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Registro Distrital 7389 de 2022

Registro Distrital 7389 de 2022 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7389
Año
2022
Fecha
14 de marzo de 2022
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 56 - No. 7389 - Pp 1 - 17 - 2022 - MARZO - 14 AÑO 56 NÚMERO 7389 14 • MARZO • 2022 RESOLUCIONES DE 2022 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL para desempeñar el cargo de Auxiliar de Administrativo Código 407 Grado 02, de la Alcaldía Municipal de Bello, Antioquia, por el termino de seis (6) meses contados a partir de la fecha de posesión en el mismo.

RESOLUCIÓN N° 104 (3 de marzo de 2022)

“Por medio de la cual se declara la vacancia temporal de un empleo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.”

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 4 del artículo 1 del Decreto Que el (la) señor (a) JULIANA MARÍA ACERO CA RRILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.015.416.917, mediante oficio con radicado 3-2022-6201 del 17 de febrero de 2022, realizó la solicitud declaratoria de vacancia temporal del em pleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 13 de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., teniendo en cuenta el nombramiento efectuado en la Alcaldía Municipal de Bello, Antioquia, mediante Decreto Municipal No. 202204000160 de 2022, indicando que tomará posesión del mismo en periodo de prueba el día tres (3) de marzo de 2022.

Distrital 101 de 2004, y atendiendo lo preceptuado en el artículo 2.2.5.2.2. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017; el Decreto Nombramiento No. 061 del 10 de febrero de 2022 y,

CONSIDERANDO:

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil convocó a concurso de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Alcaldía Municipal de Bello, Antioquia, identificado como el “Convocatoria Territorial 998 de 2019”.

Que el inciso tercero del numeral 5° del artículo 31 de la Ley 909 de 2004 determina: “El empleado inscrito en el Registro Público de Carrera Administrativa que supere un concurso será nombrado en período de prueba, al final del cual se le actualizará su inscripción en el Re gistro Público, si obtiene calificación satisfactoria en la evaluación del desempeño laboral. En caso contrario, regresará al empleo que venía desempeñando antes del concurso y conserva su inscripción en la carrera administrativa. Mientras se produce la calificación del período de prueba, el cargo del cual era titular el empleado ascendido podrá ser provisto por encargo o mediante nombramiento provisional”.

Que el (la) señor (a) JULIANA MARÍA ACERO CA RRILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.015.416.917, participó de la mencionada convocato ria para el cargo de Auxiliar de Administrativo Código 407 Grado 02, haciendo parte de la lista de elegibles conformada para proveer el empleo con código OPEC 43181.

Que el artículo 2.2.5.5.49 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el Decreto 648 de 2017, es tableció que: “El empleado con derechos de carrera administrativa que supere un concurso para un empleo de carrera será nombrado en período de prueba y su empleo se declarara vacante temporal mientras dura el período de prueba”.

Que mediante Decreto Municipal No. 202204000160 de 2022, se nombró en “período de prueba” al (la) señor (a) JULIANA MARÍA ACERO CARRILLO, iden tificada con la cédula de ciudadanía No. 1.015.416.917, Que así mismo el numeral 7 del artículo 2.2.5.2.2 ibí dem respecto a la vacancia temporal de los empleos señala lo siguiente:

1 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-1 • 2022 • MARZO • 14 “Vacancia temporal. El empleo queda vacante tempo ralmente cuando su titular se encuentre en una de las siguientes situaciones:

(…) “ 7. Período de prueba en otro empleo de carrera”

Artículo 4.

Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano y a la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Secre taría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la misma Entidad, para los trámites legales corres pondientes.

Artículo.5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes Que se hace necesario declarar la vacancia temporal del empleo Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 13 de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio, a partir del tres (3) de marzo de 2022, fecha en la cual informa el (la) señor (a) JULIANA MARÍA ACERO CA RRILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.015.416.917, hará efectiva su posesión en periodo de prueba del cargo Auxiliar de Administrativo Código 407 Grado 02 de la Alcaldía Municipal de Bello, Antioquia. de marzo de dos mil veintidós (2022).

MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE Que en mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., Secretaria General

RESUELVE:

RESOLUCIÓN N° 114 (10 de marzo de 2022)

“Por la cual se hace un nombramiento provisional”

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Artículo 1.

Declarar a partir del tres (3) de marzo de 2022 y por el término que dure el periodo de prueba del (la) señor (a) JULIANA MARÍA ACERO CARRI LLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.015.416.917, la vacancia temporal del empleo Auxi liar Administrativo Código 407 Grado 13 de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Se cretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

En uso de las facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto Distrital 101 de 2004 y el Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital 426 de 2016, se modificó la planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Que la provisión de los empleos cuya naturaleza son de carrera administrativa se hará conforme a lo estableci do en la Ley 909 de 2004, es decir, mediante concurso de méritos proceso que se encuentra adelantando la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).

Artículo 2.

Una vez finalizado el período de prueba en el empleo Auxiliar de Administrativo Código 407 Grado 02 de la planta de personal de la Alcaldía Mu nicipal de Bello, Antioquia, el (la) servidor (a) público (a) JULIANA MARÍA ACERO CARRILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.015.416.917, de berá informar por escrito a la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., si obtuvo calificación satisfactoria en la evaluación del desempeño laboral y en consecuencia si su decisión es aceptar el nom bramiento en propiedad del cargo del cual superó el periodo de prueba en la Alcaldía Municipal de Bello, Antioquia, esto con el fin de declarar la vacancia de finitiva del empleo o en su defecto reintegrarlo (a) al empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 13 de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio de la Subsecretaría Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., del cual es titular y que venía desempeñando antes de la declaratoria de vacancia temporal.

Que mediante Resolución No. 360 del 19 de octubre de 2020, fue nombrado en período de prueba con ocasión a la Convocatoria CNSC No. 821 de 2018, el señor MARIO ALEXÁNDER LANZA BUSTOS, identificado con cédula de ciudadanía No. 80014909, en el empleo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa de la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Que el señor MARIO ALEXÁNDER LANZA BUSTOS, identificado con cédula de ciudadanía No. 80014909,

Artículo 3.

Comunicar el contenido de la presente Resolución a JULIANA MARÍA ACERO CARRILLO al correo electrónico jumaceca@gmail.com a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Se cretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-2 • 2022 • MARZO • 14 2 YESID PULIDO PULIDO, tendrá diez (10) días conta dos a partir de la notificación de este acto administra tivo, para manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la aceptación. quien es el titular del cargo Profesional Universitario Código 219 Grado 18 de la Dirección de Talento Humano, se encuentra en periodo de prueba en otra entidad, por lo que le fue otorgada la vacancia temporal del mencionado empleo a partir del 01 de febrero de 2022 en virtud de lo dispuesto por la Resolución 034 de 27 de enero de 2022.

Artículo 3.

Notificar el contenido de la presente Re solución al señor FREDY YESID PULIDO PULIDO mediante correo electrónico fypulido@alcaldiabogota. gov.co contenido de la presente resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Se cretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Que mientras se proveen estos empleos por concurso de méritos, la Entidad provee las vacantes definitivas y temporales de manera transitoria mediante la figura de Encargo.

Que, en la planta de personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. no existen funcio narios de carrera administrativa que cumplan con los requisitos para ser encargado, en el siguiente empleo:

Artículo 4.

Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Servicios Adminis trativos de la misma Entidad, para los trámites legales correspondientes.

No. Empleos Denominación Código Grado Dependencia Uno (1) Profesional Universitario 219 18 Dirección de Talento Humano

Artículo 5.

El presente nombramiento cuenta con el saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso, de acuerdo con la certificación expedida por la Subdirectora Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Distrital 540 de 2021.

