Programar las sesiones extraordinarias cuando se requieran.

4. Aprobar el plan anual de trabajo de la instancia durante el primer bimestre de cada vigencia.

7. Presentar informes sobre el seguimiento y eva- luación de las políticas públicas del Distrito, aprobadas por el Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C. y los demás informes que le requieran.

5. Coordinar con la Secretaría Técnica la elaboración de actas e informes y demás documentos para su publicación.

8. Coordinar la definición de la agenda de evalua- ciones de las políticas públicas adoptadas por el Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C.

6. Suscribir los actos y/o decisiones adoptadas por el Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., entre ellas el reglamento interno.

9. Elaborar las actas de cada sesión, suscribirlas junto con el Presidente y hacer seguimiento al

7. Solicitar informes y estudios sobre la ejecución y evaluaciones de las políticas públicas, los planes y programas.

1 Artículo 68 del Acuerdo Distrital 761 de 2020.

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-3 • 2021 • julio • 8 b. Sesiones no presenciales. Podrán desarrollar- cumplimiento de los compromisos adquiridos por los integrantes del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C.

10. Custodiar y conservar los documentos expedidos por el Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C. y demás que se requieran.

11. Prestar el apoyo requerido por el Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., en todas las demás actuaciones y funciones de su competencia.

se sesiones no presenciales mediante la utilización de medios tecnológicos que permitan deliberar o decidir por comunicación sucesiva o simultanea de sus miembros, las sesiones no presenciales podrán realizarse por la urgencia y/o disponibilidad de agenda de los miembros del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., o por alguna otra excepcionalidad, que este soportada o justificada, para el efecto se tendrá en cuenta lo siguiente: i. La votación estará abierta por un tiempo máximo de veinticuatro (24) horas para los miembros permanentes con derecho a voz y voto.

12. Dar a conocer las decisiones del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C. mediante circulares dirigidas a las entidades y organismos de la Administración Distrital, dentro de los ocho (8) días siguientes a la adopción de aquellas.

13. Las demás que le sean asignadas en su calidad de Secretaría Técnica.

ii. La Secretaría Técnica enviará un formato al momento de abrir la sesión para que los miembros permanentes con derecho a voz y voto, registren el sentido de su decisión.

Capítulo III.

SESIONES Y QUÓRUM

Para la validez de las decisiones adoptadas se deberá verificar el quórum descrito en el artículo 12.

De todas las sesiones se levantará un acta suscrita por la Presidencia y la Secretaría Técnica o quien haga sus veces.

Artículo 9.

Reuniones preparatorias. Previo a la sesión del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., se realizará una sesión preparatoria, denominada Pre CONPES, con el propósito de estudiar técnicamente el proyecto de documento de política pública Distrital que se presentará a consideración de la instancia.

Parágrafo. De conformidad con las solicitudes realiza-
das por sus integrantes, podrán ser incluidos durante la vigencia y previo al desarrollo de la sesión ordinaria o extraordinaria los temas que sean requeridos.

Artículo 11.

Convocatorias. La Secretaria/o Técnica/o del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., realizará la convocatoria a todas las sesiones, mediante correo electrónico con al menos cuatro (4) días de antelación, o por derecho propio en cualquier momento por parte del/la Presidente/a, anexando los siguientes documentos:

a. Orden del día.

La sesión Pre CONPES será coordinada por la Secretaría Técnica, quien convocará a los/as Subsecretarios/as y a los/as jefes/as o directores/as o asesores de planeación de las entidades que participan en la formulación de la política pública que se vaya a someter a aprobación del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., una vez cumplido el proceso de validación del documento de política pública por parte de la Secretaría Distrital de Planeación. La participación de los jefes de planeación de las entidades convocadas será indelegable. b. Documento CONPES D.C. y sus anexos c. Resumen ejecutivo del documento sometido a consideración de la instancia. d. Los demás soportes que la Secretaría Técnica considere pertinentes.

Artículo 10.

Sesiones. El Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C, sesionará de manera ordinaria, por lo menos una vez al año, durante el primer semestre, en la cual se aprobará el plan anual de trabajo; y de forma extraordinaria cuando se requiera tratar temas cuya urgencia e importancia impidan esperar hasta la siguiente sesión ordinaria; a solicitud de/la Presidente/a o de la Secretaría Técnica, en sesiones presenciales o no presenciales, así:

a. Sesiones presenciales. Se desarrollarán una

Artículo 12.

Quórum. El Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., podrá deliberar cuando se hallen presentes al menos las tres cuartas partes de la totalidad de los miembros con derecho a voz y voto, incluido el/la Alcalde/sa Mayor.

vez se cumpla con el quórum establecido en el artículo 12 del presente reglamento.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-4 • 2021 • julio • 8 4 Las decisiones se adoptarán igualmente por las tres cuartas partes de la totalidad de los miembros del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C. con derecho a voz y voto, entre los cuales deben estar presentes los Secretarios/as responsables de productos en el plan de acción de la política pública a ser aprobada. el/la Presidente/a y por el/la Secretario/a Técnico/a de la instancia y contendrá las decisiones tomadas, los compromisos y tareas de los integrantes y los documentos que hagan parte de cada sesión. En el evento de que no se reúna el quórum o no se realice la sesión, la Secretaría Técnica elaborará el acta en la que se evidencie la razón.

Capítulo IV.

PROCEDIMIENTO PARA LA FORMULACIÓN DE

DOCUMENTOS CONPES D.C.

Parágrafo 1. En caso de no conformarse el quó-
rum dentro de los veinte minutos siguientes a la hora fijada la sesión se aplazará y será convocada nuevamente por la Secretaría Técnica. Se podrá en esta misma sesión fijar la nueva fecha y hora por parte de los miembros asistentes y se hará la respectiva convocatoria.

Parágrafo 2. La ausencia de los integrantes de la
instancia a las sesiones presenciales, deberá ser informada por escrito a la Secretaría Técnica, con el fin de ser comunicadas al pleno de la misma.

Artículo 16.

Procedimiento para la formulación de Documentos CONPES D.C. El procedimiento para la formulación de Documentos CONPES D.C. es el establecido por la Secretaría Distrital de Planeación, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Distrital 668 de 2017, entidad que asesorará la elaboración y estudio de los documentos de política pública puestos a consideración del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C.

Capítulo V.

Artículo 13.

Decisiones del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital. Las decisiones de política pública adoptadas por el Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital estarán contenidas en los Documentos CONPES D.C.

Parágrafo. Los Documentos CONPES D.C. contarán
con numeración consecutiva.

Artículo 17.

Reglamento Interno. Este reglamento podrá ser modificado por iniciativa de uno o más de sus integrantes o de la Secretaria Técnica y aprobado por el quórum decisorio establecido.

Artículo 18.

Vigencia. El presente Acuerdo subroga el Acuerdo No. 01 de 2018 y regirá a partir de su publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Artículo 14.

Publicidad de las decisiones. La Secretaría Técnica del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., publicará en la página web de la Secretaría Distrital de Planeación las actas de cada sesión, los Documentos CONPES D.C. relativos a las decisiones que se adopten y demás que correspondan. Así mismo, los Documentos CON- PES D.C. serán publicados en el Registro Distrital.

Dado en Bogotá a los veintiocho (28) días del mes de diciembre de dos mil veinte (2020).

CLAUDIA LÓPEZ HERNÁNDEZ Alcaldesa Mayor de Bogotá Presidenta del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital PILAR MONTAGUT CASTAÑO Subsecretaría de Planeación Socioeconómica (e)

Secretaría Distrital de Planeación Secretaria Técnica del Consejo de Política Económica y

Artículo 15.

Actas. De las sesiones del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., la Secretaría Técnica levantará las actas respectivas con las decisiones que se adopten, y contarán con una numeración consecutiva anual, seguida del año en números. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la realización de la sesión, el acta será enviada por la Secretaría Técnica a los integrantes de la instancia, a través de correo electrónico u otra alternativa informada en la respectiva reunión, para que en el término de cinco (5) días hábiles realicen sus observaciones. Si se presentan observaciones, la Secretaría Técnica dispone de dos (2) días hábiles para resolverlas y presentar el acta final. Si no se reciben observaciones, se entenderá que están de acuerdo con lo plasmado en la misma. El acta final será suscrita por

Social del Distrito Capital 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-5 • 2021 • julio • 8 RESOLUCIONES DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD que se encuentren vacantes de manera temporal o definitiva se regirá por lo previsto en la Ley 909 de 2004 y en las normas que la modifiquen, adicionen o reglamenten y por las normas que regulan los sistemas específicos de carrera”.

RESOLUCIÓN N° 65799 (06 de julio de 2021)

Que mediante el Decreto Distrital 672 del 22 de noviembre de 2018, se modificó la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Movilidad y se deroga el Decreto Distrital 567 de 2006.

“Por medio de la cual se concede un encargo en un empleo con vacancia temporal a una funcionaria con Derechos de Carrera Administrativa dentro de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Que mediante el Decreto Distrital 673 del 22 de noviembre de 2018, se modificó la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Movilidad”

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN CORPORATIVA DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD- SDM, Que la Dirección de Talento Humano una vez revisada la planta de personal identificó que cuenta con dos (02) empleos en vacancia definitiva y un (01) empleo en vacancia temporal, derivadas de las situaciones administrativas comprendidas entre el 15 de abril de 2021 y el 12 de mayo de 2021.

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, los artículos 2.2.5.5.41 y siguientes del Decreto Nacional 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector Función Pública, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, el artículo 4 numeral 21 del Decreto Distrital 672 de 2018, delegadas mediante Resolución No. 287 del 21 de octubre de 2020 y,

CONSIDERANDO:

Que como consecuencia de lo anterior el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 222 GRADO 27, asignado a la DIRECCIÓN DE INVESTI- GACIONES ADMINISTRATIVAS AL TRANSITO Y TRANSPORTE de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, requiere ser provisto por necesidades del servicio y el cual se encuentra en vacancia temporal con ocasión a la situación administrativa de encargo de la funcionaria titular con derechos de carrera administrativa EDNA BEATRIZ ROJAS GARAVITO identificada con cedula de ciudadanía 51.984.486.

Que según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019 mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados en estos, si acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño es sobresaliente.

Que en ese sentido y con el fin de identificar los funcionarios de carrera administrativa que ostentan el derecho preferencial a ser encargados en el citado empleo, la Dirección de Talento Humano dio cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004, artículo 24, la Ley 1960 de 2019, el criterio unificado para provisión de empleos públicos mediante encargo del 13 de agosto de 2019 expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC y el procedimiento interno PA02-PR02 “Provisión de empleos de carrera mediante encargo” versión 4.0.

Que el artículo 2.2.5.5.41 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) establece que: “Los empleados podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo. El encargo no interrumpe el tiempo de servicio para efectos de la antigüedad en el empleo del cual es titular, ni afecta los derechos de carrera del empleado.”

Que con el fin de verificar el cumplimiento del perfil de competencias exigidas en el empleo en vacancia temporal, la Dirección de Talento Humano realizó el “Estudio de verificación sobre el cumplimiento de requisitos” a todos los funcionarios de carrera administrativa basado en las Resoluciones 236 de 2018, 465 de 2019, 160 de 2020, 229 de 2020 y 33145 de 2021“Por la cual se modifica el manual específico de funciones y competencias laborales de los empleos públicos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad”, en el cual se validaron los requisitos de formación académica y de experiencia.

Que el artículo 2.2.5.5.42 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) establece que: “El encargo en empleos de carrera REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-6 • 2021 • julio • 8 6

Artículo 2.

El encargo de que trata el artículo anterior es de carácter temporal y su duración se establece hasta por el término de la situación administrativa de encargo de su titular con derechos de carrera administrativa EDNA BEATRIZ ROJAS GARAVITO identificada con cedula de ciudadanía 51.984.486.

Que la funcionaria ZAHIRA NAYIBBE ESPITIA PÁEZ, identificada con cédula de ciudadanía número 52.330.342 quien ostenta derechos de carrera administrativa en el empleo PROFESIONAL ESPE- CIALIZADO CÓDIGO 222 GRADO 19, asignado a la DIRECCIÓN DE REPRESENTACIÓN JUDICIAL, podrá ostentar el derecho preferencial a ser encargada de conformidad con lo establecido expresamente por el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, el mencionado criterio unificado y el procedimiento interno.

Artículo 3.

Teniendo en cuenta que la funcionaria ZAHIRA NAYIBBE ESPITIA PÁEZ asumirá el desempeño de las funciones del empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 222 GRADO 27, asignado a la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES ADMINIS- TRATIVAS AL TRANSITO Y TRANSPORTE de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, deberá adelantar los trámites correspondientes a la entrega del puesto de trabajo que actualmente desempeña de acuerdo con el procedimiento institucional adoptado para el efecto.

Artículo 4.

La presente resolución rige a partir de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno de la sede administrativa de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

Que la funcionaria ZAHIRA NAYIBBE ESPITIA PÁEZ ya identificada, una vez culminado el trámite administrativo interno manifestó a la Dirección de Talento Humano su interés en ocupar mediante situación administrativa de encargo el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 222 GRADO 27, asignado a la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES ADMINIS- TRATIVAS AL TRANSITO Y TRANSPORTE, de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad (ID. 420-222-27-01 Ficha del Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales Vigente).

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C. a los seis (06) días del mes de julio de dos mil veintiuno (2021).

LIGIA STELLA RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ Subsecretaria de Gestión Corporativa SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN N° SDH - 000416 (06 de julio de 2021)

Que como consecuencia de lo anterior y dado que la funcionaria ZAHIRA NAYIBBE ESPITIA PÁEZ cumple con las condiciones establecidas por el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019, para ocupar el empleo PROFE- SIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 222 GRADO 27, asignado a la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS AL TRANSITO Y TRANSPORTE de la planta global de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad (ID. 420-222-27-01 Ficha del Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales Vigente) que se encuentra en vacancia temporal dentro de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad, resulta procedente conceder la situación administrativa de encargo en el mencionado empleo, para lo cual se procederá de conformidad.

