Registro Distrital 7835 de 2023
Registro Distrital 7835 de 2023 Nivel Distrital
- Tipo
- Registro Distrital
- Número
- 7835
- Año
- 2023
- Fecha
- 18 de octubre de 2023
- Entidad
- Nivel Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
5,5 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • No. 7835- Pp 1 - 59 - 2023 • OCTUBRE • 18 CONTENIDO ADMINISTRACIÓN DISTRITAL Sector Central RESOLUCIONES DE 2023 SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO RESOLUCIÓN Nº 694 “Por medio de la cual se concede una autorización para el aprovechamiento económico del espacio público, bajo la actividad de mercados temporales”... 4 RESOLUCIÓN Nº 700 “Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedi miento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renova ción del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones”.......................................................... 18 SECRETARÍA DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB RESOLUCIÓN Nº DDI-031380, 2023EE407639O1 “Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”.............................. 32 Sector Local DECRETO LOCAL DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ DECRETO LOCAL Nº 018 “Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigen cia fiscal 2023”................................................................................................ 56 RESOLUCIONES DE 2023 SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO RESOLUCIÓN Nº 694 (13 de octubre de 2023)
“Por medio de la cual se concede una autorización para el aprovechamiento económico del espacio público, bajo la actividad de mercados temporales”
LA SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confiere las previstas en la Resolución 339 de 2023 de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico, el artículo 23 del Acuerdo 257 de 2006; el Decreto 437 de 2016, el Decreto Distrital 552 de 2018, actuando como Subsecretario de Despacho de BOGOTÁ D.C. SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO, con NIT No. 899.999.061-9 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, y publicidad, mediante a descentralización, le delegación y la descongestión de funciones”.
Que el artículo 3 de la Ley 489 de 1998, establece que la función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales en particular las atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia.
Que el Decreto 552 de 2018 “Por medio del cual se establece el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá y se dictan otras disposiciones", en su artículo 12, designa entre otras entidades, a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico como “Entidad Gestora del Aprovechamiento Económico del Espacio Público – para la actividad de mercados temporales”.
Que para el desarrollo de esa función se requiere gestionar ante las Entidades Administradoras las actividades, relacionadas con su misionalidad, que implican aprovechamiento económico del espacio público, siguiendo los protocolos y requisitos establecidos en el Decreto Distrital 552 de 2018, previa entrega del respectivo espacio público por parte de la entidad competente. Se puntualiza que conforme al artículo 11 del Decreto, la Entidad administradora de las plazas, es el Instituto de Desarrollo Urbano IDU, quien efectúa la entrega previa del espacio disponible a la Entidad Gestora.
Que en el artículo 8 del Decreto en mención se define los Mercados Temporales, como: “mercados destinados a la comercialización de bienes y servicios que promuevan la Nota: Por responsabilidad ambiental no imprima este documento. Cuida los recursos naturales, ahorra agua y energía.
Atención al Ciudadano y Agencia Distrital de Empleo: Carrera 13 No. 27-84 Bogotá, D.C. Oficinas Administrativas: Carrera 10 No. 28-49 Torre A. Bogotá, D.C. Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GJ-P4-F1 V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-4 • 2023 • OCTUBRE • 18 4 RESOLUCIÓN No. 694 DE 2023 “Por medio de la cual se concede una autorización para el aprovechamiento económico del espacio público, bajo la actividad de mercados temporales” competitividad de actividades comerciales de floricultores, fruticultores, anticuarios, ferias gastronómicas, ferias de turismo, joyeros, libreros, productores de objetos artísticos, tecnológicos y literarios.”
Que la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico fue designada como gestora de espacio público únicamente para las actividades de Mercados Temporales, los cuales, por definición, son de temporalidad de corto plazo.
Que de acuerdo con el artículo 5° del Decreto en mención, “estas actividades de aprovechamiento económico del espacio público están condicionadas en el tiempo, no tienen vocación de permanencia, ni generan derechos adquiridos”. De esta forma, el presente acto administrativo se expide como un instrumento de administración del aprovechamiento económico del espacio público conforme a las competencias que la SDDE tiene como gestora de espacio público únicamente para las actividades de Mercados Temporales, con el fin de dar trámite a la solicitud elevada por los interesados en la autorización de las actividades y eventos que se realicen en el determinado espacio público de manera temporal, previo el cumplimiento de requisitos del protocolo de aprovechamiento económico vigente en la Entidad.
Que los artículos 13 del Decreto 552 de 2018, determina la obligación a cargo de las entidades administradoras y gestoras del aprovechamiento económico del espacio público de formular un documento que contenga el protocolo para el desarrollo de la actividad, requisitos y defina la fórmula de retribución por el aprovechamiento económico del espacio público.
Que, la entrega del espacio público que se hace no implica transferencia de dominio, ni derecho adquisitivo alguno a favor del APROVECHADOR. El Distrito Capital conservará en todo caso la titularidad y posesión efectiva sobre el espacio público.
Que, la entrega de las zonas de uso público que se hace no legaliza ningún tipo de uso, intervención, construcción, ocupación o cerramiento realizados en contravención a las normas o sin la autorización impartida por la autoridad competente según el componente del espacio público objeto de uso temporal.
Que, el Distrito Capital no reconocerá el valor de mejoras o estructuras hechas por los particulares.
Nota: Por responsabilidad ambiental no imprima este documento. Cuida los recursos naturales, ahorra agua y energía.
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Que de conformidad con el artículo 20 del Decreto 552 de 2018 el desarrollo de actividades de aprovechamiento económico en el espacio público que impliquen aglomeraciones de público deberá contar con los requisitos y procedimientos exigidos por las normas vigentes, incluido el Decreto Distrital 599 de 2013 o aquél que lo adicione, modifique o sustituya. Igualmente, en los casos que se vean involucradas vías vehiculares deberá contarse con un Plan de Manejo de Tránsito - PMT, señalización y desvíos, el cual se tramitará ante la Secretaría Distrital de Movilidad o la Entidad que haga sus veces.
Que a través de la Resolución 0290 del 2017, la Secretaría conformó el comité para la gestión y trámite de las solicitudes de préstamo del espacio público para la realización de mercados temporales que se presenten en la Entidad por parte de terceros interesados.
Que la Comisión Intersectorial de Espacio Público- CIEP, en sesión virtual en acta No. 12 de fecha 7 de octubre de 2022, aprobó que el mecanismo jurídico a través del cual se formaliza la administración del aprovechamiento económico del espacio público bajo la actividad de mercados temporales, actividad delegada a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico en virtud del artículo 12 del Decreto 552 de 2018, será concedida a partir de un acto administrativo motivado, previo los requisitos legales para tal fin.
Que el artículo primero de la Resolución No. 339 de 2023 “Por medio de la cual se delegan unas funciones en materia contractual en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico” delegó en el Empleo de libre nombramiento y remoción, denominado Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, la facultad de celebrar todos los contratos, convenios, negocios jurídicos o acuerdos de voluntades que se deriven del adelantamiento de las diferentes modalidades de selección de contratistas/asociados consagradas en la normatividad vigente aplicable, y en general, todos los actos y documentos propios de cada una de las etapas precontractual, contractual y postcontractual con independencia de su régimen legal y de su cuantía, relacionados con los proyectos de inversión y demás diferentes a funcionamiento, incluso los que no generen erogación y se encuentren relacionados con las actividades a cargo de las diferentes áreas que conforman la estructura de la Entidad.
Que, la actividad de mercados temporales se encuentra enmarcada en el Proyecto de inversión 7837: Fortalecimiento en emprendimiento y desarrollo empresarial, para aumentar la capacidad productiva y económica de Bogotá y es una actividad a cargo de la Subdirección de Intermediación, Formalización y Regulación Empresarial Nota: Por responsabilidad ambiental no imprima este documento. Cuida los recursos naturales, ahorra agua y energía.
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Que el señor ENRIQUE PRIETO RODRIGUEZ, mediante radicado 2023ER0022633 del 04 de septiembre de 2023, manifestó a la SDDE el interés de llevar a cabo un mercado temporal en el espacio público ubicado en la PLAZA DE BOLÍVAR de la localidad de la Candelaria, del 7 al 19 de octubre de 2023.
Que el señor GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA, mediante radicado 2023ER0023340 del 08 de septiembre de 2023, manifestó a la SDDE el interés de llevar a cabo un mercado temporal en el espacio público ubicado en la PLAZA DE BOLÍVAR de la localidad de la Candelaria, del 15 al 30 de octubre de 2023, Que en virtud del subnumeral 4.1, del numeral 4 del Protocolo de Aprovechamiento económico del espacio público en la actividad de mercados temporales, adoptado mediante la Resolución 632 del 26 de julio de 2022, el cual indica que, “en el caso que el espacio público solicitado tenga más de un interesado en el periodo requerido, deberán nombrar un representante por asociación, grupo o colectivo quien gestionará mesas de trabajo entre la Alcaldía Local y la SDDE, con el fin de garantizar la operación y participación de las asociaciones con arraigo en estas zonas, a partir de la autorregulación, rotación y organización de estas”, se citó a una mesa de trabajo, a los señores GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA y ENRIQUE PRIETO RODRIGUEZ, con el fin de lograr la articulación entre los mismos, a través de los radicados 2023EE0018402 y 2023EE0018405 del 25 de septiembre de 2023 respectivamente.
Que, mediante acta del 26 septiembre de 2023, los señores GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA y ENRIQUE PRIETO RODRIGUEZ, acordaron llevar a cabo el mercado temporal de manera mancomunada y nombraron como representante de la solicitud articulada sería el señor GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA.
Que una vez la solicitud cumplió con todos los requisitos contemplados en el numeral 4 del Protocolo para uso y aprovechamiento económico del espacio público bajo la actividad de mercados temporales, adoptado por esta entidad mediante Resolución 632 de 2022, se procedió a solicitar al Instituto de Desarrollo Urbano –IDU, el concepto de disponibilidad de la Plaza de Bolívar del 06 al 17 de octubre de 2023, mediante radicado 2023EE0019156 del 02 de octubre de 2023 Que el Instituto de Desarrollo Urbano –IDU mediante oficio DTAI 202337501780251 manifestó que, no tiene objeción para la realización de un mercado temporal del 6 al 17 de octubre del 2023 en la Plaza de Bolívar. Sin embargo, el permiso debe ser tramitado ante la Dirección Nota: Por responsabilidad ambiental no imprima este documento. Cuida los recursos naturales, ahorra agua y energía.
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Administrativa de la Secretaría de Gobierno ya que dicha entidad es la administradora del espacio en mención.
Que por lo anterior, mediante radicado 2023EE0019445 del 04 de octubre de 2023, se solicitó a la Secretaría Distrital de Gobierno el concepto de disponibilidad para llevar a cabo un mercado temporal en la Plaza de Bolívar del 06 al 17 de octubre del año en curso.
Que mediante radicado 20231800644581, la Secretaría Distrital de Gobierno manifestó que se autoriza el uso (no exclusivo) de la Plaza de Bolívar del 06 al 17 de octubre del año en curso. Sin embargo, la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Gobierno informa que se han autorizado las siguientes actividades de carácter social y religioso durante el periodo requerido:
Manifestación pacífica en honor a la libertad religiosa del 06/10/2023 hasta el 8/10/2023 Limpiatón Cuidadores de la Séptima del 07/10/2023 hasta el 07/10/2023 Día Nacional por la dignidad de las víctimas del genocidio del 10/10/2023 hasta el 11/10/2023.
Que mediante sesión virtual del 10 de octubre de 2023, el Comité de gestión de solicitudes de aprovechamiento económico del espacio público de la SDDE realizó el estudio de la solicitud presentada por el señor GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA, y dio su aprobación, mediante votación de sus miembros, para el uso de la Plaza de Bolívar de la localidad de la Candelaria, del 06 al 17 de octubre del año en curso, y en todo caso, desde el momento en que se cumplan todos los requisitos del protocolo para la operación del mercado temporal y hasta el 17 de octubre de 2023.
Que mediante radicado SPMT 202331211548301 del 10 de octubre 2023, la Secretaría Distrital de Movilidad informa que, una vez revisado el documento técnico presentado, emite autorización para el desarrollo de un mercado temporal en la Plaza de Bolívar, ubicada en la Av. Carrera 7 por Calle 10, en el periodo comprendido entre el 11 y el 17 de octubre de 2023 por ser una actividad que no implica cierres viales ni afectaciones al sistema de movilidad.
Que mediante radicado 2023ER0027818 del 11 de octubre el señor GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA, allegó la aceptación de la liquidación junto con la constancia de cancelación del recibo de pago No. 23990091825 del 10 de octubre del año 2023, por el valor de SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($691.168).
Que, conforme al concepto del comité para la gestión y trámite de las solicitudes de préstamo del espacio público para la realización de mercados temporales, el señor RICARDO PRIETO Nota: Por responsabilidad ambiental no imprima este documento. Cuida los recursos naturales, ahorra agua y energía.
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RODRIGUEZ identificado con cédula de ciudadanía No. 79.255.606, cumple con los requisitos establecidos en el protocolo de aprovechamiento económico del espacio público en la actividad de mercados temporales, el cual se adoptó a través de Resolución 632 de 2022 de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico de Bogotá.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Autorizar al señor GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA con cédula de ciudadanía No. 79.401.473 el uso y aprovechamiento económico del espacio público denominado Plaza de Bolívar, a partir del cumplimiento de los requisitos para autorizar el uso y aprovechamiento del espacio público hasta el día 17 de octubre de 2023.
Parágrafo 1. De acuerdo con lo establecido en la presente resolución el permiso para el
uso y aprovechamiento será autorizado a partir del cumplimiento de los requisitos incluyendo la expedición y aprobación de las garantías.
Artículo segundo.
FINALIDAD, DESTINACIÓN DEL PREDIO Y ALCANCE. La SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO, expide el presente acto administrativo, únicamente para el desarrollo de actividades comerciales de mercados temporales, bajo el cumplimiento de las condiciones del Decreto 552 de 2018 y de la Resolución 632 de 2022; y/o las normas que lo modifiquen y/o adición, de acuerdo con las condiciones presentadas en la solicitud efectuada por el particular.
Artículo tercero.
Una vez comunicado el acto administrativo, el solicitante deberá gestionar PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO: La cual debe contener las siguientes coberturas:
a) Cumplimiento: Debe amparar el pago de los perjuicios derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones surgidas del acto administrativo, así como los perjuicios derivados del cumplimiento tardío o el cumplimiento defectuoso de tales obligaciones, cuando ellos sean imputables al BENEFICIARIO del permiso. Dicho amparo debe contar con un valor asegurado equivalente al diez (10%) por ciento del valor total del permiso y con una vigencia igual a la del plazo de la actividad y seis (6) meses más.
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Parágrafo. PRIMERO: Las siguientes son las condiciones bajo las cuales se deberá expedir
la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual:
- Tendrán la calidad de ASEGURADOS, la SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO
- Tendrán la calidad de BENEFICIARIOS, la SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO, y LOS TERCEROS AFECTADOS. En la póliza se debe definir como tercero afectado a cualquier persona que asista al evento.
- Expresamente se deben amparar los perjuicios extrapatrimoniales, así como los perjuicios en la modalidad de daño emergente y lucro cesante.
En todo caso, de existir indemnizaciones por reconocer que no se cubran a través de las pólizas de seguro exigidas en la presente cláusula, éstas serán cubiertas por el solicitante.
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Parágrafo. SEGUNDO: El aprovechador podrá hacer uso del espacio autorizado hasta que
las pólizas se encuentren aprobadas por la Secretaria de Desarrollo Económico. En caso de que las pólizas no se expidan o no cumplan con los requisitos exigidos, la presente autorización quedará sin efectos, por lo que no se podrá realizar la actividad.
Artículo cuarto.
RETRIBUCIÓN POR EL APROVECHAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO: De acuerdo con el valor liquidado por los factores de retribución económica contemplados en la Fórmula estipulada en el Numeral 5 del Protocolo para aprovechamiento económico del espacio público bajo la actividad de mercados temporales, adoptado por la SDDE mediante Resolución 632 de 2022, para todos los efectos legales y fiscales, se verificó que APROVECHADOR consignó en la Tesorería Distrital, el valor de SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($691.168) pagaderos en forma anticipada en efectivo, a favor de la Tesorería Distrital de Hacienda con NIT 899.999.061-9, de acuerdo al comprobante de pago del recibo No. 23990091825 con fecha de pago del 11 de octubre del 2023.
Artículo quinto.
OBLIGACIONES GENERALES DEL APROVECHADOR. 1. Acatar la Constitución, la ley, las normas legales y procedimientos establecidos por el Gobiernos Nacional y Distrital, y demás disposiciones pertinentes. 2. Dar cumplimiento a las obligaciones con los sistemas de seguridad social, salud, pensiones, aportes parafiscales, cuando haya lugar, y presentar los documentos respectivos que así lo acrediten, conforme a lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en la Ley 828 de 2003 y demás normas que las adicionen, modifiquen o complementen. 3. En el evento en que EL APROVECHADOR tenga igualmente personal no vinculado laboralmente, el representante deberá certificar el cumplimiento de los aportes a los sistemas de Salud y pensión. La contratación del personal deberá estar acorde con el régimen laboral vigente, requerido para el desarrollo de las actividades especificadas y correrán por cuenta y riesgo del APROVECHADOR; por lo tanto, se entiende que no existe vínculo laboral alguno entre la entidad y este personal. 4. Constituir y mantener vigentes las garantías exigidas en los términos previstos en el acto administrativo, si hay lugar a ellas. 5. Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía, al supervisor del permiso. 6. Responder por las actuaciones y omisiones derivados de la suscripción del acto administrativo y de la ejecución del mismo.
7. Obrar con lealtad y buena fe en el desarrollo de las actividades. 8. El APROVECHADOR será responsable de todos y cada uno de los componentes o bienes del espacio público que se entreguen, sin perjuicio de su facultad de exigir a los responsables, la reparación o indemnización
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Artículo sexto.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL APROVECHADOR. 1. No impedir a la ciudadanía el uso, goce, disfrute visual y libre tránsito del espacio público, en los términos del artículo 18 del Decreto Nacional 1504 de 1998, y únicamente con las restricciones dadas por las normas de uso y de orden público, a las zonas o áreas objeto del acto administrativo en concordancia con la reglamentación específica del PROTOCOLO DE APROVECHAMIENTO ECONÓMICO DEL ESPACIO PÚBLICO EN LA ACTIVIDAD DE MERCADOS TEMPORALES, adoptado mediante Resolución No. Resolución 632 del 26 de julio de 2022, en espacio público del Distrito Capital. 2. Darle prioridad al Distrito Capital, cuando éste requiera la(s) zona(s) objeto del acto administrativo, para la realización de un evento o actividad en beneficio de la comunidad o programas que desarrolle directamente la SDDE o EL IDU y a su vez de manera análoga, en los programas que éste adelante con otras autoridades.
3. Mantener el área de espacio público objeto de aprovechamiento económico y su entorno inmediato definido en la planimetría, en las condiciones adecuadas de aseo y limpieza y responder por todos y cada uno de los componentes y/o bienes del espacio público que se entreguen.
