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Registro Distrital 7438 de 2022

Registro Distrital 7438 de 2022 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7438
Año
2022
Fecha
20 de mayo de 2022
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 56 - No. 7438 - Pp 1 - 8 - 2022 - MAYO - 20 AÑO 56 NÚMERO 7438 20 • MAYO • 2022 RESOLUCIONES DE 2022 SECRETARÍA DE HACIENDA 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la planta de cargos y la nueva estructura de la entidad, producto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

RESOLUCIÓN N° SDH-00182 (18 de mayo de 2022)

“Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”

El SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA Que en cumplimiento de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, expidió el Acuerdo 542 de 2015, mediante el cual se convocó a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda, Convocatoria No. 328 de 2015 – SDH.

En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015 y

CONSIDERANDO:

Que con fundamento en los principios constitucionales de eficacia, celeridad y economía previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y en el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011 y, superadas todas las etapas del proceso de selección para la provisión por mérito de los empleos que conforman la Convocatoria No. 328 de 2015, con base en los resultados totales del concurso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del referido Acuerdo 542 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, conformar en estricto orden de mérito las listas de elegibles de los empleos convocados.

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, establecen que los empleos de carrera en vacancia definitiva se proveerán en período de prueba con los seleccionados mediante el sistema de mérito.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. CNSC – 20192130118165 del 28 de noviembre 2019, “Por la cual se conforma la Lista de Elegibles para proveer once (11) empleos de carrera identificado con el código OPEC No. 213088, denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 5, del Sistema General de Carrera de la Secretaría Distrital de Hacienda, ofertado a través de la Convocatoria No. 328 de 2015 - SDH.”, la cual quedó en firme el 9 de diciembre de 2019.

Que de conformidad con el literal c) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.6.3 del Decreto 1083 de 2015, le corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, elaborar y suscribir las convocatorias a concurso, para el desempeño de empleos públicos de carrera administrativa.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC mediante oficio radicado No. 20192130118165, de fecha 28 de octubre del 2019, informó a la Secretaría Distrital de Hacienda que las listas de elegibles Que mediante los Decretos Distritales 600 y 601 de 2014, éste último modificado por los Decretos Distritales 1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7438 pP. 1-1 • 2022 • mayo • 20 correspondientes al Grupo II, en su mayoría ya se encuentran en firme. agosto de 2020, de la señora JESSICA MARTÍNEZ DIMATE, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.344.925.

Que mediante Resolución No. SDH – 000595 del 23 de diciembre de 2019, se nombró en periodo de prueba en el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 05, de la Oficina de Gestión del Servicio del Despacho del Director de impuestos de Bogotá, a los 11 primeros elegibles de la lista conformada mediante Resolución No. CNSC – 20192130118165 del 28 de noviembre 2019 Que la elegible LUZ ESTELLA MORENO PÉREZ, identificada con la cedula de Ciudadanía 52.868.519, quien ocupó la cuarta (4) posición en la Lista de Elegibles para lo cual la Secretaría Distrital de Hacienda expidió Resolución de nombramiento en periodo de prueba No. SDH-000595 del 23 de diciembre de 2019, quien tomó posesión del empleo el 22 de enero de 2020, con acta de posesión No. 0000116 y con posterioridad se declara una vacancia definitiva mediante Resolución DGC-000778 del 27 septiembre de 2021.

Que mediante los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Resolución No. SDH-000341 del 22 de agosto de 2020, respetivamente, se derogó el nombramiento a los señores CARLOS ALBERTO SABOGAL MARTÍNEZ puesto tres (3), MÓNICA LILIANA ORTIZ ACOSTA puesto cinco (5), LUIS CARLOS GÓMEZ CAMARGO puesto ocho (8) y WILSON HERBED CASTRO VELOZA puesto once (11).

Que mediante oficio con radicado bajo el No. 2021EE206005O1 del 29 de septiembre de 2021 la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó a la Comisión Nacional del servicio Civil, autorización para el uso de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130118165 del 28 de noviembre de 2019, correspondiente a la OPEC 213088 como consecuencia de la vacancia definitiva de la señora LUZ ESTELLA MORENO PÉREZ.

