Registro Distrital 7588 de 2022
Registro Distrital 7588 de 2022 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 7588
- Año
- 2022
- Fecha
- 1 de diciembre de 2022
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 57 - No. 7588 - Pp 1 - 23 - 2022 - DICIEMBRE - 1 AÑO 57 NÚMERO 7588 1 • DICIEMBRE • 2022 RESOLUCIONES DE 2022 SECRETARÍA DE HACIENDA definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera.
RESOLUCIÓN Nº SDH-000472 (30 de noviembre de 2022)
“Por la cual se realiza un nombramiento provisional en una vacante temporal”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA Que la Comisión Nacional del Servicio Civil-CNSC, expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020 - Distrito Capital 4.
En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y Que por necesidades del servicio y mientras es remiti da por la Comisión Nacional del Servicio Civil- CNSC, la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron nombramientos provisionales en tales vacantes de la entidad.
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. SDH-000009 del 19 de noviembre 2015, se efectuó el nombramiento provisional a la señora MARLENY GÓMEZ VIDAL, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.670.506, en el empleo de Profesional Universitario Código 219, Grado 11, de la Subdirección del Talento Humano de la Dirección de Gestión Corporativa de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, cargo que se encontraba en vacancia definitiva.
Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciem bre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, pro ducto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que mediante Resolución No. SDH-000312 del 31 de julio de 2020, se efectuó el traslado de la señora MARLENY GÓMEZ VIDAL, al empleo de Profesional Universitario Código 219, Grado 11, de la Subdirección del Talento Humano de la Dirección de Gestión Cor porativa de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, refiere que las vacantes definitivas en empleos de carrera se proveerán en período de prueba o en as censo, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito, de conformidad con lo establecido en la Ley 909 de 2004 o en las disposicio nes que regulen los sistemas específicos de carrera, según corresponda, y que mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera Que el empleo de Profesional Universitario Código 219, Grado 11, de la Subdirección del Talento Humano de la Dirección de Gestión Corporativa de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, el cual 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-1 • 2022 • diciembre • 1 se encuentra nombrada en provisionalidad, la señora MARLENY GÓMEZ VIDAL, fue ofertado y corresponde a la OPEC No. 136970, dentro del Proceso de Selec ción No. 1485 de 2020 - Distrito Capital 4. sionada, aportando la certificación de semanas coti zadas expedida por Colpensiones con corte al 22 de noviembre de 2022, certificación de tiempos laborados por CETIL, y formulario de solicitud de corrección de historia laboral.
Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD, expidieron la Circular Externa No. 003 de 2020, donde señalan puntualmente los lineamientos sobre la provisión de empleos de ca rrera administrativa con listas de elegibles proferidas par la CNSC y sobre estabilidad laboral reforzada de los servidores provisionales que se encuentren en condición de pre - pensionado, indican:
“4. Calidad de prepensionado.
Que agotadas las etapas del proceso de selección la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, expidió la Resolución No. 6398 del 10 de noviembre de 2021, “Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Códi go 219, Grado 11, identificado con el Código OPEC No. 136970 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital”.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante Reso lución No. SDH – 000428 del 15 de noviembre de 2022, nombró en periodo de prueba en el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219, Grado 11, de la Subdirección del Talento Humano de la Dirección de Gestión Corporativa de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, a la señora LUZ AMPARO PÉREZ ABRIL, identifica da con cédula de ciudadanía No. 52.204.985, quien ocupó la primera (1) posición de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. 6398 del 10 de noviembre de 2021.
La protección especial de estabilidad laboral conferi da a quienes están próximos a consolidar el estatus pensional, es un postulado constitucional, tendiente a garantizar que sean los últimos en ser desvinculados de sus cargos o vinculados de nuevo en provisionalidad en un cargo similar o equivalente al que venían ocu pando, de existir la vacante y sin perjuicio del derecho preferencial al encargo que le asiste a los servidores de carrera. Circunstancia que tiene génesis en la condición de sujeto “pre pensionado”, La cual resulta aplicable siempre y cuando el servidor público este próximo a pensionarse, es decir, le falten tres (3) o menos años para reunir los requisitos de edad y tiempo de servicio o semanas de cotización para obtener el disfrute de la pensión de jubilación o vejez.
Su condición se acredita a través de la verificación con el fondo de pensiones en que se encuentre afiliado el servidor(a) que en efecto les falten tres (3) años o menos para reunir los requisitos legales de edad y tiempo de servicio o semanas de cotización para el reconocimiento de la pensión de jubilación o de vejez y con la constancia escrita en tal sentido…”.
Que así mismo, a través de la Resolución No. SDH
- 000428 del 15 de noviembre de 2022, se dio por terminado el nombramiento en provisionalidad a la señora MARLENY GÓMEZ VIDAL, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.670.506, en el empleo de Profesional Universitario Código 219, Grado 11, de la Subdirección del Talento Humano de la Direc ción de Gestión Corporativa de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, quien no demostró encontrarse en condición especial de prepensionada, como le fue comunicada mediante oficio radicado bajo el No. 2022EE383730O1 del 26 de agosto de 2022.
Que la señora LUZ AMPARO PÉREZ ABRIL, mediante oficio radicado bajo el No. 2022ER661092O1 del 19 de noviembre de 2022, manifestó la aceptación del nombramiento en periodo de prueba en el empleo de Profesional Universitario Código 219, Grado 11, de la Subdirección del Talento Humano de la Dirección de Gestión Corporativa de la Planta Global de la Secre taría Distrital de Hacienda, para tomar posesión el 1 de diciembre de 2022.
Que lo anterior, tiene asidero jurídico en la Sentencia SU-003 del 8 de febrero de 2018, de la Corte Cons titucional que al respecto señala: “Acreditan la con dición de “prepensionables” las personas vinculadas laboralmente al sector público o privado, que están próximas (dentro de los 3 años siguientes) a acreditar los dos requisitos necesarios para obtener la pensión de vejez (la edad y el número de semanas -o tiempo de servicio- requerido en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida o el capital necesario en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad) y con solidar así su derecho a la pensión.”
Que mediante oficio radicado bajo el No. 2022EE578043O1 del 28 de noviembre de 2022, la Que la señora MARLENY GÓMEZ VIDAL, mediante comunicación electrónica de fecha 28 de noviembre de 2022, reitera su solicitud de condición de prepen REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-2 • 2022 • diciembre • 1 2 Subdirección del Talento Humano, dio respuesta de fondo a la señora MARLENY GÓMEZ VIDAL, anali zando la documentación aportada, concluyendo que:
“HISTORIA LABORAL: Régimen pensional: Prima Media con Prestación De finida – Colpensiones Edad: 61 años Semanas Cotizadas: 1.130,29 Fecha de corte: 22/11/2022 derecho al mínimo vital encuentra su fundamento en el concepto de dignidad humana, pues es claro que la carencia de las condiciones materiales mínimas necesarias para garantizar la subsistencia del indi viduo comporta la negación de la dignidad que le es inherente. Igualmente, este derecho se proyecta en otros derechos fundamentales como la vida (Art. 11 C.P.), la salud (Art. 49 C.P.), el trabajo (Art. 25 C.P.) y la seguridad social (Art. 48 C.P.). De esta forma, la protección al mínimo vital se configura una de las garantías de mayor relevancia en el Estado Social de Derecho…”
De igual forma, figura en el precitado documento perio do sin relación de semanas de cotización del junio de 1996 al enero de 1999, el cual corresponde 31 meses que al ser multiplicado por 4,29 (número de semanas al mes) arroja un total de 132,99 semanas.