4. En caso de invasión de la zona objeto del acto administrativo por parte de vendedores informales o la instalación de casetas o avisos publicitarios destinados a fines privados sin autorización de la autoridad competente, cerramientos temporales sobre el espacio público o todo aquello que constituya utilización indebida del espacio público, deberá denunciar tales hechos ante la SDDE y la autoridad local competente. 5. Llevar a cabo las actividades que procuren la conservación de la zona, la preservación de su uso y la sostenibilidad de la misma en el tiempo. 6. No celebrar en la zona objeto de aprovechamiento económico contratos de arrendamiento, cesión o cualquier otro acto que implique negociación de la misma y abstenerse de dar en garantía. 7. Entregar mediante acta el espacio público objeto del acto administrativo en igual o mejores condiciones. En todo caso, EL APROVECHADOR deberá cumplir con las condiciones técnicas, diseño y estética establecidas en el protocolo institucional para el aprovechamiento económico del espacio público modalidad de corto plazo en la actividad de mercado temporal, el cual forma parte integral del presente acto administrativo.
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Atención al Ciudadano y Agencia Distrital de Empleo: Carrera 13 No. 27-84 Bogotá, D.C. Oficinas Administrativas: Carrera 10 No. 28-49 Torre A. Bogotá, D.C. Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GJ-P4-F1 V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-12 • 2023 • OCTUBRE • 18 12 RESOLUCIÓN No. 694 DE 2023 “Por medio de la cual se concede una autorización para el aprovechamiento económico del espacio público, bajo la actividad de mercados temporales”
8. Dar aviso a la SDDE y a la autoridad competente, dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia de hechos que perturben la tenencia y/o uso o la existencia de proceso judicial, administrativo o de cualquier índole en los que se involucren los bienes objeto de este acto administrativo originado por acción u omisión del APROVECHADOR o de terceros, que lleguen a su conocimiento o haya debido saber. 9. Efectuar los trámites pertinentes y necesarios ante las autoridades competentes para obtener los permisos y licencias requeridos para realizar intervenciones u ocupaciones sobre el espacio público objeto del presente acto administrativo.
En caso de que no sean otorgados dichos permisos y licencias, la SDDE queda liberada de todas sus obligaciones sin lugar al reconocimiento de indemnización alguna al APROVECHADOR. 10. Colaborar con los profesionales de la SDDE que llevan a cabo el seguimiento al acto administrativo atendiendo sus llamadas, visitas, auditorías y en general cualquier tipo de requerimientos que garanticen la cumplida ejecución contractual. 11. Cumplir a cabalidad con la reglamentación específica del PROTOCOLO DE APROVECHAMIENTO ECONÓMICO DEL ESPACIO PÚBLICO EN LA ACTIVIDAD DE MERCADOS TEMPORALES, adoptado mediante Resolución No. Resolución 632 del 26 de julio de 2022 y ajustarse a los planes y programas adoptados por las normas vigentes a las políticas de desarrollo urbano.
12. Adoptar todas las medidas de seguridad necesarias para prevenir accidentes personales y daños a la propiedad de terceros en cualquiera de las fases relacionadas con el Mercado Temporal. 13. Asumir la responsabilidad civil que pueda derivarse de sus actos u omisiones respecto de terceros, sin perjuicio de que la SDDE pueda exigir a los responsables la reparación o indemnización de los daños causados, cuando a ello haya lugar. 14. En caso de presentarse alguno de los riesgos cubiertos o no por la póliza de responsabilidad civil extracontractual el APROVECHADOR, se compromete a responder por el exceso de pérdida o por la indemnización de perjuicios que se puedan causar a personas o bienes de terceros y con la firma del presente acto administrativo se compromete a mantener indemne a la SDDE, por las reclamaciones que se presentarán. 15. Ejecutar el aprovechamiento económico con permanencia temporal del espacio público aprobado, desarrollando la actividad admitida por el comité para la gestión y trámite de las solicitudes de préstamo del espacio público para el desarrollo de los mercados temporales de la Entidad. 16. Consumar el aprovechamiento económico con permanencia temporal del espacio público aprobado, de acuerdo a los periodos de ejecución permitidos por el comité para la gestión y trámite de las solicitudes de préstamo del espacio público para la realización de mercados temporales de la Entidad. 17. Realizar el aprovechamiento económico con permanencia temporal del espacio público aprobado, de acuerdo a los horarios y calendario del evento aceptados por el comité para la gestión y trámite de las solicitudes de préstamo del espacio público para la ejecución de mercados temporales de la Entidad.
Nota: Por responsabilidad ambiental no imprima este documento. Cuida los recursos naturales, ahorra agua y energía.
Atención al Ciudadano y Agencia Distrital de Empleo: Carrera 13 No. 27-84 Bogotá, D.C. Oficinas Administrativas: Carrera 10 No. 28-49 Torre A. Bogotá, D.C. Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GJ-P4-F1 V3 13 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-13 • 2023 • OCTUBRE • 18 RESOLUCIÓN No. 694 DE 2023 “Por medio de la cual se concede una autorización para el aprovechamiento económico del espacio público, bajo la actividad de mercados temporales”
18. Cumplir con el Plan de Ocupación del espacio público presentado por el APROVECHADOR, estudiado por la Subdirección de Intermediación Formalización y Regulación Empresarial, y aprobado por el comité para la gestión y trámite de las solicitudes de préstamo del espacio público para la ejecución de mercados temporales de la Entidad. 19. Cumplir con el Plan de mitigación de posibles impactos negativos en el área de influencia del espacio público presentado por el APROVECHADOR , estudiado por la Subdirección de Intermediación Formalización y Regulación Empresarial, y aprobado por el comité para la gestión y trámite de las solicitudes de préstamo del espacio público para la ejecución de mercados temporales de la Entidad, dentro de un radio de dos (2) manzanas del entorno por los distintos costados del espacio público donde se autoriza el uso. 20. Cumplir con el Plan de manejo de residuos presentado por el APROVECHADOR, estudiado por la Subdirección de Intermediación Formalización y Regulación Empresarial, y aprobado por el comité para la gestión y trámite de las solicitudes de préstamo del espacio público para la ejecución de mercados temporales de la Entidad, el cual, en todo caso, debe estar conforme a la Resolución 799 de 2012.
Artículo séptimo.
OBLIGACIONES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO. 1. Emitir el recibo por concepto de la retribución económica a pagar por el señor GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA con cédula de ciudadanía No. 79.401.473, de conformidad con la fórmula de retribución contemplada en el protocolo de la Entidad; y por la cuantía aquí descrita. 2. Una vez se allegue el pago por parte del autorizado y se aprueben las garantías respectivas, suscribir en conjunto con el autorizado el inicio de la presente autorización. 3. Ejercer el control y seguimiento respecto del cumplimiento a través de la supervisión designada. 4. Recibir mediante acta las zonas entregadas, una vez vencido el plazo de ejecución o terminación de manera anticipada. En dicha acta se deberá especificar el estado en el que se entrega el espacio utilizado.
Artículo octavo.
SUPERVISIÓN. La supervisión de esta autorización será ejercida por la Subdirección de Intermediación, Formalización y Regulación Empresarial o quien éste (a) designe, quien verificará el cumplimiento de la finalidad y de todas sus obligaciones.
Artículo noveno.
INDEMNIDAD. El señor GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA con cédula de ciudadanía No. 79.401.473, mantendrá indemne a BOGOTÁ D.C. – SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a. personas o propiedades de terceros, ocasionados en desarrollo de la presente autorización. El señor GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA será responsable de todos los daños causados a la
Nota: Por responsabilidad ambiental no imprima este documento. Cuida los recursos naturales, ahorra agua y energía.
Atención al Ciudadano y Agencia Distrital de Empleo: Carrera 13 No. 27-84 Bogotá, D.C. Oficinas Administrativas: Carrera 10 No. 28-49 Torre A. Bogotá, D.C. Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GJ-P4-F1 V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-14 • 2023 • OCTUBRE • 18 14 RESOLUCIÓN No. 694 DE 2023 “Por medio de la cual se concede una autorización para el aprovechamiento económico del espacio público, bajo la actividad de mercados temporales”
SDDE, ocasionados por su culpa y le reconocerá y pagará el valor de tales daños o procederá a repararlos debidamente a satisfacción de la SDDE y/o de Distrito.
Artículo décimo.
EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL. La presente autorización no genera relación laboral alguna con el personal que llegare a vincular, contratar y/o operar la actividad de aprovechamiento y/o las actividades conexas, efectuadas por el señor GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA con cédula de ciudadanía No. 79.401.473, toda vez que ésta actúa de manera independiente y con total autonomía técnica, administrativa y financiera sin ningún tipo de subordinación con la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, ni de ninguna Entidad del Distrito, por lo tanto, no da lugar al reconocimiento, pago de prestaciones sociales o indemnización alguna.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. CESACIÓN DE EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO. Sin perjuicio de las causales de pérdida de fuerza ejecutoria de los actos administrativos previstos en el artículo 91 del Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo, la cesación de efectos del acto administrativo procederá por: razones de interés público o social y en cualquier tiempo, mediante acto administrativo motivado; b) cuando la zona objeto de la presente autorización requiera ser intervenida por el Distrito Capital o por una entidad pública del orden nacional o departamental; c) por cesación de la actividad autorizada en un término de tres meses; d) por cumplimiento del plazo otorgado; y e) por el incumplimiento de cualquiera de las condiciones, obligaciones y/o deberes, establecidas en el protocolo previo agotamiento del procedimiento administrativo establecido en la Ley.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. El procedimiento aplicable al presente acto se efectuará de conformidad con el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011 que indica: "Procedimiento administrativo común y principal". Las actuaciones administrativas se sujetan al procedimiento administrativo común y principal que se establece en este Código, sin perjuicio de los procedimientos administrativos regulados por leyes especiales.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. INCUMPLIMIENTO. Para efectos del incumplimiento del presente acto administrativo se aplica lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto 552 de 2018: "Incumplimiento de actos administrativos o contratos: El incumplimiento de las obligaciones establecidas en los actos administrativos o en los contratos dará lugar a la suspensión de la actividad, sin perjuicio de las acciones administrativas o judiciales que se adelanten para establecer las responsabilidades pendientes".
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ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. CESIÓN. La autorización para el aprovechamiento económico temporal para la actividad de mercado temporal es de carácter personal frente al peticionario, es decir al señor GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA con cédula de ciudadanía No. 79.401.473. Por lo anterior, no se podrá ceder, ni subcontratar la presente Autorización.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. LIMITACIONES. Este permiso no confiere la propiedad ni ningún derecho adquisitivo de dominio al aprovechador, ya que este permiso es de carácter temporal de acuerdo como se establece en el Art. 15 del Decreto 552 de 2018.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO ANEXOS. Hacen parte de la presente autorización los siguientes documentos:
1. Solicitud articulada presentada por el señor GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA con cédula de ciudadanía No. 79.401.473
2. Acta del 10 de octubre de 2023, del comité para la gestión y trámite de las solicitudes de préstamo del espacio público para la realización de mercados temporales de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en la cual se aprobó la solicitud el señor GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA con cédula de ciudadanía No. 79.401.473.
3. Comprobante de pago recibo de pago del recibo No 23990091825, con fecha de pago del 11 de octubre del 2023 por un valor de SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($691.168).
4. Concepto de disponibilidad otorgado por el Instituto de Desarrollo Urbano – IDU en calidad de administrador del espacio público denominado Plaza de Bolívar, mediante radicado DTAI 202337501780251.
5. Concepto de disponibilidad otorgado por la Secretaría Distrital de Gobierno en calidad de administrador del espacio denominado Plaza de Bolívar, mediante radicado 20231800644581.
6. Aprobación del plan de manejo de tránsito por parte de la Secretaría Distrital de Movilidad mediante radicado SPMT 202331211548301 del 10 de octubre de 2023.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO. NOTIFICACIÓN. Notificar el contenido de la presente Resolución al señor GERMAN ANTONIO NIETO CHINCHILLA con cédula de ciudadanía No. 79.401.473, de conformidad con lo señalado en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011 – Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entregando copia de ésta.
Nota: Por responsabilidad ambiental no imprima este documento. Cuida los recursos naturales, ahorra agua y energía.
Atención al Ciudadano y Agencia Distrital de Empleo: Carrera 13 No. 27-84 Bogotá, D.C. Oficinas Administrativas: Carrera 10 No. 28-49 Torre A. Bogotá, D.C. Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GJ-P4-F1 V3 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-16 • 2023 • OCTUBRE • 18 16 RESOLUCIÓN No. 694 DE 2023 “Por medio de la cual se concede una autorización para el aprovechamiento económico del espacio público, bajo la actividad de mercados temporales”
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO. - El presente acto administrativo se publicará en la página web de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO. Contra el presente Acto Administrativo procede el recurso de Reposición y en subsidio de Apelación el cual podrá interponerse en la diligencia de notificación personal o dentro de los diez (10) días a ella, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 y siguientes del Código Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Dada en Bogotá, D.C. a los 13 días de octubre de 2023 NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE SEBASTIÁN MARULANDA ROBLEDO Subsecretario de Despacho SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO Elaboró: Sandra Milena Torres Gómez- Contratista de la Subdirección de Intermediación, Formalización y Regulación Empresarial Aprobó: Angelica María Segura Bonell- Subdirectora de Intermediación, Formalización y Regulación Empresarial Reviso: Andres Sejin Soto-Contratista OJ Reviso: Álvaro Andres Lizarazo Riaño- Jefe (e) Oficina Jurídica Nota: Por responsabilidad ambiental no imprima este documento. Cuida los recursos naturales, ahorra agua y energía.
Atención al Ciudadano y Agencia Distrital de Empleo: Carrera 13 No. 27-84 Bogotá, D.C. Oficinas Administrativas: Carrera 10 No. 28-49 Torre A. Bogotá, D.C. Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GJ-P4-F1 V3 17 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-17 • 2023 • OCTUBRE • 18 RESOLUCIÓN Nº 700 (13 de octubre de 2023)
“Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedimiento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones”
EL SUBSECRETARIO DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO En el uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, el Acuerdo Distrital 257 de 2006, el Decreto 437 de 2016 y la Resolución 339 de 2023,
CONSIDERANDO:
Que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) es una agencia especializada de la Organización de las Naciones Unidas ONU cuya misión es la promoción de la justicia social, los derechos humanos y los derechos laborales reconocidos internacionalmente.
Que el Convenio No. 111 de la Organización del Trabajo (OIT) sobre la discriminación (empleo y ocupación), establece en su artículo 2 que todo miembro para el cual este convenio se halle en vigor, como es el caso de Colombia, se encuentra en la obligación de formular y promover a través de métodos adecuados a las condiciones y a la práctica nacional, la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y ocupación, con el objeto de eliminar cualquier tipo de discriminación al respecto.
Que el artículo 25 de la Constitución Política de Colombia otorgó al trabajo la doble categoría de derecho fundamental de especial protección y de obligación social, enfatizando que goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. También señala que toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
Que el artículo 53 ídem, establece que la igualdad de oportunidades es un principio mínimo fundamental del trabajo.
Que, según el artículo 113 de la Constitución Política, el Estado está conformado, entre otras, por la Rama Ejecutiva del Poder Público, siendo las alcaldías parte de esta rama según lo dispone el artículo 115 de la Carta; así las cosas, cuando en la Constitución se habla de Estado también aluden a estas entidades territoriales.
Carrera 10 No. 28 – 49, Torre A Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GD-P3-F19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-18 • 2023 • OCTUBRE • 18 18 RESOLUCIÓN NO. DE 2023 “Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedimiento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones”
Que el artículo 209 ídem establece que: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.”, postulado que se armoniza, en esta Resolución, con la especial protección que el Estado debe brindar al derecho fundamental al trabajo, y su obligación de propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar, como lo señalan los artículos 25 y 54 de la Constitución Política de Colombia.
Que en Bogotá D.C, a partir del año 2015 con el Decreto 380 de 2015 - “Por el cual se formula la Política de Trabajo Decente y Digno de Bogotá D.C”, estipula en el artículo 10°, numeral 4: “Realizar un reconocimiento a las empresas privadas que generen trabajo decente y digno. La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico realizará, en el marco de la Jornada Mundial por el Trabajo Decente, un reconocimiento a las empresas privadas de la ciudad que hayan generado trabajo Decente y Digno.”
Que el documento CONPES D.C. 025 de 2023 actualizó el Plan de Acción de la “Política Pública de Productividad, Competitividad y Desarrollo Socioeconómico 2011-2038”, la cual contempla dentro de sus objetivos la inclusión productiva: “Fomentar condiciones para mejorar la empleabilidad y la generación de ingresos”, y las relaciones productivas: “Aumentar la interacciones y el flujo de ideas entre actores”, las cuales aportan a la ampliación de la generación de empleo y de ingresos para las personas, y en ese sentido, del desarrollo económico de la ciudad.
Que en el documento CONPES D.C. 025 de 2023, el objetivo específico 2: “Fomentar condiciones para mejorar la empleabilidad y la generación de ingresos”, incorpora como uno de los resultados esperados el aumento de la población colocada por las políticas de mercado de trabajo en Bogotá; y el objetivo específico 4: “Aumentar las interacciones y el flujo de ideas entre actores”, incorpora como resultados esperados la mejora en la planeación y coordinación de las políticas económicas, a nivel local, distrital y regional. A su vez, estos resultados tienen como productos asociados los siguientes: 2.1.3. Programa de incentivos para la colocación de las personas con mayores barreras de acceso al mercado laboral, a través de esquemas de pagos por resultados, bonos de impacto social u otros que se identifiquen por su eficacia, 2.1.4. Servicios de gestión y colocación de empleo para la mitigación de barreras con un enfoque de cierre de brechas, a través de la Agencia Pública de Empleo Distrital (APED) y 4.1.7. Estrategia de articulación y Carrera 10 No. 28 – 49, Torre A Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GD-P3-F19 19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-19 • 2023 • OCTUBRE • 18 RESOLUCIÓN NO. DE 2023 “Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedimiento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones” coordinación de los actores del ecosistema de empleabilidad de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, respectivamente.
Que dentro de las funciones de la Subdirección de Empleo y Formación de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, establecidas mediante el Decreto 437 de 2016 en el artículo 18, se establecen las de “Orientar, estructurar e implementar las políticas, programas y proyectos dirigidos al incremento de la demanda de trabajo a través de acciones que permitan la articulación efectiva con las necesidades del tejido productivo de la ciudad para incrementar la inserción laboral, disminuir el desempleo friccional y apoyar la productividad de las empresas de la ciudad” y “Promover la democratización de las oportunidades en la colocación laboral de las entidades del Distrito Capital a través de herramientas que permitan apoyar el acceso de toda la población a oportunidades laborales, disminuir brechas y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos”.
Que existen diferentes disposiciones legales y de política pública distrital que conmina al Gobierno Distrital y a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en particular a promover acciones en pro del acceso al empleo de distintos grupos poblacionales. Entre estas se encuentran las políticas públicas distritales y estrategias:
- Política Pública Distrital para el Fenómeno de Habitabilidad en Calle 2015-2025, actualizada mediante CONPES D.C. No. 20 del 4 de febrero de 2022.