Que como consecuencia de los nombramientos derogados, mediante los artículos 5, 6, 7 y 8 de la Resolución No. SDH- 000341 del 22 de agosto de 2020, se nombró en periodo de prueba a JESSICA MARTÍNEZ DIMATE puesto doce (12), JOHANNA MARCELA ULLOA SALGADO puesto trece (13), MARIA VICTORIA BERNAL BAÉZ puesto catorce (14) y DANIEL RODRIGO ROBAYO ESCOBAR puesto quince (15) de la señalada lista de elegibles, en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 05, ubicados en la Oficina de Gestión del Servicio de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, mediante oficio con radicado Bajo el No. 20211021399991 del 26 de octubre de 2021, cuyo asunto es “Autorización uso de lista de elegibles (Con Cobro) para proveer una (1) vacante en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 213088, ofertada en la Convocatoria Nro. 328 de 2015” autorizó el uso de la lista en los siguientes términos:

Que mediante Resolución No. SDH-000420 del 13 de octubre de 2020 se derogó el nombramiento en periodo de prueba efectuado mediante la Resolución No. SDH- 000341 del 22 de agosto de 2020 al señor DANIEL RODRIGO ROBAYO ESCOBAR.

“(…) esta Comisión Nacional procedió a realizar el correspondiente estudio técnico de viabilidad de uso directo de lista de elegibles, cuyo resultado se encuentra en la certificación del analista de fecha 06 mayo de 2021, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provisión de que trata el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, tal y como lo certifica el Director de Administración de Carrera Administrativa en la misma fecha, concluyendo que:

(…)

Que mediante Resolución No. SDH- 000557 del 10 de diciembre del 2020, se nombró en periodo de prueba al señor CARLOS NICOLÁS LOZANO MARIÑO, identificado con número de cédula No. 80.070.918, quien ocupó el puesto dieciséis (16) de la lista de elegibles como consecuencia de la derogatoria de DANIEL RODRIGO ROBAYO ESCOBAR efectuada mediante Resolución No. SDH-000420 del 13 de octubre del 2020.

Para la provisión de una (1) vacante en el empleo identificado con el Código OPEC Nro. 213088 denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 5, es posible hacer uso de la lista de elegibles, con la elegible que se relaciona a continuación:

Que mediante Resolución No. SDH-000286 del 20 de abril de 2021, se derogó el nombramiento efectuado mediante Resolución No. SDH-000341 del 22 de POSICIÓN EN LA LISTA RESOLUCIÓN ENTIDAD EMPLEO PUNTAJE CÉDULA NOMBRE FIRMEZA CLAUDIA ESPERANZA MARTÍNEZ 19° 09 de diciembre de 2019 20192130118165 del 28 de noviembre 2019 SDH 213088 74.92 39553161 HERRERA (…) ”

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7438 pP. 1-2 • 2022 • mayo • 20 2 Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que la Subdirección del Talento Humano certifica en el presente acto administrativo que se verificó el uso correcto de la lista de elegibles, de manera que se siga el orden de esta, siendo procedente nombrar al elegible que ocupó el decimonoveno (19) puesto de la lista.

Artículo 1.

Nombrar en período de prueba a la señora CLAUDIA ESPERANZA MARTÍNEZ HERRERA, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.553.161 quien ocupó el decimonoveno (19) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. 20192130118165 del 28 de noviembre del 2019, bajo el código OPEC 213088, para desempeñar el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 5, de la Oficina de Gestión del Servicio, dentro de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.

Que la señora CLAUDIA ESPERANZA MARTÍNEZ HERRERA identificada con cédula de ciudadanía No. 39.553.161, ocupó el decimonoveno (19) puesto de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. CNSC – 20192130118165 del 28 de noviembre del 2019, para desempeñar el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Universitario Código 219 Grado 5, de la Oficina de Gestión del Servicio, dentro de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 2.

