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Registro Distrital 7565 de 2022

Registro Distrital 7565 de 2022 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7565
Año
2022
Fecha
2 de noviembre de 2022
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 57 - No. 7565 - Pp 1 - 16 - 2022 - NOVIEMBRE - 2 AÑO 57 NÚMERO 7565 2 • NOVIEMBRE • 2022 RESOLUCIONES DE 2022 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL en el Distrito Capital, de manera que se modifiquen de forma progresiva y sostenible, las condiciones injustas y evitables de la discriminación, la desigualdad y la sub ordinación de género en los ámbitos público y privado”.

RESOLUCIÓN N° 401 (28 de octubre de 2022)

“Por la cual se reglamenta la Mesa de Mujeres y Equidad de Género de la Secretaría Jurídica Distrital y se adoptan otras disposiciones”

EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 5 del Decreto Distrital 323 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de los objetivos específicos de la citada po lítica pública están: 1. La incorporación de los enfoques de género, derechos de las mujeres y diferencial en la gestión administrativa y en los procesos de planeación de la administración distrital; 2. La implementación de medidas efectivas, progresivas y sostenibles que reconozcan, garanticen, restablezcan y promuevan el goce efectivo de los derechos de las mujeres prioriza dos en el marco de la política; 3. La transformación de los imaginarios, estereotipos y prácticas sociales que soportan los diferentes tipos de discriminación contra las mujeres en sus diferencias y diversidad; 4. La im plementación de un Sistema Distrital de Cuidado que articule la oferta institucional relacionada con servicios de cuidado en la ciudad.

Que el artículo 13 de la Constitución Política de Colom bia establece que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

Que particularmente, el primer objetivo específico señala: “Transversalizar los enfoques de género, de derechos de las mujeres y diferencial en los procesos institucionales de las entidades, dentro de su gestión administrativa y cultura organizacional, así como en su labor misional en el marco de la planeación territorial, social, económica, presupuestal y ambiental de la ciudad rural y urbana.”

Que el artículo 25 ídem determina el derecho funda mental al trabajo en condiciones dignas y justas, y el artículo 43 ibídem señala que la mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades.

Que la Ley 823 de 2003, tiene por objeto establecer el marco institucional y orientar las políticas y acciones por parte del gobierno para garantizar la equidad y la igualdad de oportunidades de las mujeres, en los ámbitos público y privado.

Que el Acuerdo Distrital 584 de 2015 adoptó los linea mientos de la política pública de mujeres y equidad de género en el Distrito Capital y en su artículo 2 resalta los enfoques de ésta, igualmente, el artículo 6 inciso b) destaca la estrategia de transversalización como un “Conjunto de acciones de la Administración dis trital, sectores central descentralizado y localidades, dirigidas a la inclusión de la equidad y la igualdad de género en las políticas públicas y en la gestión del Distrito Capital.”

Que mediante el documento CONPES D.C. 14 de 2020 se actualizó la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género 2020-2030 con el objetivo general de “Re conocer, garantizar y restablecer los derechos de las mujeres en sus diferencias y diversidad que habitan Que el artículo 6 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, a través del cual se adoptó el Plan de Desarrollo econó mico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-1 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 Que en este orden de ideas es necesario derogar la Resolución 114 de 2021 y en su lugar, actualizar y reglamentar el funcionamiento de la Mesa de Mujeres y Equidad de Género, atendiendo al concepto técnico sobre enfoque de género que expidió la Secretaría Distrital de la Mujer con el radicado 1-2022-16952 y al Documento CONPES D.C. 16 de 2021.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Capítulo I.

DISPOSICIONES GENERALES

Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”, estableció los enfoques a través de los cuales la administración distrital podrá tratar de manera estratégica las distintas problemáticas, reconociendo las diferencias de los individuos a la luz del ejercicio del servicio público y la participación ciuda dana; entre los cuales establece el enfoque de género, con el fin de promover la igualdad de género y el goce efectivo de los derechos de las mujeres; y el enfoque diferencial, con la finalidad de hacer ajustes a la oferta institucional, para garantizar adecuadamente el acceso a los bienes y servicios reconociendo las particularida des y especificidades de los distintos grupos sociales o personas que han sido históricamente discriminadas.

Que en virtud de lo anterior, la Secretaría Jurídica Distrital es corresponsable en la implementación de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género, desde la mate rialización de los productos del plan de acción, así como de las actividades concertadas para el fortalecimiento institucional y desarrollo misional desde el enfoque de género, diferencial, y de derechos de las mujeres, los cuales responden a la transversalización de género.

Artículo 1.

OBJETO. Reglamentar el funcionamiento de la Mesa de Mujeres y Equidad de Género de la Secretaría Jurídica Distrital, como una instancia de coordinación interna para el seguimiento, concertación y desarrollo de las acciones y productos de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género necesarias para la adecuación y transformación de la cultura institucional y organizacional, así como el fortalecimiento de la misionalidad a través de la transversalización de género al interior de la entidad y promover la garantía de los derechos de las mujeres y de las personas de los sectores LGBTI.

Artículo 2.

OBJETIVOS DE LA MESA. Los objetivos de la Mesa de Mujeres y Equidad de Género de la Secretaría Jurídica Distrital son:

Que, teniendo en cuenta que las Resoluciones 489 y 492 de 2015 expedidas por la Secretaría Distrital de la Mujer y la Resolución 75 de 2018 de la Secretaría Jurídica Distrital, las cuales sirvieron de fundamento para la expedición de la Resolución 114 de 2021 de la Secretaría Jurídica Distrital no están vigentes debido a la actualización de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género, contenida en el Documento CON PES D.C. 14 de 2020, se hace necesario la derogatoria de la citada Resolución 114 de 2021 de la Secretaría Jurídica Distrital, y así proceder a su actualización.

1. Promover la sostenibilidad y relevancia de la equi dad e igualdad de género en la Secretaría Jurídica Distrital a través de la formulación, definición e implementación de estrategias, políticas y/o pro gramas transversales con enfoque de género en el ámbito laboral, institucionalizando la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres en los procesos estratégicos de la entidad.