Artículo 6.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Circular CNSC No.003 de 11 de junio de 2014, dirigida a los Representantes Legales y Jefes de Unidades de Personal, señala los efectos del Auto de Suspensión proferido por el Consejo de Estado, indicando que a partir del 12 de junio de 2014 no otorgará autorizacio nes para proveer transitoriamente empleos de carrera a través de encargo o nombramiento provisional, mien tras que dure la suspensión provisional ordenada por esa Alta Corte otorgando a las entidades la facultad legal para proveer transitoriamente sus empleos que se encuentran en vacancia definitiva o temporal.

Dada en Bogotá, D.C., a los diez (10) días del mes de marzo de dos mil veintidós (2022).

MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE Que por razones de estricta necesidad del servicio presentada en la Dirección de Talento Humano, excepcionalmente se procede a realizar un nombra miento provisional, mientras el cargo se encuentre en vacancia.

Secretaria General Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

Nombrar en provisionalidad a partir de la fecha, al señor FREDY YESID PULIDO PULI DO, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 79.893.659, en el cargo de Profesional Universitario Código 219 Grado 18 de la Dirección de Talento Hu mano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., mientras el mismo sea provisto de manera definitiva en carrera administrativa.

Artículo 2.

De conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado y adi cionado por el Decreto 648 de 2017, el señor FREDY

3 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-3 • 2022 • MARZO • 14 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN N° 076 (4 de marzo de 2022) abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital –CNSC Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.

“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba“ EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales conferidas por el artículo 23 de la Ley 909 de 2004, los artículos 2.2.5.1.2, 2.2.5.3.1 el Decreto Nacional 1083 de 2015 modificados por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, así como el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y Que, cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Re solución No. 9699 del 19 de septiembre de 2020, por la cual se conforma lista de elegibles para proveer dos (2) vacantes definitivas del empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407, Grado 16, de la DI RECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, identificado con el código OPEC No. 66179 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.

CONSIDERANDO:

Que, el 05 de octubre de 2020, la citada lista de ele gibles quedó en firme para efectuar el nombramiento en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de conformidad con el puntaje obtenido por la persona que ocupa un lugar de elegibilidad.

Que, de conformidad con el artículo 2.2.5.1.2 del De creto Nacional 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, en armonía con el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la Ley 909 de 2004, las secretarías de despacho son empleos de dirección, conducción y orientación institucionales, que tienen la facultad de nombrar al personal de su entidad u organismo en el orden territorial.

Que, el señor LUIS FERNANDO MONTOYA GARCÍA, identificado con cédula de ciudadanía No. 94.361.153, ocupó el puesto número uno (1) en la Resolución No. 9699 del 19 de septiembre de 2020 para proveer el em pleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO Código 407, Grado 16, de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital.

Que, a través del numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, se asignó a las secretarías de despacho, la facultad de decidir los asuntos relaciona dos con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos.

Que, según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido selec cionadas mediante el sistema de mérito, a través de nombramiento en periodo de prueba.

Que, en consecuencia, este despacho mediante Reso lución No. 206 del 20 de octubre de 2020 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento en provisionalidad”, realizó el nombramiento en periodo de prueba del señor LUIS FERNANDO MONTOYA GARCÍA, identificado con cédula de ciudadanía No 94.361.153, para ocupar el cargo de AUXILIAR ADMI NISTRATIVO Código 407, Grado 16, de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídi ca Distrital, quien tomó posesión del cargo mediante Acta de Posesión No. 029 del 15 de marzo de 2021, con efectividad a partir de la misma.

Que, asimismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2. Decreto Nacional 1083 de 2015, la provisión definitiva de los empleos de carrera se efec tuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.

Que mediante comunicación radicada bajo el No. 1-2021- 18885 de fecha 1 de octubre de 2021, el servidor público LUIS FERNANDO MONTOYA GARCÍA, presentó re nuncia al cargo AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 16, de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN COR PORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, solicitando que se haga efectiva a partir del 4 de octubre de 2021.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumpli miento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-4 • 2022 • MARZO • 14 4 en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsis tente, según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.

Que, en consecuencia, este Despacho mediante Reso lución No. 193 del 04 de octubre de 2021 “Por la cual se acepta una renuncia” aceptó la renuncia presentada por el señor LUIS FERNANDO MONTOYA GARCÍA, ya identificado, al cargo de AUXILIAR ADMINISTRA TIVO, Código 407, Grado 16, de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir del 04 de octubre de 2021.

Que, en cumplimiento del Acuerdo No. CNSC-013 de 20211 la Secretaría Jurídica Distrital solicitó a la Comi sión Nacional del Servicio Civil, autorización para hacer uso de la lista de elegibles -Resolución No. 9699 de 2020- del empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Có digo 407, Grado 16, de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con la OPEC 66179.

Que la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.

Que en consecuencia es procedente efectuar el nom bramiento en periodo de prueba.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Que, la Resolución No. 9699 del 19 de septiembre de 2020 conformó la lista de elegibles para dos (2) vacantes definitivas del empleo de AUXILIAR ADMI NISTRATIVO Código 407, Grado 16, de la DIREC CIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA, identificado con el código OPEC No. 66179, por lo que se realizó el nombramiento de quien ocupó el segundo puesto mediante la Resolución 174 del 20 de octubre de 2020, la servidora pública ADRIANA PATRICIA RAMÍREZ BAUTISTA identificada con cédula de ciudadanía No. 52.542.976, quien se posesionó el 9 de noviembre de 2020 como consta en el Acta de Posesión No. 058 de la misma fecha, superando el periodo de prueba y ac tualmente ostenta derechos de carrera administrativa.

Artículo 1.

Nombrar en periodo de prueba al señor DIEGO ALEJANDRO PÁEZ TRIANA, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.013.344, para desempe ñar el empleo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Có digo 407, Grado 16, de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA de la Secretaría Jurídica Distrital, ofer tado con la OPEC No. 66179 de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente Resolución.

Que, mediante comunicación radicada bajo el No 1-2022-2014 de fecha 17 de febrero de 2022 la Comi sión Nacional del Servicio Civil autorizó a la Secretaría Jurídica Distrital hacer uso directo de listas de elegi bles para la provisión de una (1) vacante del empleo AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 407, Grado 16, identificado con código OPEC 66179, con el elegible que ocupó el tercer lugar en la lista de elegibles de la Resolución 9699 de 2020, esto es, el señor DIEGO ALEJANDRO PÁEZ TRIANA identificado con cédula de ciudadanía No 80.013.344.

Parágrafo 1. El periodo de prueba al que se refiere el
artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses contados a partir del día de la posesión en el cargo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño del empleado. Si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil -CNSC.

Parágrafo 2. Si no se supera el período de prueba, una
vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarado insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.

Que, de acuerdo con lo anterior, es procedente nom brar al señor DIEGO ALEJANDRO PÁEZ TRIANA, en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y, si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio o so bresaliente en el ejercicio de sus funciones, el evaluado adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrito 1 "Por el cual se deroga el numeral 8 del artículo 2 y se modifican los nu merales 1, 2 y 3 del artículo 8 del Acuerdo No. CNSC-0165 de 2020 'Por el cual se reglamenta la conformación, organización y manejo del Banco Nacional de Listas de Elegibles para el Sistema General de Carrera y Sistemas Específicos y Especiales de Origen Legal en lo que les aplique"

Artículo 2.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificados por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, el señor DIEGO ALEJANDRO PÁEZ TRIANA, tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para

5 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-5 • 2022 • MARZO • 14 manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación. los servidores del respectivo organismo, entre otros, nombrar, dar posesión y revocar los nombramientos; realizar encargos, prórrogas de nombramientos y retiros.