- Política Pública de Lucha Contra la Trata de Personas en Bogotá Distrito Capital 2022-2031, adoptada mediante Decreto 193 del 17 de mayo de 2022.
- Política Pública de Mujeres y Equidad de Género 2020-2030, actualizada mediante CONPES D.C. No 14 del 27 de enero de 2021.
- Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez 2010-2025, actualizada mediante CONPES D.C. No 19 del 11 de mayo de 2022.
- Política Pública LGBTI, identidades de género y orientaciones sexuales en el D.C. 2021-2032, actualizada mediante CONPES D.C. No 16 del 4 de febrero de 2022.
- Sistema Distrital de Protección a Mujeres Víctimas de Violencias – SOFIA, mediante el cual se da cumplimiento de la Ley 1257 de 2008 en la ciudad de Bogotá.
Carrera 10 No. 28 – 49, Torre A Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GD-P3-F19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-20 • 2023 • OCTUBRE • 18 20 RESOLUCIÓN NO. DE 2023 “Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedimiento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones”
- Ley 1448 de 2011, "Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno”.
- Consejo Nacional de Política Económica y Social República de Colombia Departamento Nacional De Planeación Documento CONPES reintegración 3554 de 2008 y Documento CONPES de Reincorporación 3931 del 2018, Política Nacional de Reintegración Social y Económica Para Personas y Grupos Armados Ilegales y Política Nacional para la Reincorporación Social y Económica de Exintegrantes de las FARC-EP, respectivamente.
- Decreto Distrital 470 de 2007 "Por el cual se adopta la Política Pública de Discapacidad para el Distrito Capital", la cual está en proceso de actualización.
- La Corte Constitucional mediante las Sentencias T-724 de 2003 y T-291 de 2009 y autos 268 de 2010; 183 de 2011; 189 de 2011; 275 de 2011; T-783 de 2012; 366 de 2014; 118 de 2014 y 587 de 2015, reconoce a los recicladores como sujetos de especial protección respecto de los cuales se deben promover acciones afirmativas.
- Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, Artículo 66. Enfoque diferencial étnico. El cual establece: “[...] Se realizará el proceso de concertación y construcción conjunta con los pueblos y comunidades étnicas asentados en el Distrito, que conduzca a la inclusión de programas, planes y proyectos específicos; metas, indicadores, tiempos, responsables y asignación presupuestal dirigidos a la población étnicamente diferenciada, en cada uno de los sectores de la Administración y en las Localidades, propendiendo por la salvaguarda de sus derechos y garantizando su supervivencia física y cultural”.
Que el Acuerdo 866 del 6 de febrero de 2023 “Por el cual se crea el sello “Bogotá Incluyente” como un reconocimiento para las empresas, establecimientos u organizaciones que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales, a través de su vinculación laboral o en su cadena de producción y se dictan otras disposiciones” creó el Sello ‘Bogotá Incluyente’ como un reconocimiento para las empresas, establecimientos u organizaciones que promuevan la inclusión de poblaciones que presentan barreras de acceso al mercado laboral, con un enfoque diferencial, territorial, de género y de derechos humanos, a través Carrera 10 No. 28 – 49, Torre A Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GD-P3-F19 21 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-21 • 2023 • OCTUBRE • 18 RESOLUCIÓN NO. DE 2023 “Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedimiento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones” de su vinculación laboral o en su cadena de producción, generando oportunidades y escenarios dignos y decentes de empleo.
Que dentro de las poblaciones identificadas como poblaciones diferenciales en el artículo 2° del Acuerdo 866 de 2023 “Por el cual se crea el sello “Bogotá Incluyente” como un reconocimiento para las empresas, establecimientos u organizaciones que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales, a través de su vinculación laboral o en su cadena de producción y se dictan otras disposiciones” y algunas de las poblaciones que se encuentran en el numeral b del artículo 2 del Decreto 399 de 2022 y/o los que hagan sus veces, se encuentran:
1. Población joven (de 18 a 28 años).
2. Población mayor de 50 años.
3. Mujeres.
4. Persona con discapacidad certificada
5. Persona en proceso de reincorporación, reintegración y/ o desmovilizados.
6. Persona Víctima del Conflicto Armado
7. Persona en pobreza SISBEN grupos A, B y C hasta nivel C5.
8. Persona con pertenencia a grupos étnicos (población negra y afrocolombiana, raizal, palenquero, indígena, rrom o gitano).
9. Persona joven mayor de 18 años que está o estuvo en protección del ICBF.
10. Población postpenitenciaria -privada de la libertad al menos tres (3) meses.
11. Persona víctima de violencia de género.
12. Reciclador o recicladora de oficio en reconversión laboral.
13. Persona Trans.
14. Persona en habitabilidad en calle.
15. Persona víctima de trata de personas
16. Vendedor o vendedora informal en reconversión laboral.
17. Población migrante.
18. Población rural
Que la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, que se encuentra a la cabeza de la ejecución del Programa Empleo Incluyente y de la implementación del Sello ‘Bogotá Incluyente’, socializa el proceso de reglamentación en los siguientes espacios como instancia de participación ciudadana y de las organizaciones de la sociedad civil de las que trata el artículo 5° del Acuerdo 866 de 2023 “Por el cual se crea el sello “Bogotá Incluyente”
Carrera 10 No. 28 – 49, Torre A Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GD-P3-F19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-22 • 2023 • OCTUBRE • 18 22 RESOLUCIÓN NO. DE 2023 “Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedimiento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones” como un reconocimiento para las empresas, establecimientos u organizaciones que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales, a través de su vinculación laboral o en su cadena de producción y se dictan otras disposiciones”:
- Consejo Distrital de Política Social como consta en el Acta del 26 de abril de 2023, en donde se presentaron seis (6) recomendaciones que han sido tenidas en cuenta para la expedición de la presente resolución.
- Consejo Distrital de Vendedores Informales como consta en el Acta del 6 de julio de 2023, en donde se presentaron recomendaciones que han sido tenidas en cuenta para la expedición de la presente resolución.
- Cámara de Comercio de Bogotá como consta en el Acta del 23 de junio de 2023, en donde se presentaron recomendaciones que han sido tenidas en cuenta para la expedición de la presente resolución.
Que en cumplimiento del numeral 8 del artículo 8° de la Ley 1437 de 2021 se habilitó la recepción de observaciones y comentarios por parte de la ciudadanía durante 5 días hábiles para recepción de comentarios y observaciones, de los cuales se dejó registro público y fueron tomados en consideración para incluir los pertinentes en el presente acto administrativo, reforzando la participación efectiva de la ciudadanía en el reglamento que se expide.
Que, en ese sentido, el otorgamiento del Sello ‘Bogotá Incluyente’ que se reglamenta con esta Resolución reconoce el enfoque de género, el enfoque territorial, de Derechos y el enfoque diferencial-poblacional, al otorgar un reconocimiento por la vinculación laboral de estas poblaciones. Así, se brinda un beneficio por la vinculación laboral de la población que enfrenta las barreras de acceso más importantes y se promoverá una mayor permanencia en el empleo entregando un reconocimiento que destaque la reputación, el compromiso social y económico del aparato productivo de la ciudad con el cierre de brechas en el empleo, promoviendo estrategias para superar barreras de acceso a oportunidades laborales dignas y decentes.
Que para especificar los destinatarios del Sello ‘Bogotá Incluyente’, cuáles serán las condiciones de asignación del reconocimiento, su alcance, garantizar una estrategia de Carrera 10 No. 28 – 49, Torre A Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GD-P3-F19 23 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-23 • 2023 • OCTUBRE • 18 RESOLUCIÓN NO. DE 2023 “Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedimiento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones” comunicaciones, así como la igualdad material e imparcialidad en la asignación del Sello, se hace necesaria la expedición de esta resolución.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Objeto: Reglamentar el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ de que trata el Acuerdo 866 de 2023 “Por el cual se crea el sello “Bogotá Incluyente” como un reconocimiento para las empresas, establecimientos u organizaciones que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales, a través de su vinculación laboral o en su cadena de producción y se dictan otras disposiciones”, en el marco de un modelo de Diversidad, Equidad e Inclusión.
Artículo segundo.
Destinatarios y destinatarias del sello y acreditación de condiciones. El presente reconocimiento está dirigido a empresas, establecimientos u organizaciones que tengan las siguientes características:
a. Estar formalizadas en Bogotá D.C. y que tengan su domicilio comercial y/o fiscal en esta ciudad. b. Demostrar vinculación laboral formal en Bogotá pertenecientes a las poblaciones con mayores barreras de acceso al empleo, dentro de las cuales se encuentran:
1. Población joven (de 18 a 28 años).
2. Población mayor de 50 años.
3. Mujeres.
4. Persona con discapacidad certificada
5. Persona en proceso de reincorporación, reintegración y/ o desmovilizados.
6. Persona Víctima del Conflicto Armado
7. Persona en pobreza SISBEN grupos A, B y C hasta nivel C5.
8. Persona con pertenencia a grupos étnicos (población negra y afrocolombiana, raizal, palenquero, indígena, rrom o Gitano).
Carrera 10 No. 28 – 49, Torre A Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GD-P3-F19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-24 • 2023 • OCTUBRE • 18 24 RESOLUCIÓN NO. DE 2023 “Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedimiento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones”
9. Persona joven mayor de 18 años que está o estuvo en protección del ICBF.
10. Población postpenitenciaria -privada de la libertad al menos tres (3) meses.
11. Persona víctima de violencia de género.
12. Reciclador o recicladora de oficio en reconversión laboral.
13. Persona Trans.
14. Persona en habitabilidad en calle.
15. Persona víctima de trata de personas
16. Vendedor o vendedora informal en reconversión laboral.
17. Población migrante.
18. Población rural
Artículo tercero.
Beneficios de la obtención del sello. Las empresas, establecimientos u organizaciones que obtengan el Sello ‘Bogotá Incluyente’ podrán acceder a los siguientes beneficios:
1. Acompañamiento de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico a través del acceso a espacios de capacitación, información relevante y/o conexiones con actores estratégicos en temas de diversidad, equidad e inclusión.
2. Disposición de un portafolio de formación para la cualificación y recualificación del personal de la empresa de manera prioritaria.
3. Participación en foros, ferias y eventos relacionados con la inclusión laboral.
4. Utilización de la imagen del Sello “Bogotá Incluyente” en los bienes y servicios que se ofrecen en las empresas, establecimientos u organizaciones.
5. Publicación mensual de empresas que obtienen el Sello ‘Bogotá Incluyente’ en la página de Bogotá Trabaja y en redes sociales de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y otras Secretarías o dependencias de la Alcaldía Distrital.
6. Preselección para la obtención de una mención de honor entregada en el mes de diciembre por el (la) alcalde (sa) mayor o a quien delegue y para que sea conferida en el Concejo de Bogotá.
7. Participación en espacios de socialización de buenas prácticas y casos exitosos con actores pertenecientes al ecosistema de diversidad, equidad e inclusión y otros beneficiarios del Sello ‘Bogotá Incluyente’.
Parágrafo 1. La preselección para la Mención de Honor estará a cargo de la Secretaría
Distrital de Desarrollo Económico y se remitirá al Concejo de Bogotá con base en la posición que ocupen las empresas, establecimientos u organizaciones que obtengan el Sello ‘Bogotá Carrera 10 No. 28 – 49, Torre A Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GD-P3-F19 25 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-25 • 2023 • OCTUBRE • 18 RESOLUCIÓN NO. DE 2023 “Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedimiento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones”
Incluyente’ en esa vigencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7° del Acuerdo 866 de 2023 “Por el cual se crea el sello “Bogotá Incluyente” como un reconocimiento para las empresas, establecimientos u organizaciones que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales, a través de su vinculación laboral o en su cadena de producción y se dictan otras disposiciones”.
Parágrafo 2. La asignación de beneficios a las empresas, establecimientos u
organizaciones se realizará de acuerdo con el nivel del Sello ‘Bogotá incluyente’ en que clasifique, como están establecidos en el artículo 5° de la presente Resolución será progresiva atendiendo al nivel de desarrollo que demuestren en cuanto a su estrategia de diversidad, equidad e inclusión.
Artículo cuarto.
Condiciones para la postulación al Sello “Bogotá Incluyente”. Las empresas, establecimientos u organizaciones se podrán postular al Sello ‘Bogotá Incluyente' a través de la convocatoria que realice la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico en el último trimestre del año.
Parágrafo 1. La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico publicará en redes y
medios de la entidad la convocatoria pública para participar en el otorgamiento del Sello Bogotá Incluyente dirigida a las empresas formalizadas en Bogotá, las cuales deberán acreditar mínimo los siguientes requisitos:
Requisitos jurídicos
- Certificado de existencia y representación legal o su documento equivalente
- Para el caso de empresas, establecimientos u organizaciones que tengan sede en Bogotá deberán aportar el Registro Mercantil
- Registro único tributario
- Certificación en el que acredite el tamaño de su empresa, establecimiento u organización suscrito por representante legal y/o revisor fiscal cuando lo tenga de acuerdo con el artículo 2° de la Ley 905 de 2004
- Cédula de ciudadanía del representante legal que postula la participación de la empresa, establecimiento u organización en el Sello Bogotá Incluyente
Carrera 10 No. 28 – 49, Torre A Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GD-P3-F19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-26 • 2023 • OCTUBRE • 18 26 RESOLUCIÓN NO. DE 2023 “Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedimiento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones”
Requisitos Técnicos
- Certificación por parte del representante legal y líder del área de talento humano o su equivalente cuando aplique en donde se especifique relación de personas con mayores barreras de acceso al mercado laboral que están vinculadas mediante contrato de trabajo con la empresa, establecimiento u organización y que lleven como mínimo seis meses de contratación contados a partir del cierre de la convocatoria con la siguiente información: tipo y número de documento, nombres y apellidos completos, fecha de ingreso, promedio de días trabajados (antigüedad) de los trabajadores relacionados, tipo de contrato y estado de la vinculación. Adicionalmente, indicar el número total de empleados que hacen parte de la planta de personal a la fecha de postulación y el promedio de antigüedad en días de toda la planta de personal.
- Certificado de aportes acumulado o resumen de los empleados relacionados en la certificación para la postulación.
- Diligenciamiento de la lista de chequeo de autoevaluación establecida en la convocatoria del proceso de postulación.
- Enviar un video de justificación de la postulación.
Artículo quinto.
Categorías y Niveles del Sello Bogotá Incluyente. El Sello Bogotá Incluyente tendrá tres (3) niveles, más un (1) nivel de reconocimiento, que se otorgará de acuerdo con la calificación asignada tras el diligenciamiento de la lista de chequeo de autoevaluación. Dichos niveles se otorgarán teniendo en cuenta los destinatarios definidos en el artículo 2°.
NIVELES Reconocimiento Sello Bronce Sello Plata Sello Oro Las categorías establecidas se basarán en el tamaño de la empresa y se dividirán en:
Carrera 10 No. 28 – 49, Torre A Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GD-P3-F19 27 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-27 • 2023 • OCTUBRE • 18 RESOLUCIÓN NO. DE 2023 “Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedimiento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones”
Categorías:
1. Empresas, establecimiento u organización grandes
2. Empresas, establecimiento u organización medianas
3. Empresas, establecimiento u organización micro y pequeñas
Artículo sexto.
Otorgamiento del Sello “Bogotá Incluyente”: El Sello ‘Bogotá Incluyente’ se otorgará por medio de acto administrativo a aquellas empresas, establecimientos u organizaciones que cumplan con las condiciones mínimas establecidas en el numeral 1 del artículo 4° del Acuerdo 866 de 2023 “Por el cual se crea el sello “Bogotá Incluyente” como un reconocimiento para las empresas, establecimientos u organizaciones que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales, a través de su vinculación laboral o en su cadena de producción y se dictan otras disposiciones”. La verificación del cumplimiento de condiciones mínimas del otorgamiento del Sello ‘Bogotá Incluyente’ para las empresas, establecimientos u organizaciones interesadas y formalizadas en Bogotá D.C, se realizará en el marco de la convocatoria pública que realice la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y la evaluación que realice el Comité Evaluador relacionado en el artículo 8 de la presente Resolución, así como las solicitudes de información adicional para la verificación de requisitos.
Artículo séptimo.
Seguimiento y supervisión. La vigencia del Sello ‘Bogotá Incluyente’ será de dos (2) años, se establecerá un mecanismo de seguimiento y supervisión a través de visitas y/o requerimientos documentales que soporten que el porcentaje de vinculación laboral de población vulnerable como parte de su nómina se ha mantenido en un valor igual o superior al que se tenía en el momento de obtener el Sello o, en caso de que exista una disminución, esta variación no puede ser superior al promedio de la tasa de desempleo del último año para el Distrito Capital. El seguimiento se realizará anualmente con posibilidad de un corte semestral y estará en cabeza de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en coordinación con el Comité Evaluador conformado para la vigencia. Para realizar el seguimiento se conformará una base de datos con la información de las empresas, establecimientos u organizaciones que obtengan el Sello ‘Bogotá Incluyente’ y los indicadores relacionados con este proceso.
Parágrafo 1. La disminución en un porcentaje inferior al cual se presentó en la convocatoria
se revisará específicamente por parte del Comité Evaluador y analizará la justificación de dicha disminución decidiendo si se mantiene el sello o se revoca.
Carrera 10 No. 28 – 49, Torre A Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GD-P3-F19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-28 • 2023 • OCTUBRE • 18 28 RESOLUCIÓN NO. DE 2023 “Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedimiento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones”
Parágrafo 2. La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico remitirá en el mes de
diciembre de cada año el informe anual sobre la implementación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ al Concejo de Bogotá del que trata el artículo 8° del Acuerdo Distrital 866 de 2023 “Por el cual se crea el sello “Bogotá Incluyente” como un reconocimiento para las empresas, establecimientos u organizaciones que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales, a través de su vinculación laboral o en su cadena de producción y se dictan otras disposiciones”. Lo anterior, sin perjuicio de emitir otros informes de seguimiento periódicos sobre el avance y resultados en la implementación de esta estrategia disponibles para la ciudadanía y demás interesados.
Artículo octavo.
Comité Evaluador. El Comité Evaluador tendrá como función la verificación y evaluación del cumplimiento de las condiciones que acrediten las empresas para obtener el Sello ‘Bogotá Incluyente’ y la conformación de la preselección de empresas que obtendrán el reconocimiento con la Mención de Honor de la que trata el artículo 7° del Acuerdo 866 de 2023 “Por el cual se crea el sello “Bogotá Incluyente” como un reconocimiento para las empresas, establecimientos u organizaciones que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales, a través de su vinculación laboral o en su cadena de producción y se dictan otras disposiciones”. El Comité Evaluador ejercerá su labor por el periodo de un año y estará conformado por:
- El/la Director(a) de Desarrollo Empresarial y Empleo de la Secretaría de Desarrollo Económico o a quien delegue.
- Dos (2) representantes de las organizaciones de la sociedad civil definidos en el Consejo Distrital de Política Social (CDPS).
- Dos (2) representantes de otras organizaciones de la sociedad civil y tercer sector de reconocida trayectoria en temas de inclusión.