Que con el fin de continuar con la función de la mesa tendiente a la eliminación de posibles prácticas dis criminatorias y segregación por orientación sexual e identidad de género en la Secretaría Jurídica Distrital, se considera pertinente hacer explícito dentro del ob jeto de la mesa el tema de la garantía de los derechos de las personas de los sectores LGBTI conforme al documento CONPES D.C. 16 de 2021, que actualizó la Política Pública para la Garantía Plena de los De rechos de las Personas LGBTI y Sobre Identidades de Género y Orientaciones Sexuales en el Distrito Capital 2021-2032.

2. Liderar la articulación de acciones dirigidas a orien tar la adecuación y transformación de la cultura organizacional e institucional sensibles al género en las políticas, planes, programas y proyectos de la entidad, con el fin de garantizar la respuesta efectiva a las necesidades diferenciales de las mujeres, los hombres y las personas de los sectores LGBTI, en el marco del cumplimiento de la misionalidad y funciones de la Secretaría Jurídica Distrital.

Que dentro de los objetivos específicos de la Política Pública LGBTI están los de consolidar desarrollos institucionales para el reconocimiento, garantía y resti tución de los derechos de las personas de los sectores LGBTI, así como, posicionar la perspectiva de género y diversidad sexual para la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas en el Distrito Capital.

3. Impulsar el avance de la Estrategia de Transversa lización de Género Distrital – ETGD al interior de la Secretaría Jurídica Distrital, mediante acciones de articulación, seguimiento, retroalimentación y evaluación de los planes de trabajo acordados para la transformación y adecuación de la cultura sectorial para que esta sea sensible a la igualdad y respeto a la diversidad de género.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-2 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 2 por orientación sexual e identidad de género en la Secretaría Jurídica Distrital.

4. Fomentar la participación de la Secretaría Jurídica Distrital en el Sello Distrital de Igualdad de Género, siendo un mecanismo de medición que hace parte integral de la Estrategia de Transversalización de Género Distrital – ETGD.

2. Promover una cultura de gestión con enfoque de derechos y de género, a través de acciones de sensibilización y estrategias de comunicación, dirigi das a los/as servidores/as y colaboradores/as de la Secretaría Jurídica Distrital, impulsando las políticas y/o programas diseñados por la mesa de trabajo.

Artículo 3.

INTEGRANTES. La Mesa de Mujeres y Equidad de Género de la Secretaría Jurídica Distrital, se encuentra integrada por:

1. El/la directora(a) Distrital de Política Jurídica o su representante, quien la presidirá.

2. El/la director(a) de Gestión Corporativa o su repre sentante, quien ejercerá la secretaría técnica.

3. Realizar el seguimiento a la implementación de los instrumentos de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género del Distrito Capital al interior de la entidad, así como al plan de transversalización de la igualdad de género y acciones afirmativas.

3. El/la Jefe(a) de la Oficina Asesora de Planeación o su representante.

4. Presentar para aprobación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, las estrategias y pro gramas específicos para la institucionalización de la igualdad de género y la eliminación de posibles prácticas discriminatorias y segregación por iden tidad de género en la Secretaría Jurídica Distrital.

4. Un(a) Profesional del Despacho que se encargará de elaborar las piezas comunicacionales que sean necesarias, en calidad de invitado/a, con voz, pero sin voto.

5. El/la jefe de la Oficina de Control Interno o su re presentante, quien asistirá en calidad de invitado/a, con voz, pero sin voto.

5. Fomentar el compromiso político y técnico con el proceso de medición en el Sello Distrital de Igual dad de Género Distrital, con el fin de establecer el avance de la adecuación institucional necesarias para contribuir significativamente a la igualdad de género en el sector.

Parágrafo 1. Los/as integrantes de la Mesa de Mu
jeres y Equidad de Género de la Secretaría Jurídica Distrital, podrán asistir a las sesiones de las mesas de trabajo con un/a servidor/a o colaborador/a de la entidad para que los apoye y participe en las mismas, pero no votarán al momento de tomar las decisiones.

6. Promover una cultura laboral con enfoque de gé nero, derechos de las mujeres y de las personas de los sectores LGBTI, a través de acciones de sensibilización y estrategias de comunicación di rigidas a servidoras, servidores y contratistas de la Secretaría Jurídica Distrital.

7. Socializar los avances de la Comisión Intersectorial de Mujeres - CIM y la Mesa Intersectorial de Di versidad Sexual - MIDS y sus Unidades Técnicas de Apoyo - UTAs a los integrantes de la mesa.

8. Las demás establecidas por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Jurídica Distrital.

Parágrafo 2. La Mesa podrá invitar a los y las servi
doras de otras dependencias o a invitados o invitadas externas para que asistan a las reuniones, cuando considere que puedan aportar elementos de juicio necesarios para cumplir con los objetivos de su com petencia, o cuando representen dependencias de la entidad que tengan a cargo acciones del plan de actividades asociadas a la política. Asimismo, se invi tará al(a) profesional de transversalización de género de la Secretaría Distrital de la Mujer designado(a) al sector gestión jurídica, dada su función de brindar la asistencia técnica en la materia.

Artículo 5.

FUNCIONES DEL/LA PRESIDENTE/A. Son funciones del/la presidente/a de la Mesa de Mu jeres y Equidad de Género de la Secretaría Jurídica Distrital, las siguientes:

Capítulo II.

FUNCIONES Y OBLIGACIONES

1. Suscribir los actos y/o decisiones adoptadas por la mesa.

Artículo 4.

DE LAS FUNCIONES. Las funciones de la Mesa de Mujeres y Equidad de Género de la Secretaría Jurídica Distrital, serán las siguientes:

2. Programar las sesiones ordinarias y extraordinarias de la mesa

1. Formular, definir e implementar las estrategias y programas específicos para la institucionaliza ción de la igualdad de género y la eliminación de posibles prácticas discriminatorias y segregación

3. Coordinar con la Secretaría Técnica, la elaboración de actas, informes y demás documentos aproba dos para su publicación.

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-3 • 2022 • NOVIEMBRE • 2

4. Las demás que sean necesarias para el adecuado funcionamiento de la mesa.

meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. De manera extraordinaria cada vez que se requiera, previa convocatoria por parte de la secretaría técnica.

Artículo 6.

