Registro Distrital 7848 de 2023
Registro Distrital 7848 de 2023 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 7848
- Año
- 2023
- Fecha
- 1 de noviembre de 2023
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • No. 7848- Pp 1 - 130 - 2023 • NOVIEMBRE • 1 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central DECRETOS DE 2023 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. DECRETO Nº 506 “Por medio del cual se reglamenta el Decreto Distrital 555 de 2021 en lo relacio nado con la compensación en dinero por concepto de espacio público y equi pamientos en las solicitudes de reconocimiento de edificaciones y licencias de construcción en la modalidad de ampliación, así como el pago compensatorio en dinero por la regularización de la ocupación de antejardines y se dictan otras disposiciones.”.................................................................................................. 4 DECRETO Nº 507 “ Por el cual se adopta el modelo y los lineamientos para la gestión integral de los Residuos de Construcción y Demolición – RCD- en Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones”........................................................................................ 26 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 643 “Por la cual se conforma la Comisión de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para el período 2023-2025”.................... 79 RESOLUCIONES DE 2023 SECRETARÍA DE GOBIERNO - GESTIÓN POLICIVA RESOLUCIÓN Nº 166 “Por la cual se conforma la Lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espec táculos públicos en el territorio de Bogotá, D.C, para el periodo 2024-2026”.85 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 784 “Por medio de la cual se adopta para la Secretaría Distrital de Cultura, Recrea ción y Deporte, la segunda versión del Manual de Políticas Contables de la En tidad Contable Pública Bogotá D.C., acorde con la Resolución No.SDH-000537 de 2022 expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda y de dictan otras dis posiciones”...................................................................................................... 97 Sector Descentralizado EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ-ESP RESOLUCIÓN Nº 0892 POR MEDIO DE LA CUAL SE ADICIONA LA RESOLUCIÓN 373 DEL 26 DE ABRIL DE 2022............................................................................................. 119 CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS RESOLUCIÓN Nº 14 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2023 de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servi cios de Salud – SISS E.S.E por $152.768.779.756”.................................... 122 Sector Local DECRETO LOCAL DE 2023 DECRETO LOCAL Nº 017 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023”...................................................................................... 126 NÚMERO 7848 1 • NOVIEMBRE • 2023 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández DECRETOS DE 2023 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
DECRETO Nº 506 (31 de octubre de 2023)
“Por medio del cual se reglamenta el Decreto Distrital 555 de 2021 en lo relacionado con la compensación en dinero por concepto de espacio público y equipamientos en las solicitudes de reconocimiento de edificaciones y licencias de construcción en la modalidad de ampliación, así como el pago compensatorio en dinero por la regularización de la ocupación de antejardines y se dictan otras disposiciones.”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-4 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 4 5 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-5 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-6 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 6 7 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-7 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-8 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 8 9 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-9 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-10 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 10 11 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-11 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-12 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 12 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-13 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-14 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 14 15 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-15 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-16 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 16 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-17 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-18 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 18 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-19 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-20 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 20 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-21 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-22 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 22 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-23 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-24 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 24 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-25 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 DECRETO Nº 507 (31 de octubre de 2023)
“ Por el cual se adopta el modelo y los lineamientos para la gestión integral de los Residuos de Construcción y Demolición – RCD- en Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-26 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 26 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-27 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-28 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 28 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-29 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-30 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 30 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-31 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-32 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 32 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-33 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-34 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 34 35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-35 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-36 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 36 37 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-37 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-38 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 38 39 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-39 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-40 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 40 41 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-41 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-42 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 42 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-43 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-44 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 44 45 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-45 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-46 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 46 47 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-47 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-48 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 48 49 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-49 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-50 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 50 51 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-51 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-52 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 52 53 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-53 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-54 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 54 55 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-55 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-56 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 56 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-57 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-58 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 58 59 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-59 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-60 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 60 61 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-61 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-62 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 62 63 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-63 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-64 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 64 65 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-65 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-66 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 66 67 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-67 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-68 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 68 69 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-69 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-70 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 70 71 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-71 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-72 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 72 73 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-73 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-74 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 74 75 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-75 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-76 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 76 77 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-77 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-78 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 78 RESOLUCIONES DE 2023 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 643 (27 de octubre de 2023)
“Por la cual se conforma la Comisión de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para el período 2023-2025”
79 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-79 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-80 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 80 81 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-81 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-82 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 82 83 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-83 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-84 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 84 SECRETARÍA DE GOBIERNO - GESTIÓN POLICIVA RESOLUCIÓN Nº 166 (30 de octubre de 2023)
“Por la cual se conforma la Lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espectáculos públicos en el territorio de Bogotá, D.C, para el periodo 2024-2026”
LA DIRECTORA PARA LA GESTIÓN POLICIVA En uso de las facultades delegadas por el Secretario Distrital de Gobierno en la Resolución No. 0677 del 19 de julio de 2017 y 0993 del 30 de septiembre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1801 de 2016, en sus artículos 48, 61 y 71 establece que las autoridades municipales o distritales competentes reglamentarán la condiciones y requisitos para la realización de las actividades que involucren aglomeraciones de público, así mismo, la supervisión e inspección de las que requieran permiso, con el fin de verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas y su correcto desarrollo.
Que el Acuerdo Distrital 079 de 2003, en sus artículos 128 y 133, y el Decreto Distrital No. 455 de 2006 en su artículo 1, señalan que, para la supervisión de los sorteos que realicen las loterías, los chances, los juegos promocionales, los consorcios comerciales, así como el desarrollo de concursos y espectáculos públicos, el Secretario Distrital de Gobierno, designará como delegados a los servidores de esa entidad que considere pertinente.
Que con el Decreto Distrital 455 del 10 de noviembre de 2006, se definieron las reglas de la designación de delegados para la supervisión de sorteos y concurso que se realicen en Bogotá, D.C, señalando en el artículo 1 que el Secretario de Gobierno, en cumplimiento de la función de supervisión de sorteos y concursos, así como de espectáculos públicos, que se realicen en el Distrito Capital, dispuestas en los artículos 128 y 133 del Acuerdo 79 de 2003, designará como delegados a los servidores de esa entidad que considere pertinente.
Que con el Decreto Distrital 411 de 2016 se fijó dentro de las funciones del Despacho del Secretario de Gobierno dirigir el seguimiento al trámite de permisos para las rifas, juegos y espectáculos públicos dentro del territorio del Distrito, de conformidad con las normas pertinentes.
Que a su vez en el Decreto Distrital 411 de 2016, se asignó a la Dirección para la Gestión Policiva en el literal i) del artículo 14, la función de dar respuesta para la realización de juegos de habilidad y destreza y juegos localizados de suerte y azar que se pretendan adelantar en Bogotá, D.C.
Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co 85 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-85 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 Continuación Resolución Número___________________Página 2 de 12 “Por la cual se conforma la Lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espectáculos públicos en el territorio de Bogotá, D.C, para el periodo 2024-2026”
Que, a su vez, en ejercicio de las funciones delegadas por el Secretario Distrital de Gobierno mediante la Resolución No. 0677 del 19 de julio de 2017, el Director para la Gestión Policiva cuenta con la facultad de expedir actos administrativos relacionados con los asuntos de delegados para la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos, que se realicen en la ciudad de Bogotá.
Que el 30 de septiembre de 2020, mediante la resolución 0993 de 2020 el Secretario Distrital de Gobierno consideró procedente, conveniente y útil, en aplicación de los principios de eficacia y eficiencia de la gestión administrativa y por corresponder a funciones complementarias a las ya delegadas en el Director de Gestión Policiva relacionadas con solicitudes para la realización de juegos de habilidad y destreza y juegos localizados de suerte y azar que se pretendan realizar en Bogotá, D.C, ampliar la delegación asignada en la mencionada Resolución, para incluir la de expedir, modificar o derogar cuando sea necesario, el Reglamento Interno de los Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno el Director para la Gestión Policiva cuenta con la facultad de expedir actos administrativos relacionados con los asuntos de delegados para la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos, que se realicen en la ciudad de Bogotá.
Que el 01 de agosto de 2023, esta Dirección para la Gestión Policiva expidió la Resolución No. 120 “Por la cual se modifica el Reglamento Interno de los delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos adoptado con la Resolución 127, 129 y 142 de 2020”.
Que el artículo 11 de la Resolución No. 120 del 01 de agosto de 2023 estableció el procedimiento para la conformación de la Lista de Delegados para la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos.
Que, por lo anterior, la Dirección para la Gestión Policiva llevó a cabo el procedimiento del artículo 11 de la Resolución No. 120 del 01 de agosto de 2023, informando y realizando lo pertinente, con el acompañamiento de las áreas funcionales que se coordinaron para su ejecución, empleando las herramientas tecnológicas necesarias y acorde con el cronograma de radicado Orfeo número 20232210273833 del mismo 01 de agosto de 2023.
Que la prueba de selección se realizó el 26 de septiembre de 2023 a través de la plataforma Moodle que se habilitó con antelación.
Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-86 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 86 Continuación Resolución Número___________________Página 3 de 12 “Por la cual se conforma la Lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espectáculos públicos en el territorio de Bogotá, D.C, para el periodo 2024-2026”
Que el 27 de septiembre de 2023 se publicaron los resultados de la prueba, a través de la intranet y el aplicativo de gestión institucional Orfeo en el memorando 20232210342183 del 26 de septiembre de 2023, acorde con la información que arrojó la plataforma Moodle a cada servidor (a) que la presentó y en todo caso señalándoles el derecho a presentar las reclamaciones que consideraran procedentes sobre el resultado de la prueba, a través del formato publicado en la intranet al correo electrónico: proceso.delegados@gobiernobogota.gov.co, desde el 28 de septiembre al 04 de octubre de 2023.
Que el 20 de octubre de 2023, la Dirección para la Gestión Policiva, a través de la Intranet y aplicativo de Gestión Documental Orfeo de número 20232210362903 del 12 de octubre de 2023, publicó las respuestas a las reclamaciones realizadas por los (as) servidores (as) frente al resultado de la prueba, obteniendo el listado definitivo de los servidores que superaron la calificación mínima establecida en el concurso adelantado.
Que de conformidad con lo establecido en la Resolución 120 de 2023, una vez resueltas las reclamaciones se conforma la Lista de Delegados para la Supervisión con aquellos funcionarios (as) que superaron la prueba, lo cual se hará a través del presente acto administrativo, no susceptible de recursos.
Que, con fundamento en lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1.