“Por la cual se realizan unos nombramientos en periodo de prueba”

Que en mérito de lo expuesto, EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA

RESUELVE:

En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Artículo 1.

ENCARGAR a la funcionaria ZAHIRA NAYIBBE ESPITIA PÁEZ, identificada con cédula de ciudadanía número 52.330.342, en el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 222 GRADO 27, asignado a la DIRECCIÓN DE INVES- TIGACIONES ADMINISTRATIVAS AL TRANSITO Y TRANSPORTE (ID. 420-222-27-01 Ficha del Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales Vigente) de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-7 • 2021 • julio • 8 ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio radicado N° 20192130752431 del 10 de diciembre de 2019, informó a la Secretaría Distrital de Hacienda que las listas de elegibles correspondientes al grupo I, ya se encuentran en firme.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que el artículo 6 de la Ley 1960 de 2019, modificó el numeral 4 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004 y señaló: “ 4. Con los resultados de las pruebas la Comisión Nacional del Servicio Civil o la entidad contratada por delegación de aquella elaborará en estricto orden de mérito la lista de elegibles que tendrá una vigencia de dos (2) años. Con esta y en estricto orden de méritos se cubrirán las vacantes para las cuales se efectuó el concurso y las vacantes definitivas de cargos equivalentes no convocados, que surjan con posterioridad a la convocatoria de concurso en la misma Entidad.”

Que mediante los Decretos Distritales 600 y 601 de 2014, éste último modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la planta de cargos y la nueva estructura de la entidad, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 542 de 2015, mediante el cual se convocó a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015 – SDH.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil el 16 de enero de 2020 expidió el Criterio Unificado sobre el uso de listas de elegibles en contexto de la Ley 1960 de 2019 del 16 de enero de 2020 y complementado con el Criterio Unificado del 6 de agosto de 2020, que al respecto estableció: “(…) las listas de elegibles conformadas por la CNSC y aquellas que sean expedidas en el marco de los procesos de selección aprobados con anterioridad al 27 de junio de 2019, deberán usarse durante su vigencia para proveer las vacantes de los empleos qua integraron la Oferta Pública de Empleos de Carrera -OPEC- de la respectiva convocatoria y para cubrir nuevas vacantes que se generen con posterioridad y que correspondan a los “mismos empleos” entiéndase, con igual denominación, código, grado, asignación básica mensual, propósito, funciones, ubicación geográfica y mismo grupo de aspirantes; criterios con los que en el proceso de selección se identifica el empleo con un número de OPEC(…)”

Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria No. 328 de 2015, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del referido Acuerdo 542 de 2015, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda, identificó tres (3) vacantes correspondientes a características del mismo empleo al identificado con la OPEC No. 213058, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, el cual será provisto con la lista de elegible conformada mediante Resolución No. 20192130118125 del 28 de noviembre de 2019.

Que mediante Resolución No. SDH-000589 del 23 de diciembre de 2019 se efectuó el nombramiento de los primeros veintiún (21) elegibles de la lista Identificada con la OPEC 213058 para el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina de Control Masivo.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC - 20192130118125 del 28 de noviembre de 2019, “Por la cual se conforma la Lista de Elegibles para proveer veintiún (21) vacantes del empleo de carrera identificado con el código OPEC No. 213058, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, del Sistema General de Carrera de la Secretaría Distrital de Hacienda, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015-SDH.”

Que mediante Resolución No. DGC-000654 del 22 de mayo de 2020 se aceptó la renuncia del señor EDGAR REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-8 • 2021 • julio • 8 8 GERARDO ROSERO LOPEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.014.705, quien ocupaba la posición número tres (3) de la mencionada lista.

Que mediante Resolución No. SDH-000283 del 20 de abril de 2021 se efectuó el nombramiento de LUIS GILBERTO RODRIGUEZ BULLA, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.495.355, quien ocupó el puesto veintiocho (28) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución 20192130118125 del 28 de noviembre de 2019, en el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina de Control Masivo, quien se posesionó el 01 de junio de 2021.

Que en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero de 2020 y el 6 de agosto de 2020 expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante oficios con Radicado Nro. 2021EE018616O1 del 18 de febrero de 2021 y 2021EE044373O1 del 14 de abril de 2021 la Secretaría Distrital de Hacienda solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, autorización para el uso de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 213058, para proveer vacantes correspondientes a “mismos empleos”

Que mediante Resolución No. SDH-000425 del 13 de octubre de 2020 se llevó a cabo la derogatoria del nombramiento de los elegibles: RENE HORACIO TORRES LOPEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.971.832, quien ocupaba la posición número cuatro (4); KELVIS MARIA DELUQUEZ RA- MIREZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.118.806.572, quien ocupaba la posición número cinco (5); SONIA YAMILE ARTEAGA MELO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 59.795.953, quien ocupaba la posición número nueve (9); ELSA BIBIANA CARRILLO ARIAS, identificada con la cédula de ciudadanía No. 36.067.584, quien ocupaba la posición número doce (12); y DIANA MARCELA CUESTA CASTILLO, identificada con la cédula No. 52.739.916, quien ocupaba la posición número quince (15) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC - 20192130118125 del 28 de noviembre de 2019.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio con Radicado Nro. 20211020626741 del 05 de mayo de 2021, cuyo asunto es “Autorización uso de listas de elegibles para proveer algunas vacantes correspondientes a “mismos empleos” en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero de 2020”, autorizó el uso de la lista en los siguientes términos:

“(…) esta Comisión Nacional procedió a realizar el correspondiente estudio técnico de viabilidad de uso directo de lista de elegibles, cuyo resultado se encuentra en la certificación del analista de fecha 05 de mayo de 2021, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 20151, tal y como lo certifica el Director de Administración de Carrera Administrativa en la misma fecha, concluyendo que:

(…)

Que mediante Resolución No. SDH-000491 del 09 de noviembre de 2020, se nombró en periodo de prueba a EDNA JOHANNA SIERRA NIÑO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.484.343, quien ocupó el puesto veintidós (22) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. 20192130118125 del 28 de noviembre de 2019; EDUARDO VELANDIA PALACIO, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.257.501, quien ocupó el puesto veintitrés (23); LEONARDO CHARRY AN- DRADE, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.075.539.623, quien ocupó el puesto veinticuatro (24); LUZ ADRIANA QUIMBAY CONTRERAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.382.846, quien ocupó el puesto veinticinco (25); ADRIANA MARCELA LEYVA GUZMAN, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.640.919, quien ocupó puesto veintiséis (26); y DORY CONSTANZA SANCHEZ ARAGON, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.438.489, quien ocupó el puesto veintisiete (27), para el cargo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina de Control Masivo.

Para la provisión tres (3) vacantes en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 213058, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, es posible hacer uso de la lista de elegibles, con los elegibles que se relacionan a continuación:

Que mediante Resolución No. SDH-00008 del 6 de enero de 2021 se derogó el nombramiento de la señora DORY CONSTANZA SANCHEZ ARAGON, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.438.489 en el cargo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina de Control Masivo, quien ocupaba el puesto veintisiete (27) de la lista de elegibles expedida mediante la Resolución No. 20192130118125 del 28 de noviembre de 2019.

9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-9 • 2021 • julio • 8 POSICION EN LA RESOLUCIÓN ENTIDAD EMPLEO PUNTAJE CÉDULA NOMBRE FIRMEZA LISTA 70,55 16609395 NELSON ALDEMAR ZUÑIGA MENDOZA 29 20192130118125 del 28 de noviembre SDH 213058 de 2019 9 de diciembre de 2019 30 69,67 79881268 HERNAN DAVID CARRILLO ZAPATA CASTAÑEDA 31 69,52 80132438 JULIO CESAR PÉREZ (…) ”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar a los elegibles que ocuparon los puestos veintinueve (29), treinta (30) y treinta y uno (31) de la lista. ple con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Profesional Universitario, Código 219 Grado 14, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Control Masivo, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que el señor NELSON ALDEMAR ZUÑIGA MEN- DOZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 16.609.395 ocupó el puesto número veintinueve (29) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130118125 del 28 de noviembre de 2019, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219 Grado 14, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Control Masivo, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que el señor JULIO CESAR CASTAÑEDA PÉREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.132.438 ocupó el puesto número treinta y uno (31) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC
- 20192130118125 del 28 de noviembre de 2019, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Control Masivo, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación del señor NELSON ALDEMAR ZUÑIGA MENDOZA, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Profesional Universitario, Código 219 Grado 14, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Control Masivo, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación del señor JULIO CESAR CASTAÑEDA PÉREZ, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Control Masivo, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que el señor HERNAN DAVID CARRILLO ZAPATA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.881.268 ocupó el puesto número treinta (30) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC
- 20192130118125 del 28 de noviembre de 2019, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Control Masivo, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “…En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación del señor HERNAN DAVID CARRILLO ZAPATA, determinando que cum- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-10 • 2021 • julio • 8 10 Oficina de Control Masivo, de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 4.

El período de prueba al que se refieren los artículos anteriores tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, les será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, serán inscritos en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen general, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Que en mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contará el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a NEL- SON ALDEMAR ZUÑIGA MENDOZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 16.609.395, quien ocupó el puesto número veintinueve (29) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130118125 del 28 de noviembre de 2019, bajo el código OPEC 213058, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Control Masivo, de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 5.

Los señores NELSON ALDEMAR ZUÑIGA MENDOZA, HERNAN DAVID CARRILLO ZAPATA, y JULIO CESAR CASTAÑEDA PÉREZ, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017 tendrán cada uno diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si aceptan el nombramiento; y posteriormente tendrán diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Artículo 2.

Nombrar en período de prueba a HERNAN DAVID CARRILLO ZAPATA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.881.268 ocupó el puesto número treinta (30) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130118125 del 28 de noviembre de 2019, bajo el código OPEC 213058, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la Oficina de Control Masivo, de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 6.

Los presentes nombramientos cuentan con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 3.

Nombrar en período de prueba a JU- LIO CESAR CASTAÑEDA PÉREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.132.438, quien ocupó el puesto número treinta y uno (31) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130118125 del 28 de noviembre de 2019, bajo el código OPEC 213058, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, ubicado en la

Artículo 7.

Comunicar el presente acto administrativo por parte de la Subdirección del Talento Humano a los señores NELSON ALDEMAR ZUÑIGA MENDOZA, identificado con cédula de ciudadanía No. 16.609.395, HERNAN DAVID CARRILLO ZAPATA, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.881.268 y JULIO CESAR CASTAÑEDA PÉREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.132.438.

11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-11 • 2021 • julio • 8

Artículo 8°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los seis (06) días del mes de julio de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política y en el artículo 3° de la Ley 1437 de 2011 y, cumplidas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria No. 328 de 2015, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del referido Acuerdo 542 de 2 de julio de 2015, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

RESOLUCIÓN N° SDH - 000419 (06 de julio de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en período de prueba”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC – 20192130110445 del 25 de octubre de 2019, “Por la cual se conforma la lista de elegibles para proveer tres (3) vacantes del empleo de carrera identificado con código OPEC No. 212856, denominado Profesional Especializado Código 222 Grado 24, del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015-SDH.” en uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 648 de 2017, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio con Radicado N° 20192130660731, de fecha del 6 de noviembre de 2019, informó a la Secretaría Distrital de Hacienda que las listas de elegibles correspondientes al Grupo I, ya se encuentran en firme.

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución No. SDH- 000490 del 15 de noviembre de 2019, se nombró en periodo de prueba en el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 24, de la Oficina de Cobro Especializado, a los primeros 3 elegibles de la referida lista de elegibles.

Que mediante los Decretos Distritales 600 y 601 de 2014, éste último modificado por el Decreto 364 de 2015 y 834 de 2019, se estableció la planta de cargos y la nueva estructura de la entidad, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que mediante el artículo 1 de la Resolución No. SDH- 000445 del 16 de octubre de 2020, se derogó el nombramiento del señor SERGIO LEONARDO PEDRAZA SEVERO quién ocupa la posición segunda (2) de la lista de elegibles conformada mediante Resolución No. CNSC – 20192130110445 del 25 de octubre de 2019.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del· Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que mediante Resolución No. SDH - 000207 del 25 de marzo de 2021, se nombró en periodo de prueba en el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 24, de la Oficina de Cobro Especializado, de acuerdo con la lista de elegibles en mención, a la señora DORA MILENA RESTREPO VILLA identificado con cédula de ciudadanía No. 43.635.827, quién ocupó el puesto cuarto (4) de la lista de elegibles en mención.

Que mediante el artículo 1 de la Resolución No. SDH- 000293 del 21 de abril de 2021, se derogó el nombramiento en periodo de prueba de la señora DORA MILENA RESTREPO VILLA, efectuado mediante Resolución No. SDH - 000207 del 25 de marzo de 2021.