FUNCIONES DEL/LA SECRETARIO/A TÉCNICO/A. Son funciones del/la secretario/a Técnico/a de la Mesa de Mujeres y Equidad de Género de la Secretaría Jurídica Distrital, las siguientes:

1. Realizar la convocatoria de las sesiones de la mesa.

Cualquier miembro de la mesa a través de la secretaría técnica, podrá solicitar la realización de una sesión extraordinaria indicando la temática que se abordará, la fecha propuesta para la sesión y de requerir algún(a) invitado/a, señalará nombre y datos de contacto para su citación.

2. Fijar y hacer seguimiento al orden del día propuesto por los integrantes de la mesa.

3. Elaborar las actas, informes y demás documentos relacionados con la mesa, y coordinar con la pre sidencia su suscripción.

Las citaciones a reuniones ordinarias y extraordina rias se realizarán a través de correo electrónico con la indicación del día, la hora y el objeto de la reunión. A las sesiones ordinarias se citará con no menos de cinco (5) días hábiles de anticipación y, con dos (2) días hábiles de antelación a sesiones extraordinarias.

Con la citación deberá enviarse la propuesta del orden del día y los documentos referentes a la sesión.

4. Custodiar, conservar y publicar los documentos expedidos por la instancia y demás documentos relacionados.

5. Hacer seguimiento y verificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por los integrantes de la mesa o sus delegados.

Parágrafo 1. Las sesiones de la Mesa de Mujeres y
Equidad de Género, de la Secretaría Jurídica Distrital, serán instaladas por su presidente/a. En las sesiones solo podrán tratarse los temas incluidos en el orden del día, no obstante, éste podrá ser modificado por la plenaria de la mesa.

6. Las demás que sean necesarias para el adecuado funcionamiento de la mesa.

Artículo 7.

OBLIGACIONES DE LOS/AS INTEGRAN TES DE LA MESA. Los/as integrantes de la Mesa de Mujeres y Equidad de Género de la Secretaría Jurídica Distrital, tendrán las siguientes obligaciones:

1. Asistir a las sesiones que sean convocadas.

Parágrafo 2. La mesa podrá sesionar presencial o a
través de cualquier medio electrónico que permita una comunicación simultánea o sucesiva. Para este último caso, los integrantes deberán expresar su voto a través de medios escritos usando el correo electrónico que hará parte integral del acta y, ejercer su derecho de voz dentro de la reunión.

2. Atender y aplicar de manera oportuna las directri ces emitidas por la mesa y tomar las acciones que, para tal efecto, sean requeridas en las dependen cias a su cargo.

La secretaría técnica de la mesa conservará los ar chivos de correos electrónicos enviados y recibidos durante la sesión virtual, al igual que los demás medios tecnológicos de apoyo o respaldo de la respectiva sesión, lo cual servirá de insumo para la elaboración de las actas y harán parte de éstas.

3. Mantener la confidencialidad de la información en aquellos temas de carácter reservado.

Artículo 9.

ACTAS. De los asuntos tratados en las sesiones de la Mesa de Mujeres y Equidad de Género, se documentará un acta por parte del/la secretario/a técnico(a), quien la someterá a la aprobación de los miembros y luego será suscrita por el/la presidente/a y el/la secretario/a técnico(a).

Parágrafo. La asistencia a la Mesa de Mujeres y
Equidad de Género de la Secretaría Jurídica Distrital es obligatoria, no obstante, sus miembros podrán de signar representantes para la asistencia a las sesiones convocadas por ésta. Para tal efecto, deberán realizar la designación de manera formal, mediante documento suscrito por el titular y allegarlo con anterioridad a la respectiva sesión al(la) secretario(a) técnico(a) de la mesa de trabajo.

Capítulo III.

FUNCIONAMIENTO

Artículo 10.

QUÓRUM Y DECISIONES. Existirá quórum deliberatorio y decisorio cuando se hallen pre sentes la totalidad de los integrantes que cuentan con voto, conforme al artículo 3° de la presente resolución. Cuando se requiera tomar decisiones las mismas se adoptarán por mayoría simple.

Artículo 8.

SESIONES. La Mesa de Mujeres y Equi dad de Género se reunirá de manera ordinaria en los

Si dentro de los treinta (30) minutos siguientes a la hora fijada para iniciar la sesión no hay quórum, esta REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-4 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 4

CONSIDERANDO:

se aplazará. Los miembros asistentes fijarán nueva fecha, hora y lugar, y se hará la respectiva convoca toria, la cual deberá llevarse a cabo máximo dentro de los cinco (5) días siguientes. La secretaría técnica informará de la decisión a los demás integrantes que no asistieron a la sesión.

Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, de vueltos por correo.

Parágrafo. Cuando las decisiones de la Mesa de Mu
jeres y Equidad de Género de la Secretaría Jurídica Distrital, requieran publicidad, se darán a conocer a través de circulares, documentos o memorandos fir mados por el/la presidente/a y secretario/a técnico(a).

Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Docu mentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias

Artículo 11.

Comunicar el presente acto administrativo a los integrantes de la mesa señalados en el artículo 3° de la presente resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Jurídica Distrital.

Artículo 12.

VIGENCIA Y DEROGATORIA. La pre sente resolución rige a partir del día de su publicación y deroga la Resolución 114 de 2021 de la Secretaría Jurídica Distrital.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 fueron devuel tos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital, división de la secretaria general de la Alcaldía Mayor PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que, en consideración a lo expuesto, Dada en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días

RESUELVE:

del mes de octubre de dos mil veintidós (2022).

WILLIAM MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital

Artículo 1.

Ordenar la publicación en el Registro Dis trital, división de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

SECRETARÍA DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB

Artículo 2.

Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 18 Registros, Anexo No. 2 con 23 Registros.

RESOLUCIÓN N° DDI-020897-,

Artículo 3.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:

2022EE503440O1 (27 de octubre de 2022)

OFICINA TIPO DE ACTO CUENTAS CORRIENTES RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y DEVOLUCIONES Y/O COMPENSACIÓN “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”

LA JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponer se ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Sub dirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.2:

En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y OFICINA TIPO DE ACTO de las funciones establecidas en el artículo 26 del CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES AUTO INADMISORIO Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

GENERAL DE FISCALIZACIÓN REQUERIMIENTO ESPECIAL 5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-5 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días del mes de octubre de dos mil veintidós (2022).

Contra los actos administrativos mencionados en el anexo No 2 no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

Artículo 4.