Conformar la Lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espectáculos púbicos en el territorio de Bogotá, D.C, con los funcionarios que se enuncian a continuación, quienes, habiendo culminado el proceso de selección, cumplieron con todos los requisitos establecidos en la resolución No. 120 del 01 de agosto de 2023, así:
No. CÉDULA FUNCIONARIO-FUNCIONARIA 1 35513829 Acevedo Dávila Luz Stella 2 80259844 Aguirre Pérez Carlos Alberto 3 79366225 Alarcón González Campo Ariel Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co 87 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-87 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 Continuación Resolución Número___________________Página 4 de 12 “Por la cual se conforma la Lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espectáculos públicos en el territorio de Bogotá, D.C, para el periodo 2024-2026”
No. CÉDULA FUNCIONARIO-FUNCIONARIA 4 79949886 Alayón García Fredy Giovanny 5 1032367873 Alfonso Castillo Manuel Alejandro 6 80102268 Alonso Nemocón Oscar Geovanny 7 52772364 Álvarez Mantilla Alexandra Johenn 8 1030571881 Álvarez Navarro Erika Yamile 9 1038112871 Areiza Pereira Karen Viviana 10 41920360 Arias Aguirre Olga Milena 11 1053773427 Arias Flórez Carlos Felipe 12 53068573 Ariza Prieto Andrea Del Pilar 13 1013620902 Ariza Torres Maira Alexandra 14 1030627497 Ascencio Soto Carlos Arturo 15 1018427687 Baracaldo Cárdenas Nidia Paola 16 79703828 Barrera Romero Julio Cesar 17 39582223 Barreto Mancera Cielo 18 51968372 Barreto Naranjo Norma Constanza 19 79452234 Bello Jiménez Héctor Wilson 20 1032401149 Beltrán Villamil Lina Esmeralda 21 51697798 Bernal Bautista Doris Yolanda 22 53931341 Bernal Pérez Dora Edilma 23 1018486310 Buitrago Zuluaga Daniel Esneider 24 52882544 Bulla Luna Johanna Andrea 25 52887023 Caballero Arenas Elvi Johanna 26 51981135 Caicedo Barrantes Esther 27 1023956376 Calderón Grisales Nicolás 28 79880690 Cañón Pérez Francisco Antonio Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-88 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 88 Continuación Resolución Número___________________Página 5 de 12 “Por la cual se conforma la Lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espectáculos públicos en el territorio de Bogotá, D.C, para el periodo 2024-2026”
No. CÉDULA FUCIONARIO-FUNCIONARIA 29 80792896 Cárdenas Mogollón Geovanni Andrés 30 80192339 Carvajal Rincón Edwin Javier 31 1026260365 Castellanos Moreno Andrea Del Pilar 32 7316303 Castellanos Obando Fabián Rolando 33 79633448 Castillo Sánchez Iván Giovanni 34 80200464 Castillo Torres Javier Andrés 35 80206487 Castro Muñoz Miguel Andrés 36 52823519 Castro Tovar Jenny Patricia 37 1014245708 Cepeda Matiz Laura Anyuliet 38 80016325 Céspedes Guerrero Sergio Nivaldo 39 79391366 Contreras Meneses Gabriel Antonio 40 79625666 Correa Forero Carlos Jesús 41 79850571 Corredor Rodríguez Carlos Alberto 42 79432961 Cruz León José Ricardo 43 51889986 Cruz Sánchez Nubia 44 79591139 Cubides Rodríguez Antonio 45 23606417 Daza Martínez Nubia 46 53120914 Díaz Maldonado Paula Andrea 47 1014190418 Echeverria Rueda Ana María 48 1048205036 Ensuncho Cantillo Juan José 49 1053849113 Erazo Córdoba María Fernanda 50 1023922477 Escamilla Mejía Andrea Elizabeth 51 1000697833 Espeleta Salas Natalia 52 1118536078 Espindola Manrique Dora Nelly 53 80496134 Espitia Ruiz Jorge Helí Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co 89 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-89 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 Continuación Resolución Número___________________Página 6 de 12 “Por la cual se conforma la Lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espectáculos públicos en el territorio de Bogotá, D.C, para el periodo 2024-2026”
No. CÉDULA FUCIONARIO-FUNCIONARIA 54 80842765 Estacio Rodríguez Jorge Germán 55 1015456510 Eusse Gutiérrez Angie Elizabeth 56 52160110 Farias Rodríguez Paula Andrea 57 79574152 Fernández Gil Alexander 58 52789037 Ferro Lombana Marcela 59 41676786 Fonseca Parra Luz Marina 60 79640063 Forero Jiménez Hernando 61 52113363 García López Alba Patricia 62 39805693 García Niño María Deisy 63 79503435 Garzón Olarte Jonh Roosevelt 64 1013597324 Garzón Urrego Juan Pablo 65 51701869 Gil González Luz Marina 66 63293377 Gómez Hernández Martha Cecilia 67 79573060 Gómez Moreno Walter Eugenio 68 51855867 Gómez Vargas María Elena 69 52760402 González Guataquira Amanda Milena 70 1106308328 Grimaldo Ramírez Laura María 71 80060899 Guerrero Hernández José Ernesto 72 39706390 Guevara Agudelo Dora Elcy 73 52464503 Guevara Tinjacá Luz Dary 74 51717273 Gutiérrez Herrera Hermencia 75 52499398 Guzmán Martínez Luisa Fernanda 76 1022341291 Hermoso Forero Christian Camilo 77 79938362 Hernández Cruz Luis Ángel 78 1026565159 Herrera Ayala Karen Elizabeth Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-90 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 90 Continuación Resolución Número___________________Página 7 de 12 “Por la cual se conforma la Lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espectáculos públicos en el territorio de Bogotá, D.C, para el periodo 2024-2026”
No. CÉDULA FUCIONARIO-FUNCIONARIA 79 51685779 Herrera Martín Dora Esther 80 53062440 Hospital Esquivel Andrea Del Pilar 81 51654906 Jiménez Chaves Fanny Stella 82 1033683735 Jiménez Garzón William Camilo 83 35378410 Jiménez Ramírez Andrea Johanna 84 1016085450 Ladino Escobar Hellen Daniela 85 52015338 Lara Ramírez Gloria Nelly 86 1049646739 Leitón Tocarruncho Camilo Andrés 87 52314993 Londoño Anzola Patricia 88 1026260706 López Arias María Fernanda 89 1023892981 López Melo Miguel Alejandro 90 10278255 Martínez Calderón Eugenio 91 91270828 Mejía Bayona Juan Carlos 92 53038421 Melo Beltrán Mónica Andrea 93 52960567 Mendoza Rueda Dimelza 94 80127325 Merchán Pinto Deivis Kadir 95 79948797 Mogollón Sáchica Rember Alfredo 96 51628238 Mogollón Zúñiga Myriam 97 1033372426 Molina Andrade Wendy 98 1024482648 Molina Salgado Juan Manuel 99 1116780410 Monroy García José Joaquín 100 45488132 Montaño Becerra Carmen Virginia 101 1031169404 Montoya Arias Julián Steven 102 93203883 Morales Gómez Jaime Jair 103 79703410 Moreno Arbeláez Edward Alberto Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co 91 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-91 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 Continuación Resolución Número___________________Página 8 de 12 “Por la cual se conforma la Lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espectáculos públicos en el territorio de Bogotá, D.C, para el periodo 2024-2026”
No. CÉDULA FUCIONARIO-FUNCIONARIA 104 1014230598 Moreno Buitrago Alfonso 105 1069738862 Moreno Cardona Liopni Esperanza 106 79052934 Moreno Hoyos Benjamín 107 52562427 Moreno Peña Diana 108 35546246 Mosquera Valoyes Wendy Marcela 109 23491510 Murcia Duran Tulia Elisa 110 51912421 Nieves Hernández Ruth Stella 111 52806048 Ñustes Villamil Yenni Dayana 112 39703500 Ochoa León Patricia 113 52935083 Ortiz Zambrano Paola Liyibeth 114 80126559 Ovalle Briceño Hernán David 115 93294083 Parra Contreras Giovanni Arturo 116 52260630 Peña García Gladys Mireya 117 51662381 Peña Muñoz Emérita 118 3242968 Peña Pinzón Norberto 119 1033708870 Peña Ruiz Wilmer Alfredo 120 51870738 Pereira Lizcano Sandra Mary 121 80442998 Pérez Alfonso Efrén 122 79582787 Pérez Novoa Luis Francisco 123 39645973 Piernagorda Buitrago Lilia 124 1019098783 Pinilla Acevedo Juan Sebastián 125 1023022336 Pinillos Hernández Hansel Fernando 126 1010220425 Pinzón Roa Daniel Orlando 127 1030630166 Pirazán Villanueva Eliana Marcela 128 1047403410 Pizarro Yepes Melissa Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-92 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 92 Continuación Resolución Número___________________Página 9 de 12 “Por la cual se conforma la Lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espectáculos públicos en el territorio de Bogotá, D.C, para el periodo 2024-2026”
No. CÉDULA FUNCIONARIO-FUNCIONARIA 129 1019077534 Poveda Quintero Santiago Rafael 130 1032392990 Prada Briceño Jeison Wilfredo 131 51682063 Ramírez Osorio Adriana Lucia 132 1072656274 Ramírez Romero Francisco Javier 133 1012327456 Ramos Navarrete Maryury 134 79692741 Rángel Martínez Jairo Antonio 135 1032476989 Reina Tovar Sebastián Camilo 136 41719592 Rivera Montaño Alcira 137 80055327 Rodríguez Acosta Josué Dario 138 79799619 Rodríguez Agatón Fredy Octavio 139 19489630 Rodríguez Cuenca Pedro Francisco 140 51832139 Rodríguez Guio Doris Victoria 141 60343971 Rodríguez Márquez Maribel Patricia 142 52919372 Rodríguez Orduz Nathali 143 1016039337 Rodríguez Prieto Lorena Elizabeth 144 52098517 Rodríguez Torres Yohana Amparo 145 1073516700 Rodríguez Vega Luisa Fernanda 146 1018466214 Rojas Alfonso Ana María 147 51595740 Rojas Argelia 148 1070965520 Rojas Cañón Luisa Fernanda 149 53167211 Rojas Medina Marly Rocío 150 1094909765 Rojas Vallejo Julieth Natalia 151 51649736 Romero Alape Vilma 152 1012319233 Ruiz Galindo Carlos Eduardo 153 1000134386 Ruiz Peña Lina Johanna Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co 93 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-93 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 Continuación Resolución Número___________________Página 10 de 12 “Por la cual se conforma la Lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espectáculos públicos en el territorio de Bogotá, D.C, para el periodo 2024-2026”
No. CÉDULA FUCIONARIO-FUNCIONARIA 154 1030613817 Russi Giraldo Karen Lorena 155 52190862 Salazar Urrutia Rocío Del Pilar 156 53096934 Salcedo Marcela Natalia 157 53093019 Sanabria Dueñas Yuly Andrea 158 80199594 Sánchez Héctor Andrés 159 1032407608 Sánchez Jaramillo José Manuel 160 1018491368 Sandoval Sandoval Luisa Fernanda 161 51998215 Santos Veloza Luz Marlen 162 1012357007 Sierra Nieto Ingrid Stefanie 163 1032486784 Suárez Garzón Paula Victoria 164 1032381430 Suárez Molina Reinaldo Alfonso 165 51602357 Tavera Yaneth 166 79539233 Tolosa Riaño Robert Pioquinto 167 51716409 Toquica Cordero Olga Lucia 168 80829521 Torres Guerrero Cristian Yesid 169 1022380769 Tovar Suarez Karen Alejandra 170 79472542 Ulloa Calvo Carlos Alberto 171 19457686 Valdivieso Gómez Juan Gabriel 172 1015445839 Valencia Aguirre Edwin 173 52999131 Vanegas Peña Jennifer 174 79323971 Vargas Ruiz Luis Alejandro 175 52061681 Vásquez Gallego Sandra Yaneth 176 53930334 Vásquez Gómez Yuri Paola 177 79400144 Velásquez Sánchez Luis Andrés 178 19494014 Vera Cumaco Luis Arturo Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-94 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 94 Continuación Resolución Número___________________Página 11 de 12 “Por la cual se conforma la Lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espectáculos públicos en el territorio de Bogotá, D.C, para el periodo 2024-2026”
No. CÉDULA FUNCIONARIO-FUNCIONARIA 179 79543451 Villa Romero Luis Fernando 180 1032433034 Villada Cuellar Adriana Cristina 181 51640298 Villamil Corredor Bertha Cecilia 182 19346733 Villamil Rodríguez William Ramon 183 51837266 Zamora Castañeda Blanca Lilia 184 65769657 Zapata Laguna Adda Yaneth 185 80269277 Zarate Calderón Danilo 186 80238718 Zuleta Parra Andrés Felipe
Artículo 2.
