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Registro Distrital 7581 de 2022

Registro Distrital 7581 de 2022 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7581
Año
2022
Fecha
22 de noviembre de 2022
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 57 - No. 7581 - Pp 1 - 84 - 2022 - NOVIEMBRE - 22 AÑO 57 NÚMERO 7581 22 • NOVIEMBRE • 2022 ACUERDO DE 2022 CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

ACUERDO Nº 858 (18 de noviembre de 2022)

“Por medio del cual se aprueba el ingreso del Distrito Capital a la Región Metropolitana Bogotá - gional con régimen especial, dotada de personería jurídica de derecho público, autonomía administrativa y patrimonio propio, a través de la cual las entidades territoriales que la integran concurren en el ejercicio de las competencias que les corresponden, con el fin de hacer eficaces los principios constitucionales de coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad en la función administrativa y en la planeación del desarrollo dada su interdependencia geográfica, ambiental, social o económica.

Cundinamarca y se dictan otras disposiciones.”

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le son conferidas por el numeral 3 del artículo 313, el artículo 322, y el parágrafo transitorio 1° del Artículo 325 de la Constitución Política de Colombia; los numerales 1, 9 y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 6 de la Ley 2199 de 2022, y,

CONSIDERANDO:

Que la finalidad de la Región Metropolitana Bogotá- Cundinamarca, es garantizar la formulación y ejecución de políticas públicas, planes, programas y proyectos de desarrollo sostenible, así como la prestación oportuna y eficiente de los servicios a su cargo, promoviendo el desarrollo armónico, la equidad, el cierre de brechas entre los territorios y la ejecución de obras de interés regional, en el marco de la igualdad entre los integran tes, sin que haya posiciones dominantes, razón por la cual sus decisiones son consideradas de superior jerarquía (Inc. 2 del artículo 325 de la Constitución Polí tica) sobre las del Distrito, las de los Municipios que se asocien y las del Departamento de Cundinamarca en lo relacionado con los temas objeto de su competencia y sin que esto represente la pérdida de la autonomía de las entidades territoriales que la conforman.

Que el parágrafo transitorio 1 del artículo 1 del citado acto legislativo determina que tras su promulgación “(…) la Alcaldía Mayor de Bogotá y la Gobernación de Cundinamarca someterán a votación del Concejo Distrital y la Asamblea Departamental su ingreso a la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, con lo cual entrará en funcionamiento.”

Que el Acto Legislativo 02 del 22 de julio de 2020 mo dificó el artículo 325 de la Constitución Política, con el propósito de crear la Región Metropolitana Bogotá- Cundinamarca (RMBC), como una entidad adminis trativa de asociatividad regional de régimen especial, única y exclusiva para el territorio que comparten el Distrito Capital y los municipios del Departamento de Cundinamarca con los cuales se comparten dinámicas e interrelaciones funcionales, en materia territorial, económica, social o ambiental, cuyo régimen especial está contenido en la Ley Orgánica 2199 del 08 de febrero de 2022.

Que el numeral 4 del artículo 313 de la Constitución Política de Colombia establece que corresponde a los Concejos votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales.

Que la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca es una entidad administrativa de asociatividad re Que el artículo 6 de la Ley 2199 de 2022 estableció el procedimiento para la conformación de la Región Me tropolitana, preceptuando que el Concejo Distrital de Bogotá debe autorizar, mediante Acuerdo, el ingreso del Distrito Capital a la Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca y que, una vez radicado el proyecto, la Corporación debe adelantar al menos una audiencia pública donde se propenda por la representatividad y 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-1 • 2022 • noviembre • 22 la pluralidad territorial, en la que podrán participar las Juntas Administradoras Locales de Bogotá.

Que el artículo 8 del Decreto Ley 1421 de 1993 es tablece que el Concejo es la suprema autoridad del Distrito Capital y que, en materia administrativa, sus atribuciones son de carácter normativo.

ACUERDA:

Artículo 1.

Autorización de Ingreso a la Región Metropolitana. Autorizar el ingreso del Distrito Capital a la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, de conformidad con el Parágrafo Transitorio 1° del Articulo 325 de la Constitución Política y el artículo 6° de la Ley 2199 de 2022.

Que de igual forma la precitada ley en su artículo 9 indica que las competencias de la Región metropoli tana Bogotá – Cundinamarca son aquellas que; se asignen por la Constitución y la Ley, sean transferidas o delegadas por las entidades del orden nacional, sean delegadas por las entidades que las conforman, las entidades que la conformen decidan ejercer en forma conjunta previa calificación de la materia como un hecho metropolitano, sean definidas en el acto de constitución de la Región y por último, se asigna la competencia de la definición de hechos metropolitanos.

Artículo 2.

Provisión de cargos. La Alcaldía Mayor de Bogotá, en el marco de las decisiones que tome el Consejo Regional, deberá vigilar que la selección del personal de la Región Metropolitana sea el resultado de un estudio de cargas y de la aplicación de principios meritocráticos de conformidad con la normatividad vi gente en materia de provisión de cargos administrativos.

Que asimismo, en el artículo 10 de la misma ley, se priori zan las competencias de la Región metropolitana Bogotá
- Cundinamarca en las siguientes áreas temáticas: 1)
Movilidad, 2) Seguridad ciudadana, convivencia y justicia,
3. Seguridad alimentaria y comercialización, 4) Servicios públicos domiciliarios y TIC, 5) Desarrollo económico, 6)
Ambiental, y 7) Ordenamiento territorial y Hábitat.

Parágrafo. Los estudios presupuestales y de cargas
que lleguen a realizarse para la conformación de la estructura administrativa, planta de personal y escalas de remuneración al servicio de la Región Metropolitana serán radicados en el Concejo Distrital.

Artículo 3.

Priorización de proyectos. En la definición de los hechos metropolitanos y en la formulación del Plan Estratégico y de Ordenamiento de la Región Me tropolitana Bogotá – Cundinamarca, el alcalde mayor de Bogotá deberá propender por la priorización de las temáticas y proyectos que resuelvan las problemáticas metropolitanas más urgentes para el Distrito Capital.

Que por otro lado, el artículo 18 de la Ley 2199 de 2022 crea la figura del Consejo Regional como el máximo órgano de gobierno de la Región Metropolitana Bogotá
- Cundinamarca que estará conformado por el Alcalde Mayor de Bogotá, los Alcaldes de los municipios de Cundinamarca que se asocien y el Gobernador de Cundinamarca, cuyas funciones definidas en el artículo 21 serán ejercidas en materia de planificación; de racio nalización de la prestación de los servicios públicos; de obras de interés metropolitano; de recursos naturales, manejo y conservación del ambiente; de transporte; fiscal y administrativa.

Que el numeral 7 literal h del artículo 21 de la Ley 2199 de 2022 preceptúa que el consejo regional aprobará la planta de personal al servicio de la Región Metropolitana, así como las escalas de remuneración correspondientes.

Parágrafo 1. En todo caso, las normas que sean asun
tos de competencia del Concejo Distrital y en particular sobre los diferentes instrumentos de planeación y presupuestales, la definición de usos del suelo y del ordenamiento del territorio bogotano, corresponderá decidir al Concejo de Bogotá sobre los proyectos de Acuerdo que presente el/la alcalde(sa) Mayor conforme a las funciones señaladas en la Constitución y demás normatividad legal vigente.

Que en ese sentido, el numeral 7 del artículo 5 de la misma ley indica que la Región Metropolitana promove rá la auto sostenibilidad económica, el saneamiento fis cal, racionalización, la optimización del gasto público y el buen gobierno en su conformación y funcionamiento.

Que por su parte el artículo 46 de la Ley 2199 del 2022, preceptúo que le corresponde al Concejo de Bogotá ejer cer el control político en los temas de relevancia regional, únicamente en los asuntos propios de su jurisdicción.

Parágrafo 2. La Alcaldía Mayor de Bogotá presen
tará y sustentará un informe para conocimiento del Concejo Distrital sobre los hechos metropolitanos que propondrá en el Consejo Regional, con sus respectivos documentos técnicos de soporte.

Que el artículo 47 del mismo cuerpo normativo ordena que el director de la Región Metropolitana deberá pre sentar anualmente de manera separada, a cada una de las corporaciones públicas de los entes territoriales que hagan parte de la Región un informe de gestión de las actividades realizadas.

Artículo 4.

En la definición y adopción de los hechos metropolitanos y en la determinación del plan estraté gico y de ordenamiento de la región metropolitana, el/la alcalde(sa) mayor de Bogotá deberá promover un plan de educación superior para la región, que corresponda con los principios de la Ley 2199 de 2022.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-2 • 2022 • noviembre • 22 2

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital 426 de 2016, modifica do por el Decreto 141 de 2021 y los Decretos Nos. 333 y 368 de 2022, se modificó la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 5.

En la definición y adopción de los hechos metropolitanos y en la determinación del Plan Estra tégico y de Ordenamiento de la Región Metropolitana, el/la alcalde(sa) mayor de Bogotá deberá promover y apoyar la cultura para la región que corresponda con los principios de la Ley 2199 de 2022, a través de la incorporación de programas, proyectos, actividades y eventos metropolitanos que promuevan el arte y el deporte de la ciudad y la región de conformidad con los principios de la referida ley

Que la provisión de los empleos cuya naturaleza son de carrera administrativa se hará conforme a lo esta blecido en la Ley 909 de 2004, modificada por la Ley 1960 de 2019, es decir, mediante concurso de méritos proceso que será adelantado por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).

Artículo 6.

VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a par tir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contraria.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

SAMIR JOSÉ ABISAMBRA VESGA Presidente DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO Secretario General de Organismo de Control ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.

RESOLUCIONES DE 2022 Que los artículos 2.2.5.3.1. y 2.2.5.3.3. del Decreto Nacional No. 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional No. 648 de 2017, establecen como forma de provisión para vacancias definitivas y temporales en empleos de carrera administrativa, la posibilidad de proveerlos transitoriamente mediante encargo o nombramiento en provisionalidad, en la cual la persona que se vincula bajo esta modalidad lo hace hasta que concurran causales objetivas para su terminación, como son entre otros, el uso de la lista de elegibles, o quien tenga la titularidad de los derechos de carrera retorne al empleo que ocupa, o por sanciones disciplinarias, insub sistencia, renuncia aceptada y demás causas legales objetivas que conducen a la terminación del encargo o del nombramiento en provisionalidad, incluso antes de cumplirse su tiempo de duración como lo indica el artículo 2.2.5.3.4 de la disposición mencionada.

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 590 (17 de noviembre de 2022)

“Por la cual se hace un nombramiento provisional”

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Que mediante Resolución No. 514 del 19 de octubre de 2022, se declaró la vacancia definitiva del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01 de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciuda danía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., identificado con código OPEC No. 72899, del cual era titular el señor JAVIER VARELA RODAS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 16.548.013.

En uso de las facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto Distrital 101 de 2004 y el Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, y Que, en la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. no existen funcio narios de carrera administrativa para ser encargado, en el siguiente empleo:

No. Empleos Denominación Código Grado Dependencia Tipo de Vacante Uno (1) Auxiliar Administrativo 407 01 Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía Definitiva Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

Nombrar en provisionalidad a partir de la fecha, al señor JOHN ALEXÁNDER GARZÓN SEDANO, identificado con cédula de ciudadanía No.

Que, revisada la hoja de vida del señor JOHN ALEXÁN DER GARZÓN SEDANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.106.452.917, cumple con los requisitos del cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01 de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciu dadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y puede ser nombrado provisionalmente.

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-3 • 2022 • noviembre • 22

CONSIDERANDO:

1.106.452.917, en el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01 de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Que mediante el Decreto Distrital 426 de 2016, mo dificado por el Decreto 141 de 2021 y los Decretos 333 y 368 de 2022, se modificó la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 2.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 del Decreto Nacional No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional No. 648 de 2017, el señor JOHN ALEXÁNDER GARZÓN SEDANO, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de este acto administrativo, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación.

Que la provisión de los empleos cuya naturaleza son de carrera administrativa se hará conforme a lo esta blecido en la Ley 909 de 2004, modificada por la Ley 1960 de 2019, es decir, mediante concurso de méritos proceso que será adelantado por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).

Artículo 3.

Comunicar el contenido de la presente Re solución al señor JOHN ALEXÁNDER GARZÓN SE DANO, a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. el contenido de la presente Resolución, a través de la de la Subdirección de Gestión Documental de la misma entidad.

Artículo 4.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de noviembre de dos mil veintidós (2022).

MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE Que los artículos 2.2.5.3.1. y 2.2.5.3.3. Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, res pectivamente establecen como forma de provisión para vacancias definitivas como temporales en empleos de carrera administrativa, la posibilidad de proveerlos transitoriamente mediante encargo o nombramiento en provisionalidad, en la cual la persona que se vincula bajo esta modalidad lo hace hasta que concurran cau sales objetivas para su terminación, como son entre otros, mientras se surte el proceso de selección, o se hace uso de la lista de elegibles, o quien tenga la titu laridad de los derechos de carrera retorne al empleo que ocupa, o por sanciones disciplinarias, insubsis tencia, renuncia aceptada y demás causas legales objetivas que conducen a la terminación del encargo o del nombramiento en provisionalidad, incluso antes de cumplirse su tiempo de duración como lo indica el artículo 2.2.5.3.4 de la disposición mencionada.

Secretaria General RESOLUCIÓN Nº 591 (17 de noviembre de 2022)

“Por la cual se hace un nombramiento provisional”

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Que mediante Resolución 333 del 15 de julio de 2022, se declaró la vacancia temporal a partir del dieciocho (18) de julio de 2022 del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01 de la Dirección del Sistema Distri tal de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., identificado con código OPEC No. 72899, del cual era titular la señora MARÍA ALEJANDRA ZAPATA PUERTO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.032.503.018.

En uso de las facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto Distrital 101 de 2004 y el Que, en la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. no existen funcio narios de carrera administrativa para ser encargado, en el siguiente empleo:

Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, y No. Empleos Denominación Código Grado Dependencia Tipo de Vacante Titular Uno (1) Auxiliar Administrativo 407 01 Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía Temporal María Alejandra Zapata Puerto Que, revisada la hoja de vida del señor JUAN CAMILO GUTIÉRREZ LÓPEZ, identificado con cédula de ciudada nía No. 1.030.661.353, cumple con los requisitos del cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01 de la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y puede ser nombrado provisionalmente, mientras el mencionado empleo se encuentre en vacancia temporal o sea provisto de manera definitiva.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-4 • 2022 • noviembre • 22 4 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000434 (19 de noviembre de 2022)

Por medio de la cual se modifica la Resolución SDH-650 del 17 de noviembre de 2021, “Por la cual se establecen los lugares, plazos y descuentos que aplican para cumplir con las obligaciones Que, en virtud de lo anteriormente señalado, el presen te acto administrativo de nombramiento en provisiona lidad se fundamenta en la temporalidad de un empleo de carrera administrativa en vacancia temporal, razón por la cual los efectos de este acto están supeditados a la concurrencia de las causales objetivas de termi nación señaladas en el. artículo 2.2.5.3.4 del Decreto Nacional No. 1083 de 2015, modificado por el artículol del Decreto Nacional No. 648 de 2017, y demás dispo siciones concordantes que lo reglamenten, modifiquen, adicionen o sustituyan.

Que, en mérito de lo expuesto, formales y sustanciales para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los tributos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, DIB de la Secretaría Distrital de Hacienda para la vigencia 2022”

RESUELVE:

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales que le confieren el literal a) del artículo 4° del Decreto Distrital 601 de 2014, modificado por el artículo 1° del Decreto Distrital 364 de 2015, los artículos 16 y 130 del Decreto Distrital 422 de 1996, el artículo 16 del Decreto Distrital 474 de 2016 y,

CONSIDERANDO:

Artículo 1.

Nombrar en provisionalidad a partir de la fecha, al señor JUAN CAMILO GUTIÉRREZ LÓPEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.030.661.353, en el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01 de la Dirección del Sistema Distri tal de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., identificado con OPEC No. 72899, del cual era titular la señora MARÍA ALEJANDRA ZAPATA PUERTO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.032.503.018, mientras se encuentre en vacancia temporal o sea provisto de manera definitiva.

Que el artículo 16 del Decreto Distrital 422 de 1996, “Por el cual se actualiza el Decreto 807 de 1993”, dispone que “Las declaraciones tributarias deberán presentarse en los lugares y dentro de los plazos, que para tal efecto señale el Secretario de Hacienda Dis trital. Así mismo, el gobierno distrital podrá recibir las declaraciones tributarias a través de bancos y demás entidades autorizadas para el efecto”.

Artículo 2.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adi cionado por el Decreto 648 de 2017, el señor JUAN CAMILO GUTIÉRREZ LÓPEZ, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de este acto ad ministrativo, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación.

Que el artículo 130 de esta norma señala que “El pago de los impuestos, anticipos, retenciones, intereses y sanciones, de competencia de la Dirección Distrital de Impuestos, deberá efectuarse en los lugares y dentro de los plazos que para tal efecto señale el Secretario de Hacienda Distrital. El Gobierno Distrital podrá re caudar total o parcialmente tales impuestos, sanciones e intereses, a través de los bancos y demás entidades financieras (…)”.

Artículo 3.

Comunicar el contenido de la presente Resolución al señor JUAN CAMILO GUTIÉRREZ LÓ PEZ, a la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. el contenido de la presente resolución, a través de la de la Subdirección de Gestión Documental de la misma entidad.

Artículo 4.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días Que el 17 de noviembre de 2021 esta entidad expidió la Resolución SDH-650, “Por la cual se establecen los lugares, plazos y descuentos que aplican para cumplir con las obligaciones formales y sustanciales para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los tributos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, DIB de la Secretaría Distrital de Hacienda para la vigencia 2022”. del mes de noviembre de dos mil veintidós (2022).

MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE Secretaria General 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-5 • 2022 • noviembre • 22

Artículo 2.

Vigencia. La presente Resolución se publicará en el Registro Distrital y rige a partir de su promulgación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días del mes de noviembre de dos mil veintidós (2022).

Que con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias la Resolución SDH-000650 de 2021, ha sido modificada, mediante las Resoluciones SDH – 99 de 2 de marzo de 2022, SDH 116 de 9 de marzo de 2022, SDH 132 de 31 de marzo de 2022, SDH 152 de 13 de abril de 2022, SDH-161 de 21 de abril de 2022, SDH 178 de 17 de mayo de 2022, SDH 197 del 31 de mayo de 2022, SDH 203 de 3 de junio de 2022 y SDH 223 de 23 de junio de 2022.

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN Nº DDI-021388 (18 de noviembre de 2022)

Que se hace necesario modificar el artículo 2° de la Resolución SDH-650 del 17 de noviembre de 2021, con el fin de simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y agentes retenedores de los bimestres 5° y 6° del impuesto de industria y comercio y el complementario de avisos y tableros, permitiéndoles presentar la respectiva declaración y pago en una sola fecha.

“Por la cual se establecen las características de la información que debe suministrar la Sociedad OPAIN S.A. y las personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho, a la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá – DIB, en relación con los contratos de arrendamiento, uso, usufructo u otra forma de explotación comercial que se hagan mediante establecimiento mercantil, dentro de las áreas objeto del contrato de concesión correspondiente a puertos aéreos.”

El DIRECTOR DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Que el proyecto de la Resolución SDH 650 de 2021 se publicó en el sistema Legalbog del 11 al 19 de octubre de 2021, en cumplimiento de lo establecido en el artí culo 8º de la Ley 1437 de 2011 y en el Decreto Distrital 69 de 2021 norma vigente para la época de publicación y socialización del proyecto de acto administrativo. Te niendo en cuenta que a través de la presente resolución se ajustarán las fechas contenidas en los precitados artículos de la Resolución SDH - 650 de 2021, con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tri butarias por parte de los contribuyentes, no se requiere de una nueva publicación en el mencionado Sistema.

En uso de las facultades conferidas en los artículos Que en mérito de lo expuesto, 1º y 51 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y,

RESUELVE:

CONSIDERANDO:

Que el inciso 2º del artículo 209 de la Constitución Política ordena a las autoridades administrativas coor dinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.

Artículo 1.

Modifíquese el artículo 2° de la Resolución SDH-650 del 17 de noviembre de 2021, en lo referente a la fecha de vencimiento para la declaración y pago de los bimestres 5 y 6 del impuesto de industria y comercio y el complementario de avisos y tableros, así como de su retención, el cual quedará así:

CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Periodo Fecha de vencimiento Septiembre - Octubre 16-12-2022 Noviembre - Diciembre 24-02-2022 Que el artículo 6 de la Ley 489 de 1998 desarrolla los principios de coordinación y colaboración entre las autoridades administrativas para garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales. En consecuencia, prestarán su colaboración a las demás entidades para facilitar el ejercicio de sus funciones y se abstendrán de impedir o estorbar su cumplimiento por los órganos, dependencias, organismos y entida des titulares.

AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Periodo Fecha de vencimiento Septiembre - Octubre 25/11/2022 Noviembre - Diciembre 27/01/2023 Que con el fin de efectuar estudios y cruces de in formación necesarios para el debido control de los tributos distritales, de conformidad con el artículo 51 del Decreto Distrital 807 de 1993, Por el cual se ar monizan el procedimiento y la administración de los REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-6 • 2022 • noviembre • 22 6 tributos distritales con el Estatuto Tributario Nacional y de dictan otras disposiciones”“(…) el Director Distrital de Impuestos podrá solicitar a las personas o entida des, contribuyentes y no contribuyentes, declarantes o no declarantes, información relacionada con sus propias operaciones o con operaciones efectuadas con terceros, así como la discriminación total o parcial de las partidas consignadas en los formularios de las declaraciones tributarias, (…)”.