Que en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 542 de 2015, mediante el cual se convocó a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015 – SDH.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-12 • 2021 • julio • 8 12 Que mediante oficio con Radicado CNSC – 20213200774902 del 27 de abril de 2021, la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del servicio Civil, autorización para el uso de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 212856, como consecuencia de la derogatoria del nombramiento de la señora DORA MILENA RESTREPO VILLA. dad de uso directo de lista de elegibles, cuyo resultado se encuentra en la certificación del analista de fecha 6 de mayo de 2021, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 20151, tal y como lo certifica el Director de Administración de Carrera Administrativa en la misma fecha, concluyendo que:

(…)

Para la provisión de una (1) vacante del empleo identificado con el Código OPEC Nro. 212856 denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 24, es posible hacer uso de la lista de elegibles, con la elegible que se relaciona a continuación:

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Oficio No. 20211020742641 el 2 de junio de 2021, cuyo asunto es “Autorización uso directo de lista de elegibles (Sin Cobro) para proveer algunas vacantes en los empleos ofertados en la Convocatoria Nro. 328 de 2015.”, autorizó el uso de la lista en los siguientes términos:

“(…) La Comisión Nacional del Servicio Civil procedió a realizar el correspondiente estudio técnico de viabili- POSICION EN LA LISTA RESOLUCIÓN ENTIDAD EMPLEO PUNTAJE CÉDULA NOMBRE FIRMEZA 20192130110445 del 25 de octubre JAYNE DANITH ESTUPIÑAN MORENO 05 de noviembre de 2019 5 de 2019 SDH 212856 69,20 46673346 (…) ”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la quinta (5) posición de la lista de elegibles. listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Que la señora JAYNE DANITH ESTUPIÑAN MO- RENO identificada con cédula de ciudadanía No. 46.673.346, ocupó la posición quinta (5) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC
- 20192130110445 del 25 de octubre de 2019, para desempeñar el cargo de carrera administrativa deno- minado Profesional Especializado Código 222 Grado 24, de la Oficina de Cobro Especializado, por lo cual es procedente su nombramiento.

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen general, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

En mérito de lo expuesto, Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de la señora JAYNE DANITH ESTUPIÑAN MORENO determinando que cumplen con los requisitos establecidos en el manual de funciones y competencias de la entidad para el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 24, de la Oficina de Cobro Especializado, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

RESUELVE:

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “…En el evento en que el proceso de selección tenga

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a la señora JAYNE DANITH ESTUPIÑAN MORENO, identificada con cédula de ciudadanía No. 46.673.346, quien ocupó

13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-13 • 2021 • julio • 8 RESOLUCIÓN N° SDH - 000420 (06 de julio de 2021)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA el puesto quinto (5) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130110445 del 25 de octubre de 2019 bajo la OPEC 212856, para desempeñar el cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 24, de la Oficina de Cobro Especializado de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC - elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Artículo 3.

De conformidad con artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, la señora JAYNE DANITH ESTUPIÑAN MORENO tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de la presente Resolución, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetarán a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que mediante los Decretos Distritales 600 y 601 de 2014, éste último modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la planta de cargos y la nueva estructura de la entidad, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 4.

Comunicar el presente acto administrativo por parte de la Subdirección de Talento Humano a la señora JAYNE DANITH ESTUPIÑAN MORENO, identificada con cédula de ciudadanía No. 46.673.346.

Artículo 5.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Que, en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 542 de 2015, mediante el cual se convocó a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015 – SDH.

Dada en Bogotá D.C., a los seis (06) días del mes de julio de dos mil veintiuno (2021).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Que en observancia de los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el Secretario Distrital de Hacienda REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-14 • 2021 • julio • 8 14 No. 000442 del 15 de noviembre de 2019 del elegible de la posición (3) el Señor LORENZO EDUARDO JARA PORTILLA.

Que mediante Resolución No. SDH - 000560 del 10 de diciembre de 2020, se nombró en periodo de prueba a JOHANNA MILENA ARAGÓN SANDOVAL, en el cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 27, de la Subdirección de Asuntos Contractuales, quien ocupó el sexto (6) puesto de la lista de elegibles. artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria No. 328 de 2015, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del referido Acuerdo 542 de 2015, le corresponde a la CNSC conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que mediante Resolución No. SDH-000112 del 16 de febrero de 2021, se derogó el nombramiento en periodo de prueba efectuado mediante la Resolución No. SDH-000560 del 10 de diciembre de 2020 a la señora JOHANNA MILENA ARAGÓN SANDOVAL.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución N.° CNSC – 20192130017625 del 18 de marzo de 2019, “Por la cual se conforma la Lista de Elegibles para proveer cinco (5) vacantes del empleo de carrera identificado con código OPEC No. 212843, denominado Profesional Especializado Código 222 Grado 27, del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015-SDH.” la cual adquirió firmeza el 09 de abril de 2019.

Que mediante Resolución No. SDH - 000042 del 20 de enero de 2021, se nombró en periodo de prueba a la señora LUZ HELENA HERNÁNDEZ PALACIOS, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.900.153 en el cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 27, de la Subdirección deAsuntos Contractuales, quien ocupó el séptimo (7) puesto de la lista de elegibles.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio radicado No. 20192130651621, de fecha 30 de octubre de 2019, informó a la Secretaría Distrital de Hacienda que las listas de elegibles correspondientes a los Grupos III y IV, en su mayoría ya se encuentran en firme.

Que mediante Resolución No. SDH-000138 del 3 de marzo de 2021, se derogó el nombramiento en periodo de prueba efectuado mediante la Resolución No. SDH-000042 del 20 de enero de 2021 a la señora LUZ HELENA HERNÁNDEZ PALACIOS.

Que mediante Resolución No. SDH -000173 del 22 de julio de 2019, en cumplimiento de un fallo de tutela se nombró a la elegible de la posición cuatro (4) de la lista de elegibles conformada por la Resolución No. CNSC
- 20192130017625 del 18 de marzo de 2019, en el cargo de Profesional Especializado Código 222 Gra- do 27, de la Subdirección de Asuntos Contractuales, tomando posesión del cargo el 1 de octubre de 2021.

Que mediante Resolución No. SDH - 000190 del 16 de marzo de 2021, se nombró en periodo de prueba a la señora ROSA ELENA MORALES MENESES, identificada con cédula de ciudadanía No. 65.761.894 en el cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 27, de la Subdirección de Asuntos Contractuales, quien ocupó el octavo (8) puesto de la lista de elegibles.

Que mediante Resolución No. SDH-000210 del 25 de marzo de 2021, se derogó el nombramiento en periodo de prueba efectuado mediante la Resolución No. SDH-000190 del 16 de marzo de 2021 a la señora ROSA ELENA MORALES MENESES.

Que mediante Resolución No. SDH - 000442 del 15 de noviembre de 2019, se nombró en periodo de prueba a 4 elegibles que ocupan las posiciones de la 1, 2, 3 y 5 de las Lista de Elegibles conformadamediante Resolución No. CNSC – 20192130017625 del 18 de marzo de 2019, en el cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 27, de la Subdirección de Asuntos Contractuales; tomando posesión los elegibles de la posición 1 y 2.

Que mediante Resolución No. SDH - 000229 del 31 de marzo de 2021, se nombró en periodo de prueba a la señora CLAUDIA DEL PILAR ROMERO PARDO, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.940.145 en el cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 27, de la Subdirección de Asuntos Contractuales, quien ocupó el noveno (9) puesto de la lista de elegibles.

Que mediante Resolución No. SDH-000421 del 13 de octubre de 2020, se derogó el nombramiento en periodo de prueba efectuado mediante la Resolución No. 000442 del 15 de noviembre de 2019 de la elegible de la posición (5) la Señora ÁNGELA MIREYA BECERRA SALAMANCA.

Que mediante Resolución No. SDH - 000324 del 05 de mayo de 2021, se nombró en periodo de prueba a la señora DIANA DEL CARMEN CAMARGO MEZA, Que mediante Resolución No. SDH-000463 del 27 de octubre de 2020, se derogó el nombramiento en periodo de prueba efectuado mediante la Resolución 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-15 • 2021 • julio • 8 identificada con cédula de ciudadanía No. 22.529.936, quien ocupó el décimo (10º) puesto de la lista de elegibles, tomando posesión del cargo el 3 de junio de 2021. de elegibles posterior a la vigencia de las mismas, es oportuno aclarar que, si una solicitud de uso de lista de elegibles se realiza por parte de la Entidad dentro del plazo de la vigencia de ésta, es viable adelantar el trámite administrativo correspondiente, comoquiera que esta Comisión Nacional a efectos de formalizar el estudio técnico pertinente de uso de lista, verifica que la vacancia definitiva se haya presentado dentro de la vigencia, la cual en sentido legal, se finaliza a la media noche del último día de los dos (2) años otorgados por la Ley.

Que el artículo 6 de la Ley 1960 de 2019, modificó el numeral 4 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004 y señaló: “ 4. Con los resultados de las pruebas la Comisión Nacional del Servicio Civil o la entidad contratada por delegación de aquella elaborará en estricto orden de mérito la lista de elegibles que tendrá una vigencia de dos (2) años. Con esta y en estricto orden de méritos se cubrirán las vacantes para las cuales se efectuó el concurso y las vacantes definitivas de cargos equivalentes no convocados, que surjan con posterioridad a la convocatoria de concurso en la misma Entidad.”

Por lo anterior, si la vacancia definitiva se generó estando vigente la lista de elegibles, pero el lleno de los requisitos para la solicitud de uso de lista y su trámite se produjo ya expirado el término de los dos (2) años de vigencia, corresponde a la CNSC autorizar su uso y a la Entidad realizar el nombramiento en período de prueba, toda vez que una posición contraria, desconocería principios fundamentales y vulneraría los derechos adquiridos por el aspirante…”

Que, atendiendo el lineamiento anterior otorgado por la CNSC, es procedente el uso de la Lista de Elegibles, teniendo en cuenta que la vacante definitiva del empleo correspondiente a la OPEC 212843 se generó antes del vencimiento de la referida lista, esto es antes del 8 de abril de 2021.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil el 16 de enero de 2020 expidió el Criterio Unificado sobre el uso de listas de elegibles en contexto de la Ley 1960 de 2019 del 16 de enero de 2020 y complementado con el Criterio Unificado del 6 de agosto de 2020, que al respecto estableció: “(…) las listas de elegibles conformadas por la CNSC y aquellas que sean expedidas en el marco de los procesos de selección aprobados con anterioridad al 27 de junio de 2019, deberán usarse durante su vigencia para proveer las vacantes de los empleos qua integraron la Oferta Pública de Empleos de Carrera -OPEC- de la respectiva convocatoria y para cubrir nuevas vacantes que se generen con posterioridad y que correspondan a los “mismos empleos” entiéndase, con igual denominación, código, grado, asignación básica mensual, propósito, funciones, ubicación geográfica y mismo grupo de aspirantes; criterios con los que en el proceso de selección se identifica el empleo con un número de OPEC(…)”

Que en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero de 2020 y el 6 de agosto de 2020 expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante oficio con Radicado Nro. 2021EE018616O1 del 18 de febrero de 2021 la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, autorización para el uso de la lista de elegibles correspondiente a la OPEC 212843, para proveer vacantes correspondientes a “mismos empleos”

Que la Secretaría Distrital de Hacienda, atendiendo en anterior criterio, identificó una (1) vacante correspondiente a características del mismo empleo al identificado con la OPEC No. 212843, denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 27, del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, el cual será provisto con la lista de elegible conformada mediante Resolución No. CNSC – 20192130017625 del 18 de marzo de 2019.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante oficio con Radicado Nro. 20211020626741 del 05 de mayo de 2021, cuyo asunto es “Autorización uso de listas de elegibles para proveer algunas vacantes correspondientes a “mismos empleos” en cumplimiento del Criterio Unificado del 16 de enero de 2020”, autorizó el uso de la lista en los siguientes términos:

Que mediante oficio con Radicado Nro. 2021EE033731O1 del 17 de marzo de 2021, la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, lineamiento sobre el uso de las listas de elegibles posterior a la fecha de la vigencia de las mismas.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil otorgó respuesta mediante oficio con Radicado Nro. 20211020440731 del 19 de marzo de 2021, y señaló: “En atención a su inquietud, sobre el uso de las listas “(…) esta Comisión Nacional procedió a realizar el correspondiente estudio técnico de viabilidad de uso directo de lista de elegibles, cuyo resultado se encuentra en la certificación del analista de fecha 05 de mayo de 2021, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 20151, tal y como lo certifica el Director de Administración de Carrera Administrativa en la misma fecha, concluyendo que:

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-16 • 2021 • julio • 8 16 Para la provisión de una (1) vacante en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 212843 denominado Profesional Especializado, Código 222, Grado 27, es posible hacer uso de la lista de elegibles, con la elegible que se relaciona a continuación:

POSICION EN LA RESOLUCIÓN ENTIDAD EMPLEO PUNTAJE CÉDULA NOMBRE FIRMEZA LISTA Secretaria Distrital de 11 20192130017625 del 18 de marzo de 212843 68,83 22462787 NORAIMA SAYUDIS NAVARRO NADJAR 09 de abril de 2019 Hacienda 2019 (…) ”

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó la posición once (11) de la lista. activación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen general, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

Que en mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

Que la señora NORAIMA SAYUDIS NAVARRO NADJAR, identificada con cédula de ciudadanía No. 22.462.787 ocupó el decimoprimer (11) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130017625 del 18 de Marzo de 2019, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado Código 222, Grado 27, ubicado en la Subdirección de Asuntos Contractuales de la Secretaría Distrital de Hacienda, por lo cual es procedente su nombramiento.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a NORAIMA SAYUDIS NAVARRO NADJAR, identificada con cédula de ciudadanía No. 22.462.787, quien ocupó el decimoprimer (11) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130017625 del 18 de Marzo de 2019, bajo el código OPEC 212843, para desempeñar el cargo de carrera administrativa denominado Profesional Especializado Código 222, Grado 27, ubicado en la Subdirección de Asuntos Contractuales de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión de la documentación de la señora NORAIMA SAYUDIS NAVARRO NADJAR, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Profesional Especializado Código 222 Grado 27, ubicado en la Subdirección de Asuntos Contractuales de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfactoria, el nombramiento será declarado insubsistente por resolución motivada.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “…En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar
el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la re- 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-17 • 2021 • julio • 8 RESOLUCIÓN N° DDI-010983,2021EE114082O1 (06 de julio de 2021) de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

LA JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB

Artículo 3.

La señora NORAIMA SAYUDIS NAVARRO NADJAR, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017 tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento; y posteriormente tendrá diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.