Los funcionarios que conforman la Lista de Delegados para la Supervisión, según lo señalado en el artículo 1 del presente acto administrativo, deberán cumplir con el Reglamento Interno de contenido en la Resolución 120 de 2023 y demás que la modifiquen, corrijan, adicionen o deroguen, según el caso.
Parágrafo. Para poder ser designado como Delegado para la Supervisión, el funcionario que integra
la presente lista, deberá firmar el Acta de Compromiso y ser ingresado a la base de datos del aplicativo JACD y/o el sistema informático que lo complemente y/o sustituya.
Artículo 3.
La Lista de Delegados para la Supervisión a que se refiere el presente acto administrativo tendrá una vigencia de tres (3) años, contados a partir del 01 de enero de 2024, sin que contra esta resolución proceda recurso.
Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co 95 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-95 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 Continuación Resolución Número___________________Página 12 de 12 “Por la cual se conforma la Lista de Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de juegos promocionales, concursos, asambleas y sorteos que realicen las loterías, consorcios comerciales, así como de espectáculos públicos en el territorio de Bogotá, D.C, para el periodo 2024-2026”
Artículo 4.
La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición y será publicada en el registro Distrital.
PUBLÍQUESE, COMUNIÍQUESE Y CÚMPLASE.
Bogotá, D.C., CAMILA CORTÉS DAZA Directora para la Gestión Policiva Aprobó: Camila Cortés Daza Directora para la Gestión Policiva Revisó: Diana C Martínez González Abogada- DGP Proyectó: Liliana Mayorga Llanos Profesional Especializado Grupo JACD Proyectó Alexandra González Tibocha Profesional Universitario (E) JACD Código: GDI - GPD – F034 Versión: 04 Vigencia: 09 de septiembre de 2022 Caso HOLA: 264371 Edificio Liévano Calle 11 No. 8 -17 Código Postal: 111711 Tel. 3387000 - 3820660 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-96 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 96 SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN Nº 784 (19 de octubre de 2023)
“Por medio de la cual se adopta para la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, la segunda versión del Manual de Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D.C., acorde con la Resolución No.SDH-000537 de 2022 expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda y de dictan otras disposiciones”
LA SECRETARIA DE DESPACHO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 340 y 400 de 2020 y 2022 respectivamente.
CONSIDERANDO:
Que en el numeral 2.1.1. del Anexo1 de la Resolución 193 de 2016 de la Contaduría General de la Nación "Por la cual se incorpora, en los procedimientos transversales del régimen de contabilidad pública el procedimiento para la evaluación del control interno contable", establece para el marco normativo del Proceso Contable que: "(...) las políticas se formalizarán mediante documento emitido por el representante legal o máxima instancia administrativa de la entidad"; Asimismo, el numeral 3.2.4. indica que "(...) La entidad debe contar con un manual de políticas contables, acorde con el marco normativo que le sea aplicable (...)".
Que, en virtud de la actualización de las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, emitidas por la Contaduría General de la Nación mediante:
Resoluciones No. 425 del 23 de diciembre de 2019, 218 del 29 de diciembre de 2020, 211 1https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/adminverblobawa? tabla=T_NORMA_ARCHIVO&p_NORMFIL_ID=30894&f_NORMFIL_FILE=X&inputfileext=NORMFIL_FILENAME Página 1 de 4 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
97 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-97 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 *20237200437513* Radicado: 20237200437513 Fecha: 17-10-2023 RESOLUCIÓN No. 784 DE 19 DE OCTUBRE DE 2023 del 9 de diciembre de 2021 y 331 del 19 de diciembre de 2022 la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante la Resolución No. SDH-000537 de 20222, actualizó el Manual de Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D.C. de conformidad con el anexo de la mencionada Resolución denominado: “Manual de Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D.C. - Versión 2”.
Que, el artículo 4° de la Resolución No.SDH-000537 de 2022 expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda derogó la Resolución No. SDH-000068 del 31 de mayo de 2018 la cual contenía la versión 1 del Manual de Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D.C.
Que mediante la Resolución 328 de 2019, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, adoptó el Manual de Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D.C., establecido en la Resolución No. SDH-000068 de 2018, razón por la cual se hace necesaria la adopción de la segunda versión del Manual de Políticas Contables de Bogotá D.C. y en consecuencia la derogatoria correspondiente.
En mérito de lo expuesto:
RESUELVE:
Artículo 1.
Adoptar la segunda versión del Manual de políticas Contables de la Entidad
Contable Pública Bogotá D.C., establecida en la Resolución SDH-000537 de 2022, de la Secretaría Distrital de Hacienda, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto.
Artículo 2.
Incluir corno parte integral de esta Resolución los Anexos de Política y
Políticas de Operación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, previa Página 2 de 4 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR 2https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=133377 Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-98 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 98 *20237200437513* Radicado: 20237200437513 Fecha: 17-10-2023 RESOLUCIÓN No. 784 DE 19 DE OCTUBRE DE 2023 aprobación de la Dirección Distrital de Contabilidad, de la Secretaría Distrital de Hacienda3 y del Comité Técnico de Sostenibilidad Contable - CTSC de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, los cuales serán incorporados mediante el registro en la información documentada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.
Artículo 3.
Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano,
informar a la comunidad institucional el presente acto administrativo, a través del aplicativo Orfeo.
Artículo 4.
Ordenar la publicación de la presente resolución, así como de los anexos de
Política y Políticas de Operación, señalados en el artículo 2 y de las actualizaciones que se produzcan, en el link de transparencia y acceso a la información de la entidad,
Artículo 5.
Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano la
publicación del presente acto administrativo en el Registro Distrital de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 6.
La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación y deroga la
Resolución 328 del 21 de julio de 2019, expedida por este despacho.
Artículo 7.
Contra la presente resolución no proceden los recursos de Ley, de conformidad
con el artículo 75 de la Ley No. 1437 de 2011.
Dada en Bogotá D.C., a los 19 días de octubre de 2023.
Página 3 de 4 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR 3 Parágrafo 2 del Art. 2° de la Resolución SDH-000537 de 2022, de la Secretaría Distrital de Hacienda. Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
99 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-99 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 *20237200437513* Radicado: 20237200437513 Fecha: 17-10-2023 RESOLUCIÓN No. 784 DE 19 DE OCTUBRE DE 2023 CATALINA VALENCIA TOBÓN Secretario de Despacho Proyectó: María Andrea Gómez Restrepo Revisó: Martha Reyes Castillo - Edwin Alejandro Beltrán Ariza Aprobó: Adriana María Cruz Rivera - Margarita María Rúa Atehortúa Documento 20237200437513 firmado electrónicamente por:
Catalina Valencia Tobón Secretaria de Despacho Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 18-10-2023 09:29:39 Martha Reyes Castillo Profesional Especializado Oficina Jurídica Oficina Jurídica Fecha firma: 17-10-2023 15:45:07 MARÍA ANDREA GÓMEZ RESTREPO Profesional Especializado 222-26 Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera Fecha firma: 17-10-2023 11:00:24 Edwin Alejandro Beltrán Ariza Contratista Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 18-10-2023 13:42:55 Adriana María Cruz Rivera Directora de Gestión Corporativa Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 18-10-2023 13:47:28 Margarita Maria Rua Atehortua Jefe Oficina Juridica Oficina Jurídica Fecha firma: 17-10-2023 16:22:21 Diego Eduardo Beltrán Hernández Contratista numeración y fechado de resoluciones Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano Fecha firma: 19-10-2023 11:39:01 Myriam Barrios Garzón Asesor Código 105 Grado 04 Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte Fecha firma: 17-10-2023 11:05:26 10d4a9ff6d7931a15e88b1e168a836e87e28a2ac98722e0b8045c05462770193 Codigo de Verificación CV: 11e1d Página 4 de 4 GMC-MN-01-FR-05. V.1. 23/03/2023 ALCALDÍA MAYOR Carrera 8ª No. 9 - 83 Centro Tel. 3274850 Código Postal: 111711 www.culturarecreacionydeporte.gov.co Información: Línea 195 DE BOGOTÁ D.C.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-100 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 100 "Por medio de la cual se adopta la segunda versión del Manual de Políticas Contables para la Entidad Contable Pública Bogotá D.C.”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades que le confiere el literal a) del artículo 40 del Decreto 601 del 22 de diciembre de 2014, modificado por el artículo 1º del Decreto 364 del 22 de septiembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° del Decreto Distrital 364 del 22 de septiembre de 2015, que modifica el artículo 4° del Decreto Distrital 601 del 22 de diciembre de 2014, en el literal a), asigna a la Secretaría Distrital de Hacienda la función de: "Formular la política del Distrito Capital en materia fiscal, tributaria, presupuestal, contable, de tesorería y de crédito público.". Esta función básica de la Secretaría Distrital de Hacienda se encuentra establecida en el artículo 62 del Acuerdo Distrital 257 del 2006.
Que en el numeral 2.1.1 del Anexo de la Resolución 193 de 20161 y modificatorias, expedidas por la Contaduría General de la Nación (CGN), establece que: "… las políticas contables se formalizarán mediante documento emitido por el representante legal o la máxima instancia administrativa de la entidad". Adicionalmente, en el numeral 3.2.4 del Anexo de la mencionada Resolución se indica que "... La entidad debe contar con un manual de políticas contables, acorde con el marco normativo que le sea aplicable... ".
Que con la expedición de las Resoluciones No. 425 del 23 de diciembre de 2019, 218 del 29 de diciembre de 2020, 211 de 2021 y 331 de 2022, por las cuales se modifican las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno emitidas por la Contaduría General de la Nación se requiere actualizar la versión 1 del Manual de Políticas Contables 1 “Por la cual se incorpora, en los Procedimientos transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la Evaluación del Control Interno Contable”
| 101 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-101 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 "Por medio de la cual se adopta la segunda versión del Manual de Políticas Contables para la Entidad Contable Pública Bogotá D.C.” de la Entidad Contable Pública Bogotá D.C. adoptado por la Resolución No. SDH-68 del 31 de mayo de 2018.