- Número de documento del arrendatario
- Nombre del arrendatario
- Porcentaje de participación
- Identificación del establecimiento
- Área total del contrato
- Uso del establecimiento
- Canon arrendamiento
- Canon promedio variable
- Dirección contacto del arrendatario
- Teléfono y/o celular del arrendatario
- Correo electrónico del arrendatario

Que el incumplimiento o cumplimiento extemporáneo o defectuoso en el suministro, por medio magnético, de la información endógena y exógena solicitada por vía general mediante la presente Resolución acarrea para el obligado tributario la sanción prevista en el artículo 24 del Acuerdo 27 de 2001 “Por el cual se adecua el régimen sancionatorio en materia impositiva para el Distrito Capital de Bogotá”, modificado por el artículo 6 del Acuerdo 671 de 2017 y el artículo 9 del Acuerdo Distrital 756 de 2019.

Artículo 2.

Información que deben suministrar los arrendatarios que hayan realizado contrato con la Sociedad Concesionaria Operadora Aeroportuaria Internacional S.A. – OPAIN S.A. Los arrendatarios que hayan realizado un contrato de arrendamiento con la Sociedad Concesionaria Operadora Aeropor tuaria Internacional S.A. - OPAIN S.A. con ocasión del uso, usufructo u otra forma de explotación comercial dentro de las áreas del Aeropuerto de Bogotá, que se encuentren vigentes a 01 de enero de 2023 y sobre los cuales se hayan iniciado su explotación, deberán reportar la siguiente información:

En consecuencia, se requiere que los obligados tribu tarios, destinatarios de la presente resolución, sumi nistren la información requerida de manera oportuna, integral, correcta y con las características técnicas exigidas.

Que en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de Resolución se publicó en el Portal Web de la Secretaría Jurídica Distrital, los días 3 a 11 de noviembre de 2022. Durante ese periodo no se recibieron comentarios de la ciudadanía.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

- Número de Contrato
- Fecha inicio del contrato
- Fecha de inicio de explotación comercial
- Fecha final del contrato
- Identificación del establecimiento
- Área total del contrato
- Uso del establecimiento
- Canon arrendamiento
- Canon promedio variable
- Porcentaje de participación

Artículo 3.

Lugar y forma de presentación de la in formación. La información a que se refiere la presente Resolución deberá allegarse únicamente a través de la página WEB de la Secretaría Distrital de Hacienda (www.haciendabogota.gov.co). En todos los casos, la información suministrada deberá atender y adaptarse a las especificaciones técnicas y al diseño de registro contenido en el Anexo No. 1 de la presente Resolución.

Artículo 1.

Información que debe suministrar la Sociedad Concesionaria Operadora Aeroportua ria Internacional S.A. – OPAIN S.A. La Sociedad Concesionaria Operadora Aeroportuaria Internacional S.A. – OPAIN S.A. informará la relación de tenedores a título de arrendamiento, uso, usufructo u otra forma de explotación comercial que se haga mediante estableci miento mercantil, dentro de las áreas objeto del contrato de concesión correspondiente a puertos aéreos, que se encuentren vigentes a 01 de enero de 2023 y sobre los cuales se hayan iniciado su explotación, aportando la siguiente información:

Parágrafo. La Administración Tributaria Distrital, en
constancia del reporte de la información, asignará un número de radicación.

- Número de Contrato
- Fecha inicio del contrato
- Fecha de inicio de explotación comercial
- Fecha final del contrato
- Tipo de contrato
- Identificación del predio catastral (chip)
- Tipo documento del arrendatario

Artículo 4.

Sanción por no enviar información. Las personas y entidades obligadas a suministrar la información tributaria de que trata la presente Reso lución que omitan dicha obligación dentro del plazo establecido en el artículo 5° de la presente resolución o cuyo contenido presente errores, o no corresponda a lo solicitado, incurrirán en las sanciones establecidas

7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-7 • 2022 • noviembre • 22

Artículo 6.

VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presen te Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

en el artículo 24 del Acuerdo Distrital 27 de 2001, mo dificado por el artículo 6° del Acuerdo Distrital 671 de 2017 y el artículo 9º del Acuerdo Distrital 756 de 2019.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18)

Artículo 5.

Plazo para presentar la información. La entrega de la información solicitada deberá reportarse a más tardar el 27 de enero de 2023.

días del mes de noviembre de dos mil veintidós (2022).

PABLO FERNANDO VERÁSTEGUI NIÑO Director Distrital de Impuestos de Bogotá En caso de recibir varios cargues de información, la Administración Tributaria sólo tendrá en cuenta el último, que deberá contener la totalidad de los datos requeridos.

FICHA TÉCNICA PARA LA INFORMACIÓN A SUMINISTRAR  Tipo de medio de reporte: Electrónico vía WEB (www.shd.gov.co o www.haciendabogota.gov.co).

 Código de grabación:

Construir un archivo Excel y guárdalo como TIPO: “csv (delimitado por comas)”

 Formato de almacenamiento:

1. Cada registro del archivo:

- Deberá empezar en la posición cero (0) de cada línea
- No se colocarán los títulos de las columnas
- Cada predio en un registro.

2. Cada campo:

- Deberá ser del tipo especificado: Numérico: numérico (0 – 9), A: alfanumérico (0 – 9, A – Z), C: carácter (A – Z).
- Deberá ser máximo del tamaño especificado.
- Los campos obligatorios deberán ser diligenciados.
- Un único dato por campo
- No deben incluir caracteres especiales ej: :! ”· $ % & / () = … etc.

 Registro de ejemplo para la información de que trata el artículo segundo.

Ejemplo de registro para la información de que trata el Artículo segundo.

NUMERO CONTRATO; FECHA INICIO CONTRATO; FECHA INICIO DE EXPLOTACION COMERCIAL; FECHA FINAL DEL CONTRATO; --------------------;-------------------------;----------------------------------------;----------------------------;

(max30) (max10) (max10) (max10)

IDENTIFICACION DEL ESTABLECIMIENTO; AREA TOTAL DEL CONTRATO; USO DEL ESTABLECIMIENTO; CANON ARRENDATARIO;

------------------------------------;----------------------------;----------------------------;----------------------; (max200) (max6) (max2) (max11)

CANON PROMEDIO VARIABLE; PORCENTAJE DE PARTICIPACION -------------------------;--------------------------------- (max11) (max6)

OP2021428;11/10/2019;20/11/2019;11/10/2023; LC 124 Primer Piso;10.50;1;10450000;3250000;100,00 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-8 • 2022 • noviembre • 22 8

Artículo 1º.

Información que debe suministrar la Sociedad Concesionaria Operadora Aeroportuaria Internacional S.A. – OPAIN S.A.

CAMPO LONG TIPO CAMPO OBLIGATORI DESCIPCION O NUMERO CONTRATO 30 ALFANUMERICO X Número con el cual se identifica el contrato. No puede contener guiones ni estar separado por espacios (Ej: OP125201) FECHA INICIO DEL CONTRATO 10 FECHA (DD/MM/AAAA)

10 FECHA (DD/MM/AAAA) X Fecha de inicio del contrato. Se debe diligenciar con el formato día/mes/año. FECHA INICIO DE EXPLOTACION COMERCIAL Fecha de inicio de explotación comercial. Se debe diligenciar con el formato día/mes/año. FECHA FINAL DEL CONTRATO 10 FECHA (DD/MM/AAAA) X Fecha final del contrato. Se debe diligenciar con el formato día/mes/año.

TIPO DE CONTRATO 1 NUMERICO X Modalidad de contrato suscrito con el arrendatario Solo puede tener uno de los siguientes valores: 1 – ARRIENDO 2 – COMODATO 3 – PRORROGA DEL CONTRATO 4 – SUBARRIENDO 5 – OTROS IDENTIFICACION DEL PREDIO CATASTRAL 11 ALFANUMERICO X Corresponde al CHIP del predio catastral donde se encuentra ubicado el área objeto del contrato de arrendamiento.

TIPO DOCUMENTO ARRENDATARIO 3 TEXTO X Tipo de documento de identificación del arrendatario. Sólo puede tener uno de los siguientes valores: CC: Cédula de ciudadanía CE: Cédula de extranjería TI: Tarjeta de identidad NIT: Número de identificación tributaria PA: Pasaporte NITE: Número de identificación extranjero NRO DOCUMENTO ARRENDAMIENTO 11 NUMERICO X Número de documento de identificación del proveedor, no debe estar separado por puntos, guiones o comas y no debe contener el dígito de verificación NOMBRE DEL ARRENDATARIO 100 ALFANUMERICO X Nombre o razón social del arrendatario 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-9 • 2022 • noviembre • 22 CAMPO LONG TIPO CAMPO OBLIGATORI DESCIPCION O PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN 6 NUMERICO X Porcentaje de participación establecido en el contrato de arrendamiento. debe estar separado por coma. Ejemplo: 100,00 IDENTIFICACION DEL ESTABLECIMIENTO 200 ALFANUMERICO X Cuando el contrato tenga dos o más espacios entregados en arrendamiento se debe separar por un slash / Ejemplo: local 125 piso 1 / local 202 AREA TOTAL DEL CONTRATO 6 ALFANUMERICO X Área total de contrato: enteros y dos decimales, separados por punto. Ejemplo: 10.50 USO DEL ESTABLECIMIENTO 2 NUMERICO X Uso o actividad desarrollada objeto del contrato. Solo puede tener uno de los siguientes valores: 1 – COMERCIAL 2 – FINANCIERO 3 – INDUSTRIAL 4 – PARQUEADERO 5 – CAJERO AUTOMATICO 6 – PANTALLA PUBLICITARIA 7 – BODEGA 8 – HANGAR 9 – ESTACION DE COMBUSTIBLE 10 – BACK OFFICE 11 - OTROS CANON ARRENDAMIENTO 11 NUMERICO X Valor de canon establecido en el contrato sin incluir el IVA. CANON PROMEDIO VARIABLE 11 NUMERICO X Valor del canon promedio variable.

70 ALFANUMERICO X DIRECCIÓN CONTACTO ARRENDATARIO Dirección de contacto del arrendatario. No debe estar separado por puntos, guiones o comas. Ejemplo: KR 30 25 90 OF 101 10 NUMERICO TELEFONO Y/O CELULAR ARRENDATARIO Teléfono fijo (sin extensión) de contacto o celular del arrendatario. Sin guiones, puntos ni comas. “Si no cuenta con la información dejar en blanco”

CORREO ARRENDATARIO 70 ALFANUMERICO Correo electrónico del arrendatario. “Si no cuenta con la información dejar en blanco”

Artículo 2º.

Información que deben suministrar los arrendatarios que celebraron contrato con la Sociedad Concesionaria Operadora Aeroportuaria Internacional S.A. – OPAIN S.A

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-10 • 2022 • noviembre • 22 10 CAMPO LONG TIPO CAMPO OBLIGATORIO DESCIPCION NUMERO CONTRATO 30 ALFANUMERICO X Número con el cual se identifica el contrato. No puede contener guiones ni estar separado por espacios (Ej: OP125201)

10 FECHA (DD/MM/AAAA)

FECHA INICIO DEL CONTRATO 10 FECHA (DD/MM/AAAA) X Fecha de inicio del contrato. Se debe diligenciar con el formato día/mes/año. FECHA INICIO DE EXPLOTACION COMERCIAL Fecha de inicio de explotación comercial. Se debe diligenciar con el formato día/mes/año.

FECHA FINAL DEL CONTRATO 10 FECHA (DD/MM/AAAA) X Fecha final del contrato. Se debe diligenciar con el formato día/mes/año.

IDENTIFICACION DEL ESTABLECIMIENTO 200 ALFANUMERICO X Cuando el contrato tenga dos o más espacios entregados en arrendamiento se debe separar por un slash / Ejemplo: local 125 piso 1 / local 202 AREA TOTAL DEL CONTRATO 6 ALFANUMERICO X Área total de contrato: enteros y dos decimales, separados por punto. Ejemplo: 10.50 USO DEL ESTABLECIMIENTO 2 NUMERICO X Uso o actividad desarrollada objeto del contrato. Solo puede tener uno de los siguientes valores: 1 – COMERCIAL 2 – FINANCIERO 3 – INDUSTRIAL 4 – PARQUEADERO 5 – CAJERO AUTOMATICO 6 – PANTALLA PUBLICITARIA 7 – BODEGA 8 – HANGAR 9 – ESTACION DE COMBUSTIBLE 10 – BACK OFFICE 11 - OTROS CANON ARRENDAMIENTO 11 NUMERICO X Valor de canon establecido en el contrato sin incluir el IVA. CANON PROMEDIO VARIABLE 11 NUMERICO X Valor del canon promedio variable.

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN 6 NUMERICO X Porcentaje de participación establecido en el contrato de arrendamiento. debe estar separado por coma. Ejemplo: 100,00 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-11 • 2022 • noviembre • 22 RESOLUCIÓN Nº DDI-021394-, anexos No.1 y No.2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

2022EE 544854O1 (18 de noviembre de 2022)

Artículo 2.

Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 4 Registros, Anexo No. 2 con 147 Registros.

“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo

Artículo 3.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:

13 del Acuerdo 469 de 2011”

OFICINA TIPO DE ACTO LA JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES CUENTAS CORRIENTES RESOLUCION DE DEVOLUCION Y DEVOLUCIONES Y/O COMPENSACION Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE LIQUIDACIÓN LIQUIDACION OFICIAL DE AFORO IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponer se ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Sub dirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

CONSIDERANDO:

Acto(s) administrativo(s) del anexo No. 2:

OFICINA TIPO DE ACTO AUTO DE ARCHIVO EMPLAZAMIENTO PARA CONTROL MASIVO DECLARAR REQUERIMIENTO ESPECIAL CUENTAS CORRIENTES Y Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.

DEVOLUCIONES AUTO INADMISORIO FISCALIZACIÓN GRANDES CONTRIBUYENTES REQUERIMIENTO ESPECIAL AUTO DE INSPECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA LIQUIDACIÓN REVOCATORIA DE OFICIO RECURSOS TRIBUTARIOS AUTO ADMISORIO Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Docu mentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias Contra los actos administrativos mencionados en el anexo No 2 no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

Artículo 4.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No. 1 y No. 2 fueron de vueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital, división de la secretaria general de la Alcaldía Mayor PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que, en consideración a lo expuesto, Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del

RESUELVE:

mes de noviembre de dos mil veintidós (2022).

Artículo 1.

Ordenar la publicación en el Registro Dis trital, división de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor, los actos administrativos relacionados en los

MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-12 • 2022 • noviembre • 22 12 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN NOTIFICACIÓN SUR MZ 27 IN 8 28/10/2022 CERRADO PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO CIAL DE AFORO 21/10/2022 2017 KR 105G 68C 44 31/10/2022 DESCONOCIDO COMPENSACION 29/09/2022 2019 KR 81 B 2 B 67 01/11/2022 DESCONOCIDO COMPENSACION 29/09/2022 2019 KR 81 B 2 B 67 01/11/2022 DESCONOCIDO COMPENSACION 6/10/2022 2022 KR 52C 20 19 DEVOLUCION Y/O DEVOLUCION Y/O DEVOLUCION Y/O PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO EACIÓN URBANA LC-15-3-0046 LIQUIDACION OFI- IMPUESTO ENTE IDENTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO CACIÓN DEL CONTRIBUY- Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

Subdirección de Determinación profirieron para los contribuyentes IGH SAS 900.633.303 DELIN- GUZMAN 79.744.097 VEHÍCULOS DWF12D RESOLUCION DE APODERADO NOMBRE DEL SUESCUN BAEZ 91.214.676 PREDIAL AAA0138OBPA RESOLUCION DE SUESCUN BAEZ 91.214.676 PREDIAL AAA0162AZZM RESOLUCION DE GARZÓN HERMANOS CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-021394 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2022 que se relacionan a continuación, las actuaciónes administrativas objeto de la presente publicación.

EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

Que los Jefes de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes y la Oficina de Liquidación de la Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de DDI-020719 2022EE486194 O1 202006103108024409 INVERSIONES DDI-020317 2022EE454941 O1 202209137000012066 WALTER OSWALDO DDI-020458 2022EE467748 O1 202209057000011903 VICTOR HUGO PEREZ DDI-020317 2022EE454941 O1 202209137000012066 WALTER OSWALDO RESOLUCIÓN No. RADICADO No. DE MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-13 • 2022 • noviembre • 22 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 1202 03/11/2022 NO RESIDE 3B 09 31/10/2022 FUERZA MAYOR 29A 71 01/11/2022 CERRADO 54A 15 31/10/2022 CERRADO LC 108 01/11/2022 NO RESIDE AP 212 25/10/2022 NO RESIDE AP 212 25/10/2022 NO RESIDE KR 6 86 57 AP NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO ESPECIAL 7/10/2022 2016, 2021 CL 22D 86 21 ESPECIAL 18/10/2022 2020 - 2021 TV 17 98 45 IN 5 ESPECIAL 7/10/2022 2016 CL 22D 86 21 PARA DECLARAR 10/10/2022 2017, 2020 DG 17C SUR PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 DG 52 SUR PARA DECLARAR 29/09/2022 2017, 2018, 2019, 2020,2021 CL 72 11 35 24/10/2022 REHUSADO PARA DECLARAR 29/09/2022 2017, 2018, 2019, 2020,2021 CL 72 11 35 24/10/2022 REHUSADO PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 CL 103A SUR PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO 871 VEHÍCULOS AFJ419 EMPLAZAMIENTO 871 VEHÍCULOS AIA643 EMPLAZAMIENTO NOTIFICACIÓN POR AVISO ENTE 2.916.564 PREDIAL AAA0101ZOOM AUTO DE ARCHIVO 14/09/2022 2015, 2016, 2018 IDENTIFI- CACIÓN DEL CONTRIBUY- ARDO"

ALVARO 3.228.014 PREDIAL AAA0231CERU REQUERIMIENTO herederos ANTONIO 89.924 PREDIAL AAA0101ZOOM AUTO DE ARCHIVO 14/09/2022 2015, 2016, 2018 KR 13 48 47 03/11/2022 DESCONOCIDO HORACIO 4.401.463 VEHÍCULOS RAX925 EMPLAZAMIENTO ERNESTO 4.165.782 VEHÍCULOS BGO218 EMPLAZAMIENTO minados de APODERADO NOMBRE DEL GUEZ WILLIAM 6.768.636 PREDIAL AAA0238TKMS REQUERIMIENTO GUEZ WILLIAM 6.768.636 PREDIAL AAA0238TKOE REQUERIMIENTO MARCO ALIRIO 2.265.307 VEHÍCULOS BES712 EMPLAZAMIENTO LAMIL VILLAMIL LAMIL VILLAMIL e indeterminados de e indeterminados de Sucesión iliquida y/o Sucesión iliquida y/o POMBO LEIVA EDU- "Sucesión ilíquida y/o JOSE SILVESTRE VIL- JOSE SILVESTRE VIL- CONTRIBUYENTE Y/O determinados e indeter- herederos determinados herederos determinados ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-021394 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2022 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ ción de Recaudación y Cuentas Corrientes, la Oficina de Fiscalización Grandes Contribuyentes, la Oficina General de para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

NA 2022EE345114 C1 202209113000063498 BARRERA RODRI- NA 2022EE482104 C1 202209193000073658 ANDRADE ESCOBAR NA 2022EE345018 O1 202209160000012766 CUBILLOS CRUZ NA 2022EE345008 O1 202209160000012756 RIOS MOSCOSO NA 2022EE412718 C2 202203303000046633 201901100300008740 NA 2022EE345015 O1 202209160000012763 ESPINOSA CASTRO NA 2022EE345114 C1 202209113000063498 BARRERA RODRI- NA 2022EE344964 O1 202209160000012843 NA 2022EE344964 O1 202209160000012843 NA 2022EE412718 C1 202203303000046633 201901100300008740 PÁEZ RESTREPO No.