Esta Resolución rige a partir de su publi cación.

MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-6 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 6 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN SUR 03/10/2022 CERRADO SUR 03/10/2022 CERRADO 27 PI 2 03/10/2022 NO RESIDE 18 SUR 03/10/2022 CERRADO APT 202 04/10/2022 CERRADO 2 AP 301 30/09/2022 DESCONOCIDO 2 AP 301 30/09/2022 DESCONOCIDO NOTIFICACIÓN 110001 BOGOTA, D.C. / CO 28/09/2022 REHUSADO PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO COMPENSACIÓN 13/09/2022 2022 KR 49A 174A 50 05/10/2022 CERRADO COMPENSACIÓN 13/09/2022 2021, 2022 KR 68F 37D 02 COMPENSACIÓN 13/09/2022 2022 KR 68F 37D 02 COMPENSACIÓN 13/09/2022 2022 KR 18B BIS A 73A COMPENSACIÓN 22/08/2022 2021 AK 45 195 64 LC COMPENSACIÓN 06/09/2022 2022 CL 119 70G 86 COMPENSACIÓN 08/09/2022 2022 CL 21 96G 61 / COMPENSACIÓN 01/09/2022 2021 KR 49A 100 03 BL COMPENSACIÓN 01/09/2022 2021 KR 49A 100 03 BL COMPENSACIÓN 08/09/2022 2022 CL 22A 8 21 04/10/2022 CERRADO DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO ENTE IDENTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO CACIÓN DEL CONTRIBUY- PARGA 19.170.822 PREDIAL AAA0026JFUZ RESOLUCIÓN DE TORRES 41.549.150 PREDIAL AAA0142OHEA RESOLUCIÓN DE APODERADO NOMBRE DEL ROZO GAMBA 39.709.925 PREDIAL AAA0026LBXR RESOLUCIÓN DE QUERA ZUÑIGA 10.547.098 VEHÍCULOS CDW284 RESOLUCIÓN DE ÑOZ ARBELAEZ 43.466.444 PREDIAL AAA0265EEZE RESOLUCIÓN DE ÑOZ ARBELAEZ 43.466.444 PREDIAL AAA0050BSRU RESOLUCIÓN DE TAMAYO VALLEJO 51.971.737 VEHÍCULOS CYB965 RESOLUCIÓN DE SANCHEZ GAMBOA 19.140.567 PREDIAL AAA0126KJYX RESOLUCIÓN DE SANCHEZ GAMBOA 19.140.567 PREDIAL AAA0126KHUZ RESOLUCIÓN DE PINOSA RODRIGUEZ 19.221.830 VEHÍCULOS ANC235 RESOLUCIÓN DE CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-020897 DEL 27 DE OCTUBRE DE 2022 que se relacionan a continuación, las actuaciónes administrativas objeto de la presente publicación.

EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

Que el(la) Jefe de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes, profirió para los contribuyentes DDI-018828 2022EE408996 O1 202208217000011382 MARTA CECILIA MU- DDI-018828 2022EE408996 O1 202208217000011382 MARTA CECILIA MU- DDI-018844 2022EE410177 O1 202208017000011009 MARIA CONSUELO DDI-018658 2022EE397900 O1 202205317000010108 NELSON YAMILE ES- DDI-018579 2022EE390616 O1 202208167000011293 EDGAR OSWALDO DDI-018578 2022EE390596 O1 202208167000011292 EDGAR OSWALDO DDI-018729 2022EE400927 O1 202208117000011153 LUIS FAVER MOS- DDI-018843 2022EE410158 O1 202208017000011008 CLAUDIA PATRICIA DDI-018248 2022EE373054 O1 202207017000010589 BRIGIDA NOGUERA DDI- 018739 2022EE401181 O1 202207217000010757 LUIS ALBERTO AYALA RESOLUCIÓN No. RADICADO No. DE 7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-7 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 301 13/10/2022 DESCONOCIDO 301 13/10/2022 DESCONOCIDO / CO 14/10/2022 CERRADO 2074 03/10/2022 NO RESIDE AP 503 14/10/2022 CERRADO OF 1111 13/10/2022 DESCONOCIDO BOGOTA, D.C.

COMPENSACIÓN 24/08/2022 2019-1 KR 58B 129B 16 07/10/2022 CERRADO COMPENSACIÓN 19/07/2022 2020, 2021 KR 55 152B 68 COMPENSACIÓN 15/07/2022 2021 CL 2A BIS 53A 42/ COMPENSACIÓN 22/09/2022 2021 CLL 182 3 30 03/10/2022 NO RESIDE COMPENSACIÓN 20/09/2022 2022 CL 134 11 64 COMPENSACIÓN 25/08/2022 2021-5 CL 150 16 56 LC COMPENSACIÓN 09/09/2022 2018 KR 15 19 85 AP COMPENSACIÓN 09/09/2022 2018 KR 15 19 85 AP DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

RUIZ 79.658.472 VEHÍCULOS RJN152 RESOLUCIÓN DE LTDA 900.336.143 ICA 900336143 RESOLUCIÓN DE LEZ ARISMENDY 79.945.507 VEHÍCULOS INO948 RESOLUCIÓN DE CHEZ MARTINEZ 52.776.432 ICA 52776432 RESOLUCIÓN DE FAJARDO VARGAS 52.260.694 PREDIAL AAA0133EZSK RESOLUCIÓN DE FAJARDO VARGAS 52.260.694 PREDIAL AAA0133ETYX RESOLUCIÓN DE MUNDO ESPACIOS INVERSIONES LTDA 900.072.235 PREDIAL AAA0264UWTO RESOLUCIÓN DE SALAMANCA OSPINA 80.821.380 PREDIAL AAA0264MWLW RESOLUCIÓN DE ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-020897 DEL 27 DE OCTUBRE DE 2022 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la DDI-018303 2022EE374700 O1 202207137000010667 CONTENEDORES DDI-010959 2022EE326434 O1 202206017000010119 CONINGENIERIA E DDI-019009 2022EE434186 O1 202208257000011572 ERWIN ANDRES DDI-018916 2022EE418189 O1 202209137000012042 MILLER IVAN GONZA- DDI-009733 2022EE317053 O1 202205217000009942 LUIS RICARDO MORA DDI-018332 2022EE380616 O1 202201257000007852 LIZETH JOANNA SAN- Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de DDI-018773 2022EE402248 O1 202208257000011564 SANDRA PATRICIA DDI-018773 2022EE402248 O1 202208257000011564 SANDRA PATRICIA MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-8 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 8 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN SUR 13/10/2022 CERRADO SUR 14/10/2022 CERRADO PISO 3 10/10/2022 CERRADO AMPARO 14/10/2022 CERRADO SUR BRR EL CL 129 53 84 NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO ESPECIAL 13/09/2022 2019-4, 5, 6 2020-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 53A 128A 40 10/10/2022 DESCONOCIDO ESPECIAL 13/09/2022 2019-4, 5, 6 2020-1, 2, 3, 4, 5, 6 ESPECIAL 13/09/2022 2019-4, 5, 6 CL 153A 7 22 10/10/2022 DESCONOCIDO PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO objeto de la presente publicación.

