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Registro Distrital 7869 de 2023

Registro Distrital 7869 de 2023 Nivel Distrital

Tipo
Registro Distrital
Número
7869
Año
2023
Fecha
29 de noviembre de 2023
Entidad
Nivel Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • No. 7869- Pp 1 - 145 - 2023 • NOVIEMBRE • 29 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES DE 2023 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000444 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacan tes definitivas de la Secretaría Distrital de Hacienda”....................................... 4 RESOLUCIÓN Nº DDI-035867, 2023EE 465186O1 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 con el Acuerdo 469 de 2011”......................... 13 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 698 “Por la cual se adopta la cartilla “ Estándares de Calidad Espacial - Equipamien tos Sector Gestión Pública” y se modifica el documento “Estándares de Calidad Espacial de los Equipamientos del Sector Gestión Pública”........................... 22 Sector Descentralizado UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS – UAESP
- SUBDIRECCIÓN DE APROVECHAMIENTO RESOLUCIÓN Nº 000929 “Por la cual se actualiza el Registro Único de Recicladores de Oficio –RURO-”......119 Sector Local DECRETOS LOCALES DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE SANTA FE DECRETO LOCAL Nº 020 “POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE LA MEDALLA MÉRITO SANTAFERE ÑO EN EL GRADO DE “MUISCA -DORADA” A UN PERSONAL DE LA POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA”......................................................................... 127 DECRETO LOCAL Nº 021 “POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE LA MEDALLA MÉRITO SANTAFERE ÑO EN EL GRADO DE “MUISCA - DORADA” A LOS MIEMBROS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SANTA FE”............................................... 130 ALCALDÍA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS DECRETO LOCAL Nº 11 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos para la vigencia fiscal 2023”...................................................................................... 133 ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES DECRETO LOCAL Nº 14 “Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia 2023”........................................................................................... 136 ALCALDÍA LOCAL DE USME DECRETO LOCAL Nº 15 “Por medio del cual se efectúa traslado presupuestal en el presupuesto de gas tos de funcionamiento del fondo de desarrollo local de usme para la vigencia fiscal 2023”.................................................................................................... 143 NÚMERO 7869 29 • NOVIEMBRE • 2023 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández RESOLUCIONES DE 2023 SECRETARÍA DE HACIENDA RESOLUCIÓN Nº SDH-000444 (24 de noviembre de 2023)

“Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes definitivas de la Secretaría Distrital de Hacienda”

EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 y artículo 4 del Decreto Distrital 601 de 2014 modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015 y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital No. 281 del 27 de junio de 2023, se modificó la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda, y se crearon cuarenta (40) empleos de carrera administrativa, de los cuales, treinta y dos (32) corresponden a la denominación de Auxiliar Administrativo, Código 407 Grado 04, ubicados en la Dirección Distrital de Impuesto de Bogotá y en la Subdirección de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, empleos que en su totalidad se encuentran en vacancia definitiva.

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto Nacional 1083 de 20152, modificado por el artículo 1º del Decreto Nacional 648 de 2017, refiere que las vacantes definitivas en empleos de carrera se proveerán en período de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito, de conformidad con lo establecido en la Ley 909 de 20044 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera, según corresponda, y que mientras se surte el proceso de selección, estos podrán proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la referida Ley, en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera.

Que el artículo 2.2.5.3.2. ídem, señala el orden para la provisión definitiva de los empleos de carrera, entre otros dispone: “(…) 4. Con la persona que al momento en que deba producirse el nombramiento ocupe el primer puesto en lista de elegibles para el empleo ofertado que fue objeto de convocatoria para la respectiva entidad. Si agotadas las anteriores opciones no fuere posible la provisión del empleo deberá adelantarse proceso de selección específico para la respectiva entidad”.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante oficio radicado No. 2023EE375476O1 del 25 de septiembre de 2023, y previo al reporte realizado en el Sistema de apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad- SIMO; solicitó el uso de lista para la provisión de treinta y dos ( 32) empleos vacantes definitivos de carrera administrativa de Auxiliares Administrativos Código 407 Grado 04, que cuentan con características de posibles empleos equivalentes, los cuales pueden ser provistos con REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-4 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 4 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes definitivas de la Secretaría Distrital de Hacienda” alguna de las listas de elegibles del Proceso de Selección No. 1485 de 2020 – Distrito Capital 4, convocatoria que actualmente se encuentra vigente.

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, una vez realizadas las respectivas verificaciones, mediante oficio radicado bajo el No. 2023RS126290 del 25 de octubre de 2023, cuyo asunto es: “Respuesta a la solicitud de autorización uso de lista de elegibles para proveer algunas vacantes correspondientes a Empleos Equivalentes, ofertadas en los Procesos de Selección Nro.1462 a 1492 y 1546 de 2020, Convocatoria Distrito Capital 4”, informó lo siguiente: (…)

De otro lado, una vez realizados los análisis de viabilidad de uso de listas, las vacantes que a continuación se relacionan no guardan equivalencia alguna con ningún empleo ofertado en las diferentes convocatorias que ha realizado la Secretaría Distrital de Hacienda.

Por lo tanto, se considera que NO SON EQUIVALENTES, ya no que no cumplen con los requisitos estipulados en el Criterio Unificado para el “uso de listas de elegibles para empleos equivalentes” proferido por la Sala Plena de Comisionados el 22 de septiembre de 2020.

(…)

Que, agotado el orden de provisión anterior, con el fin dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, la Subdirección del Talento Humano, el día 14 de noviembre de 2023, certificó y publicó en la intranet el 17 del mismo mes y año, que, una vez revisada la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, no se cuenta con funcionarios de carrera administrativa para la provisión de estos empleos mediante encargo. Lo anterior debido a que no existen grados inmediatamente inferiores al empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04.

Que mediante memorando No. 2023IE034402O1 del 16 de noviembre de 2023, se solicitó a la Subdirección del Talento Humano, adelantar las actuaciones administrativas pertinentes para llevar a cabo la provisión mediante Nombramiento Provisional de veinte (20) empleos vacantes de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, acorde a la normatividad vigente y los procedimientos establecidos para tal fin.

Que existe en la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Hacienda, entre otros, veinte (20) empleos vacantes en carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-5 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes definitivas de la Secretaría Distrital de Hacienda”

04, ubicados en la Oficina de Notificaciones y Documentación fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y en la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental, de la Subdirección de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa, todos de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, los cuales deben ser provistos transitoriamente por necesidades del servicio, con el fin de garantizar el cabal desarrollo de las actividades de la entidad.

Que la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, realizó la revisión de la documentación de los (as) señores (as) Andrés Felipe Díaz Henao, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.015.480.884; Carlos Mario González Caballero, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.007.725.844, Camila Flórez Olarte, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.023.978.819, Andrés Alberto Gutiérrez Martínez, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.011.086.100, Jonathan Vergel Valencia, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.020.842.997, Doris Lised López López, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.979.598, Angélica María Ávila Rubio, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.102.484, Jhon Jairo Abaunza López, identificado con cédula de ciudadanía No.1.000.969.475, Juan Sebastián Escobar Rodríguez, identificado con cédula de ciudadanía No.1.083.919.909, Paula Andrea Romero Garzón, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.000.602.604, Sandra Catalina Saavedra Jiménez, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.384.090, Nikolle Dennisse Fernández Bohórquez, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.019.104.857, Leonardo Ortiz Sanabria, identificado con cédula de ciudadanía No.80.154.271, Laura Vanessa Salcedo Córdoba, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.010.224.290; Astrid Viviana Fajardo González, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.132.127; Andrés Camilo Martínez Correa, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.000.384.481; Jesica Alejandra Velandia, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.032.481.287; Ángela Milena Ladino Ramírez, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.100.591; Jeimmy Carolina Forero, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.016.004.730 y Tatiana Beatriz Villegas Rocha, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.890.345, determinando que cumplen con las condiciones y reúnen los requisitos previstos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría Distrital de Hacienda, modificado mediante Resolución No. SDH-000371 del 18 de septiembre de 2023, para desempeñar los empleos de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicados en la Oficina de Notificaciones y Documentación fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y en la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental, de la Subdirección de Gestión Documental, de la Dirección de Gestión Corporativa, todos de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda; que así mismo, se verificaron directamente los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, sin encontrarse anotación especial.

Que la Corte Constitucional en Sentencia T-147 de 2013, respecto a la naturaleza de los nombramientos en provisionalidad, señaló que:

“La vinculación en calidad de provisional constituye un modo de proveer cargos públicos “cuando se presentan vacancias definitivas o temporales y mientras éstos se proveen en propiedad conforme a las formalidades de ley o cesa la situación administrativa que originó la vacancia temporal”. Los cargos provisionales, como su nombre lo indica, son de carácter REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-6 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 6 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes definitivas de la Secretaría Distrital de Hacienda” transitorio y excepcional y buscan solucionar las necesidades del servicio y evitar la parálisis en el ejercicio de las funciones públicas mientras se realizan los procedimientos ordinarios para cubrir las vacantes en una determinada entidad, en aplicación de los principios de eficiencia y celeridad. La naturaleza de los cargos provisionales difiere de la de los cargos de carrera administrativa y de los empleos de libre nombramiento y remoción. Los funcionarios nombrados en provisionalidad en empleos de carrera no cuentan con las garantías que de ella se derivan, pese a lo cual, tienen el derecho a que se motive el acto administrativo por medio del cual son retirados de su cargo, ya que dicha motivación se erige como una garantía mínima que se deriva del derecho fundamental al debido proceso y del control a la arbitrariedad de la administración, y no del hecho de pertenecer a un cargo de carrera. Los cargos provisionales no son asimilables a los cargos de carrera administrativa, y es por ello que a los primeros no le son aplicables los derechos que se derivan de ella, ya que quienes se hallan vinculados en provisionalidad no agotaron los requisitos que exige la Constitución y la ley para gozar de tales beneficios, es decir, superar exitosamente el concurso de méritos y el período de prueba, entre otros. Pero tampoco pueden asimilarse a los de libre nombramiento y remoción, pues su vinculación no se sustenta en la confianza para ejercer funciones de dirección o manejo que es propia de éstos, sino en la necesidad de evitar la parálisis de la función pública mientras se logra su provisión en los términos que exige la Constitución. En consecuencia, frente a los cargos provisionales no puede predicarse ni la estabilidad laboral propia de los de carrera ni la discrecionalidad relativa de los de libre nombramiento y remoción; razón por la que el nominador tiene la obligación de motivar el acto administrativo mediante el cual se produce la desvinculación.”

Que por lo anterior, se considera procedente efectuar los nombramientos en provisionalidad a las personas antes mencionadas en las vacantes definitivas de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04 de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda, y hasta tanto estos sean provistos mediante el sistema de mérito.

En mérito de lo expuesto;

RESUELVE:

Artículo 1º.

Nombrar en provisionalidad al señor ANDRÉS FELIPE DÍAZ HENAO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.015.480.884, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 2º.

Nombrar en provisionalidad al señor CARLOS MARIO GONZÁLEZ CABALLERO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.007.725.844, identificado con cédula de ciudadanía No.

7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-7 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes definitivas de la Secretaría Distrital de Hacienda”

1.015.480.884, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 3º.

Nombrar en provisionalidad a la señora CAMILA FLÓREZ OLARTE, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.023.978.819, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 4º.

Nombrar en provisionalidad al señor ANDRÉS ALBERTO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.011.086.100, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 5º.

Nombrar en provisionalidad al señor JONATHAN VERGEL VALENCIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.020.842.997, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 6º.

Nombrar en provisionalidad a la señora DORIS LISED LÓPEZ LÓPEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.022.979.598, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 7º.

Nombrar en provisionalidad a la señora ANGÉLICA MARÍA ÁVILA RUBIO, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.102.484, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-8 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 8 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes definitivas de la Secretaría Distrital de Hacienda”

Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 8º.

Nombrar en provisionalidad al señor JHON JAIRO ABAUNZA LÓPEZ, identificado con cédula de ciudadanía No.1.000.969.475, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 9º.

Nombrar en provisionalidad al señor JUAN SEBASTIÁN ESCOBAR RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No.1.083.919.909, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 10º.

Nombrar en provisionalidad a la señora PAULA ANDREA ROMERO GARZÓN, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.000.602.604, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 11º.

Nombrar en provisionalidad a la señora SANDRA CATALINA SAAVEDRA JIMÉNEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.384.090, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 12º.

Nombrar en provisionalidad a la señora NIKOLLE DENNISSE FERNÁNDEZ BOHÓRQUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.019.104.857, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto

9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-9 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes definitivas de la Secretaría Distrital de Hacienda” de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 13º.

Nombrar en provisionalidad al señor LEONARDO ORTIZ SANABRIA, identificado con cédula de ciudadanía No.80.154.271, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 14º.

Nombrar en provisionalidad a la señora LAURA VANESSA SALCEDO CÓRDOBA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.010.224.290, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 15º.

Nombrar en provisionalidad a la señora ASTRID VIVIANA FAJARDO GONZÁLEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.132.127, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 16º.

Nombrar en provisionalidad al señor ANDRÉS CAMILO MARTÍNEZ CORREA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.000.384.481, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 17º.

Nombrar en provisionalidad a la señora JESICA ALEJANDRA VELANDIA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.032.481.287, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-10 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 10 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes definitivas de la Secretaría Distrital de Hacienda”

Artículo 18º.

Nombrar en provisionalidad a la señora ÁNGELA MILENA LADINO RAMÍREZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.100.591, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 19º.

Nombrar en provisionalidad a la señora JEIMMY CAROLINA FORERO MARTINEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.016.004.730, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental, de la Subdirección de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 20º.

Nombrar en provisionalidad a la señora TATIANA BEATRIZ VILLEGAS ROCHA, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.890.345, en una vacante definitiva del empleo de carrera administrativa denominado Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, ubicado en la Oficina de Operación del Sistema de Gestión Documental, de la Subdirección de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa de la Planta Global de la Secretaría Distrital de Hacienda y hasta que el mismo sea provisto de manera definitiva mediante el sistema de mérito, sin que este nombramiento genere derechos de carrera administrativa, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.

Artículo 21º.

Las personas nombradas mediante el presente acto administrativo, de conformidad con los artículos 2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 648 de 2017, tendrán diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la comunicación del nombramiento para manifestar su aceptación o rechazo y diez (10) días hábiles para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de la fecha de aceptación del nombramiento.

Parágrafo. El nombramiento y posesión a que se refieren los artículos precedentes, se sujetarán a lo
establecido en los artículos 2.2.5.1.4 y 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

Artículo 22°.

Los presentes nombramientos cuentan con saldo de apropiación presupuestal suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de factores constitutivos de salarios y contribuciones inherentes a la nómina durante la vigencia fiscal en curso.

11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-11 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 “Por la cual se realizan unos nombramientos en provisionalidad en unas vacantes definitivas de la Secretaría Distrital de Hacienda”

Artículo 23°.

Comunicar a las personas relacionadas en los artículos precedentes, el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 24°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir de la posesión.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda Aprobado por: Diana Consuelo Blanco Garzón – Subsecretaria General Firmado digitalmente por DIANA CONSUELO BLANCO GARZON Ingrid Marcela Barrera Correa - Subdirectora del Talento Humano INGRID MARCELA BARRERA CORREA Firmado digitalmente por INGRID MARCELA BARRERA CORREA Revisado por:

Tania Margarita López Llamas – Asesora Dirección de Gestión Corporativa Tania López Firmado digitalmente por Tania López Proyectado por: Genny Martínez Laguna – Contratista Subdirección del Talento Humano Genny Martínez Laguna Firmado digitalmente por Genny Martínez Laguna REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-12 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 12 RESOLUCIÓN Nº DDI-035867, 2023EE 465186O1 (24 de noviembre de 2023)

“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 con el Acuerdo 469 de 2011”

LA JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.

CONSIDERANDO:

Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.

Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital, división de la secretaria general de la Alcaldía Mayor Que, en consideración a lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Ordenar la publicación en el Registro Distrital, división de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.

Artículo segundo.

Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 43 Registros, Anexo No. 2 con 54 Registros.

Artículo tercero.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:

OFICINA TIPO DE ACTO CONTROL MASIVO LIQUIDACIÓN OFICIAL DE CORRECCIÓN ARITMETICA LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO LIQUIDACIÓN OFICIAL DE CORRECCIÓN ARITMETICA LIQUIDACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital 105-F.90 V.11 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-13 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 RESOLUCION No DDI- 035867, 2023EE 465186O1 Del 24-11-2023 "Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011” de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.

Acto(s) administrativo(s) del anexo No.2:

OFICINA TIPO DE ACTO CONTROL MASIVO AUTO DE ARCHIVO REQUERIMIENTO ESPECIAL CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES AUTO INADMISORIO DE DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES FISCALIZACIÓN GRANDES CONTRIBUYENTES AUTO DE ARCHIVO GENERAL DE FISCALIZACIÓN REQUERIMIENTO ESPECIAL Contra los actos administrativos mencionados en el anexo No 2 no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

Artículo cuarto.

Esta Resolución rige a partir de su publicación.

Dado en Bogotá, D.C. a los 24 días del mes de noviembre de 2023.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado digitalmente por MARIA LINNETTE ROJAS RIVERA MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Proyectado por: Jeny Patricia Cholo Camargo Firma del funcionario 24/11/2023 105-F.90 V.11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-14 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 14 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN SUR 14/11/2023 DESCONOCIDO SUR 20/11/2023 CERRADO SUR 20/11/2023 CERRADO SUR 20/11/2023 CERRADO SUR 20/11/2023 CERRADO SUR 20/11/2023 CERRADO SUR 20/11/2023 CERRADO SUR 20/11/2023 CERRADO AP 204 10/11/2023 CERRADO 79 ESTE 14/11/2023 CERRADO 24 SUR MJ 10/11/2023 DESCONOCIDO NOTIFICACIÓN 2020-7" CL 136 46 35 PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO CIAL DE AFORO 25/10/2023 2017-4, 5 CL 15 52 80 15/11/2023 REHUSADO CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 AC 3 23 17 IN 1 10/11/2023 NO RESIDE CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 KR 88 I 79 B 03 CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 KR 5A BIS 50A CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 CL 61 SUR 14F CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 KR 27 71N 12 CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 KR 27 71N 12 CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 KR 27 71N 12 CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 KR 27 71N 12 CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 KR 27 71N 12 CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 KR 27 71N 12 CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 KR 27 71N 12 CIAL DE REVISIÓN 02/11/2023 "2019-7 19361292 LIQUIDACIÓN OFI- PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO AVISOS Y IMPUESTO IMPUESTO TABLEROS COMERCIO, INDUSTRIA Y ENTE IDENTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO CACIÓN DEL CONTRIBUY- SILVA 3.006.350 ICA N/A LIQUIDACIÓN OFI- FERNANDO 3.005.439 PREDIAL AAA0209TBSY LIQUIDACIÓN OFI- APODERADO NOMBRE DEL RO GONZALO 2.926.596 PREDIAL AAA0005AOTD LIQUIDACIÓN OFI- JOSE ANDRES 5.679.500 PREDIAL AAA0255OXUH LIQUIDACIÓN OFI- TOR AUGUSTO 3.214.827 PREDIAL AAA0031JAZE LIQUIDACIÓN OFI- RAFAEL ANTONIO 52.747 PREDIAL AAA0147AMSK LIQUIDACIÓN OFI- RAFAEL ANTONIO 52.747 PREDIAL AAA0145ZAWW LIQUIDACIÓN OFI- RAFAEL ANTONIO 52.747 PREDIAL AAA0145ZAUH LIQUIDACIÓN OFI- RAFAEL ANTONIO 52.747 PREDIAL AAA0145YWNN LIQUIDACIÓN OFI- RAFAEL ANTONIO 52.747 PREDIAL AAA0145YWMS LIQUIDACIÓN OFI- RAFAEL ANTONIO 52.747 PREDIAL AAA0145YWLW LIQUIDACIÓN OFI- RAFAEL ANTONIO 52.747 PREDIAL AAA0145YWKL LIQUIDACIÓN OFI- DRIGUEZ SALAZAR 19.361.292 CONTRIBUYENTE Y/O relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-035867 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2023 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

No.

