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Registro Distrital 7064 de 2021

Registro Distrital 7064 de 2021 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7064
Año
2021
Fecha
27 de febrero de 2021
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 52 - No. 7064 - Pp 1 - 4 - 2021 - FEBRERO - 27 ISSN 0124-0552 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández AÑO 52 Número 7064 2021 • FEBRERO • 27 REGISTRO DISTRITAL DECRETO LOCAL DE 2021 ción Local, del quince (15) de enero al cuatro (04) de febrero de 2020.

ALCALDÍA LOCAL DE SUBA Decreto Local Número 001 (Febrero 10 de 2021)

Que una vez surtida la etapa de verificación de re quisitos de los sectores que se inscribieron, se pudo determinar que por el sector mujeres, se inscribió para hacer parte del Consejo de Planeación, el Comité Local Operativo de Mujer y Género-COLMYG.

“Por medio del cual se modifica el Decreto 004 del 12 de febrero de 2020 y, se integra al Consejo Local de Planeación la designada por el sector mujeres”

Que el Comité Local Operativo de Mujer y Género- COLMYG, mediante oficio de fecha tres (03) de febrero de 2020 designó a la Señora María del Pilar Barrera Hartman, identificada con cédula número 39.555.766 para representar el sector mujeres ante el Consejo de Planeación Local.

EL ALCALDE LOCAL DE SUBA En uso de las facultades que le confiere el artículo 7 del Acuerdo 13 de 2000 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Local 004 del 12 de febrero de 2020 “Por el cual se instala el Consejo de Planeación de la localidad de Suba de acuerdo a lo estipulado en el Acuerdo 13 de 2000 del Concejo de Bogotá”, se instaló el Consejo de Planeación Local de Suba mediante el nombramiento de representantes por sectores.

Que el día tres (03) de julio de 2020 la Administración Local recibió del Comité Local Operativo de Mujer y Género-COLMYG, comunicación de revocatoria al nombramiento realizado a la Señora María del Pilar Ba rrero Hartman, mediante radicado No 20206110118052 de fecha 3 septiembre del año 2020.

Que el día veintiocho (28) de octubre de 2020 mediante correo institucional se recibe comunicación del Comité Operativo de Mujer y Género-COLMYG sobre desig nación de la nueva persona que representará ante el Consejo de Planeación Local de Suba, señora Paula Marcela Fresneda Ramírez identificada con cédula 1019087378 de Bogotá.

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Suba

DECRETA:

Que en virtud del Acuerdo 13 de 2000 “Por el cual se reglamenta la participación ciudadana en la elabora ción, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y Social para las diferentes localidades que conforman el Dis trito Capital y se dictan otras disposiciones” establece en su

Artículo 5.

CREACIÓN E INTEGRACIÓN. “En cada una de las Localidades del Distrito Capital funcionará un Consejo de Planeación Local, el cual tendrá la naturaleza de ente consultivo y será la ins tancia de planeación en la localidad. Estará integrado por un representante de cada una de las siguientes organizaciones, con asiento en la respectiva localidad: Asociación de Juntas de Acción Comunal, Asociacio nes de Padres de Familia, Organizaciones Juveniles, Rectores de Establecimientos educativos, Organizacio nes de Comerciantes, Organizaciones de industriales, Gerentes de establecimientos de salud pública local, Organizaciones no gubernamentales, Organizaciones ambientales, Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados. Adicionado por el Acuerdo Distrital 436 de 2010”

Artículo primero.

Se integra al Consejo Local de Planeación -CPL por el Sector Mujeres la Señora

Que la Alcaldía Local de Suba, realizo convocatoria pública para la conformación del Consejo de Planea 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7064 • pP. 1-1 • 2021 • FEBRERO • 27 Paula Marcela Fresneda Ramírez, identificada con cédula 1019087378 de Bogotá.

Artículo segundo.

La representante del Sector Mujeres deberá cumplir las funciones y atribuciones consagradas en los artículos 10 y 11 y, demás dispo siciones del Acuerdo 13 de 2000.

Que el artículo 46 de la Constitución Política preceptúa que: “El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia”

Artículo tercero.

La representante del Sector Mujeres del Consejo de Planeación Local, tendrá un período igual al del Plan de Desarrollo Local a partir del año 2020 al año 2023 y su representación será ad honórem.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Que el artículo 1 del Decreto Distrital 374 del 21 de junio de 2019, emitido por el Alcalde Mayor de Bo gotá, “delega en los alcaldes locales la facultad para contratar, ordenar los gastos y pagos con cargo al presupuesto de los Fondos de Desarrollo Local, de conformidad con las disposiciones que regulan las inversiones y gastos con cargo a tales.”

Dado en Bogotá, D.C., a los diez (10) días del mes de febrero de dos mil veintiuno (2021).

JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN Alcalde Local de Suba RESOLUCIÓN LOCAL DE 2021 ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ Resolución Local Número 006 (Febrero 23 de 2021)

Que de conformidad con el Plan de Desarrollo Local para la localidad de SUMAPAZ “Económico, Social, Ambiental, y de Obras Publicas De La Localidad Veinte de Sumapaz, D.C. “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA SUMAPAZ ” 2021 -2024” se formuló el Proyecto No 1583 MÁS Y MEJORES OPORTUNIDADES PARA LA POBLACIÓN VULNERA BLE - COMPONENTE: SUBSIDIO TIPO C PERSONA MAYOR.”, donde se encuentra el concepto de gasto Subsidio Tipo C, el cual busca propiciar la igualdad, equidad e inclusión social en toda la población local, mediante la ejecución de programas y proyectos orien tados a los sectores más vulnerables de la población Sumapaceña.

“Por la cual se ordenan los egresos del Proyecto No. 1583 MÁS Y MEJORES OPORTUNIDADES PARA LA POBLACIÓN VULNERABLE - COMPONENTE: SUBSIDIO TIPO C PERSONA MAYOR-Apoyo Económico Tipo C”

EL ALCALDE LOCAL (E), DE SUMAPAZ, En uso de sus facultades constitucionales y legales, y especialmente de las conferidas en el Artículo 1° del Decreto Distrital 374 de 2019, y,

CONSIDERANDO:

Que a través del Proyecto de Inversión No 1583 MÁS Y MEJORES OPORTUNIDADES PARA LA POBLACIÓN VULNERABLE - COMPONENTE: SUBSIDIO TIPO C PERSONA MAYOR-Apoyo Económico Tipo C y el documento técnico que los soporta, la Alcaldía Local de SUMAPAZ adopta los Procedimientos generales y específicos para el Servicio Apoyos Económicos de acuerdo con el Documento de Criterios técnicos para la Formulación de proyectos con cargo a los presu puestos de los Fondos de Desarrollo Local emitido anualmente por la Secretaria Distrital de Integración Social como entidad cabeza del sector social.

Que mediante la Resolución 0825 del 14 de junio de 2018, la Secretaría Distrital de Integración Social estableció los Criterios de focalización, priorización, ingreso, egreso y restricciones para el acceso a los servicios sociales y apoyos de la entidad, así:

“ARTÍCULO PRIMERO. - CRITERIOS DE FOCA LIZACIÓN, PRIORIZACIÓN, INGRESO, EGRESO Y RESTRICCIONES PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS SOCIALES Y APOYOS DE LA SE CRETARÍA: Adóptese el documento técnico de cri terios de focalización, priorización, ingreso, egreso y restricciones para el acceso de los beneficiarios y Que el artículo 13 de la Constitución Política de Co lombia de 1991, establece que “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin nin guna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.”

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7064 • pP. 1-2 • 2021 • FEBRERO • 27 2 beneficiarias a los servicios sociales y apoyos que ofrece la Secretaría Distrital de Integración Social”.

VULNERABLE -COMPONENTE: SUBSIDIO TIPO C A PERSONA MAYOR servicio “Apoyos Económicos Tipo C”, por cumplimiento de criterios de identificación y priorización del servicio así:

Que el documento técnico de Resolución No 0825 del 14 de junio de 2018, establece el para los servicios sociales de la Subdirección para la Vejez, lo siguiente:

N° N° de Identificación Apellidos Nombres Fecha de ingreso 1 51850092 Morales Cubillos Alba Maria 30/10/2011 “Nota aclaratoria: las personas mayores que se encuentran recibiendo los apoyos económicos Tipo A, B, B desplazados y C, que a pesar de haber adelantado la gestión de actualizar o solicitar la encuesta de SISBEN y les sea asignado un pun taje superior al del punto de corte 43.63, pero se encuentran en situación de vulnerabilidad social y económica, continuaran siendo atendidos en el servicio…”

Que finalizado el mecanismo de transición establecido en la Resolución No 0825 del 14 de junio de 2018 y su Documento Técnico, la validación de condiciones y las novedades reportadas por cruces de bases de datos y el seguimiento realizado por la Alcaldía Local de SUMAPAZ a los participantes del proyecto No 1583 MAS Y MEJORES OPORTUNIDADES PARA LA POBLACIÓN VULNERABLE servicio “Apoyos Económicos Tipo C”, se efectuó conforme los criterios de Egreso establecidos en la Resolución 825 del 14 de junio de 2018:

1. Fallecimiento de la persona mayor.

Que mediante Resolución No 1211 del 14 de junio de 2019 la Secretaría Distrital de Integración Social prorroga el periodo de transición para la lista de es pera de apoyos económicos para personas mayores en territorios rurales, que se registraron en la referida lista antes del 14 de junio de 2018.

2. Traslado a otro servicio con el que presente simultaneidad.

3. Información inconsistente suministrada por el participante, para la obtención del apoyo económico.

4. Retiro voluntario manifestado libre y expresa mente por escrito.

5. Traslado a otro municipio.

Criterios de egreso

6. Traslado de localidad (Aplica únicamente para Apoyo Económico Tipo C).

7. Persona mayor que se encuentre privada de la libertad por orden de autoridad competente.

8. Persona mayor que vive sola y que cuenta con ingresos superiores a medio SMMLV o persona mayor que vive con la familia y el ingreso del núcleo familiar es superior a un (1) SMMLV.