En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

CONSIDERANDO:

Artículo 4.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.

Artículo 5.

Comunicar el presente acto administrativo por parte de la Subdirección del Talento Humano la señora NORAIMA SAYUDIS NAVARRO NADJAR.

Artículo 6.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los seis (06) días del mes de julio de dos mil veintiuno (2021).

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en el anexo No.1 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital, división de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor Que, en consideración a lo expuesto, JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS

RESUELVE:

Secretario Distrital de Hacienda

Artículo 1.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital, división de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor, los actos administrativos relacionados en el anexo No.1 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

Artículo 2.

Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en el siguiente anexo: Anexo No. 1 con 5 Registros.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-18 • 2021 • julio • 8 18

Artículo 3.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:

Artículo 4.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

OFICINA TIPO DE ACTO CUENTAS CORRIENTES Y RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O Dada en Bogotá D.C., a los seis (06) días del mes DEVOLUCIONES COMPENSACIÓN de julio de dos mil veintiuno (2021).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE NORMA ESPERANZA GARCÍA BAEZ Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-19 • 2021 • julio • 8 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN APTO 402 17/06/2021 CERRADO CL 12 78 89 CL 12 78 89 NOTIFICACIÓN TORRE F AP 303 16/06/2021 DESCONOCIDO TORRE F AP 303 16/06/2021 DESCONOCIDO PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO COMPENSACIÓN 28/05/2021 2019-1 KR 20 133 62 17/06/2021 CERRADO COMPENSACIÓN 04/06/2021 2020 CL 65 111 15 16/06/2021 DESCONOCIDO COMPENSACIÓN 1/06/2021 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 COMPENSACIÓN 01/06/2021 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 COMPENSACIÓN 03/06/2021 2021 AV CL 53 46 76 DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO NORMA ESPERANZA GARCÍA BAEZ ENTE IDENTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO CACIÓN DEL CONTRIBUY- Subdirección de Educación Tributaria y Servicio Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

APODERADO CIONES S A S 900.135.524 ICA 900135524 RESOLUCIÓN DE NOMBRE DEL GUEZ PACHECO 52.961.374 VEHÍCULOS GSO386 RESOLUCIÓN DE SANCHEZ GAITAN 52.959.384 PREDIAL AAA0219DAKC RESOLUCIÓN DE SANCHEZ GAITAN 52.959.384 PREDIAL AAA0219DPEA RESOLUCIÓN DE CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.1DE LA RESOLUCIÓN No.DDI-010983 DEL 06 DE JULIO DE 2021 relacionan a continuación, las actuaciónes administrativas objeto de la presente publicación.

EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ CORDIS No. DE La funcionaria de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la DDI001281 2021EE078448 O1 202102257000001789 INGEAR CONSTRUC- DDI001392 2021EE084308 O1 202101227000001324 YEIMI PAOLA RODRI- DDI001322 2021EE080033 O1 202103047000001862 JOHANA MARCELA DDI001384 2021EE084080 O1 202101227000001325 HILDA ELISA PACHON 51.599.394 VEHÍCULOS BRH422 RESOLUCIÓN DE DDI001322 2021EE080033 O1 202103047000001862 JOHANA MARCELA Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de RESOLUCIÓN No.

Que la jefe de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación, y Cuentas Corrientes profirío para los contribuyentes que se REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-20 • 2021 • julio • 8 20 RESOLUCIÓN N° DCO - 021291 el anexo No. 1, 2, 3 y 4 que hace parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

(06 de julio de 2021)

“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo

Artículo 2.

Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: 4 anexos que constan de un total de 169 registros.

13 del Acuerdo 469 de 2011”

Artículo 3.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No 1:

EL JEFE DE LA OFICINA DE GESTIÓN DEL SERVICIO Y NOTIFICACIONES DE LA OFICINA TIPO DE ACTO DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO Cobro General RESOLUCIÓN QUE FALLA EXCEPCIONES En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y Cobro Especializado RESOLUCIÓN QUE FALLA EXCEPCIONES las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014 para la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal y el artículo 4 del Decreto 834 de 2018 para la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

CONSIDERANDO:

Contra el acto administrativo mencionado procede el Recurso de Reposición que deberá interponerse ante la Oficina de Cobro Especializado de la Subdirección de Cobro Tributario, el cual deberá radicarse en las ventanillas de correspondencia de la Secretaria Distrital de Hacienda en la Carrera 30 No. 25 - 90 Torre A, Piso 4, dentro del MES siguiente a la publicación del presente aviso Acto(s) administrativo(s) del anexo No 2:

OFICINA TIPO DE ACTO Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.

RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE PROCESO RESOLUCIÓN QUE FALLA EXCEPCIONES Cobro Especializado RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE PROCESO RESOLUCIÓN QUE CONCEDE Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá - DIB y/o sus dependencias.

FACILIDAD DE PAGO Cobro General RESOLUCIÓN QUE FALLA EXCEPCIONES RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN RESOLUCIÓN QUE CONCEDE Cobro Prejurídico FACILIDAD DE PAGO Que conforme a lo dispuesto en el literal g) del artículo 4 del Decreto Distrital 834 de diciembre de 2018, corresponde a la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Cobro - DCO y/o sus dependencias.

Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso Acto(s) administrativo(s) del anexo No 3:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1, 2, 3, 4, fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital.

OFICINA TIPO DE ACTO Que, en consideración a lo expuesto, Cobro General RESOLUCIÓN DE MANDAMIENTO DE PAGO

RESUELVE:

Cobro Especializado RESOLUCIÓN DE MANDAMIENTO DE PAGO

Artículo 1.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital de los actos administrativos relacionados en

21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-21 • 2021 • julio • 8 La atención referente a los procesos de la Dirección Distrital de Impuestos será efectuada en la Carrera 30 N° 25 - 90, piso 3 y aquellos correspondientes a la Dirección Distrital de Cobro en la misma dirección piso 4.

Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la publicación del presente aviso, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No 4:

Artículo 4.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

OFICINA TIPO DE ACTO Dada en Bogotá D.C., a los seis (06) días del mes Depuración de Cartera de julio de dos mil veintiuno (2021).

RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN A SOLICITUD DE PARTE PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE EDWIN FERNANDO CARDENAS PITA Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Depuración de Cartera de la Dirección Distrital de Cobro, el cual deberá radicarse en las ventanillas de correspondencia de la Secretaria Distrital de Hacienda, ubicada en la Carrera 30 N° 25 – 90, dentro de los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-22 • 2021 • julio • 8 22 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN SECRETARÍA DE HACIENDA DE FECHA 25/05/2021 CERRADO 25/05/2021 CERRADO DEVOLUCIÓN P. 4 P. 4 METROPOLI- METROPOLI- GOTÁ SIBERIA GOTÁ SIBERIA EMPRESARIAL EMPRESARIAL NOTIFICACIÓN K.M 3.4 VÍA BO- K.M 3.4 VÍA BO- TANO, EDF CEN TANO, EDF CEN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO FALLA EXCEPCIONES 05/03/2021 2010 CL 73 11 66 15/03/2021 CERRADO FALLA EXCEPCIONES 12/05/2021 2015-1, 2016-1, 4, 2018-5, 2019- 1, 2, 5, 2020-1 FALLA EXCEPCIONES 12/05/2021 2015-1, 2016-1, 4, 2018-5, 2019- 1, 2, 5, 2020-1 FALLA EXCEPCIONES 18/05/2021 2010, 2011, 2012, 2013 CL 62 B 9 79 04/06/2021 CERRADO FALLA EXCEPCIONES 18/05/2021 2011, 2012, 2013 CL 62 B 9 79 04/06/2021 CERRADO FALLA EXCEPCIONES 05/03/2021 2015, 2016 CL 181 76 65 26/03/2021 CERRADO FALLA EXCEPCIONES 01/03/2021 2015, 2016 TV 58 106 40 12/03/2021 REHUSADO PLACA - CHIP INMOBILIARIA Y/O MATRICULA DE LOS OBB419 RESOLUCIÓN QUE LOS BBL754 RESOLUCIÓN QUE TIPO IMPUESTO EDWIN FERNANDO CARDENAS PITA NOTIFICACIÓN POR AVISO DEL Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE continuación, la actuación administrativa objeto de la presente publicación.

IPES 899999446 PREDIAL AAA0013EWTO RESOLUCIÓN QUE NOMBRE DEL TRERAS VERA 26793832 PREDIAL AAA0122HMYX RESOLUCIÓN QUE ROZO ESPEJO 79268551 PREDIAL AAA0125SNFZ RESOLUCIÓN QUE Y/O APODERADO CONTRIBUYENTE ECONOMIA SOCIAL CORDOBA MORENO 80471612 VEHÍCU- CORDOBA MORENO 80471612 VEHÍCU- El Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones, de la Dirección Distrital de Cobro, hace saber:

ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-021291 DEL 06 DE JULIO 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO EXPEDIENTE En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

CORDIS No. DE Que el Jefe de la Oficina de Cobro Especializado y el Jefe de la oficina de Cobro General de la Subdirección de Cobro Tributario profirío para los contribuyentes que se relacionan a en las ventanillas de correspondencia de la Secretaria Distrital de Hacienda en la Carrera 30 No. 25 - 90 Torre A, Piso 4, dentro del MES siguiente a la publicación del presente aviso No.

CIÓN RESOLU- DCO-003936 2021EE027958 201501100200004296 INSTITUTO PARA LA DCO-016789 2021EE067932 202002600101041320 EDUCAR S A 860065302 ICA 860065302 RESOLUCIÓN QUE DCO-016789 2021EE067932 202002600101041320 EDUCAR S A 860065302 ICA 860065302 RESOLUCIÓN QUE DCO-017173 2021EE071075 201321009539 CESAR AUGUSTO DCO-017173 2021EE071075 201321009539 CESAR AUGUSTO DCO-003929 2021EE027791 202001600100016786 ALBA MARIELA CON- DCO-003766 2021EE023054 202010184300012203 EDGAR FREDY Contra el acto administrativo mencionado procede el Recurso de Reposición que deberá interponerse ante la Oficina de Cobro Especializado de la Subdirección de Cobro Tributario, el cual deberá radicarse 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-23 • 2021 • julio • 8 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN SECRETARÍA DE HACIENDA DE CIÓN FECHA DEVOLU- 65 SUR 25/05/2021 CERRADO BOGOTÁ D.C 27/05/2021 CERRADO BOGOTÁ D.C 27/05/2021 CERRADO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO PROCESO 25/05/2021 2015 CL 6 BIS 78C 15 04/06/2021 CERRADO PROCESO 25/05/2021 2015 CL 6 BIS 78C 15 04/06/2021 CERRADO PROCESO 25/05/2021 2015 CL 6 BIS 78C 15 04/06/2021 CERRADO PROCESO 17/02/2021 2006,2007,2008,2009,2010 AK 104 140 05 09/03/2021 CERRADO DE ACTO DAD DE PAGO 21/05/2021 2017-2018-2019-2020 KR 112 64 28 DAD DE PAGO 21/05/2021 UVL73C KR 112 64 28 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2015, 2016, 2017, 2018 CL 63 74B 42 BG 11 22/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2015, 2016, 2017 CL 63 74B 42 BG 11 22/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 13/05/2021 2010 KR 88H BIS 42F ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2015, 2016, 2017 CL 63 74B 42 BG 11 22/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2016-6 CL 63 74B 42 BG 11 22/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2006, 2008, 2009 KR 57 72 76 28/04/2021 REHUSADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2012, 2013, 2014, 2016, 2017, 2018, 2019 CL 57 6 35 PI 12 22/04/2021 NO RESIDE publicación.

PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA TO DE TIPO IMPUES- NOTIFICACIÓN POR AVISO DEL CON- TRIBU YENTE CACIÓN IDENTIFI- APODERADO NOMBRE DEL RODRIGUEZ CANO 1056564 PREDIAL AAA0091JJNN RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-021291 DEL 06 DE JULIO 2021 IANO GUTIERREZ GUEVARA 202686 PREDIAL AAA0081FEHY 1 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE IANO GUTIERREZ GUEVARA 202686 PREDIAL AAA0081FEHY 1 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE IANO GUTIERREZ GUEVARA 202686 PREDIAL AAA0081FEHY 1 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO El Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones de la Dirección Distrital de Cobro, hace saber:

EXPEDIENTE No.