NOTIFICACIÓN POR AVISO ENTE IDENTIFI- CACIÓN DEL CONTRIBUY- S.A.S 800.041.263 VEHÍCULOS BCK555 AUTO INADMISORIO 22/08/2022 2021 CL 12 13 30 04/10/2022 CERRADO PINZON 28.271.344 VEHÍCULOS HSZ231 AUTO INADMISORIO 09/08/2022 2022 KR 19 07 02 29/09/2022 NO RESIDE LIMITADA 830.140.968 ICA 830140968 REQUERIMIENTO MORENO 2.419.753 VEHÍCULOS DQN 247 AUTO INADMISORIO 25/08/2022 2018, 2019, 2020, 2021 CR 11B 99 25 P9 12/10/2022 DESCONOCIDO MORALES 23.740.683 VEHÍCULOS HBU290 AUTO INADMISORIO 09/08/2022 2021 KR 19 07 02 14/09/2022 NO RESIDE CALLEJAS 52.049.911 PREDIAL AAA0149KNYN AUTO INADMISORIO 31/08/2022 2022 CL 41F 81B 24 CHO PARDO 19.162.283 VEHÍCULOS BRF153 AUTO INADMISORIO 25/08/2022 2022 CR 80B 7A 67 04/10/2022 CERRADO DE MOLANO 51.686.100 VEHÍCULOS PFV025 AUTO INADMISORIO 25/08/2022 2021 CL 82B 94H 22 13/10/2022 CERRADO APODERADO NOMBRE DEL ELECTRICA LTDA ELECTRICA LTDA REDING EL LTDA - 830.065.430 ICA 830065430 REQUERIMIENTO REDING EL LTDA - 830.065.430 ICA 830065430 REQUERIMIENTO UEBLES EL CENTRO CONTRIBUYENTE Y/O TIZABAL ARISTIZABAL 70.383.826 VEHÍCULOS HJW068 AUTO INADMISORIO 01/09/2022 2022 CR 72A 55A 21 ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-020897 DEL 27 DE OCTUBRE DE 2022 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

Que los Jefes de la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes y la Oficina General de Fiscalización de la Subdirección de Determinación, profirieron para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

NA 2022EE409211 C1 202204213000052327 REDES E INGENIERIA NA 2022EE409211 O1 202204213000052327 REDES E INGENIERIA NA 2022EE409309 O1 202204213000052972 ALCANEL INGENIERIA No.

DDI- DDI- DDI- CIÓN No. RADICADO No. DE 012102 2022EE352161 O1 202208097000011084 ORFILIA MORALES 51.944.540 PREDIAL AAA0166BLRJ AUTO INADMISORIO 09/08/2022 2022 CRA 37 69H 16 018363 2022EE381547 O1 202208217000011403 MABEL NUBIA PAEZ 012067 2022EE351863 O1 202208097000011100 ALICIA AIDEE VELA RESOLU- DDI-018238 2022EE372676 O1 202208217000011380 MERCANTIL DE INM- DDI-018589 2022EE391617 O1 202208267000011646 ELMER ALIRO ARIS- DDI-018567 2022EE389780 O1 202208267000011642 IRLENIA SALAMANCA DDI-012068 2022EE351873 O1 202208097000011101 GEORGINA SANABRIA DDI-018372 2022EE381565 O1 202208217000011463 RUFINO MENDOZA DDI-018358 2022EE381535 O1 202208217000011457 EUSEBIO CRISTAN- 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-9 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 202 10/10/2022 NO RESIDE 2 45 10/10/2022 NO RESIDE SUR 10/10/2022 DESCONOCIDO 5 P 2 10/10/2022 NO RESIDE 67 38 03/10/2022 CERRADO APTO 503 04/10/2022 CERRADO 213 LC 213 10/10/2022 CERRADO INTERIOR 101 10/10/2022 NO RESIDE KR 15 77 05 LC FICIO MANOVA ESPECIAL 13/09/2022 2019-4, 5, 6 KR 26 66 34 10/10/2022 NO RESIDE ESPECIAL 13/09/2022 2019-4, 5, 6 KR 26 65 33 10/10/2022 NO RESIDE ESPECIAL 13/09/2022 2019-4, 5, 6 CL 16 H 102 18 10/10/2022 NO RESIDE ESPECIAL 13/09/2022 2019-4, 5 KR 26 17B 18 ESPECIAL 13/09/2022 2019-4, 5, 6 KR 7 84B 31 OFC ESPECIAL 14/09/2022 2019-4, 5, 6 2020-1, 2, 3, 4, 5, 6 ESPECIAL 14/09/2022 2019-4, 5, 6 CL 62 11 18 AP ESPECIAL 14/09/2022 2019-4, 6 AC 24 95 12 BDG ESPECIAL 14/09/2022 2019-4, 6 CL 22 F 86 74 NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal SEA SAS 901.333.019 PREDIAL 050C02133460 AUTO INADMISORIO 23/08/2022 2022 CL 74 65 68 EDI- HEF SAS 900.009.615 ICA 900009615 REQUERIMIENTO HEF SAS 900.009.615 ICA 900009615 REQUERIMIENTO DOS S A S 900.116.432 ICA 900116432 REQUERIMIENTO SEGURIDAD SAS 900.098.587 ICA 900098587 REQUERIMIENTO SERVICIOS S.A.S 900.602.361 ICA 900602361 REQUERIMIENTO RTE TECNICO EN VALLEJO TORRES 1.024.558.143 VEHÍCULOS QUS16C AUTO INADMISORIO 23/08/2022 2019, 2020, 2021 CL 62 BIS SUR DOS ESPECIALIZA- NAL DE TECHOS SAS 900.185.231 ICA 900185231 REQUERIMIENTO ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-020897 DEL 27 DE OCTUBRE DE 2022 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2022EE409487 O1 202204213000053472 IMPOREPUESTOS NA 2022EE409487 C1 202204213000053472 IMPOREPUESTOS NA 2022EE409844 C1 202204213000053221 INGENIERIA Y SOPO- NA 2022EE409873 O1 202204213000053433 GLOBAL DE TRASLA- NA 2022EE409904 C1 202204213000053142 COLOMBIANA NACIO- NA 2022EE411190 C1 202204213000053932 INTECO MC SAS 900.438.876 ICA 900438876 REQUERIMIENTO NA 2022EE411243 C1 202204213000054340 K.AASESORIAS Y NA 2022EE411346 O1 202204213000055002 IMPOLOGINTER S.A.S 901.161.622 ICA 901161622 REQUERIMIENTO NA 2022EE411346 C1 202204213000055002 IMPOLOGINTER S.A.S 901.161.622 ICA 901161622 REQUERIMIENTO Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