- Dos (2) representantes de empresas galardonadas y/o agremiaciones de empresarios con trayectoria en temas de inclusión.
Parágrafo. Los representantes elegidos por las organizaciones de la sociedad civil deberán
velar por los intereses de todas las poblaciones e instancias de participación de las que trata la presente Resolución y deberán demostrar sus capacidades de liderazgo, concertación, responsabilidad, tener conocimiento estratégico en empleabilidad, enfoque diferencial y equidad para desempeñarse como parte del Comité Evaluador.
Carrera 10 No. 28 – 49, Torre A Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GD-P3-F19 29 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-29 • 2023 • OCTUBRE • 18 RESOLUCIÓN NO. DE 2023 “Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedimiento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones”
La elección de los representantes del Consejo Distrital de Política Social se realizará por votación en la sesión del Consejo luego de la postulación voluntaria de los candidatos. Los representantes serán elegidos con la mayoría simple de los votos de los miembros del CDPS. Los demás miembros del Comité serán determinados por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico siguiendo estos mismos criterios y el método de elección será determinado de acuerdo con la postulación voluntaria o designación garantizando la transparencia, equidad y diversidad. En el caso del representante de empresas galardonadas y/o agremiaciones de empresarios con trayectoria en temas de inclusión se elegirán por medio de una convocatoria.
Artículo noveno.
Renovación del Sello. Las empresas certificadas podrán renovar el sello “Bogotá Incluyente” cada dos (2) años a través de una única convocatoria anual de otorgamiento y renovación del Sello que realice la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
Artículo décimo.
Divulgación y publicidad. La Secretaría de Desarrollo Económico dispondrá a través de sus canales oficiales de comunicación y otros medios o plataformas disponibles de un proceso de divulgación y publicidad del procedimiento, los beneficios del Sello ‘Bogotá Incluyente’ y las bases de datos con la información de las empresas certificadas y reconocidas con el Sello. En este componente se articulará a las Oficinas Asesoras de Comunicaciones de la Secretaría de Gobierno y la Secretaría de Integración Social.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Responsabilidad en el uso del Sello “Bogotá Incluyente”. La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico será la titular de la marca y autoriza el uso de la misma a las empresas que acrediten los requisitos de la presente Resolución.
Parágrafo. La Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Desarrollo
Económico establecerá y divulgará el Manual de Uso Gráfico del Sello ‘Bogotá Incluyente’ que será de carácter vinculante para todas las empresas reconocidas que utilicen su imagen.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. Causales de revocatoria del Sello. La Secretaría de Desarrollo Económico podrá revocar el Sello “Bogotá Incluyente” a aquellas empresas, establecimientos u organizaciones que, en el marco del seguimiento y supervisión que se realiza a la implementación, incumplan los criterios que otorgaron el Sello o realicen un uso Carrera 10 No. 28 – 49, Torre A Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GD-P3-F19 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-30 • 2023 • OCTUBRE • 18 30 RESOLUCIÓN NO. DE 2023 “Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo 866 de 2023 con el procedimiento para el otorgamiento, seguimiento, supervisión, revocación, y renovación del Sello ‘Bogotá Incluyente’ como reconocimiento a las empresas que promuevan la inclusión de poblaciones diferenciales a través de su vinculación laboral y se dictan otras disposiciones” contrario a la guía de uso de este, de acuerdo con el seguimiento de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Vigencia. La presente resolución rige a partir del día siguiente de su publicación.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. Publicidad. Publicar esta resolución en la página web de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
Dada en Bogotá D.C. a los de octubre del 2023 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SEBASTIÁN MARULANDA ROBLEDO Subsecretario Distrital de Desarrollo Económico NOMBRE, CARGO O CONTRATO FIRMA Proyectó:
Revisó:
Aprobó:
Cristian Bastidas - Contratista Asesor Subdirección de Empleo y Formación. Marcela Covelli - Contratista Asesora Subdirección de Empleo y Formación. Yordi Agudelo - Contratista Abogado Subdirección de Empleo y Formación. Bernardo Brigard - Subdirector de Empleo y formación William García - Director de Desarrollo Empresarial y Empleo Álvaro Andrés Lizarazo - Jefe Oficina Asesora Jurídica (E )
۶ Carrera 10 No. 28 – 49, Torre A Teléfonos: 3693777 www.desarrolloeconomico.gov.co Información: Línea 195 GD-P3-F19 31 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-31 • 2023 • OCTUBRE • 18 SECRETARÍA DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB RESOLUCIÓN Nº DDI-031380, 2023EE407639O1 (13 de octubre de 2023)
“Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”
LA JEFE DE LA OFICINA DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTACIÓN FISCAL DE LA SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIO -DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ – DIB En ejercicio de las competencias conferidas en el artículo 162 del Decreto Distrital No. 807 de 1993 y de las funciones establecidas en el artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011.
CONSIDERANDO:
Que, en desarrollo de los principios orientadores de la función administrativa de la eficacia, economía, celeridad y eficiencia, resulta necesario simplificar y adecuar a los avances tecnológicos e informáticos el procedimiento de publicación de actos administrativos proferidos por la administración tributaria distrital, devueltos por correo.
Que conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 26 del Decreto Distrital 601 de diciembre de 2014, corresponde a la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal notificar los actos administrativos que se generen en desarrollo de la gestión de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y/o sus dependencias Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 fueron devueltos por correo y se hace necesario publicarlos en el Registro Distrital, división de la secretaria general de la Alcaldía Mayor Que, en consideración a lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Ordenar la publicación en el Registro Distrital, división de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor, los actos administrativos relacionados en los anexos No.1 y No.2 que hacen parte de la presente resolución, de acuerdo con la parte motiva.
Artículo segundo.
Los Actos administrativos para publicar se encuentran listados en los siguientes anexos: Anexo No. 1 con 278 Registros, Anexo No. 2 con 62 Registros.
Artículo tercero.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No.1:
OFICINA TIPO DE ACTO LIQUIDACIÓN OFICIAL DE CORRECCIÓN ARITMÉTICA CONTROL MASIVO LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN CUENTAS CORRIENTES Y DEVOLUCIONES RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN LIQUIDACIÓN OFICIAL DE REVISIÓN LIQUIDACIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN RESOLUCIÓN SANCIÓN INDEPENDIENTE 105-F.90 V.10 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-32 • 2023 • OCTUBRE • 18 32 RESOLUCION No DDI-031380, 2023EE407639O1 Del 13-10-2023 "Por medio de la cual se ordena la publicación de actos administrativos, de conformidad con el artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011”
Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 Piso 14, costado occidental dentro de los (2) Meses siguientes a esta publicación.
Acto(s) administrativo(s) del anexo No.2:
OFICINA TIPO DE ACTO AUTO DE ARCHIVO CONTROL MASIVO EMPLAZAMIENTO PARA DECLARAR REQUERIMIENTO ESPECIAL FISCALIZACIÓN GRANDES CONTRIBUYENTES REQUERIMIENTO ESPECIAL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN REQUERIMIENTO ESPECIAL RECURSOS TRIBUTARIOS AUTO ADMISORIO Contra los actos administrativos mencionados en el anexo No 2 no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
Artículo cuarto.
Esta Resolución rige a partir de su publicación.
Dado en Bogotá, D.C. a los 13 días del mes de octubre de 2023.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado digitalmente por MARIA LINNETTE ROJAS RIVERA MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal Proyectado por: Sergio Andres Cortes Moreno Firma del funcionario 13/10/2023 105-F.90 V.10 33 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-33 • 2023 • OCTUBRE • 18 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 13C 31 03/10/2023 DESCONOCIDO OF 302 05/10/2023 NO RESIDE NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 77 65A 48 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 KR 64 100 35 04/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 KR 51 45 42 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 KR 51 45 42 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 KR 51 45 42 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 AC 72 78 56 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 DG 32B SUR CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 KR 16A 77 11 PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO ENTE 85.312 PREDIAL AAA0007JRBS LIQUIDACIÓN OFI- 2.840.077 PREDIAL AAA0061RNYN LIQUIDACIÓN OFI- 1.240.458 PREDIAL AAA0126NRJZ LIQUIDACIÓN OFI- IDENTIFI- NOTIFICACIÓN POR AVISO CACIÓN DEL CONTRIBUY- ARIEL 2.894.692 VEHÍCULOS CKT773 LIQUIDACIÓN OFI- PULIDO 1.210.458 PREDIAL AAA0126NRHK LIQUIDACIÓN OFI- PULIDO 1.210.458 PREDIAL AAA0084ZSNX LIQUIDACIÓN OFI- PULIDO 1.210.458 PREDIAL AAA0126NRJZ LIQUIDACIÓN OFI- MENDEZ RODRIGUEZ APODERADO NOMBRE DEL LATORRE PINEDA e indeterminados de e indeterminados de e indeterminados de Sucesión iliquida y/o Sucesión iliquida y/o CARLOS EDUARDO Sucesión iliquida y o RICARDO VILLALBA CONTRIBUYENTE Y/O herederos determinados herederos determinados herederos determinados VICTOR JAIME OCHOA ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 EXPEDIENTE contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación.
SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber: de la Subdirección de Recaudación y Cuentas Corrientes y la Oficina de Liquidación de la Subdirección de Determinación, profirierón para los Que los Jefes de la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina de Cuentas Corrientes y Devoluciones En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
No.
DDI-026212 2023EE297804 O1 202209283000083037 INFANTE LEAL JORGE DDI-030441 2023EE359868 O1 202309083300033255 DDI-030279 2023EE359706 C1 202309083300033065 DDI-030251 2023EE359677 O1 202309083300032995 RICARDO MEJIA DDI-030251 2023EE359677 O1 202309083300032995 RICARDO MEJIA DDI-030279 2023EE359706 O1 202309083300033065 RICARDO MEJIA DDI-030467 2023EE359894 C1 202309083300033199 GIUSEPPE RIZZI 266.933 PREDIAL AAA0065FXUH LIQUIDACIÓN OFI- DDI-030533 2023EE359960 O1 202309083300033221 RESOLUCIÓN No. RADICADO No. DE REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-34 • 2023 • OCTUBRE • 18 34 SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 05/10/2023 DESCONOCIDO SUR 05/10/2023 DESCONOCIDO SUR 05/10/2023 DESCONOCIDO 78I 11 05/10/2023 CERRADO 34 SUR 05/10/2023 CERRADO 34 SUR 05/10/2023 CERRADO 34 SUR 05/10/2023 CERRADO CLUB CS 97 02/10/2023 REHUSADO DIENTE 12/09/2023 2019 KR 9 69 70 05/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 KR 91 67 25 SUR 05/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 63 SUR 72 90 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 38A 1 40 03/10/2023 REHUSADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 79G 41C 32 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 79G 41C 32 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 79G 41C 32 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 88D BIS 74A CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 CL 68A 93 15 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 88D BIS 74A CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 88D BIS 74A CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 LA MORAV COND CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 CL 51A SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 KR 14K 92C 39 CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 KR 14K 92C 39 CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 KR 14K 92C 39 SANCIÓN INDEPEN- TICOS 4399261 RESOLUCIÓN MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO 13.459.578 PREDIAL AAA0151NHMR LIQUIDACIÓN OFI- JESUS 3.232.711 VEHÍCULOS FZQ063 LIQUIDACIÓN OFI- JESUS 3.232.711 VEHÍCULOS FVK497 LIQUIDACIÓN OFI- JESUS 3.232.711 VEHÍCULOS FVL270 LIQUIDACIÓN OFI- ROJAS 4.399.261 MEDIOS RUEDA 4.132.186 PREDIAL AAA0066YBSY LIQUIDACIÓN OFI- LEONEL 5.770.757 VEHÍCULOS RGM208 LIQUIDACIÓN OFI- CABRERA MPO ROJAS 6.625.888 VEHÍCULOS HKQ369 LIQUIDACIÓN OFI- DIA CEPEDA 7.219.736 PREDIAL AAA0043DOLW LIQUIDACIÓN OFI- DIA CEPEDA 7.219.736 PREDIAL AAA0043CFYX LIQUIDACIÓN OFI- DIA CEPEDA 7.219.736 PREDIAL AAA0042XHZM LIQUIDACIÓN OFI- MON MALDONADO 11.250.308 PREDIAL AAA0021XDJZ LIQUIDACIÓN OFI- Sucesión iliquida y o de ELISEO BEDOYA RINCON BUITRAGO 13.700.927 PREDIAL AAA0063TPLF LIQUIDACIÓN OFI- herederos determina- dos e indeterminados URREGO QUEVEDO 3.154.971 PREDIAL AAA0150KRDE LIQUIDACIÓN OFI- URREGO QUEVEDO 3.154.971 PREDIAL AAA0150KRBS LIQUIDACIÓN OFI- URREGO QUEVEDO 3.154.971 PREDIAL AAA0149OLUH LIQUIDACIÓN OFI- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-030291 2023EE359717 O1 202309083300033113 DDI-030371 2023EE359796 O1 202309083300033042 PEDRO ELIAS DDI-030368 2023EE359793 O1 202309083300033109 ARNULFO LEGUIZA- DDI-030508 2023EE359935 O1 202309083300033215 RIGOBERTO VELAN- DDI-030508 2023EE359935 O1 202309083300033215 RIGOBERTO VELAN- DDI-026542 2023EE298137 O1 202204213000056353 QUIROGA PEREZ DDI-014083 2023EE050821 O1 20230213000027341 JOHN FREDY OCA- DDI-030508 2023EE359935 O1 202309083300033215 RIGOBERTO VELAN- DDI-026269 2023EE297861 O1 202212203000083598 ARDILA MARTINEZ DDI-026266 2023EE297858 C1 202212203000083594 ARDILA MARTINEZ DDI-029609 2023EE351908 O1 202204213000057040 FREDY CASTAÑO DDI-026003 2023EE297595 C1 202212223000083656 ARDILA MARTINEZ DDI-030339 2023EE359764 O1 202309083300033043 FROILAN GUERRERO DDI-030445 2023EE359872 O1 202309083300033217 CARLOS EDUARDO DDI-030445 2023EE359872 O1 202309083300033217 CARLOS EDUARDO DDI-030445 2023EE359872 O1 202309083300033217 CARLOS EDUARDO 35 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-35 • 2023 • OCTUBRE • 18 86A 47 04/10/2023 DESCONOCIDO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 AK 9 181B 38 03/10/2023 DESCONOCIDO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 AK 9 181B 38 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 CL 51 16A 68 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 51 16A 68 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 69A 94 54 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 10 15 13 SUR 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 10 15 13 SUR 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 64 123 38 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 112 65B 17 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 CL 51 16A 68 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 51 16A 68 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 51 SUR CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- NOTIFICACIÓN POR AVISO 17.178.433 PREDIAL AAA0039XZBR LIQUIDACIÓN OFI- 17.178.433 PREDIAL AAA0221YLOE LIQUIDACIÓN OFI- 17.121.096 PREDIAL AAA0092PTSY LIQUIDACIÓN OFI- 17.097.656 PREDIAL AAA0084ERWW LIQUIDACIÓN OFI- 17.097.656 PREDIAL AAA0084ERWW LIQUIDACIÓN OFI- 17.082.680 PREDIAL AAA0195FDNX LIQUIDACIÓN OFI- DONADO HERRERA 17.109.213 PREDIAL AAA0068TBKL LIQUIDACIÓN OFI- SEPULVEDA AREZ SUAREZ 17.104.865 PREDIAL AAA0140KSNX LIQUIDACIÓN OFI- CEDO PACHECO CEDO PACHECO ESPINEL PULIDO ESPINEL PULIDO LUIS FRANCISCO LUIS FRANCISCO CARLOS ENRIQUE e indeterminados de e indeterminados de e indeterminados de e indeterminados de e indeterminados de e indeterminados de Sucesión iliquida y/o Sucesión iliquida y/o Sucesión iliquida y/o Sucesión iliquida y o MALDONADO MAL- Sucesión iliquida y/o Sucesión iliquida y/o PINILLA GONZALEZ 17.115.972 PREDIAL AAA0001TZEP LIQUIDACIÓN OFI- PINILLA GONZALEZ 17.115.972 PREDIAL AAA0075ZDJH LIQUIDACIÓN OFI- CARLOS JULIO SAL- CARLOS JULIO SAL- MARIO JOSE PABON SALCEDO PACHECO 17.175.227 PREDIAL AAA0084ERWW LIQUIDACIÓN OFI- SALCEDO PACHECO 17.175.227 PREDIAL AAA0084ERWW LIQUIDACIÓN OFI- herederos determinados herederos determinados herederos determinados herederos determinados herederos determinados herederos determinados ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-030362 2023EE359787 C1 202309083300033205 DDI-030365 2023EE359790 C1 202309083300033233 DDI-030304 2023EE359730 C1 202309083300033179 GUSTAVO ADOLFO DDI-030380 2023EE359805 C2 202309083300033096 GUSTAVO ADOLFO DDI-030270 2023EE359695 O1 202309083300033053 NOEL GUILLERMO DDI-030386 2023EE359811 O1 202309083300033294 NOEL GUILLERMO DDI-030387 2023EE359812 O1 202309083300033122 DDI-030383 2023EE359808 O1 202309083300033128 PEDRO JULIO SU- DDI-030384 2023EE359809 O1 202309083300033197 EFRAIN JIMENEZ DDI-030304 2023EE359730 C2 202309083300033179 DDI-030380 2023EE359805 O1 202309083300033096 DDI-030379 2023EE359804 O1 202309083300033066 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-36 • 2023 • OCTUBRE • 18 36 604 03/10/2023 NO RESIDE SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 05/10/2023 DESCONOCIDO AP 502 09/10/2023 NO RESIDE AP 210 04/10/2023 CERRADO A 44 SUR 04/10/2023 CERRADO DORES BL 8 DIENTE 28/09/2023 2019 KR 13A 4 20 SUR 05/10/2023 CERRADO DIENTE 12/09/2023 2019 KR 46 95 78 05/10/2023 DESCONOCIDO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 32 1C 66 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 55 4B 18 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 80F 41B 25 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 10 32 36 SUR CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 12 B ESTE 43 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CD VENCE- CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 7C 151 81 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 DG 76 1 29 AP CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 2 5 21 06/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 2 5 21 06/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 2 5 21 06/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 DG 2 79F 04 05/10/2023 CERRADO CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020, 2021 AC 90 73 06 05/10/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 KR 12D 53 71 SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- TICOS 19461578 RESOLUCIÓN TICOS 18497037 RESOLUCIÓN MAGNÉ- MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO 20.011.447 PREDIAL AAA0036BDJZ LIQUIDACIÓN OFI- REAL 19.461.578 MEDIOS GOCES 17.180.072 PREDIAL AAA0083LLPA LIQUIDACIÓN OFI- GOCES 17.180.072 PREDIAL AAA0193XFOM LIQUIDACIÓN OFI- GOCES 17.180.072 PREDIAL AAA0073JETD