Que producto de la actualización normativa se identificaron políticas del manual en las cuales se consideró pertinente ajustar algunos aspectos, que permitan una mayor claridad en el momento de su aplicación por parte de los Entes Públicos Distritales.
Que conforme a la responsabilidad de los Entes Públicos Distritales de elaborar, en los casos que aplique, los Anexos de Política para los hechos económicos considerados como particulares o relevantes acordes a su misionalidad o quehacer institucional y los cuales son solo aplicables para el Ente que lo elabora, se retira el numeral de Anexos de Política del documento anexo a la presente Resolución.
Que en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el Decreto Distrital 474 de 2022 el proyecto de esta resolución se publicó en el Sistema Legalbog del 12 de diciembre de 2022 al 19 de diciembre de 2022, sin que se hubieran recibidos observaciones o sugerencias por parte de la ciudadanía.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Modificación. Modificar el Manual de Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D.C. - Versión 1, adoptado mediante la Resolución No. SDH-68 del 31 de mayo de 2018, de conformidad con el anexo “Manual de Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D.C. - Versión 2”, el cual hace parte de esta resolución.
Parágrafo. Las modificaciones a las normas de Inversiones de administración de liquidez,
cuentas por cobrar y préstamos por cobrar, en lo relativo a la medición posterior de estos activos aplicarán a partir del 01 de enero de 2023 de manera prospectiva. Por lo tanto, el saldo del deterioro acumulado a 31 de diciembre de 2022 no será objeto de reexpresión.
Artículo 2°.
Campo de aplicación. La segunda versión del Manual de Políticas Contables rige para las siguientes entidades distritales:
1. Las Secretarías de Despacho.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-102 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 102 "Por medio de la cual se adopta la segunda versión del Manual de Políticas Contables para la Entidad Contable Pública Bogotá D.C.”
2. Los Departamentos Administrativos.
3. Las Unidades Administrativas Especiales sin Personería Jurídica.
4. Los Órganos de Control a excepción de la Contraloría de Bogotá D.C.
5. Los Fondos de Desarrollo Local.
6. Otros Fondos y Entes2.
Parágrafo 1. Los Entes mencionados aplican el Manual siempre que se clasifiquen como
Entidades de Gobierno de Bogotá D.C. según lo indicado por la Contaduría General de la Nación3.
Parágrafo 2. El Manual de Políticas Contables para cada Ente Público Distrital que genere
anexos de política, está integrado por las Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D.C., incluidas en el numeral 2 del anexo de la presente resolución y los anexos de política propios, estos últimos deben estar aprobados por la Dirección Distrital de Contabilidad de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Parágrafo 3. Las guías transversales de aplicación que tienen como objetivo ampliar y
aclarar lo indicado en las Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D.C., se actualizarán por la Dirección Distrital de Contabilidad de la Secretaría Distrital de Hacienda en documentos independientes.
Artículo 3°.
Remisión normativa: Para efectos de la aplicación de esta Resolución y del Manual de Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D.C. la remisión hecha a normas jurídicas se entiende realizada a las que modifiquen, adicionen o sustituyan.
2 En estas categorías se incluye, a la fecha de actualización del Manual de Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D.C. Versión 2, el Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá – FPPB y el Ente Público Distrital Sistema Integrado de Transporte Público – EPD SITP. 3 La CGN adopta el criterio de clasificación del Comité Interinstitucional de la Comisión de Estadísticas de Finanzas Públicas según los criterios establecidos en el Manual de Estadísticas de las Finanzas Públicas.
103 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-103 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 "Por medio de la cual se adopta la segunda versión del Manual de Políticas Contables para la Entidad Contable Pública Bogotá D.C.”
Artículo 4°.
Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución No. SDH-68 del 31 de mayo de 2018 y tiene aplicación a partir del 01 de enero de 2023. Este Manual será publicado adicionalmente en la página WEB de la Entidad.
PUBLIQUESE y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS JUAN CARLOS THOMAS BOHORQUEZ Firmado digitalmente por JUAN CARLOS THOMAS BOHORQUEZ LILIANA ANDREA FORERO GOMEZ Firmado digitalmente por LILIANA ANDREA FORERO GOMEZ JUAN CAMILO SANTAMARIA HERRERA Firmado digitalmente por JUAN CAMILO SANTAMARIA HERRERA Javier Mora González Firmado digitalmente por Javier Mora González Firmado digitalmente por KELLY TATIANA CERVERA HORTA KELLY TATIANA CERVERA HORTA Secretario Distrital de Hacienda Aprobado por: Juan Carlos Thomas Bohórquez Liliana Andrea Forero Gómez Juan Camilo Santamaria Herrera Revisado por: Javier Mora Gonzalez Kelly Tatiana Cervera Horta Proyectado por: Marlene Herminia Lara Villalba REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-104 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 104 CÓDIGO: FIN-PL-01 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA VERSIÓN: 01 02 POLÍTICAS DE OPERACIÓN FINANCIERA SCRD FECHA: 28/08/2023 Página 1 de 13
I. POLÍTICAS DE OPERACIÓN PRESUPUESTAL
Las políticas de operación presupuestal de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, están regidas por el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, Resolución SDH N° 191 del 22 de septiembre de 2017) de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Así mismo, las políticas de operación específicas para el trámite de certificados de disponibilidad presupuestal, certificados de registro presupuestal y de modificaciones presupuestales se encuentran relacionadas en los procedimientos de cada uno de estos, los cuales hacen parte del Sistema Integrado de gestión del proceso de Gestión Financiera.
II. POLÍTICAS DE OPERACIÓN DE PAGOS
En el trámite del proceso de pagos se tienen en cuenta los lineamientos y fechas establecidas por la Secretaría Distrital de Hacienda para cada vigencia.
Para gestionar el pago de una cuenta por pagar, es requisito indispensable que esta se haya contemplado en la respectiva reprogramación del Programa Anual mensualizado de Caja – PAC, dentro de las fechas establecidas por la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte.
El GIT de Gestión Financiera, gestionará los pagos a terceros (contratistas de servicios profesionales, proveedores de bienes y servicios y/o beneficiarios de convocatorias) conforme a la veracidad de la información reportada en el Certificado de Cumplimiento para trámite de pago, documento que debe estar firmado por el Supervisor y/o Interventor del contrato. Para el caso de las cuentas por pagar tramitadas por las áreas a través de Orfeo, se debe anexar un memorando firmado por el Ordenador del Gasto donde avale los pagos que conforman la plantilla de cuentas por pagar.
105 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-105 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 CÓDIGO: FIN-PL-01 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA VERSIÓN: 01 02 POLÍTICAS DE OPERACIÓN FINANCIERA SCRD FECHA: 28/08/2023 Página 2 de 13 Para la radicación de documentos en el trámite de pagos, se deben anexar aquellos que disponen la normatividad nacional y/o distrital vigente para el cumplimiento de los requisitos tributarios establecidos, tanto para las personas naturales y jurídicas Programa Anual mensualizado de Caja- PAC La programación y reprogramación del PAC se realiza acorde los lineamientos determinados por la Secretaría Distrital de Hacienda para cada vigencia El desarrollo e inclusión de la programación del Programa Anual Mensualizado de Caja – PAC, inicia una vez la Secretaría Distrital de Hacienda informa la cuota total de gasto asignada para la vigencia fiscal correspondiente.
Los recursos deben ser programados por la Entidad, acorde a la necesidad real de giros por cada periodo, de acuerdo con los planes de contratación, flujos de fondos y planes de compras; y para la programación de pagos de la planta de personal, aportes de seguridad social, parafiscales, y FONCEP deberá ser proyectada con base en la planta de personal estimada para el periodo.
III. POLÍTICAS DE OPERACIÓN CONTABLE
Aprobadas mediante Resolución 328 de 2019 “A continuación, se relacionan las políticas de operación de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD):
1. Beneficios a los empleados
Para el cálculo de la hipótesis demográfica se realizaron los siguientes pasos:
1. Se analizó una muestra desde julio de 2016 hasta abril de 2017 (fecha del análisis), esto debido
a tener la planta temporal que llevaría a la entidad a incrementar la desviación estándar.
2. Se realizó un análisis de los datos por nombramiento en carrera administrativa, nombramiento
en provisionalidad y nombramiento ordinario.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-106 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 106 CÓDIGO: FIN-PL-01 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA VERSIÓN: 01 02 POLÍTICAS DE OPERACIÓN FINANCIERA SCRD FECHA: 28/08/2023 Página 3 de 13
3. Se realizó la sumatoria de las variaciones de cada uno de las clases de nombramiento por mes.
4. Se comparó con el mes inmediatamente anterior, para obtener la variación relativa según el
comportamiento en el transcurso del tiempo; esto según la fórmula:
(Valor n - Valor n- 1)/(Valor n-1)
5. Se eliminaron los datos atípicos que supera el promedio del valor relativo.
6. Se realizó la sumatoria de la rotación acumulada anual, para obtener el índice de rotación. 7. Se
determinó la diferencia entre el 100% y la rotación acumulada anual, para obtener el índice de permanencia.
Tipo de vinculación Índice de permanencia anual Rotación acumulada anual Carrera administrativa 92,50% 7,50% Provisional 86,76% 13,24% Libre nombramiento y remoción 92,59% 7,41% Para el cálculo del pasivo a largo plazo de “Reconocimiento por Permanencia”, la SCRD aplica la guía emitida por la Dirección Distrital de Contabilidad, efectuando los cálculos de dos componentes del pasivo así:
1. Componente real que agrupa la sumatoria de las alícuotas de los derechos ya liquidados y que
a 31 de diciembre de cada vigencia se encuentren pendientes de pago y que podrían corresponder a cinco, cuatro, tres, dos o una de dichas alícuotas, debidamente actualizadas con el incremento de la asignación básica (AB) del año inmediatamente anterior al enero en que se vaya a efectuar el pago. De cualquier forma, la actualización de las cifras se efectuará anualmente al costo, dado que al enero siguiente se cancelará exactamente la porción que se clasifique como de corto plazo, y las variables a tener en cuenta para el cálculo serán:
- Fecha de ingreso del servidor o fecha de cumplimiento de su último reconocimiento por
permanencia,
- Asignación Básica y
- Tiempo continuo de servicio a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte no inferior a
5 años descontadas las licencias no remuneradas y las sanciones en contra del servidor, lo cual hará que se suspenda la cuantificación del tiempo laborado en la Entidad.
107 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-107 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 CÓDIGO: FIN-PL-01 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA VERSIÓN: 01 02 POLÍTICAS DE OPERACIÓN FINANCIERA SCRD FECHA: 28/08/2023 Página 4 de 13
2. Componente estimado, el cual corresponde a la cuantificación proporcional del tiempo
transcurrido para hacerse nuevamente beneficiario a este mismo beneficio con corte a 31 de diciembre de cada vigencia. Es decir, si un empleado habiéndose beneficiado ya de este tipo de beneficio comienza a devengar anualmente sus alícuotas, también comienza a acumular nuevamente tiempo para obtener dicho beneficio en un período de servicio continuo a la SCRD. La acumulación periódica de dicho tiempo y su cuantificación con base en la asignación básica estimada para el que correspondería a su quinto año y cuantificada para el número de años acumulados a cada cierre de vigencia corresponderá a la cuantificación del componente estimado del pasivo a Largo Plazo de Reconocimiento por Permanencia, cuya totalidad deberá clasificarse como no corriente.