Que los Jefes de la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes, la Oficina de Liquidació de la Subdireccion de Determinación,profiríeron para los contribuyentes que se DDI-032538 2023EE417440 O1 202304183000083941 JESUS EDUARDO RO- DDI-031254 2023EE396363 O1 202204213000047888 MOJICA RAMOS HEC- DDI-031212 2023EE396321 O1 202204213000047829 PAREDES ARISMENDI DDI-032997 2023EE433386 O1 202204213000051798 ORLANDO GOMEZ DDI-031253 2023EE396362 O1 202204213000048209 MONROY CARDENAS DDI-031201 2023EE396311 O1 202204213000048318 FERNANDEZ ROME- DDI-031269 2023EE396379 O1 202204213000048027 ROJAS PACHON DDI-031269 2023EE396379 O1 202204213000048027 ROJAS PACHON DDI-031269 2023EE396379 O1 202204213000048027 ROJAS PACHON DDI-031269 2023EE396379 O1 202204213000048027 ROJAS PACHON DDI-031269 2023EE396379 O1 202204213000048027 ROJAS PACHON DDI-031269 2023EE396379 O1 202204213000048027 ROJAS PACHON DDI-031269 2023EE396379 O1 202204213000048027 ROJAS PACHON RESOLUCIÓN No. RADICADO No. DE 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-15 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 218 03/11/2023 NO RESIDE SUR 14/11/2023 DESCONOCIDO D 31 15/11/2023 CERRADO SUR 14/11/2023 CERRADO 10A 49 20/11/2023 CERRADO AP 103 07/11/2023 CERRADO 21 AP 501 08/11/2023 REHUSADO CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 DG 81F 73B 08 10/11/2023 REHUSADO CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 CL 20C 97B 26 10/11/2023 DESCONOCIDO CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 DG 81F 73B 08 10/11/2023 REHUSADO CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 KR 53 114 44 14/11/2023 CERRADO CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 KR 81A 54 03 CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 - 2019 CL 1 87D 38 14/11/2023 CERRADO CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 - 2019 CL 1 87D 38 14/11/2023 CERRADO CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 CL 58 A 19 28 14/11/2023 CERRADO CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 - 2020
- 2021 KR 12A 32D 07 CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 CL 11 8 54 OF 604 10/11/2023 NO RESIDE CIAL DE AFORO 11/10/2023 2018 CL 58 A 19 28 14/11/2023 CERRADO CIÓN ARITMETICA 30/10/2023 2017 KR 15 84 24 OF CIÓN ARITMETICA 01/11/2023 2020 CL 146 19 27 CIÓN ARITMETICA 30/10/2023 2020, 2021 CL 75A SUR CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 09/11/2023 2021 CL 26 SUR 89 CIAL DE REVISIÓN 31/10/2023 2020, 2021 TV 85 64 C 38 07/11/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 02/08/2023 2020 - 2021 CL 200 22B 645 07/11/2023 REHUSADO CIAL DE REVISIÓN 03/11/2023 2020 CL 128 B 60 57 15/11/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 13/10/2023 2017, 2018, 20191 Kra 79 10D 32 IN NOTIFICACIÓN POR AVISO CRUZ 79.280.164 VEHÍCULOS BNN543 LIQUIDACIÓN OFI- OLIVA 20.078.006 PREDIAL AAA0008WHKC LIQUIDACIÓN OFI- DORIS 51.852.170 PREDIAL AAA0139JRDE LIQUIDACIÓN OFI- OSPINA 28.810.580 PREDIAL AAA0023REZM LIQUIDACIÓN OFI- NOHEMY 37.181.204 PREDIAL AAA0248ETJZ LIQUIDACIÓN OFI- NOHEMY 37.181.204 PREDIAL AAA0248ETHK LIQUIDACIÓN OFI- HURTADO 40.761.416 PREDIAL AAA0130DANX LIQUIDACIÓN OFI- HIJOS S.A.S. 830.085.525 PREDIAL AAA0078PZEP LIQUIDACIÓN OFI- ANA TERESA 52.502.588 PREDIAL AAA0248XCXS LIQUIDACIÓN OFI- ANA TERESA 52.502.588 PREDIAL AAA0248XPWF LIQUIDACIÓN OFI- GANIZACION 830.137.932 VEHÍCULOS OLY92B LIQUIDACIÓN OFI- TINEZ LINARES 52.124.766 PREDIAL AAA0062FFHY LIQUIDACIÓN OFI- MARTHA LILIANA 52.313.610 PREDIAL AAA0082JSWW LIQUIDACIÓN OFI- DERON ROSERO 80.410.510 PREDIAL AAA0246FWDE LIQUIDACIÓN OFI- MARIA DE JESUS 24.045.008 PREDIAL AAA0085SCYN LIQUIDACIÓN OFI- NO DE SAN PABLO 860.006.663 PREDIAL AAA0032JKYX LIQUIDACIÓN OFI- NO DE SAN PABLO 860.006.663 PREDIAL AAA0032JHMR LIQUIDACIÓN OFI- JUELA NELIDA LIRIA 41.464.532 PREDIAL AAA0017TNWF LIQUIDACIÓN OFI- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-035867 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-031280 2023EE396391 O1 202204213000048386 INSTITUTO CRISTIA- DDI-031278 2023EE396389 O1 202204213000048137 LUIS OMAR COSMA E DDI-031280 2023EE396391 O1 202204213000048386 INSTITUTO CRISTIA- DDI-034815 2023EE440399 O1 202204213000048579 TOVAR AGUIRRE DDI-031264 2023EE396374 O1 202204213000047731 MURILLO DE OR- DDI-034028 2023EE435974 O1 202209283000083101 PABLO SANTAMARIA DDI-025659 2023EE292405 O1 202301160000017762 YANETH ROCIO MAR- DDI-031266 2023EE396376 O1 202204213000047922 GALLEGOS RIOS DDI-031268 2023EE396378 O1 202204213000047860 LEGUIZAMON PAEZ DDI-031268 2023EE396378 O1 202204213000047860 LEGUIZAMON PAEZ DDI-032976 2023EE431126 O1 202302283000083872 LUIS FERNANDO CAL- DDI-032957 2023EE429723 O1 20230213000028556 MIRIAN NARVAEZ DDI-031368 2023EE406663 C2 202212163000083587 YARA MARTIN NUBIA 39.639.915 PREDIAL AAA0029WOXS LIQUIDACIÓN OFI- DDI-031256 2023EE396365 O1 202204213000047723 PEREZ GUERRERO DDI-031250 2023EE396359 O1 202204213000047785 TORRES DE GOMEZ DDI-032899 2023EE428328 O1 2202301160000017164 ROSA ALBA LATORRE DDI-031256 2023EE396365 O1 202204213000047723 PEREZ GUERRERO DDI-031260 2023EE396369 O1 202204213000048181 LUIS DE GONZALEZ DDI_032880 2023EE427038 C2 202306203000086809 ALARI S A EN REOR- REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-16 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 16 AP 402 10/11/2023 DESCONOCIDO 10 LC 301 14/11/2023 CERRADO ERA SOPO CJ ERA SOPO CJ ERA SOPO CJ RIO RICAURTE 15/11/2023 NO RESIDE MACADAMIA 5A 07/11/2023 DESCONOCIDO MACADAMIA 5A 07/11/2023 DESCONOCIDO MACADAMIA 5A 07/11/2023 DESCONOCIDO CL 13 26 45 BAR- 2022-7, 2023-1, 2023-2, 2023-3 CIAL DE AFORO 11/10/2023 2019 - 2020
- 2021 CL 32 SUR 22 45 10/11/2023 REHUSADO CIAL DE AFORO 15/11/2023 2017-4, 5 KR 7B BIS 126 36 16/11/2023 NO RESIDE COMPENSACIÓN 18/10/2023 2022, 2023 CL 3 9F 81 TO 8 COMPENSACIÓN 04/11/2023 DEVOLUCIÓN Y/O DEVOLUCIÓN Y/O CIAL DE REVISIÓN 24/10/2023 2019 CL 16 2A 11 ESTE 07/11/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 09/11/2023 2019-7 CL 103 70 85 15/11/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 24/10/2023 2020 KM 4 VIA LA CAL- CIAL DE REVISIÓN 24/10/2023 2020 KM 4 VIA LA CAL- CIAL DE REVISIÓN 24/10/2023 2020 KM 4 VIA LA CAL- CIAL DE REVISIÓN 30/10/2023 2019-7 CL 11 10 41 10/11/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 07/11/2023 2019-7 CL 41 SUR 52B NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.

OSCAR DARIO 1.070.950.866 PREDIAL AAA0256WNJH LIQUIDACIÓN OFI- AUDITING S A S 900.589.725 ICA N/C LIQUIDACIÓN OFI- GARCIA MUÑOZ 1.019.030.204 PREDIAL AAA0130MONN RESOLUCIÓN DE CORREA BONILLA 1.018.406.675 VEHÍCULOS MCS000 LIQUIDACIÓN OFI- CORREA BONILLA 1.018.406.675 VEHÍCULOS HXW696 LIQUIDACIÓN OFI- CORREA BONILLA 1.018.406.675 VEHÍCULOS CYT110 LIQUIDACIÓN OFI- CONSULTING AND FONSO GUERRERO 1.068.929.559 VEHÍCULOS RAT893 LIQUIDACIÓN OFI- LLUVIA PARA LA VIDA 901.551.807 ICA 901551807 RESOLUCIÓN DE ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-035867 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de DDI-032550 2023EE417511 O1 20230213000027199 JUAN PABLO AL- DDI-031474 2023EE412043 O1 202310117000018957 LIDIA CONSTANZA DDI-031286 2023EE396477 O1 202204213000048094 FERNANDEZ OVALLE DDI-034823 2023EE441095 O1 202204213000054424 UVU SAS 900.327.983 ICA N/A LIQUIDACIÓN OFI- DDI-032545 2023EE417499 O1 20230213000027492 DIEGO ENRIQUE DDI-032545 2023EE417499 O1 20230213000027492 DIEGO ENRIQUE DDI-035530 2023EE447636 O1 202304203000083989 EXPLORATION DDI-032545 2023EE417499 O1 20230213000027492 DIEGO ENRIQUE DDI-034086 2023EE436296 O1 202309277000018733 UNION TEMPORAL DDI-032901 2023EE428332 O1 202204213000054558 R&C ENERGY SAS 900.802.112 ICA N/A LIQUIDACIÓN OFI- DDI-034107 2023EE436950 O1 202204213000054663 RPR GROUP SAS 901.036.411 ICA N/A LIQUIDACIÓN OFI- MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-17 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 1201 09/11/2023 NO RESIDE 68F 51 10/11/2023 DESCONOCIDO NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA 30/10/2023 2023 KR 4 7 68 10/11/2023 CERRADO TIPO CIONES DE ACTO ESPECIAL 04/11/2023 2021 CL 67B 60 96 14/11/2023 CERRADO ESPECIAL 04/11/2023 2021 CL 67B 60 96 14/11/2023 CERRADO ESPECIAL 04/11/2023 2021 CL 37A SUR ESPECIAL 04/11/2023 2021 CL 67B 60 96 14/11/2023 CERRADO Y COMPENSA- DE DEVOLUCIONES AUTO INADMISORIO PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO NOTIFICACIÓN POR AVISO ENTE Determinació profirieron para los contribuyentes IDENTIFI- 20.313.906 PREDIAL AAA0077MXTD AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2017, 2020, 2021 CL 23D 111A 41 09/11/2023 REHUSADO CACIÓN DEL CONTRIBUY- LEON 17.346.324 PREDIAL AAA0086NZMS AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2020 KR 49 98 44 09/11/2023 DESCONOCIDO BAENA 19.201.550 PREDIAL AAA0072LXOM AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2017 AK 14 23 73 LC 09/11/2023 NO RESIDE DURAN 17.054.752 PREDIAL AAA0087EFNN AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2020 KR 5 72 39 AP GARCIA 41.729.080 PREDIAL AAA0049WCRJ REQUERIMIENTO GARCIA 41.415.613 PREDIAL AAA0049WCRJ REQUERIMIENTO CERQUERA 36.375.795 VEHÍCULOS BHB877 CORONADO 11.210.124 PREDIAL AAA0026YNFZ AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2017 KR 18I 81 63 SUR 09/11/2023 DESCONOCIDO DE LINARES RODRIGUEZ 28.707.378 PREDIAL AAA0049WCRJ REQUERIMIENTO TRO ZAPATA 17.637.904 PREDIAL AAA0055UMHY AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2017 KR 57A 59 22 09/11/2023 NO RESIDE ARISTIZABAL 16.580.059 PREDIAL AAA0236TBAW AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2020,2021 CL 136 49 45 14/11/2023 CERRADO APODERADO NOMBRE DEL NILLA SANCHEZ 19.176.404 PREDIAL AAA0049WCRJ REQUERIMIENTO e indeterminados de Sucesión ilíquida y/o CONTRIBUYENTE Y/O MARIA DE JESUS DIAZ herederos determinados ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-035867 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2023 que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.

EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber:

En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:

NA 2023EE436553 C6 202311043000098577 MYRIAM DUARTE NA 2023EE436553 C5 202311043000098577 FLOR MARIA DUARTE NA 2023EE436553 C4 202311043000098577 CRISTINA GARCIA DE NA 2023EE042136 O1 20230213000027710 NA 2023EE042144 O1 20230213000027794 ALVARO HOYOS NA 2023EE436553 C2 202311043000098577 JESUS MARIA BO- NA 2023EE042149 C1 20230213000027844 NESTOR DARIO CAS- NA 2023EE042184 C1 20230213000028158 JAVIER DARIO LEON NA 2023EE042185 O1 20230213000028252 BERNARDO CASTRO NA 2023EE042197 O1 20230213000028245 OCTAVIO GIRALDO NA 2023EE042129 O1 20230213000027670 DARIO CASTIBLANCO No.

Que los Jefes de la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones de la CIÓN No. RADICADO No. DE RESOLU- DDI-032852 2023EE426736 O1 202310307000019097 VILMA MEDINA DE Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes, la Oficina de Fiscalizacion Grandes Contribuyentes,la Oficina General de Fiscalizacionde de la Subdireccón de REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-18 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 18 16/11/2023 CERRADO SUR 10/11/2023 REHUSADO CA 111 08/11/2023 NO RESIDE OF 502 20/11/2023 NO RESIDE BATALL 10/11/2023 REHUSADO 4 AP 401 09/11/2023 NO RESIDE CANADA nias casa 1 14/11/2023 REHUSADO TAURAMENA TV 13 ESTE 49 CONJ Las Bego- 44 SUR BRR RE- PUBLICA D ESTE ESPECIAL 31/10/2023 2021-4, 5, 6 KR 95I 96 22 16/11/2023 CERRADO ESPECIAL 31/10/2023 2021-1, 2, 3, 5 ESPECIAL 25/10/2023 2021 CA FISCAL 2 MCP ESPECIAL 04/11/2023 2021 KR 64 94 75 10/11/2023 CERRADO ESPECIAL 04/11/2023 2021 CL 67B 60 96 14/11/2023 CERRADO NOTIFICACIÓN POR AVISO 860.065.913 VEHÍCULOS HAT807 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 KR 12 93 30 09/11/2023 NO RESIDE 860.065.913 VEHÍCULOS RDT832 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 KR 12 93 30 09/11/2023 NO RESIDE TADA 800.176.502 RETEICA NA REQUERIMIENTO MUÑOZ 79.989.510 PREDIAL AAA0072MFBR AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2020,2021 KR 15 22 25 09/11/2023 NO RESIDE GARCIA 51.760.472 PREDIAL AAA0049WCRJ REQUERIMIENTO TRA TIVA TRA TIVA MORENO 52.868.379 PREDIAL AAA0049WCRJ REQUERIMIENTO EDUCATIVO 830.036.691 PREDIAL AAA0018SOLF AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2017, 2018, 2019, 2020 KR 77C 59A 15 CUEROS S.A 811.015.541 VEHÍCULOS RKZ047 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 CL 18 A 68 D 54 09/11/2023 NO RESIDE INTERNACIO- INTERNACIO- CRUZ BENITEZ 66.681.996 VEHÍCULOS NDZ526 REQUERIMIENTO COLOMBIA S.A. 806.000.591 ICA NA AUTO DE ARCHIVO 16/11/2023 2021 - 1, 2, 3, 4, 5 Y 6 CR 12 A 83 75 GADO ALVAREZ 51.816.381 PREDIAL AAA0115KBRU AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2020, 2021 KR 47A 101A 28 09/11/2023 NO RESIDE TANA ROBERTO 52.490.195 VEHÍCULOS MCX176 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 CL 151 111A 82 SAMORAN LTDA 830.075.413 RETEICA NA REQUERIMIENTO CASAS CURREA 51.882.246 PREDIAL AAA0089KPPP AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2020,2021 KR 5 N 66 11 09/11/2023 NO RESIDE RADOR CENTRO FINANCIAMIENTO FINANCIAMIENTO NAL COMPAÑIA DE NAL COMPAÑIA DE CAICEDO PANTOJA 98.393.957 PREDIAL AAA0189RJNN AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2017 KR 105 238 55 FORZOSA ADMINIS- FORZOSA ADMINIS- ALFONSO CAVIEDES 52.332.975 PREDIAL AAA0063TOJH AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2020 KR 68 B 78 29 IN SA - EN LIQUIDACION SA - EN LIQUIDACION ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-035867 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2023EE042173 O1 20230213000030345 NA 2023EE042173 O1 20230213000030345 NA 2023EE042171 O1 20230213000030342 MASCOLANDIA S A S 830.087.140 VEHÍCULOS IJV977 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 KR 15 63 81 09/11/2023 NO RESIDE NA 2023EE042169 O1 20230213000030339 COLOMBIANA DE NA 2023EE449669 O1 202301160000015407 ACCORHOTELS NA 2023EE042159 O1 20230213000029005 SAN ISIDRO LAB- NA 2023EE429486 O1 202309203000094451 DISTRIBUIDORA NA 2023EE429489 O1 202309203000094457 LUNA GOMEZ LIMI- NA 2023EE423044 O1 202310263000097186 DIANA MARCELA NA 2023EE042145 C1 20230213000027812 MIGUEL RENATO NA 2023EE042212 C2 20230213000028573 JHON ALEXIS GARCIA NA 2023EE436553 C9 202311043000098577 MARTHA QUIROGA NA 2023EE042164 O1 20230213000030212 ANA ANDREA QUIN- NA 2023EE042195 C1 20230213000028234 MYRIAM HORTENSIA NA 2023EE042220 O1 20230213000028660 DERLY YOLANDA NA 2023EE042218 O1 20230213000028647 MARIA CECILIA DEL- NA 2023EE436553 C8 202311043000098577 ELIZABETH DUARTE 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-19 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 OF 304 09/11/2023 NO RESIDE BOLÍVAR) 17/11/2023 NO RESIDE LOCAL 1-2 09/11/2023 NO RESIDE (CARTAGENA- 30/10/2023 2023 KR 46 82 218 CIONES ESPECIAL 31/10/2023 2021 - 1 TV 52 21 116 ESPECIAL 31/10/2023 2021-3, 5 DG 5 F 47 30 16/11/2023 DESCONOCIDO ESPECIAL 31/10/2023 2021 - 1, 3, 4, 5, 6 CL 118 14 10 17/11/2023 CERRADO ESPECIAL 31/10/2023 2021 - 1, 2, 3, 4, 5, 6 CR 123 15A 51 16/11/2023 NO RESIDE Y COMPENSA- DE DEVOLUCIONES AUTO INADMISORIO NOTIFICACIÓN POR AVISO 860.065.913 VEHÍCULOS RLT743 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 KR 12 93 30 09/11/2023 NO RESIDE 860.065.913 VEHÍCULOS RGM117 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 KR 12 93 30 09/11/2023 NO RESIDE 860.065.913 VEHÍCULOS RDZ648 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 KR 12 93 30 09/11/2023 NO RESIDE S.A.S. 900.498.774 RETEICA NA REQUERIMIENTO TRA TIVA TRA TIVA TRA TIVA NAS SAS 900.786.882 VEHÍCULOS CDS328 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 KR 96 71 C 21 09/11/2023 NO RESIDE NAS SAS 900.786.882 VEHÍCULOS BZA927 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 KR 96 71 C 21 09/11/2023 NO RESIDE NAS SAS 900.786.882 VEHÍCULOS BIP301 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 KRA 86 71 C 21 09/11/2023 NO RESIDE NAS SAS 900.786.882 VEHÍCULOS BMH911 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 KR 96 71 C 21 09/11/2023 NO RESIDE NAS SAS 900.786.882 VEHÍCULOS BPC914 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 KR 96 71 C 21 09/11/2023 NO RESIDE CION SAS 900.635.571 PREDIAL AAA0268EMZM AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2020 CL 98 A 51 37 LITORAL SA 890.105.365 RETEICA NA REQUERIMIENTO INTERNACIO- INTERNACIO- INTERNACIO- AJES LIMIT ADA 860.528.001 VEHÍCULOS RDQ033 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 KR 10 19 45 PI 5 09/11/2023 DESCONOCIDO FINANCIAMIENTO FINANCIAMIENTO FINANCIAMIENTO CIONAL DE BLIND- NAL COMPAÑIA DE NAL COMPAÑIA DE NAL COMPAÑIA DE FORZOSA ADMINIS- FORZOSA ADMINIS- FORZOSA ADMINIS- TURA Y CONSTRUC- SA - EN LIQUIDACION SA - EN LIQUIDACION SA - EN LIQUIDACION ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-035867 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2023EE042180 O1 20230213000030365 AUTOS LUIS CARDE- NA 2023EE042180 O1 20230213000030365 AUTOS LUIS CARDE- NA 2023EE042163 C1 20230213000030191 AUTOS LUIS CARDE- NA 2023EE042180 O1 20230213000030365 AUTOS LUIS CARDE- NA 2023EE042180 O1 20230213000030365 AUTOS LUIS CARDE- NA 2023EE042114 O1 20230213000029274 MALCO ARQUITEC- NA 2023EE429477 O1 202309203000094514 TRANSALIANZA TN NA 2023EE429480 O1 202309203000094455 PEMOFER E U - 900.174.234 RETEICA NA REQUERIMIENTO NA 2023EE429494 O1 202309203000094512 CASAACTIVA SAS 900.166.862 RETEICA NA REQUERIMIENTO NA 2023EE429490 O1 202309203000094452 PANIFICADORA DEL NA 2023EE042174 O1 20230213000030347 FABRICA INTERNA- NA 2023EE042173 O1 20230213000030345 NA 2023EE042173 O1 20230213000030345 NA 2023EE042173 O1 20230213000030345 DDI-032853 2023EE426745 O1 202310307000019098 AVS DEL CARIBE LTDA 900.032.712 VEHÍCULOS JDV295 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-20 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 20 30 PI 3 16/11/2023 DESCONOCIDO LC 348 10/11/2023 CERRADO LC 348 10/11/2023 CERRADO 78C 78 16/11/2023 DESCONOCIDO ESPECIAL 04/11/2023 2021 AK 58 127 59 ESPECIAL 31/10/2023 2021-5 KR 78A 72A 41 16/11/2023 NO RESIDE ESPECIAL 04/11/2023 2021 AK 58 127 59 ESPECIAL 31/10/2023 2021-5 CL 116 NO. 22 45 16/11/2023 DESCONOCIDO ESPECIAL 31/10/2023 2021 - 1, 2 CL 97 A 61 24 16/11/2023 CERRADO ESPECIAL 31/10/2023 2021- 1 CL 36 SUR 75 ESPECIAL 31/10/2023 2021-1, 2 CL 76B SUR NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal 2021 901.507.526 RETEICA NA REQUERIMIENTO NAS SAS 900.786.882 VEHÍCULOS CXP996 AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2021 KR 96 71 C 21 09/11/2023 NO RESIDE RIA S.A.S 901.358.989 RETEICA NA REQUERIMIENTO EDUCATIVA 901.348.502 RETEICA NA REQUERIMIENTO YAJAD S.A.S 901.074.976 RETEICA NA REQUERIMIENTO TRO CIFUENTES 1.000.936.500 PREDIAL AAA0055UMHY AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2017 KR 57A 59 22 09/11/2023 NO RESIDE ARTE GUTIERREZ 1.019.150.212 PREDIAL AAA0049WCRJ REQUERIMIENTO ARTE GUTIERREZ 1.019.132.221 PREDIAL AAA0049WCRJ REQUERIMIENTO INFRAESTRUCTURA CASTRO CIFUENTES 1.026.576.071 PREDIAL AAA0055UMHY AUTO DE ARCHIVO 25/10/2023 2017 KR 57A 59 22 09/11/2023 NO RESIDE ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-035867 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2023EE042149 C4 20230213000027844 YONIER ESTIVEN NA 2023EE436553 C1 202311043000098577 NICOLAS FELIPE DU- NA 2023EE429473 O1 202309203000094458 UT DMC BOTIQUINES NA 2023EE042149 C3 20230213000027844 YEISON ANDRES CAS- NA 2023EE436553 O1 202311043000098577 JUAN SEBASTIAN DU- NA 2023EE429491 O1 202309203000094511 INSIGHTS CONSULTO- NA 2023EE426331 O1 202306293000086895 CONSORCIO NA 2023EE426298 O1 202306293000086858 VIDRIOS Y CRISTALES NA 2023EE429475 O1 202309203000094446 NAILPRO SAS 901.211.573 RETEICA NA REQUERIMIENTO NA 2023EE042180 O1 20230213000030365 AUTOS LUIS CARDE- Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.

MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-21 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 698 (27 de noviembre de 2023)

“Por la cual se adopta la cartilla “ Estándares de Calidad Espacial - Equipamientos Sector Gestión Pública” y se modifica el documento “Estándares de Calidad Espacial de los Equipamientos del Sector Gestión Pública”

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-22 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 22 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-23 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-24 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 24 EQUIPAMIENTOS SECTOR GESTIÓN PÚBLICA ESTÁNDARES DE CALIDAD ESPACIAL CARTILLA EDIFICIO BICENTENARIO II - AUTORIA FOTO: ARCHIVO BAQ. ARQUITECTURA PANAMERICANA.COM 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-25 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 PARTICIPANTES YANETH SUAREZ ACERO EQUIPO DIRECTIVO:

JEFE OFICINA PLANEACIÓN MARCELA MANRIQUE CASTRO SUBSECRETARÍA CORPORATIVA DORIS BIBIANA CARDOZO PEÑA MARIA CLEMENCIA PEREZ URIBE DIANA MARCELA VELASCO RINCON DIRECTORA ADMINISTRATIVA FINANCIERA JONNATHA IVONNE GONZALEZ RODRIGUEZ SUBSECRETARÍA DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA ALTA CONSEJERA DE PAZ, VÍCTIMAS Y RECONCILIACIÓN.

SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-26 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 26 TABLA DE CONTENIDO

4.

5.