CIÓN No. RADICADO No. DE RESOLU- Que los Jefes de la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirec- Fiscalización, la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Determinación y la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria profirieron REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-14 • 2022 • noviembre • 22 14 25/10/2022 DESCONOCIDO SUR 02/11/2022 FUERZA MAYOR 2A 21 02/11/2022 NO RESIDE AP 212 25/10/2022 NO RESIDE KR 52 237 50 CONJ EL ALMENDRO SIMON CA 15 HACIENDA SAN ESPECIAL 7/10/2022 2020, 2021 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 7/10/2022 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 DG 24C 99 56 25/10/2022 NO RESIDE ESPECIAL 7/10/2022 2018 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 7/10/2022 2020 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 7/10/2022 2020 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 7/10/2022 2016, 2020 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 7/10/2022 2020 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 12/10/2022 2015, 2020, 2021 CL 31F BIS SUR ESPECIAL 7/10/2022 2020, 2021 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 7/10/2022 2020 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 7/10/2022 2020, 2021 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 7/10/2022 2016 CL 22D 86 21 PARA DECLARAR 10/10/2022 2017, 2018, 2019 KR 21D 26C 04 01/11/2022 CERRADO PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 CL 23D 75 36 31/10/2022 NO RESIDE PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 KR 43C 4F 50 01/11/2022 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 29/09/2022 2021 NOTIFICACIÓN POR AVISO 17.111.321 PREDIAL AAA0002TFRU REQUERIMIENTO 17.000.242 PREDIAL AAA0147DAWW AUTO DE ARCHIVO 15/09/2022 2015, 2016, 2017 KR 26C 75C 98 YECID 14.225.604 PREDIAL AAA0078AAOM REQUERIMIENTO FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0228KBWW REQUERIMIENTO FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0228KFMR REQUERIMIENTO FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0241YOBS REQUERIMIENTO FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0228KBNX REQUERIMIENTO FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0228KBOM REQUERIMIENTO FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0228KBLF REQUERIMIENTO FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0146NPZE REQUERIMIENTO FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0143XCOM REQUERIMIENTO FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0146JFZE REQUERIMIENTO CAMILO 11.200.373 VEHÍCULOS ONV61B EMPLAZAMIENTO TORRES 13.990.279 VEHÍCULOS BRZ811 EMPLAZAMIENTO NESTOR 11.232.608 VEHÍCULOS AMT22 EMPLAZAMIENTO herederos minados de HEREDEROS SON ENRIQUE 8.154.399 VEHÍCULOS JMQ654 EMPLAZAMIENTO GUEZ WILLIAM 6.768.636 PREDIAL AAA0238TRUH REQUERIMIENTO VÍCTOR ELÍAS"

SUAREZ GARCIA DE JOSE VICENTE DETERMINADOS E INDETERMINADOS CANGREJO COBOS "Sucesión ilíquida y /o determinados e indeter- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-021394 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2022 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ 201901100101009079"

NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS NA 2022EE345105 O1 202203033000046096 BONILLA BRAVO NA 2022EE413893 O1 "202204043000047469 NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS NA 2022EE474805 C3 202209163000073660 NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS NA 2022EE345002 O1 202209160000012750 HERNAN ROMERO NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS NA 2022EE345114 C1 202209113000063498 BARRERA RODRI- NA 2022EE344996 O1 202209160000012744 CUBILLOS HORTUA NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS NA 2022EE344891 O1 202209160000012812 ZAPATA GOMEZ NEL- NA 2022EE344993 O1 202209160000012741 MARTINEZ MORENO 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-15 • 2022 • noviembre • 22 27D 03 26/10/2022 CERRADO 27D 03 26/10/2022 CERRADO 27D 03 26/10/2022 CERRADO 27D 03 26/10/2022 CERRADO 27D 03 26/10/2022 CERRADO 27D 03 26/10/2022 CERRADO 27D 03 26/10/2022 CERRADO 27D 03 26/10/2022 CERRADO 27D 03 26/10/2022 CERRADO 27D 03 26/10/2022 CERRADO 27D 03 26/10/2022 CERRADO BG 19 LC 19 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 7/10/2022 2020 CL 71I SUR ESPECIAL 7/10/2022 2018 CL 71I SUR ESPECIAL 7/10/2022 2018 CL 71I SUR ESPECIAL 7/10/2022 2018, 2021 CL 71I SUR ESPECIAL 7/10/2022 2018, 2021 CL 71I SUR ESPECIAL 7/10/2022 2018 CL 71I SUR ESPECIAL 7/10/2022 2018 CL 71I SUR ESPECIAL 7/10/2022 2018, 2021 CL 71I SUR ESPECIAL 7/10/2022 2018, 2019, 2020, 2021 CL 71I SUR ESPECIAL 7/10/2022 2018, 2021 CL 71I SUR ESPECIAL 7/10/2022 2018 CL 71I SUR ESPECIAL 7/10/2022 2018, 2020 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 7/10/2022 2021 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 7/10/2022 2020 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 7/10/2022 2021 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 7/10/2022 2020 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO ESPECIAL 7/10/2022 2021 KR 112 70 C 23 27/10/2022 CERRADO CIÓN TRIBUTARIA 13/10/2022 2019 CORABASTOS NOTIFICACIÓN POR AVISO 20.145.626 PREDIAL AAA0098SWRJ AUTO DE ARCHIVO 14/09/2022 2015, 2016 KR 7 20 46 03/11/2022 DESCONOCIDO BERTO 19.377.351 ICA 19377351 AUTO DE INSPEC- FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0228KAUZ REQUERIMIENTO FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0272KYAW REQUERIMIENTO FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0273ZPUZ REQUERIMIENTO FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0271LNDM REQUERIMIENTO FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0271LPXR REQUERIMIENTO FELIPE 17.177.906 PREDIAL AAA0261EZCX REQUERIMIENTO JAIMES" herederos JOSEFINA 24.036.361 PREDIAL AAA0261WAFZ REQUERIMIENTO JOSEFINA 24.036.361 PREDIAL AAA0180MKZE REQUERIMIENTO JOSEFINA 24.036.361 PREDIAL AAA0180MKXS REQUERIMIENTO JOSEFINA 24.036.361 PREDIAL AAA0180LZHK REQUERIMIENTO JOSEFINA 24.036.361 PREDIAL AAA0180LTFZ REQUERIMIENTO JOSEFINA 24.036.361 PREDIAL AAA0180LREP REQUERIMIENTO JOSEFINA 24.036.361 PREDIAL AAA0180LPPA REQUERIMIENTO JOSEFINA 24.036.361 PREDIAL AAA0180LLPA REQUERIMIENTO JOSEFINA 24.036.361 PREDIAL AAA0180LHXS REQUERIMIENTO JOSEFINA 24.036.361 PREDIAL AAA0180LEZM REQUERIMIENTO JOSEFINA 24.036.361 PREDIAL AAA0180LDXS REQUERIMIENTO minados de INÉS CARRERA DE "Sucesión ilíquida y /o MORENO CAMARGO 19.419.667 PREDIAL AAA0056HEKL AUTO INADMISORIO 13/09/2022 2021 CL 61 5 72 AP 102 02/11/2022 CERRADO determinados e indeter- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-021394 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2022 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ 201901100300008738"

NA 2022EE345110 O1 202204253000062088 ROJAS CACERES NA 2022EE345110 O1 202204253000062088 ROJAS CACERES NA 2022EE345110 O1 202204253000062088 ROJAS CACERES NA 2022EE345110 O1 202204253000062088 ROJAS CACERES NA 2022EE345110 O1 202204253000062088 ROJAS CACERES NA 2022EE345110 O1 202204253000062088 ROJAS CACERES NA 2022EE345110 O1 202204253000062088 ROJAS CACERES NA 2022EE345110 O1 202204253000062088 ROJAS CACERES NA 2022EE345110 O1 202204253000062088 ROJAS CACERES NA 2022EE345110 O1 202204253000062088 ROJAS CACERES NA 2022EE345110 O1 202204253000062088 ROJAS CACERES NA 2022EE412671 O1 "202203283000046602 NA 2022EE476589 O1 202204213000051714 CRUZ MUÑOZ RO- NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS NA 2022EE345113 O1 202209160000012917 ARIAS HERRERA LUIS DDI-018857 2022EE410746 O1 202209137000012095 CARLOS ENRIQUE REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-16 • 2022 • noviembre • 22 16 SUR 31/10/2022 DESCONOCIDO SUR 27/10/2022 DESCONOCIDO 66 43 08/11/2022 CERRADO 82 12 24/10/2022 DESCONOCIDO 2A 21 02/11/2022 NO RESIDE 78D 16 28/10/2022 CERRADO 71D 69 31/10/2022 DESCONOCIDO 27D 03 26/10/2022 CERRADO 08 SUR 31/10/2022 FUERZA MAYOR 14 MJ 1 25/10/2022 CERRADO 19 ESTE 31/10/2022 FUERZA MAYOR 19 ESTE 31/10/2022 FUERZA MAYOR ANZA 96 10 25/10/2022 DESCONOCIDO ESPECIAL 12/10/2022 2015, 2020, 2021 CL 31F BIS SUR ESPECIAL 7/10/2022 2021 DG 34A SUR ESPECIAL 7/10/2022 2018, 2019, 2020 CL 71I SUR ESPECIAL 7/10/2022 2021 CL 67A SUR 77A PARA DECLARAR 10/10/2022 2017, 2020, 2021 TV 8 ESTE 85A PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 CL 94B 57 17 31/10/2022 NO RESIDE PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 CL 2A SUR 10A PARA DECLARAR 10/10/2022 2021 CL 2A SUR 10A PARA DECLARAR 5/10/2022 2021 CL 9 72 41 AP 203 31/10/2022 CERRADO PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 KR 3A 93A 30 PARA DECLARAR 29/09/2022 2017 AV LAV ESPER- PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 AC 26 SUR PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 CL 10A 58 27 31/10/2022 NO RESIDE PARA DECLARAR 10/10/2022 2017, 2018, 2021 AC 116 71A 33 31/10/2022 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 5/10/2022 2021 CL 64B 105 47 26/10/2022 DESCONOCIDO CIÓN TRIBUTARIA 13/10/2022 2019 KR 62A 57D 82 NOTIFICACIÓN POR AVISO GUEZ 52.115.924 PREDIAL AAA0085YSTD AUTO INADMISORIO 8/09/2022 2022 CL 63D 27B 20 02/11/2022 CERRADO GLORIA 51.582.842 ICA 51582842 AUTO DE INSPEC- MOLINA 28.587.662 PREDIAL AAA0171CZPP REQUERIMIENTO MARINA 51.663.155 PREDIAL AAA0002TFRU REQUERIMIENTO JOVANY 79.740.150 VEHÍCULOS WGK635 EMPLAZAMIENTO EVERRY 52.255.769 PREDIAL AAA0074LTUH AUTO DE ARCHIVO 15/09/2022 2015 KR 51 215 20 08/11/2022 DESCONOCIDO AMPARO 39.537.095 VEHÍCULOS BTO396 EMPLAZAMIENTO PATRICIA 52.442.004 VEHÍCULOS UZP79C EMPLAZAMIENTO OLIVERIO 79.126.639 VEHÍCULOS TAT361 EMPLAZAMIENTO YOHVANA 52.105.816 VEHÍCULOS JCT723 EMPLAZAMIENTO MARLENE 46.677.093 PREDIAL AAA0268LFXR REQUERIMIENTO JOSEFINA 24.036.361 PREDIAL AAA0179ZTOM REQUERIMIENTO CORDOBA 79.522.426 PREDIAL AAA0091JKWW AUTO INADMISORIO 23/09/2022 2020 KR 20 70 34 02/11/2022 CERRADO ARIZA RUA 72.133.028 VEHÍCULOS IMR088 AUTO INADMISORIO 8/09/2022 2017 CL 44 SUR DIA PATRICIA 52.037.291 VEHÍCULOS JVF66C EMPLAZAMIENTO MARIA ELENA 35.501.767 VEHÍCULOS MPV751 EMPLAZAMIENTO SOLORZANO" 51.802.748 PREDIAL AAA0050HBLF AUTO ADMISORIO 31/10/2022 2016 CL 57 B SUR ÑAN MERCEDES 51.636.304 VEHÍCULOS VEE014 EMPLAZAMIENTO FANIETH PAHOLA 49.796.854 VEHÍCULOS BNU737 EMPLAZAMIENTO VASQUEZ RODRI- BIELA ESPERANZA 52.903.927 VEHÍCULOS BIW751 EMPLAZAMIENTO BIELA ESPERANZA 52.903.927 VEHÍCULOS JWI59D EMPLAZAMIENTO RODRIGUEZ HELEN ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-021394 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2022 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ 202001100103039630" DIANA SANINT ECH- NA 2022EE345037 O1 202209160000012785 SANCHEZ JOSE NA 2022EE345033 O1 202209160000012781 NIETO MANRIQUE NA 2022EE345031 O1 202209160000012779 OCHOA YAZO RU- NA 2022EE345031 O1 202209160000012779 OCHOA YAZO RU- NA 2022EE344991 O1 202209160000012903 CUBIDES SANDRA NA 2022EE418132 C1 "202204063000047514 NA 2022EE474805 O1 202209163000073660 CAMINO SOSA LUZ NA 2022EE345021 O1 202209160000012769 RODRIGUEZ ESTUPI- NA 2022EE344901 O1 202209160000012819 FERNANDEZ NA 2022EE476607 O1 202204213000051680 MONROY CASTAÑEDA NA 2022EE507549 O1 2018011001197072742 "CARLINA GONZALEZ NA 2022EE345027 O1 202209160000012775 NEVA CASTRO CLAU- NA 2022EE345118 O1 202209113000063161 RONCANCIO BENITEZ NA 2022EE345020 O1 202209160000012768 JACOME DUARTE NA 2022EE344988 O1 202209160000012900 MARCELO RAMOS NA 2022EE345012 O1 202209160000012760 ORJUELA AVILA NINA NA 2022EE345108 O1 202209160000012915 MARLENY PUENTES NA 2022EE345110 O1 202204253000062088 ROJAS CACERES DDI-019101 2022EE444582 O1 202209237000012219 MARIO CORDOBA DDI-018733 2022EE400954 O1 202209057000011878 WILLIAM ANTONIO DDI-018747 2022EE401590 O1 202209057000011891 SANDRA CRISTINA 17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-17 • 2022 • noviembre • 22 303 28/10/2022 REHUSADO SUR 26/10/2022 DESCONOCIDO 81H 46 26/10/2022 CERRADO AP 407 27/10/2022 NO RESIDE TO 3 AP 501 31/10/2022 DESCONOCIDO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO ESPECIAL 12/10/2022 2016, 2020, 2021 KR 126A 76 14 03/11/2022 CERRADO ESPECIAL 12/10/2022 2016, 2020, 2021 KR 126A 76 14 03/11/2022 CERRADO ESPECIAL 12/10/2022 2016, 2020, 2021 KR 126A 76 14 03/11/2022 CERRADO PARA DECLARAR 29/09/2022 2017 CL 47B SUR PARA DECLARAR 10/10/2022 2017, 2020 CL 58 30 53 AP PARA DECLARAR 10/10/2022 2017, 2021 CL 135 58 B 21 PARA DECLARAR 5/10/2022 2017 KR 46 95 78 26/10/2022 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 29/09/2022 2021 KR 7 126 30 TO 2 PARA DECLARAR 11/10/2022 2019, 2020, 2021 CL 25 7 69 31/10/2022 CERRADO PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 KR 23 72 16 02/11/2022 NO RESIDE PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 CL 33N 19 24 03/11/2022 CERRADO PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 CL 76 76 83 01/11/2022 CERRADO PARA DECLARAR 5/10/2022 2017 KR 78F 57G 24 NOTIFICACIÓN POR AVISO 800.229.793 VEHÍCULOS BKL369 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKL372 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKL380 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKS500 REVOCATORIA DE REINEL 80.000.741 VEHÍCULOS BSJ878 EMPLAZAMIENTO LEONEL 79.843.861 VEHÍCULOS BKW42 EMPLAZAMIENTO ANTONIO 80.109.507 VEHÍCULOS GYE63D EMPLAZAMIENTO HACIENDA)

HACIENDA)

HACIENDA)

HACIENDA)

OMAR IVAN 80.850.785 VEHÍCULOS EOJ86D EMPLAZAMIENTO LIQUIDACION 800.125.497 VEHÍCULOS HCN977 EMPLAZAMIENTO NESTO JULIO 80.269.604 PREDIAL AAA0228SMSK REQUERIMIENTO NESTO JULIO 80.269.604 PREDIAL AAA0228SMPP REQUERIMIENTO NESTO JULIO 80.269.604 PREDIAL AAA0228SMRU REQUERIMIENTO JULIO CESAR 79.828.375 VEHÍCULOS BLX07 EMPLAZAMIENTO TIRSO VENIOT 85.472.390 VEHÍCULOS OMU63C EMPLAZAMIENTO HANS NICOLAS 91.519.524 VEHÍCULOS HTK643 EMPLAZAMIENTO CESAR LEONEL 80.419.372 VEHÍCULOS JMR906 EMPLAZAMIENTO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO RAFAEL ALBERTO 80.417.936 PREDIAL AAA0215FLLW EMPLAZAMIENTO DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-021394 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2022 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2022EE344912 O1 202209160000012828 DIMARCK S A - EN NA 2022EE345053 O1 202209160000012801 KNEPPER OVALLE NA 2022EE345052 O1 202209160000012800 ALMARALES VILORIA NA 2022EE344973 O1 202209160000012885 TORRES SOLER NA 2022EE344910 O1 202209160000012826 ORTEGON MOLANO NA 2022EE474870 O1 202209193000073662 VACA MARTIN ER- NA 2022EE344768 O1 202203033000046135 GUATAME APONTE NA 2022EE474870 O1 202209193000073662 VACA MARTIN ER- NA 2022EE474870 O1 202209193000073662 VACA MARTIN ER- NA 2022EE345046 O1 202209160000012794 TEJADA GOMEZ JOSE NA 2022EE345042 O1 202209160000012790 ARIZA GIRALDO NA 2022EE345038 O1 202209160000012786 GARCIA OSSA NA 2022EE344968 O1 202209160000012880 SANCHEZ ALONSO DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-18 • 2022 • noviembre • 22 18 OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO NOTIFICACIÓN POR AVISO 800.229.793 VEHÍCULOS BKS522 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKS519 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKS518 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKS517 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKS514 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKS512 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKS510 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKS507 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKS504 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKS503 REVOCATORIA DE HACIENDA)

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FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-021394 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2022 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 19 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-19 • 2022 • noviembre • 22 OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO NOTIFICACIÓN POR AVISO 800.229.793 VEHÍCULOS BLB579 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BLB580 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BLB581 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BLB582 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BLB583 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BLB586 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BLB587 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BLB588 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BLB591 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKS524 REVOCATORIA DE HACIENDA)

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FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-021394 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2022 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-20 • 2022 • noviembre • 22 20 A 70 25/10/2022 CERRADO LC 12 27/10/2022 REHUSADO OF 401 01/11/2022 CERRADO OF 408 28/10/2022 NO RESIDE OFICIO 26/10/2022 2012 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2012 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2012 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2012 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO OFICIO 26/10/2022 2010 KR 30 25 90 02/11/2022 REHUSADO PARA DECLARAR 29/09/2022 2021 DG 46 SUR 52 PARA DECLARAR 5/10/2022 2017 KR 18 C 121 40 CIÓN TRIBUTARIA 13/10/2022 2019 CL 1B 29C 17 27/10/2022 NO RESIDE CIÓN TRIBUTARIA 20/10/2022 2019, 2020 KR 45 103 34 CIÓN TRIBUTARIA 13/10/2022 2019 AK 80 2 51B 6 CIÓN TRIBUTARIA 20/10/2022 2019, 2020 KR 7 146 65 PI 4 27/10/2022 CERRADO NOTIFICACIÓN POR AVISO 800.229.793 VEHÍCULOS BLB582 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BLB587 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKS522 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BMH085 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BMH095 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BKS512 REVOCATORIA DE 800.229.793 VEHÍCULOS BMB096 REVOCATORIA DE CIA LTDA 830.063.966 VEHÍCULOS BJX69 EMPLAZAMIENTO BIA S.A.S 830.048.425 ICA 830048425 AUTO DE INSPEC- BIA S.A.S 830.048.425 ICA 830048425 AUTO DE INSPEC- HACIENDA)

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LA SOBERANA 811.022.981 ICA 811022981 AUTO DE INSPEC- CACIONES SAS 830.095.014 ICA 830095014 AUTO DE INSPEC- FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO FDO ROTATORIO DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE DEL CONCEJO DE METICOS Y FARMA- TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE TARIA DISTRITAL DE CEUTICOS LIMITADA 830.072.482 VEHÍCULOS JMT025 EMPLAZAMIENTO BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- BOGOTA D C (SECRE- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-021394 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2022 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2022EE477096 O1 202204213000052648 ARTECOM COMUNI- NA 2022EE344915 O1 202209160000012830 PERFUMERIA COS- NA 2022EE344967 O1 202209160000012879 PADILLA ORTODON- NA 2022EE484879 C1 202204213000052540 CYCLELOGIC COLOM- NA 2022EE476963 C1 202204213000052369 COMERCIALIZADORA NA 2022EE484879 O1 202204213000052540 CYCLELOGIC COLOM- DDI-020873 2022EE493795 O1 202210263300020364 DDI-020873 2022EE493795 O1 202210263300020364 DDI-020873 2022EE493795 O1 202210263300020364 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 DDI-020873 2022EE493795 O1 202210263300020364 DDI-020874 2022EE493862 O1 202210263300020365 21 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-21 • 2022 • noviembre • 22 505 27/10/2022 NO RESIDE 701 26/10/2022 NO RESIDE 204" 03/11/2022 NO RESIDE SUR 25/10/2022 DESCONOCIDO SUR 27/10/2022 DESCONOCIDO SUR 27/10/2022 DESCONOCIDO 1240 02/11/2022 NO RESIDE 69A 10 31/10/2022 DESCONOCIDO AP 101 01/11/2022 CERRADO OF 122 27/10/2022 NO RESIDE C OF 302 27/10/2022 NO RESIDE BQ 1 AP 70 31/10/2022 NO RESIDE ESPECIAL 7/10/2022 2021 KR 9A 134B 71 ESPECIAL 7/10/2022 2021 KR 27B 71J 37 ESPECIAL 12/09/2022 2021 AC 24 37 15 26/09/2022 REHUSADO ESPECIAL 4/10/2022 2020 CL 13 12 52 LC PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 CL 25 SUR PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 KR 106 15A 25 31/10/2022 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 10/10/2022 2017 KR 69B 23C 36 CIÓN TRIBUTARIA 20/10/2022 2019 KR 17D 64A 41 CIÓN TRIBUTARIA 14/10/2022 2019 CL 187 A 4a 29 27/10/2022 NO RESIDE CIÓN TRIBUTARIA 14/10/2022 2019 KR 78F 39A 03 CIÓN TRIBUTARIA 14/10/2022 2019 AK 68 1 18 28/10/2022 CERRADO CIÓN TRIBUTARIA 14/10/2022 2019 CL 100 8A 55 TO CIÓN TRIBUTARIA 14/10/2022 2019, 2020 KR 82 22D 48 27/10/2022 DESCONOCIDO CIÓN TRIBUTARIA 14/10/2022 2019 CL 98 9 03 OF CIÓN TRIBUTARIA 20/10/2022 2019 CL 46 59 40 01/11/2022 NO RESIDE CIÓN TRIBUTARIA 20/10/2022 2019, 2020 CL 63 11 45 OF CIÓN TRIBUTARIA 20/10/2022 2019 KR 7B 126 74 NOTIFICACIÓN POR AVISO 860.032.801 PREDIAL AAA0119MJUZ AUTO DE ARCHIVO 15/09/2022 2015 "KR 11A 93 93 OF SAS 900.954.672 ICA 900954672 AUTO DE INSPEC- S A S 900.820.449 ICA 900820449 AUTO DE INSPEC- S.A.S 900.449.776 VEHÍCULOS RKN327 REQUERIMIENTO LUQUE E RAME SAS 900.565.371 ICA 900565371 AUTO DE INSPEC- UIDACIÓN"

