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Registro Distrital 7056 de 2021

Registro Distrital 7056 de 2021 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7056
Año
2021
Fecha
19 de febrero de 2021
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 52 - No. 7056 - Pp 1 - 4 - 2021 - FEBRERO - 19 ISSN 0124-0552 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández AÑO 52 Número 7056 2021 • FEBRERO • 19 REGISTRO DISTRITAL DECRETO DE 2021 para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Re conciliación.

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Decreto Número 053 (Febrero 19 de 2021)

“Por el cual se crea un empleo en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. en cumplimiento del fallo de tutela No. 11001408805020210021 del 9 de febrero de 2021 proferido por el juzgado 50 penal municipal de Que la señora LUZ NIDIA RIVERA CUÉLLAR identi ficada con la cédula de ciudadanía No. 40.776.484, desempeñó el empleo de carácter temporal con deno minación Profesional Universitario Código 219 Grado 13 en la Oficina de Alta Consejería para los Derechos de las Victimas la Paz y la Reconciliación desde el 9 de febrero de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2020 fecha de terminación de la planta de empleos de carácter temporal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. control de garantías de Bogotá D.C.”

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 9º del Que la señora LUZ NIDIA RIVERA CUÉLLAR, interpu so acción de tutela contra la Secretaría General por la presunta violación a los derechos fundamentales a la vida digna, la seguridad social, la dignidad, la igualdad y al mínimo vital. artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que el Juzgado Cincuenta (50) Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá D.C., profirió fallo de tutela de fecha 9o de febrero 2021, mediante el cual resolvió:

Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo públi co, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las Entidades Distritales.

“PRIMERO: CONCEDER la tutela como meca nismo transitorio de los derechos fundamentales a la vida digna, a la seguridad social, a la dignidad, a la igualdad y al mínimo vital de la señora LUZ NIDIA RIVERA CUÉLLAR, vulnerados por la SE CRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

Que mediante Decreto Distrital No. 387 de 2016 se crearon ciento treinta y cinco (135) empleos de carác ter temporal en la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., con vigencia hasta el 30 de junio de 2020 inclusive, para el ejercicio de funciones, programas y proyectos a cargo de la Oficina de Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación.

SEGUNDO. - ORDENAR a la SECRETARÍA GENE RAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ, que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación de este fallo, reintegre a la señora LUZ NIDIA RIVERA CUÉLLAR, al cargo que venía desempeñando al momento del despido o a uno de igual o mayor jerarquía que no sea incom patible o contraproducente para su estado de salud.

Que mediante el artículo 1º del Decreto Distrital No. 159 de 2020 se prorrogó la vigencia de ciento tres (103) empleos de carácter temporal en la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. creados mediante Decreto Distrital No. 387 de 2016, hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive, para el ejercicio de funciones, programas y proyectos a cargo de la Oficina de Alta Consejería TERCERO. - Con fundamento en el artículo 8º del Decreto 2591 de 1991, advertir a la accionante que 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7056 • pP. 1-1 • 2021 • FEBRERO • 19 deberá ejercer la acción respectiva ante la juris dicción contenciosa administrativa en un término máximo de cuatro (4) meses a partir de la fecha de notificación del presente fallo de tutela, pues si no lo hace cesarán los efectos del mismo.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto favorable mediante oficio 2021EE632 del 16 de febrero de 2021 respecto de la viabilidad técnica para la creación de un empleo en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secre taría Distrital de Hacienda expidió el correspondiente concepto de viabilidad presupuestal favorable para la creación de un empleo en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., mediante oficio 2021EE01811 del 17 de febrero de 2021.

CUARTO. - ADVERTIR a la SECRETARÍA GE NERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ, que en caso de incumplimiento al presente fallo de tutela, incurrirá en desacato sancionable con arresto hasta de seis meses y una multa de has ta 20 salarios mínimos mensuales vigentes, sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiere lugar, conforme lo previsto por el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991”.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Que de conformidad con el artículo 27 del Decreto Nacional 2591 de 1991, las órdenes que profiere el juez de tutela son de estricto e inmediato cumplimiento.

Artículo 1.

- Crear de manera transitoria un (1) em pleo en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., para dar cumplimiento al fallo de tutela descrito en la parte considerativa del presente decreto, en favor de la señora LUZ NIDIA RIVERA CUELLAR, tal como se detalla a continuación:

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD, concepto técnico para la creación de un (1) empleo, con el propósito de dar cumplimiento al fallo de tutela en mención.

Nombre Cédula de Ciudadanía Denominación Cód. Grado Dependencia VIGENCIA Desde la firma del acta de posesión hasta el cumplimiento de una de las siguientes condiciones:

- Sentencia judicial que revoque modifi

que la decisión de primera instancia, en el sentido de dejar sin efecto el susten to jurídico que soporta la creación del cargo objeto de este decreto.

- En caso de que se produzca la cesa

Luz Nidia Rivera Cuellar 40.776.484 Profesional Universitario 219 13 Oficina de Alta Conseje ría para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación ción de los efectos jurídicos a los que hace referencia el numeral tercero de la parte resolutiva de la sentencia de tutela No. 11001408805020210021 de fecha 9 de febrero de 2021.