Parágrafo. El presente nombramiento cuenta con
recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en los decretos distritales 518 del 16 de diciembre de 2021 y 540 del 24 de di ciembre de 2021.

Que, de acuerdo con el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, el nominador tiene la potestad para dar por terminado un encargo a través de resolución motivada.

Artículo 3.

Comunicar a los interesados el contenido de la presente resolución, a través de la Dirección de Gestión Corporativa para los trámites pertinentes.

Artículo 4.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Que, según lo dispuesto en los artículos 23 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.3.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, los empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva se proveerán en periodo de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido selec cionadas mediante el sistema de mérito, a través de nombramiento en periodo de prueba.

Dada en Bogotá, D. C., a los cuatro (4) días del mes de marzo de dos mil veintidós (2022).

WILLIAM MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital RESOLUCIÓN N° 077 Que, asimismo, según lo señalado en el numeral 4 del artículo 2.2.5.3.2. del Decreto Nacional 1083 de 2015, la provisión definitiva de los empleos de carre ra se efectuará, entre otras, con la persona que, al momento en que deba producirse el nombramiento, ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad.

(4 de marzo de 2022)

“Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se dan por terminados seis encargos”

EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL En ejercicio de las facultades legales conferidas por el artículo 23 de la Ley 909 de 2004, los artículos Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en cumpli miento de las disposiciones constitucionales y legales, mediante Acuerdo No. 20181000007356, del 14 de noviembre de 2018, dispuso adelantar el concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva ciento cuatro (104) cargos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado con el proceso de selección 806 a 825 de 2018 - Distrito Capital –CNSC Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.

2.2.5.1.2, 2.2.5.3.1 el Decreto Nacional 1083 de 2015 modificados por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, así como el numeral 1 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 2.2.5.1.2 del De creto Nacional 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, en armonía con el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la Ley 909 de 2004, las secretarías de despacho son empleos de dirección, conducción y orientación institucionales, que tienen la facultad de nombrar al personal de su entidad u organismo en el orden territorial.

Que, cumplidas las etapas del proceso de selección, la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la Resolución No. 9760 del 19 de septiembre de 2020, por la cual se conformó la lista de elegibles para para proveer dos (2) vacante definitivas del empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, identificado con el código OPEC No. 66671 del Sistema General de Carrera Ad ministrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado a través de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital.

Que, el 05 de octubre de 2020, la citada lista de ele gibles quedó en firme para efectuar el nombramiento en periodo de prueba, en estricto orden de mérito, de Que, a través de los numerales 1 y 2 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, se asignó a las secre tarías de despacho, la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-6 • 2022 • MARZO • 14 6 conformidad con el puntaje obtenido por la persona que ocupa un lugar de elegibilidad.

Que en cumplimiento del Acuerdo No. CNSC-013 de 20211 la Secretaría Jurídica Distrital solicitó a la Co misión Nacional del Servicio Civil, autorización para hacer uso de la lista de elegibles -Resolución No. 9760 de 2020- del empleo PROFESIONAL ESPE CIALIZADO Código 222, Grado 27, identificado con la OPEC 66671.

Que el señor EDISON ANDRÉS BELALCAZAR ERASSO identificado con cédula de ciudadanía No 80.060.729, ocupó el puesto número dos en la Resolu ción No. 9760 del 19 de septiembre de 2020 para pro veer el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital.

Que a través de comunicación radicada bajo el No 1-2021-7965 de fecha 6 de mayo de 2021, la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó a la Secretaría Ju rídica Distrital hacer uso directo de la lista de elegibles para la provisión de una (1) vacante del empleo PRO FESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, identificado con código OPEC 66671, con el elegible que ocupó el tercer lugar en de la Resolución 9760 de 2020, esto es, la señora LINA RAQUEL RODRÍGUEZ MEZA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.711.358.

Que, en consecuencia, este despacho mediante Reso lución No. 203 del 20 de octubre de 2020 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo y un nombramiento en provisionalidad”, realizó el nombramiento en periodo de prueba al señor EDISON ANDRÉS BELALCAZAR ERASSO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.060.729, para ocupar el cargo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DI RECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital.

Que, en consecuencia, este despacho mediante Re solución No. 095 del 19 de mayo de 2021 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo” realizó el nombra miento en periodo de prueba de la señora LINA RA QUEL RODRÍGUEZ MEZA, para ocupar el cargo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital.

Que a través de comunicación escrita radicada bajo el No. 1-2020-15664 del 04 de noviembre de 2020 el servidor público EDISON ANDRÉS BELALCAZAR aceptó el nombramiento en periodo de prueba del cargo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INS PECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital.

Que mediante Acta de Posesión No. 030 del 17 de marzo del 2021 el señor EDISON ANDRÉS BELAL CAZAR tomó posesión del cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DI RECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, con efectividad a partir de la misma fecha.

Que, por medio de comunicación radicada bajo el No 2-2021-9784 del 26 de mayo de 2021, fue comunicada la Resolución No. 095 del 19 de mayo de 2021 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo” a la señora LINA RAQUEL RODRÍGUEZ MEZA, nombrándola en el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INS PECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital.

Que por medio de oficio radicado bajo el No. 1-2021- 4683 de fecha 25 marzo de 2021, el servidor público EDISON ANDRÉS BELALCAZAR, presentó renuncia al cargo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INS PECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, solicitando que se hiciera efectiva a partir del 9 de abril de 2021.

Que en comunicación radicada bajo el No 1-2021- 11188 del 10 de junio de 2021, la señora LINA RA QUEL RODRÍGUEZ MEZA, aceptó el nombramiento en el cargo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Se cretaría Jurídica Distrital y mediante comunicaciones radicadas bajo los números 1-2021-11960 de fecha 21 de junio de 2021 y 1-2021-12105 de fecha 23 de junio de 2021 solicitó prórroga de 90 días para tomar posesión del cargo.

Que consecuentemente, este despacho mediante Re solución No. 055 del 30 de marzo de 2021 “Por la cual se acepta una renuncia” aceptó la renuncia presentada por el señor EDISON ANDRÉS BELALCAZAR al cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, a partir del 9 de abril de 2021.

1 "Por el cual se deroga el numeral 8 del artículo 2 y se modifican los nu merales 1, 2 y 3 del artículo 8 del Acuerdo No. CNSC-0165 de 2020 "Por el cual se reglamenta la conformación, organización y manejo del Banco Nacional de Listas de Elegibles para el Sistema General de Carrera y Sistemas Específicos y Especiales de Origen Legal en lo que les aplique"

7 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-7 • 2022 • MARZO • 14 RECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILAN CIA Y CONTROL, identificado con el código OPEC No. 66671, por lo que se realizó el nombramiento de quien ocupó el cuarto puesto mediante la Resolución 119 del 24 de junio de 2021, el servidor público OC TAVIO QUINTERO LARA identificado con cédula de ciudadanía No. 19.444.915, quien se posesionó el 23 de julio de 2021 como consta en el Acta de Posesión No. 086 de la misma fecha, superando el periodo de prueba y actualmente ostenta derechos de carrera administrativa.

Que la Secretaría Jurídica Distrital mediante comuni caciones radicadas bajo los números 2-2021-11929 de fecha 24 de junio de 2021 y 2-2021-13566 de fecha 14 de julio de 2021, aceptó la prórroga solicitada por la señora LINA RAQUEL RODRÍGUEZ MEZA, la cual fue concedida hasta el 02 de noviembre de 2021, y mediante comunicación radicada bajo el No. 2-2021- 16000 de fecha 13 de agosto de 2021 le fue comuni cada la fecha, hora y lugar de la posesión en el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital.