8 9 10 11 12 14 15 17 18 ASPECTOS URBANÍSTICOS Y DE ENTORNO MEJOR UBICACIÓN ESPACIO PÚBLICO CRITERIOS DE DISEÑO ESPACIAL MÓDULO FUNCIONAL ARQUITECTÓNICO ZONA DE RECEPCIÓN ZONA DE PERMANENCIA ZONA DE ATENCIÓN ZONA ADMINISTRATIVA PRESTACIÓN CONJUNTA DE SERVICIOS CONDICIONES DE INFRAESTRUCTURA 1 1.1.

1.2

2.

2.1.

2.1.1 2.1.2 2.1.3 2.1.4 3 4 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-27 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 INTRODUCCIÓN de las curadurías urbanas que son las encargadas de verificar el cumplimiento de las normas SuperCades y centros de encuentro deberán Estos estándares deben estar dentro del dominio urbanísticas y de edificación vigentes en los proyectos de subdivisión, parcelación, urbanización o construcción que son sometidos a su consideración.

Es así que los equipamientos pertenecientes a cumplir los parámetros descritos en esta cartilla. cumplimiento de la normatividad vigente. con un gran aporte a la accesibilidad universal y el Los equipamientos de este sector deberán contar Los estándares del sector gestión pública se construyeron a partir de la compilación de los parámetros y lineamientos arquitectónicos y de las normas técnicas que se deben aplicar en el desarrollo de los equipamientos del sector, buscando que los espacios que los componen sean conjunto de servicios que en ellos se prestan. armónicos con las necesidades del servicio o REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-28 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 28 EQUIPAMIENTOS SECTOR GESTIÓN PÚBLICA I. ASPECTOS URBANÍSTICOS Y DE ENTORNO Fuente: www.archdaily.co -Espacio Público, Edificios Institucionales - 2019. Llano Fotografia Fuente: www.archdaily.co -Espacio Público, Edificios Institucionales - 2019. Llano Fotografia 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-29 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 1.1. MEJOR UBICACIÓN EQUIPAMIENTOS SECTOR GESTIÓN PÚBLICA Supercade Manitas - Transmicable Manitas Supercade Bosa - Portal del Sur Supercade Américas - Portal Americas Supercade Suba- Portal Suba se conviertan en puntos estratégicos de la ciudad, con permanente presencia de las ciudadanas y los ciudadanos cuidado y/o zonas de convergencia del sistema de movilidad, portales, cables aéreos de forma tal que estas zonas La Ubicación de los Supercades se deberá priorizar preferiblemente en zonas de proximidad con las manzanas del Fuente: Dirección Administrativa Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

Fuente: Dirección Administrativa Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-30 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 30 1.1. UBICACIÓN EQUIPAMIENTOS SECTOR GESTIÓN PÚBLICA Portal del Sur Portal 20 de Julio Portal Américas Portal Suba Plano de Estaciones y Portales Transmilenio Fuente: www.transmilenio.gov.co 2018 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-31 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 1.2. ESPACIO PÚBLICO EQUIPAMIENTOS SECTOR GESTIÓN PÚBLICA y funcionales. Estos elementos deben ser parte integral de los diseños, con el fin de establecer su función y regular su localización en los objetos artísticos que cualifiquen los espacios en términos paisajísticos mobiliario, la Señalización, los monumentos conmemorativos o los Deberán ser lugares de tránsito para el ingreso o salida de usuarios y transporte público colectivo; su diseño paisajístico debe proporcionar confort y agrado, y debe incorporar el mobiliario que permita el encuentro o paso de ciudadanos y ciudadanas.

Deberán incluir elementos tales como la cobertura vegetal, el espacios públicos, de acuerdo con las necesidades del área y de la usuarias de las edificaciones o de las estaciones del sistema de población usuari rios Plazoletas Elementos Complementa SISTEMA DEL ESPACIO PÚBLICO PEATONAL Y PARA EL ENCUENTRO Redes de CONCEPTO ELEMENTO LO QUE SE ESPERA proximidad REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-32 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 32 1.2. ESPACIO PÚBLICO EQUIPAMIENTOS SECTOR GESTIÓN PÚBLICA Supercade Manitas - Transmicable Manitas Cumplir con las normas urbanísticas y de edificación adoptadas en los planes especiales de manejo y Cumplir con las condiciones que permitan la accesibilidad universal, en espacio público cumplir con la normativa de movilidad sostenible vigente protección - PEMP de bienes de interés cultural (cuando aplique)

Dada la dinámica desarrollada a partir de la ubicación de los Supercades y de su entorno, se deberá tener Fuente: www.archdaily.co -Espacio Público, Edificios Institucionales - 2019. Llano Fotografia presente:

33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-33 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 Tipos de Espacio

2. CRITERIOS DE DISEÑO ESPACIAL

de coordinación Espacios destinados para oficinas Cuartos técnicos Cuartos de residuos ESPECIALIZADOS Espacios destinados para ubicación de módulos de trabajo Espacios destinados para salas de permanencia Espacios destinados para reuniones Espacios multifuncionales ADAPTABLES público Espacio destinado para baños de funcionarios y funcionarias Espacio destinado para baños al Espacios destinado para baño accesible Cuartos de servicios generales APOYO Y SERVICIOS Fuente: www.archdaily.co -Espacio Público, Edificios Institucionales - 2019. Llano Fotografia REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-34 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 34 Programa Arquitectónico 2.1. MÓDULO FUNCIONAL ARQUITECTÓNICO APOYO Y SERVICIOS ADAPTABLES ESPECIALIZADOS y profesionales Administración Coordinador, secretaria, salas de reuniones, archivo, auxiliares técnicos Servicios generales internos Ingreso Información Vestíbulo Radicación o correspondencia Atención personalizada Consultas privadas y relacionadas con Sala de espera Hall de filas Servicios complementarios Baños, casilleros, cafeteria/cocineta Consulta de otras áreas de la Entidad trámites y servicios de la Entidad mesas de diligenciamiento. dispensadores, enfermeria, baños públicos, Bancos, cajeros, fotocopiadoras, internet, Fuente: Dirección Administrtiva Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

2 1 3 4 INSTALACIONES BÁSICAS 5 ZONA DE ATENCIÓN ZONA DE RECEPCIÓN ZONA ADMINISTRATIVA ZONA DE PERMANENCIA Iluminación Ventilación Acústica Seguridad Señalización Condiciones ambientales y de confort 35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-35 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 EQUIPAMIENTOS SECTOR GESTIÓN PÚBLICA 2.1.1. ZONA DE RECEPCIÓN quejas y reclamos. Dependiendo de los trámites y los ciudadanos puedan acceder al servicio solicitado. En algunas ocasiones, en este espacio se entrega el turno servicios de la entidad, se puede adecuar el espacio para entrega de documentos y la orientación general para que las ciudadanas o atención; es el lugar en el cual se dan las instrucciones correspondencia y documentación de peticiones, correspondiente al trámite o servicio solicitado o se revisa la documentación requerida.

Radicación o correspondencia:

Puesto de trabajo destinado para recibir Información:

Espacio donde se ubican una o varias personas responsables de entregar la información sobre los trámites y servicios que se prestan en el punto de facilita que la ciudadanía se ubique y se desplace fácilmente a la zona requerida. ocasiones en este espacio se ubica personal que guía y señalización general del punto de atención. En algunas Vestíbulo:

Recepción, espacio ubicado una vez se accede al punto, que facilita la distribución, a otras áreas; allí se ubica la que facilitan el control de ingreso de las ciudadanas y La zona de recepción, Está conformada por las áreas para evitar que las zonas de espera y de atención se los ciudadanos al punto de servicio y sirven de filtro congestionen.

Ingreso:

Adecuación para el acceso peatonal y vehicular a la sede, (andenes, rampas, escaleras, ascensores, estacionamientos, puertas, ubicación de controles como registradoras y o detectores).

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-36 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 36 SUPERCADE MANITAS TERCER NIVEL - RECEPCIÓN 2.1.1. ZONA DE RECEPCIÓN Fuente: Dirección Administrativa Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

INFORMACIÓN VESTIBULO INGRESO Fuente: Dirección Administrativa Financiera Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D C 37 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-37 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 EQUIPAMIENTOS SECTOR GESTIÓN PÚBLICA 2.1.2. ZONA DE PERMANENCIA entre otros. de conciliación, sala de consulta y auditorio, población de talla baja, teléfonos públicos, sala Estos servicios adicionales pueden ser puntos capacitación, fotocopiadora, fotografía, internet, dispensadores, baños públicos, baños públicos para población con discapacidad y ciudadanía. información, bibliotecas, zona de ventas de servicios externos, atención virtual, aulas de Servicios complementarios:

Son los espacios e instalaciones adicionales y de recaudo, cajeros automáticos, centros de complementarias, para mejorar el servicio a la manipular una silla de ruedas o accesorios para la movilidad, así mismo sillas o filas prioritarias destinadas para población mayor, población infantil, mujeres embarazadas, población de talla baja y población vulnerable, en general. mientras esperan su turno para ser atendidos. En este espacio se debe incluir un área libre para población con discapacidad lo suficientemente amplia para ubicar y La zona de permanencia está conformada por áreas que facilitan los procesos anteriores a la atención; se denominan también espacios de antesala. En esta zona se ubican las siguientes áreas:

Sala de espera:

Espacio asignado donde las ciudadanas y los ciudadanos permamecen cómodamente sentados o haciendo fila, REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-38 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 38 Supercade Manitas - Segundo Nivel 2.1.2. ZONA DE PERMANENCIA Fuente: Dirección Administrativa Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

Fuente: Dirección Administrativa Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

Fuente: Dirección Administrativa Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

Baños y servicios APOYO Y SERVICIOS de Salas Módulos de trabajo trabajo Módulos de espera Salas de espera Zona de banco trabajo Módulos de Salón de reuniónes ESPACIOS ADAPTABLES ESPECIALIZADOS Fuente: Dirección Administrtiva Financiera Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D C 39 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-39 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 2.1.3. ZONA DE ATENCIÓN Supercade Manitas - Segundo Nivel Fuente: Dirección Administrativa Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

Fuente: Dirección Administrativa Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

Fuente: Dirección Administrativa Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C. ventanillas prioritarias.

La zona de atención, está conformada por los módulos de atención y respuesta a los servicios y trámites que presta el punto de servicio, en estos espacios se debe prever la ubicación de módulos o trabajo Módulos de trabajo Módulos de trabajo Módulos de Fuente: Dirección Administrtiva Financiera Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D C REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-40 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 40 EQUIPAMIENTOS SECTOR GESTIÓN PÚBLICA 2.1.4. ZONA ADMINISTRATIVA Fuente: Dirección Administrativa Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

Fuente: Dirección Administrativa Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C. públicos como lo son los baños privados, cocineta, cafetería, internet, Vestidor, casillero. Son espacios y facilitan el cumplimiento de las tareas.

Servicios generales:

Instalaciones disponibles para los servicios que hacen agradable el tiempo dedicado al trabajo ciudadanía que requieren consultas privadas o confidenciales, por ejemplo, conciliaciones o consultas jurídicas. técnico del servicio. En esta zona se ubican las siguientes áreas:

Administración:

Incluye el área correspondiente a oficina de las personas administradoras o coordinadoras y sus áreas complementarias como secretaría, archivo, sala de reuniones, puestos de trabajo Oficinas especiales:

Puesto de trabajo para la atención personalizada para la circulaciones del área de atención. Se recomienda cerramiento para personas asesoras, profesionales y/o auxiliares técnicos. Su ubicación preferiblemente debe estar aislada del ruido y de las piso a techo.

También la conforman las áreas y los servicios internos y las instalaciones que soportan el funcionamiento administrativo y 41 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-41 • 2023 • NOVIEMBRE • 29

3. PRESTACIÓN CONJUNTA DE SERVICIOS Supercade Manitas

CUIDADO SUPERCADE MANITAS PRESENCIA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD - MANZANA DEL PRESENCIA SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL- MANZANA DEL CUIDADO SUPERCADE MANITAS CUIDADO SUPERCADE MANITAS PRESENCIA SECRETARÍA DISTRITAL DE LA MUJER - MANZANA DEL Fuente: Dirección Administrativa Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

Fuente: Dirección Administrativa Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

Fuente: Dirección Administrativa Financiera - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C.

A b C b C A La hibridación busca que, en un mismo equipamiento, o en un área de servicios a la ciudadanía, Para ello, la prestación conjunta de servicios éste, diferentes sectores o entidades puedan ofrecer diferentes se debe manejar en los espacios adaptables REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-42 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 42

3. PRESTACIÓN CONJUNTA DE SERVICIOS COMPATIBILIDAD DEL SERVICIO

sectores en la red Cade COMPATIBILIDAD Actividades de promoción y capacitación, mediano impacto Actividades de asesoramiento, tramitologías y servicios propios de la misionalidad de cada Entidad, en la actualidad hay presencia de estos SECTOR DEL DISTRITO SI NO OBSERVACION Seguridad, Convivencia y Justicia x Gestión Jurídica x Movilidad x Habitat x Planeación x Ambiente x Gestión Pública x Gobierno x Desarrollo, Económico, Industrial y Turismo x Educación x Salud x Integración Social x Hacienda x Cultura Recreación y Deporte x 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-43 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 EQUIPAMIENTOS SECTOR GESTIÓN PÚBLICA

4. CONDICIONES DE INFRAESTRUCTURA

La edificación deberá contar con los servicios públicos debidamente legalizados.

La edificación deberá contar con tanque de almacenamiento de agua de conformidad con las normas aplicables vigentes.

La edificación deberá contar con el sistema de detección y extinción de Incendio.

La edificación deberá contar con plan de emergencia y ruta de evacuación.

La edificación NO se deberá encontrar continua a zonas de almacenamiento de combustibles.

La edificación NO se deberá encontrar afectada por su cercanía a focos de contaminación (Rellenos sanitarios, botaderos).

La edificación NO se deberá encontrar ubicada en zonas de servidumbre o derecho de vía por línea de transmisión existente o proyectadas en el Plan de Ordenamiento Territorial. edificaciones vecinas. humana ASPECTO CONDICIÓN Accesibilidad La edificación deberá cumplir con los lineamientos de accesibilidad a la ciudadanía.

Cerramiento y fachada La edificación deberá contar con cerramientos o muros que delimiten la planta física con las Ubicación y riesgos antrópicos Servicios públicos e infraestructura básica y de seguridad REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-44 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 44 45 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-45 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 ESTÁNDARES DE CALIDAD ESPACIAL DE LOS EQUIPAMIENTOS DEL SECTOR GESTIÓN PÚBLICA Los Estándares de Calidad Espacial corresponden al conjunto de decisiones asociadas al funcionamiento específico de un servicio o conjunto de servicios, articulando todos los componentes de este, en un espacio físico, aplicando la estrategia normativa del Plan de Ordenamiento Territorial para el desarrollo de equipamientos.

SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SUBSECRETARÍA CORPORATIVA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA 2023 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-46 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 46 CONTENIDO
1. INTRODUCCIÓN ......................................................................................................... 2
2. MARCO CONCEPTUAL Y DEFINICIONES ................................................................ 3 2.1.
MARCO CONCEPTUAL..................................................................................... 3 2.2. ÁMBITO DE APLICACIÓN................................................................................. 4 2.3. CAMBIO NORMATIVO....................................................................................... 4 2.4. DEFINICIÓN DE ESTÁNDAR DE CALIDAD ESPACIAL................................... 5 2.5. HIBRIDACIÓN, USOS COMPATIBLES CON OTRAS ENTIDADES Y EXCEPCIONES........................................................................................................... 8 2.6. TIPOLOGÍA DE EQUIPAMIENTOS................................................................. 11 2.7. EQUIPAMIENTOS SINGULARES...................................................................... 4

3. MARCO NORMATIVO Y DE REFERENCIA ............................................................... 6 3.1.
NORMAS URBANAS GENERALES APLICABLES A LOS EQUIPAMIENTOS DEL SECTOR GESTIÓN PÚBLICA............................................................................. 6

3.2. NORMAS TÉCNICAS APLICABLES.................................................................. 7 3.3. EXCEPCIONES NORMATIVAS A LOS EQUIPAMIENTOS GESTIÓN PÚBLICA …………………………………………………………………………………………...8

4. ESTÁNDARES DE CALIDAD ESPACIAL PARA EQUIPAMIENTOS DEL SECTOR GESTIÓN PÚBLICA ........................................................................................................ 8

4.1. ESTÁNDARES DE CALIDAD ESPACIAL.......................................................... 8 4.2. FICHA DE ESTÁNDARES DE CALIDAD ESPACIAL PARA LOS EQUIPAMIENTOS DEL SECTOR GESTIÓN PUBLICA.............................................. 9 4.2.1. DIRECCIÓN DEL SERVICIO A LA CIUDADANIA - CANALES DE ATENCIÓN DEL SERVICIO A LA CIUDADANA...................................................... 9 4.2.2. DIRECCIÓN DE REPARACIÓN INTEGRAL............................................. 29

5. APLICABILIDAD DE LOS ESTANDARES DE CALIDAD ESPACIAL (ECE) ............. 51 CONTROL DE REVISIÓN ............................................................................................. 52

P á g i n a 1 | 72 47 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-47 • 2023 • NOVIEMBRE • 29

1. INTRODUCCIÓN

En cumplimiento de la normatividad establecida en el Plan de Ordenamiento Territorial – POT “Bogotá Reverdece 2022-2035” la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá – SGAMB presenta en este documento los Estándares de Calidad Espacial – ECE definidos en el Artículo 174 del Decreto 555 de 2021.

Estos estándares se construyeron a partir de la compilación de los parámetros y lineamientos arquitectónicos y de las normas técnicas que se deben aplicar en el desarrollo de los equipamientos del sector Gestión Pública, buscando que los espacios que los componen sean armónicos con las necesidades del servicio o conjunto de servicios que en ellos se prestan.

Por lo anterior, estos estándares también deben estar dentro del dominio de las Curadurías Urbanas que son las encargadas de verificar el cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificación vigentes en los proyectos de subdivisión, parcelación, urbanización o construcción que son sometidos a su consideración.

El documento se compone de tres secciones de tal manera que, en primer lugar, se presenta el marco conceptual, donde se exponen los requerimientos exigidos por el POT, seguidamente se hace una recopilación de la normativa asociada y, por último, se presentan los ECE en un formato de ficha, en las cuales, salvo algunas excepciones, se definen (i) su denominación; (ii) el ámbito urbano o rural de aplicación; (iii) la descripción del equipamiento; (iv) la definición de los servicios que presta; (v) los objetivos de calidad asociados; (vi) las normas a tener en cuenta; (vii) los parámetros mínimos de cumplimiento; (viii) los estándares de obligatorio cumplimiento; (ix) los estándares orientativos; (x) las excepciones o circunstancias especiales de manejo y, por último, (xii) incluyen una imagen o gráfico de ejemplo por cada equipamiento.

Esta primera versión de los Estándares de Calidad Espacial para los equipamientos del Atención a la Ciudadanía y Centros de Encuentro para Víctimas del conflicto armado debe ser revisado y actualizado periódicamente, con la participación de las entidades responsables del desarrollo de equipamientos en la ciudad y la Secretaría Distrital de Planeación – SDP.

P á g i n a 2 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-48 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 48

2. MARCO CONCEPTUAL Y DEFINICIONES

2.1. MARCO CONCEPTUAL El Plan de Ordenamiento adoptado en el año 2021 Decreto 555 de 2021 Bogotá Reverdece es la visión de futuro de una ciudad al servicio de todas y todos que protege el planeta y nos cuida, busca corregir las inequidades existentes en el acceso a los servicios públicos y sociales introduciendo el Sistema Distrital del Cuidado y facilitando la localización de equipamientos, así mismo buscando incrementar la cobertura de servicios sociales, de ciudad y básicos.

En el Decreto 555 de 2021, los requerimientos para el diseño de los lineamientos para la localización y el desarrollo de equipamientos están definidos bajo el Sistema del Cuidado y de Servicios Sociales y establece la manera como los sectores y la Secretaría Distrital de Planeación -SDP- deben crear la reglamentación asociada al desarrollo de los equipamientos donde se prestan los servicios especializados prestados por la administración Nacional, Distrital y por los privados.

Esta reglamentación debe darse durante el primer año siguiente a la adopción del Plan y consta de tres momentos normativos, de los cuales ya se surtió el primero al otorgar a cada sector la facultad de conceptuar sobre la viabilidad de localización y desarrollo de nuevos equipamientos.

Con la presentación y adopción de estos estándares, se cumple la segunda fase establecida en el POT, en la cual cada sector debe adoptar la reglamentación relacionada con el funcionamiento específico de los servicios o el conjunto de servicios de su sector de forma articulada. Esta reglamentación, que se denomina Estándares de Calidad Espacial – ECE-, definida en el artículo 174 del Decreto en mención y aplica para el proceso de expedición de licencias de construcción en las diferentes modalidades establecidas en el Artículo 2.2.6.1.1.7. del Decreto 1077 de 2015.

Por último, hasta un año después de adoptado el Plan, la SDP debe consolidar los insumos preparados por las diferentes cabezas de sector en el Plan Maestro del Sistema Distrital de Cuidado y de Servicios Sociales -PMSCSS que articulará para garantizar la proximidad y accesibilidad a los equipamientos, la simultaneidad en la prestación de los servicios y la optimización de la oferta institucional existente, de esta manera se cumplirán los tres requerimientos exigidos por el POT para el desarrollo de equipamientos en la ciudad.

P á g i n a 3 | 72 49 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-49 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 2.2. ÁMBITO DE APLICACIÓN Como se indicó anteriormente, la aplicación de estos estándares tiene lugar en el momento en el que alguna entidad del sector, pretenda desarrollar algún equipamiento que preste servicios de Atención a la Ciudadanía en la ciudad de Bogotá, con algunas excepciones que se describen más adelante.

El cumplimiento de estos estándares es obligatorio para equipamientos nuevos, así como para el momento en el que las entidades inicien procesos de adecuación o ampliación de los equipamientos existentes que requieran la expedición de una licencia de construcción en cualquiera de las modalidades establecidas en el Artículo 2.2.6.1.1.7. del Decreto 1077 de 2015; en el entretanto, los equipamientos pueden operar sin el cumplimiento de los requisitos establecidos.

2.3. CAMBIO NORMATIVO La adopción del Decreto 555 de 2021 determinó un cambio normativo con la derogación de las disposiciones anteriores que le fueran contrarias, definidas en el artículo 6081. Entre ellas, están los instrumentos de planeación -como los planes maestros-, los planes de implantación y los de regularización y manejo y las Unidades de Planeamiento Zonal por lo cual, todas las herramientas de gestión del suelo, los instrumentos para la mitigación de impactos, la definición de parámetros urbanísticos y arquitectónicos que enmarcaban el desarrollo de equipamientos perdieron su validez y es necesario acoger el cambio definido en el POT.

Este cambio está dado, en primer lugar, por las condiciones de localización e implantación impuestas en el Artículo 173 el cual indica que todos los equipamientos podrán localizarse en cualquier área de actividad del suelo urbano, salvo algunas excepciones definidas en el artículo, en ese mismo sentido, establece que los equipamientos Tipo 32 deberán solicitar concepto de localización y desarrollo ante la entidad cabeza del sector, previo al trámite de la licencia de urbanismo.