- CERTIFICACIÓN ELECRÓNICA DE TIEMPOS LA BORALADOS -CETIL-:
Que el parágrafo 2 y 3 del artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1º del Decreto 498 de 2020, señala: “PARÁGRAFO 2º. Cuando la lista de elegibles elaborada como resultado de un proceso de selección esté conformada por un número menor de aspirantes al de empleos ofertados a proveer, la administración, antes de efectuar los respectivos nom bramientos en período de prueba y retirar del servicio a los provisionales, deberá tener en cuenta el siguiente orden de protección generado por:
Expedido por la Alcaldía de Zipacón, Cundinamarca con fecha 25 de noviembre de 2022, el que cual figura la relación de periodos de cotización del 6 de junio de 1996 al 30 de mayo de 2003, dentro de los cuales se encuentra el tiempo no relacionado en la historia laboral.
1. Enfermedad catastrófica o algún tipo de discapa cidad.
Aunado a lo anterior, figura formato de solicitud de co rrección de historia laboral radicado ante Colpensiones el día 28 de noviembre del año en curso.
2. Acreditar la condición de padre o madre cabeza de familia en los términos señalados en las normas vigentes y la jurisprudencia sobre la materia.
3. Ostentar la condición de prepensionados en los términos señalados en las normas vigentes y la jurisprudencia sobre la materia.
Conforme lo expuesto, se concluye que Usted acredita en total 1.263,28 semanas cotizadas, por tal razón, se le indica que ostenta la condición de prepensiona da. (subrayado y negrilla fuera de texto).
4. Tener la condición de empleado amparado con fuero sindical.
Que el derecho al trabajo consagrado en el artículo 25 de la Constitución Política de Colombia al igual que el derecho al mínimo vital, gozan de la especial protección del Estado.
Parágrafo 3º. Cuando la lista de elegibles esté
conformada por un número igual o superior al núme ro de empleos a proveer, la administración deberá adelantar acciones afirmativas para que en lo posible los servidores que se encuentren en las condiciones señaladas en el parágrafo anterior sean reubicados en otros empleos de carrera o temporales que se encuen tren vacantes, y para los cuales cumplan requisitos, en la respectiva entidad o en entidades que integran el sector administrativo (...)”
Que el derecho al mínimo vital ha sido definido por la Corte Constitucional en Sentencia SU-995 de 1999 como “la porción de los ingresos del trabajador o pensionado que están destinados a la financiación de sus necesidades básicas, como son la alimentación, la vivienda, el vestido, el acceso a los servicios públi cos domiciliarios, la recreación, la atención en salud, prerrogativas cuya titularidad es indispensable para hacer efectivo el derecho a la dignidad humana, valor fundante del ordenamiento jurídico constitucional”.
Que la Corte Constitucional en Sentencia T-678 de 2017 señaló que: “…el derecho al mínimo vital cons tituye un presupuesto básico para el efectivo goce y ejercicio de la totalidad de los derechos fundamenta les, en tanto salvaguarda de las condiciones básicas de subsistencia del individuo. El reconocimiento del Que sobre la naturaleza de las acciones afirmativas, la Sentencia C-371 de 2000, explicó lo siguiente: “con esta expresión se designan políticas o medidas dirigi das a favorecer a determinadas personas o grupos, ya sea con el fin de eliminar o reducir las desigualdades de tipo social, cultural o económico que los afectan, bien de lograr que los miembros de un grupo subrepresen tado, usualmente un grupo que ha sido discriminado, tengan una mayor representación”
3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-3 • 2022 • diciembre • 1 de la Oficina de Cobro Especializado de la Dirección Distrital de Cobro de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, vacancia que fue declarada me diante Resolución DGC-000745 del 9 de septiembre de 2022, cuyo titular del empleo es el servidor EDGAR ERNESTO ALONSO RODRÍGUEZ.
Que frente a las personas de especial protección, la Corte Constitucional en sentencia SU- 446 de 2011, la Corte Constitucional ha afirmado “(...) que cuando con fundamento en el principio del mérito (art. 125 C.P.) surja en cabeza del nominador la obligación de nombrar de la lista de elegibles a quien superó las etapas del concurso, en un cargo de carrera ocupado en provisionalidad por un sujeto de especial protección como los padres o madres cabeza de familia, limitados físicos, psíquicos o sensoriales y prepensionados, en aplicación de medidas afirmativas dispuestas en la Constitución Política (art. 13 numeral 3º), y en la materialización del principio de solidaridad social (art. 95 ibidem), se debe proceder con especial cuidado previendo dispositivos tendientes a no lesionar sus derechos.(…)”.
Que la señora MARLENY GÓMEZ VIDAL, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.670.506, cumple con las condiciones y reúne los requisitos previstos en el Manual Específico de Funciones y Competen cias Laborales de la Secretaría Distrital de Hacienda, adoptado mediante Resolución No. SDH-000101 del 15 de abril de 2015, para desempeñar el empleo de Profesional Universitario Código 219, Grado 11, de la Oficina de Cobro Especializado de la Dirección Distrital de Cobro de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que la Corte Constitucional en Sentencia T-186 de 2013, ha reconocido que cuando un empleado ocupa en provisionalidad un cargo de carrera y es, además, sujeto de especial protección constitucional, “(…) con curre una relación de dependencia intrínseca entre la permanencia en el empleo público y la garantía de sus derechos fundamentales, particularmente el mínimo vital y la igualdad de oportunidades. De allí que se sostenga por la jurisprudencia que la eficacia de esos derechos depende del reconocimiento de estabilidad laboral en aquellos casos, a través de un ejercicio de ponderación entre tales derechos y los principios que informan la carrera administrativa (…)”.
Que en protección a los derechos fundamentales de la señora MARLENY GÓMEZ VIDAL, y acatando lo expuesto en las diferentes sentencias de la Honora ble Corte Constitucional, es procedente efectuar el nombramiento provisional en el empleo de Profesional Universitario Código 219, Grado 11, de la Oficina de Cobro Especializado de la Dirección Distrital de Cobro de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacien da, a partir de la fecha de posesión de la señora LUZ AMPARO PÉREZ ABRIL, garantizando su continuidad hasta que el titular regrese a su cargo o que el empleo sea provisto de manera definitiva.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Que atendiendo las normas y la jurisprudencia antes señalada, es necesario adelantar acciones afirmati vas con aquellos servidores que gozan de especial protección, como es el caso de la señora MARLENY GÓMEZ VIDAL, quien demostró tener la condición de prepensionada en los términos señalados en las normas vigentes y la jurisprudencia sobre la materia.
Artículo 1.
Nombrar en provisionalidad en una vacante temporal a la señora MARLENY GÓMEZ VIDAL, identi ficada con cédula de ciudadanía No. 51.670.506, en el empleo denominado Profesional Universitario Código 219, Grado 11, de la Oficina de Cobro Especializado de la Dirección Distrital de Cobro de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha de posesión de la señora LUZ AMPARO PÉREZ ABRIL, hasta que su titular regrese a su empleo y/o sea provisto de manera definitiva, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
Que toda vez que la señora MARLENY GÓMEZ VI DAL, no goza de los derechos que otorga la carrera administrativa, ya que su vinculación fue mediante nombramiento provisional, y dado que existe una cau sal objetiva, la cual es la provisión de manera definitiva del empleo de Profesional Universitario Código 219, Grado 11, de la Subdirección del Talento Humano de la Dirección de Gestión Corporativa de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, es procedente nombrarla en provisionalidad en un empleo de igual condición, siempre y cuando se encuentre una va cante dentro de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, en aras de garantizar la pro tección especial con que cuentan.
Que en la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, existe una vacante temporal del empleo de Profesional Universitario Código 219, Grado 11,
Artículo 2.
La señora MARLENY GÓMEZ VIDAL, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017 tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación, para manifestar si acepta el nombra miento; y posteriormente, tendrá diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de aceptación del nombramiento.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-4 • 2022 • diciembre • 1 4 Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015. adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.