INCIGE SAS 830.100.540 ICA 830100540 AUTO DE INSPEC- DORES LTDA 830.139.512 ICA 830139512 AUTO DE INSPEC- DARIO ARTURO 1.071.164.420 VEHÍCULOS DMR64C EMPLAZAMIENTO COLOMBIA S A S 900.782.970 ICA 900782970 AUTO DE INSPEC- COLOMBIA S A S 900.782.970 ICA 900782970 AUTO DE INSPEC- WENDY JHOANA 1.032.364.838 PREDIAL AAA0108UCRJ REQUERIMIENTO RINCON GARCIA 1.014.263.724 PREDIAL AAA0179ZTOM REQUERIMIENTO Y GEODESIA SAS NOAMERICANA DE SOFTWARE S. A. S. 890.923.825 ICA 890923825 AUTO DE INSPEC- "SOCIEDAD LUQUE RENTO & HOTELES LO DAVID ENRIQUE 1.030.571.708 VEHÍCULOS SWS466 EMPLAZAMIENTO HIJOS LTDA EN LIQ- LIMITED (COLOMBIA) 900.470.542 ICA 900470542 AUTO DE INSPEC- LIMITED (COLOMBIA) 900.470.542 ICA 900470542 AUTO DE INSPEC- INTERNATIONAL CO., INTERNATIONAL CO., EMPRESA REGIONAL 899.999.094 VEHÍCULOS OCK711 REQUERIMIENTO HASBLEIDY ROSARIO 1.073.512.023 VEHÍCULOS RBX127 EMPLAZAMIENTO LANCIA LOS LIBERTA- ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-021394 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2022 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ 201901100101009098"

NA 2022EE345059 O1 202209160000012807 BERNAL CAMARGO NA 2022EE345058 O1 202209160000012806 PALMA VILLAREAL NA 2022EE345106 O1 202209160000012914 GRAU CHACON NA 2022EE345045 O1 202209160000012793 CASTAÑEDA CASTIL- NA 2022EE485079 O1 202204213000054926 ORGANIZACION SOR- NA 2022EE345111 O1 202209160000012916 XIMENA ANDREA NA 2022EE479383 C1 202204213000054491 STEEL GROUP DE NA 2022EE479389 O1 202204213000054609 VC CONSTRUCTORES NA 2022EE479383 O1 202204213000054491 STEEL GROUP DE NA 2022EE479220 C1 202204213000053944 ALBERGUE SUKU- NA 2022EE478948 C1 202204213000054015 POWER PETROLEUM NA 2022EE478948 O1 202204213000054015 POWER PETROLEUM NA 2022EE484983 O1 202204213000052746 INGENIERIA CIVIL NA 2022EE418373 C1 "202203303000046650 NA 2022EE484889 O1 202204213000053535 COMPAÑIA LATI- NA 2022EE264208 O1 202204263000062203 NEPSA DEL QUINDIO NA 2022EE345097 O1 202209160000012909 H & S INVERSIONES NA 2022EE484500 O1 202204213000052880 COMPAÑIA DE VIGI- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-22 • 2022 • noviembre • 22 22 206 24/10/2022 DESCONOCIDO AP 902 25/10/2022 DESCONOCIDO OF 602 28/10/2022 DESCONOCIDO TV 59 104B 86 CL 89 12 14 AP KR 77 19 35 TO 5 PARA DECLARAR 29/09/2022 2017, 2018, 2019, 2020,2021 KR 4N 11 88 24/10/2022 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 29/09/2022 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 PARA DECLARAR 29/09/2022 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 CL 12B 0 57 24/10/2022 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 29/09/2022 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 KR 4N 11 88 24/10/2022 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 29/09/2022 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 PARA DECLARAR 29/09/2022 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 KR 2 9 45 27/10/2022 CERRADO PARA DECLARAR 29/09/2022 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 PARA DECLARAR 29/09/2022 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 KR 70F 99A 65 24/10/2022 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 29/09/2022 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 CL 9 2 13 26/10/2022 DESCONOCIDO PARA DECLARAR 29/09/2022 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 CL 73 66 11 24/10/2022 DESCONOCIDO NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal OLSON L4307602 VEHÍCULOS YFQ60C EMPLAZAMIENTO TUÑON AAJ678539 VEHÍCULOS CYW15E EMPLAZAMIENTO OSORIO 1.143.454.587 VEHÍCULOS DBK592 AUTO INADMISORIO 16/09/2022 2022 KR 17 2 18 02/11/2022 CERRADO HERMINIE 13AB61952 VEHÍCULOS ITO249 EMPLAZAMIENTO TINEAU ROLMAN 14CT59537 VEHÍCULOS UIG39D EMPLAZAMIENTO NICOLAS BERNARD 12AX35218 VEHÍCULOS JTL61C EMPLAZAMIENTO JONATAN HIBRANYM G16267974 VEHÍCULOS UFX36D EMPLAZAMIENTO ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-021394 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 2022 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2022EE344961 O1 202203033000046107 DUMAS YAN QG653047 VEHÍCULOS YFQ59C EMPLAZAMIENTO NA 2022EE344958 O1 202203033000046192 PHOTHISAY SOTH PA1620705 VEHÍCULOS DCD193 EMPLAZAMIENTO NA 2022EE344957 O1 202203033000046146 SUNGHYUN PARK M78942702 VEHÍCULOS YTI90D EMPLAZAMIENTO NA 2022EE344956 O1 202203033000046099 DYLAN ROSS NICH- NA 2022EE344955 O1 202203033000046311 FRANCO CAMACHO NA 2022EE344952 O1 202203033000046137 THOMAS FALLE C86H9LGLC VEHÍCULOS APC883 EMPLAZAMIENTO NA 2022EE344949 O1 202203033000046345 FRANCIS YANN MAR- NA 2022EE344951 O1 202203033000046340 ROBERT VALLS NA 2022EE344947 O1 202209113000068916 DEVILLERS SOLENE NA 2022EE344944 O1 202203033000046336 DAVID AURELIEN Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

DDI-018953 2022EE428571 O1 202209147000012116 JOSE MIGUEL MACIA MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA 23 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-23 • 2022 • noviembre • 22 CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 027 (18 de noviembre de 2022) en el Decreto 1499 del 20173, con el fin de incorporar la estructura definida en la Dimensión N° 7ª - Control Interno del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, la cual opera como herramienta de gestión que propende por el fortaleci miento de los mecanismos, métodos y procedimientos de control en la Entidad.

“Por la cual se adopta una nueva versión del Procedimiento para la Actualización de los Instrumentos de Gestión de Información Pública”

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. (E.F.)

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Acuerdo 658 de 2016, modificado parcialmente por el Acuerdo 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá D.C. y Que mediante Resolución Reglamentaria No. 022 de junio 07 de 2019, la Contraloría de Bogotá D.C., adoptó la versión 4.0 del Procedimiento para la actualización de los instrumentos de gestión de información pública, el cual requiere ser ajustado de conformidad con lo establecido en el cronograma de implementación del Plan de Preservación Digital a Largo Plazo, que unifica el Registro de Activos de Información con el Cuadro de Caracterización Documental y se individualiza el Registro de Activos diferentes a Información Digital y Física.

CONSIDERANDO:

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que según los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 19931, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional, los proce dimientos para la ejecución de procesos y la simplifi cación y actualización de normas y procedimientos.

Artículo 1.

Adoptar la nueva versión del siguiente procedimiento del Proceso de Gestión Documental, de acuerdo con lo expuesto en el acápite considerativo de este acto administrativo:

Nº PROCEDIMIENTO Versión Código 5.0 PGD-08 1 Procedimiento para la Actualización de los Instrumentos de Gestión de Informa ción Pública Que según lo señalado en el artículo 6º del Acuerdo 658 de 20162, a la Contraloría de Bogotá, D.C., le co rresponde definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las Leyes y el citado Acuerdo.

Artículo 2.

Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes velar por el cumplimiento del procedimiento adoptado.

Artículo 3.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Regla mentaria No. 022 de junio 7 de 2019.

Que el numeral 9° del artículo 38 del citado Acuerdo Distrital, establece en la Dirección de Planeación, rea lizar estudios, propuestas e investigaciones de carácter técnico sobre desarrollo administrativo, métodos de trabajo, simplificación, agilización y modernización de trámites y procedimientos y demás asuntos relacionados con la organización, tendientes al mejoramiento de la gestión y demás sistemas implementados en la Entidad.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del mes de noviembre de dos mil veintidós (2022).

Que mediante Resolución Reglamentaria N° 038 del 08 de octubre de 2018, la Contraloría de Bogotá, D.C., adoptó la nueva versión del Modelo Estándar de Con trol Interno - MECI, de conformidad con lo establecido CARLOS ORLANDO ACUÑA RUIZ Contralor de Bogotá, D.C. (E.F.)

1 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”.

2 “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones”.

3 Modificatorio del Decreto 1083 de 2015 - Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública -.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-24 • 2022 • noviembre • 22 24 Procedimiento para la actualización de los instrumentos de gestión de información pública Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGD-08 Versión: 5.0 Este procedimiento se adopta mediante Resolución Reglamentaria Nº 027 Fecha: 18-Nov- 2022

1. OBJETIVO

Documentar las actividades a realizar para la actualización de los instrumentos de gestión de información pública: Registro de Activos de Información, Índice de Información Clasificada y Reservada, Esquema de Publicación de Información y Programa de Gestión Documental, de acuerdo con lo señalado en la Ley 1712 de 2014, Decretos 1081 de 2015 y 1008 de 2018 en seguridad de la información.

2. ALCANCE

El procedimiento inicia con la identificación de la necesidad de actualizar uno o más instrumentos de gestión de la información pública y termina con la publicación de los instrumentos de gestión de la información pública actualizados en la página Web - portal de datos abiertos de la Entidad.

3. BASE LEGAL

Definir el entorno normativo externo e interno sobre el cual se basa o afecta el procedimiento, bajo la estructura siguiente:

NORMA1 FECHA DESCRIPCIÓN 07-jul-1991 Constitución Política. Artículo 74.

Constitución Política de Colombia Ley 594 14-jul-2000 Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones.

Ley 1474 12-jul-2011 Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de 1Registrar las normas en orden jerárquico (constitución, ley, decreto ley, decreto, acuerdo distrital, decreto distrital; resoluciones, otros acuerdos y circulares externas; normas técnicas) y dentro de cada jerarquía ordenar cronológicamente.

25 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-25 • 2022 • noviembre • 22 NORMA1 FECHA DESCRIPCIÓN actos de corrupción y la efectividad del control de la Gestión pública.

Ley 1581 17-oct-2012 Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.

Ley 1712 06-mar-2014 Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones.

Decreto 1080 26-may-2015 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura. Parte VIII, Título III.

Decreto 1081 26-may-2015 Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República. Parte 1.

Decreto 1494 13-jul-2015 Por el cual se corrigen yerros en la Ley 1712 de 2014.

Decreto 1008 14-jun-2018 Por el cual se establecen los lineamientos generales de la política de Gobierno Digital y se subroga el capítulo 1 del título 9 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Acuerdo 658 21-dic-2016 Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.

Acuerdo 664 26-mar-2017 Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016, por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-26 • 2022 • noviembre • 22 26 NORMA1 FECHA DESCRIPCIÓN Resolución 1519 07-dic-2020 Por la cual se definen los estándares y directrices para publicar la información señalada en la Ley 1712 de 2014.

Resolución 004 28-nov-2017 Por la cual se modifica la Resolución 305 de 2008 de CDS.

NTC-ISO–IEC COLOMBIANA 27001 11-Dic-2013 Tecnología de la Información. Técnicas de Seguridad. Sistemas de Gestión de la Seguridad de la Información. Requisitos.

NTC - ISO 9000:2015 15-oct-2015 Sistema de Gestión de la Calidad – Fundamentos y Vocabulario.

NTC-ISO 9001:2015 23-sep-2015 Sistema de Gestión de la Calidad – Requisitos.

4. DEFINICIONES:

Consultar en el siguiente enlace el Banco Terminológico Activo de información: Los activos los podemos separar en dos grandes grupos como son los tangibles e intangibles. Los activos tangibles son aquellos activos materiales que contienen información y sobre los que tomaremos medidas preventivas para protegerlos principalmente de riesgos físicos: golpes, agua, fuego, etc. Los activos intangibles son aquellos que soportan la información dentro de un activo material, y pueden inutilizar la información, pese a que el activo físico no haya sufrido daño alguno1.

Pueden ser elementos de hardware, software de procesamiento, almacenamiento y comunicaciones, bases de datos y procesos, procedimientos y recursos humanos, oficinas e instalaciones asociados con el manejo de los datos y la información misional, operativa y administrativa de la entidad.

Características de los activos de la información: Un activo de información puede tener las siguientes características, independiente del tipo de activo.

 El activo de información es reconocido como valioso 27 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-27 • 2022 • noviembre • 22  No es fácilmente reemplazable sin incurrir en costos, habilidades especiales, tiempo, recursos o combinación de estos.

 Forma parte de la identidad de la entidad y sin la cual la Contraloría de Bogotá, D.C., puede estar en algún nivel de riesgo.

Base de datos: Conjunto de información relacionada que se encuentra agrupada o estructurada, esta puede contener datos personales que sean objeto de tratamiento.

Clasificación de la Información: Ejercicio por medio del cual se determina a que nivel de clasificación de confidencialidad estipulado por la Entidad pertenece la información (información pública reservada, información pública clasificada y/o información pública). Tiene como objetivo asegurar que la información reciba el nivel de protección adecuado.

Confidencialidad: Propiedad que determina que la información sólo esté disponible y sea revelada a individuos, entidades o procesos autorizados.

Comité Interno de Archivo: Grupo de la alta dirección que sirve como órgano asesor en la formulación, aprobación, articulación, implementación, seguimiento y control a los diferentes planes, programas, y proyectos institucionales del mantenimiento del Sistema Integrado de Gestión, y la toma de decisiones en los procesos administrativos y técnicos de los archivos.

Contenedor: Medio de conservación y/o soporte, es la herramienta en donde suele reposar la información.

Cuadro de Clasificación Documental: Instrumento archivístico que contiene el listado de todas las series y subseries documentales con su correspondiente codificación, conformado a lo largo de la historia institucional del Archivo General de la Nación. Este instrumento permite la clasificación y descripción archivística en la conformación de las agrupaciones documentales.

Cuadro de Caracterización Documental - Registro de Activos de Información Física y Digital: Instrumento que relaciona los tipos documentales producidos, recibidos y REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-28 • 2022 • noviembre • 22 28 tramitados en cada área o dependencia constituyendo el inventario de los activos de información desde el punto de vista documental.

Custodio de la información: Dependencia o persona a la cual se le asigna la posesión y responsabilidad de proteger el activo de información, delegada por el dueño para velar por su seguridad, sus responsabilidades son:

 Establecer, administrar y hacer efectivo los controles para la protección de los activos de información.

 Garantizar que los activos de información que se encuentren bajo su custodia mantengan la disponibilidad, integridad y confidencialidad.

 Ejecutar las actividades propias del cargo de acuerdo con la custodia de la información.

Dato privado: Dato que por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular, (Ley 1266 de 2008 artículo 3).

Dato público: Dato calificado como tal según los mandatos de la ley o de la Constitución Política y todos aquellos que no sean semiprivados o privados, de conformidad con la Ley 1266 de 2008. Son públicos, entre otros, los datos contenidos en documentos públicos, sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidos a reserva y los relativos al estado civil de las personas. (Ley 1266 de 2008).

Datos sensibles: Aquellos que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos2.

Dato semiprivado: Aquel dato que no tiene naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o 29 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-29 • 2022 • noviembre • 22 grupo de personas o a la sociedad en general, como el dato financiero y crediticio de actividad comercial o de servicios a que se refiere el Título IV de la Ley 1266 de 2008.

Disponibilidad: Propiedad de que la información sea accesible y utilizable por solicitud de una entidad autorizada, cuando ésta así lo requiera.

Documento Electrónico: Información generada, enviada, recibida, almacenada y comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares (Acuerdo 006 de 2014, artículo 3). Entre ellos tenemos; documentos ofimáticos (Word, Excel, etc.), cartográficos (mapas y planos), correos electrónicos, imágenes, videos, audio, mensajes de datos de redes sociales, formularios electrónicos, bases de datos, páginas WEB, entre otros.

Documentos de apoyo: Documentos que por su contenido contribuyen o facilitan el desarrollo de tareas administrativas.

Etiqueta: Identificación / nomenclatura conformada por la calificación en el nivel de seguridad al activo de información en cuanto a integridad, disponibilidad y confidencialidad.

Formato: La forma o modo en que se presenta la información o se permite su visualización o consulta.

Impacto Antijurídico: Se produce cuando se utiliza un activo de información, de manera incorrecta, irregular, omisiva o por la extralimitación de funciones del servidor público, dando lugar a que un juez condene patrimonialmente a la Institución, para que repare los perjuicios ocasionados.

Impacto Corrupción: Se produce cuando la indebida utilización del activo de información por acción, omisión o uso del poder, desvía la gestión de lo público hacia un beneficio privado. Es necesario que concurran los componentes de acción u omisión, más uso del poder, más desviación de la gestión, más el beneficio privado.

Impacto de Cumplimiento: Se produce cuando la indebida utilización del activo de información afecta la capacidad de la Entidad para cumplir con los requisitos legales, reglamentarios, contractuales u otros de aplicación específica.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-30 • 2022 • noviembre • 22 30 Impacto Estratégico: Se produce cuando la indebida utilización del activo de información afecta la clara definición de políticas, el diseño y conceptualización de la entidad por parte de la alta dirección y en general el manejo estratégico para el cumplimiento de la misión y los objetivos institucionales.

Impacto Financiero: Se produce cuando la indebida utilización del activo de información afecta el manejo de los recursos de la entidad, que incluye, la ejecución presupuestal, la elaboración de estados financieros, los pagos, manejos de excedentes de tesorería y el manejo sobre los bienes.

Impacto Operativo: Se produce cuando la indebida utilización del activo de información afecta aspectos relacionados con la operatividad cotidiana y específica para el cumplimiento de funciones y el desarrollo de cada proceso de la entidad.

Información: Conjunto de datos organizados en poder de una entidad que posean valor para la misma, independientemente de la forma en que se guarde o transmita (escrita, imágenes, oral, impresa en papel, almacenada electrónicamente, proyectada, enviada por correo, fax o e-mail, transmitida en conversaciones, etc.), de su origen (de la propia organización o de fuentes externas) o de la fecha de elaboración3. Por otra parte, la Ley 1712 de 2014, artículo 6, la define como “un conjunto organizado de datos contenido en cualquier documento que los sujetos obligados generen obtenga, adquieran, transformen o controlen”.

Información Pública: Toda información que un sujeto obligado genere obtenga, adquiera, o controle en su calidad de tal (Ley 1712 de 2014).

Información pública clasificada: Información que estando en poder o custodia de un sujeto obligado en su calidad de tal, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado, siempre que se trate de las circunstancias legítimas y necesarias y los derechos particulares o privados consagrados en el artículo 18 de la Ley 1712 de 2014.

Información pública reservada: información que estando en poder o custodia de un sujeto obligado en su calidad de tal, es exceptuada de acceso a la ciudadanía por 31 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-31 • 2022 • noviembre • 22 posibles daños a intereses públicos. En el acto de respuesta a solicitudes de acceso a información pública se debe aplicar el artículo 19 de la Ley 1712 de 2014.

Información Documentada: Información que una organización tiene que controlar y mantener, y el medio que la contiene.

Instrumentos de gestión de la información pública: Los instrumentos de gestión de la información pública deben estar disponibles a los usuarios para que estos puedan conocer los activos de información que maneja la Entidad, el tipo de información que se registra en ellos y las características particulares con las que se publican los documentos e informaciones en el sitio Web. Todo esto, en el marco de la transparencia de la información de gestión y resultados que maneja la Entidad Pública.

En este sentido, el Decreto reglamentario 1081 de 2015 señala como instrumentos de gestión de información los siguientes:

 Registro Activos de Información (Art. 2.1.1.5.1.1). Es el inventario de la información pública que el sujeto obligado genere, obtenga, adquiera, transforme o controle.

 Índice de Información Clasificada y Reservada (Artículo 2.1.1.5.2.1). Es el inventario de la información pública generada, obtenida, adquirida o controlada por el sujeto obligado, que ha sido calificada como clasificada o reservada.