DDI- 018289 2022EE374262 O1 202208217000011447 CONSTRUCCIONES DDI-018294 2022EE374303 O1 202208217000011395 DIANA CAROLINA MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-10 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 10 DECRETOS LOCALES DE 2022 siguientes Proyectos de Inversión que requieren de recursos adicionales para dar cumplimiento a las distin tas metas en ellos propuestos, de la siguiente manera:

ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ DECRETO LOCAL N° 011 Al rubro O23011601060000001641 “Estrategias del cuidado para cuidadoras, cuidadores y a personas con discapacidad” $ 40.000.000.

(6 de octubre de 2022)

“Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2022”

EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ En uso de sus facultades constitucionales, legales y Teniendo en cuenta que este rubro se encuentra desfi nanciado para garantizar el cumplimiento de la política pública de mujer y género y la transversalización de los enfoques de género, derechos de las mujeres y el Sistema Distrital de Cuidado, que hacen parte del cumplimiento del plan de desarrollo distrital y local, se hace necesario trasladar $ 40.000.000 para cubrir las necesidades logísticas de la operatividad de la Unidad Móvil del Cuidado. en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Al rubro O23011601210000001633 “Acciones para la promoción de la cultura, tradición y costumbres sumapaceñas” $ 150.000.000.

Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece: cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o estable cer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, cré ditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, (…)

El proyecto 1633 en el componente de 4 eventos, se encuentra desfinanciado para el desarrollo de una acti vidad de gran importancia e impacto para la Localidad como lo es la realización de la “Feria Agroambiental”, el cual, brinda a la totalidad de la comunidad la posibilidad de concertación para la realización de actividades que resaltan las costumbres y tradiciones relacionadas con la producción agropecuaria, a través de concursos que motivan a la comunidad a participar y sobre todo a integrarse y sentirse en unión familiar.

Al rubro O23011602280000001648 “Educación am biental” $100.000.000.

Que estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presu puesto. Si se trata de gastos de inversión se requeri rá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

Que mediante oficios No. 2-2022-138369 y el No. 2-2022-138378 del 26 de septiembre de 2022, la Se cretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

En el marco del proyecto 1648, denominado Educación Ambiental (PROCEDAS), se requiere adicionar, cien millones de pesos (100.000.000) con los cuales se pro ponen realizar acciones para la protección del recurso hídrico a través del saneamiento básico y la educación ambiental, como se priorizó en la iniciativa ciudadana de presupuestos participativos para la vigencia 2022.

Al rubro O23011602300000001652 “Por una Sumapaz sin riesgos que le aporta y se adopta al cambio climá tico” $300.000.000.

Que mediante oficio No. 2022EE468710O1 del 06 de octubre de 2022, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fon do de Desarrollo Rural, efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante el cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2022, por valor de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE. $2.256.367.995.

En el territorio de Sumapaz, se presentan amenazas generadas por deslizamientos, derrumbes, pérdidas de bancas y procesos de remoción en masa que son causadas principalmente por las condiciones geo cli máticas de la zona, la naturaleza propia del páramo y las precipitaciones en la zona, los cuales son agentes que afectan de manera permanente los suelos de la localidad, en consecuencia, el propósito de adicionarle recursos al mismo es disminuir los impactos negativos desencadenados por emergencias y desastres, así Que, dentro del Plan de Desarrollo Local de Sumapaz 2021 – 2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA SUMAPAZ” están incluidos los 11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-11 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 presupuestada dentro de este proyecto, es decir que a la fecha se encuentra desfinanciada.

Por lo anterior se hace necesario trasladar a este proyecto recursos por el orden de $20.000.000 para la compra de las dotaciones. como dar alcance oportuno a los eventos adversos generados a través de los escenarios de riesgos carac terizados en el Plan de Acción de la AL, implementando estrategias que den respuesta eficaz a las necesidades derivadas de los diferentes escenarios de Riesgos ya identificados en el plan.

Al rubro O23011602330000001655 “Más y mejor es pacio público”, $500.000.000.

Al rubro O23011605550000001691 “Fortalecimien to de cultura ciudadana y su institucionalidad” $516.367.995 Para el cumplimiento del proyecto 1655 se tiene como meta “Construir 1500 m2 de Parque vecinales y/o de bolsillo (la construcción incluye su dotación). (Construir una chancha sintética de 1500 M2)”. En este sentido, se decidió, construir una cancha de futbol en la vereda Betania de la Localidad de Sumapaz de acuerdo con los diseños establecidos por el IDRD y a los compro misos adquiridos con la comunidad en encuentros ciudadanos.

Al rubro O23011603390000001672 “Procesos de construcción de memoria, verdad, reparación integral a víctimas, paz y reconciliación”, $106.000.000.