1 Entre otras, fueron derogadas las siguientes normas: Acuerdo 22 de 1995, el Decreto Distrital 765 de 1999, el Decreto Distrital 619 de 2000, el Decreto Distrital 1110 de 2000, el Decreto Distrital 469 de 2003, el Decreto Distrital 190 de 2004 y todas las normas e instrumentos que lo desarrollan y complementan, así como las Unidades de Planeamiento Zonal. 2 El artículo 172 del Decreto Distrital 555 de 2021 determina que los equipamientos se clasifican según su área construida, en aquellos del Tipo 1 que hace referencia a las edificaciones que se destinen a uso dotacional con área construida menor o igual a 4.000 m2; los de Tipo 2 a las edificaciones que se destinen a uso dotacional con área construida entre 4.000 m2 y 15.000 m2; y, P á g i n a 4 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-50 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 50 Adicionalmente, el subsiguiente Artículo 174, determina la obligatoriedad para las cabezas de cada sector, de desarrollar los Estándares de Calidad Espacial con el fin de establecer las condiciones mínimas espaciales requeridas para que los equipamientos cumplan con las condiciones óptimas para la correcta prestación de sus servicios. Con esto, se suplen los lineamientos para la localización de los equipamientos, así como la definición de los parámetros arquitectónicos que se planteaban en los Planes Maestros, que eran los instrumentos de planeamiento de primer nivel encaminados a la planeación y desarrollo de la inversión a corto, mediano y largo plazo.

Los artículos 244, 245, 248 y 249 desarrollan las medidas de mitigación de impactos, quedando incorporado los lineamientos que se impartían a través de los Instrumentos de Planes de Implantación y de regularización y Manejo.

En la actualidad, el Plan del Sistema del Cuidado y Servicios Sociales – PSCSS, descrito en el Artículo 489, establece el instrumento mediante el cual se concretan las políticas, estrategias y metas del Plan de Ordenamiento Territorial, así como la proyección de la inversión y la prospectiva de los equipamientos asociados al sistema del cuidado y servicios sociales, de los cuales hacen parte los servicios y equipamientos del sector Gestión Pública.

2.4. DEFINICIÓN DE ESTÁNDAR DE CALIDAD ESPACIAL El Estándar de Calidad Espacial – ECE, es definido por la Secretaría de Distrital de Planeación como “El conjunto de decisiones asociadas al funcionamiento específico de un servicio o conjunto de servicios, de forma articulada a todos los componentes de calidad (talento humano, dotación, disponibilidad de recursos, cumplimiento de políticas sectoriales), circunscritas a las condiciones de cabida que son resultado de la aplicación de la estrategia normativa del Plan de Ordenamiento Territorial” (Secretaría Distrital de Planeación, 2022, pág. 5).

A través de su aplicación se busca el desarrollo multisectorial o la hibridación de equipamientos que, como se ampliará más adelante en esta sección, trata de propender que en un mismo predio o conjunto de predios (nodo de equipamientos) pueda darse la por último, los de Tipo 3 que son aquellas edificaciones que se destinen a uso dotacional con área construida igual o mayor a 15.000 m2.

P á g i n a 5 | 72 51 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-51 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 prestación de los servicios denominados del cuidado y sociales y fomentar que las áreas de un equipamiento puedan ser utilizadas por diferentes sectores de la administración distrital o de la ciudadanía en general para la prestación de sus servicios mediante la definición de los puntos o espacios específicos donde se podría dar dicha hibridación.

Los Estándares de Calidad Espacial (ECE), están definidos en el Artículo 174 del Decreto Distrital 555 de 2021 el cual establece que:

“Las entidades responsables de la prestación o regulación del respectivo servicio, formularán y adoptarán, en coordinación la Secretaría Distrital de Planeación, dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia del presente Plan, los estándares de calidad espacial acordes con las necesidades del servicio o conjunto de servicios según su competencia, acotados a las condiciones espaciales producto de la aplicación de la edificabilidad y volumetría prevista para el proyecto que le sean aplicables, los cuales deben ser articulados con las políticas públicas vigentes; y en armonía con las disposiciones contenidas en el presente Plan, garantizando que:

1. Los estándares de calidad espacial deberán incluir la posibilidad del desarrollo multifuncional de los equipamientos y los nodos de equipamientos. Para ello se revisarán y determinarán las condiciones ambientales y sanitarias que limitan el desarrollo de servicios, indicando expresamente si existe incompatibilidad.

2. Todo equipamiento público del nivel distrital nuevo de tipo 2 o 3 que tenga atención abierta al público, salvo los de seguridad ciudadana, defensa y justicia, contarán con al menos una. (1) unidad sanitaria abierta al público y diseñada cumpliendo con la normatividad de accesibilidad universal vigente y adaptado para uso familiar.

3. Todo equipamiento perteneciente a una entidad pública del nivel distrital de tipos 2 y 3, salvo los de seguridad ciudadana, defensa y justicia, contará con:

a. Baños públicos (compuesto al menos por una (1) unidad sanitaria y una (1) ducha), con accesibilidad desde el espacio público. b. Un espacio adaptado para facilitar la lactancia materna, que cumpla con los lineamientos para la implementación de las salas amigas a la familia lactante, definidas en el marco normativo nacional y las políticas públicas, salvo en el caso de los cementerios. c. Ciclo parqueaderos que garanticen la conectividad desde la calle o el espacio público y que contemplen espacios de parqueo para los sistemas de micro movilidad que emplean las personas con discapacidad, P á g i n a 6 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-52 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 52 incluyendo su infraestructura y espacios complementarios tales como vestidores, casilleros, acceso a máquina dispensadora de comida o líquidos, servicio de cafetería o punto de hidratación. d. Criterios bioclimáticos y eco eficientes en su diseño.

4. Los estándares de calidad espacial deberán incorporar y ajustar los alcances y aplicación de los ambientes compartidos para los servicios de educación de primera infancia, preescolar, básica y media, o en los servicios del cuidado y sociales que apliquen.

Parágrafo 1. Durante el periodo de formulación de los estándares de calidad espacial, al
que se refiere este artículo, y previo a la solicitud de licencia urbanística, el interesado en desarrollar equipamientos del Tipo 3 deberá solicitar a la entidad a la que pertenezca el servicio que predomine en el área construida, en una proporción de al menos el 70%, el concepto respecto de la verificación del cumplimiento de las condiciones de funcionamiento establecidas en este artículo.

Parágrafo 2. Los estándares de calidad espacial establecerán las condiciones de
ventilación e iluminación, y así mismo determinarán la aplicabilidad de las normas técnicas y sectoriales aplicables al funcionamiento del servicio.”

En otras palabras, los Estándares de Calidad Espacial (ECE), corresponden al conjunto de decisiones asociadas al funcionamiento específico de un servicio o conjunto de servicios, articulando todos los componentes de este, en un espacio físico, aplicando la estrategia normativa del Plan de Ordenamiento Territorial para el desarrollo de equipamientos.

Ninguno de los estándares modifica ni contradice las acciones de mitigación ya descritas en los artículos 244, 245, 248 y 249 del Decreto Distrital 555 de 2021, demás medidas de mitigación de impactos definidas en la normatividad vigente, o la norma específica por área de actividad donde se determinan los parámetros de ocupación o edificabilidad en la ciudad.

Es necesario tener en cuenta que los estándares que se consignan en este documento pueden ser cuantitativos o cualitativos, pero, en todos los casos, deben ser verificables en el momento de su desarrollo. De igual forma, estos estándares pueden ser adaptables o flexibles, siempre y cuando no se pierda el objetivo de garantizar una prestación de los servicios con calidad, reconociendo las necesidades de todos los usuarios del equipamiento.

P á g i n a 7 | 72 53 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-53 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 Teniendo en cuenta lo anterior, en este documento también se presenta una revisión del marco legal3 vigente para evitar contradicciones entre las diferentes normas, procurando facilitar la configuración del espacio a intervenir.

2.5. HIBRIDACIÓN, USOS COMPATIBLES CON OTRAS ENTIDADES Y EXCEPCIONES La hibridación, también denominada multisectorialidad, es uno de los planteamientos principales de la formulación de los Estándares de Calidad Espacial (ECE) y, como se ha explicado anteriormente, busca que, en un mismo equipamiento, o en un área de éste, diferentes sectores o entidades puedan ofrecer diferentes servicios a la ciudadanía. Para ello, la definición de los Estándares de Calidad Espacial (ECE) segmenta los espacios dentro de los equipamientos en: a. Espacio adaptable b. Espacio especializado c. Espacio de apoyo a servicios De estos, los espacios adaptables y los de apoyo a servicios pueden ser espacios en los que se realizan actividades que sirvan al propósito de la multisectorialidad, dando como resultado un edificio o un equipamiento “hibrido”, a partir de lo anterior, la hibridación en equipamientos del sector pasa por evaluar la compatibilidad de los espacios de cada equipamiento con los servicios prestados o los requerimientos de otros sectores.

Adicionalmente, en el artículo 174 del mismo Decreto se establecen las condiciones de mezcla de uso en predios y en edificaciones con uso dotacional, determinando una línea general de los porcentajes de mezcla de usos acorde a la tipología, ubicando el servicio predominante que concederá la viabilidad de localización y desarrollo de los equipamientos, los servicios ofrecidos por la Secretaría General de la Alcaldía mayor de Bogotá se categorización en dos grupos.

 Los servicios pertenecientes al grupo 1, en la actualidad prestan servicio en horarios de oficina, los equipamientos de esta categoría cuentan con espacios adaptables, especializados y de apoyo a servicios, dentro de sus áreas se encuentran: oficinas de funcionarios administrativos, zonas de permanencia temporal como salas de espera, 3 Ver sección 3. MARCO NORMATIVO Y DE REFERENCIA en la página 26.

P á g i n a 8 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-54 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 54 zonas de servicios como baños públicos y de funcionarios, salas de reuniones y áreas complementarias que albergan otras entidades perfeccionando el servicio prestado allí.

Dentro de esta categoría, están incluidos los equipamientos de la RedCade y los Centros de Encuentro, concebidos como equipamientos de carácter netamente operativo en el que participan varias entidades del Distrito y de la Nación; ahora bien, Por su condición espacial, estos equipamientos cuentan con salas de reuniones y auditorios los cuales son prestados a las demás entidades bajo una programación.

Ahora bien, si nos remitimos nuevamente a la segmentación de espacios dentro de estos equipamientos, podemos definir cada uno de estos así: a. Espacio adaptable: Se entiende como espacios que son capaces de responder fácilmente a diferentes funciones, modelos de uso y necesidades específicas, se basa en asunto de uso y función, son espacios multifuncionales, abiertos o cerrados, que conservan condiciones mínimas de independencia con otros espacios.

“La arquitectura actual debe servirle al hombre y no al revés, el readaptarse es una de las tareas más importantes de la arquitectura actual” (Ibid. Páginas 129 y 130) En este sentido el edificio debería tener la flexibilidad para readaptarse y transformarse de manera que el espacio funcione para lograr distintas sensaciones y permitir la realización de varias actividades de acuerdo a las necesidades que las personas tengan.” (GÓMEZ, 2017) b. Espacio especializado: Son espacios propios del servicio, los cuales fueron diseñados y dotados con características y elementos propios para un único servicio o uso, por su conformación no se pueden desarrollar otras actividades diferentes a las cuales fueron concebidas, ahora bien, aunque estos espacios cuenten con características particulares, si pueden servir a actividades propias de otras entidades c. Espacio de apoyo a servicios: Son espacios complementarios a los servicios.

Los mencionados equipamientos van en línea con las estrategias del Sistema del Cuidado ya que garantizan:

P á g i n a 9 | 72 55 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-55 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 “(…) Subcápítulo3 sistema del cuidado y de servicios sociales

1. Garantía de accesibilidad universal a través de la inclusión de principios de diseño universal, el enfoque de género y la inclusión de toda la población: mujeres, niñas y niños, personas mayores, personas con discapacidad, habitantes de calle y población vulnerable.
2. Territorialización del Sistema de Cuidado a partir de todos los equipamientos existentes y futuros, en articulación con las manzanas del cuidado, las unidades móviles en zonas rurales y urbanas y los equipamientos que, aunque dispersos, operan en el Sistema.
3. Hibridación de los servicios y consolidación de nodos de equipamientos para promover mayor cobertura de prestación de servicios sociales, optimizando el suelo disponible, con criterios de multifuncionalidad, concurrencia de inversión entre las entidades que presten cualquiera de los servicios del sistema de cuidado”. (Decreto 555 de 2021)

 Los servicios pertenecientes al grupo 2, son aquellos destinados al alojamiento de víctimas del conflicto armado interno (Alojamiento transitorio en la modalidad albergue y atención a emergencias humanitarias, a las víctimas del conflicto armado en el marco de lo establecido en la Ley 1448 de 2011 y demás decretos reglamentarios), en donde se busca un mecanismo para ser protegidos, asistidos, atendidos y reparados integralmente, estos equipamientos prestan sus servicios 24 horas, por lo cual no podrían compartir sus áreas y espacios con otro servicio, ni con otra entidad Es necesario tener presente que, dada la complejidad y especificidad de los servicios que se prestan en los equipamientos del sector de Gestión Pública, las posibilidades de hibridación en edificaciones con otros sectores son viables en los equipamientos incluidos en la categoría 1 (equipamientos de la Red Cade y centros de Encuentro); ahora bien, respecto a los equipamientos que sirven de Alojamiento Transitorio en la Modalidad Albergue y Atención a Emergencias Humanitarias, a las Víctimas del Conflicto Armado, dados los requerimientos de particularidades de la población, servicios prestados, seguridad, privacidad y confidencialidad de los asuntos tratados en estos equipamientos no se podrá contemplar posibilidades de hibridación.

Es importante tener presente que en la actualidad la ubicación estratégica de los equipamientos de la Red Cade, junto con las otras entidades de su entorno, conforman un nodo de equipamientos que aporta a las estrategias de la multisectorialidad, la misión P á g i n a 10 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-56 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 56 de cada equipamiento de la gestión pública se convierte en un punto rector y de directriz; es así, que al interior de cada equipamiento del sector se generan actividades conectoras hacia otros sectores, de tal forma que brindan al ciudadano la posibilidad de acceder a los beneficios de los demás sectores del Distrito.

2.6. TIPOLOGÍA DE EQUIPAMIENTOS Uno de los pilares de la Estructura Funcional y del Cuidado que introduce el Plan de Ordenamiento adoptado, es el Sistema del Cuidado y de Servicios Sociales que está definido en el Artículo 94 como:

“El conjunto de equipamientos, espacios, edificaciones, instalaciones o construcciones temporales, infraestructura o unidades móviles, donde se prestan los diferentes servicios de cuidado y servicios sociales que responden a las necesidades de la población de manera diferencial, con el fin de permitir su inclusión y participación social en condiciones de igualdad”.

A su vez, el mismo artículo establece que dentro del Sistema del Cuidado y de Servicios Sociales se encuentra los servicios de (…) i. Participación social ciudadana. Aquellos que albergan servicios destinados a las prácticas de participación ciudadana y organización comunitaria, así como también, centros en donde se desarrollan actividades institucionales, sociales, comunitarias y democráticas. ii. Administración Pública. Aquellas destinadas a las actividades administrativas o atención al público, de todos los niveles del Estado, así como los servicios diplomáticos, cooperación internacional y organismos multilaterales. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se preste este servicio en oficinas, se considerará como parte del uso de comercio y servicios. No se consideran como servicios de administración pública las unidades habitacionales donde resida el cuerpo diplomático sin que las mismas predominen en el predio donde se localicen.

Parágrafo 4. Los predios y/o construcciones adquiridas o que a futuro se adquieran por
las entidades distritales que prestan servicios del cuidado podrán ser utilizados para tales servicios, indistintamente de las funciones y competencias de la entidad que lo adquirió o lo adquiera y/o del destino específico que fue invocado para su adquisición.”

P á g i n a 11 | 72 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-57 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 Las entidades del Distrito que prestan servicios del cuidado podrán destinar recursos de sus presupuestos para adquirir suelo, así como para diseñar, construir, dotar y/o mantener equipamientos o infraestructura en los que se preste cualquiera de los servicios del sistema de cuidado, de cualquiera de las entidades y de las sedes administrativas en las que se presten servicios de atención al ciudadano.

Dentro de los equipamientos del sector Gestión Pública, en donde se prestan los servicios por parte de la Secretaría General de la Acadia Mayor de Bogotá se encuentran, aquellos que brindan a la comunidad espacios para:

1. Promover el intercambio de saberes, para generar bienes y servicios acordes con las necesidades de la ciudadanía, entre otras cosas, mediante la ampliación y el mejoramiento de los servicios de orientación e información de las entidades distritales a través de la Red CADE, haciendo más transparente, moderna, innovadora y efectiva la gestión pública.
2. Implementar estrategias locales que permitan materializar la atención, asistencia, reparación integral y prevención temprana con las víctimas del conflicto, en donde junto con las entidades competentes se realice la coordinación permanentemente de la estrategia de atención con los programas de protección, para contribuir a la creación de escenarios de reconciliación a través de los Centros de Encuentro para la paz en las diferentes localidades de Bogotá, ejecutando acciones para estandarizar y mejorar el modelo de atención y prestación de servicios a la población.

En ese sentido y bajo los espacios establecidos para la atención a los ciudadanos tenemos:

1. En el caso de la RedCade se debe tener en cuenta las entidades que participan en cada uno de estos centros, en la vigencia 2022 participaron las siguientes entidades:

P á g i n a 12 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-58 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 58 NACIONAL/DISTRITAL/PRIV ADO/OPERADOR DE No. ENTIDAD ASEO/ORGANISMO INTERNACIONAL 1 Administradora Colombiana De Pensiones - Colpensiones Nación 2 Área Limpia S.A. ESP Operador de aseo 3 Banco GNB Sudameris Privado 4 Bogotá Limpia S.A. ESP Operador de aseo 5 Casa Editorial El Tiempo S.A. Privada 6 Ciudad Limpia S.A. ESP Operador de aseo 7 Cruz Roja Colombiana Organismo internacional Distrito 8 Departamento Administrativo De La Defensoría Del Espacio Público - DADEP Nación 9 Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social - DPS Nación 10 Dirección De Impuestos Y Aduanas Nacionales De Colombia - Dian 11 Efectivo Ltda - Efecty Privado Distrito 12 Empresa De Acueducto Y Alcantarillado De Bogotá - EAAB ESP Distrito 13 Empresa De Telecomunicaciones De Bogotá - ETB S.A. ESP 14 ENEL Colombia S.A. ESP Privado Nación 15 Fondo De Prestaciones Económicas, Cesantías Y Pensiones - FONCEP 16 Fondo Nacional Del Ahorro - FNA Nación 17 Instituto De Desarrollo Urbano - IDU Distrito Distrito 18 Instituto Distrital De Protección Y Bienestar Animal - IDPYBA 19 Instituto Distrital De Recreación Y Deporte - IDRD Distrito 20 Instituto Para La Economía Social - IPES Distrito 21 Intégrate Distrito 22 Limpieza Metropolitana S.A. ESP - Lime S.A. ESP Operador de aseo 23 Organización Internacional Para Las Migraciones - Oim Organismo internacional 24 Personería De Bogotá Distrito 25 Positiva Compañía De Seguros S.A. Nación 26 Promoambiental S.A. ESP Operador de aseo 27 Proyectos Legales S.A.S Privado 28 Recaudo De Valores S.A.S. - REVAL S.A.S. Privado 29 Registraduría Nacional Del Estado Civil - RNEC Nación 30 Secretaría De Educación Del Distrito - Sed Distrito 31 Secretaría Distrital De Ambiente - SDA Distrito P á g i n a 13 | 72 59 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-59 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 NACIONAL/DISTRITAL/PRIV ADO/OPERADOR DE No. ENTIDAD ASEO/ORGANISMO INTERNACIONAL 32 Secretaría Distrital De Desarrollo Económico - SDDE Distrito 33 Secretaría Distrital De Gobierno - SDG Distrito 34 Secretaría Distrital De Hacienda - SDH Distrito 35 Secretaría Distrital De Integración Social - SDIS Distrito 36 Secretaría Distrital De La Mujer - SDMUJER Distrito 37 Secretaría Distrital De Planeación - SDP Distrito 38 Secretaría Distrital De Salud - SDS Distrito Distrito 39 Secretaría Distrital De Seguridad, Convivencia Y Justicia - SDSCJ 40 Secretaría Distrital Del Hábitat - SDHT Distrito Distrito 41 Secretaría General - Alta Consejería Para Las Víctimas, La Paz Y La Reconciliación 42 Secretaría Jurídica Distrital - SJD Distrito 43 Servicio Nacional De Aprendizaje - Sena Nación Nación 44 Superintendencia De Servicios Públicos Domiciliarios - SSPD Distrito 45 Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial De Bomberos De Bogotá - UAECOB Distrito 46 Unidad Administrativa Especial De Catastro Distrital - UAECD Nación 47 Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Protección Social- UGPP Nación 48 Unidad Administrativa Especial Migración Colombia - UAEMC 49 Unión Temporal SEPLAN 2022 Privado 50 Vanti S.A. ESP Privado Tabla 1: Relación de entidades presentes en la operación de la Red Cade Fuente: Dirección Del Sistema Distrital De Servicio A La Ciudadanía - Corte a 31 diciembre de 2022 Frente a las actividades que al interior de cada sede se realizan tenemos la siguiente tipología:

 Grupo 1 - Cade. Centro de Atención Distrital Especializado para el acceso a la información pública, la realización de trámites y otros procedimientos administrativos ofrecidos por las distintas entidades públicas y empresas privadas, entre otras, que lo integran, así como para la presentación de peticiones, quejas, P á g i n a 14 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-60 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 60 reclamos y denuncias por posibles actos de corrupción, la rendición de cuentas y la participación ciudadana.

 Grupo 2 - SuperCADE. Centro de Atención Distrital Especializado para el acceso a la información pública, la realización de trámites y otros procedimientos administrativos ofrecidos por las distintas entidades públicas y empresas privadas, entre otras, que lo integran, así como para la presentación de peticiones, quejas, reclamos y denuncias por posibles actos de corrupción, la rendición de cuentas y la participación ciudadana, en un espacio con mayor capacidad para la atención de personas.

 Grupo 3 –SuperCADE Móvil. Feria de Servicios Móviles a través del cual se articula a las diferentes entidades públicas y empresas privadas, entre otras, para el acceso a la información pública, la realización de trámites y otros procedimientos administrativos, la presentación de peticiones, quejas, reclamos y denuncias por posibles actos de corrupción, la rendición de cuentas y la participación ciudadana en las diferentes localidades de Bogotá.

Es importante tener presente que la finalidad del SuperCADE móvil es poder llevar la oferta distrital a lugares donde no llega la red Cade. Este servicio se realiza en espacios abiertos como parques, plazoletas, con accesos vehiculares, en donde se realiza la instalación de carpas con la finalidad de atender a la comunidad.

TIPOLOGIA RECOMENDACIONES REQUISITO INDISPENSABLE Grupo 1 – Cades Acabados de pisos de fácil limpieza y desinfección y cumplimiento de NTC 6047.

Debe contar con bici parqueaderos Debe contar con baños públicos El servicio se presta en espacios cerrados.

El espacio debe cumplir adecuadas condiciones de iluminación y temperatura Se tejen dinámicas multisectoriales al interior del servicio Presencia de hasta 10 entidades nacionales o distritales.

Ubicación preferencial en Centros o sedes cuya misionalidad se complemente con las actividades del equipamiento Red Cade (Centros de Desarrollo Comunitario) o estaciones de servicio masivo.

P á g i n a 15 | 72 61 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-61 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 TIPOLOGIA RECOMENDACIONES REQUISITO INDISPENSABLE Dentro de sus espacios internos no se requiere espacios destinados a salas de capacitaciones.

Grupo 2 - SuperCADE Acabados de pisos de fácil limpieza y desinfección y cumplimiento de NTC 6047.

Debe contar con bici parqueaderos Debe contar con baños públicos El servicio se presta en espacios cerrados.