 Esquema de Publicación de Información (Artículo 2.1.1.5.3.1). Es el instrumento del que disponen los sujetos obligados para informar, de forma ordenada, a la ciudadanía, interesados y usuarios, sobre la información publicada y que publicará, conforme al principio de divulgación proactiva de la información previsto en el artículo 3 de la Ley 1712 de 2014, y sobre los medios a través de los cuales se puede acceder a la misma.

 Programa de Gestión Documental (Artículo 2.1.1.5.4.1). Es el plan elaborado por cada sujeto obligado para facilitar la identificación, gestión, clasificación, organización, conservación y disposición de la información h // l i b / REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-32 • 2022 • noviembre • 22 32 pública, desde su creación hasta su disposición final, con fines de conservación permanente o eliminación.

Integridad: Propiedad de salvaguardar la exactitud y estado completo de los activos de información.

Marcar: Acción de colocar la etiqueta al activo de información para identificar la nomenclatura de calificación en integridad, disponibilidad y confidencialidad.

Proceso: Conjunto de actividades mutuamente relacionadas o que interactúan, las cuales transforman elementos de entrada en resultados.

Propietario de la información: Dependencia o persona que genera el activo de información y tiene las siguientes responsabilidades:

 Identificar los activos de información.

 Calificar y etiquetar la información según los criterios de confidencialidad, criticidad y sensibilidad.

 Establecer controles y uso adecuado de los activos de información.

 Definir los usuarios y/o procesos que deberán tener acceso a la información de acuerdo con sus funciones y competencias.

 Realizar actualización del inventario y revisión de la clasificación y valoración de los activos de información.

Recurso de información digital (ID): Corresponden a este tipo datos e información almacenada o procesada electrónicamente tales como: archivos de data (Word, Excel, Power Point), información de bases de datos, documentación, información de actuaciones administrativas, investigaciones, manuales, material de capacitación, procedimientos operacionales o de soporte.

Recursos de Información Física (IF): Documentación en papel.

Recurso de Información Digital /Físico (IDF): Corresponde a activos de información que por sus características se conservan en medios digitales y físicos.

33 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-33 • 2022 • noviembre • 22 Recurso de Hardware (HW): Equipo de cómputo, equipo de comunicación, medios removibles y otro equipo que por su criticidad son considerados activos de información, no sólo activos fijos.

Recurso Humano (RH): Personas que, por su conocimiento, capacidades, experiencia y criticidad para el proceso, son consideradas activos de información.

Recurso de Software (SW): Software de aplicación, software del sistema, herramientas de desarrollo, motor de base de datos y otras utilidades relacionadas.

Responsables del proceso: Encargado de garantizar el cumplimiento de los procedimientos y actividades del proceso a su cargo, su designación está definida en el Manual del Sistema Integrado de Gestión.

Responsabilidades: Funciones, actividades y niveles de autoridad de las partes que intervienen en la identificación y clasificación de los activos de información.

Seguridad de la información: Preservación de la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de la información.

Servicios (SV): Servicios de computación y comunicación, Internet, páginas de consulta, directorios compartidos, Intranet, servicios dispuestos por la entidad.

Tabla de Retención Documental: Listado de series con sus correspondientes tipos documentales, a las cuales se asigna el tiempo de permanencia en cada etapa del ciclo vital de los documentos.

Usuario: Dependencias internas, externas o persona que tienen acceso a los activos de información y sus responsabilidades son:

 Velar por la preservación de la información en el desempeño de sus funciones.

 Proteger y resguardar toda información institucional de carácter confidencial o con restricción.

 Hacer buen uso de los activos de información asignados.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-34 • 2022 • noviembre • 22 34  Reportar cualquier evento que atente contra la seguridad de la información.

 Cumplir con las políticas de seguridad de la información establecidas para el buen uso del activo de información.

5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

5.1. Actualización, aprobación y divulgación de Instrumentos de Gestión de la Información Pública: PGD-08-01 Cuadro caracterización Documental – Registro Activos de Información y PGD-08-02 Registro de Activos diferentes a información física y digital.

PUNTOS DE Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO CONTROL / OBSERVACIONES 1 Identifica la necesidad de actualizar uno o más instrumentos de gestión de la información pública.

Informa al responsable del proceso.

Contralor Auxiliar, Director, Subdirector, Jefe de Oficina, Asesor, Gerente, Profesional, Técnico, Secretario o Auxiliar.

Observación: La actualización puede surgir, entre otras causas, por:

-Inclusión o exclusión de activo de información. -Cambios en la calificación de la información, pública, clasificada o reservada. -Ajustes a las tablas de retención documental. -Observaciones de auditorías internas o externas. -Cambio de normas internas o externas. -Análisis directo. -Modificación del proceso al que pertenece el activo de información. -Cambio de propietario, custodio o usuario del activo. h // l i b / 35 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-35 • 2022 • noviembre • 22 PUNTOS DE Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO CONTROL / OBSERVACIONES 2 Punto de control. Verifica que las modificaciones al PGD sean coherentes con las directrices o lineamientos impartidos por el Archivo Distrital.

Observación: Para el diligenciamiento del anexo 2 o 3 debe haberse diligenciado el anexo 1.

Para la eliminación de un activo de información no se diligencian anexos.

Contralor Auxiliar, Director, Subdirector, Jefe de Oficina (Responsable de Proceso y Propietario del Activo de Información).

Diligencia y firma el formato de solicitud de creación, actualización o eliminación de información documentada del Sistema Integrado de Gestión - SIG y lo remite a la Subdirección de Servicios Generales.

Diligencia los formatos de los instrumentos de gestión de la información pública que correspondan, con la información a actualizar.

Solicitud de creación, actualización o eliminación de información documentada del Sistema Integrado de Gestión (PGD- 02-01)

Cuadro de Caracterización Documental- Registro de Activos de Información (PGD-08-01A)

Registro de Activos Diferentes a Información Física y Digital Registro de Activos de Información (PGD-08-01B)

Formato índice de información clasificada y reservada (PGD-08-02)

Esquema de publicación de información (PGD-08-03)

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-36 • 2022 • noviembre • 22 36 PUNTOS DE Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO CONTROL / OBSERVACIONES 3 Subdirector Administrativo de Servicios Generales.

Estudia la conveniencia, oportunidad y viabilidad jurídica y técnica de la solicitud.

Consolida la información en los formatos de instrumentos de gestión pública de las solicitudes de actualización, generando la nueva versión.

Observación: En caso de ser necesario solicita el apoyo técnico pertinente (Oficina Asesora Jurídica, Dirección de Planeación y/o Dirección de TIC).

En caso de no aprobarse la solicitud se devuelve con las observaciones al responsable del proceso.

4 Director Administrativo Memorando (PGD-07-02)

Convoca a Comité Interno de Archivo para aprobación de los instrumentos de gestión de la información pública actualizados.

5 Subdirector Administrativo de Servicios Generales Observación: Anexa los formatos de los instrumentos de gestión de información pública actualizados y consolidados.

Presenta ante el Comité de Archivo las modificaciones a los instrumentos de gestión de la Información pública.

6 Aprueba los instrumentos de gestión de la información pública actualizados.

Acta Comité Interno de Archivo. (PGD-02-07)

Contralor Auxiliar, Director Administrativo Jefe Oficina Asesora Jurídica, Punto de Control: El acta debe contener las actividades que aprueban los instrumentos de gestión de la información pública.

37 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-37 • 2022 • noviembre • 22 PUNTOS DE Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO Instrumentos de gestión de Información pública aprobados CONTROL / OBSERVACIONES Director de Planeación, Director de Tecnologías de la Información y las Comunicacion es, Subdirector de Servicios Generales y Jefe Oficina de Control Interno (Comité Interno de Archivo).

7 Memorando (PGD-07-02)

Observación: Para la publicación del formato del anexo 1 se debe ocultar las columnas (U a AB, AD a AM, AO a AX, AZ a BA), ccorrespondiente a la evaluación de Los niveles de confidencialidad integridad y disponibilidad.

Subdirector Administrativo de Servicios Generales Remite a la Dirección de Planeación para revisión y publicación en la Intranet de la Entidad, por SIGESPRO y/o Outlook, con copia de la solicitud de creación, actualización o eliminación y copia del acta de comité.

Envía a la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en medio electrónico, los instrumentos de gestión de la información pública actualizados y solicita la respectiva publicación en la página Web de la Entidad y en el portal de Datos Abiertos Bogotá.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-38 • 2022 • noviembre • 22 38 PUNTOS DE Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO CONTROL / OBSERVACIONES 8 Director de Planeación Revisa técnicamente los documentos y lo remite al servidor público responsable de su publicación en la Intranet de la Entidad.

9 Director de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Asigna funcionario para que publique los instrumentos de gestión de la información pública actualizados en las páginas pertinentes.

Punto de control: Los documentos a publicar deben cumplir con los lineamientos mínimos de accesibilidad Web adoptados por la Contraloría de Bogotá 10 Profesional Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Publica los instrumentos de gestión de la información pública actualizados, tanto en la página Web como en el portal de Datos Abiertos Bogotá 11 Realiza etiquetado y marcado de la información clasificada como pública reservada o pública clasificada, de acuerdo con el Instructivo para el etiquetado y marcación de los activos de información de PGD-08- 04.

Contralor Auxiliar, Director, Subdirector, Jefe de Oficina, asesor, gerente, profesional, técnico, secretaria, auxiliar, (Funcionario perteneciente a la dependencia propietario del activo de información).

Punto de control: Aplicar controles de seguridad físicos y lógicos a los activos de información de acuerdo con su clasificación garantizando la protección de la información tanto en su integridad, disponibilidad y confidencialidad.

Realizar al momento de generar, recibir o adquirir un activo de información.

Observación:

39 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-39 • 2022 • noviembre • 22 PUNTOS DE Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO CONTROL / OBSERVACIONES En el marcado de la información clasificada se debe indicar si contiene Información con datos sensibles, privados o semiprivados.

Cuando el activo no se encuentre clasificado en el registro de activos de información, debe ser marcado y el propietario del activo debe incluirlo en el registro de activos de información en el menor tiempo posible.

En caso de existir un activo de información en medio digital y físico al mismo tiempo se debe mantener el mismo marcado en los dos medios de almacenamiento.

5.2. Actualización y aprobación del Programa de Gestión Documental PUNTOS DE Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO CONTROL / OBSERVACIONES 1 Observación: El formato de solicitud corresponde al Anexo 1 del Procedimiento para mantener la información Director Administrativo, Subdirector Administrativo de Servicios Generales, Identifica la necesidad de actualizar el Programa de Gestión Documental - PGD.

Diligencia y firma el formato de solicitud de creación, h // l i b / REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-40 • 2022 • noviembre • 22 40 PUNTOS DE Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO CONTROL / OBSERVACIONES Profesional o Técnico actualización o eliminación de información documentada del Sistema Integrado de Gestión - SIG y lo remite al Director Administrativo. documentada del Sistema Integrado de Gestión SIG. La necesidad de actualizar puede surgir por ajustes a las tablas de retención documental o por cambios normativos, entre otras razones.

2 Director Administrativo Subdirector Administrativo de Servicios Generales Aprueba o no la solicitud de modificación al PGD.

Conforma equipo de trabajo para la actualización del documento, en el evento de ser aprobada.

Solicitud de creación, actualización o eliminación de información documentad a del Sistema Integrado de Gestión (PGD-02-01)

Punto de control. Verifica que las modificaciones al PGD sean coherentes con las directrices o lineamientos impartidos por el Archivo Distrital.

Observación: Asegurar que el equipo de trabajo esté conformado por funcionarios de diferentes disciplinas para lograr la armonización del Programa de Gestión Documental con los demás sistemas de gestión de la entidad.

3 Profesional Especializado Universitario Técnico (Equipo de Trabajo)

Actualiza Programa de Gestión Documental, según estructura definida en el formato PGD 08-05.

Presenta el documento ajustado al Subdirector de Servicios Generales.

41 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-41 • 2022 • noviembre • 22 PUNTOS DE Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO CONTROL / OBSERVACIONES 4 Revisa y solicita ajustes de ser necesario, hasta quedar a conformidad.

Director Administrativo Subdirector Administrativo de Servicios Generales Observación: La revisión técnica se realiza para dar cumplimiento a las actividades relacionadas en el Procedimiento para mantener la información documentada del sistema integrado de gestión – SIG.

5 Director Administrativo Convoca a Comité Interno de Archivo.

Memorando (PGD-07-02)

Revisa el Programa de Gestión Documental actualizado y solicita ajustes en el evento de ser necesario.

Aprueba el Programa de Gestión Documental.

Observación: El acta debe tener las formalidades necesarias para constituirse en acto administrativo que aprueba los instrumentos de gestión de la información pública.

Acta Comité Interno de Archivo. (PGD- 07)

Programa de Gestión Documental aprobado 6 Contralor Auxiliar, Director Administrativo, Jefe Oficina Asesora Jurídica, Directores de Planeación, Tecnologías de la Información y las Comunicacion es, Subdirector de Servicios Generales y Jefe Oficina Control Interno. (Comité Interno de Archivo)

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-42 • 2022 • noviembre • 22 42 PUNTOS DE Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO CONTROL / OBSERVACIONES Subdirector Administrativo de Servicios Generales Memorando (PGD-07-02)

7 Registra en las portadas y control de cambios del Programa de Gestión Documental, el Acta por el cual se aprobó.

Remite a la Dirección de Planeación para revisión y publicación en la Intranet de la Entidad, por SIGESPRO y/o Outlook, con copia de la solicitud de creación, actualización o eliminación y copia del acta de comité.

8 Revisa el Programa de Gestión Documental, solicita ajustes si son necesarios, hasta quedar a conformidad.

Profesional Dirección de Planeación (Facilitador del Proceso del SIG)

Observación: Verifica la conveniencia, adecuada creación o modificación del documento, coherencia técnica con la solicitud de modificación y uso del formato vigente.

Observación: Se activa Procedimiento para Mantener la Información Documentada del SIG 9 Director Técnico Dirección de Planeación Firma la revisión técnica del programa de Gestión Documental, lo remite al servidor público responsable de su publicación en la Intranet de la Entidad y el responsable del documento.

Envía a la Dirección de TIC el PGD para su publicación en la página Web de la Entidad.

10 Director Técnico de Tecnologías Asigna funcionario para que publique los instrumentos de gestión de 43 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-43 • 2022 • noviembre • 22 PUNTOS DE Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO CONTROL / OBSERVACIONES de la Información y las Comunicaciones la información pública actualizados en las páginas pertinentes.

11 Publica los instrumentos de gestión de la información pública actualizados en la página Web –portal de datos abiertos.

Profesional Dirección de Tecnologías de las Información y las Comunicaciones

6. FORMATOS Y OTROS DOCUMENTOS RELACIONADOS AL PROCEDIMIENTO

1. PGD-08-01A Cuadro de Caracterización Documental - Registro de Activos de

Información Digital y Física.

2. PGD-08-01B Registro de Activos diferentes a Información Digital y Física.

3. PGD-08-02 Índice de Información Clasificada y Reservada.

4. PGD-08-03 Esquema de Publicación de Información.

5. PGD-08-04 Estructura Programa de Gestión Documental.

7. CONTROL DE CAMBIOS

Nota aclaratoria: Para los casos que aplique Versión2 Descripción de la Modificación3 Resolución Reglamentaria y Fecha Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

1.0 Resolución Reglamentaria 024 4 agosto 2016 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

2.0 Resolución Reglamentaria 041 28 diciembre 2017 2 Registrar todas las versiones 3 Mantener la descripción de las ultimas 2 versiones y registrar la nueva de manera resumida, si existen más de tres (3) versiones indicar que puede consultar el acto administrativo por el cual se aprobó.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-44 • 2022 • noviembre • 22 44 Versión2 Descripción de la Modificación3 Resolución Reglamentaria y Fecha Resolución Reglamentaria No. 36 3.0 Se modifica el portal de publicación de los instrumentos de gestión de la información a “Portal de Datos Abiertos Bogotá” (en 5.1 actividad 6 y en 5.2 actividad 10).

14 septiembre 2018 En 5.1 se modifican los registros de las actividades 3,4 y 6.

Se modificó el alcance del procedimiento.

Se ajustaron las definiciones básicas referentes a términos relacionados con los instrumentos de gestión de la información pública.

4.0 Resolución Reglamentaria No. 022 07 junio 2019 En la descripción del procedimiento se ajustaron las actividades relacionadas con el cuadro de clasificación documental: Registros activos de información, registros activos diferentes a información digital y física y Programa de Gestión Documental - PGD, puntos de control y observaciones. Así mismo, el PGD-08-01 se subdivide en dos (2) formatos de registros de activos de información, así:

 PGD-08-01A. Cuadro de Caracterización Documental - Registro de Activos de Información Digital y Física.  PGD-08-01B. Registro Activos diferentes a Información Física y Digital.

Se modificó la codificación del Programa de Gestión Documental PGD-08-05 por PGD-08-04 y se corrigió la versión (3.0) de los formatos PGD-08 01, 02, 03 publicada en la Intranet a la versión vigente del procedimiento.

5.0 Resolución Reglamentaria 45 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-45 • 2022 • noviembre • 22 RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA miento de los mecanismos, métodos y procedimientos de control en la Entidad.

Nº 028 (18 de noviembre de 2022)

Que mediante Resolución Reglamentaria N° 016 de mayo 28 de 2021, se adoptó la versión 13.0 del Proce dimiento para Mantener la Información Documentada del Sistema Integrado de Gestión – SIG.

“Por la cual se adopta una nueva versión del Procedimiento para Mantener la Información Documentada del Sistema Integrado de Gestión – SIG en la Contraloría de Bogotá, D.C.”

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. (E.F.)

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Acuerdo 658 de 2016, modificado parcialmente por el Acuerdo 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Que la Contraloría de Bogotá, D.C., tiene como res ponsabilidad dar cumplimiento a los principios de transparencia y acceso a la información pública esta blecidos en los artículos 2 y 3 de la Ley 1712 de 2014, entre otros el principio de calidad sobre la información de interés público que sea producida, gestionada y difundida debe ser accesible para los solicitantes e interesados en ella.

Bogotá D.C. y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 19931, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional, los procedimientos para la ejecución de procesos y la sim plificación y actualización de normas y procedimientos.

Que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – MinTic expidió la Resolución No. 1519 de 2020, mediante la cual otorga relevancia a las necesidades de acceso de todas las personas, buscando garantizar en este ejercicio, la autonomía e independencia, principalmente de aquellas con discapacidad sensorial e intelectual a los sitios web y los contenidos; por otra parte, en el artículo 3° se define la aplicabilidad de las directrices de accesibili dad web detalladas en el Anexo 1 en lo que se refiere a la accesibilidad de documentos digitales para la publicación web.

Que se hace necesario dar cumplimiento a la Ley 1712 de 2014, la Resolución No. 1519 de 2020 y la Circular Interna 026 del 18 de agosto de 2022, aplicado criterios de accesibilidad en los documentos publicados en la página web, para lo cual se requiere modificar el pro cedimiento para Mantener Información Documentada del Sistema Integrado de Gestión – SIG, PGD-02.

Que según lo señalado en el artículo 6º del Acuerdo 658 de 20162, a la Contraloría de Bogotá, D.C., le co rresponde definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las Leyes y el citado Acuerdo y a la Dirección de Planeación3, realizar estudios, propuestas e investigaciones de carácter téc nico sobre desarrollo administrativo, métodos de trabajo, simplificación, agilización y modernización de trámites y procedimientos y demás asuntos relacionados con la organización, tendientes al mejoramiento de la gestión y demás sistemas implementados en la Entidad.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

Adoptar la nueva versión del siguiente procedimiento del Proceso Gestión Documental:

Nº 1. Procedimiento para mantener la información documentada del Sistema Integrado de Gestión - SIG. Versión 14.0 Código PGD-02 Que mediante Resolución Reglamentaria N° 038 del 08 de octubre de 2018, la Contraloría de Bogotá, D.C., adoptó la nueva versión del Modelo Estándar de Con trol Interno - MECI, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1499 del 20174, con el fin de incorporar la estructura definida en la Dimensión N° 7ª - Control Interno del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, la cual opera como herramienta de gestión que propende por el fortaleci 1 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”.

Artículo 2.

Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes velar por el cumplimiento del procedimiento adoptado.

2 “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones”.

3 Numeral 9 del artículo 38 del precitado Acuerdo.

Parágrafo. En la medida en que se ajusten los proce
dimientos de los diferentes procesos, se incorporarán los cambios aprobados en este acto administrativo.

4 Modificatorio del Decreto 1083 de 2015 - Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública -.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-46 • 2022 • noviembre • 22 46 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del mes de noviembre de dos mil veintidós (2022).

Artículo 3.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Regla mentaria N° 016 de mayo 28 de 2021.

CARLOS ORLANDO ACUÑA RUIZ Contralor de Bogotá, D.C. (E.F.)

Procedimiento para Mantener la Información Documentada del Sistema Inte- grado de Gestión – SIG Código Formato: PGD-02-05 Versión: 14.0 Código Documento: PGD – N° 02 Versión: 14.0 Este procedimiento se adopta mediante Resolución Reglamentaria Nº 028 Fecha: 18 de noviembre 2022.

OBJETIVO Establecer las actividades pertinentes para la creación, actualización, eliminación y control de los documentos del Sistema Integrado de Gestión - SIG, con el propósito de gestionar la información documentada de los procesos y garantizar la identificación, dispo- nibilidad y conservación de la misma.

ALCANCE Inicia con la identificación de la necesidad de crear, actualizar o eliminar informa- ción documentada del SIG y termina con la revisión de la publicación de los documentos del SIG.