El período de prueba a que se refiere el artículo anterior tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión, de acuerdo con lo señalado en el artículo 31 de la Ley 909 de 2004. Al finalizar el periodo de prueba, le será evaluado el desempeño por el jefe inmediato y de ser satisfactoria la calificación, será inscrita en el Registro Público de Carrera Administrativa; de no ser satisfac toria, el nombramiento será declarado insubsistente por Resolución motivada.

Que la Subdirección del Talento Humano realizó la revisión la documentación de la señora CLAUDIA ESPERANZA MARTÍNEZ HERRERA, determinando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad para el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 5, ubicado en la Oficina de Gestión de Servicios, dentro de la planta global de la Secretaría Distrital de Hacienda, así mismo que se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Parágrafo. En el evento en que no se logre garantizar el
desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, se contara el periodo de prueba, a partir de la fecha en que se supere la emergencia sanitaria, de acuerdo, con lo previsto en el artículo 14 del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Que el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020, en el inciso 3º de su artículo 14, ordenó que “…En el evento en que el proceso de selección tenga listas de elegibles en firme se efectuarán los nombramientos y las posesiones en los términos y condiciones señalados en la normatividad vigente aplicable a la materia. La notificación del nombramiento y el acto de posesión se podrán realizar haciendo uso de medios electrónicos. Durante el período que dure la Emergencia Sanitaria estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia.”

Artículo 3.

La señora CLAUDIA ESPERANZA MARTÍNEZ HERRERA, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017 tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento, para manifestar si acepta el nombramiento; y posteriormente tendrá diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de la aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Artículo 4.

Comunicar la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano, a la señora CLAUDIA ESPERANZA MARTÍNEZ HERRERA, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.553.161.

Que el Decreto 1754 del 22 de diciembre de 2020, “Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen general, especial y específico, en el marco de la Emergencia Sanitaria.” En su artículo 3 señala que a partir de la publicación del decreto “…las entidades podrán iniciar el periodo de prueba con los aspirantes nombrados y posesionados, fijando compromisos para la evaluación del desempeño laboral, siempre y cuando se garantice el desarrollo, seguimiento y verificación de las actividades inherentes al empleo, que permitan una evaluación y calificación objetiva…”

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7438 pP. 1-3 • 2022 • mayo • 20 Técnico Código 009 Grado 08 ubicado en la Dirección de Gestión Corporativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 6.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días Que el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, establece: “(…) La nómina del respectivo ente territorial o entidad no se podrá modificar dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popular, salvo que se trate de provisión de cargos por faltas definitivas, con ocasión de muerte o renuncia irrevocable del cargo correspondiente debidamente aceptada, y en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa.” del mes de mayo de dos mil veintidós (2022).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda RESOLUCIÓN N° SDH-00183 (18 de mayo de 2022)

“Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario y se terminan unos encargos”

Que la Circular Conjunta 100-006 de 16 de noviembre de 2021 del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y el Departamento Administrativo de la Función Pública, en aplicación de la Ley de Garantías Electorales, Ley 996 de 2005, establece que “En vigencia de la restricción no se podrán crear nuevos cargos ni proveer las vacantes definitivas, salvo que se trate de vacantes generadas por renuncia, licencia, muerte o expiración del periodo fijo indispensables para el cabal funcionamiento de la Administración Pública (…).

El SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 648 de 2017, el Decreto Distrital 101 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el empleo de libre nombramiento y remoción denominado Director Técnico Código 009 Grado 08 ubicado en la Dirección de Gestión Corporativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, se encuentra vacante de manera definitiva; por tanto, debe ser provisto con una persona que cumpla con los requisitos exigidos para su desempeño, los cuales se encuentran señalados en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que el artículo 5º de la ley 909 de 2004 señala la clasificación de los empleos, disponiendo como una de las excepciones a los de carrera administrativa, aquellos de libre nombramiento y remoción.

Que los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, establecen que las vacantes definitivas de los empleos de libre nombramiento y remoción, serán provistas mediante nombramiento ordinario, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del cargo.