LIQUIDACIÓN OFI- CASTILLO 19.444.638 PREDIAL AAA0004BRUZ LIQUIDACIÓN OFI- RODRIGUEZ 19.088.156 PREDIAL AAA0022CESK LIQUIDACIÓN OFI- LUIS ALCIRO 19.254.050 VEHÍCULOS UCR380 LIQUIDACIÓN OFI- ZON VALERO 19.448.392 PREDIAL AAA0056LFAW LIQUIDACIÓN OFI- CHAVES VELA 19.131.820 PREDIAL AAA0094BJCN LIQUIDACIÓN OFI- GAONA MONROY 19.097.926 PREDIAL AAA0149LFZM LIQUIDACIÓN OFI- LONDOÑO ARRE- LONDOÑO ARRE- LONDOÑO ARRE- LA CASTIBLANCO 19.486.424 PREDIAL AAA0038LSAF LIQUIDACIÓN OFI- ROJAS DE LOPEZ LOPEZ MARTINEZ 19.107.000 PREDIAL AAA0084CKNN LIQUIDACIÓN OFI- de MARIA TERESA Sucesión iliquida y/o PENAGOS LOPERA 17.495.269 PREDIAL AAA0044KMDM LIQUIDACIÓN OFI- herederos determina- dos e indeterminados GOMEZ GUTIERREZ 18.497.037 MEDIOS HECTOR FERNANDO 19.196.805 VEHÍCULOS BIO781 LIQUIDACIÓN OFI- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-030421 2023EE359848 O1 202309083300033216 DDI-030278 2023EE359704 O1 202309083300033037 JESUS ALIRIO PEÑUE- DDI-030385 2023EE359810 C1 202309083300033254 JOSE BENIGNO DDI-030415 2023EE359842 C1 202309083300033094 MARCO JOSUE PIN- DDI-029545 2023EE351845 O1 202204213000057476 RAMIRO REY COR- DDI-030397 2023EE359822 O1 202309083300033235 JOSE VICENTE DDI-030395 2023EE359820 O1 202309083300033120 LUIS ANTONIO PEÑA DDI-030404 2023EE359829 O1 202309083300033194 LEONEL ANTONIO DDI-030438 2023EE359865 O1 202309083300033267 ORLANDO RICO DDI-026172 2023EE297764 O1 202209283000082993 RODRIGUEZ BALLEN DDI-026574 2023EE298169 O1 202204213000056059 JIMENEZ BUITRAGO DDI-030394 2023EE359819 O1 202309083300033209 JORGE ENRIQUE DDI-030394 2023EE359819 O1 202309083300033209 JORGE ENRIQUE DDI-030401 2023EE359826 O1 202309083300033250 GUSTAVO ALBERTO DDI-029565 2023EE351865 O1 202204213000056234 RAFAEL EDUARDO DDI-030394 2023EE359819 O1 202309083300033209 JORGE ENRIQUE 37 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-37 • 2023 • OCTUBRE • 18 SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 03/10/2023 DESCONOCIDO 2 ET 3 05/10/2023 CERRADO 18B 15 05/10/2023 NO RESIDE 11 LT 9 CA 28 03/10/2023 REHUSADO COLON MZ U LT ESTE INDIAS MZ CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 AK 86 38D 22 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 KR 29 9 63 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 AK 86 38D 22 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 CL 68A 93 15 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 AK 86 38D 22 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 17A 78C 24 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 32 1C 66 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 CL 41 8 46 AP 303 04/10/2023 NO RESIDE CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 BARCELONA D CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2019 CL 17 19 10 03/10/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 URB ALMIRANTE CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 KR 123 22G 65 04/10/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 CL 10 2 36 03/10/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 DG 48 SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 KR 69F 1 70 05/10/2023 CERRADO NOTIFICACIÓN POR AVISO 24.262.810 PREDIAL AAA0034FUJH LIQUIDACIÓN OFI- 20.220.361 PREDIAL AAA0036BDJZ LIQUIDACIÓN OFI- 20.033.716 PREDIAL AAA0054MBZM LIQUIDACIÓN OFI- DE PAZ 33.280.610 VEHÍCULOS EBQ989 LIQUIDACIÓN OFI- CANCIO 35.376.015 PREDIAL AAA0074YUPA LIQUIDACIÓN OFI- CANCIO 35.376.015 PREDIAL AAA0051NRCX LIQUIDACIÓN OFI- CANCIO 35.376.015 PREDIAL AAA0052XXSY LIQUIDACIÓN OFI- GAVIRIA 32.769.872 VEHÍCULOS FZR435 LIQUIDACIÓN OFI- RUBIANO 23.622.347 PREDIAL AAA0121FNSK LIQUIDACIÓN OFI- VILLEGAS TOYA ARIAS 29.613.278 VEHÍCULOS UGV137 LIQUIDACIÓN OFI- ROSA IDALY 20.698.792 VEHÍCULOS BMJ216 LIQUIDACIÓN OFI- ROJAS ALFONSO MARIA FLORINDA 20.678.595 VEHÍCULOS REP217 LIQUIDACIÓN OFI- ERRO CARDENAS 21.109.184 PREDIAL AAA0022UBHK LIQUIDACIÓN OFI- VIUDA DE CHAVES CORRO MARQUEZ e indeterminados de e indeterminados de e indeterminados de TERESA DE JESUS Sucesión iliquida y/o Sucesión iliquida y/o Sucesión iliquida y/o MARIA DEL CARMEN ROSA ELENA BERRIO herederos determinados herederos determinados herederos determinados ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-014175 2023EE050913 O1 20230213000027281 ROSMIRA JIMENEZ DDI-014176 2023EE050914 O1 20230213000027285 NELSY DEL SO- DDI-026492 2023EE298086 O1 202204213000056631 PRADA ESMELDA 28.648.283 VEHÍCULOS IXV010 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-014174 2023EE050912 O1 20230213000027270 LUZ MILA VARGAS 28.685.869 VEHÍCULOS DNM449 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-014095 2023EE050833 O1 20230213000027271 ANA CARLINA MON- DDI-030446 2023EE359873 C1 202309083300033276 YANETH SILVA RON- DDI-030446 2023EE359873 C1 202309083300033276 YANETH SILVA RON- DDI-030332 2023EE359757 O1 202309083300033119 DDI-030446 2023EE359873 C1 202309083300033276 YANETH SILVA RON- DDI-030331 2023EE359756 O1 202309083300033069 FLOR ALBA MOJICA DDI-030430 2023EE359857 O1 202309083300033265 MARIA ALCIRA FI- DDI-026184 2023EE297776 O1 202209283000082972 RODRIGUEZ MEDINA DDI-026543 2023EE298138 O1 202204213000056221 LEON CIFUENTES DDI-030421 2023EE359848 C1 202309083300033216 DDI-030327 2023EE359752 C2 202309083300033095 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-38 • 2023 • OCTUBRE • 18 38 SUR 05/10/2023 CERRADO SUR 05/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 CERRADO CA 37 04/10/2023 NO RESIDE 31 MJ 05/10/2023 DESCONOCIDO DIENTE 12/09/2023 2020 CL 65 SUR 79C CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 88C 52 33 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 88C 52 33 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 107 76 59 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 76 63F 73 CA 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 107 76 59 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 27A 53A 29 05/10/2023 DESCONOCIDO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 107 76 59 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 107 76 59 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 58 SUR 16 48 03/10/2023 REHUSADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 58 SUR 16 48 03/10/2023 REHUSADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 58 SUR 16 48 03/10/2023 REHUSADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 AK 86 38D 22 CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 151 8 84 CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 KR 104C 129 39 04/10/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 KR 104C 129 39 04/10/2023 CERRADO SANCIÓN INDEPEN- TICOS 39657652 RESOLUCIÓN MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO CANCIO 35.376.015 PREDIAL AAA0077FEAW LIQUIDACIÓN OFI- OSELINA 39.735.418 VEHÍCULOS BYO447 LIQUIDACIÓN OFI- GUZMAN 36.151.289 PREDIAL AAA0067WCTD LIQUIDACIÓN OFI- GUZMAN 36.151.289 PREDIAL AAA0066NLFT LIQUIDACIÓN OFI- GUZMAN 36.151.289 PREDIAL AAA0066MLPA LIQUIDACIÓN OFI- GUZMAN 36.151.289 PREDIAL AAA0066LRAF LIQUIDACIÓN OFI- GONZALEZ 39.538.390 PREDIAL AAA0075ZDJH LIQUIDACIÓN OFI- CESPEDES 39.731.082 PREDIAL AAA0139DOUZ LIQUIDACIÓN OFI- CESPEDES 39.731.082 PREDIAL AAA0052NSJH LIQUIDACIÓN OFI- GUTIERREZ 39.549.018 PREDIAL AAA0061XLCN LIQUIDACIÓN OFI- QUINCHE ESPITIA 35.490.822 PREDIAL AAA0021XDJZ LIQUIDACIÓN OFI- QUINCHE ESPITIA 35.490.822 PREDIAL AAA0021ZZBS LIQUIDACIÓN OFI- QUINCHE ESPITIA 35.490.822 PREDIAL AAA0021YXNN LIQUIDACIÓN OFI- NARANJO TABACO 39.657.652 MEDIOS ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-026422 2023EE298015 O1 202204213000056050 CONDE OLAYA DI- DDI-030377 2023EE359802 C1 202309083300033187 ROSALBA MELO DDI-030377 2023EE359802 C1 202309083300033187 ROSALBA MELO DDI-030386 2023EE359811 C1 202309083300033294 MARIA SILVIA PINILLA DDI-029573 2023EE351873 O1 202204213000057274 ESTELLA AZUCENA DDI-030451 2023EE359878 O1 202309083300033127 MARIA TERESA DEVIA DDI-030454 2023EE359881 O1 202309083300033291 LUZ MARY CASTRO DDI-030451 2023EE359878 O1 202309083300033127 MARIA TERESA DEVIA DDI-030451 2023EE359878 O1 202309083300033127 MARIA TERESA DEVIA DDI-030451 2023EE359878 O1 202309083300033127 MARIA TERESA DEVIA DDI-026438 2023EE298031 O1 202204213000056494 MORA ACERO MERY 35.504.741 VEHÍCULOS RCU376 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026438 2023EE298031 O1 202204213000056494 MORA ACERO MERY 35.504.741 VEHÍCULOS CYX881 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-030368 2023EE359793 C1 202309083300033109 MARIA MARLENI DDI-030450 2023EE359877 O1 202309083300033260 MARIA MARLENI DDI-030446 2023EE359873 C1 202309083300033276 YANETH SILVA RON- DDI-030450 2023EE359877 O1 202309083300033260 MARIA MARLENI 39 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-39 • 2023 • OCTUBRE • 18 SUR 05/10/2023 CERRADO 87B 81 05/10/2023 CERRADO 28C 39 04/10/2023 CERRADO AP 303 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 85A BIS CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 50B 67 14 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 AK 104 74B 16 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 51 16A 68 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 KR 41A 4B 34 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 CL 51 16A 68 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 22A 16 48 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 58 SUR 14 24 03/10/2023 DESCONOCIDO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 64 123 38 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 87J 61 46 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 114A 15A 11 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 66A SUR CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 68A 91 73 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 68A 91 73 04/10/2023 CERRADO CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 02/10/2023 2020-6 KR 71 B 5 A 75 05/10/2023 CERRADO NOTIFICACIÓN POR AVISO 41.538.849 PREDIAL AAA0151APDM LIQUIDACIÓN OFI- ARIAS 51.841.654 PREDIAL AAA0086FWNX LIQUIDACIÓN OFI- PARRA 51.711.714 PREDIAL AAA0054LKFT LIQUIDACIÓN OFI- PERILLA 41.441.313 PREDIAL AAA0151TAHY LIQUIDACIÓN OFI- JIMENEZ 41.552.629 PREDIAL AAA0068TBKL LIQUIDACIÓN OFI- AGUIRRE 41.572.039 PREDIAL AAA0022CJOM LIQUIDACIÓN OFI- DE GARCIA 41.492.944 PREDIAL AAA0107LOFZ LIQUIDACIÓN OFI- LASQUEZ ROA 51.661.217 PREDIAL AAA0015ZUFZ LIQUIDACIÓN OFI- CASTIBLANCO 41.492.145 PREDIAL AAA0063PYHY LIQUIDACIÓN OFI- CASTIBLANCO 41.492.145 PREDIAL AAA0065DZPA LIQUIDACIÓN OFI- CHAN VILLAMIL 51.716.303 RETEICA 51716303 LIQUIDACIÓN OFI- TISTA RAMIREZ 51.755.046 PREDIAL AAA0002YFBS LIQUIDACIÓN OFI- ROMERO IBAÑEZ 45.474.074 PREDIAL AAA0071BBMS LIQUIDACIÓN OFI- e indeterminados de Sucesión iliquida y/o CELY DE SALGADO TRANSITO VARGAS MARIA DEL CARMEN BECERRA DE LOPEZ 51.583.175 PREDIAL AAA0084ERWW LIQUIDACIÓN OFI- BECERRA DE LOPEZ 51.583.175 PREDIAL AAA0084ERWW LIQUIDACIÓN OFI- herederos determinados ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-030296 2023EE359720 O1 202309083300033081 ANA CECILIA RUIZ DDI-030337 2023EE359762 C1 202309083300033236 MARIA TERESA VE- DDI-030466 2023EE359893 C1 202309083300033273 ISABEL ALONSO DDI-030853 2023EE378775 O1 202204213000055227 MARIA ELVIRA MER- DDI-030477 2023EE359904 O1 202309083300033186 MARIA NUBIA BAU- DDI-030380 2023EE359805 C1 202309083300033096 DOLORES ARAMINTA DDI-030304 2023EE359730 O1 202309083300033179 DOLORES ARAMINTA DDI-030420 2023EE359847 C1 202309083300033174 RAFAELA SEGUNDA DDI-030443 2023EE359870 C1 202309083300033099 SIXTA SUAREZ DDI-030384 2023EE359809 C1 202309083300033197 LUCILA PINEDA DE DDI-030465 2023EE359892 O1 202309083300033211 DDI-030463 2023EE359890 O1 202309083300033111 AURA MARIA DDI-030463 2023EE359890 O1 202309083300033111 AURA MARIA DDI-030464 2023EE359891 O1 202309083300033172 LIBIA MARIA GARCIA DDI-030290 2023EE359715 O1 202309083300033061 FLORINDA DEL REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-40 • 2023 • OCTUBRE • 18 40 401 03/10/2023 NO RESIDE SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 DESCONOCIDO SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 NO RESIDE 1502 03/10/2023 DESCONOCIDO 28C 39 04/10/2023 CERRADO 42 SUR 04/10/2023 CERRADO BQ 4 AP 203 05/10/2023 DESCONOCIDO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 3B 32B 33 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 23F 81C 74 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 120A 63A 08 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 88C 59C 72 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 81A 13F 60 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 16 4 25 03/10/2023 DESCONOCIDO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 16 4 25 03/10/2023 DESCONOCIDO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 4B 38 90 BQ CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 16 4 25 03/10/2023 DESCONOCIDO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 88C 49C 57 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 AK 15 79 37 AP CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 88C 49C 57 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 85A BIS CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2015, 2016 KR 11A ESTE 50 CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 KR 36A 52A 12 NOTIFICACIÓN POR AVISO ARIAS 51.841.654 PREDIAL AAA0086HEHK LIQUIDACIÓN OFI- MENZA 51.870.189 VEHÍCULOS FYQ216 LIQUIDACIÓN OFI- AGUILAR 52.343.006 PREDIAL AAA0001PPHK LIQUIDACIÓN OFI- SALGADO CELY 52.302.564 PREDIAL AAA0151APDM LIQUIDACIÓN OFI- MILLO MURILLO 52.273.827 PREDIAL AAA0257XOBS LIQUIDACIÓN OFI- MILLO MURILLO 52.273.827 PREDIAL AAA0209YNNN LIQUIDACIÓN OFI- MILLO MURILLO 52.273.827 PREDIAL AAA0031ZSBS LIQUIDACIÓN OFI- ANCHA SUAREZ 52.317.831 PREDIAL AAA0075ZJLW LIQUIDACIÓN OFI- JIMENEZ GOMEZ 51.864.861 PREDIAL AAA0004SPLF LIQUIDACIÓN OFI- LOPEZ HERRERA 52.340.707 PREDIAL AAA0072AZXR LIQUIDACIÓN OFI- LAVA GUTIERREZ 51.972.021 PREDIAL AAA0177TOTO LIQUIDACIÓN OFI- LAVA GUTIERREZ 51.972.021 PREDIAL AAA0139FZUH LIQUIDACIÓN OFI- PEREZ GUTIERREZ 52.054.138 PREDIAL AAA0098CUKC LIQUIDACIÓN OFI- BARRERA MOSQUERA 51.990.485 PREDIAL AAA0038DXHK LIQUIDACIÓN OFI- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-030458 2023EE359885 C1 202309083300033298 BLANCA NELLY CARO DDI-030487 2023EE359914 O1 202309083300033157 DIANA MARITZA SU- DDI-030392 2023EE359817 C1 202309083300033105 MIRYAM FABIOLA DDI-030297 2023EE359722 O1 202309083300033130 YENI TRIANA 52.317.087 PREDIAL AAA0043MXKL LIQUIDACIÓN OFI- DDI-030465 2023EE359892 C1 202309083300033211 FRANCY JANETH DDI-030482 2023EE359909 O1 202309083300033228 LUZ STELLA JARA- DDI-030482 2023EE359909 O1 202309083300033228 LUZ STELLA JARA- DDI-030486 2023EE359913 O1 202309083300033303 MARIA ALEJANDRA DDI-030249 2023EE359573 O1 202309083300033075 LETTY CONSTANZA DDI-030485 2023EE359912 O1 202309083300033296 CLARA STELLA ES- DDI-030482 2023EE359909 O1 202309083300033228 LUZ STELLA JARA- DDI-026057 2023EE297649 O1 202204213000056707 VELASCO RUIZ CAR- DDI-030485 2023EE359912 O1 202309083300033296 CLARA STELLA ES- DDI-030483 2023EE359910 O1 202309083300033161 CLAUDIA AMPARO DDI-030296 2023EE359720 O1 202309083300033081 ANA CECILIA RUIZ 41 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-41 • 2023 • OCTUBRE • 18 201 03/10/2023 NO RESIDE SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 06/10/2023 CERRADO SUR 06/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 CERRADO 5012 05/10/2023 DESCONOCIDO DIENTE 12/09/2023 2020 AC 100 67 25 AP CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 TV 93 53 48 IN 57 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 17G 65A 30 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2016 KR 81D 42B 04 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 81 15A 23 05/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 81 15A 23 05/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 AC 6 26 28 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 78 10 55 AP CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 TV 94A 84 66 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2016 KR 78C 5 19 04/10/2023 DESCONOCIDO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 3B 32B 33 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 3B 32B 33 CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 KR 154 134 22 05/10/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 KR 58 93B 13 04/10/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 KR 22B 68B 19 CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 KR 20 65 26 SUR 06/10/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 TV 79B 68 57 SANCIÓN INDEPEN- TICOS 63292079 RESOLUCIÓN MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO URBINA 60.409.515 PREDIAL AAA0149BFCX LIQUIDACIÓN OFI- DULCEY 63.292.079 MEDIOS AGUILAR 52.343.006 PREDIAL AAA0119UDAF LIQUIDACIÓN OFI- AGUILAR 52.343.006 PREDIAL AAA0011MKMS LIQUIDACIÓN OFI- GIRALDO 55.168.279 PREDIAL AAA0223PPRJ LIQUIDACIÓN OFI- HUMBERTO 70.693.376 VEHÍCULOS NBY192 LIQUIDACIÓN OFI- JANE SMITH 52.437.549 VEHÍCULOS DOO667 LIQUIDACIÓN OFI- ZON ESPITIA 52.538.101 PREDIAL AAA0047SKJZ LIQUIDACIÓN OFI- DAIRA YAZMINE 52.378.924 VEHÍCULOS EBP609 LIQUIDACIÓN OFI- GLADYS YAZMIN 52.879.759 VEHÍCULOS DCN422 LIQUIDACIÓN OFI- TRO GUTIERREZ 52.786.955 PREDIAL AAA0061XLCN LIQUIDACIÓN OFI- CASTILLO OCHOA 52.867.101 PREDIAL AAA0034CAOM LIQUIDACIÓN OFI- TIZABAL RAMIREZ 70.693.899 PREDIAL AAA0183EWSK LIQUIDACIÓN OFI- BOLAÑOS RUBIANO 52.541.758 PREDIAL AAA0097JZNN LIQUIDACIÓN OFI- BUITRAGO PERALTA 53.140.467 PREDIAL AAA0099DMOM LIQUIDACIÓN OFI- BUITRAGO PERALTA 53.140.467 PREDIAL AAA0099DLZM LIQUIDACIÓN OFI- RADO LEIDY YOJANA 53.051.129 VEHÍCULOS JDN738 LIQUIDACIÓN OFI- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-030506 2023EE359933 O1 202309083300033063 JOSE BASILIO ARIS- DDI-026070 2023EE297661 O1 202204213000056084 GOMEZ GOMEZ JAIME DDI-030503 2023EE359930 O1 202309083300033131 MIREYA GELVEZ DDI-029616 2023EE351915 O1 202204213000056873 CLARA INES ZAFRA DDI-030361 2023EE359786 C1 202309083300033139 OLGA LUCIA ARCILA DDI-030501 2023EE359928 O1 202309083300033180 JEIMMY CAROLINA DDI-026240 2023EE297832 O1 202209283000082881 CARDENAS FLOREZ DDI-026495 2023EE298089 O1 202204213000056057 RODRIGUEZ PAR- DDI-030501 2023EE359928 O1 202309083300033180 JEIMMY CAROLINA DDI-030454 2023EE359881 C1 202309083300033291 LIGIA ANDREA CAS- DDI-030389 2023EE359814 C1 202309083300033238 DIANA MARCELA DDI-026255 2023EE297847 C1 202204213000056077 NIÑO RODRIGUEZ DDI-030298 2023EE359723 O1 202309083300033143 PAOLA ANDREA GAR- DDI-026247 2023EE297839 O1 202209283000082968 LEON ALFONSO DDI-030491 2023EE359918 O1 202309083300033183 CATHERINE XIOMARA DDI-030458 2023EE359885 C1 202309083300033298 BLANCA NELLY CARO DDI-030458 2023EE359885 C1 202309083300033298 BLANCA NELLY CARO REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-42 • 2023 • OCTUBRE • 18 42 SUR 05/10/2023 NO RESIDE SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 CERRADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 28C 39 04/10/2023 CERRADO 28C 39 04/10/2023 CERRADO DIENTE 12/09/2023 2019 KR 51 29C 06 DIENTE 12/09/2023 2019 KR 81F 13A 89 05/10/2023 DESCONOCIDO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 85A BIS CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2016, 2020 AK 9 187 81 03/10/2023 DESCONOCIDO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 85A