El espacio debe cumplir adecuadas condiciones de iluminación y temperatura Se tejen dinámicas multisectoriales al interior del servicio Presencia de más de 10 entidades nacionales o distritales.

Por la dinámica del sector y las actividades interinstitucionales de cada entidad presente en el equipamiento se establece una relación directa con los sistemas de transporte masivo, tal es el caso de los SuperCADE Américas, SuperCADE Bosa, SuperCADE 20 de Julio, SuperCADE Suba, y SuperCADE Manitas, es importante tener presente que esto mismo se está planteando con la primera línea del metro.

En cuanto al espacio público la presencia de los SuperCADE aporta dinamismo y teje estructuras de conectividad a la infraestructura urbana.

Las ubicaciones de estos equipamientos en cercanías a los portales brindan al ciudadano la optimización de tiempos y distancias.

P á g i n a 16 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-62 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 62 TIPOLOGIA RECOMENDACIONES REQUISITO INDISPENSABLE Dentro de sus espacios requiere espacios estimados a salas de capacitaciones Dentro de sus espacios se requiere sala Lactante y área lúdica para niños.

Grupo 3- SuperCADE Móvil Debe contar preferiblemente con bici parqueaderos Conexión a red eléctrica Se requiere la presencia lavamanos portátiles y baños portátiles Preferiblemente acabado de piso en zona dura.

Para la prestación del servicio se requieren carpas o estructuras portátiles.

El servicio se presta en espacios abiertos, espacios de carácter públicos como parques, plazoletas, con vías de acceso, circulaciones peatonales y proximidad vehicular.

El espacio debe cumplir adecuadas condiciones de iluminación y temperatura Se tejen dinámicas multisectoriales al interior del servicio Presencia de más de 10 entidades nacionales o distritales.

Por la dinámica del sector y las actividades interinstitucionales de cada entidad presente en el equipamiento se establece una relación directa con los sistemas de transporte.

En cuanto al espacio público la presencia de los SuperCADE aporta dinamismo y teje estructuras de conectividad a la infraestructura urbana.

Tabla 2: Tipología Red Cade Fuente: Dirección Del Sistema Distrital De Servicio A La Ciudadanía P á g i n a 17 | 72 63 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-63 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 REQUISITOS ZONAS ESPACIO GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 Ingreso X X
- Vestíbulo X X
- Zona Recepción Información X X X Radicación o Correspondencia X X
- Sala de espera X X
- Puntos de recaudo X X
- Aulas de capacitación X X
- Baños Públicos X X X Zona de permanencia Baños Públicos para personas en condición de discapacidad X X
- Sala lactante y área Lúdica para niños - X
- Auditorios - X
- Oficinas de atención a los ciudadanos X X X Zona de Atención - X
- Oficinas especiales trabajo para la atención personalizada a los ciudadanos que requieren de consultas privadas o confidenciales Oficina de Coordinación X X X Baños administrativos X X
- Cafetín o espacio destinado a bienestar de funcionarios X X X Cuarto de alistamiento de personal X X
- Zona Administrativa Espacios para Almacenamiento de Elementos de Aseo y Lavado X X
- X X
- Área temporal de residuos o Unidad móvil de almacenamiento Tabla 3: Requerimientos de áreas por tipología RedCade Fuente: Dirección Administrativa Financiera – Infraestructura Ahora bien, según el análisis realizado a los espacios que conforman los equipamientos de la Red Cade de las Sedes de la Secretaría General de la Alcaldía mayor de Bogotá se observa:

P á g i n a 18 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-64 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 64 TOTAL N % OCUPACIO ÁREA ZONA (AMARILLO) ocupación 10% AREA M2 ADMINISTRATIVA AREA % ON OCUPACI (ROJO)

ATENCION ÁREA ZONA M2 Ocupación 20% AREA % ON OCUPACI (AZUL) ocupación 25% M2 PERMANENCIA ÁREA ZONA DE AREA % OCUP ACION (VERDE)

M2 Ocupación 10% ÁREA DE ZONA DE RECEPCION 12 464,69 0,19 1031,87 0,42 614,55 0,25 335,95 0,14 2447,06 Sur 1411,89 0,36 1263,12 0,33 641,52 0,17 559,52 0,14 3876,05 ACCESIBILIDAD AL MEDIO FÍSICO EN PUNTOS DE SERVICIO AL CIUDADANO 30 D-20 Sur 764,53 0,31 828,57 0,33 642,74 0,26 266,75 0,11 2502,59 86 No. 43 - 55 Sur 549,31 0,15 1885,42 0,52 862,47 0,24 337,95 0,09 3635,15 145 No. 103B - 90 697,8 0,22 1196,36 0,37 955,57 0,30 388,87 0,12 3238,6 Avenida Carrera R Sur No. 72 D - Fuente: Dirección Administrativa Financiera Secretaría general de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

JULIO Carrera 5 A No.

AMERICAS Tabla 4: Comparativo áreas de zonas existentes según los establecido en la cartilla de los LINEAMIENTOS ARQUITECTÓNICOS Y DE SUPERCADE SUPERCADE SUBA Avenida Calle SUPERCADE BOSA Avenida Calle 57 SUPERCADE 20 DE NOMBRE DE LA SEDE DIRECCIÓN AREA SUPERCADE MANITAS Kr 18L No. 70G 65 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-65 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 Nota: el 35 % restante pertenece a zonas de circulación, estas en los casos de los SuperCADE están incluidas equitativamente en las zonas de ingreso o recepción, permanencia, atención al ciudadano y administrativas.

ZONA % OCUPACION Recepción 10% Permanencia 25% Atención 20% Administrativa 10% Tabla 5: Análisis porcentaje de ocupación de zonas Fuente: Dirección Administrativa Financiera Secretaría general de la Alcaldía Mayor de Bogotá

2. En el caso de los centros de encuentro se debe tener en cuenta las entidades que participan en cada uno de estos centros, es así, que partiendo de la participación de estas entidades en la actualidad

Centro Centro Centro Centr Centro Centro Centro de Punto de Encuent de Encuent de Encuen o de Encue de Encuen de Encuen TIPO DE SERVICIO ENTIDADES Encuentr o Ciudad ro Rafael ro Chapine Bolívar ntro Termi de Atenció n Usme tro Bosa tro Suba ro tro Patio Bonito nal Uribe Uribe.

Agencia de SENA_Servicio_Na cional_de_Aprendi 4 Empleo y Formación zaje Secretaría_Distrital Aseguramiento _de_Salud_de_Bo 1 5 5 7 2 gotá Atrapa sueños Secretaría_Distrital _de_Integración_S 2 3 5 4 1 ocial Ayuda Humanitaria ACDVPR 1 10 3 4 10 1 0 1 Inmediata Colpensiones 1 BEPS - Beneficios Económicos Periódicos Bonos BIS Volver_a_la_gente 1 Centro Social Centro_Social_Naz Nazareth areth 0 1 0 0 Empleabilidad Volver_a_la_gente 1 1 Estabilización ACDVPR 0 1 0 Gestión General ACDVPR 1 Iniciación musical Fundación_Nacion al_Batuta 1 0 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-66 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 66 Centro Centro Centro Centr Centro Centro Centro de Punto de Encuent de Encuent de Encuen o de Encue de Encuen de Encuen TIPO DE SERVICIO ENTIDADES Encuentr o Ciudad ro Rafael ro Chapine Bolívar ntro Termi de Atenció n Usme tro Bosa tro Suba ro tro Patio Bonito nal Uribe Uribe.

Inscripción a la agencia pública Compensar 0 de empleo ACDVPR 2 7 4 9 9 2 4 Jurídico (orientación y proyección de documentos)

Medidas de Comisaria_de_Fa protección milia 0 Orientación Comisaria_de_Fa milia 0 SENA_Servicio_Na Orientación cional_de_Aprendi 5 4 10 General zaje Secretaría_Distrital PAPSIVI _de_Salud_de_Bo 3 1 0 0 gotá Secretaría_Distrital Participación _de_Salud_de_Bo 2 2 gotá Participación en Puesto de Mando ACDVPR Unificado PMU Prevención del JEP_Jurisdicción_ Especial_para_la_ 0 Riesgo Paz ACDVPR 4 3 0 8 8 4 Psicosocial (Orientación y Acompañamiento )

Red Distrital de Bibliotecas BibloRed 0 Públicas Referente Territorial de Secretaría_Distrital _de_Integración_S 3 4 2 5 6 2 Orientación ocial Secretaría_Distrital SaludEMujer _de_Salud_de_Bo 2 1 gotá Secretaría_de_Edu Secretaría de Educación del cación_del_Distrito 2 1 1 2 2 1 Distrito Secretaría_Distrital Secretaría Distrital de _de_Habitat 5 8 5 11 Habitat Toma Declaraciones - Personería_de_Bo gotá 2 3 2 3 Personería Delegada para la P á g i n a 1 | 72 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-67 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 Centro Centro Centro Centr Centro Centro Centro de Punto de Encuent de Encuent de Encuen o de Encue de Encuen de Encuen TIPO DE SERVICIO ENTIDADES Encuentr o Ciudad ro Rafael ro Chapine Bolívar ntro Termi de Atenció n Usme tro Bosa tro Suba ro tro Patio Bonito nal Uribe Uribe.

Protección de las Víctimas Unidad_Administra tiva_Especial_para Unidad Administrativa Especial para la 61 111 46 69 121 30 _la_Atención_y_R eparación_Integral _a_las_Victimas_U ARIV Atención y Reparación Integral a las Victimas - UARIV Total general 92 166 59 120 191 46 0 9 GRUPO 3 GRUPO 2 GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 2 GRUPO 1 GRUPO GRUPO 1 Tabla 6: Relación de entidades que participan en la prestación del servicio Centros de Encuentro Fuente: Dirección de Reparación Integral - Alta Consejería de Paz Victimas y Reconciliación Tipologías Centros De Encuentro:

TIPOLOGIA Recomendaciones Requisito indispensable Grupo 1 Acabados de pisos de fácil limpieza y desinfección y cumplimiento de NTC 6047.

Debe contar con bici parqueaderos Debe contar con baños públicos El servicio se presta en espacios cerrados.

El espacio debe cumplir adecuadas condiciones de iluminación y temperatura Se tejen dinámicas multisectoriales al interior del servicio Presencia de entidades nacionales o distritales. Dentro de sus espacios internos no se requiere espacios destinados a salas de capacitaciones.

Grupo 2 El servicio se presta en espacios cerrados.

El espacio debe cumplir adecuadas condiciones de iluminación y temperatura Se tejen dinámicas multisectoriales al interior del servicio Acabados de pisos de fácil limpieza y desinfección y cumplimiento de NTC 6047.

Debe contar con bici parqueaderos P á g i n a 2 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-68 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 68 Debe contar con baños públicos Presencia de entidades nacionales o distritales.

Dentro de sus espacios internos se requiere espacios destinados a salas de capacitaciones Grupo 3 Acabados de pisos de fácil limpieza y desinfección y cumplimiento de NTC 6047.

Debe contar con bici parqueaderos Debe contar con baños públicos El servicio se presta en espacios cerrados.

El espacio debe cumplir adecuadas condiciones de iluminación y temperatura Se tejen dinámicas multisectoriales al interior del servicio Presencia de entidades nacionales o distritales.

Dentro de sus espacios internos se requiere espacios destinados a salas de capacitaciones Dentro de sus espacios se puede contar con zonas verdes.

Tabla 7: Tipología Centros de Encuentro Fuente: Dirección Administrativa Financiera SG REQUISITOS ESPACIO GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 Oficina de Coordinación X X X Baños administrativos X X X Baños Participantes X X X Cafetín o espacio destinado a bienestar de funcionarios X X X Cuarto de alistamiento de personal X X X Espacios para Almacenamiento de Elementos de Aseo y Lavado X X X Área temporal de residuos o Unidad móvil de almacenamiento X X X Punto de información X X X sala de espera para participantes X X X Oficinas de atención a los ciudadanos X X X P á g i n a 3 | 72 69 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-69 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 REQUISITOS ESPACIO GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 Área de Trabajo en grupo zona lúdica - X X zonas verdes o áreas libres para esparcimiento de participantes - - X Tabla 8: Requerimientos de áreas por tipología Fuente: Dirección Administrativa Financiera SG 2.7. EQUIPAMIENTOS SINGULARES La Secretaría General de la Alcaldía mayor de Bogotá cuenta en su inventario con unos equipamientos que por el servicio prestado, así como por las actividades que en ellos se realizan presentan infraestructuras únicas que tienen sus propios estándares espaciales definidos desde sus requerimientos técnicos y arquitectónicos. Las características que hacen que un equipamiento sea singular están dadas en la medida en que no existen ni podrían existir dos edificaciones con la misma funcionalidad y, por lo tanto, no podría haber una definición de estándar. Algunos de los equipamientos que tienen esta característica de singularidad son los siguientes:

 Archivo de Bogotá  Centro de Memoria Paz y Reconciliación  Palacio municipal, Edificio Liévano y Edificios Bicentenario I y II, agrupados todos dentro de la Manzana Liévano.

Ilustración 1: Archivo de Bogotá D.C. Ubicado en la Cl. 6b # 5-75.

P á g i n a 4 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-70 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 70 Ilustración 2: Centro de Memoria Paz y Reconciliación Ubicado en la Cra. 19b #24 – 86.

Ilustración 3: Palacio municipal, Edificio Liévano y Edificios Bicentenario I y II, agrupados todos dentro de la Manzana Liévano Ubicado en la Cra. 8 #10-65.

P á g i n a 5 | 72 71 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-71 • 2023 • NOVIEMBRE • 29

3. MARCO NORMATIVO Y DE REFERENCIA

3.1. NORMAS URBANAS GENERALES APLICABLES A LOS EQUIPAMIENTOS DEL SECTOR GESTIÓN PÚBLICA NORMA ARTÍCULO TEMÁTICA Ley 388 de 1997 Ley de Desarrollo Territorial Capítulo XI, Artículo 99 y subsiguientes Norma vigente con relación al “Plan de ordenamiento Territorial” y a los requisitos previos a la radicación del proyecto para los tramites de obtención de las licencias y/o permisos Decreto 555 de 2021 Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.

Artículos de transición

Artículo 94.

Sistema del Cuidado y de Servicios Sociales

Artículo 95.

Principios y estrategias del Sistema del Cuidado y de Servicios Sociales

Artículo 172.

Tipos de equipamientos según su área construida

Artículo 173.

Condiciones de localización e implantación de equipamientos

Artículo 174.

Estándares de calidad espacial

Artículo 175.

Permanencia y desarrollo del suelo dotacional

Artículo 176.

Condiciones de edificabilidad y volumetría

Artículo 177.

Condiciones de mezcla de uso en predios en edificaciones con uso dotacional

Artículo 178.

Condiciones de incorporación de servicios sociales en edificaciones con otros usos

Artículo 233.

Usos permitidos en Bogotá

Artículo 243.

Usos del suelo permitidos por área de actividad

Artículo 244.

Acciones de mitigación

Artículo 245.

Acciones de mitigación de impactos ambientales (MA)

Artículo 248.

Acciones de mitigación de impactos urbanísticos (MU)

Artículo 249.

Aplicación de acciones de mitigación de impactos urbanísticos

Artículo 250.

Acciones de mitigación a la movilidad Estudios de Movilidad

Artículo 262.

Condiciones para la obtención de licencias de construcción

Artículo 489.

Parágrafo 2.

Artículo 600.

Solicitudes de planes de implantación, planes de regularización y manejo y

P á g i n a 6 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-72 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 72 NORMA ARTÍCULO TEMÁTICA planes directores para equipamientos deportivos y recreativos en formulación

Artículo 601.

Planes de Implantación y Planes de Regularización y Manejo aprobados 3.2. NORMAS TÉCNICAS APLICABLES NORMA TEMÁTICA Ley 9 de 1979 Código Sanitario Ley 400 de 1997 Por el cual se adoptan normas sobre construcciones sismo resistentes.

Reglamento colombiano de Construcciones Sismo Resistentes NSR-10 y sus decretos reglamentarios, complementarios y cualquier otra norma vigente que regule el diseño y construcción sismo resistente en Colombia. Ley 12 de 1987 Por la cual se suprimen algunas barreras arquitectónicas Ley 361 de 1997 Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación Normas Técnicas NTC. 4144, NTC. 4201, NTC. 4142, NTC. 4139, NTC. 4140, NTC. 4141, NTC. 4143, NTC. 4145, NTC. 4349, NTC. 4904, NTC. 4960, NTC 6047 Ley 1618 de 2013 Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad Normas de salubridad Ley 09 de 1979, NTC 920-1 de 1997, NTC 1500 de 1979, NTC 1674 de 1981, NTC 1700 de 1982 Normas Ambientales Ley 373 de 1997 – Uso eficiente y racional del agua, Decreto 1728 de 2002, derogado a su vez por el artículo 29 del Decreto Nacional 1180 de 2003, derogado por el Decreto 1220 de 2005.

Acuerdo Distrital 415 de 2009.

Resolución 6423 de 2011 de la Secretaría Distrital de Ambiente. Guía Técnica de Techos Verdes Resolución 2184 de 2019 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial Buenas Prácticas para la gestión de residuos y adopción del nuevo código de colores.

P á g i n a 7 | 72 73 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-73 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 NORMA TEMÁTICA Decreto 1575 de 2007 Por el cual se establece el Sistema para la Protección y Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano Decreto 1077 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio Decreto 293 Red Cade de 2021 Por el cual se modifican lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía y de implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, y se dictan otras disposiciones Ley 80 de 1993 Estatuto General de Contratación de la Administración Pública Ley 1150 de 2007 Por la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 3.3. EXCEPCIONES NORMATIVAS A LOS EQUIPAMIENTOS GESTIÓN PÚBLICA No aplica en esta actualización.

4. ESTÁNDARES DE CALIDAD ESPACIAL PARA EQUIPAMIENTOS DEL SECTOR GESTIÓN PÚBLICA

4.1. ESTÁNDARES DE CALIDAD ESPACIAL Este estándar se orienta a establecer los requisitos para asegurar condiciones óptimas en la operación y mantenimiento del servicio, en el entendido que la construcción, habilitación o adecuación del inmueble atendió de manera previa las condiciones normativas, especificaciones constructivas y de materiales, así como el cumplimiento de lo relacionado con la norma de sismo resistencia. Este estándar define el conjunto de condiciones del espacio físico, dotación y mobiliario necesarios para la realización de las actividades propias del servicio, al igual que las condiciones ambientales y de seguridad necesarias para generar un ambiente funcional, seguro y adecuado que contribuya con el bienestar de los participantes.

P á g i n a 8 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-74 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 74 4.2. FICHA DE ESTÁNDARES DE CALIDAD ESPACIAL PARA LOS EQUIPAMIENTOS DEL SECTOR GESTIÓN PUBLICA Las fichas que componen el presente manual toman como base el contenido definido en el documento orientador de la Secretaría Distrital de Planeación (Secretaría Distrital de Planeación, 2022) entregado a las diferentes cabezas del sector. La definición específica de los estándares de calidad espacial varía según el tipo de equipamiento en cuestión; por ejemplo, un equipamiento de Servicio a la Ciudadanía debería tener una relación con su entorno similar a la de un centro de encuentro ya que en los dos servicios se realiza la atención a los ciudadanos; sin embargo, los servicios son enfocados a diferentes poblaciones.

Para la definición específica de los estándares de calidad espacial, se definió la tipología de los equipamientos a que hace referencia esta guía, para lo cual se segmentaron los servicios en dos Direcciones al interior de la Entidad:

 Dirección del Servicio a la Ciudadanía: Brinda espacios a los ciudadanos para Promover el intercambio de saberes generando bienes y servicios acordes con las necesidades de la ciudadanía, entre otras cosas, mediante la ampliación y el mejoramiento de los servicios de orientación e información de las entidades distritales a través de la Red Cade, haciendo más transparente, moderna, innovadora y efectiva la gestión pública.

 Dirección de Reparación Integral: Brinda espacios a los ciudadanos para implementar la atención, asistencia, reparación integral y prevención temprana con las víctimas del conflicto, en donde junto con las entidades competentes se realice la coordinación permanentemente de la estrategia de atención con los programas de protección, para contribuir a la creación de escenarios de reconciliación a través de los Centros de Encuentro para la paz en las diferentes localidades de Bogotá, ejecutando acciones para estandarizar y mejorar el modelo de atención y prestación de servicios a la población; así como el Alojamiento transitorio en la modalidad albergue y atención a emergencias humanitarias, a las víctimas del conflicto armado en el marco de lo establecido en la ley 1448 de 2011 y demás decretos reglamentarios.

4.2.1. DIRECCIÓN DEL SERVICIO A LA CIUDADANIA - CANALES DE ATENCIÓN DEL SERVICIO A LA CIUDADANA P á g i n a 9 | 72 75 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-75 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 Teniendo en cuenta que el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, adoptado mediante el Acuerdo Distrital 761 de 2020, en su propósito 5, Construir Bogotá - Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente, programa número 56 sobre Gestión pública efectiva, busca:

“(…) Posicionar la gerencia pública distrital al servicio de la ciudadanía (…). Construir agendas públicas integrales que promuevan el intercambio de saberes para generar bienes y servicios acordes con las necesidades de la ciudadanía, entre otras cosas, mediante la ampliación y el mejoramiento de los servicios de orientación e información de las entidades distritales a través de la Red CADE. [Y hacer] la gestión pública más transparente, moderna, innovadora y efectiva. (…)”. Que mediante Decreto Distrital 189 de 2020, “Por el cual se expiden lineamientos generales sobre transparencia, integridad y medidas anticorrupción en las entidades y organismos del orden distrital y se dictan otras disposiciones”, se estableció que la Secretaría General, en torno a las medidas anticorrupción, expedirá los protocolos para la actualización de los esquemas para la atención de las posibles denuncias por actos de corrupción, existencia de inhabilidades, incompatibilidades o conflicto de intereses y las medidas de protección del denunciante, que permitan fortalecer la lucha contra la corrupción.

Así mismo el artículo 30 del Decreto Distrital 140 de 2021 dispone que la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía tiene las siguientes funciones, entre otras:

“(…) 6. Administrar y coordinar el funcionamiento de los canales de interacción ciudadana (presenciales, virtuales y telefónicos) adscritos a la Secretaría General y la aplicación en éstos de la política distrital de servicio a la ciudadanía.

7. Coordinar con las diferentes entidades públicas y privadas, la prestación de los servicios que a cada una compete en los puntos de contacto de atención presencial administrados y coordinados directamente por la Dirección”.

Por lo anterior se crean los siguientes estándares para los servicios de atención al ciudadano como Cades y SuperCADE, en un solo estándar, tendrá el siguiente análisis funcional:

P á g i n a 10 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-76 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 76 Ilustración 4: Análisis Funcional - Diagrama RedCade Fuente: Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá CÓDIGO DENOMINACIÓN EQUIPAMIENTOS DEL SERVICIO DISTRITAL DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA - RED CADE Red CADE. La Red CADE es la estrategia omnicanal del Modelo Distrital de Relacionamiento Integral con la Ciudadanía, compuesta por los distintos canales de atención dispuestos por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. para el acceso a la información pública, la realización de trámites y otros procedimientos administrativos ofrecidos por las distintas entidades públicas y empresas privadas, entre otras, que la integran, así como para la presentación de peticiones, quejas, reclamos y denuncias por posibles actos de corrupción, la rendición de cuentas y la participación ciudadana. Los canales de atención que componen la Red CADE son los siguientes: Canal Presencial: SuperCADE, CADE, y SuperCADE Móvil; a) Canal presencial:

CADE. Centro de Atención Distrital Especializado para el acceso a la información pública, la realización de trámites y otros procedimientos administrativos ofrecidos por las distintas entidades públicas y empresas privadas, entre otras, que lo integran, así como para la presentación de ÁMBITO APLICABLE Urbano P á g i n a 11 | 72 77 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-77 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 CÓDIGO DENOMINACIÓN EQUIPAMIENTOS DEL SERVICIO DISTRITAL DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA - RED CADE DESCRIPCIÓN

1. Soporte:
Administrativo y logístico

peticiones, quejas, reclamos y denuncias por posibles actos de corrupción, la rendición de cuentas y la participación ciudadana.