Que, a través de comunicación radicada bajo el No 1-2022-2014 de fecha 17 de febrero de 2022, la Comisión Nacional del Servicio Civil autorizó a la Se cretaría Jurídica Distrital hacer uso directo de la lista de elegibles para la provisión de una (1) vacante del empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, identificado con código OPEC 66671, con el elegible que ocupó el quinto lugar en de la Resolución 9760 de 2020, esto es, la señora YUDY ZULEYMA RODRÍGUEZ BLANCO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.380.066.

Que el día 02 de noviembre de 2021 la señora LINA RAQUEL RODRÍGUEZ MEZA, no se presentó a tomar posesión del cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, no obstante, mediante co rreo electrónico enviado al usuario correspondencia@ secretariajuridica.gov.co, la cual fue radicada bajo el No. 1-2021-20679 de fecha 03 noviembre de 2021, manifestó renuncia a tomar posesión en el cargo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital.

Que, de acuerdo con lo anterior, es procedente nombrar a la señora YUDY ZULEYMA RODRÍGUEZ BLANCO en periodo de prueba por el término de seis (6) meses en el referido empleo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará su desempeño y si el resultado de la evaluación del desempeño es sa tisfactorio en el ejercicio de sus funciones, la evaluada adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrita en el Registro Público de la Carrera Administrativa, de lo contrario su nombramiento será declarado insubsis tente según lo señalado en el numeral 5 del artículo 31 de la Ley 909 de 2004, en concordancia con el artículo 2.2.6.25 del Decreto Nacional 1083 de 2015.

Que, en consecuencia, mediante Resolución No. 211 del 10 de noviembre de 2021 “Por la cual se deroga el nombramiento efectuado en el artículo 1° de la Re solución 095 del 19 de mayo de 2021 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se da por terminado un encargo”, se derogó el nombramiento efectuado a la señora LINA RAQUEL RODRÍGUEZ MEZA, en el cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital.

Que, en cumplimiento del Acuerdo No. CNSC-013 de 20212 la Secretaría Jurídica Distrital solicitó a la Comisión Nacional del Servicio Civil, autorización para hacer uso de la lista de elegibles -Resolución No. 9760 de 2020- del empleo PROFESIONAL ES PECIALIZADO, Código 222, Grado 27, identificado con la OPEC 66671.

Que, el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Se cretaría Jurídica Distrital, en la actualidad se encuentra provisto en situación administrativa de encargo con la servidora pública DIANA ESTHER CONTRERAS CASTRO identificada con cédula de ciudadanía No. 51.628.413, mediante Resolución No. 073 de 13 de abril de 2021 y posesionada con Acta de Posesión 052 del 14 de abril de 2021 con efectividad a partir de la misma fecha.

Que, la Resolución No. 9670 del 19 de septiembre de 2020 conformó la lista de elegibles para dos (2) vacantes definitivas del empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DI Que el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222 Grado 19 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, del cual es titular la servi dora pública DIANA ESTHER CONTRERAS CASTRO, actualmente está provisto mediante encargo con la servidora pública SANDRA NICOLASA ORGANISTA 2 "Por el cual se deroga el numeral 8 del artículo 2 y se modifican los nu merales 1, 2 y 3 del artículo 8 del Acuerdo No. CNSC-0165 de 2020 "Por el cual se reglamenta la conformación, organización y manejo del Banco Nacional de Listas de Elegibles para el Sistema General de Carrera y Sistemas Específicos y Especiales de Origen Legal en lo que les aplique"

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-8 • 2022 • MARZO • 14 8 15, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.

BUILES, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.646.082, mediante Resolución No. 140 del 02 de agosto de 2021 y posesionada con Acta de Posesión 089 del 05 de agosto de 2021 con efectividad a partir de la misma fecha, quien es titular del empleo PRO FESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 18, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.

Que el empleo de TÉCNICO OPERATIVO, Código 314, Grado 15, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el servidor público HELVER MANUEL MORA MONTO YA, actualmente está provisto mediante encargo por el servidor público HOOVER HERNÁN VALENCIA PATIÑO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.113.658.247, mediante Resolución No. 234 del 06 de diciembre de 2021 corregida mediante la Resolución No. 234 del 6 de diciembre de 2021 y posesionado con Acta de Posesión 132 del 7 de diciembre de 2021 con efectividad a partir de la misma fecha mientras durara la situación administrativa de su titular, tal y como quedó consignado en el respectivo acto administrativo.

Que el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 18, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, del cual es titular con derechos de carrera administrativa la servidora pública SANDRA NICOLASA ORGANISTA BUILES, actualmente está provisto mediante encargo por la servidora pública CAROLINA MEDINA MURI LLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.018.409.494, mediante Resolución No. 154 del 20 de agosto de 2021 y posesionada con Acta de Pose sión 093 del 23 de agosto de 2021 con efectividad a partir de la misma fecha, quien es titular del empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 15, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.

Que en la medida en que se debe proveer de forma definitiva el empleo de PROFESIONAL ESPECIALI ZADO, Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DIS TRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, correspondiente a la OPEC No. 66671, una vez se realice la posesión a la señora YUDY ZULEYMA RODRÍGUEZ BLANCO, quien ocupó quinto lugar en la lista de elegibles con formada para el efecto por la Comisión Nacional del Servicio Civil, por haber superado satisfactoriamen te el respectivo concurso de méritos, deben darse por terminados los encargos efectuados a las y los servidores públicos DIANA ESTHER CONTRERAS CASTRO, SANDRA NICOLASA ORGANISTA BUILES, CAROLINA MEDINA MURILLO, JORGE ANDRÉS ROJAS PEÑA, HELVER MANUEL MORA MONTOYA Y HOOVER HERNÁN VALENCIA PATIÑO quienes deberán retomar los empleos de los cuales son titulares y ostentan derechos de carrera administrativa.

Que el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 15, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, del cual es titular con derechos de carrera administrativa la servidora pública CAROLINA MEDINA MURILLO, actualmente está provisto mediante encargo por el servidor público JORGE ANDRÉS ROJAS PEÑA, iden tificado con la cédula de ciudadanía No. 1.015.393.324, mediante Resolución No. 177 del 17 de septiembre de 2021 y posesionada con Acta de Posesión 102 del 21 de septiembre de 2021 con efectividad a partir de la misma fecha, quien es titular del empleo PROFESIO NAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILAN CIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital y ostenta derechos de carrera administrativa.

Que, la Dirección de Gestión Corporativa en el marco de la Convocatoria No. 822 de 2018, para la provisión de vacantes definitivas pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Jurídica Distrital, realizó la verificación de cumplimiento de requisitos de formación académica y experiencia de conformidad con la Resolución No. 020 de 2019 “Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital” y sus modificaciones.

Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 3 del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, la Secretaría Jurídica Distrital efectúa el presente nombramiento en virtud de las normas que rigen los derechos de carrera administrativa, teniendo en cuenta que el artículo 23 Que el empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, del cual es titular con derechos de carrera administrativa el servidor público JORGE ANDRÉS ROJAS PEÑA, actualmente está provisto mediante encargo por el servidor público HELVER MANUEL MORA MON TOYA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.015.419.295, mediante Resolución No. 185 de 29 de septiembre de 2021 y posesionado con Acta de Posesión 110 del 1° de octubre de 2021 con efecti vidad a partir de la misma fecha, quien es titular del empleo TÉCNICO OPERATIVO, Código 314, Grado 9 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-9 • 2022 • MARZO • 14 Parágrafo. El presente nombramiento cuenta con recursos de apropiación presupuestal disponibles de acuerdo con lo estipulado en los decretos distritales 518 del 16 de diciembre de 2021 y 540 del 24 de di ciembre de 2021. de la Ley 909 de 2004 establece que los empleos de carrera administrativa se proveerán en período de prueba, en armonía con el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto Nacional 1083 del 2015 modificado por el artículo 1° del Decreto nacional 648 de 2017, que señala que las vacantes definitivas en empleos de carrera serán provistas periodo de prueba, por lo anterior, la vacancia definitiva a proveer mediante el siguiente nombramiento es producto de los resultados del concurso de méritos Convocatoria 822 de 2018 de la Secretaría Jurídica Distrital, como se expone en los considerandos de esta resolución.

Que, en consecuencia, es procedente efectuar el nom bramiento en periodo de prueba, terminar los encargos antes referidos.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 3.

Dar por terminado el encargo efectuado a la servidora pública DIANA ESTHER CONTRERAS CASTRO identificada con cédula de ciudadanía No. 51.628.413 en el empleo PROFESIONAL ESPECIALI ZADO, Código 222, Grado 27 de la DIRECCIÓN DIS TRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, quien deberá retornar al empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Có digo 222, Grado 19 de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.

Artículo 1.

Nombrar en periodo de prueba a la señora YUDY ZULEYMA RODRÍGUEZ BLANCO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.380.066, para desem peñar el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 27, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, ofertado con la OPEC No. 66671 de la de la Convocatoria No. 822 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 4.

Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el encargo a la servidora pública SANDRA NICOLASA ORGANISTA BUILES, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.646.082, en el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, Código 222, Grado 19, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, quien deberá retornar al empleo de PRO FESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 18, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, del cual es titular y osten ta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.

Parágrafo 1. El periodo de prueba al que se refiere el
artículo anterior tendrá un término de seis (6) meses contados a partir del día de la posesión en el cargo. Finalizado el período de prueba, el jefe inmediato evaluará el desempeño de la empleada. Si el resultado de la evaluación del desempeño es satisfactorio en el ejercicio de sus funciones, la empleada adquirirá los derechos de carrera y deberá ser inscrita en el Registro Público de la Carrera Administrativa, previa solicitud ante la Comisión Nacional del Servicio Civil -CNSC.

Parágrafo 2. Si no se supera el período de prueba, una
vez en firme la calificación, el nombramiento deberá ser declarada insubsistente por resolución motivada, conforme con lo dispuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.

Artículo 2.

De conformidad con lo dispuesto en los artí culos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificados por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, la señora YUDY ZULEYMA RODRÍGUEZ BLANCO, tendrá diez (10) días, contados a partir de la comunicación de la presente resolución, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del empleo, los cuales se contarán a partir del día siguiente de la aceptación.

Artículo 5.

Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el encargo a la servidora pública CAROLINA MEDINA MURILLO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.018.409.494, en el empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 18, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, quien deberá retornar al empleo de PRO FESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 15, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, del cual es titular y osten ta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-10 • 2022 • MARZO • 14 10

Artículo 10.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los cuatro (4) días del mes de marzo de dos mil veintidós (2022).

WILLIAM MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN N° SDH-000118 (10 de marzo de 2022)

Artículo 6.

Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el encargo al servidor público JORGE ANDRÉS ROJAS PEÑA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.015.393.324, en el empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 15, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Se cretaría Jurídica Distrital, quien deberá retornar al empleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO Código 219, Grado 01, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.

“Por la cual se realiza un nombramiento provisional en una vacante temporal en cumplimiento de un fallo de acción de tutela”

El SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Artículo 7.

Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el encargo al servidor público HELVER MANUEL MORA MONTOYA, identificado con la cé dula de ciudadanía No. 1.015.419.295, en el empleo PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 01, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, quien deberá retornar al empleo de TÉCNICO OPERATIVO, Código 314, Grado 15, de la DIREC CIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL, del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.

Que mediante el Decreto Distrital 601 del 22 de diciem bre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 364 de 2015, 607 de 2017, 834 de 2018 y adicionado por el Decreto Distrital 839 de 2019 se estableció la nueva estructura de la entidad y mediante el Decreto Distrital 600 del 22 de diciembre de 2014, modificado por los Decretos Distritales 608 de 2017, 835 de 2018 y 454 de 2021, se estableció la planta de cargos, pro ducto del proceso de modernización llevado a cabo en la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 8.

Como consecuencia de la terminación del encargo establecido en el artículo precedente, dar por terminado el encargo al servidor público HOO VER HERNÁN VALENCIA PATIÑO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.113.658.247, en el empleo TÉCNICO OPERATIVO, Código 314, Grado 15, de la DIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL de la Secretaría Jurídica Distrital, quien deberá retornar al empleo de TÉCNICO OPERATIVO, Código 314, Grado 09, de la DIREC CIÓN DISTRITAL DE GESTIÓN JUDICIAL del cual es titular y ostenta derechos de carrera administrativa, a partir de la fecha de posesión de la persona que en este mismo acto administrativo se nombra en período de prueba, lo cual será comunicado por la Dirección de Gestión Corporativa.

Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, refiere que las vacantes definitivas en empleos de carrera se proveerán en período de prueba o en as censo, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito, de conformidad con lo establecido en la Ley 909 de 2004 o en las disposicio nes que regulen los sistemas específicos de carrera, según corresponda, y que mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en

Artículo 9.

Comunicar a las y los interesados el con tenido de la presente resolución, a través de la Direc ción de Gestión Corporativa para que se efectúen los trámites pertinentes.

11 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-11 • 2022 • MARZO • 14 el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera.

“Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer uno (1) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Códi go 219, Grado 14, identificado con el Código OPEC No. 136975 en la modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - SDH, Procesos de Selección 1462 a 1492 y 1546 de 2020 Convocatoria Distrito Capital 4”.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 002 de 2021, mediante el cual se convocó a concurso de méritos, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer los empleos en vacancia de finitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Proceso de Selección No. 1485 de 2020 - Distrito Capital 4.

Que por necesidades del servicio y mientras es remi tida por la CNSC la lista de elegibles para proveer de manera definitiva los empleos que se encuentran en vacancia definitiva y temporal, se realizaron nombra mientos provisionales en tales vacantes de la entidad.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante Resolución No. SDH – 000692 del 7 de diciembre de 2021, nombró en periodo de prueba en el empleo de carrera administrativa denominado Profesional Univer sitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina General de Fiscalización de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá, a la señora SANDRA MILENA TIUSO CÉS PEDES, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.500.184, quien ocupó el puesto uno (1) de la lista de elegibles expedida mediante Resolución No. 6382 del 10 de noviembre de 2021.

Que mediante Resolución No. SDH-000294 el 29 de oc tubre de 2015, se efectuó el nombramiento provisional a la señora SANDRA LILIANA CORREAL RUIZ identi ficada con Cédula de Ciudadanía No. 39.669.284, en el cargo Profesional Universitario código 219 grado 14 de la Oficina de Cobro Prejurídico, de la Dirección Distrital de Cobro de la Secretaría Distrital de Hacienda, cargo que se encontraba en vacancia temporal por encargo de la titular CLAUDIA CARLOTA MENDOZA ÁVILA.