BIS CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 76 63F 73 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 53 46A 08 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 53 46A 08 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 TV 93 53 48 IN 57 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 120A 63A 08 04/10/2023 CERRADO CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 KR 13 19B 64 03/10/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 CL 13 16 64 04/10/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 KR 11 8 14 04/10/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 KR 2 62A 40 CA 9 04/10/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 CL 127 119 35 05/10/2023 CERRADO SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- TICOS 79050236 RESOLUCIÓN TICOS 74339453 RESOLUCIÓN MAGNÉ- MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO MOLINA 74.339.453 MEDIOS MACIAS 74.220.056 PREDIAL AAA0072AZXR LIQUIDACIÓN OFI- BERNAL 79.050.236 MEDIOS CABANA 77.170.863 VEHÍCULOS FYQ711 LIQUIDACIÓN OFI- CASALLAS 79.325.523 PREDIAL AAA0015XYAW LIQUIDACIÓN OFI- CASALLAS 79.325.523 PREDIAL AAA0015XYBS LIQUIDACIÓN OFI- FRANCISCO 72.268.060 VEHÍCULOS DOO872 LIQUIDACIÓN OFI- PEREZ MEJIA 77.177.489 VEHÍCULOS DXN543 LIQUIDACIÓN OFI- LUIS ANTONIO 74.333.982 VEHÍCULOS EHU147 LIQUIDACIÓN OFI- ABRIA NELSON CASTEBLANCO GUERRA MIELES 77.170.135 VEHÍCULOS UBV185 LIQUIDACIÓN OFI- BARON SERRANO 79.323.989 PREDIAL AAA0086HDCX LIQUIDACIÓN OFI- BARON SERRANO 79.323.989 PREDIAL AAA0086FUJZ LIQUIDACIÓN OFI- TIZABAL RAMIREZ 70.693.899 PREDIAL AAA0238SWSY LIQUIDACIÓN OFI- PIÑEROS VARGAS 79.154.982 PREDIAL AAA0115PHXS LIQUIDACIÓN OFI- CASTRO GUTIERREZ 79.059.255 PREDIAL AAA0061XLCN LIQUIDACIÓN OFI- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-030514 2023EE359941 O1 202309083300033270 GERARDO DE JESUS DDI-030514 2023EE359941 O1 202309083300033270 GERARDO DE JESUS DDI-030449 2023EE359876 C1 202309083300033200 CARLOS TIBERIO DDI-030286 2023EE359711 C1 202309083300033026 RAFAEL TRIANA DDI-026196 2023EE297788 C1 202209283000082834 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BOF358 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-030454 2023EE359881 C2 202309083300033291 JOSE HUMBERTO DDI-030286 2023EE359711 C1 202309083300033026 RAFAEL TRIANA DDI-026333 2023EE297925 C1 202209283000083033 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS RIE713 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-014153 2023EE050891 O1 20230213000027372 JIMYS JOSE VERA DDI-014048 2023EE050786 O1 20230213000027373 PAWEL ALFONSO DDI-029618 2023EE351917 O1 202204213000057205 OMAR GARAY DDI-014152 2023EE050890 O1 20230213000027371 ALEXANDER JOAQUIN DDI-026450 2023EE298043 O1 202204213000056505 GUTIERREZ SAN- DDI-030506 2023EE359933 O1 202309083300033063 JOSE BASILIO ARIS- DDI-030392 2023EE359817 C2 202309083300033105 URIEL MERCHAN DDI-026054 2023EE297646 O1 202204213000056692 RODRIGUEZ AVILA DDI-029617 2023EE351916 O1 202204213000057280 JUAN MANUEL 43 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-43 • 2023 • OCTUBRE • 18 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR NOTIFICACIÓN POR AVISO ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-026219 2023EE297811 C1 202209283000083116 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS CIT965 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026212 2023EE297804 C1 202209283000083037 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS CKT773 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026218 2023EE297810 C1 202209283000083032 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS CDS523 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-025988 2023EE297581 C1 202209283000082877 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS CKJ000 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026216 2023EE297808 C1 202209283000082995 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BZW205 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026216 2023EE297808 C1 202209283000082995 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BZW199 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026216 2023EE297808 C1 202209283000082995 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BZW196 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026206 2023EE297798 C1 202209283000082954 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BYD984 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026195 2023EE297787 C1 202209283000082876 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BOC269 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-025982 2023EE297574 C1 202209283000082824 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BNK228 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026190 2023EE297782 C1 202209283000082725 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BNE530 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026184 2023EE297776 C1 202209283000082972 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BMJ216 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-025978 2023EE297571 C1 202211213000083459 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BJK395 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-025977 2023EE297570 C1 202209283000082959 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BJG367 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-025977 2023EE297570 C1 202209283000082959 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS CSI432 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026175 2023EE297767 C1 202209283000082944 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BJD622 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026174 2023EE297766 C1 202209283000082759 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BIX866 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026172 2023EE297764 C1 202209283000082993 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BIO781 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026170 2023EE297762 C1 202209283000082801 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BHN793 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-025976 2023EE297569 C1 202209283000082794 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BGW434 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-025979 2023EE297568 C1 202209283000083114 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS BGT318 LIQUIDACIÓN OFI- REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-44 • 2023 • OCTUBRE • 18 44 SUR 04/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 CERRADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO 14P 16 05/10/2023 REHUSADO DIENTE 12/09/2023 2019 KR 90 BIS 82 32 05/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 88C 49C 57 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 88C 49C 57 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 22 70A 52 04/10/2023 CERRADO CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 74D SUR SANCIÓN INDEPEN- TICOS 79534052 RESOLUCIÓN MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO MALDONADO 79.534.052 MEDIOS CUCHIGAY ROA 79.516.171 PREDIAL AAA0177TOTO LIQUIDACIÓN OFI- CUCHIGAY ROA 79.516.171 PREDIAL AAA0139FZUH LIQUIDACIÓN OFI- ZAMBRANO ANGARITA 79.501.209 PREDIAL AAA0085MODE LIQUIDACIÓN OFI- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-030485 2023EE359912 C1 202309083300033296 ROMULO IGNACIO DDI-029620 2023EE351919 O1 202204213000057209 DAVID CORDOBA DDI-030485 2023EE359912 C1 202309083300033296 ROMULO IGNACIO DDI-030470 2023EE359897 C2 202309083300033305 CARLOS ALFREDO DDI-026247 2023EE297839 C1 202209283000082968 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS EBP609 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026253 2023EE297845 C1 202209283000083018 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS DHP067 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-025994 2023EE297587 C1 202209283000083070 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS DDH416 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026238 2023EE297830 C1 202209283000082973 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS DCU349 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026243 2023EE297835 C1 202209283000082997 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS DCQ043 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026242 2023EE297834 C1 202209283000082897 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS DCO489 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026241 2023EE297833 C1 202209283000083071 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS DCO423 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026240 2023EE297832 C1 202209283000082881 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS DCN422 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-025995 2023EE297586 C1 202209283000082753 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS DCO415 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-025995 2023EE297586 C1 202209283000082753 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS DCM563 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026235 2023EE297827 C1 202209283000082941 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS DCC940 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026233 2023EE297825 C1 202209283000082889 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS DCA035 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026229 2023EE297821 C1 202209283000082898 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS CYU343 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026221 2023EE297813 C1 202209283000082902 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS CYH283 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026224 2023EE297816 C1 202209283000082895 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS CVZ873 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026213 2023EE297805 C1 202211213000083491 RIOS BERNAL ALVARO 79.459.459 VEHÍCULOS CQL571 LIQUIDACIÓN OFI- 45 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-45 • 2023 • OCTUBRE • 18 401 04/10/2023 CERRADO SUR 03/10/2023 NO RESIDE SUR 05/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 CERRADO 52A 72 04/10/2023 CERRADO 94B 02 03/10/2023 DESCONOCIDO AP 401 09/10/2023 NO RESIDE 9 CA 22 06/10/2023 REHUSADO 58 ESTE 04/10/2023 CERRADO 5 AP 904 03/10/2023 NO RESIDE VERGUEL CA 80 04/10/2023 NO RESIDE DIENTE 12/09/2023 2019 CL 213 114 10 MZ COMPENSACIÓN 21/09/2023 2023 KR 35 44 39 BL 3 DEVOLUCIÓN Y/O CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 78 67 88 AP CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 152 58 51 TO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 18B 56A 04 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 30 SUR CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 69F 1 33 04/10/2023 CERRADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 91A 61A 03 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2016 KR 17 19 26 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 1 31 54 06/10/2023 REHUSADO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 KR 18C 51 99 CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2021 CL 63 SUR CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 37C SUR 3B CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 RONDA DEL CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 CL 4 2 83 04/10/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 KR 24 31 45 03/10/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 KR 30 BIS 5B 63 05/10/2023 NO RESIDE SANCIÓN INDEPEN- TICOS 79683205 RESOLUCIÓN MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO DAZA 79.683.205 MEDIOS NUÑEZ 93.405.614 VEHÍCULOS DMV575 LIQUIDACIÓN OFI- ARENAS 79.702.067 PREDIAL AAA0220YOFT LIQUIDACIÓN OFI- ORTEGA 91.276.226 PREDIAL AAA0062PWZE LIQUIDACIÓN OFI- SOLANO 79.714.172 PREDIAL AAA0164LFUH LIQUIDACIÓN OFI- ÑO VIVAS 79.802.353 PREDIAL AAA0047SKJZ LIQUIDACIÓN OFI- ALARCON 79.610.966 PREDIAL AAA0257BMUH LIQUIDACIÓN OFI- MARTINEZ 93.381.051 PREDIAL AAA0108MBXR LIQUIDACIÓN OFI- PINTO NIÑO 79.988.781 PREDIAL AAA0039XZBR LIQUIDACIÓN OFI- RANO DURAN 79.790.809 PREDIAL AAA0112HFXR LIQUIDACIÓN OFI- LOS SANCHEZ 80.360.930 PREDIAL AAA0020SLFZ LIQUIDACIÓN OFI- PEREZ GOMEZ 86.048.490 PREDIAL AAA0121NKCN RESOLUCIÓN DE DIAZ NAVARRO 92.097.269 VEHÍCULOS UCS265 LIQUIDACIÓN OFI- GASTELBONDO DEZ CHAPARRO 79.853.369 PREDIAL AAA0012SCCN LIQUIDACIÓN OFI- NANDO ANDRES 79.877.009 VEHÍCULOS DCO489 LIQUIDACIÓN OFI- JAVIER CORREAL MORENO CORTES 79.844.043 PREDIAL AAA0177TZNX LIQUIDACIÓN OFI- AMADO CHAMORRO 91.010.011 VEHÍCULOS NBZ684 LIQUIDACIÓN OFI- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-03061 2023EE370057 O1 202307197000017339 DIEGO FERNANDO DDI-014154 2023EE050892 O1 20230213000027440 LUIS EMILIO DORADO DDI-014164 2023EE050902 O1 20230213000027431 JOSE AMILCAR DDI-030534 2023EE359961 O1 202309083300033263 DARIO GUARIN DDI-014205 2023EE050943 O1 20230213000027437 EZEQUIEL ALBERTO DDI-030532 2023EE359959 O1 202309083300033025 GUSTAVO ADOLFO DDI-030531 2023EE359958 O1 202309083300033154 LUIS EDUARDO CAR- DDI-026242 2023EE297834 O1 202209283000082897 ALFONSO MELO FER- DDI-030362 2023EE359787 C2 202309083300033205 CARLOS ANDRES DDI-030500 2023EE359927 C1 202309083300033141 ALEX ENRIQUE MEN- DDI-030525 2023EE359952 O1 202309083300033213 LUIS FERNANDO DDI-030298 2023EE359723 C1 202309083300033143 ALEXANDER BRICE- DDI-030523 2023EE359950 O1 202309083300033098 JORGE ELIECER SER- DDI-030349 2023EE359774 C1 202309083300033231 ALFONSO LOPEZ DDI-030348 2023EE359773 O1 202309083300033164 WILSON SILVA DDI-029537 2023EE351837 O1 202204213000057465 JUAN FRANCISCO DDI-030457 2023EE359884 C1 202309083300033259 ALEXANDER GERENA REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-46 • 2023 • OCTUBRE • 18 46 02/10/2023 REHUSADO 505 05/10/2023 NO RESIDE 162 05/10/2023 NO RESIDE 1203 03/10/2023 NO RESIDE 20G 20 06/10/2023 CERRADO OF 304 04/10/2023 NO RESIDE JORGE AUTOP SUR 04/10/2023 REHUSADO CL 2 18 93 VIA MOSQUERA BG 57 AG PARQUE INDUSTRIAL SAN DIENTE 12/09/2023 2019 CL 68D SUR DIENTE 12/09/2023 2019 KR 37 A 25 A 52 05/10/2023 NO RESIDE DIENTE 12/09/2023 2020 KR 12 71 32 OF DIENTE 12/09/2023 2019 CL 64F 69A 03 05/10/2023 DESCONOCIDO CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 11B 123 30 AP CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2016 CL 66B 122A 33 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 68B 12 66 04/10/2023 NO RESIDE CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 CL 25 G 84 A 33 04/10/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 KR 62 103 44 CIAL DE REVISIÓN 02/10/2023 2019-5 CL 103 45A 14 04/10/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-6 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 KR 50 14 285 CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 CL 50 29 10 04/10/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 AK 15 77 05 LC CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 KR 53A 128A 40 04/10/2023 DESCONOCIDO SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- TICOS 860070323 RESOLUCIÓN TICOS 830141717 RESOLUCIÓN TICOS 830143070 RESOLUCIÓN TICOS 830116281 RESOLUCIÓN MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO 830.142.573 VEHÍCULOS CDZ633 LIQUIDACIÓN OFI- 830.070.189 PREDIAL AAA0037CHRJ LIQUIDACIÓN OFI- SAS 830.143.070 MEDIOS CION 830.046.563 VEHÍCULOS RIE713 LIQUIDACIÓN OFI- S.A.S 830.141.717 MEDIOS ACTIVA 830.073.512 RETEICA 830073512 LIQUIDACIÓN OFI- ICER S A M'S S A S 860.070.323 MEDIOS UIDACION 830.146.130 PREDIAL AAA0004FBLW LIQUIDACIÓN OFI- SOCIAL S A S 830.116.281 MEDIOS COLOMBIA SAS 800.249.678 ICA 800249678 LIQUIDACIÓN OFI- ESPACIOS S A S ELECTRICA LTDA DE RADIADORES REDINGEL LTDA - 830.065.430 VEHÍCULOS HBN631 LIQUIDACIÓN OFI- ARCE ARQUITEC- TRANSPORTE S.A 811.005.276 ICA 811005276 LIQUIDACIÓN OFI- SIONAL SERVICES EN C - EN LIQUIDA- ANA EXPORTADORA CONSTRUCCION DE TURA RENOVACION Y CADA GUERRERO S A 830.103.289 ICA 830103289 LIQUIDACIÓN OFI- INDUSTRIA COLOMBI- GRALES DE VIVIENDA ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-030311 2023EE359736 O1 202309083300033083 HEMP LTDA EN LIQ- DDI-026045 2023EE297636 O1 202204213000056207 DDI-029629 2023EE351928 O1 202204213000058376 AUDITING & PROFES- DDI-029634 2023EE351933 O1 202204213000058873 INVERSIONES CINCO DDI-029628 2023EE351927 O1 202204213000058434 DELIVERY COLOMBIA DDI-022830 2023EE277416 O1 202204213000052799 INGENIERIA MON- DDI-029626 2023EE351925 O1 202204213000058856 SOLUCIONESINTE- DDI-014155 2023EE050893 O1 20230213000027452 HOGALA Y CIA. S.C.A. 804.008.297 VEHÍCULOS JEW441 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-030848 2023EE378768 O1 202204213000055452 COOPERATIVA SERVI- DDI-023785 2023EE278378 O1 202204213000052658 JUNGHEINRICH DDI-024245 2023EE278840 O1 202204213000052548 LOGISTICA DE DDI-030540 2023EE359967 O1 202309083300033182 BOTELLAS PET SAS 830.031.045 PREDIAL AAA0082NEBS LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026333 2023EE297925 O1 202209283000083033 LACOUTURE Y CIA S DDI-030541 2023EE359968 O1 202309083300033246 DDI-026486 2023EE298080 O1 202204213000056336 REDES E INGENIERIA 47 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-47 • 2023 • OCTUBRE • 18 101 05/10/2023 NO RESIDE 605 05/10/2023 NO RESIDE 402 03/10/2023 NO RESIDE 73A 86 05/10/2023 DESCONOCIDO 22A 15 04/10/2023 CERRADO 72H 66 04/10/2023 DESCONOCIDO AP 104 05/10/2023 NO RESIDE 1 AP 603 04/10/2023 REHUSADO 311 OF 311 04/10/2023 NO RESIDE SOZ HANGAR 1 03/10/2023 REHUSADO NESTO CORTIS- AEROPUERT.ER- DIENTE 28/09/2023 2020 KR 69P BIS DIENTE 28/09/2023 2019 KR 5 69 14 05/10/2023 NO RESIDE DIENTE 12/09/2023 2020 KR 15 68 31 OF DIENTE 12/09/2023 2019 CL 64G 81A 06 06/10/2023 CERRADO DIENTE 12/09/2023 2019 KR 7 BIS A 124 40 05/10/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 KR 96D BIS CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 KR 12 97 80 OF CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 CL 39B SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 161 54 18 TO CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CR 30 BIS 5B 63 05/10/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 02/10/2023 2020-1 CL 19 22 55 05/10/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 02/10/2023 2020-1 CL 103 A 21 63 CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 CL 123 7 07 OF CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 2020-7 CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 KR 14 127 10 OF SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- TICOS 900429749 RESOLUCIÓN TICOS 900401371 RESOLUCIÓN TICOS 900305348 RESOLUCIÓN TICOS 900298894 RESOLUCIÓN TICOS 900074143 RESOLUCIÓN MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO 900.305.348 MEDIOS 900.264.234 VEHÍCULOS ELS727 LIQUIDACIÓN OFI- 860.352.913 VEHÍCULOS BAO164 LIQUIDACIÓN OFI- 890.108.139 ICA 890108139 LIQUIDACIÓN OFI- "
C. S. 900.102.858 RETEICA 900102858 LIQUIDACIÓN OFI- S A S 900.154.120 RETEICA 900154120 LIQUIDACIÓN OFI- S EN C 900.074.143 MEDIOS RACION COM S.A.S. 900.221.647 VEHÍCULOS DMX826 LIQUIDACIÓN OFI- AUTICO S.A MEDICA SAS 900.205.707 VEHÍCULOS DCO423 LIQUIDACIÓN OFI- "PROTECNICA PROYECTOS Y ENTE LIMITADA TACARGAS SAS 900.429.749 MEDIOS DEPROCON SAS TRETENIMIENTO DESARROLLO DE DE REESTRUCTU- VILLEGAS Y CIA S.