CORDIS No. DE En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

CIÓN RESOLU- DCO-016964 2021EE069372 201222000815 MIGUEL ENRIQUE SUAREZ BERNAL 447021 VEHÍCULOS CXV896 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004822 2021EE036943 201603100112010774 ALEJANDRO BERNAL FAJARDO 19091006 VEHÍCULOS BGL312 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-018206 2021EE075559 202001600101010836 SUCESIÓN ILIQUIDA DE JOSÉ EMIL- DCO-004822 2021EE036943 201603100112010774 ALEJANDRO BERNAL FAJARDO 19091006 PREDIAL AAA0208XBWF RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-017713 2021EE073496 202105215000000033 OLEGARIO RIVERA ROJAS 9513069 PREDIAL AAA0140LWLW RESOLUCIÓN QUE CONCEDE FACILI- DCO-018206 2021EE075559 202001600101010836 SUCESIÓN ILIQUIDA DE JOSÉ EMIL- DCO-004822 2021EE036943 201603100112010774 ALEJANDRO BERNAL FAJARDO 19091006 PREDIAL AAA0208XBUZ RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-018206 2021EE075559 202001600101010836 SUCESIÓN ILIQUIDA DE JOSÉ EMIL- DCO-002569 2021EE017584 2013EE234937 SUCESIÓN ILIQUIDA EDILBERTO DCO-017713 2021EE073496 202105215000000033 OLEGARIO RIVERA ROJAS 9513069 VEHÍCULOS UVL73C RESOLUCIÓN QUE CONCEDE FACILI- DCO-004747 2021EE036868 201021079052 JAIRO NAVARRO CLAVIJO 12717851 VEHÍCULOS BIX273 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004815 2021EE036936 201903100276004152 ALBERTO PRADA SANCHEZ 19062365 VEHÍCULOS AK3236 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004822 2021EE036943 201603100112010774 ALEJANDRO BERNAL FAJARDO 19091006 ICA 19091006 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR Tributario de la Dirección Distrital de Cobro profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciónes administrativas objeto de la presente Que el Jefe de la Oficina de Cobro General, el Jefe de la Oficina de Cobro Prejurídico y el Jefe de la Oficina de Cobro Especializado de la Subdirección de Cobro REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-24 • 2021 • julio • 8 24 SECRETARÍA DE HACIENDA D.C 27/05/2021 CERRADO AP 103 26/04/2021 CERRADO AP 103 26/04/2021 CERRADO JAPON 08/03/2021 DESCONOCIDO 15 SUR 23/04/2021 DESCONOCIDO 15 SUR 23/04/2021 DESCONOCIDO 15 SUR 23/04/2021 DESCONOCIDO 15 SUR 23/04/2021 DESCONOCIDO 15 SUR 23/04/2021 DESCONOCIDO 15 SUR 23/04/2021 DESCONOCIDO 15 SUR 23/04/2021 DESCONOCIDO C 16 SUR BOGOTÁ PROCESO 22/02/2021 2005 AC 72 70 63 17/03/2021 CERRADO PROCESO 23/02/2021 2006, 2007 KR 24 6 05 BR DAD DE PAGO 19/05/2021 2017-2018-2019-2020 CARRERA 80 D 42 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010 CL 150A 53A 38 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2007, 2009 TV 70G 78 63 23/04/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2017, 2018, 2019 KR 74C BIS 63 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010 KR 74C BIS 63 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010 KR 74C BIS 63 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2018 KR 74C BIS 63 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010, 2011 KR 74C BIS 63 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2009, 2011, 2012, 2013, 2018 KR 74C BIS 63 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2008, 2009 CL 70 7 60 OF 502 26/04/2021 DESCONOCIDO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010, 2011, 2012, 2013 CL 150A 53A 38 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2015, 2016, 2018 CL 63 74B 42 BG 11 22/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2011, 2013 KR 74C BIS 63 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2014, 2015, 2016, 2018 CL 63 74B 42 BG 11 22/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2014, 2015, 2016, 2017, 2018 CL 63 74B 42 BG 11 22/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2012, 2013 CL 166 49 45 26/04/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2018, 2019 KR 21 127D 84 IN 13 22/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2014 KR 21 127D 84 IN 13 22/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2007, 2009 CL 92 SUR 18F 37 30/04/2021 CERRADO NOTIFICACIÓN POR AVISO MORENO 41543348 PREDIAL AAA0003YJHY RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR LIBREROS 38974109 VEHÍCULOS ANI555 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-021291 DEL 06 DE JULIO 2021 ELVIRA RESTREPO DE VARELA 41467404 PREDIAL AAA0118COMS RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO DCO-004993 2021EE037114 201321004407 INGRID MONTEALEGRE MURCIA 36157318 PREDIAL AAA0102ROSK RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-002848 2021EE020193 2014EE178604 ROSALBA RUA DE ESPINOSA 24644272 VEHÍCULOS BRK897 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE DCO-004993 2021EE037114 201321004407 INGRID MONTEALEGRE MURCIA 36157318 VEHÍCULOS BPJ122 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-017551 2021EE072175 202105215000000044 JAIRO ENRIQUE LOPEZ 19221330 PREDIAL AAA0173AHBR RESOLUCIÓN QUE CONCEDE FACILI- DCO-002756 2021EE019538 2010EE130224 PAULINA CALDAS DE SALCEDO 20272214 VEHÍCULOS BFJ932 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE DCO-004833 2021EE036954 201321002488 JAIME FERNANDO GUZMAN MORA 19136004 VEHÍCULOS AC4567 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005004 2021EE037125 201311003212 LUZ MERY VALBUENA BARRIOS 39610658 PREDIAL AAA0025NJKC RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005004 2021EE037125 201311003212 LUZ MERY VALBUENA BARRIOS 39610658 PREDIAL AAA0025NJNX RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005004 2021EE037125 201311003212 LUZ MERY VALBUENA BARRIOS 39610658 PREDIAL AAA0025NMEA RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005004 2021EE037125 201311003212 LUZ MERY VALBUENA BARRIOS 39610658 PREDIAL AAA0025NUTO RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005004 2021EE037125 201311003212 LUZ MERY VALBUENA BARRIOS 39610658 PREDIAL AAA0025NWEA RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005005 2021EE037126 201321004591 LUZ MERY VALBUENA BARRIOS 39610658 VEHÍCULOS AGJ117 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005002 2021EE037123 201021031733 GLADYS MYRIAM RAMIREZ DCO-005005 2021EE037126 201321004591 LUZ MERY VALBUENA BARRIOS 39610658 VEHÍCULOS ETU350 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004822 2021EE036943 201603100112010774 ALEJANDRO BERNAL FAJARDO 19091006 VEHÍCULOS RZG676 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005008 2021EE037129 2018011001122064534 CLARA LUCIA ARBELAEZ LUNA 39776389 PREDIAL AAA0205CAYN RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004822 2021EE036943 201603100112010774 ALEJANDRO BERNAL FAJARDO 19091006 VEHÍCULOS DDX008 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005008 2021EE037129 2018011001122064534 CLARA LUCIA ARBELAEZ LUNA 39776389 VEHÍCULOS MKL755 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004822 2021EE036943 201603100112010774 ALEJANDRO BERNAL FAJARDO 19091006 VEHÍCULOS BYX639 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005012 2021EE037133 2017011003101004880 SUCESION ILIQUIDA DE MARIA DCO-005015 2021EE037136 201011018747 MARIA DEL CARMEN GONZALEZ 25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-25 • 2021 • julio • 8 SECRETARÍA DE HACIENDA Bonda 03/06/2021 CERRADO Bonda 03/06/2021 CERRADO VADO C 15 23/04/2021 DESCONOCIDO BOGOTA D.C. 27/05/2021 DESCONOCIDO ALAMEDA RESER- CIONES 21/05/2021 2015, 2016 Carrera 23 No. 4 – 49 CIONES 21/05/2021 2015, 2016 Carrera 23 No. 4 – 49 CIONES 03/03/2021 2015 DG 6D BIS 78 B 18 12/03/2021 NO RESIDE PROCESO 02/03/2021 2006 AK 9 104A 51 AP 304 05/03/2021 NO RESIDE PROCESO 02/03/2021 2007 AK 9 104A 51 AP 304 05/03/2021 NO RESIDE PROCESO 02/03/2021 2005, 2006 AK 9 104A 51 AP 304 05/03/2021 NO RESIDE DAD DE PAGO 13/05/2021 2020 CALLE 68A 88 - 08 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 18/05/2021 2008 CL 18 13 37 AP 401 27/05/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 18/05/2021 2011-7 AC 72 96A 20 PI 2 27/05/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 18/05/2021 2012-7 AC 72 96A 20 PI 2 27/05/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 18/05/2021 2008 CL 107A 7 36 AP 204 25/05/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 18/05/2021 2008 CL 107A 7 36 AP 204 25/05/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 18/05/2021 2008, 2009 CL 107A 7 36 AP 204 25/05/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 KR 69C 96 69 22/04/2021 DESCONOCIDO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 KR 69C 96 69 22/04/2021 DESCONOCIDO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 KR 69C 96 69 22/04/2021 DESCONOCIDO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2007, 2008, 2009 KR 14 14 25 SUR 23/04/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2008 VDA CHUNTAMI ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2007, 2010 KR 27 41 49 SUR 22/04/2021 DESCONOCIDO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2011 CL 173 72 75 CA 4 23/04/2021 DESCONOCIDO NOTIFICACIÓN POR AVISO URREGO 51743241 PREDIAL AAA0042KAJH RESOLUCIÓN QUE FALLA EXCEP- NAVARRO 57427111 PREDIAL AAA0178WUYX RESOLUCIÓN QUE FALLA EXCEP- NAVARRO 57427111 PREDIAL AAA0178WUYX RESOLUCIÓN QUE FALLA EXCEP- GUTIERREZ 52149874 ICA RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR GUTIERREZ 52149874 ICA RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DE HERAZO 41574531 PREDIAL AAA0122ERPP RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-021291 DEL 06 DE JULIO 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO DCO- DCO- DCO- 003776 2021EE023360 2013EE105110 PATRICIA VELASCO OSPINA 41797892 PREDIAL AAA0102JUSK RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE 003775 2021EE023348 2014EE174019 PATRICIA VELASCO OSPINA 41797892 PREDIAL AAA0102JTMR RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE 003776 2021EE023360 2013EE105110 PATRICIA VELASCO OSPINA 41797892 PREDIAL AAA0102JTMR RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE DCO-017187 2021EE071263 "201502600301045068 DIANA MARCELA RONDON DCO-017187 2021EE071263 "201502600301045068 DIANA MARCELA RONDON DCO-017716 2021EE073503 2,02002E+17 MARIA DEL PILAR MALDONADO DCO-017716 2021EE073503 2,02002E+17 MARIA DEL PILAR MALDONADO DCO-017190 2021EE071310 2,00911E+11 SONIA YANETH CARO ZAPATA 51826404 PREDIAL AAA0033WSCN RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-003834 2021EE024777 2,02002E+17 BLANCA CECILIA URREGO DCO-017192 2021EE071322 "201011044908 GLORIA VILMA VARGAS CARVAJAL 51694602 PREDIAL AAA0103KYYX RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-017192 2021EE071322 "201011044908 GLORIA VILMA VARGAS CARVAJAL 51694602 PREDIAL AAA0103KYXR RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005028 2021EE037149 201703100369002570 BLANCA LYDA ARCILA CORTES 51574652 PREDIAL AAA0058XTAW RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005028 2021EE037149 201703100369002570 BLANCA LYDA ARCILA CORTES 51574652 VEHÍCULOS BRS846 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005028 2021EE037149 201703100369002570 BLANCA LYDA ARCILA CORTES 51574652 VEHÍCULOS LX8224 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-016931 2021EE069207 202105125000000025. GLORIA MARIA VARGAS FLOREZ 51626188 PREDIAL AAA0065FRJZ RESOLUCIÓN QUE CONCEDE FACILI- DCO-017192 2021EE071322 "201011044908 GLORIA VILMA VARGAS CARVAJAL 51694602 PREDIAL AAA0103KWCX RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005022 2021EE037143 201021032255 MARTHA EDA CARDOZO OSPINA 41684239 VEHÍCULOS SGG550 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005020 2021EE037141 20092139380 MATEUS JAIMES CARMEN ELISA 41661311 VEHÍCULOS BLS967 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005018 2021EE037139 201011002624 AURA MARINA SEPULVEDA RUIZ 41575321 PREDIAL AAA0013ZYDE RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-005017 2021EE037138 201601600301003740 SAIRE DEL SOCORRO ACEVEDO REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-26 • 2021 • julio • 8 26 SECRETARÍA DE HACIENDA Bonda 03/06/2021 CERRADO AP 201 23/04/2021 NO RESIDE AP 201 23/04/2021 NO RESIDE AP 201 23/04/2021 NO RESIDE EDIFICIO DUO 04/03/2021 DESCONOCIDO EDIFICIO DUO 04/03/2021 DESCONOCIDO KR 13 153 80 IN 4 KR 13 153 80 IN 4 KR 13 153 80 IN 4 CIONES 21/05/2021 2015, 2016 Carrera 23 No. 4 – 49 PROCESO 09/02/2021 2007 KR 27 52 39 AP 202 03/03/2021 CERRADO PROCESO 09/02/2021 2007 KR 27 52 39 AP 202 03/03/2021 CERRADO PROCESO 09/02/2021 2007 KR 27 52 39 AP 202 03/03/2021 CERRADO PROCESO 09/02/2021 2007 KR 27 52 39 AP 202 03/03/2021 CERRADO PROCESO 17/11/2020 2006 KR 5 8719 AP 302 PROCESO 17/11/2020 2005,2006,2008,2009 KR 5 8719 AP 302 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2005, 2006, 2008, 2009 KR 11 8 31 29/04/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2005, 2006 CL 121 11D 23 29/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 19/05/2021 2007 KR 10 91 20 24/05/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 19/05/2021 2007 KR 10 91 20 24/05/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 18/05/2021 2008 CL 107A 7 36 AP 204 26/05/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 18/05/2021 2008 CL 107A 7 36 AP 204 26/05/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 18/05/2021 2008, 2009 CL 107A 7 36 AP 204 26/05/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 18/05/2021 2008 CL 18 13 37 AP 401 27/05/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2008 KR 10 20 39 LC 205 29/04/2021 DESCONOCIDO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2008 KR 10 20 39 LC 205 29/04/2021 DESCONOCIDO NOTIFICACIÓN POR AVISO NANDEZ 91242236 VEHÍCULOS HZN648 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR NANDEZ 91242236 VEHÍCULOS BCY965 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR NANDEZ 91242236 PREDIAL AAA0113XLEP RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR BARBOSA 80102186 VEHÍCULOS BXK233 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE BARBOSA 80102186 VEHÍCULOS BKX233 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE BARBOSA 80102186 VEHÍCULOS BXK233 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE BARBOSA 80102186 VEHÍCULOS BKX233 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE NAVARRO 57427111 PREDIAL AAA0178WUYX RESOLUCIÓN QUE FALLA EXCEP- ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-021291 DEL 06 DE JULIO 2021 HERNAN VARGAS GUTIERREZ 79276415 PREDIAL AAA0033WSCN RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO DCO038445 2020EE190258 202010214300025668 JUAN DIEGO ESPINOSA RAMIREZ 71694297 VEHÍCULOS BES039 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE DCO038445 2020EE190258 202010214300025668 JUAN DIEGO ESPINOSA RAMIREZ 71694297 VEHÍCULOS AKA17 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE DCO-004803 2021EE036924 200821101189 JAIME TRONCOSO BONILLA 93373966 VEHÍCULOS BDZ421 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004794 2021EE036915 2017011003002348 JUAN VICENTE MORENO HER- DCO-004794 2021EE036915 2017011003002348 JUAN VICENTE MORENO HER- DCO-004794 2021EE036915 2017011003002348 JUAN VICENTE MORENO HER- DCO-004819 2021EE036940 200821099476 M. R. Y CIA LTDA 90327484 VEHÍCULOS AU6570 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-001091 2021EE013764 2014EE176161 DIEGO FERNANDO ORDOÑEZ DCO-001091 2021EE013764 2014EE176161 DIEGO FERNANDO ORDOÑEZ DCO-001091 2021EE013764 2014EE176161 DIEGO FERNANDO ORDOÑEZ DCO-001091 2021EE013764 2014EE176161 DIEGO FERNANDO ORDOÑEZ DCO-017201 2021EE071422 202010184300006687 MAURICIO RUIZ JANNAUT 79939975 PREDIAL AAA0192RYAW RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-017201 2021EE071422 202010184300006687 MAURICIO RUIZ JANNAUT 79939975 PREDIAL AAA0192RXSK RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-017192 2021EE071322 "201011044908 PAULO CRISTIAN ZAMBRANO DIAZ 79497955 PREDIAL AAA0103KYYX RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-017192 2021EE071322 "201011044908 PAULO CRISTIAN ZAMBRANO DIAZ 79497955 PREDIAL AAA0103KYXR RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-017192 2021EE071322 "201011044908 PAULO CRISTIAN ZAMBRANO DIAZ 79497955 PREDIAL AAA0103KWCX RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-017190 2021EE071310 202010184300013730 SUCESION ILIQUIDA DE OSWAL DCO-017716 2021EE073503 2,02002E+17 MARIA DEL PILAR MALDONADO DCO-004818 2021EE036939 201011023072 CONSTRUCTORA G LTDA 60502160 PREDIAL AAA0029MTBR RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004818 2021EE036939 201011023072 CONSTRUCTORA G LTDA 60502160 PREDIAL AAA0029MTEA RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-27 • 2021 • julio • 8 SECRETARÍA DE HACIENDA 41 PI 2 04/03/2021 NO RESIDE 41 PI 2 05/03/2021 NO RESIDE 41 PI 2 04/03/2021 NO RESIDE 41 PI 2 05/03/2021 NO RESIDE 72K 27 22/04/2021 DESCONOCIDO OF 713 23/04/2021 NO RESIDE PROCESO 22/02/2021 2006-4, 2006-5, 2009-4, 2009-5, 2009-6, 2010-6 KR 45 A 104 B PROCESO 22/02/2021 2009-5, 2010-4, 2010-6 KR 45 A 104 B PROCESO 22/02/2021 2006-4, 2006-5, 2009-4, 2009-5, 2009-6, 2010-6 KR 45 A 104 B PROCESO 22/02/2021 2009-5, 2010-4, 2010-6 KR 45 A 104 B ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2015, 2016 CL 22C 73 49 AP 201 23/04/2021 DESCONOCIDO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2016, 2017 CL 22C 73 49 AP 201 23/04/2021 DESCONOCIDO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2016, 2017 CL 22C 73 49 AP 201 23/04/2021 DESCONOCIDO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2016, 2017 CL 22C 73 49 AP 201 23/04/2021 DESCONOCIDO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2015, 2016, 2017 CL 22C 73 49 AP 201 23/04/2021 DESCONOCIDO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2009 CL 119B 5 38 27/04/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2016 KR 31 25A 93 22/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2016 KR 31 25A 93 22/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2016 KR 31 25A 93 22/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2016 KR 31 25A 93 22/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2016-1 KR 31 25A 93 22/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 18/05/2021 2010,2011, 2013, 2014, KR 12 17 95 OF 502 24/05/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2016-4, 2016-6, 2017-1 CL 39 BIS SUR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 18/05/2021 2013, 2015,2016, 2017,2018 KR 12 17 95 OF 502 24/05/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2012 CL 100 8A 55 TO C NOTIFICACIÓN POR AVISO CION 800200910 VEHÍCULOS BEV718 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR S.C.S. 800016656 VEHÍCULOS REN726 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR S. EN C.S. 800083361 PREDIAL AAA0125FFFT RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR S. EN C.S. 800083361 PREDIAL AAA0106SMBS RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR S. EN C.S. 800083361 PREDIAL AAA0073MMFT RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR S. EN C.S. 800083361 PREDIAL AAA0059LNUZ RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR S. EN C.S. 800083361 ICA 800083361 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR S.A,S. INVECO S.A.S. 800170572 PREDIAL AAA0092JJLF RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR S.A,S. INVECO S.A.S. 800170572 PREDIAL AAA0122NUBR RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR S.A,S. INVECO S.A.S. 800170572 PREDIAL AAA0122NWFT RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR S.A,S. INVECO S.A.S. 800170572 PREDIAL AAA0031TZFT RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR S.A,S. INVECO S.A.S. 800170572 PREDIAL AAA0075YEBR RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR A S - EN LIQUIDACIÓN 800067897 ICA 800.067.897 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE A S - EN LIQUIDACIÓN 800067897 RETEICA 800.067.897 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE A S - EN LIQUIDACIÓN 800067897 ICA 800.067.897 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE A S - EN LIQUIDACIÓN 800067897 RETEICA 800.067.897 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE LTDA - EN LIQUIDACION 800021843 PREDIAL AAA0050XFJZ RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR LTDA - EN LIQUIDACION 800021843 PREDIAL AAA0055EXMR RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-021291 DEL 06 DE JULIO 2021 BILIARIAS Y DE COMUNICACIONES BILIARIAS Y DE COMUNICACIONES BILIARIAS Y DE COMUNICACIONES BILIARIAS Y DE COMUNICACIONES BILIARIAS Y DE COMUNICACIONES DENTE S A S EN REORGANIZACION 800014499 ICA 800014499 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO DCO-004836 2021EE036957 201701600301036728 INVERSIONES Y ASESORIAS INMO- DCO-004836 2021EE036957 201701600301036728 INVERSIONES Y ASESORIAS INMO- DCO-004836 2021EE036957 201701600301036728 INVERSIONES Y ASESORIAS INMO- DCO-004853 2021EE036974 201021046087 EQUIMOTOR LTDA EN LIQUIDA- DCO-004836 2021EE036957 201701600301036728 INVERSIONES Y ASESORIAS INMO- DCO-004836 2021EE036957 201701600301036728 INVERSIONES Y ASESORIAS INMO- DCO-004829 2021EE036950 201701700301007224 INVERSORA ARIAS SERRATO Y CIA.