Que en protección a los derechos fundamentales de la señora SANDRA LILIANA CORREAL RUIZ, identificada con cédula de ciudadanía N° 39.669.284, quien demostró tener condición especial, y acatando lo expuesto en las diferentes sentencias de la Honora ble Corte Constitucional, se le efectuó nombramiento provisional mediante Resolución No. SDH-000060 del 31 de enero de 2020 al empleo de Profesional Univer sitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina General de Fiscalización, de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir de la fecha de terminación del encargo de la titular del empleo, CLAUDIA CARLOTA MENDOZA ÁVILA, como consecuencia de la posesión de un elegible de la OPEC 212923, garantizando su continuidad hasta que el empleo se provea de manera definitiva.

Que el empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina General de Fiscalización de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, de la Secretaría Distrital de Hacienda, el cual se encuentra ejerciendo SANDRA LILIANA CORREAL RUIZ, fue ofertado y corresponde a la OPEC N° 136975, dentro del Proceso de Selección No. 1485 de 2020 - Distrito Capital 4.

Que la señora SANDRA LILIANA CORREAL RUIZ, mediante oficio radicado No. 2019ER130806 del 06 de diciembre de 2019 y reiterado mediante comunicación electrónica de fecha 3 de noviembre de 2021, mani festó que ostentaba su condición de madre cabeza de familia, al tener a su cargo la responsabilidad de todos los gastos de su menor hija y la de su señora Madre; que el padre de la Menor se encontraba en una situación laboral y económica difícil, que hace que lo tenga afiliado al Sistema de Salud; aportando todas la documentación para acreditar su condición, que sirvieron como base para que la Subdirección del Talento Humano determinara que cumplía con la condición de madre cabeza de familia, determinación que fue comunicada mediante oficio con Radicado No mediante Oficio No. 2021EE267632O1 del 01 de diciembre de 2021, en el cual se indicó que: “ (…) teniendo en cuenta la condición de madre cabeza de familia que ostenta con relación a su hija Helen Urre go Correal, con toda atención le informamos que en el proceso de provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa como resultado del desarrollo de la Convocatoria Distrito Capital IV, que impacten directamente o indirectamente el nombramiento de los servidores provisionales, se dará cumplimiento a lo se ñalado en los parágrafos 2 y 3 del artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 del 2015, y se adelantarán las acciones afirmativas posibles de acuerdo con la disponibilidad de cargos en la planta, de conformidad con lo señalado en el inciso 4 del parágrafo 2 del artículo 263 de la Ley 1955 del 2019”.

Que pese a que la señora SANDRA LILIANA CO RREAL RUIZ, acredita la condición de madre cabeza Que agotadas las etapas del proceso de selección la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió la expidió la Resolución No. 6382 del 10 de noviembre de 2021, REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-12 • 2022 • MARZO • 14 12 de familia, revisada la planta de empleos de la Secre taría Distrital de Hacienda no se encontró un empleo que se encuentre en vacancia definitiva denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, por lo tanto, no es posible realizar un traslado.

Grado 14, de la Oficina General de Fiscalización, de la Dirección Distrital de Impuestos durante la vigencia de la ley de garantías, una vez superada dicha etapa deberá la entidad determinar lo respectivo frente a su continuidad. (…)”

Que en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda existe una vacante temporal del empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 14 de la Oficina General de Fiscalización, de la Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría de Hacienda Distrital, cuyo titular del empleo es el servidor OSCAR SAENZ CASTRO quien se encuentra en encargo otorgado mediante Resolución No. SDH-000467 del 23 de junio de 2017.

Que adicionalmente existe dentro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda, un empleo en vacancia temporal denominado Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, pero como la vacancia no es definitiva originada por una renuncia o muerte, la Ley 996 de 2005 no permite su provisión temporal mediante nombramiento provisional, por lo que fue necesario terminar el nombramiento de la señora SANDRA LILIANA CORREAL RUIZ.

Que la señora SANDRA LILIANA CORREAL RUIZ, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 39.669.284, cumple con las condiciones y reúne los requisitos previstos en el Manual Específico de Funciones Competencias Laborales de la Secretaría Distrital de Hacienda, adoptado mediante Resolución No. SDH- 000101 del 15 de abril de 2015, para desempeñar el referido empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 14 de la Oficina General de Fiscalización, de la Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría de Hacienda Distrital, empleo del cual es titular el señor ÓSCAR SÁENZ CASTRO.

Que teniendo en cuenta lo anterior, mediante Resolu ción No. SDH-000036 del 24 de enero de 2022, se dio por terminado el nombramiento provisional de la señora SANDRA LILIANA CORREAL RUIZ, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 39.669.284, en el empleo de en el cargo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 14, de la Oficina General de Fiscalización, de la Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda, partir de la fecha de posesión de la señora SANDRA MILENA TIUSO CÉSPEDES, quien tomó posesión del cargo el primero (1) de febrero de 2022.

Que en protección a los derechos fundamentales de la señora SANDRA LILIANA CORREAL RUIZ, iden tificada con Cédula de Ciudadanía No. 39.669.284 y acatando lo expuesto en el fallo de tutela, es proce dente efectuar el nombramiento en provisionalidad en el empleo de vacancia temporal de Profesional Uni versitario Código 219 Grado 14 de la Oficina General de Fiscalización, de la Dirección Distrital de Impuestos de la Secretaría de Hacienda Distrital.

Que la señora SANDRA LILIANA CORREAL RUIZ, in terpuso acción de tutela al considerar que la Secretaría Distrital de Hacienda había vulnerado sus derechos fundamentales al trabajo, a la seguridad social, el mí nimo vital, a la estabilidad laboral reforzada de madre cabeza de familia, al terminar su nombramiento en provisionalidad; correspondiendo su conocimiento al Juzgado 65 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá.

Que, en mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

Que el Juzgado 65 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá, profirió fallo de tutela de fecha 18 de febrero de 2022, dentro de la Acción de Tutela con Radicado No. 2022-023, en cual ordenó:

“PRIMERO: TUTELAR PROVISIONALMENTE Y TEM PORALMENTE los derechos fundamentales invocados por Sandra Liliana Correal Ruíz, contra Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá – Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.

Artículo 1.

Nombrar en provisionalidad en una vacante temporal a la señora SANDRA LILIANA CORREAL RUIZ, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 39.669.284, en el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 14 de la Oficina General de Fisca lización, de la Dirección Distrital de Impuestos Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda, en cumplimiento del fallo de tutela de fecha 18 de febrero de 2022, con Radicado No. 2022-023, proferido por el Juzgado 65 Penal Municipal con Funciones de Control de Garan tías de Bogotá, hasta que el titular regrese a su cargo o durante la vigencia de la ley de garantías, lo que suceda primero, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.

SEGUNDO: ORDENAR al representante legal de la Secretaría Distrital de hacienda de Bogotá - Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. proceda a nombrar a la señora Sandra Liliana Correal Ruíz en el cargo existente den tro de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda vacante temporal del empleo de Código 219, 13 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-13 • 2022 • MARZO • 14 INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU RESOLUCIÓN N° 1064 DE 2022 (18 de febrero de 2022)

Por la cual se ofrece a título gratuito unos bienes Parágrafo. Al terminar la ley de garantías, si el em pleado titular no ha regresado a su cargo base, la señora SANDRA LILIANA CORREAL RUIZ, quien se encuentra desempeñando el cargo en provisionalidad, podrá mantenerse en el mismo, en garantía a sus dere chos fundamentales al trabajo y al mínimo vital, hasta cuando el titular del cargo retorne al mismo. servibles no utilizables propiedad del Instituto de Desarrollo Urbano dados de baja”

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Acuerdo Distrital 19 de 1972 y en el Acuerdo 06 de 2021

Artículo 2.

La señora SANDRA LILIANA CORREAL RUIZ, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017 tendrá diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación, para manifestar si acep ta el nombramiento; y posteriormente, tendrá diez (10) días hábiles para posesionarse, los cuales se contarán a partir de la fecha de aceptación del nombramiento.