NAMIENTO AERON DAD ANONIMA EM- FERRETERIA S.A.S 900.295.575 VEHÍCULOS EIZ934 LIQUIDACIÓN OFI- INVERSORES & CIA CONSTRUCCIONES ALMANSILLA SOCIE- CENTRO DE ENTRE- CION DEL ACUERDO PROYECTOS DE ING- PARAEL MEDIO AMBI- ENIERIA Y SERVICIOS PUBLICOS EN EJECU- PRESA DE SERVICIOS ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-029553 2023EE351853 O1 202204213000060287 INTEGRAL DE MON- DDI-029681 2023EE351980 O1 202204213000059963 THEVOZ S.A.S. 900.401.371 MEDIOS DDI-029648 2023EE351947 O1 202204213000059722 DDI-026260 2023EE297852 O1 202204213000056346 DDI-026466 2023EE298059 O1 202204213000056438 F.A DOTACIONES Y DDI-026455 2023EE298048 O1 202204213000056162 TRANSPORTES@.
DDI-029645 2023EE351944 O1 202204213000059598 CODELECT S.A.S 900.298.894 MEDIOS DDI-022828 2023EE277414 O1 202204213000053614 PYT ECONTROL LTDA 900.219.484 ICA 900219484 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026241 2023EE297833 O1 202209283000083071 AMBUPETROL DDI-030869 2023EE378792 O1 202204213000055522 FANTASTIC EN- DDI-030868 2023EE378791 O1 202204213000055523 MANUEL LORENZO DDI-023532 2023EE278124 O1 202204213000053497 DDI-029644 2023EE351943 O1 202204213000059092 MB ASESORES E DDI-022826 2023EE277412 O1 202204213000053082 TRI COLOMBIA S.A.S 900.010.177 ICA 900010177 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026390 2023EE297983 O1 202204213000056474 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-48 • 2023 • OCTUBRE • 18 48 06/10/2023 CERRADO 301 05/10/2023 NO RESIDE PI 2 05/10/2023 NO RESIDE 1202 04/10/2023 NO RESIDE AP 201 03/10/2023 CERRADO OF 202 05/10/2023 NO RESIDE 7 AP 504 05/10/2023 NO RESIDE BRICEÑO USAQUEN 05/10/2023 NO RESIDE KM 1,38 VIA 17 BRR SAN JOAQUIN 06/10/2023 CERRADO INDUSTRIAL ZIPAQUIRA PQ TRAFAGAR BG 8 DIENTE 12/09/2023 2020 CL 17 134A 15 05/10/2023 NO RESIDE DIENTE 28/09/2023 2020 CL 109 14B 60 LC DIENTE 28/09/2023 2020 KR 108 70 95 05/10/2023 CERRADO DIENTE 12/09/2023 2019 CL 65 70C DIENTE 12/09/2023 2019 KR 8 80 54 OF DIENTE 12/09/2023 2019 CL 13 27 63 IN 5 COMPENSACIÓN 07/09/2023 2022 DEVOLUCIÓN Y/O CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 42 22 36 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 42 22 36 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 42 22 36 03/10/2023 NO RESIDE CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 02/10/2023 2020-6 CL 99 13A 30 OF CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2019-7 TV 5 A 45 91 04/10/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 28/07/2023 2020-7 KR 11 20A 38 CIAL DE REVISIÓN 02/10/2023 2020-1, 5, 6 CL 17A 68D 48 CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 CL 58B 14A 45 04/10/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 CL 12C 71C 30 IN SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- TICOS 900810365 RESOLUCIÓN TICOS 900686774 RESOLUCIÓN TICOS 900644878 RESOLUCIÓN TICOS 900589785 RESOLUCIÓN TICOS 900570910 RESOLUCIÓN TICOS 900552378 RESOLUCIÓN MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO SAS 900.694.486 ICA 900694486 LIQUIDACIÓN OFI- SAS 900.589.785 MEDIOS SAS 900.542.491 RETEICA 900542491 LIQUIDACIÓN OFI- S A S 900.810.365 MEDIOS TIONS S.A.S. 900.817.753 RETEICA 900817753 LIQUIDACIÓN OFI- SANABRIA SAS 900.644.878 MEDIOS SOLUTIONS SAS 900.613.322 VEHÍCULOS JMO887 RESOLUCIÓN DE ASOCIADOS S.A.S 900.432.750 VEHÍCULOS KBX066 LIQUIDACIÓN OFI- ANA DE LOGISTICA PINZ Y PRIETO S.A.S 900.570.910 MEDIOS TRICA LUIS EDUARDO ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-030845 2023EE378765 O1 202204213000055389 DIENS COMMUNICA- DDI-029591 2023EE351891 O1 202204213000060946 JVALE INGENIERIA DDI-023122 2023EE277710 O1 202204213000054411 BIOINTROPIC 900.724.034 ICA 900724034 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-022622 2023EE277207 O1 202204213000054026 DECORADOS MAGAR DDI-029702 2023EE352001 O1 202204213000060403 C INVERSIONES S.A.S 900.686.774 MEDIOS DDI-028938 2023EE347077 O1 202307197000017237 GACO ALUMINIUM DDI-029659 2023EE351958 O1 202204213000060270 INGENIERIA ELEC- DDI-029650 2023EE351949 O1 202204213000060284 MOUSE INTERACTIVO DDI-029590 2023EE351890 O1 202204213000060063 REPRESENTACIONES DDI-029528 2023EE351828 O1 202204213000060090 GLOBOMED SAS 900.552.378 MEDIOS DDI-030874 2023EE378797 O1 202204213000055669 EMPRESA COLOMBI- DDI-030547 2023EE359974 O1 202309083300033177 INVERKAPITALS S A S 900.511.761 PREDIAL AAA0073TOCN LIQUIDACIÓN OFI- DDI-030547 2023EE359974 O1 202309083300033177 INVERKAPITALS S A S 900.511.761 PREDIAL AAA0073TODE LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026192 2023EE297784 C1 202209283000083137 PROCANPET S.A.S 900.507.125 VEHÍCULOS BNM048 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-030547 2023EE359974 O1 202309083300033177 INVERKAPITALS S A S 900.511.761 PREDIAL AAA0073TOAW LIQUIDACIÓN OFI- DDI-026509 2023EE298103 O1 202204213000056735 MENDEZ GUTIERREZ 49 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-49 • 2023 • OCTUBRE • 18 03/10/2023 CERRADO 507 05/10/2023 NO RESIDE SUR 05/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 CERRADO 5L 28 04/10/2023 DESCONOCIDO 85 78 06/10/2023 CERRADO 807 1 91 25 05/10/2023 CERRADO 78A 03 06/10/2023 CERRADO 68F 68 04/10/2023 CERRADO OF 503 05/10/2023 NO RESIDE apt 914 04/10/2023 NO RESIDE CENTRO CAMACHO 05/10/2023 NO RESIDE COMERCIAL BRR QUINTA 52 BRR VILLA MARIA SR II 04/10/2023 NO RESIDE EL TESORO LC DIENTE 12/09/2023 2019 CL 81 11 68 OF DIENTE 28/09/2023 2020 KR 13C 54 53 DIENTE 28/09/2023 2020 CL 69 10 A 09 DIENTE 12/09/2023 2020 KR 96 K 23 H 15 05/10/2023 DESCONOCIDO SANCIÓN 19/07/2023 2020, 2019 CL 53 46 07 03/10/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 CL 70A SUR CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 KR 137A 17A 25 05/10/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 TV 73 A 82 19 05/10/2023 CERRADO CIAL DE REVISIÓN 02/10/2023 2020-6 CL 37G SUR CIAL DE REVISIÓN 02/10/2023 2020-5 KR 13C 54 53 CIAL DE REVISIÓN 02/10/2023 2020-4 CL 64 G BIS A CIAL DE REVISIÓN 02/10/2023 2019-6 cr 7 #126-30 t4 CIAL DE REVISIÓN 02/10/2023 2020-4 CL 90 13A 20 CIAL DE REVISIÓN 12/09/2023 2019-6 CL 15 A 2 B 33 25/09/2023 NO RESIDE CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 CL 49C SUR CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2020 CL 136A 109C CIAL DE REVISIÓN 02/10/2023 2020-3 CL 34B SUR SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- SANCIÓN INDEPEN- TICOS 901270499 RESOLUCIÓN TICOS 901178738 RESOLUCIÓN TICOS 901201577 RESOLUCIÓN TICOS 901044028 RESOLUCIÓN TICOS 900878105 RESOLUCIÓN MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- MAGNÉ- NOTIFICACIÓN POR AVISO SAS 901.110.154 RETEICA 901110154 LIQUIDACIÓN OFI- SAS 901.063.051 VEHÍCULOS AYQ75D LIQUIDACIÓN OFI- SAS 901.044.028 MEDIOS SELA 1.012.354.586 VEHÍCULOS DZV875 LIQUIDACIÓN OFI- ETTO SAS 900.965.243 VEHÍCULOS JBR318 LIQUIDACIÓN OFI- COLOMBIA 901.178.738 MEDIOS TOS JW SAS 900.880.558 RETEICA 900880558 LIQUIDACIÓN OFI- JUAN FELIPE 1.016.059.245 VEHÍCULOS BOW823 LIQUIDACIÓN OFI- FABRICA SAS 901.208.864 RETEICA 901208864 LIQUIDACIÓN OFI- Y ACEROS SAS 901.082.962 RETEICA 901082962 LIQUIDACIÓN OFI- SHIPPING S.A.S 901.191.514 RETEICA 901191514 LIQUIDACIÓN OFI- VICTOR ALFONSO 1.014.224.870 VEHÍCULOS FOR991 LIQUIDACIÓN OFI- STRE Y ASOCIADOS LAS OCCURRENTES CIONES Y LOGISTICA SAS EN LIQUIDACION 901.128.125 RETEICA 901128125 LIQUIDACIÓN OFI- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ DDI-026603 2023EE298198 O1 202211243000083505 MARIN PINILLA JIS- DDI-026475 2023EE298069 O1 202204213000056039 VALENCIA ARROYAVE DDI-026601 2023EE298196 O1 202211213000083484 MENDEZ GARCIA DDI-029600 2023EE351899 O1 202204213000061687 TEKSHOP S.A.S. 901.270.499 MEDIOS DDI-030843 2023EE378763 O1 20220423000055341 DEMINTEX PUNTO DE DDI-030857 2023EE378779 O1 202204213000055934 TERRA BUNKERING DDI-030847 2023EE378767 O1 202204213000056000 INDUCAM SL SAS 901.201.577 RETEICA 901201577 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-029696 2023EE351995 O1 202204213000061847 INDUCAM SL SAS 901.201.577 MEDIOS DDI-030831 2023EE378751 O1 202204213000055732 MA&D DISTRIBU- DDI-030849 2023EE378769 O1 202204213000055440 OPERACIONES MAE- DDI-022098 2023EE269594 O1 202204213000061504 FUNDACION SCHO- DDI-026388 2023EE297981 O1 202204213000056325 CIRCULO INGENIERIA DDI-029446 2023EE351348 O1 202204213000055639 ARQUIT PROYECTOS DDI-029692 2023EE351991 O1 202204213000061187 COSMO COOKIES DDI-026576 2023EE298171 O1 202204213000056696 MOTOMALL SAS 900.904.531 VEHÍCULOS TJX989 LIQUIDACIÓN OFI- DDI-014243 2023EE050981 C1 20230213000027527 INVERSIONES PRI- DDI-030856 2023EE378778 O1 202204213000055511 OBRAS Y PROYEC- DDI-029597 2023EE351896 O1 202204213000060914 ATICA TRADING SAS 900.878.105 MEDIOS REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-50 • 2023 • OCTUBRE • 18 50 8 15 04/10/2023 CERRADO SUR 04/10/2023 CERRADO B - 64 02/10/2023 DESCONOCIDO 52A 72 04/10/2023 CERRADO NO. 45 C 32 SUR 05/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 15A 8 57 03/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 DG 75A BIS SUR CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 4 75 12 04/10/2023 NO RESIDE CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 CL 30 SUR CIÓN ARITMÉTICA 20/09/2023 2020 KR 12 BIS 25 04 CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE CORREC- CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 CL 53 29 06 02/10/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 21/09/2023 2020 CL 32 B No. 33 CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 KR 13 10 59 05/10/2023 DESCONOCIDO CIAL DE REVISIÓN 08/08/2023 2021 AV CARACAS NOTIFICACIÓN POR AVISO Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal los dos (2) meses siguientes a la publicación del presente aviso.