Que en razón a que el empleo de Director Técnico código 009 grado 08 de la Dirección de Gestión Corporativa tiene parte de la ordenación del gasto de las unidades ejecutoras 1 y 4, que adicionalmente lidera los procesos de Gestión de presupuesto de gastos e inversión financiera, gestión de bienes y servicios, gestión documental y gestión del talento humano, para no afectar el servicio ni poner en riesgo metas sensibles de la entidad, se hace necesario proveerlo de manera definitiva.

Que mediante oficio radicado No. 2022ER108871O1 del 31 de marzo de 2022, la señora GINA PAOLA SOTO CHINCHILLA presentó renuncia irrevocable al cargo de Libre Nombramiento y Remoción de Director Técnico Código 009 Grado 08 ubicado en la Dirección de Gestión Corporativa, a partir del 02 de mayo de 2022.

Que mediante memorando No. 2022IE011873O1 de 16 de mayo de 2022, suscrito por el Secretario Distrital de Hacienda se solicitó en la Subdirección del Talento Humano, el nombramiento ordinario de DIEGO ARMANDO CHITIVA SÁNCHEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.746.885, en el cargo de libre nombramiento y remoción denominado Director Técnico Código 009 Grado 08 ubicado en la Dirección de Gestión Corporativa.

Que mediante Resolución N° SDH-000146 de 08 de abril de 2022, le fue aceptada partir del 02 de mayo de 2022, la renuncia presentada por la señora GINA PAOLA SOTO CHINCHILLA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.335.860, al cargo Director REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7438 pP. 1-4 • 2022 • mayo • 20 4 009 Grado 08 ubicado en la Dirección de Gestión Corporativa, de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que de conformidad con la certificación de cumplimiento de requisitos de 13 de mayo de 2022, expedida por la Subdirección del Talento Humano, de DIEGO ARMANDO CHITIVA SÁNCHEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.746.885, cumple con los requisitos y el perfil requerido para ser nombrado en el empleo denominado Director Técnico Código 009 Grado 08 ubicado en la Dirección de Gestión Corporativa, de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 2.

Como consecuencia de lo anterior, dar por terminado, a partir de la fecha de la posesión de DIEGO ARMANDO CHITIVA SÁNCHEZ, el encargo de BETSY CAROLINA VELASCO JIMÉNEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.427.296 en el empleo de Director Técnico Código 009, Grado 08, ubicado en la Dirección de Gestión Corporativa, realizado mediante Resolución SDH-000162 de 29 de abril de 2022, quien continuará desempeñando el cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 05, ubicado en la Subdirección Administrativa y Financiera.

Que, en el presupuesto de gastos e inversiones de la Entidad para la vigencia fiscal en curso, existe apropiación presupuestal disponible en los rubros de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina, para respaldar las obligaciones del referido empleo.

Artículo 3.

Como consecuencia de lo anterior, dar por terminado, el encargo de MARCO AURELIO REINA FERNÁNDEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.740.105 en el empleo de Subdi rector Técnico Código 068 Grado 05, ubicado en la Subdirección Administrativa y Financiera, realizado mediante Resolución DGC-000421 de 29 de abril de 2022, quien continuará desempeñando el cargo de Asesor Código 105 Grado 03, ubicado en la Dirección de Gestión Corporativa.

Que mediante Resolución No. SDH-000162 del 28 de abril de 2022, se encargó en empleo de Director Técnico Código 009 Grado 08 ubicado en la Dirección de Gestión Corporativa a BETSY CAROLINA VELASCO JIMÉNEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.427.296 quien ocupa el empleo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 05, ubicado en la Subdirección Administrativa y Financiera, a partir del 2 de mayo de 2022 y hasta que sea provisto en forma definitiva el empleo.

Artículo 4.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina du rante la vigencia fiscal en curso.

Que mediante Resolución DGC-000421 del 29 de abril de 2022, se encargó desde el 2 de mayo de 2022 y hasta permanezca el encargo de la titular como Directora de Gestión Corporativa, de las funciones del cargo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 05 de la Subdirección Administrativa y Financiera al servidor público MARCO AURELIO REINA FERNÁNDEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.740.105 quien ocupa el empleo de Asesor Código 105 Grado 03, ubicado en la Dirección de Gestión Corporativa.