CONSIDERANDO:

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se
refieren los artículos precedentes, se sujetaran a lo establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Que el Instituto de Desarrollo Urbano creado por Acuer do Distrital 19 de 1972, es un establecimiento público descentralizado de carácter distrital, con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, adscrito a la Secretaría Distrital de Movilidad.

Artículo 3.

Comunicar a la señora SANDRA LILIANA CORREAL RUIZ y al Juzgado 65 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que conforme con el artículo 17 del Acuerdo Distrital 19 de 1972, es función del Director General del IDU: “7. Velar por la correcta aplicación de los fondos y el debido mantenimiento y utilización de los bienes del Instituto”

Artículo 4.

El presente nombramiento cuenta con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salario y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

Artículo 5.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de la posesión.

Que así mismo, corresponde al Director General del IDU, en los términos del inciso del artículo 5° del Acuer do 06 de 2021 del Consejo Directivo: “Dirigir, asignar, controlar y garantizar las funciones de planeación, técnicas, financieras, administrativas, de desarrollo institucional y legales, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 19 de 1972, la Ley 489 de 1998 y demás disposiciones jurídicas vigentes”.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los diez (10) días del mes de marzo de dos mil veintidós (2022).

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda Que en concepto 20162000014351 del 27 de mayo de 2016 emitido por el Contador General de la Nación, se establece que “la entidad dentro su autonomía, deberá señalar las personas o áreas a quienes se les asig nen responsabilidades y compromisos para ejecutar las actividades respectivas a la baja de bienes, en los manuales de políticas, procedimientos y funciones, atendiendo sus condiciones particulares”.

Que el IDU adoptó el Manual de Administración de Bienes Muebles e Inmuebles, el cual se encuentra en consonancia con la Resolución 01 de 2019 o Manual de Procedimientos Administrativos y Contables para el manejo y control de los bienes en las Entidades de Gobierno Distritales. expedido por la Secretaria Distrital de Hacienda de Bogotá.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-14 • 2022 • MARZO • 14 14 inventario de los bienes muebles que no utilizan y ofrecerlos a título gratuito a las Entidades Esta tales a través de un acto administrativo motivado que deben publicar en su página web.

La Entidad Estatal interesada en adquirir estos bie nes a título gratuito, debe manifestarlo por escrito dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de publicación del acto administrativo. En tal manifestación la Entidad Estatal debe seña lar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican su solicitud Que de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1 del manual de bienes de la SDH adoptado bajo resolución 001 de 2019, se entiende por retiro de los bienes en los entes y entidades, “es el proceso mediante el cual se decide retirar definitivamente algunos bienes de los Entes y Entidades, de manera física, de las bases de datos administrativas y de los registros contables, por distintas causas, como por ejemplo: cuando los bienes no están en condiciones de prestar servicio alguno, por el estado de deterioro o desgaste natural en que se encuentran, por no ser necesario su uso, por obsolescencia o por circunstancias, necesidades o decisiones administrativas y legales que lo exijan; de igual manera, se indican los posibles destinos fi nales de los mismos, como por ejemplo: enajenación, incineración, destrucción, sacrificio, entre otros, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para cada caso según el hecho que le da origen y los respectivos soportes documentales”.

Si hay dos o más manifestaciones de interés de Entidades Estatales para el mismo bien, la Enti dad Estatal que primero haya manifestado su in terés debe tener preferencia. Los representantes legales de la Entidad Estatal titular del bien y la interesada en recibirlo, deben suscribir un acta de entrega en la cual deben establecer la fecha de la entrega material del bien, la cual no debe ser mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de la suscripción del acta de entrega.”

Que según consta en Acta No. 04 de sesión del Subco mité Financiero, Contable y de Inventarios celebrado el 13 de octubre de 2021, este aprobó la baja de bienes presentados por la Subdirección Técnica de Recursos Físicos, según los conceptos técnicos de los bienes servibles no utilizables y chatarra que deben ser dados de baja en la Entidad, los cuales se encuentran en la bodega por haber sido retirados del servicio.

Que el Manual de Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del 1DU, permite la baja o salida definitiva de bienes de la Entidad, entre otros; en los siguientes eventos: numeral 12.3 baja de bienes servibles no uti lizables y numeral 12.4 baja de bienes inservibles. En este sentido, “Baja de Bienes Inservibles”, se estipula que el IDU podrá dar salida definitiva a los bienes “que no pueden ser reparados, reconstruidos o mejorados tecnológicamente debido a su mal estado físico o mecánico o que esa inversión resultaría ineficiente y antieconómica para la entidad’ y establece, que a éstos se les puede dar como destino final, la donación, venta, permuta, dación en pago, traspaso o traslado a otra entidad, aprovechamiento o destrucción mediante acta de baja firmada por el Subdirector Técnico de Recursos Físicos y el funcionario encargado del almacén y acto administrativo suscrito por el Director General del IDU, previo concepto favorable del Subcomité Financiero, Contable y de Inventarios, de conformidad con el artí culo 12 de la resolución 003297 de 2020.

Que continuando con el proceso, esta aprobación, según consta en Acta No. 09, se llevó a la sesión del Comité de Gestión y Desempeño dimensión Financiera Contable y de Inventarios celebrado el 20 de octubre de 2021, el cual decidió y aprobó de manera unánime la baja de bienes presentados por la Subdirección Técnica de Recursos Físicos, según los conceptos técnicos de los bienes servibles no utilizables y cha tarra en tres (3) grupos que deben ser dados de baja en la Entidad, los cuales se encuentran en la bodega por haber sido retirados del servicio.

Que de conformidad con el artículo 13.2 de la Reso lución 5014 de 2018 es función del Subcomité Finan ciero, Contable y de Inventarios:

Que la destinación de los bienes de conformidad con lo decidido por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño será la siguiente:

“c. Decidir y aprobar el acta de baja y destino final de los bienes muebles declarados inservibles o no utilizables de la Entidad, previo análisis y presentación de las investigaciones y estudios correspondientes”.

Que el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, establece:

Los grupos 1 y 3 se ofrecerán primero en enajenación a título gratuito entre Entidades Estatales de confor midad con el procedimiento establecido en el Artículo 2.2.1.2.2.4.3., del Decreto 1082 de 2015. Cumplido los términos si no son recibidos el grupo 1ª pasará a venta por subasta y el grupo 3 será entregado a la Unidad de Mantenimiento Vial material obras IDU.

“ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES A TÍTU LO GRATUITO ENTRE ENTIDADES ESTATA LES. Las Entidades Estatales deben hacer un 15 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-15 • 2022 • MARZO • 14 El grupo 2 por tratarse de elementos clasificados como chatarra, se dispondrán a través de subasta por lotes, mediante el contrato IDU-476-2022.

Que en consecuencia esta Dirección General, aten diendo lo decidido y aprobado

RESUELVE:

man los grupos 1 y 3 dados de baja por la Subdirección Técnica de Recursos Físicos, a las Entidades Estatales que se encuentren interesadas en adquirirlos, según lo decidido y aprobado por el Comité de Gestión y Desempeño, según Acta Nº 09 del 20 octubre de 2021, y lo recomendado por el Subcomité de Seguimiento Financiero, Contable y de Inventarios mediante el acta 04 del 13 de Octubre de 2021 las cuales hacen parte integral, del presente acto administrativo:

Artículo 1.