DCO-004829 2021EE036950 201701700301007224 INVERSORA ARIAS SERRATO Y CIA.

DCO-004829 2021EE036950 201701700301007224 INVERSORA ARIAS SERRATO Y CIA.

DCO-004829 2021EE036950 201701700301007224 INVERSORA ARIAS SERRATO Y CIA.

DCO-004829 2021EE036950 201701700301007224 INVERSORA ARIAS SERRATO Y CIA.

DCO-002766 2021EE019549 2011EE122080 DESARROLLAR E INTEGRAR DEI S DCO-002767 2021EE019552 2014EE26293 DESARROLLAR E INTEGRAR DEI S DCO-002766 2021EE019549 2011EE122080 DESARROLLAR E INTEGRAR DEI S DCO-002767 2021EE019552 2014EE26293 DESARROLLAR E INTEGRAR DEI S DCO-017189 2021EE071288 202010184300016802 EL MUNDO ELECTROINDUSTRIAL DCO-004826 2021EE036947 201702600300004278 SERVI REPUESTOS DEL OCCI- DCO-004827 2021EE036948 20092215450 VALBUENA ROJAS E HIJOS Y CIA DCO-017189 2021EE071288 202010184300016802 EL MUNDO ELECTROINDUSTRIAL REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-28 • 2021 • julio • 8 28 SECRETARÍA DE HACIENDA OF 108 22/04/2021 NO RESIDE CL 158A 8D 66 23/04/2021 CERRADO 2013-3, 2013-4, 2013-5, 2013-6, 2014-1, 2014-2, 2014-3, 2014-4, 2014-5, 2014-6, 2015-1, 2015-2, 2015-3, 2015-4, 2015-5, 2015-6 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010, 2012, 2013, 2017, 2018, 2019 CL 158A 8D 66 23/04/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2016, 2017, 2018, 2019 CL 112 70A 45 23/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2012, 2013, 2014, 2017, 2018, 2019 CL 158A 8D 66 23/04/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010, 2011 KR 1 12 40 28/04/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2013, 2014, 2017, 2018, 2019 KR 1 12 40 28/04/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2017, 2018, 2019 CL 158A 8D 66 23/04/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2016, 2017, 2018, 2019 CL 112 70A 45 23/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 13/05/2021 2010 CL 72 NO. 29-40 24/05/2021 DESCONOCIDO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010, 2017, 2018, 2019 KR 1 12 40 28/04/2021 CERRADO ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2016, 2017, 2018, 2019 CL 112 70A 45 23/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2014, 2016, 2017, 2018, 2019 CL 112 70A 45 23/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2013, 2014, 2015 CL 112 70A 45 23/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2007 KR 11A 94A 23 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2017, 2018, 2019 AK 7 121 20 LC 148 23/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2013 AK 7 121 20 LC 148 23/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 AK 7 121 20 LC 148 23/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010, 2011, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 AK 7 121 20 LC 148 23/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2010, 2011, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 AK 7 121 20 LC 148 23/04/2021 NO RESIDE NOTIFICACIÓN POR AVISO S C A 830076930 PREDIAL AAA0086JHBR RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR S C A 830076930 PREDIAL AAA0086JHBR RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR S C A 830076930 VEHÍCULOS DAJ400 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR LIMITADA 830023519 PREDIAL AAA0245AJBR RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR LIMITADA 830023519 PREDIAL AAA0245AHZM RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR LIMITADA 830023519 PREDIAL AAA0245ADYX RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR LIMITADA 830023519 PREDIAL AAA0170NBZM RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR LIMITADA 830023519 PREDIAL AAA0170NBXR RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR EN LIQUIDACION 830017412 PREDIAL AAA0193OYHK RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-021291 DEL 06 DE JULIO 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO DCO-004878 2021EE036999 2017021001207035391 ARGEU S A S 830063282 ICA 830063282 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004878 2021EE036999 2017021001207035391 ARGEU S A S 830063282 VEHÍCULOS BGH883 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004878 2021EE036999 2017021001207035391 ARGEU S A S 830063282 VEHÍCULOS BMU887 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004865 2021EE036986 2018011001122065955 CONSTRUCTORA MILENIO DCO-004878 2021EE036999 2017021001207035391 ARGEU S A S 830063282 VEHÍCULOS BTG336 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004894 2021EE037015 201311006729 INVERSIONES L G SZYLER & CIA DCO-004895 2021EE037016 201701101201033225 INVERSIONES L G SZYLER & CIA DCO-004865 2021EE036986 2018011001122065955 CONSTRUCTORA MILENIO DCO-016964 2021EE069372 202010184300003026 ALCAZARES EU EN LIQUIDACION 830501911 VEHÍCULOS CXV896 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004895 2021EE037016 201701101201033225 INVERSIONES L G SZYLER & CIA DCO-004865 2021EE036986 2018011001122065955 CONSTRUCTORA MILENIO DCO-004865 2021EE036986 2018011001122065955 CONSTRUCTORA MILENIO DCO-004865 2021EE036986 2018011001122065955 CONSTRUCTORA MILENIO DCO-004864 2021EE036985 200911054655 CONSTRUCTORA SAN PEDRO S.A.