Artículo 3.
El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.
Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Docu mentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias
Artículo 4.
Comunicar a la señora MARLENY GÓ MEZ VIDAL, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1 y No. 2 fueron de vueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital, división de la secretaria general de la Alcaldía Mayor
Artículo 5.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de la posesión.
Que, en consideración a lo expuesto, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
RESUELVE:
Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de noviembre de dos mil veintidós (2022).
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda
Artículo 1.
Ordenar la publicación en el Registro Dis trital, división de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor, los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1 y No. 2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.
RESOLUCIÓN Nº DDI-021639,
Artículo 2.
Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 4 Registros, Anexo No. 2 con 19 Registros.
Artículo 3.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 1:
2022EE 584170O1 (29 de noviembre de 2022)
OFICINA TIPO DE ACTO CUENTAS CORRIENTES RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo Y DEVOLUCIONES Y/O COMPENSACIÓN 13 del Acuerdo 469 de 2011”
LA JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponer se ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Sub dirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.
En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 2: de las funciones establecidas en el artículo 26 del OFICINA TIPO DE ACTO Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del AUTO ACLARATORIO FISCALIZACIÓN GRANDES Acuerdo 469 de 2011.
CONTRIBUYENTES REQUERIMIENTO ESPECIAL AUTO DE INSPECCIÓN
CONSIDERANDO:
TRIBUTARIA GENERAL DE FISCALIZACIÓN REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN REQUERIMIENTO ESPECIAL Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-5 • 2022 • diciembre • 1 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de noviembre de dos mil veintidós (2022).
Contra los actos administrativos mencionados en el anexo No 2 no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
Artículo 4.
Esta Resolución rige a partir de su publi cación.
MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-6 • 2022 • diciembre • 1 6 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 1 10 18/11/2022 CERRADO B 52 16/11/2022 CERRADO 12K 30 16/11/2022 FUERZA MAYOR NOTIFICACIÓN ARGOS OF 504 15/11/2022 DESCONOCIDO PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO COMPENSACIÓN 28/10/2022 2022-1 CR 7 120 20 LC COMPENSACIÓN 25/10/2022 2022-2 AC 26 59 51 TO 3 COMPENSACIÓN 28/10/2022 2018 CL 32A BIS SUR COMPENSACIÓN 03/11/2022 2022 CL 73 SUR 14 DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO ENTE IDENTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO CACIÓN DEL CONTRIBUY- Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.
SAS 901.307.221 RETEICA 901307221 RESOLUCIÓN DE IENTO 41.686.443 PREDIAL AAA0007KRBR RESOLUCIÓN DE SANDOVAL 11.251.308 PREDIAL AAA0021HRRJ RESOLUCIÓN DE APODERADO TENIBLE SAS 901.327.102 ICA 901327102 RESOLUCIÓN DE NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-021639 DEL 29 DE NOVIEMBRE DE 2022 que se relacionan a continuación, las actuaciónes administrativas objeto de la presente publicación.
EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
No.
Que el(la) Jefe de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes profirío para los contribuyentes Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la DDI-020846 2022EE492061 O1 202209057000011829 METROPOL SOS- DDI-020904 2022EE504499 O1 202207137000010668 FABIOLA VERA SARM- DDI-021064 2022EE511343 O1 202208267000011684 JOSE OSCAR TORRES Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de DDI-020914 2022EE504796 O1 202207217000010817 MACAJU COLOMBIA RESOLUCIÓN No. RADICADO No. DE MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-7 • 2022 • diciembre • 1 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN A 26 18/11/2022 NO RESIDE AP 201 17/11/2022 DESCONOCIDO GOTA, D.C. 15/11/2022 DESCONOCIDO GOTA, D.C. 15/11/2022 DESCONOCIDO 201 BOGOTA, D.C. 18/11/2022 CERRADO BOGOTA, D.C. 15/11/2022 NO RESIDE BOGOTA, D.C. 16/11/2022 DESCONOCIDO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO ESPECIAL 25/10/2022 2020 CL 68A 84A 15 ESPECIAL 25/10/2022 2021 CL 11 17 65 ESPECIAL 25/10/2022 2020 KR 73 74B 05 AP ESPECIAL 25/10/2022 2021 AC 6 18 25 BO- ESPECIAL 25/10/2022 2021 AC 6 18 25 BO- INFORMACIÓN 10/11/2022 2019, 2020 KR 19 164 24 18/11/2022 NO RESIDE INFORMACIÓN 10/11/2022 2019, 2020 CALLE 164 19 CIÓN TRIBUTARIA 13/10/2022 2019 KR 49A 93 23 28/10/2022 NO RESIDE PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT presente publicación.
DE TIPO IMPUESTO NOTIFICACIÓN POR AVISO ENTE IDENTIFI- 19.123.456 VEHÍCULOS BYY755 REQUERIMIENTO 19.123.456 VEHÍCULOS BOU406 REQUERIMIENTO CACIÓN DEL CONTRIBUY- ZALEZ 80.062.344 VEHÍCULOS NCY809 REQUERIMIENTO NARANJO 79.799.047 VEHÍCULOS DOR044 REQUERIMIENTO APODERADO NOMBRE DEL TILLO ROBAYO TILLO ROBAYO AMBIENTAL SAS 830.063.663 ICA 830063663 REQUERIMIENTO DE AMBIENTAL SAS 830.063.663 ICA 830063663 REQUERIMIENTO DE GOMEZ FLECHAS 52.790.553 VEHÍCULOS CYZ199 REQUERIMIENTO e indeterminados de e indeterminados de Sucesión iliquida y/o Sucesión iliquida y/o MALDONADO GON- LUIS ANTONIO CAS- LUIS ANTONIO CAS- YUBIAN GUILLERMO 74.365.992 PREDIAL AAA0035POHK AUTO ACLARATORIO 24/10/2022 2021 KR 69A 6C 18 CONTRIBUYENTE Y/O herederos determinados herederos determinados Que los Jefes de la Oficina de Fiscalización Grandes Contribuyentes y la Oficina General de ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-021639 DEL 29 DE NOVIEMBRE DE 2022 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:
En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
NA 2022EE359566 O1 202209160000012524 DAMIAN LEANDRO NA 2022EE494233 C162 202204263000062136 INSIGNIUM S.A.S. 800.105.831 PREDIAL AAA0181ZEJZ AUTO ACLARATORIO 24/10/2022 2020 CL 112 3 06 18/11/2022 NO RESIDE NA 2022EE359557 O1 202209160000012515 SANDRA MILENA NA 2022EE494234 C2 202204263000062163 DALLOS SANTOS NA 2022EE359522 O1 202209160000012481 RENATO GOMEZ NA 2022EE494233 C163 202204263000062136 MEDIEXPRESS LTDA 800.223.902 PREDIAL AAA0181ZEJZ AUTO ACLARATORIO 24/10/2022 2020 KR 49D 91 98 18/11/2022 NO RESIDE NA 2022EE324826 O1 202209160000012440 NA 2022EE527642 O1 202204213000052445 EXCEL GESTION NA 2022EE527642 C1 202204213000052445 EXCEL GESTION NA 2022EE476929 C1 202204213000052278 SEGURTRONIC LTDA 800.250.741 ICA 800250741 AUTO DE INSPEC- NA 2022EE324825 O1 202209160000012439 No.
CIÓN No. RADICADO No. DE RESOLU- Fiscalización de la Subdirección de Determinación profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-8 • 2022 • diciembre • 1 8 15/11/2022 REHUSADO 606 18/11/2022 NO RESIDE D.C.