BASE LEGAL Definir el entorno normativo externo e interno sobre el cual se basa o afecta el pro- cedimiento, bajo la estructura siguiente:

47 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-47 • 2022 • noviembre • 22 Norma1 Fecha Descripción Acto Legislativo 04 18-sep-2019 Por medio del cual se reforma el Régimen de Control Fiscal.

Decreto Ley 403 16-mar-2020 Por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal.

Ley 57 05-jul-1985 Por la cual se ordena la publicidad de los actos y documentos oficiales.

Ley 87 29-nov-1993 Por la cual se establecen normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones, artículo 4, literales a, b y c y artículo 8.

Ley 527 18-ago-1999 Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones.

Ley 594 14-jul-2000 Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones.

Ley 1712 06-mar-2014 Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones.

Ley 1437 18-ene-2011 Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Ley 2080 25-ene- 2021 Por medio de la cual se Reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo –Ley 1437 de 2011– y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción.

1Registrar las normas en orden jerárquico (constitución, ley, decreto ley, decreto, acuerdo distrital, decreto distrital; resoluciones, otros acuerdos y circulares externas; normas técnicas) y dentro de cada jerarquía ordenar cronológicamente.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-48 • 2022 • noviembre • 22 48 Norma1 Fecha Descripción Decreto 1072 26-may-2015 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentarios del Sector Trabajo, Libro II, Titulo II, Capítulo 6, Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y demás normas reglamentarias.

Decreto 1080 26-may-2015 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura, art. 2.8.2.1.16. Funciones del Comité Interno de Archivo.

Decreto 1083 26-may-2015 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.

Acuerdo 658 21-dic-2016 Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.

Acuerdo 664 26-mar-2017 Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016, por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones.

Resolución 1519 24-ago-2020 “Por la cual se definen los estándares y directrices para publicar la información señalada en la Ley 1712 del 2014 y se definen los requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital, y datos abiertos”

NTC-ISO-IEC 27001:2013 11-dic-2013 Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información – Requisitos.

NTC - ISO 9000:2015 15-sep-2015 Sistema de Gestión de la Calidad – Fundamentos y Vocabulario.

49 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-49 • 2022 • noviembre • 22 Norma1 Fecha Descripción NTC-ISO 9001:2015 23-sep-2015 Sistema de Gestión de la Calidad - Requisitos.

NTC-ISO 14001:2015 23-sep-2015 Sistemas de Gestión Ambiental - Requisitos con orientación para su uso.

NTC - ISO 45001:2018 13-mar-2018 Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo-SST.

DEFINICIONES:

Consultar en el siguiente enlace el Banco Terminológico ACTA: Documento escrito que evidencia los temas tratados, las decisiones toma- das y los compromisos adquiridos en un comité, junta o reunión.

ANEXO: Información adicional relacionada al final del documento del SIG que sirve de apoyo para la comprensión del procedimiento o como modelo para la elaboración de escritos e incluye tablas, metodologías, formatos y otras guías relacionadas.

APROBACIÓN: Acción de verificar y aceptar la correspondencia entre el contenido de un documento y las políticas, objetivos y/o requisitos que deben ser cumplidos para la realización de una actividad.

BASE LEGAL: Conjunto de normatividad jurídica y técnica, aplicable en el desarro- llo de los procedimientos y procesos estratégicos, misionales, de apoyo y de evaluación del SIG.

CÓDIGO: Corresponde a la denominación alfanumérica asignada a los documentos del SIG que permite su identificación y control. Para efecto de la codificación se atenderán los siguientes parámetros: a) Las siglas que identifican cada proceso del SIG, son:

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-50 • 2022 • noviembre • 22 50 PROCESO SIGLA Direccionamiento Estratégico PDE PCCPI Comunicación con el Cliente y Otras Partes Interesadas Estudios de Economía y Política Publica PEEPP Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal PVCGF PRFJC Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva Gestión Jurídica PGJ Gestión del Talento Humano PGTH Gestión Administrativa y Financiera PGAF Gestión de Tecnologías de la Información PGTI Gestión Documental PGD Evaluación y Mejora PEM b) Para codificar los documentos del SIG que deban mantenerse (denominados antes documentos del SIG), se utiliza identificación alfanumérica compuesta por: SIGLA del proceso - dos dígitos de los documentos del SIG que deben mantenerse del SIG. El 01 corresponderá a la caracterización del proceso y en adelante se asignará número consecutivo a cada manual, procedimiento, programa, plan o documento técnico, según corresponda. Ejemplo PGD-01. c) Para codificar los formatos relacionados a un procedimiento, se utiliza identificación alfanumérica compuesta por el código del procedimiento - dos dígitos del número que identifica el formato o documento relacionado al procedimiento. Ej.: PGD-01-01.

51 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-51 • 2022 • noviembre • 22 CONTROL DE CAMBIOS: Tabla al final del documento del SIG, en la cual se regis- tran de manera general las modificaciones realizadas a los documentos del SIG de una versión a otra.

DOCUMENTO: Información y el medio en el que está contenida DOCUMENTO DE ARCHIVO: Registro de información producida o recibida por una entidad pública o privada en razón de sus actividades o funciones.

DOCUMENTO ELECTRÓNICO DE ARCHIVO: Registro de la información gene- rada, recibida, almacenada, y comunicada por medios electrónicos, que permanece en es- tos medios durante su ciclo vital; es producida por una persona o entidad en razón de sus actividades y debe ser tratada conforme a los principios y procesos archivísticos.

DOCUMENTOS EXTERNOS: Disposiciones jurídicas Constitución, leyes, decretos, acuerdos, resoluciones, circulares y otras expedidas por entidades competentes, que apli- can en el desarrollo de los procesos y procedimientos del SIG. Se identifican como base legal.

FORMATO: Forma preliminar establecida para generar un registro (documento) con características técnicas, legales y de presentación, que permiten conocer de manera es- tructurada y coherente la información resultado de una actividad o actividades de un pro- cedimiento.

GUÍA/INSTRUCTIVO: Documento que establece lineamientos o instrucciones sobre un tema específico para lograr un objetivo. Se elabora utilizando un formato institucional.

INFORMACIÓN DOCUMENTADA: Información que una organización tiene que controlar y mantener, y el medio que la contiene.

Los documentos del SIG incluyen:

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-52 • 2022 • noviembre • 22 52  Información documentada requerida por las Normas Internacionales NTC ISO.

 Información documentada que la Entidad determina como necesaria para la eficacia del sistema.

Comprende los documentos del SIG que deben mantenerse (entendida en la NTC ISO 9001:2015 como “documentos”, “procedimientos documentados”, “manual de calidad” o “plan de calidad”) y los documentos del SIG que deben conservarse (denominados antes como registros).

Los documentos del SIG que deben mantenerse2, contenidos en la estructura documental del Sistema Integrado de Gestión –SIG de la Contraloría de Bogotá D.C. son los siguientes:

 ADOPTADA POR RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Información Documentada a Mantener Manuales Proceso Responsable Manual del Sistema Integrado de Gestión – SIG3. Direccionamiento Estratégico Manual Específico de Funciones y Requisitos y de Competencias Laborales. Gestión Talento Humano Manual de Contratación. Gestión Administrativa y Finan- ciera Manual de Inducción Institucional Gestión Talento Humano Manual de Identidad Institucional Participación Ciudadana y Comu- nicación con Partes Interesadas Otros manuales que la entidad considere necesarios para la operación de los procesos Según corresponda 2 Mantener información documentada, no excluye los requisitos de conservar la misma a través de instrumentos archivísticos como TRD. 3 Incorpora información documentada a mantenerse exigida por la NTC ISO 9001:2015, como: alcance del SGC, política de calidad y objetivos de calidad.

53 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-53 • 2022 • noviembre • 22 Información Documentada a Mantener Procesos y Procedimientos Proceso Responsable Caracterización de cada proceso del SIG Todos los procesos Caracterización de Producto Procesos Misionales Procedimientos adoptados dentro de cada proceso. Todos los procesos  ADOPTADA EN COMITÉ INSTITUCIONAL Información Documentada a Mantener Planes Proceso Responsable Plan Estratégico Institucional – PEI.

Direccionamiento Estratégico Plan de Acción Institucional – PAI Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano – PAAC Plan Institucional de Capacitación – PIC.

Gestión Talento Humano Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo – PSST Plan Anual de Vacantes. Plan de Seguridad de la Información.

Gestión Tecnologías de la In- formación.

Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – PETI. Plan de Contingencia de Tecnología de la Información – PCTI Participación Ciudadana y Co- Plan Estratégico de Comunicaciones – PEC. municación con partes intere- sadas Plan de Auditoría Distrital – PAD. Vigilancia y Control a la Ges- tión Fiscal Plan Anual de Estudios – PAE. Estudios de Economía y Polí- tica Pública Plan Anual de Adquisiciones – PAA. Gestión Administrativa y Finan- ciera Plan Institucional de Gestión Ambiental – PIGA. Plan Institucional de Seguridad Vial – PSV Plan Institucional de Archivos – PINAR Gestión Documental REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-54 • 2022 • noviembre • 22 54 Información Documentada a Mantener Planes Proceso Responsable Otros planes que la Entidad considere necesarios para la operación de los procesos Según corresponda Programas Programa Anual de Bienestar Social. Gestión Talento Humano Programa de Gestión Documental PGD Gestión Documental Programa de Reprografía Programa Anual de Auditorías Internas – PAAI Evaluación y Mejora Otros programas que la Entidad considere necesarios para la operación de los procesos Según corresponda Documentos Técnicos Banco Terminológico Gestión Documental Sistema Integrado de Conservación - SIC Modelo de Requisitos Técnicos y Funcionales para el SGDEA Tabla de Control de Acceso - TCA Esquema de Metadatos  ADOPTADA POR EL RESPONSABLE DEL PROCESO  Formatos y otros documentos relacionados con un procedimiento.

INFORMACIÓN DOCUMENTADA CONTROLADA: Información documentada pu- blicada en la INTRANET (Link SIG – Listado maestro de información documentada), identi- ficada con marca de agua “copia controlada”, para asegurar que esté disponible, protegida y que sea idónea para su uso, donde y cuando se necesita.

INFORMACIÓN DOCUMENTADA NO CONTROLADA: Información documentada del SIG que no cumple con las características de información documentada controlada.

INFORMACIÓN DOCUMENTADA OBSOLETA: Información documentada conte- nida en la estructura documental del Sistema Integrado de Gestión - SIG que ha perdido vigencia por modificación o derogación. Se encuentra publicada en la intranet identificada con marca de agua “obsoleto”.

55 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-55 • 2022 • noviembre • 22 INTRANET: Red electrónica de información dentro de una red de área local (LAN) privada, empresarial o educativa que proporciona herramientas de Internet y sirve como medio de comunicación y difusión de información interna.

LISTADO MAESTRO DE INFORMACIÓN DOCUMENTADA INTERNA Y EX- TERNA: Relación de los documentos del SIG vigente, clasificada por procesos, publicada en la intranet, junto con la resolución reglamentaria o acta de comité que la aprueba y la relación de la base legal aplicable.

MANUAL: Documento que desarrolla un tema estratégico, el cual referencia regu- larmente documentos del SIG, se elabora en el formato PGD-02-02 PLAN: Documento general que contiene intenciones a corto, mediano y largo plazo, puede establecer estrategias, programas y proyectos para su cumplimiento, Se elabora en el formato PGD-02-02.

PLANTILLA: Formato diligenciado parcialmente con características técnicas y/o le- gales, de presentación que agiliza la producción de un registro (documento), resultado de una actividad o actividades de un procedimiento.

PROCEDIMIENTO: Forma especificada para llevar a cabo una actividad o un pro- ceso.

PROGRAMA: Documento que establece acciones o actividades para llevar a cabo un plan. Se elabora en el formato PGD-02-02.

PUNTO DE CONTROL: Identificación específica de acciones de control inmersas en los procedimientos, las cuales tienen un responsable de su ejecución en el desarrollo normal de las operaciones.

REGISTRO: Documento que presenta resultados obtenidos o proporciona evidencia de actividades realizadas. Deben denominarse acorde con la tipología establecida en las Tablas de Retención Documental – TRD, para su conservación.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-56 • 2022 • noviembre • 22 56 RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA: Acto administrativo que profiere la administra- ción para fijar normas de carácter general y abstracto, a través de las cuales desarrolla la aplicación de normas sustantivas y procedimentales relacionadas con aspectos jurídicos y técnicos que reglan los procesos estratégicos, misionales, de apoyo y de evaluación, al igual que los asociados a la organización y funcionamiento de la Entidad, para dar cumpli- miento a disposiciones legales y a las funciones propias de cada dependencia.

REVISIÓN JURÍDICA: Verificación que asegura la legalidad de la resolución regla- mentaria y del documento que se adopta, así como, la pertinencia de la base legal de los pro- cedimientos.

REVISIÓN TÉCNICA: Verificación que asegura la conveniencia y adecuación de la creación o modificación de los documentos del SIG.

 Conveniencia: grado de alineación o coherencia del objeto de revisión con las metas y políticas organizacionales.

 Adecuación: determinación de la suficiencia de las acciones para cum- plir los requisitos.

SIGESPRO: Sistema de Gestión de Procesos y Documentos – aplicativo que per- mite la administración de las comunicaciones oficiales internas y externas de la Contralo- ría.

SISTEMA INTEGRADO DE GESTION: Conjunto formado por la estructura de la or- ganización, orientaciones, políticas, responsabilidades, procesos, procedimientos, recur- sos e instrumentos destinados a garantizar un desempeño institucional articulado y armó- nico que busque de manera constatable la satisfacción de los grupos de interés.

VERSIÓN: Identificación numérica y consecutiva que corresponde a la cantidad de veces que se han modificado los documentos del SIG. La primera edición corresponde a la versión 1.0. Para formatos y otros documentos relacionados al procedimiento, se tendrá 57 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-57 • 2022 • noviembre • 22 en cuenta la versión vigente y en la medida que se requiera ajustes se continuará con el consecutivo respectivo.

5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

5.1 Creación, Actualización, Eliminación y Control de Información Documentada a Mantener, Adoptada Mediante Resolución Reglamentaria4 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 1 Contralor, Contralor Auxiliar, Director, Subdirector, Jefe de Oficina Asesor, Gerente, Profesional, Técnico, Secretaria o Auxiliar Administrativo Identifica la necesidad de crear, actualizar o eliminar un Manual, Procedimiento, Caracterización de Proceso o Producto.

Diligencia y firma el formato “Solicitud Modificación Documento SIG” y lo remite al responsable del proceso.

Solicitud de creación, actualización o eliminación de información documentada del Sistema Integrado de Gestión (PGD-02-01)

Observación: La necesidad puede surgir por cambios normativos, por resultados de la revisión por la dirección, informes de auditorías o por análisis directo, entre otros.

Punto de control: Todo cambio a un documento publicado en la web, deberá cumplir con los criterios de accesibilidad establecidos en el anexo de la Circular Interna5 026 del 18 de agosto del 2022 o la normativa que se encuentre vigente.

2 Observación: De ser necesario reúne a los gestores del proceso.

Estudia la conveniencia, oportunidad y viabilidad jurídica y técnica de la solicitud.

Contralor Auxiliar, Director, Subdirector, Jefe de Oficina (Responsable de Proceso del SIG).

4 La información documentada que es adoptada mediante Resolución Reglamentaria corresponde a Manuales, Procedimientos, Caracterizaciones de Proceso y Producto; los planes, programas y documentos técnicos son aprobados en los Comités respectivos. 5 Resolución 1519-2020 MINTIC REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-58 • 2022 • noviembre • 22 58 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Aprueba la solicitud, asigna funcionario(s) y entrega formato debidamente aprobado. Si es eliminación de información documentada continúa la actividad 5 3 Asesor, Gerente, Profesional, Técnico, Secretaria o Auxiliar Administrativo Cuadro de Caracterización Documental (PGD-03-01) (si aplica)

Punto de Control: Si la actualización de la caracterización del proceso afecta la interacción con los demás, se deberá solicitar el ajuste al proceso respectivo.

Si la actualización de un procedimiento involucra el diseño o ajuste de un aplicativo, se debe contar con la aprobación escrita de la Dirección TIC.

Todo cambio a un documento publicado en la web, deberá cumplir con los criterios de accesibilidad establecidos en el anexo de la Circular Interna6 026 del 18 de agosto del 2022 o la normativa que se encuentre vigente.

Elabora o modifica el Procedimiento (crea nuevo formato u otro documento relacionado al procedimiento, teniendo en cuenta la estructura creación de nuevos formatos PGD-02-10, si se requiere), Manual, Caracterización de Proceso o Producto de acuerdo con lo aprobado en la solicitud.

Socializa el proyecto de documento con las dependencias involucradas, en el evento de recibir observaciones, realiza los ajustes acordados.

Actualiza el cuadro de caracterización documental, si la modificación da lugar a la creación, eliminación o modificación de un registro (documento), solicitando 6 Resolución 1519-2020 MINTIC 59 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-59 • 2022 • noviembre • 22 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES apoyo del Proceso Gestión Documental.

Elabora proyecto de resolución reglamentaria que adopta el Manual, Procedimiento, Caracterización de Proceso o de Producto.

Registra los datos, firma y fecha en la columna “proyecto”. Resolución Reglamentaria (PGD-10- 01)

Punto de control: Verifica que los documentos físicos (si existen) sean iguales a los electrónicos.

Observación: Cada documento se identifica con el título del documento.

Observación: En la resolución se debe indicar el número, fecha y artículos de la resolución que se modifique o derogue. La resolución que adopte el Manual específico de funciones y de competencias laborales, se elaborará con los lineamientos del DASC. Envía al responsable del proceso a través de SIGESPRO o Outlook el Manual, Procedimiento (junto con los nuevos formatos o anexos, si se crearon), Caracterización de Proceso o de Producto, proyecto de resolución reglamentaria y solicitud de creación, actualización o eliminación aprobada.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-60 • 2022 • noviembre • 22 60 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 4 Punto de control: Verifica que los archivos electrónicos sean idénticos a los que están en soporte físico (si existen).

Contralor Auxiliar, Director, Subdirector, Jefe de Oficina (Responsable de Proceso del SIG).

Revisa, solicita ajustes de ser necesario, registra los datos, firma y fecha en la columna “aprobó” y remite por SIGESPRO o Outlook a la Dirección de Planeación: -Manual, Procedimiento (junto con los nuevos formatos o anexos, si se crearon), o Caracterización de Proceso o de producto. -Proyecto de resolución reglamentaria -Solicitud de creación, actualización o eliminación.

5 Profesional o Técnico Dirección de Planeación (Facilitador del Proceso del SIG)

Punto de control: Verifica la conveniencia, adecuada creación o modificación del documento, coherencia técnica con la solicitud y uso de la versión vigente de los formatos.

Efectúa la revisión técnica de la resolución y los documentos que adopta (solicita ajustes si son necesarios).

Archiva el original de la solicitud de creación, actualización o eliminación.

6 Director Técnico - Dirección de Planeación Punto de control: Verifica que el contenido de los archivos electrónicos sea idéntico a los documentos físicos (si existen).

Registra los datos, firma y fecha en la columna “revisión técnica” del proyecto resolución y la remite a la Oficina Asesora Jurídica junto con los documentos adoptados, en medio electrónico (SIGESPRO, Outlook), anexando copia de la solicitud de 61 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-61 • 2022 • noviembre • 22 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES creación, actualización o eliminación.

7 Asesor Profesional Oficina Asesora Jurídica.

Efectúa la revisión jurídica del proyecto de resolución y el documento que adopta y la pertinencia de la base legal de los procedimientos.

Solicita ajustes a la Dirección de Planeación de ser necesarios, hasta quedar a conformidad, logrado esto, solicita los documentos debidamente firmados (Resolución y los documentos que adopta).

8 Jefe Oficina Asesora Jurídica Registra los datos, firma y fecha en la columna “revisión jurídica” del proyecto resolución.

Envía a la Dirección de Apoyo al Despacho el proyecto de resolución y los documentos que adopta, en medio físico (si existen) y electrónico (SIGESPRO o Outlook).

9 Director Apoyo al Despacho Presenta el proyecto de resolución para consideración y firma del Contralor.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-62 • 2022 • noviembre • 22 62 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 10 Contralor Solicita ajustes a la Dirección de Planeación de ser necesario. Aprueba, firma la resolución reglamentaria y la devuelve a la Dirección de Apoyo al despacho.

11 Registro Consecutivo de Resoluciones Reglamentaria Profesional o Técnico de Dirección de Apoyo al Despacho.

Registra la resolución en el libro radicador.

Coloca en la resolución, el número y fecha de la resolución reglamentaria.

Observación: El registro y la numeración de las resoluciones se realizarán en estricto orden cronológico y consecutivo iniciando con el 001 a partir del primer día hábil de cada año.

12 Director de Apoyo al Despacho Remite la resolución reglamentaria y los documentos que adopta, en medio físico (si existen) y electrónico (SIGESPRO o Outlook), a la Subdirección de Servicios Generales.

13 Técnico, Secretaria o Auxiliar Administrativo Subdirección de Servicios Generales Observación: La digitalización del acto administrativo en el Registro Distrital con el sello de la imprenta se realiza conforme al Programa de Reprografía (PDF, OCR y demás características indicadas)

Tramita la publicación del acto administrativo en el Registro Distrital y procede a colocar la fecha y número en la resolución reglamentaria y la remite junto con el formato en Word a la Dirección de Planeación.

Devuelve a la Dirección de Apoyo al Despacho el original de la Resolución 63 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-63 • 2022 • noviembre • 22 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Reglamentaria publicada y copia de los documentos adoptados.