9. Cambio de la situación de vulnerabilidad o inseguridad económica que motivó el ingreso al servicio de apoyo económico.

Que la Resolución No 1211 del 14 de junio de 2019 ”Por la cual se establecen parámetros para el operativo de validación y caracterización de los hogares y personas ubicadas en las zonas rurales de la ciudad, y se fijan condiciones para la aplicación de la lista de espera de personas mayores para el acceso a los apoyos econó micos tipo A, B, B Desplazados y C registradas antes del 14 de junio de 2018”, establece en Articulo 2 “IN GRESO DE PERSONAS MAYORES REGISTRADAS EN LA LISTA DE ESPERA DEL SERVICIO APOYOS ECONOMICOS TIPO A, B, B DESPLAZADOS Y C. Ingresar al servicio a las personas registradas hasta el 13 de junio de 2018 en el Sistema de lnformaci6n y Registro de Beneficiarios – SIRBE- en la modalidad ldentiflcaci6n de Personas Mayores (solicitantes de servicio e inscritos)/Lista de Espera, que cumplan con los criterios establecidos en la Resoluci6n 764 de 2013 evidenciando un estado de vulnerabilidad social.

El ingreso al servicio de las personas mayores las que se refiere el presente artículo se realizara depen diendo de la disponibilidad de cupos por localidad, respetando el orden de priorización y hasta agotar la lista de espera.

Que conforme con lo anterior, en sesión del COLEV de la Localidad de SUMAPAZ del 18 de febrero de 2021, se estudiaron las novedades de Egreso presentadas por la Alcaldía Local de SUMAPAZ, del Proyecto No 1583 MAS Y MEJORES OPORTUNIDADES PARA LA POBLACIÓN VULNERABLE servicio “Apoyos Econó micos Tipo C”, y donde se identificó que la persona mayor relacionada a continuación cumple con la causal de egreso relacionada:

N° Cédula Apellidos Nombres Causal Egreso No. Acta de Defunción Una vez realizado el ingreso, estas personas permane cerán en el servicio, aun no cumpliendo con los criterios de focalización establecidos en la Resolución 825 de 2018 y si persiste la situación de vulnerabilidad social que generó su ingreso”.

1 51850092 Morales Cubillos Alba Maria Fallecimiento 725675770 Que revisadas las consideraciones del COLEV de la Localidad de SUMAPAZ se acogen las recomendacio Que mediante acto administrativo fue ingresada la siguiente persona mayor al Proyecto No 1583 MÁS Y MEJORES OPORTUNIDADES PARA LA POBLACIÓN 3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7064 • pP. 1-3 • 2021 • FEBRERO • 27 nes efectuadas para el EGRESO de la persona mayor relacionada anteriormente. con lo establecido en el Artículo 4 del Decreto Nacional 491 de 2020 y artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Si no fuera posible notificarlas personalmente, se surtirá la notificación por aviso en los términos de los artículos 67, 68 y 69 del mismo Código Que en el acta del COLEV de la Localidad de SUMA PAZ, No 002 del 18 de febrero de 2021, se incorpo raron los soportes de la novedad de egreso descrita anteriormente.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo tercero.

Contra el presente Acto Admi nistrativo procede el recurso de reposición, que deberá interponerse ante el Alcalde Local (E) de SUMAPAZ, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la no tificación personal, según lo establecido en el Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo cuarto.

Este Acto rige a partir de su eje cutoria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 87 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo primero.

ORDENAR el EGRESO a partir del 23 de febrero 2021 de la persona mayor del Proyecto No 1583 MÁS Y MEJORES OPOR TUNIDADES PARA LA POBLACIÓN VULNERABLE
- COMPONENTE: SUBSIDIO TIPO C A PERSONA MAYOR, “Apoyos Económicos Tipo C”, que se relacio na a continuación, conforme a lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución:

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE N° Cédula Apellidos Nombres Causal Egreso 1 51850092 Morales Cubillos Alba Maria Fallecimiento Dada en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días del mes de febrero de dos mil veintiuno (2021).

GERMÁN HUMBERTO MEDELLÍN MORA Alcalde Local (E) de Sumapaz

Artículo segundo.

Notificar mediante correo electrónico autorizado, el contenido de la presente resolución a las personas interesadas, de conformidad

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7064 • pP. 1-4 • 2021 • FEBRERO • 27 4 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Local DECRETO LOCAL DE 2021 ALCALDÍA LOCAL DE SUBA Decreto Local Número 001 “Por medio del cual se modifica el Decreto 004 del 12 de febrero de 2020 y, se integra al Consejo Local de Planeación la designada por el sector mujeres”.......1 RESOLUCIÓN LOCAL DE 2021 ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ Resolución Local Número 006 “Por la cual se ordenan los egresos del Proyecto No. 1583 MÁS Y MEJORES OPORTUNIDADES PARA LA POBLACIÓN VULNERABLE - COMPONENTE: SUBSIDIO TIPO C PERSONA MAYOR-Apoyo Económico Tipo C”.....................2 MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital

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