- Por el retiro del servicio por cualquiera

de las causales señaladas en el artícu lo 41 de la Ley 909 de 2004. la cesación de los efectos jurídicos a los que hace referencia el numeral tercero de la parte resolutiva de la sentencia de tutela No. 11001408805020210021 de fecha 9 de febrero de 2021, o si se produjera el retiro del servicio por cualquiera de las causales señaladas en la ley, el cargo quedará automáticamente suprimido.

Artículo 2.

- El empleo creado con el presente decreto, deberá cumplir las funciones descritas en el respectivo Manual de Funciones y Competencias La borales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., estando sujeto a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá, D.C.

Artículo 4.

- Comunicar el contenido del presente decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, al correo electrónico mgarciab@shd.gov.co; al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, al correo electrónico nidia. vargas@serviciocivil.gov.co; y al Juzgado 50 Penal

Artículo 3.

- Dado el carácter del empleo creado en el presente decreto, una vez se extinga la situación que da lugar a su creación, o una vez se configure una causa legal que extinga la relación laboral, o si existiese una orden judicial que revoque o modifique el fallo proferido en primera instancia, o se produzca

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7056 • pP. 1-2 • 2021 • FEBRERO • 19 2 Municipal de Control de Garantías de Bogotá D.C., al correo electrónico j50pmgbt@cendoj.ramajudicial.gov. co, a través de la Subdirección de Servicios Adminis trativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Que, en tal sentido, existen empleos del nivel asesor adscritos al despacho de la Secretaria General los cuales pueden ser provistos de manera discrecional, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del cargo, de conformidad con lo esta blecido en el artículo 23 de la Ley 909 de 2004.

Artículo 5.

- El presente decreto rige a partir del día de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días Que teniendo en cuenta lo anterior y en virtud de la necesidad del servicio, resulta procedente a realizar un nombramiento en el empleo de Asesor Código 105 Grado 05 del Despacho de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. del mes de febrero de dos mil veintiuno (2021).

Que, en mérito de lo expuesto, CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ Alcaldesa Mayor

RESUELVE:

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General – Alcaldía Mayor de Bogotá NIDIA ROCÍO VARGAS Directora Departamento Administrativo del Servicio ARTÍCULO 1º-: Nombrar a la doctora SARA VIVIANA TORRES VERGARA, identificada con la cédula de ciudadanía No., en el cargo de Asesor Código 105 Grado 05 del Despacho de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C.

Civil Distrital DASCD RESOLUCIÓN DE 2021 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL Resolución Número 065 (Febrero 19 de 2021)

ARTÍCULO 2º-: De conformidad con el artículo 2.2.5.1.6 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modi ficado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, la doctora SARA VIVIANA TORRES VERGARA, tendrá diez (10) días contados a partir de la notificación de este acto administrativo, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para tomar pose sión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación.

“Por la cual se hace un nombramiento”

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de las facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto 101 de 2004 y el Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, y ARTÍCULO 3º-: Notificar a la doctora SARA VIVIANA TORRES VERGARA al correo electrónico saritowers@ gmail.com, el contenido de la presente Resolución a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera, de la Sub secretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

CONSIDERANDO:

Que el literal b del artículo 1 de la Ley 909 de 2004 establece que hacen parte de la función pública los empleos públicos denominados de libre nombramiento y remoción.

ARTÍCULO 4º-: Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y al Des pacho de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.

Que el literal f del numeral 2 del artículo 5 de la misma normativa, dispone que corresponden al criterio de cargos de libre nombramiento y remoción los “empleos cuyo ejercicio impliquen especial confianza que tengan asignadas funciones de asesoría institucional, que es tén adscritos a las oficinas de los secretarios de despa cho, de los Directores de Departamento Administrativo, de los gerentes, tanto en los departamentos, distritos especiales, Distrito Capital y distritos y municipios de categoría especial y primera”

ARTÍCULO 5º-: El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios persona les y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Distrital 328 de 2020.

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7056 • pP. 1-3 • 2021 • FEBRERO • 19 PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días del mes de febrero de dos mil veintiuno (2021).

ARTÍCULO 6°-: De conformidad con el artículo 7° del capí tulo I del Decreto Distrital 189 de 21 de agosto de 2020, la hoja de vida de la doctora SARA VIVIANA TORRES VER GARA, fue publicada en la página web del Departamento Administrativo del Servicio Civil del 10 al 16 de febrero de 2021 inclusive, para conocimiento de la ciudadanía.

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General ARTÍCULO 7º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 7056 • pP. 1-4 • 2021 • FEBRERO • 19 4 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central DECRETO DE 2021 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. Decreto Número 053 “Por el cual se crea un empleo en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. en cumplimiento del fallo de tutela No. 11001408805020210021 del 9 de febrero de 2021 proferido por el juzgado 50 penal municipal de control de garantías de Bogotá D.C.”.....................................................................................1 RESOLUCIÓN DE 2021 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL Resolución Número 065 “Por la cual se hace un nombramiento”.................................................................3 MARGARITA BARRAQUER SOURDIS Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital

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