LOCAL 1 28/10/2022 DESCONOCIDO AC 26 68 C 61 100 12 OF 201 31/10/2022 NO RESIDE BOGOTA, D.C. 15/11/2022 REHUSADO ED Torre Central Piso 10 BOGOTA, ESPECIAL 08/11/2022 2019-5, 6 KR 12 97 80 OF ESPECIAL 25/10/2022 2020 ESPECIAL 25/10/2022 2020 KR 11 93 46 CIÓN TRIBUTARIA 20/10/2022 2019, 2020 KR 29 72 13 BG CIÓN TRIBUTARIA 24/10/2022 2019 AUTOP NORTE N CIÓN TRIBUTARIA 14/10/2022 2019 CL 87 19A 27 28/10/2022 NO RESIDE NOTIFICACIÓN POR AVISO 830.118.498 ICA 830118498 AUTO DE INSPEC- 900.203.461 ICA 900203461 AUTO DE INSPEC- Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal SA 890.903.407 VEHÍCULOS RKT913 REQUERIMIENTO S A 860.034.313 VEHÍCULOS UBO679 REQUERIMIENTO S.A. 860.066.191 PREDIAL AAA0181ZEJZ AUTO ACLARATORIO 24/10/2022 2020 KR 27 18 44 18/11/2022 NO RESIDE S.AS 830.107.841 ICA NA AUTO DE INSPEC- IMIENTO S.A.S 860.025.913 ICA 860025913 REQUERIMIENTO IMPORTADORA COMERCIALIZA- DE MATERIALES DE CARBONES Y DE APRENDIZAJE 899.999.034 PREDIAL AAA0035POHK AUTO ACLARATORIO 24/10/2022 2021 CL 8A BIS A 80 63 17/11/2022 DESCONOCIDO COQUES S A S C I DORA COLOMBIANA ELECTRICOS S.A.S "
"COMERCIALIZADORA ALES SURAMERICANA ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-021639 DEL 29 DE NOVIEMBRE DE 2022 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2022EE485052 O1 202204213000052805 NA 2022EE518059 O1 202204213000052926 FULLER MANTEN- NA 2022EE489180 C1 202204213000052732 SINTONIZAR MEDIOS NA 2022EE359545 C3 202209160000012504 BANCO DAVIVIENDA NA 2022EE494233 C176 202204263000062136 MEDICOS ASOCIADOS NA 2022EE494234 C10 202204263000062163 SERVICIO NACIONAL NA 2022EE478898 C1 202204213000053712 NA 2022EE324852 C2 202209160000012466 SEGUROS GENER- Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-9 • 2022 • diciembre • 1 DECRETOS LOCALES DE 2022 ALCALDÍA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR DECRETO LOCAL Nº 007 (5 de octubre de 2022)
“Por medio del cual se efectúa una modificación interna entre gastos de funcionamiento al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2022”
LA ALCALDESA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR (E)
Que la Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar(E), en cum plimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Distrital: “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA CIUDAD BOLÍVAR”, para la vigencia 2022, se hace necesario ajustar los gastos de Funciona miento el rubro O21202020080484210 Servicios básicos de Internet, O21202020080686312 Servicios de distribu ción de electricidad (a comisión o por contrato), para finan ciar el rubro O212020200701030471349 Otros servicios de seguros de salud n.c.p., O212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción, O21202020070272212 Servicios de administración de bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda) a comisión o por contrato y el O21202020090494239 Servicios generales de recolec ción de otros desechos En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el parágrafo del artículo 9° de la Circular Externa DDP - N° 000008 del 31 de di ciembre de 2019, cuando el traslado al interior de los gastos de funcionamiento estén a nivel 5° y no cambie los valores inicialmente aprobados, será incorporada la modificación por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto solamente con el Decreto firmado por el Ordenador del Gasto Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agos to de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso pre supuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”, en su artículo 31, y Resolución No. SDH-000383 del 15 de septiembre de 2010, “ Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”, artículo tercero, numeral 4.1, los cuales consagran que: “los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación”.
Artículo 1.
Efectúese un contra crédito en el presu puesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1.de enero y el 31 de diciembre de 2022, por la suma de VEINTE DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS PESOS M/CTE. ($22.394.400), conforme al siguiente detalle:
CONTRACRÉDITOS CODIGO PRESUPUESTAL NOMBRE VALOR O2 Gastos 22.394.400 O21 Funcionamiento 22.394.400 O212 Adquisición de bienes y servicios 22.394.400 O2120202 Adquisición de servicios 22.394.400 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción 22.394.400 O212020200804 Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información 22.394.400 O21202020080484210 Servicios básicos de Internet 17.723.400 O212020200806 Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos 4.671.000 O21202020080686312 Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato) 4.671.000 TOTAL CONTRACRÉDITOS 22.394.400
Artículo 2.
Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, por la suma de VEINTE DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS PESOS M/CTE. ($22.394.400), conforme al siguiente detalle:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-10 • 2022 • diciembre • 1 10 CRÉDITOS CODIGO PRESUPUESTAL NOMBRE VALOR O2 Gastos 22.394.400 O21 Funcionamiento 22.394.400 O212 Adquisición de bienes y servicios 22.394.400 O2120202 Adquisición de servicios 22.394.400 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing 18.394.400 O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos 5.623.400 O21202020070103 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) 5.623.400 O212020200701030471349 Otros servicios de seguros de salud n.c.p. 5.623.400 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) 12.100.000 O212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción 12.100.000 O212020200702 Servicios inmobiliarios 671.000 O21202020070272212 Servicios de administración de bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda) a comisión o por contrato 671.000 O2120202009 Servicios para la comunidad, sociales y personales 4.000.000 O212020200904 Servicios de alcantarillado, recolección, tratamiento y disposición de desechos y otros servicios de saneamiento ambiental 4.000.000 O21202020090494239 Servicios generales de recolección de otros desechos 4.000.000 TOTAL CRÉDITOS 22.394.400
Artículo 3.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Expedido en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del mes de octubre de dos mil veintidós (2022).
TATIANA PIÑEROS LAVERDE Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar (E) en su artículo 31, y Resolución No. SDH-000383 del 15 de septiembre de 2010, “ Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”, artículo tercero, numeral 4.1, los cuales consagran que: “los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación”.
DECRETO LOCAL Nº 010 (3 de noviembre de 2022)
“Por medio del cual se efectúa una modificación interna entre gastos de funcionamiento al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2022”
LA ALCALDESA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR (E)
Que la Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar(E), en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Distrital: “UN NUEVO CON TRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA CIUDAD BOLÍVAR”, para la vigencia 2022, se hace necesa rio ajustar los gastos de Funcionamiento el rubro O21202020080686312 Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato), para financiar el rubro O21202020090494110 Servicios de alcanta rillado y tratamiento de aguas residuales.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el parágrafo del artículo 9° de la Circular Externa DDP - N° 000008 del 31 de di ciembre de 2019, cuando el traslado al interior de los gastos de funcionamiento estén a nivel 5° y no cambie los valores inicialmente aprobados, será incorporada la modificación por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto solamente con el Decreto firmado por el Ordenador del Gasto Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agos to de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso pre supuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”, 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-11 • 2022 • diciembre • 1 Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1.
Efectúese un contra crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1.de enero y el 31 de diciembre de 2022, por la suma de CUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE. ($4.000.000), conforme al siguiente detalle:
CONTRACREDITOS O2 Gastos 4.000.000 O21 Funcionamiento 4.000.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 4.000.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos 4.000.000 O2120202 Adquisición de servicios 4.000.000 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción O212020200806 Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos 4.000.000 O21202020080686312 Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato) 4.000.000 4.000.000 TOTAL CONTRACREDITOS
Artículo 2.
Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, CUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE. ($4.000.000), conforme al siguiente detalle:
CREDITOS O2 Gastos 4.000.000 O21 Funcionamiento 4.000.000 O212 Adquisición de bienes y servicios 4.000.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos 4.000.000 O2120202 Adquisición de servicios 4.000.000 O2120202009 Servicios para la comunidad, sociales y personales 4.000.000 O212020200904 Servicios de alcantarillado, recolección, tratamiento y 4.000.000 O21202020090494110 Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales 4.000.000 4.000.000 TOTAL CREDITOS
Artículo 3.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Expedido en Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes de noviembre de dos mil veintidós (2022).
TATIANA PIÑEROS LAVERDE Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar (E)
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-12 • 2022 • diciembre • 1 12 DECRETO LOCAL Nº 011 (11 de noviembre de 2022)
“Por medio del cual se efectúa una modificación interna entre gastos de funcionamiento al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2022”
Que la Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar (E), en cum plimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Distrital: “UN NUEVO CONTRATO SO CIAL Y AMBIENTAL PARA CIUDAD BOLÍVAR”, para la vigencia 2022, se hace necesita ajustar los gastos de Funcionamiento los rubros O21202020080585330 Servicios de limpieza general, para financiar los rubros O21202020060363399 Otros servicios de suministro de comidas.
LA ALCALDESA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el parágrafo del artículo 9° de la Circular Externa DDP - N° 000008 del 31 de di ciembre de 2019, cuando el traslado al interior de los gastos de funcionamiento estén a nivel 5° y no cambie los valores inicialmente aprobados, será incorporada la modificación por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto solamente con el Decreto firmado por el Ordenador del Gasto Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agos to de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso pre supuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”, en su artículo 31, y Resolución No. SDH-000383 del 15 de septiembre de 2010, “ Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”, artículo tercero, numeral 4.1, los cuales consagran que: “los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación”.
Artículo 1.
Efectúese un contra crédito en el presu puesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendi da entre el 1.de enero y el 31 de diciembre de 2022, por la suma de CINCO MILLONES SETECIENTOS VEINTI UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS M/CTE. ($5.721.935), conforme al siguiente detalle:
CREDITOS CODIGO PRESUPUESTAL NOMBRE VALOR O2 Gastos 5.721.935 O21 Funcionamiento 5.721.935 O21202 Adquisiciones diferentes de activos 5.721.935 O2120202 Adquisición de servicios 5.721.935 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción 5.721.935 O212020200805 Servicios de soporte 5.721.935 O21202020080585330 Servicios de limpieza general 5.721.935 5.721.935 TOTAL CONTRACEDITOS
Artículo 2.
Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciu dad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, por la suma CINCO MILLONES SETECIENTOS VEINTI UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS M/CTE. ($5.721.935), conforme al siguiente detalle:
13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-13 • 2022 • diciembre • 1 CREDITOS CODIGO PRESUPUESTAL NOMBRE VALOR O2 Gastos 5.721.935 O21 Funcionamiento 5.721.935 O21202 Adquisiciones diferentes de activos 5.721.935 O2120202 Adquisición de servicios 5.721.935 O2120202006 5.721.935 Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua O212020200603 Alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas 5.721.935 O21202020060363399 Otros servicios de suministro de comidas 5.721.935 5.721.935 TOTAL CREDITOS
Artículo 3.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Expedido en Bogotá, D.C., a los once (11) días del mes de noviembre de dos mil veintidós (2022). proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Lo cal- F.D.L.”, en su numeral 1° ítem 2° el cual consagra que: Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.
TATIANA PIÑEROS LAVERDE Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar (E)
DECRETO LOCAL Nº 012 (23 de noviembre de 2022)
Que mediante comunicación Nº 2022EE548832O1 del 22 de noviembre de 2022, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto previo favorable para efectuar el Ajuste Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.
“Por medio del cual se efectúa traslado presupuestal entre gastos de inversión al presupuesto del Fondo de Desarrrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2022”
QUE LA ALCALDESA LOCAL DE CIUDAD Que mediante comunicación Nº 2-2022-161069 del 04 de noviembre de 2022, la Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local de la Secretaria Dis trital de Planeación, emitió concepto previo favorable para el trámite del traslado Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.
BOLÍVAR (E)
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, En uso de sus facultades legales y en especial las
DECRETA:
conferidas por el Decreto 1421/93 y Decreto 372/2010.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 31 del Decreto No. 372 del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el
Artículo 1.
Contracreditar el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia de 2022, por la suma de MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.650.000.000), conforme al siguiente detalle:
CONTRACRÉDITOS CODIGO PRESUPUESTAL NOMBRE VALOR O2 GASTOS 1.650.000.000 O23 INVERSIÓN 1.650.000.000 O2301 DIRECTA 1.650.000.000 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-14 • 2022 • diciembre • 1 14 O230116 Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI 1.650.000.000 O23011601 Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para inclusión social, productiva y política el desarrollo social y económico de ciudad bolívar 1.650.000.000 O2301160101 Subsidios y trasferencias para la equidad 1.650.000.000 O230116010110000001862 Un nuevo contrato para el desarrollo social y económico de Ciudad Bolívar 1.650.000.000 TOTAL CONTRACRÉDITOS 1.650.000.000
Artículo 2.
Acreditar el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia de 2022, por la suma de MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.650.000.000), conforme al siguiente detalle:
CRÉDITOS CODIGO PRESUPUESTAL NOMBRE VALOR O2 GASTOS 1.650.000.000 O23 INVERSIÓN 1.650.000.000 O2301 DIRECTA 1.650.000.000 O230116 Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI 1.650.000.000 O2311604 Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible 1.650.000.000 O231160449 Movilidad segura, sostenible y accesible 1.650.000.000 O2311604490000001983 Movilidad segura, sostenible y accesible en Ciudad Bolívar 1.650.000.000 TOTAL CONTRACRÉDITOS 1.650.000.000
Artículo 3.
El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las corres pondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspen sión temporal de apropiaciones (…)”
Dado en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días del mes de noviembre de dos mil veintidós (2022).
TATIANA PIÑEROS LAVERDE Alcaldesa Local de Ciudad Bolívar (E)
Que, de igual manera, el inciso 2 establece: “(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (…)”
ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY DECRETO LOCAL Nº 11 (8 de noviembre de 2022)
“Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2022”
Que, mediante Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2020 proferida por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presu puesto, se dieron lineamientos para los traslados pre supuestales en gastos de funcionamiento, señalando que los mismos deberán ser presentados de manera individual, cuando se requieran modificaciones presu puestales que afecten otros niveles de desagregación, conforme a lo establecido en el manual operativo presupuestal.
LA ALCALDESA LOCAL DE KENNEDY En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial la que le confiere el Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 10 del Decreto 192 de 2021, establece: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquida ción de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá, Que, el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estable ce: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-15 • 2022 • diciembre • 1 D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por Decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.
O21202020080282130 “Servicios de documenta ción y certificación jurídica” por valor de $129.886; O21202020080383143 “Software originales” por valor de $33.089.843; O21202020080484110 “Servicios de operadores (conexión)” por valor de $83.309.612; O21202020080484120 “Servicios de telefonía fija (ac ceso)” por valor de $2.500.000; O21202020080585330 “Servicios de limpieza general” por valor de $43.103.129; O21202020080686312 “Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por con trato)” por valor de $15.000.000.