ERRY 1.127.240.037 VEHÍCULOS GLW809 LIQUIDACIÓN OFI- PINTO NIÑO 1.026.554.999 PREDIAL AAA0039XZBR LIQUIDACIÓN OFI- ARIAS ROJAS 1.069.175.051 PREDIAL AAA0082LREA LIQUIDACIÓN OFI- MORA GOMEZ 1.033.720.895 PREDIAL AAA0085RRXS LIQUIDACIÓN OFI- RUBEN DARIO 1.033.703.009 VEHÍCULOS FVK497 LIQUIDACIÓN OFI- MAYCOL DAVID 1.072.669.977 VEHÍCULOS BJK395 LIQUIDACIÓN OFI- YELA ARTEAGA 1.086.697.336 VEHÍCULOS RKL223 LIQUIDACIÓN OFI- GUEZ SARMIENTO 1.022.967.309 PREDIAL AAA0197ROLW LIQUIDACIÓN OFI- HERRERA OSORIO 1.220.466.959 PREDIAL AAA0034KEBS LIQUIDACIÓN OFI- RODRIGUEZ ECHEV- ANEXO No.1 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ Contra los actos administrativos mencionados procede el Recurso de Reconsideración que deberá interponerse ante la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección Jurídico Tributaria, ubicada en la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá en la Carrera 30 No. 25 – 90 piso 14, costado occidental dentro de DDI-014167 2023EE050905 O1 20230213000027219 JUAN SEBASTIAN DDI-030262 2023EE359687 C1 202309083300033008 JAVIER HERNANDO DDI-025978 2023EE297571 O1 202211213000083459 RAMIREZ WALTEROS DDI-014166 2023EE050904 O1 20230213000027210 MAURICIO JAVIER DDI-030362 2023EE359787 O1 202309083300033205 YUDY ALEJANDRA DDI-026266 2023EE297858 O1 202212203000083594 LOAIZA FLOREZ DDI-030367 2023EE359792 O1 202309083300033044 HECTOR FABIAN DDI-030359 2023EE359784 C1 202309083300033045 BLANCA NIDIA RODRI- DDI-030366 2023EE359791 O1 202309083300033283 WILMER FERNANDO MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA 51 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-51 • 2023 • OCTUBRE • 18 CAUSAL DE DEVOLUCIÓN DE FECHA DEVOLUCIÓN 67 09/10/2023 CERRADO SUR 10/10/2023 CERRADO 2063A 10/10/2023 CERRADO 17A-53 06/10/2023 NO RESIDE NOTIFICACIÓN PERÍODO GRAVABLE DIRECCIÓN DE DEL ACTO FECHA TIPO DE ACTO ESPECIAL 03/10/2023 2016 KR 97 BIS 127B ESPECIAL 03/10/2023 2021 KR 21 9 31 LC ESPECIAL 03/10/2023 2016 AC 26 52 00 09/10/2023 DESCONOCIDO ESPECIAL 03/10/2023 2021 CL 132D 145 24 10/10/2023 CERRADO ESPECIAL 03/10/2023 2016, 2018 CL 62 9 69 09/10/2023 NO RESIDE ESPECIAL 03/10/2023 2021 CL 62 9 69 09/10/2023 NO RESIDE ESPECIAL 03/10/2023 2021 CL 62 9 69 09/10/2023 NO RESIDE ESPECIAL 03/10/2023 2021 CL 62 9 69 09/10/2023 NO RESIDE ESPECIAL 03/10/2023 2020, 2021 KR 14L 92B 33 ESPECIAL 20/09/2023 2020-7 2021 -7 CR 42 BIS ESPECIAL 03/10/2023 2021 CL 69 A 9 67 09/10/2023 NO RESIDE ESPECIAL 03/10/2023 2021 CL 132D 145 24 10/10/2023 CERRADO ESPECIAL 03/10/2023 2020 CL 12D 4 15 09/10/2023 CERRADO PLACA - CHIP Y/O MATRICULA INMOBILIARIA-NIT DE TIPO IMPUESTO NOTIFICACIÓN POR AVISO ENTE IDENTIFI- CACIÓN DEL CONTRIBUY- USECHE 19.385.523 PREDIAL AAA0165ZDNN REQUERIMIENTO USECHE 19.385.523 PREDIAL AAA0165XZFT REQUERIMIENTO USECHE 19.385.523 PREDIAL AAA0165YUUZ REQUERIMIENTO USECHE 19.385.523 PREDIAL AAA0165YDAW REQUERIMIENTO OROZCO 19.284.001 PREDIAL AAA0252YEAW REQUERIMIENTO VELANDIA 39.520.206 PREDIAL AAA0141TCHK REQUERIMIENTO MARTINEZ 4.268.011 PREDIAL AAA0141TCHK REQUERIMIENTO RON PEÑA 79.581.360 PREDIAL AAA0016NWZM REQUERIMIENTO AGUASACO 79.056.324 PREDIAL AAA0061PFCN REQUERIMIENTO AGUASACO 79.054.919 PREDIAL AAA0061PFCN REQUERIMIENTO ROZO LEON 52.433.752 PREDIAL AAA0061MZZM AUTO DE ARCHIVO 29/09/2023 2020, 2021 KR 72B 52 23 CA 03/10/2023 NO RESIDE APODERADO PAEZ LADINO 19.186.047 PREDIAL AAA0088RLLW REQUERIMIENTO NOMBRE DEL NO MONTANA 2.934.843 PREDIAL AAA0032OBKL REQUERIMIENTO ZARATE TELLEZ 13.790.692 ICA 13790692 REQUERIMIENTO CONTRIBUYENTE Y/O ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 EXPEDIENTE SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ La Jefe de la Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, hace saber: profirierón para los contribuyentes que se relacionan a continuación, las actuaciones administrativas objeto de la presente publicación. la Oficina General de Fiscalización de la Subdirección de Determinación y la Oficina de Recursos Tributarios de la Subdirección jurídico Tributaria, Que los Jefes de la Oficina de Control Masivo de la Subdirección de Educación Tributaria y Servicio, la Oficina de Fiscalización Grandes Contribuyentes, En consecuencia, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 13 del Acuerdo 469 de 2011, se está notificando por medio de la publicación a:
NA 2023EE042085 C1 20230213000030607 ERVIN YEZID CALDE- NA 2023EE042083 C4 20230213000030605 ROBERT EDGAR RUIZ NA 2023EE042083 C3 20230213000030605 JOHN EDWARD RUIZ NA 2023EE382276 C3 20230213000028187 LILIAN JOHANNA NA 2023EE042082 O1 20230213000030604 MIREYA MARTINEZ NA 2023EE042075 O1 20230213000030597 ANTONY CRUZ NA 2023EE042076 O1 20230213000030598 ANTONY CRUZ NA 2023EE042077 O1 20230213000030599 ANTONY CRUZ NA 2023EE042071 C1 20230213000030593 ANTONY CRUZ NA 2023EE042074 O1 20230213000030596 FIDEL ZAMBRANO NA 2023EE369433 C1 202309143000094406 JHON MARINO NA 2023EE042073 O1 20230213000030595 GUILLERMO ENRIQUE NA 2023EE042082 C1 20230213000030604 JOSUE SUAREZ NA 2023EE042080 O1 20230213000030602 JOSE ABDON MORE- No.
CIÓN No. RADICADO No. DE RESOLU- REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-52 • 2023 • OCTUBRE • 18 52 32 SUR 04/10/2023 CERRADO APTO 503 03/10/2023 NO RESIDE ESPECIAL 27/09/2023 2020-7 KR 73 Bis 49 A 29 04/10/2023 CERRADO ESPECIAL 28/09/2023 2021 CL 11 40 35 03/10/2023 NO RESIDE INFORMACIÓN 31/08/2023 2021 KR 42 79 19 04/10/2023 REHUSADO INFORMACIÓN 31/08/2023 2021 CL 42 79 19 04/10/2023 REHUSADO INFORMACIÓN 31/08/2023 2021 DG 8 A 5 A 137 26/09/2023 CERRADO INFORMACIÓN 26/09/2023 2021-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 97 131 B 39 04/10/2023 CERRADO INFORMACIÓN 26/09/2023 2021-1, 2, 3, 4, 5, 6 CR 17 No. 88- 12 INFORMACIÓN 31/08/2023 2021 CL 126 A 7 C 82 03/10/2023 DESCONOCIDO INFORMACIÓN 31/08/2023 2021 KR 81G BIS 74 INFORMACIÓN 01/09/2023 2019 KR 74A 71 82 03/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE NOTIFICACIÓN POR AVISO S.A.S 830.136.839 ICA 830136839 REQUERIMIENTO S.A.S. 830.096.320 ICA NA REQUERIMIENTO DE PALMAR SAS 800.139.755 RETEICA 800139755 REQUERIMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YFCX EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YFAF EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YEOM EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YENX EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YELF EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YEJZ EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YEDE EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YDZM EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YDWF EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YDTO EMPLAZAMIENTO TRAS PORTE SAS 860.070.995 RETEICA 860070995 REQUERIMIENTO DE TRAS PORTE SAS 860.070.995 RETEICA 860070995 REQUERIMIENTO DE INGENIERIA S.A.S. 830.075.827 RETEICA NA REQUERIMIENTO DE COMUNICACIONES ANA DE LOGISTICA Y ANA DE LOGISTICA Y ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE326344 O1 202308183000090678 MAXSERIN S.A.S 846.001.524 RETEICA 846001524 REQUERIMIENTO DE NA 2023EE326370 O1 202308183000090713 INDUSTRIA COLOMBI- NA 2023EE326370 C1 202308183000090713 INDUSTRIA COLOMBI- NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE376042 O1 202309133000094398 CONSTRUCRUZ E U 830.115.583 ICA NA REQUERIMIENTO DE NA 2023EE378129 C1 202309223000095105 VISION SATELITAL NA 2023EE325648 O1 202308183000090211 ARANGO MARIÑO NA 2023EE376093 C1 202309153000094415 AGUAYO PUBLICIDAD NA 2023EE326316 O1 202308183000090609 PROMOPRINT SAS 830.101.944 RETEICA 830101944 REQUERIMIENTO DE NA 2023EE326313 C1 202308183000090649 CLC CARGO SAS 830.067.119 RETEICA 830067119 REQUERIMIENTO DE NA 2023EE378407 O1 202305093000084347 TRANSPORTES EL 53 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-53 • 2023 • OCTUBRE • 18 05/10/2023 NO RESIDE 306 03/10/2023 CERRADO OF 302 03/10/2023 DESCONOCIDO TANAR CONJ KM 2 VIA CHIA CEREZO CA 26 CAJICA HC FON- ESPECIAL 20/09/2023 2020-7 KR 70 F 127 A 85 03/10/2023 NO RESIDE INFORMACIÓN 27/09/2023 2021-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 24 40 71/73 INFORMACIÓN 31/08/2023 2021 KR 92 147 03 06/10/2023 DESCONOCIDO INFORMACIÓN 25/09/2023 2021-1, 2, 3, 4, 5, 6 CL 24 20 88 AP INFORMACIÓN 01/09/2023 2020 AK 72 79A 08 06/10/2023 NO RESIDE INFORMACIÓN 01/09/2023 2019, 2020, 2021 CL 100 7 33 PI 20 03/10/2023 CERRADO PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE PARA DECLARAR 29/09/2023 2020, 2021 KR 28 B 84 10 04/10/2023 NO RESIDE NOTIFICACIÓN POR AVISO SAS 900.578.241 ICA 900578241 AUTO ADMISORIO 29/09/2023 2019-7 S A S 900.525.960 ICA 900525960 AUTO ADMISORIO 05/10/2023 2019, 7 2020-7 KR 47 113 27 PI 1 10/10/2023 DESCONOCIDO S.A.S 900.608.850 ICA NA REQUERIMIENTO DE S.A.S 900.884.373 ICA NA REQUERIMIENTO DE S.A.S. 900.233.984 ICA 900233984 REQUERIMIENTO S.A. S. 900.008.914 RETEICA NA REQUERIMIENTO DE DOS SAS 900.616.862 RETEICA 900616862 REQUERIMIENTO DE BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YKJZ EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YKHK EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YHXR EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YHUZ EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YHOE EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YHKL EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YHJH EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YHDM EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YHCX EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YFMS EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YFEA EMPLAZAMIENTO BOYACA LTDA 891.855.774 PREDIAL AAA0252YFDM EMPLAZAMIENTO REORG ANIZACION 900.453.899 RETEICA NA REQUERIMIENTO DE ENTRETENIMIENTO ELECTRICA SAS- EN RERO Y ASOCIADOS IERIA ASOCIADA FUC ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2023EE377342 C1 202309153000094411 APPTLAX INNOVA NA 2023EE326355 O1 202308183000090675 ROMICAN & ASOCIA- NA 2023EE375588 O1 202309133000094402 VEROSA GROUP NA 2023EE381523 O1 202204213000054349 ESCOBAR GUER- NA 2023EE387288 O1 202204213000054032 SICOM COLOMBIA NA 2023EE325926 O1 202308183000090155 COMPAÑÍA DE INGEN- NA 2023EE369511 C2 202309183000094418 YUJU PUBLICIDAD Y NA 2023EE325669 C1 202308183000089971 A & A INGENIERIA NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES NA 2023EE382232 O1 202309293000095847 INVERSIONES REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-54 • 2023 • OCTUBRE • 18 54 703 03/10/2023 NO RESIDE SUR 10/10/2023 CERRADO SUR 03/10/2023 CERRADO 1504 TO 3 06/10/2023 CERRADO KR 14 97 63 OF 701-702 EDIFICIO 14X97 06/10/2023 NO RESIDE ESPECIAL 03/10/2023 2021 KR 81J 45 81 ESPECIAL 28/09/2023 2021-1, 2, 3, 4, 5, 6 INFORMACIÓN 25/09/2023 2021-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 70C 49 50 03/10/2023 DESCONOCIDO INFORMACIÓN 25/09/2023 2021-1, 2, 3, 4, 5, 6 AC 26 69 76 OF INFORMACIÓN 27/09/2023 2021-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 87D 58C 44 INFORMACIÓN 25/09/2023 2021-1, 2, 3, 4, 5, 6 CR 31 B NO. 1 06 03/10/2023 NO RESIDE INFORMACIÓN 25/09/2023 2021-1, 2, 3, 4, 5, 6 KR 20 169 29 03/10/2023 DESCONOCIDO INFORMACIÓN 25/09/2023 2021-1, 2, 3, 4, 5, 6 CL 87 15 23 OF NOTIFICACIÓN POR AVISO 901.313.671 ICA NA REQUERIMIENTO DE Jefe Oficina de Notificaciones y Documentación Fiscal SAS S.A.S 900.884.373 ICA NA REQUERIMIENTO DE S.A.S 901.040.398 RETEICA RETEICA REQUERIMIENTO LIQUIDACION 900.889.100 ICA NA REQUERIMIENTO DE JUELITO 2018 901.193.947 ICA NA REQUERIMIENTO DE JUELITO 2018 901.193.947 ICA NA REQUERIMIENTO DE GOLDEN S.A.S 901.252.634 ICA NA REQUERIMIENTO DE PRIETO JUNCO 1.030.603.946 PREDIAL AAA0052KEPA REQUERIMIENTO INVERSIONES Y SIONES S.A.S. EN TRANSCONCRE TO CONSTRUCCIONES ANEXO No.2 DE LA RESOLUCIÓN No. DDI-031380 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2023 SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ NA 2023EE375621 O1 202309133000094404 CONSORCIO TUN- NA 2023EE377167 O1 202309153000094399 ALUMINIOS SUPER NA 2023EE042069 O1 20230213000030591 CRISTIAN ANDRES NA 2023EE375588 C1 202309133000094402 VEROSA GROUP NA 2023EE375621 C1 202309133000094404 CONSORCIO TUN- NA 2023EE375518 O1 202308043000089823 NA 2023EE375604 C1 202309133000094403 OPENUEVO INVER- NA 2023EE378449 O1 202305293000085845 SNETOR COLOMBIA Contra los actos administrativos mencionados no procede ningún Recurso. La notificación se entenderá surtida desde la fecha de publicación de este aviso.
MARÍA LINNETTE ROJAS RIVERA 55 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-55 • 2023 • OCTUBRE • 18 DECRETO LOCAL DE 2023 ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ DECRETO LOCAL Nº 018 (17 de octubre de 2023)
“Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2023”
EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ En uso de sus facultades constitucionales, legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece: cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, (…)
Que estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Que en la Resolución No. SHD-191 del 22 de septiembre de 2017, por el cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, se indica el procedimiento para efectuar el traslado en mención.
Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL, en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: “es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”.
Que, analizado el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia 2023, las metas previstas en algunos Proyectos se han cumplido satisfactoriamente y a su vez se hace necesario fortalecer la apropiación de otros Rubros de Inversión cuyos recursos son insuficientes, para garantizar el cabal cumplimiento de las metas contempladas dentro del Plan de Desarrollo del FDRS. En consecuencia, se solicita efectuar el trámite pertinente a fin de adelantar los movimientos presupuestales aquí registrados.
Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 16 de enero de 2020 Casa de la Cultura, Corregimiento de Betania Código Postal: 111711 Tel. 5557087 Información Línea 195 www.gobiernobogota.gov.co REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-56 • 2023 • OCTUBRE • 18 56 Continuación Decreto Número 018_Página 2 de 4 Que mediante oficio No. 2-2023-110262 del 09 de octubre de 2023, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.
Que mediante oficio No. 2022EE407903O1 del 17 de octubre de 2023, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Rural, efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante el cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2023, por valor de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES CUARENTA MIL PESOS M/CTE ($1.257.040.000).
Que, dentro del Plan de Desarrollo Local de Sumapaz 2021 – 2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA SUMAPAZ” está incluido el Proyecto de Inversión Al rubro O23011605560000001693 “Terminación de infraestructuras (sedes administrativas locales), al cual le hacen falta recursos para dar cumplimiento a las metas trazadas dentro del mismo.
Que como parte de las actividades administrativas, para la vigencia 2022, se suscribió el contrato de consultoría CCS-334-2022, cuyo objeto es “Contratar la elaboración de estudios, diseños y diagnósticos para las construcciones y/o adecuaciones de la sede administrativa de la alcaldía local de Sumapaz en la hacienda Llano Grande corregimiento de Betania" garantizando la adecuación de los diferentes espacios que se requieren para una sede administrativa de la Alcaldía Local de Sumapaz, en la Hacienda Llano Grande – corregimiento de Betania.
De la consultoría CCS-334-2022, se entregó por parte del consultor el proyecto de diseño definitivo junto con el presupuesto necesario para la implementación de las estructuras anteriormente relacionadas, requiriendo de una inversión considerable para garantizar la atención oportuna de la comunidad Sumapaceña.
Con base en esta consultoría el Fondo De Desarrollo Rural De Sumapaz, adelanta la formulación para la construcción y adecuación de la infraestructura necesaria para el funcionamiento de Archivo, Almacén, oficinas para el personal administrativo, Plazoletas, Auditorio (que permita además realizar actividades de carácter social y cultural), cuartos de subestación eléctrica, parqueaderos, cuartos de residuos y espacios complementarios que garanticen la funcionalidad de la sede Administrativa en la Hacienda Llano Grande, vereda Betania.
Así las cosas, se requieren trasladar a este proyecto los recursos necesarios para llevar a cabo la construcción y/o adecuación de la sede administrativa.
Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 14 de enero de 2020 Alcaldía local de Sumapaz Casa de la Cultura, Vereda Betania Localidad Sumapaz Código Postal: 111711 Tel. 5557087 57 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-57 • 2023 • OCTUBRE • 18 Continuación Decreto Número 018_Página 3 de 4 Que, en mérito de lo anterior expuesto
DECRETA:
Artículo primero.
Efectúese un contra crédito en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2023, por la suma MIL DOS- CIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES CUARENTA MIL PESOS M/CTE ($1.257.040.000), de acuerdo con el siguiente detalle:
CONTRACREDITO Código Presupuestal Rubro Valor O2 GASTOS $1.257.040.000 023 INVERSIÓN $1.257.040.000 O2301 DIRECTA $1.257.040.000 O230116 Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI $1.257.040.000 O2301160106 Sistema Distrital del Cuidado $1.257.040.000 O23011601060000001637 Revitalización y Transformación Productiva en la Localidad de Sumapaz. $1.257.040.000 TOTAL, CONTRACREDITO $1.257.040.000
Artículo segundo.
Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2023, por la suma MIL DOS- CIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES CUARENTA MIL PESOS M/CTE ($1.257.040.000), de acuerdo con el siguiente detalle:
CRÉDITO Código Presupuestal Rubro Valor O2 GASTOS $1.257.040.000 O23 INVERSIÓN $1.257.040.000 O2301 DIRECTA $1.257.040.000 O230116 Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI $1.257.040.000 Código: GDI - GPD – F034 Versión: 03 Vigencia: 14 de enero de 2020 Alcaldía local de Sumapaz Casa de la Cultura, Vereda Betania Localidad Sumapaz Código Postal: 111711 Tel. 5557087 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-58 • 2023 • OCTUBRE • 18 58 Continuación Decreto Número 018_Página 4 de 4 CRÉDITO Código Presupuestal Rubro Valor O23011605 $1.257.040.000 Construir Bogotá-región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente O2301160556 Gestión pública efectiva $1.257.040.000 O23011605560000001693 Terminación de infraestructuras (sedes administrativas locales) $1.257.040.000 TOTAL, CREDITOS $1.257.040.000
Artículo tercero.
Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo cuarto.
Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.
Artículo quinto.
Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Bogotá D.C., a los diecisiete (17) días del mes de octubre de 2023.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE SEBASTIÁN SALDARRIAGA RIVERA Alcalde Local de Sumapaz Proyectó: Gema Ortega Trujillo - Prof. Esp. de Apoyo al Despacho Revisó y aprobó: Leidy Milena Bareño - Prof. de Apoyo al Despacho Código: GDI - GPD – F034 Alcaldía local de Sumapaz Casa de la Cultura, Vereda Betania Localidad Sumapaz Versión: 03 Vigencia: 14 de enero de 2020 Código Postal: 111711 Tel. 5557087 59 REGISTRO DISTRITAL • BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 57 • NÚMERO 7835 • PP. 1-59 • 2023 • OCTUBRE • 18 NÚMERO 7835 18 • OCTUBRE • 2023 ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández
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