14 Archiva la resolución reglamentaria junto con la copia de los documentos que adopta.

Profesional o Técnico de Dirección de Apoyo al Despacho.

Coloca marca de agua de “copia controlada” al Manual, Procedimiento, Caracterización de Proceso o Producto. En el medio electrónico y convierte los archivos en formato PDF.

15 Incorpora el archivo de la resolución reglamentaria y documentos adoptados en la intranet en el link de normatividad.

Profesional o Técnico Dirección de Planeación.

Coloca marca de agua de “obsoleto” en las versiones de los documentos del SIG modificados o eliminados.

Reemplaza los archivos en la intranet en el link de normatividad.

Listado Maestro de información documentada (PGD-02-09)

Manual (PGD-02-02), Caracterización de proceso (PGD-02-03), Caracterización de producto (PGD-02-04) ó Procedimiento (PGD-02-05)

Observaciones La Dirección de Planeación conservara los documentos del SIG vigentes en su formato editable (Word, Excel).

El listado maestro debe asegurar las versiones vigentes de los documentos del SIG y de las normas que le aplican.

Los procedimientos y caracterizaciones de proceso “obsoletos”, se conservan en la Dirección de Planeación, los manuales “obsoletos” en la dependencia responsable del manual.

Punto de control Coloca anotación de vigencia en la primera página de la resolución l i b REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-64 • 2022 • noviembre • 22 64 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES reglamentaria (derogada o modificada) y reemplaza el archivo en la intranet en el link de normatividad.

Actualiza en la Intranet el Listado maestro de información documentada. y Nuevo Formato u Otro Documento Relacionado al Procedimiento (Si se Crearon)

Socializa a través de Outlook los nuevos documentos del SIG.

Verifica que las versiones anteriores de los documentos del SIG queden identificadas como obsoletas y actualizados en la intranet con la resolución reglamentaria que las adoptó.

Se debe asegurar en la intranet se encuentre publicado la versión vigente.

Revisa en la intranet link de normatividad la inclusión de la resolución reglamentaria expedida.

16 Asesor Profesional Oficina Asesora Jurídica.

Verifica la inclusión de las anotaciones de vigencia correspondientes en las resoluciones reglamentarias a que haya lugar.

Punto de control Verifica que en la intranet, link normatividad, se encuentren las resoluciones reglamentarias debidamente identificadas con las anotaciones de vigencia.

Solicita a la Dirección de Planeación los ajustes en el evento de ser necesarios.

5.2 Creación, Actualización, Eliminación y Control de Información Documentada a Mantener, Aprobada en Comité (Planes, Programas y Documentos Técnicos). l i b 65 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-65 • 2022 • noviembre • 22 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 1 Contralor, Contralor Auxiliar, Director, Subdirector, Jefe de Oficina Asesor, Gerente, Profesional, Técnico, Secretaria o Auxiliar Administrativo Identifica la necesidad de crear, actualizar o eliminar el Plan, Programa o Documento Técnico.

Diligencia y firma la solicitud de creación, actualización o eliminación del Plan, Programa o Documento Técnico y lo remite al responsable del proceso.

Solicitud de creación, actualización o eliminación de información documentada del SIG (PGD-02- 01)

Observación: La necesidad puede surgir por cambios normativos, por resultados de la revisión por la dirección, informes de auditorías o por análisis directo, entre otros.

Las actualizaciones del PAD se registran y aprueban a través del aplicativo de Trazabilidad.

Punto de control: Todo cambio a un documento publicado en la web, deberá cumplir con los criterios de accesibilidad establecidos en el anexo de la Circular Interna7 026 del 18 de agosto del 2022 o la normativa que se encuentre vigente.

2 Observación: De ser necesario reúne a los gestores del proceso.

Contralor Auxiliar, Director, Subdirector, Jefe de Oficina (Responsable de Proceso del SIG).

Aprueba o no la solicitud de creación, actualización o eliminación del Plan, Programa o Documento Técnico.

7 Resolución 1519-2020 MINTIC REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-66 • 2022 • noviembre • 22 66 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES Asigna funcionario(s) y entrega formato debidamente aprobado.

3 Asesor, Gerente, Profesional, Técnico, Secretaria o Auxiliar Administrativo.

Elabora o modifica el Plan, Programa o Documento Técnico de acuerdo con lo aprobado en la solicitud.

Entrega en medio electrónico (SIGESPRO o Outlook) al responsable del proceso.

Observación: Cada archivo se identifica con el título del documento.

Si involucra otras dependencias, remite el documento para su revisión, recibe sus observaciones y realiza los ajustes acordados.

4 Citación (PGD-07-02 o E-Mail)

Contralor Auxiliar, Director, Subdirector, Jefe de Oficina (Responsable de Proceso del SIG).

Observación La citación del comité se conserva en la dependencia que ejerce la secretaria técnica del comité.

Revisa y solicita ajustes de ser necesario, hasta quedar a conformidad.

Cita el Comité respectivo para la presentación y aprobación del Plan, Programa o Documento Técnico.

5 Comité Institucional Acta de Comité Institucional (PGD-07)

Revisa y solicita ajustes de ser necesario hasta quedar a conformidad.

Registran en el acta del comité respectivo la aprobación del Plan, Programa o Documento Técnico.

Observación Verifica la conveniencia de la creación o modificación del documento.

El acta de comité se conserva en la dependencia que ejerce la secretaria técnica del comité.

67 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-67 • 2022 • noviembre • 22 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 6 Contralor Auxiliar, Director, Subdirector, Jefe de Oficina (Responsable de Proceso del SIG).

Observación Los documentos deben estar completos y firmados. El original de la solicitud de creación, actualización o eliminación se archiva en la dependencia productora.

Registra en las portadas y control de cambios del Plan, Programa o Documento Técnico, el Acta por el cual se aprobó y lo remite a la Dirección de Planeación, por SIGESPRO o Outlook, con copia de la solicitud de creación, actualización o eliminación y copia del acta de comité.

7 Planes, Programas o Documento Técnico (PGD-02- 02)

Revisa el Plan, Programa o Documento Técnico, solicita ajustes si son necesarios, hasta quedar a conformidad.

Profesional Dirección de Planeación (Facilitador del Proceso del SIG)

Observación Verifica la conveniencia, adecuada creación o modificación del documento, coherencia técnica con la solicitud de modificación y uso del formato vigente.

8 Director Técnico Dirección de Planeación Firma la revisión técnica del Plan, Programa o Documento técnico, lo remite al servidor público responsable de su publicación y el responsable del documento.

Observación: Los Planes, Programas y Documentos Técnicos, se archivan en la dependencia responsable del documento (según la TRD).

9 Profesional o Técnico Dirección de Planeación.

Listado Maestro de información documenta da (PGD- 02-09)

Descarga de la intranet el actual Plan, Programa o Documento Técnico, le coloca marca de agua de “obsoleto” en PDF.

Coloca al nuevo Plan, Programa o Documento Técnico la marca de agua “Copia Controlada”, lo Observación: Los archivos originales en medio electrónico se deben organizar en la red interna de la Dirección de Planeación en carpetas que identifiquen el documento y la vigencia.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-68 • 2022 • noviembre • 22 68 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO El listado maestro de información documentada, debe asegurar las versiones vigentes de los documentos del SIG.

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES guarda en PDF (si contiene anexos en Excel conserva su formato original), lo publica en el link respectivo de la Intranet y actualiza el Listado Maestro de Información Documentada.

Socializa a través de Outlook los nuevos documentos del SIG.

10 Director Técnico Dirección de Planeación Envía el Plan, Programa o Documento Técnico a la Dirección de TIC, para la publicación en la página Web, (si aplica según normatividad).

11 Profesional o Técnico de la Dirección TIC Publica en la página Web el Plan, Programa o Documento Técnico, donde permanecerá disponible para consulta.

12 Profesional Dirección de Planeación.

Revisa la publicación del Plan, Programa o Documento Técnico.

Solicita a la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones los ajustes en el evento de ser necesarios.

5.3 Modificación y Control de Formatos Relacionados a Procedimientos 69 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-69 • 2022 • noviembre • 22 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 1 Identifica la necesidad de crear o modificar un formato relacionado a un procedimiento.

Diligencia y firma el formato “Solicitud modificación documento SIG” y lo remite al responsable del proceso.

Contralor, Contralor Auxiliar, Director, Subdirector, Jefe de Oficina Asesor, Gerente, Profesional, Técnico, Secretaria o Auxiliar Administrativo Solicitud de creación, actualizació n o eliminación de información documenta da del SIG (PGD-02- 01)

Observación: La necesidad de modificar puede surgir por análisis directo, necesidad técnica, entre otros.

Si se requiere crear o eliminar un formato relacionado a un procedimiento, se modifica el procedimiento (numeral 5.1.)

Punto de control: Todo cambio a un documento publicado en la web, deberá cumplir con los criterios de accesibilidad establecidos en el anexo de la Circular Interna8 026 del 18 de agosto del 2022 o la normativa que se encuentre vigente.

2 Observación: De ser necesario reúne a los gestores del proceso.

Contralor Auxiliar, Director, Subdirector, Jefe de Oficina (Responsable de Proceso del SIG).

Estudia la conveniencia y oportunidad de la solicitud.

Aprueba o no la solicitud de modificación del formato relacionado a un procedimiento.

Asigna funcionario(s) y entrega formato debidamente aprobado.

8 Resolución 1519-2020 MINTIC REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-70 • 2022 • noviembre • 22 70 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES 3 Observación: Cada archivo debe estar identificado con el título del documento.

Asesor, Gerente, Profesional, Técnico, Secretaria o Auxiliar Administrativo.

Modifica el formato relacionado al procedimiento.

Entrega en medio electrónico (SIGESPRO o Outlook) al responsable del proceso.

4 Contralor Auxiliar, Director, Subdirector, Jefe de Oficina (Responsable de Proceso del SIG).

Revisa y solicita ajustes de ser necesario.

Remite a la Dirección de Planeación, por SIGESPRO o Outlook el formato relacionado a un procedimiento, junto con la solicitud de modificación.

5 Efectúa la revisión técnica al formato relacionado a un procedimiento. (Solicita ajustes si son necesarios), hasta quedar a conformidad.

Profesional o Técnico Dirección de Planeación (Facilitador del Proceso del SIG)

Observación Verifica la conveniencia, adecuada creación o modificación del documento, coherencia técnica con la solicitud y uso de la versión vigente de los formatos.

6 Profesional o Técnico Dirección de Planeación.

Descarga de la intranet el actual formato relacionado al procedimiento, le coloca marca de agua “obsoleto”, lo convierte en formato PDF y lo almacena en el expediente respectivo según TRD.

Carga en la intranet en el link respectivo, el nuevo for- Formato Relacionad o al Procedimie nto Control de Cambios Formato Relacionad o al Procedimie Observación: Los formatos relacionados a un procedimiento se conservan junto con la solicitud en la Dirección de Planeación.

Punto de control: Es responsabilidad de los funcionarios consultar la intranet para aplicar el formato actualizado y prevenir el uso de versiones obsoletas l i b 71 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-71 • 2022 • noviembre • 22 Nº RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO nto (PGD- 02-06) El uso de los formatos rige a partir de la socialización por los medio de divulgación institucionales.

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES mato relacionado al procedimiento, en su formato original (Word o Excel).

Actualiza el control de cambios de Formatos relacionados al procedimiento.

Informa al responsable del proceso la publicación para que realice la verificación y tramite su divulgación.

Socializa a través de Outlook los nuevos formatos relacionados con el procedimiento.

7 Verifica que se encuentre publicado el nuevo formato relacionado a un procedimiento y su respectivo Control de Cambios.

Contralor Auxiliar, Director, Subdirector, Jefe de Oficina (Responsable de Proceso del SIG).

8 Al momento de requerir el uso de algún formato, se debe descarga de la intranet para llevar a cabo la labor encomendada Técnico, Profesional, Asesor, Jefe de Oficina, Gerente, Subdirector, Director Observación: Tener en cuenta utilizar el formato vigente y cargado en la intranet de la entidad, para prevenir la utilización de formatos obsoletos l i b REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-72 • 2022 • noviembre • 22 72

6. FORMATOS Y OTROS DOCUMENTOS RELACIONADOS AL PROCEDIMIENTO

1. PGD-02-01 - Solicitud de Creación, Actualización o Eliminación de un Documento

del SIG

2. PGD-02-02 - Formato Plan, Programa, Manual o Documento Técnico

3. PGD-02-03 - Formato Caracterización Proceso

4. PGD-02-04 - Formato Caracterización Producto

5. PGD-02-05 - Formato Procedimiento

6. PGD-02-06 - Formato Control de Cambios Formato Relacionado al Procedimiento

7. PGD-02-07 - Formato Actas

8. PGD-02-08 - Formato Lista de Asistencia

9. PGD-02-09 - Formato Listado Maestro de Información Documentada

10. PGD-02-10 - Estructura para la Creación de Formatos

CONTROL DE CAMBIOS Versión9 Resolución Reglamen- taria y Fecha Descripción de la Modificación10 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

1.0 Resolución Reglamentaria. 001 24 Ene 2003 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

2.0 Resolución Reglamentaria 028 7 May 2003 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

3.0 Resolución Reglamentaria. 042 9 Nov 2005 9 Registrar todas las versiones 10 Mantener la descripción de las ultimas 2 versiones y registrar la nueva de manera resumida, si existen más de tres (3) versiones indicar que puede consultar el acto administrativo por el cual se aprobó. l i b 73 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-73 • 2022 • noviembre • 22 Versión9 Resolución Reglamen- taria y Fecha Descripción de la Modificación10 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

4.0 Resolución Reglamentaria. 008 16 Jun 2008 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

5.0 Resolución Reglamentaria 028 3 Nov 2009 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

6.0 Resolución Reglamentaria. 012 18 Abr 2011 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

7.0 Resolución Reglamentaria. 026 20 Dic 2012 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

8.0 Resolución Reglamentaria. 017 24 Abr 2013 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

9.0 Resolución Reglamentaria. 033 31 Oct 2014 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

10.0 Resolución Reglamentaria. 067 15 Dic 2015 Si requiere ver la trazabilidad consultar la Resolución Reglamentaria.

11.0 Resolución Reglamentaria. 027 25 Ago 2017 12.0 Resolución Reglamentaria. 017 28 Ago 2020 Se actualiza la base legal, se modifican e incluyen algunas definiciones, se modifican algunas las actividades, observaciones y puntos de control del procedimiento, se incluye el numeral 5.3. con las actividades necesarias para la modificación y control de los formatos relacionados a los procedimientos, se modifica el título "6. FORMATOS, PLANTILLAS U OTROS ANEXOS DEL PROCEDIMIENTO", se agrega hipervínculo al título (direcciona al lugar donde están publicados), se establece dejar la lista de formatos y otros documentos relacionados al procedimiento, sin las imágenes, se elimina el formato de resolución para dejarlo en el “PGD-10 - Elaboración y Control de Resoluciones”, se crea formato “PGD-02-06 - Control de Cambios Forma- REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-74 • 2022 • noviembre • 22 74 Versión9 Resolución Reglamen- taria y Fecha Descripción de la Modificación10 tos u Otros Documentos Relacionados al Procedimiento” para controlar individualmente cada documento, registrar su modificación, eliminando así la obligación de modificar el procedimiento y versiones de los anexos que lo acompañan, y se crea el Instructivo para la Creación de Formatos u Otros Documentos Relacionados a Procedimientos (PGD-02-10).

13.0 Resolución Reglamentaria 016 de mayo 28 de 2022 Se modifica el Procedimiento para mantener la información documentada del SIG y sus formatos anexos, en los cuales se aplican las directrices para la elaboración de documentos digitales accesibles para personas con discapacidad visual, cuyo marco de referencia es el anexo 1 de la Resolución 1519 de 2020 del MinTic en cumplimiento del mandato de la Ley 1712 del 2014 sobre transparencia en el acceso a la información y lo establecido en el circular interna 026-2022. Se incluyeron puntos de control referentes a aplicar criterios de accesibilidad para los documentos que se publiquen en la página web de la entidad.

14.0 Resolución Reglamentaria 028 de noviembre 18 de 2022 75 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-75 • 2022 • noviembre • 22 DECRETOS LOCALES DE 2022 ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES Que el rubro O21202020080383611 “Servicios inte grales de publicidad” para la vigencia 2022 cuenta con saldo de apropiación disponible luego de suplidas las necesidades del FDLM, por lo cual el presupuesto respectivo es susceptible de traslado presupuestal.

DECRETO LOCAL Nº 010 (18 de octubre de 2022)

Que el rubro O21202020080484120 “Servicios de telefonía fija (acceso)” para la vigencia 2022 cuenta con saldo de apropiación disponible luego de suplidas las necesidades del FDLM, por lo cual el presupuesto respectivo es susceptible de traslado presupuestal.

“Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia 2022”

EL ALCALDE LOCAL DE LOS MÁRTIRES Que el rubro O21202020080585330 “Servicios de limpieza general” para la vigencia 2022 cuenta con saldo de apropiación disponible luego de suplidas las necesidades del FDLM, por lo cual el presupuesto respectivo es susceptible de traslado presupuestal.

En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 2010.

CONSIDERANDO:

Que el rubro O21202020080787130 “Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos” para la vigencia 2022 cuenta con saldo de apropiación disponible luego de suplidas las necesidades del FDLM, por lo cual el presupuesto respectivo es susceptible de traslado presupuestal.

Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el (la) Alcalde (sa) Local median te decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado Que el rubro O2120202008078714102 “Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos automotores” para la vigencia 2022 cuenta con saldo de apropia ción disponible luego de suplidas las necesidades del FDLM, por lo cual el presupuesto respectivo es susceptible de traslado presupuestal.

Que mediante Decreto Local 019 de 2021, se liquida el presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022 Que el rubro O2120202008078715999 “Servicio de mantenimiento y reparación de otros equipos n.c.p.” para la vigencia 2022 cuenta con saldo de apropia ción disponible luego de suplidas las necesidades del FDLM, por lo cual el presupuesto respectivo es susceptible de traslado presupuestal.

Que en mérito de lo anterior expuesto,

DECRETA:

Que el rubro O21202020080585250 “Servicios de protección (guardas de seguridad)”, se encuentra desfinanciado para garantizar la prestación del ser vicio de vigilancia hasta inicios de la próxima anuali dad, teniendo en cuenta el cambio de vigencia fiscal y los tiempos que requieren la etapa precontractual para suscripción de un nuevo contrato, siendo ne cesario garantizar la continuidad en la prestación del servicio.

Que el rubro O21202020060363399 “Otros servicios de suministro de comidas” para la vigencia 2022 cuenta con saldo de apropiación disponible luego de suplidas las necesidades del FDLM, por lo cual el presupuesto respectivo es susceptible de traslado presupuestal.

Artículo 1.

Efectúese un contracrédito en el Presu puesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la Vigencia Fiscal 2022, por la suma de SETENTA MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS MCTE ($70.500.000) de acuerdo con el siguiente detalle:

CÓDIGO PRESUPUESTAL NOMBRE CONTRACRÉDITO O2 GASTOS $12.500.000 O21 FUNCIONAMIENTO $12.500.000 O212 Adquisición de Bienes y Servicios $12.500.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $12.500.000 O2120202 Adquisición de Servicios REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-76 • 2022 • noviembre • 22 76 O2120202006 Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua $12.500.000 O212020200603 Alojamiento; servicios de suministros de comidas y bebidas $12.500.000 O21202020060363399 Otros servicios de suministro de comidas $12.500.000 TOTAL CONTRACRÉDITO $12.500.000 CÓDIGO PRESUPUESTAL NOMBRE CONTRACRÉDITO O2 GASTOS $16.000.000 O21 FUNCIONAMIENTO $16.000.000 O212 Adquisición de Bienes y Servicios $16.000.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $16.000.000 O2120202 Adquisición de Servicios $16.000.000 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $16.000.000 O212020200803 Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investigación, urbanismo, jurídicos y de contabilidad) $16.000.000 O21202020080383611 Servicios integrales de publicidad $16.000.000 TOTAL CONTRACRÉDITO $16.000.000 CÓDIGO PRESUPUESTAL NOMBRE CONTRACRÉDITO O2 GASTOS $10.000.000 O21 FUNCIONAMIENTO $10.000.000 O212 Adquisición de Bienes y Servicios $10.000.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $10.000.000 O2120202 Adquisición de Servicios $10.000.000 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $10.000.000 O212020200804 Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información $10.000.000 O21202020080484120 Servicios de telefonía fija (acceso) $10.000.000 TOTAL CONTRACRÉDITO $10.000.000 CÓDIGO PRESUPUESTAL NOMBRE CONTRACRÉDITO O2 GASTOS $5.000.000 O21 FUNCIONAMIENTO $5.000.000 O212 Adquisición de Bienes y Servicios $5.000.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $5.000.000 O2120202 Adquisición de Servicios $5.000.000 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $5.000.000 212020200807 Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción) $5.000.000 O21202020080787130 Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos $5.000.000 TOTAL CONTRACRÉDITO $5.000.000 CÓDIGO PRESUPUESTAL NOMBRE CONTRACRÉDITO O2 GASTOS $12.500.000 O21 FUNCIONAMIENTO $12.500.000 O212 Adquisición de Bienes y Servicios $12.500.000 77 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-77 • 2022 • noviembre • 22 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $12.500.000 O2120202 Adquisición de Servicios $12.500.000 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $12.500.000 212020200807 Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción) $12.500.000 O2120202008078714102 Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos automotores $12.500.000 TOTAL CONTRACRÉDITO $12.500.000 CÓDIGO PRESUPUESTAL NOMBRE CONTRACRÉDITO O2 GASTOS $14.500.000 O21 FUNCIONAMIENTO $14.500.000 O212 Adquisición de Bienes y Servicios $14.500.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $14.500.000 O2120202 Adquisición de Servicios $14.500.000 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $14.500.000 O212020200807 Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de cons trucción) $14.500.000 O2120202008078715999 Servicio de mantenimiento y reparación de otros equipos n.c.p. $14.500.000 TOTAL CONTRACRÉDITO $14.500.000

Artículo 2.

Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la Vigencia Fiscal 2022, por la suma de SETENTA MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS MCTE ($70.500.000) de acuerdo con el siguiente detalle:

CÓDIGO PRESUPUESTAL NOMBRE CRÉDITO O2 GASTOS $70.500.000 O21 FUNCIONAMIENTO $70.500.000 O212 Adquisición de Bienes y Servicios $70.500.000 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $70.500.000 O2120202 Adquisición de Servicios $70.500.000 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $70.500.000 O212020200805 Servicios de soporte $70.500.000 O21202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad) $70.500.000 TOTAL CRÉDITO $70.500.000

Artículo 3.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los dieciocho (18) días del mes de octubre de dos mil veintidós (2022).

JUAN RACHIF CABARCAS RAHMAN Alcalde Local de Los Mártires REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-78 • 2022 • noviembre • 22 78 ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBÓN DECRETO LOCAL Nº 012 (15 de noviembre de 2022)

“Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal 2022”. estipula que las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local.

EL ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 36 del Decreto 372 de 2010,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, estipula sobre los Modificaciones Presu puestales:

Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de sep tiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital”, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, define el pro cedimiento para efectuar un traslado presupuestal al interior de los agregados presupuestales y establece que los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.

Que analizado el Presupuesto de Gastos de Funciona miento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón de la vigencia fiscal 2022, se requiere efectuar un traslado presupuestal al interior de este.

“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aproba das o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reduccio nes y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

Al revisar la ejecución con corte a 10 de noviembre de 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón y en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones se evidenció que:

Traslado Presupuestal: Es la modificación que dis minuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales apro bados por la JAL.

El rubro presupuestal O21201010030502 Aparatos transmisores de televisión y radio; televisión, pre senta ejecución del 62,52% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $ 7.886.640.

El rubro presupuestal O21201010030701 Vehícu los automotores, remolques y semirremolques presenta ejecución del 0% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $ 30.981.000.

(…)”. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”. La disponibilidad de las apro piaciones para efectuar los traslados presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.

El rubro presupuestal O21202020080383143 Software originales presenta ejecución del 76,74% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $ 47.902.590.

El rubro presupuestal O21202020080484110 Servi cios de operadores (conexión) presenta ejecución del 0 % y un saldo disponible de apropiación por la suma de $ 140.000.000 Que mediante el Decreto 518 del 16 de diciembre de 2021, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2022, el cual fue liquidado mediante el Decreto Distrital No. 540 del 24 de diciembre de 2021.

Que el artículo 10 del Decreto 192 de 2021 “Por me dio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones”

El rubro presupuestal O21202020080585330 Ser vicios de limpieza general presenta ejecución del 75,75% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $ 21.825.908 79 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-79 • 2022 • noviembre • 22 El rubro presupuestal O21202020080585951 Servi cios de copia y reproducción presenta ejecución del 99,07% y un saldo disponible de apropiación por la suma de $ 261.596 Servicios de catering para eventos presenta un saldo de $38.749.245, por este rubro el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón contrata a su vez los insumos para el contrato de cafetería, proceso que ya fue adicionado, por lo cual es un saldo disponible para este nuevo pro ceso. Teniendo en cuenta el volumen de actividades que se tienen proyectadas para realizar en territorio por parte de las áreas del fondo de desarrollo local de Fontibón se hace necesario aumentar la apropiación en el rubro: O21202020060363391 Servicios de catering para eventos, por valor de $51.814.135 así mismo, la Administración Local requiere aumentar la apropiación en el rubro: O21202020080585962 Ser vicios de organización y asistencia de ferias, por valor de $100.000.000.

Que, con la finalidad de llevar a cabo un proceso de contratación para la comprar de dos aires acondicio nados tipo confort de 24.000 BTU para los data center, con el fin de mantener las condiciones ambientales precisas para la integridad de los servidores, y por lo tanto, de la información que en ellos se almacena, sabiendo que el exceso de calor puede generar mu cho estrés sobre el hardware de la red, servidores y dispositivos de almacenamiento. Esto puede provocar un daño crítico a los componentes electrónicos, tiempo de inactividad, reducción de la vida útil de los apara tos y costos adicionales por reparaciones. Los aires acondicinados serán ubicados uno en el data center de la sede antigua y el otro en el data center de la sede principal la Administración Local. Por lo anterior, la administración Local requiere crear la apropiación en el rubro: O21201010030301 Máquinas para oficina y contabilidad, y sus partes y accesorios por valor de $11.000.000 Que, con la finalidad de llevar a cabo mediante acuer do marco, la Comprar de tres computadores, Desktop Escritorio, para actualizar la Alcaldía Local de Fontibón en materia de herramientas tecnológicas ACUERDO MARCO CCE-280-AMP-2022 atendiendo la deficiencia de equipos de cómputo que actualmente presenta, la Administración Local requiere crear la apropiación en el rubro: O21201010030302 Maquinaria de informá tica y sus partes, piezas y accesorios por valor de $28.000.000 Que con la finalidad de llevar a cabo un nuevo con trato para prestar el servicio integral de transporte de pasajeros terrestre especial y de carga, con el propósito de transportar a los funcionarios, contratis tas y usuarios, e igualmente trasladar implementos requeridos en el marco de la misionalidad del fondo de desarrollo local de fontibón, en cumplimiento al plan de gestión la Administración Local requiere aumentar la apropiación en el rubro: O21202020060666011 Servicios de alquiler de buses con operario por valor de $ 48.205.159, se hace necesario acreditar el valor correspondiente, con la finalidad de cubrir la necesidad que se origina en el cumplimiento de las actividades del Área de Gestión Policiva (Obras Ur banismo, Establecimientos de Comercio, Restitución de Bien de Uso Público, Cobro Coactivo, Despachos Comisorios, Propiedad Horizontal), y del Área de Gestión del Desarrollo, Administrativa y Financiera (Oficina de Persona Mayor, Seguridad, Convivencia, Infraestructura, Inspecciones, Entes de Control, Re gistraduría, notificaciones, entre otras), teniendo en cuenta también que el parque automotor es insuficien te para apoyar las diferentes actividades a efectuarse en cumplimiento de las tareas y metas para alcanzar los objetivos estratégicos institucionales.

Que con el objeto de dar cumplimiento al pago de la salud de los Ediles, para los meses de noviembre y diciembre de 2022, debido a que los aportes de salud para estos meses suman $18.437.400 y en este mo mento disponible se cuenta con $16.966.600, la Admi nistración Local requiere aumentar la apropiación en el rubro: O212020200701030471349 Otros servicios de seguros de salud n.c.p. por valor de $1.470.800 Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución al interior de Gastos de Funcionamiento, requiere efectuar un traslado entre rubros por la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES NO VECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VENTISIETE PESOS ($233.937.727) M/CTE.

Que de acuerdo a los objetivos estratégicos de la en tidad es importante promover eventos institucionales y participar en actividades relacionadas con el quehacer institucional con el fin de generar recordación y visibili dad en la localidad y en la población en general, lo cual llevará a que se divulguen efectivamente los diferentes servicios que presta el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón.

Que con la finalidad de llevar a cabo un solo proceso que incluya la logistica de eventos y el servicio de refrigerios, se hace necesario contar con los servicios de un operador logístico que realice todas las actividades de suministro de refrigerios, suministro de material, suministro de infraestructura física y mobiliario, apoyo en la participación de ferias, realización de estand, provisión de personal logístico, disposición de servicios audiovisuales, equipos y demás necesidades que demanden las diferentes ac tividades planeadas, buscando reforzar la divulgación de las políticas, planes, programas, logros, acciones, campañas y/o estrategias adelantadas en el desarrollo de su gestión pública. El rubro O21202020060363391 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-80 • 2022 • noviembre • 22 80 En mérito de lo anteriormente expuesto, el alcalde Local de Fontibón,

DECRETA:

Primero (sic). Efectúense los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2022 correspondiente al Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:

CONTRACRÉDITOS CODICO CONCEPTO VALOR O2 Gastos $233.937.727 O21 Funcionamiento $233.937.727 O212 Adquisición de bienes y servicios $233.937.727 O21201 Activos fijos $32.447.633 O2120101003 Maquinaria y equipo $32.447.633 O21201010030502 Aparatos transmisores de televisión y radio; televisión $1.466.633 O21201010030701 Vehículos automotores, remolques y semirremolques; $30.981.000 O21202 Adquisicion de bienes diferentes de activos $201.490.094 O2120202 Adquisición de servicios $201.490.094 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $201.490.094 O212020200803 Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investigación, urbanismo, jurídicos y de contabilidad) $47.902.590 O21202020080383143 Software originales $47.902.590 O212020200804 Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información $131.500.000 O21202020080484110 Servicios de operadores (conexión) $131.500.000 O212020200805 Servicios de soporte $22.087.504 O21202020080585330 Servicios de limpieza general $21.825.908 O21202020080585951 Servicios de copia y reproducción $261.596 TOTAL CONTRACRÉDITOS $233.937.727 Segundo. Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:

CRÉDITOS CODIGO CONCEPTO VALOR O2 Gastos $233.937.727 O21 Funcionamiento $233.937.727 O212 Adquisición de bienes y servicios $233.937.727 O21201 Adquisición de activos no financieros $32.447.633 O2120101 Activos fijos $32.447.633 O2120101003 Maquinaria y equipo $32.447.633 O21201010030301 Máquinas para oficina y contabilidad, y sus partes y accesorios $4.447.633 O21201010030302 Maquinaria de informática y sus partes, piezas y accesorios $28.000.000 O2120202 Adquisición de servicios $201.490.094 O2120202006 Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua $99.959.294 O212020200603 Alojamiento; servicios de suministros de Comidas y bebidas $99.959.294 O21202020060363391 Servicios de catering para eventos $51.814.135 O212020200606 Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua $48.145.159 81 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-81 • 2022 • noviembre • 22 O21202020060666011 Servicios de alquiler de buses con operario $48.145.159 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing $1.530.800 O212020200701030471349 Otros servicios de seguros de salud n.c.p. $1.530.800 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $100.000.000 O212020200805 Servicios de soporte $100.000.000 O21202020080585962 Servicios de organización y asistencia de ferias $100.000.000 TOTAL CRÉDITOS $233.937.727

CONSIDERANDO:

Tercero. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá, D.C., a los quince (15) días del mes de noviembre de dos mil veintidós (2022).

Que con el memorando No. 20224100275923 (29-agosto-2022), la Dirección de Gestión de Talento Humano presentó la liquidación para los pagos que debían efectuarse en favor de Naibet Cecilia Morales Córdoba, y a partir de allí, con los valores indicados, se procedió a efectuar el acto administrativo para el reconocimiento de los derechos reconocidos en sen tencia judicial.

DIEGO ALEJANDRO MALDONADO ROLDÁN Alcalde Local de Fontibón (E)

RESOLUCIÓN LOCAL DE 2022 ALCALDÍA LOCAL DE ENGATIVÁ RESOLUCIÓN LOCAL Nº 654 (17 de noviembre de 2022)

“Por la cual se modifican los artículos primero y segundo de la Resolución Número 573 (21 de octubre de 2022) Por medio de la cual en cumplimiento de una sentencia judicial se autoriza el pago con cargo al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá de la vigencia 2022, de las diferencias que surgen por concepto de prestaciones sociales, entre el diecinueve (19) de noviembre de dos mil trece (2013) y el primero (1ro)

Que la Alcaldía Local de Engativá – Fondo de Desa rrollo Local de Engativá, en cumplimiento de lo orde nado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca (Sección Segunda / Subsección C) en el Expediente 11001-33-35-012-2018-00239-01 del 23 de junio de 2021, y soportado en la información suministrada por la Dirección de Gestión del Talento Humano de la Se cretaría Distrital de Gobierno, expidió la Resolución No 573 del 21 de octubre de 2022 “Por medio de la cual en cumplimiento de una sentencia judicial se autoriza el pago con cargo al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá de la vigencia 2022, de las diferencias que surgen por concepto de presta ciones sociales, entre el diecinueve (19) de noviembre de dos mil trece (2013) y el primero (1ro) de junio de dos mil dieciséis (2016), periodo en el que se mostró la relación laboral con la señora Naibet Cecilia Morales Córdoba identificada con la cédula de ciudadanía Nº. 32.665.607”. de junio de dos mil dieciséis (2016), periodo en el que se mostró la relación laboral con la señora Naibet Cecilia Morales Córdoba identificada con la cédula de ciudadanía Nº. 32.665.607”

LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial la facultad de la delegación para contratar efectuada por el señor Alcalde Mayor de Bogotá, representante Que en la Resolución No 573 de 2022, en su ARTÍ CULO PRIMERO, indicó “Ordénese al Responsable de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá expedir el Certificado de Registro Pre supuestal y la Orden de Pago, con cargo al rubro 023011605570000001623 Gestión pública y control social por valor CUARENTA Y SEIS MILLONES QUI NIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS ($46.583.939) M/CTE” legal de los Fondos de Desarrollo Local, con base en lo dispuesto en el Decreto 374 de 2019, la Ley 80 de 1993 y de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Ley 1421 de 1993, Decreto 411 de 2016, Decreto No. 372 de 2010 y el Decreto No. 192 de 2021, y, Que en la Resolución No 573 de 2022, en su ARTÍ CULO SEGUNDO se instituyó “Ordénese el pago de este gasto a favor de la Señor a NAIBET CECILIA MORALES CORDOBA identificada con la cédula de ciudadanía Nº. 32.665.607 por el pago del monto REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-82 • 2022 • noviembre • 22 82 que se mostró la relación laboral con la señora Naibet Cecilia Morales Córdoba identificada con la cédula de ciudadanía Nº. 32.665.607”, en el sentido de aumentar se el valor allí reconocido en DOSCIENTOS TREINTA MIL PESOS ($230.000) M/CTE.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

Modifíquese el artículo primero de la Re solución Número 573 (21 de octubre de 2022), el cual quedará de la siguiente forma:

equivalente a l pago de las diferencias que surge n por concepto de prestaciones sociales y laborales, entre el diecinueve (19) de noviembre de dos mil trece (2013) y el primero (1ro) de junio de dos mil dieciséis (2016), periodo en el que se mostró la relación laboral con la señora Naibet Cecilia Morales Córdoba identificada con la cédula de ciudadanía No. 32.665.607 por valor de CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS ($40.234.339) M/ CTE., más el pago del sistema integral de seguridad social - Pensión a cargo del Fondo de Desarrollo Local de Engativá por la suma de SEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS PESOS ($6.349.600 ) M/CTE, por un valor total de CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS ($46.583.939) M/CTE”.

Artículo 1.

Ordénese al Responsable de Pre supuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá expedir el Certificado de Registro Presupuestal y la Orden de Pago, con cargo al rubro “023011605570000001623 Gestión pú blica y control social” por valor CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS ($46.813.939) M/CTE”.

Artículo 2.

Modifíquese el artículo segundo de la Re solución Número 573 (21 de octubre de 2022), el cual quedará de la siguiente forma:

Que se solicitó al operador “miplanilla” de COMPEN SAR la liquidación del pago al sistema integral de segu ridad social - Pensión a cargo del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, registrándose un mayor valor en DOSCIENTOS TREINTA MIL PESOS ($230.000) M/ CTE, con respecto al valor definido en la Resolución No. 573 de 2022 (21-octubre), por lo que se hace necesario realizar los ajustes necesarios.

Que el Fondo de Desarrollo Local, expidió el Certifi cado de Disponibilidad Presupuestal No. 1550 del 16 de noviembre de 2022, por un valor de DOSCIENTOS TREINTA MIL PESOS ($230.000) M/CTE.

Que, en consecuencia, de lo señalado, se debe expedir el correspondiente Certificado de Registro Presupues tal a cargo del sistema integral de seguridad social
- Pensión, AFP registrada por la Señora NAIBET CECILIA MORALES CORDOBA, la cual está ampa rado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 1550 de 2022.

Artículo 2.

Ordénese el pago de este gasto a favor de la Señora NAIBET CECILIA MORALES CORDOBA identificada con la cédula de ciu dadanía Nº. 32.665.607 por el pago del monto equivalente al pago de las diferencias que surgen por concepto de prestaciones sociales y laborales, entre el diecinueve (19) de noviembre de dos mil trece (2013) y el primero (1ro) de junio de dos mil dieciséis (2016), periodo en el que se mostró la relación laboral con la señora Naibet Cecilia Morales Córdoba identificada con la cédula de ciu dadanía No. 32.665.607 por valor de CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS ($40.234.339) M/ CTE., más el pago del sistema integral de seguridad social - Pensión a cargo del Fondo de Desarrollo Local de Engativá por la suma de SEIS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS PESOS ($6.579.600) M/CTE, por un valor total de CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS ($46.813.939) M/CTE”.

Artículo 3.

La presente Resolución se articula con lo resuelto en la Resolución Número 573 (21 de octubre de 2022), por lo que los apartes no modificados con el presente acto administrativo producirán plenos efectos jurídicos.

Que el Fondo de Desarrollo Local de Engativá, en el Plan Operativo Anual de Inversiones P.O.A.I vigencia 2022 y la Resolución SDH N° 191 de 2017 (22-sep tiembre), Módulo 3. Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local (FDL), cuenta con el rubro presupuestal “023011605570000001623 - Gestión pública y control social”, por tal motivo debe efectuarse la modificación a los artículos primero y segundo de la Resolución Número 573 (21 de octubre de 2022) “Por medio de la cual en cumplimiento de una sentencia judicial se autoriza el pago con cargo al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá de la vigencia 2022, de las diferencias que surgen por concepto de prestaciones sociales, entre el diecinueve (19) de noviembre de dos mil trece (2013) y el primero (1ro) de junio de dos mil dieciséis (2016), periodo en el 83 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-83 • 2022 • noviembre • 22 COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022).

ÁNGELA MARÍA MORENO TORRES

Artículo 4.

Publicar la presente Resolución en el enla ce de Transparencia y Acceso a la información pública, de la página web de la Alcaldía Local de Engativá, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014 y el Decreto Nacional 103 de 2015, compilado en el Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015 del Sector Presidencia de la República.

Alcaldesa Local de Engativá

Artículo 5.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7581 • pP. 1-84 • 2022 • noviembre • 22 84 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

CONTENIDO Sector Descentralizado ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Descentralizado ACUERDO DE 2022 CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. ACUERDO Nº 858 “Por medio del cual se aprueba el ingreso del Distrito Capital a la Región Metro politana Bogotá - Cundinamarca y se dictan otras disposiciones.”........................1 CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C. RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 027 “Por la cual se adopta una nueva versión del Procedimiento para la Actualización de los Instrumentos de Gestión de Información Pública”.....................................24 RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA Nº 028 “Por la cual se adopta una nueva versión del Procedimiento para Mantener la Información Documentada del Sistema Integrado de Gestión – SIG en la Contra loría de Bogotá, D.C.”..........................................................................................46 Sector Central Sector Local RESOLUCIONES DE 2022 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 590 “Por la cual se hace un nombramiento provisional”...............................................3 RESOLUCIÓN Nº 591 “Por la cual se hace un nombramiento provisional”...............................................4 DECRETOS LOCALES DE 2022 ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES DECRETO LOCAL Nº 010 “Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gas tos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia 2022”......................................................................................................76 ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBÓN DECRETO LOCAL Nº 012 “Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal 2022”.................................................................................79 RESOLUCIÓN LOCAL DE 2022 ALCALDÍA LOCAL DE ENGATIVÁ RESOLUCIÓN LOCAL Nº 654 “Por la cual se modifican los artículos primero y segundo de la Resolución Nú mero 573 (21 de octubre de 2022) Por medio de la cual en cumplimiento de una sentencia judicial se autoriza el pago con cargo al presupuesto del Fondo de De sarrollo Local de Engativá de la vigencia 2022, de las diferencias que surgen por concepto de prestaciones sociales, entre el diecinueve (19) de noviembre de dos mil trece (2013) y el primero (1ro) de junio de dos mil dieciséis (2016), periodo en el que se mostró la relación laboral con la señora Naibet Cecilia Morales Córdoba identificada con la cédula de ciudadanía Nº. 32.665.607”...................................82 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000434 Por medio de la cual se modifica la Resolución SDH-650 del 17 de noviembre de 2021, “Por la cual se establecen los lugares, plazos y descuentos que aplican para cumplir con las obligaciones formales y sustanciales para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los tributos administrados por la Direc ción Distrital de Impuestos de Bogotá, DIB de la Secretaría Distrital de Hacienda para la vigencia 2022”............................................................................................5 RESOLUCIÓN Nº DDI-021388 “Por la cual se establecen las características de la información que debe suminis trar la Sociedad OPAIN S.A. y las personas naturales, jurídicas, consorcios, unio nes temporales y/o sociedades de hecho, a la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá – DIB, en relación con los contratos de arrendamiento, uso, usufructo u otra forma de explotación comercial que se hagan mediante establecimiento mercantil, dentro de las áreas objeto del contrato de concesión correspondiente a puertos aéreos.”.....................................................................................................6 RESOLUCIÓN Nº DDI-021394-, 2022EE 544854O1 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de con formidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”........................................12 MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital

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