Que, el parágrafo único del precitado artículo, mencio na que: “Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Dis trital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen factores constitutivos de salario, contribuciones inhe rentes a la nómina, remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, honorarios, activos fijos, materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, obli gaciones por pagar (adquisición de bienes, adquisición de servicios y otros gastos generales)”
Que, después de realizar el análisis presupuestal, se evi dencia que es necesario acreditar recursos sin compro meter en la sección presupuestal O2120201 “Materiales y suministros” en los rubros: O2120201003023219996 “Artículos n.c.p. de papel para escritorio” por valor de $12.375.000; O2120201004024292199 “Herramientas n.c.p. para carpintería” por valor de $1.250.000; O2120201004024294401 “Tor nillos de hierro o acero” por valor de $250.000; O2120201004024294403 “Tuercas y arande las de hierro o acero” por valor de $250.000; O2120201004024299203 “Cerraduras para puer tas” por valor de $500.000; O2120201004024299205 “Cerraduras para muebles” por valor de $500.000; O2120201004024299991 “Artículos n.c.p. de ferre tería y cerrajería” por valor de $9.625.000 y en la sección presupuestal O2120202 “Adquisición de ser vicios” en los rubros: O21202020080383619 “Otros servicios de publicidad” por valor de $7.500.000; O21202020080585250 “Servicios de protección (guardas de seguridad)” por valor de $185.236.000; O21202020080686330 “Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato)” por valor de $1.250.000; O21202020080787130 “Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos” por valor de $40.000.000; O2120202008078714102 “Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos automóviles” por valor de $40.000.000; O21202020090494110 “Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales” por valor de $2.000.000; O21202020090494239 “Servicios generales de recolección de otros desechos” por valor de $ 1.264.000 Lo anterior, para el cumplimiento de las necesidades y obligaciones de la entidad.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Que, después de realizar las contrataciones planea das y establecidas en el Plan Anual de Adquisiciones -PAA- para la vigencia actual, se concluye que se encuentran disponibles recursos sin comprometer en la sección presupuestal O2120201 “Materiales y suministros” en los rubros: O2120201003033331101 “Gasolina motor corriente” por valor de $6.500.000; O2120201003033336103 “Diésel oíl ACPM (fuel gas gasoil marine gas)” por valor de $3.250.000; O2120201003053544203 “Mezclas químicas para extintores” por valor de $15.000.000 y en la sección presupuestal O2120202 “Adquisición de servicios” en los rubros: O21202020060363399 “Otros servicios de suministro de comidas” por valor de $10.904.885; O21202020060868011 “Servicios postales relaciona dos con sobres, cartas (nacional e internacional)” por valor de $1.750.000; O21202020060868021 “Ser vicios locales de mensajería nacional” por valor de $1.750.000; O21202020070103010271311 “Servicios de seguros de vida individual” por valor de $18.984; O212020200701030471347 “Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT)” por valor de $471.800; O212020200701030471349 “Otros servicios de seguros de salud n.c.p.” por valor de $14.792.400; O212020200701030571351 “Servicios de seguros de vehículos automotores” por valor de $16.287.757; O212020200701030571354 “Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción” por valor de $198.715; O212020200701030571355 “Servicios de seguros generales de responsabilidad civil” por valor de $1.567.383; O21202020070373123 “Servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo de oficina sin operario (excepto computadoras)” por valor de $52.375.626;
Artículo 1.
Efectúese un contra crédito al presupuesto de gastos de funcionamiento del FONDO DE DESA RROLLO LOCAL DE KENNEDY para la vigencia fiscal 2022 de la siguiente manera:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-16 • 2022 • diciembre • 1 16 CONTRACRÉDITOS CÓDIGO RUBRO VALOR O2 Gastos $302.000.000 O21 Funcionamiento $302.000.000 O212 Adquisición de bienes y servicios $302.000.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $302.000.000 O2120201 Materiales y suministros $24.750.000 O2120201003 Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) $24.750.000 O212020100303 Productos de hornos de coque; productos de refinación de petróleo y combustible nuclear $9.750.000 O2120201003033331101 Gasolina motor corriente $6.500.000 O2120201003033336103 Diesel oil ACPM (fuel gas gasoil marine gas) $3.250.000 O212020100305 Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre) $15.000.000 O2120201003053544203 Mezclas químicas para extintores $15.000.000 O2120202 Adquisición de servicios $277.250.000 O2120202006 Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua $14.404.885 O212020200603 Alojamiento; servicios de suministros de comidas y bebidas $10.904.885 O21202020060363399 Otros servicios de suministro de comidas $10.904.885 O212020200608 Servicios postales y de mensajería $3.500.000 O21202020060868011 Servicios postales relacionados con sobres, cartas (nacional e internacional) $ 1.750.000 O21202020060868021 Servicios locales de mensajería nacional $ 1.750.000 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing $85.712.665 O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos $33.337.039 O21202020070103 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) $33.337.039 O2120202007010301 Servicios de seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) $18.984 O212020200701030102 Ediles $18.984 O21202020070103010271311 Servicios de Seguros de vida individual $18.984 O2120202007010304 Servicios de seguros de salud y de accidentes $15.264.200 O212020200701030471347 Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) $471.800 O212020200701030471349 Otros servicios de seguros de salud n.c.p. $14.792.400 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) $18.053.855 O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores $16.287.757 O212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción $198.715 O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil $1.567.383 O212020200703 Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario $52.375.626 O21202020070373123 Servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo de oficina sin operario (excepto computadoras) $52.375.626 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $177.132.450 O212020200802 Servicios jurídicos y contables $129.866 O21202020080282130 Servicios de documentación y certificación jurídica $129.866 O212020200803 Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investiga ción, urbanismo, jurídicos y de contabilidad) $33.089.843 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-17 • 2022 • diciembre • 1 CÓDIGO RUBRO VALOR O21202020080383143 Software originales $33.089.843 O212020200804 Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información $85.809.612 O21202020080484110 Servicios de operadores (conexión) $83.309.612 O21202020080484120 Servicios de telefonía fija (acceso) $2.500.000 O212020200805 Servicios de soporte $43.103.129 O21202020080585330 Servicios de limpieza general $43.103.129 O212020200806 Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos $15.000.000 O21202020080686312 Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato) $15.000.000 TOTAL CONTRACRÉDITOS $302.000.000
Artículo 2.
Efectúese un crédito al presupuesto de gastos de funcionamiento del FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY para la vigencia fiscal 2022 de la siguiente manera:
CRÉDITOS CÓDIGO RUBRO VALOR O2 Gastos $302.000.000 O21 Funcionamiento $302.000.000 O212 Adquisición de bienes y servicios $302.000.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $302.000.000 O2120201 Materiales y suministros $24.750.000 O2120201003 Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) $12.375.000 O212020100302 Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares $12.375.000 O2120201003023219996 Artículos n.c.p. de papel para escritorio $12.375.000 O2120201004 Productos metálicos y paquetes de software $12.375.000 O212020100402 Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo) $12.375.000 O2120201004024292199 Herramientas n.c.p. para carpintería $1.250.000 O2120201004024294401 Tornillos de hierro o acero $250.000 O2120201004024294403 Tuercas y arandelas de hierro o acero $250.000 O2120201004024299203 Cerraduras para puertas $500.000 O2120201004024299205 Cerraduras para muebles $500.000 O2120201004024299991 Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería $9.625.000 O2120202 Adquisición de servicios $277.250.000 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $273.986.000 O212020200803 Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investiga ción, urbanismo, jurídicos y de contabilidad) $7.500.000 O21202020080383619 Otros servicios de publicidad $7.500.000 O212020200805 Servicios de soporte $185.236.000 O21202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad) $185.236.000 O212020200806 Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos $1.250.000 O21202020080686330 Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato) $1.250.000 O212020200807 Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de cons trucción) $80.000.000 O21202020080787130 Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos $40.000.000 O2120202008078714102 Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos automóviles $40.000.000 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-18 • 2022 • diciembre • 1 18 CÓDIGO RUBRO VALOR O2120202009 Servicios para la comunidad, sociales y personales $3.264.000 O212020200904 Servicios de alcantarillado, recolección, tratamiento y disposición de desechos y otros servicios de saneamiento ambiental $3.264.000 O21202020090494110 Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales $2.000.000 O21202020090494239 Servicios generales de recolección de otros desechos $1.264.000 TOTAL CONTRACRÉDITOS $302.000.000 COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los ocho (8) días del mes
Artículo 3.