Ofrecer a título gratuito, los siguientes ele mentos de consumo servibles no utilizables que confor

Grupo 1. EQUIPO DE COMUNICACIÓN EN OBSOLESCENCIA TECNOLÓGICA PLACA DESCRIPCION FECHA INGRESO COSTO HISTORICO VALOR EN LIBROS 210861 CENTRAL TELEFONICA 21/12/1998 $ 6,583,956 $ 2,191,855.00 211794 CARGADOR ELEMINADOR 25/06/1999 $ 16,283,222 $ 5,504,624.00 212316 DISTRIBUIDOR 800 PAR 25/06/1999 $ 36,981,201 $ 42,549.00 212317 SISTEMA PPAL CONMUT. 25/06/1999 $ 303,833,157 $ 74.00 214785 SIST.COMUN.CL22 CRA7 01/06/2000 $ 10,693,518 $ 3,718,515.00 217852 SIST COMUN. GATEWAY OMNI PCX CRA 7 07/11/2007 $ 7,210,980 $ 3,889,505.00 TOTALES $ 381,586,034.00 $ 15,347,122.00 PLACA DESCRIPCION FECHA INGRESO COSTO HISTORICO VALOR EN LIBROS 215018 PANEL (TARJETA PLANT 31/10/2000 $ 786,191 $ - 215018 PANEL (TARJETA PLANT 31/10/2000 $ 786,191 $ - TOTALES $ 1,572,382.00 $ - PLACA DESCRIPCION FECHA INGRESO COSTO HISTORICO VALOR EN LIBROS 218793 LICENCIAS IP PARA 20 USUARIOS 17/12/2008 $ 10,768,845 $ 10,768,845.00 218794 LICENCIA DE SOFTWARE OMNIVISTA 4760 17/12/2008 $ 8,014,637 $ 8,014,637.00 214786 LICENCIA ISVPN CONMU 01/06/2000 $ 5,774,532 $ 5,774,532.00 214786 LICENCIA ISVPN CONMU 01/06/2000 $ 5,774,532 $ 5,774,532.00 TOTALES $ 30,332,546.00 $ 30,332,546.00 Grupo 3. ELEMENTOS DE CONSUMO SERVIBLES NO UTILIZABLES DESCRIPCION CANTIDAD MEDIDA FECHA INGRESO PRECIO UNITARIO TOTAL Vr. LIBROS LLANTA 225 70 R16 1 UNI 05/02/2008 $ 371.842 $ 371.842 0 LLANTA 215/75 R15 28 UNI 10/11/2011 $ 239.162 $ 6.696.536 0 LLANTA 245/70 R16 2 UNI 05/08/2014 $ 449.570 $ 899.140 0 LLANTAS 235/75- R15 5 UNI 10/11/2011 $ 289.333 $ 1.446.665 0 LLANTAS 750 R-16 TRAILER 4 UNI 10/11/2011 $ 499.655 $ 1.998.620 0 gov.co, mediante la página https://www.idu.gov.co/ page/radicacion-correspondencia o por medio físico en la ventanilla de correspondencia del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU, ubicada en la Calle 22 No. 6-27 P.1, en horario comprendido entre las 7:00 a.m. a 4:30 p.m., dentro de los treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de la publicación del presente acto administrativo en la página Web del 1DU. En dicha manifestación la Entidad Estatal debe señalar la necesidad funcional que pretende satisfacer

Artículo 2.

Procedimiento Administrativo para la Enajenación a Título Gratuito entre entidades Públicas. Las Entidades Estatales interesadas en la presente enajenación de bienes muebles a título gra tuito, deberán realizar su manifestación de interés en los términos contemplados en el artículo 2.2.1.2.2.4.3, del Decreto 1082 de 2015, a través de documento suscrito por el Ordenador del Gasto y/o Representante Legal de la Entidad, documento que debe ser radicado por medio electrónico al buzón correspondencia@idu.

REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-16 • 2022 • MARZO • 14 16 con los bienes muebles y las razones que justifican su solicitud. Igualmente, deben allegarse los documentos soportes que certifiquen la calidad de quien suscribe el documento, esto es nombramiento, acta de posesión y copia de la cédula de ciudadanía. mero de la presente Resolución, no se han presentado manifestaciones de interés por bienes, la Subdirección Técnica de Recursos Físicos procederá a realizar la disposición final de los bienes así: el grupo 1 pasaría a venta por subasta y los del grupo 3 - material obras IDU-, serán entregados a la Unidad de Mantenimiento Vial.

Artículo 4.

Ordenar a la Subdirección Técnica de Recursos Físicos, a través del Almacén General del Instituto, efectuar los correspondientes registros para descargar los bienes de los inventarios de la Entidad.

Si quien primero manifestó su interés, no justifica la necesidad de los bienes y las razones de su solicitud o no allega los documentos soportes, será descartado y se estudiará la siguiente manifestación y así suce sivamente. En el caso que existan dos o más mani festaciones de interés para el mismo bien, la entidad estatal que primero haya presentado su solicitud tendrá preferencia, siempre que cumpla con los requisitos contemplados en el presente artículo.

Artículo 5.

La Subdirección Técnica de Recursos Físicos enviará copia de todos los soportes, a la Sub dirección Técnica de Presupuesto y Contabilidad, para efecto de su anotación en los respectivos registros contables.

Parágrafo 1. Para los efectos del presente artículo, una
vez se designe la entidad a la que se le entregarán los bienes, los encargados del almacén de cada entidad, suscribirán un acta de entrega, estableciendo la fecha y hora para la entrega material de los bienes muebles descritos en el artículo primero, la cual no puede su perar los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha del acta.

Artículo 6.

Será responsabilidad de la Subdirección Técnica de Recursos Físicos realizará el seguimiento y control del cumplimiento de lo ordenado en el presente acto administrativo, e informar al Subcomité Financie ro, Contable y de Inventarios, las acciones y avances adelantados para el cumplimiento de lo ordenado, de manera periódica.

Artículo 7.

Publicar el presente acto administrativo en la página Web de la Entidad.

Parágrafo 2. Cuando por la naturaleza del bien, se
requiera de un trámite especial de protocolización o for malización de la propiedad, deberá darse cumplimiento al trámite legal dispuesto, el cual estará a cargo de la Entidad Pública Adjudicataria o Beneficiaria.

Artículo 8.

El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y contra el mismo no procede recurso alguno.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Parágrafo 3. Será responsabilidad de la Entidad Pú
blica que resulte favorecida con el presente proceso, adelantar todos los trámites administrativos, legales y contables, costos, gastos, impuestos, tasas y con tribuciones, que llegaren a generarse con ocasión de la entrega.

Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del mes de febrero de dos mil veintidós (2022).

DIEGO SÁNCHEZ FONSECA Director General

Artículo 3.

Si una vez transcurrido el término para la manifestación de interés por parte de las entidades, contemplado en el Parágrafo Primero del Artículo Pri

17 REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 56 • Número 7389 • pP. 1-17 • 2022 • MARZO • 14 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES DE 2022 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN N° 104 “Por medio de la cual se declara la vacancia temporal de un empleo de la Secre taría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.”..............................................1 RESOLUCIÓN N° 114 “Por la cual se hace un nombramiento provisional”...............................................2 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL RESOLUCIÓN N° 076 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba“..........................4 RESOLUCIÓN N° 077 “Por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se dan por termi nados seis encargos”.............................................................................................6 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN N° SDH-000118 “Por la cual se realiza un nombramiento provisional en una vacante temporal en cumplimiento de un fallo de acción de tutela”......................................................11 Sector Descentralizado INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU RESOLUCIÓN N° 1064 DE 2022 Por la cual se ofrece a título gratuito unos bienes servibles no utilizables propie dad del Instituto de Desarrollo Urbano dados de baja”........................................14 MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital

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