Los recursos destinados a este proyecto no son su ficientes para el cumplimiento de las metas plantea das para la presente vigencia 2022, por esta razón, algunas de las actividades: como el mantenimiento de salones comunales, en donde se requiere realizar reparaciones y adecuaciones locativas, originado por las condiciones climáticas, ambientales que hace que generan un alto grado de deterioro, hace necesario realizar intervenciones para mantenerlos en adecuado funcionamiento, por lo cual, se requiere trasladar a este proyecto $516.367.995, para el cumplimiento de la meta “Intervenir 7 sedes de salones comunales”.

Al rubro O23011605570000001696 “Gestión pública local” $524.000.000 Las necesidades de nuevo personal y la adición de contratos de prestación de servicio del personal exis tente, por un lado, y por otro lado, las nuevas condicio nes de la permanencia en el territorio hacen necesario la adquisición de vehículos 4x4 para reponer los que han cumplido su vida útil, son actividades fundamen tales para el cumplimiento de la misionalidad de la entidad, sin embargo, estas actividades se encuentran desfinanciadas Por otro parte, el proyecto 1672 Procesos de cons trucción de memoria, verdad, reparación integral a víctimas, paz y reconciliación, no cuenta con los recursos necesarios para atender los procesos de memoria, verdad, reparación integral a víctimas, paz y reconciliación en la localidad de Sumapaz, partiendo de la premisa de que la localidad ha sido escenario de varias olas de violencia que se presentaron desde inicios del siglo XX. De allí, que se hace necesario emprender diversas acciones con el ánimo de reparar a las víctimas de las diferentes afectaciones sufridas en el marco del conflicto armado en Colombia y más específicamente dentro de la localidad de Sumapaz.

Por lo anterior, se hace imperativo trasladar recursos a este proyecto por el orden de $524.000.000, que permitan financiar las actividades descritas.

Al rubro O23011604490000001688 “Movilidad segura, sostenible y accesible” $20.000.000 Que, en mérito de lo anterior expuesto,

DECRETA:

Para el mantenimiento de la malla vial de la Localidad de Sumapaz, el Fondo de Desarrollo Rural, cuanta con un equipo de 40 conductores, operarios y ayudantes, que son las personas encargadas de manejar la Maqui naria pesada, las volquetas y tractocamión entre otros; y los ayudantes, quienes apoyan a los conductores en la operación de estos vehículos.

Artículo 1.

Efectúese un contra crédito en el Presu puesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2022, por la suma de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/ CTE. ($2.256.367.995,00), de acuerdo con el siguiente detalle:

Para la labor que desarrollan estos trabajadores, se requiere dotación especial que los proteja del medio y de los accidentes propios de la actividad, sin embargo, la compra de dotación para este personal no estaba CONTRACRÉDITOS 02 GASTOS $ 2.256.367.995 O23 INVERSIÓN $ 2.256.367.995 O2301 DIRECTA $ 2.050.000.000 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-12 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 12 O230116 Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI $ 2.050.000.000 O23011601 Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política $ 1.500.000.000 O2301160118 Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI. $ 1.500.000.000 O23011601180000001587 Acceso y sostenimiento en la educación superior $ 1.500.000.000 O23011605 Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía cons ciente $ 550.000.000 O2301160554 Transformación digital y gestión de TIC para un territorio inteligente. $ 550.000.000 O23011605540000001692 Conectividad y redes de comunicación. $ 550.000.000 O2306 OBLIGACIONES POR PAGAR $ 206.367.995 O230616 Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI $ 206.367.995 O23061601 Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política $ 2.404.475 O2306160101 Subsidios y transferencias para la equidad $ 2.404.475 O23061601010000001583 Más y mejores oportunidades para la población vulnerable $ 2.404.475 O23061605 Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía cons ciente $ 10.513.684 O2306160554 Transformación digital y gestión de TIC para un territorio inteligente. $ 2.930.364 O23061605540000001692 Conectividad y redes de comunicación. $ 2.930.364 O2306160557 Gestión Pública Local $ 7.583.320 O23061605570000001696 Gestión Pública Local $ 7.583.320 O230690 Obligaciones por pagar vigencias anteriores $193.449.836 TOTAL, CONTRACRÉDITOS $ 2.256.367.995

Artículo 2.

Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2022, por la por la suma de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE. ($2.256.367.995,00), de acuerdo con el siguiente detalle:

CRÉDITOS 02 GASTOS $ 2.256.367.995 O23 INVERSIÓN $ 2.256.367.995 O2301 DIRECTA $ 2.256.367.995 O230116 Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI $ 2.256.367.995 O23061601 Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política $ 190.000.000 O2301160106 Sistema Distrital del Cuidado $40.000.000 O23011601060000001641 Estrategias del cuidado para cuidadoras, cuidadores y a personas con discapacidad $40.000.000 O2301160121 Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural $ 150.000.000 O23011601210000001633 Acciones para la promoción de la cultura, tradición y costumbres sumapaceñas. $ 150.000.000 O23011602 Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática $ 900.000.000 O2301160228 Bogotá protectora de sus recursos naturales $ 100.000.000 O23011602280000001648 Educación Ambiental $ 100.000.000 O2301160230 Eficiencia en la atención de emergencias $ 300.000.000 O23011602300000001652 Por una Sumapaz sin riesgos y que le aporta y se adapta al cambio climático $ 300.000.000 O2301160233 Más árboles y más y mejor espacio público $ 500.000.000 O23011602330000001655 Mas y mejor espacio público $ 500.000.000 O23011603 Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación $ 106.000.000 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-13 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 CRÉDITOS O2301160339 Bogotá territorio de paz y atención integral a las víctimas del conflicto armado $ 106.000.000 O23011603390000001672 Procesos de construcción de memoria, verdad, reparación integral a víctimas, paz y reconciliación $ 106.000.000 O23011604 Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible $20.000.000 O2301160449 Movilidad segura, sostenible y accesible $20.000.000 O23011604490000001688 Movilidad segura, sostenible y accesible $20.000.000 O23011605 Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía cons ciente $ 1.040.367.995 O2301160555 Fortalecimiento de Cultura Ciudadana y su institucionalidad $ 516.367.995 O23011605550000001691 Fortalecimiento de cultura ciudadana y su institucionalidad $ 516.367.995 O2301160557 Gestión Pública Local $ 524.000.000 O23011605570000001696 Gestión Pública Local $ 524.000.000 TOTAL, CRÉDITOS $ 2.256.367.995

Artículo 3.