Artículo 5.

Comunicar el contenido de la presente resolución a DIEGO ARMANDO CHITIVA SÁNCHEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.746.885, a BETSY CAROLINA VELASCO JIMÉNEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.427.296 y a MARCO AURELIO REINA FERNÁNDEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.740.105.

Artículo 6.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Que conforme a lo anterior, se hace necesario terminar los encargos y proceder con la provisión definitiva del empleo de Director Técnico Código 009 Grado 08 ubicado en la Dirección de Gestión Corporativa.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

En mérito de lo expuesto, Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días

RESUELVE:

del mes de mayo de dos mil veintidós (2022).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda

Artículo 1.

Nombrar a DIEGO ARMANDO CHITIVA SÁNCHEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.746.885, en el empleo de libre nombramiento y remoción denominado Director Técnico Código

5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7438 pP. 1-5 • 2022 • mayo • 20 SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD - SDM RESOLUCIÓN N° 119074 solicitó prórroga para tomar posesión del referido empleo público, por el termino de 90 días hábiles, por requerir trasladarse a la ciudad en el lugar de ubicación del empleo..

(28 de abril de 2022)

“POR LA CUAL SE DEROGA UN NOMBRAMIENTO Que mediante Resolución No. 19065 del 11 de febrero de 2022, le fue prorrogado el plazo para la toma de la posesión del empleo hasta el día 12 de abril de 2022.

EN PERIODO DE PRUEBA EFECTUADO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 942 DEL 21 DE ENERO DE 2022”

EL SECRETARIO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD - SDM, En ejercicio de sus facultades legales y entre ellas las conferidas por la Ley 909 de 2004, los Decretos Que conforme con el numeral 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, “aceptado el nombramiento, la persona designada deberá tomar posesión del empleo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Este término podrá prorrogarse, por escrito, hasta por noventa días (90) hábiles más, si el designado no residiere en el lugar de ubicación del empleo, o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora”.

Nacionales 1083 de 2015, 648 de 2017, los Decretos Distritales 101 de 2004, 672 de 2018 y,

CONSIDERANDO:

Que a través de oficio radicado No. 20226120665292 del día 17 de marzo de 2022, la señora DIANA CAROLINA DUEÑAS SÁNCHEZ manifestó su rechazo al nombramiento en período de prueba efectuado mediante el acto administrativo previamente señalado en el empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 222 GRADO 19 DE LA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN.

Que mediante Resolución No. 942 del 21 de enero de 2022, se efectuó un nombramiento en período de prueba a la señora DIANA CAROLINA DUEÑAS SÁNCHEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.932.297, para desempeñar el empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 222 GRADO 19 DE LA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN, identificado con la OPEC 137216, de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 2.2.5.1.12 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017) la autoridad nominadora deberá derogar el nombramiento, cuando (…) 1. La persona designada no manifiesta la aceptación del nombramiento, no acepta, o no toma posesión del empleo dentro de los plazos señalados en la Constitución, la ley o el presente Título. (…)

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 661 de la Ley 1437 de 2011, mediante oficio con radicado No. 20226200171531 del 24 de enero de 2022, se comunicó el contenido de la Resolución No. 942 del 21 de enero de 2022, por medio de la cual se le realizó el nombramiento en PERÍODO DE PRUEBA en el empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 222 GRADO 19 DE LA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN, comunicación que fue remitida mediante correo electrónico cuya fecha de certificación electrónica corresponde al día 24 de enero de 2022.

Que como quiera que la señora DIANA CAROLINA DUEÑAS SÁNCHEZ rechazó el nombramiento otorgado mediante la Resolución No. 942 del 21 de enero de 2022, se requiere derogar el acto administrativo referido, lo cual se ajusta con lo establecido en la normatividad vigente aplicable a la Secretaría Distrital de Movilidad.