De tal manera que todos y cada uno de los funcionarios que son merecedores al reconocimiento por permanencia deberán contar con una doble liquidación: i) una del componente real y ii) otra del componente estimado. De esta situación se exceptúan aquellos servidores que apenas están acumulando tiempo para obtener su primer reconocimiento por permanencia en la SCRD.
Este proceso debe realizarse anualmente al cierre de cada vigencia, hasta que el empleado cumpla con el tiempo establecido para hacerse acreedor del reconocimiento por permanencia, es decir, cada cinco (5) años de servicio continuo a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, o una entidad centralizada.
2. Propiedad, planta y equipo
Bienes devolutivos: Son ingresados a bodega en el aplicativo SAE-SAI y cuando están disponibles para su uso, se ponen al servicio. Hacen parte de la propiedad, planta y equipo desde el momento de su reconocimiento inicial al ingresar a bodega.
Bienes de consumo controlado: Son aquellos bienes que no se reconocen como propiedades, planta y equipo, ya que están por debajo de la materialidad para activarse como tal, es decir, van al gasto desde el momento de su reconocimiento, sin embargo, el Almacenista General de la SCRD deberá llevar el control administrativo de los mismos.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-108 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 108 CÓDIGO: FIN-PL-01 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA VERSIÓN: 01 02 POLÍTICAS DE OPERACIÓN FINANCIERA SCRD FECHA: 28/08/2023 Página 5 de 13 Entradas Cuando ingresa un elemento a bodega se determinará entre el Almacenista General y el responsable designado de la compra la vida útil que tendrá el bien según el rango máximo establecido en el apartado de vidas útiles estimadas.
Bienes en bodega En el momento de adquisición de un bien de propiedades, planta y equipo, se ingresa a bodega, y cuando se entrega al servicio, se traslada a las cuentas de propiedades, planta y equipo según su clasificación.
Por política de la SCRD, ningún bien devolutivo deberá permanecer más de tres (3) meses en bodega. En caso de requerirse, el Supervisor del contrato de compra-venta o suministro, justificará por escrito su permanencia en esta. Es responsabilidad del Almacenista General velar por que se cumpla esta política.
Vida útil estimada Ítem Grupo de activos Rango de vida útil (Meses)
1 Plantas, ductos y túneles (1) 120 2 Maquinaria y equipo 120 3 Equipo médico y científico 60 4 Equipo de oficina 60 5 Equipo de comunicación y computación 120 6 Equipo de transporte (2) 120 7 Equipo de comedor, comida y despensa 60 8 Muebles y enseres 120 9 Obras de arte N/A 109 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-109 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 CÓDIGO: FIN-PL-01 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA VERSIÓN: 01 02 POLÍTICAS DE OPERACIÓN FINANCIERA SCRD FECHA: 28/08/2023 Página 6 de 13 Reparaciones En caso de requerirse reparaciones para los elementos de propiedad, planta y equipo superiores a 2 SMMLV, el supervisor del contrato de reparación, informará al Almacén y Contabilidad para definir la pertinencia de su reconocimiento en propiedad, planta y equipo o como elemento de consumo.
Todos los elementos utilizados en las reparaciones y mantenimientos de los activos se reconocen como gasto, siempre y cuando el porcentaje de participación dentro del total del activo no supere el 40%, en cuyo caso será un mayor valor del elemento original y se registraría con vida útil y valor aparte del elemento. Estos elementos deben tener esta separación, desde el momento del ingreso original.
Valor residual La SCRD calcula valor residual para los vehículos del 10% del valor de su compra, ya que corresponde al valor que se espera recuperar en el momento de su venta.
Deterioro de valor La SCRD reconoce una pérdida por deterioro de valor de un elemento de propiedad, plantay equipo que tenga como costo un valor superior a 35 SMMLV, siempre y cuando su valor en libros supere su valor recuperable.
Como mínimo al final del período contable, el grupo interdisciplinario conformado por Coordinador de Recursos Físicos, Contratista encargada de Mantenimiento, Profesional de Compras, cuando sea el caso, evaluarán si existen indicios de deterioro de valor de los bienes que cumplan con las características del párrafo anterior. Si existen indicios, este grupo estimará el valor recuperable del activo para comprobar si efectivamente se encuentra deteriorado.
Baja en cuentas Para el retiro de los elementos de propiedad, planta y equipo la SCRD, verifica el estado real de los mismos, y determina si se encuentran inservibles, no útiles por obsolescencia, no útiles por cambio o renovación de equipos, inservibles por daño total - parcial o inservibles por deterioro; situación que queda previamente avalada por la instancia respectiva y sustentada mediante un documento o acto administrativo, y se registra contablemente la baja de los elementos, afectando las subcuentas de propiedades, planta y equipo, la depreciación acumulada, el deterioro acumulado (cuando REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-110 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 110 CÓDIGO: FIN-PL-01 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA VERSIÓN: 01 02 POLÍTICAS DE OPERACIÓN FINANCIERA SCRD FECHA: 28/08/2023 Página 7 de 13 aplique), y las cuentas de orden deudoras para los casos en que el destino final no se produzca en forma simultánea, atendiendo para ello el procedimiento administrativo establecido para tal fin.
Para realizar baja de un bien de consumo controlado, se elabora un acta de destrucción, la cual es avalada por el Almacenista General, el Coordinador de Recursos Financieros y el Contador. Para realizar la baja de un elemento devolutivo, se aplica el procedimiento interno de Recursos Físicos mediante acto administrativo.
-Costos Capitalizables A continuación, se detalla, entre otros, los costos capitalizables que generalmente se incurren en la adquisición o construcción de un activo de propiedades, planta y equipo que se podrán activar, los que no se relacionen se llevan al resultado:
- Los costos de transacción de compra
- Gastos jurídicos específicos para la compra y construcción del bien mueble
- Los aranceles (impuestos de importación)
- Impuesto indirecto no recuperable
- Los costos de instalación y montaje
- Los impuestos de transferencia de propiedad
- Honorarios de profesionales específicos del activo
- Costos de preparación del lugar para su ubicación física (generalmente si se va a empotrar
el elemento)
- Costos de beneficios a empleados directamente atribuibles a la construcción o adquisición
del elemento
- Mano de obra directa de la construcción del bien mueble
- Materiales
- Los intereses durante el periodo de construcción de un activo apto
- Costos de puesta en marcha necesarios para poner en condiciones de trabajo a los
- Activos
- La estimación inicial de los costos de desmantelamiento retiro del elemento
- La rehabilitación del lugar sobre el que se encuentra.
- Bienes entregados a terceros
111 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-111 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 CÓDIGO: FIN-PL-01 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA VERSIÓN: 01 02 POLÍTICAS DE OPERACIÓN FINANCIERA SCRD FECHA: 28/08/2023 Página 8 de 13 La SCRD registra en las subcuentas de propiedades, planta y equipo, los bienes muebles que entregue a terceros mediante contrato de comodato u otro acto administrativo, si los mismos no cumplen con las características de activo para la entidad que los recibe, el registro se realizará de manera detallada de tal forma que permita la identificación de los bienes objeto de estas entregas.
Esta situación deberá describirse en las revelaciones de las entidades que intervienen.
La SCRD registra en las subcuentas de orden deudoras, los bienes muebles que entregue a terceros mediante contrato de comodato u otro acto administrativo, si los mismos cumplen con las características de activo para la entidad que los recibe; este reconocimiento se realizará de manera detallada de tal forma que permita la identificación objeto de esta entrega. Por tanto, la entidad que recibe los bienes, deberá registrarlos en las subcuentas denominadas “de propiedad de terceros” de acuerdo a la respectiva clasificación del bien en los rubros de propiedades, planta y equipo. Así mismo, esta situación deberá ser descrita en las revelaciones de las entidades que intervienen.
-Depreciación La SCRD utiliza el método lineal para la determinación de la depreciación, la cual iniciará cuando el bien esté disponible para su uso.
Son objeto de depreciación aquellos bienes que pierden su capacidad normal de operación durante su vida útil, tales como: los bienes muebles en bodega que se encuentren disponibles para ser utilizados en la forma prevista por la entidad, los bienes muebles en servicio clasificados como: plantas, ductos y túneles, maquinaria y equipo, equipo médico y científico, muebles, enseres y equipo de oficina, equipos de comunicación y computación, equipo de transporte, tracción y elevación, equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería.
Por otra parte, no son objeto de depreciación, la maquinaria y equipo en montaje, las propiedades, planta y equipo en tránsito, teniendo en cuenta que los bienes registrados en estas cuentas, aún no se han formado y no están disponibles para ser utilizados en lo previsto por la entidad.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-112 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 112 CÓDIGO: FIN-PL-01 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA VERSIÓN: 01 02 POLÍTICAS DE OPERACIÓN FINANCIERA SCRD FECHA: 28/08/2023 Página 9 de 13 La depreciación cesará cuando: a) se produzca la baja del bien; b) para aquellos elementos que se deprecien por el método de unidades de producción y se encuentren sin utilizar o se encuentren en mantenimiento; y c) si el valor residual del bien supera el valor en libros.
Cuando la SCRD adquiera activos que están conformados por componentes y los mismos requieran reemplazo (repuestos), éstos se reconocerán en una partida de propiedades, planta y equipo, siempre y cuando proporcionen beneficios futuros o potencial de servicio para la entidad; a su vez los componentes sustituidos se darán de baja en las respectivas cuentas.
Si los principales componentes de una partida de propiedades, planta y equipo tienen patrones significativamente diferentes de consumo de beneficios económicos, la entidad distribuirá el costo inicial del activo entre sus componentes principales y depreciará estos.
Las inspecciones generales necesarias para que el activo continúe operando se incorporarán como mayor valor del elemento y serán objeto de depreciación de forma separada en el tiempo durante el cual se deba llevar a cabo una nueva inspección al elemento.
El cargo por depreciación de un período se reconoce como gasto en el resultado del ejercicio, excepto cuando deba incluirse en el valor en libros de otros activos, de acuerdo a las normas de inventarios o de activos intangibles.