Publicación. Publíquese el presente De creto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

pondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspen sión temporal de apropiaciones, (…)”.

Artículo 4.

Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Ha cienda para los trámites pertinentes.

Artículo 5.

Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Que estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presu puesto. Si se trata de gastos de inversión se requeri rá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los seis (6) días del mes de octubre de dos mil veintidós (2022).

Que mediante oficio No. 2-2022-144419 del 07 de octubre de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

SEBASTIÁN SALDARRIAGA RIVERA Alcalde Local de Sumapaz DECRETO LOCAL N° 012 (20 de octubre de 2022)

“Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Que mediante oficio No. 2022EE485324O1 del 20 de octubre de 2022, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fon do de Desarrollo Rural efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante el cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2022, por valor de DOS MIL CUATRO CIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/ CTE ($2.450.000.000,00).

Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2022”

EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ En uso de sus facultades constitucionales, legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que, dentro del Plan de Desarrollo Local de Suma paz 2021 – 2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA SUMAPAZ” están incluidos los Proyectos de Inversión 1637 “Revitalización y Transformación Productiva en la Localidad de Sumapaz”, que requiere de recursos adicionales para continuar atendiendo a la población vulnerable con programas y acciones de empleabilidad en el territorio, “Empleo local”, con el fin de contribuir a la reactivación social y económica de la Localidad de Sumapaz.

Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estable ce: “cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las corres Así mismo, es importante continuar realizando activida des para atender las zonas afectadas por fenómenos de erosión, deslizamiento, remoción en masa y suelos REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-14 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 14 re adicionar $100.000.000, que es el valor promedio de este tipo de remolques en el mercado. degradados previamente identificados en la localidad, a través de obras de bioingeniería sostenibles ambien talmente para el territorio de Sumapaz, contempladas dentro del proyecto O23011602300000001652 “Por una Sumapaz sin riesgos que le aporta y se adapta al cambio climático” con el propósito de mitigar los ries gos generados a los habitantes por estos procesos, siendo necesario trasladar recursos por un valor de $900.000.000, a fin de financiar las obras de mitigación.

De acuerdo con las consideraciones que se presen tan en la Justificación Técnica y Financiera para la modificación presupuestal, es necesario adicional al rubro O23011605550000001691 “Fortalecimiento de cultura ciudadana y su institucionalidad” $350.000.000 por cuanto, a la fecha, el saldo presupuestal de la meta es de $ 681.000.000 y los costos estimados para los estudio y diseños, obra e interventoría son de $1.041.000.000 a fin de proveer los recursos para este proyecto.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto

DECRETA:

Artículo 1.

Efectúese un contra crédito en el Presu puesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2022, por la DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MI LLONES DE PESOS M/CTE ($2.450.000.000,00), de acuerdo con el siguiente detalle:

Así mismo, para el rubro O23011604490000001688 “Movilidad segura, sostenible y accesible de Suma paz”, surge la necesidad de ampliar la capacidad de transporte de material para el mantenimiento de las vías por medio de la adquisición de un remolque de vol teo como accesorio para el tracto camión International de placas de propiedad del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, toda vez que los vehículos pesados y maquinaria, con los que cuenta el Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, son insuficientes para atender to das las emergencias que se presentan en el territorio, debido a las características del terreno y teniendo que utilizar cada máquina, equipo u/o vehículo al máximo de su disponibilidad y capacidad, para lo cual se requie CONTRACRÉDITOS 02 GASTOS $ 2.450.000.000 O23 INVERSIÓN $ 2.450.000.000 O2301 DIRECTA $ 2.450.000.000 O230116 Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI $ 2.450.000.000 O23011605 Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente $ 2.450.000.000 O2301160556 Gestión pública efectiva. $ 2.450.000.000 O23011605560000001693 Terminación de infraestructuras (sedes administrativas locales) $ 2.450.000.000 TOTAL, CONTRACRÉDITOS $ 2.450.000.000

Artículo 2.

Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2022, por la suma la DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.450.000.000,00), de acuerdo con el siguiente detalle:

CRÉDITOS 02 GASTOS $ 2.450.000.000 O23 INVERSIÓN $ 2.450.000.000 O2301 DIRECTA $ 2.450.000.000 O230116 Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI $ 2.450.000.000 O23011601 Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política $ 1.100.000.000 O2301160106 Sistema Distrital del Cuidado $1.100.000.000 O23011601060000001637 Revitalización y Transformación Productiva en la Localidad de Sumapaz. $ 1.100.000.000 O23011602 Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática $ 900.000.000 O231160230 Eficiencia en la atención de emergencias $ 900.000.000 O2311602300000001652 Por una Sumapaz sin riesgos y que le aporta y se adapta al cambio climático $ 900.000.000 O23011604 Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible $ 100.000.000 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-15 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 O2301160449 Movilidad segura, sostenible y accesible $ 100.000.000 O23011604490000001688 Movilidad segura, sostenible y accesible $ 100.000.000 O23011605 Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente $ 350.000.000 O2301160555 Fortalecimiento de Cultura Ciudadana y su institucionalidad $ 350.000.000 O23011605550000001691 Fortalecimiento de cultura ciudadana y su institucionalidad $ 350.000.000 TOTAL, CRÉDITOS $ 2.450.000.000 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del

Artículo 3.

Publicación. Publíquese el presente De creto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

mes de octubre de dos mil veintidós (2022).

SEBASTIÁN SALDARRIAGA RIVERA

Artículo 4.

Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Ha cienda para los trámites pertinentes.

Alcalde Local de Sumapaz

Artículo 5.

Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • Número 7565 • pP. 1-16 • 2022 • NOVIEMBRE • 2 16 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES DE 2022 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN N° 401 “Por la cual se reglamenta la Mesa de Mujeres y Equidad de Género de la Secre taría Jurídica Distrital y se adoptan otras disposiciones”.......................................1 SECRETARÍA DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB RESOLUCIÓN N° DDI-020897-, 2022EE503440O1 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de con formidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”..........................................5 Sector Local DECRETOS LOCALES DE 2022 ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ DECRETO LOCAL N° 011 “Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gas tos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2022”...........................................................................................................11 DECRETO LOCAL N° 012 “Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gas tos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2022”...........................................................................................................14 MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital

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