En merito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que a través de oficio radicado No. 20226120275902 del día 04 de febrero de 2022 y dentro del término previsto para manifestar la aceptación o rechazo del nombramiento en período de prueba, la señora DIANA CAROLINA DUEÑAS SÁNCHEZ manifestó su aceptación del nombramiento en período de prueba efectuado mediante el acto administrativo previamente señalado en el empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 222 GRADO 19 DE LA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN, y de igual manera,

Artículo 1.

DEROGAR el nombramiento efectuado mediante Resolución No. 942 del 21 de enero de 2022, a la señora DIANA CAROLINA DUEÑAS SÁNCHEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.932.297, en el empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 222 GRADO 19 DE LA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN, identificado con la OPEC 137216, de la planta de empleos de la Secretaría

1

Artículo 66.

DEBER DE NOTIFICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DE CARÁCTER PARTICULAR Y CONCRETO. Los actos administrativos de carácter particular deberán ser notificados en los términos establecidos en las disposiciones siguientes.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7438 pP. 1-6 • 2022 • mayo • 20 6 Distrital de Movilidad, de acuerdo con lo dispuesto en la parte motiva de este acto administrativo. los Tribunales Superiores de Distrito Judicial deberán designar, en Sala Plena, las comisiones escrutadoras distritales y municipales” (…) Los Registradores Distritales y Municipales actuarán como secretarios de las comisiones escrutadoras”.

Artículo 2.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno de la sede administrativa.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes de abril de dos mil veintidós (2022).

Que, de acuerdo con el literal a) del numeral 1º del Artículo 46 del Decreto 1010 de 2000, es función de la Registraduría Distrital del Estado Civil: “(…) a) Organizar y vigilar los procesos electorales y mecanismos de participación ciudadana que corresponde a su circunscripción electoral (…)”.

FELIPE A. RAMÍREZ BUITRAGO Secretario de Despacho REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Que, de conformidad a los dispuesto en el artículo 207 del Decreto Ley 2241 de 1986, las elecciones para Presidente y Vicepresidente de la Republica se realizarán el último domingo del mes de mayo del respectivo año, que para esta elección será el 29 de mayo del 2022.

RESOLUCIÓN N° 0455 (19 de Abril 2022)

Que el inciso 1º del artículo 41 de la Ley 1475 de 2011

DISPONE:

Por la cual se señala el lugar en donde funcionarán las Comisiones Escrutadoras en Bogotá D.C., para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República que se llevarán a cabo el próximo 29 de mayo de 2022, y una eventual segunda vuelta Presidencial, el 19 de junio de 2022 LOS REGISTRADORES DISTRITALES DEL “Las comisiones escrutadoras distritales, municipales y auxiliares comenzarán el escrutinio que les corresponde el mismo día de la votación, a partir del momento del cierre del proceso de votación, con base en las actas de escrutinio de mesa y a medida que se vayan recibiendo por parte de los claveros respectivos, en el local que la respectiva Registraduría previamente señale.”

ESTADO CIVIL, en cumplimiento del artículo 120 de la Constitución Que, de acuerdo con el artículo 43 de la Ley 1475 del 2011, señala:

Política, y en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las contenidas en los artículos 41 y 157 y 207 del Decreto 2241 de 1986 (Código Electoral), el artículo 46 del Decreto 1010 de 2000 y del artículo 41, 43 y 44 de la Ley 1475 de 2011, “Los escrutinios generales que deben realizar los delegados del Consejo Nacional Electoral se iniciaran a las nueve (9) de la mañana del martes siguiente a las elecciones, en la capital del respectivo departamento.

CONSIDERANDO:

Los delegados del Consejo deberán iniciar y adelantar el escrutinio general, aunque no se haya recibido la totalidad de los pliegos electorales de los municipios que integran la suscripción electoral.”

Que, el artículo 120 de la Constitución Política señala: “(…) La organización electoral está conformada por el Consejo Nacional Electoral, por la Registraduría Nacional del Estado Civil y por los demás organismos que establezca la ley. Tiene a su cargo la organización de las elecciones, su dirección y vigilancia, así como lo relativo a la identidad de las personas.”