-Vidas útiles estimadas La vida útil se entiende como el tiempo en el cual la SCRD espera obtener los beneficios económicos o el potencial de servicio, derivados de un activo. Para la estimación de la vida útil, la entidad tiene en cuenta, entre otros, los siguientes factores:
- Uso previsto del activo
- Desgaste físico esperado del bien, efectuando el estudio de factores operativos
- Programa de reparaciones y mantenimiento
- Adiciones y mejoras realizadas al bien
- Obsolescencia técnica o comercial
113 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-113 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 CÓDIGO: FIN-PL-01 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA 02 VERSIÓN: 01 POLÍTICAS DE OPERACIÓN FINANCIERA SCRD FECHA: 28/08/2023 Página 10 de 13
- Indicaciones sobre la duración aproximada según el uso, definida por el proveedor
- Fechas de caducidad de los contratos de arrendamiento relacionados
- Políticas de renovación tecnológica de la entidad
- Restricciones ambientales de uso
La política general de gestión de activos establecida por la entidad para los bienes de propiedades, planta y equipo, en cuanto a la vida útil debe documentarse según las características y el uso que planea dar al bien mueble, por ejemplo, si son bienes de uso administrativo u operativo, las jornadas a la que se expone el bien, entre otras situaciones,y el procedimiento que realice para la estimación de vidas útiles quedará definido en las políticas contables específicas de la entidad.
En principio, la estimación que se adopte, debe aplicarse de manera uniforme para todos los elementos de una misma categoría. Sin embargo, si se presentan situaciones especiales en las cuales, por las características particulares de un elemento o un conjunto de ellos es adecuado estimar vida útil de forma diferente a la de su categoría, la entidad está en la potestad de hacerlo, fundamentando la decisión en los respectivos soportes documentales.
-Valor Residual Teniendo en cuenta que, en las entidades de gobierno por lo general durante la vida útil de un elemento clasificado como propiedades, planta y equipo, consume la totalidad de los beneficios económicos o potencial de servicio del mismo, el valor residual podrá ser es de cero ($0) pesos.
Sin embargo, cuando existan excepciones respecto de la asignación de un valor residual para una clase de activo determinado, la entidad podrá establecer el procedimiento para el cálculo del mismo y fijarlo en sus políticas contables específicas, de acuerdo, además, con la estimación de la vida económica del bien, como se define en el numeral 10.3 del Capítulo I del marco normativo.
Se deberá evaluar y revisar al término de cada periodo contable la vida útil, el método de depreciación y el valor residual de las propiedades, planta y equipo y si las expectativas difieren significativamente de las estimaciones previas, podrán fijarse parámetros diferentes, registrando el efecto a partir del periodo contable en el cual se efectuó el cambio, como lo señala el numeral 4.2 del Capítulo VI, del marco normativo contable para entidades de gobierno.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-114 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 114 CÓDIGO: FIN-PL-01 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA VERSIÓN: 01 02 POLÍTICAS DE OPERACIÓN FINANCIERA SCRD FECHA: 28/08/2023 Página 11 de 13 Baja en cuentas Se dan de baja los elementos de propiedades, planta y equipo, cuando no cumplen con los requisitos establecidos para que se reconozcan como tal, de acuerdo a lo señalado en el numeral 10.4 del Capítulo I del marco normativo para las entidades de gobierno:
✔ El elemento quede permanentemente retirado de su uso.
✔ No se espere tener beneficios económicos del activo o potencial de servicio.
✔ Se disponga para la venta; es de mencionar que la pérdida o ganancia originada en la baja en cuentas de un elemento de propiedades, planta y equipo se calculará como la diferencia entre el valor neto obtenido por la disposición del activo y su valor en libros, y se reconocerá como ingreso o gasto en el resultado del periodo.
✔ Se reemplacen componentes del activo o se lleven a cabo nuevas inspecciones a las capitalizadas de las cuales procederá la baja previa incorporación de la nueva inspección.
Teniendo en cuenta lo anterior, la SCRD, para el retiro de los elementos de propiedad, planta y equipo, verifica el estado real de los mismos, y determina si se encuentran inservibles, no útiles por obsolescencia, no útiles por cambio o renovación de equipos, inservibles por daño total - parcial o inservibles por deterioro.
Esta situación debe quedar previamente avalada por la instancia respectiva y sustentada mediante un documento o acto administrativo, y se registra contablemente la baja de los elementos, afectando las subcuentas de propiedades, planta y equipo, la depreciación acumulada, el deterioro acumulado (cuando aplique), y las cuentas de orden deudoras para los casos en que el destino final no se produzca en forma simultánea, atendiendo para ello el procedimiento administrativo establecido para tal fin.
3. Activos intangibles
1. Licencias: Permiso de uso que otorgan los proveedores.
115 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-115 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 CÓDIGO: FIN-PL-01 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA VERSIÓN: 01 02 POLÍTICAS DE OPERACIÓN FINANCIERA SCRD FECHA: 28/08/2023 Página 12 de 13 a. Perpetuas: Se adquiere el derecho de uso de manera infinita, sin embargo, al ser un elemento tecnológico, va perdiendo valor por su obsolescencia. Se establece como vida útil 60 meses, tanto la compra inicial como las renovaciones que aumenten su vida útil. b. A término fijo: Se amortizan según lo que diga el contrato. Además, para licencias como el caso de Oracle, que tienen una adquisición inicial y una renovación anual, se hará la amortización de la siguiente manera:
-Adquisición inicial: 60 meses -Renovación: 12 meses. Esta renovación será Consumo Controlado y no se activará en la categoría de Activos Intangibles.
2. Software: Son los siguientes:
-Desarrollos de SDH, entregado a la SDCRD con código fuente, por ejemplo SI CAPITAL.
-Software libre: El cual no se activa.
- Desarrollos internos: Se discrimina por módulos.
Vidas útiles estimadas Activos intangibles Vida útil (meses)
Licencias perpetuas 60 Licencias A término fijo – Adquisición inicial 60 Licencias A término fijo – Renovación 12 Software 60
4. Préstamos por cobrar
La SCRD tiene un convenio con el ICETEX para otorgar créditos educativos a sus funcionarios, dichos créditos pueden ser condonados en su totalidad al cumplir ciertos requisitos establecidos por la entidad, en el momento que un funcionario no obtenga el 100% de la condonación, se reconoce un préstamo por pagar y se mide al costo amortizado. Por lo anterior, se aplica la propuesta para el tratamiento contable de los convenios celebrados en el Distrito con el ICETEX emitido por la Dirección Distrital de Contabilidad (DDC) de la Secretaría Distrital de Hacienda.”
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-116 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 116 CÓDIGO: FIN-PL-01 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA 02 VERSIÓN: 01 POLÍTICAS DE OPERACIÓN FINANCIERA SCRD FECHA: 28/08/2023 Página 13 de 13 Control de cambios No. CAMBIOS REALIZADOS Este documento recoge el Manual de Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D.C. y además se complementa con las políticas de operación presupuestal y del 1 área de pagos, en lo relacionado a las políticas de operación contable.
Ver solicitud con radicado 20237200338613 del 16/08/2023.
Responsables de elaboración, revisión y aprobación ELABORADO POR AVALADO POR APROBADO POR Líder del Proceso quién debe Jefe de la Oficina Asesora de Planeación REVISADO POR Persona(s) de la OAP responsable(s) de verificar que el documento contenga hacer cumplir el contenido establecido en el documento los lineamientos Persona(s) responsable(s) de crear, proyectar la modificación y/o ajuste del documento establecidos NOMBRE: Natalia Stephanie Soto NOMBRE: Adriana María Cruz Rivera NOMBRE: Angelmiro Vargas Cárdenas NOMBRE: Carlos Alfonso Gaitán CARGO: Contratista Grupo Interno CARGO: Directora de Gestión Corporativa y Relacionamiento con el ciudadano. de Trabajo de Gestión Financiera CARGO: Profesional Universitario Oficina asesora de Planeación.
CARGO: Jefe oficina asesora de Planeación FIRMA:
FIRMA:
FIRMA:
Electrónica FIRMA: Electrónica Electrónica Electrónica 117 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-117 • 2023 • NOVIEMBRE • 1
*20231700348063*
Radicado: 20231700348063 Fecha 30-08-2023 17:14 Documento firmado electrónicamente por:
Myriam Barrios Garzón, Coordinadora (E) Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera, Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera, Fecha de Firma: 24-08-2023 16:40:08 Natalia Stephanie Soto Nieves, Contratista Profesional GIT de Gestión Financiera, Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera, Fecha de Firma: 28-08-2023 10:19:34 Angelmiro Vargas Cardenas, PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219-10, Oficina Asesora de Planeación, Fecha de Firma: 24-08-2023 15:11:39 Carlos Alfonso Gaitán Sánchez, Jefe Oficina Asesora de Planeación, Oficina Asesora de Planeación, Fecha de Firma: 30-08-2023 17:14:12 Adriana María Cruz Rivera, Directora de Gestión Corporativa, Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, Fecha de Firma: 28-08-2023 11:07:37 Revisó: Angelmiro Vargas Cardenas - PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219-10 - Oficina Asesora de Planeación 155fa0d624b0aa04d3c5d509231fcb443d5e4c56d01739df2fc6bfa4b2866cba REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-118 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 118 EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ-ESP RESOLUCIÓN Nº 0892 (30 de octubre de 2023)
POR MEDIO DE LA CUAL SE ADICIONA LA RESOLUCIÓN 373 DEL 26 DE ABRIL DE 2022 EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ-ESP En ejercicio de sus funciones y, en especial, de las conferidas en el literal A, numeral 13; y literal C, numeral 3 del artículo Décimo Octavo del Acuerdo 05 de 2019 de la Junta Directiva, por el cual se adopta el Marco Estatutario de la EAAB-ESP, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política consagra que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores del nivel directivo o asesor o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Que el Decreto Ley 2150 de 1995, “Por el cual se suprimen y reforman regulaciones, procedimientos o trámites innecesarios existentes en la Administración Pública”, en su artículo 37 establece la delegación para contratar al indicar que los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos, sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos, en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes.
Que el artículo 7 del Acuerdo Distrital No. 6 de 1995, “Por el cual se define la naturaleza jurídica de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP y se dictan otras disposiciones” señala que el Gerente General es el representante legal de la Empresa.
Que la estructura organizacional de la EAAB-ESP se encuentra prevista en el Acuerdo 11 de 2013 de la Junta Directiva de la EAAB-ESP “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP, y se determinan las responsabilidades de sus dependencias” y el Acuerdo No. 04 de 2019 de la Junta Directiva de la EAAB-ESP “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP y la planta de empleos de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP” el cual fue parcialmente modificado a través de los Acuerdos No.028 de 2019 y No. 095 de 2022.
119 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-119 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 30/10/2023 COT 0892 RESOLUCIÓN No DE Que la Junta Directiva de la EAAB-ESP expidió el Acuerdo 05 de 2019 “Por la cual se actualiza en el marco estatutario de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP”, el cual señala en su artículo Décimo Octavo las funciones a cargo del Gerente General y, para efectos de la presente resolución en particular se señalan las siguientes:
- Literal A, numeral 13: “Expedir los actos, celebrar los contratos, ordenar el gasto y pago, así como ejecutar las operaciones necesarias para asegurar el normal funcionamiento de la Empresa”.
- Literal C, numeral 3: “Delegar con sujeción a las normas sobre la materia las funciones de su competencia, manteniendo la vigilancia sobre los actos de los delegatarios, pudiendo reasumir en cualquier momento la función delegada.
Parágrafo. PRIMERO.