Publíquese el presente Decreto en la Ga ceta Distrital, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
de noviembre de dos mil veintidós (2022).
Artículo 4.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
YEIMY CAROLINA AGUDELO HERNÁNDEZ Alcaldesa Local de Kennedy JUSTIFICACIÓN TÉCNICA, ECONÓMICA Y FINANCIERA PARA LA MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY PARA LA VIGENCIA FISCAL 2022 Analizado el presupuesto de gastos de funcionamiento del FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY para la vigencia fiscal 2022, se observa que es necesario efectuar un traslado presupuestal al interior de este, por cuanto existe demanda de recursos financieros en algunos rubros para un adecuado funcionamiento, así:
1. JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA
Mediante Decreto local No. 014 del 23 de diciembre de 2021 se liquidó el presupuesto anual de ingresos y gastos e inversión de la ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, de acuerdo con la cuota aprobada por el CONFIS y sancionada por la Alcaldesa Local, en el cual se asignó recursos al agregado de Gastos de funcionamiento por valor de CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHO MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL PESOS M/CTE ($ 4.908.125.000)
Al verificar la ejecución presupuestal del FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY con corte a 31 de octubre de 2022 y en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones -PAA-, se evidenció que la sección presupuestal O2120201 “Materiales y suministros” en los rubros O2120201003033331101 “Gasolina motor corriente” tuvo una apropiación inicial por valor de $6.500.000, de los cuales se encuen tran disponibles recursos sin comprometer por valor de $6.500.000; O2120201003033336103 “Diésel oíl ACPM (fuel gas gasoil marine gas)” tuvo una apropiación inicial por valor de $14.500.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $3.250.000; O2120201003053544203 “Mezclas químicas para extintores” tuvo una apropiación inicial por valor de $15.000.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $15.000.000 y en la sección presupuestal O2120202 “Adquisición de servicios” en los rubros: O21202020060363399 “Otros servicios de su ministro de comidas” tuvo una apropiación inicial por valor de $60.000.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $10.904.885; O21202020060868011 “Servicios postales relacionados con sobres, cartas (nacional e internacional)” tuvo una apropiación inicial por valor de $1.750.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $1.750.000; O21202020060868021 “Servicios locales de mensajería nacional” tuvo una apropiación inicial por valor de $1.750.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $1.750.000; O21202020070103010271311 “Servicios de seguros de vida individual” tuvo una apropiación inicial por valor de $10.312.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $18.984; O212020200701030471347 “Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT)”
19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-19 • 2022 • diciembre • 1 tuvo una apropiación inicial por valor de $8.500.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $471.800; O212020200701030471349 “Otros servicios de seguros de salud n.c.p.” tuvo una apropiación por valor de $150.000.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $14.792.400; O212020200701030571351 “Servicios de segu ros de vehículos automotores” tuvo una apropiación inicial por valor de $60.000.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $16.287.757; O212020200701030571354 “Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción” tuvo una apropiación inicial por valor de $85.300.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $198.715; O212020200701030571355 “Servicios de seguros generales de responsabilidad civil” tuvo una apro piación inicial por valor de $90.600.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $1.567.383; O21202020070373123 “Servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo de oficina sin operario (excepto computadoras)” tuvo una apropiación inicial por valor de $188.000.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $52.375.626; O21202020080282130 “Servicios de documentación y certificación jurídica” tuvo una apropiación inicial por valor de $440.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin compro meter por valor de $129.866; O21202020080383143 “Software originales” tuvo una apropiación inicial por valor de $360.000.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $33.089.843; O21202020080484110 “Servicios de operadores (conexión)” tuvo una apropiación inicial por valor de $235.000.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $83.309.612; O21202020080484120 “Servicios de telefonía fija (acceso)” tuvo una apropiación inicial por valor de $35.000.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $2.500.000; O21202020080585330 “Servicios de limpieza general” tuvo una apropiación inicial por valor de $270.000.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $43.103.129; O21202020080686312 “Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)” tuvo una apropiación inicial por valor de $138.000.000, de los cuales se encuentran disponibles recursos sin comprometer por valor de $15.000.000; los cuales se acreditarán en su totalidad en el presente Decreto, acorde a la necesidad de la entidad.
Actualmente, la ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY requiere incrementar la apropiación de la sección presupuestal O2120201 “Materiales y suministros” en los rubros: O2120201003023219996 “Artículos n.c.p. de papel para escritorio” por valor de $12.375.000; con el fin de adicionar a final de la vigencia 2022 el Contrato de suministro No. 786 de 2022 celebrado entre el FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY y la CASA DE SUMINISTRO Y SERVICIOS SAS, cuyo objeto es: “FUN-002 Suministro de insumos de oficina y papelería para las diferentes dependencias de la Alcaldía Local de Kennedy y la Junta Administradora Local de conformidad con las condiciones técnicas y características establecidas en la ficha técnica”; O2120201004024292199 “Herramientas n.c.p. para carpintería” por valor de $1.250.000, O2120201004024294401 “Tornillos de hierro o acero” por valor de $250.000, O2120201004024294403 “Tuercas y arandelas de hierro o acero” por valor de $250.000, O2120201004024299203 “Cerraduras para puertas” por valor de $500.000, O2120201004024299205 “Cerraduras para muebles” por valor de $500.000, O2120201004024299991 “Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería” por valor de $9.625.000; con el fin de adicionar a final de la vigencia 2022 el Contrato de suministro No. 736 de 2022 celebrado entre el FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY y la COMERCIALIZADORA ELECTROCON SAS, cuyo objeto es: “FUN-004 Contratar el suministro a monto agotable de bienes de ferretería y otros que sean requeridos para el mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy y de todos aquellos por los que legalmente sea o llegare a ser responsable” y en la sección presupuestal O2120202 “Adquisición de servicios” en los rubros: O21202020080383619 “Otros servicios de publicidad” por valor de $7.500.000; con el fin de adicionar a final de la vigencia 2022 el Contrato de suministro No. 566 de 2022 celebrado entre el FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY y STRATEGY SAS, cuyo objeto es: “FUN-008 Contratar el suministro de impresos, publicaciones, material litográfico y elementos de publicidad institucional a monto agotable, que requiera la Alcaldía Local de Kennedy, de conformidad con las condiciones, cantidades y especificaciones técnicas establecidas a precios fijos”; O21202020080585250 “Servicios de protección (guardas de seguridad)” por valor de $185.236.000; con el fin de adicionar a final de la vigencia 2022 el Contrato de prestación de servicios No. 367 de 2022 celebrado entre el FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY y SEGURIDAD ACROPOLIS LTDA, cuyo objeto es: “FUN-011 Prestar el servicio integral de vigilancia y seguridad privada a través de la modalidad de vigilancia fija, con medio humano sin arma, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-20 • 2022 • diciembre • 1 20 con arma, con canino y medios tecnológicos, para todos los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Alcaldía Local de Kennedy - Fondo de Desarrollo Local de Kennedy y de todos aquellos por los que legalmente sea o llegare a ser responsable”; O21202020080686330 “Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato)” por valor de $1.250.000; O21202020080787130 “Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos” por valor de $40.000.000; con el fin de adicionar a final de la vigencia 2022 el Contrato de prestación de servicios No. 505 de 2022 celebrado entre el FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY y T&S COMP TECNOLOGIA Y SERVICIOS SAS, cuyo objeto es: “FUN-010 Prestar los servicios de mantenimiento preventivo y correc tivo de la infraestructura tecnológica, con suministro de repuestos para la Alcaldía Local de Kennedy”; O2120202008078714102 “Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos automóviles” por valor de $40.000.000; con el fin de adicionar a final de la vigencia 2022 el Contrato de prestación de servicios No. 782 de 2022 celebrado entre el FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY y TECNIMOTOR REPUESTOS Y RECTIFICADORA SAS, cuyo objeto es: “FUN-018 Prestar el servicio integral de mante nimiento preventivo y correctivo, incluidas autopartes y mano de obra para el parque automotor (vehículos livianos) de propiedad de la Alcaldía Local de Kennedy - Fondo de Desarrollo Local de Kennedy y de todos aquellos por los que legalmente sea o llegare a ser responsable”; O21202020090494110 “Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales” por valor de $2.000.000 y O21202020090494239 “Servicios generales de recolección de otros desechos” por valor de $1.264.000.