DCO-004854 2021EE036975 2018011001122065904 BERMUDEZ VELEZ Y CIA S EN C 800206784 VEHÍCULOS BZG581 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004854 2021EE036975 2018011001122065904 BERMUDEZ VELEZ Y CIA S EN C 800206784 PREDIAL AAA0101RAPA RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004854 2021EE036975 2018011001122065904 BERMUDEZ VELEZ Y CIA S EN C 800206784 PREDIAL AAA0100LYXR RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004854 2021EE036975 2018011001122065904 BERMUDEZ VELEZ Y CIA S EN C 800206784 PREDIAL AAA0100LYFT RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR DCO-004854 2021EE036975 2018011001122065904 BERMUDEZ VELEZ Y CIA S EN C 800206784 PREDIAL AAA0100LUEA RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR 29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-29 • 2021 • julio • 8 SECRETARÍA DE HACIENDA 12 BG 3 02/06/2021 NO RESIDE 12 BG 3 02/06/2021 NO RESIDE 12 BG 3 02/06/2021 NO RESIDE Coralino 25/05/2021 CERRADO Coralino 25/05/2021 CERRADO Coralino 25/05/2021 CERRADO Apto 505 Edificio Apto 505 Edificio Apto 505 Edificio Medellín (Antioquia) 04/06/2021 NO RESIDE Medellín (Antioquia) 04/06/2021 NO RESIDE PROCESO 18/05/2021 2016-1, 2017-6, 2018-5 KR 106 15 A 25 MD PROCESO 13/05/2021 2015-2, 3 KR 69B 19 59 SUR 03/06/2021 CERRADO PROCESO 18/05/2021 2016-1, 2017-6, 2018-5 KR 106 15 A 25 MD PROCESO 18/05/2021 2016-1, 2017-6, 2018-5 KR 106 15 A 25 MD PROCESO 03/03/2021 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 CL 26 33 69 12/03/2021 NO RESIDE PROCESO 03/03/2021 2014,2015,2017,2018,2019 CL 26 33 69 12/03/2021 NO RESIDE PROCESO 03/03/2021 2014,2015,216,2017,2018 CL 26 33 69 12/03/2021 NO RESIDE PROCESO 03/03/2021 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 KR 76 65 A 47 15/03/2021 CERRADO PROCESO 03/03/2021 2014,2015,2017,2018,2019 KR 76 65 A 47 15/03/2021 CERRADO PROCESO 03/03/2021 2014,2015,216,2017,2018 KR 76 65 A 47 15/03/2021 CERRADO PROCESO 25/05/2021 2013 KR 48 15 SUR 160 PROCESO 25/05/2021 2013 KR 48 15 SUR 160 DAD DE PAGO 03/03/2021 2020 KR 76 65 A 47 15/03/2021 CERRADO DAD DE PAGO 03/03/2021 2020 KR 76 65 A 47 15/03/2021 CERRADO DAD DE PAGO 03/05/2021 2019, 2020 Carrera 8 No: 30-42 DAD DE PAGO 03/05/2021 2019, 2020 Carrera 8 No: 30-42 DAD DE PAGO 03/05/2021 2019, 2020 Carrera 8 No: 30-42 ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 KR 114C 151C 81 23/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 24/03/2021 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 KR 114C 151C 81 23/04/2021 NO RESIDE ADELANTE CON LA EJECUCIÓN 22/02/2021 2005 AV 1 74 75 AP 1102 10/03/2021 NO RESIDE NOTIFICACIÓN POR AVISO MAVI LTDA 900220126 PREDIAL AAA0061ROWF RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE MAVI LTDA 900220126 PREDIAL AAA0099RCHK RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE MAVI LTDA 900220126 PREDIAL AAA0099RCJZ RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE MAVI LTDA 900220126 PREDIAL AAA0061ROWF RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE MAVI LTDA 900220126 PREDIAL AAA0099RCHK RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE MAVI LTDA 900220126 PREDIAL AAA0099RCJZ RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE MAVI LTDA 900220126 PREDIAL AAA0099RCHK RESOLUCIÓN QUE CONCEDE FACILI- MAVI LTDA 900220126 PREDIAL AAA0099RCJZ RESOLUCIÓN QUE CONCEDE FACILI- Y CIA S EN C 900186312 PREDIAL AAA0228KKSK RESOLUCIÓN QUE CONCEDE FACILI- Y CIA S EN C 900186312 PREDIAL AAA0228KLPA RESOLUCIÓN QUE CONCEDE FACILI- Y CIA S EN C 900186312 PREDIAL AAA0228KLRJ RESOLUCIÓN QUE CONCEDE FACILI- INGENIERIA S.A. 860002296 VEHÍCULOS BDA984 RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR EN LIQUIDACION 900098462 PREDIAL AAA0018SLWF RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR EN LIQUIDACION 900098462 PREDIAL AAA0018SLTO RESOLUCIÓN QUE ORDENA SEGUIR ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-021291 DEL 06 DE JULIO 2021 FRADOS S.A. hoy EQUIPOS E SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO DCO-017178 2021EE071106 202002600101041530 JIT LOGISTIC SAS 900603787 ICA 900603787 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE DCO-017178 2021EE071106 202002600101041530 JIT LOGISTIC SAS 900603787 ICA 900603787 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE DCO-017178 2021EE071106 202002600101041530 JIT LOGISTIC SAS 900603787 ICA 900603787 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE DCO-016963 2021EE069369 202010214300029968 ALEJANDRA MR FASHION S.A.S. 900311121 ICA 900311121 RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE DCO-003833 2021EE024775 202010184300015531 DISEÑOS ARQUITECTONICOS DCO-003833 2021EE024775 202010184300015531 DISEÑOS ARQUITECTONICOS DCO-003833 2021EE024775 202010184300015531 DISEÑOS ARQUITECTONICOS DCO-003833 2021EE024775 202010184300015531 DISEÑOS ARQUITECTONICOS DCO-003833 2021EE024775 202010184300015531 DISEÑOS ARQUITECTONICOS DCO-003833 2021EE024775 202010184300015531 DISEÑOS ARQUITECTONICOS DCO-003832 2021EE024651 202103034800000082 DISEÑOS ARQUITECTONICOS DCO-003832 2021EE024651 202103034800000082 DISEÑOS ARQUITECTONICOS DCO-018188 2021EE075164 202103255000000005 INVERSIONES DE VILLE S.A. 900193070 PREDIAL AAA0082NJBR RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE DCO-014242 2021EE061064 202103255000000005 TORRES SEPULVEDA INGENIERIA DCO-014242 2021EE061064 202103255000000005 TORRES SEPULVEDA INGENIERIA DCO-018188 2021EE075164 202103255000000005 INVERSIONES DE VILLE S.A. 900193070 PREDIAL AAA0082NJBR RESOLUCIÓN DE TERMINACIÓN DE DCO-014242 2021EE061064 202103255000000005 TORRES SEPULVEDA INGENIERIA DCO-004987 2021EE037108 201401100100158842 PROCESADORA DE LAMINAS S A DCO-004987 2021EE037108 201401100100158842 PROCESADORA DE LAMINAS S A DCO-002758 2021EE019539 202010184300014360 EQUIPOS ANDAMIOS Y ENCO- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-30 • 2021 • julio • 8 30 SECRETARÍA DE HACIENDA EDWIN FERNANDO CARDENAS PITA NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones ANEXO No. 2 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-021291 DEL 06 DE JULIO 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-31 • 2021 • julio • 8 SECRETARÍA DE HACIENDA DEVOLUCIÓN DEVOLUCIÓN CAUSAL DE CACIÓN FECHA DE CONTRIBUYENTE TIPO DE IMPUESTO FECHA DEL ACTO DIRECCIÓN DE NOTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO DO IDENTIFICACIÓN DEL dirección de Cobro Tributario de la Dirección Distrital de Cobro.

Que la notificación del mandamiento de pago enviada por correo fue devuelta.

Que una vez surtida la citación el deudor no compareció a surtir la notificación personal.

ANEXO No. 3 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-021291 DEL 06 DE JULIO 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO El Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones de la Dirección Distrital de Cobro, hace saber:

Tributario Nacional y el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por publicación sobre este hecho a:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 140 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y en concordancia con el artículo 826 del Estatuto DCO-003744 2021EE022914 202102264300039205 MINISTERIO DE SALUD 899999014 VEHÍCULOS 01/03/2021 Cl 19 10 08 27/05/2021 DESCONOCIDO DCO-013980 2021EE056243 202104224300050029 SERGIO ALFONSO LEON RIOS 91209309 VEHÍCULOS 22/04/2021 Kr 19 82 85 26/05/2021 NO RESIDE DCO-003453 2021EE021159 202101274300038213 LUZ MILA LONDOÑO QUIZA 41211400 PREDIAL 25/02/2021 CL 12 20 171 OF 201 10/05/2021 CERRADO DCO-003000 2021EE020700 202101274300037249 CLAUDIA BIBIANA LOZANO FONNEGRA 51954336 PREDIAL 25/02/2021 KR 23 82 29 14/05/2021 CERRADO DCO-003741 2021EE022911 202102244300039191 JOSE MIGUEL AVILA 17099547 VEHÍCULOS 01/03/2021 Kr 80i 70d 16 Sur 27/05/2021 NO RESIDE DCO-004251 2021EE033927 202103174300039342 JOSE RAMON MOLINA PELAEZ 17950444 VEHÍCULOS 17/03/2021 Ac 13 138 04/06/2021 CERRADO DCO-000074 2021EE000582 201601100300002172 TERESA FIGUEROA DE GONZALEZ 20261886 PREDIAL 06/01/2021 CL 145 52 20 28/05/2021 CERRADO DCO-003686 2021EE021890 202102244300039168 SIGIFREDO ROJAS BOLIVAR 2911785 VEHÍCULOS 25/02/2021 Kr 69b 73 48 26/05/2021 DESCONOCIDO DCO-003445 2021EE021151 202101274300038166 LEONARDO ALMONACID MAHECHA 9385130 PREDIAL 25/02/2021 KR 6 9 17 11/05/2021 CERRADO DCO-003730 2021EE022642 202102244300039190 PLINIO MENDOZA SALAMANCA 11374082 VEHÍCULOS 01/03/2021 Cl 98 B 70 C 38 In 1-504 26/05/2021 DESCONOCIDO DCO-013948 2021EE055748 202104164300049522 CESAR CAMILO OTALORA OTALORA 9536162 ICA 16/04/2021 Ak 70 65A 56 27/05/2021 DESCONOCIDO DCO-003485 2021EE021191 202101274300038194 JAIME ALBERTO SALAZAR GUTIERREZ 10129746 PREDIAL 25/02/2021 CL 36 13 175 14/05/2021 CERRADO DCO-004016 2021EE029727 202103104300039263 SERGIO FIGUEROA CABRERA 12190392 VEHÍCULOS 10/03/2021 Kr 8 9 64 GARZON (HUILA) 04/06/2021 CERRADO DCO-013902 2021EE055100 202104204300049569 MAURICIO PACHON MAYORGA 6765185 VEHÍCULOS 20/04/2021 Cl 9 36 03 LC 210 27/05/2021 CERRADO No. RESOLUCIÓN No. CORDIS No. DE EXPEDIENTE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O APODERA- Que los contribuyentes que se relacionan a continuación, están siendo ejecutados por la Oficina de Cobro Especializado y la Oficina de Cobro General de la Sub- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-32 • 2021 • julio • 8 32 SECRETARÍA DE HACIENDA EDWIN FERNADO CARDENAS PITA NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones ANEXO No. 3 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-021291 DEL 06 DE JULIO 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO Se advierte a los deudores que disponen de quince (15) días, a partir de la presente publicación, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contra el mandamiento de pago contemplado en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional. La atención referente a los procesos de cobro será efectuada en la Carrera 30 No. 25-90 Piso 4 torre A.

33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-33 • 2021 • julio • 8 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN SECRETARÍA DE HACIENDA DE FECHA DEVOLUCIÓN SUR 09/03/2021 CERRADO SUR 09/03/2021 CERRADO AP 302 08/03/2021 DESCONOCIDO KR 113C 145 51 3 46 IN 2 AP 301 09/03/2021 CERRADO CL 48P BIS C SUR RIO LAS QUINTAS NOTIFICACIÓN SIETE DE AGOSTO 08/03/2021 CERRADO KR 27 63 A 47 BAR- PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO A SOLICITUD DE PARTE 20/05/2021 2011 CL 158A 7 G 32 26/05/2021 CERRADO A SOLICITUD DE PARTE 06/02/2021 2010, 2014 CL 63 C 80A 60 05/03/2021 NO RESIDE A SOLICITUD DE PARTE 06/02/2021 2013 CL 6 SUR 18 34 GJ 05/03/2021 DESCONOCIDO A SOLICITUD DE PARTE 06/02/2021 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 CL 149 12 32 08/03/2021 CERRADO A SOLICITUD DE PARTE 06/02/2021 2013 CL 6 SUR 18 34 GJ 05/03/2021 DESCONOCIDO A SOLICITUD DE PARTE 06/02/2021 2013, 2014, 2017, 2018, 2019, 2020 KR 107A 71B 63 09/03/2021 CERRADO A SOLICITUD DE PARTE 06/02/2021 2011 AC 161 19 79 05/03/2021 DESCONOCIDO A SOLICITUD DE PARTE 06/02/2021 2013, 2014, 2017, 2018, 2019, 2020 A SOLICITUD DE PARTE 06/02/2021 2013, 2014, 2017, 2018, 2019, 2020 A SOLICITUD DE PARTE 06/02/2021 2014, 2015, 2016, 2019 KR 81A 64A 20 05/03/2021 REHUSADO A SOLICITUD DE PARTE 12/02/2021 2013, 2014, 2015, 2016 KR 10 BIS 18 14 A SOLICITUD DE PARTE 12/02/2021 2013, 2014, 2015, 2016 KR 10 BIS 18 14 A SOLICITUD DE PARTE 09/02/2021 2012, 2013, 2014, 2015 PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA DE TIPO IMPUESTO DEL NOTIFICACIÓN POR AVISO IDENTIFICACIÓN CONTRIBUYENTE APODERADO NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O ciona a continuación, las actuaciones administrativa objeto de la presente publicación.

TERESA FAJARDO DE BARON 20151021 PREDIAL AAA0011YXJZ RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN TERESA FAJARDO DE BARON 20151021 PREDIAL AAA0011YXJZ RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN ANEXO No. 4 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-021291 DEL 06 DE JULIO 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO El Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones de la Dirección Distrital de Cobro, hace saber:

EXPEDIENTE No.