En el evento en que el Gerente General delegue la facultad de ordenación del gasto o del pago, o la gestión o celebración de contratos, la misma deberá recaer en funcionarios del nivel directivo, quienes están obligados a la observancia a lo establecido en el Plan Contractual de la Empresa aprobado por el Comité Corporativo”.
Que mediante la Resolución EAAB 373 del 26 de abril 2022, expedida por la Gerencia General, se actualizó la regulación interna respecto de la delegación de algunas funciones en los servidores públicos del nivel directivo de la EAAB-ESP, acorde con las necesidades de la Empresa. Adicionalmente, se fijaron otras disposiciones a tener en cuenta por el ordenador del gasto en materia de adquisición de bienes o servicios de características técnicas uniformes.
Que mediante Resoluciones EAAB 0718 y 1185 de 2022, se modificó la Resolución EAAB 373 de 2022.
Que, es conveniente adicionar la regulación interna respecto de la delegación de algunas funciones en el Gerente de Tecnología, acorde con las necesidades de la Empresa y sin perjuicio de que el Gerente General pueda retomar en cualquier momento las funciones delegadas o reasignarlas en otros funcionarios.
Que de acuerdo con las responsabilidades de la Gerencia de Tecnología y que en desarrollo de éstas se deben realizar trámites pertinentes relacionados con la regulación, autorización, localización e instalación de Estaciones Radioeléctricas; uso del espectro y las que se deriven de estas tecnologías, se hace necesario delegar en el Gerente de Tecnología dichas funciones.
Que de conformidad con lo expuesto y con fundamento en la potestad de delegación establecida en las normas citadas y con el propósito de continuar con el ejercicio de la función pública bajo los principios de eficiencia, economía y celeridad, resulta necesario delegar la representación legal para la gestión de trámites relacionados con la regulación, autorización, localización e instalación de Estaciones Radioeléctricas; uso del espectro y las que se deriven de estas tecnologías que requiera la Empresa para garantizar su normal funcionamiento en la Gerencia de Tecnología.
MPFD0801F10-01 Página 2 de 3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-120 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 120 0892 30/10/2023 COT RESOLUCIÓN No DE Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
– Adicionar el
ARTÍCULO 6 de la Resolución 373 de 2022, en el sentido de delegar en el Gerente de Tecnología, la representación de la EAAB-ESP, ante las autoridades competentes para realizar los trámites pertinentes relacionados con la regulación, autorización, localización e instalación de Estación Radioeléctrica; uso del espectro y las que se deriven de estas tecnologías; así como suscribir los documentos que se requieran para el cumplimiento de la función delegada.
Artículo segundo.
Los demás artículos de la Resolución 373 del 26 de abril de 2022, no modificados se mantienen vigentes en todas sus partes.
Artículo tercero.
VIGENCIA: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado por NOEL VALENCIA LOPEZ el 30/10/2023 a las 16:22:01 COT NOEL VALENCIA LÓPEZ Gerente General Aprobado por ARISALENIS MOSQUERA BONILLA el 30/10/2023 a las 16:05:37 COT Aprobado por ALEJANDRA TOBON DIAZ el 30/10/2023 a las 16:21:34 COT Aprobado por NICOLAS FERNANDO APARICIO ALVARADO el 30/10/2023 a las 16:04:36 COT Aprobado por DIEGO FERNANDO NARANJO GUTIERREZ el 30/10/2023 a las 16:11:44 COT Aprobado por JAIRO ANDRES REVELO MOLINA el 30/10/2023 a las 16:13:06 COT Proyectó: Arisalenis Mosquera Bonilla- Asesora Gerencia General Revisó: Alejandra Tobón Diaz- Dirección Asesoría Legal Nicolas Aparicio- Asesor Gerencia General Aprobó: Diego Fernando Naranjo Gutiérrez- Gerente de Tecnología Jairo Andrés Revelo Molina- Gerente Jurídico Iniciales de DIANA MARCELA HERRERA AFRICANO el 30/10/2023 COT a las 16:41:09 COT MPFD0801F10-01 Página 3 de 3 121 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-121 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS RESOLUCIÓN Nº 14 (30 de octubre de 2023)
“Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2023 de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud – SISS E.S.E por $152.768.779.756”
EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 3° del Decreto Distrital 191 de 2021, y, C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Acuerdo No. 17 de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital.
Que, como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo 3º del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo 25° del Acuerdo No. 17 de 1997, en el Decreto Distrital 662 de 2018 y en los artículos que lo modifican según Decreto Distrital 191 de 2021.
Que según lo establecido en el acuerdo Distrital 641 de 2016 “por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”, se reorganizó el sector salud y se fusionan las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.
Que conforme a lo estipulado en el literal e) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que conforme a lo establecido en el artículo 3° del Decreto Distrital 191 de 2021, “(…) las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto (…)
Así mismo, el mencionado artículo indica que “(…) Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud.”.
Que de acuerdo con el numeral 4 del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal, CONFIS, aprobado en sesión No. 01 del 31 de enero de 2020 las decisiones del CONFIS se notificarán “Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas industriales y Comerciales del Distrito Capital y la Empresas Sociales del Estado”.
REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-122 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 122 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No. 14 de 2023 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2023 de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud – SISS E.S.E por $152.768.779.756”
Que el CONFIS Distrital mediante Resolución No. 20 del 27 de octubre del 2022, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud – SISS Empresas Sociales del Estado - E.S.E., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año 2023.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, mediante el artículo 4° de la Resolución No. 015 del 25 de octubre de 2021, delegó en las Juntas o Consejos Directivos de las Empresas Distritales no Financieras a las que hace referencia el artículo 1° del Decreto Distrital 662 de 2018, “la aprobación, mediante acto administrativo, del ajuste al presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversiones en curso de la vigencia, con base en el ejercicio del cierre presupuestal y financiero de la vigencia inmediatamente anterior y previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto".
Que las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud - SISS E.S.E. requieren efectuar una adición en su respectivo Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2023 por un monto total de $152.768.779.756, detallado en el cuadro siguiente, provenientes de: (i) mayor recaudo de cuentas por cobrar y acuerdos de pago sobre cuentas por cobrar; (ii) mayores valores a facturar de la vigencia 2023 y (iii) Resolución del Ministerio de Salud y Protección Social No. 1352 del 31 de agosto de 2023 para el abordaje integral del consumo de sustancias psicoactivas a través de la implementación de los CAMAD, solo para las SISS Norte E.S.E.:
Cifras en millones de pesos SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD – SISS – E.S.E.
RUBRO TOTAL CENTRO ORIENTE NORTE SUR SUR OCCIDENTE 4 SISS 4.1 Ingresos 20.332.975.278 60.398.317.000 36.431.487.478 35.606.000.000 152.768.779.756 4.1.1 Ingresos Corrientes 20.332.975.278 60.398.317.000 36.431.487.478 35.606.000.000 152.768.779.756 4.2 Gastos 20.332.975.278 60.398.317.000 36.431.487.478 35.606.000.000 152.768.779.756 4.2.1 Funcionamiento 4.300.000.000 11.800.000.000 8.786.747.740 11.510.000.000 36.396.747.740 4.2.4 Gastos de operación comercial 16.032.975.278 48.598.317.000 27.644.739.738 24.096.000.000 116.372.032.016 Que los montos a adicionar en los Presupuestos de Rentas e Ingresos de la vigencia 2023 solicitados por cada una de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud – SISS E.S.E., fueron estimados por cada una de ellas y validados y consolidados por la Secretaría Distrital de Salud, teniendo en cuenta que el mayor valor recaudado de cuentas por cobrar con corte a 30 de septiembre de 2023, ya se encontraba en la tesorería de cada SISS E.S.E; la ejecución presupuestal frente a la proyección de recaudo adicional soportado en acuerdos de pago y el comportamiento histórico de la facturación.
2 123 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-123 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No. 14 de 2023 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2023 de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud – SISS E.S.E por $152.768.779.756”
Que las adiciones en los Presupuestos de Gastos e Inversiones de la vigencia 2023 solicitada por cada una de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud – SISS E.S.E y su distribución entre Gastos de Funcionamiento y Gastos de Operación Comercial corresponde a la proyectada por cada una de estas Subredes, consolidada y validada por la Secretaría Distrital de Salud.
Que en cumplimiento del artículo 3° del Decreto Distrital 191 de 2021, las Juntas Directivas de cada una de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud – SISS - E.S.E, emitieron concepto favorable a su respectiva adición en el correspondiente Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2023, conforme a los siguiente Acuerdos:
SISS ACUERDO FECHA CENTRO ORIENTE 43 13/10/2023 NORTE 023 20/10/2023 SUR 071 11/10/2023 SUR OCCIDENTE 175 13/10/2023 Que la Secretaría Distrital de Salud presentó ante el CONFIS Distrital en sesión No. 18 del 25 de octubre de 2023, la aprobación de las adiciones a los Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2023 para cada una de las cuatro (4) SISS E.S.E. según montos detallados en precedencia y por un valor total de $152.768.779.756.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, recomendó al CONFIS Distrital adicionar los $152.768.779.756 a los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las Subredes Integradas de Servicios de Salud – SISS – E.S.E., conforme a la distribución por rubros y Subredes, presentada y justificada por la Secretaría Distrital de Salud, citada en precedencia.
Que el CONFIS Distrital en sesión No. 18 llevada a cabo el 25 de octubre de 2023, aprobó las adiciones en los Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2023 de cada una de las cuatro (4) SISS E.S.E. según montos detallados anteriormente y por un valor total de $152.768.779.756., considerando las recomendaciones de las Secretarías Distritales de Salud y Hacienda.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de las modificaciones presupuestales aprobadas, es responsabilidad y competencia exclusiva de cada una de las Subredes Integradas de Servicios de Salud – SISS E.S.E.
RESUELVE:
Artículo primero.
Aprobar las adiciones en los Presupuestos de Rentas e ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2023 de cada una de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud
- E.S.E, por un valor total de $152.768.779.756, conforme al siguiente detalle:
3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-124 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 124 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS Continuación de la Resolución No. 14 de 2023 “Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2023 de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud – SISS E.S.E por $152.768.779.756”
Cifras en pesos SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD – SISS – E.S.E.
RUBRO TOTAL CENTRO ORIENTE NORTE SUR SUR OCCIDENTE 4 SISS 4.1 Ingresos 20.332.975.278 60.398.317.000 36.431.487.478 35.606.000.000 152.768.779.756 4.1.1 Ingresos Corrientes 20.332.975.278 60.398.317.000 36.431.487.478 35.606.000.000 152.768.779.756 4.2 Gastos 20.332.975.278 60.398.317.000 36.431.487.478 35.606.000.000 152.768.779.756 4.2.1 Funcionamiento 4.300.000.000 11.800.000.000 8.786.747.740 11.510.000.000 36.396.747.740 4.2.4 Gastos de operación comercial 16.032.975.278 48.598.317.000 27.644.739.738 24.096.000.000 116.372.032.016 El CONFIS Distrital recomienda a la Secretaría Distrital de Salud y a las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud monitorear el comportamiento de la facturación y de presentarse una disminución frente a lo proyectado y presentado al CONFIS, proceder a suspender gastos a fin de no generar un compromiso que no cuente con respaldo real de ingreso.