SuperCADE. Centro de Atención Distrital Especializado para el acceso a la información pública, la realización de trámites y otros procedimientos administrativos ofrecidos por las distintas entidades públicas y empresas privadas, entre otras, que lo integran, así como para la presentación de peticiones, quejas, reclamos y denuncias por posibles actos de corrupción, la rendición de cuentas y la participación ciudadana, en un espacio con mayor capacidad para la atención de personas.

RapiCADE. Centro de Atención Distrital Especializado de servicio de recaudo de impuestos, tasas, contribuciones distritales, servicios públicos, y cualquier otro pago autorizado por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

SuperCADE Móvil. Feria de Servicios Móviles a través del cual se articula a las diferentes entidades públicas y empresas privadas, entre otras, para el acceso a la información pública, la realización de trámites y otros procedimientos administrativos, la presentación de peticiones, quejas, reclamos y denuncias por posibles actos de corrupción, la rendición de cuentas y la participación ciudadana en las diferentes localidades de Bogotá.

Es importante tener presente que la finalidad del SuperCADE móvil es poder llevar la oferta distrital a lugares donde no llega la red Cade, una de las principales fortalezas es la ofertas cultural y social, en convenios con servicios de empleo con las cajas de compensación, así mismo hace presencia la oferta institucional según la necesidad de la comunidad. Esta feria se realiza en espacios abiertos como parques, plazoletas, con accesos vehiculares, en donde se realiza la instalación de carpas con la finalidad de atender a la comunidad. Para el caso que nos atañe centraremos los estándares en los canales presenciales: SuperCADE y Cade.

SERVICIOS QUE PRESTA OBJETIVO(S) DE CALIDAD ASOCIADO(S)

 La Norma de diseño sismo resistente para Colombia NSR-10 regulariza Generar los espacios que contengan las áreas y dependencias necesarias para el desarrollo de las actividades de la Red Cade de manera concentrada. NORMAS A TENER EN CUENTA las condiciones estructurales de las construcciones, todas las edificaciones deben garantizar su cumplimiento  Decreto 293 de 2021 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., “Por el cual se modifican lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía y de implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, y se dictan otras disposiciones”

P á g i n a 12 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-78 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 78 CÓDIGO DENOMINACIÓN EQUIPAMIENTOS DEL SERVICIO DISTRITAL DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA - RED CADE  Lineamientos arquitectónicos y de accesibilidad al medio físico de puntos de servicio al ciudadano” “Lineamientos arquitectónicos y de accesibilidad al medio físico de puntos de servicio al ciudadano – Veeduría Distrital del 01/12/2016. NTC 6047: Accesibilidad al medio físico. Espacios de Servicio al Ciudadano en la Administración pública. Requisitos PARÁMETROS MÍNIMOS DE CUMPLIMIENTO PROGRAMA ARQUITECTÓNICO - ESTRUCTURA PRINCIPAL DEL PROGRAMA Espacios mínimos en el programa arquitectónico:

Ͳ Zona Recepción Ͳ Zona Permanencia Ͳ Zona Atención Ͳ Zona Administrativa Ͳ Instalaciones básicas Zona Recepción: Está conformada por las áreas que facilitan el control de ingreso de los ciudadanos al punto de servicio y sirven de filtro para evitar que las zonas de espera y de atención se congestionen. En esta zona se ubican las siguientes áreas:

 Ingreso: Adecuación para el acceso peatonal y vehicular al punto, (andenes, rampas, escaleras, ascensores, estacionamientos, puertas, ubicación de controles como registradoras y o detectores).

 Vestíbulo: Recepción, espacio ubicado una vez se accede al punto, que facilita la distribución, a otras áreas; allí se ubica la señalización general del punto de atención. En algunas ocasiones en este espacio se ubica personal que guía y facilita que el ciudadano se ubique y se desplace fácilmente a la zona requerida.

 Información: Espacio donde se ubican una o varias personas responsables de entregar la información de los trámites y servicios que presenta el punto de atención; es el lugar en el cual se dan las instrucciones y la orientación general para que el ciudadano pueda acceder al servicio solicitado. En algunas ocasiones, en este espacio se entrega el turno correspondiente al trámite o servicio solicitado o se revisa la documentación requerida.

 Radicación o correspondencia: Puesto de trabajo destinado para recibir correspondencia y documentación de peticiones, quejas y reclamos. Dependiendo de los trámites y los servicios de la entidad, se puede adecuar el espacio para entrega de documento P á g i n a 13 | 72 79 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-79 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 CÓDIGO DENOMINACIÓN EQUIPAMIENTOS DEL SERVICIO DISTRITAL DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA - RED CADE Zona de permanencia: Está conformada por áreas que facilitan los procesos antes de la atención; se denominan también espacios de antesala. En esta zona se ubican las siguientes áreas:

 Sala de espera: Espacio asignado donde los ciudadanos esperan cómodamente sentados o hacen fila, mientras esperan su turno para ser atendidos. En este espacio se debe incluir un área libre para personas en condición de discapacidad, lo suficientemente amplia para ubicar y manipular una silla de ruedas o accesorios para la movilidad, así mismo sillas o filas prioritarias destinadas para adultos mayores, niños, mujeres embarazadas, personas de talla baja y población vulnerable, en general.

 Servicios complementarios: Son los espacios e instalaciones adicionales y complementarias, para mejorar el servicio al ciudadano. Estos servicios adicionales pueden ser puntos de recaudo, cajeros automáticos, centro de información, bibliotecas, zona de ventas de publicaciones de la entidad o venta de servicios externos, atención virtual, aulas de capacitación, fotocopiadora, fotografía, internet, dispensadores, baños públicos, baños públicos para personas en condición de discapacidad, teléfonos públicos, sala de conciliación, sala de consulta, auditorio, entre otros.

Zona de atención: Está conformada por los módulos de atención y respuesta a los servicios y trámites que presta el punto de servicio, en estos espacios se debe prever la ubicación de módulos o ventanillas prioritarias, destinadas para la atención a personas en condición de discapacidad, adultos mayores, niños, mujeres embarazadas, personas de talla baja y población vulnerable en general. Se puede incluir espacio para:

 Oficinas especiales: Puesto de trabajo para la atención personalizada a los ciudadanos que requieren de consultas privadas o confidenciales, por ejemplo, conciliaciones, consultas jurídicas.

Zona administrativa: Está conformada por las áreas y los servicios internos e instalaciones que soportan el funcionamiento administrativo y técnico del punto de servicio. En esta zona se ubican las siguientes áreas:

 Administración: Incluye el área correspondiente a oficina administrador o coordinador y sus áreas complementarias como Secretaría, archivo, sala de reuniones, puestos de trabajo para asesores, profesionales y/o auxiliares técnicos. Su ubicación preferiblemente debe estar aislada del ruido y de las circulaciones del área de atención. Se recomienda cerramiento piso a techo.

 Servicios generales: Instalaciones disponibles para los servicios públicos como lo son los baños privados, cocineta, cafetería, internet, vestier, lockers. Son espacios que hacen agradable el tiempo dedicado al trabajo y facilitan el cumplimiento de las tareas.

P á g i n a 14 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-80 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 80 CÓDIGO DENOMINACIÓN EQUIPAMIENTOS DEL SERVICIO DISTRITAL DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA - RED CADE ESTÁNDARES OBLIGATORIOS Los mencionados NTC 6047: Accesibilidad al medio físico. Espacios de Servicio al Ciudadano en la Administración pública. Requisitos o sus actualizaciones.

ESTÁNDARES ORIENTATIVOS  Temperatura y humedad.  Amortiguación y manejo del ruido.  Relación visual satisfactoria con el exterior, índices de iluminación adecuados.  Reducción y control de fuentes de olores desagradables. EXCEPCIONES O CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES DE MANEJO Para edificaciones antiguas, si su estructura no permite la eliminación de barreras arquitectónicas en pisos superiores, se debe garantizar la atención a personas en condición de discapacidad o adultos mayores en primer piso, con todo el cumplimiento de la NTC 6047 REFERENCIAS SUPERCADE MANITAS - SGAMB IMAGEN O GRÁFICO DE EJEMPLO P á g i n a 15 | 72 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-81 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 CÓDIGO DENOMINACIÓN EQUIPAMIENTOS DEL SERVICIO DISTRITAL DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA - RED CADE P á g i n a 16 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-82 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 82 CÓDIGO DENOMINACIÓN EQUIPAMIENTOS DEL SERVICIO DISTRITAL DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA - RED CADE Tabla 9: Ficha Descriptiva del Equipamiento Estándar Fuente: Dirección Administrativa Financiera P á g i n a 17 | 72 83 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-83 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 ZONAS ESPACIO DESCRIPCIÓN DEL ESPACIO % AREA OCUPADA El espacio cuenta con acabados de techo, sin hendiduras, grietas ni humedad o cielo raso en buen estado libres de humedad las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios Los sistemas de iluminación son ahorradores tipo led Min 10% La iluminación es suficiente para desarrollar las actividades propias del espacio Zona Recepción Ingreso Vestíbulo Información Radicación Correspondencia Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble El espacio cuenta con acabados de techo, sin hendiduras, grietas ni humedad o cielo raso en buen estado libres de humedad las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios Los sistemas de iluminación son ahorradores tipo led Min 25% Zona de permanencia Sala de espera La iluminación es suficiente para desarrollar las actividades propias del espacio Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan P á g i n a 18 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-84 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 84 ZONAS ESPACIO DESCRIPCIÓN DEL ESPACIO % AREA OCUPADA Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble El espacio cuenta con acabados de techo, sin hendiduras, grietas ni humedad o cielo raso en buen estado libres de humedad las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios Los sistemas de iluminación son ahorradores tipo led La iluminación es suficiente para desarrollar las actividades propias del espacio Puntos de recaudo Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble El espacio cuenta con acabados de techo, sin hendiduras, grietas ni humedad o cielo raso en buen estado libres de humedad las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios Aulas de capacitación Los sistemas de iluminación son ahorradores tipo led La iluminación es suficiente para desarrollar las actividades propias del espacio P á g i n a 19 | 72 85 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-85 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 ZONAS ESPACIO DESCRIPCIÓN DEL ESPACIO % AREA OCUPADA Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble Aparatos sanitarios en buen estado (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

El espacio donde se ubican los baños se encuentra con adecuada iluminación (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente))

Baños Participantes Los acabados de piso en baño son en baldosa o epóxicos industriales y se encuentran en buen estado, sin fracturas ni vencimientos, debidamente emboquillados y son antideslizantes (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

Los acabados de muros de los baños son en baldosa o pintura epóxica permitiendo la fácil limpieza y desinfección (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

El acabado de cielo raso en baños cuenta con un acabado que permita la fácil limpieza y desinfección. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos El espacio cuenta con acabados de techo, sin hendiduras, grietas ni humedad o cielo raso en buen estado libres de humedad Zona de Atención Oficinas de atención a los ciudadanos Min 20% las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios P á g i n a 20 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-86 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 86 ZONAS ESPACIO DESCRIPCIÓN DEL ESPACIO % AREA OCUPADA Los sistemas de iluminación son ahorradores tipo led La iluminación es suficiente para desarrollar las actividades propias del espacio Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble El espacio cuenta con acabados de techo, sin hendiduras, grietas ni humedad o cielo raso en buen estado libres de humedad las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios Los sistemas de iluminación son ahorradores tipo led La iluminación es suficiente para desarrollar las actividades propias del espacio Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan Oficinas especiales trabajo para la atención personalizada a los ciudadanos que requieren de consultas privadas o confidenciales Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble Oficina de Coordinación Zona Administrativa El espacio cuenta con acabados de techo, sin hendiduras, grietas ni humedad o cielo raso en buen estado libres de humedad Min 10% las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios P á g i n a 21 | 72 87 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-87 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 ZONAS ESPACIO DESCRIPCIÓN DEL ESPACIO % AREA OCUPADA Los sistemas de iluminación son ahorradores tipo led La iluminación es suficiente para desarrollar las actividades propias del espacio Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble Aparatos sanitarios en buen estado (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

El espacio donde se ubican los baños se encuentra con adecuada iluminación (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente))

Los acabados de piso en baño son en baldosa o epóxicos industriales y se encuentran en buen estado, sin fracturas ni vencimientos, debidamente emboquillados y son antideslizantes (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

Baños administrativos Los acabados de muros de los baños son en baldosa o pintura epóxica permitiendo la fácil limpieza y desinfección (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

El acabado de cielo raso en baños cuenta con un acabado que permita la fácil limpieza y desinfección. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos P á g i n a 22 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-88 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 88 ZONAS ESPACIO DESCRIPCIÓN DEL ESPACIO % AREA OCUPADA Aparatos sanitarios en buen estado (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

El espacio donde se ubican los baños se encuentra con adecuada iluminación (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente))

Baños Participantes Los acabados de piso en baño son en baldosa o epóxicos industriales y se encuentran en buen estado, sin fracturas ni vencimientos, debidamente emboquillados y son antideslizantes (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

Los acabados de muros de los baños son en baldosa o pintura epóxica permitiendo la fácil limpieza y desinfección (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

El acabado de cielo raso en baños cuenta con un acabado que permita la fácil limpieza y desinfección. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos Los acabados de piso son en baldosa o epóxicos industriales y se encuentran en buen estado, sin fracturas ni vencimientos, debidamente emboquillados y antideslizante. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

Los acabados de son en baldosa o pintura epóxicos permitiendo la fácil limpieza y desinfección. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

El acabado de cielo raso o techo cuenta con un acabado que permita la fácil limpieza y desinfección. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

Cafetín o espacio destinado a bienestar de funcionarios Los muros de mesones para manipulación de comida y estructuras de almacenamiento de comida están con superficies de fácil limpieza y desinfección (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

Cuenta con adecuada iluminación P á g i n a 23 | 72 89 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-89 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 ZONAS ESPACIO DESCRIPCIÓN DEL ESPACIO % AREA OCUPADA las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios Los aparatos de iluminación están protegidos para evitar contaminación en caso de rotura El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble Existe protección en las instalaciones eléctricas (tomacorrientes)

El espacio cuenta con acabados de pisos en buen estado y es antideslizante.

El espacio cuenta con acabados de muros lisos, en buen estado estucado y pintado, libres de humedad El espacio cuenta con acabados de techo, sin hendiduras, grietas ni humedad o cielo raso en buen estado libres de humedad las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios y participantes Los sistemas de iluminación son ahorradores tipo led Cuarto de alistamiento de personal Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos La iluminación es suficiente para desarrollar las actividades propias del espacio Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble P á g i n a 24 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-90 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 90 ZONAS ESPACIO DESCRIPCIÓN DEL ESPACIO % AREA OCUPADA El espacio para almacenamiento de productos de aseo se encuentra alejado del área de cafetín y comedor (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

El espacio para almacenamiento de productos de aseo se encuentra restringido para ingreso de participantes Espacios para Almacenamiento de Elementos de Aseo y Lavado Los acabados de piso en el Almacenamiento de Elementos de Aseo y Lavado son en baldosa o epóxicos industriales y se encuentran en buen estado, sin fracturas ni vencimientos, debidamente emboquillados y antideslizante. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente) Los acabados de muros en el en el Almacenamiento de Elementos de Aseo y Lavado son en baldosa o pintura epóxica permitiendo la fácil limpieza y desinfección (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente) El acabado de cielo raso en el Área Almacenamiento de Elementos de Aseo y Lavado cuenta con un acabado que permita la fácil limpieza y desinfección. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente) El Almacenamiento de Elementos de Aseo y Lavado cuenta con poceta debidamente enchapada, con punto hidráulico, sifón y rejilla en piso o cárcamo de recolección de aguas servidas, con las dimensiones necesarias para su adecuada evacuación. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios y participantes El área temporal de residuos está aislada del sitio de preparación de alimentos evitando riesgos de contaminación.

Área temporal de residuos o Unidad móvil de almacenamiento Cuenta con cuarto de basuras o unidad móvil de almacenamiento central de residuos P á g i n a 25 | 72 91 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-91 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 ZONAS ESPACIO DESCRIPCIÓN DEL ESPACIO % AREA OCUPADA El cuarto de basuras o unidad móvil de almacenamiento es hermético (totalmente, incluir espacio bajo puerta y cualquier espacio en el que pueda ingresar vectores o animales) evitando el acceso y proliferación de vectores, insectos, roedores, animales domésticos y suciedad El área cuarto de basuras o unidad móvil de almacenamiento debe tener paredes y pisos con superficies de fácil limpieza y desinfección El área cuarto de basuras o unidad móvil de almacenamiento cuanta con punto hidráulico y desagüe cercano El área cuarto de basuras o unidad móvil de almacenamiento cuenta con adecuada ventilación La ubicación del área cuarto de basuras o unidad móvil de almacenamiento está aislada del sitio de preparación y almacenamiento de alimentos evitando riesgos de contaminación El área cuarta de basuras o unidad móvil de almacenamiento es suficiente para contener las canecas de almacenamiento de residuos sólidos El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos Tabla 10: Requisitos mínimos de infraestructura Fuente: Dirección Administrativa Financiera Entorno Inmediato Los equipamientos de la RedCade están ubicados en puntos estratégicos de la ciudad, lugares con alta afluencia de ciudadanos, dentro de las principales características según su tipología encontramos:

TIPOLOGIA UBICACIÓN CARACTERISTICAS ESPACIOS PÚBLICO Grupo 1 Ubicados algunos en espacios donde funcionan otros servicios del Distrito como por ejemplo Centro de Desarrollo Por la dinámica que se teje dentro de los CDC, la presencia de la RedCade en el CDC brinda al ciudadano la oportunidad de tener un servicio Espacios públicos peatonales destinados al desplazamiento, encuentro o permanencia de los ciudadanos, plazoletas, zonas verdes, vías peatonales, estaciones de transporte masivo.

P á g i n a 26 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-92 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 92 integral en información asesoría y tramites.

Requiere bici parqueaderos No requiere la presencia de estacionamientos vehiculares Comunitarios CDC de la Secretaría Distrital de Integración Social (CDC Servita y CDC La Victoria)

Espacios públicos peatonales destinados al desplazamiento, encuentro o permanencia de los ciudadanos, plazoletas, zonas verdes, vías peatonales, estaciones de transporte masivo.

Requiere bici parqueaderos No requiere la presencia de estacionamientos vehiculares Ubicados cerca a los Grupo 2 portales de Transmilenio o Cable Aéreo Por la dinámica del sector y las actividades interinstitucionales de cada entidad presente en el equipamiento se establece una relación directa con los sistemas de transporte masivo, tal es el caso de los SuperCADE Américas, SuperCADE Bosa, SuperCADE 20 de Julio, SuperCADE Suba, y SuperCADE Manitas, es importante tener presente que esto mismo se está planteando con la primera línea del metro.

En cuanto al espacio público la presencia de los SuperCADE aporta dinamismo y teje estructuras de conectividad a la infraestructura urbana.

Las ubicaciones de estos equipamientos en cercanías a los portales brindan al ciudadano la optimización de tiempos y distancias.

Ubicados en plazas o Grupo 3 plazoletas, espacios públicos En cuanto al espacio público y la actividad que allí se genera en la prestación del servicio, la presencia del SuperCADE Móvil aporta dinamismo y teje estructuras de conectividad a la infraestructura urbana.

Espacios públicos peatonales destinados al desplazamiento, encuentro o permanencia de los ciudadanos, plazoletas, zonas verdes, vías peatonales, estaciones de transporte masivo.

Requiere bici parqueaderos No requiere la presencia de estacionamientos vehiculares Tabla 11: Tipología de Equipamientos Red Cade P á g i n a 27 | 72 93 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-93 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 Portal Transmilenio Américas SuperCADE Suba Ilustración 5: Feria Móvil P á g i n a 28 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-94 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 94 Fuente: SubSecretaría de Servicio a la Ciudadanía 4.2.2. DIRECCIÓN DE REPARACIÓN INTEGRAL A través de la Dirección de Reparación de Victimas se trabaja para garantizar la subsistencia mínima de las víctimas a través de un espacio de alojamiento digno, alimentación y atención en salud. Esto sumado a los procesos de relacionamiento interinstitucional, el acompañamiento y seguimiento psicosocial, la orientación jurídica, los procesos de estabilización socioeconómica, el seguimiento a la política pública de víctimas y las alternativas para la activación de rutas de prevención, protección y garantías de no repetición con las entidades que tiene dichas competencias, estos equipamientos, tendrán el siguiente análisis funcional P á g i n a 29 | 72 95 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-95 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 4.2.2.1. Los Centros de Encuentro para la Paz y la Integración Local de Víctimas del Conflicto Armado Interno Ilustración 6: Análisis Funcional - Diagrama funcional Centros de encuentro Fuente: Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá CÓDIGO DENOMINACIÓN CENTROS DE ENCUENTRO PARA LA PAZ Y LA INTEGRACIÓN LOCAL DE VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO ÁMBITO APLICABLE Urbano DESCRIPCIÓN Los Centros de Encuentro para la Paz y la Integración Local de Víctimas del Conflicto Armado Interno son espacios físicos destinados a brindar orientación, atención y asesoría a las víctimas del conflicto armado interno.

En estos espacios se Implementan estrategias locales que permitan materializar la atención, asistencia, reparación integral y prevención temprana con las víctimas del conflicto, promover con las entidades competentes la coordinación permanentemente de la estrategia de atención con los programas de protección, y contribuir a la creación de escenarios de reconciliación a través de los Centros de Encuentro para la paz y/o en las P á g i n a 30 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-96 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 96 diferentes localidades de Bogotá, ejecutando acciones para estandarizar y mejorar el modelo de atención y prestación de servicios a la población. Dentro de esta población se incluyen todas las personas que individual o colectivamente hayan sufrido daños dentro del marco del Conflicto Armado Interno, a partir del primero de enero de 1985. entre otros:

 Desaparición Forzada.  Secuestro.  Despojo de Tierras.  Delitos contra la integridad sexual.  Desplazamientos.  Minas anti-persona.  Actos Terroristas.  Reclutamiento ilícito.  Homicidios - Masacre.

Misional y de soporte SERVICIOS QUE PRESTA OBJETIVO(S) DE CALIDAD ASOCIADO(S)

 La Norma de diseño sismo resistente para Colombia NSR-10 regulariza Generar los espacios que contengan las áreas y dependencias necesarias para el desarrollo de las actividades necesarias para reparar a la población víctima del conflicto armado NORMAS A TENER EN CUENTA las condiciones estructurales de las construcciones, todas las edificaciones deben garantizar su cumplimiento  Lineamientos arquitectónicos y de accesibilidad al medio físico de puntos de servicio al ciudadano” “Lineamientos arquitectónicos y de accesibilidad al medio físico de puntos de servicio al ciudadano – Veeduría Distrital del 01/12/2016.  NTC 6047: Accesibilidad al medio físico. Espacios de Servicio al Ciudadano en la Administración pública. Requisitos.