El manual operativo de presupuesto de los fondos de desarrollo local adoptado mediante la Resolución No. SDH-000191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el manual de programación, ejecución y cierre presupuestal del Distrito Capital” (…) 3.9. Modificaciones presupuestales, 3.9.1. Traslado presupuestal”, establece los procedimientos y/o justificaciones para aumentar y disminuir rubros presupuestales.
Por lo anterior, se presentan los contra créditos y créditos descritos previamente de manera detallada:
CONTRACRÉDITOS CÓDIGO RUBRO VALOR O2 Gastos $302.000.000 O21 Funcionamiento $302.000.000 O212 Adquisición de bienes y servicios $302.000.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $302.000.000 O2120201 Materiales y suministros $24.750.000 O2120201003 Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) $24.750.000 O212020100303 Productos de hornos de coque; productos de refinación de petróleo y com bustible nuclear $9.750.000 O2120201003033331101 Gasolina motor corriente $6.500.000 O2120201003033336103 Diesel oil ACPM (fuel gas gasoil marine gas) $3.250.000 O212020100305 Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre) $15.000.000 O2120201003053544203 Mezclas químicas para extintores $15.000.000 O2120202 Adquisición de servicios $277.250.000 O2120202006 Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua $14.404.885 O212020200603 Alojamiento; servicios de suministros de comidas y bebidas $10.904.885 O21202020060363399 Otros servicios de suministro de comidas $10.904.885 O212020200608 Servicios postales y de mensajería $3.500.000 O21202020060868011 Servicios postales relacionados con sobres, cartas (nacional e internacional) $ 1.750.000 O21202020060868021 Servicios locales de mensajería nacional $ 1.750.000 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing $85.712.665 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-21 • 2022 • diciembre • 1 CÓDIGO RUBRO VALOR O212020200701 Servicios financieros y servicios conexos $33.337.039 O21202020070103 Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) $33.337.039 O2120202007010301 Servicios de seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) $18.984 O212020200701030102 Ediles $18.984 O21202020070103010271311 Servicios de Seguros de vida individual $18.984 O2120202007010304 Servicios de seguros de salud y de accidentes $15.264.200 O212020200701030471347 Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) $471.800 O212020200701030471349 Otros servicios de seguros de salud n.c.p. $14.792.400 O2120202007010305 Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) $18.053.855 O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores $16.287.757 O212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción $198.715 O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil $1.567.383 O212020200703 Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario $52.375.626 O21202020070373123 Servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo de oficina sin operario (excepto computadoras) $52.375.626 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $177.132.450 O212020200802 Servicios jurídicos y contables $129.866 O21202020080282130 Servicios de documentación y certificación jurídica $129.866 O212020200803 Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investigación, urbanismo, jurídicos y de contabilidad) $33.089.843 O21202020080383143 Software originales $33.089.843 O212020200804 Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información $85.809.612 O21202020080484110 Servicios de operadores (conexión) $83.309.612 O21202020080484120 Servicios de telefonía fija (acceso) $2.500.000 O212020200805 Servicios de soporte $43.103.129 O21202020080585330 Servicios de limpieza general $43.103.129 O212020200806 Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos $15.000.000 O21202020080686312 Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato) $15.000.000 TOTAL CONTRACRÉDITOS $302.000.000 CRÉDITOS CÓDIGO RUBRO VALOR O2 Gastos $302.000.000 O21 Funcionamiento $302.000.000 O212 Adquisición de bienes y servicios $302.000.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $302.000.000 O2120201 Materiales y suministros $24.750.000 O2120201003 Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) $12.375.000 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-22 • 2022 • diciembre • 1 22 CÓDIGO RUBRO VALOR O212020100302 Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares $12.375.000 O2120201003023219996 Artículos n.c.p. de papel para escritorio $12.375.000 O2120201004 Productos metálicos y paquetes de software $12.375.000 O212020100402 Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo) $12.375.000 O2120201004024292199 Herramientas n.c.p. para carpintería $1.250.000 O2120201004024294401 Tornillos de hierro o acero $250.000 O2120201004024294403 Tuercas y arandelas de hierro o acero $250.000 O2120201004024299203 Cerraduras para puertas $500.000 O2120201004024299205 Cerraduras para muebles $500.000 O2120201004024299991 Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería $9.625.000 O2120202 Adquisición de servicios $277.250.000 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $273.986.000 O212020200803 Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investigación, urbanismo, jurídicos y de contabilidad) $7.500.000 O21202020080383619 Otros servicios de publicidad $7.500.000 O212020200805 Servicios de soporte $185.236.000 O21202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad) $185.236.000 O212020200806 Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos $1.250.000 O21202020080686330 Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato) $1.250.000 O212020200807 Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción) $80.000.000 O21202020080787130 Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos $40.000.000 O2120202008078714102 Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos automóviles $40.000.000 O2120202009 Servicios para la comunidad, sociales y personales $3.264.000 O212020200904 Servicios de alcantarillado, recolección, tratamiento y disposición de dese chos y otros servicios de saneamiento ambiental $3.264.000 O21202020090494110 Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales $2.000.000 O21202020090494239 Servicios generales de recolección de otros desechos $1.264.000 TOTAL CONTRACRÉDITOS $302.000.000
2. JUSTIFICACIÓN TÉCNICA
De acuerdo a lo establecido en el parágrafo único del Artículo 10 del Decreto 192 de 2021, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C., se modificó el procedimiento para los traslados presupuestales de las entidades que componen el presupuesto anual y los fondos de desarrollo local, exceptuando del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modifica ciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen, siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación al quinto nivel establecida en el catálogo de clasificación presupuestal del distrito.
YEIMY CAROLINA AGUDELO HERNÁNDEZ Alcaldesa Local de Kennedy 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7588 • pP. 1-23 • 2022 • diciembre • 1 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES DE 2022 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000472 “Por la cual se realiza un nombramiento provisional en una vacante temporal”....1 RESOLUCIÓN Nº DDI-021639, 2022EE 584170O1 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de con formidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”..........................................5 Sector Local DECRETOS LOCALES DE 2022 ALCALDÍA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR DECRETO LOCAL Nº 007 “Por medio del cual se efectúa una modificación interna entre gastos de funcio namiento al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2022”.............................................................................................10 DECRETO LOCAL Nº 010 “Por medio del cual se efectúa una modificación interna entre gastos de funcio namiento al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2022”.............................................................................................11 DECRETO LOCAL Nº 011 “Por medio del cual se efectúa una modificación interna entre gastos de funcio namiento al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2022”.............................................................................................13 DECRETO LOCAL Nº 012 “Por medio del cual se efectúa traslado presupuestal entre gastos de inversión al presupuesto del Fondo de Desarrrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2022”...........................................................................................................14 ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY DECRETO LOCAL Nº 11 “Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gas tos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2022”...........................................................................................................15 MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital
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