Artículo segundo.
La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los 30 días del mes de octubre de 2023.
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS Secretario Distrital de Hacienda FELIPE JIMÉNEZ ÁNGEL Secretario Técnico de CONFIS Secretario Distrital de Planeación Publicada en el Registro Distrital No. ________ de Fecha ____ de _________de 2023 Firmado digitalmente por Oscar Enrique Guzmán Silva Oscar Enrique Guzmán Silva Firmado digitalmente por YESID PARRA VERA Aprobó: Pedro Antonio Bejarano Silva. Subsecretario de Planeación de la Inversión - Secretaría Distrital de Planeación Oscar Guzmán Silva – Subsecretario Técnico (E) - Secretaría Distrital de Hacienda Revisó: Sebastián Zafra Flórez - Director de Inversiones Estratégicas - Secretaría Distrital de Planeación Yesid Parra Vera – Director Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda Elaboró: Viviana Luz Torres Núñez. Profesional Especializada. Dirección de Inversiones Estratégicas – Secretaría Distrital de Planeación.
4 125 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-125 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 DECRETO LOCAL DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE TEUSAUILLO DECRETO LOCAL Nº 017 (26 de octubre de 2023)
“Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023”.
EL ALCALDE LOCAL DE TEUSAQUILLO (E).
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que según los establecido en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde Local”.
Que el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, dispone que …“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”.
Que a la Alcaldía Local de Teusaquillo le compete la gestión de los asuntos propios de su territorio de tal forma que se pueda garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito, para cumplir tales actividades requiere contar con servicios en función de las actividades administrativas.
Que actualmente el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo cuenta con cuatro sedes para el funcionamiento y realización de las actividades propias de la administración, por lo que se hace necesario que estas se encuentren en condiciones óptimas y adecuadas que permitan brindar a los usuarios los servicios propios en cada una de ellas; velando por el bienestar de sus funcionarios y con el fin de garantizar y facilitar los espacios físicos de la entidad, en aras de generar óptimas condiciones que ofrezcan un ambiente seguro, adecuado y digno para la prestación del servicio por parte de servidores públicos, contratistas y usuarios.
Por lo anterior se hace necesario desarrollar labores de mantenimiento y adecuación de los bienes muebles e inmuebles de la alcaldía local, las cuales deben mantenerse en óptimas condiciones de funcionamiento, requiriéndose la contratación para el suministro de los insumos y herramientas necesarias, como eje principal dentro del desarrollo de las actividades propias de mantenimiento reparaciones o mejoras de Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-126 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 126 Continuación DECRETO LOCAL No. 017 DE 2023 26/10/2023 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023”. Página 2 de 5 tipo locativo de los bienes a cargo de la Alcaldía Local de Teusaquillo y a su vez adicionar el contrato de arrendamiento de la sede principal de la Alcaldía.
Que mediante el Decreto Distrital 067 de 2023, se fijó el incremento salarial para los empleados públicos del Sector Central, que se modificó por el Decreto 293 de 2023 donde en su artículo 2 “Incremento Asignaciones Básicas. A partir del 1° de enero de 2023, las asignaciones básicas mensuales de los empleados públicos del Sector Central de la Administración Distrital de Bogotá D.C., serán ajustadas a los catorce puntos sesenta y dos por ciento (14.62%)” articulo al que se encuentra sujeto el incremento del valor de los honorarios de los ediles y la cotización de salud y depende del Fondo realizar el pago correspondiente.
Que existen saldos de apropiación disponibles en gastos de funcionamiento de los rubros O21202020060666019 "Otros servicios de alquiler de vehículos de trasporte con operario n.c.p." por valor de $ 5.742.000, el cual cuenta con un contrato vigente 211 de 2023 con fecha de inicio 01 de abril de 2023 y se termina el 09 de enero de 2024, del cual no se requiere comprometer ningún recurso por ser una tarifa fija mensual que ya está dentro del valor comprometido.
Del rubro O21202020080383151 "Servicios de alojamiento de sitios web (hosting)" por valor de $6.871.788, el cual se adjudicó mediante la orden de compra OC 91904 con fecha de inicio de 24 de agosto 2022 con el objeto de proveer las licencias para la vigencia 2023; dejando el saldo del rubro disponible.
Mediante los rubros O21202020080484110 "Servicios de operadores (conexión)" por valor de $ 2.427.212, O21202020080484120 "Servicios de telefonía fija (acceso)" por valor de $ 1.547.562, se realizó adición del contrato 286 de 2022 con fecha de inicio 29 de octubre de 2022 con fecha de terminación incluida prorroga el 28 de enero de 2024; dejando el saldo del rubro disponible.
Del rubro O21202020080585330 "Servicios de limpieza general" por valor de $ 12.284.810, con la Orden de compra OC 11057 se suscribió contrato 263 de 2023 con fecha de inicio 02 de junio de 2023 y de terminación 01 de febrero de 2024, quedando el saldo del rubro sin comprometer.
Del rubro O2120202008078711002 "Servicio de mantenimiento y reparación de depósito" por valor de $4.000.000; con el contrato 272 de 2022 con un plazo de 12 meses, con fecha de inicio 27 de octubre de 2022 y terminación el 27 de octubre de 2023 el cual se tiene estimado realizar prórroga del mismo teniendo en cuenta que aún no se ha hecho uso del valor total del contrato y su compromiso cuenta con saldo para el cumplimiento de su obligación; en ese orden de ideas no se utilizara el valor del rubro asignado.
Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co 127 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-127 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 Continuación DECRETO LOCAL No. 017 DE 2023 26/10/2023 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023”. Página 3 de 5 Del rubro O2120202008098912197 “Servicios de impresión litográfica n.c.p.” por valor de $5.000.000, del cual no se suscribió contrato razón por la cual su monto está disponible. Del rubro O2131301001 “Sentencias” por valor de $670, del cual se realizó el pago de la sentencia ordenada por el juez y el saldo disponible no será ejecutado.
Finalmente, del rubro O2120202008078715614 "Servicio de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo para las actividades de impresión" por valor de $ 19.439.872, con el contrato 346 de 2022 por un plazo de 9 meses inicialmente y una prórroga de 3 meses, con fecha de inicio 05 de enero de 2023 y terminación 03 de enero de 2024, quedando el rubro sin comprometer, razón por la cual su saldo está disponible. Los rubros mencionados anteriormente no serán ejecutados al 100% en la vigencia 2023 y permitirán a la Alcaldía Local de Teusaquillo dar cumplimiento al desarrollo de su misionalidad.
Que, en consecuencia, dichos recursos serán adicionados al rubro de O2110103007 "Honorarios Ediles" por valor de $55.813.914, O2120201004024299991 "Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería" por valor de $1.500.000, dicha adición le permitirá a la Administración local realizar el pago de los honorarios de los ediles de la localidad y adicionar el contrato de ferretería teniendo en cuenta que con un contrato adjudicado con el 211-2023, que comenzó el día 04 de abril de 2023 y tiene fecha de terminación el día 03 de noviembre de 2023 por un plazo de 7 meses; teniendo en cuenta que aún se encuentra vigente el contrato se hace necesario realizar la adicción para mantener en correcto funcionamiento de la sedes pertenecientes a Alcaldía Local de Teusaquillo y finalmente adicionar el contrato de arrendamiento de la sede de la Alcaldía.
Que mediante oficio No. 2023EE422647O1 del 26 de octubre de 2023, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado del agregado de funcionamiento de la vigencia 2023, por valor de CINCUENTA Y SIETE MILLONES TRECIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($ 57.313.244)
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:
DECRETA:
Artículo 1.
- Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el siguiente detalle:
Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-128 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 128 Continuación DECRETO LOCAL No. 017 DE 2023 26/10/2023 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023”. Página 4 de 5 CÓDIGO NOMBRE CONTRA CRÉDITO O2 Gastos $ 57.313.914 O21 Funcionamiento $ 57.313.914 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 57.313.244 O21202 Adquisición de diferentes activos $ 57.313.244 O2120202 Adquisición de servicios $ 57.313.244 O2120202006 $ 5.742.000 Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua O21202020060666019 Otros servicios de alquiler de vehículos de trasporte con operario n.c.p. $ 5.742.000 O2120202008 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción $ 51.571.244 O212020200803 Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investigación, urbanismo, jurídicos y de contabilidad) $ 6.871.788 O21202020080383151 Servicios de alojamiento de sitios web (hosting) $ 6.871.788 O212020200804 Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información $ 3.974.774 O21202020080484110 Servicios de operadores (conexión) $ 2.427.212 O21202020080484120 Servicios de telefonía fija (acceso) $ 1.547.562 O212020200805 Servicios de soporte $ 12.284.810 O21202020080585330 Servicios de limpieza general $ 12.284.810 O212020200807 Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción) $ 23.439.872 O2120202008078711002 Servicio de mantenimiento y reparación de depósito $ 4.000.000 O2120202008078715614 Servicio de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo para las actividades de impresión $ 19.439.872 O212020200809 Otros servicios de fabricación; servicios de edición, impresión y reproducción; servicios de recuperación de materiales $ 5.000.000 O2120202008098912197 Servicios de impresión litográfica n.c.p. $ 5.000.000 O21313 Sentencias y conciliaciones $ 670 O2131301 Fallos nacionales $ 670 O2131301001 Sentencias $ 670 TOTAL CONTRACREDITOS $ 57.313.914
Artículo 2º.
– Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:
Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co 129 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-129 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 Continuación DECRETO LOCAL No. 017 DE 2023 26/10/2023 “Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023”. Página 5 de 5 CÓDIGO NOMBRE CRÉDITO O2 Gastos $ 57.313.914 O21 Funcionamiento $ 57.313.914 O211 Gastos de personal $ 55.813.914 O21101 Planta de personal permanente $ 55.813.914 O2110103 Remuneraciones no constitutivas del factor salarial $ 55.813.914 O2110103007 Honorarios Ediles $ 55.813.914 O212 Adquisición de bienes y servicios $ 1.500.000 O21202 Adquisición de diferentes activos $ 1.500.000 O2120201 Adquisición de servicios $ 1.500.000 O2120201004 Productos metálicos y paquetes de software $ 1.500.000 O212020100402 Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo) $ 1.500.000 O2120201004024299991 Artículos n.c.p. de ferretería y cerrajería $ 1.500.000 TOTAL CREDITOS $ 57.313.914
Artículo 3º.
- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.
Artículo 4º.
- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5º.
- Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de octubre de 2023.
ROSA ISABEL MONTERO TORRES Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)
Proyectó: Natalia Andrea Centeno – Profesional de Presupuesto FDLT Revisó: Carolina Suarez Profesional Especializada 222-24 Luz Dary Ayala Palacio Contratista –Despacho Alcaldía Local de Teusaquillo Transversal 18 bis # 38-41 Tel. 2870094 Información Línea 195 www.teusaquillo.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 58 • NÚMERO 7848 • PP. 1-130 • 2023 • NOVIEMBRE • 1 130
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