PARÁMETROS MÍNIMOS DE CUMPLIMIENTO PROGRAMA ARQUITECTÓNICO - ESTRUCTURA PRINCIPAL DEL PROGRAMA Espacios mínimos en el programa arquitectónico:

Ͳ Zona Recepción Ͳ Zona Permanencia Ͳ Zona Atención Ͳ Zona Administrativa Ͳ Instalaciones básicas Zona Recepción: Está conformada por las áreas que facilitan el control de ingreso de la población víctima del conflicto armado interno al punto de servicio y sirven de filtro para evitar que las zonas de espera y de atención se congestionen. En esta zona se ubican las siguientes áreas:

P á g i n a 31 | 72 97 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-97 • 2023 • NOVIEMBRE • 29  Ingreso: Adecuación para el acceso peatonal y vehicular al punto, (andenes, rampas, escaleras, ascensores, estacionamientos, puertas, ubicación de controles como registradoras y o detectores).

 Vestíbulo: Recepción, espacio ubicado una vez se accede al punto, que facilita la distribución, a otras áreas; allí se ubica la señalización general del punto de atención. En algunas ocasiones en este espacio se ubica personal que guía y facilita que de la población víctima del conflicto armado interno se ubique y se desplace fácilmente a la zona requerida.

 Información: Espacio donde se ubican una o varias personas responsables de entregar la información de los trámites y servicios que presenta el punto de atención; es el lugar en el cual se dan las instrucciones y la orientación general para que de la población víctima del conflicto armado interno pueda acceder al servicio solicitado. En algunas ocasiones, en este espacio se entrega el turno correspondiente al trámite o servicio solicitado o se revisa la documentación requerida.

 Radicación o correspondencia: Puesto de trabajo destinado para recibir correspondencia y documentación de peticiones, quejas y reclamos. Dependiendo de los trámites y los servicios de la entidad, se puede adecuar el espacio para entrega de documento Zona de permanencia: Está conformada por áreas que facilitan los procesos antes de la atención; se denominan también espacios de antesala. En esta zona se ubican las siguientes áreas:

 Sala de espera: Espacio asignado donde de la población víctima del conflicto armado interno esperan cómodamente sentados o hacen fila, mientras esperan su turno para ser atendidos. En este espacio se debe incluir un área libre para personas en condición de discapacidad, lo suficientemente amplia para ubicar y manipular una silla de ruedas o accesorios para la movilidad, así mismo sillas o filas prioritarias destinadas para adultos mayores, niños, mujeres embarazadas, personas de talla baja y población vulnerable, en general.

 Servicios complementarios: Son los espacios e instalaciones adicionales y complementarias, para mejorar el servicio a la población víctima del conflicto armado interno. Estos servicios adicionales pueden ser centro de información, bibliotecas, atención virtual, aulas de capacitación, Auditorios, Zonas lúdicas, internet, dispensadores, baños públicos, baños públicos para personas en condición de discapacidad, teléfonos públicos, sala de conciliación, sala de consulta, entre otros.

Zona de atención: Está conformada por los módulos de atención y respuesta a los servicios y trámites que presta el punto de servicio, en estos espacios se debe prever la ubicación de módulos o ventanillas prioritarias, destinadas para la atención a personas en condición de discapacidad, adultos mayores, niños, mujeres embarazadas, personas de talla baja y población vulnerable en general. Se puede incluir espacio para:

P á g i n a 32 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-98 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 98  Oficinas especiales: Puesto de trabajo para la atención personalizada a la población víctima del conflicto armado que requieren de consultas privadas o confidenciales, por ejemplo, conciliaciones, consultas jurídicas.

Zona administrativa: Está conformada por las áreas y los servicios internos e instalaciones que soportan el funcionamiento administrativo y técnico del punto de servicio. En esta zona se ubican las siguientes áreas:

 Administración: Incluye el área correspondiente a oficina administrador o coordinador y sus áreas complementarias como Secretaría, archivo, sala de reuniones, puestos de trabajo para asesores, profesionales y/o auxiliares técnicos. Su ubicación preferiblemente debe estar aislada del ruido y de las circulaciones del área de atención. Se recomienda cerramiento piso a techo.

 Servicios generales: Instalaciones disponibles para los servicios públicos como lo son los baños privados, cocineta, cafetería, internet, vestier, lockers. Son espacios que hacen agradable el tiempo dedicado al trabajo y facilitan el cumplimiento de las tareas.

ESTÁNDARES OBLIGATORIOS  Higrotérmico: temperatura y humedad.

Los mencionados NTC 6047: Accesibilidad al medio físico. Espacios de Servicio al Ciudadano en la Administración pública. Requisitos o sus actualizaciones.

ESTÁNDARES ORIENTATIVOS  Acústico: amortiguación y manejo del ruido.

 Visual: relación visual satisfactoria con el exterior, índices de iluminación adecuados.

 Olfativo: reducción y control de fuentes de olores desagradables.

EXCEPCIONES O CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES DE MANEJO Para edificaciones antiguas, si su estructura no permite la eliminación de barreras arquitectónicas en pisos superiores, se debe garantizar la atención a personas en condición de discapacidad o adultos mayores en primer piso, con todo el cumplimiento de la NTC 6047 REFERENCIAS Centro de Encuentro para la Paz y la Integración Local de Víctimas del conflicto Armado Rafael Uribe Uribe P á g i n a 33 | 72 99 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-99 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 IMAGEN O GRÁFICO DE EJEMPLO P á g i n a 34 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-100 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 100 Tabla 12: Ficha Descriptiva del Equipamiento Estándar Fuente: Dirección Administrativa Financiera P á g i n a 35 | 72 101 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-101 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 ESPACIO ITEM CONDICIÓN Área Mínima 1 El espacio destinado para la oficina de coordinación cuenta con acabados de techo, sin hendiduras, grietas ni humedad o cielo raso en buen estado libres de humedad 2 las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios 3 Los sistemas de iluminación son ahorradores tipo led 4 La iluminación es suficiente para desarrollar las actividades propias del espacio 6,5 m2 5 Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan Oficina de Coordinación 6 Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos 7 El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble Nota: Podrán existir varias oficinas dentro del espacio Administrativo de la sedes, las cuales prestaran el servicios der coordinación y deberán cumplir los mínimos requisitos en condiciones y áreas mínimas.

8 Aparatos sanitarios en buen estado (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

Baños administrativos 1 baño por cada 15 personas 9 El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

10 El espacio donde se ubican los baños se encuentra con adecuada iluminación (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente))

P á g i n a 36 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-102 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 102 ESPACIO ITEM CONDICIÓN Área Mínima 11 Los acabados de piso en baño son en baldosa o epóxicos industriales y se encuentran en buen estado, sin fracturas ni vencimientos, debidamente emboquillados y son antideslizantes (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

12 Los acabados de muros de los baños son en baldosa o pintura epóxica permitiendo la fácil limpieza y desinfección (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

13 El acabado de cielo raso en baños cuenta con un acabado que permita la fácil limpieza y desinfección. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

14 Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan 15 Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos Nota: Deberá existir como mínimo una batería sanitaria para personas en condiciones de discapacidad, en cumplimiento de la norma NTC 6047 16 Aparatos sanitarios en buen estado (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

17 El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

18 El espacio donde se ubican los baños se encuentra con adecuada iluminación (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente))

Baños Participantes 1 baño por cada 15 personas 19 Los acabados de piso en baño son en baldosa o epóxicos industriales y se encuentran en buen estado, sin fracturas ni vencimientos, debidamente emboquillados y son antideslizantes (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

20 Los acabados de muros de los baños son en baldosa o pintura epóxica permitiendo la fácil limpieza y desinfección (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

21 El acabado de cielo raso en baños cuenta con un acabado que permita la fácil limpieza y desinfección. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

P á g i n a 37 | 72 103 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-103 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 ESPACIO ITEM CONDICIÓN Área Mínima 22 Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan 23 Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos Nota: Deberá existir como mínimo una batería sanitaria para personas en condiciones de discapacidad, en cumplimiento de la norma NTC 6047 24 Los acabados de piso son en baldosa o epóxicos industriales y se encuentran en buen estado, sin fracturas ni vencimientos, debidamente emboquillados y antideslizante. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

Cafetín. o Tendrán un área mínima 25 Los acabados de son en baldosa o pintura epóxicos permitiendo la fácil limpieza y desinfección. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente) de 2 m2 por cada persona al momento de espacio destinado a bienestar de uso funcionarios 26 El acabado de cielo raso o techo cuenta con un acabado que permita la fácil limpieza y desinfección. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

27 Los muros de mesones para manipulación de comida y estructuras de almacenamiento de comida están con superficies de fácil limpieza y desinfección (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

28 Cuenta con adecuada iluminación 29 las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios 30 Los aparatos de iluminación están protegidos para evitar contaminación en caso de rotura P á g i n a 38 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-104 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 104 ESPACIO ITEM CONDICIÓN Área Mínima 31 El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble 32 Existe protección en las instalaciones eléctricas (tomacorrientes)

33 El espacio destinado para Cuarto de alistamiento de personal cuenta con acabados de pisos en buen estado y es antideslizante.

34 El espacio destinado para Cuarto de alistamiento de personal, cuenta con acabados de muros lisos, en buen estado estucado y pintado, libres de humedad 35 El espacio destinado para la Cuarto de alistamiento de personal cuenta con acabados de techo, sin hendiduras, grietas ni humedad o cielo raso en buen estado libres de humedad 36 las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios y participantes 4.5 m2 Cuarto de alistamiento de personal 37 Los sistemas de iluminación son ahorradores tipo led 38 Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos 39 La iluminación es suficiente para desarrollar las actividades propias del espacio 40 Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan 41 El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble 42 El espacio destinado para Área de Trabajo en grupo cuenta con acabados de pisos en buen estado y es antideslizante Para la institución o establecimiento que Área de Trabajo en grupo cuenta con aulas o espacios poli funcionales estos 43 El espacio destinado para Área de Trabajo en grupo cuenta con acabados de muros lisos en buen estado y libres de humedad P á g i n a 39 | 72 105 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-105 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 ESPACIO ITEM CONDICIÓN Área Mínima 44 El espacio destinado para Área de Trabajo en grupo cuenta con acabados de techo, sin hendiduras, grietas ni humedad o cielo raso en buen estado libres de humedad 45 El espacio destinado para Área de Trabajo en grupo cuenta con adecuada ventilación natural o artificial 46 las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado y no están expuestas generando riesgos eléctricos a los funcionarios 47 Los sistemas de iluminación son ahorradores tipo led 48 Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan 49 Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos 50 La iluminación es suficiente para desarrollar las actividades propias del espacio Nota: para este grupo no es requisito mínimo la existencia de este espacio 51 El espacio para almacenamiento de productos de aseo se encuentra alejado del área de cafetín y comedor (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

52 El espacio para almacenamiento de productos de aseo se encuentra restringido para ingreso de participantes Espacios para Almacenamiento 4.2 m2 de Elementos 53 de Aseo y Lavado Los acabados de piso en el Almacenamiento de Elementos de Aseo y Lavado son en baldosa o epóxicos industriales y se encuentran en buen estado, sin fracturas ni vencimientos, debidamente emboquillados y antideslizante. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

54 Los acabados de muros en el en el Almacenamiento de Elementos de Aseo y Lavado son en baldosa o pintura epóxica permitiendo la fácil limpieza y desinfección (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

P á g i n a 40 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-106 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 106 ESPACIO ITEM CONDICIÓN Área Mínima 55 El acabado de cielo raso en el Área Almacenamiento de Elementos de Aseo y Lavado cuenta con un acabado que permita la fácil limpieza y desinfección. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

56 El Almacenamiento de Elementos de Aseo y Lavado cuenta con poceta debidamente enchapada, con punto hidráulico, sifón y rejilla en piso o cárcamo de recolección de aguas servidas, con las dimensiones necesarias para su adecuada evacuación. (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

57 El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble (cumplimiento de la norma higiénico sanitaria vigente)

58 Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan 59 Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos 60 las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios y participantes 61 El área temporal de residuos está aislada del sitio de preparación de alimentos evitando riesgos de contaminación.

62 Cuenta con cuarto de basuras o unidad móvil de almacenamiento central de residuos ("DECRETO 2981 de 2013
- Artículo 20.)

Área temporal Dependiendo la capacidad de generación de residuos 63 de residuos o Unidad móvil de almacenamiento El cuarto de basuras o unidad móvil de almacenamiento es hermético (totalmente, incluir espacio bajo puerta y cualquier espacio en el que pueda ingresar vectores o animales) evitando el acceso y proliferación de vectores, insectos, roedores, animales domésticos y suciedad - (DECRETO 2981 de 2013 -

Artículo 20.

)

64 El área cuarto de basuras o unidad móvil de almacenamiento debe tener paredes y pisos con superficies de fácil limpieza y desinfección (DECRETO 2981 de 2013 - Artículo 20.)

P á g i n a 41 | 72 107 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-107 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 ESPACIO ITEM CONDICIÓN Área Mínima 65 El área cuarto de basuras o unidad móvil de almacenamiento cuanta con punto hidráulico y desagüe cercano - (DECRETO 2981 de 2013 - Artículo 20)

66 El área cuarto de basuras o unidad móvil de almacenamiento cuenta con adecuada ventilación (DECRETO 2981 de 2013 - Artículo 20)

67 La ubicación del área cuarto de basuras o unidad móvil de almacenamiento está aislada del sitio de preparación y almacenamiento de alimentos evitando riesgos de contaminación (DECRETO 2981 de 2013 - Artículo 20)

68 El área cuarto de basuras o unidad móvil de almacenamiento es suficiente para contener las canecas de almacenamiento de residuos sólidos (DECRETO 2981 de 2013 - Artículo 20)

69 El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble (Ley 9 de 1979- Articulo 196 y 197).

70 Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos 71 El espacio destinado para la Oficinas de atención a los ciudadanos cuenta con acabados de techo, sin hendiduras, grietas ni humedad o cielo raso en buen estado libres de humedad 72 las conexiones eléctricas se encuentran en buen estado, no están expuestas y se encuentran canalizadas, evitando riesgos eléctricos a los funcionarios 73 Los sistemas de iluminación son ahorradores tipo led Oficinas de atención a los 4.5 m2 por módulo de atención ciudadanos 74 La iluminación s suficiente para desarrollar las actividades propias del espacio 75 Las ventanas cuentan con vidrios sin roturas, vencimientos y asegurados firmemente al marco de los soportan 76 Las puertas deben ser en material no absorbente, resistente, no poroso y con acabados libres de grietas o defectos P á g i n a 42 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-108 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 108 ESPACIO ITEM CONDICIÓN Área Mínima 77 El espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble Nota: Podrán existir varias módulos de trabajo dentro del espacio de Oficinas de atención a los ciudadanos.

Notas generales:
1. Para edificaciones antiguas se debe asegurar el cumplimiento de la norma NTC 4067, no obstante, para aquellas edificaciones antiguas que no pueden realizar la eliminación de barreras arquitectónicas en pisos superiores, se deberá garantizar el cumplimiento de la NTC 6047 en primer piso para atención a personas en condición de discapacidad.
2. Los espacios destinados para salas de espera deberán brindar las condiciones de confort y seguridad a los ciudadanos participantes.

Tabla 13: Condiciones mínimas de los espacios para la prestación del servicio según tipología Fuente: Dirección Administrativa Financiera – Infraestructura Entorno Inmediato Los equipamientos de los Centros de Encuentro están ubicados en puntos estratégicos de la ciudad, lugares con alta afluencia de ciudadanos, dentro de las principales características según su tipología encontramos:

TIPOLOGIA UBICACIÓN CARACTERISTICAS ESPACIOS PÚBLICO Grupo 1 Por la dinámica que se teje dentro de los Centros de encuentro brindan al ciudadano la oportunidad de tener un servicio integral en información asesoría y tramites.

Fácil acceso a la población con cercanía a las troncales de Transmilenio con el fin de lograr el cubrimiento territorial de la población víctima residente en las diferentes localidades Espacios públicos peatonales destinados al desplazamiento, encuentro o permanencia de los ciudadanos, plazoletas, zonas verdes, vías peatonales, estaciones de transporte masivo.

Requiere bici parqueaderos No requiere la presencia de estacionamientos vehiculares P á g i n a 43 | 72 109 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-109 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 4.2.2.2. Alojamiento transitorio en la modalidad albergue y atención a emergencias humanitarias, a las víctimas del conflicto armado en el marco de lo establecido en la ley 1448 de 2011 y demás decretos reglamentarios Ilustración 7: Análisis Funcional - Diagrama funcional Alojamientos - Albergues:

Fuente: Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá CÓDIGO DENOMINACIÓN ALOJAMIENTO TRANSITORIO EN LA MODALIDAD ALBERGUE Y ATENCIÓN A EMERGENCIAS HUMANITARIAS, A LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO EN LA LEY 1448 DE 2011 Y DEMÁS DECRETOS REGLAMENTARIOS.

ÁMBITO APLICABLE Urbano P á g i n a 44 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-110 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 110 CÓDIGO DENOMINACIÓN ALOJAMIENTO TRANSITORIO EN LA MODALIDAD ALBERGUE Y ATENCIÓN A EMERGENCIAS HUMANITARIAS, A LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO EN LA LEY 1448 DE 2011 Y DEMÁS DECRETOS REGLAMENTARIOS.

DESCRIPCIÓN Las víctimas del conflicto armado interno, son aquellas reconocidas por el Registro Único de Victimas RUV, de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas UARIV, y quienes están en proceso de reconocimiento, bajo la declaración ante ministerio público de haber padecido, directa o indirectamente un hecho victimizante, que afecta sus derechos a la luz de la ley 1448 de 2011, las víctimas buscan un mecanismo para ser protegidos, asistidos, atendidos y reparados integralmente. atención inicial de aquellas víctimas de desplazamiento, que arriban a Bogotá, buscando recuperación, atención y reparación integral, verdad y justicia, brindando a cada sistema familiar una atención humanitaria inmediata y con apoyo psicosocial. Servicios que se prestan en el alojamiento transitorio Misional y de soporte Transporte Alojamiento Alimentación kit de aseo Valoración y acompañamiento en salud Protocolos en epidemiologia Valoración y acompañamiento nutricional Valoración y acompañamiento Psicosocial Talleres Reconstrucción de proyectos de vida Capacitaciones para fortalecer generación de ingresos económicos Ludoteca para niños y niñas Georreferenciación SERVICIOS QUE PRESTA OBJETIVO(S) DE CALIDAD ASOCIADO(S)

 La Norma de diseño sismo resistente para Colombia NSR-10 regulariza Disponer de procesos contractuales en donde se soliciten los espacios que contengan las áreas y dependencias necesarias para el desarrollo de las actividades que contribuyen a disminuir la vulnerabilidad socioeconómica de la población víctima del conflicto armado sujetos de beneficio de la medida de ayuda humanitaria de alojamiento temporal en el marco de la Ley 1448 de 2011 NORMAS A TENER EN CUENTA las condiciones estructurales de las construcciones, todas las edificaciones deben garantizar su cumplimiento  Lineamientos arquitectónicos y de accesibilidad al medio físico de puntos de servicio al ciudadano” “Lineamientos arquitectónicos y de accesibilidad al medio físico de puntos de servicio al ciudadano – Veeduría Distrital del 01/12/2016.

P á g i n a 45 | 72 111 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-111 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 CÓDIGO DENOMINACIÓN ALOJAMIENTO TRANSITORIO EN LA MODALIDAD ALBERGUE Y ATENCIÓN A EMERGENCIAS HUMANITARIAS, A LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO EN LA LEY 1448 DE 2011 Y DEMÁS DECRETOS REGLAMENTARIOS.

 NTC 6047: Accesibilidad al medio físico. Espacios de Servicio al Ciudadano en la Administración pública. Requisitos.

PARÁMETROS MÍNIMOS DE CUMPLIMIENTO PROGRAMA ARQUITECTÓNICO - ESTRUCTURA PRINCIPAL DEL PROGRAMA Área Administrativa  Oficina de coordinación: Espacio destinado para la dirección, coordinación o administración de la institución, debe contar con espacio suficiente para instalación de mobiliario de oficina.  Baño administrativo para funcionarios: Una unidad Sanitaria (1 lavamanos + Sanitario) por cada 15 funcionarios Área de Servicios alimentación  Alistamiento de personal: debe contar con espacio para alistamiento del personal operativo de cocina  Servicio de alimentos – Cocina: El área destinada para la cocina es de 0.2 M2 por usuario atendido y un área mínima total de 21 m2. El servicio de alimentos incluye y debe cumplir con las siguientes áreas: Área fría, área caliente, área de alistamiento y área de higienización Además de lo anterior el espacio destinado para cocina deberá cumplir:

Ͳ Se encuentra aislada de las demás áreas de la institución o establecimiento. Ͳ Tiene acceso restringido a las personas participantes o población atendida. Ͳ Distribuida en cuatro (4) áreas básicas señalizadas así: área fría, área caliente, área para pre alistamiento de alimentos crudos y área para la higienización de la vajilla y utensilios. Ͳ El espacio debe garantizar adecuadas condiciones de circulación, evacuación y ubicación de todos los elementos y equipos de cocina que permita la adecuada manipulación de alimentos. Ͳ No se permite uso de combustibles líquidos o de biomasa. Ͳ Lavamanos con grifos de accionamiento no manual dentro de la cocina o próximo a esta y de uso exclusivo. Ͳ Garantiza hermeticidad e impide el ingreso de vectores al espacio. Ͳ Media caña en las uniones piso-muro, muro-muro y muro-techo. Ͳ Cuenta con sifón y rejilla para la evacuación de residuos líquidos en el piso.

P á g i n a 46 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-112 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 112 CÓDIGO DENOMINACIÓN ALOJAMIENTO TRANSITORIO EN LA MODALIDAD ALBERGUE Y ATENCIÓN A EMERGENCIAS HUMANITARIAS, A LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO EN LA LEY 1448 DE 2011 Y DEMÁS DECRETOS REGLAMENTARIOS.

 Despensa: El área destinada para despensa debe ser mínimo de 8.00 M2, deberá contar con ambiente para recepción, almacenamiento de víveres secos, refrigeración para víveres perecederos, despensa diaria (incluye cuartos fríos), con las siguientes características: Ͳ Puede estar integrada con la cocina. Ͳ Se encuentra aislada de las demás áreas de la institución o establecimiento. Ͳ Tiene acceso restringido a las personas participantes o población atendida. Ͳ Media caña en las uniones piso-muro, muro-muro y muro-techo. Ͳ Garantiza hermeticidad e impide el ingreso de vectores al espacio.

 Comedor: El área de comedor cuenta con una superficie mínima de 2 m2 por usuario, por cada turno de servido, el cual se podrá prestar en máximo dos turnos, (incluye las áreas de circulación).

Ͳ Ubicado fuera de la cocina y despensa. Ͳ El espacio debe garantizar adecuadas condiciones de circulación, evacuación, ubicación de las Ͳ personas participantes o población atendida por turno de alimentación y dotación (sillas y mesas). Ͳ garantiza las condiciones higiénico-sanitarias en el espacio y en los elementos utilizados en la distribución y consumo de los alimentos antes y después del momento de la alimentación.