Que el articulo 44 de la Ley 1475 del 2011 establece que el horario de los escrutinios para la Fórmula Presidencial, tendrán el mismo horario que del resto de elecciones.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVEN:

Que, de conformidad con el numeral 11 del artículo 41 del Decreto 2241 de 1986, corresponde a los Registradores Distritales del Estado Civil: “(…) 11. Atender y vigilar la preparación y realización de las elecciones.”

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 157 del Código Electoral Colombiano, el cual dispone: “Diez (10) días antes de las correspondientes elecciones,

Artículo 1.

SEÑALAR que todas las Comisiones Escrutadoras pertenecientes a las Localidades de (01) Usaquén, (02) Chapinero, (03) Santa Fe, (04)

7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7438 pP. 1-7 • 2022 • mayo • 20 y una eventual segunda vuelta, el 19 de junio de 2022, en la Ciudad de Bogotá D.C., funcionarán en La CORPORACIÓN DE FERIAS Y EXPOSICIONES S.A. - USUARIO OPERADOR DE ZONA FRANCA “CORFERIAS”, ubicada en la CARRERA 37 No. 24
- 67 de la ciudad de Bogotá D.C.

Artículo 4.

REMITIR copia del presente acto al Registrador Delegado en lo Electoral y al Consejo Nacional Electoral.

San Cristóbal, (05) Usme, (06) Tunjuelito, (07) Bosa, (08) Kennedy, (09) Fontibón, (10) Engativá, (11) Suba, (12) Barrios Unidos, (13) Teusaquillo, (14) Los Mártires, (15) Antonio Nariño, (16) Puente Aranda, (17) La Candelaria, (18) Rafael Uribe Uribe, (19) Ciudad Bolívar, (20) Sumapaz, Cárceles, y CORFERIAS, para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la de la República a realizarse el 29 de mayo de 2022 y una eventual segunda vuelta, el 19 de junio de 2022, en la Ciudad de Bogotá D.C., funcionarán en La CORPORACIÓN DE FERIAS Y EXPOSICIONES S.A. - USUARIO OPERADOR DE ZONA FRANCA “CORFERIAS”, ubicada en la CARRERA 37 No. 24
- 67 de la ciudad de Bogotá D.C.

Artículo 5.

DIVULGACIÓN: Fijar la presente Resolución en lugar público de cada una de las veintitrés (23) Registradurías Auxiliares y en la sede de la Registraduría Distrital.

Artículo 6.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los diecinueve (19) días del mes de abril de dos mil veintidós (2022).

Artículo 2.

SEÑALAR que los escrutinios Auxiliares y Zonales de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República del 29 de mayo de 2022 y una eventual segunda vuelta, el 19 de junio de 2022, en la Ciudad de Bogotá D.C., se conformarán de CIENTO VEINTINUEVE (129) COMISIONES AUXILIARES y VEINTIÚN (21) COMISIONES ZONALES.

DIANA BIVIANA DÍAZ RINCÓN RODRIGO TOVAR GARCÉS Registradores Distritales del Estado Civil

Artículo 3.

SEÑALAR que la Comisión Escrutadora Distrital y la Comisión Escrutadora General para las elecciones de presidente y Vicepresidente de la República, que se realizarán el 29 de mayo de 2022

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7438 pP. 1-8 • 2022 • mayo • 20 8 ´ ALCALDIA MAYOR ´, BOGOTA D.C.

CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES DE 2022 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN N° SDH-00182 “Por la cual se realiza un nombramiento en periodo de prueba”......................... 1 RESOLUCIÓN N° SDH-00183 “Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario y se terminan unos encargos”...... 4 SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD - SDM RESOLUCIÓN N° 119074 “POR LA CUAL SE DEROGA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA EFECTUADO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 942 DEL 21 DE ENERO DE 2022”................................................................................................................6 Sector Descentralizado REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN N° 0455 Por la cual se señala el lugar en donde funcionarán las Comisiones Escrutadoras en Bogotá D.C., para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República que se llevarán a cabo el próximo 29 de mayo de 2022, y una eventual segunda vuelta Presidencial, el 19 de junio de 2022.......................................................... 7 MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital

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