CORDIS No. DE En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

CIÓN RESOLU- DCO000982 2021EE012742 202101189000000752 ALFONSO RAMOS ORDOÑEZ 14315718 PREDIAL AAA0063UKJZ RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO017230 2021EE071573 202101209000000782 JAVIER MADRID JIMENEZ 2950793 VEHÍCULOS BNQ037 RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO000984 2021EE012748 202101209000000770 RICARDO JULIO CANTILLO RUEDA 19364596 PREDIAL AAA0114MPSY RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO000979 2021EE012726 202012269000000636 SUCESION ILIQUIDA DE MARIA DCO000979 2021EE012726 202012269000000636 SUCESION ILIQUIDA DE MARIA DCO000988 2021EE012759 202012029000000434 ROSALBA MARIA CASTRO PERALTA 23493767 PREDIAL AAA0219ESOE RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO000988 2021EE012759 202012029000000434 MARIA CELMIRA PAEZ LANCHEROS 23493295 PREDIAL AAA0219ESOE RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO000988 2021EE012759 202012029000000434 EDIT BETTY SUAREZ CORONADO 23493656 PREDIAL AAA0219ESOE RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO000983 2021EE012745 202101199000000762 MARTHA IRMA CLAVIJO GOMEZ 21174459 VEHÍCULOS CYM712 RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO000986 2021EE012753 202012309000000669 LILIA VALOIS MARTINEZ GUTIERREZ 41302787 PREDIAL AAA0062YUNN RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO001768 2021EE015548 202101279000000839 FLOR MARINA MARTINEZ NIETO 51635966 PREDIAL AAA0001UEKC RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO001768 2021EE015548 202101279000000839 FLOR MARINA MARTINEZ NIETO 51635966 PREDIAL AAA0001UEKC RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO-001083 2021EE013713 202012109000000531 ERIKA YAZMIN HERNANDEZ COCA 52352504 PREDIAL AAA0085WTNN RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN Que el Jefe de la Oficina de Depuración de Cartera de la Dirección Distrital de Cobro de la Dirección Distrital de Cobro profirieron para el contribuyente que se rela- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-34 • 2021 • julio • 8 34 SECRETARÍA D HACIENDA 11/06/2021 CERRADO AP 202 09/03/2021 CERRADO Magdalena Santa Marta- Cabañas Taganga Casa 11 Rodadero A SOLICITUD DE PARTE 12/02/2021 2013, 2014, 2015, 2016 CL 116 N 55 A 49 05/03/2021 REHUSADO A SOLICITUD DE PARTE 12/02/2021 2013, 2014, 2015, 2016 CL 116 N 55 A 49 05/03/2021 REHUSADO A SOLICITUD DE PARTE 06/02/2021 2014 CL 26B SUR 12 89 08/03/2021 CERRADO A SOLICITUD DE PARTE 05/02/2021 2014, 2015 KR 52 C 92 82 A SOLICITUD DE PARTE 06/02/2021 2014 CL 26B SUR 12 89 08/03/2021 CERRADO A SOLICITUD DE PARTE 28/05/2021 2014 meses siguientes a esta publicación.

EDWIN FERNANDO CARDENAS PITA NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe de la Oficina de Gestión del Servicio y Notificaciones CUMPLIDO 85433563 VEHÍCULOS DDY399 RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN ANEXO No. 4 DE LA RESOLUCIÓN No. DCO-021291 DEL 06 DE JULIO 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE COBRO DCO001768 2021EE015548 202101279000000839 LUIS EDUARDO BERNAL RAMIREZ 79349589 PREDIAL AAA0001UEKC RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO001768 2021EE015548 202101279000000839 LUIS EDUARDO BERNAL RAMIREZ 79349589 PREDIAL AAA0001UEKC RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO000987 2021EE012755 202101209000000785 WILSON FERNEY AVILES RAMIREZ 80216294 PREDIAL AAA0007AAWW RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO000987 2021EE012755 202101209000000785 WILSON FERNEY AVILES RAMIREZ 80216294 PREDIAL AAA0007AAWW RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DCO000969 2021EE012549 202012149000000581 ORNELLA FIORENTINO CASADIEGO 1020755793 VEHÍCULOS RKO301 RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCIÓN Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Depuración de Cartera de la DCO-019281 2021EE078403 202104209000001502 MARIEL RODOLFO GALIANO Dirección Distrital de Cobro y la Subdirección de Cobro Tributario según corresponda, ubicada en la Carrera 30 No. 25-90 Piso 4 Torre A, dentro de los dos (2)

35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-35 • 2021 • julio • 8 DECRETO LOCAL DE 2021 ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY do para Bogotá, que a través de un esquema que relacione los beneficios o subsidios con las cargas o contribuciones distritales vigentes, garantizará progresivamente, un ingreso mínimo a los hogares residentes en Bogotá D.C.

DECRETO LOCAL N° 08 (01 de julio de 2021)

Serán objeto de subsidios, en la estrategia integral de Ingreso Mínimo Garantizado, los hogares pobres y vulnerables según criterios de focalización que se definan en la reglamentación de la estrategia.

“Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2021”.

LA ALCALDESA LOCAL DE KENNEDY El ingreso mínimo podrá tomar la forma de transferencias monetarias condicionadas y no condicionadas, bonos canjeables por bienes y servicios, subsidios en especie, subsidios para habitabilidad, subsidios en servicios públicos domiciliarios y de transporte, entre otros.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo (………….)

31 del Decreto 372 de 2010

CONSIDERANDO:

Que en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.”

El Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa creado mediante el Decreto Distrital 93 de 2020 y el Sistema Distrital para la Mitigación del Impacto Económico, el Fomento y la Reactivación Económica de Bogotá D.C. creado en virtud del Decreto Distrital 108 de 2020, serán parte constitutiva del esquema de subsidios y contribuciones de la Estrategia integral progresiva del Ingreso Mínimo Garantizado para Bogotá.

Que, el Decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.” en su artículo 31, establece las Modificaciones Presupuestales e indica que “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto”.

El Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa, se denominará Sistema Distrital Bogotá Solidaria, tendrá como objeto integrarse a la estrategia de Ingreso Mínimo Garantizado y para este fin mantendrá sus fuentes de financiamiento, los mecanismos de focalización, operación y arreglo institucional definidos en los mencionados Decretos Distritales, así como otros que se considere pertinentes para su adecuada operación.

(………….)

Que, dando cumplimiento a la Circular conjunta 009 de 2011 y Circular conjunta 012 de 2011, de la Secretaría Distrital de Gobierno y Secretaría de Hacienda Distrital, se requiere realizar en cada vigencia la depuración de las Obligaciones por Pagar, ya sea a través de la liquidación de compromisos, fenecimiento y/o anulación de saldos de estas, para el respectivo saneamiento financiero de los Fondos de Desarrollo Local, lo cual da lugar a la liberación de recursos que permiten la optimización en la ejecución de inversiones.

Que, el Acuerdo 761 del 11 de junio de 2020, “Por medio del cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del distrito capital 2020-2024 “un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, establece en sus artículos 24 y 26:

Artículo 26.

Sistema Distrital Bogotá Solidaria. El Sistema Distrital Bogotá Solidaria en Casa creado por el Decreto Distrital 093 de 2020 con ocasión de la contingencia social de la población pobre y vulnerable residente en la ciudad de Bogotá D.C.sostenimiento solidario- en el marco de la contención y mitigación del COVID-19, se mantendrá y fortalecerá como una política pública del Distrito con vocación de permanencia y será parte constitutiva del Sistema de Subsidios y Contribuciones que fundamenta la base del Nuevo Contrato Social en Bogotá. El Sistema se compone de tres canales:
1. Transferencias monetarias. 2) Bonos canjeables por bienes y servicios y 3) Subsidios en especie.

(………….)

Artículo 24.

Ingreso Mínimo Garantizado. Se crea la estrategia integral del Ingreso Mínimo Garantiza-

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-36 • 2021 • julio • 8 36 Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Manual Operativo del Sistema Distrital Bogotá Solidaria, la gobernanza del sistema está a cargo de un comité coordinador y tres comités técnicos, uno por cada canal, en donde se dan los lineamientos y las orientaciones generales, para el caso del canal de transferencias monetarias, se establece entre otros temas, los montos para los pagos y los ciclos de transferencias. en el Decreto Distrital 093 de 2020, con el objeto de realizar las acciones necesarias para la provisión y entrega de ayudas humanitarias y asistencia para la contingencia de la población pobre y vulnerable de la ciudad, en el marco de la contención y mitigación del Covid-19, así como la administración, planeación estratégica, logística y operación de dichas ayudas, en el marco de la declaratoria de la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional y la calamidad pública declarada en Bogotá, de acuerdo a lo establecido en el Manual Operativo del Sistema Distrital Bogotá Solidaria en casa.

Que, igualmente el Manual Operativo del Sistema Distrital Bogotá Solidaria, estipula que la dispersión de los recursos se realizará mediante la transferencia de dinero desde la cuenta bancaria de titularidad de la Secretaría de Hacienda Distrital- Dirección de Distrital de Tesorería (SHD-DDT) a los hogares identificados para la localidad de KENNEDY y beneficiarios del Sistema Distrital Bogotá Solidaria.

Que, el Acta de Liquidación de dicho Contrato de Prestación de Servicios, suscrita el 4 de diciembre de 2020, con la cual se establece el balance definitivo de la terminación del vínculo contractual, y el paz y salvo por todo concepto entre las partes, establece que existe un saldo sin ejecutar a favor del FDL de Kennedy, por valor de CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS M/CTE ($488.892.283.oo), recursos que en la actualidad, hacen parte de la apropiación disponible del presupuesto de obligaciones por pagar de inversión de la vigencia 2021, y constituyen un saldo de apropiación libre de afectación susceptible de traslado.

Que la Resolución 738 del 26 de mayo de 2021, prorrogó hasta el 31 de agosto de 2021 la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional declarada mediante la Resolución 385 de 2020 y prorrogada a su vez por las Resoluciones 844, 1462, 2230 de 2020 y por la Resolución 222 de 2021, por lo cual los alcaldes locales deberán ejecutar, a través de los tres canales que componen el Sistema Bogotá Solidaria en Casa y del Sistema Distrital para la Mitigación del Impacto Económico, el Fomento y la Reactivación Económica de Bogotá D.C.

Que, el Artículo 9° del Plan de Desarrollo Local de Kennedy 2021-2024, establece que el Programa Subsidios y Transferencias para la Equidad busca beneficiar a los hogares de la localidad, a través de la entrega de apoyos monetarios y subsidios dirigidos a los adultos mayores (Subsidio tipo C), niños, niñas, jóvenes, mujeres y hombres cabeza de hogar, para la reducción de los índices de pobreza, y el mejoramiento de la calidad de vida y la inclusión social.

Que, en consideración a lo expuesto la Administración Local requiere efectuar el traslado presupuestal por valor de CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS M/CTE ($488.892.283.oo) al Proyecto de Inversión Ingreso Mínimo Garantizado, con el fin de realizar la prestación de servicios sociales a la población pobre de la localidad a través de los canales establecidos y determinados por la Administración Distrital para la Localidad, según el Manual Operativo del Sistema Bogotá Solidaria en Casa y los lineamientos que se emitan desde las diferentes instancias coordinadoras del nivel distrital.

Que mediante oficio No. 2-2021-44089 del 08 de junio de 2021, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

Que, la Circular CONFIS 03 de 2020 creó la línea de inversión local “Sistema Bogotá Solidaria” compuesta por los conceptos de gasto Ingreso Mínimo Garantizado y Subsidio tipo C adulto mayor, que hacen parte del componente inflexible definido por dicha circular, y a los cuales se debe destinar al menos el 20% de los recursos de los presupuestos anuales de los FDL.

Que, en la vigencia 2020 fue celebrado el Contrato de Prestación de Servicios entre los Fondos de Desarrollo Local de Usaquén, Chapinero, San Cristóbal, Usme, Tunjuelito, Kennedy, Fontibón, Engativá, Suba, Barrios Unidos, Teusaquillo, Antonio Nariño, Puente Aranda, Rafael Uribe Uribe, Ciudad Bolívar y Sumapaz, y la Cruz Roja Colombiana Seccional Cundinamarca y Bogotá, en virtud de la declaratoria de calamidad pública por la pandemia el COVID-19, según lo establecido Que mediante oficio No. 2021EE107608O1 del 30 de Junio de 2021, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado del agregado de Inversión de la vigencia 2021, por valor de CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS M/CTE ($488.892.283.oo).

37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-37 • 2021 • julio • 8 Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1.

Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR 13 GASTOS $488.892.283 133 INVERSION $488.892.283 13306 OBLIGACIONES POR PAGAR $488.892.283 1330615 Bogotá Mejor para Todos $488.892.283 133061501 Pilar igualdad de calidad de vida $488.892.283 13306150103 Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente $488.892.283 133061501030000001378 1378 - Igualdad y autonomía para una Kennedy incluyente $488.892.283 TOTAL CONTRACRÉDITOS $488.892.283

Artículo 2.

Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR 13 GASTOS $488.892.283 133 INVERSION $488.892.283 13301 DIRECTA $488.892.283 1330116 Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI $488.892.283 133011601 Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política $488.892.283 13301160101 Subsidios y transferencias para la equidad $488.892.283 133011601010000002107 Kennedy Solidaria $488.892.283 TOTAL CRÉDITOS $488.892.283 COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Artículo 3.

Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda
- Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.

Dado en Bogotá, D.C., al primer (01) día del mes de julio de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 4.

Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

YEIMY CAROLINA AGUDELO HERNÁNDEZ Alcaldesa Local de Kennedy

Artículo 5.

Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 55 • Número 7182 • pP. 1-38 • 2021 • julio • 8 38 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado ACUERDO DE 2020 CONSEJO DE POLÍTICA ECONÓMICA Y SOCIAL DEL DISTRITO CAPITAL ACUERDO N° 02 “Por el cual se subroga el Acuerdo 01 de 2018 “Por el cual se expide el reglamento interno del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital”...........1 Sector Central RESOLUCIONES DE 2021 SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD RESOLUCIÓN N° 65799 “Por medio de la cual se concede un encargo en un empleo con vacancia temporal a una funcionaria con Derechos de Carrera Administrativa dentro de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Movilidad”..............................................6 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN N° SDH - 000416 “Por la cual se realizan unos nombramientos en periodo de prueba”....................7 RESOLUCIÓN N° SDH - 000419 “Por la cual se realiza un nombramiento en período de prueba”........................12 RESOLUCIÓN N° SDH - 000420 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”........................14 RESOLUCIÓN N° DDI-010983,2021EE114082O1 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”........................................18 RESOLUCIÓN N° DCO - 021291 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”........................................21 Sector Local DECRETO LOCAL DE 2021 ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY DECRETO LOCAL N° 08 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2021”......................................................................................................... 36 MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital

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