Áreas de trabajo  Espacio para los servicios primarios (Primeros Auxilios): Debe contar con espacio para los servicios primarios, con acceso restringido para las personas mayores, aséptico, demarcado e independiente de los demás espacios de la institución, Este espacio deberá ser cerrado y será destinado exclusivamente para prestar los primeros auxilios o atención primaria, su área mínima por normatividad es de 10 M2. y lado menor de 2.3 m Igualmente debe contar con Área de consulta y/o valoración, con iluminación y ventilación natural e iluminación eléctrica suficiente.  Área de trabajo psicosocial: Espacio de uso exclusivo, demarcado e independiente de los demás espacios en el que se garantice la privacidad en la atención de la población. Este espacio debe ser de 14 m2. (1.4 m2/persona).  Área Social: El área social es un espacio de reunión, donde se realizan actividades comunes de convivencia: estar, conversar, leer, ver televisión y descansar.

P á g i n a 47 | 72 113 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-113 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 CÓDIGO DENOMINACIÓN ALOJAMIENTO TRANSITORIO EN LA MODALIDAD ALBERGUE Y ATENCIÓN A EMERGENCIAS HUMANITARIAS, A LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO EN LA LEY 1448 DE 2011 Y DEMÁS DECRETOS REGLAMENTARIOS.

Los diseños giran alrededor de grupos de muebles y distancias recomendadas para mantener una conversación en tono normal e introducción de mobiliario pertinente, se estima un área por persona de 1.20 m2 Área total: 1,2 m2 x 30 personas= 36 m2, para el albergue principal 1,2 m2 x 15 personas =18 m2 para el satélite Esta área deberá contar con la capacidad de acoger a mínimo 30 personas en el alojamiento principal y 15 en el alojamiento satélite, con un espacio que permita la realización de actividades lúdicas.

Áreas de descanso  Habitaciones: Teniendo en cuenta el derechos al disfrute de las personas que concurren a los Albergues, especialmente en lo que se refiere al "disfrute del descanso en condiciones óptimas que garanticen la protección y dignidad, se establecen las siguientes dimensiones mínimas para los dormitorios, para la determinación de los valores dimensionales de las habitaciones, se tuvieron en cuenta las variaciones normales de la cama simple y doble, garantizando circulación y espacios antropométricamente adecuados para el área de descanso de dormitorio 9,0 m2 en cuarto individual, 6m2 por cama para cuartos de dos camas, 5,00 m2 por cama para cuartos de más de dos camas, 5,8 m2 por camarote (altura libre >= a 2,40 m), los camarotes son un sistema tradicional de ahorrar espacio, sobre todo donde el número o/y el tamaño de los dormitorios es reducido. Sin embargo, para el uso de camarotes se debe tener en cuenta la holgura vertical necesaria para acoger a un adulto. Desde el punto de vista antropométrico la dimensión corporal más importante es la altura en posición sedente. El 95% de las personas de 18 a 79 años de edad tienen una altura sentados de 95 cm o inferior. La holgura tolerada entre la cara superior del colchón y el obstáculo elevado más cercano es de 100 cm. Teóricamente, para un grueso total de la litera superior de 12cm y una altura de la inferior respecto al suelo de 42 cm, la habitación deberá tener mínimo 2,57 m de altura para acomodar un adulto en la cama superior y 2,40 m de altura para acomodar un niño en la cama superior Áreas de Servicios aseo:

 Baterías Sanitarias: Estos espacios deben contar con los servicios de ducha, lavamanos y sanitario en áreas independientes, Estos elementos deben permanecer debidamente habilitados (un (1) equipo sanitario por cada diez (10) participantes)  Baño para personas en condición de movilidad reducida: El Alojamiento deberá contar con baño para personas en condición de P á g i n a 48 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-114 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 114 CÓDIGO DENOMINACIÓN ALOJAMIENTO TRANSITORIO EN LA MODALIDAD ALBERGUE Y ATENCIÓN A EMERGENCIAS HUMANITARIAS, A LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO EN LA LEY 1448 DE 2011 Y DEMÁS DECRETOS REGLAMENTARIOS. discapacidad según lo normado en la NTC 6047, brindando las condiciones para que el participante pueda disfrutar del servicio.  Espacios para Almacenamiento de Elementos de Aseo y Lavado: El Inmueble debe tener un espacio o mueble para almacenamiento de productos químicos y elementos de aseo institucional, independiente y alejado del servicio de alimentos. Este espacio debe contar con paso restringido para participantes. El inmueble debe tener un espacio destinado para la higienización de elementos de aseo, alejado de los espacios del servicio de alimentos. El área debe contar con percheros y semaforización de los elementos de aseo como escobas, traperos, recogedores y guantes (código de colores), donde especifique el área donde se utiliza cada elemento.  Lavandería: El área de lavandería tiene como objetivo proveer el lavado e higienización de la ropa de los usuarios del albergue, Se debe contar con un espacio funcional permitiendo la óptima instalación del mobiliario respectivo (lavadoras y/o lavaderos manuales) estantería o espacio para productos de limpieza y estantería o espacio de disposición temporal de la ropa Zona de lavado: min 3.6m2 Zona de disposición de productos de limpieza: min 0,3 m2 Zona de disposición temporal de ropa: min 1,5 m2 Zona de acceso: min 2.6 m2 Zona de secado: min 4m2 Área total mínima requerida: 12 m2 Otras áreas:

 Área de almacenamiento de materiales: Un espacio o mueble para el almacenamiento de materiales administrativos, didácticos y material de dotación, con control de acceso y condiciones ambientales que permita la conservación, clasificación, organización y acceso. Espacios para la Disposición de Basuras: El espacio o unidad para el almacenamiento de residuos sólidos, de fácil limpieza y desinfección, aislada del sitio de preparación y almacenamiento de alimentos. Área suficiente para el almacenamiento de los residuos de acuerdo a la separación en la fuente Acuarto basura = Ar+ Anc + Am + Ag + Aa = 3,35m2 Ar= área residuos reciclables. 1,89m2 Anc = área residuos no compostables. 0,80m2 Am= área de maniobras de acuerdo al tipo de caneca a emplear. Ag= área de gabinete. 0,30m2 Aa= área de suministro de agua. 0,36m2. El alojamiento debe adoptar el modelo estándar del Plan de Gestión Integral de Residuos hospitalarios que tiene como objetivo adoptar en la P á g i n a 49 | 72 115 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-115 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 CÓDIGO DENOMINACIÓN ALOJAMIENTO TRANSITORIO EN LA MODALIDAD ALBERGUE Y ATENCIÓN A EMERGENCIAS HUMANITARIAS, A LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO EN LA LEY 1448 DE 2011 Y DEMÁS DECRETOS REGLAMENTARIOS.

 Los mencionados NTC 6047: Accesibilidad al medio físico. Espacios de prestación de los servicios sociales, las medidas y lineamientos necesarios para el manejo integral de los residuos hospitalarios y similares generados en el desarrollo de las actividades del Alojamiento. Adicionalmente esta deberá cumplir con las siguientes actividades: a) El Alojamiento deberá tener contenedores de corto punzantes; b) Los guardianes deben estar libres de metales pesados y cloro y su capacidad no debe exceder los 2 litros. Una vez cumplan el periodo de tres meses se deben disponer en bolsa roja; c) Todos los elementos, sustancias y residuos hospitalarios y similares, deben entregarse a gestores autorizados por las autoridades ambientales, con previa verificación del cumplimiento de la normatividad vigente. ESTÁNDARES OBLIGATORIOS Servicio al Ciudadano en la Administración pública. Requisitos o sus actualizaciones.  Los acabados de zonas de servicios son en baldosa o epóxicos y se encuentran en buen estado, sin fracturas ni vencimientos, debidamente emboquillados y son antideslizantes (Ley 9 de 1979 Articulo 193 y RESOLUCIÓN 2674 DE 2013)  Los acabados de cielo raso en zonas de servicios cuentan con un acabado que permita la fácil limpieza y desinfección. (Ley 9 de 1979 Articulo 195, RESOLUCIÓN 2674 DE 2013)  En cocinas y despensas Las ventanas y otras aberturas deben garantizar hermeticidad para evitar contaminación de los alimentos e ingreso de vectores y plagas. (RESOLUCIÓN 2674 DE 2013 - Artículo 7°)  En zonas de servicios, el espacio cuenta con ventilación natural o artificial asegurando el flujo de aire hacia el exterior del inmueble (Ley 9 de 1979- Articulo 196 y 197, Resolución 2674 DE 2013 - Artículo 7°).

ESTÁNDARES ORIENTATIVOS  Temperatura y humedad.  Amortiguación y manejo del ruido.  Relación visual satisfactoria con el exterior, índices de iluminación adecuados.  Reducción y control de fuentes de olores desagradables.  Ventilación en todos los espacios EXCEPCIONES O CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES DE MANEJO Para edificaciones antiguas, si su estructura no permite la eliminación de barreras arquitectónicas en pisos superiores, se debe garantizar la atención a personas en condición de discapacidad o adultos mayores en primer piso, con todo el cumplimiento de la NTC 6047 REFERENCIAS Casa Volver Solferino (alojamiento transitorio) – Cruz Roja Colombiana Tabla 14: Ficha Descriptiva del Equipamiento Estándar Fuente: Dirección Administrativa Financiera P á g i n a 50 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-116 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 116

5. APLICABILIDAD DE LOS ESTANDARES DE CALIDAD ESPACIAL (ECE)

Para la aplicabilidad de los Estándares de Calidad (ECE), se tendrán en cuanta las normas técnicas y sectoriales aplicables al funcionamiento del servicio, en ese sentido se realizará la implementación de los Estándares de Calidad dependiendo la fecha de construcción del equipamiento.

Para proyectos de edificaciones nuevas destinadas a la prestación de servicios de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, que a la fecha de la suscripción de la presente Resolución se encuentren en etapa de diseño, se deberá dar total cumplimiento de los Estándares de Calidad (ECE).

Para proyectos de edificaciones nuevas destinadas a la prestación de servicios de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá que a la fecha de la suscripción de la presente Resolución se encuentren en construcción, se deberán realizar los ajustes necesarios para el cumplimiento de los Estándares de Calidad (ECE).

Para edificaciones construidas, que a la fecha de la suscripción de la presente Resolución se encuentren prestando los servicios de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, se deberán realizar los diagnósticos necesarios, con el fin de valorar su intervención, la Entidad se reservará el derecho de continuar o no prestando el servicio en esta edificación, en todo caso, teniendo presente siempre la seguridad y confort de los funcionarios y participantes.

Para edificaciones construidas, catalogadas como Bienes de Interés Cultural, se deberán tener en cuenta, las autorizaciones dadas por las instituciones competentes.

P á g i n a 51 | 72 117 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-117 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 CONTROL DE REVISIÓN Se recomienda realizar una revisión y actualización periódica de este documento, al menos una vez al año, para detectar los cambios de tipo normativo o al interior de las organizaciones que requiera la modificación de estos estándares, sin perjuicio a realizar actualizaciones de manera extraordinaria de ser necesario.

De igual forma, se debe realizar una revisión en los siguientes casos:

1. Cuando existan cambios en la estructura orgánica de la SGAMB que incidan en el desarrollo de equipamientos nuevos o adecuación de los existentes.
2. Cuando se generen nuevas tipologías de equipamientos.
3. Cuando se expidan normas que impacten el desarrollo de equipamientos del sector.

NOMBRE CARGO FECHA 23/10/2023 ELABORÓ Liliana Andrea Aparício Contratista – Coordinadora Infraestructura Director Técnico 23/10/2023 REVISÓ Marcela Manrique Castro Dirección Administrativa y Financiera Director Técnico 23/10/2023 APROBÓ Marcela Manrique Dirección Administrativa y Castro Financiera CONTROL DE CAMBIOS ASPECTOS QUE CAMBIARON EN DETALLE DE LOS CAMBIOS FECHA DEL VERSIÓN EL DOCUMENTO EFECTUADOS CAMBIO Creación del Documento Se crea el documento de acuerdo con la Resolución 180 de 2023 21/04/2023 01 Actualización del Documento Se actualiza el documento. 23/10/2023 02 P á g i n a 52 | 72 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-118 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS – UAESP – SUBDIRECCIÓN DE APROVECHAMIENTO RESOLUCIÓN Nº 000929 (16 de noviembre de 2023)

“Por la cual se actualiza el Registro Único de Recicladores de Oficio –RURO-”

119 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-119 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-120 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 120 121 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-121 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-122 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 122 123 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-123 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-124 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 124 125 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-125 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-126 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 126 DECRETOS LOCALES DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE SANTA FE DECRETO LOCAL Nº 020 (27 de noviembre de 2023)

“POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE LA MEDALLA MÉRITO SANTAFERE ÑO EN EL GRADO DE “MUISCA -DORADA” A UN PERSONAL DE LA POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA”.

127 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-127 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-128 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 128 129 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-129 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 DECRETO LOCAL Nº 021 (27 de noviembre de 2023)

“POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE LA MEDALLA MÉRITO SANTAFEREÑO EN EL GRADO DE “MUISCA - DORADA” A LOS MIEMBROS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SANTA FE”

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-130 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 130 131 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-131 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-132 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 132 ALCALDÍA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS DECRETO LOCAL Nº 11 (22 de noviembre de 2023)

“Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos para la vigencia fiscal 2023”

EL ALCALDE LOCAL DE BARRIOS UNIDOS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Decreto 192 de 2021 y el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con la información suministrada para el rubro O21202020070373123 Servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo de oficina sin operario (excepto computadoras) se tiene una apropiación disponible para la vigencia 2023 de $58.315.000 y se tiene un saldo de apropiación disponible de $9.961.775, el cual se puede disponer en otro rubro con necesidades mayores.

Que en el rubro presupuestal O21202020080484110 Servicios de operadores (conexión), se tiene un saldo de apropiación disponible de $5.555.112, el cual se puede disponer en otro rubro con necesidades mayores.

Que la proyección de recursos necesarios para garantizar el servicio de aseo y cafetería no es suficiente. Una vez realizado el proceso contractual para satisfacer las necesidades de servicios por este rubro, se tiene un saldo de apropiación disponible de $ 33.759.905. Sin embargo, para poder garantizar la prestación del servicio hasta febrero de 2024 se requiere adicionar el contrato vigente por valor de $49.276.792 Que el artículo 9 del Decreto 777 de 2019, parágrafo estipula:

“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

2310460-FT-078 Versión 01 133 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-133 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 Continuación del Decreto N° 11 DE 2023 Pág. 6 de 7 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos para la vigencia fiscal 2023”.

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúese el siguiente contra crédito al Presupuesto anual de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos de la vigencia fiscal 2023, de conformidad con el siguiente detalle:

CODIGO RUBRO CONTRACREDITO O2 Gastos $ 15.516.887 O21 Funcionamiento $ 15.516.887 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 15.516.887 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $ 15.516.887 O2120202 Adquisición de servicios $ 15.516.887 $ 9.961.775 O2120202007 Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing O212020200703 Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario $ 9.961.775 $ 9.961.775 O21202020070373123 Servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo de oficina sin operario (excepto computadoras)

$ 5.555.112 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $ 5.555.112 O212020200804 Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información O21202020080484110 Servicios de operadores (conexión) $ 5.555.112 TOTAL CONTRACREDITO $ 15.516.887

Artículo segundo.

Efectúese el siguiente crédito al presupuesto anual de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos de la vigencia fiscal 2023, de conformidad con el siguiente detalle:

2310460-FT-078 Versión 01 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-134 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 134 Continuación del Decreto N° 11 DE 2023 Pág. 6 de 7 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos para la vigencia fiscal 2023”.

CODIGO RUBRO CREDITO O2 Gastos $ 15.516.887 O21 Funcionamiento $ 15.516.887 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 15.516.887 O21202 Adquisiciones diferentes de activos $ 15.516.887 O2120202 Adquisición de servicios $ 15.516.887 $ 15.516.887 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción O212020200805 Servicios de soporte $ 15.516.887 O21202020080585330 Servicios de limpieza general $ 15.516.887 TOTAL CREDITO $ 15.516.887

Artículo tercero.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Se expide en Bogotá D.C, en la Localidad 12 de Barrios Unidos a los veintidós (22) días del mes de noviembre de dos mil veintitrés (2023).

ANTONIO CARRILLO ROSAS Alcalde Local de Barrios Unidos Proyecto Dickson E. Ramírez López – Profesional responsable de presupuesto Revisó: Yineth Zapata – Profesional contratista Planeación.

Patricia Cuestas - Abogada FDLBU Román Albornoz Barreto- Profesional especializado ÁGDL – ALBU 2310460-FT-078 Versión 01 135 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-135 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES DECRETO LOCAL Nº 14 (22 de noviembre de 2023)

“Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia 2023”

REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-136 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 136 137 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-137 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-138 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 138 139 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-139 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-140 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 140 141 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-141 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-142 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 142 ALCALDÍA LOCAL DE USME DECRETO LOCAL Nº 15 (28 de noviembre de 2023)

“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA TRASLADO PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USME PARA LA VIGENCIA FISCAL 2023”

EL ALCALDE LOCAL DE USME (E)

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 324 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, y específicamente entre rubros presupuestales de Gastos de inversión los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Dirección Distrital de presupuesto de Secretaria Distrital de Hacienda. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Planeación.

Que en la Resolución No. SDH – 191 del 22 de septiembre de 2017, por medio del cual se adopta y consolida el manual de programación, ejecución y cierre presupuestal del Distrito Capital se indica el procedimiento para efectuar el traslado en mención.

Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: “es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda
- Dirección Distrital de Presupuesto”.

Que de acuerdo al parágrafo único del artículo 10° del Decreto No. 192 del 02 de junio de 2021, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. se modificó el procedimiento para los traslados presupuestales de las entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando el concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados al interior de cada uno de los rubros que componen, siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación al quinto nivel establecida en el Catálogo de Clasificación Presupuestal del Distrito.

Que, analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia 2023 se hace necesario fortalecer la apropiación en otros rubros, para garantizar por parte del Fondo de Desarrollo Local de Usme el cabal cumplimiento según las competencias contempladas en el plan de ejecución. Se solicita se realice el trámite pertinente a fin de realizar los movimientos presupuestales allí registrados.

Que el traslado presupuestal requerido y que se consigna en el presente Acto Administrativo, no aumenta la cuantía de las apropiaciones autorizadas inicialmente en el presupuesto por concepto de Funcionamiento, tan solo efectuar un traslado al interior del mismo, por cuanto se han identificado que los rubros relacionados se priorizan basados GDI-GPD-F054 Versión: 05 Vigencia: 02 de mayo de 2022 Caso Hola No. 242329 Alcaldía Local de Usme Carrera 14 A No. 137 B Sur - 32 Plazoleta Fundacional de Usme (Usme Centro) Código Postal: 110541 Tel. 7693100 Ext. 306 Información Línea 195 www.usme.gov.co 143 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-143 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 Continuación del Decreto No. 015 del 28 de noviembre de 2023 Pág. 2 de 3 con precisión de incremento en la demanda de recursos y a partir de allí se evidenció la necesidad de reubicar el recurso disponible, con el fin de mejorar la operación y la parte técnica integrada en el rubo de funcionamiento durante toda la vigencia, lo que incluye velar por el adecuado funcionamiento, protección y custodia, de los bienes muebles e inmuebles a cargo del Fondo de Desarrollo Local de Usme, particularmente de los dos (2) ascensores marca que prestan servicio en los tres niveles (pisos) tanto en el sector sur como norte de la Alcaldía, los cuales facilitan el acceso tanto de funcionarios como visitantes y en especial para personas con movilidad reducida a la diferentes oficinas de la entidad.

En este sentido y teniendo presentes las necesidades de la Entidad y su orden de prioridad, la oficina de Planeación de la Alcaldía Local realizó un análisis exhaustivo y minucioso de los recursos necesarios para garantizar el normal funcionamiento de las sedes a su cargo, encontrando que se le puede dar el debido uso a los recursos provenientes de los rubros O2120202005040654699 “Otros servicios de instalación n.c.p.” y O21202020080383990 “Otros servicios profesionales, técnicos y empresariales n.c.p..”, los cuales cuentan con presupuesto disponible para la ejecución de las acciones pertinentes y asociadas al mantenimiento y correcto funcionamiento de los ascensores de la entidad.

Que en concordancia con lo expuesto y a fin de utilizar adecuadamente el recurso disponible, se requiere la creación del rubro de funcionamiento No. O2120202008078715701 Servicio de mantenimiento y reparación de ascensores, para adelantar las gestiones necesarias para la contratación de los servicios de mantenimiento preventivo y/o correctivo, incluido el suministro de repuestos, y certificación de los dos (2) ascensores de la entidad, procurando el cumplimiento de las normas vigentes y que en materia aplican, la Ficha de contratación No.
21. Mantenimiento de ascensores y la NTC 5926-1. En un plazo de Doce (12) meses Que, en mérito de lo expuesto, El Alcalde Local de Usme (E),

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúese el siguiente contra crédito en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de USME para la Vigencia Fiscal de 2023, por valor de CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES DE PESOS M/CTE ($137.000.000), de conformidad con el siguiente detalle:

COMPOSICIÓN DEL CONTRACRÉDITO CODIGO RUBRO CONTRACREDITO O2 Gastos $ 137.000.000 O21 Funcionamiento $ 137.000.000 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 137.000.000 O2120202 Adquisición de servicios $ 137.000.000 O2120202005 Servicios de la construcción $ 47.058.689 O212020200504 Servicios de construcción $ 47.058.689 O21202020050406 Servicios de instalaciones O2120202005040654699 Otros servicios de instalación n.c.p. $ 47.058.689 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $ 89.941.311 GDI-GPD-F054 Versión: 05 Vigencia: 02 de mayo de 2022 Caso Hola No. 242329 Alcaldía Local de Usme Carrera 14 A No. 137 B Sur - 32 Plazoleta Fundacional de Usme (Usme Centro) Código Postal: 110541 Tel. 7693100 Ext. 306 Información Línea 195 www.usme.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-144 • 2023 • NOVIEMBRE • 29 144 Continuación del Decreto No. 015 del 28 de noviembre de 2023 Pág. 3 de 3 O212020200803 Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investigación, urbanismo, jurídicos y de contabilidad) $ 89.941.311 O21202020080383990 Otros servicios profesionales, técnicos y empresariales n.c.p. $ 89.941.311 $ 137.000.000

Artículo segundo.

Efectúese el siguiente crédito en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la Vigencia Fiscal de 2023, por valor de CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES DE PESOS, M/CTE ($137.000.000) de conformidad con el siguiente detalle:

COMPOSICIÓN DEL CRÉDITO:

CODIGO RUBRO CREDITO O2 Gastos $ 137.000.000 O21 Funcionamiento $ 137.000.000 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 137.000.000 O2120202 Adquisición de servicios $ 137.000.000 O212020200807 Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción) $ 137.000.000 O2120202008078715701 Servicio de mantenimiento y reparación de ascensores $ 137.000.000 $ 137.000.000

Artículo tercero.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de Noviembre de 2023.

DORIAN DE JESUS COQUIES MAESTRE Mag..

Alcalde Local de Usme (E)

Proyectó: Luz Angela Pinto Posada - Profesional de apoyo a Planeación -AGDL Revisó: María Angélica Gamboa – Coordinadora Equipo de Planeación – AGDL Naira Carolina Parra – Profesional de Apoyo a Presupuesto - AGDL Aprobó: Claudia Patricia Forero – Coordinadora de Presupuesto -AGDL Jack Cristopher Reina - Asesor de Despacho – AGDL GDI-GPD-F054 Versión: 05 Vigencia: 02 de mayo de 2022 Caso Hola No. 242329 Alcaldía Local de Usme Carrera 14 A No. 137 B Sur - 32 Plazoleta Fundacional de Usme (Usme Centro) Código Postal: 110541 Tel. 7693100 Ext. 306 Información Línea 195 www.usme.gov.co 145 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7869 • PP. 1-145 • 2023 • NOVIEMBRE • 29

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